BOLETÍN
JUDICIAL N° 106 DEL 02 DE
JUNIO DEL 2016
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
SALA CONSTITUCIONAL
JUZGADO NOTARIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Remates
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Convocatorias
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos Matrimoniales
Edictos en lo Penal
TERCERA
PUBLICACIÓN
ASUNTO: Asueto
concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de
Alvarado de la provincia de Cartago.
SE
HACE SABER:
Que
las oficinas judiciales del cantón de Alvarado de la provincia de Cartago,
permanecerán cerradas durante el día seis de junio de dos mil dieciséis, con
las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos
cívicos patronales de dicho cantón.
San
José, 18 de mayo del 2016.
MBA
Rodrigo Arroyo Guzmán,
Exento.—( IN2016034270 ) Subdirector Ejecutivo
SEGUNDA PUBLICACIÓN
ASUNTO: Asueto
concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón
Central de Puntarenas, Cóbano y Jicaral
SE
HACE SABER:
Que
las oficinas judiciales del cantón Central de Puntarenas, Cóbano y Jicaral
permanecerán cerradas durante el día quince de julio de dos mil dieciséis, con
las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos
cívico-patronales de dicho cantón.
San
José, 25 de mayo del dos mil dieciséis.
MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán,
Exonerado.—( IN2016034710
) Subdirector
Ejecutivo.
ASUNTO: Acción
de inconstitucionalidad.
A LOS
TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
TERCERA
PUBLICACIÓN
De
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad N°
16-005486-0007-CO que promueve Walter Brenes Soto, se ha dictado la resolución
que literalmente dice: “Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.
San José, a las quince horas y veintinueve minutos de trece de mayo del dos mil
dieciséis. Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por
Walter Brenes Soto, para que se declare inconstitucional el artículo 8 del
Decreto Ejecutivo N° 34312-MP-MINAE, del 06 de febrero del 2008, por estimarlo
contrario a los artículos 7 y 45 de la Constitución Política y al Convenio 169
de la OIT. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República, al Ministerio de
Ambiente y Energía y al Instituto Costarricense de Electricidad. La norma se
impugna en cuanto el Decreto 34312-MP-MINAE decreta la importancia y conveniencia
nacional del Proyecto Hidroeléctrico El Diquis y sus obras de transmisión, a
cargo del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE). Añade que el proyecto
se ubica mayoritariamente en zonas declaradas de reserva indígena, lo que hace
necesaria la consulta a los pueblos indígenas que vayan a ser afectados por las
construcciones, de acuerdo a los Convenios suscritos por el Estado en relación
con la autonomía de los pueblos indígenas sobre su territorio. Manifiesta que
la Sala Constitucional, por sentencia N° 2011-012975, determinó que la
norma impugnada no era inconstitucional
siempre y cuando se realice la consulta, prevista en el artículo 4 del mismo
Decreto, dentro de los seis meses después de realizada la notificación de dicha
sentencia; consulta que a la fecha de interposición de la acción no ha sido
realizada por parte del desarrollador del proyecto ni por el Estado. Agrega
que, de acuerdo al criterio de la Sala Constitucional, la consulta al pueblo
indígena no es una mera formalidad, sino que constituye un procedimiento de
vocación democrática. Señala que la inconstitucionalidad del artículo 8 del
Decreto Ejecutivo 34312-MP-MINAE radica en la violación a la autonomía de los
pueblos indígenas sobre su territorio, derivada no solo del derecho de propiedad
consagrado en el artículo 45 de la Constitución Política, sino en el Convenio
169 de la OIT y el artículo 19 de la Declaración de las Naciones Unidas, por
cuanto antes de la publicación y entrada en vigencia de la norma impugnada, no
se realizó la consulta al Pueblo Indígena de Térraba. Esta acción se admite por
reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional
en sus artículos 73 a 79. La legitimación al accionante proviene del recurso de
amparo No. 14-019128-0007-CO, en el que, por resolución N° 2016-004354, de las
9:20 minutos del 1 de abril de 2016, se otorgó plazo al recurrente para que
interpusiera acción de inconstitucionalidad contra el artículo 8 del Decreto
Ejecutivo N° 34312-MPMINAE. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en
el Boletín Judicial, sobre la interposición de la acción, para que en
los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo
cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el
pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales
pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte
que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado
en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en
vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos
tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del
recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo,
claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación,
en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días
posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse
quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición
de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos
con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o
improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad
en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de
conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional
y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91,
0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la
norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones
señaladas. Notifíquese. Fernando Castillo Víquez, Presidente a. í.”
San
José, 16 de mayo del 2016.
Gerardo
Madriz Piedra,
Exonerado.—( IN2016031102 ). Secretario
HACE SABER:
Que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 98-000105-0005-NO, de Alba
González Esquivel y otro contra Manuel Antonio Portuguez Benedettini, (cédula
de identidad 1-0436-0319), este Juzgado mediante resolución de las trece horas
y once minutos del veinticinco de febrero de dos mil dieciséis, dispuso
levantar a partir de la fecha 12 de febrero de 2016, la sanción disciplinaria
impuesta al notario Manuel Antonio Portuguez Benedettini, (cédula de identidad
1-0436-0319) mediante resolución número 00239-05, de las catorce horas treinta
minutos del diecisiete de junio de dos mil cinco, que salió publicada en el Boletín
Judicial número 25, de fecha 03 de febrero 2006, lo anterior por haber
transcurrido el plazo de diez años según voto número 3484 de las doce horas del
ocho de julio de mil novecientos noventa y cuatro emitido por la Sala
Constitucional.
San José, 25 de febrero del 2016.
Licda. Derling Talavera Polanco
Jueza
1 vez.—Exonerado.—( IN2016031584
).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
A las ocho horas del veintiuno de julio del dos mil dieciséis, en la
puerta exterior de este Despacho, con la base de trescientos setenta mil
colones exactos (¢370.000,00), libre de gravámenes y con anotaciones judiciales
para cancelar, en el mejor postor, remataré el vehículo placa Nº: 141523,
marca: Toyota, categoría: automóvil, capacidad: cinco personas, año: 1983,
color: dorado. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se
señalan las ocho horas del veintiocho de julio del dos mil dieciséis, con la
base de doscientos setenta y siete mil quinientos colones exactos
(¢277.500,00), rebajada en un 25%. Además, en caso de que tampoco existan
oferentes para la segunda subasta se señala para el tercer remate, las ocho
horas del tres de agosto del dos mil dieciséis, con la base de noventa y dos
mil quinientos colones exactos (¢92.500,00) que es un 25% de la base original.
(b) Con la base de cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (¢450.000,00),
libre de gravámenes, pero con anotaciones judiciales, sáquese a remate el
vehículo placa: CL-147217, marca: Mazda, categoría: carga liviana, capacidad:
04 personas, año: 1986, color: beige. Para tal efecto se señalan las ocho horas
del veintiuno de julio del dos mil dieciséis. De no haber postores, para llevar
a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas del veintiocho de julio del
dos mil dieciséis, con la base trescientos treinta y siete mil quinientos
colones exactos (¢337.500,00) rebajada en un 25%. De persistir la inasistencia
de rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas del tres de
agosto del dos mil dieciséis, con la base de ciento doce mil quinientos colones
exactos (¢112.500,00) que es un 25% de la base original. (c) Con la base de un
millón novecientos sesenta mil colones exactos (¢1.960.000,00), libre de
gravámenes, sáquese a remate el vehículo placas Nº: 883173, marca: Toyota,
categoría: automóvil, capacidad: cinco personas, año: 1996, color: blanco. Para
tal efecto se señalan las ocho horas del veintiuno de julio del dos mil
dieciséis. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se
señalan las ocho horas del veintiocho de julio del dos mil dieciséis, con la
base de un millón cuatrocientos setenta mil colones exactos (¢1.470.000,00)
rebajada en un 25%. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan
las ocho horas del tres de mayo del dos mil dieciséis, con la base de
cuatrocientos noventa mil colones exactos (¢490.000,00) que equivale a un 25%
de la base original. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario sector
privado de Flor María Ruiz Ulate contra Manuel Alfredo Morales Hidalgo.
Expediente Nº 10-000227-0942-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Laboral), 17 de mayo del
2016.—Lic. Róger Javier Camacho Duarte, Juez.—Exonerado.—( IN2016034271 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, al ser las diez horas del veinticuatro de junio del año dos mil
dieciséis, con la base de tres millones de colones, se rematará el bien
embargado en autos: máquina programable para cortes específicos en durpanel
destinados para muebles, marca Alayek, serie A 00-000163°1280-PT30, en buen
estado de funcionamiento, mide 6x4 metros con malla protectora para evitar
accidentes, dispone de tres mesas delizantes con bolineras para que el durpanel
se deslice y sea cortado, existen unos perlin separados que reciben las láminas
cortadas y todo en su totalidad en color verde, opera por medio de controles,
pantalla programable digital y además tres motores, tiene un moto reductor,
panel de control y potencia trifásica y electrónica y electromecánica, tiene un
subsionador de polvo y residuos, un silo o cajón metálico que mide 1.24cm x
1.24cm, con una altura de 3.30 cm, con su turbina. De no haber postores, para
llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas del once de julio
del dos mil dieciséis, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil
colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer
remate, se señalan las diez horas del veintisiete de julio del dos mil
dieciséis, con la base de setecientos cincuenta mil colones (un 25% de la base
original). Se remata por ordenarse así en proceso ordinario laboral Nº
14-001645-0173-LA de Mario Varela Mora contra Durpanel S. A.—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 18 de
mayo del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—Exonerado.—( IN2016034718 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Fenly
Zamora Filman, quien fue mayor, soltero, de nacionalidad Nicaragüense, portó la
cédula de residencia 155823617531 y falleció el día 7 de febrero del 2016, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho, en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número
16-001438-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Promovido por Francisco Fenly García, Elma Zamora Webster, Marva
Suarez Vanegas a favor de sus causahabientes. Expediente N° 16-001438-0173-LA.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 10
de mayo del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2016031577 ).
Se cita y emplaza a los
que en carácter de causahabientes de Mauricio Gerardo Montero Villalobos, quien
fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense , portó la cédula 1-0593-0607
y falleció el 26 de febrero del 2016, se consideren con derecho para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de
este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consignación
de prestaciones bajo el número 16-001459-0173-LA, a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Expediente N° 16-001459-0173-LA. Promovido por la empresa Corporación Grupo Q
Costa Rica S. A., a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de mayo del
2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016031578 ).
Se cita y emplaza a los
que en carácter de causahabientes de arnoldo Becerril Cambronero, fallecido el
15 de marzo del 2016, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de Consig. Prest.
Sector Privado bajo el número 16-000077-0945-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Por a favor de Arnoldo
Becerril Cambronero. Expediente N° 16-000077-0945-LA.—Juzgado de Cobro,
Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia
(materia laboral), 05 de mayo del 2016.—Lic. Carlos Humberto Venegas
Avilés, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016031593 ).
Se cita y emplaza a los
que en carácter de causahabientes de Shantale Sheron Simpson Anderson, quien
fue mayor, soltera, de nacionalidad costarricense, portó la cédula7-0091-0002 y
falleció el día 15 de enero del año 2006, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación
de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de
Consignación de Prestaciones bajo el número 16-000187-0169-CI, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código
de Trabajo. Publíquese en el boletín judicial. Expediente N°
16-000187-0169-CI. Promovido por Gilbert Simpson Rima cc Gilberto Simpson
Raynor a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía
del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de mayo del 2016.—Licda.
Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016031595 ).
Se cita y emplaza a los
que en carácter de causahabientes de Ricardo Orlich Figueres, quien fue mayor,
casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 2-0191-0650 y falleció
el 24 de agosto del 2015, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consignación de
prestaciones bajo el número 16-000279-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Expediente N° 16-000279-0173-LA. Promovido por Beatriz Soley Umaña a favor de
sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo
Circuito Judicial de San José, 10 de mayo del 2016.—Licda. Ileana García
Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016031598 ).
A los causahabientes de
quien en vida se llamó Gilda Naranjo Jiménez, con cédula de identidad Nº
6-277-464, se les hace saber que: Dan Fred Rodríguez Elizondo, cédula Nº
6-277-464, se apersonan en este Despacho en calidad de esposo de la fallecida y
padre del menor Steven Rodríguez Naranjo, a fin de promover las presentes
diligencias de trabajador fallecido. Por ello, se les cita y emplaza por medio
de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones de la trabajadora
fallecida Gilda Naranjo Jiménez, expediente Nº 16-000207-0643-LA-2.—Juzgado
de Trabajo de Mayor Cuantía de Puntarenas, cinco de mayo del dos mil
dieciséis.—Lic. José Celso Fernández Delgado, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2016032170 ).
Se cita y emplaza a los
que en carácter de causahabientes de Giovanni Gerardo Herrera Marín, quien fue
mayor, casado, peón agrícola, cédula N° 4-149-577, fallecido el 03 de abril del
2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consignación prestaciones sector
público bajo el N° 16-000529-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
16-000529-1021-LA. Por Ana Lucrecia González Delgado a favor de Giovanni
Gerardo Herrera Marín.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia,
17 de mayo del 2016.—Lic. Allan Espinoza Martínez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2016032174 ).
Se hace saber: Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros
legales del fallecido Reiner Porras Villalobos, cédula 1-0494-0985, quien
falleció el diecisiete de marzo del dos mil dieciséis, quien era mayor,
soltero, técnico en comunicaciones, vecino de Alajuelita, se consideren con
derecho en este asunto, se apersonen ante el despacho dentro del plazo
improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto,
en las diligencias aquí establecidas bajo el expediente 2016-300017-0216-LA, a
hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85
del Código de Trabajo. Publíquese el edicto de Ley una vez en el Boletín
Judicial.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y
Alajuelita, 16 de mayo 2016.—Licda. Angélica Delgado Madrigal, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016032179 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
A
las ocho horas treinta minutos del cinco de agosto del dos mil dieciséis, en la
puerta exterior del local que ocupa este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, soportando reservas y restricciones bajo las citas:
0391-00005883-01-0909-001, y con la base de ciento ochenta millones ochocientos
cincuenta y ocho mil ochocientos sesenta colones, en el mejor postor, remataré:
Finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, al partido de Alajuela,
bajo el Sistema de Folio Real matrícula número doscientos cincuenta y nueve mil
setecientos cuarenta y uno-cero cero cero, que es terreno de pastos, 1 casa, 1
galerón, otros. Sita: en La Fortuna, distrito siete de San Carlos, cantón diez
de la provincia de Alajuela. Lindante: al norte, río La Fortuna y otros; al
sur, Mayela Cordero, servidumbre de paso en medio; al este, río Fortuna en
medio y otros, y al oeste, Arnulfo Cordero Alfaro. Mide: ciento ochenta mil
ochocientos cincuenta y ocho metros con ochenta y seis decímetros cuadrados.
Plano: A-0006230-1991. Propiedad de Marianne Cordero Quesada. En caso de
resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta con la rebaja del
veinticinco por ciento de ley, sea la base de ciento treinta y cinco millones
seiscientos cuarenta y cuatro mil ciento cuarenta y cinco colones, se señalan
las ocho horas treinta minutos del veintitrés de agosto del dos mil dieciséis.
En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas,
para la tercera almoneda con la base del veinticinco por ciento de la base
original, sea la base de cuarenta y cinco millones doscientos catorce mil
setecientos quince colones, se señalan las ocho horas treinta minutos del siete
de setiembre del dos mil dieciséis. Lo anterior por estar así ordenado en
proceso de ejecución de sentencia dentro de ordinario de Productos Agrícolas
Ramírez Guzmán S. A. contra Marianne Cordero Quesada y otro. Expediente Nº
11-000065-0298-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, Ciudad Quesada, 16 de mayo del 2016.—Lic. Federico Villalobos
Chacón, Juez.—Exonerado.—( IN2016034272 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada citas: 0368-00001950-01-0902-001; servidumbre trasladada citas:
0406-00001918-01-0900-001; servidumbre sirviente citas:
0406-00001918-01-0901-001; reservas y restricciones citas:
0406-00001918-01-0902-001, a las trece horas y treinta minutos del ocho de
julio del dos mil dieciséis, y con la base de doscientos treinta y siete mil
trescientos setenta y un dólares con catorce centavos, en el mejor postor, remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento
sesenta y dos mil quinientos cincuenta y dos cero cero cero, la cual es terreno
para construir lote 19, bloque B, finca se encuentra en zona catastrada.
Situada: en el distrito 03-La Asunción, cantón 07-Belén, de la provincia de
Heredia. Colinda: al norte, lote 18 bloque B; al sur, lote 20 bloque B; al
este, lote 34 bloque B, y al oeste, calle 1 con frente a ella de 15.01 metros.
Mide: quinientos veintidós metros con cuarenta nueve decímetros cuadrados. Para
el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiséis
de julio del dos mil dieciséis, con la base de ciento setenta y ocho mil
veintiocho dólares con treinta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y treinta
minutos del once de agosto del dos mil dieciséis, con la base de cincuenta y
nueve mil trescientos cuarenta y dos dólares con setenta y ocho centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Marianela
Barrantes Pineda y Servicentro La Meseta del Este Sociedad Anónima. Expediente
Nº 16-011051-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, 17 de mayo del 2016.—Licda. María
Angelina Varela Valenciano, Jueza.—( IN2016034294 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las trece horas y treinta
minutos del seis de julio del dos mil dieciséis, y con la base de dieciocho mil
ciento cincuenta dólares exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente:
Vehículo: 911533, marca: Renault, automóvil, color: beige, año: dos mil doce,
marca de motor: Renault, número de motor: K siete MF siete uno cero Q cero
siete uno tres seis dos, cilindrada: un mil seiscientos centímetros cúbicos,
capacidad: cinco pasajeros, combustible: gasolina, número de chasis: nueve
FBBSRADDCM cero dos cuatro cuatro dos cinco, tracción: 4x2, carrocería: Sedan
cuatro puertas Hatchback. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y
treinta minutos del veintiuno de julio del dos mil dieciséis, con la base de trece
mil seiscientos doce dólares con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y treinta
minutos del nueve de agosto del dos mil dieciséis, con la base de cuatro mil
quinientos treinta y siete dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ana Gabriela Villalta
Villareal, Silvia Villarreal Castillo. Expediente Nº 15-005270-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de
mayo del 2016.—Msc. Christian Mora Acosta, Juez.—( IN2016034300 ).
A las diez horas del
cinco de julio del año dos mil dieciséis, en la puerta exterior de este
Juzgado, y con la base de quinientos noventa y tres mil novecientos sesenta y
dos colones con treinta céntimos, en el mejor postor, remataré: vehículo placas
292227, marca Volkswagen, capacidad para cinco personas, año 1990, carrocería
sedán cuatro puertas, chasis: WVWRA21GOLW517487, número de motor: RV146679, el
cual soporta contrato prendario inscrito bajo las citas; tomo: 2009, asiento:
56676. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso: ejecutivo
simple, Nº 07-031853-0170-CA, de Banco Nacional de Costa Rica contra Rafael
José Picado Chinchilla.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del
Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de mayo del 2016.—Lic. Margarita
Mena Gutiérrez, Jueza.—( IN2016034314 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de
paso bajo las citas tomo 0432, asiento 12072, secuencia 01, subsecuencia 0007,
servidumbre de paso bajo las citas tomo 0432, asiento 12072, secuencia 01,
subsecuencia 0018, a las quince horas y treinta minutos del dieciocho de julio
del año dos mil dieciséis y con la base de veintinueve mil siete dólares con
catorce centavos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula Nº 451331-000 la cual es terreno de construir. Situada en
el distrito 02 San Miguel, cantón 06 Naranjo de la provincia de Alajuela.
Colinda: al noreste, resto de Rafael Ángel Pacheco Chinchilla, y servidumbre
agrícola con 07,00 metros frente al noroeste con Fernando Valenciano Molina, al
sureste resto de Rafael Ángel Pacheco Chinchilla, Federico Villalobos
Villalobos y servidumbre agrícola, al suroeste con resto de Rafael Ángel
Pacheco Chinchilla. Mide: cinco mil trescientos cuarenta y un metros con
sesenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince
horas y treinta minutos del cuatro de agosto del año dos mil dieciséis con la
base de veintiún mil setecientos cincuenta y cinco dólares con treinta y seis
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las quince horas y treinta minutos del veintidós de agosto del año dos
mil dieciséis con la base de siete mil doscientos cincuenta y un dólares con
setenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra Yenis Cecilia Collazos Ordóñez, expediente Nº
15-006229-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo
Circuito Judicial de San José, 30 de marzo del 2016.—Licda. Mayela Gómez
Pacheco, Jueza.—( IN2016034316 ).
A las diez horas del
veinticuatro de junio del dos mil dieciséis, en la puerta exterior de este
Despacho, soportando las reservas y restricciones a las citas tomo: cero tres
siete tres asiento: cero cero cero uno tres siete siete dos, consecutivo: cero
uno, secuencia: cero nueve cero cero cero, subsecuencia: cero uno. Citas al
tomo: cero tres siete cinco, asiento: cero cero cero cero dos nueve cero uno,
consecutivo: cero uno, secuencia cero nueve cero tres, subsecuencia: cero cero
uno. Citas al tomo: cero tres siete cinco, asiento:cero cero cero cero dos
nueve cero uno, consecutivo: cero uno, secuencia: cero nueve cero seis,
subsecuencia: cero cero uno, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 00098676-000 la cual es terreno
parcela 22 terreno para la agricultura Asentamiento Cainama. Situada: en el
distrito 01 Golfito, cantón 07 Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, Joaquín Beita; al sur, con Ibo Jiménez; al este, calle pública con un
frente a ella de 111,63 centímetros y al oeste, Parque Nacional Esquinas. Mide:
cuarenta y dos mil setecientos ochenta y siete metros con sesenta y seis
decímetros cuadrados, y con la base de seis millones seiscientos sesenta y
cinco mil quinientos cuatro colones con setenta y un céntimos, para el primer
remate, el cual se celebrará a las diez horas (10:00 horas) del veinticuatro de
junio del dos mil dieciséis (24/06/2016), para el segundo remate la base será
de cuatro millones novecientos noventa y nueve mil ciento veintiocho colones
con cuarenta céntimos (rebaja del veinticinco por ciento de la base), se
señalan las diez horas (10:00 horas) del once de julio del dos mil dieciséis,
(11/07/2016) y para el tercer remate la base de un millón seiscientos sesenta y
seis mil trescientos setenta y seis colones con diecisiete céntimos
(veinticinco por ciento de la base original), se señalan las diez horas (10:00
horas) del veintisiete de julio del dos mil dieciséis (27/07/2016). Se remata
por ordenarse así en proceso ordinario laboral de Pedro Pablo Prendas Jiménez
contra Constancio de Jesús Umaña Arroyo. Expediente N° 11-300020-0920-LA.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores,
05 de mayo del 2016.—Lic. Dany Gerardo Matamoros Bendaña, Juez.—Exonerado.—(
IN2016034348 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las trece horas y treinta
minutos del veintisiete de junio de dos mil dieciséis, y con la base de tres
millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
seiscientos diez mil ochocientos dos cero cero cero la cual es terreno
naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 2-El General, cantón
19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, José Joaquín
Picado Vindas; al sur, Ulises Arias Hidalgo; al este, calle pública de 14
metros de ancho y al oeste, Ulises Arias Hidalgo. Mide: doscientos ochenta y
nueve metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y
treinta minutos del doce de julio de dos mil dieciséis, con la base de dos
millones seiscientos seis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece
horas y treinta minutos del veintiocho de julio de dos mil dieciséis con la
base de ochocientos sesenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra
María Alejandra Víquez Mora, expediente Nº 16-001084-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 21 de abril del 2016.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos,
Juez.—( IN2016034355 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando (citas:
371-14622-01-0951-001) condiciones ref: 039334-000, a las once horas y cero
minutos (antes meridiano) del dieciocho de julio de dos mil dieciséis, y con la
base de cinco millones trescientos sesenta mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número sesenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y uno cero cero cero la cual
es de naturaleza: terreno para agricultura lote 143. Situada en el distrito
2-Puerto Jiménez, cantón 7-Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte, Álvaro Calderón Alfaro; al sur, Pedro Álvarez Corrales; al este, calle
pública y al oeste, Flora Sánchez. Mide: cuatrocientos setenta y ocho metros
con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las once horas y cero minutos (antes meridiano) del tres de agosto de dos mil
dieciséis, con la base de cuatro millones veinte mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once
horas y cero minutos (antes meridiano) del dieciocho de agosto de dos mil
dieciséis con la base de un millón trescientos cuarenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Sidali Álvarez Herrera,
expediente Nº 16-003840-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de mayo del 2016.—Msc. Juan
Carlos Castro Villalobos, Juez.—( IN2016034359 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de
Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos (citas: 533-11573-01-0004-001),
restricciones reg art 18, ley 2825 (citas: 552-04986-01-0004-001); a las trece
horas y treinta minutos (una hora y treinta minutos pasado meridiano) del
cuatro de julio del dos mil dieciséis, y con la base de nueve millones
cuatrocientos cincuenta mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos
ochenta y ocho mil ciento cuarenta y siete cero cero uno, cero cero dos la cual
es terreno de naturaleza: terreno para construir lote 4. Situada: en el
distrito 7-Yolillal, cantón 13-Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, Construcciones e Inspecciones Rocadura M E J R S. A.; al sur
Construcciones e Inspecciones Rocadora M E J R S. A.; al este, calle pública, y
al oeste, Ángel Romero Ampie. Mide: ciento cuarenta y un metros cuadrados. Para
el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos (una hora y
treinta minutos pasado meridiano) del diecinueve de julio del dos mil
dieciséis, con la base de siete millones ochenta y siete mil quinientos colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las trece horas y treinta minutos (una hora y treinta minutos pasado
meridiano) del cuatro de agosto de dos mil dieciséis con la base de dos
millones trescientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Adela Miranda Taleno.
Expediente N° 15-007543-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 02 de mayo del 2016.—Lic. Luis
Diego Vargas Vargas, Juez.—( IN2016034361 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y
restricciones (citas: 389-15259-01-0900-001), a las ocho horas y cero minutos
(antes meridiano) del cuatro de julio de dos mil dieciséis, y con la base de
seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número doscientos uno mil trescientos dieciocho cero cero cero la cual es de
naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 3-San Antonio, cantón
2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Juana María Fonseca
Campos; al sur, calle pública con frente de 9.57 metros; al este, calle pública
con frente de 25.20 metros y al oeste, Noraida Briceño Fonseca. Mide:
trescientos veintiún metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
ocho horas y cero minutos (antes meridiano) del diecinueve de julio de dos mil
dieciséis, con la base de cinco millones sesenta y dos mil quinientos colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y cero minutos (antes meridiano) del cuatro de agosto de
dos mil dieciséis con la base de un millón seiscientos ochenta y siete mil
quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de
Ahorro y Préstamo contra Alexandra Briceño Fonseca, expediente Nº
16-001055-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 25 de abril del 2016.—Msc. Juan Carlos
Castro Villalobos, Juez.—( IN2016034365 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condi. y
reserv. Ref.: citas: 332-12428-01-0976-001, a las once horas y cuarenta y cinco
minutos (antes meridiano) del once de julio de dos mil dieciséis, y con la base
de tres millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y
ocho mil ochocientos veintidós cero cero cero la cual es naturaleza: terreno de
solar. Situada en el distrito 5-Cariari, cantón 2-Pococí, de la provincia de
Limón. Colinda: al norte, Eleonor Guzmán Gaitán; al sur, Ester Delgado
Barrantes; al este, calle pública y al oeste, Gilda Guerrero Echeverría. Mide:
trescientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas
y cuarenta y cinco minutos (antes meridiano) del veintiséis de julio de dos mil
dieciséis, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las once horas y cuarenta y cinco minutos (antes meridiano) del diez de
agosto de dos mil dieciséis con la base de ochocientos setenta y cinco mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Cristóbal de los Ángeles Hernández García, expediente Nº
16-002148-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 06 de mayo del 2016.—Lic.
Luis Diego Vargas Vargas, Juez.—( IN2016034370 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, soportando aviso catastral bajo las citas 2015, asiento 392710,
a las quince horas y treinta minutos del doce de julio de dos mil dieciséis
(03:30 p. mm del 12/07/2016), y con la base de quinientos mil dólares exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula número ciento cuarenta y tres mil novecientos cincuenta y
cuatro - cero cero cero la cual es terreno de café. Situada en el distrito (02)
Tucurrique, cantón (04) Jiménez, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte,
calle pública Chucuyo; al sur, calle pública a las vueltas; al este, calle
pública y al oeste, calle pública. Mide: ciento treinta mil setecientos ochenta
y tres metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veintiocho de julio de
dos mil dieciséis (03:30 p. m. del 28/07/2016), con la base de trescientos
setenta y cinco mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del
dieciséis de agosto de dos mil dieciséis (03:30 p. m. del 16/08/2016) con la
base de ciento veinticinco mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Elisabeth María Van Der
Kroft contra Inversiones Dieciséis Mil Dieciséis Sociedad Anónima, expediente
Nº 16-000373-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 25 de
mayo del 2016.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2016034424 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las once horas y cero minutos
del veintiséis de octubre de dos mil dieciséis, y con la base de novecientos
cincuenta y tres mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo: MOT 374427, marca Freedom, estilo ZS 200 GY 3 IV, categoría
motocicleta, capacidad dos personas, año 2014, color negro, Vin
LZSJCMLC5E5000321, cilindrada 196 cc, combustible gasolina, motor Nº
ZS167FML38E100328. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero
minutos del diez de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de setecientos
catorce mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos
del veinticinco de noviembre de dos mil dieciséis con la base de doscientos
treinta y ocho mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Instacredit S. A. contra José Ángel Montero Guillén, expediente Nº
15-016134-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 28 de marzo del 2016.—Lic. Raúl Buendía Ureña,
Juez.—( IN2016034468 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas quince minutos
del primero de noviembre del dos mil dieciséis, y con la base de novecientos
cuarenta y un mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo: placas número MOT 376320, marca Keeway, estilo Fact 150, categoría
motocicleta, capacidad dos personas, año 2013, color rojo, cilindrada 150 c.c.,
combustible gasolina, motor N° KW15QMJ326082008. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas quince minutos del dieciséis de noviembre del dos mil
dieciséis, con la base de setecientos cinco mil setecientos cincuenta colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas quince minutos del primero de diciembre del dos mil
dieciséis con la base de doscientos treinta y cinco mil doscientos cincuenta
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Alfonso José Otárola Ruiz,
expediente Nº 15-000116-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 30 de marzo del 2016.—Licda. Vanessa
Guillén Rodríguez, Jueza.—( IN2016034469 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas del veintiocho
de junio del dos mil dieciséis, y con la base de dieciséis mil cuarenta y un
dólares con cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo: placa: FJH 779, marca: Kia, serie: KNAFX411BD5813035, año: 2014, color:
bronce, cilindrada 1591 CC, capacidad 5 personas. Para el segundo remate, se
señalan las ocho horas del trece de julio del dos mil dieciséis, con la base de
doce mil treinta dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas
del veintinueve de julio del dos mil dieciséis, con la base de cuatro mil diez
dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
BAC San José Sociedad Anónima contra Josué Jiménez Vargas. Expediente N°
16-000616-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 24 de mayo
del 2016.—Licda. Karina Quesada Blanco, Juez.—( IN2016034471 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero
minutos del uno de noviembre del dos mil dieciséis, y con la base de un millón
ciento cuarenta y seis mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo: placas número MOT- 411288, marca Katana, estilo CR5,
categoría Motocicleta, capacidad 2 personas, año 2014, color negro, vin
LLCLPMB04EA101419, cilindrada 243 c.c., combustible gasolina, motor Nº
LC166FMMMQ041032. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero
minutos del dieciséis de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de
ochocientos cincuenta y nueve mil quinientos colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce
horas y cero minutos del uno de diciembre del dos mil dieciséis con la base de
doscientos ochenta y seis mil quinientos colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit
S. A. contra Jhean Carlos Castañeda Castañeda. Expediente N°
15-016136-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Pimer Circuito
Judicial de San José, 04 de abril del 2016.—Licda. Paula Morales González,
Jueza.—( IN2016034472 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y
restricciones citas: 0388-00016818-01-0901-001, a las diez horas y cuarenta y
cinco minutos del cuatro de julio de dos mil dieciséis, y con la base de
veintitrés millones trescientos veinte mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número setenta y tres mil trescientos noventa y nueve cero cero cero la cual es
terreno de potrero. Situada en el distrito 09 Monte Verde, cantón 01
Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Roxana y María
del Rocío Valverde G.; al sur, calle pública y Emiliano Arguedas M.; al este,
Emiliano Arguedas Méndez y otros y al oeste, calle pública a Guacimal. Mide:
dieciocho mil novecientos ocho metros con treinta y seis decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del
diecinueve de julio de dos mil dieciséis, con la base de diecisiete millones
cuatrocientos noventa mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco
minutos del cinco de agosto de dos mil dieciséis con la base de cinco millones
ochocientos treinta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fred Chango Trejos contra
finca El Tubu Sociedad Anónima, expediente Nº 16-000160-1207-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 04 de marzo del 2016.—Lic.
Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2016034485 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y cero
minutos del veintitrés de junio de dos mil dieciséis, y con la base de cuarenta
y cinco millones seiscientos noventa y siete mil trescientos sesenta y siete
colones con noventa céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula número veintinueve mil ochenta y dos- F cero
cero cero la cual es terreno filial trece-B que se destinara a desarrollo
residencial apta para construir la cual tendrá una altura máxima de dos pisos.
Situada en el distrito Orotina, cantón Orotina, de la provincia de 29082 F-.
Colinda: al norte, filial trece A; al sur, área común para desfogue pluvial; al
este, filial sesenta y seis y al oeste, calle pública del condominio. Mide:
tres mil novecientos quince metros con nueve decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del ocho de julio de
dos mil dieciséis, con la base de treinta y cuatro millones doscientos setenta
y tres mil veinticinco colones con noventa y tres céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del veintiséis de julio de dos mil dieciséis con la base de once
millones cuatrocientos veinticuatro mil trescientos cuarenta y un colones con
noventa y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Horacio
Quesada Sancho, expediente Nº 15-001555-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Puntarenas, 23 de setiembre del 2015.—Lic. José Manuel
Sánchez Montero, Juez.—( IN2016034487 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos
del tres de noviembre del dos mil dieciséis, y con la base de setecientos ocho
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa
mot 340567, marca: Jinan Qingqi, estilo: QM 150 9 D, categoría; motocicleta,
año 2012, color Rojo, vin LV7MJ4404CC000082, motor: N° 162FMJ1206051185,
cilindrada: 150 c.c. Para el segundo remate, se señalan las once horas y cero
minutos del dieciocho de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de
quinientos treinta y un mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y cero minutos
del cinco de diciembre de dos mil dieciséis con la base de ciento setenta y
siete mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Shirley Patricia Quesada
Córdoba. Expediente N° 15-009014-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 22 de abril del 2016.—Lic. Raúl
Buendía Ureña, Juez.—( IN2016034489 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las siete horas y treinta
minutos del treinta y uno de octubre de dos mil dieciséis, y con la base de
trece millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento
veintidós mil trescientos setenta y seis cero cero cero la cual es terreno para
construir, bloque D, lote 1. Situada en el distrito 02 San Juan Grande, cantón
02 Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Inversiones Mabrode
S. A.; al sur, calle pública; al este, calle pública y al oeste, lote 42. Mide:
doscientos once metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del quince de
noviembre de dos mil dieciséis, con la base de nueve millones novecientos mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del treinta de noviembre
de dos mil dieciséis con la base de tres millones trescientos mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra James Anthony Mora Hampton, Luis
Miguel Ugalde Rojas, expediente Nº 16-000170-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y
Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 13 de mayo del 2016.—Lic. Douglas
Quesada Zamora, Juez.—( IN2016034501 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
dominante citas: 330-01293-01-0024-001; servidumbre dominante citas:
330-01293-01-0026-001; a las nueve horas y cero minutos del veintisiete de
julio del dos mil dieciséis, y con la base de tres millones cuatrocientos
ochenta y nueve mil seiscientos siete colones con cuarenta y siete céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número cien mil novecientos ochenta y dos cero cero cero, la cual es
terreno de frutales lote H. Situada: en el distrito San Antonio, cantón
7-Belen, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Manuel Alcázar Quesada;
al sur, Carlos González Villegas; al este, Ramón Delgado Villanea, y al oeste,
Luis Humberto Alcázar Soto. Mide: ciento sesenta y cuatro metros con noventa y
seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y
cero minutos del once de agosto de dos mil dieciséis, con la base de dos
millones seiscientos diecisiete mil doscientos cinco colones con sesenta
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las nueve horas y cero minutos del veintinueve de agosto del dos mil
dieciséis, con la base de ochocientos setenta y dos mil cuatrocientos un
colones con ochenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra William Ortega Burgalin. Expediente N° 15-006677-1158-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 05 de mayo del
2016.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2016034511 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada, citas: 392-01982-01-0900-001, a las catorce horas y treinta minutos
(2:30 p.m.) del veintidós de junio de dos mil dieciséis, y con la base de tres
millones cuatrocientos trece mil ciento setenta colones con setenta y dos
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula Nº 133152-000 la cual es terreno para construir. Situada
en el distrito 7 Tuis, cantón 5 Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda:
al norte, Guillermo Cordero Cordero; al sur, camino público; al este, Efraín
Badilla Núñez y al oeste, Carmen Torres Monge. Mide: doscientos noventa y nueve
metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las catorce horas y treinta minutos (2:30 p. m.) del siete de julio de dos mil
dieciséis, con la base de dos millones quinientos cincuenta y nueve mil
ochocientos setenta y ocho colones con cuatro céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y treinta minutos (2:30 p.m.) del veintidós de julio de dos mil dieciséis con
la base de ochocientos cincuenta y tres mil doscientos noventa y dos colones
con sesenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra
Manuel Muñoz Fernández, María Sojo Ortega, expediente Nº 16-001299-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 24 de mayo del 2016.—Lic. Guillermo
Ortega Monge, Juez.—( IN2016034517 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cero minutos
del veintisiete de junio del dos mil dieciséis, y con la base de cinco millones
novecientos sesenta y seis mil quinientos veinte colones con cincuenta y cinco
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas N°
CL-170666, marca Isuzu, estilo NKR, categoría carga liviana, capacidad 3 personas,
serie JAANKR66LY7100118, año 2000, carrocería caja cerrada o furgón, color
celeste, tracción 4X2, chasis JAANKR66LY7100118, vin JAANKR66LY7100118, motor
Nº 690567, cilindrada 4334 c.c., combustible diésel. Para el segundo remate, se
señalan las ocho horas y cero minutos del doce de julio del dos mil dieciséis,
con la base de cuatro millones cuatrocientos setenta y cuatro mil ochocientos
noventa colones con cuarenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos
del veintiocho de julio del dos mil dieciséis con la base de un millón
cuatrocientos noventa y un mil seiscientos treinta colones con trece céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Víctor Manuel Rojas Castro contra Esteban Alejandro Brenes Ulloa.
Expediente N° 16-000773-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
28 de abril del 2016.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—( IN2016034524 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones, a
las trece horas y treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil dieciséis,
y con la base de un millón doscientos cuarenta y seis mil quinientos cincuenta
y un colones con veinticinco céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 113294-cero cero cero la
cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito 6- Colorado,
cantón 2 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con
20,00 metros; al sur, Oldemar Díaz Chaves; al este, lote dos de Lilliam Marcela
Díaz Mesén y al oeste, Oldemar Díaz Chaves. Mide: ochocientos setenta y cinco
metros con seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
trece horas y treinta minutos del trece de julio de dos mil dieciséis, con la
base de novecientos treinta y cuatro mil novecientos trece colones con cuarenta
y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintinueve de julio
de dos mil dieciséis con la base de trescientos once mil seiscientos treinta y
siete colones con ochenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Alexis Romaldo Díaz Mesén, expediente Nº
16-000069-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia
Cobro), 09 de febrero del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—(
IN2016034531 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando 8 servidumbres
sirvientes, 6 servidumbres trasladadas y aviso catastral; a las catorce horas y
cero minutos del uno de julio de dos mil dieciséis -2:00 p.m. 01/07/2016-, y
con la base de trece millones novecientos seis mil setecientos noventa y cuatro
colones con cincuenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 174.689-000 la cual es
terreno de potrero. Situada en el distrito 03 Carmen, cantón 01 Cartago, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, Hermanos Jiménez Boulanger, Elías
Rosales Escalante, Marco Masís; al sur, Eulogio Monge Quesada y Kenneth Hasman;
al este, calle pública y al oeste, sucesión de Francisco Calvo. Mide: veintidós
mil trescientos noventa y ocho metros con treinta y cuatro decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del dieciocho de julio de dos mil dieciséis 2:00 p. m. 18/07/2016, con la base
de diez millones cuatrocientos treinta mil noventa y cinco colones con ochenta
y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del cuatro de agosto de dos
mil dieciséis 2:00 p. m. 04/08/2016, con la base de tres millones cuatrocientos
setenta y seis mil seiscientos noventa y ocho colones con sesenta y tres
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: en caso de que
existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma
correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se
consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que
se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Enrique Padilla Bonilla
contra Rodolfo Antonio Vega Córdoba, expediente Nº 16-001600-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 04 de mayo del 2016.—Licda. Yanin
Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2016034543 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada citas: 0364-00011180-01-0971-001, reservas y restricciones citas:
0390-00002522-01-0850-001, a las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de
junio de dos mil dieciséis, y con la base de ocho millones doscientos cincuenta
y un mil setecientos sesenta y tres colones con cincuenta y cinco céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula Nº 122051-000 la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito
06 Alegría, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte,
calle pública; al sur, Manuel López Brenes; al este, Manuel López Brenes y al
oeste, Edith López López. Mide: cuatrocientos cincuenta y cinco metros con
noventa y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
ocho horas y treinta minutos del seis de julio de dos mil dieciséis, con la
base de seis millones ciento ochenta y ocho mil ochocientos veintidós colones
con sesenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de
julio de dos mil dieciséis con la base de dos millones sesenta y dos mil
novecientos cuarenta colones con ochenta y ocho céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Cooperativa de Ahorro y Crédito Ande Nº 1 contra Alexis López Brenes,
expediente Nº 16-001001-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
04 de mayo del 2016.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2016034603 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y treinta
minutos del uno de julio del dos mil dieciséis,
y con la base de dos millones doscientos mil colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: CL-105771, marca Isuzu, estilo
N.K.R, categoría carga liviana, capacidad tres personas, año 1989, carrocería
ganadero, color azul, N° motor 950909, cilindrada 3268 c.c., 4 cilindros
combustible diésel. Para el segundo remate, se señalan las once horas y treinta
minutos del dieciocho de julio del dos mil dieciséis, con la base de un millón
seiscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y treinta minutos
del cinco de agosto del dos mil dieciséis, con la base de quinientos cincuenta
mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Marlene Mayela Valerio Jiménez contra Eduardo de Jesús Serrano
Sánchez. Expediente N° 14-001025-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de
Cartago, 12 de mayo del 2016.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—(
IN2016034612 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las diez horas del diecinueve
de julio de dos mil dieciséis, y con la base de cinco millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: CL-179683, serie:
JALB4B1K1S7013938, marca: Isuzu, color: blanco, año: 1995, carga liviana. Para
el segundo remate se señalan las diez horas del cinco de agosto de dos mil
dieciséis, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas del veintitrés de agosto de dos mil dieciséis con la
base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Actividades Comerciales Diversas El Roble Sociedad contra
Desarrollos Habitacionales B YC Sociedad Anónima, expediente Nº
12-012570-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 24 de mayo
del 2016.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2016034620 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y cero
minutos del veintitrés de junio del dos mil dieciséis, y con la base de
seiscientos quince mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 180685-000 la cual es
terreno jardines y potrero con una casa. Situada: en el distrito 02 San
Antonio, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
calle pública; al sur, Acueductos y Alcantarillados; al este, Matoba S. A., y
al oeste, Inversiones San Sebastián S. A. Mide: tres mil novecientos cincuenta
y un metros con noventa y ocho decímetros cuadrados cuadrados. Para el segundo
remate, se señalan las trece horas y cero minutos del ocho de julio del dos mil
dieciséis, con la base de cuatrocientos sesenta y uno mil doscientos cincuenta
dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las trece horas y cero minutos del veintiséis de julio del
dos mil dieciséis, con la base de ciento cincuenta y tres mil setecientos
cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Sussy Mónica Molina Solís. Expediente N° 16-007979-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 19 de mayo
del 2016.—Carlos Alberto Marín Angulo, Juez.—( IN2016034668 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, al ser las diez horas del primero de julio del dos mil
dieciséis, con la base de seis millones quinientos mil colones, libre de
gravámenes (base de la garantía preferente vencida), se procederá a rematar el
inmueble embargado en autos. Finca que se describe así, inscrita en el Registro
Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, matrícula 203935 derecho
000 la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito Liberia, cantón
Liberia, de la provincia Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un
frente a ella de 13.38 centímetros lineales; al sur, Norma Faerron Vargas; al
este, servidumbre de paso, y al oeste, Norma Faerron Vargas. Mide: doscientos
cincuenta y seis metros cuadrados. De no haber postores, para llevar a cabo el
segundo remate, se señalan las diez horas del dieciocho de julio del dos mil
dieciséis, con la base de cuatro millones ochocientos setenta y cinco mil
colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer
remate, se señalan las diez horas del cuatro de agosto del dos mil dieciséis,
con la base de un millón seiscientos veinticinco mil colones (un 25% de la base
original). Se remata por ordenarse así en proceso ordinario laboral Nº
14-001538-0173-LA de Marvin Antonio Mora Rojas contra Daniel Cordero Vargas.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 18
de mayo del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—Exonerado.—( IN2016034715
).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre trasladada citas 0314-00009355-01-0901-001, a las once
horas y cero minutos del diez de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de
diez mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y dos
mil novecientos setenta y dos cero cero cero la cual es terreno de potrero.
Situada en el distrito 02 San Miguel, cantón 03 Desamparados, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, Anabelle Gómez Sequeira y calle pública; al
sur, Anabelle Gómez Sequeira y quebrada; al este, Antonio Gamboa Gamboa y al
oeste, Anabelle Gómez Sequeira y calle pública. Mide: sesenta y ocho mil
seiscientos veintiún metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las once horas y cuarenta y cinco minutos del
veintinueve de agosto de dos mil dieciséis, con la base de siete mil quinientos
dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las once horas y cero minutos del trece de setiembre de dos
mil dieciséis con la base de dos mil quinientos dólares exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Inversiones Carmen Ramona S. A. contra Dennis Bermúdez
Vega, expediente Nº 11-019603-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de mayo del 2016.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—( IN2016034779 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y cero
minutos del veintisiete de junio del año dos mil dieciséis, y con la base de
doce millones nueve mil ochocientos colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº
108.065-000, la cual es terreno para construir lote 17 F con una casa de
habitación. Situada en el distrito 1, Cañas cantón 6, Cañas, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, lote 9 F; sur, calle pública; este, lote 16 F y
oeste, lote 18 F. Mide: ciento noventa y nueve metros con cincuenta decímetros
cuadrados. Plano: G- 0492358-1998. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y cero minutos del doce de julio del año dos mil dieciséis, con la base
de nueve millones siete mil trescientos cincuenta colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas
y cero minutos del veintiocho de julio del año dos mil dieciséis con la base de
tres millones dos mil cuatrocientos cincuenta colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Víctor Enrique Castro Duarte contra Luis Diego Otárola
Cambronero; expediente Nº 16-000610-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 21 de
abril del 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016034785 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas Ley
Aguas bajo las citas: 266-07092-01-0003-001, servidumbre trasladada bajo las
citas: 266-07092-01-0004-001, reservas y restricciones bajo las citas:
274-06717-01-0901-001, a las diez horas y cero minutos del cuatro de julio del
año dos mil dieciséis, y con la base de dos millones de colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula Nº 437.895-000, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 1, Quesada, cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, resto; sur, resto; este, calle pública con un frente 8,63 cm
y oeste, Édgar y Braulio ambos Araya Sáenz. Mide: doscientos cincuenta metros
cuadrados. Plano: A-0757622-2001. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y cero minutos del diecinueve de julio del año dos mil dieciséis, con la
base de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos
del cinco de agosto del año dos mil dieciséis con la base de quinientos mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Jorge Eduardo Chacón Calvo; expediente Nº 16-000542-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia
Cobro), 05 de mayo del 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—(
IN2016034803 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada citas: 0368-00013093-01-0900-001, a las diez horas y cuarenta y
cinco minutos del dieciocho de julio de dos mil dieciséis, y con la base de
sesenta y seis millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
doscientos veintinueve mil doscientos setenta y siete cero cero cero la cual es
terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Orotina, cantón
09 Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte vía férrea
ferrocarril eléctrico; al sur, calle pública con frente 15m 05cm; al este,
Gerardo Alvarado Quesada y al oeste, Paquita Brich Baldoma. Mide: mil
cuatrocientos ochenta metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del tres de
agosto de dos mil dieciséis, con la base de cuarenta y nueve millones
ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco
minutos del diecinueve de agosto de dos mil dieciséis con la base de dieciséis
millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco DE Costa Rica
contra Roy Josué Alvarado Viales, expediente Nº 15-002000-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 02 de marzo del 2016.—Lic.
Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2016034809 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones
IDA, citas: 0391-00007563-01-0941-001 y servidumbre de paso, citas:
2011-00100698-02-0005-001, a las nueve horas y cero minutos del veinticinco de
octubre del dos mil dieciséis, y con la base de veinticinco millones
cuatrocientos noventa y cuatro mil doscientos noventa y seis colones con cincuenta
y siete céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número seiscientos dieciocho mil cincuenta y dos cero
cero cero, la cual es terreno de repastos con cauce fluvial. Situada: en el
distrito Carara, cantón Turrubares, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, María Elena Quesada Durán, quebrada Bijagual y servidumbre agrícola; al
sur, María Elena Quesada Durán; al este, María Elena Quesada Durán, servidumbre
agrícola de paso y Exoodo Global EG S. A. y Heva Katorce S. A., y al oeste,
María Elena Quesada Durán, Teresa Rubí Arias, quebrada Bijagual y Alberto
Chavarría Chaves. Mide: cinco mil ochocientos cincuenta y tres metros con cero
decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero
minutos del nueve de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de diecinueve
millones ciento veinte mil setecientos veintidós colones con cuarenta y tres
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de noviembre del dos
mil dieciséis, con la base de seis millones trescientos setenta y tres mil
quinientos setenta y cuatro colones con catorce céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). 2) Libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando condiciones IDA, citas: 0391-00007563-01-0941-001 y servidumbre de
paso, citas: 2011-00100698-03-0004-001, a las nueve horas y cero minutos del
veinticinco de octubre del dos mil dieciséis, y con la base de siete millones
novecientos setenta y cuatro mil quinientos ochenta y ocho colones con
cincuenta y cuatro céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos dieciocho mil
cuarenta y siete cero cero cero, la cual es terreno de zona verde con cauce
fluvial. Situada: en el distrito Carara, cantón Turrubares, de la provincia de
San José. Colinda: al norte, María Elena Quesada Durán, calle pública con
frente de 20,16 metros; al sur, María Elena Quesada Durán, servidumbre agrícola
en medio con frente de 73,44 metros; al este, quebrada Bijagual, Corporación
Dango JJR S. A., y al oeste, María Elena Quesada Durán y quebrada Bijagual.
Mide: dos mil quinientos setenta y tres metros con cero decímetros cuadrados.
Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de
noviembre del dos mil dieciséis, con la base de cinco millones novecientos
ochenta mil novecientos cuarenta y un colones con cuarenta y un céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil
dieciséis, con la base de un millón novecientos noventa y tres mil seiscientos
cuarenta y siete colones con trece céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). 3) Libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero
minutos del veinticinco de octubre del dos mil dieciséis, y con la base de seis
millones quinientos treinta y un mil ciento catorce colones con ochenta y nueve
céntimos en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula número seiscientos veintitrés mil quinientos setenta y nueve
cero cero cero, la cual es terreno de solar. Situada: en el distrito Carara,
cantón Turrubares, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Inversiones
Astizu S. A.; al sur, Víctor Hugo Jiménez Alpízar; al este, calle pública con
un frente a esta de 50,43 metros, y al oeste, Víctor Hugo Jiménez Alpízar.
Mide: mil sesenta y seis metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo
remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de noviembre del
dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones ochocientos noventa y ocho
mil trescientos treinta y seis colones con diecisiete céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas
y cero minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil dieciséis, con la base
de un millón seiscientos treinta y dos mil setecientos setenta y ocho colones
con setenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Desarrollos
Automotrices de Herradura EMO Sociedad Anónima, Inversiones Praderas del Sol
Sociedad Anónima. Expediente Nº 15-002081-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil
de Menor Cuantía de Puntarenas, 13 de enero del 2016.—Lic. Carlos Marín
Angulo, Juez.—( IN2016034810 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y cuarenta y
cinco minutos del catorce de setiembre de dos mil dieciséis, y con la base de
veintiocho mil quinientos cuatro dólares con treinta y ocho centavos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas Nº 890937, marca Mini,
estilo Countryman, categoría automóvil, capacidad 4 personas, año 2011, color
azul, vin WMWZC3100BWL42687, cilindrada 1600 c. c. combustible gasolina, motor
Nº A1451897. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y
cinco minutos del treinta de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de
veintiún mil trescientos setenta y ocho dólares con veintinueve centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de octubre de dos mil
dieciséis con la base de siete mil ciento veintiséis dólares con diez centavos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco Lafise S. A. contra Cabo Noromatila S. A., expediente Nº
14-018854-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 24 de mayo del 2016.—Licda. Audrey Abarca Quirós,
Jueza.—( IN2016034816 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta
minutos del veintisiete de julio del dos mil dieciséis, y con la base de
cincuenta y ocho millones setecientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número veintisiete mil novecientos noventa y cinco-A-cero cero uno, cero cero
dos, la cual es terreno solar con una casa. Situada: en el distrito 1-Liberia,
cantón 1-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, avenida
quinta; al sur, Elena María Rivas Álvarez; al este, Carlos Eloit Viales
Coronado y al oeste, Natividad Loáiciga Loáiciga. Mide: cuatrocientos noventa y
cuatro metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano: G-0023834-1975.
Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del doce de
agosto del dos mil dieciséis, con la base de cuarenta y cuatro millones
veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para
la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta de
agosto del dos mil dieciséis con la base de catorce millones seiscientos
setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Agnes María Salazar López. Expediente N° 16-000237-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
Liberia (Materia Cobro), 16 de mayo del 2016.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen,
Juez.—( IN2016034878 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones citas: 322-11377-01-0901-002, plazo de convalidación
(rectificación de medida), citas: 2009-101705-01-0011-001; a las catorce horas
y treinta minutos del veintiocho de julio del dos mil dieciséis y con la base
de cuatro millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número ciento ochenta mil novecientos dos cero cero cero, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito sétimo Arenal, cantón octavo Tilarán de
la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte: Erlindo Mejías Calvo; al sur:
calle pública; al este: Erlindo Mejías Calvo y al oeste: Erlindo Mejías Calvo.
Mide: doscientos noventa y tres metros cuadrados. Plano: G-1433940-2010. Para
el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del dieciséis
de agosto del año dos mil dieciséis, con la base de tres millones doscientos
ochenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y treinta minutos del treinta y uno de agosto del dos mil dieciséis, con la
base de un millón noventa y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Juan Carlos Mejías Mora. Expediente: 15-001244-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
Liberia (Materia Cobro), 16 de mayo del 2016.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén,
Juez.—( IN2016034879 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero
minutos del veintiocho de julio del año dos mil dieciséis, y con la base de
veintiocho millones seiscientos noventa y nueve mil doscientos noventa y cuatro
colones con cincuenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento
dos mil seiscientos sesenta y dos cero cero cero, la cual es terreno para
construir. Situada: en el distrito 1 Liberia, cantón 1 Liberia, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 19 metros 97 centímetros de
frente; al sur, Manuel de Jesús Vanegas Evora; al este, Hernán Blanco Cubillo,
y al oeste, Olmán Enrique Quedo Chávez. Mide: mil quince metros con trece
decímetros cuadrados. Plano: G-0000755-1991. Para el segundo remate, se señalan
las quince horas y cero minutos del dieciséis de agosto del dos mil dieciséis,
con la base de veintiún millones quinientos veinticuatro mil cuatrocientos
setenta colones con noventa y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cero minutos
del treinta y uno de agosto del dos mil dieciséis con la base de siete millones
ciento setenta y cuatro mil ochocientos veintitrés colones con sesenta y cuatro
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Carlos Alberto Ugalde Rojas.
Expediente N° 16-000178-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito
del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia (Materia Cobro), 16 de
mayo del 2016.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—( IN2016034880 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero
minutos del veintinueve de julio del año dos mil dieciséis, y con la base de
treinta y ocho millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número ciento treinta y siete mil cuarenta cero cero cero la cual es terreno de
salón baile casa carnicera y local comercial. Situada en el distrito primero
Santa Cruz, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, Berta Velásquez Ramírez; al sur, calle pública; al este, calle
pública y al oeste, Renacer de las Golondrinas Pamperas S. A. y Marieta Matarrita
Matarrita. Mide: cuatrocientos quince metros con ochenta y siete decímetros
cuadrados. Plano: G-0907403-2004. Para el segundo remate se señalan las catorce
horas y cero minutos del diecisiete de agosto del año dos mil dieciséis, con la
base de veintiocho millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y cero minutos del primero de setiembre del año dos mil
dieciséis con la base de nueve millones seiscientos veinticinco mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Benito Alcibiades Ortega Briceño.
Exp. N° 15-001886-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia (Materia Cobro), 23 de mayo
del 2016.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—( IN2016034882 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de
líneas eléctricas y de paso citas 518-15001-01-0001-001, servidumbre de líneas
eléctricas y de paso citas 518-15001-01-0045-001; a las nueve horas y treinta
minutos del veintisiete de julio del dos mil dieciséis, y con la base de
treinta y siete millones ochocientos diez mil ochocientos cincuenta colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número treinta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y
cuatro-F-cero cero cero, la cual es terreno finca filial número quince terreno
apto para construir que se destinará a uso habitacional la cual no podrá tener
una altura máxima de un nivel. Situada: en el distrito 1-Hojancha, cantón
11-Hojancha, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al noreste, finca filial
catorce; al noroeste, acceso uno y área común para paso de tubería; al sureste,
Loma Alta de San José S. A., y al suroeste, Loma Alta de San José S. A. Mide:
mil doscientos diecisiete metros con veinticinco decímetros cuadrados. Plano:
G-0825663-2002. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta
minutos del doce de agosto del dos mil dieciséis, con la base de veintiocho
millones trescientos cincuenta y ocho mil ciento treinta y siete colones con
cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta de agosto del
dos mil dieciséis, con la base de nueve millones cuatrocientos cincuenta y dos
mil setecientos doce colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Ángela Socorro Soto Solís. Expediente N° 15-001957-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
Liberia (Materia Cobro), 13 de mayo del 2016.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén,
Juez.—( IN2016034883 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y quince
minutos del tres de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de tres
millones seiscientos un mil novecientos cincuenta y un colones con setenta y un
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas N° 612432,
marca Honda, estilo TKB, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 1997,
color rojo, vin 2HCGEJ6326VH109778. Cilindrada 1600 c.c., combustible gasolina,
motor Nº D16V72562493. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y
quince minutos del veintidós de agosto del dos mil dieciséis, con la base de
dos millones setecientos un mil cuatrocientos sesenta y tres colones con
setenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la
tercera subasta, se señalan las catorce horas y quince minutos del siete de
setiembre del dos mil dieciséis, con la base de novecientos mil cuatrocientos
ochenta y siete colones con noventa y dos céntimos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credicom FN S. A. contra
Humberto Antonio de La Trinidad Hernández Brenes, Humberto Antonio Hernández
Azofeifa. Expediente N° 15-025214-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 06 de enero del 2016.—MSc.
Yesenia Solano Molina, Jueza.—( IN2016034929 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta
minutos del cuatro de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de once mil
quinientos cuarenta y ocho dólares con ochenta y un centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 706666. Marca B.M.W.
Estilo Mini Cooper S. Categoría automóvil. Capacidad 4 personas. Año 2007.
Color amarillo. Vin WMWMF73547TT81163. Cilindrada 1600 c.c. combustible
gasolina. Motor Nº no existe. Para el segundo remate se señalan las nueve horas
y treinta minutos del veintidós de agosto de dos mil dieciséis, con la base de
ocho mil seiscientos sesenta y un dólares con sesenta y un centavos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve
horas y treinta minutos del seis de setiembre de dos mil dieciséis con la base
de dos mil ochocientos ochenta y siete dólares con veinte centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Financiera Desyfin S. A. contra Emilio Porras Arguedas. Exp. N° 16-000438-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de
mayo del 2016.—Licda. Audrey Abarca Quirós, Juez.—( IN2016034958 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y treinta
minutos del veintiséis de julio del año dos mil dieciséis, y con la base de
veintiún millones catorce mil doscientos ochenta y dos colones con un céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula número cuatrocientos noventa y ocho mil trescientos noventa y
cuatro cero cero cero la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 4-San
Rafael Arriba, cantón 3- Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al
noreste, noreste Graca del Ciprés S.R.L.; al noroeste, noreste calle pública;
al sureste, sureste Graca del Ciprés S.R.L. y al suroeste, suroeste Graca del
Ciprés S.R.L. Mide: ciento cincuenta y ocho metros con siete decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos
del once de agosto del año dos mil dieciséis, con la base de quince millones
setecientos sesenta mil setecientos once colones con cincuenta céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas y treinta minutos del veintinueve de agosto del año dos mil
dieciséis con la base de cinco millones doscientos cincuenta y tres mil
quinientos setenta colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Banco Davivienda (Costa Rica) S. A contra José Francisco Hidalgo Valverde,
expediente Nº 15-001207-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón (Materia Cobro), 16 de mayo del
2016.—Licda. Paola Rodríguez Godínez. Jueza.—( IN2016034982 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones citas: 351-17446-01-0900-001; a las catorce horas y cuarenta y
cinco minutos del veintisiete de junio de dos mil dieciséis, y con la base de
dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y seis mil
doscientos diecinueve cero cero cero la cual es terreno naturaleza: porción a-
de solar para construir. Situada en el distrito 1-Nicoya, cantón 2-Nicoya, de
la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Salvador Fajardo Toruño; al sur,
calle pública con 14 m 60 cm; al este, José Segundo Oconor y al oeste,
Cementerio de Nicoya. Mide: trescientos veintidós metros con nueve decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta y
cinco minutos del doce de julio del dos mil dieciséis, con la base de un millón
quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del
veintiocho de julio de dos mil dieciséis con la base de quinientos mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra
Carlos Enrique Jiménez Ríos, Sabina Eugenia Ríos Ortega. Exp. N°
16-001280-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 22 de abril del año
2016.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—( IN2016034985 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero
minutos del veintiséis de julio del dos mil dieciséis, y con la base de un
millón quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta
y seis mil setecientos sesenta y tres cero cero cero, la cual es terreno para
construir con 1 casa. Situada: en el distrito primero Cañas, cantón sexto
Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Rodolfo Zeledón
Morales; al sur, calle pública con 10 metros; al este, Jorge Luis Trejos
Esquivel, y al oeste, quebrada a zanjón y otro. Mide: doscientos metros con
cero decímetros cuadrados. Plano G-0638717-1986. Para el segundo remate, se
señalan las catorce horas y cero minutos del once de agosto del dos mil
dieciséis, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las catorce horas y cero minutos del veintinueve de agosto del dos mil
dieciséis con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Nery
Espinoza Calvo contra Vicesa de Cañas S. A. Expediente N° 16-000588-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
Liberia (Materia Cobro), 10 de mayo del 2016.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén,
Juez.—( IN2016034991 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta
minutos del veintisiete de julio del año dos mil dieciséis, y con la base de
ocho millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta
y nueve mil cuatrocientos catorce cero cero cero la cual es terreno de patio
con 1 casa. Situada en el distrito 03 Sardinal, cantón 05 Carrillo, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte calle pública con12 m; al sur, Ilsis
Contreras; al este, Ilsis Contreras y al oeste, Rosibel González y otros. Mide:
doscientos cuarenta y ocho metros con ochenta y seis decímetros cuadrados.
Plano: G-0475074-1982. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
treinta minutos del doce de agosto del año dos mil dieciséis, con la base de
seis millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y treinta minutos del treinta de agosto del año dos mil dieciséis con la base
de dos millones ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Nelson Ulises Navarro González. Exp. N°
16-000284-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia (Materia Cobro), 16 de mayo del
2016.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—( IN2016035062 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y
restricciones citas: 0304-00003313-01-0901-001, servidumbre sirviente citas:
0350-00014686-01-0001-001, a las ocho horas y treinta minutos del diez de
octubre de dos mil dieciséis, y con la base de treinta y cinco millones
cuatrocientos ochenta y tres mil setecientos treinta y un colones con cuarenta
y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en
el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintinueve mil novecientos
veintiuno cero cero cero la cual es terreno para construir bloque B lote 4B.
Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, lote 3B; al sur, lote 5B; al este, resto
destinado a calle pública con un frente de 8.00 metros y al oeste, Inversiones
Viales y Solórzano S. A. Mide: doscientos metros con cero decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del
veintiséis de octubre de dos mil dieciséis, con la base de veintiséis millones
seiscientos doce mil setecientos noventa y ocho colones con cincuenta y nueve
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de noviembre de dos mil
dieciséis con la base de ocho millones ochocientos setenta mil novecientos
treinta y dos colones con ochenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de
Cartago contra Greivin Alonso Rojas Pizarro, expediente Nº 16-000311-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 27 de mayo del 2016.—Lic.
Alejandro Brenes Cubero, Juez.—( IN2016035071 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, pero soportando
reservas y restricciones citas 0312-00000469-01-0902-001, a las quince horas
cero minutos del doce de julio del año dos mil dieciséis, y con la base de
cuarenta y cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento
cincuenta y tres mil doscientos treinta y siete cero cero cero la cual es
terreno para construir 03. Situada en el distrito 09-Brunka, cantón 03-Buenos
Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Dora Emilia Moya
Brenes; al sur, Dora Emilia Moya Brenes; al este, calle pública con un frente
de 21,46 metros y al oeste, Carmen Torres Moya. Mide: mil quinientos ochenta y
siete metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las quince horas cero minutos del veintiocho de julio del año dos mil
dieciséis, con la base de treinta y tres millones de colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince
horas cero minutos del diecisiete de agosto del año dos mil dieciséis con la
base de once millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Elías
Espinoza Murillo, expediente Nº 16-001468-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón (Materia
Cobro), 05 de mayo del 2016.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(
IN2016035106 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, remataré al mejor postor, la finca del partido de Puntarenas
matrícula Nº 60039-000, soportando reservas y restricciones, citas al tomo 362,
asiento 856, consecutivo: 01, secuencia: 904, subsecuencia: 001, que se
describe. Naturaleza: charral, para construir, con dos casas, fabricadas,
Situada en: distrito uno, San vito, cantón octavo, Coto Brus, de la provincia
de Puntarenas. Linda: norte, Róger Cordero Campos y María Ester Madrigal Ugalde;
sur, Nelly Alpízar Chaves; este, calle pública con cincuenta y cuatro metros y
veintitrés centímetros y oeste, Carlos Aguilar Blanco y Olman Zúñiga Centeno.
Mide: cuatro mil doscientos dos metros con sesenta y nueve decímetros
cuadrados. Plano: P-0829817-1989, y la finca del partido de Puntarenas
matrícula Nº 6-22462B-000, soportando condiciones, referencia 2394 271 001
citas al tomo 306, asiento 10131, consecutivo: 001, secuencia 0951,
subsecuencia 001, que se describe; naturaleza: pastos, tacotales-montaña con
una casa. Situada: distrito cuarto, Limoncito, cantón: Coto Brus, de la
provincia de Puntarenas. Linda: norte, quebrada Huacal en medio con Virgilio
Araya Zúñiga y Eli Alvarado; sur, Adolfo Mayorga Ovares y Tostadora San Vito S.
A.; este: calle pública, Carlos Rodríguez Mejías, Rodolfo Mayorga Ovares y
oeste, Tostadora San Vito S. A. Mide: quinientos sesenta y siete mil
seiscientos setenta y un metros con cuarenta decímetros cuadrados. Plano:
P-0150669-1993. Con las siguientes bases: para cada una de las fincas 1-)
Veinticinco millones de colones, remate que se celebrará a las ocho horas
treinta minutos del seis de julio de dos mil dieciséis. 2-) Para el segundo
remate con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones,
(rebaja del veinticinco por ciento de la base), se señalan las ocho horas
treinta minutos del veintiuno de julio de dos mil dieciséis. 3-) Para el tercer
remate con la base de seis millones doscientos cincuenta mil colones por cada
finca ( rebaja del veinticinco por ciento de la base original), se señalan las
ocho horas treinta minutos del ocho de agosto de dos mil dieciséis. Publíquese
el edicto de Ley, (artículo 21.5 L.C.J). Proceso ejecución hipotecaria Nº
10-100207-0920-CI. Actor: Banco de Costa Rica contra Tostadora San Vito S. A.—Juzgado
Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Corredores, 18 de mayo
de 2016.—Lic. Dany Gerardo Matamoros Bendaña, Juez.—( IN2016035107 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de
paso citas 377-2841-01; para el primer remate, se señalan las catorce horas
cero minutos del cinco de julio del dos mil dieciséis, y con la base de
dieciséis millones doscientos cuarenta mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N°
225853-000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 02 La
Virgen, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, con
calle pública; al sur, con Julieta Salazar Carballo; al este, Joel Álvaro
Chavarría, y al oeste, con el resto reservado de Centro de Servicio Cordero S.
A. Mide: setecientos metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo
remate, se señalan las catorce horas cero minutos del veinte de julio del dos
mil dieciséis, con la base de doce millones ciento ochenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las catorce horas cero minutos del cuatro de agosto del dos mil dieciséis con
la base de cuatro millones sesenta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). 2) Finca inscrita en el Registro Público, Partido
de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N°
225854-000, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de
paso citas 377-2841-01; para el primer remate, se señalan las catorce horas
cero minutos del cinco de julio del dos mil dieciséis, y con la base de
veintiuno millones setecientos sesenta y nueve mil quinientos doce colones
exactos, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 02 La
Virgen, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, con
calle publica; al sur, con Rosa Moreira Alvarado; al este, con el resto
reservado de Centro de Servicio Cordero S. A., y al oeste, con el resto
reservado de Centro de Servicio Cordero S. A. Mide: setecientos metros con cero
decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas cero
minutos del veinte de julio del dos mil dieciséis, con la base de dieciséis
millones trescientos veintisiete mil ciento treinta y cuatro colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las catorce horas cero minutos del cuatro de agosto del dos mil dieciséis con
la base de cinco millones cuatrocientos cuarenta y dos mil trescientos setenta
y ocho colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra Ana Iris Sosa Rojas, Macovi de Sarapiquí S. A. Expediente N°
14-002459-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo
Circuito Judicial de San José, 12 de mayo del 2016.—Lic. Carlos Alberto
Marín Angulo, Juez.—( IN2016035121 ).
Se convoca a todas las personas interesadas en
la sucesión de Norman Quirós Barrantes, a una junta que se verificará en este
Juzgado a las ocho horas treinta minutos del primero de julio del dos mil
dieciséis, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926
del Código Procesal Civil. Expediente Nº 07-000425-0390-CI.—Juzgado Civil y
Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya (Materia Civil),
13 de mayo del 2016.—Lic. Carlos Eduardo Arce
Matarrita, Juez.—1 vez.—( IN2016034844 ).
Se convoca a todas las
personas interesadas en la sucesión de Socorro Monge Hernández, a una junta que
se verificará en este Juzgado a las diecisiete de junio del dos mil dieciséis,
a las ocho horas (08:00 a. m.), para conocer acerca de los extremos que
establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº
01-100209-0424-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de
la Zona Sur (Corredores), 29 de abril del 2016.—Lic. Dany Gerardo Matamoros
Bendaña, Juez.—1 vez.—( IN2016034861 ).
Se convoca a todos los
interesados en la sucesión de Zacarías Rodríguez Retana, mayor, casado una vez,
agricultor, con cédula número uno-doscientos tres-ciento cincuenta y uno,
vecino de Buenos Aires Puntarenas; a una junta que se verificará en este
Juzgado, a las ocho horas treinta minutos del veinte de junio del dos mil
dieciséis, con el fin de conocer de los extremos que señala el artículo 926 del
Código Procesal Civil. Expediente N° 14-100020-1046-CI.—Juzgado Civil de
Mayor Cuantía de Buenos Aires, 25 de abril del 2016.—Lic. Allan Montero
Valerio, Juez.—1 vez.—( IN2016035112 ).
Se hace saber que ante
este despacho se tramita el expediente N° 16-000012-0678-CI-2, donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de Rebeca Parrales
Eras, quien es mayor, casada en primeras nupcias, Técnica en Ciencias de la
Salud, portadora de la cédula de identidad número 5-0352-0572 y vecina de Limón,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el
terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito primero Matina, cantón quinto
Matina de la provincia de Limón. Colinda: al norte: con Bandeco; al sur: con la
Finca Limón Fruit Sociedad Anónima; al este: con canal artificial y al oeste:
con calle pública con un frente de once metros con sesenta y un centímetros
lineales. Mide: novecientos tres metros cuadrados. Indica la promovente que
sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de
colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra venta, y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de
posesión han consistido en siembra de tubérculos como yuca y plátano así
también como el corte de césped del terreno y mantenimiento limpio de los
linderos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Rebeca Parrales
Eras. Expediente: 16-000012-0678-CI-2.—Juzgado Civil del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 03 de mayo del 2016.—Lic. Milkan
Sánchez Aguilar, Juez.—1 vez.—( IN2016031456 ).
Nielcy Palacios Palacios,
mayor, soltera, abogada, cédula de identidad número uno-ochocientos sesenta y
tres-ciento veintiséis, vecina de Pérez Zeledón, del restaurante Brasilia,
doscientos metros al sur calle sin salida, solicita se levante información
posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de Propiedad,
la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno para
construir, situado en distrito: tercero de Potrero Grande, cantón tercero
Buenos Aires de la provincia de Puntarenas, con los siguientes linderos: norte
con calle pública; al sur con Marvin García Álvarez; al este con Adi Flores
Palacios y al oeste Marvin García Álvarez. Mide: trescientos once metros
cuadrados, según plano catastrado P-1745016-2014. El terreno antes descrito, el
solicitante ha sido el poseedora en calidad de dueño de manera pública,
pacifica e ininterrumpida por más de diez años. Estima el fundo en la suma de
tres millones quinientos mil colones, igualmente las presentes diligencias. Con
un mes de término contados a partir de la publicación de este edicto, se cita a
los interesados que se crean lesionados con esta titulación a efecto de que se
apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria. Expediente N°
15-100040-1046-CI (49-15), establecidas por Nielcy Palacios Palacios.—Juzgado
Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires, 22 de abril del 2016.—Lic. Allan
Montero Valerio, Juez.—1 vez.—( IN2016031546 ).
Se hace saber que ante
este Despacho, se tramita el expediente N° 14-000252-0297-CI donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Elías Alberto Campos Bolaños
quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Dulce Nombre de Ciudad
Quesada, San Carlos, Alajuela; un kilómetro al norte, de la escuela, portador
de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-353-075, profesión
agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de
Alajuela, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito dos, cantón
décimo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, sur, este y oeste,
Elías Alberto Campos Bolaños. Mide: trescientos veinte metros cuadrados. Indica
el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble mediante donación
que le hizo Henry Campos Bolaños, cédula 2-428-550, casado una vez, agricultor,
vecino de Dulce Nombre de Ciudad Quesada, San Carlos; 1 kilómetro al norte, de
la escuela, según escritura 88-37 otorgada ante la notaria, Heylen Zamora
Jiménez, en Ciudad Quesada, a las 15:00 horas del 5 de setiembre del 2014, con
quién liga parentesco de hermano, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en
cuidarlo, mantenerlo limpio, hacerle cercas y demás actos inherentes a un
propietario. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, Otros Inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Elías Alberto
Campos Bolaños. Exp. N° 14-000252-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, 9 de
marzo del 2015.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—( IN2016031631 ).
Se hace saber: que ante
este Despacho, se tramita el expediente N° 15-000170-0295-CI donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de André Marcial Rojas Hidalgo
quien es mayor, casado, vecino de Dulce Nombre de Naranjo, costarricense,
portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 0112680749,
profesión no indica, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia
de Alajuela, la cual es terreno que da a jardín y patio con una casa. Situada
en el distrito primero Naranjo, cantón sexto Naranjo, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, calle pública (Municipalidad de Naranjo); al sur, José David
Hidalgo Porras; al este, José David Hidalgo Porras y al oeste, José David
Hidalgo Porras y Carmen Lidia Hidalgo Porras. Mide: 295 metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de un millón quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por medio
de una compraventa con el señor José David Hidalgo Porras, y hasta la fecha lo
ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han
consistido en habitación de la vivienda y limpieza de maleza, manteniendo en
buen estado las cercas que lo delimitan. Que no ha inscrito mediante el amparo
de la Ley de Informaciones Posesorias, Otros Inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por André Marcial Rojas Hidalgo. Exp. N° 15-000170-0295-CI.—Juzgado Civil y
Trabajo de Grecia, 12 de abril del 2016.—Lic. Randall Briceño Solano,
Juez.—1 vez.—( IN2016031671 ).
Se hace saber, que ante
este Despacho se tramita el expediente N° 16-000013-0920-CI donde se promueven
diligencias de Información Posesoria por parte de, María Aurelia Castillo
Castillo, quien es mayor, estado civil soltera, ejecutiva del hogar, vecina de
Abrojo de Corredores, Puntarenas, 250 metros sur del puente de Abrojo,
portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 6-053-784, a fin
de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: terreno de patio y jardín con una casa de habitación.
Situada en el distrito primero: Corredor, cantón décimo: Corredores, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con una medida de
diez metros; al sur, este y oeste, con Carlos Mora Fernández. Mide: quinientos
cincuenta y ocho metros cuadrados, según plano catastrado número P1826418-2015.
Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de un millón de colones en igual suma las presentes diligencias. Que
adquirió dicho inmueble mediante compra venta que le hizo a Carlos Mora
Fernández, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y
quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantener el terreno
chapeado, limpio de malezas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información
Posesoria, promovida por, María Aurelia Castillo Castillo. Exp.: 16-000013-0920-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores,
02 de mayo del 2016.—Lic. Dany Gerardo Matamoros Bendaña, Juez.—1 vez.—(
IN2016031802 ).
Se hace saber: que ante
este Despacho se tramita el expediente N° 15-100078-0920-CI donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Marta Jeannethe Montoya
Pérez, quien es mayor, casada una vez, ejecutiva del hogar vecina de La Cañaza,
La Cuesta, Corredores, Puntarenas, portador a de la cédula de identidad número
seis-doscientos ochenta cero cuarenta y ocho, a fin de inscribir a su nombre y
ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca
ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno con patio, dos casas
de habitación y jardín. Situada en el distrito segundo, La Cuesta, cantón
décimo, Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Gerardo
Salazar Morales; al sur, calle pública; al oeste, Yamileth Murillo Cerdas y
Rafael Ángel Cubillo Morales y al este, Adolfo Sandí Brenes e Irma Mora
Madrigal. Mide: mil quinientos cuarenta metros cuadrados. Plano:
P-1812187-2015. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes y no existen condueños, que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro millones de colones. Que
adquirió dicho inmueble por donación verbal, que le hizo su padre el señor
Rafael Montoya Cerdas y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública,
pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cuidar el patio,
jardín, vivir en dicho terreno, siembra de algunos árboles frutales como mamón
chino, juplones y naranjas. Que no ha inscrito propiedad, mediante el amparo de
la Ley de Informaciones Posesorias, del Registro Público de la Propiedad. Se
emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria,
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación
de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.
Proceso informacion posesoria, promovida por Marta Jeannethe Montoya Pérez,
expediente Nº 15-100078-0920-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de
Corredores, 07 de marzo de 2016.—Lic. Dany Matamoros Bendaña, Juez.—1
vez.—( IN2016031804 ).
Se hace saber: que ante
este Despacho se tramita el expediente N° 15-000083-0388-CI donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Alexandra Matarrita Molina,
quien es mayor, soltera, estudiante, vecina de Veintisiete de abril, portadora
de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-cero trescientos
noventa y seis-cero quinientos veintisiete, a fin de inscribir a su nombre y
ante el Registro Inmobiliario del Registro Nacional, el terreno que se describe
así terreno para construir. Situada en Paso Hondo, el distrito tercero:
Veintisiete de Abril, cantón tercero: Santa Cruz de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, con calle pública con un frente a ella de doce metros con
cincuenta centímetros lineales; al sur, Nelsi Gómez Moraga; al este, Nelsi
Gómez Moraga y al oeste, Roxana Molina Gutiérrez. Mide: doscientos dieciséis
metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no
pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
dicho inmueble en la suma de un millón colones. Que adquirió dicho inmueble por
donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica y
continua. Que los actos de posesión han consistido en limpieza de la maleza,
construcción de cercas, hacer rondas. Que no ha inscrito mediante el amparo de
la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Alexandra Matarrita Molina, expediente Nº
15-000083-0388-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Santa Cruz (Materia Civil),
Santa Cruz. 09 de febrero del 2016.—Licda. Julieth Víquez Fernández,
Jueza.—1 vez.—( IN2016032009 ).
Se hace saber: que ante
este Despacho se tramita el expediente N° 16-000010-0390-CI donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Luz Elena de los Ángeles
Chavarría Salazar, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de
Puntarenas, Jicaral, Lepanto, 500 metros costado este del cementerio, portadora
de la cédula de identidad vigente que exhibe Nº 601990931, a fin de inscribir a
su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno
de construcción. Situada en el distrito Jicaral, cantón Lepanto. Colinda: al
norte, Faustina Juárez Juárez; al sur, Analibe López González; al este, Otoniel
Aguilar Zumbado y al oeste, calle pública con frente de 10 metros. Mide: ciento
noventa metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón colones. Que adquirió
dicho inmueble de Winston Roberto Sinclair Williams, mediante compra venta y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los
actos de posesión han consistido en cercado, chapias y asistencia de la
propiedad. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Luz Elena de
los Ángeles Chavarría Salazar, expediente Nº 16-000010-0390-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya (Materia
Civil), 02 de febrero del 2016.—Lic. Alberto Juárez Gutiérrez, Juez.—1
vez.—( IN2016032168 ).
Se hace saber: que ante
este Despacho se tramita el expediente N° 15-000087-0390-CI donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Serviliano Antonio Chavarría
Rodríguez, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Dominicas de
Lepanto, Puntarenas, 500 metros sur de la iglesia, portador de la cédula de
identidad vigente que exhibe Nº 6-116-534, profesión agricultor, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es
terreno comercial. Situada en el distrito cuarto Lepanto, cantón primero, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Digmachava S. A.; al sur, calle
pública con frente de diez metros cuarenta y cinco centímetros lineales; al
este, Apolonia Maradiaga García y al oeste, Rafael Sosa Sosa. Mide: doscientos
siete metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble
hace catorce años, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica
y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cercado, chapias y
asistencia al inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Serviliano Antonio Chavarría Rodríguez, expediente Nº 15-000087-0390-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya (materia
civil), 30 de marzo del 2016.—Msc. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—1
vez.—( IN2016032173 ).
Se hace saber: que ante
este Despacho se tramita el expediente Nº 14-100012-0217-CI, donde se promueven
diligencias de información posesoria (rectificación de medida) por parte de
Days Carlen Céspedes Fallas, quien es mayor, casada una vez, técnica judicial,
vecina de Desamparados, cédula Nº 1-0943-0713, a fin de inscribir a su nombre y
ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Terreno para construir, ubicado en Desamparados, distrito cuatro San Rafael
Arriba del cantón tercero Desamparados de la provincia de San José, cuya área
según el registro es de ciento diecisiete metros cuadrados con veintisiete
centímetros, pero con una medida a rectificar según el plano 1-1810752-2015, de
ciento ochenta y siete metros cuadrados. Linda al norte, con Édgar Gerardo
Barrientos Carrillo y Ronald Eduardo Barrientos Carrillo; al sur, con Gerardo
Esponoza Montes; al este, con quebrada Gloria y al oeste, con calle pública con
un frente de siete metros. Se cita y emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Expediente Nº 14-100012-0217-CI,
información posesoria promovida por Days Carlen Céspedes Fallas.—Juzgado
Civil y de Trabajo de Desamparados, 28 de abril de 2016.—Dra. Leyla K.
Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—( IN2016032479 ).
Se hace saber que ante
este Despacho se tramita el expediente N° 16-000061-0296-CI donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Antonieta Muñoz Solís, quien
es mayor, estado civil soltera, vecina de San Ramón de Alajuela, doscientos
metros oeste de la Imprenta Acosta, portadora de la cédula de identidad vigente
que exhibe número dos quinientos cuarenta y seis cuatrocientos sesenta y ocho,
profesión odontóloga, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia
de Alajuela, la cual es terreno construido. Situada: en el distrito uno San
Ramón, cantón segundo San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, Judith Mora Fernández; al sur, y al este, Francisco Muñoz Montero y Flor
María Varela Cubero, y al oeste, calle pública con un frente de seis metros con
veintidós centímetros. Mide: sesenta metros con veintitrés decímetros. Indica
el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de seis millones de colones. Que adquirió dicho inmueble, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria promovida por Antonieta Muñoz Solís. Expediente N°
16-000061-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela, San Ramón, (Materia Civil), 09 de mayo del 2016.—Lic. Minor
Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2016032498 ).
Se hace saber: que ante
este Despacho se tramita el expediente N° 16-000021-0296-CI donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Efraín Danilo del Carmen
Méndez Marín, quien es mayor, soltero en unión de hecho, vecino de Alajuela,
San Ramón, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe Nº 0501900563,
constructor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela,
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito ocho Ángeles, cantón
segundo San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Juan Rafael
Céspedes Anchía; al sur y este, Marín Chávez León; al este y al oeste, calle
pública. Mide: mil quinientos cuarenta y seis metros cuadrados. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de seis millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de una
compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y
quieta. Que los actos de posesión han consistido en cuidar el terreno, el cual
esta sin actividad comercial o habitacional alguna. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Efraín Danilo
del Carmen Méndez Marín. Expediente Nº 16-000021-0296-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, (Materia
Civil), 04 de abril del 2016.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—(
IN2016032503 ).
Se hace saber que ante
este Despacho se tramita el expediente N° 15-000204-0930-CI donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Maribel de los Ángeles
Villalobos Rojas, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de
Guácimo, Limón, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe N°
0700890432, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de Limón, la cual es terreno para construir. Situada: en el
distrito primero Guácimo, cantón sexto Guácimo, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, Leoncio Peraza Solís; al sur, calle pública con un frente a
ella de veintitrés metros con sesenta y tres centímetros; al este Leoncio
Peraza Solís, y al oeste, Iracema Guevara Carrillo. Mide: seiscientos cuatro
metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre
el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de once millones
ochocientos seis mil ochocientos colones. Que adquirió dicho inmueble por
cesión del Johnny Porras Cortés en el año dos mil dos, y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en mantenimiento de cercas, cuido y plantación de árboles frutales y
construcción de una casa de habitación. Que no ha inscrito mediante el amparo
de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida
por Maribel de los Ángeles Villalobos Rojas. Expediente N° 15-000204-0930-CI.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 04
de mayo del 2016.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2016032508 ).
Ana Eugenia Valverde
Meza, mayor, casada una vez, de oficios domésticos, vecina de Palmichal de
Acosta, costado sur de la plaza de deportes, cédula de identidad número uno-quinientos
veinte-ochocientos, promueve diligencias de información posesoria para que se
ordene al Registro Público de la Propiedad, Partido de San José, inscribir a su nombre la finca que se describe así: Terreno para
construir, sito en el distrito tercero, Palmichal, cantón doce, Acosta de la
provincia de San José. Mide: novecientos treinta y dos metros con setenta y
ocho decímetros cuadrados, linda: al norte, Odilón Quesada Jiménez; al sur,
calle pública; este, Graciela Quesada Jiménez, y al oeste, Melvin Alfaro
Castro, noroeste, Bartolo Castro Meza. Todo conforme al plano catastrado número
SJ-uno dos uno cuatro seis seis cinco-dos mil ocho. Se cita y emplaza a todos
los interesados para que en el plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen en el asunto en defensa de sus
derechos. Información posesoria N° 15-100098-0197-CI.—Juzgado Civil y
de Trabajo de Puriscal. Santiago, 02 de diciembre del 2015.—Licda.
Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—1 vez.—( IN2016032547 ).
Se hace saber, que ante
este Despacho se tramita el expediente N° 09-100012-0920-CI donde se promueven
diligencias de Información Posesoria por parte de Víctor Julio Villegas
Jiménez, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de la Fortuna,
Urbanización Río Nuevo, Ciudad Neily, portador de la cédula de identidad
vigente que exhibe número 0501120621, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno para construir con una casa
de madera y solar. Situada en el distrito primero Corredor, cantón diez,
Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Flor Rodríguez
Chaves; al sur, Hernán Arroyo Cordero; al este, Aniceto Carrillo Castrillo y al
oeste, calle pública. Mide: seiscientos ochenta y seis metros cuadrados. Indica
el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que ésta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble desde el veinte de
noviembre de mil novecientos setenta y tres, y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en cultivo, edificación y cercado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria promovida
por Víctor Julio Villegas Jiménez. Exp.: 09-100012-0920-CI.—Juzgado Civil y
Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, 02 de
mayo del 2016.—Lic. Dany Gerardo Matamoros Bendaña, Juez.—1 vez.—( IN2016032603
).
Se hace saber que ante
este despacho se tramita el expediente N° 16-000002-0297-CI, donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Ronald Antonio Calderón Mora,
quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Santa Rosa de Pocosol, portador
de la cédula de identidad vigente que exhibe número 0205400383, profesión
profesor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de
Alajuela, la cual es terreno con casa, patio y pasto. Situada en el distrito
Pocosol, cantón San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte:
servidumbre de paso con frente de 10.91 metros lineales; al sur: calle pública
con frente de 15.00 metros lineales; al este. Anabel Alfaro Jiménez y Deyanira
Céspedes Mora y al oeste: Rodrigo Chaves Soto y Roxana del Carmen Meza Mata.
Mide: 759 metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de diez millones colones. Que
adquirió dicho inmueble mediante compra hecha a José Arturo Murillo, mayor,
casado, constructor, de Santa Rosa de Pocosol, 600 metros al norte del salón
comunal, nacionalidad nicaragüense cédula numero: 155819360628, y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de
posesión han consistido en hacer una tapia de baldosa, limpiar, mantener el
pasto y terminar la casa. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se
apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria promovida por Ronald Antonio Calderón Mora. Expediente:
16-000002-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, San Carlos, (Materia Civil), 4 de febrero del
2016.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—( IN2016032629 ).
Se hace saber que en este
despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Víctor
Manuel López Casorla, mayor, soltero, tipógrafo, costarricense, con cédula de
identidad número 100808567 y vecino de San José, Goicoechea. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a
aquéllos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro
de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N°
16-000043-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de San José, Goicoechea, 26 de abril del 2016.—Lic. Freddy Bolaños
Rodríguez, Juez.—1 vez.—( IN2016031374 ).
Por única vez, se cita y
emplaza a herederos y demás partes interesadas en el sucesorio de quien en vida
se llamó Victorino Gamaliel Gutiérrez Cisneros, quien en vida fue mayor, casado
una vez, Pensionado, cédula número cinco-ciento treinta y seis-mil trescientos
treinta y siete, vecino de Barrio Santa Cecilia de Santa Cruz Guanacaste, sito
de la Ermita ciento veinticinco metros al oeste, a fin de que se apersonen a
hacer valer sus derechos o la herencia pasará a quien corresponda. Notaría del
Bufete del Licenciado, Álvaro Ruiz Cabalceta, Notario Público.—Santa Cruz,
Guanacaste trece de mayo del dos mil dieciséis.—Lic. Álvaro Ruiz Cabalceta,
Notario.—1 vez.—( IN2016031460 ).
Se emplaza a todos los
herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la
sucesión testamentaria de María Luisa Ulloa Prado, quien fue mayor, soltera,
oficios de hogar, vecina de San Rafael Arriba de Desamparados cédula de
identidad 1-0079-7452, viuda, ama de casa, vecina de Desamparados, cédula
6-0020-0167, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la
herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien
corresponda. Exp.: N° 16-100044-0217-CI. Sucesión Testamentaria de, María Luisa
Ulloa Prado.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San
José, Desamparados, 14 de marzo del 2016.—Dra. Leyla K. Lozano Chang,
Jueza.—1 vez.—( IN2016031478 ).
Por acta extra protocolar
número cero cero uno-dos mil dieciséis, del catorce de mayo del dos mil
dieciséis, se declara abierto Proceso Sucesorio Notarial Ab intestato de, Edgar
Zamora Arias, cédula de identidad dos-ciento noventa y siete. Se cita y emplaza
a todos los interesados para que dentro del término de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto se apersonen ante esta notaría en
reclamo de sus derechos.—Licda. Raquel Verónica Piedra Alfaro, Notaria.—1
vez.—( IN2016031497 ).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión de quién en vida fue Ramón Agüero Zúñiga y quien
fue mayor de edad, casado en primeras nupcias, agricultor, portador de la
cédula de identidad uno-cero cero dos dos-ocho nueve dos seis, vecino de Grifo
Alto, Puriscal de San José; trescientos metros oeste del cementerio se ha
declarado abierto por resolución de las nueve horas del dieciséis de mayo del
dos mil dieciséis, resolución expedida por el notario que se indicará, proceso
sucesorio tramitado ante la notaría de Carlos Manuel Sánchez González, bajo el
expediente sucesorio notarial número cero cero cero uno-dos mil dieciséis,
notaría ubicada en Heredia; costado norte, del Parque del Carmen, Edificio
Zumbado Ramírez, segundo piso, oficinas dos, seis y siete, S G Abogados, para que
dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho de plazo, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 0001-2016 del 2016.—Lic.
Carlos Manuel Sánchez González, Notario.—1 vez.—( IN2016031541 ).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión de, quién en vida fue Adelina Monge Bermúdez y
quien fue mayor de edad, casada en primeras nupcias, ama de casa, portadora de
la cédula de identidad uno-cero cuatro cinco cuatro-cero cuatro cinco nueve,
vecina de Grifo Alto, Puriscal de San José, trescientos metros oeste del
cementerio se ha declarado abierto por resolución de las nueve horas del
dieciséis de mayo del año dos mil dieciséis, resolución expedida por el notario
que se indicará, proceso sucesorio tramitado ante la notaría de, Carlos Manuel
Sánchez González, bajo el expediente sucesorio notarial número cero cero cero
dos-dos mil dieciséis, Notaría ubicada en Heredia, costado norte del Parque del
Carmen, edificio Zumbado Ramírez, segundo piso, oficinas dos, seis y siete, S G
Abogados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de
dicho de plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número
0002-2016 del año 2016.—Carlos Manuel Sánchez González, Notario.—1 vez.—(
IN2016031547 ).
Nosotros los notarios
firmantes citamos a todo interesado en la reapertura de la sucesión notarial de
quien en vida se llamó Alfonso Aragón Barquero, cédula uno-cero tres tres
cero-cero siete cuatro seis, para que dentro de treinta días contados a partir
de la publicación de esta acta se apersonen a la oficina del segundo en San
José, Montes de Oca, Los Yoses, de la Cámara de Industrias cincuenta metros
oeste, cincuenta metros sur, para hacer valer sus eventuales derechos bajo el
apercibimiento de ley si no lo hicieren.—San José, 29 de abril del 2016.—Lic.
Tobías D’Ambrosio Umaña.—Licda. Mónica Mora Peralta, Notarios.—1 vez.—(
IN2016031566 ).
Se emplaza a herederos y
demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Franklin Juan del
Socorro Murillo Núñez, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, vecino de
Alajuela, Villa Bonita, cédula de identidad número cinco-cero ochenta y
dos-ochocientos veintiséis, para que dentro del plazo de treinta días, contados
a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta Notaría, en
defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren, la herencia
pasará a quien corresponda. Alajuela, 250 m. al sur, de Llobet. Expediente N°
08- 2016.—Licda. Emily Barrantes Esquivel, Notaria.—1 vez.—( IN2016031571 ).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión en sede notarial de quien fue Viria María
Bermúdez Alonso, mayor, casada una vez, ama de casa, con cédula de identidad
número uno-trescientos cincuenta y uno-seiscientos noventa y dos, vecina de San
José, Curridabat, Residencia José María Zeledón, casa K cuatro; para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto
comparezcan a reclamar sus derechos ante esta notaría y se apercibe a los que
crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo
la herencia pasará a quien corresponda. Notaria: Licda. Yannory Triunfo Otoya,
carné 9978, San Jose, Barrio la California, avenida central, calles veintisiete
y veintinueve, oficina dos mil setecientos treinta y siete. Expediente N° cero
cero cero dos-dos mil dieciséis. Teléfono: 2255-4034, fax: 2256-9827.—A las
diez horas del día lunes dieciséis de mayo del año dos mil dieciséis—Licda. Yannory
Triunfo Otoya, Notaria.—1 vez.—( IN2016031626 ).
Se hace saber, que en
este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Virginia Zúñiga Ramírez, mayor, viuda, ama de casa, con documento de identidad
03-0092-0260 y vecina de Paraíso de Cartago. Se cita a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
12-000258-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 21 de abril del 2016.—Msc.
Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2016031630 ).
Se hace saber que en este
despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José María
Rafael De Los Ángeles Araya Zúñiga, mayor, viudo una vez, pensionado,
costarricense, con documento de identidad número 0101360489 y vecino de
Guadalupe de Goicoechea, San José. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella
pasará a quien corresponda. Expediente N° 16-000239-0169-CI.—Juzgado Civil de
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 26 de
abril del 2016.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—( IN2016031632 ).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión testamentaria de quien en vida fue, Fernando
Alberto Barboza Vargas, mayor, cédula 1-0418-1328, quien falleció el 17 de
noviembre del 2008, para que conforme al artículo 917 del Código Procesal Civil
cualquier interesado dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto comparezcan ante el suscrito a reclamar sus derechos
lo cual podrán hacer en San José, Desamparados, Barrio Colonia del Sur, de la
entrada 150 este y 50 sur. Se apercibe a los que crean tener calidad de
herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien
corresponda.—San José, 18 de mayo del 2015.—Lic. Luis Fernando Madrigal Marín,
Notario.—1 vez.—( IN2016031644 ).
Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y, en general a todos los interesados en la sucesión de
Adriana Rodríguez Murillo, costarricense, portó la cédula de identidad número
dos-quinientos-cuatro-seiscientos-tres (6-504-603), vecina de San Rafael,
Esparza, Puntarenas, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer
valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo
indicado, la herencia pasará a quién corresponda. Exp: N° 16-100001-0437-CI.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Esparza, Esparza, 01 de abril del
2016.—Licda. Norma Araya Sánchez, Jueza.—1 vez.—( IN2016031648 ).
Se hace saber que en este
despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Hugo Eduardo
De Jesús Aguilar Duran, mayor, soltero, con documento de identidad número
01-0528-0891 y vecino de San José, Pavas. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella
pasará a quien corresponda. Expediente N° 15-000253-0183-CI.—Juzgado Cuarto
Civil de San José, 19 de enero del 2016.—Licda. Marlene Martínez González, Jueza.—1
vez.—( IN2016031672 ).
Se hace saber, que en
este Despacho se tramita el proceso sucesorio de, José Osvaldo Calvo López,
quien fuera mayor, soltero, vecino de Alajuelita, cédula uno-mil ciento setenta
y siete- doscientos veintisiete. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho
a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente N° 2015-100120-0216-CI.—Juzgado Civil Trabajo
y Familia de Hatillo, Alajuelita y San Sebastián, 06 de enero del
2016.—Msc. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—( IN2016031680 ).
Se hace saber que en este
Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María del
Pilar Solís Morales, mayor, divorciada, costarricense, con cédula de identidad
número 1-0783-0773 y vecina de San José, Pavas. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000058-0181-CI.—Juzgado
Segundo Civil de San José, 26 de abril del 2016.—Msc. Rodrigo Brenes
Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2016031681 ).
Se hace saber que en este
despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Maria
Cecilia Valverde Salas, mayor, divorciada, con documento de identidad
0104020387 y vecina de Heredia. Se cita a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a todas las personas interesadas para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto
comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo
aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 16-000088-0504-CI.—Juzgado
Civil de Heredia, 17 de marzo del 2016.—Licda. María Inés Mendoza Morales,
Jueza.—1 vez.—( IN2016031682 ).
Se hace saber que en este
Despacho, se tramita el proceso sucesorio testamentario de quien en vida se
llamó José Félix del Carmen Camacho Vargas, mayor, estado civil soltero,
masculino, profesión agricultor, nacionalidad Costa Rica, con documento de
identidad 0300870446 y vecino de Santa Cruz de Turrialba. Se cita a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 15-000068-0341-CI.—Juzgado Civil de Mayor
Cuantía de Turrialba, 17 de noviembre del 2015.—Lic. Wilberth Herrera
Delgado, Juez Civil.—1 vez.—( IN2016031684 ).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Herminia Salazar Montoya,
mayor, viuda, ama de casa, cédula de identidad 3-061-3800, vecino de San
Sebastián, para que dentro del término de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a
los que crean tener la calidad de herederos, que si no se apersonan dentro de
ese término, la herencia pasará a quien corresponda. Exp.:
14-100071-0250-CI-4.—Juzgado Contravencional Menor Cuantía San Sebastián,
21 de abril del 2016.—Lic. Esteban Guzmán González, Juez.—1 vez.—(
IN2016031695).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión de quine en vida fue Juan Rafael Pérez Murillo,
mayor, casado una vez, cédula de identidad personal número uno-doscientos
treinta y dos-cero cero ocho, para que dentro de treinta días contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría, sita en San
José, Barrio Francisco Peralta, avenida catorce, calles treinta y cinco y
treinta y siete, edificio CJA Legal. Se apercibe a los que crean tener la
calidad de herederos, que vencido el citado plazo la herencia pasará a quien
corresponda.—San José, 18 de mayo del 2016.—Lic. Francisco Martí Meneses,
Notario.—1 vez.—( IN2016031716 ).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaria por Vilma Teresita Zamora Mata, a las ocho horas del
seis de mayo del dos mil dieciséis y comprobado el fallecimiento, esta notaría
declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fuera Alfonso Madrigal
Cerdas, quien fuera mayor de edad, divorciado, vecino de San José, portador de
la cédula de identidad número tres-cero ciento-cincuenta y nueve-cero
trescientos sesenta y cinco. Se cita y emplaza a todos los interesados para que
dentro del plazo máximo de cuarenta y cinco días naturales, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer
sus derechos. Notaría del Lic. Juan Bautista Loría Martínez, C.C. Johnny Loría,
Ubicada en San juan de Tibás. Teléfono 2297-5602.—Lic. Juan Bautista Loría
Martínez, Notario.—1 vez.—( IN2016031722 ).
Por escritura otorgada
por la suscrita notaría a las trece horas del dieciséis de mayo del dos mil
dieciséis, se le solicito tramitar el proceso sucesorio extrajudicial de quien en
vida fue Alicia De Los Ángeles Fajardo Zúñiga, quién fue mayor, casada una vez,
del hogar, cédula seis-cero ochenta y cinco-novecientos nueve, vecina de San
Gabriel de Agua Buena Coto Brus, Puntarenas,
mil quinientos metros al oeste de la plaza de deportes. Se emplaza a todos los
interesados para que dentro del plazo de treinta días a partir de esta
publicación se apersonen a hacer valer sus derechos ante esta notaría ubicada
en San Vito, Coto Brus, frente a las oficinas de la Caja Costarricense de Seguro
Social, tel. 2773-42-12, bajo apercibimiento a los que crean tener derecho a la
herencia de que si no se presentan en ese plazo aquella pasará a quien
corresponda.—San Vito, Coto Brus, 17 de mayo del 2016.—Licda. Gabriela Vargas
Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN2016031799 ).
Se hace saber que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Andrés Fait
Pacheco, mayor, estado civil divorciado, nacionalidad costarricense, con
documento de identidad N° 03-0211-009 y vecino de Alvarado Cartago. Se cita a
las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las
personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 15-000433-0640-CI.—Juzgado Civil de
Cartago, 05 de mayo del 2016.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—(
IN2016031805 ).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión de María Rosa Brenes Navarro, quien fue mayor,
soltera, comerciante, portadora de la cédula de identidad número uno -
trescientos noventa y siete - mil trescientos veintinueve, quien era vecina Rio
Claro cincuenta metros este del Restaurante y Bar Pacífico Sur, Guaycará,
Golfito, Puntarenas, para que dentro del plazo de treinta días a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos, que no se presentan dentro de dicho
plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 2016 - 001. Notario
Camilo Diego Cedeño Castro diagonal a la Policía de Proximidad de Río Claro,
Guaycará, Golfito, Puntarenas.—Lic. Camilo Diego Cedeño Castro, Notario.—1
vez.—( IN2016031817 ).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión de quien en vida fue José Antonio Ureña Calvo,
mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad número tres-doscientos
veintinueve-novecientos cuarenta y cuatro, vecino de La Guaría de Corralillo de
Cartago, para que en un plazo de treinta días a partir de la publicación de
este edicto, se apersonen a hacer valer sus Derechos, en el proceso sucesorio
en sede notarial que se tramita en la notaría del licenciado Miguel Ángel
Garbanzo Elizondo, situado en La Violeta de Frailes de Desamparados, doscientos
metros al oeste de la escuela; con el apercibimiento a los que crean tener la
calidad de herederos, que de no, presentarse dentro de dicho plazo la herencia
pasará a quien por Derecho corresponda. Expediente N° 002- 2016.—Lic. Miguel
Ángel Garbanzo Elizondo, Notario.—1 vez.—( IN2016031821 ).
Se hace saber: Que en
este Despacho se tramita el proceso sucesorio testamentario de quien en vida se
llamó Patricia Rojas Umaña, mayor, casada una vez, pensionada, costarricense,
con documento de identidad 0104530018 y vecina de Curridabat, San José. Se cita
a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N°
15-000549-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de San José, Goicoechea, 1 de setiembre del 2015.—Lic. Freddy
Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—( IN2016031833 ).
Se hace saber: Que en
este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María
del Carmen Sojo Palma, casada, costarricense, cédula número 1-0154-0169; y
Gonzalo Jiménez Porras, mayor, casado, costarricense, pensionado, cédula
1-0169-0761. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a
todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente N° 016-006. Notaría del Bufete Lao &
Asociados.—Licda. Roxana Sofía Lao Méndez, Notaria.—1 vez.—( IN2016031836 ).
Mediante acta de apertura
otorgada ante este notario por Manuel Bolaños Castillo, mayor, casado una vez,
pensionado, vecino de Hatillo Ocho, alameda cuatro, casa número mil novecientos
cincuenta, portador de cédula número uno, cuatrocientos setenta y cinco
doscientos veintitrés, a las diecisiete horas del catorce de enero del año dos
mil dieciséis y comprobado el fallecimiento, este Notaría declara abierto el
proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Iris Castillo Retana,
mayor, pensionada, viuda, portadora de cédula número uno, doscientos cinco,
ciento noventa y tres, vecina de Hatillo Dos, acera dos, casa número
veintiséis. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante este Notario a hacer valer sus derechos. Lic. Efraín
Marín Madrigal, Notario, carné siete mil cuatrocientos treinta y cuatro,
oficina en Escazú, Centro Comercial Plaza Escazú, local número diecisiete,
teléfono 4031-2362.—Lic. Efraín Marín Madrigal, Notario.—1 vez.—( IN2016031886
).
Mediante acta de apertura
otorgada ante este notario por Roy Eddie Carranza Montoya, mayor, divorciado,
mensajero, vecino de Escazú, San Antonio, barrio El Carmen, portador de la
cédula número uno-seiscientos noventa y seis-novecientos ochenta y siete, a las
siete horas del cuatro de marzo del año dos mil dieciséis y comprobado el
fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato
de quien en vida fuera Jorge Carranza Araya, mayor, pensionado, casado una vez,
portador de cédula número uno-doscientos diez- diecinueve, vecino de San
Antonio de Escazú, barrio El Carmen. Se cita y emplaza a todos los interesados
para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante este Notario a hacer valer
sus derechos. Lic. Efraín Marín Madrigal, Notario, carné siete mil
cuatrocientos treinta y cuatro oficina en Escazú Centro Comercial Plaza Escazú,
local número diecisiete, teléfono 4031-2362.—Lic. Efraín Marín Madrigal,
Notario.—1 vez.—( IN2016031887 ).
Se hace saber: que en
este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Fernando Ortiz Rojas, mayor, casado una vez, pescador, nacionalidad costarricense,
con documento de identidad Nº 0601020761 y vecino de Puntarenas, Fray Casiano
de Madrid. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos
los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, que, sino se
apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente
Nº 07-100446-0432-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 12
de junio del 2014.—Licda. Heilim Badilla Alvarado, Jueza.—1 vez.—( IN2016031893
).
Ante esta notaría al ser
las dieciocho horas del doce de abril del año dos mil dieciséis mediante
escritura número noventa y cinco, se dio el sucesorio de Gilberto Meza Picado,
cédula tres-dos cero dos cinno dos nueve. Se emplaza a cualquier interesado a
hacerse presente en esta notaría, cita Vázquez de Coronado de la Bomba El
Trapiche trescientos al norte cuatrocientos oeste y veinticinco sur hacer valer
cualquier derecho.—San José, veintidós de abril del año dos mil
dieciséis.—Licda. María de los Ángeles Solano Mora, Notaria.—1 vez.—(
IN2016031971 ).
Se hace saber: que en
este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Berta
Lía del Carmen Ramírez Quesada, mayor, ama de casa, cédula de identidad Nº
0200919451 y Rogelio Claudio Fernández Delgado, mayor, casado, zapatero, cédula
de identidad Nº 0200960676, ambos vecinos de Palmares y casados una vez. Se
cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las
personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 16-000009-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo
del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón (Materia Civil), 12 de
mayo del 2016.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2016032000.).
Se hace saber: que en
este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Gerardo
Evelio Vargas Vargas, mayor, casado, agricultor, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad Nº 0203850073, vecino de La Abundancia de Ciudad Quesada, falleció
el 02/12/2015. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer
valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a
la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente N° 16-000018-0317-CI.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Civil), 04 de
marzo del 2016.—Licda. Dinia Peraza Delgado, Jueza.—1 vez.—( IN2016032023 ).
Por escritura otorgada
ante esta Notaría a las catorce horas, treinta minutos, del día treinta y uno
de marzo del dos mil dieciséis, se dio la apertura el expediente cero cero
uno-dos mil dieciséis, que es proceso sucesorio notarial, de quien en vida
fuera Olga Maritza Gamboa Guillén, cédula de identidad número tres-doscientos
treinta y nueve-ciento treinta y dos; quien falleció en Pavones, Turrialba,
Cartago, el día doce de abril del dos mil siete. Se cita a todos los
interesados dentro del plazo de ley, apersonarse al presente proceso a hacer
valer sus derechos.—Turrialba, treinta y uno de marzo del dos mil
dieciséis.—Lic. Alejandro Mata Vega, Notario.—1 vez.—( IN2016032029 ).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión de Teresa Ortega Ortega, quien fuera mayor,
soltera, ama de casa, cédula de identidad N° 6-0029-453, vecino de Puntarenas,
Fray Casiano, frente a la parada número siete, para que dentro del plazo de
treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos,
que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien
corresponda. Expediente N° 0001-2016, notaría del Bufete Judyth Ramírez Morera,
veinticinco metros al este de la Casa de la Cultura, Puntarenas centro.—17 de
mayo del 2016.—Licda. Judyth Ramírez Morera, Notaria.—1 vez.—( IN2016032037 ).
Se hace saber que en este
despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Marta Campos
Rodríguez, mayor, casada una vez, ama de
casa, vecina de Alajuela, cédula de identidad Nº 0201890791. Se cita a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia que si no se
apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Se hace
saber que de conformidad con lo establecido en los artículos 528 y 529 del Código
Civil, los que tengan interés en la herencia deberán aceptarla expresamente.
Una vez transcurrido el plazo antes indicado se declararán herederos únicamente
a quienes hayan cumplido esa disposición legal. Expediente Nº
16-000159-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
11 de mayo del 2016.—Rodrigo Araya Durán, Juez.—1 vez.—( IN2016032042 ).
Se emplaza a los
herederos, legatarios y acreedores y demás interesados en la sucesión ab
intestato de quien en vida se llamó Juan Ramón Saborío Chaves, quien fuera
mayor, casado una vez, pensionado, cédula número cuatro-cero siete cinco-siete
siete siete, vecino de San José, Coronado, San Antonio de Coronado, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante esta notaría en defensa de sus derechos, bajo el
apercibimiento de que en caso de que no lo hicieren, la herencia pasará a
quienes en derecho correspondan. Expediente número cero cero tres-dos mil
dieciséis.—San José, catorce de mayo del año dos mil dieciséis.—Lic. Francisco
José Rivera Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2016032067 ).
Se hace saber que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Fernando
Solís Barquero, mayor, casado en segundas nupcias, pensionado, con documento de
identidad N° 0102070962 y vecino San Miguel de Santo Domingo de Heredia. Se
cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las
personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 13-000356-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia,
28 de abril del 2016.—Licda. María Inés Mendoza Morales, Juez.—1 vez.—(
IN2016032099 ).
Se emplaza a todos los
interesados en la sucesión de quien en vida fue: Bolívar Torres Villalobos,
mayor de edad, casado una vez, pensionado, cédula dos-ciento treinta y
seis-doscientos treinta y tres, vecino de Alajuela, Naranjo, quinientos metros
norte del Colegio, para que dentro de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría, ubicada en Grecia,
quinientos metros sur, ciento cincuenta oeste y veinticinco norte de
Servicentro Alvarado y Molina, a reclamar sus derechos y señalar medio para
atender notificaciones, de conformidad con el artículo treinta y cuatro de la
Ley de Notificaciones. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos
que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien
corresponda. La solicitud de apertura del proceso sucesorio en sede notarial,
se hizo mediante acta notarial extra-protocolar, otorgada ante el suscrito
Notario a las diez horas del trece de mayo de dos mil dieciséis, y se nombró
como Albacea a la señora Virginia Barboza SolÍs, mayor de edad, cédula número
dos-doscientos treinta y tres-doscientos cincuenta y nueve, viuda de segundas nupcias,
ama de casa, vecina de igual dirección que el causante. Expediente Nº
0001-2016.—Lic. José Eduardo González Bogantes, Notario.—1 vez.—( IN2016032109
).
Se hace saber: Que en
este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Gilberto
Antonio Reyes Salgado Durán, mayor, estado
civil soltero, profesión, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad
0301090150 y vecino de Sabanilla de Montes de Oca. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 16-000045-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial
de San José, 4 de mayo del 2016.—Lic. Jainer Alonso Gamboa Muñoz,
Juez.—1 vez.—( IN2016032119 ).
A solicitud de Minor Soto
González, cédula de identidad N° 2-0362-0044, he procedido a abrir expediente
de sucesorio ab-intestato, en sede notarial, de quien en vida fue Otilio Soto
Carvajal, quien fue mayor, casado una vez, con cédula de identidad N°
2-0173-0897, vecino del Roble de Santa Bárbara de Heredia. Por este medio, se
emplaza a cualquier interesado en el presente
proceso, para que se apersone ante esta notaría a formular pretensiones;
legalizar créditos o hacer valer cualquier derecho sucesorio, bajo el
apercibimiento de que si no se presentan en el plazo de treinta días a partir
de la publicación del presente edicto, la herencia pasará a quién corresponda.
Lugar: Heredia Centro, calle tres; avenidas dos y cuatro, costado este del
Juzgado de Pensiones Alimentarias, oficina número seis, teléfonos 2261-0127 y
8316-6320. Correo electrónico bufetechavarria@gmail.com; expediente N°
02-2016.—Lic. Rodrigo Arturo Chavarría Zamora, Notario.—1 vez.—( IN2016032154
).
Se hace saber que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María
Josefina Solano Alvarado, mayor, estado civil soltera, profesión del hogar, con
documento de identidad N° 0201000021 y vecina de Alajuela. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no,
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 16-000059-0638-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Civil), 29 de marzo del
2016.—Lic. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—1 vez.—( IN2016032160 ).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por María Elena Zumbado Arce, Karina Arias Zumbado,
Fausto Arias Zumbado, Cindy Elena Arias Zumbado, a las diez horas del ocho de
mayo del año dos mil dieciséis y comprobado el fallecimiento de Fausto Enrique
Arias Samudio, quien fue mayor de edad, casado una vez, comerciante, vecino de
San Antonio de Belén; de la Ferretería El Lagar cien metros al este y
veinticinco metros al norte, Residencial Doña Marta, casa número dos, cédula de
identidad seis-cero ciento cuarenta y uno-cero trescientos cuarenta y siete,
esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y
emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados
a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a
hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de
la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Licenciada Guiselle
Gené Calderón, situada en Lagunilla de Heredia, Urbanización Real Santamaría
Este, casa número cuatrocientos noventa y tres; teléfono 8316-5688.—19 de mayo
dos 2016.—Licda. Guiselle Gené Calderón, Notaria.—1 vez.—( IN2016032163 ).
Se cita y emplaza, por
treinta días a todos los interesados en el sucesorio notarial de quien en vida
fuera la señora Marjori Portilla Flores, quien fuera, mayor, ama de casa,
vecina de los Sitios de Moravia, con cédula de identidad uno-ochocientos
ochenta y dos-trescientos cuarenta y cuatro, bajo el apercibimiento, de que si
no, se presentan en este plazo esta pasará a quien corresponda. Expediente cero
cero uno-dos mil dieciséis. Notaria de la licenciada Francine Campos Rodríguez,
oficina sita de los Tribunales de Heredia doscientos metros al este.—Licda.
Francine Campos Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2016032206 ).
Por solicitud de apertura
de proceso sucesorio ad intestato hecha por María de Los Ángeles Mora Solís, y
comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio
ab intestato de quien en vida fuera Víctor Manuel Mora Fernández, quien fue
mayor, soltero, agricultor, cédula 9-013-020, vecino de Limón, Llano Grande,
quinientos metros este de la Escuela. Se cita y emplaza a todos los interesados
para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer
sus derechos. San José, Barrio La California, calle 19-21, edificio 40 N.
Teléfono 2233-6439. Exp. 002-04-2016.—San José, 18 de mayo del 2016.—Lic.
Derroy Jeiner Navas Beita, Notario.—1 vez.—( IN2016032216 ).
Por solicitud de apertura
de proceso sucesorio ad intestato hecha por María Cecilia Torres Marín, y
comprobado los fallecimientos, esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio ab intestato de quienes en vida fueran Manuel Torres Segura, quien
fue mayor, casado una vez, pensionado, cédula N° 1-095-3437 y Alicia Masís
Fallas, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad N°
1-121-628, ambos vecinos de San José, San Juan de Dios de Desamparados, de los
tanques de Acueductos y Alcantarillados, doscientos metros norte. Se cita y
emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta
días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría, a hacer valer sus derechos. San José, Barrio La California,
calle 19-21, edificio 40 N. Teléfono 2233-6439. Expediente N° 003-04-2016.—San
José, 18 de mayo del 2016.—Lic. Derroy Jeiner Navas Beita, Notario.—1 vez.—(
IN2016032217 ).
Se cita y emplaza a los
interesados en el proceso sucesorio de la señora Elvira Robles Guevara, quien
portó la cédula de identidad número nueve-cero cero veintinueve-cero doscientos
veintiocho, y fue mayor, casada una vez, de oficios del hogar, vecina de Barrio
Luján, San José, para que dentro del plazo de treinta días a partir de esta
publicación, se apersonen a hacer valer sus derechos en mi Notaría en la ciudad
de San José, avenida seis calles cero y uno, edificio Maryland, primera planta,
apercibidos que de no hacerlo la herencia pasará a quien corresponda.—San José,
nueve de mayo del dos mil dieciséis.—Lic. Carlos Fernández Zeledón, Notario.—1
vez.—( IN2016032218 ).
Se cita y emplaza a los
interesados en el proceso sucesorio del señor Miguel Ángel Bermúdez Arrieta,
quien portó la cédula de identidad uno-doscientos sesenta-cero setenta y tres y
fue mayor, viudo, pensionado, vecino de la ciudad de San José, para que dentro
del plazo de treinta días a partir de esta publicación, se apersonen a hacer
valer sus derechos en mi notaría en la ciudad de San José, avenida seis calles
cero y uno, edificio Maryland, primera planta, apercibidos que de no hacerlo la
herencia pasará a quien corresponda.—San José, veintiuno de abril del dos mil
dieciséis.—Lic. Aymará Fernández Madrid, Notaria.—1 vez.—( IN2016032219 ).
Se hace saber: que en
este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Óscar
Carmen Jara Sánchez, mayor, casado, pensionado, costarricense, con documento de
identidad Nº 04-0077-0748 y vecino de Heredia centro. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas,
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N°
16-000150-0370-CI (2).—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Heredia, 11 de
mayo del 2016.—Msc. Andrea Ramírez Solano, Jueza.—1 vez.—( IN2016032223 ).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión de Arabela Campos Marín, quien fue mayor, viuda
una vez, vecina de barrio Los Mangos de Vuelta de Jorco de Aserrí, con cédula
de identidad N° 1-0184-0980, para que dentro del plazo de treinta días contados
a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos;
y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no, se
presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente N° 01-S-2016. Notaría de la licenciada Sonia Mayela Mora Arias,
Notaria Pública, con oficina ubicada en Acosta, San Ignacio, contiguo a cancha
de fútbol cinco, teléfono 8575-1842.—San José, 17 de mayo del 2016.—Licda.
Sonia Mayela Mora Arias, Notaria.—1 vez.—( IN2016032226 ).
Se cita y emplaza a los
interesados en la sucesión testamentaria notarial de Juan Elías Alfaro Badilla,
mayor, soltero, comerciante, vecino de San Ramón, Alajuela, costado oeste del
Hospital, cédula número: dos-ciento noventa y ocho-novecientos noventa y tres,
para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación
de éste edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que
crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo,
la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número: dos mil dieciséis -
cero cero cero uno - veintiún mil diecinueve - NO. Licda. Angie Marcela Calvo
Umaña, Notaría Pública con oficina abierta en Naranjo, Alajuela, cien metros al
norte y cincuenta metros al oeste de la Farmacia Colonial.—Naranjo, 16 de mayo
del 2016.—Licda. Angie Marcela Calvo Umaña, Notaria.—1 vez.—( IN2016032236 ).
Se cita y emplaza a todos
los herederos, legatarios, acreedores y en general
a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Carmen
Chavarría Elizondo, quien fue mayor, viuda, de oficios domésticos, vecina de
San Antonio de Puriscal, cédula Nº 1-234-428, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a
los autos a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento, a los que crean
tener derecho a la herencia, de que si no, se presentan en ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Sucesión Nº 16-100047-0197-CI.—Juzgado Civil y
de Trabajo de Puriscal, Santiago, 12 de mayo del 2016.—Licda.
Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—1 vez.—( IN2016032240 ).
Se cita y emplaza a todos
los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en
la sucesión de quien en vida se llamó Rosa Jiménez Otárola, quien fue mayor,
costarricense, viuda, vecina de Puriscal, de oficios domésticos, cédula Nº
1-198-849, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen a los autos a hacer valer sus
derechos, bajo apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de
que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Sucesión Nº 16-100041-0197-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal,
Santiago, 05 de mayo del 2016.—Licda. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—1
vez.—( IN2016032241 ).
Se hace saber que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos
Alberto Arce Carranza, mayor, estado civil casado, profesión ganadero,
nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0203910003 y vecino La
Botijo de San Jorge de los Chiles. Se cita a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
16-000067-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, (Materia Civil), 21 de abril del 2016.—Lic. Adolfo Mora Arce,
Juez.—1 vez.—( IN2016032246 ).
Se cita y se emplaza a
los interesados en la sucesión en sede notarial de: Carlos Alberto Aguilar
González, mayor, casado cuatro veces, pensionado, vecino de El Guayabal de La
Arena de Grecia de Alajuela, costado este de la iglesia católica, con cédula de
identidad número: cuatro-uno cero siete-dos nueve cinco, para que dentro del
plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este
edicto comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia
pasara a quién corresponda. Expediente número: cero cero cero uno - dos mil
dieciséis, notaria del Bufete Barrantes, Lic. Giovanni Barrantes Barrantes
ubicada en Grecia centro, de Alajuela costado sur de la parada de buses.—Lic.
Giovanni Barrantes Barrantes, Notario.—1 vez.—( IN2016032280 ).
Se hace saber: que en
este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Félix
Ángel Argüello Villalobos, mayor, estado civil casado, con documento de
identidad Nº 0401830562 y vecino de Heredia. Se cita a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N°
16-000106-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 01 de abril del
2016.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2016032298 ).
Se hace saber: que en
este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ángel
Virgilio Azofeifa Gómez, mayor, soltero, costarricense, con documento de
identidad Nº 01-0786-0582, agricultor y vecino de San Antonio de Escazú. Se
cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 16-000101-0180-CI.—Juzgado Primero Civil de San José, 09
de mayo del 2016.—Msc. Farith Suárez Valverde, Juez.—1 vez.—( IN2016032319 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría y solicitada por (i)
Ana Victoria Moas Flores, cédula de identidad número 1-0710-0898, a las 8:00
horas, del 2 de setiembre del año 2015 y comprobado el fallecimiento, esta
notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida
fuera Manuel Moas Madrigal, mayor de edad, cédula de identidad número
8-0040-0732, viudo, arquitecto, con último domicilio en Alajuela, Grecia. Se
cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de 30
días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Luis Andrés
Bonilla Ortiz, con oficina abierta en la ciudad de San José, Catedral, Barrio
González Lahmann, avenida 10, calle 19, número 1025, Bufete Castro &
Herrera, teléfono 2223-3829. Expediente N° 0002-2015-LABO.—San José, a las 9:00
horas, del 19 de mayo del 2016.—Lic. Luis Andrés Bonilla Ortiz, Notario.—1
vez.—( IN2016032336 ).
Se hace saber que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Aracelli de
Jesús Brenes Marín, mayor, estado civil casada, profesión ama de casa,
nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 600900220 y vecina de
Limón, Pococí La Rita, Las Palmitas. Se cita a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
16-000076-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, 03 de mayo del 2016.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—(
IN2016032343 ).
Se hace saber: que en
este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Lucila
María Hernández Hernández, mayor, estado civil soltera, nacionalidad
costarricense, con documento de identidad Nº 0600690305 y vecina de La Palmita
de Naranjo, Alajuela. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras
y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000068-0295-CI.—Juzgado Civil y
Trabajo de Grecia, (Materia Civil), 25 de abril del 2016.—Lic. Randall
Briceño Solano, Juez.—1 vez.—( IN2016032387 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados en la
sucesión de Juan Rafael Ramírez Chaves, quien fue mayor, viudo, pensionado,
portadora de la cédula de identidad 3-0125-0455, vecino de La Unión, El Alto
del Carmen de Dulce Nombre; para que dentro del término de treinta días
contados a partir de la publicación de éste edicto, se apersonen en autos a
hacer valer sus derechos, apercibiéndose a quienes crean tener la calidad de
beneficiarios o herederos, que si no se presentan dentro del citado término, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 15-100028-0895-CI,
promueve Odalie Ramírez Quesada.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía
de La Unión, 29 de abril del 2016.—MSc. María de los Ángeles Solano Gamboa,
Jueza.—1 vez.—( IN2016032399 ).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta Notaría por Marco Gustavo Arosemena Ivankovich, ciudadano
panameño, mayor de edad, casado una vez, abogado, residente de la ciudad de
Panamá, República de Panamá, calle cincuenta y cuatro, Obarrio, edificio Diana
Tower, portador del pasaporte de su nacionalidad número uno nueve seis siete
cuatro seis uno; y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el
proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera Mayra Esther Ivankovich
Anzola, quien fuere ciudadana panameña, mayor de edad, divorciada una vez,
residente de la ciudad de Panamá, República de Panamá, Vía Winston Churchill, edificio
Majestic, Punta Paitilla, cédula de identidad de su nacionalidad número
ocho-ciento cuarenta y seis-quinientos once, fallecida el día veintinueve de
diciembre de dos mil doce. Se cita y emplaza a todos los interesados para que
dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus
derechos. Notaría del licenciado Federico José González Peña, sita en San José,
Barrio Escalante, avenida cinco, calles treinta y tres y treinta y cinco, casa
número tres mil trescientos treinta y dos, o llamar para orientación al
teléfono dos dos ocho cero-uno seis uno seis. Notaría: licenciado Federico José
González Peña.—Lic. Federico José González Peña, Notario.—1 vez.—( IN2016032436
).
Se hace saber que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Antonio
Álvarez Campos, mayor, casado, chofer, con documento de identidad N°
03-0225-0636 y vecino de Arenilla, Guadalupe de Cartago. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 16-000078-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 04 de abril
del 2016.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2016032437 ).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión de Isabel Sojo Campos, mayor, casada una vez,
ama de casa, cédula de identidad número uno-cero trescientos noventa y tres-mil
doscientos cuarenta y cuatro, quien fue vecina de San José, Sagrada Familia, de
la iglesia católica veinticinco metros al este y ciento cincuenta metros al
norte; y Gerardo Fernando Ortiz Novoa, quien fue mayor, casado una vez,
comerciante, cédula de identidad número uno-cero trescientos cuarenta y
dos-cero cero cincuenta y tres, para que dentro del plazo de treinta días,
contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus
derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se
presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 0002-2016. Notaria Xinia Mayela Campos Campos, con bufete en
Santo Domingo de Heredia, de la Cruz Roja cien metros al oeste y setenta y
cinco metros al norte, antepenúltima casa. Notifíquese.—Heredia, a las siete
horas del día 19 de mayo de 2016.—Lic. Xinia Mayela Campos Campos, Notaria.—1
vez.—( IN2016032466 ).
Se hace saber: que en
este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Jorge
Eliseo de Jesús Camacho Ugalde, mayor, casado una vez, ebanista, con documento
de identidad Nº 04-0089-0743 y vecino de San Rafael de Heredia, costado este de
la clínica del Seguro Social. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y
en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien
corresponda. Expediente N° 15-000395-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia,
18 de febrero del 2016.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—( IN2016032473
).
Se cita y emplaza a presuntos herederos e interesados en la sucesión
notarial de Edwin Ángel Cárdenas Chacón, quien fue mayor, casado una vez,
comerciante, vecino San Antonio de Vázquez de Coronado, con cédula número
uno-cuatrocientos dieciséis-quinientos siete, para que dentro del término de
treinta días naturales, a partir de la publicación del presente edicto, se
apersonen ante esta notaria, ubicada en San José, calle diecisiete, avenidas
dos y seis, casa número doscientos treinta, en reclamo de sus derechos.—Lic.
Mario Alberto Muñoz Quesada, Notario.—1 vez.—( IN2016032493 ).
Se hace saber que ante
esta Notaría, se tramita el proceso sucesorio testamentario notarial de quien
en vida fue Celia Hofman Dorf, quien fue, mayor, divorciada, anestesióloga,
vecina de San José, cédula de identidad número uno-trescientos ochenta y
cinco-cuatrocientos catorce, quien falleció el veintiocho de abril del dos mil
dieciséis. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos
los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría cita del Juzgado
Penal de Pavas, cincuenta metros al norte, veinticinco metros oeste, casa
número cuarenta y siete, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N°
0001-2016.—16 de mayo 2016.—Lic. Róger Antonio Hidalgo Zúñiga, Notario.—1
vez.—( IN2016032495 ).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta Notaría por Julián Ramírez Chaves, Liliam, Marta Elieth conocida
como Marta Elidieth, María Mayela, Marta María, Ileana Isabel conocida como
Elena Isabel, Fernando, Edwin, Juan, Humberto, Marvin Alberto, Ronald, todos de
apellidos Ramírez Alvarado, a las dieciocho horas y treinta minutos del seis de
mayo del año dos mil dieciséis y comprobado el fallecimiento, esta Notaría
declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Juana
Domitila Alvarado Camacho, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, cédula
de identidad número tres-ciento cuatro-novecientos sesenta, vecina de Cartago,
Tobosi de El Guarco, doscientos cincuenta metros al este de la Delegación de la
Policía de Proximidad de la Fuerza Pública. Se cita y emplaza a todos los
interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer
sus derechos. Notaría de la Licda. Paola Andrea Álvarez Marín. Cartago, San
Rafael de Oreamuno, costado noreste de la plaza de deportes. Teléfono 8987-2265.—Licda.
Paola Andrea Álvarez Marín, Notaria.—1 vez.—( IN2016032541 ).
Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso Sucesorio de
quien en vida se llamó Sara Villalobos Salazar, mayor, casada, vecina de
Alajuela, Naranjo, Barranca, 200 metros oeste del Salón Comunal, costarricense
con documento de identidad dos-trescientos veinticinco-quinientos veintiséis.
Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas
las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien
corresponda. Expediente Nº 16-000033-0295-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de
Grecia, (Materia Civil), 09 de marzo del 2016.—Lic. Randall Briceño
Solano, Juez.—1 vez.—( IN2016032549 ).
Ante esta notaría se
tramita proceso sucesorio de quien en vida fue Alicia Trejos Vásquez, mayor,
casada una vez, del hogar, con cédula: tres-cero cero noventa y tres-mil tres,
vecina de Cartago, Tejar, El Guarco, trescientos oeste del Colegio Elías Leiva,
por lo que se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo
de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto
comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener calidad
de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a
quien corresponda. Expediente N° 2006-13-09. Notaría de Bufete Víquez Blanco y
Asociados.—Licda. Sandra Víquez Blanco, Notaria.—1 vez.—( IN2016032567 ).
Se emplaza a herederos,
legatarios, acreedores, y demás interesados en la sucesión de quien en vida se
llamó David Alejandro López Rodríguez, mayor, soltero, telefonista, de
nacionalidad colombiana, con cédula de residencia libre de condición uno uno
siete cero cero uno ocho cero cuatro cero dos, vecino de Escazú, Urbanización
Los Anonos, casa número cincuenta y dos, San José, quien falleció el día
veintiséis de febrero del dos mil dieciséis, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante esta Notaría, en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que en
caso de que no lo hicieren, la herencia pasará a quien en derecho corresponda.
Expediente número 001-2016, sucesorio Ab Intestato en sede notarial de David
Alejandro López Rodríguez. Notaría de Olga Doris Torres sito en San José,
Barrio Luján; costado norte, del Patronato Nacional de la Infancia, casa número
veintiuno veintitrés, segunda planta.—San José, seis de mayo del dos mil
dieciséis.—Lic. Olga Doris Torres Navarro, Notaria.—1 vez.—( IN2016032575 ).
Se hace saber: que en
este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Adoración Belén Hidalgo Quirós, mayor, casada, ama de casa, vecina de Agua
Caliente de Cartago, de nacionalidad costarricense, con documento de identidad
03-0101-0792. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer
valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a
la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a
quien corresponda. Expediente N° 16-000152-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor
Cuantía de Cartago, 5 de mayo del 2016.—Lic. Carlos Felipe Jinesta Blanco,
Juez.—1 vez.—( IN2016032579 ).
Se hace saber que en este
despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Marina
Montenegro Brenes, mayor, soltera, con documento de identidad 3-166-563 y
vecina de Capellades de Alvarado, Cartago. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella
pasará a quien corresponda. Expediente N° 13-000422-0640-CI.—Juzgado Civil
de Cartago, 28 de enero del 2014.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1 vez.—(
IN2016032585 ).
Ante esta notaría se
tramita el proceso sucesorio notarial de quien en vida se llamó Isolina Zapata
Zapata conocida como Cabalceta Zapata, mayor, divorciada una vez, ama de casa,
vecina de San José, Hatillo N° Dos, casa siete tres nueve, cédula cinco-cero
treinta-once siete siete, me ha sido presentado por los señores Nidia Mayela
Cabalceta Zapata, mayor, pensionada, cédula seis- ciento tres-doscientos
cincuenta y uno, vecina de San José, Hatillo N° Dos, casa siete tres nueve, y
Gilberto Cabalceta Zapata, mayor, soltero, pensionado, vecino de San Francisco
de Dos Ríos, cédula seis-cero ochenta-nueve cuatro cuatro, solicitando como
herederos la apertura del correspondiente proceso sucesorio. Por ello se
confiere el plazo legal de treinta días establecido en el artículo novecientos
diecisiete del Código Procesal Civil, a todos los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados para que comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener
derecho a la herencia de que si no se presentan en ese plazo aquella pasará a
quien corresponda. Esta notaría se encuentra ubicada en la Ciudad de San José,
Pavas, Rohrmoser, de Restaurante Pizza Hut, ciento veinticinco oeste y setenta
y cinco al sur.—San José, 5 de mayo del 2016.—Lic. Johanny Retana Madríz,
Notario.—1 vez.—(IN2016032593).
Se cita y emplaza a los
interesados en el Proceso Sucesorio de la señora Cecilia Jesús de los Ángeles
Méndez Villalobos, cédula de identidad número siete-cero cero treinta y
seis-cero trescientos ochenta y siete, para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar
sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no
se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Exp.
Nº 1-2016.—Lic. Marta Isabel Alvarado Granados, Notaria.—1 vez.—( IN2016032595
).
Se hace saber que en este
Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Lía de los
Ángeles Zoraida Chinchilla Villalta, cédula 3-104-754, quien en vida fue mayor,
viuda una vez, del hogar, vecina de Paso Ancho de Oreamuno, Cartago. Se cita a
las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las
personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien
corresponda. Expediente Nº 15-000002-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago,
25 de noviembre del 2015.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—(
IN2016032623 ).
Se hace saber que en este
Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Aguilar
Novoa Marvin Antonio, mayor, agricultor, casado, vecino de San Isidro Loría,
Pascua de Siquirres; un kilómetro suroeste, de la plaza de deportes y portaba
la cédula de identidad 303180350. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000217-0930-CI.—Juzgado Civil
del Segundo Circuito Judicial de La Zona Atlántica, 25 de octubre del
2013.—Lic. Rolando Porras Mejías, Juez.—1 vez.—( IN2016032625 ).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Zeneida Delgado
Soto, quien fue mayor, casada una vez, vecina de Santa Ana, Pozos, con cédula
de identidad número 1-0310-0619, para que dentro del término de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no
se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quién corresponda.
Proceso sucesorio 16-100022-242-CI.—Juzgado Civil y de Menor Cuantía de
Santa Ana.—Lic. Ronald Chacón Mejía, Juez.—1 vez.—( IN2016032633 ).
Se hace saber: que en
este despacho se tramita el proceso sucesorio de José Luis Saborío Muñoz, quien
fuera mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Alajuelita, cédula
1-0211-0447. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a
todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos
con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que
si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda.
Expediente N° 2015-100085-0216-CI.—Juzgado Civil Trabajo y Familia de
Hatillo, Alajuelita y San Sebastián, 3 de mayo del 2016.—Licda. Angélica
Delgado Madrigal, Jueza.—1 vez.—( IN2016032657 ).
Por escritura número
ciento cuarenta y nueve-dos, folio noventa y cuatro frente, del tomo segundo
del protocolo del Licenciado Alonso Augusto Arias Solano, Notario Público con
oficina en San José, se inicia el proceso sucesorio notarial del señor José
Alberto Zúñiga Segura, quien en vida fue mayor, divorciado de su primer
matrimonio, agricultor, vecino de San José, Salitrillos de Aserrí, cédula de
identidad uno-cuatrocientos cuarenta y seis-trescientos seis. Comprobada la
defunción del causante José Alberto Zúñiga, se declara abierto el proceso
sucesorio notarial, bajo el expediente 001-2016 sucesorio. Se nombra al
Licenciado Luis Carlos Vargas Solano, mayor, casado una vez, abogado, vecino de
San José, Salitrillos de Aserrí, del Abastecedor Las Prestaciones doscientos
metros al sureste, cédula de identidad uno-cuatrocientos ochenta y
cuatro-setecientos cincuenta y cinco, carné de abogado número diecisiete mil
ciento ochenta y cinco, como Apoderado Especial Judicial de los herederos.
Existen los preceptos legales de: herederos plenamente capaces, acuerdo entre
los herederos, no hay ninguna discrepancia en cuanto a la sucesión se trata. De
conformidad con el artículo primero del decreto novecientos dos de mil
novecientos ochenta y ocho el cual fue modificado por el decreto mil
setecientos veintinueve de mil novecientos ochenta y nueve artículo primero. Se
nombra albacea provisional al señor José Andrés Zúñiga Prado, mayor, casado una
vez, cédula de identidad uno-mil doscientos setenta-cuatrocientos setenta y
tres, quien comparece en este acto, acepta y jura cumplir con el cargo. Además
se nombra como Perito Valuador al Arquitecto Bernal Badilla Ureña, para que
otorgue el avalúo respectivo de los bienes inventariados. Se ordena extender el
Edicto de Ley, el cual deberá ser publicado en el diario Oficial La Gaceta,
se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados para que dentro de treinta días hábiles para que comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crea tener derecho a
la herencia de que si no se presentan en el plazo aquella pasará a quién
corresponda, para lo cual deberán señalar lugar para recibir
notificaciones.—San José, a las ocho horas del tres de mayo del dos mil
dieciséis.—Lic. Alonso Augusto Arias Solano, Notario.—1 vez.—( IN2016032681 ).
Se hace saber que en este
despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Claudio
Quesada Miranda, mayor, casado una vez, chofer, con cédula de identidad número
0202120380, vecino de Palmares de Alajuela. Se cita a las personas herederas,
legatarias, acreedor as y en general a todas las personas interesadas, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos
que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese
plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 16-000023-0296-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San
Ramón, (Materia Civil), 4 de abril del 2016.—Dr. Minor Chavarría Vargas,
Juez.—1 vez.—( IN2016032685 ).
Se hace saber que en este
Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Gerardo
María Israel Salas Zúñiga, mayor, casado, funcionario bancario, con documento
de identidad 0700650397 y vecino de Guácimo, Limón. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas,
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
16-000040-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de La Zona
Atlántica, 16 de marzo del 2016.—Msc. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—1 vez.—(
IN2016032783 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces
consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela
testamentaria del menor Luis Fabián Martínez Fernández, ya por haber sido
nombrados en testamento, ya por corresponderles la legítima, para que se
presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de
publicación del último edicto. Proceso tutela legítima dativa; promovente:
Patronato Nacional de la Infancia. Expediente N° 13-000453-0932-FA.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí,
9 de enero del 2014.—Lic. Juan Damián Brilla Ramírez, Juez.—Exonerado.—(
IN2016031254 ).
primera publicación
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en la
declaratoria de abandono de los menores Alex Darían Hernández Salas, Yavet
Enrique Rodríguez Salas y Yariel Tareth Salas Soto, se concede a los
interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito
donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en
que fundamenta la misma Cañas, 22 de abril del 2016 Expediente N°
16-400096-0928-FA (100-2-2016)-B Declaratoria de abandono con fines de adopción
estableado por el Patronato Nacional de La Infancia contra Lillany Vanessa
Salas Coto, Brayan Emilio Hernández García y Carlos Enrique Rodríguez Barahona.
Debe publicarse tres veces consecutivas en el Boletín Judicial.—Juzgado
de Familia de Canas, Guanacaste.—Lic. Luis Fernando Suarez Jiménez,
Juez.—Exonerado.—( IN2016031580 ).
Licda. Pilar Gómez Marín,
Jueza del Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago; hace saber a
Jeffry Gerardo Matarrita Matarrita, portador de la cédula de identidad
0603470839, Manfred Gerardo Matarrita Matarrita, portador de la cédula de
identidad 0111410638, ambos, mayores, solteros y de labores agrícolas, vecinos
de Cartago, Cervantes Mata de Guineo 150 metros al oeste, de la iglesia, que en
este Despacho se interpuso un proceso ejecución hipotecaria en su contra, bajo
el expediente número 15-001045-1164-CJ donde se dictaron las resoluciones que
literalmente dicen: “Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, a las
nueve horas y cuarenta y seis minutos del cuatro de agosto de dos mil quince.
Se tiene por establecido el proceso ejecución hipotecaria en contra de Jeffry
Gerardo Matarrita Matarrita, Manfred Gerardo Matarrita Matarrita; a quien(es)
se le(s) previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un
medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo
haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de
veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.- Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en
sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular
169- 2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de
notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de
documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Igualmente
se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser
utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema
ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poderjudicial. go.cr
Si desea más información contacte al personal del Despacho en que se tramita el
expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior,
en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07
celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de
este asunto, se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de
trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta
con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar
de residencia. Con la base de dieciséis millones setecientos mil colones
exactos libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate el bien dado en
garantía, sea la finca del partido de Cartago, matrícula número
00245805-001-002 Para tal efecto se señalan las catorce horas y cero minutos
del treinta de setiembre de dos mil quince (Primer remate). De no haber
postores, para llevar a cabo el Segundo remate, se señalan las catorce horas y
cero minutos del dieciséis de octubre de dos mil quince, con la base de doce
millones quinientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un 25%). De no
apersonarse rematantes, para el Tercer remate, se señalan las catorce horas y
cero minutos del tres de noviembre de dos mil quince, con la base de cuatro
millones ciento setenta y cinco mil colones exactos (un 25% de la base
original). Publíquese el edicto de ley. De la anterior liquidación de
intereses, se confiere audiencia por tres días a la parte demandada. Se ordena
anotar la presente demanda al margen de inscripción de (las) finca(s)
garante(s). Mediante anotación tecnológica inscríbase en el Registro Nacional
los respectivos embargos. Por el plazo de ocho días, se requiere de pago a Juan
Carlos Jiménez Castillo y Digna Navarro Venegas en su condición de tercer
adquiriente para que verifique el pago de la suma que garantiza la hipoteca, o
la abandone a la ejecución; así como para que se apersone(n) a hacer valer sus
derechos. Artículos 419 del Código Civil, reformado en forma tácita por el
numeral 21.4 de la Ley de Cobro Judicial. Notifíquese la presente resolución,
personalmente por cédula y copias de ley en su casa de habitación. “Se invita a
la parte gestionante a que suministre un número de teléfono “celular”, con el
fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.- Esta
petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal,
buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones”. Notifíquese
esta resolución a la parte demandada, personalmente o por medio de cédulas y
copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo
19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona
Policía de la Proximidad de Cervantes Cartago. La parte demandada puede ser
localizada en la siguiente dirección: Jeffry Gerardo y Manfred Gerardo ambos
Matarrita Matarrita Cartago, Cervantes, Mata de Guineo 150 metros al oeste de
la iglesia, Juan Carlos Jiménez Castilla conocida como Jiménez Castillo y Digna
Navarro Venegas se localiza en Cartago, Cervantes El Bajo, del Súper Karen
Liliana 450 metros al sur. En caso que el lugar de residencia consistiere en
una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a)
funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo
4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se tiene por otorgado el poder
especial judicial al (los) Licenciado(s) Víctor Manuel Carvajal Ramírez por la
parte actora, y se tiene por aceptado el mismo. Artículos 118 del Código
Procesal Civil. De conformidad con el artículo 35 de la citada ley; se informa
a la autoridad comisionada que la parte accionante tiene señalado como medio el
Fax 2551-1784. En otro orden de ideas, se les pone en conocimiento de las
partes, que una vez firmados los oficios recordatorios a entidades
comisionadas, nuevas comisiones, los oficios de embargo de salario y bancarios,
los mismos deben ser diligenciados en forma personal por quienes los solicita y
hacer llegar al despacho los resultados obtenidos. Los documentos los podrán
bajar por medio del Sistema Costarricense de Gestión de Despachos Judiciales a
través de la página www.Poder- Judicial.go.cr. Las partes deberán comunicarse
al despacho para la solicitud de clave de autorización para el uso del sistema
de Gestión en Línea Licda. Pilar Gómez Marín, Juez.” y la Resolución que
literalmente dice: “Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, a las
once horas y siete minutos del cinco de octubre de dos mil quince. Por carecer
de requisitos legales, se imprueba el remate señalado a las catorce horas cero
minutos del 30 de setiembre del año 2015. Conforme lo solicita la parte actora
en memorial del 14 de setiembre del año 2015, con el fin de nombrar curador
procesal para que representar a los demandados Jeffry Gerardo Matarrita
Matarrita y Manfred Gerardo Matarrita Matarrita, deberá la parte accionante
depositar la suma de ochocientos sesenta y dos mil doscientos noventa y cinco
colones con veintitrés céntimos, para responder en forma provisional a los
emolumentos del profesional a designar (artículo 262 del Código Procesal
Civil). La misma deberá depositarse en la cuenta N° 15-001045-1164-CJ-1, de
este Juzgado en el Banco de Costa Rica, bajo el apercibimiento de que si no se
verifica, el proceso permanecerá inactivo. Una vez efectuado el depósito,
deberá comunicarse al Despacho a efecto de proceder conforme a derecho
corresponda con el nombramiento de interés, y con la confección del edicto de
ley a fin de notificar a los demandados Matarrita Matarrita conforme lo
regulado por el numeral 263 del Código Procesal Civil. Ahora bien, de
conformidad con el artículo 21.4 de la Ley de Cobro Judicial y por haberlo
solicitado así el apoderado del actor en escrito del 21 de setiembre del año
2015, se ordena expedir edicto con el fin de notificar a los Terceros
Adquirientes Juan Carlos Jiménez Castillo y Digna Navarro Venegas, el auto
dictado a las nueve horas y cuarenta y seis minutos del cuatro de agosto de dos
mil quince y este auto. Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza. Juzgado Especializado
de Cobro Judicial de Cartago, a las dieciséis horas y once minutos del cinco de
noviembre de dos mil quince. Con vista en el escrito del 28 de octubre del año
2015 y comprobado el depositado la suma prudencial fijada para responder en
forma provisional a los honorarios de curador, se nombra como tal al Licenciado
Luis Diego Jiménez Jiménez cédula: 0106280144; a quien se le previene que en
caso de anuencia deberá comparecer a este Despacho dentro del plazo de cinco
días para aceptar el cargo conferido. Si no comparece, se entenderá que no lo
acepta y se nombrará otro en su lugar. Asimismo se le previene que en caso de
no hacerlo al momento de aceptar el cargo, deberá en el primer escrito que
presente señalar medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con
el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá
igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio
señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°
8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de
enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber lo dispuesto por el
Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008,
artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un
fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el
envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como
teléfono. La parte interesada puede localizarlo al teléfono: 2260-7177,
celular: 8340-2509, Fax: 2260-7188 Correo: ldjimenez@costarricense.cr.
Notifíquese a la parte demandada; la presente demanda, por medio de un edicto
que se publicará en el Boletín Judicial o en un Diario de Circulación
Nacional; para los efectos del artículo 263 del Código Procesal Civil. Inclúyase
en el mismo los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los
plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se haga la
publicación. Expídase y publíquese. Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.”. Lo
anterior se ordena así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de
Ahorro y Préstamo contra Jeffry Gerardo Matarrita Matarrita, Manfred Gerardo
Matarrita Matarrita. Expediente Nº 15-001045-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro Judicial de Cartago, 05 de noviembre del 2015.—Lic. Pilar Gómez
Marín, Jueza.—( IN2016032670 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Hace saber, que en proceso Especial de Ampliación de Medidas de
Protección, Expediente 16-400072-1143-FA, establecido por el Patronato Nacional
de la Infancia, contra Francisca del Socorro Sobalvarro, mayor de edad,
soltera, de nacionalidad nicaragüense, pasaporte de su país número
NIC-CRI-02-012120615. Se ordena notificarle por medio de edicto, resolución de
las catorce horas treinta y cinco minutos del dos de mayo del dos mil dieciséis
y a todas aquellas personas que tengan interés en el presente proceso.
Notifíquese.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
sede Upala, 02 de mayo del 2016.—Licda. Wendy Blanco Donaire, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016031579 ).
Licenciada María del
Rocío Quesada Zamora, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial
de La Zona Sur (Pérez Zeledón), a Michael Richards Hendricks, quien es mayor,
estadounidense, con pasaporte número 097344969, de demás calidades
desconocidas, se le hace saber que en demanda de impugnación de reconocimiento
contra Michael Richards Henricks e investigación de paternidad contra edén
Jesús Gómez Mora, expediente N° 16-000223-1303-FA, se ordena notificarle por
edicto, la resolución que literalmente dice: Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón), a las trece horas y cuarenta
minutos del doce de mayo del dos mil dieciséis. I.- Se tiene por establecido
por parte de Jeikot Jafet Hendricks Benavides el presente proceso de
impugnación de reconocimiento en contra de Michael Richards Hendricks y proceso
de investigación de paternidad en contra de edén Jesús Gómez Mora a quien se le
confiere traslado por el plazo de diez días, para que la conteste, oponga
excepciones previas, la prueba documental que tuviere y la testimonial con
indicación en su caso del nombre y generales de los testigos que proponga. Al
contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para
su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos
de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si
los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o
rectificaciones. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito
que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el consejo superior, en
sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, circular
169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de
notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de
documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta
a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de
enviar avisos y recordatorios de actuaciones del Despacho. Esta petición es
para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones”. Igualmente se
les invita a utilizar “el sistema de gestión en línea” que además puede ser
utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema
ingrese la página oficial del poder judicial, http://www.poder-judicial.go.cr
si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el
expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el consejo superior,
en concordancia con la política de género del poder judicial, sesión 78-07
celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de
este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la
siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d)
Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún Tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se les hace saber a las
partes interesadas que una vez que conste en autos que la parte demandada fue
debidamente notificada de esta demanda, se procederá a asignarles una cita en
coordinación con el Departamento de Laboratorio Forense, Sección de Bioquímica,
para realizar la prueba de marcadores genéticos (ADN), ubicado en San Joaquín
de Flores, Heredia. Por lo que desde ya se les hace saber que no es necesario
que se presenten en ayunas, pero sí es indispensable la presentación del
documento de su identidad vigente y en buenas condiciones. También, se les hace
saber que la persona que sin fundamento razonable se niegue a someterse a la
práctica de esa prueba, dispuesta por esta autoridad podrá ser tenida como
procediendo con malicia. Además, esa circunstancia podrá ser tenida como
indicio de la veracidad de lo que se pretende demostrar con dicha prueba y que
si una persona se niega someterse a un examen médico, que sea necesario para
acreditar en juicio ciertos hechos controvertidos, el Juez puede considerar
como probados los hechos que se trataban de demostrar por la vía del examen
(artículos 98 del Código de Familia y 46, párrafo segundo del Código Civil); de
ahí la importancia de que señalen un medio donde atender sus notificaciones y
de suministrar su número telefónico de celular a efecto de enviarles a la vez
un recordatorio de la que cita que posteriormente se les vaya a asignar. II.-
Habiéndose acreditado la ausencia del demandado Michael Richards Hendricks, se
nombra como su curadora procesal a la Licenciada, Estrella García Araya; a
quien se le previene que en caso de anuencia deberá comparecer a este despacho
dentro del plazo de cinco días para aceptar el cargo conferido. Si no
comparece, se entenderá que no lo acepta, se nombrará otro en su lugar y, ello
será comunicado a la dirección ejecutiva del poder judicial. Asimismo, se le
previene que en caso de no hacerlo al momento de aceptar el cargo, deberá en el
primer escrito que presente señalar medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber lo dispuesto por el consejo superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, circular 169-2008,
en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos,
por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. III. Con base en los
acuerdos del consejo superior tomados en sus sesiones Nos 53-08 del
27 de julio (artículo LXII) y 65-08 del 2 de setiembre (artículo LVI) y
publicados como circulares Nos 141-08 del 18 de agosto y 172-08 del
7 de noviembre en los Boletines Judiciales Nos 171 del 4 de
setiembre y 228 del 25 de noviembre, fechas todas de 2002, se fijan los
honorarios de la persona profesional designada en la suma de cincuenta mil
colones (¢50.000,00); los cuales se encuentran debidamente depositados en la
cuenta número 16-000223-1303-FA-9 y ante el banco de costa rica; mismos que le
serán girados una vez culminada su labor en este asunto. Se advierte al curador
procesal que: a) El cargo le obliga a promover toda defensa que proteja los
intereses de su representado y a ejercitar los recursos que quepan contra las
resoluciones adversas a sus intereses. b) Una vez aceptado el cargo, cuenta con
diez días para contestar la demanda. Notifíquesele a dicha curadora en la
dirección de correo electrónico estergarcia3@hotmail.com y al demandado
mediante la publicación del edicto de ley en el Boletín Judicial por una
sola vez. Se le hace saber al mismo que las copias de ley se encuentran en la
secretaría de este despacho a su libre disposición. IV.- Notifíquese esta
resolución al demandado edén Jesús Gómez Mora, personalmente o por medio de
cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real
(artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales). Para estos efectos, se
comisiona a la delegación de la Fuerza Pública de Zarcero, Alajuela. La parte
demandada puede ser localizada en la siguiente dirección: bajo tapezco de
zarcero, de la provincia de Alajuela, contiguo al restaurante ambientes. En
caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso
restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a
efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Previo a confeccionar la respectiva comisión, se le previene al
actor aportar un juego de copias completo del expediente, lo anterior en el
plazo de tres días, bajo apercibimiento de
que en caso de omisión no se le atenderán sus futuras gestiones (artículo 136
del Código Procesal Civil). V.- Por último se le previene al actor Jeikot Jafet
Hendricks benavides, aportar el acta de reconocimiento realizado por el
codemandado Michael Richards Hendricks a su favor, lo anterior en el plazo de
quince días, bajo apercibimiento de que en caso de omisión no se
atenderán sus futuras gestiones.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de La Zona Sur, Pérez Zeledón.—Licda. María del Rocío Quesada
Zamora, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016031597 ).
Se convoca por medio de
este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de Maykel Antonio
Marín Loría, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se
presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a
partir de esta publicación. Proceso de insania de Grettel María Villalobos
Villalobos. Expediente N° 16-000720-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 11 de mayo del 2016.—Licda. Luz Amelia
Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016031601 ).
Se convoca por medio de
este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de Hubert Gerardo
Araya Quirós, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se
presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a
partir de esta publicación. Proceso de insania de Zulma Grace de Jesús Quirós
Chavarría. Expediente número 16-000905-0338-FA.—Juzgado de Familia de
Cartago, 17 de mayo del 2016.—Licda. Cristina Dittel Masis, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2016031602 ).
Licenciada Luz Amelia
Ramírez Garita, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, a quien interese, se le hace saber que en proceso Insania, expediente
N° 13-000734-0292-FA, establecido por Bertilia Pérez Oconitrillo, se ordena
notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: sentencia de
primera instancia N° 100308-2015. Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela. A las diez horas y cuarenta y nueve minutos del veintisiete
de febrero del dos mil quince. Proceso de actividad judicial no contenciosa de
insania promovido inicialmente por Bertalia Pérez Oconitrillo, mayor, viuda una
vez, oficios domésticos, vecina de El Coyol, Alajuela, portadora de la cédula
de identidad N° 201590494, en favor de Ana Rosa Moreira Pérez, mayor, casada
una vez pero separada de hecho, pensionada, vecina de Turrúcares de Alajuela,
portadora de la cédula de identidad N° 203740394. Resultando; Considerando:
I.—Hechos probados. V.—Costas; Por tanto: de conformidad con lo expuesto,
artículos 99, 153, 155, 796, 797, 842, 828, y 829 del Código Procesal Civil,
466 del Código Civil, 43 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elección y
del Registro Civil, 233, 236, 239, 242, 202 y 204 del Código de Familia, el
presente proceso de actividad judicial no contenciosa, incoado por Bertalia
Pérez Oconitrillo, se falla de la siguiente forma: 1) Se declara el estado de
interdicción de su hija la señora Ana Rosa Moreira Pérez. 2) Firme esta
sentencia, la ejecutoria deberá inscribirse en el Registro Público, Sección de
Personas y Sección de Propiedad, así como en el Registro Civil, bajo el número
de cédula de identidad N° 203740394. 3) Se nombra como curador de la incapaz, a
su hijo Edén Alberto Calvo Moreira, a quien se le previene comparecer a aceptar
y jurar el cargo dentro de tercero día; o a exponer el motivo de excusa que
tuviere. 4). El curador designado deberá levantar un inventario de todos los
bienes de la inhábil, en el plazo de treinta días contados a partir de la
aceptación del cargo. 5) Con el fin de que el curador represente a la incapaz,
en los asuntos judiciales en los que se ésta se halle interesada, se le dará
certificación de la respectiva acta y de esta sentencia. 6) Una vez que el
curador presente el inventario y el avalúo de todos los bienes de la incapaz,
en caso de tenerlos, se le ordenará que garantice las resultas de su
administración. 7) La garantía se puede rendir mediante depósito en dinero
efectivo, hipoteca, póliza de fidelidad del Instituto Nacional de Seguros o
bonos del Estado sus instituciones, apreciados estos últimos en su valor
comercial, según certificación de un corredor jurado. 8) El cargo de curador
lleva implícito el deber de representarla legalmente y administrar sus bienes.
Igualmente, es obligación del curador cuidar que la incapaz adquiera o recobre
su capacidad mental. 9) Las costas de este trámite son a cargo del patrimonio
de la inhábil. 10) Publíquese la sentencia en el Boletín Judicial. Msc.
Agustín Díaz Delgado, Juez.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial
de Alajuela.—Licda. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2016031834 ).
Se avisa a Nirsha Urbina
García, mayor, nicaragüense, portadora del pasaporte NIC-CRI-01-149820915, de
domicilio desconocido, que en este Juzgado, se tramita el expediente N°
16-000155-0673-NA, correspondiente a proceso especial de protección establecido
por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita medidas de
protección a favor de la persona menor de edad Rihanna Michelle Vargas Urbina.
Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su
conformidad o se oponga a este proceso.—Juzgado de Familia, de Niñez y
Adolescencia, 10 de mayo del 2016.—Lic. Ignacio Solano Araya, Juez.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016032169 ).
Se convoca por medio de
este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de Ana Gabriela
Barquero Carvajal, mayor de edad, cédula de identidad 2-601-326, conforme con
el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de
ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación.
Proceso de insania gestionado por Lidieth Carvajal Rodríguez, mayor de edad,
cédula de identidad 2-383-146. Expediente número 16-000551-0292-FA.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 6 de mayo del
2016.—Msc. Lianna Mata Méndez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016032175 ).
Se convoca por medio de
este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el
artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella
dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso
de insania que promueve Francisco Javier Varela Guillén, presunto insano Marcos
Varela Guillén. Expediente N° 16-001194-0338-FA.—Juzgado de Familia de
Cartago, 18 de mayo del 2016.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016032178 ).
Se convoca a quienes de
conformidad con el artículo 236 del Código de Familia, les corresponda la
curatela de Eladio Esquivel Vargas, cédula N° 1-0432-0226, para que se
presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días, contado a
partir de esta publicación. Diligencias de insania N° 15-401921-0637-FA.—Juzgado
de Familia de Desamparados, 31 de marzo del 2016.—Licda. Luz Marina Solís
Poveda, Jueza.—1 vez.—( IN2016032282 ).
Licenciado, Ivan Tiffer
Vargas, Juez Instructor del Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito
Judicial de San José; hace saber a la anotante María Eugenia Muñoz Ramírez,
número de cédula 1-349-506, de domicilio actual desconocido y paradero
ignorado, que en este Despacho, se interpuso un proceso ejecución hipotecaria
en su contra, bajo el expediente número 12-028808-1012-CJ donde se dictaron las
resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Especializado de Cobro, Segundo
Circuito Judicial de San José, a las nueve horas y treinta y uno minutos del
quince de marzo del dos mil trece. Se tiene por establecido el proceso
ejecución hipotecaria en contra de José Antonio Vargas Arias; a quien se le
previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para
atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se
pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de
Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en
La Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le
hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008,
en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos,
por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Se exhorta a las partes
a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos
y recordatorios de actuaciones del Despacho. Esta petición es para cubrir
nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del
mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción de notificaciones. Previo a señalar hora y fecha
para los tres remates, del bien generador de los tributos puestos al cobro, en
virtud de la existencia de hipoteca de segundo grado anotada bajo las citas
tomo: 573 asiento: 63138 y siendo que la misma venció desde el 12 de julio del
2008, se ordena la notificación del acreedor José María Pérez Villalobos a fin
de que indique el estado actual de la misma De la anterior liquidación de
intereses, se confiere audiencia por tres días al demandado. Se ordena anotar
la presente demanda al margen de inscripción de la finca dada en garantía. Al
tenor del artículo 21.4, párrafo último de la Ley de Cobro Judicial, por el
improrrogable plazo de ocho días, se emplaza al acreedor Mutual Cartago Ahorro
y Préstamo (acreedor de primer grado) y José María Pérez Villalobos (acreedor
de segundo grado); para que se apersone a los autos en defensa de su derecho.
Indíquese dirección para notificarlo. Se exhorta a las partes a que suministren
un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de
actuaciones del despacho.- Esta petición es para cubrir nuestras necesidades
internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la
recepción de notificaciones. Notifíquese esta resolución al demandado,
personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación,
o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. A efecto de determinar el anotante del practicado inscrito bajo las
citas tomo: 800 asiento: 17166 dentro del proceso número 09-30260-1044-CJ,
sírvase el actor aportar certificación expedida por el Despacho donde se
tramita dicho expediente, donde conste el nombre del anotante. Asimismo, a fin
de notificarle aporte la dirección indicando provincia, cantón, distrito y
demás señas. Ahora bien, si se trata de una sociedad aporte la personería
jurídica. Para notificar a la parte demandada, se comisiona Policía de
Proximidad de Santa Ana. Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito
Judicial de San José.- A las diez horas y nueve minutos del uno de abril del
dos mil dieciséis. Conforme se solicita, se ordena verificar un nuevo
señalamiento para sacar a remate los bienes dados en garantía sea la finca del
partido de San José, matrícula 258638-000; y para tal efecto se señalan las
diez horas y treinta minutos del dieciocho de julio del dos mil dieciséis La
base será la misma fijada en autos, sea la suma de treinta y ocho millones cuatrocientos
mil colones exactos de no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate,
se señalan las diez horas y treinta minutos del cuatro de agosto del año dos
mil dieciséis, con la base de veintiocho millones ochocientos mil colones
exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer
remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintidós de agosto del
dos mil dieciséis con la base de nueve millones seiscientos mil colones exactos
(un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. Ahora bien, previo a
conocer la liquidación de fecha 9 de abril del 2015, debe la Mutual de Cartago
de Ahorro y Préstamo, aclarar el monto adeudado de la obligación que en esta
vía ejecuta ya que de una lectura del mismo y de la Certificación de Hecho
Concreto de Contador Público Autorizado, se indica la existencia de una
capitalización, cual según la escritura de constitución de hipoteca corresponde
a intereses dejados de cancelar, aspecto que va en contra de lo dispuesto en el
artículo 505 de Código de Comercio. Por otra parte, tal y como solicita el
acreedor de primer grado y de conformidad con el párrafo tercero del numeral
21.4 de Ley de Cobro Judicial se ordena notificar el presente proceso por medio
de edicto a la anotante María Eugenia Muñoz Ramírez. Lo anterior se ordena así
en proceso ejecución hipotecaria de Mutual de Cartago de Ahorro y Préstamo
contra José Antonio Vargas Arias. Exp. Nº 12-028808-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 1° de abril
del 2016.—Lic. Iván Tiffer Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2016032582 ).
Se hace saber a la señora
Guillermina Martínez Frías, de nacionalidad dominicana, comerciante, pasaporte
N° 93078260, casada y sin domicilio conocido, que en este despacho se tramita
proceso abreviado de divorcio N° 2014-000864-0186-FA (2), establecido por
Manuel Antonio Esquivel Molina dentro del cual se le otorgó traslado por diez
días para contestar la demanda de divorcio por la causal de adulterio y
separación de hecho, sin declaración en cuanto a gananciales por no existir,
oponer excepciones, ofrecer sus pruebas, indicar el nombre y las generales de
los testigos y los hechos a los que se referirá cada uno, aportar la documental
y señalar medio para atender notificaciones, apercibido de que si no lo hace
operará la notificación automática. El emplazamiento corre tres días después de
esta publicación.—Juzgado Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de
San José, 27 de octubre del 2014.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1
vez.—( IN2016032610 ).
Se hace saber que en
proceso judicial de quiebra tramitado en este despacho judicial, se dictó la
sentencia número 237-2016 de las catorce horas y cincuenta y cinco minutos del
cinco de mayo del dos mil dieciséis, que en lo conducente dice: “...Por tanto:
se declara la quiebra de Sanigest Internacional S. A., cédula jurídica
3-101-275170, con base en lo dispuesto por los artículos 851 inciso b), 852,
860, 868 y 886 del Código de Comercio, 760 y 818 del Código Procesal Civil. Concatenando
los artículos 863 y 868 del Código de Comercio, se fija por ahora y en
perjuicio de tercero la época en que cesó al pago de sus obligaciones
provisionalmente el dieciséis de noviembre del dos mil quince, que es un plazo
de tres meses retroactivo contado a partir del veinticuatro de noviembre del
dos mil once, fecha en la cual se cumplieron las veinticuatro horas para la
declaración de quiebra como lo contempla el canon 863 ídibem. Se les previene a
todas las personas que en cuyo poder existan pertenencias de la quebrada,
cualquiera que sea su naturaleza, que dentro del plazo de un mes, hagan al
curador o al Juez manifestación y entrega de ellas bajo pena de ser tenidos por
ocultadores de bienes y responsables de los daños y perjuicios.- Los tenedores
de prendas y demás acreedores con derecho de retención, tendrán la obligación
de dar noticia al curador o al Juez, bajo la misma pena.- Se prohíbe a terceros
hacer pagos o entregar efectos de bienes de cualquier clase a la quebrada bajo
el apercibimiento de nulidad de tal pago o entregas.- Los pagos deberán hacerse
al curador que se designe en este expediente o al Juzgado Concursal de San José
en la cuenta automatizada número 160000060958-0 del Banco de Costa Rica. Para
realizar depósitos bancarios deberán comunicarse vía telefónica o en el
mostrador de este despacho judicial con el fin de proceder a su incorporación
en la aplicación informática “Sistema de Depósitos Judiciales” (SDJ) que
conecta al Banco de Costa Rica con los procesos que tramita el Poder Judicial.
Envíese mandamiento al Registro Nacional, Sección de Propiedad, de Inmuebles,
Vehículos, General de Prendas y al Sistema de Garantías Mobiliarias, para que
se abstengan de dar curso e inscribir cualquier documento emanado del deudor,
en el que se consigne un traspaso de derechos o la imposición de un gravamen.
También inscríbase la declaración de quiebra al margen de la sociedad anónima
fallida, en la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Comuníquese
a los Bancos, Instituciones de Crédito, Almacenes Generales de depósitos y
Aduanas para que se abstengan de entregar al deudor, apoderado o encargado
suyo, títulos valores, efectos de comercio, mercaderías y cualquier otro
documento o efecto de algún contenido económico. Comuníquese a la oficina de
Correos, Telégrafos, Radios y Cables, para que le entreguen al Señor Curador
toda correspondencia, encomiendas y Despachos que lleguen dirigidos a la
quebrada. Comuníquese a las Oficinas y Autoridades del Ministerio Público a fin
de que inicien proceso para determinar si la quebrada ha incurrido en el delito
de quiebra fraudulenta o culposa y para que se impongan, si fuera el caso, las
sanciones penales correspondientes. Se concede a todos los interesados un plazo
de dos meses para que presenten legalización de sus créditos, plazo que
empezará a correr desde la publicación de la parte dispositiva. La parte actora
de este proceso deberá legalizar su crédito también a efectos de salvaguardar
la igualdad de todos los acreedores en el trámite de constatación de pasivos.
Publíquese la parte dispositiva de esta resolución por una sola vez en el Boletín
Judicial y en un periódico de circulación nacional, lo cual corre a cargo
de la parte actora. El edicto dirigido a un periódico de circulación nacional
deberá ser retirado directamente en este juzgado para procurar su publicación.
En cuanto a aviso por publicar en el Boletín Judicial de La Gaceta,
la parte actora o cualquier interesado deberán apersonarse a la Imprenta
Nacional de forma directa para pagar los derechos de la publicación. Sin la
publicación de los edictos del proceso de quiebra se atrasaría por la
imposibilidad de constatar el pasivo de la fallida, el cual depende del
transcurso de los dos meses concedidos para legalizar créditos. Solicítese a la
Dirección Ejecutiva las nóminas de curador propietario, curador suplente y
notario inventariador que procedan por estricto turno”. Expediente:
16-000006-0958-CI.—Juzgado Concursal de San José, 5 de mayo del
2016.—Lic. Daniel Jiménez Medrano, Juez.—1 vez.—( IN2016032700 ).
Licenciada Valeria Arce
Ihabadjen, jueza del Juzgado Primero de Familia de San José, a Daniel Paul
Eskinazi, en su carácter personal, quien es mayor, casado, de paradero
desconocido, estadounidense, cédula de residencia Nº 184001385226, se le hace
saber que en la demanda de autorización de salida del país, establecida por
Anne Colette Paulus contra Daniel Paul Eskinazi, se ordena notificarle por
edicto la demanda planteada por su esposa respecto al permiso de salida del
país en forma permanente de sus hijas menores de edad, para que se refiera a
ella le fue otorgado el plazo de tres días, dentro del cual podrá contestar
negativamente, expresando sus razones, aceptar los hechos, ofrecer prueba,
presentar excepciones y señalar medio para recibir notificaciones. Expediente
Nº 16-000451-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 20 de mayo
de 2016.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—( IN2016035013 ).
Han comparecido ante esta notaría solicitando contraer matrimonio
civil los contrayentes Luis Mario Henriquez, de nacionalidad estadounidense,
mayor, soltero, capataz, vecino de 1631 W 67th St. Los Angeles Ca
90047, portador del pasaporte 545605930 y Yobana Lizet Salgado Trujillo, de
nacionalidad estadounidense, mayor, soltera, encargada de servicio al cliente,
vecina del mismo domicilio que el contrayente, portadora del pasaporte
545605928. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún
impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo
ante esta notaría dentro del término de ocho días contados a partir de la
publicación del edicto.—Licda. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—(
IN2016031449 ).
Han comparecido ante este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil las personas contrayentes Jeneri
Enrique Arroyo Hernández c.c. Heiner Enrique Arroyo Hernández, mayor,
divorciado, comerciante, cédula de identidad número 2-443-170, vecino de Barrio
San José de Alajuela, 150 metros norte de la Gasolinera Chumú, hijo de María
Cecilia Hernández Ruiz y Gerardo Arroyo Loría, ambos de nacionalidad
Costarricense, nacido en Turrúcares Central Alajuela, el 28/08/1968, con 47
años de edad y Kattia María de Los Ángeles Arce Bonilla, mayor, divorciada, ama
de casa, cédula de identidad número 4-152-356, vecina de Rincón de Cacao
Alajuela, frente a antigua granja Corella, Lote 39, hija de María del Rosario
Bonilla Rojas y Luis Arce Mondragón, ambos de nacionalidad Costarricense,
nacida en Centro Central Heredia, el 27/08/1970, actualmente con 45 años de
edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento
legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este
Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación
del edicto. (Solicitud de matrimonio). Expediente: 16-000944-0292-FA.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 11 de mayo del
2016.—Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016031575 ).
Han comparecido ante este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil las personas contrayentes Eric
Gerardo Corrales Zamora, mayor, soltero, electromecánico, cédula de identidad
número 0108600421, vecino de 225 m este y 100 sur de la escuela Estado de
Israel San Antonio de Coronado, hijo de Gerardo Corrales Tenorio y Ana Isabel
Zamora Salazar, nacido en Carmen Central, el 03/09/1973 con 43 años de edad, y
Cristina Marcela Vargas Salazar, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de
identidad número 0114080184, vecina de la misma dirección, hija de Jorge Vargas
Paz y Nuria Salazar Blanco, nacida en Hospital Central, el 17/10/1989,
actualmente con 26 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que
existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá
manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a
partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp.:
16-001064-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San
José, 13 de mayo del 2016.—Msc. Diana Rojas Elizondo, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016031576 ).
Han comparecido
solicitando contraer matrimonio civil los señores Cristian Sánchez Vega, de
veintinueve años de edad, con cédula de identidad número: seis-trescientos
sesenta-ciento ochenta y nueve, soltero, costarricense, estudiante y operario
de construcción, nativo de Corredor, Corredores, Puntarenas el veintinueve de
octubre de mil novecientos ochenta y seis, hijo de José Agustín Sánchez Castro
y Ney de Jesús Vega Vargas, ambos de nacionalidad costarricense y Celeny Mora
Montezuma, de diecinueve años de edad, con cédula de identidad número:
seis-cuatrocientos treinta y uno-doscientos trece, soltera, costarricense,
Estudiante, nativa de Corredor, Corredores, Puntarenas el seis de abril de mil
novecientos noventa y seis, hija de Marvin Mora Mora y Elena Montezuma
Bejarano. Los comparecientes el primero es vecino de Ciudad Neily, Barrio San
Juan, 50 metros este del Taller de Motos Rolando y la compareciente en Taller
Polaco un kilómetro al norte camino a Río Bonito. Se insta a todas las personas
que conozcan impedimento alguno para que este matrimonio se realice que están
en la obligación de manifestarlo a este despacho dentro de los ocho días
posteriores a la publicación de este edicto. Matrimonio civil. Expediente N°
16-400131-1304-FA.—Juzgado de Familia de Corredores, Ciudad Neily, 09 de
marzo del 2016.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2016031581 ).
Han comparecido
solicitando contraer matrimonio civil los señores Manrique Castillo Jiménez,
mayor de edad de 42 años de edad, soltero, transportista, costarricense, cédula
de identidad número seis- doscientos cincuenta y ocho-novecientos diecisiete,
nativo de Damas, Aguirre, Puntarenas, el día trece de marzo del año mil
novecientos setenta y cuatro, hijo de Elizabeth Castillo Jiménez y Hernán
Prendas Rodríguez y María Dennis Rivera Panilla, mayor de 26 años de edad,
costarricense, soltera, cédula de identidad número seis trescientos ochenta y
dos-doscientos trece, ejecutiva del hogar, nativa de La Cuesta, Corredores,
Puntarenas, el día cinco de setiembre del año mil novecientos ochenta y nueve,
hija de Doris Panilla Jiménez y Diomedes Rivera Ríos, ambos son vecinos de La
Cuesta, trescientos metros del Colegio, frente a la Sastrería Guerra. Se insta
a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este Matrimonio
se realice, que están en la obligación de manifestarlo a este Despacho dentro
de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Matrimonio Civil
16-400177-1304-FA.—Juzgado de Familia de Corredores, Ciudad Neily,
08 de abril del 2016.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016031582 ).
Han comparecido ante este
Despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Mario José
Batista Mendoza, mayor, costarricense, de veinticinco años de edad, nacido en
Centro Centra1, Limón, el dos de junio de mil novecientos noventa, Auxiliar de
Carnicería, soltero, cédula de identidad siete-ciento noventa y
nueve-doscientos diecinueve, vecino de San Felipe de Alajuelita, Urbanización
Los Geranios, casa 76, hijo de María Myriam Batista Mendoza, costarricense, y
la señora Valery María Peralta Alfaro, mayor, costarricense, cédula de
identidad uno-ml seiscientos treinta y tres-doscientos noventa y cuatro, de
veinte años de edad, nacida en Hospital Central San José, el quince de febrero
de mi novecientos noventa y seis, ama de casa, soltera, vecina de la misma
dirección, hija de Luis Fernando Peralta Mora y Magally Al faro Fonseca, ambos
costarricenses Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún
impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo
ante este Despacho, dentro del término de ocho días contados a partir de la
publicación del edicto (Solicitud de Matrimonio). Expediente N°
2016-400272-0216-FA.—Juzgado de Familia de Hatillo, 16-05-2016.—Alinne
Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016031583 ).
Han comparecido a este
Despacho, solicitando contraer matrimonio civil José Andrés Mora Araya, mayor,
soltero, empacador de culantro, cédula de identidad número 0305030078, vecino
de Turrialba, Tres Equis; 700 metros oeste, del teléfono público de San Martin,
casa de color verde, hijo de José Luis Mora Solano y Blanca Iris Araya Molina,
nacido en Centro Turrialba Cartago , el 03/06/1997, con 18 años de edad, y Rosa
Angélica Najera Vargas, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número
0305170957, vecina de Turrialba, Tres Equis, 100 metros al este, del Mega
Súper, casa de color celeste, hija de José Luis Najera Contreras y Nuria Vargas
Pérez, nacida en Centro Turrialba Cartago, el 11/05/1999, actualmente con 16
años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para
que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este
Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp.
N° 16-000092-0675-FA-DM1.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia
Doméstica de Turrialba (Materia Familia), Turrialba, Fecha, 16 de mayo del
2016.—Lic. Elmer Rojas Aguilar, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016031594 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores: Henry Sterling
Sterling, mayor, divorciado y actualmente en unión libre, cédula de identidad
número 7-00310-651, costarricense, pensionado, de setenta y cuatro años, nacido
en la provincia de Limón Cantón Central, en el distrito primero el 02-07-1943 y
Mabel Rios Ortega, costarricense, soltera, cédula de identidad 9-0062-578, de
cincuenta y cuatro años, ama de casa, nacida en la provincia de Limón, cantón
central en el distrito primero, el 22-01-1962, ambos vecinos de la Provincia de
Limón, distrito Central, Barrio Envaco. Si alguna persona tuviere conocimiento
de la existencia de impedimento legal para que su matrimonio se celebre debe
manifestarlo a este despacho dentro de los ocho días posteriores a la
publicación de este edicto. Expediente N° 16-000216-1152-FA (2).—Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 12 de
mayo del 2016.—Licda. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2016031596 ).
Han comparecido a este
despacho solicitando contraer matrimonio José Alberto Álvarez Corea, mayor,
divorciado una vez, en unión de hecho, cédula de identidad número 7-0060-0547,
oficial de seguridad, hijo de José Álvarez Rodríguez y Esmeralda Corea Calvo,
nacido en Limón, el 07/06/1957, con 58 años de edad y Liliana Fernández Umaña,
mayor, soltera, administradora del hogar, cédula de identidad número 1-832-543,
hija de Cideli Umaña Guillén (fallecida) y Efraín Fernández Umaña, nacida en
Limón, el 06/09/1972, actualmente con 43 años de edad; ambos contrayentes son
vecinos de Limón, Barrio Pacuare Viejo. Si alguna persona tiene conocimiento de
algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Expediente N° 16-000280-1152-FA-(2).—Juzgado de Familia
del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 6 de mayo del
2016.—Licda. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016031599 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio entre el señor José Antonio Navarro
Chaves, mayor, soltero, mantenimiento, cédula de identidad número 0503750191,
nacido en Centro Liberia Guanacaste, el 04/02/1990, con 26 años de edad, y la
señora Claudia Anabel Valle Pérez, mayor, soltera, ama de casa, cédula de
identidad número 0800870485, nacida en Rivas Nicaragua, el 11/04/1984,
actualmente con 32 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el
domicilio en Liberia, Guanacaste. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Exp. Nº 16-000315-0938-FA.—Juzgado de Familia y
Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia
Familia), 16 de mayo del 2016.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016031600 ).
Gabriel Rubencio Corrales
Montes, mayor, de veintiún años de edad, soltero, empacador de automercado,
costarricense, cédula de identidad 1-1578-0814 y Dixiana Sánchez Mora, mayor de
veintidós años de edad, soltera, ama de casa, costarricense, cedula identidad
número 1-1560-0875, ambos vecinos de San Antonio de Escazú, solicitan a este
despacho la celebración de su matrimonio civil. Se publica este edicto para
efecto del capítulo IV del Código de Familia. Matrimonio civil N°
16-100070-0917-CI (75-2016) de Gabriel Rubencio Corrales Montes y Dixiana
Sánchez Mora.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Escazú, 6 de
mayo del 2016.—Lic. Alexander Solano Pérez, Juez.—1 vez.—( IN2016031803 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio el señor Samuel Elías Bonilla
Elizondo, mayor, soltero, agente de seguridad, cédula de identidad N°
0115790171, vecino de barrio Nazareth, Liberia, hijo de María de Los Ángeles
Elizondo Agüero y Alfredo Bonilla Mata, nacido en Carmen Central San José, el
13/08/1994, y la señora Alisson Melissa Villalobos González, mayor, soltera,
ama de casa, cédula de identidad N° 0504180022, vecina de barrio Nazareth,
Liberia, hija de Carmen Yadira González Albenda y Keneth Villalobos Betancourt,
nacida en Centro Liberia Guanacaste, el 06/09/1997. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 16-000317-0938-FA.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
Liberia (Materia Familia), Liberia, 16 de mayo del 2016.—Msc. Eddy
Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016032171 ).
Han comparecido ante este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil las personas contrayentes Karen
Cerdas Mora, mayor, divorciada una vez, ama de casa, cédula de identidad número
0110760494, vecina de Santa Elena de General Viejo, 150 metros sur del
cementerio de la localidad, casa a mano derecha de cemento color terracota,
hija de Dinorah del Carmen Mora Vega y Claudio Danilo Cerdas Santamaría, nacida
en San Isidro, Pérez Zeledón, San José, el 30/07/1980, con 35 años de edad, y
Pedrito Fauricio Castro Acevedo, mayor, soltero, ebanista, cédula de identidad
número 0603760170, vecino del mismo domicilio que la señora Karen, hijo de
Gilbert Castro Rodríguez y María Acevedo Acevedo, nacida en Ciudad Cortés, Osa,
Puntarenas, el 14/07/1988, actualmente con 27 años de edad. Si alguna persona
tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho
matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del
término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud
de Matrimonio) Exp. 16-000323-1303-FA.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 17 de mayo del
2016.—Licda. María del Rocío Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2016032172 ).
Licenciada María Marta
Corrales Cordero, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de
la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando contraer
matrimonio civil el señor Michael Alberto Umaña Rojas, mayor, soltero,
estudiante, portador de la cédula de identidad N° 7-216-258, vecino de Guácimo,
Río Jiménez, 800 metros sur de la bomba de gasolina, antes de calle Los
Polines, entrada a la derecha, segunda casa color mostaza, hijo de Carlos
Alberto Umaña Mena y Sara Guiselle Rojas Castillo, nacido en Guápiles, Pococí,
Limón, el día cinco de octubre de mil novecientos noventa y dos, con 23 años de
edad, y Michelle Angélica Mesen Pérez, mayor, divorciada, ama de casa,
portadora de la cédula de identidad N° 7-230-196, vecina de Guácimo, Río
Jiménez, 800 metros sur de la bomba de gasolina, antes de calle Los Polines,
entrada a la derecha, segunda casa color mostaza, hija de William Mesen Ramírez
y Guadalupe Pérez Loaiza, nacida en Guápiles, Pococí, Limón, el día veinte
setiembre de mil novecientos noventa y cuatro, actualmente con 21 años de edad.
Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este
matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº
16-000556-1307-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la
Zona Atlántica, 12 de mayo del 2016.—Licda. María Marta Corrales Cordero,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016032176 ).
Han comparecido ante este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Jessica López
Jiménez, mayor, operaria industrial, soltera , cédula de identidad número
1-1350-0334, vecina de Alajuela, Calle Sánchez, costado este del bar La Cabaña,
hija de Jorge Luis López Mora y Rosibel Jiménez Cascante, ambos de nacionalidad
costarricense, nacida en Hospital Central San José, el 26 de abril de 1988, con
28 años de edad, número telefónico 6117 5236 y Alexander Gerardo Cambronero
Bravo, mayor, bodeguero, soltero, cédula de identidad número 2-0639-0248,
vecino de Alajuela, San Pedro de Poás, Barrio Los Ángeles, frente al Bar
Restaurante Cesar´s Palace hijo de Danilo Cambronero Ureña y Aracelly Bravo
Martínez, ambos de nacionalidad costarricense, nacido en Hospital Central
centro central Alajuela, el 3 de octubre de 1987, actualmente con 28 años de
edad, número telefónico 6145 0104- Los promoventes indican que la señora
Jessica López Jiménez no se encuentra en estado de embarazo. Si alguna persona
tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho
matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del
término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud
de Matrimonio). Exp. 16-000938-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, once de mayo del 2016.—Licda. Luz
Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016032177 ).
Por requerirse en la sumaria N°
16-000498-0485-PE, en contra de Alejandro
Torres Sánchez, por el delito de Transporte de productos forestales sustraídos,
en perjuicio de la Ley Forestal, se solicita publicar por medio de edicto y por
tres veces consecutivas en el Boletín Judicial y de conformidad con el
artículo 65 de la Ley Forestal, la siguiente resolución: a las diez horas del
veinte de junio del dos mil dieciséis en la puerta exterior de este Despacho,
al mejor postor, con la base de ochocientos noventa y nueve mil ciento sesenta
y nueve colones con cincuenta y tres céntimos, según avalúo del MINAET, se
rematará en el Juzgado Penal de Pococí la siguiente madera: siete trozas de
Cedro, con un volumen total de 3.783 m3; así como cuatro trozas de
la especie Pilón con un total de 4.093 m3, además se informa que la
madera se ubica en el Aserradero La Ceiba en Jiménez de Pococí. Es todo.—Juzgado
Penal del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica,
Guápiles, 18 de mayo del 2016.—Lic. Ricardo Valverde López, Juez.—(
IN2016034268 ). 3 v. 3.