BOLETÍN
JUDICIAL N° 128 DEL 03 DE
JULIO DEL 2015
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Juan Bautista Pérez Castro, cédula
de identidad N° 01-1119-0773, quien fue mayor, soltero, y falleció el 23 de
setiembre del año 2005, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de devoluciones de
ahorro obligatorio bajo el N° 14-000004-1127-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Expediente N° 14-000004-1127-LA, proceso promovido por Ángela Castro Cubero,
cédula de identidad N° 02-0297-0499.—Juzgado de
Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez
Zeledón, 14 de enero del 2014.—Lic. Óscar Mena Valverde, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039440).
A los causahabientes de
quien en vida se llamó Cecilia Bermúdez Meza, quien fue soltera, Ingeniera
Agrónoma, cédula de identidad número 1-0477-0508, vecina de Villa Ligia de
Daniel Flores de Pérez Zeledón, 400 metros norte del Súper Económico Coopeagri, quien laboró para Ministerio de Economía,
Industria y Comercio y falleció el 31 de octubre del 2014, se les hace saber
que María Virginia Meza Bonilla en calidad de madre de la trabajadora
fallecida, portadora de la cédula de identidad número 0900790024, vecina de
Palmar de San Isidro de El General, Pérez Zeledón, se apersonó en este despacho
en calidad de madre de la fallecida a fin de promover las presentes diligencias
de Consignación de Prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de
edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este despacho en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador
fallecido. Expediente N° 15-000024-1125-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 17 de marzo del 2015.—Msc. Norman Herrera Vargas, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015039462).
A los
causahabientes de quién en vida se llamó Jesús Andrés Vega Zúñiga, quien fue
mayor, unión de hecho, Agente de Protección a Víctimas y Testigos, vecino de
Barrio San Martín de Nicoya, 350 metros al norte del salón comunal, casa
esquinera derecha de zócalo, con cédula de identidad número 0503680766, se les
hace saber que José Martín Vega Rojas, quien es mayor, casado, oficial de
seguridad, portador de la cédula de identidad número 0502230523, vecino de
Barrio San Martín de Nicoya, 350 metros al norte del Salón Comunal, casa
esquinera derecha de zócalo, se apersonó en este despacho en calidad de padre
del fallecido a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de
Prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de edicto que se
publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto se apersonen en este despacho en las diligencias aquí establecidas a hacer
valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial
libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Jesús
Andrés Vega Zúñiga. Expediente N° 15-000075-0868-LA.—Juzgado
de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 10 de junio
del 2015.—Msc. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015039467).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de José Dolores Vivas Aguirre, quien fue mayor,
nicaragüense, casado, peón, vecino de Río Cuarto de Grecia, con cédula de
residencia 155807947736, fallecido el 23 de marzo del 2015, se consideren con
derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el N° 15-000076-1291-LA, a hacer
valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Código de Trabajo. Expediente N° 15-000076-1291-LA. Promovido por Transcorve S. A. a favor de José Dolores Vivas Aguirre.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia
Laboral), 15 de junio del 2015.—Lic. Armando Alfaro Araya, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039468).
A los causahabientes de
quien en vida se llamó Luis Eduardo Coto Madriz, quien fue mayor, casado,
chofer, vecino de Cartago, Cachí, con cédula de
identidad número 0302060793, se les hace saber que Alba Luz Alvarado Cantillo,
portadora de la cédula de identidad número 0302340627, vecina de Cartago, Cachí, se apersonó en este despacho en calidad de cónyuge
supérstite del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de
consignación de prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de
edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este despacho en las diligencias aquí
establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por
el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador
fallecido Luis Eduardo Coto Madriz. Expediente N° 15-000110-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 27 de febrero del
2015.—Lic. Javier Fallas Villaplana, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039474).
A los causahabientes de
quien en vida se llamó Girlany Leitón
Fuentes, quien fue mayor, divorciada, vecina de Limón, Barrio La Colina,
entrada Santa Rosa, diagonal a MEPE, casa de cemento de dos plantas, color palo
rosa, con cédula de identidad número 700800752, se les hace saber que Luzmilda Fuentes Rodríguez, portadora de la cédula de identidad
número 3-0132-0032, vecina de Limón, Barrio La Colina, entrada Santa Rosa,
diagonal a MEPE, casa de cemento color papaya, se presentó en este despacho en
calidad de madre de la fallecida a fin de promover las presentes diligencias de
Consignación de Prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de
edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este despacho en las diligencias
aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones de la trabajadora
fallecida. Expediente N° 15-000112-0679-LA.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 22 de mayo
del 2015.—Lic. Luis Martínez Castro, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015039475).
A los causahabientes de
quién en vida se llamó Ricardo Andrés Rodríguez Salas, quien fue mayor, unión
de hecho, técnico en ingeniería, vecino de Canoas de Alajuela, con cédula de
identidad número 2-612-876, se les hace saber que Hospira
Costa Rica Limitada, cédula jurídica número 3-012-453013, Yoselin
Tatiana Loría Sanabria, cédula 2-688-627 y vecina de
Alajuela centro y Lidia Andrea Murillo Marchena, cédula 4-187-606 y vecina de
Santa Bárbara de Heredia, se apersonaron en este despacho en calidad patrono,
madre de una menor en común con el causante y concubina del fallecido
respectivamente, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de
prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de edicto que se
publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto se apersonen en este despacho en las diligencias aquí establecidas, a
hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial
libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido
Ricardo Andrés Rodríguez Salas. Expediente N° 15-000218-1022-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de
Alajuela.—Lic. Eugenio Molina Sequeira, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015039479).
A los causahabientes de
quien en vida se llamó Lisseth Cano Kauffmann, mayor de edad, con cédula de identidad número
2-0318-0359, vecina de Urbanización Ciruelas de Alajuela, al fallecer laboraba
para la Caja Costarricense de Seguro Social y falleció el 16 de abril de 2015,
se les hace saber que Douglas Villalobos Gómez, mayor, con cédula de identidad
2-0274-0706, vecino de la misma dirección antes indicada, se apersonó en este
despacho en su condición de cónyuge supérstite y padre en ejercicio de la
patria potestad del menor Adrián Villalobos Cano, a fin de promover las
presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello se les cita y
emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho en
las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con
lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de
prestaciones de la trabajadora fallecida Lisseth Cano
Kauffmann. Expediente N° 15-000315-0639-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, 12 de junio del 2015.—Luis Fernando Rodríguez Sandí, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015039480).
A los causahabientes de
quién en vida se llamó Luis Fabián Brenes Piedra, con cédula de identidad
número 1-839-772, se les hace saber que se apersonó en este despacho Covidien Manufacturing Solutions S. A., cédula jurídica número 3-101-587185 en
calidad de patrono del fallecido a fin de promover las presentes diligencias de
consignación de prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de
edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen los interesados con derecho en este
despacho en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos.
Consignación de prestaciones del trabajador fallecido. Expediente N°
15-000327-0639-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 11 de junio del 2015.—Lic. Eugenio Molina
Sequeira, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039492).
SEGUNDa publicación
A las ocho horas del treinta y uno de julio del
dos mil quince, en la puerta exterior de este Despacho, libre de Reservas,
Restricciones y Gravámenes Hipotecarios,
remataré al mejor postor, lo siguiente: Finca del partido de Puntarenas,
matricula Folio Real número uno seis cuatro ocho uno cuatro-cero cero cero (164814-000). Situada en el distrito quinto Pittier, cantón octavo Coto Brus,
de la provincia de Puntarenas. Mide: Veinticinco mil quinientos setenta y dos
metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados, según plano P-1162331-2007,
propiedad de Víctor Antonio Rodríguez Álvarez que es terreno de agricultura,
lote 1. Linderos: norte, Yaneth López Madrigal y calle pública; al sur,
Fernando Espinoza Espinoza; este, Fabio Mora
Gutiérrez, oeste, Yaneth López Madrigal y José Rodríguez Álvarez. Con la base
para la primera subasta en la suma de doce millones ochocientos ochenta y tres
mil trescientos treinta colones (¢12.883.330,00). Para la segunda subasta se
señalan las ocho horas del veintiocho de agosto del dos mil quince, con la base
de nueve millones seiscientos sesenta y dos mil cuatrocientos noventa y siete
colones con cinco céntimos (¢9.662.497,5) (rebajado en un 25 %). De no
apersonarse rematante, para el tercer remate, se señalan las ocho horas del
dieciocho de setiembre del dos mil quince, con la base de tres millones
doscientos veinte mil ochocientos treinta y dos colones con cinco céntimos
(¢3.220.832,5) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Lo anterior se
remata por estar ordenado así en Proceso Ejecutivo Hipotecario número
15-000051-0419-AG interno 67-1-15 de Fundación para el Desarrollo de las
Comunidades del Sur (FEDESUR).—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, 21 de junio del
2015.—Lic. Juan Gutiérrez Villalobos, Juez.—Exonerado.―(IN2015041925).
primera publicación
A las trece horas y treinta
minutos del seis de agosto del año dos mil quince, en la puerta exterior de
este Despacho y con sus respectivas bases remataré lo siguiente 1) con la base
de veinte millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones bajo las citas: 298-10001-01-0901-001, la
finca del partido de Alajuela, matrícula N° 473037-000, la cual es terreno zona
verde. Situada en el distrito 2, Florencia, cantón 10, San Carlos, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ólger
Torres Araya y Teresita Varela Ulate; sur, Carlos
Abarca Barrantes, Flory Capos Bolaños; este,
servidumbre de paso con un frente de 16 metros 64 centímetros lineales y oeste,
Claudia Rodríguez Castro. Mide: ochocientos catorce metros cuadrados. Plano:
A-1395790-2010. 2) con la base de nueve de millones de colones exactos libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas: 298-10001-01-0901-001; la finca del partido de Alajuela, matrícula N°
473038-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 2,
Florencia, cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, finca San Rafael La Quilea S. A.; sur, Ólger Torres Araya; este, servidumbre de paso con un frente
de 23,94 centímetros lineales y oeste, Ólger Torres
Araya. Mide: quinientos cuarenta y un metros cuadrados. Plano: A-1402246-2010.
Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del
veintiuno de agosto del año dos mil quince,
con la base de quince millones de colones exactos por la finca N°
473037-000 y con la base de seis millones de colones exactos por la finca N°
473038-000 (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta
se señalan las trece horas y treinta minutos del siete de setiembre del año dos
mil quince, con la base de cinco millones de colones exactos por la finca N°
473037-000 y con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones
exactos por la finca N° 473038-000 (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique
R. L. contra Ólger Torres Araya, expediente N°
14-001836-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 16 de junio del 2015.—Elizabeth Rodríguez Pereira,
Jueza.—(IN2015041475).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando plazo convalid Reg
art 15 ley 2825 bajo las citas: 545-01503-01-0021-001 y restricciones reg art 18, ley 2825 bajo las citas: 545-01503-01-0031-001;
a las diez horas y cero minutos del veintisiete de agosto del año dos mil
quince, y con la base de un millón de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 406700-000, la cual es parcela
15-a-1500 para construir. Situada en el distrito 7, Yolillal,
cantón 13, Upala, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, José Ortiz Flores; sur, José Ortiz Flores; este, calle
pública y oeste, José Ortiz Flores. Mide: trescientos noventa y un metros con
cincuenta y seis decímetros cuadrados. Plano: A-0771312-2002. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y cero minutos del once de setiembre del año
dos mil quince, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas y cero minutos del veintinueve de setiembre del año dos mil
quince con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de José María Agüero Gómez contra Mayra del Rosario Ortiz
Alvarado, expediente N° 15-000689-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 15 de
junio del 2015.—Elizabeth Rodríguez Pereira,
Jueza.—(IN2015041478).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando reservas y restricciones bajo las citas: 369-09513-01-0805-001; a
las nueve horas y treinta minutos del tres de agosto del año dos mil quince, y
con la base de ocho millones novecientos treinta y cuatro mil novecientos diez
colones con cuarenta y tres céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula N° 236445-000, la cual es terreno para construir con una vivienda.
Situada en el distrito 4, Aguas Zarcas, cantón 10, San Carlos, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, Francisco Rodríguez Navarro; sur, Leticia
Montoya Acuña; este, Danilo Alfaro Cruz y oeste, calle publica con 10 m frente.
Mide: doscientos noventa y siete metros con veinte decímetros cuadrados. Plano:
A-0900150-2003. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta
minutos del dieciocho de agosto del año dos mil quince, con la base de seis
millones setecientos uno mil ciento ochenta y dos colones con ochenta y dos
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y treinta minutos del dos de setiembre del año dos mil
quince con la base de dos millones doscientos treinta y tres mil setecientos
veintisiete colones con sesenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Manrique Alfaro Acuña, expediente N°
15-000513-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 02 de junio del 2015.—Elizabeth Rodríguez Pereira,
Jueza.—(IN2015041482).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre trasladada -citas: 214-01722-01-0901-001-, plazo de convalidación
(Rectificación de Medida) -Citas: 434-16680-01-0004-001- y plazo de
convalidación (Rectificación de Medida) -Citas: 434-16680-01-0005-001-; a las
diez horas y cero minutos del doce de octubre de dos mil quince, y con la base
de veinte millones doscientos treinta y
un mil novecientos cuarenta y ocho colones con veintitrés céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
noventa mil seiscientos cuarenta y seis - cero cero cero la cual es terreno con 1 galerón y 1 casa. Situada en
el distrito 1-Orotina, cantón 9- Orotina, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, el estado; al sur, Rafael Vargas
Retana; al este, el estado y al oeste, Rafael Vargas Retana. Mide: mil
setecientos diecisiete metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintisiete de
octubre de dos mil quince, con la base de quince millones ciento setenta y tres
mil novecientos sesenta y un colones con diecisiete céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del once de noviembre de dos mil quince con la base de cinco
millones cincuenta y siete mil novecientos ochenta y siete colones con seis
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra Ana Beatriz Umaña González, expediente N° 15-002226-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
14 de mayo del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro
Villalobos, Juez.—(IN2015041496).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las
catorce horas y cero minutos del veintinueve de julio de dos mil quince, y
con la base de dieciocho millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula N° 139657-000 la cual es terreno con una casa. Situada en
el distrito 10 Hatillo, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al
norte: María Cascante Lezcano; al sur, Blanca Jiménez Jiménez;
al este, María Castro Retana y al oeste, calle pública con 10 m. Mide:
doscientos cuarenta y seis metros con dos decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y cero minutos del trece de agosto de dos
mil quince, con la base de trece millones quinientos mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y cero minutos del veintiocho de agosto de dos mil quince con
la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Agropecuaria La Alegría
RR Sociedad Anónima contra Jeanina Virginia Brenes
Cubero, expediente N° 13-002807-1164-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro, Primer Circuito Judicial de San José, 26 de mayo del 2015.—Lic. Yessenia Brenes González, Jueza.—(IN2015041551).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve
horas y treinta minutos del veinticuatro de julio de dos mil quince, y con
la base de tres millones quinientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y un mil ciento treinta y ocho-cero cero cero
(151.138-000) la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el
distrito Filadelfia, cantón Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, Enrique Lorenzo Pacheco López; al sur, calle pública con un frente a
ella de 10 m; al este, Enrique Lorenzo Pacheco López y al oeste, Juan Luis
Corea López. Mide: trescientos noventa y nueve metros con cincuenta y ocho
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
treinta minutos del diez de agosto de dos mil quince, con la base de dos
millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
treinta minutos del veinticinco de agosto de dos mil quince con la base de
ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Las Cascadas de La Musa S. A.
contra Jery de los Ángeles Lopez
Naranjo, expediente N° 14-006873-1158-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Heredia, 13 de mayo del 2015.—Msc.
Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—(IN2015041554).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando restricciones reg art 18 ley 2825 citas
535-17735-01-0093-001; a las ocho horas y cero minutos del cinco de agosto de
dos mil quince, y con la base de cuatro
millones novecientos once mil ochocientos cincuenta y ocho colones con cinco
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número seiscientos mil quinientos sesenta y seis-cero
cero cero (600566-000) la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito San Isidro de El General, cantón Pérez
Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, resto de Ólger Alvarado Acuña; al sur, calle pública; al este, calle
pública y al oeste, Xinia Alvarado Acuña. Mide:
doscientos dieciséis metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veinte de agosto de
dos mil quince, con la base de tres millones seiscientos ochenta y tres mil
ochocientos noventa y tres colones con cincuenta y cuatro céntimos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas
y cero minutos del cuatro de setiembre de dos mil quince con la base de un
millón doscientos veintisiete mil novecientos sesenta y cuatro colones con
cincuenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de Servidores Públicos
R. L. contra Róger Francisco Fernández Fernández, expediente N° 14-004811-1158-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Heredia, 08 de mayo del 2015.—Lic. Ricardo Chacón
Cuadra, Juez.—(IN2015041581).
A las
ocho horas treinta minutos del veintiocho de agosto del dos mil quince, en la
puerta de este Juzgado en el mejor
postor, 1) Libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas y
restricciones inscritas al tomo trescientos treinta, asiento dieciséis mil
ochocientos dieciséis, consecutivo cero uno, secuencia cero novecientos, subsecuencia cero cero uno; en el
mejor postor y con la base de ocho millones doscientos ocho mil setecientos
veinte colones, remataré: la finca inscrita en el Registro Público de la
Propiedad, partido de Guanacaste, al Sistema de Folio Real, matrícula número:
ciento sesenta y ocho mil ochocientos uno- cero cero cero; que es terreno para construir, situada en el distrito
primero, Liberia, cantón primero de Liberia, de la provincia de Guanacaste, con
una medida de trescientos nueve metros con cincuenta y nueve decímetros
cuadrados; plano G- uno dos cinco nueve siete cero nueve-dos mil ocho, con
linderos: norte, Vilma Quesada Quesada; sur, Vilma
Quesada Quesada; este, calle pública y oeste, Vilma
Quesada Quesada; 2) Libre de gravámenes hipotecarios
pero soportando reservas y restricciones inscritas al tomo trescientos treinta,
asiento dieciséis mil ochocientos dieciséis, consecutivo cero uno, secuencia
cero novecientos, subsecuencia cero cero uno; en el mejor postor y con la base de diez millones
ciento treinta y ocho mil ochocientos colones, remataré: la finca inscrita en
el Registro Público de la Propiedad, partido de Guanacaste, al Sistema de Folio
Real, matrícula número: ciento sesenta y ocho mil ochocientos dos- cero cero cero, que es terreno para
construir, situada en el distrito primero, Liberia, cantón primero de Liberia,
de la provincia de Guanacaste, con una medida de doscientos cincuenta y tres
metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados; plano G-uno dos cinco nueve
siete cero nueve-dos mil ocho, con linderos: norte, Vilma Quesada Quesada y calle pública; sur, Vilma Quesada Quesada; este, calle pública y oeste, Vilma Quesada Quesada. Para segundo remate, con la rebaja del veinticinco
por ciento (25%) de la base de las fincas, para la finca 1) Ciento sesenta y
ocho mil ochocientos uno- cero cero cero, la suma de seis millones ciento cincuenta y seis mil
quinientos cuarenta colones; para la segunda finca 2) Ciento sesenta y ocho mil
ochocientos dos- cero cero cero,
con la suma de siete millones seiscientos cuatro mil cien colones, se señalan
las ocho horas treinta minutos del veintiocho de agosto del dos mil quince. Si
para el segundo remate no existieren oferentes, para celebrar un tercer remate,
que se iniciará con el veinticinco por ciento (25%) de la base original de las
fincas, 1) Ciento sesenta y ocho mil ochocientos uno- cero cero
cero, la suma de dos millones cincuenta y dos mil
ciento ochenta colones; para la segunda finca 2) Ciento sesenta y ocho mil
ochocientos dos- cero cero cero,
con la suma de dos millones quinientos treinta y cuatro mil setecientos
colones, y en esta el postor deberá depositar la totalidad de la oferta, y al
efecto se señalan las diez horas del dos de octubre del dos mil quince. Si para
el tercer remate no hay postores, los bienes se tendrán por adjudicados al
ejecutante, el veinticinco por ciento (25%) de la base original de la finca. Se
rematan por ordenarse así en expediente Nº 09-100225-0927-CI (359-4-2009)-A,
proceso de ejecución hipotecaria interpuesto por Banco Popular y de Desarrollo
Comunal contra Flory Murillo Quesada y Vilma Quesada
Quesada.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, de setiembre
del 2010.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—(IN2015041618).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre trasladada citas: 0328-00005774-01-0902-001; a las 11:15
horas del 16 de diciembre del 2015, y con la base de doscientos veinticinco mil dólares exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N°
1-00211258-000 la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 03
Sánchez, cantón 18 Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
calle pública con 23 m 50 cm; al sur, Mario Elizondo Solís con 32 m; al este,
La Laguna S. A. con 43 m 67 c y al oeste, Jorge Vargas Marín con 47 m 27 cm.
Mide: mil doscientos veinticuatro metros con treinta y cinco decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las 11:15 horas del 21 de enero
del 2016, con la base de ciento sesenta y ocho mil setecientos cincuenta
dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las 11:15 horas del 04 de febrero del 2016 con la base de
cincuenta y seis mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda Costa Rica S. A.
contra Inversiones Olinka S. A. (consentidor),
Orlando Sotela Alvarado en forma personal y como
representante de la sociedad demandada, expediente N° 15-012154-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro, Primer Circuito Judicial de San José, 23 de
junio del 2015.—Lic. Paula Morales González, Jueza.—(IN2015041627).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las
quince horas y cero minutos del diecisiete de agosto del año dos mil quince, y con la base de quince millones
nueve mil treinta y cinco colones con sesenta y nueve céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
16150-F-000, la cual es filial número 2, terreno para construir con un
apartamento en proceso de construcción. Situada en el distrito 4, Catedral cantón
1, San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, José Gabriel,
Miguel Ángel y María Cristina Morales Calvo; sur, área común; este, apartamento
3; oeste, apartamento 1. Mide: cuarenta y dos metros con cincuenta y nueve
decímetros cuadrados. Valor porcentual: 7.7. Plano: SJ-0696902- 2001. Para el
Segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del uno de setiembre
del año dos mil quince, con la base de once millones doscientos cincuenta y
seis mil setecientos setenta y seis colones con setenta y siete céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan
las quince horas y cero minutos del diecisiete de setiembre del año dos mil
quince con la base de tres millones setecientos cincuenta y dos mil doscientos
cincuenta y ocho colones con noventa y dos céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Aurora Acuña Blanco. Exp.:
15-000824-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 04 de junio del 2015.—Elizabeth
Rodríguez Pereira, Juez.—(IN2015041640).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
Reservas Ley Caminos Citas: 412-02068-01-0002-001; a las ocho horas y treinta
minutos del veintisiete de octubre de dos mil quince, y con la base de dos
millones novecientos treinta mil ochocientos sesenta y seis colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Puntarenas, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y
cuatro mil quinientos sesenta y cuatro cero cero cero la cual es terreno para agricultura con dos casas de
habitación. Situada en el distrito 4-Laurel, cantón 10-Corredores, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con frente de 126,03
metros al sur río Incendio; al este, Roque Díaz Trejos y al oeste, Omar Antonio
Salazar Montiel y Ana Yorleni Caballero Jiménez.
Mide: diez mil cuatrocientos setenta metros con ochenta y nueve decímetros
cuadrados. Plano: P-1126746-2007. Para el Segundo remate se señalan las ocho
horas y treinta minutos del once de noviembre de dos mil quince, con la base de
dos millones ciento noventa y ocho mil ciento cuarenta y nueve colones con
cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera
subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de noviembre
de dos mil quince con la base de setecientos treinta y dos mil setecientos
dieciséis colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del Exp: 15-000129-1201-CJ. Edificio
Tribunales, Primer Piso, Contiguo a las Oficinas del PANI Teléfonos: 2785-8146.
Fax: 2775-2202. Correo electrónico: Jcobrosgol@
Poder-Judicial.go.cr artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Evangelista
Bermúdez Blanco, Evangelista Pérez Rubí contra Dick Banday
Cuandique Cortes. Exp.:
15-000129-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía
y Contravencional de Golfito, 28 de abril del 2015.—Licda. Olga Marta Sandí
Torres, Juez.—(IN2015041641).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
Servidumbre trasladada con las citas 334-04520-01-0900-001; a las nueve horas y
quince minutos del trece de agosto de dos mil quince, y con la base de veinte
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número cuatrocientos ochenta y ocho mil novecientos veintiuno-cero cero cero (488921-000) la cual es terreno para construir con 1
casa. Situada en el distrito San Antonio, cantón Puriscal,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, resto de Guillermo Araya
Montoya; al sur, Alicia Araya Herrera; al este, calle pública y al oeste, resto
de Guillermo Araya Montoya. Mide: doscientos setenta y nueve metros con
diecinueve decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las nueve
horas y quince minutos del veintiocho de agosto de dos mil quince, con la base
de quince millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del
catorce de setiembre de dos mil quince con la base de cinco millones de colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Guillermo Alexis Araya Herrera. Exp.: 14-006561-1158-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Heredia, 10 de junio del 2015.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—(IN2015041673).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y
anotaciones; a las catorce horas y cero minutos del dieciséis de setiembre del
año dos mil quince, y con la base de seis millones seiscientos setenta y un mil
sesenta y cinco colones con treinta y cuatro céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número quinientos noventa y seis mil doscientos
cuarenta y tres cero cero cero
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 3-Daniel Flores,
cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle
pública y Dinorah Valverde López; al sur, Gilberto Camacho Cascante; al este,
María Eugenia Barrantes Retana y Dinorah Valverde López y al oeste, Mario Sáenz
Salas y Rocío Garita Ureña. Mide: doscientos cuarenta y tres metros con ocho
decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las catorce horas y
cero minutos del uno de octubre del año dos mil quince, con la base de cinco
millones tres mil doscientos noventa y nueve colones con un céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las catorce
horas y cero minutos del dieciséis de octubre del año dos mil quince con la
base de un millón seiscientos sesenta y siete mil setecientos sesenta y seis
colones con treinta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Johnny Jorge de Jesús Tellini
Borbón, Marta Jiménez Cerdas. Exp: 15-002825-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, 16 de junio del 2015.—Licda. Eileen
Chaves Mora, Jueza.—(IN2015041677).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y
anotaciones; a las diez horas y cero minutos del veintinueve de julio del año
dos mil quince, y con la base de dos millones setecientos ocho mil cuatrocientos
setenta y ocho colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número ciento once mil quinientos ochenta y dos cero cero cero la cual es terreno de
tacotal. Situada en el distrito 02-Savegre, cantón 06-Aguirre, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública y Desarrolladora Kroaken del Norte S. A.; al sur, Javier Delgado Alvarado y
Quebrada en medio; al este, José Luis Alfaro Retana y Desarrolladora Kraken del Norte S. A. y al oeste, calle pública y Javier
Delgado Alvarado. Mide: quince mil trescientos veintiséis metros con doce
decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las diez horas y cero
minutos del trece de agosto del año dos mil quince, con la base de dos millones
treinta y un mil trescientos cincuenta y ocho colones con cincuenta céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan
las diez horas y cero minutos del veintiocho de agosto del año dos mil quince
con la base de seiscientos setenta y siete mil ciento diecinueve colones con
cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de, Ronald Alberto Aguilera Gutiérrez contra Juan Carlos
Alfaro Delgado. Exp.: 15-002218-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, 30 de abril del 2015.—Licda. Eileen
Chaves Mora, Jueza.—(IN2015041683).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando Serv y Condic
Inscrita bajo las citas de tomo 329 y asiento 928, servidumbre sirviente
inscrita bajo las citas de tomo 338 y asiento 13993, servidumbre dominante inscrita bajo las citas
de tomo 339 y asiento 515, Serv y Condic
inscrita bajo las citas de tomo 347 y asiento 19046, servidumbre trasladada
inscrita bajo las citas de tomo 353 y asiento 14628, servidumbre trasladada
inscrita bajo las citas de tomo 403 y asiento 15261, y condiciones inscrita
bajo las citas de tomo 403 y asiento 15261; a las diez horas y treinta minutos
del veinticuatro de agosto del año dos mil quince, y con la base de ciento ocho
mil trescientos setenta y ocho dólares con once centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
46435-F derechos 001 y 002, la cual es terreno finca filial cinco-veinticuatro
apartamento en proceso de construcción destinado a uso habitacional de una
planta con estacionamiento para un vehículo ubicado en el nivel seis del
edificio cinco. Situada en el distrito 08 San Rafael, cantón 01 Alajuela, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, área común de uso restringido número
veinte; al sur filial cinco-veintitrés; al este, área verde común y al oeste,
filial cinco-veintidós y área común de acceso. Mide: noventa y tres metros con
cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las diez
horas y treinta minutos del ocho de setiembre del año dos mil quince, con la
base de ochenta y un mil doscientos ochenta y tres dólares con cincuenta y ocho
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se
señalan las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de setiembre del año
dos mil quince con la base de veintisiete mil noventa y cuatro dólares con
cincuenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra Juan David Monsalve Ossa y Natalia Zapata Amezquita.
Exp.: 15-014124-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de junio
del 2015.—Licda. Eugenia Vives Luque, Jueza.—(IN2015041691).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre de paso; a las quince horas y treinta minutos (03:30
p.m.) del veintisiete de julio de dos mil quince, y con la base de trece
millones quinientos mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00243855-000 la cual es terreno lote
tres terreno de agricultura. Situada en el distrito 02 Santiago, cantón 02
Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Yorleny
Corrales Zamora; al sur, Yorleny Corrales
Zamora; al este, servidumbre y al oeste,
Importadora Bebitos. Mide: tres mil cientos cincuenta metros con cero
decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las quince horas y
treinta minutos (03:30 p.m.) del once de agosto de dos mil quince, con la base
de diez millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las quince horas
y treinta minutos (03:30 p.m.) del veintiséis de agosto de dos mil quince con
la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria Marco
Aurelio de la Trinidad Cordero Montenegro contra Jorge Luis Corrales Zamora, Yorleny de los Ángeles Corrales Zamora. Exp.:
15-001406-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial de Cartago, 14 de mayo del 2015.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—(IN2015041705).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando Condiciones Ref.: 1895591001, citas: 0281-00009305-01-0901-020,
Prohibiciones Ref.: 1895591001, citas: 0281-00009305-01-0902-012, servidumbre
dominante, citas: 0281-00009305-01-0903-005; a las catorce horas y cero minutos
del diecisiete de noviembre de dos mil
quince, y con la base de ciento diecinueve mil setecientos setenta y nueve
dólares con setenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y seis mil
setecientos setenta y uno cero cero cero la cual es terreno de repastos. Situada en el distrito
Savegre, cantón Aguirre, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, Laura Bernadette Murhpy, lote; al sur, Ana Mayorga Pizarro y calle pública,
lote; al este, R y R de Savegre S. A. lote y al
oeste, servidumbre agrícola y Ronald Black en parte. Mide: cinco mil metros con
cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las
catorce horas y cero minutos del dos de diciembre de dos mil quince, con la
base de ochenta y nueve mil ochocientos treinta y cuatro dólares con setenta y
ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera
subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de diciembre
de dos mil quince con la base de veintinueve mil novecientos cuarenta y cuatro
dólares con noventa y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Katherine Stephanie Sánchez Garita. Exp.:
15-000146-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Puntarenas, 25 de marzo del 2015.—Lic. Douglas Quesada
Zamora, Juez.—(IN2015041728).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las trece
horas y treinta minutos del quince de enero de dos mil dieciséis, y con la base
de diez millones setecientos cincuenta y siete mil quinientos veintinueve
colones con sesenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número cuarenta y ocho mil cuatrocientos tres cero cero cero la cual es terreno con
una casa. Situada en el distrito uno Quepos, cantón
seis Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Ana Zoila Gatgens Maikall; al sur, Orleida Quirós Agüero; al este, calle pública y al oeste, Eloida González Alvarado. Mide: ciento ochenta y tres
metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan
las trece horas y treinta minutos del uno de febrero de dos mil dieciséis, con
la base de ocho millones sesenta y ocho mil ciento cuarenta y siete colones con
veinte céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera
subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciséis de febrero
de dos mil dieciséis con la base de dos millones seiscientos ochenta y nueve
mil trescientos ochenta y dos colones con cuarenta céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Leonel Zamora Quesada, Lidiette
Espinoza Morales. Exp.: 15-000380-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas,
25 de mayo del 2015.—Lic. Carlos Marín Angulo, Juez.—(IN2015041730).
En la
puerta exterior de este Despacho;
soportando hipoteca de primer grado 2012-00085861-01-0003-001 y servidumbre de
aguas pluviales citas 442-15040-01-0008-001; a las nueve horas y treinta
minutos del veintiuno de julio del dos mil quince, y con la base de cuarenta y
cuatro mil cincuenta y tres dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos diez
mil trescientos veintiocho cero cero cero (610.328-000) la cual es terreno de potrero lote uno
con una casa. Situada en el distrito San Antonio, cantón Escazú, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Napoleón Echeverría Alfaroy Lujo Escazuceño S. A.; al
sur, calle publica con 25 mts
y Napoleón Echeverría Alfaro; al este, Napoleón Echeverría Alfaro, y al oeste,
Lujo Escazuceño S. A. Mide: mil ochocientos setenta y
tres metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las nueve horas y treinta minutos del cinco de agosto del dos mil quince, con
la base de treinta y tres mil treinta y nueve dólares con setenta y cinco
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y treinta minutos del veinte de agosto del dos mil
quince, con la base de once mil trece dólares con veinticinco centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
General (Costa Rica) S. A. contra Richard Elías Marcano Mago, exp. N° 14-006053-1158-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Heredia, 29 de junio del año 2015.—Msc. Liseth Delgado Chavarría,
Jueza.—(IN2015041731).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y quince minutos del veintiséis de
octubre del dos mil quince, y con la base de veinticuatro millones veintiún mil
quinientos ochenta y nueve colones con cuatro céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
ciento setenta y nueve mil ochocientos cuarenta y seis cero cero
cero la cual es terreno con una casa y patio. Situada
en el distrito Garita, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Víctor Miranda Avendaño; al sur, Miguel Alfaro Castillo; al este,
Alexis Quesada Herrera, y al oeste, Alexis Quesada Herrera. Mide: cuatrocientos
trece metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las diez horas y quince minutos del diez de noviembre del dos mil
quince, con la base de dieciocho millones dieciséis mil ciento noventa y un
colones con setenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del veinticinco
de noviembre del dos mil quince, con la base de seis millones cinco mil
trescientos noventa y siete colones con veintiséis céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fernando Eugenio Murillo
Chaves contra Jimmy Quesada Delgado, Exp. N°
15-018039-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de junio del año
2015.—Licda. Mayra Trigueros Brenes, Juez.—(IN2015041735).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca de primer grado (Citas:
2009-202068-01-0001-001); a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos (dos
horas y cuarenta y cinco minutos pasado meridiano) del siete de setiembre del
dos mil quince, y con la base de quince millones doscientos setenta y cinco mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número doscientos tres mil ciento ochenta y tres cero cero cero la cual es de
naturaleza: lote 118-f terreno para construir. Situada en el distrito 10 Damas,
cantón 3 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote
119-F; al sur, lote 117-F; al este, calle pública con 9,03 cm, y al oeste, lote
136-F. Mide: ciento sesenta y tres metros con setenta y un decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta y
cinco minutos (dos horas y cuarenta y cinco minutos pasado meridiano) del
veintitrés de setiembre del dos mil quince, con la base de once millones
cuatrocientos cincuenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y cuarenta y cinco minutos (dos horas y cuarenta y cinco
minutos pasado meridiano) del ocho de octubre del dos mil quince, con la base
de tres millones ochocientos dieciocho mil setecientos cincuenta colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Maricel Mora Gamboa contra José Carlos
Rodríguez Alvarado exp. N° 13-010941-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 16 de junio del año 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015041740).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando prevención del exp.
N° 2014-582 Rim y demanda penal citas
2014-00288952-01-0001-001 del exp. N°
12-019911-042-PE del Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de San José; a
las 11:30 horas del 16 de diciembre del 2015, y con la base de trece millones
ochenta y un mil cuatrocientos veinticuatro colones con sesenta y seis
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 1-00080131-004 y 1-00080131-005 la cual es terreno
para construir con dos casas. Situada en el distrito 11 San Sebastián, cantón
01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle con 24m 5cm;
al sur, Carlos Hernández Jaramillo; al este, Gerardo Rodríguez León, y al
oeste, calle con 4m 18cm. Mide: ciento treinta y nueve metros con veintinueve
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las 11: 30 horas del 21
de enero del 2016, con la base de nueve millones ochocientos once mil sesenta y
ocho colones con cuarenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las 11:30 horas del 04 de febrero
del 2016, con la base de tres millones doscientos setenta mil trescientos
cincuenta y seis colones con dieciséis céntimos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fernando León Ortiz contra
Ana Lorena Alfaro Alfaro, Guillermo Emilio Alfaro Alfaro exp. N° 15-010981-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 23 de junio del año 2015.—Licda. Paula Morales
González, Juez.—(IN2015041746).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del dieciocho de
agosto del dos mil quince, y con la base de diecisiete millones veinticinco mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 565925-000 la cual es terreno para construir lote
G 01. Situada en el distrito Purral, cantón
Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote G 02; al sur,
Juegos Infantiles; al este, Carlos Agüero Mora y amaleda,
y al oeste, avenida C pública. Mide: ciento veintisiete metros con ochenta
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero
minutos del tres de setiembre del dos mil quince, con la base de doce millones
setecientos sesenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince
horas y cero minutos del veintiuno de setiembre del dos mil quince, con la base
de cuatro millones doscientos cincuenta y seis mil doscientos cincuenta colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Inversiones Roan Rag Ammg Sociedad Anónima contra Ana María del Carmen Gatgens Gatgens, exp. N° 14-019143-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 23 de
junio del año 2015.—Lic. Greivin Gerardo Fallas
Abarca, Juez.—(IN2015041749).
En la
puerta exterior de este Despacho;
soportando hipoteca en primer grado citas 573-036113-01-0001-001, y servidumbre
trasladada citas 366- 03140-01-0926-001; a las diez horas y cero minutos del
trece de agosto del dos mil quince, y con la base de siete millones trescientos
veintidós mil doscientos diecinueve colones con ochenta y cuatro céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número trescientos cincuenta mil setecientos noventa y nueve cero cero cero la cual es terreno para
construir con 1 casa lote 9B. Situada en el distrito 06 San Francisco de Dos
Ríos, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote
10-B; al sur, lote 8-B; al este, Horacio González Quirós, y al oeste, calle
Nipón con 10,00 m. Mide: ciento cuarenta y dos metros con ocho decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del
veintiocho de agosto de dos mil quince, con la base de cinco millones cuatrocientos
noventa y un mil seiscientos sesenta y cuatro colones con ochenta y ocho
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y cero minutos del catorce de setiembre de dos mil
quince con la base de un millón ochocientos treinta mil quinientos cincuenta y
cuatro colones con noventa y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Roan Rag Ammg Sociedad Anónima contra Jose Martin Zamora Cordero, exp.
N° 14-019907-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de junio del año
2015.—Licda. Audrey Abarca Quirós, Juez.—(IN2015041752).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando, la Finca 1) plazo de convalidación
(rectificación de medida), y la Finca 2) servidumbre trasladada y tres
servidumbre sirvientes, que se dirán; a las trece horas y treinta minutos del
dieciséis de setiembre del año dos mil quince, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca 1) con la base de treinta millones novecientos cuarenta y seis
mil ciento treinta y nueve colones con sesenta y un céntimos, finca inscrita en
el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número doscientos trece mil cuatrocientos cuarenta y
uno derechos cero cero uno y cero cero
dos; la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 3
San Juan, cantón 2 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
Virgilio Retana Chacón; al sur, Brígida Jiménez Muñoz; al este, Virgilio Retana
Chacón, y al oeste, calle pública con 12 m 54 cm. Mide: quinientos cuarenta y
seis metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Finca 2) con la base de
veintisiete millones ochocientos noventa y ocho mil doce colones con cincuenta
y dos céntimos, finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos treinta y ocho mil trescientos noventa y dos la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito 8 Ángeles, cantón 2 San Ramón, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Rogelio Arias Castro; al sur, calle
pública con un frente a ella de 24 metros con 76 centímetros; al este, Ana
Isabel Méndez Castro y José Reyes Arias Matamoros, y al oeste, Rogelio Arias
Castro. Mide: quinientos cuarenta y seis metros con setenta y ocho decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos
del uno de octubre del año dos mil quince, con la base para la finca 1) de
veintitrés millones doscientos nueve mil seiscientos cuatro colones con setenta
y un céntimos y la finca 2) veinte millones novecientos veintitrés mil
quinientos nueve colones con treinta y nueve céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y
treinta minutos del diecinueve de octubre del año dos mil quince con la base
para la finca 1) de siete millones setecientos treinta y seis mil quinientos
treinta y cuatro colones con noventa céntimos y la finca 2) seis millones
novecientos setenta y cuatro mil quinientos tres colones con trece céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Guisella Villalobos Solórzano, José Olivier Villalobos
Jiménez, José Olivier Villalobos Solórzano, María Yamileth Arias Zúñiga. Exp. N° 14-003211-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón,
16 de junio del año 2015.—Lic. José Luis Camareno
Castro, Juez.—(IN2015041771).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las siete horas y cuarenta y cinco minutos (antes
meridiano) del siete de setiembre del dos mil quince, y con la base de
trescientos cuarenta y seis mil ochocientos dólares exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número quinientos setenta y siete mil trescientos ochenta y tres cero
cero cero la cual es de
naturaleza: Terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 6 San
Francisco de Dos Ríos, cantón 1 San José, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Manuel Fernández y Jorge Elizondo; al sur, calle pública con 20 mts; al este, Federico Sobrado, y al oeste, Carlos Eduardo
Romero. Mide: quinientos cuarenta y un metros con cuarenta y cinco decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas y cuarenta y cinco
minutos (antes meridiano) del veintitrés de setiembre del dos mil quince, con
la base de doscientos sesenta mil cien dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y
cuarenta y cinco minutos (antes meridiano) del ocho de octubre de dos mil
quince con la base de ochenta y seis mil setecientos dólares exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fidel
Humberto Alfaro Alfaro contra Panadería San Ter
Sociedad Anónima, exp. N° 13-011950-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 18 de junio del año 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015041792).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, citas:
0301-00009421-01-0903-001; a las trece horas y treinta minutos(1:30pm) del
veinticuatro de julio del dos mil quince, y con la base de siete millones cien
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número 193492-000 la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 04 Colorado, cantón 07 Abangares, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Grupo M L Melvi
S. A.; al sur, calle pública con 14 metros; al este, Grupo M L Melvi S. A., y al oeste, Cerro Humo S. A. Mide: seiscientos
treinta y dos metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las trece horas y treinta minutos(1:30pm) del diez de agosto del dos
mil quince, con la base de cinco millones trescientos veinticinco mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las trece horas y treinta minutos(1:30pm) del veinticinco de agosto del dos mil
quince, con la base de un millón setecientos setenta y cinco mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Luis Eduardo Orias Valencia, exp. N°
15-000864-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial de Cartago, 11 de mayo del año 2015.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—(IN2015041804).
En La
puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo citas
0397-11732-01-0900-001, servidumbre bajo citas 0397-11732-01-0901-001 y
limitaciones de leyes bajo citas 2009-45416-01-0001-001; a las diez horas y
treinta minutos del veintitrés de julio del dos mil quince, y con La base de
doce millones ciento noventa mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, sección
de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cincuenta y
cuatro mil doscientos setenta y ocho cero cero cero, plano L-0018730-1991, La cual es terreno para
construir con una casa Nº 2-070. Situada en el distrito Limón, cantón Limón, de
La provincia de Limón. Colinda: al norte, INVU; al sur, acera mojarra; al este
INVU y al oeste INVU. Mide: trescientos treinta y tres metros con sesenta y
nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y
treinta minutos del siete de agosto del dos mil quince, con La base de nueve
millones ciento cuarenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para La tercera subasta se señalan las diez horas y
treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil quince, con La base de
tres millones cuarenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco
por ciento de La base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en La almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a La restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Noemy
Isabel Galeano Ledezma, Raquel María Quirós Galeano. Exp.
Nº 14-001969-1208-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de La Zona Atlántica, 2
de marzo del 2015.—Mario García Araya, Juez.—(IN201541809).
En La
puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando obligaciones citas
305-8296-01-0901-001 y demanda ordinaria citas 800-184892-01-0001-001; a las
once horas y cero minutos del diecisiete de agosto del dos mil quince, y con La
base de noventa y dos millones quinientos mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Cartago, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
94.958-000 La cual es terreno construir. Situada en el distrito 01 Oriental,
cantón 01 Cartago, de La provincia de Cartago. Colinda: al norte, Carlos Luis
Acevedo Guzmán y otros; al sur, Carolina Brenes Arozco
y otros; al este, German Hernández Aguilar y otros y al oeste calle 4 con
12.77. Mide: cuatrocientos treinta y ocho metros con dieciocho decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del
dos de setiembre del dos mil quince, con la base de sesenta y nueve millones
trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para La tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del
dieciocho de setiembre del dos mil quince, con La base de veintitrés millones
ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de La base
inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate
y estos aporten La suma correspondiente en moneda diferente a la indicada en el
presente edicto, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el
correspondiente al día en que se realice La almoneda, según lo establezca el
Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Blanca Rosa Jiménez Romero,
Inversiones Karco Dental Sociedad Anónima, representado
por Keyven Rodríguez Jiménez y a este en su condición
personal. Exp. Nº 14-008059-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 26 de mayo del 2015.—Lic. Allan
Barquero Duran, Juez.—(IN2015041831).
En La
puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones, servidumbre trasladada
y demanda ordinaria; a las trece horas y treinta minutos del veinticinco de
setiembre del dos mil quince, y con La base de diez millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Limón, sección de propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número cincuenta y cinco mil quinientos treinta y siete
cero cero cero La cual es
terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón
02 Pococí, de La provincia de Limón. Colinda: al
norte, calle pública; al sur, Ricardo Quesada Pleites;
al este, Ricardo Quesada Pleites y al oeste calle
pública. Mide: Ciento setenta y nueve metros con noventa y siete decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos
del trece de octubre del dos mil quince, con La base de siete millones
quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para
La tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiocho
de octubre del dos mil quince, con La base de dos millones quinientos mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de La base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en La almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a La restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Inmobiliaria Zúñiga Arias S. A., contra Gregorio
Alfredo Solano Solano. Exp.
Nº 15-000404-1209-CJ.—Juzgado, de Cobro y Menor
Cuantía de Pococí, 24 de junio del 2015.—Licda.
Isabel Castillo Navarro, Jueza.—(IN2015041854).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reserva de Ley de Aguas y Ley
de Caminos Públicos, bajo las citas tomo: 437, asiento: 5079, a las nueve horas
y cero minutos del diecisiete de julio del dos mil quince, y con la base de
catorce mil novecientos un dólares con sesenta y cinco centavos, en el mejor
postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido
de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, número
matrícula número trescientos dieciséis mil trescientos ochenta y tres cero cero cero, la cual es terreno
para vivienda lote 38 en vivero. Situada: en el distrito (04) Coyolar, cantón
(09) Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, lote 53; al sur, calle pública; al este, lote 39, y al oeste, lote
37. Mide: ochocientos metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las
nueve horas y cero minutos del tres de agosto del dos mil quince, con la base
de once mil ciento setenta y seis dólares con veinticuatro centavos (rebajada
en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve
horas y cero minutos del dieciocho de agosto del dos mil quince, con la base de
tres mil setecientos veinticinco dólares con cuarenta y un centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Mauricio Gerardo Gutiérrez Monge contra Inversiones Alvarado MMVII Jaconiana S. A. Expediente N° 13-002068-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago,
18 de mayo del 2015.—Licda. María Gabriela Solano Molina, Jueza.—(IN2015042324).
Se convoca todos los interesados en la sucesión
de Danilo Solís Guzmán, quién en vida fue mayor, costarricense, soltero,
guarda, cédula de
identidad número dos-cuatrocientos cuarenta y cinco-ciento cuarenta y cuatro,
vecino de Pocares de Parrita, Parrita, Puntarenas,
fallecido el día nueve de abril del año dos mil seis a la junta de herederos,
en la cual se conocerá el inventario, avalúo, se nombrará el albacea
propietario, suplente y los demás extremos que indica el artículo 926 del
Código Procesal Civil, la cual se verificará en este despacho a la una y media
de la tarde del veintinueve de julio del año dos mil quince. Exp. N° 06-100051-425-2-CI, Sucesorio de Danilo Solís
Guzmán, en la cual figura como Albacea la señora Dora Guzmán Méndez.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, 14 de mayo del 2015.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—1
vez.—(IN2015041274).
Se hace saber: que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 13-100125-0197-CI donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Juana Aguilar Azofeifa, quien es mayor, casada una vez, vecina de Corralar de Tabarcia de Mora de
San José, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número
uno-tres cuatro cinco-tres tres cero, ama de casa, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público una Propiedad, cuyo terreno que se describe
así: finca cuya naturaleza es de terreno para construir. Situada en el distrito
Tabarcia, cantón Mora, de la provincia de San José.
La finca por inscribir perteneciente a la provincia de San José descrita en el
plano N° SJ-1755148-2014 con una medida de mil ochocientos treinta y seis
metros cuadrados y que colinda por el rumbo norte, con calle pública y Rafaela
Clemencia Anchía Álvarez; al sur y oeste, Juana
Aguilar Azofeifa; al este, con Rafaela Clemencia Anchía Álvarez; tal como lo indican el plano catastrado N°
SJ-1755148-2014. Indica la promovente que sobre los
inmuebles a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de doce millones
ochocientos cincuenta y dos mil colones, y las presentes diligencias en la suma
de cinco millones quinientos ocho mil colones. Que adquirió dicho inmueble por
donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de sesenta años. Que no
existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza del
monte, arreglo de cercas y siembra de árboles frutales. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según lo certifica la abogada notaria Viria Picado
Rodríguez. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Juana Aguilar Azofeifa.
Expediente N° 13-100125-0197-CI.—Juzgado Agrario
del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 02 de junio del
2015.—Lic. Juan Carlos Castillo López, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015039438).
Se hace
saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000043-0391-AG
donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Jaime
Francisco Angulo Leal, mayor, casado una vez, portador de la cédula de
identidad número cinco-doscientos veinticinco-ochocientos noventa y dos, vecino
de Cartagena de Santa Cruz, Guanacaste, de la Guardia Rural cuatrocientos
metros al oeste, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de
la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es para
construir dedicado a la siembra de árboles frutales. Situada en el distrito
quinto Cartagena, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, José Enrique Angulo Leal; al sur, calle pública con un
frente a ella de trece metros con sesenta y tres centímetros lineales; al este,
Vilma Victoria y Francisco, ambos Angulo Leal, y servidumbre de paso no
constituida y al oeste, Ginette Marchena Mejía. Mide:
doscientos ochenta y dos metros cuadrados, tal como lo indica el plano
catastrado N° G-1679761-2013. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de tres millones de colones cada una. Que adquirió dicho
inmueble por donación escrita , y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a
título de dueño por más de treinta años. Que no existen condueños. Que los
actos de posesión han consistido en darle mantenimiento a las cercas, chapeas
periódicas, limpieza en general del lote, siembra de árboles frutales, maíz y
frijoles. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.
Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información
Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por Jaime Francisco Angulo
Leal. Expediente N° 14-000043-0391-AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 12 de
enero del 2015.—Lic. José Wálter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039442).
Se hace
saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000223-0391-AG
donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de
Inversiones Esquivel & Sánchez Veinticinco S. A., cédula jurídica N°
3-101-461586 representada por Félix Esquivel Badilla quien es mayor, casado una
vez, pensionado, cédula N° 2-249-187, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya
naturaleza es potrero con un corral. Situada en Bolsón, distrito segundo
Bolsón, cantón tercero Santa Cruz, provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
con calle pública con un frente de doscientos noventa metros veinte centímetros
lineales; sur, Francisco Rodríguez Guevara; este, Dagoberto Ruiz Ruiz, Wady Matarrita
Sánchez y Trinidad Díaz Díaz y oeste, Rosales y López
S. A. Mide: treinta y ocho mil setecientos treinta y cinco metros cuadrados,
tal como lo indica el plano catastrado N° G-1672804-13. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la
tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el
inmueble en la suma de tres millones ochocientos setenta y cinco mil quinientos
colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a
título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos
de posesión han consistido en cuido, limpieza, reparación y mantenimiento de
cerdas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos
los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Félix Esquivel
Badilla. Expediente N° 14-000223-0391-AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 11 de
junio de 2015.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero,
Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039446).
Rodyara Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica N° 3-101-101300, con
domicilio social en San José, Tibás, de Neón Nieto 300 metros al sur,
representada por su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma, sea el señor José Joaquín Rodríguez Mora, mayor, casado una
vez, agricultor, cédula N° 4-0087-0237, promueve diligencia de información
posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, un
inmueble que se describe así: terreno de potrero, cultivos y montaña. Ubicado
en: Guápiles, distrito primero Guápiles, del cantón segundo Pococí
de la provincia de Limón. Mide: nueve hectáreas seis mil ciento cuarenta y
nueve metros cuadrados. Linda: al norte, calle pública con un frente a ella de
trescientos sesenta y cinco metros con setenta y siete centímetros lineales y
quebrada sin nombre; al sur, Rodyara Sociedad
Anónima; al este, José Antonio Mayorga Mayorga, José
Alberto Castillo Rojas y Río Costa Rica y al oeste, Rodyara
Sociedad Anónima. Graficado en el plano catastrado número L-un millón
setecientos cincuenta y tres mil trescientos ochenta y siete-dos mil catorce.
Inmueble que fue adquirido mediante ocupación originaria. Fue estimado en la
suma de catorce millones de colones y las diligencias en catorce millones de
colones. Dicho inmueble no tiene cargas reales que pesen sobre el mismo, no
posee condueños y con las presentes diligencias no se pretende evadir las
consecuencias de un proceso sucesorio. Por medio de este edicto se llama a
todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes,
contado a partir de su publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de
sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Expediente
N° 14-000290-0507-AG, número interno 335-1-14.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 11 de
junio del 2015.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015039447).
Se hace
saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-000027-0993-AG,
donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Juan
Rodríguez Bolaños, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Bajo
Rodríguez de Ángeles de San Ramón, portador de la cédula de identidad vigente
que exhibe número 2-170-977, profesión agricultor, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad el terreno que se describe
así: Finca cuya naturaleza es cultivos varios y pastos. Situada en el distrito
08 Ángeles, cantón 02 San Ramón de la provincia de Alajuela. Colinda: Al norte:
Calle pública con 6 metros lineales, Elio Rodríguez Bolaños y Henry Rodríguez
Villalobos; al sur: Mireya González Rodríguez, Jorge Eladio Rodríguez Rodríguez y Didier Rojas Argüello; al este: Mireya González
Rodríguez, Elio Rodríguez Bolaños, Henry Rodríguez Villalobos y calle pública con
un frente de 93.16 metros lineales y al oeste: Juan Rodríguez Bolaños. Mide:
19317 metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-1779381-2014.
Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma
de ocho millones de colones cada una. Que no existen condueños. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros
inmuebles según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de información posesoria a efecto de
que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se
apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria promovida por Juan Rodríguez Bolaños. Expediente: 15-000027-0993-AG.—Juzgado Agrario del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela, San Ramón, 11 de junio del 2015.—Lic. Carlos Eduardo González Mora, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015039464).
Se hace
saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 15-000031-0699-AG,
donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Erenia Mayela Calderón
Chinchilla, quien es mayor, estado civil divorciada una vez, vecina de San
Carlos de Tarrazú, San José, portadora de la cédula
de identidad vigente que exhibe número 9-089-9514, profesión oficios
domésticos, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno
actualmente sembrado de café y hortaliza. Situada en el distrito tercero de San
Carlos, cantón quinto de Tarrazú de la provincia de
San José. Colinda: Al norte: Quebrada la Cangreja, en medio de Víctor Cruz
Moreno; al sur: Servidumbre agrícola compartida en medio de Merlin
Castillo Camacho; al este: Víctor Cruz Moreno y al oeste: Merlin
Castillo Camacho, en parte con Quebrada La Cangreja en medio y en parte si
quebrada en medio. Mide: Ocho mil novecientos setenta y siete metros cuadrados,
tal como lo indica el plano catastrado número SJ-1614684-2012. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir si pesan
cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la
tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el
inmueble como las presentes diligencias en la suma de tres millones de colones
cada una. Que adquirió dicho inmueble por Compra-venta al señor Gerardo Garro
Rivera en el año 2012, quien traspasó más de 10 años de posesión y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de
buena fe y a título de dueño. Que no existen condueños. Que los actos de
posesión han consistido en construcción y mantenimiento de cercas, siembra en
todo el terreno con una plantación de café y una área dedicada a la siembre de
hortalizas, hueque y siembra de plantas de almácigo
de cosechas, abono herbecida, nematicidas, curaciones
del suele, en fin todas la actividades propias de una plantación de café. Que
no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros
inmuebles según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de información posesoria a efecto de
que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria promovida por Erenia Mayela Calderón Chinchilla. Expediente: 15-000031-0699-AG.—Juzgado Agrario de Cartago, 29 de mayo del
2015.—Licda. María Rosa Castro García, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015039465).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Álvaro Gerardo Chavarría Montero,
mayor, soltero, agricultor, nacionalidad costarricense, con documento de
identidad N° 2-0254-0715 y vecino de Alajuela, Guatuso, San Rafael. Se cita a
los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
14-000050-1143-AG.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Upala,
16 de junio del 2015.—Lic. Eunice Villalobos Jiménez, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015039443).
Se hace saber: que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Marta
Eugenia Zúñiga Zúñiga, mayor, casada una vez, con
documento de identidad N° 01-0259-0503 y vecina de Concepción de La Unión. Se
cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente N° 15-000191-0640-CI.—Juzgado Civil de
Cartago, 22 de mayo del 2015.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1
vez.—(IN2015039451).
Se hace saber que en este
despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Miguel Ángel
de Jesús Sosa Parajeles, mayor, agricultor, viudo,
cédula de identidad 6-027-322, vecino de Cuatro Millas de Matina.
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se
apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N°
15-000051-0465-AG.—Juzgado Agrario del Primer
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 17 de junio del 2015.—Lic. Javier
Villalón Ruiz, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039466).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien
en vida se llamó German Solís Garita, mayor, casado, con documento de identidad
número 3-193-010 y vecino de Cartago. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a
hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella
pasará a quien corresponda. Expediente N° 15-000141-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 20 de mayo del 2015.—Dr. Mauricio Vega
Camacho, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039476).
Se hace saber: Que en este
despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Noemy Elizabeth Chaverri Fuentes,
mayor, soltera, ama de casa, con documento de identidad número 7-0034-0642 y
vecina de Paraíso, Cartago. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y
en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien
corresponda. Expediente N° 15-000167-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 9 de junio del 2015.—Dr. Mauricio Vega Camacho,
Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039478).
Se cita y emplaza a todos
los herederos y demás interesados en la sucesión de Carmen María Barquero
Vargas, quien fue mayor, casada una vez, portadora de la cédula de identidad
número 1-0777-0387, vecina de La Unión, San Diego; para que dentro del término
de treinta días contados a partir de la publicación de éste edicto se apersonen
en autos a hacer valer sus derechos apercibiéndose a quienes crean tener la
calidad de beneficiarios o herederos que si no se presentan dentro del citado
término la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N°
13-000037-0640-CI, promueve Mónica María Calvo Barquero.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 4 de junio de 2015.—MSc. María de Los Ángeles Solano Gamboa, Jueza.—1
vez.—(IN2015039483).
Por una
sola vez se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en
vida se llamó Iván Raúl Rodríguez Mayo, mayor, fallecido, quien en vida fue
portador del pasaporte número Z-siete siete cero dos nueve ocho, de
nacionalidad Guatemalteca, fallecido en Guatemala, el veintiséis de mayo del
dos mil cinco, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos bajo
apercibimiento de que si no lo hacen dentro del término indicado la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2015, sucesivo notarial de Iván
Raúl Rodríguez Mayo. Lic. Jimmy Monge Sandí, San José, los Yoses,
del Restaurante KFC, cien metros al este y setenta y cinco metros al sur,
frente al edificio Esqui-vol, edificio A-uno, Monge
& Hernández
Consultores.―Diecinueve de mayo del dos mil quince.—Lic. Jimmy Monge
Sandí, Notario.—1 vez.—(IN2015041414).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión de quien en vida fue Manuel Cartín
Thompson, mayor, casado una vez, empresario, vecino de San José, Curridabat,
cédula nueve-cero treinta y uno-doscientos treinta y siete, para que en un
plazo de treinta días contados a partir
de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos
con el apercibimiento a aquellos que crean tener calidad de herederos que si no
se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente: cero cero uno-dos mil quince, notaría del
Lic. Allan Valverde Vargas, ubicada en San José, Barrio Francisco Peralta, casa
número ochocientos treinta y siete.—Lic. Allan
Valverde Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2015041422).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quién en vida
fue Rodrigo Jiménez Monge, mayor, viudo, pensionado, vecino de San José,
Curridabat, cédula uno-trescientos cincuenta y siete-seiscientos cincuenta y
dos, para que en un plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a
aquellos que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de
dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: cero cero dos-dos mil quince, notaría del Lic. Allan Valverde
Vargas, ubicada en San José, Barrio Francisco Peralta, casa número ochocientos
treinta y siete.—Lic. Allan Valverde Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2015041423).
Se cita y se emplaza a todos
los interesados a la sucesión notarial de quien en vida fue la señora Giselle Mayela Vega Rodríguez, mayor, soltera, psicóloga, vecina de
Escazú, cédula de identidad numero dos-cero trescientos sesenta y nueve-cero
doscientos treinta, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir
de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer
sus derechos de calidad de herederos. Expediente: 02-2015. Notaría del bufete
de la Licda. Alejandra Castro Peck.—Licda.
Alejandra Castro Peck, Notaria.—1
vez.—(IN2015041441).
Se convoca a todos los herederos , interesados, acreedores, legatarios y
aquellos que crean tener derechos en la sucesión de Sulay
Montoya Guerrero, quien en vida fuera mayor, soltera, ama de casa, cédula
dos-ciento noventa y cinco-ciento diecisiete, vecina de Esparza, Puntarenas,
para que comparezcan a mi notaría, cita en Santa Rosa de Pocosol,
San Carlos, Alajuela, cincuenta metros al oeste del parque, en el plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto a fin de que
hagan valer sus derechos bajo el apercibimiento que si no lo hacen la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2015. Notaría del Licenciado
Rodrigo Rojas Brenes.—Lic. Rodrigo Rojas Brenes,
Notario.—1 vez.—(IN2015041552).
Se cita
y emplaza a todos los interesados en la sucesión legítima de Carmen María
Méndez Villarreal, quien fue mayor, casada una vez, pensionada, vecina de
Puntarenas, Chacarita, Barrio Veinte de Noviembre,
cincuenta metros este del Centro de Nutrición, con cédula seis-cero ciento
setenta y tres-cero novecientos setenta y dos, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a
reclamar sus derechos. Se apercibe a quienes crean tener calidad de herederos a
que se presenten dentro de dicho plazo pasado el cual sin haberse presentado la
herencia pasará a quien legalmente corresponda. Expediente número 001-2015.
Notaría del Lic. Édgar Díaz Sánchez, sita en San José, Barrio González Lahmann, de Casa Matute, cien metros al sur, ciento
cincuenta al este, casa número dos mil trescientos veinte.—San
José, veintisiete de junio del dos mil quince.—Lic. Édgar Díaz Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2015041557).
Se cita
y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó
Alfonso Enrique Morales Delgado, mayor, soltero, con cédula de identidad
1-577-036, vecino de San José. Para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante esta
notaría en defensa de sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad
de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a
quien corresponda. Expediente: 02-2015. Notaría de la Licenciada María Verónica
Méndez Reyes, ubicada en San José, San Francisco de Dos Ríos, frente a la
Escuela República Dominicana, Centro Comercial Decacentro,
oficina diez. Teléfonos 8822-5474, 2286-0035, fax 2227-5525.—Licda.
María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1
vez.—(IN2015041565).
Se cita
y emplaza a todos los interesados en la sucesión de José Gerardo Valverde
Fernández, portador de la cédula de identidad número uno-cuatrocientos
cinco-mil sesenta y uno, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y
se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan
dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N°
001-2015. Notaría del Bufete Tacsan Sánchez &
Asociados. Lic. Paúl Tacsan Tacsan,
carné número 16885, sita en avenida 10, Barrio Luján, de casa Matute Gómez,
cien metros al sur, setenta y cinco metros al oeste, mano izquierda, local B,
fax 2233-09-61.—Lic. Paúl Tacsan
Tacsan, Notario.—1
vez.—(IN2015041603).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito de la menor Isairis Nayelis
Bostic, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se
contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado.—Expediente N°13-000885-0924-FA. Clase de asunto depósito
judicial.—Juzgado de Familia del II Circuito
Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 11 de junio del 2015.—Lic. Sandra
Saborío Artavia, Jueza.—Exonerado.—(IN2015039027). 3 v. 3.
Se hace
saber: que ante este Despacho se tramita proceso de declaratoria de ausencia
promovido por Ingrid Córdoba González quién es mayor, soltera, psicóloga,
vecina de Alajuelita, cédula de identidad
7-0144-0880, encaminado a solicitar la ausencia de Ángel Mardey García de único apellido en razón de su
nacionalidad, quien es mayor, soltero, comerciante, de domicilio ignorado, de
nacionalidad estadounidense, pasaporte número 426105418. Se emplaza a los
interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de tres meses
contados a partir de la última publicación de este edicto se apersonen al
proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de
omisión. Expediente 2014-10072-0216-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de
Hatillo, Alajuelita y San Sebastián.—Msc. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—(IN2014081131). 3
v. 2 Alt.
El
Juzgado de Familia de Puntarenas, hace saber que en declaratoria judicial de
estado de abandono de personas menores de edad y depósito judicial promovido
por Patronato Nacional de la Infancia contra Ericka
Vanessa Abarca Jiménez, que se tramita en este despacho, bajo la sumaria número
14-000720-1146-FA, se encuentra la sentencia número 407-2015, de las trece
horas veinte minutos del dos de junio de dos mil quince que literalmente dice:
Resultando... Considerando... Por tanto: De acuerdo a lo expuesto, y artículos
51 y 55 de la Constitución Política; 5, 13, 30, 32 y 34 del Código de la Niñez
y la Adolescencia; 1, 2, 5, 8, 115 y siguientes y 140 y siguientes del Código
de Familia, se declara con lugar la demanda especial de declaratoria judicial
de abandono de personas menores de edad y depósito de menores de edad
establecida por el Patronato Nacional de la Infancia contra Ericka
Vanessa Abarca Jiménez, declarando en esta vía judicial el estado de abandono
de las menores de edad Jesús Adrián, Hillary Patricia y Mario José, todos
Abarca Jiménez, con la consecuente pérdida de los derechos de la
responsabilidad parental que de ellos ostentaba la aquí demandada. Se ordena el
depósito judicial de los menores de edad en los señores Roberto Jiménez Jiménez y Catalina Hernández Rojas. Anótese el fallo en el
asiento de inscripción de cada uno de los menores de edad en el Registro Civil,
así: a) Jesús Adrián Abarca Jiménez, en el libro de nacimientos de la provincia
de San José al tomo setecientos ochenta y cinco, folio doscientos setenta y
nueve, asiento quinientos cincuenta y siete; b) Hillary Patricia Abarca Jiménez
en el libro de nacimientos de la provincia de San José al tomo dos mil ocho,
folio ciento noventa y cuatro, asiento trescientos ochenta y ocho y c) Mario José
Abarca Jiménez en el libro de nacimientos de la provincia de San José al tomo
dos mil ciento cincuenta y siete, folio doscientos veintiocho, asiento
cuatrocientos cincuenta y seis. Se falla este asunto sin condena en costas para
la demandada. Publíquese un extracto del fallo en el Boletín Judicial.
Hágase saber.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Alberto
Jiménez Mata, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039452).
Juzgado
Primero de Familia de San José, a Fabio Nelson García Parra, de nacionalidad
colombiano, documento de identidad número RN-17466131, en su carácter personal,
quien es mayor, casado, de paradero desconocido, se le hace saber que en
demanda nulidad matrimonio establecida por Procuraduría General de la República
contra Wendy de los Ángeles Ramírez Durán y otro, se ordena notificarle por
edicto la solicitud planteada por la entidad actora, referida a que se declare
la nulidad del matrimonio celebrado entre las partes por haberse configurado un
vicio en el consentimiento de unos de los contrayentes y para que se refiera a
ella le fue otorgado el plazo de diez días dentro del cual podrá contestar
negativamente, expresando sus razones, aceptar los hechos, ofrecer prueba,
presentar excepciones y señalar medio para recibir notificaciones. Expediente:
14-000914-0186-FA. Nulidad de matrimonio de la Procuraduría General de la
República contra Fabio Nelson García Parra y Wendy de los Ángeles Ramírez Durán.—Juzgado Primero de Familia de San José.—Licda.
Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015039453).
Se
comunica a todo quien tenga interés que en este despacho bajo el expediente
número 14-000995-0292-FA, la señora Marisol de María Madrigal Castillo,
solicita se apruebe la adopción individual del joven Jilder
José Ramírez Rodríguez. Se concede a los interesados el plazo de cinco días
para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su
disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamentan la misma.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de junio del 2015.—Msc. Patricia Vega Jenkins, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015039454).
Licda.
Valeria Arce Ihabadjen, Jueza del Juzgado Primero de
Familia de San José; hace saber a Ingrid Herrera Izquierdo, documento de
identidad 0000646019, cubana, vecina de domicilio desconocido, que en este
despacho se interpuso un proceso abreviado de nulidad matrimonio en su contra
bajo el expediente número 14-001429-0186-FA con el cual solicitan se declare:
1). La inexistencia del matrimonio celebrado entre Joaquín Iván Villalobos
Esquivel e Ingrid Herrera Izquierdo, 2). Que al no haberse producido el
matrimonio entre las partes se anule la cita de inscripción número
1-0483-235-0470, 3). Que se proceda a anular cualquier trámite de
naturalización que presente a futuro la señora Ingrid Herrera Izquierdo. Lo
anterior se ordena así en proceso abreviado nulidad matrimonio de Procuraduría
General de la República contra Ingrid Herrera Izquierdo, Joaquín Iván
Villalobos Esquivel. Expediente N° 14-001429-0186-FA.—Juzgado
Primero de Familia de San José, 12 de junio del 2015.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015039455).
Licda.
Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, hace saber a
Jeannette Fernández Hidalgo, de calidades y vecindario desconocidos, que en
este despacho se ha dictado la sentencia que literalmente dice: Juzgado de
Familia de Cartago, a las once horas y veintiséis minutos del veinticinco de
mayo del dos mil quince. Proceso abreviado de suspensión patria potestad establecido por el Lic. Rodolfo Jiménez Arias en su
condición de apoderado general judicial y administrativo del Patronato Nacional
de la Infancia contra Jeannette Fernández Hidalgo, mayor, cédula número
0108690892, representada por el curador procesal Lic. Fabio Arias Córdoba.
Resultando 1. 2. 3. Considerando I. Hechos probados: II. Hecho no probado: II.
Análisis de fondo: Por tanto razones dadas, Código de Familia se declara con
lugar este proceso abreviado de suspensión de patria potestad con fundamento en
los incisos 3 y 6 del artículo 159 del Código de Familia, no se demostró el
inciso 1 de ese cuerpo legal. Al efecto se suspende a la señora Jeannette
Fernández Hidalgo en el ejercicio de la patria potestad que ostenta con
respecto a Hazel María Hernández Fernández por el
término de dos años contados a partir de la firmeza de este fallo. En este
tiempo deberá la accionada gestar cambios que le permitan en un futuro reasumir
a su hija, se entenderá suspendida la patria potestad hasta tanto no exista
sentencia en proceso de rehabilitación que le confiera nuevamente la patria
potestad a la madre. Se confiere el depósito de la menor de edad a su tía Anabelle Fernández quien deberá comparecer a este Juzgado
dentro de los ocho días siguientes a la firmeza del fallo para aceptar el cargo
que aquí se le confiere. Se resuelve sin especial condenatoria en costas.
Notifíquese. Expediente: 14-0023760338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Patricia
Cordero García, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015039458).
Juzgado
Civil de Trabajo y Familia de Puriscal, hace saber
que en diligencias de Insania, expediente N° 14-400225-0197-FA promovido por
Gabriela Esquivel Mena, se ha dictado la resolución que en su parte dispositiva
dice: “Por tanto: de conformidad con lo expuesto, artículos 847 y siguientes
del Código Procesal Civil, 466 del Código Civil, 43 de la Ley Orgánica del
Tribunal Supremo de Elección y del Registro Civil, 230 y siguientes del Código
de Familia, el presente proceso de actividad judicial no contenciosa, incoado
por Gabriela Esquivel Mena, se falla de la siguiente forma: 1) Se declara el
estado de insania a la joven Dunia Yahaira Mora Esquivel, cédula de identidad número uno-mil
doscientos treinta y siete-ciento siete. 2) Firme esta sentencia, la ejecutoria
deberá inscribirse en el Registro Público, Sección de Personas y Sección de
Propiedad, así como en el Registro Civil al tomo mil doscientos treinta y
siete, folio cincuenta y cuatro, asiento ciento siete, Sección de Nacimientos,
Provincia de San José. 3) Se nombra como curador de la incapaz, a Gabriela
Esquivel Mena, cédula de identidad número uno-setecientos cuarenta y
tres-ciento ocho, a quien se le previene comparecer a aceptar y jurar el cargo
dentro de tercer día; o a exponer el motivo de excusa que tuviere. 4). Se le
releva a la curadora de la obligación de presentar inventario y avalúo de todos
los bienes del incapaz, incluyen cualquier pensión que tuviere. 5) Con el fin
de que el curador represente a la incapaz, en los asuntos judiciales en los que
ésta se halle interesado, se le dará certificación de esta sentencia. 6) Si en
el futuro la insana adquiere bienes, deberá de realizarse inventario de tales
bienes y se le ordenará que garantice las resultas de su administración. 7) La
garantía se puede rendir mediante depósito en dinero efectivo, hipoteca, póliza
de fidelidad del Instituto Nacional de Seguros o bonos del Estado, sus
instituciones, apreciados estos últimos en su valor comercial, según
certificación de un corredor jurado. 8) El cargo de curador lleva implícito el
deber de representarla legalmente y administrar sus bienes. Igualmente, es
obligación de la curadora cuidar que la incapaz adquiera o recobre su capacidad
mental. 9) Las costas de este trámite son a cargo del patrimonio del inhábil.
10) Publíquese la sentencia en el Boletín Judicial. Notifíquese.—Juzgado Civil de Trabajo y Familia de Puriscal, 10 de junio del 2015.—Licda. Alejandra Ortega
Padilla, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039459).
Licda.
Laura Trejos Ramírez, Jueza del Juzgado de Familia de Hatillo hace saber que en
Proceso no Contencioso de Insania N° 2014-400257-0216-FA, promovido por Rodolfo
Mora Mora, cédula 1-1087-0647 a favor de su madre
Mercedes Matritza Mora Díaz, cédula de identidad
1-0521-0022, se dictó la sentencia N° 187-2015, que en lo que interesa dice:
“Juzgado Civil, Trabajo y de Familia de Hatillo, a las once horas quince
minutos del siete de abril del dos mil quince. Resultando.... Considerando
único.... Por tanto: De acuerdo a lo expresado, y artículos 230 y siguientes del
Código de Familia y 99, 134, 155, 796 y 824 y siguientes del Código Procesal
Civil, se declara el estado de insania de Mercedes Matritza
Mora Díaz y se designa como su curadora definitiva a su hijo Rodolfo Mora Mora. Los gastos del procedimiento a cargo del patrimonio
de la insana. Hágase saber. Msc. Diamantina Romero
Cruz, Jueza de Familia”.―Juzgado de Familia de Hatillo, 17 de
junio del 2015.—Licda. Laura Trejos Ramírez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039460).
Se
avisa al señor Josevel Sánchez Ortiz, mayor,
nicaragüense, únicos datos conocidos, que en este juzgado se tramita el
expediente N° 15-000085-1302-FA, correspondiente a diligencias de depósito
judicial de menor, promovidas por el Lic. Ernesto Romero Obando, representante
legal del Patronato Nacional de la Infancia de esta ciudad, donde se solicita
que se apruebe el depósito de los menores Yeinier
José y José Francisco ambos de apellidos Sánchez Briones. Se le concede el
plazo de tres días para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 15 de
junio del 2015.—Yuliana Andrea Ugalde Zumbado,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039471).
Alberto
Jiménez Mata, Juez del Juzgado de Familia de Puntarenas, hace saber que en
proceso abreviado de pérdida de la responsabilidad parental y solicitud de
depósito judicial promovido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Rosibel Fonseca Cortés y Dennis Carranza González, que se
tramita en este despacho bajo la sumaria número 15-000368-1146-FA, se encuentra
la resolución que literalmente dice: Se tiene por establecido el presente
proceso abreviado de pérdida de la responsabilidad parental y solicitud de depósito
judicial establecido por Patronato Nacional de la Infancia, se confiere
traslado por el plazo de diez días a la parte demandada Rosibel
Fonseca Cortés y Dennis Carranza González, representada por su curadora
procesal, la Licda. Yorleny Carvajal Hernández, de
quien se tiene por acepado el cargo (visible a folio 29), para que lo conteste
por escrito, bajo el apercibimiento de que si no lo hace en tiempo y forma se
tendrá por contestada afirmativamente en cuanto a los hechos que le sirven de
fundamento. En cuanto a estos los contestará uno por uno y manifestará en forma
categórica si los reconoce como ciertos, si los rechaza por inexactos o bien si
los admite con variantes o rectificaciones y en caso de que no esté conforme,
expondrá con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos
legales en que se apoye con manifestación expresa del nombre y demás generales
de los testigos y sobre qué hechos declararán cada uno. Se le previene a la
parte demandada, de conformidad con los numerales 10 y 34 en relación con el 36
todos de la Ley de Notificaciones número 8687, el señalamiento de correo
electrónico, fax, casillero, en estrado o cualquier otra forma tecnológica que
permita la seguridad del acto de comunicación, como medio para atender futuras
notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere en la forma
prevenida o no se pudiere efectuar la notificación por el medio señalado,
mediando comprobante de transmisión electrónica o la respectiva constancia, las
resoluciones posteriores le quedarán notificadas con el transcurso de
veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias, salvo que se
demuestre que ello se debió a causas que no le sean imputables. Notifíquese por
su curadora procesal, la Licda. Yorleny Carvajal
Hernández, al medio señalado. Asimismo se le otorga el depósito judicial
provisional de la persona menor de edad de interés Franklin Carranza Fonseca, a
los señores Edwin Fonseca Cortés y Tabata Espinoza
Madrigal, a quienes se les previene presentarse a aceptar el cargo conferido.
Notifíquese.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Alberto
Jiménez Mata, Juez (W.D.A).—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039494).
Se
avisa que ante la presente notaría se ha presentado solicitud de Adopción
Conjunta de Persona Mayor de Edad a fin de que Terrence
Philip (nombre) Sanders (único apellido en razón de su nacionalidad), mayor, de
cincuenta y siete años, nacido el diecinueve de setiembre de mil novecientos
cincuenta y siete, de nacionalidad estadounidense, casado en segundas nupcias,
Misionero Bautista, residente en Costa Rica, con cédula de residencia
costarricense número uno ocho cuatro cero cero cero siete cinco cuatro cinco dos siete y Sarah Frances (nombre) Mcwatters (único
apellido en razón de su nacionalidad) mayor, de cincuenta y seis años, nacida
el treinta y uno de enero de mil novecientos cincuenta y nueve, de nacionalidad
estadounidense, casada una vez, Misionera Bautista, residente en Costa Rica,
con cédula de residencia costarricense número uno ocho cuatro cero cero uno cero tres uno ocho dos ocho, ambos cónyuges entre
sí, adopten a José Daniel Silva Castillo, mayor, soltero, estudiante, cédula
cuatro-doscientos treinta y uno-cero cero cero tres,
todos vecinos de Cartago, Tres Ríos, Santiago del Monte. Para que por el plazo
de cinco días cualquier persona con interés directo formule oposiciones y
mediante escrito exponga los motivos de su disconformidad e indique las pruebas
que fundamenten su posición ante el expediente de Procedimiento de Actividad
Judicial No Contenciosa N° 001-2015, seguido ante la notaría de la Licenciada
Rosaura Carmiol Yalico,
teléfono 2258-4038 y fax 2221-0733, ubicada en San José, avenidas ocho y diez,
calle veinticinco, casa número ochocientos cincuenta y cinco.—Licda, Rosaura Carmiol Yalico, Notaria.—1 vez.—(IN2015041597).
Ante esta notaría han
comparecido, solicitando contraer matrimonio civil Jairo Alberto Sánchez
Cascante, mayor, soltero, conserje, cédula 2-594-510 , vecino de San Isidro de
Alajuela, Itiquis, Imas,
frente al centro de nutrición, hijo de Nandayure
Cascante Arroyo y Alberto Sánchez Méndez, ambos costarricenses, nació en Centro
Central, Alajuela, el doce de mayo de mil novecientos ochenta y cuatro, con
treinta y un años de edad y Elisa Judith Araya Rodríguez, menor, soltera,
estudiante cédula de menor siete-doscientos sesenta y tres-ciento noventa y
seis, vecina de Alajuela, El Cacao, frente a la escuela, hija de Sarita
Rodríguez Araya y Geovanny Araya González, ambos costarricenses, nacida en
Guápiles de Pococí, Limón el trece de setiembre de
mil novecientos noventa y ocho, actualmente con 16 años de edad. Si alguna
persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que
dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante esta notaría dentro
del término de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto.
Notaría Lic. Roy Solís Calvo, ciento cincuenta metros norte de Cortel, Alajuela. Es todo.—Alajuela,
29 de junio del 2015.—Lic. Roy Solís Calvo, Notario.—1
vez.—(IN2015041626).
Expediente N° 13-001445-0412-PE
licenciado Jorge Eduardo Vallejos González, Fiscal de la Fiscalía de Santa
Cruz, al señor Ernesto Antonio Zachrisson Passarelli como representante de VM Transportes de Valores
Sociedad Anónima en calidad de tercero civilmente responsable, cédula o
documento de identidad número pasaporte 007457417, se le hace saber: que en el
legajo de Legajo de Acción Civil Resarcitoria, seguido en contra de Pedro
Eladio Peña Contreras, en perjuicio de Lisbeth Yajaira Álvarez Chavarría, por
el delito de Lesiones Culposas, se ha dictado resolución que literalmente dice:
comunicación por edicto. Se da traslado de la acción civil resarcitoria
Fiscalía de Santa Cruz, al ser las ocho horas y diez minutos del seis de abril
del año dos mil quince. De conformidad con los artículos, 111, 112 y 115 del
Código Procesal Penal, se procede con vista en la Acción Civil Resarcitoria
interpuesta por Lisbeth Yajaira Álvarez Chavarría, a darle traslado al
demandado civil de las pretensiones expuestas por dicha parte, para que se
pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del actor civil en este
proceso, planteando las excepciones que estime pertinentes, por lo que se le
concede el término de ley para que haga valer sus derechos. Así mismo se le previene
que en el acto de ser notificado deberá señalar un medio para atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009.
Comuníquese el contenido de la resolución a los demandados civiles y a su
defensor en forma separada. Notifíquese. Lic. Eduard
Rodríguez González, Fiscal Auxiliar Fiscalía de Santa Cruz..
En vista de que el señor Ernesto Antonio Zachrisson Passarelli es de domicilio desconocido, se procede a
comunicarle la resolución que por medio de edicto que se publicará una sola vez
en el Boletín Judicial. Comuníquese.—Fiscalía
de Santa Cruz.—Lic. Jorge Eduardo Vallejos González, Fiscal.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015039437).