BOLETÍN JUDICIAL N° 156 DEL 12 DE AGOSTO DEL 2015

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA CONSTITUCIONAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA CONSTITUCIONAL

ASUNTO: Acción de inconstitucionalidad

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

TERCERA PUBLICACIÓN

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número 15-009555-0007-CO que promueve Emilia Molina Cruz, se ha dictado la resolución que literalmente dice: «Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las trece horas y treinta y seis minutos del dos de julio del dos mil quince./Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Emilia Molina Cruz, mayor, divorciada, Trabajadora Social, portadora de la cédula de identidad número 1-0411-0201, vecina de Cartago en su condición de ciudadana y Diputada por la Nación, para que se declare inconstitucional la resolución dictada por el Presidente de la Asamblea Legislativa de Costa Rica, Rafael Ortiz Fábrega, identificada como acuerdo N° 6581-15-16 de la Presidencia Legislativa, relativa a la conformación de las comisiones permanentes ordinarias para la legislatura 2015-2016, concretamente en lo relativo a la conformación de la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Jurídicos y la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Hacendarios. Estima que el acuerdo impugnado lesiona lo dispuesto en los artículos 33 de la Constitución Política y 23 y 24 del Pacto de San José. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República y al Presidente del Directorio Legislativo. El acuerdo cuestionado dispone la conformación de la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Jurídicos y de la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Hacendarios. El Presidente del Directorio Legislativo tomó la determinación de no incluir a ninguna mujer legisladora como miembro propietario en la primera Comisión (0/9) e integró de manera desigual la segunda (2/11). Tal acción limita de forma arbitraria, desproporcionada y discriminatoria la participación efectiva de la mujer en la tramitación de temas cruciales para el país y desconoce los principios de participación en igualdad de género y paridad, desarrollados ampliamente por la Sala Constitución. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación de la accionante para interponer la acción proviene del párrafo primero del artículo 75 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, en cuanto existe un recurso de amparo que se tramita en el expediente número 15-006631-0007-CO. En dicho recurso, se dictó la resolución N° 2015-008356 de las 14:30 horas del 9 de junio de 2015, mediante la cual se dio plazo para interponer la acción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional. Adicionalmente, la accionante considera que le asiste legitimación para defender los intereses difusos derivados de la defensa del derecho a un “buen gobierno”, en este caso, un derecho al buen gobierno desde la rama legislativa del gobierno tripartita. Publíquese por tres veces un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese. /Gilbert Armijo Sancho, Presidente/.

San José, 03 de julio del 2015.

                                                                          Gerardo Madriz Piedra

Exonerado.—(IN2015043127)                                    Secretario.

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Elvis Umaña Araya, quien fue mayor, soltero, operario de máquina, vecino de San José de Aguas Zarcas de San Carlos, fallecido el 21 de noviembre del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 15-000058-1291-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 15-000058-1291-LA.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Laboral), 30 de junio del 2015.—Lic. Armando Alfaro Araya, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015043066).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Orlando Chanto Méndez, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 3-0154-0238 y falleció el día 25 de octubre del año 2006, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 15-001546-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-001546-0173-LA. Promovido por Loida Solís Córdoba a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de julio del 2015.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045001).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Aníbal Hernández Rojas, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 3-0156-0635 y falleció el día 19 de noviembre del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 15-001480-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-001480-0173-LA. Promovido por María Adelaida Mora Duran a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de julio del 2015.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045003).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Eric Jesús Moore Alvarado, quien fue mayor, soltero, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 1-1311-0966 y falleció el día 24 de abril del año 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 15-001495-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-001495-0173-LA. Promovido por Alonso Vargas Araya apoderado general judicial de la empresa Sur Color S. A. a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de julio del 2015.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045004).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Uvence Damian Rosales Marchena cc Wenceslao, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 5-0130-0788 y falleció el día 30 de mayo del año 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 15-001512-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-001512-0173-LA. Promovido por María Isabel Solano Román a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de julio del 2015.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045006).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Antonio Velásquez Padilla, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 8-0092-0403 y falleció el día 28 de mayo del año 2015 , se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 15-001515-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-001515-0173-LA. Promovida por Viviana Lucía Monge Jiménez a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de julio del 2015.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045007).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Nancy María Picado Bonilla, quien fue mayor, casada, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 1-0321-0888 y falleció el día 8 de abril del año 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 15-001527-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-001527-0173-LA. Promovida por Jesús Jiménez Madrigal a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de julio del 2015.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045010).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Felipe Rivera Rivera, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 1-0340-0997 y falleció el día 26 de Enero del año 2007, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 15-001528-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-001528-0173-LA. Promovida por Aida Rosa Arce Arce a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de julio del 2015.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045012).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mario Francisco Villegas Ortega, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 5-0165-0444 y falleció el día 16 de enero del 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 15-001544-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-001544-0173-LA. Promovida por Yolanda Arrieta Angulo a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de julio del 2015.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045013).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Orlando Chanto Méndez, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 3-0154-0238 y falleció el día 25 de octubre del año 2006, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 15-001546-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-001546-0173-LA. Promovido por Loida Solís Córdoba a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de julio del 2015.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045016).

Con ocho días de plazo se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados en las diligencias N° 14-300077-0239-LA-0 (84-14), que es consignación de prestaciones de trabajadora fallecida: Graciela Ávila Silesky, quien en vida fue mayor, costarricense, viuda, pensionada, vecina de Hatillo 2, cuya cédula de identidad fue la N° 1-0234-0041, con el fin de que se apersonen a los autos en resguardo de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren el dinero pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior por haberse ordenado así dentro de las diligencias promovidas por Dina Lucrecia Fernández Ávila.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Hatillo, 6 de julio del 2015.—Lic. José Manuel Chaves Redondo, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045246).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marvin Armando Rodríguez Álvarez, quien es mayor, casado, con cédula de identidad N° 9-0027-0012, fallecido el 14 de febrero del año 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 15-000215-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 15-000215-1021-LA. Por a favor de Marvin Armando Rodríguez Álvarez.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 04 de marzo del 2015.—Lic. Angélica Fallas Carvajal, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045250).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Antonio Ledezma Camacho, quien fue mayor, soltero, vecino de Heredia, cédula N° 4-179-488, laboró para el Instituto Costarricense de Electricidad y fallecido el 12-04-2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el N° 15-000432-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 15-000432-1021-LA. por Albina Camacho Rodríguez a favor de José Antonio Ledezma Camacho.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 19 de junio del 2015.—Lic. Osvaldo Loría Quirós, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045254).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Kendy Johanna Valerín Núñez quien es mayor, divorciada, con cédula de identidad N° 4-165-514, fallecida el 15 de julio del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 15-000481-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 15-000481-1021-LA. Por a favor de Kendy Johanna Valerín Núñez.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 27 de mayo del 2015.—Lic. Angélica Fallas Carvajal, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045258).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marco Tulio Tomás de Jesús Sánchez Rodríguez, cédula N° 5-131-995, fallecido el 11 de abril del año 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 15-000547-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 15-000547-1021-LA. Por Lidieth Mora Mejías a favor de Marco Tulio Tomas de Jesús Sánchez Rodríguez.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 17 de junio del 2015.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045259).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ligia María de los Ángeles Castro Bonilla, quien fue mayor, soltera, dependiente de farmacia, vecina de Heredia, cédula N° 4-102-1255, laboró para Farmacia Santo Domingo, y falleció el 05 de octubre del año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 15-000548-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 15-000548-1021-LA. Por Rosa Ana Castro Bonilla a favor de Ligia María de los Ángeles Castro Bonilla.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 19 de junio del 2015.—Lic. Osvaldo Loría Quirós, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045260).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Antonio José Moyano Meléndez, quien fue mayor, casado, vecino de mi misma dirección, cédula N° 8-052-188, laboró para Fuerza Herediana S. A., y falleció el 29 de junio del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 15-000601-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 15-000601-1021-LA. Por a favor de Antonio José Moyano Meléndez.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 02 de julio del 2015.—Lic. Osvaldo Loría Quirós, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045263).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rodolfo Alberto Rodríguez Arce, cédula 4-148-189, fallecido el 06 de diciembre del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector privado bajo el Número 15-000634-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-000634-1021-LA. Por a favor de Rodolfo Alberto Rodríguez Arce. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 10 de julio del 2015.—Lic. Angélica Fallas Carvajal, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045264).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Antonio Araya Calix, fallecido el 11 de mayo del año 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector privado bajo el número 15-000645-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-000645-1021-LA. Por a favor de José Antonio Araya Calix. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 13 de julio del 2015.—Lic. Osvaldo Loría Quirós, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045265).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Guillermo de los Ángeles Alfaro Peña, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 1-0549-0364 y falleció el día 11 de febrero del año 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el Número 15-001513-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-001513-0173-LA. Promovido por Grace María Mata Valverde a favor de sus causahabientes. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 07 de julio del 2015.—Lic. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045268).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Greivin Enrique Chavarría Sequeira, quien fue mayor, soltero, de nacionalidad Costarricense, portó la cédula 1-1103-0229 y falleció el día 26 de abril del año 2015., se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el Número 15-001529-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-001529-0173-LA. Promovido por Mercedes Cárdenas Sequeira a favor de sus causahabientes. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 08 de julio del 2015.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045270).

Se cita y emplaza a los causahabientes del trabajador Warner Gerardo Sánchez Alfaro, cédula 2-498-151, soltero, agente de seguridad, vecino de San Rafael de Poás, Alajuela, calle Churuca, de la entrada seiscientos metros noroeste, fallecido el diecinueve de marzo del dos mil quince, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la primera publicación de este edicto, se apersonen en estas diligencias de devolución de Prestaciones Laborales que por derecho correspondan al trabajador fallecido que se tramitan en este Despacho Judicial, bajo apercibimiento que si no lo hacen, se entregará el importe a quienes de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas tengan derecho. Expediente Nº 15-300010-0314-LA. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Poás, 16 de junio 2015.—Msc. Adriana María Jara Benavides, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045275).

Con ocho días de plazo se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados en las diligencias número 15-300026-0239-LA-7 (26-15), que es consignación de prestaciones del trabajador fallecido: Marco Vinicio Angulo Jiménez, quien en vida fue mayor, costarricense, soltero, ingeniero mecánico, vecino de Hatillo 2, cuya cédula de identidad fue la número 1-1441-0172; con el fin de que se apersonen a los autos en resguardo de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren el dinero pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior por haberse ordenado así dentro de las diligencias promovidas por Marco Tulio Jiménez Ramírez.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Hatillo, Hatillo, 14 de julio del 2015.—Lic. José Manuel Chaves Redondo, Juez.—1 vez.—Exonerado.―(IN2015045277).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorro de trabajador fallecido de quien en vida se llamó: Deyner Jiménez Montero, mayor, costarricense, soltero, de veintitrés años de edad, peón agrícola, cédula de identidad Nº 7-0201-0955, vecino de Guácimo, del cruce Cartagena cuatrocientos metros al norte, casa mixta azul con café, quien falleció el 17 de octubre del 2014, en Guácimo, Limón, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al Despacho en su defensa. Diligencias de devolución de Fondo de Capitalización Laboral de Trabajador fallecido Nº 15-300040-0477-LA (40-15-1). Gestionante: Ana Montero Fajardo. Causante: Deyner Jiménez Montero.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Guácimo, Guácimo, 15 de julio del 2015.—Lic. Marvin Gdo. Arce Castro, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045574).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido: Mario Vidal González Jiménez, quien fue mayor, casado dos veces, vecino de Los Ángeles de La Fortuna, cédula de identidad Nº 2-303-518, se consideren con derechos a las mismas para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias aquí establecidas bajo el número de expediente 14-000358-1288-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Proceso consignación de prestaciones de Mario Vidal González Jiménez, promovida por Kattia Soza Aguirre.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 16 de julio del 2015.—Licda. Martha Chaves Chaves, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045611).

Se emplaza a todos los que en concepto de causahabientes se consideren con derecho a recibir las prestaciones legales, ahorros obligatorios y cualquier otro dinero a que tenía derecho el trabajador fallecido: William Rodríguez Carrillo, con cédula de identidad Nº 6-094-707, vecino de Matina en la provincia de Limón, trabajador de la empresa Agropecuaria Potosi AB Sociedad Anónima, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto el cual se ordena publicar por única vez y en forma gratuita por razón de la materia, se apersonen a este Despacho en defensa de sus derechos, apercibidos que si así no lo hiciere, los dineros que se depositen pasarán a quien legalmente corresponda. Expediente Nº 15-000198-0679-LA-9 establecido por Albert Rodríguez Corella.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 15 de junio del 2015.—Lic. Luis Martínez Castro, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045614).

A los causahabientes de quién en vida se llamó: Arturo Enrique Guerrero Zamora, quien fue mayor, casado dos veces, administrador de empresas, vecino de Santo Domingo de Heredia, con cédula de identidad Nº 01-0416-1314, se les hace saber que: Alba Iris Torres Avilés, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad Nº 02-0306-0093, vecina de Santo Domingo de Heredia, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge supérstite del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido: Arturo Enrique Guerrero Zamora. Expediente Nº 15-000329-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 16 de julio del 2015.—Msc. Xiomara Arias Madrigal, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045620).

A los causahabientes de quién en vida se llamó: José Andrés Lumbi Lumbi, quien fue mayor, unión libre, policía, costarricense, vecino de Santo Domingo de Heredia, con cédula de identidad Nº 02-0301-0432, se les hace saber que: Indiana Vanessa Lumbi Córdoba, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad Nº 01-1363-0971, y Bryan Wedel Lumbi Córdoba, portador de la cédula de identidad o documento de identidad Nº 03-0463-0862, ambos vecinos de Los Ángeles de Santo Domingo de Heredia, se apersonaron a este Despacho en calidad de hijos mayores del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido: José Andrés Lumbi Lumbi. Expediente Nº 15-000349-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 16 julio del 2015.—Msc. Xiomara Arias Madrigal, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045623).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

Primer remate: a las nueve horas treinta minutos del nueve de setiembre del dos mil quince, en la puerta exterior del Juzgado Agrario de Cartago, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada al tomo 389, asiento 14789, y con la base de dos millones quinientos mil colones, en el mejor postor se rematará la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad Inmueble, Partido de San José, número trescientos noventa mil ochocientos sesenta y seis-cero cero cero, es terreno de agricultura, ubicado en el distrito primero San Marcos, cantón quinto Tarrazú de la provincia de San José. Sus linderos son: norte: con Concepción Mora Monge; sur: con Concepción Mora Monge; este: Concepción Mora Monge y oeste: con calle pública con un frente de once metros cuarenta y dos centímetros lineales. Mide: seiscientos setenta y tres metros con trece decímetros cuadrados, según plano SJ-0959029-1991. Pertenece a Nuria Rivera Cruz. Otros gravámenes y anotaciones: practicado al tomo 494, asiento 00790 a favor de Montecapris S. A. Segundo remate: de no existir postores, para llevar a cabo el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiocho de setiembre del dos mil quince, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un 25% de la base original). Tercer remate: de no existir postores en el segundo remate, para celebrar el tercero, se señalan las nueve horas treinta minutos del catorce de octubre abril del dos mil quince, con la base de seiscientos veinticinco mil colones sin céntimos (un 25% de la base original). Se remata por estar ordenado en proceso hipotecario N° 13-005461-1164-CJ, de Jorge Armando Chanto Campos contra Norma Rivera Cruz.—Juzgado Agrario de Cartago, 03 de diciembre del 2014.—Lic. María Rosa Castro García, Jueza.—Exonerado.—(IN2015049424).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando habitación familiar; a las nueve horas con treinta minutos del dos de setiembre del dos mil quince (09:30 a.m. del 02/09/2015) y con la base de treinta y un millones trescientos mil colones exactos (¢31.300.000,00) libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de Alajuela, matrícula número 235614 cero cero cero. Situada en el distrito uno San Rafael, cantón 15 Guatuso de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte. IDA; al sur. José Ramírez Mora, calle pública y Vianey Jiménez Jiménez; al este: Célimo Segura Ramírez y Vianey Jiménez Jiménez y al oeste: José Ramírez Mora y Vianey Jiménez Jiménez. Mide: ochenta y cuatro mil quinientos veintidós metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas con treinta minutos del dieciséis de setiembre del dos mil quince (09:30 a.m. del 16/09/2015), con la base de veintitrés millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos (¢23.475.000,00) (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas con treinta minutos del primero de octubre del dos mil quince, (09:30 a. m. del 01/10/2015), con la base de siete millones ochocientos veinticinco mil colones exactos (¢7.825.000,00) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Fundación Proagroin contra Vianey Jiménez Jiménez. Expediente: 15-000017-1143-AG.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, 3 de agosto del 2015.—Lic. Brenda Celina Calvo de la O, Jueza.—Exonerado.—(IN2015049426).

A las siete horas treinta minutos del treinta y uno de agosto del dos mil quince, en la puerta exterior del Juzgado Penal de Upala, remataré con la base de seiscientos ochenta y ocho mil ciento noventa y seis colones con cuarenta y ocho céntimos; tres trozas de madera de la especie Ponpojoche, tres trozas de madera de la especie Roble Sabana, dos trozas de madera de la especie Tamarindo y una troza de la especie Ron Ron con un volumen total de once punto sesenta y nueve metros cúbicos; misma que se encuentra en Alajuela, Guatuso, Llanos de Samen, Finca Inversiones By C S. A. Se remata por estar así ordenado en comisión número 16-A-15, expediente número 15-200165-0630-PE, por Infracción a la Ley Forestal, contra Vinicio Bonilla Castro.—Juzgado Penal de Upala.—Lic. Cristian Calvo de la O, Juez.—Exonerado.—(IN2015049427).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas del cinco de octubre de dos mil quince y con la base de treinta y siete mil doscientos nueve dólares con treinta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas 903188, marca Jeep, estilo Limited, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2011, color gris, tracción 4x4, uso particular. Para el segundo remate se señalan las diez horas del veintiuno de octubre de dos mil quince, con la base de veintisiete mil novecientos seis dólares con noventa y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas del cinco de noviembre de dos mil quince, con la base de nueve mil trescientos dos dólares con treinta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra The Measure of Magic Limitado y otro. Expediente: 14-009997-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Kathya María Araya Jácome, Jueza.—(IN2015049470).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de setiembre de dos mil quince y con la base de cincuenta millones doscientos ochenta y cuatro mil veinticinco colones con diecinueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento tres mil seiscientos veintiuno-cero cero cero, la cual es terreno con una casa y patio. Situada en el distrito 01 Alajuela, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Odili Chaves Rojas; al sur: calle publica con 4.17 metros de frente; al este: Rafael Angel Loría Bolaños y al oeste: Juan Rafael Solano Soto. Mide: ciento cinco metros con catorce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del trece de octubre de dos mil quince, con la base de treinta y siete millones setecientos trece mil dieciocho colones con ochenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de octubre de dos mil quince, con la base de doce millones quinientos setenta y un mil seis colones con treinta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra VIP Peluquería Colombiana Sociedad Anónima. Expediente: 15-002228-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de julio del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015049489).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas: 266-01620-01-0002-001; a las nueve horas y cero minutos (antes meridiano) del veintiuno de setiembre de dos mil quince y con la base de noventa y cuatro mil setecientos veintiocho dólares con veinticuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 127540-000, la cual es terreno de repastos. Situada en el distrito San José, cantón Grecia de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Marino Morales Alfaro; al sur: José Joaquín Hidalgo Saborío; al este: Marino Morales Alfaro y al oeste: calle publica con 15 m. Mide: mil setecientos cuarenta y siete metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos (antes meridiano) del seis de octubre de dos mil quince, con la base de setenta y un mil cuarenta y seis dólares con dieciocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos (antes meridiano) del veintiuno de octubre de dos mil quince, con la base de veintitrés mil seiscientos ochenta y dos dólares con seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Evelyn Yesenia López Hernández y Roy Gustavo Morales Castro. Expediente: 14-012653-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 2 de julio del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015049490).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las siete horas y treinta minutos del dieciséis de setiembre del dos mil quince y con la base de cuatro millones trescientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos diez colones con noventa y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ochenta y ocho mil ochocientos noventa y uno-A-cero cero cero, la cual es terreno de pasto, frutales y casa. Situada en el distrito 01 San Isidro de El General, cantón 19 Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte: José y Miguel Ambos Rivera Núñez y en parte Río Pacuar y Ulises Rivera Núñez; al sur: Río Pacuar y Julio Caballero Vargas; al este: Río Pacuar y Ulises Rivera Núñez y al oeste: Gerardo Vargas Fonseca, calle pública y Julio Caballero Vargas. Mide: cuarenta mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del uno de octubre del dos mil quince, con la base de tres millones doscientos sesenta y cinco mil ochocientos ocho colones con veintidós céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del diecisiete de octubre del dos mil quince, con la base de un millón ochenta y ocho mil seiscientos dos colones con setenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Aida Robles Montero contra Distribuidora Arcas del Sur Sociedad Anónima. Expediente: 14-001746-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 27 de julio del 2015.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—(IN2015049563).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, citas: 0357-00015320-01-0002-001; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del tres de setiembre de dos mil quince y con la base de siete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cincuenta y siete mil ciento treinta y tres-cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 03 Veintisiete de Abril, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte: calle pública con 60 metros 35 centímetros; al sur: Efraín Méndez, Filiberto Jaen Rosales; al este, Filiberto Jaen Rosales y al oeste: Carmelina Rosales Rodríguez. Mide: tres mil novecientos noventa y ocho metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de setiembre de dos mil quince, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del seis de octubre de dos mil quince con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Hazel Barrantes Arroyo contra Marianela Cecilia Rodríguez Chavarría. Expediente: 15-011349-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de mayo del 2015.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2015049572).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, anotada bajo las citas 389-11721-01-0850-001; a las nueve horas y cero minutos del veinticinco de setiembre del dos mil quince y con la base de seis millones seiscientos cincuenta y seis mil ochocientos cincuenta y dos colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 394074-000, la cual es terreno para construir lote 61. Situada en el distrito 04 Tirrases, cantón 18 Curridabat de la provincia de San José. Colinda: al norte: El Estado; al sur: calle pública; al este: I.N.V.U. y al oeste: I.N.V.U. Mide: ciento treinta y tres metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del trece de octubre del dos mil quince, con la base de cuatro millones novecientos noventa y dos mil seiscientos treinta y nueve colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de octubre del dos mil quince, con la base de un millón seiscientos sesenta y cuatro mil doscientos trece colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Curridabat contra Gilberto Álvarez Montoya. Expediente: 09-024690-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de junio del 2015.—Msc. Christian Mora Acosta, Juez.—(IN2015049600).

En la puerta exterior de este Despacho, soportando prenda de primer grado; a las nueve horas y cero minutos del diez de noviembre de dos mil quince, y con la base de dos millones quinientos noventa mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas 887809, marca Honda, estilo Civic EX, carrocería: sedán dos puertas, chasis: 1HGEJ8149WL084153, combustible: gasolina, capacidad: 5 personas, año: 1998, color: negro. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticinco de noviembre de dos mil quince, con la base de un millón novecientos cuarenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del diez de diciembre de dos mil quince con la base de seiscientos cuarenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Gerardo Quirós Acuña contra Carlos Luis Gerardo Campos Zamora. Expediente N° 14-002942-1157-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de junio del 2015.—MSc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—(IN2015049617).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las once horas y cero minutos del veintisiete de agosto de dos mil quince, y con la base de quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 68.358-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 San Rafael, cantón 07 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: Al norte, Ramón Masís Solano; al sur, calle pública con 7.89 m; al este, Rafael Ángel Masís Jiménez y al oeste, Jorge Sánchez Martínez. Mide: Trescientos tres metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del catorce de setiembre de dos mil quince, con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del treinta de setiembre de dos mil quince con la base de ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Marleny Yolanda Gómez Vega contra Dagoberto Álvaro Siles Rivera. Expediente N° 15-002150-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 06 de julio del 2015.—Lic. Allan Barquero Durán, Juez.—(IN2015049633).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y quince minutos del veintiuno de setiembre de dos mil quince, y con la base de veintitrés millones novecientos veinte mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y cuatro mil trescientos veintinueve - cero cero cero, la cual es terreno cultivado de café. Situada en el distrito 07-Corralillo, cantón 01-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: Al norte, Dulcelina Fallas Quirós; al sur, calle pública; al este, Manuel Rioti Padilla y al oeste, Gilberth Abarca Quirós. Mide: Dos mil novecientos sesenta y tres metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del seis de octubre de dos mil quince, con la base de diecisiete millones novecientos cuarenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del veintiuno de octubre de dos mil quince con la base de cinco millones novecientos ochenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ailine Morales Araya y Katia Isabel Villalobos Camacho. Expediente N° 15-002413-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 03 de julio del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015049639).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando medianería (Citas: 335-09262-01-0901-001); a las once horas y cero minutos (antes meridiano) del veintiuno de setiembre de dos mil quince, y con la base de dieciocho millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos dieciséis mil seiscientos ochenta y cuatro cero cero uno, cero cero dos, cero cero tres, la cual es de naturaleza: Para construir con 1 casa N° 56. Situada en el distrito 11-San Sebastián, cantón 01-San José, de la provincia de San José. Colinda: Al norte, INVU con 6m 38cm; al sur, alameda 4 con 6m 38cm; al este, INVU con 6m 38cm y al oeste, INVU con 18m 53cm. Mide: Ciento dieciocho metros con veintidós decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos (antes meridiano) del seis de octubre de dos mil quince, con la base de trece millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos (antes meridiano) del veintiuno de octubre de dos mil quince con la base de cuatro millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Berny José Ramírez Morales, Jarbin Ricardo Zúñiga Ramírez. Expediente N° 15-000390-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 06 de julio del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015049641).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas Ley Aguas (Citas: 408-02289-01-0231-001) y Reservas Ley Caminos (Citas: 408-02289-01-0232-001), a las once horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre de dos mil quince, y con la base de dieciséis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y ocho mil trescientos cuarenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito 05-La Ceiba, cantón 09-Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: Al norte, Luis Sabino Araya; al sur, frente a calle pública de catorce metros con catorce decímetros lineales; al este, Amado Acuña Sandí y al oeste, resto reservado de Efraín Porras y Audolia Acuña. Mide: Setecientos diez metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del seis de octubre de dos mil quince, con la base de doce millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del veintiuno de octubre de dos mil quince con la base de cuatro millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Shirley Porras Acuña. Expediente N° 15-002436-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 08 de julio del año 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015049643).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada (citas: 325-16963-01-0004-001), a las once horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de setiembre de dos mil quince, y con la base de once millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos sesenta y cinco mil cuatrocientos cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa bloque o lote 12. Situada en el distrito 05-San Felipe, cantón 10-Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: Al norte, calle pública; al sur, INVU; al este, lote 13 y al oeste, lote 11. Mide: Setenta y un metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cuarenta y cinco minutos del seis de octubre de dos mil quince, con la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de octubre de dos mil quince con la base de dos millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Wilson Elías Flores Córdoba. Expediente N° 15-002722-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 08 de julio del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015049645).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas y Restricciones (Citas: 315-02238-01-0901-001), a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de setiembre de dos mil quince, y con la base de veintiséis millones cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos un mil seiscientos setenta y siete cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 19-bloque B. Situada en el distrito 01-Liberia, cantón 01-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: Al norte, lote 18; al sur, lote 20; al este, Mutual Cartago de Ahorro y préstamo, lote 10 bloque-E y al oeste, calle pública con 8,01 metros. Mide: Ciento sesenta y un metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del seis de octubre de dos mil quince, con la base de diecinueve millones ochocientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de octubre de dos mil quince con la base de seis millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Julio César Muñoz Chaves. Expediente N° 15-002376-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 08 de julio del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015049646).

En la puerta exterior de este Despacho, soportando hipoteca de primer grado, a las ocho horas y cero minutos del dos de noviembre de dos mil quince, y con la base de catorce millones ciento sesenta y ocho mil setecientos sesenta y siete colones con doce céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y un mil setecientos treinta y dos cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 24-H. Situada en el distrito 05-Aguacaliente (San Francisco), cantón 01-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: Al norte INVU; al sur, INVU; al este, alameda con un frente a ella de 6,00 metros y al oeste lote 43. Mide: Noventa y seis metros cuadrados. Plano: C-172541-1994. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diecisiete de noviembre de dos mil quince, con la base de diez millones seiscientos veintiséis mil quinientos setenta y cinco colones con treinta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del dos de diciembre de dos mil quince con la base de tres millones quinientos cuarenta y dos mil ciento noventa y un colones con setenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo  805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Juan Eugenio Murillo Jiménez contra Sady Ávila Castro. Expediente N° 14-000664-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 23 de junio del 2015.—Licda. Olga Marta Sandí Torres, Jueza.—(IN2015049649).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las diez horas y treinta minutos del ocho de setiembre de dos mil quince, y con la base de cuatro millones ciento ochenta y dos mil quinientos nueve colones con sesenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas N° 268983, marca: Toyota, estilo: Land Cruiser, categoría: Automóvil, capacidad: 7 personas, año: 1992, color: Blanco, vin JT3FJ80W8N0046617, cilindrada: 3500 cc, combustible: Diésel, motor Nº: 13BT0759040. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintitrés de setiembre de dos mil quince, con la base de tres millones ciento treinta y seis mil ochocientos ochenta y dos colones con veintidós céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del ocho de octubre de dos mil quince con la base de un millón cuarenta y cinco mil seiscientos veintisiete colones con cuarenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Juan Eugenio Murillo Jiménez contra Rafael Ángel Rodríguez Solís. Expediente N° 14-000661-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 23 de junio del 2015.—Licda. Olga Marta Sandí Torres, Jueza.—(IN2015049650).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; las ocho horas y cero minutos del veinticuatro de setiembre del año dos mil quince, y con la base de veintidós millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 343972-000 la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito Rosario, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 13 m 05 cm; al sur, Edwin Hidalgo otro 28 m 37 cm; al este, calle pública 28 m 37 cm y al oeste Antonio Vargas Badilla con 26 m 11 cm. Mide: quinientos un metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del nueve de octubre del año dos mil quince, con la base de dieciséis millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintisiete de octubre del año dos mil quince con la base de cinco millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Carlos Jara Hidalgo. Exp: 15-004890-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de julio del 2015.—Msc. Christian Mora Acosta, Juez.—(IN2015049667).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del diecisiete de setiembre del año dos mil quince y con la base de treinta millones ochocientos cuarenta y tres mil ochocientos ochenta y cuatro colones con sesenta y cinco céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 464664-000 cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito Santa María cantón Dota de la provincia de San José Colinda: al norte, calle pública con frente de 12 metros y cincuenta centímetros al sur, Urece Sociedad Anónima al este, Margarita Calderón Ureña y Rosa Romero Calderón y Urece Sociedad Anónima y al oeste, María Isabel Ureña Ceciliano. Mide: trescientos sesenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dos de octubre del año dos mil quince con la base de veintitrés millones ciento treinta y dos mil novecientos trece colones con cuarenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veinte de octubre del año dos mil quince con la base de siete millones setecientos diez mil novecientos setenta y un colones con dieciséis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Auto Servicios Solís S. A., Jorge Enrique Solís Porras. Exp: 12-036074-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de julio del año 2015.—Lic. Ana Laura Solís Mena, Jueza.—(IN2015049668).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando medianería bajo las citas: 335-12313-01-0002-001, servidumbre trasladada bajo las citas: 335-12313-01-0900-001, 335-12313-01-0901-001, 335-12313-01-0902-001; a las diez horas y cero minutos del treinta de octubre del año dos mil quince, y con la base de veinticuatro millones ochocientos treinta y nueve mil quinientos diez colones con noventa y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 306340-000, la cual es terreno para construir con 2 casas. Situada en el distrito 01 Desamparados, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública, sur, Clímaco Isac Castañeda, este, Alcides Castillo, oeste, INVU, Mide: ciento noventa y ocho metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del dieciséis de noviembre de dos mil quince (10:00 16/11/2015) con la base de dieciocho millones seiscientos veintinueve mil seiscientos treinta y tres colones con diecinueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del uno de diciembre del año dos mil quince con la base de seis millones doscientos nueve mil ochocientos setenta y siete colones con setenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jorge Arturo Valverde Richmond. Exp: 14-032704-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Eugenia Vives Luque, Jueza.—(IN2015049670).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de enero de dos mil dieciséis, y con la base de catorce mil setecientos noventa y nueve dólares con sesenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número CL 276050. Marca JAC. Estilo camión. Categoría carga liviana. Capacidad 3 personas. Año 2013. Color blanco. Vin LJ11KBBC8D9002030. Cilindrada 2771 c.c. Combustible Diesel. Motor Nº HFC4DA11C4041018. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dos de febrero de dos mil dieciséis, con la base de once mil noventa y nueve dólares con setenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de febrero de dos mil dieciséis con la base de tres mil seiscientos noventa y nueve dólares con noventa centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos Sociedad Anónima contra Eduardo Valentín Santana Morales y Félix Pedro Mendieta. Exp: 15-012090-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 01 de julio del 2015.—Lic. Yesenia Solano Molina, Jueza.—(IN2015049684).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando documento inscrito bajo las citas: 2015-97837-001 (Declaratoria de interés público (Artículo 20 Ley 7495), reservas y restricciones bajo las citas: 389-07654-01-0812-001, 389-07654-01-0816-001 y 389-07654-01- 0817-001, condiciones bajo las citas: 389-07654-01-0813-001 y condiciones Ref: 00260835-000 bajo las citas: 389-07654-01-0818-001 y 389-07654-01-0819-001; a las diez horas y cero minutos del dieciocho de setiembre del año dos mil quince, y con la base de doce millones novecientos cuarenta y tres mil quinientos siete colones con sesenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 475559-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 06, Río Cuarto cantón 03, Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, estado, sur: Marlen Segura Zúñiga, este, calle pública y oeste, Virginia Zúñiga Rojas y Pablo Segura Trejos. Mide: setecientos veinticuatro metros cuadrados. Plano: A-1409620-2010. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de octubre del año dos mil quince, con la base de nueve millones setecientos siete mil seiscientos treinta colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de octubre del año dos mil quince con la base de tres millones doscientos treinta y cinco mil ochocientos setenta y seis colones con noventa y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R.L. contra Edgar Gerardo Delgado Trejos. Exp: 15-000917-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 07 de julio del 2015.—Lic. Brígida Quirós Alpízar, Jueza.—(IN2015049687).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas 351-04462-01-0920-002; a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de setiembre del año dos mil quince, y con la base de cuatro millones seiscientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 170780-000, la cual es terreno lote 9 terreno para construir. Situada en el distrito  07, Arenal cantón 08, Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 10; sur, Instituto Costarricense de Electricidad; este, Bertalia Abarca Castro y oeste: Bertalia Abarca Castro y calle. Mide: trescientos cuarenta y dos metros cuadrados. Plano: G- 1319274-2009. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del uno de octubre del año dos mil quince, con la base de tres millones cuatrocientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de octubre del año dos mil quince con la base de un millón ciento sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R.L. contra Jason Mariano Ramos Sancho. Exp: 14-002109-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 03 de julio del 2015.—Lic. Brígida Quirós Alpízar, Jueza.—(IN2015049703).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre sirviente, reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos y demanda penal bajo el tomo 2013, asiento 31715; a las nueve horas y treinta minutos del trece de octubre de dos mil quince, y con la base de veinticinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y un mil ochocientos cincuenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno lote 472, terreno para la agricultura. Situada en el distrito 03 La Rita, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte calle publica; al sur río Chirripó y parcela 473; al este, parcela 473 y calle pública y al oeste, parcela 471. Mide: cuarenta y cinco mil doscientos treinta y ocho metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de octubre de dos mil quince, con la base de dieciocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del doce de noviembre de dos mil quince con la base de seis mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jemonte Sociedad Anónima contra Lexus Sociedad Anónima. Exp: 15-000098-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 09 de junio del 2015.—Lic. Isabel Castillo Navarro, Jueza.—(IN2015049712).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando; servidumbre trasladada al tomo: 341-16565-01-0901-001 y servidumbre trasladada al tomo: 341-16565-01-0902-001; a las once horas y cero minutos del dos de setiembre del año dos mil quince, y con la base de seis millones ochenta y un mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos dos mil seiscientos cuarenta-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 4, bloque 7. Situada en el distrito 01 Alajuelita, cantón 10 Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte I.N.V.U.; al sur I.N.V.U.; al este calle central A y al oeste parque infantil. Mide: noventa metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del dieciocho de setiembre del año dos mil quince, con la base de cuatro millones quinientos sesenta mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las 11:0005-10-2015 con la base de un millón quinientos veinte mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Jaimee María Monge Cordero. Exp: 15-005701-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de julio del 2015.—Lic. Bernardo Goldstein Rosales, Juez.—(IN2015049719).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando plazo de convalidación (Ley de informaciones posesorias), bajo citas: 563-07048-01-0003-001; reservas de Ley de Aguas y Ley de caminos públicos bajo citas: 563-07048-01-0004-001; a las ocho horas y cero minutos del cuatro de setiembre del año dos mil quince, y con la base de diez millones cuatrocientos diez mil trescientos noventa y cinco colones con dieciséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y ocho mil doscientos cuarenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno con una casa de habitación y patio. Situada en el distrito 07 Diriá, cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Rafael Ángel Guevara Alcocer; al este, Oldemar Castillo Sánchez y al oeste, Santos Chavarría Serrano. Mide: seiscientos cuatro metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiuno de setiembre del año dos mil quince, con la base de siete millones ochocientos siete mil setecientos noventa y seis colones con treinta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del seis de octubre del año dos mil quince con la base de dos millones seiscientos dos mil quinientos noventa y ocho colones con setenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L., contra Wilber Díaz Barrantes Exp: 15-002486-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 05 de junio del 2015.—Lic. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2015049725).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del catorce de setiembre del año dos mil quince y con la base de diez millones seiscientos sesenta y ocho mil treinta y nueve colones con sesenta y cinco céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 429634-000, la cual es terreno para construir con una casa lote 36 marcado número 96. Situada en el distrito 02 Granadilla, cantón 18 Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Virginia Fernández Marín; al sur, calle pública; al este Invu y al oeste, Invu. Mide: ciento dieciocho metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del treinta de setiembre del año dos mil quince con la base de ocho millones mil veintinueve colones con setenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de octubre del año dos mil quince con la base de dos millones seiscientos sesenta y siete mil nueve colones con noventa y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Xinia Navas Nájera. Exp: 13-017965-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 07 de julio del 2015.—Lic. Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—(IN2015049733).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 317-00751-01-0901-001; a las nueve horas y treinta minutos del treinta de setiembre de dos mil quince y con la base de un millón setenta y dos mil quinientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos mil ochocientos cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 07 Changuena, cantón 03 Buenos Aires de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: Agueda Meza y calle pública; al sur: Diana Meza Ureña y Nelson Salazar Reyes; al este: Nelson Salazar Reyes y al oeste: Diana Meza Ureña. Mide: doscientos setenta y siete metros cuadrados. Plano P-1741460-2014. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del quince de octubre de dos mil quince, con la base de ochocientos cuatro mil trescientos setenta y cinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta de octubre de dos mil quince, con la base de doscientos sesenta y ocho mil ciento veinticinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ronald Gerardo Rodríguez Campos contra Janie Rolando Meza Ureña. Expediente: 15-000077-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 1° de junio del 2015.—Lic. Olga Marta Sandí Torres, Jueza.—(IN2015050012).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del treinta y uno de agosto de dos mil quince y con la base de treinta y cinco mil seiscientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placa: CL-268981, marca: Volkswagen, estilo: Amarok, año: 2013, color: azul, serie: WV1ZZZ2HZDA012022. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del dieciséis de setiembre de dos mil quince, con la base de veintiséis mil setecientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del uno de octubre de dos mil quince, con la base de ocho mil novecientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Raquel Salas Rodríguez. Exp. 13-010695-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 8 de julio del 2015.—Lic. Karina Quesada Blanco, Jueza.—(IN2015050014).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del veintisiete de agosto del año dos mil quince rematare lo siguiente: 1) Con la base de doce millones de colones exactos, vehículo placas CL 257139, marca JMC, estilo N900-3360, categoría carga liviana, capacidad 3 personas, serie LEFYECG38CHN00274, carrocería caja cerrada o furgón, año 2012, tracción 4x2, color azul, chasís LEFYECG38CHN00274, vin LEFYECG38CHN00274, número de motor JX493ZQ4AB4058175, cilindrada 2771 cc, combustible diesel, cilindros 04. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del once de setiembre del dos mil quince, con la base de nueve millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintiocho de setiembre del dos mil quince, con la base de tres millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) a las once horas y cero minutos del veintisiete de agosto del dos mil quince rematare lo siguiente: con la base de doce millones de colones exactos vehículo placas CL 257138, marca JMC, estilo N900-3360, categoría carga liviana, capacidad 3 personas, serie LEFYECG37CHN00282, carrocería caja cerrada o furgón, año 2012, tracción 4x2, color azul, chasís LEFYECG37CHN00282, vin LEFYECG37CHN00282, número de motor JX493ZQ4AB4058179, cilindrada 2771 cc, combustible diesel, cilindros 04. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del once de setiembre del dos mil quince, con la base de nueve millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintiocho de setiembre del dos mil quince, con la base de tres millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Enrique Pereira Romero, Pereira y Chinchilla Distribuciones S. A. Expediente: 13-032557-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 17 de junio del 2015.—Lic. Mayela Gómez Pacheco, Jueza.—(IN2015050015).

A las diez horas y cero minutos del treinta y uno de agosto del dos mil quince, en la puerta exterior de este juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones anotadas al tomo 309, asiento 19220 y demanda ordinaria anotada bajo las citas 558-07385-01-0001-001 y con la base de dos millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número veintitrés mil quinientos dieciséis-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno de pasto jaragua, montaña, tacotal. Situada en el distrito 03 Potrero Grande, cantón 03 Buenos Aires de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: Mario Beita Rueda; al sur: calle con diez metros y Óscar Solís Ruíz; al este: calle, José Alfaro y otro y al oeste: Instituto de Desarrollo Agrario y otro. Mide: ochocientos trece mil trescientos cincuenta y siete metros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 97-019735-0170-CA de Banco Nacional de Costa Rica contra Inversiones Helvetia S. A.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de junio del 2015.—Lic. Greivin Mora Alvarado, Juez.—(IN2015050057).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y quince minutos del diecisiete de setiembre de dos mil quince y con la base de sesenta millones seiscientos veintinueve mil cuatrocientos sesenta colones con veintinueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cincuenta y seis mil setecientos veintiséis-cero cero cero (156726-000), la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito Llorente, cantón Flores de la provincia de Heredia. Colinda: al norte: Guillermo Montero; al sur: Guillermo Montero, Nicasio Rojas y servidumbre de paso; al este: Guillermo Montero y al oeste: Víctor Arguedas. Mide: seiscientos treinta y nueve metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del dos de octubre de dos mil quince, con la base de cuarenta y cinco millones cuatrocientos setenta y dos mil noventa y cinco colones con veintidós céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del diecinueve de octubre del dos mil quince, con la base de quince millones ciento cincuenta y siete mil trescientos sesenta y cinco colones con siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Wendell Guillermo Montero Bogantes, WM Soluciones Sociedad Anónima. Expediente: 15-002039-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 13 de julio del 2015.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—(IN2015050086).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada 0259-00000778-01-0901-001, medianería 0338-00012879-01-0004-001, medianería 0394-00005594-01-0008-001; a las quince horas y treinta minutos del dos de mayo de dos mil dieciséis y con la base de veintitrés millones ciento treinta y tres mil doscientos siete colones con cuarenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento veinte mil diecisiete-cero cero cero, la cual es terreno bloque C terreno con una casa lote N° 44. Situada en el distrito Barranca, cantón Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: calle pública; al sur: lote 4 C; al este: lote 43 C y al oeste: lote 45 C. Mide: ciento cuarenta y siete metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del diecisiete de mayo de dos mil dieciséis, con la base de diecisiete millones trescientos cuarenta y nueve mil novecientos cinco colones con cincuenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del uno de junio de dos mil dieciséis, con la base de cinco millones setecientos ochenta y tres mil trescientos un colones con ochenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Jenny Patricia Jaen Salazar. Expediente: 15-001225-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 28 de julio del 2015.—Lic. Luis Carrillo Gómez, Juez.—(IN2015050089).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada: 0378-00007212-01-0906-001, servidumbre de paso: 2012-00246443-01-0003-001; a las catorce horas y treinta minutos del doce de abril de dos mil dieciséis y con la base de cuarenta y dos millones cincuenta y seis mil novecientos veinte colones con sesenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento noventa y tres mil setecientos diecisiete-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Rafael, cantón Esparza de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: Espar Maderas el Barón Sociedad Anónima; al sur: Espar Maderas el Barón Sociedad Anónima; al este: Colipro Sociedad Anónima y Espar Maderas el Barón Sociedad Anónima y al oeste: servidumbre de paso y calle pública. Mide: cinco mil quinientos cuarenta y tres metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintisiete de abril de dos mil dieciséis, con la base de treinta y un millones quinientos cuarenta y dos mil seiscientos noventa colones con cincuenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del doce de mayo de dos mil dieciséis, con la base de diez millones quinientos catorce mil doscientos treinta colones con diecisiete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Arnoldo Salazar Rojas, Espar Maderas el Barón Sociedad Anónima. Expediente: 15-001195-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 28 de julio del 2015.—Lic. Luis Carrillo Gómez, Juez.—(IN2015050090).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de agosto del año dos mil quince, y cada uno con la base de cuatro millones novecientos treinta y tres mil novecientos veinte colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) vehículo: placas CL-218392, marca Greatwall, estilo Greatwall Deer, categoría carga liviana, año dos mil siete, capacidad cinco personas, carrocería caja abierta o campu, color blanco, vin LGWCABG767A062197, chasis LGWCABG767A062197, serie LGWCABG767A062197, motor GW4D280609019197, cilindra dos mil setecientos setenta y un cc. 2) Vehículo: placa CL- 218391, marca Greatwall, estilo Greatwall Deer, categoría carga liviana, año dos mil siete, capacidad cinco personas, carrocería caja abierta o campu, color blanco, vin LGWCABG747A062196, chasis LGWCABG747A062196, serie LGWCABG747A062196, motor GW4D280609019189, cilindra dos mil setecientos setenta y un cc. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de setiembre del año dos mil quince, cada uno con la base de tres millones setecientos mil cuatrocientos cuarenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil quince,  cada uno con la base de un millón doscientos treinta y tres mil cuatrocientos ochenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Asdrúbal Sánchez Núñez, Distribuidora Liberiana Sánchez y Jiménez S. A. Exp. N° 10-000231-0386-CI.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 23 de julio del 2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2015050199).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las 8:45 horas del 8 de octubre del 2015, y con la base de ciento treinta y siete mil veintiún dólares con veintiséis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 1-223570-000, la cual es terreno para construir con nueve casas. Situada en el distrito 02 San Antonio, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, José Luis Arias Monge; al este, Raquel Araya Aguilar, calle pública, y al oeste, José Luis Arias Monge, quebrada en medio de Raquel Araya Aguilar. Mide: dos mil novecientos cincuenta y cuatro metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las 8:45 horas del 28 de octubre del 2015, con la base de ciento dos mil setecientos sesenta y cinco dólares con noventa y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las 8:45 horas del 12 de noviembre del 2015, con la base de treinta y cuatro mil doscientos cincuenta y cinco dólares con treinta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Campos Hernández R C H (representada por Sonsire Ivonne Espinoza Ríos), Edgar Omar Belloso Montoya, exp. N° 15-007789-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 2 de junio del año 2015.—Lic. Paula Morales González, Jueza.—(IN2015050417).

Primera publicación

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, servidumbre sirviente, servidumbre dominante, servidumbre trasladada y demanda ordinaria; a las nueve horas y treinta minutos del diecinueve  de octubre de dos mil quince, y con la base de cuarenta y cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 367474-000 la cual es terreno para construir: lote A-15. Situada en el distrito 08 San Rafael, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Rolaco S. A; al este, lote A-4, y al oeste, lote A-16. Mide: doscientos diez metros con doce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de noviembre de dos mil quince, con la base de treinta y tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de noviembre de dos mil quince con la base de once millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra David Alonso Jiménez Hernández. Exp. N° 15-002369-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 21 de julio del 2015.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2015049806).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas treinta minutos del catorce de setiembre del dos mil quince, y con la base de treinta y cinco millones trescientos noventa mil quinientos veinte colones con ochenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 119644-000 la cual es terreno para construir y agricultura, con dos casas y una caseta de radio. Situada en el distrito 02 San Rafael, cantón 11 Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública y Jorge Lines; al sur, Miguel Ángel Quirós; al este, calle pública, Miguel Ángel Quirós y Jorge Lines, y al oeste, Tomás Zúñiga. Mide: Nueve mil cuatrocientos treinta y seis metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del treinta de setiembre del dos mil quince, con la base de veintiséis millones quinientos cuarenta y dos mil ochocientos noventa colones con sesenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciséis de octubre del dos mil quince con la base de ocho millones ochocientos cuarenta y siete mil seiscientos treinta colones con veintiún céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carlos Castro Guerrero contra Villa Emmaus Centro Intelectual de Cultura S. A. Exp. N° 11-008800-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de junio del 2015.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—(IN2015049816).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del veintiocho de agosto del año dos mil quince, y con la base de dieciséis mil novecientos veintisiete dólares con veintiún centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas N° BDK476, marca Hyundai, estilo Elantra GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2013, color beige, vin KMHDG41EBDU689094, cilindrada 1800 cc, combustible gasolina, motor Nº G4NBCU300031. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del catorce de setiembre del año dos mil quince, con la base de doce mil seiscientos noventa y cinco dólares con cuarenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de setiembre del año dos mil quince con la base de cuatro mil doscientos treinta y un dólares con ochenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A., contra Jorge Andrés Muñoz Zamora. Exp. N° 15-002763-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 11 de junio del  2015.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2015049831).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbres trasladadas a las citas 0298-00001839-01-0901-001 y 0341-00003216-01-0001-001; servidumbres sirvientes a las citas 0376- 00000723-01-0010-001 y 0376-00000723-01-0015-001; a las catorce horas y cero minutos del treinta de octubre de dos mil quince, y con la base de veintiocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos veintisiete mil seiscientos setenta cero cero cero, naturaleza: terreno para construir, bloque P, lote P nueve, con una casa de habitación. Situada en el distrito 05 San Felipe, cantón 10 Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, lote 10-P, al noroeste, calle 4 con 7.65 metros; al sureste, lote 8-P; al suroeste, zona de protección a quebrada, mide: ciento ochenta y cinco metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados, plano: SJ-0783242-2002. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diecisiete de noviembre de dos mil quince, con la base de veintiún millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dos de diciembre de dos mil quince con la base de siete millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de L.R.L a la Cabeza de Los Negocios Sociedad Anónima contra 3101526788 Sociedad Anónima. Exp. N° 15-018023-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de junio del 2015.—Licda. Alexandra Zúñiga Mora, Jueza.—(IN2015049832).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando citas: 375-17621-01-0901-001 condic y serv ref: 00273421-000 y practicado al tomo 800-120037, secuencia 01-0001-001; a las diez horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre del año dos mil quince y con la base de dieciocho millones novecientos cuarenta y nueve mil colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 367713-000 la cual es terreno construir c/1 casa 2-71-acera 3. Situada en el distrito 10 Hatillo, cantón 01 San José de la provincia de San José. Colinda: al norte, Guido Brenes Azofeifa; al sur, acera 3; al este, alameda 2, y al oeste, Carlos Venegas Salazar. Mide: ciento veintisiete metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del seis de octubre del año dos mil quince con la base de catorce millones doscientos once mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiuno de octubre del año dos mil quince con la base de cuatro millones setecientos treinta y siete mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de San José contra Rafaela Marta Bustos Dávila. Exp. N° 09-003758-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de julio del 2015.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez.—(IN2015049833).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca citas: 569-73030-01-0004-001, en favor del Banco de Costa Rica, plazo de convalidación citas: 378-05214-01-0900-001, aviso catastral citas: 2012-68318-01-0006-001; a las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de agosto de dos mil quince, y con la base de nueve millones setecientos treinta y siete mil quinientos diez colones con noventa y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 67221-000 la cual es terreno naturaleza: Terreno con una casa situada en el distrito 2 Mansión, cantón 2 Nicoya de la provincia de Guanacaste, finca ubicada en zona catastrada linderos: Norte, José Li Piñar, sur, calle pública con un frente de 8,37 cm; este, Jesús Rodríguez Grova; oeste, José Li Piñar. Mide: ciento ochenta y cuatro metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados, plano: G-0599183-1985. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de setiembre de dos mil quince, con la base de siete millones trescientos tres mil ciento treinta y tres colones con veinte céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de octubre de dos mil quince con la base de dos millones cuatrocientos treinta y cuatro mil trescientos setenta y siete colones con setenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Nicoya contra José Evelio De Los Ángeles Rojas Rangel. Exp. N° 14-001740-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 8 de julio del 2015.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2015049834).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas 0315-00007564-01-0901-001 y limitaciones de Ley Forestal 7575 bajo las citas 0565-00013597-01-0002-001; a las diez horas y treinta minutos del dos de setiembre del año dos mil quince y con la base de seiscientos cuatro millones seiscientos un mil ciento cuarenta y cinco colones con sesenta céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 89268-000 la cual es terreno de pastos, charrales y montaña. Situada en el distrito Horquetas, cantón Sarapiquí de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Rafael Vindas González; al sur, Rafael Miranda Miranda, al este, Félix López Silva y Rafael Vindas, y al oeste, Gladis Varela Jiménez y Rafael Vindas. Mide: trescientos ochenta mil setecientos treinta y un metros con veinte decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciocho de setiembre del año dos mil quince con la base de cuatrocientos cincuenta y tres millones cuatrocientos cincuenta mil ochocientos cincuenta y nueve colones con veinte céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del cinco de octubre del año dos mil quince con la base de ciento cincuenta y un millones ciento cincuenta mil doscientos ochenta y seis colones con cuarenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Caja Costarricense de Seguro Social contra Hotel Hacienda Sueño Azul S. A., Semigato Atlántico S. A. Exp. N° 14-027160-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 4 de agosto del 2015.—Licda. Gabriela Campos Ruiz, Jueza.—(IN2015049835).

A las trece horas y treinta minutos del nueve de octubre del año dos mil quince, en la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas 290-04335-01-0915-001 y servidumbre trasladada bajo las citas 371-12771-01-0908-001, con sus respectivas bases sáquese a remate los bienes dados en garantía que se indicarán a continuación: 1) Con la base de seis millones de colones exactos la finca del partido de Alajuela, matrícula N° 517.574-000, la cual es lote 2 terreno para construir. Situada en el distrito 1 Upala, cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 1 de Rigoberto Murillo Ocampo; sur, Francisco Núñez Núñez, Margarita Hernández Córdoba y resto de Rigoberto Murillo Ocampo; este, resto de Rigoberto Murillo Ocampo; y oeste, calle pública y Margarita Hernández Córdoba. Mide: cuatro mil quinientos cincuenta metros cuadrados. Plano: A-1742083-2014. 2) Con la base de cinco millones de colones exactos la finca del Partido de Alajuela, matrícula N° 517.575-000, la cual es lote 3 terreno para construir. Situada en el distrito 1 Upala, cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; sur, resto de Rigoberto Murillo Ocampo; este, lote 4 Rigoberto Murillo Ocampo; y oeste, lote 1 de Rigoberto Murillo Ocampo. Mide: mil metros cuadrados. Plano: A-1742081-2014. 3) Con la base de cinco millones de colones exactos la finca del partido de Alajuela, matrícula N° 517.576-000, la cual es lote 4 terreno para construir. Situada en el distrito 1 Upala, cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; sur, resto de Rigoberto Murillo Ocampo; este, lote 5 Rigoberto Murillo Ocampo; y oeste, lote 3 de Rigoberto Murillo Ocampo. Mide: mil metros cuadrados. Plano: A-1742079-2014. 4) Con la base de cuatro millones de colones exactos la finca del partido de Alajuela, matrícula N° 517.577-000, la cual es lote 5 terreno para construir. Situada en el distrito 1 Upala, cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; sur, resto de Rigoberto Murillo Ocampo Rigoberto Murillo Ocampo; este, lote 6 Rigoberto Murillo Ocampo; oeste, lote 4 de Rigoberto Murillo Ocampo. Mide: mil metros cuadrados. Plano: A-1742077-2014. 5) Con la base de cuatro millones de colones exactos la finca del partido de Alajuela, matrícula N° 517.578-000, la cual es lote 6 terreno para construir. Situada en el distrito 1 Upala, cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: calle pública; sur, resto de Rigoberto Murillo Ocampo; este, resto de Rigoberto Murillo Ocampo; oeste, lote 5 de Rigoberto Murillo Ocampo. Mide: mil metros cuadrados. Plano: A-1742074-2014. 6) Con la base de tres millones de colones exactos la finca del partido de Alajuela, matrícula N° 517.579-000, la cual es lote 7 terreno para construir. Situada en el distrito 1 Upala, cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; sur, resto de finca de Rigoberto Murillo Ocampo; este, resto de Rigoberto Murillo Ocampo; y oeste, resto de finca de Rigoberto Murillo Ocampo. Mide: ochocientos veintinueve metros cuadrados. Plano: A-1742080-2014. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintisiete de octubre del año dos mil quince, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos por la finca N° 517.574-000; con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos por la finca N° 517.575-000; con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos por la finca N° 517.576-000; con la base de tres millones de colones exactos por la finca N° 517.577 000; con la base de tres millones de colones exactos por la finca N° 517.578-000; y con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos por la finca N° 517.579-000. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del once de noviembre del año dos mil quince, con la base de un millón quinientos mil colones exactos por la finca N° 517.574-000; con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos por la finca N° 517.575-000; con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos por la finca N° 517.576-000; con la base de un millón de colones exactos por la finca N° 517.577-000; con la base de un millón de colones exactos por la finca N° 517.578-000; y con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos por la finca N° 517.579-000. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Agropecuaria José Ángel Pérez Arrieta S. A., contra Rigoberto Murillo Ocampo, expediente N° 15-001192-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 29 de julio del 2015.—Licda. Brígida Quirós Alpízar, Jueza.—(IN2015049838).

A las diez horas y cero minutos del veintiuno de setiembre del año dos mil quince, en la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y con sus respectivas bases; en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Con la base de ocho millones quinientos ochenta y nueve mil ciento setenta y cuatro colones con cuarenta y dos céntimos, la finca del partido de Alajuela, matrícula número 198.368-001-003-004, la cual es terreno de repasto y bosques con una casa. Situada en el distrito 3 Cote, cantón 15 Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, camino público y río Treminio; sur, Elí Campos Pineda y río Treminio; este, río Treminio; oeste, Adelia Murillo Murillo y Milady Alvarado Murillo. Mide: cuatrocientos noventa mil setecientos sesenta y un metros con noventa decímetros cuadrados. Plano: A-0995137-1991. 2) Con la base de seis millones ciento cincuenta y tres mil novecientos cincuenta colones con quince céntimos, libre de gravámenes hipotecarios; la finca del Partido de Alajuela, matrícula N° 426.332-001-002, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 3 Cote, cantón 15 Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, río Treminio; sur, camino público y Elí Campos Pineda; este, Adelia Murillo Murillo y Milady Alvarado Murillo; oeste, río Treminio. Mide: trescientos cincuenta mil un metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Plano: A-0995136-1992. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del seis de octubre del año dos mil quince, con la base de seis millones cuatrocientos cuarenta y un mil ochocientos ochenta colones con ochenta y dos céntimos por la finca N° 198.368-001-003-004; y con la base de cuatro millones seiscientos quince mil cuatrocientos sesenta y dos colones con sesenta y un céntimos por la finca N° 426.332-001-002. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de octubre del año dos mil quince, con la base de dos millones ciento cuarenta y siete mil doscientos noventa y tres colones con sesenta y un céntimos por la finca número 198.368-001-003-004; y con la base de un millón quinientos treinta y ocho mil cuatrocientos ochenta y siete colones con cincuenta y cuatro céntimos por la finca N° 426.332-001-002. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R. L. contra Adelia María Murillo Murillo. Exp. N° 15-000364-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 8 de julio del 2015.—Licda. Brígida Quirós Alpízar, Jueza.—(IN2015049840).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 378-09676-01-0827-001; a las diez horas y cero minutos del dos de octubre del año dos mil quince, y con la base de veinte millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 67288-000, la cual es terreno para agricultura lote 29. Situada en el distrito 3 Veintisiete Abrilcantón 3 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle; sur, Palm Beach S. A. Costa Rica; este, Palm Beach S. A. Costa Rica; y oeste, calle. Mide: mil tres metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Plano: G-0795577-1989. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de octubre del año dos mil quince, con la base de quince millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de noviembre del año dos mil quince con la base de cinco millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R. L. contra José Isaac Muñoz Aguilar y otra, expediente N° 15-000109-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 16 de julio del 2015.—Licda. Brígida Quirós Alpízar, Jueza.—(IN2015049842).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de setiembre de dos mil quince, y con la base de un millón trescientos cincuenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: 705467, marca Hyundai, año 1995, Vin KMHVA21NPSU103847, cilindrada 1500 c.c, color verde, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del uno de octubre de dos mil quince, con la base de un millón dieciséis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de octubre de dos mil quince con la base de trescientos treinta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit contra Santiago Alberto Pérez Mena. Exp. N° 09-024655-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de julio del 2015.—Lic. Greivin Gerardo Fallas Abarca, Juez.—(IN2015049844).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción bajo la boleta 080423698 sumaria 09-02614-494-TR del Juzgado de Tránsito de Alajuela; a las ocho horas quince minutos del veintiuno de setiembre del dos mil quince, y con la base de ochocientos noventa y siete mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 727316 marca Hyundai categoría automóvil serie KMHVA21LPSU082611 carrocería sedan 4 puertas tracción 4x2 chasís KMHVA21LPSU082611 vin KMHVA21LPSU082611 uso particular estilo Accent capacidad 5 personas año 1995 color rojo número de motor G4EHS531259 cilindrada 80 cc potencia 80 cc kw combustible gasolina cilindros 04. Para el segundo remate se señalan las ocho horas quince minutos del seis de octubre del dos mil quince, con la base de seiscientos setenta y dos mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas quince minutos del veintiséis de octubre del dos mil quince, con la base de doscientos veinticuatro mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Víctor Manuel Araica Tercero. Exp. N° 11-028806-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Melania Jiménez Vargas, Jueza.—(IN2015049848).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del veintidós de setiembre de dos mil quince y con la base de cuatro millones nueve mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BCR683. Marca Mercedes Benz. Estilo ML320. Categoría automóvil. Año 1998. Color vino. Vin 4JGAB54EXWA031160. Cilindrada 3200 cc. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del siete de octubre de dos mil quince, con la base de tres millones seis mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintitrés de octubre de dos mil quince con la base de un millón dos mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Julio César Camacho Ureña. Exp. N° 14-017141-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 31 de julio del 2015.—Msc. Ericka Robleto Artola, Jueza.—(IN2015049852).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del quince de octubre de dos mil catorce, y con la base de dos millones ochocientos cincuenta y cinco mil doscientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: 418167, marca: Kia; estilo: Pregio GS; capacidad: 12 personas; año: 2001; color: dorado; categoría: automóvil; carrocería: microbús; tracción: 4x2; chasis: KNHTR7312Y6340266; N° motor: J2245738; cilindrada: 2665 c.c.; combustible: diesel; cilindros: 04. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta de octubre de dos mil catorce, con la base de dos millones ciento cuarenta y un mil cuatrocientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de noviembre de dos mil catorce con la base de setecientos trece mil ochocientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra José Clemente Álvarez Quiteño. Exp. N° 13-007065-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de julio del 2014.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—(IN2015049854).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones / colisiones boleta 122252-488 sumaria 12-003776-0174-TR Juzgado de Transito del Segundo Circuito Judicial de San José; a las catorce horas y quince minutos del veinte de enero de dos mil dieciséis, y con la base de veintitrés mil ciento noventa y ocho dólares con ochenta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número CL 262747. Marca Volkswagen. Estilo Amarok. Categoría carga liviana. Capacidad 5 personas. Año 2012. Color azul. Vin WV1ZZZ2HZCA034293. Cilindrada 1968 cc. Combustible diesel. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del cuatro de febrero de dos mil dieciséis, con la base de diecisiete mil trescientos noventa y nueve dólares con quince centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del veintidós de febrero de dos mil dieciséis con la base de cinco mil setecientos noventa y nueve dólares con setenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Adrián Guillermo Loaiza Brenes. Exp. N° 15-024391-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de julio del 2015.—Lic. Alexandra Zúñiga Mora, Jueza.—(IN2015049858).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 357-17291-01-0900-001; a las ocho horas y cero minutos del cinco de octubre de dos mil quince, y con la base de cincuenta y un millones novecientos catorce mil ciento veintiún colones con treinta y ocho céntimos (primer remate), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 57218-000, la cual es naturaleza: terreno para construir con 1 casa, situada en el distrito 04 Belén cantón 05 Carrillo de la provincia de Guanacaste, Linderos: norte, Deonicio Mendoza Mendoza; sur, calle pública con 16 m de frente este, Olger Mendoza Villegas, y oeste, Deonicio Mendoza Mendoza. Mide: setecientos un metros con setenta y tres decímetros cuadrados, plano: G-0631008-1986. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiuno de octubre de dos mil quince, con la base de treinta y ocho millones novecientos treinta y cinco mil quinientos noventa y un colones con cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del cinco de noviembre de dos mil quince con la base de doce millones novecientos setenta y ocho mil quinientos treinta colones con treinta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Gillermo Gerardo Valle López y Marta María Díaz Obregón. Exp. N° 15-000665-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 20 de julio del 2015.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2015049869).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del catorce de setiembre de dos mil quince, y con la base de doce millones cuatrocientos diez mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 634470-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Curridabat, cantón 18 Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Asfix Ascensores de Costa Rica S. A.; al sur, calle pública; al este, Karla Gloriana Ramírez Amador, Maykol Andrés Rodríguez Herrera y al oeste, Leticia Chaves. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del treinta de setiembre de dos mil quince, con la base de nueve millones trescientos siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de octubre de dos mil quince con la base de tres millones ciento dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Freddy Gerardo de Jesús Vega Barrantes contra Marco Antonio Linder Christen. Exp. N° 14-019008-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 9 de julio del 2015.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2015049904).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos (tres de la tarde) del veintiocho de agosto de dos mil quince, y con la base de sesenta y cuatro mil ochocientos noventa y dos dólares con veintitrés centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número veinticinco mil setecientos quince - cero cero cero, la cual es terreno solar con 1 casa. Situada en el distrito 01 Tilarán, cantón 08 Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Saúl Barrientos Calderón; al sur, calle pública con 11 m 70 cm; al este, Saúl Barrientos Calderón y al oeste, Saúl Barrientos Calderón. Mide: trescientos veintiún metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos (tres de la tarde) del catorce de setiembre de dos mil quince, con la base de cuarenta y ocho mil seiscientos sesenta y nueve dólares con diecisiete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos (tres de la tarde) del treinta de setiembre de dos mil quince con la base de dieciséis mil doscientos veintitrés dólares con cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Duwest Costa Rica S. A. contra Inversiones Sabalo S. A., Los Trillizos S. A. Exp: 14-021331-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Audrey Abarca Quirós, Jueza.—(IN2015049925).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca inscrita bajo las citas 2009-285036-01-0005-001, a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada R.L., servidumbre de paso inscrita bajo citas 408-11634-01-0004-001 y servidumbre trasladada inscrita a citas 262-05731-01-0901-001; a las nueve horas del veinticuatro de setiembre del año dos mil quince, y con la base de trece millones setecientos noventa mil colones con cero céntimos (¢13.790.000), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cuatro mil doscientos diecisiete - cero cero uno, la cual es terreno de naturaleza cafetal.  Situada en el distrito: Volio, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Franklin Morera Rojas, lote de Miguel Mora Carranza y Luz Delgado Carranza; al sur, Rafael Ulate Ulate, lote de Miguel Mora Carranza y Luz Delgado Carranza, así como con el lote de Saúl Mariano Pérez Cascante; al este, Cooperativa de Caficultores y Servicios Múltiples Ramonenses, y al oeste, Franklin Morera Rojas y calle pública. Mide: quinientos catorce metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del ocho de octubre del año dos mil quince, con la base de diez millones trescientos cuarenta y dos mil quinientos colones con cero céntimos (¢10.342.500) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del veintidós de octubre del año dos mil quince con la base de tres millones cuatrocientos cuarenta y siete quinientos colones con cero céntimos (¢3.447.500) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Banco Nacional de Costa Rica contra María Rosa Carranza Alvarado, Miguel Ángel Mora Carranza y Juan José Rodríguez Ramírez. Exp. N° 96-100107-0296-CI.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 6 de julio del 2015.—Lic. Viviana Salas Hernández, Jueza.—(IN2015049968).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando una servidumbre trasladada citas: 325-19207-01-0901-006, a las dieciséis horas y cero minutos del primero de setiembre del dos mil quince (04:00 p. m. 01/09/2015), y con la base de cuatrocientos veinticinco mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 153595-000, la cual es terreno de potrero. Situada: en el distrito 05 Santa Teresita, cantón 05 Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Compañía Ganadera Colima; al sur, Luz Marina Vargas; al este, camino público con 25.00 metros de frente, y al oeste, Antonio Vargas. Mide: cuatrocientos diecisiete metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las dieciséis horas y cero minutos del diecisiete de setiembre del dos mil quince (04:00 p. m. 17/09/2015), con la base de trescientos dieciocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las dieciséis horas y cero minutos del dos de octubre del dos mil quince (04:00 p. m. 02/10/2015), con la base de ciento seis mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Asociación de Productores del Sauce de Sta. Teresita Turrialba contra Ricardo Vargas Alvarado. Expediente Nº 15-000376-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 21 de julio del 2015.—Lic. Allan Barquero Durán, Juez.—(IN2015049970).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre sirviente, bajo las citas: 0318-00007124-01-0903-001, a las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de agosto del dos mil quince, y con la base de cuatro millones quinientos setenta y un mil seiscientos sesenta colones exactos, para la finca 00057061-000; y para la finca 00057069-000 la suma de cinco millones seiscientos veintiocho mil trescientos veintinueve colones con noventa y tres céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 00057061-000, la cual es terreno de café. Situada: en el distrito 07 Corralillo, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Wilfredo Padilla Solís; al sur, Carlos Alberto Ureña Solís; al este, Hernán Rojas Ureña, y al oeste, servidumbre de paso con 79.44 metros de frente en medio Maurillo Ureña Solís y Carlos Alberto Ureña Solís. Mide: 3 866,23 (tres mil ochocientos sesenta y seis metros con veintitrés decímetros cuadrados). Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 00057069, la cual es terreno de café. Situada: en el distrito 07 Corralillo, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Carlos Alberto Ureña Solís y Maritza Ureña Fallas; al sur, Analive Ureña Méndez y Carlos Alberto Ureña Solís; al este, Carlos Alberto Ureña Solís y Roger Amador, y al oeste, Analive Ureña Méndez y Maritza Ureña Fallas. Mide: cuatro mil ochocientos sesenta y cinco metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de setiembre del dos mil quince, con la base de tres millones cuatrocientos veintiocho mil setecientos cuarenta y cinco colones exactos, para la finca 00057061-000; y para la finca 00057069-000, la suma de cuatro millones doscientos veintiún mil doscientos cuarenta y siete colones con cuarenta y cuatro céntimos, (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del primero de octubre del dos mil quince, con la base de un millón ciento cuarenta y dos mil novecientos quince colones exactos, para la finca 00057061-000; y para la finca 00057069-000, la suma de un millón cuatrocientos siete mil ochenta y dos colones con cuarenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Alberto Ureña Solís. Expediente Nº 14-032795-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 26 de junio del 2015.—Lic. Mariela María Porras Retana, Jueza.—(IN2015049980).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones (citas: 389-03519-01-0936-001), a las catorce horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre del dos mil quince, y con la base de treinta y un millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos ocho mil doscientos ochenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno de casa, galerón y cultivos. Situada: en el distrito 13 Peñas Blancas, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 57.22 metros de frente, Kattia Jaelis Estrella Corea; al sur, Asentamiento San Rafael; al este, Comercializadora Carranza de La Tigra S. A., y al oeste, parcela seis IDA. Mide: nueve mil novecientos treinta y nueve metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del seis de octubre del dos mil quince, con la base de veintitrés millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiuno de octubre del dos mil quince, con la base de siete millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Walter José Marín Castro. Expediente Nº 15-003140-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 08 de julio del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015049984).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y cero minutos del veintiocho de setiembre del dos mil quince, y con la base de cinco millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y seis mil ciento noventa y siete-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 04 Laurel, cantón 10 Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Dirección de Aviación Civil; al sur, calle pública; al este, Rafael Ángel Sibaja Solís, y al oeste, Rafael Ángel Sibaja Solís. Mide: setecientos cincuenta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del trece de octubre del dos mil quince, con la base de tres millones novecientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiocho de octubre del dos mil quince, con la base de un millón trescientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Edwin Zapata Castañeda. Expediente Nº 15-003162-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 09 de julio del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015049986).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada (citas: 367-00343-01-0883-004), a las ocho horas y quince minutos del veintiocho de setiembre del dos mil quince, y con la base de diecisiete millones novecientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento veinte mil trescientos siete-cero cero dos y cero cero tres, la cual es terreno para construir lote con una casa. Situada: en el distrito 04 Ulloa, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 50 G; al sur, lote 48 G; al este, lote 2 G, y al oeste, Ornamentales S. A. Mide: sesenta y ocho metros con tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y quince minutos del trece de octubre del dos mil quince, con la base de trece millones cuatrocientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y quince minutos del veintiocho de octubre del dos mil quince, con la base de cuatro millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Denny María de los Ángeles Rojas Oviedo y otro. Expediente Nº 15-003260-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 09 de julio del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015049989).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada (citas: 341-02757-01-0912-001), a las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de setiembre del dos mil quince, y con la base de veintidós millones colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y tres mil diez-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, garaje y corredor. Situada: en el distrito 02 La Virgen, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Ana Iris Sosa Rojas, William Álvarez; al sur, calle pública con 30 metros de frente; al este, Ana Iris Sosa Rojas, y al oeste, calle pública con 15 metros de frente cuadrados. Mide: cuatrocientos cincuenta metros con diez decímetros. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del trece de octubre del dos mil quince, con la base de dieciséis millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de octubre del dos mil quince, con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Elizabeth Segura Páez y José Pablo Arce Sánchez. Expediente Nº 15-003276-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 09 de julio del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015049991).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada (citas: 292-17476-01-0903-001), a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de setiembre del dos mil quince, y con la base de dieciséis millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y nueve mil seiscientos veintiocho-F- cero cero cero, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número sesenta y cuatro, apta para construir que se destinará a uso habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 07 Puente de Piedra, cantón 03 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, acceso tres; al sur, acceso dos; al este, acceso tres, y al oeste, finca filial primaria individualizada número sesenta y cinco. Mide: trescientos diecisiete metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del trece de octubre del dos mil quince, con la base de doce millones colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de octubre del dos mil quince, con la base de cuatro millones colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Edwin Rodrigo González Marrochi. Expediente Nº 15-002550-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 09 de julio del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015049993).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada (citas: 292-17476-01-0903-001), a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de setiembre del dos mil quince, y con la base de dieciséis millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y nueve mil seiscientos veintiocho-F- cero cero cero, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número sesenta y cuatro, apta para construir que se destinará a uso habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 07 Puente de Piedra, cantón 03 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, acceso tres; al sur, acceso dos; al este, acceso tres, y al oeste, finca filial primaria individualizada número sesenta y cinco. Mide: trescientos diecisiete metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del trece de octubre del dos mil quince, con la base de doce millones colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de octubre del dos mil quince, con la base de cuatro millones colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Edwin Rodrigo González Marrochi. Expediente Nº 15-002550-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 09 de julio del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015049993).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reserva de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, a las diez horas y treinta minutos del dieciséis de setiembre del dos mil quince, y con la base de treinta mil trescientos cuarenta y un dólares exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quince mil novecientos dos-cero cero cero, la cual es terreno con una edificación. Situada: en el distrito 01 Corredor, cantón 10 Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Bernardo Tubito Dambrosio; al sur y al este, Inmobiliaria Hemperador del Sur Sociedad Anónima, y al oeste, calle pública con 26 metros 06 centímetros. Mide: quinientos cuarenta y dos metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del primero de octubre del dos mil quince, con la base de veintidós mil setecientos cincuenta y cinco dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos del diecinueve de octubre del dos mil quince, con la base de siete mil quinientos ochenta y cinco dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Misty Coral S. A. contra Inversiones Madereras Caño Seco S. A. Expediente Nº 15-000225-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 15 de junio del 2015.—Lic. José Luis Camareno Castro, Juez.—(IN2015049997).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y treinta minutos del veintitrés de setiembre de dos mil quince, y con la base de tres millones cuatrocientos diecinueve mil novecientos cuarenta y cinco colones con veintiún céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas N° CL 258788, marca: Nissan, estilo: Frontier XE, categoría: carga liviana, capacidad: 4 personas, tracción: 4x2, año: 1998, color: vino. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del nueve de octubre de dos mil quince, con la base de dos millones quinientos sesenta y cuatro mil novecientos cincuenta y ocho colones con noventa céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del veintisiete de octubre de dos mil quince con la base de ochocientos cincuenta y cuatro mil novecientos ochenta y seis colones con treinta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Ching Fu Tseng Ni contra Ignacio Antonio García Dolmo. Exp. N° 14-008218-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 15 de julio del 2015.—Lic. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2015050179).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando plazo de convalidación (ley de localización de derec) citas: 2013-23615-01-0003-001; a las quince horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil quince y con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos dos mil doscientos cincuenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 05 Palmira, cantón 11 Zarcero, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Adita Rojas Hernández; al sur, Hilda Rojas Hernández; al este, calle pública con un frente a ella de 15.68 metros y al oeste, calle pública con un frente a ella de 20.68 metros. Mide: seiscientos cuarenta y cinco metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del diez de noviembre de dos mil quince, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veinticinco de noviembre de dos mil quince con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Errol Daniel Rodríguez Rodríguez contra Gina María Alvarado Rojas. Exp. N° 15-000908-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 2 de junio del 2015.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2015050195).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las dieciséis horas y cero minutos (4:00 pm) del dos de setiembre de dos mil quince, y con la base de catorce mil quinientos treinta y siete dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa 631845, Suzuki automóvil, estilo APV, capacidad 8 personas, año 2006, color azul, tracción 4x2, vin MHYDN71V15J101986. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos (4:00 p. m.) del dieciocho de setiembre de dos mil quince, con la base de diez mil novecientos dos dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos (4:00 pm) del cinco de octubre de dos mil quince con la base de tres mil seiscientos treinta y cuatro dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Alexander Francisco Vives Chaverri. Exp. N° 12-010032-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 28 de julio del 2015.—Lic. Pilar Gómez Marín, Jueza.—(IN2015050203).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y cero minutos del veinticinco de setiembre del dos mil quince, y con la base de ciento cincuenta millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 40502-000, la cual es terreno dedicado a la agricultura con una casa y una bodega. Situada: en el distrito 05 Santa Rosa, cantón 07 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Aníbal Sánchez y Rafael Ulet; al sur, Alvarado Granados y Benjamín Méndez; al este, calle pública, y al oeste, Benjamín Ulet. Mide: tres mil setecientos ochenta y seis metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del trece de octubre del dos mil quince, con la base de ciento doce millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiocho de octubre del dos mil quince, con la base de treinta y siete millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Moisés Bolívar Masís Sánchez. Expediente Nº 15-001052-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 09 de julio del 2015.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—(IN2015050205).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de agosto del año dos mil quince, y cada uno con la base de cuatro millones novecientos treinta y tres mil novecientos veinte colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) vehículo: placas CL-218392, marca Greatwall, estilo Greatwall Deer, categoría carga liviana, año dos mil siete, capacidad cinco personas, carrocería caja abierta o campu, color blanco, vin LGWCABG767A062197, chasis LGWCABG767A062197, serie LGWCABG767A062197, motor GW4D280609019197, cilindra dos mil setecientos setenta y un cc. 2) Vehículo: placa CL- 218391, marca Greatwall, estilo Greatwall Deer, categoría carga liviana, año dos mil siete, capacidad cinco personas, carrocería caja abierta o campu, color blanco, vin LGWCABG747A062196, chasis LGWCABG747A062196, serie LGWCABG747A062196, motor GW4D280609019189, cilindra dos mil setecientos setenta y un cc. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de setiembre del año dos mil quince. Cada uno con la base de tres millones setecientos mil cuatrocientos cuarenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil quince. Cada uno con la base de un millón doscientos treinta y tres mil cuatrocientos ochenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Asdrúbal Sánchez Núñez, Distribuidora Liberiana Sánchez y Jiménez S. A., Exp. N° 10-000231-0386-CI.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 23 de julio del 2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2015050206).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, a las once horas y quince minutos del tres de setiembre de dos mil quince, y con la base de veintiún mil novecientos sesenta y nueve dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placa: FDJ981, marca: Toyota, estilo: Corolla GLI, categoría: automóvil, año: 2012, color: gris, vin: JTDBL42E009167261, N° motor: 2ZRO922460, cilindrada: 1800 c.c., combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del veintiuno de setiembre de dos mil quince, con la base de dieciséis mil cuatrocientos setenta y seis dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del seis de octubre de dos mil quince con la base de cinco mil cuatrocientos noventa y dos dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Rolando Alpízar Torres. Exp. N° 15- 015061-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 25 de mayo del 2015.—Msc. Yesenia Solano Molina, Jueza.—(IN2015050209).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de setiembre de dos mil quince, y con la base de diecisiete mil doscientos sesenta y siete dólares con cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas BBR 041, marca Toyota, estilo Yaris, año 2012, color azul, capacidad 5 personas, motor número 2NZ6084741, vin JTDKW9D380D57723, chasis JTDKW9D380D57723, serie JTDKW9D380D57723, combustible gasolina, tracción 4x2, y cilindrada 1300 c.c. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del nueve de octubre de dos mil quince, con la base de doce mil novecientos cincuenta dólares con veintinueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil quince con la base de cuatro mil trescientos dieciséis dólares con setenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Eduvina de los Ángeles Álvarez Victores y Manfred Flores Álvarez. Exp. N° 15-000497-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 8 de mayo del 2015.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2015050219).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida); a las catorce horas y treinta minutos del siete de octubre del año dos mil quince, y con la base de veintiséis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y seis mil trescientos cuatro - cero cero cero, la cual es terreno con una casa y un galerón. Situada en el distrito 03 San Juan, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Héctor Luis Rodríguez Carvajal; al sur, Rolanda Soto Fernández y en parte María del Carmen, Jeudy Gerardo, Eduar Danilo, Juan Carlos, Natalie todos Sandoval Rodríguez; al este Doris María Vargas Chaves y Ligia María Céspedes Hidalgo ambas en partes y al oeste, calle pública con un frente a ella de 8.63 metros. Mide: cuatrocientos cuarenta y tres metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de octubre del año dos mil quince, con la base de diecinueve millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del nueve de noviembre del año dos mil quince con la base de seis millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jenny María Rodríguez Araya contra Gisela María Cruz López. Exp. N° 15-000527-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 4 de agosto del 2015.—Lic. José Luis Camareno Castro, Juez.—(IN2015050239).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando cond rest, reservas y restricciones; a las trece horas y treinta minutos del quince de octubre de dos mil quince, y con la base de un millón de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintiún mil setecientos nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir.  Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con 8.18 metros de frente; al sur, Promociones Ambientales y Turísticas del Atlántico S. A.; al este, Promociones Ambientales y Turísticas del Atlántico S. A. y al oeste, Promociones Ambientales y Turísticas del Atlántico S. A. Mide: doscientos catorce metros con sesenta decímetros cuadrados. 2) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintiún mil setecientos seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle publica con 9.07 metros de frente; al sur, Promociones Ambientales y Turísticas del Atlántico S. A.; al este, Promociones Ambientales y Turísticas del Atlántico S. A. y al oeste, Promociones Ambientales y Turísticas del Atlántico S. A. Mide: doscientos treinta y cuatro metros con treinta decímetros cuadrados. 3) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintiún mil setecientos siete-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte calle publica con 9.05 metros de frente; al SUR Promociones Ambientales y Turísticas del Atlántico S. A. ; al este Promociones Ambientales y Turísticas del Atlántico S. A.  y al oeste Promociones Ambientales y Turísticas del Atlántico S. A. Mide: doscientos treinta metros con setenta y dos decímetros cuadrados.  4) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintiún mil setecientos ocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte calle pública con 9 metros de frente; al sur Promociones Ambientales y Turísticas del Atlántico S. A. al este Promociones Ambientales y Turísticas del Atlántico S. A.  y al oeste Promociones Ambientales y Turísticas del Atlántico S. A. Mide: doscientos treinta y cinco metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del treinta de octubre de dos mil quince, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre de dos mil quince con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Francisco Muñoz Alvarado contra Gerardo Francisco Guzmán Navarro. Exp. N° 14-001090-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 16 de junio del 2015.—Lic. Isabel Castillo Navarro, Jueza.—(IN2015050240).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida); a las catorce horas y treinta minutos del siete de octubre del año dos mil quince, y con la base de veintiséis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y seis mil trescientos cuatro - cero cero cero, la cual es terreno con una casa y un galerón. Situada en el distrito 03 San Juan, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Héctor Luis Rodríguez Carvajal; al sur, Rolanda Soto Fernández y en parte María del Carmen, Jeudy Gerardo, Eduar Danilo, Juan Carlos, Natalie todos Sandoval Rodríguez; al este, Doris María Vargas Chaves y Ligia María Céspedes Hidalgo ambas en partes y al oeste, calle pública con un frente a ella de 8.63 metros. Mide: cuatrocientos cuarenta y tres metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de octubre del año dos mil quince, con la base de diecinueve millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del nueve de noviembre del año dos mil quince con la base de seis millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jenny María Rodríguez Araya contra Gisela María Cruz López. Exp. N° 15-000527-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 4 de agosto del año 2015.—Lic. José Luis Camareno Castro, Juez.—(IN2015050241).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del ocho de setiembre del año dos mil quince y con la base de quinientos cincuenta y ocho mil quinientos doce colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas BFG144, marca Hyundai, estilo Accent, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 1999, color blanco, carrocería sedan 4 puertas, tracción 4x2. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticuatro de setiembre del año dos mil quince, con la base de cuatrocientos dieciocho mil ochocientos ochenta y cuatro colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del nueve de octubre del año dos mil quince con la base de ciento treinta y nueve mil seiscientos veintiocho colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Multiservicios Orca Limitada contra Jorge Abelardo Fuentes Calderón, Kattia Patricia Murillo Rojas. Exp. N° 14-002425-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 25 de mayo del 2015.—Lic. José Luis Camareno Castro, Juez.—(IN2015050248).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del catorce de setiembre del año dos mil quince, y con la base de un millón trescientos sesenta y dos mil cien colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BCM334. Marca Hyundai. Estilo Accent. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 1998. Vin KMHVF21LPWU531343. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta de setiembre del año dos mil quince, con la base de un millón veintiún mil quinientos setenta y cinco colones exactos y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del quince de octubre del año dos mil quince con la base de trescientos cuarenta mil quinientos veinticinco colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Multiservicios Orca Limitada Rep/Lucía Ugalde Chávez contra Eduardo Enrique Obando Jiménez. Exp. N° 15-000559-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 11 de mayo del 2015.—Lic. Raquel Machado Fernández, Jueza.—(IN2015050251).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del veintidós de setiembre del dos mil quince, y con la base de tres millones trescientos cincuenta y seis mil novecientos cuarenta y tres colones con sesenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 356935, marca Nissan, estilo primera GX, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2000, color azul, vin JN1BCAP11Z0931667, cilindrada 1998 cc., combustible gasolina, motor Nº SR20206789B. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del nueve de octubre del dos mil quince, con la base de dos millones quinientos diecisiete mil setecientos siete colones con setenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintisiete de octubre del año dos mil quince con la base de ochocientos treinta y nueve mil doscientos treinta y cinco colones con noventa y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. la anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Mulltiservios Orca Limitada contra José Eduardo Quirós Rojas. Exp. Nº 14-002527-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 24 de junio del 2015.—Licda. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—(IN2015050252).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del catorce de setiembre del dos mil quince, y con la base de doscientos treinta y tres millones ciento veintitrés mil cien colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número seiscientos mil doscientos noventa y ocho-cero cero cero la cual es terreno de solar con una casa de habitación y una bodega. Situada en el distrito Desamparados, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Rodolfo Vendick Muler; al sur, calle pública con 18.66 metros de frente; al este, Luz Marina Calderón Arias, Víctor Aníbal Monge y Rodolfo Vendick Muler y al oeste, Rodolfo Vendick Muler. Mide: novecientos ocho metros con tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta de setiembre del dos mil quince, con la base de ciento setenta y cuatro millones ochocientos cuarenta y dos mil trescientos veinticinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de octubre del dos mil quince con la base de cincuenta y ocho millones doscientos ochenta mil setecientos setenta y cinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Príncipes de Alcantara S. A., contra Mueblería Vimar S. A., Víctor Manuel Rivera Cascante. Exp. Nº 14-022244-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 9 de julio del 2015.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2015050254).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo 247, asiento 2625-01-0901-001; y al tomo 247, asiento 2625-01-0902-001; a las diez horas y treinta minutos del primero de octubre del dos mil quince, y con la base de seis millones treinta y tres mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 219712-000 la cual es terreno de café. Situada en el distrito 05 Santa Teresita, cantón 05 Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Edwin Jiménez Soto; al sur, calle pública con un frente de 19 metros lineales; al este, Édgar Molina Segura y al oeste, Mario Paniagua Ulloa. Mide: dos mil sesenta y seis metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del diecinueve de octubre del dos mil quince, con la base de cuatro millones quinientos veinticuatro mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos tres de noviembre del dos mil quince, con la base de un millón quinientos ocho mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Álvaro Arce Oconitrillo. Exp. Nº 14-001298-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de junio del 2015.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez.—(IN2015050266).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las quince horas treinta minutos del ocho de octubre del dos mil quince, y con la base de cincuenta y siete millones de colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 415480-000 la cual es terreno para construir con una casa lote 39-B situada en el distrito 03 Trinidad, cantón 14 Moravia de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 38-B al sur, calle pública; al este lote 40-B y al oeste calle pública; mide: ciento setenta metros con veintitrés centímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas treinta minutos del veintiséis de octubre del dos mil quince con la base de cuarenta y dos millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas treinta minutos del diez de noviembre del dos mil quince con la base de catorce millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Luis Guillermo Zumbado Carvajal. Exp. Nº 13-011339-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de julio del 2015.—Lic. Steven Galagarza Mata, Juez.—(IN2015050281).

A las diez horas y treinta minutos del diecisiete de setiembre del dos mil quince, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de veintidós mil novecientos ochenta y un dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento veintitrés mil ochocientos cincuenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Cañas, cantón 06 Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Jorge Eduardo Sancho Arce; al sur, Urbanizadora Mausil S. A.; al este, Carretera Interamericana y al oeste, Urbanizadora Mausil S. A. Mide: mil ciento setenta y dos metros con cuarenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Instituto Nacional de Seguros contra William Enrique Mora Guevara. Exp. Nº 07-021646-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 8 de julio del 2015.—Lic. Edwin Mata Elizondo, Juez.—(IN2015050295).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y quince minutos del veintiocho de setiembre del dos mil quince, y con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento un mil ciento noventa y uno-cero cero uno y cero cero dos la cual es lote 42 H, terreno para construir, con una casa. Situada en el distrito 8-Barranca, cantón 1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al noreste, Lotificadora del Pacífico Sociedad Anónima; al noroeste, resto destinado a calle; al sureste, Lotificadora del Pacífico Sociedad Anónima y al suroeste, Lotificadora del Pacífico Sociedad Anónima. Mide: ciento veintiséis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del trece de octubre del dos mil quince, con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del veintiocho de octubre del dos mil quince con la base de un millón trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Félix Lorenzo Ruiz Cáceres y Lesbia Isabel Otero Fletes. Exp. Nº 15-002781-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 9 de julio del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015050296).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y cuarenta y cinco minutos (una hora y cuarenta y cinco minutos pasado meridiano) del veintiocho de setiembre del dos mil quince, y con la base de veintiocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos trece mil sesenta y uno cero cero cero, la cual es de naturaleza: terreno para construir, lote doscientos ocho, con una casa. Situada en el distrito 2-Mercedes, cantón 1-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 209; al sur, lote 207; al este, calle pública y al oeste, Bernardo Víquez Chaverri y lote 210. Mide: doscientos cincuenta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos (una hora y cuarenta y cinco minutos pasado meridiano) del trece de octubre del dos mil quince, con la base de veintiún millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos (una hora y cuarenta y cinco minutos pasado meridiano) del veintiocho de octubre del dos mil quince con la base de siete millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Andrea Patricia Alvarado Rojas, Gerardo Antonio de Jesús Alvarado Ulate. Exp. Nº 15-003345-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 13 de julio del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015050297).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada (citas 392-03022-01-0900-001), servidumbre trasladada (citas 396-16116-01-0810-001); a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos (dos horas y cuarenta y cinco minutos pasado meridiano) del veintiocho de setiembre del dos mil quince, y con la base de once millones doscientos ochenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos noventa y cuatro mil setecientos cuarenta y ocho cero cero cero, la cual es de naturaleza: terreno para construir una vivienda de interés social. Situada en el distrito 7-El Rosario, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Mauricio Ledezma Villalobos; al sur, Gilberto Vastro Porras; al este, quebrada Hornos en medio Clodoveo Zamora Soto y al oeste, Lidiette Ledezma Villalobos y calle pública frente a ella por medio callejón de acceso con 3.04 metros. Mide: seiscientos trece metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos (dos horas y cuarenta y cinco minutos pasado meridiano) del trece de octubre del dos mil quince, con la base de ocho millones cuatrocientos sesenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos (dos horas y cuarenta y cinco minutos pasado meridiano) del veintiocho de octubre del dos mil quince con la base de dos millones ochocientos veinte mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda contra Cindy Alejandra Ledezma Villalobos. Exp. Nº 15-003413-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de julio del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015050300).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de setiembre del dos mil quince, y con la base de cinco millones setecientos siete mil novecientos ochenta colones con cuarenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos veinte mil trescientos cuarenta y siete cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-San Isidro de El General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Lourdes Barrantes; al sur, Rafael Villegas Argentina Antillón; al este, Rafael Villegas y al oeste, calle pública. Mide: setecientos veintinueve metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del uno de octubre del dos mil quince, con la base de cuatro millones doscientos ochenta mil novecientos ochenta y cinco colones con treinta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de octubre del dos mil quince con la base de un millón cuatrocientos veintiséis mil novecientos noventa y cinco colones con doce céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L., contra Célimo Alberto Alvarado Ortiz, Freddy Gerardo Alvarado Ortiz. Exp. Nº 15-002758-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 17 de junio del 2015.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2015050315).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del dieciocho de setiembre del dos mil quince, y con la base de diez millones doscientos dieciocho mil quinientos treinta y nueve colones con cuarenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento tres mil ciento sesenta y cuatro cero cero cero, la cual es terreno lote A-10 terreno para construir. Situada en el distrito 2-Puerto Jiménez, cantón 7-Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública, al sur, Justo Pastor Tejado, al este, lote A-11 y Juan Diego Mora Cambronero y al oeste, Juan Diego Mora Cambronero, lote A-9. Mide: ciento ochenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de octubre del dos mil quince, con la base de siete millones seiscientos sesenta y tres mil novecientos cuatro colones con sesenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de octubre del dos mil quince con la base de dos millones quinientos cincuenta y cuatro mil seiscientos treinta y cuatro colones con ochenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L., contra Ana Yency García Bellido. Exp. Nº 15-002892-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 15 de julio del 2015.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2015050317).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las trece horas y veinte minutos (01:20 p. m.) del dos de setiembre del dos mil quince, y con la base de cuatro millones doscientos setenta y tres mil novecientos cincuenta y ocho colones con setenta y cuatro céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: vehículo placas: Nº 539668, marca: Suzuki, estilo: Ignis, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2004, color: gris, tracción: 4x2. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y veinte minutos (01:20 p. m.) del dieciocho de setiembre del dos mil quince, con la base de tres millones doscientos cinco mil cuatrocientos sesenta y nueve colones con cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y veinte minutos (01:20 p. m.) del cinco de octubre del dos mil quince, con la base de un millón sesenta y ocho mil cuatrocientos ochenta y nueve colones con sesenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin Sociedad Anónima contra Adriana Vanessa López Rojas. Expediente Nº 12-016187-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 28 de julio del 2015.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—(IN2015050321).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y cero minutos del veintiocho de agosto del dos mil quince, y con la base de veintiocho millones doscientos ochenta mil ciento dos colones con siete céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos ocho mil ciento veintitrés cero cero cero, la cual es terreno de pasto con una casa de habitación. Situada: en el distrito 01-San Isidro de El General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Margoth Calderón Barrantes; al sur, Zúñiga Hermanos Sociedad Anónima; al este, calle pública, y al oeste, Víctor Manuel Martínez Mora, Willy Vargas Quirós, Manuel Núñez Abarca y Grisel Atencio. Mide: seiscientos cincuenta y cinco metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del catorce de setiembre del dos mil quince, con la base de veintiún millones doscientos diez mil setenta y seis colones con cincuenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintinueve de setiembre del dos mil quince, con la base de siete millones setenta mil veinticinco colones con cincuenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L., contra Carlos Alberto Calderón Cisneros. Expediente Nº 15-002557-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 27 de mayo del 2015.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2015050328).

A las ocho horas treinta minutos del veintiséis de noviembre del dos mil quince, en la puerta exterior de este Despacho, y con la base de veintiocho millones trescientos cincuenta y cinco mil quinientos veinte colones exactos, sáquese a venta judicial, al mejor postor, lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo la matrícula Nº 147813-000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 03 (San Pablo), cantón 02 (Barva), de la provincia de (Heredia). Colinda: al norte, Asociación Solidarista de Empleados de la Cooperativa de Caficultores de Heredia Liberta de Responsabilidad Limitada; al sur, Asociación Solidarista de Empleados de la Cooperativa de Caficultores de Heredia Liberta de Responsabilidad Limitada; al este, calle pública, y al oeste, Luis Enrique Herrera Segura. Mide: ciento ochenta y tres metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Se declara la venta judicial por ordenarse así en proceso ejecución de sentencia de Roxana León Solís, cédula de identidad Nº 1-0528-0121, contra Luis Gerardo Hidalgo Bogantes, cédula de identidad Nº 6-0130-0724. Expediente Nº 04-000158-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 29 de junio del 2015.—Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—Exonerado.—(IN2015050329).

En la puerta de este Juzgado, en el mejor postor, a las diez horas del seis de noviembre del dos mil quince libre de gravámenes y con la base de ochocientos sesenta y seis mil trescientos treinta y siete con cincuenta colones exactos, remataré: seis trozas de Pilón con 1.525.7 pulgadas; dos trozas de Caobilla con 193.45 pulgadas; cuatro trozas de Cedro María con 1679 pulgadas. Lo anterior se remata por ordenarse así dentro de la causa Nº 15-000373-0332-PE, seguido contra Ricardo Eric Alpízar Salas, por el delito de aprovechamiento ilegal de productos forestales, en daño de los Recursos Naturales.—Juzgado Penal del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, Sede San Ramón.—Licda. Ana Laura Darcia Delgado, Jueza.—Exonerado.—(IN2015050330).

A las nueve de la mañana del siete de octubre del dos mil quince, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de dieciocho millones ciento noventa mil colones exactos (¢18.190.000), en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, matrícula número cincuenta y seis mil seiscientos-cero-cero-dos, la cual es terreno para la agricultura. Situada: en el distrito cuarto Bratsi, cantón cuarto Talamanca, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, con parcela 137; al sur, parcela 180; al este, calle pública, y al oeste, parcela 176. Mide: cuarenta y dos mil ochocientos cuarenta y siete metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las nueve de la mañana del siete de octubre del dos mil quince. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas del veintiséis de octubre del dos mil quince, con la base de trece millones seiscientos cuarenta y dos mil quinientos colones (¢13.642.500), (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve de la mañana del once de noviembre del dos mil quince, con la base de cuatro millones quinientos cuarenta y siete mil quinientos colones (¢4.547.500) (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución sentencia de Andrea Fernández Zúñiga y otros, contra Carlos Tabash Lazarus, José Tabash Lazarus. Expediente Nº 05-160044-0465-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 03 de agosto del 2015.—Licda. Heilin Rojas Madrigal, Jueza.—Exonerado.—(IN2015050333).

En la puerta exterior de este Despacho, soportando hipoteca de primer grado en favor de la Caja Costarricense de Seguro Social, con vencimiento para el 10 de marzo del 2023, por seis millones doscientos mil colones; así como afectación de habitación familiar en favor de la ejecutante, a las nueve horas del siete de setiembre del dos mil quince, y con la base de treinta y siete millones ciento veinte mil quinientos noventa y ocho colones 00/100, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y seis mil quinientos treinta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada: en el distrito San Vicente, cantón Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Miguel Monge Rodríguez; al sur, Héctor Chavarría; al este, calle pública con 6 metros doscientos setenta milímetros, y al oeste, calle privada en medio otro. Mide: ciento setenta y ocho metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas del veintitrés de setiembre del dos mil quince, con la base de veintisiete millones ochocientos cuarenta mil cuatrocientos cuarenta y nueve colones 00/100 (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas del siete de octubre del dos mil quince, con la base de nueve millones doscientos ochenta mil ciento cuarenta y nueve colones 00/100 (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso separación judicial de Marbeth cc Macbeth Sánchez Leal contra Freddy Alberto Calvo Rodríguez. Expediente Nº 12-001383-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de julio del 2015.—Msc. Ramón Zamora Montes, Juez.—Exonerado.—(IN2015050334).

En la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, se rematará un inmueble que se describe de la siguiente manera: Finca inscrita al partido de Heredia, matrícula número ciento treinta y tres mil cincuenta y cuatro, submatrícula cero cero cero, que es terreno de repastos, montaña, frutal con una casa y un corral. Situado: en Puerto Viejo, distrito primero del cantón décimo Sarapiquí, de la provincia de Heredia, que mide un millón cuatrocientos quince mil quinientos setenta y dos metros cuadrados, y que linda: al norte, con German Chaves, Pompilio Montiel Acuña y calle pública con un frente a ella de diez metros; al sur, con Pórtico Sociedad Anónima; al este, con río La Tigra, y al oeste, con Pompilio Montiel Acuña, según lo describe topográficamente el plano catastrado Nº H-0508615-1983 libre de gravámenes, al ser las ocho horas del catorce de octubre del dos mil quince, y con la base de cinco millones de colones. En el caso de resultar fracasado ese primer remate, para llevar a cabo una segunda subasta pero con la base tres millones setecientos cincuenta mil colones (incluida la rebaja del veinticinco por ciento de la base anterior), se señalan las ocho horas del veintinueve de octubre del dos mil quince. De ser fracasado también el segundo señalamiento, para llevar a cabo la tercera subasta, se señalan las ocho horas del trece de noviembre del dos mil quince, esta vez con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones (es decir un veinticinco por ciento de la base original). Se advierte además que de conformidad con el artículo 25 de la Ley Cobro Judicial, si al tercer remate no hubiere postores, el bien se tendrá por adjudicado al ejecutante, por el veinticinco por ciento de la base original. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en ejecución hipotecaria Nº 15-000149-0507-AG (182-2-15) del Banco Nacional de Costa Rica contra Guillermo González Vargas y Ricardo González Agüero.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 04 de agosto del 2015.—Lic. William Roberto Arburola Castillo, Juez Agrario.—Exonerado.—(IN2015050335).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de alero anotada bajo las citas: 363-2679-01-0990-001, a las diez horas y treinta minutos del veintiocho de agosto del dos mil quince, y con la base de catorce millones treinta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y ocho colones con dieciocho céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 345002-000, la cual es terreno lote 373 con una casa. Situada: en el distrito 10 Hatillo, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote Ñ 374 de José Lloyd Flores; al sur, lote Ñ 372 del INVU; al este, calle pública, y al oeste, lote Ñ 364 del INVU. Mide: noventa metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de setiembre del dos mil quince, con la base de diez millones quinientos veintinueve mil quinientos ochenta y seis colones con trece céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta de setiembre del dos mil quince, con la base de tres millones quinientos nueve mil ochocientos sesenta y dos colones con cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Caja Costarricense de Seguro Social contra Albin Antonio González Potoy. Expediente Nº 14-030642-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 02 de julio del 2015.—Lic. Luis Carlos Arana Oronó, Juez.—(IN2015050350).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y cero minutos del tres de setiembre del dos mil quince, y con la base de cuarenta y seis mil doscientos cuarenta y un dólares con ochenta y siete centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos setenta y tres mil quinientos diecinueve cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 06 / Pital, cantón 10 / San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, resto reservado de Johan Alberto Camacho Espinoza y Edgardo Camacho Espinoza; al sur, Xinia Espinoza Reyes; al este, resto reservado de Johan Alberto Camacho Espinoza y Edgardo Camacho Espinoza, y al oeste, calle pública con veinticuatro metros cuarenta y siete centímetros lineales. Mide: mil quinientos setenta y tres metros con cero decímetros cuadrados. Plano: A-1443155-2010. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiuno de setiembre del dos mil quince, con la base de treinta y cuatro mil seiscientos ochenta y un dólares con cuarenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de octubre del dos mil quince, con la base de once mil quinientos sesenta dólares con cuarenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores R.L. contra Gloriana Ulate Espinoza. Expediente Nº 15-013157-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de mayo del 2015.—Licda. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—(IN2015050362).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del veinticinco de agosto del año dos mil quince, y con la base de ocho millones quinientos catorce mil doscientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos diecisiete mil setecientos setenta y tres - cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 07 San Isidro, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Élida Ovares; al este, Élida Ovares y al oeste, Heriberto Fernández Matamoros. Mide: ciento cincuenta y siete metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diez de setiembre del año dos mil quince, con la base de seis millones trescientos ochenta y cinco mil seiscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil quince con la base de dos millones ciento veintiocho mil quinientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Braulio Madrigal Araya contra Élida Ovares Arias. Exp.: 14-003104-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 07 de mayo del 2015.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2015050541).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas Ley de Aguas: Tomo: 305, Asiento: 9094, Secuencia: 01, Subsecuencia: 0007, Consecutivo 001. Reservas Ley de Caminos: Tomo: 305, Asiento: 9094, Secuencia: 01, Subsecuencia: 0008, Consecutivo 001; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de agosto de dos mil quince, y con la base de ocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y nueve mil novecientos sesenta-cero cero cero, la cual es terreno lote 2 de solar. Situada en el distrito 04, cantón 10, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ricardo Soro Montero; al sur, calle pública; al este, Martín Esquivel Rojas y al oeste, lote uno de Martin Esquivel Rojas. Mide: mil metros cuadrados, plano: A-0710188-2001. Para el Segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de setiembre de dos mil quince, con la base de seis millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de octubre de dos mil quince con la base de dos millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Minor José Durán Castro contra Inversiones Esquivel Sibaja S. A. Exp.: 15-016095-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 01 de junio del 2015.—Lic. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—(IN2015050741).

Convocatorias

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Marcial Varela Sánchez, a  una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas treinta minutos del once de setiembre del año dos mil quince, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. N° 12-002520-0857-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 5 de marzo del 2015.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—(IN2015029073).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Luis Arce Víquez, cédula de identidad número 4-0056-0054, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las ocho horas treinta minutos del once de setiembre del dos mil quince, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 2006-100023-0216-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, Alajuelita y San Sebastián.—Msc. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—(IN2015049319).

Se convoca a los socios o miembros de Perfiles Decorativos Americanos GPM S. A., a una junta que se verificará en este Despacho, a las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de setiembre del dos mil quince, para que de conformidad con lo dispuesto por el artículo doscientos sesenta y seis del Código Procesal Civil, elijan representante. En caso de no asistir ningún miembro a la junta, el Juzgado, hará recaer el nombramiento en persona idónea. Proceso: Monitorio de: Municipalidad de San José contra Perfiles Decorativos Americanos GPM S. A. Exp. Nº 14-024070-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, a las siete horas y cuarenta y seis minutos del quince de julio del dos mil quince.—Msc. Christian Mora Acosta, Juez.—1 vez.—(IN2015049374).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de José Giovanni Salazar Espinoza, a una junta que se verificará en este Juzgado a las 07:30 horas del once de setiembre del año dos mil quince, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 10-100741-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 02 de junio del 2015.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(IN2015049724).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Guillermo Jiménez Aguilar, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las nueve horas (09:00) del día cuatro de setiembre del dos mil quince, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil: 1) Si fuere procedente, elegir albacea propietario o suplente, o ambos. 2) Mostrar conformidad o no, con el inventario de los bienes y avalúo de los mismos y; 3) de los reclamos contra la sucesión. Expediente Nº 13-000589-0164-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 22 de julio del 2015.—Licda. Carmen Paniagua Hidalgo, Jueza.—1 vez.—(IN2015050339).

Títulos Supletorios

Jorge Luis Salas Aguilar, casado una vez, agricultor, vecino de San Ramón de La Virgen de Sarapiquí, 50 metros sur de la escuela de San Ramón, cédula de identidad número cuatro-ciento treinta y dos-novecientos cuarenta y seis, promueve diligencia de Información Posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, un inmueble que se describe así: terreno de potrero con tres casas. Ubicado en: distrito segundo La Virgen, cantón décimo Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Mide: treinta y tres mil cuatrocientos cuarenta y ocho metros cuadrados. Linda: al norte, calle pública con un frente a ella de ciento doce metros con ochenta y nueve centímetros lineales, Municipalidad de Sarapiquí y Miguel Alpízar Rojas; al sur, Miguel Salas Aguilar y quebrada; al este, María Mayela Pereira Chavarría, Puro Verde Paraíso Forestal Sociedad Anónima, Municipalidad de Sarapiquí y quebrada; al noreste, María Mayela Pereira Chavarría y al oeste, calle pública con un frente a ella de ciento cuarenta y un metros con setenta y ocho centímetros de frente. Graficado en el plano catastrado número: H-un millón seiscientos ochenta y siete mil ciento veintitrés-dos mil trece. Inmueble que fue adquirido mediante donación que le hizo el señor Héctor Salas Soto. Fue estimado en la suma de veintidós millones setecientos cincuenta colones exactos y las diligencias un millón de colones. Dicho inmueble no tiene cargas reales que pesen sobre el mismo, no posee condueños y con las presentes diligencias no se pretende evadir las consecuencias de un proceso sucesorio. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes, contado a partir de su publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Expediente N° 15-000093-0507-AG, número interno 19-2-15.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 07 julio de 2015.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez Agrario.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045247).

Se hace saber: Inversiones Tito Contreras Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta mil doscientos ochenta y siete, representada por Rafael Contreras Cascante, mayor de edad, soltero, comerciante, cédula número cinco-ciento cincuenta y tres-novecientos cuarenta y tres, vecino de Paso Tempisque de Palmira de Carrillo, Guanacaste, promueve información posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Público Inmobiliario, libre de gravámenes, soportando cargas reales, existe a favor del inmueble una servidumbre de paso, el inmueble que se describe así: terreno de potrero, situado en San Rafael, Palmira [distrito segundo], de Carrillo [cantón quinto], de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Jorge Artuto Hernández Castañeda; sur, Carlos Núñez Acevedo y Beatriz Angulo García, ambos en parte; este, Inversiones Tito Contreras S. A., y oeste, Luis Guillermo Morales Vargas y río Las Palmas, ambos en parte. Según plano catastrado G-1809656-2015, mide de extensión dos hectáreas tres mil doscientos ochenta y un metros cuadrados. Manifiesta que no está inscrito, que carece de título inscribible y que no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, libre de gravámenes, soportando cargas reales, existe a favor del inmueble una servidumbre de paso. Lo adquirió por compraventa de Luis Guillermo Castañeda Díaz, mayor, soltero, transportista, cédula cinco- trescientos tres- doscientos cuarenta y cuatro, Tatiana Castañeda Díaz, mayor, divorciada una vez, ama de casa, cédula cinco-doscientos ochenta y cuatro-cero quince, José Fernando Castañeda Díaz, mayor, soltero, ganadero, cédula cinco-trescientos veintiuno-cero noventa y nueve y Ana Isabel Díaz Castañeda, mayor, viuda una vez, pensionada, cédula cinco-ciento treinta-trescientos ochenta y uno, todos vecinos de Paso Tempisque de Palmira de Carrillo el veintitrés de marzo del dos mil quince. Estima el inmueble y las diligencias en tres millones de colones cada una. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Inversiones Tito Contreras S. A., expediente N° 15-000158-0387-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 14 de julio del 2015.—Sugeily Hernández Azofeifa, jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045249).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 14-000123-0387-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Viflor Varcas Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-once mil ciento noventa y dos, representada por su apoderada generalísima sin límite de suma Flory Ivette Castillo Rodríguez, mayor, casada una vez, pensionada, vecina de Líbano de Tilarán, cédula número cinco-ciento seis-setecientos setenta y seis, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público Inmobiliario, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es de pastos, potrero, charrales y bosque. Situada: en Líbano, distrito: quinto (Líbano), cantón: octavo (Tilarán), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al noroeste, Viflor Varcas S. A., quebrada sin nombre y quebrada El Salto; noreste, Viflor Vargas S. A.; al sur, Viflor Varcas S. A.; al sureste, Adelia Villegas Brenes; este, Adelia Villegas Brenes, Gerardo Sandoval Carmona y José Vinicio Sandoval Rodríguez, y oeste, Viflor Varcas S. A. Mide: trescientos ochenta y siete mil trescientos nueve metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado Nº G-1239767-2008, a nombre de Viflor Varcas S. A., fechado el veintidós de abril del dos mil ocho. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales, pero si gravámenes, la finca soporta a favor servidumbre de paso y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de diez millones ochocientos mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra que le hiciera a Vital Vargas Murillo, el treinta de diciembre del dos mil ocho, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en ganadería, cercas y limpieza. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Viflor Varcas Sociedad Anónima. Expediente Nº 14-000123-0387-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 15 de julio del 2015.—Sugeily Hernández Azofeifa, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045609).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 15-000013-0815-AG, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Flor Eugenia Hernández Campos, quien es mayor, casada una vez, vecina de Pata Gallo, Llano Brenes, San Ramón, Alajuela, de la Escuela un kilómetro al sur, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe Nº 9-055-583, administradora del hogar, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno sembrado de café, bosque y montaña. Situada: en el distrito segundo Desmonte, cantón cuarto San Mateo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de cuarenta y dos metros con sesenta y seis centímetros lineales y Reinaldo Vargas Rojas; al sur, Vilma Hernández Campos, Edwin Chaves Quesada; al este, Reinaldo Vargas Rojas, Manuel David Barrantes Céspedes, y al oeste, calle pública con un frente de doscientos dos metros con noventa y nueve centímetros lineales. Mide: cuarenta mil ochocientos sesenta y cuatro metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado Nº A-1689383-2013. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones, cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño aproximadamente 18 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento del pasto, cercas y chapias. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Flor Eugenia Hernández Campos. Expediente Nº 15-000013-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, 18 de junio del 2015.—Licda. María Carolina Hurtado García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045612).

Elebey de la Trinidad Mora Jiménez, mayor, soltero, comerciante, vecino de Cuervito de Pavones de Golfito, portador de la cédula de identidad número seis-doscientos sesenta y uno-ochocientos cincuenta y dos; establece diligencias de Información Posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: Terreno de charral, situada en Cuervito, distrito cuarto Pavón, cantón sétimo Golfito, de la provincia de Puntarenas. Lindantes: norte, Raymond Francis Pawlowski; sur, calle pública con un frente de setenta y nueve metros con noventa y un centímetros cuadrados; este, José María Mora Madrigal, oeste, calle pública con un frente de noventa y cinco metros con cincuenta y ocho centímetros cuadrados. Se estima el inmueble en la suma de cinco millones de colones. Sobre el mismo no pesan gravámenes ni cargas reales. Con un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que se creyeren con derecho alguno, para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no verifican. Exp. N° 15-000006-0419-AG (Interno 06-1-15).—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, 03 de julio del 2015.—Licda. Karol Valverde Miranda, Juez.—1 vez.—(IN2015046892).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente N° 12-000136-0465-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Elizabeth Robson Shit quien es mayor, casada una vez, del hogar, vecina de Siquirres, cédula 1-247-385, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno lote con casa y patio. Situada en el distrito quinto, cantón tercero, de la provincia de Limón. Colinda: al noreste, vía férrea a Pocora; al sureste, calle pública; al este, Celestina Mori White y al oeste Rogelio Lloyd Winter. Mide: cuatrocientos siete metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por, Elizabeth Robson Smith. Exp.: 12-000136-0465-AG.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 23 de julio del 2015.—Licda. Jeannory Martínez Castro, Jueza.—1 vez.—(IN2015046982).

Citaciones

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Marta Cecilia Cambronero Molina, mayor, soltera, profesión ama de casa, costarricense, con cédula de identidad 0400680774 y vecina de Montes de Oca. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 15-000340-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 29 de junio del 2015.—Lic. Juan Carlos Meoño Nimo, Juez.—1 vez.—(IN2015044042).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Wilson Humberto Cubillo Cubillo, quien fue mayor, casado una vez, vecino de Santiago de Puriscal, cédula Nº 1-1444-0150, hijo de Rafael Cubillo Mora y Orlendia Cubillo Cubillo, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a los autos a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Sucesión Nº 15-100040-0197-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 23 de junio del 2015.—Lic. Francisco Vargas Ramírez, Juez.—1 vez.—(IN2015044050).

Se emplaza: a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión acumulada de Julia Morales Fallas, mayor, casada, ama de casa, cédula de identidad 1-0173-0546 y Librado Valverde Mora, mayor, viudo, comerciante, cédula de identidad 1-0177-0521, ambos vecinos de Aserrí, de la escuela cien metros al este, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp: Nº 15-100064-0217-CI sucesión de Julia Morales Fallas y Librado Valverde Mora.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 7 de abril del 2015.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—Exonerado.— (IN2015044060).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Isidro Parra Monge, mayor, soltero, costarricense, con documento de identidad 0104031447 y vecino de Curridabat. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000615-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 18 de marzo del 2015.—M.Sc. Juan Carlos Meoño Nimo, Juez.—1 vez.—(IN2015044065).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Leiner José Zamora Marín, mayor, soltero, nacionalidad costarricense, cédula de Identidad número 0603480358, y vecino de Bambel 3 de Río Claro, ochocientos metros oeste del Bar el Ranchito, Golfito, Puntarenas. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000031-0422-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Golfito, 13 de noviembre del 2014.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1 vez.—(IN2015044069).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ronulfo Morales Montero, mayor, casado, comerciante, con documento de identidad 0200652854 y vecino de Heredia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 00-100213-0216-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 18 de mayo del 2015.—Msc. Adrián Hilje Castillo, Juez.—1 vez.—(IN2015044089).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Brayan Arce Méndez, mayor, soltero, ebanista, con cédula de identidad 02-0689-0617, vecino de Palmares. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 15-000094-0296-CI.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 7 de julio del 2015.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015044129).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Luisa Cerdas Hidalgo, mayor, viuda, ama de casa, con documento de identidad 0300910477 y vecina de Barrancas, Cartago. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 15-000202-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 22 de junio del 2015.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015044133).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Blanca Flor Ramírez Carvajal, mayor, estado civil casada, profesión desconocido, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0102700183 y vecina de San José, Guadalupe, Ipíz Zetillal. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 15-000318-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 24 de junio del 2015.—Lic. Juan Carlos Meoño Nimo, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015044137).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Lidiel del Carmen Morales Arias, conocida como Lidieth Morales Arias, mayor de edad, cédula de identidad Nº 2-0215-0117, viuda una vez, pensionada, con domicilio en San José, Hatillo 7, avenida Adolfo Marie, casa Nº 38, a las 17:00 horas del 19 de junio del 2015, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera: José Ramón Álvarez Rodríguez, mayor de edad, cédula de identidad Nº 5-0080-0583, casado una vez, pensionado, con último domicilio en San José, San José, Hatillo 7, avenida Adolfo Marie, casa Nº 38. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Luis Andrés Bonilla Ortiz, con oficina abierta en la ciudad de San José, Catedral, Barrio González Lahmann, avenida 10, calle 19, Nº 1025, Bufete Castro & Herrera, teléfono: 2223-3829. Expediente Nº 0002-2014-LABO.—San José, a las quince horas del veintiséis de junio del dos mil quince.—Lic. Luis Andrés Bonilla Ortiz, Notario.—1 vez.—Solicitud Nº 35250.—(IN2015044788).

Se cita y emplaza en mi notaría, sita en el Bufete GM Abogados, en San José, Montes de Oca, Los Yoses, calle treinta y siete, avenidas dos y ocho, a todos los interesados en la sucesión de: Cheryl Kelly (nombres) Bennett (apellidos), mayor de edad, casada en segundas nupcias, vecina de Alberta, Canadá, ama de casa, pasaporte de su país número JK uno siete dos ocho nueve cuatro, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 01-2015.—Licda. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—Solicitud Nº 34647.—(IN2015044810).

En mi notaría, al ser las dieciséis horas del veintiocho de mayo del dos mil quince, de conformidad con lo dispuesto en los artículos novecientos cuarenta y cinco siguientes y concordantes del Código Procesal Civil, y artículo ciento veintinueve del Código Notarial, se procede a la apertura del expediente número cero uno-dos mil quince, que es proceso sucesorio extrajudicial de quien en vida fue: Rony Salazar Bejarano, mayor, casado dos veces, pensionado, vecino de Goicoechea, cédula número uno-doscientos sesenta y nueve-trescientos treinta y dos, por lo cual se cita y emplaza a los herederos y demás interesados para que se apersonen en esta sucesión en mi notaría, sita en San José, calle veintitrés, avenida diez bis, casa veintitrés veinte, Barrio Luján, en resguardo de sus derechos. Se nombra albacea de este sucesorio al señor Ronny Salazar Obando, quien aceptó el cargo.—San José, a las trece horas del veintinueve de mayo del dos mil quince.—Mayra Centeno Mejía.—1 vez.—Solicitud Nº 34715.—(IN2015044865).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Norwing Velásquez Chavarría, quien fuera empresario, nicaragüense, casado, vecino de Sarapiquí, cédula de residencia número R 155809428912. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000025-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 29 de junio del 2015.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—1 vez.—(IN2015045049).

Se hace saber: que en este Despacho se tramitan los procesos sucesorios acumulados de quien en vida se llamaron Austelina Badilla Vásquez, mayor, viuda, ama de casa, vecina de San Isidro de Heredia, portadora de la cédula 02-0084-2208 y José Manuel Saborío Saborío mayor, casado, pensionado, vecino también de San Isidro de Heredia, portador de la cédula de identidad número 1-0077-5548. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 15-100021-0216-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 24 de junio del 2015.—Licda. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—(IN2015045067).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Virginia Gutiérrez Solano, mayor, casada, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 201980592 y vecina de San Ramón. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 15-000086-0296-CI.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 24 de junio del 2015.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045266).

Se convoca a todos los herederos, legatarios, acreedores y a todos los interesados en la sucesión de Marisia Teresita Vargas Morera, quien en vida fue mayor, ama de casa, viuda una vez, portadora de la cédula de identidad número dos-doscientos seis-cuatrocientos cuarenta y uno, vecina de Barrio San Antonio de Cariari de Pococí, para que se apersonen a este Despacho a las ocho horas del dieciocho de setiembre del dos mil quince, para llevar a cabo la Junta de Herederos, a fin de proceder conforme lo ordena el artículo 926 del Código procesal Civil. Sucesión N° 06-100199-0468-CI, número interno 284-3-06.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 14 de julio del 2015.—William Roberto Arburola Castillo, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045278).

De conformidad con lo previsto por el artículo 917 del Código Procesal Civil, se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de: Alexandra María Alpízar Rodríguez, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San José, Pavas Centro, con cédula de identidad Nº 1-0707-0231, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Lo anterior por haberse ordenado así en el sucesorio de Alexandra María Alpízar Rodríguez. Expediente Nº 15-000093-0183-CI.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 28 de mayo del 2015.—Marlene Martínez González, Jueza.—1 vez.—(IN2015045318).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Leticia María Chaves Méndez, mayor, estado civil: casada, profesión desconocida, nacionalidad costarricense, con documento de identidad Nº 0103010515, y vecina de Tibás. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllas que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000359-0169-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 5 de diciembre del 2014.—Lic. Jhonny Esquivel Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2015045328).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Miriam Rodríguez Arce, mayor, viuda, pensionada, con documento de identidad Nº 3-130-310, y vecina de La Unión de Tres Ríos. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 08-001535-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 29 de junio del 2015.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1 vez.—(IN2015045393).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio mancomunado de quienes en vida se llamaron: Virginia Sandí Arguedas, mayor, casada una vez, ama de casa, costarricense, con documento de identidad Nº 0101490498, y Rafael Ángel Morales Muñoz, mayor, casado una vez, empresario, cédula de identidad Nº 0101790651, ambos vecinos de Guadalupe, Centro de Goicoechea, San José. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000759-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 08 de julio del 2015.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—(IN2015045432).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión acumulada de: Emilia María Araya Pacheco, mayor, viuda, ama de casa, cédula de identidad Nº 1-0367-054, y Eduardo Jiménez Araya, mayor, comerciante, cédula de identidad Nº 1-0287-0519, ambos vecinos de Desamparados, Patarrá, Los Guido, Sector 1, casa 167, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-100096-0217-CI. Sucesión de Emilia María Araya Pacheco y Eduardo Jiménez Araya.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 25 de febrero del 2015.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045523).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Mercedes Ramírez Araya, mayor, divorciada, ama de casa, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad Nº 0600550186, y vecina de La Tigra de San Carlos, Alajuela, de la pulpería Rayo del Sol, 100 metros al oeste. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 12-100538-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 12 de agosto del 2013.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(IN2015045569).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de: María Petrona Parra Godoy, quien fuera mayor, soltera, ama de casa, costarricense, vecina de Juan de León, Central, Puntarenas, portadora de cédula Nº 6-0051-0453. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-100639-0642-CI. Promovente: María Camila López Parra. Causante: María Petrona Parra Godoy.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Jicaral, 03 de julio del 2015.—Licda. Esther Orias Obando, Jueza.—1 vez.—(IN2015045602).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso testamentario de: Antonio Torrelli Catinelli, quién fue mayor, casado una vez, industrial, vecino del cantón Central de San José, cédula de identidad Nº 08-0034-0563. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 15-000081-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 05 de junio del 2015.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—(IN2015045622).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notario por  Elena Whitter Chambers, mayor, cédula 7-0039-0502, mediante escritura 168-3, se declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de Stephen Whitter Whitter, quien fue mayor, casado una vez, cédula 7-0008-7052, cuyo último domicilio fue en Limón, Barrio Roosevelt, del gimnasio, doscientos metros oeste. Se emplaza a los interesados para que dentro del plazo de 30 días, a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notario a hacer valer sus derechos. Lic. Diego José Mata Morales, San Pedro de Montes de Oca, de Lanamme 100 metros oeste y 100 metros norte.—Lic. Diego José Mata Morales, Notario.—1 vez.—Solicitud Nº 34948.—(IN2015047550).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Gilberto Zumbado Bustos, mayor, soltero, cédula cuatro-cero ciento seis-cero novecientos cincuenta y nueve, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersone ante esta notaría en defensa de sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que sino se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 01-2015, Notaría de la Licda. Andrea Alvarado Sandi, Notaría Pública, ubicada en Heredia, San Pablo, Miraflores, número 144, teléfono 8840-6899, fax 2237-8221.—Licda. Andrea Alvarado Sandí, Notaria.—1 vez.—(IN2015048691).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Norma Elvira Martínez Francisco de Gross, a las diecisiete horas treinta minutos del once de junio de dos mil quince y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera Raymond Alfred Gross Hershmiller, mayor, casado una vez, Ingeniero Agrónomo, de nacionalidad Canadiense, vecino de San José, Ciudad Colón, Barrio La Trinidad, de la Gruta de La Trinidad cien metros al oeste, carné de residente pensionado número siete mil seiscientos sesenta y cuatro. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. William Fernández Sagot, sito en San José, calle tres, avenidas nueve y once, Condominios Travancor, primer piso, oficina ciento uno. Teléfono 2221-9545.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—(IN2015048708).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general, a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Modesto Pérez González, mayor, soltero, agricultor, vecino de Concepción de San Rafael, Heredia, Calle la Ciénaga, al final de tapia de cemento, cédula de identidad número: cuatro-cero cero cincuenta y ocho-cero cuatrocientos ochenta y ocho, a fin de que, dentro del plazo de treinta días concurran ante la Notaría del Licenciado William Villegas Badilla, sita en Santa Lucía de Barva, Heredia, doscientos metros este y setenta y cinco metros al sur de la Panadería Musmanni, quinta casa mano derecha, a hacer valer sus derechos. El sucesorio del causante se tramita bajo el expediente cero cero cero uno-dos mil quince. Se les apercibe a los interesados que en caso de no apersonarse dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Publíquese. Lic. William Villegas Badilla, Notario.—1 vez.—(IN2015048714).

Ante esta Notaría se ha declarado la apertura del sucesorio de quien en vida se llamase Irma Juana Peñalva Acuña, mayor, casada, ama de casa, cédula de identidad número 8-0079-745, falleció el 9 de febrero del 2015, en su último domicilio en San José, Curridabat, Hacienda Vieja. Se citan a todos los herederos, legatarios, acreedores y, en general, a todos los interesados para que, dentro del plazo de 30 días, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Dirección: San José, barrio Escalante, avenida 13, calle 31, N° 1146, correo electrónico: dbolanos@abogados.or.cr. fax: 2235-3405.—San José, 21 de julio del 2015.—Lic. Daniel Bolaños Zamora, Notario.—1 vez.—(IN2015048786).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 17:00 horas del 21 de julio del 2015, se declaró abierta la sucesión legítima en sede notarial de quien en vida fuera el señor Eduardo Enrique Roses Alvarado; casado una vez, pensionado, vecino de San Isidro de Coronado, cédula de identidad número tres-ciento noventa y siete-mil trescientos cincuenta y uno. Se cita y emplaza a los presuntos herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en el proceso, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, apercibidos de que no hacerlo y dentro del plazo, la herencia pasaría a quien corresponda. Para recibir notificaciones se señala esta Notaría, sita en San Isidro de Coronado, del Mas por Menos cien metros oeste y cien norte. Calle Mora.—Lic. Elías Enoc Márquez Ayala, Notario.—1 vez.—(IN2015048789).

Se hace saber que ante mi notaría Eida Lilliam López Elizondo, mayor, viuda una vez, ama de casa, cédula de identidad número cinco-ciento cuarenta y seis-cero cincuenta y seis; Erika Johanna Murillo López, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad número dos-quinientos cincuenta y seis-ochocientos veinte, ambas vecinas de Alajuela, Naranjo, El Rosario, Pilas, frente la iglesia católica; Yerly Patricia Murillo López, mayor, divorciada dos veces, ama de casa, cédula de identidad número uno-mil veinticuatro-novecientos nueve; Carol Andrea Murillo López, mayor, soltera, asistente administrativa, cédula de identidad número dos-seiscientos cuarenta y dos-quinientos treinta y seis, ambas vecinas de Alajuela, El Coyol, Urbanización Los Olivos, casa siete H; Shirley Ileana Murillo López, mayor, divorciada dos veces, comerciante, cédula de identidad número uno-novecientos cuarenta y nueve-quinientos ochenta y dos, vecina de Alajuela, Urbanización La Trinidad cien metros sur de Autos San Marino; y Jeffry Enrique Murillo López, mayor, soltero, electricista automotriz, cédula de identidad número dos-quinientos veinticuatro-ochocientos diez, vecino de Alajuela, Los Jardines, seiscientos metros oeste de la plaza de Ganado de Montecillos; han iniciado proceso sucesorio extrajudicial de quién vida fue Carlos Enrique Murillo Madrigal, quien fuera mayor, casado una vez, electricista automotriz, cédula de identidad dos-trescientos cuatro-cuatrocientos cuarenta y tres, vecino de Alajuela, Lotes Vargas, ciento cincuenta metros norte de la entrada; por ello se concede el plazo legal de treinta días establecidos en el artículo novecientos diecisiete del Código Procesal Civil, a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en este plazo, aquella pasará a quien corresponda legalmente, se tiene por hecho el inventario de bienes, se nombra albacea provisional a la señora Erika Johanna Murillo López de calidades ya citadas; quien aceptó el cargo y juró su fiel cumplimiento. Esta notaría se encuentra ubicada en Alajuela cien metros oeste del Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo, en Urbanización La Trinidad, Alajuela. Expediente N° 001-2015. Alajuela, 30 de julio. Lic. José Fermín Morales Campos, carné 11934, cédula de identidad 205270461.—Lic. José Fermín Morales Campos, Notario.—1 vez.—(IN2015048797).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue la señora Flavia Rosa Obando Álvarez, para que dentro del término de treinta días contados a partir de esta publicación, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponde. Notaría Bufete Rodríguez, 300 oeste y 20 sur del Correo de Heredia.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—(IN2015048808).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria de quien en vida se llamó Marcelino Saldaña Beita, cédula seis-cero cuarenta y cinco-setecientos tres, casado, agricultor, vecino de Neily de Corredores, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen y comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se apersonan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 002-1809-2015, notaría de Ricardo Moreno Navarro, teléfonos 8887-4696 – 2270-2658, correo electrónico: bufete.moreno@gmail.com.—Lic. Ricardo Moreno Navarro, Notario.—1 vez.—(IN2015048826).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Carlos Fallas Solano, mayor, casado una vez, pensionado, cédula tres-cero cero nueve uno-cero cuatro uno seis y María Isabel Corrales Carrillo, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula uno-dos cero seis-cero uno ocho ocho, ambos vecinos de San José, Quesada Durán, de la Merayo veinticinco metros norte, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 1-2015, notaría del Licenciado Julio Rojas Paniagua, San José, en avenida veinticuatro, calles trece y quince, casa trece sesenta y ocho, teléfono 2255-1440.—San José, 16 de julio del 2015.—Lic. Julio Rojas Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2015048829).

Se ha iniciado proceso sucesorio de los causantes: Enrique Mario de la Trinidad Zúñiga Rodríguez y María Herlinda Piedra Brenes en la Notaría ubicada: De la oficina de Tributación Directa en Cartago veinticinco metros oeste y veinticinco sur. Inicia el plazo para hacer valer sus derechos a partir de su publicación y durante el plazo de ley treinta días. Cartago primero de agosto del dos mil quince. Al ser las diez horas cero minutos. Expediente cero cero uno dos mil quince. Es todo.—Licda. Luz María Machado Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2015048835).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Carlos Luis González López, a las diecisiete horas del veinticuatro de julio del año dos mil quince y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quienes en vida fueran Gonzalo González Rodríguez y María Teresa López Sánchez, ambos mayores, casados una vez entre sí, el primero comerciante, la segunda ama de casa, el primero con cédula de identidad número cuatro-cero cincuenta y siete-trescientos veintitrés, la segunda con cédula de identidad dos-ochocientos setenta y cinco-seiscientos veintiséis, ambos con último vecindario en Barrio San Martín de Nicoya, Ciudadela Camino al Futuro, de la Escuela San Ambrosio ciento cincuenta metros norte y ciento cincuenta metros al este. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. (Exp. N° 1-07-2015). Notaría del Lic. Ricardo Jiménez Villalobos, Nicoya, Guanacaste, 75 metros al oeste de la esquina noroeste de los Tribunales. Teléfono 2686-6823.—Lic. Ricardo Jiménez Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2015048849).

Notario Alonso Rodríguez Vargas. Escritura 352-03 de las 18:00 horas 17 de noviembre del 2014, apertura de proceso sucesorio en sede notarial de Dorilo Chaves Rojas conocido como Danilo Chaves Rojas, cédula 4-0051-00115. Promovida por Danilo Chaves Ramírez, cédula 4-0102-443. Se convoca a los interesados a que por el plazo de ley se presenten a hacer valer sus intereses en mí Notaría costado norte del parque central de Barva de Heredia, teléfono 8725-1453 o al fax 2261-4214.—Lic. Alonso Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2015048907).

Álvaro Castillo Castro, notario público con carné número cuatro mil quinientos ochenta y siete, hace saber que ante el suscrito notario se ha abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fue don José Antonio conocido como José Luis Redondo Gómez, cédula de identidad número tres-cero setenta y ocho-quinientos sesenta y nueve. Se cita a posibles herederos, legatarios, acreedores, y en general, a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este aviso, comparezcan ante el suscrito notario a hacer valer sus derechos, apercibidos, los que crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan dentro en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Álvaro Castillo Castro, Notario.—1 vez.—(IN2015048961).

Se cita y emplaza a todos los interesados, herederos, legatarios o acreedores, en el proceso sucesorio notarial del señor Ricardo Brenes Arguedas, quien en vida fue, mayor, casado una vez, agente aduanal, vecino de Calle Blancos, Goicoechea, de la Plaza de Deportes de Calle Blancos cuatro cuadras al este y 50 metros al norte, Residencial El Progreso, casa veintitrés E, con cédula de identidad número 1-266-731, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos y se les apercibe de que si así no lo hicieren la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0002-2015.—Licda. Ana Cecilia de Ezpeleta Aguilar, Notaria.—1 vez.—(IN2015048968).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Tomas Corella Cruz, mayor, casado, pensionado, con cédula de identidad número dos-ciento cincuenta y siete-seiscientos cuarenta y seis y vecino de Villa Hermosa de Alajuela, casa número cincuenta y tres, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este Edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan a la Notaría del Licenciado Óscar Mario Pacheco Murillo, ubicada en Alajuela, Urbanización La Trinidad de Coopealajuela doscientos metros al sur y setenta y cinco al este, casa número veinticinco, la herencia pasará a quienes corresponda. Expediente número 001-2015. Lic. Óscar Mario Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—(IN2015048992).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Alba San Gil Hernández, Eradio San Gil Hernández y Susana San Gil Hernández y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Eradio San Gil Suárez, quien en vida fue mayor de edad, casado en primeras nupcias, empresario, vecino de San José, cédula de identidad número ocho-cero cero treinta y cinco-cero novecientos noventa y uno. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Enrique Carranza Echeverría, Notario Público con oficina en la ciudad de San José, Montes de Oca, San Pedro, Los Yoses, Central Law.—Lic. Enrique Carranza Echeverría, Notario.—1 vez.—(IN2015049013).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Olga Vásquez Garita, quien fuera mayor, casada una vez, comerciante, vecina de Heredia, portadora de la cédula de identidad número: tres-cero doscientos veinticinco-cero novecientos once, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos ante la Notaría del notario público Jorge Fredy Chacón Villalobos, en oficinas BLC & CEN Abogados y Contadores, ubicadas en San José, Goicoechea, de la esquina noreste de los Tribunales cien metros al este, en dicha oficina con el Licenciado Mamfled Johel Ureña Morales se les apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentaren dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Procedimiento Sucesorio Extrajudicial de Olga Vásquez Garita. Expediente número: 0002-2015. Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario Tramitador.—San José, a las once horas del día veintiuno de junio del año dos mil quince.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2015049017).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Adán Gerardo Segura Ortega, quien fuera mayor, casado una vez, Educador, vecino de San José, Desamparados, Los Guido, portador de la cédula de identidad número: seis-cero ciento siete-mil doscientos veintiuno, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos ante la Notaría del Notario Público Jorge Fredy Chacón Villalobos, en oficinas Bufete Chacón Villalobos, ubicadas en San José, Goicoechea, de la esquina noreste de los Tribunales cien metros al este, en dicha oficina con el Licenciado Mamfled Johel Ureña Morales se les apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentaren dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Procedimiento sucesorio extrajudicial de Adán Gerardo Segura Ortega. Expediente número: 0003-2015. Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario Tramitador.—San José, a las nueve horas del día veintiuno de julio del año dos mil quince.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2015049019).

Se cita y emplaza a todos los interesados en las sucesiones de quien en vida se llamaron Emilce Espinoza Hernández, mayor, casada una vez, oficios del hogar, cédula de identidad número: 4-0069-189, y Carlos Porras Vargas, mayor, casado una vez, ebanista, cédula de identidad: 1-0166-0825, ambos vecinos de San José, Ciudad Colón, 100 metros al Este y 50 metros Norte del cementerio, a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hacen dentro del término indicado la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° A-01-2015. Notaría del Lic. Gustavo Adolfo Fernández Badilla, ubicada: San José, Alajuelita, 100 metros oeste y 50 metros norte de la Escuela Abraham Lincoln, casa a mano derecha. Es todo.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Badilla, Notario.—1 vez.—(IN2015049123).

Se emplaza en la sucesión de quien en vida fue Juan Manuel Zárate Hernández, mayor, casado una vez, cédula cuatro-cero cero nueve ocho-cero siete nueve cero, fallecido el veinte de mayo del dos mil trece, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación, se apersonen a hacer valer sus derechos, si no se presentan dentro del mencionado plazo, la herencia pasa a quien corresponde. San José, a las trece horas del día tres de junio del año dos mil quince. Notaría de la Licenciada Gladys Barrantes Quesada, carné 20836.—Licda. Gladys Barrantes Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2015049132).

Yo, Zoila Araya Moreno, Notaria Pública, hago constar que ante mi notaría, ubicada en la Virgen de Sarapiquí costado sur del Banco Nacional, se tramita bajo el expediente número: cero cero cero uno-dos mil quince, sucesión ab intestada de Francisco Álvarez Zamora, quien era mayor, casado una vez, comerciante, cédula número dos- doscientos sesenta y siete-seiscientos setenta y uno, vecino de la virgen de Sarapiquí, Heredia, quien falleció el catorce de noviembre del dos mil trece, en Uruca Central San José, por lo que emplazo a todos los herederos, legatarios, acreedores, y demás interesados en este proceso para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto en La Gaceta, se apersonen ante esta Notaría en la dirección dicha, a hacer valer sus derechos.—La Virgen de Sarapiquí a las quince horas del día veintiocho de julio del dos mil quince.—Licda. Zoila Araya Moreno, Notaria.—1 vez.—(IN2015049148).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Chen Yuan Deng Peng, mayor, casado una vez, Empresario, cédula de identidad ocho-cero cero cincuenta y nueve-cero seiscientos, con último domicilio en San José, Sabana Sur, de la Contraloría General de la República, cuatrocientos metros sur y veinticinco este, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-15. Notaría de Isabel María Vásquez Rojas e Isabel Nozzara Moreno Vásquez.—Licda. Isabel María Vásquez Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2015049195).

El suscrito Notario hace de conocimiento a herederos e interesado que ante su notaría se procedió a dar apertura al sucesorio acumulado en Sede Notarial de quien en vida fue Jorge Luis Salmón Carballo, mayor, casado una vez, arquitecto, con cédula de residencia numero cuatrocientos diez-ciento ocho mil quinientos veintiuno-doscientos diecisiete, vecino de Curridabat, Urbanización Barquía, del edifico real, doscientos metros al norte y trescientos al este. Se da aviso a quienes tengan interés que deberán apersonarse ante esta notaría situada en esta capital, Escazú, Avenida Escazú, edifico doscientos dos, oficina cuatrocientos cuatro, bufete Rivero y Abogados, a hacer valer sus pretensiones o manifestar lo que en derecho corresponden.—Lic. Herman Mora Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2015049256).

Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, en la sucesión en sede notarial de quién en vida fue Gloria Mora Carvajal, mayor, casada una vez, del hogar, portaba la cédula de identidad número tres-ciento cincuenta-trescientos ochenta y ocho, vecina de San Pablo de Oreamuno, Cartago, un kilómetro al este de la iglesia Católica de la localidad, que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación del edicto, que se publicará por una vez en el Boletín Judicial, se apersonen ante esta Notaría en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si lo hicieren la herencia pasará a quien corresponda, quienes deberán señalar lugar para oír notificaciones en la ciudad de Cartago, dentro del perímetro de esta Notaría, también podrán señalar como medio para oír notificaciones por el sistema de fax, siempre que se comprueba que el mismo está en uso y en buenas condiciones, ya que si no lo estuviera y se intente al menos cinco veces con intervalos de diez minutos, el envío del documento mediante este sistema y si no se pudiere enviar, se indicará así por parte de la Notaría y quedará notificado desde la fecha que conste tal razón. Así mismo en caso de señalar oficina, si su dirección fuere imprecisa o incierta se tendrá por notificados en el transcurso de veinticuatro horas, a partir del momento en que se expida la resolución respectiva. Se pone en conocimiento de las partes interesas, que la dirección de esta Notaría lo es en Cartago, Cot de Qreamuno, de la Central del ICE veinticinco metros al norte, el fax es el número dos-quinientos cincuenta y uno-doce veintiuno. Notaría del bufete de la Licenciada Lisbeth Castillo Barquero.—Cartago, treinta y uno de julio del dos mil quince.—Licda. Lisbeth Castillo Barquero, Notaria.—1 vez.—(IN2015049268).

Que a esta notoria, ha llegado solicitud de apertura de sucesorio ab intestato en sede notarial de quien en vida fue la señora: Martha Cruz Artavia, mayor, casada una vez, portadora de la cédula de identidad N° 4-0092-832, fue vecina de San José, León Trece. De conformidad con lo establecido en la legislación vigente se cita y emplaza por el plazo de 30 días a los herederos, legatarios, acreedores, e interesados en general, hacer valer sus derechos ante esta notaría, sito en: Provincia: San José, cantón: San José, ubicación exacta en Barrio Bellavista, casa dos, tres, tres, sito en calles: Calle diecisiete, avenidas dos y cuatro, sobre el Boulevard Ricardo Jiménez, de lunes a viernes, oposición que debe ser dejada por escrito en la recepción de dicho lugar, en caso de ocupar copias del expediente pedirlo por escrito y se le entregarán gratuitamente. Esta prevención es para quienes crean tener derecho a la herencia si no se presentan dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Es todo. Firmo en San José, a las ocho horas del día martes veintiocho de julio del dos mil quince.—Lic. Andrés de Jesús Durán López, Notario.—1 vez.—(IN2015049285).

Se cita y emplaza a los interesados, herederos, legatarios y demás interesados en la sucesión de quién en vida se llamó Arturo Rojas Gómez, mayor de edad, casado una vez, guarda de seguridad, de la misma dirección del compareciente, portador de la cédula de identidad tres-cero cero setenta y uno-cero quinientos dos, quién falleció el día veintiséis de julio del año mil novecientos noventa y cinco, para que en el término de treinta días contados a partir de la publicación del presente edicto, se apersonen ante mí notaría ubicada en San José, calle 13, entre avenidas 8 y 10, Edificio 817, a hacer valer sus derechos. La misma se tramita bajo el expediente notarial número 01-2.015.—03 de agosto del 2015.—Lic. Luis Diego Araya González, Notario.—1 vez.—(IN2015049286).

Se cita y emplaza a los interesados en la sucesión testamentaria de José Campos Quesada, quien en vida fue mayor, casado en primeras nupcias, empresario, cédula dos-ciento cuarenta y cinco-trescientos veintitrés, vecino de Dulce Nombre de Nicoya, Guanacaste, un kilómetro y medio sureste de la plaza de deportes. Para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Exp. N° 0020-2015. Notaría del Bufete Arias.—Licda. Anabel Arias Pérez, Notaria.—1 vez.—(IN2015049290).

Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión en Sede Notarial de quien en vida fue, Marco Tulio Oviedo Porras, mayor, casado una vez, chofer, cédula de identidad uno cero dos nueve uno cero siete dos siete, vecino de San José, Santa Ana, de la Escuela Isabel La Católica, setenta y cinco metros oeste y setenta y cinco metros sur, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, se apercibe que los que crean tener capacidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0003-2015.—Licda. Nadia Vanessa Rodríguez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2015049300).

Ante mí, Franklin Segura López, Notario Público con oficina en Cañas, Guanacaste, contiguo al Registro Civil, bajo el expediente número cero cero uno-dos mil quince, se tramita la sucesión de quien en vida se llamara: María Teresa Leitón Ramírez, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad número cuatro-cero sesenta y nueve-setecientos cincuenta y tres; por lo que se emplaza a los interesados para que en el término de treinta días contados a partir de la publicación de este aviso se apersonen a esta Notaría a hacer valer sus derechos.—Cañas, Guanacaste, diecisiete de julio del dos mil quince.—Lic. Franklin Segura López, Notario.—1 vez.—(IN2015049301).

Se hace saber: Que ante la Notaría del Licenciado Roberto Marín Segura, Notario público con oficina en Paracito de Santo Domingo de Heredia, cien metros norte de la iglesia católica, se tramita el proceso sucesorio, de quien en vida fue Flor María Castro Castro, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Moravia, San Jerónimo, Platanares, de la iglesia seiscientos metros al oeste, cédula de identidad número uno-dos tres cuatro- tres nueve cuatro. Por este medio se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del término de treinta días, contados a partir de la publicación del presente edicto, comparezcan ante dicho Notario a hacer valer sus derechos, advertido de que si no se apersonan dentro del referido plazo, la herencia pasará a quien se apersone y legalmente corresponda.—Heredia, 31 de julio del 2015.—Lic. Roberto Marín Segura, Notario.—1 vez.—(IN2015049329).

Se convoca a todos los interesados herederos y terceros de buena fe en la sucesión de: Ángela Torres Arias, cédula: 2-0252-0542, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, comparezcan ante esta Notaría, Heredia, Santa Elena de San Isidro, cien sur de Restaurante Las Orquídeas, casa tipo chalet, teléfonos: 8302-1000, fax: 2258-5151, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda en derecho. Expediente N° 08-2015. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Heredia, quince de julio del dos mil quince.—Lic. Juan Ernesto Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.—(IN2015049339).

Ante mi notaría, situada en Oficentro La Sabana, Edificio dos, piso dos, se tramita el expediente cero cero nueve-dos mil quince, que es sucesorio ab intestato de quien en vida fue Sigifredo Villalobos García, mayor, casado una vez, vecino de San Isidro de Heredia, pensionado, cédula número: 4-067-962. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 917 del Código Procesal Civil se cita y emplaza a todos los interesados, herederos, legatarios y acreedores en esta sucesión para que dentro del plazo de treinta días a partir de esta publicación se apersonen para hacer valer sus derechos, con el apercibimiento para aquellos que se crean con derecho a la herencia de que de no hacerlo, la herencia pasará a quien corresponda.—Lic. Wagner Chacón Castillo, Notario.—1 vez.—(IN2015049406).

Se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión legítima notarial de Dinorah Montero Matamoros, quien en vida fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San Juan de Tibás, cédula número 1-0345-0033, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a esta Notaría situada en Tibás, 50 metros Norte del Cruce de Llorente con Colima, en defensa de sus derechos; bajo el apercibimiento de que en caso de que no lo hicieran la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Asimismo, deben señalar medio, casa u oficina dentro del perímetro de Tibás donde atender notificaciones. Expediente N° 05-2014. Sucesión de Dinorah Montero Matamoros.—Lic. Jorge Antonio Salas Bonilla, Notario.—1 vez.—(IN2015049416).

Mediante acta de apertura otorgada ante este notario por María Eugenia Mata Chinchilla, mayor, cédula 1-0331-0703, mediante escritura 171-3, se declara abierto el procesos sucesorio testamentario de Julio Enrique Chinchilla Rodríguez, quien en vida fue mayor, casado una vez, empresario, vecino de Sabanilla de Montes de Oca, Cedros, frente a la Iglesia Católica, cédula 1-0276-0334. Se emplaza a los interesados para que dentro del plazo de 30 días, a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante este notario a hacer valer sus derechos. Lic. Diego José Mata Morales, San Pedro de Montes de Oca, de LANAMME, 100 metros oeste y 100 metros norte.—Lic. Diego José Mata Morales, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 35183.— (IN2015050764).

Avisos

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de la menor Alicia Vargas Marín, hija de Maura Vargas Marín, para que se apersonen a este Juzgado, dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente Nº 15-000517-1302-FA. Clase de asunto depósito judicial, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia de San Carlos.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 17 de junio del 2015.—Lic. Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, Jueza.—Exento.—(IN2015042817).   3 v. 3

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de los menores, Britany Valeria y Enyel Jafeth ambos de apellido Morales Mora, para que se apersonen a este Juzgado, dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Clase de asunto depósito judicial. Expediente Nº 15-000519-1302-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 24 de junio del 2015.—Lic. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—Exento.—(IN2015042822).                                                                             3 v. 3

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial del menor Jafeth Daniel Sandoval Almanza, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. En otro orden de ideas se avisa a la señora Keila Sandoval Almanza, mayor, nicaragüense, únicos datos conocidos, que en este Juzgado se tramita el expediente N° 14-000205-1302-FA, correspondiente a diligencias de depósito judicial de menor, promovidas por el licenciado William Rodríguez Matamoros, Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia de Los Chiles, Frontera Norte, donde se solicita que se apruebe el depósito del menor Jafeth Daniel Sandoval Almanza. Se le concede el plazo de tres días, para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias. Expediente N°14-000205-1302-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 23 de febrero del 2015.—Msc. Marilene Herra Alfaro, Jueza.—Exonerado.—(IN2015042921).  3 v. 3

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la menor Yadixa Allison Hernández Bazan, hija de Rosibel Hernández Bazán, para que se apersonen a este Juzgado, dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Proceso depósito judicial de menor. Expediente Nº 15-000564-1302-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 30 de junio del 2015.—Licda. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—Exento.—(IN2015043762).           3 v. 2

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela de la menor Yazmin Esmeralda Calderón Madrigal, quien es menor de edad, hija de Flor Esmeralda Calderón Madrigal, nacida en Liberia centro el 31 de octubre del 2013, ya por haber sido nombrados, ya por corresponderles la legítima, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente N° 15-000371-0938-FA. Proceso tutela. Promovente: Guiselle Calderón Madrigal.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 8 de julio del 2015.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—Exonerado.—(IN2015044139).                                                                                 3 v. 1.

Lic. José Pablo Calvo Calvo, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber a Rosa Solano Montenegro, en este Despacho se interpuso un proceso curatela en su contra, bajo el expediente número 14-000444-0187-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: 426-15. Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial, Goicoechea, a las diez horas diez minutos del ocho de junio del dos mil quince. Proceso de actividad judicial no contenciosa interdicción y curatela promovido por Rosa Solano Montenegro, mayor, viuda una vez, comerciante, vecina de San Rafael de Montes de Oca, cédula de identidad número 3-197-614. Resultando:1º—…, 2º—…, 3º—…, Considerando: I°—…, II.—…, III.—…, IV.—…, V.—…, Por tanto: De conformidad con lo expuesto, artículos 99, 153, 155, 819, 820, 867, 868, 869 y 870 del Código Procesal Civil, 466 del Código Civil, 43 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elección y del Registro Civil, 230, 231, 232, 235, 238 y 241 del Código de Familia, el presente proceso de actividad judicial no contenciosa, incoado por Rosa Solano Montenegro se falla de la siguiente forma: 1) Se declara el estado de interdicción a: José Luis Solano Solano. 2) Se nombra como curadora del incapaz, a Rosa Solano Montenegro, a quien se le previene comparecer a aceptar el cargo, dentro de tercero día; o a exponer el motivo de excusa que tuviere. 3) Aceptado que sea el cargo por la curadora, se deberá presentar en los próximos días a prestar el juramento de que cumplirá el cargo con fidelidad. 4) Con el fin de que la curadora represente al incapaz, en los asuntos judiciales en los que Este se halle interesado, se le dará certificación de la respectiva acta y de esta sentencia. 5) La curadora deberá presentar el inventario y el avalúo de todos los bienes de la incapaz, incluyendo lo relativo a alguna pensión que eventualmente reciba. 6) Firme esta sentencia, la ejecutoria deberá publicarse en el periódico oficial e inscribirse en el Registro Nacional, Sección de Personas y Sección de Propiedad, así como en el Registro Civil. 7) El cargo de curadora lleva implícito el deber de representar legalmente, al inhábil, y administrar sus bienes. 8) Igualmente, es 9) Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Sin embargo, los gastos del procedimiento se cargarán al patrimonio del incapaz. 10) Firme esta sentencia se ordena su inscripción al margen de las citas del Registro de San José, Sección de Nacimientos, al uno-mil veintiocho-cuatrocientos veintidós ochocientos cuarenta y tres. (1-1028-422-843).—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. José Pablo Calvo Calvo, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2015043482).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de Randy Gerardo Gutiérrez; cédula 9-130-415 antes con pasaporte de Estados Unidos de América número 434012574, y Gary Gerald Gutiérrez, cédula 9-130-445 antes con pasaporte de Estados Unidos de América 434012575, ambos son mayores, solteros, sin oficio, de nacionalidad estadounidenses, hijos de Carlos Gutiérrez González y María Arguedas Molina, vecinos de Barrio Santa Fe de Ciudad Quesada; para que conforme con el artículo 236 del Código de Familia se presenten a encargarse de dicha curatela dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de declaratoria de insania de Randy Gerardo Gutiérrez y Gary Gerald Gutiérrez, promovido por María Arguedas Molina. Expediente número 15-000387-1302-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 1º de julio del 2015.—Licda. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2015043761).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de Miguel Gómez Gutiérrez; conforme con el artículo 236 del código de familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de María del Roció Gómez Céspedes. Expediente número 15-001095-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 7 de julio del 2015.—Licda. Cristina Dittel Masis, Jueza—1 vez.—Exento.—(IN2015043763).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Miguel Andrés Jiménez Obando, quién es mayor, soltero, número de cédula 1-1460-0739, vecino de Alajuelita. Expediente número 2015-400102-0216-FA.—Licda. Alinne Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2015043766).

Msc. Ramón Zamora Montes, Juez del Juzgado de Familia Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber a todos los interesados, que ante este Despacho, se tramitó proceso de insania, bajo el expediente número 13-002591-0165-FA, promovido por la señora Rosy Anel Jara Hernández en favor de Fabio Jara Solís. Dentro de dicho proceso, se dictó sentencia a las quince horas del doce de marzo del dos mil quince, número 170-2015, que en lo conducente dice: diligencias de actividad judicial no contenciosa de declaratoria de insania promovidas por Rosy Anel Jara Hernandez, mayor, casada, ama de casa, vecina de Curridabat, cédula 1-774-582, en favor de su padre Fabio Jara Solís, mayor, casado, pensionado, vecino de Sabanilla de Montes de Oca, cédula 1-262-498. Resultando: I.—Considerando I.—Hechos probados: 1º—, 2º—, 3º—, 4º—, 5º—, 6º—II.—Sobre el fondo... Por tanto, con base en lo expuesto, y normas citadas, se falla: se declara la insania del señor Fabio Jara Solís y se designa como su curadora definitiva a su hija Rosy Anel Jara Hernández. La curadora designada deberá aceptar el cargo dentro del plazo de cinco días una vez firme este fallo. La aceptación la podrá hacer mediante memorial debidamente autenticado por un profesional en derecho, o por acta en el Despacho, compareciendo la persona designada en forma personal. También deberá presentar un inventario y avaluó de los bienes que tenga inscritos a su nombre el insano, incluyendo cualquier ingreso o ayuda económica que perciba, debidamente certificado, para cumplir con este requisito se le otorga a la curadora designada el plazo de treinta días, una vez aceptado el cargo. La curadora deberá rendir garantía de la administración que establecen los artículos 199, 201, 203, 204 y concordantes del Código de Familia, la cual se fijará una vez que se cuente con el inventario y avalúo de bienes aquí ordenado. Además deberá rendir las cuentas anuales con los documentos justificativos del caso, esto de conformidad con lo que establecen los artículos 215, 218 y 221 del Código de Familia. Firme esta sentencia deberá ser publicada una vez en el Boletín Judicial y se inscribirá en el Registro Público, sección de personas. Los gastos del procedimiento son a cargo del patrimonio del insano. Notifíquese. Expediente Nº 13-002591-0165-FA.—Juzgado de Familia Segundo Circuito Judicial de San José, 31 de enero del 2013.—Msc. Ramón Zamora Montes, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2015043771).

Laura Trejos Ramírez, Jueza de Familia, Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, hace saber que en proceso de reconocimiento de hijo de mujer casada Nº 2013-400212-216-FA promovido por Nelson Rojas Calderón, se ha dictado la resolución que en lo que interesa dice: “Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, a las nueve horas del quince de junio del dos mil quince. Se tienen por establecidas las presentes diligencias de reconocimiento de hijo de mujer casada promovido por Nelson Rojas Calderón, a favor del menor Santiago Bermúdez Chavarría. De las mismas se confiere audiencia al Patronato Nacional de la Infancia, por el plazo de tres días. A folio 5 se tiene por apersonada a Eliana Chavarría Matarrita. Constando en autos el depósito correspondiente se nombra como curador procesal del demandado Boris Bermúdez Borges, a la Licenciada, Floribeth María Paniagua Saravia, cédula 107840210, quien se localiza al teléfono 2279-1665/ celular 8324-6883/ correo floripanigua@hotmail.com, a quien se le previene para que dentro del plazo de tres días se presente a aceptar el cargo. Lo anterior bajo el apercibimiento de que de no hacerlo, se entenderá que no tiene interés en dicho nombramiento, y se procederá a la sustitución, sin necesidad de ulterior resolución que lo ordene, previa comunicación a la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial. Se les previene a las partes, que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el consejo superior, en sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo lxii, circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax deber ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Se ordena notificar el presente asunto al señor Bermúdez Borges por medio de edicto de ley. Por haber menores involucrados en el presente asunto se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia, así mismo, por haberlo así dispuesto el consejo superior, en concordancia con la política de género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Kvu.” Notifíquese.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita.—Licda. Laura Trejos Ramírez. Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2015043772).

Msc. Ramón Zamora Montes, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; se hace saber, que en este Despacho, se interpuso un proceso insania a favor de David Alexis Elizondo Mora, bajo el expediente número 14-001036-0165-FA donde se dictó la sentencia número 445-2015 de las siete horas y cincuenta y seis minutos del diez del junio de dos mil quince literalmente dicen: Diligencias de actividad judicial no contenciosa de declaratoria de insania promovidas por Sonia María Elizondo Mora, mayor, divorciada, ama de casa, cédula de identidad número seis-doscientos seis-ochocientos veintiocho, vecina de León XIX Tibás, San José, en favor de David Alexis Elizondo Mora, mayor, soltero, desempleado, cédula de identidad número siete-ciento treinta y tres-cero cincuenta y uno, vecino de León XIX Tibás, San José. Resultando: I.—II.—Considerando: I.—Hechos probados: II.—Respecto al fondo: por tanto: con base en lo expuesto, y normas citadas, se falla se declara insano a David Alexis Elizondo Mora, y se designa como su curadora definitiva a la señora Sonia María Elizondo Mora, quien deberá aceptar el cargo dentro del plazo de cinco días una vez firme este fallo, la aceptación la podrá hacer mediante memorial debidamente autenticado por un profesional en derecho, o por acta en el Despacho, compareciendo en forma personal. la curadora deberá presentar un inventario y avalúo de los bienes que tenga inscritos a su nombre el insano, incluyendo en dicho inventario, si fuera el caso, cualquier tipo de pensión de la que pudiera estar siendo beneficiario dicho insano, para cumplir con este requisito se le otorga el plazo de treinta días, una vez aceptado el cargo. se le hace ver a la curadora que deberá rendir garantía de la administración que establecen los artículos 199, 201, 203, 204 y concordantes del Código de Familia, la cual se fijará una vez que se haya presentado el inventario y avalúo de los bienes del insano, momento en que se valorará la posibilidad de eximirla de dicha garantía. La curadora deberá rendir las cuentas anuales con los documentos justificativos del caso, esto de conformidad con lo que establecen los artículos 215, 218 y 221 del Código de Familia. Firme esta sentencia deberá ser publicada una vez en el Boletín Judicial y se inscribirá en el Registro Público, sección de personas. Los gastos del procedimiento son a cargo del patrimonio del insano. Lic. Héctor Luis Ruiz Salas, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso insania promovido por Elizondo Mora Sonia María. Expediente Nº 14-001036-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de junio del 2015.—Ramón Zamora Montes.—1 vez.—Exento.—(IN2015043773).

Con ocho días de plazo se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados en las diligencias número 14-300077-0239-LA-0 (84-14), que es consignación de prestaciones del trabajador fallecido Graciela Avila Silesky, quien en vida fue mayor, costarricense, viuda, pensionada, vecina de hatillo 2, cuya cédula de identidad fue la número 1-0234-0041, con el fin de que se apersonen a los autos en resguardo de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren el dinero pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior por haberse ordenado así dentro de las diligencias promovidas por Dina Lucrecia Fernández Avila.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Hatillo, 6 de julio del 2015.—Lic. José Manuel Chaves Redondo, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2015043774).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Gerardina Mayela Vargas Núñez mayor, casada, ama de casa, cédula de identidad 0601500993, vecina de Curridabat, encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Gerardina Mayela, por el de Mayela mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Exp. 15-000049-0183-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de mayo del 2015.—Lic. Juan Carlos Meoño Nimo, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015044127).

Se avisa a los señores Jacqueline Torres Martínez, mayor de edad, nacionalidad nicaragüense, de demás calidades y domicilio desconocidos y a José Pablo Segura Palma, mayor de edad, costarricense, portador de la cédula de identidad 1-1253-0051, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este juzgado, se tramita el expediente 15-000076-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Yordi José Segura Torres. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 5 de febrero del dos mil quince.—MSc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015044128).

Se avisa que en este Despacho el señor Eric Francisco Johanning Castillo, solicita se apruebe la adopción individual (hijo de cónyuge) de la persona menor de edad Jorge Arturo Ulloa Corrales. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 15-000096-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de febrero del 2015.—Msc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015044130).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania promovido por Doris Yanneth Porras Vargas en favor de Doris Alejandra Ramírez Porras. Expediente número 15-000170-0675-FA-D.—Juzgado de Familia de Turrialba, 5 de junio del 2015.—Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015044132).

Se avisa al señor José Manuel Mora Picado, mayor de edad, portador de la cédula de identidad 1-1147-0231, de domicilio y demás calidades desconocidas que en este juzgado, se tramita el expediente 15-000237-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Keymyly Malena Mora Zúñiga. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 30 de junio del dos mil quince.—MSc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015044134).

Se avisa, a los señores Andrés Said Ledezma Herrera y María Daniela Hotson Hernández, ambos mayores, costarricenses, cédulas de identidad N° 1-1652-643 y 2-789-487 respectivamente, con demás calidades y domicilio desconocidos, son representados por la curadora procesal Licenciada Sharon Cinchilla Villalta, hace saber que existe proceso N° 15-000298-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Coleman Snayder Ledezma Hotson establecido por la Licenciada María Elena Roig Vargasa en calidad de representante legal del Patronato Nacional de la Infancia en contra de Andrés Said Ledezma Herrera y María Daniela Hotson Hernández, se ha dictado la resolución de las diez horas cuarenta y nueve minutos del quince de mayo del dos mil quince, en la que se les concede el plazo de cinco días para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se les advierte a los accionados que si no contestan en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Lic. Héctor Luis Ruiz Salas, Juez.—Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia, 22 de junio del 2015.—MSc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015044136).

Se avisa que en este Despacho los señores Michael Enrique Briceño Corredera y Nancy Patricia Meneses Rivas, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Marcela Alexandra Meneses Rivas. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 15-000380-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 30 de junio del 2015.—Msc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015044141).

Se avisa a la señora Yoryiluz Umanzor Umanzor, de nacionalidad nicaragüense, de domicilio y demás calidades desconocidas que en este juzgado, se tramita el expediente 15-000388-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Aaron Josué Mayorquín Umanzor. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 1° de julio del dos mil quince.—MSc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015044144).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de Juan Camareno Pineda, mayor de edad, viudo, vecina de Liberia, Guanacaste, con cedula de identidad N° 05006200340, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Juan Camareno Pineda que promueve la señora Jennifer Carranza Camareno. Expediente número 15-000389-0938-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 8 de julio del 2015.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015044146).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 15-000996-0292-FA, los señores Giuseppe D´Alessandro Fornabaio y Kattia Vanessa Otárola Víquez, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Valentina de los Ángeles Mena Luna. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 3 de julio del 2015.—Msc. Patricia Vega Jenkins, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015044149).

Laura Trejos Ramírez, Jueza de Familia del Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita hace saber que en proceso de reconocimiento de hijo de mujer casada N° 2015-400196-216-FA promovido por James Rodas Castro contra Lázaro Manuel Matías Benitez se ha dictado la resolución que en lo que interesa dice: “Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita. A las nueve horas cuarenta minutos del veintidós de junio del dos mil quince. Se tienen por establecidas las presentes diligencias de Reconocimiento de Hijo de Mujer Casada promovido por James Rodas Castro a favor del menor Daniel David Matías Castro. De las mismas se confiere audiencia al Patronato Nacional de la Infancia, por el plazo de tres días, por el mismo plazo otorgado se le confiere audiencia a los padres registrales del menor, señores Lázaro Manuel Matías Benitez y Karol Tatiana Castro Alfaro. Se les previene a las partes, que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado, artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax deber ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Para notificar al padre registral Lázaro Manuel Matías Benitez, se hará por medio de edicto de ley. Para notificar a la madre señora Karol Tatiana Castro Alfaro, se hará por medio de la Policía de Proximidad de Alajuelita la misma se localiza en Alajuelita, Calle Cochea, del Abastecedor San Luis 75 al sur, casa color terracota. Se ordena remitir oficio dirigido a la Defensa Pública de Hatillo, a efecto de que se sirvan nombrarle curador procesal al señor Matías Benitez, toda vez que de la información que rola a folios 10 y 11 consta que el mismo no ha ingresado al país. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Para notificar al ente aludido, se comisiona al Notificador del despacho, en el albergue en Hatillo dos. Notifíquese.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita.—Licda. Laura Trejos Ramírez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045018).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita proceso de declaratoria de ausencia promovido por mayor, Xinia de Jesús Ruiz Solís, cédula de identidad número 6-0255-0868; encaminado a solicitar la ausencia de Josef Thelen, mayor alemán, casado una vez, comerciante, vecino de Goicoechea pasaporte número D 15262047314. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de tres meses contados a partir de la última publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Exp. 15-000052-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 19 de junio del 2015.—Lic. Juan Carlos Meoño Nimo, Juez.—1 vez.—(IN2015045069).

Lic. Yudy Campos Gutiérrez, juez del Juzgado Primero de Familia de San José, hace saber a Francisco Iturvides Perea Martínez, documento de identidad N° 0016471260, pasaporte CC-16471260 vecino de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso abreviado de nulidad matrimonio en su contra, bajo el expediente N° 14-001329-0186-FA, con el cual solicitan que en sentencia se declare lo siguiente: 1) La nulidad del matrimonio celebrado entre Francisco Iturvides Perea Martínez y Marjorie Rivas Miranda, al tratarse de matrimonio simulado, 2) Que la tratarse de un matrimonio simulado, se anule la inscripción del acto matrimonial y la citas N° 1-0481-049-0098, 3). Que se imponga a los demandados el pago de las costas e intereses sobre éstas. Lo anterior se ordena así en proceso nulidad matrimonio de El Estado contra Francisco Iturvides Perea Martínez y otra; expediente Nº 14-001329-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 23 de junio del año 2015.—Lic. Yudy Campos Gutiérrez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045244).

Msc. Patricia Vega Jenkins, jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Diana Mildreth Jaramillo Galvis, en su carácter personal, quien es mayor, casada una vez, de nacionalidad colombiana, de domicilio desconocido, portadora del pasaporte PCC42143382, se le hace saber que en demanda divorcio, establecida por Anthony Robles Hernández contra Diana Jaramillo Galvis, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, A las nueve horas y dos minutos del siete de julio de dos mil quince. De la anterior demanda abreviada de divorcio establecida por el accionante Anthony Robles Hernández, se le confiere traslado a la accionada Diana Jaramillo Galvis por medio de su curador procesal el Lic. Mario Rivera Campos, lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 262 del Código Procesal Civil, mismo se encuentra apersonado al presente proceso, no existiendo oposición al presente asunto, manifiesta su conformidad con la presente demanda, de igual forma no opone excepciones previas, y manifiesta que hace propia las pruebas documentales aportadas por la parte actora. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código Procesal Civil, se ordena la publicación por medio de edicto de la presente demanda, la cual se publicará por única vez, a los interesados se le concederá un plazo de tres días después de dicha publicación. Proceso de divorcio, expediente N° 14-002147-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Patricia Vega Jenkins, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045245).

Valeria Arce Ihabadjen, jueza del Juzgado Primero de Familia de San José, hace saber a Román Anselmo Gómez Guada, documento de identidad N° 75042322863, cubano, de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso abreviado de nulidad matrimonio en su contra, bajo el expediente N° 15-000139-0186-FA, con el cual solicitan que en sentencia se declare lo siguiente: 1) La nulidad del matrimonio celebrado entre Román Alselmo Gómez Guada y Giovanna Rebeca López Montero, por ser un matrimonio simulado, 2). Que al no haberse producido el matrimonio entre las partes se anule la cita de inscripción N° 1-0477-063-0129, 3). Que se anule el trámite de naturalización del señor Román Anselmo Gómez Guada. Lo anterior se ordena así en proceso nulidad matrimonio de Procuraduría General de la República contra Giovanna Rebeca López Montero, Román Anselmo Gómez Guada; expediente Nº 15-000139-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 02 de julio del 2015.—Lic. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045248).

Valeria Arce Ihabadjen jueza del Juzgado Primero de Familia de San José, hace saber a Luis Alberto Burgos Blanco, documento de identidad N° 0001545841, nicaragüense, de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso abreviado de suspensión patria potestad en su contra, bajo el expediente N° 15-000287-0186-FA con el cual se solicita, en sentencia se declare lo siguiente: 1) Se declare con lugar la presente demanda de suspensión de patria potestad en contra de Luis Alberto Burgos Blanco, 2) Consecuentemente, se le suspenda el ejercicio de la patria potestad de Michell Vanesa Burgos Delgado. Lo anterior se ordena así en proceso suspensión patria potestad de Jeysel Alilia Delgado Pérez contra Luis Alberto Burgos Blanco; expediente Nº 15-000287-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 02 de julio del 2015.—Lic. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045252).

Msc. Eddy Rodríguez Chaves, juez del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), hace saber a Daniel Arado Seisdedos, mayor de edad, casado, con documento de identidad C447837, y de ocupación y domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso divorcio en su contra, bajo el expediente N° 15-000409-0938-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), a las quince horas y once minutos del veinticuatro de junio del año dos mil quince. De la anterior demanda abreviada de divorcio establecida por el accionante Heissel Patricia Chévez Dávila, se confiere traslado a la accionada(o) Daniel Arado Seisdedos por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.-” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución al demandado Daniel Arado SeisdedoS. A efecto de proceder a nombrar Curador Procesal para el accionado Arado Seisdedos debe la actora cumplir con lo siguientes: 1) Deberá la señora Chávez Dávila indicar la existencia de personas familiares del demandado que puedan representarlo en este proceso, lo anterior por el plazo de tres días. 2) De Igual forma deberá presentar dos testigos del último domicilio del demandado, estos que puedan acreditar la ausencia o bien, que desconozcan su paradero. Es todo. Msc. Eddy Rodríguez Chaves, juez(a). SCORRALESM y la resolución de las Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, (Liberia), a las nueve horas y treinta y ocho minutos del catorce de julio del año dos mil quince. Habiéndose depositado la suma prudencial fijada para responder en forma provisional a los honorarios de curador, se nombra como tal al Licenciado Gerardo Camacho Nassar; a quien se le previene que en caso de anuencia deberá comparecer a este Despacho dentro del plazo de cinco días para aceptar el cargo conferido. Si no comparece, se entenderá que no lo acepta y se nombrará otro en su lugar. Asimismo se le previene que en caso de no hacerlo al momento de aceptar el cargo, deberá en el primer escrito que presente señalar medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. La parte interesada puede localizarlo al teléfono 2665-3131. Notifíquese a la parte demandada; la presente demanda, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un Diario de Circulación Nacional; para los efectos del artículo 263 del Código Procesal Civil. Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se haga la publicación. Expídase y publíquese. Msc. Eddy Rodríguez Chaves, juez. SCORRALESM. Lo anterior se ordena así en proceso divorcio de Heissel Patricia Chévez Dávila contra Daniel Arado Seisdedos; expediente Nº 15-000409-0938-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 14 de julio del 2015.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045253).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de la señora Patricia de los Ángeles Vargas González, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Óscar Vargas González y otros. Expediente N° 15-000435-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 28 de abril del 2015.—Lic. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045255).

El licenciado Leonardo Loría Alvarado, juez del Juzgado de Familia de Puntarenas, hace saber: que en proceso de solicitud de depósito judicial promovido por el Patronato Nacional de la Infancia donde intervienen María del Milagro Álvarez Bermúdez y José Santos Cernas Caruzo, que se tramita en este Despacho, bajo la sumaria N° 15-000589-1146-FA (2), se encuentra la resolución que literalmente dice: presentada en forma la solicitud de depósito judicial de persona menor de edad del menor Axel Joaquín Cernas Álvarez, se tiene por aceptado el cargo de curador procesal por parte del licenciado Luis Diego Jiménez Jiménez, para representar legalmente a los intervinientes María del Milagro Álvarez Bermúdez por ser esta menor de edad y por desconocerse su paradero y al señor José Santos Cernas Caruzo por existir intereses contrapuestos entre este y la señora Yorlene Caruzo Vega a quien se nombra como depositaria provisional de la persona menor de edad Axel Joaquín Cernas Álvarez, y se le previene presentarse a aceptar el cargo, asimismo se le confiere audiencia por el plazo de tres días, a los intervinientes y se les previene de conformidad con los numerales 10 y 34 en relación con el 36 todos de la Ley de Notificaciones N° 8687, el señalamiento de correo electrónico, fax, casillero, en estrado o cualquier otra forma tecnológica que permita la seguridad del acto de comunicación, como medio para atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere en la forma prevenida o no se pudiere efectuar la notificación por el medio señalado, mediando comprobante de transmisión electrónica o la respectiva constancia, las resoluciones posteriores le quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias, salvo que se demuestre que ello se debió a causas que no le sean imputables. Notifíquesele esta resolución al curador procesal nombrado, en el medio indicado por el mismo para estos efectos. Por desconocerse el paradero de la interviniente María del Milagro Álvarez Bermúdez, se ordena notificar esta resolución mediante edicto que será publicado en el boletín judicial de la gaceta una vez, a la depositaria judicial provisional Yorlene Caruzo Vega, mediante la Oficina de Notificaciones Judiciales de estos Tribunales, por ser habida en Puntarenas, Barranca, detrás del Lavacar El Chayote, segunda entrada 50 metros oeste, vivienda de latas. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Diego Armando Acevedo Gómez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045261).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme al artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania promovido por Procuraduría General de la República, expediente N° 15-000599-1146-F.A.(3), presunto insano Neftalí Esquivel Sánchez. Notifíquese.—Leonardo Loría Alvarado, Juez de Familia en Puntarenas.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045262).

Se hace saber a Víctor Hugo Mata Barahona, mayor, nacionalidad costarricense, documento de identidad Nº 1-0682-0171, de demás calidades desconocidas, que en este Despacho se tramita el abreviado de divorcio Nº 15-400905-637-FA, de Grettel Mora Chin en su contra. Se concede a Víctor Hugo Mata Barahona, el plazo de diez días a efecto de que se apersone para contestar o formular la oposición correspondiente con la indicación de las pruebas en que se fundamenta, con la indicación de los testigos en su caso; dicho emplazamiento comenzará a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación del presente edicto. Se previene a la parte accionada, señalar lugar o medio para recibir notificaciones, caso contrario se aplicará a las resoluciones que se dicten la notificación automática.—Juzgado de Familia de Desamparados, 13 de julio del 2015.—Licda. Luz Marina Solís Poveda, Jueza.—1 vez.—(IN2015045357).

Se avisa que en este Despacho en el expediente Nº 15-000401-0673-NA, los señores: Ana Inghilterra y Luca Principi, solicitan se apruebe la adopción conjunta internacional de la persona menor de edad: Janzel Ariel Rivera Hall. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, 13 de julio del 2015.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045567).

Se avisa al señor: Anthony Mitchel Howard Pinnock, de nacionalidad costarricense, portador de la cédula de identidad Nº 7-0107-0419, de domicilio y demás calidades desconocidas que en este Juzgado, se tramita el expediente Nº 15-000405-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad: Anthony Jafeth Howard Sasiga, Ashley Shantal Sasiga Granados y Yered Andrés Sasiga Granados. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de julio del 2015.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045568).

Se avisa a la señora: Fabiola Reyes Abarca, mayor de edad, costarricense, portadora de la cédula de identidad Nº 1-1577-0114, de domicilio y demás calidades desconocidas que en este Juzgado, se tramita el expediente Nº 15-000412-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad: Emily Alaine Solórzano Reyes. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de julio del 2015.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045570).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de: Josefa Cubero Calderón, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de: Carlos Enrique Fernández Cubero. Expediente Nº 15-001057-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 16 de julio del 2015.—Licda. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045571).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, los señores Kael Anthony Zúñiga Chaves, mayor, soltero, oficinista en Servicios Neptuno S. A., con cédula de identidad número 6-0379-0918, vecino de barrio Llano Bonito Golfito, hijo de Gregory Anthonny Zúñiga Berrocal y María Vanessa Chaves Madrigal, nacido en centro de Golfito, Puntarenas, el día 22 de mayo de 1989 actualmente con veinticuatro años de edad y Stephannie Odette Gutiérrez Bolandi, mayor, divorciada, ama de casa, cédula de identidad 6-0377-0763, vecina de barrio Llano Bonito Golfito, hija de Isaac José Gutiérrez Delgado y Rosa Amalia Bolandi Mayorga, nacida en centro Central Puntarenas, el día 18 de enero de 1989 actualmente con veinticinco años de edad. Se advierte a los interesados que tuvieren conocimiento de algún impedimento legal de los contrayentes lo hagan saber a este Juzgado dentro del plazo de ocho días a la publicación de este edicto. Exp. N° 15-000031-1086-FA.—Juzgado de Familia de Golfito, 20 de febrero del 2015.—Lic. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015043852).

Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil, los señores Kael Anthony Zúñiga Chaves, mayor, soltero, oficinista en Servicios Neptuno S. A., con cédula de identidad número 6-0379-0918, vecino de Barrio Llano Bonito Golfito, hijo de Gregory Anthonny Zúñiga Berrocal y María Vanessa Chaves Madrigal, nacido en centro de Golfito Puntarenas, el día 22 de mayo de 1989 actualmente con veinticuatro años de edad y Stephannie Odette Gutiérrez Bolandi, mayor, divorciada, ama de casa, con cédula de identidad número 6-0377-0763, vecina de Barrio Llano Bonito Golfito, hija de Isaac José Gutiérrez Delgado y Rosa Amalia Bolandi Mayorga, nacida en Centro Central Puntarenas, el día 18 de enero de 1989 actualmente con veinticinco años de edad. Se advierte a los interesados que tuvieren conocimiento de algún impedimento legal de los contrayentes lo hagan saber a este Juzgado, dentro del plazo de ocho días a la publicación de este edicto. Expediente Nº 15-000031-1086-FA.—Juzgado De Familia de Golfito, 20 de febrero del 2015.—Licda. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2015043759).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil, Gerald Geovanni Obando López, mayor, soltero, cajero y pistero, cédula de identidad número 0304390500, vecino de llanos de Santa Lucia, Paraíso, Cartago, de la iglesia católica 75 m noroeste, hijo de Sonia Obando López, nacido en oriental central Cartago, el 11/09/1989, con 25 años de edad actualmente, y Yendri Paola Duran Mata, mayor, soltera, estudiante, cédula de identidad número 0304950966, vecina de llanos de Santa Lucia, Paraíso, Cartago, 225 m., al suroeste, de la iglesia católica del lugar, hija de Dora Emilia Mata Solano y José Elio Duran Redondo, nacida en oriental central Cartago, el 22/07/1996, actualmente con 18 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho, dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 15-001561-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 7 de julio del 2015.—Licda. Cristina Dittel Masis, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2015043764).

Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Laura María Artavia Carrillo, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0503710949, vecina de San Martín de Nicoya, de la Escuela San Ambrosio; 100 metros al norte y 25 metros al oeste, hija de Mainor Artavia Pérez y Elieth Carrillo Pérez, nacida en centro Nicoya, Guanacaste, el 19/09/1989, con 25 años de edad, y Adrián Cruz Rodríguez, mayor, soltero, vendedor a domicilio, cédula de identidad número 0504070301, vecino de la Escuela San Ambrosio; 100 metros al norte y 25 metros al oeste, hijo de Oscar Geiner Cruz Ocampo y María Josefa Rodríguez Díaz, nacido en centro Liberia, Guanacaste, el 20/10/1995, actualmente con 19 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho, dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio) Exp. Nº 15-000072-0869-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 20 de marzo del 2015.—Lic. Héctor Luis Ruiz Salas, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2015043776).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Laura Yamileth Álvarez Jiménez, mayor, ama de casa, cédula de identidad número tres-cuatrocientos ocho-novecientos ochenta y uno, hija de Alexis Martín Álvarez Cerdas y Sonia Yamileth Jiménez Navarro, nacida en centro de Turrialba, Cartago, el veintiocho de diciembre de mil novecientos ochenta y cinco, con 29 años de edad, y Alexander José Carballo Salinas, mayor, soltero, peón agrícola, pasaporte 155821483034, nicaragüense, hijo de Manuel Salinas Gaitán y Constancia Carballo Potozme, nacido en Nicaragua, el siete de enero de mil novecientos ochenta, actualmente con treinta y cinco años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. 15-000269-0675-FA-I.—Juzgado de Familia de Turrialba, 7 de julio del 2015.—Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015044135).

Han comparecido ante este despacho solicitando contraer matrimonio civil, los contrayentes Alex Guillermo Morales Hernández, mayor, soltero, transportista, cédula de identidad número 0113540078, vecino de San Rafael de Alajuela, 150 metros este de la pulpería La y Griega, frente al Servicentro Ojo de Agua, hijo de Delfin Morales Castillo y María Antonia Hernández Agüero, ambos costarricenses, nacido en Hospital Central San José, el 11 de mayo de 1988, con 27 años de edad, y María de los Ángeles Marín Flores, mayor, soltera, niñera, cédula de identidad número 0115860239, vecina de San Rafael de Alajuela, 150 metros este de la pulpería La y Griega, frente al Servicentro Ojo de Agua, hija de Gerardo Marín Cantillo y Adanaris Flores Wilson, ambos costarricenses, nacida en centro Desamparados, San José, el 7 de abril de 1994, actualmente con 21 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que exista algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. 15-001263-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito de Alajuela, 3 de julio de 2015.—Msc. Patricia Vega Jenkins, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015044150).

Han comparecido solicitando contraer Matrimonio Civil los señores Oscar Luis Jiménez Salas, cédula de identidad número uno-seiscientos cincuenta-doscientos ochenta y tres, de cincuenta años de edad, divorciado, costarricense, agente de ventas, nativo de Ciudad Neily, Corredores, Barrio La Fuente, doscientos metros antes de los tanques de agua, el día diecinueve de abril de mil novecientos sesenta y cinco, hijo de Trinidad Jiménez Salas y Jessica Fuentes Padilla, cédula de identidad número seis-trescientos cuarenta y nueve-cero cero cincuenta y tres, de veintinueve años de edad, soltera, costarricense, del hogar, nativa de Ciudad Neily, Puntarenas, el día cinco de setiembre de mil novecientos ochenta y cinco, hija de Lisbeth Padilla Padilla y Placido Carrillo Espinoza, ambos vecinos de Ciudad Neily, Corredores, Barrio La Fuente, 200 metros antes de los tanques de agua. Se insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este Matrimonio se realice, que están en la obligación de manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Matrimonio Civil 15-400 257-1304-FA.—Juzgado de Familia de Corredores, Ciudad Neily, 12 de junio de 2015.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez de Familia.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045020).

Han comparecido solicitando contraer matrimonio civil los señores Jorge Antonio Morales, de un solo apellido en razón de su nacionalidad Panameño, de treinta años de edad, cédula de identidad de su país número: cuatro-setecientos ochenta y seis-mil quinientos veintiocho, ayudante de mecánico, nativo de distrito de Baru de la Provincia de Chiriquí, Panamá, el día trece de mayo de mil novecientos ochenta y cinco, hijo de Elena Ester Morales y Marcos Aguilar, de un solo apellido en razón de su nacionalidad Panameña, la primera es vecina de Paso Canoas, Barrio La Brigada, el segundo es vecino de Puerto Armuelles de Chiriquí, Panamá; y Karina Villagra Venegas, mayor, soltera, costarricense, de veinticuatro años de edad, cédula de identidad número: seis-trescientos noventa y ocho-doscientos cincuenta, ama de casa, nativa de Corredor, Corredores, Puntarenas, el día veintidós de octubre de mil novecientos noventa y uno, hija de José Vicente Villagra Villagra y Zoila Rosa Venegas Camacho, ambos costarricenses y vecinos de Barrio La Brigada de Paso Canoas, Corredores, Puntarenas. Los contrayentes son vecinos de Barrio La Brigada de Paso Canoas, Corredores, Puntarenas, 50 metros Sur de la pulpería Barquero, cuarta casa de color turquesa. Se insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este matrimonio se realice, que están en la obligación de manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Matrimonio Civil 15-400297-1304-FA.—Juzgado de Familia de Corredores, Ciudad Neily, 9 de julio de 2015.—Lic. William Calderón Navarro, Juez de Familia.—Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045021).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Randall Giovanni Agüero Sandí, mayor, soltero, dependiente, cédula de identidad N° 0303800936, vecino de Turrialba, El Mora Calle 6, casa N° 279, casa color marrón, con tapia color gris, hijo de Yesenia Agüero Sandí nacido en centro Turrialba, Cartago, el 03/06/1982, con 33 años de edad y Arlin Mariela Chavarría Ramírez, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad N° 0304110399, vecina de Turrialba, El Mora Calle 6, casa N° 279, casa color marrón, con tapia color gris, hija de Eliécer Chavarría Leitón y Virginia Ramírez Ramírez, nacida en centro Turrialba, Cartago, el 12/04/1986, actualmente con 28 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 15-000272-0675-FA-DM1.—Juzgado de Familia de Turrialba, 08 de julio del 2015.—Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045251).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio de los señores Neyfren Eduardo Sibaja Obando, mayor, soltero, mantenimiento, cédula de identidad N° 0702200968, nacido en Guápiles, Pococí, Limón, el 19/07/1993, con 21 años de edad, y Noyleen Pamela Zúñiga Moraga, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad N° 0503870984, nacida en centro Liberia, Guanacaste, el 22/06/1992, actualmente con 23 años de edad, ambos contrayentes son vecinos de Liberia, Guanacaste. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 15-000465-0938-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 13 de julio del 2015.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045256).

Han comparecido a este despacho los señores presentes en este despacho el señor Adrián Josué Camareno Quirós, mayor, cédula de identidad número 1-1517-0219, teléfono: 8946-72-95, hijo de: Jesús Alberto Camareno Pacheco y Mildred Lucía Quirós Sandí y la señora Navith Fabiola Bravo Duarte, mayor, cédula de identidad 6-0390-0421, hija de: Kattia Duarte Ruiz y Óscar Bravo Guerrero. Seguidamente los contrayentes manifiestan: que es nuestra voluntad de contraer matrimonio civil ante sus oficios, ya que tenemos cuatro años de convivir, para lo cual nos permitimos presentar los documentos exigidos por Ley. Para que declaren sobre nuestra aptitud legal de contraer Matrimonio Civil, indicamos a los siguientes testigos: Marjorie Barrantes Sequeira y Yahaira López Ramírez. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este Matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo a este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto. Exp: 15-000679-1146-FA-3.—Juzgado de Familia de Puntarenas, 09 de julio de 2015.—Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045267).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Fausto Antonio Torres Solano, mayor, soltero, operario, cédula de identidad número 0304830133, vecino de Lourdes Agua Caliente 1 km al sur de la iglesia católica del lugar, hijo de María Cristina Solano Rojas y Asdrúbal Antonio Torres Gutiérrez, nacido en Oriental Central Cartago, el 29/11/1994, con 20 años de edad actualmente, y Karol Andrea Solano Redondo, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0304830673, vecina de Lourdes Agua Caliente 1 km al sur de la iglesia del lugar , hija de Yolanda Eugenia Redondo Calvo y Wilbert Solano Obando, nacida en Oriental Central Cartago, el 26/12/1994, actualmente con 20 años de edad.. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 15-001598-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 13 de julio del 2015.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045272).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer Matrimonio Civil, Yancy Andrea Cerdas Monge, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0304220182, vecina de Loyola del Bare Bar 200 m norte y 100 m oeste, hija de Ana Yansy Monge Pérez y Leslie Cerdas Mora, nacida en Oriental Central Cartago, nacida el 06/08/1987, con 27 años de edad actualmente quien desea contraer matrimonio con Óscar David Sanabria Portuguez, mayor, soltero, privado de libertad, cédula de identidad número 0304580080, vecino de Loyola del Bare Bar 200 m norte y 100 m oeste, hijo de Georgina Portuguez Figueroa y Efraín Sanabria Brenes, nacida en Oriental Central Cartago, el 12/07/1988, actualmente con 26 años de edad, el cual se encuentra en el CAI de la Leticia en Pococí, Limón por el delito de robo agravado con 5 meses de prisión. Ambos contrayentes tienen tres hijos en común: Óscar David Sanabria Cerdas con 7 años, Yaleth Sanabria Cerdas con 5 años y Isaith Sanabria Cerdas con año y nueve meses. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 15-001613-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 13 de julio del 2015.—Licda. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045273).

Han comparecido ante este despacho solicitando matrimonio civil Jeudy Duarte Quiel, mayor, costarricense, de veinte años de edad, con cédula de identidad número 1-1596-047, hijo de Eduardo Evelio Duarte Calvo y Juanita Quiel Torres, ambos padres de nacionalidad costarricense; nativo de San Isidro, Pérez Zeledón, San José, el quince de enero de mil novecientos noventa y cinco, de oficio jornalero y Ana Isabel Alpízar Guillén, de diecinueve años de edad, con cédula de identidad número 6-429- 531, hija de José Alpízar Mendoza y Marlene Guillén Torres, ambos de nacionalidad costarricense, nativa de San Vito, Coto Brus, Puntarenas, el tres de enero de mil novecientos noventa y seis, de oficio estudiante. Quienes son: solteros, y vecinos de: Los Ángeles de Agua Buena, 300m del puente del cruce a Coopabuena, camino a Ciudad Neilly, casa de madera color celeste. Se insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este matrimonio se realice, que estan en la obligación de manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Se solicita la publicación de este edicto para los efectos del artículo 25 del Código de Familia. Lo anterior en expediente Nº 15-100016-0441- CI.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Coto Brus, San Vito, primero de junio del 2015.—Lic. Jorge Ortega Morales, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045274).

Han comparecido a este Juzgado, solicitando contraer matrimonio civil: Andrey Arias Jiménez, cédula Nº 2-629-241, 28 años de edad, soltero, cocinero, costarricense, nativo de Centro, Grecia, Alajuela, nació el 11 de enero de 1987, hijo de Guillermo Arias Chacón y Mariana Jiménez Chinchilla; y Jimena Hoffman Alfaro, cédula Nº 2-730-282, 20 años de edad, soltera, ama de casa, costarricense, nativa de Centro, Grecia, Alajuela, nació el 12 de setiembre de 1994, hija de Harold Hoffman Quesada y Johanna Alfaro Valverde, ambos vecinos de Sarchí. Si alguna persona conoce impedimento para que se realice este matrimonio deberá comunicarlo dentro de los ocho días, posteriores a la publicación de este edicto. Expediente Nº 15-100016-0321 CI.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Valverde Vega, Valverde Vega, Sarchí, 13 de julio del 2015.—Nuria Rodríguez Gonzalo, Jueza.—1 vez.—(IN2015045427).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, los contrayentes: Erick Jesús Morales Arias, mayor, soltero, cajero, cédula de identidad Nº 0114540655, vecino de Alajuela, San José, El Coyol, hijo de Noemy Arias Hidalgo y Abel Morales Cubero, ambos costarricenses, nacido en Uruca, Central, San José, el 05 de febrero de 1991, con 24 años de edad; y Stephannie Melissa Campos Arana, mayor, soltera, cajera, cédula de identidad Nº 0604090960, vecina de la misma dirección, hija de Denney Arana Barquero y José Luis Campos Fonseca, ambos costarricenses, nacida en Centro, Central, Puntarenas, el 29 de junio de 1993, actualmente con 22 años de edad y en estado de embarazo. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Expediente Nº 15-001322-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 13 de julio del 2015.—Licda. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045572).

Para el día dieciocho de julio del dos mil quince los señores Carlos Alberto Reyes Guerrero, de nacionalidad colombiana, con pasaporte número AM ocho uno nueve seis cuatro cuatro y Irene Ugalde Ramírez, costarricense, con cédula seis-doscientos cincuenta-ciento setenta y ocho, han decidido contraer matrimonio civil ante este notario en San Ramón de Alajuela. Se cita y emplaza a cualquier parte interesa a hacer valer sus derechos al fax 2445-1141.—Lic. Carlos Eduardo Blanco Fonseca, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 34824.—(IN2015045600).

Para el día cinco de julio del año dos mil quince los señores Alexander Gunther de un solo apellido, de Nacionalidad Alemana, con número de pasaporte C cero MTZ uno ZMY, y Ariana Belén Álvarez Castillo de nacionalidad Costarricense, con cédula seis-cero tres cuatro cuatro-cero seis cuatro ocho,  han decidido contraer matrimonio civil ante este notario en San Ramón de Alajuela. Se cita y emplaza a cualquier parte interesa a hacer valer sus derechos al fax 2445-1141.—Lic. Carlos Eduardo Blanco Fonseca, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 34748.—(IN2015045610).

Edictos en lo Penal

Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), al ser las diez horas y cuarenta y nueve minutos del nueve de julio del dos mil quince. Dentro de la causa Penal 15-000745-0219-PE, seguida contra Arthur Mackenzie Solano Segura, por el delito de Tenencia de Droga en perjuicio de La Salud Pública, se encuentra decomisada la suma de doce mil colones exactos, depositados en la cuanta del ICD, sobre el cual es necesario resolver en forma definitiva. Siendo que no ha sido posible notificar al señor Arthur Solano Segura cédula de identidad 6-414-476, se procede a notificar por medio de edicto, publicado por una única vez en el Boletín Judicial, al señor Arthur Solano Segura cédula de identidad 6-414-476, la resolución de las siete horas cincuenta minutos del dieciséis de junio del dos mil quince, mediante la cual se ha dispuesto la devolución del dinero decomisado, así como el plazo de tres meses (a partir de la publicación) para poder realizar reclamo alguno sobre el dinero, para lo cual deberá presentarse al Juzgado Penal de Pérez Zeledón, ubicado en San Isidro de EI General, Segundo Piso Edificio Tribunales de Justicia, a hacer valer sus derechos. En caso de no presentarse dentro del plazo establecido, y si no existe gestión alguna por parte de interesado, el dinero quedará a favor del Estado, de conformidad con el numeral 200 del Código Procesal Penal y la Ley 6106. Remítase al Despacho indicado.—Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón.—Lic. Raquel Gutiérrez Alfaro, Jueza Penal. Etapa Intermedia.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015044148).