BOLETÍN JUDICIAL N° 17 DEL 24 DE ENERO DEL 2017

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

SALA CONSTITUCIONAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

TERCERA PUBLICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico los siguientes acuerdos: De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo del 2016, artículo III y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 51-16 celebrada el 24 de mayo del 2016, artículo CI. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo del 2016, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 51-16 celebrada el 24 de mayo del 2016, artículo XCV. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 01-2014 de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo L.; se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que procederá a la destrucción de expedientes civiles de los despachos que a continuación se detallan. Los expedientes se encuentran remesados en el Archivo Judicial.

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Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 11 de enero del 2017.

                                                       MBA. Dinorah Álvarez Acosta

                                                               Subdirectora Ejecutiva

Exonerado.—( IN2017101741 )

ASUNTO:      Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Paraíso, provincia de Cartago

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón Paraíso, provincia de Cartago, permanecerán cerradas durante el día dos de febrero del dos mil diecisiete, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívico patronales de dicho cantón.

San José, trece de enero del dos mil diecisiete.

                                                           MBA. Dinorah Álvarez Acosta,

Exonerado.—( IN2017102506 ).                Subdirectora Ejecutiva

ASUNTO:         Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Esparza, provincia de Puntarenas

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón de Esparza, provincia de Puntarenas, permanecerán cerradas durante el día dos de febrero del dos mil diecisiete, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos patronales de dicho cantón.

San José, dieciséis de enero del dos mil diecisiete.

                                                             MBA Dinorah Álvarez Acosta,

Exonerado.—( IN2017102507 )                   Subdirectora Ejecutiva

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2012 al 2014 del Departamento de Servicios Generales, Unidad de Correo Interno, San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:    A 6 S 12

Ampos:     437

Año:          2012-2014

Asunto:     Documentación Administrativa: Listados de correspondencia certificada recibo de entrega y recibido de los despachos de todo el país así como los de Correos de Costa Rica.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 10 de enero de 2017.

                                                  MBA. Dinorah Álvarez Acosta

                                                          Subdirectora Ejecutiva

Exonerado.—( IN2017101973 ).

SALA CONSTITUCIONAL

ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad.

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES

DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número 16-017778- 0007-CO que promueve Otto Claudio Guevara Guth, se ha dictado la resolución que literalmente dice: «Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las once horas y siete minutos de diecisiete de enero de dos mil diecisiete. Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por, José Alberto Alfaro Jiménez, mayor, casado una vez, abogado y diputado de la Asamblea Legislativa, vecino de San Rafael de Escazú, con cédula de identidad número 1-673-801, Natalia Díaz Quintana, mayor, soltera, diputada de la Asamblea Legislativa, vecina de Mora, portadora de la cédula de identidad número1-1226-0846, Otto Guevara Guth, mayor, divorciado, abogado y diputado de la Asamblea Legislativa, vecino de Escazú, portador de la cédula de identidad número 1-544- 893, para que se declaren inconstitucionales los artículos 16, incisos b) y c), 26, incisos a), b), c), g) e i), 30, 49, Transitorio I, inciso c), 175, 213, 214, 215 y 219 de la Convención Colectiva de Trabajo del Instituto Nacional de Seguros. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República, al Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Seguros y al Secretario General del Sindicato Unión de Personal del Instituto Nacional de Seguros (UPINS). Las normas impugnadas de la Convención Colectiva del INS, disponen: “Artículo 16. Los trabajadores amparados por la presente Convención disfrutarán anualmente, después de 50 semanas de trabajo, de un período de vacaciones pagado, conforme lo dispone el ordenamiento laboral, y el que se determinará conforme a la siguiente escala: a. (…); b. Del sexto al décimo período anual 20 (veinte) días hábiles de vacaciones inclusive c. A partir del undécimo período anual 30 (treinta) días hábiles de vacaciones (…)”. “Artículo 26. La licencia con goce de sueldo se otorga en los siguientes casos: a. En caso de matrimonio del trabajador, se concederá licencia por 8 (ocho) días hábiles. En este caso, el trabajador deberá avisar a su Jefatura con 15 (quince) días naturales de anticipación a la fecha del matrimonio. b. Por fallecimiento del cónyuge, compañero o compañera aunque no exista vínculo matrimonial, padre y madre (biológicos, adoptivos o de crianza), hijo o hermano del trabajador 5 (cinco) días hábiles si el deceso ocurriere dentro del país y 10 (diez) días hábiles si acaeciere fuera de éste y el trabajador tuviera que salir del país. c. En caso de enfermedad grave del cónyuge, compañero, compañera, padres biológicos o adoptivos e hijos del trabajador, podrá concederse licencia hasta por 30 (treinta) días naturales. En tales circunstancias, presentará certificados médicos, los cuales estarán sujetos al criterio del médico asignado para tal efecto por la Dirección de Recursos Humanos. La licencia se otorgará cuando la asistencia del trabajador al familiar enfermo sea necesaria para el tratamiento y se hayan agotado otros recursos para suplirla. g. El Instituto otorgará a cada madre trabajadora a partir de la finalización del período indicado en el inciso d), hasta un día adicional por mes para que lleve a su hijo a consulta médica, durante el primer año de vida, debiendo notificar, al menos con 5 (cinco) días de anticipación a la Jefatura respectiva. Lo anterior sujeto a la comprobación correspondiente y su incumplimiento podrá ser objeto de la suspensión de este beneficio. i.- Por el nacimiento de un hijo, se concederá al trabajador padre dos días hábiles de licencia. Estos días deberán estar comprendidos entre el internamiento y la salida de la cónyuge o la compañera (…)”. “Artículo 30. Se concederá licencia por un período mayor de 60 (sesenta) días, cuando: a. Exista enfermedad del trabajador. b. Con base en las razones especiales brindadas por el trabajador, la Junta Directiva del Instituto consienta en otorgarla. La licencia por causa de enfermedad del trabajador, se concederá de acuerdo con los certificados médicos del caso.” “Artículo 49. Todos los aspectos relativos a selección e ingreso de trabajadores, clasificación y reasignación de puestos, promociones, remociones y retribución de servicios, se regirán por las disposiciones que siguen: corresponde a la Dirección de Recursos Humanos del Instituto asesorar a la Gerencia en su aplicación. Dentro de la información general que el Instituto suministrará a todo nuevo trabajador, se otorgará al menos 1(una) hora a la UPINS, a través de los cursos de inducción, a efecto de que ésta da conocer los objetivos de la organización sindical. Asimismo, comunicará mensualmente a las diferentes organizaciones sobre el ingreso de nuevos trabajadores, informando al personal sobre la existencia y calidades de las mismas”. “Transitorio I. A los trabajadores que cumplen su aniversario en el segundo semestre del 2007 el aumento por antigüedad se aplicará en cuanto se homologue esta convención y retroactivamente desde la fecha de cumplimiento del aniversario. (…) c. Después del primer quinquenio, y hasta los 10 (diez) años de servicio, el trabajador recibirá un aumento de salario, por cada año de servicio eficiente, de un 7% (siete por ciento) de su salario base y a partir del año 11 (once) y hasta el 25 (veinticinco) un 4% (cuatro por ciento) y a partir del año 26 (veintiséis) y hasta su retiro del Instituto, de un 3% (tres por ciento) de su salario base (…)”. “Artículo 175. El Instituto otorgará dos días hábiles de permiso a aquellos funcionarios que resulten escogidos para asistir a los Congresos que la UPINS celebre cada dos años. Para efectos de permiso, el número de representantes por dependencia no excederá de dos, en todo caso el Instituto concederá al menos los permisos para un 3% (tres por ciento) del total de trabajadores activos de la Institución. Referente a los delegados del Cuerpo de Bomberos, éstos no excederán de 7 (siete) a nivel nacional. Para el otorgamiento de estos permisos, se comunicará por escrito a la Jefatura respectiva, al menos con una semana de anticipación a la fecha de iniciación del evento, quienes concederán los permisos haciendo uso de la facultad que le confiere el inciso a del artículo 26 de la presente Convención. La UPINS se compromete a levantar acta de asistencia para verificar y comprobar la plena participación de los trabajadores en el Congreso. La no asistencia al mismo será sancionada, según las disposiciones contenidas en el artículo 96 de este texto convencional”. “Artículo 213. Se establece el Jardín Infantil para los hijos de trabajadores del Instituto Nacional de Seguros, el cual será para la atención de menores cuya madre es trabajadora del Instituto, o cuyo padre también lo sea y la madre no disponga del tiempo necesario para la atención de su hijo, durante su jornada laboral”. “Artículo 214. Los niños que podrán ingresar a dicho Hogar deberán cumplir los siguientes requisitos: a. Ser hijo de un trabajador del Instituto. b. Ser sano conforme a certificado extendido por un médico del Instituto. c. Los demás que señale el reglamento”. “Artículo 215. El financiamiento del Jardín será cubierto de modo bipartito entre el Instituto y los padres de familia que tengan niños en el mismo. Para efectos de fijar cupos, cuotas mensuales, etc. se nombrará una Comisión Bipartita y Paritaria con tres representantes de la Administración del Instituto nombrados por la Gerencia, tres representantes de los Padres de Familia nombrados por la Asamblea de Padres y un representante de la UPINS con carácter fiscalizador y la Directora del Jardín, con derecho a voz”. “Artículo 219. El Instituto contribuirá al financiamiento de las actividades sociales, educativas, culturales y deportivas en beneficio de todo el personal. Para cumplir con lo anterior, anualmente asignará una partida dentro de su presupuesto, acorde con sus posibilidades financieras, la que será administrada por Comunicación Institucional. Para la distribución de este presupuesto y la programación de las actividades, se integra una Comisión Bipartita y Paritaria. Esta Comisión estará compuesta por 3 (tres) miembros representantes de los trabajadores nombrados por la UPINS y 3 (tres) representantes de la Institución, nombrados por la Gerencia. Dichos representantes durarán en sus cargos un año y podrán ser reelectos. No obstante, podrán ser removidos en cualquier momento a solicitud de sus representados. Su período de gestión se iniciará a partir del primero de enero de cada año”. Manifiestan los accionantes que las normas impugnadas son contrarias a los principios de igualdad y no discriminación, razonabilidad y proporcionalidad y equilibrio presupuestario derivados de los artículos 11, 33, 46, 57, 59, 63, 68, 121 inciso 13) y 184 de la Constitución Política. En relación con el artículo 16, incisos b) y c), de la Convención cuestionada, manifiestan que se impugnan en tanto otorgan una cantidad de días por concepto de vacaciones, superior a las que disfrutan el resto de trabajadores del sector privado del país. El supuesto del inciso c), es más grave pues dispone un reconocimiento de casi el 100%. La mayor cantidad de días que gozan algunos trabajadores por concepto de vacaciones, se otorga sin una justificación razonable, carece de fundamento moral y jurídico y resulta contraria a los principios referidos. Como regla de principio, toda erogación a cargo del INS debe ser legítima, idónea, proporcional y necesaria para mejorar el servicio y procurar un beneficio para los trabajadores. Reclaman también la inconstitucionalidad del Transitorio I, inciso c), de la Convención referida, que establece la figura de la anualidad. La norma contempla distintos porcentajes de reconocimientos (7%, 4% y 3%) del salario a los trabajadores, según el tiempo que tengan de laborar en el instituto (hasta 10 años, de 11 a 25 años, de 26 años hasta el retiro). Las sumas adicionales pagadas por ese concepto resultan irrazonables y desproporcionadas. El monto establecido desde el 2007 carece de sustento técnico o jurídico y es ajeno a toda valoración legal, convencional y financiera. En relación con el artículo 26 de la Convención, los accionantes estiman que los incisos a), b), c), g) e i) violan los principios de igualdad, legalidad y no discriminación. Estas disposiciones otorgan beneficios y privilegios que no son extensivos a otros trabajadores del sector público o privado y resultan desproporcionados. El inciso a), otorga permiso con goce de salario por ocho días hábiles. El inciso b), concede permisos con goce de salario en caso de fallecimiento de familiares cercanos al trabajador. El inciso c), presenta una redacción imprecisa: no define “gravedad”, tampoco delimita las condiciones que debe tener el hijo (menor o mayor de edad, casado o soltero, dependiente o no, etc.) para que el trabajador pueda optar por el beneficio. Estos elementos son fundamentales para justificar o no esta disposición, que contempla situaciones que todos los trabajadores del país pueden experimentar. Cargarle a los costarricenses el costo de esta gracia, roza los principios de igualdad, legalidad y no discriminación. El contenido del inc. g), obedece a razones personales, ajenas a las necesidades del instituto, lo que la convierte en una liberalidad que lesiona los principios referidos. Se trata de un beneficio del que carecen las funcionarias, madres, de otras instituciones descentralizadas o del Poder Ejecutivo. Los mismos argumentos sustentan el reclamo de inconstitucionalidad del inciso i), del artículo 26, en relación con el beneficio otorgado a los funcionarios que son padres. En cuanto al artículo 49, de la Convención Colectiva, estiman que lesiona el artículo 33 constitucional y los principios de razonabilidad, proporcionalidad y legalidad, así como el de equilibrio presupuestario. La norma refleja la tendencia de disponer de los recursos del presupuesto del Instituto, para fines ajenos al desenvolvimiento del quehacer laboral del trabajador. También reclaman lo dispuesto en el artículo 175 de la Convención Colectiva, en cuanto otorga días hábiles con permiso a los funcionarios que resulten escogidos para asistir a los congresos de la Unión de Personal de INS (UPINS). La norma contiene una contradicción pues, si bien indica que se concederá permiso a un máximo de dos trabajadores por dependencia, inmediatamente señala que se concederá permiso, al menos, para el 3% de los trabajadores activos de la institución. Tomando en consideración el número de empleados que tiene a la fecha, 3% supone un total de 156 trabajadores con permiso de dos días, lo cual representa 312 días de permiso al año. Este número supone un alto costo para el Estado y la ciudadanía. Los artículos 213, 214 y 215 de la Convención Colectiva lesionan los principios constitucionales referidos. Los accionantes estiman que se trata de privilegios irrazonables que se otorgan con fondos públicos para beneficiar un grupo reducido de trabajadores, sin relación alguna con los fines de la institución. Finalmente, en cuanto al artículo 219 de la Convención impugnada, aducen que destinar fondos públicos para financiar actividades privadas de los empleados de una institución, trasciende el sentido lógico de una norma de esta naturaleza y resulta irrazonable y desproporcionado. No existe una razón objetiva que justifique la erogación. Tal criterio fue sostenido por la Sala Constitucional en el voto N° 2016-0156931. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación de los accionantes para interponer la acción proviene del párrafo segundo del artículo 75 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional en tanto se trata de la defensa de intereses difusos como lo es el adecuado manejo de los fondos públicos. Publíquese por tres veces un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la omisión impugnada, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la omisión impugnada y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien el acto en que haya de resolverse sobre lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta sobre lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Notifíquese./Ernesto Jinesta Lobo, Presidente.

San José, 17 de enero del 2017.

                                                                  Gerardo Madriz Piedra

                                                                             Secretario

Exonerado.—( IN2017102878 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se tienen por establecidas las presentes diligencias de devolución de cuotas de trabajador fallecido de quien en vida fue Gerardo Gatgens Jiménez, de 76 años de edad, soltero, vecino de San José, Turrubares, el Llano, con cédula número 0600920566. Se cita y emplaza a sus causahabientes por medio de edicto que se publicará por única vez en el Boletín Judicial a efecto de que quienes se consideren con derecho a este asunto, se apersonen en el expediente número 16-300009-0248-LA, para hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Turrubares.—Lic. Jorge Chacón Corea, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102942 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Florita Matilde Carrillo Villarreal, mayor, soltera, de oficio Auxiliar en Cen-Cinai, laboró para el Ministerio de Salud, nacida en Corralillo de Nicoya el día 14-03-1963, vecina de Barra Honda de Nicoya, con cédula de identidad 5-206-833, fallecida el 26 de diciembre del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 17-000005-0874-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 17-000005-0874-LA. Promovido por Jean Carlos Carrillo Villarreal.—Juzgado de Menor Cuantía y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Laboral), 12 de enero del 2017.—Lic. José Tomás Jiménez Baltodano, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102945 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de, José Abel Sánchez Núñez, quien fue mayor, soltero, se desempeñaba como operario en el Área de Mantenimiento de la Universidad de Costa Rica, nacido en Cartago, el 22 de enero del año 1958, cédula de identidad número 3-0266-0390, con último domicilio en Cartago, Ochomogo, el Fierro, Urbanización Entebbe, casa número 132, y falleció el 21 de diciembre del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias del proceso de Consignación de Prestaciones, que se tramita bajo el expediente número 17-000018-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Promovido por Joselyn Teresa Sánchez Vega, cédula de identidad número 3-0471-0197. Expediente N° 17-000018-1023-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 12 de enero del 2017.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102946 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del seis de junio del dos mil diecisiete, y con la base de catorce mil noventa y cinco dólares con veinticinco centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas Nº: BDY915, marca: Suzuki, estilo: Grand Vitara, categoría: automóvil, capacidad: 4 personas, carrocería: todo terreno 2 puertas, tracción: 4x4, número chasis: JS3TA74V3E4101480, año fabricación: 2014, color: gris, vin: JS3TA74V3E4101480, Nº motor: M16A1767777, Nº serie: no indicado, cilindrada: 1586 C.C, cilindros: 4. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de junio del dos mil diecisiete, con la base de diez mil quinientos setenta y un dólares con cuarenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del seis de julio del dos mil diecisiete, con la base de tres mil quinientos veintitrés dólares con ochenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Cathay de Costa Rica S. A. contra Pedro Miguel Sequeira Monge. Expediente Nº 16-011623-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de diciembre del 2016.—M.Sc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—( IN2017102893 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del nueve de marzo del año dos mil diecisiete, y con la base de un millón doscientos veinticinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa: Mot 516290; marca: Euromot; estilo: XT200E; Categoría: motocicleta; capacidad: 2 personas; serie: LB420YC50HC000204; carrocería: motocicleta; tracción: 2X2; año fabricación: 2017; color: rojo; N. Motor: 165FML2G000204; Cilindrada: 200 C.C.; Combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de marzo del año dos mil diecisiete, con la base de novecientos dieciocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del diecisiete de abril del año dos mil diecisiete con la base de trescientos seis mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Coocique R.L. contra Cristhian Rodolfo Hernández Molina. Exp: 16- 001854-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 16 de diciembre del 2016.—Licda. Brígida Quirós Alpízar, Jueza.—( IN2017102976 ).

En la puerta exterior de este Despacho; a las ocho horas y treinta minutos del catorce de febrero de dos mil diecisiete, y con la base de ciento dos mil dólares exactos, 1) Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando; serv. y condic. Ref.: 3069-063-001, citas: 0329-00000928-01-0901-001, citas: 0329-00000928-01-0904-001, servidumbre sirviente citas: 0338-00013993-01-0002-001, citas: 0338-00013993-01-0006-001, servidumbre dominante citas: 0339-00000515-01-0019-001, citas: 0339-00000515-01-0020-001, citas: 0339-00000515-01-0021-001, citas: 0339-00000515-01-0022-001, citas: 0339-00000515-01-0023-001, citas: 0339- 00000515-01-0024-001, 0339-00000515-01-0025-001, citas: 0339-00000515-01-0026-001, citas: 0339-00000515-01-0027-001, servidumbre sirviente citas: 0339-00000515-01-0028-001, citas: 0339-00000515-01-0029-001, citas: 0339-000005-01-0030-001, citas: 0339-00000515-01-0031-001, citas: 0339-00000515-01-0032-001, citas: 0339-00000515-01-0033-001, citas: 0339-00000515-01-0034-001, citas: 0339-00000515-01-0035-001, citas: 0339-00000515-01-0036-001, servidumbre dominante citas: 0339-00000515-01-0091-001, citas: 0339- 00000515-01-0092-001, citas: 0339-00000515-01-0093-001, citas: 0339-00000515-01-0094-001, citas: 0339-00000515-01-0095-001, citas: 0339-00000515-01-0096-001, citas: 0339-00000515-01-0097-001, 0339-00000515- 01-0098-001, 0339-00000515-01-0099-001, servidumbre sirviente citas: 0339-00000515-01-0100-001, citas: 0339-00000515-01-0101-001, citas: 0339-00000515-01-0102-001, 0339-00000515-01-0103-001, citas: 0339-00000515-01-0104-001, citas: 0339-00000515-01-0105-001, citas: 0339-00000515-01-0106-001, citas: 0339- 00000515-01-0107-001, citas: 0339-00000515-01-0108-001, servid. y condic. ref: 00201524 000, citas: 0347-00019046-01-0900-001, servidumbre trasladada citas: 0353-00014628-01-0900-001, citas: 0403-00015261-01-0920-001, condiciones ref.: 243424-000, servidumbre trasladada citas: 0403-00015261-01-0922-001, citas: 0403-00015261-01-0923-001, citas: 0403-00015261-01-0924-001, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00058955-F-000 la cual es naturaleza: finca filial número diez-dieciséis en proceso de construcción destinada a uso habitacional de una planta ubicada en el nivel cuatro del edificio diez. Situada en el distrito 08 San Rafael, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, finca filial diez-quince; al sur área común libre patio; al este acceso área común construida y al oeste área común libre (área verde). Mide: ochenta y cuatro metros con cero decímetro cuadrados. 2) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando; serv. y condic. ref:3069-063-001, citas: 0329-00000928-01-0901-001, citas: 0329-00000928-01-0904-001, servidumbre sirviente citas: 0338-00013993-01-0002-001, citas: 0338-00013993-01-0006-001, servidumbre dominante citas: 0339-00000515-01-0019-001, citas: 0339-00000515-01-0020-001, citas: 0339-00000515-01-0021-001, citas: 0339-00000515-01-0022-001, citas: 0339-00000515-01-0023-001, citas: 0339-00000515-01-0024-001, 0339-00000515-01-0025-001, citas: 0339-00000515-01-0026-001, citas: 0339-00000515-01-0027-001, servidumbre sirviente citas: 0339-00000515-01-0028-001, citas: 0339-00000515-01-0029-001, citas: 0339-000005-01-0030-001, citas: 0339-00000515-01-0031-001, citas: 0339-00000515-01-0032-001, citas: 0339-00000515-01-0033-001, citas: 0339-00000515-01-0034-001, citas: 0339-00000515-01-0035-001, citas: 0339-00000515-01-0036-001, servidumbre dominante citas: 0339-00000515-01-0091-001, citas: 0339- 00000515-01-0092-001, citas: 0339-00000515-01-0093-001, citas: 0339-00000515-01-0094-001, citas: 0339-00000515-01-0095-001, citas: 0339-00000515-01-0096-001, citas: 0339-00000515-01-0097-001, 0339-00000515- 01-0098-001, 0339-00000515-01-0099-001, servidumbre sirviente citas: 0339-00000515-01-0100-001, citas: 0339-00000515-01-0101-001, citas: 0339-00000515-01-0102-001, 0339-00000515-01-0103-001, citas: 0339- 00000515-01-0104-001, citas: 0339-00000515-01-0105-001, citas: 0339-00000515-01-0106-001, citas: 0339- 00000515-01-0107-001, citas: 0339-00000515-01-0108-001, servid. y condic. ref: 00201524 000, citas: 0347-00019046-01-0900-001, servidumbre trasladada citas: 0353-00014628-01-0900-001, citas: 0403- 00015261-01-0920-001, condiciones Ref.: 243424-000, servidumbre trasladada citas: 0403-00015261-01-0922-001, citas: 0403-00015261-01-0923-001, citas: 0403-00015261-01-0924-001 en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00059291-F-000 la cual es terreno naturaleza: finca filial estacionamiento diez dieciséis en proceso de construcción destinada a parqueo de vehículos. Situada en el distrito 08 San Rafael, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, área común libre calle de acceso; al sur, común libre acera; al este finca filial estacionamiento diez-quince y al oeste, finca filial estacionamiento diez-diecisiete. Mide: catorce metros con cero decímetros cuadrados. 3) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando; serv. y condic. Ref.: 3069-063-001, citas: 0329-00000928-01-0901-001, citas: 0329-00000928-01-0904-001, servidumbre sirviente citas: 0338-00013993-01-0002-001, citas: 0338-00013993-01-0006-001, servidumbre dominante citas: 0339-00000515-01-0019-001, citas: 0339-00000515-01-0020-001, citas: 0339-00000515-01-0021-001, citas: 0339-00000515-01-0022-001, citas: 0339-00000515-01-0023-001, citas: 0339-00000515-01-0024- 001, 0339-00000515-01-0025-001, citas: 0339-00000515-01-0026-001, citas: 0339-00000515-01-0027-001, servidumbre sirviente citas: 0339-00000515-01-0028-001, citas: 0339-00000515-01-0029-001, citas: 0339- 000005-01-0030-001, citas: 0339-00000515-01-0031-001, citas: 0339-00000515-01-0032-001, citas: 0339-00000515-01-0033-001, citas: 0339-00000515-01-0034-001, citas: 0339-00000515-01-0035-001, citas: 0339- 00000515-01-0036-001, servidumbre dominante citas: 0339-00000515-01-0091-001, citas: 0339-00000515-01-0092-001, citas: 0339-00000515-01-0093-001, citas: 0339-00000515-01-0094-001, citas: 0339-00000515-01-0095-001, citas: 0339-00000515-01-0096-001, citas: 0339-00000515-01-0097-001, 0339-00000515-01-0098-001, 0339-00000515-01-0099-001, servidumbre sirviente citas: 0339-00000515-01-0100-001, citas: 0339-00000515-01-0101-001, citas: 0339-00000515-01-0102-001, 0339-00000515-01-0103-001, citas: 0339-00000515-01-0104-001, citas: 0339-00000515-01-0105-001, citas: 0339-00000515-01-0106-001, citas: 0339-00000515-01-0107-001, citas: 0339-00000515-01-0108-001, servid. y condic. Ref.: 00201524 000, citas: 0347-00019046-01- 0900-001, servidumbre trasladada citas: 0353-00014628-01-0900-001, citas: 0403-00015261-01-0920-001, condiciones ref.: 243424-000, servidumbre trasladada citas: 0403-00015261-01-0922-001, citas: 0403-00015261-01-0923-001, citas: 0403-00015261-01-0924-001 en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00059480-F-000 la cual es naturaleza: naturaleza: finca filial estacionamiento ciento veintiuno en proceso de construcción destinada a parqueo de vehículos. Situada en el distrito 08 San Rafael, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, área común libre acera; al sur, área común libre acceso; al este, finca filial Estacionamiento ciento veintidós y al oeste, finca filial estacionamiento ciento veinte. Mide: catorce metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de marzo de dos mil diecisiete, con la base de setenta y seis mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de marzo de dos mil diecisiete con la base de doscientos veinticinco mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Blanca Nieves Sánchez Escobar, Blanposa Sociedad Anónima. Exp: 16-002471-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 01 de diciembre del año 2016.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2017103079 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del veintisiete de marzo del año dos mil diecisiete, y con la base de tres millones veinte mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa CL174758. marca: Kia, categoría: carga liviana, serie: KNCTB2412Y6338080, carrocería: rural, tracción: 4X2, chasís: KNCTB2412Y6338080, vin: KNCTB2412Y6338080, estilo: pregio RS 3van, capacidad: tres personas, año: 2000, color: blanco. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del dieciocho de abril del año dos mil diecisiete, con la base de dos millones doscientos sesenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de mayo del año dos mil diecisiete con la base de setecientos cincuenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Eduardo Enrique Olsen Mora. Exp: 11-018598-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de diciembre del 2016.—Licda. Mayela Gómez Pacheco, Jueza.—( IN2017103088 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando 2 servidumbre sirvientes citas 0353-00009265-01-0003-001, 0373-00007775-01-0003- 001 y 1 servidumbre de paso citas 0355-00004171-01 0900-001; a las catorce horas y cero minutos del uno de marzo de dos mil diecisiete -2:00 p.m. 01/03/2017-, y con la base de ciento sesenta y cuatro mil seiscientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F-59.669-000 la cual es terreno finca filial siete bloque B terreno apto para construir que se destinara a uso habitacional el cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 11 quebradilla, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, finca filial once del bloque B; al sur, acceso vehicular con doce metros cuarenta y cinco centímetros de frente; al este finca filial seis del bloque B y al oeste fincas filiales ocho y nueve del bloque B. Mide: doscientos cuarenta y nueve metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciséis de marzo de dos mil diecisiete -2:00 p.m. 16/03/2017-, con la base de ciento veintitrés mil cuatrocientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta y uno de mazo de dos mil diecisiete. 2:00 p.m. 31/03/2017- con la base de cuarenta y un mil ciento cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: en caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ronald Da Silva Medina. Exp: 16-003122-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 16 de diciembre del 2016.—Licda. Yanin Torrentes Avila, Jueza.—( IN2017103127 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones (Citas: 329-14013-01-0979-001); a las diez horas y cuarenta y cinco minutos (antes meridiano) del trece de febrero de dos mil diecisiete, y con la base de cuatro millones seiscientos sesenta y dos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y cuatro mil setecientos sesenta y siete cero cero cero, la cual es de naturaleza: Terreno para la agricultura. Situada en el distrito 01-Limón, cantón 01-Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, José Julián Chacón Peralta; al sur, José Julián Chacón Peralta; al este, calle pública y al oeste, José Julián Chacón Peralta. Mide: Ciento ochenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos (antes meridiano) del veintiocho de febrero de dos mil diecisiete, con la base de tres millones cuatrocientos noventa y seis mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos (antes meridiano) del quince de marzo de dos mil diecisiete con la base de un millón ciento sesenta y cinco mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Luis Gerardo Williams Moreira Exp: 16-014956-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 13 de enero del año 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2017103152 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servid y reserv ref: 00007768-00000017208-000 citas: 325-07748-01-0901-001, servidumbre de paso citas: 2014-304437-01-0001-001; a las diez horas y cero minutos del trece de febrero de dos mil diecisiete, y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y seis mil cuatrocientos sesenta y tres cero cero cero la cual es terreno naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 2-Mansion, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte Jorge Arturo Arias Campos; al sur Jorge Arturo Arias Campos; al este Jorge Arturo Arias Campos y al oeste servidumbre de paso. Mide: doscientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de febrero de dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del quince de marzo de dos mil diecisiete con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Roy Albis Quirós Perera. Exp: 16-014868-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 08 de diciembre del año 2016.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2017103153 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos (antes meridiano) del trece de febrero de dos mil diecisiete, y con la base de cincuenta y cinco millones novecientos treinta y nueve mil quinientos diez colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta mil cuatrocientos cuarenta y uno cero cero cero la cual es de naturaleza: Finca filial número 1 de dos niveles destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 2-Granadilla, cantón 18-Curridabat, de la provincia de San José.- Colinda: al norte, lote 6 Bloque B; al sur, finca filial número 2; al este, lote 18 Bloque B y al oeste calle pública. Mide: ciento cuarenta y nueve metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos (antes meridiano) del veintiocho de febrero de dos mil diecisiete, con la base de cuarenta y un millones novecientos cincuenta y cuatro mil seiscientos treinta y dos colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos (antes meridiano) del quince de marzo de dos mil diecisiete con la base de trece millones novecientos ochenta y cuatro mil ochocientos setenta y siete colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra María Patricia Echeverri Márquez. Exp: 16-014862-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 09 de enero del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2017103154 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del quince de febrero del año dos mil diecisiete, y con la base de tres millones setecientos ochenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 502.107-000, la cual es terreno para construir lote ocho. Situada en el distrito 6, Río cuarto cantón 3, Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Alcides Sibaja Solórzano; sur, calle pública con un frente a ella de ocho Metros lineales; este, lote siete; oeste, lote nueve. Mide: ciento sesenta y tres metros cuadrados. Plano: A- 1627390-2012. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dos de marzo del año dos mil diecisiete, con la base de dos millones ochocientos treinta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del diecisiete de marzo del año dos mil diecisiete con la base de novecientos cuarenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Lourdes María Alemán Valencia. Exp: 16-001674-1202-CJ. Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 06 de diciembre del año 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Juez.—( IN2017103169 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 0285-00006195-01-0902-001, a las diez horas y cero minutos del veintiuno de marzo del dos mil diecisiete, y con la base de treinta y cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos treinta y seis mil ochocientos cuarenta y siete cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito 03 San Juan de Dios, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 7.99 metros; al sur, casa 18 B; al este, casa 16 B, y al oeste, casa 8 B. Mide: ciento setenta y ocho metros con diecinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de abril del dos mil diecisiete, con la base de veinticinco millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del veintisiete de abril del dos mil diecisiete, con la base de ocho millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Joaquín Saborío Jiménez, María Cecilia Jiménez Arias, María Elena Quesada Córdoba. Expediente Nº 16-035950-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 11 de enero del 2017.—Licda. Gabriela Campos Ruiz, Jueza.—( IN2017103172 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones ref: 2857 101 001, citas: 0325-00001250-01-0901-012;; a las diez horas y treinta minutos del dos de marzo del año dos mil diecisiete, y con la base de tres millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y cinco mil novecientos cuarenta y cinco cero cero cero la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito cero cinco, Santa Teresita, cantón cero cinco, Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, rio Colima; al sur, calle pública con 187 metros 63 centímetros de frente y Jorge Serrano Álvarez; al este, Marcos Araya Martínez y Jorge Serrano Álvarez y al oeste, Edgar Álvarez Serrano y Jorge Serrano Álvarez. Mide: treinta y cinco mil ciento treinta metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del diecisiete de marzo del año dos mil diecisiete, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del tres de abril del año dos mil diecisiete con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jorge Serrano Álvarez Exp: 16-034752-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de enero del 2017.—Lic. Gustavo Irias Obando, Juez.—( IN2017103173 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas del dieciséis de junio del año dos mil diecisiete, y con la base de veintidós mil doce dólares con cuarenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número CL 351725. Marca FIAT. Estilo Strada Adventure Locker. Categoría carga liviana. Capacidad 4 personas. Año 2016. Vin 9BD578975GB022722. Para el segundo remate se señalan las quince horas del cuatro de julio del año dos mil diecisiete, con la base de dieciséis mil quinientos nueve dólares con treinta y dos centavos y para la tercera subasta se señalan las quince horas del diecinueve de julio del año dos mil diecisiete con la base de cinco mil quinientos tres dólares con once centavos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Raquel Mercedes Pérez Agüero. Exp: 16-003849-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 08 de diciembre del 2016.—Lic. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—( IN2017103176 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 373-06224-01-0802-001, a las once horas y quince minutos (antes meridiano) del veinte de marzo del dos mil diecisiete, y con la base de ciento setenta y ocho millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta mil doscientos ochenta y ocho cero cero cero, la cual es naturaleza: terreno para construir. Situada: en el distrito 3-Veintisiete Abril, cantón 3-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 40.93 metros; al sur, Luz Pizarro Valladares; al este, La Vuelta del Tamarindo S. A., y al oeste, Enriqueta López Valerín. Mide: cinco mil metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las once horas y quince minutos (antes meridiano) del cuatro de abril del dos mil diecisiete, con la base de ciento treinta y tres millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y quince minutos (antes meridiano) del veintisiete de abril del dos mil diecisiete, con la base de cuarenta y cuatro millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre sirviente citas: 358-19324-01-0804-001; servidumbre sirviente citas: 358-19324-01-0996-001; servidumbre sirviente citas: 358-19324-01-0997-001; servidumbre de paso citas: 466-10822-01-0002-001, a las once horas y quince minutos (antes meridiano) del veinte de marzo del dos mil diecisiete, y con la base de cincuenta y cinco millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y ocho mil trescientos noventa y seis cero cero cero, la cual es naturaleza: terreno de repastos. Situada: en el distrito 5-Santo Domingo, cantón 4-Santa Bárbara, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Cerro Ingles Sociedad Anónima; al sur, Julio Barrantes Madrigal; al este, Cerro Inglés Sociedad Anónima, y al oeste, río Guaraní. Mide: siete mil cuatrocientos treinta y cinco metros con once decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las once horas y quince minutos (antes meridiano) del cuatro de abril del dos mil diecisiete, con la base de cuarenta y un millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y quince minutos (antes meridiano) del veintisiete de abril del dos mil diecisiete, con la base de trece millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 3) Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre sirviente citas: 358-19324-01-0804-001; servidumbre sirviente citas: 358-19324-01-0996-001; servidumbre sirviente citas: 358-19324-01-0997-001; servidumbre de paso citas: 466-10822-01-0002-001, a las once horas y quince minutos (antes meridiano) del veinte de marzo del dos mil diecisiete, y con la base de setenta y siete millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y ocho mil trescientos noventa y siete cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno de repastos. Situada: en el distrito 5-Santo Domingo, cantón 4-Santa Bárbara, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Adrián Guillén Hidalgo; al sur, Cerro Inglés Sociedad Anónima; al este, servidumbre agrícola en medio de Cerro Inglés Sociedad Anónima, y al oeste, río Guaraní. Mide: siete mil cuatrocientos ochenta y cinco metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las once horas y quince minutos (antes meridiano) del cuatro de abril del dos mil diecisiete, con la base de cincuenta y siete millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y quince minutos (antes meridiano) del veintisiete de abril del dos mil diecisiete, con la base de diecinueve millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Arpe Paraíso Limitada. Expediente Nº 16-015658-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 17 de enero del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2017103191 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando uso faja terreno y condiciones; a las catorce horas y cero minutos del ocho de marzo de dos mil diecisiete, y con la base de ocho millones setecientos setenta y ocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número nueve mil ciento noventa y tres-cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 02 Jiménez, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Enos Mc Kintoch Eder; al sur, calle pública; al este, Enos Mc Kintoch Eder y al oeste, Enos Mc Kintoch Eder. Mide: trescientos siete metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintitrés de marzo de dos mil diecisiete, con la base de seis millones quinientos ochenta y tres mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de abril de dos mil diecisiete con la base de dos millones ciento noventa y cuatro mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ingeniería Aplicada para el Desarrollo Iadsa S. A. contra Ana Isabel Abarca Delgado. Exp: 13- 001503-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro), 20 de octubre del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2017103223 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las catorce horas y cero minutos del tres de marzo de dos mil diecisiete, y con la base de siete millones ciento cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número treinta y ocho mil quinientos veintisiete cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno agricultura N° 120. Situada en el distrito 03 Pocora, cantón 06 Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte IDA; al sur calle; al este IDA y al oeste calle. Mide: siete mil trescientos cincuenta y nueve metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de marzo de dos mil diecisiete, con la base de cinco millones trescientos veintiocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del cuatro de abril de dos mil diecisiete con la base de un millón setecientos setenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 03-101-579946 S. A. contra Marvin Antonio Hernández Rojas. Exp: 16-001616-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 15 de noviembre del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2017103226 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 533-11573-01-0004-001, restricciones reg. Art. 18, Ley 2825 citas: 552-04986-01-0004-001; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de febrero de dos mil diecisiete, y con la base de nueve millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos ochenta y ocho mil ciento cincuenta y cuatro cero cero cero la cual es terreno naturaleza: terreno para construir lote 11. Situada en el distrito 7-Yolillal, cantón 13-Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Construcciones e Inspecciones Rocadura M E J R S. A; al sur, Construcciones e Inspecciones Rocadura M E J R S. A.; al este, calle pública y al oeste, Ángel Romero Ampie. Mide: ciento cuarenta y seis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del siete de marzo de dos mil diecisiete, con la base de siete millones ochenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintidós de marzo de dos mil diecisiete con la base de dos millones trescientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Idalia Esmirna Domínguez Lumbi. Exp: 16-015118-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 15 de diciembre del 2016.—Msc.—Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2017103233 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 0311-00005658-01-0284-001, 0311-00005658-01-0285-001, 0311-00005658-01-0447-001, 0311-00005658-01-0448-001; servidumbre de aguas pluviales bajo las citas: 0562-00011885-01-0016-001, a las nueve horas y treinta minutos del primero de marzo del dos mil diecisiete, y con la base de cuarenta y cuatro millones doscientos ochenta y tres mil cuatrocientos ochenta y tres colones con treinta y tres céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 202140-000, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada: en el distrito 03 San Juan, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al noreste, lote C-6; al noroeste, lote C-18; al sureste, lote C-16, y al suroeste, calle pública con frente de 8 metros. Mide: ciento cuarenta y tres metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de marzo del dos mil diecisiete, con la base de treinta y tres millones doscientos doce mil seiscientos once colones con setenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta y uno de marzo del dos mil diecisiete, con la base de once millones setenta mil ochocientos setenta colones con cincuenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Holbach Cáceres Manzanares. Expediente Nº 13-033140-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de noviembre del 2016.—Licda. Gabriela Campos Ruiz, Jueza.—( IN2017103248 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y quince minutos del seis de marzo de dos mil diecisiete, y con la base de cuarenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos treinta y cinco mil setecientos noventa y tres-cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 10- Damas, cantón 3-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 100; al sur, lote 98; al este, calle pública y al oeste, lotes 83 y 84. Mide: ciento cincuenta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del veintiuno de marzo de dos mil diecisiete, con la base de treinta mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del cinco de abril de dos mil diecisiete con la base de diez mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Flovarcha Propiedades S.A contra Grettel Alpízar Quirós, Hubert Rodolfo Hernández González. Exp: 16-010690-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado De Cobro I Circuito Judicial De San José, 17 de noviembre del 2016.—Licda. Carmen Laura Valverde Phillips, Jueza.—( IN2017103258 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las once horas y treinta minutos del catorce de febrero del dos mil diecisiete, y con la base de tres millones cuatrocientos noventa y siete mil quinientos treinta y cuatro colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: 687118, marca: Hyundai, categoría: automóvil, estilo: Accent GLS, capacidad: 5 personas, año: 2007, color: celeste, tracción: 4x2, cilindrada: 1400 CC, serie: KMHCN41AP7U111336. Para el segundo remate, se señalan las once horas y treinta minutos del primero de marzo del dos mil diecisiete, con la base de dos millones seiscientos veintitrés mil ciento cincuenta colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y treinta minutos del dieciséis de marzo del dos mil diecisiete, con la base de ochocientos setenta y cuatro mil trescientos ochenta y tres colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Flor de María de los Ángeles Quesada Romero contra Andrés Mauricio Vega Zumbado. Expediente Nº 15-021575-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 08 de setiembre del 2016.—Licda. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—( IN2017103259 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del veintiuno de febrero del año dos mil diecisiete y con la base de ocho millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número C149366, marca Isuzu, estilo FRR, categoría carga pesada, capacidad 3 personas, carrocería Adrales, año 1996, color blanco. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del ocho de marzo del año dos mil diecisiete, con la base de seis millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés de marzo del año dos mil diecisiete con la base de dos millones ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de, Carlos Luis Rodríguez Quesada contra Dinia Ugalde Carranza. Exp.: 15-000752-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, (Materia Cobro), 17 de noviembre del 2016.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2017103275 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta y cinco minutos del quince de febrero de dos mil diecisiete, y con la base de veintiún millones seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento siete mil seiscientos quince cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 03 San Isidro, cantón 04 Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Francisco Villegas Sánchez; al sur, calle pública con 18.66 cnts de frente; al este Francisco Villegas Sánchez y al oeste Francisco Villegas Sánchez. Mide: doscientos ochenta y siete metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta y cinco minutos del dos de marzo de dos mil diecisiete, con la base de dieciséis millones doscientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta y cinco minutos del diecisiete de marzo de dos mil diecisiete con la base de cinco millones cuatrocientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Alina Peña Matarrita. Exp: 16-001148-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 03 de agosto del 2016.—Msc. Hazel Murillo Parajón, Jueza.—( IN2017103283 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 0358-00008508-01-0937-001 y servidumbre trasladada citas: 0395-00003669-01-0020-001, a las quince horas y treinta y cinco minutos del siete de marzo del dos mil diecisiete, y con la base de cinco millones cuatro mil ciento setenta y ocho colones con cincuenta y tres céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y un mil ochocientos sesenta y tres cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: En el distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con 20 m 1 cm; al sur, quebrada Palma; al este, Grace Barrante Mora y Juan González Chavarría, y al oeste, Junior Aguilar Gamboa. Mide: Dos mil novecientos sesenta y seis metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y treinta y cinco minutos del veintidós de marzo del dos mil diecisiete, con la base de tres millones setecientos cincuenta y tres mil ciento treinta y tres colones con noventa céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y treinta y cinco minutos del seis de abril del dos mil diecisiete, con la base de un millón doscientos cincuenta y un mil cuarenta y cuatro colones con sesenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Wilber Gerardo Salazar Marín. Expediente Nº 16-001197-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 09 de agosto del 2016.—Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—( IN2017103284 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas:0378-00007212-01-0911-001, reservas ley aguas citas: 0411-00015206-01-0040-001 y reservas ley caminos citas: 0411-00015206-01-0040-001; a las nueve horas y quince minutos del veintisiete de febrero de dos mil diecisiete, y con la base de cien millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y siete mil cincuenta y siete cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04 San Rafael, cantón 02 Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte río Paires; al sur calle pública con frente de 14 m de largo, Marlon Rodríguez. Irene Montero, Rolando Vega, Adonay Méndez, Víctor Castro, Juan Pablo Rojas y Oifro Vega Montera S. A; al este, Paulino Montero Rodríguez y al oeste, Oifro Vega Montero S. A. Mide: sesenta y cinco mil trescientos dieciséis metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del catorce de marzo de dos mil diecisiete, con la base de setenta y cinco millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del veintinueve de marzo de dos mil diecisiete con la base de veinticinco millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Leslie Carol Loría Jiménez. Exp: 16-001198-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 10 de agosto del año 2016.—Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—( IN2017103285 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y veinte minutos del uno de marzo de dos mil diecisiete, y con la base de doce millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa y tres mil quinientos noventa y cinco cero cero uno, cero cero dos la cual es para ambos derechos terreno para construir con una casa en proceso de construcción número 11-G. Situada en el distrito 01 Espíritu Santo, cantón 02 Esparza, de la provincia de Puntarenas.- Colinda: al norte Invu; al sur calle pública; al este, Invu y al oeste Invu. Mide: doscientos nueve metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y veinte minutos del dieciséis de marzo de dos mil diecisiete, con la base de nueve millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y veinte minutos del treinta y uno de marzo de dos mil diecisiete con la base de tres millones ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Álvaro Blas García Cambronero. Exp: 16-001228- 1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 05 de octubre del 2016.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2017103286 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones: 15-007497-0174-TR Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de San José; colisiones: 16-002345-0174-TR Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de San José, a las 15:30 horas del 16 de febrero del 2017, y con la base de diez mil setecientos dólares exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas número: BHV 816, marca: JAC, estilo: J3 Turin, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2015, color: gris, vin: LJ12FKR21F4200177, cilindrada: 1300 cc, combustible: gasolina. Para el segundo remate, se señalan las 15:30 horas del 03 de marzo del 2017, con la base de ocho mil veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las 15:30 horas del 20 de marzo del 2017, con la base de dos mil seiscientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Patricia Odio Quesada. Expediente Nº 16-018495-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Simón Bogantes Ledezma, Juez.—( IN2017103287 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; soportando servidumbre trasladada bajo las citas tomo 297 asiento 1652; a las catorce horas y cero minutos del ocho de marzo de dos mil diecisiete (14:00 pm del 08/03/2017), y con la base de setenta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y un mil quinientos quince - cero cero cero la cual es naturaleza: de potrero con 1 casa y 1 galerón. Situada en el distrito (05) Santa Rosa, cantón (07) Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, río Birrís; al sur, calle pública y quebrada Ulloa; al este, río Birrís en medio Carlos Cruz y al oeste, quebrada Ulloa. Mide: ochenta y un mil setecientos nueve metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintitrés de marzo de dos mil diecisiete (14:00 pm del 23/03/2017), con la base de cincuenta y dos millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de abril de dos mil diecisiete (14:00 pm del 07/04/2017) con la base de diecisiete millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Agrícola Birris Sociedad Anónima, Dennis Yamil Solano Segura, Ignacio Aníbal de los Ángeles Solano Segura. Exp: 16-008054-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 15 de diciembre del 2016.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2017103346 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del ocho de marzo de dos mil diecisiete y con la base de cincuenta y dos mil setecientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 127844-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Paraíso, cantón 02 Paraíso de la provincia de Cartago. Colinda: al norte calle pública y línea férrea; al sur calle pública; al este Antonio Calderón y otra y al oeste Amparo Brenes Loaiza. Mide: doscientos cuarenta y tres metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintitrés de marzo de dos mil diecisiete, con la base de treinta y nueve mil quinientos veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del siete de abril de dos mil diecisiete, con la base de trece mil ciento setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Jorge Mario Del Socorro Oses Segura. Exp. N° 16-007065-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 14 de diciembre del 2016.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2017103347 ).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Nacional de Costa Rica, inscrita bajo las citas 2012-301939-01-0001-001; a las nueve horas y treinta minutos del ocho de marzo del dos mil diecisiete y con la base de cuarenta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 327.610-000, la cual es lote 2 terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 06 Pital, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Bernal Huertas Araya; sur: Ofelia Huertas Araya; este: calle pública; oeste: Rafael Ángel Huertas Acuña. Mide: dos mil quinientos veinticuatro metros con once decímetros cuadrados. Plano: A-0406180-1997. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de marzo del año dos mil diecisiete, con la base de treinta millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del siete de abril del dos mil dieciséis, con la base de diez millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Exportaciones Norteñas S.A. contra Rodolfo Huertas Rojas. Expediente: 16-001726-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 14 de diciembre del 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2017103359 ).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones y reservas citas 385-09485-01-0833-001; a las nueve horas y treinta minutos del veinte de febrero del dos mil diecisiete y con la base de dos millones seiscientos setenta y dos mil ochocientos treinta y dos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula setenta mil quinientos cuarenta y siete cero cero cero, la cual es terreno para agricultura N° 6, sección A. Situada en el distrito tres Potrero Grande, cantón tres Buenos Aires de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte calle; al sur lote 12; al este lote 12 y al oeste Alfonso Guzmán. Mide: seiscientos quince metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del siete de marzo del dos mil diecisiete, con la base de dos millones cuatro mil seiscientos veinticuatro colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintidós de marzo del dos mil diecisiete, con la base de seiscientos sesenta y ocho mil doscientos ocho colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Carolina Artavia Gutiérrez contra Ángela Serracin Loria. Expediente: 13-006288-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 13 de diciembre del 2016.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2017103377 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las diez horas y treinta minutos del trece de febrero de dos mil diecisiete y con la base de veintiún millones setecientos cincuenta y cinco mil novecientos treinta y tres colones con veintiséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ochenta y siete mil trescientos cincuenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno con una casa y solar. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí de la provincia de Limón. Colinda: al norte Agropecuaria los Bobinos; al sur calle pública con un frente de 8 mts; al este Agropecuaria los Bobinos y al oeste Agropecuaria los Bobinos. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiocho de febrero de dos mil diecisiete, con la base de dieciséis millones trescientos dieciséis mil novecientos cuarenta y nueve colones con noventa y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del quince de marzo de dos mil diecisiete, con la base de cinco millones cuatrocientos treinta y ocho mil novecientos ochenta y tres colones con treinta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Maureen Alejandra Jarquín Solano, Rosibel Solano Rojas. Expediente: 16-001881-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro), 5 de octubre del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2017103445 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando restricciones reg. Art. 18, Ley 2825, bajo las citas: 554-17549-01-0075-001; a las trece horas y treinta minutos del uno de marzo del dos mil diecisiete y con la base de veintinueve millones doscientos treinta mil setecientos seis colones con cincuenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula N° 410.973-000, la cual es terreno para agricultura parcela 11-E-1502. Situada en el distrito 01 Upala, cantón 13, Upala de la provincia de Alajuela y además: situada en el distrito 05 Delicias, cantón 13 Upala de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Mary Jiménez Mejía; sur: Erasmo Bogantes Arguedas; este: Carlos Fonseca García, Rio Cabeza de León; oeste: calle pública. Mide: sesenta y dos mil ciento cinco metros con treinta y un decímetros cuadrados. Plano: A-0881258-2003. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciséis de marzo del año dos mil diecisiete, con la base de veintiún millones novecientos veintitrés mil veintinueve colones con ochenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del treinta y uno de marzo del año dos mil diecisiete con la base de siete millones trescientos siete mil seiscientos setenta y seis colones con sesenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R.L. contra Ana Laura Ruiz Sánchez, Sandra María Del Carmen Morales Zamora. Expediente: 16-001659-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 9 de enero del 2017.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2017103446 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas: 465-10675-01-0008-001; a las quince horas y cero minutos (tres horas cero minutos pasado meridiano) del veintisiete de febrero de dos mil diecisiete, y con la base de tres millones ochocientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cincuenta y cinco mil novecientos cuarenta y uno cero cero cero la cual es naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 1-Naranjo, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ángel Adrián Villalobos Montero; al sur, frente a servidumbre de paso en un frente de ocho metros con cincuenta centímetros lineales; al este, Ángel Adrián Villalobos Montero y al oeste, Ángel Adrián Villalobos Montero. Mide: ciento cincuenta y dos metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos (tres horas cero minutos pasado meridiano) del catorce de marzo de dos mil diecisiete, con la base de dos millones ochocientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos (tres horas cero minutos pasado meridiano) del veintinueve de marzo de dos mil diecisiete con la base de novecientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela contra Allan Gerardo Pereira Leiva. Exp.:16-014148-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 27 de diciembre del 2016.—Msc. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Jueza.—( IN2017103450 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas: 376-06139-01-0900-001; a las once horas y treinta minutos (antes meridiano) del veintisiete de marzo de dos mil diecisiete y con la base de dos millones ochocientos sesenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos cuarenta y dos mil ciento cinco-cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: Terreno de café. Situada en el distrito 02 San Miguel, cantón 06 Naranjo de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte calle pública con 08 m. 12 cm.; al sur Elizabeth Hidalgo Chacón; al este Elizabeth Hidalgo Chacón y al oeste Elizabeth Hidalgo Chacón. Mide: ciento treinta y cinco metros con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos (antes meridiano) del dieciocho de abril de dos mil diecisiete, con la base de dos millones ciento cuarenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos (antes meridiano) del cuatro de mayo de dos mil diecisiete, con la base de setecientos quince mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela contra María Isabel Miranda Brenes y Walter Enrique de la Trinidad Ramírez Hidalgo. Expediente: 16-016593-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 6 de enero del 2017.—Msc. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—( IN2017103451 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada (Citas: 308-02506-01-0906-001); a las nueve horas y quince minutos (antes meridiano) del veintisiete de marzo de dos mil diecisiete, y con la base de cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos treinta y dos mil novecientos cincuenta y siete cero cero cero la cual es de naturaleza: lote 13-B terreno para construir. Situada en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 12 B; al sur, calle pública con un frente a esta de 5,58 metros; al este calle publica con un frente a esta de 15,56 metros y al oeste, lote 14 B; al sureste, calle pública con frente a esta de 5,62 metros. Mide: ciento noventa y un metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos (antes meridiano) del dieciocho de abril de dos mil diecisiete, con la base de tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos (antes meridiano) del cuatro de mayo de dos mil diecisiete con la base de un millón de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Guiselle Maritza Jiménez Vargas. Exp: 16-018015-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 05 de enero del 2017.—Msc. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—( IN2017103452 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos (antes meridiano) del veintisiete de marzo de dos mil diecisiete, y con la base de nueve millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y nueve mil setecientos noventa y dos cero cero cero, la cual es de naturaleza: Terreno para construir. Situada en el distrito 2-San Miguel, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Noelia Pérez Ávila; al sur, calle publica con un frente lineal de 6,59 metros; al este Alicia Rocha Umaña y al oeste, Cynthia María Pérez Ávila. Mide: ciento ochenta y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos (antes meridiano) del dieciocho de abril de dos mil diecisiete, con la base de siete millones noventa y cuatro mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos (antes meridiano) del cuatro de mayo de dos mil diecisiete con la base de dos millones trescientos sesenta y cuatro mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de, Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra José Julián Pérez Ávila. Exp.: 16-018102-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 05 de enero del 2017.—Msc. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—( IN2017103453 ).

Licda. Ángela Jiménez Chacón, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, se hace saber que en proceso de ejecución de sentencia, establecido por Martina Hernández Monge contra Carlos Manuel Mata Mata, se ordena sacar a remate las siguientes propiedades, siendo procedente y libre de gravámenes hipotecarios, las fincas matrículas 00059096-000, 00037058-000; y la finca matrícula 00036914-000, todas de la provincia de Limón, soportando una hipoteca de primer grado la última, inscrita bajo las citas: 2010003383315-01-0002-001 y por un monto de cinco millones de colones. Sáquese a primer remate con la base de trescientos tres millones doscientos treinta y ocho mil cuatrocientos ocho colones. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciséis de febrero de dos mil diecisiete. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del tres de marzo de dos mil diecisiete. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veinte de marzo dos mil diecisiete. Cabe destacar que con base en el artículo 8 del Código de Familia y al derivar la obligación patrimonial a favor de la actora de un reconocimiento de unión de hecho entre las partes involucradas, y por ende de su derecho a la ganancialidad, se ordena sacar a remate con la misma base del 100%, en todas las eventuales subastas; dado que lo pretendido en esta fase es concretar el derecho ganancial declarado cuando se reconoció la unión de hecho entre las partes y se declaró el derecho ganancial a favor de la señora Hernández Monge, el cual se constituye en una obligación de valor y no en una deuda mercantil o civil. Expediente N° 09-400007-0464-FA. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Lic. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—( IN2017103461 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dos de marzo de dos mil diecisiete y con la base de ciento dieciséis mil ciento cincuenta y cinco dólares con treinta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número treinta y siete mil setecientos noventa y siete-F-cero cero cero, la cual es finca filial 4 de una planta, ubicada en el primer nivel destinada a uso habitacional totalmente construida con concreto y techado en zinc. Situada en el distrito 01 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana de la provincia de San José. Colinda: al norte área común de calle de acceso vehicular; al sur, Ligia Jiménez Infante; al este, área común libre de antejardín y al oeste finca filial cinco. Mide: ciento quince metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de marzo de dos mil diecisiete, con la base de ochenta y siete mil ciento dieciséis dólares con cuarenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de abril de dos mil diecisiete con la base de veintinueve mil treinta y ocho dólares con ochenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Lafise S. A. contra Condominio Siete Ocho S. A. Exp. N° 16-009970-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de enero del 2017.—Licda. Carmen Laura Valverde Phillips, Jueza.—( IN2017103468 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las once horas del tres de abril del año dos mil diecisiete, y con la base de diecisiete millones setenta y tres mil ciento treinta y seis colones con noventa y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número la cual es terreno finca filial cuarenta y siete apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener un altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 7-puente de piedra, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, finca filial cuarenta y ocho; al sur, acceso cuatro; al este, finca filial cuarenta y seis y al oeste, acceso uno. Mide: doscientos noventa y cinco metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las once horas del veinticinco de abril del año dos mil diecisiete, con la base de doce millones ochocientos cuatro mil ochocientos cincuenta y dos colones con sesenta y ocho céntimos y, para la tercera subasta se señalan las once horas del once de mayo del año dos mil diecisiete con la base de cuatro millones doscientos sesenta y ocho mil doscientos ochenta y cuatro colones con veintitrés céntimos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alfredo Vaz Reed. Exp.:13-003031-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, (Materia Cobro), 14 de setiembre del 2016.—Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—( IN2017103469 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, bajo las citas 433-11215-01-0211-001; a las nueve horas del siete de marzo del dos mil diecisiete (primer remate) y con la base de dieciocho millones treinta mil trescientos setenta y seis colones con quince céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos catorce mil setecientos cincuenta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito uno Buena Vista, cantón Guatuso de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte calle pública; al sur parcela sesenta; al este parcela dieciocho y al oeste parcelas once, doce y trece. Mide: setenta y siete mil doscientos cincuenta metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veintitrés de marzo del dos mil diecisiete, con la base de trece millones quinientos veintidós mil setecientos ochenta y dos colones con siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas del siete de abril del dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones quinientos siete mil quinientos noventa y cuatro colones con dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación Proagroin contra Mario Antonio Chaves Arias. Expediente: 16-160029-1143-AG.—Juzgado Agrario de Upala, 12 de enero del 2017.—Lic. Alejandro Li Ruíz, Juez.—Exonerado.—( IN2017103504 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las once horas y treinta minutos del catorce de febrero de dos mil diecisiete, y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00376343-001-002, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 05 Venecia, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Margarita Alvarado Sánchez; al sur, Ernesto Rojas Rojas; al este, Margarita Alvarado Sánchez y al oeste servidumbre de paso con un frente de diez metros lineales. Mide: ciento noventa y nueve metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del dos de marzo de dos mil diecisiete, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del diecisiete de marzo de dos mil diecisiete, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Esmeralda Vanegas López y Rafael Ángel Torres Alvarado. Exp: 16-000151-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 01 de diciembre del 2016.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2017103534 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión bajo sumaria 10-600103-0489-TC del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José; a las nueve horas y cero minutos del trece de febrero de dos mil diecisiete y con la base de tres millones trescientos cincuenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: ochocientos mil novecientos ochenta, marca Hyundai, categoría automóvil, número de vin: KMHDN45DX2U306572, modelo dos mil dos, color negro. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de febrero de dos mil diecisiete, con la base de dos millones quinientos dieciséis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del quince de marzo de dos mil diecisiete con la base de ochocientos treinta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit Sociedad Anónima contra Nayifh Marín Solano. Expediente 10-002321-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 2 de noviembre del 2016.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—( IN2017103547 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del trece de febrero de dos mil diecisiete y con la base de un millón ciento cuarenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número MOT-406585, marca Yamaha, estilo YBR125E, categoría motocicleta, capacidad 2 personas, año 2014, color azul, Vin LBPKE1298E0138313, cilindrada 125 cc, combustible gasolina, motor Nº JYM154FMI13007587. Para el Segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del dos de marzo de dos mil diecisiete, con la base de ochocientos cincuenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veinte de marzo de dos mil diecisiete con la base de doscientos ochenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Marvin Uriel Barrantes Alvarado. Exp.: 16-004536-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 29 de agosto del 2016.—Licda. Jéssica Vargas Barboza, Jueza.—( IN2017103548 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando plazo de convalidación citas 2014-00299237-01-0003-001, reserva de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, citas: 2014-00299237-01-00004-001, reservas ley forestal citas: 2014-00299237-01-0005-001; a las catorce horas quince minutos del catorce de marzo de dos mil diecisiete y con la base de seis millones doscientos veintidós mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos cuatro mil doscientos cincuenta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir con dos casa y un taller. Situada en el distrito Golfito, cantón Golfito de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte calle pública con un frente de 20.00 metros; al sur quebrada Purruja; al este Yorleni Vargas Rosales y al oeste Asociación de Piangueros del Golfito. Mide: setecientos veinte metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas quince minutos del veintinueve de marzo de dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones seiscientos sesenta y seis mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas quince minutos del veinte de abril de dos mil diecisiete, con la base de un millón quinientos cincuenta y cinco mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instacredit S. A. contra Ceyli Prendas Arias. Expediente: 16-010250-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de setiembre del 2016.—Licda. Jessica Vargas Barboza, Jueza.—( IN2017103549 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del quince de febrero de dos mil diecisiete, y con la base de ochocientos treinta y tres mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas Mot-369988, marca: Keeway, estilo: RKS150, categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas, año: 2013, color: azul, cilindrada: 150 C.C, combustible: gasolina, número de motor: KW157FMJB25043711 Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del seis de marzo de dos mil diecisiete, con la base de seiscientos veinticuatro mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de marzo de dos mil diecisiete con la base de doscientos ocho mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Stephannie Dayana Loaiza Barrantes. Exp: 16-010150-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 02 de setiembre del 2016.—Licda. María del Carmen Vargas González, Juez.—( IN2017103550 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de marzo de dos mil diecisiete, y con la base de un millón ochocientos ocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número MOT-431334, marca Keeway, estilo Vblade doscientos cincuenta, categoría motocicleta, capacidad dos personas, año dos mil catorce, color negro, Vin LBBPFNOK cinco EB cuatro seis cuatro dos cuatro dos, cilindrada doscientos cincuenta cc, combustible gasolina, motor Nº QJ dos V cuatro nueve FMM tres cinco cero cinco siete seis dos cero. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de abril de dos mil diecisiete, con la base de un millón trescientos cincuenta y seis mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de mayo de dos mil diecisiete con la base de cuatrocientos cincuenta y dos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Sergio Alberto González Madriz. Exp.: 16-004480-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 28 de setiembre del 2016.—Licda. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—( IN2017103551 ).

Primer remate: a las ocho horas del veintiuno de febrero del dos mil diecisiete, en la puerta exterior del Juzgado Agrario del I Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón), libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre dominante, con la citas 293-10981-01-0007-001, servidumbre trasladada, con la citas 293-10981-01-0901-001 y servidumbre dominante , citas 366-15259-01-0006-001 y con la base de diez millones quinientos treinta y nueve mil novecientos sesenta y cuatro colones con noventa y cuatro céntimos (¢10.539.964,94), en el mejor postor se rematará la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad Inmueble, Partido de San José, número quinientos seis mil quinientos quince derecho cero cero cero, es terreno de banano y platano, situado en el distrito diez Río Nuevo, cantón diecinueve Pérez Zeledón de la provincia de San José, sus linderos son: norte Humberto Gamboa sin quebrada y German Gamboa Elizondo con quebrada en medio; sur servidumbre de uso agrícola en medio de Eduardo Picado Fallas, Gerardo Marín Mora y Juan Díaz Cerdas sin servidumbre; este servidumbre de uso agrícola en medio de Eduardo Picado Fallas, Gerardo Marín Mora y Humberto Gamboa Mora; y oeste quebrada en medio de Alexis Castro Mora y German Gamboa Elizondo. Mide: veintidós mil noventa y dos metros con treinta y un decímetros cuadrados. Pertenece a Anavita Rodríguez Gamboa. Segundo remate: de no existir postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas del nueve de marzo del año dos mil diecisiete, con la base de siete millones novecientos cuatro mil novecientos setenta y tres colones con setenta y un céntimos (7.904.973,71) (rebajada en un 25% de la base original). Tercer remate: de no existir postores en el segundo remate, para celebrar el tercero, se señalan las ocho horas del veinticuatro de marzo del dos mil diecisiete, con la base de dos millones seiscientos treinta y cuatro mil novecientos noventa y un colones con veintitrés céntimos (2.634.991,23) (un 25% de la base original). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Anavita Del Socorro Rodríguez Gamboa, Nancy Geovanna Castro Rodríguez. Expediente: 16-000099-1129-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, San Isidro, 19 de enero del 2017.—Lic. Carlos Eduardo Rojas Rojas, Juez.—( IN2017103554 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de marzo de dos mil diecisiete, y con la base de ciento dos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número Mot 314041. Marca: Génesis. Estilo: HJ1257SPORT. Categoría motocicleta. Capacidad: 2 personas. Año: 2011. Color: negro. Vin LC6PCJB82B0807309. Cilindrada 125 c. c. Combustible gasolina. Motor Nº 156FMIB1E06218. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de marzo de dos mil diecisiete, con la base de setenta y seis mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de abril de dos mil diecisiete con la base de veinticinco mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Luis Diego Guevara Gutiérrez. Exp: 16-000603-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 03 de octubre del 2016.—M.Sc. Yesenia Solano Molina, Jueza.—( IN2017103556 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y treinta minutos del nueve de marzo de dos mil diecisiete, y con la base de un millón quinientos catorce mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número Mot 413715. Marca Jinan QINGQI. Estilo QM 200 GY B ASD. Categoría motocicleta. Capacidad 2 personas. Año 2015. Color negro. Vin LV7MN2402FA003152. Cilindrada 200 CC. Combustible gasolina. Motor Nº K166FML30111682. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecisiete, con la base de un millón ciento treinta y cinco mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del dieciocho de abril de dos mil diecisiete con la base de trescientos setenta y ocho mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra José Julián Solano Gómez. Exp: 16-000345-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 04 de octubre del 2016.—M.Sc. Yesenia Solano Molina, Jueza.—( IN2017103557 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las 11:15 horas del 14 de junio del 2017 y con la base de un millón cuatrocientos sesenta y ocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas: MOT-389703, marca: Bajaj, categoría motocicleta, estilo: Pulsar 200NS, capacidad: 2 personas, año: 2014, color: amarillo, carrocería: motocicleta, combustible: gasolina, cilindrada: 200 c. c., cilindros: 01, número de motor JLZCDE08693. Para el segundo remate se señalan las 11:15 horas del 29 de junio del 2017, con la base de un millón ciento un mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las 11:15 horas del 14 de julio del 2017, con la base de trescientos sesenta y siete mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Rafael Antony Fonseca Castro. Expediente: 15-041810-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de diciembre del 2016.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—( IN2017103558 ).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios; a las 09:45 horas del 06/06/17, y con la base de dos millones trescientos noventa y tres mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas BFZ552, marca Hyundai, categoría automóvil, estilo accent, capacidad 5 personas, año 2000, color blanco, carrocería sedán 4 puertas, combustible gasolina, cilindrada 1500 cc, cilindros 04, número de motor G4EAY848576. Para el Segundo remate se señalan las 09:45 horas del 21/06/17, con la base de un millón setecientos noventa y cuatro mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las 09:45 horas del 06/07/17 con la base de quinientos noventa y ocho mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Warner Arce Ruiz. Exp.:15-028957-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 21 de diciembre del 2016.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—( IN2017103559 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de abril de dos mil diecisiete, y con la base de cuatro millones ciento ochenta y cuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número 833462. Marca Hyundai. Estilo Starex. Categoría microbús. Capacidad 12 personas. Año 2003. Color plateado. Vin KMJWWH7HP3U546063. Cilindrada 2476 CC. Combustible diesel. Motor Nº D4BH3773371. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diez de mayo de dos mil diecisiete, con la base de tres millones ciento treinta y ocho mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de mayo de dos mil diecisiete con la base de un millón cuarenta y seis mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Jorge Martin García Sandino Exp: 15-008973-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 01 de noviembre del 2016.—M.Sc. Yesenia Solano Molina, Jueza.—( IN2017103560 ).

Convocatorias

Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de Bella Siriaca del Carmen Cordero Sánchez, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las ocho horas con treinta minutos del veintitrés de febrero del año dos mil diecisiete, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 15-000169-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón (Materia Civil), 20 de diciembre del año 2016.—Licda. Sandra Pérez López, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017100281 ).

Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de Hernán Elizondo Esquivel, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de febrero de dos mil diecisiete, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil, expediente Nº 13-000116-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 14 de diciembre del 2016.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2017101262 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 95-000021-0419-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Edgardo del Corazón López Jiménez quien es mayor, estado civil soltero, mayor, agricultor, portador de la cédula de identidad seis- ciento ochenta y ocho-setecientos sesenta y ocho, vecino de Jalaca, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es agricultura. Situada en el distrito segundo Palmar, cantón quinto Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Cristobalina Segura Piedra, Annia Cubero Mora, calle pública con un frente de ciento sesenta y nueve metros lineales de frente; al sur, Ligia Zamora; al este Municipalidad de Osa y Yamileth Cubero Lobo y al oeste, Agrosur S. A. Mide: siete hectáreas seis mil setenta y cinco metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-216678-94. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de doscientos cincuenta mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de treinta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en construcción de casa de habitación, mantenimiento de cercas, jardines, árboles frutales y de palma aceitera. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Edgardo del Corazón López Jiménez. Exp: 95-000021-0419-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores), 20 de diciembre del 2016.—Lic. Juan Gutiérrez Villalobos, Juez.—1 vez.—( IN2017102895 ).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente N° 11-000554-0164-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de, Hermanos Montero Hermonte S. A., cédula jurídica número 3-101-073607, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de San José, la cual es terreno para construir con cuatro casas. Situada en el distrito Calle Blancos, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Centro de Distribución Compañía Farmacéutica (Grupo Cofasa); al sur, Mayela Jiménez Brisuela y Manuel Mondragón Naranjo; al este, Laboratorios Compañía Farmacéutica L.C.S. A. y al oeste, Leonor Picón Curtis, Mayela Jiménez Brisuela y Guillermo Trejos Guevara. Mide: 327 metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que desde que adquirió dicho inmueble y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cercar el terreno, mantenimiento de construcciones y limpieza de patio. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Hermanos Montero Hermonte S. A. Exp.: 11-000554-0164-CI.—Juzgado Civil del Segungo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 07 de diciembre del 2016.—M.Sc. Ricardo Díaz Anchía, Juez.—1 vez.—( IN2017102914 ).

Citaciones

Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó, Carlos Luis Boza Coronel, mayor, casado una vez, peón agrícola portador de la cédula de identidad 0301960371, y Carmen Cantillo Serrano, mayor, casada una vez, ama de casa, portadora de la cédula de identidad 0301280457 ambos vecinos de Cartago, Paraíso, Cachí, de la Delegación Policial, 600 metros este, casa a mano izquierda, carretera a Peña Blanca. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 15-000252-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 11 de agosto del 2015.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2017102894 ).

Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión de, Brunilda Calderón Fernández, quien en vida fue mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad uno-cero tres seis tres-cero siete dos uno, vecina de San José, Alajuelita, Central, contiguo al Instituto Nacional de Aprendizaje, Urbanización Chorotega, casa once bloque treinta y uno, quien falleció en Centro, Alajuelita, San José, el diecisiete de junio de dos mil quince, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe que los que crean tener capacidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2016 Notaria de la Licenciada Cinthya Hernández Alvarado, cita en San José, Montes de Oca, Sabanilla, 175 metros noreste de la UNED. Teléfono 2524-0490.—San José, 05 de enero del 2017.—Lic. Cinthya Hernández Alvarado, Notaria.—1 vez.—( IN2017102897 ).

Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión de, Julio César Álvarez Castro, mayor, soltero a la hora de su fallecimiento, administrador, vecino al día de su fallecimiento de San José, Montes de Oca, Apartamentos Juan Vázquez de Coronado de la Escuela Roosevelt cien metros este, quien falleció en Carmen, Central, San José el día doce de julio de dos mil dieciséis, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe que los que crean tener capacidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0002-2016 Notaría de la Licenciada Cinthya Hernández Alvarado, cita en San José, Montes de Oca, Sabanilla, 175 metros noreste de la UNED. Teléfono 2524-0490.—San José, 05 de enero del 2017.—Lic. Cinthya Hernández Alvarado, Notaria.—1 vez.—( IN2017102898 ).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ana María Obando Saborío, mayor, casada, técnica en farmacia, costarricense, con cédula de identidad 0105640486 y vecina de Coronado. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000543-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 19 de diciembre del 2016.—M.Sc. Ricardo Díaz Anchía, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102999 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados, acreedores, legatarios en la sucesión de, Fidel Alcides del Carmen Araya Brenes, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, vecino de San Rafael de Platanares de Pérez Zeledón, con cedula uno-doscientos tres-cuatrocientos setenta, para que dentro de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a la oficina del notario, Óscar Fernando Muñoz Linkimer, ubicada en San Isidro de El General, calle del comercio, Bufete Muñoz Linkimer, frente a la Óptica Visión, a reclamar sus derechos, apercibiendo a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—San Isidro de Pérez Zeledón, a las ocho horas del diez de enero del dos mi diecisiete.—Óscar Fernando Muñoz Linkimer, Notario.—1 vez.—( IN2017103067 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Ana Lorena Vega Carvajal, portadora de la cédula de identidad número dos - doscientos noventa y dos - setecientos treinta y ocho y Yordi Yariel Monge Jiménez, portador de la cédula de identidad número uno-mil setecientos quince- seiscientos noventa y seis, a las quince horas del once de enero del año dos mil diecisiete y comprobado el fallecimiento de Ana Yorleny Jiménez Carvajal, quien era mayor, soltera, comerciante, vecina de San José, Desamparados, Gravilias, portadora de la cédula de identidad uno- ochocientos ochenta y nueve cuatrocientos cuarenta y ocho, fallecida el once de noviembre del dos mil diez; esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio abintestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Claudia Minerva Domínguez Rojas, San José, Sabana norte, edificio Ara Law, Teléfono 2291-8844.—Dieciséis de enero del dos mil dieciséis.—Licda. Claudia Minerva Domínguez Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2017103069 ).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de, Adelia Castro Sánchez, quien fuera mayor, viuda de sus únicas nupcias, de oficios del hogar, cédula de identidad número dos-ciento cincuenta y uno-ochocientos ochenta y siete, vecina de Buenos Aires, trescientos metros sur y cien metros al este del Colegio Técnico Profesional, para que dentro de los treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a reclamar sus derechos y se apercibe además a las personas que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan a esta oficina dentro del plazo citado en aras de ejercer sus derechos, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 0001-2017. Notaria: Florita Vásquez Calderón, Colegiada 16629, con oficina abierta en Buenos Aires de Puntarenas, setenta y cinco metros oeste de los Tribunales de Justicia, a las once horas del día dieciocho de enero del dos mil diecisiete.—Licda. Florita Vásquez Calderón, Notaria.—1 vez.—( IN2017103070 ).

Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó, Luis Barrientos Solano, mayor, estado civil, profesión, nacionalidad, con documento de identidad 0103210857 y vecino de no indica. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000026-0197-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Puriscal, (Materia Civil), 03 de enero del 2017.—Lic. Jorge Alberto Pérez Jiménez, Juez.—1 vez.—( IN2017103082 ).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Carlos Artavia Carvajal, quien en vida fue mayor, costarricense, chofer, divorciado una vez, vecino de Quepos, Barrio Bella Vista, Puntarenas, portador de la cédula de identidad número seis-cero ciento noventa y uno-cero doscientos noventa y cuatro, nacido el día veintiuno de noviembre de mil novecientos sesenta y cuatro y falleció el día once de marzo del año dos mil quince, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la primera y única publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de este plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 15-100061-425-CI, Sucesorio de Carlos Artavia Carvajal, albacea provisional: Viria Tapia Gutiérrez.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Quepos y Parrita, 28 de agosto del 2015.—Licenciada María Cristina Cruz Montero, Jueza.—( IN2017103086 ).

Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó, Alexis Méndez Núñez, mayor, estado civil viudo, agricultor, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0201790891 y vecino de Granja de Palmares, Alajuela. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000169-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercero Circuito Judicial de Alajuela San Ramón (Materia Civil), 14 de diciembre del 2016.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2017103093 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue: María Elena Quesada Artavia, mayor, soltera, del hogar, con cédula número: Tres-cero ciento veintiocho-cero ochocientos diez, vecina de San José, Damas de Desamparados, quien falleció el día dos de septiembre del año dos mil once, en San José, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Apercibo a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Apertura solicitada por: Miriam Ruiz Quesada, con cédula número: Cuatro-cero ciento cuarenta y cinco-cero ciento cincuenta. Expediente: 2017-o1-SUC-NOT. Oposiciones al e.mail: misanchez@lex.org.in o al fax: 2224-8957.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2017103132 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Guillermo Cordero Brenes, quien en vida fue mayor, cédula dos- cero doscientos noventa y siete- cero ciento setenta y cinco, casado una vez, cuyo último domicilio fue en urbanización la Trinidad, Alajuela, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación del edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que en calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quién corresponda. Expediente 16-001, notaría del licenciado Javier Turcios, bufete Turcios Turcios, ubicada en Alajuela, ciento veinticinco metros al este de la Pops, en horario de 8:00 horas a las 17:00 horas de lunes a viernes. Teléfono 4081-92-26.—Lic. Javier Turcios Velásquez, Notario.—1 vez.—( IN2017103364 ).

Avisos

Se hace saber que en este despacho se tramitan las diligencias de presunción de muerte de Benedicto Thelmo Zamora Segura, expediente Nº 16-000082-0504-CI, promueve Yanci Rocío Zamora Masís, mayor, casada una vez, cocinera, cédula de identidad Nº 401550765, vecina de Santo Domingo de Heredia, a efecto de que se declare la presunción de muerte de Benedicto Thelmo Zamora Segura, quien fuera mayor, cédula de identidad Nº 401120011. Se emplaza a los interesados que tuvieren noticia sobre su presunta muerte, para que dentro del plazo de tres meses, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a presentar su oposición a estas diligencias, declaración de ausencia, expediente Nº 16-000082-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 19 de abril del 2016.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—( IN2016087826 ).                                                                                                        3 v. 3 Alt.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés ejercer la patria potestad, depósito o tutela de la persona menor Maicol Jafet Espinoza Contreras, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Proceso declaratoria judicial de abandono. Exp. N° 16-000169-0776-FA promovido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Elia Cristina Espinoza Contreras.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Santa Cruz (Materia Familia), Santa Cruz, 13 octubre del 2016.—Licda. Ana Lucrecia Valverde Arguedas, Jueza.—( IN2017102053 ).                 3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito del menor Gustavo Porras Barrantes para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado mediante la resolución de las diez horas y once minutos del treinta de diciembre de dos mil dieciséis del Expediente Nº 16-000524-1304-FA que es un asunto de Depósito Judicial de P.M.E. promovente Patronato Nacional de la Infancia contra Melissa Rebeca Porras Barrantes.—Juzgado de Familia de Corredores, Ciudad Neily, 30 de diciembre del 2016.—Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—( IN2017102056 ).   3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de la persona menor de edad Mery Ellen Sandí Vallejos, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Clase de asunto depósito judicial. Expediente N° 16-001793-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de setiembre del 2016.—Msc. Liana Mata Méndez.—Exonerado.— ( IN2017102065 ).                                                                       3 v. 3.

Se avisa a la señora Kattia Gómez Rodríguez, portadora de la cédula de identidad 1-0980-0289, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este juzgado, se tramita el expediente 16-000425-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Landon Ariel Gómez Rodríguez. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de diciembre del dos mil dieciséis.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102925 ).

Se avisa a la señora Leslie María Hernández Ruiz, mayor, soltera, nicaragüense, ama de casa, portadora del cédula de residencia número 025-RE-003572-00-1999 y de domicilio desconocido, representada por la curadora procesal licenciada Gabriela María Díaz Brenes, se le hace saber que existe proceso N° 16-000458-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad César Andrés Hernández Ruiz establecido por Teodomira Natalia Yesquen Martínez en contra de Leslie María Hernández Ruiz, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José a las quince horas y cuarenta y seis minutos del veintinueve de agosto de dos mil dieciséis, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicha accionada para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de diciembre del 2016.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102926 ).

Se avisa al señor Bryan Hernández Zumbado, portador de la cédula de identidad 1-1319-0149, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este Juzgado, se tramita el expediente 16-000521-0673-NA, correspondiente a Diligencias de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Neithan Antwan Hernández Fallas. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Sharon Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102927 ).

Se avisa al señor Israel David Hernández Azofeifa, portador de la cédula de identidad 1-1322-0492, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este juzgado, se tramita el expediente 16-000528-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Mathías David Hernández Aguilar. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de diciembre del dos mil dieciséis.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102928 ).

Se avisa al señor Nilson Jiménez Montano, mayor, colombiano, con demás calidades y domicilio desconocido, que en este Juzgado se tramita el expediente N° 16-000629-0673-NA, correspondiente al proceso especial de protección, promovido por la licenciada Maritza Matarrita Álvarez en calidad de representante legal del Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se prorrogue la medida de protección dictada en sede administrativa a las ocho horas del seis de mayo del dos mil dieciséis, referente al cuido provisional de las personas menores de edad Ángel Kaleth y Taimak Sebastián ambos Jiménez Elizondo.—Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia, 19 de diciembre del 2016.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102929 ).

Se avisa al señor Marcel Moldeveanu, de calidades y domicilio desconocidos que en este juzgado, se tramita el expediente 16-000634-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Narali Yaritza Moldwveanu Salgado. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de diciembre del dos mil dieciséis.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102930 ).

Se avisa que en este Despacho en el expediente número 16-000644-0673-NA Francisco Javier Reyes Marquez, Manuela Rojas Santiago solicitan se apruebe la adopción Conjunta Internacional de la persona menor Brithany Daniela y Jordanny Daniel ambos de apellidos Fallas Vargas. Se concede a las personas interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, 19 de diciembre del 2016.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102931 ).

Se avisa que en este Despacho Ana Lorena Espinoza Cortez, Deimon Alonso Tencio Rodríguez, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad María Milagro Sandoval Solano. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 16-000665-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 21 de diciembre del 2016.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102932 ).

Se avisa que en este Despacho Karla María Fernández Sibaja y Kenneth Paul Castro Hernández, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Gabriel Segura Fernández. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 16-000668-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 10 de enero del 2017.—Licda. Sharon Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102933 ).

Se avisa al señor Erick David Solano Farista, portador de la cédula de identidad 2-0569-0821, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este Juzgado, se tramita el expediente 16-000675-0673-NA, correspondiente a Diligencias de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Dangelly David Solano Navarro, Naidelyn Daniela Solano Navarro y Natalia Deyanira Solano Navarro. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Sharon Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102934 ).

Se avisa a los señores Alejandro José Vindas Céspedes, portador de la cédula de identidad 1-0963-0762 y de demás calidades y domicilio desconocidos, Mauricio Alexander Pérez Pérez, portador de la cédula de identidad 1-0999-0390 y de demás calidades y domicilio desconocidos y Walter Giovanni Lobo Sánchez, portador de la cédula de identidad 1-0832-0217, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este juzgado, se tramita el expediente 16-000681-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Daniela Paola Lobo Mejía, Gregory Daniel Vindas Mejía y Kolyn Andrea Pérez Mejía. Se les concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se opongan a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de diciembre del dos mil dieciséis.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102935 ).

Se avisa a Víctor Hugo Hernández Granados, mayor, divorciado, portador de la cédula de identidad número 5-0150-0873, de domicilio desconocido, que en este Juzgado, se tramita el expediente 16-000685-0673-NA, correspondiente a Proceso Especial de Protección establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita medidas de protección a favor de la persona menor de edad Isnar Sair Hernández Campos. Se le concede el plazo de tres días hábiles, para que manifieste su conformidad o se oponga a este proceso.—Juzgado de Familia de Niñez y Adolescencia, 16 de enero del 2017.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102936 ).

Se avisa que en este Despacho Cecilia López, solicitan se apruebe la adopción individual de la persona menor de edad Norlan José Pérez Hernández. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.- Expediente 16-000687-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 10 de enero del 2017.—Licda. Sharon Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102937 ).

Se avisa al señor Humberto Morales Lizano, portador de la cédula de identidad 1-642-232, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este Juzgado, se tramita el expediente 16-000688-0673-NA, correspondiente a Diligencias de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Juan José Morales Carvajal. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, veinte de diciembre del dos mil dieciséis.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102938 ).

Se avisa a los señores Heidy Valverde Campos, portadora de la cédula de identidad 1-1347-0533, de demás calidades y domicilio desconocidos y Wilfrido de los Ángeles Cascante Esquivel, portador de la cédula de identidad 1-1249-0723, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este juzgado, se tramita el expediente 16-000702-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Kimberly Yariela Cascante Valverde. Se les concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se opongan a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de diciembre del dos mil dieciséis.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102939 )

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de Carlos Obando Obando conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania promovido por Carlos Eliécer Obando Bejarano a favor de, Carlos Obando Obando. Expediente número 16-002693-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102940 ).

Licenciada Cristina Dittel Masís, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Jorge Antonio Masís Calvo, en su carácter, quien es mayor de edad, cédula de identidad 1-0755-0320, demás calidades desconocidas, se le hace saber que en proceso depósito judicial expediente 16-002977-0338-FA, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las trece horas y cuarenta y uno minutos del diecisiete de enero del año dos mil diecisiete. De las presentes diligencias de depósito de las personas menores Nayib Antonio Masís Rivera, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a, Jorge Antonio Masis Calvo a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Tal y como lo solicita el ente actor se ordena el depósito provisional de la persona menor de edad Nayib Antonio Masís Rivera en el hogar del señor Ronald Arturo Rivera Aguilar. En otro orden de ideas siendo que se desconoce sobre el paradero del señor Jorge Antonio Masís Calvo, se ordena notificar al mismo del presente asunto por medio de edicto. Notifíquese. Expediente 16-002977-0338-FA.—Licda. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102941 ).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil las personas contrayentes Lady Emily Álvarez Sequeira , mayor, soltero, ama de llaves, cédula de identidad número 0503470492, vecina de Santa Cruz, costado norte de la plaza de deportes de Santa Rosa, casa de color verde, casa céntrica, hija de Luz Marina Sequeira Villarreal y Jorge Luis Álvarez Ortiz, nacida en Centro Liberia Guanacaste, el 13/09/1985, con 31 años de edad y Roger Iván Barrantes Vallejo, mayor, Divorciado/a, turismo, cédula de identidad número 0109500265, vecino de Santa Cruz, de la plaza de deportes nueva en Santa Rosa 75 metros oeste, casa de color terracota, casa a mano izquierda, hijo de Marlene Barrantes Vallejo, nacido en Carmen Central San José, el 27/09/1976, actualmente con 40 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. 17-000002-0776-FA.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Santa Cruz (Materia Familia), 09 de enero del 2017.—Licda. Gely Marcela Espinoza Gómez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102943 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Alexander Andiel Corella Atencio, mayor, soltero, labora activando líneas telefónicas, cédula de identidad número seis-cuatrocientos dos-doscientos noventa y tres, vecino de Barrio Sinaí, cien metros norte de Abastecedor Xiomara, hijo de Abdiel Corella Bristan y Natividad Atencio Baules, nacido en Corredores de Puntarenas, el veintiuno de mayo del año mil novecientos noventa y dos, con veinticuatro años de edad, y Esterlin Patricia Nájera Cabalceta, mayor, soltera, niñera, cédula de identidad número seis-trescientos noventa y cuatro-seiscientos sesenta y cinco, vecina de Barrio Sinaí, cien metros norte de Abastecedor Xiomara, hija de Elmer Nájera Arauz y Ana Victoria Cabalceta Gutiérrez, nacida en San Vito de Coto Brus, el veintisiete de junio del año mil novecientos noventa y uno, actualmente con veinticinco años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp.: Nº 17-000002-1303-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 16 de enero del 2017.—Licda. María del Rocío Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102944 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Florindo Jesús Méndez Pérez, mayor, Soltero, constructor, cédula de identidad número 0115730980, vecino de Pérez Zeledón, Dora Obando, 800 metros al sur de las Bodegas de El Consejo Nacional de Producción, casa color papaya a mano derecha, hijo de Luis Méndez Pérez y Yorleny Pérez Pérez, nacido en Pérez Zeledón, el 02/06/1994, con 22 años de edad, y María Ivania Méndez Pérez, mayor, Soltera, Oficios domésticos, cédula de identidad número 0115870281, vecina del mismo domicilio señalado por el señor Méndez Pérez, hija de Zulay Pérez Pérez y Wilberth Méndez Pérez, nacida en Pérez Zeledón, el 15/10/1994, actualmente con 22 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº17-000029-1303-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 16 de enero del 2017.—Licda. María del Rocío Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102947 ).

Juan Damián Brilla Ramírez, Juez del Juzgado de Familia del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil el señor Rodrigo Alberto Ortega Álvarez, mayor, divorciado, comerciante, portador de la cédula de identidad número dos - trescientos cuarenta y seis - doscientos diez, vecino de Cariari, La Esperanza de Cuatro Esquinas de Cariari, al costado sur de la plaza de deportes, casa de cemento, color verde, hijo de Rodrigo Ortega Chaves y Aida Álvarez Alfaro , nacido en Centro Central Alajuela, el día diecisiete de diciembre de mil novecientos cincuenta y nueve, con cincuenta y siete años de edad y Ana Rosa Acuña Zamora, mayor, soltera, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número siete - cero ochenta y dos - trescientos sesenta y uno, vecina de Cariari, La Esperanza de Cuatro Esquinas de Cariari, al costado sur de la plaza de deportes, casa de cemento, color verde, hija de Jenaro Acuña Campos y María Eugenia Zamora Mena, nacida en Guápiles, Pococí, Limón, el día veinte de junio de mil novecientos sesenta y cinco, actualmente con cincuenta y un años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 17-000029-1307-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 13 de enero del 2017.—Lic. Juan Damián Brilla Ramírez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102948 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer Matrimonio Civil Angie Raquel Uba Ulloa, mayor, Soltera, estudiante, cédula de identidad número 0304970417, vecina de Cocorí de Cartago 75 m oeste de la Plaza de Deportes del Lugar, hija de Marta Milena Ulloa Quesada y Randall Hernando Uba Quesada, nacida en Oriental Central Cartago, el 11/09/1996, con 20 años de edad, y Juan Gabriel Brenes Coto, mayor, soltero, técnico electricista , cédula de identidad número 0304200864, vecino de Tejar Los Sauces del parque 200 m sur Condominio Villas Arfán, hijo de Isabel Coto Salas y Saul Brenes Brenes, nacido en Oriental Central Cartago, el 06/06/1987, actualmente con 29 años de edad. Las personas comparecientes manifiestan: Venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio civil dado que no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Cheryl Katherine Araya Guzmán y Greivin Andrés Ulloa Quesada. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 17-000096-0338-FA.—Juzgado De Familia De Cartago, 18 de enero del 2017.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102949 ).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio Civil los señores Max William González Alfaro, quien es mayor, soltero, de 26 años de edad, oficio recepcionista en un hotel, portador de la cédula 02-0676- 0151, hijo de Jaime González Loría y Xinia Marlene Alfaro Mejías, vecino de Barrio Lourdes, frente al Cencinai y Stephanie Rebeca Rodríguez Corrales, quien es mayor de 23 años de edad, soltera, de oficio del hogar, portadora de la cédula de identidad número 02-0718-0684, hija de Carlos Rodríguez Barahona y Cinthya Corrales Quesada, vecina de la misma dirección del anterior. De acuerdo con lo establecido en el artículo 25 del Código de Familia, publíquese un edicto. Solicitud para contraer matrimonio. Si alguna persona tuviera conocimiento de la existencia de impedimento legal alguno para la realización de dicho matrimonio deberá comunicarlo a este Juzgado dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Exp.: 17-000001-1302 FA.—Juzgado de Familia de San Carlos, 09 de enero del 2017.—Licda. Sandra Saborío Artavia.—1 vez.—( IN2017103072 ).

Edictos en lo Penal

Fiscalía de Siquirres – Zona Atlántica, al ser las once horas con diez minutos del once de enero del año dos mil diecisiete. Mediante auto de las once horas con cuatro minutos del once de enero del año dos mil diecisiete de la Fiscalía de Siquirres ha ordenado resolver en cuanto a la evidencia, por lo que este órgano ha ordenado la devolución a los señores Miguel Ángel Oliver de León, cédula de identidad Nº 8-0083-0829, Miriam Duran Peters, cédula de eesidencia Nº 135RE050785001999, propietarios del siguiente bien: I) Un arma de fuego, tipo revólver, marca Ranger, calibre 38, modelo 102, serie 05674F, al no ser de interés para la continuación y/o resolución de la presente causa; quien a la fecha no comparecen; por lo anterior, es que esta cámara ordena publicar por dos veces consecutivas en el Boletín Judicial un edicto, para efectos de que los poseedores y/o dueños registral puedan realizar los reclamos pertinentes en lo que concierne a la devolución del bien supra detallado. Expediente Nº 15-200912-486-PE (2511-3-15), contra: José Antonio Ramírez González, ofendido: la seguridad común, por el delito: portación ilegal de arma. Notifíquese.—Fiscalía de Siquirres, 11 de enero del 2017.—Lic. Leonel Cisneros Córdoba, Fiscal de Siquirres.—Exonerado.—( IN2017102576 ).                                  2 v. 2.

Se hace saber: que dentro de la causa penal 11-000567-0612-PE, contra Carlos Manuel Rivera Vargas y otro, por el delito de Falsedad Ideológica, en perjuicio de Frank José Ortiz Cordero y Otros,” Se ordena publicación de edicto: Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José, al ser las quince horas y trece minutos del veinte de enero del año dos mil diecisiete. Que habiéndose dispuesto la celebración de debate oral y público, por el Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José, en la causa penal número 11-000567-0612-pe, para los días veintitrés al treinta de enero de 2017 (ambas audiencias), donde figuran como propiedades comprometidas las de la provincia de Cartago, matrículas de folio real, 232163-000, 65094-000 y 193695-000, se comunica a sus propietarios registrales actuales (Corporación Papakika Sociedad Anónima, Corporación Salvatierra uno inc Sociedad Anónima y Administradora Fiduciaria zmk Sociedad Anónima-respectivamente-) que pueden participar en la celebración del contradictorio, a través de la debida representación judicial legal, para la defensa de sus intereses. Dicha comunicación, no suspenderá el trámite respectivo en este proceso penal. Notifíquese. (sic)”.—Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José, al ser las 16:04 horas del 20 de enero de 2017.—Lic. Juan Carlos Pérez Murillo, Juez Coordinador.—1 vez.—( IN2017103703 ).