BOLETÍN JUDICIAL N° 185 DEL
29 DE SETIEMBRE DEL 2017
DIRECCIÓN
EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
TERCERA
PUBLICACIÓN
ASUNTO Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas
judiciales del cantón Central de Limón.
SE HACE
SABER:
Que las oficinas judiciales del cantón Central de Limón, permanecerán cerradas durante el día trece de octubre
de dos mil diecisiete, con las salvedades de costumbre, por motivo de la
celebración de los festejos cívico patronales de dicho cantón.
San José, 20 de setiembre del 2017.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora Ejecutiva.
Exonerado.—( IN2017171405 ).
ASUNTO Asueto
concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de
Corredores de la provincia de Puntarenas
SE HACE SABER:
Que las
oficinas judiciales del cantón de Corredores de la provincia de Puntarenas, permanecerán cerradas durante el día diecinueve
de octubre de dos mil diecisiete, con las salvedades de costumbre, por motivo
de la celebración de los festejos cívico-patronales de dicho cantón.
San José, 20 de
setiembre del dos mil diecisiete.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta
Subdirectora
Ejecutiva
Exonerado.—( IN2017171406 ).
ASUNTO: Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas
judiciales del cantón de Atenas, provincia de Alajuela.
SE HACE SABER:
Que las
oficinas judiciales del cantón de Atenas Provincia de Alajuela,
permanecerán cerradas durante el día veinticuatro de octubre de dos mil
diecisiete, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de
los festejos cívico patronales de dicha localidad.
San José, 20 de
setiembre del 2017.
MBA
Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora Ejecutiva
Exonerado.—( IN2017171407 )
ASUNTO Asueto
concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de
Quepos de la provincia de Puntarenas
SE HACE SABER:
Que las
oficinas judiciales del cantón de Quepos de la provincia de Puntarenas,
permanecerán cerradas durante el día treinta de octubre de dos mil diecisiete,
con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos
cívico- patronales de dicho cantón.
San José, 20 de
setiembre del dos mil diecisiete.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta
Subdirectora
Ejecutiva
Exonerado.—( IN2017171408 ).
ASUNTO: Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas
judiciales del cantón de La Unión, provincia de Cartago.
SE HACE SABER:
Que las
oficinas judiciales del cantón de La Unión, provincia de Cartago, permanecerán
cerradas durante el día siete de diciembre del dos mil diecisiete, con las
salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos
de dicho cantón. San José, 20 de setiembre del dos mil diecisiete.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora
Ejecutiva
Exonerado.—( IN2017171409 ).
ASUNTO: Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas
judiciales del cantón de Zarcero de la provincia de Alajuela.
SE HACE SABER:
Que las
oficinas judiciales del cantón de Zarcero de la provincia de Alajuela,
permanecerán cerradas durante el día veinticuatro de octubre de dos mil
diecisiete, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de
los festejos cívico-patronales de dicho cantón.
San José, 21 de
setiembre del 2017.
MBA
Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora Ejecutiva
Exonerado.—( IN2017171412 )
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros
legales del fallecido Carlos Núñez Madrigal, cédula de identidad
uno-cuatrocientos noventa y tres-cero cero cincuenta, se consideren con derecho
en este asunto, se apersonen ante el despacho dentro del plazo improrrogable de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto en las
diligencias aquí establecidas bajo el expediente 17-000034-1533-LA, a hacer
valer sus derechos de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del
Código de Trabajo.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San
Sebastián y Alajuelita, (Materia Laboral), 19 de setiembre del 2017.—Lic.
Jairo Méndez Leal, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171260 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Elieth del Carmen Zamora Chaves, quien fue mayor, en unión de hecho,
costarricense, vecina de Puntarenas, con cédula o documento de identidad N° 0204030139 y que falleció el once de enero del dos mil
diecisiete, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consig.
Prest. Sector privado bajo el N° 17-000169-1113-LA, a
hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
y 550 del Código de Trabajo. Diligencias establecidas por Doris María y Sergio
ambos Sequeira Zamora, en calidad de hijos de la causante. Expediente N° 17-000169-1113-LA.—Juzgado
Civil y Trabajo de Grecia, 30 de agosto del 2017.—Licda. María del Rosario
Segura Castillo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171265 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de David León Agüero
cédula N° 1-1470-0712, fallecido el 31 de julio del
año 2017, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de
este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número
17-000091-1549-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 17-000091-1549-LA. Por a favor de Angélica Agüero Narváez.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de
Siquirres (Materia Laboral), 29 de agosto del 2017.—Msc.
Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2017171355 ).
A los
causahabientes de quien en vida se llamó Óscar Javier Solano Calderón, quien
fue mayor, domicilio Paraíso de Cartago, cédula de identidad número 0301980896,
se les hace saber que: el Instituto Costarricense de Electricidad, se apersonó
en este Despacho en calidad de patrono del fallecido, a fin de promover las
presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Óscar Javier Solano
Calderón, fallecido el 02 de julio del 2013, se consideren con derecho, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector público bajo el número
17-000519-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 17-000519-0641-LA. Por a favor de Óscar Javier Solano Calderón.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 28 de agosto
del 2017.—Licda. Susana Mata Gómez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171360 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Bosco Olivier
Rojas Rodríguez, cédula de identidad 0900850453, fallecido el 30 de junio del
año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho, en las diligencias de Consig.
Prest. Sector privado bajo el número 17-000534-0641-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Por a favor de Bosco
Olivier Rojas Rodríguez. Expediente N°
17-000534-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago,
06 de setiembre del 2017.—Licda. Natalia Meza Angulo, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017171361 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de David Ernesto
Núñez Astorga, 0108500047, fallecido el 20 de mayo del año 2017, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante ocho días hábiles este Despacho
en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el número 17-000591- 0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 17-000591-0641-LA. por Siemens S. A a favor de David Ernesto Núñez Astorga.—Juzgado
de Trabajo de Cartago, 20 de setiembre del 2017.—Licda. Natalia Meza
Angulo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171363 ).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas
y cero minutos del dos de noviembre de dos mil diecisiete (2:00 p. m.
02/11/2017), y con la base de dos millones cuatrocientos setenta mil
setecientos cincuenta y seis colones con ochenta y cinco céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo: placa: CL 242895, marca: Ford,
categoría: carga liviana, Vin: 1FMZU67E82UC29906,
color: verde, año: 2002. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
cero minutos del diecisiete de noviembre de dos mil diecisiete (2:00 p. m.
17/11/2017), con la base de un millón ochocientos cincuenta y tres mil sesenta
y siete colones con sesenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos
del siete de diciembre de dos mil diecisiete (2:00 p.m. 07/12/2017), con la
base de seiscientos diecisiete mil seiscientos ochenta y nueve colones con
veintiún céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se
consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que
se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Fiduciaria Brunca Sociedad
Anónima contra Jorge Enrique Bonilla Chinchilla. Expediente: 16-010605-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 18 de
setiembre del 2017.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2017171169 ).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios soportando
ambas fincas reservas y restricciones al tomo 345, asiento 2485 y servidumbre
de líneas eléctricas y de paso al tomo 2011, asiento 65182; a las diez horas y
treinta minutos del catorce de noviembre del año dos mil diecisiete, y con la
base de doscientos uno mil quinientos cuarenta y seis dólares con setenta y
seis centavos para la finca 80492-F-000 y con la base de cuatro mil setecientos
veintitrés dólares con cincuenta y nueve centavos para la finca 80519-F-000, en
el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro
Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula número 80492-F-000 la cual es terreno finca filial número
veintitrés casa tipo F de dos plantas destinada a uso habitacional en proceso de
construcción. Situada en el distrito 03 San Rafael, cantón 02 Escazú, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, área común libre de uso general
destinada a acera, avenida Isla Piamosa; al sur, área
común libre de uso general destinada a zona verde y retiro de quebrada; al
este, finca filial veintidós y al oeste, finca filial veinticuatro. Mide:
doscientos catorce metros con cero decímetros cuadrados. 2) Finca inscrita en
el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número 80519-F-000 la cual es terreno finca filial
número cincuenta y tres ubicada en el primer nivel destinada a estacionamiento
en proceso de construcción. Situada en el distrito 03 San Rafael, cantón 02
Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, fincas filiales número
veinticinco y cincuenta y dos ambas en parte; al sur, finca filial número
cincuenta y cuatro; al este, áreas comunes libre de uso general destinada a
calle y calle boulevard terreno y al oeste área común libre de uso general
destinada a área recreativa de terraza. Mide: quince metros con cero decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos
del veintinueve de noviembre del año dos mil diecisiete, con la base de ciento
cincuenta y un mil ciento sesenta dólares con siete centavos para la finca
80492-F-000 y con la base de tres mil quinientos cuarenta y dos dólares con
sesenta y nueve centavos para la finca 80519-F-000 (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta
minutos del catorce de diciembre del año dos mil diecisiete con la base de
cincuenta mil trescientos ochenta y seis dólares con sesenta y nueve centavos
para la finca 80492-F-000 y con la base de mil ciento ochenta dólares con
ochenta y nueve centavos para la finca 80519-F-000 (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Brenda Cecilia Umaña León.
Exp:16-038798-1012-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 07 de
setiembre del año 2017.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez.—( IN2017171485 ).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada citas: 291-07000-01-0902-001; a las quince
horas y quince minutos (3:15 p. m.) del dieciocho de octubre de dos mil
diecisiete, y con la base de sesenta y dos mil trescientos dieciocho dólares
con cuarenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos noventa y cinco
mil setecientos ochenta y siete-cero cero uno y cero cero
dos, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito
1-Guadalupe, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, calle pública con 9.91 metros; al sur, Rodrigo Vargas Camacho; al este,
Armando Rojas Aguilar y al oeste, Blanca Iris Acosta Villafuerte. Mide:
doscientos dos metros con diecisiete decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las quince horas y quince minutos (3:15 p. m.) del dos de
noviembre de dos mil diecisiete, con la base de cuarenta y seis mil setecientos
treinta y ocho dólares con ochenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y quince
minutos (3:15 p. m.) del veinte de noviembre de dos mil diecisiete con la base
de quince mil quinientos setenta y nueve dólares con sesenta centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora
de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará
al despacho de inmediato para su corrección. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Valle del Río Grande de Orosi S. A. contra
Julio César González Posada. Exp: 16-000648-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 18 de agosto del 2017.—Licda. Audrey Abarca
Quirós, Jueza.—( IN2017171506 ).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes a las diez horas y cero
minutos del veinticinco de octubre del dos mil diecisiete, y con la base de
cincuenta y seis millones novecientos sesenta y nueve mil trescientos noventa y
un colones con cuarenta y siete céntimos (¢56 969 391.47) en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, matrícula número 220317-000, la cual es terreno para agricultura.
Situada: en el distrito segundo Buena Vista, cantón quince Buena Vista, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Manuel Rodríguez,
Gerardo Méndez y José Fabio Herrera Villalobos; al este, Municipalidad de
Guatuso y José Fabio Herrera Villalobos, y al oeste, calle pública. Mide:
cincuenta mil cuatrocientos treinta y seis metros con sesenta y seis decímetros
cuadrados. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se
señalan las diez horas y cero minutos del nueve de noviembre de dos mil
diecisiete, con la base de cuarenta y dos millones setecientos veintisiete mil
cuarenta y tres colones con cincuenta y cinco céntimos (¢42 727 043.55)
(rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se
señalan las diez horas y cero minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil
diecisiete, con la base de catorce millones doscientos cuarenta y dos mil trescientos
cuarenta y siete colones con noventa y uno céntimos (¢14 242 347,91) (un 25% de
la base original). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de
Cartago contra Eli de Los Ángeles Arguedas Villalobos, Rafael Ángel de Gerardo
Arguedas Villalobos. Expediente N° 13-033935-1012-CJ.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial
de Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria), 12 de setiembre del 2017.—Msc. Silvia Elena Sánchez Blanco, Jueza.—(
IN2017171507 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y
treinta minutos del ocho de noviembre de dos mil diecisiete y con la base de un
millón seiscientos ochenta y cinco mil cuarenta y cuatro colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa: 613794, marca: Suzuki,
estilo: Aerio, categoría: automóvil, año: 2006,
color: gris, vin: JSAERA31S65250844, cilindrada: 1600
cc. Para el segundo remate se señalan las diez horas
y treinta minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil diecisiete, con la
base de un millón doscientos sesenta y tres mil setecientos ochenta y tres
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del quince de diciembre de
dos mil diecisiete, con la base de cuatrocientos veintiún mil doscientos
sesenta y un colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Findirect Capital S. A. contra Linda Johana Sáenz Forero.
Expediente: 17-003364-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 19 de setiembre del 2017.—Lic. Guillermo
Ortega Monge, Juez.—( IN2017171511 ).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece
horas y treinta minutos del veintitrés de octubre de dos mil diecisiete y con
la base de dieciséis mil cuatrocientos diecinueve dólares con cincuenta y cinco
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa: BKR619,
marca: Hyundai, estilo: Accent GL, serie:
KMHCT41DAGU949654, año:2016, cilindrada: 1600 c.c. Para el segundo remate se
señalan las trece horas y treinta minutos del catorce de noviembre de dos mil
diecisiete, con la base de doce mil trescientos catorce dólares con sesenta y
seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del treinta de noviembre
de dos mil diecisiete con la base de cuatro mil ciento cuatro dólares con
ochenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda Costa Rica S. A. contra Grettel Ivannia Chaves Chaves. Exp: 17-005295-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 12 de
setiembre del 2017.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2017171512 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y
quince minutos (3:15 p. m.) del diecinueve de octubre de dos mil diecisiete y
con la base de trece mil setecientos treinta y cuatro dólares con once
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número
BHQ547, marca Hyundai, estilo Accent GL, categoría
automóvil, capacidad 5 personas, año 2015, color negro, Vin
KMHCT51BAFU187374, cilindrada 1400 cc, combustible gasolina, motor N° G4LCEU233944. Para el segundo remate se señalan las
quince horas y quince minutos (3:15 p. m.) del seis de noviembre de dos mil
diecisiete, con la base de diez mil trescientos dólares con cincuenta y ocho
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las quince horas y quince minutos (3:15 p. m.) del veintiuno de
noviembre de dos mil diecisiete, con la base de tres mil cuatrocientos treinta
y tres dólares con cincuenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: se le, informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Previo a realizar la
publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del
mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato
para su corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria
de Banco Davivienda Costa Rica S. A. contra Héctor Alberto Quirós Rojas. Exp. N° 17-010854-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 22 de agosto del 2017.—Licda. Audrey Abarca
Quirós, Jueza.—( IN2017171523 ).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando en ambos derechos habitación familiar citas: 510-08031-01-0003-001,
limitaciones de leyes 7052, 7208 Sist. Financiero de
Vivienda citas: 510-08031-01-0004-001; a las nueve horas y treinta minutos del
ocho de noviembre de dos mil diecisiete, y con la base de siete millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número 98734-001 y 002 la cual es terreno para
construir, lote 8 F, con una casa de habitación. Situada en el distrito
8-Barranca, cantón 1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
noreste, lote 7-F; al noroeste, calle pública; al sureste, lote 28-F y al
suroeste lote 9-F. Mide: Ciento cuarenta y cuatro metros con veintinueve
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
treinta minutos del veintitrés de noviembre de dos mil diecisiete, con la base
de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
treinta minutos del doce de diciembre de dos mil diecisiete con la base de un
millón setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Corporación Cántaro de
Agua Sociedad Anónima contra Alma Isabel Aguilar Palacios, Gilberto Gerardo
Obando Valle. Exp: 17-006959-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 28 de
agosto del 2017.—Licda. Zary Navarro Zamora, Jueza.—(
IN2017171534 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
condiciones ref.: 2840-241-001, citas: 0325-00003469-01- 0901-011, reservas y
restricciones citas: 0325-00003469-01-0902-007 y prohibiciones ref.:
2840-241-001, citas: 0325-00003469-01-0903-004; a las catorce horas y treinta
minutos del ocho de noviembre de dos mil diecisiete y con la base de diecisiete
millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número 198636-000, la cual es terreno
de cultivos con una casa. Situada en el distrito 01 Buenos Aires, cantón 03
Buenos Aires de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Esteban Bermúdez
Agüero; al sur calle pública con un frente de 20 mts. 81 cm.; al este Sergio Guevara Mora y al oeste Esteban
Bermúdez Agüero. Mide: tres mil setecientos ocho metros con cero decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta
minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de
doce millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y treinta minutos del quince de diciembre de dos mil diecisiete, con la base de
cuatro millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Casa Peña Sociedad
Anónima. Expediente: 17-001194-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 21 de setiembre del 2017.—Licda. Adriana
Rodríguez Corrales, Jueza.—( IN2017171547 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas:
308-11160-01-0002-001; a las trece horas y treinta minutos del diecisiete de
octubre del dos mil diecisiete y con la base de tres millones seiscientos
treinta y seis mil noventa colones con cincuenta y dos céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
quinientos cuarenta y un mil novecientos setenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno de café. Situada en el distrito 06
Platanares, cantón 19 Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al
norte calle pública; al sur quebrada sin nombre en medio, Rafael López Amador;
al este Luz Morales Aguilar y resto de Cupertino López López
y al oeste servidumbre de paso con 7,000 metros de ancho. Mide: siete mil
novecientos noventa metros con un decímetros cuadrado.
Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del uno de
noviembre del dos mil diecisiete, con la base de dos millones setecientos
veintisiete mil sesenta y siete colones con ochenta y nueve céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece
horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete, con
la base de novecientos nueve mil veintidós colones con sesenta y tres céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Fundación para el Desarrollo de las Comunidades del
Sur FUDECOSUR contra Carlos Humberto López Amador. Expediente: 17-001198-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón), (Materia Cobro), 6 de julio del
2017.—Lic. Marco Vinicio Alfaro Rodríguez, Juez.—( IN2017171560 ).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez
horas y cero minutos del dieciocho de octubre del año dos mil diecisiete, y con
la base de siete millones cuatrocientos mil colones exactos en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
quinientos sesenta mil seiscientos uno cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 3- Daniel Flores, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, Anabelle Méndez Uba; al sur, Eliécer Vargas Castro; al este, calle pública
y al oeste. Fabio Agüero Díaz. Mide: doscientos cuarenta y seis metros con
sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
diez horas y cero minutos del dos de noviembre del año dos mil diecisiete, con
la base de cinco millones quinientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas
y cero minutos del diecisiete de noviembre del año dos mil diecisiete con la
base de un millón ochocientos cincuenta mil colones exactos, (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda Firmado digital de: que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Andrés Rodríguez Barrantes contra Elvin Eduardo Ramírez Solís.
Exp:13- 005699-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia
Cobro), 11 de agosto del 2017.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—(
IN2017171563 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas y restricciones bajo las citas 280-07753-01-0847-001; a las nueve
horas y treinta minutos del veinte de octubre de dos mil diecisiete y con la
base de nueve millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 105839-000, la cual
es terreno con una casa y solar. Situada en el distrito 04 Roxana, cantón 02
Pococí de la provincia de Limón. Colinda: al norte calle pública con frente de
25 metros 70 centímetros; al sur Rio Santa Clara; al este Carlos Alberto
Cordero Rodríguez y al oeste Constantino Chaves Quirós. Mide: mil quinientos
noventa y cinco metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del seis de noviembre de
dos mil diecisiete, con la base de seis millones setecientos cincuenta mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de noviembre
de dos mil diecisiete, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro
y Préstamo contra Heidy Cristina Amador Ruiz. Expediente: 17-004502-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 29 de
agosto del 2017.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2017171606 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre de paso citas: 493-13412-01-0002-001; a las nueve horas y cero
minutos del seis de noviembre de dos mil diecisiete y con la base de treinta
mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de folio real, matrícula número ciento setenta y ocho mil doscientos
treinta y siete-cero cero cero, la cual es terreno de
uso agrícola. Situada en el distrito 02 Tárcoles,
cantón 11 Garabito de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Marco
Antonio Chaves Ledezma y servidumbre agrícola con 7.00 metros de ancho; al sur
Nora Tapia Naranjo; al este Ángel Tapia Naranjo y al oeste Marco Antonio Chaves
Ledezma. Mide: cinco mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las nueve horas y cero minutos del veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete,
con la base de veintidós mil quinientos dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cero minutos del seis de diciembre de dos mil diecisiete, con la base de siete
mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
2) así mismo libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de
paso citas: 493-13412-01-0002-001; a las nueve horas y cero minutos del seis de
noviembre de dos mil diecisiete y con la base de cuarenta y cinco mil dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número ciento veintidós mil quince-cero cero cero, la cual es terreno de potrero y agricultura. Situada
en el distrito 02 Tárcoles, cantón 11 Garabito de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Nora Tapia Naranjo; al sur Ángel
Tapia Naranjo y Marco Antonio Chaves Ledezma; al este Marco Antonio Chaves
Ledezma y al oeste servidumbre agrícola. Mide: diez mil quinientos dos metros
con veintisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y cero minutos del veintiún de noviembre de dos mil diecisiete, con
la base de treinta y tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve
horas y cero minutos del seis de diciembre de dos mil diecisiete, con la base
de once mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Monte
Carlo Gauguin Limitada contra Marco Antonio Chaves Ledezma. Expediente:
15-002147-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Puntarenas, 29 de junio del 2017.—Lic. Alejandro Brenes
Cubero, Juez.—( IN2017171612 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condi. y servidsref.:
2713-281-001 citas: 319-03809-01-0901-001; servidumbre dominante citas:
340-09242-01-0016-001; servidumbre dominante citas: 340-09242-01-0017-001;
servid. de alero citas: 358-12354-01-0920-001; servidumbre dominante citas:
362-01040-01-0903-001; servidumbre de alero citas: 427-09814-01-0005-001; a las
ocho horas y quince minutos del diecinueve de octubre de dos mil diecisiete y
con la base de doce millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
quinientos treinta y un mil ciento cincuenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, lote
941. Situada en el distrito 10 Hatillo, cantón 01 San José de la provincia de
San José. Colinda: al norte acera y alameda 23; al sur, acera 3 y parque
Municipalidad de San José; al este lote 940 y pared medianera y al oeste lote
942 y pared medianera y servidumbre de alero. Mide: cuarenta y cuatro metros
con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
ocho horas y quince minutos del tres de noviembre de dos mil diecisiete, con la
base de nueve millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y quince minutos del veinte de noviembre de dos mil diecisiete,
con la base de tres millones ciento veinticinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le, informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Abraham Camacho Víquez contra Emma Lee Vaez.
Expediente: 16-009554-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y
Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 18 de agosto del 2017.—Msc. Liseth Delgado Chavarría, Juez.—(
IN2017171661 ).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada citas: 0393-00009688-01-0900-001; a las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del ocho de noviembre de dos mil diecisiete, y
con la base de catorce millones de colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos
noventa y cuatro mil seiscientos setenta cero cero
uno, cero cero dos la cual es terreno para construir
con una casa de habitación. Situada en el distrito Santiago, cantón Puriscal,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, servidumbre con un ancho de
seis metros; al sur, Álvaro Guzmán Murillo; al este, Arnoldo Guzmán Rojas y al
oeste, servidumbre con un ancho de seis metros. Mide: ochocientos noventa y dos
metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de noviembre de dos
mil diecisiete, con la base de diez millones quinientos mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del doce de diciembre de dos mil
diecisiete con la base de tres millones quinientos mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones
Moreno de Cartago Sociedad de Responsabilidad Limitada contra Isabel del
Rosario Salazar Matamoros. Exp.: 17-005399-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 22 de agosto del 2017.—Licda. Blanca Ramírez
González, Jueza.—( IN2017171666 ).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada citas: 304-06826-01-0902-001; a las ocho
horas y quince minutos del dos de noviembre del dos mil diecisiete, y con la
base de cuarenta y cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
ciento ochenta y tres mil quinientos cincuenta y nueve cero cero
uno, cero cero dos la cual es terreno para construir
parcela 3. Situada: en el distrito 2-San Vicente, cantón 3-Santo Domingo, de la
provincia de Heredia. Colinda: al norte, Parcela 4; al sur, parcela 2; al este,
calle pública con 9,98 metros de frente, y al oeste, parcela 1. Mide:
doscientos noventa y cuatro metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados.
Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y quince minutos del
diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de treinta y tres
millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la
tercera subasta, se señalan las ocho horas y quince minutos del cuatro de
diciembre del dos mil diecisiete, con la base de once millones de colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código
de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Esteban Eduardo Mora Bolaños, Jessica Maria Mora Bolaños. Expediente N°
17-006137-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 01 de setiembre del 2017.—Msc. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—(
IN2017171668 ).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las dieciséis
horas y cero minutos del treinta de octubre del dos mil diecisiete, y con la
base de seis millones trescientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos setenta y siete mil seiscientos tres cero cero
cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para
construir. Situada: en el distrito 5-Piedades sur, cantón 2-San Ramón, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte noreste, José Ángel Vásquez y otro; al
sur, Lidianeth Rodríguez Vásquez; al este, noroeste,
calle pública con 4.00 metros, y al oeste, Lidianeth
Rodríguez Vásquez. Mide: quinientos treinta y cuatro metros cuadrados. Para el
segundo remate, se señalan las dieciséis horas y cero minutos del catorce de
noviembre del dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones setecientos
veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para
la tercera subasta, se señalan las dieciséis horas y cero minutos del
veintinueve de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de un millón
quinientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Guillermo Darío Núñez Rodríguez.
Expediente N° 17-006192-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia
Cobro), 04 de setiembre del 2017.—Msc. Cinthia
Pérez Moncada, Jueza.—( IN2017171679 ).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando Reservas y Restituciones; a las nueve horas y treinta minutos del
siete de noviembre del año dos mil diecisiete, y con la base de cuarenta y tres
millones novecientos quince mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y
seis mil setecientos cuatro-F-cero cero cero, la cual
es terreno finca filial primaria individualizada número cincuenta y ocho
terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito Colorado, cantón
Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, finca filial
primaria individualizada número cincuenta y siete; al sur, finca filial
primaria individualizada número cincuenta y nueve; al este, calle seis, y al
oeste, área común libre de zona verde. Mide: cuatro mil quinientos veintidós
metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se
señalan las nueve horas y treinta minutos del veintidós de noviembre del dos
mil diecisiete, con la base de treinta y dos millones novecientos treinta y
seis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos
del siete de diciembre del dos mil diecisiete con la base de diez millones
novecientos setenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra 3-102-478558 Sociedad de Responsabilidad
Limitada, Marjorie del Carmen Chacón Jiménez. Expediente N°
17-000283-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, (Materia Cobro), 14 de
agosto del 2017.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas,
Juez.—( IN2017171689 ).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
quince horas y treinta minutos del veintitrés de octubre de dos mil diecisiete,
y con la base de quince millones setecientos setenta y cinco mil cuatrocientos
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número 66753-000, la cual es terreno para construir
con una casa. Situada en el distrito 03 Veintisiete de Abril, cantón 03 Santa
Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Ricardito Ruiz Juárez;
al sur, Ricardito Ruiz Juárez; al este, Ricardito Ruiz Juárez y al oeste, calle
pública con 17 metros 46 centímetros. Mide: trescientos trece metros con cero
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y
treinta minutos del siete de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de
once millones ochocientos treinta y un mil quinientos cincuenta colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las quince horas y treinta minutos del veintidós de noviembre de dos mil diecisiete
con la base de tres millones novecientos cuarenta y tres mil ochocientos
cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo
contra Anthony Moreno Canales. Exp.: 17-004122-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 21 de
setiembre del año 2017.—Licda. Adriana Rodríguez Corrales, Jueza.—(
IN2017171701 ).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho
horas y cero minutos del siete de noviembre de dos mil diecisiete, y con la
base de dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N°
185.846-000, la cual es terreno para construir lote A. Situada: en el distrito
07 Corralillo, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, Alicia Fonseca Hidalgo; al sur, Florencio Ceciliano
Bonilla y camino público en una distancia de 11 metros 90 centímetros; al este,
Mario Alberto Mora Chinchilla, y al oeste, Blanca Fonseca Hidalgo. Mide:
doscientos treinta y dos metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para
el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de
noviembre del dos mil diecisiete, con la base de un millón quinientos mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de diciembre de dos
mil diecisiete con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de
efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda
diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de
cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda,
según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de María Mercedes Gamboa Fallas contra Beranis Marisol del Socorro Ceciliano
Fonseca. Expediente N° 17-003774-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 12 de
setiembre del 2017.—Licda. Yanin Torrentes Ávila,
Jueza.—( IN2017171719 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada bajo las citas 387-11479-01-0921-003, condiciones bajo
las citas 387-11479-01-0922-003, servidumbre trasladada bajo las citas 387-11479-01-0925-003,
servidumbre trasladada bajo las citas 387-11479-01-0926-003, condiciones ref.:
00072939 000 bajo las citas 387-11479-01-0927-003, condiciones ref:00072939 000
bajo las citas 387-11479-01-0928-001, servidumbre de paso bajo las citas 2014-188602-01-0003-001;
a las nueve horas y cero minutos del seis de noviembre del dos mil diecisiete y
con la base de veinte millones de colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 188285-000, la
cual es terreno para construir con un galerón. Situada en el distrito Tilarán,
cantón Tilarán de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte María De Los
Ángeles Hernández Jiménez; al sur María De Los Ángeles Hernández Jiménez; al
este María De Los Ángeles Hernández Jiménez y al oeste María De Los Ángeles
Hernández Jiménez. Mide: seiscientos cuarenta y siete metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de
noviembre del dos mil diecisiete, con la base de quince millones de colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cero minutos del seis de diciembre del dos mil
diecisiete, con la base de cinco millones de colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Granja Huevos de
Oro NKFH Sociedad Anónima, Nidia Carol Flores Hernández. Expediente:
17-005555-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 28 de junio del
2017.—Lic. Iván Tiffer Vargas, Juez.—( IN2017171740
).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
prohibiciones artículo 16, Ley 7599, citas 462-14373-01- 0570-001; a las diez
horas y treinta minutos del trece de noviembre del dos mil diecisiete y con la
base de treinta y un millones doscientos dos mil seiscientos cuarenta y cuatro
colones con cuarenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento once mil ochocientos sesenta
y ocho cero cero cero, la
cual es terreno parcela 28, terreno para agricultura. Situada en el distrito
segundo Santa Cecilia, cantón décimo La Cruz de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte Santos Rodríguez; al sur Edwin Sánchez y Miguel Rodríguez; al
este calle pública y al oeste Rio Mena. Mide: ciento
sesenta y siete mil trescientos veintitrés metros con veintidós decímetros
cuadrados. Plano: G 0484051-1998. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre del dos mil diecisiete, con
la base de veintitrés millones cuatrocientos uno mil novecientos ochenta y tres
colones con treinta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de
diciembre del dos mil diecisiete, con la base de siete millones ochocientos mil
seiscientos sesenta y un colones con diez céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Edwin Eladio De La Trinidad Bermúdez
Rodríguez. Expediente: 17-000249-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
Liberia, (Materia Cobro), 19 de setiembre del 2017.—Lic. Jorge
Zúñiga Jaen, Juez.—( IN2017171745 ).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve
horas y treinta minutos del trece de noviembre del año dos mil diecisiete y con
la base de siete mil ciento ochenta y un dólares con setenta y tres centavos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: BDT232, marca Nissan, estilo Tida, categoría automóvil año 2013 carrocería: Sedán 4
puertas, color rojo, tracción 4x2, cilindros 4, N°
motor HR16733121G, capacidad 5 personas. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre del año dos mil
diecisiete, con la base de cinco mil trescientos ochenta y seis dólares con
treinta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de diciembre
del año dos mil diecisiete con la base de mil setecientos noventa y cinco
dólares con cuarenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Larry Jerónimo Quesada Godoy. Exp.:
17-000583-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía
y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro),
08 de setiembre del 2017.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—( IN2017171771 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y judiciales;
soporta reserva de Ley de aguas y Ley de Caminos Públicos; a las ocho horas del
tres de noviembre del dos mil diecisiete, y con la base de once millones
novecientos dieciocho mil ciento cuarenta y un colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Puntarenas, bajo el sistema de folio real, matrícula número 6-00021508-000, la
cual es terreno para la agricultura. Situada en el distrito Buenos Aires,
cantón Buenos Aires de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte calle pública;
al sur calle pública; al este calle pública y al oeste lotes 15, 16. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas del trece de noviembre del dos mil
diecisiete, con la base de ocho millones novecientos treinta y ocho mil
seiscientos cinco colones con 75/100 (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las ocho horas del veintitrés de noviembre
del dos mil diecisiete, con la base de dos millones novecientos setenta y nueve
mil quinientos treinta y cinco colones con 25/100 (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Carlos
Rojas Rojas contra Aquiles Arias Marín. Expediente:
03-100030-0444-CI-1.—Juzgado Contravencional y de
Menor Cuantía de Buenos Aires, (Materia Civil), 23 de agosto del 2017.—Lic.
Omar Hernández González, Juez.—( IN2017171810 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y
treinta minutos del veinte de noviembre de dos mil diecisiete y con la base de
cuarenta y cinco millones quinientos seis mil quinientos setenta y cinco
colones con diecisiete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento ochenta mil
cuatrocientos cincuenta-cero cero cero, la cual es
terreno naturaleza: terreno con una casa. Situada en el distrito 02 San José, cantón
01 Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Solís Zeledón y
Asociados Ltda; al sur Virgilio González; al este
Solís Zeledón y Asociados Ltda y al oeste calle
pública con un frente de nueve coma cero cuatro metros
lineales. Mide: ciento cuarenta y cinco metros con setenta y siete decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos
del cinco de diciembre de dos mil diecisiete, con la base de treinta y cuatro
millones ciento veintinueve mil novecientos treinta y un colones con treinta y
ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiuno de diciembre
de dos mil diecisiete con la base de once millones trescientos setenta y seis
mil seiscientos cuarenta y tres colones con setenta y nueve céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Robin Stayce Espinoza López. Expediente: 16-002093-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 13 de setiembre del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—(
IN2017171837 ).
PRIMERA
PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas:
362-14474-01-0905-001, servidumbre de paso, citas: 2015-561979-01-0001-001; a
las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de octubre del año dos mil
diecisiete, y con la base de veintiún millones doscientos dieciocho mil setenta
y cuatro colones con sesenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa mil
seiscientos catorce cero cero cero
la cual es terreno para cultivar. Situada en el distrito 5-Cariari, cantón
2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Geovanny Arias Mora; al
sur, Leticia Solís Rojas, Emilio Carrillo Jiménez, Salvador Alvarado Chavarría;
al este, Geovanny Arias Mora, Jaime Agüero Fernández y al oeste, José Antonio
Montero Tamez, Manuel Salvador Hernández Cortez y servidumbre del paso con 6.00
metros de ancho. Mide: dos mil quinientos ochenta y ocho metros con setenta y
ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas
y cero minutos del ocho de noviembre del año dos mil diecisiete, con la base de
quince millones novecientos trece mil quinientos cincuenta y seis colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las catorce horas y cero minutos del veintitrés de noviembre del año
dos mil diecisiete con la base de cinco millones trescientos cuatro mil
quinientos dieciocho colones con sesenta y siete céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L. contra Saileen
Ramírez González. Exp:17-003288-1200-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 25 de setiembre del año 2017.—Licda. Lidia Mayela
Díaz Anchía, Jueza.—( IN2017171878 ).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones citas: 356-02096-01-0902-001 (que pesa
sobre ambos inmuebles); en el mejor postor remataré los siguientes inmuebles:
1. Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 77821-F-000 la cual
es terreno naturaleza: Finca filial número catorce ubicada en el Segundo nivel
destinada a uso residencial en proceso de construcción, situada en el distrito 3-veintisiete
abril cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, área
común libre y finca filial trece; sur, área común libre y área común construida
destinada a ductos; este, finca filial doce y área común construida destinada a
ductos; oeste, área común libre. Mide: doscientos treinta metros con cincuenta
y dos decímetros cuadrados; con las siguientes bases para remate: para el
primer remate la suma de treinta y ocho millones ochocientos setenta y seis mil
quinientos cincuenta y seis colones exactos, para Segundo remate la suma de
veintinueve millones ciento cincuenta y siete mil cuatrocientos diecisiete
colones exactos (rebajada en un 25%), para tercer remate la suma de nueve
millones setecientos diecinueve mil ciento treinta y nueve colones exactos (un
25% de la base original). 2. Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número 77868-F-000, la cual es naturaleza: Finca filial número sesenta y uno ubicada
en el primer subnivel destinada a parqueo en proceso de construcción, situada
en el distrito 3- Veintisiete Abril cantón 3-Santa Cruz de la provincia de
Guanacaste. Linderos: norte, finca filial sesenta; sur, finca filial sesenta y
dos y área común construida destinada a muro de retención; este, finca filial
sesenta y área común construida destinada a muro de retención, oeste, finca
filial sesenta y dos y área común construida destinada a circulación vehicular.
Mide: veinticinco metros con diecinueve decímetros cuadrados; con las
siguientes bases para remate: para el primer remate la suma de cuatro millones
doscientos veintisiete mil novecientos sesenta y ocho colones exactos, para el
Segundo remate la suma de tres millones ciento setenta mil novecientos setenta
y seis colones exactos (rebajada en un 25%) y para el tercer remate la suma de
un millón cincuenta y seis mil novecientos noventa y dos colones exactos (un
25% de la base original). Señalamientos: para el primer remate se señalan las
quince horas y cero minutos del treinta de octubre de dos mil diecisiete. De no
haber postores, para llevar a cabo el Segundo remate, se señalan las quince
horas y cero minutos del catorce de noviembre de dos mil diecisiete. De no
apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las quince horas y
cero minutos del veintinueve de noviembre de dos mil diecisiete. Publíquese el
edicto de ley. Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Vertical
Residencial y Comercial Pacific Park contra Pacific Park Volador R Catorce S. A. Exp.
N° 14-002164-1206-CJ.—
Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, (Santa
Cruz), (Materia Cobro), 05 de setiembre del 2017.—Lic. Luis Alberto Pineda
Alvarado, Juez.—( IN2017171881 ).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando 356-02096-01-0902-001 (que pesa sobre ambos inmuebles); a. Finca
inscrita en el Registro Nacional, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad
folio real matrícula 77818- f-000, que se describe así: naturaleza: Finca
filial número once ubicada en el segundo nivel destinada a uso residencial en
proceso de construcción situada en el distrito 03 Veintisiete de Abril cantón
03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, área común libre
sur, fincas filiales nueve y diez y área común construida destinada a
circulación y ductos; este, área común libre y área común construida destinada
a ductos; oeste, Área común libre y finca filial diez. Mide: doscientos treinta
metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados, con las siguientes bases para
remate: primer remate: ciento cuarenta y nueve millones doscientos cuatro mil
quinientos ochenta y tres colones con un céntimos.
Segundo remate: ciento once millones novecientos tres mil cuatrocientos treinta
y siete colones con veintisiete céntimos (rebajada en un 25%). Tercer remate:
Treinta y siete millones trescientos un mil ciento cuarenta y
cinco colones con setenta y cinco céntimos (un 25% de la base original).
b. Finca inscrita en el Registro Nacional, partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad folio real matrícula 77867-f-000, que se describe así: Naturaleza:
Finca filial número sesenta ubicada en el primer subnivel destinada a parqueo
en proceso de construcción, situada en el distrito 03 Veintisiete de Abril
cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Finca
filial cincuenta y nueve; sur, Finca filial sesenta y uno y área común
construida destinada a muro de retención, este: finca filial cincuenta y nueve
y área común construida destinada a muro de retención; oeste, Finca filial
sesenta y uno y área común construida destinada a circulación vehicular. Mide:
veintiún metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Con las siguientes
bases para remate: primer remate: siete millones setecientos cincuenta y ocho
mil treinta y seis colones con treinta y seis céntimos. Segundo remate: cinco
millones ochocientos dieciocho mil quinientos veintisiete colones con
veintisiete céntimos (rebajada en un 25%). Tercer remate: un millón novecientos
treinta y nueve mil quinientos nueve colones con nueve céntimos (un 25% de la
base original). Señalamientos: para tal efecto se señala para el primer remate
las quince horas y cero minutos del veinticinco de octubre de dos mil
diecisiete. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se
señalan las quince horas y cero minutos del nueve de noviembre de dos mil
diecisiete. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las
quince horas y cero minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil
diecisiete. Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Vertical
Residencial y Comercial Pacifi contra Pacific Park Tiburon R Onze S. A. Exp. N° 14-001249-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz)
(Materia Cobro), 05 de setiembre del 2017.—Lic. Luis Alberto Pineda
Alvarado, Juez.—( IN2017171883 ).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones citas 304-11818-01-0809-001, demanda
ordinaria citas 575-74143-01-0001-001; a las quince horas y treinta minutos del
veintitrés de octubre del año dos mil diecisiete, y con la base de un millón
trescientos setenta mil novecientos noventa y dos colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número ciento dieciocho mil seiscientos dos-cero cuarenta y siete la cual es
terreno de potrero y agricultura con una casa. Situada en el distrito tercero
Sardinal, cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al
norte, Alejandro Méndez e Inversiones Jiménez y Cortés S. A.; al sur,
Candelario Méndez Méndez, Ángel Coronado Méndez Pedro
Antonio, José Graciano Coronado Méndez y lote de Clímaco Coronado Méndez; al
este, camino público y Ángel Coronado y al oeste, Manuel Jirón García e Inversiones
Jiménez Cortés. Mide: Veintiocho mil trescientos quince metros con noventa y un
decímetros cuadrados. Plano G 590797-1985. Para el segundo remate se señalan
las quince horas y treinta minutos del siete de noviembre del año dos mil
diecisiete, con la base de un millón veintiocho mil doscientos cuarenta y
cuatro colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veintidós de
noviembre del año dos mil diecisiete con la base de trescientos cuarenta y dos
mil setecientos cuarenta y ocho colones (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo Segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso monitorio de Financiera Desyfin
S. A. contra José Luis Camareno Guido. Exp. N° 15-000882-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, (Liberia), (Materia Cobro), 29 de agosto
del año 2017.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—( IN2017171907 ).
En la
puerta exterior de este Despacho, con la base de treinta y ocho millones
novecientos setenta y un mil cinco colones (¢38.971.005,00), libre de
gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, sáquese a remate la finca del
partido de San José, sistema de folio real matricula ciento setenta y nueve mil
setecientos cincuenta y cuatro, derechos cero cero
uno; cero cero dos, cero cero
tres, cero cero cuatro, cero cero
cinco y cero cero seis, que se describe así: Terreno
para construir sito en el distrito cuarto, San Rafael Arriba, del cantón tercero,
Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, con calle con
diez metros y treinta y dos centímetros; al este, norte y sur, con Luis Jiménez
Castro. Mide cuatrocientos diecinueve metros con treinta y tres decímetros
cuadrados. Para tal efecto se señalan, para el primer remate, las nueve horas
del diecinueve de octubre de dos mil diecisiete. En caso de no haber postores,
se señalan, para el Segundo remate las nueve horas del dos de noviembre de dos
mil diecisiete. De no haber rematantes se señalan, para el tercer remate las
nueve horas del diecisiete de noviembre de dos mil diecisiete. Lo anterior por
haberse ordenado dentro del proceso abreviado número 06-100261-0217-CI, proceso
abreviado de Eugenia María Rojas Chaves contra Efraín Rolando Rojas Chaves,
Luis Gustavo Rojas Chaves, María del Rosario Rojas Chaves, Mario Alberto Rojas
Chaves y sucesión de Ana Maritza Rojas Chaves.—Juzgado
Civil de Mayor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados,
14 de setiembre del 2017.—Dra. Leyla Kristel Lozano
Chang, Jueza.—( IN2017171960 ).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las siete
horas y veinte minutos del uno de noviembre de dos mil diecisiete y con la base
de cuarenta y nueve mil cuatrocientos dólares exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo placas número JCC124, marca Toyota, estilo Land Cruiser Prado T., categoría:
automóvil, capacidad 7 personas, año 2015, color blanco, VIN JTEBH9FJ8FK147603,
cilindrada 3000 cc. combustible diesel,
motor Nº 1KD2453751. Para el segundo remate se
señalan las siete horas y veinte minutos del dieciséis de noviembre de dos mil
diecisiete, con la base de treinta y siete mil cincuenta dólares exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las siete horas y veinte minutos del uno de diciembre de dos mil diecisiete con
la base de doce mil trescientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo Segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
de Costa Rica contra Johnny Eladio Céspedes Cortes. Exp.
N° 16-001082-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 31 de mayo del 2017.—Lic.
Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2017171963 ).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas de ley forestal citas: 0443-00008514-01-0006-001, reservas
de ley forestal citas: 0443-00008514-01-0007-001, servidumbre ecológica y
limitaciones citas: 0577-00025712-01-0002-001, servidumbre de vista citas:
0577- 00025712-01-0003-001, servidumbre ecológica y limitaciones citas: 2009-
00060966-01-0002-001, servidumbre ecológica y limitaciones citas: 2009-
00094909-01-0002-001, servidumbre de vista citas: 2009-00094909-01-0003-001,
servidumbre ecológica y limitaciones citas: 2009-00238238-01-0002-001,
servidumbre de vista citas: 2009-00238238-01-0003-001, servidumbre ecológica y
limitaciones citas: 2009-00272108-01-0001-001, servidumbre de vista citas: 2009-
00272108-01-0011-001, servidumbre ecológica y limitaciones citas: 2010-
00049546-01-0004-001, servidumbre de vista citas: 2010-00049546-01-0006-001; a
las diez horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre de dos mil
diecisiete, y con la base de ciento dos mil quinientos cincuenta y siete
dólares con noventa centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento setenta y siete mil
setecientos noventa cero cero cero
la cual es terreno de montaña. Situada en el distrito 02 Savegre,
cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle
pública; al sur, Soledad Rodríguez Castro; al este, Batalla Esquivel y al
oeste, Soledad Rodríguez Castro. Mide: veinticuatro mil ciento setenta y nueve
metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan
las diez horas y treinta minutos del catorce de diciembre de dos mil
diecisiete, con la base de setenta y seis mil novecientos dieciocho dólares con
cuarenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del doce de enero
de dos mil dieciocho con la base de veinticinco mil seiscientos treinta y nueve
dólares con cuarenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo Segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra 3-101-597573 S. A. Exp. N° 14-005094-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 11 de agosto del año
2017.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2017171964 ).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece
horas y cincuenta minutos del treinta y uno de octubre de dos mil diecisiete y
con la base de dieciséis millones setecientos mil cuatrocientos dieciocho
colones con sesenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento dieciocho mil
ciento setenta y seis cero cero cero
la cual es terreno para construir lote C43. Situada en el distrito 12 Chacarita, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, lote C44; al sur, lote C42; al este,
Construcciones Costa Vera S. A., en parte destinado a calle pública denominada
Don Francisco con frente de 8 metros y al oeste lote C45. Mide: ciento cuarenta
metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. para el Segundo remate se
señalan las trece horas y cincuenta minutos del quince de noviembre de dos mil
diecisiete, con la base de doce millones quinientos veinticinco mil trescientos
trece colones con noventa y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y cincuenta
minutos del treinta de noviembre de dos mil diecisiete con la base de cuatro
millones ciento setenta y cinco mil ciento cuatro colones con sesenta y seis
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo Segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Francisco Javier Diaz Baltodano,
Hazel Betancourt Quirós. Exp. N°
17-001440-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Puntarenas, 09 de agosto del 2017.—Licda. Marcela Arce
Matarrita, Jueza.—( IN2017171971 ).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero
soportando servidumbre trasladada citas: 0316-00014846-01-0901-001 a las ocho
horas y quince minutos del veintiocho de febrero de dos mil dieciocho y con la
base de ciento ochenta y cinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento
cuarenta y seis mil ciento treinta y dos-cero cero cero
la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito San Rafael, cantón Escazú,
de la provincia de San José. Colinda: al norte Jerú
S. A.; al sur Cornelia Ramos Cooper; al este, calle pública y al oeste Jerú S. A. Mide: seiscientos treinta y nueve metros con
treinta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y quince minutos del quince de marzo de dos mil dieciocho, con la base de
ciento treinta y ocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
quince minutos del nueve de abril de dos mil dieciocho con la base de cuarenta
y seis mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Árbol Plateado S. A. y Naxol Corporation
contra Andrea Paola López Saborío. Exp.:
17-009554-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 24 de agosto del 2017.—M.Sc. Jessica Vargas Barboza, Jueza.—(
IN2017172000 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
demanda penal citas: 2014-27685-01-0008-001, reservas Ley Aguas citas: 412-
06765-01-0054-001, reservas Ley Caminos citas: 412-06765-01-0053-001, a las
siete horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de noviembre de dos mil
diecisiete, y con la base de treinta y dos millones quinientos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número ochenta y siete mil seiscientos noventa y cinco
cero cero cero la cual es
terreno naturaleza: terreno de agricultura lote 33. Situada en el distrito
4-Santa Elena, cantón 10-La Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al
norte, Mónica Tra#a Tra#a y
Sotero González Cruz; al sur, Yamileth Garbanzo Guzmán, Ida, Mónica Tra#a Tra#a y Sotero González
Cruz; al este, Karen Cristina Alemán Medrano y Marco Castro Delgado y al oeste,
Mónica Tra#a Tra#a y Sotero
González Cruz. Mide: ciento cuarenta y seis mil setecientos cincuenta y siete
metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
siete horas y cuarenta y cinco minutos del trece de diciembre de dos mil
diecisiete, con la base de veinticuatro millones trescientos setenta y cinco
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del once de enero
de dos mil dieciocho con la base de ocho millones ciento veinticinco mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Wallace Gerardo Espinoza
Flores contra Jorge Isaac Romero Sánchez, expediente Nº
16-013580-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia cobro), 20
de setiembre del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2017172023 ).
En la
puerta exterior de este Despacho; en el mejor postor remataré lo siguiente:
Primera finca: libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones citas: 0307-00016446-01-0901-003; a las catorce horas treinta y
cinco minutos del tres de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de
setenta y seis mil doscientos dieciséis dólares con cincuenta y seis centavos,
finca inscrita en el Registro Público, Partido de puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 83748-F cero cero cero, la cual es terreno finca filial número cuarenta y uno
de una planta ubicada en el segundo nivel destinada a uso comercial en proceso
de construcción. Situada: en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Quepos, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, corredor y vacío; al sur, finca
filial cuarenta y corredor; al este, corredor y vacío, y al oeste, finca filial
cuarenta y vacío. Mide: cincuenta metros con cero decímetros cuadrados. Segunda
finca: libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada
citas 0313-00003373- 01-0903-001, demanda ordinaria citas:
0800-00393987-01-0001-001, demanda ordinaria citas: 2014-00261654-01-0003- 001
y demanda ordinaria citas: 800-403454-01-0001-001; con la base de ciento
cincuenta y seis mil setecientos ochenta y nueve dólares con veinte céntimos,
finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N°
00000586-F-000 la cual es terreno local ubicado en sección 10 piso 9. Situada:
en el distrito 02 Merced, cantón 01 San José, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, con corredor y vacío; al sur con finca filial cuarenta y
corredor; al este, con corredor y vacío, y al oeste zona camino en costado
este. Mide: ciento dieciocho metros con cero decímetros cuadrados. Y tercera
finca: libre de gravámenes hipotecarios con la base de diez mil novecientos
veintiséis dólares con cuarenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N°
00436988-000 la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada: en el
distrito 08 San Antonio, cantón 04 Puriscal, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, con calle pública con 19 metros y 32 centímetros de frente
asfalto; al sur con Felix Herrera Valverde, lote en
verde; al este, con Felix Herrera Valverde, casa de
Habitación, y al oeste, con Felix Herrera Valverde,
casa de Habitación. Mide: quinientos setenta y dos metros con setenta
decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas
treinta y cinco minutos del veinte de noviembre de dos mil diecisiete, con la
base de cincuenta y siete mil ciento sesenta y dos dólares con cuarenta y dos
centavos la primer finca; ciento diecisiete mil quinientos noventa y un dólares
con noventa centavos la segunda finca; ocho mil ciento noventa y cuatro dólares
con ochenta y seis centavos la tercer finca, (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas treinta y
cinco minutos del cinco de diciembre del dos mil diecisiete con la base de
diecinueve mil cincuenta y cuatro dólares con catorce centavos la primera
finca; treinta y nueve mil ciento noventa y siete dólares con treinta centavos
la segunda finca; dos mil setecientos treinta y un dólares con sesenta y dos
centavos la tercer finca (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Catalina
de Los Ángeles Brenes Palma, Christopher Robert Payton,
Condeco Comercial CVA Sociedad Anónima. Expediente N° 16-001439-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 30 de agosto del
2017.—Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—( IN2017172030 ).
En la
puerta exterior de este Despacho; soportando servidumbre trasladada
280-00617-01-0915-001 y reservas de Ley de Aguas y de Caminos Públicos
517-13644-01-0004-001; soportando Hipoteca I grado con citas
2010-101768-01-0003-001; Hipoteca II grado con citas 2011-207762-01-0001-001; a
las diez horas y cero minutos del quince de noviembre de dos mil diecisiete, y
con la base de cuarenta y cuatro millones novecientos treinta y tres mil
seiscientos ochenta colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número setenta y cinco mil
ochocientos ochenta y cinco-F-cero cero cero, la cual
es terreno finca filial primaria individualizada N°
114, apta para construir que se destinará a uso habitacional, altura máxima de
dos plantas, con una habitación, terraza y tapis. Situada en el distrito San
Antonio, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
filial 113; al sur, área común destina a acera con rampa para discapacitados y
avenida tercera; al este, filial 132 y retiro de construcción, al oeste, área
común destinada a acera con rampa para discapacitados, calle segunda y retiro
de construcción al noreste, filial 132, al noroeste, filial 113, al sureste,
avenida 3, al suroeste, calle dos. Mide: doscientos trece metros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del treinta de
noviembre de dos mil diecisiete, con la base de treinta y tres millones
setecientos mil doscientos sesenta colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos
del dieciocho de diciembre de dos mil diecisiete con la base de once millones
doscientos treinta y tres mil cuatrocientos veinte colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Condominio Horizontal Residencial de Fincas Filiales Primarias Individualizadas
Málaga contra 3102670114 Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Exp:15-001203-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 11 de setiembre del 2017.—Msc. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—(
IN2017172032 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
seis servidumbres sirvientes y ocho servidumbres trasladadas; a las once horas
y cero minutos del siete de noviembre del dos mil diecisiete y con la base de
un millón quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos
ocho mil ochenta y cinco-cero cero cero, la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito San Juan, cantón San Ramón de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte calle pública y Leidy Aura Téllez
Mendoza; al sur calle pública; al este calle pública, Viria Patricia Bogantes Vargas y Leidy Aura Téllez Mendoza
y al oeste lote uno. Mide: ocho mil doscientos noventa y tres metros con
cuarenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas
y cero minutos del veintidós de noviembre del dos mil diecisiete, con la base
de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos
del siete de diciembre del dos mil diecisiete, con la base de trescientos
setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Zuchero Sociedad Anónima contra Ramon Esteban Picado
Morera. Expediente: 16-000928-1203-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón,
(Materia Cobro), 22 de agosto del 2017.—Licda. María Auxiliadora Cruz,
Jueza.—( IN2017172036 ).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando reservas y restricciones; a las catorce horas y cero minutos del
doce de diciembre del dos mil diecisiete y con la base de veintidós millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número trescientos seis mil seiscientos veintidós-cero
cero cero, la cual es terreno para construir. Situada
en el distrito Santiago, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, calle pública con un frente de 08,00 metros; al sur, Dinorah
Ulate Pérez; al este, José Antonio González Vargas y al oeste, Mario Alberto
Ulate Pérez. Mide: doscientos metros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y cero minutos del diez de enero del dos mil
dieciocho, con la base de dieciséis millones quinientos mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y cero minutos del veinticinco de enero del dos mil dieciocho
con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Menher de Occidente S. A.
contra Alexander Ulloa Arias. Exp. N° 17-000952-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón)
(Materia Cobro), 11 de setiembre del 2017.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2017172037 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
reservas y restricciones y demanda ordinaria; a las ocho horas y cero minutos
del dos de noviembre del dos mil diecisiete y con la base de setecientos
ochenta y dos mil setenta y siete colones con cincuenta céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número cincuenta y un mil novecientos sesenta y siete cero cero
cero la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, Flor de María Ulate Zamora; al sur, Flor de María Ulate Zamora; al
este, calle pública con nueve metros y al oeste, Flor de María Ulate Zamora.
Mide: trescientos cuarenta y siete metros con cincuenta y nueve decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del
diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de (rebajada en un veinticinco
por ciento) sea la suma de quinientos ochenta y seis mil quinientos cincuenta y
ocho colones con doce céntimos y, para la tercera subasta se señalan las ocho
horas y cero minutos del cuatro de diciembre del dos mil diecisiete con la base
de (un veinticinco por ciento de la base inicial) sea la suma de ciento noventa
y cinco mil quinientos diecinueve colones con treinta y siete céntimos. Nota:
se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Inmobiliaria Walma Int
S. A., expediente Nº 07-001056-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, 07 de setiembre del 2017.—Licda. Sandra Trejos Jiménez, Jueza.—(
IN2017172112 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas
y quince minutos del siete de noviembre de dos mil diecisiete y con la base de
veinticinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de…, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cero cero cero, la cual es terreno.
Situada en la provincia: San José, finca: 211939, duplicado: horizontal:
derecho: 000, naturaleza: para construir con una casa, situada en el distrito
09 Pavas, cantón 01 San José. Linderos: norte: destinado a calle pública, sur:
Jorge Badilla y Carmen Sánchez C., este: Rohrmoser
Hermanos Ltda., oeste: destinado a calle pública. Mide: ciento ochenta y cinco
metros con cuatro decímetros cuadrados Plano: SJ-0575463-1985. Para el segundo
remate se señalan las quince horas y quince minutos del veintidós de noviembre
de dos mil diecisiete, con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las quince horas y quince minutos del siete de diciembre de
dos mil diecisiete, con la base de seis millones doscientos cincuenta mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Previo a
realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los
datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de
inmediato para su corrección. Nota: se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
compañía San Alfonso S. A. contra José Loria Murillo. Expediente:
17-011668-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de setiembre del 2017.—Msc. Andrea Latiff Brenes, Jueza.—( IN2017172115 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas
y cero minutos del veintisiete de octubre de dos mil diecisiete y con la base
de catorce millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número:40282-000, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir con 1
casa, situada en el distrito 01 Bagaces cantón 04 Bagaces de la provincia de
Guanacaste, Linderos: norte: calle publica actualmente con un frente de 10 mts, 80 cms. sur : Edgar Ordoñez
Delgado, este: Marco Aurelio Mayorga Chaves y Beatriz Porras Solera oeste: Olger Vega Solorzano. Mide: doscientos sesenta metros con
cinco decímetros cuadrados, Plano:G-0660418-1986.- Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y cero minutos del trece de noviembre de dos mil
diecisiete, con la base de diez millones ochocientos setenta y cinco mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de noviembre
de dos mil diecisiete con la base de tres millones seiscientos veinticinco mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Javier Vega Solera
Exp:16-001979-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito
del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro),
28 de agosto del 2017.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2017172120
).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece
horas y cuarenta minutos del veintisiete de octubre de dos mil diecisiete, y
con la base de cuarenta y siete millones quinientos trece mil seiscientos
cuarenta y tres colones con cincuenta y cuatro céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número noventa y
nueve mil trescientos setenta y tres-cero cero cero
(99373-000) la cual es terreno para construir numero 2 E, con una casa de
block. Situada en el distrito 4-Ulloa, cantón 1-Heredia, de la provincia de
Heredia. Colinda: al norte, lote 1 e; al sur, lote 3 E; al este, calle y al
oeste, Ernesto González Flores. Mide: doscientos veinticuatro metros con nueve
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y
cuarenta minutos del trece de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de
treinta y cinco millones seiscientos treinta y cinco mil doscientos treinta y
dos colones con sesenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta minutos del
veintiocho de noviembre de dos mil diecisiete con la base de once millones
ochocientos setenta y ocho mil cuatrocientos diez colones con ochenta y nueve
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Municipalidad de Heredia contra Carlos Alberto del Carmen
Moscoso Mora. Exp. N°
16-003755-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 24 de agosto del año 2017.—Lic.
German Valverde Vindas, Juez.—( IN2017172131 ).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones citas: 295-05932-01-0943-001, servidumbre
de paso citas: 531-13630-01-0004-001; en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 159226-000 la cual
es naturaleza: terreno para construir, situada en el distrito 06 Nosara cantón 02 Nicoya de la provincia de Guanacaste.
Linderos: norte, Eida Arroyo Gutiérrez, sur, Juan
Arroyo Arroyo, este, servidumbre de paso con frente a
ella de 19 metros 62 centímetros, oeste, Eida Arroyo
Gutiérrez. Mide: cuatrocientos dieciséis metros con cuarenta y cinco decímetros
cuadrados. Plano: G-1196116-2007. Señalamientos: Para el primer remate se
señalan las diez horas y cero minutos del tres de noviembre de dos mil
diecisiete, y con la base de cuatro millones doscientos cincuenta mil colones
exactos. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del
veinte de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de tres millones ciento
ochenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del
cinco de diciembre de dos mil diecisiete con la base de un millón sesenta y dos
mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Francisco
Eduardo Chacón Paniagua. Exp: 15-000775-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 26 de setiembre del
2017.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2017172148 ).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones citas: 267-04974-01-0901-001 y demanda penal
citas 800-189088-01-0001-001; en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número 91089-000 la cual es
naturaleza: Terreno para construir con una casa, situada en el distrito 01
Cañas cantón 06 Cañas de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, lote dos;
sur, Ana Rodríguez Hernández; este, Inversiones La Esperanza Bagace#a S. A., oeste, calle pública con 6 metros 50
centímetros. Mide: ciento treinta metros cuadrados, plano: G-0263254-1995.
Señalamientos: para el primer remate se señalan las quince horas y cero minutos
del veintiséis de octubre de dos mil diecisiete y con la base de cinco millones
de colones exactos. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero
minutos del diez de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de tres
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero
minutos del veintisiete de noviembre de dos mil diecisiete con la base de un
millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Alexis Gerardo Cerdas Brenes. Exp. N° 15-002809-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz)
(Materia Cobro), 24 de agosto del 2017.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado,
Juez.—( IN2017172149 ).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve
horas y cero minutos del uno de noviembre de dos mil diecisiete y con la base
de cinco millones novecientos ochenta y tres mil ciento noventa y dos colones
con un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número 116961-000, la cual es naturaleza: terreno para
construir, situada en el distrito 03 Sardinal cantón 05 Carrillo de la
provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública con 9,98 metros de
frente, sur, Angela Pizarro Abarca, este, Angela Pizarro Abarca oeste, Angela
Pizarro Abarca. Mide: trescientos veinte metros con cincuenta decímetros
cuadrados. Plano: G-0614205-2000. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y cero minutos del dieciséis de noviembre de dos mil diecisiete, con la
base de cuatro millones cuatrocientos ochenta y siete mil trescientos noventa y
cuatro colones con un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para
la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de
diciembre de dos mil diecisiete con la base de un millón cuatrocientos noventa
y cinco mil setecientos noventa y ocho colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Olga Libia Gutiérrez Pizarro. Exp:
17-000057-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 12 de
setiembre del 2017.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2017172150 ).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo 322, asiento
3004-01-0910-001; a las catorce horas y treinta minutos del dieciocho de
octubre del año dos mil diecisiete, y con la base de dos millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número 204503-001 la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 03 San Juan de Dios, cantón 03 Desamparados, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Narciso Valverde Valverde,
con 13,36m; al sur, Río Poás con 13 m. 36 cm; al este, Narciso Valverde Valverde, con 12,53 m. y al oeste, calle con 2 m. 50 cm. y
otro con 18,39 m. Mide: ocho mil quinientos cincuenta metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del dos de
noviembre del año dos mil diecisiete, con la base de un millón quinientos mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de
noviembre del año dos mil diecisiete con la base de quinientos mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Municipalidad de Desamparados contra Javier Francisco Cascante
Orozco. Exp. N°
13-012266-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 27 de setiembre del
2017.—Lic. Melvin Cavero Araya, Juez.—( IN2017172162 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; soportando hipotecas de primer y segundo grado a
favor del Banco Nacional de Costa Rica, inscritas bajo las citas
2012-27721-01-0002-001 y 2012-392966-01-0001-001, respectivamente; a las nueve
horas y treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil diecisiete y con la
base de ochenta y ocho millones doscientos sesenta y ocho mil setecientos
veintidós colones con ochenta céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 448626-000, la
cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San
Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Randall Rojas Castro y
servidumbre de paso, sur: José María Rojas Núñez, este: José María Rojas Núñez,
oeste: servidumbre de paso. Mide: cinco mil sesenta y seis metros con ochenta
decímetros cuadrados. Plano: A-1229023-2008. Para el segundo remate se señalan
las nueve horas y treinta minutos del cinco de diciembre del dos mil
diecisiete, con la base de sesenta y seis millones doscientos un mil quinientos
cuarenta y dos colones con diez céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos
del veintiuno de diciembre del dos mil diecisiete, con la base de veintidós
millones sesenta y siete mil ciento ochenta colones con setenta céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
monitorio de Danilo William Porras Araya contra Heiner
Rojas Castro. Expediente: 14-000001-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro),
12 de setiembre del 2017.—Lic. José Elidier Rojas
Corrales, Juez.—( IN2017172165 ).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
dieciséis horas y cero minutos del diecisiete de noviembre del dos mil
diecisiete y con la base de tres millones quinientos mil colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número seiscientos cincuenta y cinco mil quinientos sesenta y siete
cero cero cero la cual es
terreno para construir. situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19
Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, José Amancio
Rojas Cruz; al sur, José Amancio Rojas Cruz; al este, José Amancio Rojas Cruz y
al oeste, calle pública. Mide: trescientos sesenta y nueve metros con cero
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y
cero minutos del cuatro de diciembre del dos mil diecisiete, con la base de dos
millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las dieciséis
horas y cero minutos del veinte de diciembre del dos mil diecisiete con la base
de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Gerardo Zúñiga Obando
contra Ericka María Hernández Solís. Exp. N° 17-002536-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 05 de setiembre
del 2017.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—( IN2017172168 ).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones citas: 351-03399-01-0002-001; a las diez
horas y cuarenta y cinco minutos del dos de noviembre de dos mil diecisiete, y
con la base de diecisiete millones seiscientos setenta y siete mil
cuatrocientos quince colones con trece céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 55108-000
la cual es naturaleza: terreno para construir con una casa situada en el
distrito 03 Sardinal cantón 05 Carrillo de la provincia de Guanacaste.
Linderos: norte, camino público con frente 27m 05cm, sur, Luis García Martínez
este, Mario Contreras Gutiérrez, oeste, Julio César Guillén Martínez, Mide:
quinientos setenta y cinco metros con veintiocho decímetros cuadrados. Plano:
G-0539727-1984. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y
cinco minutos del diecisiete de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de
trece millones doscientos cincuenta y ocho mil sesenta y un colones con treinta
y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de
diciembre de dos mil diecisiete con la base de cuatro millones cuatrocientos
diecinueve mil trescientos cincuenta y tres colones con setenta y ocho céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Coopealianza R. L. contra Francisco Azofeifa
González y contra Maribel del Carmen Guillén Martínez. Exp:16-000790-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 21 de setiembre del
2017.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2017172169 ).
Se convoca a todas las personas interesadas en la
sucesión de Carlos Alberto Valverde Cerdas, a una junta que se verificará en
este Juzgado, a las ocho horas y cero minutos del veintisiete de octubre del
dos mil diecisiete, para conocer acerca de los extremos que establece el
artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº
14-000105-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 03
de agosto del 2017.—Msc. Mateo Ivankovich
Fonseca, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017159243 ).
Se
convoca a todos los interesados en la sucesión de Gil Juan Montero Zamora y
María Dolores Mora Ledezma, a una junta que se verificará en este Juzgado a las
ocho horas treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil diecisiete,
para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código
Procesal Civil. Exp.: Nº
15-000072-0182-CI.—Juzgado Tercero Civil de San
José, 21 de agosto del 2017.—Licda. Maibel Luna
Villalobos, Jueza.—1 vez.—( IN2017162893 ).
Corporación Bandeco CR S.
A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento veintitrés mil
novecientos cuarenta y ocho, representada por Luis Enrique Gómez Portuguez, mayor de edad, soltero, abogado, vecino de San
José, cédula de identidad uno-ochocientos veintiocho-quinientos cuarenta y
siete, solicita se levante Información Posesoria a fin de que se inscriba a su
nombre en el Registro Público de Propiedad, la finca sin inscribir que le
pertenece y que se describe así: terreno de potrero, situado en La Puna,
distrito ocho: Biolley, del cantón tercero Buenos
Aires, de la provincia sexta Puntarenas, con los siguientes linderos: norte,
con Agropecuaria Teraria Sociedad Anónima, del
vértice 24 al 1; y en parte con Adelia Salas Muñoz, del vértice 4 al 5 al sur y
suroeste con calle pública, del vértice 6 al 22; y en parte con Adelia Salas
Muñoz del vértice 2 al 3 al este, con calle pública, del vértice 1 al 2; y del
5 al 6 y en parte con Adelia Salas Muñoz, del vértice 3 al 4 y al oeste, con
Río Singri. Mide: Ciento veintiocho mil quinientos
cincuenta y nueve metros cuadrados, según plano catastrado P-1744597-2014. El
terreno antes descrito, el solicitante ha sido el poseedor en calidad de dueño
de manera pública, pacifica e ininterrumpida por más de diez años. Estima el
fundo en la suma de ocho millones de colones y las presentes diligencias en la
suma de Tres millones doscientos cincuenta mil colones. Con un mes de término contados
a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se
crean lesionados con esta titulación a efecto de que se apersonen en defensa de
sus derechos. Información Posesoria, expediente número 17-000022-1555-AG
(24-17) establecidas por Corporación Bandeco CR S. A.
representada por Luis Enrique Gómez Portuguez.—Juzgado Agrario de Buenos Aires, Lunes siete de
agosto del dos mil dieciséis.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017171259 ).
Se
hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente N°
11-000187-0419-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Vered Blechman de
un único apellido en razón a su nacionalidad israelita, quien es mayor,
soltera, vecina de Yerba de Pavones, portadora del pasaporte número 9763827,
profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza
es terreno de tacotal. Situada en el distrito 04 Pavón, cantón 07 Golfito, de
la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, quebrada La Yerba; al sur,
Francisco González Guadamuz; al este, Francisco González Guadamuz y al oeste, Odir González Guadamuz. Mide: diez mil cien metros
cuadrados tal como lo indica el plano catastrado número P-1338553-2009. Indica
el promovente que sobre el inmueble a inscribir P-1338553-2009 pesan cargas
reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la
tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el
inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones de colones
cada una. Que adquirió dicho inmueble por P-1338553-2009 y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a
título de dueño por más de años. Que existen condueños. Que los actos de
posesión han consistido en P-1338553-2009. Que no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por Blechman
Vered. Exp. N° 11-000187-0419-AG.—Juzgado Agrario del Segundo
Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores), 11 de setiembre del 2017.—Licda. Maricel Zamora Arias, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017171325 ).
Se
hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°14-000079-0993-AG
donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Alberto
Herrera Villalobos mayor, casado una vez, vecino de Palmitos de Naranjo, cédula
N° 2-286-128, agricultor, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: Finca cuya naturaleza es agricultura. Situada en el distrito 08 Palmitos,
cantón 06 Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Rodrigo Loría
Gómez; al noreste, Wandar Umaña Castro y Eduardo
Sánchez Castro al sureste, Wandar Umaña Castro y
Eduardo Sánchez Castro; al sur, Canoja Development S. A y Quebrada Potrerillos, al noroeste, Cajoja Development S. A y al
suroeste, Canoja Development
S. A. Mide: siete mil seiscientos setenta y ocho metros cuadrados, tal como lo
indica el plano catastrado número A-1809924-2015. Indica el promovente que
sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima las presentes diligencias en la suma de tres
millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe
y a título de dueño por más de diez años. Se emplaza a todos los interesados en
estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Alberto Herrera Villalobos. Exp:
14-000079-0993-AG.—Juzgado Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela,
San Ramón, 13 de setiembre del 2017.—Licda.
Tatiana Rodríguez Herrera, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171327 ).
Se
hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°14-000137-0699-AG
donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Merlin de Jesús Castillo Camacho quien es mayor, estado
civil casado una vez, vecino(a) de Alto de San Juan de Tarrazú,
portador(a) de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-0895-0981,
profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es café
y pastos . Situada en el distrito San Carlos, cantón Tarrazú,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, Luis Alpízar Abarca, Erenia Calderón Chinchilla y Deyver
Mora Abarca; al sur, Bolívar Castillo Camacho, Franklin Padilla Badilla y
Víctor Cruz Moreno; al este, Víctor Cruz Moreno y al oeste, Deiner
Castillo Camacho. Mide: siete mil ciento veintiséis metros cuadrados, tal como
lo indica el plano catastrado número SJ-1749004-2014. Indica el promovente que
sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho
inmueble por título verbal a Gildo Castillo Camacho
quien es su hermano, el día 08 de mayo de dos mil dos y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a
título de dueño por más de catorce años. Que no existen condueños. Que los
actos de posesión han consistido en construir cercas, repararlas y limpiar
potrero. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Merlin de Jesús Castillo Camacho. Exp:
14-000137-0699-AG.—Juzgado Agrario de Cartago, 08 de agosto del 2017.—Licda. Andrea Ruiz Ramírez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2017171328 ).
Adrián
Adolfo Jarquín Poveda, cédula de identidad número 303220352, mayor, casado una
vez, vecino de San Rafael de Oreamuno, Cartago, promueve diligencia de
Información Posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la
Propiedad, un inmueble que se describe así: Terreno de encinal. Sito en:
distrito sexto San Antonio, del cantón veinte de León Cortés de la provincia de
San José, Mide: catorce mil cuatrocientos treinta y un metros cuadrados. Linda
norte, camino público con frente de ciento cuarenta y ocho metros sesenta y
nueve centímetros; al sur, Emilio Picado Granados; al este, Emilio Picado
Granados y Armando Gamboa Rodríguez, y al oeste, camino público con frente de
ciento setenta metros ochenta y cinco centímetros. Graficado en el plano
catastrado número SJ-1744436-2014, estima el inmueble en la suma de tres
millones de colones y las presentes diligencias en tres millones de colones.
Manifiesta que no está inscrito, que carece de título inscribible y que no
pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños,
ni pesan cargas reales, no existe gravamen sobre el inmueble. Lo adquirió
mediante compraventa del señor Armando Gamboa Rodríguez, el veinte de enero del
año dos mil dos, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública,
pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veinte
años, sumando la posesión junto con el anterior transmitente. Por medio de este
edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes, contado a partir de su
publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los
apercibimientos legales en caso de omisión. Exp.
17-000033-0699-AG.—Juzgado Agrario Cartago, 22 de agosto de 2017.—Licda. Andrea Ruiz Ramírez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2017171334 ).
Margarita
Fallas Cordero, cédula de identidad número 0301400354, promueve proceso
rectificación de medida, mayor casada una vez, agricultora y ama de casa,
vecina de Loma Larga, Corralillo, Cartago, pretende rectificar la medida de dos
inmuebles inscritos a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, del
partido de Cartago, número 59562-000, inmuebles que se describen así: Primero:
Terreno dedicado a la agricultura. Sito en: distrito sétimo Corralillo, del
cantón primero de Cartago, de la provincia de Cartago. Mide: nueve mil
trescientos ochenta y dos metros cuadrados. Linda: norte, Oscar Gerardo Monge
Cerdas, Hilda Lucía Monge Cerdas, Eligia María Monge
Cerdas, Olga Lidia Monge Cerdas; al sur, Olga Mayela Cordero Navarro; este,
Héctor Antonio Camacho Abarca, Luz Mery Cordero Arguedas y Yurro en parte;
oeste, María Isabel Cerdas Abarca, Juvenal Araya Ureña, Eligia
María Monge Cerdas. Graficado en el plano catastrado número C-1944170-2016,
segundo: terreno dedicado a la agricultura. Sito en: distrito sétimo
Corralillo, del cantón primero de Cartago de la provincia de Cartago. Mide:
Seis mil setecientos noventa y cuatro metros cuadrados. Linda: norte, Sonia
Bonilla Fallas, Melvin Gerardo Bonilla Fallas, Lidia Bonilla Fallas; al sur,
Flora Jiménez Cordero; al este, Ligia María Corella Fallas, Ignacio Corella
Fallas, Virgita Fallas Valverde, Juvenal Araya Ureña;
al oeste, Alexis Calvo Morales graficado en el plano catastrado número
C-1943067-2016. Estima el inmueble y las presentes diligencias en la suma de
tres millones de colones. Manifiesta que no está inscrito, que carece de título
inscribible y que no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio,
no tiene condueños, ni pesan cargas reales, no existen gravámenes sobre el
inmueble. Los adquirió mediante donación de sus padres Maurilio Fallas Madriz y
Luzmilda Cordero Zúñiga, el 28 de agosto de 1997 y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años, sumando
la posesión junto con el anterior trasmitente. Por
medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para
que dentro del plazo de un mes, contado a partir de su
publicación, se apersonen en este juzgado en defensa de sus derechos, bajo los
apercibimientos legales en caso de omisión. Exp. N° 17-000028-0699-AG.—Juzgado Agrario Cartago, 14 de
setiembre de 2017.—Licda. Andrea Ruiz Ramírez,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171350 ).
Asociación
de la Junta Administradora de Acueducto de Higuito del Guarco, cédula jurídica N° 3-002-358073, representada por Marta Monge Céspedes,
mayor, casada, vecina de Cartago, cédula de identidad número 3-245-374,
promueve diligencia de Información Posesoria para inscribir a su nombre en el
Registro Público de la Propiedad, un inmueble que se describe así: casa y
patio. Sito en: El Higuito, distrito segundo San Isidro, del cantón octavo El
Guarco de la provincia de Cartago. Mide: cincuenta y ocho metros cuadrados.
Linda norte, Lesmes Rodríguez Araya Flores y Olivier Araya Flores, sur, acera
en medio con calle pública a Higuito del Guarco y San Isidro del Guarco, este,
Lesmes Rodríguez Araya Flores, oeste, Olivier Araya Flores. Graficado en el
plano catastrado número 3-1956586-2017, inmueble estimado en cinco millones de
colones y las diligencias en la suma de cinco millones de colones. Manifiesta
que no está inscrito, que carece de título inscribible y que no pretende evadir
las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, ni pesan cargas
reales. Lo adquirió por posesión originaria, pública, quieta, pacífica y
continua por más de cincuenta años. Por medio de este edicto se llama a todos
los interesados en estas diligencias para que dentro del
plazo de un mes, contado a partir de su publicación, se apersonen en este
Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de
omisión. Exp. 17-000038-0699-AG.—Juzgado Agrario
Cartago, 25 de agosto del 2017.—Licda. Andrea Ruiz
Ramírez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171351 ).
Roland
Alberto Fuentes Boza, cédula de identidad número 030400494, mayor, soltero,
comerciante, vecino de Cartago, Tejar, El Guarco, promueve diligencia de
Información Posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la
Propiedad, un inmueble que se describe así: Terreno de montaña, tacotal y
potrero. Sito en: La Sierra, distrito segundo San Isidro, del cantón octavo del
Guarco de la provincia de Cartago, Mide: una hectárea con cinco mil ciento
sesenta y nueve metros cuadrados. Linda por el rumbo norte, Carretera
Interamericana; al sur, Carretera Interamericana; al este, William Gerardo
Sánchez Cerdas y Mario Jiménez Fallas y al oeste, Carretera Interamericana.
Graficado en el Plano catastrado número C-569995-1985, estima el inmueble y las
presentes diligencias en siete millones de colones. Manifiesta que no está
inscrito, que carece de título inscribible y que no pretende evadir las
consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, ni pesan cargas
reales, no existe gravamen sobre el inmueble. Lo adquirió mediante contrato de
venta otorgada el veinticuatro de mayo del año dos mil diecisiete por parte del
señor Otto Acuña Orozco, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta,
pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por desde
mil novecientos ochenta y cinco aproximadamente, sumando la posesión junto con
el anterior transmitente. Por medio de este edicto se llama a todos los
interesados en estas diligencias para que dentro del
plazo de un mes, contado a partir de su publicación, se apersonen en este
Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de
omisión. Exp. 17-000058-0699-AG.—Juzgado Agrario
Cartago. Cartago, 22 de agosto de 2017.—Licda.
Andrea Ruiz Ramírez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171352 ).
Inversiones
So Hum Ananda Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica tres-ciento dos-setecientos veintidós mil doscientos treinta y
ocho, representada por Eduardo Josué Navarro Romero, mayor, soltero,
estudiante, vecino de El Rodeo de Tarrazú, cédula de
identidad número uno-mil quinientos doce-cero sesenta y seis, promueve
diligencia de Información Posesoria para inscribir a su nombre en el Registro
Público de la Propiedad, un inmueble que se describe así: Terreno de montaña.
Sito en: distrito primero San Marcos, del cantón quinto Tarrazú
de la provincia de San José. Mide: cuatrocientos veinticinco mil doscientos
cincuenta y siete metros cuadrados metros. Linda norte, camino público con un
frente mil cuatrocientos veintiocho metros con setenta y cuatro centímetros,
rumbos sur, este y oeste, con Dagoberto Navarro Umaña y Leonardo Robles
Sánchez, por los rumbos sur y oeste, con Camilo Cordero Araya, Cecilia Umaña
Gamboa, Vianney Parra Vargas, José Cordero Mora, Bernardita Naranjo Blanco y
Daniel Núñez Navarro, al este, calle pública con una medida de novecientos
sesenta y tres metros con cuatro centímetros y Municipalidad de Tarrazú. Graficado en el plano catastrado número SJ-un
millón novecientos cuatro mil novecientos sesenta-dos mil dieciséis
(SJ-1904960-2016), inmueble estimado en la suma de ocho millones de colones y
las diligencias en la suma de ocho millones de colones. Manifiesta que no está
inscrito, que carece de título inscribible y que no pretende evadir las
consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, ni pesan cargas
reales. Lo adquirió mediante donación por parte del señor Dagoberto Navarro
Mora, el 23 de agosto de 2016. Por medio de este edicto se llama a todos los
interesados en estas diligencias para que dentro del
plazo de un mes, contado a partir de su publicación, se apersonen en este
Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de
omisión. Exp. 17-000059-0699-AG.—Juzgado Agrario
Cartago, 07 de setiembre del 2017.—Licda. Andrea
Ruiz Ramírez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171353 ).
Se
hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente N°
17-000081-0419-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Gerardo Joaquín Carmona Torres, quien es mayor, soltero en unión
libre, vecino de Portalón de Quepos, Puntarenas, portador de la cédula de
identidad vigente que exhibe número 9-0076-0820, agricultor, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca cuya naturaleza es montaña y potrero. Situada en Sinaí,
distrito 05: Piedras Blancas, cantón 05: Osa, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, calle pública con un frente lineal a ella de dieciséis
metros con ochenta y cinco centímetros lineales; al sur, Giovanny Valverde
Carvajal; al este, Dominga Arias Chaves, Heriberto Delgado Varela, Francisco
Calderón Beita y Giovanny Valverde Carvajal; al
oeste, Heriberto Delgado Varela, con promovente, Mainor
Murillo Chaves, Teodulfo Hidalgo Campos y Río en
medio. Mide: ciento veintiocho mil setecientos ochenta y nueve metros
cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-1924458-2016. Estima
tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de diez millones de
colones cada una. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
información posesoria, a efecto de que dentro del
plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria,
promovida por Gerardo Joaquín Carmona Torres. Exp. N° 17-000081-0419-AG.—Juzgado Agrario del Segundo
Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, 13 de setiembre del 2017.—Licda. Maricel Zamora Arias, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017171354 ).
Se
hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°17-000220-0640-CI
donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de María Josefina
Martínez Martínez, quien es mayor, casada , ama de
casa, vecina de Tablón del Guarco, portadora de la cédula de identidad vigente
que exhibe número 3-0331-0371, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya
naturaleza es café y cultivo varios. Situada en el distrito Tobosi,
cantón El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, María Josefina
Martínez Martínez; al sur, y calle pública; al este,
calle pública y al oeste con María Josefina Martínez Martínez.
Mide: cuatro mil ciento ochenta y dos metros cuadrados, tal como lo indica el
plano catastrado número C-1954232-2017. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de dos millones de colones cada una. Que adquirió dicho
inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta,
pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de
29 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en
mantenimiento y reemplazo de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de
la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por María Josefina Martínez Martínez.
Exp.: 17-000220-0640-CI.—Juzgado
Agrario de Cartago, 04 de setiembre del 2017.—Licda. Andrea Ruiz Ramírez,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171356 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de Isaías Amancio del Carmen Cordero Arias, quien fuera mayor,
casado una vez, agricultor, cédula nueve-cero treinta y siete-novecientos
treinta y uno, quien era vecino de Puerto Escondido de Puerto Jiménez, Golfito,
Puntarenas, para que dentro del plazo de treinta días a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos, que no se presentan dentro de dicho
plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 2017-003. Notario
Camilo Diego Cedeño Castro diagonal a la Policía de Proximidad de Río Claro, Guaycara, Golfito, Puntarenas.—Lic.
Camilo Diego Cedeño Castro, Notario.—1 vez.—( IN2017171082 ).
Se
hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Ronald Alberto Montenegro Vega, mayor, estado civil casado,
nacionalidad costarricense, con documento de identidad N°
109070319 y vecino de Heredia, San Francisco, Guararí.
Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas
las personas interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 17-000273-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 21 de junio del
2017.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2017171086 ).
Se hace saber que en
este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Olger Gerardo Quirós Camacho, mayor, estado civil casado, profesión pescador, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad 0107710452 y vecino de Puerto Jiménez de Golfito. Se cita a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se
apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 17-000091-0422-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo de Golfito, (Materia Civil), 27 de junio del 2017.—Lic.
Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1 vez.—( IN2017171094 ).
Se
hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Sergio Alfaro López, mayor, soltero, nacionalidad costarricense,
con documento de identidad 0109470424 y vecino de Tibás. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 17-000422-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San
José, 19 de setiembre del 2017.—M.Sc. Fabio
Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2017171126
).
Se
cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados en la sucesión ab intestato en sede notarial de Carmen Jiménez
Gutiérrez, mayor, casada una vez, de oficios del hogar, portadora de la cédula
de identidad número dos- ciento sesenta y cuatro-trescientos treinta y cinco,
vecina de San Mateo de Alajuela, de la esquina suroeste del parque
cuatrocientos metros oeste y veinticinco metros sur. Para que
dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este
edicto, concurran a hacer valer sus derechos ante mi notaría sita en San José,
avenidas once y trece, calle diecinueve número once veintidós, con el
apercibimiento de que en caso de que no se presenten dentro de este plazo, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente cero dos-dos mil diecisiete.—San José, dieciocho de setiembre del dos mil
diecisiete..—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017171223 ).
Se
hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Candelario Torres Torres c.c.
Rigoberto, mayor, estado civil casado, profesión no indica, nacionalidad Costa
Rica, con documento de identidad N° 05-0069-0559,
vecino de Liberia, Guanacaste, Barrio Los Cerros, quien falleció el 07 de
noviembre de 2016. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y
en general a todas las personas interesadas, para que, dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente Nº
17-000012-0386-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), 21 de
agosto del 2017.—Lic. Eric Manuel Campos Camacho, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2017171256 ).
Se
hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Esperanza Anabel Cascante Muñoz, mayor, estado civil casada,
profesión oficios domésticos, nacionalidad costarricense, con documento de
identidad 0102860594 y vecina de Buenos Aires Billete, Bajos de Coto, 200
metros al este de la iglesia católica, casa de zócalo sin pintar. Se cita a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 17-000019-1555-AG.—Juzgado
Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Agraria), 01 de agosto
del 2017.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017171257 ).
Se
hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Francisco María Robles Naranjo, mayor, casado, costarricense,
cédula de identidad 01-0250-0951 y vecina de Guatuso de Patarra 50 metros al
este de la pulpería El Descanso, quien falleció el día 26 de noviembre de 1994.
Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas
las personas interesadas para que, dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 17-000098-0237-CI.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial
de San José (Desamparados) (Materia Civil), 06 de setiembre del 2017.—Lic.
Víctor Obando Rivera, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171264 ).
Se hace saber que en
la notaría de la Licenciada Kattia Castillo Vargas, situada en Guápiles,
Pococí, Limón de la Agencia de Motos Yamaha, setenta y cinco metros al este, se
tramita el proceso sucesorio de quien en vida fuera Óscar Roberto Piña
Zacarías, mayor, soltero, comerciante, con cédula de identidad número
siete-ciento cincuenta nueve-ochocientos treinta y seis, vecino de Limón,
Pococí, Cariari, Campo Dos, trescientos metros al norte de la plaza de
deportes; bajo expediente número cero cero
tres-diecisiete. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a
todos los interesados en la sucesión de dicho señor, para que
en el plazo de treinta días hábiles cotados a partir de la publicación de esta
citación en el Boletín Judicial, comparezcan a hacer valer sus derechos
con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia de que, si
no se presentan dentro del plazo aquella pasará a quien corresponda. Cualquier
interesado podrá apersonarse a esta notaría antes indicada con el siguiente
horario de atención de lunes a viernes de las ocho horas treinta minutos a las
doce horas y de las trece horas a las diecisiete horas treinta minutos.—Guápiles, Pococí, Limón, veintitrés de setiembre
del dos mil diecisiete.—Licda. Kattia Castillo Vargas, Notaria—1 vez.—(
IN2017171271 ).
Notaría
del licenciado Carlos Alberto Víquez Ramírez. A las 2 ocho horas del veintiséis
de agosto del dos mil diecisiete. Se dicta la 3 resolución que dice: el albacea
Sergio Bolaños Rojas, solicita se emplace a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de un edicto, se apersonen
ante esta notaría para la defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de
que si no lo hicieren la herencia pasará a quien corresponda dentro del proceso
sucesorio testamentario del señor Danilo Bolaños Chacón. Deben señalar lugar
para oír notificaciones en la ciudad de Heredia y lo dentro del respectivo
perímetro que rige para los Tribunales de Justicia, para lo cual también podrán
recibir notificaciones por medio de fax, siempre que se compruebe que el mismo
está en uso y en buenas condiciones para recibir cédulas de notificación, ya
que, si no, lo estuviera y se intente al menos cinco veces con intervalos de
quince minutos, y no se pudiese enviar el documento se indicara así por parte
del notario, y quedara notificado desde la fecha que conste tal razón. Esta
notaría se encuentra en la ciudad de Heredia, Barva, del Castillo doscientos
metros este y cincuenta al sur, teléfono veintidós-treinta y siete-sesenta y
seis-cero seis, fax veintidós-sesenta y dos-treinta y dos-doce.—Lic.
Sergio Bolaños Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2017171273 ).
Mediante
acta de apertura otorgada ante esta notaría por Olger
Morales Ferreto, a las once horas del dieciocho de septiembre del año dos mil
diecisiete, y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el
proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera Elí Modesto Morales Cabalceta, viudo de único matrimonio, pensionado, cédula
número cinco-cero cero cincuenta y tres-cero ciento ochenta y siete, vecino de
Nicoya, Barrio Los Ángeles setenta y cinco metros al este del Salón Comunal,
fallecido el día veinticuatro de abril del año dos mil diecisiete. Se cita y
emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta
días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría a hacer valer sus derechos.—Santa
Cruz, Guanacaste, del súper Kion ciento veinticinco metros oeste, contiguo al
restaurante Milenio.—Lic. Óscar Francisco Diaz Montiel, Notario.—1 vez.—(
IN2017171278 ).
Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de
quien en vida se llamó Eduardo Enrique Hernández Wray,
mayor, estado civil casado una vez, profesión médico, nacionalidad
costarricense, con documento de identidad tres-doscientos tres-trescientos
trece y vecino San Isidro Pérez Zeledón. Se cita a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente
Nº 17-000109-0188-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón)
(Materia Civil), 11 de setiembre del año 2017.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila,
Jueza.—1 vez.—( IN2017171375 ).
Se cita y emplaza a todas las
personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor (incapaz)
Carlos Andrés Fajardo Fajardo, para que se apersonen
a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la
última publicación del edicto ordenado. Expediente N°
15-400214-1304-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur
(Corredores), a las trece horas y dieciocho minutos del tres de marzo del
dos mil diecisiete.—Licda. Kattia Pérez González, Jueza.—Exonerado.—(
IN2017171249 ). 3 v. 1.
Licda. Kattia Pérez González, Jueza del Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del II Circuito Judicial de la Zona Sur, (Corredores), ordena
notificar por edicto al señor Alfredo Chaves Grajales en su carácter de padre
de la persona menor de edad objeto de este proceso, quien es mayor de edad,
masculino de domicilio desconocido, cédula de identidad número cuatro-ciento
ochenta y cinco-cero sesenta y ocho, se le hace saber que en proceso depósito
judicial, establecido por Eraida Fernández Valverde,
se ordena notificarle por edicto la resolución que en lo conducente dice:
Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del II Circuito Judicial de la Zona
Sur, (Corredores), a las nueve horas dos minutos del veinticuatro de julio de
dos mil quince. Se tiene por establecida la presente solicitud de depósito
judicial de la menor Alisson
Nicole Chaves Arguedas, promovida por Eraida
Fernández Valverde, se confiere audiencia por el plazo de tres días a los
señores Alfredo Chaves Grajales y Sara Arguedas Fernández, ambos en calidad de
padres registrales de la persona menor de edad mencionada, Se le previene, que
en el primer escrito que presente debe señalar un medio ya sean en estrados,
casillero, por fax o cualquier otra forma tecnológica que permita la seguridad
del acto de comunicación (artículo 34 y 36 Nueva Ley de Notificaciones) bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga(n), las resoluciones posteriores que
se dicten inclusive la sentencia, se le(s) tendrán por notificadas con el sólo
transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Se producirá igual
consecuencia cuando la notificación no se pueda realizar en el medio señalado.
(Artículos 11, 34, 36, 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre de 2008, publicada en La
Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009. Con
respecto al medio, se les hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N° 65-08 celebrada en 2 de
setiembre de 2008, artículo LXII, circular 169-2008, en el sentido de que, si
desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso
exclusivo para envió y recepción de documentos, por lo que no puede utilizarlo
también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número
telefónico “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de
actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades
internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la
recepción de notificaciones.” Asimismo por haberlo dispuesto así el Consejo
Superior, en concordancia con las Políticas de Género del Poder Judicial,
sesión 78-07 celebrada el 18 de Octubre de 2007, artículo LV, se le solicita a
las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan
suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de
Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado Civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Asimismo, hasta
el tanto que no se resuelva en forma definitiva esta solicitud, se nombra como
depositaria judicial provisional de la menor Alisson
Nicole Chaves Arguedas, a la señora Eraida Fernández
Valverde, a quien se le previene apersonarse dentro del quinto día a aceptar el
cargo impuesto. Notifíquese esta resolución a la parte actora en su medio
asignado. Por existir persona menor de edad involucrada en este asunto, téngase
como parte al Patronato Nacional de la Infancia, a quien se ordena notificar
por medio de su representante legal en esta ciudad. Notifíquese a la demandada
Sara Esther Arguedas Fernández, cédula de identidad número: 6-849-689 en su domicilio
ubicado en Paso Canoas, Barrio San Jorge, 150 metros al norte de la Pulpería
Gómez, para lo cual se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales de
Corredores. Notifíquese. Expediente: 15-400278-1304-FA.—Juzgado
de Familia de Corredores, 8 de agosto de 2017.—Licda. Kattia Pérez
González, Jueza.—Exonerado.—( IN2017171250 ). 3 v. 1.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito de la persona menor Maikol Montezuma Concepción, para que se apersonen
a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la
última publicación del edicto ordenado. Expediente N°
16-000506-1304-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur
(Corredores), a las nueve horas y cuarenta minutos del catorce de setiembre
de dos mil diecisiete.—Licda. Kattia Pérez González, Jueza.—Exonerado.—(
IN2017171254 ). 3 v. 1.
Se cita y emplaza a todas las personas que
tuvieren interés en el depósito judicial de la menor Stefanie Maria Marín Aguilar, para que se apersonen al Juzgado de
Familia de Buenos Aires dentro del plazo de treinta días que se contarán a
partir de la última publicación del edicto ordenado mediante la resolución de
las catorce horas y veinte minutos del diecisiete de agosto del dos mil
diecisiete. Expediente N° 17-000074-1552-FA (78-17).—Juzgado de Familia de Buenos Aires, 17 de agosto
del 2017.—Lic. Roberto Hurtado Villalobos, Juez.—Exonerado.—( IN2017171261 ). 3 v. 1.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito de la persona menor Yirzath Miguel Sánchez
Quesada, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días
que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado.
Expediente N° 17-000314-1304-FA. Clase de asunto
depósito judicial.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores), a las
nueve horas y veintiuno minutos del ocho de agosto de dos mil diecisiete.—Licda.
Kattia Pérez González, Jueza.—Exonerado.—( IN2017171319 ). 3 v. 1
Se
cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el proceso de
declaratoria judicial de estado de abandono de la menor de edad Yodi Valleska Castrillo Herrera,
nacida el 06/12/2004, hija de Mailelin Castrillo
Herrera, mayor, nicaragüense, último domicilio conocido San Marcos de Cutris, San Carlos, un kilómetro al sur del Colegio, demás
calidades desconocidas, Proceso Promovido por el Patronato Nacional de la
Infancia-Oficina Local de Los Chiles, para que se apersonen a este Juzgado
dentro del plazo de tres días que se contarán a partir de la última publicación
del edicto ordenado. Expediente N° 16-000275-1302-FA.
Asunto: Declaratoria de Abandono.—Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 18 de
setiembre del 2017.—Licda. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2017170431 ).
Al señor Ronald
Blair Sturm, sin identificación, por este medio se le
comunica que en el proceso tramitado bajo el expediente número
16-000478-0687-FA del Juzgado de Familia de Grecia, se dictó la resolución de
las nueve horas treinta minutos del veintiuno de junio de dos mil diecisiete,
que en lo conducente y en lo que aquí interesa dice: sentencia de primera
instancia N° 331-17. Juzgado de Familia, Penal
Juvenil y Violencia Doméstica de Grecia, (Materia Familia), a las nueve horas
treinta minutos del veintiuno de junio de dos mil diecisiete. Resultando: 1...,
2..., 3..., 4... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo del
asunto:..., III.—Acerca del caso concreto:..., IV.—Corolario y disposición:...,
Por tanto: se acoge con lugar la solicitud presentada por la señora Marel Saxe Abarca en contra del
señor Ronald Blair Sturm, en mérito de lo cual se
autoriza la salida del país del hijo menor de edad de ambos el niño Aaron Blair
Sturm Saxe. Lo anterior de
manera permanente como incluida también autorización a doña Marel
para que de manera unilateral, es decir, con
prescindencia del aval de don Ronald Blair, pueda realizar todas las
diligencias migratorias así como consulares necesarias para que su hijo Aaron
Blair pueda obtener el pasaporte así como las visas respectivas. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Grecia.—Licda. Majorie Salazar Herrera, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2017170432 ).
Se convoca por medio
de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con
el artículo 236 del Código de familia, para que se presenten a encargarse de
ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación.
Proceso de insania de Justina Megía Espinoza.
Expediente N° 17-000173-1086-FA.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica de Golfito, (Materia Familia), 12 de
setiembre del 2017.—Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017170443 ).
El
licenciado Leonardo Loría Alvarado, Juez de Familia de Puntarenas, hace saber a
Eugenio López Ocampo, de documento de identidad desconocido por esta autoridad,
que en este Juzgado se tramita la causa N° 17-000377-1146-FA,
correspondiente a un proceso de Declaratoria Judicial de Estado de Abandono con
fines de Adopción, Extinción de la Responsabilidad Parental y Deposito
Judicial, incoado por Patronato Nacional de la Infancia en su contra, y dentro
de este proceso se dictó la resolución que literalmente dice así: “Juzgado de
Familia de Puntarenas. A las trece horas y uno minutos del treinta y uno de
agosto de dos mil diecisiete. Se tiene por establecido el presente proceso de
declaratoria judicial de estado de abandono con fines de adopción, extinción de
la responsabilidad parental y solicitud de depósito judicial, planteado por el
Patronato Nacional de la Infancia contra Eugenio López Ocampo, representado por
su curador procesal el licenciado Rafael Alberto López Campos de quien se tiene
por aceptado el cargo (visible a folio 83 frente). A quien se le concede el
plazo de cinco días hábiles para que se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca
pruebas de descargo si es del caso, de conformidad con los artículos 121 y 122
del Código de Familia. Asimismo, se otorga el deposito judicial provisional de
las personas menores de edad Guiselle Maria y Jessica Maria ambas López
Novoa a cargo de los señores Julia Ramírez Arce. A quien se le previene que
deberá presentarse a aceptar el cargo conferido. Notifíquese esta resolución al
demandado Eugenio López Ocampo, mediante su curador procesal al medio por este
señalado para tales efectos, debiendo además publicarse esta resolución
mediante un edicto en el Boletín Judicial. A la depositaria Judicial
Julia Ramírez Arce deberá notificársele por medio de la Oficina de
Comunicaciones Judiciales de estos tribunales, por ser habida la misma en
Colinas de Chomes de Puntarenas, frente a la Iglesia
Católica. Notifíquese.—Juez de Familia de Puntarenas.—Leonardo
Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017170462 ).
Licenciada
Kensy Cruz Chaves. Jueza del Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela San Carlos, a la señora Ana Patricia
Vargas Vásquez, se le hace saber que en proceso de Deposito Judicial de menor,
expediente N° 17-000483-1302-FA, promovido por el
Patronato Nacional de la Infancia, se dictó la resolución que literalmente
dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. A las
dieciséis horas y diecisiete minutos del veintinueve de mayo del dos mil
diecisiete. De las presentes diligencias de depósito de las personas menores
Luis David Barrantes Vargas, promovidas por el Patronato Nacional de la
Infancia, se confiere traslado por tres días a Ana Patricia Vargas Vasquez y Ronny Barrantes Gómez (el cual se encuentra
fallecido), a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n)
debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con
el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se
producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por
el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el
2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de
que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de
uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden
utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un
número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de
actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades
internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la
recepción de notificaciones.” Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema
de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones.
Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial,
http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal
del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo
así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV,
se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas
que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b)
Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún
tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de
residencia. Notifíquese esta resolución a Ana Patricia Vargas Vásquez,
personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación,
o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Fuerza Pública de buenos
aires de Puntarenas. En caso de que, el lugar de residencia consistiere en una
zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a)
funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo
4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Por medio de edicto, que se publicará
por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos
los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo
de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto
ordenado. De conformidad con los artículos 5 y 32 del Código de La Niñez y
Adolescencia, se ordena el Depósito Judicial Provisional del menor de edad Luis
David Barrantes Vargas, en el hogar de los señores Wilberth Vargas Araya y
María Esther Vasquez Hidalgo, por lo que se previene
al ente promovente apersonar a dichos señores a este Despacho dentro del plazo
de tres días, para la aceptación del cargo que se les ha conferido, asimismo,
deberá hacer ver a los depositarios provisionales su obligación de velar por
todas las necesidades básicas de la persona menor de edad que va a tener a su
cargo como buenos padres de familia. Notifíquese.—Ciudad
Quesada, 08 de setiembre del 2017.—Licda. Kensy Cruz
Chaves, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017170463 ).
Licda.
Marjorie Salazar Herrera, Jueza del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de
Grecia, avisa que en este Despacho, mediante proceso
de adopción conjunta, bajo el expediente número 17-000624-0687-FA, promovido
por los señores Henry Enrique Rodríguez Soto y María Aurelia Matamoros Arce,
solicitan la adopción de la menor de edad Mariangel
Rodríguez Matamoros. Se concede a las personas interesadas el plazo de cinco
días, para formular oposiciones, mediante escrito, donde opondrán los motivos
de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de
Grecia, 14 de setiembre del 2017.—Licda. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017170466 ).
Se avisa que en este
Despacho bajo el expediente número 17-001247-0292-FA, Berta Lidia Romero Rojas
y Carlos Andrés Hernández Hidalgo, solicitan se apruebe la adopción nacional
conjunta de las personas menores de edad Starling
Steven y Emiliano, ambos de apellidos Quesada Núñez. Se concede a las personas
interesadas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito
donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en
que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de agosto del 2017.—Msc. Patricia Vega Jenkins, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017170467 ).
Valeria
Arce Ihabadjen, Jueza del Juzgado Primero de Familia
de San José, a Carlos Manuel Morales Ibarra, en su carácter personal, quien es
mayor, casada una vez, comerciante, domicilio desconocido, cédula N° 0602530854, se le hace saber que, en demanda abreviada
de divorcio, establecida por Ana Yancy Martínez
Gutiérrez contra Carlos Manuel Morales Ibarra, Expediente N°
16-000331-0186-FA, la parte actora solicitó lo siguiente: “Que se declare con
lugar ésta demanda, declarándose con lugar el divorcio por la causal del
artículo 48 inciso 8) del Código de Familia, por tener más de 3 años de
separación de hecho. Que la suscrita renuncia al derecho de cobrarle pensión al
demandado”. Notifíquese.—Juzgado Primero de Familia
de San José, 19 de junio del 2017.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen,
Notario.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171192 ).
Licenciada
Ana Catalina Cisneros Martínez. Jueza del Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores), a Eduger Rodríguez Pineda, en su carácter personal, quien es
mayor, de domicilio desconocido, cédula de identidad de su país de origen,
Panamá: cuatro-ciento cincuenta y cinco-trescientos noventa y nueve, se le hace
saber que en demanda abreviado, expediente: 15-400044-1304-FA, establecida por Tereza Virginia López Oregón contra Eduger
Rodríguez Pineda, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo
conducente dice: nueve horas y veinticinco minutos del nueve de junio de dos
mil diecisiete. A folio 55, por parte de la actora, se tiene por cumplida con
la prevención en cuanto al depósito prudencial de honorarios de Curador. A
folio 58, por parte del a Curadora Procesal, se tiene por aceptado el cargo
correspondiente y por señalado medio para recibir sus notificaciones. Así las
cosas, se resuelve: De la anterior demanda abreviada establecida por el
accionante Tereza Virginia López Oregón, se confiere
traslado al accionada Eduger Rodríguez Pineda quien
en su ausencia será representado por la Curadora Procesal, Marbiodal
Saavedra Ramírez, por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la
demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco
días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá
expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos
legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá
contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por
inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En
la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en
su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se
referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene
como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha
institución por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras
Comunicaciones; Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) de este
Circuito. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que
presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán
notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las
sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda
efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de
Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29
de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo
dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008,
en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos,
por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes
a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos
y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir
nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del
mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así
dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del
Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se
le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo,
c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de
discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o
edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a)
notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de
Notificaciones Judiciales. A fin de realizar el último acto de notificación en
este asunto, expídase el edicto correspondiente.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur,
Corredores.—Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017171248 ).
Se
hace saber que ante este Despacho, se tramita proceso
de cambio de nombre promovido por María Gabriela Soto Mora mayor, divorciada en
terceras nupcias, con cédula de identidad número 1-757-770, vecina de San José,
Curridabat, encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de
María Gabriela Soto Mora, por el de Gabriela mismos apellidos. Se emplaza a los
interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días
contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a
hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión.
Artículo 55 del Código Civil. Exp. N° 16-000368-0893-CI.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 06 de julio
del año 2017.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2017171274 ).
Se
avisa que en este Despacho, bajo el expediente número
17-000508-0688-FA, promovido por Roy Gerardo Rojas Arias, solicita se apruebe
la adopción individual de la persona menor Aaron Mathias
Desanti Zúñiga. Se concede a los interesados el plazo
de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los
motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del
Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia), 19 de
setiembre del 2017.—Msc. Ana Belly
Umaña Quesada, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171321
).
Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela; hace saber a Hazel
Cristina Rojas Peralta, documento de identidad 603590750, de más calidades y
paradero desconocido , que en este Despacho se interpuso un proceso depósito
judicial en su contra, bajo el expediente número 15-001380-0292-FA donde se
dictaron las resoluciones que literalmente dicen: De las presentes diligencias
de depósito de las personas menores Joshua David Navarro Rojas, promovidas por
el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a
Ramiro de Jesús Navarro Corrales y Hazel Cristina Rojas Peralta, a quienes se
les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio
para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de
veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual
consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°
8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se
le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como
medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y
recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.
Lo anterior se ordena así en proceso depósito judicial de Patronato Nacional de
la Infancia contra Hazel Cristina Rojas Peralta. Expediente Nº
15-001380-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 11 de setiembre del 2017.—Licda. Mayra Trigueros
Brenes, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171331 ).
Se
avisa que en este Despacho bajo el expediente número 15-001647-0292-FA, se
tramita proceso de adopción individual de persona menor de edad promovido por
Ana Cristina Villegas Castillo, quien solicita se apruebe la adopción de la
persona menor de edad Anthony Sebastián Dávila Acuña. Se concede a los
interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito
mediante el cual expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las
pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de agosto del 2017.—Msc. Patricia Vega Jenkins, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017171332 ).
Licenciado Douglas
Ruiz Gutiérrez, Juez del Juzgado Civil y de Trabajo de Quepos (Materia
Familia); hace saber a Arley de los Ángeles López Grajal,
mayor, costarricense, soltero, cédula de identidad número 6-0278-0976, de 41
años de edad, fecha de nacimiento 27/06/1976, hijo de José Claudio López Grajal y Luisa Grajal Bejarano,
de oficio, domicilio y número telefónico desconocido, que en este despacho se
interpuso un proceso en su contra de solicitud de autorización para realizar
trámites migratorios y salida del país de persona menor de edad, bajo el
expediente número 16-000233-1591-FA donde se dictó la resolución que
literalmente dice: Juzgado Civil y de Trabajo de Quepos (Materia Familia, a las
once horas cuarenta y ocho minutos del veinte de setiembre del año dos mil diecisiete.
Cumplida la prevención requerida en la resolución anterior emitida a las 10:19
horas del 04/09/2017, sin más demora se tiene por establecido el presente
proceso de solicitud de autorización para realizar trámites migratorios y
salida del país de persona menor de edad interpuesto por Katherine Lara Ramírez
en contra de Arley López Grajal. Se exhorta a las
partes a que suministren un número de teléfono celular, con el fin de enviar
avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para
cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. Igualmente, se
les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea”, que además puede ser
utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema
ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr.
Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el
expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior,
en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión No. 78-07
celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de
este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la
siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d)
profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado
civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Existiendo menores
interesados en el presente asunto se ordena tener como parte al Patronato
Nacional de la Infancia, para lo cual se ordena notificarle el presente asunto
en su sede administrativa de esta ciudad, por medio de la Oficina de
Comunicaciones Judiciales de Quepos. En otro orden de ideas, como se dijo en la
resolución en mención, se tiene por apersonado como curador procesal ad-litem al Licenciado Federico Carlos Alvarado Aguilar, quien
representará los intereses del demandado ausente Arley López Grajal de acuerdo al memorial
ingresado el 05/07/2017, señalando para recibir notificaciones como medio
principal el correo electrónico notifalmark@gmail.com y subsidiariamente los
faxes 2290-7825/2273-2895. Por lo antes reseñado, se reserva el escrito de
contestación de demanda según escrito incorporado el 07/07/2017 para ser
abordado una vez que conste la publicación del Edicto de rigor, por cuanto
consta que el demandado no cuenta con apoderado inscrito así como certificación
de movimientos migratorios expedida por la Dirección General de Migración y
Extranjería en la que se cuenta con registro de entradas y salidas,
desconociéndose el domicilio en el territorio nacional del señor López Grajal, ello de conformidad con el artículo 262 del Código
Procesal Civil. Notifíquese al demandado ausente Arley López Grajal, la presente resolución, para los efectos del
artículo 263 del Código de rito. Inclúyase en el mismo los datos que sean
necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres
días después de aquel en que se haga la publicación. De
acuerdo al sistema electrónico que lleva este despacho, remítase el
edicto correspondiente para su publicación. Se le hace saber a la actora que
según la circular No. 67-09 confeccionada por la Secretaría de la Corte el 22
de junio de 2009, por el principio de gratuidad que rige en esta materia, la
publicación está exenta de todo pago de derechos. Notifíquese. Licenciado
Douglas Ruiz Gutiérrez, Juez. Lo anterior se ordena en proceso de solicitud de
autorización para realizar trámites migratorios y salida del país de persona
menor de edad interpuesto por Katherine Lara Ramírez en contra de Arley López Grajal. Expediente Nº
16-000233-1591-FA.—Juzgado Civil y de Trabajo de
Quepos (Materia Familia), 20 de setiembre del 2017.—Lic. Douglas Ruiz
Gutiérrez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171335 ).
Valeria
Arce Ihabadjen, Jueza del Juzgado Primero de Familia
de San José; hace saber a Ernesto Hernández Reina, documento de identidad
69071507725, paradero desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso
nulidad matrimonio en su contra, bajo el expediente número 17-000314-0186-FA
donde se pretende la nulidad del matrimonio celebrado con Jéssica Martínez
Zúñiga. Lo anterior se ordena así en proceso nulidad matrimonio de Procuraduría
General de la República contra Ernesto Hernández Reina, Jéssica María Martínez
Zúñiga. Expediente Nº 17-000314-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 17 de
agosto del 2017.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171357 ).
Licenciado
José Chaves Mora, Juez de Familia. Se avisa que en este despacho bajo el
expediente número 17-000865-1307-FA, la señora Karen Pereira Hall, solicitan se
apruebe la adopción de la menor angelina Sofía Tijerino Guzmán. Se concede a
los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante
escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las
pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 10 de agosto
del 2017.—José Chaves Mora, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171366 ).
Juzgado de Familia
del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Julio Alfredo Lemus Martínez, en su
carácter personal, quien es casado, mayor, de paradero y de más calidades
desconocidas, de nacionalidad salvadoreño, pasaporte PA 04516211, se le hace
saber que en proceso reconocimiento hijo mujer casada, establecido por Ariel
Rocha Agüero, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo
conducente dice: Se tienen por establecidas las presentes diligencias de
reconocimiento de hijo de mujer casada promovido por Ariel Rocha Agüero a favor
de las personas menores Ashley de los Ángeles Lemus Miranda. De las mismas se
confiere audiencia al Patronato Nacional de la Infancia, por el plazo de tres
días. A su vez por el mismo plazo otorgado, se le confiere audiencia, tanto a
la madre registral de la persona menor Virginia de los Ángeles Miranda Varela.
Se les previene a las partes, que en el primer escrito que presenten deben
señalar medio y lugar, éste último dentro del circuito judicial de este
Despacho donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras
no lo hagan, las resoluciones posteriores que se dicten inclusive la sentencia,
se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas
después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido
imposibilite la notificación por causas ajenas al despacho, o bien si el lugar
señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente
(artículo 6 y 12 Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones
Judiciales N° 7637 del 21 de octubre de 1996).
Proceso: 17-001314-0292-FA, reconocimiento de hijo de mujer casada, promovido
por Ariel Rocha Agüero.—Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Licda. Mayra Trigueros Brenes,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171400 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer
matrimonio civil el señor José Albano Gómez Fajardo, mayor, Unión Libre ,
Jornalero, cédula de identidad N° 0502680810, Vecino
de Casitas de Nicoya, Barrio los Hondores, un
kilómetro y medio de la Escuela de Casita, de la Antigua Plaza de los Hondores, hijo de Seferino Gómez Gómez y Josefa Fajardo Obando, nacido(a) en Nicoya, el
26/09/1971, actualmente con 45 años de edad, teléfono 6009-2392, y la señora
Sonia María Hernández Alemán, mayor, unión libre, ama de casa, cédula de
identidad N° 0502870192, vecina de Casitas de Nicoya,
Barrio los Hondores, un kilómetro y medio de la
Escuela de Casita, de la Antigua Plaza de los Hondores,
hija de Dolores Villagra Villagra y Lucía Alemán
García, nacida en Nicoya, el 25/01/1975, actualmente con 42 años de edad,
teléfono 6009-2392. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento,
para que, este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en
este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto.
Expediente Nº 17-000176-0869-FA.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste,
(Materia Familia), Nicoya, 12 de setiembre del 2017.—Msc.
Berta Lidieth Araya Porras, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017170444 ).
Han comparecido a
este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Juan Luis Alvarado Tapia,
mayor, soltero en unión de hecho, taxista informal, cédula de identidad número
0603270382, vecino de Kilómetro Siete Purruja, hijo
de Flor María Tapia Alvarado y Juan Alvarado Fallas, nacido en Guaycará, Golfito, Puntarenas, el 08/09/1982, con 36 años
de edad y Stefani Solano Arce, mayor, viuda, taxista informal, cédula de
identidad número 0603160991, vecina de Kilometro Siete Purruja,
hija de Jeannette Arce Calvo y Juan Solano Solano,
nacida en Centro Golfito, Puntarenas, el 04/11/1981, actualmente con 35 años de
edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este
matrimonio se realice está en la obligación de manifestarlo en este despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 17-000177-1086-FA.—Juzgado
de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Golfito, (Materia Familia),
Golfito, 18 de setiembre del 2017.—Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017170458 ).
Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Estefanie Tatiana Chavarría López, mayor, soltera, ama de
casa, cédula de identidad número tres-cuatrocientos noventa y
siete-cuatrocientos cuarenta y cuatro, hija de Adolfo Chavarría López y Laura
Catalina López Campos, nacida en Centro Turrialba Cartago, el tres de setiembre
de mil novecientos noventa y seis, con veintiuno años de edad, y Junior Fabian
Vásquez Bañez, mayor, soltero, al campo, cédula de
identidad número tres-quinientos diecinueve-ochocientos treinta y nueve, hijo
de Marvin Vásquez Brenes y Mayra Bañez García, nacido
en Centro Turrialba Cartago, el veintinueve de agosto de mil novecientos
noventa y nueve, actualmente con dieciocho años de edad. Si alguna persona
tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice,
está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº
17-000373-0675-FA-I.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica
de Turrialba (Materia Familia), Turrialba, 18 de setiembre del 2017.—Msc. Gisela Salazar Rosales,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017170461 ).
Han comparecido ante
este Despacho solicitando contraer matrimonio civil las personas contrayentes
Pedro Roberto Armando Rodríguez González, mayor, viudo, electricista, cédula de
residencia número 119200105329, vecino de Santa Bárbara de Heredia, hijo de Juan
Rodríguez Vásquez y Cecilia González Hernández, ambos cubanos, nacido en Cuba,
el 14/03/1944, actualmente con 74 años de edad y Marcela Eugenia Del Carmen
Ruiz González, mayor, divorciada, docente, cédula de identidad número
0107020908, vecina de Alajuela, Carrizal, hija de Jorge Ruiz Sánchez y Xinia
González León, ambos costarricenses, nacida en San José, el 03/07/1967, con 50
años de edad, indica que no se encuentra embarazada y que tiene tres hijos
todos mayores de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe
algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá
manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a
partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente:
17-001347-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 7 de agosto del 2017.—MSc.
Patricia Vega Jenkins, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2017170468 ).
Joseph
Arturo Castro Quesada y María Cristina Valle Obregón, cédula por su orden:
0115510447 y 0604100700; vecinos de San José, Desamparados, San Miguel, Los
Guido, desean contraer matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley.
La oposición de alguien con interés legítimo debe ser presentada ante este
Juzgado dentro de los ocho días luego de esta publicación. Publíquese por una
única vez. Expediente 17-001368-0637-FA, 20 de setiembre del 2017.—Juzgado
de Familia de Desamparados.—Licda. Zeidy Jacobo
Moran, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017170469 ).
Han comparecido a
este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Jorge Alberto Cascante
Ovares, mayor, soltero, vendedor ambulante, cédula de identidad número
0203070534, vecino de Concepción de Naranjo, hijo de Graciela Ovares Vargas y
Abel Cascante Ledezma, nacido en San Miguel, Naranjo, Alajuela, el 11/10/1955,
con 61 años de edad y Marlene Corrales Vargas, mayor, divorciada de Arsenio
Rodríguez Alfaro, divorciada en Grecia el 01/11/2016, oficios domésticos,
cédula de identidad número 0203820045, vecina de Concepción de Naranjo, hija de
Gladys Vargas Ledezma y Eduvin Corrales Esquivel,
nacida en Centro Naranjo, Alajuela, el 28/01/1963, actualmente con 54 años de
edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este
matrimonio se realice está en la obligación de manifestarlo en este despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 17-000041-1488-CI.—Juzgado
Contravencional y Menor Cuantía de Naranjo, (Materia Civil), Alajuela,
18 de agosto del 2017.—Licda. Susana Murillo Alpízar, Jueza.—1 vez.—(
IN2017171182 ).
En este despacho se
han presentado solicitando contraer matrimonio: Manuel Espinoza Pérez, cédula:
6-0277-0519 y María Yorlene Vargas Castro, cédula:
6-0249-0387, ambos vecinos de Ciudad Cortés de Osa. Si alguna persona conoce
impedimento para que esta boda se realice, deberá manifestarlo a este despacho
dentro del plazo de 8 días naturales siguientes después de la publicación de
este edicto. Expediente: 17-000097-1420-FA.—Juzgado
de Familia de Osa, 5 de julio del 2017.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez,
Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171263 ).
Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Fabio Jordan Ramírez, mayor, soltero, comerciante, cédula de
identidad número 0604250420, nombre de la progenitora Glenda Ramírez Córdoba y
nombre del progenitor Fabio Arcenio Jordan, nativo de Canoas, Corredores, Puntarenas, el
13/10/1991, con veinticinco años de edad, vecino de La Cuesta, doscientos
sesenta metros noroeste del CTP de Corredores y Shirley Patricia Vega Cordero,
mayor, soltero, dependiente, cédula de identidad número 0207290687, nombre de
la progenitora María Lorena Cordero Morales y nombre del progenitor Matilde
Vega Carmona, nativa en Centro Grecia, Alajuela, el 03/09/1994, actualmente con
veintidós años de edad, vecina de La Cuesta, ciento cincuenta metros sur de la
casa del Adulto Mayor. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Exp. Nº
17-000223-1304-FA.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia
Familia), Corredores, Ciudad Neily, 19 de
setiembre del 2017.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2017171318 ).
Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Edward Johel Acosta Santamaría, mayor, en unión libre, agricultor,
cédula de identidad número 0603510036, nombre de la progenitora Damaris Acosta
Santamaría y nombre del progenitor Alfredo Batista Pitty,
vecino de Centro, Golfito, Puntarenas el 03/09/1985, con treinta y un años de
edad, y Yadira Ruiz Bejarano, mayor, soltero, oficios domésticos, cédula de
identidad número 0604050703, nombre del progenitor Daniel Ruiz Bejarano y
nombre del progenitora Rosa Bejarano Bejarano, nacida
en San Vito, Coto Brus, Puntarenas el 29/10/1992, actualmente con veinticinco
años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en San Juan de
Laurel, trescientos metros antes de la escuela de Jobo Civil, Corredores,
Ciudad Neily. Si alguna persona tiene conocimiento de
algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Exp. Nº
17-000345-1304-FA.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Según do Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia
Familia), Corredores, Ciudad Neily, 13 de
setiembre del 2017.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2017171320 ).
Han
comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil Diana
Carolina Diaz Tenorio, mayor, soltera, ama de casa, vecina de Cot de Oreamuno, 4 kilómetros al noreste, de la Iglesia
Católica, casa de color verde sin verjas, celular número 8570-85-34, cédula de
identidad número 1-1355-0707, hija de María Isabel Tenorio Guzmán y Marco
Antonio Diaz Zúñiga, nacida en Carmen Central San José, el 27/06/1988, con 29
años de edad y Jonathan Mauricio Mora Pérez, mayor, soltero, operario, vecino
de Cot de Oreamuno, 4 kilómetros al noreste de la
Iglesia Católica, casa de color verde sin verjas, cédula de identidad número
1-1019-0865, hijo de Ana Lucia Pérez Rivera y Jorge Enrique Mora Morales,
nacido en Hospital Central San José, el 04/12/1978, actualmente con 38 años de
edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este
matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 17-002374-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 21 de setiembre
del año 2017.—Licda. Patricia Cordero García. Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017171323 ).
Han
comparecido ante este despacho solicitando matrimonio civil Nelson Mata Vindas
mayor, costarricense, de treinta y tres años de edad, con cédula de identidad
número 6-0338-0315, hijo de José Francisco Mata Alfaro e Isabel Vindas
Calderón, ambos padres de nacionalidad costarricense; nativo de San Vito, Coto
Brus, Puntarenas, el veinticinco de mayo de mil novecientos ochenta y cuatro,
de oficio agricultor y Barahona Blanco María Herminia, de treinta y dos años de
edad, con cédula de identidad número 3-0402-0651, hija de José Miguel Barahona
Martínez y maría soledad blanco mora, ambos de nacionalidad costarricense,
nativa de Oriental Central Cartago, el quince de mayo de mil novecientos
ochenta y cinco, de oficio empleada doméstica. Quienes son: ambos solteros, y
vecinos de: 700 mts. al este, de la Escuela de
Brasilia de Sabalito, Coto Brus, Puntarenas, en casa de madera sin pintar se
insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este
matrimonio se realice, que están en la obligación de manifestarlo a este
despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto.
Se solicita la publicación de este edicto para los efectos del artículo 25 del
Código de Familia. Lo anterior en expediente N°
17-000022-1440-CI.—Juzgado Contravencional de Menor
Cuantía de Coto Brus, San Vito, 20 de setiembre del 2017.—Lic. Jorge Ortega
Morales, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171348 ).
Han
comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil German
Solano Marín, mayor, divorciado una vez, electromecánico, cédula de identidad
número 0303340783, vecino de Turrialba, Yapiri, casa N° 4, casa de color verde, hijo de Rafael Solano Blanco y
Ligia Isabel Marín Zamora, nacido en Centro Turrialba Cartago, el 19/03/1975,
con 42 años de edad, y Eylin Cristina Garro Espinoza, mayor, divorciada una
vez, ama de casa, cédula de identidad número 0115540791, vecina de Turrialba, Yapiri, casa N° 4, casa de color
verde, hija de William Garro Sánchez y Raquel Espinoza Granados, nacida en
Carmen Central San José, el 22/11/1993, actualmente con 23 años de edad. Si
alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio
se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho, dentro de
los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp.
Nº17-000378-0675-FA-DM1.—Juzgado de Familia, Penal
Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba (Materia Familia), 20 de
setiembre del año 2017.—Lic. Elmer Rojas Aguilar, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2017171358 ).
Han
comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil Fausto de
Jesús Ledezma Chaves, mayor, soltero, labora en construcción, cédula de
identidad número 0206410365, teléfono 8747-9248, vecino de San Ramón, Santiago,
Magallanes, 200 metros oeste del Colegio de Magallanes, casa color rosado ,
hijo de Roberto Ledezma Hernández y Marta Iris Chaves Ledezma, nacido en Centro
San Ramon Alajuela, el 16/12/1987, con 29 años de edad y Yoselin Marcela Zúñiga
Madrigal, mayor, soltera, estudiante, cédula de identidad número 0207190051,
teléfono 6261-1809, vecina de San Ramón, Santiago, Magallanes, 200 metros oeste
del colegio de Magallanes, casa color rosado, hija de Marcelo Zúñiga Barrantes
y Floribeth Madrigal Barquero, nacida en Centro San
Ramón Alajuela, el 10/11/1993, actualmente con 23 años de edad. Si alguna
persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se
realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho, dentro de los
ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp.
Nº 17-000479-0688-FA.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San
Ramón) (Materia Familia), 22 de setiembre del 2017.—Msc.
Ana Belly Umaña Quesada, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017171359 ).
Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores:
Luis Fernando Jaén Martínez, mayor, soltero, cédula de identidad número
7-0190-0493,costarricense, veintiocho años, construcción, nacido en la
provincia de Limón, cantón Central, distrito primero, el día cinco de abril de
mil novecientos ochenta y nueve, y Yeimy Patricia Espinoza Estrada,
costarricense, soltera, cédula de identidad N°
7-0195-0879, de veintisiete años, administradora del hogar, nacida en la
Provincia de Limón, cantón Central, distrito primero, el día diecinueve de
enero de mil novecientos noventa, ambos vecinos de la Provincia de Limón,
distrito Río Blanco, 500 metros antes del Canopy
Brisas de la jungla, para arriba cuarta casa a mano izquierda, color roja con
verjas negras. Si alguna persona tuviere conocimiento de la existencia de
impedimento legal para que su matrimonio se celebre debe manifestarlo a este
Despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto.
Expediente Nº 17-000552-1152-FA (1).—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Limón, 22 de
setiembre del 2017.—Lic. Richard White Wright, Juez.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017171362 ).
Han comparecido a
este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Efrén Roberto Sánchez
Fallas, mayor, soltero, desempleado, cédula de identidad número uno-cero
novecientos cincuenta y cuatro-cero doscientos ochenta, vecino Pérez Zeledón,
bajo de Dorotea, hijo de Gerardo Sánchez Picado y Amable Fallas Fonseca, nacido
en San Isidro de Pérez Zeledón, San José, el dieciséis de noviembre del año mil
novecientos setenta y seis, con cuarenta años de edad, y Jennifer Paola Guzmán
Godínez, mayor, soltera, maestra, cédula de identidad número uno-mil
cuatrocientos seis-cero trescientos noventa y cuatro, vecina de Pérez Zeledón,
Bajo de Dorotea, hija de Olger Gerardo Guzmán Mora y
Olga Felicia Godínez Cárdenas, nacida en San Isidro de Pérez Zeledón, San José,
el siete de octubre del año mil novecientos ochenta y nueve, actualmente con veintisiete
años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para
que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este
Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 17-000675-1303-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la
Zona Sur (Pérez Zeledón), 19 de setiembre del 2017.—Licda. María del Rocío
Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171365 ).
José Daniel Bravo
Morales y Yendry Melania Camacho Rivera, cédula por su orden: 1-1386-538 y
1-1333-646; vecinos de San José, Desamparados, San Miguel, La Capri, desean
contraer matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley. La oposición
de alguien con interés legítimo, debe ser presentada
ante este Juzgado dentro de los ocho días luego de esta publicación. Publíquese
por una única vez. Expediente 17-001379-0637-FA, fecha 21-09-20170.—Juzgado
de Familia de Desamparados.—Licda. Zeidy Jacobo
Morán, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171402 ).
Seidy Peraza Solís, Fiscal Coordinadora de Cartago,
hace saber: Por requerirse en causa penal 15-002626-0345-PE seguida contra
Danilo Antonio Valverde Fuentes, por el delito Apropiación y Retención Indebida
en perjuicio de Larry Roland Jiménez Pasquier, se solicita interponer sus
buenos oficios con el fin de proceder a la publicación por edicto de la
comunicación al (la) codemandado(a) civil Ricardo Merizalde Mejía, cédula de
identidad N° 8-0076-0847 de la resolución en donde se
da Traslado de la Acción Civil Resarcitoria de las ocho horas y cuarenta y
nueve minutos del nueve de agosto del año dos mil dieciséis. Se Tiene por
presentada acción civil resarcitoria. Fiscalía Adjunta de Cartago, a las ocho
horas y cuarenta y nueve minutos del nueve de agosto del año dos mil dieciséis.
De conformidad con el numeral 115 del Código Procesal Penal, se tiene por
presentada la Acción Civil Resarcitoria y se pone en conocimiento de la misma
al(os) imputado(s), demandado(s) civil(es), defensor(es), Danilo Antonio Valverde
Fuentes, Ricardo Merizalde Mejía y Lic. Mauricio Araya Morales. Así mismo se le
previene que en el acto de ser notificado deberá señalar medio o lugar dentro
del perímetro judicial de este Despacho donde atender futuras notificaciones,
bajo apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones que se dicten se
les tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas, igual
consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilitare la notificación
por causas ajenas al Despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere
cerrado, fuere impreciso incierto o inexistente. Comuníquese.—Fiscalía
Adjunta de Cartago.—Licda. Seidy Peraza Solís, Fiscal Coordinadora.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017170429 ).
Tribunal de
Puntarenas (Materia Penal), al ser las ocho horas y diecinueve minutos del
veintiuno de setiembre de dos mil diecisiete. A quien interese se hace saber:
Que en el Tribunal de Juicio de Puntarenas se tramita la causa número
16-001078-0431-PE-MF, seguida en contra del señor Jarbin
Ponce Obando y otros, por el delito de infracción de la Ley de Psicotrópicos,
en perjuicio de la salud pública, mediante sentencia N°
182-P-2017 de las trece horas del veintidós de mayo del año dos mil diecisiete
se dispuso, publicar por única vez, el siguiente por tanto: “De conformidad con
lo expuesto, artículos 39 y 41 de la Constitución Política, artículos 1, 30,
45, 51, 71, 110 del Código Penal, artículos 265, 266, 356, 360, 361, 363, 364,
365, 367, 373 al 375 del Código Procesal Penal, artículos 58, 77, 83, 87, 93 y
94 de la Ley 8204 Sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de
Uso no autorizado y actividades conexas, este Tribunal dispone: declarar a Luis
Antonio López Ruiz, Pedro Pablo Arias García y Armando Fallas Moreira,
coautores responsables del delito de transporte y posesión de drogas de uso no
autorizado para el tráfico ilícito, en tal carácter se le imponen diez años de
prisión pena que deberá descontar según los reglamentos penitenciarios, previo
abono de la preventiva sufrida. No se concede el beneficio de ejecución
condicional de la pena. Se resuelve el presente asunto sin especial
condenatoria en costas, corriendo por cuenta del Estado, los gastos del juicio.
Se rechaza la solicitud de comiso sobre la embarcación Costa del Sol Z, matrículas
P9938, la cual se encuentra registrada a nombre de José Rafael Cordero Fallas,
cédula de identidad número 7-0062-0417, se ordena la publicación por única vez
de un edicto en el Diario Oficial La Gaceta, informando sobre el bien
decomisado mencionado, y a partir de dicha publicación, el interesado contará
con el plazo de tres meses para reclamar un interés legítimo sobre el bien, de
no hacerlo pasado este plazo se ordenará la pérdida del bien a favor del
Estado, quien lo pondrá a la orden del Instituto Costarricense Sobre Drogas
para que proceda conforme lo dicta la ley. Se ordena el comiso a favor del
Estado de un radio de comunicaciones color negro, con micrófono en forma de
pera, marca Vertex Standard, VX-1700, serie
8130081225, con sus cables, un radio de comunicación con brújula, marca TAIYO
TD-L2200, serie 081133, color gris, un GPS marca FURUNO WAAS, serie 3468-1285,
color gris con su respectivo panel de control, un GPS SI-TEX, color MAX 6,
color gris, modelo O1MSC600SX, una pantalla marca VEI, color negro, serie
035958, modelo DM-17-55-19203, un teléfono celular marca Huawei, color negro,
con IMEI número 352421036533521 con tarjeta SIM Movistar número
8950604127506547032, un teléfono celular marca Huawei, color blanco con negro,
con número de IMEI 355646045447142, con tarjeta SIM número 9506010416110052905,
un teléfono celular, marca Samsung, color gris, modelo S7, IMEI 358809073543300
con tarjeta SIM Claro 8950603015060915011F, un teléfono celular marca Huawei,
color negro, con número de IMEI 868442019902563, con tarjeta SIM Movistar
número 8950604027511473820, un teléfono celular marca YEZZ, color blanco, con
número de IMEI 356839067975897 y 356839067975905, con tarjeta SIM Movistar
número 8950604207603239319, así como los dineros decomisados y que consta su
depósito a folio 86, que suman un total de ciento cuarenta y un mil colones
debiendo ponerse a la orden del Instituto Costarricense sobre Drogas. Se
prorroga la prisión preventiva del imputado por seis meses a partir de su
vencimiento y hasta el 27 de noviembre de 2017. Una vez firme la sentencia se
ordena emitir los testimonios de estilo para el Juzgado de Ejecución de la
Pena, Registro Judicial y el Instituto Nacional de Criminología. Notifíquese.
Franklin Lara Fallas, Juez de Juicio.—Tribunal de
Puntarenas.—M.Sc. Osvaldo Andrés Loría Quirós,
Juez Tramitador.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171255 ).
Licda.
Milena Paniagua Mejías, Fiscal Auxiliar de la Fiscalía de Grecia, al señor
Danny Rojas Jiménez, costarricense, mayor, cédula de identidad número
1-875-620, sin domicilio conocido, en su condición de Demandado Civil, se le
hace saber: Que en el Legajo de Acción Civil Resarcitoria número
15-000638-0899-TR, en perjuicio Verónica Raquel Amador Martínez y Víctor Julio
Murillo Jiménez. Seguida contra José Manuel Bolaños Ruiz, por el delito de
lesiones culposas; se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: Se
resuelve Fiscalía de Grecia, al ser las nueve horas cuarenta minutos del
veintiuno de Setiembre de dos mil diecisiete. Licda. Milena Paniagua Mejías
Fiscal Auxiliar de la Fiscalía de Grecia. Traslado de la Acción Civil: de
conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal vigente, se ordena
comunicar al demandado civil y a su defensor, en el lugar señalado, y, en su
caso, en su casa de habitación. De igual forma comuníquese a los querellantes,
si los hubiere, se les informa que tienen el plazo de cinco días hábiles
contados a partir del día siguiente de la notificación, para que manifiesten lo
que corresponda. Se hace saber que la presente se efectúa con carácter de
urgencia por el tipo de delito que nos ocupa. Causa 15-000638-0899-TR.—Fiscalía de Grecia.—Licda. Milena Paniagua
Mejías, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171329 ).
Se
ordena devolución de vehículo al propietario que demuestra legitimación sobre
el bien. Juzgado Penal de Heredia, al ser las quince horas quince minutos del
veintiuno de abril del dos mil dieciséis. En el expediente N°
15-000772-0369-PE, seguido en contra de Jonathan Conejo Sandoval, Bryan Hernández
Hernández, Wilson Salas Conejo y Jonathan Solano
Acuña, en perjuicio de la administración de justicia, se ordenó el
sobreseimiento definitivo en el presente proceso a favor de los imputados, en
dicha resolución propiamente la de las trece horas veinticinco minutos del
veintiocho de octubre del dos mil quince, se ordenó la devolución de manera
definitiva de la motocicleta placas 228256, marca United
Motors, estilo PoweMax, serie LFFUJT6C881000758,
motor N° 152QM10706024633, pero al día de hoy no ha
sido posible la notificación de lo resuelto al propietario registral, por lo
que se ordena publicar la presente resolución por edicto con el fin de cumplir
con la publicidad de la información y poner en conocimiento a la persona
interesada, en el caso que después de haber transcurrido el plazo de tres meses
que adquiera firmeza la presente resolución y no se ha retirado dicho bien,
pasará dicho bien a comiso a favor del Estado de conformidad con el numeral 110
del Código Penal. Notifíquese.—Juzgado Penal de
Heredia.—Lic. Guillermo E. Castellón Ramírez, Juez Penal.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017171330 ).
Se
ordena devolución de vehículo al propietario que demuestra legitimación sobre
el bien. Juzgado Penal de Heredia, al ser las quince horas cinco minutos del
veintiuno de abril del dos mil dieciséis. En el expediente N°
15-002914-0059-PE, seguido en contra de ignorado, en perjuicio de la fe
pública, se ordenó la desestimación en el presente proceso, en dicha resolución
propiamente la de las ocho horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de
enero del dos mil dieciséis, se ordenó la devolución de manera definitiva del
vehículo placas 207202, marca Suzuki, estilo Sidekick
JX, color verde año 1994, chasis N°
JS3TD03V8R4103294, pero al día de hoy no ha sido posible la notificación de lo
resuelto a la propietaria registral, por lo que se ordena publicar la presente
resolución por edicto con el fin de cumplir con la publicidad de la información
y poner en conocimiento a la persona interesada , en el caso que después de haber
transcurrido el plazo de tres meses que adquiera firmeza la presente resolución
y no se ha retirado dicho bien, pasará dicho bien a comiso a favor del Estado
de conformidad con el numeral 110 del Código Penal. Notifíquese.—Juzgado
Penal de Heredia.—Lic. Guillermo E. Castellón Ramírez, Juez Penal.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017171333 ).
Se
ordena notificar por edicto acción civil resarcitoria. Fiscalía Adjunta del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, al ser las ocho horas con
cincuenta minutos del veintidós de setiembre del dos mil diecisiete. Tal y como
se desprende del legajo de Acción Civil Resarcitoria que se estableció contra
tercer civilmente responsable el señor Limón, Valle de la Estrella, Barrio La
Guaria, de la escuela 600 metros al sur, únicos datos y siendo que no ha sido
localizado en la dirección indicada, tal y como consta en la respuesta de
citación recibida, ante tales circunstancias y a efectos de poder continuar con
las presentes diligencias se ordena comunicar por medio de edicto el traslado
de la acción civil resarcitoria al tercer civilmente responsable planteada por
el actor(a) civil Mauren Tatiana Castro Naranjo,
mismo debe publicarse por una vez en el Boletín Judicial, la resolución
que en lo conducente dice así: Se da traslado de la acción civil resarcitoria
causa establecida por Mauren Tatiana Castro Naranjo,
por el delito de lesiones culposas (Ley de Tránsito), contra Mario Gerardo
Núñez Solano, para que dentro del término de cinco días se pronuncie sobre la
participación del actor civil y oponga las excepciones que correspondan.
Asimismo, se le previene al señor Luis Antonio Campbell Zamora en calidad de
tercer demandado civil, que dentro del término improrrogable de quince días
hábiles a partir de la publicación de este edicto debe apersonar algún abogado
de su confianza para la respectiva representación legal dentro de este proceso.
Por estar ordenado en la sumaria 16-000568-498-TR, por el delito de Lesiones
Culposas (Ley de Tránsito), en contra de Mario Gerardo Núñez Solano, en
perjuicio de Mauren Tatiana Castro Naranjo. Comuníquese.—Fiscalía Adjunta Primer Circuito Judicial de
la Zona Atlántica (Materia Penal).—Lic. Katy Lobo Rodríguez, Fiscal
Auxiliar Ministerio Público de Limón.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171336 ).