BOLETÍN
JUDICIAL N° 100 DEL 29 DE
MAYO DEL 2017
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
DEPARTAMENTO DE GESTIÓN HUMANA
DEL PODER JUDICIAL
SALA PRIMERA
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Convocatorias
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos Matrimoniales
Edictos en lo Penal
SEGUNDA PUBLICACIÓN
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de
Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2006 de fecha
01 de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en
Sesiones: N° 73-06 celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII y
sesión N° 83-06, celebrada el 2 de noviembre del 2006, artículo XLIV, se hace
del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en
general, que se procederá a la eliminación de Expedientes Laborales de los años
2004 al 2006 del Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San
José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: L
23 S 04
Expedientes: 55
Paquetes: 2
Año: 2004
Asunto: Laboral
Varios: 2 Conmutación de Renta, 8 Consignación de Prestaciones, 13 Riesgos de
Trabajo, 15 Ordinario Laboral, 17 Pensión por Invalidez, Vejez y Muerte.
Remesa: L
22 S 05
Expedientes: 291
Paquetes: 8
Año: 2005
Asunto: Laboral
Varios: 1 Conmutación de Renta, 2 Huelga, 33 Consignación de Prestaciones, 84
Riesgos de Trabajo, 120 Ordinario Laboral. Pensiones: 19 Pensión Hacienda, 32
Pensión por Invalidez, Vejez y Muerte.
Remesa: L 22 S 06
Expedientes: 56
Paquetes: 1
Año: 2006
Asunto: Laboral
Varios: 11 Consignación de Prestaciones, 14 Riesgos de Trabajo, 27 Ordinario
Laboral, 4 Pensión por Invalidez, Vejez y Muerte.
Si algún
interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de
ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese
por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 16
de mayo del 2017.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta
Subdirectora
Ejecutiva
Exonerado.—(
IN2017136296 ).
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de
Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2009 de fecha
26 de febrero del 2009, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión
N° 58-09, celebrada el 02 de junio del 2009, artículo LV, se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general,
que se procederá a la eliminación de Expedientes Penal Juvenil del año 2006 del
Juzgado Penal Juvenil de San Ramón, Alajuela. La documentación, se
encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: T 8 A 06
Expedientes: 235
Paquetes: 4
Año: 2006
Asunto: Varios Penal Juvenil: 1 Lesiones
Leves, 71 Posesión de Droga, 4 Daños, 5 Hurto, 3 Lesiones Levísimas, 7 Abuso
Sexual, 3 Receptación, 7 Robo Agravado, 5 Usurpación de nombre, 1 Violación de
domicilio, 1 Infracción a la Ley de Tránsito, 1 Lesiones Culposas, 1
Tocamientos, 6 Amenazas, 1 Alboroto, 1 Palabras Obscenas, 5 Palabras o Actos
Obscenos, 3 Infracción a la Ley de Armas, 1 Desobediencia, 1 Infracción al
Código de Minería, 1 Robo Simple, 1 Desastre Culposo, 1 Apropiación Indebida, 1
Sustracción de Menor, 1 Aborto con o sin Consentimiento. Desestimación.
1 Daños, 4 Hurto, 23
Lesiones Levísimas, 5 Abuso Sexual, 1 Desobediencia a la Autoridad, 1 Lesiones
en Riña, 1 Incendio, 1 Agresión con Arma, 1 Robo Agravado. 1 Daños Agravados, 1
Amenazas, 2 Lanzamiento de Objetos, 26 Infracción a la Ley de Tránsito, 3
Lesiones Culposas, 4 Pelea Dual, 6 Amenazas, 1 Alboroto, 1 Acometimiento a
Mujer Embarazada, 1 Provocación a Riña, 1 Molestias a Transeúntes, 1
Resistencia, 10 Tentativa de Suicidio,1 Hurto Agravado, 2 Robo Simple, 1
Violación, 1 Coacción. Sobreseimiento.
1 Homicidio
Calificado. Absolutoria.
Si algún interesado ostenta un interés
legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a
la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la
primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín
Judicial.
San José, 16 de mayo de 2017.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora
Ejecutiva
Exonerado.—(
IN2017136297 ).
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de
Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 03-2006 de fecha
1° de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en
sesión N° 73-06 celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII. De la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en
acta Nº 01-2015 de fecha 12 de agosto del 2015, artículo XI y el acuerdo del
Consejo Superior en sesión Nº 79-15 celebrada el 3 de setiembre del 2015,
artículo LXXIX. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de
Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 01-2016 de fecha 4 de mayo de 2016, artículo
III y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 51-16 celebrada el 24 de
mayo de 2016, artículo CI, se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación
de Expedientes Civiles de los años 2008 al 2011, Expedientes Laborales de los
años 2007 al 2014 y Expedientes de Faltas y Contravenciones de los años 2010 al
2014 del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Siquirres, Limón. La
documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
MATERIA
CIVIL:
Remesa: C
22 L 08
Expedientes: 15
Paquetes: 1
Año: 2008
Asunto: Civil
Varios: 9 Desahucios, 4 Ejecución Prendaria, 2 Consignación de Alquiler.
Remesa: C
11 L 09
Expedientes: 18
Paquetes: 1
Año: 2009
Asunto: Civil
Varios: 11 Desahucios, 3 Ejecución Prendaria, 2 Consignación de pago, 2
Consignación de alquiler.
Remesa: C
7 L 10
Expedientes: 28
Paquetes: 1
Año: 2010
Asunto: Civil
Varios: 7 Ejecución Prendaria, 5 Consignación de Pago, 16 Desahucio.
Remesa: C
6 L 11
Expedientes: 16
Paquetes: 1
Año: 2011
Asunto: Civil
Varios. 1 Prevención de Desalojo, 14 Desahucio, 1 Ejecución Prendaria.
MATERIA LABORAL:
Remesa: L
13 L 07
Expedientes: 4
Paquetes: 1
Año: 2007
Asunto: Laboral
Varios: 4 Consignación de Prestaciones.
Remesa: L
17 L 09
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 2009
Asunto: Laboral
Varios: 1 Infracción a la ley Constitutiva de la C.C.S.S.
Remesa: L
16 L 10
Expedientes: 25
Paquetes: 1
Año: 2010
Asunto: Laboral
Varios: 14 Infracción a la ley Constitutiva de la C.C.S.S, 11 Consignación de
Prestaciones.
Remesa: L
14 L 11
Expedientes: 33
Paquetes: 1
Año: 2011
Asunto: Laboral
Varios: 4 Infracción a la ley Constitutiva de la C.C.S.S, 7 Infracción a la ley
M.T.S.S, 22 Consignación de Prestaciones.
Remesa: L
15 L 12
Expedientes: 45
Paquetes: 1
Año: 2012
Asunto: Laboral
Varios: 15 Infracción a la ley Constitutiva de la C.C.S.S, 20 Consignaciones de
Prestaciones, 10 Infracción a la ley de la M.T.S.S.
Remesa: L
14 L 13
Expedientes: 42
Paquetes: 2
Año: 2013
Asunto: Laboral
Varios: 15 Infracción a la ley Constitutiva de la C.C.S.S, 27 Consignación de
Prestaciones.
Remesa: L
15 L 14
Expedientes: 60
Paquetes: 2
Año: 2014
Asunto: Laboral
Varios: 35 Infracción a la ley Constitutiva de la C.C.S.S, 1 Infracción a la
ley M.T.S.S, 24 Consignaciones de Prestaciones.
MATERIA FALTAS Y CONTRAVENCIONES:
Remesa: G
5 L 10
Expedientes: 767
Paquetes: 8
Año: 2010
Asunto: Faltas
y Contravenciones: 28 Sentencias Condenatorias, 27 Sentencias Absolutorias, 712
Archivo.
Remesa: G
4 L 11
Expedientes: 591
Paquetes: 7
Año: 2011
Asunto: Faltas
y Contravenciones: 39 Sentencias Condenatorias, 58 Sentencias Absolutorias, 494
Archivo.
Remesa: G
3 L 12
Expedientes: 556
Paquetes: 7
Año: 2012
Asunto: Faltas
y Contravenciones: 15 Sentencias Condenatorias, 37 Sentencias Absolutorias, 504
Archivo.
Remesa: G
1 L 13
Expedientes: 637
Paquetes: 6
Año: 2013
Asunto: Faltas
y Contravenciones: 54 Sentencias Absolutorias, 583 Archivo.
Remesa: G
1 L 14
Expedientes: 601
Paquetes: 3
Año: 2014
Asunto: Faltas
y Contravenciones: 19 Sentencias Absolutorias, 582 Archivo.
Si algún
interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de
ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese
por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 16 de mayo del 2017
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora
Ejecutiva
Exonerado.—( IN2017136298 ).
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de
Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 01-2014,
celebrada el 14 de marzo del 2014, artículo V y el acuerdo del Consejo Superior
en Sesión N° 30-14, celebrada el 3 de abril del 2014, artículo LXV, se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general,
que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa, Discos
Compactos, Casetes de audio y Casetes VHS del año 1936 a 2014 de la Secretaría
General de la Corte, San José. La documentación, se encuentra remesada y
custodiada en ese Despacho.
Remesa: 20839
Paquetes: 25
Discos
compactos,
casetes de
audio
y Casete VHS: 95
Libros 84
Años: 1936 – 2014
Asunto: Documentación
administrativa:05 Paquetes de Registros De Asistencia del 2007 y 2011 al 2014,
05 Paquetes de Correspondencia enviada y recibida del 2011 // 2008 al 2010 //
1992-2007, 09 Paquetes de Expedientes Consejo Superior del
2009//1998-2004//2005-2007//2008-2009//2011//2012. 01 Paquete de Solicitudes de
extradición del 2007-2011, 02 Paquetes de Control de Fax del 2014, 01 Paquete
de Hojas de Trabajo del 2008/2009/2010, 01 Paquete de Proposiciones de
nombramientos del 2011, 01 Paquete de Comprobantes de pago sobre pólizas de
fidelidad del 2012, 70 Discos Compactos, casetes de audio y Casete VHS de
Expedientes Consejo Superior del 1994 // 2003 al 2012, 03 Discos Compactos de
Solicitudes de extradición del 2004 al 2006, 18 Discos Compactos y casetes de
audio de Expedientes Corte Plena del 2004 al 2009, 04 Discos Compactos de
Informes de Labores del 2013 al 2014, 84 Libros de conocimiento de los
siguientes años: 1936 al 2013.
*Nota: A
partir del 2004 y conforme se hizo de conocimiento de la Comisión Institucional
de Selección y Eliminación de Documentos, mediante oficio N° 640-11 del 27 de
enero del 2011, el tipo documental “Correspondencia” fue dividido en:
Expedientes
de Actas de Corte Plena (Correspondencia recibida para conocimiento de Corte
Plena y correspondencia enviada sobre ejecuciones de actas de Corte Plena).
Expedientes
de Actas de Consejo Superior (Correspondencia recibida para conocimiento de Consejo
Superior y correspondencia enviada sobre ejecuciones de acta del Consejo
Superior).
Correspondencia
enviada y recibida.
Si algún interesado ostenta un interés
legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a
la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la
primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín
Judicial.
San José, 16 de mayo de 2017.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora
Ejecutiva
Exonerado.—(
IN2017136299 ).
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de
Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en cta Nº 01-2016 de fecha 4
de mayo de 2016, artículo III y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N°
51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo CI. De la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº
01-2015 de fecha 12 de agosto del 2015, artículo XI y el acuerdo del Consejo
Superior en sesión Nº 79-15 celebrada el 3 de setiembre del 2015, artículo
LXXIX. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en acta Nº 01-2016 de fecha 4 de mayo de 2016, artículo II y el
acuerdo del Consejo Superior en sesión N° 51-16 celebrada el 24 de mayo de
2016, artículo XCV. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de
Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 03-2006 de fecha 1° de setiembre del 2006,
artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N° 73-06 celebrada el 28
de setiembre del 2006, artículo LIII, se hace del conocimiento de las
instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a
la eliminación de Expedientes de Faltas y Contravenciones del año 2013 al 2014,
Expedientes de Laborales del año 2013 al 2014, Expedientes de Pensiones
Alimentarias del año 2013 al 2014, Expedientes Civiles del año 2010 al 2011 y
Expedientes de Violencia Doméstica del año 2012 al 2013 del Juzgado Contravencional
y de Menor Cuantía de Palmares, Alajuela. La documentación, se encuentra
remesada y custodiada en ese Despacho.
PENSIONES
ALIMENTARIAS:
Remesa: Q
4 A 13
Expedientes: 28
Paquetes: 1
Año: 2013
Asunto: Pensiones
alimentarias: 28 Expedientes Archivados sin Sentencia.
Remesa: Q
3 A 14
Expedientes: 13
Paquetes: 1
Año: 2014
Asunto: Pensiones
alimentarias: 13 Expedientes Archivados sin Sentencia.
VIOLENCIA DOMÉSTICA:
Remesa: V
11 A 12
Expedientes: 273
Paquetes: 5
Año: 2012
Asunto: Violencia
Doméstica: 273 Expedientes de Violencia Doméstica.
Remesa: V
9 A 13
Expedientes: 294
Paquetes: 5
Año: 2013
Asunto: Violencia
Doméstica: 294 Expedientes de Violencia Doméstica.
FALTAS Y CONTRAVENCIONES:
Remesa: G
7 A 13
Expedientes: 174
Paquetes: 2
Año: 2013
Asunto: Faltas
y Contravenciones: 174 Expedientes con Sentencia Absolutoria, Firme o
Archivado.
Remesa: G
7 A 14
Expedientes: 153
Paquetes: 3
Año: 2014
Asunto: Faltas
y Contravenciones: 153 Expedientes con Sentencia Absolutoria, Firme o Archivado.
LABORALES:
Remesa: L
15 A 13
Expedientes: 14
Paquetes: 1
Año: 2013
Asunto: Laborales:(
6 Infracciones a la Ley de Trabajo y Seguridad Social, 8 Consignación de
Prestaciones).
Remesa: L
11 A 14
Expedientes: 4
Paquetes: 1
Año: 2014
Asunto: Laborales
:4 Infracciones a la Ley de Trabajo y Seguridad Social.
CIVILES:
Remesa: C
24 A 10
Expedientes: 17
Paquetes: 1
Año: 2010
Asunto: Civiles:
12 Desahucios, 3 Consignación de Alquiler, 2 Ejecutivo Prendario.
Remesa: C
20 A 11
Expedientes: 13
Paquetes: 1
Año: 2011
Asunto: Civiles:
12 Desahucios, 1 Consignación de Alquiler.
Dan fe que el
proceso de selección en el despacho cumplió con lo establecido en circular Nº
36-2010 de la Secretaría General de la Corte.
Si algún
interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de
ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese
por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 16 de mayo del 2017.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora
Ejecutiva
Exonerado.—( IN2017136300 ).
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de
Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014, de fecha
14 de marzo del 2014, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en sesión
Nº 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo LI, se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general,
que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa y Expedientes
Médico Legal del año 2011 de la Unidad Médico Legal del Organismo de
Investigación Judicial de Limón. La documentación, se encuentra remesada y
custodiada en ese Despacho.
Remesa: O 1
L 11
Año: 2011
Paquete: 19
Asunto: 18
Paquetes con 100 Carpetas de Expedientes Médico Legal del 2011. 1 paquete con
1483 hojas de correspondencia enviada y recibida del 2011.
Si algún
interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de
ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese
por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 16
de mayo de 2017.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta
Subdirectora
Ejecutiva
Exonerado.—(
IN2017136301 ).
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de
Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014, de fecha
14 de marzo del 2014, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en sesión
Nº 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo LI, se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general,
que se procederá a la eliminación de Documentación Pericial del año 1998 al
2006 de la Sección de Química Analítica del Organismo de Investigación
Judicial, Ciudad Judicial, Heredia. La documentación, se encuentra remesada
y custodiada en ese Despacho.
Remesa: O 3 H 98
Dictámenes: 15609
Libros: 10
Cuaderno: 1
Paquetes: 157
Año: 1998 al 2006
Asunto: Documentación Pericial: 157 Paquetes
con 15609 Dictámenes Criminalísticos 2005: 001-7354 QDR; 001-469 QAR; 001-192
QTM. Dictámenes Criminalísticos año 2006: 001-6989 QDR; 001-393 QAR; 001-212
QTM.
10 Libros de control
de dictámenes: 8 Libros de entradas y salidas de expedientes penales (drogas)
de los años 2003 al 2005. 1 libro de control de dictámenes QPE de los años 1998
al 2001. 1 libro control de dictámenes de drogas del año 2004.
1 cuaderno de control
de QAR de los años 2004 al 2006.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y
desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección
Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera
publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 16 de mayo de 2017.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora Ejecutiva
Exonerado.—( IN2017136302 ).
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de
Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014, de fecha
14 de marzo del 2014, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en sesión
Nº 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo LI, se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general,
que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa y Expedientes
Médico Legal del año 2008 al 2012 de la Unidad Médico Legal del Organismo de
Investigación Judicial de Puntarenas. La documentación, se encuentra remesada y
custodiada en ese Despacho.
Remesa: O 1 P 08
Expedientes: 1703
Libros: 10
Paquetes: 12
Año: 2008 al 2012
Asunto: Documentación Administrativa: 1
Paquete con 10 Libros de entrega de dictámenes del año 2008 al 2012.
11 Paquetes con 1703
dictámenes médico legales del año 2011.
Si algún interesado ostenta un interés
legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a
la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la
primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín
Judicial.
San José, 16 de mayo de 2017.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora
Ejecutiva
Exonerado.—(
IN2017136303 ).
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de
Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 01-2014, de fecha
14 de marzo del 2014, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en sesión
Nº 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo LI, se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general,
que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1998
al 2015 de la Oficina Regional del Organismo de Investigación Judicial de
Grecia, Alajuela. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese
Despacho.
Remesa: O
24 A 98
Carpetas: 39
Ampos: 156
Libros: 68
Año: 1998-2015
Asunto: Carpetas:
01 de Cuentas Celulares 2006 y 2012, 01 Operativos Fin de Semana 2011, 01
Reporte Trimestral de Movimiento Personal 2011, 01 Control de Cámara y Video
2012, 01 Vehículos Aparecidos 2011, 01 Control de Cámara Fotográfica, 01
Actualización Reseñas 2012, 01 Roles Mensuales, 02 Horas Extras Funcionarios
2010, 01 Denuncias Recibidas Por Investigador Roger Ovares, 01 Rendición de
Cuentas 2010, 01 Circulares 2012, 01 Control de equipo individual, 01 Correo
Electrónico 2013, 01 Correo Electrónico 2011, 01 Gastos e Ingresos OIJ 2012 y
2013, 01 Presentaciones y notificaciones 2010,
01
Actas de Secuestros 2013, 01 Actas de Secuestros 2010, 01 Actas de Secuestros
Varios 2006, 01 Guía Telefónica, 01 Denuncias Contigencias, 01 Actas de Entrega
2011, 01 Distribución de Casos, 01 Información de Denuncias 2011, 01
Actualización de Reseñas 2010, 01 Información Preliminar 2011, 01 Activos 2011,
01 Reportes Personas Desaparecidas 2011, 01 Correspondencia Certificada 2014,
01 Control de Grúas 2014, 01 Solicitudes Dictámenes Periciales 2014 al 2015, 01
Caso 03--DRO-ORG-07, 01 Caso 13-DRO-ORG-06, 01 Caso 06-DRO-ORG-07, 01 Caso
03-DRO-ORG-06, 01 Caso 10-DRO-ORG-06, 01 Caso 15-DRO-ORG-06,
Ampos:
01 Actas de Secuestro 2002 al 2013, 01 Actas de Entrega 2002 al 2010, 01 Capturas
del 2011 al 2014, 01 Diligencias Menores 2013, 01 Actas de Entrega 2012, 01
Activos Poder Judicial 2012, 01 Recibo y Entrega de pertenencias detenidos
2006, 01 Documentos Varios Drogas, 07 Actas de Inspección
2004-2006-2007-2010-2011-2012, 06 Documentos Varios 2007-2008-2009-2010, 01
Oficios Denuncias Remitidas al Ministerio Publico 2011, 01 Documentos TCU 2012,
02 Denuncias ECU 2011-2012, 02 Documentos Fuerza Publica 2011-2012, 02
Documentos TCU 2010-2011, 01 Levantamiento de Gravámenes 2011,
01
Documentos Varios Recibidos y Enviados 2008, 01 Extravío de Documentos 2011, 01
Documentos Administrativos del Personal 2012, 02 Ordenes de Libertad 2012-2013,
03 Casos de Drogas 2003.-2005, 02 Denuncias ECU 2012-2013, 03 Informes de
Drogas Positivos y Negativos 2003-2005, 04 Informes de Fuerza Pública, 02
Correspondencia de Pizarra 2011-2012, 02 Correspondencia Enviada 2011-2012, 03
Correspondencia Recibida 2010-2012, 02 Registro de Retenciones 2011-2012, 04
Reseñas Policiales 2011-2012, 02 Viáticos 2011-2013, 01 Estadístisca 2011, 12
Capturas 1998-2009, 01 Remisiones de Capturas 2006, 01 Capturas 2010,
01
Capturas 2010-2011, 09 Diligencias Menores 2010-2012, 03 Consecutivos Oficios
2011-2012, 02 Control de Remisiones 2012, 01 Circulares 2011, 01 Horas Extra 2011,
02 Presentaciones 2011-2012, 02 Boletas de Solicitudes de Vehículos 2011-2012,
01 Estados de Unidades 2013, 02 Correspondencia Enviada 2013, 01 Correo
Electrónico 2012, 01 Boletas de Combustible 2008-2013, 01 Horas Extras y
Viáticos 2009, 01 Correspondencia Certificada 2011, 01 Correspondencia Enviada
2011, 01 Correspondencia Pizarra 2011, 06 Tener a la Orden 2012-2013, 1
Distribución Actas de Secuestro 2008, 01 Archivos de Documentos Administrativos
2015,
02
Solicitud dejar sin efecto de captura 2013-2014, 01 Documentos Fuerza Publica
2014, 01 Archivo de Extravío de Documentos 2014, 01 Distribución de casos 2014,
01 Correspondencia Enviada 2014, 01 Documentos Extraviados 2015, 01 Archivo
Asignación de Causas y Diligencias Menores 2015, 01 Archivo Correspondencia
Enviada y Recibida 2015, 01 Revisión Actas de Secuestro 2015, 01 Presentaciones
2013, 01 Presentaciones 2015, 01 Actas de Secuestro 2014, 01 Extravíos 2012, 03
Control Equipo Policial 2011-2012, 01 Diligencias Menores 2012-2014, 01 Actas
de Secuestro 2014, 01 Diligencias Menores 2014, 01 Otros 2013,
01
Control Mantenimiento Subaru 2013, 01 Remisiones 2006, 01 Caso 09-DRO-ORG-07,
01 Caso 10-DRO-ORG-07, 04 Informes y Ampliaciones CI-072-08. 01 Caso
12-DRO-ORG-07, 01 Informes SI 2006 del 170 al 316, 01 Informes SI 2007, 01
Informes Positivos 2007, 01 Caso 08-000627-0075-PE, 3 Reseña Policial 2013, 02
Detención Policial 2013, 01 Documentos varios Registro Civil años 2001-2008 y
01 Actas de Inspecciones Oculares 2008-2009,
Libros:
01 Reuniones 2008-2014, 01 Consecutivos Oficios 2004-2011, 01 Entrega de
Documentos 2010-2011, 01 Consecutivos Informes Positivos 2002.2008, 02
Remisiones 2011-2013, 01 Control Orden Libertad 2012, 03 Controles Practicas
2011, 01 Conocimiento 2009-2011,04 Conocimiento Interno 1999-2013, 01 Facturas
Almuerzos Detenidos 2010-2012, 01 Vehículos Reportados 1998-2005,01 Consecutivo
de Capturas 2007-2011, 01 Vehículos Robados 2005-2010, 02 Control de
Incapacidades, Vacaciones y Capacitaciones 2001-2013, 01 Robo de Vehículos
2010-2011, 01 Consecutivos de Diligencias Menores 2006-2011,
02
Control de detenidos 2011-2012, 01 Control de Tarjetas Ingreso 2010.2013, 01
Inspecciones 2012-2013, 01 Cadena de Custodia 2007, 01 Control de Evidencias
2002.2004, 01 Objetos Decomisados 2002-2004, 01 Entrada General de Diligencias
Menores, 01 Control de Viáticos y Reintegros 2007, 01 Entrada General de
Diligencias Menores 2011, 02 Control de Detenidos, 02 Control de Practicas
2013, 01 Informes SI 2008-2011, 01 Control de Equipo Individual 2013, 01 Novedades
2012-2013, 01 Entrada General Presentación y Localización 2010-2015, 01
Conocimiento 2013, 01 Orden De Libertad, y Tener a la Orden 2014, 25 Novedades
1999-2013.
Si algún
interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos,
deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días
hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.
San José, 16 de mayo del 2017.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora
Ejecutiva
Exonerado.—( IN2017136304 ).
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de
Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014, de fecha
14 de marzo del 2014, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en sesión
Nº 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo LI, se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general,
que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa y Expedientes
Médico Legales del año 1999 al 2011 del Departamento de Medicina Legal, Sección
Clínica Médico Forense del Organismo de Investigación Judicial, Ciudad
Judicial, Heredia. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese
Despacho.
Remesa: O
5 H 99
Paquetes: 1367
Año: 1999-2011
Asunto: Expedientes
Medico Legales con dictámenes médico legales, documentación administrativa,
Carátulas de remesas ya eliminadas.
Carátulas de
Remesas ya eliminadas:
5 de paquetes
de caratulas de remesas ya eliminadas de año 2000 a año 2004
Expedientes
Médico Legales:
1362 paquetes
del año 1999 al año 2011: 1999-2000-2001-2002-2003-2004 y 2005
2 paquetes;
2005: 116 paquetes, 2006 221 paquetes, 2007 205 paquetes, 2008 203 paquetes,
2009 206 paquetes, 2010 206 paquetes, 2011 203 paquetes.
Si algún
interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de
ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.
San José, 16
de mayo de 2017.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta
Subdirectora
Ejecutiva
Exonerado.—(
IN2017136305 ).
ASUNTO: Asueto concedido a los servidores que
laboran en las oficinas judiciales del cantón de Tilarán de la provincia de
Guanacaste.
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales del cantón de
Tilarán de la provincia de Guanacaste, permanecerán cerradas durante el día
trece de junio de dos mil diecisiete, con las salvedades de costumbre, por
motivo de la celebración de los festejos cívico patronales de dicho cantón.
San José, 15 de
mayo del dos mil diecisiete.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora Ejecutiva
Exonerado.—( IN2017136614 ).
ASUNTO: Asueto concedido a los servidores que
laboran en las oficinas judiciales del cantón de Flores de la provincia de
Heredia (no incluye la Ciudad Judicial).
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales del cantón de
Flores de la provincia de Heredia, permanecerán cerradas durante el día
veintiséis de julio de dos mil diecisiete, con las salvedades de costumbre, por
motivo de la celebración de los festejos cívico- patronales de dicho Cantón.
San José, 15 de
mayo del dos mil diecisiete.
MBA. Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora Ejecutiva
Exonerado.—( IN2017136615 ).
ASUNTO: Asueto concedido a los servidores que
laboran en las oficinas judiciales del cantón de Alvarado de la provincia de
Cartago
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales del cantón de
Alvarado de la provincia de Cartago, permanecerán cerradas durante el día cinco
de junio de dos mil diecisiete, con las salvedades de costumbre, por motivo de
la celebración de los festejos cívico-patronales de dicho Cantón.
San José, 17 de mayo del dos mil diecisiete.
MBA Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora Ejecutiva
Exonerado.—(
IN2017136616 ).
CONCURSO Nº 07-2017
La Dirección de Gestión Humana, con el fin de
nombrar en propiedad puestos vacantes, invita a las personas interesadas a
participar en el concurso interno, para las siguientes clases de puestos:
Perito(a) Auditor(a)
y Auditor(a)
Supervisor(a)
Forma de participar, requisitos y otros
detalles del concurso se pueden acceder en la siguiente dirección electrónica:
Por Internet:
http://www.poder-judicial.go.cr/gestionhumana/index.php/msrs-info/msrs-concursos/vigentes
Por Intranet:
http://intranet/gestionhumana/index.php/msrs-info/msrs-concursos/vigentes
Periodo de inscripción:
Inicia: 29 de mayo de
2017
Finaliza: 09 de junio de 2017
Horario de atención al público:
De lunes a viernes de 7:30
a.m. a 12:00 m. y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m.
Krissia Rojas
Quirós.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017136637 ).
CONCURSO N° 09-2017
La Dirección
de Gestión Humana, con el fin de nombrar en propiedad puestos vacantes, invita
a las personas interesadas a participar en el siguiente concurso interno por
antecedentes, para la siguiente clase de puesto:
MÉDICO(A) JEFE (A) DE SECCIÓN
Forma de
participar, requisitos y otros detalles del concurso se pueden acceder en la
siguiente dirección electrónica:
Por internet:
http://www.poder-judicial.go.cr/gestionhumana/index.php/msrs-info/msrs-concursos/vigentes
Por intranet:
http://intranet/gestionhumana/index.php/msrs-info/msrs-concursos/vigentes
Período de inscripción: |
Inicia: 29 de mayo del 2017 Finaliza: 9 de junio del 2017 |
Horario de atención al público: Lunes-viernes de 7:30
a. m. a 12:00 m. d. y de 1:00 p. m a 4:30 p. m |
Krissia Rojas
Quirós.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017136639 ).
A la señora Raquel Ávila Cedano, de actual
domicilio ignorado, se le hace saber que en diligencias de exequátur promovidas
por el señor Guido Efrén Rojas Barquero, contra ella, para obtener la
homologación de una sentencia de divorcio dictada por la Cámara Civil,
Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial
de Hato Mayor, República Dominicana. Al efecto se ha dictado la resolución que
dice: “Exp. N° 15-000202-0004-FA. Res. 000553-E-S1-2017. Sala Primera de la
Corte Suprema de Justicia. San José, a las nueve horas del diecisiete de mayo
de dos mil diecisiete. Solicitud para obtener el exequátur de una sentencia de
divorcio, establecida por el señor Guido Efrén Rojas Barquero, nacionalidad
costarricense, cédula de identidad N° 5-0199-0917, desarrollador de proyectos
de vivienda, vecino de San Ramón de Alajuela, contra la señora Raquel Ávila
Cedano, nacionalidad dominicana, pasaporte número SC5565610, de ocupación y
domicilio ignorados. Interviene en el proceso el licenciado Edwin Vargas
Víquez, carné 11681, cédula de identidad 1-0438-0372, casado, en calidad de
apoderado especial judicial de la parte promovente. Además, interviene el Lic.
Alexander Vargas Rojo, cédula de identidad 1-1175-0122, casado, en calidad de
curador procesal de la parte demandada. Todos son mayores de edad, y con las
excepciones dichas, divorciados y abogados. Por no haber hijos en el
matrimonio, no fue necesario tener como parte al Patronato Nacional de la
Infancia. Resultando: 1°—… 2°— … 3°— …
4°—… Considerando: I.—… II.—… III.—… Por tanto: se concede el exequátur
solicitado a la sentencia de divorcio, entre el señor Guido Efrén Rojas
Barquero y la señora Raquel Ávila Cedano, dictada el 18 de enero de 2015 y la
corrección del error material en dicha sentencia, dictada el 17 de junio de
2015, ambas por la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera
Instancia del Distrito Judicial de Hato Mayor, República Dominicana. En
consecuencia, procédase a la ejecución, por lo que se ordena expedir ejecutoria
de la presente resolución aprobatoria, con inserción de la homologada, una vez
que alcance firmeza, a fin de que la parte interesada gestione lo que
corresponda ante el Registro Civil. Se ordena inscribir. Publíquese una vez en
el Boletín Judicial la parte dispositiva de este fallo. Luis Guillermo
Rivas Loáciga, Román Solís Zelaya, Carmenmaría Escoto Fernández, Rocío Rojas
Morales, William Molinari Vílchez.”
San José, 19 de mayo de 2017.
Anthony Quirós Madrigal,
Notificador a. í.
1 vez.—Exonerado.—( IN2017137740 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
A las ocho horas y
treinta minutos del dieciocho de julio de dos mil diecisiete, en la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de
seis millones quinientos noventa y tres mil ochocientos setenta y dos colones
(sea el monto fijado pericialmente), en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos
veintiséis mil cuatrocientos veinticuatro-cero cero cero la cual es terreno de
café. Situada en el distrito cuarto, Piedades Norte cantón segundo, San Ramón,
de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Hernán Carranza Chavarría; al
sur, Víctor Julio Carvajal García; al este, César Palma Arguedas y al oeste,
calle pública con once metros y noventa y tres centímetros. Mide: dos mil
doscientos veintiocho metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Miguel Mauricio Campos Araya
contra Lucía García Vargas. Exp. N° 06-000126-0296-CI.—Juzgado Civil y de
Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), dieciocho de
mayo de dos mil diecisiete.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—( IN2017137307 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y
cuarenta minutos del veintinueve de junio de dos mil diecisiete, y con la base
de veintiocho mil trescientos setenta y seis dólares con noventa y siete
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas CL-
271048, marca Toyota Estilo Hilux SR, categoría carga liviana capacidad 5
personas, año 2013, color dorado, vin MR0FR22G700756819, cilindrada 2494 cc,
combustible diesel, motor Nº 2KDA097948. Para el segundo remate se señalan las
quince horas y cuarenta minutos del catorce de julio de dos mil diecisiete, con
la base de veintiún mil doscientos ochenta y dos dólares con setenta y tres
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las quince horas y cuarenta minutos del uno de agosto de dos mil
diecisiete con la base de siete mil noventa y cuatro dólares con veinticuatro
centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Luis Alberto Corrales Mejías. Exp. N° 14-005288-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 24 de abril del 2017.—Msc.
Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2017137332 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas y restricciones bajo las citas: 305-06145-01-0901- 038, condiciones
ref:2358-585-001 bajo las citas: 305-06145-01-0902-010, prohibiciones
ref:2358-585-001 bajo las citas: 305-06145-01-0903-004; a las nueve horas del
veintiocho de junio del dos mil diecisiete, y con la base de sesenta y seis mil
seiscientos setenta y cinco dólares con setenta y ocho centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número 194472-000 la cual es terreno lote uno, terreno de tacotal. Situada en
el distrito 3-Guaycara, cantón 7 Golfito, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte con calle publica con 14 metros; al sur con Hacienda Piedra
Sánchez S. A.; al este con Hacienda Piedra Sánchez S. A. y al oeste con
Hacienda Piedra Sánchez S. A. Mide: ochenta y seis mil ochocientos ochenta y
dos metros cuadrados.- Para el segundo remate se señalan las nueve horas del
trece de julio del dos mil diecisiete, con la base de cincuenta mil seis
dólares con ochenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las nueve horas del treinta y uno de julio
del dos mil diecisiete con la base de dieciséis mil seiscientos sesenta y ocho
dólares con noventa y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial).-Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Silvia Guerrero Piedra Exp. 16-009167-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 24 de febrero
del 2017.—Licda. Adriana Castro Rivera, Jueza.—( IN2017137362 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas
y treinta minutos del cinco de setiembre del dos mil diecisiete, y con la base
de treinta y seis millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
quinientos treinta y nueve mil setecientos ocho cero cero cero, la cual es
terreno lote 234H terreno para construir. Situada en el distrito 10 Damas,
cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote
doscientos treinta y cinco H; al sur, parque número dos. Condominio
Residenciales Los Sauces S. A.; al este, lote doscientos treinta y tres G y
calle pública con un frente de seis metros setenta y ocho centímetros, y al
oeste, Juegos Infantiles Condominio Residenciales Los Sauces S. A. y lote
doscientos veintiuno H. Mide: ciento cincuenta y nueve metros con sesenta y
siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas
y treinta minutos del veintiuno de setiembre del dos mil diecisiete, con la
base de veintisiete millones trescientos cincuenta y siete mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las trece horas y treinta minutos del seis de octubre del dos mil diecisiete, con
la base de nueve millones ciento veinticinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Yeldin Eli López
Azofeifa. Expediente N° 17-003163-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 02 de mayo del
2017.—Lic. Pablo José Porras Barahona, Juez.—( IN2017137365 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; 1. Libre de gravámenes hipotecarios; y con la base
de treinta y siete millones novecientos treinta mil cincuenta y tres colones
con ochenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo
el Sistema de Folio Real, matrícula número 239.171-000, la cual es terreno para
construir lote 21 K. Situada: en el distrito 05 Agua Caliente (San Francisco),
cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 7 K; al
sur, Avenida Real con un frente lineal de 7 metros; al este, lote 22 K, y al
oeste, lote 20 K. Mide: ciento treinta y ocho metros con cero decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, con la base de veintiocho millones
cuatrocientos cuarenta y siete mil quinientos cuarenta colones con treinta y
nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, con la base de nueve millones cuatrocientos ochenta y dos mil
quinientos trece colones con cuarenta y siete céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial) y 2. Libre de gravámenes hipotecarios; y con la base
de treinta y siete millones novecientos treinta mil cincuenta y tres colones
con ochenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula N° 239.172-000 la cual es terreno para
construir lote 22 K. Situada: en el distrito 05 Agua Caliente (San Francisco),
cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Lote 8 K; al
sur, Avenida Real con un frente lineal de 7 metros; al este, lote 23 K, y al
oeste, lote 21 K. Mide: ciento treinta y ocho metros con cero decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, con la base de veintiocho millones
cuatrocientos cuarenta y siete mil quinientos cuarenta colones con treinta y
nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, con la base de nueve millones cuatrocientos ochenta y dos mil
quinientos trece colones con cuarenta y siete céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Para tal efecto, se señalan a las quince horas y
cero minutos del diez de julio del dos mil diecisiete -3:00 p.m. 10/07/2017-
(Primer Remate), para el segundo remate, se señalan las quince horas y cero
minutos del veintisiete de julio del dos mil diecisiete -3:00 p.m. 27/07/2017-
y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cero minutos del
dieciséis de agosto del dos mil diecisiete -3:00 p.m. 16/08/2017-. Nota: En
caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la
suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-,
se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en
que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Heriberto de Los Ángeles Quirós Linton. Expediente N°
17-001229-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 09 de mayo
del 2017.—Licda. Giannina Lacayo Quirós, Jueza.—( IN2017137366 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre de paso bajo las citas 2015-336035-01-0002-001; a las catorce horas
y cero minutos del seis de julio del año dos mil diecisiete, y con la base de
ocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 532.636-000, la cual
es terreno de zona verde. Situada en el distrito 02, Florencia cantón 10, San
Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de paso en
medio y resto de Trino Quesada S. A.; sur, María Elena Quesada Cordero; este,
calle publicación frente a esta de 8.17 metros lineales; oeste, María Elena
Quesada Cordero. Mide: mil metros cuadrados. Plano: A-1840088-2015. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiuno de
julio del año dos mil diecisiete, con la base de seis millones de colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las catorce horas y cero minutos del nueve de agosto del año dos mil
diecisiete con la base de dos millones de colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Fabio Francisco Esquivel Benavides contra Leydi Diana Ledezma
Pérez. Exp. N° 17-001076-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 05 de mayo del 2017.—Licda.
Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2017137400 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas:
0406-4928-01-0901-001; a las catorce horas y quince minutos del veintidós de
junio de dos mil diecisiete, y con la base de veinte millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número 00458757-000 la cual es terreno para construir
lote F 4. Situada en el distrito 05 Guácima, cantón 01 Alajuela, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 17
metros con 17 centímetros lineales; al sur, lote F 5; al este lote F 3 y al
oeste calle pública con un frente de 7 metros con 50 centímetros. Mide: ciento
veintiocho metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y quince minutos del diez de julio de dos mil
diecisiete, con la base de quince millones de colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y quince minutos del veintisiete de julio de dos mil diecisiete con la base de
cinco millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ostrich & Rhea Farm
S. A. contra Comercial G & S de la Guácima Ltda. Exp. 16-003369-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 10 de
marzo del 2017.—Licda. Blanca Ramírez González, Jueza.—( IN2017137404 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las quince horas y cero minutos del veintiocho de junio de dos mil diecisiete
-03:00 pm 28/06/2017-, y con la base de dieciocho mil setecientos setenta y dos
dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas: 879890,
marca: Hyundai, estilo: Elantra GL., categoría: automóvil, capacidad: 5
personas, año: 2012, color: azul, vin: KMHDG41EACU119366, N° Motor:
G4NBBU303836. Cilindrada: 1800 c.c., combustible: gasolina. Para el segundo
remate, se señalan las quince horas y cero minutos del trece de julio del dos
mil diecisiete -03:00 pm 13/07/2017-, con la base de catorce mil setenta y
nueve dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la
tercera subasta, se señalan las quince horas y cero minutos del treinta y uno
de julio del dos mil diecisiete -03:00 pm 31/07/2017- con la base de cuatro mil
seiscientos noventa y tres dólares exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el
remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la
indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar
será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo
establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Michael
Sánchez Fallas. Expediente N° 17-001244-1164-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro de Cartago, 10 de mayo del 2017.—Licda. Giannina Lacayo Quirós, Jueza.—(
IN2017137433 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y
treinta minutos del tres de agosto de dos mil diecisiete, y con la base de
veinticinco mil setenta y tres dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo: placas: 882.761, marca: Ford, categoría: automóvil, Vin:
2FMDK3JC4BBB09175, año: 2011, color: rojo, cilindrada: 3.500 c.c. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintitrés de
agosto de dos mil diecisiete, con la base de dieciocho mil ochocientos cuatro
dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del ocho de
setiembre de dos mil diecisiete con la base de seis mil doscientos sesenta y
ocho dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate
y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en
el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el
correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el
Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria
de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Gabriela María Villalobos Chacón.
Exp. N° 16-000201-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 18
de mayo del 2017.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2017137435 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas
del cuatro de julio del dos mil diecisiete, y con la base de treinta y cuatro
mil ochocientos setenta y un dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número veintiséis mil
ciento sesenta y uno derechos cero cero uno, cero cero dos y cero cero tres
(5-26.161-001, 002 Y 003), la cual es terreno para construir con una casa. Situada:
en el distrito 1-Liberia, cantón 1-Liberia, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, Tulio Vega Wells; al sur, avenida tercera con 6 metros, 27
centímetros; al este Edwin Arrieta Rodríguez, y al oeste, Josefa Artavia Pérez.
Mide: ciento cincuenta metros cuadrados. Plano: G-1607922-2012. Para el segundo
remate, se señalan las quince horas del diecinueve de julio de dos mil
diecisiete, con la base de veintiséis mil ciento cincuenta y tres dólares con
veinticinco centavos de dólar (rebajada en un veinticinco por ciento), y para
la tercera subasta, se señalan las quince horas del cuatro de agosto de dos mil
diecisiete, con la base de ocho mil setecientos diecisiete dólares con setenta
y cinco centavos de dólar (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en el proceso de ejecución hipotecaria, establecido por el Grupo de
Inversión Gloscar S. A., contra Edgar Arrieta Salgado, Irina Yoela Arrieta
Martínez y Petrona Salgado Lara. Expediente N° 15-000598-1205-CJ.—Juzgado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 05 de abril del
2017.—Licda. Jenny Corrales Torres, Jueza.—( IN2017137545 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
de líneas eléctricas y de paso citas: 2015-64832-01-0002-001 y servidumbre de
acueducto citas: 2015-64832-01-0003-001; a las nueve horas y cero minutos del
veintisiete de julio de dos mil diecisiete, y con la base de ciento trece
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cinco mil
ochocientos ocho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en
el distrito 01 Jaco, cantón 11 Garabito, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, Rich Coast Maintenance S. A. y servidumbre de paso; al sur,
Quebrada Seca S. A.; al este, Quebrada Seca S. A. y al oeste, Quebrada Seca S.
A. Mide: dos mil trescientos noventa y tres metros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y cero minutos del catorce de agosto de dos
mil diecisiete, con la base de ochenta y cuatro millones setecientos cincuenta
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta de agosto de dos
mil diecisiete con la base de veintiocho millones doscientos cincuenta mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Luis Felipe Bermúdez Araya.
Exp. 16-002064-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de
Puntarenas, 24 de marzo del 2017.—Licda. Hazel Carvajal Rojas, Jueza.—(
IN2017137549 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas
y cero minutos del veinticuatro de julio del dos mil diecisiete, y con la base
de cincuenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos setenta y
ocho mil ochenta y ocho cero cero cero, la cual es terreno para construir.
Situada: en el distrito 01-San Isidro de El General, cantón 19-Pérez Zeledón,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, quebrada
de agua; al este, Rafael Incera Sociedad Anónima, y al oeste, Rafael Incera
Sociedad Anónima. Mide: cuatrocientos tres metros con cuatro decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y cero minutos
del diez de agosto del dos mil diecisiete, con la base de treinta y siete mil
quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la
tercera subasta, se señalan las quince horas y cero minutos del veintiocho de
agosto del dos mil diecisiete, con la base de doce mil quinientos dólares
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Municipalidad de Pérez Zeledón contra Víctor David Montenegro
Quirós. Expediente N° 16-001068-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro),
10 de mayo del 2017.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2017137563 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y
cuarenta y cinco minutos del veintiséis de julio del dos mil diecisiete, y con
la base de dos mil quinientos veintiséis dólares con diecisiete centavos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas MOT-272457, marca B.M.W.,
categoría motocicleta, carrocería motocicleta, chasis WB1021909AZT81537, uso
particular, estilo F800GS R, capacidad 2 personas, año 2010, color anaranjado,
número motor 802EA08568581, combustible gasolina. Para el segundo remate, se
señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de agosto del
dos mil diecisiete, con la base de mil ochocientos noventa y cuatro dólares con
sesenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la
tercera subasta, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del
treinta de agosto del dos mil diecisiete, con la base de seiscientos treinta y
un dólares con cincuenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Álvaro Rojas Álvarez contra
Seguridad y Soluciones Empresariales Alarcom S. A. Expediente N°
16-007013-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 25 de abril del 2017.—Licda. Melania Jiménez
Vargas, Jueza.—( IN2017137594 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando
infracciones/colisiones boleta N° 2015316100233, sumaria N° 15-004107-0489-TR,
del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José; a las ocho
horas y cero minutos del veinte de junio del dos mil diecisiete, y con la base
de seis mil trescientos treinta y tres dólares con setenta y ocho centavos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BBJ-843, marca
Chevrolet, estilo Spark LS., categoría automóvil, capacidad 5 personas, año
2012, color negro, Vin KL1MJ6C43CC1 13953, cilindrada 800 cc., combustible
gasolina, motor Nº A08S3820011KC2. Para el segundo remate, se señalan las ocho
horas y cero minutos del cinco de julio del dos mil diecisiete, con la base de
cuatro mil setecientos cincuenta dólares con treinta y cuatro centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las ocho horas y cero minutos del veinte de julio del dos mil diecisiete, con
la base de mil quinientos ochenta y tres dólares con cuarenta y cinco centavos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de IMCR Fiduciaria CT Sociedad Anónima contra Helene Patricia Coto
Sandoval. Expediente N° 17-000010-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro),
21 de marzo del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2017137596 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando
infracciones/colisiones, boleta Nº 2016-253200564, sumaria: 170000061464TR,
infracciones/colisiones boleta Nº 201621 3500156, sumaria: 16-001686-0496-TR, a
las quince horas y cero minutos del veintiuno de junio del dos mil diecisiete,
y con la base de veintidós mil cuatrocientos dieciocho dólares con cuarenta y
tres centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas Nº:
BHM994, marca: Hyundai, estilo: Tucson GL, categoría: automóvil, capacidad: 5
personas, año: 2015, color: blanco, vin: KMHJT81EAFU041306, cilindrada: 2000
c.c., combustible: gasolina, motor Nº: G4NAEU523787. Para el segundo remate, se
señalan las quince horas y cero minutos del seis de julio del dos mil diecisiete,
con la base de dieciséis mil ochocientos trece dólares con ochenta y dos
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las quince horas y cero minutos del veintiuno de julio del dos mil
diecisiete, con la base de cinco mil seiscientos cuatro dólares con sesenta y
un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra
Juan Pablo Miranda Torres. Expediente Nº 17-001080-1200-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur,
Pérez Zeledón (Materia Cobro), 06 de abril del 2017.—Msc. Eileen Chaves
Mora, Jueza.—( IN2017137618 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las catorce horas
y cero minutos del veintiocho de junio del dos mil diecisiete, y con la base de
cinco mil ochocientos cuarenta y un dólares con setenta y tres centavos, en el
mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas Nº: 803374, marca:
Hyundai, estilo: Getz GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año:
2010, color: verde, vin: KMHBT51DAAU924085, cilindrada: 1400 c.c., combustible:
gasolina, motor Nº: G4EE9349750. Para el segundo remate, se señalan las catorce
horas y cero minutos del trece de julio del dos mil diecisiete, con la base de
cuatro mil trescientos ochenta y un dólares con treinta centavos (rebajada en
un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce
horas y cero minutos del treinta y uno de julio del dos mil diecisiete, con la
base de mil cuatrocientos sesenta dólares con cuarenta y tres centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Improsa S. A. contra Jonathan Alberto Carballo Garita. Expediente Nº
17-000843-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón (Materia Cobro), 27 de marzo del
2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2017137619 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las catorce horas
y cero minutos del veintiocho de junio del dos mil diecisiete, y con la base de
doce mil trescientos sesenta dólares con ochenta y tres centavos, en el mejor
postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas Nº: 904087, marca: Hyundai,
estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2012,
color: café, vin: KMHCT41DACU101169, cilindrada: 1600 c.c., combustible:
gasolina, motor Nº: G4FCBU312553. Para el segundo remate, se señalan las
catorce horas y cero minutos del trece de julio del dos mil diecisiete, con la
base de nueve mil doscientos setenta dólares con sesenta y dos centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las catorce horas y cero minutos del veintiocho de julio del dos mil
diecisiete, con la base de tres mil noventa dólares con veintiún centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Improsa S. A. contra Minor Enrique Martín Cruz Solano. Expediente Nº
17-000840-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón (Materia Cobro), 27 de marzo del
2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2017137620 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas y
cero minutos del veintiocho de junio del dos mil diecisiete, y con la base de
nueve mil ochocientos diez dólares con ochenta y cuatro centavos, en el mejor
postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas Nº: 903301, marca: Hyundai,
estilo: Elantra GLS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2012,
color: negro, vin: KMHDH41EACU23O397, cilindrada: 1800 CC, combustible:
gasolina, motor Nº: G4NBBU447363. Para el segundo remate, se señalan las ocho
horas y cero minutos del trece de julio del dos mil diecisiete, con la base de
siete mil trescientos cincuenta y ocho dólares con trece centavos (rebajada en
un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho
horas y cero minutos del treinta y uno de julio del dos mil diecisiete, con la
base de dos mil cuatrocientos cincuenta y dos dólares con setenta y un centavos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco Improsa S. A. contra Carmen Sanabria Astorga, James Martín
Campos Sanabria. Expediente Nº 17-000837-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia
Cobro), 27 de marzo del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(
IN2017137621 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y
cero minutos del veintitrés de agosto del dos mil diecisiete, y con la base de
dos millones quinientos dos mil quinientos veintitrés colones con cuarenta
céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas Nº:
497934, marca: Kia, estilo: Sorento EX, categoría: automóvil, capacidad: 5
personas, año: 2003, color: blanco, vin: KNAJ523835070331, combustible:
gasolina, motor Nº: G6CU2555448. Para el segundo remate, se señalan las nueve
horas y cero minutos del siete de setiembre del dos mil diecisiete, con la base
de un millón ochocientos setenta y seis mil ochocientos noventa y dos colones
con cincuenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para
la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticinco
de setiembre del dos mil diecisiete, con la base de seiscientos veinticinco mil
seiscientos treinta colones con ochenta y cinco céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de IMCR Fiduciaria
CT Sociedad Anónima contra Robert Gerard Padilla Mejía. Expediente Nº
17-001085-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón (Materia Cobro), 04 de mayo del
2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2017137622 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas y
cero minutos del catorce de junio del dos mil diecisiete, y con la base de
nueve mil novecientos noventa y ocho dólares con noventa y tres centavos, en el
mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas Nº: 852656, marca:
Nissan, estilo: Tiida, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2011,
color: gris, vin: 3N1CC1AD0ZL165741, cilindrada: 1598 CC, combustible:
gasolina, motor Nº: HR16302971B. Para el segundo remate, se señalan ocho horas y cero minutos del veintinueve de
junio del dos mil diecisiete, con la base de siete mil cuatrocientos noventa y
nueve dólares con veinte centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y
para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del catorce
de julio del dos mil diecisiete, con la base de dos mil cuatrocientos noventa y
nueve dólares con setenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S.
A. contra Mario Alberto Delgado Chaves. Expediente Nº 17-000863-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 28 de marzo del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora,
Jueza.—( IN2017137625 ).
PRIMERA
PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del cuatro de agosto
del dos mil diecisiete y con la base de diez millones cuatrocientos cincuenta y
cuatro mil seiscientos cuarenta y tres colones con setenta y cinco céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio
real, matrícula número ciento cincuenta y cinco mil seiscientos veintiséis-cero
cero cero, la cual es terreno lote uno, terreno para construir. Situada en el
distrito 02 Palmar, cantón 05 Osa de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte Klar-Etiano S. A., servidumbre de paso, lote dos; al sur carretera
interamericana con seis metros con treinta y cinco centímetros y Francisco
López Castro; al este Fransisco López Castro y al oeste Klar-Etiano S.A. y
servidumbre de paso. Mide: mil treinta y cinco metros con cincuenta y ocho
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero
minutos del veintidós de agosto del dos mil diecisiete, con la base de siete
millones ochocientos cuarenta mil novecientos ochenta y dos colones con ochenta
y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta
se señalan las quince horas y cero minutos del seis de setiembre del dos mil
diecisiete, con la base de dos millones seiscientos trece mil seiscientos
sesenta colones con noventa y cuatro céntimos, a las quince horas y cero
minutos del cuatro de agosto del dos mil diecisiete y con la base de diez
millones cuatrocientos cincuenta y cuatro mil seiscientos cuarenta y tres
colones con setenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
2). Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cincuenta y
cinco mil seiscientos veintisiete-cero cero cero, la cual es terreno lote dos,
terreno para construir. Situada en el distrito 02 Palmar, cantón 05 Osa de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Klar-Etiano S. A., servidumbre de
paso; al sur lote uno y Francisco López Castro; al este Francisco López Castro
y al oeste Klar-Etiano S. A. y servidumbre de paso. Mide: mil catorce metros
con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las quince horas y cero minutos del veintidós de agosto del año dos mil
diecisiete, con la base de siete millones ochocientos cuarenta mil novecientos
ochenta y dos colones con ochenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos
del seis de setiembre del dos mil diecisiete, con la base de dos millones
seiscientos trece mil seiscientos sesenta colones con noventa y cuatro
céntimos. (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Esperanza Obregón
Pizarro. Expediente: 17-001186-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro),
19 de abril del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2017137663 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
afectaciones citas: 396-10460-01-0903-001, reservas y restricciones citas:
396-10460-01-0930-001, a las catorce horas y cero minutos del veintisiete de
julio del año dos mil diecisiete, y con la base de cinco millones seiscientos
veintidós mil ciento cinco colones con ochenta y dos céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número setenta y siete mil quinientos cuatro-cero cero cero, la cual es terreno
para construir con 1 casa marcada Nº 42. Situada en el distrito 02 La Cuesta,
cantón 10 Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, INVU;
al sur, INVU; al este, INVU y al oeste, calle pública. Mide: doscientos diez
metros con diecisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las catorce horas y cero minutos del catorce de agosto del año dos mil
diecisiete, con la base de cuatro millones doscientos dieciséis mil quinientos
setenta y nueve colones con treinta y siete céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del treinta de agosto del año dos mil diecisiete con la base de
un millón cuatrocientos cinco mil quinientos veintiséis colones con cuarenta y
seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Ivannia
Lucrecia Briones Rodríguez, Jean Carlo Arburola Porras, expediente Nº
17-000977-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia cobro), 31 de marzo del
2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2017137664 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las diez horas y cero minutos del veintiuno de julio de dos mil diecisiete, y
con la base de un millón seiscientos ochenta y cinco mil cuarenta y cuatro
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placa:
613794, marca: Suzuki, estilo: Aerio, categoría: automóvil, año: 2006, color:
gris, vin: JSAERA31S65250844, cilindrada: 1600 cc. Para el segundo remate se
señalan las diez horas y cero minutos del diez de agosto de dos mil diecisiete,
con la base de un millón doscientos sesenta y tres mil setecientos ochenta y
tres colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y cero minutos del treinta de agosto de dos
mil diecisiete con la base de cuatrocientos veintiún mil doscientos sesenta y
un colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Findirect Capital S. A. contra Linda Johana Sáenz
Forero. Exp. N° 17-003364-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
15 de mayo del 2017.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2017137667 ).
A las ocho
horas (8:00 a. m.) del dieciséis de junio de dos mil diecisiete. En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones
judiciales, remataré al mejor postor el inmueble del Partido de Puntarenas
matrícula de Folio Real número setenta y un mil doscientos noventa y uno-cero
cero cero, con la base de tres millones ochocientos ochenta y un mil colones.
El inmueble se describe así: Terreno de potrero, ubicado en distrito segundo
Sabalito, cantón octavo Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda al
norte, con calle pública a San Ramón; sur, lote 2 y yurro en medio; al este,
Calle pública a San Ramón, y al oeste, Paola Di Pippa Fesfa y otro. Mide:
Ciento cincuenta y dos mil trescientos cuarenta y tres metros con noventa y
cinco decímetros cuadrados. Posee plano número P-ochocientos ochenta y cinco
mil trescientos noventa y cuatro-mil novecientos noventa. Propiedad de Compañía
Benaía Limitada. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso ejecutivo
hipotecario, expediente N° 05-100243-424-CI-1 de Fideicomiso La Meseta- Banco
Nacional de Costa Rica contra Compañía Benaía Limitada.—Juzgado Civil y
Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, Ciudad Neily,
15 de mayo del 2017.—Lic. Dany Gerardo Matamoros Bendaña, Juez.—( IN2017137670
).
En la puerta
exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas
(9:00 a.m.) del tres de julio de dos mil diecisiete y con la base de dos
millones cuarenta y tres mil colones en el mejor postor remataré lo siguiente:
un sofá de dos plazas de cuerina color blanco, un sofá de dos plazas de cuerina
color negro con estructura metálica, un mostrador-recepción base melanina
gris/blanco[rojo sobre de cristal, seis sillas de peluquería giratorias de
cuerina, rojo base metálica, tres sillas de bar giratorias, cuerina roja, base
metálica, dos secadoras de cabello estacionarias (wella climazon), un mueble
bar melanina gris/blanco en L, dos sillones con tina pedicure, cinco lava
cabezas base de metal, una cámara de bronceado Sunstar 432 color rojo
horizontal, un computador NOC serie: monitor 708A4BA016358, sauter cpu serie:
80653 CPU25, una caja registradora color negro serie: M769556VA29, un lector
óptico Honey Well color gris, una impresora de facturas Bixolom negra serie:
USAKIKA10020032, una impresora canon IPI 300 color gris, una pantalla color
gris LG color negro de 21”, un equipo de sonido Fischer color gris, un archivo
metálico de 4 gavetas color beige, tres espejos de 150 centímetros x 80
centímetros, cinco lámparas colgantes metálicas, dos vitrinas de vidrio, marco
cromado de tres estantes con cerradura, una lámpara de cristal colgante, dos
sillas de peluquería, giratorias, cuerina (naranja y negro), dos taburetes
giratorios de cuerina negra, una cámara de refrigeración pequeña de tres
niveles marca fogel, una cámara de bronceado sundome 548v, vertical gris, una
cafetera gris/ negro Strass Water, cuatro carritos “ayudante o auxiliar” negros
tres gavetas con rodines “wella”, cuatro sillas de espera cuerina café con
patas de madera, una mesa de escritorio de madera con sobre de cristal, dos
exhibidoras de melanina gris con repisas de cristal con puertas “kerastase
Paris” y Loreal. Para tal efecto se señalan las nueve horas (9:00 a.m.) del
tres de julio de dos mil diecisiete. De no haber postores, para llevar a cabo
el segundo remate, se señalan las nueve horas (9:00 a.m.) del dieciocho de
julio de dos mil diecisiete, con la base de un millón quinientos treinta y dos
mil doscientos cincuenta colones (rebajada en un 25%). de no apersonarse
rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas (9:00 a.m.) del
tres de agosto de dos mil diecisiete, con la base de quinientos diez mil
setecientos cincuenta colones (un 25% de la base original). Nota: Se les
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 del párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso
Monitorio Arrendaticio de Orange Forest S. A. contra Marco Hair Designer S. A.,
expediente Nº 14-000605-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo
Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 23 de mayo del 2017.—Lic. Freddy
Bolaños Rodríguez, Juez.—( IN2017137689 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, citas:
322-01644-01-0029-001; a las catorce horas y cero minutos del treinta y uno de
julio del dos mil diecisiete y con la base de treinta millones quinientos
ochenta mil quinientos veinticinco colones con cuarenta y nueve céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número treinta y tres mil cuatrocientos ochenta y ocho-cero cero
cero, la cual es terreno lote 44200 para la agricultura con una casa y local.
Situada en el distrito 03 Guaycará, cantón 07 Golfito de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, Bernardo Chaves Alvarado; al sur, Yolanda Marín
Corella; al este, calle pública con 9.97 metros de frente y al oeste, Emilio
Solorzano. Mide: doscientos sesenta y siete metros con noventa y cuatro
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
cero minutos del dieciocho de agosto del dos mil diecisiete, con la base de
veintidós millones novecientos treinta y cinco mil trescientos noventa y cuatro
colones con doce céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del cuatro de
setiembre del dos mil diecisiete, con la base de siete millones seiscientos
cuarenta y cinco mil ciento treinta y un colones con treinta y siete céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se les informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra José Alexander
Torres Núñez. Expediente: 17-000976-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia
Cobro), 31 de marzo del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(
IN2017137694 ).
Primer
Remate: A las ocho horas treinta minutos del siete de julio del dos mil
diecisiete, en la puerta exterior del Juzgado Agrario de Liberia, en el mejor
postor se rematará: Finca Uno: con la base de cinco millones doscientos setenta
y seis mil setecientos colones, la finca inscrita en Registro Público, Partido
de Guanacaste, matrícula número ciento cincuenta y seis mil cuatrocientos
sesenta y dos-cero cero cero, es terreno para construir, ubicado en San Miguel
de Cañas, distrito tercero, del cantón sexto de la provincia de Guanacaste. Sus
linderos son: Norte, calle pública; sur, David Salazar Rodríguez; este,
Carretera Interamericana, y oeste, Ana Segura Badilla y Jennifer Briceño
Rodríguez. Mide trescientos cincuenta y un metros con setenta y ocho decímetros
cuadrados. Pertenece a Elmer Porras Guzmán. Soporta gravamen hipotecario en
primer grado a favor del Instituto Costarricense de Electricidad, citas
2010-308073-01-0002-001, otros gravámenes y anotaciones: no hay. Finca Dos: con
la base de un millón seiscientos veinte mil colones, la finca inscrita en
Registro Público, Partido de Guanacaste, matrícula número sesenta y cinco mil
ciento setenta y seis-cero cero cero, que es terreno para construir, ubicado en
Mogote, distrito tercero, del cantón cuarto Bagaces, de la provincia de
Guanacaste. Sus linderos son: Norte, calle pública con 6.20 metros; sur, Teresa
Campos; este, Jorge Orlando López Jiménez, y oeste, Teresa Campos. Mide ochenta
y un metros cuadrados. Pertenece a Jarvey Porras Guzmán. Soporta reservas y
restricciones citas 374-16485-01-0908-001. Se le hace saber a las partes
interesadas que se hará el remate de ambas fincas, pero si con una se obtiene
suma para cancelar el monto total de lo adeudado, no se aprobará el remate de
la otra finca embargada. Segundo Remate: De no existir postores, para llevar a
cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiuno
de julio del dos mil diecisiete, por lo que la base será de finca uno: Tres
millones novecientos cincuenta y siete mil quinientos veinticinco colones y
finca dos: Un millón doscientos quince mil colones (rebajada en un 25% de la
base original). Tercer Remate: De no existir postores en el segundo remate,
para celebrar el tercero, se señalan las ocho horas treinta minutos del once de
agosto del dos mil diecisiete, con la base de finca uno: un millón trescientos
diecinueve mil ciento setenta y cinco colones y finca dos: cuatrocientos cinco
mil colones (un 25% de la base original). Se remata por estar ordenado en
proceso de ejecución de sentencia de ordinario N° 06-000244-0387-AG, de José
Antonio Flores Suarez contra Elmer Porras Guzmán y Jarvey Porras Guzmán.—Juzgado
Agrario de Liberia, Liberia, 23 de mayo del 2017.—Lic. Ruth Alpízar
Rodríguez, Jueza.—Exento.—( IN2017137695 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
condic. IDA ref.: 0000, Ley 2825 citas 0390-2520-01-0825-002, condic. IDA ref.:
00049681 000 CITAS 0390-2520-01-0852-002, CONDI IDA ref: 00049681-000 citas:
0390-2520-01-0853-002; a las once horas y cero minutos del nueve de junio de
dos mil diecisiete y con la base de catorce millones doscientos veinticuatro
mil novecientos cuarenta y seis colones con ocho céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
159080-000, la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito 03
Pocora, cantón 06 Guácimo de la provincia de Limón. Colinda: al norte calle
pública; al sur Quebrada Honda; al este José Rafael Sarquis Montanaro y
Gioconda Carboni Álvarez y al oeste Alfonso Jiménez Jiménez y quebrada Honda.
Mide: dieciséis mil ochocientos sesenta y siete metros con cero decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del
veintiséis de junio de dos mil diecisiete, con la base de diez millones
seiscientos sesenta y ocho mil setecientos nueve colones con cincuenta y seis
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las once horas y cero minutos del once de setiembre de dos mil
diecisiete, con la base de tres millones quinientos cincuenta y seis mil doscientos
treinta y seis colones con cincuenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso monitorio de Hilos y Telas S. A. contra
Distribuidora Jenttes S. A. Expediente: 11-000217-0341-CI.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de
febrero del 2017.—Licda. Zary Navarro Zamora, Jueza.—( IN2017137699 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios: pero soportando
servidumbre trasladada, citas 377-10414-01-0900-001, a las nueve horas y cero
minutos del diecisiete de julio del año dos mil diecisiete, y con la base de
once millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 469369-000 la cual es
terreno para construir, lote 489, urbanización Metrópolis primera etapa.
Situada en el distrito 09 Pavas, cantón 01 San José, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, IMAS; al este, lote 488 y al
oeste, 490. Mide: ciento diez metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de agosto
del año dos mil diecisiete, con la base de ocho millones seiscientos
veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de
agosto del año dos mil diecisiete con la base de dos millones ochocientos
setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Melania de Los Ángeles González Argeñal,
expediente Nº 15-033866-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo
Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 11 de mayo del 2017.—Licda.
Daisy Hidalgo Arias, Jueza.—( IN2017137715 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; soportando hipoteca primer grado citas:
568-73621-01-0001-001; a las nueve horas y cero minutos del veintidós de junio
de dos mil diecisiete, y con la base de ochocientos catorce mil cuatrocientos
dieciocho colones con noventa céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N°
161337-007-008-009-010 la cual es terreno con una casa de dos pisos. Situada en
el distrito San Rafael, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Jeannettte Navarro Jiménez, en medio servidumbre de paso; al sur,
María Murillo Navarro; al este, Gerardo Navarro Jiménez, y al oeste, Aníbal
Navarro Cambronero y en medio servidumbre de paso. Mide: Setenta y cinco metros
con setenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y cero minutos del siete de julio de dos mil diecisiete, con la
base de seiscientos diez mil ochocientos catorce colones con diecisiete
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de julio de dos mil
diecisiete con la base de doscientos tres mil seiscientos cuatro colones con
setenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Marco Antonio
Ramón Fernández Soto. Exp. N° 15-006091-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 17 de mayo del 2017.—Licda.
Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2017137717 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las once horas y
veinte minutos del veintinueve de junio de dos mil diecisiete, y con la base de
setenta y nueve millones quinientos cincuenta y dos mil quinientos veinticuatro
colones con cuarenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento
veinticuatro mil doscientos cuarenta y nueve cero cero cero (124249-000); la
cual es terreno lote ciento veintisiete con una casa. Situada en el distrito 1-
San Pablo, cantón 9-San Pablo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte,
lotes 131 Y 132; al sur, avenida 3 con 9m 97cm; al este, lote 126 y al oeste,
lote 128. Mide: doscientos treinta metros con noventa y un decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y veinte minutos
del catorce de julio de dos mil diecisiete, con la base de cincuenta y nueve
millones seiscientos sesenta y cuatro mil trescientos noventa y tres colones
con treinta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las once horas y veinte minutos del uno de agosto de
dos mil diecisiete con la base de diecinueve millones ochocientos ochenta y
ocho mil ciento treinta y un colones con doce céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Crédito Agrícola de Cartago contra Gerald Alberto Álvarez Gómez, expediente Nº
16-004358-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia
(Materia Cobro), 21 de abril del 2017.—Msc. Liseth Delgado Chavarría,
Jueza.—( IN2017137719 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas
cero minutos del cinco de julio del dos mil diecisiete y con la base de cuatro
millones ochocientos noventa y tres mil quinientos colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo placas 859718, marca Hyundai, estilo
Accent, categoría automóvil, serie KMHCG41BPYU169573, capacidad 5 personas, año
2000, color blanco, cilindrada 1600 cc, combustible gasolina. Para el segundo
remate se señalan las diez horas cero minutos del veinte de julio del dos mil
diecisiete, con la base de tres millones seiscientos setenta mil ciento
veinticinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas cero minutos del nueve de agosto del
dos mil diecisiete, con la base de un millón doscientos veintitrés mil
trescientos setenta y cinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gerardo Quirós Acuña contra
William Gerardo Mora Zúñiga. Expediente: 13-008789-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de
marzo del 2017.—Licda. María Del Carmen Vargas González, Jueza.—( IN2017137727
).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y
cero minutos del diecisiete de julio del año dos mil diecisiete, y con la base
de veintiocho millones setenta y un mil trescientos sesenta y seis colones con
dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número ciento ochenta y cinco mil cuatrocientos noventa y
tres cero cero cero la cual es terreno para la agricultura. Situada en el
distrito 5-San Pedro, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Saúl Ortiz, Marino Leiva, Antonio Antencio, Ricardo Ramírez,
Auria Ramírez y Ericka Calderón; al sur, calle publica con 95.92 metros, Ericka
Calderón, Ricardo Ortiz, Auria Ramírez; al este, Evelyn Ortiz López y al oeste,
Miguel Navarro, German Ruiz Blanco. Mide: trece mil seiscientos setenta y seis
metros con veintiún decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
diez horas y cero minutos del uno de agosto del año dos mil diecisiete, con la
base de veintiún millones cincuenta y tres mil quinientos veinticuatro colones
con cincuenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del dieciocho de
agosto del año dos mil diecisiete con la base de siete millones diecisiete mil
ochocientos cuarenta y un colones con cincuenta y un céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Coopealianza R.L contra Asociación de Desarrollo Habitacional Regio Brunca,
expediente Nº 15-003289-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 27 de
abril del 2017.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2017137730 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; soportando condiciones bajo las citas
305-21694-01-0902-001, reservas y restricciones bajo las citas
305-21694-01-0903-001, hipoteca de primer grado a favor del Banco Nacional de
Costa Rica inscrita bajo las citas 570-93671-01-0001-001; a las nueve horas y
treinta minutos del seis de julio del año dos mil diecisiete, y con la base de
dos millones dieciocho mil seiscientos cinco colones con treinta y ocho
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula N° 368.813-000, la cual es terreno con un galerón industrial de
una planta. Situada en el distrito 3, El Amparo, cantón 14, Los Chiles, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Guadalupe Castro Corrales; sur, José
Ramón Chaves Castro; este, José Ramón Chaves Castro; oeste, calle publica con
frente de 12 metros. Mide: Trescientos sesenta metros cuadrados. Plano:
A-0577695-1999. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta
minutos del veintiuno de julio del año dos mil diecisiete, con la base de un
millón quinientos trece mil novecientos cincuenta y cuatro colones con cuatro
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y treinta minutos del nueve de agosto del año dos mil
diecisiete con la base de quinientos cuatro mil seiscientos cincuenta y un
colones con treinta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Waldyn Farid Saborío Largaespada. Exp. N°
17-000616-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 26 de abril del 2017.—Licda. Lilliam
Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2017137744 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y
cero minutos del veintiséis de junio de dos mil diecisiete, y con la base de
cuarenta y cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos
veintitrés mil trescientos noventa y tres cero cero cero la cual es terreno
naturaleza: terreno para construir con una casa lote E- Uno. Situada en el
distrito 4-San Antonio, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, calle pública a lotes con un frente de 9,20 metros; al sur,
calle pública con un frente de 10,65 metros; al este, calle pública a Villa
Bonita con un frent de 19,04 metros y al oeste, lote E-2. Mide: ciento noventa
y un metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las ocho horas y cero minutos del once de julio de dos mil
diecisiete, con la base de treinta y tres millones setecientos cincuenta mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintisiete de julio de
dos mil diecisiete con la base de once millones doscientos cincuenta mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y
Préstamo contra Christian Francisco Brenes Sequeira, Guadalupe de Los Ángeles
Brenes Sequeira, Jenifer María Fonseca Brenes, José Luis Fonseca Castañeda,
expediente Nº 16-021373-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia cobro), 19 de mayo del
2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2017137752 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre de paso citas: 2015-90986-01-0004-001, servidumbre de paso citas:
2015-90986-01-0004-001; a las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de
junio de dos mil diecisiete y con la base de siete millones de colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio
real, matrícula número quinientos veintinueve mil ciento setenta y siete-cero
cero uno y cero cero dos, la cual es terreno naturaleza: Terreno para
construir. Situada en el distrito 08 Ángeles, cantón 02 San Ramón de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte 3-101-604649 S. A. y Keneth Gerardo
Campos Araya; al sur Martín Rodríguez Ramírez; al este Osvaldo Valverde Campos
y al oeste Osvaldo Valverde Campos. Mide: doscientos cuarenta y cuatro metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos
del once de julio de dos mil diecisiete, con la base de cinco millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos
del veintisiete de julio de dos mil diecisiete, con la base de un millón
setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Johanna Vanessa Dormond Álvarez y Óscar
Leandro Duarte Santamaría. Expediente: 17-000512-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y
Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro),
19 de mayo del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2017137753 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y
cuarenta y cinco minutos del veintiséis de junio de dos mil diecisiete, y con
la base de veintiocho millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número ciento diecisiete mil ciento noventa y ocho cero cero cero la
cual es terreno naturaleza: Para construir con 1 casa N° 24-S. Situada en el
distrito 3 San Juan, cantón 3 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, lote 23-S; al sur, lote 25-S; al este, lote 32-S, y al oeste, calle
pública. Mide: Ciento nueve metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del once de
julio de dos mil diecisiete, con la base de veintiún millones trescientos
treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco
minutos del veintisiete de julio de dos mil diecisiete con la base de siete
millones ciento doce mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela -
La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Jacqueline Mata Cubero. Exp. N°
17-000607-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 19 de mayo del 2017.—Msc.
Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2017137754 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, a las ocho horas y cero minutos (08:00 a.m.) del once de julio de
dos mil diecisiete, y con la base de once millones setecientos diecisiete mil
cuatrocientos ochenta y dos colones con ochenta y siete céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº
126888 cero cero uno y cero cero dos la cual es terreno T construir lote 12 con
1 casa. Situada en el distrito 01 San Rafael, cantón 07 Oreamuno, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Procomin S. A.;
al este, Marco Antonio Barrantes y al oeste, Marco Antonio Barrantes. Mide:
ciento cuarenta metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las ocho horas y cero minutos (08:00 a.m.) del tres de agosto
de dos mil diecisiete, con la base de ocho millones setecientos ochenta y ocho
mil ciento doce colones con quince céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos
(08:00 a.m.) del veintidós de agosto de dos mil diecisiete con la base de dos
millones novecientos veintinueve mil trescientos setenta colones con setenta y
un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa
a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Servicentro Barrio El Molino S. A. contra Jimmy Armando de La
Trinidad Corrales Fernández, Julieta Cedeño Arrieta, Marta Eugenia Jiménez
Cedeño, expediente Nº 17-001213-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de
Cartago, 09 de mayo del 2017.—Lic. Ramón Meza Marín, Juez.—( IN2017137768
).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada citas: 300-09156-01-0901-001 y servidumbre sirviente
citas: 300-09156-01-0902-001; a las nueve horas y cero minutos del diez de
julio de dos mil diecisiete, y con la base de diez millones de colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número doscientos quince mil trescientos diez secuencia cero
cero cero, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 5 Santa
Rosa, cantón 7 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Carlos
Garita Hidalgo; al sur, Moisés Bolívar Masis Sánchez; al este, camino público
con frente de 6 metros sin salida, y al oeste, Joaquín Granados Vega y Martin
Redondo Sanabria. Mide: Doce mil trescientos cuarenta y un metros con sesenta y
siete decímetros cuadrados. para el segundo remate se señalan las nueve horas y
cero minutos del veintisiete de julio de dos mil diecisiete, con la base de
siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos
del dieciséis de agosto de dos mil diecisiete con la base de dos millones
quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Servicentro Barrio El Molino S. A.
contra Moisés Bolívar Masis Sánchez. Exp. N° 17-001000-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 9 de mayo del 2017.—Lic. Guillermo
Ortega Monge, Juez.—( IN2017137769 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce
horas y treinta minutos del dieciséis de junio del dos mil diecisiete y con la
base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número noventa y nueve mil
ochocientos dieciséis-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote
315. Situada en el distrito Limón, cantón Limón de la provincia de Limón.
Colinda: al norte servidumbre de paso con un frente de 19,48 m. lineales; al
sur lote reservado; al este lote 315 A y al oeste calle pública con un frente
de 22,82 m lineales. Mide: ciento cuarenta y seis metros con cincuenta y siete
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
treinta minutos del tres de julio del año dos mil diecisiete, con la base de
once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y treinta minutos del dieciocho de julio del dos mil diecisiete, con la base de
tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Álvaro José Meléndez Amador.
Expediente: 17-000211-1208-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, (Materia Cobro), 23 de marzo
del 2017.—Lic. Andrés Rafael Valladares Castillo, Juez.—( IN2017137778 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre trasladada; a las ocho horas y cero minutos del seis de julio del
año dos mil diecisiete, y con la base de veinte millones ochocientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número trescientos veintiséis mil setecientos ochenta y
seis - cero cero cero, la cual es terreno lote 33, terreno para construir.
Situada en el distrito 7-El Rosario, cantón 6- Naranjo, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, lotes 41 y 40; al sur, calle pública con un frente
de 08,98 metros; al este, lote 34 y al oeste, lote 32. Mide: ciento cincuenta y
nueve metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero
minutos del veintiuno de julio del año dos mil diecisiete, con la base de
quince millones seiscientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del
nueve de agosto del año dos mil diecisiete con la base de cinco millones
doscientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Elvia Fonseca Calvo contra
Wálter Ramírez Quesada, expediente Nº 14-003210-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia
cobro), 12 de mayo del 2017.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(
IN2017137790 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas
treinta minutos del veintiséis de julio de dos mil diecisiete, y con la base de
UN millón trescientos trece mil ochocientos ochenta y cinco colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 479950-001 y 002 la cual es terreno con una casa sector uno
lote 37 C. Situada en el distrito 07 Patarrá, cantón 03 Desamparados, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, lote 38; al sur, lote 37 B; al este,
calle pública, y al oeste, lote 48. Mide: Ciento veintinueve metros con sesenta
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta
minutos del once de agosto de dos mil diecisiete, con la base de novecientos
ochenta y cinco mil cuatrocientos trece colones con setenta y cinco céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas treinta minutos del veintinueve de agosto de dos mil diecisiete
con la base de trescientos veintiocho mil cuatrocientos setenta y un colones
con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Rafael Ángel Miranda Cordero contra Edwin Varela
Zúñiga en expediente N° 11-015422-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de mayo del 2017.—Lic.
Sergio Huertas Ortega, Juez.—( IN2017137793 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada, citas: 0300-00016804-01-0911-001; a las catorce horas
del veintidós de junio del dos mil diecisiete y con la base de setenta y cinco
mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de folio real, matrícula número cero cero cero setenta y un mil
seiscientos setenta y siete-cero cero cero (00071677-000), naturaleza terreno
para construir. Situada en distrito 03 Hospital, cantón 01 San José de la
provincia de San José. Linderos: norte; avenida ocho con nueve metros ciento
noventa y seis milímetros de frente, sur; Avelina Zamora, este; Alberto
Jiménez, oeste; sucesión de Eusebio Vicente. Mide; doscientos un metros con
ochenta y siete decímetros cuadrados. Plano: SJ-0763185-1988. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas del diez de julio del dos mil diecisiete,
con la base de cincuenta y seis mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce
horas del veintisiete de julio del dos mil diecisiete, con la base de dieciocho
mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Lidy Pérez Blanco contra
Noylu de CP S. A. Expediente: 16-003977-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de
marzo del 2017.—Licda. Blanca Ramírez González, Jueza.—( IN2017137811 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre trasladada, citas: 0384-00008793-01-0950-001, a las catorce horas y
treinta minutos del cinco de julio de dos mil diecisiete, y con la base de
veinte millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintiséis
mil novecientos setenta y cuatro cero cero cero, la cual es terreno lote 2,
construir con una casa. Situada en el distrito 01 Turrialba, cantón 05
Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 1; al sur,
Israel Calderón Pereira; al este, ferrocarril a Limón y calle pública y al
oeste, escuela Nuestra Señora de Sión. Mide: doscientos metros con siete
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
treinta minutos del veintiuno de julio de dos mil diecisiete, con la base de
quince millones colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del diez de
agosto de dos mil diecisiete con la base de cinco millones colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Retorno de Pacayas Sociedad Anónima contra Silmer Hugo Smith Dittel. Expediente
Nº 17-002112-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 10 de
mayo del 2017.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2017137818 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas
y cero minutos del diecinueve de junio de dos mil diecisiete -3:00 p. m.
19/06/2017, y con la base de veintidós millones doscientos cincuenta y nueve
mil novecientos once colones con ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 181230-000, la
cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 07 Corralillo, cantón 01
Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al noreste, Piedades Ureña
Castillo y Sider Alexander Rojas Araya; al sureste, Misael Solano Quirós; al
suroeste, Eraida Rojas Ureña y servidumbre de paso. Mide: Mil ciento cuatro
metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las quince horas y cero minutos del cuatro de julio de dos mil
diecisiete -3:00 p. m. 04/07/2017-, con la base de dieciséis millones
seiscientos noventa y cuatro mil novecientos treinta y tres colones con treinta
y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las quince horas y cero minutos del diecinueve de julio de
dos mil diecisiete -3:00 p.m. 19/07/2017- con la base de cinco millones
quinientos sesenta y cuatro mil novecientos setenta y siete colones con setenta
y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso
de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma
correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se
consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que
se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Allan Andrés Rojas Ureña y Ana Patricia Brenes Cordero. Exp. N°
17-000017-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 24 de
abril del 2017.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2017137840 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; soportando plazo
de convalidación, citas: 378-05045-01-0866-001, reservas y restricciones,
citas: 378-05045-01-0946-001, limitaciones, citas: 387-03832-01-0916-001,
limitaciones, citas: 387-03832-01-0917-001, plazo de convalidación, citas:
387-03832-01-0918-001, reservas y restricciones, citas: 387-03832-01-0919-001,
bono de vivienda Ley N° 7208, citas: 387-03832-01-0921-001, limitaciones,
citas: 987-03832-01-0922-001, y limitaciones, citas: 387-03832-01-0922-001 a
las nueve horas del diecinueve de julio del dos mil diecisiete (9:00 a. m. de
miércoles 19/07/2017), y con la base de veintiún millones de colones
(¢21.000.000,00), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y siete mil ciento cuarenta y
cinco-cero cero uno y cero cero dos (67 145 - 001 y 002) la cual es lote 15
para construir. Situada en el distrito segundo: La Fortuna, cantón cuarto:
Bagaces. Colinda: al norte, lote 16; al sur, lote 14; al este, calle pública
con 10 metros, y al oeste, lote 20. Mide: Doscientos cincuenta metros
cuadrados, y según certificación de Registro aportada en autos, tiene el plano
catastrado G-ochocientos cuarenta y dos mil doscientos sesenta y nueve-mil
novecientos ochenta y nueve (G-842 269-1989). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así dentro del proceso
abreviado de María Lourdes Herrera Pérez contra Marleny Ledezma Aragón. Exp. N°
12-000293-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), 9 de mayo del 2017.—Licda. Carolina
Quirós Jiménez, Jueza.—( IN2017137841 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las trece horas y treinta minutos del veinte de junio del dos mil diecisiete
y con la base de seis millones doscientos cincuenta mil colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa número 911727, marca
Toyota, estilo Corolla, categoría automóvil, capacidad 5 personas, serie
1NXBR30E98Z974474, carrocería Sedan, 4 puertas, tracción 4x2N numero de chasis
no indica, año de fabricación 2008, uso particular, color champagne, vin
1NXBR30E98Z974474, combustible gasolina, motor marca Toyota, N° de motor
1ZZ6747314, N° serie del motor no indicado, motor modelo LE, cilindrada 1800 cc,
cilindros 4. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta
minutos del cinco de julio del dos mil diecisiete, con la base de cuatro
millones seiscientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece
horas y treinta minutos del veinte de julio del dos mil diecisiete, con la base
de un millón quinientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Eugenio Fabián García García. Expediente:
09-007022-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Primera, Goicoechea, 15 de mayo del
2017.—Licda. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—( IN2017137878 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las quince horas
y treinta minutos del veintiocho de junio del año dos mil diecisiete, y con la
base de cinco millones quinientos ochenta y dos mil ochocientos cuarenta y
cuatro colones con noventa y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de 323808-000,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número San José
la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito 01
Desamparados, cantón 03 Desamparados, de la provincia de 323808-000. Colinda:
al norte, alameda 3 con 6 m 32cm; al sur, lote 10 F; al este, lote 7 F con 12 m
y al oeste, lote 5 F con 10 M. Mide: setenta y cinco metros con ochenta y
cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas
treinta minutos del trece de julio del año dos mil diecisiete, con la base de
cuatro millones ciento ochenta y siete mil ciento treinta y tres colones con
sesenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del treinta y uno
de julio del año dos mil diecisiete con la base de un millón trescientos
noventa y cinco mil setecientos once colones con veintitrés céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular de Desarrollo Comunal contra Mario José Pérez Pérez, expediente Nº
16-025225-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo
Circuito Judicial de San José, 27 de abril del 2017.—Lic. Simón Bogantes
Ledezma, Juez.—( IN2017137888 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce
horas y cero minutos del veintidós de junio del dos mil diecisiete, libre de
gravámenes hipotecarios y de anotaciones judiciales y con la base de diecisiete
millones ochocientos sesenta mil trescientos cuarenta y ocho colones con
ochenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en
el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número 274390-000, la cual es terreno para construir
con una casa, lote-96. Situada en el distrito 11 San Rafael Abajo, cantón 03
Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norte calle a Jorco con
8.00 metros de frente; al sur Viviendas Sagitario S.A.; al este Viviendas
Sagitario S. A. y al oeste Viviendas Sagitario S.A. Mide: ciento veintisiete
metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y cero minutos del siete de julio del dos mil
diecisiete, con la base de trece millones trescientos noventa y cinco mil
doscientos sesenta y un colones con sesenta céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del veinticuatro de julio del dos mil diecisiete, con la base de
cuatro millones cuatrocientos sesenta y cinco
mil ochenta y siete colones con veinte céntimos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Rarechi Dos Mil Tres S.
A. Expediente: 16-028115-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 10 de mayo del 2017.—Lic.
Simón Bogantes Ledezma, Juez.—( IN2017137899 ).
En la puerta
exterior de este Despacho y en esta oportunidad con la base rebajada en un 25%,
a las diez horas y cero minutos del dieciocho de setiembre del año dos mil
diecisiete (ambos inmuebles), al mejor postor rematare lo siguiente: 1) Libre
de gravámenes hipotecarios pero soportando dos servidumbres trasladadas y dos
demandas ordinarias y con la base de diez millones doscientos ochenta y un mil
setecientos ochenta y seis colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un
25%), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número 476.244-000, la cual es terreno lote 19 O terreno para
construir. Situada en el distrito 02 San Miguel, cantón 03 Desamparados, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 24 O; al
este, lote 20 O, y al oeste, lote 18 O. Mide: ciento veinte metros cuadrados;
2) Libre de gravámenes hipotecarios (pero soportando dos servidumbres trasladadas
y dos demandas ordinarias para ambas fincas) y con la base de nueve millones
veintinueve mil novecientos noventa y siete colones con setenta y cinco
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 476.245-000 la cual es terreno lote 20 O terreno
para construir. Situada en el distrito 02 San Miguel, cantón 03 Desamparados,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 23
O; al este, lote 21 O, y al oeste lote 19 O. Mide: ciento veinte metros
cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Sergio Antonio González Flores.
Exp. N° 06-000993-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 25 de abril del
2017.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—( IN2017137901 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, soportando servidumbre dominante bajo las citas tomo
0405, asiento 13113, servidumbre de cloaca bajo las citas tomo 0413 asiento
15277, a las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de junio de dos mil
diecisiete, y con la base de veintiocho millones doscientos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número cuatrocientos sesenta y cuatro mil setecientos
cincuenta y nueve - cero cero cero la cual es terreno para construir lote 5-E.
Situada en el distrito (01) San Vicente, cantón (14) Moravia, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, calle; al sur, urbanización Los Arrayanes de
Moravia S. A.; al este, urbanización Los Arrayanes de Moravia S. A. y al oeste,
urbanización Los Arrayanes de Moravia S. A. Mide: ciento cincuenta y seis
metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de julio de dos mil
diecisiete, con la base de veintiún millones ciento cincuenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de julio de dos mil
diecisiete con la base de siete millones cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra José Luis Retana Morales, expediente
Nº 16-011196-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 17 de
abril del 2017.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2017137910 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y
cero minutos del tres de julio de dos mil diecisiete y con la base de treinta y
dos millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número sesenta y siete
mil novecientos noventa y seis-cero cero cero, la cual es naturaleza: para
construir con una casa. Situada en el distrito (01) San Rafael, cantón (07)
Oreamuno de la provincia de Cartago. Colinda: al norte calle pública con 9.70;
al sur Isaías Rivera Meza; al este Construcc. Norma Costa Rica S.A. y al oeste
Construcc. Norma Costa Rica S. A. Mide: doscientos setenta y tres metros con
ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas
y cero minutos del diecinueve de julio de dos mil diecisiete, con la base de
veinticuatro millones seiscientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del ocho de agosto de dos mil diecisiete, con la base de ocho
millones doscientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Ana Felicia Granados Barquero. Expediente: 17-000265-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 9 de mayo del 2017.—Licda. Marcela
Brenes Piedra, Jueza.—( IN2017137914 ).
Se convoca a todas las personas interesadas en la
sucesión de Nuria María de La Trinidad Mora Astúa, a una junta que se
verificará en este Juzgado a las catorce horas del veintiséis de junio del dos
mil diecisiete, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo
926 del Código Procesal Civil. Exp. N° Nº15-100008-0353-CI.—Juzgado Civil,
Trabajo y Agrario de Turrialba (Materia Civil), 21 de abril del 2017.—Lic.
Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—( IN2017129033 ).
Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de Emerita
Teodora Hernández Hernández, a una junta que se verificará en este Juzgado a
las nueve horas del veintisiete de junio, para conocer acerca de los extremos
que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº
14-000169-0169-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José,
3 de mayo del 2017.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—(
IN2017133470 ).
Se convoca a
todas las personas interesadas en la sucesión de Joan Marjorie Rose Archer, a
una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve horas cero minutos del
veintiséis de junio de dos mil diecisiete, para conocer acerca de los extremos
que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº
14-000228-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José,
26 de abril del año 2017.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—(
IN2017135573 ).
Se convoca a los acreedores de Agencias Kabat S.A. cédula jurídica
3-101-07003536, a la junta de acreedores prevista en el artículo 751 del Código
Procesal Civil, a efectos de deliberar y votar las propuestas de convenio
preventivo. A tal efecto, se señalas las ocho horas y treinta minutos del
veintidós de junio del año dos mil diecisiete. la junta de acreedores se
celebrará en el despacho. Expediente: 08-001551-0638-CI. Proceso convenio preventivo de
Agencias Kabat S. A.—Juzgado Civil de Alajuela, 4 de abril del
2017.—Lic. Carlos Esteban Sancho Araya, Juez.—1 vez.—( IN2017137720 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el
expediente N° 16-000046-0390-CI donde se promueven diligencias de información
posesoria por parte de María Antonia Herrera Peraza quien es mayor, estado
civil divorciada, vecina de Nicoya, portadora de la cédula de identidad vigente
que exhibe Nº 501460137, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre
y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno ama de casa.
Situada en el distrito 01 Nicoya, cantón 02 Nicoya, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, María Noemi Oconor Matarrita, Rosa Araya Araya,
Las Marías Nicoyanas S. A. y María Noemi Oconor Matarrita; al sur, Instituto
Costarricense de Electricidad; al este, Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa
Rica y al oeste, calle pública con trece metros sesenta y ocho centímetros.
Mide: cuatrocientos dieciséis metros cuadrados. Indica el promovente que sobre
el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de
colones. Que adquirió dicho inmueble compra, y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en cercado, limpieza, mejoramiento de la casa que existe en el terreno, uso de
la vivienda y alquiler de la misma. Que no ha inscrito mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de
este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por María Antonia Herrera Peraza, expediente
Nº 16-000046-0390-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial
de Guanacaste (Nicoya) (Materia Civil), Nicoya, 09 de mayo
del 2017.—Lic. David Matamoros
Salazar, Juez.—( IN2017137543 ).
Se hace saber
que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-000116-0391-AG, donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de Eloy Farid
Barrantes Bran, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de
Bernabella, de la escuela, 125 metros sur, portador de la cédula de identidad
vigente que exhibe número 5-112-583, profesión pensionado, a fin de inscribir a
su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: finca cuya naturaleza es terreno de pastos. Situada en el
distrito cuarto Tempate, cantón tercero Santa Cruz de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte camino público con un frente a ella de noventa y
dos metros con treinta y dos centímetros lineales; al sur Melvin Simón
Barrantes Bran; al este Fausto Efigenio Barrantes Bran y al oeste camino
público con un frente a ella de noventa y nueve metros con treinta y siete
centímetros lineales. Mide: seis mil ochocientos trece metros cuadrados, tal
como lo indica el plano catastrado número G-1667572-2013. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de tres millones de colones cada una. Que adquirió dicho
inmueble por donación y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta,
pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de
veinte años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido
en cuido, mantenimiento y siembra de pastos. Que no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se
apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria promovida por Eloy Farid Barrantes Bran. Expediente:
15-000116-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste, Santa Cruz, 10 de mayo del 2017.—Lic. José Walter Ávila Quirós,
Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017137738 ).
Se hace
saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-000112-0391-AG
donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Danilo
Viales Cruz, quien es mayor, estado civil casado en segundas nupcias, vecino de
Bolsón, Santa Cruz, frente al salón comunal, portador de la cédula de identidad
vigente que exhibe número 601800514, profesión Comerciante, German Luis Viales
Cruz, mayor, casado en segundas nupcias, Educador, con cédula 503040273, vecino
de Santa Bárbara de Santa Cruz, de la fuerza pública doscientos veinticinco
metros al este y veinticinco metros al norte, y Jenny Cascante Cascante, mayor,
soltera, ama de casa, con cédula 107220113, vecina de Bolsón en Santa Cruz, de
la plaza de deportes trescientos metros al oeste y cien metros al sur y
veinticinco metros al oeste, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza
es potrero, charral y tacotal. Situada en el distrito quinto Bolsón, cantón
tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle
pública con un frente a ella de cuatrocientos cincuenta y cinco metros con
nueve centímetros lineales; al sur, calle pública con un frente a ella de
ochenta y un metros con cuatro centímetros lineales; al este, calle pública con
un frente a ella de seiscientos sesenta y cinco metros con cuarenta y seis
centímetros lineales, y al oeste, calle pública con un frente a ella de
ochocientos cincuenta y un metros con ochenta y dos centímetros lineales. Mide:
quince hectáreas seis mil novecientos treinta metros cuadrados, tal como lo
indica el plano catastrado N° G-1742470-2014. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho
inmueble por venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública,
pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de quince
años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en
cuido y mantenimiento de la parcela. Que no ha inscrito mediante el amparo de
la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho
a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Danilo
Viales Cruz, German Luis Viales Cruz, Jenny Cascante Cascante. Exp. N°
15-000112-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste, Santa Cruz, 17 de marzo del 2017.—Lic. José Walter Ávila
Quirós, Juez.—1 vez.—Exento.—( IN2017137810 ).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N°
17-000016-0297-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Abdi Palma Tercero, quien es mayor, casada una vez, nicaragüense, de
oficios domésticos, vecina de San Antonio de Monterrey, San Carlos, Alajuela,
300 sur de la entrada principal, portadora de la cédula de identidad vigente
que exhibe número 155823270407, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de Alajuela, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 12 Monterrey, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte con calle pública con un frente de veintidós metros siete centímetros;
al sur Ovidio Gerardo Hernández Pérez; al este Ovidio Gerardo Hernández Pérez y
al oeste Temporalidades de la Iglesia Católica Diócesis de Ciudad Quesada.
Mide: seiscientos metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no
tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón quinientos mil
colones. Que adquirió dicho inmueble por venta que le hiciera el señor Isidro
Mejías Martínez, mayor, nicaragüense, casado una vez, agricultor con quien le
une parentesco y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y
quieta. Que los actos de posesión han consistido en zona verde para construir,
delimitar las cercas de alambre de púas con postes de poro y madero. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria promovida por Abdi Palma Tercero. Expediente:
17-000016-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, (Materia Civil), Ciudad Quesada, San Carlos, 31 de marzo del 2017.—Lic.
Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—( IN2017137875 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°
16-000384-0893-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Michael Hernández Ortiz, quien es mayor, estado civil soltero,
asistente comercial, vecino de Desamparados, portador de la cédula de identidad
vigente que exhibe Nº 6-0365-0162, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada
en la provincia de San José, la cual es terreno de montaña y tacotal. Situada
en el distrito San Jerónimo, cantón Moravia, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Julia Barquero Zamora; al sur, Aida Lara Villagran; al este,
calle pública y al oeste, Vilma Castro Zamora. Mide: una hectárea con ocho mil
cuatrocientos cuarenta y nueve metros cuadrados. Indica el promovente que sobre
el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de seis millones de
colones. Que adquirió dicho inmueble por la compra que se le hizo al señor José
Edwin Brenes Gómez, cédula Nº 1-0945-0883, y hasta la fecha lo ha mantenido en
forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en
la construcción de una casa de madera, darle mantenimiento a la finca,
mantenimiento a las cercas tanto las hechas con árboles naturales, así como las
construidas con postes y alambre de púas, realizando para tal fin la respectiva
chapias, mantenimiento y cuidado de montaña y quebradas, pastos, árboles y
limpieza de caños. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Michael Hernández Ortiz, expediente Nº 16-000384-0893-CI.—Juzgado Civil
del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 30 de marzo de
2017.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2017137897 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la
sucesión acumulada de quien en vida fue: María Isabel Prado Salazar, quien al
momento de su muerte era, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de
identidad número: uno-cero dos tres dos-cero ocho siete nueve, vecina de San
José, Acosta, Ceiba Alta. Para que dentro del plazo de treinta días, contados a
partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos, lo
cual podrán hacer en San José, Acosta, San Ignacio, setenta y cinco metros
norte iglesia católica, casa color papaya. Se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia
pasará a quien corresponda. Exp. N° 01-2017.—Lic. Antonio José Mora Barboza,
Notario.—1 vez.—( IN2017137503 ).
Mediante
solicitud de apertura otorgada ante esta notaría por Álvaro Nieto Cartín,
Mauricio Nieto Echandi, Sandra Nieto Echandi y Ana Elena Nieto Echandi, en
escritura pública número treinta y dos otorgada a las veintiún horas del once
de mayo de dos mil diecisiete y comprobado el fallecimiento, esta notaría
declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera
Astrid Echandi Zurcher, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad
número uno-trescientos trece-doscientos veinticinco, vecina de San José, Montes
de Oca, San Pedro, del Más por Menos cien metros al oeste. Se cita y emplaza a
todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días
naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante
esta Notaría a hacer valer sus derechos, expediente Nº 0001-2017. Notaría de la
Lic. María José Moreira Matamoros con oficina abierta en la ciudad de San José,
Escazú, del restaurante Tony Roma´s, seiscientos metros oeste, sexto piso,
Consortium Legal, teléfono: 2257-3553, ext 131.—San José, 11 de mayo de
2017.—Lic. María José Moreira Matamoros, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017137582
).
Se hace saber
que en esta notaría, sita en San José, avenida 10, calle 25 se tramita el
proceso sucesorio de José David Solano Campos, quien en vida fuera soltero,
asociado de servicio al cliente, vecino de Curridabat, cédula de identidad
número uno-uno cinco uno siete-cero siete nueve siete. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2017.—San José,
22 de mayo del 2017.—Lic. Luis Echeverri Trujillo, Notario.—1 vez.—(
IN2017137607 ).
Se hace saber
que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Jorge Luis Araica Ruiz, mayor, casado, pensionado, costarricense, con documento
de identidad 0101640256 y vecino de Limón, barrio Cristóbal Colón. Se cita a
las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las
personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro
de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 16-000191-0678-CI.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona
Atlántica (Materia Civil), 19 de mayo del 2017.—Licda. Guiselle Argüello
González, Jueza.—1 vez.—( IN2017137617 ).
Se cita y
emplaza a todos los interesados en la sucesión de la señora Luisa Bolaños
Esquivel, quien fue mayor de edad, casada una vez pero separada de hecho, ama
de casa, vecina de San Isidro, Pérez Zeledón, provincia de San José,
exactamente barrio El Hoyón, portadora de la cédula de identidad número
dos-ciento treinta y uno-ochocientos ochenta y siete, fallecida el día
dieciséis de diciembre de dos mil trece. Para que dentro del plazo máximo de
treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Expediente Nº
0001-2017.—San Isidro, Pérez Zeledón, veinticuatro de mayo de dos mil
diecisiete.—Licda. Sandra Cubillo Díaz, Notaria.—1 vez.—( IN2017137661 ).
Por escritura
número 192, otorgada ante mi, a las 9:00 horas del 23 de mayo del 2017. Se ha
abierto el sucesorio sede notarial de Antonio Araya Arias, quien fue mayor,
casado una vez, Agricultor, cédula 1-193-860, vecino de San José, Tablazo de
Acosta, 300 al sur de la iglesia, por lo que se cita a los posibles herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que en el
plazo de treinta días comparezca a hacer valer sus derechos ante esta notaría,
sita en San José, Santa Ana, del Palí 350 al oeste, con el apercibimiento de
que si no lo hiciere en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—San
José, 24 de mayo del 2017.—Licda. Maritza Navarro Contreras, Notaria.—1 vez.—(
IN2017137669 ).
Se hace saber
que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
María Isabel Calderón Vega, mayor, casada, ama de casa, nacionalidad
costarricense, vecina de Cartago, con documento de identidad 03-0087-0687. Se
cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las
personas interesadas para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos
con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que
si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda.
Expediente N° 16-000306-0640-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago,
(Materia Civil), 16 de agosto del 2016.—Carlos Felipe Jinesta Blanco,
Notario.—1 vez.—( IN2017137678 ).
Se hace saber
que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Leandra Gatjens Sibaja, mayor, casada una vez, pensionada, vecina de Alajuela,
Atenas, cédula de identidad 0201270263. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedoras y en general a todas las personas interesadas para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia que si no se apersonan dentro de ese plazo
aquella pasará a quien corresponda. Se hace saber que de conformidad con lo
establecido en los artículos 528 y 529 del
Código Civil, los que tengan interés en la herencia deberán aceptarla
expresamente. Una vez transcurrido el plazo antes indicado se declararán
herederos únicamente a quienes hayan cumplido esa disposición legal.
Expediente: 16-000141-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer
Circuito Judicial de Alajuela. 24 de mayo del 2017.—Lic. Carlos Esteban
Sancho Araya, Juez.—1 vez.—( IN2017137686 ).
Se hace
saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Manuel Granados Esquivel, mayor, casado una vez, portador de la cédula de
identidad número uno-ciento setenta y nueve-cuatrocientos sesenta y dos,
pensionado, vecino de San Isidro de Pérez Zeledón. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N°
16-000134-0188-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de
la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Civil), 4 de mayo del 2017.—Msc.
Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2017137725 ).
Se hace
saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Teodorico Montoya González, mayor, estado civil casado, profesión
agricultor, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad Nº 0202130846 y
vecino de Linda Vista de San Vito de Coto Brus. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento
a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Promueve Gerardo
Geovanny Montoya Madrigal. Expediente Nº 17-000003-0920-CI.—Juzgado Civil y
Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores (Materia
Civil), 06 de abril del 2017.—Licda. Brígida Quirós Alpízar, Jueza.—1
vez.—( IN2017137732 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados del proceso sucesorio notarial
N° 2010-0002-NO de quien en vida fue Manuel De Jesús Díaz Mora, quien fue
mayor, casado una vez, pensionado, con cedula de identidad N° 1-380-437, vecino
de Desamparados, del cementerio quinientos metros al sur y cincuenta metros
oeste, para que se apersonen a ejercer sus derechos, en la notaria de la
licenciada Sonsire Ivonne Espinoza Ríos, ubicada en Desamparados, diagonal a la
entrada principal del Multicentro, de la Bomba Morales, 100 metros al sur. Se
les indica que tienen un plazo de 30 días naturales a partir del momento de la
publicación del edicto, apercibidos de que en caso de no presentarse a ejercer
sus derechos, los bienes serán adjudicados a los herederos apersonados.—San
José, 7 de julio del 2017.—Lic. Sonsire Ivonne Espinoza Ríos, Notaria.—1 vez.—(
IN2017137748 ).
Se cita y emplaza
a todos los interesados del proceso sucesorio notarial N° 2017-0003-NO de quien
en vida fue Carlos Durán Bonilla, mayor, casado una vez, pensionado, con cédula
de identidad número uno-doscientos sesenta y tres-cero veintiuno, vecino de San
José, Desamparados Centro, para que se apersonen a ejercer sus derechos, en la
notaría del Licenciada Sonsire Ivonne Espinoza Ríos, ubicada en Desamparados,
diagonal a la entrada principal del Multicentro, de la Bomba Morales, 100
metros al sur. Se les indica que tienen un plazo de 30 días naturales a partir
del momento del a publicación del edicto, apercibidos de que en caso de no
presentarse a ejercer sus derechos, los bienes serán adjudicados a los
herederos apersonados.—San José, 24 de mayo del 2017.—Licda. Sonsire Ivonne
Espinoza Ríos, Notaria.—1 vez.—( IN2017137749 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados del proceso sucesorio notarial
N° 2017-0002-NO, de quien en vida fue Lizette Iliana Durán Mora, mayor,
divorciada una vez, ama de casa, con cedula de identidad número setecientos
dieciocho-quinientos ochenta y ocho, vecina de San José, Desamparados Centro,
para que se apersonen a ejercer sus derechos, en la notaría de la Licda.
Sonsire Ivonne Espinoza Ríos, ubicada en Desamparados, diagonal a la entrada principal
del Multicentro, de la Bomba Morales, 100 m al sur. Se les indica que tienen un
plazo de 30 días naturales a partir del momento del a publicación del edicto
apercibidos de que en caso de no presentarse a ejercer sus derechos, los bienes
serán adjudicados a los herederos apersonados.—San José, 24 de mayo del
2017.—Licda. Sonsire Ivonne Espinoza Ríos, Notaria.—1 vez.—( IN2017137750 ).
Se hace saber
que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Ernesto José Cascante Llado, mayor, casado, nacionalidad costarricense, con
documento de identidad 0106560163 y vecino de San José, San Francisco de Dos
Ríos. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien
corresponda. Expediente N° 16-000465-0220-CI.—Juzgado Primero Civil de Menor
Cuantía de San José, 16 de mayo del 2017.—Lic. Ramón Meza Marín,
Juez.—( IN2017137780 ).
Se cita y
emplaza a todos los interesados en la sucesión de Omar Ávila Ávila, mayor,
soltero, agricultor, vecino de Aguapi de Salinas, Esparza, cédula de identidad
N° seis-cero cuarenta-trescientos veintiocho, hasta su deceso el día veintiuno
de diciembre del dos mil doce, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos y se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente: 0001-2017.—Esparza, 15 de mayo del
2017.—Lic. Ángel Vinicio Méndez González, Notario.—1 vez.—( IN2017137791 ).
Se hace
saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Víctor Manuel Vargas Sánchez, mayor, soltero, nacionalidad costarricense,
con documento de identidad Nº 0108250753 y vecino de barrio México, San José.
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda,
expediente Nº 17-000076-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de San José, 19
de mayo del 2017.—Lic. Rosny Eddie Arce Jiménez, Juez.—1 vez.—( IN2017137797 ).
Ante esta
notaría mediante escritura número ciento setenta y nueve de las nueve horas del
diecinueve de mayo, visible a folio noventa y nueve, se realizó acta de
apertura de proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Julio Cesar
Jaen Contreras, mayor, casado una vez, abogado pensionado, costarricense,
cédula de identidad número cinco-cero cuarenta-nueve treinta y cinco, vecina de
Liberia, Barrio Los Cerros, ciento cincuenta metros al norte del parque Rodolfo
Salazar, fallecido el cinco de enero del dos mil dieciséis; proceso promovido
por los señores Mireya Hernández Faerron, mayor, viuda una vez, pensionada,
costarricense, cedula de identidad número cinco-cero cincuenta y nueve-cero
dieciséis, vecina de Liberia, Barrio Los Cerros, ciento cincuenta metros al
norte del parque Rodolfo Salazar, Julio Cesar Jaen Hernández, mayor, casado una
vez, medico, cedula cinco- , vecino de Guachipelín de Escazú y Alejandra Jaen
Hernández, mayor, costarricense, casada una vez, abogada, cedula de identidad
N° uno-ochocientos dos-trescientos cincuenta y tres, vecina de Liberia, en
Barrio Guadalupe, ciento cincuenta metros al este y trescientos metros al norte
de la entrada a Curubandé, comprobado el fallecimiento esta notaría declara
abierto dicho proceso sucesorio. Se cita y emplaza a todos los interesados para
que dentro del plazo máximo de treinta días
naturales contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante
esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Ana Gabriela
Acevedo Rivera, situada en la ciudad de Liberia, costado este de los Tribunales
de Justicia, edificio de dos plantas, teléfonos 2665-253/8397-7191. Expediente
N° 02-2017. Sucesión de Julio Cesar Jaen Contreras.—Licda. Ana Gabriela Acevedo
Rivera, Notaria.—1 vez.—( IN2017137824 ).
Se cita y
emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria de quien en vida
fue Manuel Azofeifa Monge, mayor, casado una vez, vecino de Palmichal de
Acosta, un kilómetro sureste del Ebais, cédula uno-dos uno nueve-ocho cero uno,
para que en el plazo de un mes contados a partir la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo a herencia
pasará a quien corresponda. Expediente N° 03-17-NA. Notaría del bufete.—Lic.
Eduardo Mora Bermúdez, Notario.—1 vez.—( IN2017137827 ).
Se cita y
emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Katherine
Noelia Azofeifa Hidalgo, mayor, soltera, vecina de Bajo Vargas de Acosta,
quinientos metros este de la escuela, cédula número uno-uno uno cero siete-cero
dos tres, para que en el plazo de un mes contados a partir la publicación de
este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la
herencia pasará a quien corresponda, expediente Nº 11-17-NA. Notaría del
bufete.—Lic. Eduardo Mora Bermúdez, Notario Público.—1 vez.—( IN2017137828 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de los señores
Milciades Martínez Brenes, casado una vez, agricultor, portador de la cédula de
identidad Nº 3-0086-0353, vecino de San Joaquín, Corralillo, Cartago, cien
metros al sur y cien metros al norte del restaurante La Casona; y María
Herminia Ortega Salmerón, casada una vez, ama de casa, portadora de la cédula
de identidad Nº 3-0087-0366, vecina de San Joaquín, Corralillo, Cartago, cien
metros al sur y cien metros al norte del restaurante La Casona; para que dentro
del término de 30 días, que corren a partir de la presente, se apersonen ante
esta notaría, ubicada en Santa Elena Arriba de Corralillo de Cartago, frente a
la terminal de buses, para hacer valer sus derechos. Si no se presentan dentro
del plazo la herencia pasará a quien corresponda.—Cartago, 24 de mayo de
2017.—Licda. Karolyn María Navarro Cordero, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2017137844 ).
Se emplaza a
todos los interesados en la sucesión de Ramón Blanco Fallas, cédula número
uno-ciento noventa-novecientos sesenta y tres, quién fue vecino de barrio Nueva
Sana Ana de Pérez Zeledón, cien metros norte de la escuela, para que dentro de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de
herederos que si no se presentan dentro del plazo indicado, la herencia pasará
a quién corresponda. Expediente cero cero cero uno del año dos mil diecisiete.
Notaria Aurea Monge Monge. carné 3765, con oficina en San Isidro de El General,
frente a Panadería Musmani, calle del Comercio, altos la Curacao.—San José,
veintidós de mayo del año dos mil diecisiete.—Licda. Aurea Monge Monge,
Notaria.—1 vez.—( IN2017137896 ).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito de la persona menor de edad Hillary Meza Rojas, para que se apersonen
a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la
última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 16-000663-0688-FA. Clase
de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del
Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia). A las
trece horas y cuarenta y tres minutos del ocho de mayo del dos mil diecisiete,
(08 de mayo del 2017).—Msc. Ana Belly Umaña Quesada, Jueza.—Exonerado.—(
IN2017136975 ). 3 v. 3.
Se cita y emplaza a todas
las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad
Karina Monserrat Crespo Piña, para que se apersonen a este Juzgado dentro del
plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del
edicto ordenado. Expediente N° 17-000216-0688-FA. Clase de asunto depósito
judicial.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia), a las diez horas y
veintisiete minutos del dieciocho de mayo del dos mil diecisiete, (18 de mayo
del 2017).—Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza.—Exonerado.—(IN2017136986
). 3
v. 2.
Se hace saber que en este Despacho se tramitan
diligencia de cambio de nombre de Atary Josefa Rocha Vargas, cédula de
identidad N° 2-830-789 con el objeto de que se autorice la modificación de su
nombre en el sentido de que sea llamada Atary Rocha Vargas, para que, en plazo
de quince días, a partir de su publicación de este edicto, se apersonen a hacer
valer sus derechos mediante escrito, donde expondrán las razones de su
inconformidad y los fundamentos de su oposición. Diligencias de cambio de
nombre promovidas por Atary Josefa Rocha Vargas. Expediente N°
17-000003-1502-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial
de Alajuela, San Carlos. Ciudad Quesada, 18 de abril del
2017.—Adolfo Mora Arce, Juez.—( IN2017137059 ). 2
v. 2.
Se cita y emplaza a todas
las personas que tuvieren interés en el depósito de los menores de edad Julián
André y Luis Isidro ambos López Picado, para que se apersonen a este juzgado
dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última
publicación del edicto ordenado. Expediente N° 16-400173-0928-FA
(181-2-2016)-B.—Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste, 23 de
mayo del 2017.—Lic. Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez.—Exonerado.—(
IN2017137745 ). 3. v. 1.
Se avisa a la
señora Sandra Elizabeth Cruz Castillo, portador de la cédula de residencia
155805177724, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este Juzgado,
se tramita el expediente N° 17-000184-0673-NA, correspondiente a diligencias de
depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde
se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Eithan
Santiago Cruz Castillo, Enyel Fabián Cruz Castillo y Jeremy Josué Cruz
Castillo. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su
conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia
del Primer Circuito Judicial de San José, 02 de mayo del 2017.—Msc. Yerma
Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017136324 ).
Se hace saber
que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por
Mélida Mayela de los Ángeles Brenes González, mayor, divorciada una vez, ama de
casa, documento de identidad 3-0219-0694, vecina de Paraíso de Cartago, Llanos
de Santa Lucía, encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el
nombre de Mélida Mayela de los Ángeles Brenes González, por el de Melidt de los
Ángeles mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto
de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de
este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los
apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil.
Expediente: 17-000136-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 5 de mayo del
2017.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2017136867 ).
Licda. Berta
Lidieth Araya Porras, Jueza del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del II
Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, (Materia Familia), a Gerardo González
Ramírez, cédula 0601041299, se le hace saber que en demanda ordinario
establecida por Julia María De Jesús Chacón Paniagua, contra Gerardo González
Ramírez, se ordena notificar por edicto la sentencia que en lo conducente dice:
Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del II Circuito Judicial de
Guanacaste, Nicoya, (Materia Familia), a las catorce horas y cero minutos del
diecinueve de abril del dos mil diecisiete. Proceso ordinario N°
07-000252-0869-FA, establecido por Julia María De Jesús Chacón Paniagua, cédula
0501410044 contra Gerardo González Ramírez, cédula 0601041299. Que dice:
ejecución de sentencia dentro del proceso ordinario de divorcio y nulidad de
traspaso de bienes gananciales establecido por la señora Julia Chacón Paniagua,
mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Corosal de Lepanto de Puntarenas,
cédula de identidad número cinco-uno cuatro uno cero cuatro-cuatro contra
Gerardo González Ramírez, mayor, casado una vez, comerciante y empresario,
vecino de Nandayure, Vainilla de Cangel, cédula de identidad número seis-ciento
cuatro mil doscientos noventa y nueve y Rubén González Morera, mayor casado una
vez, agricultor, cédula uno-ciento noventa y nueve-ochocientos cuarenta, vecino
de Corosal de Puntarenas, intervienen como abogados de la actora los
licenciados Pedro Beirute Rodríguez y Douglas Román Díaz y de los demandados el
Lic. Carlos Enrique Aguirre Gómez en sus calidades de abogados directores.
Resultando: I. La ejecutante señora Julia Chacón Paniagua, solicita que se
acoja la ejecución de sentencia que se ordene y ejecute todo lo declarado en la
sentencia del divorcio, ordenándose todos los actos que sean necesarios, para
hacerla efectiva. II. Una vez valorada la finca matrícula de folio real
018602-001, los demandados le deberán cancelar el monto total correspondiente
al cincuenta por ciento de su valor neto. Ruega se les prevenga realizar ese
depósito en un plazo no mayor a quince días naturales y en caso de que no se le
pague, que se ordene la inmediata subasta o venta judicial del bien, por el
valor que determine el perito. III. Que por concepto de daño moral deberá el
señor Gerardo González Ramírez cancelarle la suma de diez millones de colones,
tal como se ordena en firme, siendo una suma líquida y exigible, solicita se le
otorgue al señor Gerardo González Ramírez, un plazo no mayor a un mes para su depósito
inmediato a favor de la actora. IV. Que sobre la suma de diez millones de
colones por concepto de daño moral y sobre la mitad del valor neto del bien
indicado que como ganancial tiene derecho, se le deberá reconocer intereses de
tipo legal, desde su declaración hasta el efectivo pago del mismo por parte del
demandado. V. Que los demandados deben pagar la suma de diecinueve millones
sesenta y dos mil quinientos colones, por concepto de costas personales, sean
honorarios, así como la suma de quinientos mil colones por costas procesales,
correspondientes al proceso de divorcio, suma que podrás aumentarse conforme al
valor de los bienes. VI. Que la parte demandada debe pagar las costas
personales y procesales de esta ejecución. VII. La parte actora solicitó medida
cautelar a folios tal misma que fue resuelta a folios tal, expidiendo los
oficios correspondientes a las diferentes entidades bancarias I. Los accionados
fueron debidamente notificados según constancia a folios 661 y 674 los cuales
contestaron ver folios 662, al 668 fte. y se allanaron parcialmente. II. En el
procedimiento se han observado las prescripciones legales. Considerando: I.
Hechos probados. Para la resolución de este asunto se tienen por demostrados
los siguientes hechos: 1. Que el 24 de enero de 1976 la señora Julia María
Chacón Paniagua y el señor Gerardo González Ramírez, contrajeron matrimonio
(ver folio 01). 2. Que por sentencia de las catorce horas quince minutos del
quince de noviembre de dos mil once se declara disuelto el vínculo matrimonial
entre Julia María Chacón Paniagua y Gerardo González Ramírez condenando al
señor Gerardo González Ramírez al pago de diez millones de colones por concepto
de daño moral, se declaró el derecho de la actora a ser alimentada por el
demandado Gerardo González Ramírez, asimismo, se establece como único bien
ganancial el inmueble N° 5-18602-001 del cual se declara como derecho de la
actora al cincuenta por ciento de dicho bien (ver folio 441). II. Sobre el
fondo del asunto. La ejecutante señora Julia María Chacón Paniagua, solicita
que en sentencia se ordene a los demandados a cumplir con la sentencia que a la
fecha no ha cumplido. Solicita que el Juzgado ordene y ejecute todo lo
declarado en la sentencia de divorcio, solicita se le otorgue un plazo no mayor
de quince días para que realice el pago del porcentaje mencionado de lo
contrario se proceda a la subasta o venta judicial del bien. Solicita la actora
que por concepto de daño moral se le cancele los diez millones de colones como
fue ordenado mediante la sentencia que se encuentra en firme, solicita se
condene al pago de interés de tipo legal desde la declaración hasta el efectivo
pago. Solicita se le condene al pago de Diecinueve millones sesenta y dos mil
quinientos colones por concepto de costas personales y quinientos mil colones
por costas procesales. El demandado se allanó parcialmente a las pretensiones
de la ejecutante, según el escrito a folio 662 al 664. Ahora bien de los
elementos de prueba aportados y el allanamiento parcial del demandado, se puede
tener por debidamente acreditado que las partes contraen matrimonio el 24 de
enero de 1976, asimismo por sentencia de las catorce horas quince minutos del
quince de noviembre de dos mil once se declara disuelto el vínculo matrimonial
entre la señora Julia María Chacón Paniagua y Gerardo González Ramírez
condenando al señor Gerardo González Ramírez al pago de diez millones de
colones por concepto de daño moral, se declara el derecho de la actora a ser
alimentada por el demandado, asimismo, se establece como único bien ganancial
el inmueble número 5-18602-001 del cual se declara como derecho de la actora al
cincuenta por ciento de dicho bien, luego de reincidentes convocatorias a una
audiencia de conciliación, las partes no han llegado a un acuerdo satisfactorio
para ambas, dejando al conocimiento de esta autoridad judicial la resolución
del fondo de este asunto. Después de haber realizado la suscrita un análisis
exhaustivo dentro del presente proceso considera la suscrita Juzgadora, que es
procedente acoger la presente solicitud de ejecución de sentencia planteada.
Sin embargo, no se pueden acoger todas las pretensiones de la ejecutante,
debido a que este proceso es para hacer cumplir a las partes lo ordenado en la
sentencia y no para eximir de responsabilidades ni cambiar de forma unilateral
lo ya dictado. En razón de ello, es que no se puede conceder la condena del
pago de intereses de tipo legal sobre los montos condenados. En consecuencia,
se acoge parcialmente el presente proceso de ejecución de sentencia dentro del
proceso ordinario de divorcio y nulidad de traspasos de la señora Julia Chacón
Paniagua contra Gerardo González Ramírez y el señor Rubén González Morera.
Conforme con el artículo 698 del Código Procesal Civil y dentro del plazo de diez
días, a partir de la firmeza de este sentencia, se le ordena al señor Gerardo
González Ramírez en su condición personal, realice el pago del cincuenta por
ciento del bien ganancial finca filial número 5-18602-001 estimado en la suma
de ciento cincuenta y tres millones seiscientos cincuenta mil cuarenta y ocho
colones con cero céntimos debiendo cancelar sobre este rubro la suma de setenta
y seis millones ochocientos veinticinco mil veinticuatro colones con cero
céntimos, asimismo, dentro del término dispuesto deberá cancelar además la suma
de diez millones de colones por concepto de daño moral tal y como se dispuso en
sentencia las catorce horas quince minutos del quince de noviembre de dos mil
once. En caso omiso a lo anterior se procederá al remate del inmueble partido
de Guanacaste N° 18602-001, situada en el distrito 01 Nicoya, cantón 02 Nicoya,
provincia de Guanacaste, naturaleza no especificada, se señala para el primer
remate a las ocho horas cero minutos del ocho de junio de dos mil diecisiete, con
una base de la totalidad del valor del inmueble sea esta la suma de ciento
cincuenta y tres millones seiscientos cincuenta mil cuarenta y ocho colones con
cero céntimos, se señala para segundo remate las ocho horas con cero minutos
del veintidós de junio de dos mil diecisiete, con una base del cincuenta por
ciento del valor del inmueble sea esta la suma de setenta y seis millones
ochocientos veinticinco mil veinticuatro colones con cero céntimos y finalmente
se señala para el tercer remate las ocho horas con cero minutos del seis de
julio de dos mil diecisiete, con una base del veinticinco por ciento del valor
del inmueble sea esta la suma de treinta y ocho millones cuatrocientos doce mil
quinientos doce colones con cero céntimos. Procédase a publicar el edicto
correspondiente por dos veces consecutivas en el diario oficial La Gaceta,
se pone en conocimiento de los oferentes que para participar en dicho remate
deberán depositar con al menos tres días de anticipación en la cuenta de este
despacho el monto la base consignadas en la presente resolución. Se les hace
ver a las partes de que la presente sentencia admite recurso de apelación, el
cual deberá presentarse dentro de los tres días posteriores a la notificación.
VI. Costas. De acuerdo con el numeral 223 del Código Procesal Civil y por hacer
incurrir a la actora en este proceso, se condena a los demandados al pago de
ambas costas. Por tanto: se acoge parcialmente la presente ejecución de
sentencia planteada por la señora Julia Chacón Paniagua contra los señores
Gerardo González Ramírez y Rubén González Morera dentro del plazo de diez días
a partir de la firmeza de esta sentencia, se le ordena al señor Gerardo
González Ramírez en su condición personal, realice el pago del cincuenta por
ciento del bien ganancial finca filial N° 5-18602-001 estimado en la suma de
ciento cincuenta y tres millones seiscientos cincuenta mil cuarenta y ocho
colones con cero céntimos debiendo cancelar sobre este rubro la suma de setenta
y seis millones ochocientos veinticinco mil veinticuatro colones con cero
céntimos, asimismo, dentro del término dispuesto deberá cancelar además la suma
de diez millones de colones por concepto de daño moral tal y como se dispuso en
sentencia las catorce horas quince minutos del quince de noviembre de dos mil
once. En caso omiso a lo anterior se procederá al remate del inmueble partido
de Guanacaste N° 18602-001, situada en el distrito 01 Nicoya, cantón 02 Nicoya,
provincia de Guanacaste, naturaleza no especificada, se señala para el primer
remate las ocho horas cero minutos del ocho de junio de dos mil diecisiete, con
una base de la totalidad del valor del inmueble sea esta la suma de ciento
cincuenta y tres millones seiscientos cincuenta mil cuarenta y ocho colones con
cero céntimos se señala para segundo remate las ocho horas con cero minutos del
veintidós de junio de dos mil diecisiete, con una base del cincuenta por ciento
del valor del inmueble sea esta la suma de setenta y seis millones ochocientos
veinticinco mil veinticuatro colones con cero céntimos y finalmente se señala
para el tercer remate las ocho horas con cero minutos del seis de julio de dos
mil diecisiete, con una base del veinticinco por ciento del valor del inmueble
sea esta la suma de treinta y ocho millones cuatrocientos doce mil quinientos
doce colones con cero céntimos. Procédase a publicar el edicto correspondiente
por dos veces consecutivas en el diario oficial La Gaceta, se pone en
conocimiento de los oferentes que para participar en dicho remate deberán
depositar con al menos tres días de anticipación en la cuenta de este despacho
el monto la base consignadas en la presente resolución. Se rechaza la solicitud
de condena al pago de los intereses de tipo legal en razón de no haberse
otorgado en la sentencia que se ejecuta. Se condena al demandado al pago de
ambas costas. Se les hace saber a las partes que la presente resolución admite
recurso de apelación, el cual deberá presentarse dentro de los tres días
posteriores a la notificación. Proceso ordinario N° 07-000252-0869-FA, establecido
por Julia María De Jesús Chacón Paniagua, cédula 0501410044 contra Gerardo
González Ramírez, cédula 0601041299. Notifíquese.—MSC Berta Lidieth Araya
Porras, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017137680 ).
Licenciado
Wálter Alvarado Arias. Juez del Juzgado Segundo de Familia de San José, a
Miguel Ángel Pérez Abarca, en su carácter personal, quien es mayor, mexicano,
divorciado, documento de identificación Nº 05280007333, se le hace saber que en
demanda declaratoria de extramatrimonialidad e investigación de paternidad
expediente Nº 15-000926-0187-FA establecida por Samady Anabelle Fonseca
Fernández contra Miguel Ángel Pérez Abarca y Juan Miguel Salazar Carballo, se
ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice:
“Juzgado Segundo de Familia de San José. A las nueve horas y treinta y dos
minutos del ocho de mayo de dos mil diecisiete.- I. Se tiene por
establecido por parte de Samady Anabelle Fonseca Fernández el presente proceso
de declaratoria de extramatrimonialidad e investigación de paternidad en contra
de Miguel Ángel Pérez Abarca y Juan Miguel Salazar Carballo a quienes se les
confiere traslado por el plazo de diez días, para que la contesten, opongan
excepciones previas, ofrezcan la prueba documental que tuvieren y la testimonial
con indicación en su caso del nombre y generales de los testigos que propongan.
Al contestar negativamente deberán expresar con claridad las razones que tengan
para su negativa y los fundamentos legales en que se apoyan. Respecto de los
hechos de la demanda, deberán contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechazan por inexactos, o si los admiten como ciertos o
con variantes o rectificaciones. Por existir menores involucrados en este
proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Se le
previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente deben
señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que
mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el
transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se
producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°
20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las
partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2
de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que,
si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso
exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden
utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un
número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de
actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades
internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la
recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema
de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir
notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder
Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al
personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por
haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV,
se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas
que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b)
Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún
tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia.- II. Se pone en conocimiento de las partes que el
Departamento de Laboratorio Forense, Sección de Bioquímica, concedió cita para
realizar la prueba de marcadores genéticos para las ocho horas del veintiuno de
julio del dos mil diecisiete (08:00 horas 21-07-2017). Desde ya se les hace
saber que no es necesario que se presenten en ayunas, pero sí es indispensable
la presentación del documento de su identidad vigente y en buenas condiciones.
También, se les hace saber que la persona que sin fundamento razonable se
niegue a someterse a la práctica de esa prueba, dispuesta por esta autoridad
podrá ser tenida como procediendo con malicia. Además, esa circunstancia podrá
ser tenida como indicio de la veracidad de lo que se pretende demostrar con
dicha prueba y que si una persona se niega someterse a un examen médico, que
sea necesario para acreditar en juicio ciertos hechos controvertidos, el Juez
puede considerar como probados los hechos que se trataban de demostrar por la
vía del examen (Artículos 98 del Código de Familia y 46, párrafo segundo del
Código Civil); de ahí la importancia de que señalen un medio donde atender sus notificaciones
y de suministrar su número telefónico de celular a efecto de enviarles a la vez
un recordatorio de la que cita que posteriormente se les vaya a asignar. Lic.
Juan Pablo Gamboa Amador, Juez.”.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—Lic.
Wálter Alvarado Arias, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017137685 ).
Licda.
Valeria Arce Ihabadjen Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace
saber a John E. Campos Barrera, documento de identidad CC7711712, colombiano,
vecino de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso
abreviado de nulidad matrimonio en su contra, bajo el expediente número
16-000559-0186-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Se
declare la inexistencia del matrimonio celebrado entre los demandados, por no
existir consentimiento por parte de uno de los contrayentes, se anule la
inscripción del acto matrimonial, se anule cualquier trámite de naturalización
y cualquier acto preparatorio emitido por la Dirección General de migración,
tendiente a otorgar residencia al demandado y
se imponga a los demandados el pago de las costas. Lo anterior se ordena así en
proceso abreviado de nulidad matrimonio de Procuraduría General de la República
contra John E. Campos Barrera, Magaly de la Trinidad Agüero Salas; expediente
Nº 16-000559-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José,
10 de mayo del 2017.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2017137743 ).
Licda.
Patricia Cedeño Leitón jueza del Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional
de Grecia (Materia cobro); hace saber a Alberto José Volio Scaglieti, documento
de identidad 0111240246, quien es mayor, casado una vez, administrador de
empresas, vecino de San Rafael de Escazú, San José, edificio avenida Escazú,
torre AE-Dos, quinto piso, que en este Despacho se interpuso un proceso
ejecución hipotecaria en contra de Mario Alonso Salguero Salas, bajo el
expediente Nº 16-004507-1204-CJ donde se dictaron las resoluciones que en lo
que interesa dicen: Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia
(Materia cobro). A las nueve horas y cincuenta y tres minutos del trece de
diciembre del año dos mil dieciséis. Se tiene por establecido el proceso
ejecución hipotecaria en contra de Mario Alonso Salguero Salas; a quien(es) se
le(s) previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un
medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo
haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de
veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Por el plazo de
ocho días, se requiere de pago a en su condición de tercer adquiriente Alberto
José Volio Scaglieti para que verifique el pago de la suma que garantiza la
hipoteca, o la abandone a la ejecución; así como para que se apersone(n) a hacer
valer sus derechos. Artículos 419 del Código Civil, reformado en forma tácita
por el numeral 21.4 de la Ley de Cobro Judicial. Lo anterior se ordena así en
proceso ejecución hipotecaria de Luis Diego Cubero Marín contra Mario Alonso Salguero Salas; mediante resolución de las
trece horas y cincuenta y tres minutos del dos de mayo del año dos mil
diecisiete, expediente Nº 16- 004507-1204-CJ. Artículo 21.4 de la Ley de Cobro
Judicial.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de
Grecia (Materia cobro), 02 de mayo del 2017.—Licda. Patricia Cedeño Leitón,
Jueza.—1 vez.—( IN2017137799 ).
Se hace saber que ante la notaria pública Angie
Miranda Sandí, con oficina abierta en San Pablo de Heredia, Residencial Rincón
Verde, Etapa uno, casa veintinueve A, han comparecido los señores: Michael
Steef Díaz Olmos, mayor, soltero, cedula de identidad N° 115750632, vecino de
Tibás, 600 metros oeste de la esquina suroeste del parque de Tibás, ingeniero
en redes, hijo de Michael Diaz Rodríguez, cedula de identidad N° 204320148 y
Olga Olmos Porras, cédula de identidad número 602220478 y la señorita Krystel
Andrea Vega Murillo, mayor, soltera, cédula de identidad número 116690506,
vecina de Tibás, 600 metros oeste de la esquinas suroeste del parque de Tibás y
75 metros sur, Investigadora de fraude en Amazon, hija de Luis Alberto Vega
Vega, cédula de identidad N° 107430466 y Ana Yancy Murillo Lobo, cédula de
identidad N° 109440668, han comparecido ante esta notaría a efecto de celebrar
matrimonio civil conforme a nuestra
legislación. En virtud de ello y en cumplimiento del artículo 25 del Código de
Familia, se ordena la publicación del edicto en arras de que si existe alguna
oposición a la unión solicitad lo hagan saber dentro del plazo de los ocho días
naturales después de la publicación de este edicto ante la notaría de la
Licenciada Angie Miranda Sandí.—Heredia, mayo del 2017.—Licda. Angie
María Miranda Sandí, Notaria.—1 vez.—( IN2017137504 ).
Clifford Jackson Samuels Gordon, mayor, divorciado una vez, de
nacionalidad panameña, colaborador de servicio al cliente, con pasaporte de ese
país número PA0121332, y Karla Vanessa Montero Jiménez, mayor, soltera,
colaboradora de servicio al cliente, portadora de la cédula de identidad N°
1-1572-993, ambos vecinos de San José, Santa Ana, Brasil, de Swiss Travel 300
metros al este, apartamento de dos plantas a mano izquierda contiguo a Bakia
Flats, han manifestado ante ésta notaría su voluntad de contraer Matrimonio
Civil. Quien conozca algún impedimento legal o tenga oposición para la
celebración del mismo deberá manifestarlo por escrito o vía facsímil al número
2222-52-00, en los siguientes 8 días naturales ante mi notaría, sita en San
José, La Uruca, de la antigua Adoc, ciento cincuenta metros al este.—San José,
24 de mayo del 2017.—Licda. Francini Acosta Núñez, Notaria.—1 vez.—(
IN2017137564 ).
Ante mí, Iván
Darío Villegas Franco abogado y notario público, con oficina en San José, han
comparecido con el fin de celebrar matrimonio civil ante mi notario, el futuro
contrayente: Hever Fabian (nombres) Torres Cruz (apellidos), de nacionalidad
colombiana, mayor, soltero, entrenador profesional de deportes en el área de
Racquetball, identificado con cédula de residencia costarricense número uno uno
siete cero cero dos uno cero nueve dos uno dos, vecino de San José, Pavas,
Rohrmoser Bulevar, del edificio Prisma Dental, cien metros al norte y
veinticinco al este, casa número ciento setenta y cinco, quien manifiesta que
nació en Sevilla, Colombia el veinte de setiembre de mil novecientos ochenta y
que sus padres son Luis Alfonso (nombres) Torres Cossio (apellidos) y María
Gloria (nombres) Cruz Baena (apellidos), ambos nacionalidad colombiana y
vecinos de la ciudad Cali, Departamento Valle del Cauca, Colombia y la futura
contrayente representada en este acto por la señorita María José Santamaría
Méndez, quien es mayor, soltera, portadora de la cédula de identidad número dos
cero siete dos cinco cero cinco ocho ocho, asistente administrativo, vecina de
Sabanilla, Montes de Oca, del gimnasio del este doscientos oeste, y setenta y
cinco sur, apartamentos Carmiol número cuatro, según consta en poder
autenticado por el Notario diecisiete del Circulo de Cali, Alberto Montoya
Montoya, y debidamente legalizado y apostillado en la República de Colombia
bajo el número A dos RFS uno dos cuatro cero cinco nueve tres uno nueve cero,
Stefany Liliana (Nombres) Silva Astaiza (Apellidos), quien dijo ser mayor, de
nacionalidad colombiana, soltera, con pasaporte número A S tres tres seis ocho
cuatro seis, quien nació el diecisiete de enero de mil novecientos ochenta y
nueve y reside actualmente en la ciudad Cali-departamento del Valle del Cauca,
Colombia, manifiesta que sus padres son Armando Piero (nombres) Silva Escobar
(apellidos) y Liliana (nombre) Astaiza Prieto (apellidos), ambos de
nacionalidad colombiana y vecinos de Cali, Colombia. Ambos comparecientes
dijeron estar hábiles para contratar y contraer matrimonio. Es todo.—San José,
24 de mayo del 2017.—Lic. Iván Darío Villegas Franco, Notario.—1 vez.—(
IN2017137659 ).
Nosotros
Abelardo Rodríguez Torres, mayor, divorciado una vez, policía, vecino de
Valverde Vega 300 norte del estadio, cedula 6-140-172, nacido en Puntarenas,
con padres Darío Rodríguez Rodríguez y Mariana Torres Torres, nacionalidades
costarricenses y Damaris Blandón Delgado, mayor, divorciada una vez, ama de
casa, vecina de misma dirección anterior, con, lugar de nacimiento Grecia,
cedula 2- 621-844, con padres Ramón Blandón Blandón, María Isabel Delgado
Marín, nacionalidades costarricense, deseamos contraer matrimonio, cualquier
objeción comunicarlo Sarchi Norte 200 norte Beneficio La Eva con la licenciada
María Alejandra Conejo Corrales.—Valverde Vega, veinticuatro de mayo del dos
mil diecisiete.—Licda. María Alejandra Conejo Corrales, Notaria.—1 vez.—(
IN2017137835 ).
Se hace saber
que ante el notario público Augusto Arce Marín con oficina en San José, Los
Yoses, edificio GLC Abogados, comparecieron: Abraham Leonardo Herrera Vega,
costarricense, mayor, soltero, ingeniero electromecánico, portador de la cédula
de identidad número 4-0201-0121, con domicilio en Heredia, San Isidro, 800
metros al norte del puente sobre el Río Tibás, hijo de Carlos Abraham Herrera
Madrigal y Olga Nydia Vega Villalobos; y Erika Tatiana Medina Aragundy,
ecuatoriana, mayor, divorciada de sus primeras nupcias, portadora del Dimex N°
121800126015, estudiante, con domicilio en Heredia, San Isidro, 800 metros al
norte del puente sobre el Río Tibás, hija de César Medina Solórzano y Freya
Aragundy Loor, ambos padres de nacionalidad ecuatoriana; comparecieron a efecto de celebrar matrimonio civil conforme a
nuestra legislación. En virtud de ello y en cumplimiento del artículo 25 del
Código de Familia, se ordena la publicación de este edicto, en aras de que-si
existe oposición alguna a la unión lo hagan saber dentro del plazo de siete
días naturales después de la publicación de este edicto ante la notaría del Licenciado
Augusto Arce Marín.—San José, 25 de mayo de 2017.—Lic. Augusto Arce Marín,
Notario.—1 vez.—( IN2017137855 ).
Exp. N° 14-001074-0412-PE licenciado (a) Marisol
Del Carmen Alpízar Chaves, Fiscal(a) del (la) fiscalía de santa cruz (Materia
Penal), al (la) señor (a) Hacienda Santa María representada por el señor Johann
Ciolek Cidex cédula de residencia 127600115217, se le hace saber: Que en el
legajo de acción civil resarcitoria, seguido en contra de Diethel Banrach en
perjuicio de José Luis Ortega Jirón por el delito Se da traslado de la modificación
de la acción civil resarcitoria Fiscalía de Santa Cruz (Materia Penal), al ser
las dieciséis horas y uno minutos del veinticuatro de agosto del año dos mil
dieciséis. De conformidad con los artículos, 111, 112 y 115 del Código Procesal
Penal, se procede con vista en la acción civil resarcitoria interpuesta por
José Luis Ortega Jirón, a darle traslado al tercero civilmente responsable
Johann Ciolek Cidex cédula de residencia 127600115217 de las pretensiones
expuestas por dicha parte, para que se pronuncie sobre la admisibilidad o
inadmisibilidad del (la) actor (a) civil en este proceso, planteando las
excepciones que estime pertinentes, por lo que se le concede el término de ley
para que haga valer sus derechos. Así mismo se le previene que en el acto de
ser notificado deberá señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Comuníquese el
contenido de la resolución a los demandados civiles y a su defensor en forma
separada. Notifíquese. Licda. Marisol Del Carmen Alpízar Chaves Fiscala
Auxiliar Fiscalía de Santa Cruz (Materia Penal) comunicación por edicto.
Fiscalía de Santa Cruz (Materia Penal), a las. En vista de que el (la) señor
(a) Johann Ciolek Cidex es de domicilio desconocido, se procede a comunicarle
la resolución que por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín
Judicial. Comuníquese.—Fiscalía de Santa Cruz (Materia Penal).—Lic.
Marisol Del Carmen Alpízar Chaves, Jueza.—1 vez.—Exonerado.— ( IN2017137718 ).