BOLETÍN
JUDICIAL N° 169 DEL 31 DE
AGOSTO DEL 2015
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL
PODER JUDICIAL
DIRECCIÓN DE GESTIÓN HUMANA
DEL PODER JUDICIAL
SALA CONSTITUCIONAL
ADMINISTRACIÓN
JUDICIAL
Remates
Convocatorias
Citaciones
Avisos
Edictos Matrimoniales
Edictos en lo Penal
SEGUNDA PUBLICACIÓN
ASUNTO: Asueto concedido a
los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Turrialba
de la provincia de Cartago.
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales del
cantón de Turrialba de la provincia de Cartago, permanecerán cerradas durante
el día catorce de agosto de dos mil quince, con las salvedades de costumbre,
por motivo de la celebración de los festejos cívico patronales de dicho cantón.
San José, 20 de julio del dos
mil quince.
MBA
Rodrigo Arroyo Guzmán,
Director
Ejecutivo a.í.
Exonerado.—(IN2015049422)
ASUNTO: Asueto concedido a
los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Jiménez,
provincia de Cartago
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales del
cantón Jiménez, provincia de Cartago, permanecerán cerradas durante el día
diecinueve de agosto de dos mil quince, con las salvedades de costumbre, por
motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.
San José, veintisiete de julio
del dos mil quince.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán,
Subdirector
Ejecutivo
Exonerado.—(IN2015049423).
ASUNTO: Asueto
concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de
Osa de la provincia de Puntarenas.
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales del
cantón de Osa de la provincia de Puntarenas, permanecerán cerradas durante el
día cuatro de setiembre del dos mil quince, con las salvedades de costumbre,
por motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.
San José, 31 de julio del 2015.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán
Subdirector
Ejecutivo
Exonerado.—(IN2015050331)
ASUNTO: Asueto
concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de
San Ramón de la provincia de Alajuela.
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales del
cantón de San Ramón de la provincia de Alajuela, permanecerán cerradas durante
el día treinta y uno de agosto del dos mil quince, con las salvedades de
costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos patronales de
dicho cantón.
San José, 31 de julio del 2015.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán
Subdirector
Ejecutivo
Exonerado.—(IN2015050332)
CONVOCATORIA CVº 016-2015
La Corte Suprema de Justicia y
la Dirección de Gestión Humana, invitan a las personas interesadas a participar
en la siguiente convocatoria:
Magistrado o Magistrada Suplente
Tribunal Supremo de Elecciones
Forma de participar, requisitos
y otros detalles del concurso se pueden acceder en las siguientes direcciones
electrónicas:
http://sitios.poder-judicial.go.cr/personal/concursos.htm
http://sjoint01/personal/concursos.htm
Período de inscripción:
Inicia: 31 de agosto de 2015
Finaliza: 11 de setiembre de 2015
Horario de atención al público:
7:30 a.m. a 12:00 m.d
y de 1:00 p.m a 4:30 p.m
Gustavo Herrera Rodríguez, Unidad de
Reclutamiento.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015053714).
ASUNTO: Acción de
inconstitucionalidad.
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES
DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
TERCERA PUBLICACIÓN
Para los efectos del artículo 90
párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción
de inconstitucionalidad que se tramita con el número 13-007954-0007-CO
promovida por José Antonio Saborío Carrillo, contra el artículo 83 del Código
de Normas y Procedimientos Tributarios, según la reforma operada por Ley Nº
9069 del 28 de setiembre de 2012, por estimarlo contrario a los principios de
proporcionalidad y no confiscatoriedad en materia sancionatoria y tributaria,
se ha dictado el voto número 2015-011534 de las once horas y cuarenta y cinco
minutos del veintinueve de julio del dos mil quince, que literalmente dice:
“Se declara sin lugar la acción
de inconstitucionalidad. El Magistrado Cruz Castro pone nota.”
San José, 29 de julio del 2015.
Gerardo
Madriz Piedra
Exento.—(IN2015049210) Secretario
Para los efectos del artículo 90
párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción
De Inconstitucionalidad que se tramita con el número 13-011491-0007-CO
promovida por Rosa María Vindas Chaves contra el artículo 25 inciso ch2) del
Estatuto Orgánico de la Universidad Estatal a Distancia, publicado en La Gaceta
201 del 20-10-2000, por estimarlo contrario a los artículos 11, 33, y 192
de la Constitución Política, se ha dictado el voto número 2015-011471 de las
nueve horas y quince minutos del veintinueve de julio del dos mil quince, que
literalmente dice:
“Se declara inadmisible la
acción.”
San José, 29 de julio del 2015.
Gerardo
Madriz Piedra
Exento.—(IN2015049213). Secretario
De acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción
de inconstitucionalidad número 14-015636-0007-CO que promueve IBW
Comunicaciones S. A., se ha dictado la resolución que literalmente dice: “Sala
Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las catorce horas y
seis minutos del veintisiete de julio del dos mil quince. Se da curso a la
acción de inconstitucionalidad interpuesta por Nelson Medina Navarrete, mayor,
divorciado, administrador, ciudadano con pasaporte de la República de El
Salvador, número 001260210, vecino de Escazú en su condición de apoderado generalísimo
de IBW Comunicaciones S. A.; contra el artículo 69 de la Ley General de
Telecomunicaciones, por lesionar los artículos 11, 33 y 39 de la Constitución
Política. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la
República. Considera que la norma impugnada es inconstitucional pues otorga a
la SUTEL una potestad exorbitante al permitirle imponer como sanción el cierre
definitivo de un establecimiento, lo que resulta irrazonable y
desproporcionado. Aduce que solamente dos instituciones públicas en Costa Rica
tienen una potestad similar, la C.C.S.S. y Administración Tributaria y en ambos
casos, se trata de una sanción temporal que dispone un cierre por un máximo de
cinco días. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la
Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación
del accionante proviene del artículo 75 de la Ley la Jurisdicción
Constitucional. El asunto previo es un proceso ordinario de IBW Comunicaciones
S. A. contra varias resoluciones de la Superintendencia de Telecomunicaciones,
el cual se tramita en el expediente Nº 13-5824-1027-CA. así mismo, mediante
resolución Nº 2015-010476 de las nueve horas veintiún minutos del 15 de julio
del 2015, la mayoría del Tribunal dispuso cursar la acción en relación con
dicha norma. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín
Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o
procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte
resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso.
Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se
discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede
hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de
aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único
que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución
final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se
inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos
contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben
aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera
inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación
del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos
pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la
aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar
en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los
motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se
hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de
Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la
Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no
suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en
los casos y condiciones señaladas. Notifíquese. / Fernando Castillo Víquez,
Presidente a. í.”
San José, 29 de julio del 2015.
Gerardo
Madriz Piedra
Exento.—(IN2015049229). Secretario
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las
citas 0310-00005631-01-0901-001; a las once horas y cero minutos del diecinueve
de octubre del año dos mil quince, y con la base de setenta y seis mil
setecientos veinte dólares con ochenta y un centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
254496-000 la cual es terreno con una casa lote 23. Situada en el distrito
Ipís, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: Al norte, pared
medianera e Invu; al sur, Francisco Javier Brenes Cano; al este, Enrique Acuña
Salazar y Carmen Meza Carranza ambos en parte, y al oeste, calle pública. Mide:
Doscientos doce metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las once horas y cero minutos del tres de noviembre del año dos mil
quince, con la base de cincuenta y siete mil quinientos cuarenta dólares con
sesenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del dieciocho de
noviembre del año dos mil quince con la base de diecinueve mil ciento ochenta
dólares con veinte centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Angels Touch S. A., Hazel Eugenia Soto Leitón. Exp.
N° 15-009908-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo
Circuito Judicial de San José, 23 de junio del 2015.—Lic. Iván Tiffer
Vargas, Juez.—(IN2015048838).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes prendarios; a las quince horas y cero minutos del dieciocho de
setiembre del año dos mil quince, y con la base de diez mil ciento cuarenta y
tres dólares con trece centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo: Placas número 639102, marca Mitsubishi, estilo Montero GL, categoría
automóvil, capacidad 7 personas, año 2006, color blanco, Vin JMYLRV76W6J000552,
cilindrada 2835 cc, combustible diesel, motor Nº 4M40HB7720. Para el Segundo
remate se señalan las quince horas y cero minutos del cinco de octubre del año
dos mil quince, con la base de siete mil seiscientos siete dólares con treinta
y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera
subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veinte de octubre del
año dos mil quince con la base de dos mil quinientos treinta y cinco dólares
con setenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Mark
Antonio Dobson Dobson. Exp.:14-007823-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 01 de julio del
2015.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—(IN2015053386).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; a las once horas treinta minutos del once de
noviembre del dos mil quince, y con la base de doscientos ocho mil ochocientos
noventa y nueve dólares con noventa y dos centavos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
veinticinco mil quinientos ochenta y cinco F cero cero cero (25585F-000 del
Partido de San José) la cual es terreno filial treinta y dos de dos plantas,
destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito
01 San Isidro, cantón 11 Vásquez de Coronado, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, calle; al sur, área común libre; al este, filial treinta y
tres y al oeste, filial treinta y uno. Mide: cuatrocientos sesenta y siete metros
con seis decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las once horas
treinta minutos del veintiséis de noviembre del dos mil quince, con la base de
ciento cincuenta y seis mil seiscientos setenta y cuatro dólares con noventa y
cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera
subasta se señalan las once horas treinta minutos del catorce de diciembre del
dos mil quince con la base de cincuenta y dos mil doscientos veinticuatro
dólares con noventa y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra 3-101-570086 S. A., Gilberto Martínez Vidal.
Exp.: 15-015167-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito
Judicial de San José, 30 de julio del 2015. Notifíquese.—Licda. Adriana
Castro Rivera, Jueza.—(IN2015053389).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; a las once horas treinta minutos del once de
noviembre del dos mil quince, y con la base de doscientos ocho mil ochocientos
noventa y nueve dólares con noventa y dos centavos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
veinticinco mil quinientos ochenta y cinco F cero cero cero (25585F-000 del
Partido de San José) la cual es terreno filial treinta y dos de dos plantas,
destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito
01 San Isidro, cantón 11 Vásquez de Coronado, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, calle; al sur, área común libre; al este, filial treinta y
tres y al oeste, filial treinta y uno. Mide: cuatrocientos sesenta y siete
metros con seis decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las
once horas treinta minutos del veintiséis de noviembre del dos mil quince, con
la base de ciento cincuenta y seis mil seiscientos setenta y cuatro dólares con
noventa y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
Tercera subasta se señalan las once horas treinta minutos del catorce de
diciembre del dos mil quince con la base de cincuenta y dos mil doscientos
veinticuatro dólares con noventa y ocho centavos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Banco Nacional de Costa Rica contra 3-101-570086 S. A., Gilberto Martínez
Vidal. Exp.: 15-015167-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro,
Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de julio del 2015.—Licda. Adriana
Castro Rivera, Jueza.—(IN2015053417).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos, Bajo las Citas: 326-04273-01-0004-001; a las catorce horas y
treinta minutos del veintiocho de setiembre de dos mil quince, y con la base de
tres millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y un mil
cuatro cero cero cero la cual es terreno para Construir. Situada en el distrito
1-Puerto Cortés, cantón 5-Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte, Blanca Nieves Martínez Acevedo; al sur, Fredie Villalobos Charpantier;
al este, Fredie Villalobos Charpantier y al oeste, calle pública con 9 metros
95 centímetros de frente. Mide: cuatrocientos once metros con cuarenta y cuatro
decímetros cuadrados. Plano: P-0349441-1979. Para el Segundo remate se señalan
las catorce horas y treinta minutos del trece de octubre de dos mil quince, con
la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las catorce
horas y treinta minutos del veintiocho de octubre de dos mil quince con la base
de setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Bosque Verde Ojochalindo
S. A., contra Sharon Patricia Matarrita Mendoza. Exp.: 15-000281-1201-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 23 de julio del
2015.—Licda. Olga Marta Sandí Torres, Jueza.—(IN2015053467).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando Condiciones Ref.: 00236193-000
citas: 0376-00009331-01-0807-001 y Condiciones Ref.: 00236193-000 citas:
0376-00009331-01-0808-001; a las catorce horas y cero minutos del seis de
octubre de dos mil quince, y con la base de sesenta y cinco millones
setecientos ochenta y tres mil cuatrocientos cuarenta colones con setenta
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número trescientos cincuenta y ocho mil setecientos
treinta y uno cero cero cero la cual es terreno para construir con un galerón y
un local comercial y cerca de malla de ciclón. Situada en el distrito 01
Orotina, cantón 09 Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
calle pública; al sur, Municipalidad de Orotina; al este, René Rodríguez
Otárola y al oeste, calle pública radial Orotina San Mateo. Mide: quinientos
ocho metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan
las catorce horas y cero minutos del veintidós de octubre de dos mil quince,
con la base de cuarenta y nueve millones trescientos treinta y siete mil
quinientos ochenta colones con cincuenta y tres céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del seis de noviembre de dos mil quince con la base de dieciséis
millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil ochocientos sesenta colones con
dieciocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Melvin
Enrique Azofeifa Venegas. Exp.: 14-005057-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil
de Menor Cuantía de Puntarenas, 06 de febrero del 2015.—Lic. Christian
Zamora Pérez, Juez.—(IN2015053471).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas tomo
360 asiento 08267-01-0902-01; a las trece horas y treinta minutos del dieciséis
de octubre del año dos mil quince, y con la base de, diecisiete millones
doscientos treinta y siete mil cuarenta y dos colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número ciento setenta y ocho mil diecisiete cero cero cero, la cual es terreno
de solar con una casa. Situada en el distrito 1-San Vito, cantón 8-Coto Brus,
de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Ibisai
Barrantes Zamora; al este, Rafael Fallas Fallas y Óscar López Mesén y al oeste,
Kathia Barrantes Castro. Mide: novecientos tres metros cuadrados. Para el
Segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del siete de
noviembre del año dos mil quince , con la base de doce millones novecientos
veintisiete mil setecientos ochenta y un colones con cincuenta céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan
las trece horas y treinta minutos del diecisiete de noviembre del año dos mil
quince con la base de cuatro millones trescientos nueve mil doscientos sesenta
colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L contra Luis Quesada
Cruz. Exp.:15-000803-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur, 28 de julio del 2015.—Licda. Lidia Mayela
Díaz Anchía, Jueza.—(IN2015053505).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las
citas 184-03243-01-0902-001, servidumbres de paso bajo las citas:
574-77295-01-0005-001, 574-77295-02-0007-001, 574-77295-03-0006-001,
574-77295-04-0006-001, 574-77295-05-0006-001, 575-81535-01-0002-001; a las once
horas y cero minutos del dieciocho de setiembre del año dos mil quince, y con
la base de seis millones ochocientos cuarenta mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
441188-000, la cual es terreno de construcción de vivienda de interés social.
Situada en el distrito 9, La Palmera cantón 10, San Carlos, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Municipalidad de San Carlos cementerio La Palmera;
sur, servidumbre de paso; este, Melvin Gerardo Vargas Blanco; oeste, Melvin
Gerardo Vargas Blanco. Mide: ciento ochenta y nueve metros con cincuenta
decímetros cuadrados. Plano: A-1145057-2007. Para el Segundo remate se señalan
las once horas y cero minutos del cinco de octubre del año dos mil quince, con
la base de cinco millones ciento treinta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las once horas y
cero minutos del veintiuno de octubre del año dos mil quince con la base de un
millón setecientos diez mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas interesadas en participar en
la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de
Ahorro y Préstamo contra Christian Alexander Morales Portuguez. Exp.:
15-000250-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 08 de julio del 2015.—Licda. Brígida Quirós Alpízar,
Jueza.—(IN2015053509).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del catorce de
setiembre del año dos mil quince y con la base de cuatro millones doscientos
cuarenta y siete mil quinientos ochenta y seis colones con sesenta y tres
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número 499278-000, la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 1-Aserrí, cantón 6-Aserrí, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, servidumbre de paso con un frente de 3 metros; al sur,
Greivin Fallas Barca; al este, Seidy Fallas Chavarría y al oeste, Isabel Fallas
Chavarría. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para el Segundo remate se
señalan las diez horas y treinta minutos del treinta de setiembre del año dos
mil quince con la base de tres millones ciento ochenta y cinco mil seiscientos
ochenta y nueve colones con noventa y siete céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las diez horas y
treinta minutos del dieciséis de octubre del año dos mil quince con la base de
un millón sesenta y un mil ochocientos noventa y seis colones con sesenta y
cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo
Comunal contra Jorge Jaime Fallas Chavarría. Exp.: 14-015925-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 07 de julio
del 2015.—Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—(IN2015053531).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes prendarios; a las nueve horas y quince minutos del diecisiete de
noviembre de dos mil quince, y con la base de un millón doscientos treinta y
ocho mil ciento veintinueve colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo: placas 545480, marca Peugeot, estilo Berlina 206 RC,
categoría automóvil, capacidad cinco personas año 2004, color blanco, sedán 2
puertas, tracción 4 x 2, cilindrada 1997 cc combustible gasolina, cilindros 04.
Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del dos de
diciembre de dos mil quince, con la base de novecientos veintiocho mil
quinientos noventa y seis colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y
quince minutos del diecisiete de diciembre de dos mil quince con la base de
trescientos nueve mil quinientos treinta y dos colones con veinticinco céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Auto Finanzas Sociedad Anónima contra Yarenis Andrea Hernández
Marchena. Exp.: 15-017610-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 16 de junio del 2015.—Licda. Mayra
Trigueros Brenes, Jueza.—(IN2015053549).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes prendarios; a las quince horas y cero minutos del veintidós de
setiembre del año dos mil quince y con la base de cuatro millones setecientos
ochenta y dos mil seiscientos setenta colones con cincuenta y tres céntimos en
el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 641776, marca Renault,
estilo CLIO, categoría automóvil, año 2006, capacidad cinco personas, color
plateado, número de vin 3BNBB2J326L303230, carrocería sedán 4 puertas,
combustible gasolina. Para el Segundo remate se señalan las quince horas y cero
minutos del siete de octubre del año dos mil quince con la base de tres
millones quinientos ochenta y siete mil dos colones con ochenta y nueve
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se
señalan las quince horas y cero minutos del veintitrés de octubre del año dos mil
quince con la base de un millón ciento noventa y cinco mil seiscientos sesenta
y siete colones con sesenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra José Manuel Hidalgo Obando, Julissa Hidalgo
Hurtado. Exp.: 10-003541-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de
Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de agosto del 2015.—Lic.
Bernardo Goldstein Rosales, Juez.—(IN2015053558).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando Servidumbre Trasladada con citas de
inscripción: 0496-00002132-01-0004-001; a las nueve horas y cero minutos del
veintidós de setiembre de dos mil quince, y con la base de ciento diecisiete
mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número 146992-000 la cual es terreno de repastos.
Situada en el distrito 02 La Fortuna, cantón 04 Bagaces, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, Ganadería Marisol de Tilarán S. A. y calle
pública con un frente de 217 metros 45 centímetros; al sur, Víctor Vargas
Vargas y calle pública con un frente de 666 metros 32 centímetros; al este,
Ganadería Marisol de Tilarán S. A. y río Tenorio y al oeste, calle pública con
un frente de 266 metros 84 centímetros. Mide: doscientos setenta y ocho mil
seiscientos noventa y seis metros con ochenta y un centímetros cuadrados. Para
el Segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de
octubre de dos mil quince, con la base de ochenta y siete mil setecientos
cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
Tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de
octubre de dos mil quince con la base de veintinueve mil doscientos cincuenta
dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Esteban Jesús Xirinachs Jiménez contra Agroindustrias
Xiri Sociedad Anónima. Exp.: 15-000473-1158-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro de Heredia, 06 de mayo del 2015.—Licda. Liseth Delgado Chavarría,
Jueza.—(IN2015053560).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del once de
noviembre del año dos mil quince, y con la base de veinte millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número doscientos treinta y cuatro mil doscientos
cuarenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en el
distrito San Rafael, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, Dores Ramírez Ramírez; al sur, Agrícola Mac Valverde E Hijos S. A.; al
este, Ismael Vega Cascante, y al oeste, Calle Orozco. Mide: doscientos
cincuenta metros con siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las diez horas y treinta minutos del veintiséis de noviembre del año
dos mil quince, con la base de quince millones de colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas
y treinta minutos del catorce de diciembre del año dos mil quince, con la base
de cinco millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Marco Tulio Barahona
Paniagua contra Eliette Ramos León, exp. N° 15-000592-1203-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón,
17 de agosto del año 2015.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz,
Jueza.—(IN2015053927).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando 2 servidumbres trasladadas; a las
once horas y cero minutos del once de noviembre del dos mil quince y con la
base de seis millones setecientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
doscientos ochenta y ocho mil setecientos sesenta, derechos cero cero uno y
cero cero dos, la cual es terreno de café. Situada en el distrito El Rosario,
cantón Naranjo de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Eduviges Ramírez
Alvarado, Héctor y Minor Santiago Calvo Céspedes; al sur: Heriberto, Óscar, Orlando
y Miguel Ángel todos Ramírez Alvarado; al este: Minor Calvo y Ana Patricia
Ramírez Chacón y al oeste: servidumbre de paso, Miguel Araya y Orlando Ramírez.
Mide: mil quinientos treinta y dos metros con sesenta y un decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del
veintiséis de noviembre del dos mil quince, con la base de cinco millones
veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para
la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del catorce de
diciembre del dos mil quince, con la base de un millón seiscientos setenta y
cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor
de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Bandecosa S. A. contra María del Carmen Ramírez
Chacón, Rolando Alberto Ramírez Ramírez. Expediente: 15-000590-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón,
17 de agosto del 2015.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz,
Jueza.—(IN2015053932).
Primera publicación
A las nueve horas del treinta de setiembre
del año dos mil quince, en la puerta exterior de este Despacho, con la rebaja
del veinticinco por ciento de ley, o sea en las sumas que se indicarán, sáquese
a remate las siguientes fincas: 1) Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 39008-000, con los gravámenes hipotecarios y anotaciones
judiciales que soporta, la cual es terreno de repastos. Situada en el distrito
cuarto Lepanto cantón primero Puntarenas, de la provincia de Puntarenas.
Colinda al norte, con José Orias Peralta y otro; al sur, Rosa Carmona Carmona;
al este, Hernán Araya Calderón y al oeste, Hernán Araya Calderón. Mide:
Trescientos sesenta y tres mil novecientos setenta y cinco metros cuadrados en
la suma de cincuenta y tres millones ochocientos setenta y tres mil quinientos
setenta y dos colones cincuenta céntimos. 2) Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Puntarenas, sección propiedad Sistema de Folio Real, matrícula
número 57236-000, con los gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales que
soporta, la cual es terreno de potrero sito en distrito cuarto Lepanto, cantón
primero Puntarenas, provincia de Puntarenas. Linderos norte Municipalidad de
Puntarenas, sur calle pública con un frente de doscientos un metros cincuenta y
un centímetros lineales y otro, este Alejandro Quirós Rodríguez y oeste calle
pública con un frente de doscientos cincuenta y un metros siete centímetros
lineales. Mide Ciento ochenta mil seiscientos veintisiete metros ochenta y ocho
decímetros cuadrados, en la suma de veinticuatro millones novecientos cincuenta
y tres mil cuatrocientos cuarenta y cuatro colones veinticuatro céntimos. 3)
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, sección
Propiedad, al Sistema de Folio Real Mecanizado matrícula número 98905-000,
soportando plazo de convalidación (Rectificación Medida) inscrito a las citas
422-13622-01-0013-001 y gravamen hipotecario en primer grado. Que es terreno de
repastos, reforestación, frutales, jaragua y cultivos con dos casas de
habitación y un corral. Situado en el distrito cuarto Lepanto, cantón primero
Puntarenas, provincia de Puntarenas. Colinda al norte con calle pública con un
frente de mil doce metros nueve centímetros lineales, sur Albino Rojas Madrigal
y Lauro Morera Barquero, este Román Obando Matarrita, Manuel Sandoval Sandoval,
Victoriano Obando Matarrita y Vicente Cascante Segura y oeste Colegio de
Jicaral, sucesión Bejarano Bejarano, Miguel Escalante, Asdrúbal Barrantes
Morera. Mide Un millón quinientos cuarenta y siete mil seiscientos veinticuatro
metros setenta decímetros cuadrados, en la suma de ochocientos tres millones
seiscientos cuarenta y seis mil novecientos cincuenta y cuatro colones ochenta
y cinco céntimos. 4) Finca inscrita en el Registro Público, sección propiedad,
partido de Limón bajo el sistema mecanizado de Folio Real, matrícula número
10033-000, con los gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales que
soporta, la cual es terreno con un edificio cerdaza y una laguna de oxidación.
Situada en distrito cuarto Río Jiménez, cantón sexto Guácimo de la provincia de
Limón. Colinda la norte, con camino público en medio otros, sur, Marta Cristina
Erdocia Rojas, este, camino público y otro y oeste, María Cristina Erdocia
Rojas. Mide: veintinueve mil setecientos sesenta y nueve metros trece
decímetros cuadrados, en la suma de ocho millones novecientos setenta y tres
mil colones. 5) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón,
sección Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 10031-000,
con los gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales que soporta, la cual
es terreno con una planta industrial procesadora de cerdos, porqueriza y casa.
Colinda al norte con calle pública y Virginia Artavia, sur vía pública y otros,
este Virginia Artavia Pérez y otros y oeste calle pública y otros. Mide: ciento
setenta y cuatro mil trescientos diecisiete metros sesenta y cuatro decímetros
cuadrados, todas las fincas según certificaciones adjuntas, en la suma de
ciento cincuenta y cinco millones doscientos cincuenta mil colones. Para llevar
a cabo la pública subasta se señala las nueve horas del treinta de setiembre del
año dos mil quince. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo
hipotecario de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Grupo Fincar S. A.,
Otoniel Aguilar S. A., Otoniel Felipe Aguilar Zumbado, Porcina Tres Ajes de
Pococí S. A. Exp: 03-019799-0170-CI.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 10 de agosto del 2015.—Lic. José
Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—Exonerado.—(IN2015053706).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando Citas: 370-19769-01-0916-001 y
condicionamientos del IDA y Reservas y restricciones citas:
370-19769-01-0917-001; a las diez horas del diecisiete de setiembre del dos mil
quince (10:00 a. m del 17/09/2015), y con la base de veintitrés millones
seiscientos setenta y dos mil novecientos catorce colones con setenta céntimos
(¢23.672.914,77), en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en
el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número 235588 cero cero cero, la cual es terreno para
agricultura. Situada en el distrito dos Buena Vista, cantón 15 Guatuso, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública y María Elena García
Ugalde; al sur, Río Brazo; al este, Asociación de Agricultores y María Elena
García Ugalde y al oeste, Río Brazo y María Elena García Ugalde. Mide: setenta
y dos mil cuatrocientos treinta y cuatro metros con sesenta y cinco decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del dos de octubre
del dos mil quince (10:00 a. m del 02/10/2015), con la base de diecisiete
millones setecientos cincuenta y cuatro mil seiscientos ochenta y siete colones
con siete céntimos (¢17.754.686,07) (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las diez horas del diecinueve de octubre del
dos mil quince (10:00 a. m del 19/10/2015) con la base de cinco millones
novecientos dieciocho mil doscientos veintiocho colones con sesenta y nueve
céntimos (¢5.918.228,69) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecutivo hipotecario promovido por Fundación Proagroin contra José Gerardo de
los Ángeles Ramírez Elizondo. Exp: 14-000726-1157-CJ.—Juzgado Civil, Trabajo
y Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, 14 de
agosto del 2015.—Lic. Brenda Celina Calvo de la O,
Jueza.—Exonerado.—(IN2015053710).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las once horas y cero minutos del treinta de
setiembre del año dos mil quince, y con la base de veinte millones ochocientos
cincuenta mil doscientos sesenta y siete colones con doce céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
ciento cincuenta mil cuatrocientos cincuenta y dos-cero cero cero, la cual es
terreno potrero. Situada en el distrito Cahuita, cantón Talamanca, de la
provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Leonardo Mcloud
Maudy; al este, Leonardo Mcloud Maudy y al oeste, Rosa María Bennet Forbes y
servidumbre de paso. Mide: dos mil quinientos cincuenta y dos metros con cero
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero
minutos del dieciséis de octubre del año dos mil quince, con la base de quince
millones seiscientos treinta y siete mil setecientos colones con treinta y
cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta
se señalan las once horas y cero minutos del tres de noviembre del año dos mil
quince con la base de cinco millones doscientos doce mil quinientos sesenta y
seis colones con setenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra José Álvaro Hidalgo Cascante Exp: 15-000829-1208-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica,
30 de junio del 2015.—Lic. Mario García Araya, Juez.—(IN2015053756).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del diecinueve
de octubre del año dos mil quince, y con la base de treinta millones diez mil
trescientos sesenta y un colones con setenta y cuatro céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos dieciocho mil trescientos noventa y tres-cero cero cero, la cual
es terreno para construir D-19. Situada en el distrito Gravilias, cantón
Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote D-18; al
sur, lote D-20; al este, calle pública y al oeste, lote D-10. Mide: ciento
sesenta metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las diez horas y treinta minutos del tres de noviembre del año dos mil quince,
con la base de veintidós millones quinientos siete mil setecientos setenta y un
colones con treinta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciocho de
noviembre del año dos mil quince con la base de siete millones quinientos dos
mil quinientos noventa colones con cuarenta y tres céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Roxana Patricia Alpízar
Salas. Notifíquese. Exp: 15-020411-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de San José, 18 de agosto del 2015.—Lic.
Sandra Trejos Jiménez, Jueza.—(IN2015053803).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de anotaciones y gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada; a las ocho horas y treinta minutos del once de noviembre del año
dos mil quince, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos diecisiete mil novecientos noventa y cinco-cero cero cero, la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Naranjo, cantón 06
Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Erick Villalobos
Álvarez; al sur, Erick Villalobos Álvarez; al este, Eduardo Calvo Quesada y al
oeste, calle publica con un frente de 15 metros. Mide: mil cuarenta y seis
metros con diecisiete decímetros cuadrados. Plano: A-0869147-2003. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de
noviembre del año dos mil quince, con la base de siete millones quinientos mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del catorce de diciembre
del año dos mil quince con la base de dos millones quinientos mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Carlos y Norma de Alajuela Sociedad Anónima contra Grupo
Aerovisión e Inversiones Mashaki Sociedad Anónima. Exp: 15-000109-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 27 de julio del año
2015.—Lic. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—(IN2015053806).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas:
0396-00003234-01-0900-001; a las ocho horas y cero minutos del cinco de octubre
del año dos mil quince, y con la base de seis millones setecientos siete mil
treinta y tres colones con sesenta y siete céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número setenta y ocho mil novecientos sesenta y ocho-cero cero cero, la cual es
terreno apto para construir. Situada en el distrito 02 Bolsón, cantón 03 Santa
Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Iriabel Cascante
Ortega; al sur, calle pública con 16 m 76cm; al este, Dunia Hernández y al
oeste calle pública con 17m 30cm. Mide: trescientos un metros con cuatro
decímetros cuadrados. Plano G- 0998317-1991 cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiuno de octubre del año dos
mil quince, con la base de cinco millones treinta mil doscientos setenta y
cinco colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del cinco
de noviembre del año dos mil quince con la base de un millón seiscientos
setenta y seis mil setecientos cincuenta y ocho colones con cuarenta y dos
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra José Rolando Cascante Barrantes. Exp:
15-001209-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 11 de agosto del
2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jáen, Juez.—(IN2015053809).
En la puerta exterior de este Despacho; finca
N° 1 libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones, bajo citas: 317-06464-01-0901-001; prohibiciones ref: 2360 215
001, bajo citas: 317-06464-01-0902-001; reservas de ley de aguas y ley de
caminos públicos citas: 317-06494; servidumbre de paso, bajo citas:
473-11397-01-0027-001; a las ocho horas y cero minutos del veintidós de
setiembre del año dos mil quince, y con la base de diez millones ciento ocho
mil novecientos treinta y un colones con cincuenta y un céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
quinientos mil seiscientos cincuenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno
lote seis terreno de tacotal. Situada en el distrito 08 Cajón, cantón 19 Pérez
Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 7, al sur, lote
8, al este, lote 5, servidumbre de paso y al oeste, Gerardo Mora Jiménez. Mide:
trece mil ciento noventa y cinco metros con dos decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de octubre
del año dos mil quince, con la base de siete millones quinientos ochenta y un
mil seiscientos noventa y ocho colones con sesenta y tres céntimos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas
y cero minutos del veintitrés de octubre del año dos mil quince con la base de
dos millones quinientos veintisiete mil doscientos treinta y dos colones con
ochenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Finca
N° 2 libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones, bajo citas: 317-06464-01-0901-001; prohibiciones ref: 2360 215
001, bajo citas: 317-06464-01-0902-001; reservas de ley de aguas y ley de
caminos públicos citas: 317-06494; servidumbre de paso, bajo citas:
473-11397-01-0027-001; a las ocho horas y cero minutos del veintidós de
setiembre del año dos mil quince, y con la base de dieciocho millones
novecientos cincuenta y cuatro mil doscientos cuarenta y seis colones con
cincuenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos mil seiscientos
cincuenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno lote siete terreno de
tacotal. Situada en el distrito 08 Cajón, cantón 19 Pérez Zeledón, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Amado Monge Flores, al sur, lote 5 y
6, servidumbre de paso, al este, servidumbre de paso y lote 3 y al oeste,
Gerardo Mora Jiménez. Mide: veintitrés mil ochocientos sesenta y dos metros con
ochenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y cero minutos del siete de octubre del año dos mil quince, con la base
de catorce millones doscientos quince mil seiscientos ochenta y cuatro colones
con noventa y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintitrés de
octubre del año dos mil quince con la base de cuatro millones setecientos
treinta y ocho mil quinientos sesenta y un colones con sesenta y cinco céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). finca N° 3: libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, bajo citas: 317-06464-01-0901-001;
prohibiciones ref: 2360 215 001, bajo citas: 317-06464-01-0902-001; reservas de
ley de aguas y ley de caminos públicos citas: 317-06494; servidumbre de paso,
bajo citas: 473-11397-01-0027-001; a las ocho horas y cero minutos del
veintidós de setiembre del año dos mil quince , y con la base de ocho millones
ochocientos cuarenta y cinco mil cuarenta y dos colones con ochenta y nueve
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número quinientos mil seiscientos cincuenta y cuatro-cero
cero cero, la cual es terreno de café y trabajaderos. Situada en el distrito 08
Cajón, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Gerardo Mora Jiménez, al sur, servidumbre acceso con 65,75 metros de frente, al
este, Ricardo Segura Delgado y al oeste, Hernán Fournier Garza. Mide: catorce
mil trescientos ochenta y cinco metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de
octubre del año dos mil quince, con la base de seis millones seiscientos
treinta y tres mil setecientos ochenta y dos colones con diecisiete céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y cero minutos del veintitrés de octubre del año dos mil quince
con la base de dos millones doscientos once mil doscientos sesenta colones con
setenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se
le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Óscar
Ricardo Segura Delgado. Exp: 15-002862-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 06 de julio del
2015.—Lic. Iván Cartín Cordero, Juez.—(IN2015053810).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas:
297-09798-01-0901-025; reservas y restricciones citas: 312-11445-01-0901-001,
reservas y restricciones citas: 312-11445-01-0903-001, reservas y restricciones
citas: 312-11445-01-0905-001, condiciones ref: 00151504-000 citas:
398-13032-01-0924-001 y condiciones ref: 00151504-000 citas:
398-13032-01-0927-001, a las siete horas y treinta minutos del veintidós de
setiembre del año dos mil quince, y con la base de ochocientos treinta y un mil
trescientos tres colones con cuarenta y nueve céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
trescientos veintidós mil setecientos cuarenta y cinco-cero cero cero, la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito quinto Delicias, cantón trece
Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Juan Cabrera Miranda y
Rodolfo Oporta Alvarado; al sur, calle pública con un frente de 488.08 metros;
al este, Rodolfo Oporta Alvarado e Irene Escamilla Oporta y al oeste, Juan José
Oporta Alvarado. Mide: ciento sesenta y dos mil ochocientos cincuenta y siete
metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano: A-0420725-1997. Para
el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del siete de
octubre del año dos mil quince, con la base de seiscientos veintitrés mil
cuatrocientos setenta y siete colones con sesenta y dos céntimos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete
horas y treinta minutos del veintitrés de octubre del año dos mil quince con la
base de doscientos siete mil ochocientos veinticinco colones con ochenta y
siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal
contra Ángel Crescencio Oporta Miranda. Exp: 15-000799-1205-CJ.—Juzgado de
Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
Liberia, 12 de agosto del 2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jáen,
Juez.—(IN2015053815).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del dieciséis
de setiembre de dos mil quince, y con la base de seis millones quinientos seis
mil novecientos cincuenta y cinco colones con cuarenta y ocho céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número ciento quince mil ochocientos cincuenta y cinco-cero cero uno
y cero cero dos, la cual es terreno lote para construcción de vivienda de
interés social. Situada en el distrito 05 Cariari, cantón 02 Pococí, de la
provincia de Limón. Colinda: al norte, Karla Patricia González López; al sur,
Santos Matarrita Baltodano; al este, calle publica con un frente de ocho metros
con noventa y cinco centímetros lineales y al oeste Roxana Farms Sociedad
Anónima. Mide: ciento setenta y ocho metros con veintiocho decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos
del uno de octubre de dos mil quince, con la base de cuatro millones
ochocientos ochenta mil doscientos dieciséis colones con sesenta y un céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las trece horas y treinta minutos del diecinueve de octubre de dos mil quince
con la base de un millón seiscientos veintiséis mil setecientos treinta y ocho
colones con ochenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y
Crédito Alianza de Pérez Z contra Cindy Patricia Rodríguez Ramírez y Walter
Alfonso Hernández García. Exp: 15-000200-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía de Pococí, 10 de junio del 2015.—Lic. Isabel Castillo Navarro,
Jueza.—(IN2015053819).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, bajo
citas: 383-14204-01-0901-001 a las nueve horas y cero minutos del dieciséis de
setiembre del año dos mil quince, y con la base de diez millones setecientos
ochenta y dos mil novecientos ochenta y siete colones con noventa y ocho
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número doscientos cincuenta y dos mil quinientos setenta
y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 02 Aguas Claras, cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Mario Morales Uriarte; al sur, calle pública con 10 mt 83
cm; al este, Marcelino Herrera Chavarría y al oeste, cementerio de Asoc Des Int
Sn Insidro. Mide: doscientos cincuenta y cuatro metros con cincuenta y siete
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero
minutos del uno de octubre del año dos mil quince, con la base de ocho millones
ochenta y siete mil doscientos cuarenta colones con noventa y nueve céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cero minutos del diecinueve de octubre del año dos mil quince
con la base de dos millones seiscientos noventa y cinco mil setecientos
cuarenta y siete colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Coopealianza R.L. contra Lidia de los Ángeles Juárez Chavarría y Norma Zambrana
Martínez. Exp: 15-002771-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 17 de junio del 2015.—Lic. Eileen
Chaves Mora, Jueza.—(IN2015053825).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios y anotaciones; a las catorce horas y cero minutos
del dieciséis de setiembre del año dos mil quince, y con la base de cinco
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos cuarenta y dos mil
setecientos cuarenta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir
con breñón. Situada en el distrito 01 San Isidro de El General, cantón 19 Perez
Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública y
Lidieth Godinez; al sur, Ehtel Zúñiga Fallas; al este, Ehtel Zúñiga Fallas y
Lidieth Godinez y al oeste, Ehtel Zúñiga Fallas. Mide: mil cuatrocientos
cincuenta y nueve metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas y cero minutos del uno de octubre del año dos mil quince, con la
base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del diecinueve de octubre del año dos mil quince con la base de
un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3-101-525038 Sociedad
Anónima contra Hugo Enrique Mesén Zúñiga. Exp: 15-002941-1200-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 19 de
junio del año 2015.—Lic. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2015053830).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del cinco de
noviembre de dos mil quince, y con la base de doce millones setecientos
cuarenta y un mil doscientos catorce colones con catorce céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
noventa y tres mil treinta y uno-cero cero cero, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito San Rafael, cantón Esparza, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte, Gerardo Chaves Zamora; al sur, calle pública
con un frente de ocho metros; al este, Unión Cantonal de Asociados y al oeste,
Unión Cantonal de Asociados. Mide: ciento setenta metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de
noviembre de dos mil quince, con la base de nueve millones quinientos cincuenta
y cinco mil novecientos diez colones con sesenta y un céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del siete de diciembre de dos mil quince con la base de tres
millones ciento ochenta y cinco mil trescientos tres colones con cincuenta y
cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Omar
Pedro de la Trinidad Chacón Valenciano. Exp: 14-004640-1207-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 12 de marzo del 2015.—Lic.
Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2015053832).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del
veintisiete de octubre de dos mil quince, y con la base de un millón quinientos
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa
823567, marca Mitsubishi, estilo Montero Sport, año 2000, color vino, vin
JA4MT31H1YP817702, Capacidad 5 personas, Categoría automóvil, Carrocería todo
terreno 4 puertas, Tracción 4x4, combustible gasolina Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del once de noviembre de
dos mil quince, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de noviembre de dos
mil quince con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Facicréditos Rápidos Sociedad Anónima contra Ana Teresa Castillo Zamora. Exp:
13-004816-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 14 de
agosto del 2015.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—(IN2015053861).
En la puerta exterior de este Despacho; pero
soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 311-08794-01-0906-001 a las
nueve horas y treinta minutos del dieciocho de setiembre del año dos mil
quince, y con la base de cincuenta y cuatro mil dólares en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San
José Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
21480-F-000, la cual es terreno finca filial N° 16. Unidad destinada a uso
habitacional en proceso de construcción, planta alta bloque oeste. Situada en
el distrito Curridabat cantón Curridabat de la provincia de San José, Colinda:
al norte, filial 14, área común libre y área común construida al sur, filial
18, área común libre al este, área común construida y área común libre y al
oeste, Hogares de Costa Rica S. A. Mide: ochenta y dos metros con ochenta y
seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
treinta minutos del cinco de octubre del año dos mil quince con la base de
cuarenta mil quinientos setenta y cinco dólares (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos
del veintiuno de octubre del año dos mil quince con la base de trece mil
quinientos veinticinco dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad
de Curridabat contra Jorge Enrique Rojas Villarreal. Exp. N°
13-008986-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, 17 de julio del 2015.—Lic. Eugenia Vives Luque,
Jueza.—(IN2015054198).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, a las
catorce horas y treinta minutos del once de noviembre del año dos mil quince y
con la base de trece millones de colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
trescientos noventa y dos mil ciento sesenta y uno derechos cero cero uno y
cero cero dos, la cual es terreno con dos casas. Situada en el distrito San
Isidro, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, José
Luis Ramírez Rojas; al sur, calle pública con un frente a ella de 13,30 metros;
al este, calle pública con 19,28 metros y al oeste, calle pública con un frente
a ella de 17,06 metros. Mide: trescientos metros con setenta y dos decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos
del veintiséis de noviembre del año dos mil quince, con la base de nueve
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta
minutos del catorce de diciembre del año dos mil quince con la base de tres
millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rolando Alvarado Solano
contra Álvaro Enrique Cubero Castillo, María Teresa Rojas Castro, expediente N°
15-000634-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela, San Ramón, 24 de agosto del 2015.—Licda. María
Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2015054237).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes prendarios, a las diez horas y quince minutos del diecisiete de
setiembre de dos mil quince, y con la base de tres millones novecientos
cincuenta y ocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo: placas N° 873712, marca Hyundai, estilo Grace Grand Sal, categoría
microbús, año 2000, color gris, Vin KMJRD37FPYU459051, cilindrada 2600cc. Para
el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del dos de octubre
de dos mil quince, con la base de dos millones novecientos sesenta y ocho mil
quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del veintiuno de octubre
de dos mil quince con la base de novecientos ochenta y nueve mil quinientos
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Vielka Méndez Angulo,
expediente N° 14-016881-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro,
Primer Circuito Judicial de San José, 14 de agosto del 2015.—Msc. Ericka
Robleto Artola, Jueza.—(IN2015054294).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes prendarios, a las once horas y quince minutos del veintinueve de
setiembre de dos mil quince, y con la base de catorce mil setecientos noventa
dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas
724342, marca Suzuki, estilo Swift, año 2008, color blanco, vin
JS2ZC11S585400970, carrocería sedán 4 puertas Hatchback, tracción 4x2,
categoría automóvil, capacidad 5 personas, combustible gasolina. Para el
segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del catorce de octubre
de dos mil quince, con la base de once mil noventa y dos dólares con cincuenta
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las once horas y quince minutos del veintinueve de octubre de dos mil
quince con la base de tres mil seiscientos noventa y siete dólares con
cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de BAC San José Sociedad Anónima contra Karol Vanessa
Vindas Chaves, expediente N° 14-005969-1158-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro de Heredia, 06 de agosto del 2015.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández,
Juez.—(IN2015054326).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes prendarios, a las diez horas y treinta minutos del trece de
octubre de dos mil quince, y con la base de dieciséis mil quinientos sesenta y
nueve dólares con doce centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo: placas N° CL266085, marca Kia, estilo K2700, categoría carga liviana,
capacidad 6 personas, año 2013, color blanco, Vin KNCSHY71CD7699385, cilindrada
2665 cc, combustible diesel, motor Nº J2629455. Para el segundo remate se
señalan las diez horas y treinta minutos del veintiocho de octubre de dos mil
quince, con la base de doce mil cuatrocientos veintiséis dólares con ochenta y
cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del doce de noviembre de
dos mil quince con la base de cuatro mil ciento cuarenta y dos dólares con
veintiocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A., contra Lourdes Madrigal
Cubero, expediente N° 14-006418-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de
Heredia, 10 de agosto del 2015.—Msc. Liseth Delgado Chavarría,
Jueza.—(IN2015054328).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, a las dieciséis horas y cero minutos del veintiocho
de setiembre de dos mil quince, -4:00 p.m. 28/09/2015-, y con la base de
treinta y un mil doscientos setenta dólares exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N°
412.279-000 la cual es terreno para construir lote 42. Situada en el distrito
05 San Antonio, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, avenida Los Laureles; al sur, lotes 37 y 38; al este, lote 43 y al
oeste, lote 41. Mide: doscientos quince metros con sesenta y nueve decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos
del catorce de octubre de dos mil quince -4:00 p.m. 14/10/2015-, con la base de
veintitrés mil cuatrocientos cincuenta y dos dólares con cincuenta centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las dieciséis horas y cero minutos del treinta de octubre de dos mil quince
-4:00 p.m. 31/10/2015- con la base de siete mil ochocientos diecisiete dólares
con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: en
caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la
suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-,
se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en
que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José
S. A., contra César Andrés Fallas Fallas, expediente N° 15-002595-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 28 de julio del 2015.—Lic.
Allan Barquero Durán, Juez.—(IN2015054333).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y treinta minutos del diecisiete
de setiembre del año dos mil quince, y con la base de un millón de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número seiscientos dieciséis mil novecientos dos cero
cero cero, la cual es terreno de café. Situada en el distrito 01-San Ignacio,
cantón 12-Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Ramiro Arias
Castro; al sur, Ramiro Arias Castro; al este, servidumbre de paso y al oeste,
Ramiro Arias Castro. Mide: ciento cincuenta y cinco metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dos de octubre
del año dos mil quince, con la base de setecientos cincuenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y cero minutos del veinte de octubre del año dos mil
quince con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Inversiones Galileo S. A., contra Carlos Luis Castro Fallas, expediente N°
14-008207-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, 03 de agosto del 2015.—Lic. José Ricardo Cerdas
Monge, Juez.—(IN2015054402).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y cero minutos del seis de
octubre de dos mil quince, y con la base de veinticinco millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula N° 38.562-F-000, la cual es naturaleza: finca filial
cuatro de dos plantas en proceso de construcción, destinada uso habitacional,
situada en el distrito 3-Sardinal, cantón 5-Carrillo de la provincia de
Guanacaste. Linderos: norte, Banco Finadesa S. A.; sur, área común libre; este,
finca filial número tres y oeste, área común libre. Mide: ciento nueve metros
con noventa y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y cero minutos del veintidós de octubre de dos mil quince, con la
base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve
horas y cero minutos del seis de noviembre de dos mil quince con la base de
seis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Inversiones B y R de Valle Azul Sociedad Anónima contra Mario Enrique Arroyo
Quirós, expediente N° 10-000349-0388-CI.—Juzgado de Cobro y Tránsito del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 03 de agosto del 2015.—Lic. Luis
Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2015054418).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada (Citas:
359-07514-01-0920-001), a las catorce horas y quince minutos (dos horas y
quince minutos pasado meridiano) del veintiocho de setiembre de dos mil quince,
y con la base de tres millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número ciento sesenta y siete mil cuatrocientos noventa y cuatro cero
cero uno, cero cero dos, la cual es de naturaleza: terreno para construir.
Situada en el distrito 1-Liberia, cantón 1-Liberia, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, Miguel Ángel Acuña Vega; al sur, Miguel Ángel
Acuña Vega; al este, calle pública con un frente a ella de 9 metros con 90
centímetros y al oeste, Miguel Ángel Acuña Vega. Mide: ciento cuarenta y seis
metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y quince minutos (dos horas y quince minutos pasado
meridiano) del trece de octubre de dos mil quince, con la base de dos millones
quinientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y quince minutos (dos horas y quince minutos pasado meridiano) del veintiocho
de octubre de dos mil quince con la base de ochocientos sesenta y dos mil
quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de
Ahorro y Préstamo contra Laura de los Ángeles Castro Duarte, expediente N°
15-003391-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 13 de julio del 2015.—Msc. Juan Carlos
Castro Villalobos, Juez.—(IN2015054456).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, a las once horas y cero minutos del quince de octubre
del año dos mil quince, y con la base de diez millones doscientos cincuenta mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula N° 217.743-000, la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 6 Pital, cantón 10 San Carlos, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; sur, Asociación de Desarrollo
Integral de Pital; este, Ronald Araya Valverde y Ovidio Arrieta Rodríguez;
oeste, Ronald Araya Valverde y José Francisco Chaves Madrigal. Mide:
trescientos trece metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Plano:
A-0389239-1997. Para el segundo remate, se señalan las once horas y cero
minutos del treinta de octubre del año dos mil quince, con la base de siete
millones seiscientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once
horas y cero minutos del dieciséis de noviembre del año dos mil quince con la
base de dos millones quinientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de ECC del Encanto de Pital S. A., contra
Jeannethe Fonseca Rojas, expediente N° 15-000595-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 30 de julio del
2015.—Licda. Brígida Quirós Alpízar, Jueza.—(IN2015054457).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, a las quince horas y quince minutos del veintiuno
de setiembre de dos mil quince, y con la base de nueve millones ciento
veintiséis mil doscientos sesenta colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa y
nueve mil sesenta y uno-cero cero cero, la cual es lote 2, terreno para
construir. Situada en el distrito 1-Liberia, cantón 1- Liberia, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte, Inversiones Liberianas Morera y Asociados
Sociedad Anónima; al sur, Inversiones Liberianas Morera y Asociados Sociedad
Anónima; al este, calle pública con un frente de 8 metros 57 centímetros y al
oeste, Inversiones Liberianas Morera y Asociados Sociedad Anónima. Mide: ciento
noventa y un metros con setenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las quince horas y quince minutos del seis de octubre de dos mil quince,
con la base de seis millones ochocientos cuarenta y cuatro mil seiscientos
noventa y cinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las quince horas y quince minutos del veintiuno
de octubre de dos mil quince con la base de dos millones doscientos ochenta y
un mil quinientos sesenta y cinco colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Lady Chaves Sánchez, expediente N°
15-003142-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 09 de julio del 2015.—Msc. Juan Carlos
Castro Villalobos, Juez.—(IN2015054461).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas y Restricciones (Citas:
401-04503-01-0914-001); a las catorce horas y cero minutos del veintiuno de
setiembre de dos mil quince, y con la base de dos millones quinientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número ochenta y cuatro mil ciento veintitrés-cero
cero cero, la cual es terreno lote 62 terreno para construir. Situada en el
distrito 4-Nacascolo, cantón 1-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, lote 61 de Douglas de La O y otra; al sur, lote 63 de Asoc. Desarr.
Guardia-Liber; al este, calle pública a Guardia con 7m 87cm y al oeste, Leoncio
Cerdas Cerdas. Mide: doscientos cincuenta y seis metros con cuarenta y tres
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
cero minutos del seis de octubre de dos mil quince, con la base de un millón
ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos
del veintiuno de octubre de dos mil quince con la base de seiscientos
veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de
Ahorro y Préstamo contra Humberto Briceño Álvarez y Roxana Mayela Dávila
Méndez, expediente N° 15-002381-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 08 de julio del año
2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015054464).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas:
317-04746-01-0901-001, a las once horas y treinta minutos del dieciocho de
setiembre de dos mil quince, y con la base de catorce millones de colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula N° 90940-000 la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito 1 Turrialba, cantón 5 Turrialba, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte, José Rafael Martínez; al sur, José Manuel Rojas; al
este, Mireya Contreras y al oeste, calle pública con seis metros noventa
centímetros. Mide: ochenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las once horas y treinta minutos del seis de octubre de dos mil quince, con la
base de diez millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y
treinta minutos del veintidós de octubre de dos mil quince con la base de tres
millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Fernando Marti Rodríguez Solano, Marielitos Lastenia Zapata Aguilar,
expediente N° 15-000972-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de
Cartago, 08 de julio del 2015.—Lic. Guillermo Ortega Monge,
Juez.—(IN2015054482).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, a las
catorce horas y treinta minutos del cinco de noviembre de dos mil quince, y con
la base de once millones trescientos cuarenta y nueve mil ochocientos sesenta y
dos colones con noventa y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 130199-000 la cual es
terreno de solar lote 16 con dos casas. Situada en el distrito 01 Turrialba,
cantón 05 Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle
pública con 13m 76 cm; al sur, Carlos Brenes Cambronero; al este, lote 18 y al
oeste, calle pública con 15m 33cm. Mide: ciento sesenta y dos metros con
sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas y treinta minutos del veinte de noviembre de dos mil quince, con
la base de ocho millones quinientos doce mil trescientos noventa y siete
colones con veintiún céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del siete de
diciembre de dos mil quince, con la base de dos millones ochocientos treinta y siete
mil cuatrocientos sesenta y cinco colones con setenta y tres céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Crédito Agrícola de Cartago contra Abdenago Madrigal Guevara, Miguel Ángel
Madrigal Rodríguez, expediente N° 13-010673-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro Judicial de Cartago, 29 de julio del 2015.—Licda. Marcela Brenes
Piedra, Jueza.—(IN2015054485).
Se convoca a todos los interesados en la
sucesión de Elisa Sandoval Ávila, a una junta que se verificará en este Juzgado
a las ocho horas y treinta minutos del treinta de setiembre de dos mil quince,
para conocer acerca de los extremos que
establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº
12-000073-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial se Alajuela, 22
de abril del 2015.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—1 vez.—(IN2015030766).
Se convoca a todos los
interesados en la sucesión de María Cristina Soto Rojas a una junta que se
verificará en este Juzgado a las ocho horas y treinta minutos (8:30 a. m.) del
veintiocho de setiembre de dos mil quince, para conocer acerca de los extremos
que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente N°
13-000513-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de San José, Goicoechea, 10 de agosto del 2015.—Lic. Freddy
Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—(IN2015051627).
Se convoca a todos los
interesados, herederos, legatarios en la mortual de José Manuel Ortega Bell,
quién en vida fue mayor, costarricense, pensionado, casado una vez, cédula de
identidad número 1-0722-0324, vecino de Pavas de la segunda etapa de Plaza
Mayor, 200 metros al norte, quién falleciere el once de febrero de dos mil
once, a la junta de herederos que se llevará a cabo en este Despacho a las ocho
horas treinta minutos del treinta de setiembre de dos mil quince, lo anterior a
fin de conocer sobre los extremos que se establecen en el artículo 926 del
Código Procesal Civil. Expediente Nº 14-100062-0891 CI. Causante: José Manuel
Ortega Bell, Presuntos herederos: Ángela María Jacobo Zeleya, quién es
portadora de la cédula de identidad número 1-0930-0474 en calidad de madre y
representante de la menor Mariana Ortega Jacobo, declarada heredera.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas, 29 de julio de 2015.—Licda.
Lorena Delgado Ruiz, Jueza.—1 vez.—(IN2015052305).
Se convoca a todos los interesados en la
sucesión de Aida Luz Barquero Vega, a una junta que se verificará en este Juzgado
a las ocho horas treinta minutos del treinta de setiembre del dos mil quince,
para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código
Procesal Civil. Exp. N° 12-001382-0681-CI.—Juzgado Civil del Segundo
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 8 de julio del 2015.—Lic. Jeannory
Martínez Castro, Jueza.—1 vez.—(IN2015053102).
Se convoca a los miembros o
socios de, Rancho Campana S. A., cédula jurídica número 3-101-060285, a una
junta a celebrarse en este Despacho, a las nueve horas del veintinueve de
setiembre de dos mil quince, para que en la misma elijan representante. Se hace
la advertencia que la junta se verificará cualquiera que sea el número de
miembros o socios presentes y la elección se decidirá por simple mayoría de
votos. En caso de no resultar mayoría o de no asistir ningún miembro o socio a
la junta, la persona Juzgadora hará el nombramiento que corresponda. Lo
anterior por ordenarse así en Proceso de Localización derechos indivisos,
promovido por José Carlos Vásquez González. Expediente: 14-000098-0815-AG.—Juzgado
Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 05 de agosto del
2015.—Licda. María Carolina Hurtado García, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015053366).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados en la sucesión de Jorge Levy Williams, quien
fue mayor, soltero en unión de hecho, pensionado, vecino de San José, Central,
Barrio Cuba, cédula de identidad número ocho-cero cero cuarenta y nueve-cero
trescientos sesenta y nueve, para que dentro del plazo de treinta días contados
a partir de la primera y única publicación de este edicto, comparezcan a hacer
valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la
herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien
corresponda. Expediente número 15-000164-0182-CI (7), que es una sucesión de
Jorge Levy Williams.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José,
30 de julio del 2015.—Msc. Osvaldo López Mora, Juez.—1 vez.—(IN2015049967).
Se hace saber que en este Despacho se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Bernal Soto Mora, mayor, casado,
trabajador independiente, costarricense, con cédula de identidad número
1-360-371 y vecino de San José, San Isidro de Coronado. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
15-000393-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del
Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea,
18 de junio del 2015.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1
vez.—(IN2015050340).
Se hace saber: que en este Despacho se
tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Álvaro de los Ángeles
Sánchez Madrigal, mayor, casado, comerciante, vecino de Cartago, nacionalidad
costarricense, con documento de identidad 0303020172. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla
pasará a quien corresponda. Expediente Nº 15-000208-0346-CI.—Juzgado Civil
de Menor Cuantía de Cartago, 22 de julio del 2015.—Msc. Carlos Felipe
Jinesta Blanco, Juez.—1 vez.—(IN2015050376).
Se hace saber: que en este Despacho se
tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Francisco Antonio Mora
Sánchez, mayor, masculino, soltero, nacionalidad: costarricense, con documento
de identidad: 0302920366, dependiente y vecino de la Victoria de Juan Viñas de
Jiménez. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos
los interesados, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 15-000203-0640-CI.—Juzgado Civil de Mayor
Cuantía de Turrialba, 29 de julio del 2015.—Lic. Wilberth Herrera Delgado,
Juez.—1 vez.—(IN2015050427).
Se hace saber: Que en este Despacho se
tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Juan Gerardo Hidalgo
Portuguez, mayor, comerciante, cédula de identidad 0400890137, vecino de
Heredia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos
los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 15-000332-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 27 de
julio del 2015.—Msc. Karol Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—(IN2015050474).
Se hace saber: que en este Despacho se
tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Jorge Álvarez Rojas,
mayor, divorciado de segundo matrimonio, pensionado, nacionalidad
costarricense, con documento de identidad número 0201760361 y vecino de Bodegas
de Tacares de Grecia, quien falleció el día 08/05/2015. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
15-000092-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 16 de julio del 2015.—M.sc.
Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—(IN2015050488).
Se cita y emplaza a los interesados en la
sucesión de quien fue Silviano Espíritu Guillermo Montoya Loría, casado una
vez, comerciante, vecino de Limón centro, cédula seis-uno cero siete-cero siete
uno, y por el plazo de treinta días contados a partir de esta publicación,
comparezcan a reclamar sus derechos. Se advierte a quienes se crean herederos,
que si no se presentan dentro del plazo, la herencia pasará a quien
corresponda. Expediente 15-0108-2015-SN. Notaría del Lic. Danilo Loaiza
Bolandi, sita en San José, B° Don Bosco, Av. 6, Calle 24 bis, casa 1633.—Lic.
Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—(IN2015050496).
Se hace saber: que en este Despacho se
tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Herminia Badilla
Calderón, mayor, soltera, ama de casa, con documento de identidad 1-0132-0087 y
vecina de Alajuelita. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 2015-100054-0216-CI.—Juzgado Civil, Trabajo
y Familia de Hatillo, Alajuelita, y San Sebastián.—Msc. Diamantina Romero
Cruz, Jueza.—1 vez.—(IN2015050509).
Se emplaza: a todos los herederos,
legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de
Elías Francisco Jiménez Loría, quien fue mayor, soltero, agricultor, vecino de
San Rafael Abajo de Desamparados, cédula de identidad 1-285-688, para que
dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en
el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 15-000072-0180-CL.
Sucesión de Elías Francisco Jiménez Loría.—Juzgado Civil y de Trabajo del
Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 23 de junio del
2015.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—(IN2015050512).
Se hace saber: que en este Despacho se
tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Alexander Lider Gamboa
Rodríguez, mayor, soltero, desconocido, nacionalidad 0204440456, con documento
de identidad 93 y vecino de Gallo Pinto Los Chiles. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000203-0297-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 10 de setiembre
del 2014.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(IN2015050525).
Se hace saber: que en este Despacho se
tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Álvaro Molina Orozco,
mayor, divorciado una vez, chofer, cédula de identidad 0104850607 y vecino de
San Pablo de Heredia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 14-000503-0504-CI.—Juzgado Civil de
Heredia, 08 de enero del 2015.—Msc. Karol Solano Ramírez, Jueza.—1
vez.—(IN2015050545).
Se hace saber: que en este Despacho se
tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Juan de Dios Camacho
Prendas, mayor, casado una vez, vecino de Barva de Heredia, portador de la
cédula de identidad número 4-105-387. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente Nº 15-000113-0504-CI.—Juzgado Civil
de Heredia, 28 de abril del 2015.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1
vez.—(IN2015050559).
Se hace saber: que en este Despacho se
tramita el proceso sucesorio de Carlos Eduardo Corea Bonilla, quien fuera
mayor, soltero, oficinista, cédula de identidad número uno-mil ciento
veintinueve-novecientos sesenta y nueve, vecino de San Rafael Arriba de
Desamparados, Urbanización El Higuerón, casa número treinta y uno, y es
gestionado por Julia Ester Bonilla Montoya, mayor, soltera, viuda, pensionada,
cédula de identidad seis-cero noventa y siete-mil ciento treinta y cuatro,
vecina de Dulce Nombre de Tres Ríos, Cartago, Condominios Asadem. Se emplaza a
los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de este proceso, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente número
15-100264-00237-CI (283-1-15).—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito
Judicial de San José, Desamparados, 04 de agosto del 2015.—Msc. Ian
Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—(IN2015050560).
Se hace saber: que en este Despacho se
tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Alexa María Muñoz Nanne,
mayor, casada, administradora, con documento de identidad número 1-0396-1275 y
vecina de Cartago, Tres Ríos. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y
en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 15-000199-0640-CI.—Juzgado Civil de
Cartago, 27 de julio del 2015.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1
vez.—(IN2015050572).
Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y, en general a todos los interesados en la sucesión de Idalia Adina
de Jesús Garro Bonilla, quien fue mayor, casada una vez, vecina de Tarbaca, de
la entrada del Hotel Alta Vista, 100 metros este, cédula de identidad uno-cero
cinco noventa y dos-cero uno cuarenta y seis, para que dentro del plazo de
treinta días, comparezcan a este Despacho a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se
presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N°
15-100165-0217-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial
de San José, Desamparados, 29 de julio del 2015.—Lic. Carmen
Paniagua Hidalgo, Jueza.—1 vez.—(IN2015050593).
Se emplaza a todos los interesados en la
sucesión de Socorro Fallas Fallas quien fue mayor, viuda, pensionada, cédula de
identidad 1-0166-0789 y vecina de Escazú, para que dentro de treinta días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no
se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien legalmente
corresponda. proceso sucesorio (testamentario) número 15-100121-0917-CI
(132-2015) de Socorro Fallas Fallas promovido por Mayra Mata Fallas.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Escazú, 23 de julio del 2015.—Lic.
Alexander Solano Pérez, Juez.—1 vez.—(IN2015050606).
Se hace saber que en la Notaría, del Lic.
Mario Alberto Mesén Araya, situada en avenida 8, calle 17, Nº 1706; costado
sur, del OIJ esquina suroeste, se tramita el proceso sucesorio de Ramona
Bienvenida conocida como Clemencia Marín Fernández, quien en vida fue mayor,
soltera, de oficio pensionada, cédula de identidad uno-ciento
ochenta-trescientos ochenta y uno, vecina de Puntarenas. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 001-2015
Sucesorio.—Lic. Mario Mesén Araya, Notario.—1 vez.—(IN2015052719).
En proceso sucesorio tramitado ante esta
notaría, por Francisco Martínez Jiménez de calidades conocidas; y comprobado el
fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato
de quien en vida fuera Flora Céspedes Céspedes, conocida como Flora Jiménez
Céspedes, también de calidades conocidas quien falleció el día veinticuatro de
enero de dos mil dos. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro
del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría, del
Lic. Oscar Ocampo Soto, en su oficina en San José, San Pedro, Barrio Dent,
Bufete Echeverría.—Lic. Oscar Ocampo Soto, Notario.—1 vez.—(IN2015052745).
Yo, Alexander Mora Mora, notario público,
carné 4117, hago constar que ante mi notaría, ubicada setenta y cinco metros al
sur, del Estadio Municipal, Pérez Zeledón, bajo expediente cero cero cero
uno-dos mil quince, se tramita sucesión ab-intestato de Juan Antonio Jorge de
Las Piedades Cordero Solís, mayor de edad, costarricense, cédula de identidad
número: dos-cero ciento trece-cero novecientos setenta y nueve, casado una vez,
comerciante, vecino de Puntarenas, Coto Brus, Agua Buena; quien murió el día
veintiséis de octubre de mil novecientos ochenta y siete; por lo que emplazo a
todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en este
proceso, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto en el Boletín Judicial se apersonen ante esta
notaría en la dirección dicha a hacer valer sus derechos.—Pérez Zeledón, a las
quince horas del dos de julio del dos mil quince.—Lic. Alexander Mora Mora,
Notario.—1 vez.—(IN2015052765).
Yo, Eugenio Hernández Cordero, Notario
Público, carné 21560 hago constar que ante mi notaría, ubicada frente a la
Estación de Bomberos, Pérez Zeledón, bajo expediente cero cero cero uno-dos mil
quince, se tramita sucesión AB-Intestato de Eligia Ureña Solís, mayor de edad,
costarricense, cédula de identidad número: uno-doscientos setenta y cuatro-
novecientos setenta y tres, divorciada una vez, pensionada, cuyo último
domicilio conocido fue Pérez Zeledón, INVU, El Clavel, casa numero cuarenta y
tres, quien falleció el dos de marzo del dos mil quince, por lo que emplazo a
todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en este
proceso, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto en el Boletín Judicial se apersonen ante esta
notaria en la dirección dicha a hacer valer sus derechos.—Pérez Zeledón, a las
quince horas del treinta de marzo del dos mil quince.—Lic. Eugenio Hernández
Cordero, Notario.—1 vez.—(IN2015052770).
Se emplaza a todos los interesados al
sucesorio en sede notarial de José Luis Palacios Alvarado, cédula de identidad
número seis-ciento sesenta y seis-cero noventa y tres, para que dentro del
plazo de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la
calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia
pasara a quien corresponda Exp. Nº 02-2015. Notaría del Licenciado, Ernesto
Chinchilla Vilchez. Alajuelita, de la iglesia católica; cien metros al sur y
diez metros al oeste.—Alajuelita, 19 de agosto del 2015.—Lic. Ernesto
Chinchilla Vilchez, Notario.—1 vez.—(IN2015052777).
Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores e interesados en la sucesión de Olifredo Rodríguez
Retana cédula dos-dos seis uno-cero tres seis, mayor, casado una vez,
agricultor, vecino de Santa Rita de Florencia de San Carlos, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante esta notaría a reclamar sus derechos y se apercibe a los que
crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo
la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0008-2015, notaría del
Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales. Ciudad Quesada; costado norte, de los
tribunales. Fax 24 60 25 19. Telefono: 24 60 00 46.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge
Corrales, Notario.—1 vez.—(IN2015052779).
Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores e interesados en la sucesión de Juan José Jaime Estrada,
conocido como Juan Jaime Agosta Estrada, cédula ocho-cero cuatro dos-, nueve
cero nueve, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de La Fortuna de San
Carlos, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a reclamar sus
derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se
presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda
Expediente Nº 0007-2015, notaría del Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales.
Ciudad Quesada; costado norte, de los Tribunales. Fax: 24 60 25 19. Teléfono 24
60 00 46.―Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—IN2015052781).
En mi oficina de notario ubicada en San
Isidro, Pérez Zeledón; cien metros antes de acueductos de barrio antigua cruz
rojas san Isidro Pérez Zeledón se ha abierto y tramita el proceso sucesorio de
quien en vida se llamó Miguel Ángel Vargas Porras, cédula 1-245-144 quien fuera
vecino de San Francisco de San José, por lo que, dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación del presente edicto, cito y emplazo a
todas aquellas personas que se consideren con interés legítimo dentro del
presente proceso para que se apersonen a mi oficina a hacer valer sus derechos;
en el entendido de que si no lo hicieren dentro del plazo dicho la herencia
pasará a quienes, habiéndose apersonado, demostraren tener derecho a sucedería.
Expediente Nº 001-2015.—Licda. July Sulay Zúñiga Rodríguez, Notaria.—1
vez.—(IN2015052876).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
el proceso sucesorio notarial acumulado, de los señores Antonio Fernández
Marín, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, cédula uno-uno siete
cuatro-uno cero cuatro, y de Teresita Herrera Otárola, casada una vez, de
oficios del hogar, cédula uno-dos cuatro cinco-cero cinco siete; cónyuges entre
sí y ambos vecinos de Cerbatana de Mercedes Sur de Puriscal, diagonal al
cementerio; para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de
dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-2015.
Notaría del Bufete del Licenciado Gustavo Rojas Antillón, en Santiago de
Puriscal, frente a la Cruz Roja.—Lic. Gustavo Rojas Antillón, Notario.—1
vez.—(IN2015052877).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de Mayela Sánchez Fernández, quien fue mayor, casada una vez,
cédula de identidad número tres-cero doscientos dos-cero doscientos ocho; para
que en el plazo de treinta días contados desde la publicación de este edicto
comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad
de herederos que si no se presentan dentro del plazo la herencia pasará a quien
corresponda. Expediente Nº 002-2015. Notaría del Licenciado Ricardo Alvarado
Alpízar.—Lic. Ricardo Alvarado Alpízar, Notario.—1 vez.—(IN2015052910).
Ante esta notaría, a solicitud de la presunta
heredera Heydi Jiménez Rodríguez, se procede a la apertura en sede notarial del
sucesorio de quien en vida fue su madre: Emilia Rodríguez Jiménez. Se da curso
al proceso sucesorio en sede notarial y se emplaza a todos los interesados,
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la primera y
única publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se
apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan
dentro de este plazo la herencia pasará a quien corresponda. Notaria, Marianela
Azofeifa Cascante. Expediente Nº 0001-2015. Sucesorio en sede notarial de
Emilia Rodríguez Jiménez.—San José, 15 de julio del 2015.―Licda.
Marianela Azofeifa Cascante, Notaria.—1 vez.—(IN2015052936).
Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, e interesados en la sucesión de Rafael Díaz Fonseca con cédula de
identidad número uno-cero cero diecinueve-cinco mil ochocientos setenta y
nueve, y Julita Sánchez Portilla conocida como Julia Sánchez Portilla, con
cédula de identidad número uno-cero cero veintidós-ocho mil setecientos ochenta
y cuatro, quienes fueron mayores, casados una vez, cónyuges entre si
comerciante y ama de casa, vecinos de San José, Montes de Oca, Lourdes, con el
fin de que se apersonen dentro del plazo de treinta días a hacer valer sus
derechos, y bajo apercibimiento de que si no lo hacen, la herencia pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 01-2015. Sucesión de Rafael Díaz Fonseca y
Julita Sánchez Portilla conocida como Julia Sánchez Portilla. Notaría de la
Licenciada Joice María Esquivel López, Consorcio Jurídico Justicia, San José,
avenida 10, calles 21 y 23, número 2195.—San José, 17 de agosto del dos mil
quince.—Licda. Joice María Esquivel López, Notaria.—1 vez.—(IN2015052952).
Por el termino de treinta días se emplaza a
los interesados en la sucesión de Luis Fernando Umaña Montero, casado una vez,
Mecánico, cédula número uno-cero dos uno tres-cero uno cinco cinco y vecino de
San José, vecino de Moravia de las oficinas del Banco Popular; cien metros al
este, para que dentro de este término a partir de la publicación del edicto,
comparezcan ante el suscrito notario a hacer valer sus derechos y aquellos que
creen tener la calidad de herederos que sin no se presentan dentro de dicho
termino, la herencia pasará a quienes corresponda.—San José, veintiséis de
julio del dos mil quince.—Lic. Jorge Fernando Calvo Mora, Notario.—1
vez.—(IN2015052961).
Se hace saber que ante la notaría del
Licenciado Rigoberto Jimenez Vega, Notario Público oficina en San José, Barrio
Lujan, frente Iglesia Católica, se tramita proceso sucesorio de Emilia Rivera
Murillo, quien fue mayor, divorciada una vez, ama de casa, cédula cinco-ciento
siete-trescientos cuarenta y seis, vecina de Barrio Dos Bocas de Nuevo Arenal,
Tilatán, Guanacaste, por este medio, se cita y emplaza a herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del término de
treinta días naturales, contados a partir de la publicación del presente
edicto, comparezcan ante dicha notaría a hacer valer sus derechos, advertidos
de que si no se apersonan dentro del referido plazo, la herencia, pasará a
quién legalmente corresponda.—San José, 19 de agosto del 2015.—Lic. Rigoberto
Jiménez Vega, Notario.—1 vez.—(IN2015052973).
Se citan y emplazan a interesados por 30
días, para que se apersonen en proceso sucesorio de Anabelle Angulo Álvarez,
mayor, casada una vez, educadora, vecina de Hatillo, Santa Cruz, Guanacaste,
del salón 150 metros al sur, cédula N° 5-169-274, falleció el día 19 de enero
del año 2014, inscrita en el registro de defunciones de la provincia:
Guanacaste, al tomo: 108, folio: 209, asiento: 418, haciendo valer sus
derechos, de lo contrario la herencia pasará a quien corresponda. Lic. Atencio
Ruiz Juárez, Santa Cruz, Guanacaste, 25 metros este de Correos de Costa
Rica.—Lic. Atencio Ruiz Juárez, Notario.—1 vez.—(IN2015053031).
Se tiene por establecido el presente proceso
sucesorio de sucesión legítima o “Ab Intestato” de quien en vida se llamó
Francisco José Albonico González, quien fue divorciado una vez, empresario,
vecino de Alajuela, Sabana Larga de Atenas, cuatrocientos metros sur de la
calle principal, con cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos
cincuenta-cero novecientos ochenta y seis, se emplaza a todos los interesados
por el plazo de treinta días, para que se apersonen al proceso mismo que se
tramita en actividad judicial no contenciosa en vía notarial, expediente N°
001-2015, ante el notario público Lic. Carlos Enrique Chaves Hidalgo, con
oficina en San José, cincuenta metros oeste del Colegio Técnico de San
Sebastián. Publíquese por única vez en el Boletín Judicial.—San José,
ocho de agosto del 2015.—Lic. Carlos Enrique Chaves Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2015053032).
Se cita y emplaza a todos los herederos e
interesados en la sucesión legítima de quien en vida se llamó Olga María
Córdoba Vargas, cédula N° 1-0127-1001, soltera, ama de casa, vecina de San
Antonio de Escazú, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir
de la publicación de este edicto se apersonen y comparezcan a reclamar sus
derechos y se apercibe a los que crean tener calidades de herederos que si no
se apersonan dentro dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente
N° 003-1809-2015, notaría de Ricardo Moreno Navarro, sita 50 metros sur de la
delegación policial de Higüito, San Miguel de Desamparados, teléfonos 2270
2658, 8887 4696. Correo electrónico: bufete.moreno@gmail.com.—Lic. Ricardo
Moreno Navarro, Notario.—1 vez.—(IN2015053033).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
Notaría por Anatolio Rivera Méndez, mayor de edad, viudo una vez, pensionado,
cédula de identidad número uno-doscientos dos-seiscientos noventa y siete,
vecino San José, Goicoechea, Guadalupe y comprobado el fallecimiento, esta
Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida
fuera su sobrino, el señor Gonzalo Rivera Méndez, quien era, mayor de edad,
soltero, quien era vecino de San José, Goicoechea, Guadalupe, quien tenía la
cédula de identidad número uno-trescientos treinta y uno-ochocientos cuarenta y
tres, quién murió el día veinticuatro de octubre del mil novecientos noventa y
seis, según consta en el Registro Civil, Sección de Defunciones de la provincia
de San José, al tomo cuatrocientos ocho, folio doscientos cuarenta y ocho,
asiento cuatrocientos ochenta y siete. Se cita y emplaza a todos los
interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Luis Franklin Gutiérrez,
con oficina en San José, Montes de Oca, San Pedro, Barrio Dent, del INEC, cien
metros al sur en InterLex Bufete Echeverría, para oposiciones y notificaciones.
Fax: 2253-3436.—Lic. Luis Franklin Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1
vez.—(IN2015053085).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de Guillermo Arauz Rizo, cédula N° 8-062-902, para que en el plazo
de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a declarar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos que sí no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente N° 04-15. Notaría del Bufete Aguilar
& Asociados.—San José, 20 de agosto del 2015.—Lic. Daniel Aguilar González,
Notario.—1 vez.—(IN2015053103).
A quien interese, se hace saber que en la
notaría de la licenciada Zulay Estrada Zúñiga, ubicada en San José, San Pedro,
La Granja, del Banco Nacional un kilómetro al sur, oficina número ochenta y
ocho, se ha abierto la sucesión en sede notarial de quien en vida fue Lizbeth
del Carmen Gutiérrez Ramírez conocida como Lizbeth Gutiérrez Gómez cédula de
identidad número diez cuarenta y uno veinte ochocientos cuarenta y nueve . Se
cita a todo interesado para que en el plazo de treinta días a partir de esta
publicación comparezca hacer valer sus derechos, o bien pasará a quien
corresponda.—San José, 24 de abril de 2015.—Licda. Zulay Estrada Zúñiga,
Notaria.—1 vez.—(IN2015053149).
Se cita y se emplaza a todos los interesados
en la sucesión de Jessica de Los Ángeles Solis Morales, mayor, soltera,
oficinista, con cédula de identidad número: uno-mil cuatrocientos
siete-ochocientos ochenta y nueve, vecina de Ciudad Colón, de las oficinas del
ICE, ciento cincuenta metros sur, para que dentro del plazo de treinta días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se
presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente N° 003-15. Notaría de la Licenciada Jeannette Lizano Quesada,
ubicada en San José, cien metros este y cincuenta sur de Fuerza y Luz,
Guadalupe.—Lic. Jeannette Lizano Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2015053272).
El suscrito, Gustavo Adolfo Infante Meléndez,
Notario Público con oficina en la ciudad de San José, Santa Ana, Pozos, Centro
Empresarial Fórum Uno, edificio C, oficina uno C uno, hago constar que ante mí
se tramita la sucesión AB Intestato de la señora María Eugenia del Socorro
Salas Araya, quien fuera mayor de edad, ama de casa, portadora de la cédula de
identidad N° 201540935, casada una vez; quien falleció el día 20 de setiembre
de 2010 en la ciudad de San Ramón de Alajuela, según consta en el Registro
Civil, sección de Defunciones de la provincia de Alajuela bajo las citas de
inscripción N° 2-0230-324-0647, de lo que doy fe como Notario Público, por lo
que emplazo a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados
en este proceso para que en el plazo de 30 días contados a partir de la
publicación de este edicto en el Boletín Judicial, y se apersonen ante esta
Notaría en la dirección mencionada, a hacer valer sus derechos.—San José, a las
12:00 horas del 20 de agosto de 2015.—Lic. Gustavo Adolfo Infante Meléndez,
Notario.—1 vez.—(IN2015053285).
Ante mí, Ingrid Marcela Chaves Mata, notaria
pública, se apersonó Flor de María Rodríguez Vargas, cédula de identidad N°
2-192-314, para solicitar apertura de proceso sucesorio en sede notarial,
teniéndola a ella como única heredera natural y universal de quien en vida
fuera Ramón Gerardo Rodríguez Vargas, cédula de identidad N° 201810481. Se hará
la publicación de ley dando el plazo correspondiente para que cualquier
interesado, posible heredero, acreedor o deudor se apersonen al proceso. Para
recibir notificaciones se señala el correo chajufamily@yahoo.com.mx.—Cartago, a
las catorce horas del día catorce del mes de agosto del año dos mil quince.—Lic.
Ingrid Marcela Chaves Mata, Notaria.—1 vez.—(IN2015053326).
Se ata y emplaza a los interesados en la
sucesión de la señora María del Carmen Peña Céspedes, quien en vida fue
costarricense, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad N° 107280913,
vecina de San José, Paso Ancho, de la delegación de policías, doscientos metros
sur y setenta y cinco este, bajo el expediente N° 001-2015, a efecto de que se
apersonen a hacer valer sus derechos dentro del plazo de treinta días hábiles a
partir de la publicación de este aviso.—San José, veinte de julio del dos mil
quince.—Lic. Johnny A. Garbanzo Badilla, Notario.—1 vez.—(IN2015053336).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión testamentaria de Yunier c.c. Yuniher Venegas Guzmán, que se inicio en
la primer quincena de agosto del 2015, quien fue mayor, divorciado, pensionado,
vecino de Invu Las Cañas en Alajuela, con cédula de identidad N° 1-0435-0397,
dentro del plazo de treinta días, contados a partir de esta publicación, se
emplaza a quien corresponda, reclamar sus derechos, a mi oficina en Goicoechea,
en San Francisco. Si no, se pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2015
SSN.—Licda. Liggia León Marín, Notaria.—1 vez.—(IN2015053342).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión testamentaria de Albertina Agüero Agüero, cédula de identidad N°
1-0354-0343 que se inicio el 17 de agosto del 2015, quien fue mayor, vecina de
Moravia, dentro del plazo de treinta días, contados a partir de esta
publicación, se emplaza a quien corresponda, reclamar sus derechos, a mi
oficina en San Francisco de Goicoechea, si no, se pasará quien corresponda.
Expediente N° 002-2015 SSN.—Licda. Liggia León Marín, Notaria.—1
vez.—(IN2015053347).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
Notaría por Talia de Jesús Fonseca Zumbado, mayor, viuda, ama de casa,
portadora de cédula de identidad número cuatro- cero cuarenta y uno- tres
ochocientos cincuenta y dos, vecina de Alajuela, Desamparados, Rosales, de la
iglesia católica ciento cincuenta metros al sur, y comprobado el fallecimiento,
esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida
fuera José Fonseca Rodríguez, mayor, casado una vez, portador de la cédula
número cuatro- cero cero cero nueve- dos uno uno siete, agricultor, vecino de
Heredia, Santa Bárbara, Rosales, fallecido veintiocho de agosto del año mil
novecientos setenta y ocho. Se cita y emplaza a todos los interesados para que
dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría
de la licenciada Karen María Fonseca Sánchez. Teléfono 2269-3546.—Lic. Karen
María Fonseca Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2015053355).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría por María Rafaela Torres Jiménez, Irene Aragón Ortega, Ana Giselle
Aragón Torres y Luis Antonio Aragón Torres, a las diez horas del quince de
agosto del dos mil quince, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara
abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera: Antonio
Aragón Ortega, mayor, casado una vez, guarda de seguridad, vecino de San José,
Rohrmoser, Pavas, bloque siete, casa número treinta y siete, cédula de
identidad número seis-ciento tres-mil trescientos setenta. Se cita y emplaza a
todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días
naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante
esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Rogelio Fernández
Sagot y Lic. William Fernández Sagot, San José, Barrio Amón, calle 3, avenidas
9 y 11, Condominios Travancor, primer piso. Teléfono: 2221-95-45.—Lic. William
Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—(IN2015053380).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión del señor: José Hernán Fernández Morales, mayor de edad, casado en
primeras nupcias, vecino de la provincia de San José, cantón Central, distrito
Zapote, portador de la cédula de identidad número uno-cero quinientos-cero
setecientos cincuenta, para que dentro del plazo de treinta días, contados a
partir del día de la publicación del presente edicto, comparezcan a reclamar
sus derechos; se apercibe a quienes crean tener calidad de herederos, que si no
se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 0002-2015. Notaría del Lic. Gunnar Núñez Svanholm, abogado y
notario.—1 vez.—(IN2015053442).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión del señor: José Pablo Ortiz Jiménez, mayor de edad, soltero, vecino
de la provincia de San José, portador de la cédula de identidad número uno-mil
trescientos treinta y nueve-cero setecientos ochenta, para que dentro del plazo
de treinta días, contados a partir del día de la publicación del presente
edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; se apercibe a quienes crean tener
calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2015. Notaría del Lic. Gunnar
Núñez Svanholm, abogado y notario.—1 vez.—(IN2015053445).
Se emplaza a los herederos, acreedores y
demás interesados en el proceso sucesorio extrajudicial de: Vera Violeta Chacón
Cerdas, quien fue mayor, casada una vez, vecina de La Mona de Golfito, cédula
número seis-uno uno nueve-uno siete cero, fallecida el treinta de marzo del dos
mil trece, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos ante esta
notaría, sita en Golfito de Puntarenas, veinticinco metros sur de Comercios
Costarricenses, en Pueblo Civil. Fax: 2775/17/85. Tel: 2775/02/06, apercibidos
de que si no lo hacen la herencia pasará a quien en derecho corresponda.
Expediente Nº 01-2015.—05 de agosto del 2015.—Lic. Bernal Castro Gutiérrez,
Notario.—1 vez.—(IN2015053587).
Se emplaza a los herederos, acreedores y
demás interesados en el proceso sucesorio testamentario extrajudicial de: María
Adilia Sandí Baltodano, quien fue mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de
Barrio Bella Vista de Golfito, cédula número cinco-uno uno tres-tres cinco dos,
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos ante esta notaría, sita
en Golfito de Puntarenas, veinticinco metros sur de Comercios Costarricenses,
en Pueblo Civil. Fax: 2775/17/85. Tel: 2775/02/06, apercibidos de que si no lo
hacen la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente Nº
01-2015.—30 de julio del 2015.—Lic. Bernal Castro Gutiérrez, Notario.—1
vez.—(IN2015053590).
Se hace saber que en mi notaría, se tramita
el proceso sucesorio de: Raúl Portuguez Chinchilla, con cédula número
uno-doscientos catorce-ciento sesenta y cuatro. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir del día de la publicación de este
edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de este plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 2015-2.
Notaría de Jafet Valverde Gamboa, Vuelta de Jorco de Aserrí, costado oeste de
la estación de gasolina.—Dieciocho de agosto del dos mil quince.—Lic. Jafet
Valverde Gamboa, Notario.—1 vez.—(IN2015053603).
Con treinta días de término, contados a
partir de la fecha de publicación de este edicto, se cita y emplaza a los
herederos y demás interesados en la sucesión de: Leticia Valverde Jiménez,
quien fuera mayor, soltera, ama de casa, vecina de San Juan Sur de Corralillo
de Cartago, cédula de identidad Nº 3-0224-0618, a efecto de que se apersonen a
esta notaría y hagan valer sus derechos, en el entendido de que en caso de no
verificarlo así, la herencia pasará a manos de quien corresponda. Oficina del
notario público Lic. Mauricio Monge Monge, Vuelta de Jorco de Aserrí, contiguo
estación de combustibles.—San José, 24 de agosto del 2015.—Lic. Mauricio Monge
Monge, Notario.—1 vez.—(IN2015053605).
Con treinta días de término, contados a partir
de la fecha de publicación de este edicto, se cita y emplaza a los herederos y
demás interesados en la sucesión de: José Berlín Cascante Borbón, quien fuera
mayor, casado una vez, agricultor, vecino de La Cruz de Acosta, cédula de
identidad Nº 1-262-634, a efecto de que se apersonen a esta notaría y hagan
valer sus derechos, en el entendido de que en caso de no verificarlo así, la
herencia pasará a manos de quien corresponda. Oficina del notario público Lic.
Mauricio Monge Monge, Vuelta de Jorco de Aserrí, contiguo estación de combustibles.—San
José, 24 de agosto del 2015.—Lic. Mauricio Monge Monge, Notario.—1
vez.—(IN2015053606).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría por María Isolina Quesada Granados, a las 15 horas 30 minutos, del 17
de agosto del 2015 y, comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto
el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera: Sileny c.c. Sila
Chanto Quesada, mayor, soltera, cédula de identidad Nº 1-0755-0771, se cita y
emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta
días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Mireya Padilla García.
Teléfono fax: 2253-2055. Teléfonos: 2234-7643 y/o 83814862.—Licda. Mireya
Padilla García, Notaria.—1 vez.—(IN2015053659).
El día de hoy, se ha iniciado el trámite de
sucesión notarial extrajudicial, de quien en vida fue: Rubén Chinchilla
Morales, mayor, casado una vez, comerciante, con cédula de identidad número
uno-trescientos dieciséis-novecientos once, vecino de Guadalupe. Se emplaza a
los presuntos herederos e interesados para que en el plazo de treinta días
siguientes, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos ante esta notaría, ubicada en San José, calles 21 y 23,
avenida 10 bis, casa Nº 2161. Proceso sucesorio notarial de: Rubén Chinchilla
Morales. Expediente notarial Nº 003-2015. Promovente: Soledad González
González. Teléfono 2257-1533.—San José, 17 de agosto del 2015.—Lic. Franklin
Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—(IN2015053670).
Se cita y emplaza a todas
las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad
Bryan Villafuerte Vargas, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo
de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto
ordenado. Expediente Nº 15-001142-0292-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las once
horas y dos minutos del veintisiete de julio del dos mil quince.—Msc. Patricia
Vega Jenkins, Jueza.—(IN2015049192). 3
v. 3
De las presentes
diligencias de depósito del menor: Jefferson Díaz Calero, promovidas por el
Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Lidia María
Diez Calero, a quien se le previene que en el primer escrito que presenten debe
señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que
mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el
transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se
producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº
20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las
partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº 65-08, celebrada el 2
de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular Nº 169-2008, en el sentido de
que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de
uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden
utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un
número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de
actuaciones del Despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades
internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la
recepción de notificaciones”. Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema
de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir
notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder
Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información contacte al
personal del Despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por
haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de
Género del Poder Judicial, sesión Nº 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si
cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h)
Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución al(la)(los) señor(a)(es) Lidia
María Diez Calero, por medio de edicto. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona en caso que el lugar de residencia
consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el
ingreso del funcionario notificador, a efectos de practicar la notificación,
artículo 4º de la Ley de Notificaciones Judiciales. Por medio de edicto, que se
publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y
emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen
dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última
publicación del edicto ordenado. Se cita y emplaza a todas las personas que
tuvieren interés en el depósito del menor (incapaz) actor, para que se
apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a
partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente Nº
15-000435-0687-FA. Clase de asunto: depósito judicial.—Juzgado de Familia de
Grecia, a las once horas y veinticuatro minutos del treinta de julio del
dos mil quince.—Lic. Marjorie Salazar Herrera,
Jueza.—Exonerado.—(IN2015049744). 3
v. 3.
Licda. Marjorie Salazar
Herrera, Jueza del Juzgado de Familia de Grecia, a los que tuvieren interés en
la tutela institucional, Nº 15-000442-0687-FA, en favor del menor de edad:
Dorian Alexander Calderón Carvajal, en su carácter de parientes de dicho menor,
se les hace saber que en proceso tutela institucional, establecido por el
Patronato Nacional de la Infancia, se les convoca a todas aquellas personas que
tuvieren derecho al ejercicio de la tutela sobre el menor aquí interesado, para
que se presenten dentro del plazo de quince días a partir de la última
publicación.—Juzgado de Familia de Grecia.—Lic. Marjorie Salazar
Herrera, Jueza.—Exonerado.—(IN2015049762). 3
v. 3.
A las diez horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de agosto de dos
mil quince, José José Elidier Rojas Corrales del Tribunal del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, a la sucesión de Daysy Matarrita Ruiz, se le
hace saber que en la Investigación Penal bajo la Sumaria Número
07-201099-0486-PE, seguida en contra de Greybell Chavarría Vega, por el delito
de posesión de drogas, sustancias o productos, cometido en perjuicio de la
Salud Pública, se encuentra la resolución que literalmente dice: Tribunal de
Juicio del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, a las diez
horas del dos de julio del dos mil quince. Causa seguida contra Greybel
Chavarría Vega y otros por el delito de posesión de drogas con fines de venta
en perjuicio de Salud Pública. Resultando: I.—El Tribunal de Juicio del Segundo
Circuito Judicial, por resolución de las nueve horas veinte minutos del
veintiuno de agosto del dos mil catorce sentencia N° 729-2014 proceso
abreviado, ordena la devolución de la fianza depositada por Daysi Matarrita
Ruiz bajo el número de depósito bancario Banco de Costa Rica 0246343 C por la
suma de setenta y cinco mil colones, y la devolución de fianza depositada por
Miriam Sánchez Marrenco bajo el número de depósito del Banco de Costa Rica
246347 por la suma de setenta y cinco mil colones, una vez firme la presente
sentencia. Considerando: I.—Mediante resolución de las diez horas diez minutos
del cuatro de junio del dos mil quince se indica “... Por tanto: ordena la
devolucion de la fianza a la señora Miriam Antonia Sánchez Marenco, la cual
consiste en la suma de setenta y cinco mil colones. En cuanto a la acusada
Greybel Chavarría Vega la fianza de declara incursa, no siendo procedente su
devolución por las razones indicadas. II.—Procede este Tribunal a revocar en
forma parcial la resolución de las diez horas diez minutos del cuatro de junio
del dos mil quince, únicamente en cuanto se declara incursa la Fianza de la
acusada Greybel Chavarría Vega, siendo que si bien se ordenó girar las ordenes
de captura de la acusada, lo cierto del caso es que nunca se le previno a la
fiadora Daysy Felicia Matarrita Ruiz la presentación de la misma al despacho, a
efectos de que cumpliera con su condición de garante, aunado a ello en fecha 10
de enero del 2015 fallece la garante Matarrita Ruiz (ver folio 308) sin que se
le realizara prevención alguna. Ante lo cual es procedente ordenar la
devolución de setenta y cinco mil colones a favor de Daysy Felicia Matarrita
Ruiz, cédula de identidad 6-091-284 y, siendo que la misma falleció se ordena
notificar mediante los edictos de ley y de conformidad con la Ley de
Notificaciones Judiciales 8687 a quienes demuestren tener derecho sobre dicho
bien, caso contrario y cumplido el término de ley posterior a la publicación se
ordena el Comiso del dinero por considerarse bienes caídos en abandono. Por
tanto: Por las normas citadas y lo expuesto, se ordena la devolución de setenta
y cinco mil colones a favor de Daysy Felicia Matarrita Ruiz, cédula de
identidad 6-091-284 y, siendo que la misma falleció, se ordena notificar
mediante los edictos de ley y de conformidad con la Ley de Notificaciones
Judiciales 8687 a quienes demuestren tener derecho sobre dicho bien, caso
contrario y cumplido el término de ley posterior a la publicación de
conformidad con la Ley N° 6106 de Distribución de bienes confiscados o caídos
en comiso, se ordena el Comiso del dinero a favor del
estado por considerarse bienes caídos en abandono de Juicio. Se ordena
notificar por edicto, Tribunal del Segundo Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, al ser las diez horas del dos de julio de dos mil quince. No
habiendo sido posible la localización de la aquí Fiadora, señora Daysy
Matarrita Ruiz, siendo que la misma falleció, según constancia de folio 308, se
ordena notificar por edicto, por tres veces consecutivas, la resolución de las
diez horas del dos de julio de dos mil quince.—Lic. José Elidier Rojas
Corrales, Juez Tramitador.—Tribunal del Segundo Circuito Judicial de la Zona
Atlántica.—Msc. Jannette Mena Rodríguez. Jueza.—(IN2015049782). 3 v. 3.
Se cita y emplaza a todas
las personas que tuvieren interés en el depósito de la menor de edad Marissa
Matilde Vargas Espinoza, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo
de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto
ordenando. Expediente N° 15-400183-0928-FA (186-2-2015)-B. Debe publicarse tres
veces consecutivas en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia de
Cañas, Guanacaste, 10 de julio del 2015.—Lic. Pamela Zúñiga Alemán,
Jueza.—(IN2015050594). 3
v. 1.
Licda. Patricia Cordero García, Jueza del
Juzgado de Familia de Cartago, a Francisco Antonio Flores Ampié, en su carácter
personal, quien es mayor, cédula de identidad Nº 7-0024-0416, demás calidades
desconocidas, se le hace saber que en proceso especial protección, establecido
por Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la
resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las
trece horas y dieciocho minutos del diecisiete de julio del dos mil quince. Se
tiene por establecido el presente proceso de judicialización en sede judicial
que promueve el Patronato Nacional de la Infancia en favor de la menor de edad:
Shalon Kaely Flores Centeno. Se tiene a la vista el expediente levantado en
sede administrativa. Se le previene al ente promotor del proceso que dentro del
plazo de treinta días, deberá actualizar el informe social aportado. Se convoca
a las partes a una audiencia oral y pública que se celebrará en la sede de este
Juzgado a las diez horas del primero de setiembre del dos mil quince (Artículos
114 inciso b), 143, 144 y 145 del Código de la Niñez y la Adolescencia). En
esta audiencia las partes podrán proponer pruebas, las cuales se evacuarán, de
ser admitidas, en la misma comparecencia. Las partes y sus testigos deberán
presentarse puntualmente y con su documento de identidad vigente. Notifíquese
esta resolución personalmente o en su casa de habitación a los señores
Francisco Antonio Flores Ampié y Mary Guadalupe Centeno Valdivia, a quienes se
le previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para
atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero del 2009. Con
respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular Nº 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como
medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y
recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.
Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la
Política de Género del Poder Judicial, sesión Nº 78-07 celebrada el 18 de
octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que
resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente
información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión
u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g)
Número de cédula. h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Mary
Guadalupe Centeno Valdivia, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley
en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de
Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Circuito Judicial de Cartago.
En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de
acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a)
notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4º de la Ley
de Notificaciones Judiciales. Con respecto al señor Francisco Antonio Flores
Ampié, por desconocerse su domicilio, de ordena notificarle por edicto.
Notifíquese.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Patricia Cordero
García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015050336).
Licenciada Johanna Escobar Vega. Jueza del Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Milton Exidio Chacón
Quesada, en su carácter personal, se le hace saber que en demanda suspensión
patria potestad del expediente N° 14-000199-292-FA, establecida por Alexandra
Yanixia Jiménez Elizondo contra Milton Exidio Chacón Quesada, se ordena
notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las trece horas y cincuenta
y cinco minutos del treinta de junio de dos mil quince. Proceso suspensión
patria potestad, establecido por Alexandra Yanixia Jiménez Elizondo, mayor,
soltera, estudiante, vecina de Alajuela, cédula 0701690796 contra Milton Exidio
Chacón Quesada, quien es mayor, casado dos veces, domicilio y otras calidades
desconocidos, cédula 0602650768. Resultando: “Con base en los hechos y citas de
derecho expuesto en la acción, la parte actora solicita que en sentencia se
suspenda en el ejercicio de la patria potestad al demandado respecto de su
menor hija Avigail Ariela Chacón Jiménez, por un plazo de 4 años; se condene al
demandado al pago de las costas del proceso...” Considerando: Hechos probados.
“De importancia para la decisión de este litigio, se tienen los siguientes: a)
Producto de la relación sentimental sostenida por las partes se dio el
nacimiento de Avigail Ariela, actualmente de 6 años, 9 meses de edad... b)
Desde que tuvo conocimiento del embarazo, el demandado negó su paternidad,
incurrió en ofensas respecto de la actora a quien abandonó, negándose a realizar
cualquier tipo de aporte económico para su hija, con quien no tiene ningún tipo
de relación, se desconoce su paradero razón por la cual no se ha podido exigir
el pago de una pensión alimentaria... c) El demandado no ha procurado
acercamiento con su hija, a pesar que no se le ha prohibido; no tiene ningún
vínculo con ella, siendo la pareja de su madre, quien ejerce el rol paterno, la
reconoce y presenta como su hija ante propios y extraños, siendo éste el único
referente paterno de la niña... “Hechos no probados: Ninguno de importancia
para la solución de este asunto”. Por tanto: En mérito de lo expuesto y
artículos de Ley citados se declara con lugar la demanda presentada por
Alexandra Yanixia Jiménez Elizondo y en consecuencia se suspende a Milton Exidio
Chacón Quesada, en el ejercicio de la patria potestad respecto de su menor hija
Avigail Ariela Chacón Jiménez por un período de cuatro años, luego de lo cual
consiente de sus deberes como padre, podrá solicitar voluntariamente si así lo
tiene a bien, la restitución de este derecho ante la Autoridad competente y
demuestre que se ha sometido por un plazo no menor a los doce meses, a terapia
o asesoría profesional que le permita desempeñarse como corresponde respecto
del infante. Consecuencia de lo indicado, dicho atributo corresponde en forma
exclusiva a la actora. Las citas de la menor, se encuentran en la Sección de
Nacimientos de la provincia de Limón al tomo 340, página 480, asiento 960.
Publíquese la parte dispositiva de este fallo por una única vez, en el Boletín
Judicial o periódico de circulación nacional. Se resuelve el proceso sin
especial condenatoria en costas. Se advierte a las partes el derecho de apelar
este fallo, dentro del plazo legal. Notifíquese.—Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Johanna Escobar Vega, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015050359).
Licenciada Johanna Escobar Vega. Jueza del
Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a William David
Rodríguez Villegas, en su carácter personal, quien es mayor, casado dos veces,
domicilio y demás calidades desconocidas, cédula 0204910890, se le hace saber
que en demanda suspensión patria potestad del expediente N° 14-000387-0292-FA
establecida por Melissa Chavarría Araya contra William David Rodríguez
Villegas, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente
dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las diez
horas y treinta y cinco minutos del veinte de julio de dos mil quince. Proceso
suspensión patria potestad, establecido por Melissa Chavarría Araya, mayor,
casada dos veces, manicurista, vecina de Alajuela, cédula 0110450648 contra
William David Rodríguez Villegas, mayor, casado dos veces, domicilio y demás
calidades desconocidas, cédula 0204910890. Resultando: “Con base en los hechos
y citas de derecho expuesto en la acción, la parte actora solicita que en
sentencia se suspenda en el ejercicio de la patria potestad al demandado
respecto de su hijo menor Jeancarlo Rodríguez Chavarría por un plazo de 4 años...”
Considerando: Hechos Probados: “... producto de la relación sostenida por las
partes nació Jeancarlo Rodríguez Chavarría, quién a esta fecha cuenta con 17
años de edad (...). En el año 2011 el demandado presentó proceso especial de
filiación para impugnar la paternidad de su hijo, rechazado al acoger la
excepción de cosa juzgada (...) desde el año 2004 el demandado incumple todas
las obligaciones respecto de su hijo, no tiene ninguna relación con él, no lo
llama, no lo vista, no se interesa por su bienestar; no paga la pensión
alimentaria por la que fue demandado... Hechos no probados: Ninguno de
importancia para la solución de este asunto” Por tanto: En mérito de lo
expuesto y artículos de Ley citados se omite pronunciamiento en cuanto a las
excepciones opuestas por la Curadora Procesal. Se declara con lugar la demanda
presentada por Sugey Melissa Chavarría Araya y en consecuencia se suspende a
William David Rodríguez Villegas, en el ejercicio de la patria potestad
respecto de su menor hijo Jeancarlo Rodríguez Chavarría, por un período de un
año. Consecuencia de lo indicado, dicho atributo corresponde en forma exclusiva
a la actora. Las citas del referido joven quien a esta fecha cuenta con 17 años
de edad, se encuentran en la Sección de Nacimientos de la provincia de Alajuela
al tomo 781, página 149, asiento 297. Se resuelve el proceso sin especial
condenatoria en costas. Se advierte a las partes el derecho de apelar este
fallo por una única vez, en el Boletín Judicial o periódico de
circulación nacional. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela.—Msc. Johanna Escobar Vega, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015050363).
Licenciada Johanna Escobar Vega. Jueza del
Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Becker Adilia
Orozco Castillo, en su carácter personal, quien es mayor, casada, y demás
calidades desconocidas, cédula 0001231305, se le hace saber que en demanda
divorcio, establecida por David Gerardo Vargas Barrientos contra Becker Adilia
Orozco Castillo, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo
conducente dice: expediente N° 14-001403-0292-FA. Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, a las trece horas cincuenta y cuatro minutos del
treinta de julio de dos mil quince. Proceso divorcio, establecido por David
Gerardo Vargas Barrientos, mayor, casado, peón, vecino de Barrio San José,
cédula 0205510226 contra Becker Adilia Orozco Castillo, mayor, casada, y demás
calidades desconocidas, cédula 0001231305. Resultando: “Por las razones dadas y
citas de derecho invocadas, la parte actora solicita se declare la disolución
del vínculo matrimonial que lo une con la demandada; la guarda, crianza y
educación de los dos hijos del matrimonio, le corresponda y por existir
declaratoria de ausencia la patria potestad, no sea compartida...”
Considerando: Hechos Probados: “Como tales y de importancia para la decisión de
este asunto se tienen los siguientes: a) las partes son cónyuges entre sí... b)
del matrimonio nacieron Kimberly Mariana y Brandon David, apellidos Vargas
Orozco....c) la señora Orozco Castillo fue víctima de secuestro y desaparición
en su país de origen en octubre del año 2008, razón por la cual fue declarada
ausente en febrero del año 2011 por las autoridades competentes de Guatemala...
d) las partes no adquirieron bienes gananciales que distribuir...” Por tanto:
“Consideraciones y citas de derecho indicadas, se declara con lugar la demanda
de divorcio incoada y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que une a
David Gerardo Vargas Barrientos y Becker Adilia Orozco Castillo; en virtud de
la ausencia declarada en torno a la señora Orozco, la patria potestad con los
atributos que la conforman tanto los derechos como las obligaciones, respecto
de Kimberly Mariana y Brandon David, Vargas Orozco corresponde de manera
exclusiva al progenitor; no hay bienes gananciales que distribuir. A la firmeza
de esta resolución, se ordena la inscripción de este pronunciamiento en el
Registro Civil, Sección de Matrimonios de la Provincia de San José al tomo 457,
folio 279, asiento 557. Publíquese este fallo en el Boletín Judicial o
en periódico de circulación nacional. Se resuelve este asunto sin especial
condenatoria en costas. Se advierte a las partes el derecho de apelar este
fallo dentro del plazo legal”. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela.—Licda. Johanna Escobar Vega, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015050365).
Juan Damián Brilla Ramírez. Juez del Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a Ana Graciela
Mena Calderón y Asthon Ellis Jiménez Cordero, en su carácter personal, quien es
demás calidades y domicilio desconocido, se le hace saber que en proceso
depósito judicial, exp. 15-000175-0932-FA, establecido por Patronato Nacional
de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo
conducente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, a las diez horas y veintinueve minutos del diecinueve de marzo del
año dos mil quince. De las presentes diligencias de depósito de los menores
Kendall David, Katherine Viviana y Keydelin Fiorella todos de apellidos Jiménez
Mena, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado
por tres días a Ana Graciela Mena Calderón y Asthon Ellis Jiménez Cordero, a
quienes se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un
medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo
haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de
veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual
consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28
de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de
2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008,
artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un
fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el
envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como
teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono
“celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del
despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite
procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye
los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de
notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en
Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones.
Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial,
http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal
del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo
así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV,
se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas
que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b)
Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún
tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia. Sobre cuestiones de primer y especial pronunciamiento solicitada,
se resuelve: Contándose con los elementos que sustenta la idoneidad del
ambiente que reina en el lugar donde se encuentran ubicados los menores Kendall
David, Katherine Viviana y Keydelin Fiorella todos de apellidos Jiménez Mena,
se acoge dicha pretensión provisional, por ende se ordena el Deposito Judicial
del menor supra indicado de forma provisional en el hogar de la señora Ana
Cecilia Calderón Román, quien deberá apersonarse en el plazo de ocho días a
aceptar el cargo conferido. Notifíquese esta resolución a los señores Ana
Graciela Mena Calderón y a Asthon Ellis Jiménez Cordero, personalmente o por
medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su
domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos
efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras
Comunicaciones; Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Guápiles). Por
localizarse la señora Mena Calderón mediante su cuenta cedular en Guápiles,
Pococí, Limón, de la plaza de deportes 300 metros al sur y 500 metros al oeste
(única dirección) localizable al número telefónico 2710-2616 y por localizarse
el señor Jiménez Cordero en Guápiles, La Colonia, Barrio Santa Elena, de la
entrada 400 metros al este (única dirección) localizable al número telefónico
2711-0034. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o
edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a)
notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de
Notificaciones Judiciales. Por medio de edicto, que se publicará por tres veces
consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que
tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de
treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto
ordenado. Notifíquese. Juan Damián Brilla Ramírez, Juez y la resolución de las
diez horas y treinta y ocho minutos del uno de julio del año dos mil quince.
Vista la solicitud que hace la representante del Patronato Nacional de la
Infancia, Msc. María Gabriela Hidalgo Hurtado, visible a folio veinte y en
vista de que los demandados Ana Graciela Mena Calderón y Asthon Ellis Jiménez
Cordero carecen de domicilio conocido y no fueron ubicados en la dirección
reflejada mediante su cuenta cedular, se ordena notificarle esta y la
resolución de las diez horas veintinueve minutos del diecinueve de marzo del
año dos mil quince, mediante un edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
judicial. Elabórese el edicto respectivo. Notifíquese.—Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 01 de julio del
año 2015.—Lic. Juan Damián Brilla Ramírez, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015050368).
Se convoca por medio de este edicto a las
personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del
Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo
de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de
Roxana Roldán Sequeira. Exp. número 15-000630-0186-FA.—Juzgado Primero de
Familia de San José, 09 de julio del 2015.—Lic. Valeria Arce Ihabadjen,
Jueza.—1 vez.—(IN2015050602).
Se avisa que en este Despacho bajo el
expediente número 15-001267-0338-FA, el señor Luis Emilio Bloise Villanueva,
solicitan se apruebe la adopción de la persona mayor de edad Fabiola Acuña
Chacón. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular
oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y
se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de
Cartago, 16 de julio del año 2015.—Lic. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2015050655).
Licenciada Ángela Jiménez Chacón, Jueza del
Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a Cindy
Alvarado Ríos, en su carácter personal, que en el expediente
13-000449-1152-FA-(2) que es proceso abreviado de guarda crianza y educación,
que fue interpuesto por Francisco Chavarría Anchía en contra de Cindy Alvarado
Ríos, se ha dictado la resolución que literalmente dice así. De conformidad con
el artículo 315, del Código Procesal Civil, 67 y 68 del Código Civil, y como
medida de saneamiento, se enderezan los procedimientos y se procede a dar curso
de la anterior demanda abreviada de guarda crianza y educación, establecida por
el accionante Francisco Chavarría Anchía, se confiere traslado a la accionada
Cindy Alvarado Ríos por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a
la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días
podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar
con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales
en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno
a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los
admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En al misma oportunidad
deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y
las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno.
Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al
Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de
la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras comunicaciones; Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica (Limón) de este circuito. Se le previene a la
parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio
para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de
veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual
consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28
de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de
2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008,
artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un
fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el
envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como
teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono
“celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del
despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite
procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye
los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de
notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en
concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada
el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto
que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente
información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión
u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g)
Número de cédula, h) Lugar de residencia. En caso que el lugar de residencia
consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el
ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la
notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Tome nota la
parte interesada lo dispuesto por la circular N° 5-2012 emanada por el Consejo
Superior del Poder Judicial; en el sentido de que, el procedimiento de
notificación por medio de comisión, la parte interesada deberá reservarse las
correspondientes copias en su poder, en el caso de haber señalado el correo
electrónico como medio para recibir notificaciones, de tal modo que el despacho
le remitirá la comisión para que la imprima, agregue las copias y la lleve para
su diligenciamiento, lo anterior de conformidad con el artículo 15 de la Ley de
Notificaciones Judiciales. Practíquese una entrevista a la persona menor de
edad Ferdylan Ariel Chavarría Alvarado (cinco años) con la suscrita Jueza, sin
intervención de partes, ni abogados; a fin de proteger la estabilidad
emocional; para lo cual se señalan, trece horas con treinta minutos del treinta
de setiembre del dos mil catorce, para realizar dicha entrevista. Además se
ordena al Equipo Interdisciplinario de Trabajo Social de este Circuito realizar
un Estudio Social para determinar las condiciones en que habita la persona
menor de edad. Habiéndose demostrado que la señora Cindy Alvarado Ríos Siendo
que el demandado es de paradero desconocido y de conformidad con los artículos
262 y 263, del Código Procesal Civil, publíquese el edicto, por única vez en La
Gaceta Digital. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica.—Lic. Charlyn Miranda Arias, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2015050689).
Licenciada Marjorie Salazar Herrera, Jueza
del Juzgado de Familia de Grecia, a quien interese, se le hace saber que en
proceso insania, establecido por Silvia Elena Alfaro Castro, se ordena
notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N°
13-000549-0687-FA. Juzgado de Familia de Grecia, a las quince horas y veinte
minutos del veinticuatro de junio del año dos mil quince. Proceso insania,
establecido por José Francisco Alfaro Castro, mayor, soltero, contador público,
cédula número 2-562-579, vecino de Grecia, a favor de Silvia Elena Alfaro
Castro, quien es mayor, soltera, del hogar, cédula de identidad número
dos-quinientos treinta y siete-ciento setenta y nueve. Resultando: 1º—..., 2º—...,
3º—..., ... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:...,
V.—Costas:..., Por tanto: De conformidad con lo expuesto, artículos 99, 153,
155, 796, 797, 842, 828 y 829 del Código Procesal Civil, 466 del Código Civil,
43 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elección y del Registro Civil
233, 236, 239, 242, 202 y 204 del Código de Familia, el presente proceso de
actividad judicial no contenciosa, incoado por José Francisco Alfaro Castro, se
falla de las siguiente forma: 1) Se declara el estado de interdicción de la
señora Silvia Elena Alfaro Castro, 2) Firme esta sentencia, la ejecutoria
deberá inscribirse en el Registro Público, Sección de Personas y Sección de
Propiedad, así como en el Registro Civil, 3) Se nombra como curador de la incapaz,
a José Francisco Alfaro Castro, a quien se le previene comparecer a aceptar y
jurar el cargo dentro de tercero día, o a exponer el motivo de excusa que
tuviere, 4) El curador designado deberá levantar un inventario de todos los
bienes del inhábil en el plazo de treinta días contados a partir de la
aceptación del cargo, 5) Con el fin de que el curador represente a la incapaz,
en los asuntos judiciales en los que se ésta se halle interesada, se le dará
certificación de la respectiva acta y de esta sentencia, 6) Una vez que el
curador presente el inventario y el avalúo de todos los bienes de la incapaz,
se le ordenará que garantice las resultas de su administración, 7) La garantía
se puede rendir mediante depósito en dinero efectivo, hipoteca, póliza de fidelidad
del Instituto Nacional de Seguros o bonos del Estado sus instituciones,
apreciados estos últimos en su valor comercial, según certificación de un
corredor jurado, 8) El cargo de curador lleva implícito el deber de
representarla legalmente y administrar sus bienes. Igualmente, es obligación
del curador cuidar de la incapaz, 9) Las costas de este trámite son a cargo del
patrimonio del inhábil, 10) Publíquese la sentencia en el Boletín Judicial.
Notifíquese.—Juzgado de Familia de Grecia.—Lic. Marjorie Salazar
Herrera, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2015050691).
Lic. Pamela Zúñiga Alemán, Jueza, se
encuentra la sentencia de las catorce horas y treinta y un minutos del
veinticuatro de julio del dos mil quince, que literalmente dice: “En el Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Cañas, a las catorce
horas y treinta y un minutos del veinticuatro de julio del dos mil quince.
Proceso de sumario de declaratoria de abandono con fines de adopción instaurado
por el Patronato Nacional de la Infancia representado por la Licenciada Dinia
María Marín Vega; en contra de Yendry Vanessa Sirias Jiménez, mayor, casada,
ama de casa, cédula de identidad 503800562, vecina de Cañas, Las Palmas, 400
metros oeste y 100 metros norte de la Iglesia Católica, Carlos Céspedes Ruiz,
mayor, cédula de identidad 800960882 y demás calidades desconocidas y Breyner
Antonio Rosales Hurtado, mayor, soltero, cédula de identidad 503310986, vecino
de Cañas, Barrio El Castillo, contiguo a Pizzería El Castillo, casa color
blanco con negro. Interviene como curadora procesal del señor Céspedes Ruiz, la
Licda. Mónica Camacho Quirós”.
Resultando:
1º—... a); b); 2º—...; 3º—...
Considerando:
I.—Hechos probados: 1) ..., 2) ..., 3) ...,
4) ..., 5) ..., 6)..., 7) ..., 8)..., 9)..., 10)...; II.—... b)..., .c)...;
III.—...; IV.—...; V.—... Por tanto:
De conformidad con lo expuesto, normas
legales citadas y artículos 9 de la Convención sobre los Derechos del niño, 30
y siguientes del Código de Niñez y Adolescencia, 99, 153, 155, 316, 317, 432, 433
y 434 del Código Procesal Civil, 2, 158, 160 y 161 del Código de Familia. Se
declara con lugar el presente proceso de Declaratoria de Abandono con fines de
adopción y depósito judicial, incoado por el Patronato Nacional de la Infancia
representado por la Licenciada Dinia María Marín Vega; y se falla de la
siguiente manera: 1) Se acoge la presente demanda incoada contra los señores
Yendry Vanessa Sirias Jiménez y Carlos Céspedes Ruiz, en consecuencia, se
declara el estado de abandono de las personas menores de edad Jeremy Andrey
Céspedes Sirias, Brithany Sofía Céspedes Sirias, y Johander Gerardo Céspedes
Sirias, en vista de que los menores se hallaban en riesgo social, se da por
terminada la patria potestad de los señores Sirias Jiménez y Céspedes Ruiz , en
relación con las niños mencionadas, para efectos de adopción. 2) Asimismo se
acoge la presente demanda incoada contra los señores Yendry Vanessa Sirias
Jiménez y Breyner Antonio Rosales Hurtado en consecuencia, se declara el estado
de abandono a la persona menor de edad Mariangel Rosales Sirias, en vista de
que la menor se hallaba en riesgo social, se da por terminada la patria
potestad de los señores Sirias Jiménez y Rosales Hurtado, en relación con la
niña mencionada, para efectos de adopción. 3) En este mismo orden, se acoge la
presente demanda incoada contra la señora Yendry Vanessa Sirias Jiménez, en
consecuencia, se declara el estado de abandono a la persona menor de edad
Justin Antonio Rosales Sirias, en vista de que él menor se hallaba en riesgo social,
se da por terminada la patria potestad de la señora Sirias Jiménez, en relación
con él niño mencionado. 4) Al señor Breyner Antonio Rosales Hurtado, se le
mantienen los atributos de patria potestad respecto a su hijo Justin Antonio
Rosales Sirias. 5) De conformidad con lo expuesto y haciendo prevalecer el
interés superior de la persona menor de edad, se deposita a la persona menor de
edad Justin Antonio Rosales Sirias, en la guardadora Roxana Sirias Jiménez. Se
deposita a la persona menor de edad Johander Céspedes Sirias, en los
guardadores los señores Héctor Prada Gómez y Ruth Mejía Tous. Se deposita a la
persona menor de edad Jeremy Andrey Céspedes Sirias, en los guardadores los
señores Jesús María Ureña Mena y Angélica Escalante Espinoza. Se deposita a la
persona menor de edad Marianel Rosales Sirias, en los guardadores los señores
Luis Ariel Ballestero Cabezas y Mónica Rebeca Vargas Vindas. Y se deposita a la
menor de edad Brithany Sofía Céspedes Sirias, en los guardadores los señores
Manuel Eduardo Hidalgo Sibaja y Viviana Avalos Céspedes. 6) A todos los
guardadores se les previene que deberán apersonarse dentro del tercero día a
aceptar el cargo de depositarios judiciales de las personas menores de edad
mencionadas según corresponde. 7) Inscríbase en el Registro Civil, Sección de
Nacimientos de la provincia de Guanacaste: del menor Johander Gerardo, al tomo:
cuatrocientos noventa y uno, pagina: ciento cuarenta y seis y asiento:
doscientos noventa y dos; de la menor Brithany Sofía, al tomo: cuatrocientos
ochenta y cuatro, pagina: ciento sesenta y seis y asiento: trescientos treinta
y dos; de la menor Mariangel al tomo: cuatrocientos cincuenta y cinco, pagina:
treinta y cuatro y asiento: sesenta y ocho; del menor Justin Antonio al tomo:
cuatrocientos cuarenta y siete, pagina: ciento veinte y asiento: doscientos
cuarenta y del menor Jeremy Andrey al tomo: quinientos cuatro, pagina: nueve y
asiento diecisiete. Notifíquese esta sentencia al accionado Carlos Céspedes
Ruiz, por medio de un edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial, notifíquese además a su curadora procesal, en este mismo orden
notifíquese a la Yendry Vanessa Sirias Jiménez, en la siguiente dirección:
Cañas, Las Palmas, 400 metros oeste y 100 metros norte de la Iglesia Católica,
y al accionado Breyner Antonio Rosales Hurtado, en la siguiente dirección:
Cañas, Barrio El Castillo, contiguo a pizzería El Castillo, casa color blanco
con negro. Se falla sin especial condenatoria en costas. Notifíquese. Licda.
Pamela Zúñiga Alemán, Jueza. Exp. N° 13-400145-0928-FA (148-1-2013)-A. Proceso
Declaratoria de Abandono con Fines de Adopción, Actor: Patronato Nacional de
Infancia, Demandados: Yendry Vanessa Sirias Jiménez, Carlos Céspedes Ruiz y
Breyner Antonio Rosales Hurtado.—Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste,
5 de agosto del 2015.—Lic. Dorian Pamela Zúñiga Alemán, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2015050698).
Se cita y emplaza a todas las personas que
tuvieren interés en el depósito del menor Leslie Angelina Matarrita Mendoza,
para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se
contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°
14-000002-0869-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 22 de julio del año
2015.—Msc. Berta Lidieth Araya Porras, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2015050700).
Han comparecido ante este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil, los contrayentes: Randy de Jesús Guillén
Artavia, mayor de edad, soltero, mecánico automotriz, cédula de identidad Nº
0304750023, vecino de Guadalupe de Cartago, 200 metros al sur del Restaurante
Pez Dorado, Urbanización La Joya, casa color naranja con portones cafés, hijo
de María Auxiliadora Artavia Aguilar y Adrián Guillén Vásquez, nacido en
Cartago, el 28 de noviembre de 1993, con 21 años de edad; y Stephanie María
Alvarado Campos, mayor de edad, soltera, estudiante, cédula de identidad Nº 0304860332,
vecina de Guadalupe de Cartago, 200 metros al sur del Restaurante Pez Dorado,
Urbanización La Joya, casa color naranja con portones cafés, hija de Maricela
Campos Cerdas y José Enrique Alvarado Garita, nacida en Cartago, el 26 de abril
de 1995, actualmente con 19 años de edad. Tenemos un hijo en común: Maykel de
Jesús Guillén Alvarado, de año y cinco meses. Si alguna persona tuviere
conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se
lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho
días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio).
Expediente Nº 15-000941-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 24 de
abril del 2015.—Lic. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015049746).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil, los señores: Álvaro Ulloa Vega, mayor, viudo, cédula
de identidad número uno-doscientos noventa-seiscientos setenta y siete,
agricultor, vecino de entrada a Rivel, Platanillo, Turrialba, casa mixta, color
blanca, hijo de Ovidio Ulloa Mora y Sofía Vega Vindas, nacido en San Pablo de
León Cortés, el veintiuno de abril de mil novecientos cuarenta y uno, con
setenta y cuatro años de edad; y Flor María Fernández Madriz, mayor, viuda,
cédula de identidad número tres-doscientos cuatro-trescientos cincuenta y ocho,
ama de casa, vecina de entrada a Rivel, Platanillo, Turrialba, casa mixta,
color blanca, hija de Rafael Fernández Quirós y Amable Madriz Coto, nacida en
Cachí, Paraíso, Cartago, el veintitrés de marzo de mil novecientos cincuenta y
cuatro, actualmente con sesenta y un años de edad. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 15-000322-0675-FA-I.—Juzgado
de Familia de Turrialba, 04 de agosto del 2015.—Msc. Gisela Salazar
Rosales, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015049757).
Han comparecido a este Despacho, solicitando
contraer matrimonio civil: Esteban Alonso Gómez Vargas, mayor, soltero,
constructor, cédula de identidad Nº 0303730099, vecino de Turrialba, Carmen
Lyra, por el abastecedor Súper Carmen Lyra, tercer casa, casa Nº 432, hijo de Rafael
Amado Gómez Córdoba y Luz Marina Vargas Brenes, nacido en centro, Turrialba,
Cartago, el 24 de marzo de 1981, con 34 años de edad; y Lucía Alejandra Solano
Morales, mayor, ama de casa, soltera, cédula de identidad Nº 0303420422, vecina
de Turrialba, Carmen Lyra, por el abastecedor Súper Carmen Lyra, tercer casa,
casa Nº 432, hija de Luis Eduardo Solano Solano y María Cecilia Morales García,
nacida en centro, Turrialba, Cartago, el 09 de mayo de 1976, actualmente con 39
años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para
que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este
Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto.
Expediente Nº 15-000323-0675-FA-DM1.—Juzgado de Familia de Turrialba, 04
de agosto del 2015.—Lic. Elmer Rojas Aguilar, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015049758).
Han comparecido ante este juzgado,
solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes el señor: José Luis
Azofeifa Madrigal, mayor, estado civil soltero, profesión chofer de taxi,
cédula de identidad Nº 6-0267-220, vecino de Santa Cruz de San Isidro de
Heredia, de la escuela 150 metros al norte, hijo de Rafael Azofeifa Azofeifa y
Guillermina del Carmen Madrigal Artavia, nacido en Puntarenas, el quince de febrero
de mil novecientos setenta y cinco, con 40 años de edad; y Marzeneth Villalobos
Fonseca, mayor, estado civil soltera, profesión labora en la cocina del hogar
para Adulto Mayor de San Josecito de San Isidro de Heredia, cédula de identidad
Nº 4-156-0058, vecina de Santa Cruz de San Isidro de Heredia, de la escuela 150
metros al norte, hija de Luis Fernando Villalobos Bolaños e Ilse María Fonseca
Chaves, nacida en Heredia, el catorce de agosto de mil novecientos setenta y
dos, actualmente con 42 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de
que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo,
deberá manifestarlo ante este Despacho, dentro del término de ocho días
contados a partir de la publicación del edicto. Expediente Nº
15-001411-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 23 de julio del
2015.—Lic. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015049767).
Han comparecido ante este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil, los contrayentes: Gonzalo Francisco
Meneses Arroyo, mayor, costarricense, soltero, comerciante, portador de la
cédula de identidad Nº 01-1434-0489, vecino de San José, Goicoechea, Purral,
Barrio La Nena, hijo de Carlos Alberto Meneses Rojas y de Kattia Maritza Arroyo
Rodríguez, nacido en Carmen, Central, San José, el 08 de agosto de 1990,
actualmente con 24 años de edad; y Kattia Maydalin Araya Picado, mayor,
costarricense, soltera, ama de casa, portadora de la cédula de identidad Nº
01-1653-0592, vecina de San José, Goicoechea, Purral, Barrio La Nena, hija de
Rafael Guillermo Araya Paniagua y de Guiselle Patricia Picado Aguilar, nacida
en Carmen, Central, San José, el 05 de mayo de 1990, actualmente con 25 años de
edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento
legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este
Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación
del edicto. (Solicitud de matrimonio). Expediente Nº 15-001758-0165-FA.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 03 de agosto del
2015.—Lic. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015049768).
José Alberto Gómez Gómez, mayor de 58 años,
divorciado, policía, de nacionalidad costarricense, nacido el 09 de abril de
1957, vecino de Piedades de Puriscal, de la Escuela de Piedades, 100 metros
oeste y 75 metros norte, cédula de identidad número cinco-ciento sesenta y
siete quinientos cuarenta y cinco, no tengo ningún tipo de discapacidad física
o mental; hijo de Albertina Gómez Gómez, costarricense y María Lorena Quirós
Valverde, mayor, de 52 años de edad, divorciada, costurera, de nacionalidad
costarricense, nacida el veinticuatro de mayo de mil novecientos sesenta y
tres, vecina de Piedades de Puriscal, de la Escuela de Piedades, 100 metros
oeste y 75 metros norte, cédula de identidad número uno seiscientos
ocho-doscientos treinta y dos, no tengo ningún tipo de discapacidad física o
mental; hija de Enrique Zoraida Valverde Núñez y Célimo Quirós Picado, ambos
costarricenses, han comparecido ante este Juzgado, solicitando contraer
matrimonio civil. Si alguna persona conoce impedimento para que se realice este
matrimonio deberá hacerlo saber a este Despacho, dentro de los ocho días
siguientes a la publicación de este Edicto. Expediente N° 15-400176-0197-FA.—Juzgado
Civil, de Trabajo y Familia de Puriscal, Santiago, 06 de julio del
2015.—Licda. Milena Peña Salas, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015050094).
Han comparecido ante este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Richard Alexander Alfaro
Vargas, mayor, soltero, empacador, cédula de identidad número 0111960754,
vecino de Alajuela, hijo de Marco Tulio Alfaro Soto y Noemy Vargas Artavia,
ambos costarricenses, nacido en Hospital Central San José, el 15/02/1984, con
31 años de edad, y Jenifer Yahaira Montiel González, mayor, soltera, ama de
casa, cédula de identidad número 0207240481, vecina de la misma dirección, hija
de Rosalio Montiel González, de nacionalidad nicaragüense y Rosa María González
Zúñiga, de nacionalidad costarricense, nacida en Pocosol, San Carlos, Alajuela,
el 16/04/1991, actualmente con 24 años de edad, juntos han procreado a Hillary
Daniela Alfaro Montiel. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe
algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá
manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a
partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. N°
15-000599-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 31 de julio del 2015.—MSc.
Johanna Escobar Vega, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015050341).
Han comparecido ante este Juzgado de Familia
de Heredia, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes el señor
José Miguel Mesén Calderón, mayor, estado civil soltero, profesión comerciante,
cédula de identidad número 5-391-879, vecino de Puente Salas, Barva de Heredia,
del Super Corner, 100 metros al norte y 300 al noreste, hijo de Arnulfo Mesén
Jiménez y Rosa María Calderón Trejos, nacido en Guanacaste el diesiciete de
febrero de mil novecientos ochenta y nueve, con 26 años de edad, y Lizeth
Teodolinda Aragón Gómez, mayor, estado civil divorciada, profesión ama de casa,
cédula de identidad número 4-169-179, vecina de Puente Salas, Barva de Heredia,
del Super Corner, 100 metros al norte y 300 al noreste, hija de Emilio Aragón
Palacios y Ana Isabel Gómez Alfaro, nacida en Heredia el dieciséis de enero de
mil novecientos setenta y nueve, actualmente con 36 años de edad. Si alguna
persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que
dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho Juzgado
de Familia de Heredia, dentro del término de ocho días contados a partir de la
publicación del edicto. Expediente. N° 15-001420-0364-FA.—Juzgado de Familia
de Heredia, 28 de julio del 2015.—Msc. Felicia Quesada Zúñiga, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015050343).
Han comparecido ante este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil, los contrayentes Abdiel James Carranza,
mayor, soltero, administrador, cédula de identidad número 06-0367-0753, vecino
de Alajuela, 50 sur de antigua Jabonería San Vicente, de Pueblo Nuevo, hijo de
Roberto James Araya y Rosa Ginette Carranza Azofeifa, ambos de nacionalidad
costarricense, nacido en Corredores, Corredores, Puntarenas, el 10 de noviembre
de 1987, con 27 años de edad y Keilyn Mayela Vargas Gamboa mayor, soltera,
secretaria ejecutiva, cédula de identidad número 02-0648-0407, vecina de
Alajuela, 50 sur de antigua Jabonería San Vicente, de Pueblo Nuevo, hija de
Douglas Vargas Araya y Maribel Gamboa Vallejos, ambos de nacionalidad
costarricense, nacida en Centro Central Alajuela, el 16 de julio de 1988,
actualmente con 27 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que
exista algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá
manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a
partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. N°
15-001425-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito de Alajuela, 28 de julio de 2015.—Msc. Patricia Vega
Jenkins, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015050344).
Han comparecido ante este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Mauricio Antonio Cabrera
Ruiz, mayor, soltero, operario, cédula de identidad número 05-405-815, vecino
de Alajuela, El Roble, Urbanización Villa Elia, Apartamentos Mena, número 4,
teléfono 6028-0303, hijo de Félix Antonio Cabrera Venegas de nacionalidad
costarricense y Petrona Ruiz Obando de nacionalidad costarricense, nacido en
Guanacaste, el 28 de diciembre de 1987, con 27 años de edad, y María de los
Ángeles De la O Rodríguez, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad
número 1-1490-705, vecina de Alajuela, El Roble, Urbanización Villa Elia, Apartamentos
Mena, número 4, teléfono 7108-7315, hija de Gregorio De la O Moreno de
nacionalidad costarricense y Gertrudis Rodríguez Miranda de nacionalidad
costarricense, nacida en San José, el 03 de febrero de 1992, actualmente con 23
años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún
impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo
ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la
publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. N° 15-001432-0292-FA.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, 28 de julio del 2015.—Licda. Luz Amelia Ramírez Garita,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015050345).
Han comparecido ante este Juzgado de Familia
de Heredia, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes el señor
Esteban Ruiz López, mayor, estado civil soltero, profesión proveedor, cédula de
identidad número 1-1321-0034, vecino de Heredia Centro, Urbanización La Nidia,
casa de dos plantas, color marrón, hijo de Eduardo Ruiz Díaz y Floribeth López
Castro, nacido en San José el trece de junio de mil novecientos ochenta y
siete, con 28 años de edad, y María Fernanda Paniagua Méndez, mayor, estado
civil soltera, profesión ama de casa, cédula de identidad número 4-0200-0424,
vecina de Concepción de San Rafael de Heredia, de la Iglesia Católica, 100
metros al oeste y 75 metros al sur, hija de Juan Manuel Paniagua Calderón y
Floribeth Méndez Zúñiga, nacida en Heredia el veintidós de noviembre de mil
novecientos ochenta y ocho, actualmente con 26 años de edad. Si alguna persona
tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho
matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho Juzgado de
Familia de Heredia, dentro del término de ocho días contados a partir de la
publicación del edicto. Expediente. N° 15-001447-0364-FA.—Juzgado de Familia
de Heredia, 29 de julio del 2015.—Msc. Felicia Quesada Zúñiga, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015050346).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil Michael Francisco Torres Molina, mayor, soltero,
agente de ventas, cédula de identidad número 2-591-434, vecino de San Rafael de
Alajuela, hijo de Virgilio Torres Arias y Doris Molina Quirós ambos
costarricenses, nacido en Grecia, Alajuela, el 20/12/1983, con 31 años de edad,
y Joselyn Viviana Vargas Elizondo, mayor, soltera, ama de casa, cédula de
identidad número 2-728-074, vecina de San Rafael de Alajuela, hija de Alexander
Vargas Gómez y Vilma Elizondo Sánchez ambos costarricenses, nacida en Alajuela,
el 28/07/1994, actualmente con 21 años de edad, quien actualmente no se
encuentra en estado de gravidez, y ambos indican tener un hijo en común de
nombre Josstin Mathias Torres Vargas (aportan certificación de nacimiento). Si
alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio
se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de
los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº
15-001470-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 3 de agosto del 2015.—Lic.
Manuel Loría Corrales, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015050347).
Han comparecido ante este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Nelson Alvarado Morales,
mayor, costarricense, soltero, electricista, cédula de identidad número
0303640192, vecino de Paraíso de Cartago, de los Bomberos 500 m al este 25 m al
sur, quinta casa a mano izquierda, hijo de Arnoldo Alvarado Sánchez y Nidia
Morales Meza, nacido en Oriental Central Cartago, el treinta de enero de mil
novecientos ochenta, con 35 años de edad, y Lorena Vargas Serrano, mayor,
costarricense, soltera, secretaria, cédula de identidad número 0304050552,
vecina de la misma dirección que el anterior, hija de Guillermo Vargas Elizondo
y Virginia Serrano Mena, nacida en Oriental Central Cartago , el veintidós de
setiembre de mil novecientos ochenta y cinco, actualmente con 29 años de edad.
Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal
para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este
Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación
del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. N° 15-001832-0338-FA.—Juzgado
de Familia de Cartago, 7 de agosto del 2015.—Licda.
Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015050349).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil, Alexander Alberto Gómez Madriz, mayor, divorciado,
agente de ventas, cédula de identidad número 0304000859, vecino de Cartago, Los
Ángeles, Residencial González Angulo, segunda etapa del Salón Comunal del INVU
200 m sur y 75 m este casa número 58, hijo de María del Pilar Madriz González y
Rafael Alberto Gómez Cedeño, nacido en Oriental Central Cartago, el 19/02/1985,
con 30 años de edad actualmente, y María Carolina Ulloa Rodríguez, mayor,
divorciada, ama de casa, cédula de identidad número 0304440082, vecina de
Tejar, del Residencial El Silo 100 m sur y 25 m este, hija de María Jovita
Rodríguez Aguilar y Marvin Gerardo Ulloa Solano, nacida en Oriental Central
Cartago, el 23/03/1990, actualmente con 25 años de edad. Si alguna persona
tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice,
está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 15-001833-0338-FA.—Juzgado
de Familia de Cartago, 7 de agosto del 2015.—Licda.
Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015050352).
Han comparecido ante este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Jason Eduardo Vega
Guzmán, soltero, costarricense, veintiún años de edad, nacido en San José el
veintinueve de octubre de mil novecientos noventa y tres, vendedor, cédula de
identidad número uno-mil quinientos cincuenta y dos-trescientos treinta y
siete; vecino de Concepción Abajo de Alajuelita, cien metros norte de la
Guardia Rural, casa a mano izquierda de dos plantas, hijo Kathya Vega Guzmán,
costarricense y la señora, Jalicsa Fabiola Chinchilla Ríos, mayor, costarricense,
estudiante, veinte años de edad, nacida en San José el diecinueve de octubre de
mil novecientos noventa y cuatro, soltera, cédula de identidad número uno-mil
quinientos ochenta y seis-cero cero cuarenta y siete; vecina de la misma
dirección del primer compareciente, hija de Carlos Chinchilla Castro y Cindy
Ríos Sánchez, ambos costarricenses y manifiestan, si alguna persona tuviere
conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se
lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho
días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio).
Expediente N° 2015-400391-0216-FA.—Juzgado de Familia de
Hatillo, 02 de julio del año 2015.—Licda. Alinne Solano Ramírez,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015050355).
Juan Damián Brilla Ramírez, Juez del Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido
a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil el señor Dany Marcel
Castillo López, mayor, soltero, gondolero, portador de la cédula de identidad
número 1 1645 0732, vecino de Milano de Germania, Siquirres, hijo de Mainor
Castillo Brenes y Yadira López Ocampo, nacido en el Carmen Central San José, el
día veintiocho de junio de mil novecientos noventa seis con 18 años de edad,
teléfono 60178970, y la señora Ester Yuliana Jarquín Villalobos, mayor,
soltera, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número 702290622,
vecina de Milano de Germania, Siquirres, hija de Gregorio Jarquín Jarquín y Anita
Irma Villalobos López, nacida en Hospital de Guápiles, Pococí, Limón, el día
seis de agosto de mil novecientos noventa y cuatro, actualmente con 21 años de
edad, teléfono 62652303. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Exp. Nº 15-000197-1307-FA.—Juzgado de Familia
del Segundo Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, veintiséis de mayo del dos mil quince.—Lic. Juan Damián Brilla
Ramírez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015050369).
Han comparecido a este despacho los señores
Jonathan Gerardo Guevara Espinoza, mayor, cédula de identidad 6-350-743, hijo
de: Gerardo Guevara Guevara y María Cecilia Espinoza Rodríguez y la señora
Susana de los Ángeles Serrano Mena, mayor, cédula de identidad 6-356-522, hija
de: José Alberto Serrano Ramírez y Mariana Mena Vallejos. Seguidamente los
contrayentes manifiestan: Que es nuestra voluntad de contraer Matrimonio Civil
ante sus oficios, ya que tenemos cuatro años de convivir, para lo cual nos
permitimos presentar los documentos exigidos por Ley. Para que declaren sobre
nuestra aptitud legal de contraer Matrimonio Civil, indicamos a los siguientes
testigos: Jeannette Araya Ortiz y Wilberth Andrés Ortega Mena. Expediente N°
15-000775-1146-FA-3. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento
para que este Matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo a
este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este
Edicto.—Juzgado de Familia de Puntarenas, 3 de agosto del 2015.—Lic.
Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2015050650).
Han comparecido ante este Despacho,
solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Dionisio Fernando
Murillo Meneses, mayor de edad, soltero, agente de ventas, cédula de identidad
número 0304450598, vecino de Agua Caliente de Cartago, Cocorí, frente a la
plaza de deportes casa color verde de una planta con verjas blancas, hijo de Gabriela
Edith Meneses Abarca y Luis Fernando Murillo Herrera, nacido en Cartago, el
06/06/1990, con 25 años de edad, y Karol Priscilla Soto Araya, mayor de edad,
soltera, asistente de salud, cédula de identidad número 0113100934, vecina de
Tres Ríos, La Unión, Residencial La Antigua, casa 405 de portones negros, hija
de Flor Alicia Araya Chaves y José Alfredo Soto Barrantes, nacida en San José,
el 26/03/1987, actualmente con 28 años de edad. Si alguna persona tuviere
conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se
lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho
días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio)
Exp. N° 15-001801-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 3 de agosto
del año 2015.—Lic. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2015050658).
Han comparecido ante este Despacho,
solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Huberth Gerardo Martínez
Marín, mayor de edad, soltero, mecánico industrial, cédula de identidad número
0114160912, vecino de Agua Caliente de Cartago, 100 metros oeste de la Liga de
la Caña, Condominios Las Veredas, última alameda, hijo de Kattya Marín Soto y
Daniel Martínez Mata, nacido en San José, el 3 de febrero de 1990, con 25 años
de edad, y Alejandra Marcela Salazar Rodríguez, menor de edad, soltera,
estudiante, cédula de identidad número 0305060016, vecina de Cartago, La
Chinchilla, del Restaurante Mi Tierra 400 metros al noreste, casa de dos
plantas con verjas blancas, hija de Erika Rodríguez Zúñiga y Santiago Salazar
Navarro, nacida en Cartago, el 26 de octubre de 1997, actualmente con 17 años
de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento
legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este
Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación
del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp. N° 15-001804-0338-FA.—Juzgado de
Familia de Cartago, 4 de agosto del año 2015.—Lic. Patricia Cordero García,
Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2015050660).
Han comparecido ante este Despacho,
solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Glen Eduardo Flores
Cerdas, mayor de edad, divorciado, oficial de la fuerza pública, cédula de
identidad número 0303700647, vecino de Cartago, San Blas, 50 metros oeste del
Antiguo Bar Énfasis, casa de una planta color terracota con verjas negras, hijo
de María Eugenia Cerdas Solano y Bernal Flores Loaiza, nacido en Cartago, el 22
de diciembre de 1980, con 34 años de edad, e Ivannia Marcela Segura Jiménez,
mayor de edad, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0304170818,
vecina de Cartago, San Blas, 50 metros oeste del Antiguo Bar Énfasis, casa de
una planta color terracota con verjas negras, hija de María del Rocío Jiménez
Sánchez y Adrián Segura Coto, nacida en Cartago, el 18 de febrero de 1987,
actualmente con 28 años de edad. Tenemos una hija en común de nombre Glenda
Yuliana Flores Segura de dos años de edad. Si alguna persona tuviere
conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se
lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho
días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio)
Exp. N° 15-001805-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 4 de agosto
del año 2015.—Lic. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2015050661).
Han comparecido ante este Despacho,
solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Pablo Andrés Salazar
Quirós, menor de edad, soltero, agricultor, cédula de identidad número
0116960762, vecino de Cartago, La Angelina, 3 kilómetros al norte de los
Tanques de Recope, Carretera a Llano Grande, antes de la Escuela en la entrada
a mano derecha calle de lastre, casa color amarillo de dos plantas, hijo de
Sirleny Yesenia Quirós Vargas c.c. Shirley Quirós Vargas y Roberto Salazar
Rodríguez, nacido en San José, el 28 de noviembre de 1997, con 17 años de edad,
y Franciny Jacqueline Flores Hidalgo, menor de edad, soltera, ama de casa,
cédula de identidad número 0305250192, vecina de Cartago, La Angelina, 3
kilómetros al norte de los Tanques de Recope, Carretera a Llano Grande, antes
de la Escuela en la entrada a mano derecha calle de lastre, casa color amarillo
de dos plantas, hija de Noemy Hidalgo Ramírez c.c. Xinia María Hidalgo Quirós y
Francisco del Carmen Flores Mora, nacida en Cartago, el 31 de mayo de 2000,
actualmente con 15 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que
existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo,
deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados
a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. N°
15-001809-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 4 de agosto del año
2015.—Lic. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2015050673).
Han comparecido ante este Despacho,
solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Juan Gabriel Begnozzi
Acuña, mayor de edad, divorciado, comerciante, cédula de identidad número
0111270956, vecino de Guadalupe de San José, Montelimar, detrás del Mall
Dorado, casa color marrón con verjas negras de una planta a mano derecha, hijo
de Sandra María Acuña Ballestero y Álvaro Begnozzi Mora, nacido en San José, el
26 de enero de 1982, con 33 años de edad, y Melissa de los Ángeles Barrantes
Ramírez, mayor de edad, soltera, comerciante, cédula de identidad número
0304630061, vecina de Cartago, Quircot,100 metros al sur y 75 metros este de la
Iglesia Colonial casa color rosado con verjas blancas de una planta, hija de
Elsa María Ramírez Picado y Otto Enrique Barrantes Rivera, nacida en Cartago,
el 2 de mayo de 1992, actualmente con 23 años de edad. Si alguna persona
tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho
matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del
término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud
de Matrimonio) Exp. N° 15-001821-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago,
5 de agosto del año 2015.—Lic. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2015050675).
Han comparecido ante este Despacho,
solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Eddy Guillermo Loría
Pérez, mayor de edad, soltero, mercaderista, cédula de identidad número
0109950281,vecino de San Rafael de Oreamuno, Cartago, 600 metros al norte de la
Plaza de Deportes Barrio San Francisco, en la primera entrada a mano derecha
casa color amarillo de dos plantas sin verjas, hijo de Guillermo Loría
Hernández y Digna Odilia Pérez Arias, nacido en San José, el 25 de febrero de
1978, con 37 años de edad, y Hazel Melissa Pacheco Arrieta, mayor de edad,
soltera, encargada de tienda, cédula de identidad número 0111940017, vecina de
San Rafael de Oreamuno, Cartago, 600 metros al norte de la Plaza de Deportes
Barrio San Francisco en la primera entrada a mano derecha casa color amarillo
de dos plantas sin verjas, hija de Lorena Arrieta Martínez y José Pacheco
Granados, nacida en San José, el 14 de diciembre de 1983, actualmente con 31
años de edad. Tenemos dos hijas de común de nombres Edianny Fiorella de siete
años de edad y Danna Sofía de año y dos meses de edad ambas Loría Pacheco. Si
alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para
que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho
dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto.
(Solicitud de Matrimonio) Exp. N° 15-001823-0338-FA.—Juzgado de Familia de
Cartago, 5 de agosto del año 2015.—Lic. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2015050677).
Adrián Sevilla Albonico, mayor,
de veintitrés años de edad, soltero, estudiante, costarricense, cédula de
identidad 1-1488-0621, vecino de Heredia, Lagunilla y Valerie Zúñiga Campos,
mayor de veinte años de edad, soltera, agente vendedora, costarricense, cédula
de identidad 1-1579-0701 y vecina de Escazú, solicitan a este Despacho la
celebración de su matrimonio civil. Se publica este edicto para efecto del
capítulo IV del Código de Familia. Matrimonio civil N° 15-100128-0917-CI (139-2015)
de Adrián Sevilla Albonico y Valerie Zúñiga Campos.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de
Escazú, 6 de agosto del 2015.—Lic. Alexander Solano Pérez, Juez.—1
vez.—(IN2015051464).
Ante esta notaría comparecen las
siguientes parejas: a) Carlos Gerardo Marín Zúñiga, divorciado de primeras
nupcias, de cédula 900230797 y Vera Violeta Gómez Calderón, viuda de primeras
nupcias, de cédula 302510689; ambos mayores, costarricenses, empresarios y
vecinos de Cartago. b) Jesvin Rocha Vargas divorciado de primeras nupcias,
Técnico en Telecomunicaciones, de cédula 10891560; y Jacqueline de Los Ángeles
Alfaro Dobles, divorciada de segundas nupcias, empresaria, de cédula 107720472,
ambos costarricenses, mayores, vecinos de San José, Goicoechea. c) Manuel de Jesús
Ajon Rodríguez, divorciado de primeras nupcias, Ingeniero Informático, de
cédula 109350866, y Thelma Judith Solano Vargas, soltera, Mercadóloga, de
cédula 110520558; ambos mayores, costarricenses y vecinos de San José, San
Rafael de Montes de Oca. Quienes manifiestan su libertad de estado y me
expresan su deseo de casarse. Se otorga el plazo de 8 días a partir de esta
publicación para quienes deseen manifestar su oposición al fax 2290-6252 —Lic.
Jaimie Pamela Pardo Mora, Notario.—1 vez.—(IN2015052870).
Se hace saber que ante el
Notario Público Max Chinchilla Fernández con oficina en Cartago, 300 metros
oeste de la plaza de deportes de Taras, Bufete Visión de Justicia, han
comparecido los señores Jurgen Lansberry Gómez Jiménez, mayor de edad, soltero,
Comerciante, de veinte años de edad, vecino de Cartago, Cartago, San Nicolás,
Quircot, de la institución pública conocida “CECUDI” cien metros al norte y
cien metros al oeste, Urbanización El Atardecer, casa color celeste con portón
negro, titular de la cédula de identidad número siete-doscientos
veintinueve-novecientos cuarenta y ocho, quien manifiesta ser hijo de María
Elena Gómez Jiménez, de nacionalidad costarricense y la señora Amanda Sofía
Campos Romero, mayor de edad, soltera, Enfermera, veintiún años de edad, vecina
de Cartago, Cartago, San Nicolás, Taras, del negocio comercial denominado
Ferretería La Trinidad, trescientos metros al oeste y cincuenta metros al
norte, titular de la cédula de identidad número uno-mil quinientos cuarenta y
seis-quinientos veintisiete, quien manifiesta ser hija de Sergio Campos Guzmán
.y Lisbeth Romero Mora; han comparecido ante esta notaría a efecto de celebrar
matrimonio civil conforme a nuestra legislación. En virtud de ello y en
cumplimiento del artículo 25 del Código de Familia, se ordena la publicación de
este edicto en aras de que si existe alguna oposición a la unión solicitada los
interesados lo hagan saber dentro del plazo de ocho días naturales después de
la publicación de este edicto ante la notaría del Licenciado Max Chinchilla
Fernández.—Cartago, 20 de agosto del 2015.—Lic. Max Chinchilla Fernández,
Notario.—1 vez.—(IN2015052887).
A las dieciséis horas y
dos minutos del seis de agosto de dos mil quince, José Elidier Rojas Corrales
del Tribunal del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a Juan
Valverde Gamboa, cédula o documento de identidad 1-569-121, se le hace saber
que en la Investigación Penal bajo la Sumaria Número 10-201017-0486-PE, seguida
en contra de Jason Valverde Ritt, por el delito de Robo Agravado, cometido en
perjuicio de Aracelly Sandí Carranza, se encuentra la resolución que
literalmente dice: se ordena publicar. Tribunal del Segundo Circuito Judicial
de la Zona Atlántica, al ser las siete horas y veinticinco minutos del cuatro
de agosto de dos mil quince. Mediante resolución de las once horas veintidós
minutos del diez de junio del dos mil quince se le previene al fiador Juan
Valverde Gamboa presentar a su fiado Jason Valverde, sin embargo, según
respuesta de la Unidad de Citación de San José, visibles a folios 134 y 139, no
es habido en el domicilio aportado a los autos, por lo anterior se ordena
notificar mediante los edictos de ley y de conformidad con la Ley de
Notificaciones Judiciales 8687, caso contrario y cumplido el término de ley
posterior a la publicación de conformidad con la Ley N° 6106 de Distribución de
bienes confiscados o caídos en comiso, se ordena el Comiso del dinero a favor
del estado por considerarse bienes caídos en abandono. Lic. José Elidier Rojas
Corrales, Juez Tramitador. Se ordena notificar por edicto, por tres veces
consecutivas, la resolución de las siete horas y veinticinco minutos del cuatro
de agosto del dos mil quince.—Tribunal del Segundo Circuito Judicial de la
Zona Atlántica.—Lic. José Elidier Rojas Corrales,
Juez.—Exento.—(IN2015050680).
3.
v.1.
Fiscalía Adjunta de Heredia, al ser las ocho
horas con treinta minutos del día lunes dieciocho de mayo del año dos mil
quince. De conformidad con el artículo 113, 115 del Código Procesal Penal, se
le da traslado de la presente Acción Civil Resarcitoria al Codemandado Civil:
Eliam Alberto Salazar Vega, con número de identificación 06-227-720, en su
calidad de tercero civil demandado, por el término de tres días hábiles, para
lo que en derecho corresponda, por medio de edicto que se publicará sólo por
una vez en el Boletín Judicial. Expediente 12-003546-0369-PE, proceso
penal seguido contra Chistopher Segura Loría, por el delito de lesiones
culposas, cometido en perjuicio de Maribel Solís Valverde. Comuníquese.—Fiscalía
Adjunta de Heredia.—Lic. María Granados García, Fiscal Auxiliar.—1
vez.—Exento.—(IN2015050683).