BOLETÍN
JUDICIAL N° 126 DEL 1° DE
JULIO DEL 2015
HACE SABER:
Que en el proceso disciplinario notarial N° 07-000520-0627-NO,
de Javier Rojas Jiménez contra Alberto Varela Campos, (cédula de identidad N°
4-128-471), este Juzgado mediante resolución de las quince horas del trece de
abril del dos mil quince, dispuso limitar al citado notario la sanción
impuesta a partir del 14 de abril del
2015 . De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de
gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de
derechos.
San José, 13 de abril del
2015.
Lic.
Derling Talavera Polanco,
Jueza
Tramitadora
1 vez.—Exonerado.—(IN2015039013).
Que en el proceso
disciplinario notarial N° 10-000709-0627-NO, de Jaime Hernández Cortez contra
Isabel Cristina Vargas Trejos (cédula de identidad 1-832-752), este Juzgado
mediante resolución N° 560-2012 de las
nueve horas del nueve de noviembre del dos mil doce, dispuso imponerle al
citado notario la corrección disciplinaria de dos meses de suspensión en el
ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su
publicación en el Boletín Judicial.
San José, 20 de mayo del
2015.
Lic.
Derling Talavera Polanco,
Jueza
1 vez.—Exonerado.—(IN2015039014).
Que en el proceso
disciplinario notarial N° 11-000741-0627-NO, de Agrícola Quality
S. A contra Beatriz Saborío Álvarez (cédula de identidad N° 2-431-901), este
Juzgado mediante resolución N° 185-2014
de las diez horas del veintinueve de abril del dos mil catorce, dispuso
imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión
en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su
publicación en el Boletín Judicial.
San José, 07 de mayo del
2015.
Lic.
Derling Talavera Polanco,
Jueza
Tramitadora
1 vez.—Exonerado.—(IN2015039015).
Que en el proceso
disciplinario notarial N° 13-000010-0627-NO, de Francisco Monge Vargas contra Johnny Ramírez Sánchez, (cédula
de identidad N° 1-159-430), este Juzgado mediante resolución de las ocho horas
del diez de abril del dos mil quince, dispuso limitar al citado notario la
sanción impuesta a partir del 11 de abril del 2015.
San José, 10 de abril del
2015.
Lic.
Derling Talavera Polanco,
Jueza
Tramitadora
1 vez.—Exonerado.—(IN2015039016).
Kathya Navarro López,
mayor, notaria pública, cédula de identidad N°
1-867-476, de demás calidades ignoradas; que en proceso disciplinario notarial
N° 13-000240-0627-NO establecido en su contra por Registro Civil, se ha dictado
la sentencia N° 618-2014 que en lo conducente dice: “Sentencia de Primera Instancia Nº618-2014. Juzgado
Notarial. San José, a las diez horas cincuenta minutos del diez de diciembre
del dos mil catorce. Proceso Disciplinario Notarial establecido por el Registro
Civil, representado por el licenciado Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor, de
calidades de no indicadas en autos, contra Kathya
Navarro López, mayor, abogada y notaria, cédula número uno-ochocientos sesenta
y siete-cuatrocientos setenta y seis, y; Resultando: 1.-..., 2.-..., 3.-
...,4.-..., Considerando: I.- Hechos probados:..., II.- Sobre el fondo:...,
III.-..., Por tanto: se declara con lugar el proceso disciplinario notarial
interpuesto por el Registro Civil contra Kathya
Navarro López y se le impone la corrección disciplinaria de un mes de
suspensión en el ejercicio de la función notarial. La sanción rige ocho días
naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Firme esta
resolución comuníquese a la Dirección Nacional de Notariado, al Registro Civil,
al Archivo Notarial y al Registro Nacional. Confecciónese y publíquese el
edicto respectivo en el Boletín Judicial. Notifíquese. Lic. Melania Suñol Ocampo. Jueza.-“ y en la
providencia dice: “Juzgado Notarial. San José, a las diez horas dos minutos del
ocho de mayo del dos mil quince. De conformidad con lo dispuesto por el numeral
263 del Código Procesal Civil, reformado por el artículo 19 de la Ley de
Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Oficiales, aplicado
supletoriamente por disposición del
artículo 163, párrafo 2° del Código Notarial, notifíquese al notario Kathya Navarro López, la presente resolución, así como la
parte dispositiva de la sentencia número 618-2014, dictada a las diez horas
cincuenta minutos del diez de diciembre del dos mil catorce, por medio de
edicto que se publicará por una vez en el Boletín Judicial. Notifíquese.
Lic. Derling Talavera Polanco, Jueza Tramitadora.
San José, 05 de mayo del
2015.
Lic.
Derling Talavera Polanco,
Jueza
Tramitadora
1 vez.—Exonerado.—(IN2015039017).
Ramón Badilla González, cédula de identidad N° 1-611-815 y Jorge
Fabio Sibaja Rodríguez, cédula de identidad N° 9-093-987, mayores, notarios
públicos, de demás calidades ignoradas; que en proceso disciplinario notarial
N° 13-000570-627-NO establecido en su contra por Hilario Araya Arias, se han
dictado las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Notarial, I Circuito
Judicial, San José. A las quince horas (3:00 p.m.) del veintisiete de noviembre
de dos mil trece. Cumplido lo prevenido, se tiene por establecido el presente
proceso disciplinario notarial con pretensión civil resarcitoria de Hilaro Araya Arias contra Ramón Badilla González y Jorge
Fabio Sibaja Rodríguez, a quienes se les confiere traslado por el plazo de ocho
días. Con respecto de los hechos expondrán, con claridad, si los rechazan por
inexactos o si los admiten como ciertos o con variantes o rectificaciones;
también manifestarán las razones que tengan para su negativa y los fundamentos
legales en que se apoyen. En la misma oportunidad ofrecerán las pruebas que
estimen de su interés, con indicación en su caso del nombre y las generales de
ley de los testigos, y a los hechos respecto de los cuales deberán referirse.
Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la
Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe
referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente.
Se le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben indicar medio en
el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en
estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no
se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las
resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente
notificadas con el solo transcurso de
veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera
simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios
distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma
expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será
esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico,
la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de
Tecnología de la Información del Poder Judicial del Primer Circuito Judicial de
San José o bien, mediante el Sistema de Validación de Cuentas de Correo
Electrónico que se ubica en la página oficial del Poder Judicial,
http://www.poder-judicial.go.cr En ella se encuentra un enlace al formulario
que deben llenar los usuarios para que el citado departamento les valide la
cuenta de correo.- En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado
dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no
escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado
para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no
lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la
notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la
parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la
Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones del Primer Circuito
Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de
este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana (artículos 58
y 59 de la citada Ley). En el caso de que la notificación de esta resolución
deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el
ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada;
en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona
encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de
la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N°8687, publicada en La Gaceta N°
20 del jueves 29 de enero del 2009).
Notifíquese esta resolución a la parte denunciada, personalmente o por medio de
cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real
(artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales). Para notificar a Ramón
Badilla González, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y
otras comunicaciones del Primer Circuito Judicial de San José. Puede ser
localizado en la siguiente dirección: oficina: San José, 200 metros este, 50
metros sur, casa Italia, barrio Francisco Peralta, Nº 837. Para notificar a
Jorge Fabio Sibaja Rodríguez, se comisiona al Juzgado Contravencional y Menor
Cuantía de Desamparados. Puede ser localizado en la siguiente dirección:
oficina: Desamparados, de la Ferretería y Depósito El Lagar, 75 metros este.
Así mismo, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras
comunicaciones del II Circuito Judicial de San José para notificar a la
Dirección Nacional de Notariado esta resolución, en Curridabat, 50 metros este
de la Pops, edificio Galería del Este, primer piso.
De conformidad con el artículo 21 de la Ley N° 8687, solicítese al Registro
Civil copia debidamente certificada del domicilio registral de la parte
denunciada. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la
parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado. Conforme al numeral
153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de
Servicios Registrales del Registro Nacional, para que certifique si la parte
denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita
copia literal certificada del poder en que así conste. Previo a expedir
comisión a efecto de notificar la existencia del presente proceso a la
Dirección Nacional de Notariado se le previene a la parte denunciante aportar
un juego de copias de los folios 26 y 27, dentro del plazo de tres días, bajo
apercibimiento de que en caso de omisión y sin resolución que así lo indique;
no se oirán sus gestiones posteriores y además se mantendrá el expediente en
archivo temporal hasta el cumplimiento de lo prevenido anteriormente, sin
perjuicio que una vez cumplida dicha prevención se continué con el debido
tramite del proceso. Lo anterior de conformidad con el artículo 136 del Código
Procesal Civil. Notifíquese. Lic. Doni David Panton Moya, Juez. Juzgado Notarial. San José a las once
horas once minutos del veintinueve de abril del dos mil quince. Siendo fallidos
los intentos por notificarle a los licenciados Ramón Badilla González y Jorge
Fabio Sibaja Rodríguez, la resolución dictada a las quince horas del
veintisiete de noviembre del dos mil trece en las direcciones reportadas en la
Dirección Nacional de Notariado (ver folios 29, 37, 51 y 59 con actas de
notificación a folios 36, 58 y 62), el Colegio de Abogados (ver folios 30, 32,
37 y 59 con actas de notificación a folios 50 y 63) y el último domicilio
registral reportado en el Registro Civil (ver folios 43, 44, 51 y 64 con actas
de notificación a folios 56 y 68), y siendo que no tienen apoderado inscrito
ante el Registro de Personas Jurídicas, de conformidad con lo dispuesto por el
párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle a los
citados profesionales esa resolución así como la presente, por medio de edicto
que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a
la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado(a) que los hechos que se
le atribuyen son supuesta falta de inscripción de lote ubicado en San Juan de
La Unión. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a
la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor
público a los denunciados Ramón Badilla González, cédula de identidad N°
1-611-815 y Jorge Fabio Sibaja Rodríguez, cédula de identidad N° 9-093-987.
Notifíquese. Lic. Derling Talavera Polanco, Jueza
Tramitadora. Notifíquese.
San José, 29 de abril del
2015.
Lic.
Derling. Talavera Polanco,
Jueza
Tramitadora
1 vez.—Exonerado.—(IN2015039018).
Ana Cristina Echeverría Zeledón, mayor, notaria
pública, cédula de identidad N° 1-0366-0698, de demás calidades ignoradas; que
en proceso disciplinario notarial N° 13-000695-627-NO establecido en su contra
por Registro Civil, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen:
“Juzgado Notarial, I Circuito Judicial, San José, a las ocho horas del
veintiuno de octubre de dos mil trece. Se tiene por establecido el presente
proceso disciplinario notarial de Registro Civil contra Ana Cristina Echeverría
Zeledón, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días, dentro de ese
plazo debe informar sobre el oficio N° DC-2623-2013 de fecha 23-09-2013
respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime
de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene
como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo
señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba
que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo
citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: correo
electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no
lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s)
señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le
tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro
horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como
máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o
iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa,
cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta
Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la
cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología
de la Información del Poder Judicial del Primer Circuito Judicial de San José o
bien, mediante el Sistema de Validación de Cuentas de Correo Electrónico que se
ubica en la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr
En ella se encuentra un enlace al formulario
que deben llenar los usuarios para que el citado departamento les valide
la cuenta de correo.- En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado
dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no
escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado
para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no
lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación
automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las
listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina de
Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones del Primer Circuito Judicial
de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este
Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana (artículos 58 y 59
de la citada Ley). En el caso de que la notificación de esta resolución deba
realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el
ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada;
en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona
encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de
la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta
N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquese esta resolución a la parte
denunciada, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de
habitación, o bien en su domicilio real (artículo 19 de la Ley de
Notificaciones Judiciales). Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales y otras comunicaciones del Segundo Circuito Judicial
de San José. La parte denunciada puede ser localizada en la siguiente
dirección: oficina: San Pedro, 75 metros al este de la Facultad de Medicina de
la Universidad Latina o bien San Pedro, Fuentes de Monte Oca del cruce de
Lourdes 200 metros norte y 175 metros este. Así mismo, se comisiona a la Oficina
de Comunicaciones Judiciales y otras comunicaciones del II Circuito Judicial de
San José para notificar a la Dirección Nacional de Notariado esta resolución,
en Curridabat, 50 metros este de la Pops, edificio
Galería del Este, primer piso. De conformidad con el artículo 21 de la Ley N°
8687, solicítese al Registro Civil copia debidamente certificada del domicilio
registral de la parte denunciada. Obténgase, por medio de intranet, las
direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de
Notariado. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase
mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para
que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro.
En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así
conste. Notifíquese. Lic. Doni David Panton Moya, Juez. Juzgado Notarial. San José a las ocho
horas y diecinueve minutos del veinticinco de marzo de dos mil quince. Siendo
fallidos los intentos por notificarle al licenciada Ana Cristina Echeverría
Zeledón, la resolución dictada a las ocho horas del veintiuno de octubre de dos
mil trece en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado,
el Colegio de Abogados y el último domicilio registral reportado en el Registro
Civil (ver folio 31), y siendo que la apoderada inscrita ante el Registro de
Personas Jurídicas (folio 20) presenta defunción, según consulta realizada por
este Despacho (folio 52), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del
artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional
esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por
una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional.
Se le hace saber al denunciado(a) que los hechos que se le atribuyen son la
aparente realización del matrimonio entre los señores Minor
Evaristo Porras Bermúdez y Cristina Selva Solís, en fecha 30 de diciembre de
2012, pero al momento de dicho matrimonio aparentemente el documento de
identidad del contrayente (pasaporte) se encontraba vencido. Conforme lo
dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de
Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público al
denunciado(a) Ana Cristina Echeverría Zeledón, cédula de identidad N°
1-0366-0698San José, 25 de marzo del 2015.
Lic.
Derling Talavera Polanco,
Jueza
1 vez.—Exonerado.—(IN2015039019).
Víctor Smith Hare, mayor, notario público, cédula de identidad
N° 7-069-341, de demás calidades ignoradas; que en proceso disciplinario
notarial N° 14-000178-0627-NO establecido en su contra por Registro Público de
la Propiedad Mueble, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen:
“Juzgado Notarial. San José, a las once horas del veintinueve de abril de dos
mil catorce. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario
notarial de Registro Público de la Propiedad Mueble contra Víctor Smith Hare, a
quien se confiere traslado por el plazo de ocho días, dentro de ese plazo debe
informar respecto del oficio DRBM-78-2014, los hechos denunciados y ofrecer la
prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153
del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado,
entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente
denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las
partes que dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir
notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el
entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere
efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones
posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo
transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias.
De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse
dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá
indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso
de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare
correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el
Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de
señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional.
Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios
anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones,
deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán
iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En
caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los
procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de
Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del
Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días
martes y jueves de cada semana (artículos 58 y 59 de la citada Ley). En el caso
de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de
acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a
fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por
válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada.
(artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones
Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29
de enero del 2009). Notifíquesele esta resolución a la parte denunciada,
personalmente o en su casa de habitación, mediante cédula y copias de ley, lo
cual se hará por medio de Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer
Circuito Judicial de San José quienes podrán notificarle en su oficina en San
José, ent. principal Corte
125 norte, casa 248, o bien, en su oficina en San José c 19 av
2-6 / 75 N entrada principal de la Corte. Así mismo, se ordena mediante
comisión notificar a la Dirección Nacional de Notariado a través de la Oficina
de Comunicaciones del Segundo Circuito de San José, en: Curridabat, 50 metros
este de la Heladería Pops edificio Galería del Este
primer piso. De conformidad con el artículo 21 de la Ley N° 8687, solicítese al
Registro Civil informe sobre el domicilio registral de la parte denunciada.
Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte
denunciada en el Colegio de Abogados y la Dirección Nacional de Notariado.
Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a
la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para que
certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En
caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste.
Notifíquese. Lic. Melania Suñol Ocampo, Juez. Juzgado
Notarial. San José a las nueve horas y dieciocho minutos del dieciocho de mayo
de dos mil quince. Siendo fallidos los intentos por notificarle al licenciado
Víctor Smith Hare, la resolución dictada a las once horas del veintinueve de
abril del dos mil catorce (folio 10) en las direcciones reportadas en la
Dirección Nacional de Notariado, el Colegio de Abogados y el último domicilio
registral reportado en el Registro Civil (ver folio 5 y 30, 6 y 28, 18), y
siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas
(folio 20), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153
del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa
resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una
sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se
le hace saber al denunciado(a) que los hechos que se le atribuyen son :
“Primero: EL día 10 de marzo del presente año, la funcionaria encargada de la
calificación del documento presentado el día 03 de marzo último, ante el
Departamento del Diario de este Registro bajo el tomo 2014, asiento 81576,
informó a esta dirección sobre la irregularidad detectada en la calificación
del referido documento, pues de conformidad con el testimonio de la escritura
pública número trescientos seis visible al folio ciento ochenta y cinco frente
del tomo quince del protocolo del notario Víctor Smith Hare, otorgada el día 03
de marzo del 2014, en la que comparece el señor Carlos Álvarez Arguedas, cédula
de identidad N° 1-441-937 en condición de vendedor del motor N° 2L 1254043
inscrito en el vehículo placas SBJ-3667, mediante la cual vende el mencionado
motor a José Antonio Roncancio Alonso, cédula de
residencia N° 117000130601, propietario del automotor placa CL-144381. Segundo:
la irregularidad evidenciada por la funcionaria registradora consiste en que
una vez consultado el Padrón Nacional se percató que el compareciente Álvarez
Arguedas aparece con una anotación de defunción desde el día 18 de marzo del
2006, lo que resulta contradictorio con su comparecencia ante el notario Smith
Hare para el otorgamiento de la escritura indicada. Tercero: Por presumirse la
comisión de un delito por parte del notario Víctor Smith Hare, al dar fe de la
comparecencia personal del vendedor del referido motor, quien en apariencia se
encontraba fallecido al momento de firmar la referida escritura, con fundamento
en los artículos 15, 16, 17, 18, 39, 40 y 152 del Código Notarial, esta
Dirección interpone la presente denuncia para que se determinen las
circunstancias en que el relacionado documento público fue otorgado ante dicha
federaría pública y se establezcan las responsabilidades que en derecho
correspondan. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta
resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre
un defensor público al denunciado Víctor Smith Hare, cédula de identidad N°
7-069-341. Notifíquese. Lic. Derling Talavera
Polanco, Jueza”.
San José, 18 de mayo del
2015.
Lic.
Derling Talavera Polanco,
Jueza
1 vez.—Exonerado.—(IN2015039020).
A los causahabientes de quién en vida se llamó Albin
Soto Amoretti, quien fue mayor de edad, soltero, de
20 años de edad, nacido en Limón Centro el veintiocho de octubre del año mil
novecientos noventa y cuatro, escolaridad secundaria incompleta, guarda de
seguridad, portador de la cédula de identidad número 07-0231-0955, quien laboró
para la empresa Seguridad Blandón Sociedad Anónima, falleció el 3 de mayo del
año 2015. Se hace saber que el señor Víctor Luis Soto Araya se apersonó en este
Despacho en calidad de padre del fallecido, a fin de promover las presentes
diligencias de Consignación de Prestaciones, y se encuentra apersonada a los
autos la señora Xinia Amoretti
Morales en calidad de madre. Por ello, se les cita y emplaza por medio de
edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de Prestaciones del
trabajador fallecido Albin Soto Amoretti,
expediente número 15-000197-0679-LA.—Juzgado de
Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 8 de mayo del
año 2014.—Lic. Pablo Sánchez Valverde, Juez.—1
vez.—Exonerado.―(IN2015039038).
A los causahabientes de quién
en vida se llamó Christian Corrales Hidalgo, quien fue mayor, electricista,
vecino de Naranjo, con cédula de identidad número 1-1227-0393, se les hace
saber que María Elizabeth Hidalgo Corrales, portadora de la cédula de identidad
o documento de identidad número 2-0334-0063, vecina de Naranjo de Alajuela, se
apersonó en este Despacho en calidad de madre del fallecido, a fin de promover
las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les
cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en
las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de
Prestaciones del trabajador fallecido Christian Corrales Hidalgo, expediente
número 15-000206-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 13 de abril del año
2015.—Lic. Sammy Moncada Ramírez, Juez.—1 vez.—Exonerado.―(IN2015039039).
A los causahabientes de
quién en vida se llamó Iván Agustín González Cordero, quien fue mayor, soltero,
vecino de Curridabat, con cédula de identidad número 302810951, se les hace
saber que: María Teresa Cordero Loaiza, portadora de la cédula de identidad o
documento de identidad número 300800361, vecina de Curridabat, se apersonó en
este Despacho en calidad de madre del fallecido, a fin de promover las
presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y
emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en
las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de
Prestaciones del trabajador fallecido Iván Agustín González Cordero, expediente
número 15-000893-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial
de San José, Sección Segunda, 10 de junio del año 2015.—MSc.
Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015039043).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Roy Alexander de Jesús Monge Fonseca, quien fue mayor, soltero, de nacionalidad
costarricense, portó la cédula de identidad 1-0707-0374, y falleció el día 19
de enero del año 2015, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de
Prestaciones, bajo el número 15-001076-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
15-001076-0173-LA. Promovido por José Ricardo Guevara Guevara
a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo
de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José,
11 de junio del año 2015.—Licda. Floryzul Porras
López, Jueza.—1 vez.—Exonerado.―(IN2015039047).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Stanley José González Rosales, quien fue
mayor, divorciado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 6-0244-0933 y
falleció el día 29 de mayo del año 2014, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de Consignación de Prestaciones bajo el número15-001287-0173-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
15-001287-0173-LA. Promovido por Mercedes Rosales Rosales,
cédula de Identidad 6-0076-0139 a favor de sus causahabientes.—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de
junio del año 2015.—Licda. Floryzul Porras López, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039048).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Patricia María Corrales Morales, quien fue
mayor, casada, de nacionalidad costarricense, portó la cédula de identidad
1-0840-0104 , y falleció el día 18 de diciembre del año 2014, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consignación de Prestaciones Laborales bajo el número
15-001296-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 15-001296-0173-LA. Promovida por Alexander Artavia Artavia, cédula 1-0840-0104
a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo
de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de junio del
año 2015.—Licda. Floryzul Porras López, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039050).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Gybson Jossue Valverde Cerdas, quien fue mayor, soltero, de
nacionalidad costarricense, portó la cédula
de identidad 1-1225-0145, y falleció el día 20 de noviembre del año 2014, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones Laborales bajo el
número 15-001315-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 15-001315-0173-LA. Promovida por Eida Cerdas Alpízar, cédula de
identidad 1-0366-0410 a favor de sus causahabientes.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José 10 de
junio del año 2015.—Licda. Floryzul Porras
López, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039051).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Víctor Manuel Chinchilla Rojas, quien fue mayor,
casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula de identidad 3 0185
0808, y falleció el día 28 de marzo del año 2014, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de Consignación de Prestaciones bajo el número 15-001316-0173-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 15-001316-0173-LA. Promovido por Ligia Alejandra Carvajal Campos a favor de
sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de junio del año
2015.—Licda. Floryzul Porras López, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039056).
A los causahabientes de
quién en vida se llamó Mariano Pineda García, quien fue mayor de edad, casado,
profesor, vecino de Los Chiles de Guatuso, Los Lirios, cédula de identidad
2-0274-0184, quien laboró para el Ministerio de Educación Pública, y falleció
el 7 de diciembre del año 2014, 2010, se les hace saber que: Keendly Pineda García, portadora de la cédula de identidad
01-1114-0396, vecina de Alajuela, Upala Centro,
Urbanización Don Chu, se apersonó en este Despacho en
calidad de hija del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de
Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de
edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial libre de derechos. Consignación de Prestaciones del trabajador
fallecido Mariano Pineda García, expediente número 15-300014-1143-LA.—Juzgado Civil, Trabajo y de Familia del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, 7 de
abril del año 2015.—Licda. Brenda Celina Calvo de la O, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015039062).
Con ocho días de plazo se
convoca a los causahabientes del fallecido Danilo Estaban Venegas Araya, quien
fuera mayor, soltero, costarricense, oficial de seguridad, vecino de
Desamparados, Jericó, El Rosario de Llano
Bonito, de la Escuela de Llano Bonito doscientos cincuenta metros al sureste,
cédula de identidad número uno-mil ciento ochenta y cuatro, trescientos
cincuenta y nueve, quien falleció el ocho de enero del dos mil quince, con el
fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de
Reclamo de Fondo de Capitalización Laboral y Extremos Laborales, expediente
número 15-300064-0237-LA (66-2-15), gestionado por Andrea María Mora Salas,
contra Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco de Costa Rica
y Seguridad Alfa S. A., apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso,
contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán
a quien corresponda en Derecho, de conformidad con el artículo 85 del Código de
Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José,
Desamparados, 8 de mayo del 2015.—MSc.
Ian Berrocal Azofeifa,
Juez.—1 vez.—Exonerado.―(IN2015039063).
Con ocho días de plazo se
convoca a los causahabientes del fallecido Jonathan Antonio Carballo Quesada,
quien fuera mayor, unión libre, cédula número uno-mil ciento cincuenta y
nueve-cuatrocientos diecinueve, vecino de Desamparados, San Jerónimo, Loma
Linda, Urbanización La Paz, casa 49, quien falleció el veintinueve de agosto
del dos mil diez, a fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la
presente diligencia de Reclamo de Fondo de Capitalización Laboral del fallecido
Jonathan Antonio Carballo Quesada Nº 15-300145-0237-LA (152-1-15) gestiona:
Yuri Corella Beita contra Operadora de Planes de
Pensiones Complementarias del Popular Pensiones, apercibidos de que de no
hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este
edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en Derecho, de conformidad con
el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer
Circuito Judicial de San José, Desamparados, 12 de junio del 2015.—Msc. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—Exonerado.―(IN2015039065).
SEGUNDa publicación
A las ocho horas del veinte de
julio del dos mil quince, de la manera que se dirá, y con las bases que se indican a continuación,
remataré los siguientes vehículos: 1) Libre de gravámenes prendarios comunes,
anotaciones, infracciones y colisiones, y con la base del valor tributario
indicado en la certificación de gravámenes y anotaciones expedida por el Registro
Público de la Propiedad con fecha de cierre 14:28 horas del 10 de diciembre de
2014, sea la base de ¢1.390.000°°, el vehículo placas 543859, marca Toyota,
estilo Corolla, categoría automóvil, serie, chasís y Vin 2T1AE04E4PC017363, tracción 2x2, año 1993, color azul,
1,600 c.c., combustible gasolina, modelo STD, 4 cilindros, capacidad 5
personas, número de motor y número de serie ilegibles. 2) Libre de gravámenes
prendarios comunes y anotaciones, infracciones y colisiones, y con la base del
valor tributario indicado en la certificación de gravámenes y anotaciones expedida
por el Registro Público de la Propiedad con fecha de cierre 14:28 horas del 10
de diciembre de 2014, sea la base de ¢210.000°°, el vehículo placas MOT-229118,
marca Formula, estilo XY150T, categoría motocicleta, serie, chasís y Vin L4DTCKDK872300704, tracción 2x2, año 2008, color rojo,
capacidad 2 personas, número de motor XY157QMJ070014481, combustible gasolina,
150 c.c.,
1 cilindro. Para el segundo remate, ahora con la rebajo del 25% de ley, sea la base de ¢1.042.500°° para el
vehículo placas 543859 y la base de ¢157.500°° para el vehículo placas
mot-229118, se señalan las: ocho horas del cuatro de agosto del dos mil quince.
Para el tercer remate, ahora con la base del 25% de la base original, sea la
base de ¢347.500°° para el vehículo placas 543859 y la base de ¢52.500°° para
el vehículo placas mot-229118, se señalan las: ocho horas del diecinueve de
agosto del dos mil quince. Exp. 11-100983-0297-CI.
Ejecución de Sentencia de Mariela Hernández Ramírez contra Alexander Alvarado
Araya y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, 2 de junio del 2015.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—Solicitud N° 34760.—(IN2015040308).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos bajo las citas:
416-05675-01-0224-001; a las trece horas y treinta minutos del veintisiete de
julio del dos mil quince, y con la base de tres millones seiscientos ochenta
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
459082-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 13, Pocosol cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, calle pública; al sur, Reinaldo Arias Orozco; al este, Justo
Pasto Martínez Alvarado y Elia María Condega Ruiz; y
al oeste, Miguel Castro Rodríguez y María Luisa Castillo Fonseca. Mide:
quinientos metros con tres decímetros cuadrados. Plano: A-1084688-2006. Para el
segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del once de agosto
del dos mil quince, con la base de dos millones setecientos sesenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las trece horas y treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil
quince con la base de novecientos veinte mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de
Inversiones Negocios M Y A Sociedad Anónima contra Gilma María Martínez Condega. Exp. 15-000420-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
18 de mayo del 2015.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—Solicitud N°
34618.—(IN2015040309).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando Servidumbre trasladada anotada bajo las citas 339-11245-01; a las
nueve horas del cuatro de agosto del dos mil quince, y con la base para cada
uno de los derechos que se dirán, de un millón quinientos cincuenta mil colones
exactos, en el mejor postor remataré los derechos 001, 002 y 003 de la finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número 145562. La finca madre tiene las
siguientes características: terreno para construir número 847. Situada en el
distrito 05 Aguacaliente, cantón 01 Cartago, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, INVU; al sur, Avenida 7; al este,
INVU, y al oeste, INVU. Mide: ciento diez metros con noventa y seis metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del diecinueve de
agosto del dos mil quince, con la base de un millón ciento sesenta y dos mil
quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas del tres de setiembre del dos mil
quince, con la base de trescientos ochenta y siete mil quinientos colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Hacienda Mastate Sociedad Anónima
contra Daisy María Leitón Marín, exp.
N° 14-004081-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 1 de junio del año
2015.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2015040549).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones boleta:
2014-242100099 sumaria 14-600020-0240-TC del Juzgado Contravencional y de Menor
Cuantía de Mora; a las catorce horas y quince minutos del dieciséis de julio
del dos mil quince, y con la base de cuatro millones novecientos treinta mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas
número CL 182047, marca Mitsubishi, estilo L200, categoría carga liviana,
capacidad 5 personas, año 2002, color gris, Vin
MMBJNK7401D066510, cilindrada 2477 cc., combustible diesel, tracción: 4X4, motor número 4D56AX6700. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del tres de agosto
del dos mil quince, con la base de tres millones seiscientos noventa y siete
mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del dieciocho
de agosto del dos mil quince, con la base de un millón doscientos treinta y dos
mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de German Guevara
Duran contra Carlos Alberto de los Ángeles Salazar Fernández, exp. N° 15-008416-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 30 de
abril del año 2015.—Lic. Eduardo Fonseca Alvarado, Juez.—(IN2015040554).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las
trece horas y treinta minutos del trece de octubre del dos mil quince, y con la
base de veinte millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos once
mil ochocientos noventa y tres-cero cero cero la cual
es terreno de Tacotales Potrero y una casa. Situada en el distrito 03 San José
(Pizote), cantón 13 Upala, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Hazel Narváez Martínez,
José Santos Narváez Narváez; al sur, Erasmo Narváez
Chávez, servidumbre de paso y quebrada en medio; al este, Hazel
Narváez Martínez, calle publica, y al oeste, Hazel
Narváez Martínez, Erasmo Narváez Chaves. Mide: ciento veintitrés mil
novecientos treinta y un metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiocho
de octubre del dos mil quince, con la base de quince millones de colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las trece horas y treinta minutos del doce de noviembre del dos mil
quince, con la base de cinco millones de colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de El
Colono Zona Norte Sociedad Anónima contra José Narváez Narváez,
exp. N° 14-001778-1209-C.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 11 de junio
del año 2015.—Licda. Isabel Castillo Navarro, Jueza.—(IN2015040568).
En la
puerta exterior de este Despacho; ambas fincas soportando hipoteca de primer grado y prohibiciones articulo 16
Ley 7599; a las diez horas y cero minutos del veintiuno de setiembre del dos
mil quince, y con la base de doce millones quinientos mil colones exactos, para
cada una de las fincas a rematar, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1-)
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento quince mil
ochocientos cincuenta y siete-cero cero cero la cual
es terreno para la agricultura lote 48-30. Situada en el distrito 01 Puerto
Cortes, cantón 05 Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
Alejandro Porras, José Venegas y Agrosur S. A.; al
sur, Agrosur S. A. y calle pública; al este, Agrosur S. A., y al oeste, Jorge Rodríguez y calle pública.
Mide: trescientos ochenta y ocho mil doscientos veintiún metros con cuarenta y
dos decímetros cuadrados. 2-) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número ciento quince mil ochocientos cincuenta y nueve cero cero
cero la cual es terreno para la agricultura lote
31-1. Situada en el distrito 01 Puerto Cortes, cantón 05 Osa, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte, Zona Marítima y Everardo Cortes; al sur, Aubreywebb, Agrosur S. A. y calle
pública; al este, Agrosur S. A. y Everardo Cortés, y
al oeste, Zona Marítima Terrestre. Mide: cuatrocientos cuarenta y dos mil
quinientos veintidós metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del seis de octubre del
dos mil quince, con la base de nueve millones trescientos setenta y cinco mil
colones exactos para cada una de las fincas a rematar (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del veintiuno de octubre del dos mil quince, con la base de tres
millones ciento veinticinco mil colones exactos para cada una de las fincas a
rematar (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de El Colono Agropecuario S. A. contra Rancho Cortes CM Sociedad
Anónima, exp. N° 15-000179-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 11 de junio
del año 2015.—Licda. Isabel Castillo Navarro, Jueza.—(IN2015040573).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos
del treinta y uno de julio del dos mil quince, y con la base de doce millones
novecientos veinticuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 84.928 derecho
001 y 002 la cual es terreno lote H terreno para construir con una casa marcada
M-1. Situada en el distrito 08 Barranca, cantón 01 Puntarenas, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 2; al sur, calle pública; al este, lote
17, y al oeste, Alameda 14. Mide: ciento sesenta y siete metros con cinco
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
cuarenta y cinco minutos del diecisiete de agosto del dos mil quince, con la
base de nueve millones seiscientos noventa y tres mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce
horas y cuarenta y cinco minutos del dos de setiembre del dos mil quince, con
la base de tres millones doscientos treinta y un mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Caja
de Ahorro y Prestamos de la Asociación Nacional de Educadores contra Manuel
Antonio Bolaños Sequeira, exp. N° 09-024337-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 10 de junio del año 2015.—Lic. Bolívar Arrieta
Zárate, Juez.—(IN2015040591).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y diez minutos del veintidós de
julio del año dos mil quince, y con la base de veinte mil ochocientos noventa y
dos punto setenta y ocho unidades de desarrollo equivalente en colones en la
suma de quince millones seiscientos mil seiscientos treinta y ocho colones con
ochenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número diecisiete mil quinientos ochenta y
nueve cero cero cero, la
cual es terreno con una casa. Situada en el distrito Limón, cantón Limón, de la
provincia de Limón. Colinda: al norte, INVU; al sur, INVU; al este, INVU, y al
oeste, calle. Mide: Ciento sesenta y siete metros con cuarenta y tres decímetros
cuadrados plano L-0057344-1963. Para el segundo remate se señalan las quince
horas y diez minutos del seis de agosto del año dos mil quince, con la base de
quince mil seiscientos sesenta y nueve punto sesenta y nueve unidades de
desarrollo equivalente en colones a la suma de once millones setecientos mil
cuatrocientos setenta y nueve colones con doce céntimos once millones
setecientos mil cuatrocientos setenta y nueve colones con doce céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las quince horas y quince minutos del veintiuno de agosto del año dos mil
quince, con la base de cinco mil doscientos veintitrés punto veinte unidades de
desarrollo, equivalentes en colones en la suma de tres millones novecientos mil
ciento cincuenta y nueve colones con setenta y un céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Kerene Bailey Lowsie, exp. N° 12-001895-1208-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 25 de marzo del año 2015.—Lic.
Mario García Araya, Juez.—(IN2015040600).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas:
2009-298156-01-0001-001, servidumbre de paso citas: 2010-187512-01-0006-001,
servidumbre de paso citas: 2010-196754-01-0005- 001, servidumbre de paso citas:
2010-268147-01-0004-001; a las trece horas y treinta minutos (una hora y
treinta minutos pasado meridiano) del treinta y uno de agosto del dos mil
quince, y con la base de treinta y nueve millones novecientos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número 176662 -000 la cual es terreno de Zona Verde. Situada en
el distrito Macacona, cantón Esparza, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte, Grendale Incorporated S. A.; al sur, Dieciocho de Agosto S. A.; al
este, Grendale Incorporated
S. A., y al oeste, servidumbre de paso con un frente a ella de 30 metros 71
centímetros lineales. Mide: dos mil treinta y seis metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos(una hora y treinta
minutos pasado meridiano) del dieciséis de setiembre del dos mil quince, con la
base de veintinueve millones novecientos veinticinco mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las trece horas y treinta minutos (una hora y treinta minutos pasado meridiano)
del uno de octubre de dos mil quince con la base de nueve millones novecientos
setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Carlos Alberto Incera Villalta, exp. N° 12-000394-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
2 de junio del año 2015.—Msc. Juan Carlos Castro
Villalobos, Juez.—(IN2015040618).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de
octubre del año dos mil quince, y con la base de dos millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número
769496, Marca Honda, estilo Civic, categoría
Automóvil, capacidad 5 personas, año 1996, Vin
1HGEJ6127TL018277. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta
minutos del diez de noviembre del año dos mil quince, con la base de un millón
quinientos mil colones exactos y, para la tercera subasta se señalan las ocho
horas y treinta minutos del veinticinco de noviembre del año dos mil quince con
la base de quinientos mil colones exactos. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Mainor Francisco
Barrantes Castillo contra Gerardo Enrique Porras Salazar, exp.
N° 15-000819-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor
Cuantía y Contravencional de Grecia, 1 de junio del año 2015.—Lic. Raquel
Machado Fernández, Juez.—(IN2015040631).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del diecisiete de
noviembre del dos mil quince, y con la base de nueve mil setecientos diecinueve
dólares con cincuenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo: Placas número BBH seiscientos cincuenta y uno, marca
Chevrolet, estilo Spark LT., categoría automóvil,
capacidad cinco personas, año dos mil doce, color negro, Vin
KL uno cm seis cd tres cc cinco cinco tres tres tres cinco, cilindrada mil
doscientos cc. combustible
gasolina, motor Nº B uno dos d uno seis dos siete nueve seis cero KC tres. Para
el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dos de
diciembre del dos mil quince, con la base de siete mil doscientos ochenta y
nueve dólares con sesenta y cinco
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las catorce horas y cero minutos del diecisiete de diciembre del dos
mil quince, con la base de dos mil cuatrocientos veintinueve dólares con
ochenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica
contra Krizia del Carmen Hidalgo Mora, exp. N° 15-017944-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 17 de
junio del año 2015.—Licda. Mayra Trigueros Brenes, Juez.—(IN2015040634).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios, pero soportando colisión, sumaria 12-005145-0497-TR
del Juzgado de Tránsito de Heredia tomo: 2011, asiento 257148, secuencia 001; a
las catorce horas y cero minutos del veintinueve de setiembre del dos mil
quince, y con la base de siete mil novecientos setenta y tres dólares con
treinta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo:
placa 893887, marca Nissan, estilo March, chasís
3N1CK3CD7ZL350395, capacidad 5 personas, color gris, año 2012, combustible
Gasolina. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del quince de octubre del dos mil quince, con la base de cinco mil novecientos
ochenta dólares con cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dos de
noviembre del dos mil quince, con la base de mil novecientos noventa y tres
dólares con treinta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra José Andrés Cárdenas
Villegas, exp. N° 15-016326-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 27 de
mayo del año 2015.—Licda. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2015040635).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las trece
horas y treinta minutos del veinte de octubre de dos mil quince, y con la base
de dieciocho mil novecientos veintitrés dólares con un centavo de dólar, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placa CDJ760, marca: Hyundai,
categoría: automóvil, tracción: 4X2, estilo: Santa Fe GL, capacidad: 5 personas,
año: 2013, color: blanco, combustible: gasolina. Para el Segundo remate se
señalan las trece horas y treinta minutos del cuatro de noviembre de dos mil
quince, con la base de catorce mil ciento noventa y dos dólares con veinticinco
centavos de dólar (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera
subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del diecinueve de
noviembre de dos mil quince con la base
de cuatro mil setecientos treinta dólares con setenta y cinco centavos de dólar
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad
Anónima contra Christian Andrés Esquivel Pereira. Exp.:
14-001500-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Puntarenas, 05 de marzo del 2015.—Lic. Douglas Quesada
Zamora, Juez.—(IN2015040636).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las trece
horas y treinta minutos del diez de agosto del año dos mil quince, y con la
base de cinco millones ciento trece mil cuatrocientos ochenta y tres colones
con cincuenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido
de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número doscientos sesenta y ocho mil ochocientos noventa y dos-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito Grifo Alto, cantón Puriscal, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, Otoniel Gómez; al sur, Ramón Amadeo Gómez; al
este, calle pública y al oeste, Ramón Alfredo Gómez. Mide: dos mil setecientos
metros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las trece horas y treinta
minutos del veinticinco de agosto del año dos mil quince, con la base de tres
millones ochocientos treinta y cinco mil ciento doce colones con sesenta y tres
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se
señalan las 13:30 09092015 con la base de un millón doscientos setenta y ocho
mil trescientos setenta colones con ochenta y siete céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Alfonso
Gutiérrez Jiménez. Exp.: 15-008656-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito
Judicial de San José, 09 de junio del 2015.—Licda. Jéssika
Fernández Cubillo, Jueza.—1 vez.—(IN2015040637).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las 10:00
horas del 27/08/2015, y con la base de un millón quinientos mil colones, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas 195231, marca Nissan,
categoría automóvil, estilo ADWAGONLX, capacidad 5 personas, año 1994, color
azul, carrocería station wagon
o familiar, combustible gasolina, cilindrada 1597 cc cilindros 04. Para el
Segundo remate se señalan las 10:00 del 18/09/2015, con la base de un millón
ciento veinticinco mil colones (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las 10:00
del 05/10/2015 con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de, Solicredit Limitada contra Grettel Eugenia de los Ángeles Brenes Castillo, José Miguel
Montero Rey. Exp.: 15-006805-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 01 de junio del 2015.—Licda. Paula Morales González,
Jueza.—(IN2015040651).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando cuatro de servidumbres trasladadas y una servidumbre de paso; a las
diez horas y treinta minutos del veintiocho de setiembre de dos mil quince y
con la base de setenta y ocho millones de colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
331365-000 la cual es terreno con una casa Situada en el distrito 4-San Roque,
cantón 3-Grecia de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de
paso con 4 metros de ancho en medio Abdón Rodríguez Rodríguez;
al sur, Cafetalera Rodríguez Rojas S. A.; al este, Servidumbre de Paso en Medio
Cafetalera Rodríguez Rojas S. A. y al oeste, Cafetalera Rodríguez Rojas S. A.
Mide: mil trescientos cuarenta y ocho metros con un decímetros cuadrados. Para
el Segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de
octubre de dos mil quince, con la base de cincuenta y ocho millones quinientos
mil colones exactos y, para la Tercera subasta se señalan las diez horas y
treinta minutos del veintinueve de octubre de dos mil quince con la base de
diecinueve millones quinientos mil colones exactos. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica, contra Herberth Antonio de la Trinidad Rodríguez Rojas. Exp.: 15-000680-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 21 de mayo del 2015.—Brayan Li Morales Juez.—(IN2015040678).
En la
puerta exterior de este Despacho, A) Libre de gravámenes hipotecarios; a las
ocho horas y treinta minutos del diecisiete de agosto del año dos mil quince, y
con la base de cuatro millones novecientos veintisiete mil ochocientos sesenta
y seis colones con noventa y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cinco mil doscientos cincuenta y cuatro cero cero cero la cual es terreno
tacotales y montaña. Situada en el distrito San José (Pizote), cantón Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
Ernesto López y Leonardo Rodríguez Guitiérrez; al
sur, Dolores Palma Palma, Juan Casanova Vega y
Guillermo Chavarría Ortiz; al este, calle pública con un frente de 439 metros
71 centímetros lineales, Ernesto López y Dolores Palma Palma
y al oeste, Guillermo Chavarría Ortiz. Mide: quinientos ochenta y seis mil
ciento ochenta metros con cero decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se
señalan las ocho horas y treinta minutos del uno de setiembre del año dos mil
quince, con la base de tres millones seiscientos noventa y cinco mil
novecientos colones con veinticuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos
del diecisiete de setiembre del año dos mil quince con la base de un millón
doscientos treinta y un mil novecientos sesenta y seis colones con setenta y
cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). B) Libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas de Ley de Agua y Ley de
Caminos Públicos, bajo las citas 517-10887-01-0003-001; a las ocho horas y
treinta minutos del diecisiete de agosto del año dos mil quince, y con la base
de nueve millones doscientos sesenta y nueve trescientos ochenta y siete
colones con treinta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y un
mil setecientos cincuenta y dos, cero cero cero, la cual es terreno tacotales y montaña con cinco apartos para ganado, 1 corral, 1 anexo de corral, 1 bodega,
1 galpom y 2 casa. Situada en el distrito San José
(Pizote), cantón Upala, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Guillermo Chavarría Ortiz y Heriberto Martínez Martínez; al sur, Santos Ortega Jiménez y Ramón Espinoza;
al este, Guillermo Chavarría Ortiz y al oeste, Santos Ortega Jiménez y Ramón
Espinoza. Mide: novecientos veinticinco mil seiscientos veinte metros con cero
decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las ocho horas y
treinta minutos del uno de setiembre del año dos mil quince, con la base de
seis millones novecientos cincuenta y dos mil cuarenta colones con cincuenta y
tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera
subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de setiembre
del año dos mil quince con la base de dos millones trescientos diecisiete mil
trescientos cuarenta y seis colones con ochenta y cuatro céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Guillermo
Chavarría Ortiz. Exp.: 15-015156-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito
Judicial de San José, 15 de junio del 2015.—Licda. Jéssika
Fernández Cubillo, Jueza.—(IN2015040681).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
once horas y treinta minutos del
veintitrés de julio de dos mil quince y con la base de veintisiete millones
quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de folio real, matrícula número 175402-000, la cual es terreno para
construir con una casa. Situada en el distrito 01 San Pablo, cantón 09 San
Pablo de la provincia de Heredia. Colinda: al norte: Asociación de Desarrollo
Integral de Barrio Fátima; al sur: Evelio Vindas
Arce; al este: parque de los expresidentes y al oeste: calle pública con 7
metros. Mide: ciento sesenta y seis metros con noventa y ocho decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos
del siete de agosto de dos mil quince, con la base de veinte millones
seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos
del veinticuatro de agosto de dos mil quince, con la base de seis millones
ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro y
Préstamo contra Marco Tulio Ramón Rodríguez Campos. Expediente:
15-000626-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial de Cartago, 7 de mayo del 2015.—Lic. Guillermo Ortega
Monge, Juez.—(IN2015040751).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando condiciones ref.: 00034334-000; a las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de julio
de dos mil quince, y con la base de veintinueve millones quinientos diez mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número 401397-003-004, la cual es terreno para construir con
una casa. Situada en el distrito 01 Aserrí, cantón 06
Aserrí de la provincia de San José. Colinda: al
norte: calle pública con 20.95; al sur: Moga de Aserrí
S.A.; al este: Moga de Aserrí S. A. y al oeste: calle
pública con 9.50. Mide: ciento noventa y nueve metros con veinticinco
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
treinta minutos del diez de agosto de dos mil quince, con la base de veintidós
millones ciento treinta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
treinta minutos del veinticinco de agosto de dos mil quince, con la base de
siete millones trescientos setenta y siete mil quinientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código
de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago Ahorro y Préstamo contra Manuel Antonio del C. Brenes Zúñiga,
Sandra Mayela Torres Jiménez. Exp.
N° 15-000599-1164-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro Judicial de Cartago, 11 de mayo del 2015.—Lic. Guillermo
Ortega Monge, Juez.—(IN2015040754).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las
nueve horas y treinta minutos del veintisiete de julio de dos mil quince y con
la base de treinta y cuatro millones ciento cuarenta y cuatro mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número 181385-000 (003-004), la cual es terreno para
construir con una casa lote 15 A. Situada en el distrito 09 Dulce Nombre,
cantón 01 Cartago de la provincia de Cartago. Colinda: al norte: Murillo
Bejarano S A; al sur: calle pública con 7 metros; al este: lote catorce y al
oeste: lote dieciséis. Mide: trescientos veinticinco metros con ocho decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos
del once de agosto de dos mil quince, con la base de veinticinco millones
seiscientos ocho mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del
veintiséis de agosto de dos mil quince, con la base de ocho millones quinientos
treinta y seis mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se consigna que el
tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la
almoneda según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo
contra Johnny Alberto Calvo Alvarado, Roger David López Araya. Expediente:
14-005931-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial de Cartago, 12 de mayo del 2014.—Licda. Marcela Brenes Piedra,
Jueza.—(IN2015040757).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de octubre de dos mil quince y con
la base de ciento veintiséis mil
trescientos setenta y cuatro dólares con cuatro centavos, en el mejor
postor remataré la finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
30369-F-cero cero uno-cero cero dos, la cual es terreno filial siete apta para
construir que se destinará a uso habitacional, la cual podrá tener una altura
máxima de dos pisos. Situada en el distrito 2 Sabanilla, cantón 15 Montes de
Oca de la provincia de San José. Colinda: al norte: filial ocho; al sur: filial
seis; al este: acceso vehicular y peatonal y al oeste: Carlos Paniagua Quirós y
Wilson Soto Mora. Mide: ciento treinta y un metros con cinco decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco
minutos del veintiuno de octubre de dos mil quince, con la base de noventa y
cuatro mil setecientos ochenta dólares con cincuenta y tres centavos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cinco
de noviembre de dos mil quince, con la base de treinta y un mil quinientos
noventa y tres dólares con cincuenta y un centavos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Scotiabank
de Costa Rica S. A. contra Carlos Guillermo Alvarado Lobo, Diana Eugenia Vargas
Morales. Expediente: 15-018866-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José,
9 de junio del 2015.—Lic. Pedro Ferrán Reina, Juez.—(IN2015040776).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión bajo el número de sumaria
14-006843-0489TR; a las diez horas y cero minutos del trece de agosto de dos
mil quince y con la base de diez mil cuatrocientos cincuenta y ocho dólares con
veintidós centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa
676960, marca Toyota, estilo RAV4, categoría automóvil, carrocería todo terreno
4 puertas, chasis JTMBD33V705040326, motor 2AZ2262611, capacidad 5 personas,
combustible gasolina, color beige, año 2007. Para el segundo remate se señalan
las diez horas y cero minutos del ocho de setiembre de dos mil quince, con la
base de siete mil ochocientos cuarenta y tres dólares con sesenta y seis
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las diez horas y cero minutos del veinticuatro de setiembre de dos mil
quince, con la base de dos mil seiscientos catorce dólares con cincuenta y
cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A.
contra Bruno Canino S. A. Expediente: 15-007791-1338-CJ.—Juzgado Tercero
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de
junio del 2015.—M.Sc. Nidia Durán Oviedo,
Jueza.—(IN2015040777).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del
cinco de octubre de dos mil quince y con la base de ciento veintiséis mil
trescientos setenta y cuatro dólares con cuatro centavos, en el mejor postor
remataré la finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 30369-F-cero cero
uno, cero cero dos, la cual es terreno filial siete
apta para construir que se destinará a uso habitacional, la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 02 Sabanilla, cantón 15
Montes de Oca de la provincia de San José. Colinda: al norte: filial ocho; al
sur: filial seis; al este: acceso vehicular y peatonal y al oeste: Carlos
Paniagua Quirós y Wilson Soto Mora. Mide: ciento treinta y un metros con cinco
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
cuarenta y cinco minutos del veintiuno de octubre de dos mil quince, con la
base de noventa y cuatro mil setecientos ochenta dólares con cincuenta y tres
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de noviembre de
dos mil quince, con la base de treinta y un mil quinientos noventa y tres
dólares con cincuenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Scotiabank
de Costa Rica S. A. contra Carlos Guillermo Alvarado Lobo, Diana Eugenia Vargas
Morales. Expediente: 15-018866-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José,
9 de junio del 2015.—Lic. Pedro Ferrán Reina, Juez.—1
vez.—(IN2015040780).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre de acueducto y de
paso del AYA, citas 409-16145-01-0001-001-01; a las 11:00 horas del 13-08-15 y
con la base de doscientos cuarenta y siete mil ciento cuarenta y un dólares con
treinta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número 18035 F-000, la cual es terreno
en donde se construirá una casa para uso habitacional, casa número 10. Situada
en el distrito 03 San Rafael, cantón 02 Escazú de la provincia de San José.
Colinda: al norte: con calle privada; al sur: casa Ñ 11; al este: calle privada
y al oeste: casa Ñ 9. Mide: trescientos seis metros con cuarenta y un decímetro
cuadrado. Para el segundo remate se señalan las 11:00 horas del 08-09-15, con
la base de ciento ochenta y cinco mil trescientos cincuenta y seis dólares con
cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las 11:00 horas del 24-09-15 con la base de sesenta y un mil
setecientos ochenta y cinco dólares con treinta y cinco centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código
de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco Scotiabank de Costa Rica S. A. contra La Zambucasa Sociedad Anónima, Ricardo Ernesto Falla Girón.
Expediente: 15-014731-1338-CJ.—Juzgado Tercero
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15
de junio del 2015.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—(IN2015040783).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del veintiocho de julio
del año dos mil quince y con la base de siete millones doscientos setenta y
cinco mil ochocientos noventa y cinco colones con noventa céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
quinientos ochenta y seis mil ochocientos once-cero cero cero,
la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 01 San Isidro de El General, cantón 19 Pérez
Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte: calle pública, al sur:
calle pública, al este: Soledad Hernández Brizuela y al oeste: Soledad
Hernández Brizuela. Mide: doscientos noventa y ocho metros con sesenta y cinco
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero
minutos del doce de agosto del dos mil quince, con la base de cinco millones
cuatrocientos cincuenta y seis mil novecientos veintiún colones con noventa y
tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta
se señalan las ocho horas y cero minutos del veintisiete de agosto del dos mil
quince, con la base de un millón ochocientos dieciocho mil novecientos setenta
y tres colones con noventa céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza
RL contra Víctor Manuel Ureña Hernández. Expediente: 14-008018-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, 22 de abril del 2015.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—(IN2015040784).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once
horas y treinta minutos del cuatro de noviembre de dos mil quince y con la base de ochenta y seis
millones doscientos cuarenta y cinco mil ciento ochenta y cuatro colones con
cuarenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de folio real, matrícula número ciento setenta y nueve mil ciento
once cero cero cero, la
cual es terreno para construir lote 15, bloque B. Situada en el distrito San
Pablo, cantón San Pablo de la provincia de Heredia. Colinda: al sur: lote 14
bloque B; al este: lote destinado a calle dos de la urbanización, al oeste:
lote 1 bloque b y al noroeste: Vital y Austelina
Salas Espinoza. Mide: ciento ochenta y cuatro metros con veinte decímetros
cuadrados. Plano H-0708666-2001. Para el segundo remate se señalan las once
horas y treinta minutos del diecinueve de noviembre de dos mil quince, con la
base de sesenta y cuatro millones seiscientos ochenta y tres mil ochocientos
ochenta y ocho colones con treinta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta
minutos del nueve de diciembre de dos mil quince, con la base de veintiún
millones quinientos sesenta y un mil doscientos noventa y seis colones con doce
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra
Distribuidora Deportiva la Económica S. A., María Rocío de los Ángeles Díaz
Garita. Expediente: 15-020629-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17
de junio del 2015.—M.Sc. Nidia Durán Oviedo,
Jueza.—(IN2015040785).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y
anotaciones; a las ocho horas y cero minutos del treinta y uno de julio
del año dos mil quince y con la base de
tres millones ciento nueve mil doscientos setenta y cuatro colones con cincuenta
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número seiscientos veintiséis mil setecientos cuarenta y
dos-cero cero cero, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 02 El General, cantón 19 Pérez Zeledón de la
provincia de San José. Colinda: al norte: calle pública; al sur: Kattia María Rodríguez Ceciliano;
al este: Nandy Raquel Rodríguez Hidalgo y al oeste: Kattia María Rodríguez Ceciliano.
Mide: doscientos cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
ocho horas y cero minutos del diecisiete de agosto del dos mil quince, con la
base de dos millones trescientos treinta y un mil novecientos cincuenta y cinco
colones con ochenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del uno de
setiembre del dos mil quince, con la base de setecientos setenta y siete mil
trescientos dieciocho colones con sesenta y tres céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza RL contra Kattia
María Rodríguez Ceciliano. Expediente: 15-002431-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, 12 de mayo del 2015.—Licda. Eileen
Chaves Mora, Jueza.—(IN2015040786).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de
noviembre de dos mil quince, y con la base de mil setecientos setenta y ocho
dólares con treinta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo: Placas 614243, marca: Fiat, estilo: Palio ELX, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, año: 2006, color: verde, cilindrada: 1242 cc,
combustible: gasolina, número de motor:178D70556557500. Para el Segundo remate
se señalan las nueve horas y treinta minutos del siete de diciembre de dos mil
quince, con la base de mil trescientos treinta y tres dólares con setenta y
cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera
subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del doce de enero de dos
mil dieciséis con la base de cuatrocientos cuarenta y cuatro dólares con
cincuenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank
de Costa Rica S. A., contra Ana Gabriela Solano Espinoza. Exp.:
15-018874-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 17 de junio del 2015.—Licda.
Alexandra Zúñiga Mora, Jueza.—(IN2015040788).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y soportando
anotación del Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del II Circuito Judicial de
San José, proceso ordinario laboral, expediente 14-000340-0173-LA; a las nueve
horas quince minutos del dieciocho de
noviembre del dos mil quince, y con la base de treinta y seis mil treinta y
nueve colones con ochenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo: Placas número CL 278485, marca Mitsubishi, estilo Canter Fuso, categoría carga liviana, capacidad tres
personas, año 2013, color blanco, cilindrada 3900 cc combustible diesel, motor Nº 4D34N49686, cilindros: 4, carrocería
arenero, tracción: 4X2, chasis: FE84PEA30234. Para el Segundo remate se señalan
las nueve horas quince minutos del siete de diciembre del dos mil quince, con
la base de veintisiete mil veintinueve colones con ochenta y seis céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan
las nueve horas quince minutos del doce de enero del dos mil dieciséis con la
base de nueve mil nueve colones con noventa y cinco céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
de Soluciones Bansol de Costa Rica S. A. contra
Distribuidora E Importadora Arnase S. A. Exp.: 15-003062-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de junio del 2015.—Licda.
Mayra Trigueros Brenes, Jueza.—(IN2015040793).
A las
nueve horas y treinta minutos del veintinueve de julio del dos mil quince, en
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada bajo las citas 383-11713-01-0900-001, y
reservas y restricciones bajo las citas 350-14129-01-0381-001 respectivamente;
con sus respectivas bases en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Con la
base de veintitrés millones seiscientos mil colones exactos, la finca del
partido de Alajuela, matrícula número 250001-000, la cual es terreno con
locales comerciales, con un área de construcción de 92,50 m2,
corredor con un área de construcción de 25 m2, vivienda con un área
de construcción de 36 m2, apartamento con un área de construcción de
27,50 m2. Situada en el distrito 04, Aguas Zarcas cantón 10, San
Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Edgar Villalobos; sur, Caja
Costarricense de Seguro Social, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo;
este, Braulio Bonilla; oeste, calle pública. Mide: Quinientos cincuenta y dos
metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Plano A-0783619-1988. 2) Con la
base de ocho millones cincuenta y tres mil seiscientos veintiséis colones con
nueve céntimos, la finca del partido de Alajuela, matrícula número 460305-000,
la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 04, Aguas Zarcas; cantón
10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Víctor Manuel
González Brenes; sur, Víctor Manuel González Brenes y callejón de acceso con un
largo de 28 metros con 45 centímetros lineales y un ancho de 3 metros lineales;
este, Víctor Manuel González Brenes; oeste, Carlos Luis Vargas Padilla y Víctor
Manuel González Brenes. Mide: Tres mil trescientos dos metros cuadrados. Plano
A-1321134-2009. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se
señalan las nueve horas y treinta minutos del trece de agosto del dos mil quince,
con la base de diecisiete millones setecientos mil colones exactos por la finca
número 250001-000; y con la base de seis millones cuarenta mil doscientos
diecinueve colones con cincuenta y siete céntimos por la finca número
460305-000. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las
nueve horas y treinta minutos del veintiocho de agosto del dos mil quince, con
la base de cinco millones novecientos mil colones exactos por la finca número
250001-000; y con la base de dos millones trece mil cuatrocientos seis colones
con cincuenta y dos céntimos por la finca número 460305-000. Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Eddy Alejandro González
Villegas. Exp. Nº 15-000458-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 19 de
mayo del 2015.—Lic. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—(IN2015040804).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbres dominantes bajo las citas 357-01780-01-0985-001,
357-07180-01-0980-001, 357-07180-01-0981-001, 357-07180-01-0983-001,
condiciones bajo las citas: 357-07180-01-0978-001, 357-07180-01-0982-001, 357-
07180-01-0984-001, 357-07180-01-0988-001; a las diez horas y cero minutos del
veintinueve de julio del año dos mil quince, y con la base de siete millones
trescientos cincuenta y cinco mil ochocientos sesenta y nueve colones con
sesenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número
479779-000, la cual es lote decimo terreno para construir. Situada en el
distrito 13, Peñas Blancas cantón 2, San Ramón, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, calle pública; sur, Silvia Pérez Sánchez; este, Inversiones Gazu del norte, S. A.; oeste, Inversiones Gazu del Norte S. A. Mide: cuatrocientos sesenta y siete
metros cuadrados. Plano: A-1456409-2010. Para el Segundo remate se señalan las
diez horas y cero minutos del trece de agosto del año dos mil quince, con la
base de cinco millones quinientos dieciséis mil novecientos dos colones con
veintidós céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera
subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de agosto del
año dos mil quince con la base de un millón ochocientos treinta y ocho mil
novecientos sesenta y siete colones con cuarenta y un céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. Lo anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Maricel García
Herrera. Exp.: 15-000479-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 19 de
mayo del 2015.—Lic. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—(IN2015040812).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once
horas y quince minutos del trece de agosto del dos mil quince, y con la base de
veintidós millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección
de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos
noventa y un mil seiscientos catorce-cero cero uno y cero cero
dos, (391614-001-002) la cual es terreno. Situada en el distrito San Juan,
cantón Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Abrahan Alvarado Rodríguez; al sur, lote destinado a calle
pública; al este, Condomisa S. A., lote 7-H y al
oeste, Condomisa S. A. Lote 5-H. Mide: Ciento
veintiún metros con seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las once horas y quince minutos del veintiocho de agosto de dos mil
quince, con la base de dieciséis millones quinientos mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las once horas y quince minutos del catorce de setiembre de dos mil quince con
la base de cinco millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del código de comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Margarita María de Jesús Durán Carrillo. Exp.
Nº 14-000494-1158-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro de Heredia, 15 de junio del 2015.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—(IN2015040818).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve
horas y cero minutos del veinte de julio del año dos mil quince, y con la base
de seis millones treinta y seis mil cuatrocientos veintisiete colones con
veintiséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
setenta y cuatro mil quinientos cincuenta y siete cero cero
cero la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 3-Veintisiete de Abril, cantón 3-Santa Cruz, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, Rigoberto Leal Gutiérrez; al sur, Gilbert Gutiérrez
Hernández y calle pública; al este, Gilbert Gutiérrez Hernández y María
Custodia Hernández y al oeste, José Gutiérrez Hernández y. Mide: ochocientos
setenta y siete metros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las nueve
horas y cero minutos del cuatro de agosto del año dos mil quince, con la base
de cuatro millones quinientos veintisiete mil trescientos veinte colones con
cuarenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
Tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de
agosto del año dos mil quince con la base de un millón quinientos nueve mil
ciento seis colones con ochenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del Artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza
R. L., contra Maximino Gilbert Gutiérrez Hernández. Exp.:
15-001752-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 16 de junio del 2015.—Lic.
José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—(IN2015040824).
A las
ocho horas del siete de agosto del dos mil quince, en la puerta exterior del
local que ocupa este Juzgado, al mejor
postor, soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Crédito Agrícola
de Cartago al tomo 490, Asiento 02603, Consecutivo 01, Secuencia 0002, Subsecuencia 001 y soportando Reservas de la Ley de Aguas y
Caminos Públicos tomo 419, asiento 04148, consecutivo 01, Secuencia 0004, Subsecuencia 001, para el primer remate y con la base de
doce millones ciento trece mil ochocientos cuarenta y cinco colones con ochenta
céntimos, remataré: La finca hipotecada del Partido de Alajuela, matrícula
número doscientos noventa y dos mil doscientos cincuenta y cuatro-cero cero cero, que es terreno para la agricultura-Lote D-16-1013,
sito en el distrito 2 Caño Negro, cantón catorce Los Chiles de la provincia de
Alajuela. Lindante al norte, Elia Calero y Antonio Espinoza; al sur, calle
pública, al este, Antonio Espinoza y al oeste, Arnoldo Quirós, el cual mide
cuatrocientos siete mil ciento sesenta y nueve metros con setenta y siete
decímetros cuadrados, según plano N° A-0112819-1993, propiedad del demandado Greivin Morera Pérez. En caso de resultar fracasado el
primer remate, para el segunda subasta y con la rebaja
del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de nueve millones
ochenta y cinco mil trescientos ochenta y cuatro colones con treinta y cinco
céntimos, se señalan las ocho horas del veinticuatro de agosto del dos mil
quince. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen
posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de
la base original, o se la suma de tres millones veintiocho mil cuatrocientos
sesenta y un colones con cuarenta y cinco céntimos, se señalan las ocho horas
del siete de setiembre del dos mil quince. Lo anterior por estar así ordenado
en Proceso de ejecución hipotecaria N° 14-000300-0298-AG establecida por los
actores-cesionarios: Luciano Nicolis y Riccardo Portogheses, contra
Carlos Alberto Blanco Villegas y otros.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 09 de
junio del 2015.—Licda. Silvia Elena Sánchez Blanco, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015040826).
En la
puerta exterior de este Despacho y con la base de con la base de veintidós
millones seiscientos seis mil veinticuatro colones, libre de gravámenes
hipotecarios y anotaciones, sáquese a remate el derecho que posee la demandada
Ana Heidy Ramírez Retana, con cédula de identidad
número uno-cero seiscientos veinticinco-cero
ochocientos sesenta y siete, sea el derecho cero cero
dos, de la finca del partido de San José, matrícula de Folio Real número dos
cuatro cinco seis tres cinco. Para tal efecto se señalan las nueve horas del
veintiocho de julio del dos mil quince (Primer remate), De no haber postores,
para llevar a cabo el Segundo remate se señalan las nueve horas del diez de
agosto del dos mil quince, con la base de dieciséis millones novecientos
cincuenta y cuatro mil quinientos dieciocho colones. De no haber postores, para
el Tercer remate se señalan las nueve horas del veinticuatro de agosto del dos
mil quince, con la base de cinco millones seiscientos cincuenta un mil
quinientos seis colones. Se rematará por haberse ordenado así en Proceso
Ordinario Laboral, expediente número 10-3000038-0239-LA establecido por
Patricia Araya Solano contra Ana Heidy Ramírez Retana.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Hatillo,
Hatillo, 16 de junio del 2015.—Lic. José Manuel Chaves Redondo, Juez.—Exonerado.—(IN2015040827).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones citas: 363-07361-01-0904-001, a las quince
horas y cero minutos del veintiuno de julio del dos mil quince, y con la base
de dieciocho millones quinientos cincuenta mil setecientos noventa y ocho
colones con cincuenta y seis céntimos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos
cuarenta y cinco mil trescientos sesenta y siete cero cero
cero, la cual es terreno para construir lote N.4.
Situada: en el distrito 01-Santiago, cantón 04-Puriscal, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, lote tres; al sur, lote 5; al este, resto dest. a calle con 10 m, y al
oeste, Telmo Vargas. Mide: ciento ochenta metros con doce decímetros cuadrados.
Para el segundo remate, se señalan las quince horas y cero minutos del cinco de
agosto del dos mil quince, con la base de trece millones novecientos trece mil
noventa y ocho colones con noventa y dos céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cero
minutos del veinte de agosto del dos mil quince, con la base de cuatro millones
seiscientos treinta y siete mil seiscientos noventa y nueve colones con sesenta
y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Alamar Trejos Guerrero, Luz Mireya
de la Trinidad Guzmán Carmona. Expediente N° 15-002063-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, 22 de abril del 2015.—Licda. Eileen
Chaves Mora, Jueza.—Exonerado.—(IN2015040828).
A las
nueve horas del veintiocho de setiembre del dos mil quince, en la puerta
exterior de este Despacho, y con la base de ochenta y un millones novecientos
cincuenta y cuatro mil doscientos ochenta y nueve colones con cuarenta y siete céntimos,
sáquese a venta judicial, al mejor postor, lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real matrícula N° 56798-000, la cual es terreno de cafetal con una casa.
Situada: en el distrito 01 (Santa Bárbara), cantón 04 (Santa Bárbara), de la
provincia de Heredia. Colinda: al noreste, Ermita Céspedes; al noroeste, lote
4; al sureste, lote 6, y al suroeste, calle pública con 12:20 metros. Mide:
cuatrocientos setenta y siete metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados.
Se declara la venta judicial por ordenarse así en proceso ordinario de German
Quesada Campos contra Ana Jeannette Bogantes Víquez. Expediente N°
06-001100-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia,
5 de noviembre del 2014.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—Exonerado.—(IN2015040829).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y
anotaciones, a las nueve horas del
veinte de julio del dos mil quince, y con la base de cuatrocientos cuarenta mil
colones, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Moto placa: Mot 293714, marca: Jialing,
serie, chasis y vin: LAAAJKKV0A0000048, tracción:
2x2, año de fabricación: 2010, estilo: JH 150 GY 2, y que se encuentra a nombre
del señor Víctor Jenaro Corrales Salazar. Para el segundo remate, se señalan
las nueve horas del siete de agosto del dos mil quince, con la base de
trescientos treinta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento), y para
la tercera subasta, se señalan las nueve horas del veinticinco de agosto del
dos mil quince, con la base de ciento diez mil colones (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de Ana Solórzano
Cortés contra Víctor Jenaro Corrales Salazar. Expediente N° 12-001150-1096-PA.—Juzgado de Pensiones Alimentarias del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 5 de junio del 2015.—Msc.
Adriana Fernández Ruiz, Jueza.—Exonerado.—(IN2015040833).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las
nueve horas treinta minutos del siete de
agosto de dos mil quince, y con la base de cuarenta y cinco millones colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas EE-029131,
marca 3 Star, estilo MF 5650, motor EU83761,
categoría equipo especial agrícola, carrocería cosechadora trilladora de arroz,
color rojo, modelo MF cinco seis cinco cero, año dos mil nueve, motor marca Cummins número EU ocho tres siete seis uno, chasis número
cinco seis cinco cero dos cinco cuatro cinco cero tres, cilindros seis,
combustible diesel, capacidad un pasajero, tracción
sencilla. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del
veinticuatro de agosto de dos mil quince, con la base de treinta y tres
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta
minutos del cuatro de setiembre de dos mil quince con la base de once millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Isaura María Murillo Barrantes, Javier Murillo
Bolaños. Expediente N° 13-015846-1012-CJ.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 22 de junio de
2015.—Lic. Silvia Elena Sánchez Blanco, Jueza Agraria.—Exonerado.—(IN2015040840).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre de paso citas: 0464-00012210-01-0009-001; a las quince horas y cero minutos del cinco
de agosto del año dos mil quince y con la base de cuarenta y cuatro mil
ochocientos unidades de desarrollo en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 489036-000 la cual es
terreno con una casa. Situada en el distrito 10 Hatillo cantón 01 San José de
la provincia de San José. Colinda: al norte, Jorge Conejo Rivas; al sur,
Deyanira Vargas Villalta; al este, Transportes Ro Ro
Limitada y al oeste, lote número dos. Mide: ciento noventa y dos metros con
noventa decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince
horas y cero minutos del veinte de agosto del año dos mil quince con la base de
treinta y tres mil seiscientos unidades de desarrollo (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas
y cero minutos del cuatro de septiembre del año dos mil quince con la base de
once mil doscientos unidades de desarrollo (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Ana Julia Quirós Picado, Inmobiliaria Muqui S. A. Expediente N° 09-027462-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro, II Circuito Judicial de San José, 16 de junio del
2015.—Luis Carlos Arana Oronó, Juez.—IN2015040841).
Remate
de madera que se llevará a cabo a las ocho horas del once de agosto del dos mil
quince en la puerta principal del Juzgado Penal de Aguirre y Parrita, Quepos con base de setenta y siete mil ochocientos noventa y cinco colones exactos (77.895,00)
consistente en la cantidad de 0.255 metros cúbicos de madera de la especie Cedrela Odorata (1 troza) y 0.152
metros cúbicos de madera de la especie Cedrela Odorata (13 Tablas). Lo anterior por estar ordenado así
mediante resolución de las trece horas del tres de junio del año dos mil
catorce, dentro de la causa penal N° 15-200126-0457-PE por infracción a la ley
forestal contra Luis Alberto Segura Badilla en daño de los recursos naturales.—Juzgado
Penal de Aguirre y Parrita, Quepos, 03 de junio
del 2015.—Lic. Karol Castro Fallas, Jueza Penal.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015040842).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando reservas y restricciones,
bajo las citas 327-13750-01-0002-001, a las ocho horas y cero minutos del
treinta de julio del año dos mil quince, y con la base de sesenta y cuatro
millones ciento seis mil doscientos cincuenta colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N°
97862-000, la cual es terreno de potrero y montaña. Situada en el distrito 2,
La Virgen, cantón 10, Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte,
Édgar Otoya y Fernando Loría;
sur, Saúl Martín calle pública con 18m; este, Carlos Peralta y oeste, Irmo Zamora. Mide: un millón quinientos dieciséis mil
seiscientos sesenta y ocho metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados.
Plano: H-0034580-1977. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero
minutos del catorce de agosto del año dos mil quince, con la base de cuarenta y
ocho millones setenta y nueve mil seiscientos ochenta y siete colones con
cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del treinta y uno de agosto
del año dos mil quince con la base de dieciséis millones veintiséis mil
quinientos sesenta y dos colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Agropecuaria El Mollejón S. A. contra Juan Rafael Salazar Pereira, expediente
N° 15-000498-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del II Circuito Judicial de Alajuela, 20 de mayo del 2015.—Elizabeth
Rodríguez Pereira, Jueza.—(IN2015040843).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando prohibiciones artículo 16 ley
7599 bajo las citas: 463-02835- 01-0022-001; a las trece horas y treinta
minutos del veinte de agosto del año dos mil quince, y con la base de ocho
millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 341085-000, la cual
es terreno para construir, lote 22-d-1011. Situada en el distrito 1, San
Rafael, cantón 15, Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Arlis Gómez; sur, Arlis Gómez,
servidumbre de paso; este, Arlis Gómez y oeste,
Francisco Amador. Mide: doscientos noventa y seis metros con veintiséis
decímetros cuadrados. Plano: A-0356537-1996. Para el segundo remate se señalan
las trece horas y treinta minutos del cuatro de setiembre del año dos mil
quince, con la base de seis millones trescientos setenta y cinco mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las trece horas y treinta minutos del veintidós de setiembre del año
dos mil quince con la base de dos millones ciento veinticinco mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra
José Alberto Montoya Quirós y William Gerardo González Arce. Expediente N° 15-000658-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del II Circuito
Judicial de Alajuela, 05 de junio del 2015.—Elizabeth Rodríguez Pereira,
Jueza.—(IN2015040854).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las trece
horas veinte minutos del trece de agosto
del año dos mil quince (01:20pm), y con la base de dieciocho millones
doscientos treinta y un mil cuatrocientos setenta y un colones con setenta y
cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número ciento treinta y tres mil doscientos setenta y
ocho cero cero cero la cual
es terreno lote e-20 terreno para construir con una casa. Situada en el
distrito 01 Paraíso, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al
noreste, lote número veintiuno-E, urbanización Las Margaritas; al noroeste,
calle pública con seis metros de frente; al sureste, Jorge Solano Chacón y al
suroeste, lote número diecinueve-E urbanización La Margarita. Mide: ciento
treinta y ocho metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las trece horas veinte minutos del veintiocho de agosto del año
dos mil quince (01:20pm), con la base de trece millones seiscientos setenta y
tres mil seiscientos tres colones con ochenta y un céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas
veinte minutos del catorce de setiembre del año dos mil quince (01:20pm) con la
base de cuatro millones quinientos cincuenta y siete mil ochocientos sesenta y
siete colones con noventa y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de
Cartago contra José Martín Solano Meza, Olga Ligia de Jesús Meza Solano.
Expediente N° 14-007036-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 07 de enero del 2015.—Lic.
María Gabriela Solano Molina, Jueza.—(IN2015040867).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre de aguas pluviales citas: 0430-00019498-01-0001-001,
citas 0430-00019498-01-0003-001, a las dieciséis horas y cero minutos del
veinticinco de agosto de dos mil quince (04:00 p.m.) , y con la base de nueve
millones quinientos cuatro mil cuatrocientos diez colones con catorce céntimos,
en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 19325-F-000-001-002
la cual es terreno filial número treinta y dos B, planta alta destinada a uso
de habitación en proceso de construcción. Situada en el distrito 07 Uruca, cantón 01 San José, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, vacío; al sur, filial 31 B; al este, vacío y al oeste,
filial 11 B. Mide: cuarenta y seis metros con diez decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del nueve de
setiembre de dos mil quince (04:00 p.m.), con la base de siete millones ciento
veintiocho mil trescientos siete colones con sesenta y un céntimos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis
horas y cero minutos del veinticinco de setiembre de dos mil quince (04:00
p.m.) con la base de dos millones trescientos setenta y seis mil ciento dos
colones con cincuenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro
y Préstamo contra Ana Patricia Barquero Herrera, Hermes Antonio Rodríguez
Retana. Expediente N° 15-000661-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 10 de junio del 2015.—Lic.
Diego Meoño Piedra, Juez.—(IN2015040890).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre trasladada a las citas 0284-00005819-01-0901-001, a
las once horas y cero minutos del veinte
de julio del año dos mil quince, y con la base de sesenta y un mil
cuatrocientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 180063-000 la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 02 Pitahaya, cantón 01 Puntarenas, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Rancho Hípico de Aranjuez S. A.; al
sur, Rancho Hípico de Aranjuez S. A.; al este, Comercializadora Dos Mil Tres
del Norte S. A. y al oeste, servidumbre agrícola con un frente a ella de 102.99
metros lineales. Mide: cinco mil metros con cero decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del cuatro de agosto
del año dos mil quince, con la base de cuarenta y seis mil cincuenta dólares
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las once horas y cero minutos del diecinueve de agosto del año dos mil
quince con la base de quince mil trescientos cincuenta dólares exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra EQ Quintas
Aranjuez S. A., Randall Álvarez Solano. Expediente N° 15-005631-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito
Judicial de San José, 02 de junio del 2015.—Lic. Yesenia Zúñiga Ugarte,
Jueza.—(IN2015040903).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando condiciones y servidumbre de
aguas pluviales, a las catorce horas y cero minutos del veintitrés de setiembre
de dos mil quince, y con la base de tres millones ciento setenta y tres mil
ciento noventa y nueve colones con cincuenta y un céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento
seis mil novecientos veintisiete-cero cero cero la
cual es terreno de solar con una casa, lote 19 bloque Y. Situada en el distrito
05 Cariari, cantón 02 Pococí,
de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Oldemar
Quirós Mora; al sur, avenida 6; al este, lote 18-Y y al oeste lote 20-Y. Mide:
ciento sesenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce
horas y cero minutos del ocho de octubre de dos mil quince, con la base de dos
millones trescientos setenta y nueve mil ochocientos noventa y nueve colones
con sesenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiséis de
octubre de dos mil quince con la base de setecientos noventa y tres mil
doscientos noventa y nueve colones con ochenta y ocho céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido
a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Pablo Corrales Segura. Expediente N°
15-000287-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
de Pococí, 16 de junio del 2015.—Lic. Isabel
Castillo Navarro, Jueza.—(IN2015040904).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando reservas y restricciones, a
las nueve horas y treinta minutos del uno de octubre de dos mil quince, y con
la base de tres millones seiscientos sesenta y seis mil setecientos treinta y
nueve colones con ochenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos tres
mil quinientos setenta y ocho-cero cero cero la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito 02 La Virgen, cantón 10
Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Oldemar
de los Ángeles Torres Reyes; al sur, Oldemar de los
Ángeles Torres Reyes; al este, calle pública con un frente a calle de 17 metros
con 60 centímetros lineales y al oeste, Oldemar de
los Ángeles Torres Reyes. Mide: setecientos dos metros con cinco decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos
del diecinueve de octubre de dos mil quince, con la base de dos millones
setecientos cincuenta mil cincuenta y cuatro colones con ochenta y ocho
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y treinta minutos del tres de noviembre de dos mil
quince con la base de novecientos dieciséis mil seiscientos ochenta y cuatro
colones con noventa y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Oldemar de los Ángeles
Torres Reyes. Expediente N° 14-001758-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 08 de junio
del 2015.—Lic. Isabel Castillo Navarro, Jueza.—(IN2015040911).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero
soportando infracción, sumaria catorce-siete mil cuatro-ciento setenta y
cuatro-TR del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de San José; a las catorce horas y treinta
minutos del tres de agosto del dos mil quince, y con la base de dos millones novecientos
cuatro mil cuatrocientos dieciséis colones con noventa y seis céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: vehículo TSJ 6979, marca de fábrica: Citroen, año modelo: dos mil doce, estilo: Berlingo VPN
Uno, categoría: automóvil, carrocería: station wagon o familiar, capacidad: cinco personas, color rojo,
año: dos mil doce, chasis VF siete siete J nueve
HKCCJ cinco cinco cuatro nueve ocho cinco, tracción
cuatro por dos, motor marca Citroen, número de motor
uno cero JBEB cero cero uno cero cinco ocho seis,
cilindros cuatro, combustible diesel, cilindrada mil
quinientos sesenta centímetros cúbicos. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil quince, con
la base de dos millones ciento setenta y ocho mil trescientos doce colones con
setenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del dos de
setiembre del dos mil quince con la base de setecientos veintiséis mil ciento
cuatro colones con veinticuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Prendaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Antonio Augusto Angulo Angulo.
Exp. 15-012150-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado
Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de
San José, 2 de junio del 2015.—Licda. Gabriela Campos Ruiz, Jueza.—(IN2015040920).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
catorce horas y treinta minutos del
veinte de julio del dos mil quince, y con la base de cuatro millones quinientos
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número diecisiete mil ochocientos noventa y siete cero
cero cero la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito Limón, cantón Limón, de la
provincia de Limón. Colinda: al norte, Alexander Thorpe
Thorpe; al sur, Alexander Thorpe
Thorpe; al este, calle; y al oeste, Alexander Thorpe Thorpe. Mide: doscientos
cincuenta y seis metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del cuatro de agosto del
dos mil quince, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecinueve de agosto
del dos mil quince con la base de un millón ciento veinticinco mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución
Hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Claire Hellen Sterling Samuels, Clyton Ray Bernard Morris. Exp. 15-000328-1208-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil
de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la
Zona Atlántica, 8 de abril del 2015.—Lic. Francis Porras León, Juez.—(IN2015040949).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince
horas y cero minutos del veintidós de julio del dos mil quince, y con la base
de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número ciento dieciocho mil ochocientos cincuenta cero cero cero la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 01 Pococi,
de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Hugo Elberto
Smith Oviedo, Jorge Sancho Rodríguez; al sur, Hugo Elberto
Smith Oviedo, Gabriela Mora Chaves; al este, Hugo Elberto
Smith Oviedo; y al oeste, calle pública con 8,00 mts
frente. Mide: doscientos ochenta y un metros con once decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del seis de
agosto del dos mil quince, con la base de cuatro millones quinientos mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintiuno de agosto del
dos mil quince con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra María Alexandra Sancho Rodríguez. Exp. 15-000707-1208-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 28 de mayo
del 2015.—Lic. Mario García Araya, Juez.—(IN2015040951).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando Prohibiciones citas 477-12677-01-0127-001 y Reservas de Ley de Aguas
y Ley de Caminos Públicos citas 477-12677-01-0217-001; a las nueve horas y
treinta minutos del trece de agosto de dos mil quince, y con la base de diez
millones de colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número ciento quince mil doscientos setenta y seis cero cero
cero la cual es Naturaleza proyecto Coto Brus, Lote 1-141, terreno para construir. Situada en el
distrito 4-Limoncito, cantón 8-Coto Brus, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Lotes 1-124- y 1-126; al sur, Lotes
1-123; al este, quebrada; y al oeste, calle pública y lote 1-124. Mide: cuatro
mil cuatrocientos ochenta y un metros con noventa y un decímetros cuadrados.
Plano: P-0598866-1999. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
treinta minutos del veintiocho de agosto de dos mil quince, con la base de
siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos
del catorce de setiembre de dos mil quince con la base de dos millones
quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra
Michael Ramiro Zúñiga Arias. Exp. 14-000210-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y
Contravencional de Golfito, 13 de enero del 2015.—Licda.
Olga Marta Sandí Torres, Jueza.—(IN2015040953).
En la
puerta exterior de este Despacho, soportando servidumbre trasladada citas:
0317-00005113-01-0901-001, Hipoteca de Primer grado 2012-00340576-01-0001-001;
a las catorce horas y cero minutos del
diecisiete de julio de dos mil quince (02:00PM), y con la base de veinticuatro
mil seiscientos cuatro dólares con sesenta y tres centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
doscientos tres mil setecientos setenta y siete cero cero
cero la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 02 San Diego, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda:
al norte, calle pública; al sur, Arnoldo Mesen Gamboa; al este, Cooperativa de
Vivienda de Zapote RL; y al oeste, Cooperativa de Vivienda de Zapote RL. Mide: ciento
veintidós metros con seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y cero minutos del tres de agosto de dos mil quince
(02:00pm), con la base de dieciocho mil cuatrocientos cincuenta y tres dólares
con cuarenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de
agosto de dos mil quince (02:00pm) con la base de seis mil ciento cincuenta y
un dólares con quince centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Ruth Carranza Bonilla contra Ana Rocío
de los Ángeles Solís Castillo. Exp. 15-000060-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial
de Cartago, 2 de junio del dos mil quince.—Lic. Diego Meoño Piedra, Juez.—(IN2015040985).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce
horas y treinta minutos del veintisiete de julio de dos mil quince y con la base
de veintisiete mil doscientos veintitrés
dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas
número 803129, marca Suzuki, estilo Grand Vitara, categoría automóvil,
capacidad 5 personas, año 2010, color beige, Vin
JS3TD04V5A4200181. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
treinta minutos del once de agosto de dos mil quince, con la base de veinte mil
cuatrocientos diecisiete dólares con veinticinco centavos y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiséis de agosto
de dos mil quince con la base de seis mil ochocientos cinco dólares con setenta
y cinco centavos. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Prendaria de
Banco BAC San José S. A. contra Mario Alexis Montero Solís. Exp.
15-000035-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional
de Grecia, 4 de marzo del 2015.—Brayan
Li Morales, Juez.—(IN2015041002).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las once horas y treinta minutos del veintisiete de
julio de dos mil quince y con la base de veintisiete mil setenta y dos dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número
850599, marca Toyota, estilo RAV 4, categoría automóvil, capacidad 5 personas,
año 2011, color plateado, Vin JTMZD33V40D014433. Para
el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del once de
agosto de dos mil quince, con la base de veinte mil trescientos cuatro dólares
exactos y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos
del veintiséis de agosto de dos mil quince con la base de seis mil setecientos
sesenta y ocho dólares exactos. Se remata por ordenarse así en Proceso
Ejecución Prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Zulma Nathalia Villamil Ruiz. Exp.
14-004305-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional
de Grecia, 26 de febrero del 2015.—Brayan
Li Morales, Juez.—(IN2015041005).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones (citas
330-02954-01-0901-001); a las trece horas y cuarenta y cinco minutos (una hora
y cuarenta y cinco minutos pasado meridiano) del trece de julio del dos mil
quince, y con la base de veinticinco mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
trescientos dos mil setecientos sesenta y cinco cero cero
cero la cual es de naturaleza terreno de potrero.
Situada en el distrito 5-Guacima, cantón 1-Alajuela, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Línea Férrea Pacifico; con 26,89 metros; al sur,
servidumbre de paso con 25.16 metros; al este, Oscar Coto, Roxana Madrigal
Sofía Quesada Gerard Bolaños y al oeste, Gerardo Bolaños Hernández. Mide: Mil
trescientos siete metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos (una hora
y cuarenta y cinco minutos pasado meridiano) del veintiocho de julio del dos
mil quince, con la base de dieciocho mil setecientos cincuenta colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las trece horas y cuarenta y cinco minutos (una hora y cuarenta y cinco minutos
pasado meridiano) del doce de agosto del dos mil quince con la base de seis mil
doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del código de comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Cristin
S. A. contra Oscar Francisco Coto Chacón. Exp. Nº
14-011199-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de mayo
del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos,
Juez.—(IN2015041195).
primera publicación
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones; a las
trece horas y treinta minutos del veintinueve
de setiembre de dos mil quince y con la base de treinta y nueve mil
ciento treinta y cuatro dólares con diecinueve centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número sesenta
mil seiscientos cuarenta y tres-cero cero cero, la
cual es lote seis, terreno para construir con una casa. Situada en el distrito
01 Guápiles, cantón 02 Pococí de la provincia de
Limón. Colinda: al norte, calle pública con 13 mts 70
cm; al sur, Hernán Barrantes Espinoza; al este, Compañía Ruiz S. A.; y al
oeste, Compañía Ruiz S. A. Mide: trescientos dieciséis metros con cuarenta y
siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y
treinta minutos del quince de octubre de dos mil quince, con la base de
veintinueve mil trescientos cincuenta dólares con sesenta y cuatro centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las trece horas y treinta minutos del treinta de octubre de dos mil quince, con
la base de nueve mil setecientos ochenta y tres dólares con cincuenta y cinco
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra
Gerardo Alfonso García Jiménez. Expediente: 14-001346-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 11 de junio
del 2015.—Licda. Isabel Castillo Navarro, Jueza.—(IN2015041009).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las nueve horas y quince minutos del veintiuno de
julio de dos mil quince y con la base de dos millones quinientos sesenta y
cuatro mil ciento veintitrés colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo: placas número 575474, marca Ford, estilo Ecosport, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año
2005, color plateado, vin 9BFUT35E658606979,
cilindrada 1400 cc, combustible diesel, motor N° NR.
Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del cinco de
agosto de dos mil quince, con la base de un millón novecientos veintitrés mil
noventa y dos colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del
veinte de agosto de dos mil quince, con la base de seiscientos cuarenta y un
mil treinta colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Grupo Canafin S. A. contra Omar Revelino
Wright Grant. Expediente: 15-014149-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 5 de mayo del 2015.—MSc.
Jeannette Ruiz Herradora, Jueza.—(IN2015041020).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las
trece horas cuarenta y cinco minutos del
veintidós de julio del dos mil quince y con la base de dos millones doscientos
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas
755508, marca: Mitsubishi, estilo: Montero Sport, capacidad: 5 personas, año:
2003, color: blanco, categoría: automóvil, carrocería: todo terreno, 4 puertas,
chasis: K8903J012852, N° motor: 6G74CK0647, cilindrada: 3500 cc, combustible:
gasolina, cilindros: 06. Para el segundo remate se señalan las trece horas
cuarenta y cinco minutos del seis de agosto del dos mil quince, con la base de
un millón seiscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas cuarenta y
cinco minutos del veintiuno de agosto del dos mil quince, con la base de
quinientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A. contra Ediciones Especiales Internacionales
S. A. Expediente: 13-018455-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10
de junio del 2015.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—(IN2015041022).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones, bajo la
sumaria 14-004883-0494-TR del Juzgado de Transito del I Circuito Judicial de
Alajuela, a las once horas y cero minutos del veintisiete de julio de dos mil
quince y con la base de seis mil quinientos once dólares con sesenta y un
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas
setecientos treinta y cuatro mil doscientos cuarenta y cinco (734245), Toyota Yaris, Sedan 4 puertas, año 2008, color blanco, serie,
chasís y vin JTDBT923101230782, combustible gasolina,
motor número 1NZC906499, cilindrada 1496 cc. Para el
segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del once de agosto de
dos mil quince, con la base de cuatro mil ochocientos ochenta y tres dólares
con setenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintiséis de agosto de
dos mil quince, con la base de un mil seiscientos veintisiete dólares con
noventa centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Davivienda (Costa Rica) S. A. contra Alexandra
María Castillo Carvajal. Expediente: 14-003957-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 5
de junio del 2015.—Lic. Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—(IN2015041044).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del seis de
agosto de dos mil quince y con la base de cuarenta y tres mil dólares exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio
real, matrícula número trescientos cuarenta y cuatro mil novecientos
veintisiete-cero cero cero (344927-000), la cual es
terreno naturaleza: lote 255 con una casa. Situada en el distrito Hatillo,
cantón San José de la provincia de San José. Colinda: al norte: avenida Adolfo
Marie; al sur: lote 264; al este: pared medianera lote 254 y al oeste: lote
256. Mide: ciento cincuenta y ocho metros con un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de agosto de dos mil
quince, con la base de treinta y dos mil doscientos cincuenta dólares exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las diez horas y cuarenta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil
quince, con la base de diez mil setecientos cincuenta dólares exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código
de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cultivos
Agrícolas de Puente Salas Ltda., contra Ana Catalina Barrantes Barrantes. Expediente: 15-001201-1158-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Heredia, 19 de mayo del 2015.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—(IN2015041047).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del veintiocho
de julio de dos mil quince y con la base de diecinueve mil ciento noventa y
tres dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo:
placas número 904981, marca Honda, estilo Civil LX, categoría automóvil,
capacidad 5 personas, año 2012, color gris, vin
19XFB2550CE500335, cilindrada 1798 cc, combustible gasolina, motor N°
R18Z11677295. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta
minutos del doce de agosto de dos mil quince, con la base de catorce mil
trescientos noventa y cuatro dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce
horas y treinta minutos del veintisiete de agosto de dos mil quince, con la
base de cuatro mil setecientos noventa y ocho dólares con veinticinco centavos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código
de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de BAC
San José S. A. contra Repamar del Sur S.A.
Expediente: 14-005407-1158-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Heredia, 21 de mayo del 2015.—Lic. Ricardo Chacón
Cuadra, Juez.—(IN2015041076).
En la
puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada bajo
las citas 0344-00003935-01-0902-001; a las trece horas y treinta minutos del
diecinueve de agosto del dos mil quince y con la base de cuarenta y un millones
setecientos noventa y nueve mil quinientos treinta y nueve colones con noventa
y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número 00211723-000, la cual es terreno de potrero lote
22 con una casa. Situada en el distrito 03 las Horquetas, cantón 10 Sarapiquí
de la provincia de Heredia. Colinda: al norte: calle pública; al sur: ICE; al
este: Leticia Vega Contreras y Luis Diego Cascante Cruz y al oeste: Leticia
Vega Contreras y Luis Diego Cascante Cruz. Mide: ochocientos metros con noventa
y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas
y treinta minutos del tres de setiembre del dos mil quince, con la base de
treinta y un millones trescientos cuarenta y nueve mil seiscientos cincuenta y
cuatro colones con noventa y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos
del veintiuno de setiembre del dos mil quince, con la base de diez millones cuatrocientos
cuarenta y nueve mil ochocientos ochenta y cuatro colones con noventa y nueve
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Grace Sánchez Granados, José Francisco Rojas Rivas. Expediente:
15-006636-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de San José, 19 de junio del 2015.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—(IN2015041080).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada, al tomo 308,
asiento 3753; a las catorce horas y treinta minutos del veinticinco de agosto
del dos mil quince y con la base de veinte millones de colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
doscientos cuarenta y ocho mil quinientos cuarenta cero cero
uno-cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en
el distrito 04 Tirrases, cantón 18 Curridabat de la
provincia de San José. Colinda: al norte: Teresa Sandoval; al sur: calle
pública; al este: Cecilia Ruiz Madrigal y al oeste: Urb. y Viviendas el Hogar
S. A. Mide: ciento veintiún metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del nueve
de setiembre del dos mil quince, con la base de quince millones de colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticinco de setiembre del
dos mil quince, con la base de cinco millones de colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de contra Ana Victoria de San Juan Torres Wohl, Luis Guillermo Torres Wohl.
Expediente: 15-006828-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 15 de
junio del 2015.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez.—(IN2015041084).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas treinta minutos del veintisiete
de julio del dos mil quince, y con la base de catorce millones seiscientos
cuarenta y cuatro mil cuatrocientos setenta y ocho colones con treinta
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Cartago, sección de propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número doscientos siete mil novecientos noventa y
seis-cero cero cero la cual es terreno para la
construcción. Situada en el distrito 02 San Diego, cantón 03 La Unión, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, Antonio Sanou
Casasola; al sur, avenida 4 A pública con frente de 7 m 50 cm; al este, lote
38-P y al oeste, lotes 36-P. Mide: Ciento treinta metros con dieciocho
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta
minutos del once de agosto del dos mil quince, con la base de diez millones
novecientos ochenta y tres mil trescientos cincuenta y ocho colones con setenta
y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las trece horas treinta minutos del veintiséis de agosto del
dos mil quince, con la base de tres millones seiscientos sesenta y un mil
ciento diecinueve colones con cincuenta y siete céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Rodolfo Antonio
Casasola Calderón. Exp. Nº 09-004669-1012-CJ.
Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro,
Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de mayo del 2015.—Lic. Iván
Tiffer Vargas, Juez.—(IN2015041204).
En la
puerta exterior de este Despacho; ambas
libres de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas
468-13288-01-0002-001; a las ocho horas y treinta minutos del tres de agosto
del dos mil quince, y cada una con la base de veinticinco millones quinientos
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento dieciséis mil
trescientos treinta y ocho cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno lote g terreno de tacotal.
Situada en el distrito 06 Tierras Morenas, cantón 08 Tilarán,
de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Cooperativa de Caficultores
de Tilarán R. L., con servidumbre agrícola de paso a
calle pública con una extensión de 135,92 metros en medio; al sur, Elías López
Obando; al este, lote H de Cooperativa de Caficultores de Tilarán
R. L. y al oeste, lote F de Cooperativa de Caficultores de Tilarán
R. L. Mide: Treinta y dos mil doscientos ochenta y cuatro metros con catorce
decímetros cuadrados. Plano: G-0526739-1998. 2) Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio
real, matrícula número ciento dieciséis mil trescientos treinta y siete cero cero uno, cero cero dos la cual
es terreno lote F terreno de tacotal. Situada en el distrito 06 Tierras
Morenas, cantón 08 Tilarán, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, Cooperativa de Caficultores de Tilarán R. L., con servidumbre agrícola de paso a calle
pública con una extensión de 140,10 metros en medio; al sur, Elías López
Obando; al este, lote g de cooperativa de caficultores de Tilarán
R. L y al oeste, lote E de Cooperativa de Caficultores de Tilarán
R. L. Mide: Treinta y dos mil doscientos ochenta y dos metros con cuarenta y
ocho decímetros cuadrados. Plano: G-0526738-1998. Para el segundo remate se
señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil
quince, cada una con la base de diecinueve millones ciento veinticinco mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del
dos mil quince, cada una con la base de seis millones trescientos setenta y
cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Julio Eduardo Ugalde Víquez contra Guillermo del
Carmen Solano Gamboa, Rafael Enrique Ramírez Arguedas. Exp.
Nº 15-000667-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor
Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, (Liberia),
8 de junio del 2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2015041206).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del dos de
setiembre del dos mil quince, y con la base de doscientos ocho mil ochocientos
cincuenta y nueve dólares con treinta centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección
de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 374480-000 la
cual es terreno solar con una casa de dos plantas. Situada en el distrito San
Roque, cantón Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, Marvin Barrantes
Matamoros; al noroeste, Doris Barrantes Castro; al sureste, Doris Barrantes
Castro y al suroeste, camino público con 13.07 metros de frente. Mide:
Doscientos veintiocho metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de
setiembre del dos mil quince, con la base de ciento cincuenta y seis mil
seiscientos cuarenta y cuatro dólares con cincuenta centavos exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce
horas y cero minutos del cinco de octubre del dos mil quince, con la base de
cincuenta y dos mil doscientos catorce dólares con ochenta y dos centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Hazel
María Arias Sancho. Exp. Nº 15-005669-1012-CJ.
Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro,
Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de junio del 2015.—Licda. Mayela Gómez Pacheco.—(IN2015041212).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada y concesiones bajo las citas 0285-0004777- 0901-001; a las diez
horas del diecisiete de agosto del dos mil quince, y con la base de trescientos
ochenta y cuatro mil dólares al mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número seiscientos seis mil
setecientos sesenta y dos cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa de
habitación. Situada en el distrito Tres Pozos, cantón nueve Santa Ana, de la
provincia de San José. Colinda: norte, Marcela Muñoz Gabayet;
sur, calle pública con veintitrés metros sesenta y tres centímetros; este,
Augusta Medina Back; en medio de servidumbre de paso con veintisiete metros
veintisiete centímetros y oeste, Homdom S. A. Mide:
Seiscientos sesenta y nueve metros con dos decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las diez horas del uno de setiembre del dos mil
quince, con la base de doscientos ochenta y ocho mil dólares (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas del
diecisiete de setiembre del dos mil quince, con la base de noventa y seis mil
dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra
Gerardo Herrera Araya, Mónica María Gutiérrez Greco. Exp.
Nº 15-004283-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado
Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 15 de
junio del 2015.—Lic. Bernardo Goldstein Rosales, Juez.—(IN2015041214).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre bajo las citas
0335-00008029-01-0919-001; a las catorce horas del veintitrés de setiembre del
dos mil quince, y con la base de dos millones doscientos veintidós mil
quinientos colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de propiedad, bajo
el sistema de folio real, matrícula número 100541-000 la cual es terreno de
potrero lote a 21. Situada en el distrito 02 San Isidro, cantón 08 El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte,
Frontis Willian Sherril; al
sur, lote A 20; al este, camino público y al oeste, camino público. Mide: Diez
mil metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas del ocho de octubre del dos mil quince, con la base de un millón
seiscientos sesenta y seis mil ochocientos setenta y cinco colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las catorce horas del veintiséis de octubre del dos mil quince, con la base de
quinientos cincuenta y cinco mil seiscientos veinticinco colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José
Alberto Bonilla Hernández contra Luis Ángel de Jesús Torres Calvo. Exp. Nº 15-011506-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 7 de
mayo del 2015.—Msc. Yesenia Solano Molina,
Jueza.—(IN2015041244).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del once de
agosto del dos mil quince, y con la base de doce millones quinientos mil
colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Limón sección de propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número 29170-000 la cual es terreno solar con 1 casa.
Situada en el distrito 3-pocora cantón 6-Guácimo de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, Walter Cordero Fuentes; al sur, calle pública con 24 metros
al este, Walter Cordero Fuentes y al oeste, calle pública con 39 metros. Mide:
Novecientos veintisiete metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de
agosto del dos mil quince, con la base de nueve millones trescientos setenta y
cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de
setiembre del dos mil quince, con la base de tres millones ciento veinticinco
mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Diego Armando Segura Rojas. Exp. Nº
14-020736-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado
Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de
junio del 2015.—Jéssika Fernández Cubillo,
Jueza.—(IN2015041255).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del veintidós de
julio del dos mil quince, y con la base de un millón cuatrocientos setenta y
tres mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Limón, sección de propiedad, bajo
el sistema de folio real, matrícula número ciento treinta y dos mil novecientos
noventa y ocho-cero cero cero la cual es terreno con
una casa. Situada en el distrito 04 Río Jiménez, cantón 06 Guácimo, de la
provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Río Parismina; al este, Alexis Calderón Zúñiga y al oeste,
Maricela Reyes Cárdenas. Mide: cuatrocientos treinta y siete metros con cero
decímetros cuadrados, plano l-1389718-2009. Para el segundo remate se señalan
las catorce horas y cero minutos del seis de agosto del dos mil quince, con la
base de un millón ciento cuatro mil setecientos cincuenta colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y cero minutos del veintiuno de agosto del dos mil quince,
con la base de trescientos sesenta y ocho mil doscientos cincuenta colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Instacredit S. A. contra Olman Calderón Zúñiga. Exp. Nº
14-000599-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de mayo del 2015.—Lic.
Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—(IN2015041260).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las nueve horas y quince minutos del veintidós de
julio del dos mil quince, y con la base de un millón noventa mil colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa MOT trescientos
treinta y siete mil setecientos cuarenta y tres (MOT 337743), marca Honda,
estilo CB Twister, categoría motocicleta, año 2012,
color rojo, serie, VIN y chasis ME4JC4785C7002924, número de motor
JC47E2129900, cilindrada 109 centímetros cúbicos, combustible gasolina, un
cilindro. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos
del seis de agosto del dos mil quince, con la base de ochocientos diecisiete
mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para
la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del veintiuno de
agosto del dos mil quince, con la base de doscientos setenta y dos mil
quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S.
A. contra Alexander Víquez Espinoza. Exp. Nº
13-008119-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de mayo del 2015.—Lic.
Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—(IN2015041262).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios, soportando sumaria de tránsito expediente número
14-003260-0174-TR; a las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de julio
del dos mil quince, y con la base de trescientos ochenta y ocho mil doscientos
dieciocho colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo
placa 624096, marca Hyundai, estilo Galloperxeedi, año
1992, color gris, capacidad 7 pasajeros, carrocería Station
Wagon, tracción 4x4. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y treinta minutos del doce de agosto del dos mil
quince, con la base de doscientos noventa y un mil ciento sesenta y tres colones
con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintisiete de
agosto del dos mil quince, con la base de noventa y siete mil cincuenta y
cuatro colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones S. A. contra Faber
Leandro López Mendoza. Exp. Nº 14-002421-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela, San Ramón, 14 de abril del 2015.—Lic. José Luis Camareno Castro, Juez.—(IN2015041263).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes prendarios, a las diez horas y quince minutos del veintiocho de
julio de dos mil quince, y con la base de un millón trescientos setenta y cinco
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas
843857, marca Hyundai, categoría automóvil, VIN KMHVA21NPSU031348, año 1995,
color dorado, cilindrada 1500 c.c. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y quince minutos del doce de agosto de dos mil quince, con la base de un
millón treinta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
quince minutos del veintisiete de agosto de dos mil quince con la base de
trescientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Fernando Porras Quesada,
expediente N° 13-001876-1044-CJ.—Juzgado Primero
Especializado de Cobro I Circuito Judicial de San José, 27 de mayo del
2015.—Lic. Andrea Latiff Brenes, Jueza.—(IN2015041298).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las trece
horas y treinta minutos del veintiocho de julio de dos mil quince, y con la base
de un millón quinientos veintitrés mil colones exactos , en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo placas
886128, marca Hyundai, categoría automóvil serie KMHVF21NPVU416249
carrocería sedan 4 puertas tracción 4x2 uso particular estilo Accent, capacidad 5 personas, año 1997, color verde
potencia 80.00 KW, combustible gasolina, cilindros 04. Para el segundo remate
se señalan las trece horas y treinta minutos del doce de agosto de dos mil
quince, con la base de un millón ciento cuarenta y dos mil doscientos cincuenta
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintisiete de agosto
de dos mil quince con la base de trescientos ochenta mil setecientos cincuenta colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Instacredit S. A. contra Miguel Alonso
Mendieta Gutiérrez, expediente N° 13-012462-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro I Circuito Judicial de San José, 28 de mayo
del 2015.—Lic. Melania Jiménez Vargas, Jueza.—(IN2015041300).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las catorce
horas y treinta minutos del treinta de julio de dos mil quince, y con la base
de tres millones quinientos treinta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo: CL 248972, marca KIA, color blanco, año 2000, chasis
KN3HAP735YK000275, cilindrada 3000 cc, tracción 4x2. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y treinta minutos del catorce de agosto de dos mil
quince, con la base de dos millones seiscientos cincuenta y un mil doscientos
cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del treinta y
uno de agosto de dos mil quince con la base de ochocientos ochenta y tres mil
setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit
S. A. contra Danny Chaves Castro, expediente N° 13-000250-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 08 de mayo del 2015.—Lic. Greivin
Gerardo Fallas Abarca, Juez.—(IN2015041302).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las
catorce horas y cero minutos del diez de agosto de dos mil quince, y con la
base de trece millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número ocho mil novecientos cinco-cero cero cero la cual es terreno de agricultura. Situada en el
distrito 01 Guácimo, cantón 06 Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al
norte, Rafael Hernández, lotes 48, 49, 50, calle pública y Víctor Manuel Guzmán
Montero; al sur, lotes 49, 53, 56, 54 y José Luis Guzmán Montero; al este,
Lidia Navarro Hernández, Víctor Manuel Guzmán Montero y Luis Guzmán Montero y
al oeste, lotes 49, 48, 50 A, 56 y Víctor Manuel Guzmán Montero y Luis Guzmán
Montero. Mide: doce mil seiscientos catorce metros con doce decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del veinticinco de agosto de dos mil quince, con la base de nueve millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos
del nueve de setiembre de dos mil quince con la base de tres millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Cristian Roberto Valerio López contra Juan Rafael Cerdas
Fernández, expediente N° 15-000031-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 05 de junio
del año 2015.—Lic. Isabel Castillo Navarro, Jueza.—(IN2015041313).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 398-13325-01-0910-001, a las
ocho horas y cero minutos del seis de agosto del año dos mil quince, y con la base de cinco millones
seiscientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos once colones con setenta y seis
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula N° 270151-000, la cual es terreno para construir con 1
casa. Situada en el distrito 6, Pital, cantón 10, San
Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Bernan
Vargas Ulate; sur, Bernan
Vargas Ulate; este, calle pública y oeste, Bernan Vargas Ulate. Mide: ciento
noventa y nueve metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Plano:
A-0061778-1992. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos
del veintiuno de agosto del año dos mil quince, con la base de cuatro millones
doscientos treinta y tres mil trescientos ocho colones con ochenta y dos
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y cero minutos del siete de setiembre del año dos mil
quince con la base de un millón cuatrocientos once mil ciento dos colones con
noventa y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecuciones hipotecaria de Banco Popular y
de Desarrollo Comunal contra Carmen Chavarría Fernández y José Vinicio Valverde
Vargas, expediente N° 15-000553-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del II Circuito Judicial de Alajuela, 03 de junio del 2015.—Elizabeth
Rodríguez Pereira, Jueza.—(IN2015041317).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las catorce
horas y cero minutos del veintisiete de
julio de dos mil quince, y con la base de quince millones de colones exactos,
en el mejor postor remataré el bien dado en garantía con las siguientes
características: vehículo automotor que porta la placa SJ 2752 y no sobre dicha
placa, marca Toyota, año 2012, Vin JTDBJ42E209006979,
cilindrada 1975 c.c., color rojo, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas y cero minutos del ocho de agosto de dos mil quince, con la base
de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del veintiséis de agosto de dos mil quince con la base de tres
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso monitorio de Ana Isabel Azofeifa
Sandoval contra Rodrigo Alberto Alvarado Quesada, expediente N° 13-002087-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de
mayo del 2015.—Lic. Yessenia Brenes González, Jueza.—(IN2015041318).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de agosto de dos mil quince, y
con la base de tres mil setecientos veintiocho dólares con ochenta y nueve centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo: placas: 617329, marca: Daihatsu, categoría: automóvil, carrocería: station wagon o familiar,
tracción: 4x4, chasis: JDAJ102G000575278, estilo: Terios,
capacidad: 5 personas, año: 2006, color: verde, combustible: gasolina. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del siete
de setiembre de dos mil quince, con la base de dos mil setecientos noventa y
seis dólares con sesenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y
cinco minutos del veintitrés de setiembre de dos mil quince con la base de
novecientos treinta y dos dólares con veintidós centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Financiera CAFSA S. A. contra Víctor Gerardo Villalobos Hidalgo, expediente N°
15-015245-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 01 de junio del 2015.—Lic.
Nidia Durán Oviedo, Jueza.—(IN2015041372).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero
soportando colisión ordenada por el Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Sarapiquí, sumaria
11-600202-0377-TR; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de
julio de dos mil quince, y con la base de veintitrés mil novecientos cinco
dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas N°
834943. marca Hyundai, estilo Santa Fe GL, categoría
automóvil, capacidad cinco personas, año 2010, color café, Vin
KMHSG81BAAU554544, cilindrada 2400 cc, combustible gasolina, motor Nº
G4KE9A207721. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y
cinco minutos del catorce de agosto de dos mil quince, con la base de
diecisiete mil novecientos veintiocho dólares con setenta y cinco centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de agosto de dos
mil quince con la base de cinco mil novecientos setenta y seis dólares con
veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se
le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Víctor
Humberto Montero Moreno, expediente N° 13-005456-1158-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Heredia, 29 de mayo del 2015.—Lic. German
Valverde Vindas, Juez.—(IN2015041379).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de
Billy Wayne Hutto, mayor, divorciado, nacionalidad estadounidense, con
documento de identidad (pasaporte de su país) 217632461 y vecino de Rivas de
Pérez Zeledón, ochocientos metros al norte, de la escuela, a una junta que se
verificará en este juzgado a las ocho horas treinta minutos del treinta y uno
de julio del dos mil quince, para conocer acerca de los extremos que establece
el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº
13-000179-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 20 de febrero del 2015.—Msc. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2015037276).
Se convoca a los miembros o
socios de Asociación Solidarista de Empleados de Coopepoas y Cooperativa de Consumo del Cantón de Poás R.L., a una junta a celebrarse en este Despacho, a las
catorce horas del treinta de julio del dos mil quince, para que en la misma
elijan representante. Se hace la advertencia que la junta se verificará
cualquiera que sea el número de miembros o socios presentes, y la elección se
decidirá por simple mayoría de votos. En caso de no resultar mayoría o de no
asistir ningún miembro o socio a la junta, el Juez hará el nombramiento que
corresponda. Lo anterior por ordenarse así en proceso ordinario sector privado
prestaciones laborales de Cristin Yasdania
Fernández Alvarado contra Asociación Solidarista de
Empleados de Coopepoas, Cooperativa de Consumo del
Cantón de Poas R.L. Expediente N° 14-000733-0639-LA.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 2 de junio del 2015.—Digna María
Rojas Rojas, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015038512).
Se convoca a todos los
interesados en la sucesión de Nery Eneyda Álvarez
Parra, mayor, divorciada una vez, agente de bienes raíces, vecina de San José,
San Sebastián, de la Licorera Roos, 200 metros al
oeste, cédula N° 2-372-537, a una junta que se verificará en este Juzgado a las
ocho horas treinta minutos del dieciséis de julio de dos mil quince, para
conocer los extremos a que se refiere el artículo 926 del Código Procesal
Civil. Expediente N° 14-000079-182 CI (6). Sucesión de Nery Eneyda
Álvarez Parra.—Juzgado Tercero Civil de Mayor
Cuantía de San José, 11 de junio de 2015.—Msc.
Osvaldo López Mora, Juez.—1 vez.—(IN2015041622).
Se hace saber: que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 11-000039-0815-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria por
parte de sucesión de Félix Madrigal Carballo quien fue mayor, soltero, vecino
de Concepción de San Isidro de Heredia, portador de la cédula de identidad N°
4-034-7161, agricultor, representado por su albacea la señora María Estela
Madrigal Carballo, quien es mayor, casada una vez, vecina de Concepción de San
Isidro de Heredia, portadora de la cédula de identidad N° 4-057-218, ama de
casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de
potrero. Situada en el distrito tercero Concepción, cantón sexto San Isidro, de
la provincia de Heredia. Colinda: al
norte, calle pública con un frente de ochenta y seis metros veintiún centímetros
lineales; al sur, río Lajas; al este, Neyson Tim Jurik Werner y al oeste, Carlos Eduardo, Juan Gabriel,
Jorge Alberto, todos Villalobos Mora y Jorge Arturo Madrigal Fonseca. Mide:
dieciséis mil ochocientos treinta metros con tres decímetros cuadrados, tal
como lo indica el plano catastrado N° H-1098219-2006. Estima tanto el inmueble
como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada
una. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información
Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por sucesión de Félix Madrigal Carballo.
Expediente N° 11-000039-0815-AG.—Juzgado Agrario
del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 09 de junio del 2015.—Lic. María
Carolina Hurtado García, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015039022).
Se hace
saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 12-000043-0341-CI
donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Luis Carlos Villalobos Sanabria
quien es mayor, estado civil unión de hecho, vecino(a) de Turrialba, del INA
ochocientos metros al oeste, portador(a) de la cédula de identidad vigente que
exhibe número tres-trescientos treinta y cuatro-setecientos cincuenta y ocho,
profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza
es terreno de potrero. Situada en el distrito primero Turrialba, cantón quinto
Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Centro Agronómico de
Investigación y Enseñanza (CATIE); al sur, Florencia Industrial; al este, calle
pública y al oeste, con línea férrea a Turrialba. Mide: cuarenta y tres mil
novecientos veinticuatro metros con sesenta y dos decímetros cuadrados, tal
como lo indica el plano catastrado número C-193104-1994. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la
tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el
inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón quinientos mil
colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra-venta, y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de
buena fe y a título de dueño por más de veinte años. Que no existen condueños.
Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento adecuado a la finca,
con el respectivo deslinde con cercas y con el cuido de ganado vacuno. Que no
ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del
plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria,
promovida por Luis Carlos Villalobos Sanabria. Expediente N° 12-000043-0341-CI.—Juzgado Agrario de Turrialba, 12 de junio del 2015.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015039023).
Se hace
saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000260-0391-AG
donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Claudia Damaris Rosales Ruiz,
quien es mayor, soltera, vecina de Guápiles de Limón, urbanización Campo Verde,
casa número trece , portadora de la cédula de identidad vigente N° 5-01860930,
enfermera, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es pastos.
Situada en el distrito tercero, cantón tercero, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, camino público con un frente de ciento noventa y dos metros
con veintiocho centímetros lineales; al sur, Maritza Vallejos Arrieta; al este,
Maritza Vallejos Arrieta y al oeste, Yelda Rosales
Ruiz. Mide: nueve mil seiscientos sesenta y dos metros cuadrados, tal como lo
indica el plano catastrado N° G-1637838-2013. Indica la promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de quinientos mil colones cada una. Que adquirió dicho
inmueble por medio de donación escrita y hasta la fecha lo ha mantenido en
forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de
dueño por más de dos años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión
han consistido en arreglo de cercas, hacer chapeas y rondas. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Claudia Damaris Rosales Ruiz. Expediente N°
14-000260-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo
Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 08 de junio del 2015.—Lic.
José Wálter Ávila Quirós, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015039030).
Se hace
saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°
15-000020-0815-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Róger
Gilberto Rodríguez Pérez, quien es mayor, casado una vez, vecino de barrio
Jesús de Atenas, Alajuela, portador de la cédula de identidad vigente que
exhibe N° 1-848-986, ingeniero, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya
naturaleza es terreno de repastos. Situado en el distrito segundo Jesús, cantón
quinto Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Róger Rodríguez Pérez; al sur, calle pública con un frente
de doscientos cinco metros con sesenta y cinco centímetros lineales; al este, Róger Rodríguez Pérez y en medio quebrada Cedro y al oeste,
calle pública con un frente de ciento cincuenta y cuatro metros con setenta y
un centímetros lineales, y Roy Francisco Miranda Ramírez. Mide: veinticinco mil
setenta y cinco metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado N°
A-1743469-2014. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de cinco millones de
colones y las presentes diligencias en la suma de tres millones de colones. Se
emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria,
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación
de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.
Proceso información posesoria, promovida por Róger
Gilberto Rodríguez Pérez. Expediente N° 15-000020-0815-AG.—Juzgado
Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 08 de junio del
2015.—Lic. María Carolina Hurtado García, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015039031).
Se hace
saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°
15-000026-1002-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Asoc.
Acueducto Bajo Pacuare de Tres Equis de Turrialba con
domicilio social en Cartago, Turrialba, Tres Equis, Pacuare,
frente a la plaza de deportes, cédula jurídica número tres-cero cero
dos-doscientos trece mil seiscientos ochenta y seis, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: finca cuya naturaleza es solar. Situada en el distrito segundo La Suiza,
cantón quinto Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Edwin
Contreras García; al sur, con calle pública con un frente a esta de veintinueve
metros con cero uno centímetros lineales; al este, Edwin Fonseca Quirós y al
oeste, Alberto Brenes Agüero. Mide: mil ciento setenta y uno metros cuadrados,
tal como lo indica el plano catastrado N° C-1758446-2014. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto
el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones de
colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compraventa, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe
y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los
actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas, chapia,
fumigaciones, fertilización, recolección de café y siembra de cultivo de
plátano. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de UN MES contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Asoc. Acueducto Bajo Pacuare de
Tres Equis de Turrialba. Expediente N° 15-000026-1002-AG.—Juzgado
Agrario de Turrialba, 04 de junio del 2015.—Lic. Wilberth
Herrera Delgado, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015039033).
Se hace
saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-000073-0391-AG
donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Rafael
Ángel Chavarría Barrantes, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Río Cañas
Viejo de Santa Cruz, de la esquina suroeste de la plaza de deportes doscientos
metros al sur, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe N°
502700222, profesión administrador de empresas, a fin de inscribir a su nombre
y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
finca cuya naturaleza es terreno para la agricultura. Situada en el distrito
primero Santa Cruz, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, Domingo Barrantes Valerín; al sur,
Jesús González Pizarro; al este, río Diriá y al
oeste, calle pública con un frente de setenta y tres metros con treinta y
cuatro centímetros lineales. Mide: dieciocho mil cuatrocientos noventa y un
metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado N° G-1735874-2014.
Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma
de un millón ochocientos cuarenta y nueve mil colones cada una. Que adquirió
dicho inmueble por compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de
buena fe y a título de dueño por más de veinte años. Que no existen condueños.
Que los actos de posesión han consistido en chapias, rondas, siembra de árboles
y limpieza del inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Rafael Ángel Chavarría Barrantes. Expediente N° 15-000073-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste, Santa Cruz, 10 de junio del 2015.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015039035).
Rafael Ángel Álvarez Rojas, mayor,
divorciado una vez, agricultor, vecino de El Palmar de Pital,
dos kilómetros al oeste y cuatrocientos metros al sur de la Empacadora del
Huerto, cédula de identidad 2-282-1459. Solicita se levante Información
Posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la
Propiedad, el fundo sin inscribir que le pertenece y que se describe así:
Terreno de pastos y agricultura, sito en El Palmar, distrito sexto, Pital, cantón décimo, San Carlos de la provincia de
Alajuela, con los siguientes linderos: al norte, calle pública con un frente a
ella de ciento sesenta metros con diecisiete centímetros lineales; al sur,
Rafael Ángel Álvarez Rojas; al este, Ángela Aurora Vargas Cubero, y al oeste,
José Luis y Luis Ángel, ambos de apellidos Álvarez Rojas. Mide: de acuerdo al
plano catastral aportado número 2-1120853-2008 de fecha 4 de marzo del 2008,
una superficie de cuarenta y ocho mil cuatrocientos noventa y dos metros con
sesenta y nueve metros cuadrados. El inmueble antes descrito, manifiesta el titulante, que lo adquirió por donación que le hicieran sus
padres Rafaela Rojas Saborío, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula
2-137-081 y Ángel Álvarez Picado, mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad 2-103-310, ambos vecinos
de El Palmar de Pital, dos kilómetros al oeste de la
Empacadora Del Huerto, en fecha 21 de mayo de 2014, mediante escritura pública
número 29-68, otorgada ante el notario William Méndez Rosales, quienes le
transmitieran la posesión ejercida y los derechos posesorios ejercidos sobre el
fundo en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, a título de dueños
por más de diez años. Valora el terreno en la suma de siete millones de colones
y en la misma suma estima las presentes diligencias. Con un mes de término
contado a partir de la
publicación de este Edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados
con esta titulaci10.5.—Lic. Christian Vinicio Castro Marín,
Notario.—1 vez.—(IN2015039680).
Por el término de treinta días
hábiles se cita y emplaza a los interesados, herederos, y acreedores, para que
dentro de dicho plazo se apersonen ante esta notaría a hacer valer sus
derechos, en la Sucesión de quien en vida se llamó Arturo Gerardo Rodríguez Yohansson conocido como Arturo Rodríguez Johansson, mayor,
casado una vez, Ingeniero Agrónomo, vecino de Ciudad Neilly,
Corredores, Puntarenas, con cédula de identidad dos-cero doscientos cincuenta
ocho-cero setecientos veinticinco, quien falleció en fecha del veintiuno de
noviembre del dos mil once. Apertura del proceso en fecha del 12 de junio del
2015. Ciudad Neilly, Corredores, Puntarenas,
Expediente 0003-2015. Queda el expediente a disposición en la oficina de la
notaria Wendy Mayela Mora Garro, sita en Ciudad Neilly, frente al Parqueo del Banco Nacional, Corredores,
Puntarenas.—Licda. Wendy Mayela
Mora Garro, Notaria.—1 vez.—(IN2015039694).
Se cita
y emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor Hubert
Alberto Alvarado Molina, quien fuere mayor de edad, soltero, electricista,
portador de la cédula de identidad número tres - cero doscientos treinta y ocho
- cero seiscientos trece, vecino de Paraíso de Cartago, de la Escuela
Goicoechea trescientos metros al sur cincuenta al este. Quien falleció el día
diecisiete de marzo del año dos mil nueve, en Hospital Max Peralta de la ciudad
de Cartago; para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este Edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, del mismo modo
se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: cero
cero cero uno - dos mil
quince. Bufete Castro. Notaría del Licenciado Francisco José Castro Quirós,
Notario Público, sito Cartago, avenida segunda, calles siete y once, edificio
Torre Metrópoli.—Cartago, 19 de junio del 2015.—Lic.
Francisco José Castro Quirós, Notario.―1 vez.—(IN2015039733).
Por el
plazo de treinta días a partir de la publicación del presente edicto, se cita y
se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en rendir
oposición a las presentes diligencias sucesorias de quien en vida fuera Virgina de Jesús Arias Vega, mayor, casada una vez, del
hogar, portadora de la cédula de identidad número: 4-0091-0138, vecina Barrio
Betania Santa Bárbara de Heredia, del Puente 150 metros al oeste, para que
manifiesten lo que crean pertinentes dentro del referido plazo, bajo
apercibimiento de que en caso de omitirlo, la herencia pasará a quien
corresponda. Exp. 15-000016-0504-CI.—Juzgado
Civil de Heredia.—Licda. Karol Solano Ramírez,
Jueza.—(IN2015039745).
Se cita
y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue William
Quesada Vargas, quien fue mayor, casado una vez, ingeniero topógrafo, cédula
dos- cero dos cuatro dos- cero cinco uno cinco, vecino de San Isidro de Vásquez
de Coronado, ciento veinticinco metros al sur de la Farmacia Pilar, para que
dentro del plazo de treinta días, a partir de la publicación de este edicto, se
apersonen ante esta notaría, en defensa de sus derechos, apercibidos de que si
así no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda. Notario Público
José Alberto Campos Arias, con oficina en San Juan de Tibás, de la Estación de
Servicio San Juan, cuatrocientos veinticinco metros al oeste a mano derecha,
edificio de dos pisos color terracota, planta baja. Expediente cero uno-dos mil
quince.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—(IN2015039750).
A
solicitud de la presunta heredera Lilliam María de
Jesús Benavides Bolaños, portadora de la cédula de identidad número uno- cero
cinco siete seis- cero tres seis dos; la suscrita notaria
pública ha abierto la mortual del señor Ronaldo Abel Maldonado Quiles, mayor,
casado por tercera vez, agente de ventas, vecino de San José, Curridabat, Lomas
de Ayarco Sur, del Restaurante La Casa de Doña Lela,
ochocientos metros sur, trescientos metros al oeste y doscientos metros al sur,
Residencial Monte de Ayarco, casa A Tres, portador de
la cédula de identidad número ocho- cero cero ocho
nueve- cero nueve cinco uno, y quien falleció el día seis de abril del dos mil
quince, de conformidad con la escritura número ochenta y ocho, visible a folio
treinta y cuatro vuelto del tomo dieciséis de la suscrita notaría. Se cita y
emplaza a los presuntos herederos del causante indicado, a sus acreedores y a
cualquier otro interesado para que se apersonen en mi Notaría en esta ciudad,
San Luis de Santo Domingo de Heredia, de la Plaza de Deportes trescientos
metros sur y veinticinco al este, a hacer valer sus derechos dentro de los
treinta días hábiles siguientes a partir de la publicación del presente aviso.—San José, 17 de junio del 2015.—Licda. Marlene Elizondo
Alfaro, Notaria.—1 vez.—(IN2015039764).
En esta
notaría se tramita proceso sucesorio de Gladys Masís
Barboza, fue mayor, casada una vez, ama de casa, cédula 1-274-718; vecina de El
Llano de Desamparados última casa La Isla. Se cita y emplaza a posibles
herederos, terceros e interesados, para que en el término de treinta días
hábiles a partir de su publicación, se apersonen a hacer valer eventuales
derechos, sita Desamparados detrás Liceo Monseñor Odio. Exp.
08-2015.—Desamparados, 18 de junio del 2015.—Licda.
Emilia María Marín Díaz, Notaria.—1
vez.—(IN2015039843).
Se cita
y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Rigoberto Emilio Agüero
Aguilar, cédula 2-234-602, para que dentro de treinta días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se
apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda, Expediente N° 008-2015
Pudiendo apersonarse en mi oficina en San José, avenida 10, calles 21 y 25,
casa 2195.—Licda. Lissette Rodríguez Barrantes, Notaria.—1
vez.—(IN2015039866).
Se cita
y emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Elena Mora
Bustamante, cédula 2-182- 179 para que dentro de treinta días, contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y
se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda, Expediente N°
009-2015 Pudiendo apersonarse en mi oficina en San José, avenida 10, calles 21
y 25, casa 2195.—Licda. Lissette Rodríguez Barrantes, Notaria.—1
vez.—(IN2015039868).
Se cita
a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en
el Proceso Sucesorio de quien en vida fue Édgar Matarrita
Rodríguez, para que en el plazo de treinta días se apersonen a valer sus
derechos. Sucesorio Notarial Édgar Matarrita
Rodríguez. Expediente número 032-2015.—Licda. Elia
Martínez Alcócer, Notaria.—1
vez.—(IN2015040434).
Se cita
a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en
el Proceso Sucesorio de quien en vida fue Gabriel Mayorquín
Rodríguez, para que en el plazo de treinta días se apersonen a valer sus
derechos. Sucesorio Notarial Gabriel Mayorquín
Rodríguez. Expediente número 031-2014.—Licda. Elia
Martínez Alcócer, Notaria.—1
vez.—(IN2015040436).
Se avisa
que en la notaría de la licenciada Rosalina Bastos Alvarado, se tramita el Proceso
Sucesorio de Fernando Villegas Picado, cédula cinco-cero ochenta-ciento doce,
mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Tilarán,
Guanacaste. Se cita y emplaza a los herederos e interesados para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este aviso,
comparezcan ante esta notaría, a hacer valer sus derechos, bajo el
apercibimiento de que si no lo hicieren, la herencia pasará a quien
corresponda. Las oposiciones se podrán dirigir al fax: 2695-53-56 o bien en las
oficinas de esta notaria, 175 norte del Mercado de Tilarán.—Guanacaste, 16 de junio de 2015.—Licda. Rosalina Bastos
Alvarado, Notaria.—1 vez.—(IN2015040470).
Se cita
y emplaza a todos los interesados, herederos acreedores en general del
sucesorio de quien en vida se llamó Elida Arrieta Campos, quien en vida fue
mayor, viuda ama de casa y vecina de Limón, Barrio Pueblo Nuevo, doscientos sur
de la Pulpería Atlántida, con cédula número tres cero cero
nueve dos cero cuatro cero seis, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante este
despacho notarial, a hacer valer sus derechos, se apercibe a todos los
interesados de que de no apersonarse en el mencionado plazo la herencia pasará
a quien corresponda, lo anterior por ordenarse así en sucesorio número: cero cero dos cero cero dos dos cero uno cinco, sede notarial, Lic. Osman
Frew Davidson setenta y
cinco sur del Museo Nacional en el Bulevar edificio doscientos setenta.
Gestionan Luzmilda Méndez Arrieta.—San
José, seis de abril del dos mil quince.—Lic. Osman Frew Davidson, Notario.—1 vez.—(IN2015040478).
Mediante
acta de apertura otorgada ante esta notaría por Guillermo Cubillo Murillo, Dinia Yadira, Guizenia de Las
Piedades, conocida como Yessenia, Walter Antonio,
Ernesto Eduardo, Kenia Vanessa y Keilin Eunice, todos
de apellido Cubillo Arley, a las diecinueve horas
cincuenta y cinco minutos del día trece de mayo de dos mil quince, y comprobado
el fallecimiento de la causante que se dirá, esta notaría declara abierto el
Proceso Sucesorio AB Intestato de quien en vida fuera Juana Vilma Arley Gómez, costarricense, mayor, casada una vez, oficios
del hogar, vecina de la misma dirección que el señor Cubillo Murillo, con
cédula de identidad número nueve-cero cero cinco ocho-cero cuatrocienos
tres. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada en Quepos,
Aguirre, Puntarenas; costado oeste de la terminal de buses; a hacer valer sus
derechos. Fax 2777-1464.—Quepos,
10 de junio de 2015.—Lic. Jaime Fonseca Zúñiga, Notario.—1
vez.—(IN2015040685).
Lic. Nelda
Beatriz Jiménez Rojas Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de San José; hace saber a Martin Gerardo López Montero, documento de identidad N° 2-04230150, de paradero
desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso declar.
extramatrimonialidad en su
contra, bajo el expediente N° 12-003008-0165-FA donde se dictaron las
resoluciones que literalmente dicen: Se tiene por establecido por parte de Saskia Paula Rodríguez Valverde el presente proceso de declar. extramatrimonialidad
en contra de Martín Gerardo López Montero y de investigación de paternidad
contra Juan José Castrillo Ferris a quienes se les confiere traslado por el
plazo de diez días, para que la contesten, opongan excepciones previas, la
prueba documental que tuviere y la testimonial con indicación en su caso del
nombre y generales de los testigos que proponga. Al contestar negativamente
deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los
fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda,
deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por
inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. Por
existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato
Nacional de la Infancia. Se le previene a la parte demandada, que en el primer
escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le
hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008,
en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos,
por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo
así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV,
se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas
que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b)
sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún
tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia. Se pone en conocimiento de las partes que el Departamento de
Laboratorio Forense, Sección de Bioquímica, concedió cita para realizar la
prueba de marcadores genéticos para las diez horas del ocho de agosto del dos
mil trece. Deberán presentarse en el Departamento antes citado, en el Complejo
de Ciencias Forenses, ubicado en San Joaquín de Flores, Heredia. No es
necesario que se presenten en ayunas pero sí indispensable la presentación del
documento de identidad vigente. Siendo que en el presente asunto está en juego
el Derecho a la identidad de una persona menor de edad y por tanto una discusión
de orden público en estricta aplicación de los numerales 7 y 8 de la Convención
de los Derechos del Niño, con jerarquía Constitucional, artículos 1, 5, 30 y
115 del Código de la Niñez y Adolescencia, 53 y 54 de la Constitución Política,
es que se previene a la señora Saskia Paula Rodríguez
Valverde que debe presentar puntualmente a las personas menores de edad Joshua
David y Joel David, a la sección citada, bajo el entendido que en caso de
omisión podrá ser acusada penalmente por el Delito de Abuso de la Patria
Potestad (artículo 188 del Código Penal). A la actora y al demandado se les
hace saber, que de conformidad con el artículo 98 del Código de Familia, la
parte que sin motivo alguno se niegue a practicarse esa importante prueba, será
considerado ese proceder como malicioso. Además esa circunstancia podrá ser
tenida como un indicio de veracidad de lo que se pretende demostrar con dicha
prueba, de ahí la importancia de mantener o señalar un lugar o medio donde
escuchar notificaciones. Notifíquese esta resolución a los demandados,
personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación,
o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para notificar al señor Juan José Castrillo Ferris, se comisiona
Delegado Policial de Sardinal de Guanacaste y a fin de notificar al señor
Martín Gerardo López Montero se comisiona a la Oficina de Comunicaciones
Judicial de este Circuito. Lic. Anthony Zapata Sojo, Juez. Lo anterior se
ordena así en proceso declar. extramatrimonialidad de Saskia
Paula Rodríguez Valverde contra Martín Gerardo López Montero, e investigación
de paternidad en contra de Juan José Castrillo Ferris; expediente Nº
12-003008-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San
José, 26 de setiembre del 2014.—Lic. Nelda
Beatriz Jiménez Rojas, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015039024).
Msc. Ana Belly Umaña Quesada Jueza del Juzgado
de Familia del III Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón); hace saber a
Paola María Jiménez Badilla, documento de identidad N° 0206530579, que en
este Despacho se interpuso un proceso
suspensión patria potestad en su contra, bajo el expediente N°
13-000193-0688-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen:
sentencia primera instancia Nº 258-2015. Juzgado de Familia del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela. San Ramón, a las siete horas treinta minutos del
veinticinco de mayo del año dos mil quince. Proceso abreviado de suspensión de
autoridad parental respecto de las personas menores de edad Alexa Sofía Padilla
Jiménez y Allison Viviana Vega Jiménez, incoado por el Patronato Nacional de la
Infancia, Oficina Regional de San Ramón de Alajuela, representado en este acto
por la licenciada Ana Lorena Fonseca Méndez, quien es mayor de edad, casada una
vez, abogada, de nacionalidad costarricense, portadora de la cédula de
identidad N° 2-0374-0699, vecina de Alajuela, en su condición de apoderado
general judicial del ente actor, contra Fabián Padilla González, quien es mayor
de edad, privado de libertad, de nacionalidad costarricense, portador de la
cédula de identidad N° 2-0634-0725, vecino de Alajuela, San Ramón; Gilbert Vega
Sandoval, quien es mayor de edad, vendedor ambulante, de nacionalidad
costarricense, portador de la cédula de identidad N° 2-0315-0401, vecino de
Alajuela, San Ramón, y Paola María Jiménez Badilla, quien es mayor de edad,
soltera, de nacionalidad costarricense, portadora de la cédula de identidad N°
2-0653-0579, de domicilio desconocido. Actúa el licenciado José Joaquín Rojas
Calderón, en su calidad de curador procesal de la señora Jiménez Badilla, por
desconocerse el paradero de la misma. Resultando: I.- ...-
II.-, ...- III. ..., y: considerando: I.-Hechos probados: 1.-
...; 2.- ... 3.- ...; 4.- ...; 5.- ...; 6.- ...; 7.- ....- II.-Sobre el
fondo: III.-Sobre los antecedentes familiares: ... IV.-Sobre la prueba
testimonial y psicosocial: ... V.-Sobre la decisión: ... VI.-Sobre las costas:
...-Por tanto: conforme a los lineamientos legales establecidos y enunciados en
el fallo, así como la situación expuesta, se acoge la demanda interpuesta por
el Patronato Nacional de la Infancia, representado en este acto por la
licenciada Ana Lorena Fonseca Méndez en contra de Paola María Jiménez Badilla,
Fabián Padilla González y Gilbert Vega Sandoval. En razón de lo anterior se les
suspende a los accionados indefinidamente la autoridad parental y su ejercicio
de las personas menores de edad Alexa Sofía Padilla Jiménez y Allison Viviana
Vega Jiménez y en su lugar, se deposita judicialmente a las citadas menores en
el hogar de la señora Jawdesia Mayela
de los Ángeles Badilla Espinoza conocida como Yaudicia
María, a quien se le otorga el plazo de cinco días, a efecto de se apersone al despacho a aceptar el cargo encomendado.
Confecciónese la ejecutoria que dará pie a la inscripción de esta sentencia en
el Registro Civil, Sección Nacimientos al partido de Alajuela (02), tomo número
ochocientos setenta y cinco (0875), folio o página número doscientos treinta y
seis (0236) y asiento número cuatrocientos setenta y dos (0472) para la menor
Alexa Sofía Padilla Jiménez y en el caso de Allison Viviana Vega Jiménez, en la
Sección Nacimientos al partido de Alajuela (02), tomo número novecientos
treinta y dos (0932), folio o página número ciento cuarenta y cinco (0145) y asiento
número doscientos ochenta y nueve (0289). Se resuelve este conflicto sin
especial condenatoria en costas. A tenor de lo
dispuesto por el artículo 263 de Código Procesal Civil, notifíquese esta
sentencia a la accionada de domicilio desconocido por medio de edicto que se
remitirá por vía electrónica a la Imprenta Nacional. Hágase saber. Lic. Carlos
Eduardo Leandro Solano. Juez de Familia”. Lo anterior se ordena así en proceso
suspensión patria potestad de Patronato Nacional de la Infancia contra Fabián Padilla
González, Gilberth Vega Sandoval, Paola María Jiménez
Badilla; expediente Nº 13-000193-0688-FA.—Juzgado de Familia del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 12 de junio del 2015.—Msc. Ana Belly Umaña Quesada,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039025).
Licenciada
Felicia Quesada Zúñiga, jueza del Juzgado de Familia de Heredia, a William
Antonio Ordeñana Arauz, mayor de edad, nicaragüense,
casado, de oficio y domicilio
desconocidos, cédula de residencia N° 155-800524408, se le hace saber que en
demanda suspensión patria potestad, establecida por Natalia León Castro, mayor
de edad, costarricense, soltera, secretaria, vecina de San Isidro de Heredia,
cédula de identidad N° 1-1168-0271 contra William Antonio Ordeñana
Arauz, mayor de edad, nicaragüense, casado, de oficio y domicilio desconocidos,
cédula de residencia N° 155-800524408, se ordena notificarle por edicto, la
sentencia que en lo conducente dice: expediente: N° 13-000523-0364-FA-6,
proceso: suspensión patria potestad actor/a: Natalia León Castro demandado/a:
William Antonio Ordeñana Arauz sentencia de primera
instancia N° 757-2015. Juzgado de Familia de Heredia, a las doce horas y
cincuenta y ocho minutos del cuatro de mayo del año dos mil quince. Parte
dispositiva: por tanto: con base en lo expuesto y citas de ley se declara con
lugar la demanda de suspensión de patria potestad incoada por Natalia León
Castro, en contra de William Antonio Ordeñana Arauz,
a quien se le suspende del ejercicio de la patria potestad, en relación con su
hija Jimena Ordeñana León. En consecuencia, la señora
Natalia León Castro, ejercerá, exclusivamente, la patria potestad sobre la
mencionada menor, teniendo, evidentemente los atributos de guarda, crianza y
educación de la misma. Se condena al accionado al pago de las costas personales
y procesales de la presente acción. Una vez firme la presente sentencia,
inscríbase la misma en el Registro Civil, Sección de Nacimientos de la
provincia de San José, tomo mil novecientos ochenta, página doscientos cuarenta
y cuatro, asiento cuatrocientos ochenta y siete. Por una sola vez, publíquese
la parte dispositiva de la presente resolución en el Boletín Judicial, o
un diario de circulación nacional. Notifíquese.—Juzgado
de Familia de Heredia.—MSc. Felicia Quesada
Zúñiga, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039026).
Se cita y
emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la menor Isairis Nayelis Bostic, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se
contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado.—Expediente N°13-000885-0924-FA. Clase de asunto depósito
judicial.—Juzgado de Familia del II Circuito
Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 11 de junio del 2015.—Lic. Sandra
Saborío Artavia, Jueza.—Exonerado.—(IN2015039027). 3
v.1.
Hace
saber: que en proceso declaratoria de abandono con extinción de la patria
potestad y con fines de tutela,
expediente N° 14-000026-1143-FA, establecido por el Patronato Nacional de la
Infancia, contra Aida María Molina Argüello, mayor de edad, soltera, de
nacionalidad costarricense, cédula de identidad N° 2-0523-0364. Se ordena
notificarle por medio de edicto, resolución de las diez horas del once de marzo
del año dos mil quince a Aida María Molina Argüello y a todas aquellas personas
que tengan interés en el presente proceso. Notifíquese.—Juzgado
Civil, Trabajo y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Upala, 10 de junio del 2015.—Lic. Brenda Celina Calvo
de La O.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039028).
Hace
saber: que en proceso abreviado de divorcio, expediente N°
14-000031-1143-FA, establecido por la
señora María Luisa Ríos Mendoza, contra Gaspar Marín Sequeira, mayor de edad,
de oficio agrícolas, casado una vez y separado de hecho, de nacionalidad
nicaragüense, cédula de residencia N° 27014412878802. Se ordena notificarle por
medio de edicto, resolución de las dieciséis horas veinte del tres de junio de
dos mil quince a Gaspar Marín Sequeira y a todas aquellas personas que tengan
interés en el presente proceso. Notifíquese.—Juzgado
Civil, Trabajo y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Upala.—Lic. Ronald Daniel Araya Méndez, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015039029).
Hace
saber: que en proceso declaratoria de abandono con extinción de la patria
potestad y con fines de tutela, expediente N° 15-000021-1143-FA, establecido
por el Patronato Nacional de la Infancia, contra María Regina Chaves Traña, mayor de
edad, soltera, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad número
dos-cero cinco siete ocho-cero cero nueve seis. Se ordena notificarle por
medio de edicto, resolución de las dieciséis horas veinte minutos del cinco de
junio del año dos mil quince a María Regina Chaves Traña
y a todas aquellas personas que tengan interés en el presente proceso.
Notifíquese.—Juzgado Civil, Trabajo y de Familia
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Upala,
05 de junio del 2015.—Lic. Brenda Celina Calvo de La O.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015039032).
Msc. Ana Belly Umaña Quesada, Jueza del Juzgado
de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón); hace saber a Marjorie Coronado Lagos, documento de identidad 0113590422,
que en este Despacho se interpuso un proceso Declaratoria Judicial Abandono en
su contra, bajo el expediente número 15-000108-0688-FA donde se dictaron las resoluciones
que literalmente dicen: Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela (San Ramón). A las siete horas y treinta minutos del uno de junio del
año dos mil quince. Se tiene por establecido el presente proceso especial de
Declaratoria De Abandono de los menores Luis Kevin y Jaqueline ambos Mora
Coronado, planteado contra José Luis Mora Hernández y Marjorie
Coronado Lagos representada está última por la curadora Licenciada Sonia María
Ugalde Hidalgo, a quién se le concede el plazo de cinco días para que oponga
excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de
conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo
plazo, en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con
respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como
medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se
exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el
fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición
es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se
les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser
utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema
ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr
Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el
expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior,
en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07
celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este
asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente
información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión
u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g)
Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se le advierte que si no contesta en
el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una
convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo
123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese
ésta resolución al Curador Procesal por medio del lugar señalado. Notifíquese
esta resolución al demandado, personalmente o por medio de cédulas y copias de
ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la
Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina
de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; de Este Circuito Judicial.
La parte demandada sea el señor José Luis Mora Hernández puede ser localizada
en la siguiente dirección: San Ramón, calle Managua, casa de alto frente al
fogón, teléfono 8374-53-95. En caso que el lugar de residencia consistiere en
una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a)
funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo
4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Msc. Ana Belly Umaña Quesada. Jueza. Lo anterior se ordena así en
proceso Declaratoria Judicial Abandono de Patronato Nacional de la Infancia
contra José Luis Mora Hernández, Marjorie Coronado
Lagos; Expediente Nº 15-000108-0688-FA.—Juzgado de Familia del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 9 de junio del año 2015.—Msc. Ana Belly Umaña Quesada,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.―(IN2015039037).
Licenciada
Patricia Cordero García, Jueza de Familia de Cartago hace saber al señor Abdelkrim Bouissri de
nacionalidad Argeliana y domicilio desconocido, que
en este despacho la señora Margarita Rodríguez Gamboa solicita a favor de su
hija Farah Bouissri
Rodríguez, permiso para visitar los Estados Unidos de Norteamérica, del 13 al
21 de diciembre del año 2015. Expediente número 15-000942-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Patricia
Cordero García, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015039045).
Licenciada
Cristina Dittel Masís, Jueza
del Juzgado de Familia de Cartago, a Yoneisys Álvarez
Salinas, en su carácter personal, se le hace saber que en demanda
Reconocimiento de Hijo Mujer Casada, expediente 15-001409-038-FA (4)
establecida por Ricardo Abel Corrales Viera, se ordena notificarle por edicto,
la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las
ocho horas y treinta y ocho minutos del dieciséis de junio del año dos mil
quince. Se tienen por establecido el presente proceso de Reconocimiento de Hijo
de Mujer Casada promovido por Ricardo Abel Corrales Viera a favor de la persona
menor de edad Elizabeth Álvarez Expósito. De las mismas se confiere audiencia
al Patronato Nacional de la Infancia, por el plazo de tres días. A su vez por
el mismo plazo otorgado, se le confiere audiencia a
los padres registrales del menor, los señores Geysa
Expósito Madrigal y Yoneiseys Álvarez Salinas. Se les
previene a los interesados, que en el primer escrito que presenten deben
señalar medio y lugar, éste último dentro del circuito judicial de este
Despacho donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras
no lo hagan, las resoluciones posteriores que se dicten inclusive la sentencia,
se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después
de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite
la notificación por causas ajenas al despacho, o bien si el lugar señalado
permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente (artículo 6 y 12
Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales N° 7637 del
21 de octubre de 1996). Notifíquese esta resolución a los padres registrales,
personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación,
o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Policía de Proximidad de la
Unión. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación
de acceso restringido, se autoriza el ingreso del funcionario notificador, a
efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para notificar al ente aludido, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales y Otros Comunicaciones; Circuito Judicial de Cartago
de este circuito judicial. Para notificar al señor Álvarez Salinas, se ordena
publicar edicto. Publíquese el edicto de ley el cual será remitido a la
Imprenta Nacional por medio del sistema Electrónico FTP. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039058).
Se
comunica que en el Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona
Sur, Corredores, se tramita proceso de Suspensión de Patria Potestad con
Deposito Judicial de persona menor de edad de nombre Ronald Ávalos Acuña, hijo
de Ronald Ávalos Duarte y Elvia Acuña Jiménez promovido por el Patronato
Nacional de la Infancia contra Elvia Acuña Jiménez y Ronald Ávalos Duarte, bajo
el número de expediente 15-400107-1304-FA. Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren
algún interés en este asunto, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la última publicación del edicto ordenado, se apersonen y
manifiesten lo que estimen conveniente.—Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Ciudad Neily, 15 de abril del 2015.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039102).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:30 horas del 26 de marzo del
2015 se da inicio a las diligencias notariales para lo adopción conjunta de
mayor de edad Marinelly Rubio López por parte de
Leslie Patricia Rojas Ugalde y Mario Pedro Alan Castillo. Se advierte a los
interesados que se oirán oposiciones durante el plazo de 5 días o partir de la
publicación de este edicto, en esta notaría, ubicada en Heredia, 50 metros al
norte del Colegio María Auxiliadora.—Heredia, 20 de
junio del 2015.—Licda. Lucrecia Sancho Castro, Notaria.—1
vez.—(IN2015040544).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil
los señores: Anthony Edward Obando Solórzano, mayor, soltero y actualmente en
unión libre, cédula de identidad número 701750108, costarricense, de veintiocho
años de edad, sin ocupación, nacido en Limón, en el cantón central distrito
primero, en fecha veintiséis de noviembre de mil novecientos ochenta y seis,
hijo de Luis Ramón Obando Jiménez y de Nuria Lupe Solórzano Cambronero.
Jennifer Andrea Chaves Obando, mayor, soltera y actualmente en unión libre,
cédula de identidad número 7-0218-0007, costarricense, de veintidós años de
edad, nacida en Limón en el cantón central, en fecha dos de enero de mil
novecientos noventa y tres, ama de casa, ambos vecinos de Isaías Marchena, del
Predio Theal, 200 metros al este, casa color verde
con negro prefabricada, hija de Macaria Obando Hernández y de Jacinto Chaves
Castillo. Si alguna persona tuviere conocimiento de la existencia de
impedimento legal para que su matrimonio se celebre debe manifestarlo a este
Despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto.
Expediente Nº 15-000328-1152-FA (5).—Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 8 de
junio del 2015.—Msc. Gerardo
Antonio Blanco Villalta, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015039042).
Ante este Despacho han
comparecido solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Jacqueline
Andrea Rodríguez Navarro, costarricense, mayor, soltera, oficios del hogar,
cédula de identidad número 02-0751-0879, vecina de Laguna de Zarcero, 100
metros norte de la Plaza der Deportes de Laguna de Zarcero, hija de Olivier
Rodríguez Alpízar y Ana Daysi Navarro Mejía, ambos
costarricenses, nacida en Centro de San Ramón, Alajuela, el 08-04-1996, con 19
años de edad, y Erick Alberto Boza Salazar, costarricense, mayor, soltero, agricultor, cédula de identidad
número 2-0715-0584, vecino de Tapesco de Zarcero, detrás de la Iglesia
Católica, hijo de Álvaro Enrique Boza Varela, costarricense y Emma Cecilia
Salazar, costarricense, nacido en centro de San Ramón, Alajuela, el 12/12/1990,
actualmente con 24 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que
existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá
manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a
partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. N° 15-100007-0311.CI.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Zarcero, Alajuela, 10 de junio del
año 2015.—Licda. Ana Lorena Gutiérrez González, Jueza.—1
vez.—Exonerado.―(IN2015039060).
Han comparecido a este
despacho solicitando contraer matrimonio civil Jou Taan Sánchez Acon, c.c. Tatay
Sánchez Acón y Yudith de
los Ángeles Marín Arias, el primero mayor, costarricense, divorciado, educador,
con cédula de identidad número 1-1157-0141, hijo de Luis Guillermo Sánchez Li y
Veracruz Acon Sánchez, nativo de Catedral Central,
San José, el día 22 de noviembre de 1982, de 32 años de edad, vecino de la
Inmaculada de Quepos, Vista Bosque, Apartamento Chelsy, número 4, y la segunda mayor, costarricense,
soltera, ama de casa, cédula de identidad número 6-0414-0360, hija de Roy Marín
Durán y Doris Arias Tenorio, nacida en Quepos,
Aguirre, Puntarenas, el día 6 de diciembre de 1993, de veintiún años de edad,
vecina de Llorona, calle uno, tercera casa a mano derecha, casa de madera,
color celeste. Se publica este edicto por si alguna persona se considera con
derecho a oponerse dentro de los siguientes ocho días a la publicación del mismo
para hacer valer sus derechos. Expediente Nº 15-400079-0425-4-FA.—Quepos, 11 de mayo del 2015.—Juzgado
de Familia de Aguirre y Parrita.—Licda. Sedier
Villegas Méndez, Jueza.—1
vez.—Exonerado.―(IN2015039094).
Han comparecido a este
despacho solicitando contraer matrimonio civil Antonio de Jesús Cordero Mora y
Verónica Sidey Rivera Céspedes, el primero mayor,
costarricense, soltero, actualmente sin ocupación, con cédula de identidad
número 1-1392-0855, hijo de Gonzalo Cordero Elizondo y Gladys Mora Aguirre,
nativo de Pérez Zeledón, el día 24 de mayo de 1989, de 25 años de edad, vecino
de Lomas de Parrita, 300 metros oeste de la escuela de dicho lugar, casa de
cemento de color papaya, teléfono número 6132-4133, y la segunda mayor,
costarricense, soltera, niñera, cédula de identidad número 1-1530-0958, hija de
Hugo Gerardo Rivera Venegas y Eunice Céspedes Espinoza, nacida en San José,
Desamparados, el día 17 de marzo de 1993, de 22 años de edad, vecina San José,
Desamparados, Higuito calle Valverde, contiguo a la Pulpería Versalles,
teléfono número 2510-6719/8930-9012. Se publica este edicto por si alguna
persona se considera con derecho a oponerse dentro de los siguientes ocho días
a la publicación del mismo para hacer valer sus derechos. Expediente Nº 15-400091-0425-1-FA.—Juzgado de Familia de Aguirre y Parrita, Quepos, 15 de junio del 2015.—Licda. María Cristina
Cruz Montero, Jueza.—1
vez.—Exonerado.―(IN2015039096).
Han comparecido a este
despacho solicitando contraer matrimonio civil Ólger
Salas Agüero y Carmen Lorenzano Fallas, el primero
mayor, costarricense, divorciado, gerente de operaciones, con cédula de
identidad número 6-332-512, hijo de Ólger Salas
Téllez y Elvira Agüero Barboza, nativo de Quepos, Puntarenas, el día 21 de setiembre de 1983,
de 31 años de edad, vecino del Cocal de Quepos, 250
metros al sur de la escuela, casa mixta de cemento y fibrolit,
de color verde, teléfono número 8534-5997, y
la segunda mayor, costarricense, viuda, secretaria, cédula de identidad número
6-240-267, hija de Facundo Lorenzano Hernández y
María Fallas Villalobos, nacida en Puntarenas,
Quepos, el día 12 de junio de 1971, de 42 años
de edad, vecina del Cocal de Quepos, 250 metros al
sur de la escuela, casa mixta de cemento y fibrolit,
de color verde, teléfono número 8889-2572. Se publica este edicto por si alguna
persona se considera con derecho a oponerse dentro de los siguientes ocho días
a la publicación del mismo para hacer valer sus derechos. Expediente Nº
15-400093-0425-3-FA.—Juzgado de Familia de Aguirre
y Parrita, Quepos,
15 de junio del 2015.—Licda. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—1 vez.—Exonerado.―(IN2015039098).
Se hace saber que ante la
notaría pública Dayanna Zúñiga Valverde, con oficina
en Heredia, Ulloa, ciento cincuenta metros este de la Estación de RTV,
Residencial Ónix, casa cincuenta y nueve, han manifestado los señores Melissa
Alejandra Hernández Vindas, nacida en San José, quien
es mayor de edad, soltera. abogada, vecina de San José, Curridabat, Residencial
Ayarco Este casa dieciséis A, portadora de la cédula
de identidad número uno-mil ciento veinte-cero setecientos setenta y cinco,
hija de Rafael Ángel Hernández Durán y de Mayela Vindas Mora, ambos costarricenses; y Daniel Ernesto Navarro
Quesada, nacido en San José, quien es mayor de edad, soltero, economista,
vecino de Holanda, Ámsterdam, Uilenstede uno seis
ocho tres uno uno ocho tres AH, Amstelveen,
y portador de la cédula de identidad número uno-mil doscientos once-cero ciento
ocho, hijo de Simeón Navarro Mata, conocido como Ramiro Navarro Mata y de Juana
María Quesada Sánchez conocida como Juanny Quesada
Sánchez, ambos costarricenses; que al efecto manifiestan su voluntad de
contraer matrimonio y solicitar edicto previo a celebrar matrimonio civil
conforme a nuestra legislación, el que se llevará a cabo en la ciudad de
Bruselas, Bélgica, el día diecisiete de julio del año dos mil quince, y lo
celebrará la Cónsul General de Costa Rica debidamente autorizada para tales
efectos la señora Noemy Judith Baruch Goldberg. En virtud de ello y en cumplimiento del artículo
veinticinco del Código de Familia, se ordena la publicación de este edicto en
aras de que si existe alguna oposición a la unión solicitada lo hagan saber
dentro del plazo de ocho días naturales después de la publicación de este edicto,
ante la notaría de la Licenciada Dayanna Zúñiga
Valverde.—Heredia, veintitrés de junio del dos mil
quince.—Lic. Dayanna Zúñiga Valverde,
Notaria.―1 vez.—(IN2015040603).
A quien interese se hace saber: que en el Tribunal
de Juicio de Puntarenas, se tramita la causa N° 07-202306-431-PE, seguida en
contra del señor Wilberth Lépiz
Sequeira y otros, por el delito de infracción de la ley de psicotrópicos, en perjuicio de la salud
pública, mediante resolución de las catorce horas con veintiséis minutos del
día jueves cuatro de junio de dos mil quince se dispuso, publicar por única
vez, la declaración jurada presentada ante este Tribunal por la señora Mary
Fred Ortega Barrantes, portadora de la cédula de identidad N° 6-0345-0136, que
literalmente dice: número doscientos cuarenta y una: ante mi,
Irene Arrieta Chacón, notaria pública de Puntarenas
con oficina frente al estadio Lito Pérez, comparece: Mary Fred Ortega
Barrantes, cédula de identidad número seis-tres cuatro cinco-uno tres seis,
soltera, ama de casa, vecina de Fray Casiano de Madrid parada cinco, ciento
cincuenta metros al norte y setenta y cinco metros al oeste, Puntarenas y dice:
que declara bajo la fe de juramento y apercibida de las sanciones con que se
castiga el delito de falso testimonio y perjurio que: Es dueña de las
embarcaciones sin inscribir y que se describen así: primera: lancha tipo panga
de nombre “Katia Vanesa” de fabricación de fibra de vidrio, color verde tierno
en su interior y en su exterior color azul, con una eslora de aproximadamente
veinte pies, con un motor marca Yamaha Enduro, serie número seis seis TK-L_uno cero seis uno dos
cuatro siete, modelo E cuatro cero X M H, segunda: lancha tipo panga de nombre
“Capitán Moya” de fabricación de fibra de vidrio, color verde en su interior y
en su exterior color azul, con una eslora de aproximadamente de veinte pies,
tiene un motor marca Yamaha Enduro, serie número seis seis
TK-L-uno cero seis uno dos cuatro ocho, modelo: E cuatro cero XMH y tercera:
lancha tipo panga de nombre “Capitán Felipe” de fabricación de fibra de vidrio,
color verde tierno en su interior y en su exterior color azul, con una eslora
de aproximadamente veinte pies, tiene un motor marca Yamaha Enduro, serie
número seis seis TK-L-uno cero seis uno dos cuatro
nueve, modelo: E cuatro cero XMH. Declara bajo la fe de juramento que en este
acto rinde que dichas embarcaciones y motores le pertenecen y se encuentran
decomisadas bajo el expediente judicial cero siete-dos cero dos tres cero seis-
cuatro cuatro tres uno-PE del Juzgado Penal de
Puntarenas, y en cuyo decomiso se extraviaron las facturas de compra de dichos
motores. Declaro que las embarcaciones se encontraban nuevas al momento del
decomiso y son de construcción nacional. Rindo esta declaración jurada para
efectos de demostrar la propiedad de las embarcaciones y motores y poder
retirarlas bajo orden judicial de donde se encuentran depositadas, es todo.
Leído lo escrito a la compareciente resultó conforme, lo aprueban y firmamos en
Puntarenas a las once horas y treinta minutos del treinta de marzo del dos mil
quince. Mary Fred Ortega B***La CH***Lo anterior es copia fiel de la escritura numero doscientos cuarenta y una visible al
folio ciento doce frente del tomo veinte de mi protocolo. confrontada
con su original y se expide como un primer testimonio dentro del término de
ley.—Tribunal de Juicio de Puntarenas.—Lic. Franklin Cortés Araya, Juez
Tramitador.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039021).