BOLETÍN
JUDICIAL N° 156 DEL 12 DE
AGOSTO DEL 2015
SALA CONSTITUCIONAL
TRIBUNALES
DE TRABAJO
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN
JUDICIAL
Remates
Convocatorias
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos Matrimoniales
Edictos en lo Penal
ASUNTO: Acción de inconstitucionalidad
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA
REPÚBLICA
HACE SABER:
TERCERA PUBLICACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81
de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de
inconstitucionalidad número 15-009555-0007-CO que promueve Emilia Molina Cruz,
se ha dictado la resolución que literalmente dice: «Sala Constitucional de la
Corte Suprema de Justicia. San José, a las trece horas y treinta y seis minutos
del dos de julio del dos mil quince./Se da curso a la acción de
inconstitucionalidad interpuesta por Emilia Molina Cruz, mayor, divorciada,
Trabajadora Social, portadora de la cédula de identidad número 1-0411-0201,
vecina de Cartago en su condición de ciudadana y Diputada por la Nación, para
que se declare inconstitucional la resolución dictada por el Presidente de la
Asamblea Legislativa de Costa Rica, Rafael Ortiz Fábrega, identificada como
acuerdo N° 6581-15-16 de la Presidencia Legislativa, relativa a la conformación
de las comisiones permanentes ordinarias para la legislatura 2015-2016,
concretamente en lo relativo a la conformación de la Comisión Permanente
Ordinaria de Asuntos Jurídicos y la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos
Hacendarios. Estima que el acuerdo impugnado lesiona lo dispuesto en los
artículos 33 de la Constitución Política y 23 y 24 del Pacto de San José. Se
confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República y
al Presidente del Directorio Legislativo. El acuerdo cuestionado dispone la
conformación de la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Jurídicos y de la
Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Hacendarios. El Presidente del
Directorio Legislativo tomó la determinación de no incluir a ninguna mujer
legisladora como miembro propietario en la primera Comisión (0/9) e integró de
manera desigual la segunda (2/11). Tal acción limita de forma arbitraria,
desproporcionada y discriminatoria la participación efectiva de la mujer en la
tramitación de temas cruciales para el país y desconoce los principios de
participación en igualdad de género y paridad, desarrollados ampliamente por la
Sala Constitución. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se
refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La
legitimación de la accionante para interponer la acción proviene del párrafo
primero del artículo 75 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, en cuanto
existe un recurso de amparo que se tramita en el expediente número
15-006631-0007-CO. En dicho recurso, se dictó la resolución N° 2015-008356 de
las 14:30 horas del 9 de junio de 2015, mediante la cual se dio plazo para
interponer la acción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 de la
Ley de la Jurisdicción Constitucional. Adicionalmente, la accionante considera
que le asiste legitimación para defender los intereses difusos derivados de la
defensa del derecho a un “buen gobierno”, en este caso, un derecho al buen
gobierno desde la rama legislativa del gobierno tripartita. Publíquese por tres
veces un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la
acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la
aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no
haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos
judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y
se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar
sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido
en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía
administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos
tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del
recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo,
claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación,
en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores
a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren
como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción,
en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés
legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para
ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el
asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los
artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha
resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y
0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino
únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese.
/Gilbert Armijo Sancho, Presidente/.
San José, 03 de julio del 2015.
Gerardo
Madriz Piedra
Exonerado.—(IN2015043127) Secretario.
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Elvis
Umaña Araya, quien fue mayor, soltero,
operario de máquina, vecino de San José de Aguas Zarcas de San Carlos,
fallecido el 21 de noviembre del año 2014, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación
de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig.
prest. sector privado bajo el N° 15-000058-1291-LA, a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
15-000058-1291-LA.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela (Materia Laboral), 30 de junio del 2015.—Lic. Armando
Alfaro Araya, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015043066).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Orlando Chanto Méndez,
quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula
3-0154-0238 y falleció el día 25 de octubre del año 2006, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número
15-001546-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-001546-0173-LA.
Promovido por Loida Solís Córdoba a favor de sus causahabientes.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo
Circuito Judicial de San José, 9 de julio del 2015.—Licda.
Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045001).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Aníbal Hernández Rojas, quien fue mayor, casado, de
nacionalidad costarricense, portó la cédula 3-0156-0635 y falleció el día 19 de
noviembre del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de
prestaciones bajo el número 15-001480-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Expediente N° 15-001480-0173-LA. Promovido por María Adelaida Mora Duran a
favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San
José, 6 de julio del 2015.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015045003).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Eric Jesús Moore Alvarado, quien fue mayor, soltero, de
nacionalidad costarricense, portó la cédula 1-1311-0966 y falleció el día 24 de
abril del año 2015, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de
prestaciones bajo el número 15-001495-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Expediente N° 15-001495-0173-LA. Promovido por Alonso Vargas Araya apoderado
general judicial de la empresa Sur Color S. A. a favor de sus causahabientes.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo
Circuito Judicial de San José, 7 de julio del 2015.—Licda.
Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045004).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Uvence Damian Rosales Marchena cc Wenceslao, quien fue mayor,
casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 5-0130-0788 y falleció
el día 30 de mayo del año 2015, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de
prestaciones bajo el número 15-001512-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Expediente N° 15-001512-0173-LA. Promovido por María Isabel Solano Román a
favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de
San José, 7 de julio del 2015.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015045006).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Jorge Antonio Velásquez Padilla, quien fue mayor, casado, de
nacionalidad costarricense, portó la cédula 8-0092-0403 y falleció el día 28 de
mayo del año 2015 , se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de
prestaciones bajo el número 15-001515-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Expediente N° 15-001515-0173-LA. Promovida por Viviana Lucía Monge Jiménez a
favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de
San José, 7 de julio del 2015.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015045007).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Nancy María Picado Bonilla,
quien fue mayor, casada, de nacionalidad costarricense, portó la cédula
1-0321-0888 y falleció el día 8 de abril del año 2015, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número
15-001527-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N°
15-001527-0173-LA. Promovida por Jesús Jiménez Madrigal a favor de sus
causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San
José, 7 de julio del 2015.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015045010).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Luis Felipe Rivera Rivera, quien fue
mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 1-0340-0997 y
falleció el día 26 de Enero del año 2007, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consignación de prestaciones bajo el número 15-001528-0173-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código
de Trabajo. Expediente N° 15-001528-0173-LA. Promovida por Aida Rosa Arce Arce
a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de
San José, 7 de julio del 2015.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015045012).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Mario Francisco Villegas Ortega,
quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula
5-0165-0444 y falleció el día 16 de enero del 2015, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consignación de prestaciones bajo el número 15-001544-0173-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código
de Trabajo. Expediente N° 15-001544-0173-LA. Promovida por Yolanda Arrieta
Angulo a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de
San José, 9 de julio del 2015.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015045013).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Orlando Chanto Méndez, quien fue
mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 3-0154-0238 y
falleció el día 25 de octubre del año 2006, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consignación de prestaciones bajo el número 15-001546-0173-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código
de Trabajo. Expediente N° 15-001546-0173-LA. Promovido por Loida Solís Córdoba
a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de
San José, 9 de julio del 2015.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015045016).
Con ocho días de plazo se cita y emplaza a
todos los herederos y demás interesados en las diligencias N°
14-300077-0239-LA-0 (84-14), que es consignación de prestaciones de trabajadora
fallecida: Graciela Ávila Silesky, quien en vida fue mayor, costarricense,
viuda, pensionada, vecina de Hatillo 2, cuya cédula de identidad fue la N°
1-0234-0041, con el fin de que se apersonen a los autos en resguardo de sus
derechos, apercibidos que si no lo hicieren el dinero pasará a quien demuestre
su derecho. Lo anterior por haberse ordenado así dentro de las diligencias
promovidas por Dina Lucrecia Fernández Ávila.—Juzgado Contravencional y de
Menor Cuantía de Hatillo, 6 de julio del 2015.—Lic. José Manuel Chaves
Redondo, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045246).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Marvin Armando Rodríguez Álvarez, quien es mayor, casado, con
cédula de identidad N° 9-0027-0012, fallecido el 14 de febrero del año 2010, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N°
15-000215-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 15-000215-1021-LA. Por a favor de Marvin Armando
Rodríguez Álvarez.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 04
de marzo del 2015.—Lic. Angélica Fallas Carvajal, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045250).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de José Antonio Ledezma Camacho, quien fue mayor, soltero,
vecino de Heredia, cédula N° 4-179-488, laboró para el Instituto Costarricense
de Electricidad y fallecido el 12-04-2015, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
devolución de ahorro obligatorio, bajo el N° 15-000432-1021-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
15-000432-1021-LA. por Albina Camacho Rodríguez a favor de José Antonio Ledezma
Camacho.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 19 de junio
del 2015.—Lic. Osvaldo Loría Quirós, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045254).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Kendy Johanna Valerín Núñez quien es mayor, divorciada, con
cédula de identidad N° 4-165-514, fallecida el 15 de julio del año 2014, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N°
15-000481-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 15-000481-1021-LA. Por a favor de Kendy Johanna
Valerín Núñez.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 27 de
mayo del 2015.—Lic. Angélica Fallas Carvajal, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015045258).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Marco Tulio Tomás de Jesús Sánchez Rodríguez, cédula N°
5-131-995, fallecido el 11 de abril del año 2015, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado bajo el N° 15-000547-1021-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
15-000547-1021-LA. Por Lidieth Mora Mejías a favor de Marco Tulio Tomas de
Jesús Sánchez Rodríguez.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia,
17 de junio del 2015.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015045259).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Ligia María de los Ángeles Castro Bonilla, quien fue mayor,
soltera, dependiente de farmacia, vecina de Heredia, cédula N° 4-102-1255,
laboró para Farmacia Santo Domingo, y falleció el 05 de octubre del año 2013,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N°
15-000548-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 15-000548-1021-LA. Por Rosa Ana Castro Bonilla a
favor de Ligia María de los Ángeles Castro Bonilla.—Tribunal de Trabajo de
Menor Cuantía de Heredia, 19 de junio del 2015.—Lic. Osvaldo Loría Quirós,
Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045260).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Antonio José Moyano Meléndez, quien fue mayor, casado, vecino
de mi misma dirección, cédula N° 8-052-188, laboró para Fuerza Herediana S. A.,
y falleció el 29 de junio del año 2014, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado bajo el N° 15-000601-1021-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
15-000601-1021-LA. Por a favor de Antonio José Moyano Meléndez.—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 02 de julio del 2015.—Lic. Osvaldo
Loría Quirós, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045263).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Rodolfo Alberto Rodríguez Arce,
cédula 4-148-189, fallecido el 06 de diciembre del año 2014, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest. Sector privado bajo el Número
15-000634-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N°
15-000634-1021-LA. Por a favor de Rodolfo Alberto Rodríguez Arce. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía
de Heredia, 10 de julio del 2015.—Lic. Angélica Fallas Carvajal, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015045264).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Antonio Araya
Calix, fallecido el 11 de mayo del año 2015, se consideren con derecho, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. Prest. Sector privado bajo el número 15-000645-1021-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Código de Trabajo. Expediente N° 15-000645-1021-LA. Por a favor de José Antonio
Araya Calix. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 13 de julio del 2015.—Lic. Osvaldo
Loría Quirós, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045265).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Luis Guillermo de los Ángeles Alfaro Peña, quien fue mayor,
casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 1-0549-0364 y falleció
el día 11 de febrero del año 2015, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de
este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación
de prestaciones bajo el Número 15-001513-0173-LA, a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Expediente N° 15-001513-0173-LA. Promovido por Grace María Mata Valverde a
favor de sus causahabientes. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 07
de julio del 2015.—Lic. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015045268).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Greivin Enrique Chavarría Sequeira, quien fue mayor, soltero,
de nacionalidad Costarricense, portó la cédula 1-1103-0229 y falleció el día 26
de abril del año 2015., se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de
prestaciones bajo el Número 15-001529-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Expediente N° 15-001529-0173-LA. Promovido por Mercedes Cárdenas Sequeira a
favor de sus causahabientes. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 08
de julio del 2015.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015045270).
Se cita y emplaza a los causahabientes del
trabajador Warner Gerardo Sánchez Alfaro, cédula 2-498-151, soltero, agente de
seguridad, vecino de San Rafael de Poás, Alajuela, calle Churuca, de la entrada
seiscientos metros noroeste, fallecido el diecinueve de marzo del dos mil
quince, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la primera
publicación de este edicto, se apersonen en estas diligencias de devolución de
Prestaciones Laborales que por derecho correspondan al trabajador fallecido que
se tramitan en este Despacho Judicial, bajo apercibimiento que si no lo hacen,
se entregará el importe a quienes de conformidad con el artículo 85 del Código
de Trabajo y sus reformas tengan derecho. Expediente Nº 15-300010-0314-LA.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Contravencional y
Menor Cuantía de Poás, 16 de junio 2015.—Msc. Adriana María Jara Benavides,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045275).
Con ocho días de plazo se cita y emplaza a
todos los herederos y demás interesados en las diligencias número
15-300026-0239-LA-7 (26-15), que es consignación de prestaciones del trabajador
fallecido: Marco Vinicio Angulo Jiménez, quien en vida fue mayor,
costarricense, soltero, ingeniero mecánico, vecino de Hatillo 2, cuya cédula de
identidad fue la número 1-1441-0172; con el fin de que se apersonen a los autos
en resguardo de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren el dinero
pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior por haberse ordenado así
dentro de las diligencias promovidas por Marco Tulio Jiménez Ramírez.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Hatillo, Hatillo, 14 de julio del
2015.—Lic. José Manuel Chaves Redondo, Juez.—1 vez.—Exonerado.―(IN2015045277).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorro de
trabajador fallecido de quien en vida se llamó: Deyner Jiménez Montero, mayor,
costarricense, soltero, de veintitrés años de edad, peón agrícola, cédula de
identidad Nº 7-0201-0955, vecino de Guácimo, del cruce Cartagena cuatrocientos
metros al norte, casa mixta azul con café, quien falleció el 17 de octubre del
2014, en Guácimo, Limón, para que dentro del plazo de ocho días contados a
partir de la publicación de este edicto se apersonen al Despacho en su defensa.
Diligencias de devolución de Fondo de Capitalización Laboral de Trabajador
fallecido Nº 15-300040-0477-LA (40-15-1). Gestionante: Ana Montero Fajardo.
Causante: Deyner Jiménez Montero.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía
de Guácimo, Guácimo, 15 de julio del 2015.—Lic. Marvin Gdo. Arce Castro,
Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045574).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales
del fallecido: Mario Vidal González Jiménez, quien fue mayor, casado dos veces,
vecino de Los Ángeles de La Fortuna, cédula de identidad Nº 2-303-518, se consideren
con derechos a las mismas para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias aquí establecidas bajo el número de expediente
14-000358-1288-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Proceso consignación de prestaciones
de Mario Vidal González Jiménez, promovida por Kattia Soza Aguirre.—Juzgado
Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos,
Ciudad Quesada, 16 de julio del 2015.—Licda. Martha Chaves Chaves, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015045611).
Se emplaza a todos los que en concepto de
causahabientes se consideren con derecho a recibir las prestaciones legales,
ahorros obligatorios y cualquier otro dinero a que tenía derecho el trabajador
fallecido: William Rodríguez Carrillo, con cédula de identidad Nº 6-094-707,
vecino de Matina en la provincia de Limón, trabajador de la empresa
Agropecuaria Potosi AB Sociedad Anónima, para que dentro del plazo de ocho días
contados a partir de la publicación de este edicto el cual se ordena publicar
por única vez y en forma gratuita por razón de la materia, se apersonen a este
Despacho en defensa de sus derechos, apercibidos que si así no lo hiciere, los
dineros que se depositen pasarán a quien legalmente corresponda. Expediente Nº
15-000198-0679-LA-9 establecido por Albert Rodríguez Corella.—Juzgado de
Trabajo de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica,
Limón, 15 de junio del 2015.—Lic. Luis Martínez Castro, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015045614).
A los causahabientes de quién en vida se llamó:
Arturo Enrique Guerrero Zamora, quien fue mayor, casado dos veces,
administrador de empresas, vecino de Santo Domingo de Heredia, con cédula de
identidad Nº 01-0416-1314, se les hace saber que: Alba Iris Torres Avilés,
portadora de la cédula de identidad o documento de identidad Nº 02-0306-0093,
vecina de Santo Domingo de Heredia, se apersonó en este Despacho en calidad de
cónyuge supérstite del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias
de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de
edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador
fallecido: Arturo Enrique Guerrero Zamora. Expediente Nº 15-000329-0505-LA.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 16 de julio del 2015.—Msc. Xiomara Arias Madrigal,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045620).
A los causahabientes de quién en vida se
llamó: José Andrés Lumbi Lumbi, quien fue mayor, unión libre, policía,
costarricense, vecino de Santo Domingo de Heredia, con cédula de identidad Nº
02-0301-0432, se les hace saber que: Indiana Vanessa Lumbi Córdoba, portadora
de la cédula de identidad o documento de identidad Nº 01-1363-0971, y Bryan
Wedel Lumbi Córdoba, portador de la cédula de identidad o documento de
identidad Nº 03-0463-0862, ambos vecinos de Los Ángeles de Santo Domingo de
Heredia, se apersonaron a este Despacho en calidad de hijos mayores del
fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de
prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se
publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a
hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial
libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido: José
Andrés Lumbi Lumbi. Expediente Nº 15-000349-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 16 julio del 2015.—Msc. Xiomara Arias Madrigal, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015045623).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
Primer remate: a las nueve horas treinta minutos del nueve de
setiembre del dos mil quince, en la puerta exterior del Juzgado Agrario de
Cartago, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada al tomo 389, asiento 14789, y con la base de dos millones quinientos
mil colones, en el mejor postor se rematará la finca inscrita en el Registro
Público de la Propiedad Inmueble, Partido de San José, número trescientos
noventa mil ochocientos sesenta y seis-cero cero cero, es terreno de
agricultura, ubicado en el distrito primero San Marcos, cantón quinto Tarrazú
de la provincia de San José. Sus linderos son: norte: con Concepción Mora
Monge; sur: con Concepción Mora Monge; este: Concepción Mora Monge y oeste: con
calle pública con un frente de once metros cuarenta y dos centímetros lineales.
Mide: seiscientos setenta y tres metros con trece decímetros cuadrados, según
plano SJ-0959029-1991. Pertenece a Nuria Rivera Cruz. Otros gravámenes y
anotaciones: practicado al tomo 494, asiento 00790 a favor de Montecapris S. A.
Segundo remate: de no existir postores, para llevar a cabo el segundo remate se
señalan las nueve horas treinta minutos del veintiocho de setiembre del dos mil
quince, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones
(rebajada en un 25% de la base original). Tercer remate: de no existir postores
en el segundo remate, para celebrar el tercero, se señalan las nueve horas
treinta minutos del catorce de octubre abril del dos mil quince, con la base de
seiscientos veinticinco mil colones sin céntimos (un 25% de la base original).
Se remata por estar ordenado en proceso hipotecario N° 13-005461-1164-CJ, de
Jorge Armando Chanto Campos contra Norma Rivera Cruz.—Juzgado Agrario de
Cartago, 03 de diciembre del 2014.—Lic. María Rosa Castro García,
Jueza.—Exonerado.—(IN2015049424).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando habitación familiar; a las nueve
horas con treinta minutos del dos de setiembre del dos mil quince (09:30 a.m.
del 02/09/2015) y con la base de treinta y un millones trescientos mil colones
exactos (¢31.300.000,00) libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate el
bien dado en garantía, sea la finca del partido de Alajuela, matrícula número
235614 cero cero cero. Situada en el distrito uno San Rafael, cantón 15 Guatuso
de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte. IDA; al sur. José Ramírez Mora,
calle pública y Vianey Jiménez Jiménez; al este: Célimo Segura Ramírez y Vianey
Jiménez Jiménez y al oeste: José Ramírez Mora y Vianey Jiménez Jiménez. Mide:
ochenta y cuatro mil quinientos veintidós metros con veinticuatro decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas con treinta
minutos del dieciséis de setiembre del dos mil quince (09:30 a.m. del
16/09/2015), con la base de veintitrés millones cuatrocientos setenta y cinco
mil colones exactos (¢23.475.000,00) (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las nueve horas con treinta minutos del
primero de octubre del dos mil quince, (09:30 a. m. del 01/10/2015), con la
base de siete millones ochocientos veinticinco mil colones exactos
(¢7.825.000,00) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecutivo hipotecario de Fundación Proagroin contra Vianey Jiménez Jiménez.
Expediente: 15-000017-1143-AG.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, 3 de agosto del 2015.—Lic.
Brenda Celina Calvo de la O, Jueza.—Exonerado.—(IN2015049426).
A las siete horas treinta minutos del treinta
y uno de agosto del dos mil quince, en la puerta exterior del Juzgado Penal de
Upala, remataré con la base de seiscientos ochenta y ocho mil ciento noventa y
seis colones con cuarenta y ocho céntimos; tres trozas de madera de la especie
Ponpojoche, tres trozas de madera de la especie Roble Sabana, dos trozas de
madera de la especie Tamarindo y una troza de la especie Ron Ron con un volumen
total de once punto sesenta y nueve metros cúbicos; misma que se encuentra en
Alajuela, Guatuso, Llanos de Samen, Finca Inversiones By C S. A. Se remata por
estar así ordenado en comisión número 16-A-15, expediente número
15-200165-0630-PE, por Infracción a la Ley Forestal, contra Vinicio Bonilla
Castro.—Juzgado Penal de Upala.—Lic. Cristian Calvo de la O,
Juez.—Exonerado.—(IN2015049427).
En la puerta exterior de este despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las diez horas del cinco de octubre de dos mil
quince y con la base de treinta y siete mil doscientos nueve dólares con
treinta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo:
placas 903188, marca Jeep, estilo Limited, categoría automóvil, capacidad 5
personas, año 2011, color gris, tracción 4x4, uso particular. Para el segundo
remate se señalan las diez horas del veintiuno de octubre de dos mil quince,
con la base de veintisiete mil novecientos seis dólares con noventa y ocho
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las diez horas del cinco de noviembre de dos mil quince, con la base de nueve
mil trescientos dos dólares con treinta y dos centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra The Measure of Magic Limitado y otro.
Expediente: 14-009997-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Kathya
María Araya Jácome, Jueza.—(IN2015049470).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del veintiocho
de setiembre de dos mil quince y con la base de cincuenta millones doscientos
ochenta y cuatro mil veinticinco colones con diecinueve céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
ciento tres mil seiscientos veintiuno-cero cero cero, la cual es terreno con
una casa y patio. Situada en el distrito 01 Alajuela, cantón 01 Alajuela de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Odili Chaves Rojas; al sur: calle
publica con 4.17 metros de frente; al este: Rafael Angel Loría Bolaños y al
oeste: Juan Rafael Solano Soto. Mide: ciento cinco metros con catorce decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos
del trece de octubre de dos mil quince, con la base de treinta y siete millones
setecientos trece mil dieciocho colones con ochenta y nueve céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve
horas y treinta minutos del veintiocho de octubre de dos mil quince, con la
base de doce millones quinientos setenta y un mil seis colones con treinta
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra VIP Peluquería
Colombiana Sociedad Anónima. Expediente: 15-002228-1157-CJ.—Juzgado de Cobro
y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10
de julio del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015049489).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas:
266-01620-01-0002-001; a las nueve horas y cero minutos (antes meridiano) del
veintiuno de setiembre de dos mil quince y con la base de noventa y cuatro mil
setecientos veintiocho dólares con veinticuatro centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
127540-000, la cual es terreno de repastos. Situada en el distrito San José,
cantón Grecia de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Marino Morales
Alfaro; al sur: José Joaquín Hidalgo Saborío; al este: Marino Morales Alfaro y
al oeste: calle publica con 15 m. Mide: mil setecientos cuarenta y siete metros
con veinticuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y cero minutos (antes meridiano) del seis de octubre de dos mil
quince, con la base de setenta y un mil cuarenta y seis dólares con dieciocho
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cero minutos (antes meridiano) del veintiuno de
octubre de dos mil quince, con la base de veintitrés mil seiscientos ochenta y
dos dólares con seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra
Evelyn Yesenia López Hernández y Roy Gustavo Morales Castro. Expediente:
14-012653-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 2 de julio del 2015.—Msc. Juan Carlos
Castro Villalobos, Juez.—(IN2015049490).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las siete horas y treinta minutos del dieciséis
de setiembre del dos mil quince y con la base de cuatro millones trescientos
cincuenta y cuatro mil cuatrocientos diez colones con noventa y seis céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio
real, matrícula número ochenta y ocho mil ochocientos noventa y uno-A-cero cero
cero, la cual es terreno de pasto, frutales y casa. Situada en el distrito 01
San Isidro de El General, cantón 19 Pérez Zeledón de la provincia de San José.
Colinda: al norte: José y Miguel Ambos Rivera Núñez y en parte Río Pacuar y
Ulises Rivera Núñez; al sur: Río Pacuar y Julio Caballero Vargas; al este: Río
Pacuar y Ulises Rivera Núñez y al oeste: Gerardo Vargas Fonseca, calle pública
y Julio Caballero Vargas. Mide: cuarenta mil metros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las siete horas y treinta minutos del uno de octubre del dos
mil quince, con la base de tres millones doscientos sesenta y cinco mil
ochocientos ocho colones con veintidós céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos
del diecisiete de octubre del dos mil quince, con la base de un millón ochenta
y ocho mil seiscientos dos colones con setenta y cuatro céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Aida
Robles Montero contra Distribuidora Arcas del Sur Sociedad Anónima. Expediente:
14-001746-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, 27 de julio del 2015.—Lic. José Ricardo Cerdas
Monge, Juez.—(IN2015049563).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, citas:
0357-00015320-01-0002-001; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del tres
de setiembre de dos mil quince y con la base de siete millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número cincuenta y siete mil ciento treinta y
tres-cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 03
Veintisiete de Abril, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte: calle pública con 60 metros 35 centímetros; al sur: Efraín
Méndez, Filiberto Jaen Rosales; al este, Filiberto Jaen Rosales y al oeste:
Carmelina Rosales Rodríguez. Mide: tres mil novecientos noventa y ocho metros
con cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de setiembre de dos mil quince,
con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del seis de octubre de dos mil quince
con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Hazel Barrantes Arroyo contra Marianela Cecilia
Rodríguez Chavarría. Expediente: 15-011349-1338-CJ.—Juzgado Tercero
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de mayo
del 2015.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2015049572).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, anotada
bajo las citas 389-11721-01-0850-001; a las nueve horas y cero minutos del
veinticinco de setiembre del dos mil quince y con la base de seis millones
seiscientos cincuenta y seis mil ochocientos cincuenta y dos colones exactos en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número 394074-000, la cual es terreno para construir lote 61. Situada
en el distrito 04 Tirrases, cantón 18 Curridabat de la provincia de San José.
Colinda: al norte: El Estado; al sur: calle pública; al este: I.N.V.U. y al
oeste: I.N.V.U. Mide: ciento treinta y tres metros con sesenta y cuatro
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero
minutos del trece de octubre del dos mil quince, con la base de cuatro millones
novecientos noventa y dos mil seiscientos treinta y nueve colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cero minutos del veintiocho de octubre del dos mil quince,
con la base de un millón seiscientos sesenta y cuatro mil doscientos trece
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Curridabat
contra Gilberto Álvarez Montoya. Expediente: 09-024690-1012-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de junio del
2015.—Msc. Christian Mora Acosta, Juez.—(IN2015049600).
En la puerta exterior de este Despacho,
soportando prenda de primer grado; a las nueve horas y cero minutos del diez de
noviembre de dos mil quince, y con la base de dos millones quinientos noventa
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas
887809, marca Honda, estilo Civic EX, carrocería: sedán dos puertas, chasis:
1HGEJ8149WL084153, combustible: gasolina, capacidad: 5 personas, año: 1998,
color: negro. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos
del veinticinco de noviembre de dos mil quince, con la base de un millón
novecientos cuarenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cero minutos del diez de diciembre de dos mil quince con la base de seiscientos
cuarenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso monitorio de Gerardo Quirós Acuña contra Carlos
Luis Gerardo Campos Zamora. Expediente N° 14-002942-1157-CJ.—Juzgado Tercero
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de junio
del 2015.—MSc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—(IN2015049617).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, a las once horas y cero minutos del veintisiete de
agosto de dos mil quince, y con la base de quinientos mil colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula N° 68.358-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada
en el distrito 01 San Rafael, cantón 07 Oreamuno, de la provincia de Cartago.
Colinda: Al norte, Ramón Masís Solano; al sur, calle pública con 7.89 m; al
este, Rafael Ángel Masís Jiménez y al oeste, Jorge Sánchez Martínez. Mide:
Trescientos tres metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del catorce de
setiembre de dos mil quince, con la base de trescientos setenta y cinco mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las once horas y cero minutos del treinta de setiembre de
dos mil quince con la base de ciento veinticinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan
postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente
en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el
tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la
almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Marleny Yolanda Gómez Vega contra
Dagoberto Álvaro Siles Rivera. Expediente N° 15-002150-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 06 de julio del 2015.—Lic.
Allan Barquero Durán, Juez.—(IN2015049633).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y quince minutos del veintiuno de
setiembre de dos mil quince, y con la base de veintitrés millones novecientos
veinte mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y cuatro mil
trescientos veintinueve - cero cero cero, la cual es terreno cultivado de café.
Situada en el distrito 07-Corralillo, cantón 01-Cartago, de la provincia de
Cartago. Colinda: Al norte, Dulcelina Fallas Quirós; al sur, calle pública; al
este, Manuel Rioti Padilla y al oeste, Gilberth Abarca Quirós. Mide: Dos mil
novecientos sesenta y tres metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del seis de
octubre de dos mil quince, con la base de diecisiete millones novecientos cuarenta
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del veintiuno de octubre de
dos mil quince con la base de cinco millones novecientos ochenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra
Ailine Morales Araya y Katia Isabel Villalobos Camacho. Expediente N°
15-002413-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 03 de julio del 2015.—Msc. Juan Carlos
Castro Villalobos, Juez.—(IN2015049639).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando medianería (Citas:
335-09262-01-0901-001); a las once horas y cero minutos (antes meridiano) del
veintiuno de setiembre de dos mil quince, y con la base de dieciocho millones
quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos dieciséis mil
seiscientos ochenta y cuatro cero cero uno, cero cero dos, cero cero tres, la
cual es de naturaleza: Para construir con 1 casa N° 56. Situada en el distrito
11-San Sebastián, cantón 01-San José, de la provincia de San José. Colinda: Al
norte, INVU con 6m 38cm; al sur, alameda 4 con 6m 38cm; al este, INVU con 6m
38cm y al oeste, INVU con 18m 53cm. Mide: Ciento dieciocho metros con veintidós
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero
minutos (antes meridiano) del seis de octubre de dos mil quince, con la base de
trece millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y
cero minutos (antes meridiano) del veintiuno de octubre de dos mil quince con
la base de cuatro millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Berny José Ramírez
Morales, Jarbin Ricardo Zúñiga Ramírez. Expediente N° 15-000390-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
06 de julio del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015049641).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas Ley Aguas (Citas:
408-02289-01-0231-001) y Reservas Ley Caminos (Citas: 408-02289-01-0232-001), a
las once horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre de dos mil quince,
y con la base de dieciséis millones de colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos cuarenta y ocho mil trescientos cuarenta y tres-cero cero cero,
la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito 05-La Ceiba,
cantón 09-Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: Al norte, Luis Sabino
Araya; al sur, frente a calle pública de catorce metros con catorce decímetros
lineales; al este, Amado Acuña Sandí y al oeste, resto reservado de Efraín
Porras y Audolia Acuña. Mide: Setecientos diez metros con setenta y siete
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y
treinta minutos del seis de octubre de dos mil quince, con la base de doce
millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las once horas y
treinta minutos del veintiuno de octubre de dos mil quince con la base de
cuatro millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Shirley Porras Acuña. Expediente N°
15-002436-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 08 de julio del año 2015.—Msc.
Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015049643).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada (citas:
325-16963-01-0004-001), a las once horas y cuarenta y cinco minutos del
veintiuno de setiembre de dos mil quince, y con la base de once millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número cuatrocientos sesenta y cinco mil cuatrocientos
cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa bloque o
lote 12. Situada en el distrito 05-San Felipe, cantón 10-Alajuelita, de la
provincia de San José. Colinda: Al norte, calle pública; al sur, INVU; al este,
lote 13 y al oeste, lote 11. Mide: Setenta y un metros con cincuenta y dos
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y
cuarenta y cinco minutos del seis de octubre de dos mil quince, con la base de
ocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y
cuarenta y cinco minutos del veintiuno de octubre de dos mil quince con la base
de dos millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Wilson Elías Flores
Córdoba. Expediente N° 15-002722-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 08 de julio del 2015.—Msc.
Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015049645).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas y Restricciones (Citas:
315-02238-01-0901-001), a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno
de setiembre de dos mil quince, y con la base de veintiséis millones
cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos un mil
seiscientos setenta y siete cero cero cero, la cual es terreno para construir
lote 19-bloque B. Situada en el distrito 01-Liberia, cantón 01-Liberia, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: Al norte, lote 18; al sur, lote 20; al este,
Mutual Cartago de Ahorro y préstamo, lote 10 bloque-E y al oeste, calle pública
con 8,01 metros. Mide: Ciento sesenta y un metros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del seis de
octubre de dos mil quince, con la base de diecinueve millones ochocientos mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de
octubre de dos mil quince con la base de seis millones de colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Julio César Muñoz
Chaves. Expediente N° 15-002376-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 08 de julio del
2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015049646).
En la puerta exterior de este Despacho, soportando
hipoteca de primer grado, a las ocho horas y cero minutos del dos de noviembre
de dos mil quince, y con la base de catorce millones ciento sesenta y ocho mil
setecientos sesenta y siete colones con doce céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
ciento sesenta y un mil setecientos treinta y dos cero cero cero, la cual es
terreno para construir lote 24-H. Situada en el distrito 05-Aguacaliente (San
Francisco), cantón 01-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: Al norte
INVU; al sur, INVU; al este, alameda con un frente a ella de 6,00 metros y al
oeste lote 43. Mide: Noventa y seis metros cuadrados. Plano: C-172541-1994.
Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diecisiete
de noviembre de dos mil quince, con la base de diez millones seiscientos
veintiséis mil quinientos setenta y cinco colones con treinta y cuatro céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y cero minutos del dos de diciembre de dos mil quince con la
base de tres millones quinientos cuarenta y dos mil ciento noventa y un colones
con setenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código
de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Juan Eugenio Murillo Jiménez contra Sady Ávila Castro. Expediente N°
14-000664-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de
Golfito, 23 de junio del 2015.—Licda. Olga Marta Sandí Torres,
Jueza.—(IN2015049649).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes prendarios, a las diez horas y treinta minutos del ocho de
setiembre de dos mil quince, y con la base de cuatro millones ciento ochenta y
dos mil quinientos nueve colones con sesenta y tres céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas N° 268983, marca: Toyota,
estilo: Land Cruiser, categoría: Automóvil, capacidad: 7 personas, año: 1992,
color: Blanco, vin JT3FJ80W8N0046617, cilindrada: 3500 cc, combustible: Diésel,
motor Nº: 13BT0759040. Para el segundo remate se señalan las diez horas y
treinta minutos del veintitrés de setiembre de dos mil quince, con la base de
tres millones ciento treinta y seis mil ochocientos ochenta y dos colones con
veintidós céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del ocho de octubre de dos
mil quince con la base de un millón cuarenta y cinco mil seiscientos
veintisiete colones con cuarenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Juan Eugenio Murillo
Jiménez contra Rafael Ángel Rodríguez Solís. Expediente N° 14-000661-1201-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 23 de junio del
2015.—Licda. Olga Marta Sandí Torres, Jueza.—(IN2015049650).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; las ocho horas y cero minutos del veinticuatro de
setiembre del año dos mil quince, y con la base de veintidós millones
quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 343972-000 la cual es terreno
con una casa de habitación. Situada en el distrito Rosario, cantón
Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con
13 m 05 cm; al sur, Edwin Hidalgo otro 28 m 37 cm; al este, calle pública 28 m
37 cm y al oeste Antonio Vargas Badilla con 26 m 11 cm. Mide: quinientos un
metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las ocho horas y cero minutos del nueve de octubre del año dos mil quince, con
la base de dieciséis millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y cero minutos del veintisiete de octubre del año dos mil quince
con la base de cinco millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan
Carlos Jara Hidalgo. Exp: 15-004890-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de julio del 2015.—Msc.
Christian Mora Acosta, Juez.—(IN2015049667).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del diecisiete
de setiembre del año dos mil quince y con la base de treinta millones
ochocientos cuarenta y tres mil ochocientos ochenta y cuatro colones con
sesenta y cinco céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número 464664-000 cero cero cero, la cual
es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito
Santa María cantón Dota de la provincia de San José Colinda: al norte, calle
pública con frente de 12 metros y cincuenta centímetros al sur, Urece Sociedad
Anónima al este, Margarita Calderón Ureña y Rosa Romero Calderón y Urece
Sociedad Anónima y al oeste, María Isabel Ureña Ceciliano. Mide: trescientos
sesenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y
treinta minutos del dos de octubre del año dos mil quince con la base de
veintitrés millones ciento treinta y dos mil novecientos trece colones con
cuarenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veinte de
octubre del año dos mil quince con la base de siete millones setecientos diez
mil novecientos setenta y un colones con dieciséis céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Auto Servicios Solís S. A.,
Jorge Enrique Solís Porras. Exp: 12-036074-1012-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de julio del año
2015.—Lic. Ana Laura Solís Mena, Jueza.—(IN2015049668).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando medianería bajo las citas:
335-12313-01-0002-001, servidumbre trasladada bajo las citas:
335-12313-01-0900-001, 335-12313-01-0901-001, 335-12313-01-0902-001; a las diez
horas y cero minutos del treinta de octubre del año dos mil quince, y con la
base de veinticuatro millones ochocientos treinta y nueve mil quinientos diez
colones con noventa y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 306340-000, la cual
es terreno para construir con 2 casas. Situada en el distrito 01 Desamparados,
cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle
pública, sur, Clímaco Isac Castañeda, este, Alcides Castillo, oeste, INVU,
Mide: ciento noventa y ocho metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las diez horas del dieciséis de noviembre de
dos mil quince (10:00 16/11/2015) con la base de dieciocho millones seiscientos
veintinueve mil seiscientos treinta y tres colones con diecinueve céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas y cero minutos del uno de diciembre del año dos mil quince con
la base de seis millones doscientos nueve mil ochocientos setenta y siete
colones con setenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Jorge Arturo Valverde Richmond. Exp:
14-032704-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Eugenia Vives Luque,
Jueza.—(IN2015049670).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del
dieciocho de enero de dos mil dieciséis, y con la base de catorce mil
setecientos noventa y nueve dólares con sesenta y tres centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número CL 276050. Marca JAC.
Estilo camión. Categoría carga liviana. Capacidad 3 personas. Año 2013. Color
blanco. Vin LJ11KBBC8D9002030. Cilindrada 2771 c.c. Combustible Diesel. Motor
Nº HFC4DA11C4041018. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta
y cinco minutos del dos de febrero de dos mil dieciséis, con la base de once
mil noventa y nueve dólares con setenta y dos centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cuarenta y cinco minutos del diecisiete de febrero de dos mil dieciséis con la
base de tres mil seiscientos noventa y nueve dólares con noventa centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB
Créditos Sociedad Anónima contra Eduardo Valentín Santana Morales y Félix Pedro
Mendieta. Exp: 15-012090-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de San José, 01 de julio del 2015.—Lic. Yesenia
Solano Molina, Jueza.—(IN2015049684).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando documento inscrito bajo las citas:
2015-97837-001 (Declaratoria de interés público (Artículo 20 Ley 7495),
reservas y restricciones bajo las citas: 389-07654-01-0812-001,
389-07654-01-0816-001 y 389-07654-01- 0817-001, condiciones bajo las citas:
389-07654-01-0813-001 y condiciones Ref: 00260835-000 bajo las citas:
389-07654-01-0818-001 y 389-07654-01-0819-001; a las diez horas y cero minutos
del dieciocho de setiembre del año dos mil quince, y con la base de doce
millones novecientos cuarenta y tres mil quinientos siete colones con sesenta y
seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 475559-000, la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 06, Río Cuarto cantón 03, Grecia, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, estado, sur: Marlen Segura Zúñiga, este, calle
pública y oeste, Virginia Zúñiga Rojas y Pablo Segura Trejos. Mide: setecientos
veinticuatro metros cuadrados. Plano: A-1409620-2010. Para el segundo remate se
señalan las diez horas y cero minutos del cinco de octubre del año dos mil
quince, con la base de nueve millones setecientos siete mil seiscientos treinta
colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno
de octubre del año dos mil quince con la base de tres millones doscientos
treinta y cinco mil ochocientos setenta y seis colones con noventa y dos
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R.L. contra Edgar
Gerardo Delgado Trejos. Exp: 15-000917-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 07 de julio del
2015.—Lic. Brígida Quirós Alpízar, Jueza.—(IN2015049687).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas 351-04462-01-0920-002; a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis
de setiembre del año dos mil quince, y con la base de cuatro millones
seiscientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
170780-000, la cual es terreno lote 9 terreno para construir. Situada en el
distrito 07, Arenal cantón 08, Tilarán,
de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 10; sur, Instituto
Costarricense de Electricidad; este, Bertalia Abarca Castro y oeste: Bertalia
Abarca Castro y calle. Mide: trescientos cuarenta y dos metros cuadrados.
Plano: G- 1319274-2009. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
treinta minutos del uno de octubre del año dos mil quince, con la base de tres
millones cuatrocientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve
horas y treinta minutos del diecinueve de octubre del año dos mil quince con la
base de un millón ciento sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Coocique R.L. contra Jason Mariano Ramos
Sancho. Exp: 14-002109-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, 03 de julio del 2015.—Lic. Brígida Quirós
Alpízar, Jueza.—(IN2015049703).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre sirviente, reservas de
Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos y demanda penal bajo el tomo 2013,
asiento 31715; a las nueve horas y treinta minutos del trece de octubre de dos
mil quince, y con la base de veinticinco mil dólares exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
setenta y un mil ochocientos cincuenta y tres-cero cero cero, la cual es
terreno lote 472, terreno para la agricultura. Situada en el distrito 03 La
Rita, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte calle
publica; al sur río Chirripó y parcela 473; al este, parcela 473 y calle
pública y al oeste, parcela 471. Mide: cuarenta y cinco mil doscientos treinta
y ocho metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de octubre de dos mil quince,
con la base de dieciocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve
horas y treinta minutos del doce de noviembre de dos mil quince con la base de
seis mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jemonte Sociedad Anónima
contra Lexus Sociedad Anónima. Exp: 15-000098-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía de Pococí, 09 de junio del 2015.—Lic. Isabel Castillo
Navarro, Jueza.—(IN2015049712).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando; servidumbre trasladada al tomo:
341-16565-01-0901-001 y servidumbre trasladada al tomo: 341-16565-01-0902-001;
a las once horas y cero minutos del dos de setiembre del año dos mil quince, y
con la base de seis millones ochenta y un mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
quinientos dos mil seiscientos cuarenta-cero cero cero, la cual es terreno para
construir lote 4, bloque 7. Situada en el distrito 01 Alajuelita, cantón 10
Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte I.N.V.U.; al sur
I.N.V.U.; al este calle central A y al oeste parque infantil. Mide: noventa
metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las once horas y cero minutos del dieciocho de setiembre del año dos mil
quince, con la base de cuatro millones quinientos sesenta mil setecientos
cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las 11:0005-10-2015 con la base de un millón
quinientos veinte mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Jaimee María Monge Cordero. Exp:
15-005701-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, 10 de julio del 2015.—Lic. Bernardo Goldstein
Rosales, Juez.—(IN2015049719).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando plazo de convalidación (Ley de
informaciones posesorias), bajo citas: 563-07048-01-0003-001; reservas de Ley
de Aguas y Ley de caminos públicos bajo citas: 563-07048-01-0004-001; a las
ocho horas y cero minutos del cuatro de setiembre del año dos mil quince, y con
la base de diez millones cuatrocientos diez mil trescientos noventa y cinco
colones con dieciséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y ocho mil
doscientos cuarenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno con una casa de
habitación y patio. Situada en el distrito 07 Diriá, cantón 03 Santa Cruz, de
la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Rafael
Ángel Guevara Alcocer; al este, Oldemar Castillo Sánchez y al oeste, Santos
Chavarría Serrano. Mide: seiscientos cuatro metros con ochenta y seis
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero
minutos del veintiuno de setiembre del año dos mil quince, con la base de siete
millones ochocientos siete mil setecientos noventa y seis colones con treinta y
siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del seis de octubre del año
dos mil quince con la base de dos millones seiscientos dos mil quinientos
noventa y ocho colones con setenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L.,
contra Wilber Díaz Barrantes Exp: 15-002486-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 05 de junio del
2015.—Lic. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2015049725).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del catorce de
setiembre del año dos mil quince y con la base de diez millones seiscientos
sesenta y ocho mil treinta y nueve colones con sesenta y cinco céntimos en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 429634-000, la cual es terreno para construir con una casa
lote 36 marcado número 96. Situada en el distrito 02 Granadilla, cantón 18
Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Virginia Fernández
Marín; al sur, calle pública; al este Invu y al oeste, Invu. Mide: ciento
dieciocho metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las diez horas y cero minutos del treinta de setiembre del año dos
mil quince con la base de ocho millones mil veintinueve colones con setenta y
tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de octubre del
año dos mil quince con la base de dos millones seiscientos sesenta y siete mil
nueve colones con noventa y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Xinia Navas Nájera. Exp: 13-017965-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 07 de
julio del 2015.—Lic. Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—(IN2015049733).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas:
317-00751-01-0901-001; a las nueve horas y treinta minutos del treinta de
setiembre de dos mil quince y con la base de un millón setenta y dos mil
quinientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos mil ochocientos
cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 07 Changuena, cantón 03 Buenos Aires de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte: Agueda Meza y calle pública; al sur: Diana Meza Ureña y
Nelson Salazar Reyes; al este: Nelson Salazar Reyes y al oeste: Diana Meza
Ureña. Mide: doscientos setenta y siete metros cuadrados. Plano P-1741460-2014.
Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del quince
de octubre de dos mil quince, con la base de ochocientos cuatro mil trescientos
setenta y cinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para
la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta de
octubre de dos mil quince, con la base de doscientos sesenta y ocho mil ciento
veinticinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805,
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Ronald Gerardo Rodríguez Campos contra Janie Rolando
Meza Ureña. Expediente: 15-000077-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía
y Contravencional de Golfito, 1° de junio del 2015.—Lic. Olga Marta
Sandí Torres, Jueza.—(IN2015050012).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del treinta y uno de
agosto de dos mil quince y con la base de treinta y cinco mil seiscientos
dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placa:
CL-268981, marca: Volkswagen, estilo: Amarok, año: 2013, color: azul, serie:
WV1ZZZ2HZDA012022. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero
minutos del dieciséis de setiembre de dos mil quince, con la base de veintiséis
mil setecientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para
la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del uno de octubre
de dos mil quince, con la base de ocho mil novecientos dólares exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Raquel Salas
Rodríguez. Exp. 13-010695-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial
de Cartago, 8 de julio del 2015.—Lic. Karina Quesada Blanco,
Jueza.—(IN2015050014).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del veintisiete de
agosto del año dos mil quince rematare lo siguiente: 1) Con la base de doce
millones de colones exactos, vehículo placas CL 257139, marca JMC, estilo
N900-3360, categoría carga liviana, capacidad 3 personas, serie
LEFYECG38CHN00274, carrocería caja cerrada o furgón, año 2012, tracción 4x2,
color azul, chasís LEFYECG38CHN00274, vin LEFYECG38CHN00274, número de motor
JX493ZQ4AB4058175, cilindrada 2771 cc, combustible diesel, cilindros 04. Para
el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del once de
setiembre del dos mil quince, con la base de nueve millones de colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las once horas y cero minutos del veintiocho de setiembre del dos mil quince,
con la base de tres millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). 2) a las once horas y cero minutos del veintisiete de agosto del
dos mil quince rematare lo siguiente: con la base de doce millones de colones
exactos vehículo placas CL 257138, marca JMC, estilo N900-3360, categoría carga
liviana, capacidad 3 personas, serie LEFYECG37CHN00282, carrocería caja cerrada
o furgón, año 2012, tracción 4x2, color azul, chasís LEFYECG37CHN00282, vin
LEFYECG37CHN00282, número de motor JX493ZQ4AB4058179, cilindrada 2771 cc,
combustible diesel, cilindros 04. Para el segundo remate se señalan las once
horas y cero minutos del once de setiembre del dos mil quince, con la base de
nueve millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintiocho
de setiembre del dos mil quince, con la base de tres millones de colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis
Enrique Pereira Romero, Pereira y Chinchilla Distribuciones S. A. Expediente:
13-032557-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, 17 de junio del 2015.—Lic. Mayela Gómez Pacheco,
Jueza.—(IN2015050015).
A las diez horas y cero minutos del treinta y
uno de agosto del dos mil quince, en la puerta exterior de este juzgado, libre
de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones anotadas al
tomo 309, asiento 19220 y demanda ordinaria anotada bajo las citas 558-07385-01-0001-001
y con la base de dos millones de colones, en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número veintitrés mil quinientos dieciséis-cero cero uno y cero cero
dos, la cual es terreno de pasto jaragua, montaña, tacotal. Situada en el
distrito 03 Potrero Grande, cantón 03 Buenos Aires de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte: Mario Beita Rueda; al sur: calle con diez metros
y Óscar Solís Ruíz; al este: calle, José Alfaro y otro y al oeste: Instituto de
Desarrollo Agrario y otro. Mide: ochocientos trece mil trescientos cincuenta y
siete metros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en
proceso ejecutivo hipotecario número 97-019735-0170-CA de Banco Nacional de
Costa Rica contra Inversiones Helvetia S. A.—Juzgado Civil de Hacienda de
Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de
junio del 2015.—Lic. Greivin Mora Alvarado, Juez.—(IN2015050057).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce
horas y quince minutos del diecisiete de setiembre de dos mil quince y con la
base de sesenta millones seiscientos veintinueve mil cuatrocientos sesenta
colones con veintinueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cincuenta y
seis mil setecientos veintiséis-cero cero cero (156726-000), la cual es terreno
para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito Llorente,
cantón Flores de la provincia de Heredia. Colinda: al norte: Guillermo Montero;
al sur: Guillermo Montero, Nicasio Rojas y servidumbre de paso; al este:
Guillermo Montero y al oeste: Víctor Arguedas. Mide: seiscientos treinta y
nueve metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
quince minutos del dos de octubre de dos mil quince,
con la base de cuarenta y cinco millones cuatrocientos setenta y dos mil
noventa y cinco colones con veintidós céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos
del diecinueve de octubre del dos mil quince, con la base de quince millones
ciento cincuenta y siete mil trescientos sesenta y cinco colones con siete
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Wendell Guillermo
Montero Bogantes, WM Soluciones Sociedad Anónima. Expediente:
15-002039-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 13
de julio del 2015.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—(IN2015050086).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada
0259-00000778-01-0901-001, medianería 0338-00012879-01-0004-001, medianería
0394-00005594-01-0008-001; a las quince horas y treinta minutos del dos de mayo
de dos mil dieciséis y con la base de veintitrés millones ciento treinta y tres
mil doscientos siete colones con cuarenta y cinco céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número ciento veinte mil diecisiete-cero cero cero, la cual es terreno bloque C
terreno con una casa lote N° 44. Situada en el distrito Barranca, cantón
Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: calle pública; al
sur: lote 4 C; al este: lote 43 C y al oeste: lote 45 C. Mide: ciento cuarenta
y siete metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las quince horas y treinta minutos del diecisiete de mayo de dos mil
dieciséis, con la base de diecisiete millones trescientos cuarenta y nueve mil
novecientos cinco colones con cincuenta y nueve céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y
treinta minutos del uno de junio de dos mil dieciséis, con la base de cinco
millones setecientos ochenta y tres mil trescientos un colones con ochenta y
seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Jenny
Patricia Jaen Salazar. Expediente: 15-001225-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y
Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 28 de julio del 2015.—Lic.
Luis Carrillo Gómez, Juez.—(IN2015050089).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada:
0378-00007212-01-0906-001, servidumbre de paso: 2012-00246443-01-0003-001; a
las catorce horas y treinta minutos del doce de abril de dos mil dieciséis y
con la base de cuarenta y dos millones cincuenta y seis mil novecientos veinte
colones con sesenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento noventa y
tres mil setecientos diecisiete-cero cero cero, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito San Rafael, cantón Esparza de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte: Espar Maderas el Barón Sociedad Anónima; al sur:
Espar Maderas el Barón Sociedad Anónima; al este: Colipro Sociedad Anónima y
Espar Maderas el Barón Sociedad Anónima y al oeste: servidumbre de paso y calle
pública. Mide: cinco mil quinientos cuarenta y tres metros con cero decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta
minutos del veintisiete de abril de dos mil dieciséis, con la base de treinta y
un millones quinientos cuarenta y dos mil seiscientos noventa colones con
cincuenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del doce de mayo
de dos mil dieciséis, con la base de diez millones quinientos catorce mil
doscientos treinta colones con diecisiete céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Arnoldo Salazar Rojas, Espar Maderas el Barón Sociedad
Anónima. Expediente: 15-001195-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor
Cuantía de Puntarenas, 28 de julio del 2015.—Lic. Luis Carrillo
Gómez, Juez.—(IN2015050090).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos
del veintiséis de agosto del año dos mil quince, y cada uno con la base de
cuatro millones novecientos treinta y tres mil novecientos veinte colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) vehículo: placas CL-218392,
marca Greatwall, estilo Greatwall Deer, categoría carga liviana, año dos mil
siete, capacidad cinco personas, carrocería caja abierta o campu, color blanco,
vin LGWCABG767A062197, chasis LGWCABG767A062197, serie LGWCABG767A062197, motor
GW4D280609019197, cilindra dos mil setecientos setenta y un cc. 2) Vehículo:
placa CL- 218391, marca Greatwall, estilo Greatwall Deer, categoría carga
liviana, año dos mil siete, capacidad cinco personas, carrocería caja abierta o
campu, color blanco, vin LGWCABG747A062196, chasis LGWCABG747A062196, serie
LGWCABG747A062196, motor GW4D280609019189, cilindra dos mil setecientos setenta
y un cc. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del
diez de setiembre del año dos mil quince, cada uno con la base de tres millones
setecientos mil cuatrocientos cuarenta colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
treinta minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil quince, cada uno con la base de un millón doscientos
treinta y tres mil cuatrocientos ochenta colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra
Asdrúbal Sánchez Núñez, Distribuidora Liberiana Sánchez y Jiménez S. A. Exp. N°
10-000231-0386-CI.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 23 de julio del 2015.—Lic. Jorge
Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2015050199).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las 8:45 horas del 8 de octubre del 2015, y con
la base de ciento treinta y siete mil veintiún dólares con veintiséis centavos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número 1-223570-000, la cual es terreno para construir con
nueve casas. Situada en el distrito 02 San Antonio, cantón 02 Escazú, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, José Luis
Arias Monge; al este, Raquel Araya Aguilar, calle pública, y al oeste, José
Luis Arias Monge, quebrada en medio de Raquel Araya Aguilar. Mide: dos mil
novecientos cincuenta y cuatro metros con ochenta y un decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las 8:45 horas del 28 de octubre del 2015,
con la base de ciento dos mil setecientos sesenta y cinco dólares con noventa y
cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las 8:45 horas del 12 de noviembre del 2015, con la base de
treinta y cuatro mil doscientos cincuenta y cinco dólares con treinta y dos
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Campos Hernández R C H
(representada por Sonsire Ivonne Espinoza Ríos), Edgar Omar Belloso Montoya,
exp. N° 15-007789-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 2 de junio del año 2015.—Lic. Paula Morales
González, Jueza.—(IN2015050417).
Primera publicación
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, servidumbre sirviente,
servidumbre dominante, servidumbre trasladada y demanda ordinaria; a las nueve
horas y treinta minutos del diecinueve
de octubre de dos mil quince, y con la base de cuarenta y cuatro millones
de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula N° 367474-000 la cual es terreno para construir: lote
A-15. Situada en el distrito 08 San Rafael, cantón 01 Alajuela, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Rolaco S. A; al este,
lote A-4, y al oeste, lote A-16. Mide: doscientos diez metros con doce
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
treinta minutos del cuatro de noviembre de dos mil quince, con la base de
treinta y tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos
del diecinueve de noviembre de dos mil quince con la base de once millones de
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra David
Alonso Jiménez Hernández. Exp. N° 15-002369-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro Judicial de Cartago, 21 de julio del 2015.—Licda. Marcela Brenes
Piedra, Jueza.—(IN2015049806).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas treinta minutos del catorce de
setiembre del dos mil quince, y con la base de treinta y cinco millones
trescientos noventa mil quinientos veinte colones con ochenta y tres céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 119644-000 la cual es terreno para construir y agricultura,
con dos casas y una caseta de radio. Situada en el distrito 02 San Rafael,
cantón 11 Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle
pública y Jorge Lines; al sur, Miguel Ángel Quirós; al este, calle pública,
Miguel Ángel Quirós y Jorge Lines, y al oeste, Tomás Zúñiga. Mide: Nueve mil
cuatrocientos treinta y seis metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del treinta de
setiembre del dos mil quince, con la base de veintiséis millones quinientos
cuarenta y dos mil ochocientos noventa colones con sesenta y dos céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas treinta minutos del dieciséis de octubre del dos mil quince con
la base de ocho millones ochocientos cuarenta y siete mil seiscientos treinta
colones con veintiún céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carlos Castro
Guerrero contra Villa Emmaus Centro Intelectual de Cultura S. A. Exp. N°
11-008800-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 19 de junio del 2015.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge,
Juez.—(IN2015049816).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del veintiocho de
agosto del año dos mil quince, y con la base de dieciséis mil novecientos
veintisiete dólares con veintiún centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo: placas N° BDK476, marca Hyundai, estilo Elantra GL,
categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2013, color beige, vin
KMHDG41EBDU689094, cilindrada 1800 cc, combustible gasolina, motor Nº
G4NBCU300031. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero
minutos del catorce de setiembre del año dos mil quince, con la base de doce
mil seiscientos noventa y cinco dólares con cuarenta y un centavos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce
horas y cero minutos del treinta de setiembre del año dos mil quince con la
base de cuatro mil doscientos treinta y un dólares con ochenta centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Improsa S. A., contra Jorge Andrés Muñoz Zamora. Exp. N° 15-002763-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 11 de
junio del 2015.—Licda. Eileen Chaves
Mora, Jueza.—(IN2015049831).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbres trasladadas a las
citas 0298-00001839-01-0901-001 y 0341-00003216-01-0001-001; servidumbres
sirvientes a las citas 0376- 00000723-01-0010-001 y 0376-00000723-01-0015-001;
a las catorce horas y cero minutos del treinta de octubre de dos mil quince, y
con la base de veintiocho millones de colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
quinientos veintisiete mil seiscientos setenta cero cero cero, naturaleza:
terreno para construir, bloque P, lote P nueve, con una casa de habitación.
Situada en el distrito 05 San Felipe, cantón 10 Alajuelita, de la provincia de
San José. Colinda: al noreste, lote 10-P, al noroeste, calle 4 con 7.65 metros;
al sureste, lote 8-P; al suroeste, zona de protección a quebrada, mide: ciento
ochenta y cinco metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados, plano:
SJ-0783242-2002. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero
minutos del diecisiete de noviembre de dos mil quince, con la base de veintiún
millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dos de
diciembre de dos mil quince con la base de siete millones de colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de L.R.L a la Cabeza de Los Negocios Sociedad
Anónima contra 3101526788 Sociedad Anónima. Exp. N° 15-018023-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de
junio del 2015.—Licda. Alexandra Zúñiga Mora, Jueza.—(IN2015049832).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando citas: 375-17621-01-0901-001 condic
y serv ref: 00273421-000 y practicado al tomo 800-120037, secuencia
01-0001-001; a las diez horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre del
año dos mil quince y con la base de dieciocho millones novecientos cuarenta y nueve
mil colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, Partido de San José Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula N° 367713-000 la cual es terreno construir c/1 casa
2-71-acera 3. Situada en el distrito 10 Hatillo, cantón 01 San José de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Guido Brenes Azofeifa; al sur, acera
3; al este, alameda 2, y al oeste, Carlos Venegas Salazar. Mide: ciento
veintisiete metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y treinta minutos del seis de octubre del año
dos mil quince con la base de catorce millones doscientos once mil setecientos
cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiuno de
octubre del año dos mil quince con la base de cuatro millones setecientos
treinta y siete mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Municipalidad de San José contra Rafaela Marta Bustos Dávila.
Exp. N° 09-003758-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito
Judicial de San José, 7 de julio del 2015.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde,
Juez.—(IN2015049833).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca citas:
569-73030-01-0004-001, en favor del Banco de Costa Rica, plazo de convalidación
citas: 378-05214-01-0900-001, aviso catastral citas: 2012-68318-01-0006-001; a
las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de agosto de dos mil quince, y
con la base de nueve millones setecientos treinta y siete mil quinientos diez
colones con noventa y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 67221-000 la cual es
terreno naturaleza: Terreno con una casa situada en el distrito 2 Mansión,
cantón 2 Nicoya de la provincia de Guanacaste, finca ubicada en zona catastrada
linderos: Norte, José Li Piñar, sur, calle pública con un frente de 8,37 cm;
este, Jesús Rodríguez Grova; oeste, José Li Piñar. Mide: ciento ochenta y
cuatro metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados, plano: G-0599183-1985.
Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis
de setiembre de dos mil quince, con la base de siete millones trescientos tres
mil ciento treinta y tres colones con veinte céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cero minutos del uno de octubre de dos mil quince con la base de dos millones
cuatrocientos treinta y cuatro mil trescientos setenta y siete colones con
setenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Municipalidad de Nicoya contra José Evelio De Los
Ángeles Rojas Rangel. Exp. N° 14-001740-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito
del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 8 de julio del 2015.—Lic. Luis
Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2015049834).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas 0315-00007564-01-0901-001 y limitaciones de Ley Forestal 7575 bajo las
citas 0565-00013597-01-0002-001; a las diez horas y treinta minutos del dos de
setiembre del año dos mil quince y con la base de seiscientos cuatro millones
seiscientos un mil ciento cuarenta y cinco colones con sesenta céntimos en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Heredia Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula N° 89268-000 la cual es terreno de pastos, charrales y montaña.
Situada en el distrito Horquetas, cantón Sarapiquí de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, Rafael Vindas González; al sur, Rafael Miranda Miranda, al
este, Félix López Silva y Rafael Vindas, y al oeste, Gladis Varela Jiménez y
Rafael Vindas. Mide: trescientos ochenta mil setecientos treinta y un metros
con veinte decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y treinta minutos del dieciocho de setiembre del año dos mil quince con
la base de cuatrocientos cincuenta y tres millones cuatrocientos cincuenta mil
ochocientos cincuenta y nueve colones con veinte céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
treinta minutos del cinco de octubre del año dos mil quince con la base de
ciento cincuenta y un millones ciento cincuenta mil doscientos ochenta y seis
colones con cuarenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Caja
Costarricense de Seguro Social contra Hotel Hacienda Sueño Azul S. A., Semigato
Atlántico S. A. Exp. N° 14-027160-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro,
Segundo Circuito Judicial de San José, 4 de agosto del 2015.—Licda. Gabriela
Campos Ruiz, Jueza.—(IN2015049835).
A las trece horas y treinta minutos del nueve
de octubre del año dos mil quince, en la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo
las citas 290-04335-01-0915-001 y servidumbre trasladada bajo las citas
371-12771-01-0908-001, con sus respectivas bases sáquese a remate los bienes
dados en garantía que se indicarán a continuación: 1) Con la base de seis
millones de colones exactos la finca del partido de Alajuela, matrícula N°
517.574-000, la cual es lote 2 terreno para construir. Situada en el distrito 1
Upala, cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 1
de Rigoberto Murillo Ocampo; sur, Francisco Núñez Núñez, Margarita Hernández
Córdoba y resto de Rigoberto Murillo Ocampo; este, resto de Rigoberto Murillo
Ocampo; y oeste, calle pública y Margarita Hernández Córdoba. Mide: cuatro mil
quinientos cincuenta metros cuadrados. Plano: A-1742083-2014. 2) Con la base de
cinco millones de colones exactos la finca del Partido de Alajuela, matrícula
N° 517.575-000, la cual es lote 3 terreno para construir. Situada en el
distrito 1 Upala, cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, calle pública; sur, resto de Rigoberto Murillo Ocampo; este, lote 4
Rigoberto Murillo Ocampo; y oeste, lote 1 de Rigoberto Murillo Ocampo. Mide:
mil metros cuadrados. Plano: A-1742081-2014. 3) Con la base de cinco millones
de colones exactos la finca del partido de Alajuela, matrícula N° 517.576-000,
la cual es lote 4 terreno para construir. Situada en el distrito 1 Upala,
cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública;
sur, resto de Rigoberto Murillo Ocampo; este, lote 5 Rigoberto Murillo Ocampo;
y oeste, lote 3 de Rigoberto Murillo Ocampo. Mide: mil metros cuadrados. Plano:
A-1742079-2014. 4) Con la base de cuatro millones de colones exactos la finca
del partido de Alajuela, matrícula N° 517.577-000, la cual es lote 5 terreno
para construir. Situada en el distrito 1 Upala, cantón 13 Upala, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; sur, resto de
Rigoberto Murillo Ocampo Rigoberto Murillo Ocampo; este, lote 6 Rigoberto
Murillo Ocampo; oeste, lote 4 de Rigoberto Murillo Ocampo. Mide: mil metros
cuadrados. Plano: A-1742077-2014. 5) Con la base de cuatro millones de colones
exactos la finca del partido de Alajuela, matrícula N° 517.578-000, la cual es
lote 6 terreno para construir. Situada en el distrito 1 Upala, cantón 13 Upala,
de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: calle pública; sur, resto de
Rigoberto Murillo Ocampo; este, resto de Rigoberto Murillo Ocampo; oeste, lote
5 de Rigoberto Murillo Ocampo. Mide: mil metros cuadrados. Plano:
A-1742074-2014. 6) Con la base de tres millones de colones exactos la finca del
partido de Alajuela, matrícula N° 517.579-000, la cual es lote 7 terreno para
construir. Situada en el distrito 1 Upala, cantón 13 Upala, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; sur, resto de finca de Rigoberto
Murillo Ocampo; este, resto de Rigoberto Murillo Ocampo; y oeste, resto de
finca de Rigoberto Murillo Ocampo. Mide: ochocientos veintinueve metros
cuadrados. Plano: A-1742080-2014. Para el segundo remate, se señalan las trece
horas y treinta minutos del veintisiete de octubre del año dos mil quince, con
la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos por la finca N°
517.574-000; con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones
exactos por la finca N° 517.575-000; con la base de tres millones setecientos
cincuenta mil colones exactos por la finca N° 517.576-000; con la base de tres
millones de colones exactos por la finca N° 517.577 000; con la base de tres
millones de colones exactos por la finca N° 517.578-000; y con la base de dos
millones doscientos cincuenta mil colones exactos por la finca N° 517.579-000.
De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las trece horas
y treinta minutos del once de noviembre del año dos mil quince, con la base de
un millón quinientos mil colones exactos por la finca N° 517.574-000; con la
base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos por la finca N°
517.575-000; con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos
por la finca N° 517.576-000; con la base de un millón de colones exactos por la
finca N° 517.577-000; con la base de un millón de colones exactos por la finca
N° 517.578-000; y con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos por
la finca N° 517.579-000. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Agropecuaria José Ángel Pérez Arrieta S. A., contra Rigoberto
Murillo Ocampo, expediente N° 15-001192-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 29 de julio del
2015.—Licda. Brígida Quirós Alpízar, Jueza.—(IN2015049838).
A las diez horas y cero minutos del veintiuno
de setiembre del año dos mil quince, en la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios y con sus respectivas bases; en el mejor
postor remataré lo siguiente: 1) Con la base de ocho millones quinientos
ochenta y nueve mil ciento setenta y cuatro colones con cuarenta y dos
céntimos, la finca del partido de Alajuela, matrícula número
198.368-001-003-004, la cual es terreno de repasto y bosques con una casa.
Situada en el distrito 3 Cote, cantón 15 Guatuso, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, camino público y río Treminio; sur, Elí Campos Pineda y río
Treminio; este, río Treminio; oeste, Adelia Murillo Murillo y Milady Alvarado
Murillo. Mide: cuatrocientos noventa mil setecientos sesenta y un metros con
noventa decímetros cuadrados. Plano: A-0995137-1991. 2) Con la base de seis
millones ciento cincuenta y tres mil novecientos cincuenta colones con quince
céntimos, libre de gravámenes hipotecarios; la finca del Partido de Alajuela,
matrícula N° 426.332-001-002, la cual es terreno de potrero. Situada en el
distrito 3 Cote, cantón 15 Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, río Treminio; sur, camino público y Elí Campos Pineda; este, Adelia
Murillo Murillo y Milady Alvarado Murillo; oeste, río Treminio. Mide:
trescientos cincuenta mil un metros con noventa y nueve decímetros cuadrados.
Plano: A-0995136-1992. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo
remate, se señalan las diez horas y cero minutos del seis de octubre del año
dos mil quince, con la base de seis millones cuatrocientos cuarenta y un mil
ochocientos ochenta colones con ochenta y dos céntimos por la finca N°
198.368-001-003-004; y con la base de cuatro millones seiscientos quince mil
cuatrocientos sesenta y dos colones con sesenta y un céntimos por la finca N°
426.332-001-002. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se
señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de octubre del año dos mil quince,
con la base de dos millones ciento cuarenta y siete mil doscientos noventa y
tres colones con sesenta y un céntimos por la finca número 198.368-001-003-004;
y con la base de un millón quinientos treinta y ocho mil cuatrocientos ochenta
y siete colones con cincuenta y cuatro céntimos por la finca N°
426.332-001-002. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R. L. contra
Adelia María Murillo Murillo. Exp. N° 15-000364-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 8 de julio del
2015.—Licda. Brígida Quirós Alpízar, Jueza.—(IN2015049840).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas: 378-09676-01-0827-001; a las diez horas y cero minutos del dos de
octubre del año dos mil quince, y con la base de veinte millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número 67288-000, la cual es terreno para agricultura
lote 29. Situada en el distrito 3 Veintisiete Abrilcantón 3 Santa Cruz, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle; sur, Palm Beach S. A. Costa
Rica; este, Palm Beach S. A. Costa Rica; y oeste, calle. Mide: mil tres metros
con noventa y nueve decímetros cuadrados. Plano: G-0795577-1989. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de octubre
del año dos mil quince, con la base de quince millones de colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas y cero minutos del cuatro de noviembre del año dos mil quince
con la base de cinco millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R. L. contra José Isaac Muñoz
Aguilar y otra, expediente N° 15-000109-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 16 de julio del
2015.—Licda. Brígida Quirós Alpízar, Jueza.—(IN2015049842).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de
setiembre de dos mil quince, y con la base de un millón trescientos cincuenta y
cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo:
705467, marca Hyundai, año 1995, Vin KMHVA21NPSU103847, cilindrada 1500 c.c,
color verde, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y treinta minutos del uno de octubre de dos mil quince, con la base de un
millón dieciséis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
treinta minutos del diecinueve de octubre de dos mil quince con la base de
trescientos treinta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Instacredit contra Santiago Alberto Pérez Mena. Exp. N° 09-024655-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21
de julio del 2015.—Lic. Greivin Gerardo Fallas Abarca, Juez.—(IN2015049844).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios, pero soportando infracción bajo la boleta 080423698
sumaria 09-02614-494-TR del Juzgado de Tránsito de Alajuela; a las ocho horas
quince minutos del veintiuno de setiembre del dos mil quince, y con la base de
ochocientos noventa y siete mil colones exactos , en el mejor postor remataré
lo siguiente: vehículo placas 727316 marca Hyundai categoría automóvil serie
KMHVA21LPSU082611 carrocería sedan 4 puertas tracción 4x2 chasís
KMHVA21LPSU082611 vin KMHVA21LPSU082611 uso particular estilo Accent capacidad
5 personas año 1995 color rojo número de motor G4EHS531259 cilindrada 80 cc
potencia 80 cc kw combustible gasolina cilindros 04. Para el segundo remate se
señalan las ocho horas quince minutos del seis de octubre del dos mil quince,
con la base de seiscientos setenta y dos mil setecientos cincuenta colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las ocho horas quince minutos del veintiséis de octubre del dos mil
quince, con la base de doscientos veinticuatro mil doscientos cincuenta colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria
de Instacredit S. A. contra Víctor Manuel Araica Tercero. Exp. N°
11-028806-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Melania Jiménez
Vargas, Jueza.—(IN2015049848).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del veintidós de
setiembre de dos mil quince y con la base de cuatro millones nueve mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número
BCR683. Marca Mercedes Benz. Estilo ML320. Categoría automóvil. Año 1998. Color
vino. Vin 4JGAB54EXWA031160. Cilindrada 3200 cc. Para el segundo remate se
señalan las diez horas y treinta minutos del siete de octubre de dos mil
quince, con la base de tres millones seis mil setecientos cincuenta colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y treinta minutos del veintitrés de octubre de dos mil
quince con la base de un millón dos mil doscientos cincuenta colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Instacredit S. A. contra Julio César Camacho Ureña. Exp. N°
14-017141-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 31 de julio del 2015.—Msc. Ericka Robleto
Artola, Jueza.—(IN2015049852).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del quince de
octubre de dos mil catorce, y con la base de dos millones ochocientos cincuenta
y cinco mil doscientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo: 418167, marca: Kia; estilo: Pregio GS; capacidad: 12
personas; año: 2001; color: dorado; categoría: automóvil; carrocería: microbús;
tracción: 4x2; chasis: KNHTR7312Y6340266; N° motor: J2245738; cilindrada: 2665
c.c.; combustible: diesel; cilindros: 04. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y treinta minutos del treinta de octubre de dos mil catorce, con la
base de dos millones ciento cuarenta y un mil cuatrocientos colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y treinta minutos del catorce de noviembre de dos mil catorce
con la base de setecientos trece mil ochocientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Instacredit S. A. contra José Clemente Álvarez Quiteño. Exp. N°
13-007065-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 15 de julio del 2014.—Lic. Luis Alberto
Ureña Monge, Juez.—(IN2015049854).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones / colisiones boleta
122252-488 sumaria 12-003776-0174-TR Juzgado de Transito del Segundo Circuito
Judicial de San José; a las catorce horas y quince minutos del veinte de enero
de dos mil dieciséis, y con la base de veintitrés mil ciento noventa y ocho
dólares con ochenta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo: Placas número CL 262747. Marca Volkswagen. Estilo Amarok. Categoría
carga liviana. Capacidad 5 personas. Año 2012. Color azul. Vin
WV1ZZZ2HZCA034293. Cilindrada 1968 cc. Combustible diesel. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y quince minutos del cuatro de febrero de
dos mil dieciséis, con la base de diecisiete mil trescientos noventa y nueve
dólares con quince centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del veintidós de
febrero de dos mil dieciséis con la base de cinco mil setecientos noventa y
nueve dólares con setenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Adrián Guillermo Loaiza Brenes. Exp. N°
15-024391-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 20 de julio del 2015.—Lic. Alexandra Zúñiga
Mora, Jueza.—(IN2015049858).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas:
357-17291-01-0900-001; a las ocho horas y cero minutos del cinco de octubre de
dos mil quince, y con la base de cincuenta y un millones novecientos catorce
mil ciento veintiún colones con treinta y ocho céntimos (primer remate), en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número 57218-000, la cual es naturaleza: terreno para construir con 1
casa, situada en el distrito 04 Belén cantón 05 Carrillo de la provincia de
Guanacaste, Linderos: norte, Deonicio Mendoza Mendoza; sur, calle pública con
16 m de frente este, Olger Mendoza Villegas, y oeste, Deonicio Mendoza Mendoza.
Mide: setecientos un metros con setenta y tres decímetros cuadrados, plano:
G-0631008-1986. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos
del veintiuno de octubre de dos mil quince, con la base de treinta y ocho
millones novecientos treinta y cinco mil quinientos noventa y un colones con
cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del cinco de noviembre de dos
mil quince con la base de doce millones novecientos setenta y ocho mil
quinientos treinta colones con treinta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y
Desarrollo Comunal contra Gillermo Gerardo Valle López y Marta María Díaz
Obregón. Exp. N° 15-000665-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo
Circuito Judicial de Guanacaste, 20 de julio del 2015.—Lic. Luis Alberto
Pineda Alvarado, Juez.—(IN2015049869).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del catorce de setiembre
de dos mil quince, y con la base de doce millones cuatrocientos diez mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número 634470-000, la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 01 Curridabat, cantón 18 Curridabat, de la provincia de
San José. Colinda: al norte, Asfix Ascensores de Costa Rica S. A.; al sur,
calle pública; al este, Karla Gloriana Ramírez Amador, Maykol Andrés Rodríguez
Herrera y al oeste, Leticia Chaves. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y cero minutos del treinta de setiembre de dos mil quince, con la base de
nueve millones trescientos siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del veinte de octubre de dos mil quince con la base de tres
millones ciento dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Freddy Gerardo de Jesús Vega Barrantes contra Marco Antonio Linder Christen.
Exp. N° 14-019008-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 9 de julio del 2015.—Lic. Marvin Ovares
Leandro, Juez.—(IN2015049904).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos (tres de la
tarde) del veintiocho de agosto de dos mil quince, y con la base de sesenta y
cuatro mil ochocientos noventa y dos dólares con veintitrés centavos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número veinticinco mil setecientos quince - cero cero cero, la cual es terreno
solar con 1 casa. Situada en el distrito 01 Tilarán, cantón 08 Tilarán, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Saúl Barrientos Calderón; al sur,
calle pública con 11 m 70 cm; al este, Saúl Barrientos Calderón y al oeste,
Saúl Barrientos Calderón. Mide: trescientos veintiún metros con cuarenta y dos
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero
minutos (tres de la tarde) del catorce de setiembre de dos mil quince, con la
base de cuarenta y ocho mil seiscientos sesenta y nueve dólares con diecisiete
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las quince horas y cero minutos (tres de la tarde) del treinta de
setiembre de dos mil quince con la base de dieciséis mil doscientos veintitrés
dólares con cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Duwest Costa Rica S. A. contra
Inversiones Sabalo S. A., Los Trillizos S. A. Exp: 14-021331-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15
de julio del 2015.—Lic. Audrey Abarca Quirós, Jueza.—(IN2015049925).
En la puerta exterior de este Despacho;
soportando hipoteca inscrita bajo las citas 2009-285036-01-0005-001, a favor de
Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada R.L.,
servidumbre de paso inscrita bajo citas 408-11634-01-0004-001 y servidumbre
trasladada inscrita a citas 262-05731-01-0901-001; a las nueve horas del
veinticuatro de setiembre del año dos mil quince, y con la base de trece
millones setecientos noventa mil colones con cero céntimos (¢13.790.000), en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número trescientos cuatro mil doscientos diecisiete - cero cero uno,
la cual es terreno de naturaleza cafetal.
Situada en el distrito: Volio, cantón San Ramón, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Franklin Morera Rojas, lote de Miguel Mora
Carranza y Luz Delgado Carranza; al sur, Rafael Ulate Ulate, lote de Miguel
Mora Carranza y Luz Delgado Carranza, así como con el lote de Saúl Mariano
Pérez Cascante; al este, Cooperativa de Caficultores y Servicios Múltiples
Ramonenses, y al oeste, Franklin Morera Rojas y calle pública. Mide: quinientos
catorce metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas del ocho de octubre del año dos mil quince, con la base
de diez millones trescientos cuarenta y dos mil quinientos colones con cero
céntimos (¢10.342.500) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas del veintidós de octubre del año dos
mil quince con la base de tres millones cuatrocientos cuarenta y siete
quinientos colones con cero céntimos (¢3.447.500) (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Banco Nacional de Costa Rica
contra María Rosa Carranza Alvarado, Miguel Ángel Mora Carranza y Juan José
Rodríguez Ramírez. Exp. N° 96-100107-0296-CI.—Juzgado Civil del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 6 de julio del 2015.—Lic. Viviana
Salas Hernández, Jueza.—(IN2015049968).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando una servidumbre trasladada citas:
325-19207-01-0901-006, a las dieciséis horas y cero minutos del primero de
setiembre del dos mil quince (04:00 p. m. 01/09/2015), y con la base de
cuatrocientos veinticinco mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 153595-000, la cual
es terreno de potrero. Situada: en el distrito 05 Santa Teresita, cantón 05
Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Compañía Ganadera
Colima; al sur, Luz Marina Vargas; al este, camino público con 25.00 metros de
frente, y al oeste, Antonio Vargas. Mide: cuatrocientos diecisiete metros con
quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las dieciséis
horas y cero minutos del diecisiete de setiembre del dos mil quince (04:00 p.
m. 17/09/2015), con la base de trescientos dieciocho mil setecientos cincuenta
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las dieciséis horas y cero minutos del dos de octubre del
dos mil quince (04:00 p. m. 02/10/2015), con la base de ciento seis mil
doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate
y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en
el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el
correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el
Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de
Asociación de Productores del Sauce de Sta. Teresita Turrialba contra Ricardo
Vargas Alvarado. Expediente Nº 15-000376-1164-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro Judicial de Cartago, 21 de julio del 2015.—Lic. Allan Barquero Durán,
Juez.—(IN2015049970).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre sirviente, bajo las
citas: 0318-00007124-01-0903-001, a las nueve horas y cero minutos del treinta
y uno de agosto del dos mil quince, y con la base de cuatro millones quinientos
setenta y un mil seiscientos sesenta colones exactos, para la finca
00057061-000; y para la finca 00057069-000 la suma de cinco millones
seiscientos veintiocho mil trescientos veintinueve colones con noventa y tres
céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula Nº 00057061-000, la cual es terreno de café. Situada: en
el distrito 07 Corralillo, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago.
Colinda: al norte, Wilfredo Padilla Solís; al sur, Carlos Alberto Ureña Solís;
al este, Hernán Rojas Ureña, y al oeste, servidumbre de paso con 79.44 metros
de frente en medio Maurillo Ureña Solís y Carlos Alberto Ureña Solís. Mide: 3
866,23 (tres mil ochocientos sesenta y seis metros con veintitrés decímetros
cuadrados). Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 00057069, la cual es
terreno de café. Situada: en el distrito 07 Corralillo, cantón 01 Cartago, de
la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Carlos Alberto Ureña Solís y
Maritza Ureña Fallas; al sur, Analive Ureña Méndez y Carlos Alberto Ureña
Solís; al este, Carlos Alberto Ureña Solís y Roger Amador, y al oeste, Analive
Ureña Méndez y Maritza Ureña Fallas. Mide: cuatro mil ochocientos sesenta y
cinco metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate,
se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de setiembre del dos
mil quince, con la base de tres millones cuatrocientos veintiocho mil
setecientos cuarenta y cinco colones exactos, para la finca 00057061-000; y
para la finca 00057069-000, la suma de cuatro millones doscientos veintiún mil
doscientos cuarenta y siete colones con cuarenta y cuatro céntimos, (rebajada
en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve
horas y cero minutos del primero de octubre del dos mil quince, con la base de
un millón ciento cuarenta y dos mil novecientos quince colones exactos, para la
finca 00057061-000; y para la finca 00057069-000, la suma de un millón
cuatrocientos siete mil ochenta y dos colones con cuarenta y ocho céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos
Alberto Ureña Solís. Expediente Nº 14-032795-1012-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 26 de junio del
2015.—Lic. Mariela María Porras Retana, Jueza.—(IN2015049980).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones (citas:
389-03519-01-0936-001), a las catorce horas y treinta minutos del veintiuno de
setiembre del dos mil quince, y con la base de treinta y un millones quinientos
mil colones exactos, en el mejor postor,
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
quinientos ocho mil doscientos ochenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno
de casa, galerón y cultivos. Situada: en el distrito 13 Peñas Blancas, cantón
02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con
57.22 metros de frente, Kattia Jaelis Estrella Corea; al sur, Asentamiento San
Rafael; al este, Comercializadora Carranza de La Tigra S. A., y al oeste,
parcela seis IDA. Mide: nueve mil novecientos treinta y nueve metros cuadrados.
Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos
del seis de octubre del dos mil quince, con la base de veintitrés millones
seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las catorce horas y treinta minutos del veintiuno de octubre del dos mil
quince, con la base de siete millones ochocientos setenta y cinco mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra
Walter José Marín Castro. Expediente Nº 15-003140-1157-CJ.—Juzgado de Cobro
y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 08 de
julio del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015049984).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y
cero minutos del veintiocho de setiembre del dos mil quince, y con la base de
cinco millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento
ochenta y seis mil ciento noventa y siete-cero cero cero, la cual es terreno
para construir. Situada: en el distrito 04 Laurel, cantón 10 Corredores, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Dirección de Aviación Civil; al
sur, calle pública; al este, Rafael Ángel Sibaja Solís, y al oeste, Rafael
Ángel Sibaja Solís. Mide: setecientos cincuenta y dos metros cuadrados. Para el
segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del trece de octubre
del dos mil quince, con la base de tres millones novecientos mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las ocho horas y cero minutos del veintiocho de octubre del dos mil
quince, con la base de un millón trescientos mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Edwin Zapata Castañeda. Expediente Nº 15-003162-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 09
de julio del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015049986).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada (citas:
367-00343-01-0883-004), a las ocho horas y quince minutos del veintiocho de
setiembre del dos mil quince, y con la base de diecisiete millones novecientos
mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula número ciento veinte mil trescientos
siete-cero cero dos y cero cero tres, la cual es terreno para construir lote
con una casa. Situada: en el distrito 04 Ulloa, cantón 01 Heredia, de la
provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 50 G; al sur, lote 48 G; al este,
lote 2 G, y al oeste, Ornamentales S. A. Mide: sesenta y ocho metros con tres
decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y
quince minutos del trece de octubre del dos mil quince, con la base de trece
millones cuatrocientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y
quince minutos del veintiocho de octubre del dos mil quince, con la base de
cuatro millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Denny María de los
Ángeles Rojas Oviedo y otro. Expediente Nº 15-003260-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 09
de julio del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015049989).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada (citas:
341-02757-01-0912-001), a las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de
setiembre del dos mil quince, y con la base de veintidós millones colones
exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número ciento ochenta y tres mil diez-cero cero cero, la
cual es terreno para construir con una casa, garaje y corredor. Situada: en el
distrito 02 La Virgen, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, Ana Iris Sosa Rojas, William Álvarez; al sur, calle pública
con 30 metros de frente; al este, Ana Iris Sosa Rojas, y al oeste, calle
pública con 15 metros de frente cuadrados. Mide: cuatrocientos cincuenta metros
con diez decímetros. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y
treinta minutos del trece de octubre del dos mil quince, con la base de
dieciséis millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta
minutos del veintiocho de octubre del dos mil quince, con la base de cinco
millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Elizabeth Segura Páez y José Pablo Arce
Sánchez. Expediente Nº 15-003276-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 09 de julio del
2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015049991).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada (citas:
292-17476-01-0903-001), a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del
veintiocho de setiembre del dos mil quince, y con la base de dieciséis millones
de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y nueve mil seiscientos
veintiocho-F- cero cero cero, la cual es terreno finca filial primaria
individualizada número sesenta y cuatro, apta para construir que se destinará a
uso habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada:
en el distrito 07 Puente de Piedra, cantón 03 Grecia, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, acceso tres; al sur, acceso dos; al este, acceso
tres, y al oeste, finca filial primaria individualizada número sesenta y cinco.
Mide: trescientos diecisiete metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para
el segundo remate, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del
trece de octubre del dos mil quince, con la base de doce millones colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de octubre del
dos mil quince, con la base de cuatro millones colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Edwin Rodrigo González
Marrochi. Expediente Nº 15-002550-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 09 de julio del
2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015049993).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada (citas:
292-17476-01-0903-001), a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del
veintiocho de setiembre del dos mil quince, y con la base de dieciséis millones
de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y nueve mil seiscientos
veintiocho-F- cero cero cero, la cual es terreno finca filial primaria
individualizada número sesenta y cuatro, apta para construir que se destinará a
uso habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada:
en el distrito 07 Puente de Piedra, cantón 03 Grecia, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, acceso tres; al sur, acceso dos; al este, acceso
tres, y al oeste, finca filial primaria individualizada número sesenta y cinco.
Mide: trescientos diecisiete metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para
el segundo remate, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del
trece de octubre del dos mil quince, con la base de doce millones colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de octubre del
dos mil quince, con la base de cuatro millones colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Edwin Rodrigo González
Marrochi. Expediente Nº 15-002550-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 09 de julio del
2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015049993).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reserva de Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos, a las diez horas y treinta minutos del dieciséis de setiembre
del dos mil quince, y con la base de treinta mil trescientos cuarenta y un
dólares exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula número quince mil novecientos dos-cero cero
cero, la cual es terreno con una edificación. Situada: en el distrito 01
Corredor, cantón 10 Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte, Bernardo Tubito Dambrosio; al sur y al este, Inmobiliaria Hemperador del
Sur Sociedad Anónima, y al oeste, calle pública con 26 metros 06 centímetros.
Mide: quinientos cuarenta y dos metros con cero decímetros cuadrados. Para el
segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del primero de
octubre del dos mil quince, con la base de veintidós mil setecientos cincuenta
y cinco dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos
del diecinueve de octubre del dos mil quince, con la base de siete mil
quinientos ochenta y cinco dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Misty Coral S.
A. contra Inversiones Madereras Caño Seco S. A. Expediente Nº
15-000225-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela, San Ramón, 15 de junio del 2015.—Lic. José Luis
Camareno Castro, Juez.—(IN2015049997).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las once horas y treinta minutos del veintitrés de
setiembre de dos mil quince, y con la base de tres millones cuatrocientos
diecinueve mil novecientos cuarenta y cinco colones con veintiún céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas N° CL 258788, marca:
Nissan, estilo: Frontier XE, categoría: carga liviana, capacidad: 4 personas,
tracción: 4x2, año: 1998, color: vino. Para el segundo remate se señalan las
once horas y treinta minutos del nueve de octubre de dos mil quince, con la
base de dos millones quinientos sesenta y cuatro mil novecientos cincuenta y
ocho colones con noventa céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del
veintisiete de octubre de dos mil quince con la base de ochocientos cincuenta y
cuatro mil novecientos ochenta y seis colones con treinta céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Ching
Fu Tseng Ni contra Ignacio Antonio García Dolmo. Exp. N° 14-008218-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 15 de julio del 2015.—Lic.
Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2015050179).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando plazo de convalidación (ley de
localización de derec) citas: 2013-23615-01-0003-001; a las quince horas y cero
minutos del veintiséis de octubre de dos mil quince y con la base de cuatro
millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos dos
mil doscientos cincuenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno con una
casa. Situada en el distrito 05 Palmira, cantón 11 Zarcero, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Adita Rojas Hernández; al sur, Hilda Rojas
Hernández; al este, calle pública con un frente a ella de 15.68 metros y al
oeste, calle pública con un frente a ella de 20.68 metros. Mide: seiscientos
cuarenta y cinco metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del diez de noviembre
de dos mil quince, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil
colones exactos y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero
minutos del veinticinco de noviembre de dos mil quince con la base de un millón
ciento veinticinco mil colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Errol Daniel Rodríguez Rodríguez contra Gina María
Alvarado Rojas. Exp. N° 15-000908-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía
y Contravencional de Grecia, 2 de junio del 2015.—Lic. Brayan Li Morales,
Juez.—(IN2015050195).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las dieciséis horas y cero minutos (4:00 pm) del
dos de setiembre de dos mil quince, y con la base de catorce mil quinientos
treinta y siete dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo placa 631845, Suzuki automóvil, estilo APV, capacidad 8 personas, año
2006, color azul, tracción 4x2, vin MHYDN71V15J101986. Para el segundo remate
se señalan las dieciséis horas y cero minutos (4:00 p. m.) del dieciocho de
setiembre de dos mil quince, con la base de diez mil novecientos dos dólares
con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos (4:00 pm) del
cinco de octubre de dos mil quince con la base de tres mil seiscientos treinta
y cuatro dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad
Anónima contra Alexander Francisco Vives Chaverri. Exp. N° 12-010032-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 28 de julio del 2015.—Lic.
Pilar Gómez Marín, Jueza.—(IN2015050203).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y cero minutos del veinticinco de
setiembre del dos mil quince, y con la base de ciento cincuenta millones de
colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula Nº 40502-000, la cual es terreno dedicado a la
agricultura con una casa y una bodega. Situada: en el distrito 05 Santa Rosa,
cantón 07 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Aníbal
Sánchez y Rafael Ulet; al sur, Alvarado Granados y Benjamín Méndez; al este,
calle pública, y al oeste, Benjamín Ulet. Mide: tres mil setecientos ochenta y
seis metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se
señalan las ocho horas y cero minutos del trece de octubre del dos mil quince,
con la base de ciento doce millones quinientos mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho
horas y cero minutos del veintiocho de octubre del dos mil quince, con la base
de treinta y siete millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Moisés Bolívar Masís
Sánchez. Expediente Nº 15-001052-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial
de Cartago, 09 de julio del 2015.—Licda. Karina Quesada Blanco,
Jueza.—(IN2015050205).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de
agosto del año dos mil quince, y cada uno con la base de cuatro millones
novecientos treinta y tres mil novecientos veinte colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: 1) vehículo: placas CL-218392, marca Greatwall,
estilo Greatwall Deer, categoría carga liviana, año dos mil siete, capacidad
cinco personas, carrocería caja abierta o campu, color blanco, vin
LGWCABG767A062197, chasis LGWCABG767A062197, serie LGWCABG767A062197, motor
GW4D280609019197, cilindra dos mil setecientos setenta y un cc. 2) Vehículo:
placa CL- 218391, marca Greatwall, estilo Greatwall Deer, categoría carga
liviana, año dos mil siete, capacidad cinco personas, carrocería caja abierta o
campu, color blanco, vin LGWCABG747A062196, chasis LGWCABG747A062196, serie
LGWCABG747A062196, motor GW4D280609019189, cilindra dos mil setecientos setenta
y un cc. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del
diez de setiembre del año dos mil quince. Cada uno con la base de tres millones
setecientos mil cuatrocientos cuarenta colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
treinta minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil quince. Cada uno
con la base de un millón doscientos treinta y tres mil cuatrocientos ochenta
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Asdrúbal Sánchez Núñez,
Distribuidora Liberiana Sánchez y Jiménez S. A., Exp. N° 10-000231-0386-CI.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste
(Liberia), 23 de julio del 2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén,
Juez.—(IN2015050206).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios, a las once horas y quince minutos del tres de
setiembre de dos mil quince, y con la base de veintiún mil novecientos sesenta
y nueve dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placa: FDJ981, marca: Toyota,
estilo: Corolla GLI, categoría: automóvil, año: 2012, color: gris, vin:
JTDBL42E009167261, N° motor: 2ZRO922460, cilindrada: 1800 c.c., combustible:
gasolina. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del
veintiuno de setiembre de dos mil quince, con la base de dieciséis mil
cuatrocientos setenta y seis dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas
y quince minutos del seis de octubre de dos mil quince con la base de cinco mil
cuatrocientos noventa y dos dólares con veinticinco centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Rolando Alpízar Torres.
Exp. N° 15- 015061-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 25 de mayo del 2015.—Msc. Yesenia Solano
Molina, Jueza.—(IN2015050209).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro
de setiembre de dos mil quince, y con la base de diecisiete mil doscientos
sesenta y siete dólares con cinco centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo placas BBR 041, marca Toyota, estilo Yaris, año 2012, color
azul, capacidad 5 personas, motor número 2NZ6084741, vin JTDKW9D380D57723,
chasis JTDKW9D380D57723, serie JTDKW9D380D57723, combustible gasolina, tracción
4x2, y cilindrada 1300 c.c. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y
treinta minutos del nueve de octubre de dos mil quince, con la base de doce mil
novecientos cincuenta dólares con veintinueve centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil quince con la base de
cuatro mil trescientos dieciséis dólares con setenta y seis centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
BAC San José S. A. contra Eduvina de los Ángeles Álvarez Victores y Manfred
Flores Álvarez. Exp. N° 15-000497-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de
Heredia, 8 de mayo del 2015.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra,
Juez.—(IN2015050219).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando plazo de convalidación
(rectificación de medida); a las catorce horas y treinta minutos del siete de
octubre del año dos mil quince, y con la base de veintiséis millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y seis mil trescientos cuatro -
cero cero cero, la cual es terreno con una casa y un galerón. Situada en el distrito
03 San Juan, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, Héctor Luis Rodríguez Carvajal; al sur, Rolanda Soto Fernández y en
parte María del Carmen, Jeudy Gerardo, Eduar Danilo, Juan Carlos, Natalie todos
Sandoval Rodríguez; al este Doris María Vargas Chaves y Ligia María Céspedes
Hidalgo ambas en partes y al oeste, calle pública con un frente a ella de 8.63
metros. Mide: cuatrocientos cuarenta y tres metros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de octubre
del año dos mil quince, con la base de diecinueve millones quinientos mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del nueve de noviembre
del año dos mil quince con la base de seis millones quinientos mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Jenny María Rodríguez Araya contra Gisela María Cruz López. Exp.
N° 15-000527-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela, San Ramón, 4 de agosto del 2015.—Lic. José Luis
Camareno Castro, Juez.—(IN2015050239).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando cond rest, reservas y
restricciones; a las trece horas y treinta minutos del quince de octubre de dos
mil quince, y con la base de un millón de colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número ciento veintiún mil setecientos nueve-cero cero cero, la cual
es terreno para construir. Situada en el
distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al
norte, calle pública con 8.18 metros de frente; al sur, Promociones Ambientales
y Turísticas del Atlántico S. A.; al este, Promociones Ambientales y Turísticas
del Atlántico S. A. y al oeste, Promociones Ambientales y Turísticas del
Atlántico S. A. Mide: doscientos catorce metros con sesenta decímetros
cuadrados. 2) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintiún
mil setecientos seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada
en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, calle publica con 9.07 metros de frente; al sur, Promociones
Ambientales y Turísticas del Atlántico S. A.; al este, Promociones Ambientales
y Turísticas del Atlántico S. A. y al oeste, Promociones Ambientales y
Turísticas del Atlántico S. A. Mide: doscientos treinta y cuatro metros con
treinta decímetros cuadrados. 3) Finca inscrita en el Registro Público, Partido
de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
ciento veintiún mil setecientos siete-cero cero cero, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la
provincia de Limón. Colinda: al norte calle publica con 9.05 metros de frente;
al SUR Promociones Ambientales y Turísticas del Atlántico S. A. ; al este
Promociones Ambientales y Turísticas del Atlántico S. A. y al oeste Promociones Ambientales y
Turísticas del Atlántico S. A. Mide: doscientos treinta metros con setenta y
dos decímetros cuadrados. 4) Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintiún mil setecientos
ocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte
calle pública con 9 metros de frente; al sur Promociones Ambientales y
Turísticas del Atlántico S. A. al este Promociones Ambientales y Turísticas del
Atlántico S. A. y al oeste Promociones
Ambientales y Turísticas del Atlántico S. A. Mide: doscientos treinta y cinco
metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las trece horas y treinta minutos del treinta de octubre de dos mil
quince, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece
horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre de dos mil quince con la
base de doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Francisco Muñoz Alvarado
contra Gerardo Francisco Guzmán Navarro. Exp. N° 14-001090-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 16 de junio del 2015.—Lic. Isabel
Castillo Navarro, Jueza.—(IN2015050240).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando plazo de convalidación
(rectificación de medida); a las catorce horas y treinta minutos del siete de
octubre del año dos mil quince, y con la base de veintiséis millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y seis mil trescientos cuatro -
cero cero cero, la cual es terreno con una casa y un galerón. Situada en el
distrito 03 San Juan, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Héctor Luis Rodríguez Carvajal; al sur, Rolanda Soto
Fernández y en parte María del Carmen, Jeudy Gerardo, Eduar Danilo, Juan
Carlos, Natalie todos Sandoval Rodríguez; al este, Doris María Vargas Chaves y
Ligia María Céspedes Hidalgo ambas en partes y al oeste, calle pública con un
frente a ella de 8.63 metros. Mide: cuatrocientos cuarenta y tres metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta
minutos del veintitrés de octubre del año dos mil quince, con la base de
diecinueve millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta
minutos del nueve de noviembre del año dos mil quince con la base de seis
millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jenny María Rodríguez Araya
contra Gisela María Cruz López. Exp. N° 15-000527-1203-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 4 de
agosto del año 2015.—Lic. José Luis Camareno Castro, Juez.—(IN2015050241).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del ocho de
setiembre del año dos mil quince y con la base de quinientos cincuenta y ocho
mil quinientos doce colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo placas BFG144, marca Hyundai, estilo Accent, categoría automóvil,
capacidad 5 personas, año 1999, color blanco, carrocería sedan 4 puertas,
tracción 4x2. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta
minutos del veinticuatro de setiembre del año dos mil quince, con la base de
cuatrocientos dieciocho mil ochocientos ochenta y cuatro colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las trece horas y treinta minutos del nueve de octubre del año dos mil quince
con la base de ciento treinta y nueve mil seiscientos veintiocho colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Multiservicios Orca Limitada contra Jorge Abelardo Fuentes
Calderón, Kattia Patricia Murillo Rojas. Exp. N° 14-002425-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 25
de mayo del 2015.—Lic. José Luis Camareno Castro, Juez.—(IN2015050248).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del catorce de
setiembre del año dos mil quince, y con la base de un millón trescientos
sesenta y dos mil cien colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo: Placas número BCM334. Marca Hyundai. Estilo Accent.
Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 1998. Vin KMHVF21LPWU531343.
Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta
de setiembre del año dos mil quince, con la base de un millón veintiún mil
quinientos setenta y cinco colones exactos y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y treinta minutos del quince de octubre del año dos mil
quince con la base de trescientos cuarenta mil quinientos veinticinco colones
exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Multiservicios Orca Limitada Rep/Lucía Ugalde Chávez contra Eduardo Enrique
Obando Jiménez. Exp. N° 15-000559-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía
y Contravencional de Grecia, 11 de mayo del 2015.—Lic. Raquel Machado
Fernández, Jueza.—(IN2015050251).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de anotaciones y gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del
veintidós de setiembre del dos mil quince, y con la base de tres millones
trescientos cincuenta y seis mil novecientos cuarenta y tres colones con
sesenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo
placas número 356935, marca Nissan, estilo primera GX, categoría automóvil,
capacidad 5 personas, año 2000, color azul, vin JN1BCAP11Z0931667, cilindrada
1998 cc., combustible gasolina, motor Nº SR20206789B. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y cero minutos del nueve de octubre del dos mil
quince, con la base de dos millones quinientos diecisiete mil setecientos siete
colones con setenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del
veintisiete de octubre del año dos mil quince con la base de ochocientos
treinta y nueve mil doscientos treinta y cinco colones con noventa y un
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. la anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria
de Mulltiservios Orca Limitada contra José Eduardo Quirós Rojas. Exp. Nº
14-002527-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de
Grecia, 24 de junio del 2015.—Licda. Patricia Cedeño Leitón,
Jueza.—(IN2015050252).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del catorce de
setiembre del dos mil quince, y con la base de doscientos treinta y tres
millones ciento veintitrés mil cien colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José,
sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
seiscientos mil doscientos noventa y ocho-cero cero cero la cual es terreno de
solar con una casa de habitación y una bodega. Situada en el distrito
Desamparados, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Rodolfo Vendick Muler; al sur, calle pública con 18.66 metros de frente;
al este, Luz Marina Calderón Arias, Víctor Aníbal Monge y Rodolfo Vendick Muler
y al oeste, Rodolfo Vendick Muler. Mide: novecientos ocho metros con tres
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero
minutos del treinta de setiembre del dos mil quince, con la base de ciento
setenta y cuatro millones ochocientos cuarenta y dos mil trescientos
veinticinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de
octubre del dos mil quince con la base de cincuenta y ocho millones doscientos
ochenta mil setecientos setenta y cinco colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Príncipes de Alcantara S. A., contra Mueblería Vimar S. A.,
Víctor Manuel Rivera Cascante. Exp. Nº 14-022244-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 9 de
julio del 2015.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2015050254).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada inscrita al
tomo 247, asiento 2625-01-0901-001; y al tomo
247, asiento 2625-01-0902-001; a las diez horas y treinta minutos del primero
de octubre del dos mil quince, y con la base de seis millones treinta y tres
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Cartago, sección de propiedad, bajo el
sistema de folio real, matrícula número 219712-000 la cual es terreno de café.
Situada en el distrito 05 Santa Teresita, cantón 05 Turrialba, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte, Edwin Jiménez Soto; al sur, calle pública con un
frente de 19 metros lineales; al este, Édgar Molina Segura y al oeste, Mario
Paniagua Ulloa. Mide: dos mil sesenta y seis metros con cero decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos
del diecinueve de octubre del dos mil quince, con la base de cuatro millones
quinientos veinticuatro mil setecientos cincuenta colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las diez horas y treinta minutos tres de noviembre del dos mil quince, con la
base de un millón quinientos ocho mil doscientos cincuenta colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Álvaro Arce
Oconitrillo. Exp. Nº 14-001298-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado
de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de junio del
2015.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez.—(IN2015050266).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios a las quince horas treinta minutos del ocho de
octubre del dos mil quince, y con la base de cincuenta y siete millones de
colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José sección de propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número 415480-000 la cual es terreno para construir con
una casa lote 39-B situada en el distrito 03 Trinidad, cantón 14 Moravia de la
provincia de San José. Colinda: al norte, lote 38-B al sur, calle pública; al
este lote 40-B y al oeste calle pública;
mide: ciento setenta metros con veintitrés centímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las quince horas treinta minutos del veintiséis de
octubre del dos mil quince con la base de cuarenta y dos millones setecientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las quince horas treinta minutos del diez de
noviembre del dos mil quince con la base de catorce millones doscientos
cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa
Rica contra Luis Guillermo Zumbado Carvajal. Exp. Nº 13-011339-1012-CJ.
Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de
San José, 16 de julio del 2015.—Lic. Steven Galagarza Mata,
Juez.—(IN2015050281).
A las diez horas y treinta minutos del
diecisiete de setiembre del dos mil quince, en la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la
base de veintidós mil novecientos ochenta y un dólares, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número ciento veintitrés mil ochocientos cincuenta y dos-cero cero cero, la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Cañas, cantón 06
Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Jorge Eduardo Sancho
Arce; al sur, Urbanizadora Mausil S. A.; al este, Carretera Interamericana y al
oeste, Urbanizadora Mausil S. A. Mide: mil ciento setenta y dos metros con
cuarenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo
hipotecario de Instituto Nacional de Seguros contra William Enrique Mora
Guevara. Exp. Nº 07-021646-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos
Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 8 de julio del
2015.—Lic. Edwin Mata Elizondo, Juez.—(IN2015050295).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y quince minutos del veintiocho
de setiembre del dos mil quince, y con la base de cinco millones quinientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número ciento un mil ciento noventa y uno-cero cero uno y
cero cero dos la cual es lote 42 H, terreno para construir, con una casa.
Situada en el distrito 8-Barranca, cantón 1-Puntarenas, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al noreste, Lotificadora del Pacífico Sociedad Anónima; al
noroeste, resto destinado a calle; al sureste, Lotificadora del Pacífico
Sociedad Anónima y al suroeste, Lotificadora del Pacífico Sociedad Anónima.
Mide: ciento veintiséis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y quince minutos del trece de octubre del dos mil quince, con la
base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
quince minutos del veintiocho de octubre del dos mil quince con la base de un
millón trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Félix Lorenzo Ruiz
Cáceres y Lesbia Isabel Otero Fletes. Exp. Nº 15-002781-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 9
de julio del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015050296).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y cuarenta y cinco minutos (una
hora y cuarenta y cinco minutos pasado meridiano) del veintiocho de setiembre
del dos mil quince, y con la base de veintiocho millones de colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número doscientos trece mil sesenta y uno cero cero cero, la cual es
de naturaleza: terreno para construir, lote doscientos ocho, con una casa.
Situada en el distrito 2-Mercedes, cantón 1-Heredia, de la provincia de
Heredia. Colinda: al norte, lote 209; al sur, lote 207; al este, calle pública
y al oeste, Bernardo Víquez Chaverri y lote 210. Mide: doscientos cincuenta y
dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y
cuarenta y cinco minutos (una hora y cuarenta y cinco minutos pasado meridiano)
del trece de octubre del dos mil quince, con la base de veintiún millones de
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos (una hora y
cuarenta y cinco minutos pasado meridiano) del veintiocho de octubre del dos
mil quince con la base de siete millones de colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Andrea Patricia
Alvarado Rojas, Gerardo Antonio de Jesús Alvarado Ulate. Exp. Nº
15-003345-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 13 de julio del 2015.—Msc. Juan Carlos
Castro Villalobos, Juez.—(IN2015050297).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada (citas
392-03022-01-0900-001), servidumbre trasladada (citas 396-16116-01-0810-001); a
las catorce horas y cuarenta y cinco minutos (dos horas y cuarenta y cinco
minutos pasado meridiano) del veintiocho de setiembre del dos mil quince, y con
la base de once millones doscientos ochenta mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
cuatrocientos noventa y cuatro mil setecientos cuarenta y ocho cero cero cero,
la cual es de naturaleza: terreno para construir una vivienda de interés
social. Situada en el distrito 7-El Rosario, cantón 6-Naranjo, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, Mauricio Ledezma Villalobos; al sur, Gilberto
Vastro Porras; al este, quebrada Hornos en medio Clodoveo Zamora Soto y al
oeste, Lidiette Ledezma Villalobos y calle pública frente a ella por medio
callejón de acceso con 3.04 metros. Mide: seiscientos trece metros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos (dos
horas y cuarenta y cinco minutos pasado meridiano) del trece de octubre del dos
mil quince, con la base de ocho millones cuatrocientos sesenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos (dos horas y cuarenta y
cinco minutos pasado meridiano) del veintiocho de octubre del dos mil quince
con la base de dos millones ochocientos veinte mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela la Vivienda contra Cindy Alejandra Ledezma Villalobos. Exp. Nº
15-003413-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 14 de julio del 2015.—Msc. Juan
Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015050300).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de
setiembre del dos mil quince, y con la base de cinco millones setecientos siete
mil novecientos ochenta colones con cuarenta y ocho céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
trescientos veinte mil trescientos cuarenta y siete cero cero cero, la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito 1-San Isidro de El General,
cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Lourdes Barrantes; al sur, Rafael Villegas Argentina Antillón; al este, Rafael
Villegas y al oeste, calle pública. Mide: setecientos veintinueve metros con
cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
ocho horas y treinta minutos del uno de octubre del dos mil quince, con la base
de cuatro millones doscientos ochenta mil novecientos ochenta y cinco colones
con treinta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de
octubre del dos mil quince con la base de un millón cuatrocientos veintiséis
mil novecientos noventa y cinco colones con doce céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L.,
contra Célimo Alberto Alvarado Ortiz, Freddy Gerardo Alvarado Ortiz. Exp. Nº
15-002758-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur, 17 de junio del 2015.—Licda.
Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2015050315).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del dieciocho de
setiembre del dos mil quince, y con la base de diez millones doscientos
dieciocho mil quinientos treinta y nueve colones con cuarenta y nueve céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de folio
real, matrícula número ciento tres mil ciento sesenta y cuatro cero cero cero,
la cual es terreno lote A-10 terreno para construir. Situada en el distrito
2-Puerto Jiménez, cantón 7-Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte, calle pública, al sur, Justo Pastor Tejado, al este, lote A-11 y Juan
Diego Mora Cambronero y al oeste, Juan Diego Mora Cambronero, lote A-9. Mide:
ciento ochenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y cero minutos del cinco de octubre del dos mil quince, con la base de
siete millones seiscientos sesenta y tres mil novecientos cuatro colones con
sesenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de
octubre del dos mil quince con la base de dos millones quinientos cincuenta y
cuatro mil seiscientos treinta y cuatro colones con ochenta y siete céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Coopealianza R. L., contra Ana Yency García Bellido. Exp. Nº
15-002892-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, 15 de julio del 2015.—Licda. Eileen Chaves Mora,
Jueza.—(IN2015050317).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes prendarios, a las trece horas y veinte minutos (01:20 p. m.) del
dos de setiembre del dos mil quince, y con la base de cuatro millones
doscientos setenta y tres mil novecientos cincuenta y ocho colones con setenta
y cuatro céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: vehículo placas:
Nº 539668, marca: Suzuki, estilo: Ignis, categoría: automóvil, capacidad: 5
personas, año: 2004, color: gris, tracción: 4x2. Para el segundo remate, se
señalan las trece horas y veinte minutos (01:20 p. m.) del dieciocho de
setiembre del dos mil quince, con la base de tres millones doscientos cinco mil
cuatrocientos sesenta y nueve colones con cinco céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas
y veinte minutos (01:20 p. m.) del cinco de octubre del dos mil quince, con la
base de un millón sesenta y ocho mil cuatrocientos ochenta y nueve colones con
sesenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Financiera Desyfin Sociedad Anónima contra Adriana
Vanessa López Rojas. Expediente Nº 12-016187-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro Judicial de Cartago, 28 de julio del 2015.—Licda. Pilar Gómez
Marín, Jueza.—(IN2015050321).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y cero minutos del veintiocho de
agosto del dos mil quince, y con la base de veintiocho millones doscientos
ochenta mil ciento dos colones con siete céntimos, en el mejor postor, remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
quinientos ocho mil ciento veintitrés cero cero cero, la cual es terreno de
pasto con una casa de habitación. Situada: en el distrito 01-San Isidro de El
General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Margoth Calderón Barrantes; al sur, Zúñiga Hermanos Sociedad Anónima; al
este, calle pública, y al oeste, Víctor Manuel Martínez Mora, Willy Vargas
Quirós, Manuel Núñez Abarca y Grisel Atencio. Mide: seiscientos cincuenta y
cinco metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se
señalan las nueve horas y cero minutos del catorce de setiembre del dos mil
quince, con la base de veintiún millones doscientos diez mil setenta y seis
colones con cincuenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento),
y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del
veintinueve de setiembre del dos mil quince, con la base de siete millones
setenta mil veinticinco colones con cincuenta y dos céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Coopealianza R.L., contra Carlos Alberto Calderón Cisneros. Expediente Nº
15-002557-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, 27 de mayo del 2015.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2015050328).
A las ocho horas treinta minutos del
veintiséis de noviembre del dos mil quince, en la puerta exterior de este
Despacho, y con la base de veintiocho millones trescientos cincuenta y cinco
mil quinientos veinte colones exactos, sáquese a venta judicial, al mejor
postor, lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Heredia, Sección de Propiedad, bajo la matrícula Nº 147813-000, la cual es
terreno para construir. Situada: en el distrito 03 (San Pablo), cantón 02 (Barva),
de la provincia de (Heredia). Colinda: al norte, Asociación Solidarista de
Empleados de la Cooperativa de Caficultores de Heredia Liberta de
Responsabilidad Limitada; al sur, Asociación Solidarista de Empleados de la
Cooperativa de Caficultores de Heredia Liberta de Responsabilidad Limitada; al
este, calle pública, y al oeste, Luis Enrique Herrera Segura. Mide: ciento
ochenta y tres metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Se declara la
venta judicial por ordenarse así en proceso ejecución de sentencia de Roxana
León Solís, cédula de identidad Nº 1-0528-0121, contra Luis Gerardo Hidalgo
Bogantes, cédula de identidad Nº 6-0130-0724. Expediente Nº 04-000158-0364-FA.—Juzgado
de Familia de Heredia, 29 de junio del 2015.—Msc. Cynthia Rodríguez Murillo,
Jueza.—Exonerado.—(IN2015050329).
En la puerta de este Juzgado, en el mejor
postor, a las diez horas del seis de noviembre del dos mil quince libre de
gravámenes y con la base de ochocientos sesenta y seis mil trescientos treinta
y siete con cincuenta colones exactos, remataré: seis trozas de Pilón con
1.525.7 pulgadas; dos trozas de Caobilla con 193.45 pulgadas; cuatro trozas de
Cedro María con 1679 pulgadas. Lo anterior se remata por ordenarse así dentro
de la causa Nº 15-000373-0332-PE, seguido contra Ricardo Eric Alpízar Salas,
por el delito de aprovechamiento ilegal de productos forestales, en daño de los
Recursos Naturales.—Juzgado Penal del Tercer Circuito Judicial de Alajuela,
Sede San Ramón.—Licda. Ana Laura Darcia Delgado, Jueza.—Exonerado.—(IN2015050330).
A las nueve de la mañana del siete de octubre
del dos mil quince, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, y con la base de dieciocho millones ciento noventa mil colones
exactos (¢18.190.000), en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad,
matrícula número cincuenta y seis mil seiscientos-cero-cero-dos, la cual es
terreno para la agricultura. Situada: en el distrito cuarto Bratsi, cantón
cuarto Talamanca, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, con parcela 137;
al sur, parcela 180; al este, calle pública, y al oeste, parcela 176. Mide:
cuarenta y dos mil ochocientos cuarenta y siete metros con ochenta y tres
decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las nueve de la mañana del
siete de octubre del dos mil quince. De no haber postores, para llevar a cabo
el segundo remate, se señalan las ocho horas del veintiséis de octubre del dos
mil quince, con la base de trece millones seiscientos cuarenta y dos mil
quinientos colones (¢13.642.500), (rebajada en un 25%). De no apersonarse
rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve de la mañana del once
de noviembre del dos mil quince, con la base de cuatro millones quinientos cuarenta
y siete mil quinientos colones (¢4.547.500) (un 25% de la base original). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución sentencia de Andrea Fernández
Zúñiga y otros, contra Carlos Tabash Lazarus, José Tabash Lazarus. Expediente
Nº 05-160044-0465-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la
Zona Atlántica, 03 de agosto del 2015.—Licda. Heilin Rojas Madrigal,
Jueza.—Exonerado.—(IN2015050333).
En la puerta exterior de este Despacho,
soportando hipoteca de primer grado en favor de la Caja Costarricense de Seguro
Social, con vencimiento para el 10 de marzo del 2023, por seis millones
doscientos mil colones; así como afectación de habitación familiar en favor de
la ejecutante, a las nueve horas del siete de setiembre del dos mil quince, y
con la base de treinta y siete millones ciento veinte mil quinientos noventa y
ocho colones 00/100, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y seis mil quinientos
treinta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada: en el
distrito San Vicente, cantón Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Miguel Monge Rodríguez; al sur, Héctor Chavarría; al este, calle pública
con 6 metros doscientos setenta milímetros, y al oeste, calle privada en medio
otro. Mide: ciento setenta y ocho metros con ochenta y tres decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas del veintitrés de
setiembre del dos mil quince, con la base de veintisiete millones ochocientos
cuarenta mil cuatrocientos cuarenta y nueve colones 00/100 (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas
del siete de octubre del dos mil quince, con la base de nueve millones
doscientos ochenta mil ciento cuarenta y nueve colones 00/100 (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso separación judicial de Marbeth
cc Macbeth Sánchez Leal contra Freddy Alberto Calvo Rodríguez. Expediente Nº
12-001383-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San
José, 13 de julio del 2015.—Msc. Ramón Zamora Montes,
Juez.—Exonerado.—(IN2015050334).
En la puerta exterior del local que ocupa
este Despacho, se rematará un inmueble que se describe de la siguiente manera:
Finca inscrita al partido de Heredia, matrícula número ciento treinta y tres
mil cincuenta y cuatro, submatrícula cero cero cero, que es terreno de repastos,
montaña, frutal con una casa y un corral. Situado: en Puerto Viejo, distrito
primero del cantón décimo Sarapiquí, de la provincia de Heredia, que mide un
millón cuatrocientos quince mil quinientos setenta y dos metros cuadrados, y
que linda: al norte, con German Chaves, Pompilio Montiel Acuña y calle pública
con un frente a ella de diez metros; al sur, con Pórtico Sociedad Anónima; al
este, con río La Tigra, y al oeste, con Pompilio Montiel Acuña, según lo
describe topográficamente el plano catastrado Nº H-0508615-1983 libre de
gravámenes, al ser las ocho horas del catorce de octubre del dos mil quince, y
con la base de cinco millones de colones. En el caso de resultar fracasado ese
primer remate, para llevar a cabo una segunda subasta pero con la base tres
millones setecientos cincuenta mil colones (incluida la rebaja del veinticinco
por ciento de la base anterior), se señalan las ocho horas del veintinueve de
octubre del dos mil quince. De ser fracasado también el segundo señalamiento,
para llevar a cabo la tercera subasta, se señalan las ocho horas del trece de
noviembre del dos mil quince, esta vez con la base de un millón doscientos
cincuenta mil colones (es decir un veinticinco por ciento de la base original).
Se advierte además que de conformidad con el artículo 25 de la Ley Cobro
Judicial, si al tercer remate no hubiere postores, el bien se tendrá por
adjudicado al ejecutante, por el veinticinco por ciento de la base original. Lo
anterior se remata por haberse ordenado así en ejecución hipotecaria Nº
15-000149-0507-AG (182-2-15) del Banco Nacional de Costa Rica contra Guillermo
González Vargas y Ricardo González Agüero.—Juzgado Agrario del Segundo
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 04 de agosto del
2015.—Lic. William Roberto Arburola Castillo, Juez
Agrario.—Exonerado.—(IN2015050335).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de alero anotada bajo
las citas: 363-2679-01-0990-001, a las diez horas y treinta minutos del
veintiocho de agosto del dos mil quince, y con la base de catorce millones
treinta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y ocho colones con dieciocho
céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula Nº 345002-000, la cual es terreno lote 373 con una casa.
Situada: en el distrito 10 Hatillo, cantón 01 San José, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, lote Ñ 374 de José Lloyd Flores; al sur, lote Ñ 372
del INVU; al este, calle pública, y al oeste, lote Ñ 364 del INVU. Mide:
noventa metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate,
se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de setiembre del dos
mil quince, con la base de diez millones quinientos veintinueve mil quinientos
ochenta y seis colones con trece céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos
del treinta de setiembre del dos mil quince, con la base de tres millones
quinientos nueve mil ochocientos sesenta y dos colones con cuatro céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Caja Costarricense de Seguro Social contra
Albin Antonio González Potoy. Expediente Nº 14-030642-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 02 de
julio del 2015.—Lic. Luis Carlos Arana Oronó, Juez.—(IN2015050350).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y cero minutos del tres de
setiembre del dos mil quince, y con la base de cuarenta y seis mil doscientos
cuarenta y un dólares con ochenta y siete centavos, en el mejor postor,
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos setenta y tres mil quinientos diecinueve cero cero cero, la cual
es terreno para construir. Situada: en el distrito 06 / Pital, cantón 10 / San
Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, resto reservado de
Johan Alberto Camacho Espinoza y Edgardo Camacho Espinoza; al sur, Xinia
Espinoza Reyes; al este, resto reservado de Johan Alberto Camacho Espinoza y
Edgardo Camacho Espinoza, y al oeste, calle pública con veinticuatro metros
cuarenta y siete centímetros lineales. Mide: mil quinientos setenta y tres
metros con cero decímetros cuadrados. Plano: A-1443155-2010. Para el segundo
remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiuno de setiembre
del dos mil quince, con la base de treinta y
cuatro mil seiscientos ochenta y un dólares con cuarenta centavos (rebajada en
un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce
horas y cero minutos del seis de octubre del dos mil quince, con la base de
once mil quinientos sesenta dólares con cuarenta y cinco centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Cooperativa Nacional de Educadores R.L. contra Gloriana Ulate Espinoza.
Expediente Nº 15-013157-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de mayo del 2015.—Licda.
Nidia Durán Oviedo, Jueza.—(IN2015050362).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del veinticinco de
agosto del año dos mil quince, y con la base de ocho millones quinientos
catorce mil doscientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos
diecisiete mil setecientos setenta y tres - cero cero cero, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito 07 San Isidro, cantón 02 San Ramón, de
la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Élida
Ovares; al este, Élida Ovares y al oeste, Heriberto Fernández Matamoros. Mide:
ciento cincuenta y siete metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para
el Segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diez de
setiembre del año dos mil quince, con la base de seis millones trescientos
ochenta y cinco mil seiscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las ocho horas y
cero minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil quince con la base de
dos millones ciento veintiocho mil quinientos cincuenta colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Braulio Madrigal Araya contra Élida Ovares
Arias. Exp.: 14-003104-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 07 de mayo del 2015.—Lic. María
Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2015050541).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas Ley de Aguas: Tomo: 305,
Asiento: 9094, Secuencia: 01, Subsecuencia: 0007, Consecutivo 001. Reservas Ley
de Caminos: Tomo: 305, Asiento: 9094, Secuencia: 01, Subsecuencia: 0008,
Consecutivo 001; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de
agosto de dos mil quince, y con la base de ocho millones de colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número trescientos sesenta y nueve mil novecientos sesenta-cero cero cero,
la cual es terreno lote 2 de solar. Situada en el distrito 04, cantón 10, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ricardo Soro Montero; al sur, calle
pública; al este, Martín Esquivel Rojas y al oeste, lote uno de Martin Esquivel
Rojas. Mide: mil metros cuadrados, plano: A-0710188-2001. Para el Segundo
remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de
setiembre de dos mil quince, con la base de seis millones de colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan
las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de octubre de dos mil
quince con la base de dos millones de colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Minor
José Durán Castro contra Inversiones Esquivel Sibaja S. A. Exp.:
15-016095-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 01 de junio del 2015.—Lic. Nidia Durán Oviedo,
Jueza.—(IN2015050741).
Se convoca a todos los interesados en la
sucesión de Marcial Varela Sánchez, a
una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas treinta
minutos del once de setiembre del año dos mil quince, para conocer acerca de
los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. N°
12-002520-0857-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur
(Pérez Zeledón), 5 de marzo del 2015.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1
vez.—(IN2015029073).
Se convoca a todos los
interesados en la sucesión de Luis Arce Víquez, cédula de identidad número
4-0056-0054, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las ocho horas
treinta minutos del once de setiembre del dos mil quince, para conocer acerca
de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp.
Nº 2006-100023-0216-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo,
Alajuelita y San Sebastián.—Msc. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1
vez.—(IN2015049319).
Se convoca a los socios o
miembros de Perfiles Decorativos Americanos GPM S. A., a una junta que se
verificará en este Despacho, a las nueve horas y treinta minutos del
veinticinco de setiembre del dos mil quince, para que de conformidad con lo
dispuesto por el artículo doscientos sesenta y seis del Código Procesal Civil,
elijan representante. En caso de no asistir ningún miembro a la junta, el
Juzgado, hará recaer el nombramiento en persona idónea. Proceso: Monitorio de:
Municipalidad de San José contra Perfiles Decorativos Americanos GPM S. A. Exp.
Nº 14-024070-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito
Judicial de San José, a las siete horas y cuarenta y seis minutos del
quince de julio del dos mil quince.—Msc. Christian Mora Acosta, Juez.—1
vez.—(IN2015049374).
Se convoca a
todos los interesados en la sucesión de José Giovanni Salazar Espinoza, a una
junta que se verificará en este Juzgado a las 07:30 horas del once de setiembre
del año dos mil quince, para conocer acerca de los extremos que establece el
artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 10-100741-0297-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 02 de junio del
2015.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(IN2015049724).
Se convoca a
todos los interesados en la sucesión de Guillermo Jiménez Aguilar, a una junta
que se verificará en este Juzgado, a las nueve horas (09:00) del día cuatro de
setiembre del dos mil quince, para conocer acerca de los extremos que establece
el artículo 926 del Código Procesal Civil: 1) Si fuere procedente, elegir
albacea propietario o suplente, o ambos. 2) Mostrar conformidad o no, con el
inventario de los bienes y avalúo de los mismos y; 3) de los reclamos contra la
sucesión. Expediente Nº 13-000589-0164-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de
Desamparados, 22 de julio del 2015.—Licda. Carmen Paniagua Hidalgo,
Jueza.—1 vez.—(IN2015050339).
Jorge Luis Salas Aguilar, casado
una vez, agricultor, vecino de San Ramón de La Virgen de Sarapiquí, 50 metros
sur de la escuela de San Ramón, cédula de identidad número cuatro-ciento
treinta y dos-novecientos cuarenta y seis, promueve diligencia de Información
Posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, un
inmueble que se describe así: terreno de potrero con tres casas. Ubicado en:
distrito segundo La Virgen, cantón décimo Sarapiquí, de la provincia de
Heredia. Mide: treinta y tres mil cuatrocientos cuarenta y ocho metros
cuadrados. Linda: al norte, calle pública con un frente a ella de ciento doce
metros con ochenta y nueve centímetros lineales, Municipalidad de Sarapiquí y
Miguel Alpízar Rojas; al sur, Miguel Salas Aguilar y quebrada; al este, María
Mayela Pereira Chavarría, Puro Verde Paraíso Forestal Sociedad Anónima,
Municipalidad de Sarapiquí y quebrada; al noreste, María Mayela Pereira
Chavarría y al oeste, calle pública con un frente a ella de ciento cuarenta y
un metros con setenta y ocho centímetros de frente. Graficado en el plano
catastrado número: H-un millón seiscientos ochenta y siete mil ciento veintitrés-dos
mil trece. Inmueble que fue adquirido mediante donación que le hizo el señor
Héctor Salas Soto. Fue estimado en la suma de veintidós millones setecientos
cincuenta colones exactos y las diligencias un millón de colones. Dicho
inmueble no tiene cargas reales que pesen sobre el mismo, no posee condueños y
con las presentes diligencias no se pretende evadir las consecuencias de un
proceso sucesorio. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en
estas diligencias para que dentro del plazo de un mes, contado a partir de su
publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los
apercibimientos legales en caso de omisión. Expediente N° 15-000093-0507-AG,
número interno 19-2-15.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la
Zona Atlántica, Guápiles, 07 julio de 2015.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo,
Juez Agrario.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045247).
Se hace saber: Inversiones Tito Contreras
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta
mil doscientos ochenta y siete, representada por Rafael Contreras Cascante,
mayor de edad, soltero, comerciante, cédula número cinco-ciento cincuenta y
tres-novecientos cuarenta y tres, vecino de Paso Tempisque de Palmira de
Carrillo, Guanacaste, promueve información posesoria. Pretende inscribir a su
nombre en el Registro Público Inmobiliario, libre de gravámenes, soportando
cargas reales, existe a favor del inmueble una servidumbre de paso, el inmueble
que se describe así: terreno de potrero, situado en San Rafael, Palmira
[distrito segundo], de Carrillo [cantón quinto], de la provincia de Guanacaste.
Linderos: norte, Jorge Artuto Hernández Castañeda; sur, Carlos Núñez Acevedo y
Beatriz Angulo García, ambos en parte; este, Inversiones Tito Contreras S. A.,
y oeste, Luis Guillermo Morales Vargas y río Las Palmas, ambos en parte. Según
plano catastrado G-1809656-2015, mide de extensión dos hectáreas tres mil
doscientos ochenta y un metros cuadrados. Manifiesta que no está inscrito, que
carece de título inscribible y que no pretende evadir las consecuencias de un
juicio sucesorio, no tiene condueños, libre de gravámenes, soportando cargas
reales, existe a favor del inmueble una servidumbre de paso. Lo adquirió por
compraventa de Luis Guillermo Castañeda Díaz, mayor, soltero, transportista,
cédula cinco- trescientos tres- doscientos cuarenta y cuatro, Tatiana Castañeda
Díaz, mayor, divorciada una vez, ama de casa, cédula cinco-doscientos ochenta y
cuatro-cero quince, José Fernando Castañeda Díaz, mayor, soltero, ganadero,
cédula cinco-trescientos veintiuno-cero noventa y nueve y Ana Isabel Díaz
Castañeda, mayor, viuda una vez, pensionada, cédula cinco-ciento
treinta-trescientos ochenta y uno, todos vecinos de Paso Tempisque de Palmira
de Carrillo el veintitrés de marzo del dos mil quince. Estima el inmueble y las
diligencias en tres millones de colones cada una. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Inversiones Tito Contreras S. A., expediente N°
15-000158-0387-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste, Liberia, 14 de julio del 2015.—Sugeily Hernández Azofeifa,
jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045249).
Se hace saber que ante este Despacho se
tramita el expediente Nº 14-000123-0387-AG donde se promueven diligencias de
Información Posesoria por parte de Viflor Varcas Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-once mil ciento noventa y dos, representada por
su apoderada generalísima sin límite de suma Flory Ivette Castillo Rodríguez,
mayor, casada una vez, pensionada, vecina de Líbano de Tilarán, cédula número
cinco-ciento seis-setecientos setenta y seis, a fin de inscribir a su nombre y
ante el Registro Público Inmobiliario, el terreno que se describe así: Finca
cuya naturaleza es de pastos, potrero, charrales y bosque. Situada: en Líbano,
distrito: quinto (Líbano), cantón: octavo (Tilarán), de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al noroeste, Viflor Varcas S. A., quebrada sin nombre y
quebrada El Salto; noreste, Viflor Vargas S. A.; al sur, Viflor Varcas S. A.;
al sureste, Adelia Villegas Brenes; este, Adelia Villegas Brenes, Gerardo
Sandoval Carmona y José Vinicio Sandoval Rodríguez, y oeste, Viflor Varcas S.
A. Mide: trescientos ochenta y siete mil trescientos nueve metros con cincuenta
y seis decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado Nº
G-1239767-2008, a nombre de Viflor Varcas S. A., fechado el veintidós de abril
del dos mil ocho. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no
pesan cargas reales, pero si gravámenes, la finca soporta a favor servidumbre
de paso y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como
las presentes diligencias en la suma de diez millones ochocientos mil colones
cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra que le hiciera a Vital Vargas
Murillo, el treinta de diciembre del dos mil ocho, y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a
título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos
de posesión han consistido en ganadería, cercas y limpieza. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información
Posesoria, promovida por Viflor Varcas Sociedad Anónima. Expediente Nº
14-000123-0387-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste, Liberia, 15 de julio del 2015.—Sugeily Hernández Azofeifa,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045609).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita
el expediente Nº 15-000013-0815-AG, donde se promueven diligencias de
Información Posesoria por parte de Flor Eugenia Hernández Campos, quien es
mayor, casada una vez, vecina de Pata Gallo, Llano Brenes, San Ramón, Alajuela,
de la Escuela un kilómetro al sur, portadora de la cédula de identidad vigente
que exhibe Nº 9-055-583, administradora del hogar, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: Finca cuya naturaleza es terreno sembrado de café, bosque y montaña.
Situada: en el distrito segundo Desmonte, cantón cuarto San Mateo, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de
cuarenta y dos metros con sesenta y seis centímetros lineales y Reinaldo Vargas
Rojas; al sur, Vilma Hernández Campos, Edwin Chaves Quesada; al este, Reinaldo
Vargas Rojas, Manuel David Barrantes Céspedes, y al oeste, calle pública con un
frente de doscientos dos metros con noventa y nueve centímetros lineales. Mide:
cuarenta mil ochocientos sesenta y cuatro metros cuadrados, tal como lo indica
el plano catastrado Nº A-1689383-2013. Indica la promovente que sobre el
inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de cinco millones de colones, cada una. Que adquirió
dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta,
pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño
aproximadamente 18 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión
han consistido en mantenimiento del pasto, cercas y chapias. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles. Se
emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria,
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación
de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.
Proceso Información Posesoria, promovida por Flor Eugenia Hernández Campos.
Expediente Nº 15-000013-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, Alajuela, 18 de junio del 2015.—Licda. María Carolina
Hurtado García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045612).
Elebey de la Trinidad Mora Jiménez, mayor,
soltero, comerciante, vecino de Cuervito de Pavones de Golfito, portador de la
cédula de identidad número seis-doscientos sesenta y uno-ochocientos cincuenta
y dos; establece diligencias de Información Posesoria para inscribir a su
nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que se
describe así: Terreno de charral, situada en Cuervito, distrito cuarto Pavón,
cantón sétimo Golfito, de la provincia de
Puntarenas. Lindantes: norte, Raymond Francis Pawlowski; sur, calle pública con
un frente de setenta y nueve metros con noventa y un centímetros cuadrados;
este, José María Mora Madrigal, oeste, calle pública con un frente de noventa y
cinco metros con cincuenta y ocho centímetros cuadrados. Se estima el inmueble
en la suma de cinco millones de colones. Sobre el mismo no pesan gravámenes ni
cargas reales. Con un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto,
se emplaza a todos los que se creyeren con derecho alguno, para que se
apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no
verifican. Exp. N° 15-000006-0419-AG (Interno 06-1-15).—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, 03 de julio del
2015.—Licda. Karol Valverde Miranda, Juez.—1 vez.—(IN2015046892).
Se hace saber, que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 12-000136-0465-AG donde se promueven diligencias de
Información Posesoria por parte de Elizabeth Robson Shit quien es mayor, casada
una vez, del hogar, vecina de Siquirres, cédula 1-247-385, a fin de inscribir a
su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno lote
con casa y patio. Situada en el distrito quinto, cantón tercero, de la
provincia de Limón. Colinda: al noreste, vía férrea a Pocora; al sureste, calle
pública; al este, Celestina Mori White y al oeste Rogelio Lloyd Winter. Mide:
cuatrocientos siete metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación, y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por, Elizabeth Robson Smith. Exp.:
12-000136-0465-AG.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, Pococí, 23 de julio del 2015.—Licda. Jeannory Martínez
Castro, Jueza.—1 vez.—(IN2015046982).
Se hace saber: que en este Despacho se
tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Marta Cecilia Cambronero
Molina, mayor, soltera, profesión ama de casa, costarricense, con cédula de
identidad 0400680774 y vecina de Montes de Oca. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 15-000340-0164-CI.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 29 de junio del 2015.—Lic.
Juan Carlos Meoño Nimo, Juez.—1 vez.—(IN2015044042).
Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de
quien en vida se llamó Wilson Humberto Cubillo Cubillo, quien fue mayor, casado
una vez, vecino de Santiago de Puriscal, cédula Nº 1-1444-0150, hijo de Rafael
Cubillo Mora y Orlendia Cubillo Cubillo, para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a los
autos a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento, a los que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará
a quien corresponda. Sucesión Nº 15-100040-0197-CI.—Juzgado Civil y de
Trabajo de Puriscal, Santiago, 23 de junio del 2015.—Lic. Francisco Vargas
Ramírez, Juez.—1 vez.—(IN2015044050).
Se emplaza: a todos los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión
acumulada de Julia Morales Fallas, mayor, casada, ama de casa, cédula de
identidad 1-0173-0546 y Librado Valverde Mora, mayor, viudo, comerciante,
cédula de identidad 1-0177-0521, ambos vecinos de Aserrí, de la escuela cien
metros al este, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no
se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp: Nº
15-100064-0217-CI sucesión de Julia Morales Fallas y Librado Valverde Mora.—Juzgado
Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José,
Desamparados, 7 de abril del 2015.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1
vez.—Exonerado.— (IN2015044060).
Se hace saber: que en este Despacho se
tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Isidro Parra Monge,
mayor, soltero, costarricense, con documento de identidad 0104031447 y vecino
de Curridabat. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a
todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 14-000615-0164-CI.—Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de San José, 18 de marzo del 2015.—M.Sc. Juan
Carlos Meoño Nimo, Juez.—1 vez.—(IN2015044065).
Se hace saber:
que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Leiner José Zamora Marín, mayor, soltero, nacionalidad costarricense, cédula de
Identidad número 0603480358, y vecino de Bambel 3 de Río Claro, ochocientos
metros oeste del Bar el Ranchito, Golfito, Puntarenas. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000031-0422-CI.—Juzgado
Civil de Mayor Cuantía de Golfito, 13 de noviembre del 2014.—Lic. Luis
Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1 vez.—(IN2015044069).
Se hace saber: que
en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Ronulfo Morales Montero, mayor, casado, comerciante, con documento de identidad
0200652854 y vecino de Heredia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores
y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 00-100213-0216-CI.—Juzgado Civil de
Heredia, 18 de mayo del 2015.—Msc. Adrián Hilje Castillo, Juez.—1
vez.—(IN2015044089).
Se hace saber: que en este Despacho se
tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Brayan Arce Méndez,
mayor, soltero, ebanista, con cédula de identidad 02-0689-0617, vecino de
Palmares. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos
los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente
Nº 15-000094-0296-CI.—Juzgado Civil del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela, San Ramón, 7 de julio del 2015.—Lic.
Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015044129).
Se hace saber:
que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
María Luisa Cerdas Hidalgo, mayor, viuda, ama de casa, con documento de
identidad 0300910477 y vecina de Barrancas, Cartago. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 15-000202-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 22 de junio del 2015.—Dr. Mauricio Vega
Camacho, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015044133).
Se hace saber:
que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Blanca
Flor Ramírez Carvajal, mayor, estado civil casada, profesión desconocido,
nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0102700183 y vecina de San
José, Guadalupe, Ipíz Zetillal. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores
y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien
corresponda. Expediente Nº 15-000318-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo
Circuito Judicial de San José, 24 de junio del 2015.—Lic.
Juan Carlos Meoño Nimo, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015044137).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría por Lidiel del Carmen Morales Arias, conocida como Lidieth Morales
Arias, mayor de edad, cédula de identidad Nº 2-0215-0117, viuda una vez,
pensionada, con domicilio en San José, Hatillo 7, avenida Adolfo Marie, casa Nº
38, a las 17:00 horas del 19 de junio del 2015, y comprobado el fallecimiento,
esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida
fuera: José Ramón Álvarez Rodríguez, mayor de edad, cédula de identidad Nº
5-0080-0583, casado una vez, pensionado, con último domicilio en San José, San
José, Hatillo 7, avenida Adolfo Marie, casa Nº 38. Se cita y emplaza a todos
los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Luis Andrés Bonilla Ortiz,
con oficina abierta en la ciudad de San José, Catedral, Barrio González
Lahmann, avenida 10, calle 19, Nº 1025, Bufete Castro & Herrera, teléfono: 2223-3829.
Expediente Nº 0002-2014-LABO.—San José, a las quince horas del veintiséis de
junio del dos mil quince.—Lic. Luis Andrés Bonilla Ortiz, Notario.—1
vez.—Solicitud Nº 35250.—(IN2015044788).
Se cita y emplaza en mi notaría, sita en el
Bufete GM Abogados, en San José, Montes de Oca, Los Yoses, calle treinta y
siete, avenidas dos y ocho, a todos los interesados en la sucesión de: Cheryl
Kelly (nombres) Bennett (apellidos), mayor de edad, casada en segundas nupcias,
vecina de Alberta, Canadá, ama de casa, pasaporte de su país número JK uno
siete dos ocho nueve cuatro, para que dentro del plazo de treinta días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no
se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 01-2015.—Licda. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—Solicitud
Nº 34647.—(IN2015044810).
En mi notaría, al ser las dieciséis horas del
veintiocho de mayo del dos mil quince, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos novecientos cuarenta y cinco siguientes y concordantes del Código
Procesal Civil, y artículo ciento veintinueve del Código Notarial, se procede a
la apertura del expediente número cero uno-dos mil quince, que es proceso
sucesorio extrajudicial de quien en vida fue: Rony Salazar Bejarano, mayor,
casado dos veces, pensionado, vecino de Goicoechea, cédula número
uno-doscientos sesenta y nueve-trescientos treinta y dos, por lo cual se cita y
emplaza a los herederos y demás interesados para que se apersonen en esta
sucesión en mi notaría, sita en San José, calle veintitrés, avenida diez bis,
casa veintitrés veinte, Barrio Luján, en resguardo de sus derechos. Se nombra
albacea de este sucesorio al señor Ronny Salazar Obando, quien aceptó el
cargo.—San José, a las trece horas del veintinueve de mayo del dos mil
quince.—Mayra Centeno Mejía.—1 vez.—Solicitud Nº 34715.—(IN2015044865).
Se hace saber:
que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Norwing Velásquez
Chavarría, quien fuera empresario, nicaragüense, casado, vecino de Sarapiquí,
cédula de residencia número R 155809428912. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000025-0504-CI.—Juzgado
Civil de Heredia, 29 de junio del 2015.—Lic. Allan Montero
Valerio, Juez.—1 vez.—(IN2015045049).
Se hace saber:
que en este Despacho se tramitan los procesos sucesorios acumulados de quien en
vida se llamaron Austelina Badilla Vásquez, mayor, viuda, ama de casa, vecina
de San Isidro de Heredia, portadora de la cédula 02-0084-2208 y José Manuel
Saborío Saborío mayor, casado, pensionado, vecino también de San Isidro de
Heredia, portador de la cédula de identidad número 1-0077-5548. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
15-100021-0216-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 24 de junio
del 2015.—Licda. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—(IN2015045067).
Se hace saber: que en este Despacho se
tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Virginia Gutiérrez
Solano, mayor, casada, nacionalidad costarricense, con documento de identidad
201980592 y vecina de San Ramón. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla
pasará a quien corresponda. Expediente Nº 15-000086-0296-CI.—Juzgado Civil
del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 24 de junio del
2015.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045266).
Se convoca a todos los herederos, legatarios,
acreedores y a todos los interesados en la sucesión de Marisia Teresita Vargas
Morera, quien en vida fue mayor, ama de casa,
viuda una vez, portadora de la cédula de identidad número dos-doscientos
seis-cuatrocientos cuarenta y uno, vecina de Barrio San Antonio de Cariari de
Pococí, para que se apersonen a este Despacho a las ocho horas del dieciocho de
setiembre del dos mil quince, para llevar a cabo la Junta de Herederos, a fin
de proceder conforme lo ordena el artículo 926 del Código procesal Civil.
Sucesión N° 06-100199-0468-CI, número interno 284-3-06.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 14 de julio del
2015.—William Roberto Arburola Castillo, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015045278).
De conformidad con lo previsto por el
artículo 917 del Código Procesal Civil, se emplaza a los herederos, legatarios,
acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de: Alexandra
María Alpízar Rodríguez, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina
de San José, Pavas Centro, con cédula de identidad Nº 1-0707-0231, para que
dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento,
a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese
plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Lo anterior por haberse ordenado así
en el sucesorio de Alexandra María Alpízar Rodríguez. Expediente Nº
15-000093-0183-CI.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 28
de mayo del 2015.—Marlene Martínez González, Jueza.—1 vez.—(IN2015045318).
Se hace saber que en este Despacho se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Leticia María Chaves Méndez,
mayor, estado civil: casada, profesión desconocida, nacionalidad costarricense,
con documento de identidad Nº 0103010515, y vecina de Tibás. Se cita a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquéllas que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 13-000359-0169-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial
de San José, 5 de diciembre del 2014.—Lic. Jhonny Esquivel Vargas, Juez.—1
vez.—(IN2015045328).
Se hace saber que en este Despacho se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Miriam Rodríguez Arce, mayor,
viuda, pensionada, con documento de identidad Nº 3-130-310, y vecina de La
Unión de Tres Ríos. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 08-001535-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago,
29 de junio del 2015.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1 vez.—(IN2015045393).
Se hace saber que en este Despacho se tramita
el proceso sucesorio mancomunado de quienes en vida se llamaron: Virginia Sandí
Arguedas, mayor, casada una vez, ama de casa, costarricense, con documento de
identidad Nº 0101490498, y Rafael Ángel Morales Muñoz, mayor, casado una vez,
empresario, cédula de identidad Nº 0101790651, ambos vecinos de Guadalupe,
Centro de Goicoechea, San José. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores
y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 14-000759-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 08 de julio
del 2015.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—(IN2015045432).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión acumulada de:
Emilia María Araya Pacheco, mayor, viuda, ama de casa, cédula de identidad Nº
1-0367-054, y Eduardo Jiménez Araya, mayor, comerciante, cédula de identidad Nº
1-0287-0519, ambos vecinos de Desamparados, Patarrá, Los Guido, Sector 1, casa
167, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no
se presentan en el plazo citado, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente
Nº 14-100096-0217-CI. Sucesión de Emilia María Araya Pacheco y Eduardo Jiménez
Araya.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José,
Desamparados, 25 de febrero del 2015.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015045523).
Se hace saber que en este Despacho se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Mercedes Ramírez Araya, mayor,
divorciada, ama de casa, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad Nº
0600550186, y vecina de La Tigra de San Carlos, Alajuela, de la pulpería Rayo
del Sol, 100 metros al oeste. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y
en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados
a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 12-100538-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 12 de agosto del 2013.—Lic.
Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(IN2015045569).
Se hace saber que en este Despacho se tramita
el proceso sucesorio de: María Petrona Parra Godoy, quien fuera mayor, soltera,
ama de casa, costarricense, vecina de Juan de León, Central, Puntarenas,
portadora de cédula Nº 6-0051-0453. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-100639-0642-CI. Promovente: María
Camila López Parra. Causante: María Petrona Parra Godoy.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Jicaral, 03 de julio del 2015.—Licda.
Esther Orias Obando, Jueza.—1 vez.—(IN2015045602).
Se hace saber que en este Despacho se tramita
el proceso testamentario de: Antonio Torrelli Catinelli, quién fue mayor,
casado una vez, industrial, vecino del cantón Central de San José, cédula de
identidad Nº 08-0034-0563. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y
en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 15-000081-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de
Mayor Cuantía de San José, 05 de junio del 2015.—Lic. Gersan Tapia
Martínez, Juez.—1 vez.—(IN2015045622).
Mediante acta de
apertura otorgada ante esta notario por
Elena Whitter Chambers, mayor, cédula 7-0039-0502, mediante escritura
168-3, se declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de Stephen Whitter
Whitter, quien fue mayor, casado una vez, cédula 7-0008-7052, cuyo último
domicilio fue en Limón, Barrio Roosevelt, del gimnasio, doscientos metros
oeste. Se emplaza a los interesados para que dentro del plazo de 30 días, a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notario a hacer
valer sus derechos. Lic. Diego José Mata Morales, San Pedro de Montes de Oca,
de Lanamme 100 metros oeste y 100 metros norte.—Lic. Diego José Mata Morales,
Notario.—1 vez.—Solicitud Nº 34948.—(IN2015047550).
Se cita y emplaza
a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Gilberto
Zumbado Bustos, mayor, soltero, cédula cuatro-cero ciento seis-cero novecientos
cincuenta y nueve, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir
de la publicación de este edicto se apersone ante esta notaría en defensa de
sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que
sino se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien
corresponda. Expediente 01-2015, Notaría de la Licda. Andrea Alvarado Sandi,
Notaría Pública, ubicada en Heredia, San Pablo, Miraflores, número 144,
teléfono 8840-6899, fax 2237-8221.—Licda. Andrea Alvarado Sandí, Notaria.—1
vez.—(IN2015048691).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
Notaría por Norma Elvira Martínez Francisco de Gross, a las diecisiete horas
treinta minutos del once de junio de dos mil quince y comprobado el
fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario
de quien en vida fuera Raymond Alfred Gross Hershmiller, mayor, casado una vez,
Ingeniero Agrónomo, de nacionalidad Canadiense, vecino de San José, Ciudad
Colón, Barrio La Trinidad, de la Gruta de La Trinidad cien metros al oeste,
carné de residente pensionado número siete mil seiscientos sesenta y cuatro. Se
cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de
treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic.
William Fernández Sagot, sito en San José, calle tres, avenidas nueve y once,
Condominios Travancor, primer piso, oficina ciento uno. Teléfono
2221-9545.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—(IN2015048708).
Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y en general, a todos los interesados en la sucesión de
quien en vida se llamó Modesto Pérez González, mayor, soltero, agricultor,
vecino de Concepción de San Rafael, Heredia, Calle la Ciénaga, al final de
tapia de cemento, cédula de identidad número: cuatro-cero cero cincuenta y
ocho-cero cuatrocientos ochenta y ocho, a fin de que, dentro del plazo de
treinta días concurran ante la Notaría del Licenciado William Villegas Badilla,
sita en Santa Lucía de Barva, Heredia, doscientos metros este y setenta y cinco
metros al sur de la Panadería Musmanni, quinta casa mano derecha, a hacer valer
sus derechos. El sucesorio del causante se tramita bajo el expediente cero cero
cero uno-dos mil quince. Se les apercibe a los interesados que en caso de no
apersonarse dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda.
Publíquese. Lic. William Villegas Badilla, Notario.—1 vez.—(IN2015048714).
Ante esta Notaría
se ha declarado la apertura del sucesorio de quien en vida se llamase Irma
Juana Peñalva Acuña, mayor, casada, ama de casa, cédula de identidad número
8-0079-745, falleció el 9 de febrero del 2015, en su último domicilio en San
José, Curridabat, Hacienda Vieja. Se citan a todos los herederos, legatarios,
acreedores y, en general, a todos los interesados para que, dentro del plazo de
30 días, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los
que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo,
aquella pasará a quien corresponda. Dirección: San José, barrio Escalante,
avenida 13, calle 31, N° 1146, correo electrónico: dbolanos@abogados.or.cr.
fax: 2235-3405.—San José, 21 de julio del 2015.—Lic. Daniel Bolaños Zamora,
Notario.—1 vez.—(IN2015048786).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a
las 17:00 horas del 21 de julio del 2015, se declaró abierta la sucesión
legítima en sede notarial de quien en vida fuera el señor Eduardo Enrique Roses
Alvarado; casado una vez, pensionado, vecino de San Isidro de Coronado, cédula
de identidad número tres-ciento noventa y siete-mil trescientos cincuenta y
uno. Se cita y emplaza a los presuntos herederos, legatarios, acreedores, y en
general a todos los interesados en el proceso, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, apercibidos de que no hacerlo y dentro del plazo, la
herencia pasaría a quien corresponda. Para recibir notificaciones se señala
esta Notaría, sita en San Isidro de Coronado, del Mas por Menos cien metros
oeste y cien norte. Calle Mora.—Lic. Elías Enoc Márquez Ayala, Notario.—1
vez.—(IN2015048789).
Se hace saber que ante mi notaría Eida
Lilliam López Elizondo, mayor, viuda una vez, ama de casa, cédula de identidad
número cinco-ciento cuarenta y seis-cero cincuenta y seis; Erika Johanna
Murillo López, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad número
dos-quinientos cincuenta y seis-ochocientos veinte, ambas vecinas de Alajuela,
Naranjo, El Rosario, Pilas, frente la iglesia católica; Yerly Patricia Murillo
López, mayor, divorciada dos veces, ama de casa, cédula de identidad número
uno-mil veinticuatro-novecientos nueve; Carol Andrea Murillo López, mayor,
soltera, asistente administrativa, cédula de identidad número dos-seiscientos
cuarenta y dos-quinientos treinta y seis, ambas vecinas de Alajuela, El Coyol,
Urbanización Los Olivos, casa siete H; Shirley Ileana Murillo López, mayor,
divorciada dos veces, comerciante, cédula de identidad número uno-novecientos
cuarenta y nueve-quinientos ochenta y dos, vecina de Alajuela, Urbanización La
Trinidad cien metros sur de Autos San Marino; y Jeffry Enrique Murillo López,
mayor, soltero, electricista automotriz, cédula de identidad número
dos-quinientos veinticuatro-ochocientos diez, vecino de Alajuela, Los Jardines,
seiscientos metros oeste de la plaza de Ganado de Montecillos; han iniciado
proceso sucesorio extrajudicial de quién vida fue Carlos Enrique Murillo
Madrigal, quien fuera mayor, casado una vez, electricista automotriz, cédula de
identidad dos-trescientos cuatro-cuatrocientos cuarenta y tres, vecino de Alajuela,
Lotes Vargas, ciento cincuenta metros norte de la entrada; por ello se concede
el plazo legal de treinta días establecidos en el artículo novecientos
diecisiete del Código Procesal Civil, a todos los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados para que comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener
derecho a la herencia, de que si no se presentan en este plazo, aquella pasará
a quien corresponda legalmente, se tiene por hecho el inventario de bienes, se
nombra albacea provisional a la señora Erika Johanna Murillo López de calidades
ya citadas; quien aceptó el cargo y juró su fiel cumplimiento. Esta notaría se
encuentra ubicada en Alajuela cien metros oeste del Grupo Mutual Alajuela-La
Vivienda de Ahorro y Préstamo, en Urbanización La Trinidad, Alajuela.
Expediente N° 001-2015. Alajuela, 30 de julio. Lic. José Fermín Morales Campos,
carné 11934, cédula de identidad 205270461.—Lic. José Fermín Morales Campos,
Notario.—1 vez.—(IN2015048797).
Se emplaza a todos los interesados en la
sucesión de quien en vida fue la señora Flavia Rosa Obando Álvarez, para que
dentro del término de treinta días contados a partir de esta publicación, se
apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos que si no lo
hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponde.
Notaría Bufete Rodríguez, 300 oeste y 20 sur del Correo de Heredia.—Lic. Rafael
Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—(IN2015048808).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión testamentaria de quien en vida se llamó Marcelino Saldaña Beita,
cédula seis-cero cuarenta y cinco-setecientos tres, casado, agricultor, vecino
de Neily de Corredores, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto se apersonen y comparezcan a reclamar
sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no
se apersonan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente
002-1809-2015, notaría de Ricardo Moreno Navarro, teléfonos 8887-4696 –
2270-2658, correo electrónico: bufete.moreno@gmail.com.—Lic. Ricardo Moreno
Navarro, Notario.—1 vez.—(IN2015048826).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de Carlos Fallas Solano, mayor, casado una vez, pensionado, cédula
tres-cero cero nueve uno-cero cuatro uno seis y María Isabel Corrales Carrillo,
mayor, casada una vez, ama de casa, cédula uno-dos cero seis-cero uno ocho
ocho, ambos vecinos de San José, Quesada Durán, de la Merayo veinticinco metros
norte, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a
los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de
dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 1-2015, notaría
del Licenciado Julio Rojas Paniagua, San José, en avenida veinticuatro, calles
trece y quince, casa trece sesenta y ocho, teléfono 2255-1440.—San José, 16 de
julio del 2015.—Lic. Julio Rojas Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2015048829).
Se ha iniciado proceso sucesorio de los
causantes: Enrique Mario de la Trinidad Zúñiga Rodríguez y María Herlinda
Piedra Brenes en la Notaría ubicada: De la oficina de Tributación Directa en
Cartago veinticinco metros oeste y veinticinco sur. Inicia el plazo para hacer
valer sus derechos a partir de su publicación y durante el plazo de ley treinta
días. Cartago primero de agosto del dos mil quince. Al ser las diez horas cero
minutos. Expediente cero cero uno dos mil quince. Es todo.—Licda. Luz María
Machado Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2015048835).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
Notaría por Carlos Luis González López, a las diecisiete horas del veinticuatro
de julio del año dos mil quince y comprobado el fallecimiento, esta Notaría
declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quienes en vida fueran
Gonzalo González Rodríguez y María Teresa López Sánchez, ambos mayores, casados
una vez entre sí, el primero comerciante, la segunda ama de casa, el primero
con cédula de identidad número cuatro-cero cincuenta y siete-trescientos
veintitrés, la segunda con cédula de identidad dos-ochocientos setenta y
cinco-seiscientos veintiséis, ambos con último vecindario en Barrio San Martín
de Nicoya, Ciudadela Camino al Futuro, de la Escuela San Ambrosio ciento
cincuenta metros norte y ciento cincuenta metros al este. Se cita y emplaza a
todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
Notaría a hacer valer sus derechos. (Exp. N° 1-07-2015). Notaría del Lic.
Ricardo Jiménez Villalobos, Nicoya, Guanacaste, 75 metros al oeste de la
esquina noroeste de los Tribunales. Teléfono 2686-6823.—Lic. Ricardo Jiménez
Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2015048849).
Notario Alonso Rodríguez Vargas. Escritura
352-03 de las 18:00 horas 17 de noviembre del 2014, apertura de proceso
sucesorio en sede notarial de Dorilo Chaves Rojas conocido como Danilo Chaves Rojas,
cédula 4-0051-00115. Promovida por Danilo Chaves Ramírez, cédula 4-0102-443. Se
convoca a los interesados a que por el plazo de ley se presenten a hacer valer
sus intereses en mí Notaría costado norte del parque central de Barva de
Heredia, teléfono 8725-1453 o al fax 2261-4214.—Lic. Alonso Rodríguez Vargas,
Notario.—1 vez.—(IN2015048907).
Álvaro Castillo Castro, notario público con
carné número cuatro mil quinientos ochenta y siete, hace saber que ante el
suscrito notario se ha abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en
vida fue don José Antonio conocido como José Luis Redondo Gómez, cédula de
identidad número tres-cero setenta y ocho-quinientos sesenta y nueve. Se cita a
posibles herederos, legatarios, acreedores, y en general, a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este aviso, comparezcan ante el suscrito notario a hacer valer
sus derechos, apercibidos, los que crean tener derecho a la herencia, que si no
se presentan dentro en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.—San José,
03 de agosto del 2015.—Lic. Álvaro Castillo Castro, Notario.—1
vez.—(IN2015048961).
Se cita y emplaza a todos los interesados,
herederos, legatarios o acreedores, en el
proceso sucesorio notarial del señor Ricardo Brenes Arguedas, quien en vida
fue, mayor, casado una vez, agente aduanal, vecino de Calle Blancos,
Goicoechea, de la Plaza de Deportes de Calle Blancos cuatro cuadras al este y
50 metros al norte, Residencial El Progreso, casa veintitrés E, con cédula de
identidad número 1-266-731, para que dentro del plazo de treinta días contados
a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos y se les apercibe de que si así no lo hicieren la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente 0002-2015.—Licda. Ana Cecilia de
Ezpeleta Aguilar, Notaria.—1 vez.—(IN2015048968).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de quien en vida fue Tomas Corella Cruz, mayor, casado, pensionado,
con cédula de identidad número dos-ciento cincuenta y siete-seiscientos
cuarenta y seis y vecino de Villa Hermosa de Alajuela, casa número cincuenta y
tres, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este Edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a
los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan a la Notaría
del Licenciado Óscar Mario Pacheco Murillo, ubicada en Alajuela, Urbanización
La Trinidad de Coopealajuela doscientos metros al sur y setenta y cinco al este,
casa número veinticinco, la herencia pasará a quienes corresponda. Expediente
número 001-2015. Lic. Óscar Mario Pacheco Murillo, Notario.—1
vez.—(IN2015048992).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
Notaría por Alba San Gil Hernández, Eradio San Gil Hernández y Susana San Gil
Hernández y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el
proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Eradio San Gil Suárez,
quien en vida fue mayor de edad, casado en primeras nupcias, empresario, vecino
de San José, cédula de identidad número ocho-cero cero treinta y cinco-cero
novecientos noventa y uno. Se cita y emplaza a todos los interesados para que
dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría
del Lic. Enrique Carranza Echeverría, Notario Público con oficina en la ciudad
de San José, Montes de Oca, San Pedro, Los Yoses, Central Law.—Lic. Enrique
Carranza Echeverría, Notario.—1 vez.—(IN2015049013).
Se cita y emplaza
a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Olga Vásquez
Garita, quien fuera mayor, casada una vez, comerciante, vecina de Heredia,
portadora de la cédula de identidad número: tres-cero doscientos veinticinco-cero
novecientos once, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a
partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos
ante la Notaría del notario público Jorge Fredy Chacón Villalobos, en oficinas
BLC & CEN Abogados y Contadores, ubicadas en San José, Goicoechea, de la
esquina noreste de los Tribunales cien metros al este, en dicha oficina con el
Licenciado Mamfled Johel Ureña Morales se les apercibe a los que crean tener la
calidad de herederos que si no se presentaren dentro de ese plazo, la herencia
pasará a quien corresponda. Procedimiento Sucesorio Extrajudicial de Olga
Vásquez Garita. Expediente número: 0002-2015. Lic. Jorge Fredy Chacón
Villalobos, Notario Tramitador.—San José, a las once horas del día veintiuno de
junio del año dos mil quince.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos,
Notario.—1 vez.—(IN2015049017).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de quien en vida fuera Adán Gerardo Segura Ortega, quien fuera
mayor, casado una vez, Educador, vecino de San José, Desamparados, Los Guido,
portador de la cédula de identidad número: seis-cero ciento siete-mil
doscientos veintiuno, para que dentro del plazo de treinta días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus
derechos ante la Notaría del Notario Público Jorge Fredy Chacón Villalobos, en
oficinas Bufete Chacón Villalobos, ubicadas en San José, Goicoechea, de la
esquina noreste de los Tribunales cien metros al este, en dicha oficina con el
Licenciado Mamfled Johel Ureña Morales se les apercibe a los que crean tener la
calidad de herederos que si no se presentaren dentro de ese plazo, la herencia
pasará a quien corresponda. Procedimiento sucesorio extrajudicial de Adán
Gerardo Segura Ortega. Expediente número: 0003-2015. Lic. Jorge Fredy Chacón
Villalobos, Notario Tramitador.—San José, a las nueve horas del día veintiuno
de julio del año dos mil quince.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1
vez.—(IN2015049019).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
las sucesiones de quien en vida se llamaron Emilce Espinoza Hernández, mayor,
casada una vez, oficios del hogar, cédula de identidad número: 4-0069-189, y
Carlos Porras Vargas, mayor, casado una vez, ebanista, cédula de identidad:
1-0166-0825, ambos vecinos de San José, Ciudad Colón, 100 metros al Este y 50
metros Norte del cementerio, a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo
hacen dentro del término indicado la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente N° A-01-2015. Notaría del Lic. Gustavo Adolfo Fernández Badilla,
ubicada: San José, Alajuelita, 100 metros oeste y 50 metros norte de la Escuela
Abraham Lincoln, casa a mano derecha. Es todo.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández
Badilla, Notario.—1 vez.—(IN2015049123).
Se emplaza en la sucesión de quien en vida
fue Juan Manuel Zárate Hernández, mayor, casado una vez, cédula cuatro-cero
cero nueve ocho-cero siete nueve cero, fallecido el veinte de mayo del dos mil
trece, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación, se apersonen a hacer valer sus derechos, si no se presentan dentro
del mencionado plazo, la herencia pasa a quien corresponde. San José, a las
trece horas del día tres de junio del año dos mil quince. Notaría de la
Licenciada Gladys Barrantes Quesada, carné 20836.—Licda. Gladys Barrantes
Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2015049132).
Yo, Zoila Araya Moreno, Notaria Pública, hago
constar que ante mi notaría, ubicada en la Virgen de Sarapiquí costado sur del
Banco Nacional, se tramita bajo el expediente número: cero cero cero uno-dos
mil quince, sucesión ab intestada de Francisco Álvarez Zamora, quien era mayor,
casado una vez, comerciante, cédula número dos- doscientos sesenta y siete-seiscientos
setenta y uno, vecino de la virgen de Sarapiquí, Heredia, quien falleció el
catorce de noviembre del dos mil trece, en Uruca Central San José, por lo que
emplazo a todos los herederos, legatarios, acreedores, y demás interesados en
este proceso para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto en La Gaceta, se apersonen ante esta
Notaría en la dirección dicha, a hacer valer sus derechos.—La Virgen de
Sarapiquí a las quince horas del día veintiocho de julio del dos mil
quince.—Licda. Zoila Araya Moreno, Notaria.—1 vez.—(IN2015049148).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de quien en vida fue Chen Yuan Deng Peng, mayor, casado una vez,
Empresario, cédula de identidad ocho-cero cero cincuenta y nueve-cero
seiscientos, con último domicilio en San José, Sabana Sur, de la Contraloría
General de la República, cuatrocientos metros sur y veinticinco este, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-15. Notaría de Isabel
María Vásquez Rojas e Isabel Nozzara Moreno Vásquez.—Licda. Isabel María
Vásquez Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2015049195).
El suscrito Notario hace de conocimiento a
herederos e interesado que ante su notaría se procedió a dar apertura al
sucesorio acumulado en Sede Notarial de quien
en vida fue Jorge Luis Salmón Carballo, mayor, casado una vez, arquitecto, con
cédula de residencia numero cuatrocientos diez-ciento ocho mil quinientos
veintiuno-doscientos diecisiete, vecino de Curridabat, Urbanización Barquía,
del edifico real, doscientos metros al norte y trescientos al este. Se da aviso
a quienes tengan interés que deberán apersonarse ante esta notaría situada en
esta capital, Escazú, Avenida Escazú, edifico doscientos dos, oficina
cuatrocientos cuatro, bufete Rivero y Abogados, a hacer valer sus pretensiones
o manifestar lo que en derecho corresponden.—Lic. Herman Mora Vargas,
Notario.—1 vez.—(IN2015049256).
Se cita y emplaza a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, en la sucesión en
sede notarial de quién en vida fue Gloria Mora Carvajal, mayor, casada una vez,
del hogar, portaba la cédula de identidad número tres-ciento
cincuenta-trescientos ochenta y ocho, vecina de San Pablo de Oreamuno, Cartago,
un kilómetro al este de la iglesia Católica de la localidad, que dentro del
plazo de treinta días, contados a partir de la publicación del edicto, que se
publicará por una vez en el Boletín Judicial, se apersonen ante
esta Notaría en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si lo
hicieren la herencia pasará a quien corresponda, quienes deberán señalar lugar
para oír notificaciones en la ciudad de Cartago, dentro del perímetro de esta
Notaría, también podrán señalar como medio para oír notificaciones por el
sistema de fax, siempre que se comprueba que el mismo está en uso y en buenas
condiciones, ya que si no lo estuviera y se intente al menos cinco veces con
intervalos de diez minutos, el envío del documento mediante este sistema y si
no se pudiere enviar, se indicará así por parte de la Notaría y quedará
notificado desde la fecha que conste tal razón. Así mismo en caso de señalar
oficina, si su dirección fuere imprecisa o incierta se tendrá por notificados
en el transcurso de veinticuatro horas, a partir del momento en que se expida
la resolución respectiva. Se pone en conocimiento de las partes interesas, que
la dirección de esta Notaría lo es en Cartago, Cot de Qreamuno, de la Central
del ICE veinticinco metros al norte, el fax es el número dos-quinientos
cincuenta y uno-doce veintiuno. Notaría del bufete de la Licenciada Lisbeth
Castillo Barquero.—Cartago, treinta y uno de julio del dos mil quince.—Licda.
Lisbeth Castillo Barquero, Notaria.—1 vez.—(IN2015049268).
Que a esta notoria, ha llegado solicitud de
apertura de sucesorio ab intestato en sede notarial de quien en vida fue la
señora: Martha Cruz Artavia, mayor, casada una vez, portadora de la cédula de
identidad N° 4-0092-832, fue vecina de San José, León Trece. De conformidad con
lo establecido en la legislación vigente se cita y emplaza por el plazo de 30
días a los herederos, legatarios, acreedores, e interesados en general, hacer
valer sus derechos ante esta notaría, sito en: Provincia: San José, cantón: San
José, ubicación exacta en Barrio Bellavista, casa dos, tres, tres, sito en
calles: Calle diecisiete, avenidas dos y cuatro, sobre el Boulevard Ricardo
Jiménez, de lunes a viernes, oposición que debe ser dejada por escrito en la
recepción de dicho lugar, en caso de ocupar copias del expediente pedirlo por
escrito y se le entregarán gratuitamente. Esta prevención es para quienes crean
tener derecho a la herencia si no se presentan dentro de ese plazo, la herencia
pasará a quien corresponda. Es todo. Firmo en San José, a las ocho horas del
día martes veintiocho de julio del dos mil quince.—Lic. Andrés de Jesús Durán
López, Notario.—1 vez.—(IN2015049285).
Se cita y emplaza a los interesados,
herederos, legatarios y demás interesados en la sucesión de quién en vida se
llamó Arturo Rojas Gómez, mayor de edad, casado una vez, guarda de seguridad,
de la misma dirección del compareciente, portador de la cédula de identidad
tres-cero cero setenta y uno-cero quinientos dos, quién falleció el día
veintiséis de julio del año mil novecientos noventa y cinco, para que en el
término de treinta días contados a partir de la publicación del presente
edicto, se apersonen ante mí notaría ubicada en San José, calle 13, entre
avenidas 8 y 10, Edificio 817, a hacer valer sus derechos. La misma se tramita
bajo el expediente notarial número 01-2.015.—03 de agosto del 2015.—Lic. Luis
Diego Araya González, Notario.—1 vez.—(IN2015049286).
Se cita y emplaza a los interesados en la
sucesión testamentaria de José Campos Quesada, quien en vida fue mayor, casado
en primeras nupcias, empresario, cédula dos-ciento cuarenta y cinco-trescientos
veintitrés, vecino de Dulce Nombre de Nicoya, Guanacaste, un kilómetro y medio
sureste de la plaza de deportes. Para que dentro del plazo de treinta días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se
presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Exp.
N° 0020-2015. Notaría del Bufete Arias.—Licda. Anabel Arias Pérez, Notaria.—1
vez.—(IN2015049290).
Se cita y se emplaza a todos los interesados
en la sucesión en Sede Notarial de quien en vida fue, Marco Tulio Oviedo
Porras, mayor, casado una vez, chofer, cédula de identidad uno cero dos nueve
uno cero siete dos siete, vecino de San José, Santa Ana, de la Escuela Isabel
La Católica, setenta y cinco metros oeste y setenta y cinco metros sur, para
que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, se apercibe que los que crean
tener capacidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0003-2015.—Licda. Nadia Vanessa
Rodríguez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2015049300).
Ante mí, Franklin
Segura López, Notario Público con oficina en Cañas, Guanacaste, contiguo al
Registro Civil, bajo el expediente número cero cero uno-dos mil quince, se
tramita la sucesión de quien en vida se llamara: María Teresa Leitón Ramírez,
mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad número cuatro-cero
sesenta y nueve-setecientos cincuenta y tres; por lo que se emplaza a los
interesados para que en el término de treinta días contados a partir de la
publicación de este aviso se apersonen a esta Notaría a hacer valer sus
derechos.—Cañas, Guanacaste, diecisiete de julio del dos mil quince.—Lic.
Franklin Segura López, Notario.—1 vez.—(IN2015049301).
Se hace saber:
Que ante la Notaría del Licenciado Roberto Marín Segura, Notario público con
oficina en Paracito de Santo Domingo de Heredia, cien metros norte de la
iglesia católica, se tramita el proceso sucesorio, de quien en vida fue Flor
María Castro Castro, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Moravia, San
Jerónimo, Platanares, de la iglesia seiscientos metros al oeste, cédula de
identidad número uno-dos tres cuatro- tres nueve cuatro. Por este medio se
emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del término de treinta días, contados a partir de
la publicación del presente edicto, comparezcan ante dicho Notario a hacer
valer sus derechos, advertido de que si no se apersonan dentro del referido
plazo, la herencia pasará a quien se apersone y legalmente
corresponda.—Heredia, 31 de julio del 2015.—Lic. Roberto Marín Segura,
Notario.—1 vez.—(IN2015049329).
Se convoca a
todos los interesados herederos y terceros de buena fe en la sucesión de:
Ángela Torres Arias, cédula: 2-0252-0542, para que dentro del plazo de treinta
días hábiles, comparezcan ante esta Notaría, Heredia, Santa Elena de San Isidro,
cien sur de Restaurante Las Orquídeas, casa tipo chalet, teléfonos: 8302-1000,
fax: 2258-5151, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento de que si no
se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda en derecho.
Expediente N° 08-2015. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Heredia,
quince de julio del dos mil quince.—Lic. Juan Ernesto Martínez Fuentes,
Notario.—1 vez.—(IN2015049339).
Ante mi notaría, situada en Oficentro La
Sabana, Edificio dos, piso dos, se tramita el expediente cero cero nueve-dos
mil quince, que es sucesorio ab intestato de quien en vida fue Sigifredo
Villalobos García, mayor, casado una vez, vecino de San Isidro de Heredia,
pensionado, cédula número: 4-067-962. De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 917 del Código Procesal Civil se cita y emplaza a todos los
interesados, herederos, legatarios y acreedores en esta sucesión para que
dentro del plazo de treinta días a partir de esta publicación se apersonen para
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento para aquellos que se crean con
derecho a la herencia de que de no hacerlo, la herencia pasará a quien
corresponda.—Lic. Wagner Chacón Castillo, Notario.—1 vez.—(IN2015049406).
Se emplaza a herederos, legatarios,
acreedores y demás interesados en la sucesión legítima notarial de Dinorah
Montero Matamoros, quien en vida fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina
de San Juan de Tibás, cédula número 1-0345-0033, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a
esta Notaría situada en Tibás, 50 metros Norte del Cruce de Llorente con
Colima, en defensa de sus derechos; bajo el apercibimiento de que en caso de
que no lo hicieran la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Asimismo,
deben señalar medio, casa u oficina dentro del perímetro de Tibás donde atender
notificaciones. Expediente N° 05-2014. Sucesión de Dinorah Montero
Matamoros.—Lic. Jorge Antonio Salas Bonilla, Notario.—1 vez.—(IN2015049416).
Mediante acta de apertura otorgada ante este
notario por María Eugenia Mata Chinchilla, mayor, cédula 1-0331-0703, mediante
escritura 171-3, se declara abierto el procesos sucesorio testamentario de
Julio Enrique Chinchilla Rodríguez, quien en vida fue mayor, casado una vez, empresario, vecino de Sabanilla de Montes de Oca,
Cedros, frente a la Iglesia Católica, cédula 1-0276-0334. Se emplaza a los
interesados para que dentro del plazo de 30 días, a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante este notario a hacer valer sus derechos. Lic.
Diego José Mata Morales, San Pedro de Montes de Oca, de LANAMME, 100 metros oeste y 100 metros norte.—Lic. Diego José Mata Morales, Notario.—1
vez.—Solicitud N° 35183.— (IN2015050764).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito judicial de la menor Alicia Vargas Marín, hija de Maura Vargas Marín,
para que se apersonen a este Juzgado, dentro del plazo de treinta días que se
contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente Nº
15-000517-1302-FA. Clase de asunto depósito judicial, promovido por el
Patronato Nacional de la Infancia de San Carlos.—Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 17 de junio del
2015.—Lic. Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, Jueza.—Exento.—(IN2015042817). 3 v. 3
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito de los menores, Britany Valeria y Enyel Jafeth ambos de apellido
Morales Mora, para que se apersonen a este Juzgado, dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado.
Clase de asunto depósito judicial. Expediente Nº 15-000519-1302-FA.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 24 de
junio del 2015.—Lic. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—Exento.—(IN2015042822). 3
v. 3
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito judicial del menor Jafeth Daniel Sandoval Almanza, para que se
apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a
partir de la última publicación del edicto ordenado. En otro orden de ideas se
avisa a la señora Keila Sandoval Almanza, mayor, nicaragüense, únicos datos
conocidos, que en este Juzgado se tramita el expediente N° 14-000205-1302-FA,
correspondiente a diligencias de depósito judicial de menor, promovidas por el
licenciado William Rodríguez Matamoros, Representante Legal del Patronato
Nacional de la Infancia de Los Chiles, Frontera Norte, donde se solicita que se
apruebe el depósito del menor Jafeth Daniel Sandoval Almanza. Se le concede el
plazo de tres días, para que manifieste su
conformidad o se oponga a estas diligencias. Expediente N°14-000205-1302-FA.
Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 23 de febrero del 2015.—Msc. Marilene Herra
Alfaro, Jueza.—Exonerado.—(IN2015042921). 3 v. 3
Se cita y emplaza a todas las
personas que tuvieren interés en el depósito de la menor Yadixa Allison
Hernández Bazan, hija de Rosibel Hernández Bazán, para que se apersonen a este
Juzgado, dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última
publicación del edicto ordenado. Proceso depósito judicial de menor. Expediente
Nº 15-000564-1302-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, Ciudad Quesada, 30 de junio del 2015.—Licda. Sandra
Saborío Artavia, Jueza.—Exento.—(IN2015043762). 3
v. 2
Se
convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a
todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela de la menor Yazmin
Esmeralda Calderón Madrigal, quien es menor de edad, hija de Flor Esmeralda
Calderón Madrigal, nacida en Liberia centro el 31 de octubre del 2013, ya por
haber sido nombrados, ya por corresponderles la legítima, para que se presenten
dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación
del último edicto. Expediente N° 15-000371-0938-FA. Proceso tutela. Promovente:
Guiselle Calderón Madrigal.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 8 de julio del
2015.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves,
Juez.—Exonerado.—(IN2015044139). 3
v. 1.
Lic. José Pablo Calvo Calvo, Juez del Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber a Rosa Solano
Montenegro, en este Despacho se interpuso un proceso curatela en su contra,
bajo el expediente número 14-000444-0187-FA donde se dictaron las resoluciones
que literalmente dicen: 426-15. Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial, Goicoechea, a las diez horas diez minutos del ocho de junio del dos
mil quince. Proceso de actividad judicial no contenciosa interdicción y
curatela promovido por Rosa Solano Montenegro, mayor, viuda una vez,
comerciante, vecina de San Rafael de Montes de Oca, cédula de identidad número
3-197-614. Resultando:1º—…, 2º—…, 3º—…, Considerando: I°—…, II.—…, III.—…,
IV.—…, V.—…, Por tanto: De conformidad con lo expuesto, artículos 99, 153, 155,
819, 820, 867, 868, 869 y 870 del Código Procesal Civil, 466 del Código Civil,
43 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elección y del Registro Civil,
230, 231, 232, 235, 238 y 241 del Código de Familia, el presente proceso de
actividad judicial no contenciosa, incoado por Rosa Solano Montenegro se falla
de la siguiente forma: 1) Se declara el estado de interdicción a: José Luis
Solano Solano. 2) Se nombra como curadora del incapaz, a Rosa Solano
Montenegro, a quien se le previene comparecer a aceptar el cargo, dentro de
tercero día; o a exponer el motivo de excusa que tuviere. 3) Aceptado que sea
el cargo por la curadora, se deberá presentar en los próximos días a prestar el
juramento de que cumplirá el cargo con fidelidad. 4) Con el fin de que la
curadora represente al incapaz, en los asuntos judiciales en los que Este se
halle interesado, se le dará certificación de la respectiva acta y de esta
sentencia. 5) La curadora deberá presentar el inventario y el avalúo de todos
los bienes de la incapaz, incluyendo lo relativo a alguna pensión que
eventualmente reciba. 6) Firme esta sentencia, la ejecutoria deberá publicarse
en el periódico oficial e inscribirse en el Registro Nacional, Sección de Personas y Sección de Propiedad, así como en el
Registro Civil. 7) El cargo de curadora lleva implícito el deber de representar
legalmente, al inhábil, y administrar sus bienes. 8) Igualmente, es 9) Se
resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Sin embargo, los
gastos del procedimiento se cargarán al patrimonio del incapaz. 10) Firme esta
sentencia se ordena su inscripción al margen de las citas del Registro de San
José, Sección de Nacimientos, al uno-mil veintiocho-cuatrocientos veintidós
ochocientos cuarenta y tres. (1-1028-422-843).—Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. José Pablo Calvo Calvo,
Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2015043482).
Se convoca por medio de este edicto a las
personas a quienes corresponda la curatela de Randy Gerardo Gutiérrez; cédula
9-130-415 antes con pasaporte de Estados Unidos de América número 434012574, y
Gary Gerald Gutiérrez, cédula 9-130-445 antes con pasaporte de Estados Unidos
de América 434012575, ambos son mayores, solteros, sin oficio, de nacionalidad
estadounidenses, hijos de Carlos Gutiérrez González y María Arguedas Molina,
vecinos de Barrio Santa Fe de Ciudad Quesada; para que conforme con el artículo
236 del Código de Familia se presenten a encargarse de dicha curatela dentro
del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de
declaratoria de insania de Randy Gerardo Gutiérrez y Gary Gerald Gutiérrez,
promovido por María Arguedas Molina. Expediente número 15-000387-1302-FA.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad
Quesada, 1º de julio del 2015.—Licda. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2015043761).
Se convoca por medio de este edicto a las
personas a quienes corresponda la curatela de Miguel Gómez Gutiérrez; conforme
con el artículo 236 del código de familia, para que se presenten a encargarse
de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación.
Proceso de insania de María del Roció Gómez Céspedes. Expediente número
15-001095-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 7 de julio del
2015.—Licda. Cristina Dittel Masis, Jueza—1 vez.—Exento.—(IN2015043763).
Se convoca por medio de este edicto a las
personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del
Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo
de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de
Miguel Andrés Jiménez Obando, quién es mayor, soltero, número de cédula
1-1460-0739, vecino de Alajuelita. Expediente número
2015-400102-0216-FA.—Licda. Alinne Solano Ramírez, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2015043766).
Msc. Ramón Zamora Montes, Juez del Juzgado de
Familia Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber a todos los
interesados, que ante este Despacho, se tramitó proceso de insania, bajo el
expediente número 13-002591-0165-FA, promovido por la señora Rosy Anel Jara
Hernández en favor de Fabio Jara Solís. Dentro de dicho proceso, se dictó
sentencia a las quince horas del doce de marzo del dos mil quince, número
170-2015, que en lo conducente dice: diligencias de actividad judicial no
contenciosa de declaratoria de insania promovidas por Rosy Anel Jara Hernandez,
mayor, casada, ama de casa, vecina de Curridabat, cédula 1-774-582, en favor de
su padre Fabio Jara Solís, mayor, casado, pensionado, vecino de Sabanilla de
Montes de Oca, cédula 1-262-498. Resultando: I.—Considerando I.—Hechos
probados: 1º—, 2º—, 3º—, 4º—, 5º—, 6º—II.—Sobre el fondo... Por tanto, con base
en lo expuesto, y normas citadas, se falla: se declara la insania del señor
Fabio Jara Solís y se designa como su curadora definitiva a su hija Rosy Anel
Jara Hernández. La curadora designada deberá aceptar el cargo dentro del plazo
de cinco días una vez firme este fallo. La aceptación la podrá hacer mediante
memorial debidamente autenticado por un profesional en derecho, o por acta en
el Despacho, compareciendo la persona designada en forma personal. También
deberá presentar un inventario y avaluó de los bienes que tenga inscritos a su
nombre el insano, incluyendo cualquier ingreso o ayuda económica que perciba,
debidamente certificado, para cumplir con este requisito se le otorga a la
curadora designada el plazo de treinta días, una vez aceptado el cargo. La
curadora deberá rendir garantía de la administración que establecen los
artículos 199, 201, 203, 204 y concordantes del Código de Familia, la cual se
fijará una vez que se cuente con el inventario y avalúo de bienes aquí
ordenado. Además deberá rendir las cuentas anuales con los documentos
justificativos del caso, esto de conformidad con lo que establecen los
artículos 215, 218 y 221 del Código de Familia. Firme esta sentencia deberá ser
publicada una vez en el Boletín Judicial y se inscribirá en el Registro
Público, sección de personas. Los gastos del procedimiento son a cargo del
patrimonio del insano. Notifíquese. Expediente Nº 13-002591-0165-FA.—Juzgado
de Familia Segundo Circuito Judicial de San José, 31 de enero del
2013.—Msc. Ramón Zamora Montes, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2015043771).
Laura Trejos Ramírez, Jueza de Familia,
Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, hace
saber que en proceso de reconocimiento de hijo de mujer casada Nº 2013-400212-216-FA
promovido por Nelson Rojas Calderón, se ha dictado la resolución que en lo que
interesa dice: “Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y
Alajuelita, a las nueve horas del quince de junio del dos mil quince. Se tienen
por establecidas las presentes diligencias de reconocimiento de hijo de mujer
casada promovido por Nelson Rojas Calderón, a favor del menor Santiago Bermúdez
Chavarría. De las mismas se confiere audiencia al Patronato Nacional de la
Infancia, por el plazo de tres días. A folio 5 se tiene por apersonada a Eliana
Chavarría Matarrita. Constando en autos el depósito correspondiente se nombra
como curador procesal del demandado Boris Bermúdez Borges, a la Licenciada,
Floribeth María Paniagua Saravia, cédula 107840210, quien se localiza al
teléfono 2279-1665/ celular 8324-6883/ correo floripanigua@hotmail.com, a quien
se le previene para que dentro del plazo de tres días se presente a aceptar el
cargo. Lo anterior bajo el apercibimiento de que de no hacerlo, se entenderá
que no tiene interés en dicho nombramiento, y se procederá a la sustitución,
sin necesidad de ulterior resolución que lo ordene, previa comunicación a la
Dirección Ejecutiva del Poder Judicial. Se les previene a las partes, que en el
primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero del 2009. Con
respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el consejo
superior, en sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
lxii, circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como
medio de notificación, dicho fax deber ser de uso exclusivo para el envío y
recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.
Se ordena notificar el presente asunto al señor Bermúdez Borges por medio de
edicto de ley. Por haber menores involucrados en el presente asunto se tiene
como parte al Patronato Nacional de la Infancia, así mismo, por haberlo así
dispuesto el consejo superior, en concordancia con la política de género del
Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV,
se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas
que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b)
Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún
tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia. Kvu.” Notifíquese.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo,
San Sebastián y Alajuelita.—Licda. Laura Trejos Ramírez. Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2015043772).
Msc. Ramón Zamora Montes, Juez del Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; se hace saber, que en
este Despacho, se interpuso un proceso insania a favor de David Alexis Elizondo
Mora, bajo el expediente número 14-001036-0165-FA donde se dictó la sentencia
número 445-2015 de las siete horas y cincuenta y seis minutos del diez del
junio de dos mil quince literalmente dicen: Diligencias de actividad judicial
no contenciosa de declaratoria de insania promovidas por Sonia María Elizondo
Mora, mayor, divorciada, ama de casa, cédula de identidad número
seis-doscientos seis-ochocientos veintiocho, vecina de León XIX Tibás, San
José, en favor de David Alexis Elizondo Mora, mayor, soltero, desempleado,
cédula de identidad número siete-ciento treinta y tres-cero cincuenta y uno,
vecino de León XIX Tibás, San José. Resultando: I.—II.—Considerando: I.—Hechos
probados: II.—Respecto al fondo: por tanto: con base en lo expuesto, y normas
citadas, se falla se declara insano a David Alexis Elizondo Mora, y se designa
como su curadora definitiva a la señora Sonia María Elizondo Mora, quien deberá
aceptar el cargo dentro del plazo de cinco días una vez firme este fallo, la
aceptación la podrá hacer mediante memorial debidamente autenticado por un
profesional en derecho, o por acta en el Despacho, compareciendo en forma
personal. la curadora deberá presentar un inventario y avalúo de los bienes que
tenga inscritos a su nombre el insano, incluyendo en dicho inventario, si fuera
el caso, cualquier tipo de pensión de la que pudiera estar siendo beneficiario
dicho insano, para cumplir con este requisito se le otorga el plazo de treinta
días, una vez aceptado el cargo. se le hace ver a la curadora que deberá rendir
garantía de la administración que establecen los artículos 199, 201, 203, 204 y
concordantes del Código de Familia, la cual se fijará una vez que se haya
presentado el inventario y avalúo de los bienes del insano, momento en que se
valorará la posibilidad de eximirla de dicha garantía. La curadora deberá
rendir las cuentas anuales con los documentos justificativos del caso, esto de
conformidad con lo que establecen los artículos 215, 218 y 221 del Código de
Familia. Firme esta sentencia deberá ser publicada una vez en el Boletín
Judicial y se inscribirá en el Registro Público, sección de personas. Los
gastos del procedimiento son a cargo del patrimonio del insano. Lic. Héctor
Luis Ruiz Salas, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso insania promovido
por Elizondo Mora Sonia María. Expediente Nº 14-001036-0165-FA.—Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de junio del
2015.—Ramón Zamora Montes.—1 vez.—Exento.—(IN2015043773).
Con ocho días de plazo se cita y emplaza a
todos los herederos y demás interesados en las diligencias número
14-300077-0239-LA-0 (84-14), que es consignación de prestaciones del trabajador
fallecido Graciela Avila Silesky, quien en vida fue mayor, costarricense,
viuda, pensionada, vecina de hatillo 2, cuya cédula de identidad fue la número
1-0234-0041, con el fin de que se apersonen a los autos en resguardo de sus
derechos, apercibidos que si no lo hicieren el dinero pasará a quien demuestre
su derecho. Lo anterior por haberse ordenado así dentro de las diligencias
promovidas por Dina Lucrecia Fernández Avila.—Juzgado Contravencional y de
Menor Cuantía de Hatillo, 6 de julio del 2015.—Lic. José Manuel
Chaves Redondo, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2015043774).
Se hace saber: que ante este Despacho se
tramita proceso de cambio de nombre promovido por Gerardina Mayela Vargas Núñez
mayor, casada, ama de casa, cédula de identidad 0601500993, vecina de
Curridabat, encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de
Gerardina Mayela, por el de Mayela mismos apellidos. Se emplaza a los
interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días
contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a
hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión.
Artículo 55 del Código Civil. Exp. 15-000049-0183-CI.—Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de mayo del
2015.—Lic. Juan Carlos Meoño Nimo, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015044127).
Se avisa a los señores Jacqueline Torres
Martínez, mayor de edad, nacionalidad nicaragüense, de demás calidades y
domicilio desconocidos y a José Pablo Segura Palma, mayor de edad,
costarricense, portador de la cédula de identidad 1-1253-0051, de demás
calidades y domicilio desconocidos que en este juzgado, se tramita el
expediente 15-000076-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito
judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se
solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Yordi José
Segura Torres. Se le concede el plazo de tres días naturales para que
manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez
y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 5 de
febrero del dos mil quince.—MSc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015044128).
Se avisa que en este Despacho el señor Eric
Francisco Johanning Castillo, solicita se apruebe la adopción individual (hijo
de cónyuge) de la persona menor de edad Jorge Arturo Ulloa Corrales. Se concede
a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular
oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y
se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente
15-000096-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, 17 de febrero del 2015.—Msc. Yerma Campos Calvo,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015044130).
Se convoca por medio de este edicto a las
personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del
Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo
de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania
promovido por Doris Yanneth Porras Vargas en favor de Doris Alejandra Ramírez
Porras. Expediente número 15-000170-0675-FA-D.—Juzgado de Familia
de Turrialba, 5 de junio del 2015.—Msc. Gisela Salazar Rosales,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015044132).
Se avisa al señor José Manuel Mora Picado,
mayor de edad, portador de la cédula de identidad 1-1147-0231, de domicilio y
demás calidades desconocidas que en este juzgado, se tramita el expediente
15-000237-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial,
promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se
apruebe el depósito de la persona menor de edad Keymyly Malena Mora Zúñiga. Se
le concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad
o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, 30 de junio del dos mil quince.—MSc.
Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015044134).
Se avisa, a los señores Andrés Said Ledezma
Herrera y María Daniela Hotson Hernández, ambos mayores, costarricenses,
cédulas de identidad N° 1-1652-643 y 2-789-487 respectivamente, con demás
calidades y domicilio desconocidos, son representados por la curadora procesal
Licenciada Sharon Cinchilla Villalta, hace saber que existe proceso N°
15-000298-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de
edad Coleman Snayder Ledezma Hotson establecido por la Licenciada María Elena
Roig Vargasa en calidad de representante legal del Patronato Nacional de la
Infancia en contra de Andrés Said Ledezma Herrera y María Daniela Hotson
Hernández, se ha dictado la resolución de las diez horas cuarenta y nueve
minutos del quince de mayo del dos mil quince, en la que se les concede el
plazo de cinco días para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de
descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código
de Familia. Se les advierte a los accionados que si no contestan en el plazo
dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme
con el artículo 123 y una vez recibida la prueba se dictará sentencia.
Notifíquese. Lic. Héctor Luis Ruiz Salas, Juez.—Juzgado de Familia,
Niñez y Adolescencia, 22 de junio del 2015.—MSc. Yerma Campos
Calvo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015044136).
Se avisa que en este Despacho los señores
Michael Enrique Briceño Corredera y Nancy Patricia Meneses Rivas, solicitan se
apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Marcela Alexandra
Meneses Rivas. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco
días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de
su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.
Expediente 15-000380-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer
Circuito Judicial de San José, 30 de junio del 2015.—Msc. Yerma Campos
Calvo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015044141).
Se avisa a la señora Yoryiluz Umanzor
Umanzor, de nacionalidad nicaragüense, de domicilio y demás calidades desconocidas
que en este juzgado, se tramita el expediente 15-000388-0673-NA,
correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato
Nacional de la infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la
persona menor de edad Aaron Josué Mayorquín Umanzor. Se le concede el plazo de
tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se oponga a estas
diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, 1° de julio del dos mil quince.—MSc. Yerma Campos
Calvo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015044144).
Se convoca por medio de este edicto a las
personas a quienes corresponda la curatela de Juan Camareno Pineda, mayor de
edad, viudo, vecina de Liberia, Guanacaste, con cedula de identidad N°
05006200340, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se
presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a
partir de esta publicación. Proceso de insania de Juan Camareno Pineda que
promueve la señora Jennifer Carranza Camareno. Expediente número
15-000389-0938-FA.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 8 de julio del
2015.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015044146).
Se
avisa que en este Despacho bajo el expediente número 15-000996-0292-FA, los
señores Giuseppe D´Alessandro Fornabaio y Kattia Vanessa Otárola Víquez,
solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Valentina
de los Ángeles Mena Luna. Se concede a los interesados el plazo de cinco días
para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su
disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
3 de julio del 2015.—Msc. Patricia Vega Jenkins,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015044149).
Laura Trejos Ramírez, Jueza de Familia del
Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita hace
saber que en proceso de reconocimiento de hijo de mujer casada N°
2015-400196-216-FA promovido por James Rodas Castro contra Lázaro Manuel Matías
Benitez se ha dictado la resolución que en lo que interesa dice: “Juzgado
Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita. A las nueve
horas cuarenta minutos del veintidós de junio del dos mil quince. Se tienen por
establecidas las presentes diligencias de Reconocimiento de Hijo de Mujer
Casada promovido por James Rodas Castro a favor del menor Daniel David Matías
Castro. De las mismas se confiere audiencia al Patronato Nacional de la Infancia,
por el plazo de tres días, por el mismo plazo otorgado se le confiere audiencia
a los padres registrales del menor, señores Lázaro Manuel Matías Benitez y
Karol Tatiana Castro Alfaro. Se les previene a las partes, que en el primer
escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo
el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado, artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en
sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular
169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de
notificación, dicho fax deber ser de uso exclusivo para el envío y recepción de
documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Para
notificar al padre registral Lázaro Manuel Matías Benitez, se hará por medio de
edicto de ley. Para notificar a la madre señora Karol Tatiana Castro Alfaro, se
hará por medio de la Policía de Proximidad de Alajuelita la misma se localiza
en Alajuelita, Calle Cochea, del Abastecedor San Luis 75 al sur, casa color
terracota. Se ordena remitir oficio dirigido a la Defensa Pública de Hatillo, a
efecto de que se sirvan nombrarle curador procesal al señor Matías Benitez,
toda vez que de la información que rola a folios 10 y 11 consta que el mismo no
ha ingresado al país. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior,
en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07
celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes
de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la
siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d)
Profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado
civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Para notificar al ente
aludido, se comisiona al Notificador del despacho, en el albergue en Hatillo
dos. Notifíquese.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián
y Alajuelita.—Licda. Laura Trejos Ramírez, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015045018).
Se hace saber: que ante este Despacho se
tramita proceso de declaratoria de ausencia promovido por mayor, Xinia de Jesús
Ruiz Solís, cédula de identidad número 6-0255-0868; encaminado a solicitar la
ausencia de Josef Thelen, mayor alemán, casado una vez, comerciante, vecino de
Goicoechea pasaporte número D 15262047314. Se emplaza a los interesados en este
asunto, a efecto de que dentro del plazo de tres meses contados a partir de la
última publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus
derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Exp.
15-000052-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito
Judicial de San José, 19 de junio del 2015.—Lic. Juan Carlos
Meoño Nimo, Juez.—1 vez.—(IN2015045069).
Lic. Yudy Campos Gutiérrez, juez del Juzgado
Primero de Familia de San José, hace saber a Francisco Iturvides Perea Martínez,
documento de identidad N° 0016471260, pasaporte CC-16471260 vecino de domicilio
desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso abreviado de nulidad
matrimonio en su contra, bajo el expediente N° 14-001329-0186-FA, con el cual
solicitan que en sentencia se declare lo siguiente: 1) La nulidad del
matrimonio celebrado entre Francisco Iturvides Perea Martínez y Marjorie Rivas
Miranda, al tratarse de matrimonio simulado, 2) Que la tratarse de un
matrimonio simulado, se anule la inscripción del acto matrimonial y la citas N°
1-0481-049-0098, 3). Que se imponga a los demandados el pago de las costas e
intereses sobre éstas. Lo anterior se ordena así en proceso nulidad matrimonio
de El Estado contra Francisco Iturvides Perea Martínez y otra; expediente Nº
14-001329-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 23 de junio
del año 2015.—Lic. Yudy Campos Gutiérrez, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015045244).
Msc. Patricia Vega Jenkins, jueza del Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Diana Mildreth Jaramillo
Galvis, en su carácter personal, quien es mayor, casada una vez, de
nacionalidad colombiana, de domicilio desconocido, portadora del pasaporte
PCC42143382, se le hace saber que en demanda divorcio, establecida por Anthony
Robles Hernández contra Diana Jaramillo Galvis, se ordena notificarle por
edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, A las nueve horas y dos minutos del siete de
julio de dos mil quince. De la anterior demanda abreviada de divorcio
establecida por el accionante Anthony Robles Hernández, se le confiere traslado
a la accionada Diana Jaramillo Galvis por medio de su curador procesal el Lic.
Mario Rivera Campos, lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo
262 del Código Procesal Civil, mismo se encuentra apersonado al presente
proceso, no existiendo oposición al presente asunto, manifiesta su conformidad
con la presente demanda, de igual forma no opone excepciones previas, y
manifiesta que hace propia las pruebas documentales aportadas por la parte
actora. Asimismo, de conformidad con lo
establecido en el artículo 263 del Código Procesal Civil, se ordena la
publicación por medio de edicto de la presente demanda, la cual se publicará
por única vez, a los interesados se le concederá un plazo de tres días después
de dicha publicación. Proceso de divorcio, expediente N° 14-002147-0292-FA.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Patricia Vega
Jenkins, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045245).
Valeria Arce Ihabadjen, jueza
del Juzgado Primero de Familia de San José, hace saber a Román Anselmo Gómez
Guada, documento de identidad N° 75042322863, cubano, de domicilio desconocido,
que en este Despacho se interpuso un proceso abreviado de nulidad matrimonio en
su contra, bajo el expediente N° 15-000139-0186-FA, con el cual solicitan que
en sentencia se declare lo siguiente: 1) La nulidad del matrimonio celebrado
entre Román Alselmo Gómez Guada y Giovanna Rebeca López Montero, por ser un
matrimonio simulado, 2). Que al no haberse producido el matrimonio entre las
partes se anule la cita de inscripción N° 1-0477-063-0129, 3). Que se anule el
trámite de naturalización del señor Román Anselmo Gómez Guada. Lo anterior se
ordena así en proceso nulidad matrimonio de Procuraduría General de la
República contra Giovanna Rebeca López Montero, Román Anselmo Gómez Guada;
expediente Nº 15-000139-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José,
02 de julio del 2015.—Lic. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015045248).
Valeria Arce
Ihabadjen jueza del Juzgado Primero de Familia de San José, hace saber a Luis
Alberto Burgos Blanco, documento de identidad N° 0001545841, nicaragüense, de
domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso abreviado
de suspensión patria potestad en su contra, bajo el expediente N°
15-000287-0186-FA con el cual se solicita, en sentencia se declare lo
siguiente: 1) Se declare con lugar la presente demanda de suspensión de patria
potestad en contra de Luis Alberto Burgos Blanco, 2) Consecuentemente, se le
suspenda el ejercicio de la patria potestad de Michell Vanesa Burgos Delgado.
Lo anterior se ordena así en proceso suspensión patria potestad de Jeysel
Alilia Delgado Pérez contra Luis Alberto Burgos Blanco; expediente Nº
15-000287-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 02 de julio
del 2015.—Lic. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045252).
Msc. Eddy Rodríguez Chaves, juez del Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), hace saber a
Daniel Arado Seisdedos, mayor de edad, casado, con documento de identidad
C447837, y de ocupación y domicilio desconocido, que en este Despacho se
interpuso un proceso divorcio en su contra, bajo el expediente N°
15-000409-0938-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen:
Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), a las
quince horas y once minutos del veinticuatro de junio del año dos mil quince.
De la anterior demanda abreviada de divorcio establecida por el accionante
Heissel Patricia Chévez Dávila, se confiere traslado a la accionada(o) Daniel
Arado Seisdedos por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la
demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco
días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá
expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos
legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá
contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por
inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la
misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se
referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer
escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en
sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular
169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de
notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de
documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta
a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el fin de
enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es
para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.-” Asimismo, por
haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de
Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar
de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h)
Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución al demandado Daniel Arado
SeisdedoS. A efecto de proceder a nombrar Curador Procesal para el accionado
Arado Seisdedos debe la actora cumplir con lo siguientes: 1) Deberá la señora
Chávez Dávila indicar la existencia de personas familiares del demandado que
puedan representarlo en este proceso, lo anterior por el plazo de tres días. 2)
De Igual forma deberá presentar dos testigos del último domicilio del
demandado, estos que puedan acreditar la ausencia o bien, que desconozcan su
paradero. Es todo. Msc. Eddy Rodríguez Chaves, juez(a). SCORRALESM y la
resolución de las Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste, (Liberia), a las nueve horas y treinta y ocho minutos del catorce
de julio del año dos mil quince. Habiéndose depositado la suma prudencial
fijada para responder en forma provisional a los honorarios de curador, se
nombra como tal al Licenciado Gerardo Camacho Nassar; a quien se le previene
que en caso de anuencia deberá comparecer a este Despacho dentro del plazo de
cinco días para aceptar el cargo conferido. Si no comparece, se entenderá que
no lo acepta y se nombrará otro en su lugar. Asimismo se le previene que en
caso de no hacerlo al momento de aceptar el cargo, deberá en el primer escrito
que presente señalar medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento
de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas
con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias.
Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en
el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°
20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber lo
dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de
setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si
desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso
exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden
utilizarlo también como teléfono. La parte interesada puede localizarlo al
teléfono 2665-3131. Notifíquese a la parte demandada; la presente demanda, por
medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un
Diario de Circulación Nacional; para los efectos del artículo 263 del Código
Procesal Civil. Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para
identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de
aquel en que se haga la publicación. Expídase y publíquese. Msc. Eddy Rodríguez
Chaves, juez. SCORRALESM. Lo anterior se ordena así en proceso divorcio de
Heissel Patricia Chévez Dávila contra Daniel Arado Seisdedos; expediente Nº
15-000409-0938-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste, Liberia, 14 de julio del 2015.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves,
Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045253).
Se convoca por
medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de la
señora Patricia de los Ángeles Vargas González, conforme con el artículo 236
del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del
plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania
de Óscar Vargas González y otros. Expediente N° 15-000435-0186-FA.—Juzgado
Primero de Familia de San José, 28 de abril del 2015.—Lic. Valeria Arce
Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045255).
El licenciado
Leonardo Loría Alvarado, juez del Juzgado de Familia
de Puntarenas, hace saber: que en proceso de solicitud de depósito judicial
promovido por el Patronato Nacional de la Infancia donde intervienen María del
Milagro Álvarez Bermúdez y José Santos Cernas Caruzo, que se tramita en este
Despacho, bajo la sumaria N° 15-000589-1146-FA (2), se encuentra la resolución
que literalmente dice: presentada en forma la solicitud de depósito judicial de
persona menor de edad del menor Axel Joaquín Cernas Álvarez, se tiene por
aceptado el cargo de curador procesal por parte del licenciado Luis Diego
Jiménez Jiménez, para representar legalmente a los intervinientes María del
Milagro Álvarez Bermúdez por ser esta menor de edad y por desconocerse su
paradero y al señor José Santos Cernas Caruzo por existir intereses
contrapuestos entre este y la señora Yorlene Caruzo Vega a quien se nombra como
depositaria provisional de la persona menor de edad Axel Joaquín Cernas
Álvarez, y se le previene presentarse a aceptar el cargo, asimismo se le
confiere audiencia por el plazo de tres días, a los intervinientes y se les
previene de conformidad con los numerales 10 y 34 en relación con el 36 todos
de la Ley de Notificaciones N° 8687, el señalamiento de correo electrónico,
fax, casillero, en estrado o cualquier otra forma tecnológica que permita la
seguridad del acto de comunicación, como medio para atender futuras
notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere en la forma
prevenida o no se pudiere efectuar la notificación por el medio señalado,
mediando comprobante de transmisión electrónica o la respectiva constancia, las
resoluciones posteriores le quedarán notificadas con el transcurso de
veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias, salvo que se
demuestre que ello se debió a causas que no le sean imputables. Notifíquesele
esta resolución al curador procesal nombrado, en el medio indicado por el mismo
para estos efectos. Por desconocerse el paradero de la interviniente María del
Milagro Álvarez Bermúdez, se ordena notificar esta resolución mediante edicto
que será publicado en el boletín judicial de la gaceta una vez, a la depositaria
judicial provisional Yorlene Caruzo Vega, mediante la Oficina de Notificaciones
Judiciales de estos Tribunales, por ser habida en Puntarenas, Barranca, detrás
del Lavacar El Chayote, segunda entrada 50 metros oeste, vivienda de latas.
Notifíquese.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Diego Armando Acevedo
Gómez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045261).
Se convoca por medio de este edicto a las
personas a quienes corresponda la curatela, conforme al artículo 236 del Código
de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de
quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania promovido
por Procuraduría General de la República, expediente N° 15-000599-1146-F.A.(3),
presunto insano Neftalí Esquivel Sánchez. Notifíquese.—Leonardo Loría Alvarado,
Juez de Familia en Puntarenas.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045262).
Se hace saber a Víctor Hugo Mata Barahona,
mayor, nacionalidad costarricense, documento de identidad Nº 1-0682-0171, de
demás calidades desconocidas, que en este Despacho se tramita el abreviado de
divorcio Nº 15-400905-637-FA, de Grettel Mora Chin en su contra. Se concede a
Víctor Hugo Mata Barahona, el plazo de diez días a efecto de que se apersone
para contestar o formular la oposición correspondiente con la indicación de las
pruebas en que se fundamenta, con la indicación de los testigos en su caso;
dicho emplazamiento comenzará a correr tres días después de aquel en que se
hizo la publicación del presente edicto. Se previene a la parte accionada,
señalar lugar o medio para recibir notificaciones, caso contrario se aplicará a
las resoluciones que se dicten la notificación automática.—Juzgado de
Familia de Desamparados, 13 de julio del 2015.—Licda. Luz Marina Solís
Poveda, Jueza.—1 vez.—(IN2015045357).
Se avisa que en este Despacho en el
expediente Nº 15-000401-0673-NA, los señores: Ana Inghilterra y Luca Principi,
solicitan se apruebe la adopción conjunta internacional de la persona menor de
edad: Janzel Ariel Rivera Hall. Se concede a los interesados el plazo de cinco
días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de
su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado
de Familia, de Niñez y Adolescencia, 13 de julio del 2015.—Msc. Milagro
Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045567).
Se avisa al señor: Anthony Mitchel Howard
Pinnock, de nacionalidad costarricense, portador de la cédula de identidad Nº
7-0107-0419, de domicilio y demás calidades desconocidas que en este Juzgado,
se tramita el expediente Nº 15-000405-0673-NA, correspondiente a diligencias de
depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde
se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad: Anthony
Jafeth Howard Sasiga, Ashley Shantal Sasiga Granados y Yered Andrés Sasiga
Granados. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su
conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia
del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de julio del 2015.—MSc.
Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045568).
Se avisa a la señora: Fabiola Reyes Abarca,
mayor de edad, costarricense, portadora de la cédula de identidad Nº
1-1577-0114, de domicilio y demás calidades desconocidas que en este Juzgado,
se tramita el expediente Nº 15-000412-0673-NA, correspondiente a diligencias de
depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde
se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad: Emily
Alaine Solórzano Reyes. Se le concede el plazo de tres días naturales para que
manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez
y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de julio del
2015.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045570).
Se convoca por medio de este edicto a las
personas a quienes corresponda la curatela de: Josefa Cubero Calderón, conforme
con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse
de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación.
Proceso de insania de: Carlos Enrique Fernández Cubero. Expediente Nº
15-001057-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 16 de julio del
2015.—Licda. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045571).
Han comparecido ante este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil, los señores Kael Anthony Zúñiga Chaves, mayor,
soltero, oficinista en Servicios Neptuno S. A., con cédula de identidad número
6-0379-0918, vecino de barrio Llano Bonito Golfito, hijo de Gregory Anthonny
Zúñiga Berrocal y María Vanessa Chaves Madrigal, nacido en centro de Golfito,
Puntarenas, el día 22 de mayo de 1989 actualmente con veinticuatro años de edad
y Stephannie Odette Gutiérrez Bolandi, mayor, divorciada, ama de casa, cédula
de identidad 6-0377-0763, vecina de barrio Llano Bonito Golfito, hija de Isaac
José Gutiérrez Delgado y Rosa Amalia Bolandi Mayorga, nacida en centro Central
Puntarenas, el día 18 de enero de 1989 actualmente con veinticinco años de
edad. Se advierte a los interesados que tuvieren conocimiento de algún
impedimento legal de los contrayentes lo hagan saber a este Juzgado dentro del
plazo de ocho días a la publicación de este edicto. Exp. N° 15-000031-1086-FA.—Juzgado
de Familia de Golfito, 20 de febrero del 2015.—Lic. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015043852).
Han comparecido ante este Despacho,
solicitando contraer matrimonio civil, los señores Kael Anthony Zúñiga Chaves,
mayor, soltero, oficinista en Servicios Neptuno S. A., con cédula de identidad
número 6-0379-0918, vecino de Barrio Llano Bonito Golfito, hijo de Gregory
Anthonny Zúñiga Berrocal y María Vanessa Chaves Madrigal, nacido en centro de
Golfito Puntarenas, el día 22 de mayo de 1989 actualmente con veinticuatro años
de edad y Stephannie Odette Gutiérrez Bolandi, mayor, divorciada, ama de casa,
con cédula de identidad número 6-0377-0763, vecina de Barrio Llano Bonito
Golfito, hija de Isaac José Gutiérrez Delgado y Rosa Amalia Bolandi Mayorga,
nacida en Centro Central Puntarenas, el día 18 de enero de 1989 actualmente con
veinticinco años de edad. Se advierte a los interesados que tuvieren
conocimiento de algún impedimento legal de los contrayentes lo hagan saber a
este Juzgado, dentro del plazo de ocho días a la publicación de este edicto.
Expediente Nº 15-000031-1086-FA.—Juzgado De Familia de Golfito, 20 de
febrero del 2015.—Licda. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2015043759).
Han comparecido a este Despacho, solicitando
contraer matrimonio civil, Gerald Geovanni Obando López, mayor, soltero, cajero
y pistero, cédula de identidad número 0304390500, vecino de llanos de Santa
Lucia, Paraíso, Cartago, de la iglesia católica 75 m noroeste, hijo de Sonia
Obando López, nacido en oriental central Cartago, el 11/09/1989, con 25 años de
edad actualmente, y Yendri Paola Duran Mata, mayor, soltera, estudiante, cédula
de identidad número 0304950966, vecina de llanos de Santa Lucia, Paraíso,
Cartago, 225 m., al suroeste, de la iglesia católica del lugar, hija de Dora
Emilia Mata Solano y José Elio Duran Redondo, nacida en oriental central
Cartago, el 22/07/1996, actualmente con 18 años de edad. Si alguna persona
tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice,
está en la obligación de manifestarlo en este Despacho, dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 15-001561-0338-FA.—Juzgado
de Familia de Cartago, 7 de julio del 2015.—Licda. Cristina Dittel
Masis, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2015043764).
Han comparecido ante este Despacho,
solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Laura María Artavia
Carrillo, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0503710949,
vecina de San Martín de Nicoya, de la Escuela San Ambrosio; 100 metros al norte
y 25 metros al oeste, hija de Mainor Artavia Pérez y Elieth Carrillo Pérez,
nacida en centro Nicoya, Guanacaste, el 19/09/1989, con 25 años de edad, y
Adrián Cruz Rodríguez, mayor, soltero, vendedor a domicilio, cédula de
identidad número 0504070301, vecino de la Escuela San Ambrosio; 100 metros al
norte y 25 metros al oeste, hijo de Oscar Geiner Cruz Ocampo y María Josefa
Rodríguez Díaz, nacido en centro Liberia, Guanacaste, el 20/10/1995,
actualmente con 19 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que
existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá
manifestarlo ante este Despacho, dentro del término de ocho días contados a
partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio) Exp. Nº
15-000072-0869-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste, Nicoya, 20 de marzo del 2015.—Lic. Héctor Luis Ruiz Salas,
Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2015043776).
Han comparecido ante este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Laura Yamileth Álvarez
Jiménez, mayor, ama de casa, cédula de identidad número tres-cuatrocientos
ocho-novecientos ochenta y uno, hija de Alexis Martín Álvarez Cerdas y Sonia
Yamileth Jiménez Navarro, nacida en centro de Turrialba, Cartago, el veintiocho
de diciembre de mil novecientos ochenta y cinco, con 29 años de edad, y
Alexander José Carballo Salinas, mayor, soltero, peón agrícola, pasaporte
155821483034, nicaragüense, hijo de Manuel Salinas Gaitán y Constancia Carballo
Potozme, nacido en Nicaragua, el siete de enero de mil novecientos ochenta,
actualmente con treinta y cinco años de edad. Si alguna persona tuviere
conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se
lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho
días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio)
Exp. 15-000269-0675-FA-I.—Juzgado de Familia de Turrialba,
7 de julio del 2015.—Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015044135).
Han comparecido ante este despacho
solicitando contraer matrimonio civil, los contrayentes Alex Guillermo Morales
Hernández, mayor, soltero, transportista, cédula de identidad número
0113540078, vecino de San Rafael de Alajuela, 150 metros este de la pulpería La
y Griega, frente al Servicentro Ojo de Agua, hijo de Delfin Morales Castillo y
María Antonia Hernández Agüero, ambos costarricenses, nacido en Hospital
Central San José, el 11 de mayo de 1988, con 27 años de edad, y María de los
Ángeles Marín Flores, mayor, soltera, niñera, cédula de identidad número
0115860239, vecina de San Rafael de Alajuela, 150 metros este de la pulpería La
y Griega, frente al Servicentro Ojo de Agua, hija de Gerardo Marín Cantillo y
Adanaris Flores Wilson, ambos costarricenses, nacida en centro Desamparados,
San José, el 7 de abril de 1994, actualmente con 21 años de edad. Si alguna
persona tuviere conocimiento de que exista algún impedimento legal para que
dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro
del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto.
(Solicitud de Matrimonio) Exp. 15-001263-0292-FA.—Juzgado de Familia
del Primer Circuito de Alajuela, 3 de julio de
2015.—Msc. Patricia Vega Jenkins, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015044150).
Han comparecido solicitando contraer
Matrimonio Civil los señores Oscar Luis Jiménez Salas, cédula de identidad
número uno-seiscientos cincuenta-doscientos ochenta y tres, de cincuenta años
de edad, divorciado, costarricense, agente de ventas, nativo de Ciudad Neily,
Corredores, Barrio La Fuente, doscientos metros antes de los tanques de agua,
el día diecinueve de abril de mil novecientos sesenta y cinco, hijo de Trinidad
Jiménez Salas y Jessica Fuentes Padilla, cédula de identidad número
seis-trescientos cuarenta y nueve-cero cero cincuenta y tres, de veintinueve
años de edad, soltera, costarricense, del hogar, nativa de Ciudad Neily,
Puntarenas, el día cinco de setiembre de mil novecientos ochenta y cinco, hija
de Lisbeth Padilla Padilla y Placido Carrillo Espinoza, ambos vecinos de Ciudad
Neily, Corredores, Barrio La Fuente, 200 metros antes de los tanques de agua.
Se insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este
Matrimonio se realice, que están en la obligación de manifestarlo a este
Despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto.
Matrimonio Civil 15-400 257-1304-FA.—Juzgado de Familia de
Corredores, Ciudad Neily, 12 de junio de 2015.—Lic. Juan Carlos
Sánchez García, Juez de Familia.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045020).
Han comparecido solicitando contraer
matrimonio civil los señores Jorge Antonio Morales, de un solo apellido en
razón de su nacionalidad Panameño, de treinta años de edad, cédula de identidad
de su país número: cuatro-setecientos ochenta y seis-mil quinientos veintiocho,
ayudante de mecánico, nativo de distrito de Baru de la Provincia de Chiriquí,
Panamá, el día trece de mayo de mil novecientos ochenta y cinco, hijo de Elena
Ester Morales y Marcos Aguilar, de un solo apellido en razón de su nacionalidad
Panameña, la primera es vecina de Paso Canoas, Barrio La Brigada, el segundo es
vecino de Puerto Armuelles de Chiriquí, Panamá; y Karina Villagra Venegas,
mayor, soltera, costarricense, de veinticuatro años de edad, cédula de
identidad número: seis-trescientos noventa y ocho-doscientos cincuenta, ama de
casa, nativa de Corredor, Corredores, Puntarenas, el día veintidós de octubre de mil novecientos noventa y uno, hija de José
Vicente Villagra Villagra y Zoila Rosa Venegas Camacho, ambos costarricenses y
vecinos de Barrio La Brigada de Paso Canoas, Corredores, Puntarenas. Los
contrayentes son vecinos de Barrio La Brigada de Paso Canoas, Corredores,
Puntarenas, 50 metros Sur de la pulpería Barquero, cuarta casa de color turquesa.
Se insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este
matrimonio se realice, que están en la obligación de manifestarlo a este
Despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto.
Matrimonio Civil 15-400297-1304-FA.—Juzgado de Familia de
Corredores, Ciudad Neily, 9 de julio de 2015.—Lic. William
Calderón Navarro, Juez de Familia.—Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015045021).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil, Randall Giovanni Agüero Sandí, mayor, soltero,
dependiente, cédula de identidad N° 0303800936, vecino de Turrialba, El Mora
Calle 6, casa N° 279, casa color marrón, con tapia color gris, hijo de Yesenia
Agüero Sandí nacido en centro Turrialba, Cartago, el 03/06/1982, con 33 años de
edad y Arlin Mariela Chavarría Ramírez, mayor, soltera, ama de casa, cédula de
identidad N° 0304110399, vecina de Turrialba, El Mora Calle 6, casa N° 279,
casa color marrón, con tapia color gris, hija de Eliécer Chavarría Leitón y
Virginia Ramírez Ramírez, nacida en centro Turrialba, Cartago, el 12/04/1986,
actualmente con 28 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo
en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del
edicto. Expediente Nº 15-000272-0675-FA-DM1.—Juzgado de Familia de Turrialba,
08 de julio del 2015.—Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015045251).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio de los señores Neyfren Eduardo Sibaja Obando, mayor,
soltero, mantenimiento, cédula de identidad N° 0702200968, nacido en Guápiles,
Pococí, Limón, el 19/07/1993, con 21 años de edad, y Noyleen Pamela Zúñiga
Moraga, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad N° 0503870984, nacida
en centro Liberia, Guanacaste, el 22/06/1992, actualmente con 23 años de edad,
ambos contrayentes son vecinos de Liberia, Guanacaste. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 15-000465-0938-FA.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 13 de julio
del 2015.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045256).
Han comparecido a este despacho los señores
presentes en este despacho el señor Adrián Josué Camareno Quirós, mayor, cédula
de identidad número 1-1517-0219, teléfono: 8946-72-95, hijo de: Jesús Alberto
Camareno Pacheco y Mildred Lucía Quirós Sandí y la señora Navith Fabiola Bravo
Duarte, mayor, cédula de identidad 6-0390-0421, hija de: Kattia Duarte Ruiz y
Óscar Bravo Guerrero. Seguidamente los contrayentes manifiestan: que es nuestra
voluntad de contraer matrimonio civil ante sus oficios, ya que tenemos cuatro
años de convivir, para lo cual nos permitimos presentar los documentos exigidos
por Ley. Para que declaren sobre nuestra aptitud legal de contraer Matrimonio
Civil, indicamos a los siguientes testigos: Marjorie Barrantes Sequeira y
Yahaira López Ramírez. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este Matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo a este despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación de este edicto. Exp: 15-000679-1146-FA-3.—Juzgado de Familia de
Puntarenas, 09 de julio de 2015.—Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015045267).
Han comparecido
a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Fausto Antonio Torres
Solano, mayor, soltero, operario, cédula de identidad número 0304830133, vecino
de Lourdes Agua Caliente 1 km al sur de la iglesia católica del lugar, hijo de
María Cristina Solano Rojas y Asdrúbal Antonio Torres Gutiérrez, nacido en
Oriental Central Cartago, el 29/11/1994, con 20 años de edad actualmente, y
Karol Andrea Solano Redondo, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad
número 0304830673, vecina de Lourdes Agua Caliente 1 km al sur de la iglesia
del lugar , hija de Yolanda Eugenia Redondo Calvo y Wilbert Solano Obando,
nacida en Oriental Central Cartago, el 26/12/1994, actualmente con 20 años de
edad.. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este
matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº
15-001598-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 13 de julio del
2015.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045272).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer Matrimonio Civil, Yancy Andrea Cerdas Monge, mayor, soltera, ama de
casa, cédula de identidad número 0304220182, vecina de Loyola del Bare Bar 200
m norte y 100 m oeste, hija de Ana Yansy Monge Pérez y Leslie Cerdas Mora,
nacida en Oriental Central Cartago, nacida el 06/08/1987, con 27 años de edad
actualmente quien desea contraer matrimonio con Óscar David Sanabria Portuguez,
mayor, soltero, privado de libertad, cédula de identidad número 0304580080,
vecino de Loyola del Bare Bar 200 m norte y 100 m oeste, hijo de Georgina
Portuguez Figueroa y Efraín Sanabria Brenes, nacida en Oriental Central
Cartago, el 12/07/1988, actualmente con 26 años de edad, el cual se encuentra en
el CAI de la Leticia en Pococí, Limón por el delito de robo agravado con 5
meses de prisión. Ambos contrayentes tienen tres hijos en común: Óscar David
Sanabria Cerdas con 7 años, Yaleth Sanabria Cerdas con 5 años y Isaith Sanabria
Cerdas con año y nueve meses. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Exp. Nº 15-001613-0338-FA.—Juzgado de Familia de
Cartago, 13 de julio del 2015.—Licda. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015045273).
Han comparecido ante este despacho
solicitando matrimonio civil Jeudy Duarte Quiel, mayor, costarricense, de
veinte años de edad, con cédula de identidad número 1-1596-047, hijo de Eduardo
Evelio Duarte Calvo y Juanita Quiel Torres, ambos padres de nacionalidad
costarricense; nativo de San Isidro, Pérez Zeledón, San José, el quince de
enero de mil novecientos noventa y cinco, de oficio jornalero y Ana Isabel
Alpízar Guillén, de diecinueve años de edad, con cédula de identidad número
6-429- 531, hija de José Alpízar Mendoza y Marlene Guillén Torres, ambos de
nacionalidad costarricense, nativa de San Vito, Coto Brus, Puntarenas, el tres
de enero de mil novecientos noventa y seis, de oficio estudiante. Quienes son:
solteros, y vecinos de: Los Ángeles de Agua Buena, 300m del puente del cruce a
Coopabuena, camino a Ciudad Neilly, casa de madera color celeste. Se insta a
todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este matrimonio se
realice, que estan en la obligación de manifestarlo a este Despacho dentro de
los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Se solicita la
publicación de este edicto para los efectos del artículo 25 del Código de
Familia. Lo anterior en expediente Nº 15-100016-0441- CI.—Juzgado
Contravencional de Menor Cuantía de Coto Brus, San Vito, primero de junio
del 2015.—Lic. Jorge Ortega Morales, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045274).
Han comparecido a este Juzgado, solicitando
contraer matrimonio civil: Andrey Arias Jiménez, cédula Nº 2-629-241, 28 años
de edad, soltero, cocinero, costarricense, nativo de Centro, Grecia, Alajuela,
nació el 11 de enero de 1987, hijo de Guillermo Arias Chacón y Mariana Jiménez
Chinchilla; y Jimena Hoffman Alfaro, cédula Nº 2-730-282, 20 años de edad,
soltera, ama de casa, costarricense, nativa de Centro, Grecia, Alajuela, nació
el 12 de setiembre de 1994, hija de Harold Hoffman Quesada y Johanna Alfaro
Valverde, ambos vecinos de Sarchí. Si alguna persona conoce impedimento para
que se realice este matrimonio deberá comunicarlo dentro de los ocho días,
posteriores a la publicación de este edicto. Expediente Nº 15-100016-0321 CI.—Juzgado
Contravencional y Menor Cuantía de Valverde Vega, Valverde Vega, Sarchí, 13
de julio del 2015.—Nuria Rodríguez Gonzalo, Jueza.—1 vez.—(IN2015045427).
Han comparecido
ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, los contrayentes:
Erick Jesús Morales Arias, mayor, soltero, cajero, cédula de identidad Nº
0114540655, vecino de Alajuela, San José, El Coyol, hijo de Noemy Arias Hidalgo
y Abel Morales Cubero, ambos costarricenses, nacido en Uruca, Central, San
José, el 05 de febrero de 1991, con 24 años de edad; y Stephannie Melissa
Campos Arana, mayor, soltera, cajera, cédula de identidad Nº 0604090960, vecina
de la misma dirección, hija de Denney Arana Barquero y José Luis Campos
Fonseca, ambos costarricenses, nacida en Centro, Central, Puntarenas, el 29 de
junio de 1993, actualmente con 22 años de edad y en estado de embarazo. Si
alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para
que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho
dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto.
(Solicitud de matrimonio). Expediente Nº 15-001322-0292-FA.—Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 13 de julio del
2015.—Licda. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015045572).
Para el día dieciocho de julio del dos mil
quince los señores Carlos Alberto Reyes Guerrero, de nacionalidad colombiana,
con pasaporte número AM ocho uno nueve seis cuatro cuatro y Irene Ugalde
Ramírez, costarricense, con cédula seis-doscientos cincuenta-ciento setenta y
ocho, han decidido contraer matrimonio civil ante este notario en San Ramón de
Alajuela. Se cita y emplaza a cualquier parte interesa a hacer valer sus
derechos al fax 2445-1141.—Lic. Carlos Eduardo Blanco Fonseca, Notario.—1
vez.—Solicitud N° 34824.—(IN2015045600).
Para el día cinco de julio del año dos mil
quince los señores Alexander Gunther de un solo apellido, de Nacionalidad
Alemana, con número de pasaporte C cero MTZ uno ZMY, y Ariana Belén Álvarez
Castillo de nacionalidad Costarricense, con cédula seis-cero tres cuatro
cuatro-cero seis cuatro ocho, han
decidido contraer matrimonio civil ante este notario en San Ramón de Alajuela.
Se cita y emplaza a cualquier parte interesa a hacer valer sus derechos al fax
2445-1141.—Lic. Carlos Eduardo Blanco Fonseca, Notario.—1 vez.—Solicitud N°
34748.—(IN2015045610).
Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de
la Zona Sur (Pérez Zeledón), al ser las diez horas y cuarenta y nueve minutos
del nueve de julio del dos mil quince. Dentro de la causa Penal
15-000745-0219-PE, seguida contra Arthur Mackenzie Solano Segura, por el delito
de Tenencia de Droga en perjuicio de La Salud Pública, se encuentra decomisada
la suma de doce mil colones exactos, depositados en la cuanta del ICD, sobre el
cual es necesario resolver en forma definitiva. Siendo que no ha sido posible
notificar al señor Arthur Solano Segura cédula de identidad 6-414-476, se
procede a notificar por medio de edicto, publicado por una única vez en el Boletín
Judicial, al señor Arthur Solano Segura cédula de identidad 6-414-476, la
resolución de las siete horas cincuenta minutos del dieciséis de junio del dos
mil quince, mediante la cual se ha dispuesto la devolución del dinero
decomisado, así como el plazo de tres meses (a partir de la publicación) para
poder realizar reclamo alguno sobre el dinero, para lo cual deberá presentarse
al Juzgado Penal de Pérez Zeledón, ubicado en San Isidro de EI General, Segundo
Piso Edificio Tribunales de Justicia, a hacer valer sus derechos. En caso de no
presentarse dentro del plazo establecido, y si no existe gestión alguna por
parte de interesado, el dinero quedará a favor del Estado, de conformidad con
el numeral 200 del Código Procesal Penal y la Ley 6106. Remítase al Despacho
indicado.—Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez
Zeledón.—Lic. Raquel Gutiérrez Alfaro, Jueza Penal. Etapa Intermedia.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015044148).