BOLETÍN JUDICIAL N° 170 DEL 5 DE SETIEMBRE DEL 2016

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Joyce Eduardo Vallejo Briceño, quien fue mayor, divorciado, de nacionalidad Costarricense, portó la cédula 1-0756-0271 y falleció el día 7 de mayo del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 16-002414-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 16-002414-0173-LA. Promovido por Leonardo José Vallejo Palomo a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 3 de agosto del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016057106 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Trinidad González Fallas, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 06-0076-0978 y falleció el día 17 de junio del 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 16-002416-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Promovido por Flory Bagnarello López a favor de sus causahabientes. Expediente N° 16-002416-0173-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 3 de agosto del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016057107 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Eduardo de Jesús de los Ángeles Fernández Mora, quien fue mayor, divorciado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 1-0545-0959 y falleció el día 23 de octubre del año 2015., se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 16-002489-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 16-002489-0173-LA. Promovido por Ricardo Jesús Fernández Murillo y Maikol Eduardo Fernández Murillo a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo De Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 4 de agosto del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016057108 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Francisco Javier Méndez, quien fue mayor, casado, de nacionalidad nicaragüense, portó la cédula de residencia 155806927301 y falleció el día 27 de abril del 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 16-002490-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Promovido por María Lucila Gaitán Sandoval a favor de los causahabientes. Expediente N° 16-002490-0173-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 5 de agosto del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016057109 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Pastora María Torres Bermúdez, quien fue mayor, nacionalidad Costarricense, portó la cédula 1-0678-0920 y falleció el día 1° de julio del año 2016. Se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 16-002491-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. N° 16-002491-0173-LA. Promovida por Oscar Mauricio Peña Torres y Susana María Peña Torres a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 4 de agosto del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016057110 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ronald Aguirre Guadamuz, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 1-0622-0890 y falleció el día 20 de diciembre del 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 16-002510-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Promovido por Miriam Irias Prendas a favor de sus causahabientes. Expediente N° 16-002510-0173-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 09 de agosto del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016057111 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Enrique Solano García, quien fue mayor, casado, de nacionalidad Costarricense, portó la cédula 1-0546-0597 y falleció el día 25 de Junio del año 2016 se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 16-002519-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. N°° 16-002519-0173-LA. Promovido por Yorleny Matarrita Díaz a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de agosto del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016057112 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ramón Eduardo Piedra Chavarría, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 2-0318-0287 y falleció el día 26 de enero del 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 16-002521-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del código de trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Promovido por Lilliana Patricia Rojas Mora a favor de sus causahabientes. Expediente N° 16-002521-0173-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de agosto del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016057113 ).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Rodrigo Manuel Segura Ortega, quien fue mayor, casado, de cincuenta y cuatro años de edad al momento de su fallecimiento, vecino de Acosta, con cédula de identidad número 1-0513-0515, quien falleció el día diecinueve de febrero del dos mil catorce, se les hace saber que: Maribel García Castro, portadora de la cédula de identidad 1-0572-0973, vecina de Acosta, se apersonó en este Despacho en calidad de exesposa del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de Prestaciones del Trabajador Fallecido Rodrigo Manuel Segura Ortega, Expediente Nº 16-300003-0247-LA. Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Acosta, 27 de junio del 2016.—Lic. Karol Valverde Miranda, Jueza.—1 vez.—( IN2016057114 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jason Gerardo Hernández Lizano, quien fue mayor de edad, casado, vendedor, vecino de San Francisco de la Palmera, portador la cédula de identidad número 1-1309-249, y falleció el 19 de junio del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 16-000186-1291-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 16-000186-1291-LA. Jason Gerardo Hernández Lizano a favor de Eilyn Angélica Aguilar Morales.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Laboral), 09 de agosto del 2016.—Lic. Armando Alfaro Araya, Juez.—1 vez.—( IN2016057116 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Antonio Cubillo Mena, mayor, cédula 501890245, fallecido el 23 de octubre del 2012, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias devolución de ahorro obligatorio , bajo el número 16-000303-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Luis Antonio Cubillo Mena a favor de Silvia Melina Mendoza Ruiz. Expediente N° 16-000303-1041-LA.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Laboral), 11 de agosto del 2016.—Licda. Nathalie Palma Miranda, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016057119 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Fabricio Fallas Ureña, mayor, soltero, cédula 1-1601-041 y falleció el 5 de mayo del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 16-001818-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. N° 16-001818-0173-LA. Promovido por German Yujan Fallas Valverde a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de junio del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016057122 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Álvaro Hidalgo Cubero, quien fue mayor, casado, de nacionalidad Costarricense, portó la cédula 2-0219-0417 y falleció el día 14 de Mayo del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 16-002179-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 16-002179-0173-LA. Promovido por Ruth Picado Fonseca a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 08 de agosto del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016057123 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jean Carlos Jiménez Orozco, mayor, costarricense, soltero, cédula 1-1373-0665 y falleció el 6 de junio del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 16-002277-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. N° 16-002277-0173-LA. Promovido por Juan Carlos Jiménez Pérez a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 01 de agosto del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016057124 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Arnoldo Carvajal Céspedes, quien fue mayor, viudo, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 3-0178-0878 y falleció el día 15 de junio del año 2016. Se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 16-002412-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. N° 16-002412-0173-LA. Promovido por Guiselle María Carvajal Quedada a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 3 de agosto del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016057125 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan Gabriel Solórzano Rodríguez, fallecido el 08 de mayo del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 16-000005-1485-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. N° 16-000005-1485-LA.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Palmares (Materia Laboral), 11 de agosto del 2016.—Licda. Adriana Soto González, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016057142 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la Consignación de Fondo Capitalización Laboral, del trabajador fallecido Hugo Jesús Matarrita Matarrita, quien en vida fue mayor, divorciado, Costarricense, vecino de San Buenaventura de Colorado de Abangares, con cédula de identidad número 09-0062-0874, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo expediente número 16-300022-0403-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Abangares, Las Juntas, a las catorce horas quince minutos del diez de agosto del dos mil dieciséis.—Licda. Shirley Carrillo Angulo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016057153 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y quince minutos del veinte de setiembre de dos mil dieciséis, y con la base de dieciocho mil doscientos catorce dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cincuenta y cuatro mil treinta y seis - cero cero cero (354036-000), la cual es terreno con una casa lote 9. Situada en el distrito 10-Hatillo, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Construcasa S. A.; al sur, calle pública; al este, calle pública y al oeste, Construcasa S. A. Mide: ciento treinta y tres metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del cinco de octubre de dos mil dieciséis, con la base de trece mil seiscientos sesenta dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del veintiuno de octubre de dos mil dieciséis con la base de cuatro mil quinientos cincuenta y tres dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Finca Las Adrianitas Sociedad Anónima, Inmobiliaria Los Victoriosos S. A., contra Sonia Patricia Palacios Matarrita. Exp.: 16-000404-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 07 de julio del 2016.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2016060627 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del veintiocho de setiembre del dos mil dieciséis y con la base de tres millones quinientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa número HB-002026, marca Hyundai, estilo Grace, categoría: transporte colectivo interurbano, capacidad quince pasajeros, año 1996, color azul. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de octubre de dos mil dieciséis, con la base de dos millones seiscientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del treinta y uno de octubre del dos mil dieciséis, con la base de ochocientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Enrique Padilla Bonilla contra Walter Raúl Castillo Obando. Expediente: 12-000437-0930-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro), 16 de mayo del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016060629 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las nueve horas y treinta minutos del veintinueve de setiembre del dos mil dieciséis y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos sesenta y siete mil setecientos ochenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación en mal estado. Situada en el distrito 02 San Jerónimo, cantón 14 Moravia de la provincia de San José. Colinda: al norte Carlos Luis Chaves Barrantes; al sur Carlos Luis Matamoros González; al este Fermina González Hidalgo y al oeste calle pública. Mide: doscientos ochenta metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de octubre del dos mil dieciséis, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del uno de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Enrique Padilla Bonilla contra Mauren Irlene Masís Mora. Expediente: 10-000815-0930-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro), 16 de mayo del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016060630 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos (11:00 a.m.) del veintiocho de setiembre de dos mil dieciséis, y con la base de seis mil cuatrocientos ocho dólares con cuarenta y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa Nº CL-245203, marca: Greatwall, VIN: LGWDBC1749B083708, año: 2009, color: negro. Para el Segundo remate se señalan las once horas y cero minutos (11:00 a.m.) del diecisiete de octubre de dos mil dieciséis, con la base de cuatro mil ochocientos seis dólares con treinta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos (11:00 a.m.) del dos de noviembre de dos mil dieciséis con la base de mil seiscientos dos dólares con once centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda Costa Rica S. A., contra Yader Antonio Soza Rodríguez. Exp.: 16-003420-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 29 de agosto del 2016.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2016060851 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones a las ocho horas treinta minutos (08:30 a.m.) del veintinueve de setiembre del dos mil dieciséis (primer remate), y con la base de un millón de colones en el mejor postor se rematará lo siguiente: el vehículo placa CL uno uno cero uno cuatro seis, propiedad de la señora Lilliana Quirós Cuadra, cédula de identidad uno cero cuatro dos cinco cero seis seis cuatro, marca Toyota, categoría carga liviana, estilo Hilux, capacidad para tres personas, uso particular, serie no indicado, carrocería adrales, tracción cuatro por dos, chasis número JT cuatro RN cinco seis D siete F cero uno tres cuatro uno uno uno; año mil novecientos ochenta y cinco, cabina desconocido; color blanco; motor uno cuatro uno cuatro dos cero dos veintidós R, cilindrada dos mil trescientos sesenta y seis centímetros cúbicos. De no haber postores, para llevar a cabo el Segundo remate, se señalan las catorce horas (14:00 p.m.) del dieciocho de octubre del dos mil dieciséis, con la base de setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento). De no apersonarse rematantes, para el Tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos (08:30 a.m.) del tres de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de doscientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base original). Se rematará por haberse ordenado así en proceso de ejecución de sentencia, expediente número 15-100049-0239-CI de Ólger José Zamora Arroyo contra Ricardo Arias Obando.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Hatillo, 29 de agosto del 2016.—Licda. Jenniffer Ocampo Cerna, Jueza.—( IN2016060854 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del diecinueve de setiembre del dos mil dieciséis y con la base de doce millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número treinta y ocho mil seiscientos dieciséis-cero cero cero, la cual es terreno urbano con una casa. Situada en el distrito primero Liberia, cantón primero Liberia de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte María Del Socorro Rojas; al sur Mari Josefa Rojas Rojas; al este Emigdio Vargas y al oeste calle pca. con 06 m 80 cm. Mide: ciento setenta y dos metros con cero decímetros cuadrados. Plano: G-1859592-2015. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del cuatro de octubre del dos mil dieciséis, con la base de nueve millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veinte de octubre del dos mil dieciséis, con la base de tres millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Las Siete Vertientes S. A. contra Ronald David Arrieta Rojas. Expediente: 16-000916-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Cobro), 29 de junio del 2016.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—1 vez.—( IN2016060855 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; soporta servidumbre trasladada , a las nueve horas y treinta minutos del veintidós de setiembre del año dos mil dieciséis, y con la base de cincuenta y tres millones quinientos siete mil trescientos veintiséis colones con cincuenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 233440-000 la cual es terreno lote 88 con un local comercial. Situada en el distrito 1- Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 89; al sur Ave Tilajari; al este lote 87 y al oeste calle Peñas Blancas. Mide: doscientos cincuenta y seis metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del siete de octubre del año dos mil dieciséis, con la base de cuarenta millones ciento treinta mil cuatrocientos noventa y cuatro colones con ochenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de octubre del año dos mil dieciséis con la base de trece millones trescientos setenta y seis mil ochocientos treinta y un colones con sesenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Panes del Norte S. A. Exp. N° 15-023547-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de junio del 2016.—Licda. Adriana Castro Rivera, Jueza.—( IN2016060862 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del veintidós de setiembre del dos mil dieciséis y con la base de cinco millones trescientos setenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 621363-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 08 San Cristóbal, cantón 03 Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norte calle pública con frente de 13 metros 22 centímetros; al sur Jorge Luis Valverde Navarro; al este Jorge Luis Valverde Navarro y al oeste Jorge Luis Valverde Navarro. Mide: trescientos treinta y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del siete de octubre del dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones veintisiete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de octubre del dos mil dieciséis, con la base de un millón trescientos cuarenta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Alfonso Saborio Paniagua. Expediente: 16-016455- 1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de agosto del 2016.—Lic. Carlos Alonso Cascante Calvo, Juez.—( IN2016060868 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 293-05715-01-0901-001; a las nueve horas y cero minutos del veintiuno de setiembre del año dos mil dieciséis, y con la base de sesenta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número dieciséis mil ciento noventa y ocho cero cero cero la cual es terreno de pastos con un corral apartos manga y cargadero. Situada en el distrito 01 Cañas, cantón 06 Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 770 metros; al sur, Purdy Motos S. A.; al este, Hacienda Solimar y al oeste, Hacienda Solimar. Mide: novecientos noventa y un mil ochocientos ochenta y cinco metros con cuarenta decímetros cuadrados. Plano: G-004825O-1962. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del seis de octubre del año dos mil dieciséis, con la base de cuarenta y cinco millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de octubre del año dos mil dieciséis con la base de quince millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Eliécer Roberto Román Morales Segura, Jesús Ermen Torres Alfaro, Toipe S. A. Exp.: 16-000913-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Cobro), 21 de julio del 2016.—Licda. Yolanda Martínez Martínez, Jueza.—( IN2016060872 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del veinte de setiembre del año dos mil dieciséis, y con la base de diez millones quinientos veinte mil doscientos cincuenta y cinco colones con setenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintiséis mil novecientos sesenta cero cero cero la cual es terreno lote setenta y siete. Situada en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con un frente de once metros; al sur, Asociación Pro Desarrollo del cantón de Aguirre; al este, Asociación Pro Desarrollo del cantón de Aguirre y al oeste, Asociación Pro Desarrollo del cantón de Aguirre. Mide: doscientos veinte metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de octubre del año dos mil dieciséis, con la base de siete millones ochocientos noventa mil ciento noventa y un colones con ochenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de octubre del año dos mil dieciséis con la base de dos millones seiscientos treinta mil sesenta y tres colones con noventa y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L. contra Lidieth Matarrita Obando. Exp. N° 16-001922-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón (Materia Cobro), 19 de agosto del 2016.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—( IN2016060892 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de octubre del dos mil dieciséis, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1-) y con la base de cuarenta y siete millones ochocientos uno mil cuatrocientos noventa y cinco colones con cuarenta y ocho céntimos, la finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número setenta mil ochenta y siete-cero cero (70087-000), la cual es terreno con 1 casa y local comercial. Situada en el distrito 03 Llorente, cantón 08 Flores de la provincia de Heredia. Colinda: al norte Elizabet González Espinoza; al sur Favio Ortega Chaves; al este Fernando Solano Montero y al oeste calle pública con 10,05 metros de frente. Mide: doscientos cuarenta metros cuadrados. 2-) Con la base de veintiséis millones seiscientos noventa y ocho mil quinientos cuatro colones con cincuenta y dos céntimos, la finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento treinta y cuatro mil veintiún-cero cero cero (134021-000), la cual es terreno de naturaleza lote 5 con una casa. Situada en el distrito 03 Llorente, cantón 08 Flores de la provincia de Heredia. Colinda: al norte casa N° 4 de Urbanización el Itabo; al sur casa N° 6 de Urbanización el Itabo; al este calle pública con 8 metros de frente y al oeste Irma Arguedas Barrantes. Mide: ciento sesenta y cuatro metros con noventa y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dos de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de treinta y cinco millones ochocientos cincuenta y un mil ciento veintiún colones con sesenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), para la primer finca setenta mil ochenta y siete-cero cero (70087-000), con la base de veinte millones veintitrés mil ochocientos setenta y ocho colones con treinta y nueve céntimos para la segunda finca ciento treinta y cuatro mil veintiún-cero cero cero (134021-000) (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de once millones novecientos cincuenta mil trescientos setenta y tres colones con ochenta y siete céntimos para la primer finca setenta mil ochenta y siete-cero cero (70087-000), con la base de seis millones seiscientos setenta y cuatro mil seiscientos veintiséis colones con trece céntimos para la segunda finca ciento treinta y cuatro mil veintiún-cero cero cero (134021-000) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Denise Ressnick Cortes, Donald Cortes Porras, Marta Ruth Cortes Porras, Rómulo Bernardo Cruz Gómez. Expediente: 16-006273-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 25 de agosto del 2016.—Licda. Jesica Cordero Azofeifa, Jueza.—( IN2016060914 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 0402-00013520-01-0937-001;; a las quince horas y treinta minutos del diecinueve de setiembre del año dos mil dieciséis, y con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y seis mil cincuenta cero cero cero la cual es terreno para construir.- Situada en el distrito 05 Curubandé, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte lote número uno segregado Finca de las Alyuras Montañosas A & B S. A; al sur, resto de la finca de segunda Arias Alvarado; al este Rodrigo Torres Torres y al oeste, servidumbre de paso con un frente a ella de 10m 80 cm. Mide: quinientos sesenta y tres metros con cero decímetros cuadrados. Plano: G-1403288-2010. Para el Segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del cuatro de octubre del año dos mil dieciséis, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veinte de octubre del año dos mil dieciséis con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Arlinny Araya Suárez contra Finca de Las Alturas Montañosas A y B Sociedad Anónima. Exp.: 13-002408-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia (Materia Cobro), 14 de julio del 2016.—Lic. Yolanda Martínez Martínez, Jueza.—( IN2016060930 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del veinticinco de octubre del dos mil dieciséis y con la base de treinta millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil doscientos ochenta y cuatro colones con cincuenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 54.019-000, la cual es terreno para la agricultura con una casa. Situada en el distrito 02 La Virgen, cantón 10 Sarapiquí de la provincia de Heredia. Colinda: al noreste: calle pública con un frente de 70.39 metros; sureste: Gerardo Carvajal Barrantes y Vitalia Barrantes Alfaro; suroeste: Vitalia Barrantes Alfaro; noroeste: Doris Carvajal Barrantes, Adán Gómez, Vitalia Barrantes Alfaro y calle pública con frente de 24.38 metros. Mide: cinco mil seiscientos sesenta y siete metros con veinticinco decímetros cuadrados. Plano: H-0797301-2002. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diez de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de veintidós millones ochocientos treinta y tres mil novecientos sesenta y tres colones con cuarenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticinco de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de siete millones seiscientos once mil trescientos veintiún colones con catorce céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R.L. contra Irene María Gómez Alvarado, Juan Gabriel Carvajal González. Expediente: 16-001058-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 11 de agosto del 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016060931 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando infracciones/colisiones sumaria 14-004863-0496-TR boleta 2014219900494; a las ocho horas y cero minutos (08:00 am) del veintisiete de setiembre de dos mil dieciséis, y con la base de un millón trescientos treinta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa número 535768, marca: Toyota, chasis: JT2el46sr0460910, año: 1994, color; verde, categoría: automóvil. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos (08:00 am) del catorce de octubre de dos mil dieciséis, con la base de novecientos noventa y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos (08:00 am) del uno de noviembre de dos mil dieciséis con la base de trescientos treinta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). NOTA: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Isabel Lucía Villeda Obando contra José Daniel Astúa Morales. Exp. 16-001780-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 22 de julio del 2016.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN201606060939 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, bajo las citas: 414-03571-01-0223-001; a las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de octubre del año dos mil dieciséis, y con la base de un millón novecientos diecinueve mil setecientos cincuenta y nueve colones con cincuenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 498.286-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 2, Florencia cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, resto reservado de finca A-296407-000; sur: calle publica con un frente de 12 metros 7 centímetros lineales; este: resto reservado de finca A-296407-000 oeste: servidumbre de paso de 7 metros de ancho con un frente a la misma 29 metros con 8 centímetros lineales. Mide: trescientos treinta y dos metros cuadrados. Plano: A-1582572-2012. Para el Segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de noviembre del año dos mil dieciséis, con la base de un millón cuatrocientos treinta y nueve mil ochocientos diecinueve colones con sesenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de noviembre del año dos mil dieciséis con la base de cuatrocientos setenta y nueve mil novecientos treinta y nueve colones con ochenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R. L. contra Gerardo Jenaro de los Ángeles Álvarez Salas, Huander Gerardo Álvarez Hernández. Exp.: 16-001059-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 12 de agosto del 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016060942 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando colision; a las ocho horas y treinta minutos del veintinueve de setiembre de dos mil dieciséis, y con la base de tres millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas: 513845, marca: Mitsubishi, categoría: automóvil, vin: JMYLYV75W2J001950, año: 2003, color: beige. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de octubre del dos mil dieciséis, con la base de dos millones ochocientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del uno de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de novecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carlos Luis Gerardo Céspedes Salazar contra Mario Alberto De San Gerardo Sandoval Pineda. Expediente: 14-007560-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 3 de agosto del 2016.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—1 vez.—( IN2016060950 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las dieciséis horas y cero minutos del veintisiete de febrero del dos mil diecisiete y con la base de treinta y cuatro mil trescientos veinticinco dólares con diecisiete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número CL 290123, marca Volkswagen, estilo Amarok, categoría carga liviana, capacidad 5 personas, año 2014, color dorado, vin WV1ZZZ2HZEA028638, cilindrada 1968 cc, combustible diésel, motor N° CSH069426. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del catorce de marzo del dos mil diecisiete, con la base de veinticinco mil setecientos cuarenta y tres dólares con ochenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veintinueve de marzo del dos mil diecisiete, con la base de ocho mil quinientos ochenta y un dólares con veintinueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra Víctor Hugo Jiménez Villalta. Expediente: 16-001820-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, (Materia Cobro), 16 de agosto del 2016.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—( IN2016060981 ).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbres trasladadas; a las nueve horas y veinte minutos del treinta de setiembre del dos mil dieciséis, y con la base de sesenta y dos millones doscientos cincuenta y tres mil quinientos treinta y nueve colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veinticuatro mil quinientos tres cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Esclusivas CD S. A.; al sur, Compañía Maderera Madrigal S. A. y en parte calle pública con catorce metros de frente; al este, Compañía Maderera Madrigal S. A. y al oeste, calle pública con veintisiete metros con treinta y un centímetros de frente. Mide: mil ciento veintisiete metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y veinte minutos del dieciocho de octubre de dos mil dieciséis, con la base de cuarenta y seis millones seiscientos noventa mil ciento cincuenta y cuatro colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y veinte minutos del tres de noviembre de dos mil dieciséis con la base de quince millones quinientos sesenta y tres mil trescientos ochenta y cuatro colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Juan Bautista Fonseca Benavides. Exp.: 15-000691-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro), 30 de agosto del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016060995 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condic y reserv ref:00034151-000, bajo citas: 365-19794-01- 0923-001, prohibiciones ref:00034151-000, bajo citas: 365-19794-01-0924- 001; a las diez horas y veinte minutos del veinticinco de octubre del año dos mil dieciséis, y con la base de seis millones quinientos veintiún mil seiscientos ochenta y tres colones con treinta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y tres mil seiscientos treinta y ocho- cero cero cero la cual es terreno con una casa y patio. Situada en el distrito 3-San Antonio, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Damaso Orias Sandra Molina; al sur, Donaldo Castillo Obando; al este, calle pública 15.60 metros lineales y al oeste, Damaso Orias Sandra Molina. Mide: ochocientos treinta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y veinte minutos del diez de noviembre del año dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones ochocientos noventa y un mil doscientos sesenta y dos colones con cincuenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y veinte minutos del veinticinco de noviembre del año dos mil dieciséis con la base de un millón seiscientos treinta mil cuatrocientos veinte colones con ochenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L. contra Lidieth Orias Matarrita. Exp. N° 15-001661-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 22 de agosto del 2016.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2016061012 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del tres de octubre del dos mil dieciséis y con la base de tres millones setecientos treinta y siete mil quinientos cuarenta y un colones con cincuenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 382.882-001-002, la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito 06 Pital, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: calle pública; sur: Anabelio Valverde Calderón y Sarita Lidia Álvarez Salas; este: Anabelio Valverde Calderón y Sarita Lidia Álvarez Salas; oeste: Fermín González Carballo. Mide: cuatrocientos metros cuadrados. Plano: A-0522292-1998. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del diecinueve de octubre del dos mil dieciséis, con la base de dos millones ochocientos tres mil ciento cincuenta y seis colones con dieciséis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del tres de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de novecientos treinta y cuatro mil trescientos ochenta y cinco colones con treinta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundecoca contra Hugo Orlando del Carmen Valverde Calderón, Sonia María Rueda Arce. Expediente: 16-000851-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 13 de julio del 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016061022 ).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las diez horas y cero minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil dieciséis, y con la base de dos millones ochocientos ochenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 438036, marca Nissan, estilo Sentra XE, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 1994, color Champagne, Vin 1N4EB32A7RC792267, cilindrada 1600 cc combustible gasolina. motor Nº GA169743921. Para el Segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del trece de octubre del año dos mil dieciséis, con la base de dos millones ciento sesenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de octubre del año dos mil dieciséis con la base de setecientos veinte mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Robert Gonzalo Fernández Mayorga contra Jorge Luis Álvarez Matarrita. Exp.: 16-002920-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón (Materia Cobro), 22 de julio del 2016.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2016061049 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del diez de noviembre del dos mil dieciséis y con la base de ocho millones cuatrocientos ochenta y nueve mil quinientos treinta y cuatro colones con veinticinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa N° 688649, marca: Hyundai, estilo: Galloper II Exceed TDI, categoría: automóvil, capacidad: 7, serie: KMXKPU1CPVU204601. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veinticinco de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de seis millones trescientos sesenta y siete mil ciento cincuenta colones con sesenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de diciembre del dos mil dieciséis, con la base de dos millones ciento veintidós mil trescientos ochenta y tres colones con cincuenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Robert Gonzalo Fernández Mayorga contra Christian Rivera Bejarano, Karla Vanessa Barquero Fallas. Expediente: 16-002702-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 8 de agosto del 2016.—Lic. Iván Cartín Cordero, Juez.—( IN2016061050 ).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del diecinueve de octubre de dos mil dieciséis, y con la base de un millón seiscientos diez mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 757993 marca: Nissan estilo: Sentra, capacidad: 5 personas, año: 1994, color: rojo, categoría, automóvil, carrocería: sedán 2 puertas, tracción: 4X2, chasis: RC775867, motor: no legible, cilindrada: 1600 cc combustible: gasolina, cilindros: 04. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del tres de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de un millón doscientos siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiuno de noviembre de dos mil dieciséis con la base de cuatrocientos dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Marco Tulio Salas González contra Libni Ester Vargas Hernández. Exp.: 12-009351-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 29 de julio del 2016.—Licda. Melania Jiménez Vargas, Jueza.—( IN2016061051 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las dieciséis horas y cero minutos del veintiuno de setiembre de dos mil dieciséis, y con la base de dieciséis mil seiscientos dos dólares con cincuenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BGN614. Marca FIAT. Estilo 500 POP. Categoría automóvil. Capacidad 04 personas. Año 2014. Color negro. Vin ZFA312000EJ091813. Cilindrada 1242 CC. Combustible gasolina. Motor N°169A40000605695. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil dieciséis, con la base de doce mil cuatrocientos cincuenta y un dólares con ochenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veintiséis de octubre de doscientos dieciséis con la base de cuatro mil ciento cincuenta dólares con sesenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Bac San José Sociedad Anónima contra Fabiola Eugenia Araya Esquivel. Exp. N° 16-003394-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 4 de agosto del 2016.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2016061054 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del veintiocho de octubre del dos mil dieciséis, y con la base de dieciocho millones seiscientos noventa y cuatro mil ciento sesenta y seis colones con noventa y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 431.844-000, la cual es terreno de pastos. Situada en el distrito 2, Buena Vista, cantón 15, Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Héctor Fernández Aragón; sur, Héctor Fernández Aragón; este, Gerardo, Adolfo, Maritza, Gerardina todos García Leitón, y Georgina Leitón Rodríguez y José Luis Campos Arias; oeste, frente a calle de 100 mts. lineales. Mide: treinta y cuatro mil novecientos cuarenta y cuatro metros con ochenta decímetros cuadrados. Plano: A-1061665-2006. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del quince de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de catorce millones veinte mil seiscientos veinticinco colones con veintiún céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del treinta de noviembre del año dos mil dieciséis con la base de cuatro millones seiscientos setenta y tres mil quinientos cuarenta y un colones con setenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R. L. contra Allan Granados Pérez, Damaso Daniel Granados Matarrita. Exp. N° 16-001120-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 16 de agosto del 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016061090 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones (citas: 401-05604-01-0917-001), servidumbre de paso (citas: 470-14361-01-0004-001) y servidumbre de paja de agua (citas: 525-04109-01-0002-001); a las ocho horas y quince minutos del tres de octubre de dos mil dieciséis, y con la base de ciento cuarenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 421858-000 la cual es terreno de pastos, con tres casas de habitación. Situada en el distrito 9-La Palmera, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Hermanos Chiroldes Milliams S. A.; al sur, calle pública; al este, Hermanos Chiroldes Milliams S. A. y al oeste, Río San Rafael. Mide: seis mil novecientos noventa y cinco metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del diecinueve de octubre de dos mil dieciséis, con la base de ciento cinco mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y quince minutos del tres de noviembre de dos mil dieciséis con la base de treinta y cinco mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Damirocca S. A. contra Fidela Chiroldes Corella. Exp. N° 16-006998-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 10 de agosto del 2016.—Licda. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2016061100 ).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca dada en primer grado con citas de inscripción 0570-00084863-01-0006-001; a las nueve horas y treinta minutos del treinta y uno de octubre del dos mil dieciséis, y con la base de un millón ochocientos cincuenta mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 184346-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 8-Para, cantón 3-Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Gilbert Fallas Zúñiga; al sur, Laura Villalobos Vargas; al este, Río Para y al oeste, calle pública. Mide: cuatro mil novecientos cinco metros con doce decímetros cuadrados. Plano: H-0774874-2002. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del quince de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de un millón trescientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta de noviembre del dos mil dieciséis con la base de cuatrocientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del código de comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Cristhian Buzo Bolaños contra José Gerardo Chávez Araya. Exp. N° 12-000929-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 25 de agosto del 2016.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2016061104 ).

A las ocho horas treinta minutos del primero de noviembre del dos mil dieciséis (8:30 de la mañana del 01-11-2016), en la puerta de este Juzgado, en el mejor postor, soportando las siguientes anotaciones 1) contrato prendario de Banco Improsa, tomo: 0009, asiento: 00394722, Sec.: 004, fecha: 14-06-2001, 2) decreto de embargo, sumaria: 07-000622-0183-CI, tomo: 2007, asiento: 00241804, Sec.: 001, fecha: 18-09-2007, Proceso Ejecutivo de Delio Morales Cascante contra Tralapa Turismo Sociedad Anónima del Juzgado Cuarto Civil Mayor Cuantía de San José; 3) Demanda contravencional, sumaria: 09-600192-0402-TC tomo: 2010, siento: 00303189, Sec.: 002, fecha: 23-11-2010; 4) Infracción/colisión, tramitada en el Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Cañas, Guanacaste, bajo el expediente 02-600104-0402-TC, 5) Infracción/colisión, tramitada en el Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Cañas, Guanacaste, bajo el expediente 09-600192-00402-TC y la 6) Infracción/colisión, tramitada en el Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Cañas, Guanacaste, bajo el expediente 09-600226-00402-TC. Remataré: con la base de cuarenta y seis millones de colones (¢46.000.000,00), el vehículo placa GB cero cero once setenta y seis (GB 001176); que se describe así: vehículo marca: Mercedez Benz, estilo: OH 1628/59/, categoría: Transporte colectivo interurbano, carrocería: Autobús, chasís: 9BM3820731B250846, capacidad: cincuenta y dos personas, tracción: 4x2, año: dos mil uno, color: blanco, peso bruto: doce mil Kgrms., número de motor: 47597610728969, combustible: Diesel, propiedad de Tralapa Turismo Sociedad Anónima. En caso de que en el primer remate no hubieren postores, para el segundo remate, con la rebaja del veinticinco por ciento (25%) de la base original, sea con la suma de treinta y cuatro millones quinientos mil colones (¢34.500.000,00), se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil dieciséis (8:30 de la mañana del 16-11-2016). Si para el segundo remate no existieren oferentes, para celebrar un tercer remate, que se iniciará con el veinticinco por ciento (25%) de la base original, sea con la suma de once millones quinientos mil colones (¢11.500.000,00), y en esta el postor deberá depositar la totalidad de la oferta, y al efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del primero de diciembre del dos mil dieciséis (8:30 de la mañana del 01-12-2016). Si para el tercer remate no hay postores, los bienes se tendrán por adjudicados al ejecutante por el veinticinco por ciento (25%) de la base original. Se rematan por ordenarse así en: Exp. Nº 10-100225-0927-CI (238-5-10)-B, ejecución de sentencia de José David Morales Soto contra Heyner Canales Martínez y Tralapa Turismo Sociedad Anónima. Cañas. Nota: Publíquese este edicto dos veces en días consecutivos, en La Gaceta. Nota: Este Edicto debe salir publicado a más tardar el día 20 de octubre del 2016.—Juzgado Civil y de Trabajo de Cañas, Guanacaste, 29 de agosto del 2016.—Licda. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—( IN2016061219 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del dieciséis de enero del dos mil diecisiete, y con la base de ciento noventa y siete mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 435956-000 la cual es terreno para construir destinado a vivienda. Situada en el distrito 1-Atenas, cantón 5-Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Pedro Bogantes Arroyo; al sur, Municipalidad de Atenas, área destinada a calle pública; al este, Municipalidad de Atenas, área destinada a parque infantil y al oeste, lote 9. Mide: trescientos noventa metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta y uno de enero del dos mil diecisiete, con la base de ciento cuarenta y ocho mil ciento veinticinco dólares exactos y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del quince de febrero del dos mil diecisiete, con la base de cuarenta y nueve mil trescientos setenta y cinco dólares exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Oscar Danilo Valverde Corrales. Exp. N° 16-001869-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 22 de julio del 2016.—Lic. Isaac Pizarro Álvarez, Juez.—( IN2016061263 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de octubre del dos mil dieciséis, y con la base de setenta y dos millones doscientos veintinueve mil seiscientos veintidós colones con doce céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos mil setecientos treinta y nueve-cero cero cero (200739-000) la cual es terreno naturaleza bloque B, lote 18B, terreno para construir. Situada en el distrito 2-Rincón de Sabanilla, cantón 9-San Pablo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 1C; al sur, lote 17B; al este, calle pública y al oeste, lote 18B. Mide: ciento cincuenta metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de cincuenta y cuatro millones ciento setenta y dos mil doscientos dieciséis colones con cincuenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil dieciséis con la base de dieciocho millones cincuenta y siete mil cuatrocientos cinco colones con cincuenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Galydet Limitada, German Alberto Trinidad de los Ángeles López Marín. Exp. N° 16-004005-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 16 de agosto del 2016.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—( IN2016061273 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos (dos horas y cuarenta y cinco minutos pasado meridiano) del tres de octubre del dos mil dieciséis, y con la base de treinta y nueve millones trescientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos setenta y seis mil quinientos diecisiete cero cero cero, la cual es de naturaleza: construir. Situada en el distrito 13-Peñas Blancas, cantón 2-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Proyecto El Paraíso S. A.; al este, Proyecto El Paraíso S. A. y al oeste, Proyecto El Paraíso S. A. Mide: cuatro mil quinientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos (dos horas y cuarenta y cinco minutos pasado meridiano) del diecinueve de octubre del dos mil dieciséis, con la base de veintinueve millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos (dos horas y cuarenta y cinco minutos pasado meridiano) del tres de noviembre del dos mil dieciséis con la base de nueve millones ochocientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Martin Antonio Núñez Salas. Exp. N° 14-012694-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 18 de agosto del 2016.—Licda. Kattia Alfaro Martínez, Jueza.—( IN2016061305 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada citas: 0285-00007477-01-0902-001 y reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, citas: 0435-00008409-01-0228-001, a las diez horas y cero minutos (10:00 a.m.) del veintinueve de setiembre del dos mil dieciséis, y con la base de treinta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 097224-000 la cual es terreno para la agricultura. Situada en el distrito 11 Cóbano, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle; al sur, I.D.A; al este, I.D.A y al oeste, I.D.A. Mide: diez mil quinientos treinta y ocho metros con setenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos (10:00 a.m.) del dieciocho de octubre del dos mil dieciséis, con la base de veintidós millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos (10:00 a.m.) del tres de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Régimen de Mutualidad del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica contra Autotranportes San Martín de Alajuela S. A., Carlos Hernando Godoy Useche, José Francisco Álvarez Salazar. Exp. N° 16-002230-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 3 de agosto del 2016.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2016061346 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; a las quince horas y cero minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil dieciséis, y con la base de siete millones ochocientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos veintidós colones con tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta mil setecientos veinticuatro cero cero cero la cual es terreno para construcción con 1 casa. Situada en el distrito 3 Sardinal, cantón 5 Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Imelda Contreras Soto; al sur, calle pub c/1 frente de 17 m 50 cm; al este, Laura Junes Víctor, y al oeste, Alicia Córdoba Hernández. Mide: Ciento treinta y un metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del catorce de octubre del año dos mil dieciséis, con la base de cinco millones ochocientos noventa mil ochocientos dieciséis colones con cincuenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del dos de noviembre del año dos mil dieciséis con la base de un millón novecientos sesenta y tres mil seiscientos cinco colones con cincuenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopeservidores R. L. contra Elia Socorro Del Milagro Navarrete Navarrete, Wenceslao Gerardo Cascante Navarrete. Exp. N° 16-001799-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del I Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 27 de julio del 2016.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2016061354 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando prohibiciones artículo 16 Ley 7599 citas 0466-00001251-01-0058-001, a las quince horas y cero minutos del uno de noviembre del año dos mil dieciséis, y con la base de doce millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento diez mil cuatrocientos noventa y seis cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno lote 91055: terreno para construir. Situada en el distrito 03-Canoas, cantón 10-Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Jorge Zúñiga López; al sur, calle pública; al este, Eli Sánchez Rivera y al oeste, David Cedeño Sánchez. Mide: mil ciento cuarenta y cuatro metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del dieciséis de noviembre del año dos mil dieciséis, con la base de nueve millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del uno de diciembre del año dos mil dieciséis con la base de tres millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Alejandrina Gerarda Cruz Mora, expediente Nº 16-001050-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 18 de agosto del 2016.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2016061356 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas veinte minutos del veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis, y con la base de cinco millones quinientos setenta y cuatro mil ciento sesenta y dos colones con veinticuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doce mil ochocientos noventa y seis derecho cero cero dos la cual es terreno de solar, 1 casa de habitación. Situada en el distrito de Puntarenas, cantón Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública y línea férrea; al sur, Playa de Mar, con 7 m.; al este, Marco Tulio Loría Fernández y al oeste, Abel Salazar Sandoval. Mide: doscientos noventa y dos metros con sesenta decímetros cuadrados. Plano: no se indica. Para el segundo remate se señalan las trece horas veinte minutos del ocho de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones ciento ochenta mil seiscientos veintiún colones con sesenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas veinte minutos del veintitrés de noviembre del dos mil dieciséis con la base de un millón trescientos noventa y tres mil quinientos cuarenta con cincuenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso abreviado de Inversiones Monte San Miguel S. A. contra María del Rosario de J Guevara Escalante. Exp. N° 08-100637-0432-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas.—Licda. Eunice Villalobos Jiménez, Jueza.—( IN2016061359 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones inscrita bajo las citas: 280-05615-01-0901-019 a las quince horas cero minutos del veinte de octubre del año dos mil dieciséis y con la base de tres millones ochocientos ochenta y ocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 389970-000 la cual es terreno para construir lote 84. Situada en el distrito Peñas Blancas, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 85; al sur, lote 83; al este, calle pública con 15.00 metros, y al oeste, Álvaro Alvarado Zamora. Mide: cuatrocientos cincuenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas cero minutos del cuatro de noviembre del año dos mil dieciséis con la base de dos millones novecientos dieciséis mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas cero minutos del veintiuno de noviembre del año dos mil dieciséis con la base de novecientos setenta y dos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Caja Costarricense del Seguro Social contra Carlos Alonso Rodríguez Rodríguez. Exp. N° 14-030647-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 18 de agosto del 2016.—Msc. Cristian Mora Acosta, Juez.—( IN2016061407 ).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del dos de noviembre de dos mil dieciséis, y con la base de cuarenta y cinco mil cuatrocientos treinta y siete dólares con veinte centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número EE-026863. Marca Komatsu. Estilo PC 200-7. Categoría equipo especial obras civiles. Capacidad 1 personas. Año 2003. Color amarillo. Vin 203182. Cilindrada 5880 CC. Combustible diesel. Motor Nº SAAD102E226307823. Serie 203182. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del diecisiete de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de treinta y cuatro mil setenta y siete dólares con noventa centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del dos de diciembre de dos mil dieciséis con la base de once mil trescientos cincuenta y nueve dólares con treinta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda Costa Rica S. A. contra Enrique Ramírez Acuña. Expediente 09-034708-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 21 de julio del 2016.—Lic. Marlen Milena Angulo Arrieta, Jueza.—( IN2016061426 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso bajo las citas 325-19540-01-0901-001; a las ocho horas y treinta minutos del cuatro de octubre de dos mil dieciséis, y con la base de veintiún millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y seis mil trescientos noventa y siete, derechos cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 47; al este, lote 43 y al oeste, calle pública. Mide: doscientos nueve metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de octubre de dos mil dieciséis, con la base de quince millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de noviembre de dos mil dieciséis con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José S. A., contra Julieta de los Ángeles Vargas Quesada. Exp: 14-020424-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 21 de julio del 2016.—Lic. José Manuel Chaves Redondo, Juez.—( IN2016061460 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del cuatro de octubre del dos mil dieciséis, y con la base de dieciocho mil trescientos treinta y un dólares con treinta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa BGD416, marca Renault estilo Sandero Stepway, categoría automóvil, capacidad 5 personas, serie 9FBBSRALSEM244180, carrocería Sedan 4 puertas, Hatchback, número chasis 9FBBSRALSEM244180, año fabricación: 2014, color beige. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de octubre del dos mil dieciséis, con la base de trece mil setecientos cuarenta y ocho dólares con cuarenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del cuatro de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de cuatro mil quinientos ochenta y dos dólares con ochenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Gioconda de los Ángeles Delgado Benavides. Exp. N° 16-004129-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 1° de julio del 2016.—Msc. Andrea Latiff Brenes, Jueza.—( IN2016061461 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de enero de dos mil diecisiete, y con la base de cuarenta y ocho mil novecientos ochenta y tres dólares con cuarenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real número 441106-001 y 002, la cual es terreno lote A 15 para construcción de Vivienda de interés social. Situada en el distrito Purral, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte Carlos León Pereira y Miraflor de San José S. A.; al sur calle pública; al este Fomento Unidad Integral de Servicios S. A. y al oeste Fomento Unidad Integral de Servicios S. A. Mide: ciento sesenta y un metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del dos de febrero de dos mil diecisiete, con la base de treinta y seis mil setecientos treinta y siete dólares con cincuenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de febrero de dos mil diecisiete con la base de doce mil doscientos cuarenta y cinco dólares con ochenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Guiselle Maritza Rodríguez Arguedas y Ramón Ignacio Enriquez Chávez. Exp: 16-001316-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de julio del 2016.—Licda. Jessica Vargas Barboza, Jueza.—( IN2016061462 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del dieciocho de octubre del dos mil dieciséis, y con la base de veintitrés mil doscientos treinta colones con veintidós céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas N° FSC921, marca Hyundai, estilo Santa Fe, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2014, color plateado, vin KMHST81CCEU280087, cilindrada 2400 cc, combustible gasolina, motor Nº G4KEDU261315. Para el segundo remate se señalan las nueve horas cero minutos del dos de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de diecisiete mil ochocientos setenta colones con cincuenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de noviembre de dos mil dieciséis con la base de cinco mil novecientos cincuenta y seis colones con ochenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Natalia Patricia Carranza Villalobos. Exp. N° 16-004297-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 8 de agosto del 2016.—Licda. Yessenia Brenes González, Jueza.—( IN2016061463 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre sirviente citas: 234-06583-01-0903-001; servidumbre trasladada citas 310-12105-01-0903-001 y servidumbre trasladada citas 407-19714-01-0902-001; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de enero del dos mil diecisiete, y con la base de sesenta mil ochocientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos noventa y nueve mil novecientos sesenta y cinco cero cero cero la cual es terreno lote 5 terreno para construir de forma rectangular. Situada en el distrito San Vicente, cantón Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 8 metros; al sur, Lagos de Ujarrás S. A. y Arturo Ramírez Porras; al este, Jardines de Coronado S. A. y al oeste, Jardines de Coronado S. A. Mide: ciento noventa y nueve metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del siete de febrero del dos mil diecisiete, con la de base de cuarenta y cinco mil seiscientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintidós de febrero del dos mil diecisiete, con la base de quince mil doscientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Mario Alberto de San Gerardo Sandoval Pineda. Exp. N° 15-033047-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 4 de agosto del 2016.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—( IN2016061464 ).

En la puerta exterior de este Despacho; a las nueve horas y quince minutos del treinta y uno de octubre de dos mil dieciséis en el mejor postor remataré las siguientes fincas (ambas del partido de San José) con la base de cinco millones de colones exactos (para cada una de las fincas a rematar): 1) soportando reservas y restricciones la finca matrícula número quinientos veintisiete mil setecientos cuarenta y nueve-cero cero cero la cual es terreno de breñon y potrero. Situada en el distrito 10 Río Nuevo, cantón 19 Pérez Zeledón , de la provincia de San José. Colinda: al norte camino público con 14 metros de ancho; al sur servidumbre de paso con seis metros de ancho y resto de Antonio Chinchilla Arias; al este servidumbre de paso con seis metros de ancho y al oeste, Antonio Chinchilla Arias. Mide: veinte mil trescientos noventa y cuatro metros con cero decímetros cuadrados. 2) Soportando prohibiciones y condición resolutoria, la finca matrícula número 624040-000 la cual es terreno con repastos.- Situada en el distrito 11 Paramo, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte calle pública; al sur, Cristóbal Flores Carpio y quebrada en medio; al este Elicinio Navarro Ureña y calle pública y al oeste, Olman Navarro Picado. Mide: dos mil quinientos seis metros con cero decímetros cuadrados.- Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del quince de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (para cada una de las fincas a rematar) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del treinta de noviembre de dos mil dieciséis con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (para cada una de las fincas a rematar) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Adri contra Juan Carlos Jiménez Sancho. Exp: 16-001745-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 31 de agosto del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016061517 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas: 0309-00003913-01-0002-001; a las once horas quince minutos del veintisiete de octubre de dos mil dieciséis, y con la base de veinte millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 488472-000 la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 01 Santiago, cantón 04 Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Juan Luis Guzmán Vargas; al sur, calle de servidumbre en medio Ángela Vargas Guzmán; al este, Rodrigo Guzmán Morales, y al oeste, quebrada en medio de Juan Luis Guzmán Vargas. Mide: Novecientos sesenta y siete metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas quince minutos del catorce de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de quince millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas quince minutos del veintinueve de noviembre de dos mil dieciséis con la base de cinco millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Luis Martín Del Milagro Porras López contra Francisco Alberto De Jesús Guzmán Vargas, Vera Violeta Méndez Pérez. Exp. N° 16-005550-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 3 de agosto del 2016.—Licda. Peggy Corrales Chaves, Jueza.—( IN2016061520 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios ; pero soportando reservas y restricciones citas: 332-04260-01-0900-001; a las ocho horas y cero minutos del catorce de octubre del año dos mil dieciséis, y con la base de cuarenta y un mil ciento veintisiete dólares con setenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y cinco mil quinientos setenta y siete cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito noveno Monte Verde, cantón primero Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Cristóbal Guzmán Trejos; al sur, calle pública; al este, Cristóbal Guzmán Trejos, y al oeste, calle pública. Mide: Ciento setenta y siete metros cuadrados. Plano: P-1622175-2012. 2) Con la base de veintiún mil trescientos veintiocho dólares con ochenta y cuatro centavos, la Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento nueve mil novecientos ochenta y seis cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito noveno Monte Verde, cantón primero Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Norman Obando Cruz; al sur, Otoniel Rodríguez Ramírez; al este, servidumbre de paso con 16.79 metros de frente, y al oeste, Otoniel Rodríguez Morera. Mide: Doscientos setenta y ocho metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Plano: P-0428593-1997. 3) Con la base de quince mil quinientos treinta y cuatro dólares con sesenta y un centavo, libre de gravámenes pero soportando reservas y restricciones citas: 332-04260-01-0900-001 la Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta mil trescientos treinta y uno cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito noveno Monte Verde cantón primero Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Cristóbal Guzmán Trejos; al sur, Cristóbal Guzmán Trejos; al este, calle pública con un frente a ella 10.10 metros, y al oeste, Cristóbal Guzmán Trejos. Mide: Doscientos trece metros cuadrados. Plano: P-1622171-2012. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del primero de noviembre del año dos mil dieciséis, con la base de treinta mil ochocientos cuarenta y cinco dólares con setenta y nueve centavos, 2) con la base de quince mil novecientos noventa y seis dólares con sesenta y tres centavos, 3) con la base de once mil seiscientos cincuenta dólares con noventa y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciséis de noviembre del año dos mil dieciséis con la base de diez mil doscientos ochenta y un dólares con noventa y tres centavos 2) Con la base de cinco mil trescientos treinta y dos dólares con veintiún centavos y 3) con la base de tres mil ochocientos ochenta y tres dólares con sesenta y cinco centavos. (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra José Luis Gómez Villegas. Exp. N° 16-000517-1205-CJ.—Juzgado De Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro), 30 de agosto del 2016.— Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—( IN2016061535 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones 15-600166-0403-TR, 2015208800424 del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Abangares; a las ocho horas y cero minutos del veintitrés de setiembre de dos mil dieciséis, y con la base de veintisiete mil trescientos ochenta y dos dólares con sesenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa CL 282397: Marca: Toyota Estilo: Hilux Categoría: carga liviana Capacidad: 5 personas, serie: MR0FR22G4F0781590 Carroceria: camioneta Pick-Up Caja Abierta O Cam-Pu Tracción: 4X4, número chasis: MR0FR22G4F0781590, color blanco, Año Fabricación: 2015, Estado Actual: inscrito vin: MR0FR22G4F0781590. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del diez de octubre de dos mil dieciséis, con la base de veinte mil quinientos treinta y seis dólares con noventa y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil dieciséis con la base de seis mil ochocientos cuarenta y cinco dólares con sesenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Saúl Gerardo Cárdenas Dijeres, Wimax.Cr.Com Sociedad Anónima. Exp: 16-000738- 1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 12 de agosto del 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016061542 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y quince minutos del tres de octubre de dos mil dieciséis, y con la base de veintitrés millones cuatrocientos sesenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 149688-000 la cual es naturaleza: terreno con una casa. Situada en el distrito 1-Nicoya, cantón 2-Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, lote 15 B, sur, lote 17 B, este, Colegio Técnico Profesional Agropecuario de Nicoya, oeste, calle pública con 8 metros. Mide: ciento setenta y seis metros con ochenta y dos decímetros cuadrados, plano: G-1057940-2006. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del diecinueve de octubre de dos mil dieciséis, con la base de diecisiete millones quinientos noventa y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del tres de noviembre de dos mil dieciséis con la base de cinco millones ochocientos sesenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Wayner Ugalde Castro. Expediente 13-001252-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 25 de agosto del 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016061545 )

Convocatorias

Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de, Roy Alberto Rojas Morales, a una junta que se verificará en este Juzgado a las diez horas y treinta minutos del cuatro de octubre del año dos mil dieciséis, (10:30 horas del 04-10-2016), para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp.: Nº 13-000076-0691-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), 06 de junio del 2016.—Lic. Randall Briceño Solano, Juez.—1 vez.—( IN2016043084 ).

Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de José Ángel Parrales Cuadra, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las nueve horas del cuatro de octubre del dos mil dieciséis, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 10-000517-0388-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Santa Cruz (Materia Civil), 18 de julio del 2016.—Lic. Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—1 vez.—( IN2016049573 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber que ante este despacho, se tramita el expediente N° 15-000235-0386-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Ledia María Morales Lara quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Guanacaste,  Liberia, de Guardia, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-cero doscientos sesenta y uno cero seiscientos diecinueve, profesión licenciada en Informática y Yenory María Morales Lara, quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Guanacaste, Liberia, de Guardia, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-cero trescientos veintitrés-cero novecientos cincuenta, profesión Ingeniera Química, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito cuarto Nacascolo, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Graciela Lara Viales; al sur, Ledia María Morales Lara y Yenory María Morales Lara; al este, Graciela Lara Viales y calle pública de dos metros ochenta y dos centímetros lineales y al oeste zona de protección Río Tempisque. Mide: seiscientos sesenta y tres metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de venta que les hiciera Andrea Lara Viales, por medio de donación, ante el notario, Octavio Ramírez Zúñiga, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantener limpio el terreno y el inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la ley de informaciones posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Ledia María Morales Lara. Exp. N° 15-000235-0386-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), 19 de julio del 2016.—Licda. Berenice Picado Alvarado, Jueza.—1 vez.—( IN2016056911 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000040-0893-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Ruth María Del Socorro Céspedes Vargas, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de San José, Goicoechea, Ipís; del Colegio Salvador Umaña, 100 metros al sur y 75 metros al este, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 4-0093-0515, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de San José, la cual es terreno con una casa y patio. Situada en el distrito Ipís, Cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Luis Castillo Huertas; al sur, calle pública; al este, Ligia Céspedes Vargas, y al oeste, Ruth Céspedes Vargas. Mide: Ciento once metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación verbal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en construir una casa de madera con dos cuartos, sala, comedor, cocina y un baño, posee servicios públicos de agua y luz. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Ruth María Del Socorro Céspedes Vargas. Exp. N° 16-000040-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 9 de agosto del 2016.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2016056962 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000074-0386-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Rider Antonio Fernández Morales, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Alajuela, Birmania de Upala, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 9-0099-0246, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito primero Liberia, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente de diecinueve metros con noventa y cinco centímetros lineales; al sur, Soyla Cerdas Cerdas, José Umaña Cervantes, y Catherine Miranda Arias; al este, Marlene Arias Berger, y Antonio Flores Flores, y al oeste, Robert Fernández Morales. Mide: quinientos setenta y un metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación que le hiciera su madre Lilliam Morales Cerdas, en fecha 29 de enero de 2016, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpiar el terreno, sembrar árboles frutales, chapias y cercarlo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.- Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Rider Antonio Fernández Morales. Exp. N° 16-000074-0386-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil, 06 de julio del 2016.—Licda. Ivannia Solano Gómez, Jueza.—1 vez.—( IN2016057011 ).

Lorenzo Rojas García, mayor, soltero, agricultor, vecino de Quebrada Grande de Pital de San Carlos, treinta metros al este de la Plaza de Deportes, cédula de identidad dos- setecientos diecisiete- novecientos noventa y siete. Solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno para la agricultura, sito en Chaparrón, distrito sexto, Pital, cantón décimo, San Carlos de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: al norte y al sur, Nurman Rojas Corrales y en parte Río Toro; al este, Río Toro y al oeste, y calle pública con un frente a ella de treinta y nueve metros con cuarenta y tres centímetros lineales. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado número A-1688289-2013 de fecha 25 de setiembre de 2013, una superficie de diecinueve mil ciento setenta metros cuadrados. El inmueble antes descrito, manifiesta el titulante que lo adquirió por donación que le hiciera su padre Nurman Rojas Corrales, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Quebrada Grande de Pital de San Carlos, treinta metros al este de la Plaza de Deportes, cédula de identidad dos-trescientos cuarenta y cuatro-doscientos treinta y cuatro, en fecha 19 de enero de 2015, mediante testimonio de escritura número 185, otorgada ante el notario Huberth Fernández Aguilar; y quien le transmitiera los derechos posesorios ejercidos sobre el fundo en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, a título de dueño por más de diez años. El inmueble fue estimado en la suma de tres millones de colones y en la misma suma se estima las presentes diligencias. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria. Exp. Nº 16-000081-0298 AG, promovida por Lorenzo Rojas García.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 16 de agosto de 2016.—Lic. Federico Villalobos Chacón, Juez Agrario.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016057156 ).

Amavalu Arco Iris Sociedad Anónima representada por Ana María Valverde Ureña, mayor, casada una vez, abogada, vecina de San José, Goicoechea, San José, cédula de identidad: 1-467-617, promueve proceso de rectificación de medida. Pretende rectificar la medida, para aumentarla del inmueble inscrito a su nombre en el Registro Pblico de la Propiedad, del partido de San José, número 305313-000, que se describe así: terreno de potrero, situado en Pedregoso, distrito tercero Copey, del cantón diecisiete Dota, de la provincia de San José. Linderos: norte, este, y oeste, Amavalu Arco Iris Sociedad Anónima, al sur, calle pública con una medida lineal de cuatrocientos ochenta y cuatro metros con cuarenta y cinco centímetros. Sobre dicho inmueble no existen gravámenes, libre de cargas reales. Según plano catastrado SJ-1792052-2014, mide de extensión dos hectáreas mil quinientos ocho metros cuadrados. Lo adquirió por herencia de su padre Evelio Valverde Mora. Estima el inmueble en la suma de un millón de colones y el proceso en la suma de un millón de colones. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a todas las personas interesadas para que se apersonen en defensa de sus derechos.- Expediente N° 15-000084-0689-AG, rectificación de medida de Amavalu Arco Iris Sociedad Anónima.—Juzgado Agrario de Cartago, 24 de junio del 2016.—Licda. Andrea Ruiz Ramírez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016057157 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-000150- 0699-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de William Adolfo Retana Calderón, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Copey de Dota, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-0112- 0813, profesión pintor a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de breñones, potrero y bosque. Situada en el distrito Copey, cantón Dota, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Enrique Rodríguez Quirós; al sur, Flora Chinchilla Badilla y Armando Retana Badilla; al este, calle pública, y al oeste, quebrada Garrafa. Mide: Trescientos noventa y cuatro mil ochocientos cincuenta y cinco metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-405040-1997. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de quince millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de sesenta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de la finca, chapias y siembras de maíz. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por William Adolfo Retana Calderón. Exp. N° 15-000150-0699-AG.—Juzgado Agrario de Cartago, 8 de agosto del 2016.—Licda. Rebeca Salazar Alcocer, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016057158 ).

Citaciones

Ante la notaría del licenciado Shih Min Lin Chang, se inició el trámite de proceso sucesorio en vía notarial de quien en vida fuera Musheng (nombre) Wu (único apellido), mayor de edad, casado, comerciante, cédula de residencia número uno uno cinco seis cero cero uno uno cinco seis cero tres, vecino de San José, Coronado. Se cita y emplaza a herederos que tengan interés legítimo en la sucesión del señor, deben apersonarse en un plazo no mayor de treinta días naturales después de publicado este edicto y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-2016, fax 2250-7982, notaría de licenciado Shih Min Lin Chang, frente de la Plaza de Garantías Sociales costado oeste 25 sur, San José, diecisiete de agosto del dos mil dieciséis.—Lic. Shih Min Lin Chang, Notario.—1 vez.—( IN2016056828 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede notarial del proceso sucesorio extrajudicial de quien en vida fuera Alfonso García Coto, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de San Pedro de Montes de Oca, cédula de identidad número tres-ciento cincuenta y ocho-ochocientos treinta y ocho, quien falleció el día doce de junio del dos mil dieciséis, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, quienes crean tener derecho a la herencia, apercibidos de que si no lo hacen dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda expediente N° 0001-2016. Lic. Warren Corrales Castillo y Magally Guadamuz García, Notario Público, Santa Ana, Lindora, Edificio Vía Lindora, cuarto piso.—San José, 11 de agosto del 2016.—Lic. Warren Corrales Castillo y Magally Guadamuz García, Notarios.—1 vez.—( IN2016056844 ).

Se emplaza a herederos, legatarios, acreedores e interesados en la sucesión de Casimiro Guadamuz de La O, mayor, casado una vez, pensionado, con cédula Nº 5-064-633, vecino de Santa Cruz, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este aviso, se apersonen a esta notaría ubicada en Filadelfia de Carrillo, Guanacaste, 50 oeste del Banco Nacional, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no se presentaren en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría del Lic. Luis Roberto Paniagua Vargas, teléfono 2688 8661, fax 2688 8682.—Filadelfia, 15 de agosto del 2016.—Lic. Roberto Paniagua Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2016056848 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Sonia Ivette Montero Sibaja, mayor, soltera, secretaria, costarricense, con documento de identidad 0104650752 y vecina de Goicoechea. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Exp. N° 16-000208-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de agosto del 2016.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2016056857 ).

Se avisa a todos los interesados que Alicia del Carmen Calderón Gutiérrez, albacea y heredera de su hermano, el causante Carlos Alberto Calderón Gutiérrez, cédula Nº 1-605-001, mediante escritura otorgada ante esta Notaría, me solicito la apertura de los trámites del sucesorio ab intestado del citado causante y me manifiesta que acepta la herencia y formará el inventario; razón por la cual se les cita, para que dentro el plazo de treinta días, que comenzarán a correr a partir de la fecha de publicación de este aviso, comparezcan ante la oficina del suscrito Notario, situada en San José, avenida 3, calles 19 y 21, condominio Centro Comercial La Estación, local Nº 3, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que creen tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en este plazo, aquella pasará a quien corresponda.—San José, 17 de agosto del 2016.—Lic. Luis Ángel Salazar Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016056870 ).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión ab intestato de María Ester Bustos Contreras, mayor de edad, casada una vez, ama de casa, vecina de Sardinal de Carrillo, Guanacaste, cien metros norte y ciento cincuenta metros este de la Guardia de Asistencia Rural, cédula de identidad número: cinco-cero ochenta y cuatro-novecientos veintitrés, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de su publicación, se apersonen ante la notaria de la licenciada Ana María Rivas Quesada, ubicada en la ciudad de Liberia, setenta y cinco metros al este del Instituto Nacional de Seguros, edificio Montiel para hacer valer sus derechos, percibidos de que si así no lo hacen la herencia pasará a quien legalmente corresponda. (Exp. 0002-2016, proceso sucesorio ab intestato en sede notarial de María Ester Bustos Contreras). Ana María Rivas Quesada, notaria pública. Notaría ubicada: Liberia, Guanacaste, dirección: setenta y cinco metros al este del Instituto Nacional de Seguros, edificio Montiel.—Lic. Ana María Rivas Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2016056907 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría a las veinte horas del ocho de agosto del dos mil dieciséis en donde comparecieron: Melciades Piedra Solano, Marlen Piedra Sibaja, Nury Piedra Sibaja, Randall Piedra Sibaja, Alexander Piedra Sibaja y Julio César Piedra Sibaja, y comprobado el fallecimiento de Rita María Sibaja Núñez, quien era mayor de edad, casada una vez, quien era vecino de Cartago doscientos metros al sur y veinticinco metros al oeste, del súper Divi Cartago quien murió el día veintiocho de enero del dos mil catorce, según consta en el Registro Civil, Sección de Defunciones de la provincia de San José, al tomo ciento setenta y seis, folio trescientos cuarenta y siete, seiscientos noventa y cuatro, asiento ochocientos treinta y cinco, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera el padre de los comparecientes y esposo de la última compareciente. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Fabio Alejandro Brenes Arias, con oficina en San José, Curridabat cuatrocientos metros este de Momentum Pinares, para oposiciones y notificaciones o bien por medio del correo electrónico fbrenesarias@yahoo.com.—Lic. Fabio Alejandro Brenes Arias, Notario.—1 vez.—( IN2016056919 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Andrea Fabiola Bogantes Alfaro, mayor, estado civil soltero, estudiante, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0205860138 y vecina de Alajuela. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 16-000229-0307-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Civil), 21 de julio del 2016.—Lic. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—1 vez.—( IN2016056924 ).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Mirania Yamilette Varela Esquivel, mayor, soltera, estudiante, con documento de identidad Nº 0401520804 y vecina de La Suiza de San Rafael de Heredia cien metros sur de la Escuela. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000269-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 12 de agosto del 2016.—Lic. Alexander Solano Pérez, Jueza.—1 vez.—( IN2016056927 ).

Se cita a todos los herederos y demás interesados en la sucesión de Carlos Arturo Castro López; mayor, pensionado, cédula de identidad número 2-0176-0362; a fin de que en el término de 30 días contados a partir de la primera publicación de este edicto, comparezcan en defensa de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda en derecho, conforme al Código Procesal Civil. Notaria del Licenciado Douglas Mora Umaña, código 13225, San José, calle primera, avenida 22-24, casa 2246, o al correo electrónico dumorauma@gmail.com.—Lic. Douglas Mora Umaña, Notario.—1 vez.—( IN2016056937 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Alcides Varela Quesada, mayor, casado una vez, ganadero, Costarricense, con documento de identidad 02-0255-0279 y vecino de Guatuso, Patastillo. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Exp. N° 15-000260-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Civil), 12 de julio del 2016.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—( IN2016056951 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Tita Iris Alvarado Aguilar conocida como Rita Iris Alvarado Aguilar, mayor, viuda una vez, comerciante, cédula número: dos - cuatro tres dos - seis cinco cuatro, vecina de Alajuela Pital, de San Carlos, a las siete horas del diez de agosto del dos mil dieciséis y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio abintestato de quien en vida fuera Jorge Alvarado Rojas, mayor, casado una vez, comerciante, cédula número: dos - uno uno uno-cinco tres ocho, fallecido el día diecisiete de abril del año dos mil siete; y Olga María Aguilar Vargas, mayor, viuda una vez, contadora, cédula número: dos - uno siete cuatro-nueve siete ocho, ambos vecinos de San Ramón de Alajuela, Residencial Los Tucanes, doscientos metros al Oeste y cien al Sur de la Entrada Principal, ultima casa mano derecha, fallecida el día diecinueve de mayo del dos mil dieciséis conyugues, entre sí. Se cita v emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lie. William Rodríguez Astorga, Cartago La Unión, San Diego Urbanización Omega Casa doce j, Teléfono 2278-02-08.—Lic. William Rodríguez Astorga, Notario.—1 vez.—( IN2016056957 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria de Rosalía Olivas Jiménez, mayor, soltera, pensionada, vecina de El Porvenir de Desamparados; con cédula de identidad número dos-doscientos cincuenta y tres-doscientos ochenta y ocho, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0002-2016. Notaría del Lic. Óscar Eduardo Juárez Carreras; ubicada en Upala de la provincia de Alajuela; costado sur, del Juzgado Penal, fax: 2470-3156, correo electrónico oscar@crlegal.com.—Lic. Óscar Eduardo Juárez Carreras, Notario.—1 vez.—( IN2016056995 ).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Roberto Valerín Ugalde, mayor, casado dos veces, comerciante, cédula de identidad 01-0489-0993, vecino de San José, Zapote. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000111-0182-CI.—Juzgado Tercero Civil de San José, 4 de agosto del 2016.—Msc. Osvaldo López Mora, Juez.—1 vez.—( IN2016056997 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor Bruce Jay (nombres) Kemp (apellido), quien en vida fue, de nacionalidad estadounidense, mayor, casado una vez, vecino de Alajuela, San Antonio, Ciruelas, calle Sánchez, Residencial Málaga uno, portador de la cédula de residencia número uno ocho cuatro cero cero uno seis seis siete seis tres cuatro, falleció el día diecinueve de abril de dos mil dieciséis, en Ciruelas Central Alajuela, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a aquellos que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0002-2016. NCC Abogados, Escazú, frente a Hospital Cima, San José, edificio Fuentecantos, continuo al Bac San José de la pista, pisos uno y dos, teléfono 2288 64 64.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2016057003 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Nancy Tatiana Zúñiga Oses, a las nueve horas del nueve de agosto del dos mil dieciséis y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fue Manuel Rodríguez Rojas, portador de la cedula de identidad número uno-doscientos dieciséis-ochocientos cuarenta y seis. Se cita y emplaza a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a valer sus derechos.—Licda. Nancy Tatiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—( IN2016057009 ).

Con treinta días de plazo, se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios y demás interesados en el proceso sucesorio Nº16-100070-0239-CI de Steven Díaz Carranza, quien en vida fue mayor, costarricense, chofer repartidor, cédula de identidad número uno mil doscientos sesenta y cuatro cero tres veintinueve, vecino de Hatillo; para que dentro del mismo plazo se apersonen ante este Juzgado con el fin de que hagan valer sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien demuestre su derecho.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Hatillo, Hatillo 8 de agosto del 2016.—Licda. Jenniffer Ocampo Cerna, Jueza.—1 vez.—( IN2016057012 ).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Antonio Zúñiga Durán, mayor, soltero, estudiante, costarricense, con documento de identidad 0114590012 y vecino de San Francisco de Goicoechea. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aqueella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000234-0893-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 9 de agosto del 2016.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—( IN2016057013 ).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios acreedores y en general a todos los interesados a la en la sucesión intestada de Enid de los Ángeles Núñez Duran, mayor, divorciada una vez, ama de casa, cédula de identidad número seis cero uno dos siete cero uno uno ocho, cuyo último domicilio fue en panita, quien falleció en San José, el día siete de octubre del dos mil quince, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasara a quien corresponda. Notaria: Alicia Yesenia Chacón Araya. Expediente N° cero cero cero uno-dos cero uno seis, que se tramita ante esta notaria sita en La Trinidad de Moravia, Urbanización La Fabiola, casa trece-A.—Licda. Alicia Yesenia Chacón Araya, Notaria.—1 vez.—( IN2016057014 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Vilma Durán Jiménez, cédula de identidad seis-uno uno uno-dos tres cinco, administradora, divorciada dos veces, quien fue vecina de San Rafael de Heredia, por ende se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000127-0375-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de San Rafael de Heredia, 29 de marzo del dos mil dieciséis.—Msc. Leenyer Lanuza Víquez, Juez.—1 vez.—( IN2016057040 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión testamentaria de quien en vida se llamó Arquímides Marín Díaz, quien fue mayor, cédula de identidad número uno- cero doscientos noventa y uno- cero cuatrocientos cincuenta y ocho, agricultor, casado en segundas nupcias, vecino de Guayabo de Mora, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a los autos a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Sucesión N° 16-100059-0197-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 17 de agosto del 2016.—Licda. Susana Campos Cabezas, Jueza.—1 vez.—( IN2016057041 ).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Dagoberto de Jesús Vindas Agüero, mayor, estado civil Casado/a, profesión agente de ventas, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0203500141 y vecino de Barrio San José de Alajuela. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000303-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de julio del 2016.—Licda. Sandra Trejos Jiménez, Jueza.—1 vez.—( IN2016057105 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de la señora Daisy García Villalobos, mayor, viuda, ama de casa, en vida vecina de Quesada Durán, Zapote, 75 al sur del bar La Roxana, cédula número cuatro-cero cincuenta y siete-cuatrocientos treinta y uno, para que dentro del término de 30 días, que corren a partir de la presente se apersonen ante esta notaria, ubicada en Tres Ríos, La Unión, del cementerio 200 este, para hacer valer sus derechos. Si no se presentan dentro dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda.—Cartago, 17 de agosto del 2016.—Msc. Roxana Figueroa Flores, Notaria.—1 vez.—( IN2016057132 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Walter Mora Araya, mayor, estado civil casado, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0202881255. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 15-000190-0296-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 16 de agosto del 2016.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016057133 ).

Se hace saber: Que ante el notario público Geovanni Rodríguez Alfaro, con oficina situada en Rohrmoser Pavas, 50 metros al oeste del Restaurante Quiznos, se tramita el proceso sucesorio de María Petrona García Gutiérrez, quien fuera viuda, modista, cédula de identidad número ocho-cero cincuenta y siete-setecientos treinta y uno, vecina de Ciudad Quesada del cantón de San Carlos, Urbanización Coocique, cien metros al este de la primera entrada, quien falleció el día dieciséis de febrero del año dos mil quince. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos; con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente sucesorio notarial N° 16-0001-SN. (Expediente de sucesión notarial).—San José, 9 de agosto del 2016.—Lic. Geovanni Rodríguez Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2016057221 ).

Avisos

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania promovido por Karla Tatiana Zamora Barquero, mayor de edad, soltera, ama de casa, cédula 1-1532-0331, vecina de San Rafael de Heredia, a favor de Alejandra María Zamora Barquero, mayor de edad, soltera, cédula de identidad 4-0193-0372, vecina de Heredia. Expediente número 14-001135-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 04 de setiembre del 2014.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—1 vez.—( IN2016055695 ).                                                                                                           3 v. 1

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Jonathan Steven, Jacqueline Itzel, Yomary Zareth, José Luis, Yoselyn, Maribel, Jovany Joel y Jorhany, todos de apellidos Ortiz Sánchez, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 16-000252-1304-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia Y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores), a las doce horas y cincuenta y cinco minutos del cuatro de agosto de dos mil diecisés- 04 de agosto del 2016.—Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—Exonerado.—( IN2016057115 ).                      3 v. 1

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de las personas menores de edad Luis Steven y Valeska Mabel ambas de apellidos Chaves Miranda, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 16-000304-1304-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores), 11 de agosto del 2016.—Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—Exonerado.—(IN2016057120 ).                         3 v. 1

Licenciada Gely Marcela Espinoza Gómez. Jueza del Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Santa Cruz (Materia Familia), a José Francisco Cambronero Arguedas, en su carácter personal, quien es mayor, Soltero, sin trabajo conocido, vecino de la comunidad de Cañas, cédula 0502410636, se le hace saber que en demanda declaratoria judicial abandono y depósito judicial establecida por Yesenia María Soto Arias contra José Francisco Cambronero Arguedas, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Santa Cruz (Materia Familia). A las dieciséis horas y treinta minutos del veintisiete de enero de dos mil dieciséis. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono y depósito judicial de la persona menor Hilary Cambronero Matarrita, planteado por Yesenia María Soto Arias contra José Francisco Cambronero Arguedas, a quién se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Por existir personas menores involucradas en este proceso se tiene como parte al representante legal del Patronato Nacional de la Infancia. Se nombra a Yesenia María Soto Arias como depositario provisional a quien se le previene comparecer a este Despacho, dentro del plazo de cinco días, a aceptar y jurar el cargo. En ese mismo plazo, en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución al Patronato Nacional de la Infancia en sus oficinas en esta ciudad por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz).- Notifíquese esta resolución a la parte demandada, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Santa Cruz (Materia Familia).—Licda. Gely Marcela Espinoza Gómez, Jueza.—Exonerado.—( IN2016057134 ). 3 v. 1

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito del menor de edad Yaran Manuel Corrales Monestel, para que se apersonen a este Juzgado, dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenando. Cañas, 23 de setiembre del 2015. Expediente N° 15-400179-0928-FA (182-2-2015)-B. Debe publicarse tres veces consecutivas en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste.—Lic. Luis Fernando Saúrez Jiménez, Juez.—Exento.—( IN2016057139 ).            3 v. 1

Eduardo García Chaves, Notario Público con oficina abierta en Barrio Don Bosco San José, avenida seis, calle veinticuatro BIS, Edificio Escudé oficina uno, por este medio hago constar que ante mi notaría mediante escritura número ciento cuarenta y dos otorgada en San José, a las doce horas del treinta de julio del dos mi dieciséis, el señor William Crisanto Loaiza Bolandi ha iniciado proceso de adopción individual plena a favor de Bodgan (nombre) Dumitrache (apellido) un único apellido en razón de su nacionalidad quien es persona mayor de edad, de ciudadanía rumana y con pasaporte rumano número cero cinco tres cuatro cero nueve dos dos tres. Insto a cualquier persona o institución que se considere con interés legítimo a que en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente hábil al de esta publicación, mediante escrito que ha de presentarse ante mi notaría en la dirección arriba indicada deduzcan oposiciones en el entendido de que pasado ese plazo se continuará con los trámites respectivos.—Lic. Eduardo García Chaves, Notario.—1 vez.—( IN2016056958 ).

José Miguel Fonseca Vindas, Juez del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón); hace saber a Edith Yamileth Cañas Gómez, mayor de edad, casada una vez, de nacionalidad salvadoreña, con pasaporte de su país N° PB551342, de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso abreviado de divorcio en su contra, bajo el expediente N° 16-000286-1303-FA donde se dictó la resolución que literalmente dice: “Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). A las nueve horas y veintiséis minutos del diez de agosto del año dos mil dieciséis. De la anterior demanda abreviada de divorcio establecida por el accionante Brayan Sandí Obando, se confiere traslado a la accionada Edith Yamileth Cañas Gómez por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales de este circuito. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Habiéndose acreditado en autos la ausencia de la accionada Edith Yamileth Cañas Gómez, se nombra como su curadora procesal a la Licenciada Estrella García Araya, a quien se le previene que en caso de anuencia deberá comparecer a este Despacho dentro del plazo de cinco días para aceptar el cargo conferido. Si no comparece, se entenderá que no lo acepta y se nombrará otro en su lugar. Asimismo se le previene que en caso de no hacerlo al momento de aceptar el cargo, deberá en el primer escrito que presente señalar medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. La parte interesada puede localizarla al teléfono 4082-0992 o 8355-7427.- Notifíquese a la parte demandada; la presente demanda, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un Diario de Circulación Nacional; para los efectos del artículos 263 del Código Procesal Civil.- Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se haga la publicación.- Expídase y publíquese. De previo expedir la comisión para notificar al ente estatal se le previene a la parte actora aportar un juego de copias, para lo cual se le confiere el plazo de tres días, bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere, no serán atendidas sus futuras gestiones. José Miguel Fonseca Vindas, Juez.” Lo anterior se ordena así en proceso abreviado de divorcio de Brayan Sandí Obando contra Edith Yamileth Cañas Gómez; expediente Nº 16-000286-1303-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 16 de agosto del 2016.—Lic. José Miguel Fonseca Vindas, Juez.—        1 vez.—Exonerado.—( IN2016057118 ).

Juan Damián Brilla Ramírez, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a William Francisco Corella, en su carácter personal, quien es demás calidades y domicilio desconocido, se le hace saber que en proceso protección niñez y adolescencia, Exp. N° 16-000535-1307-FA, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de mayo del dos mil dieciséis. Se tiene por establecido el presente proceso de protección a la niñez y la adolescencia en sede judicial que promueve el Patronato Nacional de la Infancia en favor de las personas menores Sherani Arlette Corella Solano, Keisy Francini Solano Pérez. Notifíquese esta resolución personalmente o en su casa de habitación a Marlen Solano Pérez y William Francisco Corella, a quien(es) se le(s) previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el consejo superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “el sistema de gestión en línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del poder judicial, http://www.poder-judicial.go.cr si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Así mismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la política de género del poder judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. En cuestiones de primer y especial pronunciamiento se nombra como 1) Cuidadora provisional de la persona menor Sherani Arlette Corella Solano a la señora Amalia Solano Mora y como 2) Cuidadora Provisional de la Persona Menor Keisy Francini Solano Pérez a la señora Yorlin Solano Mora, a quienes se les hace ver que deben apersonarse ante este Despacho, a aceptar el cargo conferido dentro del plazo de ocho días. Notifíquese esta resolución a Marlen Solano Pérez, William Francisco Corella Castillo, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otros Comunicaciones; Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Guápiles). Por localizarse la señora 1) Marlen Solano Pérez en Cariari, de la entrada del puente las brisas, primer casa a mano derecha, de fibrolit, color verde, teléfono 8821-2743. y el señor 2) William Francisco Corella en San José, Tibás, León XIII, al frente de la escuela (dirección mediante cuenta cedular). Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otros Comunicaciones; Segundo Circuito Judicial de San José. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionario notificador, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese. Juan Damián Brilla Ramírez, Juez. y la resolución de las nueve horas y treinta y cuatro minutos del dieciséis de agosto del dos mil dieciséis. Vista la solicitud que hace la representante del Patronato Nacional de la Infancia, Msc. María Gabriela Hidalgo Hurtado, visible a folio treinta y cinco y vista de que el demandado William Francisco Corella Castillo, carece de domicilio conocido y no fue ubicado en la dirección reflejada mediante su cuenta cedular, se ordena notificarle esta y la resolución de las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de mayo del dos mil dieciséis, mediante un edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial. Elabórese el edicto respectivo. Notifíquese. Juan Damian Brilla Ramírez, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso de Protección Niñez y Adolescencia. Exp. N° 16-000535-1307-FA, establecido por Patronato Nacional de la Infancia. Este edicto debe publicarse una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 16 de agosto del 2016. Juan Damián Brilla Ramírez, Juez.—1 vez.—Exento.—( IN2016057121 ).

Se avisa que en este Despacho, en el expediente número 15-000712-0687-FA, John Armand Baeza, solicita se apruebe la adopción individual de la persona menor Marisol de los Ángeles Hurtado Castrillo. Se concede a las personas interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Grecia (Materia Familia), 28 de enero del 2016.—Lic. Mario Murillo Chaves, Juez.—1 vez.—Exento.—( IN2016057135 ).

Lic. María Marta Corrales Cordero, Jueza. Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela del presunto insano Bryan José Espinoza Valerín, cédula 7-203-364, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania promovido por María de los Ángeles Valerín Cabalceta. Expediente número 15-000856-1307-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 16 de agosto del 2016.—Lic. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016057136 ).

Licenciada Cristina Dittel Masís. Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Propiedades Don Jerónimo Sociedad Anónima, en su carácter personal, se le hace saber que en demanda ordinario expediente: 15-002123-0338-FA establecida por Daly Acuña Chávez contra Propiedades Don Jerónimo Sociedad Anónima y sucesión de Donald Hernández Brizuela se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las. Juzgado de Familia de Cartago. A las ocho horas y cuarenta y uno minutos del veinticinco de mayo del año dos mil dieciséis. Se tiene por establecido el presente proceso ordinario y cobro de daño moral de Daly Acuna Chávez en contra de Propiedades Don Jerónimo Sociedad Anónima, y sucesión de Donald Hernández Brizuela a quien se le confiere traslado por el plazo perentorio de treinta dias, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de diez días podrá oponer excepciones previas.- Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de gestión en línea. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, articulo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. “Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poderjudicial go.cr. Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, articulo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Numero de cedula, h) Lugar de residencia. De conformidad con los artículos 41 del Código de Familia, 282 del Código Procesal Civil y 468 del Código Civil se ordena la anotación de esta demanda al margen de la finca real número 152839-001-002 de la provincia de Cartago. Mandamiento que será remitido al Registro Nacional por medio del sistema electrónico SREM. Notifíquese esta resolución a la parte demandada, personalmente o por medio de cedulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona para notificar a Propiedades Don Jerónimo S. A. por medio de Luis Alberto Nino Ramírez se comisiona a la Policía de Proximidad de Alajuelita y para notificar a la sucesión de Donald Hernández Brizuela en la persona de su albacea Dilana Hernández Brizuela se comisiona a la Policía de Proximidad de La Unión. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Previo a expedir las respectivas comisiones debe la actora presentar en este despacho dos juegos de copias. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Cristina Dittel Masis, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016057137 ).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela José Antonio Salas Marksman, conforme con el artículo 236 del Código de familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania promovida por Tino Arnoldo Salas Marksman. Expediente número 15-002462-0165-FA.—Juzgado De Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 11 de agosto del 2016.—Licda. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016057138 ).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme al artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse del presunto insano Gilberth Antonio Quesada Rodríguez, dentro del plazo de quince días, contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Gilberth Antonio Quesada Rodríguez. Expediente número 15-400284-1304-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores), Ciudad Neily, 30 de junio del 2016.—Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016057140 ).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania promovido por Rosa María López Guzmán a favor de la persona presunta insana Marco Antonio García López, mayor de edad, costarricense, soltero, portador de la cédula de identidad N° 0209600241, nacido el 14 de mayo de 1993, vecino de Heredia, Sarapiquí, La Virgen. Exp. N° 16-000518-1302-FA.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia Familia), 26 de julio del 2016.—Lic. Ólger Martín Pérez Gómez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016057150 ).

Edictos Matrimoniales

Yelma de la Concepción Chávez Soto, mayor, soltera, nicaragüense, vendedora, vecina de San José y cédula de residente permanente uno cinco cinco ocho cero cinco cuatro siete cinco cinco dos nueve y Edwin Esteban Jiménez Soto, mayor, soltero, comerciante, vecino del CAI Jorge Rodríguez y cédula de identidad tres-tres seis uno-dos tres ocho, desean contraer matrimonio y afirman reunir los requisitos de ley. La oposición de alguien con interés legítimo debe presentarse ante esta notaría, sita: San José, avenida diez, calle veintinueve, casa mil cincuenta y seis dentro de ocho días posteriores a esta publicación.—Licda. Sandra Camacho Méndez, Notaria.—1 vez.—( IN2016056953 ).

Han comparecido solicitando contraer matrimonio civil los señores Cesar Díaz Serrano, de treinta y ocho años de edad, con cédula de identidad número seis-doscientos ochenta y ocho-quinientos veinticuatro, soltero, costarricense, conserje .de escuela, número telefónico:, nativo de centro de Golfito, Puntarenas, el día veintiuno de enero de mil novecientos setenta y ocho, hijo de Rafael Díaz Trejos y .Marleny Serrano Mesen ambos de nacionalidad costarricense y vecinos de Barrio San Rafael, Ciudad Neily; y Maritza Laguna Pérez, de cuarenta y dos años de edad, con .cédula de identidad número seis-doscientos noventa y uno-cuatrocientos .veintidós, divorciada, costarricense, ama de casa, nativa de coto 47, Corredores, Puntarenas, el día dos de enero de mil novecientos setenta y tres, hija de Francisco Laguna Bojorge y María Pérez Pérez, ambos de nacionalidad costarricenses, ambos vecinos de Salas Vindas, Ciudad Neily. El compareciente y la compareciente son vecinos de Ciudad Neily, Salas Vindas, frente a Cabinas Ligia. Se insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este matrimonio se realice, que están en la obligación de manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Matrimonio civil. Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial. Exp. N° 16-000210-1304-FA.—Juzgado de Familia de Corredores, Ciudad Neily, 12 de agosto del 2016.—Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016057117 ).

Han comparecido solicitando contraer matrimonio civil los señores Andiel Saldaña Gustavino, cédula de identidad número seis-trescientos cincuenta y cinco-cuatrocientos cuarenta, de veintinueve años de edad, unión libre, costarricense, chofer, nativo de Corredor, Corredores, Puntarenas, el día veintiocho de mayo de mil novecientos ochenta y seis, vecino de colorado de Paso Canoas; 100 metros después del Puente de La Leona, hijo Aparicio Saldaña Miranda y de Margarita Gustavino Pitty, así mismo está presente la contrayente Laura Lizeth González Sánchez, cédula de identidad número seis-trescientos noventa y nueve-seiscientos ochenta y uno, de veintitrés años de edad, en unión libre, costarricense, ejecutiva del hogar, nativa de Corredor, Corredores, Puntarenas, el día veintiocho de enero de mil novecientos noventa y dos, vecina de Colorado de Paso Canoas; 100 metros después del Puente de La Leona, hija de Félix González Flores y Mireya Sánchez Arguedas. Se insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este matrimonio se realice, que están en la obligación de manifestarlo a este Despacho, dentro de los edictos. Matrimonio civil expediente N° 15-400546-1304-FA.—Juzgado de Familia de Corredores, Ciudad Neily, 16 de agosto del 2016.—Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016057141 ).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Mayra María Soto Orozco, mayor, divorciada una vez en la ciudad de San Carlos del señor Gerardo Rojas Ugalde, cédula de identidad número 0302270905, ama de casa, hija de Tobías Soto Rojas y María Ester Orozco Gómez, nacida en Centro de Turrialba Cartago, el 17/09/1958 , con 58 años de edad, y Walter Gerard Sancho Fuentes, mayor, divorciado una vez en la ciudad de Guápiles, de la señora María Isabel del Carmen Sequeira Gamboa, cédula de identidad número 0700490867, nacido en Pocora, Guácimo, Limón, hijo de Héctor Sancho Guerrero y Esterlina Fuentes Garro, el 08/12/1952, actualmente con 63 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en San Ramón, San Isidro de Peñas Blancas, en el centro, calle la Universidad, al lado atrás del proyecto del ICE, portón negro. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 16-000452-0688-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, (San Ramón), (Materia Familia), San Ramón, 10 de agosto del 2016.—Msc. Ana Belly Umaña Quesada, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016057149 ).

Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores Bryan Gerardo Monge Madrigal, mayor, soltero, cédula de identidad número 1-1397-0293, costarricense, de veintisiete años de edad, jornalero agrícola, nacido en San José, cantón central, distrito primero, en fecha 23-07-1989 y Flor María Centeno Solano, mayor, soltera, cédula de identidad número 7-0175-0506, costarricense, de veintinueve años de edad, ama de casa, nacida en Limón, cantón central, distrito primero, en fecha 30-08-1986, ambos vecinos de Limón, cantón central, distrito Barrio Liverpool; Blanco Las Brisas, casa de madera a mano derecha. Si alguna persona tuviere conocimiento de la existencia de impedimento legal para que su matrimonio se celebre debe manifestarlo a este despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Expediente N° 16-000528-1152-FA (4).—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 17 de agosto del 2016.—Licda. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016057151 ).

Edictos en lo Penal

De la revisión de la presente causa, se logra determinar que existe como evidencia en el Arsenal Nacional un arma de fuego, marca FN Browingn, calibre 32 auto-acp, modelo no visible, serie 139598 y siendo que a folio 11 el licenciado Alfredo Farrier Brais, Asesor Legal de Ministerio de Seguridad Pública, Departamento de Control de Armas y Explosivos indica que el arma en mención aparece registrada a nombre del señor Jorge Mora Abarca, cédula 107260760, y dado a que la presente causa cuenta con sentencia en firme de las dieciséis horas veinte minutos del dieciocho de mayo de dos mil dieciséis, sin que en dicho fallo se haya resuelto el destino del arma de fuego anteriormente descrita, es que ordena la devolución al señor Jorge Mora Abarca del arma de fuego marca FN Browingn, calibre 32 auto-acp, serie 139598; sí en el entendido de que Mora Abarca deberá presentar los documentos que le acrediten su titularidad sobre dicho bien, así como los permisos de portación al día; a su vez, se ordena publicar una vez en el boletín judicial del Diario Oficial La Gaceta y en un diario de circulación nacional sobre dicha entrega. De no gestionarse la respectiva entrega dentro del término de ley, se ordena el comiso definitivo a favor del Estado, esto sin ulterior resolución, de conformidad con la Ley N° 6106. Exp. N° 10-004390-0345-PE.—Tribunal de Juicio de Cartago, 10 de agosto del 2016.—Licda. Shirley Moraga Torres, Jueza.—1 vez.—( IN2016057154 ).

Dafne Elizondo Reyes, Fiscal Auxiliar de Cartago, hace saber Por requerirse en causa penal 14-003178-0496-TR seguida contra Edwin Brenes Díaz, por el delito Lesiones Culposas en perjuicio de Róger Reyes Argüello, se solicita interponer sus buenos oficios con el fin de proceder a la publicación por edicto de la comunicación al (la) codemandado civil Mayra Antonia Montes Rivera, cédula de identidad 8-0076-0037 de la resolución en donde se da Traslado de la Acción Civil Resarcitoria de las catorce horas y diecinueve minutos del diecinueve de noviembre del dos mil quince. Se Tiene por presentada acción civil resarcitoria. Fiscalía Adjunta de Cartago, a las catorce horas del tres de agosto del dos mil dieciséis. De conformidad con el numeral 115 del Código Procesal Penal, se tiene por presentada la Acción Civil Resarcitoria y se pone en conocimiento de la misma al (os) imputado (s), demandado (s) civil (es), defensor (es), Edwin Brenes Díaz, Lic. Ana Yorleny Rodríguez Chaves, codemandado civil Mayra Antonia Montes Rivera. Así mismo se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar medio o lugar dentro del perímetro judicial de este Despacho donde atender futuras notificaciones, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones que se dicten se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso incierto o inexistente. Comuníquese.—Fiscalía Adjunta de Cartago.—Lic. Dafne Elizondo Reyes, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—( IN2016057155 ).