BOLETÍN
JUDICIAL N° 65 DEL 31 DE
MARZO DEL 2017
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER
JUDICIAL
TERCERA
PUBLICACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso
específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 03-2006 de fecha 01 de setiembre del
2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en sesiones: N° 73-06
celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII y sesión N° 83-06,
celebrada el 02 de noviembre del 2006, artículo XLIV, se hace del conocimiento
de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se
procederá a la eliminación de Expedientes Laborales del año 2003 al 2006 del
Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José. La documentación,
se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: L
19 S 03
Expedientes: 3037
Paquetes: 116
Año: 2003
Asunto: Laboral Varios: 1 Sumario de
Reinstalación, 2 Huelga, 6 Disolución de Cooperativas, 152 Consignación de
Prestaciones, 158 Conmutación de Renta, 581 Riesgos de Trabajo, 1306 Ordinario
Laboral.
Pensiones: 3 Pensión
CCSS, 4 Pensión Régimen No Contributivo, 5 Pensión por Viudez y Orfandad CCSS,
86 Pensión Hacienda, 733 Pensión por Invalidez, Vejez y Muerte.
Remesa: L
18 S 04
Expedientes: 2091
Paquetes: 64
Año: 2004
Asunto: Laboral Varios: 1 Disolución de
Cooperativas, 1 Sumario de Reinstalación, 2 Huelga, 106 Consignación de
Prestaciones, 112 Conmutación de Renta, 320 Riesgos de Trabajo, 775 ordinario
laboral.
Pensiones: 2 Pensión
por Viudez y Orfandad CCSS, 2 Pensión Régimen No Contributivo, 3.
Pensión CCSS, 39
Pensión Hacienda, 728 Pensión por Invalidez, Vejez y Muerte.
Remesa: L
17 S 05
Expedientes: 1310
Paquetes: 31
Año: 2005
Asunto: Laboral varios: 1 Conflicto
Colectivo, 2 Huelga, 4 Disolución de Cooperativa, 87 Consignación de
Prestaciones, 208 Conmutación, 247 Riesgos de Trabajo, 523 Ordinario Laboral.
Pensiones: 2 Pensión
Régimen No Contributivo, 4 Pensión por Viudez, 5 Pensión Hacienda, 227 Pensión
Invalidez, Vejez y Muerte.
Remesa: L
17 S 06
Expedientes: 741
Paquetes: 16
Año: 2006
Asunto: Laboral varios: 119 Conmutación, 91
Consignación Prestaciones, 6 Disolución de Cooperativa, 1 Ejecución de
Sentencia, Ordinarios: (219 Ordinario Laboral, 1 Ordinario Hostigamiento
Sexual), 197 Riesgo Profesional.
Pensiones: 1 Pensión
CCSS, 22 Pensión Hacienda, 82 Pensión por Invalidez, Vejez y Muerte, 2 Pensión
por Viudez.
Si algún interesado ostenta un interés
legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a
la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la
primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín
Judicial.
San José, 17 de marzo de 2017.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora
Ejecutiva
Exonerado.—( IN2017121590 ).
De conformidad con lo dispuesto
en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso
específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016,
artículo III y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N° 51-16 celebrada el
24 de mayo de 2016, artículo CI. De la Comisión Institucional de Selección y
Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 03-2006 de fecha 01 de
setiembre del 2006, artículo I y los acuerdos del Consejo Superior en sesiones:
N° 73-06 celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII y sesión N°
83-06, celebrada el 02 de noviembre del 2006, artículo XLIV, se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general,
que se procederá a la eliminación de Expedientes Civiles del año 2009 al 2014 y
Expedientes Laborales del año 2008 al 2015 del Juzgado Civil y de Trabajo de
Mayor Cuantía de Turrialba. La documentación, se encuentra remesada y
custodiada en ese Despacho.
Expedientes Civiles:
Remesa: C 17 C 09
Expedientes: 25
Paquetes: 1
Año: 2009
Asunto: Civiles. 20 Ejecuciones Prendarias, 4 Diligencias de
Cambio de Nombre, 1 Medida Cautelar.
Remesa: C 26 C 10
Expedientes: 52
Paquetes: 1
Año: 2010
Asunto: Civiles. 48 Ejecuciones
Prendarias, 3 Diligencias de Cambio de Nombre, 1embargo preventivo.
Remesa: C 7 C 11
Expedientes: 37
Paquetes: 1
Año: 2011
Asunto: Civiles. 35 Ejecuciones Prendarias, 2 Diligencia de
Cambio de Nombre.
Remesa: C 7 C 12
Expedientes: 3
Paquetes: 1
Año: 2012
Asunto: Civiles. 2 Medidas Cautelares, 1 Diligencia de Cambio de
Nombre.
Remesa: C 6 C 13
Expedientes: 2
Paquetes:
Año: 2013
Asunto: Civiles. 2 Diligencias de Cambio de Nombre.
Remesa: C 1 C 14
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 2014
Asunto: Civiles. 1 Diligencia de Cambio de Nombre.
Expedientes Laborales:
Remesa: L 5 C 08
Expedientes: 7
Paquetes: 1
Año: 2008
Asunto: Laboral: 7 Consignación de Prestaciones.
Remesa: L 5 C 09
Expedientes: 14
Paquetes: 1
Año: 2009
Asunto: Laboral: 14 Consignación de Prestaciones.
Remesa: L 2 C 10
Expedientes: 9
Paquetes: 1
Año: 2010
Asunto: Laboral: 9 Consignación de Prestaciones.
Remesa: L 3 C 11
Expedientes: 9
Paquetes: 1
Año: 2011
Asunto: Laboral: 9 Consignación de Prestaciones.
Remesa: L 3 C 12
Expedientes: 14
Paquetes: 1
Año: 2012
Asunto: Laboral: 13 Consignación de
Prestaciones, 1 Disolución de Cooperativa.
Remesa: L 3 C 13
Expedientes: 8
Paquetes: 1
Año: 2013
Asunto: Laboral: 6 Consignación de
Prestaciones, 1 Conmutación de Renta, 1 Disolución de Cooperativa.
Remesa: L 3 C 14
Expedientes: 8
Paquetes: 1
Año: 2014
Asunto: Laboral: 2 Consignación de
Prestaciones, 6 Conmutación de Rentas.
Remesa: L 3 C 15
Expedientes: 3
Paquetes: 1
Año: 2015
Asunto: Laboral: 3 Conmutación de Rentas.
Si algún interesado ostenta un interés
legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a
la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la
primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín
Judicial.
San José, 17 de marzo de 2017.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta
Subdirectora
Ejecutiva
Exonerado.—( IN2017121591 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el
acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V
y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de
setiembre del 2015, artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general que se procederá a la eliminación
de Documentación Administrativa del año 2004 al 2014 de la Administración
Regional de Pérez Zeledón. La documentación, se encuentra remesada y
custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 42 S 04
Paquetes: 62
Ampos: 20
Carpetas: 25
Agendas: 2
Caja: 1
Año: 2004-2014
Asunto: Documentación
Administrativa: 2 paquetes de Listado de asistencia 2013-2014, 1 paquete de
Informe ingreso días no hábiles 2014, 2 paquetes de Control boletas combustible
2008, 1 paquete de Vehículos decomisados 2005-2012, 1 paquete de Autorizaciones
de gastos 2008, 1 paquete de Solicitud de vacaciones 2013, 1 paquete de
Expedientes de vehículos 2008-2011, 1 paquete de Registro de incapacidades
2013, 2 paquetes de Informe de combustible 2013, 1 paquetes de Control de
combustible 2007, 1 paquete de Listado de órdenes de apremio 2014, 2 paquetes
de Informes OCJ 2010, 1 paquete de correo certificado 2013, 2 paquetes de
Correspondencia correos de CR 2014, 1 paquete de Despacho de materiales
2009-2013, 1 paquete de Control boletas seguridad 2011-2013, 2 paquetes de
Copias de facturas 2006-2010, 7 paquetes de citas y notificaciones escaneadas
2013, 1 paquetes de Control de activos (AR), (RDD) 2010-2014, 2 paquetes de
Actas y circulares administración 2009-2010, 1 paquete de Control de
presupuesto 2009, 2 paquetes de Programación anual de compras 2008, 2 paquetes
de Ordenes de apremio 2013, 2 paquetes de Oficios BCR, SDJ 2006-2008, 1 paquete
de Preposición nombramientos 2013-2014, 1 paquetes de Solicitud de llantas
2013, 2 paquetes de Registro de asistencia 2013-2014, 2 paquetes de Eliminación
de autorizaciones 2009, 2 paquetes de boletas de incapacidad 2013, 1 paquete de
Facturas proformas 2012, 2 paquetes de Reportes y registros 2008-2013 (reservas
presupuestarias 2008), (actas de visitas (DTI) 2010-2013), (hojas de delincuencia
y autorizaciones 2014), (lista de entrega de RDD 2013-2014), (constancias
documentos escaneados RDD 2010-2014); 1 paquete de órdenes de compra enviadas a
San José 2007-2009, 1 paquete de conciliaciones bancarias 2002-2010, 1 paquete
de eliminaciones de autorizaciones 2006-2010, 5 paquetes de registro de fax
2013-2014, 1 paquete de activos 2007-2010, 2 paquetes de inventario de activos
2005-2012, 1 ampo de Inventario de activos 2013, 1 ampo de Actas destrucción y
donación 2013, 2 ampos de Listado de inventariado 2013, 1 ampos de Despacho de
materiales 2013, 2 ampos de Control de salida de activos (AR), (DTI) 2013, 2
ampos de Control de expedientes activos 2007, 2 ampos de Oficios 2007-2011
(oficios SDJ) (oficios RDD) 2013-2014, 2 ampos de Circulares 2007, 2 ampos de
Registros oficios despachados (RDD) 2014, 1 ampo de entrega reparación y equipo
de cómputo (DTI) 2008-2013, 1 ampo de Control de carnet interinos 2010-2014, 2
ampos de Informe de labores 2011-2012, 1 ampo de Documentos escaneados 2013, 3
carpetas de Correspondencia certificada (AR), (DTI) 2003-2014, 2 carpetas de
Registro horas extras 2013-2014, 1 carpeta de Informe correos de CR 2011-2014,
2 carpetas de Solicitud de vehículos 2008-2014, 1 carpeta de Actas de
juramentación 2014, 2 carpetas de Informe de novedades 2013-2014, 1 carpeta de
Contratos copias 2004-2006, 1 carpeta de actas 2010-2014, 2 carpetas de
Solicitud de copias 2014, 1 carpeta de Boletas de atención médica 2013-2014, 2
carpetas de Listado oficios despachados OCJ 2014, 3 carpetas de Correspondencia, agendas, actas, circulares del consejo de
administración 2011-2013, 1 carpeta de Control de adquisiciones de proyectos
2008-2011, 1 carpeta de informes mensuales y anuales RDD 2010-2014, 1 carpeta
de solicitudes de reportes RDD 2010-2014, 1 carpeta de solicitudes de trabajo
RDD 2010-2014, 2 agendas de señalamiento 2014, 1 caja de control de expedientes
(centro de fotocopiado) 2006-2014.
Dan fe que el proceso de selección en el
despacho cumplió con lo establecido en circular Nº 36-2010 de la Secretaría
General de la Corte. Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea
conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección
Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación
de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San
José, 17 de marzo de 2017.
MBA. Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora
Ejecutiva
Exento.—( IN2017121592 ).
De conformidad con lo dispuesto
en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso
específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta N° 01-2014 de fecha 14 de marzo del 2014,
artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N° 34-14, celebrada el
22 de abril del 2014, artículo L, se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación
de Expedientes Penales de los años 1982, 1983, 1986, 1987 a 1989 y 1991 a 1999,
2001, 2004 y 2006 a 2013 del Juzgado Penal Puntarenas. La documentación, se
encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: 20824
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 1982
Asunto: Penal Varios: Expedientes todos con
Sobreseimiento Definitivo: Homicidio Simple 1 exp.
Remesa: 20825
Expedientes: 2
Paquetes: 1
Año: 1983
Asunto: Penal Varios: Expedientes todos con
Sobreseimiento Definitivo: Homicidio Simple 2 exp.
Remesa: 20826
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 1986
Asunto: Penal Varios: Expediente con
Sobreseimiento Definitivo: Robo Agravado 1 exp.
Remesa: 20827
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 1987
Asunto: Penal Varios: Expediente con
Sobreseimiento Definitivo: Homicidio Simple 1 exp.
Remesa: 20828
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 1988
Asunto: Penal Varios: Expediente con
Sobreseimiento Definitivo: Violación 1 exp.
Remesa: 20829
Expedientes: 2
Paquetes: 1
Año: 1989
Asunto: Penal Varios: Expediente con
Sobreseimiento Definitivo: Violación 1 exp., Estafa 1exp.
Remesa: P
30 P 91
Expedientes: 4
Paquetes: 1
Año: 1991
Asunto: Penal Varios: Expediente con
Sobreseimiento Definitivo: Psicotrópicos 1 exp., Violación 1 exp.; Estelionato
1 exp., Robo simple 1 exp.
Remesa: P
45 P 92
Expedientes: 7
Paquetes: 1
Año: 1992
Asunto: Penal Varios: Expediente con
Sobreseimiento Definitivo: 3 exp. Violaciones; 1 exp. Estafa; 3 exp. Robo
Agravados.
Remesa: P
39 P 93
Expedientes: 15
Paquetes: 1
Año: 1993
Asunto: Penal Varios: Expediente con
Sobreseimiento Definitivo: 3 exp. Lesiones Graves; 2 exp. Violación; 1 exp.
Cohecho propio; 2 exp. Falsificación de Documento; 1 exp. Resistencia Agravada;
1 exp. Estafa; 1 exp. Retención Indebida: 4 exp. Robo Agravado.
Remesa: P
38 P 94
Expedientes: 8
Paquetes: 1
Año: 1994
Asunto: Penal Varios: Expediente con
Sobreseimiento Definitivo: 1 exp. Violación; 1 exp. Uso Documento Falso; 1 exp.
Estelionato; 1 exp. Incendio; 1 exp. Falsificación Documento; 2 exp. Estafa; 1
exp. Robo Agravado.
Remesa: P
34 P 95
Expedientes: 5
Paquetes: 1
Año: 1995
Asunto: Penal Varios: Expediente con
Sobreseimiento Definitivo: 1 exp. Tenencia Droga; 1 exp. Homicidio Culposo; 2
exp. Violación, 1 exp. Estafa.
Remesa: P
40 P 96
Expedientes: 31
Paquetes: 2
Año: 1996
Asunto: Penal Varios: Expediente con
Desestimación: 1 exp. robo simple.
Expediente con
Sobreseimiento Definitivo: 2 exp. lesiones graves; 2 portación ilícita de
armas; 1 exp. tentativa homicidio; 2 exp. usurpación; 1 exp. piratería; 1 exp.
violación grado tentativa; 2 exp. falsificación documento; 1 exp. resistencia
agravada; 2 exp. estafa; 1 exp. libramiento cheque sin fondo; 2 exp. hurto
simple; 1 exp. hurto agravado; 2 exp. retención indebida; 8 exp. robo agravado;
2 exp. abusos deshonestos.
Remesa: P
57 P 97
Expedientes: 18
Paquetes: 1
Año: 1997
Asunto: Penal Varios: Expediente con
Sobreseimiento Definitivo: 1 exp. lesiones graves; 2 exp. usurpación; 3 exp.
piratería; 1 exp. agresión con arma; 2 exp. estafa; 1 libramiento cheque sin
fondo; 1 exp. retención indebida; 1 exp. sustracción menor; 3 exp. robo simple;
3 exp. robo agravado.
Remesa: P
51 P 98
Expedientes: 4
Paquetes: 1
Año: 1998
Asunto: Penal Varios: Expediente con
Desestimación: 1 exp. abuso autoridad; 1 exp. aborto.
Asunto: Expediente con Sobreseimiento
Definitivo: 1 exp. violación grado tentativa; 1 exp. administración
fraudulenta.
Remesa: P
32 P 99
Expedientes: 4
Paquetes: 1
Año: 1999
Asunto: Penal Varios: Expediente con
Sobreseimiento Definitivo: 1 exp. robo simple; 2 exp. robo agravado; 1 exp.
estupro.
Remesa: P
26 P 01
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 2001
Asunto: Penal Varios: Expediente con
Desestimación: 1 exp. estafa.
Remesa: P
25 P 04
Expedientes: 2
Paquetes: 1
Año: 2004
Asunto: Penal Varios: Expediente con
Desestimación 1 exp. infracción zona marítimo terrestre. Expediente con
Sobreseimiento Definitivo: 1 exp. usurpación.
Remesa: P
19 P 06
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 2006
Asunto: Penal Varios: Expediente con
Sobreseimiento Definitivo: 1 exp. Retención indebida.
Remesa: P
20 P 07
Expedientes: 2
Paquetes: 1
Año: 2007
Asunto: Penal Varios: Expediente con
Desestimación: 1 exp. Desobediencia a la Autoridad. Expediente con
Sobreseimiento Definitivo: 1 exp. uso documento falso.
Remesa: P
16 P 08
Expedientes: 11
Paquetes: 1
Año: 2008
Asunto: Penal Varios: Penal Varios:
Expediente con Desestimación: 1 exp. Lesiones graves; 1 exp. tenencia droga; 2
exp. infracción ley de armas; 1 exp. portación ilícita de arma; 1 exp.
Receptación dudosa procedencia. Expediente con Sobreseimiento Definitivo: 2 exp.
portación ilícita de armas; 1 exp. robo agravado; 1 exp. administración
fraudulenta; 1 exp. homicidio culposo.
Remesa: P
10 P 09
Expedientes: 3
Paquetes: 1
Año: 2009
Asunto: Penal Varios: Expediente con
Desestimación: 1 exp. infracción ley de pesca; 1 exp. robo agravado. Expediente
con Sobreseimiento Definitivo: 1 exp. infracción ley de armas.
Remesa: P
8 P 10
Expedientes: 106
Paquetes: 2
Año: 2010
Asunto: Penal Varios: Expediente con
Desestimación: 6 exp. lesiones culposas; 2 exp. venta droga; 1 portación
ilícita arma; 1 exp. averiguar muerte; 4 exp. violación de sellos; 2 exp.
falsificación señas y marcas; 1 exp. infracción ley vida silvestre; 1 exp.
usurpación; 1 exp. Infracción código minería; 1 exp. transporte ilegal de
ganado; 1 exp. conducción temeraria; 1 exp. resistencia; 13 exp. estafa; 2
receptación cosa dudosa; 4 exp. libramiento cheque sin fondo; 1 exp.
administración fraudulenta; 1 exp. hurto simple; 1 exp. violencia domestica; 1
exp. retención indebida; 1 exp. coacción; 1 exp. sustracción menor incapaz.
Expediente con
Sobreseimiento Definitivo: 3 exp. lesiones culposas; 2 exp. lesiones leves; 1
exp. tenencia de droga; 3 exp. desobediencia a la autoridad; 3 exp. usurpación;
2 exp. Conducción temeraria; 2 exp. violación domicilio; 1 exp. daños; 22 exp.
agresión con arma; 1 exp. estafa; 3 exp. Receptación dudosa procedencia; 1 exp.
hurto; 2 exp. daño patrimonial; 5 exp. amenazas contra mujer; 3 exp.
incumplimiento medidas protección; 4 exp. retención indebida; 1 exp.
sustracción menor incapaz.
Remesa: P
7 P 11
Expedientes: 07
Paquetes: 1
Año: 2011
Asunto: Penal Varios: Expediente con
Desestimación: 1 exp. infracción ley de armas; 1 exp. averiguar muerte; 1 exp.
estafa; 1 exp. infracción ley de tránsito; 1 exp. infracción ley de pesca;
Expediente con Sobreseimiento Definitivo: 1 exp. infracción ley de armas; 1
exp. daños.
Remesa: P
7 P 12
Expedientes: 2
Paquetes: 1
Año: 2012
Asunto: Penal Varios: Expediente con
Desestimación: 1 exp. lesiones culposas; 1 exp. averiguar muerte.
Remesa: P
10 P 13
Expedientes: 464
Paquetes: 3
Año: 2013
Asunto: Penal Varios: Expediente con
Desestimación: 3 exp. lesiones culposas (mal praxis); 97 exp. lesiones culposas
(accidente tránsito); 5 exp. lesiones leves; 2 exp. suicidios; 3 exp. averiguar
muerte; 3 exp. desaparición de personas; 6 exp. desobediencia a la autoridad; 2
exp. Abuso de autoridad; 8 falsificación señas y marcas; 1 exp. infracción ley
licores; 1 exp. descuido animales; 3 exp. resistencia; 2 exp. resistencia
agravada; 11 exp. resistencia a la autoridad; 11 exp. Violación domicilio; 23
exp. daños; 1 exp. amenazas personales; 10 exp. amenazas funcionario publico;
12 exp. amenazas agravadas; 51 exp. agresión con arma; 7 exp. agresión; 1 exp.
agresión física; 1 agresión calificada; 3 exp. receptación cosa dudosa; 4 exp.
circulación moneda falsa; 2 exp. hurto simple; 8 exp. agresión psicológica; 3
exp. violencia emocional; 7 exp. daño patrimonial; 47 exp. amenazas contra
mujer; 17 exp. maltrato; 69 exp. incumplimiento medidas protección; 2 exp. infracción
ley adulto mayor; 1 exp. abuso patria potestad; 1 exp. incumplimiento deber
alimentario; 13 exp. retención indebida; 1 exp. evasión.
Expediente con
Sobreseimiento Definitivo: 4 exp. lesiones culposas; 1 exp. lesiones leves; 1
exp. resistencia a la autoridad; 1 exp. daños; 2 exp. amenazas agravadas; 4
exp. agresión con arma; 1 exp. circulación moneda falsa; 1 exp. agresión
psicológica; 2 exp. amenazas contra mujer; 1 exp. maltrato; 2 exp.
incumplimiento de medidas; 1 exp. abuso patria potestad; 1 exp. retención
indebida.
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín
Judicial.
Si
algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de
ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese
por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 17 de marzo del 2017.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora
Ejecutiva
Exonerado.—( IN2017121593 ).
De conformidad con lo dispuesto
en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso
específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del
2015, artículo V y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15,
celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo XCI, se hace del conocimiento
de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se
procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1993 al 2016
del Juzgado Penal Puntarenas. La documentación, se encuentra remesada y
custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 6 P 93
Ampos: 52
Libros: 09
Agendas: 06
Año: 1993 al 2016
Asunto: Documentación
Administrativa:
Agendas 6:
6 agendas para señalar audiencias preliminares: años 2010 a 2013
Libros 9:
3 libros conocimiento Tribunal Juicio de enero 2009 a junio 2013
2 libros de conocimiento Fiscalía de julio 2011 a octubre 2013
1 libro conocimiento de control de expedientes salidos para
fotocopiar de 21-10-09 a 05-11-2013.
1 libro de conocimiento de control de sustituciones jueces-personal
de julio 2006 a mayo 2011.
1 libro reportes y registros boletas seguridad de julio 2011 a
setiembre 2014.
1 libro reportes y registros boletas remisiones de setiembre 2013 a
abril 2016.
Ampos 52:
5 Ampos
contienen comprobantes levantamientos de gravámenes 2010 a 2014.
2 Ampos con Registro de Asistencia Personal 2014-2015.
2 Ampos con correos certificados enviados, 2012 a 2015.
3 Ampos
reportes y registros con actas de recibo dinero por pago pensión alimenticia
2009 al 2013.
2 Ampos
que contiene resoluciones de la Sala Constitucional de 2010 al 2013.
2 Ampo que contiene reportes y registros de
actas de levantamiento de cadáveres 2009-2012.
1 Ampo
que contiene reportes y registros de Autopsias recibidas de Medicatura Forense
1993 a 2001.
2 Ampos
que contienen acta de notificaciones escaneadas recibidas a la O.C.J 2014/2015.
6 Ampos
con tener a la orden de marzo de 2010 a setiembre de 2014.
6 Ampos
con remisiones detenidos de julio 2010 a setiembre de 2014.
6 Ampos con orden libertad de julio de 2010 a setiembre de 2014
1 Ampo con órdenes nulas varias de años 2011 y 2012.
6 Ampos
Reportes y Registros de documentos varios N° 1 destruir 2012-2015.
1 Ampo
constancia recibidos de citaciones O.C.J del 29-08-14 al 18-12-2015
6 Ampos
Reportes y Registros conteniendo registros de préstamos de expedientes a las
partes.
1 Ampo
conteniendo Control de Solicitudes de Intervención Telefónica del año 2006 a
2008.
Si
algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de
ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese
por tres veces en el Boletín Judicial.
San
José, 17 de marzo de 2017.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora
Ejecutiva
Exonerado.—( IN2017121594 ).
De conformidad con lo dispuesto
en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso
específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016,
artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 51-16 celebrada el
24 de mayo de 2016, artículo XCV, se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general que se procederá a la eliminación
de Expedientes de Violencia Doméstica del año 2003 del Juzgado de Pensiones
Alimentarias y Violencia Doméstica de La Unión. La documentación, se encuentra
remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: V 7 C 03
Expedientes: 1260
Paquetes 8
Año: 2003
Asunto: Expedientes Violencia Doméstica: 47 Abandonados, 1213 con
Resolución final.
Si algún interesado ostenta un interés
legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a
la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la
primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín
Judicial.
San José, 17 de marzo de 2017.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta
Subdirectora
Ejecutiva
Exonerado.—( IN2017121595 ).
De conformidad con lo dispuesto
en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso
específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del
2015, artículo V y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15,
celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo XCI, se hace del conocimiento
de las instituciones públicas, privadas y del público en general que se
procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1970 al 2016
del Juzgado de Pensiones Alimentarias y Violencia Doméstica de La Unión. La
documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: 20830
Paquetes 36
Año: 1970-2016
Asunto: Documentación Administrativa: 3 paquetes con oficios
(2006-2013), 8 paquetes con ordenes de apremio devueltas y escaneadas
(2014-2015), 1 paquete de documentos recibidos vía fax (2015) 4 paquetes con
informes mensuales y de gestión escaneados (2011-2016), 2 paquetes de boletas
de préstamo de expedientes (2010-2013), 1 paquete de solicitudes de vacaciones
(2015), 03 paquetes con correspondencia certificada (2013-2015), 1 paquete de
autorizaciones de giro (2014), 1 paquete con registros de asistencia
(2013-2014), 1 paquete con reportes de fax (2013-2014), 1 paquete con escritos
escaneados (2015-2016) 1 paquete con partes policiales (2015), 1 paquete con
actas de comparecencia escaneadas
(2014-2016), 1 paquete con ordenes de localización (2016), 1 paquete con
resoluciones escaneadas (2015-2016), 1 paquete con manifestaciones escaneadas
(2015-2016), 1 paquete con copias de boletas de incapacidad (2010-2014), 1
paquete con denuncias escaneadas (2015-2016), 1 paquete con escritos
escaneados (2015-2016), 1 paquete con comisiones escaneadas (2015-2016), 1
paquete de boletas de control de monto girado (1970-2009).
Si algún interesado ostenta un interés
legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a
la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la
primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín
Judicial.
San José, 17 de marzo de 2017.
MBA.
Dinorah Alvarez Acosta,
Subdirectora
Ejecutiva
1 vez.—Exonerado.—( IN2017121596 ).
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de
Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014 de fecha
14 de marzo del 2014, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión
N° 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo L, se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general,
que se procederá a la eliminación de Expedientes Penales de los años 1993,
1994, 1999 y 2005 al 2013 del Tribunal Penal de Osa. La documentación, se
encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: P 40 P 93
Expedientes: 2
Paquetes: 1
Año: 1993
Asunto: Penal varios: 1 Falsificación de
documento, 1 violación, Expedientes con Sentencia de sobreseimiento Firme.
Remesa: P 39 P 94
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 1994
Asunto: Penal Varios: 1 Tentativa de
homicidio, Expedientes con Sentencia de absolutoria Firme.
Remesa: P 33 P 99
Expedientes: 4
Paquetes: 1
Año: 1999
Asunto: Penal varios: 1 Violación,
Expedientes con Sentencia de absolutoria Firme. 1 Abuso sexual, 1 falso testimonio,
1 Lesiones culposas, Expedientes con Resolución de sobreseimiento Firme.
Remesa: P 26 P 05
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 2005
Asunto: Penal varios: 1 Daños, Expedientes
con Sentencia de absolutoria Firme
Remesa: P 20 P 06
Expedientes: 57
Paquetes: 2
Año: 2006
Asunto: Penal varios: 4 agresión con arma,1
daños, 1 delitos contra el honor, 4 desobediencia de autoridad, 3 usurpación, 1
falsedad ideológica, 2 hurto, 1 hurto agravado, 1 lesiones leves, 1 Ley vida
silvestre, 1 Ley de armas, 1 Ley forestal, 1 Resistencia, Expedientes con
Sentencia de absolutoria Firme-. 7 agresión con arma, 2 Hurto, 1 Hurto
agravado, 4 Ley forestal, 1 Receptación, 1 Resistencia de autoridad, 1
Tentativa de robo simple, 1 usurpación, 3 abandono de animal, 1 daño, 6 delitos
contra el honor, 5 desobediencia de autoridad, 1 estafa, 1 resistencia.
Expedientes con
Resolución de sobreseimiento Firme.
Remesa: P
21 P 07
Expedientes: 57
Paquetes: 2
Año: 2007
Asunto: Penal varios: 2 Robo Simple, 1
Tentativa de hurto agravado, 6 Agresión con arma, 5 desobediencia de autoridad,
2 hurtos,1 Incumplimiento de medidas, 1 infracción a la Ley Forestal, 2
lesiones culposas, 5 Ley Forestal,1 Ley de vida Silvestre, 1 privacidad de
liberad, 1 retención indebida, 1 usurpación, 1 violación de domicilio,
Expedientes con Sentencia de absolutoria Firme. 2 Usurpación, 1 Maltrato, 1
abandono de animal, 3 agresión con arma, 1 amenazas, 7 delitos contra el honor,
3 desobediencia de autoridad, 1 hurto, 1 lesiones leves, 1 violación de
domicilio, 4 Ley forestal, 1 robo simple, 1 Ley Vida Silvestre. Expedientes con
Resolución de sobreseimiento Firme.
Remesa: P
17 P 08
Expedientes: 45
Paquetes: 2
Año: 2008
Asunto: Penales varios: 1 Tentativa de
hurto, 2 usurpación, 1 violación de domicilio, 5 agresión con armas, 1 amenazas
agravadas, 6 incumplimiento de medidas, 1 Lesiones leves, 3 Ley de armas, 1 Ley
de caza, 4 Ley forestal, 1 Ley de vida silvestre, 3 Retención indebido, 1
Violación Custodia. Expedientes con Sentencia de absolutoria Firme. 2 agresión con
arma, 1 amenazas, 4 delitos contra el honor, 1 hurto, 1 incumplimiento de
medidas, 1 Infracción a la Ley forestal, 1 Ley forestal, 1 Libramiento de
cheque sin fondos, 1 Retención indebida, 1 violación custodia de cosas, 1
Infracción de Ley de pesca, Expedientes con Resolución de sobreseimiento Firme.
Remesa: P
11 P 09
Expedientes: 40
Paquetes: 1
Año: 2009
Asunto: Penal varios: 2 agresión con arma, 1
Usurpación y daños, 2 violación de domicilio, 2 Lesiones culposas, 3 Ley de
armas, 1 Ley forestal, 1 amenazas, 2 conducción temeraria, 1 daños, 1 ejercicio
ilegal profesional, 2 hurtos, 1 infracción a la Ley forestal, 1 Daños y
amenazas, 1 Hurto simple, 1 Incumplimiento de medidas, 1 Incumplimiento de
deberes asistencia,1 Lesiones leves, Expedientes con Sentencia de absolutoria
Firme, 1 Lesiones culposas, 1 conducción temeraria, 2 daños, 5 delitos contra
el honor, 1 hurto, 1 infracción a la Ley de pesca, 1 Ley de armas, 1
Usurpación, 1 violación de domicilio, 1 Daños y usurpación, 1 Infracción Ley de
Armas.- Expedientes con Resolución de sobreseimiento Firme.
Remesa: P
9 P 10
Expedientes: 52
Paquetes: 2
Año: 2010
Asunto: Penal varios: 1 Robo, 1 usurpación,
1 violación de domicilio, 7 agresión con arma, 1 amenazas contra mujer, 1
conducción temeraria, 3 daños, 1 desobediencia de autoridad, 1 hurtos, 1 hurto
en tentativa, 1 hurto y amenazas agravadas, 2 incumplimiento de medidas, 2
infracción a la Ley forestal, 1 infracción a la Ley de pesca, 3 Ley de armas, 1
Robo simple. Expedientes con Sentencia
de absolutoria Firme. 1 incumplimiento de medidas, 1 infracción a la Ley
forestal, 1 Resistencia de autoridad, 2 Usurpación, 1 agresión con arma, 1
Atentado, 2 Daños, 7 Delitos contra el honor, 1 hurto, 1 calumnia, difamación,
2 conducción temeraria, 2 Hurto agravado, 1 Retención Indebida, 1 Infracción
Ley de Armas. Expedientes con Resolución de sobreseimiento Firme.
Remesa: P
8 P 11
Expedientes: 44
Paquetes: 2
Año: 2011
Asunto: Penal varios: 1 Usurpación, 1 Abuso
Patria potestad, 6 agresión con arma, 4 amenazas contra una mujer, 1
Aprovechamiento ilegal, 2 Daños, 2 Desobediencia de autoridad, 2 Hurto
agravado, 1 incumplimiento de deberes, 1 Infracción a la Ley Forestal, 2
Infracción a la Ley de armas, 1 Infracción a la Ley de pesca, 1 Maltrato animal
y otros, 2 Resistencias, 1 Amenazas agravadas, 4 Incumplimiento de medidas.
Expedientes con Sentencia de absolutoria Firme, 2 Agresión con armas, 1
Amenazas agravadas, 1 Apropiación o retención indebida, 2 conducción temeraria,
1 Difamación y calumnia, 1 Daños patrimoniales y otros, 1 Hurto Simple, 1
Incumplimiento de medidas, 1 Retención indebida, 1 Resistencia de autoridad.
Expedientes con Sentencia de sobreseimiento Firme.
Remesa: P
8 P 12
Expedientes: 15
Paquetes: 1
Año: 2012
Asunto: Penal varios: 2 Infracción a la Ley
de Armas, 1 resistencia de autoridad, 3 Agresión con arma, 1 conducción
temeraria, 1 Incumplimiento de medidas Expedientes con Sentencia de absolutoria
Firme. 3 conducción temeraria, 1 hurto, 2 injurias, calumnias, difamación, 1
Infracción a la Ley de armas. Expedientes con Resolución de sobreseimiento
Firme.
Remesa: P
11 P 13
Expedientes: 3
Paquetes: 1
Año: 2013
Asunto: Penal varios: 2 Hurtos simples.
Expedientes con Sentencia de absolutoria Firme, 1 Incumplimiento de medidas.
Expedientes con Resolución de sobreseimiento Firme.
Si algún interesado ostenta un interés
legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a
la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la
primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín
Judicial.
San José, 17 de marzo de 2017.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora
Ejecutiva
Exonerado.—( IN2017121597 ).
De conformidad con lo dispuesto
en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso
específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del
2015, artículo V y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15,
celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo XCI, se hace del conocimiento
de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se
procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2000 al 2015
del Juzgado Contravencional de Orotina, Alajuela. La documentación, se
encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 20 A 00
Agendas: 4
Carpetas: 32
Años: 2000-2015
Asunto: Documentación Administrativa: Agendas de señalamiento: 4
Agendas (2013 al 2014), Comisiones: 2 Carpetas (2014 al 2015), Reportes y
registros: 1 Carpeta de control de disponibilidad (2015), Correspondencia: 20
Carpetas y 1 Carpeta (2000 al 2015), Reportes y registros: 1 Carpeta de listado
de estrados (2009), Nombramientos de personal: 2 Carpetas, 2 Carpetas con varios
documentos (2009 al 2015), Registro de asistencia: 1 Carpeta y 2 Carpetas con
varios documentos.
Si algún interesado ostenta un interés
legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a
la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la
primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín
Judicial.
San José, 17 de marzo de 2017.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta
Subdirectora
Ejecutiva
Exonerado.—( IN2017121598 ).
De conformidad con lo dispuesto
en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso
específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015, de fecha 12 de Agosto de 2015,
artículo V y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 79-15, celebrada el
03 de Setiembre de 2015, artículo XCI, se hace del conocimiento de las
instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a
la eliminación de Documentación Administrativa del año 2000 al 2015 de la
Sección de Medicina del Trabajo del Organismo de Investigación Judicial, Ciudad
Judicial, San Joaquín de Flores. La documentación, se encuentra remesada y
custodiada en ese Despacho.
Remesa: O 2 H 00
Libros: 07
Agendas: 05
Ampos: 07
Paquetes: 102
Años: 2000 al 2015
Asunto: Documentación Administrativa:
07
Libros (1 Libro de entrada de faxes 2000 a Julio 2015, 1 Libro de entrada de
documentos 2008 a Julio 2015, 1 Libro de entrega expedientes a médicos 2010 a
2011, 1 Libro de entrega expedientes a médicos 2008 a 2013, 1 Libro de entrega
expedientes a médicos 2008 a 2011, 1 Libro de entrada de correos electrónicos
2002 a 2014, 1 Libro de entrega expedientes a Secretaria 2014 a 2015). 05
Agendas (03 Agendas 2014, 02 Agendas 2015). 07 Ampos (1 con Reportes de
ausencias 2014, 1 Reportes de ausencias 2015, 1 Listas de Dictámenes para
refrendar 2014, 1 Listas de Dictámenes para refrendar 2015, 1 con Listas de
citas 2014, 1 con Listas de citas 2015, 1 con Reportes de fax de citas enviadas
2015).102 Paquetes (49 de Dictámenes Médico Legales 2010, 44 de Dictámenes
Médico Legales 2011, 1 Registro y control de fotocopias 2014 a 2015, 1 Control
de entrega y recibo de lavandería 2011 a 2015, 1 Correspondencia enviada y
recibida a/de Juzgados 2013 a 2014, 1 reportes de entrega de equipo médico del
2011 a 2015, 1 Oficios varios 2009, 1 Solicitudes epicrisis 2009, 1 Solicitudes
de interconsultas 2009, 1 Solicitudes para recabar datos 2009, 1 Solicitudes
para recabar datos 2015).
Si algún interesado ostenta un interés
legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a
la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la
primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín
Judicial.
San José, 17 de marzo de 2017.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta
Subdirectora
Ejecutiva
Exonerado.—( IN2017121599 ).
De conformidad con lo dispuesto
en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso
específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014, de fecha 14 de marzo del 2014,
artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 34-14, celebrada el
22 de abril del 2014, artículo LI, se hace del conocimiento de las
instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a
la eliminación de Documentación Administrativa del año 1977 al 2011 del
Departamento de Medicina Legal del Organismo de Investigación Judicial, Ciudad
Judicial, San Joaquín de Flores. La documentación, se encuentra remesada y
custodiada en ese Despacho.
Remesa: 20831
Carpetas: 148
Libros: 15
Paquetes: 27
Año: 1977 - 2011
Asuntos: Documentos Administrativos y médico legales varios:
Asociación
Latinoamericana de Medicina Legal y Deontología Médica 1987-1988, 1 Carpeta.
Correspondencia julio 1997,3 capetas. Reportes de RX 1998,1 Carpeta. (Registro
de reportes de Fax 1998 1 Carpeta. (Registro Correo enviado 1997-1998) 1
Carpeta. Expedientes Administrativo Dr. Zamora 1990-1997 1 Carpeta. Asunto
volumen de Dictámenes Médicolegales 1 Carpeta. Biblioteca Alajuela lista de
libros 1995 1 Carpeta. (Registro Circulares recibidas 1997) Carpeta. 1 Carpeta.
Direcciones de Especialistas 1988-1998 1 Carpeta. Dictámenes de Estudio
Psicologico1986-1990,1 Carpeta, Dictámenes de Puntarenas 1995 ,1 Carpeta.
Cátedra de medicina 1997, 1 Carpeta. Clasificación de puestos y otros1984, 1
Carpeta. Instructivo para evaluación del personal 1997, 1 Carpeta. Pedidos a
Proveeduría1993-2000, 2 Carpeta. Objetivos y Metas 1998,1 Carpeta. Copias
Nombramientos 1997-1998, 1 Carpeta. Machotes examen de matrimonio 1995, 1
Carpeta. Inventario de activos 1997, 1 Carpeta. Hojas de Hospitales 1993,1996,
1997 3 Carpetas. Oficios Autorizaciones de gasto-facturas 1985-1997, 4
Carpetas. Copias de solicitudes de laboratorio y Rayos X 1985- 2000, 5
Carpetas. Circulares Recibidas 1994, 1 Carpeta. Circulares Recibidas 1995, 1
Carpeta. Copias de Nombramientos 1996, 1 Carpeta. Nombramientos y Circulares de
Personal 1994-1995, 1 Carpeta. Circulares Recibidas 1996, 1 Carpeta.
Estadística 1990-1992, 4 Carpetas. Calificaciones de funcionarios 1990, 1
Carpeta. Salarios actualizados 1995, 1 Carpeta. Sesiones Hospital México 1988,
1 Carpeta. Reglamento Calificación de Servidores Judiciales 1981, 1 Carpeta.
Reglamento Carrera Profesional Poder Judicial 1989, 1 Carpeta. (Registro de
Consultas realizadas 2003-2005) 11 carpetas. (Control de Consecutivo 2003, 3
carpetas). Casos del Consejo Médico de la UNML Alajuela 1998, 1 Carpeta.
Hospital San Rafael de Alajuela 1997, 1 Carpeta. Documentos INS 1994,1997, 2
Carpetas. Actividades académicas Medicina Legal 1988-1990, 1 Carpeta. Facturas
Jornadas de Medicina Legal, 1 Carpeta. Acciones de Personal 1987-1992, 1 Carpeta.
Alcoholemias 1985, 1 Carpeta. Estadística 1986, 1 Carpeta. Equipo
interdisciplinario 2005, 1 Carpeta. Estadística 1988, 1 Carpeta.
Correspondencia interna enviada 1985, 1 Carpeta. Estadística de 1989, 1
Carpeta. Régimen Disciplinario Clínicas de Provincia 1992-1994, 1 Carpeta.
Planilla Departamento de Medicina Legal 1996-1997, 1 Carpeta. Asunto sobre
residencia patología 1991, 1 Carpeta. Ministerio Público 1977-1987,1 Carpeta.
Asuntos Detenidos 1982-1989, 1 Carpeta. Asunto Médicos de Patología, 1 Carpeta.
Secretaria OIJ 2007, 1 Carpeta. Presupuesto 1984, 1 carpeta. Presupuesto
1987-1998, 19 carpetas. Correspondencia Enviada y Recibida 1985-1997, 25
carpetas. Correspondencia Enviada y Recibida 2003-2005-2007, 1 carpeta.
(Registro de facturas tramitadas de médicos por honorarios 2008-2011) 13
carpetas. Informe mensual y anual 1993-1996, 6 carpetas.
Paquetes de carpetas: 23
Desglose de Libros de Entrada
Libro
correspondiente a (Registro de entrada de casos) de Mayo de 1991 a mayo de
1993, utilizado en toda su foliatura. Libro correspondiente (Registro de
entrada de casos) fecha de Enero de 1995 a Octubre de 1996, utilizado en toda
su foliatura. Libro correspondiente a (Registro de entrada de casos) fecha de
Octubre de 1996 a Diciembre 1997. Utilizado hasta folio 126. Desglose de Libros
de actas: (Registro Control de casos concluidos) Febrero 2000- Mayo 2003 2
Libros. Libro de Conocimiento (Registro de entrega de documentación) Mayo 1994-
Agosto 1998. Utilizado hasta folio 256 1 Libro. (Registro Control de casos
remitidos). Febrero 2001- Julio 2001. Utilizado hasta folio 478. 1 Libro,
(Registro Control de casos, correo). Setiembre 2002-Agosto 2006 2 Libros. (Registro
Control de FAX.) Setiembre 2000- Marzo 2002. Utilizado hasta folio 65.1 Libro.
(Registro Control de casos “Correo”). Setiembre 2002- Setiembre 2006. Utilizado
hasta folio 184 1 Libro. (Registro Valoración de Detenidos) Mayo de 2010- Abril
2011 Utilizada toda la foliatura 1 Libro. (Registro de ventana). Marzo 2010-
Febrero 2011. Utilizada toda la foliatura. 1 Libro. (Registro de Control de
Expedientes Médicos de Alajuela). Marzo 1987-Diciembre 1997 Folios utilizados
272 1 Libro. (Registro de Estadísticas). 1987-1992. Utilizado hasta Folio 471 1
Libro.
Paquetes de libros : 4
Total de paquetes remesar : 27
Si algún interesado ostenta un interés
legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a
la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la
primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín
Judicial.
San José, 17 de marzo de 2017.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta
Subdirectora
Ejecutiva
Exonerado.—( IN2017121600 ).
De conformidad con lo dispuesto
en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso
específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015,
artículo V y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15, celebrada el
03 de setiembre del 2015, artículo XCI, se hace del conocimiento de las
instituciones públicas, privadas y del público en general que se procederá a la
eliminación de Documentación Administrativa del año 2002 al 2016 del Juzgado
de Pensiones Alimentarias del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica.
La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 9 L 02
Libros: 32
Registros: 36
Agenda: 8
Ampo: 19
Año: 2002-2016.
Asunto: Documentación
administrativa. 8 agendas de los años 2012, 2007, 2005, 2008, 2009, 2010, 2011
y 2006. 18 Registros de asistencia de los años 2007, 2009 (3), 2010 (2), 2011
(3), 2012 (3), 2013 (3), 2014 (2) y 2015. 07 Registros de correo de los años
2009 (3), 2010 (3) y 2014. 09 Registros control asistencia de usuarios de los
años 2013 (4) y 2014 (5). 2 Registros de notificaciones de los años 2009 y
2008. 2 Ampos control asistencia de usuarios año 2015-2016. 07 Ampos control de
correo ingresado de los años 2008, 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015 (2). 4 Ampos
correspondencia apremios años 2012 (2) y 2013 (2). 3 Ampos de registro correo
certificado años 2014, 2015 y 2010. 2 Ampos consultas depósitos judiciales. 1
Ampo de control de expedientes tramitados del año 2014. 8 Libros correo
certificado de los años 2004, 2007, 2009, 2008, 2010 (3), 2006. 6 Libros pase
de manifestación de los años 2011 (2), 2006, 2008, 2007, 2012. 4 Libros pase a
fallo de los años 2009, 2010, 2006 (2). 1 Libro control de personas detenidas
del año 2009. 1 Libro conciliación del año 2009. 4 Libros de conocimiento de
los años 2010, 2009, 2005, 2002. 2 Documento firmado digitalmente 17/03/2017
15:15:23 Libros de control entrega de comisiones de los 2009 y 2006. 1 Libro
juramentaciones del año 2009. 3 Libros control entrega de apremios de los años
2009, 2010, y 2012. 1 Libro Control de comisiones del año 2009. 1 Libro control
aumentos automáticos del año 2010. Dan fe que el proceso de selección en el
despacho cumplió con lo establecido en circular Nº 36-2010 de la Secretaría
General de la Corte.
Si
algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de
ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese
por tres veces en el Boletín Judicial.
San
José, 17 de marzo de 2017.
MBA. Dinorah Álvarez Acosta,
Exonerado.—( IN2017121601 ) Subdirectora Ejecutiva
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 12 del Reglamento sobre expedientes electrónicos ante
el Poder Judicial, se hace saber a las partes de los procesos que se tramitan
en el Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San
José, que al contar con el expediente completamente digitalizado y con los
respaldos de seguridad respectivos, se procederá a la destrucción de
expedientes en papel que a continuación se detallan. Si alguna parte, tiene
interés en que se les entregue los documentos aportados o las actuaciones que
se efectuaron, deberá gestionar ante el Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía
del Segundo Circuito Judicial de San José, en un plazo máximo de treinta días
hábiles a partir de esta publicación. En caso de no recibirse manifestación
alguna, se procederá con la destrucción y el reciclaje de los expedientes.
Publíquese por una
vez en el Boletín Judicial. Comuníquese, 21 de marzo de 2017.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía, Segundo Circuito Judicial de San José, a las
09 horas del 21 de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Freddy Aikman Espinoza,
Juez Coordinador.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017121814 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de la devolución de cuotas de trabajador fallecido, de quien en
vida se llamó Carlos Manuel Garro Barrantes, quien fue mayor, casado,
costarricense, pensionado de la Caja Costarricense de Seguro Social, cédula de
identidad Nº 1-0277-0349 vecino de Pavas centro del Correo 200 metros al sur,
casa esquinera a mano derecha, con árboles de mango frente al cajero del Banco
Nacional quien falleciera el día 19 de septiembre de dos mil dieciséis, que se
consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo de ocho días,
contados a partir de la publicación de este Edicto, se apersonen a este
Despacho a hacer valer sus derechos de conformidad con el artículo 85 del
Código de Trabajo y sus reformas. Lo anterior por haberse ordenado así en
consignación de prestaciones Nº 16-300093-891 LA-4 donde figura como causante
Carlos Manuel Garro Barrantes y como gestionante Nidia Ureña Sandí, en calidad
de esposa del causante.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas,
02 de noviembre de 2016.—Licda. Lorena Delgado Ruiz, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2017110660 ).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de Pastora Calderón Solano, quien fue mayor, viuda,
maestra pensionada, con cédula de identidad N° 3-0088-0171, vecina de Cartago,
barrio El Molino, 200 metros al norte y 50 metros al este de la iglesia María
Auxiliadora y que falleció el 3 de agosto del año 2016, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias consignación de prestaciones, que se tramita bajo el expediente
N° 17-000030-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. N°
17-000030-1023-LA. Promovido por María Mora Calderón y Isabel Mora Calderón.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 17 de enero del 2017.—Lic. Ricardo
Pérez Poveda, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017123219 ).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las catorce horas y treinta minutos (2:30 p.m.) del veinte de
abril de dos mil diecisiete, y con la base de ciento veintiún mil dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número cuatrocientos ochenta y ocho mil noventa y tres
cero cero cero la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito
01 Santa María, cantón 17 Dota, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Humberto Rojas Rojas y Jorge Hidalgo Ureña; al sur, calle pública con 32
metros, 93 centímetros; al este, Julio Ureña Agüero y Vicente Ureña Agüero y al
oeste, Vicente Ureña Agüero. Mide: mil setecientos veintiún metros con ochenta
y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas
y treinta minutos (2:30 p.m.) del ocho de mayo de dos mil diecisiete, con la
base de noventa mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y treinta minutos (2:30 p.m.) del veintitrés de mayo de dos mil diecisiete con
la base de treinta mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Transacciones Mercantiles y Valores
Comerciales Amon S. A. Tres-ciento dos-quinientos siete mil setecientos once
S.R.L. contra Agrícola El Jocotal Cincuenta y Uno G S U Sociedad Anónima. Exp:
16-000529-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 16 de
marzo del 2017.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2017119346 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada: 386-01156-01-0835-001; a las trece horas y
cuarenta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil diecisiete, y con la
base de noventa y cinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos
ochenta y seis mil doscientos setenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno
lote 8-D bloque D T/para construir. Situada en el distrito Granadilla, cantón
Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, zona de
protección de quebrada; al noroeste, lote siete de C.E. Inmobiliarias Unidas S.
A.; al sureste, lote nueve de C.E. Inmobiliarias Unidas S. A., y al suroeste,
calle pública con once metros de frente. Mide: Trescientos cincuenta y seis
metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de setiembre
de dos mil diecisiete, con la base de setenta y un mil doscientos cincuenta
dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del once de
octubre de dos mil diecisiete con la base de veintitrés mil setecientos
cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Calle
Preciados Limitada contra José Mario Jara Alvarado. Exp. N° 17-002951-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 14
de marzo del 2017.—Licda. Jéssica Vargas Barboza, Jueza.—( IN2017123082 ).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las
nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de abril de dos mil
diecisiete, y con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula Nº 104152 (derechos 001-002 y 003) todos conforman la totalidad del
bien, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 03
Calle Blancos, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Ana María Murillo; al sur, Luis Esteban García, Félix García; al este,
calle pública y al oeste, Marianela Solís. Mide: ciento diecisiete metros con
setenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y cuarenta y cinco minutos del quince de mayo de dos mil
diecisiete, con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de mayo de dos
mil diecisiete con la base de un millón trescientos setenta y cinco mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Riralemo del Norte S. A. contra Ana Gabriela de la Trinidad
Fernández Rivera, Fernando Aaron Dávila Fernández, Johann Enrique Dávila
Fernández, Ricardo Alberto Dávila Fernández, expediente Nº 17-001223-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 07
de marzo del 2017.—Licda. Kathya María Araya Jácome, Jueza.—( IN2017123121 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando plazo de convalidación (Rectificación de medidas) citas
2014-00032222-01-006-001; a las once horas y cero minutos del veintisiete de
julio del dos mil diecisiete, y con la base de setenta mil dólares exactos , en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número doscientos cincuenta y dos mil trescientos cincuenta y tres
cero cero cero la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito San
Antonio, cantón Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Natividad Arias y Juan Chinchilla; al sur, Eduardo Mora Chinchilla; al este,
Natividad Arias y Juan Chinchilla, y al oeste, calle en medio Rafael Mesén.
Mide: Siete mil setecientos setenta y ocho metros con cincuenta y tres
decímetros cuadrados. Plano catastrado N° SJ-0024368-1976. Para el segundo
remate se señalan las once horas y cero minutos del catorce de agosto del dos
mil diecisiete, con la base de cincuenta y dos mil quinientos dólares exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las once horas y cero minutos del treinta de agosto del dos mil diecisiete con
la base de diecisiete mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Industrias
Centroamericanas Callao Sociedad Anónima contra Antonio Francisco Cañas Mora.
Exp. N° 15-002953-1338-CJ.—Juzgado Tercero
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 14 de
febrero del 2017.—M.Sc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—( IN2017123122 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes
hipotecarios; a las quince horas y treinta minutos del diez de julio del año dos
mil diecisiete, y con la base de doce millones de colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos veinticuatro mil veintidós cero cero cero la cual es terreno de
café. Situada en el distrito 7 Puente de Piedra, cantón 3 Grecia, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Olala S. A., en medio yurro; al sur,
servidumbre de paso en medio de Digna Arias Rodríguez; al este, Vilma Arias
Alpízar, y al oeste, Elizabeth María Arias Salas. Mide: Mil ocho metros con
setenta y un decímetros cuadrados. Plano: A-0774078-2002. Para el segundo
remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veintiséis de julio
del año dos mil diecisiete, con la base de nueve millones de colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las quince horas y treinta minutos del once de agosto del año dos mil
diecisiete con la base de tres millones de colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Brillitte Elena De Jesús Durán Alfaro, Marlon Alberto Durán Alfaro contra
Estefany María Rodríguez Arias. Exp. N° 16-004497-1204-CJ.—Juzgado de Cobro,
Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 19 de
enero del 2017.—Licda. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—( IN2017123132 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las
catorce horas y treinta minutos del ocho de agosto del dos mil diecisiete, y
con la base de ocho mil trescientos cinco dólares con noventa y ocho centavos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa BCG307, marca Kia, estilo
Sportage, Chasis KNDJF724387475088, capacidad 5 personas, color gris, año 2008,
combustible gasolina. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y
treinta minutos del veinticuatro de agosto del dos mil diecisiete, con la base
de seis mil doscientos veintinueve dólares con cuarenta y ocho centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las catorce horas y treinta minutos del ocho de setiembre del dos mil
diecisiete, con la base de dos mil setenta y seis dólares con cuarenta y nueve
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica
S. A. contra Otto Antonio Chinchilla Salas, Sofía Patricia Chinchilla Mora. Expediente
N° 16-023227-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 17 de febrero del 2017.—Licda. Brenda Vargas Quesada,
Jueza.—( IN2017123133 ).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las
quince horas y treinta minutos (3:30 p.m.) del dos de mayo de dos mil
diecisiete y con la base de once mil setecientos veinte dólares con setenta y
cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo BFN644,
marca: Toyota, estilo: Yaris, capacidad: 5 personas, serie: JTDBT923X01426980,
Año: 2013, color: blanco, tracción: 4x2, vin: JTDBT923X01426980, vin:
JTDBT923X01426980, N° motor: 1NZE271401. Para el segundo remate se señalan las
quince horas y treinta minutos (3:30 p.m.) del diecisiete de mayo de dos mil
diecisiete, con la base de ocho mil setecientos noventa dólares con cincuenta y
cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las quince horas y treinta minutos (3:30 p.m.) del dos de
junio de dos mil diecisiete con la base de dos mil novecientos treinta dólares
con dieciocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se
le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra Glendy Paola Rojas Gallo,
expediente Nº 16-009486-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
09 de febrero del 2017.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2017123134 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho
horas del veintidós de mayo de dos mil diecisiete, y con la base de once mil
trescientos cuarenta dólares con ochenta y dos centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo: Placas N° BDR-055, marca Chevrolet, estilo
Spark LS, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2013, color blanco,
vin KL1MJ6C47DC004784, cilindrada 800 cc, combustible gasolina, motor Nº
A08S3963338KC2. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del seis de
junio de dos mil diecisiete, con la base de ocho mil quinientos cinco dólares
con sesenta y dos
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las ocho horas del veintiuno de junio de dos mil diecisiete con la base
de dos mil ochocientos treinta y cinco dólares con veintiún centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Improsa S. A. contra Marisel Alejandra Quiros Quesada. Exp. N° 16-000637-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del I Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón)
(Materia Cobro), 23 de enero del 2017.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge,
Juez.—( IN2017123135 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada citas: 305-05679-01-0901-001 servidumbre
dominante citas: 351-04588-01-0030-001 servidumbre dominante citas:
351-04588-01-0031-001 servidumbre dominante citas: 351-04588-01-0032-001
servidumbre dominante citas: 351-04588-01-0033-001 servidumbre dominante citas:
351-04588-01-0034-001 servidumbre dominante citas: 351-04588-01-0035-001
servidumbre sirviente citas: 351- 04588-01-0036-001 serv cable-vías ref:
00113843-00000113844-000 citas: 354- 15226-01-0005-001 serv drenaje
ref:00113843-00000113844-000 citas: 354-15226- 01-0006-001 serv ferrocarril
ref: 00113843-00000113844-000 citas: 354-15226-01- 0007-001 serv cable vías
ref: 00113845-000 citas: 354-15226-01-0918-001 serv drenaje ref: 00113845- 000
citas: 354-15226-01-0919-001 serv ferrocarri ref: 00113845-000 citas:
354-15226-01-0920-001 servidumbre dominante citas: 354-15227-01-0050-001
servidumbre dominante citas: 354-15227-01-0051-001 servidumbre trasladada
citas: 354-15227-01-0052-001 servidumbre dominante citas: 354-15227-01-0053-001
servidumbre dominante citas: 354-15227-01-0054-001 servidumbre dominante citas:
354-15227-01-0055-001 servidumbre dominante citas: 354-15227-01-0056-001
servidumbre dominante citas: 354-15227-01-0057-001 servidumbre dominante citas:
357-19815-01-0011-001 servidumbre dominante citas: 357-19817-01-0007-001
servidumbre dominante citas: 358-12248-01-0904-001 servidumbre dominante citas:
359-10136-01-0950-001 servidumbre dominante citas: 369-13592-01-0040-001
servidumbre dominante citas: 369-13592-01-0041-001 servidumbre dominante citas:
369-13592-01-0042-001 servidumbre dominante citas: 369-13592-01-0043-001
servidumbre dominante citas: 369-13592-01-0044-001 servidumbre dominante citas:
369-13592-01-0045-001 servidumbre dominante citas: 369-13592-01-0046-001
servidumbre dominante citas: 369-13592-01-0047-001 servidumbre dominante citas:
369-13592-01-0048-001 servidumbre dominante citas: 369-13592-01-0049-001
servidumbre dominante citas: 372-19308-01-0900-001 servidumbre dominante citas:
376-08424-01-0034-001 servidumbre dominante citas: 394-12020-01-0825-001
servidumbre dominante citas: 394-12020-01-0826-001 servidumbre dominante citas:
394-12020-01-0827-001 servi cables viref: 00136841 000 citas:
395-16618-01-0031-001 servi cables viref: 00136842 000 citas: 395-16618-
01-0032-001 servi cables viref: 00136843 000 citas: 395-16618-01-0033-001 servi
cables viref: 00136844 000 citas: 395- 16618- 01-0034-001 servi cables viref:
00136845 000 citas: 395-16618-01-0035-001 servi cables viref: 00136846 000
citas: 395-16618-01-0036-001 servi cables viref: 00136847 000 citas:
395-16618-01-0037-001 servi cables viref: 00136848 000 citas:
395-16618-01-0038-001 servi cables viref: 00136849 000 citas: 395-16618-
01-0039-001 servi cables viref: 00136850 000 citas: 395-16618-01-0040-001 servi
cables viref: 00136851 000 citas: 395-16618-01-0041-001 servidumbre dominante
citas: 399-17238-01-0016-001 servidumbre dominante citas: 399-17238-01-0017-001
servidumbre dominante citas: 406-07075-01-0007-001 servidumbre dominante citas:
406-07075-01-0008-001 servidumbre trasladada citas: 408-18466-01-0002-001
servidumbre bananera citas: 413-17438-01-0017-001 servidumbre de paso citas:
423-11021-01-0005-001 servidumbre de paso citas: 423-11021-01-0007-001
servidumbre de paso citas: 474-13373-01-0031-001 ser; a las nueve horas y
treinta minutos del veintidós de mayo del dos mil diecisiete, y con la base de
sesenta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y un
mil trescientos sesenta y ocho cero cero cero, la cual es terreno de solar con
una casa-parcela 360. Situada: en el distrito Horquetas, cantón Sarapiquí, de
la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Standard Fruit Company S. A.; al
sur Standard Fruit Company S. A.; al este, calle pública con 15.55 metros, y al
oeste, en parte Standard Fruit Company y parcela 361. Mide: doscientos noventa
y cinco metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo
remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del seis de junio del dos
mil diecisiete, con la base de cuarenta y cinco millones de colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de junio del dos mil
diecisiete, con la base de quince millones de colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Eliecer José Sequeira Miranda. Expediente N°
16-001239-1208-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Materia Cobro), 23 de marzo del
2017.—Lic. Andrés Rafael Valladares Castillo, Juez.—( IN2017123146 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada citas 269-00849-01-0002-001; a las quince
horas y cero minutos del veintisiete de abril del año dos mil diecisiete, y con
la base de cinco millones cuatrocientos veinte mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
491205-000, la cual es terreno para construir lote L-111. Situada en el
distrito Patarrá, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, lote 110 A; al sur, lote 112 A; al este, lote 113 A, y al oeste, calle
publica con 7 metros. Mide: Ciento setenta y cinco metros con treinta y un
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero
minutos del quince de mayo del año dos mil diecisiete, con la base de cuatro
millones sesenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos
del treinta de mayo del año dos mil diecisiete con la base de un millón
trescientos cincuenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Caja Costarricense del Seguro Social contra Paul Dariel Marín Matarrita.
Exp. N° 11-013820-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de San José, 28 de febrero del 2017.—Licda. Adriana
Sequeira Muñoz, Jueza.—( IN2017123148 ).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las
nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de junio de dos mil
diecisiete, y con la base de seis millones ciento cuarenta y tres mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y nueve mil setecientos treinta y
seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, lote
dos-A. Situada en el distrito 05 Agua Caliente (San Francisco, cantón 01
Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote número uno-A, para
construir de urbanizadora Pitahaya S. A.; al sur, lote tres-A con una casa de
habitación de urbanizadora La Pitahaya S. A.; al este, calle pública con un
frente a esta de ocho metros veinticinco centímetros y al oeste, lote comercial
número uno urbanizadora La Pitahaya S. A. Mide: ciento sesenta y nueve metros
con diez decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del tres de julio de dos mil diecisiete, con
la base de cuatro millones seiscientos siete mil doscientos cincuenta colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de julio de
dos mil diecisiete con la base de un millón quinientos treinta y cinco mil
setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso monitorio de VA Intertrading Aktiengesellschaft contra
Industrias Químicas S. A., expediente Nº 10-004423-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de
marzo del 2017.—Licda. Zary Navarro Zamora, Jueza.—( IN2017123151 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servids localiz ref: 00034892 00000034893 000 citas: 373-18066-
01-0904-001 y servids localiz ref:00034894 000 citas: 373-18066-01-0905-001; a
las once horas y veinte minutos del veinticuatro de mayo de dos mil diecisiete,
y con la base de noventa y dos millones setecientos noventa y seis mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número ciento once mil setecientos setenta y seis-F-cero
cero cero (111776-F-000), la cual es terreno finca filial primaria
individualizada número cuarenta y tres apta para construir que se destinara a
uso residencial la cual podrá tener una altura máxima de tres pisos. Situada en
el distrito 03 San Miguel, cantón 03 Santo Domingo, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, finca filial primaria individualizada número cuarenta y
cuatro; al sur, finca filial primaria individualizada número cuarenta y dos; al
este acceso vehicular con un frente de ocho metros y al oeste trabajos
metálicos sociedad anónima. Mide: Ciento veinte metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las once horas y veinte minutos del ocho de junio de
dos mil diecisiete, con la base de sesenta y nueve millones quinientos noventa
y siete mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las once horas y veinte minutos del veintitrés de
junio de dos mil diecisiete con la base de veintitrés millones ciento noventa y
nueve mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Carlos Luis Rojas Villalobos.
Exp. N° 16-009708-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de
Heredia, (Materia Cobro), 22 de marzo del 2017.—Licda. Noelia Prendas
Ugalde, Jueza.—( IN2017123153 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
siete horas y treinta minutos del veinte de abril del dos mil diecisiete, y con
la base de diecisiete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento
ocho mil cuarenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote
19 E. Situada: en el distrito primero Cañas, cantón sexto Cañas, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 4 E; al sur, calle pública; al
este, lote 18 E, y al oeste lote 1 E. Mide: doscientos dos metros con treinta y
siete decímetros cuadrados. Plano: G-0492351-1998. Para el segundo remate, se
señalan las siete horas y treinta minutos del ocho de mayo del dos mil
diecisiete, con la base de doce millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las siete horas y treinta minutos del veintitrés de mayo del dos mil
diecisiete, con la base de cuatro millones doscientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Arango del Sur y López del Norte S. A. contra Luis Diego Otarola
Cambronero. Expediente N° 15-001835-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor
Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia,
(Materia Cobro), 28 de febrero del 2017.—Lic. Jorge Zúñiga Jáen, Juez.—(
IN2017123165 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso bajo citas
578-04133-01-0001-001; a las catorce horas y treinta minutos del treinta de
mayo del año dos mil diecisiete, y con la base de ciento setenta y tres mil
quinientos dos dólares con cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número veintiséis mil
cuatrocientos cuarenta cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno de forma
trapecial con cacao. Situada en el distrito Río Blanco, cantón Limón, de la
provincia de Limón. Colinda: al norte, Jesús Córdoba; al sur, Jesús Córdoba; al
este, Jesús Córdoba, y al oeste, Jesús Córdoba. Mide: Cincuenta y ocho mil
cuatrocientos sesenta y un metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del catorce de
junio del año dos mil diecisiete, con la base de ciento treinta mil ciento
veintiséis dólares con cincuenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta
minutos del veintinueve de junio del año dos mil diecisiete con la base de
cuarenta y tres mil trescientos setenta y cinco dólares con cincuenta y un
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Javier Leonardo Facey
Maxacel, Karen Jackelyn Thomas Smith. Exp. N° 16-001369-1208-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona
Atlántica (Materia Cobro), 13 de marzo del 2017.—Lic. Andrés Rafael Valladares
Castillo, Juez.—( IN2017123180 ).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando reservas Ley Aguas, reservas Ley Forestal, a las quince horas y
cuarenta y cinco minutos del cuatro de mayo de dos mil diecisiete, y con la
base de $17.494,40, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en
el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula Nº 200107-000, la cual es terreno potrero.
Situada en el distrito 3- Veintisiete Abril, cantón 3-Santa Cruz de la
provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Alexander Gutiérrez García; sur,
resto reservado y servidumbre agrícola con un frente de 7 metros de ancho;
este, resto reservado y oeste, Vertila Gutiérrez Villafuerte. Mide: cinco mil
trescientos cincuenta y nueve metros cuadrados. Plano: G-1607017-2012. Para el
segundo remate se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del
diecinueve de mayo de dos mil diecisiete, con la base de $13.120,80 (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince
horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de junio de dos mil diecisiete con
la base de $4.372,60 (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se
le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Damirocca Sociedad Anónima contra Francisco García
Castro, expediente Nº 15-001605-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 21 de
febrero del 2017.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2017123191 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones bajo las citas 0295-00007981-01-0922-002; a
las nueve horas y quince minutos del doce de mayo de dos mil diecisiete, y con
la base de ciento veinte mil dólares exactos , en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
veinticuatro mil doscientos seis cero cero uno, cero cero dos la cual es
terreno para construir y agricultura con una casa finca se encuentra en zona
catastrada. Situada en el distrito 02 Mansión, cantón 02 Nicoya, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: Al norte, de María Del Rosario Zamora Salazar; al sur,
José Francisco Abarca y Ezequiel Apolunio; al este, calle pública, y al oeste,
María Del Rosario Zamora Salazar y calle pública. Mide: Veinticuatro mil
ochocientos cincuenta y seis metros con cero cuadrados plano G-1678020-2013.
Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del
veintinueve de mayo de dos mil diecisiete, con la base de noventa mil dólares
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y quince minutos del trece de junio de dos mil
diecisiete con la base de treinta mil dólares exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Phalanx S. A. contra Karol Melissa Cortés Cortés y otro. Exp. N°
14-010652-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 7 de marzo del 2017.—Licda. Melania Jiménez Vargas,
Jueza.—( IN2017123196 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servs y median ref: 013372 000 y medianeria citas:
0342-00015829-01-0993-003; a las siete horas y treinta minutos del veintisiete
de abril del dos mil diecisiete, y con la base de cuarenta y un millones
setecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y siete mil
trescientos treinta y nueve cero cero cero, la cual es terreno para construir
con una casa. Situada: en el distrito 08 Barranca, cantón 01 Puntarenas, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte lote 1283; al sur, avenida 5; al este
lote 1298, y al oeste, lote 1296. Mide: doscientos metros con cuarenta
decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las siete horas y
treinta minutos del quince de mayo del dos mil diecisiete, con la base de
treinta y un millones doscientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las siete
horas y treinta minutos del treinta de mayo del dos mil diecisiete, con la base
de diez millones cuatrocientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Marjorie Barrientos Arguedas. Expediente N°
16-001309-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas,
13 de diciembre del 2016.—Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—( IN2017123216 ).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando condiciones y reservas; a las quince horas y cero minutos del
veintitrés de mayo de dos mil diecisiete, y con la base de cinco millones
quinientos diez mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cinco mil novecientos
ochenta y siete cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 05 Cariari, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al
norte, Vera Meyin Vargas Alvarado; al sur, William Francisco Sánchez Navarro;
al este, calle pública y al oeste, Yorleny de Los Ángeles Berrocal Miranda.
Mide: trescientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
quince horas y cero minutos del siete de junio de dos mil diecisiete, con la
base de cuatro millones ciento treinta y dos mil quinientos colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las quince horas y cero minutos del veintidós de junio de dos mil diecisiete
con la base de un millón trescientos setenta y siete mil quinientos colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Carlos Luis Colomer
Benavente, expediente Nº 16-000182-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
de Pococí (Materia Cobro), 21 de marzo del 2017.—Lic. Johnny Esquivel
Vargas, Juez.—( IN2017123223 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre de acueducto y de paso de AyA al tomo 0501, asiento
00006336-01-0038-001; a las catorce horas y treinta minutos del cuatro de mayo
del dos mil diecisiete, y con la base de trescientos doce mil dólares exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula número treinta mil ochocientos sesenta y ocho f cero cero cero,
la cual es terreno finca filial ciento veintiuno apta para construir que se
destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos
pisos. Situada: en el distrito 3-Pozos y además 4 Uruca, cantón 9-Santa Ana, de
la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial ciento veintidós; al
sur, finca filial ciento veinte; al este, acceso privado número dos con 11
metros, y al oeste, finca filial ciento trece y ciento catorce. Mide:
trescientos setenta y ocho metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados.
Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del
diecinueve de mayo del dos mil diecisiete, con la base de doscientos treinta y
cuatro mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la
tercera subasta, se señalan las catorce horas y treinta minutos del cinco de
junio del dos mil diecisiete con la base de setenta y ocho mil dólares exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carmen
Cecilia Polo Camacho. Expediente N° 16-017642-1012-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de marzo del 2017.—Lic.
Esteban Herrera Vargas, Juez.—( IN2017123228 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
once horas cero minutos del diecisiete de mayo del año dos mil diecisiete, y
con la base de sesenta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 81389-000
la cual es terreno inculto. Situada en el distrito 01 San Isidro, cantón 11
Vásquez de Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, José Vargas;
al sur, Enrique Zúñiga Rodríguez; al este, José Vargas, y al oeste, carretera.
Mide: Doscientos veintidós metros con setenta y siete decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las once horas cero minutos del cero uno de
junio del año dos mil diecisiete, con la base de cuarenta y cinco millones de
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las once horas cero minutos del dieciséis de junio del año
dos mil diecisiete con la base de quince millones de colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra M Y M
Quivar Sociedad Anónima. Exp. N° 16-022565-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado
Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de marzo
del 2017.—Licda. Hannia Marchena Jiménez, Jueza.—( IN2017123238 ).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las diez
horas y cero minutos del veintitrés de mayo del año dos mil diecisiete, y con
la base de treinta y un mil ciento setenta y seis dólares con sesenta y cinco
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa PKN 126,
marca Mahidra, estilo XUV quinientos, capacidad siete, año de fabricación dos
mil catorce, categoría automóvil, carrocería todo terreno, cuatro puertas,
chasis MA UNO Y N cuatro H K U D seis F cinco uno cinco uno cero, color negro,
motor número ilegible, tracción cuatro por cuatro, combustible diesel,
cilindros cuatro. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero
minutos del siete de junio del año dos mil diecisiete, con la base de
veintitrés mil trescientos ochenta y dos dólares con cuarenta y nueve centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas y cero minutos del veintidós de junio del año dos mil diecisiete
con la base de siete mil setecientos noventa y cuatro dólares con dieciséis
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Pablo Ignacio Sánchez Ávila,
expediente Nº 14-027156-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo
Circuito Judicial de San José, 20 de marzo del 2017.—Licda. Hannia Marchena
Jiménez, Jueza.—( IN2017123243 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas
309-12953-01-0002-001, así como reservas de ley de aguas y Ley de Caminos
Públicos citas 309-18912-01-0002-001; a las quince horas y cero minutos del
veintitrés de mayo del año dos mil diecisiete, y con la base de catorce
millones ochocientos sesenta y dos mil trescientos veintiséis colones con treinta
y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y cinco mil setecientos quince
cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 4
Bahía Ballena, cantón 5 Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
calle pública, con 14 metros; al sur, Rancho La Merced S. A.; al este, Irene
Vargas Sequeira, y al oeste, Inversiones Turísticas Odio y Barboza S. A. Mide:
Quinientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas
y cero minutos del siete de junio del año dos mil diecisiete, con la base de
once millones ciento cuarenta y seis mil setecientos cuarenta y cuatro colones
con setenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintidós de
junio del año dos mil diecisiete con la base de tres millones setecientos
quince mil quinientos ochenta y un colones con cincuenta y ocho céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Asimismo libre de gravámenes
hipotecarios y anotaciones; pero soportando reservas de ley de aguas y ley de
caminos públicos citas 309-12953-01-0002-001 así como reservas de ley de aguas
y ley de caminos públicos citas 309-18912-01-0002-001; a las quince horas y
cero minutos del veintitrés de mayo del año dos mil diecisiete,, y con la base
de diecinueve millones ochocientos catorce mil ciento veintitrés colones con
treinta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y cinco mil
setecientos dieciséis cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada
en el distrito 4 Bahía Ballena, cantón 5 Osa, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, calle pública, con 19 metros 08 centímetros; al sur, Rancho
La Merced S. A.; al este, Irene Vargas Sequeira, y al oeste, Inversiones
Turísticas Odio y Barboza S. A. Mide: Seiscientos ochenta y ocho metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos
del siete de junio del año dos mil diecisiete, con la base de catorce millones
ochocientos sesenta mil quinientos noventa y dos colones con cincuenta céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas
y cero minutos del veintidós de junio del año dos mil diecisiete con la base de
cuatro millones novecientos cincuenta y tres mil quinientos treinta colones con
ochenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Irene De
Los Ángeles Vargas Sequeira. Exp. N° 16-002780-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia
Cobro), 20 de marzo del 2017.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—(
IN2017123266 ).
En
la puerta exterior de este Despacho, soportando hipoteca de primer grado, citas
2009-315581-01-0002-001; demanda penal citas 800-331555-01-0001-001; y demanda
penal citas 800-331556-01-0001-001, a las nueve horas treinta minutos del dos
de mayo de dos mil diecisiete, y con la base de ciento veintiocho millones
ochocientos ochenta y cinco mil setecientos cincuenta colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido
de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº
171709-000 la cual es terreno para construir lote 9 J. Situada en el distrito
2-San Diego, cantón 3-La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte,
lote 10 J con 21,17 metros; al sur, lote 8 J con 21,65 metros; al este, calle
pública 1 con 8 metros y al oeste, Inmobiliaria Agrícola La Carpintera S. A.
con 8,01 metros. Mide: ciento setenta y un metros con veintiocho decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos
del diecisiete de mayo de dos mil diecisiete, con la base de noventa y seis
millones seiscientos sesenta y cuatro mil trescientos doce colones con
cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta y uno de mayo de
dos mil diecisiete con la base de treinta y dos millones doscientos veintiún
mil cuatrocientos treinta y siete colones con cincuenta céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Carlos Izquierdo
y Compañía S. A. contra Herny Jeysson Sabbat Palma en expediente N°
12-012339-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 06 de febrero del 2017.—Licda. Alba Aurora
Ramírez Bazán, Jueza.—( IN2017123270 ).
A
las nueve horas y cero minutos del veinticinco de abril del dos mil diecisiete,
en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y con la base de
dos millones seiscientos treinta y un mil ciento cinco colones con veintiocho
céntimos y libre de gravámenes; en el mejor postor, se rematará los cultivos
dados en garantía prendaria, que corresponden a la cosecha de quinientos
veinticuatro sacos de arroz comercial húmedo y sucio variedad palmar dieciocho.
En el caso de resultar fracasado ese primer remate, para llevar a cabo una
segunda subasta, pero con la base de un millón novecientos setenta y tres mil
trescientos veintiocho colones con noventa y seis céntimos, (incluida la rebaja
del veinticinco por ciento de la base anterior), se señalan las nueve horas del
once de mayo del dos mil diecisiete. De ser fracasado también el segundo
señalamiento, para llevar a cabo la tercera subasta, se señalan las nueve horas
del veintiséis de mayo del dos mil diecisiete, esta vez con la base de
seiscientos cincuenta y siete mil setecientos setenta y siete colones con
veintitrés céntimos, (es decir un veinticinco por ciento de la base original).
Se advierte además que de conformidad con el artículo 25 de la Ley Cobro
Judicial, si al tercer remate no hubiere postores, el bien se tendrá por
adjudicado al ejecutante, por el veinticinco por ciento de la base original. Lo
anterior se remata por haberse ordenado así en ejecución prendaria Nº
12-034931-1012-CJ del Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Karol Paola
Cortes Pineda.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
Sede Upala. Upala, 22 de febrero del 2017.—Msc. Silvia Elena Sánchez
Blanco, Jueza.—Exonerado.—( IN2017123277 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando gravámenes de: servidumbre de líneas eléctrica y de paso inscritas
en las citas: 0557-00009534-01-0013-001, 0557-00009534-01-0021-001, 0557-00009534-01-0030-001,
0557-00009534-01-0039-001, 0557-00009534-01-0048-001,
0557-00009534-01-0057-001, 0557-00009534-01-0066-001,
0557-00009534-01-0075-001; a las ocho horas y cero minutos del veintiuno de
julio del año dos mil diecisiete, y con la base de cuarenta y siete millones de
colones con cero céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y cinco mil
setecientos cero cero cero la cual es terreno naturaleza lote seis terreno de
uso agrícola. Situada en el distrito 03 Sardinal, cantón 05 Carrillo, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, servidumbre de paso con once metros
diecinueve centímetros, e Inversiones Turísticas Del Coco Rojas y Rojas
Sociedad Anónima; al sur, servidumbre de paso con once metros cuarenta y nueve
centímetros de frente y Inversiones Turísticas del Coco Rojas y Rojas Sociedad
Anónima; al este, Cirilo Alvarado Alvarado, y al oeste, Inversiones Turísticas
Del Coco Rojas Y Rojas Sociedad Anónima. Mide: Cinco mil cuatrocientos cinco
metros con veintiún decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
ocho horas y cero minutos del ocho de agosto del año dos mil diecisiete, con la
base de treinta y cinco millones doscientos cincuenta mil colones con cero
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y cero minutos del veintitrés de agosto del año dos mil
diecisiete, con la base de once millones setecientos cincuenta mil colones con
cero céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra 3101509528
sociedad anónima. Exp. N° 13-007769-1012-CJ.—Juzgado Civil y Trabajo de
Turrialba (Materia Agraria), 22 de marzo del 2017.—Lic. Wilberth Herrera
Delgado, Juez.—( IN2017123278 ).
En
la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes, a las trece horas con
treinta minutos del veintisiete de abril del dos mil diecisiete, y con la base
de seiscientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente:
motocicleta placas MOT-346230, marca Suzuki, modelo EN125-2A, año 2013. En caso
de no haber postores, para el segundo remate, se señalan las trece horas con
treinta minutos del doce de mayo del dos mil diecisiete, con la base de
cuatrocientos ochenta y siete mil quinientos colones (rebajada en un 25%). De
no apersonarse rematante alguno, para el tercer remate, se señalan las trece
horas con treinta minutos del veintiséis de mayo del dos mil diecisiete, con la
base de ciento sesenta y dos mil quinientos colones (un 25% de la base
original). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda, que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución de
sentencia interpuesto por Karen Meza Santamaría contra Danilo Cerdas Fallas,
bajo el expediente Nº 15-100006-0250-CI que se tramita en este Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de San Sebastián.—Juzgado Contravencional
y de Menor Cuantía de San Sebastián, San José, 22 de marzo del
2017.—Esteban Guzmán González, Juez.—Exonerado.—( IN2017123280 ).
A
las nueve horas del diecinueve de mayo del dos mil diecisiete, en la puerta
exterior del local que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios,
soportando Reservas y Restricciones bajo las citas: tomo 0395, asiento
00011906, consecutivo 01, secuencia 0903, subsecuencia 001, con la base de
catorce millones cuatrocientos veinte mil veintiún colones, en el mejor postor
remataré: la finca hipotecada inscrita en propiedad, al Partido de Alajuela,
matrícula de folio real número cuatrocientos ochenta y ocho mil cuatrocientos
cincuenta y siete-cero cero cero, que es terreno para cultivos, situado en Río
Cuarto, distrito seis de Grecia, cantón tres de la Provincia de Alajuela;
lindante al norte, calle pública, al sur, Efraín Ávila Vargas, al este,
Quebrada Caño Negro, y al oeste, Eliecer Zamora Alpízar. Mide diecisiete mil
trescientos veintisiete metros con cero decímetros cuadrados. Plano
A-1510631-2011 propiedad de Johnny Giovanny Zamora Ávila. En caso de resultar
fracasado el primer remate, para la segunda subasta con la rebaja del
veinticinco por ciento de ley, sea la base de diez millones ochocientos quince
mil setecientos sesenta y seis colones, se señalan las nueve horas del cinco de
junio del dos mil diecisiete. En la eventualidad de que en el segundo remate
tampoco se realicen posturas, para la tercera almoneda con la base del
veinticinco por ciento de la base original, sea la base de tres millones
seiscientos cinco mil doscientos cincuenta y cinco colones, se señalan las
nueve horas del veinte de junio del dos mil diecisiete. Lo anterior por estar
así ordenado en proceso de ejecución hipotecaria del Banco de Costa Rica como fiduciario
del fideicomiso INDER contra Johnny Giovanny Zamora Ávila y otro. Expediente Nº
17-000045-0298-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela.
Ciudad Quesada, 10 de marzo del 2017.—Licda. Ana Milena Castro Elizondo,
Juez.—Exonerado.—( IN2017123281 ).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero
soportando expediente por colisión del Juzgado de Tránsito de Cartago Nº
15-004920-0496-TR, a las nueve horas y cero minutos del dos de mayo del año dos
mil diecisiete y con la base de once mil ochenta y ocho dólares con ochenta y
cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas
CL-270353, marca: Hino, categoría: carga liviana, serie, chasis y vin:
JHHAFJ4H30K002240, tracción: 4x2, capacidad: 3 personas, año: 2013, color:
blanco, combustible: diesel. Para el segundo remate se señalan las nueve horas
y cero minutos del diecisiete de mayo del año dos mil diecisiete, con la base
de ocho mil trescientos dieciséis dólares con sesenta y tres centavos (rebajada
en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos
del uno de junio del año dos mil diecisiete con la base de dos mil setecientos
setenta y dos dólares con veintiún centavos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Yorleni de Los Ángeles Hernández Badilla,
expediente Nº 17-002080-1764-CJ, notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 24 de marzo del
2017.—Lic. Tadeo Ignacio Solano Alfaro, Juez.—( IN2017123345 ).
PRIMERA
PUBLICACIÓN
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando condic. servid ref
1602-317-001 bajo las citas 0318-00006979-01-0901-001 y medianería
inscrita bajo las citas 0318-00006979-01-0902-001; a las nueve horas y treinta
minutos del diez de mayo de dos mil diecisiete, y con la base de tres millones
de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número doscientos sesenta y nueve mil novecientos
veintinueve-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir
con una casa lote 1385. Situada en el distrito 10 Hatillo, cantón 01 San José,
de la provincia de San José. Colinda: Al norte, lote 1373; al sur, acera 4; al
este, lote 1384, y al oeste, lote 1386. Mide: Cuarenta y cuatro metros con
cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano SJ-0014472-1191. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de mayo de
dos mil diecisiete, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del trece de junio de dos
mil diecisiete con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Francisco Castro Jiménez contra Crissian Ivette Espinoza Meneses. Exp. N°
11-017797-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 2 de marzo del 2017.—Licda. Melania Jiménez
Vargas, Jueza.—( IN2017121957 ).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero
soportando infracción a la Ley de Tránsito, bajo la boleta Nº 2016233100502,
expediente judicial Nº 16-003187-0497-TR, del Juzgado de Tránsito de Heredia, a
las quince horas y treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil
diecisiete, y con la base de nueve mil novecientos cuarenta y un dólares con
quince centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placa Nº:
RDD550, marca: Chevrolet, estilo: Spark LS, categoría: automóvil, capacidad: 5,
serie: KL1CJ6C16CC612554, motor: B10D1714798KC3, peso vacío: carrocería: Sedan
4 puertas Hatchback, color: negro, año 2012. Para el segundo remate, se señalan
las quince horas y treinta minutos del dieciséis de mayo del dos mil
diecisiete, con la base de siete mil cuatrocientos cincuenta y cinco dólares
con ochenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la
tercera subasta, se señalan las quince horas y treinta minutos del treinta y
uno de mayo del dos mil diecisiete, con la base de dos mil cuatrocientos
ochenta y cinco dólares con veintinueve centavos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Luis Carlos
Martínez Rodríguez. Expediente Nº 16-003868-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón)
(Materia Cobro), 24 de marzo del 2017.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía,
Jueza.—( IN2017123398 ).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las
catorce horas y treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil diecisiete
y con la base de veintidós mil seiscientos noventa y dos dólares con cincuenta
y nueve centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas
CL-265693, marca Isuzu, estilo NLR55E-14, categoría carga liviana, capacidad 3,
serie JAANLR55ED7101537, año fabricación 2013, Nº motor 4JB1272009, color
blanco. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos
del dieciséis de mayo del dos mil diecisiete, con la base de diecisiete mil
diecinueve dólares con cuarenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco
por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y treinta
minutos del treinta y uno de mayo del dos mil diecisiete, con la base de cinco
mil seiscientos setenta y tres dólares con quince centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Improsa S. A. contra Ana Alejandra González Perdomo. Expediente Nº
15-002051-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial
de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 24 de marzo del
2017.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2017123399 ).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las
quince horas y cero minutos del veintiocho de abril del dos mil diecisiete, y
con la base de un millón seiscientos setenta y ocho mil quinientos dieciocho
colones con sesenta y nueve céntimos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Vehículo: placas 764286, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría:
automóvil, capacidad: 5, año: 2004, color: blanco, serie: KMHCF35C34U307494.
Para el segundo remate, se señalan las quince horas y cero minutos del
dieciséis de mayo del dos mil diecisiete, con la base de un millón doscientos
cincuenta y ocho mil ochocientos ochenta y nueve colones con dos céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las quince horas y cero minutos del treinta y uno de mayo del dos mil
diecisiete, con la base de cuatrocientos diecinueve mil seiscientos veintinueve
colones con sesenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S.
A. contra Erika Quirós Solórzano. Expediente Nº 16-003861-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 23 de marzo del 2017.—Licda. Lidia Mayela Díaz
Anchía, Jueza.—( IN2017123400 ).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones citas: 399-07497-01-0940-001, a las ocho
horas y cero minutos del veintiséis de junio del dos mil diecisiete y con la
base de cuatro millones seiscientos ochenta y cuatro mil seiscientos treinta y
cinco colones con sesenta céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos mil
seiscientos veinticinco cero cero cero, la cual es terreno lote sesenta y un
mil seiscientos once, para la agricultura, con una casa y dos apartamentos.
Situada en el distrito 04 Rivas, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de
San José. Colinda: al norte, Rafael Cruz; al sur, río Buena Vista; al este,
calle pública y al oeste, río Buena Vista. Mide: cinco mil cuarenta y nueve
metros con noventa decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las
ocho horas y cero minutos del once de julio del dos mil diecisiete, con la base
de tres millones quinientos trece mil cuatrocientos setenta y seis colones con
setenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintisiete de julio del
dos mil diecisiete, con la base de un millón ciento setenta y un mil ciento
cincuenta y ocho colones con noventa céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Johanes Alvarado Navarro
contra 3-101-658457 Sociedad Anónima. Expediente Nº 16-004202-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 21 de marzo del 2017.—Lic. José Ricardo Cerdas
Monge, Juez.—( IN2017123424 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando condic. Ley 2825 Ref: 000000000IDA, bajo las citas:
391-04611-01-0804-001, condic. IDA REF:00075288-000, bajo las Citas:
391-04611-01-0882-001, condic. IDA ref:00075288-000, bajo las citas:
391-04611-01-0915-001; a las nueve horas y cero minutos del siete de junio de
dos mil diecisiete, y con la base de cinco millones doscientos setenta y nueve
mil setecientos noventa y seis colones con ochenta y un céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y dos mil
doscientos trece cero cero cero, la cual es terreno de pastos. Situada en el
distrito 02 Puerto Jiménez, cantón 07 Golfito, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, Hubert Jiménez Rojas; al sur, Hubert Jiménez Rojas; al este,
Óscar Alvarado Sánchez y al oeste, calle pública, con un frente de 20,00 metros
lineales. Mide: cuatrocientos metros cuadrados. Plano: P-1620262-2012. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de junio
de dos mil diecisiete, con la base de tres millones novecientos cincuenta y
nueve mil ochocientos cuarenta y siete colones con sesenta y un céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cero minutos del siete de julio de dos mil diecisiete con la
base de un millón trescientos diecinueve mil novecientos cuarenta y nueve
colones con veinte céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra
Elizeth Arlin Campos Rivas. Exp: 16-001259-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor
Cuantía y Contravencional de Golfito (Materia Cobro), 15 de marzo del
2017.—Licda. Olga Sandí Torres, Jueza.—( IN2017123430 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las
trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de abril de dos mil
diecisiete y con la base de dos millones seiscientos sesenta mil novecientos
sesenta y cinco colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo placas CL208381, marca Hyundai, estilo H-1, categoría carga liviana,
serie KMJWVH7BP6U713251, carrocería panel, tracción 4x2, año 2006, color
blanco, N° motor D4BB5222748, cilindrada 2600 c.c, combustible: diesel. Para el
segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del quince
de mayo de dos mil diecisiete, con la base de un millón novecientos noventa y
cinco mil setecientos veintitrés colones con setenta y cinco céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece
horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de mayo de dos mil diecisiete con
la base de seiscientos sesenta y cinco mil doscientos cuarenta y un colones con
cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A. contra Edgar Martin Ávila Fernández.
Exp. N° 14-020364-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 22 de febrero del 2017.—Licda. Kathya María
Araya Jácome, Jueza.—( IN2017123448 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once
horas y quince minutos del veinticinco de abril de dos mil diecisiete y con la
base de dos millones ochocientos cincuenta y ocho mil seiscientos sesenta y
siete colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo:
Placa: BHD970, marca: Toyota, estilo: Yaris, serie: JTDBT923X71159706, año
fabricación: 2007, N° motor: no existe. Para el segundo remate se señalan las
once horas y quince minutos del once de mayo de dos mil diecisiete, con la base
de dos millones ciento cuarenta y cuatro mil colones con veinticinco céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las once horas y quince minutos del veintinueve de mayo de dos mil diecisiete
con la base de setecientos catorce mil seiscientos sesenta y seis colones con
setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Previo
a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir
algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Nota: Se
les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A. contra Jorge Andrés Cordero Amador.
Exp: 17-002011-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 01
de marzo del 2017.—Msc. Andrea Latiff Brenes, Jueza.—( IN2017123449 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando faja terreno Ref: 2362-189-001 bajo las citas 298-01050-01-0901-001;
a las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de julio del año dos mil
diecisiete, y con la base de veintidós millones de colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
532704-000, la cual es terreno para construir, lote N° 7. Situada en el
distrito Aserrí, cantón Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Juan Luis Fallas Corrales; al sur, Fernelly Fallas Corrales; al este, Mario
Ceciliano Hidalgo y Daisy Chacón Corrales y al oeste calle pública con 10
metros 50 centímetros. Mide: quinientos sesenta y cuatro metros con treinta y
cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas
y treinta minutos del once de agosto del año dos mil diecisiete, con la base de
dieciséis millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta
minutos del veintinueve de agosto del año dos mil diecisiete con la base de
cinco millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Johanna Gabriela Godínez Valverde. Exp. N°
17-001222-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, (Sección Tercera), 28 de febrero del año 2017.—Lic.
Iván Tiffer Vargas, Juez.—( IN2017123461 ).
En
la puerta exterior de este Despacho, a las diez horas y treinta minutos del
diecisiete de mayo del año dos mil diecisiete, y con la base de diecisiete
millones seiscientos mil colones exactos; libre de gravámenes hipotecarios; en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número 84099-A-000, la cual es terreno con una casa. Situada en el
distrito 02 Merced, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Urbanización La Fundición; al sur, calle pública; al este, Isaac
Barrantes Rodríguez y al oeste, Amado Benavides Villalobos. Mide: ciento
dieciséis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y
treinta minutos del uno de junio del año dos mil diecisiete, con la base de
trece millones doscientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos
del dieciséis de junio del año dos mil diecisiete con la base de cuatro
millones cuatrocientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Alberto Carrasco Astorga. Exp. N°
16-014844-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, 27 de marzo del año 2017.—Licda. Elia Corina Marchena
Fennell, Jueza.—( IN2017123463 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; primer
remate a las nueve horas y cero minutos del ocho de mayo de dos mil diecisiete,
y con la base de cinco millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número 60038-000, la cual es naturaleza: Terreno con una casa, situada en el
distrito 02 Monte Romo, cantón 11 Hojancha de la provincia de Guanacaste, finca
ubicada en zona catastrada, linderos: norte, calle pública con frente de 16,45
metros, sur, Juan Rafael Zúñiga Obando, este, Blas Jiménez Argüello, oeste,
Juan Rafael Zúñiga Obando. Mide: doscientos un metro con quince decímetros
cuadrados. Plano: G-0747952-2001. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y cero minutos del veintitrés de mayo de dos mil diecisiete, con la base
de cuatro millones trescientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cero minutos del siete de junio de dos mil diecisiete con la base de un millón
cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Warner Francisco Venegas Barrantes. Exp: 15-000934-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz,
(Materia Cobro), 07 de marzo del 2017.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado,
Juez.—( IN2017123464 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; primer
remate a las diez horas y cero minutos del tres de mayo de dos mil diecisiete,
y con la base de diecinueve mil quinientos noventa y nueve dólares con noventa
y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de folio real, matrícula número 197343-000, la cual es naturaleza:
Terreno para construir, situada en el distrito 03 Veintisiete Abril, cantón 03
Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Manuel Juárez Molina
y María Jesús Arrieta Guadamuz; sur, Carlos Alberto Arrieta Guadamuz; este,
calle publica con un frente de sesenta y cinco metros con treinta y seis cm.,
oeste, Manuel Juárez Molina. Mide: treinta mil metros cuadrados, plano:
G-1618465-2012. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos
del dieciocho de mayo de dos mil diecisiete, con la base de catorce mil
seiscientos noventa y nueve dólares con noventa y nueve centavos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas
y cero minutos del dos de junio de dos mil diecisiete con la base de cuatro mil
ochocientos noventa y nueve dólares con diez centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Cooperativa de Ahorro y Crédito Alianza de Pérez Zeledón de Responsabilidad
Limitada contra Adrián Arrieta Guadamuz. Exp. N° 16-001973-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz,
(Materia Cobro), 09 de febrero del año 2017.—Lic. Luis Alberto Pineda
Alvarado, Juez.—( IN2017123509 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes
prendarios, pero soportando infracciones/colisiones sumaria 14-004918-0174-TR;
a las catorce horas y treinta minutos del once de setiembre del año dos mil
diecisiete, y con la base de cinco mil trescientos noventa y ocho dólares con
ochenta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo
placa 891200, marca Hyundai, estilo Accent GL, categoría automóvil, capacidad 5
personas, serie KMHCT41DACU056566, carrocería sedan 4 puertas, año fabricación
2012, color café. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta
minutos del veintisiete de setiembre del año dos mil diecisiete, con la base de
cuatro mil cuarenta y nueve dólares con quince centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y treinta minutos del trece de octubre del año dos mil diecisiete con la base
de mil trescientos cuarenta y nueve dólares con setenta y dos centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima
contra Alfonso José Díaz Vargas. Exp. N° 16-005462-1204-CJ.—Juzgado de Cobro
de Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, (Materia Cobro), 21 de marzo
del año 2017.—Msc. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—( IN2017123579 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
nueve horas y quince minutos del dos de mayo de dos mil diecisiete, y con la
base de diez millones ochocientos treinta y tres mil cuatrocientos veinticuatro
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número (256155-017) doscientos cincuenta y seis mil
ciento cincuenta y cinco cero diecisiete, la cual es terreno para construir
lote N° 3. Situada en el distrito San Jerónimo, cantón Moravia, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, Fernando Méndez García; al sur, calle pública;
al este, lote 4 Esaú Sánchez Castro y al oeste, lote 2 de Ana María Sánchez
Castro. Mide: dos mil quinientos setenta y cinco con setenta y cuatro
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
quince minutos del treinta y uno de mayo de dos mil diecisiete, con la base de
ocho millones ciento veinticinco mil sesenta y ocho colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve
horas y quince minutos del uno de junio de dos mil diecisiete con la base de
dos millones setecientos ocho mil trescientos cincuenta y seis colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Yorleny Mora Picado contra Roxana Natalie Sibaja Torres. Exp:
16-008347-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 27 de marzo del 2017.—Licda. Blanca Ramírez
González, Jueza.—( IN2017123580 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
nueve horas del tres de mayo de dos mil diecisiete, y con la base de sesenta y
ocho mil seiscientos sesenta y seis dólares con cuarenta y cuatro centavos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número 56629-000, la cual es terreno solar con una casa. Situada en
el distrito 01 Paraíso, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda:
al norte, sucesión de Eliseo Ramírez; al sur, Manuel Antonio Grolo; al este,
calle pública con 10 m., de frente y al oeste, Ricardo Rodríguez. Mide:
doscientos cuarenta y tres metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las nueve horas del dieciocho de mayo de dos mil
diecisiete, con la base de cincuenta y un mil cuatrocientos noventa y nueve
dólares con ochenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las nueve horas del dos de junio de dos mil diecisiete con la base de diecisiete mil ciento
sesenta y seis dólares con sesenta y un centavos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Víctor Julio Elizondo Campos contra Walter Leonel de los Ángeles Rivera
Durán y Sandra Soto Aguilar. Exp. N° 16-009516-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 02 de marzo del año 2017.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—(
IN2017123585 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre de paso (citas: 2015-533419-01-0018-001), servidumbre de
paso (citas: 2015-539523-01-0002-001), servidumbre de paso (citas:
2015-546252-01-0002-001), servidumbre de paso (citas: 2015-590328-01-0002-001),
servidumbre de paso (citas: 2016-20595-01-0002-001); a las trece horas y
cuarenta y cinco minutos del quince de mayo de dos mil diecisiete, y con la
base de nueve mil setecientos cuarenta dólares exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
quinientos cuarenta y un mil ochocientos cuarenta y nueve cero cero cero, la
cual es de naturaleza: Terreno para construir. Situada en el distrito
1-Orotina, cantón 9-Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte
Jenny Adina del Carmen Mata Madrigal y Maurin Mata Madrigal; al sur, Yalile
Mata Madrigal; al este, Consultores y Arquitestos G Y G del Oeste S. A. y al
oeste, calle pública con un frente a ella de 8.13 metros. Mide: ciento sesenta
y tres metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y
cuarenta y cinco minutos del treinta de mayo de dos mil diecisiete, con la base
de siete mil trescientos cinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y
cinco minutos del catorce de junio de dos mil diecisiete con la base de dos mil
cuatrocientos treinta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de
Empleados de Parisima Dos Internacional contra Christian Mauricio Montoya
Navarro, Maurin Viria Mata Madrigal. Exp: 16-010558-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 23 de marzo del 2017.— Msc. Cinthia Pérez Moncada,
Jueza.—( IN2017123621 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las
catorce horas y cero minutos del tres de mayo del año dos mil diecisiete, y con
la base de un millón doscientos ochenta y siete mil novecientos ochenta y
cuatro colones con sesenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: el vehículo placa MOT 518478; marca Katana; estilo SMX200; categoría
motocicleta; capacidad 2 personas; serie LKXYCML45G0014538; carrocería:
motocicleta; tracción 2x2; año fabricación 2016; color negro; N° motor
LF163FMLG1038701; cilindrada: 197 c.c; combustible gasolina. Para el segundo
remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de mayo del
año dos mil diecisiete, con la base de novecientos sesenta y cinco mil
novecientos ochenta y ocho colones con cuarenta y seis céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del dos de junio del año dos mil diecisiete con la base de trescientos
veintiún mil novecientos noventa y seis colones con quince céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Coocique R. L. contra Joseph Alexander García
Bustamante. Exp. N° 16-001872-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 03 de marzo del año
2017.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2017123624 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; soportando gravámenes hipotecarios,
anotaciones, gravámenes y embargos; a las ocho horas del tres de mayo de dos
mil diecisiete (08:00 del 03/05/2017) y con la base de setenta y un millones
trescientos sesenta y seis mil seiscientos colones netos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
cero cero dos cero ocho cero dos cuatro, cero cero cero, la cual es terreno de
frutales. Situada en el distrito 05 Santo Tomás, cantón 03 Santo Domingo, de la
provincia de Heredia. Colinda: al norte, con Miriam, William, Mayra, Dinorath y
Alexis todos Ramírez Benavides; al sur con calle pública; al este, con Miriam,
William, Mayra, Dinorath y Alexis todos Ramírez Benavides y al oeste, sucesión
de Aureria Zamora Chacón. Mide: novecientos metros con treinta y siete
decímetros cuadrados Para el segundo remate se señalan las ocho horas del
veintiséis de mayo de dos mil diecisiete (08:00 del 26/05/2017), con la base de
cincuenta y tres millones quinientos veinticuatro mil novecientos cincuenta
colones netos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las
ocho horas del veintiuno de junio de dos mil diecisiete (08:00 del 21/06/2017)
con la base de trece millones trescientos ochenta y un mil doscientos treinta y
siete colones con cincuenta céntimos (un setenta y cinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso
Or. S. Pri. Prestac. Laborales de Juan Tomas Pérez Pérez contra Seguridad
Camarias S. A. Exp: 12-000823-0643-LA.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas,
03 de marzo del 2017.—Lic. Rúsbel Herrera Medina, Juez.—Exonerado.—(
IN2017123627 ).
A
las ocho horas del veintitrés de junio del dos mil diecisiete, en la puerta
exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes
hipotecarios; soportando plazo de convalidación al tomo 536, asiento 02777,
consecutivo 01, secuencia 0015 y subsecuencia 001, así como restricciones al
tomo 536, asiento 02777, consecutivo 01, secuencia 0023, subsecuencia 001. Para
el primer remate y con la base de la hipoteca de primer grado vencida a favor
del señor Juan de la Cruz Flores Acuña, sea la suma de seiscientos mil colones,
remataré: el fundo del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos un
mil cuatrocientos cinco-cero cero cero, que es terreno para construir, parcela
1-A-14, sito en el distrito once Cutris, cantón diez San Carlos de la provincia
de Alajuela. Lindante: al norte, Marta Reyes Amador; al sur, Movimiento
Misionero Mundial de Costa Rica; al este, calle pública con 10 metros con
cincuenta centímetros lineales y al oeste, Erick Manuel Chacón, el cual mide
quinientos veintiséis metros con setenta y siete decímetros cuadrados, según
plano N° A-0710328-2001, propiedad de Julio César Hernández Reyes. En caso de
resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja
del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de cuatrocientos
cincuenta mil colones netos, se señalan las ocho horas del diez de julio del
dos mil diecisiete. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se
realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por
ciento de la base original, o se la suma de ciento cincuenta mil colones netos,
se señalan las ocho horas del veintiséis de julio del dos mil diecisiete. Lo
anterior por estar así ordenado en proceso monitorio N° 16-000122-0298-AG
establecida por Fundación Unión de Desarrollo de las Comunidades Campesinas
(FUNDECOCA), contra David Hernández Reyes y otros.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 15 de marzo del
2017.—Licda. Ana Milena Castro Elizondo, Jueza.—Exonerado.—( IN2017123628 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
diez horas y treinta minutos (antes meridiano) del veinticuatro de abril de dos
mil diecisiete, y con la base de tres millones de colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
setenta y nueve mil seiscientos noventa y nueve-cero cero uno y cero cero dos,
la cual es de naturaleza: lote 7 terreno para construir. Situada en el distrito
02 Jiménez, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote
8; al sur, lote 6; al este, calle pública y al oeste, calle pública. Mide:
doscientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y
treinta minutos (antes meridiano) del diez de mayo de dos mil diecisiete, con
la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos (antes meridiano)
del veinticinco de mayo de dos mil diecisiete con la base de setecientos
cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de
Ahorro y Préstamo contra
Luis Rufino Molina Menocal y Teresa de Jesús Bonilla Sánchez. Exp. N°
16-019876-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 28 de febrero del año
2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2017123642 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada y servidumbre de acueducto y de paso de AyA;
a las catorce horas y treinta minutos del quince de junio de dos mil
diecisiete, y con la base de veintisiete millones de colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el registro público,
partido de Limón, sección de propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número setenta y nueve mil doscientos noventa y dos- cero cero cero,
la cual es terreno de solar y canal. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón
02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte calle con sesenta y ocho
metros y cuarenta y siete centímetros lineales; al sur Adolfo Madrigal
Hernández; al este Inversiones Karol de Pococí S.A y al oeste finca Aguas
Claras, Hermanos Madrigal S. A. Mide: tres mil ochocientos treinta y
cuatrometros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
treinta minutos del treinta de junio de dos mil diecisiete, con la base de
veinte millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y treinta minutos del diecisiete de julio de dos mil diecisiete con la base de
seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Patricia María de la Trinidad
Iglesias Álvarez. Exp: 16-001103-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
de Pococí, (Materia Cobro), 20 de marzo del año 2017.—Lic. Johnny
Esquivel Vargas, Juez.—( IN2017123644 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho
horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de abril del dos mil
diecisiete, y con la base de cuatro mil ochocientos trece dólares con noventa y
un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 831282,
marca Honda, categoría automóvil, vin 2HGEJ6347YH107883, año 2000, color gris,
cilindrada 1600 c.c. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y
cuarenta y cinco minutos del diez de mayo del dos mil diecisiete, con la base
de tres mil seiscientos diez dólares con cuarenta y tres centavos (rebajada en
un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho
horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de mayo del dos mil diecisiete
con la base de mil doscientos tres dólares con cuarenta y ocho centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
vehículos internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Antonio Alexis de
los Ángeles Salas Díaz. Expediente N° 17-001300-1044-CJ.—Juzgado Primero
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de
febrero del 2017.—Licda. Evelyn Araya Rodríguez, Jueza.—( IN2017123648 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las
nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de abril de dos mil
diecisiete, y con la base de quince mil dieciséis dólares con treinta y ocho
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: BGR693, marca:
Citroen; estilo: C-ELYSEE ;1 categoría: automóvil: capacidad 5 personas; año:
2014 ; vin VF7DDNFPBEJ512339; color: verde cilindrada: 1587 c.c. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del diez
de mayo de dos mil diecisiete, con la base de once mil doscientos sesenta y dos
dólares con veintiocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del
veinticinco de mayo de dos mil diecisiete con la base de tres mil setecientos
cincuenta y cuatro dólares con nueve centavos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales
(VEINSA) Sociedad Anónima contra Ramses Arnoldo Ferrandino Dijeres. Exp.
17-001298-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 14 de febrero del 2017.—Licda. María Mora Saprissa,
Jueza.—( IN2017123649 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las
catorce horas y quince minutos (2:15 p. m.) del veinticuatro de abril de dos
mil diecisiete, y con la base de quinientos veinte dólares con cincuenta y seis
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número CL
241151, marca FAW, estilo ND, categoría carga liviana, capacidad 3 personas,
año 2009, carrocería: Plataforma color blanco, Vin LFWA4HB919HA00002,
cilindrada 3168 c.c., combustible diesel, motor NºCA4D320901512788. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos (2:15 p.m.) del
diez de mayo de dos mil diecisiete, con la base de trescientos noventa dólares
con cuarenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos (2:15 p.m.) del
veinticinco de mayo de dos mil diecisiete con la base de ciento treinta dólares
con catorce centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se
les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima
contra Aidilyn Cerdas Morales, Johanna Fonseca Navarro. Exp. N°
17-001305-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 21 de febrero del 2017.—Lic. Gerardo Monge Blanco,
Juez.—( IN2017123650 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho
horas y treinta minutos del veinticuatro de abril de dos mil diecisiete, y con
la base de tres mil cuatrocientos setenta y tres dólares con cuarenta y nueve
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número
827328, marca Geely, estilo CK 1.5 GT., categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2010, color negro,
vin L6T7524S5AN003750, cilindrada 1500 cc, combustible gasolina. Motor Nº
MR479QA912225639. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta
minutos del diez de mayo de dos mil diecisiete, con la base de dos mil seiscientos
cinco dólares con once centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para
la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticinco
de mayo de dos mil diecisiete con la base de ochocientos sesenta y ocho dólares
con treinta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima
contra Héctor Alfredo Ortiz Juárez. Exp. N° 17-001130-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado
de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 15 de febrero del año 2017.—Licda. Evelyn Araya Rodríguez, Jueza.—(
IN2017123651 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once
horas y cero minutos del veinticuatro de abril de dos mil diecisiete, y con la
base de catorce mil setecientos treinta y cinco dólares con treinta y cuatro
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas N° 713287,
marca Mitsubishi, estilo Montero GLS TDI, categoría automóvil, capacidad 7
personas, año 2008, color azul, vin JMYLRV96W8J000982, cilindrada 2835 c.c.,
combustible diesel, motor Nº 4M40HJ2182. Para el segundo remate se señalan las
once horas y cero minutos del diez de mayo de dos mil diecisiete, con la base
de once mil cincuenta y un dólares con cincuenta centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y
cero minutos del veinticinco de mayo de dos mil diecisiete con la base de tres
mil seiscientos ochenta y tres dólares con ochenta y cuatro centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Sibania De La
Trinidad Valerio Moya. Exp. N° 17-001131-1044-CJ.—Juzgado Primero
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de febrero
del 2017.—Lic. Gerardo Monge Blanco, Juez.—( IN2017123652 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las
nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de abril de dos mil
diecisiete, y con la base de veinte mil novecientos dieciséis dólares exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número CL-268389.
Marca Mitsubishi. Estilo L200 Sportero. Categoría carga liviana. Capacidad 5
personas. Año 2013. Color café. Vin MMBJRKB40CD044622. Cilindrada 2477 cc.
Combustible Diesel. Motor Nº 4D56UCDL9845. Para el segundo remate se señalan
las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del once de mayo de dos mil
diecisiete, con la base de quince mil seiscientos ochenta y siete dólares
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de mayo de
dos mil diecisiete con la base de cinco mil doscientos veintinueve dólares
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria
de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Luis Ariel
Quesada Zúñiga Exp: 17-001672-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de febrero del
2017.—Licda. Yessenia Brenes González, Jueza.—( IN2017123653 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once
horas y treinta minutos del ocho de mayo del dos mil diecisiete, y con la base
de siete mil ciento ochenta y nueve dólares con seis centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Vehículo: 734341. marca: Mitsubishi; estilo:
Lancer; capacidad: 5 personas; año: 2003; color: Gris; categoría: Automóvil;
carrocería: Sedan 4 puertas; tracción: 4x2; chasis: CS6A3U120743; N° motor:
4G94PQ7894; cilindrada: 2000 c.c.; cilindros: 4; combustible: Gasolina. Para el
segundo remate, se señalan las once horas y treinta minutos del veintitrés de
mayo del dos mil diecisiete, con la base de cinco mil trescientos noventa y un
dólares con setenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y
para la tercera subasta, se señalan las once horas y treinta minutos del siete
de junio del dos mil diecisiete, con la base de mil setecientos noventa y siete
dólares con veintiséis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo
805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad
Anónima contra Christopher Cordero Díaz. Expediente N° 17-001077-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 08 de
febrero del 2017.—Licda. Kattia María Araya Jácome, Jueza.—( IN2017123654 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las
quince horas y cero minutos del cuatro de mayo del año dos mil diecisiete, y
con la base de un millón trescientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Vehículo: placa 654690, marca Nissan, categoría
automóvil, serie 3N1AB41D4TL024934, carrocería sedan 4 puertas, tracción 4x2,
chasís 3N1AB41D4TL024934, vin 3N1AB41D4TL024934, uso particular, estilo Sentra,
capacidad 5 personas, año 1996, color gris, N° motor ilegible, N° serie no
indicado, cilindrada 1600 c.c, combustible gasolina, motor marca Nissan, modelo
GXE, cilindros 04. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero
minutos del diecinueve de mayo del año dos mil diecisiete, con la base de un
millón doce mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas quince horas y
cero minutos del cinco de junio del año dos mil diecisiete con la base de
trescientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Banco de Costa
Rica contra Karen Verónica Monge Avalos. Exp. N° 10-028702-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de
marzo del 2017.—Licda. Lissette Córdoba Quirós, Jueza.—( IN2017123703 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones bajo las citas 392-03671-01-0900-001;
servidumbres de paso bajo las citas 2011-73358-01-0006-001,
2011-254491-01-0005-001, 2011-358534-01-0007-001, 2012-13443-01-0006-001,
2013-101986-01-0006-001, 2013-109965-01-0002-001, 2013-271188-01-0002-001,
2015-68769-01-0002-001, y servidumbre de líneas eléctricas y de paso bajo las
citas 2014-173543-01-0001-001; a las ocho horas y treinta minutos del cuatro de
mayo del dos mil diecisiete, y con la base de tres millones trescientos ochenta
y seis mil setecientos cincuenta y seis colones con cincuenta y nueve céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula N° 528.259-000, la cual es terreno para construir. Situada en
el distrito 13, Pocosol cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Edilberto Alfaro Bonilla; sur, Toronja Grande S. A.; este,
Edilberto Alfaro Bonilla; oeste, calle pública con un frente a ella de 9 metros
95 centímetros lineales. Mide: Doscientos ochenta y dos metros cuadrados.
Plano: A-1774788-2014. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del
diecinueve de mayo del dos mil diecisiete, con la base de dos millones
quinientos cuarenta mil sesenta y siete colones con cuarenta y cuatro céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las ocho horas y treinta minutos del cinco de junio del dos mil diecisiete, con
la base de ochocientos cuarenta y seis mil seiscientos ochenta y nueve colones
con quince céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R.L. contra
Evaristo Martínez López. Expediente N° 17-000300-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 13
de febrero del 2017.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—(
IN2017123709 ).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre de paso 523-03888-01-0002-001 (misma que pesa solamente
sobre la finca 5-165348-000); en el mejor postor remataré los siguientes bienes
inmuebles: 1. Finca inscrita en el Registro Nacional, Partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real matrícula Nº
165348-000, la cual es naturaleza: Terreno para construir, situada en el distrito
01-Nicoya, cantón 02-Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte,
Carlos Rojas Rivera; sur, servidumbre de paso con un frente de 10 metros; este,
Alejandro Herrera Trejos y oeste, Alejandro Herrera Trejos. Mide: Trescientos
cincuenta y un metros con diecisiete decímetros cuadrados. Plano:
G-0851754-2003. Con la siguiente base para remate: Primer remate: La suma de
cuatro millones doscientos mil colones exactos. Segundo remate: La suma de tres
millones ciento cincuenta mil colones exactos (rebajada en un 25%). Tercer
remate: La suma de un millón cincuenta mil colones exactos (un 25% de la base
original). 2. Finca inscrita en el Registro Nacional, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real matrícula Nº
122189-000, la cual es naturaleza: Terreno para la construcción, situada en el
distrito 01-Nicoya, cantón 02-Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos:
norte, Ovidio Rojas Agüero; sur, Alejandro Herrera Ramírez; este, Carlos Brenes
y oeste, calle pública con un frente de 10 metros. Mide: Doscientos setenta y
cuatro metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Plano: G-0587718-1999.
Con la siguiente base para remate: Primer remate: La suma de tres millones
doscientos mil colones exactos. Segundo remate: La suma de dos millones
cuatrocientos mil colones exactos (rebajada en un 25%). Tercer remate: la suma
de ochocientos mil colones exactos (un 25% de la base original). 3.
Finca inscrita en el Registro Nacional, Partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real matrícula Nº 122190-000, la cual es
naturaleza: Terreno para la construcción, situada en el distrito 01-Nicoya,
cantón 02-Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Ovidio Rojas
Agüero; sur, Alejandro Herrera Ramírez; este, Carlos Brenes Cárdenas y oeste,
calle pública con un frente de 10 metros. Mide: Doscientos ochenta y ocho
metros cuadrados. Plano: G-0567730-1999. Con la siguiente base para remate:
Primer remate: La suma de cuatro millones seiscientos mil colones exactos.
Segundo remate: La suma de tres millones cuatrocientos cincuenta mil colones
exactos (rebajada en un 25%). Tercer remate: La suma de un millón ciento
cincuenta mil colones exactos (un 25% de la base original). De los señalamientos:
Para tal efecto se señala para el primer remate las catorce horas y quince
minutos del ocho de mayo de dos mil diecisiete. De no haber postores, para
llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce horas y quince minutos
del veintitrés de mayo de dos mil diecisiete. De no apersonarse rematantes,
para el tercer remate, se señalan las catorce horas y quince minutos del siete
de junio de dos mil diecisiete. Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Bioservicios de Guanacaste S. A. Expediente Nº
16-002395-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial
de Guanacaste, Santa Cruz (Materia Cobro), 10 de marzo del 2017.—Lic. Luis
Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2017123711 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre de paso bajo las citas 457-02045-01-0030-001,
servidumbre de paso bajo las citas: 510-16906-01-0004-001, servidumbre de paso
bajo las citas 511-11935-01-0005-001, demanda ordinaria bajo las citas
800-49206-01-0001-001; a las trece horas y treinta minutos del nueve de mayo
del año dos mil diecisiete, y con la base de diez millones de colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número 464821-000, la cual es lote uno, terreno para construir.
Situada en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, con resto de finca madre; sur, en parte con calle
pública y en parte con servidumbre de paso; este, con resto de finca madre y en
parte con servidumbre de paso, oeste, con calle publica con un frente a ella de
20 metros con 05 centímetros. Mide: Cuatrocientos noventa y siete metros
cuadrados. Plano: A-1382011-2009. Para el segundo remate se señalan las trece
horas y treinta minutos del veinticuatro de mayo del año dos mil diecisiete,
con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y
treinta minutos del ocho de junio del año dos mil diecisiete con la base de dos
millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Asociación Solidarista de Empleados de la Municipalidad de San Carlos contra
Ignacio Javier Bustos Rojas. Exp. N° 17-000384-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro),
14 de febrero del 2017.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—(
IN2017123713 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
catorce horas y cero minutos del nueve de mayo del año dos mil diecisiete y con
la base de treinta y seis millones setecientos noventa y cuatro mil trescientos
treinta y dos colones con setenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
207710-000, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito San
Isidro, cantón El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte carretera
publica con 99.34 metros; al sur, carretera interamericana con 109.77 metros;
al este, Gardane Inc S. A. y al oeste, carretera pública con 154.31 metros.
Mide: doce mil quinientos cincuenta y cuatro metros con cincuenta y dos
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
cero minutos del veinticuatro de mayo del año dos mil diecisiete, con la base
de veintisiete millones quinientos noventa y cinco mil setecientos cuarenta y
nueve colones con cincuenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos
del ocho de junio del año dos mil diecisiete con la base de nueve millones
ciento noventa y ocho mil quinientos ochenta y tres colones con dieciocho
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Miguel Díaz Masís.
Exp:15-013953-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, 14 de marzo del año 2017.—Licda. Margarita Mena
Gutiérrez, Jueza.—( IN2017123719 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando, condiciones Ref: 1871 161 002 citas 329-15330-01-0901-005, reservas
y restricciones, citas 329-15330-01-0902-003; a las diez horas y cero minutos
del seis de junio del año dos mil diecisiete, y con la base de siete millones
novecientos noventa y cuatro mil cuatrocientos ochenta y cuatro colones con
ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número doscientos cinco mil cuatrocientos veintinueve
cero cero cero, la cual es terreno lote para construir. Situada en el distrito
01- Puerto Cortes, cantón 05-Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte, Lidia Elieth Campos Ríos; al sur, calle pública; al este, Lidia Elieth
Campos Ríos y al oeste, Danili Soto Elizondo. Mide: Trescientos ochenta y un
metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero
minutos del veintiuno de junio del año dos mil diecisiete, con la base de cinco
millones novecientos noventa y cinco mil ochocientos sesenta y tres colones con
seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta
se señalan las diez horas y cero minutos del seis de julio del año dos mil
diecisiete con la base de un millón novecientos noventa y ocho mil seiscientos
veintiún colones con dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de COOPEALIANZA contra Judith Lourdes Ríos Sibaja, Oscar
Isaac Campos Ríos. Exp. N° 17-000730-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur, Pérez Zeledón (Materia
Cobro), 21 de marzo del año 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2017123722 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
diez horas y cero minutos del doce de mayo del año dos mil diecisiete, y con la
base de ocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 44501-000, la
cual es terreno de montes. Situada en el distrito 05 Picagres, cantón 07 Mora,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Fernando
Segura Núñez; al este, Fernando Segura Núñez, y al oeste, calle pública. Mide:
Seiscientos cuarenta y tres metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve
de mayo del año dos mil diecisiete, con la base de seis millones de colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y cero minutos del trece de junio del año dos mil
diecisiete con la base de dos millones de colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Rubén López Segura.
Exp. N° 17-002517-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de San José, Goicoechea, (Sección Primera), 17 de marzo del 2017.—Lic. Esteban
Herrera Vargas, Juez.—( IN2017123728 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
trece horas y treinta minutos del treinta de mayo del año dos mil diecisiete, y
con la base de nueve millones doscientos sesenta y ocho mil cuatrocientos
veintiún colones con cuarenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos
ochenta y ocho mil tres-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para
construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 San Isidro de
El General, cantón 01 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, María Isabel Valverde Romero; al sur, calle pública; al este, Fernando
Solís Hernández, y al oeste, Fernando Solís Hernández. Mide: doscientos
cincuenta y nueve metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del catorce de
junio del año dos mil diecisiete, con la base de seis millones novecientos cincuenta y un mil
trescientos dieciséis colones con doce céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos
del veintinueve de junio del año dos mil diecisiete con la base de dos millones
trescientos diecisiete mil ciento cinco colones con treinta y siete céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Coopealianza R. L. contra Helen Maylid Solís Varela. Exp. 16-005096-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez
Zeledón, (Materia Cobro), 16 de marzo del 2017.—Lic. José Ricardo Cerdas
Monge, Juez.—( IN2017123729 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y
anotaciones; pero soportando reservas y restricciones citas
314-15253-01-0903-001; a las ocho horas y cero minutos del veinticuatro de
abril del dos mil diecisiete, y con la base de dieciocho millones setecientos
sesenta y nueve mil trescientos veintinueve colones con sesenta y siete
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número cuarenta mil doscientos noventa y tres cero
cero cero, la cual es terreno para construir con 2 casas. Situada: en el
distrito 01-Liberia, cantón 01-liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, Alfonso Salas Villegas; al sur, Alfonso Salas Villegas; al este,
calle publica con 10.15 metros, y al oeste, Mario Pereira Chacon. Mide: Doscientos
quince metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate,
se señalan las ocho horas y cero minutos del diez de mayo del dos mil
diecisiete, con la base de catorce millones setenta y seis mil novecientos
noventa y siete colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero
minutos del veintiséis de mayo del dos mil diecisiete, con la base de cuatro
millones seiscientos noventa y dos mil trescientos treinta y dos colones con
cuarenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Coopealianaza R.L contra German Alberto Araya Salazar,
Melitina Salazar López, Yancy Adriana Pomarez Bonilla. Expediente N°
17-000373-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón (Materia Cobro), 10 de febrero del
2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2017123730 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre de acueducto y de paso de a y a citas 2015-
413438-01-0001-001; para el primer remate se señalan las quince horas cero
minutos del diecisiete de julio del año dos mil diecisiete, y con la base de
ciento once mil novecientos ochenta y cinco dólares con setenta y dos centavos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca 1) Inscrita en el Registro
Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio
real, matrícula número 118495-F-000, la cual es finca filial 33 ubicada en el
nivel 3 del edificio B destinada a uso habitacional en proceso de construcción.
Situada en el distrito 01 Desamparados, cantón 03 Desamparados, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, Área común construida de ducto mecánicos y shut
basura área de estar pasillos escaleras y asensores; al sur, vacío; al este
vacío y al oeste, área común construida de ducto mecánico y shut de basura y
filial 34. Mide: sesenta metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las quince horas cero minutos del tres de agosto del
año dos mil diecisiete, con la base de ochenta y tres mil novecientos ochenta y
nueve dólares con veintinueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y para la tercera subasta se señalan las quince horas cero minutos del
veintiuno de agosto del año dos mil diecisiete con la base de veintisiete mil
novecientos noventa y seis dolares con cuarenta y tres centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). finca 2) Libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre de acueducto y de paso de a y a citas
2015-413438-01-0001-001; para el primer remate se señalan las quince horas cero
minutos del diecisiete de julio del año dos mil diecisiete, y con la base de
cinco mil catorce dólares con veintiocho centavos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
118650-F-000, la cual es finca filial 188 ubicada en el nivel 1 destinada a
estacionamiento en proceso de construcción. Situada en el distrito 01
Desamparados, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, calle primera; al sur, área común libre de juegos infantiles y área
común construida de tanque de captación; al este filial 187 y al oeste filial
189. Mide: catorce metros con treinta decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las quince horas cero minutos del tres de agosto del año dos
mil diecisiete, con la base de tres mil setecientos sesenta dólares con setenta
y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta
se señalan las quince horas cero minutos del veintiuno de agosto del año dos
mil diecisiete con la base de mil doscientos cincuenta y tres dólares con
cincuenta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa
Rica contra Marco Fabrizio Rivera Ibarra. Exp. N° 16-030859-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 24 de
marzo del 2017.—Lic. Carlos Alberto Marín Angulo, Juez.—( IN2017123746 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
catorce horas treinta minutos del veintidós de mayo del dos mil diecisiete, y
con la base de dieciocho millones seiscientos setenta y nueve mil noventa y
cinco colones con setenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y siete mil once cero
cero cero, la cual es terreno de vivienda lote 19 con una casa. Situada en el
distrito Batán, cantón Matina, de la provincia de Limón. Colinda: al norte,
IDA; al sur, IDA; al este, calle, y al oeste, canal. Mide: Mil ciento cincuenta
y dos metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y treinta minutos del seis de junio del año dos mil
diecisiete, con la base de catorce millones nueve mil trescientos veintiún
colones con setenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del
veintiuno de junio del año dos mil diecisiete con la base de cuatro millones
seiscientos sesenta y nueve mil setecientos setenta y tres colones con noventa
y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Nockson Forrester
Badilla. Exp. N° 15-001613-1208-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Materia Cobro),
06 de marzo del 2017.—Lic. Andrés Rafael Valladares Castillo, Juez.—(
IN2017123749 ).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las
ocho horas y treinta minutos del cuatro de mayo del año dos mil diecisiete, y
con la base de treinta y cuatro millones ochocientos dieciocho mil seiscientos
ocho colones con quince céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos
cincuenta y nueve mil trescientos treinta y siete cero cero uno, cero cero dos
la cual es terreno solar, casa. Situada en el distrito 01 San Isidro de El
General, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Harol Landascaping y Construcción S. A. y José Manuel Bonilla Mora; al
sur, calle púlica y José Manuel Bonilla Mora; al este, Harol Landascaping
Constructión S. A. y calle pública y al oeste, José Manuel Bonilla Mora. Mide: Cuatrocientos
noventa y tres metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y treinta minutos del veintidós de mayo del año dos mil diecisiete, con
la base de veintiséis millones ciento trece mil novecientos cincuenta y seis
colones con once céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del seis de junio
del año dos mil diecisiete con la base de ocho millones setecientos cuatro mil
seiscientos cincuenta y dos colones con cuatro céntimos, (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Randall Chaves Gómez, Roxana Rojas Robles.
Expediente Nº 17-000630-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón (Materia Cobro), 21 de
marzo del 2017.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2017123750 ).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez
horas y cero minutos del uno de junio del año dos mil diecisiete, y con la base
de diez mil cuatrocientos veintidós dólares con noventa y dos centavos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BFV506. Marca
Toyota. Estilo Yaris G. Categoría automóvil. Capacidad cinco personas. Año dos
mil catorce. Color azul. Vin MR2BT9F3301091516. Combustible gasolina. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de junio
del año dos mil diecisiete, con la base de siete mil ochocientos diecisiete
dólares con diecinueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del tres de julio
del año dos mil diecisiete con la base de dos mil seiscientos cinco dólares con
setenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Brunca Procesos Sociedad
Anónima, David Retana Hernández. Exp: 17-000711-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón,
(Materia Cobro), 28 de febrero del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Juez.—(
IN2017123751 ).
Se
convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de: Ronald Gerardo Soto
Córdoba, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las catorce horas del
veinticuatro de abril del dos mil diecisiete, para conocer acerca de los
extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº
13-100112-0217-CI.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José,
Desamparados, 15 de marzo del 2017.—Dra. Leyla Kristel Lozano Chang,
Jueza.—1 vez.—( IN2017123586 ).
Se emplaza
a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Ramón Rodríguez Cambronero, cédula uno- doscientos
setenta y cinco- cuatrocientos cuarenta y cuatro, para que dentro del término
de treinta días contados a partir de esta publicación, se apersonen a este
proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos que si no lo hacen dentro del
plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría Bufete Rodríguez, trescientos metros oeste y cincuenta
sur del Correo de Heredia. Expediente 7-2017.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez
González, Notario.—1 vez.—( IN2017112593 ).
Ante el suscrito notario
público se declara abierto el sucesorio de quien en vida fue Virginia de los
Ángeles Murillo Bolaños, mayor, casada una vez, pensionada, portador de la
cédula de identidad número cuatro-cero ochenta y uno-quinientos setenta y
nueve, vecina de Heredia, cantón central de Heredia, distrito San Francisco,
urbanización La Liliana segunda etapa, casa número sesenta y seis, quien
falleciera a los sesenta y seis años, el día 29 de octubre del 2017, bajo el
número de expediente cero dos- VMB- 2017. Se cita emplaza a todos los
interesados para que dentro del plazo máximo
de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante esta notaria a hacer valer sus derechos. Lic. Dennis Rubie
Castro, con oficina abierta en San José, Lourdes de Montes de Oca, 125 metros
al sur de la esquina noreste de la iglesia católica, teléfono: 2524-1502, Fax
2225-3384, correo electrónico bufetecanovasociados@ice.co.cr.—San José, 15 de
marzo del 2017.—Lic. Dennis Rubie Castro, Notario.—1 vez.—( IN2017122615 ).
Por escritura otorgada a las
catorce horas del veintitrés de marzo del dos mil diecisiete ante la notaria,
Sharon Núñez Milgram, se solicitó la apertura y tramitación del proceso
sucesorio testamentario en sede notarial de quien en vida fuera Roberto Gdur
Gdur, mayor, divorciado una vez, Empresario, vecino de Cartago, Tres Ríos,
Villas de Ayarco, de PASOCA; veinticinco metros al este, cédula de identidad
8-0052-0404. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del
plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de
este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría
de la Licenciada, Sharon Núñez Milgram, con oficina en San José, Avenida
Central, entre calles siete y cinco, edificio Primavera tercer piso, teléfono
22236868.—San José, 23 de marzo del 2017.—Licda. Sharon Núñez Milgram,
Notaria.—1 vez.—( IN2017122621 ).
En esta notaría, se han
presentado Marieta González Umaña, María de los Ángeles González Umaña, Nuria
González Umaña y Arnoldo González Umaña, para solicitar la apertura del proceso
sucesorio intestado notarial de quien en vida fuera Jorge Arturo González
Umaña. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse con
el fin de formular cualquier objeción dentro del plazo de treinta días,
contados a partir de la publicación del presente edicto, en la oficina de la
Licenciada, Adriana Victoria Salgado Calvo, situada en San José, Moravia, La
Trinidad, Residencial Las Rosas, casa número trece-D. Expediente N°
2017-000001. Proceso sucesorio intestado notarial Jorge Arturo González
Umaña.—San José, 15 de marzo del 2017.—Licda. Adriana Salgado Calvo, Notaria.—1
vez.—( IN2017122623 ).
Se cita y emplaza a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante la notaría del notario público
Reynaldo Matamoros Sánchez, sita en San José, Moravia, Barrio La Guaria, del
Club La Guaria 200 metros sur y 300 metros este, a hacer valer sus derechos
dentro del proceso sucesorio que se tramita en sede notarial de quien en vida
fuera Rafael Ángel Villafuerte Chavarría, mayor de edad, casado una vez,
Licenciado en Ciencias Económicas, vecino de San José, Alajuelita, Urbanización
Los Pinos 2, segunda etapa, casa 17 C 2, portador de la cédula de identidad
número cinco-ciento sesenta y cinco-cero cuatrocientos sesenta y ocho, bajo
apercibimiento de, a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se
presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.—San José, Moravia,
28 de febrero del 2017.—Lic. Reynaldo Matamoros Sánchez, Notario.—1 vez.—(
IN2017122630 ).
Proceso sucesorio notarial
002-2017. Se avisa que se ha iniciado el trámite su sucesión en sede notarial
del causante Blanca Azucena Madrigal Mejías,
quien fue mayor, divorciada una vez, ama de casa, vecina de Quepos Puntarenas
en Barrio Los Ángeles, trescientos metros norte de la Iglesia Católica,
contiguo a la base de taxis públicos, cédula: seis- ciento veintiuno-
seiscientos ochenta y uno, fallecida el día cinco de junio del dos mil ocho,
por lo que se emplaza a quien tenga interés se apersone en las oficinas del
Notario Público Henry Gómez Pineda, en Quepos, Aguirre Puntarenas, costado
suroeste de la Iglesia Católica, segundo Piso Edificio Iguana Tours, dentro de
los treinta días siguientes de la publicación de este aviso, para hacer valer
sus derechos.—Quepos 23 de marzo del 2017.—Henry Gómez Pineda, Notario.—1 vez.—( IN2017122640 ).
Se hace saber: Que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rafael
Antonio Monge Araya, mayor, casado, operario, vecino de Ciudad Quesada, cédula
de identidad 2-414-882, murió el 14 de junio de 1999. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados
a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 12-000322-0638-CI. Promueve Carmen Lidia
Quesada Salas.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, 23 de febrero del 2015.—Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—1
vez.—( IN2017122653 ).
Por el plazo de treinta días a
partir de la publicación del presente edicto,
se cita y se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en
rendir oposición a las presentes diligencias sucesorias de quién en vida fuera
Ana Dina Ramos Herrera, cédula 4-0065-0649, mayor, casada una vez, ama de casa,
vecina de Santa Bárbara de Heredia; 150 metros norte, del parque frente a la
Ferretería JyB, quien falleció el 13 de julio del año 2011, para que
manifiesten lo que crean pertinentes dentro del referido plazo, bajo
apercibimiento de que en caso de omitirlo, la herencia pasará a quién
corresponda. Publicar por una única vez. Sucesión, expediente N°
16-000006-0504-CI.—Juzgado Contravencional y Civil de Menor
Cuantía de San Joaquín de Flores, 23 de febrero del año 2016.—Msc.
Luis Rodrigo Campos Gamboa, Juez.—1 vez.—( IN2017122657 ).
Se hace saber que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Eugenio c.c.
Leiva Guzmán Picado Palma, mayor, soltero, educador, con documento de identidad
1-0486-0194 y vecino de La Unión de Tres Ríos. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a todas las personas interesadas para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer
valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a
la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a
quien corresponda. Expediente N° 13-000265-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago,
21 de marzo del 2017.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—(
IN2017122681 ).
Se hace saber: Que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien
en vida se llamó María Enriqueta Solano Martínez, mayor, soltera,
costarricense, con documento de identidad 0103440345 y vecina de Piedades
Norte, San Ramón. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer
valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a
la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 16-000017-0691-CI.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón (Materia Civil),
26 de mayo del 2016.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2017122717 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión del señor Orlando Poltronieri Vargas, quien fue
mayor, divorciado tres veces, comerciante, cédula número uno-cero cuatro cinco
tres-cero cero dos tres, vecino de San José, para que dentro del plazo de
treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de
herederos, para que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2017. Notaría del bufete de la
Licenciada, Vilma María Guevara Mora, Pavas, Rohrmoser, del triángulo en el
Boulevard 8 calles al norte y 75 metros este, avenida 45 A.—Licda. Vilma María
Guevara Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017122722 ).
Por acta de apertura otorgada
ante esta notaría, por Verny Jesús Salas Rodríguez, de 9 de febrero de 2017,
comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto proceso sucesorio
ab-intestato de quien en vida fue: Noyli Rodríguez Zeledón, cédula 1-402-880,
vecina de Santa Ana, San José. Se cita y emplaza a todos los interesados para
que dentro del plazo máximo de treinta días naturales contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus
derechos. Notaría: José Ramón Sibaja Montero, sita 150 metros oeste del Banco
de Costa Rica, Santa Ana, Centro. Teléfono: 2203-7565.—Lic. José Ramón Sibaja
Montero, Notario.—1 vez.—( IN2017122731 ).
Mediante escritura número
30-25, otorgada ante esta notaría, por Clara Gamboa Badilla, Gustavo Adolfo
Marín Gamboa y Giovanny Gerardo Marín Gamboa, a las 15:00 del 20 de febrero de
2017 y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio testamentario de quien en vida fue Carlos Marín Granados, mayor,
casado una vez, comerciante, de Buenos Aires de Puntarenas, cédula 102600850,
quien falleció el 25 de noviembre del 2015. Se cita y emplaza a todos los
interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Luis Fernando Sáenz
González. Cartago, calle 7, avenidas 1 y 3. Teléfono 255-1398. (Publicar 1 vez
en el Boletín Judicial).—Lic. Luis Fernando Sáenz González, Notario.—1
vez.—( IN2017122738 ).
Se hace saber que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Antonio
Piedades Zúñiga Quirós, mayor, estado civil casado una vez, profesión
agricultor, nacionalidad costarricense, con documento de identidad
uno-doscientos seis-seiscientos treinta y cinco, y vecino de Grifo Alto de
Puriscal. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general
a todas las personas interesadas para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer
sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien
corresponda. Expediente N° 16-000022-0197-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y
Familia de Puriscal, (Materia Civil), 1° de marzo del 2017.—Lic. Jorge
Alberto Pérez Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2017122762 ).
Se declara abierto el proceso
sucesorio notarial ad intestato de José Joaquín Flores Arce, cédula de
identidad 2-0094-0735, Se cita y emplaza a todos los interesados para que
dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus
derechos. Expediente N° 2017-0001-SUC. Notaría del Lic. German Vega Ugalde, Río
Frío de Horquetas, Sarapiquí, Finca Seis, frente a M Express, Fax 27-64-22-30,
teléfono 27-64-48-74. Email: germanvega98@hotmail.com.—Lic. German Vega Ugalde, Notario.—1 vez.—( IN2017122769 ).
Se emplaza a herederos,
legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quien en vida se
llamó Yolanda Baldares Molina, quien fue mayor, viuda, señora de hogar, cédula
de identidad número siete-cero cero veintiuno-cero novecientos noventa, vecina
de Curridabat, San José, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría en
defensa de sus derechos bajo el apercibimiento de que en caso de que no lo
hicieran la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente N°
001-2017, sucesorio en sede notarial de Yolanda Baldares Molina. Notaría de
Alexander Eduardo Rojas Salas, San José, avenida central, calles 5 y 7,
Edificio Primavera, cuarto piso.—Lic. Alexander Eduardo Rojas Salas, Notario.—1
vez.—( IN2017122772 ).
Se
cita a los interesados en la sucesión notarial AB-intestada de Octavio Mora
Brenes, quien fue mayor, viudo una vez, agricultor, cédula 3-125-657, vecino de
potrero cerrado, Oreamuno, Cartago, y quien falleció el 3 de febrero del 2004,
para en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante mi notaría en Cartago, calle 8, avenidas 2 y 4, a
reclamar sus derechos. Se apercibe que si nadie se presenta dentro de este
plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—Cartago, 22 de marzo del
2017.—Lic. Juan Pablo Navarro Solano, Notario.—1 vez.—( IN2017122779 ).
Se
hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Mario Herrera Alfaro, mayor, estado civil casado una vez,
pensionado, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0202550650 y vecino de Alajuela.
Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas
las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 17-000013-0638-CI.—Juzgado de Cobro y Civil
de Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Civil), 02 de marzo del
2017.—Licda. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—1 vez.—( IN2017122783 ).
Se
hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Eduardo de
La Trinidad Gómez Castro, quien fue mayor, soltero, maestro, vecino de Puerto
Viejo de Sarapiquí, portador de la cédula de identidad número nueve cero cero
setenta y uno-cero trescientos treinta y nueve. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 15-000436-0504-CI. 22
de febrero del año 2016.—Lic. Olger Martín Pérez Gómez, Juez.—1 vez.—( IN2017122807 ).
Se hace saber que en este
Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carla
Maritza Gómez Villalobos, mayor, Arquitecta, casada una vez, costarricense,
cédula de identidad 01-1084-0591 y vecina de San José, Escazú. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
17-000051-0182-CI.—Juzgado Tercero Civil de San José, 09 de marzo del
año 2017.—Msc. Osvaldo López Mora, Juez.—1 vez.—( IN2017122825 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Rafael Ángel Baltodano Valle, quien fue mayor,
casado una vez, costarricense, cédula cinco-cero uno cero uno-ciento treinta y nueve mil
para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que
crean tener calidad de herederos que si no se presenta dentro de dicho plazo,
la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 01-2017. Notaria del Bufete
Quesada y Campos.—Lic. Ana I. Campos
Sáenz, Notaria.—1 vez.—( IN2017122849 ).
Se emplaza a todos los
herederos, legatarios e interesados en la sucesión del señor Amed Gómez
Matarrita, de nacionalidad costarricense, quien en vida fue mayor, casado una
vez, músico, vecino de Santa Cruz, Guanacaste del Banco Nacional; quinientos
metros oeste, cien norte, y portador de la cédula de identidad número
cinco-doscientos cincuenta y cuatro-
seiscientos setenta y dos, con el fin de que se apersonen dentro del plazo de
treinta días a hacer valer sus derechos, y bajo el apercibimiento de que si no
lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente cero cero cero
uno-dos mil diecisiete-ARV, sucesión de Amed Gómez Matarrita. Se emplaza a
todos los herederos, legatarios e interesados en la sucesión de Amed Gómez
Matarrita. Notaría del Licenciado, Alexis Robles Villalobos, sita en Sabana
Norte, del Restaurante El Chicote; cien metros al norte, cincuenta al este, edificio
amarillo identificado como “Agora Abogados”.—San José, veintinueve de setiembre
del dos mil dieciséis.—Lic. Alexis Robles Villalobos, Notario.—1 vez.—(
IN2017122903 ).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por la señora Ivonne Aguilar Rivera, casada una vez,
ama de casa, vecina de Santo Domingo de Heredia, del Centro de Salud, cien
metros sur y ciento setenta y cinco metros al este, cédula uno-cero doscientos
noventa y uno-cero seiscientos setenta y seis, en su condición de albacea, a
las quince horas con treinta minutos del veintidós de marzo del dos mil
diecisiete y comprobado el fallecimiento esta notaría declara abierto el
proceso sucesorio testamentario de la señora Vilma Aguilar Rivera, quien en
vida fue mayor, soltera, auxiliar de enfermería, vecina de San José, Santa Ana,
La Uruca, de la Cruz Roja, doscientos metros al oeste y cincuenta metros al
sur, cédula uno-cero doscientos noventa y seis-cero seiscientos treinta y
nueve, defunción ocurrida el dos de mayo del dos mil dieciséis, en Centro de
Santa Ana, San José. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro
del plazo máximo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del
Licenciado Óscar Luis Trejos Antillón, carné siete mil quinientos ochenta y
ocho, con oficina en San José, Urbanización Montealegre, del Parque Los Mangos,
cien metros al sur y setenta y cinco al oeste, casa mil seiscientos tres, con
teléfono número dos dos cinco tres uno cero nueve ocho.—Lic. Óscar Luis Trejos
Antillón, Notario.—1 vez.—( IN2017122935 ).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por Ivonne Aguilar Rivera, mayor, casada una vez,
ama de casa, vecina de Santo Domingo de Heredia, del Centro de Salud, cien
metros sur y ciento setenta y cinco metros al este, cédula uno - cero
doscientos noventa y uno - cero seiscientos setenta y seis, en su condición de
albacea, a las quince horas del veintidós de marzo del año dos mil diecisiete,
y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio testamentario de la señora Olinda Aguilar Rivera, quien en vida fue
mayor, soltera, ama de casa, vecina de San José, Santa Ana, La Uruca, de la
Cruz Roja doscientos metros al oeste y cincuenta metros al sur, cédula uno -
cero ciento cuarenta - cero cuatrocientos noventa y siete, defunción ocurrida
el día cuatro de noviembre del año dos mil doce, en San José, Santa Ana, Uruca.
Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de
treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Licenciado Óscar Luis
Trejos Antillón, carné siete mil quinientos ochenta y ocho, con oficina en San
José, Urbanización Montealegre, del Parque Los Mangos cien metros al sur y
setenta y cinco al oeste, casa mil seiscientos tres, con teléfono número dos
dos cinco tres uno cero nueve ocho.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1
vez.—( IN2017122936 ).
A los herederos e interesados
en el sucesorio, solicitan se abra el proceso sucesorio en sede notarial de
quien en vida se llamó Daisy Chacón Fernández, mayor de edad, casada una vez,
ama de casa, cedula de identidad número tres-cero ciento treinta y nueve-cero
seiscientos noventa y uno, vecina de Limón-Guácimo, Barrio Fox Hall; cien
metros este, de la Pulpería Fox Hall, defunción que consta fallecimiento
inscrito en el Registro de Defunciones de la provincia de San José, en el
Hospital Calderón Guardia, el día siete de agosto del dos mil dos, defunción al
tomo: cuatrocientos cuarenta y seis, folio: ochenta y uno, asiento: ciento
sesenta y uno, el suscrito notario da fe por tener certificación de defunción
del Registro Civil, la cual queda en el expediente que para el efecto abro y
que conservo en mi oficina, el señor José Ángel Torres Céspedes, mayor de edad,
viudo una vez, agricultor, cedula de identidad número tres-cero ciento
veintitrés-cero ochocientos ochenta y cuatro, la señora Katia Isabel Torres
Chacón, mayor de edad, casada una vez, estilista, cedula de identidad número
nueve-cero cero noventa y cuatro-cero seiscientos diecisiete, la señora Daisy
María Torres Chacón, mayor de edad, divorciada una vez„ ama de casa, cédula de
identidad número tres-cero doscientos ochenta y siete-cero cero ochenta y ocho,
el señor José Ángel de Jesús Torres Chacón, mayor de edad, divorciado una vez,
chofer, cédula de identidad número siete-cero cero noventa y uno-cero
quinientos cuarenta y cuatro, todos vecinos de Limón-Guácimo, Barrio Fox Hall;
cien metros este, de la Pulpería Fox Hall. Que los tres comparecientes, de
apellidos Torres Chacón, le ceden sus derechos a su padre, el señor José Ángel
Torres Céspedes; solicitan se abra proceso sucesorio notarial, como herederos
legítimos de su esposo y padre respectivamente, la tramitación en esta sede
notarial del sucesorio de dicha señora. En consecuencia cualquier otro heredero
o interesado deberá apersonarse ante el suscrito notario dentro de los treinta
días naturales siguientes a la publicación del presente aviso, para hacer valer
sus derechos, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo, la herencia
procederá a quien legalmente corresponde.—San José, a las trece horas y treinta
minutos del veinticuatro de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Gerardo Enrique
Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—( IN2017122951 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de quienes en vida fueron Juan Luis Rosas Hernández,
cédula N° 3-076-212 y de Florinda América Varela Mora, cédula N° 3-176-769,
mayores casados, agricultor y ama de casa, vecinos de Cartago, Ujarrás, para
que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este
edicto comparezcan a reclamar sus derechos; y
se les apercibe a los crean tener calidad de herederos que si no se presentan
dentro del plazo dicho, la herencia pasara a quien corresponda. Expediente
número 002-2017 SN. Notifíquese.—Lic. Manuel Enrique Badilla Chavarría,
Notario.—1 vez.—( IN2017122990 ).
Se hace del conocimiento
público que ante esta notaría, a las catorce horas treinta minutos del veinte
de mayo del dos mil catorce, se procedió a la apertura y tramitación del
proceso sucesorio en sede notarial de quien en vida fue: Jonathan Barboza Cruz,
mayor, soltero, regente farmacéutico, costarricense, titular de la cédula de
identidad número 1-1327-0298, vecino de San José, San Isidro de Coronado,
Residencial el Portón del Prado, casa veintitrés A. Se emplaza a todos los
interesados en este proceso sucesorio para que dentro del plazo máximo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan
ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Juan Guillermo
Tovar González, notario público con oficina en Alajuela, Alajuela, La Guácima,
75 metros al este de súper la Canastita, teléfono 22732737, fax 2253-6050,
apercibidos de que si no lo hicieren la herencia pasará a quien en derecho
corresponda.—Alajuela, 20 de marzo del 2017.—Lic. Juan Guillermo Tovar
González, Notario.—1 vez.—( IN2017123024 ).
Se cita y emplaza a todos los
herederos, legatarios, acreedores e interesados en la sucesión de la señora
Hilda Arbizu Ramírez, quien en vida fue casada una vez, ama de casa, con
domicilio en San José, Hatillo, cincuenta metros al oeste del Colegio Técnico
de San Sebastián, portó la cédula de identidad número ocho-cero cero cuatro
cinco-cero seis cuatro uno, para que dentro del plazo de treinta días contados
a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante la oficina del
notario público Rolando Romero Obando, situada en San José, Curridabat, costado
norte de Plaza Cristal, Edificio Jurex Law, segundo piso, a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de
que si no se presentan en este plazo aquella pasará a quien corresponda.
Expediente notarial: 2-2016. Notaría pública del Lic. Rolando Romero
Obando.—San José, 27 de marzo del 2017.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1
vez.—( IN2017123029 ).
Se cita y emplaza a todos los
acreedores, herederos, legatarios y demás interesados en la sucesión ab
intestato en sede notarial, del señor Carlos Eduardo Acosta Monge, fallecido el
día 15 de setiembre del 2016, quien fuera casado una vez, ebanista, vecino de
San José, Central, Mata Redonda, Barrio Don Bosco, frente a la antigua entrada
del Colegio San Judas Tadeo, portador de la cédula de identidad Nº 1-0269-0733;
para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos en esta
sucesión. Se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos o
legatarios, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a
quien corresponda. Expediente de sucesión notarial sin testamento Nº 001-2017.
Notaría del Lic. Jorge Arturo Valverde Retana, sita en San José, Sabana Norte,
costado oeste del ICE, contiguo al Restaurante Flor de Loto, edificio Park
View, primera planta. Fax Nº 2290-8067, correo electrónico: javalverder@gmail.com.—Lic. Jorge Arturo Valverde Retana, Notario.—1 vez.—( IN2017123041 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de José Rodrigo Quirós Alvarado; quien en vida fue
mayor, casado una vez, pensionado, con cédula de identidad número
uno-doscientos cincuenta y uno-ochocientos
treinta y ocho, vecino de San José, Mata de Platano, Goicoechea, doscientos
metros al este de Tanques del AyA, para que en el plazo de treinta días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se
presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente N° 001-2017. Notaría del Bufete de la Licda. Antonella Da Re Masis,
correo electrónico antdare@racsa.co.cr. Notaría Pública.( Publicar 1
vez).—Heredia, 20 de marzo del 2017.—Licda. Antonella Da Re Masis,
Notaria.—1 vez.—( IN2017123055 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Claudio Allen Arroyo Umaña, mayor, casado dos
veces, pensionado, cédula de identidad número
uno-cuatrocientos dieciséis-novecientos veintiuno, quien fue vecino de Pavas,
ciudadela María Reina de pavas, de los semáforos de la entrada al hospital
Psiquiátrico, ciento cincuenta metros al sur. Para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a
reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que
si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien
corresponda. Expediente N° 001-2017. Notaria Xinia Mayela Campos Campos, con
bufete en Santo Domingo de Heredia, de la Cruz Roja, cien metros al oeste y
setenta y cinco metros al norte, antepenúltima casa.—Heredia, 24 de marzo de
2016.—Lic. Xinia Mayela Campos Campos, Notario.—1 vez.—( IN2017123056 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Luis Rodolfo Ocampo Barrantes, mayor, casado una
vez, empresario, cédula de identidad número cuatro-cero cero ochenta y dos-cero
doscientos noventa y siete quien fue vecino
de Santa Rosa de Santo Domingo de Heredia, de la Escuela Rubén Darío; cincuenta
metros al oeste, cien metros al norte y veinticinco metros al oeste, para que
dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este
edicto comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente número 0002-2017. Notaria Xinia Mayela
Campos Campos, con bufete en Santo Domingo de Heredia de la Cruz Roja; cien
metros al oeste y setenta y cinco metros al norte, antepenúltima casa. Heredia,
a las ocho horas del día 24 de marzo de 2016. Notifíquese. —Licda. Xinia Mayela
Campos Campos, Notaria.—1 vez.—( IN2017123057 ).
Se ordena la confección del
edicto para que éste sea publicado por una sola vez y que se lea de la
siguiente manera: “ Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores,
y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Marta Granados
Granados conocida como Martha Granados Villalta, mayor, viuda una vez,
pensionada, con cédula de identidad número uno-cero ciento dieciocho-cinco mil
setecientos noventa y cinco, vecina de San José, con último domicilio en Barrio
México, distrito Merced, para que en el
plazo de 30 días hábiles, contados a partir de esta publicación comparezcan al
reclamo de derechos, a quienes crean tener calidad de herederos, vencido el
plazo la herencia pasará a quien corresponda, expediente N° 0004-2016-NP-7299
notaría de Randall Tamayo Oconitrillo, San José, San Juan de Tibás, del Banco
BAC San José; 100 metros al sur y 75 metros oeste, de lunes a viernes, de la
ocho a doce medio día, y de las trece a las diecisiete horas. Expediente N°
0004-2016-NP-7299. Notaría pública, Licenciado, Randall Tamayo Oconitrillo,
código N° 7299. Publíquese por una sola vez.—San José, Tibás, San Juan, ocho
horas del veintisiete de marzo de dos mil diecisiete.—Lic. Randall Tamayo
Oconitrillo, Notario.—1 vez.—( IN2017123075 ).
Se cita y emplaza a todos los
herederos, legatarios, acreedores e interesados en la sucesión de la señora
Nidia Gladys Monge Naranjo, quien en vida
fue casada una vez, con cédula de identidad número uno-cero trescientos ochenta
y ocho-cero novecientos veintisiete, con domicilio en San José, Poás de Aserrí,
cincuenta metros del puente de Poás, calle La Primavera, para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante la oficina del notario público Rolando Romero Obando, situada
en San José, Curridabat, costado norte de Plaza Cristal, Edificio Jurex Law,
segundo piso, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean
tener derecho a la herencia de que si no se presentan en este plazo aquella
pasará a quien corresponda. Expediente notarial 2-2017. Notaría pública del
Lic. Rolando Romero Obando.—San José, 27 de marzo del 2017.—Lic. Rolando Romero
Obando, Notario.—1 vez.—( IN2017123077 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión en sede notarial de Analía Cordero Jiménez, quien
fuera mayor, casada una vez, ama de casa, portadora de la cédula de identidad
número uno-trescientos cinco-ciento setenta y cuatro, vecina de Pérez Zeledón,
para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, lo cual podrán hacer en
San José, Pérez Zeledón, frente al Complejo Cultural, en los altos de Boutique
Victoria, Bufete Campos Seguros. Correo electrónico: diegoca72@gmail.com, fax
2770-6913. Se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia que si no se
presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.
Sucesión de Analía Cordero Jiménez en Sede Notarial. Expediente
2017-0004-C1-NOT.—Lic. Juan Diego Campos Bermúdez, Notario.—1 vez.—(
IN2017123087 ).
Se cita y emplaza a todos los
herederos, legatarios y demás interesados en la sucesión de Carmen Espinoza
Espinoza, conocida como Carmen Tomasa Espinoza Rodríguez, mayor, viuda una vez,
ama de casa, costarricense, con cédula de identidad número cinco-cero cincuenta
y ocho-cero cero ocho, vecina de Caña Fístula de Santa Cruz, Guanacaste, de la casetilla de pasajeros de buses
a la entrada camino a Cebadilla, cien metros al oeste y cincuenta al sur, para
que en el plazo de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen a este proceso sucesorio notarial a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren en el plazo
aquí dicho la herencia pasará a quien corresponda. Notaría Pública de Xenia
Priscilla Moya Chavarría, sito en Santa Cruz, Guanacaste del Almacén Jiménez y
Chaverri 50 metros al este. Expediente 0007-2017.—Santa Cruz, Guanacaste, 27 de marzo del
2017.—Licda. Xenia Priscilla Moya Chavarría, Notaria.—1 vez.—( IN2017123112 ).
Se hace saber: Que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Guillermo
Bejarano Sanabria, quien en vida fue mayor, bínubo, pensionado, vecino de
Pacayas de Alvarado, Cartago, cédula N° 3-0128-0638. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 17-000070-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 17 de marzo
del 2017.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2017123118 ).
Se hace saber: Que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Vitelia
Jiménez Aguilar, mayor, divorciada, ama de
casa, cédula 1-308-829, vecina de Ciudad Colón de Mora. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
17-000055-0183-CI.— Juzgado Cuarto Civil de San José, 13 de marzo del
2017.— Licda. Ivannia Jiménez Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2017123141 ).
Se hace saber: Que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó sucesión Ana
Isabel Hernández Serrano, mayor, costarricense, soltera, ama de casa, vecina de
San José, Mora, Morado, Calle Ureña, con documento de identidad 1-0222-0718. Se
cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las
personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 16-000008-0197-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y
Familia de Puriscal (Materia Civil), 08 de febrero del 2017.—Lic. Jorge
Alberto Pérez Jiménez, Juez.—1 vez.—( IN2017123150 ).
Se cita y emplaza a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la
sucesión del señor Philippus Dijkshoorn, quien en vida fue neerlandés pero
también identificado como holandés (ciudadano del Reino de Los países Bajos),
mayor, soltero, empresario, con domicilio en Los Países Bajos, exactamente
Zuidbuurt veintiocho en tres uno tres dos KB Vlaardingen, Municipalidad de
Vlaardingen, quien también visitaba de manera intermitente Costa Rica, y
residía exactamente en el condominio Nativa, ubicado en Tárcoles, Garabito de
la provincia de Puntarenas, portador del pasaporte de su país de origen número
NT cuatro PL uno tres nueve nueve, y anteriormente titular del pasaporte número
NL tres cero ocho cuatro seis cuatro nueve, con licencia de conducir de su país
número tres tres dos seis siete nueve siete seis ocho seis; quien falleció a
las siete horas del día dieciocho de diciembre del dos mil catorce, según
consta en su certificado de defunción; cuyo original consta en el expediente
sucesorio notarial; para que en el plazo de los treinta días siguientes a la
publicación del edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento de que, si no se presentan en ese plazo, la herencia pasará a
quien corresponda, expediente sucesorio
notarial testamentario número dos mil diecisiete-cero cero cero uno-SNT, de la
notaría de Andrea Hulbert Volio, bufete Hulbert Volio & Parajeles, San
José, Santa Ana, Centro Corporativo Jorge Volio, costado este de la iglesia
católica, con horario de lunes a viernes de ocho y treinta de la mañana a seis
de la tarde, teléfono: 2205-5000, fax: 2282-4679.—San José, 27 de marzo del
2017.—Licda. Andrea Hulbert Volio, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2017123179 ).
Se hace saber: que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Pura María
Rafaela Carmona Villarreal, mayor, estado civil soltera, ama de casa,
nacionalidad costarricense, con documento de identidad cinco cero ciento doce
cero cuatrocientos veintinueve y vecina de Cañas, Guanacaste. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer
valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a
la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda, expediente Nº 16-100081-0927-CI.—Juzgado Civil y Trabajo
de Cañas (materia civil), 23 de febrero del 2017.—Lic. Carlos Montero
Trejos, Juez.—1 vez.—( IN2017123197 ).
Se hace saber: Que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de Narciso Orlando Bolaños Sequeira,
cédula seis cero sesenta y dos- cero cuarenta y cinco, casado dos veces, con
discapacidad, vecino de Esparza, se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Exp. N° 16-100072-642-CI-ELE. Sucesorio de Narciso
Orlando Bolaños Sequeira.—Juzgado Civil de Puntarenas.—Licda. Xinia
González Grajales, Jueza.—1 vez.—( IN2017123198 ).
Se notifica a las partes
interesadas que mediante expediente abierto en la notaría de la licenciada Ana
Patricia Calderon Zapata bajo el número de expediente cero cero uno-dos mil
diecisiete, se procedió a abrir sucesorio en sede notarial de los causantes
Manuel de Jesús Montoya Valverde, con cédula de identidad tres-cero setenta y
seis cero trescientos veinticuatro y Emma Olga Segura Abarca con cédula tres
cero ochenta y cinco cero ciento treinta y uno. Se insta a todos los tercero
interesados hacer valer sus derechos ante esta notaria ubicada en San José,
Desamparados Centro del BNCR cien metros norte.—San José, 25 de marzo del
2017.—Licda. Ana Patricia Calderon Zapata, Notaria.—1 vez.—( IN2017123233 ).
Se hace saber: que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Allan
Mauricio Marín Peñaranda, mayor, estado civil divorciado una vez, profesión no
indica, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad Nº 0401830348 y
vecino de Mercedes, Heredia. Se cita a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo,
aquella pasará a quien corresponda, expediente Nº 17-000075-0504-CI.—Juzgado
Civil de Heredia, 07 de marzo del 2017.—Lic. Alexander Solano Pérez,
Juez.—1 vez.—( IN2017123235 ).
Ante la notaría pública
autorizada del licenciado Carlos Luis Mejías Arguedas, con carné de la Dirección Nacional de Notariado N° 7693; se ha presentado
la señora Marjorie de Los Ángeles Segura Chávez, con cédula N° 40153-584, en su
condición de hija legítima; viene a solicitar la apertura del proceso sucesorio
en sede notarial, de quién en vida fuera el señor Omar Segura Saenz, mayor de
edad, casado en segundas nupcias, con cédula N° 400690488, vecino de Barva de
Heredia. Se emplaza por este medio a cualquier interesado en este proceso, a
presentarse ante esta notaría, sita 250 metros al sur del Banco Nacional en
Barva, Heredia en los siguientes 30 días a partir de la fecha de esta
publicación, para que a bien tenga manifestar o haga valer sus derechos.
Heredia, 21 de febrero del 2017.—Lic. Carlos Luis Mejías Arguedas, Notario.—1
vez.—( IN2017123240 ).
Se
cita y se emplaza a los interesados en la sucesión de: Floribeth Campos
Bogantes, viuda de primeras nupcias, pensionada, cédula número dos-doscientos
ochenta y seis-mil trescientos cuarenta y nueve, vecina de San Pedro de Valverde
Vega, Alajuela, trescientos metros norte del cementerio; para que dentro del
plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto
comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia
pasará a quién corresponda. Expediente número: cero cero dos-dos mil
diecisiete. Notaria del Bufete Campos Doubleday. Tel: 2454-2333.—Licda.
Marianela Doubleday Céspedes, Notaria.—1 vez.—( IN2017123253 ).
Se hace saber que en este
Despacho se tramita el proceso Roque Feliz Arburola Cardalda, quien es mayor,
pensionado, casado, vecino de Desamparados, portador de la cédula de identidad
número cinco-cero treinta y siete-doscientos diecinueve, gestionado por David
Villalobos Méndez y funge como albacea provisional Balvina Eugenia Alvarado
Hernández, quien es mayor, viuda, demás calidades desconocidas, cédula número
uno-doscientos cincuenta y nueve-cero veintidós. Se emplaza a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que
crean tener derecho a la herencia, de que, sin no, se apersonan dentro de ese
plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-100433-0237-CI
(466-4-14).—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San
José Desamparados, 13 de setiembre del 2016.—Licda. Milagro Montero Barrantes,
Juez.—1 vez.—( IN2017123264 ).
En la notaria del licenciado
Hilario Agüero Chaves, sita en Ciudad Neily centro, Corredor, Corredores,
Puntarenas, diagonal a la Oficina regional del Ministerio de Educación, al ser
las once horas del día veintitrés de marzo del dos mil diecisiete, se hace de
público conocimiento el edicto, convocando a todos los interesados en la
sucesión de quien en vida se llamó Victoria Bonilla Tello, mayor, viuda una
vez, del hogar, cedula de identidad número: seis-cero noventa y cinco-novecientos
cincuenta y seis, ella fue vecina de La Esperanza de Pavón, Pavón, Golfito,
Puntarenas, quinientos metros al este de la Escuela. Se emplaza a todos los
terceros interesados en defensa de sus derechos, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de
herederos que si no se presentan dentro de este plazo la herencia pasará a
quien corresponda, expediente número cero cero cero uno-dos mil diecisiete.
Sucesorio en Sede Notarial.—Lic. Hilario Agüero Chaves, Notario Público.—1
vez.—( IN2017123285 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de quien en vida fue Manuel Salvador Cortez Obando,
de nacionalidad nicaragüense, portador del documento de identidad residente
permanente libre condición número uno cinco cinco ocho cero seis cuatro uno
cero dos dos tres, soltero, agricultor, quien fue vecino de barrio Los Cerros,
Liberia Guanacaste, de la estación de bomberos doscientos setenta y cinco
metros al este, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derecho; y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de
dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente cero cero cero
uno-dos cero uno siete. Notaría del Bufete Jiménez Angulo. Lic. Jesús Roberto
Jiménez Angulo. Notaría Pública ubicada en barrio Los Cerros, Liberia
Guanacaste, doscientos diez metros al este de la equina noroeste del Banco de
Costa Rica.—Lic. Jesús Roberto Jiménez Angulo, Notario.—1 vez.—( IN2017123299
).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Luz
María Ramírez Méndez, casada una vez, ama de casa, vecino de Cariari, Guápiles,
portadora de la cédula de identidad número cuatro-cero cero ochenta y
nueve-cero doscientos setenta y seis, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se
presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda,
expediente Nº 001-2017. Sucesión de Luz María Ramírez Méndez.—Lic. Alexandro
Vargas Vásquez, Notario.—1 vez.—( IN2017123305 ).
Se
tiene por establecido el presente proceso sucesorio intestado de Manuel
Francisco Arias Morales, cédula número uno-cuatrocientos setenta y
cinco-doscientos cuatro, se emplaza a todos los interesados por el plazo de
treinta días para que se apersonen al proceso, mismo que se tramita en
actividad judicial no contenciosa con el número de expediente 2017-0001, ante
la notaria pública Licda. Ana Lorena Gamboa Salazar con oficina en San José,
Guadalupe, del Guadalupano cincuenta metros al este edificio a mano
izquierda.—San José, veintiocho de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. Ana
Lorena Gamboa Salazar, Notaria.—1 vez.—( IN2017123312 ).
Se emplaza a herederos y demás
interesados en la sucesión de quien en vida se llamó, William Gerardo Godínez
Hernández, quien fue mayor, soltero, comerciante, vecino de San Pedro de Poás,
Alajuela, Calle Chilamate, en Residencial Imas, cincuenta metros oeste de la
escuela; cédula uno-ochocientos cincuenta y dos-doscientos nueve; para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen a esta notaría, situada en Alajuela, cincuenta metros al
norte del Museo Juan Santamaría, en defensa de sus derechos, apercibidos de que
si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda.—Alajuela,
veintisiete de febrero del dos mil diecisiete.—Lic. Marco Tulio Araya Vargas,
Notario.—1 vez.—( IN2017123319 ).
Se emplaza a herederos y demás
interesados en la sucesión de quien en vida se llamó María Mercedes Venegas
Araya; quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de El Roble de
Alajuela, urbanización Luz del Sol, casa
ciento sesenta y uno- L; cédula número dos-doscientos tres-quinientos sesenta y
seis; para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen a esta Notaría, situada en Alajuela,
ciento veinticinco metros norte de la esquina noroeste del parque Central, en
defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren, la herencia
pasará a quien corresponda, expediente número cero dos- trece.—Alajuela, trece
de octubre del dos mil dieciséis.—Licenciado Marco Tulio Araya Vargas, Notario
Público.—1 vez.—( IN2017123320 ).
Se cita y emplaza a los
herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la
sucesión de la señora Olga Montecinos de único apellido en razón de su
nacionalidad estadounidense, quien en vida
fue mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de residencia número uno ocho
cuatro cero cero cero siete dos siete nueve uno dos, vecina de Escazú, para que
dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este
edicto se apersonen ante esta Notaría, situada en San José, barrio Escalante,
calles treinta y tres y treinta y cinco, avenida siete, del restaurante Beer
Factory, cincuenta metros al este, a mano izquierda, bufete Mora, Solano y
Asociados, a hacer valer sus derechos con el apercibimiento de que si no lo
hace, la herencia pasará a quien corresponda.—San José, tres de
noviembre del dos mil dieciséis.—Licda. Ana Victoria Mora Mora, Abogada.—1
vez.—( IN2017123328 ).
Se cita y emplaza a los
herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida Aida Quirós
Ugalde, mayor, viuda, del hogar, cédula de identidad número dos-ciento cuarenta
y uno-trescientos cincuenta y dos, vecina de El Invu Las Cañas, del Bar Los
Apaches doscientos metros al este, para que dentro del término de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan en este proceso
a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento, de que, si no, lo hicieren
dentro del término indicado la herencia pasará a quien corresponda. El
expediente se encuentra en la notaría de la licenciada Liliana Villalobos
Murillo, sita doscientos cincuenta metros al norte de la Gasolinera La
Tropicana, donde podrá ser consultado por cualquier interesado.—Alajuela,
veintitrés de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. Liliana Villalobos Murillo,
Notaria.—1 vez.—( IN2017123329 ).
El suscrito Rafael Ángel Solano
Cruz, mayor, casado, abogado y notario, cédula Nº 6-0116-0466, carné de
agremiado Nº 6373, vecino de Esparza, provincia de Puntarenas, con Bufete
doscientos metros este de Correos de Costa Rica, en mi condición de notario
público, en este acto, cito a los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados en el proceso sucesorio de quien en vida fue:
Jesús Ortiz Zumbado, mayor, divorciado una vez, cédula Nº 6-0119-0757, vecino
de El Roble, Puntarenas; para que en el plazo de treinta días se apersonen a
hacer valer sus derechos. Sucesorio notarial de Jesús Ortiz Zumbado, expediente
N° 01-201. Lic. Rafael Ángel Solano Cruz, notario público de
Esparza-Puntarenas.—Esparza, seis de febrero de dos mil diecisiete.—Lic. Rafael
Ángel Solano Cruz, Notario Público.—1 vez.—( IN2017123337 ).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por Shirley Martínez Gutierres, a las nueve horas
con treinta y cinco minutos del primero de marzo del dos mil diecisiete y
comprobado el fallecimiento, esta notaría
declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Ana
Rosa Gutiérrez Álvarez, cédula de identidad número seis-cero cuarenta y
dos-trescientos nueve, ama de casa, viuda, fallecida el diecisiete de enero del
dos mil catorce. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del
plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del
licenciado Marvin Olidony Palacios Badilla, con oficina abierta en Guanacaste,
Bagaces centro, de soda La Limar doscientos metros al norte, teléfono número
ocho nueve nueve siete seis siete seis ocho o veintiséis siete uno dieciocho
diecinueve. Expediente N° 002-SAI-2017.—Lic. Marvin Olidony Palacios Badilla,
Notario.—1 vez.—( IN2017123360 ).
Notaría del licenciado Carlos
Alberto Víquez Ramírez. A las ocho horas del veintiocho de marzo del año dos
mil diecisiete. Se dicta la resolución que dice: La albacea Guillerma conocida
como Guillermina Matarrita López, solicita Se emplace a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de un edicto, se
apersonen ante esta notaría para la defensa de sus derechos, bajo el
apercibimiento de que si no lo hicieren la herencia pasará a quien corresponda
dentro del proceso de sucesión ab in testato del señor Francisco Néstor
Matarrita Matarrita. Deben señalar lugar para oír notificaciones en la ciudad
de Heredia y dentro del respectivo perímetro que rige para los Tribunales de
Justicia, para lo cual también podrán recibir notificaciones por medio de fax,
siempre que se compruebe que el mismo está en uso y en buenas condiciones para
recibir cédulas de notificación, ya que si no lo estuviera y se intente al
menos cinco veces con intervalos de quince minutos, y no se pudiese enviar el
documento se indicará así por parte del notario, y quedara notificado desde la
fecha que conste tal razón. Esta notaría se encuentra en la ciudad de Heredia,
del Castillo doscientos metros este y cincuenta al sur, teléfono y fax
doscientos treinta y siete-sesenta y seis-cero seis. Publíquese el edicto de
ley.—Lic. Carlos Víquez Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2017123372 ).
Msc. Ana Belly Umaña Quesada, Jueza del
Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela (San Ramón) (Materia Familia); hace saber a Oscar Saturnino Canton
Esteller, que en este Despacho se interpuso un proceso depósito judicial en su
contra, bajo el expediente número 17-000037-0688-FA donde se dictaron las
resoluciones que literalmente DICEN: Juzgado de Familia y Violencia Doméstica
del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia), a las
once horas con cincuenta y nueve minutos del nueve de marzo del año dos mil
diecisiete.- De las presentes diligencias de depósito de las personas menores
Darling Fabiola Cantón Esteller, promovidas por el Patronato Nacional de La
Infancia, se confiere traslado por tres días a Marlene Esteller Durán y Oscar
Saturnino Cantón Castillo, a quienes se les previene que en el primer escrito
que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en
sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular
169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de
notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de
documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Se exhorta a
las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de
enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es
para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones, igualmente se
les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado
como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la
página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más
información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente
de interés.- Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en
concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07
celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de
este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la
siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d)
Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Medida previa: Por
considerarse conveniente para la persona menor de edad, se ordena la
permanencia de la misma bajo el cuidado y responsabilidad de Elvia Castillo
Rojas, nombrándose en este acto a la misma como depositaria provisional de la
niña Darling Fabiola Cantón Esteller, para lo cuál deberá presentarse a este
despacho en el plazo de cinco días a aceptar jurar cumplir el cargo conferido.
Notifíquese esta resolución a Marlene Esteller Durán, personalmente o por medio
de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio
real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos,
se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones;
de este Circuito Judicial. En caso que el lugar de residencia consistiere en
una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del
funcionario notificador, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de
la Ley de Notificaciones Judiciales. Para notificar a Oscar Saturnino Cantón
Castillo, por medio de edicto, esto al desconocerse su paradero. Además por
medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín
Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este
asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán
a partir de la última publicación del edicto ordenado. Licda. Eugenia Bolaños
Rodríguez. Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso depósito judicial de
Patronato Nacional de La Infancia. Expediente Nº 17-000037-0688-FA.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San
Ramón) (Materia Familia), 09 de marzo del año 2017.—Msc. Ana Belly Umaña
Quesada, Jueza.—Exonerado—( IN2017121495 ). 3
v. 3
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito de la persona menor Darling Fabiola Cantón Steller, para que se
apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a
partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°
17-000037-0688-FA, clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia y
Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón,
(Materia Familia), 07 de febrero del 2017.—Licda. Denia Magaly Chavarría
Jiménez, Jueza.—Exonerado.—( IN2017121496 ). 3
v. 3
Licenciado Giovanni Vargas Loaiza, Juez del Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela; hace saber a Fátima Diaz Fernández,
mayor, demás datos y domicilio desconocido,
que en este Despacho se interpuso por parte del Patronato Nacional de la
Infancia San Carlos el incidente de modificación fallo (de depósito judicial) a
favor de la menor Keisy Natalia Díaz Fernández, bajo expediente N°
10-400894-0924-FA, por lo que se les concede el plazo de tres días contados a
partir de la publicación, para que manifieste su conformidad o se oponga a
estas diligencias. Expediente Nº 10-400894-0924-FA.—Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 20 de marzo del
2017.—Lic. Giovanny Vargas Loaiza, Juez.—Exonerado.—( IN2017122154 ). 3
v. 2.
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la localización del derecho en sede notarial, perteneciente al
señor Marcos Aurelio Solano González, cédula: uno-trescientos cincuenta y
siete-cuatrocientos sesenta y cinco; en la
Finca de San José, número: ciento sesenta mil setecientos cuarenta-cero cero
seis, derecho de seiscientos cincuenta metros cuadrados, para que dentro del
plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación del presente
edicto, comparezcan en mi oficina, sita en Zapote, Quesada Durán, Calle treinta
y nueve, avenida treinta y seis, número seis, a reclamar sus derechos; se
apercibe a los colindantes, acreedores hipotecarios, embargantes, anotantes y
demás interesados directos en dicha finca que crean tener mejor derecho que el
propietario registral. Expediente: 0002-2017. Notaria del Licenciado José
Duarte Sibaja, celular: 83-80-29-59.—Lic. José Duarte Sibaja, Notario.—1
vez.—( IN2017120535 ).
M.SC. Ricardo Díaz Anchía, Juez
Tramitador del Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José; hace
saber: que en este Despacho se interpuso un proceso abreviado de disolución de
asociación por parte de José Joaquín Ulloa Jiménez, Verónica Guillén Serrano,
Javier Antonio Soto Madrigal, Miguel Ángel Chinchilla Rodríguez, Sucesión De
Mireya Hernández Cambronero, Mayra Virginia Valverde Hernández, Vera Violeta
Mata Chinchilla, María De Los Ángeles Chinchilla Rojas, Rafael Alberto Valverde
Hernández, María Ester Rojas Rivera, hoy sus cesionarios de derechos litigiosos
José Joaquín Ulloa Jiménez Y Verónica Guillén Solano Contra Asociación
Cristiana De Costa Rica Presencia De Dios y la sucesión de Araminta Masís Mora,
bajo el expediente número 11-000716-0164-CI donde se dictó la sentencia cuya
parte dispositiva dice: “Por tanto. Se rechazan las excepciones de falta de
derecho y falta de interés actual. Igualmente se rechazan por improcedentes las
pretensiones principales y accesorias formuladas por la demandada contra la
parte accionante de este proceso al contestar su demanda. En consecuencia, se
declara parcialmente con lugar la demanda abreviada disolución de asociación
establecida por José Joaquín Ulloa Jiménez, Verónica Guillén Serrano, Javier
Antonio Soto Madrigal, Miguel Ángel Chinchilla Rodríguez, sucesión de Mireya Hernández Cambronero Mayra Virginia
Valverde Hernández, Vera Violeta Mata Chinchilla, María de los Ángeles
Chinchilla Rojas, Rafael Alberto Valverde Hernández, María Ester Rojas Rivera,
Hoy Sus Cesionarios de Derechos Litigiosos José Joaquín Ulloa Jiménez Y
Verónica Guillen Solano contra Asociación Cristiana de Costa Rica Presencia de
Dios y sucesión de Araminta Masis Mora. En consecuencia, se declara disuelta la
Asociación Cristiana de Costa Rica Presencia de Dios, con cédula de persona
jurídica número tres-cero cero dos-trescientos cuarenta y cinco mil ciento
setenta y tres. Publíquese la parte dispositiva de esta sentencia por una vez
en el Boletín Judicial y en un diario de circulación nacional. Una vez firme
esta resolución y a solicitud de interesado, expídase la ejecutoria respectiva
al Registro Nacional, Sección de Asociaciones, dentro del expediente quince mil
doscientos sesenta y cuatro, para cancelar la inscripción del tomo quinientos
diez asiento cuatro mil novecientos sesenta y tres y subsecuentes movimientos
registrales. Se nombra como liquidador a: José Joaquín Ulloa Jiménez, cédula de
identidad nueve- cero ochenta y siete- trescientos setenta y cuatro, a quien se
le concede, a partir de la firmeza de esta resolución, el plazo de cinco días
para aceptar el cargo conferido y jurar su fiel cumplimiento mediante escrito o
acta, apercibido que en su omisión será removido y sustituido por otra persona.
El Liquidador, previa publicación del edicto en la forma dicha, procederá a
encauzar las acciones que estime pertinentes, para que una vez pagadas las
deudas de la Asociación disuelta, si las hubiere, traslade los bienes inmuebles
inscritos entre todos los asociados, conforme fue establecido en el estatuto de
dicha persona jurídica; sin perjuicio de que todos de conformidad, dispongan otra
situación. En consecuencia, se rechaza la pretensión de que los bienes
inmuebles a nombre de la Asociación demandada sean trasladados a nombre a la
Asociación Cristiana Costarricense Monte de la Presencia de Dios del Carmen de
Guadalupe. Se resuelve sin especial condenatoria en costas. Maribel Seing
Murillo, Juez. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso abreviado de
Javier Antonio Soto Madrigal y otros contra Asociación Cristiana de Costa Rica
Presencia de Dios y otra. Expediente Nº 11-000716-0164-CI.—Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de San José, 21 de noviembre del 2016.—M.Sc.
Ricardo Díaz Anchía, Juez.—1 vez.—( IN2017121572 ).
Licenciada Mayela Gómez
Pacheco, Jueza Instructor del Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito
Judicial de San José; hace saber a Sara Carolina Estrada Bernal, que en este
Despacho se interpuso un proceso ejecución hipotecaria en su contra, bajo el
expediente número 11-014677-1012-CJ donde se dictaron las resoluciones que
literalmente dicen: Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial
de San José, a las trece horas y dos minutos del veintiuno de julio del año dos
mil once. Se tiene por establecido el proceso ejecución hipotecaria en contra
de Elvis Fernández Solano; a quien(es) se le(s) previene que en el primer
escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá
igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio
señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°
8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de
enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo
dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de
setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si
desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso
exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden
utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un
número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones
del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de
trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento
sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción
de notificaciones.” Con la base de cincuenta y tres mil dólares exactos, libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada anotada al
tomo: 318 y 325, asiento: 9431 y 8750; sáquese a remate el bien dado en
garantía, sea la finca del partido de Cartago, matrícula número 184191-000.
Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del veintidós de
setiembre del año dos mil once (primer remate). De no haber postores, para
llevar a cabo el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos
del siete de octubre del año dos mil once, con la base de treinta y nueve mil
setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse
rematantes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y treinta minutos
del veinticinco de octubre del año dos mil once, con la base de trece mil
doscientos cincuenta dólares exactos (un 25% de la base original). Publíquese
el edicto de ley. El edicto ordenado será remitido por parte de este juzgado al
correo electrónico oficial de la imprenta nacional. Tome nota la parte
interesada que para que proceda según corresponda. De la anterior liquidación
de intereses, se confiere audiencia por tres días al (los) demandado(s). Se
ordena anotar la presente demanda al margen de inscripción del(la)(las)
finca(s) dada(s) en garantía. Al tenor del artículo 21.4, párrafo último de la
Ley de Cobro Judicial, por el improrrogable plazo de ocho días, se emplaza al
(los) acreedor(es) hipotecario de segundo grado Sara Carolina Estrada Bernal ;
para que se apersone(n) a los autos en defensa de su(s) derecho(s).- “Se
exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el
fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.- Esta
petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal,
buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.-”
De conformidad con lo solicitado, y acreditado en el documento que sustenta la
presente demanda, la existencia clara de un domicilio fijado por la parte
demandada para atender notificaciones, se ordena notificarle esta resolución en
el domicilio contractual, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley
en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículos 19 y 22 de la
Ley de Notificaciones Judiciales. Para notificar a la parte demandada, se
comisiona a la Policía de Proximidad de La Unión, Cartago. Para notificar al
(los) acreedor(es) de segundo grado Sara Carolina Estrada Bernal se comisiona a
la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San
José (Goicoechea). Siendo que se comisiona para notificar al Acreedor de
Segundo Grado por medio de la Oficina de Comunicaciones de Este Circuito
Judicial, se le indica a la parte actora que deberá aportar un juego(s) de
copias para notificar a Sara Carolina Estrada Bernal, dentro de los cinco días
siguientes a la notificación del presente auto. Dicho(s) juego(s) de copias
deberá(n) ser presentado(s) directamente en la Oficina de Comunicaciones
anteriormente dicha, con la finalidad de no crear atrasos innecesarios en el
trámite de notificación al demandado que se indicó. En otro orden de ideas, y
para efectos informativos, tomen en cuenta las partes, que el Sistema de
Gestión en Línea, brinda el servicio de notificación en línea, a las personas
usuarias que señalen en los procesos judiciales como medio para atender
notificaciones “gestión en línea”. La persona usuaria podrá ingresar desde la
página Web a consultar el buzón de notificaciones en línea, para lo cual
únicamente deben de contar con la clave de acceso al Sistema de Gestión en
Línea. Lic. Adriana Sequeira Muñoz. Jueza. Juzgado Especializado de Cobro
Segundo Circuito Judicial de San José, a las trece horas y treinta y cinco
minutos del veintinueve de julio del año dos mil dieciséis. 1. De las
anteriores liquidaciones de intereses y tasación de costas personales que
formula la parte actora visible a folios 29/09/2015 12:11:26 p.m. y 14/06/2016
10:53:51 a.m., se confiere audiencia por el plazo de tres días a la parte
contraria. 2. Conforme se solicita, se ordena verificar un nuevo señalamiento
para sacar a remate el (los) bien(es) dado(s) en garantía; y para tal efecto se
señalan las once horas y treinta minutos del veintisiete de octubre del año dos
mil dieciséis. La base será la misma fijada en autos, sea la suma de cincuenta
y tres mil dólares exactos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo
remate, se señalan las once horas y treinta minutos del once de noviembre del
año dos mil dieciséis con la base de treinta y nueve mil setecientos cincuenta
dólares exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el
tercer remate, se señalan las once horas y treinta minutos del veintiocho de
noviembre del año dos mil dieciséis con la base de trece mil doscientos
cincuenta dólares exactos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de
ley. Licda. Mayela Gómez Pacheco Jueza. Juzgado Especializado de Cobro Segundo
Circuito Judicial de San José, a las trece horas y catorce minutos del
diecinueve de diciembre del año dos mil dieciséis. Se tiene por apersonado al
nuevo albacea, licenciado José Adrian Vargas Solís, de la sucesión de Elvis
Fernández Solano, señalado medio para
atender notificaciones; se le pone en conocimiento de las manifestaciones del
actor que indica que se aplico a la deuda la póliza de vida del fallecido,
quedando como nuevo saldo de capital en la suma de $ 7.000.63. Asimismo se
tienen por hechas las manifestaciones de la Licda. Karla Vanessa López Silva.
Por fundarse la oposición realizada por la parte demandada, en el Incidente de
Oposición por pago y prescripción, y habiendo aportado la prueba útil,
admisible y pertinente, se admite como oposición fundada. En consecuencia, para
llevar a cabo en este despacho la audiencia oral, se señalan las diez horas y
treinta minutos del seis de febrero del año dos diecisiete (10:30 06/02/2017)
artículos 4, 5.4 y 5.5 de la Ley de Cobro Judicial. Ahora bien, se tiene por conferido
Poder Especial Judicial a favor del (la) Licenciado(a) Laura Ramírez Ulate al
banco actor en este proceso. Se suspenden los señalamientos de remate ordenados
en autos. Se reservan la liquidaciones de los memoriales de fechas 24 de julio
del 2014, 28 de setiembre del 2015 y 10 de junio del 2016 para ser conocidas en
su momento procesal oportuno. Lo anterior se ordena así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Elvis Fernández Solano. Exp.
Nº 11-014677-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, 9 de marzo del 2017.—Licda. Mayela Gómez Pacheco,
Jueza.—1 vez.—( IN2017122742 ).
Licda. María Marta Corrales
Cordero, jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, a Enrique Vargas Lizano el cual es mayor, casado y María Maritza
Calero Amaya, mayor, casada, ama de casa, a ambos en su carácter personal, los
cuales son portadores de las cédulas números 1-0901-0228 y 6-0244-0596
respectivamente y demás datos desconocidos en ambos casos, se le hace saber que
en proceso de declaratoria judicial de abandono, expediente Nº
08-400410-0921-FA, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, se
ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las quince
horas y dos minutos del veintitrés de febrero del año dos mil diecisiete.
Proceso de declaratoria judicial de abandono, establecido por el Patronato
Nacional de la Infancia contra Enrique Vargas Lizano y María Maritza Calero
Araya. Resultando: I)..., II)..., III)... Considerando: I...,II..., Por tanto:
en virtud de lo expuesto y de la normativa citada se decide: se declara sin
lugar la presente demanda de declaratoria de abandono y extinción de la patria
potestad de las personas menores de edad María Fernanda y Ana Isabel Vargas
Calero, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, representando
inicialmente por la licenciada Dinia Vallejos Badilla y actualmente por la Msc
Gabriela María Gabriela Hidalgo Hurtado y en contra de la señora María Maritza
Calero Araya y Jorge Enrique Vargas Lizano. Costas: se falla este asunto sin
especial condenatoria en costas. Notifíquese. Licda. María Marta Corrales
Cordero, jueza.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, 17 de marzo del 2014.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza
de Familia.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017123256 ).
Se hace saber a Jeffry Chaves
Calderón, portador del documento de identidad 1-1198-0347 y sin domicilio
conocido, que en este Despacho se tramita el expediente número
16-401019-637-FA, que corresponde a una solicitud de autorización de
reconocimiento de hijo de mujer casada a favor de la persona menor de edad
Aerith Nahome Chaves Chinchilla, planteada por Manuel Enrique Aguilar Bonilla,
portador del documento de identidad 1-1302-0345 y vecino de San José, Aserrí y
que se la ha otorgado audiencia por tres días para manifestar lo que tuviere a bien
y para señalar medio donde atender notificaciones, apercibido de que si no lo
hace operará la notificación automática. El emplazamiento corre tres días
después de esta publicación. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial del Diario Oficial La Gaceta.—Juzgado de Familia de
Desamparados.—Licda. Mauren Solís Madrigal, Jueza.—1 vez.—( IN2017123275 ).
Licenciada Patricia Cordero
García. Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Eduardo Noel Romero Méndez,
en su carácter personal, quien es mayor de edad, portador de la cédula
01-1019-0224, se le hace saber que en proceso reconoc. hijo mujer casada,
establecido por Freddy Antonio Castro Chaves, se ordena notificarle por edicto,
la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las
catorce horas y seis minutos del veintidós de marzo del año dos mil diecisiete.
Se tienen por establecidas las presentes diligencias de reconocimiento de hijo
de mujer casada promovido por Freddy Antonio Castro Chaves a favor de la
persona menor de edad Fredd Junior Romero Jiménez. De las mismas se confiere
audiencia al Patronato Nacional de la Infancia, por el plazo de tres días. De
los autos se observa que se encuentra debidamente apersonada la madre de la
persona menor no oponiendo objeción alguna al presente proceso. Con la
finalidad de recibir el testimonio de Maureen Salazar Conejo y Inmaculada
Conejo Villalobos se señalan las catorce horas (2:00 p.m.) del quince de mayo
del año dos mil diecisiete. Se les previene que en el primer escrito que presenten
deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con
el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se
producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°
20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las
partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2
de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que,
si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso
exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden
utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un
número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de
actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades
internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la
recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema
de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir
notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder
Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al
personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por
haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de
Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar
de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h)
Lugar de residencia. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona
o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a)
funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo
4° de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para notificar al ente aludido, por
medio del Sistema de Gestión en Línea. Siendo que se desconoce el paradero del
señor Eduardo Romero Méndez se ordena notificarle la presente resolución por
medio de edicto. Lo anterior por haberse ordenado así dentro del expediente
17-000702-0338-fa proceso reconocimiento de hijo de mujer casada establecido
por Freddy Antonio Castro Chaves.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago,
23 de marzo del 2017.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exento.—(
IN2017123279 ).
Licenciado Gerardo Barillas
Solis, Juez del Juzgado de Familia de Cartago, hace saber a Keylor Ulloa
Alvarado, en su carácter personal, quien es mayor de edad, calidades
desconocidas, cédula N° 3-03870-164 y Danilo Mendoza Ortega en su carácter
personal, quien es mayor de edad, calidades desconocidas, nicaragüense, se les
hace saber que en demanda depósito judicial, establecida por Patronato Nacional
de la Infancia contra Keylor Ulloa Alvarado, Danilo Mendoza Ortega y Nayeli
Ulloa Ulloa, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo
conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las diez horas y cincuenta y
cuatro minutos del diez de marzo del dos mil diecisiete. De las presentes
diligencias de depósito judicial de las personas menores de edad Nayeli Ulloa
Ulloa y Deivi Mendoza Ulloa, promovidas por el Patronato Nacional de la
Infancia, se confiere traslado por tres días a Gabriela Ulloa Quirós, Keylor
Ulloa Alvarado y Danilo Mendoza Ortega, a quienes se les previene que en el
primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en
sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular
169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de
notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de
documentos, por lo que no pueden utilizarlo
también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de
teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones
del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de
trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento
sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción
de notificaciones.” Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión
en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la
página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más
información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente
de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en
concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07
celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de
este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la
siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d)
Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado
civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución
a Gabriela Ulloa Quirós personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en
su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de
Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona al señor delegado
policial de San Marcos de Tarrazú, para notificar a los señores Keylor Ulloa
Alvarado y Danilo Mendoza Ortega siendo que su domicilio es desconocido se
ordena hacerlo por medio de edicto. En caso que el lugar de residencia
consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el
ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la
notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Por medio de
edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se
cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se
apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la
última publicación del edicto ordenado. Tome nota la parte interesada lo
dispuesto por la circular N° 5-2012 emanada por el Consejo Superior del Poder
Judicial; en el sentido de que, cuando se señale fax, casillero y/o estrados
judiciales, se aplicará de manera analógica el artículo 15 de la Ley de
Notificaciones Judiciales, en el sentido de que las partes se reservarán las
copias de la demanda y/o escrito inicial, y se apersonarán al despacho para
obtener en formato digital un archivo con la comisión, u obtengan dicha
información digital, por medio del sistema de gestión en línea, lo anterior
conforme a las políticas institucionales de cero papel. Para llevar a cabo la
audiencia de ley se señalan las diez horas (10:00 am) del veintisiete de abril
del año dos mil diecisiete. Se le indica a las partes y sus abogados que el día
de la audiencia cuando se presenten al despacho no tomar ficha sino se
apersonen directamente al mostrador y hagan entrega de su documento de identidad.
Notifíquese. Expediente N° 17-000392-0338-FA. Clase de Asunto Depósito
Judicial. Lic. Gerardo Barillas
Solis, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017123282 ).
Se
hace saber: Que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre
promovido por Cirilo Rodolfo de Jesús Solano Morera mayor, cédula seis-cero
setenta y cuatro-cientos ochenta y dos, casado una vez, pensionado, vecina de
Puntarenas, Esparza. Se emplaza a los interesados en el proceso, a efecto de
que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este
edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los
apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil.—Juzgado
Civil y Agrario de Puntarenas.—Licda. Xinia González Grajales, Jueza.—1 vez.—( IN2017123341 ).
Licenciada María Marta Corrales
Cordero. Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, a Enrique Vargas Lizano el cual es mayor, casado y María Maritza
Calero Amaya, mayor, casada, ama de casa, a ambos en su carácter personal, los
cuales son portadores de las cédulas 1-0901-0228 y 6-0244-0596 respectivamente
y demás datos desconocidos en ambos casos, se le hace saber que en proceso de
declaratoria judicial de abandono, expediente N° 08-400410-0921-FA, establecido
por el Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la
sentencia que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, a las quince horas y dos minutos del veintitrés
de febrero del año dos mil diecisiete. proceso de declaratoria judicial de
abandono, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Enrique
Vargas Lizano y María Maritza Calero Araya. Resultando: I)... II)... III)...
Considerando: I...II... Por tanto: En virtud de lo expuesto y de la normativa
citada se decide: Se declara sin lugar la presente demanda de declaratoria de
abandono y extinción de la patria potestad de las personas menores de edad
María Fernanda y Ana Isabel Vargas Calero, establecido por Patronato Nacional
de la Infancia, representando inicialmente por la licenciada Dinia Vallejos
Badilla y actualmente por la Msc Gabriela María Gabriela Hidalgo Hurtado y en
contra de la señora María Maritza Calero Araya y Jorge Enrique Vargas Lizano.
Costas: Se falla este asunto sin especial condenatoria en costas. Notifíquese.—
Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica,
17 de marzo del 2014.—Licda. María Marta
Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2017123376 ).
Se
avisa que en este Despacho bajo el expediente número 13-000902-0338-FA, la
señora Guiselle Lucrecia Machado Matamoros, solicita se apruebe la adopción de
las personas menores de edad Maybel Dariela y Nicole Danay Machado Matamoros.
Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones
mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en
que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Cartago, 23 de marzo del
2017.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017123377
).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil
los señores: Kattya María Rivas Rueda, mayor, divorciada, cédula de identidad
número 0503480028, costarricense, de treinta y uno años, ama de casa, nacida en
la provincia de Guanacaste, el día diecisiete de octubre de mil novecientos
ochenta y cinco, y Erick Jovel Mena Gamboa, costarricense , soltero , cédula de
identidad 0701130365, de cuarenta y dos años, dependiente, nacido en la
provincia de Limón, cantón Central, en el distrito primero, el día treinta y
uno de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro, ambos vecinos de la
Provincia de Limón, distrito Central, Barrio Envaco, urbanización Atlántida, de
la última parada de bus, sétima casa número 36 a mano izquierda subiendo la
loma, casa color crema de cemento con portones rojos.- Si alguna persona
tuviere conocimiento de la existencia de impedimento legal para que su
matrimonio se celebre debe manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días
posteriores a la publicación de este edicto. Expediente Nº 17-000026-1152-FA
(3).—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica,
Limón, 15 de febrero del 2017.—Licda. Yuliana Ugalde Zumbado, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017111813 ).
Han
comparecido ante este Juzgado solicitando contraer matrimonio civil Sergio
Camacho Gamboa, mayor de 26 años, soltero, técnico de campo, en insuma, cédula
de identidad número 1-1453-0971, vecino de Poas de Aserri, 500 mts sur del
Abastecedor El Ambiente, casa de dos pisos amarilla con colores negros, nació
el día 1 de febrero del 1991, en San José, hijo de Olga Gamboa Badilla y Sergio
Camacho Camacho y la contrayente Francini Ramírez Vargas, mayor de 21 años,
soltera, ama de casa, cédula de identidad número 1-1611-0345 vecina de Cedros
de Aserrí, del Colegio de Cedros 50 mts sur este, fecha de nacimiento 7 de
julio del 1995, en San José, hija de Martín Ramírez Porras y Lizbeth Vargas
Berrocal, dicen; que vienen a contraer matrimonio civil, y que como testigo en
su libertad de estado ofrecen a los señores Álvaro Martín Sánchez Hernández,
mayor, 49 años de edad, casado, gerente administrativo, en europartes, Aserrí,
Condominio Hicaro Verde, número 23, cédula de identidad 1-0745-0739, Sirleny
Tenorio Carazo, mayor, 44 años, casada, Asistente de Gernecia en Bnaco General,
vecina de Aserrí, Condominio Hicaro Verde, número 23, cédula de identidad
número 1-0383-0216. La oposición de alguien con interés legítimo, debe ser
presentada ante este juzgado dentro de los ocho días luego de esta publicación.
Expediente Nº 17-000014-1938-CI.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de
Aserrí, 20 de marzo del 2017.—Licda. Hellen Mora Salazar, Jueza.—1 vez.—(
IN2017123061 ).
Mario
Alberto Acuña Prado y Nency Iliana Mejía González, cédula por su orden: Nº
1-1373-0387 y pasaporte Nº B01360160; vecinos de Desamparados, Higuito,
urbanización El Lince, casa 19-F y afirman reunir todos los requisitos de ley.
La oposición de alguien con interés legítimo, debe ser presentada ante este
Juzgado dentro de los ocho días luego de esta publicación. Publíquese por una
única vez, expediente Nº 17-400455-0637-FA.—Juzgado de Familia de
Desamparados, 28 de marzo del 2017.—Licda. Maureen Solís Madrigal, Jueza de
Familia.—1 vez.—( IN2017123359 ).