BOLETÍN
JUDICIAL N° 238 DEL 12 DE
DICIEMBRE DEL 2016
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SECRETARÍA GENERAL
SALA CONSTITUCIONAL
JUZGADO NOTARIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Convocatorias
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos Matrimoniales
Edictos en lo Penal
CIRCULAR Nº 167-2016
ASUNTO: Reiteración y Adición a
la circular N° 151-14 “Requisitos para solicitar citas en la Sección de
Psiquiatría y Psicología Forense del Departamento de Medicina Legal”.
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior
del Poder Judicial en sesión N° 84-16, celebrada el 8 de setiembre de 2016,
artículo LI, acordó reiterarles la circular N° 151-2014, sobre “Requisitos
para solicitar citas en la Sección de Psiquiatría y Psicología Forense del
Departamento de Medicina Legal”, del 17 de julio de 2014, que literalmente
indica:
“El
Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N° 59-14, celebrada el 7 de julio
de 2014, artículo XLVII, acordó comunicarles los siguientes requisitos para
solicitar citas en la Sección de Psiquiatría y Psicología Forense del
Departamento de Medicina Legal:
¡ Solicitud en el
formulario F-137 del Departamento de Medicina Legal.
¡ Copia
de la denuncia o cualquier otro documento que contenga la narración de los
hechos denunciados.
¡ Documentos médicos como
dictámenes y/o epicrisis en caso que el o la usuaria cuenten con antecedentes de valoraciones en Psiquiatría,
Psicología y/o Trabajo Social.
¡ Estos
requisitos deben ser remitidos conjuntamente y pueden ser enviados al correo
electrónico Solicitar citas - Sección Psiquiatría y Psicología Forense
(docs_psiquiatria@poder-judicial.go.cr), al fax 2267-1218 o por correo
interno.”
Adicionando que estos
requisitos también aplican para los casos que son atendidos en el horario de
disponibilidad que tiene habilitado el Departamento.
San José, 28 de
setiembre del 2016.
Silvia
Navarro Romanini,
1 vez.—( IN2016094845 ). Secretaria
General
CIRCULAR Nº 184-2016
ASUNTO: Aplicación del cambio
en la metodología para estudio de las solicitudes de jubilación y pensión, una
vez que se haya actualizado el sistema SIGAFJP.
A LAS PERSONAS SERVIDORAS JUDICIALES
Y AGRUPACIONES GREMIALES DEL PODER JUDICIAL
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior
del Poder Judicial en sesión Nº 94-16 celebrada el 12 de octubre de 2016,
artículo III, dispuso modificar lo acordado en la sesión N° 108-15 del 10 de
diciembre del año 2015, en su artículo LXXXV, referente al estudio de los
porcentajes de las jubilaciones y pensiones, conforme a lo establecido en el
artículo 224 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en el sentido que se va a
seguir realizando el cálculo de forma manual, hasta que se haya actualizado el
sistema SIGAFJP, que permitiría realizar el estudio de una forma electrónica, y
no como se indicó en dicho artículo que se utilizaría ese sistema a partir de
la firmeza de ese acuerdo, lo anterior con la finalidad de evitar atrasos en la
gestión de esas solicitudes y desactualizaciones que puedan inducir a
equivocaciones en el manejo del Sistema del Fondo de Jubilaciones y Pensiones.
San José, 14 de
noviembre de 2016.
Silvia
Navarro Romanini,
Secretaria
General
1 vez.—Exonerado.—( IN2016094846 ).
CIRCULAR
Nº 186-2016
ASUNTO: Deber de informar a la Dirección General del OIJ, aquellos casos
cuando dicten medidas provisionales por asuntos de violencia doméstica, contra
un servidor o servidora del Organismo de Investigación Judicial.
TODOS LOS
JUECES Y JUEZAS DEL PAIS QUE ATIENDEN
CASOS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA
SE LES
HACE SABER QUE:
El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión Nº 95-16 celebrada el
13 de octubre de 2016, artículo LXIII, dispuso comunicar a todos los jueces del
país que atienden víctimas de violencia doméstica, sobre el deber de informar a
la mayor brevedad a la Dirección General del OIJ, sobre aquellos casos cuando
dicten medidas de protección, donde las personas a las que se les imponen esas
medidas son servidores del Organismo de Investigación Judicial, esto con el fin
de que esas personas sean enviadas a valoración de forma inmediata a la Sección
de Apoyo Psicológico Operacional (SAPSO). Dicho comunicado deberá enviarse a la
dirección de correo electrónico Recepción Documentos Dirección General OIJ (oij_rdd@poder-judicial.go.cr).
San José, 15 de noviembre de 2016.
Silvia
Navarro Romanini
1 vez.—Exonerado.—(
IN2016094847 ) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 192-2016
ASUNTO: Adición de la
Circular N° 60-2012 sobre “Pago de horas extras a personal técnico
judicial”.-
A LOS JEFES Y PERSONAL DE LOS DESPACHOS
JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior
del Poder Judicial en sesión Nº 96-16 celebrada el 18 de octubre de 2016,
artículo LXXII, dispuso adicionar a la circular N° 60-2012 sobre “Pago de
horas extras a personal técnico judicial”, de manera que en adelante debe
leerse de la siguiente manera:
“El
Consejo Superior, en sesión N° 38-12 celebrada el 19 de abril de 2012, artículo
LVI, dispuso que para el pago de horas extra a personal técnico judicial de los
despachos judiciales, se requiere de la autorización previa del Consejo
Superior, debiendo indicar en la solicitud las razones que la fundamentan y el
plan de trabajo que se ejecutará, según corresponda.
Por
otra parte, se autoriza el pago de horas extra cuando los técnicos o técnicas
judiciales deban asistir a audiencias orales junto con los jueces y juezas, y
sea indispensable que permanezcan en éstas luego de la jornada laboral. Para
gestionar el pago deberán acreditar ante la Dirección de Gestión Humana, las
horas laboradas, así como contar con el visto bueno de la jefatura
correspondiente”.
San José, 15 de
noviembre de 2016.
Silvia
Navarro Romanini,
Secretaria
General
1 vez.—Exonerado.—( IN2016094848 ).
CIRCULAR Nº 206-2016
ASUNTO: Lista de abogadas y
abogados suspendidos en el ejercicio de su profesión, actualizada al 14 de
noviembre de 2016.
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
En cumplimiento de lo
dispuesto por el Consejo Superior, en sesiones Nº 14-03 y 97-03, celebradas el
27 de febrero y 16 de diciembre de 2003, en ambas, artículos LII, hago de su
conocimiento y para los fines consiguientes, la lista de los profesionales suspendidos
en el ejercicio de la profesión ante el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa
Rica, según correo electrónico del citado Colegio Profesional.
LISTA DE ABOGADAS Y ABOGADOS
SUSPENDIDOS EN EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN
ACTUALIZADA AL 14 DE NOVIEMBRE DE 2016
* La suspensión se mantendrá hasta que
cumpla la condena impuesta en sede penal.
** La suspensión será hasta le revocación
de medida cautelar o finalización del proceso penal.
*** Inhabilitación del ejercicio de la
Abogacía y Notariado por Medida Cautelar. Res, Juzgado Penal Pérez Zeledón de
las 13:35 del 14/12/2015 Expediente N° 12-000974-0485-PE.
**** Inhabilitación del ejercicio de la Abogacía
y Notariado por Medida Cautelar. Res, Juzgado Penal de Corredores Exp. N°10-202045-0456-PE.
#### Inhabilitación del ejercicio de la Abogacía
y Notariado por Medida Cautelar dictada por Juzgado Exp.
05-0022756-0042-PE.
***** Suspendido hasta que cancele la multa máximo
12/05/2021.
### Inhabilitación en el ejercicio de la
abogacía por medida cautelar dictada por el Colegio, derivado de condenatoria
penal Exp. 00-200095-0486-PE, vigente hasta que no se
dicte lo contrario & Fe de erratas. Gaceta 110 del 08/06/2016.
San José, 30 de
noviembre de 2016.
Silvia
Navarro Romanini,
Secretaria
General
1 vez.—Exonerado.—( IN2016094851 ).
ASUNTO: Acción de
Inconstitucionalidad.
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
TERCERA PUBLICACIÓN
Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la
Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se
tramita con el número 12-004335-0007-CO promovida por Otto Guevara Guth contra la aplicación del Artículo 30 del Convenio
Constitutivo del Banco Centroamericano de Integración Económica, aprobado por
Costa Rica mediante ley 3152 y el “Convenio de Cooperación Financiera no
Reembolsable” suscrito por el Gobierno de la República de Costa Rica y el Banco
Centroamericano de Integración Económica, por estimarlos contrarios a los
artículos 11, 24, 30, 176, 180 y 149 de la Constitución Política, se ha dictado
el voto número 2016-017545 de las nueve horas y cinco minutos de treinta de
noviembre de dos mil dieciséis, que literalmente dice:
“Se declara sin lugar la acción”.
San José, 1° de diciembre del 2016.
Gerardo
Madriz Piedra
( 2016093785 ) Secretario
PRIMERA
PUBLICACIÓN
Para los efectos de los artículos 88 párrafo segundo y 90 párrafo
primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de
inconstitucionalidad que se tramita con el número 15-016539-0007-CO promovida
por Sara Salazar Badilla contra el artículo 107 de la Convención Colectiva de
la Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE), se ha dictado el voto número
2016-015631 de las catorce horas y cero minutos de veintiséis de octubre de dos
mil dieciséis, que literalmente dice:
«Se declara con lugar la acción y, en
consecuencia, se anula por inconstitucional el artículo 107, de la Convención
Colectiva de RECOPE. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a
la fecha de vigencia de la norma anulada, sin perjuicio de derechos adquiridos
de buena fe. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta
y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Comuníquese a la
Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE). El Magistrado Hernández
Gutiérrez salva el voto y rechaza de plano la acción. El Magistrado Estrada
Navas salva el voto y declara que el artículo cuestionado no es
inconstitucional siempre y cuando se interprete conforme lo que en el
Considerando respectivo se analiza. El Magistrado Salazar Alvarado consigna
nota. Notifíquese.-»
Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación
indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del
voto.
San José, 26 de octubre del 2016.
Gerardo
Madriz Piedra
Secretario
Exonerado.—(
IN2016094895).
Para los efectos de los artículos 88, párrafo segundo y 90 párrafo
primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de
inconstitucionalidad que se tramita con el N° 16-005486-0007-CO, promovida por
Walter Brenes Soto contra el artículo 8 del Decreto Ejecutivo N° 34312-MP-MINAE
del 06 de febrero del 2008, se ha dictado el voto N° 2016-015711 de las
diecisiete horas y treinta minutos de veintiséis de octubre de dos mil
dieciséis, que literalmente dice:
«Se declara con lugar la acción planteada y en consecuencia, se anula
por inconstitucional el artículo 8 del Decreto 34312-MP-MINAE del 06 de febrero
del 2008. Esta sentencia tiene efectos declarativos a partir del vencimiento
del plazo que fue establecido en la sentencia N° 2011-12975 de las 14:30 horas
del 23 de setiembre de 2011, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe.
De conformidad con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional,
se dispone que la eficacia de esta decisión inicie a partir de la fecha de
primera publicación del edicto en que se informó de la admisión de este
proceso. Reséñese este pronunciamiento en La Gaceta y publíquese
íntegramente en el Boletín Judicial. Los Magistrados Cruz Castro y
Hernández López, por separado, dan razones diferentes. El Magistrado Hernández
Gutiérrez pone nota. Notifíquese.»
Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación
indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del
voto.
San José, 26 de octubre del 2016.
Lic.
Gerardo Madriz Piedra,
Jueza
Exonerado.—(
IN2016094896 ).
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81
de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de
inconstitucionalidad número 16-013968-0007-CO que promueve Otto Claudio Guevara
Guth y otros, se ha dictado la resolución que
literalmente dice: “Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San
José, a las once horas y quince minutos de veinticinco de octubre de dos mil
dieciséis. Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por José
Alberto Alfaro Jiménez, mayor, casado una vez, abogado y diputado de la
Asamblea Legislativa, vecino de San Rafael de Escazú, con cédula de identidad
número 1-673-801, Natalia Díaz Quintana, mayor, soltera, diputada de la
Asamblea Legislativa, vecina de Mora, portadora de la cédula de identidad
número1-1226-0846, Otto Guevara Guth, mayor,
divorciado, abogado y diputado de la Asamblea Legislativa, vecino de Escazú
portador de la cédula de identidad número 1-544-893, para que se declaren
inconstitucionales los artículos 5, 11, 39, 41, 45, 49 y 58 de la Convención
Colectiva de trabajo de la Universidad de Costa Rica. Las normas se impugnan en
cuanto reconocen o regulan vacaciones, pago de anualidades, permisos con goce
de salario y gastos por conceptos de servicios funerarios que son contrarios a
lo dispuesto en los artículos 11, 33, 46, 50, 57, 59, 63, 68, 121 inciso 13),
85, 86 y 184 de la Constitución Política. Se confiere audiencia por quince días
a la Procuraduría General de la Republica, al rector de la Universidad de Costa
Rica y al secretario del sindicato de Empleados de la Universidad de Costa Rica
(S.I.N.D.E.U.). Manifiestan los accionantes que el fundamento para impugnar
estas normas descansa en que afectan de manera grave principios
constitucionales tales como el de igualdad ante la ley, no discriminación en el
trabajo, razonabilidad y proporcionalidad, así como el principio de equilibrio
presupuestario y estabilidad financiera y económica de la Universidad de Costa
Rica. La afectación a la estabilidad económica y financiera de la U.C.R. puede
incidir eventualmente en la situación económica y al orden jurídico de la
nación, pues los ingresos para satisfacer las obligaciones contraídas en la
Convención Colectiva han sido autorizados en el Presupuesto Universitario que
aprueba la Contraloría General de la República, mismo que se carga al
Presupuesto Nacional mediante la transferencia al Fondo Estatal para la
Educación Superior. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se
refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La
legitimación de los accionantes para interponer la acción proviene del párrafo
segundo del artículo 75 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional en tanto se
trata de la defensa de intereses difusos como es el adecuado manejo de los
fondos públicos. Publíquese por tres veces un aviso en el Boletín Judicial
sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o procedimientos
en que se discuta la omisión impugnada, no se dicte resolución final mientras
la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los
procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la omisión impugnada y
se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar
sentencia o bien el acto en que haya de resolverse sobre lo cuestionado, en el
sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa
es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar
esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de
reposición interpuestos contra el acto final. Dentro de los quince días
posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán, apersonarse
quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición
de esta acción, en los que se discuta sobre lo impugnado o aquellos con interés
legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para
ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el
asunto que les interese. Notifíquese./Fernando Cruz
Castro, Presidente a. í.
San José, 27 de octubre del 2016.
Gerardo
Madriz Piedra,
Secretario
Exonerado.—(
IN2016094897 ).
HACE SABER:
A: Sirio
Henry Obando Vindas, mayor, notario, cédula de
identidad N° 0106200476, de demás calidades ignoradas, que en proceso
disciplinario notarial N° 15-000796-0627-NO establecido en su contra por
Florencia Espinoza Obando, María Auxiliadora Arcia
Espinoza, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado
Notarial. A las once horas y treinta y seis minutos del veintisiete de
noviembre de dos mil quince. Se tiene por establecido el presente proceso
disciplinario notarial de Florencia Espinoza Obando y María Auxiliadora Arcia Espinoza contra Sirio Henry Obando Vindas, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho
días, dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y
ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del
artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional
de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de
la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le
previene a las partes que dentro del plazo citado, deben indicar medio en el
cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en
estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no
se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las
resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente
notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas,
incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya
citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir
notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se
utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que
realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo
deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información
del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado
dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que
si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio
autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en
estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas
respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace
saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta,
en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de
San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este
Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana (artículos 58 y 59
de la citada Ley). En el caso de que la notificación de esta resolución deba
realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el
ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada;
en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona
encargada de regular la entrada. (artículos 4°, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de
la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta
N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Se exhorta a las partes que suministren
un medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente
recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar
las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades
internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la
recepción de notificaciones. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo
Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes
de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la
siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d)
Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquesele esta
resolución a la parte denunciada, personalmente o en su casa de habitación,
mediante cédula y copias de ley, lo cual se hará por medio de Juzgado
Contravencional de Pavas quienes podrán notificarle en la dirección aportada
por la parte denunciante en Embajada de los Estados Unidos De América, en su
defecto se ordena notificar al notario denunciado en la dirección reportada en
la Dirección Nacional de Notariado en San José, Hatillo 3 Calle Bolivia
contiguo al Abastecedor La Selecta, lo cual se hará por medio del Juzgado
Contravencional de Hatillo. De no ser ubicado en las citadas direcciones se
ordena comisionar a la Policía de Proximidad de San Josecito de Alajuelita, con la finalidad de notificar al denunciado en
San José, Alajuelita, 350 suroeste
del Salón La Cima, dirección reportada por la parte en el Registro Civil. Tome
nota la parte denunciada que, de conformidad con lo dispuesto por la Sala
Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en voto 2010-8722, y por el
Tribunal Disciplinario Notarial en votos 265-2012 y 70-2015, es obligación de
los notarios que ejercen como tales el tener actualizados sus datos personales
en cuanto a las direcciones de oficina y lugar para atender notificaciones. Así
mismo, se ordena mediante comisión notificar a la Dirección Nacional de
Notariado a través de la Oficina de Comunicaciones del Segundo Circuito de San
José, en: San Pedro, costado oeste del Mall San Pedro, edificio Sigma 5° piso.
Debe tenerse en cuenta que si la notificación es en la casa de habitación del
denunciado la podrá recibir cualquier persona que aparente ser mayor de quince
años o el mismo denunciado, y que si la notificación es en el lugar de trabajo,
debe ser entregada únicamente al notario y nunca a otra persona, de conformidad
con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones.
Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte
denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil. De
conformidad con el artículo 21 de la Ley N° 8687, solicítese al Registro Civil
informe sobre el domicilio registral de la parte denunciada. Conforme al
numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la
Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para que certifique
si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de
tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste
.Notifíquese. Licda. Derling Edith Talavera Polanco,
Jueza Tramitadora.” y “Juzgado Notarial. A las quince horas y quince minutos
del seis de octubre de dos mil dieciséis. En razón de que han sido fallidos los
intentos por notificarle al licenciado Sirio Henry Obando Vindas,
cédula de identidad 0106200476, la resolución dictada a la(s) once horas y
treinta y seis minutos del veintisiete de noviembre de dos mil quince, en las
direcciones que reportó ante la Dirección Nacional de Notariado (folio 12), su
último domicilio registral brindado al Registro Civil (folio 10), así como la
dirección aportada por la parte denunciante (folio 45); y en virtud de que
carece de apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 22),
de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código
Notarial, se dispone notificarle la citada resolución así como también la
presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial. Comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber a la parte
que aquí se ordena notificar, que los hechos que se le atribuyen son la
aparente realización de un sucesorio notarial sin cumplir con los requisitos
legales para la realización del mismo. Conforme lo dispone el citado numeral,
comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de
que atienda la defensa técnica de la parte accionada supra referida.
Notifíquese. Licda. Grace Hernández Herrera, Jueza Tramitadora.”
Licda.
Derling Talavera Polanco,
Jueza
1 vez.—Exento.—( IN2016094816 )
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José
Joaquín Secundino Córdoba Umaña, fallecido el 05 de noviembre del 2016, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N°
16-001305-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 16-001305-1021-LA. Por Caja Costarricense de Seguro
Social a favor de Jose Joaquín Secundino Córdoba
Umaña.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de
Heredia, 29 de noviembre del 2016.—Licda. Angélica Fallas Carvajal, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016094528 ).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de Roberto Gregorio Díaz Olivares, fallecido el 03
de setiembre del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector
privado bajo el Nº 16-001335-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N°
16-001335-1021-LA. Por Caja Costarricense de Seguro Social a favor de Roberto
Gregorio Díaz Olivares.—Tribunal de Trabajo de
Menor Cuantía de Heredia, 05 de diciembre del 2016.—Licda. Angélica Fallas
Carvajal, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016094529 ).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de: Alexis Jiménez Rojas, fallecido el 14 de octubre
del 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este despacho en las diligencias de consignación prestaciones bajo el
número 16-000041-1485-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº
16-000041-1485-LA.—Juzgado Contravencional y Menor
Cuantía de Palmares (Materia Laboral), 30 de noviembre del 2016.—Licda. Adriana
Soto González, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016094817
).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de: Martín Elí Esquivel Villegas, quien mayor,
casado, con cédula de identidad Nº 3-0296-0637, vecino de Turrialba, quien
falleció el veintitrés de setiembre del dos mil dieciséis, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número
16-000148-1007-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº
16-000148-1007-LA. Martín Elí Esquivel Villegas a favor de Sindy
Gabriela Rodríguez Sánchez.—Juzgado Contravencional
y de Menor Cuantía de Turrialba (Materia Laboral), 06 de diciembre del
2016.—Lic. Randall Gómez Chacón, Juez.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016094821 ).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de: Eduardo Gómez Santelis,
quien era mayor, casado, peón, vecino de Boca de Arenal de Cutris
de San Carlos, cédula de residencia Nº 155821973029, y falleció el 19 de agosto
del 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el
número 16-000276-1291-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº
16-000276-1291-LA. Eduardo Gómez Santelis.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela (Materia Laboral), 05 de diciembre del 2016.—Lic.
Armando Alfaro Araya, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2016094823 ).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de Fausto Jiménez Arias, quien fue mayor, soltero,
pensionado, cédula Nº 2-200-900, vecino de San Jorge de Cutris,
falleció el 31 de octubre del año 2016, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
devolución de pensión, bajo el Nº 16-000277-1291-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Expediente N° 16-000277-1291-LA de Fausto Jiménez Arias a favor de
María Eugenia Solís Chaves.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (materia laboral),
Ciudad Quesada, 30 de noviembre del 2016.—Lic. Armando Alfaro Araya, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016094824 ).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de Rosibel Elena Reyes
Segura, quien fue mayor, soltera, de nacionalidad Costarricense, portó la
cédula N° 6-0248-0802 y falleció el día 16 de marzo del año 2016. Se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consignación de prestaciones bajo el N° 16-001096-0173-LA, a
hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Expediente N° 16-001096-0173-LA. Promovido por Christian
José Ortiz Reyes a favor de sus causahabientes.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 20
de abril del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Juez.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016094829 ).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de Manuel Rodríguez Rojas, quien fue mayor, viudo,
de nacionalidad Costarricense, portó la cédula 1-216-846 y falleció el día 10
de setiembre de 2015, que se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector
privado bajo el número 16-001080-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. N° 16-001080-1178-LA. Promovido por Edgardo Rodríguez
Soto y otros a favor de Manuel Rodríguez Rojas.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 21
de octubre del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016094830 ).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de María Teresa Ledezma Agüero, quien fue mayor,
viuda, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 4-0038-1432 y falleció el
día 10 de diciembre del año 2011, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de
este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación
de prestaciones bajo el número 16-002594-0173-LA, a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. N° 16-002594-0173-LA. Promovido por María Eugenia
Morales Ledezma a favor de sus causahabientes.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 19
de agosto del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016094831 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Alberto Reyes
Solano, quien fue mayor, de nacionalidad costarricense, portó la cédula N°
1-0695-0398 y falleció el día 12 de julio del 2016. Se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consignación de prestaciones bajo el N° 16-002612-0173-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Expediente N° 16-002612-0173-LA. Promovido por Gabriela María Carcabelos, a favor de sus causahabientes.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 16
de agosto del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016094832 ).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de: Marilyn de los Ángeles Pizarro Flores, quien fue
mayor, de nacionalidad Costarricense, portó la cédula Nº 1-0889-0770, y
falleció el día 11 de octubre del 2014, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consignación de prestaciones bajo el número 16-002692-0173-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código
de Trabajo. Expediente Nº 16-002692-0173-LA. Promovido por José Luis Garro
Méndez a favor de sus causahabientes.—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 24 de
agosto del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016094833 ).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de Luis Alberto Martínez Hall, quien fue mayor,
soltero, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 1-0539-0937 y falleció
el día 12 de junio del año 1981, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de
prestaciones bajo el número 16-002766-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. N° 16-002766-0173-LA. Promovido por María Barola Hall Mc Kenzie a favor de
sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 26 de agosto del
2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016094834 ).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de Leyser Eugenio Vázquez
Mora, mayor, casado, cédula Nº 1-1704-0138 y falleció el 14 de agosto del año
2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el
Nº 16-003133-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial, expediente N° 16-003133-0173-LA. Promovido por a favor de.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo
Circuito Judicial de San José, 18 de octubre del 2016.—Lic. Ileana García
Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016094837 ).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de Mercedes Isabel María Jiménez Ballar,
quien fue mayor, viuda, de nacionalidad costarricense, portó la cédula
9-0013-0509 y falleció el día 11 de junio del año 2016, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 16-003135-0173-
LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el
artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. N°
16-003135-0173-LA. Promovido por Anabelle Torres
Jiménez a favor de sus causahabientes.—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 19 de
octubre del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016094838 ).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de Wilser Constantino
Vargas Cantilla, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, cédula
de identidad N° 04-0088-0804 y falleció en fecha 06/09/2016, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consignación de prestaciones sector público bajo el N°
16-003150-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 16-003150-0173-LA. Promovido por Norma Cerdas Rojas
a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo
de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 04 de octubre
del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2016094839 ).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de Ruth María del Carmen Acosta Herrera, mayor,
casada, quien portó la cédula de identidad Nº 1-0532-0528, quien falleció el
día 19 de noviembre del año 2016, quien fue de nacionalidad costarricense. A
quien se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones, bajo el Nº
16-003414-0173-LA-3, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 16-003414-0173-LA-3. Promovido por Víctor Hugo
Fernández Madrigal, cédula Nº 1-0478-0357 a favor de sus causahabientes.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 17
de noviembre del 2016.—Lic. José Rodolfo Barrantes Chang, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016094840 ).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de Marvin
Vega Soto, quien
portó la cédula de identidad número 1-0283-0382, quien
falleció el día 30 de setiembre del año 2016, quien fue de nacionalidad
costarricense, casado, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de
prestaciones bajo el número 16-003834-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. N° 16-003834-0173-LA. Promovido por Hilda Zúñiga
Rodríguez a favor de sus causahabientes.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 1°
de diciembre del 2016.—Lic. José Rodolfo Barrantes Chang, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016094841 ).
Se cita y emplaza a todos los
causahabientes de Luis Alfredo Abea Quirós, de
cincuenta y cinco años, con cédula de identidad
1-0554-0420, para que dentro del término de ocho días hábiles, contados a
partir de la fecha de la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Juzgado a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo
hicieren las prestaciones legales se le girará a quién legalmente corresponda.
Consignación de prestaciones legales N° 16-300108-0917-LA- (125-16), de Luis
Alfredo Abea Quirós, promovido por Ana María Soto
Barrantes.—Juzgado Contravencional y de Menor
Cuantía de Escazú, 23 de noviembre del 2016.—Lic. Randall Porras Chinchilla,
Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016094842 ).
Se cita y emplaza a todos los
causahabientes de Roberto Morales Fallas, de
setenta y dos años, con cédula de identidad:
1-0316-0906, para que dentro del término de ocho días hábiles, contados a
partir de la fecha de la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Juzgado a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo
hicieren las prestaciones legales se le girará a quien legalmente corresponda.
Consignación de Prestaciones Legales Nº 16-300110-0917-LA (127-16), de Etelgive Piedra Cerdas promovido por Roberto Morales Fallas.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Escazú,
23 de noviembre del 2016.—Lic. Randall Porras Chinchilla, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016094843 ).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de ley de aguas y ley de
caminos públicos citas tomo 323 asiento 06662; a las catorce horas y cero
minutos del veinticinco de enero del año dos mil diecisiete, y con la base de
veintiséis millones novecientos quince mil seiscientos diez colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número treinta y tres mil ciento once cero cero
dos, cero cero tres, cero cero
cuatro, cero cero cinco la cual es terreno para
construir y agricultura con una casa. Situada en el distrito 2-Palmar, cantón 5-Osa,
de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Consuelo Quesada; al sur,
calle pública; al este, Octavio Cortes y al oeste, Saturnina Sánchez. Mide:
ciento setenta y cuatro metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados, Para
el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del nueve de
febrero del año dos mil diecisiete, con la base de veinte millones ciento
ochenta y seis mil setecientos siete colones con cincuenta céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce
horas y cero minutos del veinticuatro de febrero del año dos mil diecisiete con
la base de seis millones setecientos veintiocho mil novecientos dos colones con
cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Cesar Augusto
Centeno Rosales. Exp. N° 14-005287-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 23 de noviembre
del 2016.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—(
IN2016094348 ).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las quince horas y quince minutos
del veintitrés de enero del dos mil diecisiete, y con la base de diez millones
de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos noventa y un mil doscientos
treinta cero cero tres, cero cero
cuatro, la cual es terreno naturaleza: terreno con casa. Situada: en el
distrito 1-Sarchí, cantón 12-Valverde Vega, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Hacienda La Luisa Sociedad Anónima; al sur, Hacienda La
Luisa Sociedad Anónima; al este, calle pública con 30.18 metros, y al oeste,
Hacienda La Luisa Sociedad Anónima. Mide: seiscientos seis metros con sesenta
decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y
quince minutos del siete de febrero del dos mil diecisiete, con la base de
siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y quince
minutos del veintidós de febrero del dos mil diecisiete, con la base de dos
millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Arsenio Corrales Segura, Eliomar Corrales Segura. Expediente Nº 14-011085-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 14 de noviembre del
2016.—Licda. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—(
IN2016094573 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y cero minutos del
treinta de enero de dos mil diecisiete, y con la base de nueve millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
registro público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número doscientos sesenta y ocho mil novecientos setenta
y nueve cero cero cero la
cual es terreno naturaleza: terreno para construir bloque a lote 27 hoy con una
casa. Situada en el distrito 2-San José, cantón 1-Alajuela, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, lote 28; al sur, lote 26; al este, calle 1 y al
oeste, Aquilino Herrera Herrera. Mide: ciento
veintisiete metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las once horas y cero minutos del catorce de febrero de dos
mil diecisiete, con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las once horas y cero minutos del uno de marzo de dos mil diecisiete
con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de
Ahorro y Préstamo contra Esxar Manuel Víquez Chaves. Exp. N° 16-013168-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia
Cobro), 21 de noviembre del año 2016.—Licda. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2016094574 ).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada citas: 360-17169-01-0903-001, a las catorce horas y quince minutos
del veintitrés de enero del dos mil diecisiete, y con la base de veintiséis
millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cuarenta
mil cuatrocientos setenta y seis cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno naturaleza: terreno para
construir lote 26 E. Situada: en el distrito 4-Ulloa, cantón 1-Heredia, de la
provincia de Heredia. Colinda: al norte, alameda uno; al sur, calle pública; al
este, Fondos de Inversión de Desarrollo Inmobiliario Mutual IV, y al oeste,
Fondos de Inversión de Desarrollo Inmobiliario Mutual IV. Mide: setenta metros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y quince
minutos del siete de febrero del dos mil diecisiete, con la base de diecinueve
millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce
horas y quince minutos del veintidós de febrero del dos mil diecisiete, con la
base de seis millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Aira
del Socorro Díaz Galeano, Jimmy Eduardo Zúñiga Chinchilla, Mireyda
del Socorro Galeano González. Expediente Nº 16-013212-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 14 de noviembre del 2016.—Licda. Cinthia Pérez Moncada,
Jueza.—( IN2016094575 ).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las
quince horas y cero minutos del veintitrés de enero del dos mil diecisiete, y
con la base de veinte millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento
sesenta y ocho mil seiscientos veintidós cero cero
uno, cero cero dos, la cual es terreno naturaleza:
terreno para construir, con una casa de habitación. Situada: en el distrito
4-Ángeles, cantón 5-San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte,
calle pública y Zoraida Sánchez Hernández; al sur, Rosa Sánchez Hernández; al
este, Eduardo Ramírez Paniagua, y al oeste, Olga y Carlos Sánchez Hernández.
Mide: cuatrocientos noventa y seis metros con cincuenta y tres decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y cero minutos
del siete de febrero del dos mil diecisiete, con la base de quince millones de
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las quince horas y cero minutos del veintidós de febrero
del dos mil diecisiete, con la base de cinco millones de colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Andrei
Gerardo Chacón Sánchez, Arlyn Patricia Chacón
Sánchez. Expediente Nº 16-013281-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 14 de noviembre del 2016.—Licda. Cinthia Pérez Moncada,
Jueza.—( IN2016094582 ).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y
restricciones citas: 333-19948-01-0900-001, reservas de Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos citas: 569-80513-01-0006-001, servidumbre de paso citas:
575-33512-01-0002-001, a las diez horas y cero minutos del treinta de enero de
dos mil diecisiete, y con la base de nueve millones novecientos cincuenta mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número doscientos nueve mil ciento cuarenta y
nueve-cero cero cero, la cual es terreno naturaleza:
terreno para construir. Situada en el distrito 09 Tamarindo, cantón 03 Santa
Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Bernard Yves de Woelmont; al sur, calle pública con un frente lineal de 21
metros con 17 centímetros lineales; al este, Perla del Amazonas Desarrolladores
Internacionales Sociedad Anónima y al oeste, servidumbre de paso con un frente
lineal de 31 metros 50 centímetros. Mide: setecientos metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de febrero
de dos mil diecisiete, con la base de siete millones cuatrocientos sesenta y
dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del uno de
marzo de dos mil diecisiete con la base de dos millones cuatrocientos ochenta y
siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela -
La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Fabricio Alvarado González, expediente
Nº 16-013617-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 19 de noviembre del
2016.—Licda. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—(
IN2016094583 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas del trece de
enero del dos mil diecisiete, y con la base de trece millones trescientos
treinta y cinco mil setecientos cuarenta colones con treinta y cuatro céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número 319983-000 la cual es terreno para construir, lote 3-A
con una casa. Situada en el distrito 02 San José, cantón 01 Alajuela, de la
provincia de Alajuela. Colinda: Al norte, Constructora Rosa Sociedad Anónima;
al sur, calle pública con 6 metros; al este, lote 4 y al oeste, Constructora
Rosa Sociedad Anónima. Mide: Ciento cincuenta y cuatro metros con ochenta y
siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas
del treinta de enero del dos mil diecisiete, con la base de diez millones un
mil ochocientos cinco colones con veinticinco céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas
del catorce de febrero del dos mil diecisiete con la base de tres millones
trescientos treinta y tres mil novecientos treinta y cinco colones con ocho
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra
Karina Segura Rodríguez. Exp: 16-023047-1012-CJ.
Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo
Circuito Judicial de San José, 04 de octubre del año 2016.—Licda. Adriana
Castro Rivera, Jueza.—( IN2016094584 ).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción/colisión
sumaria Nº 13-008798-0489-TR, a las catorce horas y cero minutos (02:00 p. m.)
del veinticinco de enero del dos mil diecisiete, y con la base de veinticinco
mil novecientos tres dólares con ochenta y nueve centavos, en el mejor postor,
remataré lo siguiente: Vehículo: CL-240444, Mitsubishi, estilo: L200 Did Common Rail, categoría: carga
liviana, capacidad: cinco personas, serie, chasis y vin:
MMBJNKB408D090527, año: 2009, color: rojo, tracción: 4x4, Nº motor:
4D56UCBE6069, cilindrada: **2477 c.c., 4 cilindros, combustible: diesel. Para el segundo remate, se señalan las catorce
horas y cero minutos del nueve de febrero del dos mil diecisiete, con la base
de diecinueve mil cuatrocientos veintisiete dólares con noventa y un centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de febrero del dos mil
diecisiete, con la base de seis mil cuatrocientos setenta y cinco dólares con
noventa y siete centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra
Carmen María González Brown. Expediente Nº 14-006349-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Guillermo
Ortega Monge, Juez.—( IN2016094585 ).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref: 2372 589 001 bajo las citas: 305-06145-01-0902-033, a
las quince horas y cero minutos del nueve de enero del año dos mil diecisiete,
y con la base de dieciséis millones novecientos cincuenta y ocho mil
seiscientos diecinueve colones con noventa y dos céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº
108805-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Palmar,
cantón Osa de la provincia de Puntarenas. Colinda: este, calle pública con un
frente a ella de treinta y tres metros sesenta y tres centímetros; oeste,
Consejo Nacional de Producción; noroeste, María Elena Vásquez Díaz; sureste,
calle pública con un frente a ella de dieciocho metros sesenta y dos
centímetros. Mide: seiscientos treinta y nueve metros con cuarenta y nueve
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero
minutos del veinticuatro de enero del año dos mil diecisiete, con la base de
doce millones setecientos dieciocho mil novecientos sesenta y cuatro colones
con noventa y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del ocho de
febrero del año dos mil diecisiete con la base de cuatro millones doscientos
treinta y nueve mil seiscientos cincuenta y cuatro colones con noventa y ocho
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Lenin Quesada
Fernández y Oldemar Quesada Fernández, expediente Nº
14-030458-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, 29 de noviembre del 2016.—Licda. Kreysa
Yeliska Marín Mata, Jueza.—(
IN2016094586 ).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas Ley
Caminos citas: 0412-00006764-01-0065-001; reservas Ley Aguas citas:
0412-00006764-01-0093-001, a las ocho horas y cero minutos del veintitrés de
enero del dos mil diecisiete, y con la base de cuatro millones de colones
exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número ochenta y siete mil doscientos setenta y
tres-cero cero cero, la cual es terreno para la
vivienda, lote setenta y ocho, Asentamiento Río Cañas. Situada: en el distrito
cuarto Belén, cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, Instituto de Desarrollo Agrario; al sur, calle pública; al este,
Carlos Serrano Álvarez, y al oeste, Coope Río Cañas
Responsabilidad Limitada. Mide: doscientos treinta y seis metros con dos
decímetros cuadrados. Plano: G-0051412-1992. Para el segundo remate, se señalan
las ocho horas y cero minutos del siete de febrero del dos mil diecisiete, con
la base de tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos
del veintidós de febrero del dos mil diecisiete, con la base de un millón de
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Inversiones Boncowath
Sociedad de Responsabilidad Limitada contra Andrea Melissa Méndez Álvarez.
Expediente Nº 16-000506-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y
Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Cobro),
28 de noviembre del 2016.—Lic. Jorge Zúñiga Jáen,
Juez.—( IN2016094588 ).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando pero soportando
reservas y restricciones 0402-00014637-01-0911-001, demanda ordinaria,
expediente Nº 05-000935-0173-LA, a las catorce horas y treinta minutos del
veinticinco de enero de dos mil diecisiete, y con la base de nueve millones noventa
y nueve mil seiscientos setenta y ocho colones con ochenta y seis céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula Nº 433475-000, la cual es terreno para construir lote 03 bloque B.
Situada en el distrito 01 Alajuelita, cantón 10 Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
calle pública; al sur, parque; al este, calle pública y al oeste, Constructora
Fénix S. A. Mide: ciento treinta y siete metros con sesenta y siete decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta
minutos del nueve de febrero de dos mil diecisiete, con la base de seis
millones ochocientos veinticuatro mil setecientos cincuenta y nueve colones con
catorce céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de
febrero de dos mil diecisiete con la base de dos millones doscientos setenta y
cuatro mil novecientos diecinueve colones con setenta y un céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Crédito Agrícola de Cartago contra Leopoldo Ismael Velásquez Castillo y María
Jeannette León Calvo, expediente Nº 14-008229-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 23 de noviembre del 2016.—Lic. Guillermo Ortega Monge,
Juez.—( IN2016094589 ).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las
trece horas y treinta minutos (01:30 p. m.) del veintisiete de enero del dos
mil diecisiete, y con la base de seis millones doscientos mil colones exactos,
en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula Nº 69826-003, 004, la cual es terreno con una casa de
habitación. Situada: en el distrito 01 Turrialba, cantón 05 Turrialba, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, J.R. La Isabel S. A.; al sur,
carretera nacional con 35.00 metros; al este, Heriberto Calvo Ulloa, y al
oeste, J.R. La Isabel S. A. Mide: trescientos un
metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se
señalan las trece horas y treinta minutos (01:30 p. m.) del trece de febrero
del dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones seiscientos cincuenta
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las trece horas y treinta minutos (01:30 p. m.) del
veintiocho de febrero del dos mil diecisiete, con la base de un millón
quinientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Ana Cecilia Ulloa Vargas y Heriberto de los Ángeles Calvo Ulloa.
Expediente Nº 16-002251-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 28 de noviembre del 2016.—Lic. Guillermo
Ortega Monge, Juez.—( IN2016094590 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; diez horas y treinta minutos del
dieciocho de enero del dos mil diecisiete, y con la base de treinta y cinco
millones quinientos veinticuatro mil setecientos noventa y tres colones con
siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula N° 430869-000, la cual es terreno con una casa y solar.
Situada: en el distrito Carrillos, cantón Poás, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Alexander
Gerardo Valverde Solis; al este, Amable Méndez
Montero y Plinio Valverde Castro, y al oeste, Amable Méndez Montero y Plinio
Valverde Castro. Mide: ciento sesenta y cinco metros con nueve decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos
del dos de febrero del dos mil diecisiete, con la base de veintiséis millones
seiscientos cuarenta y tres mil quinientos noventa y cuatro colones con ochenta
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las diez horas y treinta minutos del diecisiete de febrero del dos mil
diecisiete con la base de ocho millones ochocientos ochenta y un mil ciento
noventa y ocho colones con veintisiete céntimos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra
María Cecilia Bastos Bravo. Expediente N° 16-029191-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de
noviembre del 2016.—Lic. Alonso Chaves Ledezma, Juez.—(
IN2016094591 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas:
384-11172-01-0900-001; a las diez horas y cero minutos del treinta de enero de
dos mil diecisiete, y con la base de cuatro millones ochocientos ochenta y
siete mil veintiocho colones con once céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
70121-000, la cual es naturaleza: terreno para construir, situada en el
distrito 7-Diria cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos:
Norte, Gil Cerdas de la o sur, Gil Cerdas de la O y Magaly Cerdas Moraga; este,
Gil Cerdas de la O; oeste, calle pública y Magaly Cerdas Moraga. Mide:
trescientos cuarenta y ocho metros cuadrados. Plano: G-1741414-2014. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de febrero
de dos mil diecisiete, con la base de tres millones seiscientos sesenta y cinco
mil doscientos setenta y un colones con ocho céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del uno de marzo del dos mil diecisiete, con la base de un millón
doscientos veintiún mil setecientos cincuenta y siete colones con tres céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Elvis José Cerdas
Moraga, Rebeca Cerdas Moraga y José Zenón Cerdas Moreno Exp.
N° 16-000577-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito
del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 1
de noviembre del 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016094592 ).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las diez horas y cero minutos del
veinticinco de enero del dos mil diecisiete, y con la base de cinco millones
quinientos un mil cuatrocientos colones exactos, en el mejor postor, remataré
lo siguiente: Vehículo: placas: BHY977, marca: Hyundai, categoría: microbús, vin: KMJWWH7HP4U596384, año: 2004, color: blanco. Para el
segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de febrero
del dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones ciento veintiséis mil
cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la
tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del veinticuatro de
febrero del dos mil diecisiete, con la base de un millón trescientos setenta y
cinco mil trescientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Polasi
JDS Corporación de Inversiones Sociedad Anónima contra Marco Antonio Salas Montoya.
Expediente Nº 16-006655-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 16 de noviembre del 2016.—Licda. Marcela
Brenes Piedra, Jueza.—( IN2016094628 ).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas del veinte de enero
de dos mil diecisiete, y con la base de un millón cuatrocientos veinticuatro
mil ochocientos cuarenta y cinco colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: vehículo: placas: BBW710, marca: Dodge, Vin:
JB7FJ43S4KJ021300, categoría: automóvil, año: 1989, color: gris. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas del nueve de febrero de dos mil
diecisiete, con la base de un millón sesenta y ocho mil seiscientos treinta y
tres colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del veinticuatro
de febrero de dos mil diecisiete con la base de trescientos cincuenta y seis
mil doscientos once colones con veinticinco
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Multiservicios Orca Limitada
contra Agrícola Maiquey Mata Quirós Sociedad Anónima,
expediente Nº 13-001513-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
23 de noviembre del 2016.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—(
IN2016094631 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos
del veintitrés de enero de dos mil diecisiete, y con la base de tres millones
trescientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo: Placas N° BJG324, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: Automóvil, capacidad 5 personas, año:
2001, color: Azul, tracción: 4x2. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y treinta minutos del siete de febrero de dos mil diecisiete, con la base
de dos millones quinientos doce mil quinientos colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
treinta minutos del veintidós de febrero de dos mil diecisiete con la base de
ochocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones Sociedad Anónima
contra Josué David Fernández Vega y María Rebeca Fernández Vega. Exp: 16-006650-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 10 de noviembre del 2016.— Licda.
Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2016094633 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del
once de enero de dos mil diecisiete -09:00am 11/01/2017-, y con la base de
cinco millones quinientos un mil cuatrocientos colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas: BLD436. Marca: Hyundai, estilo:
Accent, categoría: Automóvil, capacidad: 5 personas,
año: 2006, color: Dorado, vin: KMHCN46CX6U015593, N°
motor: G4ED5318808, cilindrada: 1600 cc, combustible: Gasolina. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de enero de
dos mil diecisiete -9:00 a. m. 31/01/2017-, con la base de cuatro millones
ciento veintiséis mil cincuenta colones exactos(rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos
del quince de febrero de dos mil diecisiete -9:00 a. m. 15/02/2017- con la base
de un millón trescientos setenta y cinco mil trescientos cincuenta colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que
existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma
correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se
consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que
se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecutivo prendaria de Polasi
JDS Corporación de Inversiones Sociedad Anónima contra Taler
Jordan Ramírez Ovares. Exp.
N° 16-006648-1164-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro de Cartago, 14 de noviembre del 2016.—Licda. Yanin
Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2016094634 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cero minutos del
diez de enero de dos mil diecisiete, y con la base de cuatro millones
ochocientos treinta y seis mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo: Placas: BFN603, marca: Hyundai, categoría: Microbus, Vin: KMJRD37FP2K526704,
año: 2002, color: verde, cilindrada: 2.500 c.c. Para el segundo remate, se
señalan las ocho horas y cero minutos del treinta de enero del dos mil
diecisiete, con la base de tres millones seiscientos veintisiete mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las ocho horas y cero minutos del catorce de febrero de dos mil
diecisiete con la base de un millón doscientos nueve mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan
postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada
-en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el
correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el
Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria
de Multiservicios Orca Limitada contra Arístides Ariel Meza Moraga. Expediente
N° 16-007059-1164-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro de Cartago, 08 de noviembre del 2016.—Licda. Yanin
Torrentes Ávila, Juez.—( IN2016094636 ).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso
citas: 421-03928-01-0001-001, a las ocho horas y treinta minutos del diecisiete
de enero del año dos mil diecisiete, y con la base de veintiséis millones
novecientos ochenta mil cincuenta y ocho colones con doce céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número ciento cincuenta y dos mil novecientos dieciocho-cero cero cero, naturaleza: terreno para construir bloque f lote 12.
Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia de la provincia de Guanacaste.
Linderos: norte, lote once; sur, lote trece; este, calle pública con un frente
a ella de ocho metros y oeste, lotes tres y cuatro. Mide: ciento sesenta metros
cuadrados. Plano: G-1096417-2006. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y treinta minutos del uno de febrero del año dos mil diecisiete, con la
base de veinte millones doscientos treinta y cinco mil cuarenta y tres colones
con cincuenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de
febrero del año dos mil diecisiete con la base de seis millones setecientos
cuarenta y cinco mil catorce colones con cincuenta y tres céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra German Alberto Araya Salazar y Yancy Adriana Pomarez Bonilla,
expediente Nº 16-001492-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y
Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Cobro),
22 de noviembre del 2016.—Licda. Yolanda Martínez Martínez,
Jueza.—( IN2016094645 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; soportando hipoteca en primer grado a favor del Banco Nacional de Costa
Rica y reservas de Ley de aguas y Ley de Caminos Públicos; a las quince horas y
cero minutos del dieciocho de enero del año dos mil diecisiete y con la base de
dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y
seis mil trescientos nueve derechos cero cero uno y
cero cero dos derechos el cual corresponde cada uno a
un medio de la finca, la cual es terreno para construir con un local comercial
y una casa. Situada en el distrito 7-Guacimal, cantón 1-Puntarenas, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Danilo Méndez Chavarría; al sur,
lote A 14; al este, Danilo Méndez Chavarría y al oeste, calle pública con 19
metros de frente. Mide: Ochocientos veinte metros con cincuenta decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos
del dos de febrero del año dos mil diecisiete, con la base de un millón quinientos
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las quince horas y cero minutos del diecisiete de febrero
del año dos mil diecisiete con la base de quinientos mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Florinda de La Trinidad Araya Leitón contra Alicia Francisca del Carmen Araya Leitón y Celso del Socorro Anchía
Méndez. Exp: 16-000442-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón)
(Materia Cobro), 20 de octubre del 2016.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2016094662 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; 1) libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada con las citas 345-07157-01-0900-001; a las nueve horas y treinta
minutos del dieciséis de enero del año dos mil diecisiete, y con la base de
setenta y siete millones ciento setenta mil trescientos setenta y tres colones
con setenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos diecisiete mil
setecientos veintidós-cero cero cero, la cual es
terreno para construir con una casa para habitación. Situada en el distrito San
Juan de Dios, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al
noreste, José Manuel Ramírez Chacón; al noroeste, calle pública con 10.04 m; al
sureste, Víctor Manuel Astúa Montero, y al suroeste,
Víctor Manuel Astúa Montero. Mide: Doscientos ochenta
y ocho metros con noventa decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta y uno de enero del año dos
mil diecisiete, con la base de cincuenta y siete millones ochocientos setenta y
siete mil setecientos ochenta colones con treinta céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
treinta minutos del quince de febrero del año dos mil diecisiete con la base de
diecinueve millones doscientos noventa y dos mil quinientos noventa y tres
colones con cuarenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). 2) libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada con las citas 352-15808-01-0902-001, con la base de veinte millones
quinientos treinta y dos mil doscientos setenta y ocho colones con siete
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número cuatrocientos veinticuatro mil novecientos cincuenta y
cinco-cero cero cero, la cual es terreno para
construir con una casa para habitación. Situada en el distrito San Juan de
Dios, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote
13-D; al sur, lote 11-D; al este, Arsenio Chinchilla Rivera, y al oeste, calle
pública con 6 m. Mide: Ciento veinte metros con siete decímetros cuadrados.
Para tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de
enero del año dos mil diecisiete (primer remate). De
no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve
horas y treinta minutos del treinta y uno de enero del año dos mil diecisiete,
con la base de quince millones trescientos noventa y nueve mil doscientos ocho
colones con cincuenta y cinco céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse
rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos
del quince de febrero del año dos mil diecisiete, con la base de cinco millones
ciento treinta y tres mil sesenta y nueve colones con cincuenta y dos céntimos
(un 25% de la base original). La anterior debido a la restricción del artículo
805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra María de
los Ángeles Rodríguez Calderón. Exp. N°
15-008654-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de noviembre del 2016.—Licda.
María Gabriela Solano Molina, Jueza.—( IN2016094667 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas de Ley de
Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 327-00585-01-0005-001; a las nueve horas
y treinta minutos del dieciséis de enero del dos mil diecisiete, y con la base
de seis millones novecientos diecisiete mil cuatrocientos tres colones con
ochenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número treinta y ocho mil trescientos
ochenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno
para la agricultura lote 214-A. Situada: en el distrito 03 Guaycará,
cantón 07 Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle
pública con un frente a ella de 158 metros 75 centímetros; al sur, Alice Núñez
Granados; al este, calle pública con un frente a ella de 127 metros 86
centímetros, y al oeste, calle pública con un frente a ella de 133 metros 41
centímetros. Mide: veintitrés mil doscientos noventa y siete metros con veinte
decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y
treinta minutos del treinta y uno de enero del dos mil diecisiete, con la base
de cinco millones ciento ochenta y ocho mil cincuenta y dos colones con ochenta
y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del quince de febrero del
dos mil diecisiete, con la base de un millón setecientos veintinueve mil
trescientos cincuenta colones con noventa y seis céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L contra Cristóbal de la Trinidad Castro
Mayorga, Inversiones Castro y Sibaja del Sur Sociedad Anónima. Expediente N°
16-003699-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro),
13 de setiembre del 2016.—Licda. Eileen Chaves Mora,
Jueza.—( IN2016094674 ).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, a las catorce horas y
cero minutos del doce de enero del año dos mil diecisiete, y con la base de
ocho millones seiscientos noventa y seis mil doscientos cuarenta y seis colones
con sesenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa y nueve mil seiscientos
ocho-cero cero cero, la cual es terreno lote 2112,
terreno para construir. Situada en el distrito 08 Barranca, cantón 01 Puntarenas,
de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, calle
pública; al este, lote 2162 y al oeste, lote 2173. Mide: ciento noventa y un
metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y cero minutos del veintisiete de enero del año dos
mil diecisiete, con la base de seis millones quinientos veintidós mil ciento
ochenta y cuatro colones con noventa y nueve céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del trece de febrero del año dos mil diecisiete con la base de
dos millones ciento setenta y cuatro mil sesenta y un colones con sesenta y
seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Coopealianaza R. L. contra
James Walasch Contreras Marenco,
expediente Nº 16-004170-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón,
(Materia Cobro), 04 de octubre del 2016.—Lic. Harold Ríos Solórzano, Juez.—( IN2016094675 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; soportando Hipoteca de Primer Grado inscrita según citas
573-00030343-01-0001-001 a favor del Banco Crédito Agrícola de Cartago, a las
once horas cero minutos del veintitrés de enero del dos mil diecisiete (11:00
a. m. del 23/01/2017), y con la base de veintiséis millones cuatrocientos
noventa y seis mil setecientos noventa y seis colones con veintidós céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número cuarenta y siete mil doscientos cuarenta y nueve cero cero cero la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 01 Oriental, cantón 01 Cartago, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, Eduardo Carpio Sánchez; al sur, Edgar
Brenes Campos; al este, calle pública con 08 metros 40 centímetros de frente y
al oeste, Carlos María Jiménez Ortega. Mide: doscientos catorce metros con
sesenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
once horas cero minutos del ocho de febrero de dos mil diecisiete (11:00 a. m.
del 08/02/2017), con la base de diecinueve millones ochocientos setenta y dos
mil quinientos noventa y siete colones con dieciséis céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas
cero minutos del veintitrés de febrero de dos mil diecisiete (11:00 a. m. del
23/02/2017) con la base de seis millones seiscientos veinticuatro mil ciento
noventa y nueve colones con cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de
Cartago contra Carlos Manuel Jiménez Ortega, JC Inversiones Multidisciplinarias
CRI S. A. Exp. 16-003726-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 29 de noviembre del 2016.—Lic. Guillermo
Ortega Monge, Juez.—( IN2016094682 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando practicado bajo las
citas 800-201977-01-0001-001; a las quince horas y treinta minutos del
veinticuatro de enero de dos mil diecisiete (3:30 pm / 24/01/2017), y con la
base de ocho millones ochocientos setenta y dos mil setecientos setenta y dos
colones con cuarenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula N° 101570-001-002,
la cual es terreno para construir lote 303 J. Situada en el distrito 02
Jiménez, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 305 J; al este, lote 304 J, y al
oeste, calle pública. Mide: Ciento noventa y cinco metros con sesenta y cinco
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y
treinta minutos del ocho de febrero de dos mil diecisiete (3:30 p. m /
08/02/2017), con la base de seis millones seiscientos cincuenta y cuatro mil
quinientos setenta y nueve colones con treinta céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas
y treinta minutos del veintitrés de febrero de dos mil diecisiete (3:30 p. m /
23/02/2017) con la base de dos millones doscientos dieciocho mil ciento noventa
y tres colones con diez céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se
consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que
se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Napier
Sociedad Anónima contra Johnny Córdoba Hernández así como Marleny
del Carmen Herrera Cascante. Exp. N°
15-004106-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 15 de noviembre del 2016.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2016094685 ).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y cero minutos
del treinta de enero de dos mil diecisiete, y con la base de cincuenta millones
quinientos dieciocho mil ochenta colones con noventa y seis céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número ciento veintisiete mil ochenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno de café con 1 casa. Situada en el
distrito Rincón de Sabanilla, cantón San Pablo, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, Carlos Salazar, Jovel Rodríguez;
al sur, José Joaquín Salazar; al este, serv con
frente 10m y al oeste, Mario Villalobos otro. Mide: ciento treinta y siete
metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las catorce horas y cero minutos del catorce de febrero de dos mil diecisiete,
con la base de treinta y siete millones ochocientos ochenta y ocho mil
quinientos sesenta colones con setenta y dos céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del uno de marzo de dos mil diecisiete con la base de doce
millones seiscientos veintinueve mil quinientos veinte colones con veinticuatro
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Servidores Públicos R. L.
contra Óscar Gerardo Loza Mendoza y Xinia María
Salazar Fernández, expediente Nº 16-006755-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil
de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 13 de octubre del 2016.—Lic.
German Valverde Vindas, Juez.—(
IN2016094688 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; soportando hipoteca de primer grado (citas: 571-29286-01-0003-001),
servidumbre trasladada citas: 335-11122-01-0901-001; a las diez horas y treinta
minutos del seis de febrero de dos mil diecisiete, y con la base de dos
millones seiscientos cuarenta y tres mil seiscientos setenta colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número cuatrocientos sesenta y cuatro mil ochocientos
treinta-cero cero cero, la cual es terreno
naturaleza: Terreno con una casa bloque P lote 114. Situada en el distrito 05
San Felipe, cantón 10 Alajuelita, de la provincia de
San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, María y Ricardo Fernández;
al este, lote 116, y al oeste, lote 112. Mide: Ciento ochenta y tres metros con
cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
diez horas y treinta minutos del veintiuno de febrero de dos mil diecisiete,
con la base de un millón novecientos ochenta y dos mil setecientos cincuenta y
dos colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del ocho de
marzo de dos mil diecisiete con la base de seiscientos sesenta mil novecientos
diecisiete colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso monitorio de Suministros Permanentes de
Computadoras, Super Computadoras Ltda. contra Adolfo Gómez Villalobos. Exp.
N° 10-005111-0307-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro),
30 de noviembre del 2016.—Msc. Cinthia Pérez Moncada,
Jueza.—( IN2016094691 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas del veintitrés de
enero de dos mil diecisiete, y con la base de cinco millones novecientos
veintiséis mil doscientos cincuenta colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San
José, sección de propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N°
467867-000, la cual es terreno para construir lote N° 168. Situada en el
distrito 03 San Juan de Dios, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, Constructora la Constancia S.A.; al sur, lote 167; al
este, calle pública, y al oeste, Constructora la Constancia S.A. Mide: ciento
sesenta y dos metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate,
se señalan las once horas del siete de febrero del dos mil diecisiete, con la
base de cuatro millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil seiscientos ochenta
y siete colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento),
y para la tercera subasta, se señalan las once horas del veintidós de febrero
de dos mil diecisiete con la base de un millón cuatrocientos ochenta y un mil
quinientos sesenta y dos colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Juan
Bautista Mora Arias contra Zaida Camacho Durán, en expediente N°
16-007808-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San Jose,
01 de diciembre del 2016.—Licda. Alba Aurora Ramírez Bazán, Jueza.—( IN2016094695 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones bajo
las citas 367-06818-01-0824-001; a las ocho horas y cero minutos del veintitrés
de enero del dos mil diecisiete, y con la base de trece millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula N° 230332-000, la cual es terreno para la agricultura con
un galerón y tres casas. Situada: en el distrito 01 San Rafael, cantón 15
Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Sinforoso
Torres; sur, Salomón Sambrana; este, calle; oeste,
Emma Alvarez. Mide: quinientos treinta metros con
seis decímetros cuadrados. Plano: A-0665028-1987. Para el segundo remate, se
señalan las ocho horas y cero minutos del siete de febrero del dos mil
diecisiete, con la base de nueve millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de febrero del dos mil
diecisiete con la base de tres millones doscientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Eliomar Araya
Quesada contra Ricardo Antonio Chavarría Suárez. Expediente N°
16-001586-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 24 de octubre
del 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016094713 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
catorce horas y cero minutos del cinco de mayo de dos mil diecisiete, y con la
base de diez millones novecientos noventa y ocho mil ciento catorce colones con
doce céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número ciento treinta y dos mil seiscientos
ochenta-cero cero uno y cero cero dos, la cual es
terreno para construir con una casa, lote 1001. Situada en el distrito
Barranca, cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
calle pública; al sur, lote 1002; al este, lote 1000 y al oeste, calle pública.
Mide: doscientos cincuenta y tres metros con treinta y tres decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del veintidós de mayo de dos mil diecisiete, con la base de ocho millones
doscientos cuarenta y ocho mil quinientos ochenta y cinco colones con cincuenta
y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de junio de dos
mil diecisiete con la base de dos millones setecientos cuarenta y nueve mil
quinientos veintiocho colones con cincuenta y tres céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Lisbeth María Guerrero Bolaños y William Martín
Rodríguez Bogarín. Exp:
16-001395-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Puntarenas, 03 de noviembre del 2016.— Lic. Alejandro
Brenes Cubero, Juez.—( IN2016094714 ).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y
restricciones bajo las citas 378-00016428-01-0900-001, a las nueve horas
treinta minutos del dieciocho de enero dos mil diecisiete y con la base de dos
millones de dólares al mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro
Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula número noventa y cuatro mil novecientos cinco-cero cero cero, la cual es terreno con veinte cabinas, un rancho y
una piscina uno Jacó. Situada en distrito uno Jacó, cantón once Garabito, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: norte, Alexander Alpízar Salazar y Alexander
Zumbado Chacón; sur, sur, Suave Olas S. A., Antonio Durán Chavarría, Los
Ranchos S. A. y Olga, Vicot, Juan y José todos Ureña
Chaves; este, Ubando Díaz Díaz
y oeste, calle pública con servidumbre de paso en medio, Veneranda Samudio Samudio, Yamileth Zumbado
Chacón. Mide: siete mil cuatrocientos ochenta
y seis metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las nueve horas treinta minutos del dos de febrero dos mil
diecisiete con la base de un millón quinientos mil dólares (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
treinta minutos del diecisiete de febrero dos mil diecisiete con la base de
quinientos mil dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se
le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra James Ennis Post,
expediente Nº 15-012123-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de San José, 09 de noviembre 2016.—Lic. Bernardo Goldstein
Rosales, Juez.—( IN2016094718 ).
En la puerta exterior de este
despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos
del veinte de enero del dos mil diecisiete, y con la base de quince millones
cuatrocientos setenta y tres mil veinticinco colones con veintisiete céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula número 179062-001-002 la cual es terreno naturaleza: para
construir hoy con una casa. Situada: en el distrito Sabanilla, cantón Montes de
Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública frente de 12
metros 50 centímetros; al sur, CIA Invers. y Desr. Montes de Oca S.A.; al este,
Jaime Botey Brenes, y al oeste, Teresa Pérez Aguilar.
Mide: trescientos cuarenta y seis metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las
nueve horas y treinta minutos del seis de febrero del dos mil diecisiete, con
la base de once millones seiscientos cuatro mil setecientos sesenta y ocho
colones con noventa y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y
para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del
veintiuno de febrero del dos mil diecisiete, con la base de tres millones
ochocientos sesenta y ocho mil doscientos cincuenta y seis colones con treinta
y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular de Desarrollo
Comunal contra Dyala Brealey
Acosta, Irene María Granados Brealey. Expediente N°
16-028757-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de octubre del 2016. Notifíquese.—Licda. Mayela Gómez Pacheco,
Juez.—( IN2016094725 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; A) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones bajo las citas 0391-00012628-01-0900-001, servidumbre de paso
bajo las citas 2009-00281087-01-0002-001, dos servidumbre de paso bajo las
citas 2009- 00296059-01-0002-001 y bajo las citas 2012-00227355-01-0001-001; a
las once horas y treinta minutos del treinta de enero de dos mil diecisiete, y
con la base de dieciséis millones cincuenta y nueve mil colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Heredia , Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula N° 133775-001-002 la cual es terreno para la agricultura con una
casa, lote 23. Situada en el distrito 03 Las Horquetas, cantón 10 Sarapiquí, de
la provincia de Heredia 133775-001-002. Colinda: al norte, Conservas Del Campo,
José Ángel Campos Vega, José Manuel Rodríguez, José Arguedas, Alejo Loria,
Elizabeth Segura, Royner García, Anabel Villalobos y Hubert Castro José Enríquez, Hazel
Calvo, Walter Garita Jara y Anabel Martina Villalobos Rodríguez y Hub; al sur, calle pública, José Ángel Campos, José Manuel
Rodríguez, José Arguedas, Luis Arrieta, Royner
García, Ronny Ureña, Anabel Ureña, Anabel Villalobos,
Hubert Castro, José Enrique y Hazel
Calvo; al este, servidumbre en medio parcela veinticuatro, Ronny
Ureña González, Esteban Garita Marín y lote uno, y al oeste, parcela veintidós.
Mide: Tres mil setecientos ochenta y tres metros con cero decímetros cuadrados.
B) Libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y treinta minutos del
treinta de enero de dos mil diecisiete, y con la base de treinta y seis
millones novecientos cuarenta y un mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
213382-001-002 la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 03 Las
Horquetas, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte,
calle pública, Gerardina Jiménez Badilla; al sur,
Juan Rojas Gutiérrez; al este, Miguel Ángel Del Rosario Villalobos Rodríguez, y
al oeste, Bernardo Cajina Orozco. Mide: Diez mil
metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
once horas y treinta minutos del quince de febrero de dos mil diecisiete, con
la base de doce millones cuarenta y cuatro mil doscientos cincuenta colones
exactos para la finca de Heredia matrícula N° 133775-001-002 y con la base de
veintisiete millones setecientos cinco mil setecientos cincuenta colones
exactos para la finca de Heredia matrícula N° 213382-001-002 (rebajadas en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y
treinta minutos del tres de marzo de dos mil diecisiete con la base de cuatro
millones catorce mil setecientos cincuenta colones exactos para la finca de
Heredia matrícula N° 133775-001-002 y con la base de nueve millones doscientos
treinta y cinco mil doscientos cincuenta colones exactos para la finca de
Heredia matrícula N° 213382-001-002 (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de
Cartago contra Anabelle Villalobos Rodríguez. Exp. N° 16-001474-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 29 de noviembre del 2016.—Licda. Marcela
Brenes Piedra, Jueza.—( IN2016094727 ).
En la puerta exterior de este
despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos
del dieciséis de enero de dos mil diecisiete y con la base de dos millones
quinientos veintitrés mil doscientos cuarenta y dos colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placa 735539, marca Honda, estilo
CRV, año 1999, capacidad 5 personas, color gris, carrocería todo terreno 4
puertas, tracción 4x4, categoría automóvil, chasis y vin
JHLRD1766XC065779, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las
diez horas y treinta minutos del treinta y uno de enero de dos mil diecisiete,
con la base de un millón ochocientos noventa y dos mil cuatrocientos treinta y
un colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del quince
de febrero de dos mil diecisiete con la base de seiscientos treinta mil
ochocientos diez colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Wilber
Gerardo Castro Picado contra Marco Antonio Conrado Rojas. Exp:
16-004389-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 26 de setiembre del 2016.—Lic.
Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—(
IN2016094730 ).
En la puerta exterior de este
despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de
líneas eléctricas y de paso, servidumbre de paso; a las trece horas y treinta
minutos del veinticuatro de enero de dos mil diecisiete, y con la base de
noventa y un mil cuatrocientos catorce dólares con treinta y seis centavos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula Nº 185204-000, la cual es terreno naturaleza: parcela agrícola diez.
Situada en el distrito 01 Santa Cruz, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de
Guanacaste. Linderos: norte, Agustina Ortiz Dinarte;
sur, Agustina Ortiz Dinarte; este, servidumbre
agrícola con 53,23 metros de frente y oeste, Hugo Jiménez Salazar y Agustina
Ortiz Dinarte. Mide: cinco mil cien metros cuadrados.
Plano: G-1441065-2010. Para el segundo remate se señalan las trece horas y
treinta minutos del ocho de febrero de dos mil diecisiete, con la base de
sesenta y ocho mil quinientos sesenta dólares con setenta y siete centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las trece horas y treinta minutos del veintitrés de febrero de dos mil
diecisiete con la base de veintidós mil ochocientos cincuenta y tres dólares
con cincuenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal
contra Alejandra Rivera Víquez, expediente Nº 13-001330-1206-CJ.—Juzgado de
Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz)
(materia cobro), 10 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda
Alvarado, Juez.—( IN2016094741 ).
En la puerta exterior de este
despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladad citas:0364-00007024-01-0900-001 y demanda penal citas:
2010-00087509-01-0002-001; a las catorce horas y cero minutos del dieciséis de
enero del dos mil diecisiete, y con la base de cincuenta y seis millones seis
mil doscientos noventa y cinco colones con cuarenta y siete céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número cincuenta y un mil seiscientos ochenta F-cero cero cero, la cual es terreno finca filial primaria
individualizada número treinta y cuatro del bloque G terreno apto para
construir que se destinara a uso habitacional el cual podrá tener una altura
máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 01 El Tejar, cantón 08 El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte,
finca filial once del bloque G; al sur, avenida dos acceso vehicular; al este,
filial treinta y tres del bloque G, y al oeste, filial treinta y cinco del
bloque G. Mide: ciento sesenta metros con cero decímetros cuadrados. Para el
segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta y uno
de enero del dos mil diecisiete, con la base de cuarenta y dos millones cuatro
mil setecientos veintiún colones con sesenta céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce
horas y cero minutos del quince de febrero del dos mil diecisiete, con la base
de catorce millones mil quinientos setenta y tres colones con ochenta y siete
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Alan Eduardo Monge
Sequeira. Expediente N° 11-100155-0642-CI.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 07 de junio del 2016.—Lic.
Alejandro Brenes Cubero, Juez.—( IN2016094742 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando demanda penal citas
2015-353631-01-0001-001 en todos los derechos de la finca dada en garantía; a
las 8:45 horas del 06/02/17 y con la base de treinta mil dólares exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 3-36381-000 finca madre (segregada en derechos 001, 002, 003,
004, 005, 006, 008, 009, 010, 011, 012, 013, 014, 015, 016, 017, 018, 019),
cada derecho caracterizado por ser: terreno naturaleza: Terreno de potrero y
agricultura situada en el distrito 01 El Tejar cantón 08 El Guarco
de la provincia de Cartago. Linderos: Norte, calle en medio, sur, José Joaquín
Peralta y en parte de calle pública, este, Inversiones Chien
Sociedad Anónima, oeste, Zoila Ortiz Calderón y Nillitus
S. A. Mide: Ciento ochenta y cinco mil cuatrocientos diez metros con ochenta y
seis decímetros cuadrados. Plano: No se indica. Para el segundo remate se
señalan las 8:45 horas del 21/02/17, con la base de veintidós mil quinientos
dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las 8:45 horas del 08/03/17 con la base de siete mil
quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones de Oriente Medio S. A.
contra Inversiones Nillitus S. A. Exp:
16-001332-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de agosto del año
2016.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—(
IN2016094746 ).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas del trece de
febrero del dos mil diecisiete, y con la base de ciento treinta mil dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula Nº 1-139863-000, la cual es naturaleza: Terreno para
construir con una casa situada en el distrito 03 San Rafael, cantón 02 Escazú
de la provincia de San José. Linderos: sur, quebrada Quebradilla; oeste, Carla
Pozuelo Picasso; noreste, Ketty Larín
Soto e Iris Montero Paniagua; noroeste, calle pública con 9.32 metros de
frente. Mide: quinientos metros cuadrados. Plano: SJ-0542171-1984. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas del dos de marzo del dos mil
diecisiete, con la base de noventa y siete mil quinientos dólares exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce
horas del veinte de marzo del dos mil diecisiete con la base de treinta y dos
mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Treasures of
Mead West Sociedad Anónima contra María Asunción Pozuelo Picasso y Óscar Brenes
Fonseca. Expediente Nº 16-003634-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21
de setiembre del 2016.—Licda. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—( IN2016094747 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones citas: 337-05314-01-0002-001; a las quince horas y treinta
minutos del dieciséis de enero del dos mil diecisiete, y con la base de quince
millones cuatrocientos veintiséis mil ochocientos diez colones con noventa y un
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número ciento seis mil cincuenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 110. Situada:
en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, lote 109; al sur, Edmundo Valdelomar
Bermúdez; al este, Edmundo Valdelomar Bermúdez, y al
oeste, calle pública. Mide: doscientos siete metros con treinta y un decímetros
cuadrados. Plano: G-0443659-1997. Para el segundo remate, se señalan las quince
horas y treinta minutos del treinta y uno de enero del dos mil diecisiete, con
la base de once millones quinientos setenta mil ciento ocho colones con
dieciocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las quince horas y treinta minutos del quince de febrero
del dos mil diecisiete, con la base de tres millones ochocientos cincuenta y
seis mil setecientos dos colones con setenta y tres céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución Hipotecaria de Coopealianza R. L. contra Wilberth
Didier Rojas Gutiérrez. Expediente N° 16-000137-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste, Liberia, (Materia Cobro), 22 de noviembre del 2016.—Lic. Jorge
Zúñiga Jáen, Juez.—(
IN2016094765 ).
En
la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho
horas y cero minutos del veinticuatro de enero del año dos mil diecisiete, y
con la base de dos millones seiscientos cuarenta mil colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas N° BBZ625, marca Hyundai,
estilo Accent, categoría automóvil, capacidad 5
personas, año 1999, color azul, vin
KMHCG41BPXU022245, cilindrada 1500 cc, combustible gasolina, motor Nº
G4FKX686895. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos
del ocho de febrero del año dos mil diecisiete, con la base de un millón
novecientos ochenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del
veintitrés de febrero del año dos mil diecisiete con la base de seiscientos
sesenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Nancy Milena Duarte López contra Diosimar Antonini Walters Guity. Exp. N° 15-004907-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 28 de noviembre
del 2016.—Lic. Juan Ricardo Cerdas Monge, Juez.—(
IN2016094766 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este
despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; pero soportando dos
servidumbres trasladadas y una servidumbre de aguas pluviales las fincas
partido de Alajuela matrículas 78680-F-000 y 78722-F-000 y soportando una
servidumbre trasladada, una reservas Ley Forestal y una servidumbre de líneas
eléctricas y de paso la finca partido de Alajuela matrícula 221614-000; a las
ocho horas y treinta minutos del veintitrés de enero del año dos mil
diecisiete, y con la base de tres millones de colones exactos la finca partido
de Alajuela matrícula setenta y ocho mil seiscientos ochenta-F-cero cero cero (2-78680-F-000) y la finca partido de Alajuela
matrícula doscientos veintiún mil seiscientos catorce-cero cero cero (2-221614-000) cada una y con la base de cinco
millones de colones exactos la finca partido de Alajuela matrícula setenta y
ocho mil setecientos veintidós-F-cero cero cero
(2-78722-F-000), en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en
el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número setenta y ocho mil seiscientos ochenta-f-cero
cero cero (2-78680-F-000), la cual es finca filial
número veinticinco C, destinada a bodega ubicada en el primer nivel del
edificio en proceso de construcción. Situada en el distrito 01 Grecia, cantón
03 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, área común y filial
veinticinco B; al sur, área común; al este, área común y filial veinticinco B y
al oeste, área común. Mide: Veinticuatro metros cuadrados. Plano:
A-1378279-2009. 2) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
doscientos veintiún mil seiscientos catorce-cero cero cero
(2-221614-000) la cual es terreno para la agricultura y construcción. Situada
en el distrito 05 Guácima, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, 3-101-596833 Sociedad Anónima, lote S, Quebrada Salitral y
Tierra y Caña S. A., terreno municipal, Bolaños Hermanos Limitada; al sur,
3-101-596833 Sociedad Anónima, lotes de Tierra y Caña S. A., calle pública, río
Virilla, municipalidad y Bolaños Hermanos Limitada; al este, 3-101-596833,
terreno municipal, Tierra y Caña S. A., calle pública, Arrocera La Gilda
Bolaños y Hermanos Limitada, finca río Cuarto Limitada y al oeste 3-101-596833
Sociedad Anónima, Tierra y Caña S. A., río Ciruelas, Compañía Nacional de
Fuerza y Luz, Bolaños y Hermanos Limitada. Mide: Ciento sesenta y nueve mil
seiscientos treinta y siete metros con ochenta y tres decímetros cuadrados.
Plano: A-0214550-1994. 3) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
setenta y ocho mil setecientos veintidós-F-cero cero cero
(2-78722-F-000) la cual es finca filial numero sesenta y seis destinada a local
comercial para instalación de kioskos y exhibiciones
ubicada en el primer nivel del edificio en proceso de construcción. Situada en
el distrito 01 Grecia, cantón 03 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, área común; al sur, área común; al este, área común y al oeste, área
común. Mide: setenta y tres metros cuadrados plano:
A-1365320-2009. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta
minutos del siete de febrero del año dos mil diecisiete, con la base de dos
millones doscientos cincuenta mil colones exactos la finca partido de Alajuela
matrícula setenta y ocho mil seiscientos ochenta-F-cero cero cero (2-78680-F-000) y la finca partido de Alajuela
matrícula doscientos veintiún mil seiscientos catorce-cero cero cero (2-221614-000) cada una y con la base de tres millones
setecientos cincuenta mil colones exactos la finca partido de Alajuela
matrícula setenta y ocho mil setecientos veintidós-F-cero cero cero (2-78722-F-000) (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos
del veintidós de febrero del año dos mil diecisiete con la base de setecientos
cincuenta mil colones exactos la finca partido de Alajuela matrícula setenta y
ocho mil seiscientos ochenta-f-cero cero cero
(2-78680-F-000) y la finca partido de Alajuela matrícula doscientos veintiún
mil seiscientos catorce-cero cero cero (2-221614-000)
cada una y con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos la
finca partido de Alajuela matrícula setenta y ocho mil setecientos
veintidós-F-cero cero cero (2-78722-F-000) (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Danilo Javier de Jesús Bolaños Bogantes contra Inversiones Kopper
Muñoz S. A., Plaza Grecia Cuarenta y dos Terranova S. A., Tierra y Caña S. A. Exp: 16-001843-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía
y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 05 de julio del año 2016.—
Licda. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—( IN2016094785 ).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
traslada bajo las citas: 0299-15914-01-0911-001, a las trece horas y treinta
minutos del nueve de marzo de dos mil diecisiete, y con la base de ochenta y
dos mil novecientos dos dólares con cuarenta y cinco centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº
569885-000, la cual es naturaleza: terreno para construir. Situada en el
distrito 03 San Rafael, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Goicoechea Carrión S. A.; al sur, Goicoechea Carrión S. A.; al este,
Goicoechea Carrión S. A. y al oeste, calle pública con frente de diez metros
lineales. Mide: doscientos ocho metros con noventa y siete decímetros
cuadrados. Plano: SJ-1016770-2005. Para el segundo remate se señalan las trece
horas y treinta minutos del veinticuatro de marzo de dos mil diecisiete, con la
base de sesenta y dos mil ciento setenta y seis dólares con ochenta y tres
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las trece horas y treinta minutos del diecisiete de abril de dos mil
diecisiete con la base de veinte mil setecientos veinticinco dólares con
sesenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se
le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S.
A. contra Mauricio Enrique Picado Rodríguez y Residencial Los Jales de Tres
Ríos S. A., expediente Nº 16-007368-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de noviembre del
2016.—Licda. Melania Jiménez Vargas, Jueza.—(
IN2016094788 ).
En la puerta exterior de este
despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones citas: 351-12192-01-0907-001, a las nueve horas y cero minutos
del primero de febrero del dos mil diecisiete y con la base de trece millones
doscientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
Nº 183480-000, la cual es naturaleza: terreno de potrero. Situada: en el
distrito 03 Mogote, cantón 04 Bagaces, de la
provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública; sur, Nelly Chavarría
Varela; este, Nelly Chavarría Varela; oeste, Nelly Chavarría Varela. Mide:
quinientos metros cuadrados. Plano: G-1471479-2011. Para el segundo remate, se
señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de febrero del dos mil
diecisiete, con la base de nueve millones novecientos mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve
horas y cero minutos del tres de marzo del dos mil diecisiete, con la base de
tres millones trescientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Sergio Rodrigo Torres Leiva. Expediente Nº 16-001956-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 09 de noviembre del
2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(
IN2016094796 ).
En la puerta exterior de este
despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del
uno de febrero de dos mil diecisiete y con la base de dos millones quinientos
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número 101384-000, la cual es naturaleza: lote
para construir situada en el distrito 03 Mogote cantón 04 Bagaces
de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte: Edwin Elizondo Cordero, sur:
calle publica con un frente de 10.37 metros lineales, este: Edwin Elizondo
Cordero, oeste, Carmelina Castro Umaña, mide: ciento sesenta metros con
cincuenta y cinco decímetros cuadrados
plano: G-0296033-1996. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero
minutos del dieciséis de febrero de dos mil diecisiete, con la base de un
millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del tres de marzo de dos mil diecisiete con la base de seiscientos
veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Floribeth Ramírez Herrera, Ramiro de la Trinidad Elizondo
Zamora. Exp. 16-001960-1206- CJ.—Juzgado
de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz)
(Materia Cobro), 10 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda
Alvarado, Juez.—( IN2016094797 ).
En
la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones citas: 306-19759-01-0901-001; primer remate
a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de enero de dos
mil diecisiete y con la base de ocho millones de colones exactos
(¢8.000.000,00), en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número 102525-000, la cual es naturaleza: lote 60
terreno para construir, situada en el distrito 01 Bagaces,
cantón 04 Bagaces de la provincia de Guanacaste.
Linderos: norte: calle pública, sur: calle pública, este: lote 59, oeste: lote
61. Mide: doscientos metros cuadrados. Plano: G-0382115-1997. Para el segundo
remate se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del quince de
febrero de dos mil diecisiete, con la base de seis millones de colones exactos
(¢6.000.000,00) (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del dos de marzo
de dos mil diecisiete, con la base de dos millones de colones exactos
(¢2.000.000,00) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Jairo José Ugarte Espinoza.
Expediente: 16-001869-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y
Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, (Materia
Cobro), 09 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016094860 ).
En
la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, a las
catorce horas y cero minutos del veinte de enero del dos mil diecisiete, y con
la base de seis mil trescientos ochenta y dos dólares con trece centavos, en el
mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas Nº 693576, marca:
Chevrolet, estilo: Optra, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, año: 2007, color: negro, vin:
KL1JD51607K621222, cilindrada: 1600 CC, combustible: desconocido, motor Nº:
F16D3870057K. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero
minutos del seis de febrero del dos mil diecisiete, con la base de cuatro mil
setecientos ochenta y seis dólares con sesenta centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce
horas y cero minutos del veintiuno de febrero del dos mil diecisiete, con la
base de mil quinientos noventa y cinco dólares con cincuenta y tres centavos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco Improsa S. A. contra Jonathan
Jesús Miranda Cordero. Expediente Nº 16-001189-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 12 de octubre del 2016.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2016094861 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del
veintitrés de enero del dos mil diecisiete y con la base de nueve millones
novecientos nueve mil ciento setenta y dos colones con veintitrés céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas N° BHR-999, marca:
Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil
capacidad: 5, serie: KMHCT41DAFU848570, carrocería: Sedan 4 Puertas, tracción:
4X2, peso bruto: 1220 N° de chasis: KMHCT41DAFU848570, color: blanco, año
fabricación: 2015, N° motor: G4FCEU513490. Para el segundo remate se señalan
las nueve horas y cero minutos del siete de febrero del dos mil diecisiete, con
la base de siete millones cuatrocientos treinta y un mil ochocientos setenta y
nueve colones con diecisiete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós
de febrero del dos mil diecisiete, con la base de dos millones cuatrocientos
setenta y siete mil doscientos noventa y tres colones con seis céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Rodrigo Antonio Chavarría Arroniz. Expediente: 16-004265-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez
Zeledón, (Materia Cobro), 13 de octubre del 2016.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(
IN2016094862 ).
En la puerta exterior de este
despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las diez horas y cero
minutos del doce de enero del año dos mil diecisiete, y con la base de trece
mil doscientos cincuenta y dos dólares con veinticinco centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BHS-449. Marca Hyundai.
Estilo accent GL. Categoría automóvil. Capacidad 5
personas. Año 2015. Color blanco. Vin
KMHCT51BEFU219740. Cilindrada 1400 CC. Combustible gasolina. Motor
NºG4LCFU354086. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos
del veintisiete de enero del año dos mil diecisiete, con la base de nueve mil
novecientos treinta y nueve dólares con diecinueve centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del trece de febrero del año dos mil diecisiete con la base de
tres mil trescientos trece dólares con seis centavos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa
SA contra Melanie Gislene Lara Madrigal. Exp: 16-004266-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 13 de octubre del 2016.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(
IN2016094863 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del
dieciocho de enero del dos mil diecisiete y con la base de treinta y tres mil
novecientos tres dólares con ochenta y un centavos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: placas número BFB750, marca Hyundai, estilo Santa Fe GLS,
categoría automóvil, capacidad 7 personas, año 2014, color azul, vin KMHSU81CDEU159130, cilindrada 2400 cc, combustible
gasolina, motor N° G4KEDU061460. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y cero minutos del dos de febrero del año dos mil diecisiete, con la base
de veinticinco mil cuatrocientos veintisiete dólares con ochenta y seis
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de febrero del año dos
mil diecisiete con la base de ocho mil cuatrocientos setenta y cinco dólares
con noventa y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa
S. A. contra Ronald Enrique Rojas Víquez. Expediente: 15-001870-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 30 de setiembre
del 2016.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2016094864 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las diez horas y cero
minutos del trece de enero del dos mil diecisiete y con la base de diecisiete
mil doscientos sesenta y tres dólares con noventa y ocho centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número BDZ-530, marca Hyundai, estilo
Accent GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas,
año 2014, color plateado, vin KMHCT41DAEU504743,
cilindrada 1600 cc, combustible gasolina, motor N° G4FCDU391084. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del treinta de enero
del dos mil diecisiete, con la base de doce mil novecientos cuarenta y siete
dólares con noventa y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de
febrero del dos mil diecisiete, con la base de cuatro mil trescientos dieciséis
dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecucion prendaria de Banco Improsa
S. A. contra Miriam Amparo Sevilla Estrada. Expediente: 16-004374-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 24 de
octubre del 2016.—Lic. Harold Ríos Solórzano, Juez.—(
IN2016094865 ).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las trece horas y treinta minutos
del dieciséis de enero del dos mil diecisiete, y con la base de dos millones
ochocientos veintiocho mil trescientos noventa y un colones con noventa y tres
céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas Nº
CL-244504, marca: Chevrolet, estilo: CMV, categoría: carga liviana, capacidad:
2, serie: KL16B0Y5XAC500078, tracción: 4x2, peso bruto: 785, número de chasis:
KL16B0Y5XAC500078, año fabricación: 2010. Para el segundo remate, se señalan
las trece horas y treinta minutos del treinta y uno de enero del dos mil
diecisiete, con la base de dos millones ciento veintiún mil doscientos noventa
y tres colones con noventa y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y treinta
minutos del quince de febrero del dos mil diecisiete, con la base de
setecientos siete mil noventa y siete colones con noventa y ocho céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Abraham Alberto Solano
Arauz. Expediente Nº 16-003862-1200-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 20 de setiembre del 2016.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(
IN2016094866 ).
En la puerta exterior de este
despacho; libre de gravámenes prendarios; a las siete horas y treinta minutos
del dieciséis de enero del dos mil diecisiete y con la base de treinta y cuatro
mil doscientos cincuenta y seis dólares con ochenta y dos centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número BGJ682, marca Hyundai,
estilo Santa Fe GLS, categoría automóvil, capacidad 7 personas, año 2014, color
negro, vin KMHSU81XDEU324299, cilindrada 2200 cc,
combustible diésel, motor N° D4HBEU984109. Para el segundo remate se señalan
las siete horas y treinta minutos del treinta y uno de enero del dos mil
diecisiete, con la base de veinticinco mil seiscientos noventa y dos dólares
con sesenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del quince de
febrero del dos mil diecisiete, con la base de ocho mil quinientos sesenta y
cuatro dólares con veintiún centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa
S.A. contra Reynaldo Suarez Muguiro. Expediente:
15-005315-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro),
09 de setiembre del 2016.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—( IN2016094867 ).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las catorce horas y treinta minutos
del dieciséis de enero del dos mil diecisiete, y con la base de treinta y un
mil setecientos cincuenta y tres dólares con setenta y tres centavos, en el
mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas Nº BFJ-575, marca:
Hyundai, estilo: Santa Fe GL, categoría: automóvil, capacidad: 7, serie:
KMHST81CDEU209687. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y
treinta minutos del treinta y uno de enero del dos mil diecisiete, con la base
de veintitrés mil ochocientos quince dólares con treinta centavos (rebajada en
un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce
horas y treinta minutos del quince de febrero del dos mil diecisiete, con la base
de siete mil novecientos treinta y ocho dólares con cuarenta y tres centavos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco Improsa S. A. contra Johnny
Alcides de los Ángeles Vargas Bustos. Expediente Nº 16-003866-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 21 de setiembre
del 2016.—Licda. Alejandra Ortega Padilla, Jueza.—(
IN2016094868 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos
del veintitrés de enero del año dos mil diecisiete, y con la base de ocho mil
quinientos noventa y seis dólares con treinta y nueve centavos moneda de los
Estados Unidos de Norte América, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo Placas número CL-214669. Marca Hyundai. Estilo H-1. Categoría carga
liviana. Capacidad 3 personas. Año 2007. Color blanco. Vin
KMJWVH7BP7U765281. Cilindrada 2600 c.c. Combustible diesel.
Motor NºD4BB6332322. Para el segundo remate se señalan las trece horas y
treinta minutos del siete de febrero del año dos mil diecisiete, con la base de
seis mil cuatrocientos cuarenta y siete dólares con veintinueve centavos moneda
de los Estados Unidos de Norte América (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del
veintidós de febrero del año dos mil diecisiete con la base de dos mil ciento
cuarenta y nueve dólares con 10 centavos moneda de los Estados Unidos de Norte
América (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Credi Q
Inversiones CR S. A. contra Tecsa Hispanotico
S. A. Exp: 14-001840-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia
Cobro), 09 de noviembre del 2016.—Licda. Lilliam Ruth
Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016094869 ).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones, citas: 303-20336-01-0901-053; servidumbre de líneas eléctricas y
de paso, citas: 495-15650-01-0001-001; servidumbre de acueducto, citas:
506-03349-01-0002-001, a las once horas y cero minutos del doce de enero del dos
mil diecisiete, y con la base de treinta y un millones trescientos diecinueve
mil quinientos veintiún colones con veinte céntimos, en el mejor postor,
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número treinta y tres mil doscientos ochenta y siete cero cero
cero, la cual es terreno filial nueve terreno apto
para la construcción las que se destinarán a uso habitacional. Situada: en el
distrito 4-Bahía Ballena, cantón 5-Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, área común libre con un frente de 87 metros con 46 centímetros de
frente a acceso número dos; al sur, área común libre destinada a servidumbre
pluvial; al este, área común libre destinada a servidumbre pluvial, y al oeste,
área común libre con un frente de 87 metros con 46 centímetros de frente a
acceso número dos. Mide: mil setecientos trece metros con diecisiete decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las once horas y cero minutos del
veintisiete de enero del dos mil diecisiete, con la base de veintitrés millones
cuatrocientos ochenta y nueve mil seiscientos cuarenta colones con noventa
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las once horas y cero minutos del trece de febrero del dos mil
diecisiete, con la base de siete millones ochocientos veintinueve mil
ochocientos ochenta colones con treinta céntimos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Osa
contra Forschungs Gruppe S.
A. Expediente Nº 16-004192-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 18
de octubre del 2016.—Msc. Eileen
Chaves Mora, Jueza.—( IN2016094898 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones a citas 303-20336-01-0901-053, servidumbre de líneas eléctricas y
de paso a citas 495-15650-01- 0001-001 y servidumbre de acueducto a citas
506-3349-01-0002-001; a las quince horas y cero minutos del dieciocho de enero
del año dos mil diecisiete, y con la base de cuarenta y cinco millones
doscientos sesenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y dos colones con cincuenta
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número treinta y tres mil doscientos noventa F cero cero cero la cual es terreno
filial doce terreno apto para construir las que se destinarán a uso
habitacional. Situada en el distrito 04, Bahía Ballena, cantón 05 Osa, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte área común libre con un frente de 13
metros con 63 centímetros frente a acceso número dos y área común libre a
servidumbre pluvial; al sur Municipalidad de Osa; al este filial trece y al
oeste área común libre destinada A servidumbre pluvial. Mide: cinco mil
quinientos setenta y siete metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del dos de
febrero del año dos mil diecisiete, con la base de treinta y tres millones
novecientos cuarenta y seis mil ochocientos treinta y un colones con ochenta y
ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las quince horas y cero minutos del diecisiete de febrero
del año dos mil diecisiete con la base de once millones trescientos quince mil
seiscientos diez colones con sesenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Osa
contra Forschungs Gruppe S.
A. Exp: 13-002210- 1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 02 de noviembre del 2016.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2016094899 ).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones citas: 303-20336-01-0901-053; servidumbre de líneas eléctricas y
de paso citas: 495-15650-01-0001-001, así como servidumbre de acueducto citas:
506-03349-01-0002-001, a las dieciséis horas y cero minutos del trece de enero
del dos mil diecisiete, y con la base de treinta y un millones novecientos
setenta y ocho mil treinta y seis colones exactos, en el mejor postor, remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número treinta y
tres mil doscientos ochenta y seis-F-cero cero cero,
la cual es filial ocho terreno apto para construir las que se destinaran a uso
habitacional. Situada: en el distrito 04 Bahía Ballena, cantón 05 Osa, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, área común libre con un frente de
114 metros con 31 centímetros de frente a acceso número dos; al sur, filial
doce y área común libre destinada a servidumbre pluvial; al este, acceso común
dos, y al oeste, Ayacucho Sociedad Anónima. Mide: dos mil cincuenta y cinco
metros con nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las
dieciséis horas y cero minutos del treinta de enero del dos mil diecisiete, con
la base de veintitrés millones novecientos ochenta y tres mil quinientos
veintisiete colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la
tercera subasta, se señalan las dieciséis horas y cero minutos del catorce de
febrero del dos mil diecisiete, con la base de siete millones novecientos
noventa y cuatro mil quinientos nueve colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Municipalidad de Osa contra Forschungs Gruppe S. A. Expediente Nº 16-004191-1200-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez
Zeledón, (Materia Cobro), 20 de octubre del 2016.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(
IN2016094900 ).
En la puerta exterior de este
despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones citas tomo 380 asiento 03481-0922-001, así como servidumbre
trasladada citas tomo 380 asiento 03481-01-0923-001; a las nueve horas y cero minutos
del siete de febrero del año dos mil diecisiete, y con la base de catorce
millones trescientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, artido
de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número ciento cuarenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta-cero cero cero la cual es terreno construido y patio. Situada en el
distrito 04 Bahia Ballena, cantón 05 Osa, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Elba Montero Marín; al sur, calle
pública; al este, calle pública y Río Uvita y al oeste, calle pública. Mide:
quinientos doce metros con veinticinco decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de febrero del
año dos mil diecisiete, con la base de diez millones setecientos veinticinco
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de marzo del año
dos mil diecisiete con la base de tres millones quinientos setenta y cinco mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Municipalidad de Osa contra La Pachanga de Bahía
Internacional Sociedad Anónima. Exp. N°
14-008221-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro),
14 de noviembre del año 2016.—Licda. Lidia Mayela
Díaz Anchía, Juez.—1 vez.—(
IN2016094901 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; pero soportando
reservas y restricciones citas 316-13648-01-0901-001, reservas y restricciones
citas 357-13002-01-0900-001, reservas y restricciones citas 364-14372-01-0900-001,
reservas y restricciones citas 364-14372-01-0902-001 así como plazo de
convalidación (rectificación de medida) citas 578-09735-01- 0009-001; a las
diez horas y cero minutos del diez de enero del año dos mil diecisiete, y con
la base del monto de la hipoteca superior vencida de trece millones ochocientos
veintisiete mil trescientos trece colones con setenta y cinco céntimos , en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número quinientos noventa y ocho mil novecientos seis cero cero cero la cual es terreno de
frutales con dos casa y pulpería. Situada en el distrito 7-Pejibaye, cantón
19-Perez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Carlos
Ramírez Hernández; al sur, Joel Castro Badilla; al este, calle publica y al
oeste, Carlos Ramírez Hernández. Mide: dos mil ciento cincuenta y seis metros
con noventa y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
diez horas y cero minutos del veinticinco de enero del año dos mil diecisiete,
con la base de diez millones trescientos setenta mil cuatrocientos ochenta y
cinco colones con treinta y un céntimos rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del nueve
de febrero del año dos mil diecisiete con la base de tres millones
cuatrocientos cincuenta y seis mil ochocientos veintiocho colones con cuarenta
y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Luis
Alberto García Cisneros. Exp: 16-003854-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 21 de setiembre
del 2016.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2016094902 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso
citas: 521-01901-01-0002-001; a las diez horas y cero minutos del diecisiete de
febrero del dos mil diecisiete y con la base de trece millones cuatrocientos
noventa y un mil novecientos veinticinco colones con noventa y cinco céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio
real, matrícula número quinientos noventa y un mil trescientos catorce-cero
cero cero, la cual es terreno para construir. Situada
en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón de la provincia de San
José. Colinda: al norte Virgilio Rodríguez Solano; al sur Virgilio Rodríguez
Solano; al este calle pública y al oeste Virgilio Rodríguez Solano. Mide:
doscientos metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las diez horas y cero minutos del seis de marzo del dos mil
diecisiete, con la base de diez millones ciento dieciocho mil novecientos
cuarenta y cuatro colones con cuarenta y seis céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del veintiuno de marzo del dos mil diecisiete, con la base de tres
millones trescientos setenta y dos mil novecientos ochenta y un colones con
cuarenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra José
Rodrigo Calderón Valverde. Expediente: 16-004902-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez
Zeledón, (Materia Cobro), 18 de noviembre del 2016.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(
IN2016094903 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando restricciones Reg Art 18, Ley 2825 CITAS: 554-19251-01-0071- 001;; a las
ocho horas y cero minutos del veinte de enero del año dos mil diecisiete, y con
la base de once millones quinientos sesenta mil trescientos treinta y tres
colones con cincuenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y seis mil diez
cero cero cero la cual es
terreno La Vivienda Granja 114-95011. Situada en el distrito 1-Buenos Aires,
cantón 03-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle
pública; al sur, Gerardo Delgado Cascante; al este, Juan Pastor Granados
Saldaña y al oeste, servidumbre de paso. Mide: quinientos noventa y dos metros
con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las ocho horas y cero minutos del seis de febrero del año dos mil diecisiete,
con la base de ocho millones seiscientos setenta mil doscientos cincuenta
colones con trece céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiuno de
febrero del año dos mil diecisiete con la base de dos millones ochocientos noventa
mil ochenta y tres colones con treinta y ocho céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Cristhian Jesús
Hidalgo Madriz, José Danny Hidalgo Madriz. Exp:
16-003539-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro),
13 de setiembre del año 2016.—Licda. Eileen Chaves
Mora, Jueza.—( IN2016094904 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; a las nueve horas y
cero minutos del veintiocho de febrero del año dos mil diecisiete , y con la
base de veinte millones setecientos cincuenta y seis mil novecientos setenta y
cinco colones con noventa y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y
tres mil novecientos treinta y dos cero cero uno,
cero cero dos la cual es terreno de patio con 1 casa.
Situada en el distrito 1-Buenos Aires, cantón 3-Buenos Aires, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte, Eduardo Bustamante y otro; al sur, Paula
Castillo Fuentes; al este, Jorge Quirós Carranza y al oeste, calle pública con
8 m 98 cm. Mide: trescientos cuarenta y cinco metros con sesenta y dos
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero
minutos del quince de marzo del año dos mil diecisiete, con la base de quince
millones quinientos sesenta y siete mil setecientos treinta y un colones con
noventa y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta de marzo
del año dos mil diecisiete con la base de cinco millones ciento ochenta y nueve
mil doscientos cuarenta y tres colones con noventa y nueve céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Irma Giselle Porras Navarro. Exp. 16-002734-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 18 de noviembre del 2016.—Licda. Paola Elena
Rodríguez Godínez, Juez.—( IN2016094905 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones, citas: 380-03481-01 -0949-001, servidumbre trasladada citas:
380-03481-01-0950-001, reservas y restricciones citas: 380-03481-01-0975-001,
servidumbre trasladada citas: 380-03481-01-0976-001, servidumbre de paso citas:
578-16220-01-0003-001, servidumbre de paso citas: 2011-251297-01-0005-001; a
las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de enero del dos mil diecisiete
y con la base de seis millones ciento cincuenta mil colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número ciento ochenta y dos mil setecientos veinticuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 04 Bahía Ballena, cantón 05 Osa de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte Daisy Barboza Marín; al sur Lidietie
López Calderón y en medio servidumbre de paso; al este Lidiette
López Calderón y al oeste Lidiette López Calderón.
Mide: quinientos cuarenta y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del
tres de febrero del dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones
seiscientos doce mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos
del veinte de febrero del dos mil diecisiete con la base de un millón
quinientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rojiba S. A. contra Jonathan Moscoso López. Expediente:
16-003729-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro),
26 de setiembre del 2016.—Msc. Eileen
Chaves Mora, Jueza.—( IN2016094906 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones citas: 310-11707-01-0903-001, condic y prohib Ref: 2194-127-001 citas:
310-11707-01-0904-001 y soportando demanda abreviada de familia, citas:
800-309320-01-0001-001, número de expediente 15-400178-0423-FA;; a las nueve
horas y cero minutos del diecisiete de enero del año dos mil diecisiete, y con
la base de cuatro millones seiscientos treinta y nueve mil ochocientos colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número doscientos siete mil trescientos siete cero cero cero la cual es terreno de
patio. Situada en el distrito1-Puerto Cortes, cantón 5-Osa, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, carretera interamericana sur; al sur, Blanca
Rosa Zamora Pérez; al este, Cordero Brothers S. A. y
al oeste, Jorge Otarola Villalobos. Mide: trescientos
dieciocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
cero minutos del uno de febrero del año dos mil diecisiete, con la base de tres
millones cuatrocientos setenta y nueve mil ochocientos cincuenta colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de febrero del año dos mil
diecisiete con la base de un millón ciento cincuenta y nueve mil novecientos
cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Inversiones California Raedo
Sociedad Anónima contra Jorge Eduardo Otárola Villalobos. Exp:
16-004014-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 28
de setiembre del 2016.—Lic. Alejandra Ortega Padilla, Jueza.—(
IN2016094911 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos
del veinticuatro de enero del año dos mil diecisiete, y con la base de un
millón seiscientos treinta y cinco mil colones exactos , en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 642178. Marca Mitsubishi. Estilo
montero Sport G. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 1998. Color
negro. Vin JA4LS21G7WP009643. Cilindrada 2400 CC.
Combustible gasolina. Motor Nº 4G64UE9137. Para el segundo remate se señalan
las nueve horas y treinta minutos del ocho de febrero del año dos mil diecisiete , con la base de un millón doscientos veintiséis
mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos
del veintitrés de febrero del año dos mil diecisiete con la base de
cuatrocientos ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Luis
Enrique Gamboa Elizondo contra Jimy Gerardo Fallas
Romero. Exp. 16-001247-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 17 de noviembre del 2016.—Lic. José Ricardo
Cerdas Monge, Juez.—1 vez.—( IN2016094917 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
trece horas y veinte minutos(01:20pm) del doce de
enero de dos mil diecisiete, y con la base de cuarenta millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 518967-000 la cual es terreno construido. Situada
en el distrito 08 San Rafael, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte María Josefa Camacho Rivera; al sur, María Jinneth Fernández Camacho; al este Clodomiro Morales Seguro
y al oeste Servidumbre de paso. Mide: trescientos setenta y cinco metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y veinte minutos
(01:20pm) del uno de febrero de dos mil diecisiete, con la base de treinta
millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las trece horas y veinte minutos (01:20pm) del
dieciséis de febrero de dos mil diecisiete con la base de diez millones de
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra
Luis Guillermo Fernández Camacho. Exp:
16-007083-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 15 de noviembre del 2016.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—1 vez.—( IN2016094937 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones citas:
306-17740-01-0901-001 y servidumbre de paso citas: 2012-290585-01-0002-001
(finca 6-189737) y condiciones citas: 306-17740-01-0901-001 y servidumbre de
paso citas: 2012-290585-01-0002-001 (finca 6-190088); a las ocho horas y cero
minutos del veintiséis de enero de dos mil diecisiete y con la base de un
millón de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y nueve mil
setecientos treinta y siete-cero cero cero, la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Guaycará,
cantón 07 Golfito de la provincia de Puntarenas. Colinda: Al norte Hilaria
Castillo Castillo; al sur Hilaria Castillo Castillo; al este Luis Romero Peña y al oeste calle pública
a lotes. Mide: Ciento noventa y ocho metros cuadrados. Plano: P-1568774-2012 y
con la base de un millón de colones exactos, finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento noventa mil
ochenta ocho cero cero cero,
la cual es terreno construir. Situada en el distrito 03 Guaycará,
cantón 07 Golfito de la provincia de Puntarenas. Colinda: Al norte Hilaria
Castillo Castillo; al sur Hilaria Castillo Castillo; al este calle pública a lotes y al oeste drenaje.
Mide: doscientos sesenta y seis metros cuadrados. Plano: P-1581401-2012. Para
el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diez de febrero
de dos mil diecisiete, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos
para cada una de las fincas (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintisiete de
febrero de dos mil diecisiete, con la base de doscientos cincuenta mil colones
exactos para cada una de las fincas (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de María Elizabeth Martínez
Sánchez contra Davis Norman Barrios Castillo, Hilaria Castillo Castillo. Expediente: 16-001047-1201-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, (Materia Cobro), 24
de octubre del 2016.—Licda. Olga Sandí Torres, Jueza.—(
IN2016094946 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando dos servidumbres
trasladadas y servidumbre de paso; a las trece horas y treinta minutos del
veinticuatro de enero del año dos mil diecisiete y con la base de veintidós
millones ochenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y siete colones con noventa
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número trescientos veintiséis mil novecientos treinta y
cuatro - cero cero cero, la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito 3 San Juan, cantón 2 San
Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Juan Luis Campos Ruiz;
al sur, calle publica con un frente de 15,26 metros; al este, Jorge Mario
Varela Huertas y al oeste, servidumbre de paso en medio Juan José Huertas
Quirós con un frente de 10,67 metros. Mide: ciento ochenta y cuatro metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos
del ocho de febrero del año dos mil diecisiete, con la base de dieciséis
millones quinientos sesenta y tres mil trescientos setenta y tres colones con
cuarenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintitrés de
febrero del año dos mil diecisiete, con la base de cinco millones quinientos
veintiún mil ciento veinticuatro colones con cuarenta y ocho céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José
Joaquín Salas Arroyo contra Freddy Chaves Villalobos. Exp.
N° 16-000964- 1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Cobro),
28 de noviembre del 2016.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz,
Jueza.—( IN2016094987 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del
veinte de febrero del dos mil diecisiete y con la base de un millón setecientos
treinta y ocho mil quinientos cuarenta y cuatro colones con setenta céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio
real, matrícula número quinientos ochenta y cuatro mil setecientos sesenta y
cinco-cero cero cero, la cual es terreno de cafe y caña. Situada en el distrito 01 San Isidro de El
General, cantón 19 Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte
servidumbre agrícola en medio de Lesmes Venegas Dias, Emilce Araya Villalobos y
Patricia Venegas Araya y Ana Venegas Araya; al sur Compañía Cañera Corella
Vargas S. A.; al este Transporte Riveco S. A. y al
oeste Carlos Luis Mena Barrantes. Mide: trece mil sesenta y dos metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del
siete de marzo del dos mil diecisiete, con la base de un millón trescientos
tres mil novecientos ocho colones con cincuenta y dos céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del veintidós de marzo del dos mil diecisiete, con la base de
cuatrocientos treinta y cuatro mil seiscientos treinta y seis colones con
diecisiete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Dicson Campos Ureña, Luz Mary Venegas Araya. Expediente:
16-004611-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro),
7 de noviembre del 2016.—Licda. Eileen Chaves Mora,
Jueza.—( IN2016094989 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando cada una de las
fincas que se dirán servidumbre sirviente y servidumbre trasladada; a las
quince horas y treinta minutos (03:30 pm) del veintisiete de enero de dos mil
diecisiete, y con la base para cada una de las fincas a rematar de dieciocho
mil seiscientos veinte dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 176595-000 la
cual es terreno para uso agrícola. Situada en el distrito 04 San Nicolás,
cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: Al norte José María
Hernández Solano; al sur Urbanización el atardecer limitada destinado a
servidumbre agrícola; al este lote dos y al oeste José María Hernández Solano.
Mide: Dos mil seiscientos veintidós metros con cincuenta y dos decímetros
cuadrados. Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 176596-000 la
cual es terreno para uso agrícola. Situada en el distrito 04 San Nicolás,
cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: Al norte, José María
Hernández Solano; al sur, urbanización el Atardecer Limitada destinado a servidumbre agrícola; al este, lote tres
y al oeste, lote uno. Mide: Dos mil cuatrocientos ochenta y seis metros con
setenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
quince horas y treinta minutos del trece de febrero de dos mil diecisiete, con
la base de trece mil novecientos sesenta y cinco dólares exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince
horas y treinta minutos del veintiocho de febrero de dos mil diecisiete con la
base de cuatro mil seiscientos cincuenta y cinco dólares exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Red Jelly Investment S.
A. contra Solamente Chuzos S. A. Exp:
16-006903-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 29 de noviembre del 2016.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2016094994 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; 1) libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos
del treinta de enero de dos mil diecisiete y con la base de veintidós millones
novecientos treinta y nueve mil ciento once colones con veintidós céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número veintidós mil ciento noventa y seis-cero cero cero, la cual es terreno dedicado a la agricultura finca La
Epifanía. Situada en el distrito (02) Cot, cantón
(07) Oreamuno de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte José Luis Sanabria Monge; al sur José Miguel Sanabria Monge; al este José
Miguel Sanabria Monge y al oeste calle pública. Mide: tres mil seiscientos
setenta y tres metros con siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las diez horas y cero minutos del quince de febrero de dos mil
diecisiete, con la base de diecisiete millones doscientos cuatro mil
trescientos treinta y tres colones con cuarenta y un céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del tres de marzo de dos mil diecisiete, con la base de cinco
millones setecientos treinta y cuatro mil setecientos setenta y siete colones con
ochenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) Libre de
gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del treinta de enero
de dos mil diecisiete y con la base de veintitrés millones sesenta mil
ochocientos ochenta y ocho colones con setenta y ocho céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
treinta y seis mil seiscientos setenta y tres-cero cero cero,
la cual es naturaleza: de agricultura. Situada en el distrito (02) Cot, cantón (07) Oreamuno de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte José Asdrúbal Sanabria Monge; al sur
José Luis Sanabria Monge; al este José Luis y José Francisco Sanabria Monge y
al oeste calle pública. Mide: tres mil seiscientos setenta y dos metros con
ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
diez horas y cero minutos del quince de febrero de dos mil diecisiete, con la
base de diecisiete millones doscientos noventa y cinco mil seiscientos sesenta
y seis colones con cincuenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del
tres de marzo de dos mil diecisiete, con la base de cinco millones setecientos
sesenta y cinco mil doscientos veintidós colones con diecinueve céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra José Luis Sanabria Monge. Expediente:
16-000784-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 29 de noviembre del 2016.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2016094999 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones citas 0299-00000272-01-0901-001; a las diez horas y treinta
minutos del treinta de enero del año dos mil diecisiete, y con la base de trece
millones cincuenta y cinco mil trescientos quince colones con diez céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número ciento treinta y siete mil quinientos setenta cero cero cero la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 03 Sardinal, cantón 05 Carrillo, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte calle publica
lastrada con un frente de 13.00 mts lineales; al sur
Inversiones y Desarrollos Bolero S.A; al este Inversiones y Desarrollos Bolero
S.A y al oeste Inversiones y Desarrollos Bolero S. A. noreste: Inversiones y
Desarrollos Bolero S. A noroeste, Inversiones y Desarrollos Bolero S. A.
sureste: Inversiones y Desarrollos Bolero S. A., suroeste: calle pública. Mide:
trescientos sesenta y ocho metros con quince decímetros cuadrados cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas
y treinta minutos del catorce de febrero del año dos mil diecisiete, con la
base de nueve millones setecientos noventa y un mil cuatrocientos ochenta y
seis colones con treinta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos
del uno de marzo del año dos mil diecisiete con la base de tres millones
doscientos sesenta y tres mil ochocientos veintiocho colones con setenta y ocho
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Aura Yaneth Díaz Iglesias. Exp:
15-017226-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Segundo Circuito Judicial de San José, 27 de octubre del 2016.—Lic. Melvin
Cavero Araya, Juez.—( IN2016095007 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos
del veintisiete de enero del dos mil diecisiete y con la base de nueve millones
ciento doce mil quinientos veinticinco colones con seis céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
404382-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 San
Rafael, cantón 15 Guatuso de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte:
Lizbeth Campos Cruz; sur: calle pública con 8.51 metros de frente; este y
oeste: Municipalidad de Guatuso. Mide: ciento sesenta y seis metros con once
decímetros cuadrados. Plano: A-0938847-2004. Para el segundo remate se señalan
las ocho horas y treinta minutos del trece de febrero del dos mil diecisiete,
con la base de seis millones ochocientos treinta y cuatro mil trescientos
noventa y tres colones con ochenta céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos
del veintiocho de febrero del dos mil diecisiete, con la base de dos millones
doscientos setenta y ocho mil ciento treinta y un colones con veintisiete
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Ana Lucia De La Trinidad Madrigal Trejos. Expediente: 15-001675-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 15 de noviembre del 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—(
IN2016095008 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del
dieciocho de enero de dos mil diecisiete y con la base de once mil cuarenta y
ocho dólares con sesenta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo: placas número 870897, marca Toyota, estilo Yaris, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2011,
color plateado, vin JTDBT923901397780, cilindrada
1496 cc, combustible gasolina, motor N° 1NZ5794568. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y cero minutos del siete de febrero de dos mil
diecisiete, con la base de ocho mil doscientos ochenta y seis dólares con
cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de febrero de
dos mil diecisiete, con la base de dos mil setecientos sesenta y dos dólares
con diecisiete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Financiera Desfyn Sociedad
Anónima contra Juan Luis Castro Solano. Expediente: 14-006665-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 18 de
noviembre del 2016.—Licda. Yanin Torrentes Ávila,
Jueza.—( IN2016095009 ).
En la puerta exterior de este
Despacho libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre
trasladada y condiciones bajo las citas tomo: 358, asiento: 9757, secuencia
01-0898-002 a las quince horas y cero minutos del diecisiete de enero del año
dos mil diecisiete, y con la base de treinta y un millones novecientos noventa
y cinco mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número 32914-000 cero cero cero la cual es terreno agricultura número 430-1. Situada
en el distrito tres Rita, cantón dos Pococí, de la
provincia de Limón, colinda: al norte, lote 429; al sur, lote 431-1; al este,
calle 184m 13cm y al oeste IDA. Mide: quince mil doscientos treinta y un metros
con cuarenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince
horas y cero minutos del uno de febrero del año dos mil diecisiete, con la base
de veintitrés millones novecientos noventa y seis mil doscientos cincuenta
colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las quince horas y cero minutos del dieciséis de febrero del año dos
mil diecisiete con la base de siete millones novecientos noventa y ocho colones
setecientos cincuenta colones (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa
Rica contra Sergio Vinicio Quesada Jiménez. Exp:
16-022709-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado
Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 26 de
setiembre del 2016.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez.—(
IN2016095011 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y cuarenta y
cinco minutos del veintiséis de enero de dos mil diecisiete, y con la base de
diecinueve mil dólares exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de San José Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos
sesenta y tres seiscientos noventa y seis derecho cero cero
tres y cero cero cuatro la cual es terreno
naturaleza: sector seis terreno para construir con una casa lote T 26 situada
en el distrito 7-Patarrá cantón 3-Desamparados de la provincia de San José.
Linderos: norte, INVU, sur, calle pública, este, lote T 27, oeste, INVU. Mide:
ciento cuarenta y cinco metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados
plano: SJ-0922254-1990. Para el segundo remate se señalan las trece horas y
cuarenta y cinco minutos del trece de febrero de dos mil diecisiete, con la
base de catorce mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y
cuarenta y cinco minutos del veintiocho de febrero de dos mil diecisiete con la
base de cuatro mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Previo a realizar la publicación del edicto, deberá
la parte actora de verificar los datos del
mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato
para su corrección Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Red Jelly
Investment S.A contra Jeimy
Corrales Araya, María de Los Ángeles Martínez Zumbado. Exp:
16-009808-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de noviembre del 2016.—Lic.
Andrea Latiff Brenes, Jueza.—(
IN2016095016 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; soportando hipoteca en primer grado y servidumbre trasladada; a las
diez horas y cero minutos del dieciocho de enero de dos mil diecisiete, y con
la base de veinticuatro millones novecientos ochenta y cinco mil cien colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número veintitrés mil trescientos ochenta y dos cero cero uno, la cual es terreno de pasto con una casa. Situada
en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la
provincia de Limón. Colinda: Al norte, Rafael Albino Blanco Monge; al sur,
Ramón Picado Blanco y Selmo Picado Blanco; al este,
callejón de acceso de cuatro metros con frente a calle pública de cuatro cero
nueve metros lineales y Rafael Ángel Zúñiga, Javier Antonio de Jesús Vargas,
Argenis Campos González y al oeste, con frente a Río Tortuguero
de ciento ocho punto ocho metros. Mide: Dos mil ochocientos sesenta metros con
noventa decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas
y cero minutos del dos de febrero de dos mil diecisiete, con la base de
dieciocho millones setecientos treinta y ocho mil ochocientos veinticinco
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de febrero de
dos mil diecisiete con la base de seis millones doscientos cuarenta y seis mil
doscientos setenta y cinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso monitorio de subasta Ganadera Palermo Cariari Sociedad Anónima contra Ramón Picado Blanco. Exp. N° 13-001944-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro),
01 de agosto del año 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—(
IN2016095029 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada tomo 0329 asiento 16195, servidumbre
trasladada tomo 344 asiento 2274; a las catorce horas y cero minutos del
dieciséis de febrero del año dos mil diecisiete, y con la base de veintiún
millones seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos
noventa y cinco mil seiscientos ochenta y uno cero cero
uno y cero cero dos la cual es terreno para construir
con una casa. Situada en el distrito 11 San Sebastián, cantón 01 San José, de
la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 1 J; al sur, lote 3 J; al
este, calle 4 y al oeste, lote 19 J. Mide: noventa y un metros con noventa y
ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas
y cero minutos del tres de marzo del año dos mil diecisiete, con la base de un
millón seiscientos veinte mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos
del veinte de marzo del año dos mil diecisiete con la base de quinientos
cuarenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra Dinia María Soto Hernández, Gerardo
González Rodríguez. Exp. N° 16-032108-1012-CJ.
Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo
Circuito Judicial de San José, 11 de noviembre del año 2016.—Lic. Iván Tiffer Vargas, Juez Tramitador.—(
IN2016095034 ).
En la puerta exterior de este
Despacho, pero soportando 02 servidumbres trasladadas y 02 hipotecas, a las
nueve horas del treinta de enero del dos mil diecisiete (hora establecida para
todas las fincas), y con la base de sesenta y dos millones quinientos mil
colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca 1) Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 447077-000, la cual es terreno con
una casa. Situada: En el distrito 03-Toro Amarillo, cantón 12-Valverde Vega, de
la provincia de Alajuela. Colinda: Al norte, camino público a Río Segundo con
un frente de trescientos sesenta y nueve metros con treinta y ocho centímetros;
al sur, Cafetalera Monte Flores S. A.; al este, Cafetalera Monte Flores S. A.,
y al oeste, Cafetalera Monte Flores S. A. Mide: Cuarenta mil seiscientos
cuarenta y cinco metros con dos decímetros cuadrados. Finca 2) Soportando 02
servidumbres trasladadas y cédula hipotecaria, y con la base de veinte millones
colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula Nº 447076-000, la cual es terreno con dos casas.
Situada: En el distrito 03-Toro Amarillo, cantón 12-Valverde Vega, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Cafetalera Monte Flores S. A.; al
sur, Federico Cubero Rodríguez y Cafetalera Monte Flores S. A.; al este, camino
público a Río Segundo con un frente de 323,50 metros, y al oeste, Federico
Cubero Rodríguez. Mide: Ochenta y cinco mil ciento cuatro metros con noventa y
un decímetros cuadrados. Finca 3) Soportando 02 servidumbres trasladadas, y con
la base de veinte millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 447078-000, la cual
es terreno con dos casas. Situada: en el distrito 03-Toro Amarillo, cantón
12-Valverde Vega, de la provincia de Alajuela. Colinda: Al norte, camino
público a Río Segundo con un frente de 31 metros lineales; al sur, Federico
Cubero Rodríguez; al este, lote segregado, y al oeste, Cafetalera Monte Flores
S. A. Mide: Cinco mil metros cuadrados. Finca 4) Soportando 02 servidumbres
trasladadas, demanda penal y servidumbre de líneas eléctricas y de paso, a las
nueve horas del treinta de enero del dos mil diecisiete, y con la base de
dieciséis millones ciento noventa y dos mil trescientos treinta y ocho colones
exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula Nº 436103-000, la cual es terreno con dos casas. Situada:
En el distrito 03-Toro Amarillo, cantón 12-Valverde Vega, de la provincia de
Alajuela. Colinda: Al norte, Banco Cooperativo Costarricense SRL; al sur,
camino público a Río Segundo y Javier Blanco Murillo; al este, Banco
Cooperativo Costarricense SRL, y al oeste, Banco Cooperativo Costarricense SRL.
Mide: Doscientos catorce mil ochocientos noventa y cinco metros con nueve
decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas del
catorce de febrero del dos mil diecisiete, con la base de cuarenta y seis
millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos, para la primera
finca, la base de quince millones de colones para la segunda y tercera finca,
la base de doce millones ciento cuarenta y cuatro mil doscientos cincuenta y
tres colones con cincuenta céntimos, para la cuarta finca, y para la tercera
subasta, se señalan las nueve horas del primero de marzo del dos mil
diecisiete, con la base de quince millones trescientos veinticinco mil colones
exactos para la primera finca, la base de cinco millones para la segunda y
tercera finca y la base de cuatro millones cuarenta y ocho mil ochenta y cuatro
colones con cincuenta céntimos para la cuarta finca. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Valverde Vega contra
Cafetalera Monte Flores Sociedad Anónima. Expediente Nº 16-001971-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de
Grecia (Materia Cobro), 18 de julio del 2016.—Licda. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—( IN2016095037 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de anotaciones; pero soportando hipoteca de primer grado
550-09719-01-0001-001; a las nueve horas y cero minutos del veintitrés de enero
del dos mil diecisiete y con la base de nueve millones ochocientos ochenta y
tres mil doscientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos trece
mil veintisiete-cero cero cero, la cual es terreno
lote 3, terreno de café. Situada en el distrito 04 San Pedro, cantón 12
Valverde Vega de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte frente a calle
pública de 15 metros; al sur quebrada; al este Ricardo Campos Arrieta y al
oeste Ricardo Campos Arrieta. Mide: mil seiscientos treinta y seis metros con
doce decímetros cuadrados. Plano: A-0337801-1996. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y cero minutos del siete de febrero del dos mil diecisiete,
con la base de siete millones cuatrocientos doce mil cuatrocientos colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de febrero del dos mil
diecisiete, con la base de dos millones cuatrocientos setenta mil ochocientos
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Municipalidad de Valverde Vega contra Reinier de Jesús Campos Zamora. Expediente:
16-001860-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía
y Contravencional de Grecia, (Materia Cobro), 6 de julio del 2016.—Licda.
Jazmín Núñez Alfaro, Juez.—( IN2016095038 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios y anotaciones; a las catorce horas y cero minutos
del veinte de enero del año dos mil diecisiete, y con la base de treinta y
cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cincuenta y un mil
ciento veintiséis cero cero cero
la cual es terreno de solar con una casa de habitación de dos plantas y locales
comerciales construidos en madera y concreto. Situada en el distrito
01-Golfito, cantón 07-Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte, calle pública con un frente de 8 metros 52 centímetros; al sur, calle
pública con un frente de 13 metros 06 centímetros; al este, Ana Cecilia Campos Vindas y al oeste, Juan Rafael Artavia
Pérez. Mide: ciento ochenta y tres metros con noventa y un decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del seis de febrero del año dos mil diecisiete, con la base de veintiséis
millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero
minutos del veintiuno de febrero del año dos mil diecisiete con la base de ocho
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Ricardo Berrocal Chaves. Exp. N° 16-004663-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 09 de noviembre
del 2016.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2016095042 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cuarenta y cinco
minutos del diecinueve de abril de dos mil diecisiete, y con la base de
dieciséis mil trescientos ochenta y cinco dólares con veintisiete centavos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa 907354, marca Toyota,
estilo RAV4, categoría automóvil, año 2012, color blanco, serie
JTMBD33V005281385. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta
y cinco minutos del ocho de mayo de dos mil diecisiete, con la base de doce mil
doscientos ochenta y ocho dólares con noventa y cinco centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
cuarenta y cinco minutos del veintitrés de mayo de dos mil diecisiete con la
base de cuatro mil noventa y seis dólares con treinta y un centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Lafise Sociedad Anónima contra Thomas Michael Bricker. Exp. N°
16-007849-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 24 de octubre del año
2016.—Licda. Yesenia Solano Molina, Jueza.—(
IN2016095060 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos
(2:00 p. m.) del veintiséis de enero de dos mil diecisiete y con la base de
treinta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 91766-000, la cual
es terreno inculto con una casa. Situada en el distrito 05 San Francisco,
cantón 01 Cartago de la provincia de Cartago. Colinda: al norte calle pública
con 8 m; al sur calle pública con 8 m; al este Manuel Calvo Vega y al oeste
José Luis Maroto Maroto. Mide: doscientos trece
metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las catorce horas y cero minutos (2:00 p. m.) del diez de febrero de dos mil
diecisiete, con la base de veintidós millones quinientos mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y cero minutos (2:00 p. m.) del veintisiete de febrero de dos
mil diecisiete, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código
de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Cooperativa de Ahorro y Crédito Ande N° 1 contra Edwin Orozco Solano.
Expediente: 13-010892-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Guillermo
Ortega Monge, Juez.—( IN2016095074 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca de primer
grado, servidumbre sirviente y servidumbre trasladada; a las diez horas y cero
minutos del veintidós de mayo del año dos mil diecisiete, y con la base de
cuarenta y un millones setecientos sesenta y cinco mil doscientos sesenta
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número cuatrocientos
treinta y dos mil ochocientos diecinueve-cero cero cero,
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 7-Brisas, cantón
11-zarcero, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con
frente de 42 metros 28 centímetros lineal; al sur, Ingrid Milena Rodríguez
Herrera; al este, Indrig Milena Rodríguez Herrera y
al oeste Juan Carlos y Rodolfo Ambos Rodríguez Rodríguez.
Mide: dos mil cuatrocientos cincuenta y seis metros con setenta y ocho
decímetros cuadrados plano: A-1059812-2006 cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las diez horas y cero minutos del seis de junio del año dos mil
diecisiete, con la base de treinta y un millones trescientos veintitrés mil
novecientos cuarenta y cinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del
veintiuno de junio del año dos mil diecisiete con la base de diez millones
cuatrocientos cuarenta y un mil trescientos quince colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Juan Gabriel
Solera Rodríguez contra Gustavo Adolfo Campos Mora. Exp.
N° 12-000332-0295-CI.—Juzgado de Cobro, Menor
Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 02 de noviembre del
año 2016.—Licda. Erika Salazar Vásquez, Jueza.—(
IN2016095099 ).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada y advertencia administrativa, a las catorce horas y cero minutos del
veintitrés de enero del dos mil diecisiete, y con la base de setenta y cinco
millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo
el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 153445-000, la cual es terreno
construido con un edificio. Situada: en el distrito 05 Concepción, cantón 03 La
Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Jorge Ulate;
al sur, calle pública y María Teresa Vega Calderón; al este, Oduber Jiménez en medio de calle pública, y al oeste, Jorge
Luis Antabus. Mide: ciento noventa y tres metros con
ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las
catorce horas y cero minutos del siete de febrero del dos mil diecisiete, con
la base de cincuenta y seis millones doscientos cincuenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las catorce horas y cero minutos del veintidós de febrero del dos mil
diecisiete, con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Villa Obsidiana AZ de Valencia Sociedad Anónima contra Keokuk
Sociedad Anónima. Expediente Nº 16-003479-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 11 de noviembre del 2016.—Licda. Marcela
Brenes Piedra, Jueza.—( IN2016095111 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada, bajo las citas: 0339-00011245-01-0900-001; a las catorce horas y
quince minutos del veintiséis de enero de dos mil diecisiete y con la base de
cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número 148983-001 y 002, la cual es
terreno lote 664, terreno para construir con una casa. Situada en el distrito
05 Aguacaliente, cantón 01 Cartago de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte calle pública; al sur INVU; al este INVU y pared
medianera y al oeste INVU y pared medianera. Mide: ciento veintiún metros con
ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas y quince minutos del diez de febrero de dos mil diecisiete, con
la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce
horas y quince minutos del veintisiete de febrero de dos mil diecisiete, con la
base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Inversiones Tonsol Sociedad Anónima contra María
Eugenia Zúñiga Moreira. Expediente: 16-008488-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 6
de octubre del 2016.—Licda. Peggy Corrales Chaves,
Jueza.—( IN2016095123 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; pero soportando
reservas y restricciones citas 317-14684-01-0901-001, condic-prohibicref:
2649 491 001 citas 317-14684-01-0902-001; a las catorce horas y cero minutos
del trece de enero del dos mil diecisiete y con la base de cuatro millones
quinientos treinta y tres mil trescientos treinta y siete colones con
veinticuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y nueve mil quinientos
diecinueve-cero cero cero, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita de la provincia
de Puntarenas. Colinda: Al norte Elena Godínez Quesada y Ana Mercedes Godínes Quesada; al sur Elena Godínez Quesada y Ana
Mercedes Godínes Quesada; al este Luisa Mayela Godínez Quesada y al oeste servidumbre de paso.
Mide: Mil setecientos sesenta y tres metros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de enero del dos mil
diecisiete, con la base de tres millones cuatrocientos mil dos colones con
noventa y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del catorce de
febrero del dos mil diecisiete, con la base de un millón ciento treinta y tres
mil trescientos treinta y cuatro colones con treinta y un céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Ana Mercedes Godínez Quesada.
Expediente: 16-004340-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón,
(Materia Cobro), 19 de octubre del 2016.—Licda. Eileen
Chaves Mora, Jueza.—( IN2016095131 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; a las ocho horas y
cero minutos del veinticuatro de enero del dos mil diecisiete y con la base de
seis millones seiscientos ochenta y cinco mil cuarenta y dos colones con
noventa y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número cincuenta y seis mil
seiscientos ochenta y cuatro-cero cero cero, la cual
es terreno de agricultura con una casa y un local de serigrafía. Situada en el
distrito 02 La Cuesta, cantón 10 Corredores de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, servidumbre de paso y Asociación Evangélica Cuadrangular de
por Medio; al sur, Digna Morales Alvarado; al este, calle pública con 10.00
metros de frente y al oeste, María Isabel Astúa
Fallas. Mide: ciento cincuenta y cinco metros con cinco decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del ocho de
febrero del dos mil diecisiete, con la base de cinco millones trece mil
setecientos ochenta y dos colones con veintidós céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
cero minutos del veintitrés de febrero del dos mil diecisiete, con la base de
un millón seiscientos setenta y un mil doscientos sesenta colones con setenta y
cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Coopealianza R. L. contra Lidia Elena
Castro Rivera. Expediente: 16-004909-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez
Zeledón, (Materia Cobro), 17 de noviembre del 2016.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(
IN2016095132 ).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada citas: 0351-00006794-01-0901-001, a las diez horas y cuarenta y
cinco minutos del veinticuatro de abril del dos mil diecisiete, y con la base
de cuarenta y nueve mil novecientos cincuenta dólares exactos, en el mejor
postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido
de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número trescientos veintiséis mil cuatrocientos noventa y ocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir, Nº 26-D con una
casa. Situada: en el distrito Mercedes, cantón Montes de Oca, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, Carlos Alberto y Edgardo Valenzuela Rodríguez;
al sur, calle pública con 10.000 metros de frente; al este, Luis Fernando
Astorga Gatgens, y al oeste, lote 25-D. Mide:
doscientos noventa y un metros con un decímetro cuadrado. Para el segundo
remate, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diez de mayo
del dos mil diecisiete, con la base de treinta y siete mil cuatrocientos
sesenta y dos dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cuarenta y
cinco minutos del veinticinco de mayo del dos mil diecisiete, con la base de
doce mil cuatrocientos ochenta y siete dólares con cincuenta centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Puerto Mediterráneo Sociedad Anónima contra la sucesión de An
Tak Chow Ho. Expediente Nº
15-024033-1012-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 01 de noviembre del
2016.—Licda. Jessica Vargas Barboza, Jueza.—(
IN2016095137 ).
En la puerta exterior de este
despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones citas: 371-19215-01-0902-001; a las quince horas y cero minutos
del veinticinco de enero de dos mil diecisiete, y con la base de seis millones
novecientos cincuenta y un mil ochenta colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número 63822-000, la cual es naturaleza: terreno P construir, situada en el
distrito 5-Porvenir cantón 9-Nandayure de la provincia de Guanacaste, finca
ubicada en zona catastrada. Linderos: norte, calle pública; sur, Rodrigo
Rodríguez Alvarado; este, Rodrigo Rodríguez Alvarado; oeste, Rodrigo Rodríguez
Alvarado. Mide: ochocientos diecisiete metros con setenta y ocho decímetros
cuadrados, plano: G-0799816-1989. Para el segundo remate se señalan las quince
horas y cero minutos del nueve de febrero de dos mil diecisiete, con la base de
cinco millones doscientos trece mil trescientos diez colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince
horas y cero minutos del veinticuatro de febrero de dos mil diecisiete con la
base de un millón setecientos treinta y siete mil setecientos setenta colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Instituto Costarricense de Electricidad contra Mario Luis de La
Trinidad Zúñiga Vega. Exp. N° 16-001603-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 21 de octubre del
2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(
IN2016095150 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada citas 321-06831-01-0901-001; a las 14:00 horas del 31/01/17 y con la
base de diecisiete millones doscientos veintiocho mil novecientos cincuenta y
siete colones con siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de , Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número 1-214321-000, la cual es terreno
naturaleza: terreno con 1 casa lote 51. Situada en el distrito 05 Ipís, cantón 08 Goicoechea de la provincia de San José.
Linderos: norte: acera con 6 m 37 cm e INVU, sur: María Auxiliadora Avecilla
Avendaño, este: INVU y pared medianera, oeste: INVU y pared medianera. Mide:
ciento diez metros con cuatro decímetros cuadrados. Plano: SJ-0110156-1963.
Para el segundo remate se señalan las 14:00 horas del 15/02/17, con la base de
doce millones novecientos veintiún mil setecientos diecisiete colones con
ochenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las 14:00 horas del 02/03/17, con la base de cuatro millones
trescientos siete mil doscientos treinta y nueve colones con veintiséis
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores R. L. contra María del Carmen
Arévalo Vargas, Mauricio Arévalo Argueta. Expediente: 16-002189-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 26 de agosto del 2016.—Licda. Paula Morales
González, Jueza.—( IN2016095165 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de
Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 304-01938-01-0054-001 y servidumbre de
acueducto citas: 475-10408-01-0001-001; a las nueve horas y treinta minutos del
dieciséis de enero de dos mil diecisiete, y con la base de veinticuatro
millones trescientos diez mil ochocientos cincuenta y dos colones con veinte
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número treinta y ocho mil ochocientos setenta y
uno-F-cero cero cero (38871-F-000). La cual es terreno
naturaleza: Finca filial nueve bloque C terreno apto para construir que se
destinara a uso habitación y que tendrá una altura máxima de dos pisos. Situada
en el distrito 4-Bahía Ballena, cantón 5-Osa, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, parque; al sur, finca filial ocho bloque C; al este parque y
al oeste, calle. Mide: ochocientos setenta y un metros con setenta y siete
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero
minutos del treinta y uno de enero de dos mil diecisiete, con la base de
dieciocho millones doscientos treinta y tres mil ciento treinta y nueve colones
con quince céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del quince de febrero de
dos mil diecisiete, con la base de seis millones setenta y siete mil
setecientos trece colones con cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grito del Tucan S. A. contra The Mango House Sociedad Anónima. Exp. N°
15-001379-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 22 de setiembre del año
2016.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2016095169 ).
Se convoca a todas las
personas interesadas en la sucesión de Carmen Loría
Quirós, a una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve horas del
diez de enero del dos mil diecisiete, para conocer acerca de los extremos que
establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp.
Nº 07-160043-0341-AG.—Juzgado Civil, Trabajo y
Agrario de Turrialba, (Materia Civil), 25 de octubre del 2016.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1
vez.—( IN2016086597 ).
Se convoca a todas las personas interesadas en
la sucesión de José María Guevara Cubillo, a una junta que se verificará en
este Juzgado, a las ocho horas del diez de enero del año dos mil diecisiete
(08:00 a.m. del 10/01/2017), para conocer acerca de los extremos que establece
el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº
83-100136-0388-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Santa
Cruz (Materia Civil), 21 de noviembre del 2016.—Lic. Jaime Eduardo Rivera
Prieto, Juez.—1 vez.—( IN2016093904 ).
Se hace saber: Que
ante este despacho se tramita el expediente N° 16-000054-0391-AG donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de Mayela
Edith Vásquez Navarrete, quien es mayor, casada una vez, Educadora, vecina de
Cartagena de Santa Cruz, ciento setenta y cinco metros al oeste de la plaza de
deportes , portadora de la cédula de identidad vigente número cinco-ciento
ochenta y cinco-cero cincuenta y uno, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, los terrenos que se describen así: Finca uno:
Finca cuya naturaleza es tacotal. Situada en el distrito cuarto, cantón
tercero, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un
frente de ochenta y nueve metros con veinte centímetros lineales; al sur; al
este, y al oeste, sucesorio de Máxima Avelina
Contreras Contreras y Donato Vásquez Moraga. Mide:
Cinco hectáreas ocho mil ciento noventa y cuatro metros cuadrados, tal como lo
indica el plano catastrado número G-1676501-2013. Finca II. Finca cuya
naturaleza es tacotal. Situada en el distrito cuarto, cantón tercero, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Gerónimo Peralta Abarca y sucesorio
de Máxima Avelina Contreras Contreras
y Donato Vásquez Moraga; al sur, y al este, sucesorio de Máxima Avelina Contreras Contreras y
Donato Vásquez Moraga, y al oeste, calle pública con un frente de doscientos
treinta y un metros con noventa centímetros lineales. Mide: Diecisiete
hectáreas cuatro mil trescientos ochenta metros cuadrados, tal como lo indica
el plano catastrado número G-1707976-2013. Indica la promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias
en la suma de cuatro millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble
por medio de adjudicación judicial y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por
más de tres años. Que no existen condueños.- Que los actos de posesión han
consistido en limpieza de terreno y mantenimiento de rondas y cercos. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Mayela Edith
Vásquez Navarrete. Exp. N° 16-000054-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste (Santa Cruz), Santa Cruz, 20 de abril del 2016.—Lic. José
Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016094597 ).
Se hace saber: que ante este
despacho se tramita el expediente N° 15-000201-0297-CI, donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Marcos Vinicio Olivar Rivera,
quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Santa Isabel de Río Cuarto de
Grecia, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-523-045,
profesión operador de maquinaria agrícola, a fin de inscribir a su nombre y
ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca
ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno con casa de habitación.
Situada: en el distrito sexto, Grecia, cantón tercero, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, con Rafaela Delgado Vásquez y Freddy Alvarado
Gómez; al sur, Zulema Rosalia Rivera Barrantes; al
este, con calle pública con un ancho de diez punto ochenta centímetros lineales
y al oeste, con calle pública con un ancho de seis punto diez centímetros
lineales. Mide: quinientos setenta y cinco metros y veintinueve decímetros
cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir No pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no
tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro millones de colones. Que
adquirió dicho inmueble por donación que le hiciera Mariana Rivera Barrantes,
mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad número 2-316-796,
vecina de San Antonio de Belén de la estación del Ferrocarril 600 metros al
este, mediante escritura pública N° 209, y hasta la fecha lo ha mantenido en
forma pública, pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Marcos Vinicio Olivar Rivera. Expediente N° 15-000201-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial
de Alajuela (Materia Civil). Ciudad Quesada, San Carlos, 15 de
noviembre del 2016.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—( IN201694598 ).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente 16-100039-0236-CI, donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Johanna Mora Arce, quien es
mayor, casada dos veces, miscelánea, vecino de Poas de Aserrí,
cédula 1-0984-0180, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: Terreno de solar con una casa,
ubicado en Aserrí, distrito primero del cantón sexto
de la provincia de San José, cuya área según el plano es de ciento veintiún
metros cuadrados con sesenta y siete decímetros cuadrados. Linda al norte, con
Luz Mery Agüero Gamboa; al sur, con José Porfirio Quirós Hernández; al este,
con Kattia Calderón Agüero; y al oeste, con Elisa
Fallas Agüero. Se cita y emplaza a todos los interesados en estas diligencias
de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Exp. N°
16-100039-0236-CI, información posesoria promovida por Johanna Mora Arce.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 18 de
octubre del 2016.—Licda. Ana Milena Gutiérrez Rojas, Jueza.—1
vez.—( IN2016094663 ).
Se hace saber que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 16-000027-0930-CI, donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Marco Tulio García Araya,
quien es mayor, estado civil casado en segundas nupcias, vecino de la Trinidad,
Roxana de Pococí, portador de la cédula de identidad
vigente que exhibe número siete-cero cero ochenta y dos-cero seiscientos doce,
profesión educador, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia
de Limón, la cual es terreno pastos y construir. Situada: en el distrito cuarto
Roxana, cantón segundo Pococí, de la provincia de
Limón. Colinda: al norte, María Cristina Mendoza Trejos; al sur, Gerardina Mendoza Trejos; al este, Gerardina
Mendoza Trejos y al oeste, calle pública. Mide: doscientos sesenta y ocho
metros con diecisiete decímetros cuadrados. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos
millones quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por compra-venta
al señor Ángel Gómez Gómez, portador de la cédula de
identidad seis-cero cero noventa y siete-un mil ciento cincuenta y cinco, y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los
actos de posesión han consistido en cercado de los linderos, explotación con
fines habitacionales, limpieza y mantenimiento en general, remodelación de
áreas deterioradas, deslinde. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley
de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Marco Tulio García Araya. Expediente 16-000027-0930-CI.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de La Zona Atlántica. Pococí, 29 de noviembre del 2016.—Lic.
Gersan Tapia Martínez, Juez.—1
vez.—( IN2016094671 ).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 14-000500-0640-CI donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Reyes Leitón
Cedeño, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Cartago, El
Carmen, 50 metros al norte y 75 metros al este de la esquina noreste del Asilo
de Ancianos Alfredo Volio, portador de la cédula de
identidad vigente que exhibe número tres-cero ciento sesenta y uno-cero
cuatrocientos noventa y cinco, profesión pensionado, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: Finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno de patio con
una casa. Situada en el distrito tercero El Carmen, cantón primero Cartago, de
la provincia de Cartago. Colinda: al norte, con M.M. Kofres
del Oriente Sociedad Anónima; al sur, calle pública con un frente de siete coma
setenta y seis metros lineales; al este, Isabel María Ramírez Mena, y al oeste,
Marcela Sánchez Monge. Mide: 150 cuadrados. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de siete
millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por ocupación originaria, y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los
actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas, construcción de
las tapias de zinc, cuido del inmueble, construcción de una casa de madera,
etc. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Reyes Leitón Cedeño. Exp. N°
14-000500-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago,
Cartago, 18 de noviembre del 2016.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2016094686 ).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 16-000039-0422-CI donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Claude André Gálvez Plane quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino
de Barrio Bella Vista de Golfito, portador de la cédula de identidad vigente
que exhibe número ocho-cero siete siete-nueve cinco ocho, profesión
comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de
Puntarenas, la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito
primero Golfito, cantón sétimo, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte, calle pública; al sur, Sociedad Obando Pérez Rivas S. A.; al este,
Gerardo Feiner Quirós López, Dagoberto Anchía Gamboa, Carlos Gamboa Anchía,
y al oeste, Claude André Gálvez Plane. Mide: Mil
ochenta y siete metros cuadrados. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quince
millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio del transmitente
Juan Ramón Suarez Naranjo, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública,
pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza del
terreno, siembra de plantas ornamentales y algunos árboles frutales, cercado
del terreno y construcción de vivienda. Que no ha inscrito mediante el amparo
de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Claude André Gálvez Plane. Exp.
N° 16-000039-0422-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de
Golfito (Materia Civil), Golfito, 1° de noviembre del 2016.—Lic. Luis Diego
Bonilla Alvarado, Juez.—1 vez.—( IN2016094744 ).
Se hace saber que ante este
despacho se tramita el expediente N° 16-000122-0391-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Juliana Briceño Álvarez quien
es mayor, casada una vez, vecina de Santa Cruz, Guanacaste, trescientos metros
sur del Banco Popular, portadora de la cédula de identidad vigente N° 5 0096
0824, comerciante , a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es
siembra de árboles frutales. Situada: en el distrito primero, cantón tercero,
de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente a
ella de veintiuno punto cero un metros lineales; al sur, Guillermo Santana
Duarte; al este, calle pública es de treinta y cinco punto ochenta y seis
metros lineales, y al oeste, Hernán Briceño Álvarez. Mide: cuatrocientos
sesenta y nueve metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados, tal como lo
indica el plano catastrado número G-447 095-97. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho
inmueble por compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta,
pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de
diecinueve años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han
consistido en chapia, cercado. Que si ha inscrito mediante el amparo de la Ley
de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Juliana Briceño Álvarez. Expediente N° 16-000122-0391-AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz). Santa Cruz,
28 de noviembre del 2016.—Licda. Erika Amador Brenes,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016094818 ).
Se hace saber que ante este
Despacho se tramita el expediente Nº 16-000125-0815-AG, donde se promueven
diligencias de Información Posesoria por parte de Víctor Julio Ramírez Chaves,
cédula número dos-dos siete cuatro-cero ocho dos, casado una vez, agricultor,
vecino de Altos de Naranjo de San Isidro de Atenas, Calle Ramírez, 500 metros
oeste del Súper Suárez, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: terreno de café. Sito:
en distrito cuarto San Isidro, cantón quinto Atenas, de la provincia Alajuela.
Linda: al norte, Joaquín Ramírez Chacón, Melvin Ramírez Chaves, quebrada Cacao
y yurro; al sur, Gabelo Vargas Campos; al este, Irma Ramírez Chacón, Esmeralda
Rodríguez Muñoz y Joaquín Ramírez Chacón, y oeste, Rolando Rojas Sánchez y
yurro. Mide: catorce mil doscientos setenta y dos decímetros cuadrados y se
ajusta en un todo al plano debidamente inscrito en el Catastro Nacional bajo la
numeración A-uno ocho cinco cinco ocho siete ocho-dos
mil quince. Indica el promovente que estima tanto el
inmueble como las presentes diligencias en la suma de siete millones de colones
cada una. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso Información Posesoria promovida por Víctor Julio
Ramírez Chaves. Expediente Nº 16-000125-0815-AG.—Juzgado
Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de noviembre del
2016.—Lic. Rodolfo Vásquez Vásquez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016094819 ).
Se hace saber que ante este
despacho se tramita el expediente N° 16-000125-0993-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Leopoldo Castro Murillo,
quien es mayor, casado, vecino de Concepción de Palmitos de Naranjo, portador
de la cédula de identidad número dos-cero dos nueve dos-cero cinco ocho nueve,
agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es café y
charral. Situada en el distrito San Miguel, cantón Naranjo, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Leopoldo Castro Murillo; al sur, Armando Varela
Hidalgo; al este, Honorio Quesada Rojas, y al oeste, Melissa Zapata Fonseca.
Mide: Seis mil seiscientos ochenta y siete metros cuadrados, tal como lo indica
el plano catastrado número A-1782607-2014. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de siete millones colones cada una. Que adquirió dicho
inmueble por donación verbal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta,
pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de
treinta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han
consistido en asistencia agraria al sembradío de café que se encuentra en parte
de la finca, tales como deshijada, abonada, atomizada
al cafetal, limpieza de maleza y recolección de café. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Leopoldo Castro Murillo. Exp.
N° 16-000125-0993-AG.—Juzgado Agrario del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), San Ramón, 22 de noviembre del
2016.—Msc. Carlos Eduardo González Mora, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2016094820 ).
Se emplaza a todos los
herederos, legatarios e interesados en la mortual de Jorge Eduardo Sánchez Charpentier, quien en vida fue mayor, casado,
costarricense, portó el documento de identificación número 1-0397-0770, vecino
de Pavas, 800 metros al oeste de la antigua Cooperativa Dos Pinos, Residencial
del Oeste, casa H-1 y quien falleciere el veintiuno de setiembre de dos mil once, con el fin que se apersonen dentro del plazo
de treinta días, a hacer valer sus derechos y bajo el apercibimiento que si no
lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº Expediente
número 16-000044-0182-CI. Causante: Jorge Eduardo Sánchez Charpentier.
Promovente: Eida María
Berrios Cruz.—Juzgado Contravencional y de Menor
Cuantía de Pavas, 12 de setiembre de 2016.—Licda. Lorena Delgado Ruiz,
Jueza.—Exento.—1 vez.—( IN2016094492 ).
Se emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Carlos Chinchilla Calderón, mayor, con cédula número tres-ciento treinta y nueve-ochocientos
cuarenta, para que dentro de los treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a esta
Notaría a reclamar sus derechos y se apercibe además a las personas que crean
tener la calidad de herederos, que si no se presentan a esta oficina dentro del
plazo citado en aras de ejercer sus derechos, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente N° 0001-2016. Notaria: Elsa María Vásquez Calderón, colegiada 18377,
con oficina abierta en La Unión de Cartago, Ciudad de Tres Ríos, Plaza Raimesi, oficina número diez.—Tres Ríos, a las diez horas
del día treinta de noviembre del dos mil dieciséis.—Licda. Elsa María Vásquez
Calderón, Notario.—1 vez.—( IN2016094508 ).
Se hace saber que ante la
notaría del licenciado Claudio Antonio Murillo Ramírez, los señores Marvin
Roberto, Carlos Enrique y Alexander, los tres Rodríguez Jiménez han solicitado
la tramitación del proceso sucesorio ab intestato extrajudicial de quien en
vida fueran Marvin Roberto Francisco Rodríguez Barrantes y Ana Isabel de La
Trinidad Jiménez Arrieta, ambos mayores, divorciados entre sí, el primero
Mecánico Industrial, vecino de Heredia, con cédula de identidad número
uno-quinientos setenta y dos-cero cuatrocientos dos y la segunda, ama de casa,
vecina de Alajuelita, en la Aurora, urbanización La
Guápil, casa número ciento ochenta, cédula de identidad número uno-cero
quinientos cuarenta y cuatro-cero trescientos dieciocho Se cita y emplaza a
todos los interesados para que dentro del término de treinta días contados a
partir de la publicación de este aviso, concurran ante el notario dicho, cuyas
oficinas se ubican en el Bufete González & Uribe, en el quinto piso del
edificio seis, del Oficentro la Sabana, Sabana
Sur.—San José, 05 de diciembre del 2016.—Lic. Claudio Murillo Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2016094519 ).
Se hace saber que en este
despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Waldin Gerardo Arias Bonilla, mayor, soltero, contador, con
documento de identidad Nº 1-1179-0676 y vecino de San Juan Sur, Corralillo de
Cartago. Se cita a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda,
expediente Nº 16-000469-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 08 de
noviembre del 2016.—Msc. Mateo Ivankovich
Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2016094567 ).
Por escrito recibido en esta
notaría, el 02 de diciembre de 2016, se ha iniciado un proceso sucesorio en
sede notarial. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a
todos los interesados en la sucesión de Martín Gerardo Fernández Alvarado,
quien en vida fue mayor, casado una vez, pensionado, con cédula de identidad Nº
7-0062-0207, vecino de Limón, Matina, Carrandi 15 millas, diagonal a la iglesia evangélica, para
que dentro del plazo de 30 días, se presenten a la oficina de la Licda.
Migdalia Mendoza Araya, sita en Limón, Matina,
Bataan, 150 metros norte del Lubricentro Bataan, 50
este, a hacer valer sus derechos con el apercibimiento, a los que crean tener
derechos a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo aquella pasará a
quien corresponda. Expediente: Nº 2016-0001-NO.—Bataan,
06 de diciembre de 2016.—Licda. Migdalia Mendoza Araya, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2016094568 ).
Se hace saber que en este
despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Juan Antonio
Marín Badilla, mayor, soltero, pensionado, costarricense, con documento de
identidad N° 0900890049 y vecino de San José, Escazú, San Rafael, Bello
Horizonte, de la escuela 75 metros al noreste. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que
crean tener derecho a la herencia, de que si no, se apersonan dentro de ese
plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000294-0183-CI.—Juzgado Cuarto Civil de San José, 23 de noviembre
del 2016.—Lic. Edgar Echegaray Rodríguez, Juez.—1
vez.—( IN201694569 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de quienes en vida fueron Carlos Marciano Gómez
Rodas, mayor de edad, casado una vez, abogado, vecino de Sabanilla de Montes de
Oca, San José, de nacionalidad hondureña, titular de cédula de residencia
costarricense número uno tres cuatro cero cero cero uno uno seis dos uno tres, y
de la señora Emilia María Fonseca Tortos, mayor de
edad, pensionada, casada una vez, vecina de Sabanilla de Montes de Oca, San
José, titular de cédula de identidad número: cuatro-ochenta y nueve-seiscientos
cincuenta; para que en el plazo de treinta días contados a partir de esta
publicación comparezcan a reclamar sus derechos ante la Notaría del licenciado
Juan José Nassar Güell, cita San José, La Uruca, de las bodegas de la Liga de la Caña cien metros sur
y ciento cincuenta metros oeste, y se apercibe a quienes crean tener calidad de
herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a
quien corresponda, expediente Nº 001-2016.—Licenciado Juan José Nassar Güell, Notario.—1 vez.—( IN2016094594 ).
Se hace saber: que en este
despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Emilda Aracely Retana Álvarez, mayor, unión libre, cédula
de identidad Nº 0204130128, ama de casa y vecina de San Rafael de Río Cuarto de
Grecia, Alajuela. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general
a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda, expediente Nº 14-000155-0298-AG.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 24 de noviembre
del 2014.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(
IN2016094596 ).
Se hace saber: que en este
despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Eduard Alfredo Sandoval Díaz, mayor, estado civil casado
una vez, profesión mecánico, nacionalidad Costa Rica, con documento de
identidad Nº 0502890882 y vecino de Loma Bonita de Belén de Carrillo, 300
metros hacia el este del puente. Se cita a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, sino se
apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda, expediente
Nº 16-000235-0388-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Santa Cruz (Materia Civil),
25 de octubre del 2016.—Lic. Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—1
vez.—( IN2016094599 ).
Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en el proceso
sucesorio de quien fuera Jorge Luis Solano Martínez, mayor de edad, soltero,
vecino de Quepos centro 50 metros sur del súper Jordix, cédula de identidad número seis-ciento treinta y
seis-trescientos noventa y seis, para que dentro del plazo de treinta días, se
apersonen a hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos que si no se apersonan en ese plazo, la herencia pasará a
quien corresponda en derecho. Sucesorio Nº 16-100017-0443-CI de Jorge Luis
Solano Martínez promovido por Jeannette Solano Martínez.—Juzgado
Civil de Menor Cuantía de Quepos, 26 de setiembre
de 2016.—Licda. Vivian Monge Herrera, Jueza.—1 vez.—(
IN2016094601 ).
Se
hace saber que ante esta notaría, se tramita el proceso sucesorio de José
Adrián Arrieta López, mayor, casado una vez, guarda pensionado, cédula de
identidad número cinco-cero cero cuatro seis-cero dos seis cinco, vecino de Chircó de Santa Cruz, Guanacaste, de la Gruta de la Virgen
camino a Moya doscientos setenta y cinco metros al sur. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente N° cero cero uno-dos mil dieciséis,
proceso sucesorio de José Adrián Arrieta López, albacea e interesada: Zulay Chévez Calvo, notaría del licenciado José V. Gómez
Hernández, oficina abierta en Santa Cruz, Guanacaste, costado oeste de la Plaza
Buenos Aires.—Santa Cruz, Guanacaste, seis de diciembre del dos mil
dieciséis.—Lic. José V. Gómez Hernández, Notario.—1
vez.—( IN2016094605 ).
Se hace saber a los interesados
que en esta notaría, sita en Limón, Pococí, Cariari, San Francisco, calle ocho, Los Laureles, 750
metros sur, y 75 este de la entrada, se tramita sucesión de: Carlos Luis Vargas
Guerrero, quien fue mayor de edad, cédula N° 2-233-485, para que en el plazo de
30 días, a partir de la publicación del edicto, comparezcan interesados a
reclamar sus derechos, de no presentarse se procederá a la adjudicación
correspondiente. Expediente N° 0002. Año: 2016. Notario: Giovanni Jiménez Montero,
carné: 14743, correo electrónico: jimenezyviales@gmail.com.—Cariari, Pococí, 07:00 horas del
05 de diciembre del 2016.—Lic. Giovanni Jiménez Montero, Notario.—1 vez.—( IN2016094606 ).
Se hace saber: que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Heiner Angulo Gómez, mayor, casado, administrador,
costarricense, con documento de identidad Nº 0503060102 y vecino de Palmira,
Carrillo, Guanacaste. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras
y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que sino se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda, expediente Nº
16-000169-0388-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Santa Cruz, (Materia Civil),
24 de octubre del 2016.—Lic. Jaime Eduardo Rivera Prieto, Juez.—1 vez.—( IN2016094607 ).
Se
cita y emplaza por el improrrogable plazo de treinta días, contados a partir de
la publicación de este edicto, a los herederos, legatarios y en general a todo
interesado en el proceso sucesorio extrajudicial de quien en vida fue Reina
María de los Ángeles Badilla Ureña, con cédula de identidad N° 1-0769-0170.
Para que comparezca ante esta Notaria a hacer valer sus derechos con sus
apercibimientos a los que crean tener derechos a la herencia, de que si no se
presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponde. José Joaquín Arias
Segura, Notario Público, con oficina en Curridabat, Residencial José María
Zeledón, casa número I-44 segunda etapa, fax 2280-9140.—San
José, 3 de diciembre del 2016.—Lic. José Joaquín Arias Segura, Notario.—1 vez.—( IN2016094617 ).
Se
cita y emplaza por el improrrogable plazo de 30 días, a partir de la
publicación de este edicto, a los herederos, legatarios y en general a todo
interesado en el proceso sucesorio extrajudicial de quien en vida fue Marco
Tulio Solano Monge, quien fue mayor, casado dos veces, taxista, vecino de San
Jerónimo de Desamparados, veinticinco metros al este de la Escuela, con cédula
de identidad Nº 1-0204-0691, para que comparezcan ante esta notaría a hacer
valer sus derechos con sus apercibimientos a los que crean tener derechos a la
herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien
corresponde. José Joaquín Arias Segura, Notario Público, con oficina en
Curridabat, Residencial José María Zeledón, Nº I-44, segunda etapa, fax
2280-9140.—San José, 12 de octubre del 2016.—Lic. José
Joaquín Arias Segura, Notario.—1 vez.—( IN2016094618
).
Se
hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Santiago de los Ángeles Montes Arias, mayor, casado, nacionalidad
costarricense, con documento de identidad 0106530776, empresario y vecino de
Río Oro de Santa Ana. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que sino se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N°
16-000253-0180-CI.—Juzgado Primero Civil de San
José, 28 de octubre del 2016.—Dr. Farith Suárez
Valverde, Juez.—1 vez.—( IN2016094629 ).
Se cita a todos los herederos y
demás interesados en la sucesión de Heriberto Bravo Hernández, cedula N°
3-0206-0838, vecino de San Rafael Arriba de Desamparados, Banjo La Gitana, cien
norte pulpería La Paz, a fin de que en el término de 30 días contados a partir
de la primera publicación de este edicto, comparezcan en defensa de sus
derechos apercibidos, de que si no, lo hicieran la herencia pasará a quien corresponda
en derecho, artículo noventa y cuatro de Código Procesal Civil. Notaría del
Licenciado Ricardo Pérez Montiel, carnet 8277, Desamparados, Centro Comercial Decosure, número diecisiete. Te1-8346-3012.—Lic. Ricardo Pérez Montiel, Notario.—1
vez.—( IN2016094630 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión legítima de José Manuel González Rojas, quien en
vida fue mayor, casado una vez, pensionado, con cédula número dos-doscientos
cuarenta y seis-novecientos sesenta y siete, vecino de Palmares, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener
la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la
herencia pasara a quien corresponda. Expediente número cero seis-dos mil
dieciséis. Notaria del Licenciado Fernando Ávila González en Palmares de
Alajuela, cincuenta metros al oeste y cincuenta metros al norte del Palacio
Municipal.—Lic. Fernando Ávila González, Notario.—1 vez.—( IN2016094638 ).
Mediante
acta de apertura otorgada ante esta notaria a las dieciséis horas treinta
minutos del diecinueve de noviembre del dos mil dieciséis, escritura
trescientos cuarenta y uno por Luz Betina del Carmen
Valverde Gamboa, Mayela, Vilma Rosa, Arnoldo de
Jesús, Ana Gracia, Guido Gerardo, Lorena del Rosario, Joel Enrique, Kenia
María, Ligia de los Ángeles, Minor Alberto todos
Pacheco Valverde y Vera Isabel Moya Cordero, y comprobado el fallecimiento,
esta notaria declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida
fuera Evelio de la Trinidad Pacheco Soto, mayor, casado una vez, agricultor,
portador de la cédula de identidad número tres-ciento nueve-cero setenta y
ocho, vecino de Cartago, Paraíso, Birrisito. Se cita
y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta
días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
notaria a hacer valer sus derechos. Notaria de la licenciada Carolina Méndez
Zamora.—Licda. Carolina Méndez Zamora, Notaria.—1 vez.—( IN2016094658 ).
Sucesión
ab intestato en sede notarial de: Dolores González Pérez. Mediante acta de
apertura otorgada ante esta notaría por Ileana Miriela
Guerra, a las ocho horas del dos de diciembre del año dos mil dieciséis, y
comprobado el fallecimiento de Dolores González Pérez, quien fue mayor, vida,
ama de casa, vecina de Mercedes Norte de Heredia, ciudadana de Cuba, con cédula
de residencia R uno siete cinco ciento uno nueve cero tres uno cero uno nueve nueve, esta notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene
como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha
indicado. Notaría del Licenciado Ricardo Morera Briceño, Heredia centro,
avenida cuatro, entre calles 12 y 14, Centro Notarial. Tel. 2260-0026.—Heredia, 7 de diciembre del 2016.—Lic. Ricardo Elías
Morera Briceño, Notario.—1 vez.—( IN2016094661 ).
Se cita y emplaza a todos los
herederos, acreedores, legatarios, y cualquier interesado en la sucesión notarial
no testamentaria de Juan Rafael Rivera Rivera, quien
fue mayor, casado una vez, inspector de la caja del seguro social cedula N°
3-208-012, vecino de Cartago, San Rafael de Oreamuno,
Caballo Blanco, para que dentro del plazo de 30 días contados a partir de la
publicación por única vez de este edicto en el Boletín Judicial, se
apersonen a la oficina del notario público Giovanni Portuguéz
Barquero, sita en Cartago Centro, avenida 3, calles 9 y 11, 125 metros este de
la Biblioteca Pública de Cartago, teléfono 2552-6229, en horario de 9 a.m. 5
p.m. A hacer valer sus derechos. Proceso sucesorio no testamentario N°
0006-2016. Lic. Giovanni Portuguéz Barquero. Carnet
5351. Notario.—Cartago, 10 de noviembre del 2016.—Lic.
Giovanni Portuguéz Barquero, Notario.—1 vez.—( IN2016094687 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión legítima de quién en vida fue María Ester Acuña
Sánchez, y fue mayor de edad, viuda de sus primeras nupcias, ama de casa,
portadora de la cédula de identidad número cuatro-cero cero ocho cero-cero ocho
dos seis, vecina de Heredia, San Rafael, Concepción, frente a la pulpería el
Trapiche, cuyo proceso sucesorio se ha declarado abierto por resolución de las
once horas del tres de diciembre del año dos mil dieciséis, resolución expedida
por el suscrito notario, conocido bajo el expediente sucesorio notarial número
cero cero cero uno-dos mil
dieciséis, en mi notaría ubicada en Heredia, costado norte del Parque del
Carmen, Edificio Zumbado Ramírez, segundo piso, oficinas dos, seis y siete S. G
Abogados, Corporación Jurídica Sánchez González S. A., para que dentro del
plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho de plazo, la
herencia pasará a quien corresponda. Exp. N°
0001-2016.—Lic. Álvaro Sánchez González, Notario.—1 vez.—( IN2016094692 ).
Ante mi notaría, sita en la
ciudad de Heredia, en Barrio San Jorge, doscientos metros norte y doscientos
metros oeste del Liceo Samuel Sáenz Flores, teléfonos dos dos
tres siete-siete cero ocho cinco, y ocho siete uno nueve ocho ocho cuatro cero, se ha procedido a abrir el proceso
extrajudicial de la sucesión sin testamento de quien en vida se llamó Amparo
Muñoz Alfaro y quien fue mayor, casado una vez, agricultor, costarricense, con
cédula de identidad número, uno-ciento noventa- ochocientos veintiuno y vecino
de San Juan de Parrita, dos kilómetros y medio al norte del Ebais
de San Juan, deceso que se produjo el dieciocho de setiembre del dos mil
dieciséis. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a
todos los interesados, para que dentro de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, en el
entendido de que si no lo hacen y cumplido el plazo resolveré lo
correspondiente y la herencia pasará a quien corresponda, sin perjuicio de
terceros con igual o mejor derecho. Expediente: dieciséis-cero cero cero cero cero
dos-CI-NO-JEVR. Notario: Jorge Eduardo Villegas Rojas.—Heredia,
a las ocho horas del catorce de noviembre del año dos mil dieciséis.—Lic. Jorge
Eduardo Villegas Rojas, Notario.—1 vez.—( IN201694723
).
Mediante
el acta de apertura otorgada ante esta notaría, por María Ángela Zelada Chavarría, a las trece horas del cuatro de noviembre
del dos mil dieciséis, y comprobado el fallecimiento, este notario declara
abierto el proceso sucesorio ab intestado de quien en vida fuera: Juan José
Mora Mora, mayor, casado una vez, agricultor, mismo
domicilio, cédula de identidad número siete-cero cero doce-cero ciento setenta
y siete. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del
Lic. Juan Diego Gómez Navarro, ubicada en San Pedro de Montes de Oca, Oficentro Alameda, oficina número cuatro, teléfonos:
2214-2603, fax: 47029166.—Lic. Juan Diego Gómez Navarro,
Notario.—1 vez.—( IN2016094728 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión en vía notarial de Elvía
Patricia Bejarano Morales, mayor, casada en primeras nupcias, administradora de
Recursos Humanos, con el mismo domicilio que el anterior, portadora de la
cédula de identidad uno-setecientos veintiuno-cuatrocientos diecisiete, para
que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a mi oficina, sita en abierta en San Antonio de Coronado,
Urbanización González Dos, de la estación de servicio El Trapiche trescientos
norte y cuatrocientos al oeste, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que
crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo,
la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Licenciada María de los
Ángeles Solano Mora, carné 8622.—Licda. María de los
Ángeles Solano Mora, Notaria.—1 vez.—( IN201694738 ).
Se emplaza a herederos,
legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quien en vida se
llamó Guillermo Alfonso Serrano Soto conocido como Alfonso Hernán Serrano Soto,
casado una vez, pensionado, vecino de San Pedro de Montes de Oca, Residencial
Los Cedros, casa E tres, San José, cédula de identidad Nº 2-0088-6541, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante esta notaría, en defensa de sus derechos, bajo el
apercibimiento de que en caso de que no lo hicieran, la herencia pasará a quien
en derecho corresponde. Expediente Nº 002-2016. Sucesorio en sede notarial de:
Guillermo Alfonso Serrano Soto conocido como Alfonso Hernán Serrano Soto.
Notaría de Alexander Eduardo Rojas Salas, San José, avenida central, calles 5 y
7, Edificio Primavera, cuarto piso.—San José, 07 de diciembre del 2016.—Lic.
Alexander Eduardo Rojas Salas, Notario.—1 vez.—(
IN2016094754 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Edda Cordero Zamora,
mayor de edad, viuda en primeras nupcias, empresaria, vecina de barrio Fátima
de Heredia, portadora al momento de su fallecimiento de la cédula número,
cuatro-cero cero siete ocho-cero cinco nueve dos; para que dentro del plazo de
treinta días, contados a partir de la publicación de éste edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos
que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quién
corresponda. Expediente N° 03-2016.—Lic. Ernesto
Sanabria Esquivel, Notario.—1 vez.—( IN2016094760 ).
Mediante acta de apertura otorgada
ante esta notaría Urania Patricia y Eugenio Salazar Arguedas, a las 8:00 horas
del 5 de diciembre del año 2016 y comprobado el fallecimiento, esta notaría
declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera
Valentín Ángel de La Trinidad Salazar Galarza, quien fue mayor pensionado,
viudo una vez, vecino de Hatillo, titular de la cédula de identidad números
uno-doscientos dieciocho-ciento veintisiete. Se cita y emplaza a todos los
interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del licenciado Francisco Javier
Vargas Solano. Notario tramitador carnet del colegio de abogados 6528. San
José, Central, Merced, Pitahaya, avenida tercera, edificio Universidad Isaac
Newton. Teléfono 83024226.—Lic. Francisco Javier
Vargas Solano, Notario.—1 vez.—( IN2016094772 ).
Por escritura otorgada ante mí
el ocho de enero de dos mil catorce se procedió a la apertura del proceso
sucesorio en sede notarial de quien en vida fue Herman Mora Solís, bajo el
expediente 001, para los efectos correspondientes se otorga el plazo de ley a
fin que los interesados para que comparezcan ante esta Notaria a hacer valer
sus derechos. Notaría del licenciado Andrei Brenes
Suárez, Pavas, de la sucursal del Scotiabank diagonal
a Plaza Mayo, 250 metros al sur, condominio Evereen
II. Teléfono 8898 7777.—Lic. Andrei
F. Brenes Suárez, Notario.—1 vez.—( IN2016094781 ).
Se
hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Erick Cognuck Godoy, mayor, estado
civil casado, profesión pescador, nacionalidad Costa Rica, con documento de
identidad Nº 06-0244-0289, y vecino de Fray Casiano de Puntarenas. Se cita a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 16-100186-0642-CI.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas
(Materia Civil), 03 de noviembre del 2016.—Jenory
Martínez Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2016094794 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión en sede notarial de Roy Espinoza Rodríguez, quien
fuera mayor, soltero, cédula de identidad 1-0845-0630, vecino de Playa
Matapalo, Savegre, Quepos,
Puntarenas, para que dentro del plazo de 30 días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, lo cual podrán
hacer ante la notaría de la Msc. Annia
Shirley Zúñiga Méndez, con oficina abierta en San Isidro, Pérez Zeledón, 100
metros este y 25 metros sur de la Municipalidad. Se apercibe a los que crean
tener derecho a la herencia que si no se presentan dentro del plazo, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0002-2016.—Msc. Annia Shirley Zúñiga Méndez,
Notaria.—1 vez.—( IN2015094855 ).
Notario, Carlos Luis Valverde
Sánchez: Ante esta notaria, a las nueve horas del día veintitrés de julio del
año dos mil dieciséis, presentes Rommel David Chaves Herrera, Rodolfo Chaves
Herrera, Raquel María Chaves Herrera, Ruth Franciny
Chaves Herrera y María Gerardina Herrera Castillo,
mayores, presentes todos, calidades que constan en el expediente. Quienes
solicitan la apertura en sede notarial del sucesorio de quien en vida fue su
padre Rodolfo Chaves Porras, quien fue casado una vez, cédula de identidad
número seis-cero ciento cuarenta y ocho-cero cero cero
cuarenta y dos, su último domicilio Esparza, Puntarenas. Se emplaza a todos los
terceros interesados en defensa de sus derechos, para que dentro el plazo de
treinta días contados a partir de la primera y única publicación de este
edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos de que si no se presentan dentro el plazo la
herencia pasará a quien corresponda Notario: Carlos Luis Valverde Sánchez:
Sucesorio en sede notarial. Exp. N° 002653-2016.—Lic. Carlos Luis Valverde Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2016094877 ).
Se
hace saber que en Bufete Cordero, en notaría del Lic. William Cordero Navarro,
sita en Quebradilla de Cartago, cincuenta metros al oeste del Templo Católico
del lugar, se tramita el proceso sucesorio ab intestato de la señora: Sandra
Coto Matey, cédula de identidad número
tres-doscientos ochenta y cinco-cero sesenta y dos, quien era mayor, casada una
vez, del hogar, y vecina de Alto de Ochomogo de
Cartago, ciento veinticinco metros oeste de Carnicería El Gaucho. Se cita y
emplaza a los interesados para que dentro del plazo de treinta días, contados a
partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos,
que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien
corresponda. Expediente número cero cero cero tres-dos mil dieciséis.—Quebradilla,
Cartago, seis de diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. William Cordero Navarro,
Notario.—1 vez.—( IN2016094882 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de quien en vida fue Flora Montoya Corrales, mayor,
soltera, comerciante, fue vecina de San Rafael de Heredia, cédula de identidad
número 1-254-358 que se tramitará en sede Notarial, para que en un plazo de
treinta días comparezcan ante esta Notaría, situada en San José, avenida 14
calle 12, Edificio Esquinero segundo piso, a reclamar sus derechos, bajo
apercibimiento de que de no hacerlo, la herencia pasará a quien corresponda.—San
José, 08 de diciembre del 2016.—Firma ilegible.—1 vez.—( IN2016095035 ).
Se avisa a la señora Antonia Carmona Guillen, mayor,
costarricense, únicos datos conocidos, que en este Juzgado se tramita el
expediente Nº 14-000232-0924-FA, correspondiente a Diligencias de Depósito
Judicial de menor, donde se solicita que se apruebe el depósito de los menores Stefany Corea Carmona y Juan Carlos Carmona Guillen. Se le
concede el plazo de tres días, para que manifieste su conformidad o se oponga a
estas diligencias. Clase de asunto depósito judicial. Expediente N°
14-000232-0924-FA.—Juzgado de Familia del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, a las catorce horas veintidós minutos del
veintinueve de noviembre del dos mil dieciséis. 29 de noviembre del año 2016.—Lic. Bridley Rodríguez Aguilar,
Juez.—Exento.—( IN2016094255 ). 3 v. 3
Se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en el Depósito
Judicial del menor Eliberto Gracia Méndez, para que
se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a
partir de la última publicación del edicto ordenado. A su vez, se comunica a la
señora Socorro García Méndez únicos datos conocidos, que dicho proceso se
tramita en este Juzgado bajo el expediente Nº 15-001082-1302-FA que es
Incidente de Modificación de Fallo, promovido por el Lic. Ernesto Romero
Obando, Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia de San
Carlos, donde solicita que se apruebe el depósito del citado menor; por lo que
se le concede el plazo de tres días contados a partir de la última publicación,
para que manifiesten su conformidad o se opongan a estas diligencias. Incidente
de modificación de fallo. Expediente Nº 15-001082-1302-FA, promovido por el
PANI-San Carlos.—Juzgado de Familia del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, 29 de noviembre del 2016.—Lic. Bridley Rodríguez Aguilar, Juez.—Exonerado.—(
IN2016094256 ). 3 v. 3.
Se convoca por medio
de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con
el artículo 236 del Código de familia, para que se presenten a encargarse de
ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación.
Proceso de insania de Rosalía Emérita de Jesús Ulloa Soto. Expediente N°
16-002738-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago,
06 de diciembre del 2016.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016094493 ).
Licenciado Carlos
Leandro Solano, jueza del Juzgado de Familia de Cartago, hace saber a Katherine
González Nájera y Pedro Granados Badilla, de calidades y vecindario
desconocido, que en este despacho se ha dictado la sentencia que literalmente
dice: proceso especial de declaratoria judicial abandono, extinción de patria
potestad y depósito judicial bajo expediente Nº 10-000881-0338-FA de la menor Ashlee Tamara Granados González, promovido por el Patronato
Nacional de la Infancia representado por la licenciada Lidiette
Calvo Garita, en calidad de apoderada general judicial, en contra de la señora
Katherine González Nájera, mayor, cédula de identidad Nº 3-447-288, sin empleo,
soltera, vecina de Cartago y Pedro Granados Badilla, mayor, cédula de identidad
Nº 1-1411-366, y de otras de calidades desconocidas. Además figura como curador
procesal de la demandada, el licenciado Fabio Alberto Arias Córdoba.
Resultando: I).-, II).-, III).- Considerando: I).- Sobre los hechos probados:
..a).-, ...b).- ..., c) II).- Sobre el fondo: III).-, VI).- Sobre las costas:
Por tanto: en virtud de los argumentos expuestos y citas de ley se declara con
lugar el proceso especial de Declaratoria Judicial de Abandono, Extinción de
Patria Potestad y Depósito Judicial, promovido por el Patronato Nacional de la
Infancia en contra de Katherine González Nájera y Pedro Granados Badilla,
declarando: 1. En estado de abandono a la menor Ashley Granados González por
parte de su progenitores. 2. Dado que los señores González Nájera y Granados
Badilla, no han sabido ejercer su rol de padres, se hace menester el extingue a
los accionados del ejercicio de patria potestad sobre su hija Ashley Granados
González. 3. Siendo que la abuela materna de la menor Ashley es la que se ha
ocupado del cuido de esta desde que nació, se ordena el depósito judicial de la
precitada menor en el hogar de la señora María Nájera Cordero, quedando dicha
señora facultada de momento para representar legalmente a la menor y continuar
con la atención que siempre le ha prodigado. Asimismo, se les
advierte a la señora Nájera Cordero que deberán comparecer dentro del octavo
día, después de la firmeza de la presente sentencia, a este Despacho a aceptar
el cargo conferido. En el evento de que este depósito tenga que cesar, el
Patronato Nacional de la Infancia, es el encargado de asumir lo que corresponda
en protección de los derechos de la menor. 4. Firme la presente resolución, y
realizadas las gestiones administrativas pertinentes, por la parte actora,
inscríbase la sentencia, al margen de las citas de nacimiento respectivas, de
la menor Ashley Granados González. Se rechaza la excepción de falta de derecho
interpuesta por el Lic. Arias Córdoba. De conformidad con el artículo 263 del
Código Procesal Civil y en virtud que el presente proceso es contra una persona
ausente, representada por un curador procesal, lo procedente es ordenar la
publicación de la parte dispositiva, por una sola vez, en el Boletín
Judicial, quedando el edicto respectivo en este Despacho a la orden de la
parte promovente. Se pronuncia el Despacho sin
especial condenatoria en costas.—Juzgado de Familia
de Cartago, 1° de marzo del 2012.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016094524 ).
La licenciada Wendy
Blanco Donaire, Jueza del Juzgado de Familia de Puntarenas, hace saber a Stacy Marry Alvarado Morales,
número de identificación 604460225, que en este juzgado se tramita un proceso
especial de protección en sede judicial y solicitud de prórroga de medidas de
protección dictadas en sede administrativa en su contra, el cual es promovido
por el Patronato Nacional de la Infancia, bajo la sumaria N° 16-000631-1146-FA,
y dentro del cual se ha ordenado notificarle la resolución que literalmente
dice: “Juzgado de Familia de Puntarenas. A las catorce horas veinte minutos del
veintidós de junio del dos mil dieciséis Se tiene por establecido el presente
asunto el cual se tramitará como un proceso especial de protección a favor de
la persona meno r de edad Britthany Daleysha Corea Alvarado, por parte del Patronato Nacional
de la Infancia contra Stacy Marry
Alvarado Morales y Winston Javier Corea Rivas, a quienes se les previene en
cuanto a los hechos de esta demanda, a fin de que manifiesten lo que consideren
pertinente. En cuanto a estos los contestarán uno por uno y manifestarán en
forma categórica si los reconoce como ciertos, si los rechazan por inexactos o
bien si los admiten con variantes o rectificaciones y en caso de que no estén
conforme, expondrán con claridad las razones que tenga para su negativa y los
fundamentos legales en que se apoye, con manifestación expresa del nombre y
demás generales de los testigos y sobre que hechos
declararán cada uno. Se le previene a las parte demandadas, de conformidad con
los numerales 10 y 34 en relación con el 36 todos de la Ley de Notificaciones
número 8687, el señalamiento de medio para atender futuras notificaciones, sea
éste: correo electrónico, fax, casillero, en estrado o cualquier otra forma
tecnológica que permita la seguridad del acto de comunicación, esto bajo el
apercibimiento de que si no lo hiciere en la forma prevenida o no se pudiere
efectuar la notificación por el medio señalado, mediando comprobante de
transmisión electrónica o la respectiva constancia, las resoluciones
posteriores le quedará notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de
dictadas, incluidas las sentencias, salvo que se demuestre que ello se debió a
causas que no les sean imputables. A fin de realizar la audiencia que estipula
el artículo 143 del Código de Niñez y la Adolescencia, se señalan las: diez
horas treinta minutos del once de julio del dos mil dieciséis (10:30 horas del
11/07/2016). Se le hace ver a los interesados que el día señalado para la
celebrar la audiencia podrá proponerse prueba de todo tipo. Tal y como lo
solicita el Patronato Nacional de la Infancia en su pretensión, se ordena
prorrogar la medida especial de Abrigo Temporal, dictada por el mismo ente
mediante resolución de las quince horas del día veintidós de diciembre del año
dos mil quince , prorrogándose esta por el plazo de seis meses, sea hasta el
día veintidós de diciembre del dos mil dieciséis, tiempo durante el cual la
persona menor de edad Britthany Daleysha
Corea Alvarado permanecerá bajo la responsabilidad de su abuela materna la
señora Joyce Alvarado Morales. Asimismo una vez verificada la audiencia se
resolverá si se mantienen estas medidas o no. Se advierte que lo aquí ordenado
es de acatamiento obligatorio de conformidad con lo dispuesto a este efecto por
el Código de la Niñez y la Adolescencia. Notifíquese esta resolución
personalmente o en su casa de habitación a los demandados Stacy
Marry Alvarado Morales y Winston Javier Corea Rivas,
por ser habida la primera en Puntarenas, Barranca, Los Almendros, casa número
69, color papaya con verjas blancas y portón de madera para lo cual se
comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales de estos tribunales y al
segundo mediante el Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Escazú, por
ser habido el mismo en Guachipelín de Escazú, del
antiguo Ebais, 50 metros Oeste, primera entrada,
después del reductor de velocidad a mano izquierda,10 metros al sur, casa de
cemento y madera de color verde. Notifíquese.—Juzgado
de Familia de Puntarenas, 3 de octubre del 2016.—Lic. Wendy Blanco Donaire,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016094526 ).
Se avisa al señor David Castaño Valencia,
mayor, casado, de colombiano, pasaporte número CC-14876030, demás calidades y
domicilio desconocido, que dentro del proceso abreviado nulidad matrimonio N°
2015-000716-0186-FA, establecido por El Estado que se tramita en este Juzgado,
se dictó la Sentencia Nº 992-2016 de las catorce horas y veintitrés minutos del
seis de octubre de dos mil dieciséis, que dice: “Por tanto: de conformidad con
los artículos 11, 12, 13, 14 bis, siguientes y concordantes del Código de
Familia, 420, siguientes y concordantes del Código Procesal Civil se declara con
lugar la demanda de declaratoria nulidad de matrimonio presentada por la
Procuraduría General de la República contra David Castaño Valencia y Hazel de los Ángeles Álvarez Chaves; se ordena anular la
inscripción practicada en el Registro Civil, Sección de Matrimonios, Provincia
de San José, al tomo 500, folio 233, asiento 466, por ser nulo el acto que la
provocó. Se condena a la persona codemandada David Castaño Valencia al pago de
ambas costas de este proceso, misma sanción para Hazel
de los Ángeles Álvarez Chaves. Firme la sentencia, se ordena remitir atento
oficio a la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial para que proceda al pago de
los honorarios fijados al curador; expídase la ejecutoria correspondiente para
ante el Registro Civil, para lo cual la parte interesada deberá aportar una
fotocopia de la sentencia que queda constando en el expediente. Cumplidas
dichas diligencias, archívese el expediente. Notifíquese”.—Juzgado
Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de
noviembre del 2016.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016094815 ).
Licenciada Yuliana
Ugalde Zumbado, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la
Zona Atlántica, A Roberto Quirós Quintero , de calidades desconocidas, en su carácter
de padre registral, se le hace saber que en el Expediente 16-000463-1152-2 que
es proceso depósito judicial de persona menor de edad, establecido por el
Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la
resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de La Zona Atlántica. A las nueve horas y cuarenta y uno minutos del
veintinueve de setiembre del dos mil dieciséis. De las presentes diligencias de
depósito de las personas menores Meliza Yaxiri Quiroz Torres y Roberto Abdiel
Quiroz Torres, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere
traslado por tres días a Roberto Quirós Quintero, a quien se les previene que
en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con
respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como
medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se
exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el
fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición
es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se
les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser
utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema
ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr
Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el
expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior,
en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07
celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este
asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente
información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión
u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g)
Número de cédula. h) Lugar de residencia. En caso que el lugar de residencia
consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el
ingreso del(a) funcionario (a) notificador (a), a efectos de practicar la
notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Por medio de
edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial,
se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se
apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la
última publicación del edicto ordenado. Para notificar al ente aludido, y
siendo que el demandado Roberto Quirós Quintero es de paradero desconocido, se
ordena notificar por medio de edicto. Notifíquese.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Licda. Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016094825 ).
Licenciada Yuliana Ugalde Zumbado. Jueza del Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a Jimmy Cortés Rodríguez, de
calidades y domicilio desconocido en su carácter de padre registral, se le hace
saber que en expediente N° 16-000481-1152-FA-2, que es depósito judicial de
persona menor de edad, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, se
ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica. A las trece horas
y veintidós minutos del cinco de octubre del año dos mil dieciséis. De las
presentes diligencias de depósito de las personas menores Melanie Cortés
Córdoba y Jimmy Cortés Rodríguez, promovidas por el Patronato Nacional de la
Infancia, se confiere traslado por tres días Melanie Cortés Córdoba y Jimmy
Cortés Rodríguez a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten
deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con
el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se
producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°
20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las
partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2
de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que,
si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso
exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden
utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un
número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de
actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades
internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.”
Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además
puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este
sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial,
http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal
del despacho en que se tramita el expediente
de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en
concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07
celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de
este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la
siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d)
Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución
a Melanie Cortés Córdoba, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley
en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de
Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; I Circuito Judicial de la
Zona Atlántica, (Limón). En caso que el lugar de residencia consistiere en una
zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a)
funcionario (a) notificador (a), a efectos de practicar la notificación,
artículo 4° de la Ley de Notificaciones Judiciales. Siendo que se desconoce el
paradero el señor Jimmy Cortés Rodríguez Por medio de edicto, que se publicará
por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a
todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del
plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del
edicto ordenado. Notifíquese.— Juzgado de Familia
del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Licda. Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, Jueza.—Exonerado.—(
IN2016094826 ).
Licenciada Yuliana Ugalde Zumbado, jueza del Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a Shirley Canales Estrada, en su
carácter de madre registral, quien es mayor, soltera, costarricense, con cédula
Nº 7-0118-0198 se le hace saber que en proceso depósito judicial de persona
menor de edad, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, se ordena
notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, expediente N°
16-000594-1152-FA-2. Limón 01 de diciembre del año dos mil dieciséis. Licenciada
Yuliana Ugalde Zumbado. Jueza del Juzgado de Familia
de Limón. Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica.
A las nueve horas y ocho minutos del veintiuno de octubre del dos mil
dieciséis. De las presentes diligencias de depósito de las personas menores Jeico Yasdany Canales Estrada,
promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por
tres días a Shirley Canales Estrada a quien se le previene que en el primer
escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación
no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley
de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08,
celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax
debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta
petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal,
buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.”
Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además
puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este
sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial,
http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal
del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo
así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV,
se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas
que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b)
sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún
tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia. Notifíquese esta resolución a Shirley Canales Estrada,
personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación,
o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones
Judiciales y otras Comunicaciones; Primer Circuito Judicial de la Zona
Atlántica (Limón). En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o
edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario
(a) notificador (a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la
Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Licda.
Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016094828 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil:
Alejandro de Jesús Pérez Gutiérrez, mayor, cédula de identidad N° 0701050357 y Kendy Yerlany Calderón Porras,
mayor, cédula de identidad N° 0603750732. Si alguna persona tiene conocimiento
de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Expediente Nº 16-001220-1146-FA.—Juzgado
de Familia de Puntarenas, 29 de noviembre del 2016.—Licda. Jacqueline María
Murillo Murillo, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016094527 ).
Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil
las personas contrayentes Michaell Jesús Camacho
Morales, mayor, divorciado una vez, cédula de identidad número
tres-cuatrocientos-cuatrocientos sesenta y cuatro, hijo de Mario Camacho Ramos
y Luz Milda Morales Nájera, nacido en centro,
Turrialba, Cartago, el once de diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro,
con treinta y uno años de edad, y Dunnia Magaly Mora
Rodríguez, mayor, soltera, cédula de identidad número tres-cuatrocientos
veintiocho-quinientos cuarenta y uno, hija de Guillermo Mora Rodríguez y
Araceli Rodríguez Gómez, nacida en centro, Turrialba, Cartago, el dieciséis de
mayo de mil novecientos ochenta y ocho, actualmente con veintiocho años de
edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento
legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este
Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación
del edicto. (Solicitud de Matrimonio), expediente Nº 16-000518-0675-FA-I.—Juzgado
de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba (Materia Familia),
05 de diciembre del 2016.—Msc. Gisela Salazar
Rosales, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016094827 ).
Han comparecido ante este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil las personas contrayentes presentes en
este Despacho Marco Antonio Alvarado Contreras, mayor, costarricense, soltero,
pistero, cédula de identidad N° 0304480887, vecino de Laguna de Paraíso de
Cartago, del Super Económico 100 metros norte 25
este, hijo de María Victoria Contreras Gómez y Jorge Alberto Alvarado Siles, ambos
padres costarricenses, nacido en Oriental Central Cartago, el 17/10/1990, con
26 años de edad, y María Gabriela Fernández Moya, mayor, costarricense,
soltera, administradora del hogar, cédula de identidad N° 0303940154, vecina de
la misma dirección que el anterior, hija de Grettel
María Moya Moya y Jovel
Fernández Soto, ambos padres costarricenses, nacida en Oriental Central
Cartago, el 15/04/1984, actualmente con 32 años de edad. Si alguna persona
tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho
matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del
término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud
de matrimonio). Expediente N° 16-002895-0338-FA.—Juzgado
de Familia de Cartago, 07 de diciembre del 2016.—Licda. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016094835 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil
Daniel Emilio Torres Sancho, mayor de edad, soltero, trabajador en Pizza Hut, cédula de identidad número 03- 0502-0456, vecino de
Lourdes de Agua Caliente Cartago 50 metros al sur de la iglesia católica casa a
mano izquierda con portón color blanco hijo de Annia
Judith Sancho Navarro y Heriberto Torres González, nacido en Oriental Central
Cartago, el 16/05/1997, con 19 años de edad, y Jennifer Andrea Martínez Martínez, mayor de edad, soltera, estudiante, cédula de
identidad número 01-1710-0082, vecina del Carmen, del salón comunal de Barrio
Nuevo 50 metros al norte y 50 al este ultima casa a mono izquierda casa color
naranja con portón gris, hija de Violeta del Socorro Martínez Martínez, nacida en Carmen Central San José, el 14/05/1998,
actualmente con 18 años de edad . Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Exp. Nº 16-002899-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 7 de diciembre del
2016.—Lic. Cristina Dittel Masís,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016094836 ).
Archie Farentino (nombre) Deese
(apellido), de único apellido en razón de ser nacional de los Estados Unidos de
América, mayor de edad, divorciado dos veces, portador del pasaporte de su país
número cuatro cinco cuatro cinco cinco cinco uno cuatro tres, vecino de tres mil cuarenta y cuatro
Margarera Terrace, Atlanta,
Georgia, Estados Unidos de América, nacido en Carolina del Norte, Estados
Unidos de América el dieciséis de febrero, dos mil dieciséis, hijo de Terry
Glenn Deese y Jean Deese y
Fanny de los Ángeles Jiménez Torres, de nacionalidad Costarricense, mayor de
edad, divorciada una vez, con cédula de identidad número uno-mil ciento setenta
y nueve-ochocientos ochenta y cinco, vecina de San Antonio de Escazú, del Súper
Aguimar doscientos oeste y doscientos norte,
Residencial Paladín, hija de Claudio Jiménez Hidalgo y Clara Nelly Torres León,
han solicitado matrimonio civil ante mi notaría, si hay alguien que tenga
interés u oposición para la celebración de este acto, deberá hacerlo en el
plazo de ocho días naturales, después de la publicación de este edicto.—San
José, 7 de diciembre de dos mil dieciséis.—Lic. Marco Vinicio Solano Gómez,
Notario.—1 vez.—( IN2016094949 ).
Se comunica al señor Berny Orlano Rodríguez Ugalde,
cédula número 2-572-359-PE con domicilio Pérez Zeledón, Barrio Villa Ligia; 150
metros al sur, del Taller Atencio contiguo al
Abastecedor El Sol, casa verde de una planta y paradero ignorado, que se sigue
proceso penal número 11-000095-0369-PE, contra Caleb Alonso Soto Chacón, por el
delito de lesiones culposas , en perjuicio de Ricardo Irlan
Gómez Solís, para que se apersone dentro del presente proceso en calidad de
dueño registral del vehículo placas CL-239139. Se ordena comunicarle por este
medio de conformidad con el artículo 162 del Código Procesal Penal. Lo anterior
por requerirse así en la causa penal 11-000095-0369-PE.—Heredia,
12 de Diciembre del 2016.—Juzgado penal de Heredia.—Lic. Luis Alejandro Zúñiga Bustos, Juez
Penal.—( IN2016094212 ). 3
v. 3