BOLETÍN
JUDICIAL N° 150 DEL 4 DE
AGOSTO DEL 2015
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER
JUDICIAL
JUZGADO NOTARIAL
ADMINISTRACIÓN
JUDICIAL
Remates
Convocatorias
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos en lo Penal
SEGUNDA PUBLICACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico los
siguientes acuerdos: De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de
Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2013 de fecha 14 de enero del 2013,
artículo XII y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 65-13 celebrada el
25 de junio del 2013, artículo LXVIII; De la Comisión Institucional de
Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2006 de fecha
1° de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en
Sesión N° 73-06 celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII; De la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en
sesión Nº 0-2014, celebrada el 14 de marzo del 2014, artículo VIII, y la
aprobación del Consejo Superior en Sesión Nº 47-2014, del 21 de mayo del 2014,
artículo XXXI; De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de
Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014 de fecha 14 de marzo del 2014,
artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 34-14, celebrada el
22 de abril del 2014, artículo L; se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que procederá a la destrucción de
expedientes penales, civil, laboral y agrario de los despachos que a
continuación se detallan. Los expedientes se encuentran remesados en el Archivo
Judicial.
Para ver imagen solo en Boletín Judicial impresO o en formato PDF
Si algún interesado ostenta un interés legítimo
y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la
Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera
publicación de este aviso.
San José, 8 de julio del 2015.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán
Exonerado.—(IN2015043801). Subdirector Ejecutivo.
PRIMERA PUBLICACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el
acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2009, del 26-02-2009 artículo II. Consejo Superior
Nº 58-09 del 02 de junio, art LV. De la Comisión Institucional de Selección y
Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2011 de fecha 16 de
noviembre del 2011, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº
11-12 celebrada el 9 de febrero del 2012, artículo LXVIII. De la Comisión
Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en
Acta Nº 03-2006 de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y los acuerdos
del Consejo Superior en Sesión Nº 73-06 celebrada el 28 de setiembre del 2006,
artículo LIII. Se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas
y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes de
Faltas y Contravenciones del año 2001 al 2012, expedientes de Pensión
Alimentaria del año 1998 al 2010, expedientes de Violencia Doméstica del año
2002 a 2011, expedientes Civiles del año 1992 a 2010 y expedientes Laborales
del año 1997 a 2007 del Juzgado Contravencional de Aserri. La documentación, se
encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Faltas y Contravenciones:
Remesa: G 60 S 01
Expedientes: 544
Paquetes: 6
Año: 2001
Asunto: Faltas y
Contravenciones (Archivados, Absolutorias y Condenatorias)
Remesa: G 61 S 02
Expedientes: 626
Paquetes: 4
Año: 2002
Asunto: Faltas y
Contravenciones (Archivados y Absolutorias y Condenatorias)
Remesa: G 53 S 03
Expedientes: 515
Paquetes: 3
Año: 2003
Asunto: Faltas y
Contravenciones (Archivados, Absolutorias y Condenatorias)
Remesa: G 46 S 04
Expedientes: 517
Paquetes: 3
Año: 2004
Asunto: Faltas y
Contravenciones (Archivados, Absolutorias y Condenatorias)
Remesa: G 43 S 05
Expedientes: 570
Paquetes: 4
Año: 2005
Asunto: Faltas y
Contravenciones (Archivados, Absolutorias y Condenatorias)
Remesa: G 42 S 06
Expedientes: 504
Paquetes: 5
Año: 2006
Asunto: Faltas y
Contravenciones (Archivados, Absolutorias y Condenatorias)
Remesa: G 37 S 07
Expedientes: 473
Paquetes: 5
Año: 2007
Asunto: Faltas y
Contravenciones (Archivados, Absolutorias y Condenatorias)
Remesa: G 33 S 08
Expedientes: 435
Paquetes: 4
Año: 2008
Asunto: Faltas y
Contravenciones (Archivados, Absolutorias y Condenatorias)
Remesa: G 30 S 09
Expedientes: 513
Paquetes: 4
Año: 2009
Asunto: Faltas y
Contravenciones (Archivados, Absolutorias y Condenatorias)
Remesa: G 9 S 10
Expedientes: 562
Paquetes: 6
Año: 2010
Asunto: Faltas y
Contravenciones (Archivados, Absolutorias)
Remesa: G 1 S 11
Expedientes: 471
Paquetes: 5
Año: 2011
Asunto: Faltas y
Contravenciones (Archivados, Absolutorias)
Remesa: G 1 S 12
Expedientes: 353
Paquetes: 2
Año: 2012
Asunto: Faltas y
Contravenciones (Archivados, Absolutorias)
Pensión Alimentaria:
Remesa: 20733
Expedientes: 2
Paquetes: 1
Año: 1985
Asunto: Pensión
Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)
Remesa: 20734
Expedientes: 2
Paquetes: 1
Años: 1986
Asunto: Pensión
Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)
Remesa: 20735
Expedientes: 2
Paquetes: 1
Años: 1987
Asunto: Pensión
Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)
Remesa: 20736
Expedientes: 4
Paquetes: 1
Años: 1988
Asunto: Pensión
Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)
Remesa: 20737
Expedientes: 4
Paquetes: 1
Años: 1989
Asunto: Pensión
Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)
Remesa: Q 22 S 90
Expedientes: 3
Paquetes: 1
Años: 1990
Asunto: Pensión
Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)
Remesa: Q 22 S 91
Expedientes: 3
Paquetes: 1
Años: 1991
Asunto: Pensión
Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)
Remesa: Q 23 S 92
Expedientes: 4
Paquetes: 1
Años: 1992
Asunto: Pensión
Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)
Remesa: Q 23 S 93
Expedientes: 4
Paquetes: 1
Años: 1993
Asunto: Pensión
Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)
Remesa: Q 21 S 94
Expedientes: 4
Paquetes: 1
Años: 1994
Asunto: Pensión
Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)
Remesa: Q 18 S 95
Expedientes: 3
Paquetes: 1
Años: 1995
Asunto: Pensión
Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)
Remesa: Q 17 S 96
Expedientes: 3
Paquetes: 1
Años: 1996
Asunto: Pensión
Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)
Remesa: Q 17 S 97
Expedientes: 4
Paquetes: 1
Años: 1997
Asunto: Pensión
Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)
Remesa: Q 14 S 98
Expedientes: 5
Paquetes: 1
Años: 1998
Asunto: Pensión
Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)
Remesa: Q 11 S 99
Expedientes: 7
Paquetes: 1
Años: 1999
Asunto: Pensión
Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)
Remesa: Q 10 S 00
Expedientes: 15
Paquetes: 1
Años: 2000
Asunto: Pensión
Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)
Remesa: Q 8 S 01
Expedientes: 22
Paquetes: 1
Años: 2001
Asunto: Pensión
Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)
Remesa: Q 8 S 02
Expedientes: 47
Paquetes: 1
Año: 2002
Asunto: Pensión
Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)
Remesa: Q 7 S 03
Expedientes: 56
Paquetes: 1
Año: 2003
Asunto: Pensión
Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)
Remesa: Q 8 S 04
Expedientes: 52
Paquetes: 1
Año: 2004
Asunto: Pensión
Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)
Remesa: Q 7 S 05
Expedientes: 42
Paquetes: 1
Año: 2005
Asunto: Pensión
Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)
Remesa: Q 7 S 06
Expedientes: 45
Paquetes: 1
Año: 2006
Asunto: Pensión
Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)
Remesa: Q 6 S 07
Expedientes: 65
Paquetes: 1
Año: 2007
Asunto: Pensión
Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)
Remesa: Q 5 S 08
Expedientes: 23
Paquetes: 1
Año: 2008
Asunto: Pensión
Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)
Remesa: Q 4 S 09
Expedientes: 24
Paquetes: 1
Año: 2009
Asunto: Pensión
Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)
Remesa: Q 2 S 10
Expedientes: 26
Paquetes: 1
Año: 2010
Asunto: Pensión
Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)
Laboral:
Remesa: L 2 S 99
Expedientes: 23
Paquetes: 1
Año: 1999
Asunto: 9 diligencias
de causahabientes y 14 ordinarios.
Remesa: L 18 S 00
Expedientes: 31
Paquetes: 1
Año: 2000
Asunto: 13 consignación
de prestaciones y 18 ordinarios.
Remesa: L 20 S 01
Expedientes: 29
Paquetes: 1
Año: 2001
Asunto: 12 consignación
de prestaciones, 17 ordinarios.
Remesa: L 19 S 02
Expedientes: 16
Paquetes: 1
Año: 2002
Asunto: 3 consignación
de prestaciones, 13 ordinarios.
Remesa: L 14 S 03
Expedientes: 19
Paquetes: 1
Año: 2003
Asunto: 8 consignación
de prestaciones, 11 ordinarios.
Remesa: L 14 S 04
Expedientes: 35
Paquetes: 1
Año: 2004
Asunto: 8 consignación
de prestaciones, 27 ordinarios.
Remesa: L 14 S 05
Expedientes: 9
Paquetes: 1
Año: 2005
Asunto: 2 consignación
de prestaciones, 7 ordinarios.
Remesa: L 14 S 06
Expedientes: 3
Paquetes: 1
Año: 2006
Asunto: 2 consignación
de prestaciones, 1 infracción a la ley de trabajo y seguridad social.
Remesa: L 10 S 07
Expedientes: 3
Paquetes: 1
Año: 2007
Asunto: 3 consignación
de prestaciones.
Remesa: L 9 S 08
Expedientes: 4
Paquetes: 1
Año: 2008
Asunto: 4 consignación
de prestaciones.
Remesa: L 5 S 09
Expedientes: 9
Paquetes: 1
Año: 2009
Asunto: 5 consignación
de prestaciones Y 4 Infracciones a la Ley Constitutivas de la Caja
Costarricense del Seguro Social.
Civil Varios:
Remesa: C 118 S 95
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 1995
Asunto: Archivados: 1
Hipotecario.
Remesa: C 131 S 96
Expedientes: 3
Paquetes: 1
Año: 1996
Asunto: Archivados: 3
ejecutivos simples
Remesa: C 117 S 97
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 1997
Asunto: Archivados: 1
Consignación de alquiler
Remesa: C 115 S 98
Expedientes: 26
Paquetes: 1
Año: 1998
Asunto: Archivados: 25
ejecutivos simples, 1 consignación de alquiler
Remesa: C 98 S 99
Expedientes: 142
Paquetes: 3
Año: 1999
Asunto: Archivados: 63
desahucios, 52 ejecutivos simples, 12 interdictos, 1 matrimonio, 1 ejecución de
sentencia, 2 abreviados, 8 consignación de alquiler, 2 hipotecarios, 1
reconocimiento.
Remesa: C 78 S 00
Expedientes: 173
Paquetes: 4
Año: 2000
Asunto: Archivados: 2
Matrimonios, 5 diligencias de aprueba anticipada, 2 desalojos, 67 ejecutivos
simples, 64 desahucios, 8 interdictos, 16 confiscaciones de alquiler, 6
abreviados, 3 ejecución de sentencia.
Remesa: C 76 S 01
Expedientes: 119
Paquetes: 2
Año: 2001
Asunto: Archivados: 1
ejecución de sentencia, 3 hipotecarios, 1 fin de tolerancia, 1 confesión fuera
de juicio, 10 interdictos, 11 consignación de alquiler, 62 desahucios, 3
abreviados, 27 ejecutivos simples.
Remesa: C 76 S 02
Expedientes: 133
Paquetes: 2
Año: 2002
Asunto: Archivados: 1
ejecutivo prendario, 2 abreviados, 8 hipotecarios, 11 consignación de pago de
alquiler, 7 interdictos, 55 desahucios, 49 ejecutivos simples.
Remesa: C 68 S 03
Expedientes: 120
Paquetes: 2
Año: 2003
Asunto: Archivados: 20
ejecutivos simples, 12 interdictos, 8 consignación de alquiler, 4 hipotecarios,
2 ejecución de sentencia, 2 prevención de desalojo, 4 matrimonios, 68
desahucios.
Remesa: C 63 S 04
Expedientes: 76
Paquetes: 2
Año: 2004
Asunto: Archivados: 61 Desahucios,
5 interdictos, 1 ejecución de sentencia, 8 consignación de alquiler, 1
matrimonio.
Remesa: C 55 S 05
Expedientes: 45
Paquetes: 1
Año: 2005
Asunto: Archivados: 41
Desahucios, 4 consignación de alquiler.
Remesa: C 62 S 06
Expedientes: 54
Paquetes: 2
Año: 2006
Asunto: Archivados: 2
consignación de pago, prevención de desalojo, 2 ejecutivos prendarios, 50
desahucios.
Remesa: C 72 S 07
Expedientes: 70
Paquetes: 2
Año: 2007
Asunto: Archivados: 63
Desahucios, 7 consignación de alquiler.
Remesa: C 51 S 08
Expedientes: 65
Paquetes: 1
Año: 2008
Asunto: Archivados: 61
Desahucios, 4 consignación de alquiler.
Remesa: C 6 S 09
Expedientes: 37
Paquetes: 1
Año: 2009
Asunto: Archivados: 35
desahucios, 2 consignación de alquiler.
Violencia Doméstica:
Remesa: V 15 S 02
Expedientes: 616
Paquetes: 4
Año: 2002
Asunto: Violencia
Doméstica
Remesa: V 15 S 03
Expedientes: 582
Paquetes: 4
Año: 2003
Asunto: Violencia
Doméstica
Remesa: V 15 S 04
Expedientes: 545
Paquetes: 4
Año: 2004
Asunto: Violencia
Doméstica
Remesa: V 15 S 05
Expedientes: 529
Paquetes: 4
Año: 2005
Asunto: Violencia
Doméstica
Remesa: V 14 S 06
Expedientes: 478
Paquetes: 3
Año: 2006
Asunto: Violencia
Doméstica
Remesa: V 11 S 07
Expedientes: 419
Paquetes: 3
Año: 2007
Asunto: Violencia
Doméstica
Remesa: V 10 S 08
Expedientes: 502
Paquetes: 4
Año: 2008
Asunto: Violencia
Doméstica
Remesa: V 8 S 09
Expedientes: 624
Paquetes: 4
Año: 2009
Asunto: Violencia
Doméstica
Remesa: V 5 S 10
Expedientes: 757
Paquetes: 5
Año: 2010
Asunto: Violencia
Doméstica
Si algún interesado ostenta un interés legítimo
y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la
Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera
publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 25 de junio del 2015.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán,
Exento.—(IN2015042574) Subdirector Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el
acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2011 de fecha 16 de noviembre del 2011, artículo I y
el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 11-12 celebrada el 9 de febrero
del 2012, artículo LXVIII, se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación
de Expedientes de Pensión Alimentaria del año 1997 al 2012 del Juzgado de
Pensiones Alimentarias de Pérez Zeledón. La documentación, se encuentra
remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: Q 16 S 97
Expedientes: 2
Paquetes: 1
Año: 1997
Asunto: Pensiones
alimentarias: 2 archivadas sin sentencia.
Remesa: Q 11 S 00
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 2000
Asunto: Pensiones
alimentarias: 1 archivada sin sentencia.
Remesa: Q 9 S 01
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 2001
Asunto: Pensiones
alimentarias: 1 archivada sin sentencia.
Remesa: Q 9 S 02
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 2002
Asunto: Pensiones
alimentarias: 1 archivada sin sentencia.
Remesa: Q 8 S 03
Expedientes: 2
Paquetes: 1
Año: 2003
Asunto: Pensiones
alimentarias: 2 archivadas sin sentencia.
Remesa: Q 8 S 06
Expedientes: 46
Paquetes: 1
Año: 2006
Asunto: Pensiones
alimentarias: 46 expedientes archivados sin sentencia.
Remesa: Q 7 S 07
Expedientes: 28
Paquetes: 1
Año: 2007
Asunto: Pensiones
alimentarias: 28 expedientes archivados sin sentencia.
Remesa: Q 6 S 08
Expedientes: 68
Paquetes: 2
Año: 2008
Asunto: Pensiones
alimentarias: 68 expedientes archivados sin sentencia.
Remesa: Q 5 S 09
Expedientes: 136
Paquetes: 4
Año: 2009
Asunto: Pensiones
alimentarias: 136 expedientes archivados sin sentencia.
Remesa: Q 3 S 10
Expedientes: 129
Paquetes: 3
Año: 2010
Asunto: Pensiones
alimentarias: 129 expedientes archivados sin sentencia.
Remesa: Q 2 S 11
Expedientes 81
Paquetes: 2
Año: 2011
Asunto: Pensiones
alimentarias: 81 expedientes archivados sin sentencia.
Remesa: Q 2 S 12
Expedientes: 81
Paquetes: 2
Año: 2012
Asunto: Pensiones
alimentarias: 81 expedientes archivados sin sentencia.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo
y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la
Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera
publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 25 de junio del 2015.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán,
Exento.—(IN2015042576) Subdirector
Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el
acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2013, celebrada el 14 de enero del 2013, artículo X
y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 65-13, celebrada el 25 de junio
del 2013, artículo LXVII, se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación
de Documentación Administrativa del año 2007 al 2013 de la Administración
Regional de Santa Cruz, Guanacaste. La documentación, se encuentra remesada y
custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 1 G 07
Paquetes: 39
Libros: 10
Año: 2007 a 2013.
Asunto: Documentación
Administrativa: 1 de Libro de Conocimiento del año 2011.
1 de
Libro de Conocimiento del año 2009 al 2010.
1 de
Libro de Conocimiento del año 2007 al 2003.
7
Libros de Control solicitudes hoja de delincuencia del año 2011 al 2012.
2
Paquetes con Correspondencia enviada y recibida del año 2011.
7
Paquetes con Correspondencia enviada y recibida del año 2012.
5
Paquetes con Listado Notificaciones enviados a Distribuir (Reportes y
Registros) del año 2013.
20
Paquetes con Actas de Entrega Documentos (Reportes y Registros) del año 2012.
4
Paquetes con Actas de entrega de documentos (Reportes y Registros) del año
2013.
1 Paquete
con Notificaciones enviadas a distribuir (Reportes y Registros) del año 2013.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo
y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la
Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera
publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 25 de junio del 2015.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán,
Exento.—(IN2015042578) Subdirector Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el
acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2009 de fecha 26 de febrero del 2009, artículo II y
el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 58-09 celebrada el 02 de junio del
2009, artículo LV. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de
Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 01-2014, celebrada el 14 de marzo del 2014,
artículo VIII, y la aprobación del Consejo Superior en Sesión N°47-2014, del 21
de mayo del 2014, artículo XXXI. De la Comisión Institucional de Selección y
Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2011 de fecha 16 de
noviembre del 2011, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº
11-12 celebrada el 09 de febrero del 2012, artículo LXVIII. De la Comisión
Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en
Acta Nº 03-2006 de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y los acuerdos
del Consejo Superior en Sesión Nº 73-06 celebrada el 28 de setiembre del 2006,
artículo LIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas
y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes de
Tránsito del año 2003 a 2004, de expedientes de Faltas y Contravenciones del
año 2010 al 2012, de Expedientes de Violencia Doméstica del año 2009 al 2011 y
expedientes Civiles del año 2008 al 2009 del Juzgado Contravencional y Menor
Cuantía de Valverde Vega, Alajuela. La documentación, se encuentra remesada y
custodiada en ese Despacho.
Tránsito:
Remesa: G 42 A 03
Expedientes: 125
Paquetes: 2
Año: 2003
Asunto: 125
Expedientes: 11 Atropellos, 93 Colisiones, 3 Colisiones Contra Objeto Fijo, 14
Se Salió de la Vía, 1 Accidente, 1 Infracción Ley de Tránsito, 1 Colisión se
dio a la Fuga, 1 Vuelco (Todos Archivados)
Remesa: G 37 A 04
Expedientes: 105
Paquetes: 1
Año: 2004
Asunto: 105
Expedientes: 72 Colisiones, 8 Se Salió de la Vía, 2 Apelaciones de Boleta de
Tránsito, 6 Atropellos, 6 Vuelcos, 3 Colisiones Contra Objeto Fijo, 1 Colisión
se dio a la Fuga, 6 Infracciones Ley de Tránsito y 1 Accidente (Todos
Archivados).
Violencia Doméstica:
Remesa: V 11 A 09
Expedientes: 46
Paquetes: 1
Año: 2009
Asunto: 46 Expedientes:
46 Violencias Domésticas (46 Sentencia Firme).
Remesa: V 8 A 10
Expedientes: 133
Paquetes: 2
Año: 2010
Asunto: 133
Expedientes: 133 Violencias Domésticas (132 Sentencias Firmes y 1 Archivo a
Solicitud de Parte).
Remesa: V 5 A 11
Expedientes: 56
Paquetes: 1
Año: 2011
Asunto: 56 Expedientes:
56 Violencias Domésticas (51 Sentencias Firme y 5 Archivos a Solicitud de
Parte).
Faltas y Contravenciones:
Remesa: G 10 A 10
Expedientes: 131
Paquetes: 2
Año: 2010
Asunto: 131
Expedientes: 3 Lesiones Levísimas, 8 Golpes, 4 Alborotos, 44 Amenazas, 20
Insultos, 1 Desorden, 5 Ofensas, 12 Llamadas Mortificantes, 1 Proposiciones
Irrespetuosas, 2 Tocamientos, 1 Actos Obscenos, 11 Insultos y Amenazas, 1
Usurpación, 1 Golpes e Insultos, 1 Desacato a la Autoridad, 1 Insultos y Actos
Obscenos, 1 Golpes y Amenazas, 1 Amenazas y Entrada a Terreno Ajeno, 1
Accidente, 1 Agresión, 3 Entrada a Terreno Ajeno, 4 Exhibicionismos, 1
Insultos, Amenazas y Daños, 1 Amenazas, Golpes y Daños, 1 Portación de Arma y 1
Crueldad con Animales (17 absolutorias, 49 conciliaciones, 24 Archivados a
Solicitud de Parte, 1 Prescrita, 40 Desistida).
Remesa: G 10 A 11
Expedientes: 153
Paquetes: 2
Año: 2011
Asunto: 154
expedientes: 20 Insultos, 20 Llamadas Mortificantes, 7 Alborotos, 1 Ofensas y
Golpes, 29 Amenazas, 1 Perturbación de la Tranquilidad, 23 Insultos y Amenazas,
4 Ofensas, 1 Lesiones Levísimas, 1 Embriaguez, 1 Alborotos e Insultos, 1
Miradas Indiscretas, 2 Amenazas y Golpes, 4 Entradas a Terreno Ajeno, 3
Palabras Obscenas, 8 Golpes, 2 Palabras y Actos Obscenos, 1 Lanzamiento de
Objetos, 2 Acosos, 1 Insultos y Golpes, 1 Proposiciones Irrespetuosas, 2
Alborotos y Amenazas, 1 Golpes y Daños, 4 Actos Obscenos, 2 Irrespeto a la
Autoridad, 1 Golpes y Palabras Obscenas, 3 Golpes y Amenazas, 1 Exhibicionismo,
1 Amenazas, Entrada a terreno ajeno e Insultos, 1 Mordedura de Animal, 1
Ofensas y Amenazas, 1 Desorden, 1 Hurto y 1 Ofrecimiento de Licor (55
Conciliaciones, 51 Desistidas, 43 Archivadas Solicitud de Parte y 5
Absolutorias).
Remesa: G 6 A 12
Expedientes: 156
Paquetes: 2
Año: 2012
Asunto: 156
Expedientes: 20 Llamadas Mortificantes, 3 Amenazas y Golpes, 17 Palabras
Obscenas, 35 Amenazas, 9 Insultos y Amenazas, 6 Alteraciones al Orden Público,
4 Desobediencia a la Autoridad, 1 Lanzamiento de Objetos, 2 Proposiciones
Irrespetuosas, 7 Irrespeto a la Autoridad, 10 Insultos, 2 Riñas, 6 Golpes, 8
Amenazas y Palabras Obscenas, 3 Amenazas y Entrada a Terreno Ajeno, 3 Entrada a
Terreno Ajeno, 1 Descuido de Animales, 1 Amenazas, Palabras y Actos Obscenos y
Proposiciones Irrespetuosas, 1 Golpes y Amenazas, 1 Amenazas, Golpes y Actos
Obscenos, 1 Amenazas, Golpes y Llamadas Mortificantes, 1 Acoso, 1
Hostigamiento, 1 Venta de Licor a Menores, 2 Alborotos, 1 Insultos y Palabras
Obscenas, 1 Golpes y Palabras Obscenas, 1 Llamadas Mortificantes y Amenazas, 1
Amenazas, Insultos y Hostigamiento, 1 Asedio, 1 Amenazas, Palabras Obscenas y
Proposiciones Irrespetuosas, 1 Atípico, 1 Insultos, Amenazas y Palabras
Obscenas, 1 Infracción Ley de Igualdad de Oportunidades Personas con
Discapacidad, 1 Golpes e Insultos (45 Desistidas, 55 Solicitudes de Parte, 53
Conciliaciones, 3 Absolutorias).
Civiles:
Remesa: C 36 A 08
Expedientes: 20
Paquetes: 1
Año: 2008
Asunto: 20 Expedientes
Civiles: 1 Matrimonio, 13 Desahucio, 3 Consignación de Alquileres, 3 Prendarios
(Todos Archivados).
Remesa: C 24 A 09
Expedientes: 8
Paquetes: 1
Año: 2009
Asunto: 8 Expedientes
Civiles: 4 Desahucios, 3 Prendarios, 1 Consignación de Alquileres (Todos
Archivados).
Si algún interesado ostenta un interés legítimo
y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la
Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera
publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 25 de junio del 2015.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán,
Exento.—(IN2015042580) Subdirector Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el
acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2007, celebrada el 20 de abril del 2007, artículo
VIII, y la aprobación del Consejo Superior en Sesión Nº 35-07, del 15 de mayo
del 2007, artículo XLVIII se hace del conocimiento de las instituciones públicas,
privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de
Expedientes Sociales, Psicosociales y Psicológicos del año 1998 al 2009 de la
Oficina de Trabajo Social y Psicología del II Circuito Judicial de San José. La
documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 108 S 98
Paquetes: 75
Expedientes: 5534
Año: 1998 a 2009.
Asunto: Expedientes
Sociales, Psicológicos y Psicosociales: 1 Paquete con 33 Expedientes Sociales,
Psicológicos y Psicosociales del año 1998.
1
Paquete con 25 Expedientes Sociales, Psicológicos y Psicosociales del año 1999.
3 Paquetes con 245 Expedientes Sociales,
Psicológicos y Psicosociales del año 2000.
4 Paquetes con 283 Expedientes Sociales,
Psicológicos y Psicosociales del año 2001.
3 Paquetes con 168 Expedientes Sociales,
Psicológicos y Psicosociales del año 2002.
6 Paquetes con 489 Expedientes Sociales,
Psicológicos y Psicosociales del año 2003.
9 Paquetes con 592 Expedientes Sociales,
Psicológicos y Psicosociales del año 2004.
7 Paquetes con 502 Expedientes Sociales,
Psicológicos y Psicosociales del año 2005.
8 Paquetes con 613 Expedientes Sociales,
Psicológicos y Psicosociales del año 2006.
8 Paquetes con 692 Expedientes Sociales,
Psicológicos y Psicosociales del año 2007.
12 Paquetes con 1056 Expedientes Sociales,
Psicológicos y Psicosociales del año 2008.
13 Paquetes con 836 Expedientes Sociales,
Psicológicos y Psicosociales del año 2009.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo
y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la
Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera
publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 25 de junio del 2015.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán,
Exento.—(IN2015042582) Subdirector Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el
acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014, de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IV y
el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 34-14, celebrada el 22 de abril
del 2014, artículo LI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas,
privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de
Documentación Administrativa y Policial del año 1997 al 2011 de la Sección de
Capturas del Organismo de Investigación Judicial de San José. La documentación,
se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: O 62 S 97
Paquetes: 109
Ampos: 14
Años: 1997al 2011
Asuntos: Documentación
Administrativa: Capturas canceladas de los años que se detallan a continuación:
1997- 1 paquete, 2000-2004 1 paquete, 2005 4 paquetes, 2006 4 paquetes, 2007 22
paquetes, 2008 23 paquetes, 2009 19 paquetes, 2010 18 paquetes, 2011 17
paquetes. Correspondencia enviada 2007-2011 11 ampos y estadística 2009-2011 3
ampos.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo
y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la
Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera
publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 25 de junio del 2015.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán,
Exento.—(IN2015042583) Subdirector Ejecutivo.
HACE SABER:
Juzgado Notarial, hace saber: Que en el proceso
disciplinario notarial N° 99-000810-0627-NO, de Ana Lorena Naranjo Pereira
contra Óscar Enrique Romero Cruz, (cédula de identidad 3-241-349), este Juzgado
mediante resolución de las quince horas veintidós minutos del diecinueve de
mayo del dos mil quince, dispuso levantar a partir del 5 de marzo del 2015, la
sanción disciplinaria impuesta al notario Óscar Enrique Romero Cruz mediante
resolución número 172-03 de las ocho horas del 24 de marzo del 2003, que salió
publicada en el Boletín Judicial número 39 del 24 de febrero del 2005,
lo anterior por haber transcurrido el plazo de diez años según voto número 3484
de las doce horas del ocho de julio de mil novecientos noventa y cuatro, emitido
por la Sala Constitucional. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el 22 de junio del 2009, se le comunica que en virtud
del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de
todo pago de derechos.
San
José, 19 de mayo del 2015.
Lic.
Derling Talavera Polanco,
1
vez.—(IN2015042586). Jueza
PRIMERA
PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las catorce horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre
de dos mil quince, y con la base de diecinueve millones ciento cincuenta mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número 380923-000, la cual es naturaleza para construir.
Situada en el distrito 11 San Rafael Abajo, cantón 03 Desamparados, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Esteban Jiménez Valverde; al sur, calle
pública con 8.07 m; al este, Rosalina Mora y al oeste, Famjival S. A. Mide:
doscientos sesenta y dos metros con treinta y un decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del siete de
octubre de dos mil quince, con la base de catorce millones trescientos sesenta
y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del
veintitrés de octubre de dos mil quince con la base de cuatro millones
setecientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro
y Préstamo contra Luis Alfonso del Carmen Salazar Rojas. Exp.
15-001615-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago.—Lic.
Guillermo Ortega Monge, Juez.—(IN2015047840).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas
0260-00004890-01-0901-001; a las trece horas y treinta minutos (1:30 p. m.) del
veintidós de setiembre de dos mil quince, y con la base de ochenta millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número 337234-000, la cual es terreno para construir una
casa. Situada en el distrito 04 San Antonio, cantón 01 Alajuela, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Autopista General Cañas; al sur
servidumbre de salida con 3 metros lineales a calle publica y Luis Gerardo
Arias Arguello; al este, Eladio Vega Alpízar y al oeste, William Murillo Rojas.
Mide: seiscientos treinta y nueve metros con veinticinco decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos (1:30 pm)
del ocho de octubre de dos mil quince, con la base de sesenta millones de
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las trece horas y treinta minutos (1:30 p. m.) del
veintiséis de octubre de dos mil quince con la base de veinte millones de
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Hilda
García Roca. Exp. N° 14-005924-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial de Cartago, 14 de julio del 2015.—Lic. Guillermo Ortega Monge,
Juez.—(IN2015047842).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada inscrita al
tomo 348 asiento 15588-01-0900-001; a las once horas y cero minutos del
veintisiete de agosto del año dos mil quince y con la base de setenta y siete
mil dólares exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, partido de Cartago Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número 208041-000 cero cero cero, la cual es terreno
para la construcción, lote 24 H. Situada en el distrito 02 San Diego cantón 03
La Unión de la provincia de Cartago. Colinda: al norte lote 38 H; al sur,
avenida 4 con 6 m; al este, lote 25 H y al oeste, lote 23 H. Mide: ciento
veinte metros con cero centímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las once horas y cero minutos del once de setiembre del año dos mil quince con
la base de cincuenta y siete mil setecientos cincuenta dólares exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las once horas y cero minutos del veintinueve de setiembre del año dos mil
quince con la base de diecinueve mil doscientos cincuenta dólares exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Bernardo Vargas
Barquero. Exp. N° 13-030402-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Luis Carlos
Arana Oronó, Juez.—(IN2015047854).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios ; pero soportando reservas de ley de aguas y ley de
caminos públicos, bajo citas: 410-08198-01-0089-001; a las diez horas y treinta
minutos del dieciséis de setiembre del año dos mil quince, y con la base de
quince millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y
seis mil novecientos treinta y dos-cero cero uno y cero cero dos, la cual es
terreno para construir con una casa y pulpería. Situada en el distrito 02
Puerto Jiménez, cantón 07 Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte, calle pública con un frente a ella de 25,53 metros lineales al sur,
Ramón Chaves Araya y Mercedes Agüero Barrantes; al este, Francisco Agüero
Agüero y al oeste, Ramón Chaves Araya y Mercedes Agüero Barrantes. Mide:
trescientos treinta y seis metros con tres decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del uno de octubre
del año dos mil quince, con la base de once millones doscientos cincuenta mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del diecinueve de octubre
del año dos mil quince con la base de tres millones setecientos cincuenta mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa
a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Sonia María Caballero Arauz. Exp. N°
14-006542-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, 24 de julio del 2015.—Lic. Franz Loney Castro
Solís, Juez.—(IN2015047894).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando condic ref: 2541-121-001, citas:
0309-00005956-01-0911-001 y reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos
, citas: 0526-00005270-01-0010-001; a las 8:15 horas del 05/11/2015, y con la
base de ocho millones doscientos veintiocho mil ochocientos colones con
cincuenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo
el Sistema de Folio Real, matrícula número 7-00108989-001, 7-00108989-002 la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04 Matina, cantón 01
Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote 9; al sur, calle
pública; al este, lote 6, y al oeste, lote 4. Mide: mil doscientos dieciocho
metros con diecinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las 8:15 horas del 23/11/2015, con la base de seis millones ciento setenta y un
mil seiscientos colones con treinta y nueve céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las 8:15 horas
del 09/12/2015 con la base de dos millones cincuenta y siete mil doscientos
colones con trece céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Adri contra Alejandro
Enrique Duarte Martínez, Dolores Martínez Montiel, José Esteban Duarte Duarte.
Exp. N° 15-018523-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 18 de junio del 2015.—Lic. Paula Morales
González, Jueza.—(IN2015047922).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del treinta y uno
de agosto del año dos mil quince, y con la base de dos millones trescientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número ciento ochenta y ocho mil novecientos diecinueve
duplicado a cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, Karina Martínez Ureña y Rafael Quesada Vargas; al sur,
Adrián Quesada Pérez, calle publica y Karina Martínez Ureña; al este, Adrián
Quesada Pérez, Karina Martínez, Damaris Arias y Adrián Quesada y al oeste,
Karina Martínez y Rafael Quesada Vargas, Adrián Quesada. Mide: seiscientos
veintitrés metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y cero minutos del dieciséis de setiembre del año dos
mil quince, con la base de un millón setecientos veinticinco mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las catorce horas y cero minutos del uno de octubre del año dos mil
quince con la base de quinientos setenta y cinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Nelson del Socorro Torres Montero contra Rafael Quesada Vargas. Exp. N°
15-002766-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, 9 de julio del 2015.—Lic. José Ricardo Cerdas
Monge, Juez.—(IN2015047924).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del dieciséis de
setiembre del año dos mil quince, y con la base de cincuenta y un millones
cuatrocientos setenta y dos mil ciento veintidós colones con sesenta y ocho
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Limon, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número ciento dieciocho mil cuatrocientos sesenta y
tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
03 Río Blanco, cantón 01 Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte,
Jovita Solano Arce; al sur, calle pública con frente de 15 metros lineales; al
este, Jovita Solano Arce y al oeste, Jovita Solano Arce. Mide: quinientos
veintidós metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las catorce horas y cero minutos del uno de octubre del año dos mil
quince, con la base de treinta y ocho millones seiscientos cuatro mil noventa y
dos colones con un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del diecinueve de
octubre del año dos mil quince con la base de doce millones ochocientos sesenta
y ocho mil treinta colones con sesenta y siete céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Crédito Agrícola de Cartago contra Adriana Soto Sequeira. Exp. N°
15-000077-1208-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 15 de junio del año 2015.—Lic.
Mario García Araya, Juez.—(IN2015047927).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes, a las diez horas y cero minutos del seis de octubre de dos mil
quince, y con la base de un millón quinientos veintinueve mil trescientos
cuarenta y cinco colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos sesenta y un mil
doscientos cuarenta y seis - cero cero cero, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito San
Lorenzo, cantón Tarrazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle
pública; al sur, Concepción Camacho Valverde; al este, Concepción Camacho
Valverde, y al oeste, Concepción Camacho Valverde. Mide: doscientos tres metros
con setenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y cero minutos del veintiuno de octubre de dos mil quince, con la base de
un millón ciento cuarenta y siete mil ocho colones con setenta y cinco céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas y cero minutos del cinco de noviembre de dos mil quince con la
base de trescientos ochenta y dos mil trescientos treinta y seis colones con
veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Roberto Antonio Badilla
Araya contra Yaneth Valverde Arias. Exp. N° 10-001595-0640-CI.—Juzgado Civil
de Cartago, 10 de junio del 2015.—Dr. Mauricio Vega Camacho,
Juez.—(IN2015047948).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas
2013-47431-02-005-001; a las nueve horas y cero minutos del treinta de setiembre
del año dos mil quince, y con la base de cincuenta millones de colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número ciento noventa y siete mil trescientos treinta-cero cero
cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 05 Sámara,
cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte servidumbre
de paso, en parte Inversiones y Diseños Norsan S. A.; al sur servidumbre de
paso con un frente de 39 metros 90 centímetros y en medio con el Mecate
Sociedad Anónima; al este servidumbre de paso con un frente de 30 metros y
calle publica con un frente de 22 metros 31 centímetros, y al oeste, Fupe de
Turrialba S. A. Mide: dos mil metros cuadrados. Plano: G-1613051-2012. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del quince de octubre
del año dos mil quince, con la base de treinta y siete millones quinientos mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta de octubre del
año dos mil quince con la base de doce millones quinientos mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Diana Llubere Acuña. Exp. N°
14-000008-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 15 de julio del 2015.—Lic. Mónica
Farah Castillo, Jueza.—(IN2015047949).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando condic y reserv; a las trece horas y treinta
minutos del treinta y uno de agosto de dos mil quince, y con la base de un
millón quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y
tres mil doscientos siete - cero cero cero, la cual es terreno de solar.
Situada en el distrito 05 Cariari, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, Fremar Internacional S. A.; al sur, calle pública con 23 m y
10 cm; al este, Fremar Internacional S. A. y al oeste, calle pública con 15 m.
Mide: trescientos cuarenta y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las trece horas y treinta minutos del dieciséis de setiembre de dos mil
quince, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las trece horas y treinta minutos del uno de octubre de dos mil quince con la
base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José
Alberto Arce Barboza contra Mario Bolívar Samudio Morales. Exp. N°
15-000002-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 8 de
junio del 2015.—Lic. Isabel Castillo Navarro, Jueza.—(IN2015047951).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso bajo las citas
tomo: 2011, asiento: 251934; a las ocho horas y cero minutos del veintiuno de
setiembre del dos mil quince, y con la base de treinta y nueve mil ochocientos
cincuenta y cinco dólares con sesenta y nueve centavos de dólar, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
621614-000 la cual es terreno lote tres, terreno para construir. Situada en el
distrito 05 San Rafael, cantón 04 Puriscal, de la provincia de San José.
Colinda: Al norte, Carlos Obando Guerro; al sur, lote cuatro; al este, Yamileth
López Hernández; y al oeste, lote uno. Mide: Seiscientos treinta y tres metros
con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas
y cero minutos del seis de octubre del dos mil quince, con la base de
veintinueve mil ochocientos noventa y uno dólares con setenta y siete centavos
de dólar (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de octubre del dos mil
quince con la base de nueve mil novecientos sesenta y tres dólares con noventa
y dos centavos de dólar (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito
Agrícola de Cartago contra María Desiree León Córdoba, Yamileth López
Hernández. Exp. N° 15-014879-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado
de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José,
30 de junio del 2015.—Lic José Francisco Azofeifa Barrantes,
Juez.—(IN2015047952).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas y Restricciones con citas
0343-00001779-01-0900-001, y con la base de un millón setecientos cincuenta mil
colones exactos, en el mejor postor remataré finca inscrita en el Registro
Público, provincia Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y nueve mil ochocientos treinta
cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 13
Peñas Blancas, cantón 02 Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: Al norte,
Servicios Técnicos Corval Sociedad Anónima; al sur, calle pública con 25.25
metros; al este, Édgar Campos Castillo; y al oeste, Carmen Julia Torres Sibaja.
Mide: Seiscientos noventa y seis metros con cero decímetros cuadrados. Para el
segundo remate, con la base de un millón trescientos doce mil quinientos colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta con
la base de cuatrocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Asimismo, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando Reservas y Restricciones con citas
343-01779-01-0900-001, y con la base de un millón quinientos mil colones, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número cuatrocientos treinta mil doscientos setenta y uno cero cero
cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 13 Peñas
Blancas, cantón 02 Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: Al norte, Flor
Corella Rodríguez; al sur, calle pública con un frente a ella de 11,14 cms; al
este, Carmen Julia Torres Sibaja; y al oeste, David Cortés García. Mide:
Cuatrocientos treinta y cinco metros cuadrados. Para el segundo remate, con la
base de un millón ciento veinticinco colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta con la base de trescientos
setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Para el primer remate se señalan a las nueve horas del veinticuatro
de agosto del dos mil quince, para el segundo remate se señalan las nueve horas
del ocho de setiembre del dos mil quince y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas del veinticuatro de setiembre del dos mil quince. Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Piedra y Navarro Sociedad Anónima contra Servicios
Técnicos Corval Sociedad Anónima. Exp. N° 14-006147-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 08
de mayo de 2015.—Lic. Diego Meoño Piedra, Juez.—(IN2015047970).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones
368-9569-01-900-001; a las diez horas y treinta minutos del dos de setiembre de
dos mil quince, y con la base de quince millones cuatrocientos sesenta mil
ochocientos sesenta y un colones con treinta y dos céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
trescientos cuarenta mil trescientos ochenta y seis-cero cero cero
(340.386-000) la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el
distrito Volio, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: Al norte,
Félix Calvo Montoya y Jaime Marín Araya; al sur, lote 2 y Jaime Marín Araya; al
este, lote 3; y al oeste, calle pública y Jaime Marín Araya. Mide: Quinientos
once metros con siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las diez horas y treinta minutos del diecisiete de setiembre de dos mil quince,
con la base de once millones quinientos noventa y cinco mil seiscientos
cuarenta y cinco colones con noventa y nueve céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
treinta minutos del dos de octubre de dos mil quince con la base de tres
millones ochocientos sesenta y cinco mil doscientos quince colones con treinta
y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa
a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y
Crédito de Servidores Públicos R.L. contra Francisco Gerardo Marín Araya. Exp.
N° 14-006191-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de
Heredia, 06 de julio del 2015.—Licda. Adriana Brenes Castro,
Jueza.—(IN2015047992).
En la puerta exterior de este Despacho; soportando
hipoteca de primer grado citas: 573-85467-01-0002-001; a las nueve horas y
quince minutos del uno de setiembre de dos mil quince, y con la base de
veintiséis millones cuatrocientos ochenta y seis mil cuatrocientos quince
colones con ochenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 437478-001/002 cero
cero uno, cero cero dos, la cual es terreno de café y agricultura. Situada en
el distrito San Rafael, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda:
Al norte, Emigdio Vega y Alejandro Vega; al sur, calle pública con 11 metros de
frente; al este, Emigdio Vega y Alejandro Vega; y al oeste, Henry Vega Ramírez.
Mide: Trescientos veintisiete metros con setenta y tres decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del
dieciséis de setiembre de dos mil quince, con la base de diecinueve millones
ochocientos sesenta y cuatro mil ochocientos once colones con ochenta y siete
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y quince minutos del uno de octubre de dos mil quince
con la base de seis millones seiscientos veintiún mil seiscientos tres colones
con noventa y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de los
Servidores Públicos R.L. contra María Auxiliadora Jiménez Leitón, Randall
Antonio Ramírez Gómez. Exp. N° 15-001635-1158-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro de Heredia, 29 de junio del 2015.—Lic. German
Valverde Vindas, Juez.—(IN2015047994).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas tomo
299, asiento 17122; a las quince horas y cero minutos del veintiocho de
setiembre del dos mil quince, y con la base de diez millones sesenta y cinco
mil setenta y tres colones con sesenta y nueve céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
quinientos setenta mil seiscientos ochenta y tres cero cero cero, la cual es terreno de solar con una casa.
Situada en el distrito 07-Pejibaye, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de
San José. Colinda: Al norte, Elmer Sánchez Mata; al sur, Elmer Sánchez Mata; al
este, Geovanny Solís Fallas; y al oeste, calle pública. Mide: Setecientos cinco
metros con veinticinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las quince horas y cero minutos del catorce de octubre del dos mil quince , con
la base de siete millones quinientos cuarenta y ocho mil ochocientos cinco
colones con veintisiete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del
veintinueve de octubre del dos mil quince con la base de dos millones
quinientos dieciséis mil doscientos sesenta y ocho colones con cuarenta y dos
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Berny Marín Naranjo. Exp. N°
15-003184-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur,
17 de julio del 2015.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2015047995).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las ocho horas y cero minutos del veintitrés de
setiembre del dos mil quince, y con la base de dieciséis mil setecientos
veinticinco dólares con noventa y dos centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo: Placas número CL-263378, marca Isuzu, estilo D MAX LS,
categoría carga liviana, capacidad 5 personas, año 2012, color azul, vin
MPATFS85HCT102277, cilindrada 3000 c.c., combustible diesel, motor Nº JL4717.
Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del ocho de
octubre del dos mil quince, con la base de doce mil quinientos cuarenta y
cuatro dólares con cuarenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del
veintiséis de octubre del dos mil quince con la base de cuatro mil ciento
ochenta y un dólares con cuarenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Luis Eduardo Barboza Ulloa. Exp. N° 15-003087-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, 13 de julio del 2015.—Licda. Eileen
Chaves Mora, Jueza.—(IN2015047996).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las catorce horas del dieciocho de agosto del dos
mil quince, y con la base de ciento treinta y cuatro millones seiscientos
ochenta y un mil ochocientos setenta y siete colones, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real número cincuenta y
cuatro mil trescientos trece, derechos cero cero uno, cero cero dos y cero cero
tres, la cual es terreno con un edificio de dos plantas. Situada en el distrito
uno Heredia, cantón uno Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: Al norte,
Ana María Chaves Sáenz; al sur, avenida 5; al este, calle seis; y al oeste,
Walter Mario Chaverri Molina. Mide: Doscientos noventa y tres metros con
catorce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce
horas del dos de setiembre del dos mil quince, con la base de ciento un
millones once mil cuatrocientos siete colones con setenta y cinco céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas del diecisiete de setiembre del dos mil quince con la base de
treinta y tres millones seiscientos setenta mil cuatrocientos sesenta y nueve
colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso abreviado de Alexavaleria Sociedad Anónima contra
Víctor Manuel Chaverri Molina y otro. Exp. N° 11-000891-0504-CI.—Juzgado
Civil de Heredia, 09 de junio del 2015.—Licda. María Inés
Mendoza Morales, Jueza.—(IN2015047999).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de
Ángel Guzmán Valverde, mayor, casado, vecino de Siquirres, y portador de la
cédula de identidad 7-0049-0600, a una junta que se verificará en este Juzgado
a las ocho horas y treinta minutos del tres de setiembre de dos mil quince,
para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código
Procesal Civil. Exp. Nº 11-000001-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 19 de junio del
2015.—MSc. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—1 vez.—(IN2015044812).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el
expediente N° 14-000229-0386-CI donde se promueven diligencias de Información
Posesoria por parte de Sodeybiz Isabel Víctor Coyado quien es mayor, estado
civil casada una vez, vecina de Salto de Liberia, frente al Bar Las Vegas,
portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número ocho-cero cero
ochenta y uno-cero doscientos cuarenta y tres, profesión comerciante, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es
terreno Jardín con una casa y patio. Situada en el distrito primero, cantón
cuarto, Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle
pública con un frente de dieciséis metros punto treinta y cinco centímetros
lineales; al sur, Carlos Enrique Marced; al este, Zugeydi Lara Rojas, y al
oeste, Cristina Solís Cano. Mide: doscientos catorce metros cuadrados. Indica
el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho
inmueble por venta que le hiciera el señor José Chaves Sotela y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión
han consistido en chapearlo, sembrar árboles frutales y cercalo. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.
Proceso información posesoria, promovida por Sodeybiz Isabel Víctor Coyado.
Exp. N° 14-000229-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste, Liberia, 26 de mayo del año 2015.—Lic. Berenice Picado Alvarado, Jueza.—1
vez.—(IN2015042601).
El Undoso Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-612302, con domicilio social en Limón-Pococí, La Rita,
mil quinientos metros al oeste de la Escuela La Primavera, representada por
Gustavo Marques Alonso, quien es mayor, masculino, estadounidense, enfermero,
casado una vez, pasaporte de su país Nº 423957287, vecino de La Pajarera de La
Rita de Pococí, Limón, mil metros de la entrada de la calle conocida como La
Pelota, promueve diligencias de Información Posesoria para inscribir a su
nombre en el Registro Público de la Propiedad, un inmueble que se describe así:
terreno de repasto y tacotal. Ubicado en: La Pajarera, distrito tercero Rita,
del cantón segundo Pococí, de la provincia de Limón. Mide: dieciséis hectáreas
dos mil novecientos cuatro metros con setenta y un decímetros cuadrados. Linda:
al norte y este, con Efraín Araya Sánchez; al sur, con El Undoso S. A.
(titulante), y al oeste, con quebrada sin nombre. Graficado en el plano
catastrado Nº L-820779-2002. Inmueble que fue estimado en la suma de veinte
millones de colones exactos y las diligencias en ese mismo monto. Dicho
inmueble no tiene cargas reales que pesen sobre el mismo, no posee condueños y
con las presentes diligencias no se pretende evadir las consecuencias de un
proceso sucesorio. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en
estas diligencias para que dentro del plazo de un mes, contado a partir de su
publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los
apercibimientos legales en caso de omisión. Expediente Nº 14-000182-0507-AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 29 de
junio del 2015.—Lic. Rónald Rodríguez Cubillo, Juez Agrario.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015042841).
Se hace saber que ante este Despacho
se tramita el expediente Nº 14-000188-0391-AG/4 donde se promueven diligencias
de Información Posesoria por parte de Anabelle Cabalceta Peña, quien es mayor,
casada una vez, profesora, vecina de Santa Cruz, Guanacaste, Barrio San Martín,
ochocientos metros al este de la Iglesia, cédula de identidad Nº 5-0145-1250, a
fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el
terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es pasto. Situada: en Rincón
de Moya, distrito primero Santa Cruz, cantón tercero Santa Cruz, provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, con Nelly Peña Ramírez; sur, Eurípides Arrieta
Pizarro y Wady Pizarro Arrieta; este, con Francisco Rodríguez Avilés y Wady
Pizarro Arrieta, y oeste, con calle pública con setenta metros ochenta y un
centímetros lineales. Mide: tres hectáreas tres mil ochenta metros diecisiete
decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado Nº G-1274211-08.
Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma
de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación de su
madre Celia Peña Rodríguez, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta,
pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de
diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en
arreglo de cercas, chapeas, rondas y cuido en general. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información
Posesoria, promovida por Anabelle Cabalceta Peña. Expediente Nº
14-000188-0391-AG/4.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste, Santa Cruz, 24 de junio del 2015.—Lic. José Joaquín Piñar
Ballestero, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015042842).
Vera Luz Núñez Serrano, mayor de
edad, casada, vecina de Paraíso de Cartago, cédula de identidad Nº 3-254-326,
promueve Información Posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro
Público de la Propiedad, libre de gravámenes y cargas reales, el inmueble que
se describe así: terreno de casa de habitación familiar. Situado: en San
Gerónimo, de Cachí, del cantón Paraíso, de la provincia
de Cartago. Linderos: noroeste, Carmen Picado Araya; sureste y este,
Auxiliadora Solano Solano, y oeste, calle pública. Según plano catastrado Nº
C-1653841-13. Mide de extensión: noventa y siete metros cuadrados. Manifiesta
que no está inscrito, que carece de título inscribible y que no pretende evadir
las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, ni pesan cargas
reales ni gravámenes sobre el inmueble. Lo adquirió de forma originaria el 15
de agosto de 1984. Estima el inmueble y el proceso en cinco millones de
colones. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se cita a todas las personas interesadas para que se apersonen en defensa de sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Vera Luz
Núñez Serrano. Expediente Nº 14-000225-0640-CI.—Juzgado Agrario de Cartago,
Cartago, 30 de junio del 2015.—Licda. Andrea Ruiz Ramírez, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015042843).
Se hace saber que ante este Despacho
se tramita el expediente Nº 14-000261-0391-AG donde se promueven diligencias de
Información Posesoria por parte de Yelda Rosales Ruiz, quien es mayor, soltera,
profesora, vecina de Guápiles de Limón, Urbanización Monte Limar, Asemeba dos,
carretera La Colina, del Restaurante Manolo 600 metros este y 25 norte, cédula
Nº 5-0261-0538, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es pastos. Situada:
en Caimito, distrito tercero Veintisiete de Abril, cantón tercero Santa Cruz,
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con camino público con un frente de
setenta y siete metros cinco centímetros lineales; sur, Maritza Vallejos
Arrieta; este, Damaris Rosales Ruiz, y oeste, Verny Rosales Ruiz. Mide: nueve
mil seiscientos setenta y seis metros cuadrados, tal como lo indica el plano
catastrado Nº G-1637833-13. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima el inmueble en la suma de quinientos mil colones. Que
adquirió dicho inmueble por donación de su madre, y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no
existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en arreglo de
cercos, chapeas, rondas y cuido en general. Que no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información
Posesoria, promovida por Yelda Rosales Ruiz.
Expediente Nº 14-000261-0391-AG/4.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 9 de junio del 2015.—Lic. José Joaquín
Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015042844).
Gerardo Bonilla Morales, cédula de
identidad Nº 3-180-173, casado una vez, pensionado, vecino de Paraíso, Cartago,
y Édgar Bonilla Morales, cédula de identidad Nº 3-117-162, casado una vez,
agricultor, vecino de Paraíso, Cartago, promueven diligencia de Información
Posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, un
inmueble que se describe así: terreno de cultivos. Sito en: distrito primero,
del cantón segundo de Paraíso, de la provincia de Cartago. Mide: cinco mil
ochocientos noventa y nueve metros cuadrados. Linda: norte, Julia Green
Vincent; al sur, servidumbre agrícola y orilla del río; al este, Julia Green
Vincent, y al oeste, Inversiones Agrícolas B y C Sociedad Anónima. Graficado en
el plano catastrado Nº C-1771801-2014, inmueble estimado en seiscientos
cincuenta mil colones y las diligencias en la suma de seiscientos cincuenta mil
colones. Manifiestan que no está inscrito, que carece de título inscribible y
que no pretenden evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene
condueños, ni pesan cargas reales, no existe gravamen sobre el inmueble. Lo
adquirieron mediante donación por parte de su padre José Ismael Bonilla
Valverde, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de sesenta años,
sumando la posesión ejercida por sus anteriores transmitentes. Por medio de
este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que
dentro del plazo de un mes, contado a partir de su publicación, se apersonen en
este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en
caso de omisión. Expediente Nº 15-000003-0699-AG.—Juzgado Agrario de
Cartago, Cartago, 8 de junio del 2015.—Licda. María Rosa Castro García.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015042866).
Se hace saber: que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 15-000017-0391-AG/4 donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Danny José Moreno Bustos
quien es mayor, soltero, mecánico, vecino de Santa Cruz, Guanacaste, del Banco
Nacional quinientos metros este, cédula de identidad número 5-0381-0650, a fin
de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca cuya naturaleza es reforestación natural, situada en
Barrio Limón, distrito primero Santa Cruz, cantón tercero Santa Cruz, provincia
de Guanacaste, colinda al norte con Anabelle Cabalceta Aguilar, sur Juana
Chaves Briceño, este Río Diriá y oeste calle pública con un frente de cuarenta
y cinco metros lineales. Mide cinco mil doscientos ochenta y tres metros
cuarenta y siete decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número G-524964-98. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir
pesan cargas reales o gravámenes soporta hipoteca en primer grado, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de un millón de
colones. Que adquirió dicho inmueble por compra en noviembre de 2014 y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de
buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños.
Que los actos de posesión han consistido en limpia de maleza, chapeo y rondeo.
Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se
emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria,
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación
de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.
Proceso información posesoria, promovida por Danny José Moreno Bustos. Exp.
15-000017-0391-AG/4.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste, Santa Cruz, 26 de febrero de 2015.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015043109).
Se hace saber: que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 15-000086-0391-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Miguel Cruz Leitón, quien es
mayor, casado una vez, oficial de seguridad, portador de la cédula de identidad número cinco-dos seis cuatro-siete siete
cero, vecino de Montaña Grande de Lepanto, Puntarenas, cincuenta metros al
oeste de la plaza de Deportes, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya
naturaleza es terreno de árboles frutales. Situada en el distrito Cuarto
Lepanto, cantón Primero, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
Aurelio Ángel Amador Porras; al sur, Alexander Amador Ugalde; al este, Maricela
Jiménez Amador, Rosa Elvira Bermúdez Madrigal, Marlene Amador Porras y calle
pública con un frente a ella de cuarenta y cuatro metros con noventa y seis
centímetros lineales y al oeste, Aurelio Ángel Amador Porras. Mide: cinco mil
treinta y nueve metros noventa decímetros cuadrados, tal como lo indica el
plano catastrado número P-1104225-2006. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho
inmueble por compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta,
pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de
dieciocho años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han
consistido en cercado, chapeas y asistencia general. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según
se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Miguel Cruz Leitón. Exp: 15-000086-0391-AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 24
de junio del 2015.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015043111).
Se hace saber: que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 15-000090-0391-AG donde se promueven
diligencias de Información Posesoria por parte de Abner Jesús Dinarte Pizarro
quien es mayor, estado civil soltero, vecino de La Garua de Arado Santa Cruz,
portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 5-304-488,
profesión dependiente, Gabriela Yubank Pizarro c.c Gabriela Pizarro Ruiz quien
es mayor, soltera, Educadora, con cédula de identidad número 9-100-236, vecina
de La Garua, José Joaquín Dinarte Pizarro, quién es mayor, casado una vez,
Jornalero, con cédula de identidad número 5-294-211, vecino de Barrio Cacao de
Santa Cruz a fin de inscribir a sus nombres en partes iguales y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya
naturaleza es pasto y casa de habitación. Situada en el distrito Primero (Santa
Cruz), cantón tercero (Santa Cruz), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al
norte, Eylen María Pizarro Ruiz, Rosa Zulay Pizarro Ruiz todos en parte y
servidumbre de paso en medio; al sur, Neira Pizarro Ruiz; al este, calle
pública con un frente a ella de veintitrés metros con doce centímetros lineales
y Rosa Zulay Pizarro Ruiz y al oeste, Karla Oreana Pizarro Ruiz.- Mide: Cuatro
mil doscientos dos metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número G-1645423-2013. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
tanto el inmueble como las presentes diligencias
en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por
donación de su madre, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta,
pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de
diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido
en cercarlo, cambiar postes. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Abner Jesús Dinarte Pizarro y otros. Exp: 15-000090-0391-AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial
de Guanacaste, Santa Cruz, 1° de julio del
2015.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015043114).
Juan Miguel Castro Solís, mayor,
casado una vez, comerciante, vecino de Los Chiles de Alajuela 100 metros norte
del Hospital, cédula 4-126-072, solicita se levante Información Posesoria y se
ordene inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad sin
perjuicio de terceros de mejor o igual derecho, la finca que le pertenece por
compra que le hiciere al señor Roger Avellán Armas, mayor, casado una vez,
comerciante, cédula 1-414-919, vecino de San Vicente de Moravia del colegio
Saint Anthony 200 metros al noroeste y 100 metros al norte apartamento N° 10,
con quien no le liga parentesco, el 21 de agosto de 2008. Dicho terreno se
describe así: Terreno para construir, sita en los Chiles, distrito primero del
cantón catorce, provincia de Alajuela de la Provincia de Alajuela. Linda al
noroeste, calle pública con un frente de 17.39 metros lineales; sureste; El
Bodegón S. A., noreste, calle púlica con un frente de 20.40 metros lineales,
suroeste, Ingrid Melissa Rojas cantón. Mide: trescientos cincuenta un metros
cuadrados, según el plano catastrado número A-1321049-2009 de fecha 5 de
febrero de 2009. El terreno a titular se encuentra libre de gravámenes y
condueños. El inmueble fue estimado en la suma de Un millón de colones al igual
que las presentes diligencias. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la
inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la
publicación este edicto. Expediente N° 10-100620-0297 CI. Información posesoria
promueve Juan Miguel Castro Solís.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 9 de agosto de
2010.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—(IN2015046687).
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Manuel Vargas Hidalgo,
mayor, casado, médico pensionado, cédula de identidad número 0302440231, y
vecino de Barrio El Molino de Cartago. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente Nº 15-000146-0640-CI.—Juzgado Civil
de Cartago, 23 de abril del año 2015.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1
vez.—(IN2015042588).
Se hace
saber que ante esta notaría, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
fue Dagoberto Acuña Serrano, mayor, casado, cédula de identidad: tres cero cero
siete cinco cero uno dos siete, vecino de la provincia de Cartago, cantón
Alvarado, distrito Pacayas. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y
en general a todos los interesados, para que en el plazo de treinta días
contados a partir de la publicación del presente edicto comparezcan a hacer
valer sus derechos, con al apercibimiento a aquellos que crean tener derecho de
herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasara a quien
corresponda. Cartago, de la entrada principal de los Tribunales de Justicia,
trescientos metros al sur Bufete Arce Acuña y Asociados.—Dra. Angie Arce Acuña,
Notaria.—1 vez.—(IN2015046505).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de Sofía Lorena Alcázar Jiménez, quien fue mayor, casada dos veces,
pensionada y ama de casa, vecina de Calle Blancos, Goicoechea, de la plaza de
deportes cuatrocientos metros al oeste, casa de madera de color verde con rejas
negras, sin número visible, cédula de identidad número 1-0581-0038, para que
dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-2015.—San José, 22 de julio
2015.—Licda. Mercedes Margarita Pacheco Monge, Notaria.—1 vez.—(IN2015046538).
Se cita a herederos, acreedores y demás
interesados en la sucesión de José Jiménez Peraza, quien fue soltero,
agricultor, de Patio de Agua, San Rafael, Coronado, cédula 1-0118-6220, para
que dentro del plazo de 30 días contados después de la publicación de este
edicto, se apersonen a esta notaría en defensa de sus derechos, bajo
apercibimiento de que en caso de no hacerlo la herencia pasará a quien en
derecho corresponde. Asimismo deben señalar lugar o medio para recibir notificaciones.
Expediente 2015-002-17771. Lic. Henry Mora Núñez, notario público.—San Rafael,
Coronado, frente Pupusas Tazumal.—Coronado, julio, 21 de 2015.—Lic. Henry Mora
Núñez, Notario.—1 vez.—(IN2015046567).
Se cita y emplaza
a todos los herederos de la sucesión de Raúl Salas Solano, quien fue, mayor,
casado una vez, agricultor, vecino de Capulín de Orotina, cédula dos- ciento
ochenta y dos - cuatrocientos sesenta y siete, para que en el plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a mi
Notaría, sita en Heredia, avenida cuatro calles dos y cuatro, a fin de hacer
valer sus derechos. 15- cero cero cero uno- Sucesión.—Heredia, 22 de julio del
2015.—Lic. Carlos Sánchez Carballo, Notario.—1 vez.—(IN2015046570).
El suscrito notario hace saber que en su
notaria ubicada en Los Chiles de Alajuela frente a Los Tribunales de Justicia
se tramita el proceso sucesorio en sede notarial de quien en vida fue: Elba
Juventina Miranda Calix, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula 2-249-703,
vecina de Los Chiles de Alajuela. Se emplaza a terceros con interés en este
sucesorio apersonarse dentro de los próximos treinta días hábiles a partir del
día siguiente de la publicación de este edicto, con el fin que hagan valer sus
derechos.—Lic. Juan Abel Beteta Ocampos, Notario.—1 vez.—(IN2015046675).
Se hace saber a cualquier interesado, que
ante esta notaría sita en la ciudad de San José, exactamente entre avenidas
ocho y diez, calle quince, casa número ochocientos treinta y siete, oficina número
cinco, se lleva el proceso sucesorio notarial de quien en vida fue doña Flor
Alvarado Jiménez, quien fue mayor, casada en primeras nupcias, ama de casa, vecina de La Suiza de Turrialba, cédula de
identidad número seis-cero sesenta y ocho-cero cero uno, fallecida el día ocho
de abril del dos mil nueve. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y
en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien
corresponda. Expediente notarial sucesorio N° 2015-0001.—21 de julio del
2015.—Lic. José Wilfredo Tercero Reyes, Notario.—1 vez.—(IN2015046727).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de Miriam Jesús Mendoza Valdés quien era mayor, costarricense, del
hogar, casada una vez, portadora de la cédula de identidad número seis - cero
noventa y siete - novecientos setenta, quien fue vecina de Residencial Ureña,
Golfito, Puntarenas, para que dentro del plazo de treinta días a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos, que no se presentan dentro de dicho
plazo, la herencia pasará a quien corresponda; todo ello ante proceso sucesorio
extrajudicial en sede notarial. Expediente N° 2014-010, Notario Camilo Diego
Cedeño Castro diagonal a la Policía de Proximidad de Río Claro, Guaycara,
Golfito, Puntarenas.—Lic. Camilo Diego Cedeño Castro, Notario.—1
vez.—(IN2015046751).
Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores e interesados en la sucesión de quien en vida fue Juan
Rafael Avellán Vargas, quien fue mayor, pensionado, cédula de identidad seis-
ciento sesenta y siete- seiscientos diez, vecino de Dulce Nombre, La Unión,
Cartago, Barrio El Carmen, Urbanización El Tirrá, casa número siete Q, para que
dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de
este edicto, se apersonen en resguardo de sus derechos, apercibidos los que
crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Se le previene a los interesados de
que en el acto de ser notificado o separadamente dentro del tercer día, deben
señalar medio de notificación casa u oficina dentro del perímetro de la oficina
de la Licenciada Angélica Sanabria Conejo, que se ubica en Tres Ríos, La Unión,
Cartago, del Banco Crédito Agrícola de Cartago setenta y cinco metros este,
para atender notificaciones bajo los apercibimientos de que mientras no lo
hagan las resoluciones posteriores que se dicten se les tendrán por notificadas
con solo el transcurso de veinticuatro horas. Expediente N° 2015-01. Sucesión
Juan Rafael Avellán Vargas.—Licda. Angélica Sanabria Conejo, Notaria.—1
vez.—(IN2015046757).
Se hace saber: Que ha sido solicitada la
intervención del suscrito notario para tramitar el proceso sucesorio
extrajudicial de quien en vida fue Eduardo Ernesto Jiménez Monte Alegre, mayor,
soltero, vecino de Pavas, Rohrmoser, de Antojitos cien metros al norte, y
veinticinco al oeste, con número de cédula de identidad 1-04720896, San José;
quien falleció en San José, el día 10 de Noviembre de 2014. Se cita y emplaza a
los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo de 30 días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan
dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda. La oficina del
suscrito Notario se encuentra ubicada en San Rafael de Escazú, 200 metros sur
de la entrada sureste al Centro Comercial Multiplaza, Edificio Terraforte, 4to
piso, oficinas del bufete Lex Counsel. Expediente 0001-2015.—San José, 17 de
julio del 2015.—Jorge Moisés Ulloa Maduro, Notario.—1 vez.—(IN2015046824).
Se emplaza a todos los interesados en la
sucesión de Vicente Dagoberto Ulate Mora, quien fuera mayor, viudo una vez,
pensionado, vecino de Heredia, ciudadela
Bernardo Benavides, casa número ciento noventa y tres, portador de la cédula de
identidad número cuatro-cero cero ochenta y seis - cero setecientos setenta y
seis, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de su
publicación, se apersonen a esta notaría. Para ser publicado en el Boletín
Judicial por única vez en cualquier momento. JHFV ubicada en Santo Domingo,
Heredia, doscientos metros al este y ciento cincuenta metros al sur de la
Municipalidad - a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si así no lo
hacen la herencia pasará a quien legalmente corresponda. (Exp. 0001-2015
Proceso sucesorio en sede notarial).—Lic. Julio H. Fonseca Vargas, Notario.—1
vez.—(IN2015046843).
Mediante acta de apertura de las 16:10 horas
del 16 de julio del año 2015, otorgada ante esta notaría por la Sra. Josefa
Bermúdez Abarca y habiéndose comprobado el fallecimiento de quien en vida fuera
Wilfrido Sánchez Sánchez, mayor, cédula de identidad número 1-282-849, casado
una vez, vecino de San Marcos de Tarrazú; esta notaría declaró abierto el
proceso sucesorio ab intestato tramitado en el expediente N° 001-2015. Se cita
y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados
para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus
derechos. Notaría del Lie. Manuel Emilio Castro Marín, que se ubica en el local
N°45 del Centro Comercial Plaza Cristal en el cantón central de Curridabat de
la provincia de San José, Teléfono 4001-5164.—Curridabat, 21 de julio del
2015.—Lic. Manuel Emilio Castro Marín, Notario.—1 vez.—(IN2015046848).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría por Marta Eugenia Aguilar Valverde, a las once horas del siete de Julio
del dos mil quince y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto
el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Magdalena Calderón
Calderón, mayor, soltera, oficios del hogar, vecina de Matina, Zent Nuevo
doscientos metros al este de la Escuela, con cédula número cinco- cero tres
ocho- nueve cero tres. Se cita y emplaza a todos los interesados para que
dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría
del Lic. Carlos Eduardo Solano Serrano.—Siquirrés, Limón, altos de Tienda
Pirámide.—Lic. Carlos Eduardo Solano Serrano, Notario.—1 vez.—(IN2015046854).
Se hace saber
que ante mi notaría se tramita la sucesión de Honoria Margarita Díaz Selva,
quien fuera mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Barrial de Heredia,
con cédula de identidad número 6-0071-0570. Se cita y emplaza a todos los
interesados, para que dentro de, plazo improbable de treinta días contados a
partir de esta publicación, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus
derechos, bajo el apercibimiento, a aquellos que crean tener la condición de
heredero, de que si no se apersonan dentro de, plazo otorgado, la herencia
pasará a quien legalmente corresponda. Para efectos de recibir notificaciones y
la documentación necesaria para la tramitación de este sucesorio señalo mi
oficina, sita en Heredia, de los Tribunal de Justicia, veinticinco metros a,
este, altos de la Tribuna, al fax número 2260-8280 o al correo electrónico:
Juankar@racsa.co.cr, expediente número 02-2015-NOT.—Heredia, 23 julio
del 2015.—Juan Carlos Camacho Sequeira, Notario.—1 vez.—(IN2015046863).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15:00 horas del 16 de julio del 2015 y comprobado el
fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato
extrajudicial en sede notarial de quien en vida fuera Gilbert Córdoba
Portocarrero, quien en vida fuera mayor, casado una vez, pensionado, portador
de la cédula de identidad número uno-doscientos setenta-cero cuarenta y cinco,
cuyo último domicilio fuera San José, Barrio Cristo Rey, de la iglesia
católica, quinientos metros al norte. Se cita y emplaza a todos los interesados
para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que si no se presentan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien
corresponda. Expediente 002-2015. Notaría del Lic. Mauricio Bolaños Delgado,
Heredia, Lagunilla, Centro Comercial Small Lamugue, Oficina 15.—Lic. Mauricio
Bolaños Delgado, Notario.—1 vez.—(IN2015046940).
Se hace saber que ante esta notaría, se
tramita el proceso sucesorio notarial de quien en vida fue Gilberto Francisco
Bonilla Rojas, quien fue, mayor, casado una vez, médico, vecino de San José,
cédula de identidad uno-doscientos treinta y cuatro-setecientos noventa y
cinco, quien falleció el quince de setiembre de mil novecientos noventa y tres.
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría cita del Juzgado
Penal de Pavas, cincuenta metros al norte, veinticinco metros oste casa número
cuarenta y siete, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos
que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2015. Notario
Róger Antonio Hidalgo Zúñiga.—13 de julio 2015.—Lic. Róger Antonio Hidalgo
Zúñiga, Notario.—1 vez.—(IN2015047004).
Se emplaza a todos los interesados en la
sucesión de quien en vida fue: Blanca Rodríguez González, mayor, viuda una vez,
ama de casa, cédula: dos-ciento seis-ochocientos sesenta y cuatro, vecina de
Grecia; para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto; comparezcan ante esta notaría, ubicada en Grecia
Centro, frente a Ekono, a reclamar sus derechos. Asimismo se apercibe a los que
crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de este
término, la herencia pasará a quien corresponda. La apertura del proceso
sucesorio extrajudicial se solicitó mediante acta notarial, escritura número
doscientos cuarenta y ocho del protocolo cuatro, otorgada ante el suscrito
Notario, a las dieciséis horas del veintisiete de mayo del dos mil quince; en
la que se nombró como Albacea propietaria a: Patricia Pinagel Rodríguez,
cédula: dos-doscientos noventa y dos-cero ochenta y tres. Expediente número:
004-2015.—Grecia, a las 9:00 horas del 28 de mayo del dos mil quince.—Luis
Guillermo Álvarez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2015047017).
Se informa de muerte de Benilda Valverde
Durán, viuda una vez, ama de casa, cédula: uno - ciento setenta y ocho -
trescientos ochenta, esposa del causante Carlos Alberto Camacho Quesada,
cédula: 1-338-455; ambos vecinos de Linda Vista de Siquirres, contiguo a
Pulpería Los Ángeles, proceso sucesorio que se tramita en esta Notaría. Se
previene a herederos e interesados, para que en un periodo de 30 días se
presenten a hacer valer sus derechos.—Lic. Óscar Bogantes Rodríguez, Notario.—1
vez.—(IN2015047035).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de Carlos Barahona Picado, quien
fue mayor, soltero, pensionado, con cédula tres-ciento cincuenta y cuatro -
novecientos sesenta y tres y vecino de Cartago, La Unión, San Rafael, El
Fierro, de la Cantina La Aurora, cien metros este, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
reclamar su derechos; y se aperciben a los que crean tener calidad de
herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a
quien corresponda.-Expediente 0001-2015. Notaría bufete Mora Campos. Lic. Marco
Vinicio Mora Campos, notario público. Sita: 50 metros al este de la Ferretería
Las Gravilias de San Rafael, La Unión, Cartago.—Lic. Marco Vinicio Mora Campos,
Notario.—1 vez.—(IN2015047046).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de José María Moncada Díaz, cédula de identidad ocho- cero cuarenta
y seis- cero setecientos cincuenta y nueve para que dentro del plazo de treinta
días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos. Expediente 01-2015. Notaría del Bufete del Notario Luis
Gerardo Brenes Solano.—San José, 22 de julio de dos mil quince.—Lic. Luis
Gerardo Brenes Solano, Notario.—1 vez.—(IN2015047055).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de Chunlin Huang Huang, fallecido el día 2 de junio del 2015 para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la notificación de
este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de este plazo la
herencia pasará a quienes corresponda. Expediente 001-2015.- notaría de San
Juan de Santa Bárbara de Heredia, Urbanización Samarcanda casa dos I.—Lic.
Diego Oporto Mejía, Notario.—1 vez.—(IN2015047097).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría por Heeymis De Los Ángeles Vargas Gutiérrez, a las quince horas y cero
minutos del veinticuatro del mes de junio del año dos mil quince y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara
abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Adrián Eliecer
De La Trinidad Picado Chavarría, mayor, casado una vez, vecino de Parrita. Las
Lomas, Grupo cuatro casa cincuenta y seis portador de la cédula de identidad
número uno- quinientos setenta y cinco- cero noventa y uno. Se cita y emplaza a
todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Juan Carlos Chávez
Alvarado, vecino de Parrita bajos de la Municipalidad, Teléfono dos siete siete
nueve ocho cero cinco nueve (Publicar 1 vez en el Boletín Judicial.—Lic.
Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2015047107).
Ante mi notaría, se han presentado las
señoras Ana Marita Herrera García, Rebeca Herrera García e Irene Herrera García,
para solicitar al suscrito notario la reapertura del proceso sucesorio ab
intestato de quien en vida fue: Carmen García Matamoros, mayor, viuda,
educadora, vecina de Puntarenas, Esparza, La Riviera, del Restaurante Tabaris,
cien metros al norte y cincuenta al oeste, portadora de la cédula de identidad
número seis- cero noventa- seiscientos cuarenta. En virtud de lo anterior, se
cita y emplaza a todos los interesados para que dentro de treinta días contados
a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría
ubicada 200 metros al norte de Coopesparta R.L., en la ciudad de Esparza,
provincia de Puntarenas a reclamar y hacer valer sus derechos, apercibidos de
que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente N° 01-2009.—Esparza 20 de julio del 2015.—Lic. Warner Calvo Dinarte,
Notario.—1 vez.—(IN2015047188).
Se hace saber que
en esta notaría se tramita el sucesorio de Rafael Ángel Cervantes Sanabria,
cédula 3-093-259. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general
a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a quienes crean tener derecho a la herencia, de
que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente 0001-2015. Notaría Miguel Ángel Ortega Bastos, carné de colegiado
número 12.293.—23 de julio del 2015.—Lic. Miguel Ángel Ortega Bastos,
Notario.—1 vez.—(IN2015047214).
Por única
vez, se tita y emplaza por el plazo de treinta días naturales a herederos y
demás partes interesadas en el Sucesorio de quien en vida se llamó, Teodora
Barrantes González, quien fue, mayor, soltera, comerciante portadora de cédula
número 5-075-358, vecina de Santa Cruz, del Banco Popular trescientos metros al
oeste y setenta y cinco meto al norte, a fin de que se apersonen a hacer valer
sus derechos o la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número
002-2015. Notaría del Bufete MSc., Ángela Aurora Leal Gómez, Notaria
Publica.—Santa Cruz, Guanacaste, 21 de julio del 2015.—MSc. Ángela
Aurora Leal Gómez, Notaria.—1 vez.—(IN2015047280).
Se emplaza a los herederos, legatarios,
acreedores y demás interesados en la sucesión de quien en vida fue, José
Eduardo Brenes Umaña, mayor, casado una vez, técnico en telecomunicaciones,
portador de la cédula de identidad nueve-cero cero cuarenta y cinco-cero
novecientos nueve. Se declara abierto su Proceso Sucesorio, para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación del edicto, se
apersonen ante esta notaría en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento
de que en caso de que no lo hicieren, la herencia pasará a quien en derecho
corresponda. Expediente número cero cero uno-dos mil quince. Sucesorio en Sede
Notarial de José Eduardo Brenes Umaña.—Lic. Alejandra Arias Madrigal,
Notaria.—1 vez.—(IN2015047313).
Se cita y emplaza a los herederos,
legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión del
señor Víctor Gerardo Valverde Valverde, quien en vida fue mayor, casado una
vez, pensionado, costarricense, vecino de San José, Escazú, San Antonio, de la
iglesia católica de Escazú centro un kilómetro al sur, cien metros este, ciento
veinticinco metros sureste, con cédula de identidad número uno-cero trescientos
setenta y dos-cero cuatrocientos cuarenta y dos, para que dentro del plazo de
treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen
ante esta notaría, situada en San José, San José, Merced, Paseo Colón, Edificio
Colón, piso número trece, oficina número dos, a hacer valer sus derechos con el
apercibimiento de que si no lo hace, la herencia pasará a quien
corresponda.—San José, veintiséis de mayo del dos mil quince.—Lic. Serguei
Swirgsde González, Notario.—1 vez.—(IN2015047316).
Margarita Arias
Formoso, Notaria Pública con oficina en San José, Goicoechea, Guadalupe, ciento
cincuenta metros al norte de Novacentro, hace saber que en mi notaria, a las
doce horas del dieciséis de diciembre de dos mil catorce, bajo el expediente
número cero tres-dos mil catorce se declaró abierto el proceso sucesorio ab
intestato en sede notarial de quien en vida fuera Juan Guillermo Granados
Fonseca, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, vecino de San José,
Sabanilla, Montes de Oca, cien metros al norte del Banco Nacional, portador de
la cédula de identidad número uno-cero doscientos setenta y dos-cero cero
treinta y uno. Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en
general y en general a todos los que puedan resultar interesados o crean tener
derechos en la presente sucesión en sede notarial a efecto de que concurran a
hacer valer sus derechos dentro del plazo de treinta días contados a partir de
la fecha de publicación del presente edicto en la oficina de la suscrita
notaría en la dirección indicada, bajo apercibimiento de que de apersonarse la
herencia pasará a quien corresponda. San José.—Licda. Margarita Arias Formoso,
Notaria.—1 vez.—(IN2015047382).
Margarita Arias Formoso, Notaria Pública con
oficina en San José, Goicoechea, Guadalupe, ciento cincuenta metros al norte de
Novacentro, hace saber que en mi notaría a las doce horas del dieciséis de
diciembre del dos mil catorce, bajo el expediente número cero tres-dos mil catorce
se declaró abierto el proceso sucesorio ab intestato en sede notarial de quien
en vida fuera María del Socorro conocida como Maruja Quesada Argüello, mayor,
casada una vez, señora de su casa, vecina de Barrio Aranjuez, San José,
portadora de la cédula de identidad número: cuatro-mil treinta y
uno-trescientos setenta y dos, se cita y emplaza a herederos, legatarios,
acreedores y en general y en general a todos los que puedan resultar
interesados o crean tener derechos en la presente sucesión en sede notarial a
efecto de que concurran a hacer valer sus derechos dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la fecha de publicación del presente edicto en la
oficina de la suscrita notaria en la dirección indicada, bajo apercibimiento de
que de apersogarse la herencia pasará a quien corresponda, San José.—Licda.
Margarita Arias Formoso, Notaria.—1 vez.—(IN2015047385).
Margarita Arias Formoso, Notaria Pública con
oficina en San José, Goicoechea, Guadalupe, ciento cincuenta metros al norte de
Novacentro, hace saber que en mi notaría, a las diecisiete horas del tres de
diciembre del dos mil catorce, bajo el expediente número cero uno-dos mil
catorce se declaró abierto el proceso sucesorio ab intestato en sede notarial
de quien en vida fuera Vera Vaglio Cortez, mayor, casada una vez, maestra
pensionada, vecina de Moravia, San José, portadora de la cédula de identidad
número siete-doscientos diez-novecientos ochenta y cuatro, se cita y emplaza a
herederos, legatarios, acreedores y en general y en general a todos los que
puedan resultar interesados o crean tener derechos en la presente sucesión en
sede notarial a efecto de que concurran a hacer valer sus derechos dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la fecha de publicación del presente
edicto en la oficina de la suscrita notaria en la dirección indicada, bajo
apercibimiento de que de apersonarse la herencia pasará a quien corresponda.
San José.—Licda. Margarita Arias Formoso, Notario.—1 vez.—(IN2015047388).
Se cita y emplaza a todos los herederos e
interesados en el proceso sucesorio notarial Ab Intestato de quien en vida fue,
Marlene Barrantes Barrantes, casada una vez, de oficios del hogar, cédula
dos-trecientos cuarenta y tres-novecientos cuarenta y dos, para que se
apersonen ante la Notaría de Luis Carlos Acuña Jara, en Naranjo centro
cincuenta metros al norte de Almacén Roes, por un plazo de treinta días,
contados a partir del día siguiente de esta publicación, a hacer valer sus
derechos presentando para ello todos los documentos que los acrediten como
legitimados y los escritos respectivos en papel de seguridad notarial. Se les
avisa que una vez pasado el plazo dicho, se protocolizarán los acuerdos ya
tomados por los herederos. Expediente número cero cero cero dos-dos mil
quince.—Naranjo, 22 de julio del 2015.—Lic. Carlos Acuña Jara, Notario.—1
vez.—(IN2015047407).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la Sucesión de: Juan Rafael Mesén Chavarría, cédula seis-cero dos tres-dos
cuatro cero, quien en vida fue, casado una vez, agricultor, vecino de último
domicilio en quinientos metros suroeste de la escuela, Limoncito de Coto Brus,
Puntarenas: para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos: y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de
dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: 0001-2015.
Sucesión de, Juan Rafael Mesen Chavarría. Notaría del Licenciado Arturo Méndez
Jiménez, carné 9302, frente al almacén El Súper Barato de San Vito de Coto
Brus, Puntarenas.—Lic. Arturo Méndez Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2015047408).
Se convoca a
todos los herederos e interesados en la Sucesión de, María Eugenia White
Solano, quien fue mayor, divorciada una vez, ama de casa, vecina de Pavas San
José, cédula número dos-ciento noventa y cinco-novecientos sesenta y dos; quien
falleció el veinticuatro de mayo del año dos mil catorce; para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante la Notaría del Licenciado Gerardo Moya Paniagua, con Oficina
abierta en la ciudad de Orotina Centro, costado norte del ICE, teléfono número
2428-86-72 ó al fax 2428-77-60, a hacer valer sus derechos, apercibiendo a
todos los que puedan tener la calidad de herederos o interesados, que si no se
presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quienes corresponda.
Expediente N° 002-2015.—Orotina, trece de julio del dos mil quince.—Lic.
Gerardo Moya Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2015047427).
Se convoca a
todos los interesados y presuntos herederos de la sucesión de quien en vida se
llamó, Alejandro Néstor Reyes Aburto, mayor, viudo una vez, pensionado, vecino
de Guadalupe, con cédula de identidad número siete-trescientos treinta-ochocientos
cuarenta y cinco; y de Emilia Rodríguez Delvier, mayor, casada una vez, vecina
de Guadalupe, con cédula de identidad número ocho-cero sesenta y
ocho-setecientos ochenta y tres, para que dentro del plazo de treinta días,
contados a partir de la publicación del presente edicto, comparezcan ante esta
notaria en defensa de sus derechos bajo el apercibimiento de que si así no lo
hicieren, la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Igualmente que la
sede de esta Notaria se ubica en San José, calle dieciocho bis avenida doce
bis, número dieciocho veintisiete.—San José, a las diez horas del tres de julio
del dos mil quince (Sucesorio en sede notarial de Alejandro Reyes Aburto y
Emilia Rodríguez Delvier. Expediente 15-0001-SUNO.—Lic. Francisco José Amado
Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2015047432).
Se cita y emplaza
a todos los herederos, acreedores, legatarios e interesados en la sucesión de
quien en vida se llamó, Néstor Amilcar Herrera Herrera, mayor, casado una vez,
comerciante, vecino de Puntarenas, Centro, Avenida Central, del Estadio Lito
Pérez, veinticinco metros al este y con cédula ocho-cero cero cinco cero-cero
uno uno cero cinco, quien falleció el 30 de enero del 2015, para que en el
término de treinta días, contados a partir de la publicación de este edificio,
comparezcan en la oficina del Notario Giovanni Enrique Incera Segura, ubicada
en San José, Zapote de Radio Columbia cien metros al oeste, edificio Lolita,
segundo piso, a reclamar sus derechos y se percibe a los que creen tener
calidad de herederos, que si no se presentan dentro del término, la herencia
pasará a quien corresponda.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Giovanni
Enrique Incera Segura, Notario.—1 vez.—(IN2015047451).
Se cita a herederos, legatarios, acreedores y
en general a todos los interesados, en la sucesión, de quien en vida se llamó
María Ester Romero Segura, y fue mayor, casada una vez, ama de casa, con cédula
uno-cinco cero ocho-siete cero cuatro, vecina de San Isidro, Alumbre, Central,
Cartago, de la iglesia quinientos metros oeste y quinientos suroeste, para que
dentro del plazo de treinta días, contados a partir de esta publicación,
comparezcan a hacer valer sus derechos, apercibidos, los que crean tener derecho
a la herencia, de que, si no se presentan en este plazo, el haber relicto
pasará a quien corresponda. Lic. Olman Alberto Rivera Valverde, Notario
Público. Oficina ubicada en San Juan Norte, Cartago, setecientos metros noreste
de la iglesia católica. Expediente 4-2012.—Cartago, 4 de junio del dos mil
quince.—Lic. Olman Alberto Rivera Valverde, Notario.—1 vez.—(IN2015047473).
Se emplaza a los
herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el sucesorio de, Óscar
Coghi Fernández, cédula 1-370-883 mayor, casado una vez, ingeniero y vecino de
la ciudad de Cartago, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta Notaria ubicada
frente al costado norte de los Tribunales en Cartago teléfono 25-51-09-26, para
hacer valer sus derechos. Se advierte a los que crean tener derecho a la
herencia, que si no se presentan dentro de ese término, ésta pasará a quien
corresponda.—Cartago, 21 de julio del 2014.—Lic. Eugenio Ortiz Álvarez,
Notario.—1 vez.—(IN2015047493).
Se emplaza a los
herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el sucesorio de Johnny
González Rivera, ciudadano estadounidense, portador del pasaporte de su
nacionalidad número 06952730 mayor, casado una vez, pensionado y vecino de la
ciudad de Cartago, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir
de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría ubicada frente
al costado norte de los Tribunales en Cartago teléfono 25-51-09-26, para hacer
valer sus derechos. Se advierte a los que crean tener derecho a la herencia,
que si no se presentan dentro de ese término, ésta pasará a quien
corresponda.—Cartago, 21 de julio del 2014.—Lic. Eugenio Ortiz Álvarez,
Notario.—1 vez.—(IN2015047495).
Se emplaza a los
herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el sucesorio de,
Eusebio Brenes Calvo, cédula 3-0090-0101 y Consuelo Calderón Mena, cédula
3-080-378, mayores, casados una vez, agricultor y ama de casa y vecinos de San
Gerardo de Oreamuno, Cartago, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta
notaría ubicada frente al costado norte de los Tribunales en Cartago teléfono
25-51-09-26, para hacer valer sus derechos. Se advierte a los que crean tener
derecho a la herencia, que si no se presentan dentro de ese término, ésta
pasará a quien corresponda.—Cartago, 21 de julio del 2014.—Eugenio Ortiz
Álvarez, Notario.—1 vez.—(IN2015047498).
Que mediante la escritura número sesenta y
ocho, otorgada a las doce horas cuarenta y cinco minutos del día catorce de
junio de dos mil quince, visible a los folios que van del ciento setenta y
siete frente al ciento ochenta frente del tomo treinta y dos del protocolo de
la notaria pública Sandra Alvarado Mondol conocida como Mondol Zumbado, se
rogaron sus servicios profesionales para que tramite la sucesión testada de
Eduardo José Rey Obando, soltero, médico, vecino de Puntarenas, Osa, Palmar,
Palmar Sur, antigua Zona Americana, setenta y cinco metros al sur del Club
número lino, cédula de identidad número uno-cero seiscientos cuarenta y
cinco-cero doscientos veinticinco, quien falleció el día once de marzo de dos
mil quince en San José, la cual se gestiona bajo el expediente número dos mil
quince-cero cero cero uno, por lo que se cita y emplaza a todos los herederos y
demás interesados en este proceso para que en el plazo de treinta días contados
a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante esta notaría
ubicada en Puntarenas, Osa, Ciudad Cortés, ciento sesenta y cinco metros al
oeste de la escuela de Ojo de Agua, a hacer valer sus derechos. Puntarenas, a
las once horas del día dieciséis de junio de dos mil quince. Notaria Pública
Master Sandra Alvarado Mondol conocida como Mondol Zumbado, teléfonos
veintisiete-ochenta y seis-cuarenta y dos-trece y veintisiete-ochenta y
seis-cuarenta y dos-catorce.—Master. Sandra Mondol Alvarado, Notaria.―1
vez.—(IN2015047521).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la Sucesión de, quien en vida fue Johanna Mary (nombre) Oestreich (apellido),
de único apellido en razón de su nacionalidad Estadounidense, mayor, viuda de
su tercer matrimonio, empresaria pensionada, quien fuera vecina de Flamingo,
Santa Cruz, Guanacaste, Flamingo Marina Resort apartamento número seis cero
nueve, portadora del pasaporte de su país número Z siete siete cero siete seis
cinco ocho; para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de
dicho plazo, la herencia pasará a quién corresponda. Expediente cero cero cero
uno-dos mil quince. Proceso sucesorio en sede notarial Johanna Mary
Oestreich.—Licda. Yosandra Apú Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2015047540).
Se cita y emplaza a todas
las personas que tuvieren interés en el depósito de los menores Jesús David y
José Armando de apellidos Ureña González, para que se apersonen a este Juzgado
dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última
publicación del edicto ordenado. Juzgado de Familia de Grecia. A las quince
horas y cuarenta y dos minutos del siete de julio del año dos mil quince.
Vistos los autos se ordena: Notifíquese por medio de edicto a publicar en el Boletín
Judicial, a la parte demandado José Ángel Ureña Mena, la resolución dictada
a las quince horas y treinta y cinco minutos del siete de julio del año dos mil
quince en la que literalmente dice: Juzgado de Familia de Grecia, a las quince
horas y treinta y cinco minutos del siete de julio del año dos mil quince. De
las presentes diligencias de depósito de los menores Jesús David y José Armando
de apellidos Ureña González, promovidas por el Patronato Nacional de la
Infancia, se confiere traslado por tres días a José Ángel Ureña Mena y Yorheisi
González Miranda, a quienes se les previene que en el primer escrito que
presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 25 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior en
sesión N. 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular
169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de
notificación dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de
documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Se exhorta a
las partes a que suministren un número de teléfono celular con el fin de enviar
avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para
cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. Igualmente se
les invita a utilizar El Sistema de Gestión en Línea que además puede ser
utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema
ingrese la página oficial del Poder Judicial hyy://www.poder-judicial.go.cr. Si
desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el
expediente de interés. Asimismo por haberlo así dispuesto el Consejo Superior
en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial Sesión 78-07
celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV se le solicita a las partes de
este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la
siguiente información a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d)
Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución
al señor José Ángel Ureña Mena a quien se le notificará por medio de edicto por
desconocerse su paradero y a la señora Yorheisi se le notificará en Naranjo, El
Rosario, Santa Margarita de la iglesia del lugar, 400 metros después, preguntar
por Patricia González, dado que Yorheisi vive en una calle entrando por la casa
de la señora Patricia quien es muy conocida en el lugar personalmente o por
medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación o bien en su
domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos
efectos se comisiona al Destacado de la Fuerza Pública de El Rosario de
Naranjo. En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o
edificación de acceso restringido se autoriza el ingreso del funcionario
notificador a efectos de practicar la notificación artículo 4 de la Ley de
Notificaciones Judiciales. Por medio de edicto que se publicará por tres veces
consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que
tuvieren interés en este asunto para que se apersonen dentro del plazo de
treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto
ordenado. Expediente N° 15-000433-0687-FA. Clase de Asunto Depósito Judicial.—Juzgado
de Familia de Grecia, Grecia, 7 de julio del 2015.—Licda. Marjorie Salazar
Herrera, Jueza.—Exonerado.—(IN2015043788). 3
v. 2
Se convoca por medio de
edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas
que tuvieran derecho a la tutela testamentaria de los menores José Miguel
Aguilar Piedra ya por haber sido nombrados en testamento, ya por corresponderles
la legítima, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a
partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente N°
15-000441-0687-FA. Proceso Tutela Legítima. Promovente: Ana Yansy Aguilar
Piedra.—Juzgado de Familia de Grecia, 7 de
julio del 2015.—Licda. Marjorie Salazar Herrera,
Jueza.—Exonerado.—(IN2015043789). 3
v. 2
Se hace saber, que ante este Despacho se tramita proceso de
Declaratoria de Ausencia promovido por, Willian Camacho Fallas, mayor, casado
en segundas nupcias, oficial de seguridad, vecino de Heredia, cédula de
identidad número 02-0318-0438; encaminado a solicitar la ausencia de Rigoberto
Camacho Quesada, mayor, mayor, casado en segundas nupcias, vecino de San
Joaquín de Flores, pensionado, cédula de identidad número 04-0052-0411. En el
mismo se dictó la resolución que dice: Expediente N° 05-001918-504-Ciproceso:
Declaratoria de Ausencia promovente: William Camacho Fallas. Ausente: Rigoberto
Camacho Quesada. Sentencia N° 74-2008 Juzgado Civil de Heredia, a las ocho
horas del veintidós de febrero del dos mil ocho. Proceso de Declaratoria de
Ausencia del señor Rigoberto Camacho Quesada, cédula de identidad 4-052-411,
fecha de nacimiento 3 de junio del 1924, hijo de Francisco Camacho H y Rosa
Quesada C, promovido por, William Camacho Fallas, mayor, casado dos veces,
oficial de seguridad, vecino de Heredia, con cédula de identidad número
2-318-438. Interviene también la Procuraduría General de la República,
representada por el licenciado Enrique Germán Pochet Cabezas, mayor, casado,
vecino de San José, con cédula número 1-356-669. Resultando: 1) El señor
William Camacho Fallas promueve diligencias de declaratoria de ausencia de su
padre Rigoberto Camacho Quesada, al indicar que desapareció desde el dos de
junio de dos mil tres sin que se tengan noticias del mismo desde ese tiempo,
motivo por el cual solicita se declare su ausencia. 2) Sobre el presente
proceso se confirió audiencia a la Procuraduría General de la República,
dependencia que únicamente apersonó al licenciado Enrique Germán Pochet
Cabezas. 3) En los procedimientos se han observado los términos y todas las
demás prescripciones legales establecidas; y Considerando: I) Hechos probados:
Como hechos demostrados se tienen los siguientes: 1. Que el señor Rigoberto
Camacho Quesada nació en Belén de Heredia el tres de junio de mil novecientos
veinticuatro, hijo de Francisco Camacho y Rosa Quesada. (Ver certificación del
folio 25). 2. Que el señor Rigoberto Camacho Quesada no aparece con movimientos
migratorios. (Ver certificaciones de folios 35 y 36). 3. Que el señor Camacho
Quesada no aparece con bienes muebles, inmuebles ni apoderado inscrito (ver
certificación notarial a folio 33) 4. Que el señor Camacho Quesada contrajo
matrimonio con Carolina de los Ángeles Rodríguez Escoto el día 23 de mayo de
2003 (ver certificación a folio 21)5. Que el señor Camacho Quesada desapareció
desde el dos de junio de dos mil tres, sin que se tuvieran noticias del él
posteriores a esa fecha, y sin que se le haya vuelto a ver. (Ver demanda de
folio 26). 6. Que estas diligencias fueron instauradas mediante escrito
presentado el veintiséis de agosto del dos mil cinco, dándoseles curso por auto
de las once horas treinta y cinco minutos del veintitrés de noviembre de ese
mismo año, notificándose a la Procuraduría General de la República, la cual
apersonó al proceso al licenciado Enrique Pochet Cabezas, publicándose el
edicto correspondiente en el Boletín Judicial de los días 22, 23 y 24 de
marzo de 2006, así como en el periódico La República el día 9 de setiembre de
2006. (Ver escrito del folio 26, auto de folio 40, apersonamiento del folio 45,
y copias de las publicaciones a folios 57-63). II) Sobre el fondo: Tal y como
lo señala el artículo 71 del Código Civil, cualquier interesado podrá demandar
la declaratoria de ausencia pasados dos años después del día en que desapareció
el ausente, sin que hayan habido noticias suyas o después de recibidas las
últimas. En el caso que nos ocupa, tal y como se tuvo por debidamente
demostrado, el señor Rigoberto Camacho Quesada desapareció desde el dos de
junio de dos mil tres, sin que se tengan noticias de él desde esa fecha, es
decir hace más de cuatro años, sin que apareciera inscrita su defunción o
hubiera salido del país desde ese momento. De lo anteriormente expresado
resulta claro que el promovente como hijo del
señor Camacho Quesada estaría legitimado para entablar las presentes
diligencias, las que fueran notificadas a la Procuraduría General de la
República sin que esa dependencia pusiera reparo alguno en que las mismas se
continuaran. En vista de lo anterior, y habiéndose cumplido el requisito que
establece nuestra legislación sobre el particular, se declara ausente al señor
Rigoberto Camacho Quesada, con todas las consecuencias legales que dicha
declaratoria trae aparejadas. Se ordena la publicación de esta sentencia por
tres veces en el Boletín Judicial, con intervalos de quince días y en un
periódico de circulación nacional. Artículos 1, 3, 5, 151, 153, 155 y
concordantes del Código Procesal Civil, así como los numerales 71 y siguientes
del Código Civil. Por Tanto: De conformidad con los hechos tenidos por
demostrados, consideraciones de fondo efectuadas y los artículos
citados, se declara ausente al señor Rigoberto Camacho Quesada, con las consecuencias
legales que esa declaratoria trae aparejadas. Se ordena la publicación de esta
sentencia por tres veces en el Boletín Judicial, con intervalos de
quince días y en un periódico de circulación nacional. Expediente:
05-001918-0504-CI.—Msc. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—Juzgado Civil de
Heredia, 23 de setiembre del 2011.—Licda. María Inés Mendoza Morales,
Jueza.—(IN2015047505). 3 v. 1
Alt
Licenciado Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez
del Juzgado de Cobro Judicial del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, sede
Santa Cruz; hace saber al tercer adquirente Marco Tulio González Vega,
propietario de la finca: 5-178276-000. Que en este despacho se interpuso
proceso de ejecución hipotecaria del Banco Popular y Desarrollo Comunal, contra
Maroleny Ríos Marchena, bajo el expediente número 13-001776-1206-CJ donde se
dictaron las resoluciones que literalmente dicen: uno: Juzgado de Cobro y
Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste. A las diecisiete horas y
cincuenta y ocho minutos del dieciocho de noviembre del dos mil trece. Se tiene
por establecido el proceso ejecución hipotecaria en contra de Maroleny Ríos
Marchena; a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe
señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que
mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el
transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con
respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como
medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y
recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.
Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además
puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este
sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poderjudicial.
go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se
tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el
Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial,
Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto, se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar
de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h)
Lugar de residencia. Con la base de veinticinco millones ochocientos cuarenta y
dos mil setecientos treinta y dos colones con ochenta y dos céntimos libre de
gravámenes hipotecarios; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca
del partido de Guanacaste, matrícula número 178276-000. Para tal efecto se
señalan las trece horas y treinta minutos del veintiuno de mayo del dos mil
catorce (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo
remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de junio del dos
mil catorce, con la base de diecinueve millones trescientos ochenta y dos mil
cuarenta y nueve colones con sesenta y dos céntimos (rebajada en un 25%). De no
apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y
treinta minutos del veinte de junio del dos mil catorce, con la base de seis
millones cuatrocientos sesenta mil seiscientos ochenta y tres colones con
veintiún céntimos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley.
Audiencia liquidación: De la anterior liquidación de intereses, se confiere
audiencia por tres días al demandado para lo que a bien tenga manifestar.
Anotación: Se ordena anotar la presente demanda al margen de inscripción de
finca 5-178276-000. Mediante anotación tecnológica inscríbase en el Registro
Nacional los respectivos embargos. Tercer adquirente: Por el plazo de ocho
días, se requiere de pago a Marco Tulio González Vega en su condición de tercer
adquiriente para que verifique el pago de la suma que garantiza la hipoteca, o
la abandone a la ejecución; así como para que se apersone a hacer valer sus
derechos. Artículos 419 del Código Civil, reformado en forma tácita por el
numeral 21.4 de la Ley de Cobro Judicial. Notifíquese la presente resolución,
personalmente por cédula y copias de ley en su casa de habitación.- “Se invita
a la parte gestionante a que suministre un número de teléfono “celular”, con el
fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición
es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Por así
solicitarlo la parte interesada; por medio de Notario Público; notifíquese esta
resolución al demandado, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley
en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Para estos efectos, se
designa a Eusebio Aguero Araya. Se advierte al notario notificador, que dentro
del tercer día hábil posterior a la notificación, deberá entregar al despacho
la respectiva documentación. Artículos 19, 29, 30 y 31 de la Ley de
Notificaciones Judiciales. Para notificar al tercer poseedor, en Goicoechea,
San José, urbanización Lomas de Tepeyac, casa 17-i se comisiona al notario
público Edgar Jovel Álvarez López. AL demandado: en la siguiente dirección:
Moroleny Ríos Marchena en Corralillo de Filadelfia de Carrillo, Guanacaste,
frente al tanque de AyA para tal efecto se comisiona al Notario Público Eusebio
Agüero Araya. Se tiene por otorgado el poder especial judicial al Licenciado
Marjorie Vargas Sequeira por la parte actora, y se tiene por aceptado el mismo.
Artículos 118 del Código Procesal Civil. En otro orden de ideas, se les pone en
conocimiento de las partes, que una vez firmados los oficios recordatorios a
entidades comisionadas, nuevas comisiones, los oficios de embargo de salario y
bancarios, los mismos deben ser diligenciados en forma personal por quienes los
solicita y hacer llegar al despacho los resultados obtenidos. Los documentos
los podrán bajar por medio del Sistema Costarricense de Gestión de Despachos
Judiciales a través de la página www.Poder Judicial.go.cr. Las partes deberán
comunicarse al despacho para la solicitud de clave de autorización para el uso
del sistema de Gestión en Línea. Licda. Grace Solís Solís. Jueza. HVICTOR. Dos:
Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste. A las
ocho horas y veintisiete minutos del veinticuatro de junio del dos mil quince.
Visto los escritos de la parte actora en fecha 19/01/2015,04/05/2015 y
16/06/2015, se resuelve: 1.- Conforme se solicita, déjese sin efecto los
señalamientos de remate ordenados en autos, y en su lugar se ordena verificar
un nuevo señalamiento a efecto de sacar a remate la finca 5-178276-000, para
tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del veinticuatro de agosto
del dos mil quince. La base será la misma fijada en autos, sea la suma de
veinticinco millones ochocientos cuarenta y dos mil setecientos treinta y dos
colones con ochenta y dos céntimos. De no haber postores, para llevar a cabo el
segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del ocho de setiembre
del dos mil quince, con la base de diecinueve millones trescientos ochenta y
dos mil cuarenta y nueve colones con sesenta y dos céntimos (rebajada en un
25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho
horas y cero minutos del veinticuatro de setiembre del dos mil quince, con la
base de seis millones cuatrocientos sesenta mil seiscientos ochenta y tres
colones con veintiún céntimos (un 25% de la base original). Publíquese el
edicto de ley. 2.- Ahora bien, siendo procedente lo solicitado por la parte
actora y de conformidad con el artículo 21. 4 de la Ley de Cobro Judicial, se
ordena notificar al tercer adquirente Marco Tulio González Vega, por medio de
edicto, la presente resolución y la resolución de las diecisiete horas y cincuenta y ocho minutos del dieciocho de noviembre
de dos mil trece. Expídase el edicto correspondiente. Notifíquese. Lic. Luis
Alberto Pineda Alvarado. Juez. Lo
anterior se ordena así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Maroleny Rios Marchena; expediente N°
13-001776-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste, 24 de junio del 2015.—Lic. Luis Alberto Pineda
Alvarado, Juez.—1 vez.—(IN2015042592).
Fiscalía Adjunta del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), al ser las ocho horas
y cuarenta minutos del veintinueve de junio del año dos mil quince. Dentro del
expediente 14-000593-0219-PE, contra Esteban Barboza Chaves, por el delito de
homicidio culposo (Ley de Tránsito), en perjuicio de Eugenio Sancho Cortés, se
interpuso Acción Civil Resarcitoria por parte del licenciado Juan Antonio
Casafont, en representación de la ofendida Eugenia Sancho Calderón por lo que
se ordena dar traslado de la misma a los terceros civilmente Responsables, DEMASA
(Derivados de Maíz Alimenticio, S.A), representada por sus apoderados
generalísimos, sin limitación de suma, Juan Antonio González Moreno, pasaporte
G04253075 y Carlos Alberto Salas Bolaños cédula 2-0346-0982, y Arrendadora
Cafsa S. A., representada por su apoderada generalísima, sin limitación de
suma, Fiorella María Gauld Ávalos, cédula 1-0904-0811, y se le comunica el
contenido de la presente acción civil resarcitoria, quien podrá oponerse dentro
de los cinco días hábiles siguientes después de la comunicación de esta
resolución, planteando de ser el caso las excepciones que correspondan. De
conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal. Se le previene al
demandado que debe señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de esta
ciudad donde atender notificaciones bajo apercibimiento de que si lo omitiere,
o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas del
despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso,
incierto o inexistente, las resoluciones posteriores se le tendrán por
notificadas con sólo el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas.
(Artículos354, 357 y 433 del Código Procesal Civil; 6 y 12 de la Ley de
Notificaciones y Citaciones Judiciales). Comuníquese.—Fiscalía Adjunta del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón).—Licda. Margareth
Stephanie Vindas Ramírez, Fiscal Auxiliar.—(IN2015048144). 3 v. 2
Por requerirse en la sumaria N° 12-003168-0485-PE, en contra de
Jefferson Otoya Chacón por el delito de lesiones culposas (Ley de Tránsito), en
perjuicio de Ana Lobo Hernández, se solicita publicar por medio de edicto y por
tres veces consecutivas el Boletín Judicial y de conformidad con el
artículo 115 del Código Procesal Penal, la siguiente resolución: Se tiene por
presentada Acción Civil Resarcitoria el día 14 de febrero del 2013, establecida
por el actor civil Evaudilio Solórzano Salas y Ana Yesenia Lobo Hernández, en
contra del demandado civil Jefferson Otoya Chacón y el codemando civil
Alexander Vargas Jiménez, esto para que se interponga las excepciones que
estime convenientes. Es todo.—Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica.—Lic. Luis Alejandro Grijalba Alfaro,
Fiscal Auxiliar.—Exonerado.—(IN2015043102). 3
v. 2
Fiscalía
Adjunta del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), al ser las
ocho horas y treinta y siete minutos del veintinueve de junio del año dos mil
quince. Dentro del expediente 14-000593-0219-PE, contra Esteban Barboza Chaves,
por el delito de homicidio culposo (Ley de Tránsito), en perjuicio de Eugenio
Sancho Cortés, se interpuso acción civil resarcitoria por parte del licenciado
Jeanin Alberto Desanti Picado, en representación de la ofendida Estefania
Sancho Calderón, por lo que se ordena dar traslado de la misma a los terceros
civilmente responsables, Arrendadora Cafsa S. A., representada por su
Presidente y Vicepresidente Amadeo Quirós Ramos de Anay, cédula de identidad
uno cero cinco uno nueve cero ocho nueve cero y Mauricio Antonio Gómez Picado,
cédula de identidad uno cero cinco uno seis cero uno cinco seis; y
Distribuidora Demasa S. A fusionada con Derivados De Maíz Alimenticio S. A.,
representada por sus apoderados generalísimos sin límite de suma Juan Antonio
González Moreno, pasaporte número G cero cuatro dos cinco tres cero siete cinco
y Carlos Alberto Salas Bolaños, cédula dos cero tres cuatro seis cero nueve
ocho dos, y se les comunica el contenido de la presente acción civil
resarcitoria, quien podrá oponerse dentro de los cinco días hábiles siguientes
después de la comunicación de esta resolución, planteando de ser el caso las
excepciones que correspondan. De conformidad con el artículo 115 del Código
Procesal Penal. Se le previene al demandado que debe señalar medio y lugar
dentro del perímetro judicial de esta ciudad donde atender notificaciones bajo
apercibimiento de que si lo omitiere, o si el medio escogido imposibilitare la
notificación por causas ajenas del despacho, o bien, si el lugar señalado
permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, las resoluciones
posteriores se le tendrán por notificadas con sólo el transcurso de
veinticuatro horas después de dictadas. (Artículo 354, 357 y 433 del Código
Procesal Civil; 6 y 12 de la Ley de notificaciones y Citaciones Judiciales).
Comuníquese.—Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur
(Pérez Zeledón).—Licda. Margareth Stephanie Vindas
Ramírez, Fiscal Auxiliar.—(IN2015048718). 3
v. 1