BOLETÍN
JUDICIAL N° 44 DEL 3 DE MARZO
DEL 2016
JUZGADO NOTARIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Convocatorias
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos Matrimoniales
HACE SABER
A: Raquel Núñez González, mayor,
notaria pública, cédula de identidad número
4-164-0379, de demás calidades ignoradas; que en proceso disciplinario notarial
número 15-000375-1126-FC establecido en su contra por Álvaro Mauricio Barrios
Quesada, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado
Notarial, A las once horas y doce minutos del veintiuno de julio de dos mil
quince. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de
Álvaro Mauricio Barrios Quesada contra Raquel María Núñez González, a quien se
confiere traslado por el plazo de ocho días; dentro de ese plazo debe informar
respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime
de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene
como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo
señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba
que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo
citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo
electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no
lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s)
señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le
tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro
horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como
máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o
iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa,
cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad
la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de
correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la
Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar
instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte,
que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio
autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en
estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas
respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace
saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta,
en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de
San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este
Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en
sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular
169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de
notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de
documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- “Se exhorta
a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente
posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”,
siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez.- Esta petición es
para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. “Asimismo, por
haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de
Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar
de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h)
Lugar de residencia.- De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial
y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte
denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa
de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que
si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio
registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por
cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona
denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u
oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada. Para
notificar a la notaria Núñez González, se ordena notificar en: Tibás, de la
rampa de cemento sobre la línea del tren, 75 metros oeste, casa a mano derecha
o bien, Tibás del estadio municipal 200 norte y 25 oeste, a través de la
Oficina de Comunicaciones del Segundo Circuito de San José. En caso de no ser
habido en esa dirección: en Heredia, Santa Lucía 250 este del salón comunal,
por medio de la Oficina de Comunicaciones de Heredia. Asimismo, se ordena
notificar a la Dirección Nacional de Notariado, mediante comisión dirigida a la
Oficina de Comunicaciones del Segundo Circuito Judicial de San José, en: San
Pedro Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Edificio SIGMA, quinto
piso. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en
un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al
funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; y en caso
de que se impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación con la
entrega de la cédula correspondiente a la persona encargada de regular la
entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones
Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero
del 2009). Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la
parte denunciada en el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, La
Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil. Conforme al numeral 153,
párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de
Servicios Registrales del Registro Nacional, para que certifique si la parte
denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita
copia literal certificada del poder en que así conste. Notifíquese.- Licda. Derling Talavera Polanco, Jueza. Juzgado Notarial, A las
ocho horas y cincuenta y uno minutos del nueve de diciembre de dos mil quince.
Solicitud de defensor público: Siendo fallidos los intentos por notificarle a
la notaria Raquel Núñez González, la resolución dictada a las once horas doce
minutos del veintiuno de julio de dos mil quince en las direcciones reportadas
en la Dirección Nacional de Notariado, el Colegio de Abogados y el último
domicilio registral reportado en el Registro Civil (ver folio 29, 33), y siendo
que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio
23), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del
Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución
así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en
el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al
denunciado(a) que los hechos que se le atribuyen son la aparente realización de
escritura número 99, de fecha 23 de noviembre 2014, donde se realizó el
traspaso de vehículo placas 592264, que al día de hoy no se ha realizado.
Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la
Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor
público al denunciado(a) Raquel Núñez González, cédula de identidad 4-164-0379.
Notifíquese.
San José, 9 de diciembre 2015
Licda.
Derling Talavera Polanco
Jueza.
1 vez.—Exonerado.—(IN2016008820).
A: Juan Antonio Madriz Arce,
mayor, notario público, cédula de identidad número 3-0297-0676, de demás
calidades ignoradas; que en proceso disciplinario notarial número
15-000516-0627-NO establecido en su contra por Alexander Rodríguez Porras, se
han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial, A las
nueve horas y veintidós minutos del seis de agosto de dos mil quince. Se tiene
por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Alexander Rodríguez
Porras contra Juan Antonio Madriz Arce y Carlos Morales Fallas, a quienes se
les confiere traslado por el plazo de ocho días, dentro de ese plazo deben
informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que
estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se
tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del
plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la
prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del
plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea:
Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que,
mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los)
medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten
se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de
veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera
simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios
distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma
expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será
esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico,
la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de
Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste
deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene
a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados
u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente
designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a
las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en
estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán
para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer
Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de
Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana
(artículos 58 y 59 de la citada Ley). En el caso de que la notificación de esta
resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena
permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia
encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada
a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47,
58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La
Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Asimismo, por haberlo así
dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del
Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se
le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo,
c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de
discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia.
Notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, personalmente o en su casa
de habitación, mediante cédula y copias de ley, lo cual se hará por medio de la
Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José
quienes podrán notificarle al notario Juan Antonio Madriz Arce en la dirección
reportada en la Dirección Nacional de Notariado en San José, calle 27 y 29,
avenida central N° 2773, en su defecto por medio de La Oficina de
Comunicaciones Judiciales de Cartago, quienes podrán notificarle en la
dirección reportada en el Registro Civil en Cartago Aguacaliente,
Urbanización Palo Alto, casa 23, por otro lado se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José, quienes
podrán notificarle al notario Carlos Josue Morales
Fallas, en la dirección reportada en la Dirección Nacional de Notariado en San
José, avenida central, calles 27 y 29, oficina número 2737, en su defecto por
medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial
de San José, quienes podrán notificarle en la dirección reportada en el
Registro Civil en San José, San Pedro de la Escuela Roosevelt 15 metros sur y
75 metros oeste. Tome nota la parte denunciada que, de conformidad con lo
dispuesto por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en voto
2010-8722, y por el Tribunal Disciplinario Notarial en votos 265-2012 y
70-2015, es obligación de los notarios que ejercen como tales el tener
actualizados sus datos personales en cuanto a las direcciones de oficina y
lugar para atender notificaciones. Así mismo, se ordena mediante comisión
notificar a la Dirección Nacional de Notariado a través de la Oficina de
Comunicaciones del Segundo Circuito de San José, en: San Pedro, costado oeste
del Mall San Pedro, edificio Sigma 5° piso. Debe tenerse en cuenta que si la
notificación es en la casa de habitación del denunciado la podrá recibir
cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o el mismo denunciado,
y que si la notificación es en el lugar de trabajo, debe ser entregada
únicamente al notario y nunca a otra persona, de conformidad con los artículos
153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones. Obténgase, por medio
de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en La Dirección
Nacional de Notariado y Registro Civil. De conformidad con el artículo 21 de la
Ley N° 8687, solicítese al Registro Civil informe sobre el domicilio registral
de la parte denunciada. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código
Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del
Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado
inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada
del poder en que así conste .Notifíquese. Licda. Derling
Edith Talavera Polanco, Jueza Tramitadora.- APC. y “ Juzgado Notarial.- A las
catorce horas y veintisiete minutos del cinco de enero de dos mil dieciséis.-
Siendo fallidos los intentos por notificarle al Licenciado Juan Antonio Madriz
Arce, la resolución dictada a las nueve horas y veintidós minutos del seis de
agosto de dos mil quince en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional
de Notariado y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil
(ver folio 4 y 4 vuelto), según actas de notificación visibles a folio 13 y 24,
y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas
(folio 16), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153
del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa
resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una
sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se
le hace saber al denunciado(a) que los hechos que se le atribuyen son: I. El
seis de febrero de dos mil quince, me presenté a firmar la escritura donde el
señor José Antonio Gómez Castellón, me vendió el vehículo placas TSJ 3917, ese
vehículo fue cambiado a las placas 390522, con las que actualmente circula. El
señor que me vendió ese vehículo, fue quien contactó a los notarios que
denuncio, sinceramente no se con cuál de los dos el realizó el trámite. La
escritura se otorgó bajo el número setenta y siete. Firmé ante una mujer de
nombre Ericka quien dijo ser abogada. Sin embargo no se cómo fue la contratación del servicio, pues en la
escritura que firmé aparece el nombre de dos notarios. He de indicar que quien
se encargó de contratar a un notario fue el señor José Antonio Gómez, yo no
conozco a ninguno de los dos notarios que menciona la escritura, pues ni
siquiera estuvieron en el momento que firmé.- II. Actualmente, el vehículo no
se ha inscrito a mi nombre, pues al meterlo
en el Registro, aparecen tres gravámenes que han impedido que el vehículo se
encuentre a mi nombre. Yo lo único que quiero es que el notario me inscriba el
vehículo y que quite los gravámenes que pesan sobre el mismo pues en la
escritura bien lo dice que se vendía libre de gravámenes y anotaciones.
Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la
Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor
público al denunciado Juan Antonio Madriz Arce, cédula de identidad 3-0297-0676.
Notifíquese.
San José, 5 de enero del 2016
Licda. Derling Talavera Polanco
Jueza
1 vez.—Exonerado.—(IN2016008822).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de César Alonso Chacón Mora, quien falleció el veinticuatro de
diciembre del dos mil catorce, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro
obligatorio, bajo el número 16-000006-1007-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
16-000006-1007-LA. César Alonso Chacón Mora a favor de Annia
Milena López.—Juzgado Contravencional y de Menor
Cuantía de Turrialba (Materia Laboral), 13 de enero del 2016.—Lic. Paola
Elena Rodríguez Godínez, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2016008834).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Jorge Antonio Oporta Reyes, quien era mayor,
casado, peón agrícola, cédula N° 2-746-044, vecino de Santa Rita de Río Cuarto
de Grecia, falleció el 19 de diciembre del año 2015, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 16-000015-1291-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 16-000015-1291-LA, devolución de ahorros obligatorio de Jorge Antonio Oporta Reyes a favor de Francisca Eugenia Oporta Reyes—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Laboral), Ciudad Quesada, 22 de
enero del 2016.—Lic. Armando Alfaro Araya, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN201608836).
A los causahabientes de quien en vida se
llamó Rita Sofía Badilla Hidalgo, quien fue mayor, casada, vecina de
Goicoechea, con cédula de identidad número 1-0750-0471, se les hace saber que Oldemar Arturo Bolaños Masís,
portador de la cédula de identidad o documento de identidad número 1-0778-0908,
vecino de Goicoechea, se apersonó en este despacho en calidad de viudo del
fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de
prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se
publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a
hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre
de derechos. Consignación de prestaciones de la trabajadora fallecida Rita
Sofía Badilla Hidalgo.Expediente número
16-000083-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San
José, Sección Segunda, 25 de enero del 2016.—Msc.
Kattia Sequeira Muñoz, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2016008839).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de German Manuel de Jesús Hernández Sánchez, fallecido el 9 de
noviembre del 2015, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. Prest. sector privado bajo
el número 16-000095-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Por Alicia Peñaranda Carvajal a favor de German Manuel de Jesús
Hernández Sánchez. Expediente Nº 16-000095-1021-LA.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 21 de enero del 2016.—Lic. Octavio
Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2016008842).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan Luis Salas Rodríguez,
quien fue mayor, pensionado, soltero, cédula de identidad número 6-0204-0451,
vecino de Cartago, Agua Caliente, Cocorí; 150 metros
al sur y 25 metros este, de la Escuela de Cocorí,
casa 1006 y falleció el 8 de mayo del 2014, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias
consignación de prestaciones sector privado bajo el número 16-000101-1023-LA, a
hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Promovido por María Elena Quesada Burke, cédula de
identidad 0302400192. Expediente Nº 16-000101-1023-LA.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 28 de enero del 2016.—Msc. Ronald Figueroa Acuña, Juez.—1
vez.—Exento.—(IN2016008845).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Víctor Julio Aguilar Quesada,
fallecido el 23 de junio del 2015, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de
este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. Prest. sector privado bajo
el número 16-000119-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Por Adriana Marcela Aguilar Sánchez a favor de Víctor Julio
Aguilar Quesada. Expediente Nº 16-000119-1021-LA.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 27 de enero del 2016.—Lic. Octavio
Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2016008846).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes del causante Luis Carlos Mendoza Jovel, quien fue mayor, divorciado, pensionado, vecino de
Poas de Aserrí, de la escuela seiscientos sur este,
Barrio María Auxiliadora, en casa de color azul con blanco y portó la cédula de
identidad Nº 8-0082-0130 y quien falleció el veintisiete de octubre del dos mil
quince, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del lapso improrrogable
de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
a este despacho en las diligencias establecidas bajo el número de expediente
abajo indicado a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en
el artículo 85 del Código de Trabajo. Nº Expediente Nº 16-300001-0353-LA.
Partes: promueve: Kattiana Agüero Padilla. Causante:
Luis Carlos Mendoza Jovel. Tipo de proceso:
consignación de devolución de aguinaldo dos mil quince de trabajador fallecido.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Jiménez,
Juan Viñas, 25 de enero del 2016.—Msc. Sammy Ugalde Villalobos, Juez.—1
vez.—Exento.—(IN2016008847).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de la devolución de cuotas de trabajador fallecido, de quien en
vida se llamó Zahira García Romero, quien fue mayor,
costarricense, casada, portó la cédula de identidad número 1-0261-0896, vecina
de Pavas; costado sur, del Depósito Santa Bárbara; contiguo a la Veterinaria
Pavas, casa número 37, y quien falleciere el veinticinco de octubre del dos mil
quince, que se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo
de ocho días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
a este despacho a hacer valer sus derechos de conformidad con el artículo 85
del Código de Trabajo y sus reformas. Lo anterior por haberse ordenado así en
consignación de prestaciones número 16-300005-891-LA donde figura como causante
Zahira García Romero y como gestionante
Jorge Eliécer Gómez Rojas, quien es mayor, costarricense, portador de la cédula
de identidad número 1-0243-0828, 80 años de edad, viudo, vecino de Pavas;
costado sur, del Depósito Santa Bárbara; contiguo a la Veterinaria Pavas, casa
número 37, teléfono 2232-3906, en calidad de esposo de la causante.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas, 21 de enero del 2016.—Licda.
Lorena Delgado Ruiz, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2016008849).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de la devolución de cuotas de trabajador fallecido, de quien en
vida se llamó Uriel Baltodano Araya, mayor, costarricense, portó la cédula de
identidad número 5-0045-0211, casado una vez, vecino de Pavas Rohrmoser de Pizza Hut; 100
metros al oeste, 75 sur, casa de color verde con verjas verdes, y quien falleciere
el cuatro de mayo de dos mil quince, que se consideren con derecho a las
mismas, para que dentro del plazo de ocho días, contados a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen a este despacho a hacer valer sus
derechos de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo y sus
reformas. Lo anterior por haberse ordenado así en consignación de prestaciones
número 16-300012-0891-LA-0 donde figura como causante Uriel Baltodano Araya y
como gestionante Elizabeth Jiménez Chávez, mayor,
costarricense, portadora de la cédula de identidad número 1-0299-0198, viuda,
vecina de Pavas Rohrmoser de Pizza Hut; 100 metros al oeste 75 sur casa de color verde con
verjas negras, teléfono 2231-6813, en calidad de esposa del causante.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas, 28 de enero del 2016.—Licda.
Lorena Delgado Ruiz, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2016008850).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y
anotaciones; pero soportando cond. prohibiciones
reservas 2857 213 002, bajo citas: 0325-00013141-01-0901-001; reservas y
restricciones, bajo citas: 0325-00013141-01-0902-001; reservas ley aguas, bajo
citas: 0330-00014755-01-0002-001; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos
del diez de mayo del dos mil dieciséis, y con la base de cinco mil novecientos
doce dólares con veintisiete centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos
noventa mil trescientos uno cero cero cero, la cual es terreno cultivos y cabaña. Situada: en el
distrito 11-Paramo, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Xenia Daisy Valverde Arias, al sur, Ronald Alfaro Fuentes;
al este, calle pública, y al oeste, Xenia Daisy Valverde Arias. Mide: mil
metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las
diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de mayo del dos mil
dieciséis, con la base de cuatro mil cuatrocientos treinta y cuatro dólares con
veinte centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de
junio del dos mil dieciséis con la base de mil cuatrocientos setenta y ocho
dólares con siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Anso de
América Sociedad Anónima contra Rafael Ángel Quesada Pérez. Expediente N°
15-005737-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro),
12 de febrero del 2016.—Msc. Eileen
Chaves Mora, Jueza.—(IN2016013325).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios y anotaciones; a las diez horas y cero minutos del
cuatro de mayo del dos mil dieciséis, y con la base de veintinueve millones
seiscientos veintinueve mil cuatrocientos setenta y cinco colones con catorce
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número doscientos noventa y dos mil ciento veintidós cero
cero cero, la cual es
terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 1-San Isidro de El
General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, calle pública; al sur, Augusto Corrales Blanco; al este, Olga Rivera
Núñez, y al oeste, Vicente Granados. Mide: ciento setenta y un metros con
noventa y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez
horas y cero minutos del diecinueve de mayo del dos mil dieciséis, con la base
de veintidós millones doscientos veintidós mil ciento seis colones con treinta
y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del tres de junio del dos mil
dieciséis, con la base de siete millones cuatrocientos siete mil trescientos
sesenta y ocho colones con setenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Jesús Alberto Morales Vargas, José Miguel Vásquez
Rojas, Rodolfo Vargas Castañeda. Expediente N° 16-000544-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 15 de febrero del
2016.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2016013326).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reserva de prioridad, bajo citas:
2015-00159209-01; a las nueve horas y cero minutos del dieciocho de abril del
dos mil dieciséis, y con la base de cincuenta y dos millones seiscientos
cuarenta y ocho mil setecientos setenta y ocho colones con sesenta y siete
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número cuatrocientos treinta mil doscientos ochenta y
tres cero cero cero, la
cual es terreno de agricultura. Situada: en el distrito 05-San Pedro, cantón
19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle publica
y Ronald Arturo Arrieta Corrales, al sur, calle pública; al este, Ronald Arturo
Arrieta Corrales y Ligia María Campos Solís, y al oeste, Ronald Arturo Arrieta
Corrales y calle publica en medio Carmen Hernández Campos. Mide: tres mil
ochocientos cuarenta y cuatro metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para
el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de mayo
del dos mil dieciséis, con la base de treinta y nueve millones cuatrocientos
ochenta y seis mil quinientos ochenta y cuatro colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas
y cero minutos del dieciocho de mayo del dos mil dieciséis, con la base de
trece millones ciento sesenta y dos mil ciento noventa y cuatro colones con
sesenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Carlos Humberto
de los Ángeles Alfaro Montero. Expediente N° 15-005574-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 22 de enero del
2016.—Msc. Eileen Chaves
Mora, Jueza.—(IN2016013328).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso; a las diez
horas y cero minutos del nueve de mayo del dos mil dieciséis y con la base de
veintidós millones ciento veintitrés mil ciento veinticinco colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número cuatrocientos cincuenta y cinco mil trescientos setenta y
seis-cero cero cero, la cual es terreno lote siete,
terreno para construir. Situada: en el distrito Quesada, cantón San Carlos, de
la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Chanel
Chávez Rodríguez; al sur, Agrícola Chomesa S.A., y
servidumbre de doce metros; al este, Gerardo Chávez Rodríguez, y al oeste,
plaza de deportes. Mide: tres mil novecientos cuarenta y dos metros cuadrados.
Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del veinticuatro de mayo del dos mil dieciséis, con
la base de dieciséis millones quinientos noventa y dos mil trescientos cuarenta
y tres colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos
del ocho de junio del dos mil dieciséis con la base de cinco millones
quinientos treinta mil setecientos ochenta y un colones con veinticinco
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo
Comunal contra Compañía Constructora E-C-E Sociedad Anónima, Edwin Eduardo
Esquivel Bolaños. Expediente N° 15-000978-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón)
(Materia Cobro), 17 de febrero del 2016.—Licda. María Auxiliadora Cruz
Cruz, Jueza.—(IN2016013353).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las dieciséis horas y cero minutos del treinta de
marzo del dos mil dieciséis, (4:00 pm de la tarde), y con la base de ciento
cinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 345039-000 la cual es terreno de
caña de azúcar. Situada: en el distrito Río Segundo, cantón Alajuela, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, camino público; al sur, Hermanos
Campos Madrigal S.A.; al este, Hermanos Campos Madrigal S.A., y al oeste,
Clemencia Araya Morera. Mide: dos mil sesenta y un metros con noventa y nueve
decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las dieciséis horas y
cero minutos del quince de abril del dos mil dieciséis (4:00 pm de la tarde),
con la base de setenta y ocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las
dieciséis horas y cero minutos del dos de mayo del dos mil dieciséis (4:00 pm
de la tarde), con la base de veintiséis mil doscientos cincuenta dólares
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Carmen Yadira Quirós Coto contra S M C R Servicios Multiples de Costa Rica Sociedad. Expediente N°
11-007674-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 02 de febrero del 2016.—Lic. Allan Barquero Durán, Juez.—(IN2016013357).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones inscritas
bajo las citas de tomo 302 y asiento 00013935; a las diez horas y treinta
minutos del doce de abril del dos mil dieciséis, y con la base de sesenta
millones de colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 00021195-000, la cual es terreno
con árboles frutales 1 casa. Situada: en el distrito Puntarenas, cantón
Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, línea férrea del
FEP con 22 metros y 63 centímetros, al sur, terreno aledaño a la playa océano
pacífico; al este, Rigoberto Vega, y al oeste, Guillermo La Fuente. Mide:
cuatrocientos cinco metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Para el
segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintisiete de
abril del dos mil dieciséis con la base de cuarenta y cinco millones de colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las diez horas y treinta minutos del doce de mayo del dos mil dieciséis
con la base de quince millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Banco Nacional de Costa Rica contra Farmacia Italiana Sociedad Anónima e
Inversiones Lomuri. Expediente N° 14-002084-1012-CJ.
Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo
Circuito Judicial de San José, 04 de febrero del 2016.—Lic. Elia Corina
Marchena Fennell, Jueza.—(IN2016013364).
En la puerta exterior de este Despacho; se
ordena rematar dos fincas, ambas libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada citas: 289-06633-01-0901-001, servidumbre de
acueducto citas: 437-02898-01-0001-001, reservas de Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos citas: 481-02168-01-0005-001, reservas Ley Forestal citas:
481-02168-01-0006-001; a las siete horas y cuarenta y cinco minutos (antes
meridiano) del cuatro de abril del dos mil dieciséis, y con la base de setenta
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1. finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 432782-000, la cual es terreno de
café. Situada: en el distrito San Isidro, cantón Grecia, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con frente a ella de 182,12 metros;
al sur, calle pública con un frente de 134.17 metros; al este, finca Don
Fernando S.A., y al oeste, finca Don Fernando S.A. Mide: tres mil doscientos
veinticinco metros cuadrados. Plano: A-0639924-2000. 2. Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula N° 458501-000 la cual es terreno de café. Situada: en el
distrito 02 San Isidro, cantón 03 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, finca Don Fernando S.A.; al sur, servidumbre agrícola de siete metros
de ancho que es parte del resto reservado; al este, servidumbre agrícola de
siete metros de ancho que es parte del resto reservado y al oeste calle pública
con un frente de setenta y dos metros con sesenta y tres centímetros lineales.
Mide: tres mil quinientos metros cuadrados. Plano: A-0639925-2000. Para el
segundo remate, se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos (antes
meridiano) del veinte de abril del dos mil dieciséis, con la base de cincuenta
y dos millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos (antes
meridiano) del cinco de mayo de dos mil dieciséis, con la base de diecisiete
millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Karla Vanessa Serrano Ardón. Expediente N°
11-000867-0638-CI.—Juzgado de Cobro y
Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro),
21 de enero del 2016.—Msc. Juan Carlos Castro
Villalobos, Juez.—(IN2016013376).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas
0323-0007762-01-0901-001; a las once horas quince minutos del veinte de abril
del dos mil dieciséis, y con la base de diez millones seiscientos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número doscientos cincuenta y ocho mil setecientos
noventa y dos-cero cero cero, la cual es terreno de
café con casa. Situada: en el distrito La Trinidad, cantón Moravia, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, servidumbre de paso de cuatro metros,
en parte Joaquín Vargas Marín y José Uriel Rojas Trejos; al sur, Orlando
Herrera Alvarado, Luis Herrera Jiménez, José Antonio Castro, María Emilia
Méndez, Jorge Arturo Quirós, Julio César Cascante, Adonis Arroyo, Eugenia
Vargas, Luis Fernando Alvarado, Leney Cubero, Ana
Victoria Vega, Margoth Hernández, Salia
Alpízar y otros; al este, Estaticia
Sociedad Anónima, y al oeste, calle pública de 21 metros, 34 centímetros. Mide:
tres mil ciento treinta y dos metros con cuarenta y un decímetros cuadrados,
según plano catastrado número SJ-0502358-1998. Para el segundo remate, se señalan
las once horas quince minutos del cinco de mayo del dos mil dieciséis, con la
base de siete millones novecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once
horas quince minutos del veinte de mayo del dos mil dieciséis, con la base de
dos millones seiscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones
Cajiro S. A., contra Grace Brenes Jiménez. Expediente
N° 14-015333-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de febrero del 2016.—Lic.
Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—(IN2016013377).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando serv. condic: tomo: 360, asiento: 16228, servidumbre de paso
tomo: 800 asiento: 277696, servidumbre de paso: tomo: 2009 asiento: 37670,
servidumbre de paso: tomo: 2009 asiento: 55318, servidumbre de paso: tomo: 2012
asiento: 135734; a las nueve horas y treinta minutos del treinta de marzo del
dos mil dieciséis, y con la base de treinta millones de colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula N° 232772-000 la cual es terreno de solar. Situada: en el distrito La
Virgen, cantón Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte,
Anthony Jesús Fallas Hidalgo; al sur, río Sarapiquí; al este, en parte
servidumbre de paso con un frente a ella de 8.48 metros lineales y resto de
Bladimir Fallas Coto, y al oeste, Donald Baldi
Camacho. Mide: dos mil ochocientos setenta y dos metros cuadrados. Para el
segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del quince de
abril del año dos mil dieciséis, con la base de veintidós millones quinientos
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del dos de mayo del dos
mil dieciséis, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Anthony
Jesús Fallas Hidalgo. Expediente N° 15-033413-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 26 de enero
del 2016.—Licda. Margarita Mena Gutiérrez, Jueza.—(IN2016013409).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones anotadas
bajo las citas 342-03635-01-0905-001, 342-03635-01-0906-001,
342-03635-01-0907-001; a las ocho horas y treinta minutos del cuatro de abril
del dos mil dieciséis, y con la base de cuarenta y cuatro millones ciento
treinta y ocho mil ciento treinta y cuatro colones con cincuenta y tres
céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula N° 213880-000 la cual es terreno de pastos. Situada: en
el distrito Puerto Viejo, cantón Sarapiquí de la provincia de Heredia. Colinda:
al norte, Selva del Caribe S. A.; al sur, calle pública con un frente de 118 metros
y 64 centímetros lineales; al este, C.R.V. Agroindustrial del Atlántico S.A., y
al oeste, C.R.V. Agroindustrial del Atlántico S. A. Mide: cien mil metros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos
del veinte de abril del dos mil dieciséis, con la base de treinta y tres
millones ciento tres mil seiscientos colones con noventa céntimos (rebajada en
un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho
horas y treinta minutos del cinco de mayo del dos mil dieciséis, con la base de
once millones treinta y cuatro mil quinientos treinta y tres colones con
sesenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra Agroindustrial Melinda S. A. Expediente N° 12-011688-1012-CJ.
Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo
Circuito Judicial de San José, 01 de diciembre del 2015.—Lic. Allan Javier
Fonseca Castro, Juez.—(IN2016013414).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior del
Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela; con una base de
cuatrocientos veinticuatro millones cuarenta y dos mil ciento dos colones con
cincuenta céntimos (¢424.042.102,50) se dispone sacar a remate las fincas del
Partido de Alajuela matrículas número ciento cuarenta y ocho mil quinientos
sesenta, secuencia cero cero cero
inscrita registralmente a nombre de Socama J.M.D. S.
A. y la finca matrícula de folio real número ciento cuarenta y cinco mil
cuatrocientos sesenta y seis, secuencia cero cero cero inscrita registralmente a nombre de Socama J.M.D. S. A. La primera libre de anotaciones pero
soportando los siguientes gravámenes o afectaciones: Servidumbre trasladada,
bajo las citas 0308-00014748-01-0901-001; Demanda Ordinaria, bajo las citas
0476-00017733-01-0002-001, actualmente vencida, Demanda Ordinaria bajo las
citas 0528-00004401-01-0001-001, actualmente vencida, Demanda Ordinaria, bajo
las citas 2009-00228184-01-0001-001, inicia 31 de agosto de 2009, vence 31 de
agosto de 2019. La segunda, libre de anotaciones pero soportando los siguientes
gravámenes o afectaciones: Demanda Ordinaria, bajo las citas
0476-00017733-01-0001-001, actualmente vencida, Demanda Ordinaria, bajo las
citas 0528-00004401-01-0002-001, actualmente vencida, Demanda Ordinaria bajo
las citas 2009-00228184-01-0002-001, inicia el 31 de agosto y vence el 31 de
agosto de 2019, sáquense a remate los bienes indicados, sea la finca del
partido de Alajuela, matrícula de Folio Real número ciento cuarenta y ocho mil
quinientos sesenta, secuencia cero cero cero, que se describe: Naturaleza: Terreno para construir,
situada en distrito 01 Alajuela, cantón 01 Alajuela, de la provincia de
Alajuela Linderos: norte, Avenida 2; sur, lote H17; este, lote H 2; oeste,
calle 1. Mide: trescientos sesenta y cinco metros con cincuenta y cinco
decímetros cuadrados. Plano: No se indica. La finca del partido de Alajuela,
matrícula de Folio Real número ciento cuarenta y cinco mil cuatrocientos
sesenta y seis, secuencia cero cero cero, que se describe: Naturaleza: Terreno de café, situada
en el distrito 09 Río Segundo, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela.
Linderos: norte, carretera Heredia, Alajuela 9m 26 cm; sur, Vilma Morera; este,
Natividad Salas, oeste, Óscar y Vilma Morera y otros. Para llevar a cabo el
(primer remate) se señalan las trece horas y treinta minutos del veintinueve de
marzo del dos mil dieciséis. Con una base de cuatrocientos veinticuatro
millones cuarenta y dos mil ciento dos colones con cincuenta céntimos
(¢424.042.102,50). De no haber postores, para llevar a cabo el (segundo
remate), se señalan las trece horas treinta minutos del veintiocho de abril,
con la base de cuatrocientos veinticuatro millones cuarenta y dos mil ciento
dos colones con cincuenta céntimos (¢424.042.102,50). De no apersonarse
postores interesados/as para el (Tercer remate), se señalan las trece horas y
treinta minutos del veinticuatro de mayo del dos mil dieciséis con la base de
cuatrocientos veinticuatro millones cuarenta y dos mil ciento dos colones con
cincuenta céntimos (¢424.042.102,50). Publíquese el edicto de ley por tres
veces consecutivas. La presente publicación está exenta de todo pago con
fundamento en el principio de gratuidad que rige la materia. Se remata por
ordenarse así en proceso de Ejecución de Sentencia. Expediente número
00-400359-0292-FA de Jorge Osorio Pérez contra María Teresa Solano Castro.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Alajuela.—Msc. Patricia Vega Jenkins, Jueza.—Exonerado.—(IN2016013594). 3
v. 1.
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
290-00975-01-0901-001, a las diez horas y treinta minutos del seis de abril del
año dos mil dieciséis, y con la base de seis millones sesenta y cinco mil
setecientos noventa y un colones con cuarenta y siete céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº
60659-000 la cual es terreno de montes con dos casas de habitación y una
galera. Situada en el distrito 02-La Virgen, cantón 10-Sarapiquí, de la
provincia de Heredia. Colinda: al norte, Ana Patricia Prendas Sánchez y María
del Rocío Prendas Sánchez; al sur, Gerardo Quesada Varela y María del Rocío
Prendas Sánchez; al este, río Sarapiquí y al oeste, calle pública con 115
metros con 35 cm de frente y María del Rocío Prendas Sánchez. Mide: Dieciséis
mil novecientos cuarenta y seis metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintidós de
abril del año dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones quinientos
cuarenta y nueve mil trescientos cuarenta y tres colones con sesenta céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas y treinta minutos del nueve de mayo del año dos mil dieciséis
con la base de un millón quinientos dieciséis mil cuatrocientos cuarenta y
siete colones con ochenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Gerardo Enrique Quesada Varela, expediente Nº
15-026147-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de
noviembre del 2015.—Lic. Adriana Castro Rivera, Jueza.—(IN2016013415).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas: Nº 0360-00010220-01-0900-001, a las nueve horas y treinta minutos del
trece de abril del año dos mil dieciséis, y con la base de seis millones
trescientos ochenta y siete mil setecientos sesenta y siete colones con cuarenta céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 159288-000 la cual es
terreno. Para construir con una casa, lote-16. Situada en el distrito 01 Puerto
Viejo, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote
quince; al sur, lote diecisiete; al este, calle pública con 10.02 metros y al
oeste, María Teresa Rivera. Mide: Ciento noventa y seis metros con noventa y
nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
treinta minutos del veintiocho de abril del año dos mil dieciséis, con la base
de cuatro millones setecientos noventa mil ochocientos veinticinco
colones con cincuenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del
trece de mayo del año dos mil dieciséis con la base de un millón quinientos
noventa y seis mil novecientos cuarenta y un colones con ochenta y cinco
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Shirley Natalia Rojas Montero, expediente Nº 12-033184-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, 08 de febrero del 2016.—Licda. Elia Corina Marchena Fennell, Jueza.—(IN2016013416).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbres trasladadas citas:
342-05793-01-0807-001, 342-05793-01-0912-001, 389-10062-01-0883-001,
389-10062-01-0884-001, reservas y restricciones citas: 389-10062-01-0882-001,
389-10062-01-0886-001 y servidumbre de ancla citas: 2012-51166-01-0002-001; a las
once horas y cero minutos del dieciséis de marzo del año dos mil dieciséis, y
con la base de nueve millones seiscientos cincuenta mil setecientos veintisiete
colones con veintitrés céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y dos
mil seiscientos catorce cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno lote 4-1 para agricultura.
Situada en el distrito 02 La Virgen, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de
Heredia. Colinda: al norte, río Tirimbina; al sur,
calle pública y Meranjua de Esparza S. A.; al este,
parcela 3-1 y al oeste, parcela 6 y lote de Meranjua
de Esparza S. A. Mide: Noventa y un mil doscientos sesenta y un metros con
veinticinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once
horas y cero minutos del siete de abril del año dos mil dieciséis, con la base
de siete millones doscientos treinta y ocho mil cuarenta y cinco colones con
cuarenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veinticinco de
abril del año dos mil dieciséis con la base de dos millones cuatrocientos doce
mil seiscientos ochenta y un colones con ochenta y un céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ana Isabel Huertas
Rodríguez, Juan Manuel Huertas Arias, Rosibel Gerarda Rodríguez Soto, expediente Nº 15-032860-1012-CJ.
Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de enero del 2016.—Licda.
Gabriela Campos Ruiz, Jueza.—(IN2016013419).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del
dieciocho de marzo de dos mil dieciséis, y con la base de seis millones
ochocientos ochenta y siete mil quinientos cuarenta y tres colones con
veintiocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula Nº 85226-000, la cual es naturaleza: Terreno
apto para construir. Situada en el distrito 03-Veintisiete Abril, cantón
03-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Celsa Vallejos Jaen; sur, camino
público con un frente de cuarenta y un metro cincuenta y ocho centímetros
lineales; este, calle pública con ocho metros ochenta y dos centímetros
lineales y oeste, Jesús Vallejos Arrieta. Mide: Setecientos cuarenta y ocho
metros con noventa y cinco decímetros cuadrados, plano: G-0091352-1993. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del doce de
abril de dos mil dieciséis, con la base de cinco millones ciento sesenta y
cinco mil seiscientos cincuenta y siete colones con cuarenta y seis céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de abril de dos mil
dieciséis con la base de un millón setecientos veintiún mil ochocientos ochenta
y cinco colones con ochenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Bertila Ramona Siles Vallejos y Raquel
Andrea Montes Siles, expediente Nº 15-001244-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y
Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 08 de febrero del 2016.—Lic.
Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2016013431).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, a las
diez horas y cero minutos del dieciocho de marzo de dos mil dieciséis, y con la
base de cuatro millones de colones exactos (primer remate), en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº
67437-000, la cual es naturaleza: Terreno con árboles frutales. Situada en el
distrito 01-Nicoya, cantón 02-Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos:
norte, Marcos Matarrita; sur, Ganadera La Enilda S. A. y otro; este, Marcos Matarrita
y oeste, camino público. Mide: Seis mil doscientos cincuenta y siete metros con cuarenta y siete decímetros
cuadrados. Plano: G-0562124-1985. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y cero minutos del doce de abril de dos mil dieciséis, con la base de
tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del
veintisiete de abril de dos mil dieciséis con la base de un millón de colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Herlyn
José Medina Fajardo, expediente Nº 15-001702-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y
Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, (Materia
Cobro), 08 de febrero del 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2016013435).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas: 0310-0000-6522-01-0901-001, reservas y restricciones bajo las citas:
0289-00008419-01-0901-001, a las diez horas del veintiocho de marzo del dos mil
dieciséis, y con la base de doscientos cuarenta y siete mil trescientos quince
dólares con sesenta y nueve centavos, U.S en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número diecisiete mil
doscientos ochenta y siete cero cero cero la cual es terreno naturaleza para construir y 1 local
comercial. Situada en el distrito primero, cantón Pococí,
de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Arsenio Bolaños Herrera; al sur, Landelino
Cordero Arias y otros; al este, calle pública y al oeste, Hernán Barrantes
Espinoza. Mide: Mil cuarenta y seis metros con once decímetros cuadrados. Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo
el Sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y seis mil setecientos
noventa y uno-cero cero cero la cual es terreno
naturaleza terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito primero
Guácimo, cantón Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Mario
Antonio, Álvaro y Víctor Obando Araya; al sur, calle pública con un frente de
16.58 metros; al este, Mario Antonio, Álvaro y Víctor Obando Araya y al oeste,
calle pública con un frente de 31.43 metros. Mide: Quinientos once metros
cuadrados. Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número setenta mil
quinientos noventa y nueve cero cero cero la cual es terreno naturaleza para construir. Situada
en el distrito primero Guácimo, cantón Guácimo, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, Asociación Promejoras La Perla de
Guácimo; al sur, Minor Obando Araya; al este Álvaro,
Mario Antonio, Víctor Obando Araya y al oeste, calle pública. Mide: Ciento
sesenta y cuatro metros con veinte decímetros cuadrados. Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número ciento un mil doscientos cincuenta y nueve cero cero cero la cual es terreno
naturaleza para construir y 1 local comercial. Situada en el distrito primero
Guápiles, cantón Pococí, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, calle pública con un frente de 24 metros 10 centímetros
lineales; al sur, Zaira Barrantes Lobo; al este, Alcides Chaves León y al
oeste, Rafael Anvendaño Calderón y Mirta Barker Neyl. Mide: Mil cuarenta y
un metros con doce decímetros cuadrados. Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número ochenta y tres mil novecientos uno –cero cero
cero la cual es terreno naturaleza para construir.
Situada en el distrito primero, cantón Pococí, de la
provincia de Limón. Colinda: al norte, Ricardo Gómez Obando; al sur, calle
pública; al este, Asociación Pro-Mejoras y al oeste, calle pública. Mide:
Seiscientos setenta y cinco metros con ochenta y tres decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las diez horas del trece de abril del dos mil
dieciséis con la base de ciento ochenta y cinco mil cuatrocientos ochenta y
seis dólares con setenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas del veintiocho de
abril del dos mil dieciséis con la base de sesenta y un mil ochocientos
veintiocho dólares con noventa y dos centavos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Financiera Comeca S.A, sociedad que cedió sus derechos a Fiduciaria Poblet S. A.; contra Francisco Hidalgo Hurtado, expediente
Nº 10-000263-0678-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, (Materia Cobro), 22 de
febrero del 2016.—Lic. Francis Porras León, Juez.—(IN2016013465).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, para el primer remate se señalan las quince horas
treinta minutos del siete de abril del año dos mil dieciséis, y con la base de
veinticuatro millones novecientos setenta y seis mil doscientos cincuenta y
ocho colones con ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 320008-000 la cual es terreno lote
19 A terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 02 San José,
cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
Constructora Rosa Sociedad Anónima; al sur, calle pública con 6 m; al este,
lote 20 y al oeste, lote 18. Mide: Ciento cincuenta y ocho metros con cuarenta
y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas
treinta minutos del veinticinco de abril del año dos mil dieciséis, con la base
de dieciocho millones setecientos treinta y dos mil ciento noventa y tres
colones con cincuenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las quince horas treinta minutos del diez de
mayo del año dos mil dieciséis con la base de seis millones doscientos cuarenta
y cuatro mil sesenta y cuatro colones con cincuenta y dos céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Julio César
Martínez, expediente Nº 15-009139-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 27 de
noviembre del 2015.—Licda. Nagari Dahitza
Suárez Vargas, Jueza.—(IN2016013472).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre de paso a las nueve horas y
cero minutos del siete de abril del año dos mil dieciséis y con la base de
quince millones de colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos sesenta y
dos mil novecientos setenta y cuatro cero cero cero la cual es terreno para construir y zacate. Situada en
el distrito San Miguel, cantón Desamparados de la provincia de San José.
Colinda: al norte, servidumbre de paso en medio Elsa Lilia Muñoz Delgado; al
sur, Constructora Vega y Vega S. A.; al este, Elsa Lilia Muñoz Delgado y al
oeste, Elsa Lilia Muñoz Delgado. Mide: Mil doscientos cincuenta y cinco metros
con ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y cero minutos del veintidós de abril del año dos mil dieciséis, con la
base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cero minutos del nueve de mayo del año dos mil dieciséis, con la base de tres
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Elizabeth Castillo Ramírez, Gerardo
Enrique Murillo Gamboa, expediente Nº 15-000618-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, 03 de febrero del 2016.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde,
Juez.—(IN2016013488).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas
0339-00013631-01-0001-001, citas 0339-00013631-01-0900-001, citas
0339-00013631-01-0901-001, citas 0399- 00019631-01-0902-001, citas
0391-00016315-01-0001-001, a las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de
abril del año dos mil dieciséis, y con la base de cuarenta y tres millones
ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos dieciséis
mil seiscientos treinta y nueve cero cero cero la cual es terreno para construir con una vivienda.
Situada en el distrito 09 Dulce Nombre, cantón 01 Cartago, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte, Agro Unidos de Costa Rica S. A.; al sur, lote 2; al
este, calle pública con frente de 12.23 metros y al oeste, Agro Unidos de Costa
Rica S. A. Mide: Ciento ochenta y cuatro metros con sesenta y siete decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos
del seis de mayo del año dos mil dieciséis, con la base de treinta y dos
millones ochocientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta
minutos del veintitrés de mayo del año dos mil dieciséis con la base de diez
millones novecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Luis Paulino Serrano Brenes,
expediente Nº 16-002846-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 19 de
febrero del 2016.—Lic. Melvin Cavero Araya, Juez.—(IN2016013491).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y treinta minutos del tres de mayo
de dos mil dieciséis, y con la base de cinco millones de colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número ciento doce mil doscientos cincuenta y nueve cero cero cero la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí,
de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Yancy Guiselle Sánchez García, calle pública con un frente de
treinta metros; al sur, Yancy Guiselle
Sánchez García, José Alberto Jiménez Fuentes y lote segregado; al este, lote
uno y al oeste, calle pública. Mide: Trescientos cincuenta y siete metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos
del dieciocho de mayo de dos mil dieciséis, con la base de tres millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos
del dos de junio de dos mil dieciséis con la base de un millón doscientos
cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Mauricio Antonio Anchía
Altamirano contra El Zorro Plateado Guapileño Z YP S.
A., Lyndon Aguiluz Retana,
expediente Nº 15-000855-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro), 08 de febrero del
2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—(IN2016013495).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las
catorce horas y cero minutos del veintiuno de julio de dos mil dieciséis, y con
la base de veinticinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número treinta mil
novecientos veinticuatro cero cero cero la cual es terreno de solar con una casa. Situada en
el distrito 01 Siquirres, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte,
Hilda Wint Wint; al sur, Lastenia Barnes Bais; al este,
calle pública con un frente a ella de nueve metros dieciocho centímetros y al
oeste, George Marson Wint Wint. Mide: Ciento noventa y cinco metros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del cinco de
agosto de dos mil dieciséis, con la base de dieciocho millones setecientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de
agosto de dos mil dieciséis con la base de seis millones doscientos cincuenta
mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Nacifi Elena Francis León
contra Eric George Wint Madrigal. Exp:
15-000326-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
de Pococí (Materia Cobro), 26 de enero del
2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—(IN2016013498).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios y anotaciones; a las quince horas y treinta minutos
del nueve de mayo del año dos mil dieciséis, y con la base de treinta y ocho
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y siete mil
quinientos sesenta cero cero cero
la cual es terreno lote 4 terreno de solar 31 P. Situada en el distrito
03-Aguabuena, cantón 08-Coto Brus, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte: Arali S. A. al sur,
calle pública, al este, Arali S. A; y al oeste, Arali S. A. Mide: Trescientos cincuenta y un metros con
cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y
treinta minutos del veinticuatro de mayo del año dos mil dieciséis, con la base
de veintiocho millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas
y treinta minutos del ocho de junio del año dos mil dieciséis con la base de
nueve millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra
Elián Jiménez Céspedes Exp: 16-000094-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón (Materia Cobro), 11 de febrero del
2016.—Msc. Eileen Chaves
Mora, Jueza.—(IN2016013508).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios y anotaciones; pero soportando servidumbre
trasladada, bajo citas: 0254-00000879-01-0901-001; a las catorce horas y
treinta minutos del nueve de mayo del año dos mil dieciséis, y con la base de
veinte millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta mil
seiscientos ochenta y nueve cero cero cero la cual es terreno de solar. Situada en el distrito
03-Aguabuena, cantón 08-Coto Brus, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, Ayaditt Núñez Alpízar, al sur, Ayaditt Núñez Alpízar, al este, Ayaditt Núñez Alpízar y al oeste, calle pública. Mide: Mil doscientos
veinticinco metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de mayo del año
dos mil dieciséis, con la base de quince millones de colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce
horas y treinta minutos del ocho de junio del año dos mil dieciséis con la base
de cinco millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Elián Jiménez Céspedes. Exp: 16-000095-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 11 de febrero del
2016.—Msc. Eileen Chaves
Mora, Jueza.—(IN2016013512).
En la puerta exterior de este Despacho, a las
nueve horas del seis de junio del dos mil dieciséis, se rematará lo siguiente:
1) Por la base de novecientos cuarenta mil ochocientos colones (¢940.800,00),
sáquese a remate 75 postes de 4x4 pulgadas x 2.7 m, un tocón de 80 cm de
diámetro, un tocón de 30 cm de diámetro, un tocón de 20 cm de diámetro, un
tocón de 22 cm, diez piezas de 6x2 pulgadas en 3.4 cm de largo, un tocón de 80
cm de diámetro, un tocón de 30 cm de diámetro, diez piezas de 8x3 pulgadas en
3,40 m de largo, un tocón de 60 cm de diámetro y siete piezas de 6x2 pulgadas
en 3,40 m de largo, toda esta madera de la especie Roble Encino. Dicha madera
se ubica en la finca Valderramos, ubicada en Tobosi, El Guarco de Cartago. Se
remata por ordenarse así en causa penal 15-002561-345-PE seguida contra
Fernando Hidalgo Navarro y otro, por el delito de Infracción a la Ley Forestal,
en perjuicio de Los Recursos Naturales.—Juzgado Penal de Cartago, 23 de
febrero del dos mil dieciséis.—Lic. Grettel Barahona
Chaves, Jueza Penal.—Exonerado.—(IN2016013596).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del veintiséis
de julio de dos mil dieciséis, y con la base de nueve millones noventa y seis
mil cuatrocientos cuarenta y nueve colones con diecisiete céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
quinientos setenta y siete mil novecientos sesenta y seis cero cero uno, cero cero dos la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito 05 Ipís,
cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
servidumbre de paso; al sur, Vera Paniagua Rovira; al este, Rodrigo Paniagua
Rovira y al oeste, calle pública con frente de 12.88 metros. Mide: ciento
sesenta y ocho metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de agosto de dos mil
dieciséis, con la base de seis millones ochocientos veintidós mil trescientos
treinta y seis colones con ochenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta
minutos del veinticinco de agosto de dos mil dieciséis con la base de dos
millones doscientos setenta y cuatro mil ciento doce colones con veintinueve
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Andrés Coronado
Guevara, Marieth Elena Villalobos Jiménez. Exp.: 15-001606-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia
Cobro), 10 de febrero del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—(IN2016013597).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones Ref., a las nueve horas
y treinta minutos del tres de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de
diecisiete millones veinticuatro mil siete colones con cuarenta y ocho
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número ciento veintitrés mil novecientos veintinueve cero
cero cero la cual es
terreno con una casa. Situada en el distrito 03 Pocora,
cantón 06 Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Etelvino Rojas Hernández y María Mendoza Solís; al sur,
María Mendoza Solís; al este, María Mendoza Solís y al oeste, calle pública y
María Mendoza Solís. Mide: trece mil seiscientos sesenta y dos metros con
treinta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y treinta minutos del dieciocho de agosto de dos mil dieciséis, con
la base de doce millones setecientos sesenta y ocho mil cinco colones con
sesenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del dos de setiembre
de dos mil dieciséis con la base de cuatro millones doscientos cincuenta y seis
mil un colones con ochenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Nelson José López López. Exp.: 15-000245-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia
Cobro), 15 de febrero del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—(IN2016013599).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre bajo las citas
391-14587-01-0903-001; a las ocho horas del veintinueve de marzo de dos mil
dieciséis, y con la base de cinco millones doscientos mil colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número trescientos setenta y cuatro mil ciento dos-cero cero cero la cual es terreno con una casa. Situada en el
distrito 01 Sarchí, cantón 12 Valverde Vega, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 7,90 metros; al
sur, servidumbre de paso y Ana Licinia Alfaro
Salazar; al este, Ana Licinia Alfaro Salazar y al
oeste, servidumbre de paso y Ana Licinia Alfaro
Salazar. Mide: ciento ochenta y un metros con sesenta y seis decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del catorce de
abril de dos mil dieciséis, con la base de tres millones novecientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas
del veintinueve de abril de dos mil dieciséis con la base de un millón
trescientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista
de Empleados del Consejo de Seguridad Vial contra Víctor Gerardo Hernández
Lizano. Exp.: 11-014798-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de
febrero del 2016.—Licda. Peggy Corrales Chaves, Jueza.—(IN2016013628).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada; a las
catorce horas y treinta minutos del treinta de marzo del año dos mil dieciséis
y con la base de nueve millones seiscientos cuarenta mil colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número quinientos setenta y seis mil ochocientos cuarenta y
siete-cero cero cero, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito Santa María, cantón Dota, de la provincia de
San José. Colinda: al norte, al este y al oeste, Aurora Marín Mata; al sur,
calle pública con 10,00 metros. Mide: ciento cincuenta y nueve metros con
cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas y treinta minutos del quince de abril del año dos mil dieciséis,
con la base de siete millones doscientos treinta mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce
horas y treinta minutos del dos de mayo del año dos mil dieciséis con la base
de dos millones cuatrocientos diez mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Davivienda (Costa Rica) S. A. contra Yolyanna
Ovares Marín. Exp.: 15-001242-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela, San Ramón, (Materia Cobro), 15 de febrero del
2016.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2016013630).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del treinta de
marzo del año dos mil dieciséis, y con la base de trece millones ciento setenta
mil cuatrocientos cinco colones con cuarenta y siete céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
ciento ochenta mil ochocientos cuarenta y tres-cero cero cero,
la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito Aguas Zarcas,
cantón San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, José Numan Soto Marín y Álvaro Castro Víquez; al sur, calle
pública y Gabriela de Los Ángeles Vargas Araya; al este, calle pública y al
oeste. Mide: cuatrocientos doce metros con ochenta y seis decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del quince de
abril del año dos mil dieciséis, con la base de nueve millones ochocientos
setenta y siete mil ochocientos cuatro colones con diez céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas
y cero minutos del dos de mayo del año dos mil dieciséis con la base de tres
millones doscientos noventa y dos mil seiscientos un colones con treinta y
siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda (Costa Rica)
S. A. contra Hazel Molina Alfaro. Exp.:
15-001240-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, (Materia Cobro), 11 de
febrero del 2016.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz,
Jueza.—(IN2016013631).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del treinta de
marzo del año dos mil dieciséis y con la base de once millones setenta mil
novecientos cuarenta y cuatro colones con treinta y un céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
ciento treinta y tres mil setecientos cuarenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito primero Paraíso, cantón segundo Paraíso, de la provincia de Cartago.
Colinda: al norte, Avenida 12, con 6 metros; al sur, Luis Guillermo Solano
Araya, otros; al este, Luis Guillermo Solano Araya, otros y al oeste, Carlos
Morales Solano. Mide: ciento treinta y cuatro metros con sesenta y seis
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y
treinta minutos del quince de abril del año dos mil dieciséis, con la base de
ocho millones trescientos tres mil doscientos ocho colones con veintitrés
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las trece horas y treinta minutos del dos de mayo del año dos mil
dieciséis con la base de dos millones setecientos sesenta y siete mil
setecientos treinta y seis colones con ocho céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Davivienda (Costa Rica) S. A. contra Graciela Isabel Mata
Brenes. Exp.: 15-001243-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón,
(Materia Cobro), 15 de febrero del 2016.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2016013633).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas Ley Caminos; a las diez
horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de abril de dos mil dieciséis,
y con la base de dos millones quinientos mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número cien mil ciento cincuenta y ocho cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 04 Lepanto, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, Miguel Enríquez Parra; al sur, Higinio Parra Villegas; al este,
calle pública con 31 metros 23 centímetros y al oeste, Higinio Alfredo Parra
Villegas. Mide: cuatrocientos ocho metros con cuarenta y tres decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco
minutos del once de mayo de dos mil dieciséis, con la base de un millón
ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco
minutos del veintiséis de mayo de dos mil dieciséis con la base de seiscientos
veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Elizabeth Rivera Vargas contra Carina
Celia Canosa. Exp.: 15-001889-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas,
26 de enero del 2016.—Licda. Kattia Vargas Orellana,
Jueza.—(IN2016013635).
En la parte exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre de paso según citas al tomo
cuatrocientos ochenta y ocho (488), asiento: dieciséis mil quinientos veintidós
(16522), consecutivo: cero uno-cero cero sesenta y cuatro-cero cero uno,
(01-0064-001), con la base de dos millones ciento cuarenta y siete mil novecientos
setenta y un colones con cuarenta y seis céntimos, se rematará la finca del
Partido de Alajuela, matrícula de folio real trescientos sesenta y seis mil
trescientos treinta y tres-cero cero cero, de
naturaleza: terreno de agricultura, lote 8, situada en el distrito ocho, Tigra
cantón 110, San Carlos de la provincia de Alajuela, linda al norte: Lote 7;
sur, lote 9; al este, lote 87, y al este, servidumbre de paso, mide: mil quince
metros con noventa y tres decímetros cuadrados, (1.015.93²) según plano catastrado
N° A-0673960-2000. Para lo cual se señalan las ocho horas treinta minutos del
dieciocho de marzo de dos mil dieciséis. Publique la parte interesada el edicto
de ley. Lo anterior por haberse ordenado así dentro del proceso ejecutivo
hipotecario N° 05-000054-0181-CI-0217-LA de Coin
Quintas Club S. A., contra sucesión de Eduardo Meléndez Flores.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial
de San José, Desamparados, 16 de febrero del 2016.—Dra. Leyla
Kristel Lozano Chang, Jueza.—(IN2016013674).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las diez horas con treinta minutos del treinta y
uno de marzo del año dos mil dieciséis y con la base de veinte mil trescientos
cincuenta y cuatro dólares con cuarenta y un centavos en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo placa: 793050, marca: Hyundai, categoría:
Automóvil, serie: KMHJM81BP9U008645, categoría: Todo terreno, 4 puertas,
tracción: 4x4, chasis: KMHJM81BP9U008645, vin:
KMHJM81BP9U008645, uso: Particular, capacidad: 5 personas, año: 2009, color:
plateado, N° motor: G4GC8332423, cilindrada 2000 c. c., potencia: 82.00 kw, combustible: Gasolina, motor marca: Hyundai, modelo:
BHW5B2616-D-DI91, cilindros 04. Para el segundo remate se señalan las diez
horas con treinta minutos del dieciocho de
abril del año mil dieciséis con la base de quince mil doscientos sesenta y
cinco dólares con ochenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las diez horas con treinta minutos del tres
de mayo del año dos mil dieciséis con la base de cinco mil ochenta y ocho
dólares con sesenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica
contra Sergio Granados Fonseca. Exp. N° 15-001322-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito
Judicial de San José, 18 de febrero del 2016.—Licda. Lissette Córdoba
Quirós, Jueza.—(IN2016013695).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas:
297-06565-01-0901-001; a las diez horas y cero minutos (10:00 a. m.) del
veintiocho de marzo de dos mil dieciséis, y con la base de veintiocho millones
seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 151969-000 la cual es
terreno de potrero con una casa. Situada en el distrito 02 La Suiza, cantón 05
Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Socorro Azofeifa Vindas; al sur, calle
pública; al este, Socorro Azofeifa Vindas, y al oeste, calle pública. Mide: Cuatrocientos
veintisiete metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y cero minutos (10:00 a. m.) del trece de
abril de dos mil dieciséis, con la base de veintiún millones cuatrocientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos (10:00 a. m.) del
veintiocho de abril de dos mil dieciséis con la base de siete millones ciento
cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra
Ana Lorena Zamora Azofeifa, Hediberto
Madrigal Estrada. Exp. N° 16-000165-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 26 de
enero del 2016.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—(IN2016013711).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas:
362-02436-01-0962-001 y soportando hipoteca de primer grado a favor del
Instituto Nacional de Seguros citas: 518-19809-01-0002-001; a las catorce horas
y cero minutos del cinco de abril del año dos mil dieciséis y con la base de
quince mil trescientos ochenta y seis dólares exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
trescientos cuarenta y tres mil doscientos cuatro cero cero
cero la cual es terreno lote 30, bloque con una casa.
Situada en el distrito Cinco Esquinas cantón Tibás de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Ditre S. A.; al sur, Ditre S. A.; al este, Ditre S.
A., y al oeste, calle tercera. Mide: Ciento ocho metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiuno de
abril del año dos mil dieciséis con la base de once mil quinientos treinta y
nueve dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de
mayo del año dos mil dieciséis con la base de tres mil ochocientos cuarenta y
seis dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de W T
Inmobiliaria Gigante Sociedad Anónima contra Iveth Yanory
Herrera Chacón. Exp. N° 08-000771-0164-CI.
Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo
Circuito Judicial de San José, 8 de febrero del 2016.—Lic. Sandra Trejos
Jiménez, Jueza.—(IN2016013722).
En la puerta exterior de este Despacho,
soportando hipoteca de primer grado citas 2011-00215391-01-0001-001, a las
trece horas y cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de mayo de dos mil
dieciséis, y con la base de dos millones quinientos mil colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula Nº 00500205-cero cero cero la cual es
terreno cultivado de café. Situada en el distrito San Antonio, cantón Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Cafetalera Neba S. A.; al sur, Mario Baltodano
Vargas; al este, calle pública y al oeste, Cafetalera Neba
S. A. Mide: Ciento setenta y nueve metros con ochenta decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las trece
horas y cuarenta y cinco minutos del quince de junio de dos mil dieciséis, con
la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece
horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de junio de dos mil dieciséis con
la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Inversiones Comerciales Cuatro M Sociedad Anónima contra Cecilia
Benavides Segura. Expediente Nº 15-031856-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16
de octubre del 2015.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—(IN2016013727).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes prendarios, pero soportando gravámenes, infracciones, colisiones,
a las trece horas y treinta minutos del siete de abril de dos mil dieciséis, y
con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo: Placas Nº C151300, marca Freightliner,
estilo C120064ST, categoría tractocamión (carga
pesada), capacidad dos personas, año 1999, color blanco, vin
1FUYSSEBXXPA85882, cilindrada 12700 c.c., motor Nº 06R0484163. Para el segundo
remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintidós de abril de
dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones quinientos mil de colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las trece horas y treinta minutos del nueve de mayo de dos mil
dieciséis con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Cabezales
Río Blanco Sociedad Anónima contra César Gerardo Salas Rodríguez. Expediente Nº
15-000434-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
de Pococí, 17 de noviembre del 2015.—Lic. Johnny
Esquivel Vargas, Juez.—(IN2016013740).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos citas: 304-01938-01-0054-001, servidumbre de acueducto citas:
475-10408-01-0001-001; a las diez horas y cero minutos del veintiocho de marzo de
dos mil dieciséis, y con la base de seis millones quinientos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número treinta y ocho mil novecientos sesenta-F- cero cero cero la cual es terreno
finca filial nueve bloque K terreno apto para construir que se destinará a uso
habitacional y que tendrá una altura máxima de dos pisos. Situada en el
distrito 04-Bahía Ballena, cantón 05-Osa, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, filial cuatro; al sur, calle; al este, filial ocho y al
oeste, filial diez. Mide: Seiscientos cuarenta metros con cuarenta y dos
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero
minutos del trece de abril de dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones
ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del
veintiocho de abril de dos mil dieciséis con la base de un millón seiscientos
veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Residencial Turístico
Tortuga contra Rocks In The
Pacific Ocean S. A.
Expediente Nº 15-001191-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y
Civil de Menor Cuantía de Heredia, 16 de diciembre del 2015.—Lic. Marvin
Antonio Hernández Calderón, Juez.—(IN2016013743).
Se convoca a todas las personas interesadas
en la sucesión de Juana Ramona Lara Alvarado, a una junta que se verificará en
este Juzgado a las catorce horas (02:00 p. m.) del treinta y uno de marzo de
dos mil dieciséis, para conocer acerca de los extremos que establece el
artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº
11-000163-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del
Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 07
de enero del 2016.—Lic. Viviana Salas Hernández, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2016002959).
Se convoca a herederos, legatarios,
acreedores y demás interesados en la sucesión de Ramón Campos Araya, quien
fuera mayor, casado en primeras nupcias, agricultor, vecino de Palmar Norte Osa
Puntarenas, a fin de que comparezcan a este Despacho a las ocho horas treinta
minutos del treinta de marzo de dos mil dieciséis, a fin de conocer los
extremos previstos en el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente:
06-100062-423-CI interno 202-3-06. Sucesorio de Ramón Campos Araya, Albacea: Rudecinda Nájera Ortiz.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, 11 de
enero del 2016.—Licda. Marisel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—(IN2016005199).
Con el objeto de conocer los extremos de la
norma 926 del Código Procesal Civil (nombramiento de Albacea Propietario y
Suplente, conocer acerca del inventario y avalúo del bien y acerca de los
reclamos contra la sucesión), se convoca a todos los interesados en la sucesión
de quien en vida se llamó María Cecilia Pacheco Vargas, quien fuera mayor,
casada una vez, ama de casa, costarricense, vecina de Desamparados,
Urbanización Palo Grande, del Banco Nacional, cien metros norte y setenta y
cinco metros oeste, cédula de identidad número dos-doscientos sesenta y
tres-seiscientos treinta y dos, a la junta de interesados que se llevará a cabo
a las catorce horas (2:00 p. m.) del veintinueve de marzo del dos mil
dieciséis. Expediente N° 15-100218-0237-CI (236-2-15).—Juzgado
de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 18
de febrero del 2016.—M.Sc. Ian
Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—(IN2016013640).
Se convoca a todos los interesados en la
sucesión de Jorge Enrique Zúñiga Camacho a una junta que se verificará en este
juzgado a las catorce horas del diecisiete de marzo de dos mil dieciséis, para
conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código
Procesal Civil: 1) Si fuere procedente, elegir albacea propietario o suplente,
o ambos; 2) Mostrar conformidad o no, con el inventario de los bienes y avalúo
de los mismos y; 3) De los reclamos contra la sucesión. Expediente N°
12-100138-0217-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del
Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 16 de febrero del
2016.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—(IN2016013723).
María de los Ángeles Rodríguez Castro, cédula
de identidad Nº 1-475-587, mayor, viuda en segundas nupcias, vecina de
Guadalupe, San José, Barrio Minerva de la Rotonda, casa amarilla con verjas
rojas, solicita se levante información posesoria por rectificación de medida y
se ordene rectificar la medida que consta en el Registro Público de la
Propiedad, de la finca inscrita en propiedad partido de Alajuela, matrícula de
folio real número 419.612-000. Dicho terreno se describe así: terreno de patio
con árboles frutales con dos casas de habitación y una bodega, sito en Viento
Fresco de Aguas Zarcas, distrito cuarto del cantón décimo San Carlos de la
provincia de Alajuela. Linda al norte, Rosibel Luna
Hernández; al sur, calle pública con un frente de veinticinco metros con siete
centímetros lineales; al este, BVG Ivestiments S. A.
e Inversiones Dos Luna S. A. y al oeste, Irene González Salazar y Eliseo Salas
Miranda. Mide: dos mil trescientos sesenta y nueve metros con cincuenta
decímetros cuadrados, según el Registro Público, y según el plano número
A-1796109-2015, cuenta con una cabida de cuatro mil cuatrocientos treinta y
ocho metros cuadrados. El terreno cuya medida se pretende rectificar está libre
de gravámenes y anotaciones. El exceso del inmueble que se desea rectificar fue
estimado en la suma de dos millones quinientos mil colones al igual que las
presentes diligencias. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la
rectificación solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la
publicación este edicto. Proceso información posesoria, promovida por María de
los Ángeles Rodríguez Castro. Exp. Nº
15-000190-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, San Carlos, Materia Civil, 20 de enero del
2016.—Lic.Adolfo Mora Arce, Juez.—1
vez.—(IN2016008852).
Se hace saber que ante este
Despacho, se tramita el expediente Nº 16-000009-0391-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Jairo Leal Juárez; quien es
mayor, soltero, Técnico en Farmacia, vecino de Santa Cruz, Guanacaste, frente
al Bar Nuevo Malinche; portador de la cédula de identidad vigente número
5-0313-0912, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es pastos.
Situada en el distrito tercero, cantón segundo, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, Lomas de Nicoya Limitada; al sur, Vico D A de San Lázaro S.
A; al este, Corporación Delgavi S. A y servidumbre de
paso y al oeste, Hermanos Aiza Carrillo S. A y Lomas de Nicoya Limitada. Mide:
dos hectáreas mil doscientos noventa y dos metros cuadrados, tal como lo indica
el plano catastrado número G-1842156-2015. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de dos millones de colones cada una. Que adquirió dicho
inmueble por medio de donación y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por
más de diecisiete años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han
consistido en limpieza del terreno, construcción y mantenimiento de cerco y
rondas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, Otros Inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Jairo Leal
Juárez. Exp. Nº 16-000009-0391-AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 25 de
enero del 2016.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero,
Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2016008855).
Se emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Adrián Rosales Rosales,
quien fue mayor, casado una vez, chofer, vecino de Filadelfia, Guanacaste, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, se apersonen a este Juzgado a hacer valer sus
derechos, con apercibimiento de que si así no lo hacen la herencia pasará a
quien legalmente corresponda. Expediente Nº 15-000314-0387-AG.—Juzgado
Agrario del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 27 de enero
del 2016.—Licda. Karol Valverde Miranda, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2016008816).
Se hace
saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Ricardo Ernesto Viloria Hernández, mayor, estado civil casado, profesión
ingeniero civil, con documento de identidad 0900900920 y vecino de Heredia. Se
cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las
personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 15-000523-0164-CI.—Juzgado
Civil de Heredia, 5 de enero del 2016.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—(IN2016008821).
Se tiene por
establecido el presente proceso sucesorio intestado, del señor que en vida se
llamó Francisco Normando Calvo Valverde, se emplaza a todos los interesados por
el plazo de treinta días para que se apersonen al proceso mismo que se tramita
en sede notarial, ante el notario público Lic. Carlos Alberto Hernández
Navarro, con oficina en Cartago, cita, ciento veinticinco metros al este del
Banco de Costa Rica Los Ángeles, edificio El Oriente, segunda planta oficina
número uno. Publíquese por una única vez en el Boletín Judicial.—Cartago, tres de febrero del año dos mil dieciséis.—Lic.
Carlos Alberto Hernández Navarro, Notario.—1
vez.—Solicitud N° 47488.—(IN201608828).
Se hace saber:
Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Esteban Cruz Cruz, mayor, estado civil casado,
nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0201310561 y vecino de
Los Chiles de Alajuela costa norte de la plaza de deportes. Se cita a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 15-000259-0297-CI.—Juzgado Civil y
Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Civil), 13 de
enero del 2016.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1
vez.—(IN2016008829).
Se declara abierto el proceso sucesorio de
quien en vida fue Domingo Ramírez Badilla. Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Domingo Ramírez Badilla quien en vida fue mayor,
casado una vez, portador de la cédula de identidad seis-cero sesenta y
cuatro-cero ochenta, quien fuera vecino de La Gamba, Kilómetro 37 de Golfito,
al frente de la pulpería Familia Leal, para que dentro del plazo de treinta
días, contados a partir de la primera y única publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad
de herederos que si no se presentan dentro de este plazo, la herencia pasará a
quien corresponda. Expediente: 16-000001-419-AG interno 1-3-16. Proceso
sucesorio de Domingo Ramírez Badilla, promovido por Lilliam
Gutiérrez Carranza.—Juzgado Agrario del Segundo
Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, 27 de enero del
2016.—Lic. Juan Gutiérrez Villalobos, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2016008833).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de Sara Hernández Navarro, mayor, soltera, oficios del hogar,
cédula de identidad número uno-trescientos noventa y tres-mil ochenta y siete,
vecina de Villa Ligia de Pérez Zeledón; costa sur del salón comunal, quien
falleció el siete de setiembre del dos mil once, para que dentro del plazo de
treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos
que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien
corresponda. Expediente Nº 0001-2015. Sucesión de Sara Hernández Navarro.
Notaría del Licenciado David Salazar Mora, carné 17574, ubicada San Isidro de
Pérez Zeledón, Barrio Antigua Cruz Roja, cincuenta metros al sur de Coopealianza R.L.—Lic. David
Salazar Mora, Notario.—1 vez.—Solicitud Nº
47509.—(IN2016008866).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de la señora Marta del Carmen Viuez Soto,
quien en vida fuera, mayor soltera, vecina de Cartago, Tierra Blanca del
Calvario; trescientos cincuenta metros al sur
y cincuenta al oeste, cédula tres-cero noventa-tres seis nueve, para que dentro
del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos, del mismo modo se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº cero cero
cero dos-dos mil dieciséis. Notaría del Bufete Lic.
José Enrique Brenes Montero, notario público, sito Cartago; de la esquina
noreste, de la Corte noventa metros al este, Edificio Torre Metrópoli.—Lic. José Enrique Brenes Montero, Notario.—1 vez.—Solicitud Nº 47549.—(IN2016008889).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de quien en vida fue Benjamín Mejía Ramírez, mayor, divorciado,
pensionado, cédula número uno-cero tres nueve cuatro-cero siete cero uno,
vecino de Ciudad Colón, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos a la
oficina del suscrito notario, situada en Curridabat, de la Parroquia de Tirrases, veinte metros este; y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2016.—Lic.
Santos Javier Saravia Baca, Notario.—1
vez.—(IN2016008990).
Se cita a todos los herederos, legatarios,
acreedores o interesados en general en el proceso sucesorio de Zelmira Picado Chinchilla, mayor, viuda una vez, ama de
casa, con cédula: uno-ciento cuarenta y siete-ciento ochenta, y vecina de
Coronado, San Antonio, del Palí trescientos metros al
norte y veinticinco metros al este, quien falleció el día veintidós de mayo del
dos mil quince, en Carmen, Central, San José, Hospital Calderón Guardia, el
cual se tramita en sede notarial, expediente cero cero
cero uno-dos mil dieciséis, mediante el cual se
emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la
sucesión, para dentro del plazo de los treinta días se presenten ante esta
notaría, ubicada en San José, Coronado, San Isidro, Altos de Pizzería Papa
Johns a hacer vales sus derechos, en el entendido que después de transcurrido
el emplazamiento, la herencia pasará a quien corresponda.—Coronado, nueve de
febrero del dos mil dieciséis.—Licda. Victoria Badilla Jara, Notaria.—1 vez.—(IN2016008999).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de quien en vida Ninfa Zeneida Leiva Sequeira,
mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad uno-cero doscientos
setenta y seis-cero ochocientos treinta y siete, quien fuera vecina de Guácimo,
Guácimo, de la provincia de Limón, trescientos cincuenta metros oeste del Palí, fallecida el dieciséis de agosto del dos mil doce;
para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que
crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo,
la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 006-2015. Notaría del
Lic. Róger Antonio Valverde Sancho sita. Pérez
Zeledón, San José, San Isidro de El General, cien metros al oeste de Coopealianza y cincuenta metros norte, frente Cable Max,
teléfono 2772-1212.—Lic. Róger
Antonio Valverde Sancho, Notario.—1
vez.—(IN2016009012).
Se cita y emplaza a todos los interesados, en
la sucesión de quien en vida fue María Dominga Anadilia
Vargas Arauz, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad seis-cero
cero nueve siete-cero dos ocho cero, vecina de La Bonga de Changuena
de Buenos Aires de la provincia de Puntarenas, frente a la pulpería La
Esmeralda, fallecida el diecinueve de agosto de mil novecientos noventa y tres;
para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que
crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo,
la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 005-2015. Notaría del
Lic. Róger Antonio Valverde Sancho, sita, Pérez
Zeledón, San José, San Isidro de El General, cien metros al oeste de Coopealianza y cincuenta metros norte, frente Cable Max,
teléfono 2772-1212.—Lic. Róger
Antonio Valverde Sancho, Notario.—1
vez.—(IN2016009013).
Se cita y emplaza
a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue María Haydee Mora
Segura, quien fuere mayor de edad casada una vez, del hogar, portador de la
cédula de identidad número uno-cero trescientos ochenta y tres-cero seiscientos
cuarenta y ocho, vecina de Lomas de Cocorí, de San
Isidro de El General, Pérez Zeledón, exactamente Residencial Sibaja, fallecida
el día cinco del mes de diciembre del dos mil catorce; para que dentro del plazo
de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan
a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de
herederos, que si no, se presentan dentro dicho plazo, la herencia pasará a
quien corresponda. Expediente N° 004-2015. Notaría del Lic. Róger
Antonio Valverde Sancho, sita Pérez Zeledón, San José, San Isidro de El
General, cien metros al oeste de Coopealianza y
cincuenta metros norte, frente Cable Max, teléfono 2772-1212.—Lic. Róger Antonio Valverde Sancho, Notario.—1
vez.—(IN2016009021).
Se cita y emplaza
a todos los interesados en la sucesión de María Valentina Muñoz Carrillo,
mayor, viuda una vez, del hogar, cédula de identidad cinco-cero cien-cero
quinientos setenta y dos, vecina de Liberia, Guanacaste, para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a quienes crean tener
derecho, que si no se presentan dentro del término dado, la herencia pasará a
quien corresponda. Lo anterior, en proceso sucesorio en sede notarial,
expediente N° 0005-2016. En la notaría de la licenciada Daly
Mariel González Castro, ubicada en Liberia, Guanacaste, del Cuerpo de Bomberos,
doscientos metros al sur y veinte metros al este. Al celular 8332-5105 o al
correo electrónico dalyemi@gmail.com.—Licda. Daly
Mariel González Castro, Notaria.—1
vez.—(IN2016009264).
Se cita y emplaza
a todos los interesados en la sucesión de Simón Issac
Ruiz Guzmán, mayor, casado una vez, pensionado, cédula de identidad cinco-cero
ciento cuarenta y seis-cero novecientos noventa y tres, vecino de Nicoya,
Guanacaste, veinticinco metros al oeste del Estadio Chorotega, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a reclamar sus derechos y se apercibe a quienes crean tener derecho, que si no,
se presentan dentro del término dado, la herencia pasará a quien corresponda.
Lo anterior, en proceso sucesorio en sede notarial, expediente N° 0006-2016. En
la notaría de la licenciada Daly Mariel González
Castro, ubicada en Liberta, Guanacaste, del Cuerpo de Bomberos, doscientos
metros al sur y veinte metros al este. Al celular 8332-5105 o al correo
electrónico dalyemi@gmail.com.—Licda. Daly Mariel
González Castro, Notaria.—1 vez.—(IN2016009266).
Se cita y emplaza a los herederos, legatarios
y demás interesados, por el plazo de treinta días, para que se apersonen en
juicio sucesorio del señor Juan de Dios Ramón de Jesús Carranza Vargas, quien
fue mayor, viudo una vez, agricultor, vecino de Santa Cruz, sito Vista del Mar,
de la plaza de deportes seiscientos metros al norte; cédula de identidad número
seis-cero setenta y dos-novecientos sesenta y siete, para que se apersonen a
los autos haciendo valer sus derechos, o de lo contrario la herencia pasará a
quien corresponda. Notaría pública del Lic. Elmer Andrés Barrantes Castillo,
sito Santa Cruz, Guanacaste, Bufete Barrantes.—Santa
Cruz, ocho de febrero del dos mil dieciséis.— Lic. Elmer Andrés Barrantes
Castillo, Notario.—1 vez.— (IN2016009318).
Conforme, artículos novecientos veintidós y
siguientes del Código Procesal Civil, se cita y emplaza a los interesados y se
les comunica la apertura del proceso sucesorio ab intestato en sede notarial,
de quien en vida fue Ramón Luis Hernández Ramos, cédula N° 5-132-849, quien fue
mayor, casado dos veces, agricultor, vecino de Guanacaste, vecino de Santa
Cruz, 125 este de las oficinas del patronato, para que dentro del término de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen
ante este notaría, sita en el Centro de Palmares, Alajuela, costado este del
Club de Amigos Palmareños, oficina del licenciado
Roberto Vargas Mora, a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento, de que
si no, lo hacen la herencia pasará a quienes legalmente corresponda.—Palmares,
30 de enero del 2016.—Lic. Roberto Vargas Mora, Notario.—1
vez.—(IN2016009344).
Se cita y se emplaza a todos los interesados
en la sucesión de María Elena Monge Sánchez, quien fue mayor de edad, casada una
vez, costarricense, portadora de la cédula de identidad número uno-cero
doscientos cincuenta y siete-cero novecientos treinta y dos, y cuyo último
domicilio fue en San José, Curridabat, de la sucursal del Banco Nacional, cien
metros al este y ciento veinticinco metros al sur, para que dentro del plazo de
treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de
herederos, que así no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a
quien corresponda. Expediente 001-2016. Notaria: Marcela Vargas Madrigal.
Bufete Guardia Montes y Asociados.—Lic. Marcela Vargas
Madrigal, Notaria.—1 vez.—(IN2016009458)
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
Notaría por la señora Sandra Dinora Lescano Mora,
mayor, soltera, ama de casa, cédula número uno - cinco siete uno - ocho dos
ocho, vecina de Ciudadela Quince de Setiembre, setenta y cinco metros al este
de Cencinae casa número veintiuno y comprobado el
fallecimiento esta notaría declara abierto el proceso sucesorio de quien en
vida fuera María Isabel Mora Castro, mayor, viuda, pensionada, cédula número
dos - cero ciento cuarenta y nueve - cero cero
noventa y cuatro, vecina de Ciudadela Quince de Setiembre, setenta y cinco
metros al este de Cencinae casa número veintiuno,
quien falleció el día cinco de diciembre del año dos mil quince, se cita y
emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de 30 días
naturales contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante
esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Isaac Baltazar
Salazar Castro, ubicada en Hatillo 8, casa 2065, sobre avenida Nosara, Bufete Salazar Castro, teléfono 2232-9833.—Lic. Isaac Salazar Castro, Notario.—1
vez.—(IN2016009462).
De acuerdo a lo establecido en los artículos
917, 945 y siguientes y concordantes del Código Procesal Civil, artículo 129
del Código Notarial, se informa y cita a todos aquellos interesados, herederos,
legatarios, acreedores, que en esta notaría se ha iniciado en sede notarial, la
sucesión del señor José Ángel Chavarría Alvarado, quien fue mayor de edad,
casado una vez, pensionado, portaba la cédula de identidad número dos-cero
ciento veintiuno- cero quinientos veintisiete, vecino de Alajuela, cantón
primero, distrito cuarto, seiscientos veinticinco metros oeste y cincuenta
metros al sur de la Iglesia de Ciruelas, para que en el término de treinta días
hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho
a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo aquella pasará a quien
corresponda, en esta notaría ubicada en Alajuela centro, central, del Banco
Popular cincuenta metros al este. Teléfonos 2443-4838, móvil 8392-2669.—Lic. Doris Céspedes Elizondo, Notaria.—1
vez.—(IN2016009477).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de Rafael Ángel Meléndez Agüero y Juana Patricia Moreno Moreno, casados una vez entre sí, y por su orden albañil,
cédula 1-240-773, ama de casa, para que dentro de treinta días, contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a redamar sus derechos y
se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que, que si no se
presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda,
expediente Nº 010-2016 para que se apersonen en la notaría de la Licenciada Ana
Isabel Rodríguez Ramírez, localizada en San José, avenida 10 calles 21 y 25,
casa Nº 2195.—Lic. Ana Isabel Rodríguez Ramírez, Notaria.—1
vez.—(IN2016009486).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de quien en vida fue señor César Augusto Ortiz Jara, conocido como
Iván Ortiz Jara, mayor, casado una vez, administrador de empresas, portador de
la cédula de identidad número: seis-ciento dos-mil ciento dieciocho, vecino de
Concepción de Atenas, del Bar Co´s cuatrocientos
metros noreste, fallecido el día siete de diciembre del dos mil quince, para
que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada en Atenas centro, cien metros
este y cincuenta metros norte de los Tribunales de Justicia, a reclamar sus
derechos los que crean tener derecho a la herencia, apercibidos de que si no lo
hacen dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente
número dos mil dieciséis-cero cero cero uno.—Atenas, veinticinco de enero del dos mil dieciséis.—Lic.
Mariela Fernández González, Notaria.—1
vez.—(IN2016009521).
Se hace saber que en este Despacho, se
tramita el proceso sucesorio extrajudicial de quien en vida fue Martín René
Trejos Mena, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, cédula número
uno-quinientos noventa y cinco-cero treinta, y quien fue vecino de Montecillos
de Alajuela. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a
todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos
con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que
si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente cero uno-dos mil dieciséis, que se lleva en la oficina del
Licenciado Miguel Jiménez Calderón, sita en Alajuela, del Banco Popular 75
metros este, frente Floristería Chubascos.—Alajuela, 9 de febrero del
2016.—Lic. Miguel Angel Jiménez Calderón, Notario.—1 vez.—(IN2016009525).
Ante el suscrito notario público, al ser la
nueve horas del dos de marzo del 2013, se han presentado los señores Justiniano
Orozco Reina, viudo una vez, comerciante, portador de cédula de identidad Nº
2-0173-0344, Penelope del Socorro, casada una vez,
del hogar, portadora de cédula de identidad Nº 2-0430-0200, Diógenes Martín,
casado una vez, jefe de bodega, portador de cédula de identidad Nº 2-0490-0265,
Aristóteles, soltero, comerciante, portador de la cédula de identidad Nº
2-0386-0152, Sócrates Antonio, casado una vez, nutricionista, portador de la
cédula de identidad Nº 2-0341-0236, Heráclito Ramón, casado una vez, odontólogo,
portador de la cédula de identidad Nº 2-0360-0737, los cinco últimos Orozco Constantini, todos mayores y vecinos de San José, Plaza
Víquez, del Hotel Tapezco, treinta metros al este a
mano derecha, a solicitar la apertura de la sucesión ab-intestato de quien en
vida fue su madre la señora Angeliqui Constantini Sequeira, portadora de la cédula de identidad
número 8-0077-0835, falleció el día veinte de noviembre de dos mil nueve. Se
publica este aviso, a fin de que los presuntos herederos, legatarios,
acreedores o interesados se apersonen ante esta notaría pública, situada en San
José, Barrio México, calles 20-22 avenida 15, o de la Farmacia La Calzada, 100
metros norte 50 oeste, casa Nº 2060 color celeste con azul, de lunes a viernes
de las 08:00 a 17:00 horas. Cuentan con treinta días hábiles conforme al
artículo cuatrocientos veintinueve del Código Civil, contados a partir de la
publicación de este edicto para hacer valer sus derechos y se apercibe a los
que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho
plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2013. Notario
público licenciado Manuel Emilio Montero Mora, código Nº 0966.—San
José, a las once horas del primero de febrero de dos mil dieciséis.—Doctor Manuel
Emilio Montero Mora, Notario.—1 vez.—(IN2016009527).
Se cita y emplaza interesados sucesión de
Juan Quesada Quesada, mayor, casado dos veces, vecino de barrio San José, Alajuela, con cédula
número dos-ochenta y cinco-tres uno siete cuatro, quien falleció el veintinueve
de diciembre de mil novecientos noventa y seis, para que dentro del plazo de
treinta días de la publicación de este edicto, hagan valer sus derechos.
Expediente número cero dos-dos mil quince. Se inició el veinte de setiembre del
dos mil quince, teléfono 8389-2056 y correo bufetevaquerano@hotmail.com.—Lic.
José David Vaquerano Rivera, Notario.—1 vez.—(IN2016009533).
Se emplaza al interesado en la sucesión de
Carlos Manuel de Jesús Monge Alfaro, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a hacer valer
sus derechos y se les apercibe que si no se presentan dentro de ese plazo la
herencia pasará a quien corresponda. Proceso sucesorio notarial 021-2016.
Causante Carlos Manuel de Jesús Monge Alfaro. Notaría de la licenciada Laura
Gómez Martínez, con oficina en San Rafael de Oreamuno,
Cartago, costado sur de la iglesia.—Cartago, nueve de febrero del año dos mil
dieciséis.—Lic. Laura Gómez Martínez, Notaria.—1
vez.—(IN2016009570).
Se emplaza al interesado en la sucesión de Adelia Calvo Brenes, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto se apersonen a hacer valer sus derechos y se les apercibe que si no
se presentan dentro de ese plazo la herencia pasará a quien corresponda.
Proceso sucesorio notarial Nº 022-2016. Causante Adelia
Calvo Brenes. Notaría de la licenciada Laura Gómez Martínez, con oficina en San
Rafael de Oreamuno, Cartago, costado sur de la
iglesia.—Cartago ocho de febrero del año dos mil dieciséis.—Lic. Laura
Gómez Martínez, Notaria.—1 vez.—(IN2016009572).
A solicitud del
albacea y herederos legítimos de la señora Honoria
Mejías Alvarado, quien en vida fue, mayor, casada una vez, del hogar, vecina de
Quebrada Grande de Tilarán, Guanacaste, costado sur
de la iglesia católica, con cédula de identidad número dos-doscientos
dieciséis-cuatrocientos sesenta y tres, se avisa que se ha iniciado el trámite
de sucesión. Cualquier persona que tenga interés en este sucesorio deberá apersonarse
en la oficina de la notaria Ana Isabel Paniagua Lacayo, Notaria Pública, con
oficina abierta en Tilarán, costado oeste del parque,
dentro de los treinta días siguientes a la publicación de este aviso, para lo
que en derecho corresponda.—Lic. Ana Isabel Paniagua Lacayo, Notaria.—1 vez.—(IN2016009585).
Se cita y emplaza
a todos los interesados en la sucesión ab intestato de Rosa María Jiménez
Alfaro, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad
número: dos-trescientos dos-ochocientos noventa y siete, vecina de Alajuela,
Grecia, Los Ángeles, La Virgencita, de Repuestos El Quijote, cien metros al
oeste, para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus
derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no
se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 0001-2016. Notaría del Lic. Armando Rodríguez Hidalgo, sita en
Alajuela, Grecia, San Roque, frente al costado sur del gimnasio.—30 de enero de 2016.—Lic. Armando Rodríguez Hidalgo,
Notario.—1 vez.—(IN2016009596).
Mediante acta de
apertura otorgada ante esta notaría por William Gerardo Aguilar Jiménez, Omar
Alberto Aguilar Jiménez, Marco Tulio Aguilar Jiménez y José Miguel Aguilar
Jiménez, a las nueve horas del nueve de febrero del dos mil dieciséis y
comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio
ab intestado de quien en vida fuera Blanca Rosa Jiménez Sandí, quien fuera
mayor de edad, casada una vez, vecina de Guachipelín
de Escazú, portadora de la cédula de identidad Nº 1-230-508. Se cita y emplaza
a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Lic. Ana Yanci
Marín Vega, con oficina en San José, San Antonio de Escazú, del descanso
setenta y cinco metros sur, teléfono 2288-2552.—Lic.
Ana Yanci Marín Vega, Notaria.—1
vez.—(IN2016009608).
Mediante acta de
apertura otorgada ante esta notaria por Fiordaliza
Corrales Delgado y Ronald Corrales Delgado, a las diecisiete horas del siete de
febrero del dos mil dieciséis y comprobado el fallecimiento, esta Notaría
declara abierto el proceso sucesorio ab intestado de quien en vida fuera Juan
Bautista Corrales Madrigal, quien fuera mayor de edad, soltero, vecino de San
Antonio de Escazú, portadora de la cédula de identidad número 1-240-897. Se
cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de
treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Lic. Ana Yanci Marín Vega, con ofician en San José, San Antonio de
Escazú, del descanso setenta y cinco metros sur, teléfono 2288-2552.—Lic. Ana Yanci Marín Vega,
Notaria.—1 vez.—(IN2016009612).
Se emplaza a todos los interesados en la
sucesión ab intestato de Gerardo Mora Pereira, mayor de edad, casado una vez, comerciante,
vecino de Pijije de Bagaces, Guanacaste, de la
escuela ochocientos metros suroeste, casa a mano izquierda, cédula de identidad
numero cinco-doscientos treinta y cinco-quinientos
cuarenta y dos, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de
su publicación, se apersonen ante la notaría de la Licda. Ana María Rivas
Quesada, ubicada en la ciudad de Liberia, setenta y cinco metros al este del
Instituto Nacional de Seguros, edificio Montiel para hacer valer sus derechos,
percibidos de que si así no lo hacen la herencia pasará a quien legalmente
corresponda. (Expediente Nº 0001-2016, Proceso sucesorio ab intestato en sede
notarial de Gerardo Mora Perira). Ana María Rivas
Quesada, Notaria Pública. Notaría ubicada: Liberia, Guanacaste, dirección:
setenta y cinco metros al este del Instituto Nacional de Seguros, edificio
Montiel.—Lic. Ana María Rivas Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2016009624).
Se cita y emplaza a herederos y demás
interesados en el sucesorio del señor Sergio Ramón Morales Prado, quien fue
mayor, casado una vez, operador de máquina, vecino de San Ramón de Tres Ríos,
La Unión, Cartago, cédula Nº 4-0130-0879, para que dentro del plazo de treinta
días, contados a partir de la publicación de este edicto, que se hará por una
sola vez en el “Boletín Judicial”, se apersonen a hacer valer sus derechos,
apercibidos que de no hacerlo, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente extrajudicial Nº 2011-0006-MBL, que tramita el notario Mario Brenes
Luna, con oficinas en esta ciudad, 25 metros oeste de La Rotonda El Farolito,
Barrio Escalante, oficina Divimark, teléfonos
2222-8622 y 8315-9412.—San José, 30 de abril del
2011.—Lic. Mario Brenes Luna, Notario.—1
vez.—(IN2016009666).
Se cita y emplaza herederos e interesados en
la sucesión de Rumary Hernández Castro, mayor, viuda
una vez, ama de casa, cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos
veinte-cero quinientos siete, vecina de Hatillo, Desamparados, para que en 30
días a partir de esta publicación, comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo
el apercibimiento de que si no lo hicieren la herencia pasará a quien
corresponda. El expediente esta en notaría de Sonia
Montero Briceño, sita: Hatillo Tres, del Centro Comercial Topacio, cincuenta
metros sur, donde puede ser consultado. Expediente Nº 2015-002-SMB.—San José, 11 de enero del 2016.—Lic. Sonia Montero
Briceño, Notaria.—1 vez.—(IN2016009673).
Se cita y se
emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y todos los demás
interesados en la sucesión de quien en vida fue José David Villalobos
Chavarría, mayor, casado una vez, chofer, vecino de Heredia. San Miguel de
Santo Domingo, cédula de identidad número uno-un mil ciento sesenta-seiscientos
dieciséis, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a
los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro del
plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 001-2016. Notaría
del bufete del licenciado Rodrigo Solano Sabatier,
notario público, con oficina abierta en la ciudad de Guadalupe, avenidas dos y
cuatro, calle cinco. Teléfono 8846-5313.—Lic. Rodrigo
Solano Sabatier, Notario.—1
vez.—(IN2016009676).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de María Cristina Porras Valverde, mayor, viuda, pensionada, cédula
de identidad número uno-ciento noventa y cinco-ciento setenta y seis, vecina de
San José, distrito La Merced, Barrio México, calle veintiocho, avenida
veintiséis; para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de
dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0004-2016,
de la notaría de Héctor Luis Venegas Guzmán, teléfono 8911-6578.—Lic. Héctor Luis Venegas Guzmán, Notario.—1
vez.—(IN2016009683).
Por escritura
número ciento uno, visible al folio cincuenta y cuatro frente, del tomo tercero
de mi protocolo, otorgada en esta notaría, a las quince horas del diez de
febrero del dos mil dieciséis, se ha abierto el sucesorio notarial del señor
Sergio Ugalde Miranda, cédula número cuatro-ciento treinta-doscientos cuarenta
y tres, quien fue mayor, soltero, pensionado, vecino de Santa Bárbara de
Heredia, San Juan, del Aserradero Lara cien metros al sur, por lo que se cita y
emplaza a los posibles herederos, legatarios, acreedores y en general a todos
los interesados, para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a reclamar y hacer valer sus derechos;
y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se
presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 001-2016. Notaría del Bufete del Lic. Álvaro Enrique Alfaro
Jiménez, MBA. Notario Público, sita en San Pedro de Santa Bárbara de Heredia,
cien metros oeste de la escuela Elisa Soto Jiménez.—Santa
Bárbara de Heredia, a los diez días del mes de febrero de dos mil
dieciséis.—Lic. Álvaro Enrique Alfaro Jiménez, Notario.—1
vez.—(IN2016009685).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las quince horas del 04 de febrero del 2016, bajo el expediente Nº 0001-2014,
se reaperturó la sucesión ab intestado por medio de
la actividad no contenciosa en sede notarial, conforme con lo establecido en
los artículos ciento veintinueve del Código Notarial, novecientos cuarenta y
dos y novecientos cuarenta y cinco, siguientes y concordantes del Código
Procesal Civil, de la señora Idalí Calvo Mesén, quien
era mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad número tres-ciento
veinte-cero diecisiete, vecina de San Pedro de Montes de Oca, de Muñoz y Nanne, 100 metros al este y 50 metros al norte, casa número
cero cincuenta y cinco. Se cita y emplaza a los terceros interesados a
presentarse ante esta notaría, situada en San José, Barrio Francisco Peralta,
de la Casa Italia, setenta y cinco metros al este, edificio Nº 2947, dentro del
plazo de treinta días siguientes a la publicación del presente edicto, para
hacer valer sus derechos.—San José, 09 de febrero del 2016.—Lic. Leonardo
Ugalde Cajiao, Notario.—1
vez.—(IN2016009692).
Yo, Eugenio Hernández Cordero, notario, carné
Nº 21560, hago constar que ante mi notaría, ubicada frente a los bomberos,
Pérez Zeledón, bajo expediente cero cero cero tres-dos mil quince, se tramita sucesión intestada de Saturnina Bonifacia
Horna López, conocida como María, mayor de edad, costarricense, cédula número
9-0043-0679, viuda, ama de casa, cuyo último domicilio conocido fue Pérez
Zeledón, San Isidro de El General, barrio Sinaí; evento que se registró el día
dieciocho de julio del dos mil quince; por lo que emplazo a todos los
herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en este proceso, para que
en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto
en el Boletín Judicial se apersonen ante esta notaría en la dirección
dicha a hacer valer sus derechos.—Pérez Zeledón, al ser las diez horas del
veinticinco de noviembre del dos mil quince.—Lic. Eugenio Hernández Cordero,
Notario.—1 vez.—(IN2016009693).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de Antonio Sánchez Segura, mayor, casado una vez, pensionado,
portador de la cédula de identidad número: dos-uno dos ocho-seis cuatro ocho,
vecino de Alajuela, La Garita, seiscientos metros oeste de la escuela, para que
dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 002-2016. Notaría del bufete
Campos Araya & Asociados.—Alajuela, 10 de febrero
de 2016.—Lic. Jorge Arturo Campos Araya, Notario.—1
vez.—(IN2016009710).
La suscrita,
María Auxiliadora Herrera Venegas, mayor, casada una vez, instructora
deportiva, cédula número uno-ochocientos noventa y cuatro-doscientos trece,
vecina de Heredia, San Antonio de Belén, barrio San Isidro, costado norte del
Poli Deportivo, casa color ladrillo, se presentó en esta notaría a abrir el
proceso sucesorio extrajudicial de quien en vida fue: Carmen Venegas Venegas, quien fue, mayor, casada una vez, ama de casa,
cédula número cuatro-cero noventa y cinco-doscientos sesenta y dos, vecina de
Heredia, como única y universal heredera. Se cita a los presuntos interesados,
para que en el plazo de treinta días a partir de la publicación de este Edicto,
se apersonen en mi Notaría sita en San José, San Sebastián, cien metros este y
cincuenta metros norte de la iglesia católica, para que concurran a hacer valer
sus derechos. Si no se presentan en ese plazo, la herencia pasará a la señora
María Auxiliadora Herrera Venegas. Expediente Nº 001-2016.—San
José, 11 de febrero del 2015.—Lic. Eunice Mora Madrigal, Notaria.—1 vez.—(IN2016009714).
Se cita a
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días, comparezcan ante mi notaría ubicada en
San José, del Banco Nacional en el Alto de Guadalupe, 25 metros al este, 100
metros al sur y 50 metros al oeste, o por medio del fax 2223-3344, a hacer
valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la
herencia, de que si no se presentan dentro de este plazo, aquella pasará a
quien legalmente corresponda en la sucesión Legítima Notarial de quien en vida
fuera: María Luisa Villegas Villegas, mayor de edad,
ama de casa, casada una vez, cédula de identidad Nº 5-124-449, vecina de San
José. Expediente Nº 0001-2015.—San José, 11 de febrero
del 2016.—Lic. Marco Vinicio Arias Alfaro, Notario.—1
vez.—(IN2016009758).
Se cita y emplaza a los herederos y demás
interesados en la sucesión de José Tobías Chaves Cervantes, mayor, soltero,
comerciante, cédula número tres-doscientos cincuenta y seis-ciento cincuenta y
siete, vecino de Paraíso de Cartago, cien metros norte y setenta y cinco oeste
de la Estación de Bomberos, para que dentro del plazo de treinta días contados
a partir de la publicación de este edicto, se apersone ante la notaría del Lic.
Harold Chaves Ramos, en Paraíso de Cartago, costado norte del parque, en
procura de hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si así no lo
hiciere, la herencia pasará a quien en derecho corresponda.—Paraíso de Cartago,
8 de febrero del 2016.—Lic. Harold Chaves Ramos, Notario.—1
vez.—(IN2016009813).
Se cita y emplaza a los herederos y demás
interesados en la sucesión de Alfonso Loría Segura,
mayor, casado una vez, comerciante, cédula número tres-doscientos once-ochocientos
treinta y tres, vecino de Paraíso de Cartago, Orosi,
Palomo, frente a la iglesia, para que dentro del plazo de treinta días contados
a partir de la publicación de este edicto, se apersone ante la notaría del Lic.
Harold Chaves Ramos, en Paraíso de Cartago, costado norte del parque, en
procura de hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si así no lo
hiciere, la herencia pasará a quien en derecho corresponda.—Paraíso de Cartago,
27 de enero del 2016.—Lic. Harold Chaves Ramos, Notario.—1
vez.—(IN2016009814).
Mediante escritura pública de solicitud de
apertura otorgada ante esta misma notaría por Ana María del Carmen Jiménez
Corrales, cédula número cinco-cero cero noventa-cero setecientos nueve, a las
once horas treinta minutos del día ocho de febrero del año dos mil dieciséis y
comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio
ab intestato de quien en vida fuera Isaac Corrales Murillo, mayor de edad,
casado una vez, agricultor, vecino de Alajuela, San Carlos, Cutris,
Patastillo siete kilómetros camino a Boca Tapada,
cédula de identidad número nueve-cero cero sesenta y cuatro-cero trescientos
setenta y seis. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del
plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos, situada en
Ciudad Quesada, veinticinco metros al este de la escuela Juan Chaves. Freddy
Antonio Rojas López. Notario tramitador. Expediente Nº 001-2016. Sucesorio de
Isaac Corrales Murillo.—Lic. Freddy Antonio Rojas
López, Notario.—1 vez.—(IN2016009830).
Se cita y emplaza a los herederos y demás
interesados en la sucesión testamentaria de José Francisco Hernández Hernández, quien vida fuera mayor, casado una vez,
agricultor, vecino de San José, San Sebastián, cédula de identidad N°
6-0090-0680, fallecido en Sarapiquí de Heredia, el 8 de enero del año en curso,
para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen en autos a hacer valer sus derechos,
bajo los apercibimientos, de que, si así no lo hicieren, la herencia pasará a
quien corresponda. Esta notaría se ubica San José, Guachipelín
de Escazú, edificio Atrium, cuarto piso. Sucesión
notarial testamentaria de José Francisco Hernández Hernández.
Expediente N° 0001-2016.—San José, 8 de febrero de
2016.—Lic. Luis Felipe Martínez Obando, Notario.—1
vez.—(IN2016009834).
Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores e interesados en la sucesión notarial, que se tramita en
la notaría de la licenciada Aracelly Matarrita Murillo, en Santiago de Puriscal,
frente a la Cruz Roja, de quien en vida fuera Ivo Priamo
Alvarenga López, cédula uno-ochocientos setenta y cuatro-ochocientos noventa,
mayor, soltero, vecino de Calle Lajas de Aserrí, San
José, cien metros al este de la escuela Edwin Porras Ulloa, fallecido el
veinticinco de octubre del dos mil tres, para que en el plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a hacer valer
sus derechos, bajo el apercibimiento, que de no, presentarse en ese plazo, la
herencia pasará a quien corresponda. Sucesión notarial N° 001-2015.—Santiago de Puriscal, San José,
ocho de febrero del dos mil dieciséis.—Licda. Aracelly
Matarrita Murillo, Notaria.—1
vez.—(IN2016009840).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de Manuel Enrique Torres Retana, fallecido el año dos mil quince,
con cédula uno-cero quinientos setenta y tres-cero ochocientos cincuenta y
seis, mayor, divorciado una vez, electricista, vecino de Hatillo Cinco, acera
tres, casa novecientos, para que dentro del plazo de treinta días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no
se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. La
notaría se ubica en San José, Curridabat, Plaza del Sol, quinientos metros sur
y treinta este. Expediente N° 0002, año 2016. SUC. Notaria Dania Valverde Núñez.—San José, tres de febrero del dos mil dieciséis.—Licda.
Dania Valverde Núñez, Notaria.—1 vez.—(IN2016009874).
Se emplaza a herederos, legatarios e
interesados, en el sucesorio en sede notarial; de quien en vida fuera Guillermo
Valerio Avendaño, casado una vez, cédula N° 1-268-655 a hacer valer sus
derechos, dentro del término de 30 días, bajo el apercibimiento, que si no, lo
hacen la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2016.
Notificaciones al fax 24 53-0544.—Lic. Rodney Armando Reyes Mora, Notario.—1
vez.—(IN2016009900).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de Claudio Jiménez Sánchez, mayor, divorciado una vez, pensionado,
cédula de identidad número: dos-ciento
cincuenta y seis-trescientos noventa y cuatro, vecino Cebadilla de Turrucares, Alajuela, del laguito Phillips cuatrocientos
cincuenta metros al sur, falleció el día quince de julio mil novecientos
noventa y cinco, en Turrúcares, Central, Alajuela,
para que en un plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos, que si no, se presentan dentro de dicho plazo la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente SUC-004-2015-SN. Notaría
del licenciado Jaime Jesús Flores Cerdas, ubicado en Río Segundo de Alajuela,
Centro Comercial El Guayabo segunda planta. Teléfono y fax 2430-3092.—Lic. Jaime Jesús Flores Cerdas, Notario.—1
vez.—(IN2016009931).
Se cita y emplaza a todos los interesados,
herederos, acreedores en general en el sucesorio de quien en vida fuera la
señora Dalia Molina Jiménez, mayor, viuda, de oficios administradora del hogar,
vecina del barrio Cieneguita de Limón, del salón comunal, veinticinco al sur,
casa: cincuenta y uno, con cédula de identidad número tres-dos cero cero-seis
cero nueve, para que dentro del plazo de treinta días a partir de la
publicación de este edicto se apersonen ante este despacho notarial. A hacer
valer sus derechos. Se apercibe a todos los interesados de que, de no,
apersonarse en el mencionado plazo, la herencia pasará a quien corresponda, lo
anterior por ordenarse así en sucesorio número: cero cero
dos-cero uno-dos mil dieciséis. En sede notarial, licenciado Osman Frew Davidson,
setenta y cinco al sur del Museo Nacional, edificio doscientos setenta. En el
bulevar. Gestiona: Eugenia María Sánchez Molina.—Limón,
veintiocho de enero del dos mil dieciséis.—Lic. Osman
Frew Davidson, Notario.—1 vez.—(IN2016009963).
Los señores Carlos Alonso Fallas Hidalgo,
quien dice ser mayor, costarricense, soltero, comerciante, cédula de identidad
número 1-935-276, vecino de San Antonio de Coronado, y Adriana Solano Herrera,
quien dice ser mayor divorciada, profesora, de nacionalidad costarricense,
cédula de identidad 1-1014-296, vecina de San Antonio de Coronado, han
solicitado a mi notaría celebrar su matrimonio, por tanto, se publica el
presente edicto a fin de cumplir con lo establecido en el artículo 26 del
Código de Familia, licenciado Douglas Román Díaz, fax 2248-0820.—Lic. Douglas
Román Díaz, Notario.—1 vez.—(IN2016009998).
Se cita y se emplaza a todos los interesados
en la sucesión ab intestato de María Eugenia Zonta Marín, conocida como María
Eugenia Marín Arias, soltera, cédula dos-cero dos dos
ocho-cero seis uno cero, ama de casa, vecina de la dirección del solicitante,
quien falleciera en Alajuela, el siete de mayo del dos mil catorce, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe que los que crean
tener capacidad de herederos, que si no, se presentan dentro de dicho plazo, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2016.—Lic.
Luis Fernando Fallas Marín, Notario.—1
vez.—(IN2016010004).
Ante esta notaría, se presentaron hoy para
contraer matrimonio Jorge Luis Vélez Soza, mayor,
soltero, comerciante, vecino Valverde Vega, Calle Canto, casa número seis,
nacionalidad nicaragüense, cédula de residencia N° 155816307223, padres Jorge
Luis Vélez, Rosa Argentina Soza, ambos nicaragüenses,
nacido en Nicaragua, Managua y Liseth Yajaira
Gutiérrez Mora, mayor, soltera, comerciante, vecina de Naranjo seiscientos
metros al sur de Bodegas Cooperativa, cédula N° 207340752, nacida en Grecia,
padres Gerardo Gutiérrez Calderón, Carmen María Mora Chacón ambos padres
costarricenses y deseamos contraer matrimonio. Lo presente se publica para que
terceros interesados oponga cualquier objeción en Sarchí
Norte, 200 metros al norte del Beneficio La Eva.—Valverde
Vega, 11 de febrero del 2016.—Licda. María Alejandra Conejo Corrales, Notaria.—1 vez.—(IN2016010062).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de Juan Ramón Morales Céspedes, quien fue mayor, casado una vez,
repartidor de periódico, portador de la cédula de identidad número 4-085-329,
vecino de Birrí de Santa Bárbara de Heredia, 150
metros oeste del semáforo, para que dentro del plazo de treinta días, contados
a partir de la publicación del presente edicto comparezcan a reclamar su
derechos. Se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no,
se presentan dentro del plazo dicho, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente Nº SN.-002-2016. Notaría del licenciado Fredy Vargas Chavarría,
abierta al público en Barva de Heredia, 125 metros al
norte de la Agencia del Banco Nacional.—Lic. Fredy Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—(IN2016010067).
Se cita y se emplaza a los interesados en la
sucesión de Alfredo Colon, de un apellido en razón de su nacionalidad
estadounidense, casado una vez, pensionado, pasaporte número cinco cero uno dos
cuatro cinco cuatro uno tres, vecino de San Pedro de Valverde Vega, Alajuela,
doscientos metros norte de Cabinas Fantasía y ciento cincuenta oeste del Centro
de Restauración; para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se
apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quién corresponda. Expediente
número: cero cero uno-del dos mil dieciséis. Notaría
del Bufete Campos Doubleday.—Licda.
Marianela Doubleday Céspedes, Notaria.—1 vez.—(IN2016010117).
Se hace saber: Que en este Despacho se
tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Marina Zelmira de los Ángeles Quesada Martínez, mayor, viuda, del
hogar, con documento de identidad 0300524772, y vecina de Loyola de Cartago. Se
cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
15-000448-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 27
de octubre del 2015.—Msc. Mateo Ivankovich
Fonseca, Juez.—1 vez.—(IN2016010121).
Licda. Jeannory Martínez Castro, Jueza del Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica; hace saber, que en este
despacho se interpuso un proceso de declaratoria de muerte presunta, bajo el
expediente número 06-100085-0475-CI promovido por Ángela Sánchez Fernández del
ausente Luis Sánchez Fernández donde se dictó la resolución que literalmente
dicen: sentencia N° 76-2015, Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Segundo
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las ocho horas del cuatro de agosto
del dos mil quince. Proceso no contencioso de presunción de muerte de Luis
Sánchez Fernández, portador de la cédula de
identidad número uno-doscientos noventa y cinco-trescientos ochenta, y demás
calidades desconocidas; promovida por Ángela Sánchez Fernández, mayor, casada
una vez, ama de casa, cédula de identidad número uno-trescientos cuarenta y
cuatro cero setenta, vecina de Milano de Siquirres.
Resultando: I. El presente asunto es promovido por la señora Ángela Sánchez
Fernández, para que se declare la presunción de muerte del señor Luis Sánchez
Fernández. II. El anuncio de la desaparición fueron debidamente publicados en
el Boletín Judicial y un periódico de circulación nacional, se recibió
la prueba testimonial ofrecida y no hubo oposición alguna a este trámite. III.
En los procedimientos se han observado las prescripciones y los plazos de ley;
y, considerando I.—Hechos probados: de importancia
para la decisión de este asunto se tienen los siguientes: a) El señor Luis
Sánchez Fernández no aparece con apoderado que lo represente inscrito en el
Registro Público (ver certificación a folio 5). B) No existen movimientos
migratorios de entrada y salida del país del señor Sánchez Fernández.
(Certificación del Ministerio de Gobernación y Policía, Dirección General de
Migración y Extranjería a folios 14 y 15). C) El señor Luis Sánchez Fernández,
tiene más veinte años de desaparecido. (Declaraciones de las testigos señoras Yorleny Sánchez Fernández y María Ester Mora Alvarado a
folios 41 y 45). D) El anuncio de la desaparición del señor Sánchez fue
publicado por medio de edicto en los Boletines Judiciales los días 7 de
setiembre, 8 de octubre y 9 de noviembre del 2010 y también se publicó en un
periódico de circulación nacional el 10 de abril del 2013. (Publicaciones a
folios 47 al 49 y 56). II.—Sobre el fondo: Las presentes
diligencias no contenciosas de presunción de muerte, encuentran su fundamento
legal en el numeral 78 del Código Civil, el cual indica: “Si la ausencia ha
continuado durante veinte años después de la desaparición o durante diez años
después de la declaratoria de ausencia, o de las últimas noticias, o bien si
han corrido ochenta años desde el nacimiento del ausente, el juez, a instancia
de parte interesada, declarará la presunción de muerte. Hecha esta
declaratoria, se dará la posesión definitiva de los bienes, sin necesidad de
fianza, a sus herederos presuntivos al tiempo de la desaparición, o de las
últimas noticias y a los demás interesados de que habla el artículo 72,
quedando cancelada la garantía dada para la posesión provisional”. En el caso
que nos ocupa tenemos que la promovente señora Ángela
Sánchez Fernández presenta estas diligencias para que se declare la presunción
de muerte de su hermano Luis Sánchez Fernández; pues han transcurrido más
veinte años de no tener noticias de él. Ahora bien, como se indicó, la
solicitud pedida por Doña Ángela tiene como finalidad principal que se
establezca la presunción de muerte del señor Sánchez Fernández. Quedó
debidamente acreditado que Don Luis Sánchez Fernández, tiene más de veinte años
de desaparecido, sin tener noticias de él, según relato declaradas por las
testigos Yorleny Sánchez Fernández y María Ester Mora
Alvarado. De los autos se tiene por acreditado también que no consta con
apoderado alguno y de quien no se tiene registro de entrada y salida del país.
Por otra parte y de acuerdo con lo dispuesto en el ordinal 876 del Código
Procesal Civil, los edictos fueron publicados en los Boletines Judiciales en
fecha 7 de setiembre, 8 de octubre y 9 de noviembre del 2010 y también fue
publicado en un periódico de circulación nacional el día 10 de abril del 2013,
sin que conste a la fecha en el expediente oposición alguna a esta solicitud de
declaratoria de presunción de muerte. Así las cosas, habiendo transcurrido más
de tres meses desde la última publicación de los edictos y no teniéndose
noticias del desaparecido, procede en consecuencia declarar la muerte presunta
del señor Luis Sánchez Fernández. Conforme lo dispone el artículo 872 inciso 3
del Código Adjetivo se ordena publicar esta resolución por medio de edicto por
tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, con intervalos de quince
días, y también deberá publicarse en un diario de circulación nacional o bien
por medio de la radio. Una vez firme ésta resolución se ordena transcribir lo
resuelto para su inscripción al Registro Civil. Por tanto de conformidad
con lo expuesto artículos 1, 3, 5, 99, 872 y 876 del Código Procesal Civil, y
artículos 78 y 79 del Código Civil, se resuelve: Se declara la muerte presunta
del desaparecido Luis Sánchez Fernández. Conforme lo dispone el artículo 872
inciso 3 del Código Adjetivo se ordena publicar esta resolución por medio de
edicto por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, con
intervalos de quince días, y también deberá publicarse en un diario de
circulación nacional o bien por medio de la radio. Una vez firme ésta
resolución se ordena transcribir lo resuelto para su inscripción al Registro
Civil. Notifíquese. Licda. Jeannory Martínez Castro,
Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso
declaratoria de muerte presunta, bajo el expediente número 06-100085-0475-CI
promovido por Ángela Sánchez Fernández del ausente Luis Sánchez Fernández.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, 21 de agosto del 2015.—Licda. Jeannory
Martínez Castro, Jueza.—(IN2016008882). 3.v. 1 Alt.
Leonardo Loría
Alvarado, Juez del Juzgado de Familia de Puntarenas, hace saber que en
expediente número 15-000369-1146-FA, correspondiente a un proceso de
declaratoria judicial de abandono y pérdida de la responsabilidad parental y
depósito judicial, promovido por Patronato Nacional de la Infancia, contra
Jenny Méndez Delgado y Ronulfo Manzanares Méndez, se
dictó la sentencia número 29-2016, de las quince horas cuarenta minutos del
doce de enero del dos mil dieciséis, que en lo conducente reza así: Resultando.
Primero: (...) Segundo: (...) Tercero: (...) Considerando. I.—Hechos
probados. II.—Sobre el fondo del asunto. Por tanto: De
acuerdo a lo expuesto, y artículos 51 y 55 de la Constitución Política; 5, 13,
30, 32 y 34 del Código de la Niñez y la Adolescencia; 1, 2, 5, 8, 115 y
siguientes y 140 y siguientes del Código de Familia, se declara con lugar la
demanda de declaratoria judicial de abandono de personas menores de edad y
depósito de menores de edad establecida por el Patronato Nacional de la
Infancia contra Jenny Méndez Delgado y Ronulfo
Manzanares Méndez, declarando en esta vía judicial el estado de abandono, con
la consecuente pérdida de los derechos de la responsabilidad parental que ellos
ostentaban sobre las menores de edad Daniela Manzanares Méndez y Sofía Méndez
Delgado, además de que se ordene el depósito judicial de estas menores con los
señores Cecilia Sojo Delgado y Marco Arguedas Brenes, lo anterior con fines de
adopción. Anótese el fallo en el asiento de inscripción del Registro Civil de
Daniela Manzanares Méndez en el libro de nacimientos de la provincia de San
José, al tomo 2006, folio 69, asiento 138 y para Sofía Méndez Delgado en el
libro de nacimientos de la provincia de San José, tomo 2163, folio 113, asiento
225, respectivamente. Este asunto se resuelve sin condena en costas para la
demandada en virtud de que no está presente en el proceso. Hágase saber.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Lic. Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2016008818).
Se avisa que en este Despacho bajo el
expediente número 15-000605-0364-FA, los señores Hugo Antonio Carranza Cubero,
cédula 02-0424-0422 y María Emilia Roldán Vallejo, cédula 01-0789-0925,
solicitan se apruebe la adopción de la persona menor de edad José Luis Sandí
Cordero. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular
oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y
se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado
de Familia de Heredia, 28 de enero del 2016.—Licda. Mayra Trigueros Brenes,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2016008823).
Se convoca por medio de este edicto a las
personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del
Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo
de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania promovente Blanca Nievas Cascante Segura, presunta insana Rosdibel del Socorro Otárola Cascante. Expediente número
15-001256-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago,
2 de junio del 2015.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2016008824).
M.Sc. Silvia Fernández Quirós, Jueza del Juzgado de Familia Segundo
Circuito Judicial de San José, comunica al señor Jonathan Adler Torres, que en
este despacho se tramita el proceso abreviado de suspensión de autoridad
parental, expediente N° 15-001310-0165-FA, incoado por Sofía Vargas Abarca en
contra de Jonathan Adler Torres en beneficio de la menor de edad L.A.T.V. con
base en los hechos, primero, segundo, tercero, cuarto, quinto, sexto, sétimo y
octavo, pretende que en sentencia se declare la suspensión de la autoridad
parental del señor Adler Torres para que la pueda ejercer ella en forma
exclusiva, además se le otorgue a la niña autorización de salida del país con
la abuela materna y a la tía materna. Lo anterior con base en el artículo 159
del Código de Familia, 29 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia
y 33, 41 y 51 de la Constitucional Política. Se dictó la resolución de las once
horas y cuarenta y nueve minutos del doce de enero de dos mil dieciséis, en la
cual se tuvo como representante del señor Adler Torres a la Licda. Artavia Villegas en su calidad de curadora procesal y se
ordenó la publicación del presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el
numeral 263 del Código Procesal Civil.—Juzgado de Familia Segundo Circuito
Judicial de San José.—M.Sc. Silvia Fernández
Quirós, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2016008826).
Licda. Mayra Trigueros Brenes, Jueza del
Juzgado de Familia de Heredia; hace saber a Reinier
Soto Cedeño, documento de identidad 83020926829, casado, cubano, domicilio
desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso nulidad matrimonio en
su contra, bajo el expediente número 15-002326-0364-FA donde se dictaron las
resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia de Heredia, a las
catorce horas y catorce minutos del veintiocho de enero del año dos mil
dieciséis. De la anterior demanda abreviada establecida por el accionante Maureen Ivannia Gutiérrez
Fonseca, se confiere traslado al accionado Reinier
Soto Cedeño por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la
demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco
días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá
expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos
legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá
contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por
inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En
la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en
su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se
referirá cada uno. Parte interviniente: Por existir menores involucrados en
este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia.
Notifíquese a dicha institución por medio del casillero 403 de estos
Tribunales, quedando las copias en el despacho para su retiro. Se le previene a
la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio
para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de
veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual
consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28
de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de
2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008,
artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un
fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el
envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como
teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en
concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07
celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de
este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la
siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d)
profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado
civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Se informa a la parte
demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a
presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y
si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios
profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los
Consultorios Jurídicos. En Heredia, los de la Universidad de Costa Rica se
encuentran ubicados frente a Almacén El Rey, segunda planta, y se atiende los
miércoles de las 16:30 a las 19:30 horas, y los sábados de las 9:00 a las 11:00
horas, teléfono central número 2207-4223. En otros lugares del país hay otras
Universidades que prestan el servicio. Se advierte, eso sí, que la demanda debe
ser contestada en el plazo que se le ha concedido, por lo que debe procurarse
la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y
1 de la Ley de Consultorios Jurídicos Nº 4775). Siendo que la Ley N° 8687, Ley
de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en
vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria
y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para
atender notificaciones. (Art. 58) y en todos los demás procesos, las partes
deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: Fax,
Correo Electrónico, Casillero y Estrados. Se puede señalar dos medios distintos
de manera simultánea. (Art. 36). En caso de no señalar medio, la omisión
producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art. 34). Así las
cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en
la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe
registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de
Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no
cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente:
Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial
a los teléfonos 2295-3386 ó 2295-3388 para coordinar
la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea
habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de
Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el
mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica
que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la
confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica
ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde
está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado
ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado
que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad.
De conformidad con la Circular N° 122-2014, Sesión del Consejo Superior N°
41-14, celebrada el 6 de mayo del 2014, artículo XLIII, se le previene a la
parte actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar, tanto de la
dirección de la vivienda como el lugar de trabajo, horario de trabajo, correo
electrónico si lo posee, números telefónicos. Asimismo, el nombre de algún
familiar o vecino a través del cual pueda lograrse el contacto con las partes.
Nombramiento de curador: De conformidad con lo dispuesto por el artículo 262 el
Código Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle curador procesal a la
demandada se resuelve: Se ordena expedir y publicar el edicto electrónicamente
al que se refiere el artículo 263 del Código Procesal Civil, el cual será
enviado por este despacho a la Imprenta Nacional y la parte interesada deberá
estar atenta a su publicación. De igual manera se le previene a la parte actora
que aporte certificación del Registro de Personas en el que se informe si el
demandado ausente cuenta con apoderado
inscrito en el país, así como Certificación de Movimientos Migratorios del
demandado expedida por la Dirección General de Migración y Extranjería del
Ministerio de Seguridad Pública. Prevención de honorarios: Se le previene a la
parte actora que a efectos de que proceder cubrir los honorarios del curador a
nombrar, dicho monto lo es la suma de cien mil colones por lo que deberá
depositarlo en la cuenta N° 150023260364-6 del Banco de Costa Rica. Citación a
la parte actora: Se cita a la señora Maureen Ivannia Gutiérrez Fonseca para que en el plazo de una
semana comparezca al Juzgado y, bajo juramento, responda las preguntas que se
le formularán para determinar la procedencia del nombramiento del curador
procesal del demandado, bajo apercibimiento de que si no comparece, el proceso
no podrá avanzar. Citación testigos: Se previene a la parte actora que en el
plazo de una semana presenten al despacho dos testigos, para que bajo
juramento, respondan las preguntas que se le formularán para determinar la
procedencia del nombramiento del curador procesal del demandado, bajo
apercibimiento de que si no comparece, el proceso no podrá avanzar. Notifíquese.
Lic. Mayra Trigueros Brenes, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso
nulidad matrimonio de Maureen Ivannia
Gutiérrez Fonseca contra Reinier Soto Cedeño.
Expediente Nº 15-002326-0364-FA.—Juzgado de Familia
de Heredia, 28 de enero del 2016.—Licda. Mayra Trigueros Brenes, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2016008827).
Se hace saber a Steven Adrián Méndez Varela,
portador del documento de identidad 1-1158-0341, demás calidades desconocidas y
sin domicilio conocido, que en este Despacho se tramita el expediente número
15-401600-0637-FA, que corresponde a una solicitud de autorización de
reconocimiento de hijo de mujer casada a favor de Abigail Méndez Lobo, planteada
por Daniel Mora Serrano, portador del documento de identidad 1-1126-193 y
vecino de Desamparados y que se la ha otorgado audiencia por tres días para
manifestar lo que tuviere a bien y para señalar medio donde atender notificaciones, apercibido de que si no lo hace
operará la notificación automática. El emplazamiento corre tres días después de
esta publicación.—Juzgado de Familia de
Desamparados, 25 de noviembre del 2015.—Licda. Mauren
Solís Madrigal, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2016008831).
Han comparecido ante este despacho
solicitando contraer matrimonio civil las personas contrayentes Jorge Albino
Rojas Rojas, mayor, soltero, costarricense, cédula de
identidad número 0603620392, vecino de San Juan de San Ramón, 125 metros norte,
de la Iglesia Cemilan, casa de cemento con portón de
color blanco, hijo de Albino Rojas Vega y Rosa Rojas Rodríguez, nacido en
Centro Central Puntarenas, el 06-04-1987, con 28 años de edad, y Annette
Valverde Torres, mayor, soltera, costarricense, cédula de identidad número
0207020053, vecina de San Juan de San Ramón; 125 metros norte, de la Iglesia Cemilan, casa de cemento con portón de color blanco, hija
de Carlos Luis Valverde Sánchez y Dunia Torres
Arroyo, nacida en Centro San Ramón de Alajuela, el 26-06-1992, actualmente con
23 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún
impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo
ante este despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación
del edicto. (Solicitud de matrimonio) Exp. Nº
16-000023-0688-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, Materia Familia, 12 de enero del
2016.—Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2016008890).
Se hace
saber que en mi notaría pública, se celebrará el matrimonio civil de Carlos
Luis López Chavarría y Ana Yocebet Murillo Valverde.
Se emplaza en general a todos los interesados, para que dentro de ocho días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a presentar
oposición. Licenciada Silvia Alvarado Quijano, Notaría Pública.—San José, 11 de febrero del 2016.—Licda. Silvia Alvarado
Quijano, Notaria.—1 vez.—(IN2016009833).
Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, María
Cristina Taleno Calero, mayor, soltera, servidora
doméstica, nicaragüense, número de identidad 155816110312, vecina de San José,
cantón central, distrito Zapote, Barrio Luján, de las oficinas centrales del
PANI 125 metros sur, 100 metros este y 100 metros sur, calle sin salida, lado
derecho casa color papaya, hija de Manuel Taleno
Cisneros y María de los Ángeles Calero Sánchez, ambos nicaragüenses, y nacida
en Granada, el once de marzo de 1962, con cincuenta y tres años de edad, y José
Ramón Gómez Villalobos, mayor, soltero, oficial de seguridad privada,
nicaragüense número de identidad 155807358521, vecino de San José, cantón
central, distrito Zapote, Barrio Luján, de las oficinas centrales del PANI 125
metros sur, 100 metros este y 100 metros sur calle sin salida, hijo de José
Ramón Gómez López y Petronila Auxiliadora Villalobos Guevara, nacido en Masaya,
Nicaragua, el veinte de noviembre de mil novecientos sesenta y ocho,
actualmente con cuarenta y siete años de edad. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Publíquese por una sola vez. Expediente
N° 16-000007-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de
San José, 2 de febrero del 2016.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen,
Jueza.—1 vez.—(IN2016010180).
Han comparecido ante esta
notaría a solicitar contraer matrimonio civil los señores Wilson Enrique Artavia Ramírez, soltero, de 25 años, operario en
construcción, vecino de Guácimo, África; 25 metros norte, del Bar La
Chaparrita, con cédula de identidad 7-0200-0491, hijo de Germán Artavia Conejo, costarricense y Ana Cecilia Ramírez
Hernández, costarricense; y Graciela Pamela Hernández Serrano, soltera, de 16
años, estudiante, vecina de Guácimo, Limón, Los Geranios; cuatrocientos metros
este, de la escuela, cédula 7-0267-0649, hija de José Hernández Salas,
costarricense y Ana Yancy Serrano Mora,
costarricense. Se publica este edicto para efectos del capítulo iv del código
de familia. Para terceros las oposiciones bien podrá hacerlo al correo
electrónico fulviasanchezballestero@hotmail.com.—Guápiles,
15 de febrero del 2016.—Licda. Fulvia María Sánchez
Ballestero, Notaria.—1 vez.—Solicitud Nº
48044.—(IN2016010690).