BOLETÍN JUDICIAL N° 136 DEL 14 DE JULIO DEL 2016

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

SALA PRIMERA

SALA CONSTITUCIONAL

JUZGADO NOTARIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

 

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

SEGUNDA PUBLICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 02-2007, de fecha 06 de agosto del 2007, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N° 66-07 del 06 de setiembre del 2007, artículo XXXVII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Base del año 1993 al 1999 del Juzgado Laboral del II Circuito Judicial de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:          L-50-S-93

Documentos:  821

Paquetes:         94

Año:                 1993-1999

Asunto:           Documentos Base: 15 Paquetes con 152 documentos del año 1993, 33 Paquetes con 331 documentos del año 1994, 5 Paquetes con 38 documentos del año 1995, 41 Paquetes con 300 documentos del año 1999.

Dan fe que el proceso de selección en el despacho cumplió con lo establecido en circular N° 36-2010 de la Secretaría General de la Corte. Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 30 de junio del 2016.

                                                             MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán,

Exonerado.—( IN2016044139 )                  Director Ejecutivo a. í

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1989 al 2013 del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Jicaral. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:      20790

Ampos:       25

Agendas:    3

Libros:         7

Año:            1989 al 2013

Asunto:       Documentación Administrativa: 2 ampos con informes mensuales, trimestrales y anuales de 2007 al 2010, 3 ampos con estado de conciliación de 1992 al 2010, 1 ampo con registro de asistencia 2012 al 2014, 6 ampos con notas enviadas y recibidas 2012 al 2014, 7 ampos con registro de notificaciones por fax 2012 al 2014, 3 ampos con controles de monto girados de 1991 al 2007, 1 ampo con oficios consecutivos 2001 al 2006, 2 ampos con registro de gastos de monto, control de boletas nulas y devolución de vehículos y placas del 2006 al 2014.

3 agenda de señalamiento del 2012 al 2014.

7 libros con registro y controles de depósitos de giro 1989 al 2005.

Dan fe que el proceso de selección en el despacho cumplió con lo establecido en circular Nº 36-2010 de la Secretaría General de la Corte.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deber á hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 30 de junio del 2016.

                                                              MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán

                                                                       Director Ejecutivo a. í.

Exonerado.—( IN2016044140 ).

SALA PRIMERA

A la señora Niurys Quintana Amores, de actual domicilio ignorado, se le hace saber que en diligencias de exequátur promovidas por el señor Jorge Alexander Falcón Paniagua, contra ella, para obtener la homologación de una sentencia de divorcio dictada por la Corte de Circuito del Decimoquinto Circuito Judicial del Condado de Palm Beach, Estado de Florida, Estados Unidos de América. Al efecto se ha dictado la resolución que dice: “Nue.: 14-000104-0004-FA, Res.: 000621-E-S1-2016, Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las dieciséis horas veintitrés minutos del nueve de junio del dos mil dieciséis. Solicitud para obtener el exequátur de una sentencia de divorcio, establecida por el señor Jorge Alexander Falcón Paniagua, nacionalidad costarricense, cédula de identidad N° 2-0403-0196, vecino de Palmares de Alajuela, contra la señora Niurys Quintana Amores, nacionalidad cubana, pasaporte número. C723346, de ocupación y domicilio ignorados. Interviene en el proceso la Licenciada Ana Marcela Fernández Solís, abogada, carné 22718, en calidad de apoderada especial judicial del promovente. Además interviene la Licda. Lorena Arrazola Coto en calidad de curadora procesal de la parte demandada. Todos son mayores de edad, divorciados y con las excepciones dichas, abogadas. Se tuvo como parte al Patronato Nacional de la Infancia... Resultando 1°—... 2°—... 3°—... 4°—... Considerando I.—... II.—... III.—... IV.—… Por tanto: se concede el exequátur solicitado a la sentencia de divorcio entre el señor Jorge Alexander Falcón Paniagua y la señora Niurys Quintana Amores, dictada el 16 de julio del 2013 por la Corte de Circuito del Decimoquinto Circuito Judicial del Condado de Palm Beach, Estado de Florida, Estados Unidos de América. En consecuencia, procédase a la ejecución, por lo que se ordena expedir ejecutoria de la presente resolución aprobatoria, con inserción de la homologada, una vez que alcance firmeza a fin de que la parte interesada gestione lo que corresponda ante el Registro Civil. Se ordena inscribir. Publíquese una vez en el Boletín Judicial la parte dispositiva de este fallo. Luis Guillermo Rivas Loáciga, Román Solís Zelaya, Carmenmaría Escoto Fernández, William Molinari Vílchez, Ana Isabel Vargas Vargas.

San José, 21 de junio del 2016.

                                                                           Angie Guerrero Pérez,

                                                                                  Notificadora a. í.

1 vez.—Exonerado.—( IN2016044934 ).

SALA CONSTITUCIONAL

SEGUNDA PUBLICACIÓN

ASUNTO:        Acción de inconstitucionalidad.

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad que se tramita con el número 15-013625-0007-CO promovida por Olman José Briceño Fallas contra el artículo 25 inciso 5) de la Ley Nº 1644 de 26 de septiembre de 1953, Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional, por estimarlo contrario a los artículos 39 y 41 de la Constitución Política, se ha dictado el voto número 2016-008962 de las nueve horas y cinco minutos de uno de julio del dos mil dieciséis, que literalmente dice:

“Se declara sin lugar la acción. La Magistrada Hernández López y el Magistrado Hernández Gutiérrez dan razones diferentes.”

San José, 4 de julio del 2016.

                                                                Gerardo Madriz Piedra

( 2016043899 )                                                               Secretario

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el N° 15-017411-0007-CO promovida por Abraham Sequeira Morales, Daniela Patricia Salas Peña, Juan Carlos Salas Castro, Natalia Isabel Rojas Mata contra el artículo 22 inciso a) del Código Procesal Penal, la directriz o instrucción verbal de la Procuraduría General de la República, que exige como condiciones de la aplicación de una medida alterna en los procesos penales, que los imputados renuncien a sus puestos laborales y que acepten una suspensión para el ejercicio de cargos públicos, así como la pauta jurisprudencial de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia expresada en las sentencias Nº 2013-01555, Nº 2013-00956 y Nº 2014-0060, por estimarlas contrarias a los principios de lesividad, proporcionalidad, igualdad y derecho al trabajo, protegidos en los artículos 11, 28, 33, 39, 41 y 56 de la Constitución Política, se ha dictado el voto N° 2016-009473 de las once horas y cincuenta y uno minutos de seis de julio de dos mil dieciséis, que literalmente dice:

«Se declara sin lugar la acción.»

San José, 6 de julio del 2016.

                                                                           Gerardo Madriz Piedra,

Exonerado.—( IN2016044569 ).                                 Secretario

PRIMERA PUBLICACIÓN

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el N° 12-015953-0007-CO promovida por <<Nombres 0001>>, <<Nombres 0001>> contra los artículos 103 inciso 3) y 110 del Código Penal; 61 de la Ley N° 8422 del seis de octubre del dos mil cuatro “Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública” y 367 y 465 del Código Procesal Penal, se ha dictado el voto N° 2016-009393 de las nueve horas y cinco minutos de seis de julio del dos mil dieciséis, que literalmente dice:

“Se declara sin lugar la acción interpuesta”.

San José, 6 de julio del 2016.

                                                                           Gerardo Madriz Piedra,

Exonerado.—( IN2016044589 )                                  Secretario

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

A Álvaro Leandro Hernández, mayor, notario público, cédula de identidad N° 0900750455, de demás calidades ignoradas; que en proceso disciplinario notarial N° 16-000011-627-NO, establecido en su contra por Dirección Nacional de Notariado, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Notarial. A las diez horas y veinte minutos del quince de enero del dos mil dieciséis. Se tiene por establecido el presente Proceso disciplinario notarial de Dirección Nacional de Notariado contra Álvaro Eduardo Leandro Hernández, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días; dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados mediante oficio N° 131-2015 de fecha 16 de diciembre del 2015 y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no, escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada. La notificación en la casa de habitación de la parte denunciada ubicada en Cartago, El Tejar Residencial Ana Lucia, casa 11B, El Guarco, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones; Circuito Judicial de Cartago. La notificación en el domicilio registral de la parte denunciada ubicada en San José, Catedral, 125 metros sur de la esquina suroeste del colegio de Señoritas, edificio Kris, primer piso, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones; Primer Circuito Judicial de San José. Asimismo, se ordena notificar a la Dirección Nacional de Notariado, mediante comisión dirigida a la Oficina de Comunicaciones del Segundo Circuito Judicial de San José, en: San Pedro Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, edificio Sigma, quinto piso. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; y en caso de que se impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación con la entrega de la cédula correspondiente a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste. De conformidad con el artículo 313 del Código Procesal Civil, se hace ver a la parte accionante que en el caso de que desee presentar una pretensión resarcitoria contra la parte denunciada, tendrá oportunidad para realizar dicha gestión hasta antes de que esa parte procesal conteste esta denuncia; y para tal efecto, tendrá que cumplir con los requerimientos del numeral 152 del Código Notarial, en su necesaria relación con el artículo 290 del Código Procesal Civil. Finalmente, dentro del plazo de ocho días, indique el denunciante alguna dirección en la cual esta Autoridad pueda notificar al notario denunciado. En caso de no conocer ninguna dirección, hacer caso omiso de esta prevención. Lo anterior a efecto de facilitar la notificación de la existencia de este proceso al accionado. Tome nota la parte denunciada que, de conformidad con lo dispuesto por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en voto 2010-8722, y por el Tribunal Disciplinario Notarial en votos 265-2012 y. 70-2015, es obligación de los notarios que ejercen como tales el tener actualizados sus datos personales en cuanto a las direcciones de oficina y lugar para atender notificaciones. Notifíquese. Licenciada Derling Talavera Polanco, Jueza Tramitadora. Juzgado Notarial. San José a las nueve horas treinta y cinco minutos del ocho de junio del dos mil dieciséis. Siendo fallidos los intentos por notificarle al licenciado Álvaro Leandro Hernández, la resolución dictada a las diez horas veinte minutos del quince de enero del dos mil dieciséis en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado (folio 101, 108, 104, 119 y 120) el último domicilio registral reportado en el Registro Civil (ver folio 105, 108, 115), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 110), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado que los hechos que se le atribuyen son presuntas irregularidades detectadas durante fiscalización ordinaria a la oficina del denunciado el día 16 de setiembre del 2014. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público al denunciado Álvaro Leandro Hernández, cédula de identidad N° 0900750455. Notifíquese. Licenciada Derling Talavera Polanco, Jueza Tramitadora. Notifíquese.

San José, 8 de junio del 2016.

                                              Licda. Derling Edith Talavera Polanco

                                                                           Jueza

1 vez.—Exonerado.—( IN2016044573 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho, a las nueve horas del ocho de setiembre del dos mil dieciséis, y con la base de seis millones de colones (¢6.000.000,00), en el mejor postor, remataré lo siguiente: dos máquinas de bronceado, la primera, modelo: SN:516, marca: ENCO, color: gris, año de fabricación: 2003, serie: RFF96812, con 32 fluorescentes, valorada en tres millones de colones (¢3.000.000), y la segunda cámara de bronceado modelo: SN: 512, marca: ENCO, color: gris, año de fabricación: 2002, serie: RFF96812, con 32 fluorescentes, valorada en tres millones de colones (¢3.000.000). Para el segundo remate, se señalan las nueve horas del veintitrés de setiembre del dos mil dieciséis, con la base (rebajada en un 25%), por un monto de cuatro millones quinientos mil colones (¢4.500.000), y para el tercer remate, se señalan a las nueve horas de siete de octubre del dos mil dieciséis (en un 25% de la base original), por un monto de un millón quinientos mil colones (¢1.500.000). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso or.s.pri. prestac. laborales de Geovanna Andrea Calderón Vega contra Centro de Bronceado Tanskin Sociedad Anónima. Expediente Nº 12-001518-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 07 de julio del 2016.—M.Sc. Jenny Fallas Ureña, Jueza.—Exonerado.—( IN2016045693 ).

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Antonio Elías Vargas Marín, fallecido el 12 de febrero del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 16-000398-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. N° 16-000398-1021-LA. Por Sara Hernández Brenes a favor de Antonio Elías Vargas Marín.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 19 de abril del 2016.—Licda. Angélica Fallas Carvajal, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044912 ).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Róger Félix Zeledón Méndez, quien fue mayor, soltero, empleado municipal, vecino de Cartago y portador de la cédula de identidad 7-055-295, se les hace saber que: Lilliam Engracia Zeledón Méndez, cédula de identidad 7-051-861, vecina de Cartago, se apersonó en este Despacho en calidad de hermana del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Róger Félix Zeledón Méndez. Exp. N° 16- 000541-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 7 de julio del 2016.—Lic. Javier Fallas Villaplana, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044914 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Salomón Rodríguez Flores, fallecido el 10 de agosto del 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones sector privado bajo el N° 16-000611-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 16-000611-1021-LA. Por Adelina Cortes Rojas a favor de José Salomón Rodríguez Flores.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 13 de junio del 2016.—Licda. Angélica Fallas Carvajal, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044915 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó María Magdalena Geovany Gómez Ramírez, conocida como Geovanna Gómez Ramírez, quien fue mayor, soltera, vecina de Nicoya, con cédula de identidad número 5-0179-0973, se les hace saber que: Vanesa Giselle Gómez Ramírez, cédula de identidad 5-0300-0186, Karen Ajoy Gómez, cédula de identidad 5-0385-0822 y César Andrés Ajoy Gómez, cédula de identidad 5-0355-0423, vecinos de Moravia, se apersonó en este Despacho en calidad de hijos de la fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido María Magdalena Geovany Gómez Ramírez, expediente número 16-000729-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 29 de junio del 2016.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044916 ).

Se emplaza a los que con carácter de causahabientes del trabajador fallecido Reyner Valle Obando, cédula N° 2-695-837, quien fue mayor de edad, casado una vez, fue vecino de Los Chiles, barrio Los Ángeles del Súper Kenaby 50 metros al norte, 175 metros al este, casa de cemento color verde, se consideren con derecho a las prestaciones legales del causante, para que dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a este Despacho a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento, de que si no, se apersonaren dentro de ese lapso las prestaciones legales pasarán a quien corresponda (artículo 85 del Código de Trabajo). Expediente N° 163000040323LA-16. Fondo de capitalización laboral y consignación de prestaciones, causante: Reyner Valle Obando.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Los Chiles, 06 de junio del 2016.—Lic. Mario Angulo Salazar, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044917 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la devolución de cuotas de trabajador fallecido, de quien en vida se llamó Rafael Bernardo Rocha Romero, quien fue mayor, soltero, nicaragüense, bodeguero, cédula de residencia número 155808741005, padre de la menor de edad Kristel Larissa Rocha Martínez, vecino de Pavas, quien falleciera el día 1° de febrero de 2016, que se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo de ocho días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este Despacho a hacer valer sus derechos de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas. Lo anterior por haberse ordenado así en consignación de prestaciones N° 16-300054-891 LA-4 donde figura como causante Rafael Bernardo Rocha Romero y como gestionante Rosibel Martínez Urutia, en representación de la menor Kristel Larissa Rocha Martínez.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas, 1° de julio del 2016.—Licda. Lorena Delgado Ruiz, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044918 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del trabajador fallecido Ronald Pérez Barrientos, quien fue mayor, casado, cédula de identidad N° 1-0558-0804, vecino de Desamparados, laboraba como Jefe de Proveeduría de Farmacia para la Caja Costarricense de Seguro Social y falleció el 26 de abril del 2016, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el N° 16-300063-0217-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 19 de mayo del 2016.—Licda. Ana Milena Gutiérrez Rojas, Jueza a. í.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044919 ).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Jimmy Abrahams Madrigal, quien fue mayor, divorciado, desempleado, portó la cédula de identidad número 1-809-396 y falleció el dieciocho de diciembre de dos mil catorce. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de consignación de prestaciones N° 16-300074-0895-LA de Jimmy Abrahams Madrigal.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 12 de mayo de 2016.—Msc. Ma de Los Ángeles Solano Gamboa, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044920 ).

Se cita y emplaza a los que con carácter de causahabientes de consignación de prestaciones, del fallecido Ángel Antonio Delgado Calvo, cédula de identidad número en vida 5-0067-0412, mayor, casado, masculino, pensionado por el Ministerio Público, vecino de Cañas, Guanacaste y falleció el veintiocho de octubre del dos mil quince, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el N° 15-3000122-0402-5-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Cañas, Guanacaste, a las diez horas diez minutos del siete de julio del dos mil dieciséis.—Licda. Aura Cedeño Yanes, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044923 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Manuel Alberto Castillo Rojas, mayor, casado, cédula 2-441-469, vecino de Atenas, fallecido el 3 de diciembre del año 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el expediente número 16-000012-0849-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 16-000012-0849-LA. Promovido por Rebeca Gerardina Trigueros Rodríguez.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Atenas (Materia Laboral), 27 de mayo del 2016.—Lic. Francisco Cordero Calderón, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044924 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Jessica Jean Harrison Mc Conney, con cédula de identidad 7-0121-0034 , costarricense, quien fue mayor, casada, ocupación trabajadora social, laboraba para el Iafa en Limón centro, vecina de Limón, Barrio Santa Eduviges contiguo al antiguo bar Tortuga Verde, casa de cemento color rosada, se les hace saber que: Maurine Isabel Mc Conney Mc Conney, portadora de la cédula de identidad número 7-0050-1176 , vecina de Limón, barrio Santa Eduviges contiguo al antiguo bar Tortuga Verde, casa de cemento color rosada, se apersonó en este Despacho en calidad de Madre de la fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones de la trabajadora fallecida Jessica Jean Harrison Mc Conney, expediente N° 16-000037-0679-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 31 de mayo del 2016.—Lic. Richard White Wright, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044925 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó, quien fue Ronal Solís Arrieta, domicilio La Tabla de Río Cuarto de Grecia, 200 metros al norte del salón comunal, cédula de identidad N° 0207600631, se les hace saber que: Aurelio Solís Rodríguez, cédula de identidad o documento de identidad N° 0204770595, domicilio La Tabla de Río Cuarto de Grecia, 800 metros al norte del salón comunal, se apersonó en este Despacho en calidad de padre del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido, expediente N° 16-000039-1288-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Laboral), 23 de febrero del 2016.—Elio Campos López, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044926 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Bernardo Sánchez Guzmán, cédula de identidad 3 132 978 y quien falleció el 03 de mayo del año 2011, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector privado bajo el número 16-000043-1340-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 16-000043-1340-LA. Por a favor de Bernardo Sánchez Guzmán.—Juzgado Contravencional, Menor Cuantía y Tránsito de Sarapiquí (Materia Laboral), 15 de junio del 2016.—Licda. Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044927 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Enrique de Jesús González Álvarez, cédula de identidad 6 0117 0531, quien fue mayor, de 60 años de edad, fecha de nacimiento 09-06-1955, soltero, oficio oficial de seguridad, costarricense, hijo de Humberto González y de María Graciela Álvarez Álvarez, y quien falleció el 24 de agosto del año 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector Privado bajo el número 16-000047-1340-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 16-000047-1340-LA. A favor de Enrique De Jesús González Álvarez.—Juzgado Contravencional, Menor Cuantía y Tránsito de Sarapiquí (Materia Laboral), 15 de junio del 2016.—Licda. Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044928 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Carlos Alberto Morales Morales, quien fue mayor, en unión libre, lavacarros, vecino esta ciudad, en Barrio Cocorí, con cédula de identidad N° 1-1439-0093 , quien laboró para Luis Minor Morales Rojas y Transportes Blanco S. A., y falleció el 15 de octubre del año 2015, se les hace saber que: se apersonó en este Despacho Karen Stefanny Gamboa Campos en calidad de madre de los menores beneficiarios Britany Tamara, Kerelyn Alexandra, Starlin Ariostin todos de apellidos Morales Gamboa, quienes eran hijos de la persona fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido, expediente N° 16-000147-1125-LA. Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 27 de junio del 2016.—Msc. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044929 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Betty Eugenia Rouse Barton, quien fue casada, domicilio Limón, barrio Santa Eduviges, 90 metros al este de la Iglesia Católica, casa de dos plantas de cemento color verde, cédula de identidad N° 7-0070-0569, se les hace saber que Ivette Rouse Barton, cédula de identidad o documento de identidad N° 7-0074-0292, domicilio Limón, barrio Santa Eduviges, 75 metros de la iglesia Católica, casa de dos plantas de cemento color terracota, se apersonó en este Despacho en calidad de hermana de la persona fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones de la trabajadora fallecida Betty Eugenia Rouse Barton. Expediente N° 16-000158-0679-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 01 de abril del 2016.—Lic. Richard White Wright, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044930 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas: 378-07212-01-0906-001, a las catorce horas y cero minutos del veintitrés de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 198758 cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito San Rafael, cantón Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Espar Maderas El Barón S. A.; al sur, Raicu S. A.; al este, Arnoldo Salazar Rojas, y al oeste, calle pública con un frente de 21,40 cm. Mide: ochocientos cuarenta y tres metros cuadrados. Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas: 378-07212-01-0906-001, finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula Nº 147179 cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito San Rafael, cantón Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Espar Maderas El Barón S. A.; al sur, Espar Maderas El Barón S. A.; al este, calle pública, y al oeste, Espar Maderas El Barón S. A. Mide: noventa y nueve metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las cero horas y cero minutos del veintitrés de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Autoboutique Esparza Sociedad Anónima contra Espar Maderas El Barón Sociedad Anónima. Expediente Nº 15-002086-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 16 de noviembre del 2015.—Licda. Marcela Arce Matarrita, Jueza.—( IN2016045290 ).

En la puerta exterior de este Despacho, para la finca Nº 5-80761-000, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones citas: 399-00001407-01-0951-001; obligac. -restr. ref.: 00011274 000, citas: 0399-00001407-01-0952-001; servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 0577-00074558-01-0001-001; servidumbre de paso citas: 2009-00142995-01-0001-001, a las diez horas y cero minutos del tres de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de cincuenta y cuatro mil quinientos sesenta y siete dólares con cincuenta centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 80761 cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: agricultura lote 17-A. Situada: en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, parcela 16-4; al sur, Hacienda El Escobio S. A.; al este, calle pública, y al oeste, quebrada. Mide: setenta y cinco mil ciento nueve metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de agosto del dos mil dieciséis, con la base de cuarenta mil novecientos veinticinco dólares con sesenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de trece mil seiscientos cuarenta y un dólares con ochenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Para la finca Nº 5-80760-000, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones citas: 0399-00001407-01-0947-001; obligac. - restr. ref.: 0011274 000, citas: 0399-00001407-01-0948-001; servidumbre de paso citas: 2009-00142998-01-0001-001, a las diez horas y cero minutos del tres de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de veintinueve mil trescientos ochenta y dos dólares con cinco centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 80760 cero cero cero; la cual es terreno naturaleza: agricultura lote 17-A. Situada: en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública; al sur, quebrada; al este, parcela 16-1, y al oeste, Hacienda El Escobio S. A. Mide: ciento cuarenta y cuatro mil doscientos cincuenta metros con diecisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de agosto del dos mil dieciséis, con la base de veintidós mil treinta y seis dólares con ochenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de siete mil trescientos cuarenta y cinco dólares con sesenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial) Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Canafin S. A. contra Guiselle Quirós Lacayo. Expediente Nº 16-000097-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 06 de mayo del 2016.—Licda. María Mora Saprissa, Jueza.—( IN2016045319 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y quince minutos del cuatro de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de tres millones doscientos diecinueve mil trescientos sesenta y siete colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas Nº BGS864, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, año: 2008, color: negro, vin: KMHCN46C98U194731, cilindrada: 1600 CC. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y quince minutos del veintidós de agosto del dos mil dieciséis, con la base de dos millones cuatrocientos catorce mil quinientos veinticinco colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y quince minutos del seis de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de ochocientos cuatro mil ochocientos cuarenta y un colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A. contra Flory Cristina Cubillo Zamora. Expediente Nº 16-001180-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de mayo del 2016.—Lic. Greivin Gerardo Fallas Abarca, Juez.—( IN2016045320 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las quince horas y treinta minutos del cinco de octubre del dos mil dieciséis, y con la base de trescientos noventa y tres mil novecientos setenta dólares con diecinueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 50581 F cero cero cero la cual es terreno finca filial diez apartamento destinado a uso habitacional de dos plantas en proceso de construcción. Situada: en el distrito Jaco, cantón 11 Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Inmobiliaria Valverde y Bermúdez Valver S. A.; al sur, calle interna con 6.08 metros; al este, filial 9, y al oeste, filial 11. Mide: doscientos seis metros con cincuenta y dos centímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y treinta minutos del veintiuno de octubre del dos mil dieciséis, con la base de doscientos noventa y cinco mil cuatrocientos setenta y siete dólares con sesenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y treinta minutos del siete de noviembre del dos mil dieciséis con la base de noventa y ocho mil cuatrocientos noventa y dos dólares con cincuenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Remberto Lago Valdes. Expediente N° 09-000237-0638-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 27 de noviembre del 2015.—Licda. Marcela Arce Matarrita, Juez.—( IN2016045322 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones ref:1949-105-001 bajo las citas 0282-00003000-01-0901-001; a las nueve horas y treinta minutos del cinco de agosto del dos mil dieciséis (9:30 am 05/08/2016), y con la base de veinticinco mil trescientos sesenta dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 00520797-001-002 la cual es terreno con un apartamento. Situada: en el distrito 11 San Rafael Abajo, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Dania Isabel Calderón Estrada y Henry Martín Marchena Contreras; al sur, Lotificación Echeverría Limitada; al este, calle pública con un frente de 4 metros 97 centímetros y al oeste, María Virginia Esquivel Muñoz. Mide: setenta y seis metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de agosto del dos mil dieciséis (9:30 am 23/08/2016), con la base de diecinueve mil veinte dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del siete de setiembre del dos mil dieciséis (9:30 am 07/09/2016) con la base de seis mil trescientos cuarenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Cindy Fiorella Chinchilla Abarca, William Chinchilla Abarca. Expediente N° 16-002153-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 16 de junio del 2016.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Juez.—( IN2016045326 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 0376-00005018-01-0968-001; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del once de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de seis millones ochocientos cincuenta y cinco mil seiscientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos treinta y cuatro mil ciento ochenta y ocho-cero cero uno, cero cero dos, cero cero tres la cual es terreno para construir con una casa, lote 257. Situada: en el distrito 05 San Felipe, cantón 10 Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, alameda; al sur, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo; al este, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, y al oeste, calle pública. Mide: ciento un metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de agosto del dos mil dieciséis, con la base de cinco millones ciento cuarenta y un mil setecientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del Catorce de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de un millón setecientos trece mil novecientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Riralemo del Norte S. A., contra Concepción Osegueda Osegueda, Gilberto Castillo Sequeira, y Yamilette Castillo Osegueda. Expediente N° 15-035959-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 22 de febrero del 2016.—Licda. Jessica Vargas Barboza, Juez.—( IN2016045327 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada 308-15572-01-0901-001; a las nueve horas y treinta minutos del ocho de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de un millón de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 196900-000, la cual es terreno de solar. Situada: en el distrito 04 Santa Cruz, cantón 05 Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Viagre S. A.; al sur, calle pública con 8.00 metros de frente; al este, Viagre S. A., y al oeste, Viagre S. A. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de agosto del dos mil dieciséis, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del ocho de setiembre del dos mil dieciséis con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Roberto Calvo Estrada contra Vigre S. A. Expediente N° 14-005930-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 20 de junio del 2016.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2016045358 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 315-05075-01-0901-001; a las quince horas y cero minutos del cuatro de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de diecinueve millones ochocientos cuarenta y cinco mil ciento treinta colones con sesenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 89356-000, la cual es terreno naturaleza: terreno con una casa. Situada: en el distrito 1-Carmona, cantón 9-Nandayure de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Eladio Vega Trigueros, sur, calle pública con un frente de diez metros con seis centímetros, este, Eladio Vega Trigueros, oeste, Hugo Alberto Rodríguez Moraga, Mide: ciento noventa y nueve metros con cuatro decímetros cuadrados, plano: G-0191756-1994. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y cero minutos del veintidós de agosto del dos mil dieciséis, con la base de catorce millones ochocientos ochenta y tres mil ochocientos cuarenta y siete colones con noventa y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cero minutos del seis de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones novecientos sesenta y un mil doscientos ochenta y dos colones con sesenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Abner Francisco Vega Ramírez. Expediente N° 16-000475-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 27 de junio del 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016045368 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del cinco de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de cincuenta y seis millones ochocientos veintiocho mil novecientos ochenta y nueve colones con cuarenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 136424-000 la cual es naturaleza: terreno con una casa. Situada: en el distrito 1-Nicoya, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Mario Rojas Huertas, sur, Mario Rojas Huertas, este, calle pública con 10 metros, oeste, Mario Rojas Huertas. Mide: doscientos cincuenta y un metros con once decímetros cuadrados, plano: G-0784755-2002. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintitrés de agosto del dos mil dieciséis, con la base de cuarenta y dos millones seiscientos veintiún mil setecientos cuarenta y dos colones con cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del siete de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de catorce millones doscientos siete mil doscientos cuarenta y siete colones con treinta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Rodrigo José Cob Jiménez. Expediente N° 16- 000474-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 04 de julio del 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016045369 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas ley aguas, reservas ley caminos y reservas ley forestal; a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de ocho millones novecientos treinta y un mil doscientos cincuenta y cinco colones con dieciséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 103873-000, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir. Situada: en el distrito 01 Santa Cruz, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Kenner Guevara Duarte, sur, Kenner Guevara Duarte, este, calle pública, oeste, Kenner Guevara Duarte. Mide: doscientos metros cuadrados, plano: G-0359768-1996. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de agosto del dos mil dieciséis, con la base de seis millones seiscientos noventa y ocho mil cuatrocientos cuarenta y un colones con treinta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del siete de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dos millones doscientos treinta y dos mil ochocientos trece colones con setenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Norma de Los Ángeles Blandón Cano, Paulina Lidieth Lara Cabalceta. Expediente N° 16-000989-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 04 de julio del 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016045370 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del cinco de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de ¢17.314.437,36 (primer remate), en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 15998-000 la cual es de naturaleza: Terreno de jardín con bodega; situada en el distrito 01 Santa Cruz, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública de 10.60 metros de ancho con un frente de 33.10 metros; sur, Gustavo Alexander Gutiérrez Gutiérrez y río Diriá en parte; este, calle pública de 14 metros de ancho con un frente a ella de 9.98 metros lineales, oeste, Municipalidad de Santa Cruz. Mide: Trescientos noventa y siete metros cuadrados. Plano G-1671547-2013. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintitrés de agosto de dos mil dieciséis, con la base de ¢12.985.828,02 (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del siete de setiembre de dos mil dieciséis con la base de ¢4.328.609,34 (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Iris Ruth Gutiérrez Gutiérrez (propietaria registral) y Mario Eduardo Gutiérrez Gutiérrez (deudor). Exp. N° 16-000990-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 4 de julio del 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016045371 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las trece horas y treinta minutos del cuatro de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de diecisiete millones cuatrocientos noventa mil cuatrocientos diez colones con noventa y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 179904-000, la cual es terreno de tacotal. Situada: en el distrito 03 Veintisiete Abril, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, servidumbre agrícola con 7 metros de ancho y Los Gavilanes de Venado de Guanacaste L.G.V. S. A.; sur, servidumbre agrícola con 7 metros de ancho y camino público con 29.54 metros de frente; este, Los Gavilanes de Venado de Guanacaste L.G.V. S. A.; oeste, servidumbre agrícola con 7 metros de ancho, camino público con 29.54 metros de frente y Pozza Hermes y Pérez S. A. Mide: trece mil cuatrocientos setenta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintidós de agosto del dos mil dieciséis, con la base de trece millones ciento diecisiete mil ochocientos ocho colones con veintidós céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del seis de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones trescientos setenta y dos mil seiscientos dos colones con setenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Javier Enrique de La Trinidad Delgado Hernández contra Los Gavilanes de Venado de Guanacaste L.G.V Sociedad Anónima. Expediente N° 16-000109-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 24 de junio del 2016.—Lic Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016045381 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y cero minutos del once de agosto de dos mil dieciséis -15:00 p. m. 11/08/2016-, y con la base de un millón ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 581114, marca Toyota, estilo Corolla, categoría automóvil, capacidad cinco personas, año 1993, color plateado, vin 2T1AE04E8PC025594, cilindrada 1600 cc, combustible gasolina, motor N° 4AF388004. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintinueve de agosto de dos mil dieciséis -15:00pm 29/08/2016-, con la base de un millón trescientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del trece de setiembre de dos mil dieciséis -15:00 p. m. 13/09/2016 con la base de cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse de Alice Cruz Duarte contra Eddy Alberto Vega Ureña. Exp. N° 14-007663-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 14 de junio del 2016.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2016045412 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones, boleta: 2007486261, sumaria: 08-003270-497-TR, fecha de inclusión: 26-5-08, del Juzgado de Tránsito de Heredia; a las diez horas y treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de once mil quinientos treinta dólares con treinta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa setecientos dieciséis mil quinientos ochenta y tres (716583), marca: Nissan, estilo: TIIDA, categoría: automóvil, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, tracción: 4x2, chasís, serie y vin: JN1FCAC11Z0006495, motor: HR16299893A, cilindrada: 1598 c.c., uso: particular, capacidad: 5 personas, año: 2008, color: dorado. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del primero de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de ocho mil seiscientos cuarenta y siete dólares con setenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos del diecinueve de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dos mil ochocientos ochenta y dos dólares con sesenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Kattia María Guerrero Peña. Expediente N° 11-015728-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 10 de junio del 2016.—Lic. Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—( IN2016045425 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; ; a las diez horas y treinta minutos del veintidós de setiembre de dos mil dieciséis, y con la base de novecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintiséis mil ochocientos sesenta y nueve cero cero cero la cual es terreno la cual es terreno inculto con una casa lote B. Situada en el distrito 08 Río Azul, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Douglas Salvatierra y otro; al sur, Rosa Ligia Navarro y otro; al este, calle pública San Diego Patarrá 3 metros y 38 centímetros, y al oeste, Douglas Salvatierra y otro. Mide: Quinientos veintidós metros con sesenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del siete de octubre de dos mil dieciséis, con la base de setecientos doce mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticinco de octubre de dos mil dieciséis con la base de doscientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ilda Flor Herra Cartín contra Jorge Quesada Zamora. Exp. N° 14-014315-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 22 de junio del 2016.—Licda. Yessenia Brenes González, Jueza.—( IN2016045438 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando citas: 321-10651-01-0901-003 condiciones ref: 2768-045-001; a las ocho horas y cinco minutos del veinticinco de octubre del dos mil dieciséis, y con la base de diez millones ciento veintiocho mil cuatrocientos noventa y un colones con cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número treinta y tres mil quinientos diecinueve cero cero uno, cero cero dos son para ambos derechos: terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito 08 Barranca, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Cecilia Blanco Blanco; al sur, calle pública con frente a ella de 19.96 metros; al este, Cristian Zamora Bonilla, y al oeste, calle pública con frente a ella de 7.71 metros. Mide: ciento cincuenta y ocho metros con nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cinco minutos del nueve de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de siete millones quinientos noventa y seis mil trescientos sesenta y ocho colones con veintiocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cinco minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil dieciséis con la base de dos millones quinientos treinta y dos mil ciento veintidós colones con setenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L. contra Juan Carlos Madrigal Zelaya y otros. Expediente N° 15-002208-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 29 de abril del 2016.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2016045451 ).

A las diez horas y treinta minutos del cinco de agosto del dos mil dieciséis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de veintinueve millones quinientos mil doscientos colones exactos, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula N° 1-215511-000. Que es terreno: para construir con una casa. Sito: distrito Guadalupe, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Linderos: norte, Zeneida Barboza con 04 metros 180 milímetros, sur, calle pública con 03 metros 344 milímetros, este, Carmen Palomino con 21 metros 318 milímetros, y oeste, Efraín Carmona con 21 metros 736 milímetros. Mide: ochenta y un metros con siete decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo prendario N° 05-006810-0170-CA de Banco de Costa Rica contra Eugenia Giralt Arguedas, 24 de junio del 2016.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Juez.—( IN2016045461 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del veintinueve de julio de dos mil dieciséis (8:30 de la mañana), y con la base de tres millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas: 513845, marca: Mitsubishi, categoría: Automóvil, vin: JMYLYV75W2J001950, año: 2003, color: Beige. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de agosto de dos mil dieciséis (8:30 de la mañana), con la base de dos millones ochocientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del uno de septiembre de dos mil dieciséis (8:30 de la mañana) con la base de novecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carlos Luis Gerardo Céspedes Salazar contra Mario Alberto De San Gerardo Sandoval Pineda. Exp. N° 14-007560-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro De Cartago, 1° de junio del 2016.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2016045468 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre sirviente y dos servidumbres de paso; a las once horas y treinta minutos del veintinueve de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de once millones doscientos mil doscientos cuarenta y nueve colones con cincuenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y cinco mil ciento treinta y tres-cero cero cero, la cual es terreno lote 28, terreno para construir. Situada: en el distrito 04 Cirrí Sur, cantón 06 Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 7,50 metros; al sur, servidumbre pluvial Municipalidad de Naranjo; al este, lote 27, y al oeste, lote 29. Mide: ciento treinta y tres metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: A-0914661-2004. Para el segundo remate, se señalan las once horas y treinta minutos del trece de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de ocho millones cuatrocientos mil ciento ochenta y siete colones con trece céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y treinta minutos del veintinueve de setiembre del dos mil dieciséis con la base de dos millones ochocientos mil sesenta y dos colones con treinta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional contra Marlene Sánchez Navarro y Mario Román del Carmen Salas Vargas. Expediente N° 16-000762-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 15 de abril del 2016.—Lic. Bridley Rodríguez Aguilar, Juez.—( IN2016045479 ).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada al tomo 373 asiento 2519-01-912 y 913; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del seis de setiembre de dos mil dieciséis, y con la base de cinco millones de colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos veinticinco mil novecientos noventa y siete cero cero cero la cual es terreno de repasto. Situada en el distrito 2 Guaitil, cantón 12 Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, servidumbre de paso y Quebrada Sibaja; al este, servidumbre de paso y Juan Gerardo Aguilar Amador, y al oeste, Quebrada Sibaja. Mide: Mil cuatrocientos cuarenta y ocho metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintidós de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diez de octubre de dos mil dieciséis con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de El Buda de Piedra S. A. contra José Roberto Umaña Alonso. Exp. N° 15-033495-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de marzo del 2016.—M.Sc. Yesenia Solano Molina, Jueza.—( IN2016045482 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada con las citas 225-03915-01-0901-001; a las ocho horas y cero minutos del ocho de setiembre del año dos mil dieciséis, y con la base del crédito hipotecario de primer grado más el bono de vivienda, seis millones veintitrés mil seiscientos ochenta y tres colones con veintiocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos doce mil setecientos treinta y ocho cero cero cero la cual es terreno para construir, lote uno E. Situada en el distrito 1 Juan Viñas, cantón 4 Jiménez, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Dacospro Sociedad Anónima; al sur, Municipalidad de Jiménez; al este, Dacospro Sociedad ¡ y al oeste, calle pública. Mide: Ciento veinticinco metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. ¡) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del once de octubre del año dos mil dieciséis con la base de un millón quinientos cinco mil novecientos veinte colones con ochenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianaza R. L. contra Carmen Zaida Vargas Zamora. Exp. N° 16-002202-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Y Menor Cuantía del Primerf Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 20 de junio del 2016.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2016045495 ).

A las catorce horas y cero minutos del ocho de agosto del dos mil dieciséis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes, y con la base de novecientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un 25%) segundo remate, en el mejor postor, remataré: Vehículo placa: 484991, marca: Jeep, estilo: Cherokee, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 1991, carrocería: Station Wagon o familiar, color: gris, tracción: 4x4, chasis: 1J4FJ78V8ML551856, vin: 1J4FJ78V8ML551856, cilindrada: 4000 C.C, cilindros: 06, combustible: gasolina. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso: ejecutivo simple Nº 03-004234-0170-CA, de Banco de Costa Rica contra Patricia Vázquez Aguilar, Rito Báez Rojas.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de junio del 2016.—Licda. María Gabriela Solano Molina, Jueza.—( IN2016045497 ).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca de primer grado bajo las citas 0571-00008417-01-0008-001; a las quince horas y treinta minutos del cuatro de agosto del dos mil dieciséis (3:30 pm 04/08/2016), y con la base de cuarenta y dos millones setecientos treinta y dos mil doscientos veintisiete colones con cuarenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta mil ciento setenta y ocho cero cero cero, la cual es terreno lote A-5 terreno para construir. Situada: en el distrito 03 Carmen, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 4 A; al sur, lotes 6 A,7 A y 8 A; al este, calle primera con un frente de 7 metros, y al oeste, José Ángel Rivera Acuña y José Humberto Gómez Marín. Mide: ciento cincuenta y siete metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y treinta minutos del veintidós de agosto del dos mil dieciséis (3:30 pm 22/08/2016), con la base de treinta y dos millones cuarenta y nueve mil ciento setenta colones con cincuenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y treinta minutos del seis de setiembre del dos mil dieciséis (3:30 pm 06/09/2016) con la base de diez millones seiscientos ochenta y tres mil cincuenta y seis colones con ochenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Compañía Farmacéutica Sociedad Anónima contra Inmobiliaria Yuscaran Sociedad Anónima. Expediente N° 16-002113-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 16 de junio del 2016.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2016045501 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada (350-15575-01-0900-001), (350-15575-01-0901-001), (366-11900-01-0900-001), (366-11900-01-0901-001), (366-11900-01-0902-001), hipoteca primer grado (556-03105-01-0002-001); a las nueve horas y quince minutos del diecinueve de setiembre del dos mil dieciséis, y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos quince mil cuatrocientos ochenta y dos cero cero cero, la cual es terreno lote 01 bloque B para construir comercial. Situada: en el distrito Ipis, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública a Ipis; al sur, Asesoramiento e Inversiones Gotasi S. A.; al este, INVU, y al oeste, calle 1 en medio lote 04 bloque A. Mide: ciento cincuenta y cuatro metros con setenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y quince minutos del cuatro de octubre del dos mil dieciséis, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y quince minutos del diecinueve de octubre del dos mil dieciséis, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de El Buda de Piedra S. A. contra Max Alberto Fernández Blanco. Expediente N° 15-033496-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 10 de febrero del 2016.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—( IN2016045532 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las ocho horas y cero minutos del veintiséis de agosto del año dos mil dieciséis, y con la base de trece mil novecientos veinticinco dólares con sesenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BDC344, marca Toyota, estilo Yaris, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2013, color blanco, vin JTDBT923001425983, cilindrada 1496 cc, combustible gasolina, motor Nº 1NZE185752. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del doce de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de diez mil cuatrocientos cuarenta y cuatro dólares con veintidós centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil dieciséis con la base de tres mil cuatrocientos ochenta y un dólares con cuarenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofácil de Costa Rica S.A. contra Geancarlo Calderón Montero, Jeffrey Esteban Calderón Prado. Exp. N° 16-002209-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 6 de junio del 2016.—Licda. Alejandra Ortega Padilla, Juez.—( IN2016045561 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones, pero soportando infracciones/colisiones boleta: N° 2015312900642, sumaria: N° 16-000476-0489-TR e infracciones/colisiones boleta: N° 2015316600731, sumaria: N° 16-000290-0489-TR; a las quince horas y cero minutos del veintinueve de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de veinte mil setecientos noventa y nueve dólares con cincuenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número BHZ-604, marca de servicios Renault, estilo Logan, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2016, color azul, vin VF14SREB4GA870834, cilindrada 1600 c.c., combustible gasolina, motor Nº K7MA812UB38358. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y cero minutos del trece de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de quince mil quinientos noventa y nueve dólares con sesenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cero minutos del veintinueve de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de cinco mil ciento noventa y nueve dólares con ochenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofácil de Costa Rica S. A. contra María Elena Chinchilla Juárez, Marvin Eduardo Guevara Carrera. Expediente N° 16-002208-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 06 de junio del 2016.—Licda. Alejandra Ortega Padilla, Jueza.—( IN2016045563 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las catorce horas y cero minutos del veintiséis de agosto del año dos mil dieciséis, y con la base de siete mil ochocientos veintiún dólares con noventa y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 665245, marca Renault, estilo Megane, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2007, color gris, vin VF1LM050E36616068, cilindrada 1998 cc, combustible gasolina, motor Nº C073049. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del doce de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de cinco mil ochocientos sesenta y seis dólares con cuarenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil dieciséis con la base de mil novecientos cincuenta y cinco dólares con cuarenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofácil de Costa Rica S. A. contra Néstor Andrés Molina Góchez. Exp. N° 16-002210-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 6 de julio del 2016.—Licda. Alejandra Ortega Padilla, Jueza.—( IN2016045564 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las nueve horas y cero minutos del veintiséis de agosto del año dos mil dieciséis, y con la base de diez mil ochocientos setenta y tres dólares con ochenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas N° 705615, marca Peugeot, estilo Berlina 206 X Desingn, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2008, color gris, vin 8AD2AKFWU7G069003, cilindrada 1361 cc, combustible gasolina, motor Nº 10DBS10029951. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del doce de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de ocho mil ciento cincuenta y cinco dólares con treinta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil dieciséis con la base de dos mil setecientos dieciocho dólares con cuarenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofácil de Costa Rica S. A. contra Lisímaco Ortiz Ugarte. Exp. N° 16-002211-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 22 de junio del 2016.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2016045565 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos (dos y treinta de la tarde) del trece de setiembre del dos mil dieciséis, y con la base de catorce mil setecientos veintinueve dólares con noventa y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número EE024162, marca Caterpillar, estilo Retroexcav, categoría equipo especial genérico, capacidad 1 personas, año 2004, color amarillo, vin CAT0416DVBFP06734, cilindrada 4000 c.c cc, combustible diésel, motor Nº 7SG04761, Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos (dos y treinta de la tarde) del veintinueve de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de once mil cuarenta y siete dólares con cuarenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y treinta minutos (dos y treinta de la tarde) del catorce de octubre del dos mil dieciséis, con la base de tres mil seiscientos ochenta y dos dólares con cuarenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Maquinaria y Tractores Limitada contra Carlos Eduardo Solís Chaves. Expediente N° 09-005848-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 15 de junio del 2016.—Licda. Audrey Abarca Quirós, Jueza.—( IN2016045579 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del treinta de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de cuatro millones trescientos mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y tres mil novecientos setenta y siete cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Filadelfia, cantón 05 Carillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Miriam Carballo Espinoza; al sur, Juana Carballo Espinoza; al este, Cecilia Sandoval Sandoval, y al oeste, servidumbre de paso con 10.02 mts. Mide: Ciento ochenta y cinco metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del catorce de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de tres millones doscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta de setiembre de dos mil dieciséis con la base de un millón setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra José Ariel Carballo Dávila, Mercedes Dávila García. Exp. N° 15-002404-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 7 de diciembre del 2015.—Licda. Marcela Arce Matarrita, Jueza.—( IN2016045580 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre citas 0215-00001078-01-0901-001, reservas ley aguas citas 0317-00014664-01-0010-001, reservas ley caminos citas 0317-010014664-01-0011-001, servidumbre sirviente citas 0388-00017228-01-0002-001; a las 13:45 horas del 09/08/16, y con la base de diez millones ochocientos cuarenta y siete mil seiscientos cincuenta colones con doce céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 1-435050-000, la cual es terreno de Agricultura. Situada: en el distrito 05 Picagres, cantón 07 Mora, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Huberth Chacón Ramírez; al este, Elodia Ramírez, y al oeste, Denny Chacón Ramírez. Mide: mil cuatrocientos veintitrés metros con veintiún decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las 13:45 horas del 25/08/16, con la base de ocho millones ciento treinta y cinco mil setecientos treinta y siete colones con cincuenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las 13:45 horas del 12/09/16 con la base de dos millones setecientos once mil novecientos doce colones con cincuenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores R. L. contra Ronald Vargas Chacón. Expediente N° 15-024160-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de enero del 2016.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—( IN2016045583 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del cinco de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de diecisiete millones sesenta y un mil seiscientos tres colones con quince céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas HB-3226, placas HB-3226, marca Toyota, estilo Hiace, categoría microbús, capacidad 16 personas, año 2013, tracción 4x2, serie,/chasis/vin JTFSK22P300018363, color plateado, motor N° 5L6204380, 2986 c.c., diesel. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintitrés de agosto de dos mil dieciséis, con la base de doce millones setecientos noventa y seis mil doscientos dos colones con treinta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del siete de setiembre de dos mil dieciséis con la base de cuatro millones doscientos sesenta y cinco mil cuatrocientos colones con setenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Cooperativa Nacional de Educadores R. L. contra Mauren Patricia Solano Contreras. Exp. N° 14-018378-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 9 de junio del 2016.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—( IN2016045585 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 0392-00012558-01-0901-001 y servidumbre de paso citas 2011-00342800-01-0008-001; a las 10:15 horas del 25/08/16, y con la base de siete millones ochocientos setenta y siete mil seiscientos treinta y siete colones con veintitrés céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, Matrícula N° 5-00197351-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 San Antonio, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, servidumbre de paso 6.00 m de ancho; al sur, Don Tanis S. A; al este, Don Tanis S. A., y al oeste, calle pública con un frente a ella de 14.40 m. Mide: Cuatrocientos cuarenta y tres metros con veinte decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las 10:15 horas del 12/09/16, con la base de cinco millones novecientos ocho mil doscientos veintisiete colones con noventa y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las 10:15 horas del 28/09/16 con la base de un millón novecientos sesenta y nueve mil cuatrocientos nueve colones con treinta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores R. L. contra Carlos Manuel Matarrita Piñar. Exp. N° 15-042695-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 15 de marzo del 2016.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—( IN2016045587 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del diez de agosto del dos mil dieciséis 2:00 p.m. 10/08/2016, y con la base de cinco mil seiscientos ochenta y tres dólares con cincuenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas: MOT-342.166, marca: Ducati, categoría: motocicleta, vin: ZDMM500AACB060572, año: 2013, color: negro, cilindrada: 700 c.c. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiséis de agosto del dos mil dieciséis 2:00 p.m. 26/08/2016, con la base de cuatro mil doscientos sesenta y dos dólares con sesenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del doce de setiembre del dos mil dieciséis 2:00 p.m. 12/09/2016 con la base de mil cuatrocientos veinte dólares con ochenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada en el presente edicto, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda Costa Rica S. A. contra Evelyn Peñaranda Gutiérrez. Expediente N° 16-000804-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 09 de junio del 2016.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2016045597 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de veinte mil ciento sesenta y siete dólares con ochenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa 585417, marca B.M.W, estilo X5, categoría automóvil, carrocería familiar, tracción 4X4, chasis WBAFB710X5LW40666, capacidad 5 personas ,año 2005, color beige, cilindrada 2993 c.c., combustible diesel Para el segundo remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del nueve de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de quince mil ciento veinticinco dólares con noventa y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de setiembre de dos mil dieciséis con la base de cinco mil cuarenta y un dólares con noventa y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco HSBC de Costa Rica S. A. contra Jeffrey Alan Pearson. Exp. N° 11-004254-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de junio del 2016.—Licda. Peggy Corrales Chaves, Jueza.—( IN2016045600 ).

A las quince horas y cero minutos del ocho de agosto del dos mil dieciséis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, y con la base de un millón trescientos cincuenta mil colones exactos (rebajado un 25%), en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas: 243861, marca: Nissan, estilo: Sentra Súper SA, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 1996, chasis: 3N1BEAB13T001268, motor número: GA16750106R. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco de Costa Rica contra María del Rosario Segura Valverde, Vicente Segura Valverde, Warner Mora Soto. Expediente Nº 05-003195-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, actualmente Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 11 de julio del 2016.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—( IN2016045608 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de setiembre del dos mil dieciséis, y con la base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 131705-000 cero cero cero, la cual es terreno. Situada: en el distrito Río Azul, cantón La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con 10.00 metros; al sur, Teresa Arley Calderón; al este, lote 22, y al oeste, Carlos Chacón Jinesta. Mide: ciento veinticinco metros con treinta y decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de octubre del dos mil dieciséis, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de María Cecilia Guerrero Carvajal contra Carlos Jiménez Astúa. Expediente Nº 15-015188-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de abril del 2016.—Licda. Yesenia Solano Molina, Jueza.—Exonerado.—( IN2016045619 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del doce de setiembre del dos mil dieciséis, y con la base de catorce mil cuatrocientos treinta y cinco dólares con noventa y cuatro centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placa: 698018, marca: Toyota, categoría: automóvil, estilo: RAV 4, capacidad: 5 personas, vin: JTMZD31V705072632, año de fabricación: 2008, color: verde, cilindrada: 2362 C.C. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de diez mil ochocientos veintiséis dólares con noventa y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del trece de octubre del dos mil dieciséis, con la base de tres mil seiscientos ocho dólares con noventa y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos S. A. contra Kinkar Chandra Paria Paria. Expediente Nº 16-000877-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de junio del 2016.—Licda. Yessenia Brenes González, Jueza.—( IN2016045662 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y treinta minutos del treinta de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de quince millones setecientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 516.815-000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 07 La Fortuna, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; sur, Fermín Andrés Ramírez Cruz; este, Fermín Andrés Ramírez Cruz; oeste, calle pública. Mide: doscientos sesenta y siete metros cuadrados. Plano: A-1700171-2013. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del catorce de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de once millones setecientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y treinta minutos del treinta de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de tres millones novecientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Marcos Ocampo Wilford. Expediente Nº 16-000838-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 15 de junio del 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016045664 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de tres millones cuatrocientos ochenta y cinco mil ochocientos noventa y cinco colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas Nº 343984, marca: Isuzu, estilo: Trooper, categoría: automóvil, tracción: 4x4, año: 1999, color: dorado, cilindrada: 3500 CC, combustible: gasolina, motor Nº: 695297. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del cinco de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dos millones seiscientos catorce mil cuatrocientos veintiún colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintidós de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de ochocientos setenta y un mil cuatrocientos setenta y tres colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Auto Finanzas S. A. contra Luis Eduardo Rodríguez Córdoba. Expediente Nº 14-021285-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 06 de junio del 2016.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—( IN2016045665 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre sirviente citas: 339-19775-01-00001-001, a las diez horas y cero minutos del treinta de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos diecinueve mil novecientos cuatro cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 3-Daniel Flores, cantón 19-Pérez, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Randall Martínez Calvo; al este, ICE, y al oeste, Randall Martínez Calvo. Mide: mil metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del treinta de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mirta Nohelia Esquivel Zúñiga contra Randall Josué Martínez Calvo. Expediente Nº 15-003937-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 26 de mayo del 2016.—Licda. Alejandra Ortega Padilla, Jueza.—( IN2016045668 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de octubre del dos mil dieciséis, y con la base de veintinueve millones trescientos sesenta mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos noventa y ocho mil ciento treinta y cuatro cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno de zonas verdes con una casa de habitación. Situada: en el distrito 01 Naranjo, cantón Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de paso de 6 metros y Óscar Ulate Arley; al sur, Vicente Matamoros Ulate; al este, Óscar Ulate Arley, y al oeste, María Torres Matamoros. Mide: tres mil seiscientos ochenta metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de veintidós millones veinte mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de siete millones trescientos cuarenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Karla Vanessa Torres Ulate, Pablo David Barrientos Castro. Expediente Nº 16-000283-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Cobro), 07 de julio del 2016.—Lic. Esteban Herrera Vargas, Juez.—( IN2016045686 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 311-11002-01-0071-001, a las diez horas y cero minutos del dieciséis de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de diecinueve millones doscientos setenta y cuatro mil trescientos cuarenta y siete colones con once céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y nueve mil quinientos setenta y tres cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 1-Buenos Aires, cantón 3-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, José Villanueva Bermúdez; al sur, calle pública; al este, calle pública, y al oeste, José Villanueva Bermúdez. Mide: quinientos cincuenta metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del treinta y uno de agosto del dos mil dieciséis, con la base de catorce millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil setecientos sesenta colones con treinta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones ochocientos dieciocho mil quinientos ochenta y seis colones con setenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Gregorio Gerardo Villanueva Valderramos. Expediente Nº 16-000946-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 06 de julio del 2016.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—( IN2016045689 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las quince horas y treinta minutos del tres de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de treinta millones quinientos sesenta y un mil trescientos ochenta colones con veintiún céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 223726-000, la cual es terreno de construir una casa. Situada: en el distrito San Jerónimo, cantón Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, María Soto Soto; al noroeste, Roberto Quirós Chaves; al sureste, Guillermo Barboza Ureña, y al suroeste, calle pública con 9.05 metros. Mide: cuatrocientos cuarenta y siete mts con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y treinta minutos del diecinueve de agosto del dos mil dieciséis, con la base de veintidós millones novecientos veintiún mil treinta y cinco colones con quince céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y treinta minutos del cinco de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de siete millones seiscientos cuarenta mil trescientos cuarenta y cinco colones con cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jessica Montero Mata. Expediente Nº 16-012834-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de junio del 2016.—Licda. María Gabriela Solano Molina, Jueza.—( IN2016045726 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbres trasladadas anotadas bajo las citas: 233-9000-01-0002-001; 316-10014-01-0902-001; 407-15268-01-0900-001; 407-15268-01-0901-001 y 430-4333-01-0006-001, y servidumbres de paso anotadas bajo las citas: 448-2668-01-0002-001; 538-9224-01-0005-001; 538-9224-01-0007-001; 538-9224-02-0007-001; 538-9224-02-0009-001; 538-9224-03-0007-001; 538-09224-03-0009-001; 539-2155-01-0004-001; 539-2155-01-0007-001; 544-1430-01-0002-001; 544-1430-01-0002-001; 544-1430-02-0004-001 y 544-1430-02-0004-001, a las nueve horas del siete de setiembre del dos mil dieciséis, y con la base de treinta millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 198063-000, la cual es terreno de café. Situada: en el distrito 09 Santa Rosa, cantón 05 Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Leonardo Salas López, José Pablo Salas López; al sur, servidumbre agrícola de 7,00 metros de ancho en medio de la finca madre; al este, servidumbre agrícola en medio de Iria Sánchez Vega y José Alberto Méndez Elizondo, y al oeste, servidumbre agrícola de 7,00 metros de ancho en medio de la finca madre. Mide: cinco mil metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas del veintitrés de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de veintidós millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas del diez de octubre del dos mil dieciséis, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Mundipapel Z Y L S. A., Reinaldo Zamora Vindas. Expediente Nº 15-026872-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 06 de julio del 2016.—Lic. Gustavo Irias Obando, Juez.—( IN2016045727 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las once horas y cero minutos del cinco de setiembre del dos mil dieciséis, y con la base de siete mil seiscientos setenta y tres con treinta y ocho unidades de desarrollo, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 517827-000, la cual es terreno para construir bloque C lote 34 en proyecto de construcción de casa de habitación. Situada: en el distrito 02 San Miguel, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, calle pública; al noroeste, lote C.35; al sureste, lote C-33, y al suroeste, I.N.V.U. Mide: ciento veintiún metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las once horas y cero minutos del veintiuno de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de cinco mil setecientos cincuenta y cinco con cuatro unidades de desarrollo (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y cero minutos del seis de octubre del dos mil dieciséis, con la base de mil novecientos dieciocho con treinta y cinco unidades de desarrollo (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Javier Tenorio Vargas, Jonathan Bernal Tenorio Vargas. Expediente Nº 16-013585-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 04 de julio del 2016.—Lic. Carlos Alonso Cascante Calvo, Juez.—( IN2016045729 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de ciento cincuenta y un mil ochocientos seis dólares con sesenta y un centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00061324-F000, la cual es terreno edificio lago B dos finca filial numero ciento setenta ubicada en el nivel uno destinada a uso residencial en proceso de construcción. Situada en el distrito 04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común de zona verde; al sur, área común de pasillo, al este, área común de pasillo y al oeste, finca filial ciento sesenta y nueve. Mide ciento cincuenta y un metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de ciento trece mil ochocientos cincuenta y cuatro dólares con noventa y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de treinta y siete mil novecientos cincuenta y un dólares con sesenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial); 2) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de ocho mil cuatrocientos setenta dólares exactos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00061554-F 000 la cual es terreno finca filial numero trescientos ochenta y ocho ubicada en el nivel uno destinada a estacionamiento en proceso de construcción. Situada en el distrito 04 Uruca cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial trescientos ochenta y siete, al sur, finca filial trescientos ochenta y nueve, al este, área común de calle y al oeste, línea de previsión vial. Mide: diecisiete metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho: horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de seis mil trescientos cincuenta y tres dólares con tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dos mil ciento diecisiete dólares con sesenta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial); 3) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de seis mil ochocientos cinco dólares con once centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00061521-F 000 la cual es terreno finca filial numero trescientos cincuenta y cinco ubicada en el nivel uno destinada a estacionamiento en proceso de construcción. Situada en el distrito 04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común de zona verde, al sur, área común de calle, al este, finca filial trescientos ochenta y cuatro y al oeste, estacionamiento de visitas numero dieciocho. Mide: catorce metros con diecisiete decímetros cuadrados. Para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de cinco mil ciento tres dólares con ochenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de mil setecientos un dólar con veintisiete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial); 4) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de ciento ochenta y siete mil setecientos cuarenta y dos dólares con cuarenta y seis centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00061462-F 000 la cual es terreno edificio de parque a tres finca filial numero trescientos ocho ubicada en el nivel dos y tres destinada a uso residencial en proceso de construcción. Situada en el distrito 04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte; área común de pared al sur; área común de pasillo este, finca filial trescientos nueve y finca filial trescientos dieciséis y al oeste; área común de pasillo. Mide: ciento dieciocho metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de ciento cuarenta mil ochocientos seis dólares con ochenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de cuarenta y seis mil novecientos treinta y cinco dólares con sesenta y un centavo (un veinticinco por ciento de la base inicial); 5) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de ocho mil setecientos veintidós dólares con tres centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00061904-F 000 la cual es terreno finca filial setecientos treinta y ocho el nivel uno destinada a estacionamiento en proceso de construcción. Situada en el distrito 04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte; área común de zona verde, al sur, finca filial ochocientos treinta y ocho, al este, finca filial ochocientos veintidós y al oeste, área común de calle. Mide: dieciocho metros con cuarenta y un decímetros cuadrados .para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de seis mil quinientos cuarenta y un dólares con cincuenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dos mil ciento ochenta dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial); 6) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de seis mil setecientos setenta y tres dólares con noventa y un centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00061956-F 000 la cual es terreno finca filial ochocientos dos ubicada en el nivel uno destinada a estacionamiento en proceso de construcción. Situada en el distrito 04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial ochocientos tres, al sur, finca filial ochocientos uno, al este, La Aurora Mia S. A. y al oeste, área común de calle. Mide: catorce metros con treinta decímetros cuadrados, para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de cinco mil ochenta dólares con cuarenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de mil seiscientos noventa y tres dólares con cuarenta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial); 7) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de doscientos cinco mil ciento treinta dólares con veinte centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00061477-F 000 la cual es terreno edificio parque a tres finca filial numero trescientos veintitrés ubicada en el nivel tres y Mezzaninne destinada a uso residencial en proceso de construcción. Situada en el distrito 04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común de pasillo y área común de pared, al sur, área común de pared, al este, finca filial trescientos veintidós y al oeste, finca filial trescientos veinticuatro. Mide: ciento treinta y cuatro metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de ciento cincuenta y tres mil ochocientos cuarenta y siete dólares con sesenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de cincuenta y un mil doscientos ochenta y dos dólares con cincuenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial; 8) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de seis mil novecientos catorce dólares con veinticuatro centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00061950-F 000, la cual es terreno finca filial setecientos noventa y seis ubicada en el nivel uno destinada a estacionamiento en proceso de construcción, situada en el distrito 04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial setecientos noventa y siete, al sur, finca filial setecientos noventa y cinco, al este, finca filial novecientos tres y al oeste, área común de calle. Mide: catorce metros con treinta decímetros cuadrados. Para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de cinco mil ciento ochenta y cinco dólares con sesenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de mil setecientos veintiocho dólares con cincuenta y seis dólares; (un veinticinco por ciento de la base inicial); 9) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de ocho mil ochocientos setenta y nueve dólares con veinticuatro centavos finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00061963-F 000, la cual es terreno finca filial ochocientos nueve ubicada en el nivel uno destinada a estacionamiento en proceso de construcción. Situada en el distrito 04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte; finca filial ochocientos diez, al sur, finca filial ochocientos ocho, al este, área común de calle y al oeste, finca filial ochocientos veintiséis. Mide: dieciocho metros con treinta y seis decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de seis mil seiscientos cincuenta y nueve dólares con cuarenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dos mil doscientos diecinueve dólares con ochenta y un centavos; 10) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de ochenta y nueve mil doscientos ochenta y seis dólares con cuarenta y tres centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00061206-F 000 la cual es terreno Edificio Lago a dos finca filial numero cincuenta y dos ubicada en el nivel dos destinada a uso residencial en proceso de construcción, situada en el distrito 04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común de pasillo; al sur, área común de pared; al este, área común de pared y al oeste, finca filial cincuenta y tres. Mide: Sesenta metros con noventa y dos decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de sesenta y seis mil novecientos sesenta y cuatro con ochenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de veintidós mil trescientos veintiún dólares con sesenta y un centavos; 11) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de diez mil trescientos setenta y dos dólares con treinta y siete centavos finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00061643-F 000 la cual es terreno finca filial numero cuatrocientos setenta y siete ubicada en el nivel uno destinada a estacionamiento en proceso de construcción. Situada en el distrito 04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial cuatrocientos setenta y seis; al sur, finca filial cuatrocientos setenta y ocho; al este, área común de calle y al oeste, Fernando Delgado Delgado. Mide: veintiún metros con setenta y tres decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de siete mil setecientos setenta y nueve dólares con veintiocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dos mil quinientos noventa y tres dólares con nueve centavos; 12): A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de seis mil ochocientos veintidós dólares con catorce centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00061697-F 000, la cual es terreno finca filial numero quinientos treinta y uno ubicada en el nivel uno destinada a estacionamiento en proceso de construcción. Situada en el distrito 04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial quinientos treinta al sur; finca filial quinientos treinta y dos; al este, área común de calle y al oeste, área común de zona verde. Mide: catorce metros con treinta decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de cinco mil ciento dieciséis dólares con sesenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de mil setecientos cinco dólares con cincuenta y cuatro centavos; 13) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de trece mil ochocientos treinta y tres dólares con cuarenta centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00048844-F 000 la cual es terreno dos finca filial cuatrocientos noventa y dos destinada a estacionamiento en proceso de construcción ubicada en el primero nivel. Situada en el distrito 04 Santa Ana, cantón 09 Uruca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común libre de zona verde, al sur, área común libre de calle, al este, finca filial cuatrocientos noventa y uno y al oeste, finca filial cuatrocientos noventa y tres. Mide: treinta metros con veinticinco decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de diez mil trescientos setenta y cinco dólares con cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de tres mil cuatrocientos cincuenta y ocho dólares con treinta y cinco centavos; 14) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de ciento once mil cuatrocientos dieciséis dólares con treinta y cinco centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00048722-F 000, la cual es terreno edificio e finca filial trescientos setenta destinada a uso residencial en proceso de construcción ubicada en el tercer nivel. Situada en el distrito 04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte; filial trescientos sesenta y ocho, al sur, área común construida de elevador, escalera y pasillo; al este, área común construida de pasillo y al oeste, vacío. Mide: noventa y cinco metros con setenta decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de ochenta y tres mil quinientos sesenta y dos dólares con veintiséis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de veintisiete mil ochocientos cincuenta y cuatro dólares con nueve centavos; 15) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de dos mil setecientos sesenta y tres dólares con ochenta y cinco centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00048812-F 000, la cual es terreno finca filial cuatrocientos sesenta destinada a bodega en proceso de construcción ubicada en el sótano. Situada en el distrito 01 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, filial cuatrocientos cincuenta y nueve; al sur, filial cuatrocientos sesenta y uno; al este, área común construida de pasillo y al oeste, filial cuatrocientos treinta y dos. Mide: seis metros con seis decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de dos mil setenta y dos dólares con ochenta y nueve centavos (rebajada: en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de seiscientos noventa dólares con noventa y seis centavos; 16) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de ochenta y dos mil seiscientos noventa y siete dólares con ochenta y dos centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00048710-F 000, la cual es terreno edificio e finca filial trescientos cincuenta y ocho destinada a uso residencial en proceso de construcción ubicada en el segundo nivel. Situada en el distrito 01 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, filial trescientos cincuenta y siete; al sur, vació, al este, filial trescientos sesenta, al noroeste filial trescientos cincuenta y siete y al suroeste, área común construida de ducto y vacío. Mide: setenta metros con veintiocho decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de sesenta y dos mil veintitrés dólares con treinta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de veinte mil seiscientos setenta y cuatro dólares con cuarenta y seis centavos; 17) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de trece mil ochocientos treinta y tres dólares con cuarenta centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00048842-F 000 la cual es terreno finca filial cuatrocientos noventa destinada a estacionamiento en proceso de construcción ubicada en el primer nivel. Situada en el distrito 01 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común libre de zona verde; al sur, área común libre de calle; al este, finca filial cuatrocientos ochenta y nueve y al oeste, filial cuatrocientos noventa y uno. Mide: treinta metros con veinticinco decímetros cuadrados; para: la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de diez mil trescientos setenta y cinco dólares con cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de tres mil cuatrocientos cincuenta y ocho dólares con treinta y cinco centavos; 18) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de dos mil quinientos cincuenta y dos dólares con treinta y tres centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00048796-F 000, la cual es terreno finca filial cuatrocientos cuarenta y cuatro destinada a bodega en proceso de construcción ubicada en el sótano. Situada en el distrito 01 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana, de la provincia San José. Colinda: al norte, filial cuatrocientos cuarenta y tres; al sur, filial cuatrocientos cuarenta y cinco; al este, área común construida de pasillo y al oeste, área común construida de pasillo. Mide: Cinco metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de mil novecientos catorce dólares con veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de seiscientos treinta y ocho dólares con ocho centavos; 19) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de doscientos cuatro mil novecientos cincuenta y nueve dólares con catorce centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00061429-F 000, la cual es terreno edificio parque a uno finca filial numero doscientos setenta y cinco ubicados en el nivel tres y Mezzaninne destinada a uso residencial en proceso de construcción. Situada en el distrito 04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común de pasillo y área común de pared; al sur, área común de pared; al este, finca filial doscientos setenta y cuatro y al oeste, finca filial doscientos setenta y seis. Mide: ciento treinta y cuatro con cincuenta y un decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de ciento cincuenta y tres mil setecientos diecinueve dólares con treinta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de cincuenta y un mil doscientos treinta y nueve dólares con setenta y nueve centavos; 20) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de ocho mil ochocientos setenta y nueve dólares con veinticuatro centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00061991-F 000, la cual es terreno finca filial ochocientos treinta y siete ubicada en el nivel uno destinada a estacionamiento en proceso de construcción. Situada en el distrito 04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial ochocientos treinta y ocho; al sur, finca filial ochocientos treinta y seis; al este, finca filial ochocientos veinte y al oeste, área común de calle. Mide: dieciocho metros con treinta y seis decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de seis mil seiscientos cincuenta y nueve dólares con cuarenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dos mil doscientos diecinueve dólares con ochenta y un centavos; 21) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de siete mil ochenta y cinco dólares con veintinueve centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00061914-F 000, la cual es terreno finca filial setecientos cuarenta y ocho ubicada en el nivel uno destinada a estacionamiento en proceso de construcción.: situada en el distrito 04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial setecientos sesenta y tres; al sur, área común de calle; al este, finca filial setecientos cuarenta y siete y al oeste, finca filial setecientos cuarenta y nueve. Mide: catorce metros sesenta y cinco decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de cinco mil trescientos trece dólares con noventa y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de mil setecientos setenta y un dólares con treinta y dos centavos; 22) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de doscientos treinta y dos mil doscientos dieciocho dólares con cincuenta y siete centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00061471-F 000, la cual es terreno edificio parque a tres finca filial numero trescientos diecisiete ubicada en el nivel tres y Mezaninne destinada a uso residencial en proceso de construcción. Situada en el distrito 04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial trescientos diez y área común de pared; al sur, área común de pared y área común de gradas; al este, área común de pared y al oeste, finca filial trescientos dieciocho y área común de pasillo. Mide: ciento sesenta metros con cincuenta y un decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de ciento setenta y cuatro mil ciento sesenta dólares con noventa y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de cincuenta y ocho mil cincuenta y cuatro dólares con sesenta y cuatro dólares; 23) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de ocho mil ochocientos setenta y nueve dólares documento firma doc doigintalm venete ipnor:ticuatro centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00061974-F 000, la cual es terreno finca filial ochocientos veinte ubicada en el nivel uno destinada a estacionamiento en proceso de construcción. Situada en el distrito 04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial ochocientos veintiuno; al sur, finca filial ochocientos diecinueve; al este, área común de calle y al oeste, finca filial ochocientos treinta y siete. Mide: dieciocho metros con treinta y seis decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de seis mil seiscientos cincuenta y nueve dólares con cuarenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento); y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dos mil doscientos diecinueve dólares con ochenta y un dólares; 24) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de siete mil quinientos noventa y cinco dólares con treinta centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00061922-F 000, la cual es terreno finca filial setecientos cincuenta y seis ubicada en el nivel uno destinada a estacionamiento en proceso de construcción. Situada en el distrito 04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común de calle, al sur, finca filial setecientos cincuenta y cinco, al este, finca filial setecientos cincuenta y siete y al oeste, área común de calle. Mide: quince metros con setenta y un decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de cinco mil seiscientos noventa y seis dólares con cuarenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de mil ochocientos noventa y ocho dólares con ochenta y dos centavos; 25) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de ciento tres mil doscientos treinta y dos dólares con treinta y un centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00061400-F 000, la cual es terreno edificio lago c finca filial numero doscientos cuarenta y seis ubicada en el nivel tres destinada a uso residencial en proceso de construcción. Situada en el distrito 04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común de pared; al sur, finca filial doscientos cuarenta y siete; al este, área común de pared y al oeste, área común de pasillo y finca filial doscientos cuarenta y cinco. Mide: setenta y cinco metros con cuarenta y un decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de setenta y siete mil cuatrocientos veinticuatro dólares con veintitrés centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de veinticinco mil ochocientos ocho dólares con ocho centavos; 26) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de seis mil ochocientos veintidós dólares con catorce centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00061851-F 000, la cual es terreno finca filial numero seiscientos ochenta y cinco ubicada en el nivel uno destinada a estacionamiento en proceso de construcción. Situada en el distrito 04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial seiscientos ochenta y cuatro; al sur, área común de calle; al este, área común de calle y al oeste, finca filial seiscientos sesenta y seis. Mide: catorce metros con treinta decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de cinco mil ciento dieciséis dólares con sesenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del año dos mil: dieciséis, con la base de mil setecientos cinco dólares con cincuenta y tres centavos; 27) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de ciento dieciséis mil ochocientos noventa y cuatro dólares con sesenta y cinco centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00048460-F 000, la cual es terreno edificio a finca filial ciento ocho destinada a uso residencial en proceso de construcción ubicada en el tercer piso. Situada en el distrito 04 Uruca, cantón 09 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, vacío y área común construida de ducto, al sur, área común construida de pasillo y finca filial ciento nueve, al este, vacío y al oeste, área común construida de pasillo y finca filial ciento diecinueve. Mide: ciento nueve metros con setenta y ocho decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de ochenta y siete mil seiscientos setenta dólares con noventa y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de veintinueve mil doscientos veintitrés dólares con sesenta y seis centavos; 28) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de mil setecientos cincuenta y tres dólares con sesenta y tres centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00048391-F 000, la cual es terreno edificio a finca filial treinta y nueve bodega en proceso de construcción ubicada en el nivel de sótano. Situada en el distrito 01 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial treinta y ocho; al sur, finca filial cuarenta; al este, muro de carga y al oeste, área común construida de pasillo. Mide: tres metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de mil trescientos quince dólares con veintidós centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de cuatrocientos treinta y ocho dólares con cuarenta y un centavos; 29) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de mil setecientos cincuenta y tres dólares con sesenta y tres centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00048390-F 000, la cual es terreno edificio a finca filial treinta y ocho bodega en proceso de construcción ubicada en el nivel de sótano. Situada en el distrito 01 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial treinta y dos área común construida de pasillo; al sur, finca filial treinta y nueve; al este, muro de carga y al oeste, área común construida de pasillo. Mide: tres metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de mil trescientos quince dólares con veintidós centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de cuatrocientos treinta y ocho dólares con cuarenta y un centavos; 30) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de noventa y dos mil noventa dólares con ochenta y cuatro centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00048716-F 000 la cual es terreno edificio e finca filial trescientos sesenta y cuatro destinada a uso residencial en proceso de construcción ubicada en el segundo nivel. Situada en el distrito 01 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común construida de pasillo; al sur, vacío; al este, filial trescientos sesenta y seis y al oeste, filial trescientos sesenta y dos. Mide: setenta y nueve metros con setenta decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la: base de sesenta y nueve mil sesenta y ocho centavos con trece centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de veintitrés mil veintidós dólares con setenta y un centavos; 31) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de dos mil quinientos sesenta y ocho dólares con cuarenta y un centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00048817-F 000, la cual es terreno finca filial cuatrocientos sesenta y cinco destinada a bodega en proceso de construcción ubicada en el sótano. Situada en el distrito 01 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común construida de oficina de administración y mantenimiento; al sur, filial cuatrocientos sesenta y seis; al este, área común construida de calle y al oeste, área común construida de pasillo. Mide: cinco metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de mil novecientos veintiséis dólares con treinta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de seiscientos cuarenta y dos dólares con diez centavos; 32) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de trece mil cincuenta y cuatro dólares con ochenta y cuatro centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00048782-F 000, la cual es terreno finca filial cuatrocientos treinta destinada a estacionamiento en proceso de construcción ubicada en el sótano. Situada en el distrito 01 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, muro de carga; al sur, área común construida de calle; al este, finca filial cuatrocientos veintinueve y al oeste, finca filial cuatrocientos treinta y uno. Mide: veintiocho metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados;: para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de nueve mil setecientos noventa y un dólares con trece centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de tres mil doscientos sesenta y tres dólares con setenta y un centavos; 33) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de noventa mil setecientos trece dólares con cincuenta y cinco centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00048695-F 000, la cual es terreno edificio e finca filial trescientos cuarenta y tres destinada a uso residencial en proceso de construcción ubicada en el primer nivel. Situada en el distrito 01 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común libre de zona verde; al sur, área común construida de pasillo; al este, filial trescientos cuarenta y cinco y al oeste, filial trescientos cuarenta y uno. Mide: setenta y nueve metros con treinta y seis decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de sesenta y ocho mil treinta y cinco dólares con dieciséis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de veintidós mil doscientos setenta y ocho dólares con treinta y nueve centavos; 34) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de catorce mil doscientos cincuenta y cuatro dólares con siete centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00048787-F 000, la cual es terreno finca filial cuatrocientos treinta y cinco destinada a estacionamiento en proceso de construcción ubicada en el sótano. Situada en el distrito 01 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común construida de calle; al sur, muro de carga; al este, filial cuatrocientos treinta y seis y al oeste, filial cuatrocientos treinta y seis. Mide: treinta y un metros con cuatro decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de diez mil seiscientos noventa dólares con cincuenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de tres mil quinientos sesenta y tres dólares con cincuenta y dos centavos; 35) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de dos mil ochocientos treinta y ocho dólares con sesenta centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00048816-F 000, la cual es terreno finca filial cuatrocientos sesenta y cuatro destinada a bodega en proceso de construcción ubicada en el sótano. Situada en el distrito 01 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, filial cuatrocientos sesenta y tres, al sur, muro de carga, al este, área común construida de pasillo y al oeste, filial cuatrocientos treinta y dos. Mide: seis metros con diecisiete decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de dos mil ciento veintiocho dólares con noventa y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de setecientos nueve dólares con sesenta y cinco centavos; 36) a las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de trece mil ciento ochenta y ocho dólares con treinta y siete centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00048357-F 000, la cual es terreno edificio a finca filial cinco estacionamiento en proceso de construcción ubicada en el nivel de sótano. Situada en el distrito 1 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común construida de pasillo y finca filial setenta documento firmado digitalmente por: y seis; al sur, finca filial seis; al este, área común construida de pasillo y al oeste, muro de carga. Mide: veintiocho metros con setenta y siete decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de nueve mil ochocientos noventa y un dólares con veintiocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de tres mil doscientos noventa y siete dólares con nueve centavos; 37) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de trescientos sesenta y cinco mil quinientos noventa y seis dólares con veintinueve centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 502562-000, soportando servidumbre y conds bajo las citas 308-13974-01-0901-001, servidumbre trasladada bajo las citas 325-19030-01-0903-001, servidumbre trasladada bajo las citas 325-19431-01-0907-001, la cual es terreno terreno de construir con una casa en proceso construcción. Situada en el distrito 3 Pozos, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, lote 226 de Desarrollo Inmobiliarios Habitasul S. A.; al noroeste, calle pública con 18 metros de frente; al sureste lotes 216 y 215 de Desarrollos Inmobiliarios Habitasul S. A., y al suroeste, lote 228 de Desarrollos Inmobiliarios Habitasul. Mide: quinientos cuarenta y un metros con setenta y siete decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de doscientos setenta y cuatro mil ciento noventa y siete dólares con veintidós centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de noventa y un mil trescientos noventa y nueve dólares con siete centavos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra 3102638916 S.R.L., 3102638918 S.R.L., administradora Mimi de Centroamérica S. A., Apartamentos Lago C Trescientos Diez Avalon Country S. A, APTP Trescientos Seis Edificio E Ava Inc S. A., AVS Edificio E Apto Doscientos Diecisiete Inc. S. A., Explorando Las Vistas del Litoral S. A., Inversiones La Gavia de Oro J Y M S. A., José Miguel Goffredo García, Lago B Dos Apartamentos número ciento uno ACC S. A., Lago Dos Apartamento Doscientos Doce ACC S. A., Maracaibo Apartamento Ciento Once Edificio Avalon S. A., Maracaibo Doscientos Catorce E edificio avalon S. A., Pados Apartamento Doscientos Uno ACC S. A., Pauno Apartamento Doscientos Nueve ACC S. A. Exp. N° 15-007745-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de mayo del 2016.—Licda. Elia Corina Marchena Fennell, Jueza.—( IN2016045747 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 0384-00018237-01-0803-002; medianera citas: 0384-00018237-01-0864-002, a las dieciséis horas y cero minutos del diecisiete de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintisiete mil setecientos sesenta, secuencia cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa Nº 549. Situada: en el distrito 05 Aguacaliente (San Francisco), cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 550; al sur, avenida dos; al este, lote 548, y al oeste, calle 3. Mide: ciento veintisiete metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las dieciséis horas y cero minutos del primero de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las dieciséis horas y cero minutos del diecinueve de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Los Gallos Guadalupanos S. A. contra María Gabriela Chavarría Mena. Expediente Nº 15-001828-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 17 de junio del 2016.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—( IN2016045774 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las quince horas y cero minutos del diecisiete de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y siete mil trescientos sesenta y ocho, secuencia cero cero cinco, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 01 El Tejar, cantón 08 Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, avenida 4 con 7 metros de frente; al sur, Alexis Coto Trejos; al este, Alexis Coto Trejos, y al oeste, Alexis Coto Trejos. Mide: ciento sesenta y un metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y cero minutos del primero de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cero minutos del diecinueve de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Los Gallos Guadalupanos Sociedad Anónima contra María Gabriela Chavarría Mena. Expediente Nº 14-007930-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 17 de junio del 2016.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—( IN2016045776 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del ocho de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ochenta y siete mil trescientos cuarenta-cero cero seis y cero cero siete la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito (01) El Tejar, cantón (08) El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, avenida 4 con 7 m; al sur, Residencias Prefabricadas Limitada; al este, Residencias Prefabricadas y al oeste, Julio Chavarría. Mide: ciento sesenta y un metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil dieciséis, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exacto (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del ocho de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rodolfo Hernández Solano contra María Gabriela Chavarría Mena. Exp. N° 14-007931-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 27 de junio del 2016.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Juez.—( IN2016045780 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas treinta minutos del veintidós de agosto del dos mil dieciséis y con la base de doce millones seiscientos sesenta y ocho mil cuarenta colones con cuarenta y cuatro céntimos en el mejor postor remataré: finca inscrita en el registro público, partido de Heredia Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento treinta y tres mil cuatrocientos veintiuno cero cero cero la cual es terreno de solar. Situada en distrito tres San Miguel cantón tres Santo Domingo de la provincia de Heredia. Colinda: norte, José Manuel Solano Navarrete; sur, Carretera San José, Siquirres Este, Carretera San José, Siquirres y oeste, José Manuel Solano Navarrete. Mide: ciento setenta y tres metros con ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del cinco de setiembre del dos mil dieciséis con la base de nueve millones quinientos uno mil treinta colones con treinta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiuno de setiembre del dos mil dieciséis con la base de tres millones ciento sesenta y siete mil diez colones con once céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra José Eugenio Raudes Torres. Exp. N° 15-021883-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 5 de julio del 2016.—María Angelina Varela Valenciano, Jueza.—( IN2016045813 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y veinte minutos (1:20 p.m.) del veintidós de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de diecisiete millones seiscientos mil doscientos noventa y tres colones con noventa y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 206180-000 la cual es terreno para construir bloque F lote 18. Situada en el distrito 01 Tejar, cantón 08 Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 10-F; al sur, calle pública; al este, lote 17-F y al oeste lote 19-F. Mide: ciento cuarenta y ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y veinte minutos (1:20 p.m.) del seis de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de trece millones doscientos mil doscientos veinte colones con cuarenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y veinte (1:20 p.m.) minutos del veintidós de setiembre del dos mil dieciséis con la base de cuatro millones cuatrocientos mil setenta y tres colones con cuarenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Guisella María Solano Hernández, Irving Roxay Cabezas Garita. Exp. N° 15-000923-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 29 de junio del 2016.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2016045838 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisión boleta número 3000362456 de la sumaria 15-000755-0489-TR; a las siete horas y treinta minutos del once de octubre del dos mil dieciséis, y con la base de once mil ochocientos cuarenta y seis dólares con sesenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas CCS246 marca Nissan, estilo Tiida, categoría automóvil, capacidad cinco personas, serie, VIN y chasis número 3N1CC1ADXZK134390, carrocería sedan, cuatro puertas, año dos mil doce, color gris, número de motor HR16251651C, tracción 4x2, gasolina, cilindros cuatro, cilidrada 1598 c.c. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del veintiocho de octubre del dos mil dieciséis, con la base de ocho mil ochocientos ochenta y cuatro dólares con noventa y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del catorce de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de dos mil novecientos sesenta y un dólares con sesenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Christian Jimenez Ureña contra Esteban Andres Navarro Segura. Exp. N° 16-001737-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 24 de mayo del 2016.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2016045841 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones y reservas con las citas 317-00352-01-0901-035; a las ocho horas y treinta minutos del seis de setiembre del dos mil dieciséis, y con la base de diecinueve millones cuatrocientos cuatro mil ciento veinticinco colones con noventa y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos sesenta y siete mil veintiocho cero cero cero la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 9 Chires, cantón 4 Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Elpidio Mora Mata y Filiberto Monge MarÍn; al sur, Carlos Leovigildo Corrales Jiménez; al este, Bienvenida Cambronero Madrigal y al oeste, Elpidio Mora Mata y servidumbre de paso de cuatro metros de ancho con quinientos noventa y seis metros con cincuenta centímetros de largo. Mide: noventa y cuatro mil novecientos diez metros con setenta y tres decímetros cuadrados SJ-0801111-2002. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintidós de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de catorce millones quinientos cincuenta y tres mil noventa y cuatro colones con cuarenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de octubre del dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones ochocientos cincuenta y un mil treinta y un colones con cuarenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L. contra Hidden Three Falls Sociedad Anónima y otro. Exp. N° 16-002069-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 16 de junio del 2016.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2016045858 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del veintidós de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de cuarenta y cinco millones seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento treinta y ocho mil seiscientos ochenta cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 San Juan, cantón 13 Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Claudio Jiménez Solano; al sur, Norma Lobo Bonilla, Luis Esquivel Agüero y Constantino Esquivel Agüero; al este, calle pública con un frente a de 8.47 cm y al oeste, Juan José Alvarado Saborío. Mide: ciento cincuenta y un metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del seis de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de treinta y cuatro millones doscientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de setiembre del dos mil dieciséis con la base de once millones cuatrocientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Luis Carlos Gerardo Salas Rodríguez, Nancy Gloria Cortes Solís. Exp. N° 16-015402-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de junio del 2016.—Msc. Lissette Córdoba Quirós, Juez.—( IN2016045863 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, servidumbre de líneas eléctricas y de paso, servidumbre de acueducto, servidumbre de aguas pluviales, servidumbre de cloaca; a las diez horas y cero minutos del ocho de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de noventa y un mil quinientos treinta dólares con veinticinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 73939-F-000, la cual es naturaleza: Finca filial numero ochenta apartamento ochecenta destinado a uso habitacional de una planta, en proceso de construcción, situada en el distrito 02 Palmira cantón 05 Carrillo de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, finca filial número ochenta y uno, sur, finca filial numero setenta y nueve, este, finca filial numero ciento uno, oeste, área común de calle. Mide: doscientos tres metros con treinta y dos decímetros cuadrados, valor porcentual: 0.59, valor medida: 0.59, plano: G-1342110-2009. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veinticuatro de agosto del dos mil dieciséis, con la base de sesenta y ocho mil seiscientos cuarenta y siete dólares con sesenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del ocho de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de veintidós mil ochocientos ochenta y dos dólares con cincuenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica contra Peter Ernest Walters. Exp. N° 16-000093-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 11 de julio del 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016045885 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, citas de inscripción: 319-10999-01-0914-002; a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del uno de setiembre de dos mil dieciséis y con la base de cinco millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 26957-000, la cual es terreno para construir lote 15A. Situada en el distrito 05 Cariari, cantón 02 Pococí de la provincia de Limón. Colinda: al norte: lote 14 A; al sur lote 16 A; al este ITCO y al oeste camino. Mide: mil cuatrocientos dos metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones trescientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del seis de octubre de dos mil dieciséis, con la base de un millón cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Walter Gerardo Castro Sandoval. Expediente: 16-004085-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de junio del 2016.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—( IN2016045886 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las trece horas y treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de ciento treinta y dos mil cuatrocientos treinta y cuatro dólares con treinta y siete centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 152959-000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 01 Escazú, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Alexis Salas Miranda; al sur, calle pública frente 21 metros; al este, Arnaldo Dambrosio Morales, y al oeste, Rosa Cristina Arce Araya. Mide: setecientos ochenta y seis metros con tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del primero de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de noventa y nueve mil trescientos veinticinco dólares con setenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y treinta minutos del diecinueve de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de treinta y tres mil ciento ocho dólares con cincuenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Eduardo Rodríguez Rodríguez, Giselle María Arce Araya. Expediente Nº 16-002610-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de junio del 2016.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—( IN2016045887 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del veinte de setiembre del dos mil dieciséis y con la base de setenta y nueve mil setecientos veintinueve dólares con setenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos cincuenta y cuatro mil setecientos dieciséis-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 02 El General, cantón 19 Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte Enrique Sancho Vásquez; al sur Enrique Sancho Vásquez; al este Enrique Sancho Vásquez y al oeste calle pública con 21 m 78 cm. Mide: ochocientos noventa y seis metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Plano SJ-0278356-1977. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del cinco de octubre del dos mil dieciséis, con la base de cincuenta y nueve mil setecientos noventa y siete dólares con treinta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis, con la base de diecinueve mil novecientos treinta y dos dólares con cuarenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank Costa Rica contra Miriam Benamburg Castro. Expediente: 16-002444-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 6 de julio del 2016.—Licda. Alejandra Ortega Padilla, Jueza.—( IN2016045889 ).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 393-16479-01-0903-001; a las quince horas y treinta minutos del veintiséis de setiembre del dos mil dieciséis, y con la base de veintinueve mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cincuenta y cinco mil trescientos cuarenta y tres cero cero cero la cual es terreno para construir bloque K, lote 21 con una casa. Situada en el distrito 04 San Rafael, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Desarrollos La Carpintera Sociedad Anónima; al sur, Desarrollos La Carpintera Sociedad Anónima; al este, calle pública y al oeste, Desarrollos La Carpintera S. A. Mide: ciento sesenta y un metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del once de octubre del dos mil dieciséis, con la base de veintidós mil ciento veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de octubre del dos mil dieciséis con la base de siete mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Distribuidora El Gran Convenio Limitada contra Willian Elenilson Velásquez Velásquez. Exp. N° 16-000452-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 21 de junio del 2016.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2016045891 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las once horas y cero minutos del seis de setiembre del dos mil dieciséis, y con la base de veintisiete mil doscientos dólares exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas: 898453, marca: Kia, categoría: automóvil, serie: KNAPB811BC7197064, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x2, chasis: KNAPB811BC7197064, vin: KNAPB811BC7197064, estilo: Sportage, capacidad: 5 personas, año: 2012, color: plateado. Para el segundo remate, se señalan las once horas y cero minutos del veintidós de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de veinte mil cuatrocientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y cero minutos del siete de octubre del dos mil dieciséis, con la base de seis mil ochocientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra José Ángel Méndez Madrigal. Expediente Nº 15-009588-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 03 de junio del 2016.—Lic. Iván Tiffer Vargas, Juez.—( IN2016045893 ).

En la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; a las nueve horas del seis de setiembre del dos mil dieciséis y con la base de un millón cuatrocientos catorce mil ciento quince colones, con ochenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca sin inscrita, identificada con el plano catastrado G-1274219-2008, situada el distrito tercero, cantón tercero de la provincia de Guanacaste, que es terreno de forma irregular y topografía ondulada. Linderos norte Buenaventura Gutiérrez Gutiérrez, sur Luis Peña Gutiérrez, este Casimiro Contreras Guadamúz y oeste camino público. Mide quince mil cuatrocientos veintisiete metros, con treinta y nueve decímetros cuadrados. Propietario Emiliano Gutiérrez Gómez. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veinte de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de un millón sesenta mil quinientos ochenta y seis colones, con ochenta y nueve céntimos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas del cuatro de octubre del dos mil dieciséis con la base de trescientos cincuenta y tres mil quinientos veintiocho colones, con noventa y seis céntimos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Maynor Jesús Peña Mosquera contra Buenaventura Gutiérrez Gómez. Expediente: 10-000013-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 11 de julio del 2016.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—( IN2016045909 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas 309-15525-01-0002-001; a las quince horas y cero minutos del ocho de agosto del dos mil dieciséis -15:00 p.m. 08/08/2016-, y con la base de ciento veinte millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 177301-000 cero cero cero la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito Rosario, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Amparo Garbanzo y Wilfrido Cordero; al sur, José Marín; al este, Roberto Arias y al oeste, Río Candelaria. Mide: diecisiete mil cuatrocientos treinta y tres metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veinticuatro de agosto del dos mil dieciséis -15:00 p.m. 24/08/2016-, con la base de noventa millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del ocho de setiembre del dos mil dieciséis -5:00 p.m. 08/09/2016- con la base de treinta millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Andromeda Quinta Constelación del Sur Sociedad Anónima. Exp. N° 11-000405-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 3 de junio del 2016.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Juez.—( IN2016045923 ).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones citas: 371-08163-01-0976-001; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de tres millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cincuenta y seis mil seiscientos sesenta y cuatro-cero cero cero (156664-000) la cual es naturaleza lote 8 F terreno para construir. Situada en el distrito 03 Las Horquetas, cantón 10  Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Luis Marín Hidalgo; al sur, calle pública con 17 metros con frente a ella; al este, Víctor Trejos Gaitán y al oeste, lote 7 F. Mide: trescientos noventa y dos metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de setiembre del dos mil dieciséis con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Belarmino Gerardo Casal Núñez contra Tracy Cristina Hidalgo Meza. Exp. N° 15-006829-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 10 de junio del 2016.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2016045937 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas: 2014-264272-01-0004-001; a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de agosto de dos mil dieciséis y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número dos cientos cuarenta y cuatro mil quinientos once-cero cero cero (244511-000), la cual es terreno para la agricultura. Situada en el distrito 03 Las Horquetas, cantón 10 Sarapiquí de la provincia de Heredia. Colinda: al norte María Lucía Suazo García; al sur servidumbre agrícola de siete metros, Minor Mora Núñez; al este calle pública con 14 metros de frente y al oeste INDER. Mide: diez mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del uno de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Belarmino Gerardo Casal Núñez contra Gabriel Núñez Suazo. Expediente: 15-006825-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 30 de mayo del 2016.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—( IN2016045938 ).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones; a las diez horas y treinta minutos del seis de diciembre del dos mil dieciséis, y con la base de catorce millones cuatrocientos treinta y tres mil novecientos diecisiete colones con ochenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ochenta y cuatro mil seiscientos veintiocho cero cero cero la cual es terreno de solar con una casa en el construida. Situada en el distrito 05 Cariari, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Jorge Chavarría Cubillo; al sur, Fremar Internacional; al este, calle con 14 metros y al oeste, Carlos Guzmán Castro. Mide: trescientos un metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintidós de diciembre del dos mil dieciséis, con la base de diez millones ochocientos veinticinco mil cuatrocientos treinta y ocho colones con treinta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veinte de enero del dos mil diecisiete, con la base de tres millones seiscientos ocho mil cuatrocientos setenta y nueve colones con cuarenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Nuria María de La Trinidad Fernández Elizondo contra Carlos Luis Mora Cascante. Exp. N° 16-001066-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 8 de junio del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016045959 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y treinta minutos del cuatro de agosto del dos mil dieciséis y con la base de un millón de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas N° 676032, marca: Nissan, estilo: Pathfinder, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 1987, tracción: 4x4, color: rojo. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veintidós de agosto de dos mil dieciséis, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del seis de setiembre del dos mil dieciséis con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Kalmich Sociedad Anónima contra Leonel Alberto Monestel Vargas. Expediente: 16-002366-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 14 de junio del 2016.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2016045963 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso; a las trece horas y cuarenta minutos del cinco de setiembre de dos mil dieciséis y con la base de siete millones quinientos setenta y nueve mil trescientos treinta y dos colones con ochenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cuarenta y nueve mil seiscientos noventa y cuatro cero cero cero, la cual es terreno lote 5 terreno con casa y patio. Situada en el distrito 05 Cariari, cantón 02 Pococí de la provincia de Limón. Colinda: al norte Norma Molina Molina; al sur calle pública con 11.91 mts; al este Marta Centeno Saborío y al oeste Karen Gómez Gómez, Marta Centeno Saborío. Mide: doscientos noventa metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta minutos del veintidós de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de cinco millones seiscientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y nueve colones con sesenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta minutos del siete de octubre del dos mil dieciséis, con la base de un millón ochocientos noventa y cuatro mil ochocientos treinta y tres colones con veinte céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Luis Alexander Oporta Pérez. Expediente: 16-001101-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro), 21 de junio del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016045970 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y quince minutos del diecisiete de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de cuatro millones doscientos quince mil setecientos siete colones con dos céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y un mil seiscientos sesenta y siete-cero cero cero (151667-000), la cual es lote A-20 terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito 3-Santiago, cantón San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote A 8 y A 7; al este, lote A 21, y al oeste, lote A 19. Mide: ciento cincuenta y tres metros con cincuenta y nueve decímetro cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y quince minutos del primero de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de tres millones ciento sesenta y un mil setecientos ochenta colones con veintisiete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y quince minutos del diecinueve de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de un millón cincuenta y tres mil novecientos veintiséis colones con setenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Marietta Eugenia Vargas Vargas. Expediente Nº 16-000100-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 06 de junio del 2016.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—( IN2016045979 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del diez de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de cinco millones novecientos setenta y cuatro mil cuatrocientos veinte colones con setenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número seiscientos uno mil sesenta y siete cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno lote para construcción de vivienda de interés social. Situada en el distrito San Isidro de El General, cantón Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Ana Grettel Badilla Gamboa; al sur, Ana Grettel Badilla Gamboa; al este, Ana Grettel Badilla Gamboa y al oeste, calle pública. Mide: doscientos noventa metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiséis de agosto del dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones cuatrocientos ochenta mil ochocientos quince colones con cincuenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del doce de setiembre del dos mil dieciséis con la base de un millón cuatrocientos noventa y tres mil seiscientos cinco colones con diecinueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L. contra Jeffry David Núñez Jiménez. Exp. N° 16-001759-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 29 de junio del 2016.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2016045986 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas 0230-00001191-01-0901-001 y 0335-00007579-01-0901-001, 0335-00007579-01-0902-001; a las diez horas y treinta minutos del ocho de agosto del dos mil dieciséis y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 167978-000, la cual es terreno para construir lote 17 bloque 1. Situada en el distrito San Francisco, cantón Heredia de la provincia de Heredia. Colinda: al norte avenida segunda, al sur Víctor Julio Víquez Hidalgo, al este Finacol S. A., Luis Alberto Araya Aguilar y al oeste Clemencia Duarte Barrantes. Mide: ciento cuarenta y dos metros con doce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de agosto del dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del ocho de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Caja Costarricense de Seguro Social contra Juan José Sandoval Méndez. Expediente: 08-003750-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de junio del 2016.—Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—( IN2016045998 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando anotaciones al tomo 2011, asiento 59519 y tomo 2012, asiento 180908; a las siete horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de agosto del dos mil dieciséis y con la base de tres millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatro mil doscientos noventa y dos cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Puntarenas, cantón Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte calle pública con 6.90 mtrs; al sur Aida Soto; al este María Díaz Moraga y al oeste Arnoldo Gutiérrez Gutiérrez. Mide: doscientos treinta y ocho metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del uno de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de dos millones cuatrocientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de ochocientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jeannette Villalobos Morales contra sucesión de Arturo Guillermo Espinoza Platero. Expediente: 12-100327-0642-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 24 de febrero del 2016.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—( IN2016046016 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y treinta minutos del diez de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de ciento veintiún mil dólares exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos ochenta y ocho mil noventa y tres, es terreno de patio con una casa. Situada: en el distrito 01 Santa María, cantón 17 Dota, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Humberto Rojas Rojas y Jorge Hidalgo Ureña; al sur, calle pública con 32 metros, 93 centímetros; al este, Julio Ureña Agüero y Vicente Ureña Agüero, y al oeste, Vicente Ureña Agüero. Mide: mil setecientos veintiún metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil dieciséis, con la base de noventa mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del doce de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de treinta mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Transacciones Mercantiles y Valores Comerciales Amon S. A. contra Agrícola El Jocotal Cincuenta y Uno G S U Sociedad Anónima. Expediente Nº 16-000529-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 01 de julio del 2016.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—Exonerado.—( IN2016046028 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas: 2010-00354942-01-0003-001 y servidumbre de paso citas: 2010-00354942-01-0011-001, a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintidós de noviembre del dos mil dieciséis, y con la base de veintiséis millones doscientos setenta y dos mil trescientos setenta y cuatro colones con setenta y tres céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y ocho mil quinientos catorce-cero cero cero, la cual es terreno de casa y patio. Situada: en el distrito 02 San Lorenzo, cantón 05 Tarrazú, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, Ignacio Naranjo Abarca; al noroeste, Jorge Arturo Fallas Moreno; al sureste, Grupo Cuatro U Tarrazú S. A., y al suroeste, calle pública. Mide: trescientos cincuenta y tres metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del siete de diciembre del dos mil dieciséis, con la base de diecinueve millones setecientos cuatro mil doscientos ochenta y un colones con cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de enero del dos mil diecisiete, con la base de seis millones quinientos sesenta y ocho mil noventa y tres colones con sesenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de COOPECAJA R.L. contra Grupo Cuatro U Tarrazú S. A. Expediente Nº 15-007843-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de mayo del 2016.—Licda. Jessica Vargas Barboza, Jueza.—( IN2016046052 ).

Convocatorias

Para conocer sobre lo dispuesto en el artículo 926 del Código Procesal Civil, referente a la designación de Albacea propietario y suplente, para conocer el alcance de bienes y el avalúo de los mismos, así como los créditos legalizados, se convoca a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Analía Martínez Zamora, cédula de identidad 5-091-141, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Costa Ana de Guatuso, ochocientos metros al este de la escuela, a una junta de herederos que se llevará a cabo en este despacho a las ocho horas treinta minutos del doce de agosto de dos mil dieciséis (08:30 del 12/08/2016). Proceso sucesorio de Analía Martínez Zamora. Expediente Nº 02-100876-0297-CI. Promovido por Banco Nacional de Costa Rica.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, trece horas cincuenta y cinco minutos del 13 de mayo del 2016.—Lic. Federico Villalobos Chacón, Juez.—1 vez.—Exento.—( IN2016034262 ).

Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de Sacramento Venegas Moya, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las nueve horas (9:00 a.m.) del nueve de agosto de dos mil dieciséis, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 07-000345-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 2 de junio del 2016.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2016046051 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000064-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Elizabeth Gerarda Castro Esquivel, quien es mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de, portadora de la cédula de identidad vigente número 0600140064, ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es siembra de árboles frutales y maderables. Situada en el distrito primero, cantón tercero, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente de cuarenta metros con diecinueve centímetros lineales; al sur, Eliécer Rojas Jaén; al este, Luis Bernardo Barrantes Arrieta y al oeste, Carlos Luis y Xinia Sánchez Leal. Mide: setecientos sesenta metros con setenta y cinco decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-38379-1977. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en cinco millones de colones y las presentes diligencias en la suma de cuatro millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra verbal y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de treinta y nueve años.- Que no existen condueños.- Que los actos de posesión han consistido en limpieza del terreno, mantenimiento de cercas.- Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Elizabeth Gerarda Castro Esquivel. Exp. N° 16-000064-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), Santa Cruz, 30 de junio del 2016.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044575 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-000026- 0993-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Tres Ciento Uno Quinientos Setenta y Un Mil Cuatrocientos Sesenta y Dos S. A., cédula jurídica N° 3-101-571462, representada por Luis Alberto Madrigal Soto quien es mayor, casado una vez, vecino de Los Ángeles de San Ramón, portador de la cédula de identidad número 2-410-489, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es montaña, agricultura y tacotal. Situada en el distrito 08. La Colonia Palmareña de Los Ángeles, cantón 02. San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noroeste, Río Jamaical; al este, Quebrada Cacical; al suroeste, Herminia Sánchez Villalobos. Mide: 100 hectáreas, tal como lo indica el plano catastrado N° A-516982-1983. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima las presentes diligencias en la suma de dos millones de colones y el inmueble a titular en la suma de tres millones de colones. Que no existen condueños. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Tres Ciento Uno Quinientos Setenta y Un Mil Cuatrocientos Sesenta y Dos S. A. Exp. N° 15-000026-0993-AG.—Juzgado Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), San Ramón, 29 de junio del 2016.—Msc. Carlos Eduardo González Mora, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044592 ).

Luis Román Trigo, quien es mayor, casado una vez, empresario, vecino de Liberia, cédula uno-cuatrocientos cuarenta y seis-quinientos setenta y cinco, empresario y Rolando Espinoza Hernández, quien es mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Guardia de Liberia, cédula cinco-ciento cincuenta-quinientos dieciséis, promueven información posesoria. Pretenden inscribir , en partes iguales, a su nombre, en el Registro Público Inmobiliario, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de repastos y montaña, situado en Playas del Coco, distrito tercero (Sardinal), del cantón quinto (Carrillo), de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública con un frente de ciento noventa y siete metros con cincuenta y nueve centímetros lineales y Gerardo Jara Quirós; sur, María de Los Ángeles Ávila Cubillo; este, Cristhoper Bragg Gutiérrez, y oeste, Gerardo Jara Quirós. Mide: Según plano catastrado número G-un millón ciento un mil cuatrocientos cuarenta y siete-dos mil cinco, a nombre de Luis Román Trigo y Rolando Espinoza Hernández, mide cinco hectáreas nueve mil setecientos cincuenta y seis metros con ochenta y un decímetros cuadrado s. Manifiestan sobre el inmueble no pesan cargas reales ni gravámenes, no existen personas condueñas y este proceso no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de uno sucesorio. Lo adquirieron por compra-venta que les hiciera Gerardo Canales Contreras, mayor, soltero, cédula de identidad vigente número cinco-ciento treinta y cinco-setecientos noventa y tres, pescador y vecino de barrio Playas del Coco, mediante escritura pública número nueve, folio cinco vuelto del tomo cuarto del protocolo del notario Juan Rafael Villagra Coronado . Estiman el inmueble en dos millones de colones y el proceso en dos millones de colones. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a todas las personas interesadas para que se apersonen en defensa de sus derechos. Exp. N° 07-000317-0387-AG.—Juzgado Agrario de Liberia, Liberia, 6 de julio del 2016.—Lic. Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044931 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 12-100206-0217-CI donde se promueven diligencias de rectificación de medida por parte de Zemagro S. A., domiciliada en Tirrases de Curridabat, urbanización el Hogar, casa doce-N, portadora de la cédula jurídica vigente que exhibe N° 3-101-394513, a fin de rectificar la medida de la finca del partido de San José, matrícula de folio real número cuarenta y nueve mil doscientos cuatro-cero cero cero, ante el Registro Público de la Propiedad. El terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es pasto y cultivos. Situada: en el distrito San Ignacio, cantón Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Río Candelarita; al este, Antonio Granados Castro, y al oeste, Albertina Monge Badilla. Mide: según el Registro Nacional mide ocho mil setecientos treinta y seis metros con veinte decímetros cuadrados, pero según el plano catastrado N° SJ-1442341-2010 mide trece mil ciento cuarenta metros con treinta decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de seis millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra realizada el 23 de noviembre del 2006, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en siembra de granos, maíz, yuca y otros, así como el mantenimiento de potreros. Se le ha dado mantenimiento a las cercas, se ha cuidado debidamente la protección del río, se ha sembrado especies forestales, incluído el cedro. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Zemagro S. A. Expediente N° 12-100206-0217-CI.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José. Goicoechea, 05 de julio del 2016.—Lic. Ronny Flores Oviedo, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044932 ).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 15-000009-0391-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Lidya Gloria Del Carmen Gómez Gómez, quien es mayor, soltera, pensionada, portadora de la cédula de identidad número seis-cero ochenta y dos-ciento noventa, vecina de Corozal de Puntarenas, frente al tanque de acueducto, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es pastos. Situada en el distrito cuarto, cantón primero de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Luis Arturo Rosales Gómez; al sur calle pública con un frente a ella de dieciséis metros con treinta y tres centímetros lineales; al este Esteban Vinicio Rosales Gómez y al oeste Ezequiel Rosales Gómez y Joaquín González Morera. Mide: tres mil cuatrocientos un metro cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-1727906-2014. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de cuarenta años aprovechando la de su transmitente. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en siembra de pastos, delimitación del terreno, limpieza de rondas y conservación del mismo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Lidya Gloria Del Carmen Gómez Gómez. Expediente: 15-000009-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, (Santa Cruz), 5 de julio del 2016.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044937 ).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 15-000112-0699-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Marisol Auxiliadora Ramos Méndez, quien es mayor, estado civil casada en sus primeras nupcias, vecino de Lourdes de Cartago, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número tres-trescientos veintinueve-doscientos cincuenta y tres, ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es solar . Situada en el distrito San Francisco, cantón Cartago de la provincia de Cartago. Colinda: al norte calle pública; al sur Río Navarro; al este Greddy Calderón Gómez y al oeste Gerardo Badilla Acuña. Mide: mil seiscientos treinta metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número C-1604024-2012. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cuatro millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de nueve años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mejoras y mantenimiento de la finca. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Marisol Auxiliadora Ramos Méndez. Expediente: 15-000112-0699-AG.—Juzgado Agrario de Cartago, 29 de junio del 2016.—Licda. Rebeca Salazar Alcocer, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044939 ).

Citaciones

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Blanca Rosa del Socorro Sánchez Guillén, mayor, divorciada, ama de casa, costarricense, con documento de identidad Nº 0204170441 y vecina de San Ramón. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000092-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, (San Ramón) (Materia Civil), 06 de julio del 2016.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044576 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría, Glenda Abarca Marín, mayor, soltera, vecina de San José, secretaria, cédula de identidad número uno-mil ciento cinco-cero ochocientos noventa y Carolina Abarca Marín, mayor, soltera, vecina de San José, administradora de empresas, cédula de identidad número uno-cero novecientos noventa y dos-cero ciento ochenta y cinco; solicitan al suscrito Notario tramitar de quien en vida fuere nuestra madre la señora Elizabeth Marín Hernández, mayor, ama de casa, divorciada en primeras nupcias, vecina de San José, portadora de la cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos diecisiete-cero novecientos setenta y cinco, fallecida el veinticinco de noviembre del año dos mil quince. Habiéndose comprobado su fallecimiento, se declara abierto el sucesorio y se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Mauricio Marín Sevilla, al fax: 22 90 36 53 a San José, Sabana Norte, edificio Torres del Parque, piso tercero.—Lic. Mauricio Marín Sevilla, Notario.—1 vez.—( IN2016044581 ).

Se hace saber que en esta notaría se tramita el proceso sucesorio notarial de quien en vida fue Bruno Corneo Crotti, quien fuera mayor, agricultor, divorciado una vez, cédula ocho cero cero seis dos cero seis nueve ocho, vecino de San Bosco de Santa Bárbara de Heredia, del comercial El Mercadito dos kilómetros al noreste. Se emplaza a los herederos, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro del plazo, aquella pasara a quien corresponda. Notaria del licenciado Hernán Paniagua Ramírez, sita en la Ciudad de Santa Bárbara de Heredia, costado norte de la Iglesia Salón Parroquial, teléfono 2269-39-90.—Santa Bárbara de Heredia, 5 de julio del 2016.—Lic. Hernán Paniagua Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2016044582 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Sanabria Sánchez, mayor, casada una vez, ama de casa, costarricense, con documento de identidad 3-0164-0993 y vecina de Javillos de Pavones. Se cita a las personas herederos, legatarios, acreedor es y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Exp. N° 13-000098-0341-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Turrialba (Materia Agraria), 01 de julio del 2016.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044590 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Castulo Suarez Sequeira, mayor, casado, pensionado, nacionalidad nicaragüense, con documento de identidad N° 08-0065-0005 y vecino de Liberia, Guanacaste, barrio Guardia, quien falleció el 13 de julio del 2015. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000056-0386-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), 17 de junio del 2016.—Lic. Javier Camacho Duarte, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044610 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores e interesados en la sucesión de Larry Drew Glickman, ciudadano estadounidense, pasaporte número dos uno siete dos seis siete tres uno dos, mayor, casado por segunda vez, pensionado, vecino de Florida Estados Unidos de Norteamérica, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: 0002-2016. Notaría del licenciado Gonzalo Alfonso Monge Corrales. Ciudad Quesada, costado norte de los Tribunales. Fax: 24 60 25 19.Teléfono: 24 60 00 46.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—( IN2016044619 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Roberto Soto Cedeño, mayor, pensionado, costarricense, con documento de identidad 0102300952 y vecino de Cuatro Reinas de Tibás. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 16-000129-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 22 de junio del 2016.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2016044621 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Marco Vinicio Mena Mora, quien fuera mayor, casado, agricultor, vecino de Barbacoas de Puriscal, cédula de identidad N° 1-857-826, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a los autos a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no, se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Publíquese por una única vez. Sucesión Nº 16-100049-0197-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 17 de mayo del 2016.—Licda. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—( IN2016044636 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio testamentario de quien en vida se llamó Rogelio Jiménez Castro conocido como Roy Jiménez Castro, mayor, casado una vez, ingeniero en electrónica, costarricense, con documento de cédula de identidad N° 1-166-608 y vecino San José, San Pedro de Montes de Oca. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000358-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 02 de junio del 2016.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—( IN2016044638 ).

Notaría del licenciado Miguel Herrera González, en Rohrmoser, Pavas, San José, mediante acta firmada ante esta Notaría a las diez horas del veinticinco de junio del dos mil dieciséis, se solicita al suscrito notario público, por parte de los señores Gladys Divina Mora Herra, cédula nueve-cero dos uno-cero seis cinco tres, Ronny Gonzalo Valverde Mora, cédula uno- cero seis siete nueve-cero cinco tres nueve, Roberto Francisco Valverde Mora, cédula cuatro- cero uno seis cuatro cero-cuatro nueve uno y Lilliana Rocío Valverde Mora, cédula cuatro-cero uno cinco cero-cero cuatro seis cinco, cónyuge supérstite e hijos de quien en vida se llamó Gonzalo Valverde Chinchilla, mayor de edad, casado una vez, pensionado, vecino de uno ocho, quien falleció el doce de marzo del dos mil ocho, la tramitación del proceso sucesorio en sede notarial del citado señor. A ser las ocho horas del veintisiete de junio del dos mil dieciséis, comprobándose en forma fehaciente el fallecimiento de Gonzalo Valverde Chinchilla, se declara abierto el proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los interesados para que en el plazo máximo de treinta días se apersonen a hacer valer sus derechos en esta notaría, ubicada en Rohrmoser, Pavas, cien metros norte y cien oeste de la estación de bomberos. Teléfono 2232-4000.—Lic Miguel Herrera González, Notario.—1 vez.—( IN2016044647 ).

Por una sola vez, se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó: Rafael Picado Chaves, mayor, casado dos veces, abogado, cédula de identidad número uno-cuatrocientos setenta y ocho-cuatrocientos treinta y cuatro, vecino de San José, Ciudad Colón, condominio San Cristóbal, casa ciento cincuenta y tres, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento de que si no lo hacen dentro del término indicado, la herencia pasara a quien corresponda. Exp. N° 005-2016-SUC, sucesorio notarial. Tramitado en la notaría del licenciado Héctor Rolando Vargas Sánchez, cédula 4-150-680 cita en Heredia, 15 metros al este de los Tribunales de Justicia, Oficentro de la avenida segunda oficina N° 3.—San José, 7 de julio del 2016.—Lic Héctor Rolando Vargas Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2016044662 ).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Gilbert Oconitrillo Jara, mayor, estado civil casado una vez, profesión abogado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0201800459 y vecino de Agua Caliente de Bagaces. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Exp. N° 16-000083-0386-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), 21 de junio del 2016.—Lic. Javier Camacho Duarte, Juez.—1 vez.—( IN2016044697 ).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Celso Corrales Fallas, quien fue mayor, divorciado, agricultor, vecino de Aserrí, cédula de identidad 1-035-1762, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 16-100017-0217-CI. Sucesión de Celso Corrales Fallas.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 5 de febrero del 2016.—Licda. Ana Milena Gutiérrez Rojas, Jueza.—1 vez.—( IN2016044702 ).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Sergio Alexis Briceño Peraza, mayor, divorciado tres veces, chofer para la Cruz Roja costarricense, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 1-0893-0227, vecino de Liberia, Guanacaste, quien falleció el 2 de enero de 2016. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Exp. N° 16-000007-0386-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), 16 de febrero del 2016.—Licda. Ivannia Solano Gómez, Jueza.—1 vez.—( IN2016044703 ).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Zoila Brenes Meza, mayor, casada una vez, ama de casa, con documento de identidad N° 3-0114-0001 y vecina de Paraíso de Cartago. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000129-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 12 de abril del 2016.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2016044708 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Luis Manrique Chinchilla Solano, mayor, estado civil soltero, profesión, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0303420926 y vecino de San José, Moravia. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Exp. N° 16-000043-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de abril del 2016.—Lic. Jainer Alonso Gamboa Muñoz, Juez.—1 vez.—( IN2016044728 ).

Por el plazo de treinta días a partir de la publicación del presente edicto, se cita y se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en rendir oposición a las presentes diligencias sucesorias de quién en vida fuera Carlos Gerardo Chavarría Cubero, con cédula N° 401310274, mayor, soltero, vecino de Heredia, Jesús de Santa Bárbara de, quien falleció el once de octubre del dos mil quince, para que manifiesten lo que crean pertinentes dentro del referido plazo, bajo apercibimiento de que en caso de omitirlo, la herencia pasará a quién corresponda. Publicar por una única vez. Sucesión expediente N° 16-000089-0638-CI.—Juzgado Contravencional y Civil de Menor Cuantía de San Joaquín de Flores, 30 de junio del 2016.—MSc. Rodrigo Campos Gamboa, Juez.—1 vez.—( IN2016044734 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Dinorah Margarita Monge Fonseca, mayor, estado civil casada, profesión, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0103240212 y vecina de San José, Sabanilla. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Exp. N° 16-000023-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 2 de mayo del 2016.—Lic. Jainer Alonso Gamboa Muñoz, Juez.—1 vez.—( IN2016044764 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Marco Antonio Muñoz Delgado, quien fue mayor, casado una vez, cédula número uno-cuatrocientos cuarenta y seis-cero treinta y ocho, vecino de San Francisco de Dos Ríos, de la Estación de Servicios Delta, cincuenta metros al norte, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, que se hará por una sola vez en el Boletín Judicial, se apersonen hacer valer sus derechos los que crean tener calidad de herederos ante esta notaría ubicada en San José, avenida diez y doce, calle treinta y uno, oficina número mil setenta y uno, apercibidos, de que si no, lo hicieren dentro del plazo dicho la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 002-2016. Notaria del Bufete Corporación de Asuntos Jurídicos.—Lic. Rafael Calderón Pacheco, Notario.—1 vez.—( IN2016044765 ).

Se emplaza: A todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Carlos Luis Castro Araya, quien fue mayor, casado, agricultor, vecino de Bustamante de Desamparados, cédula de identidad N° 1-0127-0746, Celina Hidalgo Sibaja quien fue mayor, casada, de oficios del hogar, vecina de Bustamante de Desamparados, cédula de identidad de 1-0145-0118, y Carlos Alberto Castro Hidalgo quien fue mayor, soltero, agricultor, vecino de Desamparados, cédula de identidad número 1-0401-0245, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 14-100254-0217-CI. Sucesión de Carlos Luis Castro Araya, Celina Hidalgo Sibaja y Carlos Alberto Castro Hidalgo.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 8 de marzo del 2016.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—( IN2016044767 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Reinaldo Sancho Álvarez, mayor, estado civil casado, profesión, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0800600933 y vecino de San José, la Isla de Moravia. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 16-000104-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de mayo del 2016.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2016044773 ).

Se hace saber: Que ante esta notaría se tramita el proceso sucesorio notarial número cero siete-dos mil dieciséis, de quien en vida se llamó Bienvenida Calderón Amador, quien fuera mayor, viuda, ama de casa, vecina de Pérez Zeledón, San Isidro, Barrio San Luis, cien metros noroeste de la Bomba Gasotica, con cédula número tres-cero noventa y nueve-seiscientos sesenta y seis. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de este plazo, aquella pasará a quien corresponda. Fax 2234 7603. Email: noidygarbanzo@yahoo.com.—San José, veintisiete de junio del dos mil dieciséis.—Licda. Noidy Garbanzo Garbanzo, Notaria.—1 vez.—( IN2016044784 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Roger Alberto de La Trinidad Díaz Santamaría, mayor, divorciado, pensionado, con documento de identidad N° 0105500351 y vecino de San Amón de La Unión de Cartago. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000152-0504-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 17 de junio del 2016.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2016044797 ).

Que a esta notaria, ha llegado solicitud de apertura de sucesorio en sede notarial de quien en vida fueron los señores: Antonia Lizano Vargas, portadora de la cédula de identidad Nº 2-0128-0083, fue vecina de San Carlos, Pital, y del señor Heriberto Vargas Acuña, quien portó la cédula de identidad Nº 2-121-278, fue vecina de San Carlos, Pital. De conformidad con lo establecido en la legislación vigente se cita y emplaza por el plazo de 30 días a los herederos, legatarios, acreedores, e interesados en general, hacer valer sus derechos ante esta notaría, sito en: Provincia: San José, cantón: San José, ubicación exacta en barrio Bellavista, casa dos, tres, tres, sito en calles: calle diecisiete, avenidas dos y cuatro, sobre el Boulevard Ricardo Jiménez, con un horario de ocho a.m. a once a.m. y de una p.m. a cinco p.m. (8-11 am y de 1:00 pm a 5:00 pm) de lunes a viernes, oposición que debe ser dejada por escrito en la recepción de dicho lugar, en caso de ocupar copias del expediente pedirlo por escrito y se le entregarán gratuitamente. Esta prevención es para los quienes crean tener derecho a la herencia, si no, se presentan dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Es todo. Firmo en San José, a las nueve horas treinta minutos jueves siete de julio del año dos mil dieciséis.—Lic. Andrés Durán López, Notario.—1 vez.—( IN2016044814 ).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Nora Luisa Cortés Chavarría, quién fuera mayor, casada en primeras nupcias, ama de casa, vecina de La Cruz, con cédula de identidad N° 8-046-496; para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a su proceso sucesorio, tramitado en la notaría del licenciado Óscar Alpízar Carvajal, ubicada en Liberia centro, segundo piso Centro Comercial Bambú, a hacer valer sus derechos; apercibidos de que si no lo hicieren dentro del plazo indicado la herencia pasará a quienes corresponda. Exp. N° 2016-0001-NOT. Sucesorio de la señora Nora Luisa Cortés Chavarría.—Liberia, 5 de julio del 2016.—Lic. Óscar Alpízar Carvajal, Notario.—1 vez.—( IN2016044820 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Guillermo González Lizano, quien era mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Cartago, Turrialba, La Suiza, Atirro, cédula uno-cero dos ocho ocho-cero cinco uno nueve. Albacea provisional Esmeralda Rojas Acosta, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasara a quien corresponda. Expediente N° 01-2016. Notaría del licenciado José Antonio Tacsan Lobo, carne número 19836, sita en avenida 12, entre calles 11 y 13, N° 1160, fax 2255-1160.—Lic. José Antonio Tacsan Lobo, Notario.—1 vez.—( IN2016044844 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Victoria Guzmán Acosta, quien era mayor, soltera, pensionada, vecino de Cartago, Turrialba, La Suiza, Atirro, cédula uno-cero uno uno cinco-tres dos uno cinco. Albacea provisional Esmeralda Rojas Acosta, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-2016. Notaría del licenciado José Antonio Tacsan Lobo, carne número 19836, sita en avenida 12, entre calles 11 y 13, N° 1160, fax 2255-1160.—Lic. José Antonio Tacsan Lobo, Notario.—1 vez.—( IN2016044846 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Nelson Mora Castro, quien fue mayor, soltero, cédula de identidad número uno-quinientos sesenta y cinco-seiscientos noventa y nueve, agricultor, vecino de La Potenciana de Mercedes Sur de Puriscal, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a los autos a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Sucesión N° 16-100016-0197-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 4 de marzo del 2016.—Licda. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—1 vez.—( IN2016044860 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Guillermo Morales Rivas, mayor de edad, cédula 8-044-627, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar todos sus derechos, se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Exp. N° 002-2016. Notaría licenciado Rubén Eduardo Naranjo Brenes. Dirección San José, Zapote, de las torres de radio Columbia 200 metros al sur y 50 metros al este. Edificio Erasmo.—San José, 7 de Julio del 2016.—Lic. Rubén Eduardo Naranjo Brenes, Notario.—1 vez.—( IN2016044866 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Elizabeth Rivera Vargas, mayor de edad, cédula 3-0202-0188, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar todos sus derechos, se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Exp. N° 0001-2016. Notaría licenciada Silvia Ocampo Vargas. Dirección San José, Zapote, de las torres de Radio Columbia 200 metros al sur y 50 metros al este, edificio Erasmo.—San José, 7 de julio del 2016.—Licda. Silvia María Ocampo Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2016044867 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Marjorie de Los Ángeles Rodríguez Barboza, mayor, casada una vez, pensionada, vecina de San Miguel de Desamparados, 200 al sur y 200 al este de la Plaza. Urbanización El Emperador, casa 16-A, cédula de identidad N° 7-0075-0471, fallecida en 24/09/2012, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada en San Sebastián del Banco de Costa Rica 50 metros sur, a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento de que en caso de no hacerlo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 04-2016. Sucesión Marjorie de Los Ángeles Rodríguez Barboza. Licenciada Tatiana Calvo Arias, Notaria Pública, teléfono 8398-0167.—San José, 1 de julio del 2016.—Licda. Tatiana Calvo Arias, Notaria.—1 vez.—( IN2016044873 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de José Óldemar Eulogio Obando Mairena, conocido como Óldemar Obando Mairena, mayor, casado una vez, ebanista, vecino Hatillo 2 del Liceo Roberto Brenes Mesén, 200 este y 75 al sur, con cédula N° 5-0053-0092, para que dentro del plazo de treinta días, y contados a partir de la publicación comparezcan ante esta notaria ubicada en San Sebastián del Banco de Costa Rica 50 metros al sur, a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento de que en caso de no hacerlo la herencia pasara a quien corresponda. Expediente N° 03-2016. Sucesorio José Óldemar Eulogio Obando Mairena conocido como Óldemar Obando Mairena. Licenciada Tatiana Calvo Arias, teléfono 8398-0167.—San José, 29 de junio del 2016.—Lic. Tatiana Calvo Arias, Notaria.—1 vez.—( IN2016044874 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Mayra Irma Jovita Gómez Villegas, mayor, divorciada, con documento de identidad N° 0601310019 y vecina de Guácimo, Limón. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000082-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 29 de junio del 2016.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2016044889 ).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Jorge Luis Alvarado Porras, quién en vida fue mayor, capaz, viudo, cédula de identidad dos-tres tres cero-dos cuatro cero, cuyo último domicilio fue en Alajuela, Grecia, San Isidro, defunción que consta en el Registro Civil con las cita de inscripción: uno cero cinco uno cuatro uno ocho cero cero tres seis cero, para que en el término de treinta días contados a partir de esta publicación de edicto, comparezcan ante mi notaría ubicada en la ciudad de Alajuela, Grecia, Tacares, Prendas, doscientos metros sur de la iglesia, a hacer valer sus derechos, apercibidos de que de no se presentarse en el plazo indicado los bienes se adjudicaran a quien legalmente correspondan. Exp. Not. 002-2016.—Alajuela, 7 de julio del 2016.—Lic. C. Ruiz A., Notario.—1 vez.—( IN2016044896 ).

Avisos

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Rosaura Oporta Urbina, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 16-000330-0688-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia), 22 de junio del 2016.—Msc. Ana Belly Umaña Quesada, Jueza.—Exonerado.—( IN2016043599 ).                                                                                   3 v. 3

Se convoca por medio de edicto que se publicara por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela de la persona menor de edad Gonzalo Vindas Jiménez, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente Nº 16-000344-0673-NA.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de junio de 2016.—Yerma Campos Calvo, Jueza.—Exonerado.—( IN2016043600 ). 3 v. 3

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Ismael Mesén Arroyo, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 16-000170-1343-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia Familia), 29 de junio del año 2016.—Mariselle Zamora Ramírez.—Exonerado.— ( IN2016043623 ).              3 v. 3

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de las personas menores de edad Jesús Andrés y María ambos de apellidos Vargas Alfaro, para que se apersonen a este Juzgado, dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. 23 de junio del 2016. Expediente N° 16-000609-1302-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a las dieciséis horas y cuarenta y ocho minutos del veintitrés de junio del dos mil dieciséis.—Msc. Marilene Herra Alfaro, Jueza.—Exento.—( IN2016043859 ).       3 v. 3

Se hace saber que en este Despacho se tramitan las diligencias de presunción de muerte de Sevigne Sibaja Quirós, expediente Nº 15-000472-0221-CI, promueve: Eduardo Sibaja Quirós, a efecto de que se declare la presunción de muerte de Sevigne Sibaja Quirós, cédula Nº 0101240462. Se emplaza a los interesados que tuvieren noticia sobre su presunta muerte, para que dentro del plazo de tres meses, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a presentar su oposición a estas diligencias. Declaración de ausencia. Expediente Nº 15-000472-0221-CI.—Juzgado Primero Civil de San José, 08 de abril del 2016.—Msc. Ricardo Díaz Anchía, Juez.—( IN2016035931 ).  3 v. 2 Alt.

Se hace saber que ante este Despacho, se tramitó proceso de presunción de muerte promovido por María Isabel, Rosaura Elizabeth, Dora Emilia, Evelio Antonio, Francisco Raúl y Alejandra todos de apellidos Castillo Aguilar a excepción de la primera que es Aguilar Calderón, es su condición de esposa la primera y el resto de hijos; encaminado a solicitar la Presunción de Muerte de Juan de Dios Castillo Calderón, conocido como Héctor Castillo Calderón, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de la provincia de Cartago del Estadio José Rafael “Fello” Meza Ivancovich; 200 metros sur y cien metros oeste, portador de la cédula de identidad número tres-cero ocho siete-tres uno nueve. En el mismo se dictó la resolución que dice: “Sentencia de primera instancia N° 258-2015. Juzgado Civil de Cartago, a las diez horas y cincuenta y siete minutos del treinta de octubre de dos mil quince. Por tanto, en mérito de lo expuesto se declara con lugar la presente acción no contenciosa, presentada por los gestionantes quienes son María Isabel, Rosaura Elizabeth, Dora Emilia, Evelio Antonio, Francisco Raúl y Alejandra todos de apellidos Castillo Aguilar a excepción de la primera que es Aguilar Calderón, por lo que se declara la Presunción de muerte del señor Juan de Dios Castillo Calderón conocido como Héctor Castillo Calderón y se da la posesión definitiva de los bienes del señor Castillo Calderón a sus presuntos herederos sin necesidad de fianza. Inscribirse esta sentencia en el Registro Civil para lo cual se transcribirá. Además la parte resolutiva de esta resolución deberá publicarse por tres veces en el Boletín judicial, con intervalos de quince días y también en otro medio de comunicación colectiva, en un periódico de circulación nacional o bien por medio de la radio. Licda. Ivannia Jiménez Castro, Juez. Exp. N° 13-000433-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 8 de abril del 2016.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—( IN2016043229 ).                                                                                   3 v. 2

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de las personas menores de edad Dayana Michelle y Randall Joel ambos apellidos Ugalde Cespedes nacidos en Alajuela, por su orden el 13 de setiembre de 2004 y el 24 de octubre del 2006 para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Clase de Asunto Depósito Judicial de personas menores de edad. Expediente N° 15-001284-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las quince horas cuarenta y ocho minutos del seis de junio de 2016.—Msc. Patricia Vega Jenkins, Jueza.—Exento.—( IN2016044150 ).                                                                                   3 v. 2

Se hace saber que en este Despacho se tramitan las diligencias de presunción de muerte del señor Carlos Luis Vargas Solís, expediente Nº 16-000051-0341-CI, promueve: la señora Flor Mireya Ulloa Vásquez, mayor , casada una vez, con la cédula de identidad N° 0301590113, vecina de Aquiares Turrialba de la provincia de Cartago, a efecto de que se declare la presunción de muerte del señor Carlos Luis Vargas Solís, quien fuera mayor de edad, casado, con la cédula de identidad N° 0301170809, quien tuvo como último domicilio el vecindario de Aquiares Turrialba de la provincia Cartago. Se emplaza a los interesados que tuvieren noticia sobre su presunta muerte, para que dentro del plazo de tres meses, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a presentar su oposición a estas diligencias. Declaración de Ausencia. Expediente Nº 16-000051-0341-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Turrialba (Materia Civil), 15 de junio del 2016.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—( IN2016044661 ). 3 v. 1 Alt.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial del menor Joshua Arias Rodríguez, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. En otro orden de ideas se avisa al señor Brayan Adrias Molina, mayor costarricense, únicos datos conocidos, que en este Juzgado se tramita el expediente Nº 16-000421-1302-FA, correspondiente a diligencias de depósito judicial de menor, promovidas por el licenciado Ernesto Romero Obando, Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia San Carlos, Ciudad Quesada, donde se solicita que se apruebe el Depósito Judicial de la menor Joshua Arias Rodríguez. Se le concede el plazo de tres días, para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias. Expediente N°16-000421-1302-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a las quince horas y cuarenta y tres minutos del veintiocho de abril del dos mil dieciséis 28 de abril del 2016.—MSc. Marilene Herra Alfaro, Jueza.—Exonerado.— ( IN2016044913 ).                                        3 v. 1

Se le cita y emplaza al señor Jaime Ramírez Mora del depósito de la persona menor de edad Anthony Xavier Ramírez Bello, para que se apersone a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 15-000704-0688-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia), a las trece horas y veinte minutos del uno de julio del dos mil dieciséis, 05 de julio del 2016.—Msc. Ana Belly Umaña Quesada, Jueza.—Exonerado.—( IN2016044921 ) 3 v. 1

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela del señor Gerardo Rojas Segura, cédula de identidad Nº 02-0253-0412 conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de él dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Suk Him Rojas Cubillo. Expediente Nº 16-000407-1302-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 28 de junio del 2016.—Licda. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044577 ).

Licenciada María Marta Corrales Cordero, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a quien interese, se le hace saber que en proceso de depósito judicial, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Leidiana Bellido Peralta, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica a las ocho horas y cincuenta y siete minutos del día veintiuno de junio del año dos mil dieciséis. Proceso de depósito judicial, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, en contra de Leidiana Bellido Peralta. Resultando: I... II... III... Considerando: I... II... III... IV... Por tanto: De conformidad con lo expuesto y haciendo prevalecer el interés superior de la persona menor de edad, se accede a la solicitud planteada por el Patronato Nacional de la Infancia razón por la cual se ordena el depósito judicial del menor Jafet Sidain Bellido Peralta en el hogar de la señora Rosa Victoria Peralta Vargas Se le previene a dicha señora, que deberá comparecer al Juzgado de Familia de Turrialba, dentro del octavo día después de la firmeza de la presente sentencia, a aceptar el cargo conferido, en razón de la cual se comisiona a ese juzgado para lo que corresponda. De conformidad con el artículo 263 del Código Procesal Civil y en virtud que el presente proceso es contra una persona ausente, representada por un curador procesal, lo procedente es ordenar la publicación de la parte dispositiva, por una sola vez, en el Boletín Judicial. Se resuelve sin especial condenatoria en costas por los principios que informan la materia. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 5 de julio del 2016.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—       1 vez.—Exonerado.—( IN2016044586 ).

Juan Brilla Ramírez. Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a Mirna Araya Segura, en su carácter personal, quien es mayor, casada, ama de casa, cédula 0202821418, se le hace saber que en proceso de insania, establecida por Mirna Araya Segura a favor del insano Daniel Isaías Guerrero Araya, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N° 663-2016. Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las diecisiete horas y once minutos del día treinta de mayo del año dos mil dieciséis. Actividad Judicial No Contenciosa, de diligencias de Insania promovidas por Mirna Araya Segura, mayor, casada, ama de casa, vecina de La Virgen de Sarapiquí, ochocientos metros de la Escuela La Lucha, portadora de la cédula de identidad N° 2-282-1418 en beneficio del presunto insano Daniel Isaías Guerrero Araya, mayor, soltero, con discapacidad, vecino de La Virgen de Sarapiquí, ochocientos metros de la Escuela La Lucha, portador de la cédula de identidad N° 2-743-386. Interviene el licenciado Luis Diego Jiménez Jiménez, como curador procesal del presunto insano. Resultando: I.- La promovente de esta acción, solicita que en sentencia se declare: Que se declare a Daniel Isaías Guerrero Araya en estado de interdicción. Que se me nombre administradora interina (curadora provisional) de mi hijo Daniel Isaías Guerrero Araya. Que se me nombre curadora definitiva como en derecho corresponda, de mi hijo Daniel Isaías Guerrero Araya. II.- En el procedimiento no se notan defectos u omisiones capaces de producir nulidad o indefensión, Considerando: I- Hechos Probados: De importancia para el dictado de la resolución de fondo, se enlistan los siguientes: a.- El joven Daniel Isaías Guerrero Araya, nació el día dos de agosto de mil novecientos noventa y cinco (certificación a folio 1); b.- La gestionantes es la madre del presunto insano (certificación a folio 1); c.- El presunto insano no es casado (certificaciones a folios 2); d.- El presunto insano es portador de retardo mental moderado, Síndrome de Down, Dermatitis Atópica y Gastritis (folio 4); e.- El presunto insano no tiene bienes muebles o inmuebles inscritos a su nombre (folios 6 y 9); f.- El señor Daniel Isaías Guerrero Araya, fue valorado en la Sección de Psiquiatría y Psicología Forense, siendo que en lo que interesa, se concluyó: “Es portador de : 1. Trisomía 21 o Síndrome de Down. 2. Retardo mental moderado...., En atención a sus preguntas específicas, detectamos que el paciente además: 1. No Está en capacidad para ejercer su derecho al sufragio, ni para ser electo en cargos públicos. 2. No puede administrar sus bienes ni está capacitado para opinar sobre los mismos. 3. Se encuentra discapacitado para administrar pensiones que pudiera recibir por su enfermedad. 4. No puede realizar gestiones bancarias. 5. No puede adquirir artículos de uso cotidiano. 6. No puede participar en actos judiciales. 7. Está discapacitado para controlar asuntos financieros ni opinar sobre los mismos. 8. No puede participar de contratos mercantiles u opinar sobre los mismos. 9. No puede administrar donaciones, herencias o legados. 10. No está capacitado para vivir en forma independiente o para elegir con quien desea convivir. 11. No puede acceder sobre su correspondencia sin la intervención de terceros. 12. No está capacitada para realizar actividades remuneradas. 13. No puede realizar actividades de carácter civil. 14. No puede ni está capacitada para decidir sobre su sexualidad. 15. No puede adoptar personas mayores ni menores de edad. 16. No puede ejercer los atributos de su responsabilidad parental, como adopción o guarda crianza de menores, supervisar menores u opinar sobre la educación de un menor ni administrar sus bienes o ejercer la tutela de los mismos. 17. No puede ejercer la tutela sobre personas menores de edad.” (de acuerdo a las conclusiones del dictamen pericial psiquiátrico forense N° DMLPF N° 2016-0786 a folio 34). II.-Sobre el fondo: La prueba documental respecto del estado de salud de Daniel Isaías Guerrero Araya, es categórica en diagnosticar que el evaluado es una persona que padece de síndrome de Down y retardo mental moderado lo cual le produce una serie de alteraciones, que le generan limitaciones y la necesidad de terceras personas para poder realizar sus actividades básicas. Ante tal situación, resulta oportuno declarar el estado de insania del estudiado Daniel Isaías Guerrero Araya nombrándole como curador a su señora madre Mirna Araya Segura, quien asume la responsabilidad de representarlo judicial y extrajudicialmente, realizando todas las gestiones legales y administrativas del asistido. Se hace saber a la señora Mirna Araya Segura que de no cumplir con la responsabilidad que se le asigna, puede ser removida de su cargo como lo dispone el artículo ciento noventa y ocho del Código de Familia, que si bien es norma para la Tutela, de conformidad con el artículo doscientos cuarenta y uno del mismo cuerpo legal, las mismas normas de la Tutela se le aplican a la Curatela. Para la administración de los bienes del insano, el curador se encuentra obligado a rendir la fianza. Conforme lo dispone el artículo ochocientos cincuenta y uno del Código Procesal Civil, comuníquese esta Declaratoria al Registro Público y al Registro Civil para que se hagan las anotaciones respectivas del estado de insania declarada. Los datos de inscripción de nacimiento del señor Daniel Isaías Guerrero Araya son: tomo setecientos cuarenta y tres (743), folio ciento noventa y tres (193), asiento trescientos ochenta y seis (386), Sección de Nacimientos, del Partido de Alajuela. El curador deberá presentar el inventario, rendir cuentas y gastos de administración, si fuera el caso; y no tiene libertad de disponer de los bienes de su representado. Cualquier actuación de naturaleza económica debe contar con la autorización del Despacho (artículos 211, 215 y 216 del Código de Familia). Deberá la curadora nombrada acudir ante el despacho, antes de tercer día a aceptar el cargo y jurar. Expídase ejecutoria para el Registro Público. Los gastos de la declaratoria, se cargan al patrimonio del incapaz. (Artículos 847 a 853 del Código Procesal Civil). Por tanto: De conformidad con lo expuesto y citas de ley invocadas, se declara con lugar las diligencias de declaratoria de insania de Daniel Isaías Guerrero Araya nombrándole como curador a su señora madre Mirna Araya Segura, quien asume la responsabilidad de representarlo judicial y extrajudicialmente, realizando todas las gestiones legales y administrativas del asistido. De no cumplir con la responsabilidad que se le asigna, puede ser removida de su cargo. Conforme lo dispone el artículo ochocientos cincuenta y uno del Código Procesal Civil, comuníquese esta Declaratoria al Registro Público y al Registro Civil para que se hagan las anotaciones respectivas del estado de insania declarada. Los datos de inscripción de nacimiento del señor Daniel Isaías Guerrero Araya son: tomo setecientos cuarenta y tres (743), folio ciento noventa y tres (193), asiento trescientos ochenta y seis (386), Sección de Nacimientos, del Partido de Alajuela. El curador deberá presentar el inventario, rendir cuentas y gastos de administración, si fuera el caso y no tiene libertad de disponer de los bienes de su representado. Cualquier actuación de naturaleza económica debe contar con la autorización del Despacho. Deberá la curadora nombrada acudir ante el despacho, antes de tercer día a aceptar el cargo y jurar. Expídase ejecutoria para el Registro Público. Los gastos de la declaratoria, se cargan al patrimonio del incapaz. Notifíquese. Juan Damián Brilla Ramírez. Juez. Lo anterior por haberse establecido así en el proceso de insania a favor del insano Daniel Isaías Guerrero Araya, número de expediente 15-000455-1307-FA, promovido por Mirna Araya Segura.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 23 de junio del 2016.—Lic. Juan Damián Brilla Ramírez Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044593 ).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el proceso de Infracción Ley de Tránsito, para que se apersonen a este Juzgado con el fin de disponer del vehículo tipo: motocicleta, marca: Yamaha, color: negro, sin más datos o características, dentro del plazo de cinco días que se contarán a partir de la publicación del edicto ordenado. Expediente N° 04-800124-0359-PJ. Clase de asunto Infracción Ley de Tránsito, donde figura como menor acusado José Pablo Quirós Vega y como ofendido Ley de Tránsito.—Juzgado Penal Juvenil de Turrialba, 01/04/2016.—Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044605 ).

Se convoca a todas aquellas personas que tengan interés en la Diligencias de insania que promueve Yorleni Del Rosario Marín Abarca a favor de Cristhofer Guido Marín, quien es mayor, costarricense, soltero, estudiante, portador de la cédula de identidad N° 1-1612-0490, con domicilio en barrio San Martin, 300 metros al oeste, 25 al norte y 150 oeste, de la Escuela Antonio Obando para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 15-400253-0928-FA (259-2-2015)-B, diligencias de insania de: Cristhofer Guido Marín, promueve: Yorleni Marín Abarca.—Juzgado de Familia de Cañas, Cañas, 8 de octubre del 2015.—Lic. Luis Fernando Saúrez Jiménez, Juez.—1 vez.—( IN2016044611 ).

El licenciado Bridley Rodríguez Aguilar, Juez del Juzgado de Cobro Menor Cuantía y Contravencional de Grecia. Hace saber a la sociedad Asesorías en Administración Educativa Sociedad Anónima cédula jurídica 3-101-206234, representado por Gerardo Alfredo Barboza Chavarría, cédula de identidad 01-0823-0069, domicilio de la sociedad San José Moravia del Liceo Emma Gamboa, dos cuadras al norte, casa de una planta a mano izquierda con tapia color crema y verjas color café, que en este Despacho se interpuso un proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Siney Chacón Mora, expediente N° 13- 006974-1204-CJ donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Cobro Menor Cuantía y Contravencional de Grecia. A las diez horas y treinta y cinco minutos del veintiocho de marzo del año dos mil catorce. Se tiene por establecido el proceso ejecución prendaria en contra de Siney Chacón Mora; a quien(es) se le(s) previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poderjudicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto, se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Con la base de dieciséis mil ochocientos veinticinco dólares con cuarenta y cuatro centavos libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea el vehículo placa: SYD076, marca: Hyundai. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del veintidós de setiembre del año dos mil catorce (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las once horas y cero minutos del ocho de octubre del año dos mil catorce, con la base de doce mil seiscientos diecinueve dólares con ocho centavos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las once horas y cero minutos del veintitrés de octubre del año dos mil catorce, con la base de cuatro mil doscientos seis dólares con treinta y seis centavos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. De la anterior liquidación de intereses, se confiere audiencia por tres días al (los)  demandado(s). Se ordena anotar la presente demanda al margen de inscripción del(los) vehículo(s) dado en prenda. Mediante anotación tecnológica inscríbase en el Registro Nacional los respectivos embargos. Se le previene al (los) demandado(s) Siney Chacón Mora la presentación del (los) bien(es) dados en prenda a la hora y fecha que se señalada, a fin de que los posibles postores los tengan a la vista; bajo el apercibimiento de que en su omisión, se pondrá en conocimiento de la autoridad penal competente. Artículo 24 de la Ley de Cobro Judicial. Expídase la orden de captura. Al tenor de los artículos 2 y 21.4, párrafo último de la Ley de Cobro Judicial, por el improrrogable plazo de ocho días, se cita y emplaza al anotante Asesorías en Administración Educativa S. A.; para que en la persona de su(s) legítimo(s) representante(s), se apersone(n) a los autos en defensa de sus derechos. Apórtese la personería de Asesorías en Administración Educativa S. A., así como la(s) de su(s) representante(s), para efectos de proceder con la notificación. Numerales 102 y 103 ibídem. “Se invita a la parte gestionante a que suministre un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Notifíquese esta resolución al (los) demandado(s), personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Heredia. La parte demandada puede ser localizada en la siguiente dirección: San Pablo, 400 sur, 200 este del Parque Las Cruces, casa a mano derecha, color papaya. Apórtese la suma de dos mil colones exactos, por concepto de timbres del Colegio de Abogados en el escrito inicial; bajo el apercibimiento de que en su omisión no le serán atendidas sus futuras gestiones. Se tiene por otorgado el poder especial judicial al Master Frank Herrera Ulate por la parte actora, y se tiene por aceptado el mismo. Artículos 118 del Código Procesal Civil. Para que lleve a cabo el embargo de los bienes del(os) demandado(s), se nombra ejecutor a Walter Enrique Ardón Retana. Si no acepta la designación, deberá presentar ante el despacho judicial y por escrito, las razones o motivos que lo justifiquen. Caso contrario, se dejará constancia de que dicho Auxiliar no aceptó el cargo y se informará a la Oficina de Ejecutores y Peritos Valuadores. Artículo 13 del Reglamento para regular la función de los Ejecutores y Peritos en el Poder Judicial. Previénesele al ejecutor que a la hora de elaborar el acta de embargo respectiva, debe hacerlo con letra legible a fin de evitar confusiones y atrasos innecesarios al Despacho a la hora de su lectura. La parte interesada le hará saber lo solicitado. De conformidad con la circular Nº 36-07 emanada por el Consejo Superior del Poder Judicial, la parte interesada tiene la obligación de suplir los gastos de traslado, de ida y regreso conforme lo establece los artículos 632, 227, 228, 232 y 229 ibídem. Se fijan sus honorarios en la suma de veintitrés mil novecientos colones exactos, acorde con la tabla de honorarios aprobada por el Consejo Superior del Poder Judicial, y artículo 632 párrafo 3) del Código Procesal Civil; los cuales deberán ser cancelados directamente al ejecutor. Puede ser localizado al teléfono 22249814, celular: 88746538, fax: 22259647, correo: ejecutorjudicial@yahoo.com En otro orden de ideas, se les pone en conocimiento de las partes, que una vez firmados los oficios recordatorios a entidades  comisionadas, nuevas comisiones, los oficios de embargo de salario y bancarios, los mismos deben ser diligenciados en forma personal por quienes los solicita y hacer llegar al despacho los resultados obtenidos. Los documentos los podrán bajar por medio del Sistema Costarricense de Gestión de Despachos Judiciales a través de la página www.Poder-Judicial.go.cr. Las partes deberán comunicarse al despacho para la solicitud de clave de autorización para el uso del sistema de Gestión en Línea. Brayan Li Morales. Juez. Icorderoe. Juzgado de Cobro Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro). A las nueve horas y cuarenta y nueve minutos del siete de enero del año dos mil dieciséis. Conforme se solicita, se ordena verificar un nuevo señalamiento para sacar a remate el bien dado en garantía, sea el vehículo placa SYD076, marca Hyundai; y para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del veinte de junio del año dos mil dieciséis. La base será la misma fijada en autos (base pactada por las partes en la constitución de la prenda), sea la suma de dieciséis mil ochocientos veinticinco dólares con cuarenta y cuatro centavos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las once horas y cero minutos del cinco de julio del año dos mil dieciséis, con la base de doce mil seiscientos diecinueve dólares con ocho centavos (rebajada en un 25%). de no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las once horas y cero minutos del veinte de julio del año dos mil dieciséis, con la base de cuatro mil doscientos seis dólares con treinta y seis centavos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. En otro orden de ideas, de la certificación registral de la finca a rematar se denota que existe un decreto de embargo con las citas 800- 00106835-001, por lo tanto, de conformidad con el numeral 21.1 de la Ley de Cobro Judicial, deberá demostrar mediante documento idóneo quien figura como parte actora en el proceso, así como la dirección para notificar al anotante, en caso de ser persona jurídica deberán aportar la respectiva personería jurídica. Lo anterior bajo apercibimiento de que si a la fecha de la subasta no ha sido notificado el anotante, no se verificará el remate. Licda. Diana Vega Castro. Juez(a). Icorderoe. Juzgado de Cobro Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro). A las siete horas y cuarenta y tres minutos del quince de enero del año dos mil dieciséis. De conformidad con lo solicitado, notifíquese a al anotante Asesorías en Administración Educativa Sociedad Anónima, la(s) resolución(es) de la(s) diez horas y treinta y cinco minutos del veintiocho de marzo del año dos mil catorce (que da curso al proceso), de la(s) nueve horas y cuarenta y nueve minutos del siete de enero del año dos mil dieciséis, así como la presente resolución, en la persona de su representante Gerardo Alfredo Barboza Chavarría, con copias y cédulas personalmente o por medio de cédula y copias de ley en su casa de habitación, en el domicilio real de éste, o bien en el domicilio social o real (artículo 20 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009). Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Circuito Judicial de Heredia, Segundo Circuito Judicial de San José (Goicoechea). En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4° de la Ley de Notificaciones Judiciales. Licda. Diana Vega Castro. Juez(a). Jjgonzalez. Juzgado de Cobro Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro). A las diez horas y veinte minutos del dieciséis de junio del año dos mil dieciséis. Que mediante resolución de las siete horas y cuarenta y tres minutos del quince de enero del año dos mil dieciséis, se ordenó comisionar a la Sociedad Anotante Asesorías en Administración Educativa Sociedad Anónima., la(s) resolución(es) de la(s) diez horas y treinta y cinco minutos del veintiocho de marzo del año dos mil catorce (que da curso al proceso), de la(s) nueve horas y cuarenta y nueve minutos del siete de enero del año dos mil dieciséis , y de las siete horas y cuarenta y tres minutos del quince de enero del año dos mil dieciséis, por medio de su representante Gerardo Alfredo Barboza Chavarría, en su domicilio Social, el cual consta en Personería Jurídica aportada a los autos y coincide con la misma, siendo que no fue posible realizarse la Notificación, toda vez que según Acta de Notificación Negativa, la cual como constancia indica “ En dicha casa vive la familia Corrales Morales en donde me indican que el representante de la sociedad es el dueño de la casa pero no vive ahí, ellos alquilan y no tienen comunicación con el mismo, solo hace depósitos electrónicamente”; de conformidad con el numeral 21.4 de la Ley de cobro Judicial, se ordena notificar por medio de edicto a la Sociedad Anotante Asesorías en Administración Educativa Sociedad Anónima, las resoluciones de la(s) diez horas y treinta y cinco minutos del veintiocho de marzo del año dos mil catorce (que da curso al proceso), de la(s) nueve horas y cuarenta y nueve minutos del siete de enero del año dos mil dieciséis , de las siete horas y cuarenta y tres minutos del quince de enero del año dos mil dieciséis, así como la presente resolución. Lic. Bridley Rodríguez Aguilar. Juez(a). Jjgonzález. Lo anterior se ordena así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Siney Chacón Mora; expediente Nº 13-006974-1204-CJ. Lic. Bridley Rodríguez Aguilar. Juez(a). Jjgonzález Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado de Cobro Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 16 de junio del 2016.—Lic. Bridley Rodríguez Aguilar, Juez.—1 vez.—( IN2015044627 ).

Licenciado Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez, se encuentra la sentencia de las catorce horas treinta minutos del trece de junio del dos mil dieciséis, que literalmente dice: “Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste, a las catorce horas treinta minutos del trece de junio del dos mil dieciséis. Resultando: 1)... 2)... 3) ... Considerando: I.-Hechos probados: a) ... b)... c)... d)... II.-Sobre el fondo: ... III.-... IV.-... V.-... VI.-... VII.- ... VIII.-... VI.-... Por tanto: En virtud de lo expuesto y artículos de ley citados cosas se declara en estado de Insania al señor Marvin Alexis Miranda Campos. Se designa como curador del mismo al promovente Elí Faustino de Jesús Miranda Chaves su padre, conforme lo establecen los artículos 187, 190 y 236, del Código de Familia, a quien se le previene comparecer a aceptar el cargo conferido dentro de tercero día, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, quedará como responsable de los daños y perjuicios que le puedan sobrevenir a Marvin Alexis Miranda Campos, por su no aceptación de la curatela y perderá los derechos que le puedan sobrevenir en la sucesión de él. Se le hace ver al señor Curador que en caso de que el insano adquiera algún tipo de bienes deberá de poner en conocimiento dicha situación a fin de inventariar los mismos y valorar si debe o no rendir garantía de administración, caso contrario podrá ser acusada por el delito de desobediencia. Una vez que haya d el cargo se inscribirá en el Registro de Personas, del Registro Público, así como en el Registro Civil en el Departamento Electoral. Firme la presente sentencia se ordena su publicación el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 222 del Código Procesal Civil se resuelve sin especial condenatoria en costas. Exp. N° 15-400270-0928-FA (276-1-2015)-B. Proceso de diligencia de Insania de Marvin Alexis Miranda Campos. Promueve: Elí Faustino de Jesús Miranda Chaves.—Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste, 16 de junio del 2016.—Lic. Luis Fernando Saurez Jiménez, Juez.—1 vez.—( IN2016044699 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Juana Lidia Amador Jirón, mayor, soltera, estudiante, documento de identidad N° 0116700044 vecina de la Uruca, la Carpio tercera parada 50 metros al sur y 75 al este, encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Juana Lidia Amador Jirón, por el de Lidia mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Expediente N° 16-000118-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de San José, 13 de junio del 2016.—Lic. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2016044824 ).

Licenciado Eddy Rodríguez Chaves. Juez del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), a Sergio Gerardo Martínez Zárate y a Xiomara Rodríguez Lara, en su carácter personal, quienes son mayores, el con cédula de identidad N° 110440328 y ella con cédula N° 0502960718, ella ama de casa y el de oficio desconocido, ambos de estado civil y domicilio desconocidos, a quienes se les hace saber que en la demanda de declaratoria judicial abandono, expediente N° 15-000841-0938-FA, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Sergio Gerardo Martínez Zarate, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Sentencia Nº 385-2016 Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste. Liberia, a las trece horas cuarenta minutos del cinco de julio de dos mil dieciséis. Proceso especial de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Kattia Vanessa Martínez Rodríguez, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, representado por la licenciada Ana Marcela Montero Noguera, mayor, divorciada, abogada, cédula de identidad número cinco-doscientos noventa y tres- quinientos treinta y nueve, vecina de Liberia, en su condición de apoderada general judicial administrativa sin límite de suma, contra Sergio Gerardo Martínez Zárate, mayor, cédula de identidad número uno mil cuarenta y cuatro-trescientos veintiocho, de estado civil, ocupación y domicilio desconocidos, y Xiomara Rodríguez Lara, mayor, ama de casa, cédula de identidad número cinco-doscientos noventa y seis-setecientos dieciocho, de estado civil y domicilio desconocidos. Interviene el licenciado José Luis Moreno Rodríguez, en su condición de curador procesal de los accionados. Resultando: I... II... III… Considerando: I.-Hechos probados:... II.-Sobre el fondo... III.-Costa y notificación a los demandados... Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se falla: 1) Se acoge la demanda de declaratoria de abandono de la persona menor de edad Kattia Vanessa Martínez Rodríguez. Se le extingue al señor Sergio Gerardo Martínez Zárate y a la señora Xiomara Rodríguez Lara el ejercicio de la patria potestad. Se dispone poner en custodia del Patronato Nacional de la Infancia a la mencionada persona menor de edad, esto para los efectos establecidos en el artículo 161 del Código de Familia, sea para que tenga su representación legal y para que se gestione a la mayor brevedad posible la adopción o la tutela según corresponda a su mejor interés. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos de la Provincia de San José, al tomo dos mil doscientos trece, folio cuatrocientos sesenta y nueve, asiento novecientos treinta y siete. 2) Se ordena notificar esta sentencia a las personas demandadas mediante la publicación por una c sola vez en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional, siendo suficiente con la publicación de la parte dispositiva con los datos necesarios para identificar el proceso. 3) Se resuelve este asunto sin especial condena en costas. Notifíquese.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia).—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044922 ).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Olga Herrera Parrales. Expediente N° 13-001345-0364- FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 21 de abril del 2014.—MSc. Marilene Herra Alfaro, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044933 ).

Msc. Felicia Quesada Zúñiga, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber a Alberto Ramon Rosales Rangel, cédula 046837204, Angie Francinie González Rojas, documento de identidad 0206250650, ambos de domicilio desconocido, que en este despacho se interpuso un proceso declaratoria judicial abandono en su contra, bajo el expediente número 14-001469-0364-FA, donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: a las trece horas y treinta y seis minutos del treinta y uno de julio del dos mil catorce. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono de las personas menores de edad Mia Rosales González y Charlot Sarita González Rojas, planteado por Patronato Nacional de la Infancia contra Angie Francini González Rojas y Alberto Ramón Rosales Rangel, a quienes se les concede el plazo de cinco días para que opongan excepciones, se pronuncien sobre la solicitud y ofrezcan prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se les previene a los demandados que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se informa a los demandados que si por el monto de sus ingresos anuales no están obligados a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no les es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, pueden recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos. En Heredia, los de la Universidad de Costa Rica se encuentran ubicados frente a Almacén El Rey, segunda planta, y se atiende los miércoles de las 16:30 a las 19:30 horas, y los sábados de las 9:00 a las 11:00 horas, teléfono central número 22-07-42-23. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Se advierte, eso sí, que la demanda debe ser contestada en el plazo que se le ha concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1°de la Ley de Consultorios Jurídicos N° 4775)”. Siendo que la Ley N°. 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art. 58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: fax, correo electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art. 36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art. 34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 ó 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr, para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Medida cautelar: siendo procedente, tal y como se ha solicitado en el libelo de demanda, se deposita de manera provisional a las personas menores de edad Mia Rosales González y Charlot Sarita González Rojas en la institución actora, cuyo representante deberá de comparecer dentro del plazo de tres días a aceptar y jurar el cargo. Notificación: se ordena notificar la presente resolución a los demandados Angie Francini González Rojas, quien se localiza en Zapote, San José, Urb. La Esmeralda, el redondel 300 sur, casa Nº 39, color gris, tel.: 60-49-34-01, para lo cual se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones del I Circuito Judicial de San José y Alberto Ramón Rosales Rangel, mismo que se encuentra privado de libertad en La Reforma, para lo cual se comisiona a la Policía de Proximidad de San Rafael de Alajuela. Así como también la resolución de las nueve horas y veintidós minutos del cuatro de diciembre del dos mil catorce. En atención al memorial presentado por la Licda. Marcela Ramírez Ulate, en su condición de representante judicial del Patronato Nacional de la Infancia Oficina Local de Heredia Norte, de fecha cinco de noviembre del dos mil catorce, visible a folio 281; se tiene por cumplida la prevención de las nueve horas y treinta minutos del diez de octubre del dos mil catorce, por lo que se ordena expedir la comisión a fin de notificar a la demandada Angie González Rojas, el traslado y la presente resolución, la misma se localiza en Zapote, del redondel de toros, 500 mtrs al sur, (calle Barrio La Gloria) pegando con cerca, a la izquierda, 25 mtrs este, Urb. Oriente, sobre calle principal, antes de llegar al puente que da a los moteles, casa a la derecha esquinera, color terracota, contiguo a cochera con portón color negro, antes de rotulo que dice avenida 42-A, tel.: 62681489, para lo cual se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones del I Circuito Judicial de San José. Con respecto al memorial de fecha diez de octubre del dos mil catorce, visible a folio 282, se resuelve: de conformidad con lo dispuesto por el artículo 262 el Código Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle curador procesal al demandado Alberto Ramón Rosales Rangel, se resuelve: se ordena expedir y publicar del edicto al que se refiere el artículo 263 del Código Procesal Civil. De igual manera se le previene a la parte actora que aporte certificación de los movimientos migratorios del demandado, así como certificación del Registro de Personas en el que se informe si el demandado ausente cuenta con apoderado inscrito. Prevención de honorarios: expídase oficio a la Unidad Administrativa Regional de Heredia, a fin de que informen al Despacho si asumen el pago de los honorarios de curador que representará al demandado Alberto Ramón Rosales Rangel, cuyos honorarios se fijan en la suma de setenta y cinco mil colones. Citación a la parte actora: se cita a la parte actora para que en el plazo de una semana, posterior a la notificación de esta resolución, comparezca al juzgado y bajo juramento, responda las preguntas que se le formularán para determinar la procedencia del nombramiento del curador procesal del demandado, bajo apercibimiento de que si no comparece, el proceso no podrá avanzar. Asimismo, deberá la parte actora por escrito aportar el nombre y calidades de dos testigos que conozcan a los demandados y declaren sobre su conocimiento o desconocimiento del paradero del mismo. Y también se ordena notificar la resolución de las diecisiete horas y veintiocho minutos del veintinueve de julio del dos mil quince. En atención al memorial presentado por la Licda. Marcela Ramírez Ulate, en su condición de representante judicial del Patronato Nacional de la Infancia, de fecha nueve de junio del dos mil quince, visible a folios 316 al 317, se resuelve: de conformidad con lo dispuesto por el artículo 262 el Código Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle curador procesal a la demandada Angie González Rojas, debe la parte actora cumplir con lo siguiente: citación a la parte actora: se cita a la parte actora para que en el plazo de una semana, posterior a la notificación de esta resolución, comparezca al juzgado y bajo juramento, responda las preguntas que se le formularán para determinar la procedencia del nombramiento del curador procesal de la demandada Angie González Rojas, bajo apercibimiento de que si no comparece el proceso no podrá avanzar. Asimismo, deberá la parte actora por escrito aportar el nombre y calidades de dos testigos que conozcan a la demandada y declaren sobre su conocimiento o desconocimiento del paradero de la misma. Prevención de honorarios: expídase oficio a la Unidad Administrativa Regional de Heredia, a fin de que informen al despacho si asumen el pago de los honorarios de curador que representará a la demandada Angie González Rojas, cuyos honorarios se fijan en la suma de setenta y cinco mil colones. Lo anterior se ordena así en proceso declaratoria judicial abandono de Patronato Nacional de la Infancia de Heredia contra Alberto Ramón Rosales Rangel y contra Angie Francinie González Rojas. Expediente N° 14-001469-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 26 de mayo del 2016.—Msc. Felicia Quesada Zúñiga, Jueza.—1 vez.—( IN2016044936 ).Máster Ana Cristina Fernández Acuña, Jueza Tramitadora del Tribunal de Familia del Primer Circuito Judicial de San José; hace saber que en este Despacho se interpuso proceso de nulidad de matrimonio promovido por la Procuraduría General de la República, representado por la Licda. Marcela Ramírez Jara contra Carlos Alberto Rosales Guevara, mayor, comerciante, casado, portador de la cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos dieciocho-cero trescientos sesenta y uno, y vecino de San José, y Elena Emperatriz Barrios Movilla, mayor, casada, ama de casa, colombiana, portadora del pasaporte colombiano, número CC tres dos seis cuatro uno dos cuatro siete, y con domicilio en San José. Al ser las dieciséis horas y dieciocho minutos del diecisiete de febrero del dos mil dieciséis, se dictó el Voto Nº 136-2016, el dispuso comunicar la parte dispositiva de este fallo en el Boletín Judicial, mismo que en lo conducente dice: “Voto Nº 136-2016. Tribunal de Familia. San José, a las dieciséis horas y dieciocho minutos del diecisiete de febrero del dos mil dieciséis. proceso nulidad matrimonio de la Procuraduría General de la República, representada por Marcela Ramírez Jara, mayor, soltera, procuradora adjunta, abogada, vecina de Heredia, cédula de identidad Nº 401100097, contra Elena Barrios Movilla, colombiana, pasaporte de su país Nº CC-32641747, ama de casa, y Carlos Rosales Guevara, cédula de identidad Nº 0104180361, y comerciante. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…, 4º—…; Considerando: I.—…, II.—…, III.—…, IV.—…; Por tanto: Se revoca la sentencia recurrida. En su lugar se declara la nulidad del matrimonio civil realizado entre Carlos Alberto Rosales Guevara y Elena Emperatriz Barrios Movilla. Inscríbase esta sentencia en el Registro Civil en la Sección de Matrimonios de la provincia de San José al tomo: cuatrocientos sesenta y nueve, asiento: quinientos setenta y nueve, folio: doscientos noventa. A la firmeza se realizará la comunicación respectiva y también se expedirá testimonio de piezas a la Dirección General de Migración y Extranjería para lo que corresponda. Se imponen las costas personales y procesales a la parte demandada. fs Benavides-Esquivel-Soto. Expediente Nº 14-000976-186-FA.—Tribunal de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de mayo del 2016.—Máster. Ana Cristina Fernández Acuña, Jueza de Familia.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016045936 ).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este despacho los señores Román Alemán Bolívar, mayor, cédula N° 6-0198-0210 y la señora Ana Mercedes Tenorio López, mayor, con cédula de residencia: C01735326. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo a este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto. Expediente N° 15-000507-1146- FA.—Juzgado de Familia de Puntarenas, 14 de mayo del 2015.—Alberto Jiménez Mata, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044594 ).

Se hace saber que ante la notaría pública de la Licenciada Rosa María Vásquez Agüero con oficina en Alajuela, Invu Las Cañas número dos casa treinta y seis, han comparecido los señores Hans Guerrero Strauch, soltero colombiano con pasaporte N° AQ428728, ingeniero en sistemas, vecino de Alajuela, La Trinidad, hijo de Sigman Guerrero Pinzón y María Inés Strauch Mestre colombianos y la señorita Fabiola Delgado Molina, mayor, soltera, costarricense, cédula: 2 -0696-0663, terapista, vecina de Alajuela, centro 200 metros al norte del antiguo Hospital Viejo, hija de Edgar Delgado González y Margarita Molina Sánchez ambos costarricenses, han comparecido ante esta notaría a efecto de celebrar matrimonio civil conforme a nuestra legislación. En virtud de ello y en cumplimiento del artículo 25 del Código de Familia, se ordena la publicación de este edicto en aras de que si existe alguna oposición a la unión solicitada lo hagan saber dentro del plazo de ocho días naturales después de la publicación de este edicto ante la notaría de la licenciada Rosa María Vásquez Agüero.—Alajuela, 7 de julio del 2016.—Lic. Rosa María Vásquez Agüero, Notaria.—1 vez.—( IN2016044801 ).

Han comparecido ante este despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Ingrid Belén Huaman 0rrego, mayor de veinticinco años de edad, soltera, cajera, cédula N° 8-0112-0474, hija de Ángel Alejandro Huaman Girón y Jacqueline Orrego Guerrero; y el señor Reyner Esteban Robert Castillo, mayor de veinticinco años de edad, soltero, agente de ventas, cédula N° l-1450-0289, hijo de Olman Edmundo Robert Reid y Cristina Mayela Castillo Vargas, ambos vecinos de San Josecito de San Isidro de Heredia, del balneario Las Tranqueras setecientos metros este y cien metros norte y costarricenses. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Expediente N° 16-100014-0374-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de San Isidro de Heredia, 29 de junio del 2016.—Adriana Jara Benavides, Jueza.—1 vez.—( IN2016044859 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio el señor Jorge Arturo Torres Zúñiga, mayor, soltero, mantenimiento, cédula de identidad N° 0503070400, nacido en centro Liberia, Guanacaste, el 18/09/1978, con 37 años de edad, y la señora Alexandra Patricia Alvarado Sequeira, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad N° 0503660821, nacida en centro Liberia, Guanacaste, el 01/11/1988, actualmente con 27 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Liberia, Guanacaste, Liberia. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 16-000391-0938-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), Liberia, 06 de julio del 2016.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044911 ).

Edictos en lo Penal

Mediante sentencia en firme de las diez horas del dos de junio de dos mil quince, se condenó al imputado Carlos Gilberto Badilla Umaña por el delito de portación ilícita de arma permitida, fallo en el cual se ordenó la prestación de trabajo de utilidad pública por el plazo de un mes; sin embargo, no se dispuso el destino de la evidencia decomisada al aquí sentenciado, por lo que se ordena devolver el arma de fuego, tipo pistola, calibre 9x19 mm, marca Norinco, serie 25005945, color negra, al representante de la sociedad Soto Morales de Seguridad Privada, cédula jurídica 3-101259389. De lo anterior, es que se ordena publicar tres veces en el Boletín Judicial mediante edicto la entrega de dicha arma, con el fin de que la parte interesada se apersone ante este Tribunal a gestionar la entrega respectiva; sí en el entendido de que la parte interesada tiene el plazo de tres meses para gestionar lo que corresponda, caso contrario se ordena el comiso definitivo a favor del Estado, esto de conformidad con la Ley 6106. Exp. N° 13-110027-0243-TP.—Tribunal de Juicio de Cartago, 15 de febrero del 2016.—Licda. Adriana Sobrado Barquero, Notaria.—( IN2016042791 ).            3 v. 3

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el proceso de infracción ley de tránsito, para que se apersonen a este juzgado con el fin de disponer del vehículo tipo motocicleta, Scooter, color rojo, sin más datos o características, dentro del plazo de cinco días que se contarán a partir de la publicación del edicto ordenado. Expediente N° 04-800141-0359-PJ. Clase de Asunto infracción Ley de Tránsito, donde figura como menor acusado Édgar Romero González y como ofendido Ley de Tránsito.—Juzgado Penal Juvenil de Turrialba, 01 de abril del 2016.—Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044585 ).

Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, en la sumaria N° 11-002405-0175-PE, por delito de Conducción Temeraria contra Rene Badilla Rojas, en daño de la seguridad común y de conformidad con el artículo 7 de la Ley de Notificaciones, se dispone notificar por edicto por una sola vez la resolución de las ocho horas y doce minutos del diecinueve de abril del dos mil dieciséis, a la señora María Gabriela Gutiérrez Matarrita cédula de identidad N° 1-1011-0912, dueña de la motocicleta marca JMSTAR, color naranja, placas de circulación MOT-147261, debiendo los interesados presentar ante este Despacho la documentación respectiva que acredite su propiedad; así mismo cuentan con el plazo de un mes a partir de esta publicación, en caso de no presentarse se ordenara el comiso a favor del estado. Se ordena su publicación por única vez en el Boletín Judicial. Es todo.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José.—Msc. Francisco Mena Ayales, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(  IN2016044587).

Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, en la sumaria 12-006903-0174- TR por delito de lesiones culposas contra Jesús Mata Mata en daño de Jazmín Solís Arias y de conformidad con el artículo 7 de la Ley de Notificaciones, se dispone notificar por edicto por una sola vez la resolución de las ocho horas y cincuenta y nueve minutos del diecinueve de abril del año dos mil dieciséis al señor Sergio Adolfo Serrano Martínez cédula de identidad N° 1-0957-0653 dueño de la motocicleta marca Genesis, año 2011, estito HJ1257, color azul, placas de circulación MOT-292632, debiendo los interesados presentar ante este Despacho la documentación respectiva que acredite su propiedad; así mismo cuentan con el plazo de un mes a partir de esta publicación, en caso de no presentarse se ordenara el comiso a favor del estado. Es todo.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José.—Msc. Francisco Mena Ayales, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044588 ).

Vista la gestión que plantea el señor Alfredo Borel Cuadra, de la Comisión de Vehículo Decomisados, este Tribunal, resuelve: De la revisión de la presente causa se logra constatar que el automotor placas 286843, se encuentra inscrito en el Registro Nacional a nombre del señor Óscar Zepeda López, cédula 602160370, persona que no tiene relación con este proceso y siendo que él mismo no fue llamado dentro del proceso para hacer valer sus derechos como propietario registral y con el fin de no causarle perjuicio al dueño registral, es que se ordena la devolución del bien mueble placas 286843, marca Dodge, estilo Raider, año 1987, color azul, chasis número JB7FJ43EXHJ006531, ordenándose localizar a Zepeda López, a su vez se ordena publicar por una vez en el Boletín Judicial de La Gaceta y un diario de circulación nacional, con el fin de ponerle en conocimiento acerca de dicha devolución. Sí en el entendido de que la parte interesada tiene el plazo de tres meses para gestionar la respectiva entrega, de no existir solicitud de devolución dentro del término de ley, se ordena el comiso a favor del Estado, sin ulterior resolución, esto de conformidad con la Ley 6106. Exp. N° 14-000676-0071-PE.—Tribunal de Juicio de Cartago, 15 de junio del 2016.—Licda. Shirley Moraga Torres, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044591 ).

Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, en la sumaria N° 02-200030-0275-PE, por delito de receptación contra Nelson Ramírez Bolaños, en daño de La Administración de Justicia y de conformidad con el artículo 7 de la Ley de Notificaciones, se dispone notificar por edicto por una sola vez la resolución de las nueve horas y cuatro minutos del diecinueve de abril del dos mil dieciséis a quien sea el dueño registral o quien tenga interés legítimo de la motocicleta marca Honda, estilo Splendor, motor  994242807, color rojo, placas de circulación TMP 141120-71, debiendo los interesados presentar ante este Despacho la documentación respectiva que acredite su propiedad; así mismo cuentan con el plazo de un mes a partir de esta publicación, en caso de no presentarse se ordenara el comiso a favor del estado. Se ordena su publicación por única vez en el Boletín Judicial. Es todo.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José.—Msc. Francisco Mena Ayales, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044603 ).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el proceso de infracción Ley de Tránsito, para que se apersonen a este Juzgado con el fin de disponer del vehículo tipo: Motocicleta, marca: Yamaha, color, celeste, motor: 49T-007558, sin más datos o características, dentro del plazo de cinco días que se contarán a partir de la publicación del edicto ordenado. Expediente N° 03-800104-0359-PJ. Clase de Asunto Infracción Ley de Tránsito, donde figura como menor acusado Gómez Salazar Carlos y como ofendido Ley de Tránsito.—Juzgado Penal Juvenil de Turrialba, 31 de marzo del 2016.—Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044604 ).