BOLETÍN
JUDICIAL N° 136 DEL 14 DE
JULIO DEL 2016
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL
PODER JUDICIAL
SALA PRIMERA
SALA CONSTITUCIONAL
JUZGADO NOTARIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Remates
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Convocatorias
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos Matrimoniales
Edictos en lo Penal
SEGUNDA PUBLICACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47
bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo
de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en Acta N° 02-2007, de fecha 06 de agosto del 2007, artículo IX y
el acuerdo del Consejo Superior en sesión N° 66-07 del 06 de setiembre del
2007, artículo XXXVII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas,
privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de
Documentación Base del año 1993 al 1999 del Juzgado Laboral del II Circuito
Judicial de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en
ese Despacho.
Remesa: L-50-S-93
Documentos: 821
Paquetes: 94
Año: 1993-1999
Asunto: Documentos
Base: 15 Paquetes con 152 documentos del año 1993, 33 Paquetes con 331
documentos del año 1994, 5 Paquetes con 38 documentos del año 1995, 41 Paquetes
con 300 documentos del año 1999.
Dan fe que el proceso de selección en el despacho
cumplió con lo establecido en circular N° 36-2010 de la Secretaría General de
la Corte. Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar
alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva,
dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este
aviso.
San José, 30 de junio del 2016.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán,
Exonerado.—( IN2016044139 ) Director
Ejecutivo a. í
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47
bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo
de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V
y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de
setiembre del 2015, artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación
de Documentación Administrativa del año 1989 al 2013 del Juzgado
Contravencional y Menor Cuantía de Jicaral. La
documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: 20790
Ampos: 25
Agendas: 3
Libros: 7
Año: 1989 al 2013
Asunto: Documentación Administrativa: 2 ampos con
informes mensuales, trimestrales y anuales de 2007 al 2010, 3 ampos con estado
de conciliación de 1992 al 2010, 1 ampo con registro de asistencia 2012 al
2014, 6 ampos con notas enviadas y recibidas 2012 al 2014, 7 ampos con registro
de notificaciones por fax 2012 al 2014, 3 ampos con controles de monto girados
de 1991 al 2007, 1 ampo con oficios consecutivos 2001 al 2006, 2 ampos con
registro de gastos de monto, control de boletas nulas y devolución de vehículos
y placas del 2006 al 2014.
3 agenda de señalamiento del 2012 al 2014.
7 libros con
registro y controles de depósitos de giro 1989 al 2005.
Dan fe que el proceso de selección en el despacho
cumplió con lo establecido en circular Nº 36-2010 de la Secretaría General de
la Corte.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y
desea conservar alguno de estos documentos, deber á
hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles,
luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín
Judicial.
San José, 30 de junio del 2016.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán
Director
Ejecutivo a. í.
Exonerado.—( IN2016044140 ).
A la señora Niurys
Quintana Amores, de actual domicilio ignorado, se le hace saber que en
diligencias de exequátur promovidas por el señor Jorge Alexander Falcón
Paniagua, contra ella, para obtener la homologación de una sentencia de
divorcio dictada por la Corte de Circuito del Decimoquinto Circuito Judicial
del Condado de Palm Beach, Estado de Florida, Estados Unidos de América. Al
efecto se ha dictado la resolución que dice: “Nue.:
14-000104-0004-FA, Res.: 000621-E-S1-2016, Sala Primera de la Corte Suprema de
Justicia. San José, a las dieciséis horas veintitrés minutos del nueve de junio
del dos mil dieciséis. Solicitud para obtener el exequátur de una sentencia de
divorcio, establecida por el señor Jorge Alexander Falcón Paniagua,
nacionalidad costarricense, cédula de identidad N° 2-0403-0196, vecino de
Palmares de Alajuela, contra la señora Niurys Quintana
Amores, nacionalidad cubana, pasaporte número. C723346, de ocupación y
domicilio ignorados. Interviene en el proceso la Licenciada Ana Marcela
Fernández Solís, abogada, carné 22718, en calidad de apoderada especial
judicial del promovente. Además interviene la Licda.
Lorena Arrazola Coto en calidad de curadora procesal de la parte demandada.
Todos son mayores de edad, divorciados y con las excepciones dichas, abogadas.
Se tuvo como parte al Patronato Nacional de la Infancia... Resultando 1°—...
2°—... 3°—... 4°—... Considerando I.—... II.—... III.—... IV.—…
Por tanto: se concede el exequátur solicitado a la sentencia de divorcio entre
el señor Jorge Alexander Falcón Paniagua y la señora Niurys
Quintana Amores, dictada el 16 de julio del 2013 por la Corte de Circuito del
Decimoquinto Circuito Judicial del Condado de Palm Beach, Estado de Florida,
Estados Unidos de América. En consecuencia, procédase a la ejecución, por lo
que se ordena expedir ejecutoria de la presente resolución aprobatoria, con
inserción de la homologada, una vez que alcance firmeza a fin de que la parte
interesada gestione lo que corresponda ante el Registro Civil. Se ordena
inscribir. Publíquese una vez en el Boletín Judicial la parte
dispositiva de este fallo. Luis Guillermo Rivas Loáciga,
Román Solís Zelaya, Carmenmaría Escoto Fernández,
William Molinari Vílchez, Ana Isabel Vargas Vargas.
San José, 21 de junio del 2016.
Angie
Guerrero Pérez,
Notificadora
a. í.
1 vez.—Exonerado.—( IN2016044934 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
ASUNTO: Acción de inconstitucionalidad.
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de
la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de
Inconstitucionalidad que se tramita con el número 15-013625-0007-CO promovida
por Olman José Briceño Fallas contra el artículo 25
inciso 5) de la Ley Nº 1644 de 26 de septiembre de 1953, Ley Orgánica del
Sistema Bancario Nacional, por estimarlo contrario a los artículos 39 y 41 de
la Constitución Política, se ha dictado el voto número 2016-008962 de las nueve
horas y cinco minutos de uno de julio del dos mil dieciséis, que literalmente
dice:
“Se declara sin lugar la acción. La Magistrada
Hernández López y el Magistrado Hernández Gutiérrez dan razones diferentes.”
San José, 4 de julio del 2016.
Gerardo
Madriz Piedra
(
2016043899 ) Secretario
Para los efectos del artículo 90 párrafo primero
de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de
inconstitucionalidad que se tramita con el N° 15-017411-0007-CO promovida por
Abraham Sequeira Morales, Daniela Patricia Salas Peña, Juan Carlos Salas
Castro, Natalia Isabel Rojas Mata contra el artículo 22 inciso a) del Código
Procesal Penal, la directriz o instrucción verbal de la Procuraduría General de
la República, que exige como condiciones de la aplicación de una medida alterna
en los procesos penales, que los imputados renuncien a sus puestos laborales y
que acepten una suspensión para el ejercicio de cargos públicos, así como la
pauta jurisprudencial de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia
expresada en las sentencias Nº 2013-01555, Nº 2013-00956 y Nº 2014-0060, por
estimarlas contrarias a los principios de lesividad, proporcionalidad, igualdad
y derecho al trabajo, protegidos en los artículos 11, 28, 33, 39, 41 y 56 de la
Constitución Política, se ha dictado el voto N° 2016-009473 de las once horas y
cincuenta y uno minutos de seis de julio de dos mil dieciséis, que literalmente
dice:
«Se declara sin lugar la acción.»
San José, 6 de julio del 2016.
Gerardo
Madriz Piedra,
Exonerado.—(
IN2016044569 ). Secretario
PRIMERA PUBLICACIÓN
Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la
Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se
tramita con el N° 12-015953-0007-CO promovida por <<Nombres 0001>>,
<<Nombres 0001>> contra los artículos 103 inciso 3) y 110 del
Código Penal; 61 de la Ley N° 8422 del seis de octubre del dos mil cuatro “Ley
contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública” y 367
y 465 del Código Procesal Penal, se ha dictado el voto N° 2016-009393 de las
nueve horas y cinco minutos de seis de julio del dos mil dieciséis, que
literalmente dice:
“Se declara sin lugar la acción interpuesta”.
San José, 6 de julio del 2016.
Gerardo
Madriz Piedra,
Exonerado.—(
IN2016044589 ) Secretario
HACE SABER:
A Álvaro Leandro Hernández, mayor, notario
público, cédula de identidad N° 0900750455, de demás calidades ignoradas; que
en proceso disciplinario notarial N° 16-000011-627-NO, establecido en su contra
por Dirección Nacional de Notariado, se han dictado las resoluciones que
literalmente dicen: Juzgado Notarial. A las diez horas y veinte minutos del quince
de enero del dos mil dieciséis. Se tiene por establecido el presente Proceso
disciplinario notarial de Dirección Nacional de Notariado contra Álvaro Eduardo
Leandro Hernández, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días;
dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados mediante
oficio N° 131-2015 de fecha 16 de diciembre del 2015 y ofrecer la prueba de
descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código
Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que
dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y
aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que
dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones,
ya sea: correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de
que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por
el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se
dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de
veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera
simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios
distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma
expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será
esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico,
la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de
Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste
deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le
previene a cada parte, que si no, escogiere alguno de los medios anteriormente
detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá
necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales
consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de
señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos
se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del
Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del edificio de los
Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de
cada semana. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto
por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del
2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el
envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como
teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización
lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un
correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez.
Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal,
buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.”
Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la
Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre
2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si
cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h)
Lugar de residencia. De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y
19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte
denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa
de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que
si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio
registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por
cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona
denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u
oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada. La
notificación en la casa de habitación de la parte denunciada ubicada en
Cartago, El Tejar Residencial Ana Lucia, casa 11B, El Guarco,
se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones;
Circuito Judicial de Cartago. La notificación en el domicilio registral de la
parte denunciada ubicada en San José, Catedral, 125 metros sur de la esquina
suroeste del colegio de Señoritas, edificio Kris,
primer piso, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras
Comunicaciones; Primer Circuito Judicial de San José. Asimismo, se ordena
notificar a la Dirección Nacional de Notariado, mediante comisión dirigida a la
Oficina de Comunicaciones del Segundo Circuito Judicial de San José, en: San
Pedro Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, edificio Sigma, quinto
piso. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en
un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al
funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; y en caso
de que se impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación con la
entrega de la cédula correspondiente a la persona encargada de regular la
entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones
Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29
de enero del 2009). Obténgase, por medio de intranet, las direcciones
reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y
Registro Civil. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase
mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para
que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro.
En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así
conste. De conformidad con el artículo 313 del Código Procesal Civil, se hace
ver a la parte accionante que en el caso de que desee presentar una pretensión
resarcitoria contra la parte denunciada, tendrá oportunidad para realizar dicha
gestión hasta antes de que esa parte procesal conteste esta denuncia; y para
tal efecto, tendrá que cumplir con los requerimientos del numeral 152 del
Código Notarial, en su necesaria relación con el artículo 290 del Código
Procesal Civil. Finalmente, dentro del plazo de ocho días, indique el
denunciante alguna dirección en la cual esta Autoridad pueda notificar al
notario denunciado. En caso de no conocer ninguna dirección, hacer caso omiso
de esta prevención. Lo anterior a efecto de facilitar la notificación de la
existencia de este proceso al accionado. Tome nota la parte denunciada que, de
conformidad con lo dispuesto por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de
Justicia en voto 2010-8722, y por el Tribunal Disciplinario Notarial en votos
265-2012 y. 70-2015, es obligación de los notarios que ejercen como tales el
tener actualizados sus datos personales en cuanto a las direcciones de oficina
y lugar para atender notificaciones. Notifíquese. Licenciada Derling Talavera Polanco, Jueza Tramitadora. Juzgado
Notarial. San José a las nueve horas treinta y cinco minutos del ocho de junio
del dos mil dieciséis. Siendo fallidos los intentos por notificarle al
licenciado Álvaro Leandro Hernández, la resolución dictada a las diez horas
veinte minutos del quince de enero del dos mil dieciséis en las direcciones
reportadas en la Dirección Nacional de Notariado (folio 101, 108, 104, 119 y
120) el último domicilio registral reportado en el Registro Civil (ver folio
105, 108, 115), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de
Personas Jurídicas (folio 110), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo
IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado
profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se
publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la
Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado que los hechos que se le
atribuyen son presuntas irregularidades detectadas durante fiscalización
ordinaria a la oficina del denunciado el día 16 de setiembre del 2014. Conforme
lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de
Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público al
denunciado Álvaro Leandro Hernández, cédula de identidad N° 0900750455.
Notifíquese. Licenciada Derling Talavera Polanco,
Jueza Tramitadora. Notifíquese.
San José, 8 de junio del 2016.
Licda.
Derling Edith Talavera Polanco
Jueza
1 vez.—Exonerado.—( IN2016044573 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho, a las
nueve horas del ocho de setiembre del dos mil dieciséis, y con la base de seis
millones de colones (¢6.000.000,00), en el mejor postor, remataré lo siguiente:
dos máquinas de bronceado, la primera, modelo: SN:516, marca: ENCO, color:
gris, año de fabricación: 2003, serie: RFF96812, con 32 fluorescentes, valorada
en tres millones de colones (¢3.000.000), y la segunda cámara de bronceado
modelo: SN: 512, marca: ENCO, color: gris, año de fabricación: 2002, serie: RFF96812,
con 32 fluorescentes, valorada en tres millones de colones (¢3.000.000). Para
el segundo remate, se señalan las nueve horas del veintitrés de setiembre del
dos mil dieciséis, con la base (rebajada en un 25%), por un monto de cuatro
millones quinientos mil colones (¢4.500.000), y para el tercer remate, se
señalan a las nueve horas de siete de octubre del dos mil dieciséis (en un 25%
de la base original), por un monto de un millón quinientos mil colones
(¢1.500.000). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso or.s.pri. prestac. laborales
de Geovanna Andrea Calderón Vega contra Centro de
Bronceado Tanskin Sociedad Anónima. Expediente Nº
12-001518-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San
José, Sección Segunda, 07 de julio del 2016.—M.Sc.
Jenny Fallas Ureña, Jueza.—Exonerado.—( IN2016045693 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Antonio Elías Vargas
Marín, fallecido el 12 de febrero del año 2016, se consideren con derecho, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado bajo el número 16-000398-1021-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Código de Trabajo. Exp. N° 16-000398-1021-LA. Por
Sara Hernández Brenes a favor de Antonio Elías Vargas Marín.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 19 de abril del 2016.—Licda.
Angélica Fallas Carvajal, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2016044912 ).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Róger
Félix Zeledón Méndez, quien fue mayor, soltero, empleado municipal, vecino de
Cartago y portador de la cédula de identidad 7-055-295, se les hace saber que: Lilliam Engracia Zeledón Méndez, cédula de identidad
7-051-861, vecina de Cartago, se apersonó en este Despacho en calidad de
hermana del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de
consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de
edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador
fallecido Róger Félix Zeledón Méndez. Exp. N° 16- 000541-0641-LA.—Juzgado
de Trabajo de Cartago, 7 de julio del 2016.—Lic. Javier Fallas Villaplana, Juez.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016044914 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José
Salomón Rodríguez Flores, fallecido el 10 de agosto del 2015, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consignación de prestaciones sector privado bajo el N°
16-000611-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 16-000611-1021-LA. Por Adelina Cortes Rojas a favor
de José Salomón Rodríguez Flores.—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 13 de junio del 2016.—Licda. Angélica
Fallas Carvajal, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2016044915 ).
A los causahabientes de quién en vida se llamó María Magdalena Geovany Gómez Ramírez, conocida como Geovanna
Gómez Ramírez, quien fue mayor, soltera, vecina de Nicoya, con cédula de
identidad número 5-0179-0973, se les hace saber que: Vanesa Giselle Gómez
Ramírez, cédula de identidad 5-0300-0186, Karen Ajoy
Gómez, cédula de identidad 5-0385-0822 y César Andrés Ajoy
Gómez, cédula de identidad 5-0355-0423, vecinos de Moravia, se apersonó en este
Despacho en calidad de hijos de la fallecida, a fin de promover las presentes
diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza
por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador
fallecido María Magdalena Geovany Gómez Ramírez,
expediente número 16-000729-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda, 29 de junio del 2016.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2016044916 ).
Se emplaza a los que con
carácter de causahabientes del trabajador fallecido Reyner
Valle Obando, cédula N° 2-695-837, quien fue mayor de edad, casado una vez, fue
vecino de Los Chiles, barrio Los Ángeles del Súper Kenaby
50 metros al norte, 175 metros al este, casa de cemento color verde, se
consideren con derecho a las prestaciones legales del causante, para que dentro
del término de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto se
apersonen a este Despacho a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento,
de que si no, se apersonaren dentro de ese lapso las prestaciones legales
pasarán a quien corresponda (artículo 85 del Código de Trabajo). Expediente N°
163000040323LA-16. Fondo de capitalización laboral y consignación de
prestaciones, causante: Reyner Valle Obando.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Los
Chiles, 06 de junio del 2016.—Lic. Mario Angulo Salazar, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044917 ).
Se cita y emplaza a los
que en carácter de causahabientes de la devolución de cuotas de trabajador
fallecido, de quien en vida se llamó Rafael Bernardo Rocha Romero, quien fue
mayor, soltero, nicaragüense, bodeguero, cédula de residencia número
155808741005, padre de la menor de edad Kristel
Larissa Rocha Martínez, vecino de Pavas, quien falleciera el día 1° de febrero
de 2016, que se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo
de ocho días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
a este Despacho a hacer valer sus derechos de conformidad con el artículo 85
del Código de Trabajo y sus reformas. Lo anterior por haberse ordenado así en
consignación de prestaciones N° 16-300054-891 LA-4 donde figura como causante
Rafael Bernardo Rocha Romero y como gestionante Rosibel Martínez Urutia, en representación
de la menor Kristel Larissa Rocha Martínez.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas,
1° de julio del 2016.—Licda. Lorena Delgado Ruiz, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016044918 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las
prestaciones y ahorros legales del trabajador fallecido Ronald Pérez
Barrientos, quien fue mayor, casado, cédula de identidad N° 1-0558-0804, vecino
de Desamparados, laboraba como Jefe de Proveeduría de Farmacia para la Caja
Costarricense de Seguro Social y falleció el 26 de abril del 2016, se
consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de
ocho días posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el N° 16-300063-0217-LA, a
hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito
Judicial de San José, Desamparados, 19 de mayo del 2016.—Licda. Ana Milena
Gutiérrez Rojas, Jueza a. í.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2016044919 ).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Jimmy Abrahams Madrigal, quien fue mayor, divorciado,
desempleado, portó la cédula de identidad número 1-809-396 y falleció el
dieciocho de diciembre de dos mil catorce. Los interesados deberán apersonarse
dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer
valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero
que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo
establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho corresponda.
Proceso de consignación de prestaciones N° 16-300074-0895-LA de Jimmy Abrahams Madrigal.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 12 de mayo de 2016.—Msc. Ma de Los Ángeles
Solano Gamboa, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044920 ).
Se cita y emplaza a los que con carácter de causahabientes de
consignación de prestaciones, del fallecido Ángel Antonio Delgado Calvo, cédula
de identidad número en vida 5-0067-0412, mayor, casado, masculino, pensionado
por el Ministerio Público, vecino de Cañas, Guanacaste y falleció el veintiocho
de octubre del dos mil quince, se consideren con derecho a las mismas, para que
dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas bajo el N° 15-3000122-0402-5-LA, a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado
de Trabajo de Menor Cuantía de Cañas, Guanacaste, a las diez horas diez
minutos del siete de julio del dos mil dieciséis.—Licda. Aura Cedeño Yanes,
Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044923 ).
Se cita y emplaza a los
que en carácter de causahabientes de Manuel Alberto Castillo Rojas, mayor,
casado, cédula 2-441-469, vecino de Atenas, fallecido el 3 de diciembre del año
2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el
expediente número 16-000012-0849-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N°
16-000012-0849-LA. Promovido por Rebeca Gerardina
Trigueros Rodríguez.—Juzgado Contravencional y de
Menor Cuantía de Atenas (Materia Laboral), 27 de mayo del 2016.—Lic.
Francisco Cordero Calderón, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2016044924 ).
A los causahabientes de
quién en vida se llamó Jessica Jean Harrison Mc Conney,
con cédula de identidad 7-0121-0034 , costarricense, quien fue mayor, casada,
ocupación trabajadora social, laboraba para el Iafa en
Limón centro, vecina de Limón, Barrio Santa Eduviges contiguo al antiguo bar
Tortuga Verde, casa de cemento color rosada, se les hace saber que: Maurine Isabel Mc Conney Mc Conney, portadora de la cédula de identidad número
7-0050-1176 , vecina de Limón, barrio Santa Eduviges contiguo al antiguo bar
Tortuga Verde, casa de cemento color rosada, se apersonó en este Despacho en
calidad de Madre de la fallecida, a fin de promover las presentes diligencias
de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de
edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones de la
trabajadora fallecida Jessica Jean Harrison Mc Conney,
expediente N° 16-000037-0679-LA.—Juzgado de Trabajo
del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 31 de mayo del
2016.—Lic. Richard White Wright, Juez.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016044925 ).
A los causahabientes de
quién en vida se llamó, quien fue Ronal Solís
Arrieta, domicilio La Tabla de Río Cuarto de Grecia, 200 metros al norte del
salón comunal, cédula de identidad N° 0207600631, se les hace saber que:
Aurelio Solís Rodríguez, cédula de identidad o documento de identidad N°
0204770595, domicilio La Tabla de Río Cuarto de Grecia, 800 metros al norte del
salón comunal, se apersonó en este Despacho en calidad de padre del fallecido,
a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones.
Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una
sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen
en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus
derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de
derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido, expediente N°
16-000039-1288-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Laboral), 23 de febrero del
2016.—Elio Campos López, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044926 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Bernardo
Sánchez Guzmán, cédula de identidad 3 132 978 y quien falleció el 03 de mayo
del año 2011, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig.
Prest. Sector privado bajo el número 16-000043-1340-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Expediente N° 16-000043-1340-LA. Por a favor de Bernardo Sánchez
Guzmán.—Juzgado Contravencional, Menor Cuantía y
Tránsito de Sarapiquí (Materia Laboral), 15 de junio del 2016.—Licda. Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016044927 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Enrique de
Jesús González Álvarez, cédula de identidad 6 0117 0531, quien fue mayor, de 60
años de edad, fecha de nacimiento 09-06-1955, soltero, oficio oficial de
seguridad, costarricense, hijo de Humberto González y de María Graciela Álvarez
Álvarez, y quien falleció el 24 de agosto del año
2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consig.
Prest. Sector Privado bajo el número 16-000047-1340-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Expediente N° 16-000047-1340-LA. A favor de Enrique De Jesús González
Álvarez.—Juzgado Contravencional, Menor Cuantía y
Tránsito de Sarapiquí (Materia Laboral), 15 de junio del 2016.—Licda. Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016044928 ).
A los causahabientes de
quién en vida se llamó Carlos Alberto Morales Morales,
quien fue mayor, en unión libre, lavacarros, vecino
esta ciudad, en Barrio Cocorí, con cédula de
identidad N° 1-1439-0093 , quien laboró para Luis Minor
Morales Rojas y Transportes Blanco S. A., y falleció el 15 de octubre del año
2015, se les hace saber que: se apersonó en este Despacho Karen Stefanny Gamboa Campos en calidad de madre de los menores
beneficiarios Britany Tamara, Kerelyn
Alexandra, Starlin Ariostin
todos de apellidos Morales Gamboa, quienes eran hijos de la persona fallecida,
a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones.
Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una
sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen
en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus
derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de
derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido, expediente N°
16-000147-1125-LA. Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de
la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 27 de junio del 2016.—Msc. Norman Herrera Vargas,
Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044929 ).
A
los causahabientes de quién en vida se llamó Betty Eugenia Rouse
Barton, quien fue casada, domicilio Limón, barrio
Santa Eduviges, 90 metros al este de la Iglesia Católica, casa de dos plantas
de cemento color verde, cédula de identidad N° 7-0070-0569, se les hace saber
que Ivette Rouse Barton,
cédula de identidad o documento de identidad N° 7-0074-0292, domicilio Limón,
barrio Santa Eduviges, 75 metros de la iglesia Católica, casa de dos plantas de
cemento color terracota, se apersonó en este Despacho en calidad de hermana de
la persona fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de
consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de
edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones de la trabajadora
fallecida Betty Eugenia Rouse Barton.
Expediente N° 16-000158-0679-LA.—Juzgado de Trabajo
del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 01 de abril del
2016.—Lic. Richard White Wright, Juez.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016044930 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada, citas: 378-07212-01-0906-001, a las catorce
horas y cero minutos del veintitrés de agosto del dos mil dieciséis, y con la
base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 198758 cero cero cero, la cual es terreno
para construir. Situada: en el distrito San Rafael, cantón Esparza, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Espar
Maderas El Barón S. A.; al sur, Raicu S. A.; al este,
Arnoldo Salazar Rojas, y al oeste, calle pública con un frente de 21,40 cm.
Mide: ochocientos cuarenta y tres metros cuadrados. Libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas:
378-07212-01-0906-001, finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula Nº
147179 cero cero cero, la
cual es terreno para construir. Situada: en el distrito San Rafael, cantón
Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Espar
Maderas El Barón S. A.; al sur, Espar Maderas El
Barón S. A.; al este, calle pública, y al oeste, Espar
Maderas El Barón S. A. Mide: noventa y nueve metros con noventa y cinco
decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y
cero minutos del siete de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de siete
millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las cero horas y cero minutos
del veintitrés de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dos millones
quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Autoboutique
Esparza Sociedad Anónima contra Espar Maderas El
Barón Sociedad Anónima. Expediente Nº 15-002086-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 16 de noviembre del
2015.—Licda. Marcela Arce Matarrita, Jueza.—( IN2016045290 ).
En la puerta exterior de este Despacho, para la finca Nº 5-80761-000,
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones citas:
399-00001407-01-0951-001; obligac. -restr. ref.: 00011274 000, citas:
0399-00001407-01-0952-001; servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
0577-00074558-01-0001-001; servidumbre de paso citas:
2009-00142995-01-0001-001, a las diez horas y cero minutos del tres de agosto
del dos mil dieciséis, y con la base de cincuenta y cuatro mil quinientos
sesenta y siete dólares con cincuenta centavos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 80761 cero cero cero, la cual es terreno
naturaleza: agricultura lote 17-A. Situada: en el distrito 01 Liberia, cantón
01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, parcela 16-4; al
sur, Hacienda El Escobio S. A.; al este, calle pública, y al oeste, quebrada.
Mide: setenta y cinco mil ciento nueve metros con cuarenta decímetros cuadrados.
Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve
de agosto del dos mil dieciséis, con la base de cuarenta mil novecientos
veinticinco dólares con sesenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos
del cinco de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de trece mil
seiscientos cuarenta y un dólares con ochenta y ocho centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Para la finca Nº 5-80760-000, libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones citas:
0399-00001407-01-0947-001; obligac. - restr. ref.: 0011274 000, citas: 0399-00001407-01-0948-001;
servidumbre de paso citas: 2009-00142998-01-0001-001, a las diez horas y cero
minutos del tres de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de veintinueve
mil trescientos ochenta y dos dólares con cinco centavos, en el mejor postor,
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº
80760 cero cero cero; la
cual es terreno naturaleza: agricultura lote 17-A. Situada: en el distrito 01
Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
calle pública; al sur, quebrada; al este, parcela 16-1, y al oeste, Hacienda El
Escobio S. A. Mide: ciento cuarenta y cuatro mil doscientos cincuenta metros
con diecisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las
diez horas y cero minutos del diecinueve de agosto del dos mil dieciséis, con
la base de veintidós mil treinta y seis dólares con ochenta y siete centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las diez horas y cero minutos del cinco de setiembre del dos mil dieciséis, con
la base de siete mil trescientos cuarenta y cinco dólares con sesenta y dos
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial) Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Canafin S. A. contra Guiselle Quirós Lacayo. Expediente Nº 16-000097-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 06 de mayo del 2016.—Licda. María Mora Saprissa, Jueza.—( IN2016045319 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y quince
minutos del cuatro de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de tres
millones doscientos diecinueve mil trescientos sesenta y siete colones exactos,
en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas Nº BGS864, marca:
Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, año:
2008, color: negro, vin: KMHCN46C98U194731,
cilindrada: 1600 CC. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y
quince minutos del veintidós de agosto del dos mil dieciséis, con la base de
dos millones cuatrocientos catorce mil quinientos veinticinco colones con
veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las nueve horas y quince minutos del seis de setiembre del
dos mil dieciséis, con la base de ochocientos cuatro mil ochocientos cuarenta y
un colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin
S. A. contra Flory Cristina Cubillo Zamora.
Expediente Nº 16-001180-1044-CJ.—Juzgado Primero
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de mayo
del 2016.—Lic. Greivin Gerardo Fallas Abarca, Juez.—( IN2016045320 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones; a las quince horas y treinta minutos del cinco de octubre del
dos mil dieciséis, y con la base de trescientos noventa y tres mil novecientos
setenta dólares con diecinueve centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 50581 F cero cero cero la cual es terreno finca
filial diez apartamento destinado a uso habitacional de dos plantas en proceso
de construcción. Situada: en el distrito Jaco, cantón 11 Garabito, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Inmobiliaria Valverde y Bermúdez Valver S. A.; al sur, calle interna con 6.08 metros; al
este, filial 9, y al oeste, filial 11. Mide: doscientos seis metros con
cincuenta y dos centímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las
quince horas y treinta minutos del veintiuno de octubre del dos mil dieciséis,
con la base de doscientos noventa y cinco mil cuatrocientos setenta y siete
dólares con sesenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento),
y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y treinta minutos del
siete de noviembre del dos mil dieciséis con la base de noventa y ocho mil
cuatrocientos noventa y dos dólares con cincuenta y cinco centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Remberto Lago Valdes. Expediente N° 09-000237-0638-CI.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 27 de noviembre del
2015.—Licda. Marcela Arce Matarrita, Juez.—( IN2016045322 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones
ref:1949-105-001 bajo las citas 0282-00003000-01-0901-001; a las nueve horas y
treinta minutos del cinco de agosto del dos mil dieciséis (9:30 am 05/08/2016),
y con la base de veinticinco mil trescientos sesenta dólares exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número 00520797-001-002 la cual es terreno con un apartamento.
Situada: en el distrito 11 San Rafael Abajo, cantón 03 Desamparados, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Dania Isabel Calderón Estrada y Henry
Martín Marchena Contreras; al sur, Lotificación Echeverría Limitada; al este, calle
pública con un frente de 4 metros 97 centímetros y al oeste, María Virginia
Esquivel Muñoz. Mide: setenta y seis metros con cuarenta decímetros cuadrados.
Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del
veintitrés de agosto del dos mil dieciséis (9:30 am 23/08/2016), con la base de
diecinueve mil veinte dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento),
y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del
siete de setiembre del dos mil dieciséis (9:30 am 07/09/2016) con la base de
seis mil trescientos cuarenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro
y Préstamo contra Cindy Fiorella Chinchilla Abarca, William Chinchilla Abarca.
Expediente N° 16-002153-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 16 de junio del 2016.—Licda. Marcela
Brenes Piedra, Juez.—( IN2016045326 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada citas: 0376-00005018-01-0968-001; a las ocho horas y cuarenta y
cinco minutos del once de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de seis
millones ochocientos cincuenta y cinco mil seiscientos colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número cuatrocientos treinta y cuatro mil ciento ochenta y ocho-cero
cero uno, cero cero dos, cero cero
tres la cual es terreno para construir con una casa, lote 257. Situada: en el
distrito 05 San Felipe, cantón 10 Alajuelita, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, alameda; al sur, Instituto Nacional
de Vivienda y Urbanismo; al este, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, y
al oeste, calle pública. Mide: ciento un metros con quince decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco
minutos del treinta de agosto del dos mil dieciséis, con la base de cinco
millones ciento cuarenta y un mil setecientos colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y
cuarenta y cinco minutos del Catorce de setiembre del dos mil dieciséis, con la
base de un millón setecientos trece mil novecientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Riralemo del Norte
S. A., contra Concepción Osegueda Osegueda,
Gilberto Castillo Sequeira, y Yamilette Castillo Osegueda. Expediente N° 15-035959-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 22 de
febrero del 2016.—Licda. Jessica Vargas Barboza, Juez.—(
IN2016045327 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada 308-15572-01-0901-001; a las nueve horas y treinta minutos del ocho
de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de un millón de colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula N° 196900-000, la cual es terreno de solar. Situada: en el
distrito 04 Santa Cruz, cantón 05 Turrialba, de la provincia de Cartago.
Colinda: al norte, Viagre S. A.; al sur, calle
pública con 8.00 metros de frente; al este, Viagre S.
A., y al oeste, Viagre S. A. Mide: ciento veinte
metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta
minutos del veinticuatro de agosto del dos mil dieciséis, con la base de
setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta
minutos del ocho de setiembre del dos mil dieciséis con la base de doscientos
cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Roberto Calvo Estrada contra Vigre S. A. Expediente N° 14-005930-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 20 de
junio del 2016.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—(
IN2016045358 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones citas: 315-05075-01-0901-001; a las quince horas y cero minutos
del cuatro de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de diecinueve
millones ochocientos cuarenta y cinco mil ciento treinta colones con sesenta y
tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula N° 89356-000, la cual es terreno naturaleza: terreno
con una casa. Situada: en el distrito 1-Carmona, cantón 9-Nandayure de la
provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Eladio Vega Trigueros, sur, calle
pública con un frente de diez metros con seis centímetros, este, Eladio Vega
Trigueros, oeste, Hugo Alberto Rodríguez Moraga, Mide: ciento noventa y nueve
metros con cuatro decímetros cuadrados, plano: G-0191756-1994. Para el segundo
remate, se señalan las quince horas y cero minutos del veintidós de agosto del
dos mil dieciséis, con la base de catorce millones ochocientos ochenta y tres
mil ochocientos cuarenta y siete colones con noventa y siete céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince
horas y cero minutos del seis de setiembre del dos mil dieciséis, con la base
de cuatro millones novecientos sesenta y un mil doscientos ochenta y dos
colones con sesenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Abner Francisco Vega Ramírez. Expediente N°
16-000475-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 27 de
junio del 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(
IN2016045368 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta
minutos del cinco de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de cincuenta y
seis millones ochocientos veintiocho mil novecientos ochenta y nueve colones con
cuarenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en
el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula N° 136424-000 la cual es naturaleza: terreno
con una casa. Situada: en el distrito 1-Nicoya, cantón 2-Nicoya, de la
provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Mario Rojas Huertas, sur, Mario Rojas
Huertas, este, calle pública con 10 metros, oeste, Mario Rojas Huertas. Mide:
doscientos cincuenta y un metros con once decímetros cuadrados, plano:
G-0784755-2002. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta
minutos del veintitrés de agosto del dos mil dieciséis, con la base de cuarenta
y dos millones seiscientos veintiún mil setecientos cuarenta y dos colones con
cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del siete de setiembre del
dos mil dieciséis, con la base de catorce millones doscientos siete mil
doscientos cuarenta y siete colones con treinta y cinco céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Rodrigo José Cob
Jiménez. Expediente N° 16- 000474-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz)
(Materia Cobro), 04 de julio del 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado,
Juez.—( IN2016045369 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas ley
aguas, reservas ley caminos y reservas ley forestal; a las quince horas y
cuarenta y cinco minutos del cinco de agosto del dos mil dieciséis, y con la
base de ocho millones novecientos treinta y un mil doscientos cincuenta y cinco
colones con dieciséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 103873-000, la cual es terreno naturaleza:
terreno para construir. Situada: en el distrito 01 Santa Cruz, cantón 03 Santa
Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Kenner
Guevara Duarte, sur, Kenner Guevara Duarte, este,
calle pública, oeste, Kenner Guevara Duarte. Mide:
doscientos metros cuadrados, plano: G-0359768-1996. Para el segundo remate, se
señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de agosto
del dos mil dieciséis, con la base de seis millones seiscientos noventa y ocho
mil cuatrocientos cuarenta y un colones con treinta y siete céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince
horas y cuarenta y cinco minutos del siete de setiembre del dos mil dieciséis,
con la base de dos millones doscientos treinta y dos mil ochocientos trece
colones con setenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo
Comunal contra Norma de Los Ángeles Blandón Cano, Paulina Lidieth
Lara Cabalceta. Expediente N° 16-000989-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 04 de julio del
2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(
IN2016045370 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero
minutos del cinco de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de
¢17.314.437,36 (primer remate), en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 15998-000 la cual es de naturaleza:
Terreno de jardín con bodega; situada en el distrito 01 Santa Cruz, cantón 03
Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública de
10.60 metros de ancho con un frente de 33.10 metros; sur, Gustavo Alexander
Gutiérrez Gutiérrez y río Diriá
en parte; este, calle pública de 14 metros de ancho con un frente a ella de
9.98 metros lineales, oeste, Municipalidad de Santa Cruz. Mide: Trescientos
noventa y siete metros cuadrados. Plano G-1671547-2013. Para el segundo remate
se señalan las quince horas y cero minutos del veintitrés de agosto de dos mil
dieciséis, con la base de ¢12.985.828,02 (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos
del siete de setiembre de dos mil dieciséis con la base de ¢4.328.609,34 (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Iris Ruth Gutiérrez Gutiérrez
(propietaria registral) y Mario Eduardo Gutiérrez Gutiérrez
(deudor). Exp. N° 16-000990-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz)
(Materia Cobro), 4 de julio del 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado,
Juez.—( IN2016045371 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones; a las trece horas y treinta minutos del cuatro de agosto del dos
mil dieciséis, y con la base de diecisiete millones cuatrocientos noventa mil
cuatrocientos diez colones con noventa y seis céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N°
179904-000, la cual es terreno de tacotal. Situada: en el distrito 03
Veintisiete Abril, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste.
Linderos: norte, servidumbre agrícola con 7 metros de ancho y Los Gavilanes de
Venado de Guanacaste L.G.V. S. A.; sur, servidumbre agrícola con 7 metros de
ancho y camino público con 29.54 metros de frente; este, Los Gavilanes de
Venado de Guanacaste L.G.V. S. A.; oeste, servidumbre agrícola con 7 metros de
ancho, camino público con 29.54 metros de frente y Pozza
Hermes y Pérez S. A. Mide: trece mil cuatrocientos setenta y dos metros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos
del veintidós de agosto del dos mil dieciséis, con la base de trece millones
ciento diecisiete mil ochocientos ocho colones con veintidós céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las trece
horas y treinta minutos del seis de setiembre del dos mil dieciséis, con la
base de cuatro millones trescientos setenta y dos mil seiscientos dos colones
con setenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Javier Enrique de La Trinidad Delgado
Hernández contra Los Gavilanes de Venado de Guanacaste L.G.V Sociedad Anónima.
Expediente N° 16-000109-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y
Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia
Cobro), 24 de junio del 2016.—Lic Luis Alberto
Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016045381 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y cero minutos
del once de agosto de dos mil dieciséis -15:00 p. m. 11/08/2016-, y con la base
de un millón ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo: Placas número 581114, marca Toyota, estilo Corolla, categoría automóvil, capacidad cinco personas, año
1993, color plateado, vin 2T1AE04E8PC025594,
cilindrada 1600 cc, combustible gasolina, motor N° 4AF388004. Para el segundo
remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintinueve de agosto de
dos mil dieciséis -15:00pm 29/08/2016-, con la base de un millón trescientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del trece de
setiembre de dos mil dieciséis -15:00 p. m. 13/09/2016 con la base de
cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el
correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el
Banco de Costa Rica. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse de Alice Cruz Duarte contra Eddy Alberto Vega Ureña. Exp. N° 14-007663-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 14 de junio del 2016.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—(
IN2016045412 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios,
pero soportando infracciones/colisiones, boleta: 2007486261, sumaria:
08-003270-497-TR, fecha de inclusión: 26-5-08, del Juzgado de Tránsito de
Heredia; a las diez horas y treinta minutos del diecisiete de agosto del dos
mil dieciséis, y con la base de once mil quinientos treinta dólares con treinta
y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa
setecientos dieciséis mil quinientos ochenta y tres (716583), marca: Nissan,
estilo: TIIDA, categoría: automóvil, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, tracción: 4x2, chasís, serie y vin: JN1FCAC11Z0006495, motor: HR16299893A, cilindrada:
1598 c.c., uso: particular, capacidad: 5 personas, año: 2008, color: dorado.
Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del primero
de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de ocho mil seiscientos
cuarenta y siete dólares con setenta y nueve centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y
treinta minutos del diecinueve de setiembre del dos mil dieciséis, con la base
de dos mil ochocientos ochenta y dos dólares con sesenta centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Kattia
María Guerrero Peña. Expediente N° 11-015728-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 10 de
junio del 2016.—Lic. Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—(
IN2016045425 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; ; a las diez horas y treinta
minutos del veintidós de setiembre de dos mil dieciséis, y con la base de
novecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintiséis
mil ochocientos sesenta y nueve cero cero cero la cual es terreno la cual es terreno inculto con una
casa lote B. Situada en el distrito 08 Río Azul, cantón 03 La Unión, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, Douglas Salvatierra y otro; al sur,
Rosa Ligia Navarro y otro; al este, calle pública San Diego Patarrá
3 metros y 38 centímetros, y al oeste, Douglas Salvatierra y otro. Mide:
Quinientos veintidós metros con sesenta decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y treinta minutos del siete de octubre de dos
mil dieciséis, con la base de setecientos doce mil quinientos colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas y treinta minutos del veinticinco de octubre de dos mil
dieciséis con la base de doscientos treinta y siete mil quinientos colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Ilda Flor Herra
Cartín contra Jorge Quesada Zamora. Exp. N° 14-014315-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 22 de
junio del 2016.—Licda. Yessenia Brenes González,
Jueza.—( IN2016045438 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando citas: 321-10651-01-0901-003 condiciones ref: 2768-045-001; a las ocho horas y cinco minutos del
veinticinco de octubre del dos mil dieciséis, y con la base de diez millones
ciento veintiocho mil cuatrocientos noventa y un colones con cuatro céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula número treinta y tres mil quinientos diecinueve cero cero uno, cero cero dos son para
ambos derechos: terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito 08
Barranca, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte, Cecilia Blanco Blanco; al sur, calle pública
con frente a ella de 19.96 metros; al este, Cristian Zamora Bonilla, y al
oeste, calle pública con frente a ella de 7.71 metros. Mide: ciento cincuenta y
ocho metros con nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan
las ocho horas y cinco minutos del nueve de noviembre del dos mil dieciséis,
con la base de siete millones quinientos noventa y seis mil trescientos sesenta
y ocho colones con veintiocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento),
y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cinco minutos del
veinticuatro de noviembre del dos mil dieciséis con la base de dos millones
quinientos treinta y dos mil ciento veintidós colones con setenta y seis
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Coopealianza R. L. contra Juan Carlos
Madrigal Zelaya y otros. Expediente N° 15-002208-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 29 de abril del 2016.—Lic.
Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2016045451 ).
A las diez horas y
treinta minutos del cinco de agosto del dos mil dieciséis, en la puerta
exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de
veintinueve millones quinientos mil doscientos colones exactos, en el mejor
postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio
Real Mecanizado, matrícula N° 1-215511-000. Que es terreno: para construir con
una casa. Sito: distrito Guadalupe, cantón Goicoechea, de la provincia de San
José. Linderos: norte, Zeneida Barboza con 04 metros
180 milímetros, sur, calle pública con 03 metros 344 milímetros, este, Carmen
Palomino con 21 metros 318 milímetros, y oeste, Efraín Carmona con 21 metros
736 milímetros. Mide: ochenta y un metros con siete decímetros cuadrados. Lo
anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo prendario N°
05-006810-0170-CA de Banco de Costa Rica contra Eugenia Giralt Arguedas, 24 de
junio del 2016.—Juzgado Civil de Hacienda de
Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. Adriana
Sequeira Muñoz, Juez.—( IN2016045461 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta
minutos del veintinueve de julio de dos mil dieciséis (8:30 de la mañana), y
con la base de tres millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas: 513845, marca: Mitsubishi,
categoría: Automóvil, vin: JMYLYV75W2J001950, año:
2003, color: Beige. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta
minutos del diecisiete de agosto de dos mil dieciséis (8:30 de la mañana), con
la base de dos millones ochocientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas
y treinta minutos del uno de septiembre de dos mil dieciséis (8:30 de la
mañana) con la base de novecientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente
al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa
Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carlos Luis
Gerardo Céspedes Salazar contra Mario Alberto De San Gerardo Sandoval Pineda. Exp. N° 14-007560-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro De Cartago, 1° de junio del 2016.—Licda. Marcela
Brenes Piedra, Jueza.—( IN2016045468 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre sirviente y dos servidumbres de paso; a las once horas y treinta
minutos del veintinueve de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de once
millones doscientos mil doscientos cuarenta y nueve colones con cincuenta
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y cinco mil ciento treinta
y tres-cero cero cero, la cual es terreno lote 28, terreno para construir. Situada: en el
distrito 04 Cirrí Sur, cantón 06 Naranjo, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 7,50
metros; al sur, servidumbre pluvial Municipalidad de Naranjo; al este, lote 27,
y al oeste, lote 29. Mide: ciento treinta y tres metros con cincuenta y cinco
decímetros cuadrados. Plano: A-0914661-2004. Para el segundo remate, se señalan
las once horas y treinta minutos del trece de setiembre del dos mil dieciséis,
con la base de ocho millones cuatrocientos mil ciento ochenta y siete colones
con trece céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las once horas y treinta minutos del veintinueve de
setiembre del dos mil dieciséis con la base de dos millones ochocientos mil
sesenta y dos colones con treinta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional contra
Marlene Sánchez Navarro y Mario Román del Carmen Salas Vargas. Expediente N°
16-000762-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía
y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 15 de abril del 2016.—Lic. Bridley Rodríguez Aguilar, Juez.—(
IN2016045479 ).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada al tomo 373 asiento 2519-01-912 y 913; a las ocho horas y cuarenta y
cinco minutos del seis de setiembre de dos mil dieciséis, y con la base de
cinco millones de colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos
veinticinco mil novecientos noventa y siete cero cero
cero la cual es terreno de repasto. Situada en el
distrito 2 Guaitil, cantón 12 Acosta, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, servidumbre de paso y
Quebrada Sibaja; al este, servidumbre de paso y Juan Gerardo Aguilar Amador, y
al oeste, Quebrada Sibaja. Mide: Mil cuatrocientos cuarenta y ocho metros con
setenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y cuarenta y cinco minutos del veintidós de setiembre de dos mil
dieciséis, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diez de octubre de dos
mil dieciséis con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de El Buda de Piedra S. A. contra José Roberto Umaña Alonso. Exp. N° 15-033495-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de
marzo del 2016.—M.Sc. Yesenia Solano Molina, Jueza.—(
IN2016045482 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada con las citas 225-03915-01-0901-001; a las ocho horas y cero minutos
del ocho de setiembre del año dos mil dieciséis, y con la base del crédito
hipotecario de primer grado más el bono de vivienda, seis millones veintitrés
mil seiscientos ochenta y tres colones con veintiocho céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
doscientos doce mil setecientos treinta y ocho cero cero
cero la cual es terreno para construir, lote uno E.
Situada en el distrito 1 Juan Viñas, cantón 4 Jiménez, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte, Dacospro Sociedad
Anónima; al sur, Municipalidad de Jiménez; al este, Dacospro
Sociedad ¡ y al oeste, calle pública. Mide: Ciento
veinticinco metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. ¡) y, para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del once de octubre
del año dos mil dieciséis con la base de un millón quinientos cinco mil
novecientos veinte colones con ochenta y dos céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianaza R. L. contra Carmen Zaida Vargas Zamora. Exp. N° 16-002202-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro Y Menor Cuantía del Primerf Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 20 de junio del
2016.—Msc. Eileen Chaves
Mora, Jueza.—( IN2016045495 ).
A las catorce horas y
cero minutos del ocho de agosto del dos mil dieciséis, en la puerta exterior de
este Juzgado, libre de gravámenes, y con la base de novecientos treinta y siete
mil quinientos colones exactos (rebajada en un 25%) segundo remate, en el mejor
postor, remataré: Vehículo placa: 484991, marca: Jeep, estilo: Cherokee, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año:
1991, carrocería: Station Wagon
o familiar, color: gris, tracción: 4x4, chasis: 1J4FJ78V8ML551856, vin: 1J4FJ78V8ML551856, cilindrada: 4000 C.C, cilindros:
06, combustible: gasolina. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en
proceso: ejecutivo simple Nº 03-004234-0170-CA, de Banco de Costa Rica contra
Patricia Vázquez Aguilar, Rito Báez Rojas.—Juzgado Civil de Hacienda de
Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de junio del
2016.—Licda. María Gabriela Solano Molina, Jueza.—(
IN2016045497 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; soportando hipoteca de primer grado bajo las citas
0571-00008417-01-0008-001; a las quince horas y treinta minutos del cuatro de
agosto del dos mil dieciséis (3:30 pm 04/08/2016), y con la base de cuarenta y
dos millones setecientos treinta y dos mil doscientos veintisiete colones con
cuarenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo
el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta mil ciento setenta y
ocho cero cero cero, la
cual es terreno lote A-5 terreno para construir. Situada: en el distrito 03
Carmen, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote
4 A; al sur, lotes 6 A,7 A y 8 A; al este, calle primera con un frente de 7
metros, y al oeste, José Ángel Rivera Acuña y José Humberto Gómez Marín. Mide:
ciento cincuenta y siete metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo
remate, se señalan las quince horas y treinta minutos del veintidós de agosto
del dos mil dieciséis (3:30 pm 22/08/2016), con la base de treinta y dos
millones cuarenta y nueve mil ciento setenta colones con cincuenta y siete
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las quince horas y treinta minutos del seis de setiembre del dos mil
dieciséis (3:30 pm 06/09/2016) con la base de diez millones seiscientos ochenta
y tres mil cincuenta y seis colones con ochenta y cinco céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Compañía Farmacéutica Sociedad Anónima contra Inmobiliaria Yuscaran
Sociedad Anónima. Expediente N° 16-002113-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 16 de junio del 2016.—Licda. Marcela
Brenes Piedra, Jueza.—( IN2016045501 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada (350-15575-01-0900-001),
(350-15575-01-0901-001), (366-11900-01-0900-001), (366-11900-01-0901-001),
(366-11900-01-0902-001), hipoteca primer grado (556-03105-01-0002-001); a las
nueve horas y quince minutos del diecinueve de setiembre del dos mil dieciséis,
y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
quinientos quince mil cuatrocientos ochenta y dos cero cero
cero, la cual es terreno lote 01 bloque B para
construir comercial. Situada: en el distrito Ipis,
cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle
pública a Ipis; al sur, Asesoramiento e Inversiones Gotasi S. A.; al este, INVU, y al oeste, calle 1 en medio
lote 04 bloque A. Mide: ciento cincuenta y cuatro metros con setenta decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y quince minutos
del cuatro de octubre del dos mil dieciséis, con la base de tres millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y quince minutos
del diecinueve de octubre del dos mil dieciséis, con la base de un millón doscientos
cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de El Buda de
Piedra S. A. contra Max Alberto Fernández Blanco. Expediente N°
15-033496-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 10 de febrero del 2016.—Lic.
Raúl Buendía Ureña, Juez.—( IN2016045532 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las ocho horas y
cero minutos del veintiséis de agosto del año dos mil dieciséis, y con la base
de trece mil novecientos veinticinco dólares con sesenta y dos centavos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BDC344, marca
Toyota, estilo Yaris, categoría automóvil, capacidad
5 personas, año 2013, color blanco, vin
JTDBT923001425983, cilindrada 1496 cc, combustible gasolina, motor Nº
1NZE185752. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del
doce de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de diez mil
cuatrocientos cuarenta y cuatro dólares con veintidós centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
cero minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil dieciséis con la base
de tres mil cuatrocientos ochenta y un dólares con cuarenta y un centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofácil de Costa Rica S.A. contra Geancarlo
Calderón Montero, Jeffrey Esteban Calderón Prado. Exp.
N° 16-002209-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia
Cobro), 6 de junio del 2016.—Licda. Alejandra Ortega Padilla, Juez.—( IN2016045561 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y
anotaciones, pero soportando infracciones/colisiones boleta: N° 2015312900642,
sumaria: N° 16-000476-0489-TR e infracciones/colisiones boleta: N°
2015316600731, sumaria: N° 16-000290-0489-TR; a las quince horas y cero minutos
del veintinueve de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de veinte mil
setecientos noventa y nueve dólares con cincuenta y dos centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número BHZ-604, marca de
servicios Renault, estilo Logan, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año
2016, color azul, vin VF14SREB4GA870834, cilindrada
1600 c.c., combustible gasolina, motor Nº K7MA812UB38358. Para el segundo
remate, se señalan las quince horas y cero minutos del trece de setiembre del
dos mil dieciséis, con la base de quince mil quinientos noventa y nueve dólares
con sesenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para
la tercera subasta, se señalan las quince horas y cero minutos del veintinueve
de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de cinco mil ciento noventa y
nueve dólares con ochenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofácil
de Costa Rica S. A. contra María Elena Chinchilla Juárez, Marvin Eduardo
Guevara Carrera. Expediente N° 16-002208-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 06 de junio del 2016.—Licda. Alejandra Ortega
Padilla, Jueza.—( IN2016045563 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y
anotaciones; a las catorce horas y cero minutos del veintiséis de agosto del
año dos mil dieciséis, y con la base de siete mil ochocientos veintiún dólares
con noventa y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo: Placas número 665245, marca Renault, estilo Megane,
categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2007, color gris, vin VF1LM050E36616068, cilindrada 1998 cc, combustible
gasolina, motor Nº C073049. Para el segundo remate se señalan las catorce horas
y cero minutos del doce de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de
cinco mil ochocientos sesenta y seis dólares con cuarenta y seis centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y cero minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil
dieciséis con la base de mil novecientos cincuenta y cinco dólares con cuarenta
y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Carrofácil de Costa Rica S. A.
contra Néstor Andrés Molina Góchez. Exp. N° 16-002210-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 6 de julio del 2016.—Licda. Alejandra Ortega
Padilla, Jueza.—( IN2016045564 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las nueve horas
y cero minutos del veintiséis de agosto del año dos mil dieciséis, y con la
base de diez mil ochocientos setenta y tres dólares con ochenta y un centavos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas N° 705615, marca
Peugeot, estilo Berlina 206 X Desingn, categoría
automóvil, capacidad 5 personas, año 2008, color gris, vin
8AD2AKFWU7G069003, cilindrada 1361 cc, combustible gasolina, motor Nº
10DBS10029951. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos
del doce de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de ocho mil ciento
cincuenta y cinco dólares con treinta y seis centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cero minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil dieciséis con la base
de dos mil setecientos dieciocho dólares con cuarenta y cinco centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofácil de Costa Rica S. A. contra Lisímaco
Ortiz Ugarte. Exp. N° 16-002211-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 22 de junio del
2016.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2016045565 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a
las catorce horas y treinta minutos (dos y treinta de la tarde) del trece de
setiembre del dos mil dieciséis, y con la base de catorce mil setecientos
veintinueve dólares con noventa y cuatro centavos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: vehículo: placas número EE024162, marca Caterpillar, estilo Retroexcav, categoría equipo especial genérico, capacidad 1
personas, año 2004, color amarillo, vin
CAT0416DVBFP06734, cilindrada 4000 c.c cc,
combustible diésel, motor Nº 7SG04761, Para el segundo remate, se señalan las
catorce horas y treinta minutos (dos y treinta de la tarde) del veintinueve de
setiembre del dos mil dieciséis, con la base de once mil cuarenta y siete
dólares con cuarenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento),
y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y treinta minutos (dos
y treinta de la tarde) del catorce de octubre del dos mil dieciséis, con la
base de tres mil seiscientos ochenta y dos dólares con cuarenta y ocho centavos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Maquinaria y Tractores Limitada contra Carlos Eduardo Solís
Chaves. Expediente N° 09-005848-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 15 de
junio del 2016.—Licda. Audrey Abarca Quirós, Jueza.—(
IN2016045579 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios;
a las ocho horas y treinta minutos del treinta de agosto de dos mil dieciséis,
y con la base de cuatro millones trescientos mil colones exactos , en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número ochenta y tres mil novecientos setenta y siete cero cero
cero la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito 01 Filadelfia, cantón 05 Carillo, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, Miriam Carballo Espinoza; al sur, Juana Carballo
Espinoza; al este, Cecilia Sandoval Sandoval, y al
oeste, servidumbre de paso con 10.02 mts. Mide:
Ciento ochenta y cinco metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del catorce de
setiembre de dos mil dieciséis, con la base de tres millones doscientos
veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta de
setiembre de dos mil dieciséis con la base de un millón setenta y cinco mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra José
Ariel Carballo Dávila, Mercedes Dávila García. Exp.
N° 15-002404-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Puntarenas, 7 de diciembre del 2015.—Licda. Marcela Arce Matarrita, Jueza.—( IN2016045580
).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
citas 0215-00001078-01-0901-001, reservas ley aguas citas
0317-00014664-01-0010-001, reservas ley caminos citas
0317-010014664-01-0011-001, servidumbre sirviente citas
0388-00017228-01-0002-001; a las 13:45 horas del 09/08/16, y con la base de
diez millones ochocientos cuarenta y siete mil seiscientos cincuenta colones
con doce céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en
el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula N° 1-435050-000, la cual es terreno de Agricultura.
Situada: en el distrito 05 Picagres, cantón 07 Mora,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Huberth Chacón Ramírez; al este, Elodia Ramírez, y al
oeste, Denny Chacón Ramírez. Mide: mil cuatrocientos
veintitrés metros con veintiún decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se
señalan las 13:45 horas del 25/08/16, con la base de ocho millones ciento
treinta y cinco mil setecientos treinta y siete colones con cincuenta y nueve
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las 13:45 horas del 12/09/16 con la base de dos millones setecientos
once mil novecientos doce colones con cincuenta y tres céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Cooperativa Nacional de Educadores R. L. contra Ronald Vargas Chacón.
Expediente N° 15-024160-1338-CJ.—Juzgado Tercero
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de enero del
2016.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—(
IN2016045583 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta
minutos del cinco de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de diecisiete
millones sesenta y un mil seiscientos tres colones con quince céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas HB-3226, placas HB-3226,
marca Toyota, estilo Hiace, categoría microbús,
capacidad 16 personas, año 2013, tracción 4x2, serie,/chasis/vin JTFSK22P300018363, color plateado, motor N° 5L6204380,
2986 c.c., diesel. Para el segundo remate se señalan
las trece horas y treinta minutos del veintitrés de agosto de dos mil
dieciséis, con la base de doce millones setecientos noventa y seis mil doscientos
dos colones con treinta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del
siete de setiembre de dos mil dieciséis con la base de cuatro millones
doscientos sesenta y cinco mil cuatrocientos colones con setenta y nueve
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Cooperativa Nacional de
Educadores R. L. contra Mauren Patricia Solano
Contreras. Exp. N° 14-018378-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 9 de junio del 2016.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—( IN2016045585 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios;
pero soportando reservas y restricciones citas 0392-00012558-01-0901-001 y
servidumbre de paso citas 2011-00342800-01-0008-001; a las 10:15 horas del
25/08/16, y con la base de siete millones ochocientos setenta y siete mil
seiscientos treinta y siete colones con veintitrés céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, Matrícula N°
5-00197351-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 San
Antonio, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
servidumbre de paso 6.00 m de ancho; al sur, Don Tanis
S. A; al este, Don Tanis S. A., y al oeste, calle
pública con un frente a ella de 14.40 m. Mide: Cuatrocientos cuarenta y tres
metros con veinte decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
10:15 horas del 12/09/16, con la base de cinco millones novecientos ocho mil
doscientos veintisiete colones con noventa y dos céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las 10:15 horas
del 28/09/16 con la base de un millón novecientos sesenta y nueve mil
cuatrocientos nueve colones con treinta céntimos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de
Educadores R. L. contra Carlos Manuel Matarrita Piñar. Exp. N° 15-042695-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 15 de marzo del 2016.—Licda. Paula Morales González,
Jueza.—( IN2016045587 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero
minutos del diez de agosto del dos mil dieciséis 2:00 p.m. 10/08/2016, y con la
base de cinco mil seiscientos ochenta y tres dólares con cincuenta y ocho
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas:
MOT-342.166, marca: Ducati, categoría: motocicleta, vin: ZDMM500AACB060572, año: 2013, color: negro,
cilindrada: 700 c.c. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y
cero minutos del veintiséis de agosto del dos mil dieciséis 2:00 p.m.
26/08/2016, con la base de cuatro mil doscientos sesenta y dos dólares con
sesenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la
tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del doce de
setiembre del dos mil dieciséis 2:00 p.m. 12/09/2016 con la base de mil
cuatrocientos veinte dólares con ochenta y nueve centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de
efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda
diferente a la indicada en el presente edicto, se consigna que el tipo de
cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda,
según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda Costa Rica S. A. contra Evelyn
Peñaranda Gutiérrez. Expediente N° 16-000804-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 09 de junio del 2016.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—(
IN2016045597 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas cuarenta y
cinco minutos del veinticinco de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de
veinte mil ciento sesenta y siete dólares con ochenta y ocho centavos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa 585417, marca B.M.W, estilo
X5, categoría automóvil, carrocería familiar, tracción 4X4, chasis WBAFB710X5LW40666,
capacidad 5 personas ,año 2005, color beige, cilindrada 2993 c.c., combustible diesel Para el segundo remate se señalan las diez horas
cuarenta y cinco minutos del nueve de setiembre de dos mil dieciséis, con la
base de quince mil ciento veinticinco dólares con noventa y un centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de setiembre de dos mil
dieciséis con la base de cinco mil cuarenta y un dólares con noventa y siete
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código
de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Banco HSBC de Costa Rica S. A. contra Jeffrey Alan Pearson. Exp.
N° 11-004254-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de junio del 2016.—Licda.
Peggy Corrales Chaves, Jueza.—(
IN2016045600 ).
A las quince horas y cero
minutos del ocho de agosto del dos mil dieciséis, en la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes prendarios, y con la base de un millón
trescientos cincuenta mil colones exactos (rebajado un 25%), en el mejor
postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas: 243861, marca: Nissan, estilo: Sentra Súper SA, categoría: automóvil, capacidad: 5
personas, año: 1996, chasis: 3N1BEAB13T001268, motor número: GA16750106R. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco de Costa Rica
contra María del Rosario Segura Valverde, Vicente Segura Valverde, Warner Mora
Soto. Expediente Nº 05-003195-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos
Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, actualmente Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 11 de
julio del 2016.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo,
Jueza.—( IN2016045608 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las trece horas y cuarenta y
cinco minutos del veintinueve de setiembre del dos mil dieciséis, y con la base
de quince millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 131705-000 cero cero cero, la cual es terreno.
Situada: en el distrito Río Azul, cantón La Unión, de la provincia de Cartago.
Colinda: al norte, calle pública con 10.00 metros; al sur, Teresa Arley Calderón; al este, lote 22, y al oeste, Carlos Chacón
Jinesta. Mide: ciento veinticinco metros con treinta
y decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y
cuarenta y cinco minutos del cinco de octubre del dos mil dieciséis, con la
base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas
y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis,
con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de María
Cecilia Guerrero Carvajal contra Carlos Jiménez Astúa.
Expediente Nº 15-015188-1338-CJ.—Juzgado Tercero
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de
abril del 2016.—Licda. Yesenia Solano Molina, Jueza.—Exonerado.—(
IN2016045619 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las diez horas y cuarenta y
cinco minutos del doce de setiembre del dos mil dieciséis, y con la base de
catorce mil cuatrocientos treinta y cinco dólares con noventa y cuatro
centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placa: 698018,
marca: Toyota, categoría: automóvil, estilo: RAV 4, capacidad: 5 personas, vin: JTMZD31V705072632, año de fabricación: 2008, color:
verde, cilindrada: 2362 C.C. Para el segundo remate, se señalan las diez horas
y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de setiembre del dos mil dieciséis,
con la base de diez mil ochocientos veintiséis dólares con noventa y cinco
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del trece de octubre del dos
mil dieciséis, con la base de tres mil seiscientos ocho dólares con noventa y
ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de MB Créditos S. A. contra Kinkar
Chandra Paria Paria.
Expediente Nº 16-000877-1044-CJ.—Juzgado Primero
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de
junio del 2016.—Licda. Yessenia Brenes González,
Jueza.—( IN2016045662 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y treinta minutos del treinta de
agosto del dos mil dieciséis, y con la base de quince millones setecientos mil
colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula Nº 516.815-000, la cual es terreno para construir.
Situada: en el distrito 07 La Fortuna, cantón 10 San Carlos, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; sur, Fermín Andrés Ramírez Cruz;
este, Fermín Andrés Ramírez Cruz; oeste, calle pública. Mide: doscientos
sesenta y siete metros cuadrados. Plano: A-1700171-2013. Para el segundo
remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del catorce de setiembre
del dos mil dieciséis, con la base de once millones setecientos setenta y cinco
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las catorce horas y treinta minutos del treinta de
setiembre del dos mil dieciséis, con la base de tres millones novecientos
veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa
Rica contra Marcos Ocampo Wilford. Expediente Nº
16-000838-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 15 de junio del
2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016045664 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las catorce horas y treinta
minutos del diecisiete de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de tres
millones cuatrocientos ochenta y cinco mil ochocientos noventa y cinco colones
exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas Nº 343984,
marca: Isuzu, estilo: Trooper, categoría: automóvil,
tracción: 4x4, año: 1999, color: dorado, cilindrada: 3500 CC, combustible:
gasolina, motor Nº: 695297. Para el segundo remate, se señalan las catorce
horas y treinta minutos del cinco de setiembre del dos mil dieciséis, con la
base de dos millones seiscientos catorce mil cuatrocientos veintiún colones con
veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintidós de
setiembre del dos mil dieciséis, con la base de ochocientos setenta y un mil
cuatrocientos setenta y tres colones con setenta y cinco céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Auto Finanzas S. A. contra Luis Eduardo
Rodríguez Córdoba. Expediente Nº 14-021285-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 06
de junio del 2016.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(
IN2016045665 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
sirviente citas: 339-19775-01-00001-001, a las diez horas y cero minutos del
treinta de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de quince millones de
colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número seiscientos diecinueve mil novecientos cuatro
cero cero cero, la cual es
terreno para construir. Situada: en el distrito 3-Daniel Flores, cantón
19-Pérez, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al
sur, Randall Martínez Calvo; al este, ICE, y al oeste, Randall Martínez Calvo.
Mide: mil metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y
cero minutos del catorce de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de
once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y
cero minutos del treinta de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de
tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mirta
Nohelia Esquivel Zúñiga contra Randall Josué Martínez
Calvo. Expediente Nº 15-003937-1200-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 26 de mayo del 2016.—Licda. Alejandra Ortega
Padilla, Jueza.—( IN2016045668 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y treinta
minutos del diecinueve de octubre del dos mil dieciséis, y con la base de
veintinueve millones trescientos sesenta mil colones exactos, en el mejor
postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido
de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número trescientos noventa y ocho mil ciento treinta y cuatro cero cero uno, cero cero dos, la cual
es terreno de zonas verdes con una casa de habitación. Situada: en el distrito
01 Naranjo, cantón Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
servidumbre de paso de 6 metros y Óscar Ulate Arley; al sur, Vicente Matamoros Ulate;
al este, Óscar Ulate Arley,
y al oeste, María Torres Matamoros. Mide: tres mil seiscientos ochenta metros
con setenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las
ocho horas y treinta minutos del tres de noviembre del dos mil dieciséis, con la
base de veintidós millones veinte mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y
treinta minutos del dieciocho de noviembre del dos mil dieciséis, con la base
de siete millones trescientos cuarenta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Karla Vanessa Torres Ulate, Pablo David Barrientos Castro. Expediente Nº
16-000283-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Cobro), 07 de
julio del 2016.—Lic. Esteban Herrera Vargas, Juez.—(
IN2016045686 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de
Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 311-11002-01-0071-001, a las diez
horas y cero minutos del dieciséis de agosto del dos mil dieciséis, y con la
base de diecinueve millones doscientos setenta y cuatro mil trescientos
cuarenta y siete colones con once céntimos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento
ochenta y nueve mil quinientos setenta y tres cero cero
cero, la cual es terreno para construir. Situada: en
el distrito 1-Buenos Aires, cantón 3-Buenos Aires, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, José Villanueva Bermúdez; al sur, calle pública;
al este, calle pública, y al oeste, José Villanueva Bermúdez. Mide: quinientos
cincuenta metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y
cero minutos del treinta y uno de agosto del dos mil dieciséis, con la base de
catorce millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil setecientos sesenta
colones con treinta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y
para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis
de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones ochocientos
dieciocho mil quinientos ochenta y seis colones con setenta y ocho céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Gregorio Gerardo Villanueva Valderramos. Expediente Nº 16-000946-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 06 de julio del
2016.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—(
IN2016045689 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las quince horas y treinta
minutos del tres de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de treinta
millones quinientos sesenta y un mil trescientos ochenta colones con veintiún
céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula Nº 223726-000, la cual es terreno de construir una casa. Situada:
en el distrito San Jerónimo, cantón Moravia, de la provincia de San José.
Colinda: al noreste, María Soto Soto; al noroeste,
Roberto Quirós Chaves; al sureste, Guillermo Barboza Ureña, y al suroeste,
calle pública con 9.05 metros. Mide: cuatrocientos cuarenta y siete mts con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Para el
segundo remate, se señalan las quince horas y treinta minutos del diecinueve de
agosto del dos mil dieciséis, con la base de veintidós millones novecientos
veintiún mil treinta y cinco colones con quince céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas
y treinta minutos del cinco de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de
siete millones seiscientos cuarenta mil trescientos cuarenta y cinco colones
con cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Jessica Montero Mata. Expediente Nº 16-012834-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, 23 de junio del 2016.—Licda. María Gabriela Solano
Molina, Jueza.—( IN2016045726 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbres
trasladadas anotadas bajo las citas: 233-9000-01-0002-001;
316-10014-01-0902-001; 407-15268-01-0900-001; 407-15268-01-0901-001 y
430-4333-01-0006-001, y servidumbres de paso anotadas bajo las citas:
448-2668-01-0002-001; 538-9224-01-0005-001; 538-9224-01-0007-001;
538-9224-02-0007-001; 538-9224-02-0009-001; 538-9224-03-0007-001;
538-09224-03-0009-001; 539-2155-01-0004-001; 539-2155-01-0007-001;
544-1430-01-0002-001; 544-1430-01-0002-001; 544-1430-02-0004-001 y
544-1430-02-0004-001, a las nueve horas del siete de setiembre del dos mil
dieciséis, y con la base de treinta millones de colones exactos, en el mejor
postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido
de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº
198063-000, la cual es terreno de café. Situada: en el distrito 09 Santa Rosa,
cantón 05 Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Leonardo
Salas López, José Pablo Salas López; al sur, servidumbre agrícola de 7,00
metros de ancho en medio de la finca madre; al este, servidumbre agrícola en
medio de Iria Sánchez Vega y José Alberto Méndez
Elizondo, y al oeste, servidumbre agrícola de 7,00 metros de ancho en medio de
la finca madre. Mide: cinco mil metros con cero decímetros cuadrados. Para el
segundo remate, se señalan las nueve horas del veintitrés de setiembre del dos
mil dieciséis, con la base de veintidós millones quinientos mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las nueve horas del diez de octubre del dos mil dieciséis, con la base de siete
millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Mundipapel Z Y L S. A.,
Reinaldo Zamora Vindas. Expediente Nº
15-026872-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 06 de
julio del 2016.—Lic. Gustavo Irias Obando, Juez.—( IN2016045727 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las once horas y cero
minutos del cinco de setiembre del dos mil dieciséis, y con la base de siete
mil seiscientos setenta y tres con treinta y ocho unidades de desarrollo, en el
mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula Nº 517827-000, la cual es terreno para construir bloque C lote 34 en
proyecto de construcción de casa de habitación. Situada: en el distrito 02 San
Miguel, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al
noreste, calle pública; al noroeste, lote C.35; al sureste, lote C-33, y al
suroeste, I.N.V.U. Mide: ciento veintiún metros con ochenta y cinco decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las once horas y cero minutos del
veintiuno de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de cinco mil
setecientos cincuenta y cinco con cuatro unidades de desarrollo (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y
cero minutos del seis de octubre del dos mil dieciséis, con la base de mil
novecientos dieciocho con treinta y cinco unidades de desarrollo (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Javier
Tenorio Vargas, Jonathan Bernal Tenorio Vargas. Expediente Nº
16-013585-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 04 de
julio del 2016.—Lic. Carlos Alonso Cascante Calvo, Juez.—(
IN2016045729 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; en el mejor postor remataré lo
siguiente: 1) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil
dieciséis y con la base de ciento cincuenta y un mil ochocientos seis dólares
con sesenta y un centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
00061324-F000, la cual es terreno edificio lago B dos finca filial numero
ciento setenta ubicada en el nivel uno destinada a uso residencial en proceso
de construcción. Situada en el distrito 04 Uruca,
cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común
de zona verde; al sur, área común de pasillo, al este, área común de pasillo y
al oeste, finca filial ciento sesenta y nueve. Mide ciento cincuenta y un
metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil
dieciséis, con la base de ciento trece mil ochocientos cincuenta y cuatro
dólares con noventa y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y
para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de
setiembre del dos mil dieciséis, con la base de treinta y siete mil novecientos
cincuenta y un dólares con sesenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento
de la base inicial); 2) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto
del dos mil dieciséis y con la base de ocho mil cuatrocientos setenta dólares
exactos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00061554-F 000 la
cual es terreno finca filial numero trescientos ochenta y ocho ubicada en el
nivel uno destinada a estacionamiento en proceso de construcción. Situada en el
distrito 04 Uruca cantón 09 Santa Ana, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial trescientos ochenta y
siete, al sur, finca filial trescientos ochenta y nueve, al este, área común de
calle y al oeste, línea de previsión vial. Mide: diecisiete metros con sesenta
y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho: horas
y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de
seis mil trescientos cincuenta y tres dólares con tres centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dos
mil ciento diecisiete dólares con sesenta y siete centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial); 3) A las ocho horas y treinta minutos del uno de
agosto del dos mil dieciséis y con la base de seis mil ochocientos cinco
dólares con once centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
00061521-F 000 la cual es terreno finca filial numero trescientos cincuenta y
cinco ubicada en el nivel uno destinada a estacionamiento en proceso de
construcción. Situada en el distrito 04 Uruca, cantón
09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común de
zona verde, al sur, área común de calle, al este, finca filial trescientos
ochenta y cuatro y al oeste, estacionamiento de visitas numero dieciocho. Mide:
catorce metros con diecisiete decímetros cuadrados. Para la segunda subasta se
señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil
dieciséis, con la base de cinco mil ciento tres dólares con ochenta y cuatro
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil
dieciséis, con la base de mil setecientos un dólar con veintisiete centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial); 4) A las ocho horas y treinta
minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de ciento ochenta
y siete mil setecientos cuarenta y dos dólares con cuarenta y seis centavos,
finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00061462-F 000 la
cual es terreno edificio de parque a tres finca filial numero trescientos ocho
ubicada en el nivel dos y tres destinada a uso residencial en proceso de
construcción. Situada en el distrito 04 Uruca, cantón
09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte; área común de
pared al sur; área común de pasillo este, finca filial trescientos nueve y
finca filial trescientos dieciséis y al oeste; área común de pasillo. Mide:
ciento dieciocho metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para la
segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de
agosto del dos mil dieciséis, con la base de ciento cuarenta mil ochocientos
seis dólares con ochenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos
del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de cuarenta y seis mil
novecientos treinta y cinco dólares con sesenta y un centavo (un veinticinco
por ciento de la base inicial); 5) A las ocho horas y treinta minutos del uno
de agosto del dos mil dieciséis y con la base de ocho mil setecientos veintidós
dólares con tres centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
00061904-F 000 la cual es terreno finca filial setecientos treinta y ocho el
nivel uno destinada a estacionamiento en proceso de construcción. Situada en el
distrito 04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la
provincia de San José. Colinda: al norte; área común de zona verde, al sur,
finca filial ochocientos treinta y ocho, al este, finca filial ochocientos
veintidós y al oeste, área común de calle. Mide: dieciocho metros con cuarenta
y un decímetros cuadrados .para la segunda subasta se señalan las ocho horas y
treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de
seis mil quinientos cuarenta y un dólares con cincuenta y tres centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis,
con la base de dos mil ciento ochenta dólares con cincuenta centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial); 6) A las ocho horas y treinta
minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de seis mil
setecientos setenta y tres dólares con noventa y un centavos, finca inscrita en
el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número 00061956-F 000 la cual es terreno finca filial
ochocientos dos ubicada en el nivel uno destinada a estacionamiento en proceso
de construcción. Situada en el distrito 04 Uruca,
cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca
filial ochocientos tres, al sur, finca filial ochocientos uno, al este, La
Aurora Mia S. A. y al oeste, área común de calle. Mide: catorce metros con
treinta decímetros cuadrados, para la segunda subasta se señalan las ocho horas
y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de
cinco mil ochenta dólares con cuarenta y cuatro centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de mil
seiscientos noventa y tres dólares con cuarenta y siete centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial); 7) A las ocho horas y treinta
minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de doscientos
cinco mil ciento treinta dólares con veinte centavos, finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número 00061477-F 000 la cual es terreno edificio parque
a tres finca filial numero trescientos veintitrés ubicada en el nivel tres y Mezzaninne destinada a uso residencial en proceso de
construcción. Situada en el distrito 04 Uruca, cantón
09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común de
pasillo y área común de pared, al sur, área común de pared, al este, finca
filial trescientos veintidós y al oeste, finca filial trescientos veinticuatro.
Mide: ciento treinta y cuatro metros con cincuenta y un decímetros cuadrados.
Para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del
dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de ciento cincuenta y
tres mil ochocientos cuarenta y siete dólares con sesenta y cinco centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis,
con la base de cincuenta y un mil doscientos ochenta y dos dólares con
cincuenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial; 8) A
las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con
la base de seis mil novecientos catorce dólares con veinticuatro centavos,
finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00061950-F 000, la
cual es terreno finca filial setecientos noventa y seis ubicada en el nivel uno
destinada a estacionamiento en proceso de construcción, situada en el distrito
04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, finca filial setecientos noventa y siete, al sur,
finca filial setecientos noventa y cinco, al este, finca filial novecientos
tres y al oeste, área común de calle. Mide: catorce metros con treinta
decímetros cuadrados. Para la segunda subasta se señalan las ocho horas y
treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de
cinco mil ciento ochenta y cinco dólares con sesenta y ocho centavos (rebajada
en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las ocho
horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base
de mil setecientos veintiocho dólares con cincuenta y seis dólares; (un
veinticinco por ciento de la base inicial); 9) A las ocho horas y treinta
minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de ocho mil
ochocientos setenta y nueve dólares con veinticuatro centavos finca inscrita en
el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número 00061963-F 000, la cual es terreno finca filial
ochocientos nueve ubicada en el nivel uno destinada a estacionamiento en proceso
de construcción. Situada en el distrito 04 Uruca,
cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte; finca
filial ochocientos diez, al sur, finca filial ochocientos ocho, al este, área
común de calle y al oeste, finca filial ochocientos veintiséis. Mide: dieciocho
metros con treinta y seis decímetros cuadrados; para la segunda subasta se
señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil
dieciséis, con la base de seis mil seiscientos cincuenta y nueve dólares con
cuarenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de
setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dos mil doscientos diecinueve
dólares con ochenta y un centavos; 10) A las ocho horas y treinta minutos del
uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de ochenta y nueve mil
doscientos ochenta y seis dólares con cuarenta y tres centavos, finca inscrita
en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de folio real, matrícula número 00061206-F 000 la cual es terreno
Edificio Lago a dos finca filial numero cincuenta y dos ubicada en el nivel dos
destinada a uso residencial en proceso de construcción, situada en el distrito 04
Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, área común de pasillo; al sur, área común de pared; al
este, área común de pared y al oeste, finca filial cincuenta y tres. Mide:
Sesenta metros con noventa y dos decímetros cuadrados; para la segunda subasta
se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil
dieciséis, con la base de sesenta y seis mil novecientos sesenta y cuatro con
ochenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de
setiembre del dos mil dieciséis, con la base de veintidós mil trescientos
veintiún dólares con sesenta y un centavos; 11) A las ocho horas y treinta
minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de diez mil
trescientos setenta y dos dólares con treinta y siete centavos finca inscrita
en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de folio real, matrícula número 00061643-F 000 la cual es terreno finca
filial numero cuatrocientos setenta y siete ubicada en el nivel uno destinada a
estacionamiento en proceso de construcción. Situada en el distrito 04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, finca filial cuatrocientos setenta y seis; al sur, finca
filial cuatrocientos setenta y ocho; al este, área común de calle y al oeste,
Fernando Delgado Delgado. Mide: veintiún metros con
setenta y tres decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho
horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la
base de siete mil setecientos setenta y nueve dólares con veintiocho centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis,
con la base de dos mil quinientos noventa y tres dólares con nueve centavos;
12): A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis
y con la base de seis mil ochocientos veintidós dólares con catorce centavos,
finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00061697-F 000, la
cual es terreno finca filial numero quinientos treinta y uno ubicada en el
nivel uno destinada a estacionamiento en proceso de construcción. Situada en el
distrito 04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial quinientos treinta al
sur; finca filial quinientos treinta y dos; al este, área común de calle y al
oeste, área común de zona verde. Mide: catorce metros con treinta decímetros
cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos
del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de cinco mil ciento
dieciséis dólares con sesenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos
del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de mil setecientos
cinco dólares con cincuenta y cuatro centavos; 13) A las ocho horas y treinta
minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de trece mil
ochocientos treinta y tres dólares con cuarenta centavos, finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número 00048844-F 000 la cual es terreno dos finca filial
cuatrocientos noventa y dos destinada a estacionamiento en proceso de
construcción ubicada en el primero nivel. Situada en el distrito 04 Santa Ana,
cantón 09 Uruca, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, área común libre de zona verde, al sur, área común libre de
calle, al este, finca filial cuatrocientos noventa y uno y al oeste, finca
filial cuatrocientos noventa y tres. Mide: treinta metros con veinticinco
decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y
treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de
diez mil trescientos setenta y cinco dólares con cinco centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de tres
mil cuatrocientos cincuenta y ocho dólares con treinta y cinco centavos; 14) A
las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con
la base de ciento once mil cuatrocientos dieciséis dólares con treinta y cinco
centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00048722-F 000,
la cual es terreno edificio e finca filial trescientos setenta destinada a uso
residencial en proceso de construcción ubicada en el tercer nivel. Situada en
el distrito 04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la
provincia de San José. Colinda: al norte; filial trescientos sesenta y ocho, al
sur, área común construida de elevador, escalera y pasillo; al este, área común
construida de pasillo y al oeste, vacío. Mide: noventa y cinco metros con
setenta decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas
y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de
ochenta y tres mil quinientos sesenta y dos dólares con veintiséis centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis,
con la base de veintisiete mil ochocientos cincuenta y cuatro dólares con nueve
centavos; 15) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil
dieciséis y con la base de dos mil setecientos sesenta y tres dólares con
ochenta y cinco centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
00048812-F 000, la cual es terreno finca filial cuatrocientos sesenta destinada
a bodega en proceso de construcción ubicada en el sótano. Situada en el
distrito 01 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, filial cuatrocientos cincuenta y nueve; al sur, filial
cuatrocientos sesenta y uno; al este, área común construida de pasillo y al
oeste, filial cuatrocientos treinta y dos. Mide: seis metros con seis
decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y
treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de
dos mil setenta y dos dólares con ochenta y nueve centavos (rebajada: en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de
seiscientos noventa dólares con noventa y seis centavos; 16) A las ocho horas y
treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de
ochenta y dos mil seiscientos noventa y siete dólares con ochenta y dos
centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00048710-F 000,
la cual es terreno edificio e finca filial trescientos cincuenta y ocho
destinada a uso residencial en proceso de construcción ubicada en el segundo
nivel. Situada en el distrito 01 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, filial trescientos cincuenta y siete;
al sur, vació, al este, filial trescientos sesenta, al noroeste filial
trescientos cincuenta y siete y al suroeste, área común construida de ducto y
vacío. Mide: setenta metros con veintiocho decímetros cuadrados; para la
segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de
agosto del dos mil dieciséis, con la base de sesenta y dos mil veintitrés
dólares con treinta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de
setiembre del dos mil dieciséis, con la base de veinte mil seiscientos setenta
y cuatro dólares con cuarenta y seis centavos; 17) A las ocho horas y treinta
minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de trece mil
ochocientos treinta y tres dólares con cuarenta centavos, finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número 00048842-F 000 la cual es terreno finca filial
cuatrocientos noventa destinada a estacionamiento en proceso de construcción
ubicada en el primer nivel. Situada en el distrito 01 Santa Ana, cantón 09
Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común libre de
zona verde; al sur, área común libre de calle; al este, finca filial
cuatrocientos ochenta y nueve y al oeste, filial cuatrocientos noventa y uno.
Mide: treinta metros con veinticinco decímetros cuadrados; para: la segunda
subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del
dos mil dieciséis, con la base de diez mil trescientos setenta y cinco dólares
con cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del
dos mil dieciséis, con la base de tres mil cuatrocientos cincuenta y ocho dólares
con treinta y cinco centavos; 18) A las ocho horas y treinta minutos del uno de
agosto del dos mil dieciséis y con la base de dos mil quinientos cincuenta y
dos dólares con treinta y tres centavos, finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número 00048796-F 000, la cual es terreno finca filial cuatrocientos
cuarenta y cuatro destinada a bodega en proceso de construcción ubicada en el
sótano. Situada en el distrito 01 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana, de la
provincia San José. Colinda: al norte, filial cuatrocientos cuarenta y tres; al
sur, filial cuatrocientos cuarenta y cinco; al este, área común construida de
pasillo y al oeste, área común construida de pasillo. Mide: Cinco metros con
cincuenta y nueve decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las
ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con
la base de mil novecientos catorce dólares con veinticinco centavos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho
horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base
de seiscientos treinta y ocho dólares con ocho centavos; 19) A las ocho horas y
treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de
doscientos cuatro mil novecientos cincuenta y nueve dólares con catorce
centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00061429-F 000,
la cual es terreno edificio parque a uno finca filial numero doscientos setenta
y cinco ubicados en el nivel tres y Mezzaninne
destinada a uso residencial en proceso de construcción. Situada en el distrito
04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, área común de pasillo y área común de pared; al sur,
área común de pared; al este, finca filial doscientos setenta y cuatro y al
oeste, finca filial doscientos setenta y seis. Mide: ciento treinta y cuatro con
cincuenta y un decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las
ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con
la base de ciento cincuenta y tres mil setecientos diecinueve dólares con
treinta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de
setiembre del dos mil dieciséis, con la base de cincuenta y un mil doscientos
treinta y nueve dólares con setenta y nueve centavos; 20) A las ocho horas y
treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de ocho
mil ochocientos setenta y nueve dólares con veinticuatro centavos, finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número 00061991-F 000, la cual es
terreno finca filial ochocientos treinta y siete ubicada en el nivel uno
destinada a estacionamiento en proceso de construcción. Situada en el distrito
04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, finca filial ochocientos treinta y ocho; al sur, finca
filial ochocientos treinta y seis; al este, finca filial ochocientos veinte y
al oeste, área común de calle. Mide: dieciocho metros con treinta y seis decímetros
cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos
del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de seis mil
seiscientos cincuenta y nueve dólares con cuarenta y tres centavos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas
y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de
dos mil doscientos diecinueve dólares con ochenta y un centavos; 21) A las ocho
horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base
de siete mil ochenta y cinco dólares con veintinueve centavos, finca inscrita
en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de folio real, matrícula número 00061914-F 000, la cual es terreno
finca filial setecientos cuarenta y ocho ubicada en el nivel uno destinada a
estacionamiento en proceso de construcción.: situada en el distrito 04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, finca filial setecientos sesenta y tres; al sur, área común
de calle; al este, finca filial setecientos cuarenta y siete y al oeste, finca
filial setecientos cuarenta y nueve. Mide: catorce metros sesenta y cinco
decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y
treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de
cinco mil trescientos trece dólares con noventa y siete centavos (rebajada en
un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las ocho horas
y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de
mil setecientos setenta y un dólares con treinta y dos centavos; 22) A las ocho
horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base
de doscientos treinta y dos mil doscientos dieciocho dólares con cincuenta y
siete centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
00061471-F 000, la cual es terreno edificio parque a tres finca filial numero
trescientos diecisiete ubicada en el nivel tres y Mezaninne
destinada a uso residencial en proceso de construcción. Situada en el distrito
04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, finca filial trescientos diez y área común de pared;
al sur, área común de pared y área común de gradas; al este, área común de
pared y al oeste, finca filial trescientos dieciocho y área común de pasillo.
Mide: ciento sesenta metros con cincuenta y un decímetros cuadrados; para la segunda
subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del
dos mil dieciséis, con la base de ciento setenta y cuatro mil ciento sesenta
dólares con noventa y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y
para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de
setiembre del dos mil dieciséis, con la base de cincuenta y ocho mil cincuenta
y cuatro dólares con sesenta y cuatro dólares; 23) A las ocho horas y treinta
minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de ocho mil
ochocientos setenta y nueve dólares documento firma doc
doigintalm venete ipnor:ticuatro centavos, finca inscrita en el Registro
Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio
real, matrícula número 00061974-F 000, la cual es terreno finca filial
ochocientos veinte ubicada en el nivel uno destinada a estacionamiento en
proceso de construcción. Situada en el distrito 04 Uruca,
cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca
filial ochocientos veintiuno; al sur, finca filial ochocientos diecinueve; al
este, área común de calle y al oeste, finca filial ochocientos treinta y siete.
Mide: dieciocho metros con treinta y seis decímetros cuadrados; para la segunda
subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del
dos mil dieciséis, con la base de seis mil seiscientos cincuenta y nueve
dólares con cuarenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento); y
para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de
setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dos mil doscientos diecinueve
dólares con ochenta y un dólares; 24) A las ocho horas y treinta minutos del
uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de siete mil quinientos
noventa y cinco dólares con treinta centavos, finca inscrita en el Registro
Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio
real, matrícula número 00061922-F 000, la cual es terreno finca filial setecientos
cincuenta y seis ubicada en el nivel uno destinada a estacionamiento en proceso
de construcción. Situada en el distrito 04 Uruca,
cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común
de calle, al sur, finca filial setecientos cincuenta y cinco, al este, finca
filial setecientos cincuenta y siete y al oeste, área común de calle. Mide:
quince metros con setenta y un decímetros cuadrados; para la segunda subasta se
señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil
dieciséis, con la base de cinco mil seiscientos noventa y seis dólares con
cuarenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de
setiembre del dos mil dieciséis, con la base de mil ochocientos noventa y ocho
dólares con ochenta y dos centavos; 25) A las ocho horas y treinta minutos del
uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de ciento tres mil doscientos
treinta y dos dólares con treinta y un centavos, finca inscrita en el Registro
Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio
real, matrícula número 00061400-F 000, la cual es terreno edificio lago c finca
filial numero doscientos cuarenta y seis ubicada en el nivel tres destinada a
uso residencial en proceso de construcción. Situada en el distrito 04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, área común de pared; al sur, finca filial doscientos
cuarenta y siete; al este, área común de pared y al oeste, área común de
pasillo y finca filial doscientos cuarenta y cinco. Mide: setenta y cinco
metros con cuarenta y un decímetros cuadrados; para la segunda subasta se
señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil
dieciséis, con la base de setenta y siete mil cuatrocientos veinticuatro
dólares con veintitrés centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para
la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de
setiembre del dos mil dieciséis, con la base de veinticinco mil ochocientos
ocho dólares con ocho centavos; 26) A las ocho horas y treinta minutos del uno
de agosto del dos mil dieciséis y con la base de seis mil ochocientos veintidós
dólares con catorce centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
00061851-F 000, la cual es terreno finca filial numero seiscientos ochenta y
cinco ubicada en el nivel uno destinada a estacionamiento en proceso de
construcción. Situada en el distrito 04 Uruca, cantón
09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial
seiscientos ochenta y cuatro; al sur, área común de calle; al este, área común
de calle y al oeste, finca filial seiscientos sesenta y seis. Mide: catorce
metros con treinta decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las
ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con
la base de cinco mil ciento dieciséis dólares con sesenta y un centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del año dos mil:
dieciséis, con la base de mil setecientos cinco dólares con cincuenta y tres
centavos; 27) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil
dieciséis y con la base de ciento dieciséis mil ochocientos noventa y cuatro
dólares con sesenta y cinco centavos, finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número 00048460-F 000, la cual es terreno edificio a finca filial
ciento ocho destinada a uso residencial en proceso de construcción ubicada en
el tercer piso. Situada en el distrito 04 Uruca,
cantón 09 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, vacío y
área común construida de ducto, al sur, área común construida de pasillo y
finca filial ciento nueve, al este, vacío y al oeste, área común construida de
pasillo y finca filial ciento diecinueve. Mide: ciento nueve metros con setenta
y ocho decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas
y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de
ochenta y siete mil seiscientos setenta dólares con noventa y nueve centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis,
con la base de veintinueve mil doscientos veintitrés dólares con sesenta y seis
centavos; 28) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil
dieciséis y con la base de mil setecientos cincuenta y tres dólares con sesenta
y tres centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
00048391-F 000, la cual es terreno edificio a finca filial treinta y nueve
bodega en proceso de construcción ubicada en el nivel de sótano. Situada en el
distrito 01 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, finca filial treinta y ocho; al sur, finca filial cuarenta;
al este, muro de carga y al oeste, área común construida de pasillo. Mide: tres
metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados; para la segunda subasta se
señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil
dieciséis, con la base de mil trescientos quince dólares con veintidós centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis,
con la base de cuatrocientos treinta y ocho dólares con cuarenta y un centavos;
29) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis
y con la base de mil setecientos cincuenta y tres dólares con sesenta y tres
centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00048390-F 000,
la cual es terreno edificio a finca filial treinta y ocho bodega en proceso de
construcción ubicada en el nivel de sótano. Situada en el distrito 01 Santa
Ana, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca
filial treinta y dos área común construida de pasillo; al sur, finca filial
treinta y nueve; al este, muro de carga y al oeste, área común construida de
pasillo. Mide: tres metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados; para la
segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de
agosto del dos mil dieciséis, con la base de mil trescientos quince dólares con
veintidós centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del
dos mil dieciséis, con la base de cuatrocientos treinta y ocho dólares con
cuarenta y un centavos; 30) A las ocho horas y treinta minutos del uno de
agosto del dos mil dieciséis y con la base de noventa y dos mil noventa dólares
con ochenta y cuatro centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido
de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número 00048716-F 000 la cual es terreno edificio e finca filial trescientos
sesenta y cuatro destinada a uso residencial en proceso de construcción ubicada
en el segundo nivel. Situada en el distrito 01 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común construida de
pasillo; al sur, vacío; al este, filial trescientos sesenta y seis y al oeste,
filial trescientos sesenta y dos. Mide: setenta y nueve metros con setenta
decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y
treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la: base de
sesenta y nueve mil sesenta y ocho centavos con trece centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de
veintitrés mil veintidós dólares con setenta y un centavos; 31) A las ocho
horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base
de dos mil quinientos sesenta y ocho dólares con cuarenta y un centavos, finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número 00048817-F 000, la cual es
terreno finca filial cuatrocientos sesenta y cinco destinada a bodega en
proceso de construcción ubicada en el sótano. Situada en el distrito 01 Santa
Ana, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área
común construida de oficina de administración y mantenimiento; al sur, filial
cuatrocientos sesenta y seis; al este, área común construida de calle y al
oeste, área común construida de pasillo. Mide: cinco metros con sesenta y
cuatro decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas
y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de
mil novecientos veintiséis dólares con treinta y un centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de
seiscientos cuarenta y dos dólares con diez centavos; 32) A las ocho horas y
treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de trece
mil cincuenta y cuatro dólares con ochenta y cuatro centavos, finca inscrita en
el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número 00048782-F 000, la cual es terreno finca filial
cuatrocientos treinta destinada a estacionamiento en proceso de construcción
ubicada en el sótano. Situada en el distrito 01 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, muro de carga; al sur, área
común construida de calle; al este, finca filial cuatrocientos veintinueve y al
oeste, finca filial cuatrocientos treinta y uno. Mide: veintiocho metros con
cincuenta y ocho decímetros cuadrados;: para la segunda subasta se señalan las
ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con
la base de nueve mil setecientos noventa y un dólares con trece centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis,
con la base de tres mil doscientos sesenta y tres dólares con setenta y un
centavos; 33) A las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil
dieciséis y con la base de noventa mil setecientos trece dólares con cincuenta
y cinco centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
00048695-F 000, la cual es terreno edificio e finca filial trescientos cuarenta
y tres destinada a uso residencial en proceso de construcción ubicada en el
primer nivel. Situada en el distrito 01 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, área común libre de zona verde; al
sur, área común construida de pasillo; al este, filial trescientos cuarenta y
cinco y al oeste, filial trescientos cuarenta y uno. Mide: setenta y nueve
metros con treinta y seis decímetros cuadrados; para la segunda subasta se
señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil
dieciséis, con la base de sesenta y ocho mil treinta y cinco dólares con
dieciséis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del
dos mil dieciséis, con la base de veintidós mil doscientos setenta y ocho
dólares con treinta y nueve centavos; 34) A las ocho horas y treinta minutos
del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de catorce mil doscientos
cincuenta y cuatro dólares con siete centavos, finca inscrita en el Registro
Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio
real, matrícula número 00048787-F 000, la cual es terreno finca filial
cuatrocientos treinta y cinco destinada a estacionamiento en proceso de
construcción ubicada en el sótano. Situada en el distrito 01 Santa Ana, cantón
09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común
construida de calle; al sur, muro de carga; al este, filial cuatrocientos
treinta y seis y al oeste, filial cuatrocientos treinta y seis. Mide: treinta y
un metros con cuatro decímetros cuadrados; para la segunda subasta se señalan
las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis,
con la base de diez mil seiscientos noventa dólares con cincuenta y cinco
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil
dieciséis, con la base de tres mil quinientos sesenta y tres dólares con
cincuenta y dos centavos; 35) A las ocho horas y treinta minutos del uno de
agosto del dos mil dieciséis y con la base de dos mil ochocientos treinta y
ocho dólares con sesenta centavos, finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número 00048816-F 000, la cual es terreno finca filial cuatrocientos
sesenta y cuatro destinada a bodega en proceso de construcción ubicada en el
sótano. Situada en el distrito 01 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, filial cuatrocientos sesenta y tres,
al sur, muro de carga, al este, área común construida de pasillo y al oeste,
filial cuatrocientos treinta y dos. Mide: seis metros con diecisiete decímetros
cuadrados; para la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos
del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de dos mil ciento
veintiocho dólares con noventa y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos
del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de setecientos nueve
dólares con sesenta y cinco centavos; 36) a las ocho horas y treinta minutos
del uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de trece mil ciento
ochenta y ocho dólares con treinta y siete centavos, finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número 00048357-F 000, la cual es terreno edificio a
finca filial cinco estacionamiento en proceso de construcción ubicada en el
nivel de sótano. Situada en el distrito 1 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, área común construida de pasillo y
finca filial setenta documento firmado digitalmente por: y seis; al sur, finca
filial seis; al este, área común construida de pasillo y al oeste, muro de
carga. Mide: veintiocho metros con setenta y siete decímetros cuadrados; para
la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de
agosto del dos mil dieciséis, con la base de nueve mil ochocientos noventa y un
dólares con veintiocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para
la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de
setiembre del dos mil dieciséis, con la base de tres mil doscientos noventa y
siete dólares con nueve centavos; 37) A las ocho horas y treinta minutos del
uno de agosto del dos mil dieciséis y con la base de trescientos sesenta y
cinco mil quinientos noventa y seis dólares con veintinueve centavos, finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número 502562-000, soportando
servidumbre y conds bajo las citas
308-13974-01-0901-001, servidumbre trasladada bajo las citas 325-19030-01-0903-001,
servidumbre trasladada bajo las citas 325-19431-01-0907-001, la cual es terreno
terreno de construir con una casa en proceso
construcción. Situada en el distrito 3 Pozos, cantón 09 Santa Ana, de la
provincia de San José. Colinda: al noreste, lote 226 de Desarrollo
Inmobiliarios Habitasul S. A.; al noroeste, calle
pública con 18 metros de frente; al sureste lotes 216 y 215 de Desarrollos
Inmobiliarios Habitasul S. A., y al suroeste, lote
228 de Desarrollos Inmobiliarios Habitasul. Mide:
quinientos cuarenta y un metros con setenta y siete decímetros cuadrados; para
la segunda subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de
agosto del dos mil dieciséis, con la base de doscientos setenta y cuatro mil
ciento noventa y siete dólares con veintidós centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
treinta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de
noventa y un mil trescientos noventa y nueve dólares con siete centavos. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra 3102638916 S.R.L., 3102638918 S.R.L., administradora Mimi de Centroamérica S. A., Apartamentos Lago C
Trescientos Diez Avalon Country S. A, APTP
Trescientos Seis Edificio E Ava Inc
S. A., AVS Edificio E Apto Doscientos Diecisiete Inc. S. A., Explorando Las
Vistas del Litoral S. A., Inversiones La Gavia de Oro J Y M S. A., José Miguel Goffredo García, Lago B Dos Apartamentos número ciento uno ACC
S. A., Lago Dos Apartamento Doscientos Doce ACC S. A., Maracaibo Apartamento
Ciento Once Edificio Avalon S. A., Maracaibo
Doscientos Catorce E edificio avalon S. A., Pados Apartamento Doscientos Uno ACC S. A., Pauno Apartamento Doscientos Nueve ACC S. A. Exp. N° 15-007745-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado
Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de mayo
del 2016.—Licda. Elia Corina Marchena Fennell, Jueza.—( IN2016045747 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada citas: 0384-00018237-01-0803-002; medianera citas:
0384-00018237-01-0864-002, a las dieciséis horas y cero minutos del diecisiete
de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de diez millones de colones
exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número ciento veintisiete mil setecientos sesenta,
secuencia cero cero cero,
la cual es terreno para construir con una casa Nº 549. Situada: en el distrito
05 Aguacaliente (San Francisco), cantón 01 Cartago,
de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 550; al sur, avenida dos;
al este, lote 548, y al oeste, calle 3. Mide: ciento veintisiete metros con
dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las
dieciséis horas y cero minutos del primero de setiembre del dos mil dieciséis,
con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las dieciséis horas y cero
minutos del diecinueve de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dos
millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Los Gallos Guadalupanos
S. A. contra María Gabriela Chavarría Mena. Expediente Nº 15-001828-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 17 de
junio del 2016.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—(
IN2016045774 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las quince horas y cero
minutos del diecisiete de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de quince
millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo
el Sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y siete mil trescientos
sesenta y ocho, secuencia cero cero cinco, la cual es
terreno para construir. Situada: en el distrito 01 El Tejar, cantón 08 Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte,
avenida 4 con 7 metros de frente; al sur, Alexis Coto Trejos; al este, Alexis
Coto Trejos, y al oeste, Alexis Coto Trejos. Mide: ciento sesenta y un metros
con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las quince
horas y cero minutos del primero de setiembre del dos mil dieciséis, con la
base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas
y cero minutos del diecinueve de setiembre del dos mil dieciséis, con la base
de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Inversiones Los Gallos Guadalupanos Sociedad Anónima contra María Gabriela
Chavarría Mena. Expediente Nº 14-007930-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 17 de junio del 2016.—Licda. Pilar Gómez
Marín, Jueza.—( IN2016045776 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del ocho de agosto de dos mil
dieciséis, y con la base de quince millones de colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
ochenta y siete mil trescientos cuarenta-cero cero seis y cero cero siete la cual es terreno con una casa. Situada en el
distrito (01) El Tejar, cantón (08) El Guarco, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, avenida 4 con 7 m; al sur, Residencias
Prefabricadas Limitada; al este, Residencias Prefabricadas y al oeste, Julio
Chavarría. Mide: ciento sesenta y un metros con cero decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticuatro
de agosto de dos mil dieciséis, con la base de once millones doscientos cincuenta
mil colones exacto (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del ocho de setiembre del
dos mil dieciséis, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Rodolfo Hernández Solano contra María Gabriela
Chavarría Mena. Exp. N° 14-007931-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 27 de
junio del 2016.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Juez.—(
IN2016045780 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las nueve horas treinta minutos del veintidós de agosto del dos
mil dieciséis y con la base de doce millones seiscientos sesenta y ocho mil
cuarenta colones con cuarenta y cuatro céntimos en el mejor postor remataré:
finca inscrita en el registro público, partido de Heredia Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento treinta y tres mil
cuatrocientos veintiuno cero cero cero
la cual es terreno de solar. Situada en distrito tres San Miguel cantón tres
Santo Domingo de la provincia de Heredia. Colinda: norte, José Manuel Solano
Navarrete; sur, Carretera San José, Siquirres Este,
Carretera San José, Siquirres y oeste, José Manuel
Solano Navarrete. Mide: ciento setenta y tres metros con ocho decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos
del cinco de setiembre del dos mil dieciséis con la base de nueve millones
quinientos uno mil treinta colones con treinta y tres céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas
treinta minutos del veintiuno de setiembre del dos mil dieciséis con la base de
tres millones ciento sesenta y siete mil diez colones con once céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra
José Eugenio Raudes Torres. Exp.
N° 15-021883-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito
Judicial de San José, 5 de julio del 2016.—María Angelina Varela
Valenciano, Jueza.—( IN2016045813 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y veinte
minutos (1:20 p.m.) del veintidós de agosto del dos mil dieciséis, y con la
base de diecisiete millones seiscientos mil doscientos noventa y tres colones
con noventa y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de folio real, matrícula número 206180-000 la cual es terreno para
construir bloque F lote 18. Situada en el distrito 01 Tejar, cantón 08 Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote
10-F; al sur, calle pública; al este, lote 17-F y al oeste lote 19-F. Mide:
ciento cuarenta y ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
trece horas y veinte minutos (1:20 p.m.) del seis de setiembre del dos mil
dieciséis, con la base de trece millones doscientos mil doscientos veinte
colones con cuarenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y veinte (1:20 p.m.)
minutos del veintidós de setiembre del dos mil dieciséis con la base de cuatro
millones cuatrocientos mil setenta y tres colones con cuarenta y ocho céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Guisella María Solano Hernández, Irving Roxay
Cabezas Garita. Exp. N° 15-000923-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de
Cartago, 29 de junio del 2016.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2016045838 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando
infracciones/colisión boleta número 3000362456 de la sumaria 15-000755-0489-TR;
a las siete horas y treinta minutos del once de octubre del dos mil dieciséis,
y con la base de once mil ochocientos cuarenta y seis dólares con sesenta
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas CCS246
marca Nissan, estilo Tiida, categoría automóvil,
capacidad cinco personas, serie, VIN y chasis número 3N1CC1ADXZK134390,
carrocería sedan, cuatro puertas, año dos mil doce, color gris, número de motor
HR16251651C, tracción 4x2, gasolina, cilindros cuatro, cilidrada
1598 c.c. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos
del veintiocho de octubre del dos mil dieciséis, con la base de ocho mil
ochocientos ochenta y cuatro dólares con noventa y cinco centavos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las siete horas
y treinta minutos del catorce de noviembre del dos mil dieciséis, con la base
de dos mil novecientos sesenta y un dólares con sesenta y cinco centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Christian Jimenez Ureña contra Esteban Andres Navarro Segura. Exp. N°
16-001737-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro),
24 de mayo del 2016.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2016045841 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones y
reservas con las citas 317-00352-01-0901-035; a las ocho horas y treinta
minutos del seis de setiembre del dos mil dieciséis, y con la base de
diecinueve millones cuatrocientos cuatro mil ciento veinticinco colones con
noventa y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos sesenta y siete mil
veintiocho cero cero cero
la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 9 Chires,
cantón 4 Puriscal, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Elpidio Mora Mata y Filiberto Monge MarÍn;
al sur, Carlos Leovigildo Corrales Jiménez; al este, Bienvenida Cambronero Madrigal y al oeste, Elpidio Mora Mata y
servidumbre de paso de cuatro metros de ancho con quinientos noventa y seis
metros con cincuenta centímetros de largo. Mide: noventa y cuatro mil
novecientos diez metros con setenta y tres decímetros cuadrados
SJ-0801111-2002. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta
minutos del veintidós de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de
catorce millones quinientos cincuenta y tres mil noventa y cuatro colones con
cuarenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de
octubre del dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones ochocientos
cincuenta y un mil treinta y un colones con cuarenta y nueve céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L. contra Hidden Three Falls Sociedad Anónima y otro. Exp.
N° 16-002069-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia
Cobro), 16 de junio del 2016.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2016045858 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero
minutos del veintidós de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de
cuarenta y cinco millones seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
ciento treinta y ocho mil seiscientos ochenta cero cero
cero la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito 01 San Juan, cantón 13 Tibás, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, Claudio Jiménez Solano; al sur, Norma Lobo Bonilla,
Luis Esquivel Agüero y Constantino Esquivel Agüero; al este, calle pública con
un frente a de 8.47 cm y al oeste, Juan José Alvarado Saborío. Mide: ciento
cincuenta y un metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y cero minutos del seis de setiembre del dos
mil dieciséis, con la base de treinta y cuatro millones doscientos mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de setiembre del dos mil
dieciséis con la base de once millones cuatrocientos mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Luis Carlos Gerardo Salas
Rodríguez, Nancy Gloria Cortes Solís. Exp. N°
16-015402-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo
Circuito Judicial de San José, 20 de junio del 2016.—Msc.
Lissette Córdoba Quirós, Juez.—( IN2016045863 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones, servidumbre de líneas eléctricas y de paso, servidumbre de
acueducto, servidumbre de aguas pluviales, servidumbre de cloaca; a las diez
horas y cero minutos del ocho de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de
noventa y un mil quinientos treinta dólares con veinticinco centavos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número 73939-F-000, la cual es naturaleza: Finca filial numero ochenta
apartamento ochecenta destinado a uso habitacional de
una planta, en proceso de construcción, situada en el distrito 02 Palmira
cantón 05 Carrillo de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, finca filial
número ochenta y uno, sur, finca filial numero setenta y nueve, este, finca
filial numero ciento uno, oeste, área común de calle. Mide: doscientos tres
metros con treinta y dos decímetros cuadrados, valor porcentual: 0.59, valor
medida: 0.59, plano: G-1342110-2009. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y cero minutos del veinticuatro de
agosto del dos mil dieciséis, con la base de sesenta y ocho mil seiscientos
cuarenta y siete dólares con sesenta y nueve centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del ocho de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de
veintidós mil ochocientos ochenta y dos dólares con cincuenta y seis centavos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica contra Peter Ernest Walters. Exp. N° 16-000093-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste
(Santa Cruz) (Materia Cobro), 11 de julio del 2016.—Lic. Luis Alberto
Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016045885 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones, citas de inscripción: 319-10999-01-0914-002; a las catorce horas
y cuarenta y cinco minutos del uno de setiembre de dos mil dieciséis y con la
base de cinco millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
26957-000, la cual es terreno para construir lote 15A. Situada en el distrito
05 Cariari, cantón 02 Pococí
de la provincia de Limón. Colinda: al norte: lote 14 A; al sur lote 16 A; al
este ITCO y al oeste camino. Mide: mil cuatrocientos dos metros con setenta y
dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
cuarenta y cinco minutos del veinte de setiembre de dos mil dieciséis, con la
base de cuatro millones trescientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce
horas y cuarenta y cinco minutos del seis de octubre de dos mil dieciséis, con
la base de un millón cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra
Walter Gerardo Castro Sandoval. Expediente: 16-004085-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 28
de junio del 2016.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—(
IN2016045886 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las trece horas y treinta
minutos del diecisiete de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de ciento
treinta y dos mil cuatrocientos treinta y cuatro dólares con treinta y siete
centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula Nº 152959-000, la cual es terreno para construir.
Situada: en el distrito 01 Escazú, cantón 02 Escazú, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, Alexis Salas Miranda; al sur, calle pública frente 21
metros; al este, Arnaldo Dambrosio Morales, y al
oeste, Rosa Cristina Arce Araya. Mide: setecientos ochenta y seis metros con
tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y
treinta minutos del primero de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de
noventa y nueve mil trescientos veinticinco dólares con setenta y siete
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las trece horas y treinta minutos del diecinueve de setiembre del dos
mil dieciséis, con la base de treinta y tres mil ciento ocho dólares con
cincuenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Eduardo
Rodríguez Rodríguez, Giselle María Arce Araya.
Expediente Nº 16-002610-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de
junio del 2016.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—(
IN2016045887 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero
minutos del veinte de setiembre del dos mil dieciséis y con la base de setenta
y nueve mil setecientos veintinueve dólares con setenta y nueve centavos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número doscientos cincuenta y cuatro mil setecientos dieciséis-cero
cero cero, la cual es terreno para construir con una
casa. Situada en el distrito 02 El General, cantón 19 Pérez Zeledón de la
provincia de San José. Colinda: al norte Enrique Sancho Vásquez; al sur Enrique
Sancho Vásquez; al este Enrique Sancho Vásquez y al oeste calle pública con 21
m 78 cm. Mide: ochocientos noventa y seis metros con sesenta y tres decímetros
cuadrados. Plano SJ-0278356-1977. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y cero minutos del cinco de octubre del dos mil dieciséis, con la base de
cincuenta y nueve mil setecientos noventa y siete dólares con treinta y cuatro
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y cero minutos del veinticuatro de octubre del dos mil
dieciséis, con la base de diecinueve mil novecientos treinta y dos dólares con
cuarenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Scotiabank Costa Rica contra
Miriam Benamburg Castro. Expediente:
16-002444-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro),
6 de julio del 2016.—Licda. Alejandra Ortega Padilla, Jueza.—(
IN2016045889 ).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada citas: 393-16479-01-0903-001; a las quince horas y treinta minutos
del veintiséis de setiembre del dos mil dieciséis, y con la base de veintinueve
mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de propiedad, bajo
el sistema de folio real, matrícula número ciento cincuenta y cinco mil
trescientos cuarenta y tres cero cero cero la cual es terreno para construir bloque K, lote 21
con una casa. Situada en el distrito 04 San
Rafael, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte,
Desarrollos La Carpintera Sociedad Anónima; al sur, Desarrollos La Carpintera
Sociedad Anónima; al este, calle pública y al oeste, Desarrollos La Carpintera
S. A. Mide: ciento sesenta y un metros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las quince horas y treinta minutos del once de octubre del dos mil
dieciséis, con la base de veintidós mil ciento veinticinco dólares exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las quince horas y cero minutos del veintisiete de octubre del dos mil
dieciséis con la base de siete mil trescientos setenta y cinco dólares exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Distribuidora El Gran Convenio Limitada contra Willian Elenilson Velásquez Velásquez. Exp. N°
16-000452-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 21 de junio del 2016.—Licda.
Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2016045891 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a
las once horas y cero minutos del seis de setiembre del dos mil dieciséis, y
con la base de veintisiete mil doscientos dólares exactos, en el mejor postor,
remataré lo siguiente: Vehículo placas: 898453, marca: Kia,
categoría: automóvil, serie: KNAPB811BC7197064, carrocería: todo terreno 4
puertas, tracción: 4x2, chasis: KNAPB811BC7197064, vin:
KNAPB811BC7197064, estilo: Sportage, capacidad: 5
personas, año: 2012, color: plateado. Para el segundo remate, se señalan las
once horas y cero minutos del veintidós de setiembre del dos mil dieciséis, con
la base de veinte mil cuatrocientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y cero
minutos del siete de octubre del dos mil dieciséis, con la base de seis mil
ochocientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica
contra José Ángel Méndez Madrigal. Expediente Nº 15-009588-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, 03 de junio del 2016.—Lic. Iván Tiffer
Vargas, Juez.—( IN2016045893 ).
En la puerta exterior de
este despacho libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; a las nueve horas
del seis de setiembre del dos mil dieciséis y con la base de un millón
cuatrocientos catorce mil ciento quince colones, con ochenta y cinco céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca sin inscrita, identificada con
el plano catastrado G-1274219-2008, situada el distrito tercero, cantón tercero
de la provincia de Guanacaste, que es terreno de forma irregular y topografía
ondulada. Linderos norte Buenaventura
Gutiérrez Gutiérrez, sur Luis Peña Gutiérrez, este
Casimiro Contreras Guadamúz y oeste camino público.
Mide quince mil cuatrocientos veintisiete metros, con treinta y nueve decímetros
cuadrados. Propietario Emiliano Gutiérrez Gómez. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas del veinte de setiembre del dos mil dieciséis, con la
base de un millón sesenta mil quinientos ochenta y seis colones, con ochenta y
nueve céntimos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las nueve horas del cuatro de octubre del dos mil dieciséis
con la base de trescientos cincuenta y tres mil quinientos veintiocho colones,
con noventa y seis céntimos, (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ordinario de Maynor Jesús Peña
Mosquera contra Buenaventura Gutiérrez Gómez. Expediente: 10-000013-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste, 11 de julio del 2016.—Lic. José Joaquín Piñar
Ballestero, Juez.—( IN2016045909 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada citas 309-15525-01-0002-001; a las quince horas y cero minutos del
ocho de agosto del dos mil dieciséis -15:00 p.m. 08/08/2016-, y con la base de
ciento veinte millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 177301-000 cero cero cero la cual es terreno de
agricultura. Situada en el distrito Rosario, cantón Desamparados, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Amparo Garbanzo y Wilfrido Cordero; al
sur, José Marín; al este, Roberto Arias y al oeste, Río Candelaria. Mide:
diecisiete mil cuatrocientos treinta y tres metros con sesenta y cuatro
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero
minutos del veinticuatro de agosto del dos mil dieciséis -15:00 p.m.
24/08/2016-, con la base de noventa millones de colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y
cero minutos del ocho de setiembre del dos mil dieciséis -5:00 p.m. 08/09/2016-
con la base de treinta millones de colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de
Cartago contra Andromeda Quinta Constelación del Sur
Sociedad Anónima. Exp. N° 11-000405-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 3 de
junio del 2016.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Juez.—( IN2016045923 ).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones
citas: 371-08163-01-0976-001; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del
treinta de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de tres millones
quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de propiedad, bajo
el sistema de folio real, matrícula número ciento cincuenta y seis mil
seiscientos sesenta y cuatro-cero cero cero
(156664-000) la cual es naturaleza lote 8 F terreno para construir. Situada en
el distrito 03 Las Horquetas, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, Luis Marín Hidalgo; al sur, calle pública con 17 metros con
frente a ella; al este, Víctor Trejos Gaitán y al oeste, lote 7 F. Mide:
trescientos noventa y dos metros con trece decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del catorce
de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dos millones seiscientos
veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para
la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del
treinta de setiembre del dos mil dieciséis con la base de ochocientos setenta y
cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Belarmino Gerardo Casal Núñez contra Tracy Cristina
Hidalgo Meza. Exp. N° 15-006829-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia
(Materia Cobro), 10 de junio del 2016.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—(
IN2016045937 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas:
2014-264272-01-0004-001; a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del
diecisiete de agosto de dos mil dieciséis y con la base de seis millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número dos cientos cuarenta y cuatro mil quinientos
once-cero cero cero (244511-000), la cual es terreno
para la agricultura. Situada en el distrito 03 Las Horquetas, cantón 10
Sarapiquí de la provincia de Heredia. Colinda: al norte María Lucía Suazo
García; al sur servidumbre agrícola de siete metros, Minor
Mora Núñez; al este calle pública con 14 metros de frente y al oeste INDER.
Mide: diez mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas
y cuarenta y cinco minutos del uno de setiembre de dos mil dieciséis, con la
base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de setiembre de dos mil dieciséis, con
la base de un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Belarmino Gerardo Casal
Núñez contra Gabriel Núñez Suazo. Expediente: 15-006825-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia,
(Materia Cobro), 30 de mayo del 2016.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—( IN2016045938 ).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones; a
las diez horas y treinta minutos del seis de diciembre del dos mil dieciséis, y
con la base de catorce millones cuatrocientos treinta y tres mil novecientos
diecisiete colones con ochenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ochenta y cuatro mil
seiscientos veintiocho cero cero cero
la cual es terreno de solar con una casa en el construida. Situada en el
distrito 05 Cariari, cantón 02 Pococí,
de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Jorge Chavarría Cubillo; al sur, Fremar Internacional; al este, calle con 14 metros y al
oeste, Carlos Guzmán Castro. Mide: trescientos un metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintidós de
diciembre del dos mil dieciséis, con la base de diez millones ochocientos
veinticinco mil cuatrocientos treinta y ocho colones con treinta y seis
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las diez horas y treinta minutos del veinte de enero del dos mil
diecisiete, con la base de tres millones seiscientos ocho mil cuatrocientos
setenta y nueve colones con cuarenta y cinco céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Nuria
María de La Trinidad Fernández Elizondo contra Carlos Luis Mora Cascante. Exp. N° 16-001066-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 8
de junio del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—(
IN2016045959 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y treinta
minutos del cuatro de agosto del dos mil dieciséis y con la base de un millón
de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas
N° 676032, marca: Nissan, estilo: Pathfinder,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 1987, tracción: 4x4, color:
rojo. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del
veintidós de agosto de dos mil dieciséis, con la base de setecientos cincuenta
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las once horas y treinta minutos del seis de setiembre del
dos mil dieciséis con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Kalmich Sociedad Anónima contra Leonel Alberto Monestel Vargas. Expediente: 16-002366-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 14 de
junio del 2016.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(
IN2016045963 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de
paso; a las trece horas y cuarenta minutos del cinco de setiembre de dos mil
dieciséis y con la base de siete millones quinientos setenta y nueve mil trescientos
treinta y dos colones con ochenta céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cuarenta y
nueve mil seiscientos noventa y cuatro cero cero cero, la cual es terreno lote 5 terreno con casa y patio.
Situada en el distrito 05 Cariari, cantón 02 Pococí de la provincia de Limón. Colinda: al norte Norma
Molina Molina; al sur calle pública con 11.91 mts; al este Marta Centeno Saborío y al oeste Karen Gómez Gómez, Marta Centeno Saborío. Mide: doscientos noventa
metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta
minutos del veintidós de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de cinco millones
seiscientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y nueve colones con
sesenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las trece horas y cuarenta minutos del siete de octubre del
dos mil dieciséis, con la base de un millón ochocientos noventa y cuatro mil
ochocientos treinta y tres colones con veinte céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Luis Alexander Oporta
Pérez. Expediente: 16-001101-1209-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro),
21 de junio del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—(
IN2016045970 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y quince
minutos del diecisiete de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de cuatro
millones doscientos quince mil setecientos siete colones con dos céntimos, en
el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número ciento cincuenta y un mil seiscientos sesenta y siete-cero
cero cero (151667-000), la cual es lote A-20 terreno
para construir con una casa. Situada: en el distrito 3-Santiago, cantón San
Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur,
lote A 8 y A 7; al este, lote A 21, y al oeste, lote A 19. Mide: ciento
cincuenta y tres metros con cincuenta y nueve decímetro cuadrados. Para el
segundo remate, se señalan las catorce horas y quince minutos del primero de
setiembre del dos mil dieciséis, con la base de tres millones ciento sesenta y
un mil setecientos ochenta colones con veintisiete céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce
horas y quince minutos del diecinueve de setiembre del dos mil dieciséis, con
la base de un millón cincuenta y tres mil novecientos veintiséis colones con
setenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Marietta
Eugenia Vargas Vargas. Expediente Nº 16-000100-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia
(Materia Cobro), 06 de junio del 2016.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—( IN2016045979 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del diez de agosto del dos mil
dieciséis, y con la base de cinco millones novecientos setenta y cuatro mil
cuatrocientos veinte colones con setenta y cuatro céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
seiscientos uno mil sesenta y siete cero cero uno,
cero cero dos la cual es terreno lote para
construcción de vivienda de interés social. Situada en el distrito San Isidro
de El General, cantón Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Ana Grettel Badilla Gamboa; al sur, Ana Grettel Badilla Gamboa; al este, Ana Grettel
Badilla Gamboa y al oeste, calle pública. Mide: doscientos noventa metros con
veinticuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y cero minutos del veintiséis de agosto del dos mil dieciséis, con la
base de cuatro millones cuatrocientos ochenta mil ochocientos quince colones
con cincuenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del doce de setiembre
del dos mil dieciséis con la base de un millón cuatrocientos noventa y tres mil
seiscientos cinco colones con diecinueve céntimos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza
R. L. contra Jeffry David Núñez Jiménez. Exp. N° 16-001759-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 29 de junio del 2016.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2016045986 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada citas 0230-00001191-01-0901-001 y 0335-00007579-01-0901-001,
0335-00007579-01-0902-001; a las diez horas y treinta minutos del ocho de
agosto del dos mil dieciséis y con la base de seis millones de colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio
real, matrícula número 167978-000, la cual es terreno para construir lote 17
bloque 1. Situada en el distrito San Francisco, cantón Heredia de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte avenida segunda, al sur Víctor Julio Víquez
Hidalgo, al este Finacol S. A., Luis Alberto Araya
Aguilar y al oeste Clemencia Duarte Barrantes. Mide: ciento cuarenta y dos
metros con doce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
diez horas y treinta minutos del veinticuatro de agosto del dos mil dieciséis,
con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
treinta minutos del ocho de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de un
millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Caja
Costarricense de Seguro Social contra Juan José Sandoval Méndez. Expediente:
08-003750-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de junio del 2016.—Adriana
Sequeira Muñoz, Jueza.—( IN2016045998 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando anotaciones al tomo 2011, asiento 59519 y tomo
2012, asiento 180908; a las siete horas y cuarenta y cinco minutos del
diecisiete de agosto del dos mil dieciséis y con la base de tres millones
doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatro mil doscientos noventa y
dos cero cero cero, la cual
es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Puntarenas,
cantón Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte calle
pública con 6.90 mtrs; al sur Aida Soto; al este
María Díaz Moraga y al oeste Arnoldo Gutiérrez Gutiérrez.
Mide: doscientos treinta y ocho metros con veintitrés decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos
del uno de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de dos millones
cuatrocientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos
del diecinueve de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de ochocientos
mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Jeannette Villalobos Morales contra sucesión de Arturo
Guillermo Espinoza Platero. Expediente: 12-100327-0642-CI.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 24 de febrero del
2016.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—( IN2016046016
).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, a las ocho horas y treinta minutos del diez de agosto del dos mil
dieciséis, y con la base de ciento veintiún mil dólares exactos, en el mejor
postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido
de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número cuatrocientos ochenta y ocho mil noventa y tres, es terreno de patio con
una casa. Situada: en el distrito 01 Santa María, cantón 17 Dota, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Humberto Rojas Rojas
y Jorge Hidalgo Ureña; al sur, calle pública con 32 metros, 93 centímetros; al
este, Julio Ureña Agüero y Vicente Ureña Agüero, y al oeste, Vicente Ureña
Agüero. Mide: mil setecientos veintiún metros con ochenta y un decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos
del veintiséis de agosto del dos mil dieciséis, con la base de noventa mil
setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento),
y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del doce
de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de treinta mil doscientos
cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Transacciones Mercantiles y Valores
Comerciales Amon S. A. contra Agrícola El Jocotal
Cincuenta y Uno G S U Sociedad Anónima. Expediente Nº 16-000529-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 01 de
julio del 2016.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—Exonerado.—(
IN2016046028 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de
paso citas: 2010-00354942-01-0003-001 y servidumbre de paso citas:
2010-00354942-01-0011-001, a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del
veintidós de noviembre del dos mil dieciséis, y con la base de veintiséis
millones doscientos setenta y dos mil trescientos setenta y cuatro colones con
setenta y tres céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y ocho mil quinientos
catorce-cero cero cero, la cual es terreno de casa y
patio. Situada: en el distrito 02 San Lorenzo, cantón 05 Tarrazú,
de la provincia de San José. Colinda: al noreste, Ignacio Naranjo Abarca; al
noroeste, Jorge Arturo Fallas Moreno; al sureste, Grupo Cuatro U Tarrazú S. A., y al suroeste, calle pública. Mide:
trescientos cincuenta y tres metros con cero decímetros cuadrados. Para el
segundo remate, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del siete
de diciembre del dos mil dieciséis, con la base de diecinueve millones
setecientos cuatro mil doscientos ochenta y un colones con cinco céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de enero del dos mil
diecisiete, con la base de seis millones quinientos sesenta y ocho mil noventa
y tres colones con sesenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
COOPECAJA R.L. contra Grupo Cuatro U Tarrazú S. A.
Expediente Nº 15-007843-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de San José, 27 de mayo del 2016.—Licda. Jessica
Vargas Barboza, Jueza.—( IN2016046052 ).
Para conocer sobre lo dispuesto en el artículo 926
del Código Procesal Civil, referente a la designación de Albacea propietario y
suplente, para conocer el alcance de bienes y el avalúo de los mismos, así como
los créditos legalizados, se convoca a todos los interesados en la sucesión de
quien en vida se llamó Analía Martínez Zamora, cédula de identidad 5-091-141,
mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Costa Ana de Guatuso, ochocientos
metros al este de la escuela, a una junta de herederos que se llevará a cabo en
este despacho a las ocho horas treinta minutos del doce de agosto de dos mil
dieciséis (08:30 del 12/08/2016). Proceso sucesorio de Analía Martínez Zamora.
Expediente Nº 02-100876-0297-CI. Promovido por Banco Nacional de Costa Rica.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, Ciudad Quesada, trece horas cincuenta y cinco minutos del 13 de
mayo del 2016.—Lic. Federico Villalobos Chacón, Juez.—1
vez.—Exento.—( IN2016034262 ).
Se convoca a todas las
personas interesadas en la sucesión de Sacramento Venegas Moya, a una junta que
se verificará en este Juzgado, a las nueve horas (9:00 a.m.) del nueve de
agosto de dos mil dieciséis, para conocer acerca de los extremos que establece
el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº
07-000345-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del
Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 2 de
junio del 2016.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2016046051 ).
Se
hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
16-000064-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Elizabeth Gerarda Castro Esquivel, quien es mayor,
casada una vez, ama de casa, vecina de, portadora de la cédula de identidad
vigente número 0600140064, ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante
el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya
naturaleza es siembra de árboles frutales y maderables. Situada en el distrito
primero, cantón tercero, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
calle pública con un frente de cuarenta metros con diecinueve centímetros
lineales; al sur, Eliécer Rojas Jaén; al este, Luis Bernardo Barrantes Arrieta
y al oeste, Carlos Luis y Xinia Sánchez Leal. Mide:
setecientos sesenta metros con setenta y cinco decímetros cuadrados, tal como
lo indica el plano catastrado número G-38379-1977. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el
inmueble en cinco millones de colones y las presentes diligencias en la suma de
cuatro millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra
verbal y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de treinta y nueve
años.- Que no existen condueños.- Que los actos de posesión han consistido en
limpieza del terreno, mantenimiento de cercas.- Que no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Elizabeth Gerarda Castro
Esquivel. Exp. N° 16-000064-0391-AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), Santa Cruz,
30 de junio del 2016.—Lic. José Joaquín Piñar
Ballestero, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044575 ).
Se hace saber que ante
este Despacho se tramita el expediente N° 15-000026- 0993-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Tres Ciento Uno Quinientos
Setenta y Un Mil Cuatrocientos Sesenta y Dos S. A., cédula jurídica N°
3-101-571462, representada por Luis Alberto Madrigal Soto quien es mayor,
casado una vez, vecino de Los Ángeles de San Ramón, portador de la cédula de
identidad número 2-410-489, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante
el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya
naturaleza es montaña, agricultura y tacotal. Situada en el distrito 08. La
Colonia Palmareña de Los Ángeles, cantón 02. San
Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noroeste, Río Jamaical; al este, Quebrada Cacical; al suroeste, Herminia
Sánchez Villalobos. Mide: 100 hectáreas, tal como lo indica el plano catastrado
N° A-516982-1983. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información
no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima las presentes diligencias en la suma de dos millones de
colones y el inmueble a titular en la suma de tres millones de colones. Que no
existen condueños. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Tres Ciento
Uno Quinientos Setenta y Un Mil Cuatrocientos Sesenta y Dos S. A. Exp. N° 15-000026-0993-AG.—Juzgado
Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), San Ramón, 29
de junio del 2016.—Msc. Carlos Eduardo González Mora,
Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044592 ).
Luis Román Trigo, quien es mayor, casado una vez, empresario, vecino de
Liberia, cédula uno-cuatrocientos cuarenta y seis-quinientos setenta y cinco,
empresario y Rolando Espinoza Hernández, quien es mayor, casado una vez,
agricultor, vecino de Guardia de Liberia, cédula cinco-ciento
cincuenta-quinientos dieciséis, promueven información posesoria. Pretenden
inscribir , en partes iguales, a su nombre, en el Registro Público
Inmobiliario, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de
Guanacaste, la cual es terreno de repastos y montaña, situado en Playas del
Coco, distrito tercero (Sardinal), del cantón quinto (Carrillo), de la
provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública con un frente de ciento
noventa y siete metros con cincuenta y nueve centímetros lineales y Gerardo
Jara Quirós; sur, María de Los Ángeles Ávila Cubillo; este, Cristhoper
Bragg Gutiérrez, y oeste, Gerardo Jara Quirós. Mide:
Según plano catastrado número G-un millón ciento un mil cuatrocientos cuarenta
y siete-dos mil cinco, a nombre de Luis Román Trigo y Rolando Espinoza
Hernández, mide cinco hectáreas nueve mil setecientos cincuenta y seis metros
con ochenta y un decímetros cuadrado s. Manifiestan sobre el inmueble no pesan
cargas reales ni gravámenes, no existen personas condueñas y este proceso no
tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de uno
sucesorio. Lo adquirieron por compra-venta que les hiciera Gerardo Canales
Contreras, mayor, soltero, cédula de identidad vigente número cinco-ciento
treinta y cinco-setecientos noventa y tres, pescador y vecino de barrio Playas
del Coco, mediante escritura pública número nueve, folio cinco vuelto del tomo
cuarto del protocolo del notario Juan Rafael Villagra Coronado . Estiman el
inmueble en dos millones de colones y el proceso en dos millones de colones.
Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se
cita a todas las personas interesadas para que se apersonen en defensa de sus
derechos. Exp. N° 07-000317-0387-AG.—Juzgado
Agrario de Liberia, Liberia, 6 de julio del 2016.—Lic. Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016044931 ).
Se hace saber que ante
este Despacho se tramita el expediente N° 12-100206-0217-CI donde se promueven
diligencias de rectificación de medida por parte de Zemagro
S. A., domiciliada en Tirrases de Curridabat,
urbanización el Hogar, casa doce-N, portadora de la cédula jurídica vigente que
exhibe N° 3-101-394513, a fin de rectificar la medida de la finca del partido
de San José, matrícula de folio real número cuarenta y nueve mil doscientos
cuatro-cero cero cero, ante el Registro Público de la
Propiedad. El terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es pasto y
cultivos. Situada: en el distrito San Ignacio, cantón Acosta, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Río Candelarita; al
este, Antonio Granados Castro, y al oeste, Albertina Monge Badilla. Mide: según
el Registro Nacional mide ocho mil setecientos treinta y seis metros con veinte
decímetros cuadrados, pero según el plano catastrado N° SJ-1442341-2010 mide
trece mil ciento cuarenta metros con treinta decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto
el inmueble como las presentes diligencias en la suma de seis millones de
colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra realizada el 23 de
noviembre del 2006, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública,
pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años.
Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en siembra
de granos, maíz, yuca y otros, así como el mantenimiento de potreros. Se le ha
dado mantenimiento a las cercas, se ha cuidado debidamente la protección del
río, se ha sembrado especies forestales, incluído el
cedro. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Zemagro S. A. Expediente N° 12-100206-0217-CI.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San
José. Goicoechea, 05 de julio del 2016.—Lic.
Ronny Flores Oviedo, Juez.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016044932 ).
Se hace saber que ante
este despacho se tramita el expediente N° 15-000009-0391-AG, donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Lidya
Gloria Del Carmen Gómez Gómez, quien es mayor,
soltera, pensionada, portadora de la cédula de identidad número seis-cero
ochenta y dos-ciento noventa, vecina de Corozal de Puntarenas, frente al tanque
de acueducto, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es pastos.
Situada en el distrito cuarto, cantón primero de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte Luis Arturo Rosales Gómez; al sur calle pública con un frente
a ella de dieciséis metros con treinta y tres centímetros lineales; al este
Esteban Vinicio Rosales Gómez y al oeste Ezequiel Rosales Gómez y Joaquín
González Morera. Mide: tres mil cuatrocientos un metro cuadrados, tal como lo
indica el plano catastrado número P-1727906-2014. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho
inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta,
pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de
cuarenta años aprovechando la de su transmitente. Que no existen condueños. Que
los actos de posesión han consistido en siembra de pastos, delimitación del
terreno, limpieza de rondas y conservación del mismo. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria promovida por Lidya Gloria Del Carmen Gómez
Gómez. Expediente: 15-000009-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste, (Santa Cruz), 5 de julio del 2016.—Lic. José Walter Ávila
Quirós, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044937 ).
Se hace saber que ante
este despacho se tramita el expediente N° 15-000112-0699-AG, donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Marisol Auxiliadora Ramos
Méndez, quien es mayor, estado civil casada en sus primeras nupcias, vecino de
Lourdes de Cartago, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe
número tres-trescientos veintinueve-doscientos cincuenta y tres, ama de casa, a
fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el
terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es solar . Situada en el
distrito San Francisco, cantón Cartago de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte calle pública; al sur Río Navarro; al este Greddy
Calderón Gómez y al oeste Gerardo Badilla Acuña. Mide: mil seiscientos treinta
metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número C-1604024-2012.
Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma
de cuatro millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra,
y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de nueve años. Que no
existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mejoras y mantenimiento
de la finca. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Marisol
Auxiliadora Ramos Méndez. Expediente: 15-000112-0699-AG.—Juzgado
Agrario de Cartago, 29 de junio del 2016.—Licda. Rebeca Salazar Alcocer,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044939 ).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Blanca Rosa del Socorro Sánchez
Guillén, mayor, divorciada, ama de casa, costarricense, con documento de
identidad Nº 0204170441 y vecina de San Ramón. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 16-000092-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo
del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, (San Ramón) (Materia Civil), 06
de julio del 2016.—Dr. Minor Chavarría Vargas,
Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044576 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría, Glenda Abarca
Marín, mayor, soltera, vecina de San José, secretaria, cédula de identidad
número uno-mil ciento cinco-cero ochocientos noventa y Carolina Abarca Marín,
mayor, soltera, vecina de San José, administradora de empresas, cédula de
identidad número uno-cero novecientos noventa y dos-cero ciento ochenta y
cinco; solicitan al suscrito Notario tramitar de quien en vida fuere nuestra
madre la señora Elizabeth Marín Hernández, mayor, ama de casa, divorciada en
primeras nupcias, vecina de San José, portadora de la cédula de identidad
número uno-cero cuatrocientos diecisiete-cero novecientos setenta y cinco,
fallecida el veinticinco de noviembre del año dos mil quince. Habiéndose
comprobado su fallecimiento, se declara abierto el sucesorio y se cita y
emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta
días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Mauricio Marín Sevilla,
al fax: 22 90 36 53 a San José, Sabana Norte, edificio Torres del Parque, piso
tercero.—Lic. Mauricio Marín Sevilla, Notario.—1 vez.—( IN2016044581 ).
Se hace saber que en esta
notaría se tramita el proceso sucesorio notarial de quien en vida fue Bruno
Corneo Crotti, quien fuera mayor, agricultor,
divorciado una vez, cédula ocho cero cero seis dos
cero seis nueve ocho, vecino de San Bosco de Santa Bárbara de Heredia, del
comercial El Mercadito dos kilómetros al noreste. Se emplaza a los herederos, acreedores
y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de 30 días
contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que si no se apersonan dentro del plazo, aquella pasara a quien
corresponda. Notaria del licenciado Hernán Paniagua Ramírez, sita en la Ciudad
de Santa Bárbara de Heredia, costado norte de la Iglesia Salón Parroquial,
teléfono 2269-39-90.—Santa Bárbara de Heredia, 5 de
julio del 2016.—Lic. Hernán Paniagua Ramírez, Notario.—1
vez.—( IN2016044582 ).
Se hace saber que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María
Sanabria Sánchez, mayor, casada una vez, ama de casa, costarricense, con
documento de identidad 3-0164-0993 y vecina de Javillos de Pavones. Se cita a
las personas herederos, legatarios, acreedor es y en general a todas las
personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese
plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Exp. N°
13-000098-0341-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de
Turrialba (Materia Agraria), 01 de julio del 2016.—Lic. Wilberth
Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2016044590 ).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de
quien en vida se llamó Castulo Suarez Sequeira, mayor,
casado, pensionado, nacionalidad nicaragüense, con documento de identidad N°
08-0065-0005 y vecino de Liberia, Guanacaste, barrio
Guardia, quien falleció el 13 de julio del 2015. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no,
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 16-000056-0386-CI.—Juzgado Civil y
Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil),
17 de junio del 2016.—Lic. Javier Camacho Duarte, Juez.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016044610 ).
Se cita y emplaza a todos
los herederos, legatarios, acreedores e interesados en la sucesión de Larry Drew Glickman, ciudadano
estadounidense, pasaporte número dos uno siete dos seis siete tres uno dos,
mayor, casado por segunda vez, pensionado, vecino de Florida Estados Unidos de
Norteamérica, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a reclamar sus
derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se
presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente: 0002-2016. Notaría del licenciado Gonzalo Alfonso Monge Corrales.
Ciudad Quesada, costado norte de los Tribunales. Fax: 24 60 25 19.Teléfono: 24
60 00 46.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—( IN2016044619 ).
Se hace saber: Que en
este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Roberto
Soto Cedeño, mayor, pensionado, costarricense, con documento de identidad
0102300952 y vecino de Cuatro Reinas de Tibás. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Exp. N° 16-000129-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José,
22 de junio del 2016.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado
Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2016044621 ).
Se cita y emplaza a todos
los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en
la sucesión de quien en vida se llamó Marco Vinicio Mena Mora, quien fuera
mayor, casado, agricultor, vecino de Barbacoas de Puriscal,
cédula de identidad N° 1-857-826, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a los autos a
hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento, a los que crean tener derecho a
la herencia, de que si no, se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien
corresponda. Publíquese por una única vez. Sucesión Nº 16-100049-0197-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal,
Santiago, 17 de mayo del 2016.—Licda. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—( IN2016044636 ).
Se hace saber que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio testamentario de quien en vida se
llamó Rogelio Jiménez Castro conocido como Roy Jiménez Castro, mayor, casado
una vez, ingeniero en electrónica, costarricense, con documento de cédula de
identidad N° 1-166-608 y vecino San José, San Pedro de Montes de Oca. Se cita a
los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que si no, se apersonan
dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº
16-000358-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía
del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 02 de junio
del 2016.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1
vez.—( IN2016044638 ).
Notaría del licenciado
Miguel Herrera González, en Rohrmoser, Pavas, San
José, mediante acta firmada ante esta Notaría a las diez horas del veinticinco
de junio del dos mil dieciséis, se solicita al suscrito notario público, por
parte de los señores Gladys Divina Mora Herra, cédula
nueve-cero dos uno-cero seis cinco tres, Ronny
Gonzalo Valverde Mora, cédula uno- cero seis siete nueve-cero cinco tres nueve,
Roberto Francisco Valverde Mora, cédula cuatro- cero uno seis cuatro
cero-cuatro nueve uno y Lilliana Rocío Valverde Mora,
cédula cuatro-cero uno cinco cero-cero cuatro seis cinco, cónyuge supérstite e
hijos de quien en vida se llamó Gonzalo Valverde Chinchilla, mayor de edad,
casado una vez, pensionado, vecino de uno ocho, quien falleció el doce de marzo
del dos mil ocho, la tramitación del proceso sucesorio en sede notarial del
citado señor. A ser las ocho horas del veintisiete de junio del dos mil
dieciséis, comprobándose en forma fehaciente el fallecimiento de Gonzalo
Valverde Chinchilla, se declara abierto el proceso sucesorio ab intestato. Se
cita y emplaza a todos los interesados para que en el plazo máximo de treinta
días se apersonen a hacer valer sus derechos en esta notaría, ubicada en Rohrmoser, Pavas, cien metros norte y cien oeste de la
estación de bomberos. Teléfono 2232-4000.—Lic Miguel Herrera González, Notario.—1 vez.—( IN2016044647
).
Por una sola vez, se cita y emplaza a todos los interesados en la
sucesión de quien en vida se llamó: Rafael Picado Chaves, mayor, casado dos
veces, abogado, cédula de identidad número uno-cuatrocientos setenta y
ocho-cuatrocientos treinta y cuatro, vecino de San José, Ciudad Colón,
condominio San Cristóbal, casa ciento cincuenta y tres, para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento de que si no lo
hacen dentro del término indicado, la herencia pasara a quien corresponda. Exp. N° 005-2016-SUC, sucesorio notarial. Tramitado en la
notaría del licenciado Héctor Rolando Vargas Sánchez, cédula 4-150-680 cita en
Heredia, 15 metros al este de los Tribunales de Justicia, Oficentro
de la avenida segunda oficina N° 3.—San José, 7 de julio del 2016.—Lic Héctor Rolando Vargas Sánchez, Notario.—1 vez.—(
IN2016044662 ).
Se hace saber que en este
despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Gilbert Oconitrillo Jara, mayor, estado civil casado una vez,
profesión abogado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad
0201800459 y vecino de Agua Caliente de Bagaces. Se
cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las
personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos,
con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que,
sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará
a quien corresponda. Exp. N° 16-000083-0386-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), 21 de junio del 2016.—Lic. Javier
Camacho Duarte, Juez.—1 vez.—( IN2016044697 ).
Se emplaza a todos los
herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la
sucesión de Celso Corrales Fallas, quien fue mayor, divorciado, agricultor,
vecino de Aserrí, cédula de identidad 1-035-1762,
para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no
se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 16-100017-0217-CI. Sucesión de Celso Corrales
Fallas.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer
Circuito Judicial de San José, Desamparados, 5 de febrero del 2016.—Licda.
Ana Milena Gutiérrez Rojas, Jueza.—1 vez.—(
IN2016044702 ).
Se hace saber que en este
despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Sergio
Alexis Briceño Peraza, mayor, divorciado tres veces, chofer para la Cruz Roja
costarricense, nacionalidad costarricense, con documento de identidad
1-0893-0227, vecino de Liberia, Guanacaste, quien falleció el 2 de enero de
2016. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a
todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese
plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Exp. N°
16-000007-0386-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), 16 de
febrero del 2016.—Licda. Ivannia Solano Gómez, Jueza.—1 vez.—( IN2016044703 ).
Se hace saber que en este
despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Zoila Brenes
Meza, mayor, casada una vez, ama de casa, con documento de identidad N°
3-0114-0001 y vecina de Paraíso de Cartago. Se cita a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que si no, se apersonan
dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº
16-000129-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 12
de abril del 2016.—Msc. Mateo Ivankovich
Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2016044708 ).
Se hace saber: Que en
este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Luis
Manrique Chinchilla Solano, mayor, estado civil soltero, profesión,
nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0303420926 y vecino de San
José, Moravia. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer
valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a
la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese
plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Exp. N°
16-000043-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo
Circuito Judicial de San José, 28 de abril del 2016.—Lic. Jainer Alonso Gamboa Muñoz, Juez.—1
vez.—( IN2016044728 ).
Por el plazo de treinta días a partir de la publicación del presente
edicto, se cita y se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás
interesados en rendir oposición a las presentes diligencias sucesorias de quién
en vida fuera Carlos Gerardo Chavarría Cubero, con cédula N° 401310274, mayor,
soltero, vecino de Heredia, Jesús de Santa Bárbara de, quien falleció el once
de octubre del dos mil quince, para que manifiesten lo que crean pertinentes
dentro del referido plazo, bajo apercibimiento de que en caso de omitirlo, la
herencia pasará a quién corresponda. Publicar por una única vez. Sucesión
expediente N° 16-000089-0638-CI.—Juzgado
Contravencional y Civil de Menor Cuantía de San Joaquín de Flores, 30 de
junio del 2016.—MSc. Rodrigo Campos Gamboa, Juez.—1
vez.—( IN2016044734 ).
Se hace saber: Que en
este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Dinorah
Margarita Monge Fonseca, mayor, estado civil casada, profesión, nacionalidad
Costa Rica, con documento de identidad 0103240212 y vecina de San José,
Sabanilla. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer
valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a
la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese
plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Exp. N°
16-000023-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo
Circuito Judicial de San José, 2 de mayo del 2016.—Lic. Jainer
Alonso Gamboa Muñoz, Juez.—1 vez.—( IN2016044764 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Marco
Antonio Muñoz Delgado, quien fue mayor, casado una vez, cédula número
uno-cuatrocientos cuarenta y seis-cero treinta y ocho, vecino de San Francisco
de Dos Ríos, de la Estación de Servicios Delta, cincuenta metros al norte, para
que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de
este edicto, que se hará por una sola vez en el Boletín Judicial, se
apersonen hacer valer sus derechos los que crean tener calidad de herederos
ante esta notaría ubicada en San José, avenida diez y doce, calle treinta y
uno, oficina número mil setenta y uno, apercibidos, de que si no, lo hicieren
dentro del plazo dicho la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N°
002-2016. Notaria del Bufete Corporación de Asuntos Jurídicos.—Lic.
Rafael Calderón Pacheco, Notario.—1 vez.—(
IN2016044765 ).
Se emplaza: A todos los
herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la
sucesión de Carlos Luis Castro Araya, quien fue mayor, casado, agricultor,
vecino de Bustamante de Desamparados, cédula de identidad N° 1-0127-0746,
Celina Hidalgo Sibaja quien fue mayor, casada, de oficios del hogar, vecina de
Bustamante de Desamparados, cédula de identidad de 1-0145-0118, y Carlos
Alberto Castro Hidalgo quien fue mayor, soltero, agricultor, vecino de
Desamparados, cédula de identidad número 1-0401-0245, para que dentro del plazo
de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean
tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo
citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N°
14-100254-0217-CI. Sucesión de Carlos Luis Castro Araya, Celina Hidalgo Sibaja
y Carlos Alberto Castro Hidalgo.—Juzgado Civil y de
Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 8 de marzo
del 2016.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—( IN2016044767 ).
Se hace saber que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José
Reinaldo Sancho Álvarez, mayor, estado civil casado, profesión, nacionalidad
Costa Rica, con documento de identidad 0800600933 y vecino de San José, la Isla
de Moravia. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer
valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a
la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N°
16-000104-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo
Circuito Judicial de San José, 25 de mayo del 2016.—M.Sc.
Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2016044773 ).
Se hace saber: Que ante esta notaría se tramita el proceso sucesorio
notarial número cero siete-dos mil dieciséis, de quien en vida se llamó
Bienvenida Calderón Amador, quien fuera mayor, viuda, ama de casa, vecina de
Pérez Zeledón, San Isidro, Barrio San Luis, cien metros noroeste de la Bomba Gasotica, con cédula número tres-cero noventa y
nueve-seiscientos sesenta y seis. Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que en el
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de este
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Fax 2234 7603. Email:
noidygarbanzo@yahoo.com.—San José, veintisiete de junio del dos mil dieciséis.—Licda. Noidy Garbanzo Garbanzo, Notaria.—1 vez.—(
IN2016044784 ).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de
quien en vida se llamó Roger Alberto de La Trinidad Díaz Santamaría, mayor,
divorciado, pensionado, con documento de identidad N° 0105500351 y vecino de
San Amón de La Unión de Cartago. Se cita a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que
crean tener derecho a la herencia, de que si no, se apersonan dentro de ese
plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000152-0504-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 17 de junio del 2016.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca,
Juez.—1 vez.—( IN2016044797 ).
Que a esta notaria, ha llegado solicitud de apertura de sucesorio en
sede notarial de quien en vida fueron los señores: Antonia Lizano Vargas,
portadora de la cédula de identidad Nº 2-0128-0083, fue vecina de San Carlos, Pital, y del señor Heriberto Vargas Acuña, quien portó la
cédula de identidad Nº 2-121-278, fue vecina de San Carlos, Pital.
De conformidad con lo establecido en la legislación vigente se cita y emplaza
por el plazo de 30 días a los herederos, legatarios, acreedores, e interesados
en general, hacer valer sus derechos ante esta notaría, sito en: Provincia: San
José, cantón: San José, ubicación exacta en barrio Bellavista, casa dos, tres,
tres, sito en calles: calle diecisiete, avenidas dos y cuatro, sobre el
Boulevard Ricardo Jiménez, con un horario de ocho a.m. a once a.m. y de una
p.m. a cinco p.m. (8-11 am y de 1:00 pm a 5:00 pm) de
lunes a viernes, oposición que debe ser dejada por escrito en la recepción de
dicho lugar, en caso de ocupar copias del expediente pedirlo por escrito y se
le entregarán gratuitamente. Esta prevención es para los quienes crean tener
derecho a la herencia, si no, se presentan dentro de ese plazo, la herencia
pasará a quien corresponda. Es todo. Firmo en San José, a las nueve horas
treinta minutos jueves siete de julio del año dos mil dieciséis.—Lic. Andrés Durán López, Notario.—1
vez.—( IN2016044814 ).
Se emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Nora Luisa Cortés Chavarría, quién fuera mayor,
casada en primeras nupcias, ama de casa, vecina de La Cruz, con cédula de
identidad N° 8-046-496; para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen a su proceso sucesorio,
tramitado en la notaría del licenciado Óscar Alpízar
Carvajal, ubicada en Liberia centro, segundo piso Centro Comercial Bambú, a
hacer valer sus derechos; apercibidos de que si no lo hicieren dentro del plazo
indicado la herencia pasará a quienes corresponda. Exp.
N° 2016-0001-NOT. Sucesorio de la señora Nora Luisa Cortés Chavarría.—Liberia, 5 de julio del 2016.—Lic. Óscar Alpízar Carvajal, Notario.—1
vez.—( IN2016044820 ).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión de Guillermo González Lizano, quien era mayor,
casado una vez, pensionado, vecino de Cartago, Turrialba, La Suiza, Atirro, cédula uno-cero dos ocho ocho-cero cinco uno nueve.
Albacea provisional Esmeralda Rojas Acosta, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a
reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos
que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasara a quien
corresponda. Expediente N° 01-2016. Notaría del licenciado José Antonio Tacsan Lobo, carne número 19836, sita en avenida 12, entre
calles 11 y 13, N° 1160, fax 2255-1160.—Lic. José Antonio Tacsan
Lobo, Notario.—1 vez.—( IN2016044844 ).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión de Victoria Guzmán Acosta, quien era mayor,
soltera, pensionada, vecino de Cartago, Turrialba, La Suiza, Atirro, cédula uno-cero uno uno
cinco-tres dos uno cinco. Albacea provisional Esmeralda Rojas Acosta, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-2016. Notaría del licenciado José
Antonio Tacsan Lobo, carne número 19836, sita en
avenida 12, entre calles 11 y 13, N° 1160, fax 2255-1160.—Lic. José Antonio Tacsan Lobo, Notario.—1 vez.—(
IN2016044846 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Nelson
Mora Castro, quien fue mayor, soltero, cédula de identidad número
uno-quinientos sesenta y cinco-seiscientos noventa y nueve, agricultor, vecino
de La Potenciana de Mercedes Sur de Puriscal, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a los autos a
hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento, a los que crean tener derecho a
la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien
corresponda. Sucesión N° 16-100016-0197-CI.—Juzgado
Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 4 de
marzo del 2016.—Licda. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—1
vez.—( IN2016044860 ).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión de quien en vida fue Guillermo Morales Rivas,
mayor de edad, cédula 8-044-627, para que dentro del plazo de treinta días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar
todos sus derechos, se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos
que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien
corresponda. Exp. N° 002-2016. Notaría licenciado
Rubén Eduardo Naranjo Brenes. Dirección San José, Zapote, de las torres de
radio Columbia 200 metros al sur y 50 metros al este. Edificio Erasmo.—San José, 7 de Julio del 2016.—Lic. Rubén Eduardo Naranjo
Brenes, Notario.—1 vez.—( IN2016044866 ).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión de quien en vida fue Elizabeth Rivera Vargas,
mayor de edad, cédula 3-0202-0188, para que dentro del plazo de treinta días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar
todos sus derechos, se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos
que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien
corresponda. Exp. N° 0001-2016. Notaría licenciada
Silvia Ocampo Vargas. Dirección San José, Zapote, de las torres de Radio
Columbia 200 metros al sur y 50 metros al este, edificio Erasmo.—San José, 7 de julio del 2016.—Licda. Silvia María Ocampo
Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2016044867 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en
vida fuera Marjorie de Los Ángeles Rodríguez Barboza,
mayor, casada una vez, pensionada, vecina de San Miguel de Desamparados, 200 al
sur y 200 al este de la Plaza. Urbanización El Emperador, casa 16-A, cédula de
identidad N° 7-0075-0471, fallecida en 24/09/2012, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría ubicada en San Sebastián del Banco de Costa Rica 50 metros
sur, a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento de que en caso de no
hacerlo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 04-2016. Sucesión
Marjorie de Los Ángeles Rodríguez Barboza. Licenciada
Tatiana Calvo Arias, Notaria Pública, teléfono 8398-0167.—San
José, 1 de julio del 2016.—Licda. Tatiana Calvo Arias, Notaria.—1 vez.—( IN2016044873 ).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión de José Óldemar
Eulogio Obando Mairena, conocido como Óldemar Obando
Mairena, mayor, casado una vez, ebanista, vecino Hatillo 2 del Liceo Roberto
Brenes Mesén, 200 este y 75 al sur, con cédula N° 5-0053-0092, para que dentro
del plazo de treinta días, y contados a partir de la publicación comparezcan
ante esta notaria ubicada en San Sebastián del Banco de Costa Rica 50 metros al
sur, a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento de que en caso de no
hacerlo la herencia pasara a quien corresponda. Expediente N° 03-2016.
Sucesorio José Óldemar Eulogio Obando Mairena conocido
como Óldemar Obando Mairena. Licenciada Tatiana Calvo
Arias, teléfono 8398-0167.—San José, 29 de junio del
2016.—Lic. Tatiana Calvo Arias, Notaria.—1 vez.—(
IN2016044874 ).
Se hace saber que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Mayra
Irma Jovita Gómez Villegas, mayor, divorciada, con documento de identidad N°
0601310019 y vecina de Guácimo, Limón. Se cita a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que
crean tener derecho a la herencia, de que si no, se apersonan dentro de ese
plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000082-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, 29 de junio del 2016.—Lic. Gersan
Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2016044889 ).
Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de
quien en vida fuera Jorge Luis Alvarado Porras, quién en vida fue mayor, capaz,
viudo, cédula de identidad dos-tres tres cero-dos cuatro cero, cuyo último
domicilio fue en Alajuela, Grecia, San Isidro, defunción que consta en el
Registro Civil con las cita de inscripción: uno cero cinco uno cuatro uno ocho
cero cero tres seis cero, para que en el término de
treinta días contados a partir de esta publicación de edicto, comparezcan ante
mi notaría ubicada en la ciudad de Alajuela, Grecia, Tacares, Prendas,
doscientos metros sur de la iglesia, a hacer valer sus derechos, apercibidos de
que de no se presentarse en el plazo indicado los bienes se adjudicaran a quien
legalmente correspondan. Exp. Not.
002-2016.—Alajuela, 7 de julio del 2016.—Lic. C. Ruiz
A., Notario.—1 vez.—( IN2016044896 ).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito de la persona menor de edad Rosaura Oporta
Urbina, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días
que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado.
Expediente N° 16-000330-0688-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia), 22 de junio
del 2016.—Msc. Ana Belly
Umaña Quesada, Jueza.—Exonerado.—( IN2016043599 ). 3
v. 3
Se convoca por medio de edicto que se
publicara por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran
derecho a la tutela de la persona menor de edad Gonzalo Vindas
Jiménez, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a
partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente Nº
16-000344-0673-NA.—Juzgado de Niñez y Adolescencia
del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de junio de 2016.—Yerma Campos
Calvo, Jueza.—Exonerado.—( IN2016043600 ). 3
v. 3
Se cita y emplaza a todas las personas
que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Ismael Mesén Arroyo,
para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se
contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°
16-000170-1343-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado Civil,
Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia
Familia), 29 de junio del año 2016.—Mariselle
Zamora Ramírez.—Exonerado.— ( IN2016043623 ). 3
v. 3
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito judicial de las personas menores de edad Jesús Andrés y María ambos de
apellidos Vargas Alfaro, para que se apersonen a este Juzgado, dentro del plazo
de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto
ordenado. 23 de junio del 2016. Expediente N° 16-000609-1302-FA. Clase de
asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a las dieciséis horas y cuarenta y
ocho minutos del veintitrés de junio del dos mil dieciséis.—Msc.
Marilene Herra Alfaro,
Jueza.—Exento.—( IN2016043859 ). 3
v. 3
Se hace saber que en este Despacho se tramitan las diligencias de
presunción de muerte de Sevigne Sibaja Quirós,
expediente Nº 15-000472-0221-CI, promueve: Eduardo Sibaja Quirós, a efecto de
que se declare la presunción de muerte de Sevigne
Sibaja Quirós, cédula Nº 0101240462. Se emplaza a los interesados que tuvieren
noticia sobre su presunta muerte, para que dentro del plazo de tres meses,
contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a presentar su
oposición a estas diligencias. Declaración de ausencia. Expediente Nº
15-000472-0221-CI.—Juzgado Primero Civil de San
José, 08 de abril del 2016.—Msc. Ricardo Díaz Anchía, Juez.—( IN2016035931 ). 3 v. 2 Alt.
Se hace saber que ante este Despacho, se tramitó proceso de
presunción de muerte promovido por María Isabel, Rosaura Elizabeth, Dora
Emilia, Evelio Antonio, Francisco Raúl y Alejandra todos de apellidos Castillo
Aguilar a excepción de la primera que es Aguilar Calderón, es su condición de
esposa la primera y el resto de hijos; encaminado a solicitar la Presunción de
Muerte de Juan de Dios Castillo Calderón, conocido como Héctor Castillo
Calderón, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de la provincia de Cartago
del Estadio José Rafael “Fello” Meza Ivancovich; 200 metros sur y cien metros oeste, portador de
la cédula de identidad número tres-cero ocho siete-tres uno nueve. En el mismo
se dictó la resolución que dice: “Sentencia de primera instancia N° 258-2015.
Juzgado Civil de Cartago, a las diez horas y cincuenta y siete minutos del
treinta de octubre de dos mil quince. Por tanto, en mérito de lo expuesto se
declara con lugar la presente acción no contenciosa, presentada por los gestionantes quienes son María Isabel, Rosaura Elizabeth,
Dora Emilia, Evelio Antonio, Francisco Raúl y Alejandra todos de apellidos
Castillo Aguilar a excepción de la primera que es Aguilar Calderón, por lo que
se declara la Presunción de muerte del señor Juan de Dios Castillo Calderón
conocido como Héctor Castillo Calderón y se da la posesión definitiva de los
bienes del señor Castillo Calderón a sus presuntos herederos sin necesidad de
fianza. Inscribirse esta sentencia en el Registro Civil para lo cual se
transcribirá. Además la parte resolutiva de esta resolución deberá publicarse
por tres veces en el Boletín judicial, con intervalos de quince días y
también en otro medio de comunicación colectiva, en un periódico de circulación
nacional o bien por medio de la radio. Licda. Ivannia
Jiménez Castro, Juez. Exp. N° 13-000433-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 8 de abril del 2016.—Lic.
Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—(
IN2016043229 ). 3
v. 2
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito de las personas menores de edad Dayana Michelle y Randall Joel ambos
apellidos Ugalde Cespedes nacidos en Alajuela, por su
orden el 13 de setiembre de 2004 y el 24 de octubre del 2006 para que se
apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a
partir de la última publicación del edicto ordenado. Clase de Asunto Depósito
Judicial de personas menores de edad. Expediente N° 15-001284-0292-FA.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las quince horas
cuarenta y ocho minutos del seis de junio de 2016.—Msc.
Patricia Vega Jenkins, Jueza.—Exento.—( IN2016044150 ). 3
v. 2
Se hace saber que en este Despacho se
tramitan las diligencias de presunción de muerte del señor Carlos Luis Vargas
Solís, expediente Nº 16-000051-0341-CI, promueve: la señora Flor Mireya Ulloa
Vásquez, mayor , casada una vez, con la cédula de identidad N° 0301590113,
vecina de Aquiares Turrialba de la provincia de
Cartago, a efecto de que se declare la presunción de muerte del señor Carlos
Luis Vargas Solís, quien fuera mayor de edad, casado, con la cédula de
identidad N° 0301170809, quien tuvo como último domicilio el vecindario de Aquiares Turrialba de la provincia Cartago. Se emplaza a
los interesados que tuvieren noticia sobre su presunta muerte, para que dentro
del plazo de tres meses, contados a partir de la publicación de este edicto, se
apersonen a presentar su oposición a estas diligencias. Declaración de
Ausencia. Expediente Nº 16-000051-0341-CI.—Juzgado
Civil de Mayor Cuantía de Turrialba (Materia Civil), 15 de junio del
2016.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—( IN2016044661 ). 3
v. 1 Alt.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito judicial del menor Joshua Arias Rodríguez, para que se apersonen a
este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la
última publicación del edicto ordenado. En otro orden de ideas se avisa al
señor Brayan Adrias Molina,
mayor costarricense, únicos datos conocidos, que en este Juzgado se tramita el
expediente Nº 16-000421-1302-FA, correspondiente a diligencias de depósito
judicial de menor, promovidas por el licenciado Ernesto Romero Obando,
Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia San Carlos, Ciudad
Quesada, donde se solicita que se apruebe el Depósito Judicial de la menor
Joshua Arias Rodríguez. Se le concede el plazo de tres días, para que
manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias. Expediente
N°16-000421-1302-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a las quince horas y cuarenta y
tres minutos del veintiocho de abril del dos mil dieciséis 28 de abril del
2016.—MSc. Marilene Herra Alfaro, Jueza.—Exonerado.— ( IN2016044913 ). 3 v. 1
Se le cita y emplaza al señor Jaime Ramírez Mora del depósito de
la persona menor de edad Anthony Xavier Ramírez Bello, para que se apersone a
este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la
última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 15-000704-0688-FA. Clase
de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del
Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia), a las
trece horas y veinte minutos del uno de julio del dos mil dieciséis, 05 de
julio del 2016.—Msc. Ana Belly
Umaña Quesada, Jueza.—Exonerado.—( IN2016044921 ) 3 v. 1
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se
convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la
curatela del señor Gerardo Rojas Segura, cédula de identidad Nº 02-0253-0412
conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a
encargarse de él dentro del plazo de quince días contados a partir de esta
publicación. Proceso de insania de Suk Him Rojas Cubillo. Expediente Nº 16-000407-1302-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, 28 de junio del 2016.—Licda. Sandra Saborío Artavia,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044577 ).
Licenciada María Marta
Corrales Cordero, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de
la Zona Atlántica, a quien interese, se le hace saber que en proceso de
depósito judicial, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Leidiana Bellido Peralta, se ordena notificarle por edicto,
la sentencia que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica a las ocho horas y cincuenta y siete minutos del
día veintiuno de junio del año dos mil dieciséis. Proceso de depósito judicial,
establecido por Patronato Nacional de la Infancia, en contra de Leidiana Bellido Peralta. Resultando: I... II... III...
Considerando: I... II... III... IV... Por tanto: De conformidad con lo expuesto
y haciendo prevalecer el interés superior de la persona menor de edad, se
accede a la solicitud planteada por el Patronato Nacional de la Infancia razón
por la cual se ordena el depósito judicial del menor Jafet Sidain
Bellido Peralta en el hogar de la señora Rosa Victoria Peralta Vargas Se le
previene a dicha señora, que deberá comparecer al Juzgado de Familia de
Turrialba, dentro del octavo día después de la firmeza de la presente
sentencia, a aceptar el cargo conferido, en razón de la cual se comisiona a ese
juzgado para lo que corresponda. De conformidad con el artículo 263 del Código
Procesal Civil y en virtud que el presente proceso es contra una persona
ausente, representada por un curador procesal, lo procedente es ordenar la
publicación de la parte dispositiva, por una sola vez, en el Boletín
Judicial. Se resuelve sin especial condenatoria en costas por los
principios que informan la materia. Notifíquese.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 5 de julio
del 2016.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.— 1 vez.—Exonerado.—( IN2016044586 ).
Juan Brilla Ramírez. Juez
del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a
Mirna Araya Segura, en su carácter personal, quien es mayor, casada, ama de
casa, cédula 0202821418, se le hace saber que en proceso de insania,
establecida por Mirna Araya Segura a favor del insano Daniel Isaías Guerrero
Araya, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente
dice: N° 663-2016. Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, a las diecisiete horas y once minutos del día treinta de mayo del
año dos mil dieciséis. Actividad Judicial No Contenciosa, de diligencias de
Insania promovidas por Mirna Araya Segura, mayor, casada, ama de casa, vecina
de La Virgen de Sarapiquí, ochocientos metros de la Escuela La Lucha, portadora
de la cédula de identidad N° 2-282-1418 en beneficio del presunto insano Daniel
Isaías Guerrero Araya, mayor, soltero, con discapacidad, vecino de La Virgen de
Sarapiquí, ochocientos metros de la Escuela La Lucha, portador de la cédula de
identidad N° 2-743-386. Interviene el licenciado Luis Diego Jiménez Jiménez, como curador procesal del presunto insano.
Resultando: I.- La promovente de esta acción, solicita
que en sentencia se declare: Que se declare a Daniel Isaías Guerrero Araya en
estado de interdicción. Que se me nombre administradora interina (curadora
provisional) de mi hijo Daniel Isaías Guerrero Araya. Que se me nombre curadora
definitiva como en derecho corresponda, de mi hijo Daniel Isaías Guerrero
Araya. II.- En el procedimiento no se notan defectos u omisiones capaces de
producir nulidad o indefensión, Considerando: I- Hechos Probados: De
importancia para el dictado de la resolución de fondo, se enlistan los
siguientes: a.- El joven Daniel Isaías Guerrero Araya, nació el día dos de
agosto de mil novecientos noventa y cinco (certificación a folio 1); b.- La gestionantes es la madre del presunto insano (certificación
a folio 1); c.- El presunto insano no es casado (certificaciones a folios 2);
d.- El presunto insano es portador de retardo mental moderado, Síndrome de
Down, Dermatitis Atópica y Gastritis (folio 4); e.- El presunto insano no tiene
bienes muebles o inmuebles inscritos a su nombre (folios 6 y 9); f.- El señor
Daniel Isaías Guerrero Araya, fue valorado en la Sección de Psiquiatría y
Psicología Forense, siendo que en lo que interesa, se concluyó: “Es portador de
: 1. Trisomía 21 o Síndrome de Down. 2. Retardo mental moderado...., En atención a sus preguntas específicas, detectamos
que el paciente además: 1. No Está en capacidad para ejercer su derecho al
sufragio, ni para ser electo en cargos públicos. 2. No puede administrar sus
bienes ni está capacitado para opinar sobre los mismos. 3. Se encuentra
discapacitado para administrar pensiones que pudiera recibir por su enfermedad.
4. No puede realizar gestiones bancarias. 5. No puede adquirir artículos de uso
cotidiano. 6. No puede participar en actos judiciales. 7. Está discapacitado
para controlar asuntos financieros ni opinar sobre los mismos. 8. No puede
participar de contratos mercantiles u opinar sobre los mismos. 9. No puede
administrar donaciones, herencias o legados. 10. No está capacitado para vivir
en forma independiente o para elegir con quien desea convivir. 11. No puede
acceder sobre su correspondencia sin la intervención de terceros. 12. No está
capacitada para realizar actividades remuneradas. 13. No puede realizar
actividades de carácter civil. 14. No puede ni está capacitada para decidir
sobre su sexualidad. 15. No puede adoptar personas mayores ni menores de edad.
16. No puede ejercer los atributos de su responsabilidad parental, como
adopción o guarda crianza de menores, supervisar menores u opinar sobre la
educación de un menor ni administrar sus bienes o ejercer la tutela de los
mismos. 17. No puede ejercer la tutela sobre personas menores de edad.” (de acuerdo a las conclusiones del dictamen pericial
psiquiátrico forense N° DMLPF N° 2016-0786 a folio 34). II.-Sobre el fondo: La
prueba documental respecto del estado de salud de Daniel Isaías Guerrero Araya,
es categórica en diagnosticar que el evaluado es una persona que padece de
síndrome de Down y retardo mental moderado lo cual le produce una serie de
alteraciones, que le generan limitaciones y la necesidad de terceras personas
para poder realizar sus actividades básicas. Ante tal situación, resulta
oportuno declarar el estado de insania del estudiado Daniel Isaías Guerrero
Araya nombrándole como curador a su señora madre Mirna Araya Segura, quien
asume la responsabilidad de representarlo judicial y extrajudicialmente,
realizando todas las gestiones legales y administrativas del asistido. Se hace
saber a la señora Mirna Araya Segura que de no cumplir con la responsabilidad que
se le asigna, puede ser removida de su cargo como lo dispone el artículo ciento
noventa y ocho del Código de Familia, que si bien es norma para la Tutela, de
conformidad con el artículo doscientos cuarenta y uno del mismo cuerpo legal,
las mismas normas de la Tutela se le aplican a la Curatela. Para la
administración de los bienes del insano, el curador se encuentra obligado a
rendir la fianza. Conforme lo dispone el artículo ochocientos cincuenta y uno
del Código Procesal Civil, comuníquese esta Declaratoria al Registro Público y
al Registro Civil para que se hagan las anotaciones respectivas del estado de
insania declarada. Los datos de inscripción de nacimiento del señor Daniel
Isaías Guerrero Araya son: tomo setecientos cuarenta y tres (743), folio ciento
noventa y tres (193), asiento trescientos ochenta y seis (386), Sección de
Nacimientos, del Partido de Alajuela. El curador deberá presentar el
inventario, rendir cuentas y gastos de administración, si fuera el caso; y no
tiene libertad de disponer de los bienes de su representado. Cualquier
actuación de naturaleza económica debe contar con la autorización del Despacho
(artículos 211, 215 y 216 del Código de Familia). Deberá la curadora nombrada
acudir ante el despacho, antes de tercer día a aceptar el cargo y jurar.
Expídase ejecutoria para el Registro Público. Los gastos de la declaratoria, se
cargan al patrimonio del incapaz. (Artículos 847 a 853 del Código Procesal
Civil). Por tanto: De conformidad con lo expuesto y citas de ley invocadas, se
declara con lugar las diligencias de declaratoria de insania de Daniel Isaías
Guerrero Araya nombrándole como curador a su señora madre Mirna Araya Segura,
quien asume la responsabilidad de representarlo judicial y extrajudicialmente,
realizando todas las gestiones legales y administrativas del asistido. De no cumplir con la responsabilidad que se le
asigna, puede ser removida de su cargo. Conforme lo dispone el artículo
ochocientos cincuenta y uno del Código Procesal Civil, comuníquese esta
Declaratoria al Registro Público y al Registro Civil para que se hagan las
anotaciones respectivas del estado de insania declarada. Los datos de
inscripción de nacimiento del señor Daniel Isaías Guerrero Araya son: tomo
setecientos cuarenta y tres (743), folio ciento noventa y tres (193), asiento
trescientos ochenta y seis (386), Sección de Nacimientos, del Partido de
Alajuela. El curador deberá presentar el inventario, rendir cuentas y gastos de
administración, si fuera el caso y no tiene libertad de disponer de los bienes
de su representado. Cualquier actuación de naturaleza económica debe contar con
la autorización del Despacho. Deberá la curadora nombrada acudir ante el
despacho, antes de tercer día a aceptar el cargo y jurar. Expídase ejecutoria
para el Registro Público. Los gastos de la declaratoria, se cargan al
patrimonio del incapaz. Notifíquese. Juan Damián Brilla Ramírez. Juez. Lo
anterior por haberse establecido así en el proceso de insania a favor del
insano Daniel Isaías Guerrero Araya, número de expediente 15-000455-1307-FA,
promovido por Mirna Araya Segura.—Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica,
23 de junio del 2016.—Lic. Juan Damián Brilla Ramírez Juez.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016044593 ).
Se cita y emplaza a todas
las personas que tuvieren interés en el proceso de Infracción Ley de Tránsito,
para que se apersonen a este Juzgado con el fin de disponer del vehículo tipo:
motocicleta, marca: Yamaha, color: negro, sin más datos o características,
dentro del plazo de cinco días que se contarán a partir de la publicación del
edicto ordenado. Expediente N° 04-800124-0359-PJ. Clase de asunto Infracción
Ley de Tránsito, donde figura como menor acusado José Pablo Quirós Vega y como
ofendido Ley de Tránsito.—Juzgado Penal Juvenil de Turrialba, 01/04/2016.—Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2016044605 ).
Se convoca a todas
aquellas personas que tengan interés en la Diligencias de insania que promueve Yorleni Del Rosario Marín Abarca a favor de Cristhofer Guido Marín, quien es mayor, costarricense,
soltero, estudiante, portador de la cédula de identidad N° 1-1612-0490, con
domicilio en barrio San Martin, 300 metros al oeste, 25 al norte y 150 oeste,
de la Escuela Antonio Obando para que se presenten dentro del plazo de quince días
contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
15-400253-0928-FA (259-2-2015)-B, diligencias de insania de: Cristhofer Guido Marín, promueve: Yorleni
Marín Abarca.—Juzgado de Familia de Cañas, Cañas,
8 de octubre del 2015.—Lic. Luis Fernando Saúrez
Jiménez, Juez.—1 vez.—( IN2016044611 ).
El licenciado Bridley Rodríguez Aguilar, Juez
del Juzgado de Cobro Menor Cuantía y Contravencional de Grecia. Hace saber a la
sociedad Asesorías en Administración Educativa Sociedad Anónima cédula jurídica
3-101-206234, representado por Gerardo Alfredo Barboza Chavarría, cédula de
identidad 01-0823-0069, domicilio de la sociedad San José Moravia del Liceo
Emma Gamboa, dos cuadras al norte, casa de una planta a mano izquierda con
tapia color crema y verjas color café, que en este Despacho se interpuso un
proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A.
contra Siney Chacón Mora, expediente N° 13-
006974-1204-CJ donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen:
Juzgado de Cobro Menor Cuantía y Contravencional de Grecia. A las diez horas y
treinta y cinco minutos del veintiocho de marzo del año dos mil catorce. Se
tiene por establecido el proceso ejecución prendaria en contra de Siney Chacón Mora; a quien(es) se le(s) previene que en el
primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se
pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de
Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08,
celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax
debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono. Igualmente se les invita a utilizar
“El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para
recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial
del Poder Judicial, http://www.poderjudicial.go.cr.
Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el
expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior,
en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07
celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de
este asunto, se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de
trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta
con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar
de residencia. Con la base de dieciséis mil ochocientos veinticinco dólares con
cuarenta y cuatro centavos libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el
bien dado en garantía, sea el vehículo placa: SYD076, marca: Hyundai. Para tal
efecto se señalan las once horas y cero minutos del veintidós de setiembre del
año dos mil catorce (primer remate). De no haber
postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las once horas y
cero minutos del ocho de octubre del año dos mil catorce, con la base de doce
mil seiscientos diecinueve dólares con ocho centavos (rebajada en un 25%). De
no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las once horas y
cero minutos del veintitrés de octubre del año dos mil catorce, con la base de
cuatro mil doscientos seis dólares con treinta y seis centavos (un 25% de la
base original). Publíquese el edicto de ley. De la anterior liquidación de
intereses, se confiere audiencia por tres días al (los) demandado(s).
Se ordena anotar la presente demanda al margen de inscripción del(los)
vehículo(s) dado en prenda. Mediante anotación tecnológica inscríbase en el
Registro Nacional los respectivos embargos. Se le previene al (los)
demandado(s) Siney Chacón Mora la presentación del
(los) bien(es) dados en prenda a la hora y fecha que se señalada, a fin de que
los posibles postores los tengan a la vista; bajo el apercibimiento de que en
su omisión, se pondrá en conocimiento de la autoridad penal competente.
Artículo 24 de la Ley de Cobro Judicial. Expídase la orden de captura. Al tenor
de los artículos 2 y 21.4, párrafo último de la Ley de Cobro Judicial, por el
improrrogable plazo de ocho días, se cita y emplaza al anotante
Asesorías en Administración Educativa S. A.; para que en la persona de su(s)
legítimo(s) representante(s), se apersone(n) a los autos en defensa de sus
derechos. Apórtese la personería de Asesorías en Administración Educativa S. A.,
así como la(s) de su(s) representante(s), para efectos de proceder con la
notificación. Numerales 102 y 103 ibídem. “Se invita a la parte gestionante a que suministre un número de teléfono
“celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del
despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite
procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye
los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de
notificaciones.” Notifíquese esta resolución al (los) demandado(s),
personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación,
o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones
Judiciales y Otras Comunicaciones; Heredia. La parte demandada puede ser
localizada en la siguiente dirección: San Pablo, 400 sur, 200 este del Parque
Las Cruces, casa a mano derecha, color papaya. Apórtese la suma de dos mil
colones exactos, por concepto de timbres del Colegio de Abogados en el escrito
inicial; bajo el apercibimiento de que en su omisión no le serán atendidas sus
futuras gestiones. Se tiene por otorgado el poder especial judicial al Master
Frank Herrera Ulate por la parte actora, y se tiene
por aceptado el mismo. Artículos 118 del Código Procesal Civil. Para que lleve
a cabo el embargo de los bienes del(os) demandado(s), se nombra ejecutor a
Walter Enrique Ardón Retana. Si no acepta la
designación, deberá presentar ante el despacho judicial y por escrito, las
razones o motivos que lo justifiquen. Caso contrario, se dejará constancia de
que dicho Auxiliar no aceptó el cargo y se informará a la Oficina de Ejecutores
y Peritos Valuadores. Artículo 13 del Reglamento para regular la función de los
Ejecutores y Peritos en el Poder Judicial. Previénesele
al ejecutor que a la hora de elaborar el acta de embargo respectiva, debe
hacerlo con letra legible a fin de evitar confusiones y atrasos innecesarios al
Despacho a la hora de su lectura. La parte interesada le hará saber lo
solicitado. De conformidad con la circular Nº 36-07 emanada por el Consejo
Superior del Poder Judicial, la parte interesada tiene la obligación de suplir
los gastos de traslado, de ida y regreso conforme lo establece los artículos
632, 227, 228, 232 y 229 ibídem. Se fijan sus honorarios en la suma de
veintitrés mil novecientos colones exactos, acorde con la tabla de honorarios
aprobada por el Consejo Superior del Poder Judicial, y artículo 632 párrafo 3)
del Código Procesal Civil; los cuales deberán ser cancelados directamente al
ejecutor. Puede ser localizado al teléfono 22249814, celular: 88746538, fax:
22259647, correo: ejecutorjudicial@yahoo.com En otro orden de ideas, se les
pone en conocimiento de las partes, que una vez firmados los oficios
recordatorios a entidades comisionadas, nuevas comisiones, los
oficios de embargo de salario y bancarios, los mismos deben ser diligenciados
en forma personal por quienes los solicita y hacer llegar al despacho los resultados
obtenidos. Los documentos los podrán bajar por medio del Sistema Costarricense
de Gestión de Despachos Judiciales a través de la página
www.Poder-Judicial.go.cr. Las partes deberán comunicarse al despacho para la
solicitud de clave de autorización para el uso del sistema de Gestión en Línea.
Brayan Li Morales. Juez. Icorderoe.
Juzgado de Cobro Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro). A
las nueve horas y cuarenta y nueve minutos del siete de enero del año dos mil
dieciséis. Conforme se solicita, se ordena verificar un nuevo señalamiento para
sacar a remate el bien dado en garantía, sea el vehículo placa SYD076, marca
Hyundai; y para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del veinte
de junio del año dos mil dieciséis. La base será la misma fijada en autos (base
pactada por las partes en la constitución de la prenda), sea la suma de
dieciséis mil ochocientos veinticinco dólares con cuarenta y cuatro centavos.
De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las once
horas y cero minutos del cinco de julio del año dos mil dieciséis, con la base
de doce mil seiscientos diecinueve dólares con ocho centavos (rebajada en un
25%). de no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las once
horas y cero minutos del veinte de julio del año dos mil dieciséis, con la base
de cuatro mil doscientos seis dólares con treinta y seis centavos (un 25% de la
base original). Publíquese el edicto de ley. En otro orden de ideas, de la
certificación registral de la finca a rematar se denota que existe un decreto
de embargo con las citas 800- 00106835-001, por lo tanto, de conformidad con el
numeral 21.1 de la Ley de Cobro Judicial, deberá demostrar mediante documento
idóneo quien figura como parte actora en el proceso, así como la dirección para
notificar al anotante, en caso de ser persona
jurídica deberán aportar la respectiva personería jurídica. Lo anterior bajo
apercibimiento de que si a la fecha de la subasta no ha sido notificado el anotante, no se verificará el remate. Licda. Diana Vega
Castro. Juez(a). Icorderoe. Juzgado de Cobro Menor
Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro). A las siete horas y
cuarenta y tres minutos del quince de enero del año dos mil dieciséis. De
conformidad con lo solicitado, notifíquese a al anotante
Asesorías en Administración Educativa Sociedad Anónima, la(s) resolución(es) de
la(s) diez horas y treinta y cinco minutos del veintiocho de marzo del año dos
mil catorce (que da curso al proceso), de la(s) nueve horas y cuarenta y nueve
minutos del siete de enero del año dos mil dieciséis, así como la presente
resolución, en la persona de su representante Gerardo Alfredo Barboza
Chavarría, con copias y cédulas personalmente o por medio de cédula y copias de
ley en su casa de habitación, en el domicilio real de éste, o bien en el
domicilio social o real (artículo 20 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°
8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de
enero de 2009). Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones
Judiciales y Otras Comunicaciones; Circuito Judicial de Heredia, Segundo
Circuito Judicial de San José (Goicoechea). En caso que el lugar de residencia
consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el
ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la
notificación, artículo 4° de la Ley de Notificaciones Judiciales. Licda. Diana
Vega Castro. Juez(a). Jjgonzalez. Juzgado de Cobro Menor Cuantía y Contravencional
de Grecia (Materia Cobro). A las diez horas y veinte minutos del dieciséis de
junio del año dos mil dieciséis. Que mediante resolución de las siete horas y
cuarenta y tres minutos del quince de enero del año dos mil dieciséis, se
ordenó comisionar a la Sociedad Anotante Asesorías en
Administración Educativa Sociedad Anónima., la(s) resolución(es) de la(s) diez
horas y treinta y cinco minutos del veintiocho de marzo del año dos mil catorce
(que da curso al proceso), de la(s) nueve horas y cuarenta y nueve minutos del
siete de enero del año dos mil dieciséis , y de las siete horas y cuarenta y
tres minutos del quince de enero del año dos mil dieciséis, por medio de su
representante Gerardo Alfredo Barboza Chavarría, en su domicilio Social, el
cual consta en Personería Jurídica aportada a los autos y coincide con la
misma, siendo que no fue posible realizarse la Notificación, toda vez que según
Acta de Notificación Negativa, la cual como constancia indica “ En dicha casa
vive la familia Corrales Morales en donde me indican que el representante de la
sociedad es el dueño de la casa pero no vive ahí, ellos alquilan y no tienen
comunicación con el mismo, solo hace depósitos electrónicamente”; de
conformidad con el numeral 21.4 de la Ley de cobro Judicial, se ordena notificar por medio de edicto
a la Sociedad Anotante Asesorías en Administración
Educativa Sociedad Anónima, las resoluciones de la(s) diez horas y treinta y
cinco minutos del veintiocho de marzo del año dos mil catorce (que da curso al
proceso), de la(s) nueve horas y cuarenta y nueve minutos del siete de enero
del año dos mil dieciséis , de las siete horas y cuarenta y tres minutos del
quince de enero del año dos mil dieciséis, así como la presente resolución.
Lic. Bridley Rodríguez Aguilar. Juez(a). Jjgonzález. Lo anterior se ordena así en proceso ejecución
prendaria de Banco Improsa S. A. contra Siney Chacón Mora; expediente Nº 13-006974-1204-CJ. Lic. Bridley Rodríguez Aguilar. Juez(a). Jjgonzález
Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico
de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de
aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado de
Cobro Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 16 de junio del 2016.—Lic.
Bridley Rodríguez Aguilar, Juez.—1
vez.—( IN2015044627 ).
Licenciado Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez,
se encuentra la sentencia de las catorce horas treinta minutos del trece de
junio del dos mil dieciséis, que literalmente dice: “Juzgado de Familia de
Cañas, Guanacaste, a las catorce horas treinta minutos del trece de junio del
dos mil dieciséis. Resultando: 1)... 2)... 3) ...
Considerando: I.-Hechos probados: a) ... b)... c)... d)... II.-Sobre el fondo:
... III.-... IV.-... V.-... VI.-... VII.- ...
VIII.-... VI.-... Por tanto: En virtud de lo expuesto y artículos de ley
citados cosas se declara en estado de Insania al señor Marvin Alexis Miranda
Campos. Se designa como curador del mismo al promovente
Elí Faustino de Jesús Miranda Chaves su padre, conforme lo establecen los
artículos 187, 190 y 236, del Código de Familia, a quien se le previene
comparecer a aceptar el cargo conferido dentro de tercero día, bajo el
apercibimiento de que si no lo hiciere, quedará como responsable de los daños y
perjuicios que le puedan sobrevenir a Marvin Alexis Miranda Campos, por su no
aceptación de la curatela y perderá los derechos que le puedan sobrevenir en la
sucesión de él. Se le hace ver al señor Curador que en caso de que el insano
adquiera algún tipo de bienes deberá de poner en conocimiento dicha situación a
fin de inventariar los mismos y valorar si debe o no rendir garantía de
administración, caso contrario podrá ser acusada por el delito de
desobediencia. Una vez que haya d el cargo se inscribirá en el Registro de
Personas, del Registro Público, así como en el Registro Civil en el
Departamento Electoral. Firme la presente sentencia se ordena su publicación el
Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 222 del Código Procesal
Civil se resuelve sin especial condenatoria en costas. Exp.
N° 15-400270-0928-FA (276-1-2015)-B. Proceso de diligencia de Insania de Marvin
Alexis Miranda Campos. Promueve: Elí Faustino de Jesús Miranda Chaves.—Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste, 16 de
junio del 2016.—Lic. Luis Fernando Saurez Jiménez,
Juez.—1 vez.—( IN2016044699 ).
Se hace saber que ante
este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Juana Lidia
Amador Jirón, mayor, soltera, estudiante, documento de identidad N° 0116700044
vecina de la Uruca, la Carpio tercera parada 50
metros al sur y 75 al este, encaminadas a solicitar la autorización para
cambiarse el nombre de Juana Lidia Amador Jirón, por el de Lidia mismos
apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro
del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se
apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de
ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Expediente N°
16-000118-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de San
José, 13 de junio del 2016.—Lic. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2016044824 ).
Licenciado Eddy Rodríguez
Chaves. Juez del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), a Sergio Gerardo Martínez
Zárate y a Xiomara Rodríguez Lara, en su carácter personal, quienes son
mayores, el con cédula de identidad N° 110440328 y ella con cédula N°
0502960718, ella ama de casa y el de oficio desconocido, ambos de estado civil
y domicilio desconocidos, a quienes se les hace saber que en la demanda de
declaratoria judicial abandono, expediente N° 15-000841-0938-FA, establecida
por Patronato Nacional de la Infancia contra Sergio Gerardo Martínez Zarate, se
ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice:
Sentencia Nº 385-2016 Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste. Liberia, a las trece horas cuarenta minutos del cinco de julio de
dos mil dieciséis. Proceso especial de declaratoria judicial de abandono de la
persona menor de edad Kattia Vanessa Martínez
Rodríguez, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, representado por
la licenciada Ana Marcela Montero Noguera, mayor, divorciada, abogada, cédula
de identidad número cinco-doscientos noventa y tres- quinientos treinta y nueve,
vecina de Liberia, en su condición de apoderada general judicial administrativa
sin límite de suma, contra Sergio Gerardo Martínez Zárate, mayor, cédula de
identidad número uno mil cuarenta y cuatro-trescientos veintiocho, de estado
civil, ocupación y domicilio desconocidos, y Xiomara Rodríguez Lara, mayor, ama
de casa, cédula de identidad número cinco-doscientos noventa y seis-setecientos
dieciocho, de estado civil y domicilio desconocidos. Interviene el licenciado
José Luis Moreno Rodríguez, en su condición de curador procesal de los
accionados. Resultando: I... II... III… Considerando: I.-Hechos probados:...
II.-Sobre el fondo... III.-Costa y notificación a los demandados... Por tanto:
Con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los
Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la
Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se falla:
1) Se acoge la demanda de declaratoria de abandono de la persona menor de edad Kattia Vanessa Martínez Rodríguez. Se le
extingue al señor Sergio Gerardo Martínez Zárate y a la señora Xiomara
Rodríguez Lara el ejercicio de la patria potestad. Se dispone poner en custodia
del Patronato Nacional de la Infancia a la mencionada persona menor de edad,
esto para los efectos establecidos en el artículo 161 del Código de Familia,
sea para que tenga su representación legal y para que se gestione a la mayor
brevedad posible la adopción o la tutela según corresponda a su mejor interés.
Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos de la Provincia de San
José, al tomo dos mil doscientos trece, folio cuatrocientos sesenta y nueve,
asiento novecientos treinta y siete. 2) Se ordena notificar esta sentencia a
las personas demandadas mediante la publicación por una c sola vez en el Boletín
Judicial o en un diario de circulación nacional, siendo suficiente con la
publicación de la parte dispositiva con los datos necesarios para identificar
el proceso. 3) Se resuelve este asunto sin especial condena en costas. Notifíquese.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia).—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2016044922 ).
Se convoca por medio de
este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el
artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella
dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso
de insania de Olga Herrera Parrales. Expediente N° 13-001345-0364- FA.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 21 de
abril del 2014.—MSc. Marilene
Herra Alfaro, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044933
).
Msc. Felicia Quesada Zúñiga, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia;
hace saber a Alberto Ramon Rosales Rangel, cédula
046837204, Angie Francinie González Rojas, documento
de identidad 0206250650, ambos de domicilio desconocido, que en este despacho
se interpuso un proceso declaratoria judicial abandono en su contra, bajo el expediente
número 14-001469-0364-FA, donde se dictaron las resoluciones que literalmente
dicen: a las trece horas y treinta y seis minutos del treinta y uno de julio
del dos mil catorce. Se tiene por establecido el presente proceso especial de
declaratoria de abandono de las personas menores de edad Mia Rosales González y
Charlot Sarita González Rojas, planteado por
Patronato Nacional de la Infancia contra Angie Francini
González Rojas y Alberto Ramón Rosales Rangel, a quienes se les concede el
plazo de cinco días para que opongan excepciones, se pronuncien sobre la
solicitud y ofrezcan prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y
122 del Código de Familia. Se les previene a los demandados que en el primer
escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones bajo
el apercibimiento de que mientras no lo hagan las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación
no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley
de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20 del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08,
celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax
debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder
Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le
solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se
sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c)
Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se informa a los
demandados que si por el monto de sus ingresos anuales no están obligados a
presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y
si por limitaciones económicas no les es posible pagar los servicios
profesionales de un abogado, pueden recibir asistencia jurídica en los
Consultorios Jurídicos. En Heredia, los de la Universidad de Costa Rica se
encuentran ubicados frente a Almacén El Rey, segunda planta, y se atiende los
miércoles de las 16:30 a las 19:30 horas, y los sábados de las 9:00 a las 11:00
horas, teléfono central número 22-07-42-23. En otros lugares del país hay otras
Universidades que prestan el servicio. Se advierte, eso sí, que la demanda debe
ser contestada en el plazo que se le ha concedido, por lo que debe procurarse
la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y
1°de la Ley de Consultorios Jurídicos N° 4775)”. Siendo que la Ley N°. 8687,
Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que
entrara en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de
pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte
señale un lugar para atender notificaciones. (Art. 58) y en todos los demás
procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos
medios son: fax, correo electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar dos
medios distintos de manera simultánea. (Art. 36). En caso de no señalar medio,
la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art.
34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo
indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de
previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología
de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no
cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente:
Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial
a los teléfonos 2295-3386 ó 2295-3388 para coordinar
la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea
habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de
Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr, para el
mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica
que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la
confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica
ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde
está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado
ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado
que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad.
Medida cautelar: siendo procedente, tal y como se ha solicitado en el libelo de
demanda, se deposita de manera provisional a las personas menores de edad Mia Rosales
González y Charlot Sarita González Rojas en la
institución actora, cuyo representante deberá de comparecer dentro del plazo de
tres días a aceptar y jurar el cargo. Notificación: se ordena notificar la
presente resolución a los demandados Angie Francini
González Rojas, quien se localiza en Zapote, San José, Urb. La Esmeralda, el
redondel 300 sur, casa Nº 39, color gris, tel.: 60-49-34-01, para lo cual se
comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones del I Circuito Judicial
de San José y Alberto Ramón Rosales Rangel, mismo que se encuentra privado de
libertad en La Reforma, para lo cual se comisiona a la Policía de Proximidad de
San Rafael de Alajuela. Así como también la resolución de las nueve horas y
veintidós minutos del cuatro de diciembre del dos mil catorce. En atención al
memorial presentado por la Licda. Marcela Ramírez Ulate,
en su condición de representante judicial del Patronato Nacional de la Infancia
Oficina Local de Heredia Norte, de fecha cinco de noviembre del dos mil
catorce, visible a folio 281; se tiene por cumplida la prevención de las nueve
horas y treinta minutos del diez de octubre del dos mil catorce, por lo que se
ordena expedir la comisión a fin de notificar a la demandada Angie González
Rojas, el traslado y la presente resolución, la misma se localiza en Zapote,
del redondel de toros, 500 mtrs al sur, (calle Barrio
La Gloria) pegando con cerca, a la izquierda, 25 mtrs
este, Urb. Oriente, sobre calle principal, antes de llegar al puente que da a
los moteles, casa a la derecha esquinera, color terracota, contiguo a cochera
con portón color negro, antes de rotulo que dice avenida 42-A, tel.: 62681489,
para lo cual se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones del I
Circuito Judicial de San José. Con respecto al memorial de fecha diez de
octubre del dos mil catorce, visible a folio 282, se resuelve: de conformidad
con lo dispuesto por el artículo 262 el Código Procesal Civil, a fin de
proceder a nombrarle curador procesal al demandado Alberto Ramón Rosales
Rangel, se resuelve: se ordena expedir y publicar del edicto al que se refiere
el artículo 263 del Código Procesal Civil. De igual manera se le previene a la
parte actora que aporte certificación de los movimientos migratorios del
demandado, así como certificación del Registro de Personas en el que se informe
si el demandado ausente cuenta con apoderado inscrito. Prevención de
honorarios: expídase oficio a la Unidad Administrativa Regional de Heredia, a
fin de que informen al Despacho si asumen el pago de los honorarios de curador
que representará al demandado Alberto Ramón Rosales Rangel, cuyos honorarios se
fijan en la suma de setenta y cinco mil colones. Citación a la parte actora: se
cita a la parte actora para que en el plazo de una semana, posterior a la notificación
de esta resolución, comparezca al juzgado y bajo juramento, responda las
preguntas que se le formularán para determinar la procedencia del nombramiento
del curador procesal del demandado, bajo apercibimiento de que si no comparece,
el proceso no podrá avanzar. Asimismo, deberá la parte actora por escrito
aportar el nombre y calidades de dos testigos que conozcan a los demandados y
declaren sobre su conocimiento o desconocimiento del paradero del mismo. Y
también se ordena notificar la resolución de las diecisiete horas y veintiocho
minutos del veintinueve de julio del dos mil quince. En atención al memorial
presentado por la Licda. Marcela Ramírez Ulate, en su
condición de representante judicial del Patronato Nacional de la Infancia, de
fecha nueve de junio del dos mil quince, visible a folios 316 al 317, se
resuelve: de conformidad con lo dispuesto por el artículo 262 el Código
Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle curador procesal a la demandada
Angie González Rojas, debe la parte actora cumplir con lo siguiente: citación a
la parte actora: se cita a la parte actora para que en el plazo de una semana,
posterior a la notificación de esta resolución, comparezca al juzgado y bajo
juramento, responda las preguntas que se le formularán para determinar la
procedencia del nombramiento del curador procesal de la demandada Angie
González Rojas, bajo apercibimiento de que si no comparece el proceso no podrá
avanzar. Asimismo, deberá la parte actora por escrito aportar el nombre y
calidades de dos testigos que conozcan a la demandada y declaren sobre su
conocimiento o desconocimiento del paradero de la misma. Prevención de
honorarios: expídase oficio a la Unidad Administrativa Regional de Heredia, a
fin de que informen al despacho si asumen el pago de los honorarios de curador
que representará a la demandada Angie González Rojas, cuyos honorarios se fijan
en la suma de setenta y cinco mil colones. Lo anterior se ordena así en proceso
declaratoria judicial abandono de Patronato Nacional de la Infancia de Heredia
contra Alberto Ramón Rosales Rangel y contra Angie Francinie
González Rojas. Expediente N° 14-001469-0364-FA.—Juzgado
de Familia de Heredia, 26 de mayo del 2016.—Msc.
Felicia Quesada Zúñiga, Jueza.—1 vez.—( IN2016044936 ).Máster Ana Cristina Fernández Acuña, Jueza Tramitadora del Tribunal de
Familia del Primer Circuito Judicial de San José; hace saber que en este
Despacho se interpuso proceso de nulidad de matrimonio promovido por la
Procuraduría General de la República, representado por la Licda. Marcela
Ramírez Jara contra Carlos Alberto Rosales Guevara, mayor, comerciante, casado,
portador de la cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos dieciocho-cero
trescientos sesenta y uno, y vecino de San José, y Elena Emperatriz Barrios Movilla, mayor, casada, ama de casa, colombiana, portadora
del pasaporte colombiano, número CC tres dos seis cuatro uno dos cuatro siete,
y con domicilio en San José. Al ser las dieciséis horas y dieciocho minutos del
diecisiete de febrero del dos mil dieciséis, se dictó el Voto Nº 136-2016, el
dispuso comunicar la parte dispositiva de este fallo en el Boletín Judicial,
mismo que en lo conducente dice: “Voto Nº 136-2016. Tribunal de Familia. San
José, a las dieciséis horas y dieciocho minutos del diecisiete de febrero del dos
mil dieciséis. proceso nulidad matrimonio de la Procuraduría General de la
República, representada por Marcela Ramírez Jara, mayor, soltera, procuradora
adjunta, abogada, vecina de Heredia, cédula de identidad Nº 401100097, contra
Elena Barrios Movilla, colombiana, pasaporte de su
país Nº CC-32641747, ama de casa, y Carlos Rosales Guevara, cédula de identidad
Nº 0104180361, y comerciante. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…, 4º—…; Considerando:
I.—…, II.—…, III.—…, IV.—…; Por tanto: Se revoca la
sentencia recurrida. En su lugar se declara la nulidad del matrimonio civil
realizado entre Carlos Alberto Rosales Guevara y Elena Emperatriz Barrios Movilla. Inscríbase esta sentencia en el Registro Civil en
la Sección de Matrimonios de la provincia de San José al tomo: cuatrocientos
sesenta y nueve, asiento: quinientos setenta y nueve, folio: doscientos
noventa. A la firmeza se realizará la comunicación respectiva y también se
expedirá testimonio de piezas a la Dirección General de Migración y Extranjería
para lo que corresponda. Se imponen las costas personales y procesales a la
parte demandada. fs
Benavides-Esquivel-Soto. Expediente Nº 14-000976-186-FA.—Tribunal
de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de mayo del
2016.—Máster. Ana Cristina Fernández Acuña, Jueza de Familia.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016045936 ).
Han
comparecido a este despacho los señores Román Alemán Bolívar, mayor, cédula N°
6-0198-0210 y la señora Ana Mercedes Tenorio López, mayor, con cédula de
residencia: C01735326. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo a este despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación de este edicto. Expediente N° 15-000507-1146- FA.—Juzgado
de Familia de Puntarenas, 14 de mayo del 2015.—Alberto Jiménez Mata,
Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044594 ).
Se hace saber que ante la
notaría pública de la Licenciada Rosa María Vásquez Agüero con oficina en
Alajuela, Invu Las Cañas número dos casa treinta y
seis, han comparecido los señores Hans Guerrero Strauch,
soltero colombiano con pasaporte N° AQ428728, ingeniero en sistemas, vecino de
Alajuela, La Trinidad, hijo de Sigman Guerrero Pinzón
y María Inés Strauch Mestre
colombianos y la señorita Fabiola Delgado Molina, mayor, soltera,
costarricense, cédula: 2 -0696-0663, terapista, vecina de Alajuela, centro 200
metros al norte del antiguo Hospital Viejo, hija de Edgar Delgado González y
Margarita Molina Sánchez ambos costarricenses, han comparecido ante esta
notaría a efecto de celebrar matrimonio civil conforme a nuestra legislación.
En virtud de ello y en cumplimiento del artículo 25 del Código de Familia, se
ordena la publicación de este edicto en aras de que si existe alguna oposición
a la unión solicitada lo hagan saber dentro del plazo de ocho días naturales
después de la publicación de este edicto ante la notaría de la licenciada Rosa
María Vásquez Agüero.—Alajuela, 7 de julio del
2016.—Lic. Rosa María Vásquez Agüero, Notaria.—1
vez.—( IN2016044801 ).
Han comparecido ante este
despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Ingrid Belén Huaman 0rrego, mayor de veinticinco años de edad, soltera,
cajera, cédula N° 8-0112-0474, hija de Ángel Alejandro Huaman
Girón y Jacqueline Orrego Guerrero; y el señor Reyner
Esteban Robert Castillo, mayor de veinticinco años de edad, soltero, agente de
ventas, cédula N° l-1450-0289, hijo de Olman Edmundo
Robert Reid y Cristina Mayela
Castillo Vargas, ambos vecinos de San Josecito de San Isidro de Heredia, del
balneario Las Tranqueras setecientos metros este y cien metros norte y
costarricenses. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún
impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo
ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la
publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Expediente N°
16-100014-0374-CI.—Juzgado Contravencional y de
Menor Cuantía de San Isidro de Heredia, 29 de junio del 2016.—Adriana Jara
Benavides, Jueza.—1 vez.—( IN2016044859 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio el señor Jorge Arturo Torres Zúñiga,
mayor, soltero, mantenimiento, cédula de identidad N° 0503070400, nacido en
centro Liberia, Guanacaste, el 18/09/1978, con 37 años de edad, y la señora
Alexandra Patricia Alvarado Sequeira, mayor, soltera, ama de casa, cédula de
identidad N° 0503660821, nacida en centro Liberia, Guanacaste, el 01/11/1988,
actualmente con 27 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el
domicilio en Liberia, Guanacaste, Liberia. Si alguna persona tiene conocimiento
de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Expediente Nº 16-000391-0938-FA.—Juzgado de Familia
y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia)
(Materia Familia), Liberia, 06 de julio del 2016.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2016044911 ).
Mediante sentencia en firme de las diez horas del dos de junio de
dos mil quince, se condenó al imputado Carlos Gilberto Badilla Umaña por el
delito de portación ilícita de arma permitida, fallo en el cual se ordenó la
prestación de trabajo de utilidad pública por el plazo de un mes; sin embargo,
no se dispuso el destino de la evidencia decomisada al aquí sentenciado, por lo
que se ordena devolver el arma de fuego, tipo pistola, calibre 9x19 mm, marca Norinco, serie 25005945, color negra, al representante de
la sociedad Soto Morales de Seguridad Privada, cédula jurídica 3-101259389. De
lo anterior, es que se ordena publicar tres veces en el Boletín Judicial
mediante edicto la entrega de dicha arma, con el fin de que la parte interesada
se apersone ante este Tribunal a gestionar la entrega respectiva; sí en el
entendido de que la parte interesada tiene el plazo de tres meses para
gestionar lo que corresponda, caso contrario se ordena el comiso definitivo a
favor del Estado, esto de conformidad con la Ley 6106. Exp.
N° 13-110027-0243-TP.—Tribunal de Juicio de Cartago,
15 de febrero del 2016.—Licda. Adriana Sobrado Barquero, Notaria.—( IN2016042791 ). 3
v. 3
Se cita y emplaza a todas
las personas que tuvieren interés en el proceso de infracción ley de tránsito,
para que se apersonen a este juzgado con el fin de disponer del vehículo tipo
motocicleta, Scooter, color rojo, sin más datos o características, dentro del
plazo de cinco días que se contarán a partir de la publicación del edicto ordenado.
Expediente N° 04-800141-0359-PJ. Clase de Asunto infracción Ley de Tránsito,
donde figura como menor acusado Édgar Romero González y como ofendido Ley de
Tránsito.—Juzgado Penal Juvenil de Turrialba,
01 de abril del 2016.—Msc. Gisela Salazar Rosales,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044585 ).
Juzgado Penal del Segundo
Circuito Judicial de San José, en la sumaria N° 11-002405-0175-PE, por delito
de Conducción Temeraria contra Rene Badilla Rojas, en daño de la seguridad
común y de conformidad con el artículo 7 de la Ley de Notificaciones, se
dispone notificar por edicto por una sola vez la resolución de las ocho horas y
doce minutos del diecinueve de abril del dos mil dieciséis, a la señora María
Gabriela Gutiérrez Matarrita cédula de identidad N°
1-1011-0912, dueña de la motocicleta marca JMSTAR, color naranja, placas de
circulación MOT-147261, debiendo los interesados presentar ante este Despacho
la documentación respectiva que acredite su propiedad; así mismo cuentan con el
plazo de un mes a partir de esta publicación, en caso de no presentarse se
ordenara el comiso a favor del estado. Se ordena su publicación por única vez
en el Boletín Judicial. Es todo.—Juzgado
Penal del Segundo Circuito Judicial de San José.—Msc.
Francisco Mena Ayales, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044587).
Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, en la sumaria
12-006903-0174- TR por delito de lesiones culposas contra Jesús Mata Mata en daño de Jazmín Solís Arias y de conformidad con el
artículo 7 de la Ley de Notificaciones, se dispone notificar por edicto por una
sola vez la resolución de las ocho horas y cincuenta y nueve minutos del
diecinueve de abril del año dos mil dieciséis al señor Sergio Adolfo Serrano
Martínez cédula de identidad N° 1-0957-0653 dueño de la motocicleta marca Genesis, año 2011, estito HJ1257,
color azul, placas de circulación MOT-292632, debiendo los interesados
presentar ante este Despacho la documentación respectiva que acredite su
propiedad; así mismo cuentan con el plazo de un mes a partir de esta
publicación, en caso de no presentarse se ordenara el comiso a favor del
estado. Es todo.—Juzgado Penal del Segundo Circuito
Judicial de San José.—Msc. Francisco Mena Ayales, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044588 ).
Vista la gestión que plantea
el señor Alfredo Borel Cuadra, de la Comisión de
Vehículo Decomisados, este Tribunal, resuelve: De la revisión de la presente
causa se logra constatar que el automotor placas 286843, se encuentra inscrito
en el Registro Nacional a nombre del señor Óscar Zepeda López, cédula
602160370, persona que no tiene relación con este proceso y siendo que él mismo
no fue llamado dentro del proceso para hacer valer sus derechos como
propietario registral y con el fin de no causarle perjuicio al dueño registral,
es que se ordena la devolución del bien mueble placas 286843, marca Dodge,
estilo Raider, año 1987, color azul, chasis número
JB7FJ43EXHJ006531, ordenándose localizar a Zepeda López, a su vez se ordena
publicar por una vez en el Boletín Judicial de La Gaceta y un
diario de circulación nacional, con el fin de ponerle en conocimiento acerca de
dicha devolución. Sí en el entendido de que la parte interesada tiene el plazo
de tres meses para gestionar la respectiva entrega, de no existir solicitud de
devolución dentro del término de ley, se ordena el comiso a favor del Estado,
sin ulterior resolución, esto de conformidad con la Ley 6106. Exp. N° 14-000676-0071-PE.—Tribunal
de Juicio de Cartago, 15 de junio del 2016.—Licda. Shirley Moraga Torres,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044591 ).
Juzgado Penal del Segundo
Circuito Judicial de San José, en la sumaria N° 02-200030-0275-PE, por delito
de receptación contra Nelson Ramírez Bolaños, en daño de La Administración de
Justicia y de conformidad con el artículo 7 de la Ley de Notificaciones, se
dispone notificar por edicto por una sola vez la resolución de las nueve horas
y cuatro minutos del diecinueve de abril del dos mil dieciséis a quien sea el
dueño registral o quien tenga interés legítimo de la motocicleta marca Honda,
estilo Splendor, motor 994242807, color rojo, placas de circulación
TMP 141120-71, debiendo los interesados presentar ante este Despacho la
documentación respectiva que acredite su propiedad; así mismo cuentan con el
plazo de un mes a partir de esta publicación, en caso de no presentarse se
ordenara el comiso a favor del estado. Se ordena su publicación por única vez
en el Boletín Judicial. Es todo.—Juzgado
Penal del Segundo Circuito Judicial de San José.—Msc.
Francisco Mena Ayales, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2016044603 ).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
proceso de infracción Ley de Tránsito, para que se apersonen a este Juzgado con
el fin de disponer del vehículo tipo: Motocicleta, marca: Yamaha, color,
celeste, motor: 49T-007558, sin más datos o características, dentro del plazo
de cinco días que se contarán a partir de la publicación
del edicto ordenado. Expediente N° 03-800104-0359-PJ. Clase de Asunto
Infracción Ley de Tránsito, donde figura como menor acusado Gómez Salazar
Carlos y como ofendido Ley de Tránsito.—Juzgado
Penal Juvenil de Turrialba, 31 de marzo del 2016.—Msc.
Gisela Salazar Rosales, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016044604 ).