BOLETÍN
JUDICIAL N° 89 DEL 12 DE MAYO DEL 2017
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA
SALA CONSTITUCIONAL
JUZGADO NOTARIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos en lo Penal
ASUNTO: Acción
de inconstitucionalidad.
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
TERCERA PUBLICACIÓN
Para los
efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el N° 15-004654-0007-CO, promovida por Agroatirror
R.L., Alejandro Miranda Lines, Azucarera el Palmar S.
A., Cooperativa Agrícola Industrial y de Servicios Múltiples el General R.L., Coopevictoria R.L., Eduardo José Pinto Macaya,
Hacienda Juan Viñas S. A., Ingenio Costa Rica S.A., Jesús María Villalobos
Gamboa, Ricardo Adolfo Rojas Kopper, Rolando Tomas
Guardia Carazo, Víctor Hugo De Gerardo Carranza Salazar, Wenceslao Rodríguez Rodríguez contra los artículos 118 y el primer párrafo del
artículo 125 de la Ley 7818, “Ley Orgánica de la Agricultura e Industria de la
Caña de Azúcar”, por estimarlos contrarios a los artículos 33, 46 y 50 de la Constitución
Política, así como al principio de razonabilidad, en la medida en que la
aplicación de esas normas concentra del crecimiento de la producción de azúcar
en los tres grandes ingenios ubicados en la provincia de Guanacaste, en
perjuicio de los medianos y pequeños productores pues, de acuerdo con prueba
pericial aportada, generando pérdidas a los ingenios cooperativos Coopevictoria, AgroAtirro y Coope Agri, se ha dictado el voto número 2017-006330 de las
diez horas y cuarenta y uno minutos de tres de mayo de dos mil diecisiete, que
literalmente dice:
«Se tiene por
desistida la acción de inconstitucionalidad. Archívese el expediente. El
Magistrado Rueda Leal, salva el voto y ordena continuar el trámite de la
acción. El Magistrado Salazar Alvarado pone nota.»
San José, 3
de mayo del 2017.
Gerardo
Madriz Piedra,
Exonerado.—( IN2017132638 ) Secretario
SEGUNDA PUBLICACIÓN
Para los
efectos de los artículos 88 párrafo segundo y 90 párrafo primero de la Ley de
la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se
tramita con el N° 16-001666-0007-CO, promovida por
Eloy Mora Agüero, Silvia Eugenia Bonilla Garro, Yolanda Castro Castro contra el artículo 20, inciso k) del Código
Electoral del Colegio de Cirujanos Dentistas de Costa Rica, publicado en el
Diario Oficial La Gaceta del 20 de junio de 2011, se ha dictado el voto N° 2017-006329 de las diez horas y cuarenta minutos de tres
de mayo de dos mil diecisiete, que literalmente dice:
«Se declara
con lugar la acción. En consecuencia se declara inconstitucional el inciso k)
del artículo 20 del Código Electoral del Colegio de Cirujanos Dentistas de
Costa Rica. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha
de vigencia de la norma anulada, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena
fe, las situaciones jurídicas consolidadas por prescripción, caducidad y cosa
juzgada. Sin embargo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 91 de la
Ley de la Jurisdicción Constitucional, se dimensionan los efectos en el sentido
de que la inconstitucionalidad declarada no afecta el proceso electoral que dio
origen a esta acción. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La
Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial.
Notifíquese.
Los magistrados (as) Hernández López y Hernández
Gutiérrez salvan el voto y declaran sin lugar la acción.-»
Se hace saber
que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir
del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.
San José, 3
de mayo del 2017.
Gerardo
Masriz Piedra,
Exonerado.—( IN2017132649 ). Secretario
HACE SABER:
A la
Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al
Registro Civil y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso
disciplinario notarial N° 16-000054-0627-NO, de
Archivo Notarial contra Fernando Varela Salazar, cédula de identidad
5-0215-0095, este juzgado mediante resolución N°
066-2017 de las ocho horas treinta y cinco minutos del veintisiete de febrero
de dos mil diecisiete, dispuso imponerle al citado notario la corrección
disciplinaria de un día de suspensión en el ejercicio de la función notarial.
Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial,
de conformidad con el artículo 161 del Código Notaria.
San José, 20
de marzo del 2017.
Lic.
Francis Porras León,
Juez
1 vez.—Exonerado.—( IN2017133168 ).
A la
Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional, al
Registro Civil y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso
disciplinario notarial N° 15-000411-0627-NO, de
Archivo Notarial contra la notaria Yendri Patricia
Rojas Pérez, este Juzgado mediante sentencia de Primera Instancia N° 0489-2016 dictada a las dieciséis horas y veintiocho
minutos del treinta y uno de octubre del dos mil dieciséis, dispuso imponerle a
la citada notaria Yendri Patricia Rojas Pérez (cédula
de identidad N° 6-0273-0116) la corrección
disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial.
Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial,
de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial.
San José,
07de marzo del 2017.
Lic.
Francis Porras León
Juez
Tramitador
1
vez.—Exonerado.—( IN2017133271 ).
A la Dirección
Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional, al Registro
Civil y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario
notarial N° 13-000431-0627-NO, de sucesión de
Rosalina Muñoz Vindas contra Rodrigo Alberto Herrera Fonseca notario público,
este Juzgado mediante Sentencia de Primera Instancia N°
376-2016 dictada a las dieciséis horas y diez minutos del treinta de agosto del
dos mil dieciséis, dispuso imponerle al citado notario Rodrigo Alberto Herrera
Fonseca (cédula de identidad 4-0145-0851) la corrección disciplinaria de seis
meses. Dicha sanción, de conformidad con el numeral 148 de ese mismo cuerpo
normativo, se mantendrá vigente hasta que el denunciado acredite a este
despacho haber llevado a cabo, por sí o interpósita persona, la inscripción
registral de la escritura de protocolización de adjudicación del único bien
inmueble objeto de la citada mortual. Rige ocho días naturales después de su
publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161
del Código Notarial.
San José,
catorce de marzo del dos mil diecisiete.
Lic.
Francis Porras León
Juez
1
vez.—Exonerado.—( IN2017133280 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Iber Giovanni Cascante Ruiz, mayor
de edad, divorciado, portador de la cédula de identidad N°
05-0231-0438, de último domicilio en la Esperanza de Río Claro, fallecido el 11
de julio del 2016, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se
apersonen ante este despacho en las diligencias de consig.
prest. sector público bajo el N° 16-000070-1427-LA, a
hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Expediente N°
16-000070-1427-LA. Promovido por Mireya Sánchez Martínez causante Iber Cascante Ruiz.—Juzgado Contravencional y de Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, (Materia
Laboral), 24 de abril del 2017.—Licda. Yolanda Martínez Martínez,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017133299 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas de
Ley de Aguas según citas 407-15856-01-0303-001 así como Reservas Ley Caminos
según citas 407-15856-01-0304-001, a las siete horas y quince minutos del
dieciséis de junio de dos mil diecisiete, y con la base de tres millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número cuatrocientos dieciséis mil dieciséis cero cero cero la cual es terreno para
la agricultura lote 2-2. Situada en el distrito San Juan de Mata, cantón Turrubares, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
lote 2-1; al sur, calle pública; al este, lote 3 y al oeste, calle pública.
Mide: veintisiete mil setecientos cincuenta metros con cincuenta y tres
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas y
quince minutos del tres de julio de dos mil diecisiete, con la base de dos
millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y quince
minutos del diecinueve de julio de dos mil diecisiete con la base de
setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Ligia Díaz Berrocal, expediente Nº
10-100701-0642-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas,
18 de noviembre del 2016.—Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—( IN2017132935 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y
cero minutos del nueve de junio del dos mil diecisiete, y con la base de
diecisiete mil sesenta y cuatro dólares con veintiséis centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número JDF112, marca Hyundai,
estilo Elantra GLS, categoría automóvil, capacidad
cinco personas, año dos mil trece, color negro, vin
KMHDH41EADU752792, combustible gasolina. Para el segundo remate, se señalan las
diez horas y cero minutos del veintiséis de junio del dos mil diecisiete, con
la base de doce mil setecientos noventa y ocho dólares con veinte centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las
diez horas y cero minutos del once de julio del dos mil diecisiete, con la base
de cuatro mil doscientos sesenta y seis dólares con siete centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S.A.
contra Ectil Andrés Ardón
Barrantes. Expediente N° 17-000700-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 28 de febrero del 2017.—Msc.
Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2017132953 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las diez horas y
cero minutos del trece de junio del año dos mil diecisiete, y con la base de
diez mil cuatrocientos noventa y siete dólares con setenta y siete centavos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas Nº
BBF139, marca Hyundai, estilo Acgent GL, categoría
automóvil, capacidad 5 personas, año 2012, color gris, vin
KMHCT41 DACU 154783, cilindrada 1600 cc, combustible gasolina, motor Nº G4FCBU710339. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y cero minutos del veintiocho de junio del año dos mil diecisiete, con la
base de siete mil ochocientos setenta y tres dólares con treinta y tres
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y cero minutos del trece de julio del año dos mil
diecisiete con la base de dos mil seiscientos veinticuatro dólares con cuarenta
y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra
Cristóbal Eduardo Millan Gómez, expediente Nº 17-000856-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro),
29 de marzo del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora,
Jueza.—( IN2017132954 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las siete horas y
treinta minutos del dieciséis de junio del dos mil diecisiete, y con la base de
veinticuatro mil quinientos diez dólares con cincuenta y seis centavos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas, LYZ 720, marca: Hyundai,
estilo: Tucson GL, categoría: automóvil, capacidad: 5, serie: KMHJT81EBEU951688,
color: negro. N° Motor: G4NAEU394433, año
fabricación: 2014. Para el segundo remate, se señalan las siete horas y treinta
minutos del tres de julio del dos mil diecisiete, con la base de dieciocho mil
trescientos ochenta y dos dólares con noventa y dos centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las siete horas
y treinta minutos del dieciocho de julio del dos mil diecisiete con la base de
seis mil ciento veintisiete dólares con sesenta y cuatro centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S.A. contra Elizabeth del Carmen Madrigal Madrigal. Expediente N°
16-004585-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 20 de abril del
2017.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—( IN2017132955 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las dieciséis
horas y cero minutos del diecinueve de junio del año dos mil diecisiete, y con
la base de cuatro mil quinientos cincuenta y cinco dólares con noventa
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo, placas Nº 703548, marca: Chevrolet, estilo: Optra
LS, categoría: automóvil, capacidad: 5, serie: KL1JJ53688K736447, carrocería:
sedán 4 puertas, tracción: 4x2, peso bruto: 1720, numero de chasis:
KL1JJ53688K736447, año fabricación: 2008, combustible: gasolina, color: negro.
Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del cuatro
de julio del año dos mil diecisiete, con la base de tres mil cuatrocientos
dieciséis dólares con noventa y tres centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero
minutos del diecinueve de julio del año dos mil diecisiete con la base de mil
ciento treinta y ocho dólares con noventa y ocho centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Eric José Calderón Maroto, expediente Nº 16-003635-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro),
21 de abril del 2017.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—( IN2017132956 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando
denuncia penal citas: tomo: 2017, asiento: 16977-001, expediente
N°16-3227-0369-PE, infracciones/colisiones boleta: 2016225200002, Expediente: N° 16-00555-O174-TR, infracciones/colisiones boleta:
2016227400560, Expediente: N° l6-008965-0174-TR; a
las diez horas y cero minutos del veintinueve de junio del dos mil diecisiete,
y con la base de veinte mil quinientos cuarenta y un dólares con dos centavos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas N°
BHQ322, marca Hyundai, estilo Elantra GLS, categoría
automóvil, capacidad 5 personas, año 2015, color azul, vin
KMHDH41CBFU320O77, cilindrada 1600 cc., combustible
gasolina, motor Nº G4FGEU104019. Para el segundo
remate, se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de julio del dos
mil diecisiete, con la base de quince mil cuatrocientos cinco dólares con
setenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la
tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del uno de agosto del
dos mil diecisiete, con la base de cinco mil ciento treinta y cinco dólares con
veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se
les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra
Ronny Josué Baltodano Morales. Expediente N°
17-001093-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 07 de abril del
2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2017132968
).
En la puerta
exterior de este Despacho, a las ocho horas y treinta minutos del treinta de
mayo del año dos mil diecisiete, y con la base de cincuenta y tres millones
quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº
474824-000 la cual es terreno para construir lote F 30. Situada en el distrito
7 Patarrá, cantón 3 Desamparados, de la provincia de
San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 29 de desarrollo de
proyectos habitacionales; al este, desarrollo de proyectos habitacionales y al
oeste, calle pública. Mide: ciento noventa metros con veinte decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos
del catorce de junio del año dos mil diecisiete, con la base de cuarenta
millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos
del veintinueve de junio del año dos mil diecisiete con la base de trece
millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Hannia Pamela Jiménez Campos, expediente Nº 17-002489-1764-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado
de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 31 de
marzo del 2017.—Licda. María Gabriela Solano Molina, Jueza.—( IN2017132978 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas y restricciones citas: 0314-00007581-01-0901-001, reservas y
restricciones citas: 0314-00007581-01-0904-001, reservas y restricciones citas:
0314-00007581-01-0905-001; a las ocho horas y cero minutos del veintitrés de
agosto del dos mil diecisiete, y con la base de sesenta y dos millones
cuatrocientos cuarenta mil sesenta y ocho colones con cuarenta y nueve
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y seis mil quinientos sesenta y
tres cero cero cero la cual
es terreno de Tacotal. Situada: en el distrito 05 Pittier,
cantón 08 Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle
pública con 800 metros, 01 centímetro; al sur, Sociedad Lancrey
de Guácimo Limitada con quebrada en medio; al este, calle pública con 902
metros, 93 centímetros y al oeste, Miklel Sánchez
Campos. Mide: setecientos noventa y ocho mil doscientos sesenta metros con
cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las
ocho horas y cero minutos del siete de setiembre del dos mil diecisiete, con la
base de cuarenta y seis millones ochocientos treinta mil cincuenta y un colones
con treinta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la
tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del veinticinco de
setiembre del dos mil diecisiete, con la base de quince millones seiscientos
diez mil diecisiete colones con doce céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Ganadería Hermanos Chacón de Agua Caliente, Gerardo
del Socorro Chacón Cambronero. Expediente N°
17-000999-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 03 de mayo del
2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2017132983
).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre trasladada citas: 359-19137-01-0900-001, a las trece horas y quince
minutos del cinco de junio de dos mil diecisiete, y con la base de cinco
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos siete mil quinientos
sesenta y nueve cero cero cero
la cual es naturaleza: terreno para construir con 1 casa lote 14-BB. Situada en
el distrito 9-Pavas, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Leximp S. A.; al sur, Leximp
S. A.; al este, Leximp S. A. y al oeste, alameda
pública. Mide: noventa metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
trece horas y quince minutos del veinte de junio de dos mil diecisiete, con la
base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y
quince minutos del cinco de julio de dos mil diecisiete con la base de un
millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Tony David Barquero Azofeifa, expediente Nº 16-019523-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 05 de
mayo del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—(
IN2017133025 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
reservas y restricciones citas: 328-12537-01-0900-001, servidumbre trasladada
citas: 328-12537-01-0901-001, a las nueve horas y cero minutos del cinco de
junio de dos mil diecisiete, y con la base de tres millones de colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula número seiscientos veinte mil noventa y uno cero cero cero la cual es terreno
naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 2-Mercedes Sur,
cantón 4-Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Tres
Fernández S. A.; al sur, Tres Fernández S. A.; al este, servidumbre de paso con
09.93 M y al oeste, Tres Fernández S. A. Mide: ciento cuarenta y siete metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del
veinte de junio de dos mil diecisiete, con la base de dos millones doscientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de julio
de dos mil diecisiete con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código
de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Romel Antonio López Calero, expediente Nº
16-019784-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 04 de mayo del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2017133035 ).
A las nueve
horas treinta minutos del siete de julio del dos mil diecisiete, en la puerta
exterior del local que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios,
soportando reservas y restricciones bajo las citas: 0281-00005373-01-0901-010,
obligaciones y reservas con referenciado: 2779 463 001 bajo las citas:
0309-00019099-01-0901-001, con la base de sesenta y un millones seiscientos mil
seiscientos cincuenta y nueve colones sesenta y dos céntimos, en el mejor
postor remataré: la finca hipotecada que es finca del partido de Alajuela,
matrícula de folio real número cuatrocientos sesenta y siete mil quinientos
cuarenta y tres- cero cero uno y cero cero dos, que es terreno de bosque y agricultura con una
casa y una bodega, situado en Río Cuarto, distrito seis de Grecia, cantón tres
de la provincia de Alajuela. Lindante: al norte, Omar Conejo Arguedas; al sur,
calle pública con un frente de 79 metros con 12 centímetros lineales; al este,
Víctor Julio Conejo Arguedas y Juan José Campos Mora y al oeste, Gregoria
Chaves Murillo. Mide: veintiocho mil novecientos setenta y seis metros con cero
decímetros cuadrados. Plano A-1357453-2009. Propiedad de la codemandada
Jacqueline Mora Quesada. En caso de resultar fracasado el primer remate, para
la segunda subasta con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original,
sea la base de cuarenta y seis millones doscientos mil cuatrocientos noventa y
cuatro colones setenta y dos céntimos, se señalan las nueve horas treinta
minutos del veinticuatro de julio del dos mil diecisiete. En la eventualidad de
que en el segundo remate tampoco se realicen posturas, para la tercera almoneda
con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de
quince millones cuatrocientos mil ciento sesenta y cuatro colones noventa
céntimos, se señalan las nueve horas treinta minutos del diez de agosto del dos
mil diecisiete. Lo anterior por estar así ordenado en proceso de ejecución
hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Jacqueline Mora Quesada y
otro, expediente Nº 16-001014-1208-CJ.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 20 de
abril del 2017.—Ana Milena Castro Elizondo, Jueza.—Exonerado.—( IN2017133065 ).
A las nueve
horas del once de julio del dos mil diecisiete (09:00 11/07/2017), libre de
gravámenes y con la base de quince millones de colones (¢15.000.000), en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Alajuela, Upala, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula N° 499915-000, la cual es terreno
para construir con una casa. Situada: en el distrito de Upala, cantón de Upala,
de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública y Nidia Marcela
Murillo Olivas; al sur, Sandra Olivas Castillo; al este, Yerelin
Segura González y Nidia Marcela Murillo Olivas, y al oeste, Sandra Castillo Castillo. Mide: mil setecientos ochenta metros cuadrados.
De no haber postores en esa diligencia, se llevará a cabo el segundo remate,
con la rebaja del 25% de la base original, por lo que la base será de once
millones doscientos cincuenta colones (¢11.250.000). Se celebrará a las nueve
horas del veintisiete de julio del dos mil diecisiete (09:00 27/07/2017).
Tercer remate, si en dicha diligencia no existen oferentes, se realizará un
tercer remate, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones
(¢3.750.000) (un 25% de la base original). Se celebrará a las nueve horas del
[catorce de agosto del dos mil diecisiete (09:00 14/08/2017), en la puerta
exterior de este Despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo
hipotecario de El Colono Zona Norte S. A. contra Carlos Eduardo Murillo Olivas.
Expediente N° 16-000422-1209-CJ.—Juzgado Civil y
Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia
Agraria), 26 de abril del 2017.—Msc. Silvia Elena
Sánchez Blanco, Jueza.—( IN2017133070 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida)
bajo las citas 2009-230997-01-0004-001, arrendamiento de finca bajo las citas
2012- 270937-02-0001-001, a las quince horas y cero minutos del doce de junio
del año dos mil diecisiete, y con la base de seis millones trescientos treinta
y dos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº
53.882-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 4,
Catedral, cantón 1, San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Magnadela Piedra, Carmen Ramírez Obando, Juan Guillermo
Ramírez Obando; sur, Rosalía Obando Padilla; este, Carmen Ramírez Obando y
oeste, Rosalía Obando. Mide: ciento seis metros con cincuenta y dos decímetros
cuadrados. Plano: SJ-0025060-1977. Para el segundo remate se señalan las quince
horas y cero minutos del veintisiete de junio del año dos mil diecisiete, con
la base de cuatro millones setecientos cuarenta y nueve mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las quince horas y cero minutos del doce de julio del año dos mil diecisiete
con la base de un millón quinientos ochenta y tres mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Luysima de Zetillal S.R.L. contra Autos y Repuestos Usados R Y S S. A., expediente Nº
16-001258-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 05 de abril del 2017.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2017133097 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada bajo las citas: 403-12132-01-0927-001; a las ocho horas
y cero minutos del trece de junio del dos mil diecisiete, y con la base de
sesenta y cinco mil dólares americanos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N°
139.482-000, la cual es lote 2-H terreno para construir con una casa. Situada:
en el distrito 2, Mercedes cantón 1, Heredia, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, calle pública con 10 metros de frente; al sur, lote 20 H; al
este, lote 3 H; y al oeste, lote 1 H. Mide: doscientos metros cuadrados. Plano:
H-0118946-1993. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero
minutos del veintiocho de junio del dos mil diecisiete, con la base de cuarenta
y ocho mil setecientos cincuenta dólares americanos (rebajada en un veinticinco
por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero
minutos del trece de julio del dos mil diecisiete, con la base de dieciséis mil
doscientos cincuenta dólares americanos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Luysima de Zetillal S.R.L. contra
Maritza Francisca Rodríguez Ugalde. Expediente N°
16-001253-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 05 de abril del 2017.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2017133099 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo citas:
382-09627-01-0908-001; servidumbre sirviente bajo citas: 395-08962-01-0803-001;
servidumbre sirviente; bajo citas: 395-08962-01-0905-001, a las ocho horas y
treinta minutos del ocho de junio del año dos mil diecisiete, y con la base de
doce millones setecientos setenta y tres mil ciento cincuenta colones con
sesenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y cinco
mil cuatrocientos cincuenta y tres cero cero cero la cual es terreno de café y caña. Situada en el
distrito 5- San Pedro, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, carretera interamericana; al sur, Luis Madrigal Madrigal, Higinio Ortiz Hidalgo, y Froylan
Gerardo Ortiz; al este, Amado Ortiz Hidalgo y al oeste, Alba Miriam Ortiz.
Mide: treinta y siete mil quinientos sesenta y nueve metros con veintisiete
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y
treinta minutos del veintitrés de junio del año dos mil diecisiete, con la base
de nueve millones quinientos setenta y nueve mil ochocientos sesenta y tres
colones con un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de julio
del año dos mil diecisiete con la base de tres millones ciento noventa y tres
mil doscientos ochenta y siete colones con sesenta y siete céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de María
Elena del Socorro Torres Montero contra Frovalver del
Sur S. A., expediente Nº 15-003213-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 23 de marzo del 2017.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2017133127 ).
A las nueve horas del veintiuno de julio del dos mil diecisiete, en la
puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes
hipotecarios, soportando condiciones del IDA bajo las citas
406-10999-01-0901-001, con la base de veintiséis millones ciento ochenta y tres
mil ochocientos cuarenta y siete colones veintitrés céntimos, en el mejor
postor remataré, la finca hipotecada inscrita en propiedad al Partido de
Alajuela, matrícula de folio real número trescientos cincuenta y un mil
quinientos treinta y cuatro-cero cero cero, que es
terreno de montaña, sito en Buenavista, distrito dos de Guatuso, cantón quince
de la provincia de Alajuela, lindante al norte, calle pública con un frente de
553,24 metros, al sur, Emiliano Méndez Murillo, al este, Enrique Ruiz Galeano,
y al oeste, Emiliano Méndez Murillo. Mide un millón cincuenta y nueve mil trece
metros con diez decímetros cuadrados. Plano A-0958166-2004. Propiedad de la
demandada Lorena María Martínez García. En caso de resultar fracasado el primer
remate, para la segunda subasta con la rebaja del veinticinco por ciento de
ley, sea la base de diecinueve millones seiscientos treinta y siete mil
ochocientos ochenta y cinco colones cuarenta y tres céntimos, se señalan las
nueve horas del nueve de agosto del dos mil diecisiete. En la eventualidad de
que en el segundo remate tampoco se realicen posturas, para la tercera almoneda
con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de seis
millones quinientos cuarenta y cinco mil novecientos sesenta y un colones
ochenta céntimos, se señalan las nueve horas del veinticinco de agosto del dos
mil diecisiete. Lo anterior por estar así ordenado en Proceso de Ejecución
Hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Lorena María Martínez
García. Expediente Nº 13-000222-0298-AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Ciudad Quesada,
27 de abril del 2017.—Ana Milena Castro Elizondo, Juez.—Exonerado.—(
IN2017133132 ).
A las diez
horas treinta minutos del once de julio del dos mil diecisiete (10:30
11/07/2017), en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y con
la base de quince millones cuatrocientos cincuenta mil cuatrocientos diez
colones con noventa y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Upala, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos
veintinueve mil cuatrocientos treinta y cuatro - cero cero
cero (429434-000) la cual es terreno de potrero y
tacotal. Situada en el distrito cuatro Bijagua, cantón trece Upala, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, José Joaquín Alvarado Hidalgo; al
sur, Róger Rodríguez Rojas; al este, Rafael Ramírez
Arguedas y al oeste, calle pública con un frente a ella de cuarenta y cuatro
metros con setenta y seis centímetros lineales. Mide: cuarenta y tres mil
quinientos ochenta y ocho metros con treinta y un decímetros cuadrados. Segundo
remate: de no haber postores en esa diligencia, se llevará a cabo el segundo
remate, con la rebaja del 25% de la base original, por lo que la base será de
once millones quinientos ochenta y siete mil ochocientos ocho colones con
céntimos (¢11 587 808.22). Se celebrará a las diez horas treinta minutos del
veintisiete de julio del dos mil diecisiete (10:30 27/07/2017). Tercer remate:
si en dicha diligencia no existen oferentes, se realizará un tercer remate, con
la base de tres millones ochocientos sesenta y dos mil seiscientos dos colones
con setenta y cuatro céntimos (¢3 862 602.74) (un 25% de la base original). Se
celebrará a las diez horas treinta minutos del catorce de agosto del dos mil
diecisiete (10:30 14/08/2017). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo
hipotecario de Banco de Costa Rica contra Ana Daisy Barrantes Carvajal, Wilber
Alfaro Rodríguez, expediente Nº 17-000027-1520-AG.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, sede Upala (Materia
Agraria), 28 de abril del 2017.—Msc. Silvia Elena
Sánchez Blanco, Jueza Agraria.—Exonerado.—( IN2017133144 ).
A las trece
horas treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil diecisiete, en la
puerta exterior de este Despacho, en el mejor postor remataré lo siguiente: Con
la base de ciento cuarenta y ocho millones de colones (¢148.000.000.00),
soportando las citas N° 349-04032-01-0900-001,
800-154497-01-0001-001, 2014-225025-01-0001-001, sáquese a remate el inmueble
embargado en autos. Finca que se describe así, inscrita en el Registro Público,
Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de matrícula N° 29386-000 la cual es terreno montaña. Situada: en el
distrito Cahuita, cantón Talamanca, de la Provincia de Limón. Colinda: al
norte, Matías Ríos Huertas; al sur Francisco Ríos y Maximiliano Cruz; al este,
Román Fernández y parte Río Congo, y al oeste, Gabina Huerta Wiston y otros. Mide: un millón cuatrocientos ochenta y dos
mil ciento un metros con veinticinco decímetros. Para el segundo remate, se señalan
a las trece horas treinta minutos del doce de julio del dos mil diecisiete, con
la base de ciento once millones de colones (¢111.000.000.00) (rebajada en un
25%). Para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del
treinta y uno de julio, con la base de treinta y siete millones de colones
(¢37.000.000.00) (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución sentencia de Manuel Porfirio Moya contra Sociedad Oceanic Development Corp S. A. Expediente N° 10-160158-0465-AG.—Juzgado
Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 19 de abril del
2017.—Licda. Heilin Rojas Madrigal,
Jueza.—Exonerado.—( IN2017133154 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbres trasladadas:
0293-00020894-01-0901-001, 0293- 00020894-01-0903-001,
0305-00019704-01-0901-001, 0305-00019704-01-0903-001, serv
y condic ref 2321-290-002,
citas: 0322-0006002-01-0901-001 y Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos
Públicos: 0442-00012739- 01-0005-001, a las trece horas y treinta y cinco
minutos del cuatro de setiembre de dos mil diecisiete, y con la base de veinte
millones trescientos treinta y cuatro mil cuatrocientos ochenta y seis colones con
ochenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cien mil ciento cuarenta y ocho
cero cero cero la cual es
terreno asentamiento Falconiana para construir lote 32. Situada en el distrito
Bagaces, cantón Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote
42; al sur, calle pública; al este, lote 33 y al oeste, lote 31. Mide: mil
trescientos ochenta y siete metros con treinta y siete decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta y cinco minutos del
veinte de setiembre de dos mil diecisiete, con la base de quince millones
doscientos cincuenta mil ochocientos sesenta y cinco colones con catorce
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las trece horas y treinta y cinco minutos del cinco de octubre de dos
mil diecisiete con la base de cinco millones ochenta y tres mil seiscientos
veintiún colones con setenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de
Cartago contra Lillian González Jiménez, expediente Nº
17-000156-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas,
24 de abril del 2017.—Licda. Hazel Carvajal Rojas, Jueza.—( IN2017133157 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas
y cero minutos del veinte de julio del dos mil diecisiete, y con la base de
ciento veinticinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta
y cuatro mil ciento setenta y uno cero cero cero, la cual es terreno construido con un edificio de tres
plantas. Situada: en el distrito 01 Espíritu Santo, cantón 02 Esparza, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, José Alberto López Molina y López
Molina Limitada; al sur, calle pública con 22,76 centímetros de frente; al
este, Manuel Medrano López, y al oeste, calle pública con 11,35 centímetros de
frente. Mide: doscientos cincuenta y tres metros con noventa y tres decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos
del ocho de agosto de dos mil diecisiete, con la base de noventa y tres
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos
del veinticuatro de agosto de dos mil diecisiete, con la base de treinta y un
millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Soluciones Económicas El
Porvenir de Beraca S.R.L. contra Quebrador Hermanos Sanchez Sociedad Anónima. Expediente N°
16-000764-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas,
26 de abril del 2017.—Licda. Hazel Carvajal Rojas, Jueza.—( IN2017133191 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, a las quince horas y cero minutos del catorce de junio del año
dos mil diecisiete, y con la base de veinte millones seiscientos cuarenta y
ocho mil doscientos noventa y siete colones con noventa y nueve céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número doscientos cincuenta y siete mil cuatrocientos setenta y tres
cero cero cero la cual es
terreno de potrero. Situada en el distrito 2-El General, cantón 19-Pérez
Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Junta de Educación de
Peñas Blancas y Miriam Benamburg Castro; al sur,
Georgina Rojas; al este, calle pública 42 mts 60 cms y al oeste, calle pública 42 mts
23 cms. Mide: mil seiscientos cuarenta y nueve metros
con noventa y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
quince horas y cero minutos del veintinueve de junio del año dos mil
diecisiete, con la base de quince millones cuatrocientos ochenta y seis mil
doscientos veintitrés colones con cuarenta y nueve céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas
y cero minutos del catorce de julio del año dos mil diecisiete con la base de
cinco millones ciento sesenta y dos mil setenta y cuatro colones con cincuenta
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Coopealianza R.L contra Carlos Manuel
Duarte Valverde, expediente Nº 16-005229-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 28 de abril del 2017.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2017133275 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas 2015-597440-01-0001-001
y servidumbre de paso citas 2015-597440-01-0001-001, a las trece horas y
treinta minutos del trece de junio del año dos mil diecisiete, y con la base de
dieciséis millones cuatrocientos ochenta y seis mil quinientos colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula número seiscientos cincuenta y seis mil catorce cero cero cero la cual es terreno de
pasto. Situada en el distrito 9-Barú, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, Manuel Antonio Ríos Elizondo servidumbre
agrícola de 10 metros de ancho; al sur, quebrada Manolo; al este, Manuel
Antonio Ríos Elizondo, servidumbre agrícola de 10 metros de ancho; y al oeste,
Agrícola Ganadera del Sueño Sociedad Anónima. Mide: cuarenta y tres mil metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos
del veintiocho de junio del año dos mil diecisiete, con la base de doce
millones trescientos sesenta y cuatro mil ochocientos setenta y cinco colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las trece horas y treinta minutos del trece de julio del año dos mil
diecisiete con la base de cuatro millones ciento veintiún mil seiscientos
veinticinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Sociedad Civil Valarpa
del Valle contra Manuel Antonio Ríos Elizondo, expediente Nº
17-000396-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 27 de abril del
2017.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—( IN2017133290 ).
PRIMERA
PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las quince horas y treinta minutos del veintinueve
de agosto del año dos mil diecisiete y con la base de ciento treinta y un mil
setecientos cinco dólares con ochenta y cinco centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número 21776-000 la cual es terreno de agricultura con una casa. Situada en el
distrito 01 Espíritu Santo, cantón 02 Esparza, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, Enrique Porras Alvarado, Margarita Chinchilla Fonseca; al
sur, calle pública y Guido Picado Rojas; al este, José Cascante, Municipalidad
de Esparza y Guido Picado Rojas y al oeste, Margarita Chinchilla Fonseca,
Enrique Porras Alvarado y calle pública. Mide: dos mil trescientos ocho metros
con treinta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
quince horas y treinta minutos del trece de setiembre del año dos mil
diecisiete, con la base de noventa y ocho mil setecientos setenta y nueve
dólares con treinta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del
veintinueve de setiembre del año dos mil diecisiete con la base de treinta y
dos mil novecientos veintiséis dólares con cuarenta y seis centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra José Bastida Bernal. Exp:
14-032999-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial
de San José, 31 de marzo del 2017.—Licda. Mayela Gómez Pacheco, Jueza.—(
IN2017133364 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y
cero minutos (10:00 a. m.) del veintisiete de junio de dos mil diecisiete y con
la base de sesenta y seis mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela,
matrícula número 490478 derechos 001, 002, 003 y 004, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, la cual es terreno: para construir lote C- cuatro.
Situada en el distrito: 06 San Isidro, cantón: 01 Alajuela de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte: calle pública con un frente de 8 m; al sur: área
de protección de río; al este: lote C-3 y al oeste: lote C-cinco. Mide:
doscientos cuarenta y siete metros con cero decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos (10:00 a. m.) del doce
de julio de dos mil diecisiete, con la base de cuarenta y nueve mil quinientos
dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las diez horas y cero minutos (10:00 a. m.) del veintiocho
de julio de dos mil diecisiete, con la base de dieciséis mil quinientos dólares
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Ana Francisca Ruiz
Castillo. Expediente: 16-008369-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de
Cartago, 24 de abril del 2017.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—(
IN2017133368 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas y restricciones, citas: 0351-00000917-01-0901-001; a las quince horas
y treinta minutos (3:30 p. m.) del veintidós de junio de dos mil diecisiete y
con la base de dieciocho millones ochocientos cinco mil doscientos sesenta y
cuatro colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de folio real, matrícula número 345587-000, la cual es terreno para
construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 08 Cajón, cantón
19 Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte Luis Arias
Quesada; al sur Fresia López Ruiz; al este calle pública y al oeste Luis
Fernando Matamoros Salazar. Mide: cuatrocientos cincuenta metros con veintitrés
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y
treinta minutos (3:30 p. m.) del diez de julio de dos mil diecisiete, con la
base de catorce millones ciento tres mil novecientos cuarenta y ocho colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las quince horas y treinta minutos (3:30 p. m.) del veintisiete de julio
de dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones setecientos uno mil
trescientos dieciséis colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José
Sociedad Anónima contra Evarista Vargas Umaña,
Greivin Gerardo Ortiz Vargas. Expediente: 17-001248-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 20 de abril del 2017.—Lic. Guillermo
Ortega Monge, Juez.—( IN2017133369 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
plazo de convalidación (Ley de Informaciones Posesorias) citas:
574-92664-01-0003-001 y Reserva Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas:
574-92664-01-0004-001; a las trece horas y treinta minutos del treinta de
octubre de dos mil diecisiete, y con la base de veinticinco millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número 162928-000 cero cero cero, la cual es terreno de agricultura. Situada en el
distrito 2-Cañas Dulces, cantón 1-Liberia, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, Joaquín De La O Méndez; al sur, Jorge Miranda Martínez; al
este, calle pública con un frente de 14.10 metros lineales y al oeste, Jorge
Miranda Martínez. Mide: tres mil trescientos veintiún metros con sesenta
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y
treinta minutos del catorce de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de
dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y
treinta minutos del veintinueve de noviembre de dos mil diecisiete con la base
de seis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Heylmuth Jiménez Barboza contra Carlos Alberto González
Fernández Exp:15-000979-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 25 de abril del año 2017.—Lic. Luis
Salas Muñoz, Juez.—( IN2017133378 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas:
321-07058-01-0901-002; a las nueve horas y quince minutos del cinco de junio de
dos mil diecisiete y con la base de siete millones setecientos treinta y siete
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos noventa y cuatro mil
ciento diez-cero cero cero, la cual es terreno
naturaleza: lote uno, terreno de patio. Situada en el distrito 03 San José,
cantón 03 Grecia de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte con Wilbert
Alfaro Solís y resto de finca de Amalia Rojas; al sur con servidumbre de paso
con un frente a ella de 08 metros y Erfama de Gracia
E. G. S. A.; al este con Erfama de Grecia E. G.
Sociedad Anónima y al oeste con resto de Finca de Amalia Rojas Solís. Mide:
doscientos diecinueve metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y quince minutos del veinte de junio de dos mil diecisiete, con la
base de cinco millones ochocientos dos mil setecientos cincuenta colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y quince minutos del cinco de julio de dos mil
diecisiete, con la base de un millón novecientos treinta y cuatro mil
doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Marianela Salas Rojas. Expediente:
16-020132-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 4 de mayo del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2017133380 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; soportando Condiciones del IDA, reservas y
restricciones a tomo 370, asiento 19769; a las diez horas del veintidós de
junio del dos mil diecisiete (10:00 a. m. del 22/06/2017) y con la base de
veintisiete millones de colones exactos (¢27.000.000,00), en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
235.603-derechos 001 y 002 la cual es terreno de agricultura. Situada en el
distrito dos (Buena Vista), cantón 15 (Guatuso), de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, lote 23 y otros; al sur, calle, Río Guayabo, José Luis
Sanabria Villalobos al este, con Olivier Barrantes Arroyo y al oeste, con José
Luis Sanabria Villalobos y calle pública. Mide: noventa y siete mil ochocientos
ochenta y dos metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las diez horas del siete de julio del dos mil diecisiete
(10:00 a. m. del 07-07-2017), con la base de veinte millones doscientos
cincuenta mil colones (¢20.250.000,00) (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del veintiséis de julio
del dos mil diecisiete (10:00 a. m. del 26/07/2017) con la base de seis
millones setecientos cincuenta mil colones. (¢6.750,000,00) (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco
Nacional de Costa Rica contra José Luis Sanabria Villalobos y otra. Exp: 14-002560-1202-CJ.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, 18 de abril del
2017.—Msc. Silvia Elena Sánchez Blanco, Jueza.—( IN2017133394
).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas y restricciones citas: 0314-00001970-01-0901-001; a las catorce horas
y cero minutos del diecisiete de agosto del año dos mil diecisiete, y con la
base de catorce millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número treinta y ocho mil doscientos noventa y seis cero cero
cero la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito 01 San Vito, cantón 08 Coto Brus, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al noreste, Eladio Vargas Solorzano; al noroeste, calle
pública con un frente de 10 metros; al sureste, Antonio Mora Alvarado y al
suroeste, Humberto Soto Rodríguez. Mide: trescientos cuarenta y dos metros con
cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce
horas y cero minutos del uno de setiembre del año dos mil diecisiete, con la
base de diez millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce
horas y cero minutos del diecinueve de setiembre del año dos mil diecisiete con
la base de tres millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Alexander Giovanni del Carmen Campos Jiménez. Exp. N° 17-000807-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 19 de abril del 2017.—Msc.
Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2017133397 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada (citas: 263-07534-01-0002-001); a las quince horas y
cero minutos del veintinueve de mayo de dos mil diecisiete, y con la base de
cuatro millones seiscientos ochenta y cuatro mil novecientos veintisiete
colones con cuarenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento
treinta mil doscientos veintisiete cero cero uno,
cero cero dos, la cual es de naturaleza: Terreno para
construir. Lote K-treinta y dos. Situada en el distrito 8-Barranca, cantón
1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote K-33; al
sur, lote K-31 y parte lote K-12; al este, alameda seis y al oeste, lote K-11.
Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
quince horas y cero minutos del trece de junio de dos mil diecisiete, con la
base de tres millones quinientos trece mil seiscientos noventa y cinco colones
con sesenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintiocho de
junio de dos mil diecisiete con la base de un millón ciento setenta y un mil
doscientos treinta y un colones con ochenta y siete céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica-Canadá contra Greivin Gerardo
Rosales García. Exp: 15-001957-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 03 de mayo del 2017.—Msc.
Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2017133403 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las siete horas y treinta minutos del cinco de junio del año
dos mil diecisiete y con la base de ciento seis millones ochocientos sesenta y
tres mil seiscientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número treinta y dos mil
seiscientos setenta cero cero cero
la cual es terreno dedicado a potrero. Situada en el distrito 1 Filadelfia,
cantón 5 Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
Desarrollos Coco Mar Internacional S. A.; al sur, Juan Francisco Castañeda
Vargas; al este, calle pública con un frente de 78 metros 39 centímetros y al
oeste, Desarrollos Coco Mar Internacional S. A. Mide: diez mil seiscientos
ochenta y seis metros con treinta y seis decímetros. cuadrados. Plano:
G-0983083-2005. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos
del veinte de junio del año dos mil diecisiete, con la base de ochenta millones
ciento cuarenta y siete mil setecientos colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y
treinta minutos del cinco de julio del año dos mil diecisiete con la base de
veintiséis millones setecientos quince mil novecientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Claudio Alfonso Rojas Marín. Exp:
14-000731-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro), 17 de abril del
2017.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—( IN2017133404 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas y restricciones y servidumbre de líneas eléctricas y de paso; a las
catorce horas y treinta minutos del seis de julio de dos mil diecisiete, y con
la base de un millón quinientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
treinta y un mil novecientos diecinueve - cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al
norte, Promociones Ambientales y Turísticas del Atlántico Sociedad Anónima; al
sur, Promociones Ambientales y Turísticas del Atlántico Sociedad Anónima; al
este, calle pública con un frente de 7 metros 36 centímetros y al oeste,
Promociones Ambientales y Turísticas del Atlántico Sociedad Anónima. Mide:
ciento cincuenta y siete metros con noventa y un decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiuno de
julio de dos mil diecisiete, con la base de un millón ciento veinticinco mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del nueve de agosto de
dos mil diecisiete con la base de trescientos setenta y cinco mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Rafael Antonio Monge Abarca contra Inversiones Orgama Sociedad Anónima. Exp.
14-000159-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia
Cobro), 4 de mayo del 2017.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—(
IN2017133433 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del cuatro de julio del año
dos mil diecisiete y con la base de ciento sesenta y dos mil setecientos
sesenta dólares con ochenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cuarenta y
tres mil setecientos cuarenta y nueve-F-cero cero cero,
la cual es terreno finca filial número 1 de dos niveles que se destinará a uso
residencial en proceso de construcción. Situada en el distrito 04 San Rafael,
cantón 03 La Unión de la provincia de Cartago. Colinda: al norte lote 10 B de
Urbanizadora Edgelcar S. A.; al sur calle pública; al
este finca filial 2 y al oeste lote 22 B de Urbanizadora Edgelcar
S. A. Mide: ciento ochenta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de julio del dos mil
diecisiete, con la base de ciento veintidós mil setenta dólares con sesenta y
tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta
se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de agosto del dos mil
diecisiete, con la base de cuarenta mil seiscientos noventa dólares con
veintiún centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda (Costa Rica)
S.A. contra Juan Carlos Male Madrigal. Expediente:
16-001499-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela, San Ramón, (Materia Cobro), 28 de abril del
2017.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(
IN2017133445 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas y restricciones citas: 368-14922-01-0909-001 a las 10:00 horas del
19/09/17 y con la base de ocho millones de colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
2-00231797-000 la cual es terreno naturaleza: lote 7. terreno para construir
con una casa y taller situada en el distrito 2-San José, cantón 1-Alajuela de
la provincia de Alajuela linderos: norte, Grace González Vindas, sur, José
Gutiérrez Gómez, este, Gladis y Alba, ambas Chaves Montero, oeste, calle
pública con 8,00 metros de frente. Mide: ciento sesenta y ocho metros con
ochenta y dos decímetros cuadrados. Plano: A-0736855-1988. Para el segundo
remate se señalan las 10:15 horas del 04/10/17, con la base de seis millones de
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las 10:30 horas del 20/10/17 con la base de dos millones de
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Inversiones Arcaleon
Sociedad Anónima contra Anita Isabel de La Trinidad Araya Sandoval. Exp: 17-001261-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 14 de marzo del 2017.—Licda.
Paula Morales González, Jueza.—( IN2017133461 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
medianería tomo: 327, asiento: 16331; a las quince horas y cero minutos del
doce de junio del dos mil diecisiete y con la base de siete mil doscientos
ochenta punto setenta y nueve unidades de desarrollo, en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
40299-000, la cual es terreno con una casa N° 790.
Situada en el distrito Barranca, cantón Puntarenas de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte avenida 9 con un frente a calle pública con 10,01
metros; al sur Néstor Canessa Villareal e Instituto
Nacional de Vivienda y Urbanismo; al este calle 7 con un frente a calle de
15.17 metros y al oeste lote 791. Mide: ciento noventa y cuatro metros con ocho
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero
minutos del veintisiete de junio del dos mil diecisiete, con la base de cinco
mil cuatrocientos sesenta punto cincuenta y nueve unidades de desarrollo
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las quince horas y cero minutos del doce de julio del dos mil diecisiete, con
la base de mil ochocientos veinte punto diecinueve unidades de desarrollo (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Néstor Antonio Canessa
Villarreal. Expediente: 15-021053-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de San José, 27 de abril del 2017.—Licda.
Margarita Mena Gutiérrez, Jueza.—( IN2017133467 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y
cero minutos del diez de julio del año dos mil diecisiete y con la base de
veintinueve millones cuatrocientos ochenta y seis mil novecientos veintinueve
colones con un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 272.856-000, la cual es terreno
de solar con una casa de habitación. Situada en el distrito 4, Aguas Zarcas,
cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 55;
sur, lote 24; este, calle pública con 10m de frente; oeste, Ricardo Soro
Montero. Mide: doscientos setenta y cuatro metros con ochenta y tres decímetros
cuadrados. Plano: A-0077294-1992. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y cero minutos del veintiséis de julio del año dos mil diecisiete, con la
base de veintidós millones ciento quince mil ciento noventa y seis colones con
setenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del once de agosto del
año dos mil diecisiete con la base de siete millones trescientos setenta y un
mil setecientos treinta y dos colones con veinticinco céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Mario Camacho Araya
y otra. Exp:16-002106-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 27 de abril del 2017.—Licda.
Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2017133472
).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero con
condiciones bajo citas: 0401-00001130-01-0803-002 y reservas y restricciones
bajo citas 0401-00001130-01-0827-002; a las catorce horas del ocho de junio del
dos mil diecisiete y con la base de treinta y siete millones ochocientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio
real, matrícula número ciento cincuenta y cinco mil seiscientos nueve-cero cero
cero, la cual es terreno potrero y tacotal. Situada
en el distrito Cahuita, cantón Talamanca de la provincia de Limón. Colinda: al
norte José Rodríguez Cadet y Jaime Zúñiga Valverde;
al sur camino público; al este José Rodríguez Cadet y
al oeste Jaime Zúñiga Valverde. Mide: diez mil metros con cero decímetros
cuadrados. Con la base de veintisiete millones cien mil colones exactos libre
de gravámenes hipotecarios; pero con condiciones bajo citas:
0401-00001130-01-0803-002 y reservas y restricciones bajo citas
0401-00001130-01-0827-002; sáquese a remate los bienes dados en garantía, sea
las siguientes finca: Partido de Limón, matrícula número ciento cincuenta y
ocho mil quinientos cincuenta y cuatro-cero cero cero,
la cual es terreno agricultura. Situada en el distrito Cahuita, cantón
Talamanca de la provincia de Limón. Colinda: al noreste José Ángel Rodríguez Cadet; al noroeste José Ángel Rodríguez Cadet;
al sureste calle pública y al suroeste Juana Cadet
Arroyo. Mide: mil ochocientos cinco metros con cero decímetros cuadrados. De no
haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce
horas del veintitrés de junio del dos mil diecisiete, para el bien inmueble que
es partido de Limón, matrícula número ciento cincuenta y cinco mil seiscientos
nueve-cero cero cero, con la base de veintiocho
millones trescientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un 25%) para la
finca Partido de Limón, matrícula número ciento cincuenta y ocho mil quinientos
cincuenta y cuatro-cero cero cero, con la base de
veinte millones trescientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un
25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las
catorce horas del dieciséis de julio del año dos mil diecisiete, para el bien
inmueble que es partido de Limón, matrícula número ciento cincuenta y cinco mil
seiscientos nueve-cero cero cero, con la base de
nueve millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (un 25% de la base
original), para la finca Partido de Limón, matrícula número ciento cincuenta y
ocho mil quinientos cincuenta y cuatro-cero cero cero,
con la base de seis millones setecientos setenta y cinco mil colones exactos.
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Felix Mario Quesada Villarreal. Expediente:
17-000283-1208-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, (Materia Cobro), 23 de febrero del
2017.—Lic. Andrés Rafael Valladares Castillo, Juez.—( IN2017133494 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y
cero minutos del veintiuno de junio del año dos mil diecisiete y con la base de
cuatro millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 172711-000 la cual es terreno
con una casa. Situada en el distrito Mercedes, cantón Puriscal, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, resto reservado de Carlos Hidalgo Morales,
destinado a calle en parte; al sur, Ricardo Hidalgo Flores; al este, Carlos
Hidalgo Morales y al oeste, Carlos Hidalgo Morales. Mide: trescientos once
metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las diez horas y cero minutos del seis de julio del año dos mil
diecisiete, con la base de tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos
del veintiuno de julio del año dos mil diecisiete con la base de un millón de
colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica Contra
Roger Gerardo Fernández Vargas, Roxana de los Ángeles Jiménez Hidalgo. Exp: 17-003464-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 27 de abril del año
2017.—Licda. María Gabriela Solano Molina, Jueza.—( IN2017133516 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y
veinte minutos del catorce de junio de dos mil diecisiete y con la base de
siete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo: placas CL-217308, marca: Toyota, estilo: Land
Cruis, categoría: carga liviana, capacidad: 3
personas, carrocería: Camioneta Pick-Up, caja abierta o cam-pu,
tracción: 4x4, año fabricación: 2007, color: beige, vin:
JTELB71J907063141, N° motor: 1HZ0540201, combustible:
diesel. Para el segundo remate se señalan las trece
horas y veinte minutos del treinta de junio de dos mil diecisiete, con la base
de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y
veinte minutos del dieciocho de julio de dos mil diecisiete, con la base de un
millón setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Inmobiliaria Dos Carlos
Sociedad Anónima contra Marco Vinicio Brenes Segura. Expediente:
16-011110-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 6 de abril
del 2017.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—(
IN2017133538 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada citas: 385-13070-01-0904-001, servidumbre sirviente
citas: 385-13070-0903-001, reservas y restricciones citas:
385-13070-01-0829-001; parra el primer remate se señalan las quince horas
treinta minutos del veintiuno de junio del año dos mil diecisiete, y con la
base de cinco millones veinticuatro mil trescientos veintiséis colones con
treinta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de folio real, matrícula número 198242-001, 002 la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 03-San Pablo, cantón 02-Barva, de la
provincia de Heredia. Colinda: al norte, Jorge Alberto Vega Montero; al sur,
Rafael Angel Vega Montero; al este, Talia Montero León y al oeste, calle pública con un frente
de 12 metros 30 centímetros. Mide: trescientos metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las quince horas treinta minutos del seis de julio
del año dos mil diecisiete, con la base de tres millones setecientos sesenta y
ocho mil doscientos cuarenta y cuatro colones con setenta y tres céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las quince horas treinta minutos del veintiuno de julio del año dos mil
diecisiete con la base de un millón doscientos cincuenta y seis mil ochenta y
un colones con cincuenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Marcos Aurelio Vega Montero. Exp. N° 16-006719-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Segundo Circuito Judicial de San José, 15 de febrero del año 2017.—Lic.
Carlos Alberto Marín Angulo, Juez.—( IN2017133565 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y
cero minutos del veinte de junio del año dos mil diecisiete, y con la base de
siete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo: placas 408822, marca porsche, estilo 944,
capacidad 4 personas, categoría automóvil, año 1988, color blanco, carrocería coupe, tracción 4X2. Para el segundo remate se señalan las
quince horas y cero minutos del cinco de julio del año dos mil diecisiete, con
la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince
horas y cero minutos del veinte de julio del año dos mil diecisiete con la base
de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grace
María Badilla Rojas contra Manuel Ángel Elizondo Alvez.
Exp. 15-001233-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Cobro),
27 de abril del 2017.—Lic. David Felipe Cortés Segura, Juez.—( IN2017133569 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las ocho horas del doce
de junio del dos mil diecisiete y con la base de sesenta millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número 123391-000, la cual es terreno de montaña y
potrero, con una piscina, un lago, un rancho, cabinas y una casa. Situada en el
distrito 02 Sierra, cantón 07 Abangares de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte Agropecuaria Hurtado García Sociedad Anónima y Ronald Wong Li; al sur
calle pública con 102,71 metros; al este Ronald Wong Li y al oeste Agropecuaria
Hurtado García Sociedad Anónima. Mide: quince mil sesenta metros con ochenta y
nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del
veintisiete de junio del dos mil diecisiete, con la base de cuarenta y cinco
millones de colones exactos y, para la tercera subasta se señalan las ocho
horas del doce de julio del dos mil diecisiete, con la base de quince millones
de colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Néstor Rodríguez Rodríguez contra
Carlos Manuel Gerardo Castro Bastos. Expediente: 16-004327-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, (Materia Cobro), 21 de
noviembre del año 2016.—Shirley Mayela Molina Porras, Jueza.—( IN2017133576 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas Ley de Aguas, reservas Ley de Caminos; a las ocho horas y treinta
minutos del doce de junio del dos mil diecisiete y con la base de quince
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número 194063-000, la cual es terreno
de potrero, lote 27. Situada en el distrito 02 Cañas Dulces, cantón 01 Liberia
de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte lote 28; al sur calle pública;
al este lote 26 y al oeste calle pública. Mide: cuatro mil ochocientos noventa
y seis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y
treinta minutos del veintisiete de junio del año dos mil diecisiete, con la
base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos y para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del doce de julio
del dos mil diecisiete, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil
colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Néstor Rodríguez Rodríguez contra Consorcio Marín
Sociedad Anónima. Expediente: 16-004325-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor
Cuantía y Contravencional de Grecia, (Materia Cobro), 21 de noviembre del
2016.—Lic. Shirley Mayela Molina Porras, Jueza.—( IN2017133577 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas ley caminos; a las trece horas y treinta minutos del doce
de junio del año dos mil diecisiete, y con la base de setenta millones de
colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y un mil quinientos
cincuenta y cinco-cero cero cero la cual es terreno
de agricultura. Situada en el distrito 7-La Fortuna, cantón 10-San Carlos, de
la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con frente de
cincuenta y un metros noventa y tres centímetros lineales; al sur, Río Burro;
al este, lote de Gerardo Piedra Cruz y al oeste, lote de Sonia Piedra Cruz.
Mide: catorce mil ciento sesenta y un metros con trece decímetros cuadrados.
Plano: A-1121653-2006 cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece
horas y treinta minutos del veintisiete de junio del año dos mil diecisiete,
con la base de cincuenta y dos millones quinientos mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las trece horas y treinta minutos del doce de julio del año dos mil diecisiete
con la base de diecisiete millones quinientos mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José
Luis Salazar Alpízar contra Distribuidora El Sueño de Moravia Sociedad Anónima.
Exp. N° 15-001867-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 22 de
noviembre del año 2016.—Licda. Shirley Mayela Molina Porras, Juez.—(
IN2017133579 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre sirviente bajo las citas: 341-05947-01-0009-001, servidumbre
trasladada bajo las citas: 341-05947-01-0901-001, 341-05947-01-0915-001,
341-05947-01-0916-001, servidumbre de oleoducto y de paso de Recope bajo las citas: 503-13799-01-0001-001, reservas de
Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, bajo las citas: 429-04458-01-0332-001;
a las catorce horas y cero minutos del tres de octubre del año dos mil diecisiete,
y con la base de ciento cuarenta y ocho mil novecientos cuarenta y tres dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 500663-000, la cual es terreno de solar. Situada
en el distrito 05 Concepción, cantón 05 Atenas, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, calle pública, sur, Adelaida Rodríguez Venegas este,
Adelaida Rodríguez Venegas, oeste, calle pública. Mide: mil metros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del
diecinueve de octubre del año dos mil diecisiete, con la base de ciento once
mil setecientos siete dólares con veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero
minutos del tres de noviembre del año dos mil diecisiete con la base de treinta
y siete mil doscientos treinta y cinco dólares con setenta y cinco centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Maribel Hernández Seas. Exp:
17-002853-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, (Sección Tercera), 25 de abril del 2017.—Msc. Cristian Mora Acosta, Juez.—( IN2017133581 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; pero
soportando dos reservas y restricciones; a las nueve horas y cero minutos del
veinticuatro de julio del año dos mil diecisiete, y con la base de treinta y
cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos once mil
novecientos veintidós cero cero cero
la cual es terreno con un local comercial. Situada en el distrito 1-Puerto
Viejo, cantón 10-Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte,
Álvaro Álvarez Padilla; al sur, Desarrollo Colonia San José Sociedad
Responsabilidad Limitada; al este, calle pública con un frente de 20 metros
lineales y al oeste, Desarrollo Colonia San José Sociedad Responsabilidad
Limitada. Mide: ochocientos cuarenta y dos metros cuadrados. Plano: H-
1302468-2008. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos
del diez de agosto del año dos mil diecisiete, con la base de veintiséis
millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero
minutos del veintiocho de agosto del año dos mil diecisiete con la base de ocho
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Roger Murillo Murillo contra Hugo Arley Bedoya Elejalde. Exp: 16-004326-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía
y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 31 de enero del año
2017.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Juez.—( IN2017133582 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada: 345-17331-01-0910-001; a las quince horas y cero
minutos del quince de junio de dos mil diecisiete -03:00 pm 15/06/2017-, y con
la base de catorce millones seiscientos sesenta y cinco mil seiscientos
cincuenta y seis colones con ochenta y siete céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
ciento seis mil ciento cuarenta y uno-cero cero cero,
la cual es terreno para construir bloque A N once. Situada en el distrito 01
Turrialba, cantón 05 Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte,
Rose Mary Guardia; al sur, Avenida El Cedral; al
este, lote 12 A y al oeste, lote 10 A. Mide: doscientos veintiocho metros con
ochenta y siete decímetros cuadrados. Plano catastrado: C-0563493-1984. Para el
segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del tres de julio de
dos mil diecisiete -03:00 p.m. 03/07/2017-, con la base de diez millones
novecientos noventa y nueve mil doscientos cuarenta y dos colones con sesenta y
cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las quince horas y cero minutos del dieciocho de julio de
dos mil diecisiete -03:00 p.m. 18/07/2017- con la base de tres millones
seiscientos sesenta y seis mil cuatrocientos catorce colones con veintidós
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que
existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma
correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se
consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que
se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Minor Alexis Salazar Montenegro. Exp. N° 16-008081-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 02 de mayo del año 2017.—Licda. Giannina Lacayo Quirós, Jueza.—( IN2017133583 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y
cero minutos del catorce de junio de dos mil diecisiete y con la base de
cuarenta y un millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número ciento treinta y ocho mil setecientos setenta y ocho, secuencia cero cero cero, la cual es terreno
para construir, bloque E, lote 29. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01
Liberia de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte lote E 28; al sur lote
E 30; al este avenida 4 con 8,00 metros y al oeste lotes E 34 y 35. Mide:
trescientos cincuenta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las ocho horas y cero minutos del treinta de junio de dos mil diecisiete, con
la base de treinta y un millones trescientos cincuenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y cero minutos del dieciocho de julio de dos mil diecisiete, con
la base de diez millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra José Joaquín Rojas Loría.
Expediente: 16-010229-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
2 de mayo del 2017.—Licda. Giannina Lacayo Quirós,
Jueza.—( IN2017133586 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Libre
de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del cinco de
junio de dos mil diecisiete, y con la base de dos millones seiscientos ochenta
y ocho mil colones exactos, finca inscrita en el Registro Público, partido de
Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
ochenta y cuatro mil ochocientos noventa y siete cero cero
cero, la cual es de naturaleza: Lote seis. Terreno
para construir. Situada en el distrito 5-Cariari, cantón 2-Pococí, de la
provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de
21.28 cm. lineales y lote cinco; al sur, calle pública con un frente a ella de
18.85 cm. lineales; al este, calle pública con un frente a ella de 28.32 cm.
lineales y al oeste lote siete. Mide: cuatrocientos veinticuatro metros con
cincuenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y treinta minutos del veinte de junio de dos mil diecisiete, con la
base de dos millones dieciséis mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta
minutos del cinco de julio de dos mil diecisiete con la base de seiscientos
setenta y dos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). 2) A las nueve horas y treinta minutos del cinco de junio de dos mil
diecisiete, y con la base de dos millones ciento doce mil colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número ochenta y cuatro mil ochocientos noventa y ocho cero cero cero la cual es de naturaleza:
Lote siete. Terreno para construir. Situada en el distrito 5-Cariari, cantón
2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote cinco; al sur,
calle pública con un frente a ella de 12.00 metros lineales; al este, lote seis
y Erika Vanessa Víquez Orozco y al oeste lote ocho. Mide: doscientos ochenta
metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y treinta minutos del veinte de junio de dos mil
diecisiete, con la base de un millón quinientos ochenta y cuatro mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y treinta minutos del cinco de julio de dos mil
diecisiete con la base de quinientos veintiocho mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Erika Vanessa Víquez Orozco. Exp:
13-007538-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 04 de mayo del año 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2017133589 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Condic. y Limit. citas: 0382-00004239-01-0985-001
, a las catorce horas y treinta minutos del seis de junio del año dos mil
diecisiete, y con la base de cinco millones cuatrocientos cincuenta mil
seiscientos veinticinco colones con ochenta y nueve céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
doscientos cincuenta mil trescientos ocho-cero cero cero,
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Upala, cantón 13
Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 12 m.
50 cm.; al sur, Óscar Rosales; al este, Óscar Rosales y al oeste, Óscar
Rosales. Mide: trescientos diez metros con ochenta y seis decímetros cuadrados.
Plano A-0891002-1990. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
treinta minutos del veintiuno de junio del año dos mil diecisiete, con la base
de cuatro millones ochenta y siete mil novecientos sesenta y nueve colones con
cuarenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del seis de
julio del año dos mil diecisiete con la base de un millón trescientos sesenta y
dos mil seiscientos cincuenta y seis colones con cuarenta y siete céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial) Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Eliseo Ortiz Ortiz.
Exp. N° 16-000342-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste, Liberia, (Materia Cobro), 18 de abril del año 2017.—Lic. Jorge
Zúñiga Jaén, Juez.—( IN2017133793 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas
del nueve de octubre del dos mil diecisiete, y con la base de quince millones
setecientos nueve mil novecientos treinta y un colones con setenta y tres
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número
HB-cero cero tres tres uno cero, marca JAC., estilo
buseta, categoría buseta, capacidad treinta personas, año dos mil trece, color
blanco, VIN LJ uno seis AE cuatro D tres d dos cero cero
tres uno siete cuatro, cilindrada tres mil ochocientos cincuenta y seis CC. combustible
diesel, motor Nº ocho nueve
cero ocho cuatro ocho siete cuatro. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas del veintisiete de octubre del dos mil diecisiete, con la base de once
millones setecientos ochenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y ocho colones
con setenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las nueve horas del dieciséis de noviembre del dos
mil diecisiete con la base de tres millones novecientos veintisiete mil
cuatrocientos ochenta y dos colones con noventa y tres céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Cooperativa Nacional de Educadores R.L contra Karla Johanna Mora Salas. Exp. N° 15-020561-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 04 de
mayo del año 2017.—Lic. Alonso Cascante Calvo, Juez.—( IN2017133964 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el
expediente N° 16-000102-0295-CI donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de sucesión de Ramón Rojas
Castro, quien fue mayor, estado civil casado una vez, vecino de San Ramón,
portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-0151-0902,
profesión agricultor, por medio de su albacea Hilda María Rojas Castro, quien
es mayor, divorciada, vecina de San Ramón, portadora de la cédula de identidad
número 2- 0277-0001, Licenciada en Recursos Humanos, a fin de inscribir a su nombre
y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca cuya naturaleza es solar. Situada en el distrito Bolívar, cantón Grecia,
de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Río San Juan; al sur, Jhon Andrey Rojas Castro, Olger
Rojas Castro; al este, Virgita Ugalde Granados y al
oeste, Córdoba y Suárez S. A., y Hilda Rojas Castro. Mide: cinco mil doscientos
ochenta y dos metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número
2-1882136-2016. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir si pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto
el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cuatro millones
seiscientos cinco mil trescientos noventa y siete colones. Se emplaza a todos
los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por sucesión de Ramón Rojas Castro por medio de su albacea
Hilda María Rojas Castro. Exp. N°
16-000102-0295-CI.—Juzgado Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela
(San Ramón), San Ramón, 3 de mayo del 2017.—Msc.
Carlos Eduardo González Mora, Juez.—1 vez.—( IN2017133203 ).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Guillermo Trinidad Reyes Cordero,
mayor, estado civil casado, pensionado, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad 06-0062-0646 y vecino de Puntarenas. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro
de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N°
17-000050-0642-CI.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, (Materia Civil),
20 de marzo del 2017.—Licda. Xinia Patricia González Grajales, Jueza.—1 vez.—(
IN2017133109 ).
Se emplaza y
emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida se
llamó Sergio Víquez Arguedas, quien fue mayor, técnico en computación, cédula
4-113-828 y vecino de Barva, 150 metros al sur de la Casa de la Cultura, para
que dentro del término de treinta días hábiles contados a partir de la publicación
de este edicto, se apersonen a este proceso, a hacer valer sus derechos bajo el
apercibimiento de que si no lo hicieren dentro del término indicado la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2016
de la notaría del Licenciado Isaac Montero Solera, Barva de Heredia, del Banco
de Costa Rica, 100 metros al norte y 125 al este.—Barva de Heredia, a las 15
horas del 8 de mayo del 2017.—Lic. Isaac Montero Solera, Notaria.—1 vez.—(
IN2017133111 ).
Ante esta notaría se efectuó apertura de proceso sucesorio extrajudicial
de Jesús Francisco Mora Chinchilla, mayor, casado, taxista, vecino de San
Josecito de Alajuelita, cédula N° 1-331-745. Se cita
y emplaza a todos los herederos, legatarios acreedores e interesados para que
dentro del término improrrogable de treinta días a partir de la publicación de
este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento que
de no hacerlo dentro del plazo dicho la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente: 0001-Su 2017. Licda. Yolanda Cecilia Solano Rodríguez, notaria pública. Centro de Alajuelita, 200 oeste del parque
central.—Licda. Yolanda Cecilia Solano Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(
IN2017133119 ).
A los
herederos e interesados en el sucesorio de quien en vida Francisca Morales Morales, conocida como Haydee Dubon
Morales, mayor de edad, soltera, con cédula de identidad número seis-cero cero
cincuenta y dos-cero seiscientos setenta, vecina de San José, Garabito León
XIII, casa número cuatrocientos setenta y uno, solicitan se abra proceso sucesorio
notarial como herederos legítimos de su madre, la tramitación en esta sede
notarial del sucesorio de dicha señores Oneida Susana
Mairena Morales, mayor de edad, casada una vez, estilista, con cédula de
identidad número uno-cero quinientos noventa y nueve-cero ochocientos treinta y
ocho, vecina de San José, Tibás de la Florida de Tibás, doscientos norte del
parque del ICE, Luz Marina Mairena Morales, mayor de edad, divorciada una vez,
mercadóloga, con cédula de identidad número uno-cero seiscientos veinticinco-cero
ochocientos cuarenta y seis, vecina de Moravia Los Colegios, de Romanas Bailar
trescientos metros oeste cien metros sur y veinticinco metros oeste, Grettel Mairena Morales, mayor de edad, casada una vez, ama
de casa, con cédula de identidad número uno-cero seiscientos sesenta y
tres-cero doscientos diez, vecina de San José, Barrio Cuba, calle veintidós
avenida treinta y dos del bazar Mar Caribe, setenta y cinco sur, Danilo Miguel
Mairena Morales, mayor de edad, divorciado dos veces, administrador, con cédula
de identidad número uno-cero setecientos ochenta y dos-cero cero cero ochenta, vecino de Heredia, San Joaquín, doscientos
metros sur del Banco de Costa Rica, casa de madera, mano derecha, color verde,
Omar Enrique Mairena Morales, mayor de edad, soltero, con cédula de identidad
número uno-cero ochocientos veintinueve-cero doscientos cincuenta y dos, vecino
de San José, Garabito, León XIII, casa número cuatrocientos setenta y uno y
solicitan se abra proceso sucesorio notarial como herederos legítimos de quien
vida fue su madre la señora Francisca Morales Morales,
conocida como Haydee Dubon Morales, mayor de edad,
soltera, con cédula de identidad número seis-cero cero cincuenta y dos-cero
seiscientos setenta, vecina de San José, Garabito, León XIII, casa número
cuatrocientos setenta y uno, dicha defunción la compruebo por medio de
certificación expedida por el Registro Civil, certificado cita: uno-cero cuatro
cuatro cero-dos dos seis-cero cuatro cinco dos,
fallecida el seis de noviembre del dos mil uno. En consecuencia cualquier otro
heredero o interesado deberá apersonarse ante el suscrito notario dentro de los
treinta días siguientes a la publicación del presente aviso, para hacer valer
sus derechos bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo la herencia
procederá a quien legalmente corresponda.—San José, 8 de mayo del 2017.—Lic.
Gerardo Enrique Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—( IN2017133128 ).
Se cita y
emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en proceso
sucesorio de quien en vida fue Cecilia (nombre) Ho Kou
(apellidos), mayor, viuda una vez, del hogar, portadora de la cédula de
identidad número ocho-cero cero cero uno-cero
quinientos treinta y seis, vecina de San José, Barrio Vasconia,
setenta y cinco metros al este de la Bomba Gasolina Azul, casa número mil
setecientos cincuenta y cinco, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante la
Notaría de la Licenciada Shukshen Young Au-Yeung, ubicada en San José, avenida diez- doce, calle
treinta y uno, Bufete mil noventa y uno, a hacer vales sus derechos, bajo el
apercibimiento de que en caso que no lo hicieran, la herencia pasará a quien
corresponda. Asimismo deben señalar lugar donde atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que si el lugar señalado fuere impreciso o no existiere, las
resoluciones que se dicten se les tendrán por notificadas por el solo
transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Expediente N° 01-2017. Promueve: Jimmy Ying Lun Ho. Causante: Cecilia
Ho Kou.—San José, trece horas con treinta minutos del
cinco de mayo del dos mil diecisiete.—Licda. Shukshen
Young Au-Yeung, Notaria.—1 vez.—( IN2017133142 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Rosibel de los
Ángeles Quesada Sandoval, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de José
María Zeledón, Curridabat, San José, portadora de la cédula de identidad número
nueve-cero cero setenta y cinco-cero trescientos cuarenta y ocho, a las nueve
horas del seis de febrero del dos mil diecisiete y comprobado el fallecimiento
esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida
fuera Byron Quesada Sandoval. Se cita y emplaza a todos los interesados para
que dentro del plazo máximo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos.
Notaría del Lic. Jaime Arias Petgrave en Cartago,
Tres Ríos, cien metros sur y veinticinco este del Ministerio de Salud, teléfono
dos dos siete nueve-dos cero dos cinco.—Lic. Jaime
Arias Petgrave, Notario.—1 vez.—( IN2017133162 ).
Se emplaza a
los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el sucesorio de
José Vega Betancourt, cédula 9-027-980, quien fue casado una vez, retirado y
vecino de Guadalupe de Goicoechea, quien falleció el ocho de abril del dos mil
diecisiete, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría y haga valer sus
derechos. Se advierte a los que crean tener derecho a la herencia que si no se
presentan dentro de este término esta pasará a quien corresponda. San José,
Goicoechea, cien metros al norte de la Gasolinera Montelimar.
Expediente: 003-2017, correo licporras68@gmail.com.—San José, 08 de mayo del
2017.—Lic. Reynaldo Matamoros Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2017133206 ).
Se hace saber
que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Ariel Ezequiel López Mejía, mayor, soltero, estudiante, nicaragüense, con
documento de identidad 155821403117 y vecino de Río Cuarto, Carrizal, 50 metros
al sur y 100 metros al oeste del Supermercado Roger. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 17-000059-0297-CI.—Juzgado Civil y
Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Civil), 23 de
marzo del año 2017.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—( IN2017133219 ).
Se emplaza a
todos los interesados en la reapertura del sucesorio testamentario en sede
notarial de quien en vida fuera Francisco Vicente Jeremías Bayes,
quien fue mayor, casado una vez, industrial, cédula de identidad uno-ciento
trece-mil quinientos y vecino de San Juan de Tibás, San José, que de conformidad
con lo dispuesto en los artículos ciento veintinueve y siguientes del Código
Notarial, se tramita ante esta notaría ubicada en Tibás, doscientos al sur y
veinticinco al oeste de la Municipalidad, para que en el plazo de treinta días
a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos.
Se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se
presentan dentro de este plazo la herencia pasará a quien corresponda.—San Juan
de Tibás, a las quince horas del ocho de mayo del dos mil diecisiete.—Licda.
Adriana Tapia Quirós, Notaria.—1 vez.—( IN2017133240 ).
Se tiene por
establecido el presente proceso sucesorio de la señora Liliana Segura Fonseca
se emplaza a todos los interesados por el plazo de treinta días para que se apersonen
al proceso, mismo que se tramita en actividad judicial no contenciosa ante la
notaría del Lic. Luis Carlos Torres Vargas, con oficina en Cartago; costado
norte, de la Escuela Jesús Jiménez, contiguo al acuario el coral. Publíquese
por una vez en el Boletín Judicial.—Lic. Luis Carlos Torres Vargas,
Notario.—1 vez.—( IN2017133243 ).
Se hace
saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Rafael Rodolfo Aguilar Dávila, quien en vida gozaba de las siguientes
calidades: mayor, casado una vez, pensionado, con cédula de identidad número:
cinco-cero cuarenta y dos-trescientos catorce, vecino de Filadelfia, Carrillo,
Guanacaste. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a
todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, por lo cual si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente N° 0003-2017 de Licda.
Elvira Patricia Ondoy Cantillo, con oficina abierta
en Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, del costado sureste de la iglesia católica
doscientos metros sur.—Ocho de mayo del año dos mil diecisiete.—Licda. Elvira
Patricia Ondoy Cantillo, Notaria.—1 vez.—(
IN2017133247 ).
Se hace saber
que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Dionicio Rufino Sagastume Alfaro, mayor, divorciado, comerciante, costarricense
por naturalización, con documento de identidad 01-0558-0273 y vecino de
Cartago, Tejar de El Guarco, Barrio Nuevo, de Troncos Bar, 75 metros oeste. Se
cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las
personas interesadas para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos
con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que
si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda.
Expediente N° 16-000552-0640-CI.—Juzgado Civil de
Cartago, 16 de diciembre del 2016.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2017133253 ).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de
quien en vida se llamó Amable Digna Del Socorro Guzmán Rojas, mayor, estado
civil casada, profesión ama de casa, nacionalidad costarricense con documento
de identidad 0301020746 y vecina Tuis, Turrialba y de Ramón Calderón Rodríguez,
mayor, casado, cédula 3-0059-01645, costarricense, vecino de Tuis, Turrialba.
Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas
las personas interesadas para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos
con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que
si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda.
Expediente N° 17-000001-1006-CI.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Turrialba, (Materia Civil), 4 de
abril del 2017.—Lic. Randall Francisco Gómez Chacón, Juez.—1 vez.—(
IN2017133268 ).
Se hace saber
que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Plutarco Suarez Suarez, mayor, casado una vez, agricultor,
cédula 2-192-479, vecino de Limón, Valle La Estrella. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº
15-000026-0678-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de La Zona
Atlántica, 06 de marzo del año 2015.—Licda. Daisy Hidalgo Arias, Jueza.—1
vez.—( IN2017133274 ).
Se hace saber
que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Antonio Acuña Solano, mayor, estado civil casado, profesión dato desconocido,
nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0103320610 y vecino de la
Loma de Parrita, de la Iglesia Católica, 200 metros noreste. Se cita a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se
apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 17-100001-1045-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor
Cuantía de Parrita, (Materia Civil), 5 de abril del 2017.—Msc. Verny Arias Vega, Juez.—1 vez.—( IN2017133277 ).
Se hace saber
que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Elsie Solórzano Solórzano,
mayor, estado civil casada, profesión ama de casa, nacionalidad Costa Rica, con
documento de identidad 0202610955 y vecina de San Antonio de Belén, Heredia. Se
cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las
personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 17-000124-0504-CI.—Juzgado
Civil de Heredia, 24 de marzo del año 2017.—Licda. Paola Fonseca Porras,
Jueza.—1 vez.—( IN2017133287 ).
Se cita y
emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores e interesados en la
sucesión de la señora Flor de María Marín Aguilar, quien en vida fue casada una
vez, ama de casa, con domicilio en Lagunilla de Heredia, de Jardines del Recuerdo,
un kilómetro al oeste, Residencial Santa María este, casa número treinta y
nueve, portó la cédula de identidad número uno-cuatrocientos cincuenta y
cuatro-cuarenta y cuatro, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante la oficina del
Notario Público Rolando Romero Obando, situada en San José, Curridabat, costado
norte de Plaza Cristal, Edificio Jurex Law, segundo piso, a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se
presentan en este plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente
notarial 4-2017.—San José, 09 de mayo del 2017.—Lic. Rolando Romero Obando,
Notario.—1 vez.—( IN2017133296 ).
Se cita y
emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona
menor Greivin Josué Pérez López, para que se apersonen a este Juzgado dentro
del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del
edicto ordenado. Expediente N° 17-000006-0688-FA.
Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica
del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, (Materia Familia), 20
de febrero del 2017.—Msc. Denia Magaly Chavarría
Jiménez, Jueza.—Exento.—( IN2017116289 ). 3
v. 2.
De la anterior solicitud
de Diligencias de Nombramiento de Tutor (Tutela Legítima) de las personas
menores de edad Heilen Robertina,
Danilo José, Virginia Vanessa y Lidia, todos de apellidos Suárez Padilla,
promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se da aviso a todas
aquellas personas con interés contrario al nombramiento de tutor de las
personas menores de edad, para que dentro del término de quince días contados a
partir de la última publicación de este edicto, se apersonen en este Despacho,
formulando sus oposiciones mediante escrito en el que expondrán los motivos de
su disconformidad, con indicación expresa de las pruebas en que se fundamenta
su oposición. Expediente N° 16-000806-1152-FA-(3).—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 18 de
enero del 2017.—Licda. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—Exonerado.—( IN2017132698
). 3 v. 2.
Se cita y emplaza a todas
las personas que tuvieren interés en el depósito de los menores de edad Krishlyn, José y Carlos, todos de apellidos Rodríguez Mata
hijos de José Luis Rodríguez Rodríguez y Marianela
Mata Castro, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado
Expediente N° 17-000367-1302-FA Asunto: Depósito
judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
Ciudad Quesada, 28 de abril del 2017.—Licda. Sandra Saborío Artavia,
Jueza.—Exonerado.—( IN2017132737 ). 3 v. 2.
Juan Damián
Brilla Ramírez, Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona
Atlántica; hace saber a Henry Esteban Mora Guzmán, en su carácter personal,
documento de identidad 0503730298, demás calidades y domicilio desconocido, que
en este Despacho se interpuso un proceso reconocimiento de hijo mujer casada en
su contra, bajo el expediente número 15-000687-1307-FA donde se dictaron las
resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, a las ocho horas y uno minutos del cuatro de
mayo del año dos mil diecisiete. Siendo que el señor Henry Esteban Mora Guzmán,
es de domicilio desconocido y no fue ubicado en la dirección reflejada mediante
su cuenta cedular, se ordena notificarle esta y la resolución de las ocho horas
y veintisiete minutos del veinte de octubre del año dos mil quince, mediante un
edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín judicial. Elabórese el
edicto respectivo. Notifíquese. Juan Damián Brilla Ramírez, Juez y la
resolución de las ocho horas y veintisiete minutos del veinte de octubre del
año dos mil quince. Se tienen por establecidas las presentes diligencias de
reconocimiento de hijo de mujer casada promovido por Esteban Lara Salazar a
favor de la menor Zoey Mora Maleaño.
De las mismas se confiere audiencia al Patronato Nacional de la Infancia, por
el plazo de tres días. A su vez por el mismo plazo otorgado, se le confiere
audiencia al padre registra l de la menor, el señor Henry Esteban Mora Guzmán.
Asimismo se tiene por apersonada al proceso sin oposición la madre la señora
Rebeca Maleaño Valladares. Se les previene a las
partes, que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar medio y lugar,
éste último dentro del circuito judicial de este Despacho donde atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga(n), las
resoluciones posteriores que se dicten inclusive la sentencia, se le(s) tendrán
por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de
dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite la
notificación por causas ajenas al despacho, o bien si el lugar señalado
permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente (artículo 6 y 12
Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales N° 7637 del 21 de octubre de 1996).- Notifíquese esta
resolución al padre registral de la menor, el señor Henry Esteban Mora Guzmán,
personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación,
o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones
Judiciales y Otros Comunicaciones; Primer Circuito Judicial de Guanacaste
(Liberia). Por localizarse en La Fortuna de Bagaces de Guanacaste, Restaurante
Pollo Frito el Chef Pío Pío, 100 metros noroeste del
Bar Tiquicia. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o
edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del funcionario
notificador, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de
Notificaciones Judiciales. Para notificar al ente aludido, por medio del correo
electrónico autorizado pococi@pani.go.cr. Notifíquese. Juan Damián Brilla
Ramírez, Juez de Familia de Pococí. Lo anterior se ordena así en proceso
reconocimiento de hijo mujer casada de Patronato Nacional de la Infancia contra
Henry Esteban Mora Guzmán. Expediente Nº
15-000687-1307-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la
Zona Atlántica, 4 de mayo del 2017.—Lic. Juan Damián Brilla Ramírez,
Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017133260 ).
Licenciado, Walter Alvarado Arias, Juez del Juzgado Segundo de Familia
de San José, a Ana Morel Osoria, en su carácter
personal, quien es mayor, dominicana , casada, documento de identificación
P2633002 se le hace saber que en demanda nulidad matrimonio expediente N° 15-000591-0187-FA, establecida por Procuraduría General
República contra Alfonso José Guzmán Chaves y Ana Morel Osoria,
se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice:
“Juzgado Segundo de Familia de San José, a las trece horas y cuarenta y uno
minutos del doce de junio de dos mil quince. I.- Del anterior proceso ordinario
de declaratoria de matrimonio inexistente que establece el estado, se confiere
traslado por el plazo de treinta días hábiles posteriores a la notificación de
la presente resolución a Ana Morel Osoria y a Alfonso
José Guzmán Chaves, para que, en lo que respecta a cada uno, la contesten en la
forma que indica el artículo 305 en relación con el artículo 428 ambos del
Código Procesal Civil. Con relación a los hechos de la demanda deberán
manifestar si los rechazan por inexactos, los aceptan como ciertos o si los
admiten con variantes o rectificaciones, las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya; en esta oportunidad ofrecerán
pruebas, con indicación, en su caso, del nombre y generales de los testigos, y
sobre cuáles hechos serán interrogados, sin interrogatorio formal. Se les
previene a los demandados que en el primer escrito que presenten, deberán
indicar el medio para recibir notificaciones, si no lo hicieren, conforme a lo
estipulado, las futuras resoluciones quedarán notificadas con el sólo hecho que
transcurran veinticuatro horas después de dictadas, lo anterior en concordancia
con el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Con el objeto de
fomentar prácticas amigables con el medio ambiente y acelerar la tramitación
procesal, el poder judicial está desarrollando políticas para disminuir el uso
del papel, promoviendo el empleo de medios electrónicos de comunicación (sesión
de corte plena N° 16-09 del 11 de mayo de 2009, art.
XXI). Por ello, esta autoridad se permite instar a las partes, abogado y demás
intervinientes en este proceso a señalar un correo electrónico para recibir
notificaciones y demás comunicaciones judiciales siguiendo para ese fin las
directrices señaladas en el artículo 39 de la ley de notificaciones judiciales
n°8687. Se les advierte a las partes que todo escrito que presenten deberá
venir acompañado por un juego de copias, a efectos de que puedan ser remitidas
al representante del estado. Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal,
Juez.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—Lic. Walter Alvarado
Arias, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017133270 ).
Juzgado de
Familia del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica, hace saber a Julio Cesar
Hernández Correa, en su carácter personal, documento de identidad 20680298,
demás calidades y domicilio desconocido, que en este despacho se interpuso un
proceso autorización salida del país en su contra, bajo el expediente número
17-000339-1307-FA, donde se dictó la resolución que literalmente dicen: Juzgado
de Familia del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las nueve horas y
once minutos del ocho de mayo del dos mil diecisiete. Del anterior proceso de
autorización de salida del país, establecido por Flora Isabel Vargas Montoya,
se confiere traslado por el plazo perentorio de cinco días a Julio Cesar
Hernández Correa (art. 433 del Código Procesal Civil). Se le previene que en el
primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del
28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°
20 del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las
partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008,
en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos,
por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes
a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos
y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir
nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del
mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a
utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como
medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la
página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea
más información contacte al personal del despacho en que se tramita el
expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior,
en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07,
celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes
de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la
siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d)
Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Dentro de este mismo plazo
podrá oponer excepciones previas y ofrecer la prueba que considere pertinente.
Por existir personas menores involucradas en este proceso se tiene como parte
al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio
del correo electrónico debidamente autorizado pococí@pani.go.cr, de conformidad
a lo acordado mediante oficio N° OLPO-545-2014. Notifíquese esta resolución a la parte demandada Julio
Cesar Hernández Correa, por medio de edicto, toda vez que es de domicilio
desconocido. Notifíquese. Juan Damián Brilla Ramírez, Juez. Lo anterior se
ordena así en proceso autorización salida del país de Flora Isabel Vargas
Montoya contra Julio César Hernández Correa. Expediente N°
17-000339-1307-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial
de la Zona Atlántica, 8 de mayo del 2017.—Juan Damián Brilla
Ramírez, Juez.—Exonerado.—1 vez.— ( IN2017133315 ).
El suscrito Lic. José Alexander Ramírez Madrigal, Fiscal Auxiliar de
Garabito, notifica a la tercer demandada civil Liliana Auxiliadora Venegas
Castillo, la resolución que literalmente dice: “Se ordena dar traslado a la
acción civil resarcitoria por medio de edicto Fiscalía de Garabito, a las trece
horas cuarenta y cinco minutos del cinco de mayo del dos mil diecisiete. No
habiendo sido posible localizar a Liliana Auxiliadora Venegas Castillo.
Confeccione el edicto de estilo. Lic. José Alexander Ramírez Madrigal Fiscal
Auxiliar de Garabito.” Expediente N°
14-600076-0445-TC, demandado civil Francisco Vargas Zúñiga, por el delito de
lesiones culposas, actor civil Virginia Antonia Zamora Padilla Se ordena dar
traslado a la acción civil resarcitoria. Fiscalía de Garabito a las trece horas
cuarenta y cinco minutos del cinco de mayo del dos mil diecisiete Habiendo
presentado la oficina defensa civil de la víctima del Ministerio Público,
acción civil resarcitoria contra el demandado civil Francisco Vargas Zúñiga y
el tercer demandado civil Liliana Auxiliadora Venegas Castillo y habiéndose
verificado que la misma cumple con lo señalado por los artículos 10, 111 y
siguiente del Código Procesal Penal, se ordena dar traslado a la misma;
traslado que se hará por medio de edicto con el fin que en caso de considerarlo
necesario presenten las oposiciones a la misma dentro del plazo de tres días.
Hacer publicación tres veces.—Fiscalía de Garabito.—Lic. José Alexander
Ramírez Madrigal, Fiscal Auxiliar.—Exonerado.—( IN2017132693 ). 3 v. 2.
El suscrito Sergio Vives
Díaz, Fiscal Auxiliar de Garabito, notifica al tercero civilmente demandado,
César Mauricio Salgado Cordero, la resolución que literalmente dice: “Se ordena
dar traslado a la acción civil resarcitoria por medio de edicto, Fiscalía de
Garabito, a las nueve horas con cinco minutos del nueve de mayo del dos mil
diecisiete. No habiendo sido posible localizar a César Mauricio Salgado
Cordero. Confeccione el edicto de estilo. Lic. Sergio Vives Díaz, Fiscal
Auxiliar de Garabito.” Expediente: 14-200130-0645-PE, demandado civil César
Mauricio Salgado Cordero, por el delito de lesiones culposas, actor civil Johan
Agüero Flores. Se ordena dar traslado a la acción civil resarcitoria. Fiscalía
de Garabito, a las nueve horas con cinco minutos del nueve de mayo del dos mil
diecisiete. Habiendo presentado la abogada particular del ofendido, acción
civil resarcitoria contra el tercero civilmente demandado César Mauricio
Salgado Cordero y habiéndose verificado que la misma cumple con lo señalado por
los artículos 10, 111 y siguientes del Código Procesal Penal, se ordena dar
traslado a la misma; traslado que se hará por medio de edicto con el fin que en
caso de considerarlo necesario presenten las oposiciones a la misma dentro del
plazo de tres días. Hacer publicación tres veces.—Fiscalia
de Garabito.—Lic. Sergio Vives Díaz, Fiscal.—Exonerado.—( IN2017133278 ). 3
v. 1.