BOLETÍN JUDICIAL N° 186 DEL 02 DE OCTUBRE DEL 2017

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

PRIMERA PUBLICACIÓN

A las diez horas del veinticuatro de octubre del dos mil diecisiete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y soportando cargas y restricciones referencia 2692-071-001 y con la base de once millones cuatrocientos dieciséis mil trescientos cincuenta colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 501965-000 la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito trece, Garita, cantón uno, Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, calle pública y Propiedades Blanco S. A.; al este, calle pública, y al oeste, Propiedades Blanco S. A. Mide: setecientos sesenta y un metros con nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate con la base de ocho millones quinientos sesenta y dos mil doscientos sesenta y dos colones con cincuenta céntimos (rebaja del veinticinco por ciento de la base), se señalan las diez horas del ocho de noviembre de dos mil diecisiete. Para el tercer remate con la base de dos millones ochocientos cincuenta y cuatro mil ochenta y siete colones con cincuenta céntimos, (rebaja del veinticinco por ciento de la base original), se señalan las diez horas del veintidós de noviembre de dos mil diecisiete. Se remata por ordenarse así en proceso Or.S.Pri. Prestac. Laborales de Jenaro Medrano Hernández contra Minas Verdes De Esmeralda Sociedad Anónima. Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio Expediente N° 05-300043-0424-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur Corredores, 13 de setiembre del 2017.—Lic. Dany Gerardo Matamoros Bendaña, Juez.—Exonerado.—( IN2017172387 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 362-14474-01-0905-001, servidumbre de paso, citas: 2015-561979-01-0001-001; a las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de octubre del año dos mil diecisiete, y con la base de veintiún millones doscientos dieciocho mil setenta y cuatro colones con sesenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa mil seiscientos catorce cero cero cero la cual es terreno para cultivar. Situada en el distrito 5-Cariari, cantón 2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Geovanny Arias Mora; al sur, Leticia Solís Rojas, Emilio Carrillo Jiménez, Salvador Alvarado Chavarría; al este, Geovanny Arias Mora, Jaime Agüero Fernández y al oeste, José Antonio Montero Tamez, Manuel Salvador Hernández Cortez y servidumbre del paso con 6.00 metros de ancho. Mide: dos mil quinientos ochenta y ocho metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del ocho de noviembre del año dos mil diecisiete, con la base de quince millones novecientos trece mil quinientos cincuenta y seis colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintitrés de noviembre del año dos mil diecisiete con la base de cinco millones trescientos cuatro mil quinientos dieciocho colones con sesenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L. contra Saileen Ramírez González. Exp:17-003288-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 25 de setiembre del año 2017.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2017171878 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 356-02096-01-0902-001 (que pesa sobre ambos inmuebles); en el mejor postor remataré los siguientes inmuebles: 1. Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 77821-F-000 la cual es terreno naturaleza: Finca filial número catorce ubicada en el Segundo nivel destinada a uso residencial en proceso de construcción, situada en el distrito 3-veintisiete abril cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, área común libre y finca filial trece; sur, área común libre y área común construida destinada a ductos; este, finca filial doce y área común construida destinada a ductos; oeste, área común libre. Mide: doscientos treinta metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados; con las siguientes bases para remate: para el primer remate la suma de treinta y ocho millones ochocientos setenta y seis mil quinientos cincuenta y seis colones exactos, para Segundo remate la suma de veintinueve millones ciento cincuenta y siete mil cuatrocientos diecisiete colones exactos (rebajada en un 25%), para tercer remate la suma de nueve millones setecientos diecinueve mil ciento treinta y nueve colones exactos (un 25% de la base original). 2. Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 77868-F-000, la cual es naturaleza: Finca filial número sesenta y uno ubicada en el primer subnivel destinada a parqueo en proceso de construcción, situada en el distrito 3- Veintisiete Abril cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, finca filial sesenta; sur, finca filial sesenta y dos y área común construida destinada a muro de retención; este, finca filial sesenta y área común construida destinada a muro de retención, oeste, finca filial sesenta y dos y área común construida destinada a circulación vehicular. Mide: veinticinco metros con diecinueve decímetros cuadrados; con las siguientes bases para remate: para el primer remate la suma de cuatro millones doscientos veintisiete mil novecientos sesenta y ocho colones exactos, para el Segundo remate la suma de tres millones ciento setenta mil novecientos setenta y seis colones exactos (rebajada en un 25%) y para el tercer remate la suma de un millón cincuenta y seis mil novecientos noventa y dos colones exactos (un 25% de la base original). Señalamientos: para el primer remate se señalan las quince horas y cero minutos del treinta de octubre de dos mil diecisiete. De no haber postores, para llevar a cabo el Segundo remate, se señalan las quince horas y cero minutos del catorce de noviembre de dos mil diecisiete. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las quince horas y cero minutos del veintinueve de noviembre de dos mil diecisiete. Publíquese el edicto de ley. Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Vertical Residencial y Comercial Pacific Park contra Pacific Park Volador R Catorce S. A. Exp. N° 14-002164-1206-CJ.— Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, (Santa Cruz), (Materia Cobro), 05 de setiembre del 2017.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2017171881 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando 356-02096-01-0902-001 (que pesa sobre ambos inmuebles); a. Finca inscrita en el Registro Nacional, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad folio real matrícula 77818- f-000, que se describe así: naturaleza: Finca filial número once ubicada en el segundo nivel destinada a uso residencial en proceso de construcción situada en el distrito 03 Veintisiete de Abril cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, área común libre sur, fincas filiales nueve y diez y área común construida destinada a circulación y ductos; este, área común libre y área común construida destinada a ductos; oeste, Área común libre y finca filial diez. Mide: doscientos treinta metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados, con las siguientes bases para remate: primer remate: ciento cuarenta y nueve millones doscientos cuatro mil quinientos ochenta y tres colones con un céntimos. Segundo remate: ciento once millones novecientos tres mil cuatrocientos treinta y siete colones con veintisiete céntimos (rebajada en un 25%). Tercer remate: Treinta y siete millones trescientos un mil ciento cuarenta y cinco colones con setenta y cinco céntimos (un 25% de la base original). b. Finca inscrita en el Registro Nacional, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad folio real matrícula 77867-f-000, que se describe así: Naturaleza: Finca filial número sesenta ubicada en el primer subnivel destinada a parqueo en proceso de construcción, situada en el distrito 03 Veintisiete de Abril cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Finca filial cincuenta y nueve; sur, Finca filial sesenta y uno y área común construida destinada a muro de retención, este: finca filial cincuenta y nueve y área común construida destinada a muro de retención; oeste, Finca filial sesenta y uno y área común construida destinada a circulación vehicular. Mide: veintiún metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Con las siguientes bases para remate: primer remate: siete millones setecientos cincuenta y ocho mil treinta y seis colones con treinta y seis céntimos. Segundo remate: cinco millones ochocientos dieciocho mil quinientos veintisiete colones con veintisiete céntimos (rebajada en un 25%). Tercer remate: un millón novecientos treinta y nueve mil quinientos nueve colones con nueve céntimos (un 25% de la base original). Señalamientos: para tal efecto se señala para el primer remate las quince horas y cero minutos del veinticinco de octubre de dos mil diecisiete. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las quince horas y cero minutos del nueve de noviembre de dos mil diecisiete. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las quince horas y cero minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil diecisiete. Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Vertical Residencial y Comercial Pacifi contra Pacific Park Tiburon R Onze S. A. Exp. N° 14-001249-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 05 de setiembre del 2017.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2017171883 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 304-11818-01-0809-001, demanda ordinaria citas 575-74143-01-0001-001; a las quince horas y treinta minutos del veintitrés de octubre del año dos mil diecisiete, y con la base de un millón trescientos setenta mil novecientos noventa y dos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento dieciocho mil seiscientos dos-cero cuarenta y siete la cual es terreno de potrero y agricultura con una casa. Situada en el distrito tercero Sardinal, cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Alejandro Méndez e Inversiones Jiménez y Cortés S. A.; al sur, Candelario Méndez Méndez, Ángel Coronado Méndez Pedro Antonio, José Graciano Coronado Méndez y lote de Clímaco Coronado Méndez; al este, camino público y Ángel Coronado y al oeste, Manuel Jirón García e Inversiones Jiménez Cortés. Mide: Veintiocho mil trescientos quince metros con noventa y un decímetros cuadrados. Plano G 590797-1985. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del siete de noviembre del año dos mil diecisiete, con la base de un millón veintiocho mil doscientos cuarenta y cuatro colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veintidós de noviembre del año dos mil diecisiete con la base de trescientos cuarenta y dos mil setecientos cuarenta y ocho colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo Segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Financiera Desyfin S. A. contra José Luis Camareno Guido. Exp. N° 15-000882-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, (Liberia), (Materia Cobro), 29 de agosto del año 2017.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—( IN2017171907 ).

En la puerta exterior de este Despacho, con la base de treinta y ocho millones novecientos setenta y un mil cinco colones (¢38.971.005,00), libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, sáquese a remate la finca del partido de San José, sistema de folio real matricula ciento setenta y nueve mil setecientos cincuenta y cuatro, derechos cero cero uno; cero cero dos, cero cero tres, cero cero cuatro, cero cero cinco y cero cero seis, que se describe así: Terreno para construir sito en el distrito cuarto, San Rafael Arriba, del cantón tercero, Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, con calle con diez metros y treinta y dos centímetros; al este, norte y sur, con Luis Jiménez Castro. Mide cuatrocientos diecinueve metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan, para el primer remate, las nueve horas del diecinueve de octubre de dos mil diecisiete. En caso de no haber postores, se señalan, para el Segundo remate las nueve horas del dos de noviembre de dos mil diecisiete. De no haber rematantes se señalan, para el tercer remate las nueve horas del diecisiete de noviembre de dos mil diecisiete. Lo anterior por haberse ordenado dentro del proceso abreviado número 06-100261-0217-CI, proceso abreviado de Eugenia María Rojas Chaves contra Efraín Rolando Rojas Chaves, Luis Gustavo Rojas Chaves, María del Rosario Rojas Chaves, Mario Alberto Rojas Chaves y sucesión de Ana Maritza Rojas Chaves.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 14 de setiembre del 2017.—Dra. Leyla Kristel Lozano Chang, Jueza.—( IN2017171960 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las siete horas y veinte minutos del uno de noviembre de dos mil diecisiete y con la base de cuarenta y nueve mil cuatrocientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número JCC124, marca Toyota, estilo Land Cruiser Prado T., categoría: automóvil, capacidad 7 personas, año 2015, color blanco, VIN JTEBH9FJ8FK147603, cilindrada 3000 cc. combustible diesel, motor Nº 1KD2453751. Para el segundo remate se señalan las siete horas y veinte minutos del dieciséis de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de treinta y siete mil cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las siete horas y veinte minutos del uno de diciembre de dos mil diecisiete con la base de doce mil trescientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo Segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Johnny Eladio Céspedes Cortes. Exp. N° 16-001082-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 31 de mayo del 2017.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2017171963 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de ley forestal citas: 0443-00008514-01-0006-001, reservas de ley forestal citas: 0443-00008514-01-0007-001, servidumbre ecológica y limitaciones citas: 0577-00025712-01-0002-001, servidumbre de vista citas: 0577- 00025712-01-0003-001, servidumbre ecológica y limitaciones citas: 2009- 00060966-01-0002-001, servidumbre ecológica y limitaciones citas: 2009- 00094909-01-0002-001, servidumbre de vista citas: 2009-00094909-01-0003-001, servidumbre ecológica y limitaciones citas: 2009-00238238-01-0002-001, servidumbre de vista citas: 2009-00238238-01-0003-001, servidumbre ecológica y limitaciones citas: 2009-00272108-01-0001-001, servidumbre de vista citas: 2009- 00272108-01-0011-001, servidumbre ecológica y limitaciones citas: 2010- 00049546-01-0004-001, servidumbre de vista citas: 2010-00049546-01-0006-001; a las diez horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre de dos mil diecisiete, y con la base de ciento dos mil quinientos cincuenta y siete dólares con noventa centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento setenta y siete mil setecientos noventa cero cero cero la cual es terreno de montaña. Situada en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Soledad Rodríguez Castro; al este, Batalla Esquivel y al oeste, Soledad Rodríguez Castro. Mide: veinticuatro mil ciento setenta y nueve metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de diciembre de dos mil diecisiete, con la base de setenta y seis mil novecientos dieciocho dólares con cuarenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del doce de enero de dos mil dieciocho con la base de veinticinco mil seiscientos treinta y nueve dólares con cuarenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo Segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra 3-101-597573 S. A. Exp. N° 14-005094-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 11 de agosto del año 2017.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2017171964 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y cincuenta minutos del treinta y uno de octubre de dos mil diecisiete y con la base de dieciséis millones setecientos mil cuatrocientos dieciocho colones con sesenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento dieciocho mil ciento setenta y seis cero cero cero la cual es terreno para construir lote C43. Situada en el distrito 12 Chacarita, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote C44; al sur, lote C42; al este, Construcciones Costa Vera S. A., en parte destinado a calle pública denominada Don Francisco con frente de 8 metros y al oeste lote C45. Mide: ciento cuarenta metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. para el Segundo remate se señalan las trece horas y cincuenta minutos del quince de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de doce millones quinientos veinticinco mil trescientos trece colones con noventa y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y cincuenta minutos del treinta de noviembre de dos mil diecisiete con la base de cuatro millones ciento setenta y cinco mil ciento cuatro colones con sesenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo Segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Francisco Javier Diaz Baltodano, Hazel Betancourt Quirós. Exp. N° 17-001440-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 09 de agosto del 2017.—Licda. Marcela Arce Matarrita, Jueza.—( IN2017171971 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada citas: 0316-00014846-01-0901-001 a las ocho horas y quince minutos del veintiocho de febrero de dos mil dieciocho y con la base de ciento ochenta y cinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y seis mil ciento treinta y dos-cero cero cero la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito San Rafael, cantón Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte Jerú S. A.; al sur Cornelia Ramos Cooper; al este, calle pública y al oeste Jerú S. A. Mide: seiscientos treinta y nueve metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del quince de marzo de dos mil dieciocho, con la base de ciento treinta y ocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y quince minutos del nueve de abril de dos mil dieciocho con la base de cuarenta y seis mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Árbol Plateado S. A. y Naxol Corporation contra Andrea Paola López Saborío. Exp.: 17-009554-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 24 de agosto del 2017.—M.Sc. Jessica Vargas Barboza, Jueza.—( IN2017172000 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando demanda penal citas: 2014-27685-01-0008-001, reservas Ley Aguas citas: 412- 06765-01-0054-001, reservas Ley Caminos citas: 412-06765-01-0053-001, a las siete horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de noviembre de dos mil diecisiete, y con la base de treinta y dos millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y siete mil seiscientos noventa y cinco cero cero cero la cual es terreno naturaleza: terreno de agricultura lote 33. Situada en el distrito 4-Santa Elena, cantón 10-La Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Mónica Tra#a Tra#a y Sotero González Cruz; al sur, Yamileth Garbanzo Guzmán, Ida, Mónica Tra#a Tra#a y Sotero González Cruz; al este, Karen Cristina Alemán Medrano y Marco Castro Delgado y al oeste, Mónica Tra#a Tra#a y Sotero González Cruz. Mide: ciento cuarenta y seis mil setecientos cincuenta y siete metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del trece de diciembre de dos mil diecisiete, con la base de veinticuatro millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del once de enero de dos mil dieciocho con la base de ocho millones ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Wallace Gerardo Espinoza Flores contra Jorge Isaac Romero Sánchez, expediente Nº 16-013580-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia cobro), 20 de setiembre del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2017172023 ).

En la puerta exterior de este Despacho; en el mejor postor remataré lo siguiente: Primera finca: libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 0307-00016446-01-0901-003; a las catorce horas treinta y cinco minutos del tres de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de setenta y seis mil doscientos dieciséis dólares con cincuenta y seis centavos, finca inscrita en el Registro Público, Partido de puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 83748-F cero cero cero, la cual es terreno finca filial número cuarenta y uno de una planta ubicada en el segundo nivel destinada a uso comercial en proceso de construcción. Situada: en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, corredor y vacío; al sur, finca filial cuarenta y corredor; al este, corredor y vacío, y al oeste, finca filial cuarenta y vacío. Mide: cincuenta metros con cero decímetros cuadrados. Segunda finca: libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas 0313-00003373- 01-0903-001, demanda ordinaria citas: 0800-00393987-01-0001-001, demanda ordinaria citas: 2014-00261654-01-0003- 001 y demanda ordinaria citas: 800-403454-01-0001-001; con la base de ciento cincuenta y seis mil setecientos ochenta y nueve dólares con veinte céntimos, finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 00000586-F-000 la cual es terreno local ubicado en sección 10 piso 9. Situada: en el distrito 02 Merced, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, con corredor y vacío; al sur con finca filial cuarenta y corredor; al este, con corredor y vacío, y al oeste zona camino en costado este. Mide: ciento dieciocho metros con cero decímetros cuadrados. Y tercera finca: libre de gravámenes hipotecarios con la base de diez mil novecientos veintiséis dólares con cuarenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 00436988-000 la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada: en el distrito 08 San Antonio, cantón 04 Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, con calle pública con 19 metros y 32 centímetros de frente asfalto; al sur con Felix Herrera Valverde, lote en verde; al este, con Felix Herrera Valverde, casa de Habitación, y al oeste, con Felix Herrera Valverde, casa de Habitación. Mide: quinientos setenta y dos metros con setenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas treinta y cinco minutos del veinte de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de cincuenta y siete mil ciento sesenta y dos dólares con cuarenta y dos centavos la primer finca; ciento diecisiete mil quinientos noventa y un dólares con noventa centavos la segunda finca; ocho mil ciento noventa y cuatro dólares con ochenta y seis centavos la tercer finca, (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas treinta y cinco minutos del cinco de diciembre del dos mil diecisiete con la base de diecinueve mil cincuenta y cuatro dólares con catorce centavos la primera finca; treinta y nueve mil ciento noventa y siete dólares con treinta centavos la segunda finca; dos mil setecientos treinta y un dólares con sesenta y dos centavos la tercer finca (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Catalina de Los Ángeles Brenes Palma, Christopher Robert Payton, Condeco Comercial CVA Sociedad Anónima. Expediente N° 16-001439-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 30 de agosto del 2017.—Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—( IN2017172030 ).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando servidumbre trasladada 280-00617-01-0915-001 y reservas de Ley de Aguas y de Caminos Públicos 517-13644-01-0004-001; soportando Hipoteca I grado con citas 2010-101768-01-0003-001; Hipoteca II grado con citas 2011-207762-01-0001-001; a las diez horas y cero minutos del quince de noviembre de dos mil diecisiete, y con la base de cuarenta y cuatro millones novecientos treinta y tres mil seiscientos ochenta colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número setenta y cinco mil ochocientos ochenta y cinco-F-cero cero cero, la cual es terreno finca filial primaria individualizada N° 114, apta para construir que se destinará a uso habitacional, altura máxima de dos plantas, con una habitación, terraza y tapis. Situada en el distrito San Antonio, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, filial 113; al sur, área común destina a acera con rampa para discapacitados y avenida tercera; al este, filial 132 y retiro de construcción, al oeste, área común destinada a acera con rampa para discapacitados, calle segunda y retiro de construcción al noreste, filial 132, al noroeste, filial 113, al sureste, avenida 3, al suroeste, calle dos. Mide: doscientos trece metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del treinta de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de treinta y tres millones setecientos mil doscientos sesenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del dieciocho de diciembre de dos mil diecisiete con la base de once millones doscientos treinta y tres mil cuatrocientos veinte colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Horizontal Residencial de Fincas Filiales Primarias Individualizadas Málaga contra 3102670114 Sociedad de Responsabilidad Limitada. Exp:15-001203-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 11 de setiembre del 2017.—Msc. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2017172032 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando seis servidumbres sirvientes y ocho servidumbres trasladadas; a las once horas y cero minutos del siete de noviembre del dos mil diecisiete y con la base de un millón quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos ocho mil ochenta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Juan, cantón San Ramón de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte calle pública y Leidy Aura Téllez Mendoza; al sur calle pública; al este calle pública, Viria Patricia Bogantes Vargas y Leidy Aura Téllez Mendoza y al oeste lote uno. Mide: ocho mil doscientos noventa y tres metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintidós de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del siete de diciembre del dos mil diecisiete, con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Zuchero Sociedad Anónima contra Ramon Esteban Picado Morera. Expediente: 16-000928-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, (Materia Cobro), 22 de agosto del 2017.—Licda. María Auxiliadora Cruz, Jueza.—( IN2017172036 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones; a las catorce horas y cero minutos del doce de diciembre del dos mil diecisiete y con la base de veintidós millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos seis mil seiscientos veintidós-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Santiago, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 08,00 metros; al sur, Dinorah Ulate Pérez; al este, José Antonio González Vargas y al oeste, Mario Alberto Ulate Pérez. Mide: doscientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diez de enero del dos mil dieciocho, con la base de dieciséis millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticinco de enero del dos mil dieciocho con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Menher de Occidente S. A. contra Alexander Ulloa Arias. Exp. N° 17-000952-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Cobro), 11 de setiembre del 2017.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2017172037 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones y demanda ordinaria; a las ocho horas y cero minutos del dos de noviembre del dos mil diecisiete y con la base de setecientos ochenta y dos mil setenta y siete colones con cincuenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y un mil novecientos sesenta y siete cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Flor de María Ulate Zamora; al sur, Flor de María Ulate Zamora; al este, calle pública con nueve metros y al oeste, Flor de María Ulate Zamora. Mide: trescientos cuarenta y siete metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de (rebajada en un veinticinco por ciento) sea la suma de quinientos ochenta y seis mil quinientos cincuenta y ocho colones con doce céntimos y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del cuatro de diciembre del dos mil diecisiete con la base de (un veinticinco por ciento de la base inicial) sea la suma de ciento noventa y cinco mil quinientos diecinueve colones con treinta y siete céntimos. Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Inmobiliaria Walma Int S. A., expediente Nº 07-001056-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 07 de setiembre del 2017.—Licda. Sandra Trejos Jiménez, Jueza.—( IN2017172112 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y quince minutos del siete de noviembre de dos mil diecisiete y con la base de veinticinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de…, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cero cero cero, la cual es terreno. Situada en la provincia: San José, finca: 211939, duplicado: horizontal: derecho: 000, naturaleza: para construir con una casa, situada en el distrito 09 Pavas, cantón 01 San José. Linderos: norte: destinado a calle pública, sur: Jorge Badilla y Carmen Sánchez C., este: Rohrmoser Hermanos Ltda., oeste: destinado a calle pública. Mide: ciento ochenta y cinco metros con cuatro decímetros cuadrados Plano: SJ-0575463-1985. Para el segundo remate se señalan las quince horas y quince minutos del veintidós de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y quince minutos del siete de diciembre de dos mil diecisiete, con la base de seis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Nota: se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de compañía San Alfonso S. A. contra José Loria Murillo. Expediente: 17-011668-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de setiembre del 2017.—Msc. Andrea Latiff Brenes, Jueza.—( IN2017172115 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del veintisiete de octubre de dos mil diecisiete y con la base de catorce millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número:40282-000, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir con 1 casa, situada en el distrito 01 Bagaces cantón 04 Bagaces de la provincia de Guanacaste, Linderos: norte: calle publica actualmente con un frente de 10 mts, 80 cms. sur : Edgar Ordoñez Delgado, este: Marco Aurelio Mayorga Chaves y Beatriz Porras Solera oeste: Olger Vega Solorzano. Mide: doscientos sesenta metros con cinco decímetros cuadrados, Plano:G-0660418-1986.- Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del trece de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de diez millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de noviembre de dos mil diecisiete con la base de tres millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Javier Vega Solera Exp:16-001979-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 28 de agosto del 2017.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2017172120 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y cuarenta minutos del veintisiete de octubre de dos mil diecisiete, y con la base de cuarenta y siete millones quinientos trece mil seiscientos cuarenta y tres colones con cincuenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número noventa y nueve mil trescientos setenta y tres-cero cero cero (99373-000) la cual es terreno para construir numero 2 E, con una casa de block. Situada en el distrito 4-Ulloa, cantón 1-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 1 e; al sur, lote 3 E; al este, calle y al oeste, Ernesto González Flores. Mide: doscientos veinticuatro metros con nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta minutos del trece de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de treinta y cinco millones seiscientos treinta y cinco mil doscientos treinta y dos colones con sesenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta minutos del veintiocho de noviembre de dos mil diecisiete con la base de once millones ochocientos setenta y ocho mil cuatrocientos diez colones con ochenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Heredia contra Carlos Alberto del Carmen Moscoso Mora. Exp. N° 16-003755-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 24 de agosto del año 2017.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—( IN2017172131 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 295-05932-01-0943-001, servidumbre de paso citas: 531-13630-01-0004-001; en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 159226-000 la cual es naturaleza: terreno para construir, situada en el distrito 06 Nosara cantón 02 Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Eida Arroyo Gutiérrez, sur, Juan Arroyo Arroyo, este, servidumbre de paso con frente a ella de 19 metros 62 centímetros, oeste, Eida Arroyo Gutiérrez. Mide: cuatrocientos dieciséis metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: G-1196116-2007. Señalamientos: Para el primer remate se señalan las diez horas y cero minutos del tres de noviembre de dos mil diecisiete, y con la base de cuatro millones doscientos cincuenta mil colones exactos. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de tres millones ciento ochenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de diciembre de dos mil diecisiete con la base de un millón sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Francisco Eduardo Chacón Paniagua. Exp: 15-000775-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 26 de setiembre del 2017.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2017172148 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 267-04974-01-0901-001 y demanda penal citas 800-189088-01-0001-001; en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 91089-000 la cual es naturaleza: Terreno para construir con una casa, situada en el distrito 01 Cañas cantón 06 Cañas de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, lote dos; sur, Ana Rodríguez Hernández; este, Inversiones La Esperanza Bagace#a S. A., oeste, calle pública con 6 metros 50 centímetros. Mide: ciento treinta metros cuadrados, plano: G-0263254-1995. Señalamientos: para el primer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil diecisiete y con la base de cinco millones de colones exactos. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del diez de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de noviembre de dos mil diecisiete con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Alexis Gerardo Cerdas Brenes. Exp. N° 15-002809-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 24 de agosto del 2017.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2017172149 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del uno de noviembre de dos mil diecisiete y con la base de cinco millones novecientos ochenta y tres mil ciento noventa y dos colones con un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 116961-000, la cual es naturaleza: terreno para construir, situada en el distrito 03 Sardinal cantón 05 Carrillo de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública con 9,98 metros de frente, sur, Angela Pizarro Abarca, este, Angela Pizarro Abarca oeste, Angela Pizarro Abarca. Mide: trescientos veinte metros con cincuenta decímetros cuadrados. Plano: G-0614205-2000. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones cuatrocientos ochenta y siete mil trescientos noventa y cuatro colones con un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de diciembre de dos mil diecisiete con la base de un millón cuatrocientos noventa y cinco mil setecientos noventa y ocho colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Olga Libia Gutiérrez Pizarro. Exp: 17-000057-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 12 de setiembre del 2017.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2017172150 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo 322, asiento 3004-01-0910-001; a las catorce horas y treinta minutos del dieciocho de octubre del año dos mil diecisiete, y con la base de dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 204503-001 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 San Juan de Dios, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Narciso Valverde Valverde, con 13,36m; al sur, Río Poás con 13 m. 36 cm; al este, Narciso Valverde Valverde, con 12,53 m. y al oeste, calle con 2 m. 50 cm. y otro con 18,39 m. Mide: ocho mil quinientos cincuenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del dos de noviembre del año dos mil diecisiete, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de noviembre del año dos mil diecisiete con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Desamparados contra Javier Francisco Cascante Orozco. Exp. N° 13-012266-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 27 de setiembre del 2017.—Lic. Melvin Cavero Araya, Juez.—( IN2017172162 ).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipotecas de primer y segundo grado a favor del Banco Nacional de Costa Rica, inscritas bajo las citas 2012-27721-01-0002-001 y 2012-392966-01-0001-001, respectivamente; a las nueve horas y treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil diecisiete y con la base de ochenta y ocho millones doscientos sesenta y ocho mil setecientos veintidós colones con ochenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 448626-000, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Randall Rojas Castro y servidumbre de paso, sur: José María Rojas Núñez, este: José María Rojas Núñez, oeste: servidumbre de paso. Mide: cinco mil sesenta y seis metros con ochenta decímetros cuadrados. Plano: A-1229023-2008. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del cinco de diciembre del dos mil diecisiete, con la base de sesenta y seis millones doscientos un mil quinientos cuarenta y dos colones con diez céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de diciembre del dos mil diecisiete, con la base de veintidós millones sesenta y siete mil ciento ochenta colones con setenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Danilo William Porras Araya contra Heiner Rojas Castro. Expediente: 14-000001-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 12 de setiembre del 2017.—Lic. José Elidier Rojas Corrales, Juez.—( IN2017172165 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las dieciséis horas y cero minutos del diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete y con la base de tres millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número seiscientos cincuenta y cinco mil quinientos sesenta y siete cero cero cero la cual es terreno para construir. situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, José Amancio Rojas Cruz; al sur, José Amancio Rojas Cruz; al este, José Amancio Rojas Cruz y al oeste, calle pública. Mide: trescientos sesenta y nueve metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del cuatro de diciembre del dos mil diecisiete, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veinte de diciembre del dos mil diecisiete con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Gerardo Zúñiga Obando contra Ericka María Hernández Solís. Exp. N° 17-002536-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 05 de setiembre del 2017.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—( IN2017172168 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 351-03399-01-0002-001; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del dos de noviembre de dos mil diecisiete, y con la base de diecisiete millones seiscientos setenta y siete mil cuatrocientos quince colones con trece céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 55108-000 la cual es naturaleza: terreno para construir con una casa situada en el distrito 03 Sardinal cantón 05 Carrillo de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, camino público con frente 27m 05cm, sur, Luis García Martínez este, Mario Contreras Gutiérrez, oeste, Julio César Guillén Martínez, Mide: quinientos setenta y cinco metros con veintiocho decímetros cuadrados. Plano: G-0539727-1984. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de trece millones doscientos cincuenta y ocho mil sesenta y un colones con treinta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de diciembre de dos mil diecisiete con la base de cuatro millones cuatrocientos diecinueve mil trescientos cincuenta y tres colones con setenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L. contra Francisco Azofeifa González y contra Maribel del Carmen Guillén Martínez. Exp:16-000790-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 21 de setiembre del 2017.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2017172169 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del ocho de noviembre de dos mil diecisiete, y con la base de once mil ciento treinta y nueve dólares con cincuenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: CL-276679.- marca: JAC; estilo: HFC1042K; capacidad: 3 personas; año: 2013; color: blanco; categoría: carga liviana; carrocería; arenero; tracción: 4X2; chasís: LJ11KBBC9D9001923; N° motor: HFC4DA1C4035944; cilindrada: 2771 c.c.; cilindros: 4; combustible: diesel. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintitrés de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de ocho mil trescientos cincuenta y cuatro dólares con sesenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del doce de diciembre de dos mil diecisiete con la base de dos mil setecientos ochenta y cuatro dólares con ochenta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda Costa Rica S. A. contra Vera Emilia Bonilla Naira. Exp. N° 17-009681-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado De Cobro I Circuito Judicial de San José, 21 de agosto del 2017.—Licda. Kathya María Araya Jácome, Jueza.—( IN2017172259 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones con las citas 315-06858-01-0901-059, servidumbre de líneas eléctricas y de paso con las citas 570-90432-01-0002-001; a las trece horas y treinta minutos del veintisiete de octubre del año dos mil diecisiete, y con la base de veintiún millones doscientos ochenta y siete mil doscientos treinta colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número treinta mil doscientos veinticinc-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 Palmar, cantón 05 Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, José de Jesús Bustos y Alcides Vargas Barboza; al sur, Neftalí Cordero; al este, servidumbre y José Vargas y al oeste, calle Alcides Vargas Barboza. Mide: ciento cuarenta mil quinientos noventa y un metros con doce decímetros cuadrados plano P-0631158-2000. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del trece de noviembre del año dos mil diecisiete, con la base de quince millones novecientos sesenta y cinco mil cuatrocientos veintidós colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre del año dos mil diecisiete con la base de cinco millones trescientos veintiún mil ochocientos siete colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Importaciones Kobby Forcé Sociedad Anónima. Exp: 16-001152-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 04 de setiembre del año 2017.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—( IN2017172267 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre sirviente, bajo citas: 358-01269-01-0903-001; Reservas y Restricciones, bajo citas: 358-01269-01-0908.001; Cond Prohibiciones Ref.: 2859-151-001, bajo citas: 358-01269-01-0915-001; a las diez horas y cero minutos del uno de noviembre del año dos mil diecisiete, y con la base de cinco millones nueve mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos trece mil ochocientos setenta y uno cero cero cero la cual es terreno de café lote dos. Situada en el distrito 8-Cajón, cantón 19 - Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Juan Bautista Espinoza Hernández; al sur, Miguel Calderón Chinchilla; al este Miguel Calderón Chinchilla y al oeste, Coopeagri R. L. Mide: diez mil setecientos dieciocho metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de noviembre del año dos mil diecisiete, con la base de tres millones setecientos cincuenta y seis mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del uno de diciembre del año dos mil diecisiete con la base de un millón doscientos cincuenta y dos mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Annia Jeannette Leiva Calderón Exp.:15-005749-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón (Materia Cobro), 31 de agosto del 2017.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2017172309 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 401-03602-01-0901-001, servidumbre trasladada, citas: 401-03602-01-0903-001, a las diez horas y cero minutos del dieciséis de enero del año dos mil dieciocho, y con la base de cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos tres mil cuatrocientos cuarenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 08 Cajón, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Hernán Cordero, Nidia Leiva; al sur, Annia Nancy Leiva y Antonio Quesada Malavassi; al este, carretera interamericana, Flor María Leiva Calderón y al oeste, Hernán Calderón Chinchilla. Mide: ocho mil sesenta y ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del treinta y uno de enero del año dos mil dieciocho, con la base de tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del quince de febrero del año dos mil dieciocho con la base de un millón de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Hugo Alexánder Rojas Vargas, expediente Nº 17-003751-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 14 de setiembre del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2017172371 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones ref: 1816213002, citas: 292-09232-01-0905-002, prohibiciones ref: 1816213002, citas: 292-09232-01-0906-002; a las nueve horas y cero minutos del diecisiete de enero del año dos mil dieciocho, y con la base de catorce millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos cuarenta y siete mil ciento noventa y ocho cero cero cero la cual es terreno de café.- Situada en el distrito 04 Rivas, cantón 19 Pérez Zeledón , de la provincia de San José.- Colinda: al norte, servidumbre de paso de 6 metros y Marvin Fernández Acuña; al sur, Jenny Fernández Acuña y Eduardo Quirós Vargas; al este, Jenny Fernández Acuña y servidumbre de paso de 6 metros y al oeste, Eduardo Antonio Quirós Vargas. Mide: dos mil doscientos sesenta metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de febrero del año dos mil dieciocho, con la base de diez millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de febrero del año dos mil dieciocho con la base de tres millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jeison López Cordero. Exp. 17-003789-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 14 de setiembre del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2017172372 ).

Primer Remate: A las nueve horas treinta minutos del seis de noviembre del dos mil diecisiete, en la puerta exterior del Juzgado Agrario de Upala, libre de gravámenes hipotecarios, soportando gravamen o afectaciones por condiciones I.D. Ref.: 0000 Ley 2825, según citas 0391-00012898-01-0877-001 y con la base de cincuenta y un millones seiscientos veintiocho mil setecientos ochenta y seis colones con trece céntimos, en el mejor postor se rematará la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad Inmueble, Partido de Alajuela, número 220276-000. Es terreno para la agricultura, ubicado en Buena Vista [distrito], de Guatuso [cantón] de la provincia de Alajuela. Sus linderos son: norte, río Buena Vista; sur, Huber Rojas y Nidia Barrantes; este, Huber Rojas, Nidia Barrantes, lote 21; y oeste, Huber Rojas, Nidia Barrantes, Jesús Rojas y Jesús Alvarado. Mide: ciento veintiséis mil seiscientos noventa y tres metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Pertenece a Huber Rojas Pérez. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de treinta y ocho millones setecientos veintiún mil quinientos ochenta y nueve colones con cinco céntimos (rebajada en un 25% de la base original). De no existir postores en el segundo remate, para celebrar el tercero, se señalan las nueve horas treinta minutos del seis de diciembre del dos mil diecisiete, con la base de doce millones novecientos siete mil ciento noventa y seis colones con cinco céntimos (un 25% de la base original). Lo anterior por estar así ordenado en Proceso de Ejecución Hipotecaria del Banco de Costa Rica contra Huber Rojas Pérez. Expediente 17-000011-1520-AG (T2).—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial De Alajuela, Sede Upala, 19 de setiembre del 2017.—Msc. Silvia Elena Sánchez Blanco, Jueza Agraria.—( IN2017172389 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 297-19420-01-0002-001, a las siete horas y treinta minutos del veinte de noviembre del año dos mil diecisiete, y con la base de un millón ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y cuatro cero cero cero la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito 3 San Antonio, cantón 2 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Hilaria Sánchez Carrillo; al sur, Dimas Carrillo Torres, Matías Montes Carrillo y otros; al este, calle pública y al oeste, Hilaria Sánchez Carrillo y Elmer Ruiz Ramírez. Mide: veintiséis mil setecientos ochenta y cuatro metros con noventa decímetros cuadrados. Plano: G-0917838-2004. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del cinco de diciembre del año dos mil diecisiete, con la base de un millón trescientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del veintiuno de diciembre del año dos mil diecisiete con la base de cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Álvaro Montes Carrillo, expediente Nº 17-001211-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia cobro), 22 de setiembre del 2017.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—( IN2017172396 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada (citas: 374-09369-01-0803-001; a las once horas y cero minutos del treinta de octubre de dos mil diecisiete, y con la base de siete millones setecientos cincuenta y un mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos setenta y dos mil quinientos ochenta y siete cero cero uno, cero cero dos la cual es de naturaleza: Terreno para construir lote 26-A. Situada en el distrito 5 Ipís, cantón 8 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Inv. Quesada y Campos S. A.; al sur, Inv. Quesada y Campos S. A.; al este, calle pública y al oeste, Inv. Quesada y Campos S. A. Mide: ciento cuarenta metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del catorce de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de cinco millones ochocientos trece mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintinueve de noviembre de dos mil diecisiete con la base de un millón novecientos treinta y siete mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Elmer Jesús Pérez Mora, Johanna Gabriela Quesada Mayorga. Exp.: 17-005090-1157-CJ (Materia Cobro).—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 31 de agosto del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2017172423 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 393-08026-01-0901-001; a las trece horas y treinta minutos del seis de noviembre de dos mil diecisiete y con la base de siete millones ochocientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos seis mil noventa y dos cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: lote para construcción de vivienda de interés social. Situada en el distrito 8-Ángeles, cantón 2-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Enid Mora Varela; al sur, calle pública; al este, Enid Mora Varela y al oeste, Cinthia María Castro Mora. Mide: cuatrocientos setenta y ocho metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de cinco millones ochocientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del seis de diciembre de dos mil diecisiete con la base de un millón novecientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Yefry Gerardo Vargas Villeda. Exp: 17-005740-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 06 de setiembre del año 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2017172425 ).

En la puerta exterior de este Despacho, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y treinta minutos del veintitrés de octubre de dos mil diecisiete, y con la base de cuarenta y un millones ochocientos mil colones exactos Finca inscrita en el Registro Nacional, Provincia de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos noventa y cuatro mil novecientos dieciséis cero cero cero, la cual es de naturaleza: Terreno con dos casas y patio. Situada en el distrito 3 San Juan, cantón 2 San Ramon, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Flory María Amores Jiménez y Teresa Segnini Venegas; al sur Santos Luis Fernández Chaverri y Ángel Reyes Rosales; al este, calle pública con un frente de 09,00 metros y al oeste Ricardo Jiménez Artavia. Mide: doscientos ochenta y cuatro metros con treinta y nueve decímetros cuadrados.- Para el Segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del siete de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de treinta y un millones trescientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veintidós de noviembre de dos mil diecisiete con la base de diez millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) Libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y treinta minutos del veintitrés de octubre de dos mil diecisiete, con la base de diecinueve millones seiscientos mil colones exactos. Finca inscrita en el Registro Nacional, Provincia de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos noventa y siete mil quinientos cincuenta y tres cero cero cero la cual es de naturaleza: Terreno para construir con una casa de habitación.- Situada en el distrito 3-San Juan, cantón 2-San Ramon, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Marco Antonio Elizondo Arias; al sur Edwin Somarribas Alaniz y Luis Guillermo Sandoval Arce; al este, calle pública con ocho metros cuarenta centímetros y al oeste, Sonia Obando Suárez. Mide: doscientos setenta y cuatro metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del siete de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de catorce millones setecientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veintidós de noviembre de dos mil diecisiete con la base de cuatro millones novecientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 3) Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada (citas: 358-15220-01-0937-001); a las quince horas y treinta minutos del veintitrés de octubre de dos mil diecisiete, y con la base de veinticuatro millones trescientos mil colones exactos, Finca inscrita en el Registro Nacional, provincia de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos dieciocho mil setecientos noventa y seis cero cero cero la cual es de naturaleza: Para construir n 38. Situada en el distrito 3, San Juan, cantón 2 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Elizabeth Vega León; al sur, Mario Rodríguez Monge; al este, calle pública con 8,00 metros de frente y al oeste, Jorge Rodríguez Villalobos. Mide: ciento ochenta y dos metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del siete de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de dieciocho millones doscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veintidós de noviembre de dos mil diecisiete con la base de seis millones setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 4) Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y Restricciones (citas: 325-11522-01-0901-001), servidumbre de paso (citas: 428-11036-01-0002-001); a las quince horas y treinta minutos del veintitrés de octubre de dos mil diecisiete, y con la base de veintinueve millones de colones exactos, Finca inscrita en el Registro Nacional, Provincia de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y un mil trescientos cuarenta y cinco cero cero cero la cual es de naturaleza: Terreno para construir lote 9 E. Situada en el distrito 1 Bagaces, cantón 4 Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte calle privada con 49,06 metros de frente en medio con Gerardo Martínez Quirós; al sur, calle pública con un frente a ella de 50 metros; al este, Gerardo Martínez Quirós y al oeste, Gerardo Martínez Quirós. Mide: cuatro mil cuatrocientos ochenta y cuatro metros con dos decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del siete de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de veintiún millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veintidós de noviembre de dos mil diecisiete con la base de siete millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 5) Libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre de paso (citas: 345-05770-01-0003-001), servidumbre de aguas pluviales (citas: 423-00409-01-0001-001), servidumbre de paso (citas: 423-00409-01- 0002-001), servidumbre de paso (citas: 423-00409-01-0004-001); a las quince horas y treinta minutos del veintitrés de octubre de dos mil diecisiete, y con la base de treinta y seis millones setecientos treinta y un mil seiscientos sesenta y tres colones con ochenta y nueve céntimos, Finca inscrita en el Registro Nacional, Provincia de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y cinco mil quinientos veintisiete cero cero cero la cual es de naturaleza: Terreno para construir.- Situada en el distrito 1 Puntarenas, cantón 1, Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Ganadería La Antigua S. A.; al sur, Ganadería La Antigua S. A.; al este, calle pública y al oeste, Ganadería La Antigua S. A. Mide: tres mil ciento catorce metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del siete de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de veintisiete millones quinientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos setenta y cuatro colones con noventa y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veintidós de noviembre de dos mil diecisiete con la base de nueve millones ciento ochenta y dos mil novecientos quince colones con noventa y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 6) Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso (citas: 366-18202-01-0904-001), servidumbre de paso (citas: 443-13928-01-0007-001), servidumbre de paso (citas: 575- 34646-01-0002-001); a las quince horas y treinta minutos del veintitrés de octubre de dos mil diecisiete, y con la base de ciento cincuenta y siete millones doscientos sesenta y ocho mil trescientos treinta y seis colones con once céntimos, Finca inscrita en el Registro Nacional, Provincia de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y cuatro mil ciento setenta y tres cero cero cero la cual es de naturaleza: Terreno de patio en parte construido. Situada en el distrito 15, El Roble, cantón 1 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Skyser de Puntarenas SM S. A y servidumbre de paso; al sur, servidumbre de paso y Ganadería La Antigua S. A.; al este, Kimberly y Estiven Medina, Katia Sibaja Monjica y Servidumbre de paso y al oeste, Inversiones Tres en Uno S. A. Mide: dos mil doscientos cuarenta y cinco metros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del siete de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de ciento diecisiete millones novecientos cincuenta y un mil doscientos cincuenta y dos colones con ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veintidós de noviembre de dos mil diecisiete con la base de treinta y nueve millones trescientos dieciocho mil ochenta y cuatro colones con tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 7) Libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y treinta minutos del veintitrés de octubre de dos mil diecisiete, y con la base de dieciocho millones cien mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Nacional, Provincia de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuatro mil doscientos ochenta y cuatro cero cero cero la cual es de naturaleza: Terreno para construir lote 148. Situada en el distrito 1, Miramar, cantón 4, Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con 10 metros; al sur, Hercer Inversiones S. A.; al este, Facilidades Comunales Hercer Inversiones S. A. (Área destinada a parque) y al oeste, Hercer Inversiones S. A. lote 147. Mide: doscientos metros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del siete de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de trece millones quinientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veintidós de noviembre de dos mil diecisiete con la base de cuatro millones quinientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial. 8) Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada (citas: 304-03169-01-0901-002); a las quince horas y treinta minutos del veintitrés de octubre de dos mil diecisiete, y con la base de ochenta y cuatro millones doscientos mil colones exactos, Finca inscrita en el Registro Nacional, provincia de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento diecinueve mil trescientos cuarenta y uno cero cero cero la cual es terreno de naturaleza: Terreno con 1 casa. Situada en el distrito 3, Hospital, cantón 1, San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte avenida cuatro con 4,98 metros de frente; al sur, Propiedades Cecilia S. A.; al este, Carlos Felipe Víquez Larrad y al oeste, Anca Médica S. A. Mide: trescientos cincuenta metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del siete de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de sesenta y tres millones ciento cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veintidós de noviembre de dos mil diecisiete con la base de veintiún millones cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Marco Antonio Elizondo Arias. Exp.: 13-008465-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 07 de setiembre del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2017172433 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 166221-000, la cual es naturaleza: lote C terreno para construir. Situada: en el distrito 5-Sámara, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Los Esterones de Samara S. A. y José Joaquín Chacón S. A.; sur, calle pública con un frente de 12 metros; este, Los Esterones de Samara S. A. y José Joaquín Chacón S. A.; oeste, Los Esterones de Samara S. A. y José Joaquín Chacón S. A. Mide: doscientos cuarenta metros cuadrados. Plano: G-0910438-1990. Para el primer remate, se señalan a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del tres de noviembre del dos mil diecisiete, y con la base de trece millones ciento ochenta y un mil cuarenta y tres colones con noventa y nueve céntimos. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de nueve millones ochocientos ochenta y cinco mil setecientos ochenta y dos colones con noventa y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de diciembre del dos mil diecisiete, con la base de tres millones doscientos noventa y cinco mil doscientos sesenta y un colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José William Hernández López. Expediente Nº 15-001333-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 26 de setiembre del 2017.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2017172438 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas del veinticuatro de octubre del dos mil diecisiete y, con la base de veintisiete millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas EE 026975, marca Komatsu, estilo: Back Hoe; año 2004, color amarillo, carrocería: cargador de llanta, tracción 4x4; chasis A20636, vin A20636, serie A20636, capacidad una persona, categoría equipo especial obras civiles, cilindrada 4412 c.c, combustible diésel. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas del ocho de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de veinte millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas del veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en el proceso de ejecución prendaria, del Banco Nacional de Costa Rica contra Erick Araya Sibaja y Transportes Arasiba S. A. Expediente: N° 11-000659-0386-CI.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 25 de setiembre del 2017.—Licda. Jenny Corrales Torres, Notaria..—( IN2017172440 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y quince minutos del catorce de febrero de dos mil dieciocho, y con la base de cinco mil ciento cuarenta y seis dólares con setenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número CL-247607. Marca Ford. Estilo Ranger. Categoría carga liviana. Capacidad 5 personas. Año 2009. Color azul. Vin MNCUSFE409W792945. Cilindrada 2500 c.c. Combustible diésel. Motor Nº WLTA141481. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del dos de marzo de dos mil dieciocho, con la base de tres mil ochocientos sesenta dólares con ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del veinte de marzo de dos mil dieciocho con la base de mil doscientos ochenta y seis dólares con sesenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecucion prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Michelle Videche Rodríguez. Exp. 15-012928-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 08 de setiembre del 2017.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—( IN2017172466 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y cero minutos del veintiocho de noviembre de dos mil diecisiete, y con la base de veintiún mil quinientos dólares con setenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas Nº RSN000, marca Toyota, estilo RAV 4, categoría automóvil, año 2016, color gris, vin JTMZF9EV8GJ034125, cilindrada 2500 c.c. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del catorce de diciembre de dos mil diecisiete, con la base de dieciséis mil ciento veinticinco dólares con cincuenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del quince de enero de dos mil dieciocho con la base de cinco mil trescientos setenta y cinco dólares con diecisiete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Rónald Gerardo Sanabria Núñez, expediente Nº 17-012730-1044-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de setiembre del 2017.—Licda. Yessenia Brenes González, Jueza.—( IN2017172470 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas 2016-00016752-01-0001-001, a las catorce horas cero minutos del dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete, y con la base de cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos siete mil veinte cero cero cero la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito 01 Santiago, cantón 04 Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Cecilia Chavarría Murillo; al sur, calle pública; al este, Eugenia Chacón Gutiérrez y al oeste, calle pública. Mide: doscientos veintiún metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas cero minutos del primero de diciembre del dos mil diecisiete, con la base de tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas cero minutos del diecinueve de diciembre del dos mil diecisiete con la base de un millón de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Maikol Andrey Chavarría Salazar contra Cecilia Chavarría Murillo, expediente Nº 17-010704-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de agosto del 2017.—Lic. Édgar Echegaray Rodríguez, Juez.—( IN2017172480 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las quince horas y treinta minutos del ocho de noviembre del dos mil diecisiete, y con la base de dieciséis millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 70475-001, 002 la cual es terreno naturaleza de potrero y agricultura con 1 casa. Situada: en el distrito 1 San Rafael, cantón 7 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Rafael Sanabria Solano; al sur, calle pública con 9m 95cm; al este, lote décimo cuarto, y al oeste, lote duodécimo. Mide: ciento setenta y tres metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y treinta minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de doce millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y treinta minutos del quince de diciembre del dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ortiz y Jiménez R G C S Sociedad Anónima contra Distribuidora de Hortalizas Aries H A Sociedad Anónima, Lilliana María del Carmen Granados Ramírez. Expediente Nº 16-009585-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 22 de setiembre del 2017.—Licda. Adriana Rodríguez Corrales, Jueza.—( IN2017172530 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de octubre del dos mil diecisiete, y con la base de cuarenta y cinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa mil quinientos veintiocho cero cero cero la cual es terreno de solar con una casa. Situada: en el distrito 2-Cervantes, cantón 6-Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al noreste, Inversiones Chacón Granados de Cervantes S. A.; al noroeste, Víctor Chacón Granados; al sureste, Inversiones Chacón Granados de Cervantes S. A., y al suroeste, calle pública con frente a ella de 9.76 metros. Mide: cuatrocientos cincuenta y cinco metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del ocho de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de treinta y tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete con la base de once mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cultivos Agrícolas de Naranjo Sociedad Anónima contra Carlos Eduardo Chacón Granados. Expediente N° 16-008629-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 25 de setiembre del 2017.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2017172531 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos (10:00 am) del veinticuatro de octubre de dos mil diecisiete y con la base de treinta y un millones seiscientos setenta y tres mil doscientos cincuenta colones con cincuenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 227110-000, la cual es terreno para construir lote 36D. Situada: en el distrito 03 Tobosi, cantón 08 El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 35D; al sur lote 37D; al este, calle pública con 7 metros de frente, y al oeste lote 4 y 3D. Mide: ciento veintiséis metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos (10:00 am) del ocho de noviembre de dos mil diecisiete con la base de veintitrés millones setecientos cincuenta y cuatro mil novecientos treinta y siete colones con noventa y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos (10:00 am) del veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de siete millones novecientos dieciocho mil trescientos doce colones con sesenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Gilbert Alberto Gutiérrez Rivera. Expediente N° 14-007625-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 05 de setiembre del 2017.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2017172558 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas Ley Caminos citas: 409-01038-01-0132-001 y reservas Ley Aguas citas: 409-01038-01-0133-001 (que pesa sobre la finca 7-120362-000) y reservas Ley Caminos citas: 409-01038-01-0132-001, reservas Ley Aguas citas: 409-01038-01-0133-001 y servidumbre de paso citas: 568-51162-01-0006-001 (que pesa sobre el inmueble 7-116826-001 y 002), remataré los siguientes bienes inmuebles: 1. Finca inscrita en el Registro Nacional, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 120362-000, que se describe así: naturaleza: terreno para agricultura, situada en el distrito 4-Río Jiménez, cantón 6-Guácimo de la provincia de Limón. Linderos: norte, Uniban de Costa Rica; sur, Carmen Gutiérrez Méndez, servidumbre agrícola, con frente de 7 metros; este, río Platanar y oeste, Wagner Villalobos Palma. Mide: siete mil treinta y dos metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Plano: L-1162197-2007. Con las siguientes bases para remate: primer remate: treinta mil doscientos cuarenta y siete dólares con treinta y dos centavos. Segundo remate: veintidós mil seiscientos ochenta y cinco dólares con cuarenta y nueve centavos (rebajada en un 25%). Tercer remate: siete mil quinientos sesenta y un dólares con ochenta y tres centavos (un 25% de la base original). 2. Finca inscrita en el Registro Nacional, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 116826 derechos 001 y 002, que se describe así: naturaleza: terreno para agricultura con una casa de habitación, situada en el distrito 4-Río Jiménez, cantón 6-Guácimo de la provincia de Limón. Linderos: norte, Univan de Costa Rica; sur, Guido Rojas Chavarría y servidumbre de paso; este, Gladys Rojas Chavarría y oeste, río Platanal. Mide: diez mil metros cuadrados. Plano: L-1069173-2006. Con las siguientes bases para remate: primer remate: cuarenta y cuatro mil novecientos veinte dólares con noventa y nueve centavos. Segundo remate: treinta y tres mil seiscientos noventa dólares con setenta y cuatro centavos (rebajada en un 25%). Tercer remate: once mil doscientos treinta dólares con veinticuatro centavos (un 25% de la base original). Señalamientos: para tal efecto se señalan las ocho horas y cero minutos del veinticinco de octubre de dos mil diecisiete (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del nueve de noviembre de dos mil diecisiete. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil diecisiete. Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Alba María Quesada Cascante, Villa I Lobos del Río Jiménez S. A., Wagner Villalobos Palma, expediente Nº 17-000739-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia cobro), 26 de setiembre del 2017.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2017172559 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil diecisiete (3:30 p. m./26/10/2017), y con la base de ocho millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 172810-000, la cual es terreno naturaleza lote 31-N terreno para construir. Situada en el distrito 05 Aguacaliente (San Francisco), cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 32N; al sur, lote 30N; al este, calle pública número dos con un frente de 7 metros y al oeste, IMAS. Mide: ciento treinta y un metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del trece de noviembre de dos mil diecisiete (3:30 p. m./13/11/2017), con la base de seis millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veintinueve de noviembre de dos mil diecisiete (3:30 p. m./29/11/2017) con la base de dos millones ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Geisel Montes Martínez, Henry Alberto Desanti Gatgens. Exp.: 14-004191-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 12 de setiembre del año 2017.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Juez.—( IN2017172560 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 111404-000, la cual es naturaleza: terreno apto para construir situada en el distrito 3-Sardinal, cantón 5-Carrillo de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Jorge Pizarro Pizarro, sur, Tomas Moreno Valerín, este, calle pública con 17.91 metros, oeste, Griselda Bustamante Rosales. Mide: cuatrocientos cuarenta y nueve metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Plano: G-0316942-1996. Para el primer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del treinta y uno de octubre del dos mil diecisiete, y con la base de treinta y siete mil setecientos setenta y siete dólares con ochenta y siete centavos. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del quince de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de veintiocho mil trescientos treinta y tres dólares con cuarenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del treinta de noviembre de dos mil diecisiete con la base de nueve mil cuatrocientos cuarenta y cuatro dólares con cuarenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Carlos Ricardo del Carmen Pizarro Pizarro, María de Los Ángeles Corrales Sandí. Expediente N° 17-000084-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 11 de setiembre del 2017.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2017172561 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 19984-000 la cual es naturaleza: terreno de naturaleza irregular dedicado a la agricultura parcela 4-17 A situada en el distrito 6-Cuajiniquil, cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, parcela 4-19 y lote de Julio Castro Serrano, sur, camino público, este, parcela 4-12 C oeste, calle, parcela 4-15 parcela 4-19A y Julio Castro Serrano. Mide: siete mil trescientos noventa y tres metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Plano: G-0848445-2003. Señalamientos: Para el primer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de octubre de dos mil diecisiete, y con la base de ciento tres mil cuatrocientos ochenta y un dólares con diecisiete centavos. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del quince de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de setenta y siete mil seiscientos diez dólares con ochenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta de noviembre de dos mil diecisiete con la base de veinticinco mil ochocientos setenta dólares con veintinueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Yorleny Muñoz Calderón. Exp: 16-002941-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 11 de setiembre del 2017.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2017172562 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas: 0216-00004435-01-0901-001, a las quince horas treinta minutos del diez de noviembre del año dos mil diecisiete, y con la base de sesenta y ocho mil cincuenta y seis dólares con cincuenta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 120434-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 San Rafael, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, William Holst Crittenden; al este, Inés Mejía Bonilla y al oeste, Alnoaros S. A. Mide: doscientos dieciocho metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas treinta minutos del veintisiete de noviembre del año dos mil diecisiete, con la base de cincuenta y un mil cuarenta y dos dólares con cuarenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas treinta minutos del trece de diciembre del año dos mil diecisiete con la base de diecisiete mil catorce dólares con catorce centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Alnoaros S. A., Óscar Vicente Gólcher Aguilar, expediente Nº 16-032787-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, (Sección Tercera), 04 de agosto del 2017.—Licda. Adriana Castro Rivera, Jueza.—( IN2017172575 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las once horas y cero minutos del veintitrés de octubre de dos mil diecisiete -11:00 a.m. 23/10/2017-, y con la base de cuatro millones setecientos once mil doscientos ochenta y ocho colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas: BJR021, marca: Honda, estilo: Civic, capacidad: 5 personas, categoría: automóvil, año: 2004, color: plateado, tracción: 4x2, serie/Chasis/Vin: 2HGES25734H502893, N. motor: D17A24402224, combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del siete de noviembre de dos mil diecisiete -11:00 a.m. 07/11/2017-, con la base de tres millones quinientos treinta y tres mil cuatrocientos sesenta y seis colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintidós de noviembre de dos mil diecisiete -11:00 a.m. 22/11/2017- con la base de un millón ciento setenta y siete mil ochocientos veintidós colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: en caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Multiservicios Orca Limitada contra Enrique Gerardo Salazar Barrientos, Manfred Jesús Lutz Salazar, expediente Nº 17-004606-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 31 de agosto del 2017.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2017172580 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y cero minutos del uno de noviembre de dos mil diecisiete, y con la base de cuarenta y cuatro millones tres mil seiscientos ochenta y siete colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 9962-000, la cual es naturaleza: terreno con una casa, situada en el distrito 01 Santa Cruz, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública con un frente de veinticuatro metros, cincuenta centímetros; sur, Clarisa Hidlago Arias; este, calle pública con un frente de trece metros y oeste, Mario Guillermo Flores Bustamante. Mide: trescientos veintitrés metros con dieciséis decímetros cuadrados. Plano: G-0009788-1949. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de treinta y tres millones dos mil setecientos sesenta y cinco colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del uno de diciembre de dos mil diecisiete con la base de once millones novecientos veintiún colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Elka Castro Brenes, expediente Nº 14-001198-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, (Materia Cobro), 12 de setiembre del 2017.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2017172582 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y cero minutos del seis de noviembre de dos mil diecisiete, y con la base de ciento veinticinco mil novecientos sesenta y ocho dólares con veintidós centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 104909-F-000, la cual es terreno finca filial individualizada uno cinco cero tres destinada a unidad residencial número cero tres ubicada en el nivel cinco en proceso de construcción. Situada en el distrito Ulloa, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, área común construida de paredes estructura y ductos; al sur, área común construida de pasillo y ductos; al este, FFI uno cinco cero dos y al oeste, FFI uno cinco cero cuatro. Mide: ochenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de noventa y cuatro mil cuatrocientos setenta y seis dólares con diecisiete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de diciembre de dos mil diecisiete con la base de treinta y un mil cuatrocientos noventa y dos dólares con seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) Libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del seis de noviembre de dos mil diecisiete, y con la base de diecinueve mil dos dólares con ochenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 104526-F-000, la cual es terreno finca filial individualizada tres-ciento setenta y cuatro destinada a estacionamiento ubicada en el nivel uno en proceso de construcción. Situada en el distrito Ulloa, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, área común libre de circulación; al sur, área común libre de zona verde; al este, FFI tres ciento setenta y cinco y al oeste, FFI tres ciento setenta y tres.- mide: catorce metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de catorce mil doscientos cincuenta y dos dólares con doce centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de diciembre de dos mil diecisiete con la base de cuatro mil setecientos cincuenta dólares con setenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 3) Libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del seis de noviembre de dos mil diecisiete y con la base de diecinueve mil dos dólares con ochenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 104527-F-000, la cual es terreno finca filial individualizada tres - ciento setenta y cinco destinada a estacionamiento ubicada en el nivel uno en proceso de construcción. Situada en el distrito Ulloa, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, área común libre de circulación; al sur, área común libre de zona verde; al este, área común construida de paredes y estructuras y al oeste, FFI tres ciento setenta y cuatro.- mide: catorce metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de catorce mil doscientos cincuenta y dos dólares con doce centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de diciembre de dos mil diecisiete con la base de diecinueve mil dos dólares con ochenta y dos centavos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Gabriela Patricia Campos Díaz, Vita Bellavista Casa Veintinueve Sociedad Anónima, expediente Nº 17-002106-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 09 de agosto del 2017.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2017172583 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, bajo las citas 311-14934-01-0033-001; a las nueve horas y cero minutos del trece de noviembre de dos mil diecisiete, y con la base de tres millones cuarenta y un mil ochocientos nueve colones con treinta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y cinco mil seiscientos noventa y seis cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 4-Laurel, cantón 10-Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con quince metros; al sur Esteban Estrada Angulo; al este, Esteban Estrada Angulo y calle pública de veinte metros, y al oeste, calle pública. Mide: doscientos noventa y nueve metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de dos millones doscientos ochenta y un mil trescientos cincuenta y siete colones con cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del catorce de diciembre de dos mil diecisiete con la base de setecientos sesenta mil cuatrocientos cincuenta y dos colones con treinta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra María Esmeralda Solís Ureña. Expediente N° 16-000990-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito (Materia Cobro), 08 de setiembre del 2017.—Licda. Olga Sandí Torres, Notaria.—( IN2017172584 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando citas: 318-16777-01-0801-001serv oglig condref: 2704 365 001, servidumbre de acueducto y de paso de A y A citas: 318-16777-01-0835-001, citas: 318-16777-01-0836-001 obligaciones ref:2704 365 001; a las ocho horas y treinta minutos del catorce de febrero del dos mil dieciocho, y con la base de doscientos tres mil cuatrocientos tres dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 272538-000 la cual es terreno naturaleza: T/con 2 casas de habitación. Situada: en el distrito Pavas, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Gerardo Rojas; al sur Ricardo Boza; al este, Urb. Rohrmoser Dest a calle, y al oeste, Urb Rohrmoser. Mide: trescientos cuarenta y cuatro metros con cuarenta decímetros cuadrados. Plano: SJ-0359725-1979. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de marzo de dos mil dieciocho, con la base de ciento cincuenta y dos mil quinientos cincuenta y dos dólares con veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de marzo de dos mil dieciocho con la base de cincuenta mil ochocientos cincuenta dólares con setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Representaciones Televisivas Repretel S. A. contra Didier Alexander García Gross. Expediente N° 16-007352-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de setiembre del 2017.—Licda. Brenda Vargas Quesada, Jueza.—( IN2017172587 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y cero minutos del catorce de noviembre de dos mil diecisiete y con la base de dos millones quinientos cincuenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa 453073, marca Toyota, estilo Corolla LE, automóvil, año 2000, color vino, serie, vin y chasis 1NXBR12E6YZ397064, N° motor ZZ5127078. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintinueve de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de un millón novecientos dieciséis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del catorce de diciembre de dos mil diecisiete con la base de seiscientos treinta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de M.CH.B Sueños de Mi Alma S. A. contra Laureano Alberto Albán Rivas, expediente Nº 17-007156-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de junio del 2017.—Lic. Tadeo Solano Alfaro, Juez.—( IN2017172633 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas del diecinueve de octubre del dos mil diecisiete, y con la base de veinticuatro millones cuatrocientos setenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 00255283-000 la cual es terreno para construir con casa. Situada: en el distrito 02 San Miguel, cantón 03 desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Benito Pacheco Rodríguez; al sur, Gerardo Calvo Villegas; al este, Juan Padilla, y al oeste, calle pública con 11 metros 02 centímetros. Mide: doscientos noventa y cinco metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas del tres de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de dieciocho millones trescientos cincuenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas del veinte de noviembre del dos mil diecisiete con la base de seis millones ciento diecisiete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fideicomiso COOPEMEX R L / Banco de Costa Rica contra Ramiro Fernando Mora Araya. Expediente N° 17-004370-1765-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 06 de julio del 2017.—Lic. Freddy Guillermo Ureña Díaz, Juez.—( IN2017172636 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete y con la base de siete millones de colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y dos mil cuatrocientos ochenta cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 02 San José, cantón 06 San Isidro de la provincia de Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Fernando Solís Argüello; al sur, Sigifredo Arce Sánchez; al este, calle pública con un frente a esta de 10 metros y al oeste, Sigifredo Arce Muñoz. Mide: trescientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del seis de diciembre de dos mil diecisiete, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de diciembre de dos mil diecisiete con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra David Flores Salazar, Uri Elena Salazar Chacón, expediente Nº 17-005665-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia cobro), 23 de agosto del 2017.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—( IN2017172646 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas 302-03519-01-0901-001; a las diez horas y treinta minutos del veinte de octubre de dos mil diecisiete, y con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta y cinco mil setecientos setenta y cinco colones con ochenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 142925-000 la cual es terreno de forma irregular, para construir, lote 24 con una casa. Situada en el distrito 3-San Juan, cantón 3-La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, avenida segunda; al sur, área de protección de quebrada; al este, lote 23 y al oeste, lote 25. Mide: doscientos noventa metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del seis de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de catorce millones sesenta y seis mil ochocientos treinta y un colones con ochenta y nueve céntimos(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete con la base de cuatro millones seiscientos ochenta y ocho mil novecientos cuarenta y tres colones con noventa y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Gilber Venegas Monge. Exp:17-004929-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 28 de setiembre del año 2017.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2017172652 ).

Convocatorias

Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de, Óscar González Cubero, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas con treinta minutos del treinta y uno de octubre del año dos mil diecisiete, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 16-000076-0295-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), 11 de setiembre del 2017.—M.Sc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—( IN2017168510 ).

Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de Rafael Ángel González Chaves, a una junta que se verificará en este Juzgado a las trece horas treinta minutos del treinta y uno de octubre del año dos mil diecisiete, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil, expediente Nº 10-000676-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón (Materia Civil), 29 de agosto del 2017.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017169120 ).

Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de Óscar Ariel Barrantes Rojas, a una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve horas cero minutos del treinta de octubre de dos mil diecisiete, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil, expediente Nº 15-000074-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de agosto del 2017.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2017169407 ).

Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de Manuela Sibaja Ramírez, a una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve horas del treinta y uno de octubre de dos mil diecisiete, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp.: Nº 09-000880-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de agosto del 2017.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2017171017 ).

Citaciones

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en Sede Notarial de Randall John (nombres) Lindner (apellido) de un único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor de edad, casado una vez, asesor de impuestos estadounidenses, vecino de San José, Escazú, San Antonio, Bello Horizonte, residencial Vista Alegre, casa número diecinueve, antiguamente portador del pasaporte de su país número cero cuatro cuatro uno cinco nueve cinco siete cuatro, portador de la cédula de residencia número uno ocho cuatro cero cero cero uno seis dos dos ocho cero siete, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, lo cual podrán hacer en San José, Escazú, San Rafael, Condominio Itscazú, número tres. Teléfono 8370-0373, fax 2291- 5304. -Se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesión de Randall John Lindner en Sede Notarial. Expediente 0001-2017.—Licda. Jimena Ramírez Meza, Jueza.—1 vez.—( IN2017171428 ).

Se hace saber que este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Anibal del Carmen Chavarría González, mayor, estado civil soltero, profesión comerciante, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0601810231 y vecino de Golfito, Pueblo Civil. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 17-000007-1098-CI.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito (Materia Civil), 06 de abril del 2017.—Licda. Hannia Núñez Rodríguez, Jueza.—1 vez.—( IN2017171450 ).

Sucesión Ab Intestato en sede notarial de Luz Margarita del Carmen Jiménez Herrera conocida como Luz María Jiménez Herrera. Mediante escritura pública número ciento setenta y uno, otorgada ante esta notaría por Marta Elena del Carmen Jiménez Herrera, mayor, casada una vez, manicurista, vecina de Cañas, Guanacaste, veinticinco metros al norte del Súper Cinco Barrio El Castillo, con cédula de identidad número: cinco-ciento noventa y uno-trescientos noventa y dos, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como esta lo ha indicado. Notaría de la licenciada Ligia Marta Chavarría Lavagni. Cañas, Guanacaste, ciento sesenta y cinco metros norte del Banco Nacional, teléfono dos seis seis nueve cero dos tres dosa.—Veinticinco de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Ligia Marta Chavarría Lavagni, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017171453 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Christian Guevara Arceyut, mayor, soltero, estudiante, costarricense, con cédula de identidad Nº 0116440071, y vecino de Goicoechea. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 17-000476-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 11 de setiembre del 2017.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2017171922 ).

Avisos

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor (incapaz) Carlos Andrés Fajardo Fajardo, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 15-400214-1304-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores), a las trece horas y dieciocho minutos del tres de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. Kattia Pérez González, Jueza.—Exonerado.—( IN2017171249 ).           3 v. 2.

Licda. Kattia Pérez González, Jueza del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del II Circuito Judicial de la Zona Sur, (Corredores), ordena notificar por edicto al señor Alfredo Chaves Grajales en su carácter de padre de la persona menor de edad objeto de este proceso, quien es mayor de edad, masculino de domicilio desconocido, cédula de identidad número cuatro-ciento ochenta y cinco-cero sesenta y ocho, se le hace saber que en proceso depósito judicial, establecido por Eraida Fernández Valverde, se ordena notificarle por edicto la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del II Circuito Judicial de la Zona Sur, (Corredores), a las nueve horas dos minutos del veinticuatro de julio de dos mil quince. Se tiene por establecida la presente solicitud de depósito judicial de la menor  Alisson Nicole Chaves Arguedas, promovida por Eraida Fernández Valverde, se confiere audiencia por el plazo de tres días a los señores Alfredo Chaves Grajales y Sara Arguedas Fernández, ambos en calidad de padres registrales de la persona menor de edad mencionada, Se le previene, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio ya sean en estrados, casillero, por fax o cualquier otra forma tecnológica que permita la seguridad del acto de comunicación (artículo 34 y 36 Nueva Ley de Notificaciones) bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga(n), las resoluciones posteriores que se dicten inclusive la sentencia, se le(s) tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda realizar en el medio señalado. (Artículos 11, 34, 36, 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre de 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se les hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08 celebrada en 2 de setiembre de 2008, artículo LXII, circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para envió y recepción de documentos, por lo que no puede utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número telefónico “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo por haberlo dispuesto así el Consejo Superior, en concordancia con las Políticas de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de Octubre de 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado Civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Asimismo, hasta el tanto que no se resuelva en forma definitiva esta solicitud, se nombra como depositaria judicial provisional de la menor Alisson Nicole Chaves Arguedas, a la señora Eraida Fernández Valverde, a quien se le previene apersonarse dentro del quinto día a aceptar el cargo impuesto. Notifíquese esta resolución a la parte actora en su medio asignado. Por existir persona menor de edad involucrada en este asunto, téngase como parte al Patronato Nacional de la Infancia, a quien se ordena notificar por medio de su representante legal en esta ciudad. Notifíquese a la demandada Sara Esther Arguedas Fernández, cédula de identidad número: 6-849-689 en su domicilio ubicado en Paso Canoas, Barrio San Jorge, 150 metros al norte de la Pulpería Gómez, para lo cual se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Corredores. Notifíquese. Expediente: 15-400278-1304-FA.—Juzgado de Familia de Corredores, 8 de agosto de 2017.—Licda. Kattia Pérez González, Jueza.—Exonerado.—( IN2017171250 ).                                                   3 v. 2.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Maikol Montezuma Concepción, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 16-000506-1304-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores), a las nueve horas y cuarenta minutos del catorce de setiembre de dos mil diecisiete.—Licda. Kattia Pérez González, Jueza.—Exonerado.—( IN2017171254 ).         3 v. 2.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de la menor Stefanie Maria Marín Aguilar, para que se apersonen al Juzgado de Familia de Buenos Aires dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado mediante la resolución de las catorce horas y veinte minutos del diecisiete de agosto del dos mil diecisiete. Expediente N° 17-000074-1552-FA (78-17).—Juzgado de Familia de Buenos Aires, 17 de agosto del 2017.—Lic. Roberto Hurtado Villalobos, Juez.—Exonerado.—( IN2017171261 ).    3 v. 2.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Yirzath Miguel Sánchez Quesada, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 17-000314-1304-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores), a las nueve horas y veintiuno minutos del ocho de agosto de dos mil diecisiete.—Licda. Kattia Pérez González, Jueza.—Exonerado.—( IN2017171319 ).         3 v. 2.

Alinne Solano Ramírez, Jueza del Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita (Materia Familia), a César Gamaliel Valadez García, en su carácter personal, quien es mayor, Casado dos veces, empresario, ciudadano mexicano, de domicilio desconocido, pasaporte número ACRI 043, se le hace saber que en expediente 154007320216FA en demanda abreviado, establecida por Andrea Mora Cordero contra César Gamaliel Valadez García, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita (Materia Familia), a las catorce horas y cinco minutos del cuatro de agosto de dos mil dieciséis. A folio 27 se tiene por cumplida la prevención de las quince horas treinta y cinco minutos del once de enero del dos mil dieciséis. De la anterior demanda abreviada de divorcio, establecida por la accionante Andrea Mora Cordero se confiere traslado al accionado César Gamaliel Valadez García, por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Asimismo, se previene a las partes que deben señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de Hatillo donde atender futuras notificaciones, apercibidos de que, si lo omitieren, o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto, o ya no existiere, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Asimismo, por haberlo dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Previo a nombrar curador procesal que represente los intereses del demandado deberá la señora Mora Cordero depositar en la cuenta automatizada número 154007320216-2 del Banco de Costa Rica, en su omisión no se atenderán gestiones y se declarará desierto el presente asunto. Por no constar en autos dentro de tercer día deberá la señora Mora Cordero hacer llegar a los autos un juego de copias del expediente, en su omisión no se atenderán futuras gestiones y pasados tres meses se declarará desierto el presente asunto. Notifíquese.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita (Materia Familia).—Licda. Alinne Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171251 ).

Licenciado Juan Carlos Sánchez García, Juez del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (materia familia), a Magaly Cristina Blanco Torres, en su carácter personal, quien es mayor, de vecindario desconocido, cédula N° 0111290151, se le hace saber que en proceso depósito judicial, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, expediente N° 16-000501-1304-FA, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (materia familia). A las quince horas y trece minutos del ocho de diciembre del dos mil dieciséis. Se tiene por establecido el presente proceso especial de depósito judicial de P.M.E. a favor de Bryan Campos Blanco planteado por el Patronato Nacional de la Infancia de Coto Brus representado por la Licda. Ana Rocío Castro Sequeira contra Magally Cristina Blanco Torres, a quien se le concede el plazo de tres días, para que se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca la prueba de descargo si es el caso, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presenten debe señalar un medio, ya sean en estrados, casillero, por fax o cualquier otra forma tecnológica que permita la seguridad del acto de comunicación (artículo 34 y 36 Nueva Ley de Notificaciones). Se le advierte que en caso de que señale Correo Electrónico, el interesado deberá coordinar por medio del correo (pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr) o al número telefónico 2295-42-97 con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial, donde deberá solicitar que se le acrediten la cuenta de su correo y una vez hecho lo anterior deberán demostrar mediante documento idóneo al Despacho la acreditación de su cuenta, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número telefónico “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo dispuesto así el Consejo Superior, en concordancia con las Políticas de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de Octubre de 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Expídase respectivo edicto de publicación. Notifíquese a la demandada Magally Cristina Blanco Torres portadora de cédula N° 1-1129-151, por medio de cédula y copias de Ley sean en su casa de habitación ubicada en Sabalito, 100 metros al sur, de la Antigua Bomba. Se notificará por medio de la Policía de Proximidad de Sabalito. Asimismo, hasta el tanto que no se resuelva en forma definitiva esta este proceso, se nombra como depositaria judicial provisional de la persona menor involucrada en este asunto, a la señora Alicia Vega Campos, por lo que se le previene a la parte actora que deberá apersonar la ante éste despacho dentro del quinto día a aceptar el cargo impuesto. Asimismo, se le previene que deberá aportar a los autos respectiva certificación de la defunción del señor Roy Humberto Campos Vega. Lo anterior, bajo el apercibimiento de que, en caso de omisión, no se le oirán sus futuras gestiones y este proceso se archivará provisionalmente sin necesidad de resolución que así lo ordene, lo que constituye una medida de orden interno del despacho y no la terminación definitiva del mismo. El cual podrá reactivarse previo cumplimiento de la prevención anteriormente indicada. Notifíquese. Lic. Juan Carlos Sánchez García. Juez(a). Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (materia familia). A las diez horas y tres minutos del dieciocho de mayo del dos mil diecisiete. De parte de la señora Alicia Vega Campos, se tiene por aceptado el cargo de depositaria a judicial provisional de la persona menor de edad Bryan Campos Blanco, mediante acta de folio 48, y señalado medio para atender notificaciones. En otro orden de ideas no siendo necesario el nombramiento de curador procesal a los padres de las personas menores de edad en este tipo de procesos; y siendo necesario poner en conocimiento el asunto de la señora Magaly Cristina Blanco Torres, se ordena notificar a esta la resolución de las quince horas y trece minutos del ocho de diciembre de dos mil dieciséis por medio de edicto de notificación que se publicara por una única vez en el Boletín Judicial. Expídase el edicto de ley. Notifíquese.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (materia familia).—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171253 ).

Licenciado, Juan Carlos Sánchez García, Juez del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de La Zona Sur (Corredores) (Materia Familia), a Leila Bejarano Mendoza, en su carácter personal, quien es mayor, de vecindario desconocido, cédula 0602900390; y a Rolando Montezuma Bejarano, en su carácter personal, quien es mayor, de vecindario desconocido, cédula panameña 0407990178, se les hace saber que en demanda depósito judicial, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Leila Bejarano Mendoza y Rolando Montezuma Quintero expediente número 17-000207-1304-FA, se ha ordenado notificarles por edicto, las resoluciones que en lo conducente dicen: Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de La Zona Sur (Corredores) (materia familia), a las quince horas y cincuenta y siete minutos del veintiséis de mayo de dos mil diecisiete. De las presentes diligencias de depósito de la menor Rebeca Montezuma Bejarano, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Rolando Montezuma Quintero y Leila Bejarano Mendoza, a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009, con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N°  65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente. se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés.- Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a los señores Montezuma Quintero y Bejarano Mendoza, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Se le previene a la parte interesada, que para efectos de la diligencia en cuestión, si a bien lo tiene, deberá señalar un medio para atender notificaciones ante la autoridad comisionada, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 35, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Tome nota la parte interesada lo dispuesto por la circular Nª5-2012 emanada por el Consejo Superior del Poder Judicial; en el sentido de que, cuando se señale fax, casillero y/o estrados judiciales, se aplicará de manera analógica el artículo 15 de la Ley de Notificaciones Judiciales, en el sentido de que las partes se reservarán las copias de la demanda y/o escrito inicial, y se apersonarán al despacho para obtener en formato digital un archivo con la comisión, u obtengan dicha información digital, por medio del sistema de gestión en línea, lo anterior conforme a las políticas institucionales de cero papel. De previo a nombrar curador que represente a los demandados y solicitar las certificaciones respectivas, deberá la entidad promovente, aportar las cédulas de identidad de los demandados. Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez. KALVAREZB. Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de La Zona Sur (Corredores) (materia familia), a las trece horas y treinta y uno minutos del doce de setiembre de dos mil diecisiete. Siendo que en este tipo de procesos ya no es necesario el nombramiento de curador procesal ya que no se define sobre la situación jurídica de la persona menor; sino solo sobre su cuido; se deja sin efecto el de previo realizado mediante resolución de las quince horas y cincuenta y siete minutos del veintiséis de mayo de dos mil diecisiete; en su lugar, se resuelve: Notifíquese a la señora Leila Bejarano Mendoza y al señor Rolando Montezuma Quintero, la presente resolución así como la de las quince horas y cincuenta y siete minutos del veintiséis de mayo de dos mil diecisiete, por medio de edicto de notificación que se publicara por una sola vez en el Boletín Judicial. Notifíquese.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de La Zona Sur (Corredores) (Materia Familia).—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171317 ).

Licenciada Patricia Cordero García. Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Fabiola Sanabria Villalobos y Minor Josué Cascante Valverde, se le hace saber que en demanda declaratoria judicial abandono, expediente 17-000838-0338-FA establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Fabiola Sanabria Villalobos, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las trece horas y cincuenta y seis minutos del cinco de abril del año dos mil diecisiete. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono de la persona menor de edad Joshua y Sebastián ambos Caravaca Sanabria y la persona menor de edad Dominic Josué Cascante Sanabria planteado por Patronato Nacional de la Infancia contra Fabiola Sanabria Villalobos, Minor Josué Cascante Valverde, a quien se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo, en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del Despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se les invita a utilizar El Sistema de Gestión en Línea que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibidem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución a la parte demandada, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Previo al nombramiento de curador expídase oficio de localización a la Dirección General de Migración y Extranjería y a la Oficina e Localizaciones del Organismo de Investigación Judicial. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Velando por el interés superior de la persona menor de edad, tal y como lo solicita el ente actor se confiere el depósito provisional de la persona menor de edad Dominic Josué Cascante Sanabria en el hogar de la señora Angela Nájera Sanabria y se confiere al señor Manuel Caravaca Ramírez, la guarda crianza y educación provisional de las personas menores de edad Joshua y Sebastián ambos Caravaca Sanabria.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171322 ).

Edicto de notificación Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez de Familia de Cañas, Guanacaste hace saber, se ha dictado la sentencia de las catorce horas seis minutos del veinticuatro de agosto de dos mil diecisiete, que literalmente dice: “Juzgado de Familia de Cañas, a las catorce horas seis minutos del veinticuatro de agosto de dos mil diecisiete. Resultando 1.-...2...3...4...y Considerando: I...a)...b)...c)...d)...e)...f)...II...III...IV...V...VI...VII...VIII...XIX...X... Por tanto: De conformidad con lo expuesto, normas legales citadas y artículos 99, 153, 155, 316, 317, 432, 433 y 434 del Código Procesal Civil, 2, 158, 160 y 161 del Código de Familia. Se declara con lugar el presente proceso de Declaratoria de Abandono, incoado por los señores María del Rocío Martínez Echeverría y Eithel Claudio Bastos Rodríguez, en contra de María del Rocío Bastos Martínez, representada por su curadora procesal Mónica María Camacho Quirós, se falla de la siguiente forma: 1) Se acoge la presente demanda. 2) En consecuencia, se declara el estado de abandono de la persona menor de edad Victoria Bastos Martínez, por parte de su madre. 3) Con fundamento en los numerales 158, incisos c) y d) y 160 del Código de Familia, en vista de que el menor se hallaba en riesgo social, se da por terminada la patria potestad de la accionada, incluido el derecho de visitas, en relación con la menor mencionada, para efectos de adopción. Se deposita a la menor Victoria Bastos Martínez, en los actores María del Rocío Martínez Echeverría y Eithel Claudio Bastos Rodríguez, quienes deberán de presentar a este Juzgado en el plazo de tres días luego de la firmeza de la presente resolución. Firme la presente resolución inscríbase al Registro de Nacimientos de la provincia de San José, tomo dos mil ciento trece, folio ciento veinticinco, asiento doscientos cuarenta y nueve. Notifíquese esta sentencia a la accionada María del Rocío Bastos Martínez, por medio de un edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, o en diario de circulación nacional. Lic. Luis Fernando Suárez Jiménez, Juez. Exp.: 17-400062-0928-FA (64-2-2017)-B. Proceso declaratoria judicial de abandono; actores: María del Rocío Martínez Echeverría y Eitel Claudio Bastos Rodríguez; contra: María del Rocío Bastos Martínez.—Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste, 20 de setiembre del 2017.—Lic. Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171324 ).

Msc. Liana Mata Méndez, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Henry Javier Micolta Medina, mayor, de nacionalidad colombiana, de domicilio y demás calidades desconocidas, en su carácter personal, se le hace saber que en demanda declaratoria judicial abandono. Exp. N° 13-000875-0292-FA, establecida por Patronato Nacional de La Infancia en su contra se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Sentencia de primera instancia Nº 101195-2017 Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, A las catorce horas y treinta y seis minutos del seis de setiembre de dos mil diecisiete.- Declaratoria Judicial de Abandono o Estado de Vulberabilidad de la persona menor de edad Andrey Josué Micolta Trujillo, acciona el Patronato Nacional de La Infancia Oficina Local Alajuela, representado por la Licenciada Marianela Acón Chan, 6-141-450, en contra de la señora Evelyn Vanessa Trujillo Umaña, mayor de edad, costarricense, cédula de identidad 6-285-519, de domicilio y demás calidades desconocidas, y en contra de Henry Javier Micolta Medina, mayor de edad, de nacionalidad colombiano, de domicilio y demás calidades desconocidas, ambos demandados representados por el curador procesal Licenciado Carlos Alfonso Martínez Chaves, carné 10000. La señora Elieth Umaña Segura, cédula de identidad 2-248-302, funge como depositaria judicial. Resultando: Primero:..., Segundo:..., Tercero: Cuarto: Considerando: I..., II.., III..., Hechos probados. .., 1)..., 2)..., 3)..., 4)..., 5)..., 6)...., 7)..., IV..., V..., VI..., VII..., VIII. .., IX..., X..., Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, la normativa citada y pronunciamientos de Tribunales Superiores y doctrina mencionada, Art. 55 de la Constitución Política, artículos 115, 120, 121, 123, 158 inciso c y 160 inciso c ) del Código de Familia, 3, 4 y 5 de la Convención Sobre Los Derechos del Niño, 5, 29, 32, 34, 36, 105 del Código de la Niñez y la Adolescencia, 221 del Código Procesal Civil, se resuelve: 1) Se rechaza la solicitud realizada por el PANI en cuanto pide se desestime la solicitud de Declaratoria Judicial de Abandono y se sustituya el depósito provisional del joven Andrey Josué hecho en el hogar de la señora Elieth y en su lugar se deposite judicialmente al joven en el PANI. Art. 119 del Código de la Niñez y la Adolescencia. Se hace ver que no es en este proceso en el que se entrará a valorar la conveniencia o no de una posible adopción por parte de doña Elieth Umaña Segura respecto al joven Andrey Josué Micolta Trujillo. 2) Se declara con lugar la presente demanda, declarando en estado de abandono con fines de adopción a la persona menor de edad Andrey Josué Micolta Trujillo; consecuentemente se da por terminada y extinguida la autoridad parental de los codemandados Evelyn Vanessa Trujillo Umaña y Henry Javier Micolta Medina respecto de la persona menor de edad Andrey Josué Micolta Trujillo. 3) Se ordena el depósito judicial de la persona menor de edad Andrey Josué Micolta Trujillo a cargo de la señora Elieth Umaña Segura, quien una vez firme esta sentencia deberá comparecer ante este despacho judicial a fin de aceptar el cargo de Depositaria Judicial, el cual deberá jurar cumplir bien y fielmente. 4) Se ordena al Patronato Nacional de La Infancia que a partir de la firmeza de la presente resolución, deberá realizar las acciones y coordinaciones necesarias a fin de restablecer el derecho de visitas entre la persona menor de edad Andrey Josué y su madre de crianza doña Elieth, visitas que deberán ser supervisadas por dicha entidad, para lo cual deberá el Patronato Nacional de La Infancia coordinar con la institución o alternativa de rehabilitación en la que se encuentre la persona menor de edad, a fin de tomar todas las medidas necesarias para que las visitas se realicen sin riesgo para ninguna de las partes.- Lo anterior deberá ser cumplido por el PANI mientras no exista orden judicial en contrario, emitida por autoridad judicial competente. 5) Deberá además el Patronato Nacional de La Infancia restablecer el contacto y comunicación vía telefónica entre Andrey Josué y doña Elieth. 6) Se le hace ver a la persona menor de edad André Josué Micolta Trujillo que en todo momento deberá cumplir y acatar todas las medidas y ordenes que hayan sido dictadas por el Juzgado Penal Juvenil y por el Juzgado contra la Violencia Doméstica. Por lo que se aclara y se hace ver que el restablecimiento del régimen de vistas y de la comunicación telefónica, deberá ser realizado por el PANI siempre y cuando el mismo no contravenga una orden judicial dictada por autoridad judicial competente. 7) En el momento en que se restablezca el régimen de visitas -en los términos y condiciones antes expuestas- doña Elieth podrá entregarle personalmente a su hijo de crianza Andrey Josué las cosas que él necesite como desodorante, un talco para los pies, una pasta dental, un jabón, un paño y demás objetos personales que sean permitidos conforme el reglamento de la alternativa de rehabilitación en la que se encuentra la persona menor de edad. 8) Se le hace ver a la persona menor de edad André Josué Micolta Trujillo que deberá cumplir con la medida de protección ordenada mediante resolución del PANI dictada a las ocho horas del catorce de febrero del dos mil diecisiete, en el Proceso Especial de Protección en sede administrativa, en el que se dictó medida de protección de orden de inclusión a Programa de auxilio de internamiento a centro especializado para rehabilitación por drogadicción, para lo cual el joven permanecerá ubicado en la organización que el PANI estime conveniente, debiendo Andrey Josué cumplir con el plan de rehabilitación por el tiempo que requiera, y en tanto no se modifique en vía administrativa o judicial. 9) Costas. Se resuelve el presente asunto sin especial condena en costas conforme lo dispuesto en el numeral 106 del Código de la Niñez y Adolescencia, por tratarse de un proceso establecido en atención del mejor interés de una persona menor de edad. 10) Ejecutoria. Una vez firme la presente resolución, expídase ejecutoria dirigida al Registro de Nacimientos del Registro Civil, Partido de San José para que sea inscrita esta sentencia, al margen del tomo mil setecientos noventa y ocho, página doscientos cuarenta y nueve, asiento cuatrocientos noventa y siete. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—MSc. Liana Mata Méndez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171326 ).

Licenciada Patricia Cordero García Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Félix Álvarez Pérez, en su carácter personal, quien es mayor de edad, de nacionalidad cubana, se le hace saber que en demanda autorización salida país, establecida por Geysa Expósito Madrigal contra Félix Álvarez Pérez, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las once horas y cinco minutos del veintisiete de setiembre del año dos mil diecisiete. Del anterior proceso de autorización de salida del país en forma indefinida, establecido por Geysa Expósito Madrigal, se confiere traslado por el plazo perentorio de cinco días a Félix Álvarez Pérez. Se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se les invita a utilizar. El Sistema de Gestión en Línea que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Dentro de este mismo plazo podrá oponer excepciones previas y ofrecer la prueba que considere pertinente. Por existir personas menores involucradas en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio del Sistema de Gestión en Línea. Siendo que se desconoce el domicilio del demandado, se ordena notificarle el contenido de la presente por medio de edicto. Lo anterior por haberse ordenado así dentro del expediente 17-002414-0338-fa proceso de Autorización de Salida del País en forma indefinida establecido por Geysa Expósito Madrigal.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—( IN2017172301 ).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido ante éste Despacho, solicitando matrimonio civil Erick de Los Ángeles Artavia Carmona, mayor, costarricense, de treinta y cinco años de edad, con cédula de identidad número 6-0312-0174, hijo de Piedades Artavia Cascante y Marcelina Carmona Araya, ambos padres de nacionalidad costarricense; nativo de San Vito, Coto Brus, Puntarenas, el veintidós de marzo de mil novecientos ochenta y uno, de oficio chofer de bus e Iris Brenes Jiménez, de treinta y cinco años de edad, con cédula de identidad número 6-0318-0683, hija de Gilberto Brenes Valerio y María Virginia Jiménez Jiménez, ambos de nacionalidad costarricense, nativa de San Vito, Coto Brus, Puntarenas, el cuatro de enero de mil novecientos ochenta y dos, de Oficio Auxiliar de Seguridad. Quienes son: ambos solteros, y vecinos de: San Vito de Coto Brus; ciento veinte metros oeste, del Bar La Laguna frente al campo de aterrizaje, casa color blanca de dos plantas a mano izquierda. Se insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que éste matrimonio se realice, que están en la obligación de manifestarlo a este Despacho, dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Se solicita la publicación de este edicto para los efectos del artículo 25 del Código de Familia. Lo anterior en expediente número 17-000023-1440-CI.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Coto Brus, San Vito, 21 de setiembre de 2017.—Lic. Jorge Ortega Morales, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171349 ).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil José Luis Navarro Campos, mayor, soltero, agricultor, cédula de identidad número uno- mil doscientos doce-cero cero setenta y nueve, vecino de San Pedro, Arenilla, hijo de Rafael Navarro Gómez y Lourdes Campos Flores, nacido en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, el veintinueve de junio del año mil novecientos ochenta y cuatro, con treinta y tres años de edad, y Yamileth Méndez Martínez, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número dos-cero setecientos cuarenta y uno-cero novecientos treinta y cinco, vecina de San Pedro, Arenilla, hija de Rosario Méndez Martínez, nacida en Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, el ocho de julio del año mil novecientos noventa y cinco, actualmente con veintidós años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº17-000670-1303-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón), 18 de setiembre del año 2017.—Licda. María del Rocío Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171364 ).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes el señor presentes en este Despacho Christian Alonso León Segura, mayor, soltero en unión de hecho, cocinero, cédula de identidad Nº 1-1270-0881, hijo de Ana León Segura, actualmente con 31 años de edad, y Verónica Amparo Ortega Blanco, mayor, soltera en unión de hecho, ama de casa, cédula de identidad Nº 4-0205-0724, hija de Mary Luz Blanco Oviedo y Eduardo Ortega Álvarez, actualmente con 27 años de edad, ambos vecinos de Heredia, La Milpa frente a la Escuela Nuevo Horizonte casa H-10. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto, expediente Nº 17-001679-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 29 de agosto del 2017.—José Miguel Fonseca Vindas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171403 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Floribeth Godínez Cruz, teléfono 8960-1119, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad Nº 0108840682, vecina de Quircot, Urbanización Garabito casa 25-D, hija de Flor María Cruz Gamboa y Rigoberto Godínez Godínez, nacido en Sabanillas, Acosta, San José, el 29/06/1974, con 44 años de edad, y Rafael Ángel Bolaños Morales, teléfono 8520-5396 mayor, soltero, operario, cédula de identidad Nº 0602710365, vecino de Quircot, Urbanización Garabito casa 25-D, hijo de Milagros Morales Morales y Olivio Bolaños Chavarría, nacida en Chacarita, Central, Puntarenas, el 12/11/1975, actualmente con 42 años de edad. Las personas comparecientes manifiestan: venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio civil dado que no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Georgina Portuguez Figueroa y Francisco Herrera Vega. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 17-002377-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 22 de setiembre del 2017.—Licda. Gabriela Rojas Astorga, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017171404 ).