BOLETÍN JUDICIAL N° 126 DEL 1° DE JULIO DEL 2015

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

JUZGADO NOTARIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

Que en el proceso  disciplinario notarial N° 07-000520-0627-NO, de Javier Rojas Jiménez contra Alberto Varela Campos, (cédula de identidad N° 4-128-471), este Juzgado mediante resolución de las quince horas del trece de abril del dos mil quince, dispuso limitar al citado notario la sanción impuesta  a partir del 14 de abril del 2015 . De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

San José, 13 de abril del 2015.

                                                         Lic. Derling Talavera Polanco,

                                                                     Jueza Tramitadora

1 vez.—Exonerado.—(IN2015039013).

Que en el proceso disciplinario notarial N° 10-000709-0627-NO, de Jaime Hernández Cortez contra Isabel Cristina Vargas Trejos (cédula de identidad 1-832-752), este Juzgado mediante resolución N° 560-2012  de las nueve horas del nueve de noviembre del dos mil doce, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de dos meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 20 de mayo del 2015.

                                                    Lic. Derling Talavera Polanco,

                                                                           Jueza

1 vez.—Exonerado.—(IN2015039014).

Que en el proceso disciplinario notarial N° 11-000741-0627-NO, de Agrícola Quality S. A contra Beatriz Saborío Álvarez (cédula de identidad N° 2-431-901), este Juzgado mediante resolución N° 185-2014  de las diez horas del veintinueve de abril del dos mil catorce, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 07 de mayo del 2015.

                                                    Lic. Derling Talavera Polanco,

                                                                Jueza Tramitadora

1 vez.—Exonerado.—(IN2015039015).

Que en el proceso disciplinario notarial N° 13-000010-0627-NO, de Francisco Monge  Vargas contra Johnny Ramírez Sánchez, (cédula de identidad N° 1-159-430), este Juzgado mediante resolución de las ocho horas del diez de abril del dos mil quince, dispuso limitar al citado notario la sanción impuesta a partir del 11 de abril del 2015.

San José, 10 de abril del 2015.

                                                    Lic. Derling Talavera Polanco,

                                                                Jueza Tramitadora

1 vez.—Exonerado.—(IN2015039016).

Kathya Navarro López,  mayor, notaria pública, cédula de identidad N° 1-867-476, de demás calidades ignoradas; que en proceso disciplinario notarial N° 13-000240-0627-NO establecido en su contra por Registro Civil, se ha dictado la sentencia N° 618-2014 que en lo conducente dice: “Sentencia de Primera Instancia Nº618-2014. Juzgado Notarial. San José, a las diez horas cincuenta minutos del diez de diciembre del dos mil catorce. Proceso Disciplinario Notarial establecido por el Registro Civil, representado por el licenciado Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor, de calidades de no indicadas en autos, contra Kathya Navarro López, mayor, abogada y notaria, cédula número uno-ochocientos sesenta y siete-cuatrocientos setenta y seis, y; Resultando: 1.-..., 2.-..., 3.- ...,4.-..., Considerando: I.- Hechos probados:..., II.- Sobre el fondo:..., III.-..., Por tanto: se declara con lugar el proceso disciplinario notarial interpuesto por el Registro Civil contra Kathya Navarro López y se le impone la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. La sanción rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Firme esta resolución comuníquese a la Dirección Nacional de Notariado, al Registro Civil, al Archivo Notarial y al Registro Nacional. Confecciónese y publíquese el edicto respectivo en el Boletín Judicial. Notifíquese. Lic. Melania Suñol Ocampo. Jueza.-“ y en la providencia dice: “Juzgado Notarial. San José, a las diez horas dos minutos del ocho de mayo del dos mil quince. De conformidad con lo dispuesto por el numeral 263 del Código Procesal Civil, reformado por el artículo 19 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Oficiales, aplicado supletoriamente por   disposición del artículo 163, párrafo 2° del Código Notarial, notifíquese al notario Kathya Navarro López, la presente resolución, así como la parte dispositiva de la sentencia número 618-2014, dictada a las diez horas cincuenta minutos del diez de diciembre del dos mil catorce, por medio de edicto que se publicará por una vez en el Boletín Judicial. Notifíquese. Lic. Derling Talavera Polanco, Jueza Tramitadora.

San José, 05 de mayo del 2015.

                                                    Lic. Derling Talavera Polanco,

                                                                Jueza Tramitadora

1 vez.—Exonerado.—(IN2015039017).

Ramón Badilla González,  cédula de identidad N° 1-611-815 y Jorge Fabio Sibaja Rodríguez, cédula de identidad N° 9-093-987, mayores, notarios públicos, de demás calidades ignoradas; que en proceso disciplinario notarial N° 13-000570-627-NO establecido en su contra por Hilario Araya Arias, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Notarial, I Circuito Judicial, San José. A las quince horas (3:00 p.m.) del veintisiete de noviembre de dos mil trece. Cumplido lo prevenido, se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial con pretensión civil resarcitoria de Hilaro Araya Arias contra Ramón Badilla González y Jorge Fabio Sibaja Rodríguez, a quienes se les confiere traslado por el plazo de ocho días. Con respecto de los hechos expondrán, con claridad, si los rechazan por inexactos o si los admiten como ciertos o con variantes o rectificaciones; también manifestarán las razones que tengan para su negativa y los fundamentos legales en que se apoyen. En la misma oportunidad ofrecerán las pruebas que estimen de su interés, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos, y a los hechos respecto de los cuales deberán referirse. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo   transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial del Primer Circuito Judicial de San José o bien, mediante el Sistema de Validación de Cuentas de Correo Electrónico que se ubica en la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr En ella se encuentra un enlace al formulario que deben llenar los usuarios para que el citado departamento les valide la cuenta de correo.- En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana (artículos 58 y 59 de la citada Ley). En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N°8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29    de enero del 2009). Notifíquese esta resolución a la parte denunciada, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real (artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales). Para notificar a Ramón Badilla González, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras comunicaciones del Primer Circuito Judicial de San José. Puede ser localizado en la siguiente dirección: oficina: San José, 200 metros este, 50 metros sur, casa Italia, barrio Francisco Peralta, Nº 837. Para notificar a Jorge Fabio Sibaja Rodríguez, se comisiona al Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Desamparados. Puede ser localizado en la siguiente dirección: oficina: Desamparados, de la Ferretería y Depósito El Lagar, 75 metros este. Así mismo, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras comunicaciones del II Circuito Judicial de San José para notificar a la Dirección Nacional de Notariado esta resolución, en Curridabat, 50 metros este de la Pops, edificio Galería del Este, primer piso. De conformidad con el artículo 21 de la Ley N° 8687, solicítese al Registro Civil copia debidamente certificada del domicilio registral de la parte denunciada. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste. Previo a expedir comisión a efecto de notificar la existencia del presente proceso a la Dirección Nacional de Notariado se le previene a la parte denunciante aportar un juego de copias de los folios 26 y 27, dentro del plazo de tres días, bajo apercibimiento de que en caso de omisión y sin resolución que así lo indique; no se oirán sus gestiones posteriores y además se mantendrá el expediente en archivo temporal hasta el cumplimiento de lo prevenido anteriormente, sin perjuicio que una vez cumplida dicha prevención se continué con el debido tramite del proceso. Lo anterior de conformidad con el artículo 136 del Código Procesal Civil. Notifíquese. Lic. Doni David Panton Moya, Juez. Juzgado Notarial. San José a las once horas once minutos del veintinueve de abril del dos mil quince. Siendo fallidos los intentos por notificarle a los licenciados Ramón Badilla González y Jorge Fabio Sibaja Rodríguez, la resolución dictada a las quince horas del veintisiete de noviembre del dos mil trece en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado (ver folios 29, 37, 51 y 59 con actas de notificación a folios 36, 58 y 62), el Colegio de Abogados (ver folios 30, 32, 37 y 59 con actas de notificación a folios 50 y 63) y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil (ver folios 43, 44, 51 y 64 con actas de notificación a folios 56 y 68), y siendo que no tienen apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas, de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle a los citados profesionales esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado(a) que los hechos que se le atribuyen son supuesta falta de inscripción de lote ubicado en San Juan de La Unión. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público a los denunciados Ramón Badilla González, cédula de identidad N° 1-611-815 y Jorge Fabio Sibaja Rodríguez, cédula de identidad N° 9-093-987. Notifíquese. Lic. Derling Talavera Polanco, Jueza Tramitadora. Notifíquese.

San José, 29 de abril del 2015.

                                                   Lic. Derling. Talavera Polanco,

                                                                Jueza Tramitadora

1 vez.—Exonerado.—(IN2015039018).

Ana Cristina Echeverría  Zeledón, mayor, notaria pública, cédula de identidad N° 1-0366-0698, de demás calidades ignoradas; que en proceso disciplinario notarial N° 13-000695-627-NO establecido en su contra por Registro Civil, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial, I Circuito Judicial, San José, a las ocho horas del veintiuno de octubre de dos mil trece. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Registro Civil contra Ana Cristina Echeverría Zeledón, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días, dentro de ese plazo debe informar sobre el oficio N° DC-2623-2013 de fecha 23-09-2013 respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial del Primer Circuito Judicial de San José o bien, mediante el Sistema de Validación de Cuentas de Correo Electrónico que se ubica en la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr En ella se encuentra un enlace al formulario   que deben llenar los usuarios para que el citado departamento les valide la cuenta de correo.- En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana (artículos 58 y 59 de la citada Ley). En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquese esta resolución a la parte denunciada, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real (artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales). Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras comunicaciones del Segundo Circuito Judicial de San José. La parte denunciada puede ser localizada en la siguiente dirección: oficina: San Pedro, 75 metros al este de la Facultad de Medicina de la Universidad Latina o bien San Pedro, Fuentes de Monte Oca del cruce de Lourdes 200 metros norte y 175 metros este. Así mismo, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras comunicaciones del II Circuito Judicial de San José para notificar a la Dirección Nacional de Notariado esta resolución, en Curridabat, 50 metros este de la Pops, edificio Galería del Este, primer piso. De conformidad con el artículo 21 de la Ley N° 8687, solicítese al Registro Civil copia debidamente certificada del domicilio registral de la parte denunciada. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste. Notifíquese. Lic. Doni David Panton Moya, Juez. Juzgado Notarial. San José a las ocho horas y diecinueve minutos del veinticinco de marzo de dos mil quince. Siendo fallidos los intentos por notificarle al licenciada Ana Cristina Echeverría Zeledón, la resolución dictada a las ocho horas del veintiuno de octubre de dos mil trece en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado, el Colegio de Abogados y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil (ver folio 31), y siendo que la apoderada inscrita ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 20) presenta defunción, según consulta realizada por este Despacho (folio 52), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado(a) que los hechos que se le atribuyen son la aparente realización del matrimonio entre los señores Minor Evaristo Porras Bermúdez y Cristina Selva Solís, en fecha 30 de diciembre de 2012, pero al momento de dicho matrimonio aparentemente el documento de identidad del contrayente (pasaporte) se encontraba vencido. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público al denunciado(a) Ana Cristina Echeverría Zeledón, cédula de identidad N° 1-0366-0698San José, 25 de marzo del 2015.

                                               Lic. Derling Talavera Polanco,

                                                                      Jueza

1 vez.—Exonerado.—(IN2015039019).

Víctor Smith Hare,  mayor, notario público, cédula de identidad N° 7-069-341, de demás calidades ignoradas; que en proceso disciplinario notarial N° 14-000178-0627-NO establecido en su contra por Registro Público de la Propiedad Mueble, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. San José, a las once horas del veintinueve de abril de dos mil catorce. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Registro Público de la Propiedad Mueble contra Víctor Smith Hare, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días, dentro de ese plazo debe informar respecto del oficio DRBM-78-2014, los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana (artículos 58 y 59 de la citada Ley). En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, personalmente o en su casa de habitación, mediante cédula y copias de ley, lo cual se hará por medio de Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José quienes podrán notificarle en su oficina en San José, ent. principal Corte 125 norte, casa 248, o bien, en su oficina en San José c 19 av 2-6 / 75 N entrada principal de la Corte. Así mismo, se ordena mediante comisión notificar a la Dirección Nacional de Notariado a través de la Oficina de Comunicaciones del Segundo Circuito de San José, en: Curridabat, 50 metros este de la Heladería Pops edificio Galería del Este primer piso. De conformidad con el artículo 21 de la Ley N° 8687, solicítese al Registro Civil informe sobre el domicilio registral de la parte denunciada. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en el Colegio de Abogados y la Dirección Nacional de Notariado. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste. Notifíquese. Lic. Melania Suñol Ocampo, Juez. Juzgado Notarial. San José a las nueve horas y dieciocho minutos del dieciocho de mayo de dos mil quince. Siendo fallidos los intentos por notificarle al licenciado Víctor Smith Hare, la resolución dictada a las once horas del veintinueve de abril del dos mil catorce (folio 10) en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado, el Colegio de Abogados y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil (ver folio 5 y 30, 6 y 28, 18), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 20), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado(a) que los hechos que se le atribuyen son : “Primero: EL día 10 de marzo del presente año, la funcionaria encargada de la calificación del documento presentado el día 03 de marzo último, ante el Departamento del Diario de este Registro bajo el tomo 2014, asiento 81576, informó a esta dirección sobre la irregularidad detectada en la calificación del referido documento, pues de conformidad con el testimonio de la escritura pública número trescientos seis visible al folio ciento ochenta y cinco frente del tomo quince del protocolo del notario Víctor Smith Hare, otorgada el día 03 de marzo del 2014, en la que comparece el señor Carlos Álvarez Arguedas, cédula de identidad N° 1-441-937 en condición de vendedor del motor N° 2L 1254043 inscrito en el vehículo placas SBJ-3667, mediante la cual vende el mencionado motor a José Antonio Roncancio Alonso, cédula de residencia N° 117000130601, propietario del automotor placa CL-144381. Segundo: la irregularidad evidenciada por la funcionaria registradora consiste en que una vez consultado el Padrón Nacional se percató que el compareciente Álvarez Arguedas aparece con una anotación de defunción desde el día 18 de marzo del 2006, lo que resulta contradictorio con su comparecencia ante el notario Smith Hare para el otorgamiento de la escritura indicada. Tercero: Por presumirse la comisión de un delito por parte del notario Víctor Smith Hare, al dar fe de la comparecencia personal del vendedor del referido motor, quien en apariencia se encontraba fallecido al momento de firmar la referida escritura, con fundamento en los artículos 15, 16, 17, 18, 39, 40 y 152 del Código Notarial, esta Dirección interpone la presente denuncia para que se determinen las circunstancias en que el relacionado documento público fue otorgado ante dicha federaría pública y se establezcan las responsabilidades que en derecho correspondan. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público al denunciado Víctor Smith Hare, cédula de identidad N° 7-069-341. Notifíquese. Lic. Derling Talavera Polanco, Jueza”.

San José, 18 de mayo del 2015.

                                                    Lic. Derling Talavera Polanco,

                                                                           Jueza

1 vez.—Exonerado.—(IN2015039020).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

A los causahabientes de quién en vida se llamó Albin Soto Amoretti, quien fue mayor de edad, soltero, de 20 años de edad, nacido en Limón Centro el veintiocho de octubre del año mil novecientos noventa y cuatro, escolaridad secundaria incompleta, guarda de seguridad, portador de la cédula de identidad número 07-0231-0955, quien laboró para la empresa Seguridad Blandón Sociedad Anónima, falleció el 3 de mayo del año 2015. Se hace saber que el señor Víctor Luis Soto Araya se apersonó en este Despacho en calidad de padre del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones, y se encuentra apersonada a los autos la señora Xinia Amoretti Morales en calidad de madre. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de Prestaciones del trabajador fallecido Albin Soto Amoretti, expediente número 15-000197-0679-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 8 de mayo del año 2014.—Lic. Pablo Sánchez Valverde, Juez.—1 vez.—Exonerado.―(IN2015039038).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Christian Corrales Hidalgo, quien fue mayor, electricista, vecino de Naranjo, con cédula de identidad número 1-1227-0393, se les hace saber que María Elizabeth Hidalgo Corrales, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 2-0334-0063, vecina de Naranjo de Alajuela, se apersonó en este Despacho en calidad de madre del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de Prestaciones del trabajador fallecido Christian Corrales Hidalgo, expediente número 15-000206-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 13 de abril del año 2015.—Lic. Sammy Moncada Ramírez, Juez.—1 vez.—Exonerado.―(IN2015039039).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Iván Agustín González Cordero, quien fue mayor, soltero, vecino de Curridabat, con cédula de identidad número 302810951, se les hace saber que: María Teresa Cordero Loaiza, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 300800361, vecina de Curridabat, se apersonó en este Despacho en calidad de madre del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de Prestaciones del trabajador fallecido Iván Agustín González Cordero, expediente número 15-000893-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 10 de junio del año 2015.—MSc. Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039043).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Roy Alexander de Jesús Monge Fonseca, quien fue mayor, soltero, de nacionalidad costarricense, portó la cédula de identidad 1-0707-0374, y falleció el día 19 de enero del año 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones, bajo el número 15-001076-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 15-001076-0173-LA. Promovido por José Ricardo Guevara Guevara a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 11 de junio del año 2015.—Licda. Floryzul Porras López, Jueza.—1 vez.—Exonerado.―(IN2015039047).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Stanley José González Rosales, quien fue mayor, divorciado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 6-0244-0933 y falleció el día 29 de mayo del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones bajo el número15-001287-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 15-001287-0173-LA. Promovido por Mercedes Rosales Rosales, cédula de Identidad 6-0076-0139 a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de junio del año 2015.—Licda. Floryzul Porras López, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039048).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Patricia María Corrales Morales, quien fue mayor, casada, de nacionalidad costarricense, portó la cédula de identidad 1-0840-0104 , y falleció el día 18 de diciembre del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones Laborales bajo el número 15-001296-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 15-001296-0173-LA. Promovida por Alexander Artavia Artavia, cédula 1-0840-0104 a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de junio del año 2015.—Licda. Floryzul Porras López, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039050).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Gybson Jossue Valverde Cerdas, quien fue mayor, soltero, de nacionalidad costarricense, portó la cédula de identidad 1-1225-0145, y falleció el día 20 de noviembre del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones Laborales bajo el número 15-001315-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 15-001315-0173-LA. Promovida por Eida Cerdas Alpízar, cédula de identidad 1-0366-0410 a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José 10 de junio del año 2015.—Licda. Floryzul Porras López, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039051).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Víctor Manuel Chinchilla Rojas, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula de identidad 3 0185 0808, y falleció el día 28 de marzo del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones bajo el número 15-001316-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 15-001316-0173-LA. Promovido por Ligia Alejandra Carvajal Campos a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de junio del año 2015.—Licda. Floryzul Porras López, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039056).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Mariano Pineda García, quien fue mayor de edad, casado, profesor, vecino de Los Chiles de Guatuso, Los Lirios, cédula de identidad 2-0274-0184, quien laboró para el Ministerio de Educación Pública, y falleció el 7 de diciembre del año 2014, 2010, se les hace saber que: Keendly Pineda García, portadora de la cédula de identidad 01-1114-0396, vecina de Alajuela, Upala Centro, Urbanización Don Chu, se apersonó en este Despacho en calidad de hija del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de Prestaciones del trabajador fallecido Mariano Pineda García, expediente número 15-300014-1143-LA.—Juzgado Civil, Trabajo y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, 7 de abril del año 2015.—Licda. Brenda Celina Calvo de la O, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039062).

Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del fallecido Danilo Estaban Venegas Araya, quien fuera mayor, soltero, costarricense, oficial de seguridad, vecino de Desamparados, Jericó, El Rosario de Llano Bonito, de la Escuela de Llano Bonito doscientos cincuenta metros al sureste, cédula de identidad número uno-mil ciento ochenta y cuatro, trescientos cincuenta y nueve, quien falleció el ocho de enero del dos mil quince, con el fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de Reclamo de Fondo de Capitalización Laboral y Extremos Laborales, expediente número 15-300064-0237-LA (66-2-15), gestionado por Andrea María Mora Salas, contra Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco de Costa Rica y Seguridad Alfa S. A., apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en Derecho, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 8 de mayo del 2015.—MSc. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—Exonerado.―(IN2015039063).

Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del fallecido Jonathan Antonio Carballo Quesada, quien fuera mayor, unión libre, cédula número uno-mil ciento cincuenta y nueve-cuatrocientos diecinueve, vecino de Desamparados, San Jerónimo, Loma Linda, Urbanización La Paz, casa 49, quien falleció el veintinueve de agosto del dos mil diez, a fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de Reclamo de Fondo de Capitalización Laboral del fallecido Jonathan Antonio Carballo Quesada Nº 15-300145-0237-LA (152-1-15) gestiona: Yuri Corella Beita contra Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Popular Pensiones, apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en Derecho, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 12 de junio del 2015.—Msc. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—Exonerado.―(IN2015039065).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDa publicación

A las ocho horas del veinte de julio del dos mil quince, de la manera que se dirá, y con  las bases que se indican a continuación, remataré los siguientes vehículos: 1) Libre de gravámenes prendarios comunes, anotaciones, infracciones y colisiones, y con la base del valor tributario indicado en la certificación de gravámenes y anotaciones expedida por el Registro Público de la Propiedad con fecha de cierre 14:28 horas del 10 de diciembre de 2014, sea la base de ¢1.390.000°°, el vehículo placas 543859, marca Toyota, estilo Corolla, categoría automóvil, serie, chasís y Vin 2T1AE04E4PC017363, tracción 2x2, año 1993, color azul, 1,600 c.c., combustible gasolina, modelo STD, 4 cilindros, capacidad 5 personas, número de motor y número de serie ilegibles. 2) Libre de gravámenes prendarios comunes y anotaciones, infracciones y colisiones, y con la base del valor tributario indicado en la certificación de gravámenes y anotaciones expedida por el Registro Público de la Propiedad con fecha de cierre 14:28 horas del 10 de diciembre de 2014, sea la base de ¢210.000°°, el vehículo placas MOT-229118, marca Formula, estilo XY150T, categoría motocicleta, serie, chasís y Vin L4DTCKDK872300704, tracción 2x2, año 2008, color rojo, capacidad 2 personas, número de motor XY157QMJ070014481, combustible gasolina, 150 c.c., 1 cilindro. Para el segundo remate, ahora con la rebajo del 25% de ley, sea la base de ¢1.042.500°° para el vehículo placas 543859 y la base de ¢157.500°° para el vehículo placas mot-229118, se señalan las: ocho horas del cuatro de agosto del dos mil quince. Para el tercer remate, ahora con la base del 25% de la base original, sea la base de ¢347.500°° para el vehículo placas 543859 y la base de ¢52.500°° para el vehículo placas mot-229118, se señalan las: ocho horas del diecinueve de agosto del dos mil quince. Exp. 11-100983-0297-CI. Ejecución de Sentencia de Mariela Hernández Ramírez contra Alexander Alvarado Araya y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, 2 de junio del 2015.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—Solicitud N° 34760.—(IN2015040308).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos bajo las citas: 416-05675-01-0224-001; a las trece horas y treinta minutos del veintisiete de julio del dos mil quince, y con la base de tres millones seiscientos ochenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro  Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 459082-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 13, Pocosol cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Reinaldo Arias Orozco; al este, Justo Pasto Martínez Alvarado y Elia María Condega Ruiz; y al oeste, Miguel Castro Rodríguez y María Luisa Castillo Fonseca. Mide: quinientos metros con tres decímetros cuadrados. Plano: A-1084688-2006. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del once de agosto del dos mil quince, con la base de dos millones setecientos sesenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil quince con la base de novecientos veinte mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Inversiones Negocios M Y A Sociedad Anónima contra Gilma María Martínez Condega. Exp. 15-000420-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 18 de mayo del 2015.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—Solicitud N° 34618.—(IN2015040309).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Servidumbre trasladada anotada bajo las citas 339-11245-01; a las nueve horas del cuatro de agosto del dos mil quince, y con la base para cada uno de los derechos que se dirán, de un millón quinientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré los derechos 001, 002 y 003 de la finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 145562. La finca madre tiene las siguientes características: terreno para construir número 847. Situada en el distrito 05 Aguacaliente, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, INVU; al sur, Avenida 7; al este, INVU, y al oeste, INVU. Mide: ciento diez metros con noventa y seis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del diecinueve de agosto del dos mil quince, con la base de un millón ciento sesenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del tres de setiembre del dos mil quince, con la base de trescientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Hacienda Mastate Sociedad Anónima contra Daisy María Leitón Marín, exp. N° 14-004081-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 1 de junio del año 2015.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2015040549).

En la puerta  exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones boleta: 2014-242100099 sumaria 14-600020-0240-TC del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Mora; a las catorce horas y quince minutos del dieciséis de julio del dos mil quince, y con la base de cuatro millones novecientos treinta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número CL 182047, marca Mitsubishi, estilo L200, categoría carga liviana, capacidad 5 personas, año 2002, color gris, Vin MMBJNK7401D066510, cilindrada 2477 cc., combustible diesel, tracción: 4X4, motor número 4D56AX6700. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del tres de agosto del dos mil quince, con la base de tres millones seiscientos noventa y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del dieciocho de agosto del dos mil quince, con la base de un millón doscientos treinta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de German Guevara Duran contra Carlos Alberto de los Ángeles Salazar Fernández, exp. N° 15-008416-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 30 de abril del año 2015.—Lic. Eduardo Fonseca Alvarado, Juez.—(IN2015040554).

En la puerta  exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las trece horas y treinta minutos del trece de octubre del dos mil quince, y con la base de veinte millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos once mil ochocientos noventa y tres-cero cero cero la cual es terreno de Tacotales Potrero y una casa. Situada en el distrito 03 San José (Pizote), cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Hazel Narváez Martínez, José Santos Narváez Narváez; al sur, Erasmo Narváez Chávez, servidumbre de paso y quebrada en medio; al este, Hazel Narváez Martínez, calle publica, y al oeste, Hazel Narváez Martínez, Erasmo Narváez Chaves. Mide: ciento veintitrés mil novecientos treinta y un metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiocho de octubre del dos mil quince, con la base de quince millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del doce de noviembre del dos mil quince, con la base de cinco millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de El Colono Zona Norte Sociedad Anónima contra José Narváez Narváez, exp. N° 14-001778-1209-C.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 11 de junio del año 2015.—Licda. Isabel Castillo Navarro, Jueza.—(IN2015040568).

En la puerta exterior de este Despacho; ambas fincas soportando hipoteca  de primer grado y prohibiciones articulo 16 Ley 7599; a las diez horas y cero minutos del veintiuno de setiembre del dos mil quince, y con la base de doce millones quinientos mil colones exactos, para cada una de las fincas a rematar, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1-) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento quince mil ochocientos cincuenta y siete-cero cero cero la cual es terreno para la agricultura lote 48-30. Situada en el distrito 01 Puerto Cortes, cantón 05 Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Alejandro Porras, José Venegas y Agrosur S. A.; al sur, Agrosur S. A. y calle pública; al este, Agrosur S. A., y al oeste, Jorge Rodríguez y calle pública. Mide: trescientos ochenta y ocho mil doscientos veintiún metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. 2-) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento quince mil ochocientos cincuenta y nueve cero cero cero la cual es terreno para la agricultura lote 31-1. Situada en el distrito 01 Puerto Cortes, cantón 05 Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Zona Marítima y Everardo Cortes; al sur, Aubreywebb, Agrosur S. A. y calle pública; al este, Agrosur S. A. y Everardo Cortés, y al oeste, Zona Marítima Terrestre. Mide: cuatrocientos cuarenta y dos mil quinientos veintidós metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del seis de octubre del dos mil quince, con la base de nueve millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos para cada una de las fincas a rematar (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de octubre del dos mil quince, con la base de tres millones ciento veinticinco mil colones exactos para cada una de las fincas a rematar (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de El Colono Agropecuario S. A. contra Rancho Cortes CM Sociedad Anónima, exp. N° 15-000179-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 11 de junio del año 2015.—Licda. Isabel Castillo Navarro, Jueza.—(IN2015040573).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a  las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de julio del dos mil quince, y con la base de doce millones novecientos veinticuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 84.928 derecho 001 y 002 la cual es terreno lote H terreno para construir con una casa marcada M-1. Situada en el distrito 08 Barranca, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 2; al sur, calle pública; al este, lote 17, y al oeste, Alameda 14. Mide: ciento sesenta y siete metros con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de agosto del dos mil quince, con la base de nueve millones seiscientos noventa y tres mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del dos de setiembre del dos mil quince, con la base de tres millones doscientos treinta y un mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Caja de Ahorro y Prestamos de la Asociación Nacional de Educadores contra Manuel Antonio Bolaños Sequeira, exp. N° 09-024337-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 10 de junio del año 2015.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—(IN2015040591).

En la puerta  exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y diez minutos del veintidós de julio del año dos mil quince, y con la base de veinte mil ochocientos noventa y dos punto setenta y ocho unidades de desarrollo equivalente en colones en la suma de quince millones seiscientos mil seiscientos treinta y ocho colones con ochenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número diecisiete mil quinientos ochenta y nueve cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito Limón, cantón Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, INVU; al sur, INVU; al este, INVU, y al oeste, calle. Mide: Ciento sesenta y siete metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados plano L-0057344-1963. Para el segundo remate se señalan las quince horas y diez minutos del seis de agosto del año dos mil quince, con la base de quince mil seiscientos sesenta y nueve punto sesenta y nueve unidades de desarrollo equivalente en colones a la suma de once millones setecientos mil cuatrocientos setenta y nueve colones con doce céntimos once millones setecientos mil cuatrocientos setenta y nueve colones con doce céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y quince minutos del veintiuno de agosto del año dos mil quince, con la base de cinco mil doscientos veintitrés punto veinte unidades de desarrollo, equivalentes en colones en la suma de tres millones novecientos mil ciento cincuenta y nueve colones con setenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Kerene Bailey Lowsie, exp. N° 12-001895-1208-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 25 de marzo del año 2015.—Lic. Mario García Araya, Juez.—(IN2015040600).

En la puerta  exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas: 2009-298156-01-0001-001, servidumbre de paso citas: 2010-187512-01-0006-001, servidumbre de paso citas: 2010-196754-01-0005- 001, servidumbre de paso citas: 2010-268147-01-0004-001; a las trece horas y treinta minutos (una hora y treinta minutos pasado meridiano) del treinta y uno de agosto del dos mil quince, y con la base de treinta y nueve millones novecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 176662 -000 la cual es terreno de Zona Verde. Situada en el distrito Macacona, cantón Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Grendale Incorporated S. A.; al sur, Dieciocho de Agosto S. A.; al este, Grendale Incorporated S. A., y al oeste, servidumbre de paso con un frente a ella de 30 metros 71 centímetros lineales. Mide: dos mil treinta y seis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos(una hora y treinta minutos pasado meridiano) del dieciséis de setiembre del dos mil quince, con la base de veintinueve millones novecientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos (una hora y treinta minutos pasado meridiano) del uno de octubre de dos mil quince con la base de nueve millones novecientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Alberto Incera Villalta, exp. N° 12-000394-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 2 de junio del año 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015040618).

En la puerta exterior  de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de octubre del año dos mil quince, y con la base de dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 769496, Marca Honda, estilo Civic, categoría Automóvil, capacidad 5 personas, año 1996, Vin 1HGEJ6127TL018277. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de noviembre del año dos mil quince, con la base de un millón quinientos mil colones exactos y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticinco de noviembre del año dos mil quince con la base de quinientos mil colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Mainor Francisco Barrantes Castillo contra Gerardo Enrique Porras Salazar, exp. N° 15-000819-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 1 de junio del año 2015.—Lic. Raquel Machado Fernández, Juez.—(IN2015040631).

En la puerta  exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del diecisiete de noviembre del dos mil quince, y con la base de nueve mil setecientos diecinueve dólares con cincuenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BBH seiscientos cincuenta y uno, marca Chevrolet, estilo Spark LT., categoría automóvil, capacidad cinco personas, año dos mil doce, color negro, Vin KL uno cm seis cd tres cc cinco cinco tres tres tres cinco, cilindrada mil doscientos cc. combustible gasolina, motor Nº B uno dos d uno seis dos siete nueve seis cero KC tres. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dos de diciembre del dos mil quince, con la base de siete mil doscientos ochenta y nueve  dólares con sesenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del diecisiete de diciembre del dos mil quince, con la base de dos mil cuatrocientos veintinueve dólares con ochenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica contra Krizia del Carmen Hidalgo Mora, exp. N° 15-017944-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 17 de junio del año 2015.—Licda. Mayra Trigueros Brenes, Juez.—(IN2015040634).

En la puerta  exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión, sumaria 12-005145-0497-TR del Juzgado de Tránsito de Heredia tomo: 2011, asiento 257148, secuencia 001; a las catorce horas y cero minutos del veintinueve de setiembre del dos mil quince, y con la base de siete mil novecientos setenta y tres dólares con treinta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placa 893887, marca Nissan, estilo March, chasís 3N1CK3CD7ZL350395, capacidad 5 personas, color gris, año 2012, combustible Gasolina. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del quince de octubre del dos mil quince, con la base de cinco mil novecientos ochenta dólares con cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dos de noviembre del dos mil quince, con la base de mil novecientos noventa y tres dólares con treinta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra José Andrés Cárdenas Villegas, exp. N° 15-016326-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 27 de mayo del año 2015.—Licda. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2015040635).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del veinte de octubre de dos mil quince, y con la base de dieciocho mil novecientos veintitrés dólares con un centavo de dólar, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placa CDJ760, marca: Hyundai, categoría: automóvil, tracción: 4X2, estilo: Santa Fe GL, capacidad: 5 personas, año: 2013, color: blanco, combustible: gasolina. Para el Segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del cuatro de noviembre de dos mil quince, con la base de catorce mil ciento noventa y dos dólares con veinticinco centavos de dólar (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del diecinueve de noviembre de dos mil quince con la  base de cuatro mil setecientos treinta dólares con setenta y cinco centavos de dólar (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Christian Andrés Esquivel Pereira. Exp.: 14-001500-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 05 de marzo del 2015.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2015040636).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del diez de agosto del año dos mil quince, y con la base de cinco millones ciento trece mil cuatrocientos ochenta y tres colones con cincuenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,  Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos sesenta y ocho mil ochocientos noventa y dos-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Grifo Alto, cantón Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Otoniel Gómez; al sur, Ramón Amadeo Gómez; al este, calle pública y al oeste, Ramón Alfredo Gómez. Mide: dos mil setecientos metros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticinco de agosto del año dos mil quince, con la base de tres millones ochocientos treinta y cinco mil ciento doce colones con sesenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las 13:30 09092015 con la base de un millón doscientos setenta y ocho mil trescientos setenta colones con ochenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Alfonso Gutiérrez Jiménez. Exp.: 15-008656-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 09 de junio del 2015.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—1 vez.—(IN2015040637).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las 10:00 horas del 27/08/2015, y con la base de un millón quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas 195231, marca Nissan, categoría automóvil, estilo ADWAGONLX, capacidad 5 personas, año 1994, color azul, carrocería station wagon o familiar, combustible gasolina, cilindrada 1597 cc cilindros 04. Para el Segundo remate se señalan las 10:00 del 18/09/2015, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones  (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las 10:00 del 05/10/2015 con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de, Solicredit Limitada contra Grettel Eugenia de los Ángeles Brenes Castillo, José Miguel Montero Rey. Exp.: 15-006805-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 01 de junio del 2015.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—(IN2015040651).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando cuatro de servidumbres trasladadas y una servidumbre de paso; a las diez horas y treinta minutos del veintiocho de setiembre de dos mil quince y con la base de setenta y ocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 331365-000 la cual es terreno con una casa Situada en el distrito 4-San Roque, cantón 3-Grecia de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de paso con 4 metros de ancho en medio Abdón Rodríguez Rodríguez; al sur, Cafetalera Rodríguez Rojas S. A.; al este, Servidumbre de Paso en Medio Cafetalera Rodríguez Rojas S. A. y al oeste, Cafetalera Rodríguez Rojas S. A. Mide: mil trescientos cuarenta y ocho metros con un decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de octubre de dos mil quince, con la base de cincuenta y ocho millones quinientos mil colones exactos y, para la Tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintinueve de octubre de dos mil quince con la base de diecinueve millones quinientos mil colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica, contra Herberth Antonio de la Trinidad Rodríguez Rojas. Exp.: 15-000680-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 21 de mayo del 2015.—Brayan Li Morales Juez.—(IN2015040678).

En la puerta exterior de este Despacho, A) Libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de agosto del año dos mil quince, y con la base de cuatro millones novecientos veintisiete mil ochocientos sesenta y seis colones con noventa y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos  cinco mil doscientos cincuenta y cuatro cero cero cero la cual es terreno tacotales y montaña. Situada en el distrito San José (Pizote), cantón Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ernesto López y Leonardo Rodríguez Guitiérrez; al sur, Dolores Palma Palma, Juan Casanova Vega y Guillermo Chavarría Ortiz; al este, calle pública con un frente de 439 metros 71 centímetros lineales, Ernesto López y Dolores Palma Palma y al oeste, Guillermo Chavarría Ortiz. Mide: quinientos ochenta y seis mil ciento ochenta metros con cero decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del uno de setiembre del año dos mil quince, con la base de tres millones seiscientos noventa y cinco mil novecientos colones con veinticuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de setiembre del año dos mil quince con la base de un millón doscientos treinta y un mil novecientos sesenta y seis colones con setenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). B) Libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas de Ley de Agua y Ley de Caminos Públicos, bajo las citas 517-10887-01-0003-001; a las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de agosto del año dos mil quince, y con la base de nueve millones doscientos sesenta y nueve trescientos ochenta y siete colones con treinta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y un mil setecientos cincuenta y dos, cero cero cero, la cual es terreno tacotales y montaña con cinco apartos para ganado, 1 corral, 1 anexo de corral, 1 bodega, 1 galpom y 2 casa. Situada en el distrito San José (Pizote), cantón Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Guillermo Chavarría Ortiz y Heriberto Martínez Martínez; al sur, Santos Ortega Jiménez y Ramón Espinoza; al este, Guillermo Chavarría Ortiz y al oeste, Santos Ortega Jiménez y Ramón Espinoza. Mide: novecientos veinticinco mil seiscientos veinte metros con cero decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del uno de setiembre del año dos mil quince, con la base de seis millones novecientos cincuenta y dos mil cuarenta colones con cincuenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de setiembre del año dos mil quince con la base de dos millones trescientos diecisiete mil trescientos cuarenta y seis colones con ochenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Guillermo Chavarría Ortiz. Exp.: 15-015156-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 15 de junio del 2015.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—(IN2015040681).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once  horas y treinta minutos del veintitrés de julio de dos mil quince y con la base de veintisiete millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 175402-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 San Pablo, cantón 09 San Pablo de la provincia de Heredia. Colinda: al norte: Asociación de Desarrollo Integral de Barrio Fátima; al sur: Evelio Vindas Arce; al este: parque de los expresidentes y al oeste: calle pública con 7 metros. Mide: ciento sesenta y seis metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del siete de agosto de dos mil quince, con la base de veinte millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil quince, con la base de seis millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro y Préstamo contra Marco Tulio Ramón Rodríguez Campos. Expediente: 15-000626-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 7 de mayo del 2015.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—(IN2015040751).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones ref.: 00034334-000; a las nueve horas  y treinta minutos del veinticuatro de julio de dos mil quince, y con la base de veintinueve millones quinientos diez mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 401397-003-004, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Aserrí, cantón 06 Aserrí de la provincia de San José. Colinda: al norte: calle pública con 20.95; al sur: Moga de Aserrí S.A.; al este: Moga de Aserrí S. A. y al oeste: calle pública con 9.50. Mide: ciento noventa y nueve metros con veinticinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de agosto de dos mil quince, con la base de veintidós millones ciento treinta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de agosto de dos mil quince, con la base de siete millones trescientos setenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro y Préstamo contra Manuel Antonio del C. Brenes Zúñiga, Sandra Mayela Torres Jiménez. Exp. N° 15-000599-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 11 de mayo del 2015.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—(IN2015040754).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero  soportando servidumbre trasladada; a las nueve horas y treinta minutos del veintisiete de julio de dos mil quince y con la base de treinta y cuatro millones ciento cuarenta y cuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 181385-000 (003-004), la cual es terreno para construir con una casa lote 15 A. Situada en el distrito 09 Dulce Nombre, cantón 01 Cartago de la provincia de Cartago. Colinda: al norte: Murillo Bejarano S A; al sur: calle pública con 7 metros; al este: lote catorce y al oeste: lote dieciséis. Mide: trescientos veinticinco metros con ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del once de agosto de dos mil quince, con la base de veinticinco millones seiscientos ocho mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de agosto de dos mil quince, con la base de ocho millones quinientos treinta y seis mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Johnny Alberto Calvo Alvarado, Roger David López Araya. Expediente: 14-005931-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 12 de mayo del 2014.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2015040757).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de octubre de dos mil quince y con la base de ciento veintiséis mil  trescientos setenta y cuatro dólares con cuatro centavos, en el mejor postor remataré la finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 30369-F-cero cero uno-cero cero dos, la cual es terreno filial siete apta para construir que se destinará a uso habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 2 Sabanilla, cantón 15 Montes de Oca de la provincia de San José. Colinda: al norte: filial ocho; al sur: filial seis; al este: acceso vehicular y peatonal y al oeste: Carlos Paniagua Quirós y Wilson Soto Mora. Mide: ciento treinta y un metros con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de octubre de dos mil quince, con la base de noventa y cuatro mil setecientos ochenta dólares con cincuenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera  subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de noviembre de dos mil quince, con la base de treinta y un mil quinientos noventa y tres dólares con cincuenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Carlos Guillermo Alvarado Lobo, Diana Eugenia Vargas Morales. Expediente: 15-018866-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 9 de junio del 2015.—Lic. Pedro Ferrán Reina, Juez.—(IN2015040776).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero  soportando colisión bajo el número de sumaria 14-006843-0489TR; a las diez horas y cero minutos del trece de agosto de dos mil quince y con la base de diez mil cuatrocientos cincuenta y ocho dólares con veintidós centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa 676960, marca Toyota, estilo RAV4, categoría automóvil, carrocería todo terreno 4 puertas, chasis JTMBD33V705040326, motor 2AZ2262611, capacidad 5 personas, combustible gasolina, color beige, año 2007. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del ocho de setiembre de dos mil quince, con la base de siete mil ochocientos cuarenta y tres dólares con sesenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinticuatro de setiembre de dos mil quince, con la base de dos mil seiscientos catorce dólares con cincuenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Bruno Canino S. A. Expediente: 15-007791-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de junio del 2015.—M.Sc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—(IN2015040777).

En la puerta exterior  de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de octubre de dos mil quince y con la base de ciento veintiséis mil trescientos setenta y cuatro dólares con cuatro centavos, en el mejor postor remataré la finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 30369-F-cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno filial siete apta para construir que se destinará a uso habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 02 Sabanilla, cantón 15 Montes de Oca de la provincia de San José. Colinda: al norte: filial ocho; al sur: filial seis; al este: acceso vehicular y peatonal y al oeste: Carlos Paniagua Quirós y Wilson Soto Mora. Mide: ciento treinta y un metros con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de octubre de dos mil quince, con la base de noventa y cuatro mil setecientos ochenta dólares con cincuenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de noviembre de dos mil quince, con la base de treinta y un mil quinientos noventa y tres dólares con cincuenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Carlos Guillermo Alvarado Lobo, Diana Eugenia Vargas Morales. Expediente: 15-018866-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 9 de junio del 2015.—Lic. Pedro Ferrán Reina, Juez.—1 vez.—(IN2015040780).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando  servidumbre de acueducto y de paso del AYA, citas 409-16145-01-0001-001-01; a las 11:00 horas del 13-08-15 y con la base de doscientos cuarenta y siete mil ciento cuarenta y un dólares con treinta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 18035 F-000, la cual es terreno en donde se construirá una casa para uso habitacional, casa número 10. Situada en el distrito 03 San Rafael, cantón 02 Escazú de la provincia de San José. Colinda: al norte: con calle privada; al sur: casa Ñ 11; al este: calle privada y al oeste: casa Ñ 9. Mide: trescientos seis metros con cuarenta y un decímetro cuadrado. Para el segundo remate se señalan las 11:00 horas del 08-09-15, con la base de ciento ochenta y cinco mil trescientos cincuenta y seis dólares con cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las 11:00 horas del 24-09-15 con la base de sesenta y un mil setecientos ochenta y cinco dólares con treinta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Scotiabank de Costa Rica S. A. contra La Zambucasa Sociedad Anónima, Ricardo Ernesto Falla Girón. Expediente: 15-014731-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de junio del 2015.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—(IN2015040783).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho  horas y cero minutos del veintiocho de julio del año dos mil quince y con la base de siete millones doscientos setenta y cinco mil ochocientos noventa y cinco colones con noventa céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número quinientos ochenta y seis mil ochocientos once-cero cero cero, la cual es terreno para construir.  Situada en el distrito 01 San Isidro de El General, cantón 19 Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte: calle pública, al sur: calle pública, al este: Soledad Hernández Brizuela y al oeste: Soledad Hernández Brizuela. Mide: doscientos noventa y ocho metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del doce de agosto del dos mil quince, con la base de cinco millones cuatrocientos cincuenta y seis mil novecientos veintiún colones con noventa y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintisiete de agosto del dos mil quince, con la base de un millón ochocientos dieciocho mil novecientos setenta y tres colones con noventa céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza RL contra Víctor Manuel Ureña Hernández. Expediente: 14-008018-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 22 de abril del 2015.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—(IN2015040784).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y treinta minutos del cuatro de noviembre de dos mil  quince y con la base de ochenta y seis millones doscientos cuarenta y cinco mil ciento ochenta y cuatro colones con cuarenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento setenta y nueve mil ciento once cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 15, bloque B. Situada en el distrito San Pablo, cantón San Pablo de la provincia de Heredia. Colinda: al sur: lote 14 bloque B; al este: lote destinado a calle dos de la urbanización, al oeste: lote 1 bloque b y al noroeste: Vital y Austelina Salas Espinoza. Mide: ciento ochenta y cuatro metros con veinte decímetros cuadrados. Plano H-0708666-2001. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del diecinueve de noviembre de dos mil quince, con la base de sesenta y cuatro millones seiscientos ochenta y tres mil ochocientos ochenta y ocho colones con treinta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del nueve de diciembre de dos mil quince, con la base de veintiún millones quinientos sesenta y un mil doscientos noventa y seis colones con doce céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Distribuidora Deportiva la Económica S. A., María Rocío de los Ángeles Díaz Garita. Expediente: 15-020629-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de junio del 2015.—M.Sc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—(IN2015040785).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; a las ocho horas y cero minutos del treinta y uno de julio del  año dos mil quince y con la base de tres millones ciento nueve mil doscientos setenta y cuatro colones con cincuenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número seiscientos veintiséis mil setecientos cuarenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 El General, cantón 19 Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte: calle pública; al sur: Kattia María Rodríguez Ceciliano; al este: Nandy Raquel Rodríguez Hidalgo y al oeste: Kattia María Rodríguez Ceciliano. Mide: doscientos cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diecisiete de agosto del dos mil quince, con la base de dos millones trescientos treinta y un mil novecientos cincuenta y cinco colones con ochenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del uno de setiembre del dos mil quince, con la base de setecientos setenta y siete mil trescientos dieciocho colones con sesenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza RL contra Kattia María Rodríguez Ceciliano. Expediente: 15-002431-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 12 de mayo del 2015.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2015040786).

En la puerta exterior de  este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de noviembre de dos mil quince, y con la base de mil setecientos setenta y ocho dólares con treinta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas 614243, marca: Fiat, estilo: Palio ELX, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2006, color: verde, cilindrada: 1242 cc, combustible: gasolina, número de motor:178D70556557500. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del siete de diciembre de dos mil quince, con la base de mil trescientos treinta y tres dólares con setenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del doce de enero de dos mil dieciséis con la base de cuatrocientos cuarenta y cuatro dólares con cincuenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Ana Gabriela Solano Espinoza. Exp.: 15-018874-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 17 de junio del 2015.—Licda. Alexandra Zúñiga Mora, Jueza.—(IN2015040788).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y soportando anotación del Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del II Circuito Judicial de San José, proceso ordinario laboral, expediente 14-000340-0173-LA; a las nueve horas quince minutos del dieciocho  de noviembre del dos mil quince, y con la base de treinta y seis mil treinta y nueve colones con ochenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número CL 278485, marca Mitsubishi, estilo Canter Fuso, categoría carga liviana, capacidad tres personas, año 2013, color blanco, cilindrada 3900 cc combustible diesel, motor Nº 4D34N49686, cilindros: 4, carrocería arenero, tracción: 4X2, chasis: FE84PEA30234. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas quince minutos del siete de diciembre del dos mil quince, con la base de veintisiete mil veintinueve colones con ochenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas quince minutos del doce de enero del dos mil dieciséis con la base de nueve mil nueve colones con noventa y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Soluciones Bansol de Costa Rica S. A. contra Distribuidora E Importadora Arnase S. A. Exp.: 15-003062-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de junio del 2015.—Licda. Mayra Trigueros Brenes, Jueza.—(IN2015040793).

A las nueve horas y treinta minutos del veintinueve de julio del dos mil quince, en la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas 383-11713-01-0900-001, y reservas y restricciones bajo las citas 350-14129-01-0381-001 respectivamente; con sus respectivas bases en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Con la base de veintitrés millones seiscientos mil colones exactos, la finca del partido de Alajuela, matrícula número 250001-000, la cual es terreno con locales comerciales, con un área de construcción de 92,50 m2, corredor con un área de construcción de 25 m2, vivienda con un área de construcción de 36 m2, apartamento con un área de construcción de 27,50 m2. Situada en el distrito 04, Aguas Zarcas cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Edgar Villalobos; sur, Caja Costarricense de Seguro Social, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo; este, Braulio Bonilla; oeste, calle pública. Mide: Quinientos cincuenta y dos metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Plano A-0783619-1988. 2) Con la base de ocho millones cincuenta y tres mil seiscientos veintiséis colones con nueve céntimos, la finca del partido de Alajuela, matrícula número 460305-000, la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 04, Aguas Zarcas; cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Víctor Manuel González Brenes; sur, Víctor Manuel González Brenes y callejón de acceso con un largo de 28 metros con 45 centímetros lineales y un ancho de 3 metros lineales; este, Víctor Manuel González Brenes; oeste, Carlos Luis Vargas Padilla y Víctor Manuel González Brenes. Mide: Tres mil trescientos dos metros cuadrados. Plano A-1321134-2009. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del trece de agosto del dos mil quince, con la base de diecisiete millones setecientos mil colones exactos por la finca número 250001-000; y con la base de seis millones cuarenta mil doscientos diecinueve colones con cincuenta y siete céntimos por la finca número 460305-000. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de agosto del dos mil quince, con la base de cinco millones novecientos mil colones exactos por la finca número 250001-000; y con la base de dos millones trece mil cuatrocientos seis colones con cincuenta y dos céntimos por la finca número 460305-000. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Eddy Alejandro González Villegas. Exp. Nº 15-000458-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 19 de mayo del 2015.—Lic. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—(IN2015040804).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbres dominantes bajo las citas 357-01780-01-0985-001, 357-07180-01-0980-001, 357-07180-01-0981-001, 357-07180-01-0983-001, condiciones bajo las citas: 357-07180-01-0978-001, 357-07180-01-0982-001, 357- 07180-01-0984-001, 357-07180-01-0988-001; a las diez horas y cero minutos del veintinueve de julio del año dos mil quince, y con la base de siete millones trescientos cincuenta y cinco mil ochocientos sesenta y nueve colones con sesenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula  número 479779-000, la cual es lote decimo terreno para construir. Situada en el distrito 13, Peñas Blancas cantón 2, San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; sur, Silvia Pérez Sánchez; este, Inversiones Gazu del norte, S. A.; oeste, Inversiones Gazu del Norte S. A. Mide: cuatrocientos sesenta y siete metros cuadrados. Plano: A-1456409-2010. Para el Segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del trece de agosto del año dos mil quince, con la base de cinco millones quinientos dieciséis mil novecientos dos colones con veintidós céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de agosto del año dos mil quince con la base de un millón ochocientos treinta y ocho mil novecientos sesenta y siete colones con cuarenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Maricel García Herrera. Exp.: 15-000479-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 19 de mayo del 2015.—Lic. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—(IN2015040812).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y quince minutos del trece de agosto del dos mil quince, y con la base de veintidós millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos noventa y un mil seiscientos catorce-cero cero uno y cero cero dos, (391614-001-002) la cual es terreno. Situada en el distrito San Juan, cantón Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Abrahan Alvarado Rodríguez; al sur, lote destinado a calle pública; al este, Condomisa S. A., lote 7-H y al oeste, Condomisa S. A. Lote 5-H. Mide: Ciento veintiún metros con seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del veintiocho de agosto de dos mil quince, con la base de dieciséis millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del catorce de setiembre de dos mil quince con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del código de comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Margarita María de Jesús Durán Carrillo. Exp. Nº 14-000494-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 15 de junio del 2015.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—(IN2015040818).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del veinte de julio del año dos mil quince, y con la base de seis millones treinta y seis mil cuatrocientos veintisiete colones con veintiséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,  Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y cuatro mil quinientos cincuenta y siete cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 3-Veintisiete de Abril, cantón 3-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Rigoberto Leal Gutiérrez; al sur, Gilbert Gutiérrez Hernández y calle pública; al este, Gilbert Gutiérrez Hernández y María Custodia Hernández y al oeste, José Gutiérrez Hernández y. Mide: ochocientos setenta y siete metros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cuatro de agosto del año dos mil quince, con la base de cuatro millones quinientos veintisiete mil trescientos veinte colones con cuarenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de agosto del año dos mil quince con la base de un millón quinientos nueve mil ciento seis colones con ochenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del Artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L., contra Maximino Gilbert Gutiérrez Hernández. Exp.: 15-001752-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 16 de junio del 2015.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—(IN2015040824).

A las ocho horas del siete de agosto del dos mil quince, en la puerta exterior del local que  ocupa este Juzgado, al mejor postor, soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Crédito Agrícola de Cartago al tomo 490, Asiento 02603, Consecutivo 01, Secuencia 0002, Subsecuencia 001 y soportando Reservas de la Ley de Aguas y Caminos Públicos tomo 419, asiento 04148, consecutivo 01, Secuencia 0004, Subsecuencia 001, para el primer remate y con la base de doce millones ciento trece mil ochocientos cuarenta y cinco colones con ochenta céntimos, remataré: La finca hipotecada del Partido de Alajuela, matrícula número doscientos noventa y dos mil doscientos cincuenta y cuatro-cero cero cero, que es terreno para la agricultura-Lote D-16-1013, sito en el distrito 2 Caño Negro, cantón catorce Los Chiles de la provincia de Alajuela. Lindante al norte, Elia Calero y Antonio Espinoza; al sur, calle pública, al este, Antonio Espinoza y al oeste, Arnoldo Quirós, el cual mide cuatrocientos siete mil ciento sesenta y nueve metros con setenta y siete decímetros cuadrados, según plano N° A-0112819-1993, propiedad del demandado Greivin Morera Pérez. En caso de resultar fracasado el primer remate, para el segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de nueve millones ochenta y cinco mil trescientos ochenta y cuatro colones con treinta y cinco céntimos, se señalan las ocho horas del veinticuatro de agosto del dos mil quince. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, o se la suma de tres millones veintiocho mil cuatrocientos sesenta y un colones con cuarenta y cinco céntimos, se señalan las ocho horas del siete de setiembre del dos mil quince. Lo anterior por estar así ordenado en Proceso de ejecución hipotecaria N° 14-000300-0298-AG establecida por los actores-cesionarios: Luciano Nicolis y Riccardo Portogheses, contra Carlos Alberto Blanco Villegas y otros.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 09 de junio del 2015.—Licda. Silvia Elena Sánchez Blanco, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015040826).

En la puerta exterior de este Despacho y con la base de con la base de veintidós millones seiscientos seis mil veinticuatro colones, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, sáquese a remate el derecho que posee la demandada Ana Heidy Ramírez Retana, con cédula de identidad número  uno-cero seiscientos veinticinco-cero ochocientos sesenta y siete, sea el derecho cero cero dos, de la finca del partido de San José, matrícula de Folio Real número dos cuatro cinco seis tres cinco. Para tal efecto se señalan las nueve horas del veintiocho de julio del dos mil quince (Primer remate), De no haber postores, para llevar a cabo el Segundo remate se señalan las nueve horas del diez de agosto del dos mil quince, con la base de dieciséis millones novecientos cincuenta y cuatro mil quinientos dieciocho colones. De no haber postores, para el Tercer remate se señalan las nueve horas del veinticuatro de agosto del dos mil quince, con la base de cinco millones seiscientos cincuenta un mil quinientos seis colones. Se rematará por haberse ordenado así en Proceso Ordinario Laboral, expediente número 10-3000038-0239-LA establecido por Patricia Araya Solano contra Ana Heidy Ramírez Retana.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Hatillo, Hatillo, 16 de junio del 2015.—Lic. José Manuel Chaves Redondo, Juez.—Exonerado.—(IN2015040827).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 363-07361-01-0904-001, a las quince horas y cero minutos del veintiuno de julio del dos mil quince, y con la base de dieciocho millones quinientos cincuenta mil setecientos noventa y ocho colones con cincuenta y seis céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cuarenta y cinco mil trescientos sesenta y siete cero cero cero, la cual es terreno para construir lote N.4. Situada: en el distrito 01-Santiago, cantón 04-Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote tres; al sur, lote 5; al este, resto dest. a calle con 10 m, y al oeste, Telmo Vargas. Mide: ciento ochenta metros con doce decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y cero minutos del cinco de agosto del dos mil quince, con la base de trece millones novecientos trece mil noventa y ocho colones con noventa y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cero minutos del veinte de agosto del dos mil quince, con la base de cuatro millones seiscientos treinta y siete mil seiscientos noventa y nueve colones con sesenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así  en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Alamar Trejos Guerrero, Luz Mireya de la Trinidad Guzmán Carmona. Expediente N° 15-002063-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 22 de abril del 2015.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—Exonerado.—(IN2015040828).

A las nueve horas del veintiocho de setiembre del dos mil quince, en la puerta exterior de este Despacho, y con la base de ochenta y un millones novecientos cincuenta y cuatro mil doscientos ochenta y nueve  colones con cuarenta y siete céntimos, sáquese a venta judicial, al mejor postor, lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real matrícula N° 56798-000, la cual es terreno de cafetal con una casa. Situada: en el distrito 01 (Santa Bárbara), cantón 04 (Santa Bárbara), de la provincia de Heredia. Colinda: al noreste, Ermita Céspedes; al noroeste, lote 4; al sureste, lote 6, y al suroeste, calle pública con 12:20 metros. Mide: cuatrocientos setenta y siete metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Se declara la venta judicial por ordenarse así en proceso ordinario de German Quesada Campos contra Ana Jeannette Bogantes Víquez. Expediente N° 06-001100-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 5 de noviembre del 2014.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—Exonerado.—(IN2015040829).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones,  a las nueve horas del veinte de julio del dos mil quince, y con la base de cuatrocientos cuarenta mil colones, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Moto placa: Mot 293714, marca: Jialing, serie, chasis y vin: LAAAJKKV0A0000048, tracción: 2x2, año de fabricación: 2010, estilo: JH 150 GY 2, y que se encuentra a nombre del señor Víctor Jenaro Corrales Salazar. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas del siete de agosto del dos mil quince, con la base de trescientos treinta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas del veinticinco de agosto del dos mil quince, con la base de ciento diez mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de Ana Solórzano Cortés contra Víctor Jenaro Corrales Salazar. Expediente N° 12-001150-1096-PA.—Juzgado de Pensiones Alimentarias del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 5 de junio del 2015.—Msc. Adriana Fernández Ruiz, Jueza.—Exonerado.—(IN2015040833).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve  horas treinta minutos del siete de agosto de dos mil quince, y con la base de cuarenta y cinco millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas EE-029131, marca 3 Star, estilo MF 5650, motor EU83761, categoría equipo especial agrícola, carrocería cosechadora trilladora de arroz, color rojo, modelo MF cinco seis cinco cero, año dos mil nueve, motor marca Cummins número EU ocho tres siete seis uno, chasis número cinco seis cinco cero dos cinco cuatro cinco cero tres, cilindros seis, combustible diesel, capacidad un pasajero, tracción sencilla. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil quince, con la base de treinta y tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del cuatro de setiembre de dos mil quince con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Isaura María Murillo Barrantes, Javier Murillo Bolaños. Expediente N° 13-015846-1012-CJ.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 22 de junio de 2015.—Lic. Silvia Elena Sánchez Blanco, Jueza Agraria.—Exonerado.—(IN2015040840).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas: 0464-00012210-01-0009-001;  a las quince horas y cero minutos del cinco de agosto del año dos mil quince y con la base de cuarenta y cuatro mil ochocientos unidades de desarrollo en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 489036-000 la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 10 Hatillo cantón 01 San José de la provincia de San José. Colinda: al norte, Jorge Conejo Rivas; al sur, Deyanira Vargas Villalta; al este, Transportes Ro Ro Limitada y al oeste, lote número dos. Mide: ciento noventa y dos metros con noventa decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veinte de agosto del año dos mil quince con la base de treinta y tres mil seiscientos unidades de desarrollo (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del cuatro de septiembre del año dos mil quince con la base de once mil doscientos unidades de desarrollo (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ana Julia Quirós Picado, Inmobiliaria Muqui S. A. Expediente N° 09-027462-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, II Circuito Judicial de San José, 16 de junio del 2015.—Luis Carlos Arana Oronó, Juez.—IN2015040841).

Remate de madera que se llevará a cabo a las ocho horas del once de agosto del dos mil quince en la puerta principal del Juzgado Penal de Aguirre y Parrita, Quepos con base de setenta y siete mil ochocientos  noventa y cinco colones exactos (77.895,00) consistente en la cantidad de 0.255 metros cúbicos de madera de la especie Cedrela Odorata (1 troza) y 0.152 metros cúbicos de madera de la especie Cedrela Odorata (13 Tablas). Lo anterior por estar ordenado así mediante resolución de las trece horas del tres de junio del año dos mil catorce, dentro de la causa penal N° 15-200126-0457-PE por infracción a la ley forestal contra Luis Alberto Segura Badilla en daño de los recursos naturales.—Juzgado Penal de Aguirre y Parrita, Quepos, 03 de junio del 2015.—Lic. Karol Castro Fallas, Jueza Penal.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015040842).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando  reservas y restricciones, bajo las citas 327-13750-01-0002-001, a las ocho horas y cero minutos del treinta de julio del año dos mil quince, y con la base de sesenta y cuatro millones ciento seis mil doscientos cincuenta colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 97862-000, la cual es terreno de potrero y montaña. Situada en el distrito 2, La Virgen, cantón 10, Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Édgar Otoya y Fernando Loría; sur, Saúl Martín calle pública con 18m; este, Carlos Peralta y oeste, Irmo Zamora. Mide: un millón quinientos dieciséis mil seiscientos sesenta y ocho metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano: H-0034580-1977. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del catorce de agosto del año dos mil quince, con la base de cuarenta y ocho millones setenta y nueve mil seiscientos ochenta y siete colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del treinta y uno de agosto del año dos mil quince con la base de dieciséis millones veintiséis mil quinientos sesenta y dos colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Agropecuaria El Mollejón S. A. contra Juan Rafael Salazar Pereira, expediente N° 15-000498-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del II Circuito Judicial de Alajuela, 20 de mayo del 2015.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—(IN2015040843).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando  prohibiciones artículo 16 ley 7599 bajo las citas: 463-02835- 01-0022-001; a las trece horas y treinta minutos del veinte de agosto del año dos mil quince, y con la base de ocho millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 341085-000, la cual es terreno para construir, lote 22-d-1011. Situada en el distrito 1, San Rafael, cantón 15, Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Arlis Gómez; sur, Arlis Gómez, servidumbre de paso; este, Arlis Gómez y oeste, Francisco Amador. Mide: doscientos noventa y seis metros con veintiséis decímetros cuadrados. Plano: A-0356537-1996. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del cuatro de setiembre del año dos mil quince, con la base de seis millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintidós de setiembre del año dos mil quince con la base de dos millones ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Alberto Montoya Quirós y William Gerardo González Arce. Expediente N° 15-000658-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del II Circuito Judicial de Alajuela, 05 de junio del 2015.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—(IN2015040854).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las trece horas  veinte minutos del trece de agosto del año dos mil quince (01:20pm), y con la base de dieciocho millones doscientos treinta y un mil cuatrocientos setenta y un colones con setenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y tres mil doscientos setenta y ocho cero cero cero la cual es terreno lote e-20 terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Paraíso, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al noreste, lote número veintiuno-E, urbanización Las Margaritas; al noroeste, calle pública con seis metros de frente; al sureste, Jorge Solano Chacón y al suroeste, lote número diecinueve-E urbanización La Margarita. Mide: ciento treinta y ocho metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas veinte minutos del veintiocho de agosto del año dos mil quince (01:20pm), con la base de trece millones seiscientos setenta y tres mil seiscientos tres colones con ochenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas veinte minutos del catorce de setiembre del año dos mil quince (01:20pm) con la base de cuatro millones quinientos cincuenta y siete mil ochocientos sesenta y siete colones con noventa y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra José Martín Solano Meza, Olga Ligia de Jesús Meza Solano. Expediente N° 14-007036-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 07 de enero del 2015.—Lic. María Gabriela Solano Molina, Jueza.—(IN2015040867).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de aguas pluviales citas: 0430-00019498-01-0001-001, citas 0430-00019498-01-0003-001, a las dieciséis horas y cero minutos del veinticinco de agosto de dos mil quince (04:00 p.m.) , y con la base de nueve millones quinientos cuatro mil cuatrocientos diez colones con catorce céntimos, en el  mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 19325-F-000-001-002 la cual es terreno filial número treinta y dos B, planta alta destinada a uso de habitación en proceso de construcción. Situada en el distrito 07 Uruca, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, vacío; al sur, filial 31 B; al este, vacío y al oeste, filial 11 B. Mide: cuarenta y seis metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del nueve de setiembre de dos mil quince (04:00 p.m.), con la base de siete millones ciento veintiocho mil trescientos siete colones con sesenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veinticinco de setiembre de dos mil quince (04:00 p.m.) con la base de dos millones trescientos setenta y seis mil ciento dos colones con cincuenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Ana Patricia Barquero Herrera, Hermes Antonio Rodríguez Retana. Expediente N° 15-000661-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 10 de junio del 2015.—Lic. Diego Meoño Piedra, Juez.—(IN2015040890).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada a las citas 0284-00005819-01-0901-001, a las  once horas y cero minutos del veinte de julio del año dos mil quince, y con la base de sesenta y un mil cuatrocientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 180063-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 Pitahaya, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Rancho Hípico de Aranjuez S. A.; al sur, Rancho Hípico de Aranjuez S. A.; al este, Comercializadora Dos Mil Tres del Norte S. A. y al oeste, servidumbre agrícola con un frente a ella de 102.99 metros lineales. Mide: cinco mil metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del cuatro de agosto del año dos mil quince, con la base de cuarenta y seis mil cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del diecinueve de agosto del año dos mil quince con la base de quince mil trescientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra EQ Quintas Aranjuez S. A., Randall Álvarez Solano. Expediente N° 15-005631-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 02 de junio del 2015.—Lic. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—(IN2015040903).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando  condiciones y servidumbre de aguas pluviales, a las catorce horas y cero minutos del veintitrés de setiembre de dos mil quince, y con la base de tres millones ciento setenta y tres mil ciento noventa y nueve colones con cincuenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento seis mil novecientos veintisiete-cero cero cero la cual es terreno de solar con una casa, lote 19 bloque Y. Situada en el distrito 05 Cariari, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Oldemar Quirós Mora; al sur, avenida 6; al este, lote 18-Y y al oeste lote 20-Y. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del ocho de octubre de dos mil quince, con la base de dos millones trescientos setenta y nueve mil ochocientos noventa y nueve colones con sesenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil quince con la base de setecientos noventa y tres mil doscientos noventa y nueve colones con ochenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Pablo Corrales Segura. Expediente N° 15-000287-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 16 de junio del 2015.—Lic. Isabel Castillo Navarro, Jueza.—(IN2015040904).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas  y restricciones, a las nueve horas y treinta minutos del uno de octubre de dos mil quince, y con la base de tres millones seiscientos sesenta y seis mil setecientos treinta y nueve colones con ochenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos tres mil quinientos setenta y ocho-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 La Virgen, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Oldemar de los Ángeles Torres Reyes; al sur, Oldemar de los Ángeles Torres Reyes; al este, calle pública con un frente a calle de 17 metros con 60 centímetros lineales y al oeste, Oldemar de los Ángeles Torres Reyes. Mide: setecientos dos metros con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de octubre de dos mil quince, con la base de dos millones setecientos cincuenta mil cincuenta y cuatro colones con ochenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del tres de noviembre de dos mil quince con la base de novecientos dieciséis mil seiscientos ochenta y cuatro colones con noventa y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Oldemar de los Ángeles Torres Reyes. Expediente N° 14-001758-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 08 de junio del 2015.—Lic. Isabel Castillo Navarro, Jueza.—(IN2015040911).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción, sumaria catorce-siete mil cuatro-ciento setenta y cuatro-TR del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de  San José; a las catorce horas y treinta minutos del tres de agosto del dos mil quince, y con la base de dos millones novecientos cuatro mil cuatrocientos dieciséis colones con noventa y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo TSJ 6979, marca de fábrica: Citroen, año modelo: dos mil doce, estilo: Berlingo VPN Uno, categoría: automóvil, carrocería: station wagon o familiar, capacidad: cinco personas, color rojo, año: dos mil doce, chasis VF siete siete J nueve HKCCJ cinco cinco cuatro nueve ocho cinco, tracción cuatro por dos, motor marca Citroen, número de motor uno cero JBEB cero cero uno cero cinco ocho seis, cilindros cuatro, combustible diesel, cilindrada mil quinientos sesenta centímetros cúbicos. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil quince, con la base de dos millones ciento setenta y ocho mil trescientos doce colones con setenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil quince con la base de setecientos veintiséis mil ciento cuatro colones con veinticuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Antonio Augusto Angulo Angulo. Exp. 15-012150-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 2 de junio del 2015.—Licda. Gabriela Campos Ruiz, Jueza.—(IN2015040920).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce  horas y treinta minutos del veinte de julio del dos mil quince, y con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número diecisiete mil ochocientos noventa y siete cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Limón, cantón Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Alexander Thorpe Thorpe; al sur, Alexander Thorpe Thorpe; al este, calle; y al oeste, Alexander Thorpe Thorpe. Mide: doscientos cincuenta y seis metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del cuatro de agosto del dos mil quince, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecinueve de agosto del dos mil quince con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Claire Hellen Sterling Samuels, Clyton Ray Bernard Morris. Exp. 15-000328-1208-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 8 de abril del 2015.—Lic. Francis Porras León, Juez.—(IN2015040949).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del veintidós de julio del dos mil quince, y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré  lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento dieciocho mil ochocientos cincuenta cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 01 Pococi, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Hugo Elberto Smith Oviedo, Jorge Sancho Rodríguez; al sur, Hugo Elberto Smith Oviedo, Gabriela Mora Chaves; al este, Hugo Elberto Smith Oviedo; y al oeste, calle pública con 8,00 mts frente. Mide: doscientos ochenta y un metros con once decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del seis de agosto del dos mil quince, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintiuno de agosto del dos mil quince con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra María Alexandra Sancho Rodríguez. Exp. 15-000707-1208-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 28 de mayo del 2015.—Lic. Mario García Araya, Juez.—(IN2015040951).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Prohibiciones citas 477-12677-01-0127-001 y Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas 477-12677-01-0217-001; a las nueve horas y treinta minutos del trece de agosto de dos mil quince, y con la base de diez millones de colones exactos,  en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento quince mil doscientos setenta y seis cero cero cero la cual es Naturaleza proyecto Coto Brus, Lote 1-141, terreno para construir. Situada en el distrito 4-Limoncito, cantón 8-Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Lotes 1-124- y 1-126; al sur, Lotes 1-123; al este, quebrada; y al oeste, calle pública y lote 1-124. Mide: cuatro mil cuatrocientos ochenta y un metros con noventa y un decímetros cuadrados. Plano: P-0598866-1999. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de agosto de dos mil quince, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de setiembre de dos mil quince con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Michael Ramiro Zúñiga Arias. Exp. 14-000210-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 13 de enero del 2015.—Licda. Olga Marta Sandí Torres, Jueza.—(IN2015040953).

En la puerta exterior de este Despacho, soportando servidumbre trasladada citas: 0317-00005113-01-0901-001, Hipoteca de Primer grado 2012-00340576-01-0001-001; a las catorce horas y cero minutos  del diecisiete de julio de dos mil quince (02:00PM), y con la base de veinticuatro mil seiscientos cuatro dólares con sesenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos tres mil setecientos setenta y siete cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 San Diego, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Arnoldo Mesen Gamboa; al este, Cooperativa de Vivienda de Zapote RL; y al oeste, Cooperativa de Vivienda de Zapote RL. Mide: ciento veintidós metros con seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del tres de agosto de dos mil quince (02:00pm), con la base de dieciocho mil cuatrocientos cincuenta y tres dólares con cuarenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de agosto de dos mil quince (02:00pm) con la base de seis mil ciento cincuenta y un dólares con quince centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Ruth Carranza Bonilla contra Ana Rocío de los Ángeles Solís Castillo. Exp. 15-000060-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 2 de junio del dos mil quince.—Lic. Diego Meoño Piedra, Juez.—(IN2015040985).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del veintisiete de julio de dos mil quince y con la base de  veintisiete mil doscientos veintitrés dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número 803129, marca Suzuki, estilo Grand Vitara, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2010, color beige, Vin JS3TD04V5A4200181. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del once de agosto de dos mil quince, con la base de veinte mil cuatrocientos diecisiete dólares con veinticinco centavos y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiséis de agosto de dos mil quince con la base de seis mil ochocientos cinco dólares con setenta y cinco centavos. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Mario Alexis Montero Solís. Exp. 15-000035-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 4 de marzo del 2015.—Brayan Li Morales, Juez.—(IN2015041002).

En la puerta exterior de este Despacho;  libre de gravámenes prendarios; a las once horas y treinta minutos del veintisiete de julio de dos mil quince y con la base de veintisiete mil setenta y dos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número 850599, marca Toyota, estilo RAV 4, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2011, color plateado, Vin JTMZD33V40D014433. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del once de agosto de dos mil quince, con la base de veinte mil trescientos cuatro dólares exactos y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del veintiséis de agosto de dos mil quince con la base de seis mil setecientos sesenta y ocho dólares exactos. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Zulma Nathalia Villamil Ruiz. Exp. 14-004305-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 26 de febrero del 2015.—Brayan Li Morales, Juez.—(IN2015041005).

En la puerta exterior de  este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones (citas 330-02954-01-0901-001); a las trece horas y cuarenta y cinco minutos (una hora y cuarenta y cinco minutos pasado meridiano) del trece de julio del dos mil quince, y con la base de veinticinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos dos mil setecientos sesenta y cinco cero cero cero la cual es de naturaleza terreno de potrero. Situada en el distrito 5-Guacima, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Línea Férrea Pacifico; con 26,89 metros; al sur, servidumbre de paso con 25.16 metros; al este, Oscar Coto, Roxana Madrigal Sofía Quesada Gerard Bolaños y al oeste, Gerardo Bolaños Hernández. Mide: Mil trescientos siete metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos (una hora y cuarenta y cinco minutos pasado meridiano) del veintiocho de julio del dos mil quince, con la base de dieciocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos (una hora y cuarenta y cinco minutos pasado meridiano) del doce de agosto del dos mil quince con la base de seis mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho.  La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del código de comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Cristin S. A. contra Oscar Francisco Coto Chacón. Exp. Nº 14-011199-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de mayo del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015041195).

primera publicación

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones; a las trece horas y treinta minutos del veintinueve  de setiembre de dos mil quince y con la base de treinta y nueve mil ciento treinta y cuatro dólares con diecinueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número sesenta mil seiscientos cuarenta y tres-cero cero cero, la cual es lote seis, terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con 13 mts 70 cm; al sur, Hernán Barrantes Espinoza; al este, Compañía Ruiz S. A.; y al oeste, Compañía Ruiz S. A. Mide: trescientos dieciséis metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del quince de octubre de dos mil quince, con la base de veintinueve mil trescientos cincuenta dólares con sesenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del treinta de octubre de dos mil quince, con la base de nueve mil setecientos ochenta y tres dólares con cincuenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Gerardo Alfonso García Jiménez. Expediente: 14-001346-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 11 de junio del 2015.—Licda. Isabel Castillo Navarro, Jueza.—(IN2015041009).

En la puerta  exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y quince minutos del veintiuno de julio de dos mil quince y con la base de dos millones quinientos sesenta y cuatro mil ciento veintitrés colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número 575474, marca Ford, estilo Ecosport, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2005, color plateado, vin 9BFUT35E658606979, cilindrada 1400 cc, combustible diesel, motor N° NR. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del cinco de agosto de dos mil quince, con la base de un millón novecientos veintitrés mil noventa y dos colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del veinte de agosto de dos mil quince, con la base de seiscientos cuarenta y un mil treinta colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A. contra Omar Revelino Wright Grant. Expediente: 15-014149-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 5 de mayo del 2015.—MSc. Jeannette Ruiz Herradora, Jueza.—(IN2015041020).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece  horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de julio del dos mil quince y con la base de dos millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 755508, marca: Mitsubishi, estilo: Montero Sport, capacidad: 5 personas, año: 2003, color: blanco, categoría: automóvil, carrocería: todo terreno, 4 puertas, chasis: K8903J012852, N° motor: 6G74CK0647, cilindrada: 3500 cc, combustible: gasolina, cilindros: 06. Para el segundo remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del seis de agosto del dos mil quince, con la base de un millón seiscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de agosto del dos mil quince, con la base de quinientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A. contra Ediciones Especiales Internacionales S. A. Expediente: 13-018455-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de junio del 2015.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—(IN2015041022).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero  soportando infracciones/colisiones, bajo la sumaria 14-004883-0494-TR del Juzgado de Transito del I Circuito Judicial de Alajuela, a las once horas y cero minutos del veintisiete de julio de dos mil quince y con la base de seis mil quinientos once dólares con sesenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas setecientos treinta y cuatro mil doscientos cuarenta y cinco (734245), Toyota Yaris, Sedan 4 puertas, año 2008, color blanco, serie, chasís y vin JTDBT923101230782, combustible gasolina, motor número 1NZC906499, cilindrada 1496 cc. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del once de agosto de dos mil quince, con la base de cuatro mil ochocientos ochenta y tres dólares con setenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintiséis de agosto de dos mil quince, con la base de un mil seiscientos veintisiete dólares con noventa centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda (Costa Rica) S. A. contra Alexandra María Castillo Carvajal. Expediente: 14-003957-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 5 de junio del 2015.—Lic. Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—(IN2015041044).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez  horas y cuarenta y cinco minutos del seis de agosto de dos mil quince y con la base de cuarenta y tres mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos cuarenta y cuatro mil novecientos veintisiete-cero cero cero (344927-000), la cual es terreno naturaleza: lote 255 con una casa. Situada en el distrito Hatillo, cantón San José de la provincia de San José. Colinda: al norte: avenida Adolfo Marie; al sur: lote 264; al este: pared medianera lote 254 y al oeste: lote 256. Mide: ciento cincuenta y ocho metros con un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de agosto de dos mil quince, con la base de treinta y dos mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil quince, con la base de diez mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cultivos Agrícolas de Puente Salas Ltda., contra Ana Catalina Barrantes Barrantes. Expediente: 15-001201-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 19 de mayo del 2015.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—(IN2015041047).

En la puerta exterior  de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del veintiocho de julio de dos mil quince y con la base de diecinueve mil ciento noventa y tres dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número 904981, marca Honda, estilo Civil LX, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2012, color gris, vin 19XFB2550CE500335, cilindrada 1798 cc, combustible gasolina, motor N° R18Z11677295. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del doce de agosto de dos mil quince, con la base de catorce mil trescientos noventa y cuatro dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintisiete de agosto de dos mil quince, con la base de cuatro mil setecientos noventa y ocho dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de BAC San José S. A. contra Repamar del Sur S.A. Expediente: 14-005407-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 21 de mayo del 2015.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2015041076).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando  servidumbre trasladada bajo las citas 0344-00003935-01-0902-001; a las trece horas y treinta minutos del diecinueve de agosto del dos mil quince y con la base de cuarenta y un millones setecientos noventa y nueve mil quinientos treinta y nueve colones con noventa y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00211723-000, la cual es terreno de potrero lote 22 con una casa. Situada en el distrito 03 las Horquetas, cantón 10 Sarapiquí de la provincia de Heredia. Colinda: al norte: calle pública; al sur: ICE; al este: Leticia Vega Contreras y Luis Diego Cascante Cruz y al oeste: Leticia Vega Contreras y Luis Diego Cascante Cruz. Mide: ochocientos metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del tres de setiembre del dos mil quince, con la base de treinta y un millones trescientos cuarenta y nueve mil seiscientos cincuenta y cuatro colones con noventa y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre del dos mil quince, con la base de diez millones cuatrocientos cuarenta y nueve mil ochocientos ochenta y cuatro colones con noventa y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Grace Sánchez Granados, José Francisco Rojas Rivas. Expediente: 15-006636-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 19 de junio del 2015.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—(IN2015041080).

En la puerta exterior  de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada, al tomo 308, asiento 3753; a las catorce horas y treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil quince y con la base de veinte millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos cuarenta y ocho mil quinientos cuarenta cero cero uno-cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 04 Tirrases, cantón 18 Curridabat de la provincia de San José. Colinda: al norte: Teresa Sandoval; al sur: calle pública; al este: Cecilia Ruiz Madrigal y al oeste: Urb. y Viviendas el Hogar S. A. Mide: ciento veintiún metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del nueve de setiembre del dos mil quince, con la base de quince millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticinco de setiembre del dos mil quince, con la base de cinco millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de contra Ana Victoria de San Juan Torres Wohl, Luis Guillermo Torres Wohl. Expediente: 15-006828-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 15 de junio del 2015.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez.—(IN2015041084).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las  trece horas treinta minutos del veintisiete de julio del dos mil quince, y con la base de catorce millones seiscientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos setenta y ocho colones con treinta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos siete mil novecientos noventa y seis-cero cero cero la cual es terreno para la construcción. Situada en el distrito 02 San Diego, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Antonio Sanou Casasola; al sur, avenida 4 A pública con frente de 7 m 50 cm; al este, lote 38-P y al oeste, lotes 36-P. Mide: Ciento treinta metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del once de agosto del dos mil quince, con la base de diez millones novecientos ochenta y tres mil trescientos cincuenta y ocho colones con setenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil quince, con la base de tres millones seiscientos sesenta y un mil ciento diecinueve colones con cincuenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Rodolfo Antonio Casasola Calderón. Exp. Nº 09-004669-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de mayo del 2015.—Lic. Iván Tiffer Vargas, Juez.—(IN2015041204).

En la puerta  exterior de este Despacho; ambas libres de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas 468-13288-01-0002-001; a las ocho horas y treinta minutos del tres de agosto del dos mil quince, y cada una con la base de veinticinco millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento dieciséis mil trescientos treinta y ocho cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno lote g terreno de tacotal. Situada en el distrito 06 Tierras Morenas, cantón 08 Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Cooperativa de Caficultores de Tilarán R. L., con servidumbre agrícola de paso a calle pública con una extensión de 135,92 metros en medio; al sur, Elías López Obando; al este, lote H de Cooperativa de Caficultores de Tilarán R. L. y al oeste, lote F de Cooperativa de Caficultores de Tilarán R. L. Mide: Treinta y dos mil doscientos ochenta y cuatro metros con catorce decímetros cuadrados. Plano: G-0526739-1998. 2) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento dieciséis mil trescientos treinta y siete cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno lote F terreno de tacotal. Situada en el distrito 06 Tierras Morenas, cantón 08 Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Cooperativa de Caficultores de Tilarán R. L., con servidumbre agrícola de paso a calle pública con una extensión de 140,10 metros en medio; al sur, Elías López Obando; al este, lote g de cooperativa de caficultores de Tilarán R. L y al oeste, lote E de Cooperativa de Caficultores de Tilarán R. L. Mide: Treinta y dos mil doscientos ochenta y dos metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Plano: G-0526738-1998. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil quince, cada una con la base de diecinueve millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil quince, cada una con la base de seis millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Julio Eduardo Ugalde Víquez contra Guillermo del Carmen Solano Gamboa, Rafael Enrique Ramírez Arguedas. Exp. Nº 15-000667-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, (Liberia), 8 de junio del 2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2015041206).

En la puerta  exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del dos de setiembre del dos mil quince, y con la base de doscientos ocho mil ochocientos cincuenta y nueve dólares con treinta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 374480-000 la cual es terreno solar con una casa de dos plantas. Situada en el distrito San Roque, cantón Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, Marvin Barrantes Matamoros; al noroeste, Doris Barrantes Castro; al sureste, Doris Barrantes Castro y al suroeste, camino público con 13.07 metros de frente. Mide: Doscientos veintiocho metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de setiembre del dos mil quince, con la base de ciento cincuenta y seis mil seiscientos cuarenta y cuatro dólares con cincuenta centavos exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del cinco de octubre del dos mil quince, con la base de cincuenta y dos mil doscientos catorce dólares con ochenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Hazel María Arias Sancho. Exp. Nº 15-005669-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de junio del 2015.—Licda. Mayela Gómez Pacheco.—(IN2015041212).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada y concesiones bajo las  citas 0285-0004777- 0901-001; a las diez horas del diecisiete de agosto del dos mil quince, y con la base de trescientos ochenta y cuatro mil dólares al mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número seiscientos seis mil setecientos sesenta y dos cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito Tres Pozos, cantón nueve Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: norte, Marcela Muñoz Gabayet; sur, calle pública con veintitrés metros sesenta y tres centímetros; este, Augusta Medina Back; en medio de servidumbre de paso con veintisiete metros veintisiete centímetros y oeste, Homdom S. A. Mide: Seiscientos sesenta y nueve metros con dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del uno de setiembre del dos mil quince, con la base de doscientos ochenta y ocho mil dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas del diecisiete de setiembre del dos mil quince, con la base de noventa y seis mil dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Gerardo Herrera Araya, Mónica María Gutiérrez Greco. Exp. Nº 15-004283-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 15 de junio del 2015.—Lic. Bernardo Goldstein Rosales, Juez.—(IN2015041214).

En la puerta exterior  de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre bajo las citas 0335-00008029-01-0919-001; a las catorce horas del veintitrés de setiembre del dos mil quince, y con la base de dos millones doscientos veintidós mil quinientos colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 100541-000 la cual es terreno de potrero lote a 21. Situada en el distrito 02 San Isidro, cantón 08 El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Frontis Willian Sherril; al sur, lote A 20; al este, camino público y al oeste, camino público. Mide: Diez mil metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del ocho de octubre del dos mil quince, con la base de un millón seiscientos sesenta y seis mil ochocientos setenta y cinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas del veintiséis de octubre del dos mil quince, con la base de quinientos cincuenta y cinco mil seiscientos veinticinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Alberto Bonilla Hernández contra Luis Ángel de Jesús Torres Calvo. Exp. Nº 15-011506-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 7 de mayo del 2015.—Msc. Yesenia Solano Molina, Jueza.—(IN2015041244).

En la puerta exterior de  este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del once de agosto del dos mil quince, y con la base de doce millones quinientos mil colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 29170-000 la cual es terreno solar con 1 casa. Situada en el distrito 3-pocora cantón 6-Guácimo de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Walter Cordero Fuentes; al sur, calle pública con 24 metros al este, Walter Cordero Fuentes y al oeste, calle pública con 39 metros. Mide: Novecientos veintisiete metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil quince, con la base de nueve millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de setiembre del dos mil quince, con la base de tres millones ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Diego Armando Segura Rojas. Exp. Nº 14-020736-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de junio del 2015.—Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—(IN2015041255).

En la puerta exterior de  este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del veintidós de julio del dos mil quince, y con la base de un millón cuatrocientos setenta y tres mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento treinta y dos mil novecientos noventa y ocho-cero cero cero la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 04 Río Jiménez, cantón 06 Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Río Parismina; al este, Alexis Calderón Zúñiga y al oeste, Maricela Reyes Cárdenas. Mide: cuatrocientos treinta y siete metros con cero decímetros cuadrados, plano l-1389718-2009. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de agosto del dos mil quince, con la base de un millón ciento cuatro mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiuno de agosto del dos mil quince, con la base de trescientos sesenta y ocho mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instacredit S. A. contra Olman Calderón Zúñiga. Exp. Nº 14-000599-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de mayo del 2015.—Lic. Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—(IN2015041260).

En la puerta exterior de  este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y quince minutos del veintidós de julio del dos mil quince, y con la base de un millón noventa mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa MOT trescientos treinta y siete mil setecientos cuarenta y tres (MOT 337743), marca Honda, estilo CB Twister, categoría motocicleta, año 2012, color rojo, serie, VIN y chasis ME4JC4785C7002924, número de motor JC47E2129900, cilindrada 109 centímetros cúbicos, combustible gasolina, un cilindro. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del seis de agosto del dos mil quince, con la base de ochocientos diecisiete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del veintiuno de agosto del dos mil quince, con la base de doscientos setenta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Alexander Víquez Espinoza. Exp. Nº 13-008119-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de mayo del 2015.—Lic. Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—(IN2015041262).

En la puerta exterior de  este Despacho; libre de gravámenes prendarios, soportando sumaria de tránsito expediente número 14-003260-0174-TR; a las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de julio del dos mil quince, y con la base de trescientos ochenta y ocho mil doscientos dieciocho colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa 624096, marca Hyundai, estilo Galloperxeedi, año 1992, color gris, capacidad 7 pasajeros, carrocería Station Wagon, tracción 4x4. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del doce de agosto del dos mil quince, con la base de doscientos noventa y un mil ciento sesenta y tres colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintisiete de agosto del dos mil quince, con la base de noventa y siete mil cincuenta y cuatro colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones S. A. contra Faber Leandro López Mendoza. Exp. Nº 14-002421-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 14 de abril del 2015.—Lic. José Luis Camareno Castro, Juez.—(IN2015041263).

En la puerta exterior  de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las diez horas y quince minutos del veintiocho de julio de dos mil quince, y con la base de un millón trescientos setenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 843857, marca Hyundai, categoría automóvil, VIN KMHVA21NPSU031348, año 1995, color dorado, cilindrada 1500 c.c. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del doce de agosto de dos mil quince, con la base de un millón treinta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del veintisiete de agosto de dos mil quince con la base de trescientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Fernando Porras Quesada, expediente N° 13-001876-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro I Circuito Judicial de San José, 27 de mayo del 2015.—Lic. Andrea Latiff Brenes, Jueza.—(IN2015041298).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las trece horas y treinta minutos del veintiocho de julio de dos mil quince, y con la base de un millón quinientos veintitrés mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas  886128, marca Hyundai, categoría automóvil serie KMHVF21NPVU416249 carrocería sedan 4 puertas tracción 4x2 uso particular estilo Accent, capacidad 5 personas, año 1997, color verde potencia 80.00 KW, combustible gasolina, cilindros 04. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del doce de agosto de dos mil quince, con la base de un millón ciento cuarenta y dos mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintisiete de agosto de dos mil quince con la base de trescientos ochenta mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Miguel Alonso Mendieta Gutiérrez, expediente N° 13-012462-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro I Circuito Judicial de San José, 28 de mayo del 2015.—Lic. Melania Jiménez Vargas, Jueza.—(IN2015041300).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las catorce horas y treinta minutos del treinta de julio de dos mil quince, y con la base de tres millones quinientos treinta y cinco mil colones  exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: CL 248972, marca KIA, color blanco, año 2000, chasis KN3HAP735YK000275, cilindrada 3000 cc, tracción 4x2. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del catorce de agosto de dos mil quince, con la base de dos millones seiscientos cincuenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del treinta y uno de agosto de dos mil quince con la base de ochocientos ochenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Danny Chaves Castro, expediente N° 13-000250-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 08 de mayo del 2015.—Lic. Greivin Gerardo Fallas Abarca, Juez.—(IN2015041302).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y cero minutos del diez de agosto de dos mil quince, y con la base de trece millones de colones exactos, en el mejor postor  remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ocho mil novecientos cinco-cero cero cero la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 01 Guácimo, cantón 06 Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Rafael Hernández, lotes 48, 49, 50, calle pública y Víctor Manuel Guzmán Montero; al sur, lotes 49, 53, 56, 54 y José Luis Guzmán Montero; al este, Lidia Navarro Hernández, Víctor Manuel Guzmán Montero y Luis Guzmán Montero y al oeste, lotes 49, 48, 50 A, 56 y Víctor Manuel Guzmán Montero y Luis Guzmán Montero. Mide: doce mil seiscientos catorce metros con doce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticinco de agosto de dos mil quince, con la base de nueve millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del nueve de setiembre de dos mil quince con la base de tres millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de  este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cristian Roberto Valerio López contra Juan Rafael Cerdas Fernández, expediente N° 15-000031-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 05 de junio del año 2015.—Lic. Isabel Castillo Navarro, Jueza.—(IN2015041313).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 398-13325-01-0910-001, a las ocho horas y cero minutos del seis de agosto del año dos  mil quince, y con la base de cinco millones seiscientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos once colones con setenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 270151-000, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito 6, Pital, cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Bernan Vargas Ulate; sur, Bernan Vargas Ulate; este, calle pública y oeste, Bernan Vargas Ulate. Mide: ciento noventa y nueve metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Plano: A-0061778-1992. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiuno de agosto del año dos mil quince, con la base de cuatro millones doscientos treinta y tres mil trescientos ocho colones con ochenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de setiembre del año dos mil quince con la base de un millón cuatrocientos once mil ciento dos colones con noventa y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecuciones hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Carmen Chavarría Fernández y José Vinicio Valverde Vargas, expediente N° 15-000553-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del II Circuito Judicial de Alajuela, 03 de junio del 2015.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—(IN2015041317).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las catorce horas y  cero minutos del veintisiete de julio de dos mil quince, y con la base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor remataré el bien dado en garantía con las siguientes características: vehículo automotor que porta la placa SJ 2752 y no sobre dicha placa, marca Toyota, año 2012, Vin JTDBJ42E209006979, cilindrada 1975 c.c., color rojo, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del ocho de agosto de dos mil quince, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiséis de agosto de dos mil quince con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Ana Isabel Azofeifa Sandoval contra Rodrigo Alberto Alvarado Quesada, expediente N° 13-002087-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de mayo del 2015.—Lic. Yessenia Brenes González, Jueza.—(IN2015041318).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de agosto de dos mil quince, y con la base de tres mil setecientos veintiocho dólares  con ochenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas: 617329, marca: Daihatsu, categoría: automóvil, carrocería: station wagon o familiar, tracción: 4x4, chasis: JDAJ102G000575278, estilo: Terios, capacidad: 5 personas, año: 2006, color: verde, combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil quince, con la base de dos mil setecientos noventa y seis dólares con sesenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de setiembre de dos mil quince con la base de novecientos treinta y dos dólares con veintidós centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera CAFSA S. A. contra Víctor Gerardo Villalobos Hidalgo, expediente N° 15-015245-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 01 de junio del 2015.—Lic. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—(IN2015041372).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión ordenada por el Juzgado Contravencional y de Menor  Cuantía de Sarapiquí, sumaria 11-600202-0377-TR; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de julio de dos mil quince, y con la base de veintitrés mil novecientos cinco dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas N° 834943. marca Hyundai, estilo Santa Fe GL, categoría automóvil, capacidad cinco personas, año 2010, color café, Vin KMHSG81BAAU554544, cilindrada 2400 cc, combustible gasolina, motor Nº G4KE9A207721. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de agosto de dos mil quince, con la base de diecisiete mil novecientos veintiocho dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de agosto de dos mil quince con la base de cinco mil novecientos setenta y seis dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Víctor Humberto Montero Moreno, expediente N° 13-005456-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 29 de mayo del 2015.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—(IN2015041379).

Convocatorias

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Billy Wayne Hutto, mayor,  divorciado, nacionalidad estadounidense, con documento de identidad (pasaporte de su país) 217632461 y vecino de Rivas de Pérez Zeledón, ochocientos metros al norte, de la escuela, a una junta que se verificará en este juzgado a las ocho horas treinta minutos del treinta y uno de julio del dos mil quince, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 13-000179-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 20 de febrero del 2015.—Msc. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2015037276).

Se convoca a los miembros o socios de Asociación Solidarista de Empleados de Coopepoas y Cooperativa de Consumo del Cantón de Poás R.L., a una junta a celebrarse en este Despacho, a las catorce horas del treinta de julio del dos mil quince, para que en la misma elijan representante. Se hace la advertencia que la junta se verificará cualquiera que sea el número de miembros o socios presentes, y la elección se decidirá por simple mayoría de votos. En caso de no resultar mayoría o de no asistir ningún miembro o socio a la junta, el Juez hará el nombramiento que corresponda. Lo anterior por ordenarse así en proceso ordinario sector privado prestaciones laborales de Cristin Yasdania Fernández Alvarado contra Asociación Solidarista de Empleados de Coopepoas, Cooperativa de Consumo del Cantón de Poas R.L. Expediente N° 14-000733-0639-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 2 de junio del 2015.—Digna María Rojas Rojas, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015038512).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Nery Eneyda Álvarez Parra, mayor, divorciada una vez, agente de bienes raíces, vecina de San José, San Sebastián, de la Licorera Roos, 200 metros al oeste, cédula N° 2-372-537, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas treinta minutos del dieciséis de julio de dos mil quince, para conocer los extremos a que se refiere el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente N° 14-000079-182 CI (6). Sucesión de Nery Eneyda Álvarez Parra.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 11 de junio de 2015.—Msc. Osvaldo López Mora, Juez.—1 vez.—(IN2015041622).

Títulos Supletorios

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 11-000039-0815-AG donde se promueven diligencias de información posesoria  por parte de sucesión de Félix Madrigal Carballo quien fue mayor, soltero, vecino de Concepción de San Isidro de Heredia, portador de la cédula de identidad N° 4-034-7161, agricultor, representado por su albacea la señora María Estela Madrigal Carballo, quien es mayor, casada una vez, vecina de Concepción de San Isidro de Heredia, portadora de la cédula de identidad N° 4-057-218, ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de potrero. Situada en el distrito tercero Concepción, cantón sexto San Isidro, de la provincia de Heredia.  Colinda: al norte, calle pública con un frente de ochenta y seis metros veintiún centímetros lineales; al sur, río Lajas; al este, Neyson Tim Jurik Werner y al oeste, Carlos Eduardo, Juan Gabriel, Jorge Alberto, todos Villalobos Mora y Jorge Arturo Madrigal Fonseca. Mide: dieciséis mil ochocientos treinta metros con tres decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado N° H-1098219-2006. Estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por sucesión de Félix Madrigal Carballo. Expediente N° 11-000039-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 09 de junio del 2015.—Lic. María Carolina Hurtado García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039022).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 12-000043-0341-CI donde se promueven diligencias de información posesoria  por parte de Luis Carlos Villalobos Sanabria quien es mayor, estado civil unión de hecho, vecino(a) de Turrialba, del INA ochocientos metros al oeste, portador(a) de la cédula de identidad vigente que exhibe número tres-trescientos treinta y cuatro-setecientos cincuenta y ocho, profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de potrero. Situada en el distrito primero Turrialba, cantón quinto Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Centro Agronómico de Investigación y Enseñanza (CATIE); al sur, Florencia Industrial; al este, calle pública y al oeste, con línea férrea a Turrialba. Mide: cuarenta y tres mil novecientos veinticuatro metros con sesenta y dos decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número C-193104-1994. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón quinientos mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra-venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veinte años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento adecuado a la finca, con el respectivo deslinde con cercas y con el cuido de ganado vacuno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Luis Carlos Villalobos Sanabria. Expediente N° 12-000043-0341-CI.—Juzgado Agrario de Turrialba, 12 de junio del 2015.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039023).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000260-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria  por parte de Claudia Damaris Rosales Ruiz, quien es mayor, soltera, vecina de Guápiles de Limón, urbanización Campo Verde, casa número trece , portadora de la cédula de identidad vigente N° 5-01860930, enfermera, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es pastos. Situada en el distrito tercero, cantón tercero, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, camino público con un frente de ciento noventa y dos metros con veintiocho centímetros lineales; al sur, Maritza Vallejos Arrieta; al este, Maritza Vallejos Arrieta y al oeste, Yelda Rosales Ruiz. Mide: nueve mil seiscientos sesenta y dos metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado N° G-1637838-2013. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de quinientos mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por medio de donación escrita y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de dos años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en arreglo de cercas, hacer chapeas y rondas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Claudia Damaris Rosales Ruiz. Expediente N° 14-000260-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 08 de junio del 2015.—Lic. José Wálter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039030).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-000020-0815-AG  donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Róger Gilberto Rodríguez Pérez, quien es mayor, casado una vez, vecino de barrio Jesús de Atenas, Alajuela, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe N° 1-848-986, ingeniero, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de repastos. Situado en el distrito segundo Jesús, cantón quinto Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Róger Rodríguez Pérez; al sur, calle pública con un frente de doscientos cinco metros con sesenta y cinco centímetros lineales; al este, Róger Rodríguez Pérez y en medio quebrada Cedro y al oeste, calle pública con un frente de ciento cincuenta y cuatro metros con setenta y un centímetros lineales, y Roy Francisco Miranda Ramírez. Mide: veinticinco mil setenta y cinco metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado N° A-1743469-2014. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de cinco millones de colones y las presentes diligencias en la suma de tres millones de colones. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Róger Gilberto Rodríguez Pérez. Expediente N° 15-000020-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 08 de junio del 2015.—Lic. María Carolina Hurtado García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039031).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-000026-1002-AG  donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Asoc. Acueducto Bajo Pacuare de Tres Equis de Turrialba con domicilio social en Cartago, Turrialba, Tres Equis, Pacuare, frente a la plaza de deportes, cédula jurídica número tres-cero cero dos-doscientos trece mil seiscientos ochenta y seis, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es solar. Situada en el distrito segundo La Suiza, cantón quinto Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Edwin Contreras García; al sur, con calle pública con un frente a esta de veintinueve metros con cero uno centímetros lineales; al este, Edwin Fonseca Quirós y al oeste, Alberto Brenes Agüero. Mide: mil ciento setenta y uno metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado N° C-1758446-2014. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas, chapia, fumigaciones, fertilización, recolección de café y siembra de cultivo de plátano. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de UN MES contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Asoc. Acueducto Bajo Pacuare de Tres Equis de Turrialba. Expediente N° 15-000026-1002-AG.—Juzgado Agrario de Turrialba, 04 de junio del 2015.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039033).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-000073-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Rafael Ángel Chavarría Barrantes, quien es mayor, estado  civil casado una vez, vecino de Río Cañas Viejo de Santa Cruz, de la esquina suroeste de la plaza de deportes doscientos metros al sur, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe N° 502700222, profesión administrador de empresas, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno para la agricultura. Situada en el distrito primero Santa Cruz, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Domingo Barrantes Valerín; al sur, Jesús González Pizarro; al este, río Diriá y al oeste, calle pública con un frente de setenta y tres metros con treinta y cuatro centímetros lineales. Mide: dieciocho mil cuatrocientos noventa y un metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado N° G-1735874-2014. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón ochocientos cuarenta y nueve mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veinte años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en chapias, rondas, siembra de árboles y limpieza del inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Rafael Ángel Chavarría Barrantes. Expediente N° 15-000073-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 10 de junio del 2015.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039035).

Rafael Ángel Álvarez Rojas, mayor, divorciado una vez, agricultor, vecino de El Palmar de Pital, dos kilómetros al oeste y cuatrocientos metros al sur de la Empacadora del Huerto, cédula de identidad 2-282-1459. Solicita se levante Información Posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, el fundo sin inscribir que le pertenece y que se describe así: Terreno de pastos y agricultura, sito en El Palmar, distrito sexto, Pital, cantón décimo, San Carlos de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: al norte, calle pública con un frente a ella de ciento sesenta metros con diecisiete centímetros lineales; al sur, Rafael Ángel Álvarez Rojas; al este, Ángela Aurora Vargas Cubero, y al oeste, José Luis y Luis Ángel, ambos de apellidos Álvarez Rojas. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado número 2-1120853-2008 de fecha 4 de marzo del 2008, una superficie de cuarenta y ocho mil cuatrocientos noventa y dos metros con sesenta y nueve metros cuadrados. El inmueble antes descrito, manifiesta el titulante, que lo adquirió por donación que le hicieran sus padres Rafaela Rojas Saborío, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula 2-137-081 y Ángel Álvarez Picado, mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad 2-103-310, ambos vecinos de El Palmar de Pital, dos kilómetros al oeste de la Empacadora Del Huerto, en fecha 21 de mayo de 2014, mediante escritura pública número 29-68, otorgada ante el notario William Méndez Rosales, quienes le transmitieran la posesión ejercida y los derechos posesorios ejercidos sobre el fundo en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, a título de dueños por más de diez años. Valora el terreno en la suma de siete millones de colones y en la misma suma estima las presentes diligencias. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este Edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulaci10.5.—Lic. Christian Vinicio Castro Marín, Notario.—1 vez.—(IN2015039680).

Citaciones

Por el término de treinta días hábiles se cita y emplaza a los interesados, herederos, y acreedores, para que dentro de dicho plazo se apersonen ante esta notaría a hacer valer sus derechos, en la Sucesión de quien en vida se llamó Arturo Gerardo Rodríguez Yohansson conocido como Arturo Rodríguez Johansson, mayor, casado una vez, Ingeniero Agrónomo, vecino de Ciudad Neilly, Corredores, Puntarenas, con cédula de identidad dos-cero doscientos cincuenta ocho-cero setecientos veinticinco, quien falleció en fecha del veintiuno de noviembre del dos mil once. Apertura del proceso en fecha del 12 de junio del 2015. Ciudad Neilly, Corredores, Puntarenas, Expediente 0003-2015. Queda el expediente a disposición en la oficina de la notaria Wendy Mayela Mora Garro, sita en Ciudad Neilly, frente al Parqueo del Banco Nacional, Corredores, Puntarenas.—Licda. Wendy Mayela Mora Garro, Notaria.—1 vez.—(IN2015039694).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor Hubert Alberto Alvarado Molina, quien fuere mayor de edad, soltero, electricista, portador de la cédula de identidad número tres - cero doscientos treinta y ocho - cero seiscientos trece, vecino de Paraíso de Cartago, de la Escuela Goicoechea trescientos metros al sur cincuenta al este. Quien falleció el día diecisiete de marzo del año dos mil nueve, en Hospital Max Peralta de la ciudad de Cartago; para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este Edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, del mismo modo se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: cero cero cero uno - dos mil quince. Bufete Castro. Notaría del Licenciado Francisco José Castro Quirós, Notario Público, sito Cartago, avenida segunda, calles siete y once, edificio Torre Metrópoli.—Cartago, 19 de junio del 2015.—Lic. Francisco José Castro Quirós, Notario.―1 vez.—(IN2015039733).

Por el plazo de treinta días a partir de la publicación del presente edicto, se cita y se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en rendir oposición a las presentes diligencias sucesorias de quien en vida fuera Virgina de Jesús Arias Vega, mayor, casada una vez, del hogar, portadora de la cédula de identidad número: 4-0091-0138, vecina Barrio Betania Santa Bárbara de Heredia, del Puente 150 metros al oeste, para que manifiesten lo que crean pertinentes dentro del referido plazo, bajo apercibimiento de que en caso de omitirlo, la herencia pasará a quien corresponda. Exp. 15-000016-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia.—Licda. Karol Solano Ramírez, Jueza.—(IN2015039745).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue William Quesada Vargas, quien fue mayor, casado una vez, ingeniero topógrafo, cédula dos- cero dos cuatro dos- cero cinco uno cinco, vecino de San Isidro de Vásquez de Coronado, ciento veinticinco metros al sur de la Farmacia Pilar, para que dentro del plazo de treinta días, a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría, en defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda. Notario Público José Alberto Campos Arias, con oficina en San Juan de Tibás, de la Estación de Servicio San Juan, cuatrocientos veinticinco metros al oeste a mano derecha, edificio de dos pisos color terracota, planta baja. Expediente cero uno-dos mil quince.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—(IN2015039750).

A solicitud de la presunta heredera Lilliam María de Jesús Benavides Bolaños, portadora de la cédula de identidad número uno- cero cinco siete seis- cero tres seis dos; la suscrita notaria pública ha abierto la mortual del señor Ronaldo Abel Maldonado Quiles, mayor, casado por tercera vez, agente de ventas, vecino de San José, Curridabat, Lomas de Ayarco Sur, del Restaurante La Casa de Doña Lela, ochocientos metros sur, trescientos metros al oeste y doscientos metros al sur, Residencial Monte de Ayarco, casa A Tres, portador de la cédula de identidad número ocho- cero cero ocho nueve- cero nueve cinco uno, y quien falleció el día seis de abril del dos mil quince, de conformidad con la escritura número ochenta y ocho, visible a folio treinta y cuatro vuelto del tomo dieciséis de la suscrita notaría. Se cita y emplaza a los presuntos herederos del causante indicado, a sus acreedores y a cualquier otro interesado para que se apersonen en mi Notaría en esta ciudad, San Luis de Santo Domingo de Heredia, de la Plaza de Deportes trescientos metros sur y veinticinco al este, a hacer valer sus derechos dentro de los treinta días hábiles siguientes a partir de la publicación del presente aviso.—San José, 17 de junio del 2015.—Licda. Marlene Elizondo Alfaro, Notaria.—1 vez.—(IN2015039764).

En esta notaría se tramita proceso sucesorio de Gladys Masís Barboza, fue mayor, casada una vez, ama de casa, cédula 1-274-718; vecina de El Llano de Desamparados última casa La Isla. Se cita y emplaza a posibles herederos, terceros e interesados, para que en el término de treinta días hábiles a partir de su publicación, se apersonen a hacer valer eventuales derechos, sita Desamparados detrás Liceo Monseñor Odio. Exp. 08-2015.—Desamparados, 18 de junio del 2015.—Licda. Emilia María Marín Díaz, Notaria.—1 vez.—(IN2015039843).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Rigoberto Emilio Agüero Aguilar, cédula 2-234-602, para que dentro de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda, Expediente N° 008-2015 Pudiendo apersonarse en mi oficina en San José, avenida 10, calles 21 y 25, casa 2195.—Licda. Lissette Rodríguez Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2015039866).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Elena Mora Bustamante, cédula 2-182- 179 para que dentro de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda, Expediente N° 009-2015 Pudiendo apersonarse en mi oficina en San José, avenida 10, calles 21 y 25, casa 2195.—Licda. Lissette Rodríguez Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2015039868).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en el Proceso Sucesorio de quien en vida fue Édgar Matarrita Rodríguez, para que en el plazo de treinta días se apersonen a valer sus derechos. Sucesorio Notarial Édgar Matarrita Rodríguez. Expediente número 032-2015.—Licda. Elia Martínez Alcócer, Notaria.—1 vez.—(IN2015040434).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en el Proceso Sucesorio de quien en vida fue Gabriel Mayorquín Rodríguez, para que en el plazo de treinta días se apersonen a valer sus derechos. Sucesorio Notarial Gabriel Mayorquín Rodríguez. Expediente número 031-2014.—Licda. Elia Martínez Alcócer, Notaria.—1 vez.—(IN2015040436).

Se avisa que en la notaría de la licenciada Rosalina Bastos Alvarado, se tramita el Proceso Sucesorio de Fernando Villegas Picado, cédula cinco-cero ochenta-ciento doce, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Tilarán, Guanacaste. Se cita y emplaza a los herederos e interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este aviso, comparezcan ante esta notaría, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda. Las oposiciones se podrán dirigir al fax: 2695-53-56 o bien en las oficinas de esta notaria, 175 norte del Mercado de Tilarán.—Guanacaste, 16 de junio de 2015.—Licda. Rosalina Bastos Alvarado, Notaria.—1 vez.—(IN2015040470).

Se cita y emplaza a todos los interesados, herederos acreedores en general del sucesorio de quien en vida se llamó Elida Arrieta Campos, quien en vida fue mayor, viuda ama de casa y vecina de Limón, Barrio Pueblo Nuevo, doscientos sur de la Pulpería Atlántida, con cédula número tres cero cero nueve dos cero cuatro cero seis, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho notarial, a hacer valer sus derechos, se apercibe a todos los interesados de que de no apersonarse en el mencionado plazo la herencia pasará a quien corresponda, lo anterior por ordenarse así en sucesorio número: cero cero dos cero cero dos dos cero uno cinco, sede notarial, Lic. Osman Frew Davidson setenta y cinco sur del Museo Nacional en el Bulevar edificio doscientos setenta. Gestionan Luzmilda Méndez Arrieta.—San José, seis de abril del dos mil quince.—Lic. Osman Frew Davidson, Notario.—1 vez.—(IN2015040478).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Guillermo Cubillo Murillo, Dinia Yadira, Guizenia de Las Piedades, conocida como Yessenia, Walter Antonio, Ernesto Eduardo, Kenia Vanessa y Keilin Eunice, todos de apellido Cubillo Arley, a las diecinueve horas cincuenta y cinco minutos del día trece de mayo de dos mil quince, y comprobado el fallecimiento de la causante que se dirá, esta notaría declara abierto el Proceso Sucesorio AB Intestato de quien en vida fuera Juana Vilma Arley Gómez, costarricense, mayor, casada una vez, oficios del hogar, vecina de la misma dirección que el señor Cubillo Murillo, con cédula de identidad número nueve-cero cero cinco ocho-cero cuatrocienos tres. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada en Quepos, Aguirre, Puntarenas; costado oeste de la terminal de buses; a hacer valer sus derechos. Fax 2777-1464.—Quepos, 10 de junio de 2015.—Lic. Jaime Fonseca Zúñiga, Notario.—1 vez.—(IN2015040685).

Avisos

Lic. Nelda Beatriz Jiménez Rojas Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber a Martin Gerardo López Montero, documento  de identidad N° 2-04230150, de paradero desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso declar. extramatrimonialidad en su contra, bajo el expediente N° 12-003008-0165-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Se tiene por establecido por parte de Saskia Paula Rodríguez Valverde el presente proceso de declar. extramatrimonialidad en contra de Martín Gerardo López Montero y de investigación de paternidad contra Juan José Castrillo Ferris a quienes se les confiere traslado por el plazo de diez días, para que la contesten, opongan excepciones previas, la prueba documental que tuviere y la testimonial con indicación en su caso del nombre y generales de los testigos que proponga. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se pone en conocimiento de las partes que el Departamento de Laboratorio Forense, Sección de Bioquímica, concedió cita para realizar la prueba de marcadores genéticos para las diez horas del ocho de agosto del dos mil trece. Deberán presentarse en el Departamento antes citado, en el Complejo de Ciencias Forenses, ubicado en San Joaquín de Flores, Heredia. No es necesario que se presenten en ayunas pero sí indispensable la presentación del documento de identidad vigente. Siendo que en el presente asunto está en juego el Derecho a la identidad de una persona menor de edad y por tanto una discusión de orden público en estricta aplicación de los numerales 7 y 8 de la Convención de los Derechos del Niño, con jerarquía Constitucional, artículos 1, 5, 30 y 115 del Código de la Niñez y Adolescencia, 53 y 54 de la Constitución Política, es que se previene a la señora Saskia Paula Rodríguez Valverde que debe presentar puntualmente a las personas menores de edad Joshua David y Joel David, a la sección citada, bajo el entendido que en caso de omisión podrá ser acusada penalmente por el Delito de Abuso de la Patria Potestad (artículo 188 del Código Penal). A la actora y al demandado se les hace saber, que de conformidad con el artículo 98 del Código de Familia, la parte que sin motivo alguno se niegue a practicarse esa importante prueba, será considerado ese proceder como malicioso. Además esa circunstancia podrá ser tenida como un indicio de veracidad de lo que se pretende demostrar con dicha prueba, de ahí la importancia de mantener o señalar un lugar o medio donde escuchar notificaciones. Notifíquese esta resolución a los demandados, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para notificar al señor Juan José Castrillo Ferris, se comisiona Delegado Policial de Sardinal de Guanacaste y a fin de notificar al señor Martín Gerardo López Montero se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judicial de este Circuito. Lic. Anthony Zapata Sojo, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso declar. extramatrimonialidad de Saskia Paula Rodríguez Valverde contra Martín Gerardo López Montero, e investigación de paternidad en contra de Juan José Castrillo Ferris; expediente Nº 12-003008-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 26 de setiembre del 2014.—Lic. Nelda Beatriz Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039024).

Msc. Ana Belly Umaña Quesada Jueza del Juzgado de Familia del III Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón); hace saber a Paola María Jiménez Badilla, documento de identidad N° 0206530579, que en este  Despacho se interpuso un proceso suspensión patria potestad en su contra, bajo el expediente N° 13-000193-0688-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: sentencia primera instancia Nº 258-2015. Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela. San Ramón, a las siete horas treinta minutos del veinticinco de mayo del año dos mil quince. Proceso abreviado de suspensión de autoridad parental respecto de las personas menores de edad Alexa Sofía Padilla Jiménez y Allison Viviana Vega Jiménez, incoado por el Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Regional de San Ramón de Alajuela, representado en este acto por la licenciada Ana Lorena Fonseca Méndez, quien es mayor de edad, casada una vez, abogada, de nacionalidad costarricense, portadora de la cédula de identidad N° 2-0374-0699, vecina de Alajuela, en su condición de apoderado general judicial del ente actor, contra Fabián Padilla González, quien es mayor de edad, privado de libertad, de nacionalidad costarricense, portador de la cédula de identidad N° 2-0634-0725, vecino de Alajuela, San Ramón; Gilbert Vega Sandoval, quien es mayor de edad, vendedor ambulante, de nacionalidad costarricense, portador de la cédula de identidad N° 2-0315-0401, vecino de Alajuela, San Ramón, y Paola María Jiménez Badilla, quien es mayor de edad, soltera, de nacionalidad costarricense, portadora de la cédula de identidad N° 2-0653-0579, de domicilio desconocido. Actúa el licenciado José Joaquín Rojas Calderón, en su calidad de curador procesal de la señora Jiménez Badilla, por desconocerse el paradero de la misma. Resultando: I.- ...- II.-, ...- III. ..., y: considerando: I.-Hechos probados: 1.- ...; 2.- ... 3.- ...; 4.- ...; 5.- ...; 6.- ...; 7.- ....- II.-Sobre el fondo: III.-Sobre los antecedentes familiares: ... IV.-Sobre la prueba testimonial y psicosocial: ... V.-Sobre la decisión: ... VI.-Sobre las costas: ...-Por tanto: conforme a los lineamientos legales establecidos y enunciados en el fallo, así como la situación expuesta, se acoge la demanda interpuesta por el Patronato Nacional de la Infancia, representado en este acto por la licenciada Ana Lorena Fonseca Méndez en contra de Paola María Jiménez Badilla, Fabián Padilla González y Gilbert Vega Sandoval. En razón de lo anterior se les suspende a los accionados indefinidamente la autoridad parental y su ejercicio de las personas menores de edad Alexa Sofía Padilla Jiménez y Allison Viviana Vega Jiménez y en su lugar, se deposita judicialmente a las citadas menores en el hogar de la señora Jawdesia Mayela de los Ángeles Badilla Espinoza conocida como Yaudicia María, a quien se le otorga el plazo de cinco días, a efecto de se apersone al despacho a aceptar el cargo encomendado. Confecciónese la ejecutoria que dará pie a la inscripción de esta sentencia en el Registro Civil, Sección Nacimientos al partido de Alajuela (02), tomo número ochocientos setenta y cinco (0875), folio o página número doscientos treinta y seis (0236) y asiento número cuatrocientos setenta y dos (0472) para la menor Alexa Sofía Padilla Jiménez y en el caso de Allison Viviana Vega Jiménez, en la Sección Nacimientos al partido de Alajuela (02), tomo número novecientos treinta y dos (0932), folio o página número ciento cuarenta y cinco (0145) y asiento número doscientos ochenta y nueve (0289). Se resuelve este conflicto sin especial condenatoria en costas. A tenor de lo dispuesto por el artículo 263 de Código Procesal Civil, notifíquese esta sentencia a la accionada de domicilio desconocido por medio de edicto que se remitirá por vía electrónica a la Imprenta Nacional. Hágase saber. Lic. Carlos Eduardo Leandro Solano. Juez de Familia”. Lo anterior se ordena así en proceso suspensión patria potestad de Patronato Nacional de la Infancia contra Fabián Padilla González, Gilberth Vega Sandoval, Paola María Jiménez Badilla; expediente Nº 13-000193-0688-FA.—Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 12 de junio del 2015.—Msc. Ana Belly Umaña Quesada, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039025).

Licenciada Felicia Quesada Zúñiga, jueza del Juzgado de Familia de Heredia, a William Antonio Ordeñana Arauz, mayor de edad, nicaragüense, casado, de oficio  y domicilio desconocidos, cédula de residencia N° 155-800524408, se le hace saber que en demanda suspensión patria potestad, establecida por Natalia León Castro, mayor de edad, costarricense, soltera, secretaria, vecina de San Isidro de Heredia, cédula de identidad N° 1-1168-0271 contra William Antonio Ordeñana Arauz, mayor de edad, nicaragüense, casado, de oficio y domicilio desconocidos, cédula de residencia N° 155-800524408, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: expediente: N° 13-000523-0364-FA-6, proceso: suspensión patria potestad actor/a: Natalia León Castro demandado/a: William Antonio Ordeñana Arauz sentencia de primera instancia N° 757-2015. Juzgado de Familia de Heredia, a las doce horas y cincuenta y ocho minutos del cuatro de mayo del año dos mil quince. Parte dispositiva: por tanto: con base en lo expuesto y citas de ley se declara con lugar la demanda de suspensión de patria potestad incoada por Natalia León Castro, en contra de William Antonio Ordeñana Arauz, a quien se le suspende del ejercicio de la patria potestad, en relación con su hija Jimena Ordeñana León. En consecuencia, la señora Natalia León Castro, ejercerá, exclusivamente, la patria potestad sobre la mencionada menor, teniendo, evidentemente los atributos de guarda, crianza y educación de la misma. Se condena al accionado al pago de las costas personales y procesales de la presente acción. Una vez firme la presente sentencia, inscríbase la misma en el Registro Civil, Sección de Nacimientos de la provincia de San José, tomo mil novecientos ochenta, página doscientos cuarenta y cuatro, asiento cuatrocientos ochenta y siete. Por una sola vez, publíquese la parte dispositiva de la presente resolución en el Boletín Judicial, o un diario de circulación nacional. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Heredia.—MSc. Felicia Quesada Zúñiga, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039026).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la menor Isairis Nayelis Bostic, para que se apersonen a este Juzgado  dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado.—Expediente N°13-000885-0924-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del II Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 11 de junio del 2015.—Lic. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—Exonerado.—(IN2015039027).          3 v.1.

Hace saber: que en proceso declaratoria de abandono con extinción de la patria potestad y  con fines de tutela, expediente N° 14-000026-1143-FA, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, contra Aida María Molina Argüello, mayor de edad, soltera, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad N° 2-0523-0364. Se ordena notificarle por medio de edicto, resolución de las diez horas del once de marzo del año dos mil quince a Aida María Molina Argüello y a todas aquellas personas que tengan interés en el presente proceso. Notifíquese.—Juzgado Civil, Trabajo y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Upala, 10 de junio del 2015.—Lic. Brenda Celina Calvo de La O.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039028).

Hace saber: que en proceso abreviado de divorcio, expediente N° 14-000031-1143-FA,  establecido por la señora María Luisa Ríos Mendoza, contra Gaspar Marín Sequeira, mayor de edad, de oficio agrícolas, casado una vez y separado de hecho, de nacionalidad nicaragüense, cédula de residencia N° 27014412878802. Se ordena notificarle por medio de edicto, resolución de las dieciséis horas veinte del tres de junio de dos mil quince a Gaspar Marín Sequeira y a todas aquellas personas que tengan interés en el presente proceso. Notifíquese.—Juzgado Civil, Trabajo y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Upala.—Lic. Ronald Daniel Araya Méndez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039029).

Hace saber: que en proceso declaratoria de abandono con extinción de la patria potestad y con fines de tutela, expediente N° 15-000021-1143-FA, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, contra María Regina Chaves  Traña, mayor de edad, soltera, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad número dos-cero cinco siete ocho-cero cero nueve seis. Se ordena notificarle por medio de edicto, resolución de las dieciséis horas veinte minutos del cinco de junio del año dos mil quince a María Regina Chaves Traña y a todas aquellas personas que tengan interés en el presente proceso. Notifíquese.—Juzgado Civil, Trabajo y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Upala, 05 de junio del 2015.—Lic. Brenda Celina Calvo de La O.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039032).

Msc. Ana Belly Umaña Quesada, Jueza del Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón); hace saber a Marjorie Coronado Lagos, documento de identidad 0113590422, que en este Despacho se interpuso un proceso Declaratoria Judicial Abandono en su contra, bajo el expediente número 15-000108-0688-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón). A las siete horas y treinta minutos del uno de junio del año dos mil quince. Se tiene por establecido el presente proceso especial de Declaratoria De Abandono de los menores Luis Kevin y Jaqueline ambos Mora Coronado, planteado contra José Luis Mora Hernández y Marjorie Coronado Lagos representada está última por la curadora Licenciada Sonia María Ugalde Hidalgo, a quién se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo, en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese ésta resolución al Curador Procesal por medio del lugar señalado. Notifíquese esta resolución al demandado, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; de Este Circuito Judicial. La parte demandada sea el señor José Luis Mora Hernández puede ser localizada en la siguiente dirección: San Ramón, calle Managua, casa de alto frente al fogón, teléfono 8374-53-95. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Msc. Ana Belly Umaña Quesada. Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso Declaratoria Judicial Abandono de Patronato Nacional de la Infancia contra José Luis Mora Hernández, Marjorie Coronado Lagos; Expediente Nº 15-000108-0688-FA.—Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 9 de junio del año 2015.—Msc. Ana Belly Umaña Quesada, Jueza.—1 vez.—Exonerado.―(IN2015039037).

Licenciada Patricia Cordero García, Jueza de Familia de Cartago hace saber al señor Abdelkrim Bouissri de nacionalidad Argeliana y domicilio desconocido, que en este despacho la señora Margarita Rodríguez Gamboa solicita a favor de su hija Farah Bouissri Rodríguez, permiso para visitar los Estados Unidos de Norteamérica, del 13 al 21 de diciembre del año 2015. Expediente número 15-000942-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039045).

Licenciada Cristina Dittel Masís, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Yoneisys Álvarez Salinas, en su carácter personal, se le hace saber que en demanda Reconocimiento de Hijo Mujer Casada, expediente 15-001409-038-FA (4) establecida por Ricardo Abel Corrales Viera, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las ocho horas y treinta y ocho minutos del dieciséis de junio del año dos mil quince. Se tienen por establecido el presente proceso de Reconocimiento de Hijo de Mujer Casada promovido por Ricardo Abel Corrales Viera a favor de la persona menor de edad Elizabeth Álvarez Expósito. De las mismas se confiere audiencia al Patronato Nacional de la Infancia, por el plazo de tres días. A su vez por el mismo plazo otorgado, se le confiere audiencia a los padres registrales del menor, los señores Geysa Expósito Madrigal y Yoneiseys Álvarez Salinas. Se les previene a los interesados, que en el primer escrito que presenten deben señalar medio y lugar, éste último dentro del circuito judicial de este Despacho donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores que se dicten inclusive la sentencia, se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas al despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente (artículo 6 y 12 Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales N° 7637 del 21 de octubre de 1996). Notifíquese esta resolución a los padres registrales, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Policía de Proximidad de la Unión. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del funcionario notificador, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para notificar al ente aludido, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otros Comunicaciones; Circuito Judicial de Cartago de este circuito judicial. Para notificar al señor Álvarez Salinas, se ordena publicar edicto. Publíquese el edicto de ley el cual será remitido a la Imprenta Nacional por medio del sistema Electrónico FTP. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039058).

Se comunica que en el Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, se tramita proceso de Suspensión de Patria Potestad con Deposito Judicial de persona menor de edad de nombre Ronald Ávalos Acuña, hijo de Ronald Ávalos Duarte y Elvia Acuña Jiménez promovido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Elvia Acuña Jiménez y Ronald Ávalos Duarte, bajo el número de expediente 15-400107-1304-FA. Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren algún interés en este asunto, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la última publicación del edicto ordenado, se apersonen y manifiesten lo que estimen conveniente.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Ciudad Neily, 15 de abril del 2015.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039102).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:30 horas del 26 de marzo del 2015 se da inicio a las diligencias notariales para lo adopción conjunta de mayor de edad Marinelly Rubio López por parte de Leslie Patricia Rojas Ugalde y Mario Pedro Alan Castillo. Se advierte a los interesados que se oirán oposiciones durante el plazo de 5 días o partir de la publicación de este edicto, en esta notaría, ubicada en Heredia, 50 metros al norte del Colegio María Auxiliadora.—Heredia, 20 de junio del 2015.—Licda. Lucrecia Sancho Castro, Notaria.—1 vez.—(IN2015040544).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores: Anthony Edward Obando Solórzano, mayor, soltero y actualmente en unión libre, cédula de identidad número 701750108, costarricense, de veintiocho años de edad, sin ocupación, nacido en Limón, en el cantón central distrito primero, en fecha veintiséis de noviembre de mil novecientos ochenta y seis, hijo de Luis Ramón Obando Jiménez y de Nuria Lupe Solórzano Cambronero. Jennifer Andrea Chaves Obando, mayor, soltera y actualmente en unión libre, cédula de identidad número 7-0218-0007, costarricense, de veintidós años de edad, nacida en Limón en el cantón central, en fecha dos de enero de mil novecientos noventa y tres, ama de casa, ambos vecinos de Isaías Marchena, del Predio Theal, 200 metros al este, casa color verde con negro prefabricada, hija de Macaria Obando Hernández y de Jacinto Chaves Castillo. Si alguna persona tuviere conocimiento de la existencia de impedimento legal para que su matrimonio se celebre debe manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Expediente Nº 15-000328-1152-FA (5).—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 8 de junio del 2015.—Msc. Gerardo Antonio Blanco Villalta, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039042).

Ante este Despacho han comparecido solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Jacqueline Andrea Rodríguez Navarro, costarricense, mayor, soltera, oficios del hogar, cédula de identidad número 02-0751-0879, vecina de Laguna de Zarcero, 100 metros norte de la Plaza der Deportes de Laguna de Zarcero, hija de Olivier Rodríguez Alpízar y Ana Daysi Navarro Mejía, ambos costarricenses, nacida en Centro de San Ramón, Alajuela, el 08-04-1996, con 19 años de edad, y Erick Alberto Boza Salazar, costarricense, mayor, soltero, agricultor, cédula de identidad número 2-0715-0584, vecino de Tapesco de Zarcero, detrás de la Iglesia Católica, hijo de Álvaro Enrique Boza Varela, costarricense y Emma Cecilia Salazar, costarricense, nacido en centro de San Ramón, Alajuela, el 12/12/1990, actualmente con 24 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. N° 15-100007-0311.CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Zarcero, Alajuela, 10 de junio del año 2015.—Licda. Ana Lorena Gutiérrez González, Jueza.—1 vez.—Exonerado.―(IN2015039060).

Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil Jou Taan Sánchez Acon, c.c. Tatay Sánchez Acón y Yudith de los Ángeles Marín Arias, el primero mayor, costarricense, divorciado, educador, con cédula de identidad número 1-1157-0141, hijo de Luis Guillermo Sánchez Li y Veracruz Acon Sánchez, nativo de Catedral Central, San José, el día 22 de noviembre de 1982, de 32 años de edad, vecino de la Inmaculada de Quepos, Vista Bosque, Apartamento Chelsy, número 4, y la segunda mayor, costarricense, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 6-0414-0360, hija de Roy Marín Durán y Doris Arias Tenorio, nacida en Quepos, Aguirre, Puntarenas, el día 6 de diciembre de 1993, de veintiún años de edad, vecina de Llorona, calle uno, tercera casa a mano derecha, casa de madera, color celeste. Se publica este edicto por si alguna persona se considera con derecho a oponerse dentro de los siguientes ocho días a la publicación del mismo para hacer valer sus derechos. Expediente Nº 15-400079-0425-4-FA.—Quepos, 11 de mayo del 2015.—Juzgado de Familia de Aguirre y Parrita.—Licda. Sedier Villegas Méndez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.―(IN2015039094).

Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil Antonio de Jesús Cordero Mora y Verónica Sidey Rivera Céspedes, el primero mayor, costarricense, soltero, actualmente sin ocupación, con cédula de identidad número 1-1392-0855, hijo de Gonzalo Cordero Elizondo y Gladys Mora Aguirre, nativo de Pérez Zeledón, el día 24 de mayo de 1989, de 25 años de edad, vecino de Lomas de Parrita, 300 metros oeste de la escuela de dicho lugar, casa de cemento de color papaya, teléfono número 6132-4133, y la segunda mayor, costarricense, soltera, niñera, cédula de identidad número 1-1530-0958, hija de Hugo Gerardo Rivera Venegas y Eunice Céspedes Espinoza, nacida en San José, Desamparados, el día 17 de marzo de 1993, de 22 años de edad, vecina San José, Desamparados, Higuito calle Valverde, contiguo a la Pulpería Versalles, teléfono número 2510-6719/8930-9012. Se publica este edicto por si alguna persona se considera con derecho a oponerse dentro de los siguientes ocho días a la publicación del mismo para hacer valer sus derechos. Expediente Nº 15-400091-0425-1-FA.—Juzgado de Familia de Aguirre y Parrita, Quepos, 15 de junio del 2015.—Licda. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—1 vez.—Exonerado.―(IN2015039096).

Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil Ólger Salas Agüero y Carmen Lorenzano Fallas, el primero mayor, costarricense, divorciado, gerente de operaciones, con cédula de identidad número 6-332-512, hijo de Ólger Salas Téllez y Elvira Agüero Barboza, nativo de Quepos,  Puntarenas, el día 21 de setiembre de 1983, de 31 años de edad, vecino del Cocal de Quepos, 250 metros al sur de la escuela, casa mixta de cemento y fibrolit, de color verde, teléfono número 8534-5997, y la segunda mayor, costarricense, viuda, secretaria, cédula de identidad número 6-240-267, hija de Facundo Lorenzano Hernández y María Fallas Villalobos, nacida en Puntarenas,  Quepos, el día 12 de junio de 1971, de 42 años de edad, vecina del Cocal de Quepos, 250 metros al sur de la escuela, casa mixta de cemento y fibrolit, de color verde, teléfono número 8889-2572. Se publica este edicto por si alguna persona se considera con derecho a oponerse dentro de los siguientes ocho días a la publicación del mismo para hacer valer sus derechos. Expediente Nº 15-400093-0425-3-FA.—Juzgado de Familia de Aguirre y Parrita, Quepos, 15 de junio del 2015.—Licda. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—1 vez.—Exonerado.―(IN2015039098).

Se hace saber que ante la notaría pública Dayanna Zúñiga Valverde, con oficina en Heredia, Ulloa, ciento cincuenta metros este de la Estación de RTV, Residencial Ónix, casa cincuenta y nueve, han manifestado los señores Melissa Alejandra Hernández Vindas, nacida en San José, quien es mayor de edad, soltera. abogada, vecina de San José, Curridabat, Residencial Ayarco Este casa dieciséis A, portadora de la cédula de identidad número uno-mil ciento veinte-cero setecientos setenta y cinco, hija de Rafael Ángel Hernández Durán y de Mayela Vindas Mora, ambos costarricenses; y Daniel Ernesto Navarro Quesada, nacido en San José, quien es mayor de edad, soltero, economista, vecino de Holanda, Ámsterdam, Uilenstede uno seis ocho tres uno uno ocho tres AH, Amstelveen, y portador de la cédula de identidad número uno-mil doscientos once-cero ciento ocho, hijo de Simeón Navarro Mata, conocido como Ramiro Navarro Mata y de Juana María Quesada Sánchez conocida como Juanny Quesada Sánchez, ambos costarricenses; que al efecto manifiestan su voluntad de contraer matrimonio y solicitar edicto previo a celebrar matrimonio civil conforme a nuestra legislación, el que se llevará a cabo en la ciudad de Bruselas, Bélgica, el día diecisiete de julio del año dos mil quince, y lo celebrará la Cónsul General de Costa Rica debidamente autorizada para tales efectos la señora Noemy Judith Baruch Goldberg. En virtud de ello y en cumplimiento del artículo veinticinco del Código de Familia, se ordena la publicación de este edicto en aras de que si existe alguna oposición a la unión solicitada lo hagan saber dentro del plazo de ocho días naturales después de la publicación de este edicto, ante la notaría de la Licenciada Dayanna Zúñiga Valverde.—Heredia, veintitrés de junio del dos mil quince.—Lic. Dayanna Zúñiga Valverde, Notaria.―1 vez.—(IN2015040603).

Edictos en lo Penal

A quien interese se hace saber: que en el Tribunal de Juicio de Puntarenas, se tramita la causa N° 07-202306-431-PE, seguida en contra del señor Wilberth Lépiz Sequeira y otros, por el delito de infracción de la ley de  psicotrópicos, en perjuicio de la salud pública, mediante resolución de las catorce horas con veintiséis minutos del día jueves cuatro de junio de dos mil quince se dispuso, publicar por única vez, la declaración jurada presentada ante este Tribunal por la señora Mary Fred Ortega Barrantes, portadora de la cédula de identidad N° 6-0345-0136, que literalmente dice: número doscientos cuarenta y una: ante mi, Irene Arrieta Chacón, notaria pública de Puntarenas con oficina frente al estadio Lito Pérez, comparece: Mary Fred Ortega Barrantes, cédula de identidad número seis-tres cuatro cinco-uno tres seis, soltera, ama de casa, vecina de Fray Casiano de Madrid parada cinco, ciento cincuenta metros al norte y setenta y cinco metros al oeste, Puntarenas y dice: que declara bajo la fe de juramento y apercibida de las sanciones con que se castiga el delito de falso testimonio y perjurio que: Es dueña de las embarcaciones sin inscribir y que se describen así: primera: lancha tipo panga de nombre “Katia Vanesa” de fabricación de fibra de vidrio, color verde tierno en su interior y en su exterior color azul, con una eslora de aproximadamente veinte pies, con un motor marca Yamaha Enduro, serie número seis seis TK-L_uno cero seis uno dos cuatro siete, modelo E cuatro cero X M H, segunda: lancha tipo panga de nombre “Capitán Moya” de fabricación de fibra de vidrio, color verde en su interior y en su exterior color azul, con una eslora de aproximadamente de veinte pies, tiene un motor marca Yamaha Enduro, serie número seis seis TK-L-uno cero seis uno dos cuatro ocho, modelo: E cuatro cero XMH y tercera: lancha tipo panga de nombre “Capitán Felipe” de fabricación de fibra de vidrio, color verde tierno en su interior y en su exterior color azul, con una eslora de aproximadamente veinte pies, tiene un motor marca Yamaha Enduro, serie número seis seis TK-L-uno cero seis uno dos cuatro nueve, modelo: E cuatro cero XMH. Declara bajo la fe de juramento que en este acto rinde que dichas embarcaciones y motores le pertenecen y se encuentran decomisadas bajo el expediente judicial cero siete-dos cero dos tres cero seis- cuatro cuatro tres uno-PE del Juzgado Penal de Puntarenas, y en cuyo decomiso se extraviaron las facturas de compra de dichos motores. Declaro que las embarcaciones se encontraban nuevas al momento del decomiso y son de construcción nacional. Rindo esta declaración jurada para efectos de demostrar la propiedad de las embarcaciones y motores y poder retirarlas bajo orden judicial de donde se encuentran depositadas, es todo. Leído lo escrito a la compareciente resultó conforme, lo aprueban y firmamos en Puntarenas a las once horas y treinta minutos del treinta de marzo del dos mil quince. Mary Fred Ortega B***La CH***Lo anterior es copia fiel de la escritura numero doscientos cuarenta y una visible al folio ciento doce frente del tomo veinte de mi protocolo. confrontada con su original y se expide como un primer testimonio dentro del término de ley.—Tribunal de Juicio de Puntarenas.—Lic. Franklin Cortés Araya, Juez Tramitador.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039021).