BOLETÍN JUDICIAL 109 DEL 09 DE JUNIO DEL 2017

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA PRIMERA

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

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Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA PRIMERA

Al señor Edward Lawrence Mclntire, de actual domicilio ignorado, se le hace saber: Que en diligencias de exequátur promovidas por el señor José Antonio Ortiz Quirós y la señora Ana Catalina Bolaños Gutiérrez, para obtener la homologación de una sentencia de adopción dictada por el Tribunal Superior para el Condado de San Francisco, Estado de California, Estados Unidos de América. Al efecto se ha dictado la resolución que dice: “Nue: 16-000164-0004-FA, Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. Solicitud para obtener exequátur de una sentencia de adopción promovida por el señor José Antonio Ortiz Quirós, de doble nacionalidad; costarricense y estadounidense, trabajador de hotelería, cédula de identidad costarricense número 9-0108-0442, con pasaporte estadounidense 529486965 en calidad de padrastro y adoptante y la señora Ana Catalina Bolaños Gutiérrez, psicóloga, nacionalidad costarricense, cédula de identidad número 1-0963-0164, en calidad de madre biológica y en el ejercicio de la patria potestad del menor adoptado, ambos casados entre sí y el niño Denzell Matías Mclntire cc Denzell Matías Ortiz Bolaños, menor de edad, de nacionalidad costarricense por nacimiento y estadounidense por domicilio, nacido en San José, Costa Rica el 28 de agosto del 2008, en calidad de adoptado. Todos domiciliados en el Condado de San Francisco, Estado de California, Estados Unidos de América, tendientes a que se ponga el exequátur de ley a la ejecutoria que acompañan de la sentencia de adopción de la citado menor. Figura el Licenciado Manuel Antonio Vílchez Campos, Abogado y Notario, colegiado carné número 6400, en condición de apoderado especial judicial de los promoventes y el Licenciado Roberto Ramón Montealegre Quijano, Abogado y Notario, colegiado carné número 1413, vecino de San José, en calidad de curador procesal del padre biológico señor Edward Lawrence Mclntire. Todos mayores de edad excepto el adoptado, y con las excepciones dichas, Abogados. Resultando 1º.-... 2º.-... 3º.-... 4º- ... Considerando I.- ... II.- ... III. Por tanto. Se concede el exequátur a la sentencia de adopción, dictada por el Tribunal Superior para el Condado de San Francisco, Estado de California, Estados Unidos de América, el 25 de abril de 2011, que decreta la adopción de Denzell Matías Mclntire cc Denzell Matías Ortiz Bolaños, a favor del señor José Antonio Ortiz Quirós, casado, de doble nacionalidad; costarricense y estadounidense, trabajador de hotelería, cédula de identidad costarricense número 9-0108-0442, de manera que el menor se inscribirá con el nombre Denzell Matías Ortiz Bolaños. En consecuencia, procédase a la ejecución, por lo que se ordena expedir ejecutoria de la presente resolución aprobatoria, con inserción de la homologada, una vez que alcance firmeza, a fin de que el interesado gestione lo que corresponda ante el Registro Civil. Se ordena inscribir. Publíquese una vez en el Boletín Judicial la parte dispositiva de este fallo. Luis Guillermo Rivas Loáiciga, Román Solís Zelaya, Carmenmaría Escoto Fernández, Rocío Rojas Morales, William Molinari Vílchez

San José, 31 de mayo del 2017

                                                                    Anthony Quirós Madrigal,

                                                                               Notificador a. í.

1 vez.—Exento.—( IN2017140664 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando 05 servidumbres trasladadas, 01 servidumbre de acueducto, serv y condic ref 2151535-001, 02 servidumbres de líneas eléctricas y de paso y 02 servidumbres aguas pluviales; a las ocho horas y treinta minutos del seis de julio del año dos mil diecisiete, y con la base de ciento setenta y seis mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 477512-000 la cual es terreno de zona verde. Situada en el distrito 8- Bolívar, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre agrícola y Condominio Bariloche Real S.R.L.; al sur, Condominio Bariloche Real S.R.L.; al este, Condominio Bariloche Real S.R.L. y servidumbre agrícola y al oeste, servidumbre agrícola y Condominio Bariloche Real S.R.L. Mide: cuatro mil treinta y cinco metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de julio del año dos mil diecisiete, con la base de ciento treinta y dos mil dólares exactos y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de agosto del año dos mil diecisiete con la base de cuarenta y cuatro mil dólares exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Roger Fausto Sánchez Guerrero. Exp. 16-006277-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 22 de mayo del 2017.—Lic. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—( IN2017141046 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del seis de julio del año dos mil diecisiete, y con la base de cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo Placa: 662915, Marca: Nissan, Estilo: Tiida, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: JN1FCAC11Z0002873, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, tracción: 4X2, color: dorado, Motor: HR16174897A, cilindrada: 1598 c.c., combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiuno de julio del año dos mil diecisiete, con la base de tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y diez minutos del nueve de agosto del año dos mil diecisiete con la base de un millón de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Víctor Manuel del Carmen Ramírez Quirós contra Luis Miguel Cordero Alpízar. Exp. 17-000752-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 28 de abril del año 2017. Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2017141050 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción de tránsito bajo el número de sumaria 14-000824-0742-TR, boleta 201493400506; a las once horas y cero minutos del veinticuatro de julio del año dos mil diecisiete, y con la base de un millón quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número MOT-317286. Marca Yamaha. Estilo YBR125G. Categoría motocicleta. Capacidad 2 personas. Año 2012. Color negro. Vin LBPKE131XB0039139. Cilindrada 125 cc. Combustible gasolina. Motor JYM154FMI11004437. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del diez de agosto del año dos mil diecisiete, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintiocho de agosto del año dos mil diecisiete con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credinorteño S. A. contra Paola Cristina Porras Rodríguez. Exp. 15-001111-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 12 de mayo del 2017.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2017141051 ).

A las ocho horas del dieciocho de agosto de dos mil diecisiete, en la puerta principal del edificio que ocupa este Despacho, al mejor postor, libre de gravámenes prendarios, soportando decreto de embargo bajo el Tomo 800, asiento 00161710 y con la base dada por el perito, sea la suma de seis millones ciento treinta y seis mil colones, en el mejor postor remataré: El equipo especial agrícola placas EE-026690, marca Landini, estilo DT 8860, carrocería tractor de llanta, número de chasis TLWLZ35159, año 2008, marca de motor Perkins, número de motor RR81527U390785P, cilindrada 4400 centímetros cúbicos, combustible diesel, capacidad una persona, color azul, categoría equipo especial agrícola; propiedad de William Arrieta Chacón y Johnny Arias Rodríguez. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base con la base dada por el perito, sea la suma de cuatro millones quinientos mil colones, se señalan las ocho horas del cuatro de setiembre de dos mil diecisiete. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base con la base dada por el perito, sea la suma de un millón quinientos treinta y cuatro mil colones, se señalan las ocho horas del veinte de setiembre de dos mil diecisiete. lo anterior, por estar así ordenado en proceso ordinario (en ejecución de sentencia) establecido por Johnny Arias Rodríguez contra William Arrieta Chacón. Exp. 09-000133-0298 AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 26 de mayo del 2017.—Lic. Federico Villalobos Chacón, Juez.—Exento.—( IN2017141053 ).

En la puerta exterior de este Despacho; a las nueve horas treinta minutos del diecinueve de julio del dos mil diecisiete (09:30 am del 19/07/2017) y con la base de diecisiete millones novecientos ochenta y seis mil quinientos ochenta y seis colones con treinta céntimos (¢17.986.586,30), soportando Hipoteca de Primer Grado a favor de Banco Nacional de Costa Rica por la suma de cinco millones de colones netos (¢5.000.000,00), inscrita al tomo: 0557, asiento: 00014334 en el mejor postor remataré lo siguiente: inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 00272377-000, la cual es terreno de cultivos anuales con una casa de habitación y un corral. Situada en el distrito: Upala cantón: Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Tito José Somarribas Larios; al sur, plaza de deportes y Maricela Reyes Duarte; al este, quebrada Puente Negro y Mario Barrientos y al oeste, calle pública. Mide: noventa y siete mil ochocientos cuarenta y cinco metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del siete de agosto del dos mil diecisiete (09:30 a. m. del 07/08/2017), con la base de trece millones cuatrocientos ochenta y nueve mil novecientos treinta y nueve colones con setenta y dos céntimos (¢13.489.939,72) (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintitrés de agosto del dos mil diecisiete (09:30 a. m. del 23/08/2017), con la base de cuatro millones cuatrocientos noventa y seis mil seiscientos cuarenta y seis colones con cincuenta y siete céntimos (¢4.496.646,57) (un 25% de la base original). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra José Antonio Reyes Calero. Exp:17-000028-1520-AG.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria), 30 de mayo del 2017.—Licda. Rosaura Segnini Vargas, Jueza.—Exonerado.—( IN2017141055 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y Restricciones: Citas: 0342-00014219-01-0912-001; a las trece horas y veinte minutos del veintiocho de julio de dos mil diecisiete -01:20pm 28/07/2017, y con la base de siete millones trescientos cuarenta y seis mil ciento ochenta colones con treinta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos veinticinco mil ochocientos diez cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Ramona Odilie Vargas Mora; al sur resto reservado de Rafael Ángel Badilla Vargas; al este resto reservado de Rafael Ángel Badilla Vargas y al oeste calle pública con 11,14 metros. Mide: ciento noventa y nueve metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y veinte minutos del diecisiete de agosto de dos mil diecisiete -01:20pm 17/08/2017-, con la base de cinco millones quinientos nueve mil seiscientos treinta y cinco colones con veintitrés céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y veinte minutos del uno de setiembre de dos mil diecisiete -01:20pm 01/09/2017- con la base de un millón ochocientos treinta y seis mil quinientos cuarenta y cinco colones con ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Comisión Nacional de Préstamos para la Educación contra Daniel Gerardo Badilla Bermúdez, Víctor Julio Badilla Bermúdez. Exp. 17-003286-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 15 de mayo del 2017.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2017141073 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre dominante citas: 368-19650-01-0015-001, servidumbre sirviente citas: 368-19650-01-0016-001, reservas y restricciones citas: 368-19650-01-0901-001, servidumbre de paso citas: 415-10814-01-0002-001, a las diez horas y cero minutos del dieciséis de agosto del dos mil diecisiete, y con la base de cincuenta y ocho millones setecientos tres mil doscientos veinte colones con diecinueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa y nueve mil quinientos treinta y seis cero cero cero, la cual es terreno de café y charral, lote uno. Situada: en el distrito 02 Volcán, cantón 03 Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, servidumbre de paso hoy calle pública en medio de Anito Beita, Flory Ulate Y Robert Phillips; al sur, Asociación de Cooperativas Europeas Longo Mai en parte con servidumbre de paso; al este, Asociación de Cooperativas Europeas Longo Mai, y al oeste, Asociación De Cooperativas Europeas Longo Mai. Mide: ciento cuarenta y tres mil trescientos noventa y seis metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del treinta y uno de agosto del dos mil diecisiete, con la base de cuarenta y cuatro millones veintisiete mil cuatrocientos quince colones con catorce céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del dieciocho de setiembre del dos mil diecisiete, con la base de catorce millones seiscientos setenta y cinco mil ochocientos cinco colones con cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L contra Carlos Luis Quesada Elizondo, Héctor Andrés Quesada Zúñiga. Expediente 17-001167-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 19 de abril del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2017141081 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de julio del año dos mil diecisiete, y con la base de veinte millones doscientos noventa y cinco mil doscientos setenta y cinco colones con cuarenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 126.220-A-000, la cual es terreno para construir con una casa y un edificio de locales comerciales. Situada en el distrito 1, Upala cantón 13, Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 11,50 metros; sur, Celso Ruiz Brizuela; este, Celso Ruiz Brizuela; oeste, Amelia Tijerino Vargas. Mide: Trescientos ochenta y cuatro metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Plano: A-0039427-1962. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de agosto del año dos mil diecisiete, con la base de quince millones doscientos veintiún mil cuatrocientos cincuenta y seis colones con cincuenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de setiembre del año dos mil diecisiete con la base de cinco millones setenta y tres mil ochocientos dieciocho colones con ochenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R. L. contra Daniel Martín Medrano Tijerino. Exp. 16-001727-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 23 de mayo del 2017.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2017141086 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas del seis de julio del año dos mil diecisiete, y con la base de treinta millones doscientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos dos colones con cuarenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 498165-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Juan, cantón Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 3 metros 51 cm, lote Dos Grupo Tangevi S. A.; al sur, Hermanos Álvarez FAA S. A.; al este, lote tres Grupo Tangevi S. A. y al oeste, Lilliana Rodríguez Jiménez, lote dos Grupo Tangevi S. A. Mide: Novecientos seis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veintiuno de julio del año dos mil diecisiete, con la base de veintidós millones seiscientos noventa y cuatro mil quinientos cincuenta y un colones con ochenta y cuatro céntimos y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del dieciséis de agosto del año dos mil diecisiete con la base de siete millones quinientos sesenta y cuatro mil ochocientos cincuenta colones con sesenta y un céntimos . Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Martha María Parrales Aranda. Exp: 16-006281-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 22 de mayo del 2017.—Licda. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—( IN2017141087 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas 2013-329297-01-0003-001; a las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno de julio del año dos mil diecisiete, y con la base de nueve millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos seis mil cuatrocientos ochenta y uno-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Sardinal, cantón 05 Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Juana Carballo Espinoza; al sur, servidumbre con 25.36 metros; al este, Juana Carballo Espinoza, y al oeste, calle publica con 21.49 metros de frente. Mide: Quinientos veintitrés metros cuadrados. Plano: G-1753275-2014. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de agosto del año dos mil diecisiete, con la base de seis millones novecientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del uno de setiembre del año dos mil diecisiete con la base de dos millones trescientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Rodolfo Gómez Enríquez. Exp. 16-000007-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro), 01 de junio del 2017.—Licda. Jenny Corrales Torres, Jueza.—( IN2017141089 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 351-04462-01-0881-002; a las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de julio del dos mil diecisiete, y con la base de veintiún millones cuatrocientos setenta y nueve mil cuatrocientos colones con treinta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y cinco mil quinientos cuarenta y ocho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, lote 10-J. Situada: en el distrito 07 Arenal, cantón 08 Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 11-J de Melvin Zúñiga Hidalgo; al sur, lote 9-J de Ulises Picado Anchía; al este, parcela 5 del bloque uno de Claudia Cabezas Anchía, y al oeste, calle pública. Mide: novecientos noventa metros con un decímetro cuadrados. Plano: G-0575321-1999. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de agosto del dos mil diecisiete, con la base de dieciséis millones ciento nueve mil quinientos cincuenta colones con veintinueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta y uno de agosto del dos mil diecisiete, con la base de cinco millones trescientos sesenta y nueve mil ochocientos cincuenta colones con diez céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Terry R Moran No. Expediente 14-002612-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro), 02 de junio del 2017.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—( IN2017141091 ).

En la puerta exterior de este Despacho; hipoteca en segundo grado, soportando hipoteca en primer grado citas 2010-00268994-01-0001-001; a las trece horas y treinta minutos del doce de julio de dos mil diecisiete, y con la base de diez mil setecientos cuarenta y siete dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cincuenta y cuatro mil ciento cuarenta y cinco cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Juan de Dios, cantón desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Olman Jiménez Jiménez; al sur, calle pública con 06 m. 12 cm.; al este, Oscarina Retana Calvo y al oeste, Olman Jiménez Jiménez. Mide: doscientos trece metros con dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del treinta y uno de julio de dos mil diecisiete, con la base de ocho mil sesenta dólares con veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciséis de agosto de dos mil diecisiete con la base de dos mil seiscientos ochenta y seis dólares con setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Óscar Danilo Palma Gómez contra María Cecilia Vargas Zúñiga y Ulises Rodríguez Ramírez. Exp. 16-023463-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 9 de febrero del 2017.—Lic. Henry Sanarrusia Gómez, Juez.—( IN2017141104 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del cuatro de julio de dos mil diecisiete (2:00 p. m. / 04/07/2017), y con la base de dieciocho mil setecientos noventa y dos dólares con cincuenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número CL 280299, marca Nissan, estilo Navara LE, categoría carga liviana, capacidad 5 personas, año 2013, color gris, vin MNTVCUD40Z0603498, cilindrada 2488 cc, combustible diesel, motor YD25468709T. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de julio de dos mil diecisiete (2:00 pm / 20/07/2017), con la base de catorce mil noventa y cuatro dólares con treinta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del nueve de agosto de dos mil diecisiete (2:00 pm / 09/08/2017) con la base de cuatro mil seiscientos noventa y ocho dólares con doce centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra Pablo José Aguirre Saavedra. Exp. 17-001232-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 10 de mayo del 2017.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2017141118 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cero minutos del cuatro de agosto de dos mil diecisiete y con la base de diez mil trescientos treinta y cinco dólares con ochenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas PCT129, Marca: Toyota, estilo: Yaris, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: sedán 4 puertas, tracción: 4X2 número chasis: JTDBT923101426172, año fabricación: 2013, color: Gris, vin: JTDBT923101426172 motor: 1NZE146876, cilindrada: 1496 cc cilindros: 4 combustible: Gasolina. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintitrés de agosto de dos mil diecisiete, con la base de siete mil setecientos cincuenta y un dólares con ochenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de setiembre de dos mil diecisiete con la base de dos mil quinientos ochenta y tres dólares con noventa y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra Mauricio Carvajal Ulloa. Exp. 17-003301-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 15 de mayo del 2017.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2017141119 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando sumaria: 15-007375-0489-TR, boleta: 2015313901231; a las diez horas y cero minutos (10:00 am), del veinticuatro de julio del dos mil diecisiete, y con la base de dos mil veinte dólares con ochenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa 566659, marca: Mercedes Benz, año: 2003, color: negro, vin: WDB2110651A001745. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos (10:00 am) del once de agosto del dos mil diecisiete, con la base de mil quinientos quince dólares con sesenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos (10:00 am) del veintinueve de agosto del dos mil diecisiete, con la base de quinientos cinco dólares con veintidós centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera CAFSA S. A. contra Trudy Vanessa Josephs Hamblet. Expediente 17-002643-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 12 de mayo del 2017.—Lic. Ramón Meza Marín, Juez.—( IN2017141120 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas: 465-03189-01-0002-001; a las siete horas y cuarenta y cinco minutos del tres de julio de dos mil diecisiete, y con la base de doscientos veinticinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos setenta y seis mil setecientos once cero cero cero la cual es terreno naturaleza: terreno de zona verde con una casa. Situada en el distrito 7-Santa Eulalia, cantón 5-Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte servidumbre de paso; al sur Francesca Albonico Araya; al este, Inversiones Hercamo J.M.R. Sociedad Anónima y al oeste servidumbre de paso. Mide: mil setecientos catorce metros con doce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de julio de dos mil diecisiete, con la base de ciento sesenta y ocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del once de agosto de dos mil diecisiete con la base de cincuenta y seis mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Orquídea de San José Sociedad Anónima contra Rolando Marcial Campos Mora. Exp: 17-000900-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 26 de mayo del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2017141124 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del veintisiete de julio del dos mil diecisiete, y con la base de ciento veinte mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos dieciocho mil seiscientos veintiuno cero cero cero, la cual es terreno P/ construir con 1 casa. Situada. en el distrito 1-San Pedro, cantón 15-Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública a cedros; al sur, Junta Administrativa Fondo de Ahorro y Préstamo de la Universidad de Costa Rica; al este, Junta Administrativa Fondo de Ahorro y Préstamo de la Universidad de Costa Rica, y al oeste, Junta Administrativa Fondo de Ahorro y Préstamo de la Universidad de Costa Rica. Mide: cuatrocientos nueve metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de agosto del dos mil diecisiete, con la base de noventa mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de agosto del dos mil diecisiete, con la base de treinta mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Pejvalle Rivers Corp Sociedad Anónima contra Patricia de los Ángeles Salas Garro. Expediente 17-003282-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 12 de mayo del 2017.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2017141129 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las siete horas y treinta minutos del veintiocho de julio del año dos mil diecisiete, y con la base de catorce mil treinta y un dólares con ochenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: BGM 969, marca Toyota, estilo Yaris S categoría automóvil capacidad 5 personas, carrocería sedan 4 puertas, tracción 4x2, cilindros 04, combustible gasolina, año 2014 motor 1NZY917346. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del dieciséis de agosto del año dos mil diecisiete, con la base de diez mil quinientos veintitrés dólares con ochenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del treinta y uno de agosto del año dos mil diecisiete con la base de tres mil quinientos siete dólares con noventa y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra Rigoberto Pérez Espinoza. Exp. 17-000962-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Cobro), 31 de mayo del 2017.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—( IN2017141135 ).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando servidumbre trasladada bajo las citas tomo: 368, asiento: 1950, servidumbre trasladada bajo las citas tomo: 406, asiento: 1918, servidumbre sirviente bajo las citas: tomo: 406, asiento: 1918, reservas y restricciones bajo las citas tomo: 406, asiento: 1918, practicado bajo las citas tomo: 800, siento 327019; a las diez horas y cero minutos del treinta y uno de julio del dos mil diecisiete, y con la base de doscientos doce mil trescientos ochenta y dos dólares con treinta centavos de dólar, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 162559-000 la cual es terreno para construir lote 26 bloque B. Situada: en el distrito 03 La Asunción, cantón 07 Belén, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 25 bloque B; al sur, lote 27 bloque B; al este, lote 27 y 28 bloque B, y al oeste, calle primera con frente de 20.21 metros lineales. Mide: seiscientos sesenta metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Plano catastrado H-0515339-1998. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de agosto del dos mil diecisiete, con la base de ciento cincuenta y nueve mil doscientos ochenta y seis dólares con setenta y tres centavos de dólar (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del uno de setiembre del dos mil diecisiete, con la base de cincuenta y tres mil noventa y cinco dólares con cincuenta y ocho centavos de dólar (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Juan Carlos Calvo Briceño. Expediente 16-012079-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 22 de mayo del 2017.—Lic. Carlos Alberto Marín Ángulo, Juez.—( IN2017141136 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del trece de julio del año dos mil diecisiete, y con la base de diecinueve mil cuatrocientos cuarenta y cuatro dólares con cuarenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas MFK607, Marca Kia, estilo Sorento, categoría automóvil, capacidad 7 personas, año 2015, color negro, vin KNAKU811BF5530850, cilindrada 2359 cc, combustible gasolina, motor G4KEEH702714, marca: Kia. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del uno de agosto del año dos mil diecisiete, con la base de catorce mil quinientos ochenta y tres dólares con treinta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del año dos mil diecisiete con la base de cuatro mil ochocientos sesenta y un dólares con once centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Francine Elvia Jiménez Salas. Exp. 16-006327-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, (Materia Cobro), 24 de mayo del 2017.—Lic. José Luis Camareno Castro, Juez.—( IN2017141137 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes prendarios, pero soportando infracción y colisión bajo la sumaria 16-000526-0497-TR; a las catorce horas y cero minutos del veintitrés de octubre del año dos mil diecisiete, y con la base de ocho mil trescientos cincuenta y ocho dólares con setenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número FDC030, marca Hyundai, estilo Accent GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2014, color blanco, vin KMHCT41DAEU504325, cilindrada 1600 cc, combustible gasolina, motor G4FCDU391079. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de noviembre del año dos mil diecisiete, con la base de seis mil doscientos sesenta y nueve dólares con tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de noviembre del año dos mil diecisiete con la base de dos mil ochenta y nueve dólares con sesenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Federico Alonso Campos Ortega. Exp. 16-005983-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, (Materia Cobro), 17 de mayo del 2017.—Licda. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—( IN2017141138 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas 328-12519-01-0901 y Derecho subterr. bajo las citas 328-12519-01-0902; a las nueve horas y quince minutos del once de julio del dos mil diecisiete, y con la base de ciento treinta y ocho mil doscientos noventa y cuatro dólares con sesenta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 203606-000 cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada: en el distrito 01 San Vicente, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle con 12 metros 50 centímetros; al sur, zona de comercio y otro; al este, zona de comercio y otro, y al oeste, Eugenia Castro. Mide: trescientos siete metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y quince minutos del veintisiete de julio del dos mil diecisiete, con la base de ciento tres mil setecientos veintiún dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y quince minutos del dieciséis de agosto del dos mil diecisiete, con la base de treinta y cuatro mil quinientos setenta y tres dólares con sesenta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Juan Alberto Martín Barboza Segura, María Tabatta Vera Murillo, Coordinadora Medica Vital Asistencial S. A. Expediente 17-005145-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 24 de mayo del 2017.—Andrea Latiff Brenes, Jueza.—( IN2017141139 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del trece de julio del año dos mil diecisiete, y con la base de ocho mil ciento sesenta y nueve dólares con seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placa: CL-230021, marca: Mitsubishi, estilo: L200 GLX TDI (D9H), categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, serie: MMBJNKB408D047031, carrocería: camioneta pick-up caja abierta o cam-pu, tracción: 4x4, año fabricación: 2008, color: blanco. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del uno de agosto del año dos mil diecisiete, con la base de seis mil ciento veintiséis dólares con ochenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del año dos mil diecisiete con la base de dos mil cuarenta y dos dólares con veintisiete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Ivana del Socorro Tercero Aragón. Exp. 16-001498-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 23 de mayo del 2017.—Licda. Karina Chaves Vega, Jueza.—( IN2017141140 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 555-18550-01-0002-001 y servidumbre de paso citas: 2014-141116-01-0011-001; a las trece horas y treinta minutos del treinta y uno de julio del año dos mil diecisiete, y con la base de dos millones cuatrocientos setenta y dos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos siete mil sesenta y cuatro cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Cañas, cantón 06 Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Banco Nacional de Costa Rica; al sur, servidumbre de paso en frente de 13 metros; al este, Marco Quesada, y al oeste, Marco Quesada Ulate. Mide: Doscientos cincuenta metros cuadrados. Plano: G-1691743-2013. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del diecisiete de agosto del año dos mil diecisiete, con la base de un millón ochocientos cincuenta y cuatro mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del uno de setiembre del año dos mil diecisiete con la base de seiscientos dieciocho mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Angela Patricia Hidalgo Ulate y Félix Gerardo Quirós López. Exp. 15-001885-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro), 01 de junio del 2017.—Licda. Jenny Corrales Torres, Jueza.—( IN2017141154 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, 3 servidumbre de paso; a las nueve horas y treinta minutos del once de julio del dos mil diecisiete, y con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos treinta y ocho mil cero setenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 09 Alfaro, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Luis Alberto Incer Arias, Ana Lucía González Quesada, servidumbre de paso en medio; al sur, María de Los Ángeles Chaves Alfaro; al este, Dimateca Consultores y Asesores S. A., y al oeste, Dimateca Consultores y Asesores S. A. Mide: doscientos noventa y seis metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintisiete de julio del dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de agosto del dos mil diecisiete, con la base de un millón trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Royolin S. A. contra Corporación Ulisfer S. A. Expediente 16-001515-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, (Materia Cobro), 29 de mayo del 2017.—Lic. David Felipe Cortés Segura, Juez.—( IN2017141190 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diez de julio de dos mil diecisiete, y con la base de cuatro millones ciento ochenta y cinco mil trescientos noventa y dos colones con setenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número 658492, marca Geely, estilo CK1.3, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2007, color negro, vin L6T7524S97N000231, cilindrada 1300 cc. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de julio de dos mil diecisiete, con la base de tres millones ciento treinta y nueve mil cuarenta y cuatro colones con cincuenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de agosto de dos mil diecisiete con la base de un millón cuarenta y seis mil trescientos cuarenta y ocho colones con dieciocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Alejandro Arnoldo de Gerardo Varela Saborío. Exp. 17-004031-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de mayo del 2017.—Licda. Marlen Milena Angulo Arrieta, Jueza.—( IN2017141199 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y treinta minutos del diez de julio de dos mil diecisiete, y con la base de ochocientos veintiocho mil novecientos seis colones con ochenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 675033. Marca Hyunday. Estilo Accent. Categoría automóvil. Año 1997. Color rojo. Vin KMHVA21NPVU279502. Cilindrada 1500 cc. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veintiséis de julio de dos mil diecisiete, con la base de seiscientos veintiún mil seiscientos ochenta colones con dieciséis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del catorce de agosto de dos mil diecisiete con la base de doscientos siete mil doscientos veintiséis colones con setenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Melania Marín Calderón. Exp. 17-005286-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de mayo del 2017.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—( IN2017141200 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y quince minutos del once de julio de dos mil diecisiete, y con la base de diecinueve mil treinta y nueve dólares con cuarenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BKJ967. Marca Ssang Yong. Estilo Tivoli. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2016. Color gris. Vin KPT20A1VSGP040080. Cilindrada 1600 c.c. Combustible gasolina. Motor 17391000005018. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del veintisiete de julio de dos mil diecisiete, con la base de catorce mil doscientos setenta y nueve dólares con cincuenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del dieciséis de agosto de dos mil diecisiete con la base de cuatro mil setecientos cincuenta y nueve dólares con ochenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Erickson Fabián Hernández Barquero, Sandra Lucrecia Barquero Fonseca. Exp.: 17-004072-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro I Circuito Judicial de San José, 24 de mayo del 2017.—Licda. Hellen Mora Salazar, Jueza.—( IN2017141201 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando Infracciones y Colisiones bajo la sumaria 16-001000-0496-TR del Juzgado de Tránsito de Cartago; a las quince horas y treinta minutos del once de julio de dos mil diecisiete, y con la base de cuatro mil novecientos dos dólares con ochenta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: El vehículo placa: 504200, marca: Toyota, estilo: Yaris, categoría: Automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, año fabricación: 2003, color: Verde, motor: 1NZ2528449, cilindrada: 1497 cc, cilindros: 4, potencia: 80 kw, combustible: Gasolina, número serie, chasis y vin: JTDBT123400276744. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veintisiete de julio de dos mil diecisiete, con la base de tres mil seiscientos setenta y siete dólares con quince centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del dieciséis de agosto de dos mil diecisiete con la base de mil doscientos veinticinco dólares con setenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Anthony Joseph Paniagua Fernández. Exp. 17-006135-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de mayo del 2017.—Licda. Hellen Mora Salazar, Jueza.—( IN2017141202 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y quince minutos del doce de julio del dos mil diecisiete, y con la base de cuatro mil novecientos setenta dólares con veinticinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placa CL243290, marca FAW, estilo ND, carrocería caja cerrada o furgón, chasís LFWA4HB909HA00007, motor CA4D32-09-01512786, combustible diésel, capacidad 3 personas, año 2009, color blanco. Para el segundo remate, se señalan las once horas y quince minutos del treinta y uno de julio del dos mil diecisiete, con la base de tres mil setecientos veintisiete dólares con sesenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y quince minutos del dieciséis de agosto del dos mil diecisiete, con la base de mil doscientos cuarenta y dos dólares con cincuenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código d Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Alfredo González Fallas. Expediente 16-018941-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 09 de febrero del 2017.—M.Sc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—( IN2017141203 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del doce de julio de dos mil diecisiete y con la base de seis mil seiscientos noventa y tres dólares con cincuenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas CL 229220 marca Ford categoría carga liviana serie 8AFER13F07J082729, carrocería camioneta pick up, caja abierta o cam-pu uso particular estilo RANGER, capacidad 5 personas, año 2007, color vino, combustible diésel, cilindros 4. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de julio de dos mil diecisiete, con la base de cinco mil veinte dólares con catorce centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de agosto de dos mil diecisiete con la base de mil seiscientos setenta y tres dólares con treinta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Ivannia María Naranjo Mejía. Exp. 17-001130-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de mayo del 2017.—Licda. Melania Jiménez Vargas, Jueza.—( IN2017141204 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del cuatro de julio de dos mil diecisiete, y con la base de dos mil quinientos veintidós dólares con treinta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas CL 248543, marca CMC, estilo Varicia, categoría carga liviana, capacidad 2 personas, serie 60F8113, año 2010 carrocería panel, color blanco tracción 4x2, motor 1198 cc, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diecinueve de julio de dos mil diecisiete, con la base de mil ochocientos noventa y un dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de agosto de dos mil diecisiete con la base de seiscientos treinta dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Sofia Carballo Calderón. Exp.: 16-018567-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 08 de febrero del 2017.—Lic. Alonso Cascante Calvo, Juez.—( IN2017141205 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales; a las diez horas y cero minutos del veinticuatro de julio de dos mil diecisiete, y con la base de cinco mil quinientos sesenta dólares con setenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas 661787, marca: Nissan, estilo: X-Trail, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2007, color: negro, cilindrada: 2488 cc, vin: JN1TBNT30Z0106429, combustible: gasolina, número de motor: QR25368386A. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diez de agosto de dos mil diecisiete, con la base de cuatro mil ciento setenta dólares con cincuenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de agosto de dos mil diecisiete con la base de mil trescientos noventa dólares con dieciocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Adali Aguilar Vásquez. Exp. 16-025669-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 14 de febrero del 2017.—Licda. María Del Carmen Vargas González, Jueza.—( IN2017141206 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de julio del dos mil diecisiete, y con la base de cuatro mil doscientos tres dólares con sesenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas 602960, marca Peugeot, estilo Berlina, categoría automóvil, capacidad cinco personas, año dos mil seis, color gris, vin VF tres nueve UXFVJ seis S cinco cero uno dos cero uno, cilindrada dos mil novecientos cuarenta y seis cc., combustible gasolina, motor uno cero FJ cuatro AO uno ocho cinco tres cero siete. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del diez de agosto del dos mil diecisiete, con la base de tres mil ciento cincuenta y dos dólares con setenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiocho de agosto del dos mil diecisiete, con la base de mil cincuenta dólares con noventa centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Aarón Esteban Rojas Gugoltz, Vásquez Marchena Andreina. Expediente 16-021151-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de febrero del 2017.—Lic. Alonso Cascante Calvo, Juez.—( IN2017141207 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y quince minutos del veintiséis de julio de dos mil diecisiete, y con la base de diecisiete mil ciento cinco dólares con setenta centavos (cada uno), en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: CL-287094, marca: Mitsubishi; estilo: L200; capacidad: 2 personas; año: 2016; color: blanco; categoría: carga liviana; carrocería: camioneta pick-up caja abierta o cam-pu; tracción: 4x4; chasis: MMBENKL30GH019573; motor: 4D56UAC1857; cilindrada: 2477 c. c.; cilindros: 04; combustible: diesel. Vehículo: BJN446, marca: Mitsubishi; estilo: Lancer GLS; capacidad: 5 personas; año: 2016; color: gris; categoría: automóvil; carrocería: sedan 4 puertas; tracción: 4x2; chasis: JMYSNCY1AGU000448; motor: 4A92CA8305; cilindrada: 1600 c.c.; cilindros: 04; combustible: gasolina. Vehículo: BJN445. marca: CMC; estilo: Z7; capacidad: 7 personas; año: 2016; color: plateado; categoría: automóvil; carrocería: todo terreno 4 puertas; tracción: 4x2; chasis: RKMAS47L9GY041551; motor: 4G64T014713; cilindrada: 2400 c.c.; cilindros: 04; combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del catorce de agosto de dos mil diecisiete, con la base de doce mil ochocientos treinta y ocho dólares con veintiséis centavos (cada uno) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del treinta de agosto de dos mil diecisiete con la base de cuatro mil doscientos setenta y seis dólares con cuarenta y dos centavos (cada uno) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Instituto Creativo del Este. Exp: 17-004041-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de abril del 2017.—Licda. Kathya María Araya Jácome, Jueza.—( IN2017141208 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y quince minutos del veintiséis de julio de dos mil diecisiete, y con la base de trece mil trescientos cincuenta y cuatro dólares con ochenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 910433, marca Citroen, Categoría automóvil, carrocería sedan 4 puertas, chasis VF7LC9HYBBY500675, uso particular, estilo C4 SX, capacidad 5 personas, año 2011, color gris, número motor 1OJBBL3004456, combustible diesel. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del catorce de agosto de dos mil diecisiete, con la base de diez mil dieciséis dólares con once centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del treinta de agosto de dos mil diecisiete con la base de tres mil trescientos treinta y ocho dólares con setenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Carlos Ismael Martínez Quirós. Exp. 17-001303-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de abril del 2017.—Licda. Melania Jiménez Vargas, Jueza.—( IN2017141210 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas cero minutos del veintiséis de julio del dos mil diecisiete, y con la base de cuatro mil ochocientos treinta y seis dólares con ochenta y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placa 847573, marca Honda, estilo Civic DX, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 1999, carrocería sedan 2 puertas, color gris, tracción 4x2, chasis 1HGEJ6129XL013958, VIN 1HGEJ6129XL013958, motor D16Y74518319, combustible gasolina, cilindros 4. Para el segundo remate se señalan las catorce horas cero minutos del catorce de agosto del dos mil diecisiete, con la base de tres mil seiscientos veintisiete dólares con sesenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas cero minutos del treinta de agosto del dos mil diecisiete con la base de mil doscientos nueve dólares con veintiún centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Gilbert Oldemar de Jesús Aguilar Garro Exp: 17-004725-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de abril del 2017.—Licda. Evelyn Araya Rodríguez, Jueza.—( IN2017141211 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y quince minutos del veintisiete de julio de dos mil diecisiete, y con la base de cuatro mil quinientos treinta y siete dólares con ochenta y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas CL-218844, marca JMC, estilo JMC, categoría carga liviana, capacidad 3 personas, año 2007, color azul, vin LETYECG217HN00997, cilindrada 2771 cc, combustible diesel, motor JX493Q161185783. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del once de agosto de dos mil diecisiete, con la base de tres mil cuatrocientos tres dólares con treinta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del veintiocho de agosto de dos mil diecisiete con la base de mil ciento treinta y cuatro dólares con cuarenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (Veinsa) Sociedad Anónima contra Rodrigo Alonso Araya Alvarado. Exp. 16-020984-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 3 de febrero del 2017.—Lic. Henry Sanarrusia Gómez, Juez.—( IN2017141212 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del veintisiete de julio de dos mil diecisiete, y con la base de siete mil ochocientos veinticuatro dólares con trece centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placa 911357, marca Suzuki, estilo Swift, año 2012, color gris, vin JS2ZC82S5C6105135. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del once de agosto de dos mil diecisiete, con la base de mil novecientos cincuenta y seis dólares con tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiocho de agosto de dos mil diecisiete con la base de cinco mil ochocientos sesenta y ocho dólares con nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Karol Vanessa Sequeira Garro Exp: 16-018570-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 09 de febrero del 2017.—M.Sc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—( IN2017141213 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y quince minutos del veintisiete de julio de dos mil diecisiete y con la base de diecinueve mil novecientos veintiséis dólares con noventa y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa CL 269519, marca Mitsubishi, estilo L200 Sportero, chasis MMBJNKB40DD012468, capacidad cinco personas. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del catorce de agosto de dos mil diecisiete, con la base de catorce mil novecientos cuarenta y cinco dólares con veintidós centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y quince minutos del treinta de agosto de dos mil diecisiete, con la base de cuatro mil novecientos ochenta y un dólares con setenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Cindy Cecilia Sánchez Menjiver, Félix Rafael Mendoza Solís. Expediente: 16-021033-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de febrero del 2017.—M.Sc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—( IN2017141214 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de julio del dos mil diecisiete, y con la base de cinco mil ochenta y cinco dólares con ochenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas CL-183090, marca Mitsubishi, estilo Canter, categoría carga liviana, capacidad tres personas, año 2001, color blanco, combustible diésel, motor 4D34H74561. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del once de agosto del dos mil diecisiete, con la base de tres mil ochocientos catorce dólares con cuarenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de agosto del dos mil diecisiete, con la base de mil doscientos setenta y un dólares con cuarenta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Fábrica de Puertas y Productos de Madera San Antonio Sociedad Anónima. Expediente 16-022914-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 02 de febrero del 2017.—Licda. María del Carmen Vargas González, Jueza.—( IN2017141215 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil diecisiete, , y con la base de cuatro mil trescientos noventa dólares con treinta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: vehículo placas 596954, marca Nissan estilo Sentra categoría automóvil, capacidad 5 personas año 2005 color gris, carrocería sedan 4 puertas, chasís 3N1EB31S1ZK702726, número de motor GA16813689T, cilindrada 1597 c.c., combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del trece de julio de dos mil diecisiete, con la base de tres mil doscientos noventa y dos dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del tres de agosto de dos mil diecisiete con la base de mil noventa y siete dólares con cincuenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Francisco Urbina Bolívar. Exp. 17-002205-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de marzo del 2017.—Licda. Zary Navarro Zamora, Jueza.—( IN2017141224 ).

Se hace saber: En la puerta exterior de este Despacho y con la base de un millón novecientos cuarenta mil doscientos ochenta colones con veintitrés céntimos (¢1.940.280,23), soportando colisión o infracción boleta Nº2005109916, ordenado por el Juzgado de Tránsito de Pavas y Escazú bajo la sumaria 05-602498-0500-TC; sáquese a remate el vehículo placa 251713, el cual posee las siguientes características: marca: Honda, estilo: Accord Ex, categoría: automóvil, año: 1990, carrocería: sedan 4 puertas, color: gris, chasis: 1HGCB7568LA030621; para llevar a cabo el primer remate, se señalan las nueve horas del treinta de junio del dos mil diecisiete. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas del diecisiete de julio del dos mil diecisiete con la base de un millón cuatrocientos cincuenta y cinco mil doscientos diez colones con diecisiete céntimos (¢1.455.210,17, rebajada en un 25%). En ulterior caso de que también se tuviera por fracasado el remate; para llevar a cabo el tercer remate, se señalan las nueve horas del tres de agosto del dos mil diecisiete con la base de cuatrocientos ochenta y cinco mil setenta colones con cinco céntimos (¢485.070,05, un 25% de la base inicial). Lo anterior por haberse ordenado así en el proceso prendario interpuesto por Vehículos Internacionales Veinsa S.A. contra Jorge Andrés Pérez Ruiz tramitado en el Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José bajo el expediente Nº07- 000335-0183-CI.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 16 de mayo del 2017.—Licda. Ivannia Jiménez Castro, Jueza.—( IN2017141225 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del tres de julio de dos mil diecisiete y con la base de diez mil ochocientos cuarenta y un dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número 483415, marca Mitsubishi, estilo Montero Sport G., categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2003, color azul, vin JMYORK9702J000641, cilindrada 2835 cc, combustible diesel, motor 4M4ODX8016. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del dieciocho de julio de dos mil diecisiete, con la base de ocho mil ciento treinta dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del tres de agosto de dos mil diecisiete, con la base de dos mil setecientos diez dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Jainer Alberto Ramírez Cantillo. Expediente: 16-018562-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de enero del 2017.—Lic. Henry Sanarrusia Gómez, Juez.—( IN2017141226 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del tres de julio de dos mil diecisiete y con la base de diez mil novecientos setenta y dos dólares con cuarenta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número 872885, marca Geely, estilo LC GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2011, color blanco, vin LB37122S4AH035607, cilindrada 1300 c.c., combustible gasolina, motor MR479QA6N533284. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciocho de julio de dos mil diecisiete, con la base de ocho mil doscientos veintinueve dólares con treinta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del tres de agosto de dos mil diecisiete, con la base de dos mil setecientos cuarenta y tres dólares con doce centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Fernando Andrés Obando Juárez. Expediente: 16-020263-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 02 de febrero del 2017.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—( IN2017141227 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia de fiscalía, sumaria: 14-000034-1322-PE; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de julio de dos mil diecisiete, y con la base de trece mil seiscientos veintisiete dólares con cuarenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BGK286, marca Mitsubishi, estilo Mirage, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2014, color azul, vin MMBXTA03AEH017534, cilindrada 1193 cc, combustible gasolina, motor 3A92UBJ3384. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de julio de dos mil diecisiete, con la base de diez mil doscientos veinte dólares con cincuenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del siete de agosto de dos mil diecisiete con la base de tres mil cuatrocientos seis dólares con ochenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (Veinsa) Sociedad Anónima contra Luz Cielo Osorio Morales. Exp. 16-020023-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 3 de febrero del 2017.—Lic. Henry Sanarrusia Gómez, Juez.—( IN2017141228 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas quince minutos del cinco de julio del dos mil diecisiete, y con la base de siete mil seiscientos setenta y cuatro dólares con treinta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa CL-253459, marca JMC, estilo N301, categoría carga liviana, capacidad 5 personas, año 2011, carrocería camioneta Pick-Up caja abierta o Cam-pu, color blanco, tracción 4x4, chasis LEFEDCD19BHP00491, vin LEFEDCD19BHP00491. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas quince minutos del veinte de julio del dos mil diecisiete, con la base de cinco mil setecientos cincuenta y cinco dólares con setenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas quince minutos del nueve de agosto del dos mil diecisiete, con la base de mil novecientos dieciocho dólares con cincuenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra José Andrés Solano Cordero. Expediente 17-002909-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 23 de marzo del 2017.—Licda. Carmen Laura Valverde Phillips, Jueza.—( IN2017141229 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del cinco de julio de dos mil diecisiete, y con la base de seis mil doscientos setenta y tres dólares con setenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 889798, marca Geely, Categoría automóvil, carrocería sedan 4 puertas, Chasis L6T7524SXAN055701, Uso particular, Estilo CK GT, Capacidad 5 personas, año 2011, color plateado, número motor MR479QAA9N248867, Combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veinte de julio de dos mil diecisiete, con la base de cuatro mil setecientos cinco dólares con treinta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del nueve de agosto de dos mil diecisiete con la base de mil quinientos sesenta y ocho dólares con cuarenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Harold Enrique Álvarez Guevara. Exp: 17-001083-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 21 de marzo del  2017.—Licda. Melania Jiménez Vargas, Jueza.—( IN2017141230 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones 00-001975-277-PE 00306809 24 1465 Hatillo-1 C.J. S.J. Juzgado de Tránsito de Hatillo, colisiones 01-601238-0491-TC 010164872 31 1538 Desamparados-1 C.J. S.J. Juzgado de Tránsito Desamparados, colisiones 01-601375-0500-TC 010164018 30 1260 Juzgado de Tránsito de Pavas San José; a las diez horas y treinta minutos del diez de julio de dos mil diecisiete, y con la base de un millón quinientos veinticuatro mil trescientos veintiséis colones con dieciséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placa: 243481, marca: Toyota, estilo: Corolla Tercel, serie: EL530131619, año fabricación: 1996, color: Vino, motor: 5E0673208. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiséis de julio de dos mil diecisiete, con la base de un millón ciento cuarenta y tres mil doscientos cuarenta y cuatro colones con sesenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de agosto de dos mil diecisiete con la base de trescientos ochenta y un mil ochenta y un colones con cincuenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (Veinsa) Sociedad Anónima contra Juan Guillermo Loria Cordero. Exp. 17-005285-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de mayo del 2017.—Msc. Andrea Latiff Brenes, Jueza.—( IN2017141231 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y quince minutos del diez de julio de dos mil diecisiete y con la base de seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas: 255622, marca: Fiat, estilo: Brava SX, año: 1997, cilindrada: 1581cc, color: gris, chasis ZFA18200004233362, motor: 182A40009630726, capacidad: 5 personas. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del veintiséis de julio de dos mil diecisiete, con la base de cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del catorce de agosto de dos mil diecisiete, con la base de ciento cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Kristofer Williamson Hernández Arias. Expediente: 17-004731-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de mayo del 2017.—Licda. Marlen Milena Angulo Arrieta, Jueza.—( IN2017141232 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbres de paso bajo las citas: 492-07326-01-0002-001, 535-06193-01-0005-001, 572-27825-01-0002-001, 2016-353877-01-0002-001, 2016-436980-01-0002-001, 2016-571716-01-0002-001; a las nueve horas y cero minutos del seis de julio del dos mil diecisiete y con la base de trece millones ciento nueve colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 544.402-001-002, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1 Quesada, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Marza Santa & Fe S. A.; sur: Marza Santa & Fe S. A.; este: servidumbre de paso, oeste: Marvin Iván Mora Martin. Mide: quinientos metros cuadrados. Plano: A-1885139-2016. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de julio del dos mil diecisiete, con la base de nueve millones setecientos cincuenta mil ochenta y un colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de agosto del dos mil diecisiete, con la base de tres millones doscientos cincuenta mil veintisiete colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de María De Los Ángeles Villalobos Alpízar contra Jorge Arturo Araya Agüero, Mayra Rita Alvarado Pérez. Expediente: 17-000615-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 26 de abril del 2017.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2017141258 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del veintiséis de junio de dos mil diecisiete, y con la base de once millones quinientos cuarenta y siete mil quinientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 230528-000 la cual es terreno con casa. Situada en el distrito Desamparados, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte Yirleny Chaves Hidalgo; al sur calle publica de 8.55 metros con un frente de 10.29 decímetros; al este Carlos Fuentes Rodríguez y al oeste calle publica de 8.55 metros con frente de 18 metros. Mide: 196.76 cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del once de julio de dos mil diecisiete, con la base de ocho millones seiscientos sesenta mil seiscientos veinticinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de julio de dos mil diecisiete con la base de dos millones ochocientos ochenta y seis mil ochocientos setenta y cinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Bac San José S.A. contra Mario Alberto Chaves Hidalgo Exp: 16-017727-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de enero del 2017.—Lic. Alonso Cascante Calvo, Juez.—( IN2017141290 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del diez de julio del dos mil diecisiete, y con la base de cuarenta y ocho mil trescientos sesenta y ocho dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público 1-171026-000. naturaleza: construir con 1 casa. Situada: en: distrito 01 San Vicente, cantón 14 Moravia de la provincia de San José. Linderos: norte, Guillermo Bonilla Ureña, sur, Mario Camacho Sancho, este, José Román Umaña Tenorio y María de Los Ángeles Monge Guzmán, oeste, calle pública con 09.05. Mide: ciento noventa y cinco metros con noventa y siete decímetros cuadrados, Plano: SJ-0533252-1998. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del veintiséis de julio del dos mil diecisiete, con la base de treinta y seis mil doscientos setenta y seis dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de agosto del dos mil diecisiete, con la base de doce mil noventa y dos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Baruc Solutions S.A. contra Itza María Miranda Venegas, Luz de María Venegas Castillo. Expediente 17-004308-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de mayo del 2017.—Licda. Marlen Milena Angulo Arrieta, Juez.—( IN2017141301 ).

A las trece horas treinta minutos 01:30 p. m. del veintiséis de junio del dos mil diecisiete, en la puerta exterior de este despacho y por la base de tres millones quinientos ochenta y nueve mil colones netos se rematará lo siguiente: 1) sesenta pantalones de mezclilla marca Holister, 2) veintiún pantalones de mezclilla Café Slate 3) cuarenta pantalones de mezclilla Marca Dei; 4) nueve pantalones de mezclilla marca Dei; 5) doce pantalones marca Sweet Premiun 6) veintisiete pantalones de mezclilla marca Dei; 7) cinco pantalones de mezclilla Caliente Culture; 8) diez pantalones de mezclilla Paris Dolls; 9) dieciséis pantalones de mezclilla Caliente Culture; 10) veintiún enaguas de mezclilla Fresh Collection; 11) once pantalones de mezclilla Paris Dolls; 12) doce pantalones de mezclilla Paris Dolls; 13) ocho pantalones de mezclilla Doble Jeans; 14) dieciocho pantalones de hombre marca Texas Basic; 15) veinte pantalones escolares marca High School. Segundo Remate. Con la rebaja del 25% de la base original, sea la suma de dos millones seiscientos noventa y un mil setecientos cincuenta colones netos (correspondiente al 75% de la base) se señalan las trece horas treinta minutos (01:30 p.m.) del diez de julio del dos mil diecisiete. Tercer Remate. Con la base de ochocientos noventa y siete mil doscientos cincuenta colones netos, correspondiente a un 25% de la base original, se señalan las trece horas treinta minutos (01:30 p.m.) del veinticuatro de julio del dos mil diecisiete. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso de ordinario laboral, de Ana María Estrella Ríos contra Roger Alexis Velásquez Rodríguez. Exp. 14-000441-0173-LA (240-4-14).—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 29 de mayo del 2017.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez.—Exonerado.—( IN2017141305 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del seis de julio del año dos mil diecisiete, y con la base de un millón doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo Placa: 417399, marca: Geo, estilo: Metro, categoría: Automóvil, capacidad: 5 personas, serie: 2C1MR2464R6787571, carrocería: sedan 2 puertas, tracción: 4x2, año fabricación: 1994, color: azul, motor: G10R191674, cilindrada: 1000 cc, combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de julio del año dos mil diecisiete, con la base de novecientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del nueve de agosto del año dos mil diecisiete con la base de trescientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carolina Arias Vindas contra Denis Jesús González Salazar. Exp. 17-000608-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 26 de abril del 2017.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2017141349 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y veinte minutos del nueve de agosto del dos mil diecisiete -1:20 p.m. 09/08/2017-, y con la base de doscientos veinte mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 577.818-000 la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 01 San Isidro, cantón 11 Vásquez de Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, camino público; al sur, Libros y Textos Rodrial S. A.; al este, Ligia María Rodríguez Zúñiga, y al oeste, Urbanización Contemporánea S A E ICAP. Mide: siete mil ciento ochenta y ocho metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y veinte minutos del veintiocho de agosto del dos mil diecisiete -1:20 p.m. 28/08/2017-, con la base de ciento sesenta y cinco mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y veinte minutos del doce de setiembre de dos mil diecisiete -1:20 p.m. 12/09/2017- con la base de cincuenta y cinco mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Hugo Florentino Castro Castro contra Luis Gerardo Rodríguez Zúñiga. Expediente 16-000437-0640-CI.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 26 de mayo del 2017.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2017141354 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; a las dieciséis horas y cero minutos del diecisiete de julio del año dos mil diecisiete, y con la base de ciento cincuenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, Matrícula 54494-F-000 la cual es terreno finca filial número cuarenta y uno identificada como cuarenta y uno b dos ubicada en el bloque B dos de una planta destinada a bodega comercial y un estacionamiento ambos en proceso de construcción. Situada en el distrito 9 Río Segundo, cantón 1 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, finca filial cuarenta-B dos; al sur, finca filial cuarenta y dos - B dos; al este, área común libre destinada a parqueo en medio de acceso peatonal, y al oeste, finca filial veinticinco - B dos. Mide: Doscientos veinticinco metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: No se indica. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del tres de agosto del año dos mil diecisiete, con la base de ciento doce mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veintiuno de agosto del año dos mil diecisiete con la base de treinta y siete mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jean Haskour Sociedad Anónima contra tres-ciento cuatrocientos sesenta y cinco mil novecientos cuarenta sociedad anónima. Exp. 16-005433-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 31 de enero del 2017.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—( IN2017141366 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del tres de julio de dos mil diecisiete, y con la base de diez millones seiscientos catorce mil trescientos sesenta y un colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cuarenta y cuatro mil trescientos setenta y nueve cero cero cero la cual es de naturaleza: Para const con 1 casa lote 11-B. Situada en el distrito 1 Desamparados, cantón 3-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 8 metros 80 centímetros de frente; al sur, Jorge González Calvo; al este, casa número 12 B, y al oeste, casa número 10 B. Mide: noventa y seis metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de julio de dos mil diecisiete, con la base de siete millones novecientos sesenta mil setecientos setenta colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del once de agosto de dos mil diecisiete con la base de dos millones seiscientos cincuenta y tres mil quinientos noventa colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Andrea Fallas Castillo. Exp. 13-010900-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 01 de junio del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2017141384 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

A las nueve horas del cuatro de julio de dos mil diecisiete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y anotaciones judiciales, con la base de siete millones cuatrocientos ochenta y siete mil setecientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca del partido de Alajuela matrícula de Folio Real 493188-018, la cual es terreno con dos casas y patio situada en el distrito primero San Pedro, cantón octavo Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda: Norte, Vidal Murillo Rodríguez y Héctor Murillo Herrera; sur, calle pública; este, Ricardo Arroyo Hidalgo, y oeste, calle pública. La finca madre tiene una cabida de quinientos noventa metros con veinte decímetros cuadrados y el bien que aquí se rematará posee una medida de igual a tres treceavos en la finca. Se informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas del dieciocho de julio de dos mil diecisiete. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas del tres de agosto de dos mil diecisiete. Se remata por ordenarse así en proceso abreviado de Rafael Ángel Herrera Murillo y Rosa María Auxiliadora Herrera Murillo contra Ana Catalina Esquivel Chaves y Luis Eduardo Herrera Murillo. Expediente 14-000270-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de mayo del 2017.—Lic. Carlos Esteban Sancho Araya, Juez.—( IN20170141482 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 407-04484-01-0802-001; a las diez horas y cero minutos del cinco de julio del dos mil diecisiete, y con la base de tres millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 541.874-000, la cual es terreno de cultivos. Situada: en el distrito 6, Dos Ríos, cantón 13, Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, María Quintanilla Moraga; sur, Desiderio Lázaro García Montiel; este, calle pública y María Quintanilla Morada; oeste, Desiderio Lázaro García Moraga. Mide: seis mil trescientos cincuenta y cinco metros cuadrados. Plano: A-1889452-2016. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de julio del dos mil diecisiete, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del ocho de agosto del dos mil diecisiete con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Inverquitra de La Cruz Sociedad Anónima contra María del Carmen Quintanilla Moraga. Expediente 17-000573-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 25 de abril del 2017.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2017141488 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 0377-00015073-01-0857-001; a las ocho horas y treinta minutos del doce de julio de dos mil diecisiete, y con la base de cuarenta y cuatro mil ochocientos ochenta y tres dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula 244391-000, la cual es terreno naturaleza: para construir con 1 casa 5 F. Situada en el distrito 08 San Rafael, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 4 F; al sur, Industrial Alto Campo S. A.; al este, alameda 9, y al oeste, lote 6 F. Mide: Ciento sesenta y dos metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de julio de dos mil diecisiete, con la base de treinta y tres mil seiscientos sesenta y dos dólares con veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto de dos mil diecisiete con la base de once mil doscientos veinte dólares con setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José S. A. contra Yahaira María Pérez Fajardo. Exp. 17-003391-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 11 de mayo del 2017.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2017141511 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del cuatro de agosto de dos mil diecisiete, y con la base de ciento diecinueve mil cuatrocientos veintiún dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta mil doscientos sesenta y ocho-F-cero cero cero la cual es finca filial 6 F unidad habitacional ubicada en el nivel de acceso del módulo de estacionamiento y bodegas y en el sexto nivel del módulo de apartamento edificio 4 en proceso de construcción. Situada en el distrito 8 Mata Redonda, cantón 1 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común; al sur espacio aéreo existente sobre el área común; al este, finca filial cuatro seis H y en parte área común y al oeste espacio aéreo existente sobre el área común. Mide: Ciento treinta y tres metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintitrés de agosto de dos mil diecisiete, con la base de ochenta y nueve mil quinientos sesenta y cinco dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del siete de setiembre de dos mil diecisiete con la base de veintinueve mil ochocientos cincuenta y cinco dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Bac San José S. A. contra Brisoseven Inc, S. A., Wallid Saad Elhage. Exp. 17-003393-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 15 de mayo del 2017.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2017141512 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas 0335-00004080-01-0918-001 y limitaciones de leyes 7052, 7208 sistema financiero de vivienda citas 0575-00028058-01-0001-001; a las nueve horas y cero minutos del diecinueve de julio de dos mil diecisiete, y con la base de catorce millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 573050-000 la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 11 San Sebastián, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Julio García Mora; al este, María Teresa Rojas Muñoz, y al oeste, Arnoldo Guzmán Moya y Julieta Coto Solano. Mide: Ciento veintisiete metros con seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del ocho de agosto de dos mil diecisiete, con la base de diez millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de agosto de dos mil diecisiete con la base de tres millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica, asimismo, se le hace saber a los posibles postores que de conformidad con el numeral 153 bis de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, de resultar adjudicatario un tercero deberá realizar el pago total de la oferta en el acto. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Genner Antonio Guzmán Coto, Nancy Gabriela Rodríguez Aguirre. Exp. 17-001656-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 10 de mayo del 2017.—Licda. Giannina Lacayo Quirós, Jueza.—( IN2017141524 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del once de julio de dos mil diecisiete, y con la base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y nueve mil trescientos setenta y seis cero cero cero la cual es terreno para construir bloque D, lote doce. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote once; al sur, lote trece; al este, lote de Facilidades Comunales, y al oeste, calle pública. Mide: Doscientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintisiete de julio de dos mil diecisiete, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de agosto de dos mil diecisiete con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual de Cartago de Ahorro y Préstamo contra Eddy Alberto Ugalde Arias. Exp. N°:16-001644-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 29 de mayo del 2017.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2017141535 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del veintiséis de julio del año dos mil diecisiete, y con la base de treinta y dos millones ciento noventa y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y dos colones con veintidós céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y dos mil doscientos cuarenta-cero cero cero, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito primero Liberia, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Clara Luz Cabrera Soto; al sur, calle pública con 8 m 81 cm; al este, Clara Luz Cabrera Soto, y al oeste, Clara Luz Cabrera Soto. Mide: Doscientos veintiún metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Plano G-487856-1982. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del once de agosto del año dos mil diecisiete, con la base de veinticuatro millones ciento cuarenta y cinco mil ochocientos treinta y nueve colones con diecisiete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintinueve de agosto del año dos mil diecisiete con la base de ocho millones cuarenta y ocho mil seiscientos trece colones con seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Jonathan Mejías Segura. Exp. 15-000821-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Cobro), 16 de mayo del 2017.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—( IN2017141554 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas Ley Aguas anotadas bajo las citas 407-6703-01-0311-001 y Reservas Ley Caminos anotadas bajo las citas 407-6703-01-0423- 001; a las diez horas y treinta minutos del trece de julio del año dos mil diecisiete, y con la base de cinco millones ochocientos cincuenta y cuatro mil doscientos setenta y siete colones con ochenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 175398-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 Tárcoles, cantón 11 Garabito de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Francisco Campos Chavarría y Flor María Quesada Moscoso; al sur, calle pública; al este, Francisco Campos Chavarría y Flor María Quesada Moscoso, y al oeste, I.D.A. Mide: Cuatrocientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta y uno de julio del año dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones trescientos noventa mil setecientos ocho colones con treinta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del diecisiete de agosto del año dos mil diecisiete con la base de un millón cuatrocientos sesenta y tres mil quinientos sesenta y nueve colones con cuarenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Alexander Rodríguez Morales. Exp. 12-037337-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de marzo del 2017.—Licda. Mayela Gómez Pacheco, Jueza.—( IN2017141581 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción bajo la boleta: 2015- 90100095, sumaria 15-002584-0174-TR de la Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de San José; a las tres horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de junio de dos mil diecisiete, y con la base de un millón doscientos noventa y ocho mil quinientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas MOT-440217, marca Suzuki, estilo GN125F, categoría motocicleta, capacidad 2 personas, año 2015, color negro, chasis LC6PCJGE7F0001096, cilindrada 124 cc, combustible gasolina, motor 157FMI3E2D01093. Para el segundo remate se señalan las tres horas y cuarenta y cinco minutos del trece de julio de dos mil diecisiete, con la base de novecientos setenta y tres mil ochocientos setenta y cinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las tres horas y cuarenta y cinco minutos del tres de agosto de dos mil diecisiete con la base de trescientos veinticuatro mil seiscientos veinticinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de E Creditsoluciones S. A. contra Wendy Paola Jaenz Quesada. Exp. 16-012515-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de marzo del 2017.—Licda. Melania Jiménez Vargas, Jueza.—( IN2017141641 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del treinta y uno de julio de dos mil diecisiete, y con la base de un millón trescientos veintisiete mil seiscientos cuarenta colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas Mot-423761, marca Keeway, categoría motocicleta, carrocería motocicleta, chasis TSYJEM0A6EB474133, uso particular, estilo TX200SM, capacidad 2 personas, año 2014, color anaranjado, número motor KW164FML4311265, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del diecisiete de agosto de dos mil diecisiete, con la base de novecientos noventa y cinco mil setecientos treinta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del uno de setiembre de dos mil diecisiete con la base de trescientos treinta y un mil novecientos diez colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de E Credit Soluciones S. A. contra Tatiana López Campos. Exp. 17-001792-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 21 de abril del 2017.—Licda. Melania Jiménez Vargas, Jueza.—( IN2017141643 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando; reservas y restricciones citas: 312-14859-01-0901-001, plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 2011-34003-01-0004-001; a las quince horas y veinte minutos del veintinueve de junio del dos mil diecisiete, y con la base de diecisiete mil ciento noventa dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos sesenta y dos mil trescientos cuarenta y siete-cero cero uno cero cero dos y cero cero tres (262347-001-002-003), la cual es terreno con una casa de habitación. Situada: en el distrito 03 San Rafael, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Rita Badilla Ángulo; al sur, calle pública; al este, María Ester Corrales Ángulo, y al oeste, Ofelia Solís Delgado. Mide: ciento setenta y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y veinte minutos del catorce de julio del dos mil diecisiete, con la base de doce mil ochocientos noventa y dos dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y veinte minutos del uno de agosto del dos mil diecisiete, con la base de cuatro mil doscientos noventa y siete dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Industrial La Poderosa Sociedad Anónima contra Ana Julia Corrales Ángulo. Expediente 16-004238-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 21 de abril del 2017.—Msc. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2017141646 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cuarenta minutos del veintinueve de junio de dos mil diecisiete, y con la base de un millón novecientos ochenta y un mil quinientos treinta y cinco colones con sesenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas 625115, marca Chevrolet, estilo Optra, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2006, color negro, vin KL1JD51676K261669, cilindrada 1600 cc, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta minutos del catorce de julio de dos mil diecisiete, con la base de un millón cuatrocientos ochenta y seis mil ciento cincuenta y un colones con setenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta minutos del uno de agosto de dos mil diecisiete con la base de cuatrocientos noventa y cinco mil trescientos ochenta y tres colones con noventa céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Agencia Datsun Sociedad Anónima contra Jairo Segura Picado. Exp. 11-000903-0370-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 19 de abril del 2017.—Msc. Liseth Delgado Chavarría, Juez.—( IN2017141650 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada (citas: 167-04018-01-0904-001), servidumbre trasladada (citas: 280-08873-01-0901-001); a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de junio de dos mil diecisiete, y con la base de treinta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa y ocho mil cuatrocientos cuarenta y ocho-cero cero cero, la cual es de naturaleza: Terreno para construir con una quebrada en medio. Situada en el distrito 08 Barranca, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 14; al sur, lote 12; al este, Florentino Vindas Herrera, y al oeste, calle pública. Mide: Tres mil novecientos cuarenta y cuatro metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del once de julio de dos mil diecisiete, con la base de veintidós mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de julio de dos mil diecisiete con la base de siete mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Irma María de los Ángeles Benavides Esquivel contra Micater de Centroamérica Sociedad Anónima, Michele Armando Patella. Exp. 17-000595-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 26 de mayo del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2017141651 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del cinco de julio del dos mil diecisiete, y con la base de dieciséis mil quinientos seis dólares con setenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas número BHN150, marca Chevrolet, estilo Aveo LS, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2015, color negro, vin 3G1TC5CF2FL135535, cilindrada 1600 cc., combustible gasolina, motor F16D3141490295. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de julio del dos mil diecisiete, con la base de doce mil trescientos ochenta dólares con cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de agosto del dos mil diecisiete, con la base de cuatro mil ciento veintiséis dólares con sesenta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Lafise S. A. contra Wagner Adrián Castro Jiménez. Expediente 17-001652-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 10 de mayo del 2017.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2017141653 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones- número de sumaria 16-005594-0489-TR- número boleta 3000534887- autoridad judicial Juzgado de Transito del Primer Circuito Judicial de San José; a las dieciséis horas y cero minutos del seis de julio del año dos mil diecisiete, y con la base de cuarenta y seis mil cuatrocientos noventa y tres dólares con ochenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas DCT666, marca Mercedes Benz, estilo ML, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2015, color blanco, vin WDCDA0DB2FA494417, cilindrada 2143 cc, combustible diesel, motor 65196032444417. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veintiuno de julio del año dos mil diecisiete, con la base de treinta y cuatro mil ochocientos setenta dólares con treinta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del dieciséis de agosto del año dos mil diecisiete con la base de once mil seiscientos veintitrés dólares con cuarenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Mario Miguel Saborío Prado. Exp. 16-005990-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, (Materia Cobro), 23 de mayo del 2017.—Licda. Karina Chaves Vega, Jueza.—( IN2017141654 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del seis de julio del dos mil diecisiete, y con la base de diez mil setecientos un dólares con sesenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número BDQ665, marca Hyundai, estilo Elantra GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2013, color gris, vin KMHDG41EADU754227, cilindrada 1800 cc., combustible gasolina, motor G4NBCU362914. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiuno de julio del dos mil diecisiete, con la base de ocho mil veintiséis dólares con veintidós centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciséis de agosto del dos mil diecisiete, con la base de dos mil seiscientos setenta y cinco dólares con cuarenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Ana Patricia Rojas Hernandez. Expediente 16-005988-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 23 de mayo del 2017.—Licda. Karina Chaves Vega, Jueza.—( IN2017141655 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas Ley Aguas bajo las citas: 408-02289-01-0231-001, Reservas Ley Caminos bajo las citas: 408-02289-01-0232-001; a las ocho horas y cero minutos del siete de agosto del año dos mil diecisiete, y con la base de dos millones noventa y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula 455902-000, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 05 La Ceiba, cantón 09 Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Luis Sabino Vargas Araya; sur, calle pública con un frente de 3 metros, Efraín Porras Segura y Audolia Acuña Ramírez; este, Shirley Porras Acuña; oeste, Efraín Porras Segura y Audolia Acuña Ramírez. Mide: Trescientos noventa y siete metros cuadrados. Plano: A-1358769-2009. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintitrés de agosto del año dos mil diecisiete, con la base de un millón quinientos setenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de setiembre del año dos mil diecisiete con la base de quinientos veintitrés mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R. L. contra Christian Eduardo Porras Acuña. Exp. 17-001621-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 26 de mayo del 2017.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2017141670 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del diez de julio del dos mil diecisiete, y con la base de un millón trescientos noventa y cinco mil quinientos cincuenta y siete colones con ochenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa: MOT 515576, marca: Euromot, estilo: GXT, categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas, serie: LV7MNZ409GA014448, carrocería: motocicleta, tracción: 2x2, año fabricación: 2016, color: rojo, motor: K166FML30118311, cilindrada: 199 c.c., combustible: gasolina. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiséis de julio del dos mil diecisiete, con la base de un millón cuarenta y seis mil seiscientos sesenta y ocho colones con treinta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del once de agosto del dos mil diecisiete, con la base de trescientos cuarenta y ocho mil ochocientos ochenta y nueve colones con cuarenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Coocique R.L. contra Oscar Mauricio Rodríguez López. Expediente 17-001151-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 05 de mayo del 2017.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2017141673 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 388-05063-01-0900-001; a las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de julio del año dos mil diecisiete, y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 424.418-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 2, Florencia cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Hernán Salazar Campos; sur, María Gabriela Salazar Salazar; este, servidumbre de paso; oeste, Rafael Salazar Rojas. Mide: Doscientos trece metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Plano: A-1096777-2006. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diez de agosto del año dos mil diecisiete, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiocho de agosto del año dos mil diecisiete con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Xinia Chacón Rojas contra Agrosamuri SC S. A. Exp. 16-001661-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 15 de mayo del 2017.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2017141689 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes prendarios, pero soportando colisión número de sumaria 16-000719-0373-TC, número boleta 2016213200329, del Juzgado de Tránsito de Heredia; a las trece horas y treinta minutos del dieciocho de setiembre del año dos mil diecisiete, y con la base de la prenda de primer grado, de un millón noventa mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas CL-152812, marca Kia, estilo Ceres 4x4, categoría carga liviana, capacidad 3 personas, año 1998, color blanco, vin no indicado, cilindrada 2367 cc, combustible diesel, motor SC025524. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del tres de octubre del año dos mil diecisiete, con la base de ochocientos diecisiete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del diecinueve de octubre del año dos mil diecisiete con la base de doscientos setenta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Allan Francisco Alfaro Espinoza contra Álvaro Iván Víquez Murillo. Exp. 15-000252-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, (Materia Cobro), 27 de marzo del 2017.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—( IN2017141694 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del dieciocho de julio del dos mil diecisiete, y con la base de un millón quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: Placas BBX-323, marca Suzuki, estilo Sidekick, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 1995, color Verde, vin JS3TD03V7S4107715, cilindrada 1600 cc., combustible gasolina, motor GA16S147259. Para el Segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del cuatro de agosto del dos mil diecisiete, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintidós de agosto del dos mil diecisiete, con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Luz Mary Chacón Torres contra David Stanley Ramírez Jiménez. Expediente 17-000255-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 04 de mayo del 2017.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—( IN2017141752 ).

A las trece horas treinta minutos del tres de agosto del año dos mil diecisiete, en la puerta exterior de este despacho, se realizará el primer remate del bien embargado en autos sea vehículo placa BLV953 libre de gravámenes, y con la base de nueve millones novecientos veinte mil colones exactos (¢9.920.000), en el mejor postor se rematará lo siguiente: vehículo placa: BLV953, número de motor: G4FGGU742873, número de chasis: MALC281CAHM085644, carrocería: todo terreno 4 puertas, marca: Hyundai, modelo: 2017, estilo: Creta GL, cabina: 2 cabina sencilla, tracción 7 4x2, transmisión: 1 manual, color blanco. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las trece horas treinta minutos del diecisiete de agosto del año dos mil diecisiete, con la base de siete millones cuatrocientos cuarenta mil colones exactos (¢7.440.000); rebajada en un 25%. de no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del treinta y uno de agosto del año dos mil diecisiete, con la base de dos millones cuatrocientos ochenta mil colones exactos (¢2.480.000); un 75% de la base original. Se remata por ordenarse así en proceso otros ord. sector privado de Norman Eduardo Lacayo Zúñiga contra Arturo Araya Suárez y otro. Exp. 07-000181-0942-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Laboral), 30 de mayo del 2017.—Licda. Aura Lisseth Cedeño Yanes, Jueza.—( IN2017141760 ).

A las diez de la mañana del veintiocho de julio del año dos mil diecisiete: En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando Reservas y Restricciones: citas: tres nueve cinco-cero dos cero uno ocho-cero uno-cero nueve cero cero-cero cero uno (395-02018-01-0900-001); Prohibiciones Ref: cero cero cero tres cero siete ocho uno-cero cero cero (00030781-000): citas: tres nueve cinco-cero dos cero uno ocho-cero uno-cero novecientos uno-cero cero uno (395-02018-01-0901-001); limitaciones de Leyes 7052, 7208 Sistema Financiero de Vivienda: citas: cuatro dos seis-cero uno cinco siete cero-cero uno-cero cero cero uno-cero cero uno (426-01570-01-0001-001) y habitación familiar: citas: cuatro dos seis-cero uno cinco siete cero-cero uno-cero cero cero dos-cero cero uno (426-01570-01-0002-001) y con la base de veintinueve millones veintiún mil doscientos colones sin céntimos, según el valor pericial rendido por el Perito Rodrigo Marín Valerio en el mejor postor remataré la Finca del Partido de Puntarenas Matrícula de Folio Real número setenta y ocho mil cincuenta y dos-cero cero cero propiedad de Dagoberto Astúa López, que es Terreno de repastos con una casa, situado en el distrito uno (Parrita), cantón nueve (Parrita), de la provincia de Puntarenas, linda al norte, con Cupertino Quirós Salas; al sur, con Antonio Astúa Hidalgo, al este, con calle pública con 94 metros, 97 centímetros, y al oeste, con Antonio Astúa Hidalgo. Mide dos mil trescientos dos metros con doce decímetros cuadrados, según plano catastral número P-cero ochocientos treinta y seis mil ciento cuarenta y seis-mil novecientos ochenta y nueve. Lo anterior por haberse ordenado así en el proceso abreviado de divorcio en fase de ejecución de sentencia 07-400066-425-3-FA, de Dagoberto Astúa López en contra de Mireya Quirós Salas.—Quepos, 26 de mayo del 2017.—Lic. Sedier Villegas Méndez, Jueza.—Exonerado.—( IN2017141761 ).

A las ocho horas treinta minutos del cuatro de agosto del dos mil diecisiete, en la puerta exterior de este Despacho, en el mejor postor remataré lo siguiente: con la base de un millón noventa mil colones exactos (¢1,090,000), sáquese a remate el bien embargado vehículo placa 351364, el cual soporta decreto de embargo según tomo 2009, asiento 00125562 y denuncia por lesiones culposas según tomo 2009, asiento 00257440, marca: Mitsubishi, estilo: mirage, categoría: automóvil, capacidad 5 personas, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4x2, chasis: 4A3CU26A6ME103135, año: 1991, color verde y con la base de novecientos setenta mil colones exactos (¢970,000,00) vehículo placa 471755, libre de gravámenes, marca: Toyota, estilo: Tercel Dx, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie y chasis: JT2EL43B2M0075802, carrocería: sedan 2 puertas, tracción: 4x2, año: 1991, color verde. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil diecisiete, con la base de ochocientos diecisiete mil quinientos colones exactos (¢817,500,00; rebajada en un 25%), sáquese a remate el bien embargado vehículo placa 351364 y con la base de setecientos veintisiete mil quinientos colones exactos (¢727,500,00; rebajada en un 25%) sáquese a remate el bien embargado vehículo placa 471755. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del primero de setiembre del dos mil diecisiete, con la base de doscientos setenta y dos mil quinientos colones exactos (¢272.500,00; un 75% de la base original) sáquese a remate el bien embargado vehículo placa 351364 y con la base de doscientos cuarenta y dos mil quinientos colones exactos (¢242.500,00; rebajada en un 75%) sáquese a remate el bien embargado vehículo placa 471755. Se remata por ordenarse así en proceso otros ord. sector privado de Ana Victoria Zúñiga Quirós contra Clara Zúñiga Quirós. Expediente 09-000222-0942-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Laboral), 01 de junio del 2017.—Licda. Aura Cedeño Yanes, Jueza.—( IN2017141762 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios la finca uno; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones ref: 00215217-000 y reservas y restricciones para la finca dos; a las once horas del seis de julio del dos mil diecisiete, y con la base de ciento cuarenta y un millones quinientos cinco mil cuatrocientos treinta y dos colones con cincuenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca uno finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 135371-000 la cual es terreno con dos casas de habitación, un galerón destinado a oficina y otro destinado a cuarto frio. Situada: en el distrito 13-Garita, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Doris Oliva González Torres; al sur, en parte calle pública con un frente de 31 metros 91 centímetros y en parte Daisy y Grace ambas Montoya Madrigal; al este, Álvaro Rojas Garita, y al oeste, en parte Gonzalo González y en parte Daisy y Grace ambas Montoya Madrigal. Mide: mil seiscientos cuarenta y dos metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados, y con la base de dos millones ochocientos ochenta y siete mil ochocientos sesenta y cinco colones con noventa y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca dos, finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 219642-000 la cual es terreno para agricultura lote 20-A-3. Situada: en el distrito 2-Buena Vista, cantón 15-Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Audencio Villalobos; al sur, Luis Domingo Guevara; al este, Junta Educación La Caba/a, y al oeste, calle. Mide: cuatrocientos doce metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las once horas del veintiuno de julio del dos mil diecisiete, con la base de ciento seis millones ciento veintinueve mil setenta y cuatro colones con treinta y ocho céntimos para la finca uno, y para la finca dos la base de dos millones ciento sesenta y cinco mil ochocientos noventa y nueve colones con cuarenta y ocho céntimos, y para la tercera subasta, se señalan las once horas del dieciséis de agosto del dos mil diecisiete, con la base de treinta y cinco millones trescientos setenta y seis mil trescientos cincuenta y ocho colones con trece céntimos para la finca uno, y para la finca dos la base de setecientos veintiún mil novecientos sesenta y seis colones con cuarenta y nueve céntimos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopegrecia R.L contra Doris Oliva González Torres, Leiner Jesús de Los Ángeles Esquivel González. Expediente 17-001279-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 06 de junio del 2017.—Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—( IN2017141769 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de junio del año dos mil diecisiete, y con la base de treinta mil novecientos dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placa CL372925, marca Nissan categoría carga liviana, chasis 3N6CD31B7HK800573, año 2017. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del trece de julio del año dos mil diecisiete, con la base de veintitrés mil, ciento setenta y cinco dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno de julio del año dos mil diecisiete con la base de siete mil setecientos veinticinco dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Jorge Iván Velásquez Yánez. Exp: 17-003339-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 26 de abril del año 2017.—Licda. Gabriela Campos Ruiz, Jueza.—( IN2017141851 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes prendarios; a las quince horas y treinta minutos del nueve de octubre del año dos mil diecisiete, y con la base de seis millones ciento cincuenta y nueve mil setecientos noventa y nueve colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas C 160462, marca Mack, estilo DM686S, categoría tractocamión (carga pesada), capacidad 2 personas, año 1987, color blanco, vin 2M2B126C6HC014701, cilindrada 11000 cc, combustible diesel, motor ilegible. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veinticinco de octubre del año dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones seiscientos diecinueve mil ochocientos cuarenta y nueve colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del nueve de noviembre del año dos mil diecisiete con la base de un millón quinientos treinta y nueve mil novecientos cuarenta y nueve colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Greivin Gerardo Argüello Barrantes contra Glen Alonso Hidalgo Arias. Exp. 16-005369-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 7 de abril del 2017.—Licda. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—( IN2017141855 ).

Convocatorias

Para conocer sobre lo dispuesto en el artículo 926 del Código Procesal Civil, referente a conocer el alcance de bienes y el avalúo de la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos cuarenta y ocho mil novecientos dos-cero cero uno, así como los créditos legalizados, se convoca a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Marcos Marcelino Miranda Fuentes, cédula número 9-064-030, mayor, casado una vez, agricultor, vecino del Asentamiento La Mina del Venado de San Carlos, un kilómetro al norte de la Iglesia Evangélica Bíblica Renacer, casa de zócalo, color beige, a una junta de herederos que se llevará a cabo en este Despacho a las nueve horas del siete de julio del dos mil diecisiete. Proceso sucesorio de Marcos Marcelino Miranda Fuentes. Promueve: Ana Lucía Fernández Carballo. Expediente 14-000133-0298-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 11 de enero de 2017.—Lic. Federico Villalobos Chacón, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017137066 ).

Se convoca a todas las personas interesadas en las sucesiones de Eloisa Núñez Castillo y Santiago Bermúdez Mora, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las ocho horas treinta minutos del siete de julio del dos mil diecisiete, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente 83-100016-0188-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil), 22 de mayo del 2017.—Msc. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2017139235 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente 16-160015-0642-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Norman Rodríguez Gatjens, quien es mayor, casado una vez, vecino de Cerrillos, San Jerónimo, Esparza, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número seis-cero cinco nueve-ocho cero cuatro (6-059-804), pensionado, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de repastos dedicado a la ganadería. Situada: en Cerrillos, distrito quinto San Jerónimo, cantón segundo Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con: Marco Tulio Quesada Fernández; al sur, con calle pública con un frente a ella de trescientos noventa y ocho metros con noventa y ocho centímetros lineales; al este, con Norman Rodríguez Gatgens; y al oeste, con Geovanny, Marvin, Ángel, Yolanda, Claudia, Martha, Gerardina, Maritza, Carmen Lidia y Floribeth Lidia, todos de apellido Soto Fernández. Mide: ochenta y tres mil cuatro metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número seis-uno seis cuatro ocho dos cero ocho-dos cero uno tres (P-1648208-2013). Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de ciento veinticuatro millones quinientos seis mil colones. Que adquirió dicho inmueble por compra que le hizo a Geovanny, Marvin, Ángel, Yolanda, Claudia, Martha, Gerardina, Maritza, Carmen Lidia y Floribeth Lidia, todos de apellido Soto Fernández, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de dieciséis años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en delimitación del inmueble mediante cercas de alambre de púas, limpieza de maleza y siembra de pastos, así como la cría y engorde de ganado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Norman Rodríguez Gatjens. Expediente 16-160015-0642-AG.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Yeison Darío Rodríguez Fernández, Juez.—1 vez.—( IN2017140659 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente 16-000084-0815-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria para rectificar medida por parte de Moda Maye Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102049253, representada por Francisco Vega Rodríguez, quien es mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Palmares, cédula de identidad 0202650049, a fin de inscribir a nombre de su representada y rectificar la medida ante el Registro Público de la Propiedad perteneciente a la provincia de Alajuela, matrícula 143772-A-000, sita en el distrito sexto San José, cantón quinto Atenas. Terreno cuya naturaleza es terreno cultivado de café con una casa. Colinda: al norte, Cafetalera Torunes S. A.; al sur, Instituto de Desarrollo Rural y camino público con un frente a el de ciento ochenta y nueve metros con diez decímetros; al este, Instituto de Desarrollo Agrario y Quebrada en medio, y al oeste, Cafetalera Torunes S. A., Familia Ve-Bol S. A. y Edwina Chavarría Arroyo. Mide según el registro público: cincuenta y cuatro mil trescientos setenta y un metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Mide según el plano aportado A-480585-1998, ocho hectáreas con tres mil ciento veinticuatro metros y cuarenta y siete decímetros. Indica el promovente que estima el inmueble en la suma de cuarenta millones de colones exactos y las presentes diligencias en la suma de trece millones de colones. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Moda Maye Sociedad de Responsabilidad Limitada. Expediente 16-000084-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de marzo del 2017.—Lic. Rodolfo Vásquez Vásquez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140665 ).

Citaciones

Ante esta notaría se esta tramitando proceso sucesorio notarial ad intestato de quien en vida se llamó Guadalupe Isabel Galluccio González, mayor, soltera, vecina de Nosara de Nicoya, Guanacaste, Paseo del sol, Playa Pelada, casa diez, con cédula cinco- tres ocho nueve- cinco cero uno. Se cita y emplaza a los presuntos herederos y demás interesados en el Proceso para que dentro del plazo de treinta días siguientes a la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos, apercibiéndose de que si no lo hicieran, la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Notaría del Lic. César Jiménez Fajardo, Nicoya, Guanacaste, setenta y cinco metros al sur del parque, a las ocho horas del diecisiete de mayo del año dos mil diecisiete.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—( IN2017139567 ).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Evaristo Enrique Núñez Brenes, mayor, viudo, pensionado, vecino del Cairo de Siquirres, portador de la cédula de identidad 5-0071-0634. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 16-100028-0934-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 22 de mayo del 2017.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2017140677 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Emilce Phillips Pacheco, mayor, estado civil casada una vez, ama de casa, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0101610742 y vecina de Guadalupe y Hermes Phillips Rojas, mayor, estado civil viudo, comerciante, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0101780757 y vecino de Guadalupe. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. 17-000098-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de mayo del 2017.—Licda. Jessiká Fernández Cubillo, Jueza.—1 vez.—( IN2017140678 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Santos López Arteta, mayor, no indica, dato desconocido, nacionalidad 155804175400, con documento de identidad dato desconocido y vecino(a) de. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 17-000004-0182-CI.—Juzgado Segundo Civil de Menor Cuantía de San José, 25 de abril del 2017.—Licda. Rose Mary Lawrence Mora, Jueza.—1 vez.—( IN2017140685 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de José Elio Obando López, mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad 5-0041-0936, cuyo último domicilio fue en Golfito. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Notaría ubicada en Sabana Norte, avenida 5, calles 42 y 44. Exp. 0001-2017.—Licda. María José Yglesias Ramos, Notaria.—1 vez.—( IN2017140690 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rolando Eduardo Ramírez Serrano, mayor, estado civil casada una vez, pensionado, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0900190566 y vecino San Carlos. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Exp. 16-000194-0295-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Civil), 5 de abril del 2017.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—( IN2017140697 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Higinio Muñoz Rosales, mayor, viudo, pensionado, vecino de Sabana Grande, Nicoya, Guanacaste, de la plaza de deportes doscientos metros al norte, cédula de identidad cinco-cero cero cincuenta y nueve-cero ciento cincuenta y tres, fallecido el cinco de abril del dos mil diecisiete, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos o algún interés legítimo en la sucesión, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2017-15916-oigp. Notaría de la Licenciada Olga Irene Granados Porras, Nicoya, Guanacaste, ciento cincuenta suroeste del cementerio. Teléfono: 2686-6078. Fax: 2685-4243.—Lic. Olga Irene Granados Porras, Notaria.—1 vez.—( IN2017140722 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Vitaliano Vargas Matamoros, mayor, estado civil viudo, profesión pensionado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad dos-ciento cuarenta y siete-seiscientos cuatro y vecino de Río Claro de Golfito. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 17-000068-0422-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Golfito, (Materia Civil), 30 de mayo del 2017.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1 vez.—( IN2017140725 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en el sucesorio de del señor Aníbal Umaña Rodríguez, cédula de identidad número uno-ciento setenta y siete-ochocientos cuarenta y dos, quien en vida fue, casado una vez, pensionado, vecino de la provincia de San José, cantón Goicoechea, distrito Calle Blancos, Barrio Calle Blancos, cien metros al este y cien al sur de la esquina norte de la plaza, se declara abierto su proceso sucesorio, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este Edicto, comparezcan a reclamar sus derechos en la notaría, de la Licda. Amely Patricia Castillo Mora, y se apercibe a los que se crean tener calidad de heredero que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponde. Expediente: cero cero cero uno -dos mil diecisiete, Notaría de la Licda. Amely Patricia Castillo Mora, Notaria Pública, con oficina en San José, Barrio La Pitahaya, calle treinta y cuatro, avenida tres, tres bis, número tres veintiséis.—Licda. Amely Patricia Castillo Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017140728 ).

Avisos

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor (incapaz) Rebeca Montezuma Bejarano, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente 17-000207-1304-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Familia), a las dieciséis horas y dos minutos del veintiséis de mayo de dos mil diecisiete.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—Exonerado.—( IN2017140716 ).                3 v. 1.

Licenciado Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez del Juzgado Segundo de Familia de San José; hace saber a Sorally Lozano Ibarguen, documento de identidad PCC1024500203, casado/a, vecino de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso divorcio en su contra, bajo el expediente 16-000749-0187-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Segundo de Familia de San José. A las trece horas y cuarenta y dos minutos del veintidós de mayo de dos mil diecisiete. I.- Se tiene por aceptado el cargo de curador procesal por parte de la Licenciada Sandra Isabela González Pinto visible a folio 44. Se reserva el memorial de contestación presentado por la misma para ser conocido en su momento procesal oportuno. II.- Del anterior proceso abreviado de divorcio establecido por Brayam José Carvajal Miranda se confiere traslado por el plazo de diez días a Sorally Lozano Ibarguen para que en la persona de su curadora procesal Licenciada Isabella González Pinto, se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. III.-Notifíquese esta resolución al demandado, por medio de su curadora procesal la licenciada González Pinto. Se reserva el memorial de contestación que corre a folio 44. De conformidad con el numeral 263 del Código Procesal Civil, se ordena notificar a la demandada Sorally Lozano Ibarguen por medio de edicto esta resolución, remítase el mismo mediante sistema electrónico a la Imprenta Nacional. Licenciado Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso divorcio de Bryam José Carvajal Miranda contra Sorally Lozano Ibarguen; expediente 16-000749-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia de San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1 vez.—Exento.—( IN2017140661 ).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la salvaguardia, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Marcos Gómez Pitti. Expediente 16-000551-1304-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, (Materia Familia), 22 de mayo del 2017.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140663 ).

Lic. Katia Soto Barahona, Jueza del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, (Corredores), (Materia Familia); hace saber a Roy Morales Vargas, documento de identidad 0602870661, casado, no indica, domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso declaratoria judicial abandono, en su contra, bajo el expediente 15-400183-1304-FA, donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, (Corredores), (Materia Familia), a las dieciséis horas y diez minutos del veinticinco de enero del dos mil diecisiete. En autos queda demostrado la ausencia del demandado Roy Morales Vargas pues no es habido en las direcciones que constan en autos, no tiene apoderado inscrito y no le aparece movimientos migratorios recientes, aunado a ello, existe prueba testimonial donde se indica que se descose su paradero (ver folio 266), por lo anterior, se ordena continuar con los procedimientos de nombrarle Curador Procesal al demandad o antes mencionado y notificarle por medio de edicto. Nombrase curador conforme a la lista digital del sistema de peritos de la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial. Así las cosas, dicho nombramiento recae sobre Leda Patricia Mora Fonseca, a quien se procede a nombrar en este acto como Curador Procesal para que represente al demandad o Morales Vargas, al cual se le previene que deberá presentarse a este despacho o bien mediante escrito remitido vía fax o correo electrónico dentro de los siguientes cinco días a fin de aceptar el cargo conferido. Si no, comparece, se entenderá, que, no lo acepta y se nombrará otro en su lugar. Asimismo, se le previene que, en caso de no hacerlo al momento de aceptar el cargo, deberá en el primer escrito que presente señalar medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. La parte interesada puede localizarlo al teléfono 2770-2291 o bien 8883-8018. Notifíquese a la parte demandada la presente demanda, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un Diario de Circulación Nacional; para los efectos del artículo 263 del Código Procesal Civil. Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se haga la publicación. Expídase y publíquese. Lic. Katia Soto Barahona. Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso declaratoria judicial abandono de la Infancia Patronato Nacional contra Marian Johanna Guerra Mora, Roy Morales Vargas y Víctor Manuel Díaz Gómez. Expediente 15-400183-1304-FA. Licda. Katia Soto Barahona.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, (Materia Familia), 25 de enero del 2017.—Lic. Juan Carlos Sanchez García, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140667 ).

Licenciado Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez del Juzgado Segundo de Familia de San José; hace saber a Jeyson José Lumbi, documento de identidad 155816130923, soltero, operario, vecino de domicilio desconocido, que en este despacho se interpuso un proceso suspensión patria potestad en su contra, bajo el expediente número 15-000599-0187-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Segundo de Familia de San José. A las catorce horas y trece minutos del veintiséis de abril de dos mil diecisiete. I.- Se tiene por aceptado el cargo de curador procesal por parte del Licenciado Manuel Antonio Morales Araya visible a folio 243. Se reserva el memorial de contestación presentado por el mismo para ser conocido en su momento procesal oportuno. II.-Del anterior proceso abreviado de suspensión de patria potestad establecido por Degnia Azucena Sánchez Chamorro se confiere traslado por el plazo de diez días a Jeyson José Lumbi para que en la persona de su curador procesal licenciado Manuel Antonio Morales Araya, se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. III.-Notifíquese esta resolución al demandado, por medio de su curador procesal el Licenciado Morales Araya. Se reserva el memorial de contestación presentado por el mismo para ser conocido en su momento procesal oportuno. De conformidad con el numeral 263 del Código Procesal Civil, se ordena notificar al demandado Jeyson José Lumbi por medio de edicto esta resolución, remítase el mismo mediante sistema electrónico a la Imprenta Nacional. Licenciado Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso suspensión patria potestad de Degnia Azucena Sánchez Chamorro contra Jeyson José Lumbi; expediente 15-000599-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia de San José, 26 de abril del 2017.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140669 ).

El licenciado Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez del Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, hace saber a Luis Leuvis Cantillo Cuenca, mayor, ciudadano cubano, casado una vez, comerciante, documento de identidad 70031311024 y domicilio desconocido que: en este Despacho, con el expediente 15-000099-0187-FA, se tramita Proceso Ordinario de Declaratoria de Matrimonio Inexistente promovido por la Procuraduría General de la República en el cual se dictó la resolución que dice: “Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José. A las doce horas seis minutos del veintinueve de agosto del dos mil dieciséis. I.—El licenciado David Dumani Echandi, aceptó su designación como Curador Procesal del codemandado Luis Leuvis Cantillo Cuenca y presentó su contestación de demanda, cuyo contenido se conocerá oportunamente. II.—Del Proceso Ordinario de Declaratoria de Matrimonio Inexistente promovido por la Procuraduría General de la República se confiere traslado por el plazo de treinta días a los demandados Yorleni Isabel Mojica Salas y Luis Leuvis Cantillo Cuenca para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de diez días podrán oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Si señalan un fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, no pueden utilizarlo también como teléfono. Si eligen un correo electrónico, deberán registrarlo en el sitio electrónico del Poder Judicial, debiendo obtener autorización del Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial para que ese correo pueda utilizarse como medio para recibir notificaciones. También se les exhorta para que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. De conformidad con el artículo 263 del Código Procesal Civil, notifíquese esta resolución al codemandado Luis Leuvis Cantillo Cuenca mediante edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial. Para que notifique a la demandada Yorleni Isabel Mójica Salas se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José. Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.” Expediente 15-000099-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 29 de agosto del 2016.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140670 ).

Licenciado Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez del Juzgado Segundo de Familia de San José; hace saber a Maikel Rodríguez Pérez, documento de identidad no indica, casado, vecino de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso nulidad matrimonio en su contra, bajo el expediente número 14-001168-0187-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Sentencia 312-2017. Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, a las nueve horas del treinta y uno de marzo de dos mil diecisiete. Abreviado de nulidad de matrimonio establecido por la Procuraduría General de la República, representada por Marcela Ramírez Jara, cédula 1-0941-0141, contra Carmelina Zúñiga Sandí, cédula 7-0194-0933 y Maikel Rodríguez Pérez, de calidades desconocidas. Resultando: I.- II.- III.- Considerando: I.-, II.-, III.-, IV.-, V.-, VI.- Por tanto: Acorde con lo expuesto, artículos 420 y siguientes del Código Procesal Civil; 12 bis, 14 bis, 19 y 64 y siguientes del Código de Familia y demás normativa citada, se acoge la presente demanda en todos sus extremos y: 1. Se anula el matrimonio de Maikel Rodríguez Pérez y Carmelina Zúñiga Sandí, celebrado el 18 de marzo de 2009, matrimonio inscrito en el Registro de Matrimonios de la Provincia de San José, tomo 506, folio 166 y asiento 332, retornado el estado civil de las personas codemandadas al estado previo a la inscripción del acto aquí anulado. 2. Deviene de la anterior declaratoria, la consecuente anulación de cualquier acto preparatorio a efecto de don Maikel obtuviese la residencia, que se pudieran haber realizado ante la Dirección General de Migración y Extranjería, así como cualquier trámite tendiente a la Naturalización del señor Rodríguez Pérez. 3. Confecciónese testimonio de piezas para el Ministerio Público contra los dos codemandados, a efecto que se investigue la posible comisión de los delitos que tal Ministerio considere se hayan podido cometer. 4. Se condena a ambas costas a las partes demandadas de este proceso (numeral 221 del Código Procesal Civil. Por medio de edicto, publíquese una única vez la parte dispositiva de este fallo. Msc. Luis Fernando Jacobo Portuguez, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso nulidad matrimonio de Procuraduría General de la Republica contra Carmelina Zúñiga Sandí, Maikel Rodríguez Pérez; expediente 14-001168-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia de San José, 22 de mayo del 2017.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1 vez.—Exento.—( IN2017140671 ).

Licenciado Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez del Juzgado Segundo de Familia de San José; hace saber a José Felix Ginory Camejo, documento de identidad 067122301848, casado, vecino de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso nulidad matrimonio en su contra, bajo el expediente 14-000519-0187-FA, donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: sentencia de primera instancia 4-2017, Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, a las ocho horas del nueve de enero del dos mil diecisiete. Ordinario de inexistencia de matrimonio establecido por la Procuraduría General de la República, representada por Marcela Ramírez Jara, contra José Felix Ginory Camejo, ciudadano cubano, pasaporte de su país 67122301848, representado por el Curador procesal, licenciado Gerardo Sánchez Rodríguez y Wendy Paola Marín Ramírez, cédula de identidad 1-1321-207, demás calidades de ambos, que constan en autos y Resultando: I, II, III.-; Considerando: I, II, III, IV, V, VI; Por tanto: acorde con lo expuesto, artículos 420 y siguientes del Código Procesal Civil; 12 bis, 14 bis, 19 y 64 y siguientes del Código de Familia y demás normativa citada, se rechazan las excepciones planteadas de falta de derecho, de legitimación pasiva, de interés actual y de prescripción y se acoge la presente demanda en todos sus extremos y: 1.) Se anula el matrimonio de Wendy Paola Marín Ramírez y José Felix Ginory Camejo, celebrado el 13 de julio de 2004, matrimonio inscrito en el Registro de Matrimonios de la provincia de San José tomo cuatrocientos cincuenta y seis, folio cuatrocientos cuarenta y uno, asiento ochocientos ochenta y dos. 2.) Conforme el numeral 19 del Código de Familia, comuníquese tanto al Registro Civil, como a la Dirección General de Migración, para que se cancelen los beneficios migratorios y/o beneficios de naturalización, que el demandado Ginory Camejo haya solicitado o solicite con fundamento en el matrimonio aquí anulado. 3.) Confecciónese testimonio de piezas para el Ministerio Público contra los dos demandados tanto Ginory Camejo como Marín Ramírez, a efecto que se investigue la posible comisión de los delitos que tal Ministerio considere se hayan podido cometer. 4.) Modifíquese el asiento de nacimiento del menor Fabián Eduardo Ginory Marín, nacido el 24 de noviembre de 2009, nacimiento debidamente inscrito en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, de la provincia de San José, al tomo dos mil setenta y dos, folio ciento cuarenta y uno, asiento doscientos ochenta y uno. Para que en lo sucesivo lleve únicamente el apellido materno sea Marín Ramírez. 5.) Se condena a ambas costas a las partes demandadas de este proceso (numeral 221 del Código Procesal Civil. Comuníquese licenciado Walter Alvarado Arias, Juez de Familia. Lo anterior se ordena así en proceso nulidad matrimonio de El Estado contra José Felix Ginory Camejo, Wendy Paola Marín Ramirez. Expediente 14-000519-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia de San José, 07 de abril del 2017.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140672 ).

Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a quien interese, se le hace saber que en proceso adopción, expediente 14-000004-0932-FA establecido por Jarumi Méndez Valverde, Luis Roberto Vargas Alvarado, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las dieciséis horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de febrero del dos mil diecisiete. Diligencias de adopción individual, que se tramitan en este Juzgado promovidas por Luis Roberto Vargas, con cédula de identidad 1-1200-432, agente de ventas, casado, vecino de Limón, Pococí, Guápiles. Figura como abogado director del promovente, el Lic. Víctor Obando Mendoza, así como la Máster Gabriela Hidalgo Hurtado en representación del Patronato Nacional de la Infancia. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—…, II.—…; Por tanto: De conformidad con lo expuesto y artículos 100, 102, 103, 104, 106, 109 inciso a), 111, 125 a 139 del Código de Familia, 119, 120, y 222 del Código Procesal Civil, se aprueba la adopción individual que solicita Luis Roberto Vargas Alvarado, de la persona menor de edad: Paula Guzmán Méndez, en consecuencia se ordena: a) Autorizar la adopción individual de la persona menor de edad: Paula Guzmán Méndez por parte del promovente Luis Roberto Vargas Alvarado, con todas las consecuencias jurídicas que de la filiación adoptiva se derivan. b) Que la persona menor de edad: Paula Guzmán Méndez, llevará en lo sucesivo los apellidos Vargas Méndez y podrá suceder ad intestato a la promovente. c) Firme esta sentencia expídase la ejecutoria correspondiente la cual será inscrita en el Registro Civil, Sección de Nacimientos de la provincia de San José, al tomo: mil doscientos, página: doscientos dieciséis, asiento: cuatrocientos treinta y dos. Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 31 de mayo del 2017.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140673 ).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente 12-000249-0292-FA, Julio Chaves Rojas, solicita se apruebe la adopción de hijo de cónyuge a favor de la persona menor de edad Ricardo Adrián Blandón Lagos. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Heredia, 31 de mayo del 2017.—MSc. Felicia Quesada Zúñiga, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140674 ).

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Hago saber que en mi notaría, sito en Quepos, Quepos, Puntarenas, treinta metros norte del Banco Popular y Desarrollo Comunal, se tramitan diligencias de adopción de mayor de edad, establecidas por John Cris (nombre) Taylor (apellido), mayor, casado una vez, empresario, vecino de cinco NE Freehold Road N cinco cero siete siete dos ocho, New Jersey de los Estados Unidos de América, ciudadano estadounidense razón por la cual usa un solo apellido, con pasaporte número cuatro siete ocho ocho ocho nueve tres cinco siete y Martin Andrés Martínez Fonseca, mayor, soltero, oficinista, vecino de La Pascua de Quepos, cédula de identidad número seis-cuatrocientos treinta y cuatro-seiscientos veinticuatro. Las personas interesadas que tengan objeciones que hacer a esta adopción, podrán hacerlo saber en esta notaría dentro del plazo de cinco días a partir de la publicación de este edicto, aportando las pruebas que tengan para su oposición. Expediente 0001-201T. Notaría del licenciado Giovanni Ruiz Mata, notario público.—San José, 01 de junio del 2017.—Lic. Giovanni Ruiz Mata, Notario.—1 vez.—( IN2017140680 ).

Licenciada María Marta Corrales Cordero, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica; hace saber a Alba María Sánchez Vargas, en su carácter personal, documento de identidad 070124-0571, demás calidades y domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso depósito judicial en su contra, bajo el expediente 17-000370-1307-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. A las siete horas y cincuenta y seis minutos del tres de abril del año dos mil diecisiete. De las presentes diligencias de depósito judicial de la persona menor María José Sánchez Vargas, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Alba María Sánchez Vargas, a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Alba María Sánchez Vargas, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Guápiles); por localizarse a la señora Alba María Sánchez Vargas en Guácimo, Río Jiménez, (Balsaville), Carambola, Urbanización Lenca Duacari, de Pulpería Puriscaleña, doscientos quince metros norte, casa 3, a mano derecha. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario (a) notificador (a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4° de la Ley de Notificaciones Judiciales. Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Sobre cuestiones de primer y especial pronunciamiento solicitada, contándose con los elementos que sustenta la idoneidad del ambiente que reina en el lugar donde se encuentra ubicada la menor María José Sánchez Vargas, se acoge dicha pretensión provisional, por ende se ordena depósito judicial de la menor supra indicada de forma provisional en el hogar de la señora María Isabel Sánchez Porras, a quien se le hace ver que deberá apersonarse al despacho en el plazo de ocho días a aceptar el cargo conferido. Notifíquese. Licenciada María Marta Corrales Cordero. Jueza de Familia. mcolombari. Y la resolución de las quince horas y cincuenta y uno minutos del uno de junio del año dos mil diecisiete. Siendo que la parte demandada Alba María Sánchez Vargas, es de domicilio desconocido y no fue ubicada en la dirección reflejada mediante su cuenta cedular, se ordena notificarle esta y la resolución de las siete horas y cincuenta y seis minutos del tres de abril del año dos mil diecisiete, mediante un edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial. Elabórese el edicto respectivo. Notifíquese. Licenciada María Marta Corrales Cordero. Jueza. Caguilaru. Lo anterior se ordena así en proceso depósito judicial de Patronato Nacional de la Infancia contra Alba María Sánchez Vargas; expediente 17-000370-1307-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 01 de junio del año 2017.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2017140700 ).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela o salvaguardia de Eida María Calvo Calvo, conforme con el artículo 236 del Código de familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de salvaguardia promovido por María del Rosario Calvo Calvo en favor de Eida María Calvo Calvo. Expediente número 17-000201-0640-CI.—Juzgado de Familia de Cartago, 01 de junio del 2017.—Licda. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140717 ).

Licenciado Eddy Rodríguez Chaves, Juez del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), a Jacqueline Williams Spruill, en su carácter personal, quien es mayor, casada, administradora, de nacionalidad estadounidense, pasaporte de su país número P-cuatro ocho seis uno uno cuatro cero uno seis, de domicilio desconocido, se le hace saber que en demanda divorcio expediente 17-000095-0938FA, establecida por Angel Manuel Amores Gracia contra Jacqueline Williams Spruill, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: sentencia número 278-2017 Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste. Liberia, a las catorce horas diez minutos del treinta y uno de mayo de dos mil diecisiete.- Proceso abreviado de divorcio establecido por Ángel Manuel Amores Gracia, mayor, casado, piloto, de nacionalidad española, pasaporte de su país número PAC-cuatro cero tres tres nueve nueve, vecino de Liberia, contra Jacqueline Williams Spruill, mayor, casada, administradora, de nacionalidad estadounidense, pasaporte de su país número P cuatro ocho seis uno uno cuatro cero uno seis, de domicilio desconocido. Interviene la Licenciada Escarleth Jiménez Li en su condición de curadora procesal de la demandad.- Resultando: I.-... II.-... III.-... Considerando: I.-Hechos Probados:....-Sobre el Fondo:... III.-Respecto al derecho de gananciales: .... IV.-Respecto A la pensión alimentaria: .... V.-Respecto a las costas:... VI.-Sobre la notificación a la demandada:... Por tanto: Con base en lo expuesto, normas de derecho citadas, se falla: a) Se declara con lugar la presente demanda de divorcio. Se disuelve el vínculo matrimonial existente entre el señor Ángel Manuel Amores Gracia y la señora Jacqueline Williams Spruill por la causal de separación de hecho de los cónyuges por un término no menor de tres años. Una vez firme esta resolución, inscríbase la misma en el Registro Civil, Sección de Matrimonios de la Provincia de Guanacaste, al tomo ochenta y cuatro, folio ciento noventa y dos, asiento trescientos ochenta y tres. b) Cada uno de los cónyuges adquiere el derecho de participar en la mitad del valor neto de los bienes gananciales que se constaten en el patrimonio del otro, lo cual se determinará en la etapa de la ejecución de sentencia si fuese necesario. c) Ninguna de las partes mantiene el derecho de pedirse alimentos. d) Se ordena notificar esta sentencia a la demandada mediante una publicación por una sola vez en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional, siendo suficiente con la publicación de la parte dispositiva con los datos necesarios para identificar el proceso. e) Se condena a la demandada al pago de las costas personales y procesales causadas.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140719 ).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela o salvaguardia de Julieta María Martínez Gómez, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de Salvaguardia promovido por Isabel Rocío Ulloa Martínez y Kattia Eugenia de los Ángeles Ulloa Martínez en favor de Julieta María Martínez Gómez. Expediente número 17-001009-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 02 de junio del 2017.—Licda. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140743 ).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela o salvaguardia de Julieta María Martínez Gómez, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de salvaguardia promovido por Isabel Rocío Ulloa Martínez y Kattia Eugenia de los Ángeles Ulloa Martínez en favor de Julieta María Martínez Gómez. Expediente número 17-001009-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 02 de junio del 2017.—Licda. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140746 ).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de José Ángel Pereira Gamboa, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de salvaguardia promovido por Gerardo Alberto Pereira Gamboa. Expediente número 17-000611-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 01 de junio del año 2017.—Licda. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140749 ).

Licenciada Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, del anterior proceso de autorización de salida del país, establecido por María Fernanda Varela Chirino, se confiere traslado por el plazo perentorio de cinco días a Javier José Mercado Sánchez (art. 433 del Código Procesal Civil). Se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Dentro de este mismo plazo podrá oponer excepciones previas y ofrecer la prueba que considere pertinente. Por existir personas menores involucradas en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de gestión en línea. Hasta hoy hemos sido testigos de lo poco operativo que resulta -en muchos casos- el tratamiento de los procesos en materia de familia. Por diversos razonamientos, la falta de normas procesales especializadas, la ausencia de recursos materiales que facilite la labor y hasta la de conocimiento por parte de quienes participamos en la gestión jurídica de esta materia. No obstante, esa situación debe modificarse, puesto que la familia ha evolucionado de una manera tan acelerada, que los cambios que ella impone deben gestionarse al mismo ritmo. Puesto que, al solventar el conflicto judicial, es probable que paralelo a ello, también se resuelva el emocional, mismo que repercute importantemente en este tipo de procesos. Siendo así, este Despacho ha leído el conflicto familiar que se representa en su proceso, y ha logrado deducir que es pertinente la viabilidad para una audiencia preliminar de conciliación, entendiendo esta audiencia como el medio alternativo de solución de conflictos (Art 3, 4, 8 y 11 Ley Sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social). Ello, con el fin de maximizar una resolución más real, a corto plazo y duradera en el tiempo para ambas partes, por lo que se señala para dicha audiencia las ocho horas treinta minutos del catorce de julio del presente año (08:30 14/07/2017). Se hace un especial llamado a las personas interesadas, para que participen de la audiencia programada, como una oportunidad para encarar y conducir sus disputas, “desempantanando” sus posiciones y acabando con esa disputa, aun cuando el proceso pueda continuar, esto como uno de los fines de la conciliación. Por el contrario que no se considere un mero trámite o el cumplimiento de una etapa procesal, sino un espacio que cumpla con la finalidad propuesta. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Siendo que se desconoce el domicilio del demandado se procede a notificarle por medio de edicto el cual se envía por medio del Sistema FTP. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Patricia Cordero García, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017141767 ).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Alexis Gerardo Quesada Duarte, mayor, viudo, agricultor, cédula de identidad número uno-cero quinientos treinta y ocho-cero seiscientos sesenta y cuatro, vecino de La Fortuna de San Pedro, hijo de Julia Duarte Quirós y José Quesada Padilla, nacido en Pejibaye, Pérez Zeledón, el día 08/06/1959, con 57 años de edad, y Juana Emidey Rojas Zúñiga c.c. Juanita Emidey, mayor, divorciada una vez, oficios domésticos, cédula de identidad número nueve-cero cero ochenta y seis-cero ciento sesenta y seis, vecina del mismo domicilio del solicitante Quesada Duarte, hija de Lidia Zúñiga Alvarado y Rodrigo Rojas Villalobos, nacida en el Socorro de Volcán, Buenos Aires de Puntarenas, el día 24/06/1965, actualmente con 51 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 17-000382-1303-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), Pérez Zeledón, 01 de junio del 2017.—Licda. María del Rocío Quesada Zamora, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140698 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio entre el señor Pablo Mario Torres Torres, mayor, viudo, pensionado, cédula de identidad 0500940321, nacido en Sardinal Carrillo Guanacaste, el 26/07/1941, con 75 años de edad, y la señora Mensia Liset Gallo Ruiz, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad 0502320738, nacida en 27 de abril Santa Cruz Guanacaste, el 14/06/1966, actualmente con 50 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Liberia, Guanacaste. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 17-000363-0938-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), Liberia, 01 de junio del 2017.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140701 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio el señor Henry Carballo González, mayor, soltero, maestro de obras, cédula de identidad 0502820381, vecino de Barrio Corazón de Jesús, Liberia, hijo de María Evangelina González González y Miguel Ángel Carballo Alvarez, nacido en centro Liberia Guanacaste, el 05/04/1974, y la señora Jessica María Vargas Meléndez, mayor, soltera, empleada doméstica, cédula de identidad 0205460066, vecina de Liberia, hija de Ana Isabel Meléndez Valverde y Olman Vargas Acosta, nacida en centro San Ramón Alajuela, el 18/12/1979. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 17-000361-0938-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), Liberia, 01 de junio del 2017.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140703 ).

Han comparecido solicitando contraer matrimonio civil los señores: Angélica Navarro Tiffer, soltera, de treinta y ocho años de edad, costarricense, empelada judicial, cédula de identidad número: seis-doscientos noventa y seis-ciento ochenta, nativa de Corredor, Corredores, Puntarenas, el día cuatro de diciembre del año mil novecientos setenta y ocho, hija de Antonia Tiffer Chaves y Herman Navarro Ruiz, ambos costarricenses; de igual forma comparece Henry David Saldaña Marchena, soltero de treinta y cinco año de edad, con cédula de identidad número: seis-trescientos veintitrés-cuatrocientos uno, costarricense, rectificador de motores, nativo de Corredor, Corredores, Puntarenas, el día dieciocho de agosto de mil novecientos ochenta y dos, hijo de Rosa Isabel Marchena Mendoza, de nacionalidad costarricense y David Saldaña Elizondro, de nacionalidad panameña. Los contrayentes son vecinos de Barrio la Fortuna de Ciudad Neily, Corredores, Puntarenas. Se insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este matrimonio se realice, que están en la obligación de manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Matrimonio civil: 17-000265-1304-FA.—Juzgado de Familia de Corredores, Ciudad Neily, 02 de junio del 2017.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140712 ).

Han comparecido solicitando contraer matrimonio civil los señores Ólger Rodríguez Muñoz, cédula de identidad número seis- doscientos cincuenta y dos-quinientos cuarenta y tres, de cuarenta y cuatro años de edad, costarricense, soltero y en unión libre, informático, nativo de San Vito, Coto Brus, Puntarenas, el día catorce de marzo de mil novecientos setenta y tres, hijo de Francisco Rodríguez Porras y Corina Muñoz Venegas, y Maricel Pérez Chaves, cédula de identidad número seis-trescientos tres-doscientos ochenta y ocho, de treinta y siete años de edad, soltera y en unión libre, del hogar, costarricense, nativa de Corredor, Corredores, Puntarenas, el día quince de diciembre de mil novecientos setenta y nueve, hija de Mario Pérez Araya y Fidelina Chaves Elizondo, ambos vecinos de Ciudad Neily, barrio San Rafael, doscientos metros al norte del Salón Comunal. Se insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este matrimonio se realice, que están en la obligación de manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Matrimonio Civil 17-000249-1304-FA.—Juzgado de Familia de Corredores, Ciudad Neily, 25 de mayo de 2017.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140713 ).

Han comparecido solicitando contraer matrimonio civil los señores Yeudi Miguel López Chavarría, cédula de identidad número seis-trescientos cuarenta y siete-ochocientos treinta, de treinta y dos años de edad, costarricense, soltero en unión libre, de oficio cortador en Palma Tica, nativo de Corredor, Corredores, Puntarenas, el día veinte de mayo de mil novecientos ochenta y cinco, hijo de Juanita Chavarría Santamaría y Donaldo López Cerdas y Karolina Estefanih Gómez Morales, cédula de identidad número seis-cuatrocientos veintisiete-cuatrocientos cuarenta y siete, de veintiún años de edad, soltera en unión libre, del hogar, costarricense, nativa de Corredor, Corredores, Puntarenas, el día veintiuno de octubre de mil novecientos noventa y cinco, hija de José Ángel Gómez Gómez y Lorena Morales Morales, ambos vecinos de La Cuesta, ochocientos metros carretera al Chorro. Se insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este Matrimonio se realice, que están en la obligación de manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. matrimonio civil 17-000213-1304-FA.—Juzgado de Familia de Corredores, Ciudad Neily, 04 de mayo de 2017.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140714 ).

Han comparecido solicitando contraer matrimonio civil los señores Rafael Ángel Barrantes Barrantes, cédula de identidad número uno cuatrocientos cuarenta y siete-cuatrocientos cuarenta y seis, de sesenta y tres años de edad, costarricense, soltero en unión libre, de pensionado, nativo de Hospital, Central San José, el día catorce de setiembre de mil novecientos cincuenta y tres, hijo de Raúl Barrantes Sánchez y Nely Barrantes Rojas y Flory Marleni Meza Granados, cédula de identidad número seis-doscientos ocho-cuatrocientos tres, de cuarenta y nueve años de edad, soltera en unión libre, del hogar, costarricense, nativa de Palmar Norte, Osa, Puntarenas el día diecisiete de mayo de mil novecientos sesenta y siete, hija de Francisco Meza Sandí y Ángela Granados Bermúdez, ambos vecinos de La Fortuna, entrada a la plaza, primer casa a mano izquierda. Se insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este Matrimonio se realice, que están en la obligación de manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. matrimonio civil 17-000211-1304-FA.—Juzgado de Familia de Corredores, Ciudad Neily, 08 de mayo de 2017.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140715 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Jairo Álvarez Mendoza, mayor, soltero, costarricense, Técnico en Informática, cédula de identidad número 0113930998, vecino de Guadalupe de Cartago, hijo de Aura Estela Mendoza Solórzano y Jonás Álvarez Gómez, ambos padres costarricenses, nacido en Hospital, Central, San José, el 22/06/1989, con 28 años de edad, y Joselyn de los Ángeles Ramírez Rodríguez, mayor, costarricense, soltera, educadora de preescolar, cédula de identidad número 0304820572, vecina de Tejar de El Guarco, 500 metros oeste de la Guardia Rural de Tejar, hija de Elizabeth Rodríguez Quirós y Óscar Enrique Ramírez Calvo, ambos padres costarricenses, nacida en Oriental, Central, Cartago, el 08/11/1994, actualmente con 22 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. 17-001385-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 02 de junio del 2017.—Licda. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140740 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Ismael Antonio Vaca Rojas, mayor de edad, soltero, trabajador en construcción, cédula de identidad número 0304860454, vecino de Cervantes de Alvarado, Cartago, de la Ferretería Santa Rosa sobre calle vieja 450 metros suroeste, casa color verde sin verjas, hijo de María del Socorro Vaca Rojas, nacido en Cartago, el 05/03/1995, con 22 años de edad, y Tatiana Paola Fonseca Ramírez, mayor de edad, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0304490091, vecina de Cervantes de Alvarado, Cartago, de la Ferretería Santa Rosa sobre calle vieja 450 metros suroeste, casa color verde sin verjas, hija de María Rosa Ramírez Umaña y José Joaquín Fonseca Ríos, nacida en Cartago, el 26/10/1990, actualmente con 26 años de edad. Tenemos una hija en común de nombre Kiara Valentina Vaca Fonseca de cinco meses de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. 17-001367-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 02 de junio del 2017.—Licda. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140741 ).

Edictos en lo Penal

Fiscalía de Hatillo, a las diez horas con cinco minutos del 6 de abril del 2017, en vista de que la codemandada civil Aura Josefina Burgos Martínez, cédula 11220003779, quien conociendo de la sumaria penal no se apersonaron al despacho para ponerle(s) en conocimiento la acción civil presentada en contra de su representada, se procede a comunicarle la resolución que cursa la acción civil en su contra por medio de edicto que se publicará una tres veces en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Lic. Rodrigo Salas Rojas. Fiscal Coordinadora de Hatillo: se pone en conocimiento la acción civil. Lic. Rodrigo Salas Rojas, Fiscal de la Fiscalía de Hatillo, a la Aura Josefina Burgos Martínez, cédula 11220003779, le hace saber que en el legajo de acción civil resarcitoria 15-000071-277-PE, ofendido Max Obando González, contra Juan Carlos Jiménez Rivera, se ha dictado resolución que literalmente dice: comunicación por edicto: Fiscalía de Hatillo, a las diez horas con cinco minutos del 5 de abril del 2017. En vista de que el tercer demandado civil Aura Josefina Burgos Martínez, cédula 11220003779, no ha sido posible comunicarles la resolución dictada por este despacho, que da curso a la acción civil resarcitoria incoada por Max Obando González se procede a comunicarle la resolución que cursa la acción civil en su contra por medio de edicto que se publicará tres veces consecutivas en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Lic. Rodrigo Salas Rojas, Fiscal Jefe de Hatillo. Se pone en conocimiento la acción civil: De conformidad con los artículos 115 y 120 del Código procesal Penal, se pone en conocimiento del Tercer demandado civil Aura Josefina Burgos Martínez, cédula 11220003779 de la presente acción civil resarcitoria. Cualquier interviniente podrá oponerse a la participación del actor civil planteando las excepciones que correspondan. La oposición se pondrá en conocimiento del actor y su resolución se reservará para la audiencia preliminar. Comuníquese. Teléfonos 2254-8842 o 2214-9557, fax: 2254-4603.—Fiscalía de Hatillo.—Lic. Rodrigo Salas Rojas, Fiscal.—Exonerado.—( IN2017140323 ).               3.v. 3.

Fiscalía de Hatillo, a las quince horas con cuarenta y cinco minutos del 10 de marzo del 2017. En vista de que el codemandado civil Hotel Hacienda Sueño Azul S. A., cédula jurídica 3101134623, representada por Federico Gallegos Solís, cédula 1-0398-1184, quien conociendo de la sumaria penal no se apersonaron al despacho para ponerle en conocimiento la acción civil presentada en contra de su representada, se procede a comunicarle la resolución que cursa la acción civil en su contra por medio de edicto que se publicará una tres veces en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Lic. Rodrigo Salas Rojas, Fiscal Coordinadora de Hatillo. Se pone en conocimiento la acción civil. Lic. Rodrigo Salas Rojas Fiscal de la Fiscalía de Hatillo, al Hotel Hacienda Sueño Azul S. A., cédula jurídica 3101134623, representada por Federico Gallegos Solís, cédula 1-0398-1184, le hace saber que en el legajo de acción civil resarcitoria 15-001433-492-TC, ofendido Manfred Hidalgo Araya, contra Ernesto Ramos Quintana, se ha dictado resolución que literalmente dice: comunicación por edicto: Fiscalía de Hatillo, a las quince horas con cuarenta y cinco minutos del 10 de marzo del 2017. En vista de que el tercer demandado civil Hotel Hacienda Sueño Azul S. A., representada por Federico Gallegos Solís, cédula 1-0398-1184, no ha sido posible comunicarles la resolución dictada por este despacho, que da curso a la acción civil resarcitoria incoada por Manfred Hidalgo Araya, se procede a comunicarle la resolución que cursa la acción civil en su contra por medio de edicto que se publicará tres veces consecutivas en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Lic. Rodrigo Salas Rojas, Fiscal Jefe de Hatillo: se pone en conocimiento la acción civil: De conformidad con los artículos 115 y 120 del Código procesal Penal, se pone en conocimiento del tercer demandado civil Hotel Hacienda Sueño Azul S. A. representada por Federico Gallegos Solís, cédula 1-0398-1184, de la presente acción civil resarcitoria. Cualquier interviniente podrá oponerse a la participación del actor civil planteando las excepciones que correspondan. La oposición se pondrá en conocimiento del actor y su resolución se reservará para la audiencia preliminar. Comuníquese. Fiscalía de Hatillo, teléfonos 2254-8842 o 2214-9557, fax: 2254-4603.—Fiscalía de Hatillo.—Lic. Rodrigo Salas Rojas, Fiscal.—Exonerado.—( IN2017140326 ).  3. v. 3.

Por requerirse en sumaria penal 15-001870-0499-TR, en contra de Manuel Robles Torres, por el delito de lesiones culposas (Ley de Tránsito), en perjuicio de Maylith Angulo Angulo, se solicita publicar por medio de edicto y por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial y de conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal la siguiente resolución: Se tiene por presentada acción civil resarcitoria del veintidós de diciembre de dos mil dieciséis, establecida por el licenciado Abraham Chaves Acuña en calidad de abogado de la Defensa Civil de la Víctima del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, en contra del tercer civilmente Interesado Sucely Juseth Ramírez Castellón, cédula 08-0095-0303, esto para que interponga las excepciones que estime convenientes.—Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Lic. Andrés Olsen Villegas, Juez.—Exonerado.—( IN2017140668 ).                                                   3 v. 1.