BOLETÍN JUDICIAL N° 17 DEL 24 DE
ENERO DEL 2017
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
SALA
CONSTITUCIONAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Convocatorias
Títulos
Supletorios
Citaciones
Edictos
Matrimoniales
Edictos
en lo Penal
TERCERA
PUBLICACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico
los siguientes acuerdos: De la Comisión Institucional de Selección y
Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo
del 2016, artículo III y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 51-16
celebrada el 24 de mayo del 2016, artículo CI. De la Comisión Institucional de
Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 01-2016 de fecha
04 de mayo del 2016, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº
51-16 celebrada el 24 de mayo del 2016, artículo XCV. De la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº
01-2014 de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IX y el acuerdo del Consejo
Superior en sesión Nº 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo L.; se
hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en
general, que procederá a la destrucción de expedientes civiles de los despachos
que a continuación se detallan. Los expedientes se encuentran remesados en el
Archivo Judicial.
Para ver imágenes solo en Boleín Judicial
con formato PDF
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso.
San José, 11 de enero del 2017.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta
Subdirectora
Ejecutiva
Exonerado.—(
IN2017101741 )
ASUNTO: Asueto concedido a los servidores que
laboran en las oficinas judiciales del cantón de Paraíso, provincia de Cartago
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales del
cantón Paraíso, provincia de Cartago, permanecerán cerradas durante el día dos
de febrero del dos mil diecisiete, con las salvedades de costumbre, por motivo
de la celebración de los festejos cívico patronales de dicho cantón.
San José, trece de enero del dos
mil diecisiete.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta,
Exonerado.—( IN2017102506 ). Subdirectora
Ejecutiva
ASUNTO: Asueto concedido a los servidores que
laboran en las oficinas judiciales del cantón de Esparza, provincia de
Puntarenas
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales del
cantón de Esparza, provincia de Puntarenas, permanecerán cerradas durante el
día dos de febrero del dos mil diecisiete, con las salvedades de costumbre, por
motivo de la celebración de los festejos cívicos patronales de dicho cantón.
San José, dieciséis de enero del
dos mil diecisiete.
MBA
Dinorah Álvarez Acosta,
Exonerado.—( IN2017102507 ) Subdirectora
Ejecutiva
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en
Acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo
del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015,
artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas
y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación
Administrativa del año 2012 al 2014 del Departamento de Servicios Generales,
Unidad de Correo Interno, San José. La documentación, se encuentra remesada y
custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 6 S 12
Ampos: 437
Año: 2012-2014
Asunto: Documentación Administrativa: Listados de correspondencia
certificada recibo de entrega y recibido de los despachos de todo el país así
como los de Correos de Costa Rica.
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso.
San José, 10 de enero de 2017.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta
Subdirectora
Ejecutiva
Exonerado.—(
IN2017101973 ).
ASUNTO: Acción de
Inconstitucionalidad.
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES
DE LA
REPÚBLICA
HACE SABER:
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción
de inconstitucionalidad número 16-017778- 0007-CO que promueve Otto Claudio
Guevara Guth, se ha dictado la resolución que literalmente dice: «Sala
Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las once horas y
siete minutos de diecisiete de enero de dos mil diecisiete. Se da curso a la
acción de inconstitucionalidad interpuesta por, José Alberto Alfaro Jiménez,
mayor, casado una vez, abogado y diputado de la Asamblea Legislativa, vecino de
San Rafael de Escazú, con cédula de identidad número 1-673-801, Natalia Díaz
Quintana, mayor, soltera, diputada de la Asamblea Legislativa, vecina de Mora,
portadora de la cédula de identidad número1-1226-0846, Otto Guevara Guth,
mayor, divorciado, abogado y diputado de la Asamblea Legislativa, vecino de
Escazú, portador de la cédula de identidad número 1-544- 893, para que se
declaren inconstitucionales los artículos 16, incisos b) y c), 26, incisos a),
b), c), g) e i), 30, 49, Transitorio I, inciso c), 175, 213, 214, 215 y 219 de
la Convención Colectiva de Trabajo del Instituto Nacional de Seguros. Se
confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República,
al Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Seguros y al Secretario
General del Sindicato Unión de Personal del Instituto Nacional de Seguros
(UPINS). Las normas impugnadas de la Convención Colectiva del INS, disponen:
“Artículo 16. Los trabajadores amparados por la presente Convención disfrutarán
anualmente, después de 50 semanas de trabajo, de un período de vacaciones
pagado, conforme lo dispone el ordenamiento laboral, y el que se determinará
conforme a la siguiente escala: a. (…); b. Del sexto al décimo período anual 20
(veinte) días hábiles de vacaciones inclusive c. A partir del undécimo período
anual 30 (treinta) días hábiles de vacaciones (…)”. “Artículo 26. La licencia
con goce de sueldo se otorga en los siguientes casos: a. En caso de matrimonio
del trabajador, se concederá licencia por 8 (ocho) días hábiles. En este caso,
el trabajador deberá avisar a su Jefatura con 15 (quince) días naturales de
anticipación a la fecha del matrimonio. b. Por fallecimiento del cónyuge,
compañero o compañera aunque no exista vínculo matrimonial, padre y madre
(biológicos, adoptivos o de crianza), hijo o hermano del trabajador 5 (cinco)
días hábiles si el deceso ocurriere dentro del país y 10 (diez) días hábiles si
acaeciere fuera de éste y el trabajador tuviera que salir del país. c. En caso
de enfermedad grave del cónyuge, compañero, compañera, padres biológicos o
adoptivos e hijos del trabajador, podrá concederse licencia hasta por 30
(treinta) días naturales. En tales circunstancias, presentará certificados
médicos, los cuales estarán sujetos al criterio del médico asignado para tal
efecto por la Dirección de Recursos Humanos. La licencia se otorgará cuando la
asistencia del trabajador al familiar enfermo sea necesaria para el tratamiento
y se hayan agotado otros recursos para suplirla. g. El Instituto otorgará a
cada madre trabajadora a partir de la finalización del período indicado en el
inciso d), hasta un día adicional por mes para que lleve a su hijo a consulta
médica, durante el primer año de vida, debiendo notificar, al menos con 5
(cinco) días de anticipación a la Jefatura respectiva. Lo anterior sujeto a la
comprobación correspondiente y su incumplimiento podrá ser objeto de la
suspensión de este beneficio. i.- Por el nacimiento de un hijo, se concederá al
trabajador padre dos días hábiles de licencia. Estos días deberán estar
comprendidos entre el internamiento y la salida de la cónyuge o la compañera
(…)”. “Artículo 30. Se concederá licencia por un período mayor de 60 (sesenta)
días, cuando: a. Exista enfermedad del trabajador. b. Con base en las razones
especiales brindadas por el trabajador, la Junta Directiva del Instituto
consienta en otorgarla. La licencia por causa de enfermedad del trabajador, se
concederá de acuerdo con los certificados médicos del caso.” “Artículo 49.
Todos los aspectos relativos a selección e ingreso de trabajadores,
clasificación y reasignación de puestos, promociones, remociones y retribución
de servicios, se regirán por las disposiciones que siguen: corresponde a la Dirección
de Recursos Humanos del Instituto asesorar a la Gerencia en su aplicación.
Dentro de la información general que el Instituto suministrará a todo nuevo
trabajador, se otorgará al menos 1(una) hora a la UPINS, a través de los cursos
de inducción, a efecto de que ésta da conocer los objetivos de la organización
sindical. Asimismo, comunicará mensualmente a las diferentes organizaciones
sobre el ingreso de nuevos trabajadores, informando al personal sobre la
existencia y calidades de las mismas”. “Transitorio I. A los trabajadores que
cumplen su aniversario en el segundo semestre del 2007 el aumento por
antigüedad se aplicará en cuanto se homologue esta convención y
retroactivamente desde la fecha de cumplimiento del aniversario. (…) c. Después
del primer quinquenio, y hasta los 10 (diez) años de servicio, el trabajador
recibirá un aumento de salario, por cada año de servicio eficiente, de un 7%
(siete por ciento) de su salario base y a partir del año 11 (once) y hasta el
25 (veinticinco) un 4% (cuatro por ciento) y a partir del año 26 (veintiséis) y
hasta su retiro del Instituto, de un 3% (tres por ciento) de su salario base
(…)”. “Artículo 175. El Instituto otorgará dos días hábiles de permiso a
aquellos funcionarios que resulten escogidos para asistir a los Congresos que
la UPINS celebre cada dos años. Para efectos de permiso, el número de
representantes por dependencia no excederá de dos, en todo caso el Instituto
concederá al menos los permisos para un 3% (tres por ciento) del total de
trabajadores activos de la Institución. Referente a los delegados del Cuerpo de
Bomberos, éstos no excederán de 7 (siete) a nivel nacional. Para el
otorgamiento de estos permisos, se comunicará por escrito a la Jefatura
respectiva, al menos con una semana de anticipación a la fecha de iniciación
del evento, quienes concederán los permisos haciendo uso de la facultad que le
confiere el inciso a del artículo 26 de la presente Convención. La UPINS se
compromete a levantar acta de asistencia para verificar y comprobar la plena participación
de los trabajadores en el Congreso. La no asistencia al mismo será sancionada,
según las disposiciones contenidas en el artículo 96 de este texto
convencional”. “Artículo 213. Se establece el Jardín Infantil para los hijos de
trabajadores del Instituto Nacional de Seguros, el cual será para la atención
de menores cuya madre es trabajadora del Instituto, o cuyo padre también lo sea
y la madre no disponga del tiempo necesario para la atención de su hijo,
durante su jornada laboral”. “Artículo 214. Los niños que podrán ingresar a
dicho Hogar deberán cumplir los siguientes requisitos: a. Ser hijo de un
trabajador del Instituto. b. Ser sano conforme a certificado extendido por un
médico del Instituto. c. Los demás que señale el reglamento”. “Artículo 215. El
financiamiento del Jardín será cubierto de modo bipartito entre el Instituto y
los padres de familia que tengan niños en el mismo. Para efectos de fijar
cupos, cuotas mensuales, etc. se nombrará una Comisión Bipartita y Paritaria
con tres representantes de la Administración del Instituto nombrados por la
Gerencia, tres representantes de los Padres de Familia nombrados por la
Asamblea de Padres y un representante de la UPINS con carácter fiscalizador y
la Directora del Jardín, con derecho a voz”. “Artículo 219. El Instituto
contribuirá al financiamiento de las actividades sociales, educativas,
culturales y deportivas en beneficio de todo el personal. Para cumplir con lo
anterior, anualmente asignará una partida dentro de su presupuesto, acorde con
sus posibilidades financieras, la que será administrada por Comunicación
Institucional. Para la distribución de este presupuesto y la programación de
las actividades, se integra una Comisión Bipartita y Paritaria. Esta Comisión
estará compuesta por 3 (tres) miembros representantes de los trabajadores
nombrados por la UPINS y 3 (tres) representantes de la Institución, nombrados
por la Gerencia. Dichos representantes durarán en sus cargos un año y podrán
ser reelectos. No obstante, podrán ser removidos en cualquier momento a
solicitud de sus representados. Su período de gestión se iniciará a partir del
primero de enero de cada año”. Manifiestan los accionantes que las normas
impugnadas son contrarias a los principios de igualdad y no discriminación,
razonabilidad y proporcionalidad y equilibrio presupuestario derivados de los
artículos 11, 33, 46, 57, 59, 63, 68, 121 inciso 13) y 184 de la Constitución
Política. En relación con el artículo 16, incisos b) y c), de la Convención
cuestionada, manifiestan que se impugnan en tanto otorgan una cantidad de días
por concepto de vacaciones, superior a las que disfrutan el resto de
trabajadores del sector privado del país. El supuesto del inciso c), es más
grave pues dispone un reconocimiento de casi el 100%. La mayor cantidad de días
que gozan algunos trabajadores por concepto de vacaciones, se otorga sin una
justificación razonable, carece de fundamento moral y jurídico y resulta
contraria a los principios referidos. Como regla de principio, toda erogación a
cargo del INS debe ser legítima, idónea, proporcional y necesaria para mejorar
el servicio y procurar un beneficio para los trabajadores. Reclaman también la
inconstitucionalidad del Transitorio I, inciso c), de la Convención referida,
que establece la figura de la anualidad. La norma contempla distintos
porcentajes de reconocimientos (7%, 4% y 3%) del salario a los trabajadores,
según el tiempo que tengan de laborar en el instituto (hasta 10 años, de 11 a
25 años, de 26 años hasta el retiro). Las sumas adicionales pagadas por ese
concepto resultan irrazonables y desproporcionadas. El monto establecido desde
el 2007 carece de sustento técnico o jurídico y es ajeno a toda valoración
legal, convencional y financiera. En relación con el artículo 26 de la
Convención, los accionantes estiman que los incisos a), b), c), g) e i) violan
los principios de igualdad, legalidad y no discriminación. Estas disposiciones
otorgan beneficios y privilegios que no son extensivos a otros trabajadores del
sector público o privado y resultan desproporcionados. El inciso a), otorga
permiso con goce de salario por ocho días hábiles. El inciso b), concede
permisos con goce de salario en caso de fallecimiento de familiares cercanos al
trabajador. El inciso c), presenta una redacción imprecisa: no define
“gravedad”, tampoco delimita las condiciones que debe tener el hijo (menor o
mayor de edad, casado o soltero, dependiente o no, etc.) para que el trabajador
pueda optar por el beneficio. Estos elementos son fundamentales para justificar
o no esta disposición, que contempla situaciones que todos los trabajadores del
país pueden experimentar. Cargarle a los
costarricenses el costo de esta gracia, roza los principios de igualdad,
legalidad y no discriminación. El contenido del inc. g), obedece a razones personales,
ajenas a las necesidades del instituto, lo que la convierte en una liberalidad
que lesiona los principios referidos. Se trata de un beneficio del que carecen
las funcionarias, madres, de otras instituciones descentralizadas o del Poder
Ejecutivo. Los mismos argumentos sustentan el reclamo de inconstitucionalidad
del inciso i), del artículo 26, en relación con el beneficio otorgado a los
funcionarios que son padres. En cuanto al artículo 49, de la Convención
Colectiva, estiman que lesiona el artículo 33 constitucional y los principios
de razonabilidad, proporcionalidad y legalidad, así como el de equilibrio
presupuestario. La norma refleja la tendencia de disponer de los recursos del
presupuesto del Instituto, para fines ajenos al desenvolvimiento del quehacer
laboral del trabajador. También reclaman lo dispuesto en el artículo 175 de la
Convención Colectiva, en cuanto otorga días hábiles con permiso a los
funcionarios que resulten escogidos para asistir a los congresos de la Unión de
Personal de INS (UPINS). La norma contiene una contradicción pues, si bien
indica que se concederá permiso a un máximo de dos trabajadores por
dependencia, inmediatamente señala que se concederá permiso, al menos, para el
3% de los trabajadores activos de la institución. Tomando en consideración el
número de empleados que tiene a la fecha, 3% supone un total de 156
trabajadores con permiso de dos días, lo cual representa 312 días de permiso al
año. Este número supone un alto costo para el Estado y la ciudadanía. Los artículos
213, 214 y 215 de la Convención Colectiva lesionan los principios
constitucionales referidos. Los accionantes estiman que se trata de privilegios
irrazonables que se otorgan con fondos públicos para beneficiar un grupo
reducido de trabajadores, sin relación alguna con los fines de la institución.
Finalmente, en cuanto al artículo 219 de la Convención impugnada, aducen que
destinar fondos públicos para financiar actividades privadas de los empleados
de una institución, trasciende el sentido lógico de una norma de esta
naturaleza y resulta irrazonable y desproporcionado. No existe una razón
objetiva que justifique la erogación. Tal criterio fue sostenido por la Sala
Constitucional en el voto N° 2016-0156931. Esta acción se admite por reunir los
requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus
artículos 73 a 79. La legitimación de los accionantes para interponer la acción
proviene del párrafo segundo del artículo 75 de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional en tanto se trata de la defensa de intereses difusos como lo es
el adecuado manejo de los fondos públicos. Publíquese por tres veces un aviso
en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para que en
los procesos o procedimientos en que se discuta la omisión impugnada, no se
dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del
caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales
se discuta la omisión impugnada y se advierte que lo único que no puede hacerse
en dichos procesos, es dictar sentencia o bien el acto en que haya de
resolverse sobre lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente,
lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la
resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los
que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición
interpuestos contra el acto final. Dentro de los quince días posteriores a la
primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como
partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los
que se discuta sobre lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de
coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su
caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les
interese. Notifíquese./Ernesto Jinesta
Lobo, Presidente.
San José, 17 de enero del 2017.
Gerardo
Madriz Piedra
Secretario
Exonerado.—(
IN2017102878 ).
Se tienen por establecidas las presentes
diligencias de devolución de cuotas de trabajador fallecido de quien en vida
fue Gerardo Gatgens Jiménez, de 76 años de edad,
soltero, vecino de San José, Turrubares, el Llano,
con cédula número 0600920566. Se cita y emplaza a sus causahabientes por medio
de edicto que se publicará por única vez en el Boletín Judicial a efecto
de que quienes se consideren con derecho a este asunto, se apersonen en el
expediente número 16-300009-0248-LA, para hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado
Contravencional y Menor Cuantía de Turrubares.—Lic.
Jorge Chacón Corea, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2017102942 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María
Florita Matilde Carrillo Villarreal, mayor, soltera, de oficio Auxiliar en Cen-Cinai, laboró para el Ministerio de Salud, nacida en
Corralillo de Nicoya el día 14-03-1963, vecina de Barra Honda de Nicoya, con
cédula de identidad 5-206-833, fallecida el 26 de diciembre del año 2016, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número
17-000005-0874-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 17-000005-0874-LA. Promovido por Jean Carlos
Carrillo Villarreal.—Juzgado de Menor Cuantía y
Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Laboral),
12 de enero del 2017.—Lic. José Tomás Jiménez Baltodano, Juez.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017102945 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de, José
Abel Sánchez Núñez, quien fue mayor, soltero, se desempeñaba como operario en
el Área de Mantenimiento de la Universidad de Costa Rica, nacido en Cartago, el
22 de enero del año 1958, cédula de identidad número 3-0266-0390, con último
domicilio en Cartago, Ochomogo, el Fierro,
Urbanización Entebbe, casa número 132, y falleció el
21 de diciembre del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias del proceso de
Consignación de Prestaciones, que se tramita bajo el expediente número
17-000018-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín
Judicial. Promovido por Joselyn Teresa Sánchez Vega, cédula de identidad
número 3-0471-0197. Expediente N° 17-000018-1023-LA.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 12 de enero del 2017.—Licda. Pilar
Gómez Marín, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102946
).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes prendarios, a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del seis
de junio del dos mil diecisiete, y con la base de catorce mil noventa y cinco
dólares con veinticinco centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente:
Vehículo: placas Nº: BDY915, marca: Suzuki, estilo: Grand Vitara, categoría:
automóvil, capacidad: 4 personas, carrocería: todo terreno 2 puertas, tracción:
4x4, número chasis: JS3TA74V3E4101480, año fabricación: 2014, color: gris, vin: JS3TA74V3E4101480, Nº motor: M16A1767777, Nº serie: no
indicado, cilindrada: 1586 C.C, cilindros: 4. Para el segundo remate, se
señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de junio del
dos mil diecisiete, con la base de diez mil quinientos setenta y un dólares con
cuarenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la
tercera subasta, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del seis
de julio del dos mil diecisiete, con la base de tres mil quinientos veintitrés
dólares con ochenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Cathay
de Costa Rica S. A. contra Pedro Miguel Sequeira Monge. Expediente Nº
16-011623-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 19 de diciembre del 2016.—M.Sc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—( IN2017102893 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las diez horas y treinta minutos del nueve de marzo del año dos
mil diecisiete, y con la base de un millón doscientos veinticinco mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa: Mot 516290; marca: Euromot;
estilo: XT200E; Categoría: motocicleta; capacidad: 2 personas; serie:
LB420YC50HC000204; carrocería: motocicleta; tracción: 2X2; año fabricación:
2017; color: rojo; N. Motor: 165FML2G000204; Cilindrada: 200 C.C.; Combustible:
gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos
del veinticuatro de marzo del año dos mil diecisiete, con la base de novecientos
dieciocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta
minutos del diecisiete de abril del año dos mil diecisiete con la base de
trescientos seis mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Coocique R.L. contra Cristhian
Rodolfo Hernández Molina. Exp: 16- 001854-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 16 de diciembre del 2016.—Licda.
Brígida Quirós Alpízar, Jueza.—(
IN2017102976 ).
En la puerta exterior de este Despacho; a las ocho horas y treinta
minutos del catorce de febrero de dos mil diecisiete, y con la base de ciento
dos mil dólares exactos, 1) Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando; serv. y condic.
Ref.: 3069-063-001, citas: 0329-00000928-01-0901-001, citas:
0329-00000928-01-0904-001, servidumbre sirviente citas: 0338-00013993-01-0002-001,
citas: 0338-00013993-01-0006-001, servidumbre dominante citas:
0339-00000515-01-0019-001, citas: 0339-00000515-01-0020-001, citas:
0339-00000515-01-0021-001, citas: 0339-00000515-01-0022-001, citas:
0339-00000515-01-0023-001, citas: 0339- 00000515-01-0024-001,
0339-00000515-01-0025-001, citas: 0339-00000515-01-0026-001, citas:
0339-00000515-01-0027-001, servidumbre sirviente citas:
0339-00000515-01-0028-001, citas: 0339-00000515-01-0029-001, citas:
0339-000005-01-0030-001, citas: 0339-00000515-01-0031-001, citas:
0339-00000515-01-0032-001, citas: 0339-00000515-01-0033-001, citas:
0339-00000515-01-0034-001, citas: 0339-00000515-01-0035-001, citas:
0339-00000515-01-0036-001, servidumbre dominante citas:
0339-00000515-01-0091-001, citas: 0339- 00000515-01-0092-001, citas:
0339-00000515-01-0093-001, citas: 0339-00000515-01-0094-001, citas:
0339-00000515-01-0095-001, citas: 0339-00000515-01-0096-001, citas:
0339-00000515-01-0097-001, 0339-00000515- 01-0098-001,
0339-00000515-01-0099-001, servidumbre sirviente citas:
0339-00000515-01-0100-001, citas: 0339-00000515-01-0101-001, citas:
0339-00000515-01-0102-001, 0339-00000515-01-0103-001, citas:
0339-00000515-01-0104-001, citas: 0339-00000515-01-0105-001, citas:
0339-00000515-01-0106-001, citas: 0339- 00000515-01-0107-001, citas:
0339-00000515-01-0108-001, servid. y condic. ref: 00201524 000, citas:
0347-00019046-01-0900-001, servidumbre trasladada citas:
0353-00014628-01-0900-001, citas: 0403-00015261-01-0920-001, condiciones ref.:
243424-000, servidumbre trasladada citas: 0403-00015261-01-0922-001, citas:
0403-00015261-01-0923-001, citas: 0403-00015261-01-0924-001, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
00058955-F-000 la cual es naturaleza: finca filial número diez-dieciséis en
proceso de construcción destinada a uso habitacional de una planta ubicada en
el nivel cuatro del edificio diez. Situada en el distrito 08 San Rafael, cantón
01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, finca filial
diez-quince; al sur área común libre patio; al este acceso área común
construida y al oeste área común libre (área verde). Mide: ochenta y cuatro
metros con cero decímetro cuadrados. 2) libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando; serv. y condic. ref:3069-063-001, citas: 0329-00000928-01-0901-001,
citas: 0329-00000928-01-0904-001, servidumbre sirviente citas:
0338-00013993-01-0002-001, citas: 0338-00013993-01-0006-001, servidumbre
dominante citas: 0339-00000515-01-0019-001, citas: 0339-00000515-01-0020-001,
citas: 0339-00000515-01-0021-001, citas: 0339-00000515-01-0022-001, citas:
0339-00000515-01-0023-001, citas: 0339-00000515-01-0024-001,
0339-00000515-01-0025-001, citas: 0339-00000515-01-0026-001, citas:
0339-00000515-01-0027-001, servidumbre sirviente citas:
0339-00000515-01-0028-001, citas: 0339-00000515-01-0029-001, citas:
0339-000005-01-0030-001, citas: 0339-00000515-01-0031-001, citas:
0339-00000515-01-0032-001, citas: 0339-00000515-01-0033-001, citas:
0339-00000515-01-0034-001, citas: 0339-00000515-01-0035-001, citas:
0339-00000515-01-0036-001, servidumbre dominante citas:
0339-00000515-01-0091-001, citas: 0339- 00000515-01-0092-001, citas:
0339-00000515-01-0093-001, citas: 0339-00000515-01-0094-001, citas:
0339-00000515-01-0095-001, citas: 0339-00000515-01-0096-001, citas:
0339-00000515-01-0097-001, 0339-00000515- 01-0098-001,
0339-00000515-01-0099-001, servidumbre sirviente citas:
0339-00000515-01-0100-001, citas: 0339-00000515-01-0101-001, citas:
0339-00000515-01-0102-001, 0339-00000515-01-0103-001, citas: 0339-
00000515-01-0104-001, citas: 0339-00000515-01-0105-001, citas:
0339-00000515-01-0106-001, citas: 0339- 00000515-01-0107-001, citas:
0339-00000515-01-0108-001, servid. y condic. ref: 00201524 000, citas:
0347-00019046-01-0900-001, servidumbre trasladada citas:
0353-00014628-01-0900-001, citas: 0403- 00015261-01-0920-001, condiciones Ref.:
243424-000, servidumbre trasladada citas: 0403-00015261-01-0922-001, citas:
0403-00015261-01-0923-001, citas: 0403-00015261-01-0924-001 en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
00059291-F-000 la cual es terreno naturaleza: finca filial estacionamiento diez
dieciséis en proceso de construcción destinada a parqueo de vehículos. Situada
en el distrito 08 San Rafael, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, área común libre calle de acceso; al sur, común libre acera;
al este finca filial estacionamiento diez-quince y al oeste, finca filial
estacionamiento diez-diecisiete. Mide: catorce metros con cero decímetros
cuadrados. 3) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando; serv. y condic.
Ref.: 3069-063-001, citas: 0329-00000928-01-0901-001, citas:
0329-00000928-01-0904-001, servidumbre sirviente citas:
0338-00013993-01-0002-001, citas: 0338-00013993-01-0006-001, servidumbre
dominante citas: 0339-00000515-01-0019-001, citas: 0339-00000515-01-0020-001,
citas: 0339-00000515-01-0021-001, citas: 0339-00000515-01-0022-001, citas:
0339-00000515-01-0023-001, citas: 0339-00000515-01-0024- 001,
0339-00000515-01-0025-001, citas: 0339-00000515-01-0026-001, citas:
0339-00000515-01-0027-001, servidumbre sirviente citas:
0339-00000515-01-0028-001, citas: 0339-00000515-01-0029-001, citas: 0339-
000005-01-0030-001, citas: 0339-00000515-01-0031-001, citas:
0339-00000515-01-0032-001, citas: 0339-00000515-01-0033-001, citas:
0339-00000515-01-0034-001, citas: 0339-00000515-01-0035-001, citas: 0339-
00000515-01-0036-001, servidumbre dominante citas: 0339-00000515-01-0091-001,
citas: 0339-00000515-01-0092-001, citas: 0339-00000515-01-0093-001, citas:
0339-00000515-01-0094-001, citas: 0339-00000515-01-0095-001, citas:
0339-00000515-01-0096-001, citas: 0339-00000515-01-0097-001,
0339-00000515-01-0098-001, 0339-00000515-01-0099-001, servidumbre sirviente
citas: 0339-00000515-01-0100-001, citas: 0339-00000515-01-0101-001, citas:
0339-00000515-01-0102-001, 0339-00000515-01-0103-001, citas:
0339-00000515-01-0104-001, citas: 0339-00000515-01-0105-001, citas:
0339-00000515-01-0106-001, citas: 0339-00000515-01-0107-001, citas:
0339-00000515-01-0108-001, servid. y condic. Ref.: 00201524 000, citas: 0347-00019046-01-
0900-001, servidumbre trasladada citas: 0353-00014628-01-0900-001, citas:
0403-00015261-01-0920-001, condiciones ref.: 243424-000, servidumbre trasladada
citas: 0403-00015261-01-0922-001, citas: 0403-00015261-01-0923-001, citas:
0403-00015261-01-0924-001 en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00059480-F-000 la cual es
naturaleza: naturaleza: finca filial estacionamiento ciento veintiuno en
proceso de construcción destinada a parqueo de vehículos. Situada en el
distrito 08 San Rafael, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, área común libre acera; al sur, área común libre acceso; al
este, finca filial Estacionamiento ciento veintidós y al oeste, finca filial
estacionamiento ciento veinte. Mide: catorce metros con cero decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos
del dos de marzo de dos mil diecisiete, con la base de setenta y seis mil
quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de
marzo de dos mil diecisiete con la base de doscientos veinticinco mil dólares
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Blanca Nieves Sánchez
Escobar, Blanposa Sociedad Anónima. Exp: 16-002471-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 01 de diciembre del año
2016.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—(
IN2017103079 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las diez horas y cero minutos del veintisiete de marzo del año
dos mil diecisiete, y con la base de tres millones veinte mil colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa CL174758. marca: Kia, categoría: carga
liviana, serie: KNCTB2412Y6338080, carrocería: rural, tracción: 4X2, chasís:
KNCTB2412Y6338080, vin: KNCTB2412Y6338080, estilo: pregio RS 3van, capacidad: tres personas, año: 2000, color:
blanco. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del
dieciocho de abril del año dos mil diecisiete, con la base de dos millones
doscientos sesenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del
cuatro de mayo del año dos mil diecisiete con la base de setecientos cincuenta
y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Eduardo
Enrique Olsen Mora. Exp:
11-018598-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de diciembre del 2016.—Licda. Mayela Gómez Pacheco, Jueza.—(
IN2017103088 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando 2 servidumbre sirvientes citas
0353-00009265-01-0003-001, 0373-00007775-01-0003- 001 y 1 servidumbre de paso
citas 0355-00004171-01 0900-001; a las catorce horas y cero minutos del uno de
marzo de dos mil diecisiete -2:00 p.m. 01/03/2017-, y con la base de ciento
sesenta y cuatro mil seiscientos dólares exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
F-59.669-000 la cual es terreno finca filial siete bloque B terreno apto para
construir que se destinara a uso habitacional el cual podrá tener una altura
máxima de dos pisos. Situada en el distrito 11 quebradilla, cantón 01 Cartago,
de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, finca filial once del bloque B;
al sur, acceso vehicular con doce metros cuarenta y cinco centímetros de
frente; al este finca filial seis del bloque B y al oeste fincas filiales ocho
y nueve del bloque B. Mide: doscientos cuarenta y nueve metros con cero
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
cero minutos del dieciséis de marzo de dos mil diecisiete -2:00 p.m.
16/03/2017-, con la base de ciento veintitrés mil cuatrocientos cincuenta
dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta y uno de mazo
de dos mil diecisiete. 2:00 p.m. 31/03/2017- con la base de cuarenta y un mil
ciento cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: en caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos
aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el
presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el
correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el
Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ronald Da Silva Medina. Exp: 16-003122-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 16 de diciembre del 2016.—Licda. Yanin Torrentes Avila, Jueza.—( IN2017103127 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones (Citas:
329-14013-01-0979-001); a las diez horas y cuarenta y cinco minutos (antes
meridiano) del trece de febrero de dos mil diecisiete, y con la base de cuatro
millones seiscientos sesenta y dos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
cincuenta y cuatro mil setecientos sesenta y siete cero cero
cero, la cual es de naturaleza: Terreno para la
agricultura. Situada en el distrito 01-Limón, cantón 01-Limón, de la provincia
de Limón. Colinda: al norte, José Julián Chacón Peralta; al sur, José Julián
Chacón Peralta; al este, calle pública y al oeste, José Julián Chacón Peralta.
Mide: Ciento ochenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
diez horas y cuarenta y cinco minutos (antes meridiano) del veintiocho de
febrero de dos mil diecisiete, con la base de tres millones cuatrocientos
noventa y seis mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco
minutos (antes meridiano) del quince de marzo de dos mil diecisiete con la base
de un millón ciento sesenta y cinco mil quinientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Luis Gerardo Williams
Moreira Exp: 16-014956-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 13 de enero del año 2017.—Msc.
Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2017103152 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servid y reserv ref: 00007768-00000017208-000 citas: 325-07748-01-0901-001,
servidumbre de paso citas: 2014-304437-01-0001-001; a las diez horas y cero
minutos del trece de febrero de dos mil diecisiete, y con la base de seis
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y seis mil
cuatrocientos sesenta y tres cero cero cero la cual es terreno naturaleza: terreno para construir.
Situada en el distrito 2-Mansion, cantón 2-Nicoya, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte Jorge Arturo Arias Campos; al sur Jorge Arturo
Arias Campos; al este Jorge Arturo Arias Campos y al oeste servidumbre de paso.
Mide: doscientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y cero minutos del veintiocho de febrero de dos mil diecisiete, con la
base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del quince de marzo de dos mil diecisiete con la base de un millón
quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de
Ahorro y Préstamo contra Roy Albis Quirós Perera. Exp:
16-014868-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 08
de diciembre del año 2016.—Msc. Cinthia Pérez
Moncada, Jueza.—( IN2017103153 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos (antes meridiano) del trece de
febrero de dos mil diecisiete, y con la base de cincuenta y cinco millones
novecientos treinta y nueve mil quinientos diez colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
ciento cuarenta mil cuatrocientos cuarenta y uno cero cero
cero la cual es de naturaleza: Finca filial número 1
de dos niveles destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada
en el distrito 2-Granadilla, cantón 18-Curridabat, de la provincia de San
José.- Colinda: al norte, lote 6 Bloque B; al sur, finca filial número 2; al
este, lote 18 Bloque B y al oeste calle pública. Mide: ciento cuarenta y nueve
metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero
minutos (antes meridiano) del veintiocho de febrero de dos mil diecisiete, con
la base de cuarenta y un millones novecientos cincuenta y cuatro mil
seiscientos treinta y dos colones con cincuenta céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cero minutos (antes meridiano) del quince de marzo de dos mil diecisiete con la
base de trece millones novecientos ochenta y cuatro mil ochocientos setenta y
siete colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela -
La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra María Patricia Echeverri Márquez. Exp: 16-014862-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 09 de enero del 2017.—Msc.
Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2017103154 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del quince de febrero del año
dos mil diecisiete, y con la base de tres millones setecientos ochenta mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 502.107-000, la cual es terreno para construir
lote ocho. Situada en el distrito 6, Río cuarto cantón 3, Grecia, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Alcides Sibaja Solórzano; sur, calle
pública con un frente a ella de ocho Metros lineales; este, lote siete; oeste,
lote nueve. Mide: ciento sesenta y tres metros cuadrados. Plano: A-
1627390-2012. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero
minutos del dos de marzo del año dos mil diecisiete, con la base de dos
millones ochocientos treinta y cinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del diecisiete de marzo del año dos mil diecisiete con la base
de novecientos cuarenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra
Lourdes María Alemán Valencia. Exp:
16-001674-1202-CJ. Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 06 de diciembre del año 2016.—Licda. Lilliam Ruth
Álvarez Villegas, Juez.—( IN2017103169 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas:
0285-00006195-01-0902-001, a las diez horas y cero minutos del veintiuno de
marzo del dos mil diecisiete, y con la base de treinta y cuatro millones de
colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número cuatrocientos treinta y seis mil ochocientos
cuarenta y siete cero cero cero,
la cual es terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito 03 San
Juan de Dios, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, calle pública con 7.99 metros; al sur, casa 18 B; al este, casa 16 B, y
al oeste, casa 8 B. Mide: ciento setenta y ocho metros con diecinueve decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del
cinco de abril del dos mil diecisiete, con la base de veinticinco millones
quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para
la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del veintisiete de
abril del dos mil diecisiete, con la base de ocho millones quinientos mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra José Joaquín Saborío Jiménez, María Cecilia Jiménez Arias, María Elena
Quesada Córdoba. Expediente Nº 16-035950-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 11 de
enero del 2017.—Licda. Gabriela Campos Ruiz, Jueza.—(
IN2017103172 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando condiciones ref: 2857
101 001, citas: 0325-00001250-01-0901-012;; a las diez horas y treinta minutos
del dos de marzo del año dos mil diecisiete, y con la base de tres millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número ciento noventa y cinco mil novecientos cuarenta y
cinco cero cero cero la
cual es terreno de potrero. Situada en el distrito cero cinco, Santa Teresita,
cantón cero cinco, Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte,
rio Colima; al sur, calle pública con 187 metros 63 centímetros de frente y
Jorge Serrano Álvarez; al este, Marcos Araya Martínez y Jorge Serrano Álvarez y
al oeste, Edgar Álvarez Serrano y Jorge Serrano Álvarez. Mide: treinta y cinco
mil ciento treinta metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del diecisiete de
marzo del año dos mil diecisiete, con la base de dos millones doscientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del tres de
abril del año dos mil diecisiete con la base de setecientos cincuenta mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Jorge Serrano Álvarez Exp: 16-034752-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de enero
del 2017.—Lic. Gustavo Irias Obando, Juez.—( IN2017103173 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las quince horas del dieciséis de junio del año dos mil
diecisiete, y con la base de veintidós mil doce dólares con cuarenta y dos
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número CL
351725. Marca FIAT. Estilo Strada Adventure
Locker. Categoría carga liviana. Capacidad 4
personas. Año 2016. Vin 9BD578975GB022722. Para el
segundo remate se señalan las quince horas del cuatro de julio del año dos mil
diecisiete, con la base de dieciséis mil quinientos nueve dólares con treinta y
dos centavos y para la tercera subasta se señalan las quince horas del
diecinueve de julio del año dos mil diecisiete con la base de cinco mil
quinientos tres dólares con once centavos. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa
Rica S. A. contra Raquel Mercedes Pérez Agüero. Exp:
16-003849-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía
y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 08 de diciembre del
2016.—Lic. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—( IN2017103176 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas:
373-06224-01-0802-001, a las once horas y quince minutos (antes meridiano) del
veinte de marzo del dos mil diecisiete, y con la base de ciento setenta y ocho
millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: 1)
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta mil
doscientos ochenta y ocho cero cero cero, la cual es naturaleza: terreno para construir.
Situada: en el distrito 3-Veintisiete Abril, cantón 3-Santa Cruz, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 40.93 metros; al
sur, Luz Pizarro Valladares; al este, La Vuelta del Tamarindo S. A., y al
oeste, Enriqueta López Valerín. Mide: cinco mil
metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se
señalan las once horas y quince minutos (antes meridiano) del cuatro de abril
del dos mil diecisiete, con la base de ciento treinta y tres millones
quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para
la tercera subasta, se señalan las once horas y quince minutos (antes
meridiano) del veintisiete de abril del dos mil diecisiete, con la base de
cuarenta y cuatro millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). 2) Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre sirviente citas: 358-19324-01-0804-001; servidumbre sirviente
citas: 358-19324-01-0996-001; servidumbre sirviente citas:
358-19324-01-0997-001; servidumbre de paso citas: 466-10822-01-0002-001, a las
once horas y quince minutos (antes meridiano) del veinte de marzo del dos mil
diecisiete, y con la base de cincuenta y cinco millones de colones exactos, en
el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número ciento sesenta y ocho mil trescientos noventa y seis cero cero cero, la cual es naturaleza:
terreno de repastos. Situada: en el distrito 5-Santo Domingo, cantón 4-Santa
Bárbara, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Cerro Ingles Sociedad
Anónima; al sur, Julio Barrantes Madrigal; al este, Cerro Inglés Sociedad
Anónima, y al oeste, río Guaraní. Mide: siete mil cuatrocientos treinta y cinco
metros con once decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las once
horas y quince minutos (antes meridiano) del cuatro de abril del dos mil
diecisiete, con la base de cuarenta y un millones doscientos cincuenta mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las once horas y quince minutos (antes meridiano) del
veintisiete de abril del dos mil diecisiete, con la base de trece millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). 3) Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
sirviente citas: 358-19324-01-0804-001; servidumbre sirviente citas:
358-19324-01-0996-001; servidumbre sirviente citas: 358-19324-01-0997-001;
servidumbre de paso citas: 466-10822-01-0002-001, a las once horas y quince
minutos (antes meridiano) del veinte de marzo del dos mil diecisiete, y con la
base de setenta y siete millones de colones exactos, en el mejor postor,
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
ciento sesenta y ocho mil trescientos noventa y siete cero cero
cero, la cual es terreno naturaleza: terreno de
repastos. Situada: en el distrito 5-Santo Domingo, cantón 4-Santa Bárbara, de
la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Adrián Guillén Hidalgo; al sur,
Cerro Inglés Sociedad Anónima; al este, servidumbre agrícola en medio de Cerro
Inglés Sociedad Anónima, y al oeste, río Guaraní. Mide: siete mil cuatrocientos
ochenta y cinco metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el
segundo remate, se señalan las once horas y quince minutos (antes meridiano)
del cuatro de abril del dos mil diecisiete, con la base de cincuenta y siete
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y quince
minutos (antes meridiano) del veintisiete de abril del dos mil diecisiete, con
la base de diecinueve millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Arpe Paraíso Limitada. Expediente Nº
16-015658-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 17
de enero del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada,
Jueza.—( IN2017103191 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando uso faja terreno y condiciones; a las catorce
horas y cero minutos del ocho de marzo de dos mil diecisiete, y con la base de
ocho millones setecientos setenta y ocho mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
nueve mil ciento noventa y tres-cero cero cero, la
cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 02 Jiménez, cantón 02
Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Enos
Mc Kintoch Eder; al sur, calle pública; al este, Enos Mc Kintoch Eder y al oeste, Enos Mc Kintoch Eder. Mide:
trescientos siete metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintitrés de marzo de
dos mil diecisiete, con la base de seis millones quinientos ochenta y tres mil
quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de abril
de dos mil diecisiete con la base de dos millones ciento noventa y cuatro mil
quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Ingeniería Aplicada para el Desarrollo Iadsa S. A. contra Ana Isabel Abarca Delgado. Exp: 13- 001503-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro),
20 de octubre del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—(
IN2017103223 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las catorce horas y
cero minutos del tres de marzo de dos mil diecisiete, y con la base de siete
millones ciento cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número treinta y ocho mil
quinientos veintisiete cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno agricultura N° 120. Situada en
el distrito 03 Pocora, cantón 06 Guácimo, de la
provincia de Limón. Colinda: al norte IDA; al sur calle; al este IDA y al oeste
calle. Mide: siete mil trescientos cincuenta y nueve metros con treinta y nueve
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero
minutos del veinte de marzo de dos mil diecisiete, con la base de cinco
millones trescientos veintiocho mil setecientos cincuenta colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y cero minutos del cuatro de abril de dos mil diecisiete con
la base de un millón setecientos setenta y seis mil doscientos cincuenta
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de 03-101-579946 S. A. contra Marvin Antonio Hernández
Rojas. Exp: 16-001616-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 15 de noviembre
del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—(
IN2017103226 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos
Públicos citas: 533-11573-01-0004-001, restricciones reg. Art. 18, Ley 2825
citas: 552-04986-01-0004-001; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del
veinte de febrero de dos mil diecisiete, y con la base de nueve millones
cuatrocientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos
ochenta y ocho mil ciento cincuenta y cuatro cero cero
cero la cual es terreno naturaleza: terreno para
construir lote 11. Situada en el distrito 7-Yolillal, cantón 13-Upala, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Construcciones e Inspecciones Rocadura M E J R S. A; al sur,
Construcciones e Inspecciones Rocadura M E J R S. A.;
al este, calle pública y al oeste, Ángel Romero Ampie.
Mide: ciento cuarenta y seis metros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del siete de marzo de dos
mil diecisiete, con la base de siete millones ochenta y siete mil quinientos
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintidós de
marzo de dos mil diecisiete con la base de dos millones trescientos sesenta y
dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Idalia Esmirna Domínguez Lumbi. Exp: 16-015118-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 15 de diciembre del 2016.—Msc.—Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2017103233 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas:
0311-00005658-01-0284-001, 0311-00005658-01-0285-001,
0311-00005658-01-0447-001, 0311-00005658-01-0448-001; servidumbre de aguas
pluviales bajo las citas: 0562-00011885-01-0016-001, a las nueve horas y
treinta minutos del primero de marzo del dos mil diecisiete, y con la base de
cuarenta y cuatro millones doscientos ochenta y tres mil cuatrocientos ochenta
y tres colones con treinta y tres céntimos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 202140-000, la cual
es terreno para construir con una casa de habitación. Situada: en el distrito
03 San Juan, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al
noreste, lote C-6; al noroeste, lote C-18; al sureste, lote C-16, y al
suroeste, calle pública con frente de 8 metros. Mide: ciento cuarenta y tres
metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se
señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de marzo del dos mil
diecisiete, con la base de treinta y tres millones doscientos doce mil
seiscientos once colones con setenta y cuatro céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas
y treinta minutos del treinta y uno de marzo del dos mil diecisiete, con la
base de once millones setenta mil ochocientos setenta colones con cincuenta y
ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Holbach Cáceres Manzanares. Expediente Nº 13-033140-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, 28 de noviembre del 2016.—Licda. Gabriela Campos
Ruiz, Jueza.—( IN2017103248 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las diez horas y quince minutos del seis de marzo de dos mil
diecisiete, y con la base de cuarenta mil dólares exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos treinta y cinco mil setecientos noventa y tres-cero cero uno,
cero cero dos la cual es terreno para construir con
una casa. Situada en el distrito 10- Damas, cantón 3-Desamparados, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, lote 100; al sur, lote 98; al este,
calle pública y al oeste, lotes 83 y 84. Mide: ciento cincuenta y dos metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos
del veintiuno de marzo de dos mil diecisiete, con la base de treinta mil
dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y quince minutos del cinco de abril de dos mil
diecisiete con la base de diez mil dólares exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Flovarcha
Propiedades S.A contra Grettel Alpízar
Quirós, Hubert Rodolfo Hernández González. Exp: 16-010690-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado De Cobro I Circuito Judicial De San José, 17 de
noviembre del 2016.—Licda. Carmen Laura Valverde Phillips, Jueza.—( IN2017103258 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
prendarios, a las once horas y treinta minutos del catorce de febrero del dos
mil diecisiete, y con la base de tres millones cuatrocientos noventa y siete
mil quinientos treinta y cuatro colones exactos, en el mejor postor, remataré
lo siguiente: Vehículo: 687118, marca: Hyundai, categoría: automóvil, estilo: Accent GLS, capacidad: 5 personas, año: 2007, color:
celeste, tracción: 4x2, cilindrada: 1400 CC, serie: KMHCN41AP7U111336. Para el
segundo remate, se señalan las once horas y treinta minutos del primero de
marzo del dos mil diecisiete, con la base de dos millones seiscientos
veintitrés mil ciento cincuenta colones con cincuenta céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y
treinta minutos del dieciséis de marzo del dos mil diecisiete, con la base de
ochocientos setenta y cuatro mil trescientos ochenta y tres colones con
cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Flor de María de los Ángeles Quesada Romero contra
Andrés Mauricio Vega Zumbado. Expediente Nº 15-021575-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 08
de setiembre del 2016.—Licda. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—( IN2017103259 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
prendarios; a las diez horas y cero minutos del veintiuno de febrero del año
dos mil diecisiete y con la base de ocho millones quinientos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número
C149366, marca Isuzu, estilo FRR, categoría carga pesada, capacidad 3 personas,
carrocería Adrales, año 1996, color blanco. Para el segundo remate se señalan
las diez horas y cero minutos del ocho de marzo del año dos mil diecisiete, con
la base de seis millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las diez horas y cero minutos del veintitrés de marzo del año dos mil
diecisiete con la base de dos millones ciento veinticinco mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de, Carlos Luis Rodríguez Quesada contra Dinia
Ugalde Carranza. Exp.: 15-000752-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela, San Ramón, (Materia Cobro), 17 de noviembre del
2016.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2017103275 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las trece horas y treinta y cinco minutos del quince de febrero
de dos mil diecisiete, y con la base de veintiún millones seiscientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número ciento siete mil seiscientos quince cero cero cero la cual es terreno para
construir con una casa. Situada en el distrito 03 San Isidro, cantón 04 Montes
de Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Francisco Villegas
Sánchez; al sur, calle pública con 18.66 cnts de
frente; al este Francisco Villegas Sánchez y al oeste Francisco Villegas Sánchez.
Mide: doscientos ochenta y siete metros con treinta y cinco decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta y cinco
minutos del dos de marzo de dos mil diecisiete, con la base de dieciséis
millones doscientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta y cinco minutos
del diecisiete de marzo de dos mil diecisiete con la base de cinco millones
cuatrocientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Alina Peña Matarrita. Exp:
16-001148-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Puntarenas, 03 de agosto del 2016.—Msc. Hazel Murillo Parajón, Jueza.—( IN2017103283 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas:
0358-00008508-01-0937-001 y servidumbre trasladada citas: 0395-00003669-01-0020-001,
a las quince horas y treinta y cinco minutos del siete de marzo del dos mil
diecisiete, y con la base de cinco millones cuatro mil ciento setenta y ocho
colones con cincuenta y tres céntimos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento
cuarenta y un mil ochocientos sesenta y tres cero cero
cero, la cual es terreno para construir. Situada: En
el distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, calle pública con 20 m 1 cm; al sur, quebrada Palma; al
este, Grace Barrante Mora y Juan González Chavarría,
y al oeste, Junior Aguilar Gamboa. Mide: Dos mil novecientos sesenta y seis
metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las
quince horas y treinta y cinco minutos del veintidós de marzo del dos mil
diecisiete, con la base de tres millones setecientos cincuenta y tres mil
ciento treinta y tres colones con noventa céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y treinta y
cinco minutos del seis de abril del dos mil diecisiete, con la base de un
millón doscientos cincuenta y un mil cuarenta y cuatro colones con sesenta y
cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Wilber
Gerardo Salazar Marín. Expediente Nº 16-001197-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 09 de agosto del
2016.—Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—(
IN2017103284 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada
citas:0378-00007212-01-0911-001, reservas ley aguas citas:
0411-00015206-01-0040-001 y reservas ley caminos citas:
0411-00015206-01-0040-001; a las nueve horas y quince minutos del veintisiete
de febrero de dos mil diecisiete, y con la base de cien millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número sesenta y siete mil cincuenta y siete cero cero cero la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 04 San Rafael, cantón 02 Esparza, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte río Paires; al sur calle pública con
frente de 14 m de largo, Marlon Rodríguez. Irene Montero, Rolando Vega, Adonay
Méndez, Víctor Castro, Juan Pablo Rojas y Oifro Vega
Montera S. A; al este, Paulino Montero Rodríguez y al oeste, Oifro Vega Montero S. A. Mide: sesenta y cinco mil
trescientos dieciséis metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y quince minutos del catorce de marzo de dos
mil diecisiete, con la base de setenta y cinco millones de colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y quince minutos del veintinueve de marzo de dos mil diecisiete
con la base de veinticinco millones de colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Leslie Carol Loría Jiménez. Exp: 16-001198-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 10 de agosto del
año 2016.—Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—(
IN2017103285 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios;
a las nueve horas y veinte minutos del uno de marzo de dos mil diecisiete, y
con la base de doce millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número noventa y tres mil quinientos noventa y cinco cero cero
uno, cero cero dos la cual es para ambos derechos
terreno para construir con una casa en proceso de construcción número 11-G.
Situada en el distrito 01 Espíritu Santo, cantón 02 Esparza, de la provincia de
Puntarenas.- Colinda: al norte Invu; al sur calle
pública; al este, Invu y al oeste Invu.
Mide: doscientos nueve metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y veinte minutos del dieciséis de
marzo de dos mil diecisiete, con la base de nueve millones trescientos setenta
y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y veinte minutos del treinta y uno
de marzo de dos mil diecisiete con la base de tres millones ciento veinticinco
mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Álvaro Blas García Cambronero. Exp: 16-001228- 1207-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 05 de octubre del
2016.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(
IN2017103286 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando colisiones: 15-007497-0174-TR Juzgado de Tránsito
del Segundo Circuito Judicial de San José; colisiones: 16-002345-0174-TR
Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de San José, a las 15:30
horas del 16 de febrero del 2017, y con la base de diez mil setecientos dólares
exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas número:
BHV 816, marca: JAC, estilo: J3 Turin, categoría:
automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2015, color: gris, vin:
LJ12FKR21F4200177, cilindrada: 1300 cc, combustible: gasolina. Para el segundo
remate, se señalan las 15:30 horas del 03 de marzo del 2017, con la base de
ocho mil veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y
para la tercera subasta, se señalan las 15:30 horas del 20 de marzo del 2017,
con la base de dos mil seiscientos setenta y cinco dólares exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
de Costa Rica contra Patricia Odio Quesada. Expediente Nº 16-018495-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Simón Bogantes
Ledezma, Juez.—( IN2017103287 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este
Despacho; soportando servidumbre trasladada bajo las citas tomo 297 asiento
1652; a las catorce horas y cero minutos del ocho de marzo de dos mil
diecisiete (14:00 pm del 08/03/2017), y con la base de setenta millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número setenta y un mil quinientos quince - cero cero cero la cual es naturaleza:
de potrero con 1 casa y 1 galerón. Situada en el distrito (05) Santa Rosa,
cantón (07) Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, río Birrís; al sur, calle pública y quebrada Ulloa; al este,
río Birrís en medio Carlos Cruz y al oeste, quebrada
Ulloa. Mide: ochenta y un mil setecientos nueve metros con cero decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del veintitrés de marzo de dos mil diecisiete (14:00 pm del 23/03/2017), con la
base de cincuenta y dos millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del siete de abril de dos mil diecisiete (14:00 pm del
07/04/2017) con la base de diecisiete millones quinientos mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Agrícola Birris Sociedad Anónima, Dennis Yamil
Solano Segura, Ignacio Aníbal de los Ángeles Solano Segura. Exp:
16-008054-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 15 de diciembre del 2016.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2017103346 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del ocho de marzo de dos mil
diecisiete y con la base de cincuenta y dos mil setecientos dólares exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número 127844-000, la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito 01 Paraíso, cantón 02 Paraíso de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte calle pública y línea férrea; al sur calle pública;
al este Antonio Calderón y otra y al oeste Amparo Brenes Loaiza. Mide:
doscientos cuarenta y tres metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintitrés de
marzo de dos mil diecisiete, con la base de treinta y nueve mil quinientos
veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del siete de abril
de dos mil diecisiete, con la base de trece mil ciento setenta y cinco dólares
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Jorge Mario Del
Socorro Oses Segura. Exp. N° 16-007065-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 14 de
diciembre del 2016.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—(
IN2017103347 ).
En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca de
primer grado a favor del Banco Nacional de Costa Rica, inscrita bajo las citas
2012-301939-01-0001-001; a las nueve horas y treinta minutos del ocho de marzo
del dos mil diecisiete y con la base de cuarenta millones de colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número 327.610-000, la cual es lote 2 terreno para construir con una
casa de habitación. Situada en el distrito 06 Pital,
cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Bernal
Huertas Araya; sur: Ofelia Huertas Araya; este: calle pública; oeste: Rafael
Ángel Huertas Acuña. Mide: dos mil quinientos veinticuatro metros con once
decímetros cuadrados. Plano: A-0406180-1997. Para el segundo remate se señalan
las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de marzo del año dos mil
diecisiete, con la base de treinta millones de colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
treinta minutos del siete de abril del dos mil dieciséis, con la base de diez
millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Exportaciones
Norteñas S.A. contra Rodolfo Huertas Rojas. Expediente: 16-001726-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 14 de diciembre del 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—(
IN2017103359 ).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando condiciones y reservas citas
385-09485-01-0833-001; a las nueve horas y treinta minutos del veinte de
febrero del dos mil diecisiete y con la base de dos millones seiscientos
setenta y dos mil ochocientos treinta y dos colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
setenta mil quinientos cuarenta y siete cero cero cero, la cual es terreno para agricultura N° 6, sección A.
Situada en el distrito tres Potrero Grande, cantón tres Buenos Aires de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte calle; al sur lote 12; al este lote
12 y al oeste Alfonso Guzmán. Mide: seiscientos quince metros con ochenta y
seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
treinta minutos del siete de marzo del dos mil diecisiete, con la base de dos millones
cuatro mil seiscientos veinticuatro colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta
minutos del veintidós de marzo del dos mil diecisiete, con la base de
seiscientos sesenta y ocho mil doscientos ocho colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Carolina Artavia
Gutiérrez contra Ángela Serracin Loria. Expediente:
13-006288-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro),
13 de diciembre del 2016.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2017103377 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las diez horas y
treinta minutos del trece de febrero de dos mil diecisiete y con la base de
veintiún millones setecientos cincuenta y cinco mil novecientos treinta y tres
colones con veintiséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número ochenta y siete mil trescientos
cincuenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno
con una casa y solar. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí de
la provincia de Limón. Colinda: al norte Agropecuaria los Bobinos;
al sur calle pública con un frente de 8 mts; al este
Agropecuaria los Bobinos y al oeste Agropecuaria los Bobinos. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiocho de
febrero de dos mil diecisiete, con la base de dieciséis millones trescientos
dieciséis mil novecientos cuarenta y nueve colones con noventa y cinco céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas y treinta minutos del quince de marzo de dos mil diecisiete, con
la base de cinco millones cuatrocientos treinta y ocho mil novecientos ochenta
y tres colones con treinta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Maureen Alejandra Jarquín
Solano, Rosibel Solano Rojas. Expediente:
16-001881-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
de Pococí, (Materia Cobro), 5 de octubre del 2016.—Lic. Johnny Esquivel
Vargas, Juez.—( IN2017103445 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando restricciones reg. Art. 18, Ley 2825, bajo las
citas: 554-17549-01-0075-001; a las trece horas y treinta minutos del uno de
marzo del dos mil diecisiete y con la base de veintinueve millones doscientos
treinta mil setecientos seis colones con cincuenta y un céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula N°
410.973-000, la cual es terreno para agricultura parcela 11-E-1502. Situada en
el distrito 01 Upala, cantón 13, Upala
de la provincia de Alajuela y además: situada en el distrito 05 Delicias,
cantón 13 Upala de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte: Mary Jiménez Mejía; sur: Erasmo Bogantes Arguedas; este: Carlos
Fonseca García, Rio Cabeza de León; oeste: calle pública. Mide: sesenta y dos
mil ciento cinco metros con treinta y un decímetros cuadrados. Plano:
A-0881258-2003. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos
del dieciséis de marzo del año dos mil diecisiete, con la base de veintiún
millones novecientos veintitrés mil veintinueve colones con ochenta y ocho
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las trece horas y treinta minutos del treinta y uno de marzo del año
dos mil diecisiete con la base de siete millones trescientos siete mil
seiscientos setenta y seis colones con sesenta y tres céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Coocique R.L. contra Ana
Laura Ruiz Sánchez, Sandra María Del Carmen Morales Zamora. Expediente:
16-001659-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 9 de enero del
2017.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2017103446 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas: 465-10675-01-0008-001;
a las quince horas y cero minutos (tres horas cero minutos pasado meridiano)
del veintisiete de febrero de dos mil diecisiete, y con la base de tres
millones ochocientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
trescientos cincuenta y cinco mil novecientos cuarenta y uno cero cero cero la cual es naturaleza:
terreno para construir. Situada en el distrito 1-Naranjo, cantón 6-Naranjo, de
la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ángel Adrián Villalobos Montero;
al sur, frente a servidumbre de paso en un frente de ocho metros con cincuenta
centímetros lineales; al este, Ángel Adrián Villalobos Montero y al oeste,
Ángel Adrián Villalobos Montero. Mide: ciento cincuenta y dos metros con
ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las
quince horas y cero minutos (tres horas cero minutos pasado meridiano) del
catorce de marzo de dos mil diecisiete, con la base de dos millones ochocientos
ochenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos
(tres horas cero minutos pasado meridiano) del veintinueve de marzo de dos mil
diecisiete con la base de novecientos sesenta y dos mil quinientos colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela contra Allan Gerardo Pereira Leiva.
Exp.:16-014148-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 27
de diciembre del 2016.—Msc. Luis Guillermo Ruiz
Bravo, Jueza.—( IN2017103450 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas:
376-06139-01-0900-001; a las once horas y treinta minutos (antes meridiano) del
veintisiete de marzo de dos mil diecisiete y con la base de dos millones ochocientos
sesenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos cuarenta y dos mil
ciento cinco-cero cero cero, la cual es terreno
naturaleza: Terreno de café. Situada en el distrito 02 San Miguel, cantón 06
Naranjo de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte calle pública con 08 m.
12 cm.; al sur Elizabeth Hidalgo Chacón; al este Elizabeth Hidalgo Chacón y al
oeste Elizabeth Hidalgo Chacón. Mide: ciento treinta y cinco metros con cinco
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y
treinta minutos (antes meridiano) del dieciocho de abril de dos mil diecisiete,
con la base de dos millones ciento cuarenta y cinco mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las once horas y treinta minutos (antes meridiano) del cuatro de mayo de dos
mil diecisiete, con la base de setecientos quince mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela contra María Isabel Miranda Brenes y Walter Enrique de la
Trinidad Ramírez Hidalgo. Expediente: 16-016593-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
(Materia Cobro), 6 de enero del 2017.—Msc. Luis
Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—( IN2017103451 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada (Citas:
308-02506-01-0906-001); a las nueve horas y quince minutos (antes meridiano)
del veintisiete de marzo de dos mil diecisiete, y con la base de cuatro
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos treinta y dos mil
novecientos cincuenta y siete cero cero cero la cual es de naturaleza: lote 13-B terreno para
construir. Situada en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, lote 12 B; al sur, calle pública con un frente a
esta de 5,58 metros; al este calle publica con un frente a esta de 15,56 metros
y al oeste, lote 14 B; al sureste, calle pública con frente a esta de 5,62
metros. Mide: ciento noventa y un metros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y quince minutos (antes meridiano) del dieciocho de
abril de dos mil diecisiete, con la base de tres millones de colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y quince minutos (antes meridiano) del cuatro de mayo de dos
mil diecisiete con la base de un millón de colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Guiselle Maritza Jiménez
Vargas. Exp: 16-018015-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
(Materia Cobro), 05 de enero del 2017.—Msc.
Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—( IN2017103452 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos (antes meridiano) del
veintisiete de marzo de dos mil diecisiete, y con la base de nueve millones
cuatrocientos cincuenta y nueve mil colones exactos , en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos cincuenta y nueve mil setecientos noventa y dos cero cero cero, la cual es de
naturaleza: Terreno para construir. Situada en el distrito 2-San Miguel, cantón
6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Noelia Pérez Ávila;
al sur, calle publica con un frente lineal de 6,59 metros; al este Alicia Rocha
Umaña y al oeste, Cynthia María Pérez Ávila. Mide: ciento ochenta y cuatro
metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta
minutos (antes meridiano) del dieciocho de abril de dos mil diecisiete, con la
base de siete millones noventa y cuatro mil doscientos cincuenta colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y treinta minutos (antes meridiano) del cuatro de mayo
de dos mil diecisiete con la base de dos millones trescientos sesenta y cuatro
mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de, Grupo Mutual Alajuela La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra José Julián Pérez Ávila. Exp.: 16-018102-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
(Materia Cobro), 05 de enero del 2017.—Msc. Luis
Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—( IN2017103453 ).
Licda. Ángela Jiménez Chacón, Jueza del Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, se hace saber que en proceso de
ejecución de sentencia, establecido por Martina Hernández Monge contra Carlos
Manuel Mata Mata, se ordena sacar a remate las
siguientes propiedades, siendo procedente y libre de gravámenes hipotecarios,
las fincas matrículas 00059096-000, 00037058-000; y la finca matrícula
00036914-000, todas de la provincia de Limón, soportando una hipoteca de primer
grado la última, inscrita bajo las citas: 2010003383315-01-0002-001 y por un
monto de cinco millones de colones. Sáquese a primer remate con la base de
trescientos tres millones doscientos treinta y ocho mil cuatrocientos ocho
colones. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del
dieciséis de febrero de dos mil diecisiete. De no haber postores, para llevar a
cabo el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del tres de
marzo de dos mil diecisiete. De no apersonarse rematantes, para el tercer
remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veinte de marzo dos mil
diecisiete. Cabe destacar que con base en el artículo 8 del Código de Familia y
al derivar la obligación patrimonial a favor de la actora de un reconocimiento
de unión de hecho entre las partes involucradas, y por ende de su derecho a la ganancialidad, se ordena sacar a remate con la misma base
del 100%, en todas las eventuales subastas; dado que lo pretendido en esta fase
es concretar el derecho ganancial declarado cuando se reconoció la unión de
hecho entre las partes y se declaró el derecho ganancial a favor de la señora
Hernández Monge, el cual se constituye en una obligación de valor y no en una
deuda mercantil o civil. Expediente N° 09-400007-0464-FA. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la
Zona Atlántica.—Lic. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—(
IN2017103461 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dos de marzo de
dos mil diecisiete y con la base de ciento dieciséis mil ciento cincuenta y
cinco dólares con treinta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número treinta y siete
mil setecientos noventa y siete-F-cero cero cero, la
cual es finca filial 4 de una planta, ubicada en el primer nivel destinada a
uso habitacional totalmente construida con concreto y techado en zinc. Situada
en el distrito 01 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana de la provincia de San José.
Colinda: al norte área común de calle de acceso vehicular; al sur, Ligia
Jiménez Infante; al este, área común libre de antejardín y al oeste finca
filial cinco. Mide: ciento quince metros con cincuenta decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos
del diecisiete de marzo de dos mil diecisiete, con la base de ochenta y siete
mil ciento dieciséis dólares con cuarenta y nueve centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cuarenta y cinco minutos del cuatro de abril de dos mil diecisiete con la base
de veintinueve mil treinta y ocho dólares con ochenta y tres centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Lafise S. A. contra Condominio Siete Ocho S. A. Exp. N° 16-009970-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11
de enero del 2017.—Licda. Carmen Laura Valverde Phillips, Jueza.—( IN2017103468 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, a las once horas del tres de abril del año dos mil diecisiete, y
con la base de diecisiete millones setenta y tres mil ciento treinta y seis
colones con noventa y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número la cual es terreno
finca filial cuarenta y siete apta para construir que se destinara a uso
habitacional la cual podrá tener un altura máxima de dos pisos. Situada en el
distrito 7-puente de piedra, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, finca filial cuarenta y ocho; al sur, acceso cuatro; al
este, finca filial cuarenta y seis y al oeste, acceso uno. Mide: doscientos
noventa y cinco metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el
Segundo remate se señalan las once horas del veinticinco de abril del año dos
mil diecisiete, con la base de doce millones ochocientos cuatro mil ochocientos
cincuenta y dos colones con sesenta y ocho céntimos y, para la tercera subasta
se señalan las once horas del once de mayo del año dos mil diecisiete con la
base de cuatro millones doscientos sesenta y ocho mil doscientos ochenta y
cuatro colones con veintitrés céntimos. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alfredo Vaz Reed. Exp.:13-003031-1204-CJ.—Juzgado de Cobro,
Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, (Materia Cobro), 14 de setiembre
del 2016.—Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—(
IN2017103469 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos
Públicos, bajo las citas 433-11215-01-0211-001; a las nueve horas del siete de
marzo del dos mil diecisiete (primer remate) y con la base de dieciocho
millones treinta mil trescientos setenta y seis colones con quince céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número trescientos catorce mil setecientos cincuenta y cinco-cero
cero cero, la cual es terreno para agricultura.
Situada en el distrito uno Buena Vista, cantón Guatuso de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte calle pública; al sur parcela sesenta; al este
parcela dieciocho y al oeste parcelas once, doce y trece. Mide: setenta y siete
mil doscientos cincuenta metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las nueve horas del veintitrés de marzo del dos
mil diecisiete, con la base de trece millones quinientos veintidós mil
setecientos ochenta y dos colones con siete céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas
del siete de abril del dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones
quinientos siete mil quinientos noventa y cuatro colones con dos céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Fundación Proagroin contra Mario Antonio Chaves
Arias. Expediente: 16-160029-1143-AG.—Juzgado
Agrario de Upala, 12 de enero del 2017.—Lic.
Alejandro Li Ruíz, Juez.—Exonerado.—( IN2017103504 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las once horas y
treinta minutos del catorce de febrero de dos mil diecisiete, y con la base de
cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00376343-001-002, la
cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 05 Venecia,
cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Margarita
Alvarado Sánchez; al sur, Ernesto Rojas Rojas; al
este, Margarita Alvarado Sánchez y al oeste servidumbre de paso con un frente
de diez metros lineales. Mide: ciento noventa y nueve metros con ochenta y
siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y
treinta minutos del dos de marzo de dos mil diecisiete, con la base de tres millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos
del diecisiete de marzo de dos mil diecisiete, con la base de un millón
doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se
consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que
se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro
y Préstamo contra Esmeralda Vanegas López y Rafael Ángel Torres Alvarado. Exp: 16-000151-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 01 de diciembre del 2016.—Licda.
Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2017103534 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios, pero soportando colisión bajo sumaria 10-600103-0489-TC del Juzgado
de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José; a las nueve horas y cero
minutos del trece de febrero de dos mil diecisiete y con la base de tres
millones trescientos cincuenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo: ochocientos mil novecientos ochenta, marca
Hyundai, categoría automóvil, número de vin:
KMHDN45DX2U306572, modelo dos mil dos, color negro. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de febrero de dos mil
diecisiete, con la base de dos millones quinientos dieciséis mil doscientos
cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del quince de marzo
de dos mil diecisiete con la base de ochocientos treinta y ocho mil setecientos
cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit Sociedad Anónima
contra Nayifh Marín Solano. Expediente
10-002321-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 2
de noviembre del 2016.—Msc. Mateo Ivankovich
Fonseca, Juez.—( IN2017103547 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
prendarios; a las once horas y cero minutos del trece de febrero de dos mil
diecisiete y con la base de un millón ciento cuarenta y cinco mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número
MOT-406585, marca Yamaha, estilo YBR125E, categoría motocicleta, capacidad 2
personas, año 2014, color azul, Vin
LBPKE1298E0138313, cilindrada 125 cc, combustible gasolina, motor Nº
JYM154FMI13007587. Para el Segundo remate se señalan las once horas y cero
minutos del dos de marzo de dos mil diecisiete, con la base de ochocientos
cincuenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y
cero minutos del veinte de marzo de dos mil diecisiete con la base de
doscientos ochenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A.
contra Marvin Uriel Barrantes Alvarado. Exp.:
16-004536-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 29 de agosto del 2016.—Licda. Jéssica Vargas Barboza, Jueza.—(
IN2017103548 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando plazo de convalidación citas
2014-00299237-01-0003-001, reserva de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos,
citas: 2014-00299237-01-00004-001, reservas ley forestal citas:
2014-00299237-01-0005-001; a las catorce horas quince minutos del catorce de
marzo de dos mil diecisiete y con la base de seis millones doscientos veintidós
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de folio real, matrícula número doscientos cuatro mil doscientos
cincuenta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno
para construir con dos casa y un taller. Situada en el distrito Golfito, cantón
Golfito de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte calle pública con un
frente de 20.00 metros; al sur quebrada Purruja; al
este Yorleni Vargas Rosales y al oeste Asociación de Piangueros del Golfito. Mide: setecientos veinte metros con
cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas
quince minutos del veintinueve de marzo de dos mil diecisiete, con la base de
cuatro millones seiscientos sesenta y seis mil quinientos colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas quince minutos del veinte de abril de dos mil diecisiete, con
la base de un millón quinientos cincuenta y cinco mil quinientos colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Instacredit S. A.
contra Ceyli Prendas Arias. Expediente:
16-010250-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de setiembre del
2016.—Licda. Jessica Vargas Barboza, Jueza.—(
IN2017103549 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del quince de febrero
de dos mil diecisiete, y con la base de ochocientos treinta y tres mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas Mot-369988,
marca: Keeway, estilo: RKS150, categoría:
motocicleta, capacidad: 2 personas, año: 2013, color: azul, cilindrada: 150
C.C, combustible: gasolina, número de motor: KW157FMJB25043711 Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del seis de marzo
de dos mil diecisiete, con la base de seiscientos veinticuatro mil setecientos
cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del
veintiuno de marzo de dos mil diecisiete con la base de doscientos ocho mil
doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Stephannie
Dayana Loaiza Barrantes. Exp: 16-010150-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 02 de setiembre del 2016.—Licda. María del Carmen
Vargas González, Juez.—( IN2017103550 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
prendarios, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de marzo
de dos mil diecisiete, y con la base de un millón ochocientos ocho mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número
MOT-431334, marca Keeway, estilo Vblade
doscientos cincuenta, categoría motocicleta, capacidad dos personas, año dos
mil catorce, color negro, Vin LBBPFNOK cinco EB
cuatro seis cuatro dos cuatro dos, cilindrada doscientos cincuenta cc,
combustible gasolina, motor Nº QJ dos V cuatro nueve FMM tres cinco cero cinco
siete seis dos cero. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de abril de dos mil diecisiete, con
la base de un millón trescientos cincuenta y seis mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de mayo de dos mil diecisiete con la
base de cuatrocientos cincuenta y dos mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Sergio Alberto González Madriz. Exp.: 16-004480-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 28 de
setiembre del 2016.—Licda. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—(
IN2017103551 ).
Primer remate: a las ocho horas del veintiuno de febrero del dos
mil diecisiete, en la puerta exterior del Juzgado Agrario del I Circuito
Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón), libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre dominante, con la citas 293-10981-01-0007-001,
servidumbre trasladada, con la citas 293-10981-01-0901-001 y servidumbre
dominante , citas 366-15259-01-0006-001 y con la base de diez millones
quinientos treinta y nueve mil novecientos sesenta y cuatro colones con noventa
y cuatro céntimos (¢10.539.964,94), en el mejor postor se rematará la finca
inscrita en el Registro Público de la Propiedad Inmueble, Partido de San José,
número quinientos seis mil quinientos quince derecho cero cero
cero, es terreno de banano y platano,
situado en el distrito diez Río Nuevo, cantón diecinueve Pérez Zeledón de la
provincia de San José, sus linderos son: norte Humberto Gamboa sin quebrada y
German Gamboa Elizondo con quebrada en medio; sur servidumbre de uso agrícola
en medio de Eduardo Picado Fallas, Gerardo Marín Mora y Juan Díaz Cerdas sin
servidumbre; este servidumbre de uso agrícola en medio de Eduardo Picado
Fallas, Gerardo Marín Mora y Humberto Gamboa Mora; y oeste quebrada en medio de
Alexis Castro Mora y German Gamboa Elizondo. Mide: veintidós mil noventa y dos
metros con treinta y un decímetros cuadrados. Pertenece a Anavita
Rodríguez Gamboa. Segundo remate: de no existir postores, para llevar a cabo el
segundo remate, se señalan las ocho horas del nueve de marzo del año dos mil
diecisiete, con la base de siete millones novecientos cuatro mil novecientos
setenta y tres colones con setenta y un céntimos (7.904.973,71) (rebajada en un
25% de la base original). Tercer remate: de no existir postores en el segundo
remate, para celebrar el tercero, se señalan las ocho horas del veinticuatro de
marzo del dos mil diecisiete, con la base de dos millones seiscientos treinta y
cuatro mil novecientos noventa y un colones con veintitrés céntimos
(2.634.991,23) (un 25% de la base original). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Anavita Del
Socorro Rodríguez Gamboa, Nancy Geovanna Castro
Rodríguez. Expediente: 16-000099-1129-AG.—Juzgado
Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, San Isidro,
19 de enero del 2017.—Lic. Carlos Eduardo Rojas Rojas,
Juez.—( IN2017103554 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de marzo de
dos mil diecisiete, y con la base de ciento dos mil colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número Mot
314041. Marca: Génesis. Estilo: HJ1257SPORT. Categoría motocicleta. Capacidad:
2 personas. Año: 2011. Color: negro. Vin
LC6PCJB82B0807309. Cilindrada 125 c. c. Combustible gasolina. Motor Nº
156FMIB1E06218. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y
cinco minutos del veintinueve de marzo de dos mil diecisiete, con la base de
setenta y seis mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco
minutos del veinte de abril de dos mil diecisiete con la base de veinticinco
mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S.
A. contra Luis Diego Guevara Gutiérrez. Exp:
16-000603-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 03 de octubre del 2016.—M.Sc. Yesenia Solano Molina, Jueza.—( IN2017103556 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las once horas y treinta minutos del nueve de marzo de dos mil
diecisiete, y con la base de un millón quinientos catorce mil colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número Mot 413715. Marca Jinan QINGQI. Estilo QM 200 GY B ASD.
Categoría motocicleta. Capacidad 2 personas. Año 2015. Color negro. Vin LV7MN2402FA003152. Cilindrada 200 CC. Combustible
gasolina. Motor Nº K166FML30111682. Para el segundo remate se señalan las once
horas y treinta minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecisiete, con la
base de un millón ciento treinta y cinco mil quinientos colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las once horas y treinta minutos del dieciocho de abril de dos mil diecisiete
con la base de trescientos setenta y ocho mil quinientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra José Julián Solano Gómez. Exp: 16-000345-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 04 de
octubre del 2016.—M.Sc. Yesenia Solano Molina,
Jueza.—( IN2017103557 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las 11:15 horas del 14 de junio del 2017 y con la base de un
millón cuatrocientos sesenta y ocho mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo: placas: MOT-389703, marca: Bajaj,
categoría motocicleta, estilo: Pulsar 200NS, capacidad: 2 personas, año: 2014,
color: amarillo, carrocería: motocicleta, combustible: gasolina, cilindrada:
200 c. c., cilindros: 01, número de motor JLZCDE08693. Para el segundo remate
se señalan las 11:15 horas del 29 de junio del 2017, con la base de un millón
ciento un mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las 11:15 horas del 14 de julio del 2017, con la
base de trescientos sesenta y siete mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Rafael Antony
Fonseca Castro. Expediente: 15-041810-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20
de diciembre del 2016.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—(
IN2017103558 ).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
prendarios; a las 09:45 horas del 06/06/17, y con la base de dos millones
trescientos noventa y tres mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo: placas BFZ552, marca Hyundai, categoría automóvil, estilo accent, capacidad 5 personas, año 2000, color blanco,
carrocería sedán 4 puertas, combustible gasolina, cilindrada 1500 cc, cilindros
04, número de motor G4EAY848576. Para el Segundo remate se señalan las 09:45
horas del 21/06/17, con la base de un millón setecientos noventa y cuatro mil
setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la Tercera subasta se señalan las 09:45 horas del 06/07/17 con la base
de quinientos noventa y ocho mil doscientos cincuenta colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Warner Arce Ruiz.
Exp.:15-028957-1338-CJ.—Juzgado Tercero
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 21 de
diciembre del 2016.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—(
IN2017103559 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de
abril de dos mil diecisiete, y con la base de cuatro millones ciento ochenta y
cuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo:
placas número 833462. Marca Hyundai. Estilo Starex.
Categoría microbús. Capacidad 12 personas. Año 2003. Color plateado. Vin KMJWWH7HP3U546063. Cilindrada 2476 CC. Combustible diesel. Motor Nº D4BH3773371. Para el segundo remate se
señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diez de mayo de dos mil
diecisiete, con la base de tres millones ciento treinta y ocho mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de mayo de
dos mil diecisiete con la base de un millón cuarenta y seis mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Instacredit S. A. contra Jorge Martin
García Sandino Exp: 15-008973-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 01 de noviembre del 2016.—M.Sc.
Yesenia Solano Molina, Jueza.—( IN2017103560 ).
Se convoca a todas las personas interesadas
en la sucesión de Bella Siriaca del Carmen Cordero Sánchez, a una junta que se
verificará en este Juzgado, a las ocho horas con treinta minutos del veintitrés
de febrero del año dos mil diecisiete, para conocer acerca de los extremos que
establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp.
Nº 15-000169-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del
Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón (Materia Civil), 20 de
diciembre del año 2016.—Licda. Sandra Pérez López, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017100281 ).
Se
convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de Hernán Elizondo
Esquivel, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas y
treinta minutos del veintiuno de febrero de dos mil diecisiete, para conocer
acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil,
expediente Nº 13-000116-0930-CI.—Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 14 de diciembre del
2016.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2017101262 ).
Se
hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°
95-000021-0419-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Edgardo del Corazón López Jiménez quien es mayor, estado civil
soltero, mayor, agricultor, portador de la cédula de identidad seis- ciento
ochenta y ocho-setecientos sesenta y ocho, vecino de Jalaca,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el
terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es agricultura. Situada en
el distrito segundo Palmar, cantón quinto Osa, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, Cristobalina Segura Piedra, Annia Cubero Mora, calle pública con un frente de ciento
sesenta y nueve metros lineales de frente; al sur, Ligia Zamora; al este
Municipalidad de Osa y Yamileth Cubero Lobo y al oeste, Agrosur
S. A. Mide: siete hectáreas seis mil setenta y cinco metros con ochenta y nueve
decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número
P-216678-94. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información
no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma
de doscientos cincuenta mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por
compra venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública,
pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de treinta
años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en
construcción de casa de habitación, mantenimiento de cercas, jardines, árboles
frutales y de palma aceitera. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley
de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Edgardo del Corazón López Jiménez. Exp:
95-000021-0419-AG.—Juzgado Agrario del Segundo
Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores), 20 de diciembre del
2016.—Lic. Juan Gutiérrez Villalobos, Juez.—1 vez.—(
IN2017102895 ).
Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente N°
11-000554-0164-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por
parte de, Hermanos Montero Hermonte S. A., cédula
jurídica número 3-101-073607, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la
provincia de San José, la cual es terreno para construir con cuatro casas.
Situada en el distrito Calle Blancos, cantón Goicoechea, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, Centro de Distribución Compañía Farmacéutica (Grupo Cofasa); al sur, Mayela Jiménez Brisuela y Manuel Mondragón Naranjo; al este, Laboratorios
Compañía Farmacéutica L.C.S. A. y al oeste, Leonor Picón Curtis, Mayela Jiménez Brisuela y
Guillermo Trejos Guevara. Mide: 327 metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho
inmueble en la suma de un millón de colones. Que desde que adquirió dicho
inmueble y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta.
Que los actos de posesión han consistido en cercar el terreno, mantenimiento de
construcciones y limpieza de patio. Que no ha inscrito mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida
por Hermanos Montero Hermonte S. A. Exp.: 11-000554-0164-CI.—Juzgado
Civil del Segungo Circuito Judicial de San José, Goicoechea,
07 de diciembre del 2016.—M.Sc. Ricardo Díaz Anchía, Juez.—1 vez.—( IN2017102914 ).
Se
hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó, Carlos Luis Boza Coronel, mayor, casado una vez, peón agrícola
portador de la cédula de identidad 0301960371, y Carmen Cantillo Serrano,
mayor, casada una vez, ama de casa, portadora de la cédula de identidad
0301280457 ambos vecinos de Cartago, Paraíso, Cachí,
de la Delegación Policial, 600 metros este, casa a mano izquierda, carretera a
Peña Blanca. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a
todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 15-000252-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 11 de agosto del 2015.—Msc.
Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2017102894
).
Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión de,
Brunilda Calderón Fernández, quien en vida fue mayor, casada una vez, ama de
casa, cédula de identidad uno-cero tres seis tres-cero siete dos uno, vecina de
San José, Alajuelita, Central, contiguo al Instituto
Nacional de Aprendizaje, Urbanización Chorotega, casa once bloque treinta y
uno, quien falleció en Centro, Alajuelita, San José,
el diecisiete de junio de dos mil quince, para que dentro del plazo de treinta
días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos, y se apercibe que los que crean tener capacidad de
herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a
quien corresponda. Expediente 0001-2016 Notaria de la Licenciada Cinthya
Hernández Alvarado, cita en San José, Montes de Oca, Sabanilla, 175 metros
noreste de la UNED. Teléfono 2524-0490.—San José, 05
de enero del 2017.—Lic. Cinthya Hernández Alvarado, Notaria.—1
vez.—( IN2017102897 ).
Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión de,
Julio César Álvarez Castro, mayor, soltero a la hora de su fallecimiento,
administrador, vecino al día de su fallecimiento de San José, Montes de Oca,
Apartamentos Juan Vázquez de Coronado de la Escuela Roosevelt cien metros este,
quien falleció en Carmen, Central, San José el día doce de julio de dos mil
dieciséis, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe
que los que crean tener capacidad de herederos que si no se presentan dentro de
dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0002-2016
Notaría de la Licenciada Cinthya Hernández Alvarado, cita en San José, Montes
de Oca, Sabanilla, 175 metros noreste de la UNED. Teléfono 2524-0490.—San José, 05 de enero del 2017.—Lic. Cinthya Hernández
Alvarado, Notaria.—1 vez.—( IN2017102898 ).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Ana María Obando Saborío, mayor, casada,
técnica en farmacia, costarricense, con cédula de identidad 0105640486 y vecina
de Coronado. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer
valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a
la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 16-000543-0893-CI.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 19 de diciembre del 2016.—M.Sc. Ricardo Díaz Anchía,
Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102999 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados, acreedores, legatarios
en la sucesión de, Fidel Alcides del Carmen Araya Brenes, quien fue mayor,
casado una vez, agricultor, vecino de San Rafael de Platanares de Pérez
Zeledón, con cedula uno-doscientos tres-cuatrocientos setenta, para que dentro
de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a la oficina del notario, Óscar Fernando Muñoz Linkimer,
ubicada en San Isidro de El General, calle del comercio, Bufete Muñoz Linkimer, frente a la Óptica Visión, a reclamar sus
derechos, apercibiendo a los que crean tener la calidad de herederos que si no
se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—San
Isidro de Pérez Zeledón, a las ocho horas del diez de enero del dos mi
diecisiete.—Óscar Fernando Muñoz Linkimer, Notario.—1
vez.—( IN2017103067 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Ana
Lorena Vega Carvajal, portadora de la cédula de identidad número dos - doscientos
noventa y dos - setecientos treinta y ocho y Yordi Yariel Monge Jiménez, portador de la cédula de identidad
número uno-mil setecientos quince- seiscientos noventa y seis, a las quince
horas del once de enero del año dos mil diecisiete y comprobado el
fallecimiento de Ana Yorleny Jiménez Carvajal, quien era mayor, soltera,
comerciante, vecina de San José, Desamparados, Gravilias,
portadora de la cédula de identidad uno- ochocientos ochenta y nueve
cuatrocientos cuarenta y ocho, fallecida el once de noviembre del dos mil diez;
esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio abintestato. Se cita y
emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados
a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a
hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Claudia Minerva Domínguez Rojas,
San José, Sabana norte, edificio Ara Law, Teléfono
2291-8844.—Dieciséis de enero del dos mil dieciséis.—Licda.
Claudia Minerva Domínguez Rojas, Notaria.—1
vez.—(IN2017103069 ).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de, Adelia Castro Sánchez, quien fuera mayor, viuda de sus
únicas nupcias, de oficios del hogar, cédula de identidad número dos-ciento
cincuenta y uno-ochocientos ochenta y siete, vecina de Buenos Aires,
trescientos metros sur y cien metros al este del Colegio Técnico Profesional,
para que dentro de los treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta notaría a reclamar sus derechos y se apercibe
además a las personas que crean tener la calidad de herederos, que si no se
presentan a esta oficina dentro del plazo citado en aras de ejercer sus
derechos, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 0001-2017.
Notaria: Florita Vásquez Calderón, Colegiada 16629, con oficina abierta en
Buenos Aires de Puntarenas, setenta y cinco metros oeste de los Tribunales de
Justicia, a las once horas del día dieciocho de enero del dos mil diecisiete.—Licda.
Florita Vásquez Calderón, Notaria.—1 vez.—(
IN2017103070 ).
Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó, Luis Barrientos Solano, mayor, estado
civil, profesión, nacionalidad, con documento de identidad 0103210857 y vecino
de no indica. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer
valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a
la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 16-000026-0197-CI.—Juzgado
Civil, Trabajo y Familia de Puriscal, (Materia
Civil), 03 de enero del 2017.—Lic. Jorge Alberto Pérez Jiménez, Juez.—1 vez.—( IN2017103082 ).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Carlos
Artavia Carvajal, quien en vida fue mayor, costarricense, chofer, divorciado
una vez, vecino de Quepos, Barrio Bella Vista,
Puntarenas, portador de la cédula de identidad número seis-cero ciento noventa
y uno-cero doscientos noventa y cuatro, nacido el día veintiuno de noviembre de
mil novecientos sesenta y cuatro y falleció el día once de marzo del año dos
mil quince, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a
partir de la primera y única publicación de este edicto, comparezcan a reclamar
sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no
se presentan dentro de este plazo la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente N° 15-100061-425-CI, Sucesorio de Carlos Artavia Carvajal, albacea
provisional: Viria Tapia Gutiérrez.—Juzgado
Civil de Mayor Cuantía de Quepos y Parrita, 28 de
agosto del 2015.—Licenciada María Cristina Cruz Montero, Jueza.—( IN2017103086
).
Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó, Alexis Méndez Núñez, mayor, estado civil
viudo, agricultor, nacionalidad costarricense, con documento de identidad
0201790891 y vecino de Granja de Palmares, Alajuela. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 16-000169-0296-CI.—Juzgado Civil y
Trabajo del Tercero Circuito Judicial de Alajuela San Ramón (Materia
Civil), 14 de diciembre del 2016.—Lic. Minor
Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2017103093 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien
en vida fue: María Elena Quesada Artavia, mayor, soltera, del hogar, con cédula
número: Tres-cero ciento veintiocho-cero ochocientos diez, vecina de San José,
Damas de Desamparados, quien falleció el día dos de septiembre del año dos mil
once, en San José, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Apercibo a los
que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho
plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Apertura solicitada por: Miriam
Ruiz Quesada, con cédula número: Cuatro-cero ciento cuarenta y cinco-cero
ciento cincuenta. Expediente: 2017-o1-SUC-NOT. Oposiciones al e.mail: misanchez@lex.org.in o al fax: 2224-8957.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez
Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2017103132 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de
Guillermo Cordero Brenes, quien en vida fue mayor, cédula dos- cero doscientos
noventa y siete- cero ciento setenta y cinco, casado una vez, cuyo último
domicilio fue en urbanización la Trinidad, Alajuela, para que dentro del plazo
de treinta días contados a partir de la publicación del edicto comparezcan a
reclamar sus derechos y se apercibe a los que en calidad de herederos que si no
se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quién corresponda.
Expediente 16-001, notaría del licenciado Javier Turcios,
bufete Turcios Turcios,
ubicada en Alajuela, ciento veinticinco metros al este de la Pops, en horario de 8:00 horas a las 17:00 horas de lunes a
viernes. Teléfono 4081-92-26.—Lic. Javier Turcios Velásquez, Notario.—1
vez.—( IN2017103364 ).
Avisos
Se hace saber que en este despacho se tramitan
las diligencias de presunción de muerte de Benedicto Thelmo
Zamora Segura, expediente Nº 16-000082-0504-CI, promueve Yanci
Rocío Zamora Masís, mayor, casada una vez, cocinera, cédula de identidad Nº
401550765, vecina de Santo Domingo de Heredia, a efecto de que se declare la
presunción de muerte de Benedicto Thelmo Zamora
Segura, quien fuera mayor, cédula de identidad Nº 401120011. Se emplaza a los
interesados que tuvieren noticia sobre su presunta muerte, para que dentro del
plazo de tres meses, contados a partir de la publicación de este edicto, se
apersonen a presentar su oposición a estas diligencias, declaración de
ausencia, expediente Nº 16-000082-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 19
de abril del 2016.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—(
IN2016087826 ). 3
v. 3 Alt.
Se cita y emplaza a todas
las personas que tuvieren interés ejercer la patria potestad, depósito o tutela
de la persona menor Maicol Jafet Espinoza Contreras,
para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se
contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Proceso
declaratoria judicial de abandono. Exp. N°
16-000169-0776-FA promovido por el Patronato Nacional de la Infancia contra
Elia Cristina Espinoza Contreras.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y
Violencia Doméstica de Santa Cruz (Materia Familia), Santa Cruz, 13
octubre del 2016.—Licda. Ana Lucrecia Valverde Arguedas, Jueza.—( IN2017102053 ). 3
v. 3.
Se cita y emplaza a todas
las personas que tuvieren interés en el depósito del menor Gustavo Porras
Barrantes para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días
que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado mediante
la resolución de las diez horas y once minutos del treinta de diciembre de dos
mil dieciséis del Expediente Nº 16-000524-1304-FA que es un asunto de Depósito
Judicial de P.M.E. promovente Patronato Nacional de
la Infancia contra Melissa Rebeca Porras Barrantes.—Juzgado de Familia de
Corredores, Ciudad Neily, 30 de diciembre del
2016.—Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—(
IN2017102056 ). 3 v. 3.
Se cita y emplaza a todas
las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de la persona menor
de edad Mery Ellen Sandí Vallejos, para que se apersonen a este juzgado dentro
del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del
edicto ordenado. Clase de asunto depósito judicial. Expediente N°
16-001793-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 23 de setiembre del 2016.—Msc. Liana Mata Méndez.—Exonerado.— ( IN2017102065 ). 3
v. 3.
Se avisa a la señora Kattia Gómez
Rodríguez, portadora de la cédula de identidad 1-0980-0289, de demás calidades
y domicilio desconocidos que en este juzgado, se tramita el expediente
16-000425-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial,
promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se
apruebe el depósito de la persona menor de edad Landon
Ariel Gómez Rodríguez. Se le concede el plazo de tres días naturales para que
manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de
diciembre del dos mil dieciséis.—MSc. Milagro Rojas
Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102925 ).
Se avisa a la señora Leslie María Hernández Ruiz, mayor, soltera,
nicaragüense, ama de casa, portadora del cédula de residencia número 025-RE-003572-00-1999
y de domicilio desconocido, representada por la curadora procesal licenciada
Gabriela María Díaz Brenes, se le hace saber que existe proceso N°
16-000458-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de
edad César Andrés Hernández Ruiz establecido por Teodomira
Natalia Yesquen Martínez en contra de Leslie María
Hernández Ruiz, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y
Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José a las quince horas y
cuarenta y seis minutos del veintinueve de agosto de dos mil dieciséis, que en
lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicha accionada para
que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de
conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a
la accionada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso
con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de
Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, 21 de diciembre del 2016.—Msc.
Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102926 ).
Se avisa al señor Bryan Hernández Zumbado, portador de la cédula
de identidad 1-1319-0149, de demás calidades y domicilio desconocidos que en
este Juzgado, se tramita el expediente 16-000521-0673-NA, correspondiente a
Diligencias de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la
Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de
edad Neithan Antwan
Hernández Fallas. Se le concede el plazo de tres días naturales para que
manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de
diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Sharon Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102927 ).
Se avisa al señor Israel David Hernández Azofeifa,
portador de la cédula de identidad 1-1322-0492, de demás calidades y domicilio
desconocidos que en este juzgado, se tramita el expediente 16-000528-0673-NA,
correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato
Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la
persona menor de edad Mathías David Hernández
Aguilar. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su
conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de
diciembre del dos mil dieciséis.—MSc. Milagro Rojas
Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102928 ).
Se avisa al señor Nilson Jiménez Montano, mayor, colombiano, con
demás calidades y domicilio desconocido, que en este Juzgado se tramita el expediente
N° 16-000629-0673-NA, correspondiente al proceso especial de protección,
promovido por la licenciada Maritza Matarrita Álvarez
en calidad de representante legal del Patronato Nacional de la Infancia, donde
se solicita que se prorrogue la medida de protección dictada en sede
administrativa a las ocho horas del seis de mayo del dos mil dieciséis,
referente al cuido provisional de las personas menores de edad Ángel Kaleth y Taimak Sebastián ambos
Jiménez Elizondo.—Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia, 19 de
diciembre del 2016.—Msc. Milagro Rojas Espinoza,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102929 ).
Se avisa al señor Marcel Moldeveanu, de
calidades y domicilio desconocidos que en este juzgado, se tramita el
expediente 16-000634-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito
judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se
solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Narali Yaritza Moldwveanu Salgado. Se le concede el plazo de tres días
naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, 19 de diciembre del dos mil dieciséis.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2017102930 ).
Se avisa que en este Despacho en el expediente número
16-000644-0673-NA Francisco Javier Reyes Marquez,
Manuela Rojas Santiago solicitan se apruebe la adopción Conjunta Internacional
de la persona menor Brithany Daniela y Jordanny Daniel ambos de apellidos Fallas Vargas. Se
concede a las personas interesados el plazo de cinco días para formular
oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y
se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado
de Familia, de Niñez y Adolescencia, 19 de diciembre del 2016.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2017102931 ).
Se avisa que en este Despacho Ana Lorena Espinoza Cortez, Deimon Alonso Tencio Rodríguez,
solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad María
Milagro Sandoval Solano. Se concede a todos las personas interesadas directas
el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde
expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que
fundamenta la misma. Expediente 16-000665-0673-NA.—Juzgado
de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 21 de
diciembre del 2016.—Msc. Milagro Rojas Espinoza,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102932 ).
Se avisa que en este Despacho Karla María Fernández Sibaja y
Kenneth Paul Castro Hernández, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la
persona menor de edad Gabriel Segura Fernández. Se concede a todos las personas
interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante
escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las
pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 16-000668-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial, San José, 10 de enero del 2017.—Licda. Sharon Chinchilla Villalta,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102933 ).
Se avisa al señor Erick David Solano Farista,
portador de la cédula de identidad 2-0569-0821, de demás calidades y domicilio
desconocidos que en este Juzgado, se tramita el expediente 16-000675-0673-NA,
correspondiente a Diligencias de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato
Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las
personas menores de edad Dangelly David Solano
Navarro, Naidelyn Daniela Solano Navarro y Natalia
Deyanira Solano Navarro. Se le concede el plazo de tres días naturales para que
manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de
diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Sharon Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102934 ).
Se avisa a los señores Alejandro José Vindas Céspedes, portador de
la cédula de identidad 1-0963-0762 y de demás calidades y domicilio
desconocidos, Mauricio Alexander Pérez Pérez,
portador de la cédula de identidad 1-0999-0390 y de demás calidades y domicilio
desconocidos y Walter Giovanni Lobo Sánchez, portador de la cédula de identidad
1-0832-0217, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este juzgado,
se tramita el expediente 16-000681-0673-NA, correspondiente a diligencias de
depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde
se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Daniela
Paola Lobo Mejía, Gregory Daniel Vindas Mejía y Kolyn
Andrea Pérez Mejía. Se les concede el plazo de tres días naturales para que
manifiesten su conformidad o se opongan a estas diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de
diciembre del dos mil dieciséis.—MSc. Milagro Rojas
Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102935 ).
Se avisa a Víctor Hugo Hernández Granados, mayor, divorciado,
portador de la cédula de identidad número 5-0150-0873, de domicilio
desconocido, que en este Juzgado, se tramita el expediente 16-000685-0673-NA,
correspondiente a Proceso Especial de Protección establecido por el Patronato
Nacional de la Infancia, donde se solicita medidas de protección a favor de la
persona menor de edad Isnar Sair
Hernández Campos. Se le concede el plazo de tres días hábiles, para que
manifieste su conformidad o se oponga a este proceso.—Juzgado
de Familia de Niñez y Adolescencia, 16 de enero del 2017.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2017102936 ).
Se avisa que en este Despacho Cecilia López, solicitan se apruebe
la adopción individual de la persona menor de edad Norlan
José Pérez Hernández. Se concede a todos las personas interesadas directas el
plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán
los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la
misma.- Expediente 16-000687-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial, San José, 10 de enero del 2017.—Licda. Sharon
Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2017102937 ).
Se avisa al señor Humberto Morales Lizano, portador de la cédula
de identidad 1-642-232, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este
Juzgado, se tramita el expediente 16-000688-0673-NA, correspondiente a
Diligencias de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la
Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de
edad Juan José Morales Carvajal. Se le concede el plazo de tres días naturales
para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, veinte de
diciembre del dos mil dieciséis.—MSc. Milagro Rojas
Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102938 ).
Se avisa a los señores Heidy Valverde Campos, portadora de la
cédula de identidad 1-1347-0533, de demás calidades y domicilio desconocidos y
Wilfrido de los Ángeles Cascante Esquivel, portador de la cédula de identidad
1-1249-0723, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este juzgado,
se tramita el expediente 16-000702-0673-NA, correspondiente a diligencias de
depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde
se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Kimberly Yariela Cascante Valverde. Se les concede el plazo de tres
días naturales para que manifiesten su conformidad o se opongan a estas
diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, 20 de diciembre del dos mil
dieciséis.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017102939 )
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes
corresponda la curatela de Carlos Obando Obando
conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a
encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta
publicación. Proceso de insania promovido por Carlos Eliécer Obando Bejarano a
favor de, Carlos Obando Obando. Expediente número
16-002693-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago,
18 de noviembre del 2016.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017102940 ).
Licenciada Cristina Dittel Masís, Jueza
del Juzgado de Familia de Cartago, a Jorge Antonio Masís Calvo, en su carácter,
quien es mayor de edad, cédula de identidad 1-0755-0320, demás calidades
desconocidas, se le hace saber que en proceso depósito judicial expediente
16-002977-0338-FA, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, se
ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado
de Familia de Cartago, a las trece horas y cuarenta y uno minutos del
diecisiete de enero del año dos mil diecisiete. De las presentes diligencias de
depósito de las personas menores Nayib Antonio Masís
Rivera, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere
traslado por tres días a, Jorge Antonio Masis Calvo a quien se le previene que
en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con
respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como
medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y
recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.
Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la
Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre
2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar
de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h)
Lugar de residencia. Tal y como lo solicita el ente actor se ordena el depósito
provisional de la persona menor de edad Nayib Antonio
Masís Rivera en el hogar del señor Ronald Arturo Rivera Aguilar. En otro orden
de ideas siendo que se desconoce sobre el paradero del señor Jorge Antonio
Masís Calvo, se ordena notificar al mismo del presente asunto por medio de
edicto. Notifíquese. Expediente 16-002977-0338-FA.—Licda.
Cristina Dittel Masís, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017102941 ).
Han
comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil las
personas contrayentes Lady Emily Álvarez Sequeira , mayor, soltero, ama de
llaves, cédula de identidad número 0503470492, vecina de Santa Cruz, costado
norte de la plaza de deportes de Santa Rosa, casa de color verde, casa
céntrica, hija de Luz Marina Sequeira Villarreal y Jorge Luis Álvarez Ortiz,
nacida en Centro Liberia Guanacaste, el 13/09/1985, con 31 años de edad y Roger
Iván Barrantes Vallejo, mayor, Divorciado/a, turismo, cédula de identidad
número 0109500265, vecino de Santa Cruz, de la plaza de deportes nueva en Santa
Rosa 75 metros oeste, casa de color terracota, casa a mano izquierda, hijo de
Marlene Barrantes Vallejo, nacido en Carmen Central San José, el 27/09/1976,
actualmente con 40 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que
existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá
manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a
partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. 17-000002-0776-FA.—Juzgado
de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Santa Cruz
(Materia Familia), 09 de enero del 2017.—Licda. Gely
Marcela Espinoza Gómez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2017102943 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio
civil Alexander Andiel Corella Atencio,
mayor, soltero, labora activando líneas telefónicas, cédula de identidad número
seis-cuatrocientos dos-doscientos noventa y tres, vecino de Barrio Sinaí, cien
metros norte de Abastecedor Xiomara, hijo de Abdiel
Corella Bristan y Natividad Atencio
Baules, nacido en Corredores de Puntarenas, el
veintiuno de mayo del año mil novecientos noventa y dos, con veinticuatro años
de edad, y Esterlin Patricia Nájera Cabalceta, mayor, soltera, niñera, cédula de identidad
número seis-trescientos noventa y cuatro-seiscientos sesenta y cinco, vecina de
Barrio Sinaí, cien metros norte de Abastecedor Xiomara, hija de Elmer Nájera
Arauz y Ana Victoria Cabalceta Gutiérrez, nacida en
San Vito de Coto Brus, el veintisiete de junio del
año mil novecientos noventa y uno, actualmente con veinticinco años de edad. Si
alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio
se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de
los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp.:
Nº 17-000002-1303-FA.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 16 de enero del 2017.—Licda.
María del Rocío Quesada Zamora, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017102944 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio
civil Florindo Jesús Méndez Pérez, mayor, Soltero,
constructor, cédula de identidad número 0115730980, vecino de Pérez Zeledón,
Dora Obando, 800 metros al sur de las Bodegas de El Consejo Nacional de
Producción, casa color papaya a mano derecha, hijo de Luis Méndez Pérez y
Yorleny Pérez Pérez, nacido en Pérez Zeledón, el
02/06/1994, con 22 años de edad, y María Ivania Méndez Pérez, mayor, Soltera,
Oficios domésticos, cédula de identidad número 0115870281, vecina del mismo
domicilio señalado por el señor Méndez Pérez, hija de Zulay Pérez Pérez y Wilberth Méndez Pérez,
nacida en Pérez Zeledón, el 15/10/1994, actualmente con 22 años de edad. Si
alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio
se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de
los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp.
Nº17-000029-1303-FA.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 16 de enero del
2017.—Licda. María del Rocío Quesada Zamora, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017102947 ).
Juan Damián Brilla Ramírez, Juez del Juzgado de Familia del II
Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil el señor Rodrigo Alberto Ortega Álvarez,
mayor, divorciado, comerciante, portador de la cédula de identidad número dos -
trescientos cuarenta y seis - doscientos diez, vecino de Cariari,
La Esperanza de Cuatro Esquinas de Cariari, al
costado sur de la plaza de deportes, casa de cemento, color verde, hijo de
Rodrigo Ortega Chaves y Aida Álvarez Alfaro , nacido en Centro Central
Alajuela, el día diecisiete de diciembre de mil novecientos cincuenta y nueve,
con cincuenta y siete años de edad y Ana Rosa Acuña Zamora, mayor, soltera, ama
de casa, portadora de la cédula de identidad número siete - cero ochenta y dos
- trescientos sesenta y uno, vecina de Cariari, La
Esperanza de Cuatro Esquinas de Cariari, al costado
sur de la plaza de deportes, casa de cemento, color verde, hija de Jenaro Acuña
Campos y María Eugenia Zamora Mena, nacida en Guápiles, Pococí, Limón, el día
veinte de junio de mil novecientos sesenta y cinco, actualmente con cincuenta y
un años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para
que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este
Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 17-000029-1307-FA.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 13 de enero
del 2017.—Lic. Juan Damián Brilla Ramírez, Juez.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017102948 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer Matrimonio
Civil Angie Raquel Uba Ulloa, mayor, Soltera,
estudiante, cédula de identidad número 0304970417, vecina de Cocorí de Cartago 75 m oeste de la Plaza de Deportes del
Lugar, hija de Marta Milena Ulloa Quesada y Randall Hernando Uba Quesada, nacida en Oriental Central Cartago, el
11/09/1996, con 20 años de edad, y Juan Gabriel Brenes Coto, mayor, soltero,
técnico electricista , cédula de identidad número 0304200864, vecino de Tejar
Los Sauces del parque 200 m sur Condominio Villas Arfán,
hijo de Isabel Coto Salas y Saul Brenes Brenes, nacido en Oriental Central Cartago, el 06/06/1987,
actualmente con 29 años de edad. Las personas comparecientes manifiestan:
Venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos
una en matrimonio civil dado que no hay impedimento legal para ello y para
comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Cheryl
Katherine Araya Guzmán y Greivin Andrés Ulloa
Quesada. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que
este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este
Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 17-000096-0338-FA.—Juzgado
De Familia De Cartago, 18 de enero del 2017.—Licda. Patricia Cordero
García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017102949 ).
Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio
Civil los señores Max William González Alfaro, quien es mayor, soltero, de 26
años de edad, oficio recepcionista en un hotel, portador de la cédula 02-0676-
0151, hijo de Jaime González Loría y Xinia Marlene Alfaro Mejías, vecino de Barrio Lourdes,
frente al Cencinai y Stephanie Rebeca Rodríguez
Corrales, quien es mayor de 23 años de edad, soltera, de oficio del hogar,
portadora de la cédula de identidad número 02-0718-0684, hija de Carlos
Rodríguez Barahona y Cinthya Corrales Quesada, vecina de la misma dirección del
anterior. De acuerdo con lo establecido en el artículo 25 del Código de
Familia, publíquese un edicto. Solicitud para contraer matrimonio. Si alguna
persona tuviera conocimiento de la existencia de impedimento legal alguno para
la realización de dicho matrimonio deberá comunicarlo a este Juzgado dentro de
los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Exp.:
17-000001-1302 FA.—Juzgado de Familia de San Carlos,
09 de enero del 2017.—Licda. Sandra Saborío Artavia.—1
vez.—( IN2017103072 ).
Fiscalía de Siquirres – Zona Atlántica,
al ser las once horas con diez minutos del once de enero del año dos mil diecisiete.
Mediante auto de las once horas con cuatro minutos del once de enero del año
dos mil diecisiete de la Fiscalía de Siquirres ha
ordenado resolver en cuanto a la evidencia, por lo que este órgano ha ordenado
la devolución a los señores Miguel Ángel Oliver de León, cédula de identidad Nº
8-0083-0829, Miriam Duran Peters, cédula de eesidencia Nº 135RE050785001999, propietarios del siguiente
bien: I) Un arma de fuego, tipo revólver, marca Ranger,
calibre 38, modelo 102, serie 05674F, al no ser de interés para la continuación
y/o resolución de la presente causa; quien a la fecha no comparecen; por lo
anterior, es que esta cámara ordena publicar por dos veces consecutivas en el Boletín
Judicial un edicto, para efectos de que los poseedores y/o dueños registral
puedan realizar los reclamos pertinentes en lo que concierne a la devolución
del bien supra detallado. Expediente Nº 15-200912-486-PE (2511-3-15), contra:
José Antonio Ramírez González, ofendido: la seguridad común, por el delito:
portación ilegal de arma. Notifíquese.—Fiscalía de Siquirres, 11 de enero del 2017.—Lic. Leonel Cisneros
Córdoba, Fiscal de Siquirres.—Exonerado.—(
IN2017102576 ). 2
v. 2.
Se hace saber: que dentro de la causa penal 11-000567-0612-PE,
contra Carlos Manuel Rivera Vargas y otro, por el delito de Falsedad
Ideológica, en perjuicio de Frank José Ortiz Cordero y Otros,” Se ordena
publicación de edicto: Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José,
al ser las quince horas y trece minutos del veinte de enero del año dos mil
diecisiete. Que habiéndose dispuesto la celebración de debate oral y público,
por el Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José, en la causa
penal número 11-000567-0612-pe, para los días veintitrés al treinta de enero de
2017 (ambas audiencias), donde figuran como propiedades comprometidas las de la
provincia de Cartago, matrículas de folio real, 232163-000, 65094-000 y
193695-000, se comunica a sus propietarios registrales actuales (Corporación Papakika Sociedad Anónima, Corporación Salvatierra uno inc Sociedad Anónima y Administradora Fiduciaria zmk Sociedad Anónima-respectivamente-) que pueden
participar en la celebración del contradictorio, a través de la debida
representación judicial legal, para la defensa de sus intereses. Dicha comunicación,
no suspenderá el trámite respectivo en este proceso penal. Notifíquese. (sic)”.—Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San
José, al ser las 16:04 horas del 20 de enero de 2017.—Lic. Juan Carlos
Pérez Murillo, Juez Coordinador.—1 vez.—( IN2017103703
).