BOLETÍN JUDICIAL N° 150 DEL 4 DE AGOSTO DEL 2015

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

JUZGADO NOTARIAL

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

SEGUNDA PUBLICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico los siguientes acuerdos: De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2013 de fecha 14 de enero del 2013, artículo XII y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 65-13 celebrada el 25 de junio del 2013, artículo LXVIII; De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2006 de fecha 1° de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 73-06 celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII; De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en sesión Nº 0-2014, celebrada el 14 de marzo del 2014, artículo VIII, y la aprobación del Consejo Superior en Sesión Nº 47-2014, del 21 de mayo del 2014, artículo XXXI; De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014 de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo L; se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que procederá a la destrucción de expedientes penales, civil, laboral y agrario de los despachos que a continuación se detallan. Los expedientes se encuentran remesados en el Archivo Judicial.

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Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 8 de julio del 2015.

                                                         MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán

Exonerado.—(IN2015043801).                          Subdirector Ejecutivo.

PRIMERA PUBLICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2009, del 26-02-2009 artículo II. Consejo Superior Nº 58-09 del 02 de junio, art LV. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2011 de fecha 16 de noviembre del 2011, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 11-12 celebrada el 9 de febrero del 2012, artículo LXVIII. De la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2006 de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y los acuerdos del Consejo Superior en Sesión Nº 73-06 celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII. Se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes de Faltas y Contravenciones del año 2001 al 2012, expedientes de Pensión Alimentaria del año 1998 al 2010, expedientes de Violencia Doméstica del año 2002 a 2011, expedientes Civiles del año 1992 a 2010 y expedientes Laborales del año 1997 a 2007 del Juzgado Contravencional de Aserri. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Faltas y Contravenciones:

Remesa:           G 60 S 01

Expedientes:      544

Paquetes:           6

Año:                  2001

Asunto:             Faltas y Contravenciones (Archivados, Absolutorias y Condenatorias)

Remesa:           G 61 S 02

Expedientes:      626

Paquetes:           4

Año:                  2002

Asunto:             Faltas y Contravenciones (Archivados y Absolutorias y Condenatorias)

Remesa:           G 53 S 03

Expedientes:      515

Paquetes:           3

Año:                  2003

Asunto:             Faltas y Contravenciones (Archivados, Absolutorias y Condenatorias)

Remesa:           G 46 S 04

Expedientes:      517

Paquetes:           3

Año:                  2004

Asunto:             Faltas y Contravenciones (Archivados, Absolutorias y Condenatorias)

Remesa:           G 43 S 05

Expedientes:      570

Paquetes:           4

Año:                  2005

Asunto:             Faltas y Contravenciones (Archivados, Absolutorias y Condenatorias)

Remesa:           G 42 S 06

Expedientes:      504

Paquetes:           5

Año:                  2006

Asunto:             Faltas y Contravenciones (Archivados, Absolutorias y Condenatorias)

Remesa:           G 37 S 07

Expedientes:      473

Paquetes:           5

Año:                  2007

Asunto:             Faltas y Contravenciones (Archivados, Absolutorias y Condenatorias)

Remesa:           G 33 S 08

Expedientes:      435

Paquetes:           4

Año:                  2008

Asunto:             Faltas y Contravenciones (Archivados, Absolutorias y Condenatorias)

Remesa:           G 30 S 09

Expedientes:      513

Paquetes:           4

Año:                  2009

Asunto:             Faltas y Contravenciones (Archivados, Absolutorias y Condenatorias)

Remesa:           G 9 S 10

Expedientes:      562

Paquetes:           6

Año:                  2010

Asunto:             Faltas y Contravenciones (Archivados, Absolutorias)

Remesa:           G 1 S 11

Expedientes:      471

Paquetes:           5

Año:                  2011

Asunto:             Faltas y Contravenciones (Archivados, Absolutorias)

Remesa:           G 1 S 12

Expedientes:      353

Paquetes:           2

Año:                  2012

Asunto:             Faltas y Contravenciones (Archivados, Absolutorias)

Pensión Alimentaria:

Remesa:           20733

Expedientes:      2

Paquetes:           1

Año:                  1985

Asunto:             Pensión Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)

Remesa:           20734

Expedientes:      2

Paquetes:           1

Años:                1986

Asunto:             Pensión Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)

Remesa:           20735

Expedientes:      2

Paquetes:           1

Años:                1987

Asunto:             Pensión Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)

Remesa:           20736

Expedientes:      4

Paquetes:           1

Años:                1988

Asunto:             Pensión Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)

Remesa:           20737

Expedientes:      4

Paquetes:           1

Años:                1989

Asunto:             Pensión Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)

Remesa:           Q 22 S 90

Expedientes:      3

Paquetes:           1

Años:                1990

Asunto:             Pensión Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)

Remesa:           Q 22 S 91

Expedientes:      3

Paquetes:           1

Años:                1991

Asunto:             Pensión Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)

Remesa:           Q 23 S 92

Expedientes:      4

Paquetes:           1

Años:                1992

Asunto:             Pensión Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)

Remesa:           Q 23 S 93

Expedientes:      4

Paquetes:           1

Años:                1993

Asunto:             Pensión Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)

Remesa:           Q 21 S 94

Expedientes:      4

Paquetes:           1

Años:                1994

Asunto:             Pensión Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)

Remesa:           Q 18 S 95

Expedientes:      3

Paquetes:           1

Años:                1995

Asunto:             Pensión Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)

Remesa:           Q 17 S 96

Expedientes:      3

Paquetes:           1

Años:                1996

Asunto:             Pensión Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)

Remesa:           Q 17 S 97

Expedientes:      4

Paquetes:           1

Años:                1997

Asunto:             Pensión Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)

Remesa:           Q 14 S 98

Expedientes:      5

Paquetes:           1

Años:                1998

Asunto:             Pensión Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)

Remesa:           Q 11 S 99

Expedientes:      7

Paquetes:           1

Años:                1999

Asunto:             Pensión Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)

Remesa:           Q 10 S 00

Expedientes:      15

Paquetes:           1

Años:                2000

Asunto:             Pensión Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)

Remesa:           Q 8 S 01

Expedientes:      22

Paquetes:           1

Años:                2001

Asunto:             Pensión Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)

Remesa:           Q 8 S 02

Expedientes:      47

Paquetes:           1

Año:                  2002

Asunto:             Pensión Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)

Remesa:           Q 7 S 03

Expedientes:      56

Paquetes:           1

Año:                  2003

Asunto:             Pensión Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)

Remesa:           Q 8 S 04

Expedientes:      52

Paquetes:           1

Año:                  2004

Asunto:             Pensión Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)

Remesa:           Q 7 S 05

Expedientes:      42

Paquetes:           1

Año:                  2005

Asunto:             Pensión Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)

Remesa:           Q 7 S 06

Expedientes:      45

Paquetes:           1

Año:                  2006

Asunto:             Pensión Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)

Remesa:           Q 6 S 07

Expedientes:      65

Paquetes:           1

Año:                  2007

Asunto:             Pensión Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)

Remesa:           Q 5 S 08

Expedientes:      23

Paquetes:           1

Año:                  2008

Asunto:             Pensión Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)

Remesa:           Q 4 S 09

Expedientes:      24

Paquetes:           1

Año:                  2009

Asunto:             Pensión Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)

Remesa:           Q 2 S 10

Expedientes:      26

Paquetes:           1

Año:                  2010

Asunto:             Pensión Alimentaria (Abandonados, Desestimados y sin Sentencia)

Laboral:

Remesa:           L 2 S 99

Expedientes:      23

Paquetes:           1

Año:                  1999

Asunto:             9 diligencias de causahabientes y 14 ordinarios.

Remesa:           L 18 S 00

Expedientes:      31

Paquetes:           1

Año:                  2000

Asunto:             13 consignación de prestaciones y 18 ordinarios.

Remesa:           L 20 S 01

Expedientes:      29

Paquetes:           1

Año:                  2001

Asunto:             12 consignación de prestaciones, 17 ordinarios.

Remesa:           L 19 S 02

Expedientes:      16

Paquetes:           1

Año:                  2002

Asunto:             3 consignación de prestaciones, 13 ordinarios.

Remesa:           L 14 S 03

Expedientes:      19

Paquetes:           1

Año:                  2003

Asunto:             8 consignación de prestaciones, 11 ordinarios.

Remesa:           L 14 S 04

Expedientes:      35

Paquetes:           1

Año:                  2004

Asunto:             8 consignación de prestaciones, 27 ordinarios.

Remesa:           L 14 S 05

Expedientes:      9

Paquetes:           1

Año:                  2005

Asunto:             2 consignación de prestaciones, 7 ordinarios.

Remesa:           L 14 S 06

Expedientes:      3

Paquetes:           1

Año:                  2006

Asunto:             2 consignación de prestaciones, 1 infracción a la ley de trabajo y seguridad social.

Remesa:           L 10 S 07

Expedientes:      3

Paquetes:           1

Año:                  2007

Asunto:             3 consignación de prestaciones.

Remesa:           L 9 S 08

Expedientes:      4

Paquetes:           1

Año:                  2008

Asunto:             4 consignación de prestaciones.

Remesa:           L 5 S 09

Expedientes:      9

Paquetes:           1

Año:                  2009

Asunto:             5 consignación de prestaciones Y 4 Infracciones a la Ley Constitutivas de la Caja Costarricense del Seguro Social.

Civil Varios:

Remesa:           C 118 S 95

Expedientes:      1

Paquetes:           1

Año:                  1995

Asunto:             Archivados: 1 Hipotecario.

Remesa:           C 131 S 96

Expedientes:      3

Paquetes:           1

Año:                  1996

Asunto:             Archivados: 3 ejecutivos simples

Remesa:           C 117 S 97

Expedientes:      1

Paquetes:           1

Año:                  1997

Asunto:             Archivados: 1 Consignación de alquiler

Remesa:           C 115 S 98

Expedientes:      26

Paquetes:           1

Año:                  1998

Asunto:             Archivados: 25 ejecutivos simples, 1 consignación de alquiler

Remesa:           C 98 S 99

Expedientes:      142

Paquetes:           3

Año:                  1999

Asunto:             Archivados: 63 desahucios, 52 ejecutivos simples, 12 interdictos, 1 matrimonio, 1 ejecución de sentencia, 2 abreviados, 8 consignación de alquiler, 2 hipotecarios, 1 reconocimiento.

Remesa:           C 78 S 00

Expedientes:      173

Paquetes:           4

Año:                  2000

Asunto:             Archivados: 2 Matrimonios, 5 diligencias de aprueba anticipada, 2 desalojos, 67 ejecutivos simples, 64 desahucios, 8 interdictos, 16 confiscaciones de alquiler, 6 abreviados, 3 ejecución de sentencia.

Remesa:           C 76 S 01

Expedientes:      119

Paquetes:           2

Año:                  2001

Asunto:             Archivados: 1 ejecución de sentencia, 3 hipotecarios, 1 fin de tolerancia, 1 confesión fuera de juicio, 10 interdictos, 11 consignación de alquiler, 62 desahucios, 3 abreviados, 27 ejecutivos simples.

Remesa:           C 76 S 02

Expedientes:      133

Paquetes:           2

Año:                  2002

Asunto:             Archivados: 1 ejecutivo prendario, 2 abreviados, 8 hipotecarios, 11 consignación de pago de alquiler, 7 interdictos, 55 desahucios, 49 ejecutivos simples.

Remesa:           C 68 S 03

Expedientes:      120

Paquetes:           2

Año:                  2003

Asunto:             Archivados: 20 ejecutivos simples, 12 interdictos, 8 consignación de alquiler, 4 hipotecarios, 2 ejecución de sentencia, 2 prevención de desalojo, 4 matrimonios, 68 desahucios.

Remesa:           C 63 S 04

Expedientes:      76

Paquetes:           2

Año:                  2004

Asunto:             Archivados: 61 Desahucios, 5 interdictos, 1 ejecución de sentencia, 8 consignación de alquiler, 1 matrimonio.

Remesa:           C 55 S 05

Expedientes:      45

Paquetes:           1

Año:                  2005

Asunto:             Archivados: 41 Desahucios, 4 consignación de alquiler.

Remesa:           C 62 S 06

Expedientes:      54

Paquetes:           2

Año:                  2006

Asunto:             Archivados: 2 consignación de pago, prevención de desalojo, 2 ejecutivos prendarios, 50 desahucios.

Remesa:           C 72 S 07

Expedientes:      70

Paquetes:           2

Año:                  2007

Asunto:             Archivados: 63 Desahucios, 7 consignación de alquiler.

Remesa:           C 51 S 08

Expedientes:      65

Paquetes:           1

Año:                  2008

Asunto:             Archivados: 61 Desahucios, 4 consignación de alquiler.

Remesa:           C 6 S 09

Expedientes:      37

Paquetes:           1

Año:                  2009

Asunto:             Archivados: 35 desahucios, 2 consignación de alquiler.

Violencia Doméstica:

Remesa:           V 15 S 02

Expedientes:      616

Paquetes:           4

Año:                  2002

Asunto:             Violencia Doméstica

Remesa:           V 15 S 03

Expedientes:      582

Paquetes:           4

Año:                  2003

Asunto:             Violencia Doméstica

Remesa:           V 15 S 04

Expedientes:      545

Paquetes:           4

Año:                  2004

Asunto:             Violencia Doméstica

Remesa:           V 15 S 05

Expedientes:      529

Paquetes:           4

Año:                  2005

Asunto:             Violencia Doméstica

Remesa:           V 14 S 06

Expedientes:      478

Paquetes:           3

Año:                  2006

Asunto:             Violencia Doméstica

Remesa:           V 11 S 07

Expedientes:      419

Paquetes:           3

Año:                  2007

Asunto:             Violencia Doméstica

Remesa:           V 10 S 08

Expedientes:      502

Paquetes:           4

Año:                  2008

Asunto:             Violencia Doméstica

Remesa:           V 8 S 09

Expedientes:      624

Paquetes:           4

Año:                  2009

Asunto:             Violencia Doméstica

Remesa:           V 5 S 10

Expedientes:      757

Paquetes:           5

Año:                  2010

Asunto:             Violencia Doméstica

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 25 de junio del 2015.

                                                           MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán,

Exento.—(IN2015042574)                           Subdirector Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2011 de fecha 16 de noviembre del 2011, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 11-12 celebrada el 9 de febrero del 2012, artículo LXVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Pensión Alimentaria del año 1997 al 2012 del Juzgado de Pensiones Alimentarias de Pérez Zeledón. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:           Q 16 S 97

Expedientes:      2

Paquetes:           1

Año:                  1997

Asunto:             Pensiones alimentarias: 2 archivadas sin sentencia.

Remesa:           Q 11 S 00

Expedientes:      1

Paquetes:           1

Año:                  2000

Asunto:             Pensiones alimentarias: 1 archivada sin sentencia.

Remesa:           Q 9 S 01

Expedientes:      1

Paquetes:           1

Año:                  2001

Asunto:             Pensiones alimentarias: 1 archivada sin sentencia.

Remesa:           Q 9 S 02

Expedientes:      1

Paquetes:           1

Año:                  2002

Asunto:             Pensiones alimentarias: 1 archivada sin sentencia.

Remesa:           Q 8 S 03

Expedientes:      2

Paquetes:           1

Año:                  2003

Asunto:             Pensiones alimentarias: 2 archivadas sin sentencia.

Remesa:           Q 8 S 06

Expedientes:      46

Paquetes:           1

Año:                  2006

Asunto:             Pensiones alimentarias: 46 expedientes archivados sin sentencia.

Remesa:           Q 7 S 07

Expedientes:      28

Paquetes:           1

Año:                  2007

Asunto:             Pensiones alimentarias: 28 expedientes archivados sin sentencia.

Remesa:           Q 6 S 08

Expedientes:      68

Paquetes:           2

Año:                  2008

Asunto:             Pensiones alimentarias: 68 expedientes archivados sin sentencia.

Remesa:           Q 5 S 09

Expedientes:      136

Paquetes:           4

Año:                  2009

Asunto:             Pensiones alimentarias: 136 expedientes archivados sin sentencia.

Remesa:           Q 3 S 10

Expedientes:      129

Paquetes:           3

Año:                  2010

Asunto:             Pensiones alimentarias: 129 expedientes archivados sin sentencia.

Remesa:           Q 2 S 11

Expedientes       81

Paquetes:           2

Año:                  2011

Asunto:             Pensiones alimentarias: 81 expedientes archivados sin sentencia.

Remesa:           Q 2 S 12

Expedientes:      81

Paquetes:           2

Año:                  2012

Asunto:             Pensiones alimentarias: 81 expedientes archivados sin sentencia.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 25 de junio del 2015.

                                                            MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán,

Exento.—(IN2015042576)                            Subdirector Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2013, celebrada el 14 de enero del 2013, artículo X y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 65-13, celebrada el 25 de junio del 2013, artículo LXVII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2007 al 2013 de la Administración Regional de Santa Cruz, Guanacaste. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:           A 1 G 07

Paquetes:           39

Libros:               10

Año:                  2007 a 2013.

Asunto:             Documentación Administrativa: 1 de Libro de Conocimiento del año 2011.

1 de Libro de Conocimiento del año 2009 al 2010.

1 de Libro de Conocimiento del año 2007 al 2003.

7 Libros de Control solicitudes hoja de delincuencia del año 2011 al 2012.

2 Paquetes con Correspondencia enviada y recibida del año 2011.

7 Paquetes con Correspondencia enviada y recibida del año 2012.

5 Paquetes con Listado Notificaciones enviados a Distribuir (Reportes y Registros) del año 2013.

20 Paquetes con Actas de Entrega Documentos (Reportes y Registros) del año 2012.

4 Paquetes con Actas de entrega de documentos (Reportes y Registros) del año 2013.

1 Paquete con Notificaciones enviadas a distribuir (Reportes y Registros) del año 2013.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 25 de junio del 2015.

                                                           MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán,

Exento.—(IN2015042578)                          Subdirector Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2009 de fecha 26 de febrero del 2009, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 58-09 celebrada el 02 de junio del 2009, artículo LV. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 01-2014, celebrada el 14 de marzo del 2014, artículo VIII, y la aprobación del Consejo Superior en Sesión N°47-2014, del 21 de mayo del 2014, artículo XXXI. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2011 de fecha 16 de noviembre del 2011, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 11-12 celebrada el 09 de febrero del 2012, artículo LXVIII. De la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2006 de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y los acuerdos del Consejo Superior en Sesión Nº 73-06 celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes de Tránsito del año 2003 a 2004, de expedientes de Faltas y Contravenciones del año 2010 al 2012, de Expedientes de Violencia Doméstica del año 2009 al 2011 y expedientes Civiles del año 2008 al 2009 del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Valverde Vega, Alajuela. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Tránsito:

Remesa:           G 42 A 03

Expedientes:      125

Paquetes:           2

Año:                  2003

Asunto:             125 Expedientes: 11 Atropellos, 93 Colisiones, 3 Colisiones Contra Objeto Fijo, 14 Se Salió de la Vía, 1 Accidente, 1 Infracción Ley de Tránsito, 1 Colisión se dio a la Fuga, 1 Vuelco (Todos Archivados)

Remesa:           G 37 A 04

Expedientes:      105

Paquetes:           1

Año:                  2004

Asunto:             105 Expedientes: 72 Colisiones, 8 Se Salió de la Vía, 2 Apelaciones de Boleta de Tránsito, 6 Atropellos, 6 Vuelcos, 3 Colisiones Contra Objeto Fijo, 1 Colisión se dio a la Fuga, 6 Infracciones Ley de Tránsito y 1 Accidente (Todos Archivados).

Violencia Doméstica:

Remesa:           V 11 A 09

Expedientes:      46

Paquetes:           1

Año:                  2009

Asunto:             46 Expedientes: 46 Violencias Domésticas (46 Sentencia Firme).

Remesa:           V 8 A 10

Expedientes:      133

Paquetes:           2

Año:                  2010

Asunto:             133 Expedientes: 133 Violencias Domésticas (132 Sentencias Firmes y 1 Archivo a Solicitud de Parte).

Remesa:           V 5 A 11

Expedientes:      56

Paquetes:           1

Año:                  2011

Asunto:             56 Expedientes: 56 Violencias Domésticas (51 Sentencias Firme y 5 Archivos a Solicitud de Parte).

Faltas y Contravenciones:

Remesa:           G 10 A 10

Expedientes:      131

Paquetes:           2

Año:                  2010

Asunto:             131 Expedientes: 3 Lesiones Levísimas, 8 Golpes, 4 Alborotos, 44 Amenazas, 20 Insultos, 1 Desorden, 5 Ofensas, 12 Llamadas Mortificantes, 1 Proposiciones Irrespetuosas, 2 Tocamientos, 1 Actos Obscenos, 11 Insultos y Amenazas, 1 Usurpación, 1 Golpes e Insultos, 1 Desacato a la Autoridad, 1 Insultos y Actos Obscenos, 1 Golpes y Amenazas, 1 Amenazas y Entrada a Terreno Ajeno, 1 Accidente, 1 Agresión, 3 Entrada a Terreno Ajeno, 4 Exhibicionismos, 1 Insultos, Amenazas y Daños, 1 Amenazas, Golpes y Daños, 1 Portación de Arma y 1 Crueldad con Animales (17 absolutorias, 49 conciliaciones, 24 Archivados a Solicitud de Parte, 1 Prescrita, 40 Desistida).

Remesa:           G 10 A 11

Expedientes:      153

Paquetes:           2

Año:                  2011

Asunto:             154 expedientes: 20 Insultos, 20 Llamadas Mortificantes, 7 Alborotos, 1 Ofensas y Golpes, 29 Amenazas, 1 Perturbación de la Tranquilidad, 23 Insultos y Amenazas, 4 Ofensas, 1 Lesiones Levísimas, 1 Embriaguez, 1 Alborotos e Insultos, 1 Miradas Indiscretas, 2 Amenazas y Golpes, 4 Entradas a Terreno Ajeno, 3 Palabras Obscenas, 8 Golpes, 2 Palabras y Actos Obscenos, 1 Lanzamiento de Objetos, 2 Acosos, 1 Insultos y Golpes, 1 Proposiciones Irrespetuosas, 2 Alborotos y Amenazas, 1 Golpes y Daños, 4 Actos Obscenos, 2 Irrespeto a la Autoridad, 1 Golpes y Palabras Obscenas, 3 Golpes y Amenazas, 1 Exhibicionismo, 1 Amenazas, Entrada a terreno ajeno e Insultos, 1 Mordedura de Animal, 1 Ofensas y Amenazas, 1 Desorden, 1 Hurto y 1 Ofrecimiento de Licor (55 Conciliaciones, 51 Desistidas, 43 Archivadas Solicitud de Parte y 5 Absolutorias).

Remesa:           G 6 A 12

Expedientes:      156

Paquetes:           2

Año:                  2012

Asunto:             156 Expedientes: 20 Llamadas Mortificantes, 3 Amenazas y Golpes, 17 Palabras Obscenas, 35 Amenazas, 9 Insultos y Amenazas, 6 Alteraciones al Orden Público, 4 Desobediencia a la Autoridad, 1 Lanzamiento de Objetos, 2 Proposiciones Irrespetuosas, 7 Irrespeto a la Autoridad, 10 Insultos, 2 Riñas, 6 Golpes, 8 Amenazas y Palabras Obscenas, 3 Amenazas y Entrada a Terreno Ajeno, 3 Entrada a Terreno Ajeno, 1 Descuido de Animales, 1 Amenazas, Palabras y Actos Obscenos y Proposiciones Irrespetuosas, 1 Golpes y Amenazas, 1 Amenazas, Golpes y Actos Obscenos, 1 Amenazas, Golpes y Llamadas Mortificantes, 1 Acoso, 1 Hostigamiento, 1 Venta de Licor a Menores, 2 Alborotos, 1 Insultos y Palabras Obscenas, 1 Golpes y Palabras Obscenas, 1 Llamadas Mortificantes y Amenazas, 1 Amenazas, Insultos y Hostigamiento, 1 Asedio, 1 Amenazas, Palabras Obscenas y Proposiciones Irrespetuosas, 1 Atípico, 1 Insultos, Amenazas y Palabras Obscenas, 1 Infracción Ley de Igualdad de Oportunidades Personas con Discapacidad, 1 Golpes e Insultos (45 Desistidas, 55 Solicitudes de Parte, 53 Conciliaciones, 3 Absolutorias).

Civiles:

Remesa:           C 36 A 08

Expedientes:      20

Paquetes:           1

Año:                  2008

Asunto:             20 Expedientes Civiles: 1 Matrimonio, 13 Desahucio, 3 Consignación de Alquileres, 3 Prendarios (Todos Archivados).

Remesa:           C 24 A 09

Expedientes:      8

Paquetes:           1

Año:                  2009

Asunto:             8 Expedientes Civiles: 4 Desahucios, 3 Prendarios, 1 Consignación de Alquileres (Todos Archivados).

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 25 de junio del 2015.

                                                           MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán,

Exento.—(IN2015042580)                           Subdirector Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2007, celebrada el 20 de abril del 2007, artículo VIII, y la aprobación del Consejo Superior en Sesión Nº 35-07, del 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes Sociales, Psicosociales y Psicológicos del año 1998 al 2009 de la Oficina de Trabajo Social y Psicología del II Circuito Judicial de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:           A 108 S 98

Paquetes:           75

Expedientes:      5534

Año:                  1998 a 2009.

Asunto:             Expedientes Sociales, Psicológicos y Psicosociales: 1 Paquete con 33 Expedientes Sociales, Psicológicos y Psicosociales del año 1998.

1 Paquete con 25 Expedientes Sociales, Psicológicos y Psicosociales del año 1999.

3 Paquetes con 245 Expedientes Sociales, Psicológicos y Psicosociales del año 2000.

4 Paquetes con 283 Expedientes Sociales, Psicológicos y Psicosociales del año 2001.

3 Paquetes con 168 Expedientes Sociales, Psicológicos y Psicosociales del año 2002.

6 Paquetes con 489 Expedientes Sociales, Psicológicos y Psicosociales del año 2003.

9 Paquetes con 592 Expedientes Sociales, Psicológicos y Psicosociales del año 2004.

7 Paquetes con 502 Expedientes Sociales, Psicológicos y Psicosociales del año 2005.

8 Paquetes con 613 Expedientes Sociales, Psicológicos y Psicosociales del año 2006.

8 Paquetes con 692 Expedientes Sociales, Psicológicos y Psicosociales del año 2007.

12 Paquetes con 1056 Expedientes Sociales, Psicológicos y Psicosociales del año 2008.

13 Paquetes con 836 Expedientes Sociales, Psicológicos y Psicosociales del año 2009.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 25 de junio del 2015.

                                                         MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán,

Exento.—(IN2015042582)                         Subdirector Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014, de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo LI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa y Policial del año 1997 al 2011 de la Sección de Capturas del Organismo de Investigación Judicial de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:           O 62 S 97

Paquetes:           109

Ampos:             14

Años:                1997al 2011

Asuntos:            Documentación Administrativa: Capturas canceladas de los años que se detallan a continuación: 1997- 1 paquete, 2000-2004 1 paquete, 2005 4 paquetes, 2006 4 paquetes, 2007 22 paquetes, 2008 23 paquetes, 2009 19 paquetes, 2010 18 paquetes, 2011 17 paquetes. Correspondencia enviada 2007-2011 11 ampos y estadística 2009-2011 3 ampos.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 25 de junio del 2015.

                                                          MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán,

Exento.—(IN2015042583)                         Subdirector Ejecutivo.

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

Juzgado Notarial, hace saber: Que en el proceso disciplinario notarial N° 99-000810-0627-NO, de Ana Lorena Naranjo Pereira contra Óscar Enrique Romero Cruz, (cédula de identidad 3-241-349), este Juzgado mediante resolución de las quince horas veintidós minutos del diecinueve de mayo del dos mil quince, dispuso levantar a partir del 5 de marzo del 2015, la sanción disciplinaria impuesta al notario Óscar Enrique Romero Cruz mediante resolución número 172-03 de las ocho horas del 24 de marzo del 2003, que salió publicada en el Boletín Judicial número 39 del 24 de febrero del 2005, lo anterior por haber transcurrido el plazo de diez años según voto número 3484 de las doce horas del ocho de julio de mil novecientos noventa y cuatro, emitido por la Sala Constitucional. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio del 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

San José, 19 de mayo del 2015.

                                                            Lic. Derling Talavera Polanco,

1 vez.—(IN2015042586).                                        Jueza

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre de dos mil quince, y con la base de diecinueve millones ciento cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 380923-000, la cual es naturaleza para construir. Situada en el distrito 11 San Rafael Abajo, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Esteban Jiménez Valverde; al sur, calle pública con 8.07 m; al este, Rosalina Mora y al oeste, Famjival S. A. Mide: doscientos sesenta y dos metros con treinta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del siete de octubre de dos mil quince, con la base de catorce millones trescientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de octubre de dos mil quince con la base de cuatro millones setecientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Luis Alfonso del Carmen Salazar Rojas. Exp. 15-001615-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—(IN2015047840).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas 0260-00004890-01-0901-001; a las trece horas y treinta minutos (1:30 p. m.) del veintidós de setiembre de dos mil quince, y con la base de ochenta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 337234-000, la cual es terreno para construir una casa. Situada en el distrito 04 San Antonio, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Autopista General Cañas; al sur servidumbre de salida con 3 metros lineales a calle publica y Luis Gerardo Arias Arguello; al este, Eladio Vega Alpízar y al oeste, William Murillo Rojas. Mide: seiscientos treinta y nueve metros con veinticinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos (1:30 pm) del ocho de octubre de dos mil quince, con la base de sesenta millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos (1:30 p. m.) del veintiséis de octubre de dos mil quince con la base de veinte millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Hilda García Roca. Exp. N° 14-005924-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 14 de julio del 2015.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—(IN2015047842).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo 348 asiento 15588-01-0900-001; a las once horas y cero minutos del veintisiete de agosto del año dos mil quince y con la base de setenta y siete mil dólares exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 208041-000 cero cero cero, la cual es terreno para la construcción, lote 24 H. Situada en el distrito 02 San Diego cantón 03 La Unión de la provincia de Cartago. Colinda: al norte lote 38 H; al sur, avenida 4 con 6 m; al este, lote 25 H y al oeste, lote 23 H. Mide: ciento veinte metros con cero centímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del once de setiembre del año dos mil quince con la base de cincuenta y siete mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintinueve de setiembre del año dos mil quince con la base de diecinueve mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Bernardo Vargas Barquero. Exp. N° 13-030402-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Luis Carlos Arana Oronó, Juez.—(IN2015047854).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios ; pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos, bajo citas: 410-08198-01-0089-001; a las diez horas y treinta minutos del dieciséis de setiembre del año dos mil quince, y con la base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y seis mil novecientos treinta y dos-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa y pulpería. Situada en el distrito 02 Puerto Jiménez, cantón 07 Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de 25,53 metros lineales al sur, Ramón Chaves Araya y Mercedes Agüero Barrantes; al este, Francisco Agüero Agüero y al oeste, Ramón Chaves Araya y Mercedes Agüero Barrantes. Mide: trescientos treinta y seis metros con tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del uno de octubre del año dos mil quince, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del diecinueve de octubre del año dos mil quince con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Sonia María Caballero Arauz. Exp. N° 14-006542-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 24 de julio del 2015.—Lic. Franz Loney Castro Solís, Juez.—(IN2015047894).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condic ref: 2541-121-001, citas: 0309-00005956-01-0911-001 y reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos , citas: 0526-00005270-01-0010-001; a las 8:15 horas del 05/11/2015, y con la base de ocho millones doscientos veintiocho mil ochocientos colones con cincuenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 7-00108989-001, 7-00108989-002 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04 Matina, cantón 01 Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote 9; al sur, calle pública; al este, lote 6, y al oeste, lote 4. Mide: mil doscientos dieciocho metros con diecinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las 8:15 horas del 23/11/2015, con la base de seis millones ciento setenta y un mil seiscientos colones con treinta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las 8:15 horas del 09/12/2015 con la base de dos millones cincuenta y siete mil doscientos colones con trece céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Adri contra Alejandro Enrique Duarte Martínez, Dolores Martínez Montiel, José Esteban Duarte Duarte. Exp. N° 15-018523-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de junio del 2015.—Lic. Paula Morales González, Jueza.—(IN2015047922).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del treinta y uno de agosto del año dos mil quince, y con la base de dos millones trescientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y ocho mil novecientos diecinueve duplicado a cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Karina Martínez Ureña y Rafael Quesada Vargas; al sur, Adrián Quesada Pérez, calle publica y Karina Martínez Ureña; al este, Adrián Quesada Pérez, Karina Martínez, Damaris Arias y Adrián Quesada y al oeste, Karina Martínez y Rafael Quesada Vargas, Adrián Quesada. Mide: seiscientos veintitrés metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciséis de setiembre del año dos mil quince, con la base de un millón setecientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del uno de octubre del año dos mil quince con la base de quinientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Nelson del Socorro Torres Montero contra Rafael Quesada Vargas. Exp. N° 15-002766-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 9 de julio del 2015.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—(IN2015047924).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del dieciséis de setiembre del año dos mil quince, y con la base de cincuenta y un millones cuatrocientos setenta y dos mil ciento veintidós colones con sesenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limon, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento dieciocho mil cuatrocientos sesenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Río Blanco, cantón 01 Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Jovita Solano Arce; al sur, calle pública con frente de 15 metros lineales; al este, Jovita Solano Arce y al oeste, Jovita Solano Arce. Mide: quinientos veintidós metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del uno de octubre del año dos mil quince, con la base de treinta y ocho millones seiscientos cuatro mil noventa y dos colones con un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del diecinueve de octubre del año dos mil quince con la base de doce millones ochocientos sesenta y ocho mil treinta colones con sesenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Adriana Soto Sequeira. Exp. N° 15-000077-1208-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 15 de junio del año 2015.—Lic. Mario García Araya, Juez.—(IN2015047927).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes, a las diez horas y cero minutos del seis de octubre de dos mil quince, y con la base de un millón quinientos veintinueve mil trescientos cuarenta y cinco colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos sesenta y un mil doscientos cuarenta y seis - cero cero cero, la cual es terreno para construir.  Situada en el distrito San Lorenzo, cantón Tarrazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Concepción Camacho Valverde; al este, Concepción Camacho Valverde, y al oeste, Concepción Camacho Valverde. Mide: doscientos tres metros con setenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de octubre de dos mil quince, con la base de un millón ciento cuarenta y siete mil ocho colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de noviembre de dos mil quince con la base de trescientos ochenta y dos mil trescientos treinta y seis colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Roberto Antonio Badilla Araya contra Yaneth Valverde Arias. Exp. N° 10-001595-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 10 de junio del 2015.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—(IN2015047948).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas 2013-47431-02-005-001; a las nueve horas y cero minutos del treinta de setiembre del año dos mil quince, y con la base de cincuenta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y siete mil trescientos treinta-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 05 Sámara, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte servidumbre de paso, en parte Inversiones y Diseños Norsan S. A.; al sur servidumbre de paso con un frente de 39 metros 90 centímetros y en medio con el Mecate Sociedad Anónima; al este servidumbre de paso con un frente de 30 metros y calle publica con un frente de 22 metros 31 centímetros, y al oeste, Fupe de Turrialba S. A. Mide: dos mil metros cuadrados. Plano: G-1613051-2012. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del quince de octubre del año dos mil quince, con la base de treinta y siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta de octubre del año dos mil quince con la base de doce millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Diana Llubere Acuña. Exp. N° 14-000008-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 15 de julio del 2015.—Lic. Mónica Farah Castillo, Jueza.—(IN2015047949).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condic y reserv; a las trece horas y treinta minutos del treinta y uno de agosto de dos mil quince, y con la base de un millón quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y tres mil doscientos siete - cero cero cero, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 05 Cariari, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Fremar Internacional S. A.; al sur, calle pública con 23 m y 10 cm; al este, Fremar Internacional S. A. y al oeste, calle pública con 15 m. Mide: trescientos cuarenta y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciséis de setiembre de dos mil quince, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del uno de octubre de dos mil quince con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Alberto Arce Barboza contra Mario Bolívar Samudio Morales. Exp. N° 15-000002-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 8 de junio del 2015.—Lic. Isabel Castillo Navarro, Jueza.—(IN2015047951).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso bajo las citas tomo: 2011, asiento: 251934; a las ocho horas y cero minutos del veintiuno de setiembre del dos mil quince, y con la base de treinta y nueve mil ochocientos cincuenta y cinco dólares con sesenta y nueve centavos de dólar, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 621614-000 la cual es terreno lote tres, terreno para construir. Situada en el distrito 05 San Rafael, cantón 04 Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: Al norte, Carlos Obando Guerro; al sur, lote cuatro; al este, Yamileth López Hernández; y al oeste, lote uno. Mide: Seiscientos treinta y tres metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del seis de octubre del dos mil quince, con la base de veintinueve mil ochocientos noventa y uno dólares con setenta y siete centavos de dólar (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de octubre del dos mil quince con la base de nueve mil novecientos sesenta y tres dólares con noventa y dos centavos de dólar (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra María Desiree León Córdoba, Yamileth López Hernández. Exp. N° 15-014879-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de junio del 2015.—Lic José Francisco Azofeifa Barrantes, Juez.—(IN2015047952).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas y Restricciones con citas 0343-00001779-01-0900-001, y con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré finca inscrita en el Registro Público, provincia Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y nueve mil ochocientos treinta cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 13 Peñas Blancas, cantón 02 Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: Al norte, Servicios Técnicos Corval Sociedad Anónima; al sur, calle pública con 25.25 metros; al este, Édgar Campos Castillo; y al oeste, Carmen Julia Torres Sibaja. Mide: Seiscientos noventa y seis metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate, con la base de un millón trescientos doce mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta con la base de cuatrocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Asimismo, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas y Restricciones con citas 343-01779-01-0900-001, y con la base de un millón quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos treinta mil doscientos setenta y uno cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 13 Peñas Blancas, cantón 02 Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: Al norte, Flor Corella Rodríguez; al sur, calle pública con un frente a ella de 11,14 cms; al este, Carmen Julia Torres Sibaja; y al oeste, David Cortés García. Mide: Cuatrocientos treinta y cinco metros cuadrados. Para el segundo remate, con la base de un millón ciento veinticinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Para el primer remate se señalan a las nueve horas del veinticuatro de agosto del dos mil quince, para el segundo remate se señalan las nueve horas del ocho de setiembre del dos mil quince y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del veinticuatro de setiembre del dos mil quince. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Piedra y Navarro Sociedad Anónima contra Servicios Técnicos Corval Sociedad Anónima. Exp. N° 14-006147-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 08 de mayo de 2015.—Lic. Diego Meoño Piedra, Juez.—(IN2015047970).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones 368-9569-01-900-001; a las diez horas y treinta minutos del dos de setiembre de dos mil quince, y con la base de quince millones cuatrocientos sesenta mil ochocientos sesenta y un colones con treinta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cuarenta mil trescientos ochenta y seis-cero cero cero (340.386-000) la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Volio, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: Al norte, Félix Calvo Montoya y Jaime Marín Araya; al sur, lote 2 y Jaime Marín Araya; al este, lote 3; y al oeste, calle pública y Jaime Marín Araya. Mide: Quinientos once metros con siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del diecisiete de setiembre de dos mil quince, con la base de once millones quinientos noventa y cinco mil seiscientos cuarenta y cinco colones con noventa y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del dos de octubre de dos mil quince con la base de tres millones ochocientos sesenta y cinco mil doscientos quince colones con treinta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,  en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de Servidores Públicos R.L. contra Francisco Gerardo Marín Araya. Exp. N° 14-006191-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 06 de julio del 2015.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—(IN2015047992).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca de primer grado citas: 573-85467-01-0002-001; a las nueve horas y quince minutos del uno de setiembre de dos mil quince, y con la base de veintiséis millones cuatrocientos ochenta y seis mil cuatrocientos quince colones con ochenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 437478-001/002 cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno de café y agricultura. Situada en el distrito San Rafael, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: Al norte, Emigdio Vega y Alejandro Vega; al sur, calle pública con 11 metros de frente; al este, Emigdio Vega y Alejandro Vega; y al oeste, Henry Vega Ramírez. Mide: Trescientos veintisiete metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del dieciséis de setiembre de dos mil quince, con la base de diecinueve millones ochocientos sesenta y cuatro mil ochocientos once colones con ochenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del uno de octubre de dos mil quince con la base de seis millones seiscientos veintiún mil seiscientos tres colones con noventa y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Servidores Públicos R.L. contra María Auxiliadora Jiménez Leitón, Randall Antonio Ramírez Gómez. Exp. N° 15-001635-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 29 de junio del 2015.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—(IN2015047994).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas tomo 299, asiento 17122; a las quince horas y cero minutos del veintiocho de setiembre del dos mil quince, y con la base de diez millones sesenta y cinco mil setenta y tres colones con sesenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos setenta mil seiscientos ochenta y tres cero cero cero,  la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito 07-Pejibaye, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: Al norte, Elmer Sánchez Mata; al sur, Elmer Sánchez Mata; al este, Geovanny Solís Fallas; y al oeste, calle pública. Mide: Setecientos cinco metros con veinticinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del catorce de octubre del dos mil quince , con la base de siete millones quinientos cuarenta y ocho mil ochocientos cinco colones con veintisiete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintinueve de octubre del dos mil quince con la base de dos millones quinientos dieciséis mil doscientos sesenta y ocho colones con cuarenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Berny Marín Naranjo. Exp. N° 15-003184-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 17 de julio del 2015.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2015047995).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cero minutos del veintitrés de setiembre del dos mil quince, y con la base de dieciséis mil setecientos veinticinco dólares con noventa y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número CL-263378, marca Isuzu, estilo D MAX LS, categoría carga liviana, capacidad 5 personas, año 2012, color azul, vin MPATFS85HCT102277, cilindrada 3000 c.c., combustible diesel, motor Nº JL4717. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del ocho de octubre del dos mil quince, con la base de doce mil quinientos cuarenta y cuatro dólares con cuarenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de octubre del dos mil quince con la base de cuatro mil ciento ochenta y un dólares con cuarenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Eduardo Barboza Ulloa. Exp. N° 15-003087-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 13 de julio del 2015.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2015047996).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas del dieciocho de agosto del dos mil quince, y con la base de ciento treinta y cuatro millones seiscientos ochenta y un mil ochocientos setenta y siete colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real número cincuenta y cuatro mil trescientos trece, derechos cero cero uno, cero cero dos y cero cero tres, la cual es terreno con un edificio de dos plantas. Situada en el distrito uno Heredia, cantón uno Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: Al norte, Ana María Chaves Sáenz; al sur, avenida 5; al este, calle seis; y al oeste, Walter Mario Chaverri Molina. Mide: Doscientos noventa y tres metros con catorce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del dos de setiembre del dos mil quince, con la base de ciento un millones once mil cuatrocientos siete colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del diecisiete de setiembre del dos mil quince con la base de treinta y tres millones seiscientos setenta mil cuatrocientos sesenta y nueve colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso abreviado de Alexavaleria Sociedad Anónima contra Víctor Manuel Chaverri Molina y otro. Exp. N° 11-000891-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 09 de junio del 2015.—Licda. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—(IN2015047999).

Convocatorias

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Ángel Guzmán Valverde, mayor, casado, vecino de Siquirres, y portador de la cédula de identidad 7-0049-0600, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas y treinta minutos del tres de setiembre de dos mil quince, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 11-000001-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 19 de junio del 2015.—MSc. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—1 vez.—(IN2015044812).

Títulos Supletorios

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000229-0386-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Sodeybiz Isabel Víctor Coyado quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de Salto de Liberia, frente al Bar Las Vegas, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número ocho-cero cero ochenta y uno-cero doscientos cuarenta y tres, profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno Jardín con una casa y patio. Situada en el distrito primero, cantón cuarto, Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente de dieciséis metros punto treinta y cinco centímetros lineales; al sur, Carlos Enrique Marced; al este, Zugeydi Lara Rojas, y al oeste, Cristina Solís Cano. Mide: doscientos catorce metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por venta que le hiciera el señor José Chaves Sotela y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en chapearlo, sembrar árboles frutales y cercalo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Sodeybiz Isabel Víctor Coyado. Exp. N° 14-000229-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 26 de mayo del año 2015.—Lic. Berenice Picado Alvarado, Jueza.—1 vez.—(IN2015042601).

El Undoso Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-612302, con domicilio social en Limón-Pococí, La Rita, mil quinientos metros al oeste de la Escuela La Primavera, representada por Gustavo Marques Alonso, quien es mayor, masculino, estadounidense, enfermero, casado una vez, pasaporte de su país Nº 423957287, vecino de La Pajarera de La Rita de Pococí, Limón, mil metros de la entrada de la calle conocida como La Pelota, promueve diligencias de Información Posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, un inmueble que se describe así: terreno de repasto y tacotal. Ubicado en: La Pajarera, distrito tercero Rita, del cantón segundo Pococí, de la provincia de Limón. Mide: dieciséis hectáreas dos mil novecientos cuatro metros con setenta y un decímetros cuadrados. Linda: al norte y este, con Efraín Araya Sánchez; al sur, con El Undoso S. A. (titulante), y al oeste, con quebrada sin nombre. Graficado en el plano catastrado Nº L-820779-2002. Inmueble que fue estimado en la suma de veinte millones de colones exactos y las diligencias en ese mismo monto. Dicho inmueble no tiene cargas reales que pesen sobre el mismo, no posee condueños y con las presentes diligencias no se pretende evadir las consecuencias de un proceso sucesorio. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes, contado a partir de su publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Expediente Nº 14-000182-0507-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 29 de junio del 2015.—Lic. Rónald Rodríguez Cubillo, Juez Agrario.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015042841).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 14-000188-0391-AG/4 donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Anabelle Cabalceta Peña, quien es mayor, casada una vez, profesora, vecina de Santa Cruz, Guanacaste, Barrio San Martín, ochocientos metros al este de la Iglesia, cédula de identidad Nº 5-0145-1250, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es pasto. Situada: en Rincón de Moya, distrito primero Santa Cruz, cantón tercero Santa Cruz, provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con Nelly Peña Ramírez; sur, Eurípides Arrieta Pizarro y Wady Pizarro Arrieta; este, con Francisco Rodríguez Avilés y Wady Pizarro Arrieta, y oeste, con calle pública con setenta metros ochenta y un centímetros lineales. Mide: tres hectáreas tres mil ochenta metros diecisiete decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado Nº G-1274211-08. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación de su madre Celia Peña Rodríguez, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en arreglo de cercas, chapeas, rondas y cuido en general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Anabelle Cabalceta Peña. Expediente Nº 14-000188-0391-AG/4.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 24 de junio del 2015.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015042842).

Vera Luz Núñez Serrano, mayor de edad, casada, vecina de Paraíso de Cartago, cédula de identidad Nº 3-254-326, promueve Información Posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, libre de gravámenes y cargas reales, el inmueble que se describe así: terreno de casa de habitación familiar. Situado: en San Gerónimo, de Cachí, del cantón Paraíso, de la provincia de Cartago. Linderos: noroeste, Carmen Picado Araya; sureste y este, Auxiliadora Solano Solano, y oeste, calle pública. Según plano catastrado Nº C-1653841-13. Mide de extensión: noventa y siete metros cuadrados. Manifiesta que no está inscrito, que carece de título inscribible y que no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, ni pesan cargas reales ni gravámenes sobre el inmueble. Lo adquirió de forma originaria el 15 de agosto de 1984. Estima el inmueble y el proceso en cinco millones de colones. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a todas las personas interesadas para que se apersonen en defensa de sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Vera Luz Núñez Serrano. Expediente Nº 14-000225-0640-CI.—Juzgado Agrario de Cartago, Cartago, 30 de junio del 2015.—Licda. Andrea Ruiz Ramírez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015042843).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 14-000261-0391-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Yelda Rosales Ruiz, quien es mayor, soltera, profesora, vecina de Guápiles de Limón, Urbanización Monte Limar, Asemeba dos, carretera La Colina, del Restaurante Manolo 600 metros este y 25 norte, cédula Nº 5-0261-0538, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es pastos. Situada: en Caimito, distrito tercero Veintisiete de Abril, cantón tercero Santa Cruz, provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con camino público con un frente de setenta y siete metros cinco centímetros lineales; sur, Maritza Vallejos Arrieta; este, Damaris Rosales Ruiz, y oeste, Verny Rosales Ruiz. Mide: nueve mil seiscientos setenta y seis metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado Nº G-1637833-13. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por donación de su madre, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en arreglo de cercos, chapeas, rondas y cuido en general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Yelda Rosales Ruiz. Expediente Nº 14-000261-0391-AG/4.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 9 de junio del 2015.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015042844).

Gerardo Bonilla Morales, cédula de identidad Nº 3-180-173, casado una vez, pensionado, vecino de Paraíso, Cartago, y Édgar Bonilla Morales, cédula de identidad Nº 3-117-162, casado una vez, agricultor, vecino de Paraíso, Cartago, promueven diligencia de Información Posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, un inmueble que se describe así: terreno de cultivos. Sito en: distrito primero, del cantón segundo de Paraíso, de la provincia de Cartago. Mide: cinco mil ochocientos noventa y nueve metros cuadrados. Linda: norte, Julia Green Vincent; al sur, servidumbre agrícola y orilla del río; al este, Julia Green Vincent, y al oeste, Inversiones Agrícolas B y C Sociedad Anónima. Graficado en el plano catastrado Nº C-1771801-2014, inmueble estimado en seiscientos cincuenta mil colones y las diligencias en la suma de seiscientos cincuenta mil colones. Manifiestan que no está inscrito, que carece de título inscribible y que no pretenden evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, ni pesan cargas reales, no existe gravamen sobre el inmueble. Lo adquirieron mediante donación por parte de su padre José Ismael Bonilla Valverde, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de sesenta años, sumando la posesión ejercida por sus anteriores transmitentes. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes, contado a partir de su publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Expediente Nº 15-000003-0699-AG.—Juzgado Agrario de Cartago, Cartago, 8 de junio del 2015.—Licda. María Rosa Castro García.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015042866).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-000017-0391-AG/4 donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Danny José Moreno Bustos quien es mayor, soltero, mecánico, vecino de Santa Cruz, Guanacaste, del Banco Nacional quinientos metros este, cédula de identidad número 5-0381-0650, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es reforestación natural, situada en Barrio Limón, distrito primero Santa Cruz, cantón tercero Santa Cruz, provincia de Guanacaste, colinda al norte con Anabelle Cabalceta Aguilar, sur Juana Chaves Briceño, este Río Diriá y oeste calle pública con un frente de cuarenta y cinco metros lineales. Mide cinco mil doscientos ochenta y tres metros cuarenta y siete decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-524964-98. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir pesan cargas reales o gravámenes soporta hipoteca en primer grado, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra en noviembre de 2014 y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpia de maleza, chapeo y rondeo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Danny José Moreno Bustos. Exp. 15-000017-0391-AG/4.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 26 de febrero de 2015.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015043109).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-000086-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Miguel Cruz Leitón, quien es mayor, casado una vez, oficial de seguridad, portador de la cédula de identidad número cinco-dos seis cuatro-siete siete cero, vecino de Montaña Grande de Lepanto, Puntarenas, cincuenta metros al oeste de la plaza de Deportes, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de árboles frutales. Situada en el distrito Cuarto Lepanto, cantón Primero, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Aurelio Ángel Amador Porras; al sur, Alexander Amador Ugalde; al este, Maricela Jiménez Amador, Rosa Elvira Bermúdez Madrigal, Marlene Amador Porras y calle pública con un frente a ella de cuarenta y cuatro metros con noventa y seis centímetros lineales y al oeste, Aurelio Ángel Amador Porras. Mide: cinco mil treinta y nueve metros noventa decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-1104225-2006. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de dieciocho años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cercado, chapeas y asistencia general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Miguel Cruz Leitón. Exp: 15-000086-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 24 de junio del 2015.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015043111).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-000090-0391-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Abner Jesús Dinarte Pizarro quien es mayor, estado civil soltero, vecino de La Garua de Arado Santa Cruz, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 5-304-488, profesión dependiente, Gabriela Yubank Pizarro c.c Gabriela Pizarro Ruiz quien es mayor, soltera, Educadora, con cédula de identidad número 9-100-236, vecina de La Garua, José Joaquín Dinarte Pizarro, quién es mayor, casado una vez, Jornalero, con cédula de identidad número 5-294-211, vecino de Barrio Cacao de Santa Cruz a fin de inscribir a sus nombres en partes iguales y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es pasto y casa de habitación. Situada en el distrito Primero (Santa Cruz), cantón tercero (Santa Cruz), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Eylen María Pizarro Ruiz, Rosa Zulay Pizarro Ruiz todos en parte y servidumbre de paso en medio; al sur, Neira Pizarro Ruiz; al este, calle pública con un frente a ella de veintitrés metros con doce centímetros lineales y Rosa Zulay Pizarro Ruiz y al oeste, Karla Oreana Pizarro Ruiz.- Mide: Cuatro mil doscientos dos metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-1645423-2013. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación de su madre, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cercarlo, cambiar postes. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Abner Jesús Dinarte Pizarro y otros. Exp: 15-000090-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 1° de julio del 2015.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015043114).

Juan Miguel Castro Solís, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Los Chiles de Alajuela 100 metros norte del Hospital, cédula 4-126-072, solicita se levante Información Posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad sin perjuicio de terceros de mejor o igual derecho, la finca que le pertenece por compra que le hiciere al señor Roger Avellán Armas, mayor, casado una vez, comerciante, cédula 1-414-919, vecino de San Vicente de Moravia del colegio Saint Anthony 200 metros al noroeste y 100 metros al norte apartamento N° 10, con quien no le liga parentesco, el 21 de agosto de 2008. Dicho terreno se describe así: Terreno para construir, sita en los Chiles, distrito primero del cantón catorce, provincia de Alajuela de la Provincia de Alajuela. Linda al noroeste, calle pública con un frente de 17.39 metros lineales; sureste; El Bodegón S. A., noreste, calle púlica con un frente de 20.40 metros lineales, suroeste, Ingrid Melissa Rojas cantón. Mide: trescientos cincuenta un metros cuadrados, según el plano catastrado número A-1321049-2009 de fecha 5 de febrero de 2009. El terreno a titular se encuentra libre de gravámenes y condueños. El inmueble fue estimado en la suma de Un millón de colones al igual que las presentes diligencias. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación este edicto. Expediente N° 10-100620-0297 CI. Información posesoria promueve Juan Miguel Castro Solís.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 9 de agosto de 2010.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—(IN2015046687).

Citaciones

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Manuel Vargas Hidalgo, mayor, casado, médico pensionado, cédula de identidad número 0302440231, y vecino de Barrio El Molino de Cartago. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 15-000146-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de abril del año 2015.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1 vez.—(IN2015042588).

Se hace saber que ante esta notaría, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida fue Dagoberto Acuña Serrano, mayor, casado, cédula de identidad: tres cero cero siete cinco cero uno dos siete, vecino de la provincia de Cartago, cantón Alvarado, distrito Pacayas. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación del presente edicto comparezcan a hacer valer sus derechos, con al apercibimiento a aquellos que crean tener derecho de herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasara a quien corresponda. Cartago, de la entrada principal de los Tribunales de Justicia, trescientos metros al sur Bufete Arce Acuña y Asociados.—Dra. Angie Arce Acuña, Notaria.—1 vez.—(IN2015046505).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Sofía Lorena Alcázar Jiménez, quien fue mayor, casada dos veces, pensionada y ama de casa, vecina de Calle Blancos, Goicoechea, de la plaza de deportes cuatrocientos metros al oeste, casa de madera de color verde con rejas negras, sin número visible, cédula de identidad número 1-0581-0038, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-2015.—San José, 22 de julio 2015.—Licda. Mercedes Margarita Pacheco Monge, Notaria.—1 vez.—(IN2015046538).

Se cita a herederos, acreedores y demás interesados en la sucesión de José Jiménez Peraza, quien fue soltero, agricultor, de Patio de Agua, San Rafael, Coronado, cédula 1-0118-6220, para que dentro del plazo de 30 días contados después de la publicación de este edicto, se apersonen a esta notaría en defensa de sus derechos, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo la herencia pasará a quien en derecho corresponde. Asimismo deben señalar lugar o medio para recibir notificaciones. Expediente 2015-002-17771. Lic. Henry Mora Núñez, notario público.—San Rafael, Coronado, frente Pupusas Tazumal.—Coronado, julio, 21 de 2015.—Lic. Henry Mora Núñez, Notario.—1 vez.—(IN2015046567).

Se cita y emplaza a todos los herederos de la sucesión de Raúl Salas Solano, quien fue, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Capulín de Orotina, cédula dos- ciento ochenta y dos - cuatrocientos sesenta y siete, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a mi Notaría, sita en Heredia, avenida cuatro calles dos y cuatro, a fin de hacer valer sus derechos. 15- cero cero cero uno- Sucesión.—Heredia, 22 de julio del 2015.—Lic. Carlos Sánchez Carballo, Notario.—1 vez.—(IN2015046570).

El suscrito notario hace saber que en su notaria ubicada en Los Chiles de Alajuela frente a Los Tribunales de Justicia se tramita el proceso sucesorio en sede notarial de quien en vida fue: Elba Juventina Miranda Calix, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula 2-249-703, vecina de Los Chiles de Alajuela. Se emplaza a terceros con interés en este sucesorio apersonarse dentro de los próximos treinta días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, con el fin que hagan valer sus derechos.—Lic. Juan Abel Beteta Ocampos, Notario.—1 vez.—(IN2015046675).

Se hace saber a cualquier interesado, que ante esta notaría sita en la ciudad de San José, exactamente entre avenidas ocho y diez, calle quince, casa número ochocientos treinta y siete, oficina número cinco, se lleva el proceso sucesorio notarial de quien en vida fue doña Flor Alvarado Jiménez, quien fue mayor, casada en primeras nupcias, ama de casa, vecina de La Suiza de Turrialba, cédula de identidad número seis-cero sesenta y ocho-cero cero uno, fallecida el día ocho de abril del dos mil nueve. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente notarial sucesorio N° 2015-0001.—21 de julio del 2015.—Lic. José Wilfredo Tercero Reyes, Notario.—1 vez.—(IN2015046727).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Miriam Jesús Mendoza Valdés quien era mayor, costarricense, del hogar, casada una vez, portadora de la cédula de identidad número seis - cero noventa y siete - novecientos setenta, quien fue vecina de Residencial Ureña, Golfito, Puntarenas, para que dentro del plazo de treinta días a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda; todo ello ante proceso sucesorio extrajudicial en sede notarial. Expediente N° 2014-010, Notario Camilo Diego Cedeño Castro diagonal a la Policía de Proximidad de Río Claro, Guaycara, Golfito, Puntarenas.—Lic. Camilo Diego Cedeño Castro, Notario.—1 vez.—(IN2015046751).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores e interesados en la sucesión de quien en vida fue Juan Rafael Avellán Vargas, quien fue mayor, pensionado, cédula de identidad seis- ciento sesenta y siete- seiscientos diez, vecino de Dulce Nombre, La Unión, Cartago, Barrio El Carmen, Urbanización El Tirrá, casa número siete Q, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en resguardo de sus derechos, apercibidos los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Se le previene a los interesados de que en el acto de ser notificado o separadamente dentro del tercer día, deben señalar medio de notificación casa u oficina dentro del perímetro de la oficina de la Licenciada Angélica Sanabria Conejo, que se ubica en Tres Ríos, La Unión, Cartago, del Banco Crédito Agrícola de Cartago setenta y cinco metros este, para atender notificaciones bajo los apercibimientos de que mientras no lo hagan las resoluciones posteriores que se dicten se les tendrán por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas. Expediente N° 2015-01. Sucesión Juan Rafael Avellán Vargas.—Licda. Angélica Sanabria Conejo, Notaria.—1 vez.—(IN2015046757).

Se hace saber: Que ha sido solicitada la intervención del suscrito notario para tramitar el proceso sucesorio extrajudicial de quien en vida fue Eduardo Ernesto Jiménez Monte Alegre, mayor, soltero, vecino de Pavas, Rohrmoser, de Antojitos cien metros al norte, y veinticinco al oeste, con número de cédula de identidad 1-04720896, San José; quien falleció en San José, el día 10 de Noviembre de 2014. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda. La oficina del suscrito Notario se encuentra ubicada en San Rafael de Escazú, 200 metros sur de la entrada sureste al Centro Comercial Multiplaza, Edificio Terraforte, 4to piso, oficinas del bufete Lex Counsel. Expediente 0001-2015.—San José, 17 de julio del 2015.—Jorge Moisés Ulloa Maduro, Notario.—1 vez.—(IN2015046824).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Vicente Dagoberto Ulate Mora, quien fuera mayor, viudo una vez, pensionado, vecino de Heredia, ciudadela Bernardo Benavides, casa número ciento noventa y tres, portador de la cédula de identidad número cuatro-cero cero ochenta y seis - cero setecientos setenta y seis, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de su publicación, se apersonen a esta notaría. Para ser publicado en el Boletín Judicial por única vez en cualquier momento. JHFV ubicada en Santo Domingo, Heredia, doscientos metros al este y ciento cincuenta metros al sur de la Municipalidad - a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si así no lo hacen la herencia pasará a quien legalmente corresponda. (Exp. 0001-2015 Proceso sucesorio en sede notarial).—Lic. Julio H. Fonseca Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2015046843).

Mediante acta de apertura de las 16:10 horas del 16 de julio del año 2015, otorgada ante esta notaría por la Sra. Josefa Bermúdez Abarca y habiéndose comprobado el fallecimiento de quien en vida fuera Wilfrido Sánchez Sánchez, mayor, cédula de identidad número 1-282-849, casado una vez, vecino de San Marcos de Tarrazú; esta notaría declaró abierto el proceso sucesorio ab intestato tramitado en el expediente N° 001-2015. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lie. Manuel Emilio Castro Marín, que se ubica en el local N°45 del Centro Comercial Plaza Cristal en el cantón central de Curridabat de la provincia de San José, Teléfono 4001-5164.—Curridabat, 21 de julio del 2015.—Lic. Manuel Emilio Castro Marín, Notario.—1 vez.—(IN2015046848).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Marta Eugenia Aguilar Valverde, a las once horas del siete de Julio del dos mil quince y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Magdalena Calderón Calderón, mayor, soltera, oficios del hogar, vecina de Matina, Zent Nuevo doscientos metros al este de la Escuela, con cédula número cinco- cero tres ocho- nueve cero tres. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Carlos Eduardo Solano Serrano.—Siquirrés, Limón, altos de Tienda Pirámide.—Lic. Carlos Eduardo Solano Serrano, Notario.—1 vez.—(IN2015046854).

Se hace saber que ante mi notaría se tramita la sucesión de Honoria Margarita Díaz Selva, quien fuera mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Barrial de Heredia, con cédula de identidad número 6-0071-0570. Se cita y emplaza a todos los interesados, para que dentro de, plazo improbable de treinta días contados a partir de esta publicación, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento, a aquellos que crean tener la condición de heredero, de que si no se apersonan dentro de, plazo otorgado, la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Para efectos de recibir notificaciones y la documentación necesaria para la tramitación de este sucesorio señalo mi oficina, sita en Heredia, de los Tribunal de Justicia, veinticinco metros a, este, altos de la Tribuna, al fax número 2260-8280 o al correo electrónico: Juankar@racsa.co.cr, expediente número 02-2015-NOT.—Heredia, 23 julio del 2015.—Juan Carlos Camacho Sequeira, Notario.—1 vez.—(IN2015046863).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 16 de julio del 2015 y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato extrajudicial en sede notarial de quien en vida fuera Gilbert Córdoba Portocarrero, quien en vida fuera mayor, casado una vez, pensionado, portador de la cédula de identidad número uno-doscientos setenta-cero cuarenta y cinco, cuyo último domicilio fuera San José, Barrio Cristo Rey, de la iglesia católica, quinientos metros al norte. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 002-2015. Notaría del Lic. Mauricio Bolaños Delgado, Heredia, Lagunilla, Centro Comercial Small Lamugue, Oficina 15.—Lic. Mauricio Bolaños Delgado, Notario.—1 vez.—(IN2015046940).

Se hace saber que ante esta notaría, se tramita el proceso sucesorio notarial de quien en vida fue Gilberto Francisco Bonilla Rojas, quien fue, mayor, casado una vez, médico, vecino de San José, cédula de identidad uno-doscientos treinta y cuatro-setecientos noventa y cinco, quien falleció el quince de setiembre de mil novecientos noventa y tres. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría cita del Juzgado Penal de Pavas, cincuenta metros al norte, veinticinco metros oste casa número cuarenta y siete, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2015. Notario Róger Antonio Hidalgo Zúñiga.—13 de julio 2015.—Lic. Róger Antonio Hidalgo Zúñiga, Notario.—1 vez.—(IN2015047004).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue: Blanca Rodríguez González, mayor, viuda una vez, ama de casa, cédula: dos-ciento seis-ochocientos sesenta y cuatro, vecina de Grecia; para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto; comparezcan ante esta notaría, ubicada en Grecia Centro, frente a Ekono, a reclamar sus derechos. Asimismo se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de este término, la herencia pasará a quien corresponda. La apertura del proceso sucesorio extrajudicial se solicitó mediante acta notarial, escritura número doscientos cuarenta y ocho del protocolo cuatro, otorgada ante el suscrito Notario, a las dieciséis horas del veintisiete de mayo del dos mil quince; en la que se nombró como Albacea propietaria a: Patricia Pinagel Rodríguez, cédula: dos-doscientos noventa y dos-cero ochenta y tres. Expediente número: 004-2015.—Grecia, a las 9:00 horas del 28 de mayo del dos mil quince.—Luis Guillermo Álvarez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2015047017).

Se informa de muerte de Benilda Valverde Durán, viuda una vez, ama de casa, cédula: uno - ciento setenta y ocho - trescientos ochenta, esposa del causante Carlos Alberto Camacho Quesada, cédula: 1-338-455; ambos vecinos de Linda Vista de Siquirres, contiguo a Pulpería Los Ángeles, proceso sucesorio que se tramita en esta Notaría. Se previene a herederos e interesados, para que en un periodo de 30 días se presenten a hacer valer sus derechos.—Lic. Óscar Bogantes Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2015047035).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Carlos Barahona Picado, quien fue mayor, soltero, pensionado, con cédula tres-ciento cincuenta y cuatro - novecientos sesenta y tres y vecino de Cartago, La Unión, San Rafael, El Fierro, de la Cantina La Aurora, cien metros este, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar su derechos; y se aperciben a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.-Expediente 0001-2015. Notaría bufete Mora Campos. Lic. Marco Vinicio Mora Campos, notario público. Sita: 50 metros al este de la Ferretería Las Gravilias de San Rafael, La Unión, Cartago.—Lic. Marco Vinicio Mora Campos, Notario.—1 vez.—(IN2015047046).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de José María Moncada Díaz, cédula de identidad ocho- cero cuarenta y seis- cero setecientos cincuenta y nueve para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Expediente 01-2015. Notaría del Bufete del Notario Luis Gerardo Brenes Solano.—San José, 22 de julio de dos mil quince.—Lic. Luis Gerardo Brenes Solano, Notario.—1 vez.—(IN2015047055).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Chunlin Huang Huang, fallecido el día 2 de junio del 2015 para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la notificación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de este plazo la herencia pasará a quienes corresponda. Expediente 001-2015.- notaría de San Juan de Santa Bárbara de Heredia, Urbanización Samarcanda casa dos I.—Lic. Diego Oporto Mejía, Notario.—1 vez.—(IN2015047097).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Heeymis De Los Ángeles Vargas Gutiérrez, a las quince horas y cero minutos del veinticuatro del mes de junio del año dos mil quince y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Adrián Eliecer De La Trinidad Picado Chavarría, mayor, casado una vez, vecino de Parrita. Las Lomas, Grupo cuatro casa cincuenta y seis portador de la cédula de identidad número uno- quinientos setenta y cinco- cero noventa y uno. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, vecino de Parrita bajos de la Municipalidad, Teléfono dos siete siete nueve ocho cero cinco nueve (Publicar 1 vez en el Boletín Judicial.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2015047107).

Ante mi notaría, se han presentado las señoras Ana Marita Herrera García, Rebeca Herrera García e Irene Herrera García, para solicitar al suscrito notario la reapertura del proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fue: Carmen García Matamoros, mayor, viuda, educadora, vecina de Puntarenas, Esparza, La Riviera, del Restaurante Tabaris, cien metros al norte y cincuenta al oeste, portadora de la cédula de identidad número seis- cero noventa- seiscientos cuarenta. En virtud de lo anterior, se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría ubicada 200 metros al norte de Coopesparta R.L., en la ciudad de Esparza, provincia de Puntarenas a reclamar y hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-2009.—Esparza 20 de julio del 2015.—Lic. Warner Calvo Dinarte, Notario.—1 vez.—(IN2015047188).

Se hace saber que en esta notaría se tramita el sucesorio de Rafael Ángel Cervantes Sanabria, cédula 3-093-259. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a quienes crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2015. Notaría Miguel Ángel Ortega Bastos, carné de colegiado número 12.293.—23 de julio del 2015.—Lic. Miguel Ángel Ortega Bastos, Notario.—1 vez.—(IN2015047214).

Por única vez, se tita y emplaza por el plazo de treinta días naturales a herederos y demás partes interesadas en el Sucesorio de quien en vida se llamó, Teodora Barrantes González, quien fue, mayor, soltera, comerciante portadora de cédula número 5-075-358, vecina de Santa Cruz, del Banco Popular trescientos metros al oeste y setenta y cinco meto al norte, a fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos o la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 002-2015. Notaría del Bufete MSc., Ángela Aurora Leal Gómez, Notaria Publica.—Santa Cruz, Guanacaste, 21 de julio del 2015.—MSc. Ángela Aurora Leal Gómez, Notaria.—1 vez.—(IN2015047280).

Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quien en vida fue, José Eduardo Brenes Umaña, mayor, casado una vez, técnico en telecomunicaciones, portador de la cédula de identidad nueve-cero cero cuarenta y cinco-cero novecientos nueve. Se declara abierto su Proceso Sucesorio, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación del edicto, se apersonen ante esta notaría en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que en caso de que no lo hicieren, la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente número cero cero uno-dos mil quince. Sucesorio en Sede Notarial de José Eduardo Brenes Umaña.—Lic. Alejandra Arias Madrigal, Notaria.—1 vez.—(IN2015047313).

Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión del señor Víctor Gerardo Valverde Valverde, quien en vida fue mayor, casado una vez, pensionado, costarricense, vecino de San José, Escazú, San Antonio, de la iglesia católica de Escazú centro un kilómetro al sur, cien metros este, ciento veinticinco metros sureste, con cédula de identidad número uno-cero trescientos setenta y dos-cero cuatrocientos cuarenta y dos, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante esta notaría, situada en San José, San José, Merced, Paseo Colón, Edificio Colón, piso número trece, oficina número dos, a hacer valer sus derechos con el apercibimiento de que si no lo hace, la herencia pasará a quien corresponda.—San José, veintiséis de mayo del dos mil quince.—Lic. Serguei Swirgsde González, Notario.—1 vez.—(IN2015047316).

Margarita Arias Formoso, Notaria Pública con oficina en San José, Goicoechea, Guadalupe, ciento cincuenta metros al norte de Novacentro, hace saber que en mi notaria, a las doce horas del dieciséis de diciembre de dos mil catorce, bajo el expediente número cero tres-dos mil catorce se declaró abierto el proceso sucesorio ab intestato en sede notarial de quien en vida fuera Juan Guillermo Granados Fonseca, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, vecino de San José, Sabanilla, Montes de Oca, cien metros al norte del Banco Nacional, portador de la cédula de identidad número uno-cero doscientos setenta y dos-cero cero treinta y uno. Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general y en general a todos los que puedan resultar interesados o crean tener derechos en la presente sucesión en sede notarial a efecto de que concurran a hacer valer sus derechos dentro del plazo de treinta días contados a partir de la fecha de publicación del presente edicto en la oficina de la suscrita notaría en la dirección indicada, bajo apercibimiento de que de apersonarse la herencia pasará a quien corresponda. San José.—Licda. Margarita Arias Formoso, Notaria.—1 vez.—(IN2015047382).

Margarita Arias Formoso, Notaria Pública con oficina en San José, Goicoechea, Guadalupe, ciento cincuenta metros al norte de Novacentro, hace saber que en mi notaría a las doce horas del dieciséis de diciembre del dos mil catorce, bajo el expediente número cero tres-dos mil catorce se declaró abierto el proceso sucesorio ab intestato en sede notarial de quien en vida fuera María del Socorro conocida como Maruja Quesada Argüello, mayor, casada una vez, señora de su casa, vecina de Barrio Aranjuez, San José, portadora de la cédula de identidad número: cuatro-mil treinta y uno-trescientos setenta y dos, se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general y en general a todos los que puedan resultar interesados o crean tener derechos en la presente sucesión en sede notarial a efecto de que concurran a hacer valer sus derechos dentro del plazo de treinta días contados a partir de la fecha de publicación del presente edicto en la oficina de la suscrita notaria en la dirección indicada, bajo apercibimiento de que de apersogarse la herencia pasará a quien corresponda, San José.—Licda. Margarita Arias Formoso, Notaria.—1 vez.—(IN2015047385).

Margarita Arias Formoso, Notaria Pública con oficina en San José, Goicoechea, Guadalupe, ciento cincuenta metros al norte de Novacentro, hace saber que en mi notaría, a las diecisiete horas del tres de diciembre del dos mil catorce, bajo el expediente número cero uno-dos mil catorce se declaró abierto el proceso sucesorio ab intestato en sede notarial de quien en vida fuera Vera Vaglio Cortez, mayor, casada una vez, maestra pensionada, vecina de Moravia, San José, portadora de la cédula de identidad número siete-doscientos diez-novecientos ochenta y cuatro, se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general y en general a todos los que puedan resultar interesados o crean tener derechos en la presente sucesión en sede notarial a efecto de que concurran a hacer valer sus derechos dentro del plazo de treinta días contados a partir de la fecha de publicación del presente edicto en la oficina de la suscrita notaria en la dirección indicada, bajo apercibimiento de que de apersonarse la herencia pasará a quien corresponda. San José.—Licda. Margarita Arias Formoso, Notario.—1 vez.—(IN2015047388).

Se cita y emplaza a todos los herederos e interesados en el proceso sucesorio notarial Ab Intestato de quien en vida fue, Marlene Barrantes Barrantes, casada una vez, de oficios del hogar, cédula dos-trecientos cuarenta y tres-novecientos cuarenta y dos, para que se apersonen ante la Notaría de Luis Carlos Acuña Jara, en Naranjo centro cincuenta metros al norte de Almacén Roes, por un plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente de esta publicación, a hacer valer sus derechos presentando para ello todos los documentos que los acrediten como legitimados y los escritos respectivos en papel de seguridad notarial. Se les avisa que una vez pasado el plazo dicho, se protocolizarán los acuerdos ya tomados por los herederos. Expediente número cero cero cero dos-dos mil quince.—Naranjo, 22 de julio del 2015.—Lic. Carlos Acuña Jara, Notario.—1 vez.—(IN2015047407).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la Sucesión de: Juan Rafael Mesén Chavarría, cédula seis-cero dos tres-dos cuatro cero, quien en vida fue, casado una vez, agricultor, vecino de último domicilio en quinientos metros suroeste de la escuela, Limoncito de Coto Brus, Puntarenas: para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos: y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: 0001-2015. Sucesión de, Juan Rafael Mesen Chavarría. Notaría del Licenciado Arturo Méndez Jiménez, carné 9302, frente al almacén El Súper Barato de San Vito de Coto Brus, Puntarenas.—Lic. Arturo Méndez Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2015047408).

Se convoca a todos los herederos e interesados en la Sucesión de, María Eugenia White Solano, quien fue mayor, divorciada una vez, ama de casa, vecina de Pavas San José, cédula número dos-ciento noventa y cinco-novecientos sesenta y dos; quien falleció el veinticuatro de mayo del año dos mil catorce; para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante la Notaría del Licenciado Gerardo Moya Paniagua, con Oficina abierta en la ciudad de Orotina Centro, costado norte del ICE, teléfono número 2428-86-72 ó al fax 2428-77-60, a hacer valer sus derechos, apercibiendo a todos los que puedan tener la calidad de herederos o interesados, que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quienes corresponda. Expediente N° 002-2015.—Orotina, trece de julio del dos mil quince.—Lic. Gerardo Moya Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2015047427).

Se convoca a todos los interesados y presuntos herederos de la sucesión de quien en vida se llamó, Alejandro Néstor Reyes Aburto, mayor, viudo una vez, pensionado, vecino de Guadalupe, con cédula de identidad número siete-trescientos treinta-ochocientos cuarenta y cinco; y de Emilia Rodríguez Delvier, mayor, casada una vez, vecina de Guadalupe, con cédula de identidad número ocho-cero sesenta y ocho-setecientos ochenta y tres, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación del presente edicto, comparezcan ante esta notaria en defensa de sus derechos bajo el apercibimiento de que si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Igualmente que la sede de esta Notaria se ubica en San José, calle dieciocho bis avenida doce bis, número dieciocho veintisiete.—San José, a las diez horas del tres de julio del dos mil quince (Sucesorio en sede notarial de Alejandro Reyes Aburto y Emilia Rodríguez Delvier. Expediente 15-0001-SUNO.—Lic. Francisco José Amado Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2015047432).

Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios e interesados en la sucesión de quien en vida se llamó, Néstor Amilcar Herrera Herrera, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Puntarenas, Centro, Avenida Central, del Estadio Lito Pérez, veinticinco metros al este y con cédula ocho-cero cero cinco cero-cero uno uno cero cinco, quien falleció el 30 de enero del 2015, para que en el término de treinta días, contados a partir de la publicación de este edificio, comparezcan en la oficina del Notario Giovanni Enrique Incera Segura, ubicada en San José, Zapote de Radio Columbia cien metros al oeste, edificio Lolita, segundo piso, a reclamar sus derechos y se percibe a los que creen tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro del término, la herencia pasará a quien corresponda.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Giovanni Enrique Incera Segura, Notario.—1 vez.—(IN2015047451).

Se cita a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, en la sucesión, de quien en vida se llamó María Ester Romero Segura, y fue mayor, casada una vez, ama de casa, con cédula uno-cinco cero ocho-siete cero cuatro, vecina de San Isidro, Alumbre, Central, Cartago, de la iglesia quinientos metros oeste y quinientos suroeste, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de esta publicación, comparezcan a hacer valer sus derechos, apercibidos, los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en este plazo, el haber relicto pasará a quien corresponda. Lic. Olman Alberto Rivera Valverde, Notario Público. Oficina ubicada en San Juan Norte, Cartago, setecientos metros noreste de la iglesia católica. Expediente 4-2012.—Cartago, 4 de junio del dos mil quince.—Lic. Olman Alberto Rivera Valverde, Notario.—1 vez.—(IN2015047473).

Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el sucesorio de, Óscar Coghi Fernández, cédula 1-370-883 mayor, casado una vez, ingeniero y vecino de la ciudad de Cartago, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta Notaria ubicada frente al costado norte de los Tribunales en Cartago teléfono 25-51-09-26, para hacer valer sus derechos. Se advierte a los que crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan dentro de ese término, ésta pasará a quien corresponda.—Cartago, 21 de julio del 2014.—Lic. Eugenio Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—(IN2015047493).

Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el sucesorio de Johnny González Rivera, ciudadano estadounidense, portador del pasaporte de su nacionalidad número 06952730 mayor, casado una vez, pensionado y vecino de la ciudad de Cartago, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría ubicada frente al costado norte de los Tribunales en Cartago teléfono 25-51-09-26, para hacer valer sus derechos. Se advierte a los que crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan dentro de ese término, ésta pasará a quien corresponda.—Cartago, 21 de julio del 2014.—Lic. Eugenio Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—(IN2015047495).

Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el sucesorio de, Eusebio Brenes Calvo, cédula 3-0090-0101 y Consuelo Calderón Mena, cédula 3-080-378, mayores, casados una vez, agricultor y ama de casa y vecinos de San Gerardo de Oreamuno, Cartago, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría ubicada frente al costado norte de los Tribunales en Cartago teléfono 25-51-09-26, para hacer valer sus derechos. Se advierte a los que crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan dentro de ese término, ésta pasará a quien corresponda.—Cartago, 21 de julio del 2014.—Eugenio Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—(IN2015047498).

Que mediante la escritura número sesenta y ocho, otorgada a las doce horas cuarenta y cinco minutos del día catorce de junio de dos mil quince, visible a los folios que van del ciento setenta y siete frente al ciento ochenta frente del tomo treinta y dos del protocolo de la notaria pública Sandra Alvarado Mondol conocida como Mondol Zumbado, se rogaron sus servicios profesionales para que tramite la sucesión testada de Eduardo José Rey Obando, soltero, médico, vecino de Puntarenas, Osa, Palmar, Palmar Sur, antigua Zona Americana, setenta y cinco metros al sur del Club número lino, cédula de identidad número uno-cero seiscientos cuarenta y cinco-cero doscientos veinticinco, quien falleció el día once de marzo de dos mil quince en San José, la cual se gestiona bajo el expediente número dos mil quince-cero cero cero uno, por lo que se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados en este proceso para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante esta notaría ubicada en Puntarenas, Osa, Ciudad Cortés, ciento sesenta y cinco metros al oeste de la escuela de Ojo de Agua, a hacer valer sus derechos. Puntarenas, a las once horas del día dieciséis de junio de dos mil quince. Notaria Pública Master Sandra Alvarado Mondol conocida como Mondol Zumbado, teléfonos veintisiete-ochenta y seis-cuarenta y dos-trece y veintisiete-ochenta y seis-cuarenta y dos-catorce.—Master. Sandra Mondol Alvarado, Notaria.―1 vez.—(IN2015047521).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la Sucesión de, quien en vida fue Johanna Mary (nombre) Oestreich (apellido), de único apellido en razón de su nacionalidad Estadounidense, mayor, viuda de su tercer matrimonio, empresaria pensionada, quien fuera vecina de Flamingo, Santa Cruz, Guanacaste, Flamingo Marina Resort apartamento número seis cero nueve, portadora del pasaporte de su país número Z siete siete cero siete seis cinco ocho; para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quién corresponda. Expediente cero cero cero uno-dos mil quince. Proceso sucesorio en sede notarial Johanna Mary Oestreich.—Licda. Yosandra Apú Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2015047540).

Avisos

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de los menores Jesús David y José Armando de apellidos Ureña González, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Juzgado de Familia de Grecia. A las quince horas y cuarenta y dos minutos del siete de julio del año dos mil quince. Vistos los autos se ordena: Notifíquese por medio de edicto a publicar en el Boletín Judicial, a la parte demandado José Ángel Ureña Mena, la resolución dictada a las quince horas y treinta y cinco minutos del siete de julio del año dos mil quince en la que literalmente dice: Juzgado de Familia de Grecia, a las quince horas y treinta y cinco minutos del siete de julio del año dos mil quince. De las presentes diligencias de depósito de los menores Jesús David y José Armando de apellidos Ureña González, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a José Ángel Ureña Mena y Yorheisi González Miranda, a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 25 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior en sesión N. 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. Igualmente se les invita a utilizar El Sistema de Gestión en Línea que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial hyy://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo por haberlo así dispuesto el Consejo Superior en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución al señor José Ángel Ureña Mena a quien se le notificará por medio de edicto por desconocerse su paradero y a la señora Yorheisi se le notificará en Naranjo, El Rosario, Santa Margarita de la iglesia del lugar, 400 metros después, preguntar por Patricia González, dado que Yorheisi vive en una calle entrando por la casa de la señora Patricia quien es muy conocida en el lugar personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos se comisiona al Destacado de la Fuerza Pública de El Rosario de Naranjo. En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido se autoriza el ingreso del funcionario notificador a efectos de practicar la notificación artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 15-000433-0687-FA. Clase de Asunto Depósito Judicial.—Juzgado de Familia de Grecia, Grecia, 7 de julio del 2015.—Licda. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—Exonerado.—(IN2015043788).  3 v. 2

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela testamentaria de los menores José Miguel Aguilar Piedra ya por haber sido nombrados en testamento, ya por corresponderles la legítima, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente N° 15-000441-0687-FA. Proceso Tutela Legítima. Promovente: Ana Yansy Aguilar Piedra.—Juzgado de Familia de Grecia, 7 de julio del 2015.—Licda. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—Exonerado.—(IN2015043789).            3 v. 2

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita proceso de Declaratoria de Ausencia promovido por, Willian Camacho Fallas, mayor, casado en segundas nupcias, oficial de seguridad, vecino de Heredia, cédula de identidad número 02-0318-0438; encaminado a solicitar la ausencia de Rigoberto Camacho Quesada, mayor, mayor, casado en segundas nupcias, vecino de San Joaquín de Flores, pensionado, cédula de identidad número 04-0052-0411. En el mismo se dictó la resolución que dice: Expediente N° 05-001918-504-Ciproceso: Declaratoria de Ausencia promovente: William Camacho Fallas. Ausente: Rigoberto Camacho Quesada. Sentencia N° 74-2008 Juzgado Civil de Heredia, a las ocho horas del veintidós de febrero del dos mil ocho. Proceso de Declaratoria de Ausencia del señor Rigoberto Camacho Quesada, cédula de identidad 4-052-411, fecha de nacimiento 3 de junio del 1924, hijo de Francisco Camacho H y Rosa Quesada C, promovido por, William Camacho Fallas, mayor, casado dos veces, oficial de seguridad, vecino de Heredia, con cédula de identidad número 2-318-438. Interviene también la Procuraduría General de la República, representada por el licenciado Enrique Germán Pochet Cabezas, mayor, casado, vecino de San José, con cédula número 1-356-669. Resultando: 1) El señor William Camacho Fallas promueve diligencias de declaratoria de ausencia de su padre Rigoberto Camacho Quesada, al indicar que desapareció desde el dos de junio de dos mil tres sin que se tengan noticias del mismo desde ese tiempo, motivo por el cual solicita se declare su ausencia. 2) Sobre el presente proceso se confirió audiencia a la Procuraduría General de la República, dependencia que únicamente apersonó al licenciado Enrique Germán Pochet Cabezas. 3) En los procedimientos se han observado los términos y todas las demás prescripciones legales establecidas; y Considerando: I) Hechos probados: Como hechos demostrados se tienen los siguientes: 1. Que el señor Rigoberto Camacho Quesada nació en Belén de Heredia el tres de junio de mil novecientos veinticuatro, hijo de Francisco Camacho y Rosa Quesada. (Ver certificación del folio 25). 2. Que el señor Rigoberto Camacho Quesada no aparece con movimientos migratorios. (Ver certificaciones de folios 35 y 36). 3. Que el señor Camacho Quesada no aparece con bienes muebles, inmuebles ni apoderado inscrito (ver certificación notarial a folio 33) 4. Que el señor Camacho Quesada contrajo matrimonio con Carolina de los Ángeles Rodríguez Escoto el día 23 de mayo de 2003 (ver certificación a folio 21)5. Que el señor Camacho Quesada desapareció desde el dos de junio de dos mil tres, sin que se tuvieran noticias del él posteriores a esa fecha, y sin que se le haya vuelto a ver. (Ver demanda de folio 26). 6. Que estas diligencias fueron instauradas mediante escrito presentado el veintiséis de agosto del dos mil cinco, dándoseles curso por auto de las once horas treinta y cinco minutos del veintitrés de noviembre de ese mismo año, notificándose a la Procuraduría General de la República, la cual apersonó al proceso al licenciado Enrique Pochet Cabezas, publicándose el edicto correspondiente en el Boletín Judicial de los días 22, 23 y 24 de marzo de 2006, así como en el periódico La República el día 9 de setiembre de 2006. (Ver escrito del folio 26, auto de folio 40, apersonamiento del folio 45, y copias de las publicaciones a folios 57-63). II) Sobre el fondo: Tal y como lo señala el artículo 71 del Código Civil, cualquier interesado podrá demandar la declaratoria de ausencia pasados dos años después del día en que desapareció el ausente, sin que hayan habido noticias suyas o después de recibidas las últimas. En el caso que nos ocupa, tal y como se tuvo por debidamente demostrado, el señor Rigoberto Camacho Quesada desapareció desde el dos de junio de dos mil tres, sin que se tengan noticias de él desde esa fecha, es decir hace más de cuatro años, sin que apareciera inscrita su defunción o hubiera salido del país desde ese momento. De lo anteriormente expresado resulta claro que el promovente como hijo del señor Camacho Quesada estaría legitimado para entablar las presentes diligencias, las que fueran notificadas a la Procuraduría General de la República sin que esa dependencia pusiera reparo alguno en que las mismas se continuaran. En vista de lo anterior, y habiéndose cumplido el requisito que establece nuestra legislación sobre el particular, se declara ausente al señor Rigoberto Camacho Quesada, con todas las consecuencias legales que dicha declaratoria trae aparejadas. Se ordena la publicación de esta sentencia por tres veces en el Boletín Judicial, con intervalos de quince días y en un periódico de circulación nacional. Artículos 1, 3, 5, 151, 153, 155 y concordantes del Código Procesal Civil, así como los numerales 71 y siguientes del Código Civil. Por Tanto: De conformidad con los hechos tenidos por demostrados, consideraciones de fondo efectuadas y los artículos citados, se declara ausente al señor Rigoberto Camacho Quesada, con las consecuencias legales que esa declaratoria trae aparejadas. Se ordena la publicación de esta sentencia por tres veces en el Boletín Judicial, con intervalos de quince días y en un periódico de circulación nacional. Expediente: 05-001918-0504-CI.—Msc. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—Juzgado Civil de Heredia, 23 de setiembre del 2011.—Licda. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—(IN2015047505).            3 v. 1 Alt

Licenciado Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez del Juzgado de Cobro Judicial del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, sede Santa Cruz; hace saber al tercer adquirente Marco Tulio González Vega, propietario de la finca: 5-178276-000. Que en este despacho se interpuso proceso de ejecución hipotecaria del Banco Popular y Desarrollo Comunal, contra Maroleny Ríos Marchena, bajo el expediente número 13-001776-1206-CJ donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: uno: Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste. A las diecisiete horas y cincuenta y ocho minutos del dieciocho de noviembre del dos mil trece. Se tiene por establecido el proceso ejecución hipotecaria en contra de Maroleny Ríos Marchena; a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poderjudicial. go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto, se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Con la base de veinticinco millones ochocientos cuarenta y dos mil setecientos treinta y dos colones con ochenta y dos céntimos libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 178276-000. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiuno de mayo del dos mil catorce (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de junio del dos mil catorce, con la base de diecinueve millones trescientos ochenta y dos mil cuarenta y nueve colones con sesenta y dos céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de junio del dos mil catorce, con la base de seis millones cuatrocientos sesenta mil seiscientos ochenta y tres colones con veintiún céntimos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. Audiencia liquidación: De la anterior liquidación de intereses, se confiere audiencia por tres días al demandado para lo que a bien tenga manifestar. Anotación: Se ordena anotar la presente demanda al margen de inscripción de finca 5-178276-000. Mediante anotación tecnológica inscríbase en el Registro Nacional los respectivos embargos. Tercer adquirente: Por el plazo de ocho días, se requiere de pago a Marco Tulio González Vega en su condición de tercer adquiriente para que verifique el pago de la suma que garantiza la hipoteca, o la abandone a la ejecución; así como para que se apersone a hacer valer sus derechos. Artículos 419 del Código Civil, reformado en forma tácita por el numeral 21.4 de la Ley de Cobro Judicial. Notifíquese la presente resolución, personalmente por cédula y copias de ley en su casa de habitación.- “Se invita a la parte gestionante a que suministre un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Por así solicitarlo la parte interesada; por medio de Notario Público; notifíquese esta resolución al demandado, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Para estos efectos, se designa a Eusebio Aguero Araya. Se advierte al notario notificador, que dentro del tercer día hábil posterior a la notificación, deberá entregar al despacho la respectiva documentación. Artículos 19, 29, 30 y 31 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para notificar al tercer poseedor, en Goicoechea, San José, urbanización Lomas de Tepeyac, casa 17-i se comisiona al notario público Edgar Jovel Álvarez López. AL demandado: en la siguiente dirección: Moroleny Ríos Marchena en Corralillo de Filadelfia de Carrillo, Guanacaste, frente al tanque de AyA para tal efecto se comisiona al Notario Público Eusebio Agüero Araya. Se tiene por otorgado el poder especial judicial al Licenciado Marjorie Vargas Sequeira por la parte actora, y se tiene por aceptado el mismo. Artículos 118 del Código Procesal Civil. En otro orden de ideas, se les pone en conocimiento de las partes, que una vez firmados los oficios recordatorios a entidades comisionadas, nuevas comisiones, los oficios de embargo de salario y bancarios, los mismos deben ser diligenciados en forma personal por quienes los solicita y hacer llegar al despacho los resultados obtenidos. Los documentos los podrán bajar por medio del Sistema Costarricense de Gestión de Despachos Judiciales a través de la página www.Poder Judicial.go.cr. Las partes deberán comunicarse al despacho para la solicitud de clave de autorización para el uso del sistema de Gestión en Línea. Licda. Grace Solís Solís. Jueza. HVICTOR. Dos: Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste. A las ocho horas y veintisiete minutos del veinticuatro de junio del dos mil quince. Visto los escritos de la parte actora en fecha 19/01/2015,04/05/2015 y 16/06/2015, se resuelve: 1.- Conforme se solicita, déjese sin efecto los señalamientos de remate ordenados en autos, y en su lugar se ordena verificar un nuevo señalamiento a efecto de sacar a remate la finca 5-178276-000, para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del veinticuatro de agosto del dos mil quince. La base será la misma fijada en autos, sea la suma de veinticinco millones ochocientos cuarenta y dos mil setecientos treinta y dos colones con ochenta y dos céntimos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del ocho de setiembre del dos mil quince, con la base de diecinueve millones trescientos ochenta y dos mil cuarenta y nueve colones con sesenta y dos céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del veinticuatro de setiembre del dos mil quince, con la base de seis millones cuatrocientos sesenta mil seiscientos ochenta y tres colones con veintiún céntimos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. 2.- Ahora bien, siendo procedente lo solicitado por la parte actora y de conformidad con el artículo 21. 4 de la Ley de Cobro Judicial, se ordena notificar al tercer adquirente Marco Tulio González Vega, por medio de edicto, la presente resolución y la resolución de las diecisiete horas y cincuenta y ocho minutos del dieciocho de noviembre de dos mil trece. Expídase el edicto correspondiente. Notifíquese. Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado. Juez.  Lo anterior se ordena así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Maroleny Rios Marchena; expediente N° 13-001776-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 24 de junio del 2015.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—1 vez.—(IN2015042592).

Edictos en lo Penal

Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), al ser las ocho horas y cuarenta minutos del veintinueve de junio del año dos mil quince. Dentro del expediente 14-000593-0219-PE, contra Esteban Barboza Chaves, por el delito de homicidio culposo (Ley de Tránsito), en perjuicio de Eugenio Sancho Cortés, se interpuso Acción Civil Resarcitoria por parte del licenciado Juan Antonio Casafont, en representación de la ofendida Eugenia Sancho Calderón por lo que se ordena dar traslado de la misma a los terceros civilmente Responsables, DEMASA (Derivados de Maíz Alimenticio, S.A), representada por sus apoderados generalísimos, sin limitación de suma, Juan Antonio González Moreno, pasaporte G04253075 y Carlos Alberto Salas Bolaños cédula 2-0346-0982, y Arrendadora Cafsa S. A., representada por su apoderada generalísima, sin limitación de suma, Fiorella María Gauld Ávalos, cédula 1-0904-0811, y se le comunica el contenido de la presente acción civil resarcitoria, quien podrá oponerse dentro de los cinco días hábiles siguientes después de la comunicación de esta resolución, planteando de ser el caso las excepciones que correspondan. De conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal. Se le previene al demandado que debe señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de esta ciudad donde atender notificaciones bajo apercibimiento de que si lo omitiere, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas del despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con sólo el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. (Artículos354, 357 y 433 del Código Procesal Civil; 6 y 12 de la Ley de Notificaciones y Citaciones Judiciales). Comuníquese.—Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón).—Licda. Margareth Stephanie Vindas Ramírez, Fiscal Auxiliar.—(IN2015048144).             3 v. 2

Por requerirse en la sumaria N° 12-003168-0485-PE, en contra de Jefferson Otoya Chacón por el delito de lesiones culposas (Ley de Tránsito), en perjuicio de Ana Lobo Hernández, se solicita publicar por medio de edicto y por tres veces consecutivas el Boletín Judicial y de conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal, la siguiente resolución: Se tiene por presentada Acción Civil Resarcitoria el día 14 de febrero del 2013, establecida por el actor civil Evaudilio Solórzano Salas y Ana Yesenia Lobo Hernández, en contra del demandado civil Jefferson Otoya Chacón y el codemando civil Alexander Vargas Jiménez, esto para que se interponga las excepciones que estime convenientes. Es todo.—Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Lic. Luis Alejandro Grijalba Alfaro, Fiscal Auxiliar.—Exonerado.—(IN2015043102).              3 v. 2

Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), al ser las ocho horas y treinta y siete minutos del veintinueve de junio del año dos mil quince. Dentro del expediente 14-000593-0219-PE, contra Esteban Barboza Chaves, por el delito de homicidio culposo (Ley de Tránsito), en perjuicio de Eugenio Sancho Cortés, se interpuso acción civil resarcitoria por parte del licenciado Jeanin Alberto Desanti Picado, en representación de la ofendida Estefania Sancho Calderón, por lo que se ordena dar traslado de la misma a los terceros civilmente responsables, Arrendadora Cafsa S. A., representada por su Presidente y Vicepresidente Amadeo Quirós Ramos de Anay, cédula de identidad uno cero cinco uno nueve cero ocho nueve cero y Mauricio Antonio Gómez Picado, cédula de identidad uno cero cinco uno seis cero uno cinco seis; y Distribuidora Demasa S. A fusionada con Derivados De Maíz Alimenticio S. A., representada por sus apoderados generalísimos sin límite de suma Juan Antonio González Moreno, pasaporte número G cero cuatro dos cinco tres cero siete cinco y Carlos Alberto Salas Bolaños, cédula dos cero tres cuatro seis cero nueve ocho dos, y se les comunica el contenido de la presente acción civil resarcitoria, quien podrá oponerse dentro de los cinco días hábiles siguientes después de la comunicación de esta resolución, planteando de ser el caso las excepciones que correspondan. De conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal. Se le previene al demandado que debe señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de esta ciudad donde atender notificaciones bajo apercibimiento de que si lo omitiere, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas del despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con sólo el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. (Artículo 354, 357 y 433 del Código Procesal Civil; 6 y 12 de la Ley de notificaciones y Citaciones Judiciales). Comuníquese.—Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón).—Licda. Margareth Stephanie Vindas Ramírez, Fiscal Auxiliar.—(IN2015048718).                                                     3 v. 1