BOLETÍN
JUDICIAL N° 91 DEL 12 DE MAYO
DEL 2016
SECRETARÍA GENERAL
DEPARTAMENTO DE GESTIÓN HUMANA
DEL PODER JUDICIAL
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER
JUDICIAL
DEPARTAMENTO DE GESTIÓN HUMANA
DEL PODER JUDICIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Remates
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Convocatorias
Títulos
Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos Matrimoniales
Edictos en lo Penal
CIRCULAR
Nº 23-2016
ASUNTO: Reiteración
de la circular N° 109-15 “Impedimento para conciliar en casos de hostigamiento
sexual”.
A LOS
DESPACHOS JUDICIALES QUE CONOCEN
MATERIA DE HOSTIGAMIENTO SEXUAL
SE LES
HACE SABER QUE:
El
Consejo Superior del Poder Judicial en sesión Nº 2-16 celebrada el 7 de enero
de 2016, artículo XXXV, acordó reiterarles la circular Nº 109-2015, sobre “Impedimento
para conciliar en casos de hostigamiento sexual”, del 25 de junio de 2015,
que literalmente indica:
“El Consejo Superior del Poder Judicial en
sesión Nº 50-15 celebrada el 28 de mayo de 2015, artículo LXXIII, con base en
el comunicado de la licenciada Marcela Arroyave Sandino, Coordinadora de la
Comisión contra el Hostigamiento Sexual, dispuso comunicar a los despachos
judiciales del país que conocen materia relacionada con el Hostigamiento
Sexual, las pautas que literalmente dicen:
1- Se le
recuerda al personal judicial que la normativa vigente no contempla etapa de conciliación en la tramitación de casos
de hostigamiento sexual.
2- Al ser
el hostigamiento sexual una forma de violencia en el que se ven vulnerados los
derechos humanos de las víctimas, convocar a las partes a una conciliación,
expone a la víctima a la revictimización, aumenta el daño y expone a las
personas denunciantes a nuevas situaciones de violencia.”
San
José, 2 de marzo de 2016.
Silvia
Navarro Romanini,
Secretaria
General
1 vez.—Exento.—( IN2016021250 ).
CIRCULAR
Nº 24-2016
ASUNTO: Reiteración
de la circular N° 227-15 sobre “Los procesos ordinarios por hostigamiento
sexual que se deben notificar a la Defensoría de los Habitantes de la
República”.-
A LOS
DESPACHOS JUDICIALES QUE CONOCEN
MATERIA DE HOSTIGAMIENTO SEXUAL
SE LES
HACE SABER QUE:
El
Consejo Superior del Poder Judicial en sesión Nº 2-16 celebrada el 7 de enero
de 2016, artículo XXXV, acordó reiterarles la circular Nº 227-15, sobre “Los
procesos ordinarios por hostigamiento sexual que se deben notificar a la
Defensoría de los Habitantes de la República”, del 30 de noviembre de 2015,
que literalmente indica:
“El Consejo Superior del Poder Judicial en
sesión Nº 98-15, celebrada el 5 de noviembre de 2015, artículo CII, a solicitud
de la Defensoría de los Habitantes de la República, acordó comunicarles a los
despachos judiciales del país que deben de realizar las acciones
correspondientes a fin de garantizar que los asuntos que se notifiquen a la
Defensoría de los Habitantes de la República, al amparo de las disposiciones
del artículo 7 de la Ley Nº 7476 contra el Hostigamiento Sexual en el Empleo y
la Docencia y lo dispuesto por el Consejo Superior en sesión Nº 59-2003 del 12
de agosto del 2003, artículo LXIV, constituyan procesos ordinarios por
hostigamiento sexual”.
San
José, 2 de marzo de 2016.
Silvia
Navarro Romanini,
Secretaria
General
1 vez.—Exento.—( IN2016021251 ).
CIRCULAR Nº 25-2016
ASUNTO: Obligación del personal de los Tribunales y despachos judiciales
de acatar las disposiciones de la jueza o juez coordinador.
A LOS TRIBUNALES Y DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
La Corte Plena en sesión Nº 44-15, celebrada el 7 de diciembre de
2015, artículo XII, acordó hacer de conocimiento de los Tribunales y despachos
judiciales del país que las funciones de los jueces coordinadores y juezas
coordinadoras están respaldadas por la Corte Plena y deben ser acatadas por el
personal de esos despachos judiciales.
San José, 2 de marzo de 2016.
Silvia
Navarro Romanini
1 vez.—Exento.—( 2016021252 ) Secretaria General
CIRCULAR
Nº 26-2016
ASUNTO: Reiteración
de la circular N° 85-15 “Actualización de los sistemas de apoyo judicial”.-
A LOS
DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES
HACE SABER QUE:
El
Consejo Superior del Poder Judicial en sesión Nº 6-16, celebrada el 21 de enero
de 2016, artículo LXXXIII, acordó reiterar la circular Nº 85-15 sobre la “Actualización
de los sistemas de apoyo judicial”, del 20 de mayo de 2015, que
literalmente indica:
“El Consejo Superior del Poder Judicial en
sesión Nº 36-15 celebrada el 21 de abril de 2015, artículo LI, dispuso recordar
a las servidoras y servidores judiciales, de los diferentes despachos del país
que ingresan y modifican los datos de los sistemas de apoyo judicial, la
obligación mantener actualizados los sistemas de información, en razón de la
concienciación en el cumplimiento de sus labores y de las consecuencias que
establece la Normativa General de Control Interno en caso de incumplimiento”.
San
José, 2 de marzo de 2016.
Silvia
Navarro Romanini,
Secretaria
General
1 vez.—Exento.—( IN2016021253 ).
CIRCULAR Nº 42-2016
ASUNTO: Recomendaciones para la solicitud de valoraciones psiquiátricas a
la Sección de Psiquiatría y Psicología Forense.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
QUE CONOCEN MATERIA PENAL
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión Nº 5-16, celebrada el
19 de enero del 2016, artículo LXXVII, en atención al comunicado del doctor
Cristian Elizondo Salazar, Director General interino del Hospital Nacional
Psiquiátrico, en aras de una mejor optimización de las instalaciones del Centro
de Atención a personas con enfermedad mental y conflicto con la Ley (CAPEMCOL),
acordó reiterar a los despachos penales su obligación de cumplir con las
recomendaciones giradas para realizar la solicitud de valoraciones
psiquiátricas a la Sección de Psiquiatría y Psicología Forense, en el plazo
establecido, además de responder en tiempo y forma las gestiones que realiza el
Centro de Atención a personas con enfermedad mental y conflicto con la Ley
(CAPEMCOL).
San José, 9 de marzo del 2016.
Silvia
Navarro Romanini
UNIDAD
DE RECLUTAMIENTO
TERCERA
PUBLICACIÓN
El
Consejo de la Judicatura y la Dirección de Gestión Humana del Poder Judicial
abren concurso para integrar listas de jueces y juezas suplentes en las
siguientes categorías y despachos:
JUEZ 1 y 2
JUEZ 1
1. TRIBUNAL
APELACIÓN DE SENTENCIA, II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
2. TRIBUNAL
APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL JUVENIL, II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
3. TRIBUNAL
APELACIÓN DE SENTENCIA III CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA (SAN RAMÓN)
4. TRIBUNAL
APELACIÓN DE SENTENCIA GUANACASTE
5. TRIBUNAL
AGRARIO, II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
6. TRIBUNAL
PRIMERO CIVIL
7. TRIBUNAL
DE FLAGRANCIA SAN JOSÉ, II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
8. TRIBUNAL
PENAL III CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSE, SEDE SUROESTE (HATILLO)
9. TRIBUNAL
PENAL III CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
10. TRIBUNAL
PENAL II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
11. TRIBUNAL
PENAL I CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
12. TRIBUNAL
CARTAGO
13. TRIBUNAL
PUNTARENAS
14. TRIBUNAL
HEREDIA
15. TRIBUNAL
III CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA (SAN RAMÓN)
16. TRIBUNAL
II CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR
17. TRIBUNAL
II CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA
18. TRIBUNAL
II CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE (NICOYA)
19. TRIBUNAL
II CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA
20. TRIBUNAL
I CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR
21. TRIBUNAL
I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA
22. TRIBUNAL
I CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE
23. TRIBUNAL
I CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA
24. TRIBUNAL
DE TRABAJO, II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
25. TRIBUNAL
TRABAJO MENOR CUANTÍA PUNTARENAS
26. TRIBUNAL
TRABAJO MENOR CUANTÍA II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
27. TRIBUNAL
TRABAJO MENOR CUANTÍA I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA
28. TRIBUNAL
TRABAJO MENOR CUANTÍA I CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA
29. TRIBUNAL
TRABAJO MENOR CUANTÍA HEREDIA
30. TRIBUNAL
TRABAJO MENOR CUANTÍA GUANACASTE
31. TRIBUNAL
TRABAJO DE MENOR CUANTÍA CARTAGO
32. JUZGADO
CIVIL MENOR CUANTÍA CARTAGO
33. JUZGADO
CIVIL MENOR CUANTÍA II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
34. JUZGADO
MENOR CUANTÍA III CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
35. JUZGADO
MENOR CUANTÍA Y TRÁNSITO II CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE (NICOYA)
36. JUZGADO
DE COBRO Y TRÁNSITO II CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE (SANTA CRUZ)
37. JUZGADO
DE COBRO, MENOR CUANTÍA Y TRÁNSITO I CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE
38. JUZGADO
DE COBRO Y CIVIL MENOR CUANTÍA I CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA
39. JUZGADO
DE COBRO Y CIVIL MENOR CUANTÍA PUNTARENAS
40. JUZGADO DE COBRO Y MENOR CUANTÍA POCOCÍ
41. JUZGADO
DE COBRO Y MENOR CUANTÍA I CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR
42. JUZGADO
DE COBRO Y MENOR CUANTÍA II CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA
43. JUZGADO
DE COBRO Y MENOR CUANTÍA III CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA (SAN RAMÓN)
44. JUZGADO
DE COBRO, CIVIL Y MENOR CUANTÍA HEREDIA
45. JUZGADO
DE COBRO, CIVIL Y MENOR CUANTÍA I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA
46. JUZGADO
DE COBRO, CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA GRECIA
47. JUZGADO DE COBRO, MENOR CUANTÍA Y
CONTRAVENCIONAL GOLFITO, SEDE PUERTO JIMÉNEZ
48. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL HEREDIA
49. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL I CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA
50. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL I CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
51. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA
52. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
53. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL III CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
54. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL PUNTARENAS
55. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA ABANGARES
56. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA ALAJUELITA
57. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA ASERRÍ
58. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA ATENAS
59. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA BAGACES
60. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA BUENOS AIRES
61. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA CARRILLO
62. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA CÓBANO
63. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA GARABITO
64. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA GUÁCIMO
65. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA GUATUSO
66. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA HATILLO
67. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA II CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR
68. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA JICARAL
69. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA LA UNIÓN
70. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA LOS CHILES
71. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA MATINA
72. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA MORA
73. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA NANDAYURE
74. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA PARAÍSO
75. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA PARRITA
76. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA PAVAS
77. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA PURISCAL
78. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA SAN JOAQUÍN DE FLORES
79. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA SAN RAFAEL
80. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA SANTA ANA
81. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA SANTO DOMINGO
82. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA SIQUIRRES
83. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA TILARÁN
84. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA TURRIALBA
85. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA TURRUBARES
86. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA ZARCERO
87. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y TRÁNSITO I CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR
88. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y PENSIONES ALIMENTARIAS I CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE
89. JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y PENSIONES
ALIMENTARIAS II CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA
90. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y PENSIONES ALIMENTARIAS II CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE
(NICOYA)
91. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y PENSIONES ALIMENTARIAS III CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA (SAN
RAMÓN)
92. JUZGADO
PENSIONES ALIMENTARIAS CARTAGO
93. JUZGADO
PENSIONES ALIMENTARIAS DE SARAPIQUÍ
94. JUZGADO
PENSIONES ALIMENTARIAS DEL I CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR
95. JUZGADO
PENSIONES ALIMENTARIAS DEL II CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA
96. JUZGADO
PENSIONES ALIMENTARIAS HEREDIA
97. JUZGADO
PENSIONES ALIMENTARIAS I CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA
98. JUZGADO
PENSIONES ALIMENTARIAS I CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
99. JUZGADO
PENSIONES ALIMENTARIAS I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA
100. JUZGADO PENSIONES ALIMENTARIAS II CIRCUITO
JUDICIAL SAN JOSÉ
101. JUZGADO PENSIONES ALIMENTARIAS III
CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
102. JUZGADO PENSIONES ALIMENTARIAS PUNTARENAS
103. JUZGADO PENSIONES Y VIOLENCIA DOMÉSTICA
PAVAS
104. JUZGADO PENSIONES Y VIOLENCIA DOMESTICA
SAN JOAQUÍN DE FLORES
105. JUZGADO PENSIONES Y VIOLENCIA DOMÉSTICA
SIQUIRRES
106. JUZGADO TRÁNSITO GRECIA
107. JUZGADO TRÁNSITO HATILLO
108. JUZGADO TRÁNSITO HEREDIA
109. JUZGADO TRÁNSITO I CIRCUITO JUDICIAL
ALAJUELA
110. JUZGADO TRÁNSITO I CIRCUITO JUDICIAL SAN
JOSÉ
111. JUZGADO TRÁNSITO I CIRCUITO JUDICIAL ZONA
ATLÁNTICA
112. JUZGADO TRÁNSITO II CIRCUITO JUDICIAL
ALAJUELA
113. JUZGADO TRÁNSITO II CIRCUITO JUDICIAL SAN
JOSÉ
114. JUZGADO TRÁNSITO III CIRCUITO JUDICIAL
ALAJUELA (SAN RAMÓN)
115. JUZGADO TRÁNSITO III CIRCUITO JUDICIAL SAN
JOSÉ
116. JUZGADO TRÁNSITO PAVAS
117. JUZGADO TRÁNSITO PUNTARENAS
JUEZ 2
118. JUZGADO EJECUCIÓN DE LA PENA ALAJUELA
119. JUZGADO EJECUCIÓN DE LA PENA CARTAGO
120. JUZGADO EJECUCIÓN DE LA PENA ZONA
ATLÁNTICA
121. JUZGADO EJECUCIÓN DE LA PENA PUNTARENAS,
SEDE GUANACASTE
122. JUZGADO EJECUCIÓN DE LA PENA ZONA
ATLÁNTICA, SEDE POCOCÍ
123. JUZGADO EJECUCIÓN DE LAS SANCIONES PENALES
JUVENIL, I CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
124. JUZGADO PRIMERO ESPECIALIZADO DE COBRO I
CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
125. JUZGADO TERCERO ESPECIALIZADO DE COBRO I
CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
126. JUZGADO ESPECIALIZADO DE COBRO II CIRCUITO
JUDICIAL SAN JOSÉ
127. JUZGADO
ESPECIALIZADO DE COBRO CARTAGO
REQUISITOS
GENERALES QUE DEBEN REUNIR
LOS Y LAS ASPIRANTES:
ü Licenciatura
en Derecho (Deberá remitirse el título en formato electrónico).
ü Estar
incorporado o incorporada al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica
(Deberá remitirse el certificado de incorporación en formato electrónico).
ü Experiencia
para la tramitación, resolución de asuntos judiciales y supervisión de
personal. (Requisito no excluyente).
ü Cumplir
lo establecido por la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley de Carrera
Judicial, Reglamento de Carrera Judicial y demás disposiciones vigentes.
ü Es
indispensable que las personas que resulten elegidas en esta convocatoria,
realicen los cursos definidos por la institución para cada categoría y materia
que se imparten por la Escuela Judicial, entre otros, Sistema de Gestión,
Depósitos Judiciales, y los cursos virtuales en materia de equidad de género,
accesibilidad, servicio público de calidad, sistema de gestión, hostigamiento
sexual y acoso psicológico en el trabajo. Además, deberán mostrar dominio en
cuanto al empleo de paquetes informáticos básicos de oficina y de uso
institucional.
INFORMACIÓN
ADICIONAL:
a) Las
personas que participen en estos concursos deben cumplir con todos los
requisitos vigentes. La información se encuentra disponible en la dirección
electrónica www.poder-judicial.go.cr/personal/juecesyjuezas.htm
b) Es
imprescindible que las personas oferentes se inscriban mediante el FORMULARIO
ELECTRÓNICO disponible en la página web.
c) La inscripción será única y exclusivamente
por este medio y quedará registrada en línea automáticamente. Para estos
efectos se habilitan las veinticuatro horas del día hasta la fecha de
vencimiento del período de inscripción del concurso.
d) Para
la correcta inscripción en los concursos, es preciso que se complete los
espacios requeridos en el formulario electrónico. Al final del proceso de
inscripción, el sistema le brindará un comprobante mediante el cual se asegura
que éste se efectúo con éxito. Caso contrario la solicitud será desestimada.
e) Por
ser éste un servicio que requiere atención permanente, todos los días y horas,
es inherente al puesto el trabajo en diferentes turnos, en fines de semana,
feriados y asuetos, tener vacaciones en períodos diferentes a la generalidad
del personal, trabajar horas extraordinarias
y estar sujeto a disponibilidad; además, no se pagará servicio de transporte ni
de taxi con recursos del Poder Judicial, de las
22:00 horas a las 5:00 horas del
día siguiente y el cargo no apareja derecho a estacionamiento o parqueo. El derecho
a vacaciones solo se concederá resultado del tiempo laborado en el Poder Judicial.
f) Quienes
participen por primera vez para un cargo dentro de la Carrera Judicial o hayan
presentado los atestados en un período mayor a dos años atrás, además de
inscribirse electrónicamente deberán subir los atestados al buzón electrónico
habilitado para estos efectos en formato digital al cierre del concurso, o a
más tardar dentro de los ocho días hábiles posteriores a la fecha del cierre
del concurso.
g) Cualquier
nombramiento interino estará condicionado a que regrese la persona titular del
cargo, o bien, a la confección de una terna, según lo solicite el órgano
competente.
h) Las
personas que aspiran laborar o laboren para el Poder Judicial, deben acatar
obligatoriamente los lineamientos establecidos en el Reglamento de vestimenta
formal tanto para hombres como para mujeres aprobado por la Corte Plena y que
está a su disposición en la página web.
i) La
Sección Administrativa de la Carrera Judicial utilizar á el correo electrónico
para todos los efectos como único medio de notificación. Los oferentes deberán
de indicar correctamente este medio, mantenerlo habilitado y en óptimas
condiciones las veinticuatro horas, ya que, una vez comprobada la entrega
electrónica, se dará por notificado el asunto; de lo contrario, se exime de
toda responsabilidad a esta Sección y se tendrá por realizada la notificación,
veinticuatro horas después de dictada la resolución. Cualquier cambio que
realice concerniente al medio electrónico señalado, debe actualizarlo en la
dirección de la intranet: http://intranet/personal/ghenlinea
o ser comunicado oportunamente a esta oficina al correo electrónico carrera-jud@poderjudicial.go.cr.
j) Las
listas y los nombramientos de jueces suplentes están regulados en el
artículo 69 de la Ley de Carrera
Judicial y artículos del 47 al 55 del Reglamento de Carrera Judicial.
k) Independientemente
de las opciones que el oferente marque, de conformidad con lo dispuesto por el
Consejo de la Judicatura en la sesión del
3 de setiembre del 2014, artículo
II, las propuestas de nombramiento por parte de ese Consejo, se limitarán a
cinco por participante para las categorías de juez(a) 1 y 2
(incluidas las que ya ostente), siempre y cuando no ocupen puestos en propiedad
como jueces o juezas, y salvo aquellos casos excepcionales que serán valorados.
l) De
conformidad con lo dispuesto por el Consejo de la Judicatura en sesión
celebrada el 12 de agosto de 2014, artículo XII, las propuestas de
nombramientos que resulten de concursos abiertos juez(a) 1 y 2,
se realizarán considerando a las personas elegibles para las listas principales
y complementarias y las no elegibles serán propuestas únicamente en las listas
complementarias cuando ello sea necesario. De no completarse las listas
principales con personas elegibles, la Sección Administrativa de la Carrera
Judicial, procederá con un nuevo concurso.
m) El
Consejo de la Judicatura en sesión del 2
de setiembre del 2014, artículo VIII,
como parte de la escogencia preliminar para los cargos de juez(a) 1
y 2, acordó definir como requisito
obligatorio para ratificar las propuestas de nombramiento de las listas de
juezas y jueces suplentes, el adiestramiento o inducción básico, sobre el
manejo de los sistemas de gestión y el escritorio virtual que son utilizados,
así como la materia, la modalidad de la tramitación electrónica y el
funcionamiento del despacho. La Sección Administrativa de la Carrera Judicial,
solicitará el informe respectivo a los órganos disciplinarios e informará en
forma paralela a los participantes y al despacho del que se trate, sobre la
escogencia preliminar. Se atenderán las apelaciones o inconformidades recibidas
según lo estipulado en el artículo 29
del Reglamento de la Carrera Judicial. Asimismo, la jueza o juez coordinador
del despacho, se comunicará con cada una las personas que fueran designadas y
coordinaran las fechas en que se podría llevar a cabo un adiestramiento o
inducción básico, el cual es de carácter obligatorio, sobre el manejo de los
sistemas de gestión y el escritorio virtual que son utilizados, así como la materia,
la modalidad de la tramitación electrónica y su funcionamiento, con el fin de
propiciar un primer contacto con el designado y el despacho. Es de advertir
tanto a la parte interesada en conformar estas listas, como a la jueza o juez
coordinador responsable, que deberán informar a la Sección Administrativa de la
Carrera Judicial en el término de 10
días hábiles, únicamente sobre aquellas personas que siendo convocadas
al adiestramiento referido no se presentaran, por consiguiente serán excluidos
de la propuesta para integrar la lista de juezas y jueces suplentes del
despacho que se trate, la cual será conocida para su designación por el órgano
competente.
n) La
Circular N° 245-2014, emitida por la
Secretaría General de la Corte fechada
13 de noviembre del 2014,
establece, entre otros, que los nombramientos de jueces y juezas suplentes, o
de quienes deban cubrir una vacante temporal, que se realice sin concurso, se
dará prioridad a las personas elegibles, conforme a quien tenga mejor nota, en
primer orden en la categoría y materia que tramite el despacho y en segundo
orden las elegibilidades en otras categorías y materias, y haya tenido un
adecuado desempeño en el ejercicio del cargo.
o) Si se
incurriere en alguna omisión o inexactitud con respecto a los requisitos o la
documentación que se debe aportar, no se le dará trámite a la oferta.
(Artículo 24 del Reglamento Interno del
Sistema de Carrera Judicial).
CONSULTAS:
Sección
Administrativa de la Carrera Judicial, ubicada en el cuarto piso del edificio del
Organismo de Investigación Judicial (OIJ), horario de atención de 7:30 a. m. a
12 m. d. y de 1:00 p. m. a 4:30 p. m., de lunes a viernes, correo
electrónico carrera-jud@poder-judicial.go.cr
ó a los teléfonos 2295-3941 o 2295-3781. Para información general visite la
página web: www.poderjudicial.go.cr/personal/juecesyjuezas.htm
El
concurso estará abierto del 2 al 6 de mayo del
2016 la inscripción por medio electrónico se habilita las veinticuatro
horas del periodo indicado.
María Lucrecia Chaves Torres.—Exonerado.—(
IN2016023560 ).
TERCERA PUBLICACIÓN
ASUNTO: Asueto concedido a los servidores que
laboran en las Oficinas Judiciales del cantón de Bagaces de la provincia de
Guanacaste.
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales del cantón de
Bagaces de la provincia de Guanacaste, permanecerán cerradas durante el día
tres de junio de dos mil dieciséis, con las salvedades de costumbre, por motivo
de la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.
San José, 27 de abril del dos mil dieciséis.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán
Subdirector
Ejecutivo
Exonerado.—(
IN2016027169 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en
Acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo
del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015,
artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas
y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación
Administrativa del año 2004 al 2014 del Juzgado Penal Juvenil de San José. La
documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A
41 S 04
Paquetes: 95
Libros: 61
Ampos: 10
Año: 2004 a 2014
Asunto: Documentación administrativa: 1 Paquete con dos cuadernos
registro asuntos varios de 2007 y 2007. 1 Paquete con 5 agendas de
señalamientos a juicio de 2011,2012, 2013). 1 Paquete con un libro de, control
de remisiones entregadas a los auxiliares. 1 Paquete con 61 libros de ( 1
control expedientes entregados a los auxiliares para señalar debate, y control
de notificaciones a la partes, 1 expedientes sacados del archivo del año 2003
al 2011, 1 expedientes pasados a firmar por los jueces, 1 de ordenes de captura
para firmar, 1 vencimientos de plazos Suspensión del Proceso a Prueba,
Conciliaciones Suspendidas, Prescripción de capturas, rebeldías y ausencias, 1
expedientes prestados al Ministerio Público, 2 disponibilidad de los jueces, 1
personal que trabajo en semana santa, cierres colectivos, 1 bitácora de los
cierres de fin y principio de año, así como Semana Santa, 1 control números de
sentencias, 2 de expedientes prestados para fotocopiar, 1 de expedientes
entregados a la auxiliar Adriana Rodríguez Marín para señalar debate, 1
sustituciones de auxiliares y jueces, 1 comisiones recibidas y enviadas, 1
auxiliares que asisten a audiencias después de las 16:45 horas, 5 de correo
interno y certificado, 10 de órdenes de localización, presentaciones enviadas,
escritos recibidos de 2004 al 20014, 19 Libros control de conocimientos varios
del 2004 al 2014. 1 Paquete con 10 Ampos (1 control consecutivo de Remisión de
Detenidos del año 2008 al 2009, Tener a la Orden de la 00093220 a la 0093277
del año 2008 al 2009, Orden de Libertad otros despachos del año 2008 y 2009., 9
Libros de oficios varios, recibidos, circulares, rol disponibilidad, horas
extras, vacaciones, nombramientos, expedientes archivados, registros de
asistencia, informe de labores de jueces suplentes del año 2001 y 2014). 87
Paquetes variados de papelería: ( 19 con documentos varios, préstamo
expedientes para fotocopiar, informes mensuales auxiliares del año 2013 y 2014,
listados remesas 1975, 1976, 1978, 1979, 1980, 1891, 1982, 1983, 1990, 1991,
1992, 1993, 1997, 1998, 1999. Listados de expedientes destruidos 2000 a 2004. 1
Control de consecutivos de Remisión de Detenidos, del año 2008. 1 Paquete
consecutivo Orden de Libertad del año 2006, 1 Tener a la Orden del año 2006. 1
Remisión de Detenidos del año 2006, 1 Tener a la Orden del año 2006. 1 Con
consecutivos Remisión de detenidos del año 2005 a 2006. 1 Paquete control
solicitud de vacaciones, nombramientos años 2008 al 2011. 3 Consecutivos de
Remisión de Detenidos del año 2009. 2 Consecutivos de Órdenes de Libertad del
año 2009. 1 Consecutivos Tener del año 2009. 5 Consecutivos de Remisión de
Detenidos del año 2010. 4 Consecutivos Orden de Libertad del año 2010. 1
Consecutivos Tener a la Orden del año 2010. 2 Informes de escritorio de los
auxiliares 2011. 5 Consecutivos Tener a la Orden, del año 2011. 5 Consecutivos
Orden de Libertad del año 2011. 8 Control Remisión de Detenidos del año 2011. 3
de Consecutivos Tener a la Orden del año 2012. 3 de Control consecutivo Orden
de Libertad de la del año 2012 y 2013. 3 de control consecutivo Remisión de
Detenidos del año 2012, 1 Control consecutivos de Ordenes de Libertad del año
2013. 1 Consecutivos Tener a la Orden del año 2013. 2 Consecutivos Remisión de
Detenidos del año 2013. 1 Consecutivos Orden de Libertad del año 2014.
Consecutivo de Tener a la Orden del año 2014. 2 Consecutivos Remisión de
Detenidos del año 2014. 13 Paquetes control recibidos de órdenes de:
Presentación, Localización y Citación enviadas, respuestas de recibidas del año
2013 y 2014).
Dan fe que el proceso de selección en el despacho cumplió con lo
establecido en circular Nº 36-2010 de la Secretaría General de la Corte.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar
alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva,
dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este
aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 15 de marzo de 2016.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán,
Subdirector
Ejecutivo
Exento.—( IN2016021897 ).
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de
Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2006 de fecha
01 de setiembre del 2006, artículo I y los acuerdos del Consejo Superior en
Sesión N° 73-06 celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII y sesión
N° 83-06, celebrada el 02 de noviembre del 2006, artículo XLIV. De la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2011
de fecha 16 de noviembre del 2011, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior
en Sesión Nº 11-12 celebrada el 09 de febrero del 2012, artículo LXVIII. De la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en
Acta Nº 01-2015 de fecha 12 de agosto del 2015, artículo XI y el acuerdo del
Consejo Superior en Sesión Nº 79-15 celebrada el 03 de setiembre del 2015,
artículo LXXIX. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de
Documentos (C.I.S.E.D.) en sesión Nº 01-2014, celebrada el 14 de marzo del
2014, artículo VIII, y la aprobación del Consejo Superior en Sesión Nº 47-2014,
del 21 de mayo del 2014, artículo XXXI, se hace del conocimiento de las
instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a
la eliminación de Expedientes de Faltas y Contravenciones del año 1998 al 2012,
Expedientes de Pensiones Alimentarias del año 1987 al 2013, Expedientes de
Violencia Doméstica del año 1998 al 2012, Expedientes de Tránsito del año 1996
al 2004, Expedientes Laborales del año 1998 al 2004 y Expedientes Civiles del
año 1992 al 2003 del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de La Fortuna de
San Carlos, Alajuela. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en
ese Despacho.
Faltas
y contravenciones:
Remesa: G
40 A 98
Año:
1998
Paquetes: 3
Expedientes: 177
Asunto:
Faltas y Contravenciones: Con sentencia condenatoria y Archivados.
Remesa: G
40 A 99
Año:
1999
Paquetes: 3
Expedientes: 138
Asunto:
Faltas y Contravenciones: Con sentencia condenatoria y Archivados.
Remesa: G
44 A 00
Año:
2000
Paquetes: 3
Expedientes: 130
Asunto:
Faltas y Contravenciones: Con sentencias condenatoria y absolutoria y
Archivados.
Remesa: G
46 A 01
Año:
2001
Paquetes: 3
Expedientes: 156
Asunto:
Faltas y Contravenciones: Con sentencias Absolutorias, Condenatorias y
Archivados.
Remesa: G
47 A 02
Año:
2002
Paquetes: 4
Expedientes: 202
Asunto:
Faltas y Contravenciones: Con sentencia Absolutoria, Condenatorias y
Archivados.
Remesa: G
43 A 03
Año:
2003
Paquetes: 4
Expedientes: 206
Asunto:
Faltas y Contravenciones: Con sentencias Absolutorias, Condenatorias y
Archivados.
Remesa: G
38 A 04
Año:
2004
Paquetes: 4
Expedientes: 278
Asunto:
Faltas y Contravenciones: Con sentencias Absolutorias, Condenatorias y
Archivados.
Remesa: G
32 A 05
Año:
2005
Paquetes: 5
Expedientes: 315
Asunto:
Faltas y Contravenciones: Con sentencias Absolutorias, Condenatorias y
Archivados.
Remesa: G
29 A 06
Año:
2006
Paquetes: 4
Expedientes: 265
Asunto:
Faltas y Contravenciones: Con sentencias Absolutorias, Condenatorias y
Archivados.
Remesa: G
26 A 07
Año:
2007
Paquetes: 4
Expedientes: 278
Asunto:
Faltas y Contravenciones: Con sentencias Absolutorias, Condenatorias y
Archivados.
Remesa: G
23 A 08
Año:
2008
Paquetes: 5
Expedientes: 351
Asunto:
Faltas y Contravenciones: Con sentencias Absolutorias, Condenatorias y
Archivados.
Remesa: G
20 A 09
Año:
2009
Paquetes: 5
Expedientes: 354
Asunto:
Faltas y Contravenciones: Con sentencias Absolutorias, Condenatorias y
Archivados.
Remesa: G
12 A 10
Año:
2010
Paquetes: 5
Expedientes: 370
Asunto:
Faltas y Contravenciones: Con sentencias Absolutorias, Condenatorias y
Archivados.
Remesa: G
12 A 11
Año:
2011
Paquetes: 6
Expedientes: 396
Asunto:
Faltas y Contravenciones: Con sentencias Absolutorias y Archivados.
Remesa: G
9 A 12
Año:
2012
Paquetes: 4
Expedientes: 241
Asunto:
Faltas y Contravenciones: Con sentencias Absolutorias y Archivados.
Pensiones alimentarias
Nota: Los años 1988, 1989, 1990, 1992, 1993,
1994, 1995, 1997, no fueron incluidos en el acta ya que el Juzgado no aportó
datos sobre los mismos.
Remesa: 20779
Año:
1987
Paquetes: 1
Expedientes: 2
Asunto:
Pensiones Alimentarias: Abandonados y Desestimados.
Remesa: Q
19 A 91
Año:
1991
Paquetes: 1
Expedientes: 1
Asunto:
Pensiones Alimentarias: Abandonados y Desestimados.
Remesa: Q
16 A 96
Año:
1996
Paquetes: 1
Expedientes: 2
Asunto:
Pensiones Alimentarias: Abandonados y Desestimados.
Remesa: Q
13 A 98
Año:
1998
Paquetes: 1
Expedientes: 7
Asunto:
Pensiones Alimentarias: Abandonados y Desestimados.
Remesa: Q
12 A 99
Año:
1999
Paquetes: 1
Expedientes: 17
Asunto:
Pensiones Alimentarias: Abandonados y Desestimados.
Remesa: Q
11 A 00
Año:
2000
Paquetes: 1
Expedientes: 17
Asunto:
Pensiones Alimentarias: Abandonados y Desestimados.
Remesa: Q
12 A 01
Año:
2001
Paquetes: 1
Expedientes: 19
Asunto:
Pensiones Alimentarias: Abandonados y Desestimados.
Remesa: Q
12 A 02
Año:
2002
Paquetes: 1
Expedientes: 20
Asunto:
Pensiones Alimentarias: Abandonados y Desestimados.
Remesa: Q
12 A 03
Año:
2003
Paquetes: 1
Expedientes: 23
Asunto:
Pensiones Alimentarias: Abandonados y Desestimados.
Remesa: Q
13 A 04
Año:
2004
Paquetes: 1
Expedientes: 26
Asunto:
Pensiones Alimentarias: Abandonados y Desestimados.
Remesa: Q
14 A 05
Año:
2005
Paquetes: 1
Expedientes: 34
Asunto:
Pensiones Alimentarias: Abandonados y Desestimados.
Remesa: Q
12 A 06
Año:
2006
Paquetes: 1
Expedientes: 15
Asunto:
Pensiones Alimentarias: Abandonados y Desestimados.
Remesa: Q
12 A 07
Año:
2007
Paquetes: 1
Expedientes: 13
Asunto:
Pensiones Alimentarias: Abandonados y Desestimados.
Remesa: Q
9 A 08
Año:
2008
Paquetes: 1
Expedientes: 28
Asunto:
Pensiones Alimentarias: Abandonados y Desestimados.
Remesa: Q
9 A 09
Año:
2009
Paquetes: 1
Expedientes: 34
Asunto:
Pensiones Alimentarias: Abandonados y Desestimados.
Remesa: Q
8 A 10
Año:
2010
Paquetes: 1
Expedientes: 34
Asunto:
Pensiones Alimentarias: Abandonados y Desestimados.
Remesa: Q
7 A 11
Año:
2011
Paquetes: 1
Expedientes: 31
Asunto:
Pensiones Alimentarias: Abandonados y Desestimados.
Remesa: Q
3 A 12
Año:
2012
Paquetes: 1
Expedientes: 46
Asunto:
Pensiones Alimentarias: Abandonados y Desestimados.
Remesa: Q
1 A 13
Año:
2013
Paquetes: 1
Expedientes: 7
Asunto:
Pensiones Alimentarias: Abandonados y Desestimados.
Violencia doméstica
Remesa: V
13 A 98
Año:
1998
Paquetes: 1
Expedientes: 54
Asunto: Violencia doméstica
Remesa: V
13 A 99
Año:
1999
Paquetes: 1
Expedientes: 47
Asunto: Violencia doméstica
Remesa: V
13 A 00
Año:
2000
Paquetes: 1
Expedientes: 72
Asunto: Violencia doméstica
Remesa: V
13 A 01
Año:
2001
Paquetes: 1
Expedientes: 100
Asunto: Violencia doméstica
Remesa: V
14 A 02
Año:
2002
Paquetes: 2
Expedientes: 118
Asunto: Violencia doméstica
Remesa: V
14 A 03
Año:
2003
Paquetes: 2
Expedientes: 165
Asunto: Violencia doméstica
Remesa: V
14 A 04
Año:
2004
Paquetes: 2
Expedientes: 205
Asunto: Violencia doméstica
Remesa: V
14 A 05
Año:
2005
Paquetes: 3
Expedientes: 234
Asunto: Violencia doméstica
Remesa: V
15 A 06
Año:
2006
Paquetes: 3
Expedientes: 213
Asunto: Violencia doméstica
Remesa: V
14 A 07
Año:
2007
Paquetes: 2
Expedientes: 209
Asunto: Violencia doméstica
Remesa: V
12 A 08
Año:
2008
Paquetes: 3
Expedientes: 278
Asunto: Violencia doméstica
Remesa: V
12 A 09
Año:
2009
Paquetes: 3
Expedientes: 287
Asunto: Violencia doméstica
Remesa: V
10 A 10
Año:
2010
Paquetes: 3
Expedientes: 311
Asunto: Violencia doméstica
Remesa: V
7 A 11
Año:
2011
Paquetes: 3
Expedientes: 307
Asunto: Violencia doméstica
Remesa: V
1 A 12
Año:
2012
Paquetes: 1
Expedientes: 60
Asunto: Violencia doméstica
Tránsito:
Remesa: W
1 A 96
Año:
1996
Paquetes: 1
Expedientes: 1
Asunto: Expediente de
Tránsito
Remesa: W
1 A 97
Año:
1997
Paquetes: 1
Expedientes: 57
Asunto: Expedientes de
Tránsito
Remesa: W
1 A 98
Año:
1998
Paquetes: 1
Expedientes: 63
Asunto: Expedientes de Tránsito
Remesa: W
1 A 99
Año:
1999
Paquetes: 2
Expedientes: 108
Asunto: Expedientes de
Tránsito
Remesa: W
1 A 00
Año:
2000
Paquetes: 2
Expedientes: 101
Asunto: Expedientes de
Tránsito
Remesa: W
1 A 01
Año:
2001
Paquetes: 2
Expedientes: 106
Asunto: Expedientes de
Tránsito
Remesa: W
1 A 02
Año:
2002
Paquetes: 2
Expedientes: 141
Asunto: Expedientes de
Tránsito
Remesa: W
2 A 03
Año:
2003
Paquetes: 2
Expedientes: 165
Asunto: Expedientes de
Tránsito
Remesa: W
2 A 04
Año:
2004
Paquetes: 2
Expedientes: 225
Asunto: Expedientes de
Tránsito
Laboral:
Remesa: L
22 A 98
Año:
1998
Paquetes: 1
Expedientes: 9
Asunto:
Laboral varios: 6 Ordinarios laborales, 2 Infracciones laborales, 1
Consignación de prestaciones.
Remesa: L
23 A 99
Año:
1999
Paquetes: 1
Expedientes: 17
Asunto: Laboral: 17
Ordinarios Laborales.
Remesa: L
27 A 00
Año:
2000
Paquetes: 1
Expedientes: 19
Asunto:
Laboral varios: 15 Ordinarios Laborales, 2 Devoluciones de cuota, 1 Depósito
Voluntario, 1 Infracción Laboral.
Remesa: L
26 A 01
Año:
2001
Paquetes: 1
Expedientes: 26
Asunto:
Laboral varios: 25 Ordinarios Laborales, 1 Infracción Laboral.
Remesa: L
23 A 02
Año:
2002
Paquetes: 1
Expedientes: 45
Asunto:
Laboral varios: 28 Ordinarios Laborales, 13 Infracciones Laborales, 4
Consignación de prestaciones.
Remesa: L
22 A 03
Año:
2003
Paquetes: 1
Expedientes: 38
Asunto:
Laboral varios: 1 Consignación de prestación, 17 Ordinarios Laborales, 20
Infracciones Laborales.
Remesa: L
24 A 04
Año:
2004
Paquetes: 1
Expedientes: 37
Asunto:
Laboral varios: 1 Consignación de prestación, 19 Ordinarios Laborales, 17
Infracciones Laborales.
Civil
Nota: No se indica información sobre los años
1993 y 1994 ya que el Juzgado no aportó datos sobre los mismos.
Remesa: C
92 A 92
Año:
1992
Paquetes: 1
Expedientes: 1
Asunto: Civil: 1 Reajuste de
Alquiler.
Remesa: C
85 A 95
Año:
1995
Paquetes: 1
Expedientes: 1
Asunto: Civil: 1 Ejecutivo
Simple.
Remesa: C
95 A 96
Año:
1996
Paquetes: 1
Expedientes: 5
Asunto:
Civil: 2 Ejecutivos Simples, 2 Desahucios, 1 Consignación de Prestaciones.
Remesa: C
81 A 97
Año:
1997
Paquetes: 1
Expedientes: 2
Asunto: Civil: 2 Ejecutivos
Simples.
Remesa: C
62 A 98
Año:
1998
Paquetes: 1
Expedientes: 55
Asunto:
Civil varios: 46 Ejecutivos Simples, 1 Violencia doméstica, 1 Prendario, 1
Reajuste de Alquiler, 2 Desahucios, 1 Consignación de pago, 1 Ejecución de
Sentencia, 1 Interdicto, 1 Matrimonio (No celebrado).
Remesa: C
55 A 99
Año:
1999
Paquetes: 1
Expedientes: 44
Asunto:
Civil varios: 37 Ejecutivos Simples, 2 Ejecuciones de Sentencia, 1 Consignación
de Alquiler, 1 Confesión Anticipada, 3 Desahucios.
Remesa: C
45 A 00
Año:
2000
Paquetes: 1
Expedientes: 29
Asunto:
Civil varios: 18 Ejecutivos Simples, 2 Prueba Anticipada, 3 Desahucios, 3
Consignación de Alquiler, 2 Interdictos, 1 Ejecución de Sentencia.
Remesa: C
36 A 01
Año:
2001
Paquetes: 1
Expedientes: 18
Asunto:
Civil varios: 4 Ejecutivos Simples, 6 Interdictos, 1 Ejecución de Sentencia, 1
Reajuste de Alquiler, 3 Desahucios, 1 Abreviado, 2 Matrimonios (No celebrados).
Remesa: C
33 A 02
Año:
2002
Paquetes: 1
Expedientes: 20
Asunto:
Civil varios: 5 Ejecutivos Simples, 3 Interdictos, 5 Consignación de Alquiler,
5 Desahucios, 1 Abreviado, 1 Prevención de desalojo.
Remesa: C
33 A 03
Año:
2003
Paquetes: 1
Expedientes: 28
Asunto:
Civil varios: 17 Ejecutivos Simples, 6 Interdictos, 4 Desahucios, 1 Ejecución
de Sentencia.
Dan fe
que el proceso de selección en el despacho cumplió con lo establecido en
circular Nº 36-2010 de la Secretaría General de la Corte.
Si
algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de
ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese
por tres veces en el Boletín Judicial.
San
José, 15 de marzo de 2016.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán,
Exento.—( IN2016021898 ) Subdirector Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº
03-2011 de fecha 16 de noviembre del 2011, artículo I y el acuerdo del Consejo
Superior en Sesión Nº 11-12 celebrada el 09 de febrero del 2012, artículo
LXVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del
público en general que se procederá a la eliminación de Expedientes de
Violencia Doméstica del año 2005 y 2012 del Juzgado de Violencia Doméstica de
San Carlos, Alajuela. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en
ese Despacho.
Remesa: V 15 A 05
Expedientes:
1,175
Paquetes:
12
Año:
2005
Asunto:
Violencia Doméstica
Remesa: V 16 A 06
Expedientes:
1,115
Paquetes:
11
Año:
2006
Asunto:
Violencia Doméstica
Remesa: V 15 A 07
Expedientes:
1,131
Paquetes:
11
Año:
2007
Asunto:
Violencia Doméstica
Remesa: V 13 A 08
Expedientes:
978
Paquetes:
10
Año:
2008
Asunto:
Violencia Doméstica
Remesa: V 13 A 09
Expedientes:
1,087
Paquetes:
11
Año:
2009
Asunto:
Violencia Doméstica
Remesa: V 11 A 10
Expedientes:
1,144
Paquetes:
11
Año:
2010
Asunto:
Violencia Doméstica
Remesa: V 8 A 11
Expedientes:
954
Paquetes:
10
Año:
2011
Asunto:
Violencia Doméstica
Remesa: V 2 A 12
Expedientes:
1,091
Paquetes:
11
Año:
2012
Asunto:
Violencia Doméstica
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín
Judicial.
San José, 15 de marzo de 2016.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán,
Subdirector
Ejecutivo
Exonerado.—( IN2016021899 )
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en
Acta N° 01-2014, de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IV y el acuerdo del
Consejo Superior en sesión N° 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014,
artículo LI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y
del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación
Administrativa del año 2004 al 2013 de la Subdelegación Regional del Organismo
de Investigación Judicial de Turrialba, Cartago. La documentación, se encuentra
remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: O 4 C 04
Paquetes: 53
Ampo: 93
Año: 2004 - 2013.
Asunto: Documentación administrativa. 50 Paquetes con
expedientes de denuncias del año 2004 al 2006. 2 Paquetes con registro de
asistencia del año 2010 al año 2013, 1 paquete con tiquetes de control de
alimentación de detenidos del año 2006 al 2013, 11 Ampos con copias de
denuncias del año 2007 al 2009, 2 Ampos control de asignación de denuncias del
año 2007 al 2008, 6 Ampos gastos de operación de droga del año 2007 al 2009, 12
Ampos de correspondencia oficios enviados y recibidos del año 2006 al 2009, 3
Ampos de resoluciones de expedientes administrativos del año 2006 al 2007,
3 Ampos de boletas de entrega de
evidencias años 2007 al 2009, 16 ampos copias de informes sin indicios y con
indicios de los años 2008 al 2009, 1 Ampo recibo de pertenencias de detenidos
del año 2008, 1 Ampo Boletín Judicial del año 2008, 1 Ampo de reportes
mensuales de drogas del año 2005, 1 Ampo de supervisión ordinaria del año 2008,
1 Ampo de circulares y memorándum año 2009, 1 Ampo informes preliminares del
año 2009, 1 Ampo de extravío de pasaportes año 2009, 3 Ampos de estadísticas
del año 2009, 1 Ampo de actas de secuestro del año 2009,1 Ampo de reporte de
tiempo acumulado del año 2009, 1 Ampo de registro de detención año 2009,1 Ampo
de órdenes de libertad del año 2009, 1 Ampo de planes operativos año 2009, 4
Ampos de correspondencia recibida año 2008 al 2009, 2 Ampos de movimientos de
personal año 2009, 1 Ampo de reportes de viáticos año 2009, 1 Ampo de
sentencias y medidas año 2009, 1 Ampo con el plan anual operativo año 2009, 4
Ampos con correspondencia enviada, 1 Ampo con documentos de colaboración a
otras oficinas año 2008, 1 Ampo de control de equipo individual año 2009, 2
Ampos de liquidación año 2009, 8 Ampos con diligencias menores, capturas
negativas y positivas año 2009.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar
alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva,
dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este
aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.
San José, 15 de marzo del 2016.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán
Subdirector
Ejecutivo
Exonerado.—( IN2016021900 )
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en
Acta N° 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo XI y el acuerdo
del Consejo Superior en Sesión N° 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015,
artículo LXXIX, se hace del conocimiento de las instituciones públicas,
privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de
Expedientes de Faltas y Contravenciones del año 2011 y 2012 del Juzgado
Contravencional de Desamparados. La documentación, se encuentra remesada y
custodiada en ese Despacho.
Remesa: G 4 S 11
Expedientes: 1869
Paquetes: 21
Año: 2011
Asunto: Faltas y Contravenciones expedientes finalizados por
archivo, prescripción, sentencia absolutoria y condenatoria.
Remesa: G 4 S 12
Expedientes: 1543
Paquetes: 13
Año: 2012
Asunto: Faltas y Contravenciones expedientes finalizados por
archivo, prescripción, sentencia absolutoria.
Dan fe que el proceso de selección en el despacho cumplió con lo
establecido en circular N° 36-2010 de la Secretaría General de la Corte.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar
alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva,
dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese
por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 15 de marzo del 2016.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán
Subdirector
Ejecutivo
Exonerado.—( IN2016021936 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en
Acta Nº 01-2007, celebrada el 20 de abril del 2007, artículo VIII, y la
aprobación del Consejo Superior en Sesión Nº 35-07, del 15 de mayo del 2007,
artículo XLVIII. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de
Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015,
artículo V y el acuerdo del Consejo 4 en Sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de
setiembre del 2015, artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación
de Expedientes Psicosociales y Psicológicos del año 2006 al 2010 y
Documentación Administrativa del año 2004 al 2014 de la Oficina de Trabajo y
Psicología de Cartago. La documentación, se encuentra y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 6 C 04
Expedientes:
2237
Paquetes:
61
Agendas:
19
Ampos:
23
Año:
2004-2014
Asunto:
Documentación Administrativa: 1 Ampo control pedido de materiales (2004-2014),
1 Ampo control de oficios de entradas y salidas de activos (2004-2014), 1 Ampo
control solicitud vehículos (2012), control correo certificado (2012), control
de oficios (2012), control reparación de activos (2012), 1 Ampo control
circulares(2009-2011), 3 Ampos consecutivos de oficios (2 del 2011, 1 del 2012
y 1 del 2013), 3 Ampos de correspondencia certificada (2011-2013), 1 Ampo
control acompañamientos (2008-2009), 1 Ampo informes trimestrales (2013), 1
Ampo correspondencia certificada y consecutivo de oficios (2013), 1 Ampo
correspondencia certificada (2004, 2005, 2010, 2011), Listado entrega casos de
equipo interdisciplinario, control de oficios, ordenes citación, oficios del
PANI, 1 Ampo comisiones (2010-2012), 1 Ampo casos entradas comisionados y
oficios (2013), 1 Ampo oficios circulares, correos electrónicos, solicitud
equipo itinerante, oficios reparación activos, boletas solicitud vehículo,
boletas solicitud fotocopias, estadística equipos interdisciplinarios, 1 Ampo
solicitud fotocopias (2012-2013), Boletas vehículos (2010-2014), 1 Ampo
circulares (2008-2009), 1 Ampo listado de personas valoradas no valoradas y
reportes fax (2011), 3 Ampos de registro asistencia (2011-2013-2014), 2 agendas
administrativas (2008), 3 agendas administrativas (2009), 4 agendas
administrativas (2011), 5 agendas administrativas (2012), 2 agendas
administrativas (2013), 3 agendas administrativas (2014). 5 Paquetes con 8
Expedientes sociales, psicológicos y psicosociales del año 2006. 10 Paquetes
con 390 Expedientes sociales, psicológicos y psicosociales del año 2007. 21
Paquetes con 783 Expedientes sociales, psicológicos y psicosociales del año
2008. 23 Paquetes con 1049 Expedientes sociales, psicológicos y psicosociales
del año 2009.2 Paquetes con 7 Expedientes sociales, y psicosociales del año
2010.
Dan fe que el proceso de
selección en el despacho cumplió con lo establecido en circular Nº 36-2010 de
la Secretaría General de la Corte. Si algún interesado ostenta un interés
legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a
la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la
primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín
Judicial.
San José, 15 de marzo de 2016.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán,
Subdirector
Ejecutivo
Exonerado.—( IN2016023937 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en
Acta Nº 03-2006 de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del
Consejo Superior en Sesión N° 73-06 celebrada el 28 de setiembre del 2006,
artículo LIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas
y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes
Civiles del año 2006, 2009 al 2012 y Expedientes Laborales del año 2005 al 2013
del Juzgado Civil y Trabajo de Pérez Zeledón. La documentación, se encuentra
remesada y custodiada en ese Despacho.
Civil:
Remesa: C 63 S 06
Expedientes: 14
Paquetes: 1
Año: 2006
Asunto: Civil: 12 prendarios, 1 medida cautelar y 1
desahucio
Remesa: C 75 S 07
Expedientes: 27
Paquetes: 1
Año: 2007
Asunto: Civil: 26 prendarios y 1 desahucio
Remesa: C 54 S 08
Expedientes: 12
Paquetes: 1
Año: 2008
Asunto: Civil: 9 prendarios y 3 medidas cautelares
Remesa: C 10 S 09
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 2009
Asunto: Civil: 1 prendario
Laboral:
Remesa: L 15 S 05
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 2005
Asunto: Laboral: 1 pago de prestaciones
Remesa: L 15 S 06
Expedientes: 4
Paquetes: 1
Año: 2006
Asunto: Laboral: 4 conmutaciones de renta
Remesa: L 12 S 07
Expedientes: 2
Paquetes: 1
Año: 2007
Asunto: Laboral: 2 pagos de prestaciones
Remesa: L 11 S 08
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 2008
Asunto: Laboral: 1 pago de prestaciones
Remesa: L 7 S 09
Expedientes: 31
Paquetes: 1
Año: 2009
Asunto: Laboral: 21 conmutaciones de renta, 9 pago de
prestaciones y 1 disolución cooperativa.
Remesa: L 5 S 10
Expedientes: 23
Paquetes: 1
Año: 2010
Asunto: Laboral: 11 conmutaciones de renta, 12 pago de
prestaciones
Remesa: L 5 S 11
Expedientes: 41
Paquetes: 1
Año: 2011
Asunto: Laboral: 26 conmutaciones de renta, 15 pago de prestaciones
Remesa: L 3 S 12
Expedientes: 34
Paquetes: 1
Año: 2012
Asunto: Laboral: 20 conmutaciones de renta, 14 pago de
prestaciones
Remesa: L 1 S 13
Expedientes: 14
Paquetes: 1
Año: 2013
Asunto: Laboral: 7 conmutaciones de renta, 7 pago de
prestaciones.
Dan fe que el proceso de selección en el despacho cumplió con lo
establecido en circular Nº 36-2010 de la Secretaría General de la Corte.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar
alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva,
dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este
aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 15 de marzo del 2016.
BA.
Rodrigo Arroyo Guzmán
Subdirector
Ejecutivo
Exonerado.—( IN2016021938 )
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en
Acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo XI y el acuerdo
del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015,
artículo LXXIX. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de
Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2011 de fecha 16 de noviembre del 2011,
artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 11-12 celebrada el 09
de febrero del 2012, artículo LXVIII, se hace del conocimiento de las
instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a
la eliminación de Expedientes de Faltas y Contravenciones del año 2013 y
Expedientes de Pensiones Alimentarias del año 2013 del Juzgado Contravencional
y Pensiones de Nicoya. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en
ese Despacho.
Remesa: G 2 G 13
Expedientes: 443
Paquetes: 6
Año: 2013
Asunto: Faltas y Contravenciones: 443 expedientes
(Archivado, Absolutoria, Desestimaciones, Sobreseimientos y Conciliación).
Remesa: Q 2 G 13
Expedientes: 55
Paquetes: 1
Año: 2013
Asunto: Pensiones: Expedientes de Pensiones sin sentencia
55.
Dan fe que el proceso de selección en el despacho cumplió con lo
establecido en circular Nº 36-2010 de la Secretaría General de la Corte.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar
alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva,
dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este
aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 15 de marzo del 2016.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán
(IN2016021939) Subdirector
Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en
Acta Nº 01-2014 de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IX y el acuerdo del
Consejo Superior en Sesión N° 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014,
artículo L, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y
del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes
Penales del año 2003 al 2006 de la Fiscalía Adjunta de Heredia. La
documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: P 13 H 03
Expedientes: 599
Paquetes: 3
Año: 2003
Asunto: Varios (428 Robo Agravado, 96 Robo Simple, 23
Estafa, 3 Circulación Moneda Falsa, 3 Lesiones Leves, 2 Usurpación, 1
Violación, 1 Rapto con Fines de Matrimonio, 1 Atípico, 15 Hurto Agravado, 3
Accionamiento de Arma, 13 Hurto Simple, 1 Tentativa de Homicidio Simple, 3
Daños, 4 Averiguar Muerte, 1 Agresión con arma, 1 Incendio) expedientes donde
la acción penal se encuentra prescrita.
Remesa: P 10 H 04
Expedientes: 681
Paquetes: 7
Año: 2004
Asunto: Varios (422 Robo Agravado, 21 Robo Simple, 45 Hurto
Agravado, 50 Hurto Simple, 47 Estafa, 25 Daños, 5 Agresión con Arma, 1
Lanzamiento de Objetos, 1 Violación de Domicilio, 2 Apropiación Irregular, 8
Lesiones Culposas, 1 Lesiones gravísimas, 3 Lesiones Graves, 2 Lesiones
Levísimas, 2 Falsificación de señas y marcas, 1 Circulación de moneda falsa, 3
Uso de Documento Falso, 2 Privación de Libertad, 1 Incumplimiento de Deberes, 2
Atípico, 2 Amenazas Agravadas, 3 Amenazas Personales, 1 Receptación, 6 Abuso de
Autoridad, 1 Alteración de Señas y marcas, 1 Tocamiento, 11 Violación, 3 Abusos
sexuales personas mayores de edad, 3 Abusos sexuales personas menores de edad,
1 Divulgación de Información, 1 Homicidio Simple, 3 Falsificación de Documento
Privado, 1 Infracción a la ley de Propiedad Intelectual) expedientes donde la acción
penal se encuentra prescrita.
Remesa: P 23 H 05
Expedientes: 2425
Paquetes: 11
Año: 2005
Asunto: Varios (48 Robo Simple, 26 Estafa, 1 Aborto Culposo,
2 Abusos sexual persona menor de edad, 1 Abusos Sexual persona Mayor de edad, 3
Violación, 1 Violación Agravada, 1 Falsificación de señas y marcas, 1 Fraude
Informático, 3 Falsificación de Documentos Privados, 8 Lesiones Culposas, 9
Lesiones Leves, 3 Lesiones gravísimas, 2 Lesiones Levísimas, 3 Lesiones Graves,
1 Cohecho, 1 Posesión Drogas, 2 Accionamiento de Arma, 6 Abuso de Autoridad, 3
Privación de Libertad sin ánimo de lucro, 15 Agresión con arma, 4 Atípico, 1
Infracción Ley derechos de Autor, 5 Incendio o Explosión, 8 Amenazas Agravadas,
1 Circulación de Moneda Falsa, 1 Revelación de Secretos, 1 Apropiación y
Retención Indebida, 85 Daños, 78 Hurto Simple, 68 Hurto Agravado, 2032 Robo
Agravado, 1 Extorsión Simple) expedientes donde la acción penal se encuentra
prescrita.
Remesa: P 23 H 06
Expedientes: 405
Paquetes: 4
Año: 2006
Asunto: Varios (346 Robo Agravado, 1 Infracción ley de
Psicotrópicos, 1 Accionamiento de Arma, 5 Hurto Agravado, 24 Hurto Simple, 1
Alteración de señas y marcas, 1 Lesiones Leves, 1 Lesiones Graves, 13 Daños, 1
Secuestro, 10 Robo Simple, 1 Violación) expedientes donde la acción penal se
encuentra prescrita.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar
alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva,
dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este
aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 14 de abril de 2016.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán
Subdirector
Ejecutivo
Exonerado.—( IN2016022689 )
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en
acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo XI y el acuerdo
del Consejo Superior en sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015,
artículo LXXIX, se hace del conocimiento de las instituciones públicas,
privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de
expedientes de faltas y contravenciones del año 2011 y 2012 del Juzgado
Contravencional de Heredia. La documentación, se encuentra remesada y
custodiada en ese Despacho.
Remesa: G 2 H 11
Expedientes: 1534
Año: 2011
Paquetes: 23
Asunto: Expedientes contravencionales del año 2011 total:
1.534. Con sentencia absolutoria: 150 Desestimados, archivados, conciliados:
1.384.
Remesa: G 2 H 12
Expedientes: 1586
Año: 2012
Paquetes: 25
Asunto: Expedientes contravencionales del año 2012 total:
1.586. Con sentencia absolutoria: 181 Desestimados, archivados, conciliados:
1.405.
Dan fe que el proceso de selección en el despacho cumplió con lo
establecido en circular Nº 36-2010 de la Secretaría General de la Corte.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar
alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva,
dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este
aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 14 de abril del 2016.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán
Exonerado.—( IN2016022690 ) Subdirector Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en
acta Nº 01-2014 de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IX y el acuerdo del
Consejo Superior en sesión N° 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014,
artículo L, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y
del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes
penales del año 2003 al 2010 del Juzgado Penal de Golfito, Puntarenas . La
documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: P 24 P 03
Expedientes:
1
Paquetes:
1
Año:
2003
Asunto:
Penal Varios: 1 apropiación indebida, expedientes con sobreseimiento firme.
Remesa: P 24 P 04
Expedientes:
3
Paquetes:
1
Año:
2004
Asunto:
Penal Varios: 1 portación ilegal de armas permitidas, 1 lesiones, expedientes
con sobreseimiento firme; 1 agresión con arma, expedientes con desestimación
firme.
Remesa: P 24 P 05
Expedientes:
5
Paquetes:
1
Año:
2005
Asunto:
Penal Varios: (1 hurto agravado, 1 violación de domicilio, 1 apropiación
indebida, 1 infracción a Ley Caza y Pesca, expedientes con sobreseimiento
firme; 1 usurpación, expedientes con desestimación firme.
Remesa: P 17 P 06
Expedientes:
13
Paquetes:
1
Año:
2006
Asunto: Penal Varios: (1 venta de licor a menor, 1
simulación de delito, 1 infracción Ley de Aguas, 1 hurto agravado, 2 daños, 2
apropiación indebida, 1 lesiones, 1 infracción a Ley Caza y Pesca, expedientes
con sobreseimiento firme; 1 lesiones, 1 infracción Ley Forestal, 1 usurpación,
expedientes con desestimación firme.
Remesa: P 18 P 07
Expedientes:
26
Paquetes: 1
Año: 2007
Asunto:
Penal Varios: (1 amenazas contra mujer, 1 amenazas a un funcionario público, 1
amenazas, 1 violencia doméstica, 1 receptación, 1 hurto simple, 2 hurto
agravados, 3 daños, 1 violación domicilio, 1 apropiación indebida, 5 lesiones,
2 infracción a Ley Caza y Pesca, expedientes con sobreseimiento firme; 1 lesiones
culposas, 1 lesiones, 2 agresión con arma, 2 retención indebida, expedientes
con desestimación firme.
Remesa: P 14 P 08
Expedientes:
182
Paquetes:
10
Año:
2008
Asunto:
Penal Varios (5 amenazas a un funcionario público, 1 atentado, 1
acondicionamiento de arma de fuego, 1 hurto agravado, 2 violación de domicilio,
4 apropiación indebida, 6 violencia emocional, 14 lesiones, 2 incumplimiento de
medidas, expedientes con sobreseimiento firme; 8 lesiones culposas, 23 lesiones,
11 agresión con arma, 7 averiguar muerte, 1 violencia doméstica, 1 coacción, 1
falsificación de señas y marcas, 1 receptación, 2 infracción Ley de Autor, 1
robo, 4 invasión zona de protección, 3 desobediencia, 1 tenencia ilegal de
arma, 1 descuido de animales, 1 infracción ley caza y pesca, 3 infracción ley
minería, 5 retención indebida, 22 tenencia de droga, 12 incumplimiento medidas
de protección, 2 atípico, 3 infracción Ley de Pesca, 7 infracción Ley Forestal,
6 amenazas, 2 usurpación, 4 portación ilegal de arma, 2 ignorado, 1 infracción
código de minería, 1 infracción a la Ley de Salud, 4 abuso de autoridad, 3
violación de domicilio, 1 drenaje de humedal, 1 agresión calificada, 1
infracción Ley de Salud, expedientes con desestimación firme.)
Remesa: P 7 P 09
Expedientes:
955
Paquetes: 20
Año: 2009
Asunto: Penal Varios (1 atentado, 1 atípico, 1
resistencia, 1 incumplimiento de deberes, 1 corrupción, 1 hurto simple, 1 hurto
agravado, 1 daños, 2 violación de domicilio, 3 apropiación indebida, 1
conducción temeraria, 6 lesiones, 8 incumplimiento de medidas, 1 infracción a
Ley de Caza y Pesca), expedientes con sobreseimiento firme; 6 lesiones leves,
10 lesiones culposas, 57 lesiones, 51 agresión con arma, 24 averiguar muerte,
10 violencia doméstica, 1 coacción, 9 falsificación de señas y marcas, 6
infracción de autor, 4 amenazas a funcionario, 12 robo, 522 tenencia de droga,
3 incendio, 1 invasión zona de protección, 5 desobediencia, 2 tenencia de arma,
1 violencia, 1 amenazas a funcionario público, 2 descuido de animales, 7
infracción Ley de Caza y Pesca, 3 infracción Ley de Minería, 11 retención
indebida, 42 incumplimiento de medidas de protección, 20 atípico, 10 infracción
ley de pesca, 9 infracción ley forestal, 30 amenazas, 4 usurpación, 11
portación ilegal de armas, 8 ignorado, 2 resistencia, 1 transporte ilegal de
madera, 2 conducción temeraria, 2 infracción a la ley de salud, 1 infracción
Ley Conservación Vida Silvestre, 2 accionamiento de arma, 5 abuso autoridad, 1
simulación de delito, 6 violación de domicilio, 12 amenazas agravadas, 1
maltrato, 1 trasiego de productos de animales, 1 obstrucción de vía pública, 1
infracción Ley Orgánica del Ambiente, 1 extracción de material, 1 infracción
zona marítima terrestre, 4 receptación, expedientes con desestimación firme.
Remesa: P 5 P 10
Expedientes:
471
Paquetes:
8
Año:
2010
Asunto:
Penal Varios (40 Lesiones, 19 agresión con arma, 1 receptación, 305 tenencia de
droga, 1 incendio, 2 denuncia calumniosa, 6 desobediencia, 3 violencia emocional,
4 amenazas a funcionario público, 2 infracción Ley de Consumo de la Vida
Silvestre, 9 descuido de animales, 29 infracción Ley de Caza y Pesca, 1
infracción Ley de Minería, 3 retención indebida, 13 incumplimiento de medidas
de protección, 1 abuso de autoridad, 6 violación de domicilio, 8 amenazas
agravadas, 11 portación de arma permitida, 1 hecho atípico, 1 dominio público,
1 agresión psicológica, 1 incumplimiento de deberes de asistencia, 1
nombramiento de ilegales, 2 circulación de sustancias envenenadas o alteradas)
expedientes con desestimación firme.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar
alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva,
dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este
aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 14 de abril de 2016.
MBA. Rodrigo Arroyo
Guzmán,
Exonerado.—( IN2016022691 ). Subdirector Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº
01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del
Consejo Superior en Sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015,
artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas
y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación
Administrativa del año 1998 al 2014 de la Administración Regional de
Puntarenas. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese
Despacho.
Remesa: A 11 P 98
Ampos: 361
Año: 1998 - 2014
Asunto: Documentación Administrativa: 17 Ampos Conciliaciones
bancarias 1998 al 2010, 10 Ampos Consecutivos de Oficios 1999 al 2009, 62 Ampos
Correspondencia 1999 al 2013, 222 Ampos Reportes y Registros 1999 al 2014, 15
Ampos de Reintegros de Dinero 2004, 24 Ampos de Boletas de Combustible 2009 al
2014, 6 Ampos de Circulares 2007-2010, 3 Ampos de Consecutivos de Oficina
2007-2009, 2 Ampos de Registros de Asistencia 2009-2010.
Dan fe que el proceso de selección en el despacho cumplió con lo
establecido en circular Nº 36-2010 de la Secretaría General de la Corte.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar
alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva,
dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este
aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 14 de abril del 2016.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán
Subdirector
Ejecutivo
Exonerado.—( IN2016022692 )
De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para
el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y
Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de
agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº
79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo XCI, se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general,
que se procederá a la eliminación de documentación administrativa del año 1935
al 2008 del Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago. La documentación, se
encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: 20782
Libros: 25
Año: 1935-2008
Asunto: Documentación Administrativa: 18 libros de entrada
(1935, 1946-2002, 2005-2008). 1 libro números de sentencias (1996-1998). 6
libros legales contables (1979, 1993-1997).
Dan fe que el proceso de selección en el despacho cumplió con lo
establecido en circular Nº 36-2010 de la Secretaría General de la Corte.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar
alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva,
dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este
aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 14 de abril del 2016.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán
Exonerado.—( IN2016022693 ) Subdirector Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en
acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo
del Consejo Superior en sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015,
artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas
y del público en general, que se procederá a la eliminación de documentación
administrativa del año 1979 al 2009 del Tribunal de Trabajo Menor Cuantía de
Cartago. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: 20783
Libros: 04
Año: 1979-2009
Asunto: Documentación
Administrativa: 04 libros de entrada (1979-2009)
Dan
fe que el proceso de selección en el despacho cumplió con lo establecido en
circular Nº 36-2010 de la Secretaría General de la Corte.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar
alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva,
dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este
aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 14 de abril del 2016.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán
Exonerado.—( IN2016022694 ) Subdirector Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en
acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo
del Consejo Superior en sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015,
artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas
y del público en general, que se procederá a la eliminación de documentación
administrativa del año 1997 al 2014 del Juzgado de Ejecución de la Pena de
Cartago. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 14 C 97
Libros: 15
Agendas: 23
Ampos: 108
Año: 1997 - 2014
Asunto: Documentación Administrativa: 54 ampos reportes y
registros (1998 al 2014); 05 ampos control correo certificado (1998 al 2001,
2007 al 2009, 2014); 07 ampos copiadores de sentencia (1998 al 2003, 2005 al
2007); ampo registros de asistencia (2000 al 2010), ampo correspondencia
(2011); 5 ampos informes mensuales y anuales (1998 al 2006, 2008 al 2010); 17
ampos registro oficios despachados (1997-2010, 2013-2014), 04 ampos resoluciones
(1998-2010), 05 ampos circulares (1998 al 2010), ampo reportes y registros
(2001, 2003 al 2004), registro asistencia(1999), copiadores de asistencia
(2002); ampo reportes y registros (1998 al 1999), liquidación gastos de viaje
(1999); ampo registro oficios despachados (2009 al 2013), reportes y registros
(2010 al 2011); ampo reportes y registros (2014), registro oficios despachados
(2009 al 2014); ampo reportes y registros (2011 al 2014), registro oficios
despachados (2009); ampo reportes y registros (1998 al 1999, 2001, 2003, 2005
al 2006, 2008 al 2009), reportes fax (1998 al 1999, 2005 al 2006, 2008 al
2009); ampo reportes y registros (2001 al 2003), reportes de fax (2001 al
2002), control correo certificado (2001); ampo reportes y registros (2004), reporte
de fax (2008); ampo reportes y registros 2014; 11 libros de entrada (1998 al
2012); 03 libros conocimientos (1998 al 2009); libro números de sentencia (1998
al 2009); 23 agendas de señalamiento (1998 al 1999, 2001, 2003 al 2014).
Dan fe que el proceso de selección en el despacho cumplió con lo
establecido en circular Nº 36-2010 de la Secretaría General de la Corte.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar
alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva,
dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este
aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 14 de abril del 2016.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán
Exonerado.—( IN2016022695 ) Subdirector Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en
Acta Nº 03-2011 de fecha 16 de noviembre del 2011, artículo I y el acuerdo del
Consejo Superior en Sesión Nº 11-12 celebrada el 09 de febrero del 2012,
artículo LXVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas,
privadas y del público en general que se procederá a la eliminación de Expedientes
de Violencia Doméstica del año 2012 del Juzgado de Violencia Doméstica de
Alajuela. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: V 3 A 12
Expedientes: 4703
Paquetes: 49
Año: 2012
Asunto: Expedientes de Violencia Domestica
(Solicitud de Medidas de Protección), con resolución final o abandonados.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar
alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva,
dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este
aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 20 de abril de 2016.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán
Subdirector
Ejecutivo
Exento.—( IN2016024556 )
De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para
el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y
Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de
agosto del 2015, artículo XI y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº
79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo LXXIX, se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general,
que se procederá a la eliminación de Expedientes de Faltas y Contravenciones
del año 2013 del Juzgado Contravencional de Alajuela. La documentación, se
encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Expedientes de Faltas y
Contravenciones:
Remesa: G 1 A 13
Expedientes: 2244
Paquetes: 23
Año: 2013
Asunto: Expedientes de Faltas y Contravenciones, Sentencia
Absolutoria Firme o Archivado.
Dan fe que el proceso de selección en el despacho cumplió con lo
establecido en circular Nº 36-2010 de la Secretaría General de la Corte.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar
alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva,
dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este
aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 20 de abril de 2016.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán
( IN2016024557 ) Subdirector
Ejecutivo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en
Acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo XI y el acuerdo
del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015,
artículo LXXIX. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de
Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2011 de fecha 16 de noviembre del 2011,
artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 11-12 celebrada el 09
de febrero del 2012, artículo LXVIII. De la Comisión Institucional de Selección
y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 01-2014, celebrada el 14 de
marzo del 2014, artículo VIII, y la aprobación del Consejo Superior en Sesión
N° 47-2014, del 21 de mayo del 2014, artículo XXXI, se hace del conocimiento de
las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá
a la eliminación de Expedientes de Faltas y Contravenciones del año 2013,
expedientes de Violencia Doméstica del año 2012 y Expedientes de Tránsito del
año 2005 del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Atenas. La
documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Expedientes de Faltas y
Contravenciones:
Remesa: G 2 A 13
Expedientes: 327
Paquetes: 5
Año: 2013
Asunto: Expedientes de Faltas y Contravenciones, Sentencia
Absolutoria Firme o Archivado.
Expedientes de Violencia
Doméstica:
Remesa: V 4 A 12
Expedientes: 209
Paquetes: 3
Año: 2012
Asunto: Expedientes de Violencia Doméstica. Archivados.
Expedientes de Tránsito:
Remesa: W 1 A 05
Expedientes: 275
Paquetes: 4
Año: 2005
Asunto: Expedientes de Tránsito. Sentencia, Auto sentencia,
Resolución de Archivo.
Dan fe que el proceso de selección en el despacho cumplió con lo
establecido en circular Nº 36-2010 de la Secretaría General de la Corte.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar
alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva,
dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este
aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 20 de abril del 2016.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán
Exento.—(IN2016024558) Subdirector Ejecutivo
De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para
el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y
Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de
agosto del 2015, artículo XI y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº
79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo LXXIX. De la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº
03-2011 de fecha 16 de noviembre del 2011, artículo I y el acuerdo del Consejo
Superior en Sesión Nº 11-12 celebrada el 09 de febrero del 2012, artículo
LXVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del
público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Faltas
y Contravenciones del año 2013 y expedientes de Violencia Doméstica del año
2012 del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Orotina. La
documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Expedientes de Faltas y
Contravenciones:
Remesa: G 3 A 13
Expedientes: 267
Paquetes: 5
Año: 2013
Asunto: Expedientes de Faltas y
Contravenciones, Sentencia Absolutoria Firme o Archivado.
Expedientes de Violencia
Doméstica:
Remesa: V 5 A 12
Expedientes: 235
Paquetes: 3
Año: 2012
Asunto: Expedientes de Violencia Doméstica.
Archivados. Dan fe que el proceso de selección en el despacho cumplió con lo
establecido en circular Nº 36-2010 de la Secretaría General de la Corte.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar
alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva,
dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este
aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 20 de abril de 2016.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán
Subdirector
Ejecutivo
Exento.—( IN2016024559 )
De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para
el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y
Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.), en Acta N° 01-2014, celebrada el 14 de
marzo del 2014, artículo VIII, y la aprobación del Consejo Superior en Sesión
N° 47-2014, del 21 de mayo del 2014, artículo XXXI, se hace del conocimiento de
las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá
a la eliminación de Expedientes de Tránsito del año 2005 del Juzgado de
Tránsito de San Ramón. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en
ese Despacho.
Remesa: W 2 A 00
Boletas: 28967
Paquetes: 35
Año: 2000-2013
Asunto: Boletas de Tránsito
Remesa: W 2 A 05
Expedientes: 1484
Paquetes: 17
Año: 2005
Asunto: Expedientes de Tránsito
Dan fe que el proceso de selección en el despacho cumplió con lo
establecido en circular Nº 36-2010 de la Secretaría General de la Corte.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar
alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva,
dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este
aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 20 de abril del 2016.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán
( IN2016024560 ) Subdirector
Ejecutivo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en
Acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo
del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15, celebrada el 3 de setiembre del 2015,
artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas
y del público en general, que se proceder a la eliminación de Documentación
Administrativa del año 1990 al 2014 de la Administración Regional de
Corredores, Puntarenas. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en
ese Despacho.
Remesa: A 5 P 90
Documentos: 32
Ampos: 572
Libros: 195
Cajas: 6
Agendas: 21
Año: 1990-2014
Asunto: Documentos Administrativos: Ampos: 299 ampos de
reintegros 78 (2007), 93 (2008), 61 (2009), 67 (2010), 25 ampos de reportes de
fax 6 (2014), 6 (2013), 2 (2012), 6 (2011), 1 (2010), 2 (2009), 1 (2005),1
(2003-2014), 12 ampos con circulares 3 (2012), 1 (2011), 1 (2009), 1 (2007), 1
(2006), 2 (2005),1 (2001), 1(2009-2010), 1 (2007-2009), 6 ampos de currículum 1
(2014), 3 (2013), 2 (2012), 6 ampos de registros de asistencia 1 (2014), 1
(2013), 2 (2011), 1 (2009), 1 (2011-2012), 2 ampo con correos de agenda
electrónica 1 (2014), 1 (2013), 8 ampos con solicitudes de vehículos 1 (2014),
1 (2013), 1 (2012), 4 (2011), 1 (2006), 9 ampos de control de copias 1 (2013),1
(2011), 2 (2010-2011), 1 (2011-2012), 1 (2009), 1 (2008-2009), 1 (2007), 1 (2007-2010
a 2014), 7 ampos con formularios de solicitudes de fotocopias 2 (2006), 1
(2008), 1 (2009), 1 (2010-2014), 1 (2007), 1 (2013), 3 ampos con información de
la pizarra informativa 1 (2010), 1 (2008), 1 (2006), 2 ampos con consecutivo de
oficios 1 (2013), 1 (2011), 3 ampos de control diario de ingreso y salida de
vehículos oficiales 1 (2014), 1 (2012), 1 (2011), 1 ampo de control de motos
oficiales 1 (2007-2009), 1 ampo de certificaciones de exoneraciones 1 (2014), 1
ampo de certificaciones de exoneraciones anuladas 1 (2012-2013), 1 ampo de
recibidos de entrega de certificaciones de ciclos de video conferencia 1
(2009), 1 ampo con video conferencias 1 (2012), 1 ampo de actas de entrega de
mercadería (2009), 16 ampos con oficios 1 (2012), 1 (2010), 1 (2009), 2 (2008),
3 (2007), 3 (2005), 1 (2004), 1 (2010-2012), 1 (2009 a 2010), 1 (2008-2009), 1
(2007 a 2008), 1 ampo con oficios enviados y recibidos a los Tribunales de Osa
(2007), 2 ampos con acuses de recibidos 1 (2012), 1 (2005), 1 (2001), 1 ampo
con registros de comités de emergencias (2009), 1 ampo con boletas de control
de realización de juicios en salas (2012 a 2014), 1 ampo con solicitudes de
usuarios, boletas de afiliación a la comisión de valores (2011), 1 ampo con
informes y oficios (2011 a 2012), 1 ampo con control de llaves de salas de
juicio de Coto Brus (2006), 1 ampo de boletines judiciales (2005), 1 ampo con
informes de novedades, correos electrónicos, acuses de recibidos (2010), 1 ampo
con solicitudes de servicio de alimentación para detenidos (2008), 2 ampo
registro de autorizaciones y control de firmas de hojas de delincuencia
enviadas a Coto Brus 1 (2013), 1 (2011 a 2013), 1 ampo de oficios de brigada
(1999 a 2001), 1 ampo con informes de novedades, informe de uso de fotocopias,
correos de Costa Rica, control de giras de motos (2005), 1 ampo de oficios
enviados y recibidos (2003), 1 ampo de registros de solicitudes de
certificaciones de no recibir pensión alimentaria (2010 a 2011), 1 ampo con
registros de bolsas coutier entregadas a los despachos judiciales (2011 a
2013), 1 ampo con solicitudes de pedido a Proveeduría y despacho de materiales
por parte de Proveeduría (2008 a 2010), 1 ampo con circulares, oficios
recibidos, modificaciones registro electrónico de mandamientos, informes de labores
(2012), 1 ampo con informes de daños a vehículos del Poder Judicial (2012), 1
ampo con copias de expedientes judiciales que tienen vehículos decomisados
(2011), 1 ampo de control de boletas de seguridad por registro para uso de las
oficinas, 1 ampo con ciclos de video conferencia de la Escuela Judicial (2005),
2 ampo con correos electrónicos impresos (2005), 1 ampo con mercadería recibida
(2005), 5 ampo con acuses de recibidos del BCR 1 (1992), 1 (2007), 1 (2010), 1
(2011), 1 (2010), 1 ampo con recibidos de BCR, entrega a los depósitos
judiciales ( 2009 a 2010) , 1 ampo con listados de depósitos judiciales diarios
realizados por el BCR (1998), 1 ampo con nombramientos de personal (2008), 4
ampos de auto de pase de la OCJ 2 (2013), 1 (2014), 1 (2008-2014), 28 Ampos de
acuses de recibidos de listados de notificaciones 3 (2012), 1 (2013-2014), 3
(2013), 21 (2014), 2 ampo con recibidos de presentaciones realizadas1 (2013), 1
(2014), 1 ampo con órdenes para dejar sin efecto presentaciones (2013), 10
ampos de solicitudes de capturas, presentación o citación 1 (2008), 1 (1998 a
2008), 1 (2014), 1 (2007-2012), 1 (2009), 1 (2008 a 2012), 2 (2012 a 2013), 1
(2013), 1 (2013 a 2014), 1 ampo de solicitudes de cedulas de notificación 1
(2007), 9 ampos de control diario de trabajo de notificadores 4 (2013), 5
(2014), 14 ampos de acuses de recibidos de citas de la OCJ 3 (2012), 1 (2009),
3 (2012), 20 (2014), 8 ampos de acuses de recibidos de listados de
notificaciones de la OCJ1 (2006), 4 (2011), 1 (2012), 1 (2013), 1 (2013-2014),
1 ampo de informes de notificaciones (2005), 1 ampo de informes de citas
(2013), 1 ampo de informes de citas, presentaciones y comunicaciones (2002 a
2003 y 2005 a 2006), 1 ampo con oficios recibidos para dejar sin efecto
capturas de la OCJ (2008),1 ampo de informes mensuales de la OCJ (2007), 20
Ampos de conciliaciones bancarias 3 (2002), 2 (2009), 1 (2005 a 2006), 1
(2008), 1 (1999 a 2000), 1 (2002 a 2003), 2 (2004 a 2005), 2 (2010), 2 (2007),
1 (1998), 2 (2004), 1 (2007), 1 (2003 a 2006), 9 Ampos con depuraciones de
anexos 1 (2011 a 2012), 1 (2010), 2 (2007), 2 (2004), 2 (2008), 1 (2009), 15
Ampos de estados de cuenta 4 (2010), 4 (2009), 2 (2008), 1 (1998), 2 (2003), 1
(2000 a 2001), 1 (2007 a 2008), 5 Ampos con estados de cuenta diarios 2 (2007),
1 (2002), 1 (2011), 1 (2009 a 2010), 1 ampo con circulares, estadísticas de
motos de la OCJ (2010 a 2012), 1 ampo con reportes diarios de sistemas de
emisión de cheques (2013), 1 ampo con documentos enviados y recibidos de
auditoria, BCR, BN, financiero contable, informática, tribunal de golfito, coto
brus y dirección ejecutiva (2009), 32 Correspondencia 6 (2011), 1 (2010 a
2011), 10 (2012), 1 (2009), 1 (2007), 1 (2006), 1 (2005), 1 (2001), 7 (2013), 2
(2014), 1 ( 2011 a 2013), Libros: 2 Libro de conocimientos 1 (1997), 1 (1998),
1 Libro de conocimientos de la OCJ (2009), 1 Libro de correo certificados
recibidos de la OCJ (2008), 2 Libro de control de boletas de combustible 1
(2003 a 2004), 1 (2004), 2 Libro de control de fax recibidos 1 (2000), 1 (2012
al 2013), 1 Libro de control de fax enviados (2011 al 2014), 2 Libro de control
de giras 1 (2010), 1(2003), 1 Libro con registro de consecutivos de oficios
(2001 al 2003), 1 Libro de citas notificadas (1998), 1 Libro de diario (1997 al
2004), 1 Libro de actas (1998-2001), 2 Libro de control de copias de cheques
entregados a los despachos 1 (2000 a 2001), 1(1998 a 2000), 2 Libro de
ejecutivo de caja chica 1 ( 2001 a 2008) , 1 (1998 a 2001), 5 Libro de caja 1
(1994 a 1995), 1 (1990 a 1992), 1 (1992 a 1994), 1 (1994 a 1995), 1 (1993 a
1995), 171 libros de control de vehículos 22 (2013), 22 (2012), 12 (2011), 17
(2010), 23 (2009), 18 (2008), 15 (2007), 18 (2006), 14 (2005), 10 (2004),
Cajas: 1 Caja con órdenes para combustible (2006-2008 a 2013, 2014), 1 Caja con
órdenes para combustible de Coto Brus (2012 a 2013), 2 Caja con boletas para
combustible 1 (2012 a 2013), 1 (2006 a 2008), 1 caja con boletas de fotocopias
(2011 a 2012), 1 caja con acuses de recibidos y BCR (2004), Agendas: 21 agendas
2 (2014), 4(2013), 6 (2012), 3 (2011), 2 (2010), 1 (2009), 1 (2008), 1 (2006),
1 (2004).
Dan fe que el proceso de selección en el despacho cumplió con lo
establecido en circular Nº 36-2010 de la Secretaría General de la Corte.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar
alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva,
dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este
aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 20 de abril del 2016.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán,
Exento.—( IN2016024561 ) Subdirector
Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en
Acta Nº 02-2007 de fecha 06 de agosto del 2007, artículo V y el acuerdo del
Consejo Superior en Sesión Nº 66-07 celebrada el 06 de setiembre del 2007,
artículo XXXVII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas,
privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de
Incidentes de Ejecución del año 2013 del Juzgado de Ejecución de la Pena de
Alajuela. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: P 26 A 13
Año: 2013
Incidentes: 3413
Paquetes: 58
Asuntos: Incidentes de Ejecución: 911 Incidentes de Libertad
Condicional, 391 Incidentes de Modificación de Pena, 1385 Incidentes de Queja,
102 Incidentes de Enfermedad, 370 Incidentes de Unificación de Pena, 8 Incidentes
de Modificación de Pena por Prescripción, 49 Incidentes de Aislamiento, 98
Incidentes de Solicitud de Internamiento, 54 Incidente de Petición, 3 de Otros
Incidentes, 2 Incidentes de Adecuación, 29 Incidentes por Quebrantamiento de
Pena y 11 Incidentes por Conversión de Pena.
Dan fe que el proceso de selección en el despacho cumplió con lo
establecido en circular Nº 36-2010 de la Secretaría General de la Corte.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar
alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva,
dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este
aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 20 de abril del 2016.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán
( IN2016024562 ) Subdirector
Ejecutivo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en
Acta N° 01-2014, celebrada el 14 de marzo del 2014, artículo VIII, y la
aprobación del Consejo Superior en Sesión N°47-2014, del 21 de mayo del 2014,
artículo XXXI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas
y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de
Tránsito del año 1999 al 2005 del Juzgado de Tránsito de San Carlos. La
documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: W 2 A 99
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 1999
Asunto: Expedientes de Tránsito
Remesa: W 3 A 00
Expedientes: 3
Paquetes: 1
Año: 2000
Asunto: Expedientes de Tránsito
Remesa: W 2 A 01
Expedientes: 64
Paquetes: 1
Año: 2001
Asunto: Expedientes de Tránsito
Remesa: W 2 A 02
Expedientes: 177
Paquetes: 2
Año: 2002
Asunto: Expedientes de Tránsito
Remesa: W 3 A 03
Expedientes: 1,096
Paquetes: 5
Año: 2003
Asunto: Expedientes de Tránsito
Remesa: W
3 A 04
Expedientes: 1,331
Paquetes: 7
Año: 2004
Asunto: Expedientes de Tránsito
Remesa: W 3 A 05
Expedientes: 905
Paquetes: 3
Año: 2005
Asunto: Expedientes de Tránsito.
Dan fe que el proceso de selección en el despacho cumplió con lo
establecido en circular Nº 36-2010 de la Secretaría General de la Corte.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar
alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva,
dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este
aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 20 de abril de 2016.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán
Subdirector
Ejecutivo
Exento.—( IN2016024563 )
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en
Acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo
del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015,
artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas
y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación
Administrativa del año 2010 al 2014 del Juzgado de Violencia Doméstica de
Desamparados. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese
Despacho.
Remesa: A 10 S 10
Libros: 1
Agendas: 3
Ampos: 4
Año: 2010 - 2014
Asunto: Documentación Administrativa: 1 Libro de correo
certificado e interno del año 2010 al 2013. 3 Agendas de señalamiento del año
2013 a 2014. 1 Ampo con Control de Correo Certificado del año 2014. 2 Ampos con
Correspondencia enviada y recibida del año 2013 a 2014. 1 Ampo con Registro de
Asistencia del año 2014.
Dan fe que el proceso de selección en el despacho cumplió con lo
establecido en circular Nº 36-2010 de la Secretaría General de la Corte.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar
alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva,
dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este
aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 20 de abril del 2016.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán
( IN2016024564 ) Subdirector
Ejecutivo.
UNIDAD
DE RECLUTAMIENTO
TERCERA
PUBLICACIÓN
El
Consejo de la Judicatura y la Dirección de Gestión Humana del Poder Judicial
abren concurso para integrar listas de jueces y juezas suplentes en las
siguientes categorías y despachos:
JUEZ 1 y 2
Para ver imagen
solo en Boletín Judicial con formato
PDF
JUEZ 1
1. TRIBUNAL
APELACIÓN DE SENTENCIA, II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
2. TRIBUNAL
APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL JUVENIL, II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
3. TRIBUNAL
APELACIÓN DE SENTENCIA III CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA (SAN RAMÓN)
4. TRIBUNAL
APELACIÓN DE SENTENCIA GUANACASTE
5. TRIBUNAL
AGRARIO, II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
6. TRIBUNAL
PRIMERO CIVIL
7. TRIBUNAL
DE FLAGRANCIA SAN JOSÉ, II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
8. TRIBUNAL
PENAL III CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSE, SEDE SUROESTE (HATILLO)
9. TRIBUNAL
PENAL III CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
10. TRIBUNAL
PENAL II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
11. TRIBUNAL
PENAL I CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
12. TRIBUNAL
CARTAGO
13. TRIBUNAL
PUNTARENAS
14. TRIBUNAL
HEREDIA
15. TRIBUNAL
III CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA (SAN RAMÓN)
16. TRIBUNAL
II CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR
17. TRIBUNAL
II CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA
18. TRIBUNAL
II CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE (NICOYA)
19. TRIBUNAL
II CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA
20. TRIBUNAL
I CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR
21. TRIBUNAL
I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA
22. TRIBUNAL
I CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE
23. TRIBUNAL
I CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA
24. TRIBUNAL
DE TRABAJO, II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
25. TRIBUNAL TRABAJO MENOR CUANTÍA PUNTARENAS
26. TRIBUNAL
TRABAJO MENOR CUANTÍA II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
27. TRIBUNAL
TRABAJO MENOR CUANTÍA I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA
28. TRIBUNAL
TRABAJO MENOR CUANTÍA I CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA
29. TRIBUNAL
TRABAJO MENOR CUANTÍA HEREDIA
30. TRIBUNAL
TRABAJO MENOR CUANTÍA GUANACASTE
31. TRIBUNAL
TRABAJO DE MENOR CUANTÍA CARTAGO
32. JUZGADO
CIVIL MENOR CUANTÍA CARTAGO
33. JUZGADO
CIVIL MENOR CUANTÍA II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
34. JUZGADO
MENOR CUANTÍA III CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
35. JUZGADO
MENOR CUANTÍA Y TRÁNSITO II CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE (NICOYA)
36. JUZGADO
DE COBRO Y TRÁNSITO II CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE (SANTA CRUZ)
37. JUZGADO
DE COBRO, MENOR CUANTÍA Y TRÁNSITO I CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE
38. JUZGADO
DE COBRO Y CIVIL MENOR CUANTÍA I CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA
39. JUZGADO
DE COBRO Y CIVIL MENOR CUANTÍA PUNTARENAS
40. JUZGADO DE COBRO Y MENOR CUANTÍA POCOCÍ
41. JUZGADO
DE COBRO Y MENOR CUANTÍA I CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR
42. JUZGADO
DE COBRO Y MENOR CUANTÍA II CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA
43. JUZGADO
DE COBRO Y MENOR CUANTÍA III CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA (SAN RAMÓN)
44. JUZGADO
DE COBRO, CIVIL Y MENOR CUANTÍA HEREDIA
45. JUZGADO
DE COBRO, CIVIL Y MENOR CUANTÍA I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA
46. JUZGADO
DE COBRO, CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA GRECIA
47. JUZGADO DE COBRO, MENOR CUANTÍA Y
CONTRAVENCIONAL GOLFITO, SEDE PUERTO JIMÉNEZ
48. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL HEREDIA
49. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL I CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA
50. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL I CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
51. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA
52. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
53. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL III CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
54. JUZGADO CONTRAVENCIONAL PUNTARENAS
55. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA ABANGARES
56. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA ALAJUELITA
57. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA ASERRÍ
58. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA ATENAS
59. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA BAGACES
60. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA BUENOS AIRES
61. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA CARRILLO
62. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA CÓBANO
63. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA GARABITO
64. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA GUÁCIMO
65. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA GUATUSO
66. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA HATILLO
67. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA II CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR
68. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA JICARAL
69. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA LA UNIÓN
70. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA LOS CHILES
71. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA MATINA
72. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA MORA
73. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA NANDAYURE
74. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA PARAÍSO
75. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA PARRITA
76. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA PAVAS
77. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA PURISCAL
78. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA SAN JOAQUÍN DE FLORES
79. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA SAN RAFAEL
80. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA SANTA ANA
81. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA SANTO DOMINGO
82. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA SIQUIRRES
83. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA TILARÁN
84. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA TURRIALBA
85. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA TURRUBARES
86. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA ZARCERO
87. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y TRÁNSITO I CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR
88. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y PENSIONES ALIMENTARIAS I CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE
89. JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y PENSIONES
ALIMENTARIAS II CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA
90. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y PENSIONES ALIMENTARIAS II CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE
(NICOYA)
91. JUZGADO
CONTRAVENCIONAL Y PENSIONES ALIMENTARIAS III CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA (SAN
RAMÓN)
92. JUZGADO
PENSIONES ALIMENTARIAS CARTAGO
93. JUZGADO
PENSIONES ALIMENTARIAS DE SARAPIQUÍ
94. JUZGADO
PENSIONES ALIMENTARIAS DEL I CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR
95. JUZGADO
PENSIONES ALIMENTARIAS DEL II CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA
96. JUZGADO
PENSIONES ALIMENTARIAS HEREDIA
97. JUZGADO
PENSIONES ALIMENTARIAS I CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA
98. JUZGADO
PENSIONES ALIMENTARIAS I CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
99. JUZGADO
PENSIONES ALIMENTARIAS I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA
100. JUZGADO PENSIONES ALIMENTARIAS II CIRCUITO
JUDICIAL SAN JOSÉ
101. JUZGADO PENSIONES ALIMENTARIAS III
CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
102. JUZGADO PENSIONES ALIMENTARIAS PUNTARENAS
103. JUZGADO PENSIONES Y VIOLENCIA DOMÉSTICA
PAVAS
104. JUZGADO PENSIONES Y VIOLENCIA DOMESTICA
SAN JOAQUÍN DE FLORES
105. JUZGADO PENSIONES Y VIOLENCIA DOMÉSTICA
SIQUIRRES
106. JUZGADO TRÁNSITO GRECIA
107. JUZGADO TRÁNSITO HATILLO
108. JUZGADO TRÁNSITO HEREDIA
109. JUZGADO TRÁNSITO I CIRCUITO JUDICIAL
ALAJUELA
110. JUZGADO TRÁNSITO I CIRCUITO JUDICIAL SAN
JOSÉ
111. JUZGADO TRÁNSITO I CIRCUITO JUDICIAL ZONA
ATLÁNTICA
112. JUZGADO TRÁNSITO II CIRCUITO JUDICIAL
ALAJUELA
113. JUZGADO TRÁNSITO II CIRCUITO JUDICIAL SAN
JOSÉ
114. JUZGADO TRÁNSITO III CIRCUITO JUDICIAL
ALAJUELA (SAN RAMÓN)
115. JUZGADO TRÁNSITO III CIRCUITO JUDICIAL SAN
JOSÉ
116. JUZGADO TRÁNSITO PAVAS
117. JUZGADO TRÁNSITO PUNTARENAS
JUEZ 2
118. JUZGADO EJECUCIÓN DE LA PENA ALAJUELA
119. JUZGADO EJECUCIÓN DE LA PENA CARTAGO
120. JUZGADO EJECUCIÓN DE LA PENA ZONA
ATLÁNTICA
121. JUZGADO EJECUCIÓN DE LA PENA PUNTARENAS,
SEDE GUANACASTE
122. JUZGADO EJECUCIÓN DE LA PENA ZONA ATLÁNTICA,
SEDE POCOCÍ
123. JUZGADO EJECUCIÓN DE LAS SANCIONES PENALES
JUVENIL, I CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
124. JUZGADO PRIMERO ESPECIALIZADO DE COBRO I
CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
125. JUZGADO TERCERO ESPECIALIZADO DE COBRO I
CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ
126. JUZGADO ESPECIALIZADO DE COBRO II CIRCUITO
JUDICIAL SAN JOSÉ
127. JUZGADO
ESPECIALIZADO DE COBRO CARTAGO
REQUISITOS
GENERALES QUE DEBEN REUNIR
LOS Y LAS ASPIRANTES:
ü Licenciatura
en Derecho (Deberá remitirse el título en formato electrónico).
ü Estar
incorporado o incorporada al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica
(Deberá remitirse el certificado de incorporación en formato electrónico).
ü Experiencia
para la tramitación, resolución de asuntos judiciales y supervisión de
personal. (Requisito no excluyente).
ü Cumplir
lo establecido por la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley de Carrera
Judicial, Reglamento de Carrera Judicial y demás disposiciones vigentes.
ü Es
indispensable que las personas que resulten elegidas en esta convocatoria,
realicen los cursos definidos por la institución para cada categoría y materia
que se imparten por la Escuela Judicial, entre otros, Sistema de Gestión,
Depósitos Judiciales, y los cursos virtuales en materia de equidad de género,
accesibilidad, servicio público de calidad, sistema de gestión, hostigamiento
sexual y acoso psicológico en el trabajo. Además, deberán mostrar dominio en
cuanto al empleo de paquetes informáticos básicos de oficina y de uso
institucional.
INFORMACIÓN ADICIONAL:
a) Las
personas que participen en estos concursos deben cumplir con todos los
requisitos vigentes. La información se encuentra disponible en la dirección
electrónica www.poder-judicial.go.cr/personal/juecesyjuezas.htm
b) Es
imprescindible que las personas oferentes se inscriban mediante el FORMULARIO
ELECTRÓNICO disponible en la página web.
c) La inscripción será única y exclusivamente
por este medio y quedará registrada en línea automáticamente. Para estos
efectos se habilitan las veinticuatro horas del día hasta la fecha de
vencimiento del período de inscripción del concurso.
d) Para
la correcta inscripción en los concursos, es preciso que se complete los
espacios requeridos en el formulario electrónico. Al final del proceso de
inscripción, el sistema le brindará un comprobante mediante el cual se asegura
que éste se efectúo con éxito. Caso contrario la
solicitud será desestimada.
e) Por
ser éste un servicio que requiere atención permanente, todos los días y horas,
es inherente al puesto el trabajo en diferentes turnos, en fines de semana,
feriados y asuetos, tener vacaciones en períodos diferentes a la generalidad
del personal, trabajar horas extraordinarias
y estar sujeto a disponibilidad; además, no se pagará servicio de transporte ni
de taxi con recursos del Poder Judicial, de las
22:00 horas a las 5:00 horas del
día siguiente y el cargo no apareja derecho a estacionamiento o parqueo. El derecho
a vacaciones solo se concederá resultado del tiempo laborado en el Poder
Judicial.
f) Quienes
participen por primera vez para un cargo dentro de la Carrera Judicial o hayan
presentado los atestados en un período mayor a dos años atrás, además de
inscribirse electrónicamente deberán subir los atestados al buzón electrónico
habilitado para estos efectos en formato digital al cierre del concurso, o a
más tardar dentro de los ocho días hábiles posteriores a la fecha del cierre
del concurso.
g) Cualquier
nombramiento interino estará condicionado a que regrese la persona titular del
cargo, o bien, a la confección de una terna, según lo solicite el órgano
competente.
h) Las
personas que aspiran laborar o laboren para el Poder Judicial, deben acatar
obligatoriamente los lineamientos establecidos en el Reglamento de vestimenta
formal tanto para hombres como para mujeres aprobado por la Corte Plena y que
está a su disposición en la página web.
i) La
Sección Administrativa de la Carrera Judicial utilizar á el correo electrónico
para todos los efectos como único medio de notificación. Los oferentes deberán
de indicar correctamente este medio, mantenerlo habilitado y en óptimas
condiciones las veinticuatro horas, ya que, una vez comprobada la entrega
electrónica, se dará por notificado el asunto; de lo contrario, se exime de
toda responsabilidad a esta Sección y se tendrá por realizada la notificación,
veinticuatro horas después de dictada la resolución. Cualquier cambio que
realice concerniente al medio electrónico señalado, debe actualizarlo en la
dirección de la intranet: http://intranet/personal/ghenlinea
o ser comunicado oportunamente a esta oficina al correo electrónico carrera-jud@poderjudicial.go.cr.
j) Las
listas y los nombramientos de jueces suplentes están regulados en el
artículo 69 de la Ley de Carrera
Judicial y artículos del 47 al 55 del Reglamento de Carrera Judicial.
k) Independientemente
de las opciones que el oferente marque, de conformidad con lo dispuesto por el
Consejo de la Judicatura en la sesión del
3 de setiembre del 2014, artículo
II, las propuestas de nombramiento por parte de ese Consejo, se limitarán a
cinco por participante para las categorías de juez(a) 1 y 2
(incluidas las que ya ostente), siempre y cuando no ocupen puestos en propiedad
como jueces o juezas, y salvo aquellos casos excepcionales que serán valorados.
l) De
conformidad con lo dispuesto por el Consejo de la Judicatura en sesión
celebrada el 12 de agosto de 2014, artículo XII, las propuestas de
nombramientos que resulten de concursos abiertos juez(a) 1 y 2,
se realizarán considerando a las personas elegibles para las listas principales
y complementarias y las no elegibles serán propuestas únicamente en las listas
complementarias cuando ello sea necesario. De no completarse las listas
principales con personas elegibles, la Sección Administrativa de la Carrera
Judicial, procederá con un nuevo concurso.
m) El
Consejo de la Judicatura en sesión del 2
de setiembre del 2014, artículo VIII,
como parte de la escogencia preliminar para los cargos de juez(a) 1
y 2, acordó definir como requisito
obligatorio para ratificar las propuestas de nombramiento de las listas de
juezas y jueces suplentes, el adiestramiento o inducción básico, sobre el
manejo de los sistemas de gestión y el escritorio virtual que son utilizados,
así como la materia, la modalidad de la tramitación electrónica y el
funcionamiento del despacho. La Sección Administrativa de la Carrera Judicial,
solicitará el informe respectivo a los órganos disciplinarios e informará en
forma paralela a los participantes y al despacho del que se trate, sobre la
escogencia preliminar. Se atenderán las apelaciones o inconformidades recibidas
según lo estipulado en el artículo 29
del Reglamento de la Carrera Judicial. Asimismo, la jueza o juez coordinador
del despacho, se comunicará con cada una las personas que fueran designadas y
coordinaran las fechas en que se podría llevar a cabo un adiestramiento o
inducción básico, el cual es de carácter obligatorio, sobre el manejo de los
sistemas de gestión y el escritorio virtual que son utilizados, así como la
materia, la modalidad de la tramitación electrónica y su funcionamiento, con el
fin de propiciar un primer contacto con el designado y el despacho. Es de
advertir tanto a la parte interesada en conformar estas listas, como a la jueza
o juez coordinador responsable, que deberán informar a la Sección Administrativa
de la Carrera Judicial en el término de
10 días hábiles, únicamente sobre aquellas personas que siendo
convocadas al adiestramiento referido no se presentaran, por consiguiente serán
excluidos de la propuesta para integrar la lista de juezas y jueces suplentes
del despacho que se trate, la cual será conocida para su designación por el
órgano competente.
n) La
Circular N° 245-2014, emitida por la
Secretaría General de la Corte fechada
13 de noviembre del 2014,
establece, entre otros, que los nombramientos de jueces y juezas suplentes, o
de quienes deban cubrir una vacante temporal, que se realice sin concurso, se
dará prioridad a las personas elegibles, conforme a quien tenga mejor nota, en
primer orden en la categoría y materia que tramite el despacho y en segundo
orden las elegibilidades en otras categorías y materias, y haya tenido un
adecuado desempeño en el ejercicio del cargo.
o) Si se
incurriere en alguna omisión o inexactitud con respecto a los requisitos o la
documentación que se debe aportar, no se le dará trámite a la oferta. (Artículo 24 del Reglamento
Interno del Sistema de Carrera Judicial).
CONSULTAS:
Sección
Administrativa de la Carrera Judicial, ubicada en el cuarto piso del edificio
del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), horario de atención de 7:30 a. m. a
12 m. d. y de 1:00 p. m. a 4:30 p. m., de lunes a viernes, correo electrónico
carrera-jud@poder-judicial.go.cr ó a
los teléfonos 2295-3941 o 2295-3781. Para información general visite la
página web: www.poderjudicial.go.cr/personal/juecesyjuezas.htm
El
concurso estará abierto del 2 al 6 de mayo del
2016 la inscripción por medio electrónico se habilita las veinticuatro
horas del periodo indicado.
María Lucrecia Chaves Torres.—Exonerado.—( IN2016023560 ).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
A las
ocho horas del seis de julio del dos mil dieciséis, en la puerta exterior de
este Despacho, soportando gravamen al tomo 800 y asiento 62133, y con la base
de dos millones quinientos diez mil colones exactos (¢2.510.000,00), en el
mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas N° 471833, marca Ford, estilo Explorer Sport, capacidad 5 personas,
color verde, año 1994. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo
remate, se señalan las ocho horas del trece de julio del dos mil dieciséis, con
la base de un millón ochocientos ochenta y dos mil quinientos colones exactos
(¢1.882.500,00; rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el
tercer remate, se señalan las ocho horas del veinte de julio del dos mil
dieciséis, con la base de seiscientos veintisiete mil quinientos colones
exactos (¢627.500,00; un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así
en proceso otros ord. sector privado de Mario Rivera Cascante contra Jeanette
Rovira Sunsing, expediente Nº 10-000243-0942-LA.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 02 de mayo
del 2016.—Lic. Róger Javier Camacho Duarte, Juez.—Exonerado.—( IN2016028682 ).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Gerardo Antonio Mora
Córdoba, quien fue mayor, vecino de La Uruca, con cédula de identidad número
1-0454-0278, se les hace saber que: Jaime Guardián Moreno, cédula de identidad
1-0478-0168 y Gerald Hernández Vargas, cédula de identidad 4-0108-0312, en
carácter de apoderados generalísimos sin límite de suma de la empresa
Agrosuperior S. A., se apersonó en este Despacho en calidad de ex-patrono del
fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de
Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se
publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a
hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial
libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido
Gerardo Antonio Mora Córdoba, expediente número 16-000378-1178-LA.—Juzgado
de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 14
de abril del año 2016.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016025178 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Milton Santiago
Piedades Valenciano Hernández, fallecido el 02 de marzo del año 2016, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Nº
16-000384-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Por María Isabel Salas Cortés a favor de Milton Santiago Piedades
Valenciano Hernández. Expediente N° 16-000384-1021-LA.—Tribunal de Trabajo
de Menor Cuantía de Heredia, 19 de abril del 2016.—Licda. Angélica Fallas
Carvajal, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016025179 ).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbres: citas: 265-02227-01-0901-001, citas:
265-02227-01-0902-001, citas: 265-02227-01-0903-001, citas:
337-17336-01-0004-001, citas: 359-08776-01-0904-001, a las nueve horas y
treinta y cinco minutos del trece de junio del año dos mil dieciséis, y con la
base de diecisiete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos
noventa y cinco mil cuatrocientos veintiuno cero cero cero la cual es terreno
con casa y patio. Situada en el distrito Desamparados, cantón Desamparados, de
la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 857 I NVU; al sur, acera
cuatro con frente de 6 metros con 36 cm; al este, lote 850 INVU y al oeste,
lote 852 INVU. Mide: ochenta y cuatro metros con sesenta y un decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta y cinco
minutos del veintiocho de junio del año dos mil dieciséis, con la base de doce
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta y
cinco minutos del trece de julio del año dos mil dieciséis con la base de
cuatro millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Caja Costarricense de Seguro Social contra Alice Pavón González,
expediente Nº 15-007057-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de
Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de abril del 2016.—Licda.
Mayela Gómez Pacheco, Jueza.—( IN2016028636 ).
En la puerta exterior
citas 0332-00001262-01-0907-001; a las diez horas y cero minutos del seis de
junio de dos mil dieciséis, y con la base de diecisiete millones cuatrocientos
noventa mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número 191.771-001-002 la cual es terreno
para construir - lote numero sesenta y seis. Situada en el distrito 01 Paraíso,
cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: Al norte, lote 69; al
sur, avenida quinta de la urbanización; al este, lote 67, y al oeste, zona de
protección N 2. Mide: Ciento cincuenta y ocho metros con ochenta y cuatro
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero
minutos del veintiuno de junio de dos mil dieciséis, con la base de trece
millones ciento diecisiete mil quinientos colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del seis de julio de dos mil
dieciséis con la base de cuatro millones trescientos setenta y dos mil
quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos
aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el
presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el
correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el
Banco de Costa Rica, asimismo, se le hace saber a los posibles postores que de
conformidad con el numeral 153 bis de la Ley del Sistema Financiero Nacional
para la Vivienda, de resultar adjudicatario un tercero deberá realizar el pago
total de la oferta en el acto. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Greivin
Gerardo Morales Pérez, Viviana Maria Berrocal Berrocal. Exp. N°
16-001081-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 20 de
abril del 2016.—Lic. Allan Barquero Durán, Juez.—( IN2016028824 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta
minutos del veintisiete de junio del dos mil dieciséis, y con la base de
setenta y un mil cuatrocientos sesenta y cuatro dólares con treinta y seis
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número doscientos cuarenta y seis mil ciento cinco
secuencia cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito 06 San Francisco de Dos Ríos, cantón 01 San José, de la
provincia de San José. Colinda: Al norte, Eladio Villegas; al sur, Urbanizadora
La Pacífica S. A.; al este, Nora María Bustos, y al oeste, calle pública con
12.50 metros. Mide: Doscientos ochenta y un metros con noventa decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos
del doce de julio del dos mil dieciséis, con la base de cincuenta y tres mil
quinientos noventa y ocho dólares con veintisiete centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas
y treinta minutos del veintiocho de julio del dos mil dieciséis con la base de
diecisiete mil ochocientos sesenta y seis dólares con nueve centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Davivienda Costa Rica S. A. contra Álvaro Martin Monge Zúñiga. Expediente N°
16-000803-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 29 de
abril del 2016.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—( IN2016028830 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y cuarenta y
cinco minutos del once de octubre de dos mil dieciséis, y con la base de
treinta y tres mil novecientos veintisiete dólares con setenta centavos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placa BDX829, marca Toyota,
estilo Land Cruiser Prado T, chasís JTEBH9FJ50K093328, carrocería todo terreno
cuatro puertas, N. motor 1K02259882, combustible diesel, capacidad 7 personas,
año 2013, color plateado. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
cuarenta y cinco minutos del veintisiete de octubre de dos mil dieciséis, con
la base de veinticinco mil cuatrocientos cuarenta y cinco dólares con setenta y
siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de
noviembre de dos mil dieciséis con la base de ocho mil cuatrocientos ochenta y
un dólares con noventa y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Lafise S. A. contra
César Ernesto Urdaneta González, expediente Nº 15-045367-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de
abril del 2016.—M.Sc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—( IN2016028836 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta
minutos del uno de noviembre de dos mil dieciséis, y con la base de once mil
doscientos noventa y cuatro dólares con treinta centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Placas número WTF122. Marca Fiat. Estilo 500 POP.
Categoría automóvil. Capacidad 4 personas. Año 2012. Color amarillo. Vin
ZFA312000C0753370. Cilindrada 1242 c.c. Combustible gasolina. Motor Nº
169A40006634229. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta
minutos del dieciséis de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de ocho
mil cuatrocientos setenta dólares con setenta y dos centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y treinta minutos del uno de diciembre de dos mil dieciséis con la base de dos
mil ochocientos veintitrés dólares con cincuenta y siete centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Carlos Antonio Abarca Quirós. Exp. N°
15-019640-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 15 de abril del 2016.—Licda. Paula Morales González,
Jueza.—( IN2016028837 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y treinta
minutos del veintiuno de junio del año dos mil dieciséis, y con la base de
setenta y tres mil seiscientos veintisiete dólares con treinta y un centavos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula número noventa y dos mil setecientos veintidós cero cero uno,
cero cero dos, cero cero tres, la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito 1- Liberia, cantón 1- Liberia, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: Al norte, Guillermo Rivera Baltodano; al sur, avenida
cuarta con 17 metros 06 centímetros de frente; al este, María Eugenia Araya
Coto y al oeste, Anastacio Núñez Vega. Mide: Trescientos sesenta y cuatro
metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Plano: G-0892254-2003. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del seis de julio
del año dos mil dieciséis, con la base de cincuenta y cinco mil doscientos
veinte dólares con cuarenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos
del veintiuno de julio del año dos mil dieciséis con la base de dieciocho mil
cuatrocientos seis dólares con ochenta y tres centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Lafise S. A. contra Carlos Roberto Salazar Acevedo, expediente Nº
16-000303-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Cobro), 21 de abril del
2016.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—( IN2016028838 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada citas 402-10437-01-0889-001 y 1 medianeria citas 402-10437-
01-0972-001, a las catorce horas y cero minutos del diez de junio de dos mil
dieciséis -2:00 p.m. 10/06/2016-, y con la base de veinticuatro millones
setecientos sesenta y cuatro mil quinientos cuarenta colones con dos céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula Nº 140.855-000 la cual es terreno T. Para construir con 1 casa
121. Situada en el distrito 05 Agua Caliente (San Francisco), cantón 01
Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: Al norte, INVU; al sur, INVU; al
este, INVU y al oeste, calle pública. Mide: Noventa y siete metros con
veinticuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas y cero minutos del veintisiete de junio de dos mil dieciséis -2:00
p.m. 27/06/2016-, con la base de dieciocho millones quinientos setenta y tres
mil cuatrocientos cinco colones con dos céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y cero minutos del doce de julio de dos mil dieciséis -2:00
p.m. 12/07/2016- con la base de seis millones ciento noventa y un mil ciento
treinta y cinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: en caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos
aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el
presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el
correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el
Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Ricky Leonardo
Barrantes Solano, expediente Nº 15-003786-1164-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro de Cartago, 27 de abril del 2016.—Lic. Allan Barquero Durán, Juez.—(
IN2016028840 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas veinte
minutos del dos de junio del dos mil dieciséis (1:20 p. m.), y con la base de
doce millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 217861-000 la cual es
terreno de cultivos con bodega lote A. Situada en el distrito 03 Capellades,
cantón 06 Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: Al norte, Albino
Aguilar Mora, Javier Aguilar Mora, Braulio Aguilar Brenes; al sur, lote 2; al
este, José Umaña Hernández, y al oeste, calle pública. Mide: Mil trescientos
dieciséis metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo
remate, se señalan las trece horas veinte minutos del diecisiete de junio del
dos mil dieciséis (1:20 p. m.), con la base de nueve millones de colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las trece horas veinte minutos del cuatro de julio del dos mil
dieciséis (1:20 p. m.) con la base de tres millones de colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Braulio
Avelino Aguilar Brenes. Expediente N° 15-000561-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 14 de abril del 2016.—Licda. Karina
Quesada Blanco, Jueza.—( IN2016028842 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos
del veinte de junio del año dos mil dieciséis, y con la base de tres millones
de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas
número C-140712, marca Mack, estilo CH613, categoría carga pesada, capacidad 2
personas, año 1993, color blanco, Vin 1M2AA13Y7PW024226, cilindrada 14000 cc, combustible Diesel. Motor Nº 3B0632. Para el
Segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del cinco de julio del
año dos mil dieciséis, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera
subasta se señalan las once horas y cero minutos del veinte de julio del año
dos mil dieciséis con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Francisco Miranda Solís contra Inversiones
Loaiza Arguedas Sociedad Anónima. Exp.: 16-000440-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
(Materia Cobro), 22 de abril del 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas,
Jueza.—( IN2016028880 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de
paso citas: 578-00168-01-0001-001; a las catorce horas y treinta minutos del
veintidós de junio de dos mil dieciséis, y con la base de veinte mil dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número sesenta y siete mil quinientos veintiséis cero
cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el
distrito Golfito, cantón Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: Al
norte lote 4 y servidumbre de acceso con un frente a ella de 3 metros con 43
centímetros; al sur, Marjorie Godinez Garita; al este resto reservado y
servidumbre de paso y al oeste Cia Bananera de Costa Rica. Mide: Cuatrocientos
ochenta y dos metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del siete de julio de dos
mil dieciséis, con la base de quince mil dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y treinta minutos del veintiséis de julio de dos mil dieciséis con la base de
cinco mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3-101-591508
Sociedad Anónima contra Ticolo Investment Costa Rica S. A. Exp:
15-037525-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 08 de enero del año 2016.—Lic. Luis Diego Vargas
Vargas, Juez.—( IN2016028882 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando pero
soportando reservas y restricciones citas 317-15126-01-0901-001; a las diez
horas y cero minutos del cuatro de julio de dos mil dieciséis, y con la base de
dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos noventa
mil doscientos cincuenta y dos cero cero cero la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 05- San Pedro, cantón 19- Pérez Zeledón, de
la provincia de San José. Colinda: al norte, Mayrran Castillo Chacón; al sur,
María Cecilia Elizondo Picado; al este, Río San Pedro y al oeste Río San Pedro.
Mide: seiscientos noventa y ocho metros con cuarenta y tres centímetros
cuadrados. Plano: SJ-1200909-2007. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y cero minutos del diecinueve de julio de dos mil dieciséis, con la base
de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del
tres de agosto de dos mil dieciséis con la base de quinientos mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Leonardo Manuel Segura
Navarro Exp: 14-000028-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y
Contravencional de Golfito, (Materia Cobro), 04 de mayo del 2016.—Licda.
Olga Sandí Torres, Jueza.—( IN2016028883 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y
restricciones citas:0294-00019743-01-0901-001, a las diez horas y treinta
minutos del tres de junio de dos mil dieciséis, y con la base de cuatro
millones seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento
treinta y cuatro mil doscientos doce secuencia cero cero cero, la cual es
terreno lote 2, terreno para construir. Situada en el distrito 03 Sardinal,
cantón 05 Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Carlos
José Sánchez Mayorga; al sur, Juan Alemán Calero; al este, calle pública con 10
metros 02 cts y al oeste, Luis García Martínez. Mide: doscientos setenta y dos
metros con veintiún decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
diez horas y treinta minutos del veinte de junio de dos mil dieciséis, con la
base de tres millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas
y treinta minutos del cinco de julio de dos mil dieciséis con la base de un
millón ciento cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro
y Préstamo contra Eller Antonio Gutiérrez Espinoza, Rubén Efraín Calderón
Carmona, expediente Nº 16-000476-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de
Cartago, 18 de abril del año 2016.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—(
IN2016028889 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas del
veintisiete de junio de dos mil dieciséis, y con la base de treinta millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula Nº 362568-001-002 la cual es terreno para construir lote
17H con una casa. Situada en el distrito 08 San Rafael, cantón 01 Alajuela, de
la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 16H; al sur, lote 18H; al
Este, lote 7H y al oeste, calle pública con frente 8 metros. Mide: ciento
setenta y cinco metros con veintitrés céntimos cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las diez horas del doce de julio de dos mil dieciséis, con la
base de veintidós millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas
del veintiocho de julio de dos mil dieciséis con la base de siete millones
quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago
de Ahorro y Préstamo contra Everth José Pérez Borquet, expediente Nº 16-000481-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 02 de mayo del 2016.—Licda. Karina
Quesada Blanco, Jueza.—( IN2016028890 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones
citas 0317-00014702-01-0958-001, a las nueve horas y cero minutos del
veintitrés de junio de dos mil dieciséis, y con la base de ocho millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula Nº 86.584-000 la cual es terreno para construir. Situada
en el distrito 03 Carrandi, cantón 05 Matina, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, calle pública; al sur, Bananera Chirripó S. A.; al este, Denia
Gómez Bonilla y al oeste, Hilario Chavarría Gómez. Mide: quinientos cincuenta y
un metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y cero minutos del ocho de julio de dos mil dieciséis,
con la base de seis millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos
del veintiséis de julio de dos mil dieciséis con la base de dos millones de
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: en caso
de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma
correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se
consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que
se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica, asimismo,
se le hace saber a los posibles postores que de conformidad con el numeral 153
bis de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, de resultar adjudicatario
un tercero deberá realizar el pago total de la oferta en el acto. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y
Préstamo contra Mayra Isabel Salas Barrantes, Yanory Palma Salas, expediente Nº
16-001402-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 28 de
abril del 2016.—Lic. Allan Barquero Durán, Juez.—( IN2016028891 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y
restricciones citas: 0359-00019554-01-0905-001, a las ocho horas y treinta
minutos del veintidós de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de
quinientos dos mil cuatrocientos sesenta y seis dólares con noventa centavos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula Nº 50583-F cero cero cero la cual es terreno finca filial doce
apartamento destinado a uso habitacional de dos plantas en proceso de
construcción. Situada en el distrito 01 Jacó, cantón 11 Garabito, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Corporación Jacotour Sociedad
Anónima; al sur, área común; al este, filial once y al oeste, área común. Mide:
doscientos ocho metros con ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las ocho horas y treinta minutos del seis de setiembre de dos mil
dieciséis, con la base de trescientos setenta y seis mil ochocientos cincuenta
dólares con dieciocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintidós de
setiembre de dos mil dieciséis con la base de ciento veinticinco mil
seiscientos dieciséis dólares con setenta y tres centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra María Caridad Pérez no indica, expediente Nº
09-000234-0638-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas,
23 de febrero del 2016.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—( IN2016028894 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condics y
limit ref: 00050711-000 (citas: 368-02727-01-0900-001) y reservas y
restricciones (citas: 368-02727-01-0901-001); a las ocho horas y treinta
minutos del trece de junio de dos mil dieciséis, y con la base de nueve
millones cien mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 58744-000 la cual es
terreno para construir con 1 casa N° 33. Situada en el distrito 2-La Cuesta,
cantón 10-Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, y al
sur, INVU; al este, canal en medio INVU, y al oeste, calle pública con 10
metros. Mide: doscientos cincuenta y cuatro metros con noventa decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos
del veintiocho de junio del dos mil dieciséis, con la base de seis millones
ochocientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos
del trece de julio del dos mil dieciséis con la base de dos millones doscientos
setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Elida del Socorro Martínez Obando.
Expediente N° 16-000539-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 06 de abril del
2016.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—( IN2016028945 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las once horas y quince
minutos (antes meridiano) del veinte de junio de dos mil dieciséis, y con la
base de treinta y nueve millones trescientos cincuenta mil colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número doce mil cuarenta F- cero cero cero la cual es terreno
naturaleza: aparto 1 uso habit proceso construcc. Situada en el distrito -San
Vicente, cantón 14-Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
área común; al sur, Edwin Bogantes y otro; al este, área común y al oeste,
apartamento 2. Mide: setenta y seis metros con ochenta decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos (antes
meridiano) del cinco de julio de dos mil dieciséis, con la base de veintinueve
millones quinientos doce mil quinientos colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y
quince minutos (antes meridiano) del veinte de julio de dos mil dieciséis con
la base de nueve millones ochocientos treinta y siete mil quinientos colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda contra Luis Humberto Quiroz
García, Margarita Estela Servat Cárdenas, expediente Nº 16-001187-1157-0.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
(Materia Cobro), 15 de abril del 2016.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos,
Juez.—( IN2016028947 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
dominante citas: 384-10522-01-0006-001, a las trece horas y cuarenta y cinco
minutos del veintisiete de junio de dos mil dieciséis, y con la base de veinte
millones ochocientos sesenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
quinientos quince mil novecientos setenta y dos cero cero cero la cual es
terreno naturaleza: terreno para construir lote 13 bloque D. Situada en el
distrito 2-San Miguel, cantón 3-Desamparados, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, lote 12 bloque D; al sur, lote 14 bloque D; al este, calle
pública y al oeste, Otto Salas Aguilar. Mide: ciento cuarenta y cuatro metros
con veintiséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
trece horas y cuarenta y cinco minutos del doce de julio de dos mil dieciséis,
con la base de quince millones seiscientos cuarenta y cinco mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de julio de dos mil
dieciséis con la base de cinco millones doscientos quince mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda contra Sandra Luz Maldonado
Martínez, expediente Nº 16-001210-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 22 de
abril del 2016.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—( IN2016028948 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando uso de faja de
terreno; a las quince horas y cero minutos del cinco de julio del dos mil
dieciséis, y con la base de un millón seiscientos sesenta y siete mil
cuatrocientos diecinueve colones con sesenta y tres céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
setenta y tres mil ciento setenta y nueve cero cero cero, la cual es terreno
lote cuatro, terreno para la agricultura. Situada en el distrito primero
Guácimo, cantón sexto Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte,
calle pública y lote tres; al sur, lote 5 y Rubén Lara Valverde; al este, calle
pública y lote 5, y al oeste, lote 3 y Rubén Lara Valverde. Mide: doscientos doce metros cuadrados. Para el segundo
remate, se señalan las quince horas y cero minutos del veinte de julio del dos
mil dieciséis, con la base de un millón doscientos cincuenta mil quinientos
sesenta y cuatro colones con setenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cero
minutos del ocho de agosto del dos mil dieciséis con la base de cuatrocientos
dieciséis mil ochocientos cincuenta y cuatro colones con noventa y un céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Cindy Lilliana
Ávila Castro. Expediente N° 15-001740-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
de Pococí, (Materia Cobro), 03 de mayo del 2016.—Lic. Johnny
Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016028964 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; diez horas y treinta minutos
del cuatro de julio de dos mil dieciséis;, y con la base pericial de trece
millones seiscientos treinta y dos mil setecientos cincuenta colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número F 19310-F-000 la cual es filial numero diecisiete B
planta alta destinada a uso habitacional. Situada en el distrito La Uruca,
cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, filial
dieciséis B; al sur, filial dieciocho B; al este, filial veintiséis B y al
oeste, vacío. Mide: cuarenta y tres metros con ocho decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del diecinueve de
julio de dos mil dieciséis, con la base de diez millones doscientos
veinticuatro mil quinientos sesenta y dos colones con cincuenta céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas y treinta minutos del uno de agosto de dos mil dieciséis con la
base de tres millones cuatrocientos ocho mil ciento ochenta y siete colones con
cincuenta céntimos. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Piemonte
contra Abancari Producciones S. A. Exp. N° 15-002498-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de
enero del 2016.—Licda. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—( IN2016028977 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando practicados
bajo cita 0574-00073478-01-0001-001, 0574-00083306-01-0001-001,
0575-00054261-01-0001-001, demanda ejecutiva hipotecaria bajo citas
0575-00063794-01-0001-001, practicado bajo cita 0800- 00098686-01-0001-001, a
las diez horas diez minutos del nueve de agosto del dos mil dieciséis y con la
base de veinte mil ochocientos noventa y dos punto setenta y ocho unidades de
desarrollo, equivalente en colones en la suma de quince millones seiscientos
mil seiscientos treinta y ocho colones con ochenta y dos céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
diecisiete mil quinientos ochenta y nueve cero cero cero, la cual es terreno
con una casa. Situada en el distrito Limón, cantón Limón, de la provincia de
Limón. Colinda: al norte, INVU; al sur, INVU; al este INVU y al oeste INVU.
Mide: ciento sesenta y siete metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las diez horas diez minutos del treinta de
agosto del dos mil dieciséis, con la base de quince mil seiscientos sesenta y
nueve punto sesenta y nueve unidades de desarrollo equivalente en colones a la
suma de once millones setecientos mil cuatrocientos setenta y nueve colones con
doce céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas diez minutos del catorce de setiembre del dos
mil dieciséis con la base de cinco mil doscientos veintitrés punto veinte unidades
de desarrollo, equivalente en colones en la suma de tres millones novecientos
mil ciento cincuenta y nueve colones con setenta y un céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Kerene Bailey Lowsie, expediente Nº
12-001895-1208-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, (Materia Cobro), 04 de mayo del
2016.—Lic. Andrés Rafael Valladares Castillo, Juez.—( IN2016029000).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando pero
soportando servidumbre sirviente inscrita al tomo 0331 asiento 10439 ; a las
trece horas treinta minutos del quince de julio del año dos mil dieciséis y con
la base de seis millones quinientos cuatro mil veinticinco colones con veintiún
céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Heredia Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número ciento ochenta y cinco mil trescientos setenta y
cuatro cero cero cero la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito
Ulloa cantón Heredia de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 2 al
sur, Xinia Rodríguez Mayorga y Elías Montero Alvarado; al este calle pública, y
al oeste, calle pública. Mide: ciento veintinueve metros con ochenta y un
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta
minutos del tres de agosto del año dos mil dieciséis con la base de cuatro
millones ochocientos setenta y ocho mil dieciocho colones con noventa céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las trece horas treinta minutos del diecinueve de agosto del año dos mil
dieciséis con la base de un millón seiscientos veintiséis mil seis colones con
treinta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular de Desarrollo
Comunal contra Eduardo Antonio Palma Solís, Juan Diego Palma Rodríguez, Marco
Vinicio Palma Rodríguez, María Rosa León Arguedas. Exp. N° 10-029389-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José 17 de marzo
del 2016.—Lic. Danny Alberto Gutiérrez Gómez, Juez.—( IN2016029012 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando cond
ref:3029-207-001 y servidumbre trasladada; a las ocho horas y treinta minutos
del diecisiete de junio de dos mil dieciséis, y con la base para cada una de
las fincas que se dirán de dos millones ochocientos mil colones exactos , en el
mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula N° 373316-000 la cual es terreno lote n 29 terreno de agricultura.
Situada en el distrito 08 La Tigra, cantón 10 San Carlos, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Juan Pérez Salazar; al sur, servidumbre de paso;
al este, lote N 28, y al oeste lote N 30. Mide: Mil noventa y seis metros con
veintinueve decímetros cuadrados. 2) Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula N° 373317-000 la cual es terreno lote N 30 terreno de agricultura.
Situada en el distrito 08 La Tigra, cantón 10 San Carlos, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Juan Pérez Salazar; al sur, servidumbre de paso;
al este, lote N° 29, y al oeste, lote N° 30. Mide: Mil noventa y seis metros
con cincuenta y ocho decímetros cuadrados para el segundo remate se señalan las
ocho horas y treinta minutos del cuatro de julio de dos mil dieciséis, con la
base de dos millones cien mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos
del diecinueve de julio de dos mil dieciséis
con la base de setecientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Napier Sociedad
Anónima contra Cascante Díaz Del Norte Sociedad Anónima. Exp. N°
16-001950-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 3 de mayo
del 2016.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2016029034 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones
citas 0351-00017387-01-0900-001, a las dieciséis horas y cero minutos del
treinta de junio de dos mil dieciséis -4:00 p.m. 30/06/2016-, y con la base de
dieciocho millones novecientos veintidós mil ciento diez colones con cincuenta
y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en
el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula Nº 329.361-000 la cual es terreno con una casa.
Situada en el distrito 02 Jardín, cantón 17 Dota, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Edwin Vega Serrano; al sur, Greivin Garro Rodríguez; al
este, carretera interamericana y al oeste, Edwin Vega Serrano. Mide:
cuatrocientos noventa y tres metros con cero decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del quince de
julio de dos mil dieciséis -4:00 p.m. 15/07/2016-, con la base de catorce
millones ciento noventa y un mil quinientos ochenta y dos colones con noventa
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las dieciséis horas y cero minutos del tres de agosto de dos mil
dieciséis -4:00 p.m. 03/08/2016- con la base de cuatro millones setecientos
treinta mil quinientos veintisiete colones con sesenta y cuatro céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: en caso de que existan
postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente
en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el
tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la
almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Piedra y Navarro S. A. contra Edwin
Jesús Garro Romero, expediente Nº 16-001575-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 03 de mayo del 2016.—Licda. Yanin Torrentes Ávila,
Jueza.—( IN2016029037 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta
minutos del treinta de mayo del año dos mil dieciséis, y con la base de un
millón cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo: placas 144628, marca Toyota, estilo Corolla, categoría automóvil, año
1991, capacidad 5 persona, vin no indicado. Para el segundo remate se señalan
las trece horas y treinta minutos del catorce de junio del año dos mil
dieciséis, con la base de un millón cincuenta mil colones exactos y, para la
tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintinueve de
junio del año dos mil dieciséis con la base de trescientos cincuenta mil
colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Oldemar Santamaría Alfaro contra Rodrigo Esteban Córdoba Moreno. Exp. N°
15-002437-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de
Grecia, 7 de diciembre del 2015.—Licda. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—( IN2016029048
).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones; a las nueve horas y treinta minutos del veintisiete de julio del
dos mil dieciséis, y con la base de veintiún millones setecientos setenta y
ocho mil ochocientos treinta y dos colones con dieciséis céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número veintisiete
mil seiscientos dieciocho cero cero cero, la cual es terreno para construir,
con una construcción. Situada: en el distrito 02 Jiménez, cantón 02 Pococí, de
la provincia de Limón. Colinda: al norte, Evaristo Alfaro Soto; al sur, calle
pública con 20 metros; al este, calle pública con 20 metros, y al oeste,
Evaristo Alfaro Soto. Mide: cuatrocientos metros cuadrados. Para el segundo
remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del once de agosto del dos
mil dieciséis, con la base de dieciséis millones trescientos treinta y cuatro
mil ciento veinticuatro colones con doce céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento), y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta
minutos del veintiséis de agosto de dos mil dieciséis con la base de cinco
millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil setecientos ocho colones con
cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra María
Luisa de la Trinidad Gaucherand Campos. Expediente N° 15-001594-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro), 11 de febrero del
2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016029053 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando prohibiciones
a citas 0462-00003273-01-0004-001, a las siete horas y treinta minutos del
cuatro de agosto del año dos mil dieciséis, y con la base de siete millones
ciento cuarenta mil ochocientos veintinueve colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
seiscientos mil novecientos noventa y cinco cero cero cero la cual es terreno
para construir lote doce. Situada en el distrito 01 San Isidro de El General,
cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Alba
Alicia Murillo Murcia y Byron Murillo Murcia; al sur, Leslie Murillo Esquivel;
al este, calle pública con 3.00 metros y Byron Murillo Murcia y al oeste, Jaime
Molina Mora. Mide: mil ciento setenta y tres metros con noventa y cuatro
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas y
treinta minutos del veintidós de agosto del año dos mil dieciséis, con la base
de cinco millones trescientos cincuenta y cinco mil seiscientos veintiún
colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del seis
de setiembre del año dos mil dieciséis con la base de un millón setecientos
ochenta y cinco mil doscientos siete colones con veinticinco céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Byron Murillo Murcia, expediente Nº 11-000342-0188-CI.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez
Zeledón, (Materia Cobro), 02 de mayo del 2016.—Lic. José Ricardo Cerdas
Monge, Juez.—( IN2016029057 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios ; pero soportando servidumbre
sirviente citas 0281-00004232-01-0903-001; a las catorce horas y cero minutos
del dieciséis de agosto del año dos mil dieciséis, y con la base de treinta y
dos millones novecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos
setenta y siete mil ciento diecinueve cero cero cero, la cual es terreno para
construir con una construcción destinada a locales de alquiler. Situada en el
distrito 01-San Isidro de El General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia
de San José. Colinda: al noreste, José Enrique Barboza y Cecilia Jiménez
Hidalgo; al noroeste, José Enrique Barboza y Cecilia Jiménez Hidalgo; al
sureste, calle pública con 13,00 metros de frente y al suroeste, José Enrique
Barboza y Cecilia Jiménez Hidalgo. Mide: ciento ochenta y cinco metros con
setenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas y cero minutos del treinta y uno
de agosto del año dos mil dieciséis, con la base de veinticuatro millones
seiscientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos
del dieciséis de setiembre del año dos mil dieciséis con la base de ocho
millones doscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Grupo Karala del Sur Sociedad Anónima. Exp. N° 15-004033-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón,
(Materia Cobro), 29 de abril del 2016.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía,
Jueza.—( IN2016029058 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; pero soportando
servidumbre de paso citas 2015-597440-01-0001-001 así como servidumbre de paso
citas 2015-597440-01-0001-001; a las quince horas y cero minutos del treinta de
mayo del año dos mil dieciséis, y con la base de catorce millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número seiscientos cincuenta y seis mil catorce cero cero
cero la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 9 Baru, cantón 19
Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Manuel Antonio
Ríos Elizondo servidumbre agrícola de 10 metros de ancho; al sur, quebrada
Manolo; al este, Manuel Antonio Rios Elizondo servidumbre agrícola de 10 metros
de ancho, y al oeste, Agrícola Ganadera del Sueño Sociedad Anónima. Mide:
Cuarenta y tres mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
quince horas y cero minutos del catorce de junio del año dos mil dieciséis, con
la base de diez millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas
y cero minutos del veintinueve de junio del año dos mil dieciséis con la base
de tres millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Braulio Arias Carvajal
contra Manuel Antonio Ríos Elizondo. Exp. N° 16-001251-1200-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez
Zeledón, (Materia Cobro), 17 de marzo del 2016.—Licda. Eileen Chaves
Mora, Jueza.—( IN2016029060 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones a citas 303- 20336-01-0901-053, servidumbre de líneas eléctricas
y de paso a citas 495- 15650-01-0001-001 y servidumbre de acueducto a citas
506- 3349-01-0002-001; a las ocho horas y cero minutos del veintiuno de junio
del año dos mil dieciséis, y con la base de cuarenta y cinco millones
doscientos sesenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y dos colones con cincuenta
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número 33290-F-000, la cual es terreno filial doce terreno apto
para construir las que se destinarán a uso habitacional. Situada en el distrito
04, Bahía Ballena, cantón 05 Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte, área común libre con un frente de 13 metros con 63 centímetros frente a
acceso número dos y área común libre a servidumbre pluvial; al sur,
Municipalidad de Osa; al este, filial trece, y al oeste, área común libre
destinada a servidumbre pluvial. Mide: cinco mil quinientos setenta y siete
metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las ocho horas y cero minutos del seis de julio del año dos mil dieciséis,
con la base de treinta y tres millones novecientos cuarenta y seis mil ochocientos treinta y un colones con
ochenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiuno de julio
del año dos mil dieciséis con la base de once millones trescientos quince mil
seiscientos diez colones con sesenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Osa
contra Forschungs Gruppe S. A. Exp. N° 13-002210-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur, 19 de noviembre
del 2015.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2016029067 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios soportando servidumbre
trasladada en las citas: 390-6852-01-0814-001, reservas de ley de aguas bajo
las citas: 529-8770-01-0022-001, limitaciones del ida bajo las citas: 529-8770-01-0027-001;
demanda ordinaria citas 2009-107200-01-0001-001 y 537-13112-01-0001-001; a las
nueve horas y cero minutos del seis de junio del dos mil dieciséis, y con la
base de trescientos cuarenta y cinco millones quinientos cincuenta y cinco mil
quinientos quince colones con treinta céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número setenta y
ocho mil setecientos sesenta cero cero cero, la cual es terreno de agricultura,
con un área de lavado y empaque, una bodega de cartón, un área de recibo de
fruta, un cargador o estibador, un bacher para soltero, parcela C-1. Situada:
en el distrito Palmar, cantón Osa, de la provincia de 78760. Colinda: al norte
calle publica con 1402.80 metros; al sur, calle publica con 1405.35 metros; al
este Coop. Produc. Palma-Cacao Palmar Sur, y al oeste Cooperativa de Producción
de Palma y Cacao de Palmar Su Responsabilidad Limitada. Mide: dos millones
noventa y dos mil setecientos sesenta y dos metros con noventa y siete
decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero
minutos del veintiuno de junio del dos mil dieciséis, con la base de doscientos
cincuenta y nueve millones ciento sesenta y seis mil seiscientos treinta y seis
colones con cuarenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y
para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del seis de
julio del dos mil dieciséis con la base de ochenta y seis millones trescientos
ochenta y ocho mil ochocientos setenta y ocho colones con ochenta y tres
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Municipalidad de Osa contra Cooperativa Agropecuaria Industrial
de Servicios M. Expediente N° 13-001900-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 03 de diciembre del
2015.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2016029068 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las diez horas y treinta
minutos del cuatro de octubre de dos mil dieciséis, y con la base de un millón
ciento cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo: placas Nº 439639, marca Toyota, estilo Corolla DX, categoría
automóvil, capacidad 5 personas, año 1993, color Vino, vin JT2AE09E3P0002235,
cilindrada 1800 cc, combustible gasolina, motor Nº 7AF051766. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veinte de octubre de dos
mil dieciséis, con la base de ochocientos sesenta y dos mil quinientos colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y treinta minutos del siete de noviembre de dos mil
dieciséis con la base de doscientos ochenta y siete mil quinientos colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria
de Otto Vinicio Peña Sandí contra Esteban Chinchilla Marín, expediente Nº
15-045779-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 18 de abril del 2016.—Licda. Paula Morales González,
Jueza.—( IN2016029074 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando Infracciones y
Colisiones bajo la sumaria 10-607555-489-TC; a las diez horas y cero minutos
del dos de junio de dos mil dieciséis, y con la base de quince mil ochocientos
sesenta dólares con cuarenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo: Placas número 791868, marca Hyundai, estilo Santa Fe GL,
categoría automóvil, capacidad 7 personas, año 2009, color beige, vin
KMHSG81WP9U396935, cilindrada 2200 c.c., combustible diesel, motor Nº
D4EB8599808. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos
del diecisiete de junio de dos mil dieciséis, con la base de once mil
ochocientos noventa y cinco dólares con treinta y siete centavos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas
y cero minutos del cuatro de julio de dos mil dieciséis con la base de tres mil
novecientos sesenta y cinco dólares con doce centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Erick
Mauricio Abarca Ruiz contra José Eduardo Sandoval Portilla. Exp. N°
12-010020-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 13 de
abril del 2016.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—( IN2016029077 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada, a las trece horas y treinta minutos del uno de junio de dos mil
dieciséis, y con la base de dieciocho millones de colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
noventa y un mil trescientos ochenta y ocho cero cero cero la cual es terreno
cultivos. Situada en el distrito 4-Roxana, cantón 2-Pococí, de la provincia de
Limón. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de 6 metros
lineales y Lucinia Hernández Rodríguez; al sur, rio Santa Clara; al este, Lucía
Hernández Rodríguez y Flory Patricia Gómez Fuentes y al oeste, Raúl Guzmán
Guzmán. Mide: tres mil trescientos sesenta metros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciséis de junio de
dos mil dieciséis, con la base de trece millones quinientos mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las trece horas y treinta minutos del uno de julio de dos mil dieciséis con la
base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Mutual de Cartago de Ahorro y Préstamo contra Beltrán Alberto de Jesús
Rodríguez Castro, Lucinia Hernández Rodríguez, expediente Nº
16-000497-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia
Cobro), 01 de abril del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—(
IN2016029088 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de
ley de aguas y ley de caminos públicos; a las nueve horas y cuarenta minutos
del uno de junio de dos mil dieciséis, y con la base de dieciocho millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número sesenta y dos mil trescientos setenta y siete cero
cero cero la cual es terreno lote 9 D, terreno para construir. Situada en el
distrito 1- Guácimo, cantón 6-Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al
norte, lote 8 D; al sur, lote 10 D; al este, lote 2 D y al oeste, calle
pública. Mide: trescientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las nueve horas y cuarenta minutos del dieciséis de junio de dos mil dieciséis,
con la base de trece millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cuarenta minutos del uno de julio de dos mil dieciséis con la base de cuatro
millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual de Cartago de
Ahorro y Préstamo contra Claudio Horacio Cubillo Cubillo, Corporación Cubillo
Unidos S. A. Exp. N° 16-000493-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de
Pococí, (Materia Cobro), 01 de abril del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas,
Juez.—( IN2016029089 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; soportando adjudicación por divorcio, hipoteca de primer grado y
practicado; a las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de junio del dos
mil dieciséis, y con la base de ocho millones quinientos ochenta y cinco mil
setecientos cincuenta y nueve colones con ochenta y cinco céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
doscientos sesenta y seis mil ciento diez cero cero tres y cero cero cuatro la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Alajuela, cantón 01
Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al
sur, Antonio Palma Mejía; al este, lote 143, y al oeste, lote 141. Mide: ciento
treinta y cuatro metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
abreviado de Inversiones Grupo Maravilla Gruma S. A. contra Alex Álvarez
Castro. Exp. N° 10-003286-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 3 de febrero del 2016.—Lic. Luis Fernando Guillén
Zumbado, Juez.—( IN2016029104 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servi y cond ref: 2030-487-001 citas 292-06158-01-0901-001, a las
catorce horas y cero minutos del siete de junio de dos mil dieciséis, y con la
base de cuarenta y dos millones quinientos setenta y ocho mil colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula Nº (201920-000) doscientos uno mil novecientos veinte cero cero
cero la cual es terreno de repastos. Situada en el distrito Pozos, cantón Santa
Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública y río
Corrogres; al sur, Fundos Valle del Sol; al este, Marcial Aguiluz Orellana y al
oeste, Manuel Emilio y Eladio Salazar Agüero. Mide: mil ochocientos cinco
metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de junio de dos mil
dieciséis, con la base de treinta y un millones novecientos treinta y tres mil
quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de julio
de dos mil dieciséis con la base de diez millones seiscientos cuarenta y cuatro
mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Joan Catherine Villalobos contra
Esteban Ortiz Zúñiga, expediente Nº 09-001088-0504-CI.—Juzgado de Cobro y
Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 30 de marzo del
2016.—Msc. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—(
IN2016029109 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas treinta
minutos del uno de junio del dos mil dieciséis y con la base de treinta y siete
millones de colones en el mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Cartago Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número ciento tres mil ciento veintiuno cero cero cero la cual
es terreno para construir con una casa. Situada en distrito 02 San Diego,
cantón 03 La Unión de la provincia de Cartago. Colinda: norte, lote 182; sur,
lote 184; este, calle pública con cuarta, y oeste, lote 198. Mide: Ciento
sesenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
treinta minutos del dieciséis de junio del dos mil dieciséis con la base de
veintisiete millones setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas
treinta minutos del uno de julio del dos mil dieciséis con la base de nueve
millones doscientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Ana Cristina Ulloa Navarro. Exp. N°
12-016503-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo
Circuito Judicial de San José, 27 de abril del 2016.—Lic. Pablo José Porras
Barahona, Juez.—( IN2016029117 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada citas: 0329-00007827-01-0800-001, a las nueve horas y cuarenta y
cinco minutos del seis de junio de dos mil dieciséis, y con la base de ocho
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 585833-000 la cual es terreno con
una casa de habitación. Situada en el distrito Colón, cantón Mora, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Etelvina Rojas Garita; al sur, calle
pública; al este, Rosibel Murillo Chavarría y al oeste, Teresa Ríos Molina.
Mide: cuatrocientos treinta y ocho metros con ochenta y nueve decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco
minutos del veintiuno de junio de dos mil dieciséis, con la base de seis
millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del seis
de julio de dos mil dieciséis con la base de dos millones de colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de José Alberto González Rudín contra Verni
Rolando Garita Rojas, expediente Nº 15-036649-1338-CJ.—Juzgado Tercero
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de
noviembre del 2015.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—( IN2016029134 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y quince
minutos (antes meridiano) del veintisiete de junio de dos mil dieciséis, y con
la base de setecientos ochenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
trescientos treinta y cuatro mil treinta y siete cero cero cero la cual es
naturaleza: terreno de patio con una casa. Situada en el distrito 2-Florencia,
cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ruth
López Durán; al sur, Alfredo Lumbi Mena; al este calle publica con 9 m, 14 cm y
al oeste, Alfredo Lumbi Mena. Mide: ciento sesenta y cinco metros con ochenta y
nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
quince minutos (antes meridiano) del doce de julio de dos mil dieciséis, con la
base de quinientos ochenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince
minutos (antes meridiano) del veintiocho de julio de dos mil dieciséis con la
base de ciento noventa y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Sigma Alimentos Costa
Rica S. A. contra Alexander Lumbi Bermúdez. Exp. N° 10-000945-0638-CI.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
(Materia Cobro), 20 de abril del 2016.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos,
Juez.—( IN2016029146 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y
Restricciones citas: 368-14189-01-0901-001, citas: 368-14189-01- 0902-001,
citas: 368-14189-01-0903-001, citas: 368-14189-01-0904-001, citas: 368-14189-
01-0905-001, citas: 368-14189-01-0906-001, citas: 368-14189-01-0907-001,
Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 410-08198-01-0229-001;
a las catorce horas y treinta minutos del ocho de julio de dos mil dieciséis, y
con la base de seis millones doscientos un mil setecientos cincuenta y ocho
colones con nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 185131-000 cero cero cero, la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 Puerto Jiménez,
cantón 07 Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, resto de
Esmeralda Bertilia Navarro García; al sur, Marvin Eliecer Naranjo Solano; al
este, Marvin Eliecer Naranjo Solano, y al oeste, calle pública. Mide: 800
metros cuadrados, plano: P-1474281-2011 cuadrados. Para el segundo remate, se
señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiséis de julio del dos mil
dieciséis, con la base de cuatro millones seiscientos cincuenta y un mil
trescientos dieciocho colones con cincuenta y siete céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce
horas y treinta minutos del nueve de agosto de dos mil dieciséis con la base de
un millón quinientos cincuenta mil cuatrocientos treinta y nueve colones con
cincuenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Marvin Eliécer de
la Trinidad Naranjo Solano. Expediente N° 15-000779-1201-CJ.—Juzgado de
Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito (Materia Cobro), 25 de
abril del 2016.—Licda. Olga Sandí Torres, Jueza.—( IN2016029223 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; soportando hipoteca de primer grado bajo las citas
572-04055-01-0002-001; a las catorce horas y cero minutos del nueve de junio
del dos mil dieciséis, y con la base de veintisiete millones quinientos noventa
y ocho mil quinientos cuarenta y nueve colones con setenta y nueve céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número doscientos ocho mil setecientos setenta cero cero cero, la
cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito 01-Golfito, cantón 07-
Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, servidumbre de paso
de 7 metros de ancho con un frente de 156,36 metros; al sur, Inversiones
Joalquisa S. A.; al este, Inversiones Joalquisa S. A., calle pública con un
frente de 165 metros, y al oeste, Rafael Valverde Valverde. Mide: noventa y
cinco mil novecientos treinta y ocho metros cuadrados. Plano P-1775475-2014.
Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del
veinticuatro de junio del dos mil dieciséis, con la base de veinte millones
seiscientos noventa y ocho mil novecientos doce colones con treinta y cuatro
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las catorce horas y cero minutos del once de julio del dos mil
dieciséis con la base de seis millones ochocientos noventa y nueve mil
seiscientos treinta y siete colones con cuarenta y cinco céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Juan Carlos Villeda Flores. Expediente N°
16-000079-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de
Golfito (Materia Cobro), 05 de mayo del 2016.—Licda. Olga Sandí Torres,
Jueza.—( IN2016029250 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada citas: 314-05382-01-0002-001, a las quince horas y cero minutos del
once de julio del dos mil dieciséis, y con la base de doscientos treinta y un mil
ochocientos cincuenta y tres dólares con noventa y tres centavos, en el mejor
postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido
de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº
527906-001 y 002, la cual es terreno para construir lote 28. Situada: en el
distrito 03-Pozos, cantón 09-Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, lote 27; al sur, lote 29; al este, calle primera, y al oeste, María
Luisa Jiménez Rivera. Mide: trescientos setenta y siete metros con sesenta y
siete decímetros cuadrados. Plano: SJ-0776237-2002. Para el segundo remate, se
señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de julio del dos mil
dieciséis, con la base de ciento setenta y tres mil ochocientos noventa dólares
con cuarenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para
la tercera subasta, se señalan las quince horas y cero minutos del doce de
agosto del dos mil dieciséis, con la base de cincuenta y siete mil novecientos
sesenta y tres dólares con cuarenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica
Sociedad Anónima contra Adriana Moreno Mena, Mauricio Arturo Mora Porras.
Expediente Nº 16-000088-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y
Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 15 de febrero del 2016.—Lic.
Bridley Rodríguez Aguilar, Juez.—( IN2016029259 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, a las catorce
horas y cero minutos del dieciséis de agosto del dos mil dieciséis, y con la
base de setenta y cinco mil ciento veinte dólares con cincuenta y ocho centavos
(moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), en el mejor postor,
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
setenta y tres mil novecientos ocho cero cero cero, la cual es terreno con una
casa. Situada: en el distrito 01-San Rafael, cantón 05-San Rafael, de la
provincia de Heredia. Colinda: al norte, Dora Sandoval Vega; al sur, Hernán
Hernández Sánchez; al este, calle pública con 9 m 70 cm, y al oeste, Haydee
Sánchez Camacho y otro. Mide: doscientos sesenta y ocho metros con treinta y
seis decímetros cuadrados. Plano: H-0707825-2001. Para el segundo remate, se
señalan las catorce horas y cero minutos del treinta y uno de agosto del dos
mil dieciséis, con la base de cincuenta y seis mil trescientos cuarenta dólares
con cuarenta y cuatro centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos de
América) (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las catorce horas y cero minutos del dieciséis de setiembre del dos mil
dieciséis, con la base de dieciocho mil setecientos ochenta dólares con quince
centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos de América) (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Nelson Alejandro Ramírez
Sánchez, Sandra Geovanna Segura Corrales. Expediente Nº 16-000349-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 06 de
abril del 2016.—Licda. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—( IN2016029260 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando embargo bajo el
tomo: 800, asiento: 00187772, secuencia: 001 y demanda ordinaria bajo el tomo:
800, asiento: 00142401, secuencia 001, con la sumaria Nº 14-000747-0165-FA, a
las quince horas y cero minutos del ocho de agosto del dos mil dieciséis, y con
la base de catorce mil seiscientos veintisiete dólares con cuarenta centavos,
en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas Nº CHV350, marca:
Kia, estilo: Cerato, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2014,
color: negro, vin: KNAFX411BD5053185, cilindrada: 1591 cc, combustible:
gasolina, motor Nº G4FGDH628138. Para el segundo remate, se señalan las quince
horas y cero minutos del veinticuatro de agosto del dos mil dieciséis, con la
base de diez mil novecientos setenta dólares con cincuenta y cinco centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las quince horas y cero minutos del ocho de setiembre del dos mil dieciséis,
con la base de tres mil seiscientos cincuenta y seis dólares con ochenta y
cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Luis
Ricardo Cuadra Alvarado. Expediente Nº 16-000348-1204-CJ.—Juzgado de Cobro,
Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 15 de marzo del
2016.—Lic. Bridley Rodríguez Aguilar, Juez.—( IN2016029261 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
serv-reserv-res-ref.: 00039978B00000056292-000, bajo las citas:
0391-00006499-01-0900-001, a las nueve horas y cero minutos del dieciocho de
julio del dos mil dieciséis, y con la base de cinco millones doscientos treinta
y tres mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 117946-001 y 002, la cual es
terreno para construir con una casa Nº 247. Situada: en el distrito Liberia,
cantón Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle
Tempisque; al sur, INVU; al este, INVU, y al oeste, INVU. Mide: ciento cuarenta
y nueve metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo
remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del cuatro de agosto del dos
mil dieciséis, con la base de tres millones novecientos veinticuatro mil
setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento),
y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del
veintidós de agosto del dos mil dieciséis, con la base de un millón trescientos
ocho mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Helga de los Ángeles Faerron
Aburto, Víctor Manuel Obando Montes. Expediente Nº 16-006408-1012-CJ.
Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de
San José, 03 de mayo del 2016.—Lic. Iván Tiffer Vargas, Juez.—(
IN2016029263 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando citas:
371-18161-01-0900-001, condic. y restri. ref.: 00117530 000, a las nueve horas
y treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil dieciséis, y con la base
de cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintitrés
mil cuarenta y uno cero cero cero, la cual es terreno de repastos. Situada: en
el distrito 2-La Virgen, cantón 10-Sarapiquí, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, Elías Zamora Vargas; al sur, Francisco Boza Montoya; al
este, calle pública, y al oeste, Víctor Carvajal Herrera. Mide: tres mil
cuatrocientos noventa y cuatro metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados.
Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del doce
de julio del dos mil dieciséis, con la base de tres millones de colones
exactos, y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta
minutos del veintiocho de julio del dos mil dieciséis, con la base de un millón
de colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Luz Marina González Monge contra Javier Cascante Barrantes.
Expediente Nº 13-004331-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y
Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 11 de enero del 2016.—Lic.
Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—( IN2016029278 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, soportando gravamen hipotecario de primer grado citas:
577-15972-01-0003-001, a las 08:45 horas del 08 de setiembre del 2016, y con la
base de cinco millones trescientos setenta y cuatro mil quinientos veinte
colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula Nº 3-206156-000, la cual es terreno para construir
bloque E lote 8. Situada: en el distrito 1-El Tejar, cantón 8-El Guarco, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Nazareno Molina
Villalta; al este, lote 7 E, y al oeste, lote 9. Mide: ciento cuarenta y seis
metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se
señalan las 08:45 horas del 27 de setiembre del 2016, con la base de cuatro
millones treinta mil ochocientos noventa colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las 08:45 horas
del 13 de octubre del 2016, con la base de un millón trescientos cuarenta y
tres mil seiscientos treinta colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grettel Lutz Cruz, Jorge
Arturo Donato Díaz contra Édgar Patricio Hidalgo Piedra. Expediente Nº
15-043697-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 28 de marzo del 2016.—Licda. Paula Morales
González, Jueza.—( IN2016029280 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las 13:30 horas del 20 de
setiembre del 2016, y con la base de seis millones trescientos cincuenta mil ochenta
colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas
900395, categoría: automóvil, estilo: Yaris, capacidad: 5 personas, año: 2008,
color: azul, carrocería: sedan 4 puertas, combustible: gasolina, cilindrada:
1500 cc, cilindros: 04, número de motor: no visible, vin: JTDBT923881213604.
Para el segundo remate, se señalan las 13:30 horas del 05 de octubre del 2016,
con la base de cuatro millones setecientos sesenta y dos mil quinientos sesenta
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las 13:30 horas del 21 de octubre del 2016, con la base de
un millón quinientos ochenta y siete mil quinientos veinte colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Hacienda Mastate Sociedad Anónima contra Jeniffer Natalia Quijano Ocampo.
Expediente Nº 15-014190-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de San José, 13 de abril del 2016.—Lic.Paula
Morales González, Jueza.—( IN2016029291 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando medianería
bajo las citas: 333-10437-01-0901-001, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos
del primero de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de doce millones
novecientos veinticinco mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cuatro
mil novecientos sesenta y seis cero cero cero, la cual es terreno para
construir con una casa 132. Situada: en el distrito Hatillo, cantón San José,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, Enrique Flores Vargas; al sur,
calle pública con 10 m 10 cm; al este, Carlos Rojas Rojas, y al oeste,
Guillermo Quesada Benavides. Mide: doscientos cincuenta y dos metros con
setenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano: SJ-0008986-1975. Para el segundo
remate, se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de
agosto del dos mil dieciséis, con la base de nueve millones seiscientos noventa
y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cuarenta y
cinco minutos del cinco de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de tres
millones doscientos treinta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Servicoop R.L. contra Hernán Gerardo Coto Rojas. Expediente Nº
15-029850-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 03 de diciembre del 2015.—M.Sc. Nidia Durán
Oviedo, Jueza.—( IN2016029324 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servi y cond
ref: 2030-487-001 citas 292-06158-01-0901-001, a las catorce horas y cero minutos
del siete de junio de dos mil dieciséis, y con la base de cuarenta y dos
millones quinientos setenta y ocho mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº
(201920-000) doscientos uno mil novecientos veinte cero cero cero la cual es
terreno de repastos. Situada en el distrito Pozos, cantón Santa Ana, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública y río Corrogres; al
sur, Fundos Valle del Sol; al este, Marcial Aguiluz Orellana y al oeste, Manuel
Emilio y Eladio Salazar Agüero. Mide: mil ochocientos cinco metros con ochenta
y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas
y cero minutos del veintidós de junio de dos mil dieciséis, con la base de
treinta y un millones novecientos treinta y tres mil quinientos colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y cero minutos del siete de julio de dos mil dieciséis con la
base de diez millones seiscientos cuarenta y cuatro mil quinientos colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Joan Catherine Villalobos contra Esteban Ortiz Zúñiga,
expediente Nº 09-001088-0504-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía
de Heredia, (Materia Cobro), 30 de marzo del 2016.—Msc. Liseth Delgado
Chavarría, Jueza.—( IN2016029109 ).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Shirley Maritza
Chinchilla Campos, a una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve
horas (9:00 a. m.) del día veintisiete de mayo del dos mil dieciséis, para
conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código
Procesal Civil: 1) Si fuere procedente, elegir albacea propietario o suplente,
o ambos; 2) Mostrar conformidad o no, con el inventario de los bienes y avalúo
de los mismos y; 3) De los reclamos contra la sucesión. Expediente N°
13-100203-217-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 28 de
abril del 2016.—Licda. Ana Milena Gutiérrez Rojas, Jueza.—1 vez.—( IN2016029108
).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
15-000079-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Velkis Saleska Gómez Arias, quien es mayor, casada una vez, Auxiliar
Bancaria, vecina de La Milpa de San Francisco de Heredia, portadora de la
cédula de identidad vigente que exhibe número de 11015050, a fin de inscribir a
su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno
apto para construir. Situada en el distrito quinto: Cartagena, cantón tercero:
Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Oliva Marchena
López; al sur, Yessenia María Navarrete González y María Cristina Viales
Álvarez; al este, Oliva Marchena López y al oeste, calle pública con quince
metros de frente a calle. Mide: cuatrocientos metros cuadrados. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de dos millones colones. Que adquirió dicho inmueble venta, y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica, continua y a título de única
dueña. Que los actos de posesión han consistido en hacer rondas, chapeas,
arreglo de cercos y cuido en general. Que no ha inscrito mediante el amparo de
la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Velkis Saleska Gómez Arias. Exp. 15-000079-0388-CI.—Juzgado Civil de
Santa Cruz, 19 de octubre del 2015.—Licda. Julieth Víquez Fernández,
Jueza.—1 vez.—( IN2016023713 ).
Se
hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°
12-000118-0699-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Flora Elena Molina Brenes, quien es mayor, estado civil casada una
vez, vecina de Cipreses de Oreamuno, Cartago, portadora de la cédula de
identidad vigente que exhibe Nº 3-173-126, ama de casa, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: Finca cuya naturaleza es terreno con una pequeña casa y agricultura en
hortaliza. Situada en el distrito 04 Cipreses, cantón 07 Oreamuno, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte y oeste, Grace María Calvo Ramírez; al
sur, calle pública con una medida de veinte metros lineales; al este, Jesús
Edwin Molina Brenes. Mide: ciento sesenta y ocho metros con cuarenta y tres
decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado Nº C-43089-1992.
Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma
de un millón de colones y las presentes diligencias en la suma de cien mil
colones. Que adquirió dicho inmueble mediante ocupación directa, sin ningún
tipo de transmisión o cesión y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta,
pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de
veintitrés años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han
consistido en construcción de una vivienda, pago de los respectivos recibos de
agua y luz, se le da mantenimiento. Que no ha inscrito mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida
por Flora Elena Molina Brenes, expediente Nº 12-000118-0699-AG.—Juzgado
Agrario de Cartago, 19 de enero del 2016.—Licda. Rebeca
Salazar Alcócer, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016024866 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
16-000022-0341-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de
Alto Varas de Turrialba, con oficinas y domicilio en el Salón Comunal de Alto
de Varas de la Isabel de Turrialba, Cartago e inscrita en el Registro de
Personería Jurídica del Registro Nacional, bajo el número de cédula jurídica e
inscripción número 3-002-578168, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, los terrenos que se describe así: 1-) Finca
cuya naturaleza es tacotal, con un tanque de almacenamiento de agua y una
captación de agua. Situada en el distrito 11 La Isabel, cantón 05 Turrialba, de
la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Sandra Moya Campos; al sur, Yurro.
Lindero -lindero natural, en medio Luis Meléndez Marín; al este, Sandra Moya
Campos, y al oeste, Zoila Rosa Roda Brenes. Mide: doscientos treinta y cuatro
metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número
C-1816394-2015.- 2) Terreno para construir un tanque para agua potable. Situada
en el distrito 11 La Isabel, cantón 05 Turrialba, de la provincia de Cartago.
Colinda: al norte, Argentina Salazar Sánchez; al sur, este, y oeste, Argentina
Salazar Sánchez. Mide: ciento treinta y nueve metros cuadrados, tal como lo
indica el plano catastrado número C-1821332-2015. 3-) Terreno para construir un
tanque para agua potable. Situada en el distrito 11 La Isabel, cantón 05
Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al noreste Baltazar Campos
Obando; con un frente de nueve metros y ochenta y seis centímetros, al sureste
y suroeste: Carmen Soto Morales y noroeste Manuel Campos Gamboa. Mide: treinta
y tres metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número
C-1832475-2015. Indica el promovente que sobre los inmuebles a inscribir no
pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estimo
los inmuebles respectivamente en las sumas de un millón de colones, quinientos
mil colones y cincuenta mil colones y las presentes diligencias en la suma de
cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compraventa, el
segundo y tercero por donación , y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por
más de doce años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han
consistido en dar un uso adecuado al suelo, dándole mantenimiento al inmueble,
mantenimiento las cercas limítrofes en debida forma y facilitando la
regeneración natural del mismo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley
de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida
por Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Alto
Varas de Turrialba. Exp. N° 16-000022-0341-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de
Turrialba, (Materia Agraria), 15 de marzo del 2016.—Lic. Wilberth Herrera
Delgado, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016024874 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°
10-000090-0699-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Vilma Barquero Solano, quien es mayor, estado civil casada una vez y
separada de hecho, vecina de Paraíso de Cartago, portadora de la cédula de
identidad vigente que exhibe número tres-cero doscientos setenta-cero
setecientos ochenta y tres, profesión del hogar, a fin de inscribir a su nombre
y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca cuya naturaleza es tacotal. Situada en Ujarrás, distrito primero Paraíso,
cantón segundo Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte Odili
Alvarado Morales; al sur Héctor Francisco Solano Jiménez; al este calle pública
con una medida de 182.08 decímetros lineales y al oeste Holcim de Costa Rica S.
A. Mide: diecinueve mil ochocientos cincuenta metros cuadrados, tal como lo
indica el plano catastrado número C-un millón trescientos noventa y cuatro mil
doscientos ochenta y cuatro-dos mil diez (C-1394284-2010). Indica la promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble y las diligencias en la
suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por donación en
escritura pública, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública,
pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueña por más de diez años.
Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en siembra
de plátano, chapia y mantenerla debidamente deslindada. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria promovida por Vilma Barquero Solano. Exp: 10-000090-0699-AG.—Juzgado
Agrario de Cartago, 13 de julio del año 2015.—Licda. Andrea
Ruiz Ramírez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016025148 ).
Se
emplaza: a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos
los interesados en la sucesión de Josefina Jiménez Delgado, mayor, casada una
vez, del hogar, vecina Tilarán, Guanacaste, cédula de identidad número
cinco-cero veinticuatro-cero cuatro mil quinientos (5-0024-4500), para que
dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en
el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda, expediente N°
15-100091-0927-CI (102-4-2015)A, sucesión de Josefina Jiménez Delgado,
representada por su albacea Flor María Núñez Jiménez.—Juzgado Civil y de
Trabajo de Cañas, Guanacaste, 20 de abril del 2016.—Licda. Mónica Mora Vílchez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016024861 ).
Se emplaza a todos los
herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la
sucesión de Edwin González Castro, mayor, casado, agricultor, vecino de
Tilarán, Guanacaste, cédula de identidad cinco cero ciento seis cero ciento
ochenta y cinco, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la
herencia, de que si no, se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien
corresponda. Expediente N° 16-100006-0927-CI (7-5-2016)-A. Sucesión de Edwin
González Castro, promovida por Sara Rebeca Tzicap Chavaloc.—Juzgado Civil y
de Trabajo de Cañas, Guanacaste, 20 de abril del 2016.—Licda. Mónica
Mora Vilchez, Juez.—1 vez.—( IN2016024864 ).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por Grace Monge Zúñiga, a las catorce horas del día
diecinueve de abril del año dos mil dieciséis y comprobado el fallecimiento,
esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida
fuera Emilia Zúñiga Mora, con cédula de identidad número uno-cero ochenta y
seis-cuatro mil cuatrocientos cuarenta y seis, mayor, soltera, vecina de San
José, Acosta, Guatil, Ococa. Se cita y emplaza a todos los interesados para que
dentro del plazo máximo de 30 días contados a partir de esta publicación de
edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la
licenciada Mónica Lizano Zamora, veinte de abril del dos mil dieciséis. En
Escazú, Avenida Escazú, Torre AE dos, quinto piso, teléfono 22083636.—Licda.
Mónica Lizano Zamora, Notaria.—1 vez.—( IN2016024885 ).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por Grace Monge Zúñiga, a las catorce horas treinta
minutos del día diecinueve de abril del año dos mil dieciséis y comprobado el
fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato
de quien en vida fuera Eusebio Monge Fuentes, con cédula de identidad número
uno-seiscientos diecinueve-dos mil novecientos noventa y cuatro, mayor,
soltero, vecino de San José, Acosta, Guatil, Ococa. Se cita y emplaza a todos
los interesados para que dentro del plazo máximo de 30 días contados a partir
de esta publicación de edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus
derechos. Notaría de la Licda. Mónica Lizano Zamora, veinte de abril del año
dos mil dieciséis. En Escazú, avenida Escazú, torre AE dos, quinto piso,
teléfono 22083636.—Lic. Mónica Lizano Zamora, Notaria.—1 vez.—( IN2016024886 ).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión de quien en vida fue Yolanda Solano Porras,
mayor, soltera, oficios del hogar, vecina de León Trece, Garabito, Alameda Uno,
casa cuarenta y seis, con cédula de identidad número uno-cuatrocientos sesenta
y tres-quinientos sesenta y ocho, para que en el plazo de treinta días contados
a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos,
Se percibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan
dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente
1-2016- MALS. Notaría del Bufete de Lic. Marco Antonio Leitón Soto.— Lic. Marco
Antonio Leitón Soto, Notario.—1 vez.—( IN2016024889 ).
Ante la suscrita notaría
se lleva acabo proceso sucesorio de quien en vida se llamó Manuel Eduardo
Villalobos Campos, con cédula número uno-cero trescientos sesenta y cuatro-cero
ciento noventa y uno, otorgada a las doce horas del dieciocho de abril del dos
mil dieciséis.—Lic. Irene Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—( IN2016024902 ).
Ante la suscrita notaria,
se lleva acabo proceso sucesorio en sede notarial de quien en vida se Ana
Isabel Madrigal Mora, con cédula número uno-cero trescientos sesenta y
tres-cero cuatrocientos veintinueve, otorgada a las catorce horas del veintiuno
de abril del año dos mil dieciséis.—Lic. Irene Salazar Jiménez, Notaria.—1
vez.—( IN2016024904 ).
A las 14:00 del 14 de
abril de 2016, esta notaria declaró abierto el proceso sucesorio en sede
notarial de quien en vida fue Manuela Celestina Sánchez Pérez, conocida como
Manuela Mesén Sánchez, mayor, viuda del primer matrimonio, vecina de Guácimo,
Limón, cédula N° 900640950, fallecida el 06 de setiembre de 2015. Se cita a
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que
dentro del plazo de 30 días a partir de la publicación del edicto de ley
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean
tener derechos a la herencia, que de no presentarse en el plazo ante esta
notaría, ubicada en Guácimo, Limón, costado sur de la escuela Manuel Mª
Gutiérrez, la herencia pasará a quien corresponda.—Licda. Jenny Vargas Quesada,
Notaria.—1 vez.—( IN2016024917 ).
Yo Celina Alvarado
Badilla, notaria pública con oficina en San José, avenida primera, calle dos,
edificio Trifami, oficina doscientos diez, hago constar que se ha iniciado
proceso sucesorio notarial de quien en vida fue Liduvina Badilla Retana, cédula
número uno-cuatrocientos quince-cero ochenta y ocho. Se cita y emplaza a todos
los interesados para que en el término de treinta días a partir de la presente
publicación se presente en mi notaría
hacer valer sus intereses.—San José, veinte de abril del dos mil
dieciséis.—Lic. Celina Alvarado Badilla, Notaria.—1 vez.—1 vez.—( IN2016024921
).
Se emplaza a los
interesados en la sucesión de Victorino Olegario Centeno Calderón, quien fue
mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Alajuela, cédula de identidad
número ocho - cero sesenta y cuatro - seiscientos quince, quien falleció en
Alajuela, el día catorce de agosto de dos mil quince, para que dentro del
término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la
calidad de herederos que si no se presentan dentro de este término, la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente 001-2016-CI. Notaría de la Licda.
Violeta Miranda Meza, oficina abierta en Alajuela centro, 100 sur 75 este Am Pm
Plaza Real Alajuela.—19 de marzo del 2016.—Licda. Violeta Miranda Meza,
Notaria.—1 vez.—( IN2016024938 ).
Se hace saber: que en
este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Carlo Luis Gerardo Alfaro
Arguedas, cédula de identidad número uno-seiscientos ochenta y tres-novecientos
nueve, quien en vida fuere, casado, vecino de Alajuela, Poás, Carrillos,
trescientos metros al oeste del Súper Don José. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 14-000412-0638-CI.
Notifíquese.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Poás, 15 de
julio del 2015.—Msc. Adriana María Jara Benavides, Jueza.—1 vez.—( IN2016024946
).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión de Jorge Arturo Alpízar Torres, quien en vida
fuera mayor, casado una vez, portador de la cédula de identidad número uno-cero
setecientos setenta y tres-cero trescientos ochenta y cuatro, vecino de
Cartago, Urbanización Hacienda del Rey, para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto , comparezcan a reclamar
sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no
se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 001-2016. Notaria Ligia González Martén.—Lic. Ligia González
Martén, Notaria.—1 vez.—( IN2016024948 ).
Se informa y se cita a
todos aquellos interesados, herederos, legatarios y acreedores, que en esta
notaría se ha iniciado en sede notarial, la sucesión de quien en vida fue la
señora: Emilia Rojas Arrieta, mayor de edad, viuda una vez, del hogar, con
cédula de identidad número dos - ciento sesenta y cinco - seiscientos noventa y
dos, vecina de Palermo, del puente doscientos metros al este, Cariari, Pococí,
Limón; proceso que ocupa el expediente número cero cero cero uno - dos mil dieciséis,
para que al termino de treinta días hábiles, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, ya que de no
hacerlo la misma pasará a los solicitantes de conformidad con la información
del expediente. Lo anterior de conformidad con los artículos novecientos
diecisiete y novecientos cuarenta y cinco, siguientes y concordantes del Código
Procesal Civil y el Artículo ciento veintinueve del Código Notarial. La notaría
de relación está ubicada en Cariari centro, cincuenta metros al este y
veinticinco metros al norte de la Cruz Roja, Pococí, Limón. Teléfono 2767-8283,
Fax 2767-7329. Correo electrónico licenciadocalderon@yahoo.com Es todo.—Cariari,
Pococí, al ser las once horas del veinte de abril del dos mil dieciséis.—Lic.
Alfredo Calderón Chavarría, Notario.—1 vez.—( IN2016024952 ).
Se hace saber: Que en
este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Norman
Saborío Alfaro, mayor, soltero, oficinista, con documento de identidad
0202880433 y vecino de Ciudad Quesada, fallecido el 18 de marzo del 2015. Se
cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las
personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien
corresponda. Expediente Nº 16-000021-0317-CI.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Civil), 10 de
marzo del año 2016.—Licda. Dinia Peraza Delgado, Juez.—1 vez.—( IN2016024966 ).
De acuerdo a lo
establecido en los artículos 917, 945 del Código Procesal Civil, artículo 129
del Código Notarial, se informa y cita a todos aquellos interesados, que esta
notaría ha iniciado en sede notarial, la sucesión de Emilio Vega Fernández,
quien era casado una vez, agricultor, cedula 2-237-473, vecino de Rincón
Chiquito La Guácima de Alajuela, para que el término de 30 días a partir de la
publicación de este edicto, comparezca a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento, a los que crean tener derecho, que si no se apersonan pasará a
quien corresponda. La Notaría está ubicada en El Roble de Alajuela, 100 metros
al este de Hogares Crea.—Lic. Marjorie Arroyo Ocampo, Notaria.—1 vez.—(
IN2016024979 ).
De acuerdo a lo
establecido en los artículos 917, 945 del Código Procesal Civil, artículo 129
del Código Notarial, se informa y cita a todos aquellos interesados, que esta
Notaria ha iniciado en Sede Notarial, la sucesión de Ana Isabel Vega Alpízar,
quien era viuda de su segundo matrimonio, del hogar, vecina de San Antonio de
Alajuela, cédula Nº 2-251-665, para que el término de 30 días a partir de la
publicación de este edicto, comparezca a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento, a los que crean tener derecho, que si no se apersonan pasará a quien
corresponda. La notaría está ubicada en El Roble de Alajuela, 100 metros al
este de Hogares Crea.—Lic. Marjorie Arroyo Ocampo, Notaria.—1 vez.—(
IN2016024980 ).
Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en proceso
sucesorio de quien fuera María del Carmen Flores Morales, mayor, casada una
vez, cédula número cinco-ciento sesenta y uno-ochocientos cuarenta y dos, para
que dentro del plazo de treinta días se apersonen a hacer valer sus derechos, y
se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se apersonan
en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda en derecho. Sucesorio Nº
16-100031-642-CI. P/ Víctor Jesús Arguedas Flores.—Juzgado Civil y Agrario
de Puntarenas.—Lic. Xinia González Grajales, Notaria.—1 vez.—( IN2016024995
).
Se hace saber que en este
Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Celedonio
Canales Gutiérrez, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Limón y
portador de la cédula de identidad 5-0028-8677. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 15-000176-0678-CI-2.—Juzgado Civil del Primer Circuito
Judicial de La Zona Atlántica, 1° de febrero del 2016.—Lic. Milkan Sánchez
Aguilar, Juez.—1 vez.—( IN2016025025 ).
Se hace saber: que en
este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María
Margarita Quirós Quesada, mayor, soltera, ama de casa, costarricense, cédula de
identidad 0302360133 y vecina de Cartago, San Rafael. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 16-000034-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 17 de marzo
del año 2016.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—(IN2016025039).
Se hace saber: que en
este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Nazario
José Castro Bolaños, mayor de edad, soltero, pensionado, con documento de
identidad Nº 02-0154-0068, y vecino de San Roque de Grecia. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N°
14-000131-0295-CI proceso sucesorio de Nazario José Castro Bolaños, sin parte
contraria.—Juzgado Civil de Grecia, 06 de octubre del 2014.—Msc. Emi
Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—( IN2016025045 ).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por Marta Méndez Carmona y Lisimaco Méndez Carmona,
a las diez horas treinta minutos del ocho de abril del dos mil dieciséis y
comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio
ab intestato de quien en vida fuera Felicita Clementina Carmona Carmona, mayor,
soltera del hogar, cedula cinco - cero cero cero ocho - ochocientos sesenta y
cinco, vecina de Belén de Carrillo Guanacaste, de Soda El Valle doscientos
metros al oeste y setenta y cinco al sur. Se cita y emplaza a todos los
interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer
sus derechos. Notaría del Lic. Marianela Moreno Paniagua Filadelfia,
Guanacaste, frente al Banco Nacional, teléfono 2688-7578.—Lic. Marianela Moreno
Paniagua, Notaria.—1 vez.—( IN2016025051 ).
Se emplaza a los
herederos, legatarios y en general a todos los interesados para que dentro del
plazo de treinta días, comparezcan a hacer valer sus derechos, en el sucesorio
de la señora Zelmira Carranza Rodríguez, que se esta tramitando en Juzgado
Contravencional de Menor Cuantía y Tránsito de Sarapiquí, a los que crean tener
derecho a la herencia, de que si no se presentaran en ese plazo, la misma
pasará a quien corresponda, atentamente: Miguel Pérez Moya Albacea.—Lic. Jorge
Argüello Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN2016025104 ).
Se emplaza a todos los
herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la
sucesión de Jefferson Campos Campos, quien fue mayor, soltero, empresario, vecino
de Desamparados, Gravilias, Urbanización Lomas de Salitral, casa 6 CC, cédula
de identidad Nº 1-1216-0578, para que dentro del plazo de treinta días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la
herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien
corresponda, expediente N° 16-100043-0217-CI. Sucesión de Jefferson Campos
Campos.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José,
Desamparados, 04 de marzo de 2016.—Licda. Ana Milena Gutiérrez Rojas,
Jueza.—1 vez.—( IN2016025145 ).
El Juzgado de Familia del
Tercer Circuito Judicial de San José-Desamparados, hace saber, que en proceso
de insania, expediente Nº 15-400065-0637-FA, promovido por la Procuraduría
General de la República, a favor de Hortensia Prado Borbón, cédula Nº
1-0180-0562. Se dictó la sentencia de las catorce horas con treinta minutos del
veintiséis de octubre del año dos mil quince, cuya parte dispositiva
literalmente dice: De conformidad con lo expuesto y normas citadas, se acogen
las presentes diligencias no contenciosas de declaratoria de insania y se
declara persona insana a Hortensia Prado Borbón. Se nombra a Lucilda García
Tenorio, como su curador(a) definitivo(a), quien debe de comparecer dentro de
octavo día, a aceptar el cargo y jurar su fiel y bien cumplimiento. Se advierte
al curador(a) definitivo(a), que el cargo no le permite disponer de bienes que
pertenezcan actualmente o llegaren a formar parte del patrimonio de Hortensia
Prado Borbón, sino únicamente administrarlos. Igualmente el cargo lo(a) obliga
a procurar la estabilidad y el desarrollo integral de Hortensia Prado Borbón,
lo que implica velar por su salud física y emocional. Del mismo modo, no le
está permitido emplear el dinero o los bienes que le pertenezcan a Hortensia
Prado Borbón, para la satisfacción de necesidades que no sean personales de
Hortensia Prado Borbón y útiles para la satisfacción de sus cuidados básicos y
manutención del hogar. No queda Lucilda García Tenorio, eximido(a) de rendir
garantía a fin de administrar los bienes de Hortensia Prado Borbón, de
conformidad con lo que dispone el artículo 237 del Código de Familia. Deberá el
curador(a) nombrado(a), dentro del plazo de treinta días rendir un inventario
de los bienes e ingresos que integren el patrimonio de la persona insana, a fin
de determinar el posible pago de una garantía para administrar sus bienes y dar
seguimiento a la administración que realice como curadora, en igual forma
deberá de rendir informes anuales sobre la administración del patrimonio de la
persona insana, en los términos que posteriormente le serán indicados.
Publíquese por una sola vez la parte dispositiva de este fallo en el Boletín
Judicial. Firme este fallo, inscríbase en el Registro Público y en el
Registro Civil mediante ejecutoria. Son las costas de las presentes diligencias
a cargo del patrimonio de la persona insana. Notifíquese.—Juzgado de Familia
del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados.—Lic. Luz Marina
Solís Poveda, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016022572 ).
Se convoca por medio de
este edicto a las personas a quienes corresponda la insania, conforme con el
artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella
dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso
de insania promovido por Ernesto Aguilar Moya, a favor de Rodrigo Aguilar
Sandoval. Expediente Nº 16-000115-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia,
14 de marzo del 2016.—Msc. Felicia Quesada Zúñiga, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2016022578 ).
Se avisa que en este
Despacho se tramita el expediente Nº 16-000184-0673-NA, donde los promoventes:
Jeffery William Hand y Jennifer Hand, solicitan se apruebe la adopción
internacional de la persona menor de edad: Melissa Paola Quintana Rojas. Se
concede a las personas interesados el plazo de cinco días para formular
oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y
se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia, de
Niñez y Adolescencia, 19 de abril del 2016.—Karol Vindas Calderón, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016027914 ).
Han comparecido ante este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil, los contrayentes: Alexander
Córdoba González, mayor, costarricense, divorciado, de cuarenta y siete años de
edad, nacido en Hospital Central, San José, el veinticuatro de marzo de mil
novecientos sesenta y nueve, seguridad, cédula de identidad número
uno-setecientos cuarenta y tres-seiscientos cuarenta y siete, vecino de Sagrada
Familia, del Centro de Amigos ciento cincuenta metros al norte, hijo de Eladio
Córdoba Arce y Emilce González Campos, ambos costarricenses; y la señora Ana
Mercedes Ruiz Berrocal, mayor, costarricense, cédula de identidad número
uno-seiscientos-seiscientos veinticinco, cincuenta y tres años de edad, nacida
en San José, el veintiocho de febrero de mil novecientos sesenta y tres, ama de
casa, soltera, vecina de la misma dirección, hija de Adolfo Ruiz Bojorge y Ana
Isabel Berrocal Jiménez, ambos costarricenses. Si alguna persona tuviere
conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se
lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho
días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio).
Expediente Nº 2016-400187-0216-FA.—Juzgado de Familia de Hatillo, 25 de
abril del 2016.—Licda. Alinne Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2016027828 ).
Han comparecido ante este
Despacho, solicitando contraer matrimonio civil las personas contrayentes
Sergio Antonio Ramírez Alvarado, mayor, divorciado una vez, cédula de identidad
número tres-trescientos cuarenta y cuatro-novecientos sesenta y siete, hijo de
Víctor Manuel Ramírez Vargas y Blanca Flor Alvarado Mora, nacido en centro,
Turrialba, Cartago, el tres de diciembre de mil novecientos setenta y seis, con
treinta y nueve años de edad, y Gaudy Silene Pereira Cerdas, mayor, soltera,
ama de casa, cédula de identidad número tres-trescientos sesenta y
cinco-cuatrocientos cuarenta, hija de Róger Pereira Loaiza y María Elizabeth
Cerdas Calderón, nacida en centro, Turrialba Cartago, el siete de abril de mil
novecientos ochenta, actualmente con treinta y seis años de edad. Si alguna
persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que
dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro
del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto.
(Solicitud de matrimonio), Expediente Nº 16-000139-0675-FA-I.—Juzgado de
Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba, (Materia Familia),
20 de abril del 2016.—Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2016024833 ).
Han comparecido ante esta
notaría, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Martín Solano
Hernández, mayor, soltero, contador, vecino de Santa Bárbara de Heredia, Barrio
Jesús, cédula de identidad N° 3-410-095, y Mayra Alejandra Chávez Merchan, ecuatoriana,
mayor, divorciada una vez, ingeniera en gestión empresarial, mismo domicilio,
pasaporte N° 0930128194. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe
algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá
manifestarlo ante esta notaria dentro del término de ocho días contados a
partir de la publicación del edicto.—Licda. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1
vez.—( IN2016025008 ).
Rolando Alberto Matarrita
Villegas y Silvia Elena Zúñiga Jiménez, cédula por su orden: 5-378-231 y 1-1569-556,
vecinos de San José, Desamparados, San Antonio, Dos Cercas, desean contraer
matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley. La oposición de
alguien con interés legítimo, debe ser presentada ante este Juzgado dentro de
los ocho días luego de esta publicación. Expediente Nº 16-400498-0637-FA.—Juzgado
de Familia de Desamparados, 21 de abril del 2016.—Licda. Maureen Solís
Madrigal, Jueza.—1 vez.—( IN2016025047 ).
Fiscalía de Siquirres, Zona Atlántica, al ser las diez horas con
treinta y nueve minutos del día veintiuno de abril del dos mil dieciséis.
Mediante auto de las dieciocho horas con ocho minutos del día veinte de abril
del dos mil dieciséis del representante Fiscal, quien ha ordenado la devolución
de varios motores, en estado deteriorado, a los interesados que se detallaran a
continuación, al igual al motor y/o motocicleta de las que son propietarios
registrales: Los siguientes motores se consignaron en Ampliación de Informe N°
89-SRV-CI-2010, de fecha 16/06/2011, visible a folios: 161 a 168 del Legajo
Principal, y relacionados con las Certificaciones visibles a folios: 169 a 212
del Legajo Principal: 1) Mot 283559, Denuncia N° 012-11-00026, N° Causa:
11-000025-0063-PE, Motor N° 157-FMI-3 AIT 23098, Informe Criminalístico:
0385-TRO-FIS-2010. Propietario Registral: Freddy Obando Camacho, 7-189-594. 2)
Mot 252080, Denuncia N° 012-11-00283, N° Causa: 11-000250-0063-PE, Motor N°
157-FMI-3 A1T 03896, Informe Criminalístico: 0384-TRO-FIS-2010. Propietario
Registral: Félix Esquivel Varela, 5-183-477. 3) Mot 141463, Denuncia N°
002-07-05210, N° Causa: 07-005069-0059-PE, Motor N° 157-FMI-3 D 069805, Informe
Criminalistico: 0383-TRO-FIS-2010. Propietario Registral: Mauricio Banchez
Calderón, 1-938-007. 4) Mot 186582, Denuncia N° 010-09-01576, N° Causa:
09-1464-0066-PE, Motor N° 21B1002283, Informe Criminalístico: 0352-TRO-FIS-
2010. Propietario Registral: Joksan Escoto Carvajal, 7-146-090. 5) Mot 196872,
Denuncia N° 010-0902523, N° Causa: 09-002343-0066-PE, Motor N° 156-FMI W0006485,
Informe Criminalistico: 0360-TRO-FIS-2010. Propietario Registral: Ismael Luna
Ventura, nicaragüense. 6) Mot 203739, Denuncia N° 010-09-01870, N° Causa:
09-001745-0066-PE, Motor N° 156-FMI W 0009109, Informe Criminalístico:
0365-TRO-FIS-2010. Propietario Registral: Ericka Rodríguez Hidalgo, 1-1200-034.
7) Mot 156552, Denuncia N° 010-10-01070, N° Causa: 10-000991-0066-PE, Motor N°
157-FMI-3 P0006832, Informe Criminalístico: 0374-TRO-FIS-2010. Propietario
Registral: Taylor Francisco Barboza Zamora, 7-149-521. 8) Mot 209728, Denuncia
N° 012-10-02135, N° Causa: 10-001882-0063- PE, Motor N° 157-FMI-3 P0080894,
Informe Criminalístico: 0376-TRO-FIS-2010. Propietario Registral: Juan Álvarez
Flores, 7-176-975. 9) Mot 156946, Denuncia N° 010-08-00819, N° Causa: 08-
000748-0066-PE, Motor N° 156-FMI-3 P0007034, Informe Criminalístico:
0377-TRO-FIS-2010. Propietario Registral: Bernardo Díaz Herrera, 9-076-451. 10)
Mot 233562, Denuncia N° 010-10- 01643, N° Causa: 10-001499-0066-PE, Motor N°
157-FMI-3 P0108109, Informe Criminalístico: 0378- TRO-FIS-2010. Propietario
Registral: Kendall Graham H., 7-208-932. 11) 288876, Denuncia N° 012-11-00004,
N° Causa: 11-000004-0063-PE, Motor N° 157-FMI-3 A1T 72090, Informe
Criminalístico: 0382-TRO-FIS-2010. Propietario Registral: Mario Guzmán
Valverde, 1-371-346. 12) Mot 174136, Denuncia N° 018-12-00199, N° Causa:
12-000179-0070-PE, Motor N° 157-FMI-3 P0026819, Informe Criminalístico:
1524-TRO-FIS-2011. Propietario Registral: Abraham Jiménez Matarrita, 7-140-333.
En los siguientes motores las secuencia alfa-numérica impresa en el motor se
determinó alterada, o que no se pudo restaurar: 1) Mot 200514, N° Causa:
11-001269-0070-PE, Motor N° E3A7E004728, Informe Criminalístico:
1429-TRO-FIS-2011. Propietario Registral: Randall Artavia Araya, 2-533-762.
Folio: 350 del Legajo Principal. 2) Mot 217263, Informe Criminalístico:
1501-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-001269-0070-PE, Informe Criminalístico: 157-
FMI-2 P0019815. Propietario Registral: Eduardo Jiménez Vargas, 3-308-755.
Folio: 352 del Legajo Principal. 3) Mot 175723, Informe Criminalístico:
1503-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-001269-0070-PE, Informe Criminalístico:
157-FMI-3 P0031807. Propietario Registral: Antonio Jiménez Oviedo, 7- 072-783.
Folio: 353 del Legajo Principal. 4) N° Motor: e3a7e001563, Informe
Criminalístico: 1505- TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-001269-0070-PE. Propietario
Registral: Desinscrito. Folio: 356 del Legajo Principal. 5) Moto 223048, N°
Motor: 157FMI-3 P0095525, Informe Criminalístico: 1507-TRO-FIS-2011, N° Causa:
11-001269-0070-PE. Propietario Registral: Carlos Araya Cruz, 1-618-525. Folio:
358 del Legajo Principal. 6) N° Motor: 157FMI-3 P0022673, Informe
Criminalístico: 1509-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-001269-0070-PE. Propietario
Registral: Desinscrito. Folio: 360 del Legajo Principal. 7) N° Motor: 156-FMI
A1Z002178, Informe Criminalístico: 1511-TRO-FIS-2011, N° Causa:
11-001269-0070-PE. Propietario Registral: Desinscrito. Folio: 362 del Legajo
Principal. 8) Moto 239960, N° Motor: 157FMI-3 P0102452, Informe Criminalístico:
1515-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-001269-0070-PE. Propietario Registral: Adonay
Herrera Múñoz, 7-098-792. Folio: 364 del Legajo Principal. 9) Moto 209709, N°
Motor: 157FMI-3 P0087631, Informe Criminalístico: 1513-TRO-FIS-2011, N° Causa:
11-001269-0070-PE. Propietario Registral: Marco Umaña Mora, 6-213- 532. Folio:
366 del Legajo Principal. 10) Informe Criminalístico: 1533-TRO-FIS-2011, N°
Causa: 11- 001269-0070-PE. Propietario Registral u observaciones: Destruir
porque no se pudo obtener secuencia alfa-numérica original de fábrica por
restaruración química. Folio: 293 del Legajo Principal. 11) Moto 138439, N°
Motor: ZS156FMI-2 26100031, Informe Criminalístico: 1531-TRO-FIS-2011, N°
Causa: 11-001269-0070-PE. Propietario Registral u observaciones: destruir motor,
no se determinó alteración alguna; además no se interpuso denuncia por robo
alguno. Folio: 295 del Legajo Principal. 12) N° Motor: 1KM-046882, Informe
Criminalístico: 1532-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11- 001269-0070-PE. Propietario
Registral u observaciones: destruir motor, no se determinó alteración alguna;
además no se interpuso denuncia por robo alguno. Folio: 297 del Legajo
Principal. 13) Moto 253308, N° Motor: G374E-004328, Informe Criminalístico:
1530-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11- 001269-0070-PE. Propietario Registral: Vanessa
Duarte Benamburg, 1-1096-507. Folio: 299 del Legajo Principal. 14) Moto 179055,
N° Motor: 157FMI-3 P0031999, Informe Criminalístico: 1529- TRO-FIS-2011, N°
Causa: 11-001269-0070-PE. Propietario Registral: Carlos Ramírez Mora, 1-593- 376.
Folio: 301 del Legajo Principal. 15) N° Motor: 157-FMI-3 P0089821, Informe
Criminalístico: 1528-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-001269-0070-PE. Propietario
Registral u observaciones: destruir motor, no se determinó alteración alguna;
además no se interpuso denuncia por robo alguno. Folio: 303 del Legajo
Principal. 16) Moto 161035, N° Motor: 157FMI-3 P0018132, Informe
Criminalístico: 1526- TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-001269-0070-PE. Propietario
Registral: Jarber Montoya Monge, 7- 151-673. Destruir motor, no se determinó
alteración alguna; además no se interpuso denuncia por robo alguno. Folio: 305
del Legajo Principal. 17) Moto 190038, N° Motor: 157FMI-3 P0055216, Informe
Criminalístico: 1527-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-001269-0070-PE. Propietario
Registral: Ana Oviedo Román, 9-074-559. Folio: 307 del Legajo Principal. 18)
Moto 281451, N° Motor: CL 157FMI- 3 808000122, Informe Criminalístico:
1525-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-001269-0070-PE. Propietario Registral: Pedro
Badilla Carranza, 6-113-959. Folio: 309 del Legajo Principal. 19) Moto 174136,
N° Motor: 157FMI-3 P0026819, Informe Criminalístico: 1524-TRO-FIS-2011, N°
Causa: 11-001269-0070-PE. Propietario Registral: Andrés Jiménez Briones,
5-081-697. Folio: 311 del Legajo Principal. 20) Moto 228641, N° Motor: F461103773,
Informe Criminalístico: 1523-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-001269-0070-PE.
Propietario Registral: Derek Chamorro Arrieta, 1-1403-740. Folio: 313 del
Legajo Principal. 21) Moto 149031, N° Motor: 157FMI-3 P0102332, Informe
Criminalístico: 1522- TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-001269-0070-PE. Propietario
Registral: Gerardo Castillo Calvo, 7-109-755. Folio: 315 del Legajo Principal.
22) Moto 195480, N° Motor: 157FMI-3 P0063989, Informe Criminalístico:
1521-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-001269-0070-PE. Propietario Registral: Marco
Umaña Mora, 6-213-532. Folio: 317 del Legajo Principal. 23) Moto 223598, N°
Motor: 157FMI-3 P0089833, Informe Criminalístico: 1520-TRO-FIS-2011, N° Causa:
11-001269-0070-PE. Propietario Registral: José Cubillo Araya, 7-060-868. Folio:
319 del Legajo Principal. 24) Moto 213318, N° Motor: 157FMI-3 P0088732, Informe
Criminalístico: 1519-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-001269-0070-PE. Propietario
Registral: Rafael Valverde Vega, 6-372-536. Folio: 321 del Legajo Principal.
25) Moto 195063, N° Motor: 157FMI-3 P0063698, Informe Criminalístico:
1518-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-001269-0070-PE. Propietario Registral: Roner
Salas Villegas, 7-173-119. Folio: 323 del Legajo Principal. 26) Moto 144854, N°
Motor: 157FMI-3 D070915, Informe Criminalístico: 1516- TRO-FIS-2011, N° Causa:
11-001269-0070-PE. Propietario Registral: Manuel Espinoza Oporta, 8-077-231.
Folio: 325 del Legajo Principal. 27) Moto 191919, N° Motor: 157FMI-3 P0055228,
Informe Criminalístico: 1517-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-001269-0070-PE. Propietario
Registral: Marco Umaña Mora, 6-213-532. Folio: 327 del Legajo Principal. 28)
Moto 189276, N° Motor: 21B1002285, Informe Criminalístico: 1512-TRO-FIS-2011,
N° Causa: 11-001269-0070-PE. Propietario Registral: María López Ramírez,
3-416-181. Folio: 329 del Legajo Principal. 29) Moto 244340, N° Motor: 157FMI-3
A1T00949, Informe Criminalístico: 1514-TRO-FIS-2011, N° Causa:
11-001269-0070-PE. Propietario Registral: Carlos Ramírez Serrano, 7-069-384.
Folio: 331 del Legajo Principal. 30) Moto 157895, N° Motor: 157FMI-3 P0010537,
Informe Criminalístico: 1508-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11- 001269-0070-PE.
Propietario Registral: Felio López Medrano, 5-165-160. Folio: 335 del Legajo
Principal. 31) Moto 230281, N° Motor: 157FMI-3 P0102315, Informe
Criminalístico: 1506-TRO-FIS- 2011, N° Causa: 11-001269-0070-PE. Propietario
Registral: Fidel Juárez Morales, 6-294-646. Folio: 337 del Legajo Principal.
32) N° Motor: 157FMI-3 P0087631, Informe Criminalístico: 1504-TRO-FIS-2011, N°
Causa: 11-001269-0070-PE. Propietario Registral: Destruir, sin numeración
visible por desgaste de la superficie. Folio: 366 del Legajo Principal. 33)
Moto 226892, N° Motor: 157FMI-3 P0095523, Informe Criminalístico:
1502-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-001269-0070-PE. Propietario Registral: Blanca
Rivera Salazar, 2-427-686. Destruir, sin numeración visible por desgaste de la
superficie. Folio: 341 del Legajo Principal. 34) Moto 269999, N° Motor: E3D7E
012479, Informe Criminalístico: 1500-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-001269-0070-PE.
Propietario Registral: Eric Fuentes Cred, 7-155-691. Destruir, sin numeración
visible por desgaste de la superficie. Folio: 343 del Legajo Principal. 35)
Moto 157159, N° Motor: Nº LC157FMIXD137698. Propietario Registral: Leonardo
Fajardo Juárez. Destruir, no se pudo obtener información alfa-numérica. Folio:
44 del Legajo Principal. 36) Moto 186582, N° Motor: 21B1002283. Propietario
Registral: Jocksan Escoto Carvajal. Destruir, no se pudo obtener información
alfa-numérica. Folio: 19 y 56 del Legajo Principal. 37) N° Motor: 21B1002283,
Informe Criminalístico: 0352-TRO-FIS-2011, N° Causa: 09-001464-0066-PE.
Propietario Registral u observación: Desinscrito; Destruir, sin numeración
visible por desgaste de la superficie. Folio: 19 y 56 del Legajo Principal. 38)
Moto 134336, N° Motor: 157FMI-3 D034247, Marco: SH41A-103264, Informe
Criminalístico: 0351-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-001269-0070-PE. Propietario
Registral: Odilio Picado Rodríguez, 5-196-584. Destruir, sin numeración visible
por desgaste de la superficie. Folio: 59 del Legajo Principal. 39) N° Motor:
157FMI-3 P0090070, Informe Criminalístico: 0353-TRO-FIS-2011, N° Causa:
11-4834-0042-PE. Propietario Registral: Destruir, sin numeración visible por
desgaste de la superficie. Folio: 61 del Legajo Principal. 40) Moto 053453, N°
Motor: 2WL-010148, Informe Criminalístico: 0354-TRO-FIS-2011, N° Causa:
11-001269-0070-PE. Propietario Registral u observación: Danilo Castro Rivera,
1-800-733. Destruir, no alteración; además no se interpuso denuncia por robo.
Folio: 63 del Legajo Principal. 41) N° Motor: 157FMI-3 P0022703, Informe
Criminalístico: 0355-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-001269-0070-PE. Propietario
Registral u observación: Destruir, no se pudo determinar alteración. Folio: 65
del Legajo Principal. 42) Moto 116301, N° Motor: H10204807, Informe
Criminalístico: 0356-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11- 001269-0070-PE. Propietario
Registral: Luis Rojas Esquivel, 7-145-557. Destruir, no denuncia por robo.
Además no se pudo determinar número de motor falso. Folio: 67 del Legajo
Principal. 43) Moto 157159, N° Motor: LC157FMIXD137698, Informe Criminalístico:
0358-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-001269-0070-PE. Propietario Registral: José
Fajardoi Juárez, 5-254-013. Destruir, no se determinó alteración; además no se
interpuso denuncia por robo. Folio: 69 del Legajo Principal. 44) Moto 283835,
N° Motor: 157FMI-3 A1T67601, Informe Criminalístico: 0359-TRO-FIS-2011, N°
Causa: 11-001269-0070-PE. Propietario Registral: Carlos Martínez Blandón,
7-142-378. Destruir, no se determinó alteración alguna. Folio: 71 del Legajo
Principal. 45) Moto 196872, N° Motor: 157FMI W0006485, Informe Criminalístico:
0360-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-001269-0070-PE. Propietario Registral: Ventura
Lunas Lunas, 270021556700116430. Destruir, no se acreditó alteración alguna,
parcialmente alterado; además tiene un decreto de embargo. Folio: 73 del Legajo
Principal. 46) Moto 203739, N° Motor: 156FMI W0009109, Informe Criminalístico:
0365-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11- 001269-0070-PE. Propietario Registral: Carlos
Vargas Montenegro, 3-344-400. Destruir, no se determinó alteración, desgastada.
Folio: 75 del Legajo Principal. 47) N° Motor: 157FMIS 0002228, Informe
Criminalístico: 0366-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-001269-0070-PE. Propietario
Registral u observaciones: Destruir, no se acreditó alteración alguna,
desgastada. Folio: 77 del Legajo Principal. 48) Moto 111573, N° Motor:
JD17E32640028, Informe Criminalístico: 0368-TRO-FIS-2011, N° Causa:
11-001269-0070-PE. Propietario Registral u observación: Ronald Gómez Alfaro,
6-228-649. Destruir, no se pudo determinar alteración alguna. Folio: 79 del
Legajo Principal. 49) N° Motor: 1KM, Informe Criminalístico: 0369-TRO-FIS-2011,
N° Causa: 11-001269-0070-PE. Propietario Registral u observación: Eric Fuentes
Cred, 7-155-691. Destruir, no se pudo determinar alteración alguna. Folio: 81
del Legajo Principal. 50) Moto 169091, N° Motor: 157FMI-3 P0026847, Informe
Criminalístico: 0370-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-001269-0070-PE. Propietario
Registral: Marco Latouche Delgado, 1-824-313. Folio: 83 del Legajo Principal. 51)
N° Motor: 157FMI-3 36008513, Informe Criminalístico: 0371-TRO-FIS-2011, N°
Causa: 11-004835-0042-PE. Propietario Registral u observación: Destruir, no se
pudo determinar alteración alguna. Folio: 85 del Legajo Principal. 52) N°
Motor: 1E358E-003757, Informe Criminalístico: 0372-TRO-FIS-2011, N° Causa:
11-004835-0042-PE. Propietario Registral u observación: Destruir, no se pudo
determinar alteración alguna. Folio: 87 del Legajo Principal. 53) Moto 156552,
N° Motor: 157FMI-3 P0006832, Informe Criminalístico: 0374-TRO-FIS-2011, N°
Causa: 11-004835-0042-PE. Propietario Registral: Taylor Barboza Zamora, 7-
149-521. Destruir, no se determinó alteración alfa-numérica. Folio: 89 del
Legajo Principal. 54) Moto 263711, N° Motor: 157FMI-3 A1T21149, Informe
Criminalístico: 0375-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11- 004835-0042-PE. Propietario
Registral: William Sequeira Villegas, 1-530-107. Destruir, no se determinó
alteración alfa-numérica. Folio: 91 del Legajo Principal. 55) Moto 209728, N°
Motor: 157FMI-3 P0080894, Informe Criminalístico: 0376-TRO-FIS-2011, N° Causa:
11-004835-0042-PE. Propietario Registral: Juan Álvarez Flores, 7-176-975.
Destruir, no se determinó alteración alfa-numérica. Folio: 93 del Legajo
Principal. 56) Moto 156946, N° Motor: 157FMI-3 P0007034, Informe Criminalístico:
0377-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-004835-0042-PE. Propietario Registral: Bernardo
Díaz Herrera, 9-076-451. Destruir, no se determinó alteración alfa-numérica.
Folio: 95 del Legajo Principal. 57) Moto 233562, N° Motor: 157FMI-3 P0108109,
Informe Criminalístico: 0378-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-004835-0042-PE.
Propietario Registral: Álvaro Graham Hernández, 7-131-543. Destruir, no se
determinó alteración alfa-numérica. Folio: 97 del Legajo Principal. 58) Moto
178380, N° Motor: 157FMI-3 P0031883, Informe Criminalístico: 0379-TRO-FIS-2011,
N° Causa: 11-004835- 0042-PE. Propietario Registral: Álvaro Córtes Sirias,
6-285-302. Destruir, no se determinó alteración alfa-numérica. Folio: 99 del
Legajo Principal. 59) N° Motor: 157FMI-3 P0048221, Informe Criminalístico:
0380-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-004835-0042-PE. Destruir, no se determinó
alteración alfa-numérica. Propietario Registral u observación: Destruir;
desinscrito. Folio: 101 del Legajo Principal. 60) Moto 234768, N° Motor:
157FMI-3 P0108121, Informe Criminalístico: 0381- TRO-FIS-2011, N° Causa:
11-004835-0042-PE. Destruir, no se determinó alteración alfa-númerica.
Propietario Registral: Isaac Elizondo Pérez, 1-605-701. Folio: 103 del Legajo
Principal. 61) Moto 288876, N° Motor: 157FMI-3 A1T72090, Informe
Criminalístico: 0382-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11- 004835-0042-PE. Propietario
Registral: Mario Guzman Valverde, 1-371-346. Destruir, no se determinó
alteración alfa-númerica. Folio: 105 del Legajo Principal. 62) Moto 141463, N°
Motor: 157FMI-3 D069805, Informe Criminalístico: 0383-TRO-FIS-2011, N° Causa:
11-004835-0042-PE. Propietario Registral: Karol Sánchez Calderón, 1-1083-016.
Destruir, no se determinó alteración alfa-numérica. Folio: 107 del Legajo
Principal. 63) Moto 252080, N° Motor: 157FMI-3 A1T03896, Informe
Criminalístico: 0384-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-004835-0042-PE. Propietario
Registral: Félix Esquivel Varela, 5-183-477. Destruir, no se determinó
alteración alfa-númerica. Folio: 109 del Legajo Principal. 64) Moto 283559, N°
Motor: 157FMI-3 A1T23098, Informe Criminalístico: 0385-TRO-FIS- 2011, N° Causa:
11-004835-0042-PE. Propietario Registral: Distribuidora Rodríguez y Acosta S.
A., 3-101-195018. Destruir, no se determinó alteración alfa-númerica. Folio:
111 del Legajo Principal. 65) Moto 203955, N° Motor: 157FMI-3 P0080869, Informe
Criminalístico: 0387-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-004835-0042-PE. Propietario
Registral: Erick Kraudy Ulloa, 002RE5113001999. Destruir, no se determinó
alteración alfa-númerica. Folio: 113 del Legajo Principal. 66) Moto 220715, N°
Motor: 157FMI-3 P0082991, Informe Criminalístico: 0388-TRO-FIS- 2011, N° Causa:
11-004835-0042-PE. Propietario Registral: Carlos Gúzman Rivera, 2-334-306.
Destruir, no se determinó alteración alfa-númerica. Folio: 115 del Legajo
Principal. 67) Moto 132361, N° Motor: 157FMI D203846, Informe Criminalístico:
0361-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-004835-0042-PE. Propietario Registral: Luis
Corella Murillo, 7-128-675. Destruir, no se determinó alteración alfa-númerica.
Folio: 123 del Legajo Principal. 68) Moto 161197, N° Motor: 157FMI-3 P0010519,
Informe Criminalístico: 0373-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-004835-0042-PE.
Propietario Registral: Misangel Vega Valverde, 5-112-761. Destruir, no se
determinó alteración alfa-númerica. Folio: 125 del Legajo Principal. 69) Moto
229376, N° Motor: 157FMI-3 P0102409, Informe Criminalístico: 0386-
TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-004835-0042-PE. Propietario Registral: Leovigildo
May Mora, 7-127- 126. Destruir, no se determinó alteración alfa-númerica.
Folio: 127 del Legajo Principal. 70) Moto 188584, N° Motor: 156FAI-2, Informe
Criminalístico: 0367-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-004835-0042-PE. Propietario
Registral u observación: Evelyn Rojas Ramírez, 2-584-897. Destruir, no se
determinó alteración alfa-númerica, ya que no se le realizó pericial en
troquelado, no se remitió solicitud; además no tiene denuncia penal por robo.
Folio: 129 del Legajo Principal. 71) N° Motor: 161FMI-2 2007003693, Informe
Criminalístico: 0363-TRO-FIS-2011, N° Causa: 11-004835-0042-PE. Propietario Registral
u observación: Destruir, no se determinó alteración alfa-númerica, además no se
interpuso denuncia por robo. Folio: 130 del Legajo Principal. 72) N° Motor: Nº
LL157FMI, Informe Criminalístico: 0357-TRO-FIS-2011, N° Causa:
11-004835-0042-PE. Propietario Registral u observación: Destruir, no se
determinó alteración alfa-númerica, ya que no se le realizó pericia en
troquelado, no se remitió solicitud. Folio: 132 del Legajo Principal. 73) N°
Motor: Nº12.3, Informe Criminalístico: 0350-TRO-FIS-2011, N° Causa:
11-004835-0042-PE. Propietario Registral u observación: Destruir, no se
determinó alteración alfa-númerica, ya que no se le realizó pericia en
troquelado, no se remitió solicitud. Folio: 133 del Legajo Principal. 74) N°
Motor: 156FM-199002488, Informe Criminalístico: 0364-TRO-FIS-2011, N° Causa:
11-004835-0042-PE. Propietario Registral u observación: Destruir, no se
determinó alteración alfa-númerica, ya que no se le realizó pericia en
troquelado, no se remitió solicitud. Folio: 148 del Legajo Principal. 75) N°
Motor: KHIDX200GE003924, Informe Criminalístico: 0362-TRO-FIS-2011, N° Causa:
11-004835-0042-PE. Propietario Registral u observación: Destruir, no se
determinó alteración alfa-númerica, ya que no se le realizó pericia en
troquelado, no se remitió solicitud. Folio: 150 del Legajo Principal. Quienes a
la fecha no han comparecido y no se les ha podido localizar; por lo anterior,
es que esta cámara ordena publicar por dos veces consecutivas en el Boletín
Judicial un edicto, para efectos de que el poseedor y/o dueño registral
pueda realizar los reclamos pertinentes en lo que concierne a la devolución de
los motores previamente detallados. Expediente N° 09-001464-0066-PE
(1051-12-1), contra: Roy Ramírez Rodríguez y otros, ofendido: Abraham Jiménez
Matarrita y otros, delito: receptación y alteración de señas y marcas.
Notifíquese.—Fiscalía de Siquirres, 21 de abril del 2016.—Lic. Leonel
Cisneros Córdoba, Fiscal.—Exonerado.—( IN2016025147 ). 2 v. 1.
Fiscalía
del Primer Circuito Judicial de San José, al ser las diez horas y treinta
minutos del quince de abril del año dos mil dieciséis. Licenciada Melissa
García Garita, Fiscal Auxiliar, al señor Edward Bermúdez Morales, cédula o
documento de identidad Nº 1-1015-0276, se le hace saber: que en el Legajo de Acción
Civil Resarcitoria, en la causa número único 14-007797-0489-TR; seguido en
contra de Juan José Arias Badilla, en perjuicio de Gema Mercedes Avilés
Rodríguez y Mirna Rodríguez Fonseca, por el (los) delito (s) de lesiones
culposas, se ha dictado resolución que literalmente dice: se da traslado de la
acción civil resarcitoria, Fiscalía del Primer Circuito Judicial de San José,
al ser las nueve horas y quince minutos del diez de noviembre del año dos mil
quince. De conformidad con los artículos, 111, 112 y 115 del Código Procesal
Penal, se procede con vista en la Acción Civil Resarcitoria interpuesta por la
Licda. Ariana Arias Vargas en representación de la parte ofendida Gema Avilés
Rodríguez y Mirna Rodríguez Fonseca se procede a darle traslado al demandado
civil Juan José Arias Badilla y Edward Bermúdez Morales de las pretensiones
expuestas por dicha parte, para que se pronuncie sobre la admisibilidad o
inadmisibilidad del (la) actor (a) civil en este proceso, planteando las
excepciones que estime pertinentes, se les informa que tiene el plazo de cinco
días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación; para que
manifiesten lo que corresponda; por lo que se le concede el término de ley para
que haga valer sus derechos. Así mismo se le previene que en el acto de ser
notificado deberá señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Comuníquese el
contenido de la resolución a los demandados civiles y a su defensor.
Notifíquese. Licda. Melissa García Garita, Fiscal Auxiliar, Fiscalía del Primer
Circuito Judicial de San José. agonzalezgo; comunicación por edicto. Fiscalía del
Primer Circuito Judicial de San José. En vista de que el señor Edward Bermúdez
Morales, cédula o documento de identidad Nº 1-1015-0276; es de domicilio
desconocido, se procede a comunicarle la resolución; por medio de edicto que se
publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese. Fiscalía
Adjunta de San José. Óscar Quirós Soto.—Fiscalía del Primer Circuito
Judicial de San José.—Lic. Óscar Quirós Soto, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2016024869 ).
No
habiendo sido posible localizar al señor Andrés Roberto Madrigal Chaves, cédula
de identidad Nº 01-1176-0144 como propietario registral del arma de fuego tipo
revólver, marca Doberman Extra, calibre 22 LR, modelo 102 MM, serie 09044X,
decomisada bajo la investigación penal de la sumaria Nº 10-000187-1092-PE,
seguida en contra de José de la Concepción Obando Canales, por el delito de
portación ilícita de arma permitida, cometido en perjuicio de la seguridad
pública, en el domicilio aportado ante el Registro Civil; y de conformidad con
la Ley N° 6106 “Ley de Distribución de Bienes Confiscados o Caídos en Comiso y
su Reglamento” se ordena notificar por edicto en el Diario Oficial, por única
vez, lo resuelto en sentencia Nº 335-2012 de las quince horas y dos minutos del
cuatro de abril del año dos mil doce, en donde se autoriza la entrega
definitiva del arma de fuego descrita a su legítimo propietario, sea quien se
ha indicado, o quién demuestre mejor derecho sobre el bien, y que así lo
demuestre con documentación idónea que ampare la titularidad sobre el arma de
fuego decomisada, concediéndose el término de un mes a partir de la realización
de la respectiva notificación al interesado para que se presente al despacho,
en caso contrario, se dispone el comiso y la donación a favor del Estado de
conformidad con la normativa aludida. Notifíquese. Adriana Rodríguez Corrales,
Jueza de Trámite.—Tribunal Penal de Flagrancia, Segundo Circuito Judicial de
San José, Goicoechea, a las diez horas y treinta minutos del veintiuno de
abril del año dos mil dieciséis.—Lic. Adriana Rodríguez Corrales, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016025149 ).
Licda.
Marjorie Valenciano Arias, Jueza Penal del Segundo Circuito Judicial de San
José, en la sumaria penal Nº 10-006890-0175-PE seguida en contra de ignorado
por el delito de hallazgo de arma permitida en perjuicio de la seguridad
pública, y de conformidad con el artículo 162 del Código Procesal Penal, se
dispone a notificar por edicto al señor Rubén Arturo Solano Villalobos, cédula
de identidad Nº 2-0278-1484, que se ha ordenado la devolución del arma de fuego
tipo pistola, marca FEG, modelo RK59, calibre 900, serie A5612, mediante
resolución de las quince horas del día veintiuno de marzo del año dos mil
dieciséis, para que en el término de tres meses, a partir de la publicación del
edicto aludido se apersone al Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de
San José a hacer valer sus derechos que sobre dicho bien le asistan,
presentando su cédula de identificación, matrícula del arma así como el permiso
de portación de armas al día. De no presentarse a retirarla, los mismos se
donarán a favor del Estado conforme a la Ley de Bienes Caídos en Comiso. Se
ordena su publicación por una única vez en el Boletín Judicial.
Publíquese.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José.—Licda.
Marjorie Valenciano Arias, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016025151 ).
Licda. Evelyn García Monge, Jueza Penal del
Segundo Circuito Judicial de San José, en la sumaria penal número
11-000218-0275-PE seguida en contra de Carlos Mariche Rodríguez por el delito
de Conducción Temeraria en perjuicio de La Seguridad Común, y de conformidad
con el artículo 162 del Código Procesal Penal, se dispone a notificar por
edicto al señor José Alberto Padilla Vindas, cédula de identidad número
1-0835-0200, que se ha ordenado la devolución del vehículo Placa: MOT 265423,
marca Light, serie: LHJYCMLA38B900431, número chasis: Peso, mediante resolución
de las quince horas treinta y cuatro minutos del día dieciocho de abril del año
dos mil dieciséis, para que en el término de tres meses, a partir de la
publicación del edicto aludido se apersone al Juzgado Penal del Segundo
Circuito Judicial de San José a hacer valer sus derechos que sobre dicho bien
le asistan, presentando su cédula de identificación, así como el documento
idóneo que es el dueño legítimo del bien. De no presentarse a retirarla, los
mismos se donarán a favor del Estado conforme a la Ley de Bienes Caídos en
Comiso.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José.—Licda.
Evelyn García Monge, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016025152 ).
Se ordena notificar por edicto. Tribunal Penal
de Flagrancia Segundo Circuito Judicial de San José, a las trece horas y
treinta minutos del veintiuno de abril del año dos mil dieciséis. No habiendo
sido posible localizar al señor Carlos Martínez Navarro, cédula de identidad
desconocida como apoderado generalísimo de la sociedad anónima denominada Corp
Martínez de Seguridad y Limpieza S. A., cédula jurídica 3-101-293713, dueña del
arma de fuego tipo revólver, marca Doberman Extra, calibre 22, modelo no
visible, serie 01921X, decomisada bajo la investigación penal de la sumaria
número 11-000612-1092-PE, seguida en contra de Gerardo Coto Badilla, por el
delito de robo agravado, cometido en perjuicio de Pedro Ricardo Molina
Phillips, en el domicilio y número telefónico aportado ante el Departamento de
Control de Armas y Explosivos; y de conformidad con la Ley N° 6106 “Ley de
Distribución de Bienes Confiscados o Caídos en Comiso y su Reglamento” se
ordena notificar por edicto, por única vez, lo resuelto mediante resolución de
las dieciocho horas y veinte minutos del once de diciembre del año dos mil
quince en donde se ordena la entrega del arma de fuego descrita a su legítimo
propietario que así lo demuestre con documentación idónea, ordenándose conceder
el plazo de tres meses posterior a la realización de la respectiva notificación
al interesado; vencido ese término sin que el interesado promueva la acción
correspondiente, se ordena el comiso a favor del Estado de dicho bien, conforme
a lo aquí dispuesto. Notifíquese.—Tribunal Penal de Flagrancia Goicoechea.—Lic.
Adriana Rodríguez Corrales, Jueza de Trámite.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016025155
).