BOLETÍN JUDICIAL 184 DEL 28 DE SETIEMBRE DEL 2017

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

TERCERA PUBLICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 01-2014, de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en sesión 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo LI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1996 al 2013 de la Delegación Regional del Organismo de Investigación Judicial de Pérez Zeledón. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:     O 66 S 96

Cajas:         5

Paquetes:    3

Años:           1996-2013

Asunto:       caja uno: libro de prácticas 2005, un libro de control de diligencias menores 200 al 2008, dos libros de control de evidencias 2001-2003 y 2006-2007 2006 al 2007, tres libros de entrega de denuncias 2006 2007 y 2008 al 2009, un libro de conocimiento 1991 al 1993, un libro de control de órdenes de capturas de vehículos 1999 al 2001, dos libros de vehículos decomisados 1996 a 1999 y 2004 al 2007, un libro de informes negativos 2004 al 2008, caja dos: Libro de informes positivos del año 2002 al 2008, Libro Tener a la Orden Año 2006, Libro de Enviados y Recibidos de fax del Año 2002 al 2008, dos libros de correspondencia certificada 2005 y 2007, libro de actas contros de préstamo de equipo 1996 al 2004, libro de bitácoras sección de cárceles de 2003 a 2004, libro de control de Ampliación de informes 2001 al 2007, libro de prácticas 2005, libro de control de Notas de 1997 al 2005, libro de entrega de evidencias 2006 al 2007, libro de libertades del 2004 al 2007, tres libros de control de combustible del 2005 al 2012, un cuaderno de entrega de documentos 2001, un cuaderno de incapacidades 2002, un cuaderno de certificados 2002, dos cuadernos de entrega de recordatorios 2006 y 2011 caja tres: Dictámenes Médicos Año 2003, Notas Año 2005, Fax Enviados Año 2013 Fotografías Año 2006, Diligencias Menores Año 2006, caja cuarta: Resoluciones Año 2005, Informaciones Año 2007, Solicitud Dictamen Criminalístico Año 2004, Dictamen Médico Legal Año 2004, Oficios Varios Año 2008, caja quinta: Dictamen Criminalístico Año 2006-2007, Circulares Año 2012-2013, Acta de Entrega de Vehículos del Año 2004 al 2007, Análisis Criminalístico Año 2006- 2007, un paquete con expedientes o Legajos Policiales: informes Negativos Año 2004 2005 2006, Informes Positivos Año 2004 2005 2006, un paquete con oficios: Oficios enviados por el personal a la Jefatura 2006, Oficios enviados por la Jefatura al personal de 2000 al 2006 y 2011, Oficios enviados por la Sub Jefatura 2013, Registros de firmas de funcionarios judiciales 2001 2002 y 2003, Reporte de casos pendientes 2006, Oficios sobre eliminación de documentos 2006, Oficios Ricardo Bolaños Bolaños 1998 al 2003, un paquete con: expedientes Análisis Comparativos de Casos 2000 2001 2003 2004 y 2005, Análisis Fenómenos Criminales de 2000 al 2005.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 18 de setiembre de 2017.

                                                           MBA. Dinorah Álvarez Acosta

                                                                 Subdirectora Ejecutiva

Exonerado.—( IN2017170118 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 01-2014, de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en sesión 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo LI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2001 al 2011 de la Sección de inspecciones Oculares y Recolección de Indicios, Del Organismo de Investigación Judicial. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:          O 19 S 01

Paquetes:        4

Año:                 2001-2011

Asunto:            Rollos fotográficos

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 18 de setiembre de 2017.

                                                           MBA. Dinorah Álvarez Acosta

                                                         Subdirectora Ejecutiva

Exonerado.—( IN2017170119 )

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2003 al 2015 del Juzgado de Violencia Domestica de Pérez Zeledón. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:     A 40 S 03

Ampos        4

Libros         5

Carpetas    50

Agendas     4

Año:            2003-2015

Asunto:      Documentación Administrativa: dos libros de registro de comisiones de la Fuerza Pública 2013-2014 y 2014-2015, un libro de registro de entrega de documentos a técnicos judiciales 2012 al 2015, un libro de registro de horas de practicantes 2014, un libro de conocimientos 2010 al 2014, dos ampos con votos 2007-2008 y 2008-20012, un ampo archivo de referencia 2012-2014, dos agendas de señalamientos 2015, dos agendas de señalamientos 2014, tres carpetas con solicitud de materiales 2013 2011-2012 y 2008-2009, dos carpetas con informes trimestrales y mensuales 2009 y 2012, dos carpetas informes agenda 2008 al 2009 y 2015, tres carpetas con informes mensuales 2010 y 2009 y 2010, una carpeta con informes mensuales y trimestrales 2011, una carpeta con registro de oficios de disponibilidad 2014, una carpeta con información de pizarra informativa 2014 y 2015, una carpeta de oficios de incapacidades 2014, una carpeta de registro de solicitud de vacaciones 2007 al 2014, dos carpetas de correo certificado 2014 y 2015, dos carpetas de consecutivo de oficios 2014 y 2013, dos carpetas de registros de devoluciones de notificados 2014 y 2015, tres carpetas de registros TP enviados Fiscalía 2014 y 2013, tres carpetas de solicitud de materiales y reparación 2011 2014 y 2015, tres carpetas informe de agendas 2010 2011 2012-2013, dos carpetas de reparación y solicitud de materiales 2010 y 2015, tres carpetas con registro préstamo de expedientes 2010 2011 y 2013, una carpeta con registro oficios recibidos 2014, una carpeta con registro de asistencia 2014-2015, una carpeta de rol de disponibilidad 2015, dos carpetas de registro de documentos de RDD 2014 y 2015, una carpeta registro de oficios enviados y recibidos de la Fuerza Pública 2015, una carpeta con lista de testimonio de piezas 2015, una carpeta de registro de oficios recibidos de Tribunal Familia 2015, una carpeta de registro de vacaciones 2015, una carpeta de registro de oficios recibidos y enviados al P.A.N.I. 2015, una carpeta solicitudes de dictamen Medicina Legal 2015, una carpeta de oficios recibidos y enviados a hospital 2015, una carpeta con registro préstamo de expedientes 2015, una carpeta registro de nombramientos incapacidades 2015, una carpeta solicitud de vehículo 2015, un ampo copias de circulares del Poder Judicial 2003 al 2006 y material informativo.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 18 de setiembre del 2017.

                                                           MBA. Dinorah Álvarez Acosta

                                                         Subdirectora Ejecutiva

Exonerado.—( IN2017170120 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo XCV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Violencia Doméstica del año 2012 y 2013 del Juzgado de Violencia Doméstica Pérez Zeledón. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:           V 5 S 12

Expedientes:   1132

Año:                  2012

Asunto:            Expedientes de Violencia Doméstica

Remesa:           V 1 S 13

Expedientes:   1127

Año:                  2013

Asunto:            Expedientes de Violencia Doméstica

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 18 de setiembre de 2017.

                                                             MBA. Dinorah Álvarez Acosta,

                                                                      Subdirectora Ejecutiva

Exonerado.—( IN2017170121 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1994 - 2016 del Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Alajuela. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:     A 10 A 94

Libros:        20

Agendas:    6

Ampos:      9

Carpetas:   13

Años:          1994-2016

Asunto:      Ddocumentación Administrativa: Libro de conocimientos: 1 Libro de tesorería (1996), 1 Libro de sanciones diciplinarias (1994), 1 Libro de Correo Corriente (2000 al 2003), 1 Libro de abogados y notarios suspendidos (2007 al 2008), 3 Libros de entrega de escritos (2007 al 2010), 2 Libros de edictos (2004 al 2011), 6 Libros de control de préstamos (2001 al 2012), 1 Libro de Acciones de inconstitucionalidad (2001 al 2004), 1 Libro de Escritos (2003 al 2008), 1 Libro de pase a fallo (2001 al 2011), Libro de Certificados: 2 Libros de Comisiones (2003 al 2010), Agendas de señalamiento: 4 Agendas (2009), Reportes y registros: 1 Carpeta de Expediente diciplinario (1999), 1 Agenda de remates (2010), 1 Agenda de la Ley de Cobro Judicial (2010), 1 Ampo de giros de Boletas Abandonadas (2005 al 2007), 1 Ampo de listas de documentos a entregas (2012), 1 Ampo con escritos con datos equivocados (2004), 1 Ampo de oficios de embargos sin aplicar (2015 al 2016), 1 Ampo de comprobantes recibidos (2015 al 2016), 1 Ampo de Oficios Varios (2011 al 2015), Registro de oficios despachados: 3 Ampos (2008 al 2014), Registros de Asistencia: 12 Carpetas (2015).

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 18 de setiembre de 2017.

                                                           MBA. Dinorah Álvarez Acosta

                                                         Subdirectora Ejecutiva

Exonerado.—( IN2017170122 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa año 2015 de la Oficina de Correo Interno Segundo Circuito Judicial San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:     A 1 S 15

Paquetes:   09

Año:            2015

Asunto        08 paquetes de Reportes y Registros, 01 paquete de Control de Fax entregados.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 18 de setiembre de 2017.

                                                           MBA. Dinorah Álvarez Acosta

                                                         Subdirectora Ejecutiva

Exonerado.—( IN2017170123 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 01-2014, de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en sesión 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo LI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2008 al 2015 de la Unidad Regional del Organismo de Investigación Judicial de Orotina. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:     A 6 A 08

Paquetes:    134

Libros:        09

Año:            2008-2015

Asunto:       Documentación Administrativa: 12 paquetes de informes Sin indicios y Con indicios 2008-2009, 08 paquetes de registros de detención 2008-2015, 02 paquetes de alimentación de detenidos 2011-2014, 01 paquete de documentación caja chica 2013, 03 paquetes de circulares 2009-2012, 07 paquetes de asignación de denuncias 2008-2014, 06 paquetes de actas de secuestro 2008-2014, 01 paquete de voucher varios 2008-2012, 01 paquete de boletas de F-90 2013-2014, 01 paquetes de boletas de combustible 2008-2012, 07 paquetes de registros de detención 2008-2014, 01 paquetes de boletas de deposito de objetos 2011-2012, 31 paquetes de copias de denuncias 2008-2014, 08 paquetes de correspondencia enviada 2008-2012, 06 paquetes de correspondencia recibida 2009- 2014, 03 paquetes de dictámenes criminalísticos 2010-2012, 12 paquetes de diligencias menores 2008-2015, 06 paquetes de documentación de estadísticas 2008-2015, 04 paquetes de documentación de expedientes de vehículos 2011-2012, 04 paquetes de documentación de correo certificado 2010-2012, 02 paquetes de viáticos 2012-2014, 04 paquetes solicitud de dictamen 2010-2012 y 04 paquetes informes de presentación del 2008-2014. 09 libros: 1 libro de oficios (2016), 01 libro de entradas de salidas de expediente penales (2014-2015) y 07 libros novedades del 2008-2013.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 18 de setiembre de 2017.

                                                           MBA. Dinorah Álvarez Acosta

                                                                   Subdirectora Ejecutiva

Exonerado.—( IN2017170124 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 01-2014, de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en sesión 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo LI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2010 al 2014 de la Delegación Regional del Organismo de Investigación Judicial de Heredia. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:     A 1 H 10

Paquetes:   108

Año:            2010 al 2014

Asunto:      Ordenes de Libertad (34), Remisiones (41), Tener a la Orden (33).

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 18 de setiembre de 2017.

                                                           MBA. Dinorah Álvarez Acosta

                                                         Subdirectora Ejecutiva

Exonerado.—( IN2017170125 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 02-2007, de fecha 06 de agosto del 2007, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 66-07 del 06 de setiembre del 2007, artículo XXXVII. Se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentos Base en Materia Laboral del año 1996 y 1997 del año 2002 del año 2005 al 2007 y del año 2009 al 2013 del Juzgado de Menor Cuantía del III Circuito Judicial de San José Desamparados. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:          S 16 S 96

Documentos:  31

Paquetes:        1 (0.5)

Año:                 1996

Asunto:            Documentos base en materia laboral: 18 Cartas,1 Acta,1 Control de Asistencia,1 Copia de Recibo, 1 Acción de Personal, 1 Copia de Estimación de Derechos, 1 Copia de Contrato de Servicios, 1 Nota, 2 Constancias,1 Orden Patronal, 2 Sobres de manilo, 1 Cedula de Citación.

Remesa:          S 17 S 97

Documentos:  139

Paquetes:        1 (1.5cm)

Año:                 1997

Asunto:            Documentos base en materia laboral: 6 Manuscrito, 1 Copia de demanda, 1 Orden de Cita, 5 Resultados de Consulta, 6 Cedulas de Notificación, 1 Sobre de Confesional, 8 Comprobantes, 1 Cedula de Citación, 1 Acción Personal, 1 Telegrama, 1 Constancia, 1 Informe, 1 Solicitud de Reporte de Salarios, 2 Control de Asistencia, 20 Fragmentos manuscritos, 6 Copias al carbón de planillas, 2 Estudio de Planilla, 14 Depósitos, 3 Actas, 5 Hojas de Liquidación, 19 Recibos, 22 Cartas, 2 Ordenes Patronales, 1 Certificación, 1 Notificación, 1 Reporte de Salarios, 1 Patente, 1 Entero de Gobierno, 1 Copia de Estimación de Derechos, 1 Contratación de Servicios, 3 Hojas de Cálculo.

Remesa:          S 8 S 02

Documentos:  2

Paquetes:        1 (1 milímetro)

Año:                 2002

Asunto:            Documentos base en materia laboral: 2 Depósitos.

Remesa:          S 8 S 05

Documentos:  304

Paquetes:        1 (2 cm)

Año:                 2005

Asunto:            Documentos base en materia laboral: 1 Solicitud Interconsulta, 1 Tarjeta de presentación, 1 Orden de Pedido,48 Copias Varias, 4 Folletos, 4 Revistas, 24 Impresiones, 1 Boleta de Transferencia, 1 Circular, 1 Detalle de Liquidación, 1 Factura, 1 Pago de Planilla, 1 Disposiciones de la empresa, 2 voucher de punto de impresión, 5 incapacidades, 42 Recibos, 72 Copias al carbón de recibos, 3 Ordenes Patronales, 1 Contrato de Póliza, 1 Addendum General, 1 Referencia Medica (Epicrisis), 1 Copia al carbón de acción personal, 3 Solicitudes de Permiso, 2 Sobres cerrados de Confesional, 9 Depósitos, 13 colillas de Pago, 1 Contrato de Servicios, 9 Comprobantes de Pago, 3 Planillas de salarios, 2 Copias al carbón de planillas, 3 Certificados Médicos, 1 Declaración Jurada, 1 Acuerdo Conciliatorio,1 Calculo de Prestaciones, 2 Manuscritos, 37 Cartas.

Remesa:          S 8 S 06

Documentos:  20

Paquetes:        1 (1 milímetro)

Año:                 2006

Asunto:            Documentos base en materia laboral: 1 Orden Patronal, 1 Hoja de Liquidación, 1 Carta, 1 Deposito, 1 Comprobante, 1 Copia al carbón de comprobante, 10 Recibos, 4 Copias al carbón de recibos.

Remesa:          S 8 S 07

Documentos:  1

Paquetes:        1 (1 milímetro)

Año:                 2007

Asunto:            Documentos base en materia laboral: 1 Factura

Remesa:          S 4 S 09

Documentos:  36

Paquetes:        1 (0.3 cm)

Año:                 2009

Asunto:            Documentos base en materia laboral: 2 Avisos, 2 Cartas, 1 Deposito,3 Ordenes Patronales, 1 Certificación de expediente clínico,8 Recetas,3 Facturas,2 Recibos,3 Enteros,5 Detalles de Cuota,6 Planillas.

Remesa:          S 4 S 10

Documentos:  8

Paquetes:        1 (1 milímetro)

Año:                 2010

Asunto:            Documentos base en materia laboral: 3 Facturas, 3 Comprobantes, 1 Carta, 1 impresión de Sistema Integrado de Comprobante.

Remesa:          S 4 S 11

Documentos:  12

Paquetes:        1 (0.2 cm)

Año:                 2011

Asunto:            Documentos base en materia laboral: 3 Actas, 1 Copia a Carbón de Acta,1 Certificación de Pensión, 1 Estado de Cuenta, 1 Orden Patronal, 1 Resolución de la C.C.S.S., 1 Carnet, 1 Deposito, 2 Comprobantes de pago.

Remesa:          S 2 S 12

Documentos:  24

Paquetes:        1 (0.2 cm)

Año:                 2012

Asunto:            Documentos base en materia laboral: 7 Facturas, 2 Cartas, 1 Hoja de Liquidación, 1 Deposito, 3 Actas, 3 Actas a carbón, 1 Comprobante,2 Orden Patronal, 1 Recibo, 3 Hojas Manuscrito.

Remesa:          S 2 S 13

Documentos:  8

Paquetes:        1 (1 milímetro)

Año:                 2013

Asunto:            Documentos base en materia laboral: 1 Comprobante,1 Acta,1 Tarjeta,1 Certificación de Matrimonio, 1 Certificación Cuenta Cliente, 1 Constancia, 1 Referencia de C.C.S.S., 1 Deposito.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 18 de setiembre de 2017.

                                                           MBA. Dinorah Álvarez Acosta

                                                         Subdirectora Ejecutiva

Exonerado.—( IN2017170126 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2006 al 2015 de la Administración Regional de Cartago. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:           A 7 C 06

Ampos:            47 Libros: 9

Paquetes:         14

Cuadernos:      03

Año:                  2006-2015

                           Documentos administrativos: 7 Ampos Informes Mensuales y Anuales (2008, 2010, 2011, 2012, 2011 al 2012), 1 Ampo Horas Extras (2012 al 2015), 4 Ampos Registros Asistencia (2014-2015), 1 Ampo Correspondencia (2014), 3 Ampos Control Vacaciones (2009-2011 al 2014), 1 Ampo Circulares (2009), 1 Ampo Control Fax Entregados (2013), 4 Ampos Control Solicitudes (2008-2009- 2010-2013 al 2014), 1 Ampo Nombramiento Personal (2014), 24 Ampos Reportes y Registros (2009,2011-2012-2013-2014-2015), 4 Paquetes Reportes y Registros (2011, 2012,2015), 7 libros reportes y registros (2008 al 2015), 2 libros acta entrega y recepción custodia de bienes 2010, 10 paquetes boletas autorización ingreso (2011 al 2015), 3 cuadernos reportes y registros 2006 al 2010.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 18 de setiembre de 2017.

                                                MBA. Dinorah Álvarez Acosta

                                                                   Subdirectora Ejecutiva

Exonerado.—( IN2017170127 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2012 al 2015 del Departamento de Seguridad. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:     A 8 S 12

Ampos:       20

Años:           2012 – 2015

Asunto:       Correspondencia 2014-2015 1 ampo , con el siguiente contenido: documentos varios salida de mercadería, hojas de vida seguridad privada, salida de mercadería, seguridad Alfa Grecia Reportes 2012-2015 19 ampos con el siguiente contenido :Cambios de guardia, Transportes administrativos, Defensa Púbica ingreso en horas no hábiles, solicitud de parqueo en horas no hábiles, entrada y salida de personal Tribunales, Corte Suprema de Justicia, horas no hábiles ,entrada y salida de vehículos Tribunales, Defensa Pública en hora no hábiles tribunales, Corte Suprema de Justicia, Cárceles, Anexo D, Organismo de Investigación Judicial, parqueo costado norte, Anexo C, permiso ingresos en hora no hábiles, Control ingreso público O.I.J, Corte Suprema Justicia, ingreso y salida de personal O.I.J, Anexo B, entrada y salida público Denuncias, Tribunales.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 18 de setiembre de 2017.

                                                           MBA. Dinorah Álvarez Acosta

                                                                   Subdirectora Ejecutiva

Exonerado.—( IN2017170128 ).

SEGUNDA PUBLICACIÓN

ASUNTO     Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón Central de Limón.

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón Central de Limón, permanecerán cerradas durante el día trece de octubre de dos mil diecisiete, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívico patronales de dicho cantón.

San José, 20 de setiembre del 2017.

                                                             MBA. Dinorah Álvarez Acosta,

                                                                      Subdirectora Ejecutiva.

Exonerado.—( IN2017171405 ).

ASUNTO    Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Corredores de la provincia de Puntarenas

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón de Corredores de la provincia de Puntarenas, permanecerán cerradas durante el día diecinueve de octubre de dos mil diecisiete, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívico-patronales de dicho cantón.

San José, 20 de setiembre del dos mil diecisiete.

                                                        MBA. Dinorah Álvarez Acosta

                                                                 Subdirectora Ejecutiva

Exonerado.—( IN2017171406 ).

ASUNTO:   Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Atenas, provincia de Alajuela.

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón de Atenas Provincia de Alajuela, permanecerán cerradas durante el día veinticuatro de octubre de dos mil diecisiete, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívico patronales de dicha localidad.

San José, 20 de setiembre del 2017.

                                                              MBA Dinorah Álvarez Acosta,

                                                                   Subdirectora Ejecutiva

Exonerado.—( IN2017171407 )

ASUNTO    Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Quepos de la provincia de Puntarenas

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón de Quepos de la provincia de Puntarenas, permanecerán cerradas durante el día treinta de octubre de dos mil diecisiete, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívico- patronales de dicho cantón.

San José, 20 de setiembre del dos mil diecisiete.

                                                           MBA. Dinorah Álvarez Acosta

                                                                   Subdirectora Ejecutiva

Exonerado.—( IN2017171408 ).

ASUNTO:      Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de La Unión, provincia de Cartago.

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón de La Unión, provincia de Cartago, permanecerán cerradas durante el día siete de diciembre del dos mil diecisiete, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón. San José, 20 de setiembre del dos mil diecisiete.

                                                   MBA. Dinorah Álvarez Acosta,

                                                           Subdirectora Ejecutiva

Exonerado.—( IN2017171409 ).

ASUNTO:   Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Zarcero de la provincia de Alajuela.

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón de Zarcero de la provincia de Alajuela, permanecerán cerradas durante el día veinticuatro de octubre de dos mil diecisiete, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívico-patronales de dicho cantón.

San José, 21 de setiembre del 2017.

                                                              MBA Dinorah Álvarez Acosta,

                                                                   Subdirectora Ejecutiva

Exonerado.—( IN2017171412 )

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER A:

Ingrid Lambert Miller, mayor, notario público, cédula de identidad número 7-042-365, de demás calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario notarial número 16-000831-627-NO establecido en su contra por Dirección Nacional de Notariado, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Notarial, a las once horas y catorce minutos del treinta de setiembre de dos mil dieciséis. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Dirección Nacional de Notariado contra Ingrid Grace Lambert Miller, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días; dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados mediante oficio número 115-2016 de fecha 06 de setiembre del año 2016 y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Asimismo, se le previene que dentro del plazo citado, debe indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo haga, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo, se le previene que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 02 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. “ Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada. La notificación en el domicilio registral de la parte denunciada ubicada en San José, Moravia, San Vicente, Colegio Lincoln 100 oeste, 100 norte Residencial Los Colegios, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Segundo Circuito Judicial de San José (Goicoechea). La notificación en la oficina notarial de la parte denunciada ubicada en San José, Goicoechea, Calle Blancos, Montelimar, Segundo Circuito Judicial San José, de la esquina, cien metros norte, veinticinco metros este, oficina 1205, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Segundo Circuito Judicial de San José (Goicoechea). En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador, a fin de realizar la diligencia encomendada; y en caso de que se impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación con la entrega de la cédula correspondiente a la persona encargada de regular la entrada. (Artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente 8687, publicada en La Gaceta 20 del jueves 29 de enero del 2009). Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste. De conformidad con el artículo 313 del Código Procesal Civil, se hace ver a la parte accionante que en el caso de que desee presentar una pretensión resarcitoria contra la parte denunciada, tendrá oportunidad para realizar dicha gestión hasta antes de que esa parte procesal conteste esta denuncia; y para tal efecto, tendrá que cumplir con los requerimientos del numeral 152 del Código Notarial, en su necesaria relación con el artículo 290 del Código Procesal Civil. Tome nota la parte denunciada que, de conformidad con lo dispuesto por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en voto 2010-8722, y por el Tribunal Disciplinario Notarial en votos 265-2012 y 70-2015, es obligación de los notarios que ejercen como tales el tener actualizados sus datos personales en cuanto a las direcciones de oficina y lugar para atender notificaciones. Notifíquese. Licda. Derling Talavera Polanco, Jueza Tramitadora. Juzgado Notarial. San José, a las once horas del cinco de mayo del dos mil diecisiete. Siendo fallidos los intentos por notificarle al Licenciada Ingrid Lambert Miller, la resolución dictada a las once horas catorce minutos del treinta de setiembre del dos mil dieciséis en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado (folios 13, 16 v, 20) y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil (ver folio 14, 16, v, 33), y siendo que cuenta con apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folios 23, 34, 36, 39), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado(a) que los hechos que se le atribuyen son presuntas irregularidades detectadas por la Dirección Nacional de Notariado durante fiscalización ordinaria, las cuales se encontraron en instrumentos públicos autorizados por la denunciada en el tomo once de su protocolo. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese esta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público al denunciada Ingrid Lambert Miller, cédula de identidad 7-042-365. Notifíquese.

                                                                        Lic. Francis Porras León,

                                                                                         Juez

1 vez.—Exonerado.—( IN2017170433 ).

Víctor Hugo Castillo Mora, mayor, es notario público, cédula de identidad número 0108070440, de demás calidades ignoradas, que en proceso disciplinario notarial número 17-000262-0627-NO establecido en su contra por Alonso de Jesús Hernández Miranda, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. San José a las quince horas cuarenta y siete minutos del tres de mayo del dos mil diecisiete. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Alonso de Jesús Hernández Miranda contra Víctor Hugo Castillo Mora, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días, dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le, previene a las partes que dentro del plazo ya citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo, se le previene a cada parte que, sino escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada. (Artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente 8687, publicada en La Gaceta 20 del jueves 29 de enero del 2009). Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que, si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada. Tome nota la parte denunciada que, de conformidad con lo dispuesto por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en voto 2010-8722, y por el Tribunal Disciplinario Notarial en votos 265-2012 y 70-2015, es obligación de los notarios que ejercen como tales el tener actualizados sus datos personales en cuanto a las direcciones de oficina y lugar para atender notificaciones. Dicha notificación se hará por medio de Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José quienes podrán notificarle en su oficina en San José, Tibás, San Juan, Oficentro CI USA, oficina seis, o bien en su domicilio registral en San Juan de Tibás, del Cuerpo de Bomberos, cien norte, cincuenta oeste, cincuenta norte. Asimismo, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José para notificar a la Dirección Nacional de Notariado esta resolución, en el costado oeste del Mall San Pedro, edificio SIGMA, quinto piso. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil, y para los efectos de proceder conforme lo dispuesto en el numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, consúltese al Sistema de Certificaciones e Informes Digitales del Registro Nacional si la parte denunciada tiene apoderado inscrito. De conformidad con los poderes de ordenación e instrucción conferidos a la persona juzgadora en los artículos 154 del Código Notarial, en relación a los numerales 97, 98 y 316 del Código Procesal Civil, y en aras de procurar la celeridad y economía procesal, de oficio se ordena: 1-) Al Archivo Notarial, remitir el tomo número seis del protocolo del notario Víctor Hugo Castillo Mora a efecto de constatar la existencia de las escrituras objeto del proceso de marras, y obtener copia certificada, si fuera del caso; y, 2-) al Registro de Bienes Muebles, copia certificada del microfilm de los documentos ingresados a la corriente registral bajo las siguientes citas: tomo 2016, asiento 688793; tomo 2016, asiento 253201; y tomo 2015, asiento 559813. Notifíquese. M.Sc. Francis Porras León, Juez Tramitador. Juzgado Notarial, a las diez horas y dieciocho minutos del diecinueve de julio de dos mil diecisiete.- En razón de que han sido fallidos los intentos por notificarle al Licenciado Víctor Hugo Castillo Mora, cédula de identidad 0108070440, la resolución dictada a las quince horas y cuarenta y siete minutos del tres de mayo de dos mil diecisiete, en las direcciones que reportó ante la Dirección Nacional de Notariado (folio 13), como tampoco en su último domicilio registral brindado al Registro Civil (folio 14); y en virtud de que carece de apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 31), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle la citada resolución así como también la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber a la parte que aquí se ordena notificar, que los hechos que se le atribuyen son: la falta de inscripción del vehículo placas 763242 a nombre del señor Alonso de Jesús Hernández Miranda, ya que la escritura se firmó el diecisiete de octubre del dos mil quince, pero a la fecha continúa a nombre de la antigua dueña la señora Kattia Marcela Cerdas Miranda. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese esta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que atienda la defensa técnica de la parte accionada supra referida. Notifíquese.

                                                                        Lic. Francis Porras León,

                                                                                            Juez

1 vez.—Exonerado.—( IN2017170459 ).

A Registro Nacional, Registro Civil, Dirección Nacional de Notariado y Archivo Notarial: que en el proceso disciplinario notarial 15-000750-0627-NO, de Registro Civil contra Yendry Patricia Rojas Pérez (cédula de identidad 6-273-116), este Juzgado mediante resolución 48-2017 de las catorce horas treinta y nueve minutos del quince de febrero del dos mil diecisiete, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un año y seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Juzgado Notarial.

San José, 23 de mayo del 2017.

                                                                        Lic. Francis Porras León

                                                                                            Juez

1 vez.— Exonerado.—( IN2017171247 )

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; correspondiente al tercer remate ordenado en autos, a las trece horas treinta minutos (01:30 p.m) del veintitrés de octubre del dos mil diecisiete y con la base de ochocientos noventa y siete mil doscientos cincuenta colones netos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) sesenta pantalones de mezclilla marca Holister, 2) veintiún pantalones de mezclilla Café Slate 3) cuarenta pantalones de mezclilla Marca Dei; 4) nueve pantalones de mezclilla marca Dei; 5) doce pantalones marca Sweet Premiun 6) veintisiete pantalones de mezclilla marca Dei; 7) cinco pantalones de mezclilla Caliente Culture; 8) diez pantalones de mezclilla Paris Dolls; 9) dieciséis pantalones de mezclilla Caliente Culture; 10) veintiún enaguas de mezclilla Fresh Collection; 11) once pantalones de mezclilla Paris Dolls; 12) doce pantalones de mezclilla Paris Dolls; 13) ocho pantalones de mezclilla Doble Jeans; 14) dieciocho pantalones de hombre marca Texas Basic; 15) veinte pantalones escolares marca High School.- Se remata por ordenarse así en proceso or.s.pri. prestac. laborales de Ana María Estrella Ríos contra Roger Alexy Velásquez Rodríguez. Exp. 14-000441- 0173-LA.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados) (Materia Laboral), 19 de setiembre del 2017.—Víctor Obando Rivera, Juez.—( IN2017171397 ).

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Gustavo Adolfo Morales Guerrero, fallecido el cinco de febrero del dos mil diecisiete, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio , bajo el número 17-000096-1118-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente 17-000096-1118-LA, a favor de Dubilia María Dobles Chavarría.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia, (Materia Laboral), 12 de setiembre del 2017.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017170437 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Brandon Porras Rodríguez, cédula de identidad 0207410470, fallecido el siete de mayo del dos mil diecisiete, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el 17-000116-1118-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 17-000116-1118-LA. Por a favor de Brandon Porras Rodríguez.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Laboral), 18 de agosto del 2017.—Licda. Karla Artavia Nájera, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017170438 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mainor Pérez Castro, quien fue mayor, cédula número 05-0245-0659, vecino de Carrillos Bajo de Poás, Urbanización La Senda, fallecido el veintiséis de junio del dos mil diecisiete, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho al proceso de consig. prest. sector privado tramitado bajo el expediente número 17-000147-1113-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 17-000147-1113-LA.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Laboral), 25 de agosto del 2017.—Licda. María del Rosario Segura Castillo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017170441 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Luis Vega Portuguéz, fallecido el diez de julio del dos mil diecisiete, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el 17-000156-1113-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 17-000156-1113-LA.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Laboral), 16 de agosto del 2017.—Licda. Marita Cabrera Avellan, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017170442 ).

DIRECCIÓN GENERAL DESERVICIO CIVIL

Expediente AJ-115-2017.—Resolución AJD-RES-495-2017.—Dirección General de Servicio Civil.—Asesoría Jurídica, a las once horas y cinco minutos del catorce de setiembre de dos mil diecisiete. Vista la gestión de despido suscrita por el señor Ministro de Seguridad Pública, téngase por instaurado el presente procedimiento disciplinario en contra del accionado Daniel Alberto Esquivel Castro, con el fin de averiguar la verdad real de los siguientes cargos que se le imputan, según manifestación de la parte actora, respecto a que usted, supuestamente bajo su responsabilidad y deber, incurrió en: “Ausencias alternas injustificadas a partir del 01 de abril del 2017, sin informar a su jefatura inmediata sobre dicha asistencia. Hechos ocurridos en la Dirección Regional de la Fuerza Pública de San José y que a criterio del suscrito se establecen como una falta grave y causal de justo despido, conforme lo establecen los artículos 43 del Estatuto de Servicio Civil, 81 inciso g) del Código de Trabajo; 4, 5, 6 y 8 inciso n) 10 incisos y) 43, 44, 62 inciso e) y el 68 párrafo último del Reglamento ya mencionado.” Contraviniendo con su supuesto actuar lo estipulado en los artículos 39 y 41 de la Constitución Política, 43 del Estatuto de Servicio Civil, 27 inciso a) y 90 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, 495 del Código de Trabajo y 290 del Código Procesal Civil. Se le otorga a la parte accionada acceso al expediente administrativo, mismo que consta de 07 folios y 01 legajo de prueba documental, de 22 folios, el cual se encuentra en la Asesoría Jurídica de la Dirección General de Servicio Civil, ubicada en el segundo piso de las Oficinas Centrales en San Francisco de Dos Ríos, ciento setenta y cinco metros al este de la Iglesia Católica, para que dentro del plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al recibo de la notificación de este acto, proceda a rendir por escrito su oposición a los cargos que se le atribuyen, presentando toda la prueba de descargo que tuviere. Asimismo por disposición expresa del Tribunal de Servicio Civil y con base en el artículo 433 del Código Procesal Civil, cuya aplicación supletoria es autorizada por el numeral 80 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, en caso que desee plantear algún tipo de excepción que requiera ser de conocimiento previo, ésta deberá ser interpuesta dentro de los primeros cinco días hábiles del emplazamiento, caso contrario su conocimiento y resolución quedará hasta para el momento procesal que el Tribunal de Servicio Civil determine. Toda la documentación aportada a este expediente puede ser consultada y fotocopiada a costa de las partes en esta Asesoría Jurídica, advirtiéndoles que por la naturaleza dicha de este expediente de conformidad con el artículo 39 Constitucional y el principio procesal consagrado en el numeral 272 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y a sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés para la Asesoría Jurídica y las partes mencionadas, por lo que puede incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza, la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Se informa a la parte accionada que a toda audiencia que se realice, con el fin de evacuar prueba testimonial, confesional, pericial, inspecciones oculares o cualquier otra diligencia probatoria tendientes a verificar la verdad real de los hechos, tiene derecho a hacerse asistir por un profesional en derecho, perito o cualquier especialista que considere necesario durante la tramitación del presente procedimiento. Se previene a la parte accionada el deber de señalar un lugar físico, casa u oficina o un número de fax, donde atender futuras notificaciones, advirtiéndole que se tendrá por notificado con la respectiva acta de notificación que indique el expediente. De no señalar lugar para oír notificaciones, o si el lugar indicado fuere impreciso o no existiere, se tendrá por notificado con el transcurso de veinticuatro horas después de dictada la respectiva resolución. Además se le advierte a las partes, la necesidad de cumplir con lo estipulado en el artículo 75 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, en cuanto al deber de proporcionar cuantas copias sean necesarias para cada una de las partes del proceso, de aquellos escritos y documentos que deseen aportar al expediente. De no oponerse a la gestión de despido dentro del plazo señalado o bien si el servidor hubiere manifestado su conformidad, se procederá al traslado del expediente al Tribunal de Servicio Civil, quien dictará el despido en definitiva, sin más trámite, según lo establece el inciso c) del artículo 43 del Estatuto de Servicio Civil. De conformidad con el numeral 153 del Código Procesal Civil, esta resolución corresponde con una mera providencia, en atención a que se trata de una resolución de mero trámite, contra la cual no se dará recurso, según lo señala el artículo 553 del Código de previa cita. Notifíquese.—Asesoría Jurídica.—Roberto Piedra Láscarez, Director a. í.—Licda. Rocío Caravaca Vargas, Abogada Instructora.—1 vez.—O. C. 3400033006.—Solicitud 95423.—( IN2017170839 ).

Expediente número AJ-133-2017.—Resolución número AJD-RES-487-2017.—Dirección General de Servicio Civil.—Asesoría Jurídica.—A las once horas del once de setiembre de dos mil diecisiete. Vista la gestión de despido suscrita por el señor Ministro de Seguridad Pública, téngase por instaurado el presente procedimiento disciplinario en contra del accionado Daniel Alberto Esquivel Castro, con el fin de averiguar la verdad real de los siguientes cargos que se le imputan, según manifestación de la parte Actora, respecto a que usted, supuestamente bajo su responsabilidad y deber, incurrió en: “Ausencias alternas injustificadas a partir del 01 de abril del 2017, sin informar a su jefatura inmediata sobre dicha asistencia. Hechos ocurridos en la Dirección Regional de la Fuerza Pública de San José y que a criterio del suscrito se establecen como una falta grave y causal de justo despido, conforme lo establecen los artículos 43 del Estatuto de Servicio Civil, 81 inciso g) del Código de Trabajo; 4, 5, 6 y 8 inciso n) 10 incisos y) 43, 44, 62 inciso e) y el 68 párrafo ultimo del Reglamento ya mencionado.” Contraviniendo con su supuesto actuar lo estipulado en los artículos: Reglamento Autónomo de Servicio del Ministerio de Educación Pública, artículo 63 y 72, Código de Trabajo, artículo 81 inciso g). Se le otorga a la parte accionada acceso al expediente administrativo, mismo que consta de 04 folios y 01 legajo de prueba documental, de 52 folios, el cual se encuentra en la Asesoría Jurídica de la Dirección General de Servicio Civil, ubicada en el segundo piso de las Oficinas Centrales en San Francisco de Dos Ríos, ciento setenta y cinco metros al este de la iglesia católica, para que, dentro del plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al recibo de la notificación de este acto, proceda a rendir por escrito su oposición a los cargos que se le atribuyen, presentando toda la prueba de descargo que tuviere. Asimismo, por disposición expresa del Tribunal de Servicio Civil, y con base en el artículo 433 del Código Procesal Civil, cuya aplicación supletoria es autorizada por el numeral 80 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, en caso que desee plantear algún tipo de excepción que requiera ser de conocimiento previo, ésta deberá ser interpuesta dentro de los primeros cinco días hábiles del emplazamiento, caso contrario su conocimiento y resolución quedará hasta para el momento procesal que el Tribunal de Servicio Civil determine. Toda la documentación aportada a este expediente puede ser consultada y fotocopiada a costa de las partes en esta Asesoría Jurídica, advirtiéndoles que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con el artículo 39 Constitucional y el principio procesal consagrado en el numeral 272 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y a sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés para la Asesoría Jurídica y las partes mencionadas, por lo que puede incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza, la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Se informa a la parte accionada que a toda audiencia que se realice, con el fin de evacuar prueba testimonial, confesional, pericial, inspecciones oculares o cualquier otra diligencia probatoria tendientes a verificar la verdad real de los hechos, tiene derecho a hacerse asistir por un profesional en Derecho, perito o cualquier especialista que considere necesario durante la tramitación del presente procedimiento. Se previene a la parte accionada el deber de señalar un lugar físico, casa u oficina o un número de fax, donde atender futuras notificaciones, advirtiéndole que se tendrá por notificado con la respectiva acta de notificación que indique el expediente. De no señalar lugar para oír notificaciones, o si el lugar indicado fuere impreciso o no existiere, se tendrá por notificado con el transcurso de veinticuatro horas después de dictada la respectiva resolución. Además, se les advierte a las partes, la necesidad de cumplir con lo estipulado en el artículo 75 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, en cuanto al deber de proporcionar cuantas copias sean necesarias para cada una de las partes del proceso, de aquellos escritos y documentos que deseen aportar al expediente. De no oponerse a la gestión de despido dentro del plazo señalado o bien si el servidor hubiere manifestado su conformidad, se procederá al traslado del expediente al Tribunal de Servicio Civil, quien dictará el despido en definitiva, sin más trámite, según lo establece el inciso c) del artículo 43 del Estatuto de Servicio Civil. De conformidad con el numeral 153 del Código Procesal Civil, esta resolución corresponde con una mera providencia, en atención a que se trata de una resolución de mero trámite, contra la cual no se dará recurso, según lo señala el artículo 553 del Código de previa cita. Notifíquese.—Roberto Piedra Láscarez, Director a. í. Asesoría Jurídica.—Licda. Rocío Caravaca Vargas, Abogada Instructora.—1 vez.—O. C. 3400033006.—Solicitud 95425.—( IN2017170840 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y cero minutos del veintitrés de octubre del año dos mil diecisiete, y con la base de un millón ochocientos ochenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 503573. Marca Nissan. Estilo: Sentra. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 1995. Color blanco. Vin 1N4AB41D8SC768095. Cilindrada 1600 c. c. Combustible gasolina. Motor no existe. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del siete de noviembre del año dos mil diecisiete, con la base de un millón cuatrocientos diez mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintidós de noviembre del año dos mil diecisiete con la base de cuatrocientos setenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de José Francisco Barrantes Campos contra Agustín Talavera Rodríguez. Exp: 16-005898-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional ye Grecia (Materia Cobro), 22 de mayo del 2017.—Licda. Karina Chaves Vega, Jueza.—( IN2017171180 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del treinta de octubre del año dos mil diecisiete, y con la base de cuatrocientos sesenta y nueve mil cuatrocientos noventa y ocho colones con ochenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 712590 . Marca Hyundai. Estilo Accent GL. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 1997. Color verde. Vin KMHVF24N1VU381715. Cilindrada 1500 CC. Combustible gasolina. Motor no legible. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del catorce de noviembre del año dos mil diecisiete, con la base de trescientos cincuenta y dos mil ciento veinticuatro colones con once céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintinueve de noviembre del año dos mil diecisiete con la base de ciento diecisiete mil trescientos setenta y cuatro colones con setenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de José Francisco Barrantes Campos contra Manrique Alfaro Acuña Exp. 16-001378-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 3 de agosto del 2017.—Licda. Karina Chaves Vega, Jueza.—( IN2017171181 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada anotada bajo las citas 405-12706-01-0929-001; a las ocho horas y treinta minutos del quince de noviembre del dos mil diecisiete, y con la base de ciento sesenta y siete mil trescientos cuarenta y un dólares con sesenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 15142-F-000 la cual es terreno apartamento once-cuatrocientos, de uso habitacional ubicado en el sexto piso, lado norte de la torre cuatrocientos. Situada: en el distrito 3-San Rafael, cantón 2-Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, vacío sobre zona verde; al sur, Espac vacío, escalera emerg, y pasillo; al este, vacío sobre zona verde con 12,00 metros, y al oeste, vacío sobre zona verde con 12,00 metros. Mide: doscientos seis metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de ciento veinticinco mil quinientos seis dólares con veintidós centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de diciembre del año dos mil diecisiete con la base de cuarenta y un mil ochocientos treinta y cinco dólares con cuarenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra 3-101-542017 S. A., Nilesh Hirani. Expediente 17-008589-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 18 de setiembre del 2017.—Lic. Jacqueline María Peraza Fallas, Jueza.—( IN2017171184 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando 322-16872-01-0901-001; hipoteca de primer grado a favor del Banco Nacional de Costa Rica citas 510-13814-01-0002-001; a las once horas y cero minutos del veinte de octubre del dos mil diecisiete, y con la base de veintiséis millones ochocientos veinte mil ciento cuarenta y ocho colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y cuatro mil setenta y seis cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito 01 San Isidro del General, cantón 19, Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Sergio Saborío Barboza; al sur, Teresita Arias Salazar; al este, Rafael Cruz Ramón, y al oeste, carretera interamericana. Mide: ochocientos setenta y un metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las once horas y cero minutos del seis de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de veinte millones ciento quince mil ciento once colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y cero minutos del veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de seis millones setecientos cinco mil treinta y siete colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Pérez Zeledón contra Liquido y Efectivo Sociedad Anónima Expediente 12-000197-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 21 de junio del 2017.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—( IN2017171198 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y Restriciones bajo las citas 297-04290-01-0901-0001; a las diez horas y treinta minutos del catorce de febrero de dos mil dieciocho, y con la base de nueve millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 216828-000, la cual es terreno naturaleza terreno de agricultura y reforestación de teca y amarillon, Situado en el distrito 9-Chires, cantón 4-Puriscal de la provincia de San José, Colinda: al norte: calle pública y Aristides Madrigal Mora; al sur, José Vásquez Duran, al este, José Vásquez Duran y Aristides Madrigal Mora, al oeste, Cruz Valverde Cordero. Mide: doscientos noventa y dos mil doscientos ochenta y nueve metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dos de marzo de dos mil dieciocho, con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veinte de marzo de dos mil dieciocho con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Errol Daniel Rodríguez Rodríguez contra Luis Eduardo León Castro. Exp. 17-012112- 1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 6 de setiembre del 2017.—Licda. Giannina Lacayo Quirós, Jueza.—( IN2017171204 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando 0304-00003134-01-0901-001, reservas y restricciones citas: 0351-00015876-01-0900-001; a las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de octubre del dos mil diecisiete, y con la base de doscientos noventa y tres mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y cuatro mil cuatrocientos tres-f-cero cero cero, la cual es terreno finca filial uno-uno A de una planta ubicada en el primer nivel del edificio uno destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada: en el distrito 03 Sardinal, cantón 05 Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al noreste, área común libre de zona verde; al noroeste, finca filial uno-uno B y área común construida de acceso, vestíbulo, escaleras y ductos electromecánicos; al sureste, área común libre de zona verde, y al suroeste, área común libre de zona verde. Mide: ciento setenta y nueve metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Plano: G-1254213-2008. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del uno de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de doscientos diecinueve mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de setenta y tres mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Financiera Desyfin S. A., contra Mar del Sol de Guanacaste Sociedad Anónima. Expediente 17-001963-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro), 22 de setiembre del 2017.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—( IN2017171206 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada citas: 346-6193-01, para el primer remate se señalan las quince horas treinta minutos del diecisiete, de enero del dos mil dieciocho, y con la base de veinticuatro millones setecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula 319169-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito 02 Cinco Esquinas, cantón 13 Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 14 G; al sur, Alameda con 14 metros 50 centímetros; al este, avenida con 7 metros 61 centímetros, y al oeste, lote 12 G. Mide: ciento catorce metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las quince horas treinta minutos del primero de febrero del dos mil dieciocho, con la base de dieciocho millones quinientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas treinta minutos del dieciséis de febrero del dos mil dieciocho, con la base de seis millones ciento setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Alberto Jiménez Valverde. Expediente 15-012149-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 21 de setiembre del 2017.—Lic. Pablo José Porras Barahona, Juez.—( IN2017171214 ).

En la puerta exterior de este Despacho; Libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del once de octubre del dos mil diecisiete, y con la base de veinticuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: impresora digital aculaser motor ZX80364. Para el segundo remate, se señalan las once horas y cero minutos del veintisiete de octubre del dos mil diecisiete, con la base de dieciocho millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y cero minutos del trece de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de seis millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Felipe Castro Carranza. Expediente 14-003636-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 10 de agosto del 2017.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—( IN2017171215 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas ley camino, reservas ley aguas, reservas ley forestal y reservas y restricciones respectivamente; a las ocho horas y treinta minutos del trece de noviembre del año dos mil diecisiete, y con la base de dos millones ciento cuarenta y ocho mil ochocientos veintisiete colones con cincuenta y un céntimos para cada finca, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 154737-000 la cual es terreno de montaña y pastos.- Situada en el distrito 4-Lepanto, cantón 1- Puntarenas , de la provincia de Puntarenas.- Colinda: al norte Hernán Araya Calderón; al sur Ramon Araya Montoya; al este calle publica con un frente de 701.90 metros lineales y al oeste Roota Froota S.A..- Mide: ciento setenta y dos mil ciento treinta y un metros con tres decímetros cuadrados.- Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 168290 la cual es terreno de pastos.- Situada en el distrito 4-Lepanto , cantón 1-Puntarenas , de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Cristal de Calcitas S. A.; al sur, calle publica; al este, Cristal de Calcitas S. A. y al oeste, calle publica.- Mide: quinientos treinta y seis mil seiscientos ochenta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre del año dos mil diecisiete, con la base de un millón seiscientos once mil seiscientos veinte colones con sesenta y tres céntimos para cada finca y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del catorce de diciembre del año dos mil diecisiete con la base de quinientos treinta y siete mil doscientos seis colones con ochenta y ocho céntimos para cada finca.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de La Comunidad de Grecia Responsabilidad Limitada contra Henry José Mendoza Porras, Jesús María Porras Chaves. Exp. 17-001889-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 07 de agosto del 2017.—Licda. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—( IN2017171225 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 357-04929-01-0800-001; a las ocho horas y cero minutos del diecisiete de octubre de dos mil diecisiete, y con la base de tres millones setecientos mil quinientos trece colones con veintisiete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 60111-000 la cual es terreno con una casa de habitación y solar, que es la numero ocho mil ciento treinta y uno-A. Situada en el distrito 1-Golfito, cantón 7-Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte calle publica con diez metros sesenta y seis centímetros de frente; al sur, Compañía Bananera de Costa Rica; al este, Compañía Bananera de Costa Rica y al oeste calle pública, con seis metros diez centímetros de frente. Mide: sesenta y seis metros con veinte decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del uno de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de dos millones setecientos setenta y cinco mil trescientos ochenta y cuatro colones con noventa y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciséis de noviembre de dos mil diecisiete con la base de novecientos veinticinco mil ciento veintiocho colones con treinta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Jorge Kenneth Alvarado Rodríguez. Exp.: 17-005767-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 06 de setiembre del 2017.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2017171228 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil diecisiete, y con la base de veintiún millones ochocientos ochenta mil setecientos cuarenta y nueve colones con noventa y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 61087-000, la cual es terreno para construir lote 7. Situada en el distrito 01 Filadelfia, cantón 05 Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte: lote 2,3,4,5 y 6; al sur: lote 8 ; al este: calle publica con 9.61 mts y al oeste: Sergio Gutiérrez Hidalgo. Mide: trescientos sesenta y cuatro metros con noventa y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del trece de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de dieciséis millones cuatrocientos diez mil quinientos sesenta y dos colones con cuarenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintinueve de noviembre de dos mil diecisiete con la base de cinco millones cuatrocientos setenta mil ciento ochenta y siete colones con cuarenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de la Caja Costarricense del Seguro Social contra Dulce María Badilla Duarte Exp: 16-007110-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 06 de setiembre del 2017.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2017171230 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando: reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 332-06763-01-0002-001; restricciones reg. art 18, Ley 2825 citas: 555-01921-01-0005-001; servidumbre de paso citas: 569-25114-01-0437-001; servidumbre de paso citas: 569-25114-01-0437-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 569-25114-01-0878-001; servidumbre de líneas eléctricos y de paso citas: 569-25114-01-0878-001; servidumbre de acueducto citas: 569-25114-01-1305-001; servidumbre de acueducto citas: 569-25114-01-1305-001; a las diez horas y cero minutos del veintisiete de octubre de dos mil diecisiete, y con la base de treinta y tres mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 148775-000 la cual es terreno de pastos lote uno. Situada en el distrito 01 Jacó, cantón 11 Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al noreste, lote 2; al noroeste, lote 98, servidumbre agrícola con frente de 12mts 50 cms; al sureste, Marco Vinicio Muñoz Delgado y al suroeste bajos del Tulín S. A. Mide: cinco mil quinientos sesenta y seis metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del quince de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de veinticuatro mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del treinta de noviembre de dos mil diecisiete con la base de ocho mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Fernando del Rosario Céspedes Granados contra George Elia Nassif El Haji. Exp: 17-011371-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 28 de agosto del 2017.—Licda. Kathya María Araya Jácome, Jueza.—( IN2017171241 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, citas de inscripción: 319-10999- 01-0914-002; a las catorce horas y quince minutos del ocho de noviembre de dos mil diecisiete, y con la base de cinco millones ochocientos mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 26957-000 la cual es terreno para construir lote 15A .- Situada en el distrito 05 Cariari, cantón 02 Pococí , de la provincia de Limón.- Colinda: al norte, lote 14 A; al sur, lote 16 A; al este, ITCO y al oeste, camino. Mide: mil cuatrocientos dos metros con setenta y dos decímetros cuadrados.- Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del veintitrés de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones trescientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del doce de diciembre de dos mil diecisiete con la base de un millón cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Walter Gerardo Castro Sandoval Exp. 16-004085-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 21 de agosto del 2017.—Licda. Kathya María Araya Jácome, Jueza.—( IN2017171245 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y veinte minutos del dieciséis de noviembre de dos mil diecisiete, y con la base de diecinueve mil ochocientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: 678741. Marca: Land Rover; estilo: Discovery 3; capacidad: 7 personas; año: 2007; color: blanco; categoría: automóvil; carrocería: todo terreno 4 puertas; tracción: 4x4; chasís: SALLAAA147A430545; motor: 0191905276DT; cilindrada: 2700 c.c.; cilindros: 6; combustible: diesel. Para el segundo remate se señalan las diez horas y veinte minutos del uno de diciembre de dos mil diecisiete, con la base de catorce mil ochocientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y veinte minutos del diecinueve de diciembre de dos mil diecisiete con la base de cuatro mil novecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Prival Bank (Costa Rica) S. A. contra Expoban G Y G Sociedad Anónima, Mario Antonio Guardia Trejos. Exp.: 17-010918-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de agosto del 2017.—Licda. Kathya María Araya Jácome, Jueza.—( IN2017171262 ).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando Hipoteca de primer grado por diez millones de colones a favor del Grupo Mutual Alajuela, dos servidumbres trasladadas y dos medianerías; a las nueve horas y cero minutos del dieciséis de enero del año dos mil dieciocho, y con la base de trece millones ciento setenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta mil sesenta y siete-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 08   Barranca, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte avenida 10 con 9.10 metros; al sur INVU; al este INVU y al oeste INVU. Mide: doscientos veintisiete metros con once decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de enero del año dos mil dieciocho, con la base de nueve millones ochocientos setenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de febrero del año dos mil dieciocho con la base de tres millones doscientos noventa y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Luz Idalie de la Trinidad Chavarría Arias contra Marta Zulay Sancho Solano y Zulay Solano Rodríguez. Exp. 17-000982-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, (Materia Cobro), 18 de setiembre del 2017.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—( IN2017171269 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del veinticuatro de octubre de dos mil diecisiete, y con la base de un millón cincuenta mil novecientos treinta y ocho colones con treinta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BFS153. Marca Mitsubishi. Estilo Lancer. Categoría automóvil. Capacidad: 5 personas. Año: 2003. Color: dorado. Vin JA3AJ26E93U011719. Cilindrada 2000 c. c. Combustible gasolina. Motor 4G94NY1866. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del ocho de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de setecientos ochenta y ocho mil doscientos tres colones con setenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintitrés de noviembre de dos mil diecisiete con la base de doscientos sesenta y dos mil setecientos treinta y cuatro colones con cincuenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de OPC Operadora de Cobro y Crédito Comercial S. A. contra Andrea Masís Contreras. Exp.: 15-036749-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 31 de marzo del 2017.—Licda. Hellen Gutiérrez Desanti, Jueza.—( IN2017171277 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios a las nueve horas y cero minutos (nueve en punto de la mañana) del veinticinco de octubre de dos mil diecisiete, y con la base de novecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 163016. Marca Mitsubishi. Estilo Lancer. Categoría Automóvil. Capacidad 5 personas. Año 1993. Color azul. Vin no indicado. Cilindrada 1298 cc. Combustible gasolina. Motor 4G13PS9112. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos (nueve en punto de la mañana) del nueve de noviembre de dos mil diecisiete, con la base inicial rebajada en un veinticinco por ciento, sea la suma de seiscientos setenta y cinco mil colones exactos y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos (nueve en punto de la mañana) del veinticuatro de noviembre de dos mil diecisiete con la base del veinticinco por ciento de la base inicial, sea la suma de doscientos veinticinco mil colones exactos. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de OPC Operadora de Cobro y Crédito Comercial S. A. contra Alex Mauricio Cabezas Salgado Exp. 07-001388-0180-CI.—Juzgado Primero Civil de San José, 19 de setiembre del 2017.—Lic. Miguel Ángel Rosales Alvarado, Juez.—( IN2017171279 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; y con la base de seis millones quinientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y siete colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca 1-59917-004 que es naturaleza: Terreno de rastrojo, situada en distrito 05 San Rafael cantón 04 Puriscal de la provincia de San José, Linderos: norte, German Ascensión Jiménez, sur: Antonio y Jiménez, este: Sacarías Jiménez, oeste: calle publica. Mide: cuarenta y un mil novecientos treinta y tres metros con setenta y seis decímetros cuadrados). Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciocho de octubre de dos mil diecisiete (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del dos de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones novecientos veinticinco mil colones con veinticinco céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de un millón seiscientos cuarenta y un mil seiscientos sesenta y seis colones con setenta y cinco céntimos (un 25% de la base original) & con la base de seis millones quinientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y siete colones exactos libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca 1-59917-005 (que es naturaleza: terreno de rastrojo, situada en distrito 05 San Rafael cantón 04 Puriscal de la provincia de San José. Linderos: norte, German Ascensión Jiménez, sur, Antonio y Jiménez, este, Sacarías Jiménez, oeste, calle pública. Mide: cuarenta y un mil novecientos treinta y tres metros con setenta y seis decímetros cuadrados). Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciocho de octubre de dos mil diecisiete (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del dos de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones novecientos veinticinco mil colones con veinticinco céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de un millón seiscientos cuarenta y un mil seiscientos sesenta y seis colones con setenta y cinco céntimos (un 25% de la base original) & Con la base de seis millones quinientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y siete colones exactos libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca 1-59917-006 (que es naturaleza: Terreno de rastrojo, situada en distrito 05 San Rafael, cantón 04 Puriscal de la provincia de San José. Linderos: norte, German Ascensión Jiménez, sur: Antonio y Jiménez, este, Sacarías Jiménez, oeste, calle pública. Mide: cuarenta y un mil novecientos treinta y tres metros con setenta y seis decímetros cuadrados). Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciocho de octubre de dos mil diecisiete (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del dos de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones novecientos veinticinco mil colones con veinticinco céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de un millón seiscientos cuarenta y un mil seiscientos sesenta y seis colones con setenta y cinco céntimos (un 25% de la base original) & Con la base de tres cientos mil colones exactos libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca 1-59917-007 (que es naturaleza: terreno de rastrojo, situada en distrito 05 San Rafael cantón 04 Puriscal de la provincia de San José. Linderos: norte, German Ascensión Jiménez, sur: Antonio y Jiménez, este, Sacarías Jiménez, oeste, calle pública. Mide: cuarenta y un mil novecientos treinta y tres metros con setenta y seis decímetros cuadrados). Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciocho de octubre de dos mil diecisiete (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del dos de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de doscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de setenta y cinco mil colones exactos (un 25% de la base original). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rigoberto de Jesús Chavarría Salazar contra Carlos Alberto de los Ángeles Salazar Fernandez, Dinorah del Carmen Jiménez Otárola, José Alberto Salazar Jiménez, Laura de los Ángeles Salazar Jiménez y María Susana Salazar Jiménez. Exp: 17-005634-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de agosto del 2017.—Licda. María Mora Saprissa, Jueza.—( IN2017171294 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del veintitrés de octubre de dos mil diecisiete y con la base de cincuenta y cinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 50950 cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno de naturaleza: solar con 1 casa. Situada en el distrito hospital, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte lote CH; al sur, avenida 18; al este lote CH y al oeste lote CH. Mide: ciento tres metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del siete de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de cuarenta y un mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintidós de noviembre de dos mil diecisiete con la base de trece mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carlos Roberto Camacho Víquez contra Lidia Elena Salas Chaves Exp:15-004459-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 12 de julio del 2017.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2017171297 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios;  a las diez horas y cuarenta minutos del veinticinco de octubre de dos mil diecisiete, y con la base de cuarenta y seis mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San Jose, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos seis mil doce cero cero cero la cual es terreno con una casa, lote 109.- Situada en el distrito 2-San Antonio, cantón 2-Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 108; al sur, lote 110; al este, lote 81 y al oeste, alameda Nuez.- Mide: ciento cincuenta metros con trece decímetros cuadrados.- Plano catastrado SJ- 0449841-1981.- Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta minutos del nueve de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de treinta y cuatro mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil diecisiete con la base de once mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Operativas Don Mariano de Barva Sociedad Anónima contra Víctor Julio Delgado Vega. Exp. 17-005737-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 24 de agosto del 2017.—Msc. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2017171298 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 381-12670-01-0900-001; a las diez horas y cero minutos del veinticinco de octubre de dos mil diecisiete y con la base de siete millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos setenta y seis mil cuatrocientos setenta y seis cero cero cero (376476-000) la cual es terreno con 1 casa. Situada en el distrito 11 San Rafael Abajo, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte Miguel Ángel Jiménez; al sur Margarita Porras; al este Miguel Ángel Jiménez y al oeste calle publica con 9m 44cm. Mide: ciento sesenta y un metros con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de cinco millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil diecisiete con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rafael Angel Arguedas Montero contra José Antonio Canales Porras Exp:16-004173-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 23 de agosto del  2017.—Msc. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2017171300 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y veinte minutos del veintisiete de octubre de dos mil diecisiete y con la base de dieciocho mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos once mil ciento ochenta y siete-cero cero cero (411187-000) la cual es terreno para construir con dos apartamentos en construcción, lote 61. Situada en el distrito 01 Orotina, cantón 09 Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 62; al sur, lote 60; al este, lote 53 y al oeste, calle pública con 6 metros de frente. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y veinte minutos del trece de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de trece mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y veinte minutos del veintiocho de noviembre de dos mil diecisiete con la base de cuatro mil seiscientos veinticinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cultivos Agrícolas Los Olivos de Heredia S. A. contra Guillermo de los Ángeles Chaves Rojas. Exp: 17-003341-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 07 de agosto del 2017.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—( IN2017171301 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del doce de diciembre del año dos mil diecisiete y con la base de veintiséis millones novecientos nueve mil quinientos treinta y tres colones con noventa céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintiocho mil setecientos sesenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno lote tres sección E: terreno para construir. Situada en el distrito Miramar, cantón Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 11 metros con 38 centímetros; al sur, lote 2 E; al este, lote 4 E y al oeste calle publica con un frente de 17 metros. Mide: ciento noventa y seis metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del diez de enero del año dos mil dieciocho, con la base de veinte millones ciento ochenta y dos mil ciento cincuenta colones con cuarenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veinticinco de enero del año dos mil dieciocho con la base de seis millones setecientos veintisiete mil trescientos ochenta y tres colones con cuarenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Luis Carlos Amuy Morales. Exp.: 17-000954-1203-CJ Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Cobro), 11 de setiembre del 2017.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2017171309 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando citas: 389-05844-01-0900-001;en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 255898-000 la cual es naturaleza: para la construcción lote 8-A-81 situada en el distrito 2-Aguas Claras cantón 13-Upala de la provincia de Alajuela linderos: norte, Río Pizote sur, calle este, Lucila Hernández, oeste, Nubia Pérez. Mide: mil doscientos dos metros con noventa y dos decímetros cuadrados plano: A-0752902-1988. señalamientos: Para el primer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del uno de noviembre de dos mil diecisiete, y con la base de catorce millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de diez millones ochocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del uno de diciembre de dos mil diecisiete con la base de tres millones seiscientos doce mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Luis Eduardo Rodríguez Pérez, Marta Ligia Pérez Hernández. Exp.: 17-001149-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 19 de setiembre del año 2017.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2017171311 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del siete de noviembre del dos mil diecisiete y con la base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ocho mil cuatro cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 7 B. Situada en el distrito 01 Cañas, cantón 06 Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Prima Ruiz Brenes y Nuria Hernández Brenes; al sur, calle pública; al este, lote 8 B y al oeste, lote 6 B. Mide: doscientos treinta metros con ocho decímetros cuadrados. Plano: G-0492344-1998. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintidós de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de diciembre del dos mil diecisiete con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Claudia Graiela Agnoletto no contra Luis Diego Otárola Cambronero. Exp.: 16-000243-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro), 14 de setiembre del 2017.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—( IN2017171337 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del seis de noviembre de dos mil diecisiete -11:00 a. m. 06/11/2017-, y con la base de cuatro millones cien mil setenta y seis colones con treinta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas: CL 272621. Marca: South East. Estilo: Carga Liviana. Capacidad: 2 personas. Año: 2014. Color: Blanco. Vin LDNMAXYX3E0017703. Motor: 4G13S1J001541. Cilindrada: 1300 cc. Combustible: Gasolina. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete -11:00 a. m. 21/11/2017, con la base de tres millones setenta y cinco mil cincuenta y siete colones con veintiocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del seis de diciembre de dos mil diecisiete -11:00 a. m. 06/12/2017- con la base de un millón veinticinco mil diecinueve colones con nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Kevin Andrés Alemán Quesada. Exp: 15-001148-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 07 de setiembre del año 2017.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2017171344 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del veintisiete de octubre de dos mil diecisiete y con la base de seis millones seiscientos cuarenta y ocho mil setecientos setenta y cuatro colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas BLK641, marca Hyundai, estilo Grace, categoría microbús, capacidad 15 personas, año 2002, carrocería microbús, color blanco, tracción 4x2. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones novecientos ochenta y seis mil quinientos ochenta colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del treinta de noviembre de dos mil diecisiete con la base de un millón seiscientos sesenta y dos mil ciento noventa y tres colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones Sociedad Anónima contra Ronald José Soto Leonhardes. Exp: 17-004603-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 11 de setiembre del 2017.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2017171346 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil diecisiete, y con la base de cuatro millones ciento dos mil doscientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas: BDG605, estilo: H1STAREX, categoría: microbús, color: verde, año: 2001, VIN: KMJWWHH7HP1U383716, cilindrada: 2500 c.c. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del trece de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de tres millones setenta y seis mil seiscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del veintinueve de noviembre de dos mil diecisiete con la base de un millón veinticinco mil quinientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones Sociedad Anónima contra José Luis Ureña Gamboa. Exp 17- 002840-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 7 de setiembre del año 2017.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2017171367 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y quince minutos del veinticinco de octubre de dos mil diecisiete y con la base de un millón ochenta mil ciento veintinueve colones con cincuenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 363377. Marca Toyota. Estilo Tercel. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 1991. Color vino. Vin JT2EL43A5M0129908. Cilindrada 1500 cc. Combustible gasolina. Motor Nº3E0913340. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del nueve de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de ochocientos diez mil noventa y siete colones con doce céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil diecisiete con la base de doscientos setenta mil treinta y dos colones con treinta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Multiservicios Orca Limitada contra Kevin Alberto González. Exp: 15-012444-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro I Circuito Judicial de San José, 30 de marzo del 2017.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez.—( IN2017171369 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del treinta y uno de octubre de dos mil diecisiete, y con la base de dos millones cuatrocientos cincuenta y ocho mil seiscientos veintiocho colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BGG cuatrocientos treinta y ocho. Marca Hyundai. Estilo Accent. Categoría automóvil. Capacidad cinco personas. Año mil novecientos noventa y siete. Color azul. Vin KMHVA dos uno NPVU tres dos ocho siete tres tres. Cilindrada mil quinientos cc. Combustible gasolina. Motor G cuatro FKV dos nueve cuatro cuatro uno nueve. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del quince de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de un millón ochocientos cuarenta y tres mil novecientos setenta y un colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del treinta de noviembre de dos mil diecisiete con la base de seiscientos catorce mil seiscientos cincuenta y siete colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Multiservicios Orca Limitada contra Ronald Martín Rodríguez Zúñiga. Exp:15-026910-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro I Circuito Judicial de San José, 06 de abril del 2017.—Lic. Alonso Cascante Calvo, Juez.—( IN2017171371 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y diez minutos del veintitrés de octubre de dos mil diecisiete y con la base de tres millones quinientos setenta y nueve mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento un mil ciento sesenta y uno cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Barranca, cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Lotificadora del Pacífico S. A.; al sur, Lotificadora del Pacífico S. A.; al este, Lotificadora del Pacífico S. A. y al oeste, Lotificadora del Pacífico S. A. Mide: ciento veintidós metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y diez minutos del siete de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de dos millones seiscientos ochenta y cuatro mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y diez minutos del veintidós de noviembre de dos mil diecisiete con la base de ochocientos noventa y cuatro mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro contra Alexander Gutiérrez García. Exp:13-004935-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 24 de mayo del 2017.—Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—( IN2017171379 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, citas: 0325-00014709-01-0002-001, a las once horas y cero minutos del diecisiete de octubre de dos mil diecisiete, y con la base de seis millones trescientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y cuatro mil setecientos treinta y tres cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Delicias, cantón Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Fausto Alfredo Espinoza Romero; al sur, servidumbre de paso; al este, calle pública y al oeste, Fausto Alfredo Espinoza Romero. Mide: quinientos diecinueve metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del uno de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones setecientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del dieciséis de noviembre de dos mil diecisiete con la base de un millón quinientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Hernán Enrique Espinoza Blandón Exp:15-000195-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 24 de mayo del 2017.—Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—( IN2017171380 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las siete horas y treinta minutos del treinta y uno de octubre de dos mil diecisiete y con la base de siete millones setecientos cuarenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 70784-001-002 la cual es terreno para construir N°30. Situada en el distrito Barranca, cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Lote 13; al sur Lote 31; al este I.N.V.U. y al oeste Avenida Gaviota. Mide: ciento sesenta metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del quince de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de cinco millones ochocientos cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del treinta de noviembre de dos mil diecisiete con la base de un millón novecientos treinta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo S.A contra Carmen Lidia Murillo Camacho y Luis Ángel Porras González. Exp. 17-001143-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 27 de junio del 2017.—Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—( IN2017171381 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones: 371-05541-01-0900-001; a las diez horas y cero minutos del treinta de octubre de dos mil diecisiete y con la base de trece millones ciento veinticinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y nueve mil novecientos treinta y ocho cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno de naturaleza para construir. Situada en el distrito Curubande, cantón Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte Carmen Acosta Flores; al sur, servidumbre de paso con una medida de 10 metros; al este Mariana Acosta Flores y al oeste Mariana Acosta Flores. Mide: doscientos ochenta y ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de nueve millones ochocientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de noviembre de dos mil diecisiete con la base de tres millones doscientos ochenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Martha Petronila Sandoval Mejía, Segundo Eliodoro Ampie Ampie. Exp.: 17-001476-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 27 de junio del 2017.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2017171382 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones y colisiones bajo la sumaria 14-000010-0174-TR; a las once horas y cero minutos del nueve de noviembre de dos mil diecisiete, y con la base de veintisiete mil noventa y seis dólares con ochenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas SGC007, marca Jeep, categoría automóvil, vin 1C4RJFBT6CC290150, año 2012, color blanco, cilindrada 5.700 cc. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de veinte mil trescientos veintidós dólares con sesenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del trece de diciembre de dos mil diecisiete con la base de seis mil setecientos setenta y cuatro dólares con veinte centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos Sociedad Anónima contra Sherry Raquel Mora Soto. Exp:17-003449- 1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 14 de setiembre del 2017.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2017171384 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y veinte minutos del nueve de noviembre de dos mil diecisiete -01:20pm 09/11/2017- y con la base de once mil seiscientos cuarenta y un dólares con setenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas MCR104, marca BYD, estilo F0 GLX I; capacidad 5 personas, año 2016, color blanco, vin LC0C14DA3G0001079 motor BYD371QAC15003403, cilindrada 1000 cc., combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las trece horas y veinte minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil diecisiete -01:20pm 24/11/2017-, con la base de ocho mil setecientos treinta y un dólares con treinta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y veinte minutos del trece de diciembre de dos mil diecisiete -01:20pm 13/12/2017- con la base de dos mil novecientos diez dólares con cuarenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos Sociedad Anónima contra Sua Yazmin Seva Acuña. Exp. 17-005350-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 14 de setiembre del 2017.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2017171385 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del veintisiete de octubre de dos mil diecisiete, y con la base de sesenta y tres mil quinientos ochenta y ocho dólares con setenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos ochenta y ocho mil setecientos noventa y ocho-cero cero tres y cero cero cuatro, la cual es terreno naturaleza: Terreno para construir con una casa, lote 5. Situada en el distrito (04) Patalillo, cantón (11) Vázquez de Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Almenrive S. A; al sur, calle pública Barrio los Ángeles; al este, Carlos Esquivel Rosales y al oeste, lote 4. Mide: ciento cincuenta y dos metros con noventa y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de cuarenta y siete mil seiscientos noventa y un dólares con cincuenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta de noviembre de dos mil diecisiete con la base de quince mil ochocientos noventa y siete dólares con dieciocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de MB Créditos Sociedad Anónima contra José Abel Somarribas Carvajal. Exp: 16-010613-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 11 de setiembre del 2017.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2017171386 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes pero soportando Practicado bajo las citas 800-217243-01-0001-001, que corresponden a un Proceso Monitorio de Credomatic Costa Rica S.A., contra Cindy Yolanda Aguilar Badilla, bajo la sumaria número 14-009532-1044-CJ; a las nueve horas del lunes quince de enero del año dos mil dieciocho (primer remate), y con la base de dos millones doscientos veinticinco mil doscientos doce colones con cuarenta y seis céntimos (¢2.225.212,46), que corresponde al saldo del principal más los intereses que se adeudan con la presentación de la presente ejecución (según lo estipulado por las partes en la Hipoteca), en el mejor postor remataré lo siguiente: finca del partido de San José, matrícula de folio real número ciento noventa y cuatro mil ciento trece guión cero cero cero (FR SJ-194113-000), la cual es terreno de café aguacate y una casa. Situada en el distrito nueve de Rosario, cantón tres de Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Eliceo Vindas Parajeles, Nicolás Sánchez Rojas y Carlos Sánchez López; al sur, Evelio Ureña Jiménez; al este, Evelio Ureña Jiménez, y al oeste, Aurelio Ureña Morales y servidumbre de paso. Mide: tres mil ciento cuatro metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del martes treinta de enero del año dos mil dieciocho, con la base de un millón seiscientos sesenta y ocho mil novecientos nueve colones con trescientos cuarenta y cinco céntimos (¢1.668.909.345) (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las nueve horas del miércoles catorce de febrero del año dos mil dieciocho, con la base de quinientos cincuenta y seis mil trescientos tres colones con ciento quince céntimos (¢556.303.115) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Cindy Yolanda Aguilar Badilla y otro, expediente 15-004335-1012-CJ.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, 22 de setiembre del 2017.—Lic. Juan Carlos Castillo López, Juez.—( IN2017171398 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas Ley Aguas citas: 407-19289-01-0141-001, reservas Ley Caminos citas: 407- 19289-01-0142-001; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de octubre de dos mil diecisiete, y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de SAN JOSÉ, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos diecisiete mil setecientos treinta y cinco cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno con una casa y patio lote 1. Situada en el distrito 3-San Juan de Mata, cantón 16-Turrubares, de la provincia de San José. Colinda: al norte lote 2; al sur calle publica con un frente de 4 metros y lote 2; al este lote 2 y al oeste Hacienda Quebrada Bonita S. A. Mide: mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de noviembre de dos mil diecisiete con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Marco Vinicio Peraza Guerrero contra Laura María Pérez Rojas. Exp.: 17-004298-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del I Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 30 de agosto del 2017.—Licda. Priscilla González Seravalli, Jueza.—( IN2017171410 ).

En la puerta exterior de este Despacho, soportando servidumbre trasladada citas: 370-02437-01-0901-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 481-00787-01-0012-001, a las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de octubre de dos mil diecisiete y con la base de treinta y nueve millones ochocientos setenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y cinco colones con ochenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 182266-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Joaquín, cantón Flores, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 6 E; al sur, lote 4 E; al este, Sánchez y Gómez S. A. y al oeste, calle pública 3. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del quince de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de veintinueve millones novecientos cinco mil ochocientos setenta y un colones con noventa y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta de noviembre de dos mil diecisiete con la base de nueve millones novecientos sesenta y ocho mil seiscientos veintitrés colones con noventa y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Repuestos para Autos G y E S. A. contra Seidy Yadira Jiménez Rodríguez, expediente 17-011119-1044-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección”.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 23 de agosto del 2017.—Lic. Greivin Gerardo Fallas Abarca, Juez.—( IN2017171437 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas del diecisiete de octubre del año dos mil diecisiete, y con la base de catorce millones novecientos veinte mil ochocientos ochenta y seis colones con treinta y dos céntimos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos dieciocho mil ochocientos dieciocho-cero cero cero la cual es terreno para construir con dos casas de habitación. Situada en el distrito tres San Juan de Dios, cantón tres Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Antonio Miranda y Betty Álvarez; al sur, Río Poás; al este, Teresa Chacón Morales y al oeste, Arcenio Chinchilla y camino público. Mide: doscientos cuarenta y ocho metros con ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas del primero de noviembre del año dos mil diecisiete, con la base de once millones ciento noventa mil seiscientos sesenta y cuatro colones con setenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del dieciséis de noviembre del año dos mil diecisiete con la base de tres millones setecientos treinta mil doscientos veintiún colones con cincuenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Daniel Reyes Hernández. Exp: 17-006298-1763-CJ.—Juzgado Especializado Especializa de Cobro II Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 22 de setiembre del 2017.—Lic. Gustavo Irias Obando, Juez.—( IN2017171454 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del dos de noviembre de dos mil diecisiete (2:00 p. m. 02/11/2017), y con la base de dos millones cuatrocientos setenta mil setecientos cincuenta y seis colones con ochenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa: CL 242895, marca: Ford, categoría: carga liviana, Vin: 1FMZU67E82UC29906, color: verde, año: 2002. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diecisiete de noviembre de dos mil diecisiete (2:00 p. m. 17/11/2017), con la base de un millón ochocientos cincuenta y tres mil sesenta y siete colones con sesenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de diciembre de dos mil diecisiete (2:00 p.m. 07/12/2017), con la base de seiscientos diecisiete mil seiscientos ochenta y nueve colones con veintiún céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Fiduciaria Brunca Sociedad Anónima contra Jorge Enrique Bonilla Chinchilla. Expediente: 16-010605-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 18 de setiembre del 2017.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2017171169 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios soportando ambas fincas reservas y restricciones al tomo 345, asiento 2485 y servidumbre de líneas eléctricas y de paso al tomo 2011, asiento 65182; a las diez horas y treinta minutos del catorce de noviembre del año dos mil diecisiete, y con la base de doscientos uno mil quinientos cuarenta y seis dólares con setenta y seis centavos para la finca 80492-F-000 y con la base de cuatro mil setecientos veintitrés dólares con cincuenta y nueve centavos para la finca 80519-F-000, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 80492-F-000 la cual es terreno finca filial número veintitrés casa tipo F de dos plantas destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 03 San Rafael, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común libre de uso general destinada a acera, avenida Isla Piamosa; al sur, área común libre de uso general destinada a zona verde y retiro de quebrada; al este, finca filial veintidós y al oeste, finca filial veinticuatro. Mide: doscientos catorce metros con cero decímetros cuadrados. 2) Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 80519-F-000 la cual es terreno finca filial número cincuenta y tres ubicada en el primer nivel destinada a estacionamiento en proceso de construcción. Situada en el distrito 03 San Rafael, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, fincas filiales número veinticinco y cincuenta y dos ambas en parte; al sur, finca filial número cincuenta y cuatro; al este, áreas comunes libre de uso general destinada a calle y calle boulevard terreno y al oeste área común libre de uso general destinada a área recreativa de terraza. Mide: quince metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintinueve de noviembre del año dos mil diecisiete, con la base de ciento cincuenta y un mil ciento sesenta dólares con siete centavos para la finca 80492-F-000 y con la base de tres mil quinientos cuarenta y dos dólares con sesenta y nueve centavos para la finca 80519-F-000 (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de diciembre del año dos mil diecisiete con la base de cincuenta mil trescientos ochenta y seis dólares con sesenta y nueve centavos para la finca 80492-F-000 y con la base de mil ciento ochenta dólares con ochenta y nueve centavos para la finca 80519-F-000 (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Brenda Cecilia Umaña León. Exp:16-038798-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 07 de setiembre del año 2017.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez.—( IN2017171485 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 291-07000-01-0902-001; a las quince horas y quince minutos (3:15 p. m.) del dieciocho de octubre de dos mil diecisiete, y con la base de sesenta y dos mil trescientos dieciocho dólares con cuarenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos noventa y cinco mil setecientos ochenta y siete-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 1-Guadalupe, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 9.91 metros; al sur, Rodrigo Vargas Camacho; al este, Armando Rojas Aguilar y al oeste, Blanca Iris Acosta Villafuerte. Mide: doscientos dos metros con diecisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y quince minutos (3:15 p. m.) del dos de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de cuarenta y seis mil setecientos treinta y ocho dólares con ochenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y quince minutos (3:15 p. m.) del veinte de noviembre de dos mil diecisiete con la base de quince mil quinientos setenta y nueve dólares con sesenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Valle del Río Grande de Orosi S. A. contra Julio César González Posada. Exp: 16-000648-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de agosto del 2017.—Licda. Audrey Abarca Quirós, Jueza.—( IN2017171506 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes a las diez horas y cero minutos del veinticinco de octubre del dos mil diecisiete, y con la base de cincuenta y seis millones novecientos sesenta y nueve mil trescientos noventa y un colones con cuarenta y siete céntimos (¢56 969 391.47) en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, matrícula número 220317-000, la cual es terreno para agricultura. Situada: en el distrito segundo Buena Vista, cantón quince Buena Vista, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Manuel Rodríguez, Gerardo Méndez y José Fabio Herrera Villalobos; al este, Municipalidad de Guatuso y José Fabio Herrera Villalobos, y al oeste, calle pública. Mide: cincuenta mil cuatrocientos treinta y seis metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de cuarenta y dos millones setecientos veintisiete mil cuarenta y tres colones con cincuenta y cinco céntimos (¢42 727 043.55) (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de catorce millones doscientos cuarenta y dos mil trescientos cuarenta y siete colones con noventa y uno céntimos (¢14 242 347,91) (un 25% de la base original). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Eli de Los Ángeles Arguedas Villalobos, Rafael Ángel de Gerardo Arguedas Villalobos. Expediente 13-033935-1012-CJ.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria), 12 de setiembre del 2017.—Msc. Silvia Elena Sánchez Blanco, Jueza.—( IN2017171507 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del ocho de noviembre de dos mil diecisiete y con la base de un millón seiscientos ochenta y cinco mil cuarenta y cuatro colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa: 613794, marca: Suzuki, estilo: Aerio, categoría: automóvil, año: 2006, color: gris, vin: JSAERA31S65250844, cilindrada: 1600 cc. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de un millón doscientos sesenta y tres mil setecientos ochenta y tres colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del quince de diciembre de dos mil diecisiete, con la base de cuatrocientos veintiún mil doscientos sesenta y un colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Findirect Capital S. A. contra Linda Johana Sáenz Forero. Expediente: 17-003364-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 19 de setiembre del 2017.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2017171511 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del veintitrés de octubre de dos mil diecisiete y con la base de dieciséis mil cuatrocientos diecinueve dólares con cincuenta y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa: BKR619, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, serie: KMHCT41DAGU949654, año:2016, cilindrada: 1600 c.c. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del catorce de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de doce mil trescientos catorce dólares con sesenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del treinta de noviembre de dos mil diecisiete con la base de cuatro mil ciento cuatro dólares con ochenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda Costa Rica S. A. contra Grettel Ivannia Chaves Chaves. Exp: 17-005295-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 12 de setiembre del 2017.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2017171512 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y quince minutos (3:15 p. m.) del diecinueve de octubre de dos mil diecisiete y con la base de trece mil setecientos treinta y cuatro dólares con once centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número BHQ547, marca Hyundai, estilo Accent GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2015, color negro, Vin KMHCT51BAFU187374, cilindrada 1400 cc, combustible gasolina, motor G4LCEU233944. Para el segundo remate se señalan las quince horas y quince minutos (3:15 p. m.) del seis de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de diez mil trescientos dólares con cincuenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y quince minutos (3:15 p. m.) del veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de tres mil cuatrocientos treinta y tres dólares con cincuenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le, informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda Costa Rica S. A. contra Héctor Alberto Quirós Rojas. Exp. 17-010854-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de agosto del 2017.—Licda. Audrey Abarca Quirós, Jueza.—( IN2017171523 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando en ambos derechos habitación familiar citas: 510-08031-01-0003-001, limitaciones de leyes 7052, 7208 Sist. Financiero de Vivienda citas: 510-08031-01-0004-001; a las nueve horas y treinta minutos del ocho de noviembre de dos mil diecisiete, y con la base de siete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 98734-001 y 002 la cual es terreno para construir, lote 8 F, con una casa de habitación. Situada en el distrito 8-Barranca, cantón 1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al noreste, lote 7-F; al noroeste, calle pública; al sureste, lote 28-F y al suroeste lote 9-F. Mide: Ciento cuarenta y cuatro metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del doce de diciembre de dos mil diecisiete con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Corporación Cántaro de Agua Sociedad Anónima contra Alma Isabel Aguilar Palacios, Gilberto Gerardo Obando Valle. Exp: 17-006959-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 28 de agosto del 2017.—Licda. Zary Navarro Zamora, Jueza.—( IN2017171534 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones ref.: 2840-241-001, citas: 0325-00003469-01- 0901-011, reservas y restricciones citas: 0325-00003469-01-0902-007 y prohibiciones ref.: 2840-241-001, citas: 0325-00003469-01-0903-004; a las catorce horas y treinta minutos del ocho de noviembre de dos mil diecisiete y con la base de diecisiete millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 198636-000, la cual es terreno de cultivos con una casa. Situada en el distrito 01 Buenos Aires, cantón 03 Buenos Aires de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Esteban Bermúdez Agüero; al sur calle pública con un frente de 20 mts. 81 cm.; al este Sergio Guevara Mora y al oeste Esteban Bermúdez Agüero. Mide: tres mil setecientos ocho metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de doce millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del quince de diciembre de dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Casa Peña Sociedad Anónima. Expediente: 17-001194-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 21 de setiembre del 2017.—Licda. Adriana Rodríguez Corrales, Jueza.—( IN2017171547 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 308-11160-01-0002-001; a las trece horas y treinta minutos del diecisiete de octubre del dos mil diecisiete y con la base de tres millones seiscientos treinta y seis mil noventa colones con cincuenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número quinientos cuarenta y un mil novecientos setenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno de café. Situada en el distrito 06 Platanares, cantón 19 Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte calle pública; al sur quebrada sin nombre en medio, Rafael López Amador; al este Luz Morales Aguilar y resto de Cupertino López López y al oeste servidumbre de paso con 7,000 metros de ancho. Mide: siete mil novecientos noventa metros con un decímetros cuadrado. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del uno de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de dos millones setecientos veintisiete mil sesenta y siete colones con ochenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de novecientos nueve mil veintidós colones con sesenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación para el Desarrollo de las Comunidades del Sur FUDECOSUR contra Carlos Humberto López Amador. Expediente: 17-001198-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón), (Materia Cobro), 6 de julio del 2017.—Lic. Marco Vinicio Alfaro Rodríguez, Juez.—( IN2017171560 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del dieciocho de octubre del año dos mil diecisiete, y con la base de siete millones cuatrocientos mil colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos sesenta mil seiscientos uno cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 3- Daniel Flores, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Anabelle Méndez Uba; al sur, Eliécer Vargas Castro; al este, calle pública y al oeste. Fabio Agüero Díaz. Mide: doscientos cuarenta y seis metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del dos de noviembre del año dos mil diecisiete, con la base de cinco millones quinientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de noviembre del año dos mil diecisiete con la base de un millón ochocientos cincuenta mil colones exactos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda Firmado digital de: que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Andrés Rodríguez Barrantes contra Elvin Eduardo Ramírez Solís. Exp:13- 005699-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 11 de agosto del 2017.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2017171563 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas 280-07753-01-0847-001; a las nueve horas y treinta minutos del veinte de octubre de dos mil diecisiete y con la base de nueve millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 105839-000, la cual es terreno con una casa y solar. Situada en el distrito 04 Roxana, cantón 02 Pococí de la provincia de Limón. Colinda: al norte calle pública con frente de 25 metros 70 centímetros; al sur Rio Santa Clara; al este Carlos Alberto Cordero Rodríguez y al oeste Constantino Chaves Quirós. Mide: mil quinientos noventa y cinco metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del seis de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Heidy Cristina Amador Ruiz. Expediente: 17-004502-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 29 de agosto del 2017.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2017171606 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas: 493-13412-01-0002-001; a las nueve horas y cero minutos del seis de noviembre de dos mil diecisiete y con la base de treinta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento setenta y ocho mil doscientos treinta y siete-cero cero cero, la cual es terreno de uso agrícola. Situada en el distrito 02 Tárcoles, cantón 11 Garabito de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Marco Antonio Chaves Ledezma y servidumbre agrícola con 7.00 metros de ancho; al sur Nora Tapia Naranjo; al este Ángel Tapia Naranjo y al oeste Marco Antonio Chaves Ledezma. Mide: cinco mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de veintidós mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del seis de diciembre de dos mil diecisiete, con la base de siete mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) así mismo libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas: 493-13412-01-0002-001; a las nueve horas y cero minutos del seis de noviembre de dos mil diecisiete y con la base de cuarenta y cinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento veintidós mil quince-cero cero cero, la cual es terreno de potrero y agricultura. Situada en el distrito 02 Tárcoles, cantón 11 Garabito de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Nora Tapia Naranjo; al sur Ángel Tapia Naranjo y Marco Antonio Chaves Ledezma; al este Marco Antonio Chaves Ledezma y al oeste servidumbre agrícola. Mide: diez mil quinientos dos metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiún de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de treinta y tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del seis de diciembre de dos mil diecisiete, con la base de once mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Monte Carlo Gauguin Limitada contra Marco Antonio Chaves Ledezma. Expediente: 15-002147-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 29 de junio del 2017.—Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—( IN2017171612 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condi. y servidsref.: 2713-281-001 citas: 319-03809-01-0901-001; servidumbre dominante citas: 340-09242-01-0016-001; servidumbre dominante citas: 340-09242-01-0017-001; servid. de alero citas: 358-12354-01-0920-001; servidumbre dominante citas: 362-01040-01-0903-001; servidumbre de alero citas: 427-09814-01-0005-001; a las ocho horas y quince minutos del diecinueve de octubre de dos mil diecisiete y con la base de doce millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número quinientos treinta y un mil ciento cincuenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, lote 941. Situada en el distrito 10 Hatillo, cantón 01 San José de la provincia de San José. Colinda: al norte acera y alameda 23; al sur, acera 3 y parque Municipalidad de San José; al este lote 940 y pared medianera y al oeste lote 942 y pared medianera y servidumbre de alero. Mide: cuarenta y cuatro metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del tres de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de nueve millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y quince minutos del veinte de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de tres millones ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le, informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Abraham Camacho Víquez contra Emma Lee Vaez. Expediente: 16-009554-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 18 de agosto del 2017.—Msc. Liseth Delgado Chavarría, Juez.—( IN2017171661 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 0393-00009688-01-0900-001; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del ocho de noviembre de dos mil diecisiete, y con la base de catorce millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos noventa y cuatro mil seiscientos setenta cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito Santiago, cantón Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, servidumbre con un ancho de seis metros; al sur, Álvaro Guzmán Murillo; al este, Arnoldo Guzmán Rojas y al oeste, servidumbre con un ancho de seis metros. Mide: ochocientos noventa y dos metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de diez millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del doce de diciembre de dos mil diecisiete con la base de tres millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Moreno de Cartago Sociedad de Responsabilidad Limitada contra Isabel del Rosario Salazar Matamoros. Exp.: 17-005399-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 22 de agosto del 2017.—Licda. Blanca Ramírez González, Jueza.—( IN2017171666 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 304-06826-01-0902-001; a las ocho horas y quince minutos del dos de noviembre del dos mil diecisiete, y con la base de cuarenta y cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y tres mil quinientos cincuenta y nueve cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno para construir parcela 3. Situada: en el distrito 2-San Vicente, cantón 3-Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Parcela 4; al sur, parcela 2; al este, calle pública con 9,98 metros de frente, y al oeste, parcela 1. Mide: doscientos noventa y cuatro metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y quince minutos del diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de treinta y tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y quince minutos del cuatro de diciembre del dos mil diecisiete, con la base de once millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Esteban Eduardo Mora Bolaños, Jessica Maria Mora Bolaños. Expediente 17-006137-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 01 de setiembre del 2017.—Msc. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2017171668 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las dieciséis horas y cero minutos del treinta de octubre del dos mil diecisiete, y con la base de seis millones trescientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos setenta y siete mil seiscientos tres cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir. Situada: en el distrito 5-Piedades sur, cantón 2-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte noreste, José Ángel Vásquez y otro; al sur, Lidianeth Rodríguez Vásquez; al este, noroeste, calle pública con 4.00 metros, y al oeste, Lidianeth Rodríguez Vásquez. Mide: quinientos treinta y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las dieciséis horas y cero minutos del catorce de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones setecientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veintinueve de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de un millón quinientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Guillermo Darío Núñez Rodríguez. Expediente 17-006192-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 04 de setiembre del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2017171679 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y Restituciones; a las nueve horas y treinta minutos del siete de noviembre del año dos mil diecisiete, y con la base de cuarenta y tres millones novecientos quince mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y seis mil setecientos cuatro-F-cero cero cero, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número cincuenta y ocho terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito Colorado, cantón Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, finca filial primaria individualizada número cincuenta y siete; al sur, finca filial primaria individualizada número cincuenta y nueve; al este, calle seis, y al oeste, área común libre de zona verde. Mide: cuatro mil quinientos veintidós metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintidós de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de treinta y dos millones novecientos treinta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del siete de diciembre del dos mil diecisiete con la base de diez millones novecientos setenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra 3-102-478558 Sociedad de Responsabilidad Limitada, Marjorie del Carmen Chacón Jiménez. Expediente 17-000283-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, (Materia Cobro), 14 de agosto del 2017.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—( IN2017171689 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y treinta minutos del veintitrés de octubre de dos mil diecisiete, y con la base de quince millones setecientos setenta y cinco mil cuatrocientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 66753-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 03 Veintisiete de Abril, cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Ricardito Ruiz Juárez; al sur, Ricardito Ruiz Juárez; al este, Ricardito Ruiz Juárez y al oeste, calle pública con 17 metros 46 centímetros. Mide: trescientos trece metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del siete de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de once millones ochocientos treinta y un mil quinientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veintidós de noviembre de dos mil diecisiete con la base de tres millones novecientos cuarenta y tres mil ochocientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Anthony Moreno Canales. Exp.: 17-004122-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 21 de setiembre del año 2017.—Licda. Adriana Rodríguez Corrales, Jueza.—( IN2017171701 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del siete de noviembre de dos mil diecisiete, y con la base de dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula 185.846-000, la cual es terreno para construir lote A. Situada: en el distrito 07 Corralillo, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Alicia Fonseca Hidalgo; al sur, Florencio Ceciliano Bonilla y camino público en una distancia de 11 metros 90 centímetros; al este, Mario Alberto Mora Chinchilla, y al oeste, Blanca Fonseca Hidalgo. Mide: doscientos treinta y dos metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de diciembre de dos mil diecisiete con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de María Mercedes Gamboa Fallas contra Beranis Marisol del Socorro Ceciliano Fonseca. Expediente 17-003774-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 12 de setiembre del 2017.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2017171719 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas 387-11479-01-0921-003, condiciones bajo las citas 387-11479-01-0922-003, servidumbre trasladada bajo las citas 387-11479-01-0925-003, servidumbre trasladada bajo las citas 387-11479-01-0926-003, condiciones ref.: 00072939 000 bajo las citas 387-11479-01-0927-003, condiciones ref:00072939 000 bajo las citas 387-11479-01-0928-001, servidumbre de paso bajo las citas 2014-188602-01-0003-001; a las nueve horas y cero minutos del seis de noviembre del dos mil diecisiete y con la base de veinte millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 188285-000, la cual es terreno para construir con un galerón. Situada en el distrito Tilarán, cantón Tilarán de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte María De Los Ángeles Hernández Jiménez; al sur María De Los Ángeles Hernández Jiménez; al este María De Los Ángeles Hernández Jiménez y al oeste María De Los Ángeles Hernández Jiménez. Mide: seiscientos cuarenta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de quince millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del seis de diciembre del dos mil diecisiete, con la base de cinco millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Granja Huevos de Oro NKFH Sociedad Anónima, Nidia Carol Flores Hernández. Expediente: 17-005555-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 28 de junio del 2017.—Lic. Iván Tiffer Vargas, Juez.—( IN2017171740 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando prohibiciones artículo 16, Ley 7599, citas 462-14373-01- 0570-001; a las diez horas y treinta minutos del trece de noviembre del dos mil diecisiete y con la base de treinta y un millones doscientos dos mil seiscientos cuarenta y cuatro colones con cuarenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento once mil ochocientos sesenta y ocho cero cero cero, la cual es terreno parcela 28, terreno para agricultura. Situada en el distrito segundo Santa Cecilia, cantón décimo La Cruz de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte Santos Rodríguez; al sur Edwin Sánchez y Miguel Rodríguez; al este calle pública y al oeste Rio Mena. Mide: ciento sesenta y siete mil trescientos veintitrés metros con veintidós decímetros cuadrados. Plano: G 0484051-1998. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de veintitrés millones cuatrocientos uno mil novecientos ochenta y tres colones con treinta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de diciembre del dos mil diecisiete, con la base de siete millones ochocientos mil seiscientos sesenta y un colones con diez céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Edwin Eladio De La Trinidad Bermúdez Rodríguez. Expediente: 17-000249-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Cobro), 19 de setiembre del 2017.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—( IN2017171745 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del trece de noviembre del año dos mil diecisiete y con la base de siete mil ciento ochenta y un dólares con setenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: BDT232, marca Nissan, estilo Tida, categoría automóvil año 2013 carrocería: Sedán 4 puertas, color rojo, tracción 4x2, cilindros 4, motor HR16733121G, capacidad 5 personas. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre del año dos mil diecisiete, con la base de cinco mil trescientos ochenta y seis dólares con treinta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de diciembre del año dos mil diecisiete con la base de mil setecientos noventa y cinco dólares con cuarenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Larry Jerónimo Quesada Godoy. Exp.: 17-000583-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro), 08 de setiembre del 2017.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—( IN2017171771 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y judiciales; soporta reserva de Ley de aguas y Ley de Caminos Públicos; a las ocho horas del tres de noviembre del dos mil diecisiete, y con la base de once millones novecientos dieciocho mil ciento cuarenta y un colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, bajo el sistema de folio real, matrícula número 6-00021508-000, la cual es terreno para la agricultura. Situada en el distrito Buenos Aires, cantón Buenos Aires de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte calle pública; al sur calle pública; al este calle pública y al oeste lotes 15, 16. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del trece de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de ocho millones novecientos treinta y ocho mil seiscientos cinco colones con 75/100 (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de dos millones novecientos setenta y nueve mil quinientos treinta y cinco colones con 25/100 (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Carlos Rojas Rojas contra Aquiles Arias Marín. Expediente: 03-100030-0444-CI-1.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Buenos Aires, (Materia Civil), 23 de agosto del 2017.—Lic. Omar Hernández González, Juez.—( IN2017171810 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del veinte de noviembre de dos mil diecisiete y con la base de cuarenta y cinco millones quinientos seis mil quinientos setenta y cinco colones con diecisiete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento ochenta mil cuatrocientos cincuenta-cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno con una casa. Situada en el distrito 02 San José, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Solís Zeledón y Asociados Ltda; al sur Virgilio González; al este Solís Zeledón y Asociados Ltda y al oeste calle pública con un frente de nueve coma cero cuatro metros lineales. Mide: ciento cuarenta y cinco metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del cinco de diciembre de dos mil diecisiete, con la base de treinta y cuatro millones ciento veintinueve mil novecientos treinta y un colones con treinta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiuno de diciembre de dos mil diecisiete con la base de once millones trescientos setenta y seis mil seiscientos cuarenta y tres colones con setenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Robin Stayce Espinoza López. Expediente: 16-002093-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 13 de setiembre del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2017171837 ).

Convocatorias

Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de Carlos Luis de los Ángeles Chaves Arias, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas y cero minutos del veinticinco de octubre de dos mil diecisiete, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp.: 06-001521-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 03 de agosto del 2017.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2017160950 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 16-000010-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Vilma Angela Gerarda Trigueros Jiménez quien es mayor, casada una vez, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número 6-170-771, vecina de San Pedro de Jicaral de Lepanto, Puntarenas, 700 metros Sur de la Escuela, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es potrero y charral. Situada en El Encanto del distrito cuarto Lepanto, cantón primero, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de 173 metros 46 centímetros lineales; al sur, y este, José Manuel y José Francisco, ambos Jara Madrigal; y al oeste, calle pública con un frente a ella de 381 metros 61 centímetros lineales. Mide: 7 hectáreas 800 metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-1793009-2014. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 10 años aprovechando la ejercida por su transmitente. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cercas y chapeas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Vilma Angela Gerarda Trigueros Jiménez. Exp: 16-000010-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 12 de setiembre del 2017.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017170430 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente 17-000035-0391-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de José Antonio Contreras Calvo, quien es mayor, casado una vez, portador de la cédula de identidad vigente número 5-0271-0609, vecino de Barrio Los Amigos de Santa Cruz, Guanacaste, de la pulpería Dixie, 75 metros al norte, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno para construir. Situada en el distrito tercero, cantón Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte calle pública con un frente a ella de 9 metros 23 centímetros lineales; al sur Margarita Cubillo Cháves; al este calle pública con un frente a ella de 22 metros 51 centímetros lineales y al oeste antes Mario Cubillo Cubillo hoy Ana Patricia Cubillo Gutiérrez. Mide: ciento sesenta y siete metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-1811385-2016. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima las presentes diligencias en la suma de quinientos mil colones y el inmueble en la suma de un millón quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 20 años aprovechando la ejercida por su transmitente. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en rondas, chapeas y arreglo de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por José Antonio Contreras Calvo. Expediente: 17-000035-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 21 de junio del 2017.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017170435 ).

Asociación de la Junta Administradora de Acueducto de Higuito del Guarco, cédula jurídica 3-002-358073, representada por Marta Monge Céspedes, mayor, casada, vecina de Cartago, cédula de identidad 3-245-374, promueve diligencia de Información Posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, un inmueble que se describe así: casa y patio. Sito en: El Higuito, distrito segundo San Isidro, del cantón octavo El Guarco de la provincia de Cartago. Mide: cincuenta y ocho metros cuadrados. Linda: norte, Lesmes Rodríguez Araya Flores y Olivier Araya Flores, sur, acera en medio con calle pública a Higuito del Guarco y San Isidro del Guarco, este, Lesmes Rodríguez Araya Flores, oeste, Olivier Araya Flores. Graficado en el Plano Catastrado 3-1956586-2017, inmueble estimado en cinco millones de colones y las diligencias en la suma de cinco millones de colones. Manifiesta que no está inscrito, que carece de título inscribible y que no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, ni pesan cargas reales. Lo adquirió por posesión originaria, pública, quieta, pacífica y continua por más de cincuenta años. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que, dentro del plazo de un mes, contado a partir de su publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Expediente 17-000038-0699-AG.—Juzgado Agrario Cartago. Cartago, 25 de agosto del 2017.—Licda. Andrea Ruiz Ramírez, Notaria.—1 vez.—( IN2017170436 ).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente 17-000126-0298-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Luis Alfredo Rodríguez Solís, quien es mayor, casado una vez, empresario agrario, vecino de Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, 200 metros oeste del Liceo San Carlos, cédula 2-0344-951; en la cual solicita se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno de repastos dedicado a la ganadería, con corral, sito en La Vieja de Florencia, distrito segundo de San Carlos, cantón diez de la provincia de Alajuela, lindante al norte, sur y oeste con Bernal Rodríguez Solís y al este en parte con Bernal Rodríguez Solís y calle pública con un frente a ella de noventa y siete punto veintiocho metros lineales. Mide: tres hectáreas mil setecientos veintidós metros cuadrados y representado en el plano catastrado número A-1971192-2017. Manifiesta el titulante que el inmueble descrito lo adquirió por compraventa a su hermano Pío Bernal Rodríguez Solís, mayor, soltero, comerciante, vecino de Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, de las oficinas del MAG, 200 metros sur y 20 metros al oeste apartamento a mano izquierda, cédula 2-0371-0901, en fecha 04-03-2010, acto referido en el proceso ordinario 11-000112-0298-AG, tramitado en el Juzgado Agrario del II Circuito Judicial de Alajuela y al que se alude en el considerando VIII del Voto 210-F-2016 de las 16:15 horas del 04-03-16 dictado por el Tribunal Agrario del II Circuito Judicial de Alajuela. El inmueble fue estimado en la suma de treinta y cinco millones de colones y en igual suma fueron estimadas las presentes diligencias. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información Posesoria. Expediente 17-000126-0298-AG, promovida por Luis Alfredo Rodríguez Solís.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 19 de setiembre del 2017.—Ana Milena Castro Elizondo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017170440 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente 17-000048-1309-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Asociación de Desarrollo Integral de los Arbolitos los Ángeles y la Garita de Sarapiquí, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Heredia, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Puerto Viejo, cantón Sarapiquí de la provincia de Heredia. Colinda: al norte calle pública, escuela pública y María Eugenia Navarro Garro; al sur Nidianeth Góngora Jarquín, Greivin Espinoza Víctor, María Eugenia Navarro Garro. Jecson Espinoza Víctor, María Fidelina López Anoliga, Salvadora del Carmen Pérez Castillo; al este calle pública y al oeste calle pública. Mide: tres mil setecientos cincuenta y ocho punto ochenta y cinco metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones ochocientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en construcción y mantenimiento. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Asociación de Desarrollo Integral de los Arbolitos los Ángeles y la Garita de Sarapiquí. Expediente: 17-000048-1309-CI.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí, Heredia, (Materia Civil), 8 de setiembre del 2017.—Licda. Yendri Patricia Rojas Pérez, Jueza.—1 vez.—( IN2017170581 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente 15-000134-0388-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Álvaro Mora Navarro quien es mayor, casado una vez, maestro de obras, vecino de El Llano, de Tamarindo, Santa Cruz, portador de la cédula de identidad 1-0361-0729, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: terreno con cuatro casas de habitación, situado en el distrito Noveno Tamarindo, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con José Ángel Rosales Coronado; al sur, con calle pública con un frente a la misma de veinte metros con trece decímetros cuadrados; al este, con David López Rosales y al oeste, con José Ángel Rosales Coronado y Randy Mora León. Mide: mil cincuenta metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de diez millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, de buena fe, continua e ininterrumpida a título de único dueño. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento, cuido de cercado, y jardinería. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Álvaro Mora Navarro. Expediente 15-000134-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 26 de enero del 2016.—Licda. Julieth Víquez Fernández, Jueza.—1 vez.—( IN2017170586 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 17-000041-0422-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Roberth Edward Beatham, quien es mayor, estado civil viudo de primeras nupcias, vecino de Río Lagarto de Río Claro de Golfito, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número uno ocho cuatro cero cero cero cinco ocho dos tres tres, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito tercero, cantón Guaycara, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Mayra Luz Badilla Padilla, Richard Gerald Quarantello y quebrada en medio; al sur, calle pública; al este, Wendy Quarentello y al oeste, Richard Gerald Quarentello y Wendy Quarantello. Mide: siete mil ciento cuarenta y cinco metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por posesión originaria, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantener limpio el inmueble y debidamente deslindado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Roberth Edward Beatham. Exp: 17-000041-0422-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Golfito (Materia Civil), Golfito,11 de mayo del 2017.—Lic. Rafael Araya Fallas, Juez.—1 vez.—( IN2017170746 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente 15-000196-0419-AG, interno (237-1-15), donde se promueven diligencias de información posesoria para rectificación de medida por parte de Roberth Edward Beatham, quien es mayor, estado civil viudo, agricultor, de nacionalidad estadounidense, vecino de Río Lagarto de Río Claro, cédula de residencia 184000558233, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es sembrada de palma aceitera, árboles frutales, jardín botánico y bosque secundario. Situada en el distrito tres Guaycará, cantón sétimo de Golfito de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte…; al sur…; al este…, y al oeste... MIDE: veinticuatro hectáreas cinco mil seiscientos ocho metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-1350239-2009. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones. Que desde su adquisición y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diecinueve años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantener limpio el inmueble, debidamente deslindado, donde existe cultivo bosque permanente de palma aceitera, árboles frutales, un jardín botánico y bosque secundario. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria para rectificación de medida a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria para rectificación de medida, promovida por Roberth Edward Beatham. Expediente: 15-000196-0419-AG, interno (237-1-15).—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, 4 de agosto del 2017.—Lic. Juan Gutiérrez Villalobos, Juez.—1 vez.—( IN2017170747 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente 17-000092-0691-CI donde se promueven diligencias de información posesoria, por parte de Ligia María Villegas Rojas, quien es mayor, estado civil casada, vecina de El Empalme, Santiago, San Ramón, Alajuela, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe 0204700492, profesión del hogar, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno de solar. Situada: en el distrito Santiago, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Regulo Sibaja Castro; al sur, Regulo Sibaja Castro; al este, Regulo Sibaja Castro, y al oeste, calle pública, con un de 45.06 metros lineales. Mide: setecientos treinta y cinco metros cuadrados. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza del terreno y mantenimiento de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Ligia Maria Villegas Rojas. Expediente 17-000092-0691-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, (Materia Civil), 05 de setiembre del 2017.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2017170763 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente 17-000071-0197-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Hilario de Los Ángeles Aguero Trejos, quien es mayor, estado civil casado, vecino(a) de Naranjito de Mora, del taller de muebles El Naranjito 50 metros oeste y 100 metros al sur, portador(a) de la cédula de identidad vigente que exhibe 01-0647-0310, profesión Mensajero, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de San José, la cual es terreno solar, con una casa. Situada: en el distrito Guayabo, cantón Mora, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Hernán Pérez Mora; al sur, Marco Pérez Mora; al este, calle pública, y al oeste, Sonia Chinchilla Hernández. Mide: ciento cincuenta metros cuadrados de conformidad con el plano SJ uno cinco nueve ocho ocho cinco cinco dos cero uno dos, y estima dicho inmueble en la suma de diez millones de colones. Y a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de San José, la cual es terreno solar, con una casa. Situada: en el distrito Guayabo, cantón Mora, de la provincia de San José. Colinda: al norte y oeste, Constantino Chinchilla Calderón; al sur, Karen Garro (segundo apellido desconocido); al este, calle pública. Mide: ciento cuarenta metros cuadrados de conformidad con el plano SJ uno cinco nueve nueve siete dos cuatro-dos cero uno dos, estima dicho inmueble en la suma de diez millones de colones. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Hilario de Los Ángeles Aguero Trejos. Expediente 17-000071-0197-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Puriscal (Materia Civil). San José, Puriscal, 28 de agosto del 2017.—Licda. Charlyn Miranda Arias, Jueza.—1 vez.—( IN2017171052 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 12-000081-0699-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de María Cecilia Alvarado Zúñiga quien es mayor, estado civil soltera, ama de casa, vecina de Cartago, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 3-0179-0108, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 San Rafael, cantón 07 San Rafael, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con frente de 10.49 metros lineales; al sur, Álvaro Ureña Quesada; al este, Carlos Gómez Redondo y al oeste, Mayela Ulloa Zúñiga. Mide: ciento cincuenta y seis metros con dieciséis metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de trece millones de colones. Que adquirió dicho inmueble de la señora Nidia Aguilar, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en objeto de titulación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. proceso información posesoria, promovida por María Cecilia Alvarado Zúñiga. Exp: 12-000081-0699-AG.—Juzgado Civil de Cartago, 14 de setiembre del 2017.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2017171106 ).

Asociación de La Junta Administradora de Acueducto de Higuito del Guarco, cédula jurídica 3-002-358073, representada por Marta Monge Céspedes, mayor, casada, vecina de Cartago, cédula de identidad 3-245-374, promueve diligencia de Información Posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, un inmueble que se describe así: casa y patio. Sito en: El Higuito, distrito segundo San Isidro, del cantón octavo El Guarco de la provincia de Cartago. Mide: cincuenta y ocho metros cuadrados. Linda: norte, Lesmes Rodríguez Araya Flores y Olivier Araya Flores, sur, acera en medio con calle pública a Higuito del Guarco y San Isidro del Guarco, este, Lesmes Rodríguez Araya Flores, oeste, Olivier Araya Flores. Graficado en el Plano Catastrado 3-1956586-2017, inmueble estimado en cinco millones de colones y las diligencias en la suma de cinco millones de colones. Manifiesta que no está inscrito, que carece de título inscribible y que no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, ni pesan cargas reales. Lo adquirió por posesión originaria, pública, quieta, pacífica y continua por más de cincuenta años. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que, dentro del plazo de un mes, contado a partir de su publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Expediente 17-000038-0699-AG.—Juzgado Agrario Cartago. Cartago, 25 de agosto del 2017.—Licda. Andrea Ruiz Ramírez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171112 ).

Miguel Angel Torres Castro, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Pueblo Nuevo de Cajón de Pérez Zeledón, ciento cincuenta metros al norte de la plaza, cédula de identidad dos-doscientos veinticuatro-setecientos cincuenta y tres, solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno de repastos, situado en Convento, del distrito segundo: Volcán, del cantón tercero Buenos Aires, de la provincia sexta de Puntarenas, con los siguientes linderos: norte, con Irene Beita Granados; sur, calle pública con un frente a ella de diecinueve metros ochenta centímetros lineales. Mide dos mil seiscientos sesenta y nueve metros cuadrados, según plano catastrado P-1882240-2016. El terreno antes descrito, el solicitante ha sido el poseedor en calidad de dueño de manera pública, pacífica e ininterrumpida por más de diez años. Estima el fundo en la suma de un millón de colones, igualmente las presentes diligencias. Con un mes de término contados a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria, expediente 08-160135-0188-AG (243-15) establecidas por Miguel Angel Torres Castro.—Juzgado Agrario de Buenos Aires, jueves treinta y uno de agosto del 2017.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171246 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente 16-000097-1555-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Carlos Manuel Beita Venegas, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Buenos Aires Volcán, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-0510-0993, profesión ganadero, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de pasto. Situada en el distrito dos Volcán, cantón tres Buenos Aires de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Jose Bernardo Quesada de Miguel; al sur Carlos Manuel Beita Venegas; al este Carlos Manuel Beita Venegas y al oeste calle pública. Mide: 16718.26 metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-1093165-2006. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Carlos Manuel Beita Venegas. Expediente: 16-000097-1555-AG.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires, (Materia Agraria), Puntarenas, 5 de abril del 2017.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171252 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente 17-000020-1520-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Clodermina de Los Ángeles Jirón Cruz, quien es mayor, casada una vez, vecina de San Juan de Guatuso, Alajuela de la escuela quinientos metros al norte, portador(a) de la cédula de identidad vigente que exhibe 2-0349-0111, pensionada, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno para agricultura. Situada: en el distrito primero, cantón quince, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Javier y Benjamín Jirón Cruz; al sur, Freddy Cordero Martínez; al este, Francisco Amador Jirón, y al oeste, calle pública. Mide: tres hectáreas mil setecientos veintisiete metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-uno ocho uno uno uno cinco ocho-dos mil quince. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cuatro millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por Donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de Veintitrés años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cuido de terreno, mantenimiento de colindancia y agricultura. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Clodermina de Los Ángeles Jirón Cruz. Expediente 17-000020-1520-AG.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria). Alajuela, Upala, 27 de junio del 2017.—Licda. Rosaura Segnini Vargas, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171258 ).

Citaciones

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Esmeralda Caravaca Matarrita, mayor portadora de la cédula de identidad cinco-cero cero veintinueve-novecientos setenta y cinco y Francisco Castillo Duarte, mayor, portador de la cédula de identidad cinco cero cero dieciocho. ocho mil setecientos cincuenta y nueve. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 17-000124- 0419-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores), 11 de setiembre del 2017.—Licda. Maricel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017170439 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Manuel Jiménez Arguedas, mayor, soltero, vecino de Vázquez de Coronado, cédula de identidad 01-0275-0642. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.- Expediente 17-000501-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de setiembre del 2017.—Lic. Paula Sáenz Gutiérrez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017170464 ).

Se cita a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Alexis López Castillo, mayor, casado una vez, operario, vecino de Cartago, La Unión, Tres Ríos, cédula de identidad número cinco-ciento veintiocho-setecientos doce, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante esta notaría, (Tres Ríos, 150 metros norte de Pali), a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan en el plazo citado aquella pasará a quien corresponda. Expediente 2.-2017.—Tres Ríos, 14 de setiembre del 2017.—Lic. Víctor Hugo Rodríguez Pérez, Notario.—1 vez.—( IN2017170506 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de José Antonio Cabrera Miranda, mayor de edad, estado civil casado una vez, oficio pensionado, vecino de San José, Goicoechea, setenta y cinco metros este de la empresa Prousa carretera Ipís, José Antonio Cabrera Miranda, mayor de edad, estado civil casado una vez, oficio pensionado vecino de San José, Goicoechea, setenta y cinco metros este de la empresa Prousa carretera Ipís para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a mi oficina, sita en San José, del licenciado Gustavo Alvarado Sánchez, notario público con oficina abierta en la ciudad de Tibás cincuenta este de la Estación de Bomberos. A reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de heredero, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 001-2016.—Lic. Gustavo Alvarado Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2017170534 ).

Ante esta notaría se inició proceso de apertura sucesorio de quien en vida fue: Noel Vismark Sáenz Rojas, ocho-cero cero cinco cuatro-nueve seis nueve, mayor, casado, pensionado, vecino de Goicochea, Guadalupe, Mata Plátano, fallecido el tres de enero del dos mil diecisiete, bien sucesorio terreno naturaleza para construir con una casa, sita distrito cuarto, Mata de Plátano, cantón octavo, Goicoechea de la provincia de San José. Linderos: norte lote ciento nueve, sur lote ciento siete, este lote setenta y tres, oeste calle pública. Mide: ciento cincuenta y cinco metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados, plano. Señala para atender notificaciones legalquiros gmail.com o al fax veinticinco-veinticuatro catorce-ochenta y cinco, correspondiente a esta notaría. Por única vez se cita y emplaza presuntos herederos, terceros e interesados con derecho a comparecer ante esta notaría dentro del término de ley, e indicar lugar para atender notificaciones, caso contrario, los bienes pasaran a quien corresponda. Expediente de sucesorio notarial cero cero cinco-dos mil diecisiete.—Lic. Saul Alberto Yanes Quintana, Notario.—1 vez.—( IN2017170556 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rafael Bakít Palacios, mayor, estado civil soltero, profesión Médico Veterinario, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 01-1156-0178 y vecino de Sabanilla. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 17-000472-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 01 de setiembre del 2017.—M.Sc. Marvin Ovares Leandro, Juez.—1 vez.—( IN2017170560 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Eugenio Charpentier Chaves, mayor, divorciado una vez, abogado, vecino de San José, cédula 1-237-923. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente 17-000048-0183-CI.—Juzgado Cuarto Civil de San José, 22 de agosto del 2017.—Licda. Viviana Salas Hernández, Jueza.—1 vez.—( IN2017170597 ).

Se cita a todos los interesados en la sucesión del señor Bernardo Carrillo Diaz, quien en vida fue mayor, viudo, pensionado, vecino de San José, con cédula de identidad número uno-cero noventa y cuatro-dos mil quinientos diez, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaria a reclamar sus derechos y se aperciba a los que crean tener la calidad de herederos, que si no, se apersonan dentro de ese término la herencia pasará a quien corresponda. Abogada y notaria Gloria Estela Carrillo Ballestero, Oficina: Cartago, La Pitahaya, Urbanización Ciudad de Oro, casa tres-g. Tel: 8388-5220.—Licda. Gloria Estela Carrillo Ballestero, Notaria.—1 vez.—( IN2017170610 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Miguel Herrera Castro, mayor, soltero, costarricense, con documento de identidad 0206180497 y vecino de Grecia. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 17-000111-0295-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), 31 de agosto del 2017.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—( IN2017170636 ).

Se hace saber que en esta notaria se tramita el proceso sucesorio de: María Isabel Cruz Calderón, cédula 1-166-345. Se cita a posibles herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento de que, si no, se apersonan dentro de ese plazo aquello pasará a quienes corresponda. Expediente 003-2017. Notario Jorge Monge Jiménez, Tejar del Guarco, Cartago, ciento veinticinco metros norte y trescientos metros oeste del Banco Nacional, veinte de setiembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Jorge Monge Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2017170679 ).

Se emplaza por única vez a todos los interesados en la sucesión Rómulo Mauricio Madrigal Chavarría mayor, funcionario de la Caja Costarricense de Seguro Social, cedula identidad número dos-quinientos cuatro-cuatrocientos treinta y uno, vecino de Alajuela San Antonio, setenta y cinco al este de la iglesia. Manuel Francisco Madrigal Rojas y María Eugenia Chavarría Picado ambos de nacionalidad costarricense y que se hayan en pre moriencia al causante; para que dentro de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría, a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de éste término la herencia pasará a quien corresponde. Expediente: cero cero cero dos-dos mil diecisiete.—Alajuela, veinte horas del veinte de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Alexandra Alfaro Navarro, Notaria.—1 vez.—( IN2017170687 ).

Se hace saber que, en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Joel Antonio Pereira Melara, mayor, casado una vez, de oficio desconocido, salvadoreño, con cédula de residencia 12220001315, y vecino de San José, Purral de Goicoechea. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente 17-000302-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José. Goicoechea, 07 de julio del 2017.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2017170689 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Laura María Medina Ramírez, cédula uno-mil ciento setenta y seis-trescientos ochenta y ocho, Ana Patricia Ramírez Rojas, cédula uno-quinientos ochenta y cinco-trescientos treinta Budilia Calderón Jiménez, cédula uno-trescientos uno-quinientos ochenta y nueve. Que por resolución de las catorce horas del catorce de agosto del dos mil diecisiete, esta Notaria declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fuera Carlos Eduardo Trinidad Medina Calderón mayor, casado una vez, mecánico, cédula uno-quinientos ochenta y ocho-doscientos sesenta y tres, vecino de San José, Curridabat, Urbanización La Colina casa número nueve-E. Se cita y emplaza a todos los herederos e interesados en la sucesión, para que dentro del plazo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Lizeth Vargas Vargas. Con oficina ubicada en San José, Barrio Vasconia de la Clínica Carlos Durán doscientos cincuenta oeste, número diecisiete cero seis.—San José, veinte de cuatro de setiembre del dos mil dieciséis.—Licda. Lizeth Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017170694 ).

Se cita y emplaza a los posibles interesados en el sucesorio ab-intestato de quien en vida fue Jorge Ismael Cordero Abarca, quien era mayor, soltero, contador, vecino de Palmares, Alajuela, cédula de identidad uno-cero novecientos setenta y nueve-cero doscientos cuarenta y nueve, y falleció el día siete de abril del año dos mil diecisiete, a efecto en el plazo de treinta días contabilizados a partir de la publicación del presente edicto, se apersonen a mí oficina situada en el cantón de Palmares, provincia de Alajuela cincuenta metros al norte del Club de Amigos, a hacer valer sus derechos. De no presentarse reclamo alguno la herencia pasará a quienes corresponda según la normativa legal.—Palmares, al ser las once horas y cuarenta minutos del día veinte de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Albino Solorzano Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017170707 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Rodolfo Mora Mora, mayor, mayor, soltero, vecino de Cartago, Oreamuno, San Rafael, Residencial Villa Laura, cédula de identidad número uno-un mil ochenta y siete-seiscientos cuarenta y siete, de las dieciocho horas del veinte de setiembre del dos mil diecisiete y comprobado el fallecimiento de la señora Mercedes Maritza Mora Diaz, mayor, divorciada una vez, vecino del cantón central San José, distrito San Sebastián, cédula de identidad número uno-quinientos veintiuno-veintidós, fallecida el día catorce de octubre del dos mil quince, según consta en el Registro de Defunciones de la provincia de San José, al tomo quinientos cuarenta y nueve, folio doscientos setenta y dos, asiento quinientos cuarenta y tres, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida se llamó Mercedes Maritza Mora Diaz, de calidades antes dichas. Se cita y emplaza a todos los interesados, para que, dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la licenciada Lilliam Arguedas Quesada, San Antonio, teléfono 83644723.—Licda. Lilliam Arguedas Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2017170733 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Teresa del Socorro Rodríguez Murillo, mayor, estado civil viuda, ama de casa, con documento de identidad 0400500771 y vecina de Heredia. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 15-000563-0926-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 19 de enero del 2017.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2017170738 ).

A solicitud de Marta Isabel Chacón Muñoz, c.c. Martha Isabel, cédula de identidad número 2-0432-0939. Se emplaza a todos los interesados en la  sucesión de quien en vida se llamó Lourdes Muñoz Ruiz, quien fuera viuda una vez, ama de casa, vecina de Sabanilla, y con cédula de identidad 4-0084-769; quien falleciera el día 25 de octubre del 2005 en Hospital San Rafael de Alajuela; según consta en el Registro Civil,  para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación del presente edicto, se apersonen en autos a hacer valer sus derechos, apercibidos a que si no lo hicieren en el plazo establecido la herencia pasará a quien corresponda, se establece la notaría en Alajuela, en calle nueve, avenidas cinco y siete y como medio probatorio para apersonarse al proceso el correo electrónico bufetevargass@gmail.com o avargas75@gmail.com, comunicaciones verbales al celular 8998-1592. Lic. Alexander Vargas Sanabria. Proceso Sucesorio extrajudicial en sede notarial. Expediente 0001-2017.—Alajuela, veintiuno de setiembre de dos mil diecisiete.—Lic. Alexander Vargas Sanabria, Notario.—1 vez.—( IN2017170783 ).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Víctor Hugo Alpízar Martínez, quien a su fallecimiento fuera casado una vez, empresario, vecino de El Roble de San Antonio de Alajuela, Urbanización El Tejar, casa número 19 y con cédula de identidad nueve-cero cincuenta y nueve-doscientos sesenta y ocho, que falleciera el once de setiembre del dos mil dieciséis en El Roble de San Antonio de Alajuela, según consta en el Registro Civil, para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación del presente edicto se apersonen en autos a hacer valer sus derechos, apercibidos a que si no lo hicieren en el plazo establecido la herencia pasará a quien corresponda y se señala para ello la notaría de la Licenciada Ana Rosa Aguilar González, en Alajuela, Barrio San José, Urbanización La Trinidad, de la esquina noroeste del parque, ciento setenta y cinco metros al oeste y como medio probatorio para apersonarse al proceso el correo electrónico anaglez40@hotmail.com, que corresponde a la misma notaría. Proceso Sucesorio extrajudicial en sede notarial. Expediente: 0002-2017.—Alajuela, veintiuno de setiembre de dos mil diecisiete.—Licda. Ana Rosa Aguilar González, Notaria.—1 vez.—( IN2017170788 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Fernando Vargas Madriz, mayor, casado, pensionado, costarricense, con documento de identidad 0301860415 y vecino del centro de Turrialba. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 17-000076-0341-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba, (Materia Civil), 13 de setiembre del 2017.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—( IN2017170814 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Teodosio Trinidad del Socorro Ruiz Cerdas, conocido como Carlos Ruiz Cerdas, quien fue mayor, casado, pensionado, vecino de Granadilla de Curridabat, con cedula de identidad número: cinco-cero cero cuarenta y tres-cero ochocientos sesenta y tres, tramitada ante mi notaría, para que, dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que, si no, se presentan dentro de ese plazo, la herencia pasara a quien corresponda. San José, Escazú, once de setiembre del dos mil diecisiete. Licenciada Marlene Bustamante Hernández. Notaria con Oficina ubicada en San Antonio de Escazú, Centro Comercial El Descanso.—Licda. Marlene Bustamante Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN2017170816 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Eduardo Eugenio de Jesús Roldan Álvarez, mayor, casado, administrado, vecino de La Pithaya, Cartago, cédula identidad: 07-0089-0934. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente 17-000250-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 25 de agosto del 2017.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2017170857 ).

Se hace saber que en este Juzgado se tramita el proceso sucesorio acumulado de quien en vida se llamó Leoncio Elizondo Valverde, mayor, casado, chofer, costarricense, cédula de identidad 0101860408 y vecino de Dos Cercas de Desamparados, y Blanca Marín Vargas, mayor, casada, ama de casa, costarricense, cédula de identidad 0300890997 y vecina de Dos Cercas de Desamparados. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todas las personas interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente 10-100107-0217-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José Desamparados, 07 de agosto del 2017.—Dra. Leyla Kristel Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—( IN2017170887 ).

Se declara la apertura del proceso sucesorio notarial de quien en vida fue Lucía Guevara Medina cc. Guevara Calderón y Guevara Guevara, cédula de identidad número uno-ciento treinta y siete-trescientos cincuenta y dos. Se emplaza a los interesados por treinta días hábiles de acuerdo con el artículo quinientos veinte y nueve del Código Civil. Notaria: Leticia María Molina Blanco, dirección electrónica: lemobla@gmail.com.—Licda. Leticia María Molina Blanco, Jueza.—1 vez.—( IN2017170899 ).

Se declara la apertura del proceso sucesorio notarial de quien en vida fue Freddy José Moreira Arauz, cédula de identidad número seis-doscientos treinta y nueve-ciento ocho. Se emplaza a los interesados por treinta días hábiles de acuerdo con el artículo quinientos veinte y nueve del Código Civil. Notaria: Leticia María Molina Blanco, dirección electrónica: lemobla@gmail.com.—Licda. Heredia Leticia María Molina Blanco, Notaria.—1 vez.—( IN2017170900 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rafael Ángel Zamora González, mayor, estado civil casado, profesión empresario, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0400610573 y vecino de Heredia, Belén. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 17-000329-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 14 de setiembre del año 2017.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2017170903 ).

Se hace saber: que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Sara Vargas Elizondo, mayor, casada una vez, costarricense, educadora pensionada, con documento de identidad 0201700221 y vecina de San Antonio de Naranjo de la Provincia de Alajuela. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente 17-000116-0295-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia, 22 de agosto del 2017.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—( IN2017170933 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Juben Hernández Ledezma, mayor, casado, agricultor, costarricense, con documento de identidad 0201940857 y vecino de San Miguel de Naranjo. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 16-000167-0295-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), 27 de junio del 2017.—Licda. Marita Cabrera Avellán, Jueza.—1 vez.—( IN2017170934 ).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Javier Lara Bolaños, mayor, casado dos veces, vecino de Montes de Oca, costarricense, con documento de identidad 01-0632-0181. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente 17-000385-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de setiembre del 2017.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2017170946 ).

Ante esta notaria, situada en Guadalupe, altos Farmacia Chavarría se está continuando el proceso sucesorio en la vía notarial expediente número 1-2013, iniciado ante la Licenciada Elsie Sibaja Carranza, referente al proceso sucesorio notarial de quien en vida fueron David, con cédula 1-199-217, Graciela, con cédula 1-090-8458, Ofelia, con cédula 1-078-5800-Clemencia, con cédula 1-084-1882 todos apellidos Fuentes Anchia.—San José, veintiuno de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Otto Neill Bodden, Abogado.—1 vez.—( IN2017170975 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Greivin Benavides Cerdas, mayor, estado civil soltero, peón agrícola, cédula 701450338, laboraba en Finca la Teresa de Pococí, vecino de la Teresa de Pococí, nacionalidad costarricense. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente 17-000031-0681-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Civil), 10 de agosto del 2017.—Licda. Nathalie Palma Miranda, Jueza.—1 vez.—( IN2017170984 ).

Se cita y emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de María Teresa Segura Bonilla, mayor, casada una vez, del hogar, cédula: tres-ciento treinta y cuatro-ochocientos ochenta y nueve, vecina de Paraíso de Cartago, Río Regado, quinientos metros al oeste de pulpería El Oriente, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersone ante la notaría de la Licda. Glenda González Mora, en Paraíso de Cartago, costado norte del parque, en procura de hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si así no lo hiciere la herencia pasará a quien en derecho corresponda.—Paraíso de Cartago, 11 de setiembre del 2017.—Licda. Glenda González Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017170985 )..

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Domingo Alejandro Ayala Torrentes mayor, soltero, contador público, documento de identidad 08-0074-0397, vecino de Curridabat, encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Domingo Alejandro, por el de Alejandro mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Exp.: 17-000429-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 11 de setiembre del 2017.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2017170709 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por los señores Deane Patrick Akbar George (nombre) Hinton (apellido), con un único apellido en razón de su nacionalidad, estadounidense, mayor, soltero, escritor, con pasaporte de dicho país número cinco cuatro cinco nueve nueve dos nueve dos nueve y Sebastián Asturias (nombre) Hinton (apellido), con un único apellidos en razón de su nacionalidad, estadounidenses, mayor, casado una vez, actor, con pasaporte de dicho país número cinco seis uno dos tres tres cinco cinco uno, ambos vecinos de San Rafael de Escazú, Urbanización Los Laureles, Calle Níspero, casa K-cero uno, a las once horas del día catorce de setiembre de dos mil diecisiete y comprobado el fallecimiento esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato, de quien en vida fuera Deane R. Hinton, con un único apellido en razón de su nacionalidad, estadounidense, mayor, casado dos veces, pensionado, y que fue vecino de San Rafael de Escazú, Urbanización los Laureles, calle Níspero, casa K cero uno, portó el pasaporte estadounidense número nueve uno cero dos uno dos seis seis seis; quien falleció el veintiocho de marzo de dos mil diecisiete. Siendo este país el único donde la causante tenía bienes. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo de sesenta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos. Expediente: 0002-2017. Notaría del Bufete de la Licenciada Ligia María Villalobos Porras, con oficina abierta en la provincia de Alajuela, cantón de Alajuela, distrito primero, costado oeste de los Tribunales de Justicia. Teléfono 2442-1212.—Alajuela, a las doce horas diez minutos del catorce de setiembre de dos mil diecisiete.—Licda. Ligia María Villalobos Porras, Notaria.—1 vez.—( IN2017170996 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante ésta notaría por los Señores Deane Patrick Akbar George (nombre) Hinton (apellido), con un único apellido en razón de su nacionalidad, estadounidense, mayor, soltero, escritor, con pasaporte de dicho país número cinco cuatro cinco nueve nueve dos nueve dos nueve y Sebastián Asturias (nombre) Hinton (apellido), con un único apellidos en razón de su nacionalidad, estadounidenses, mayor, casado una vez, actor, con pasaporte de dicho país número cinco seis uno dos tres tres cinco cinco uno, ambos vecinos de San Rafael de Escazú, Urbanización Los Laureles, Calle Níspero casa K-cero uno, a las catorce horas quince minutos del día catorce de setiembre del dos mil diecisiete, aportando testamento abierto, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio en base a testamento abierto auténtico, de quien en vida fuera Patricia López Hinton, estadounidense, mayor, casada dos veces, ama de casa vecina de la provincia de San José, cantón de Escazú, San Rafael, Urbanización Los Laureles, Calle Los Nísperos casa k-01, con cédula de residencia costarricense número uno ocho cuatro cero cero cero ocho cero uno cuatro cero nueve. Se cita y emplaza a todos los interesados, para que, dentro del plazo de sesenta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Expediente 0003-2017. Alajuela, a las quince horas veinte minutos del día catorce de setiembre de dos mil diecisiete. Notaría del Bufete de la licenciada Ligia María Villalobos Porras. Con oficina abierta en la provincia de Alajuela. Cantón de Alajuela, distrito primero costado oeste de los Tribunales de Justicia. Teléfono 2442 1212.—Licda. Ligia María Villalobos Porras, Notaria.—1 vez.—( IN2017170997 ).

Se hace saber que ante el notario, Dowglas Dayán Murillo Murillo, con oficina en Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, Barrio San Martín, 75 metros al sur de la entrada al restaurante Tapir, se tramita la sucesión Ab intestato de quien en vida se llamó William Víquez Rodríguez, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, setenta y cinco metros al este de la Universidad Técnica Nacional, cédula de identidad número dos-trescientos veinticuatro-cero veintidós y por este medio se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el presente proceso, para que dentro del plazo de treinta días, que se contarán a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, comparezcan ante esta notaría, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente número 002-2017.—Ciudad Quesada, 22 de setiembre del 2017.—Lic. Dowglas Dayán Murillo Murillo, Notario.—1 vez.—( IN2017171005 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Óscar Francisco del Carmen Duran Alfaro, mayor, estado civil casado, profesión comerciante, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0201700057 y vecino de Monserrat de Alajuela. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 17-000342-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 01 de setiembre del 2017.—Licda. Sandra Trejos Jiménez, Jueza.—1 vez.—( IN2017171025 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Víctor Manuel Solano Chinchilla c. c. Víctor Manuel Víquez Chinchilla, mayor, soltero, pensionado, costarricense, con documento de identidad 0102310755 y vecino de Santa Bárbara de Heredia. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 17-000346-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 30 de agosto del 2017.—Licda. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—( IN2017171056 ).

Se cita a todos los interesados que ante la notaría del Licenciado René Fernández Ledezma, código trece mil ciento ochenta, cita en Ciudad Neilly, Corredor, Corredores, Puntarenas, frente al costado norte de la Municipalidad, se ha dado por iniciada el sucesorio en cede notarial de quien en vida fuese Flor de Lis González Abarca, casada una vez, del hogar cédula seis-ciento ciento setenta-trescientos ocho, vecina de Coto Cincuenta y Ocho, Guycara, Golfito, Puntarenas, bajo el expediente diecisiete-cero cero cero cero cero dos, se cita a todos los interesados para que en un plazo de treinta días naturales se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos.—Ciudad Neilly, al ser las doce horas del dieciocho de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. René Fernández Ledezma, Notario.—1 vez.—( IN2017171060 ).

Mediante acta de apertura otorgada ente este notaría por Leihua Hua Lynn (nombres) Cappella Assado (apellido), sin segundo apellido por razón de su nacionalidad norteamericana, mayor, soltera, inversionista, pasaporte de su país de origen número cuatro seis siete ocho tres cinco ocho nueve seis, vecina de San Isidro de Cubano, Puntarenas, Residencial Rancho Esperanza, a las dieciséis horas del día treinta de mayo del dos mil diecisiete y comprobado el fallecimiento de Heidi Blossom Jade Cappella, de nacionalidad estadounidense, mayor, soltera, profesora, portadora del pasaporte de su país número cuatro cinco cero ocho ocho tres tres nueve cero, vecina de los Estados Unidos de Norteamérica, quien murió el primero de octubre del dos mil once, esta notaría ha declarado abierto el proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la Republica, tal como está lo ha indicado. Notaría del Lic. Juan Luis Mora Cascante. Malpaís, Cóbano, Puntarenas, contiguo a la agencia del Banco de Costa Rica.—14 de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Luis Mora Cascante, Notario.—1 vez.—( IN2017171076 ).

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