BOLETÍN
JUDICIAL N° 238 DEL 15 DE
DICIEMBRE DEL 2017
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN DE GESTIÓN HUMANA
DEL PODER JUDICIAL
JUZGADO NOTARIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos Matrimoniales
Edictos en lo Penal
CONCURSO Nº 16-2017
La Dirección
de Gestión Humana, invita a las personas interesadas a participar en el
siguiente concurso interno (servidores judiciales), para ocupar en propiedad la
plaza:
MÉDICO(A) JEFE(A) DE SECCIÓN
(PSIQUIATRÍA FORENSE)
Forma de
participar, requisitos y otros detalles del concurso se pueden acceder en la
siguiente dirección electrónica:
Por Internet:
http://www.poder-judicial.go.cr/gestionhumana/index.php/msrs-info/msrs-concursos/vigentes
Por Intranet:
http://intranet/gestionhumana/index.php/msrs-info/msrs-concursos/vigentes
Periodo de inscripción:
Inicia: 04 de diciembre del 2017
Finaliza: 15 de diciembre del 2017
Horario de atención al público:
07:30 a. m. a 12:00 m. d., y de 01:00 p. m. a 04:30
p. m.
Correo electrónico:
reclutamiento@poder-judicial.go.cr
Krissia Rojas
Quirós.—1 vez.—O. C. Nº
DG279122017.—Solicitud Nº 040-2017.—( IN2017200290 ).
CONCURSO Nº 17-2017
La Dirección de Gestión Humana, con el fin de
nombrar en propiedad puestos vacantes, invita a las personas interesadas a
participar en el concurso por antecedentes, para los siguientes grupos
ocupacionales:
PROFESIONALES Y JEFATURAS
(PUESTOS VARIOS)
Forma de participar, requisitos y otros
detalles del concurso se pueden acceder en la siguiente dirección electrónica:
Por Internet:
http://www.poder-judicial.go.cr/gestionhumana/index.php/msrs-info/msrs-concursos/vigentes
Por Intranet:
http://intranet/gestionhumana/index.php/msrs-info/msrs-concursos/vigentes
Periodo de
inscripción:
Inicia: 04 de
diciembre de 2017
Finaliza: 15 de
diciembre de 2017
Horario de atención al público:
7:30 a.m. a
12:00 m. y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m.
Correo electrónico:
reclutamiento@poder-judicial.go.cr
Krissia Rojas Quirós.—1 vez.—O.C. Nº
DG279122017.—Solicitud Nº 041-2017.—( IN2017200294 ).
HACE SABER:
A la
Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al
Registro Civil y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso
disciplinario notarial Nº 13-000555-0627-NO, de Registro Civil contra Marco
Vinicio Alfaro Rodríguez, cédula de identidad Nº 4-0135-0592, este Juzgado
mediante resolución Nº 030-2015 de las diez horas y treinta minutos del día
veintiocho de enero del dos mil quince (sentencia confirmada por el Tribunal
Disciplinario Notarial mediante Voto Nº 184-2017 de las once horas treinta y
cinco minutos del día ocho del mes de setiembre del dos mil diecisiete),
dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de
suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales
después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el
artículo 161 del Código Notarial.
San José, 26
de octubre del 2017.
Lic.
Francis Giovanni Porras León
Juez
Tramitador
1 vez.—Exonerado.—( IN2017197261 )
A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo
Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en
general, que en el proceso disciplinario notarial N° 15-000198-0627-NO, de
Dirección Nacional de Notariado contra Edwin Rodrigo Masis Quirós, (cédula de
identidad 1-744-939) este juzgado mediante resolución dictada a las ocho horas
cincuenta minutos del treinta y uno de octubre del dos mil diecisiete, corrige
el edicto publicado en el Boletín Judicial 203 del 27 de octubre del
2017, en el sentido de que no debe leerse que rige ocho días después de la
publicación, ya que según resolución emitida por el Juzgado N° 299-2017, de las
diez horas y tres minutos del veinticuatro de julio de dos mil diecisiete
(folio 28 al 29), dispuso imponerle al citado notario la corrección
disciplinaria de diez años de suspensión en el ejercicio de la función notarial
en forma fija, por el período comprendido del diez de diciembre del dos mil
catorce al diez de diciembre del dos mil veinticuatro. Notifíquese, comuníquese
y publíquese.
San José, 31 de octubre del 2017.
Lic.
Francis G. Porras León
Juez
1 vez.—Exonerado.—( IN2017197263 )
A la Dirección Nacional
de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y
a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial N°
16-000187-0627-NO, de Archivo Notarial contra Fernando Sancho Villalta (cédula
de identidad N° 6-0081-0198), este Juzgado mediante resolución de las siete
horas y treinta y nueve minutos del veintiuno de noviembre de dos mil
diecisiete, dispuso lo siguiente: Se corrige error material que se aprecia en
edicto del dieciocho de setiembre del dos mil diecisiete, publicado en Boletín
Judicial N° 216 del quince de noviembre del dos mil diecisiete, en el
sentido que se consignó erróneamente el número de cédula del denunciado
Fernando Antonio Sancho Villalta, siendo el correcto N° 6-0081-0198. Se dispone
la publicación del presente pronunciamiento, mediante edicto en el Boletín
Judicial por una sola vez. Asimismo, se ordena comunicar lo dispuesto al
Archivo Notarial, Dirección Nacional de Notariado, Registro Civil y Registro
Nacional. Asimismo, se dispone que la sanción al notario rige a partir de la
publicación del edicto con la presente aclaración porque la misma contiene un
dato esencial que es la fecha a partir de cuándo rige la sanción. Así se
resuelve para proteger el derecho de defensa del notario que tiene derecho a
saber con exactitud a partir de cuándo rige su sanción. Notifíquese. M.Sc.
Francis Porras León, Juez Tramitador. Juzgado Notarial.
San José, 21
de noviembre del 2017.
M.Sc.
Francis Porras León
Juez
1 vez.—Exonerado.—( IN2017197266 )
A la Dirección Nacional
de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil y a
toda la ciudadanía en general, que en el Proceso Disciplinario Notarial N°
16-000525-0627-NO, de Registro Civil contra Rafael Valverde Ramírez (cédula de
identidad 1-0966-0378), este Juzgado mediante resolución N° 387-2017 de las
once horas y treinta y ocho minutos del veintiocho de setiembre de dos mil
diecisiete, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de
un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días
naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de
conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Juzgado Notarial.
Notifíquese.
San José, 24
de octubre del 2017.
Lic.
Francis Porras León
Juez
Tramitador
1 vez.—Exonerado.—( IN2017197268 ).
A los causahabientes de
quién en vida se llamó Edwin García Oporta, quien era mayor de edad,
costarricense, soltero, vecino de Upala, cinco esquinas, con cédula de
identidad N° 2-489-290, se les hace saber a quienes se consideren con derecho a
las mismas para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en
las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una
sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación
de prestaciones del trabajador fallecido Edwin García Oporta, expediente N°
14-300037-0322-LA (T2).—Lic. Juan Gabriel Rodríguez Oviedo, Juez.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017197262 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Ernesto Antonio Ortega Benitez 155814437414, fallecido el 19
de agosto del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a
la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las
diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Nº 17-000072-1542-LA, a
hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial,
expediente N° 17-000072-1542- LA. Interpuesto por Esther del Socorro Castillo
Obando fallecido Ernesto Antonio Ortega Benitez.—Juzgado Contravencional y
de Menor Cuantía de Matina (Materia laboral), 28 de noviembre del
2017.—Lic. Carlos Manrique Martínez Durán, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2017197273 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de José Omar Carrillo Guevara, mayor, soltero en unión de hecho,
administrador de empresas, vecino de Quebrada Grande de Liberia, cédula
0501780615, fallecido el 15 de diciembre del 2016, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias
de Consig. Prest. Sector Público bajo el
número 17-000180-0942-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Por a favor de José Omar Carrillo Guevara.
Expediente N° 17-000180-0942-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Laboral), 21 de noviembre del
2017.—Licda. Aura Cedeño Yanes, Jueza.—1 vez.—( IN2017197278 ).
Se cita y emplaza a los
que en carácter de causahabientes de Yeudin Antonio Arguedas Lazaro, cédula
0604300514, fallecido(a) el 28 de enero del año 2017, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Nº 17-000184-1430-LA,
a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial,
expediente N° 17-000184-1430-LA. Por Suceth Dayan Rodríguez Parra a favor de
Yeikol Jesuell Arguedas Rodríguez, causante Yeudin Antonio Arguedas Lázaro.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores)
(Materia laboral), 16 de noviembre del 2017.—Lic. Dany Gerardo Matamoros
Bendaña, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017197279 ).
Se cita y emplaza a los
que en carácter de causahabientes de: David Arnoldo Céspedes Ulate, cédula de
identidad Nº 0202840145, fallecido el 06 de julio del 2016, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número
17-000405-1113-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº
17-000405-1113-LA. Por Idalia Solís Ramírez a favor de David Arnoldo Céspedes
Ulate.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia, (Materia Laboral), 14 de
noviembre del 2017.—Licda. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017197280 ).
Se cita y emplaza a los
que en carácter de causahabientes de Lizeth María de los Ángeles Chinchilla
Monge, 09-0026-0060, fallecida el 16 de octubre del 2017, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho,
en las diligencias de consig. Prest. Sector público bajo el número
17-001086-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Promovidas por Lizeth Mora Chinchilla 0116540722
a favor de Lizeth María de los Ángeles Chinchilla Monge. Expediente N°
17-001086-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 21 de noviembre del
2017.—Msc. Armando Elizondo Almeida, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017197282 ).
Se cita y emplaza a los
que en carácter de causahabientes de Eduin Alexis de Piedades Víquez Barrantes,
N° 0400870107, fallecido el 11 de setiembre del año 2017, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector privado, bajo el N° 17-001109-0505-LA,
a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 17-001109-0505-LA. Por Flory Cecilia Víquez Jiménez a favor de
Eduin Alexis de Piedades Víquez Barrantes.—Juzgado de Trabajo de Heredia,
24 de noviembre del 2017.—Msc. Armando Elizondo Almeida, Juez.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017197283 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de, Greivin Fabián Chaves Barquero, cedula de identidad
0401710918, fallecido el 20 de junio del año
2017, se consideren con derecho para que, dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el
número 17-001152-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
17-001152-0505-LA. Por Laura Patricia Campos García, cédula de identidad número
0111070630, en calidad de cónyuge supérstite a favor de Greivin Fabián Chaves
Barquero.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 30 de noviembre del 2017.—Msc.
Priscila Marín Leiva, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017197284 ).
A los causahabientes de
quien en vida se llamó Oscar José del Socorro Jiménez Montero, quien fue
soltero, domicilio Heredia, Barva, San Pablo, cédula de identidad Nº 401070145,
se les hace saber que: Bernardita Jiménez Montero, cédula de identidad Nº
401260546, domicilio Heredia, Barva, San Pablo, se apersonó en este Despacho en
calidad de sobrina de la persona fallecida, a fin de promover las presentes
diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por
medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador
fallecido Óscar José del Socorro Jiménez Montero, expediente Nº
17-001179-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 30 de noviembre del
2017.—Lic. Juan Diego Zeledón Agüero, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017197285 ).
A los causahabientes de quién en vida se llamó
Alexis Calderón Ruiz, quien fue, casado, mayor de 59 años, vecino de Ochomogo,
Cartago; 200 metros oeste, 25 mts. sur, de la policía de proximidad, con cédula
de identidad número 0302090682, se les hace saber que: Ana Cecilia Morales
Cordero, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número
0105950652, vecina de Ochomogo, Cartago; 200 metros oeste, 25 mts. sur, de la
policía de proximidad, se apersonó en este Despacho en calidad de esposa del
fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de
prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se
publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este
Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese
por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación
de prestaciones del trabajador fallecido Alexis Calderón Ruiz. Expediente número 15-000619-0641-LA.—Juzgado de
Trabajo de Cartago, 11 de noviembre del año 2015.—Licda. Marlen Solís
Porras, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017197918 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de María del Carmen Poveda Céspedes, cédula de identidad N°
01-0310-0042, mayor, casada, de nacionalidad costarricense, fallecida el 17 de
agosto del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest.
Sector Privado bajo el número 16-001165-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente
N° 16-001165-1178-LA. Promovido por Amado Zúñiga Delgado.—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de
diciembre del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2017197921 ).
Se cita y emplaza a los
que en carácter de causahabientes de las prestaciones legales de la fallecida:
Lenda Vanessa Méndez González, quien fue costarricense, mayor de edad, cédula
N° 2-0535-0447, divorciada, selectora de banano, vecina de Ciudad Cortés, quien
falleció el 17 de mayo del 2017, quienes se consideren en derecho a las mismas,
para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen a las diligencias aquí establecidas
bajo el Expediente: 17-000064-1418-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado
de Trabajo de Osa, Ciudad Cortés, 01 de diciembre del 2017.—Licda. Sonia
Patricia Abarca García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017197925 ).
A los causahabientes de
quién en vida se llamó Jorge Rubí Cascante, domicilio Santiago de Puriscal,
cédula de identidad Nº 01-0996-0650, se les hace saber que: María Estrella
Cascante Solano, cédula de identidad o documento de identidad Nº 01-0354-0351, domicilio Santiago de
Puriscal, posterior al Mercado Municipal, se apersonó en este Despacho en
calidad de madre del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de
consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto
que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del
trabajador fallecido Jorge Rubí Cascante, expediente Nº 17-000132-1529-LA.—Juzgado
Civil, Trabajo y Familia de Puriscal (Materia laboral), 29 de noviembre del
2017.—Licda. Milena Peñas Salas, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017197928 ).
Se cita y emplaza a los
que en carácter de causahabientes de Viviana de los Ángeles Alvarado Corella
0206630542, fallecida el 03 de mayo del año 2017, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado bajo el número 17-000440-0639-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Exp. N° 17-000440-0639-LA. Promovido por Boston
Scientific de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada a favor de
Viviana de los Ángeles Alvarado Corella.—Juzgado de Trabajo del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 17 de noviembre del año 2017.—Lic. Grace
Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2017197934 ).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Henry Robles Castillo, fallecido el 11 de
octubre del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el Número 17-000704-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 17-
000704-0641-LA. establecido por Clínica Universal de Cartago a favor de Henry
Robles Castillo.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 6 de noviembre del
2017.—Lic. Juan Carlos Cambronero Navarro, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2017197936 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de, Randall Orozco Ramírez, cédula 3-0381-0751, fallecido el 02
de octubre del año 2017, se consideren con derecho para que, dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número
17-000742-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín
Judicial. Expediente N° 17-000742-0641-LA. Proceso establecido por Flora
Isabel Robert Rohrmoser a favor de Randall Orozco Ramírez.—Juzgado de
Trabajo de Cartago, 14 de noviembre del 2017.—Licda. Clelia Calvo
Bermúdez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017197937 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Johnny Gerardo Chacón Herrera, 0401420981, fallecido el 19 de
noviembre del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Número
17-001173-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 17-001173-0505-LA. Por a favor de
Johnny Gerardo Chacon Herrera.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 29 de
noviembre del 2017.—Licda. Ethel Duarte Hernández, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2017197940 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior
de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando 3 reservas
y restricciones citas 315-03233-01-0901-001, 329-03868-01-0902-001, 393-
15046-01-0903-001 y cargas citas 400-14307-01-0906-001, a las ocho horas y cero
minutos del diecisiete de enero de dos mil dieciocho, y con la base de treinta
mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula Nº 134.543-000 la cual es terreno de repastos.
Situada en el distrito 02 Tárcoles, cantón 11 Garabito, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, Ingeniería Topografía de Costa Rica S. A.; al
sur, Eduardo Polini Freer; al este, Francisco Pérez Díaz e Ingeniería
Topografía de Costa Rica S. A. y al oeste, calle pública. Mide: tres mil
doscientos setenta y un metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del uno de febrero de
dos mil dieciocho, con la base de veintidós mil quinientos dólares exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y cero minutos del dieciséis de febrero de dos mil dieciocho con la base de siete mil quinientos dólares
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: en caso de que
existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma
correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se
consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que
se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Hugo Fernando Scaglietti
Lines contra Innovaciones Técnicas El Ceibo S. A., expediente Nº
17-008453-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 06 de
diciembre del 2017.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2017199679 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (rectificación
de medida) bajo las citas 2013-276856-01-0003-001, a las once horas y cero
minutos del veinticuatro de enero del año dos mil dieciocho, y con la base de
dieciocho millones trescientos cuatro mil veintitrés colones con doce céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula Nº 202735-001, 002 y 003 la cual es terreno para construir con
1 casa. Situada en el distrito 2 Merced, cantón 1 San José, de la provincia de
San José. Colinda: al norte, Berta Ursula González; al sur, Mario González
Muñoz; al este, Juan Solera y al oeste, calle 18. Mide: ciento cuarenta y siete
metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
once horas y cero minutos del ocho de febrero del año dos mil dieciocho, con la
base de trece millones setecientos veintiocho mil diecisiete colones con
veintisiete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintitrés de febrero del
año dos mil dieciocho con la base de cuatro millones quinientos setenta y seis
mil cinco colones con setenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Mauricio Rivera Aguilera, Rita
Elena Aguilera Cruz, Tracy Leonor Brenes Castro, expediente Nº
17-005649-1764-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo
Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 23 de noviembre del
2017.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—( IN2017199684 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios pero soportando demanda penal citas:
2009-84818-01-0001-001; a las nueve horas y cero minutos del dieciséis de abril
del dos mil dieciocho, y con la base de catorce millones seiscientos noventa y
cuatro mil ciento setenta colones con setenta y nueve céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
quinientos noventa y dos mil ciento treinta y ocho cero cero cero, la cual es
terreno para construir. Situada: en el distrito 01 San Isidro, cantón 19 Pérez
Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, sucesión de Romualdo
Monge Fallas; al sur, calle pública con 10 metros de frente; al este, sucesión
de Romualdo Monge Fallas, y al oeste, sucesión de Romualdo Monge Fallas. Mide:
doscientos cincuenta metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo
remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del dos de mayo del dos mil
dieciocho, con la base de once millones veinte mil seiscientos veintiocho
colones con nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la
tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de
mayo del dos mil dieciocho con la base de tres millones seiscientos setenta y
tres mil quinientos cuarenta y dos colones con setenta céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Coopealianza R.L contra Turman Mora Chaves. Expediente N° 17-004970-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 24 de noviembre del 2017.—Msc. Johana Arce
Hidalgo, Jueza.—( IN2017199723 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones citas:
295-05932-01-0911-004, a las nueve horas y cero minutos del veintidós de enero
del dos mil dieciocho, y con la base de siete millones ciento ochenta y cuatro
mil trescientos noventa y seis colones con ochenta y tres céntimos, en el mejor
postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido
de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número ciento veintiocho mil setecientos siete cero cero cero, la cual es
terreno para construir con una casa de interés social, lote 3-A. Situada: en el
distrito 01 Nicoya, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, calle pública con un frente a este de 8,55 metros; al sur, lote 22-A
y 5-A; al este, lote 4-A, y al oeste, lote 2-A. Mide: ciento treinta y cinco
metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se
señalan las nueve horas y cero minutos del seis de febrero del dos mil
dieciocho, con la base de cinco millones trescientos ochenta y ocho mil
doscientos noventa y siete colones con sesenta y dos céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas
y cero minutos del veintiuno de febrero del dos mil dieciocho, con la base de
un millón setecientos noventa y seis mil noventa y nueve colones con veintiún
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de COOPEALIANZA R.L. contra Ana Isabel López Zúñiga, Omar Dagoberto
Vargas Mora. Expediente Nº 17-004029-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia
Cobro), 07 de diciembre del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(
IN2017199727 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios a las trece horas treinta minutos del diecisiete de
enero del año dos mil dieciocho y con la base de un millón ochocientos treinta
y ocho mil quinientos catorce colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 471590-000, la cual
es lote 9 marcado con el Nº 14 terreno para construir asentamiento 26 de abril.
Situada en el distrito San Felipe, cantón Alajuelita, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, INVU; al sur, INVU; al este, Tierras y Jardines S. A.
y al oeste, calle primera. Mide: noventa y cuatro metros con veinticinco
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta
minutos del uno de febrero del año dos mil dieciocho con la base de un millón
trescientos setenta y ocho mil ochocientos ochenta y cinco colones con
cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las trece horas treinta minutos del dieciséis de febrero del
año dos mil dieciocho con la base de cuatrocientos cincuenta y nueve mil
seiscientos veintiocho colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Liliana María
Zúñiga Mora, expediente Nº 09-019948-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 19 de setiembre del
2017.—Licda. Adriana Castro Rivera, Jueza.—( IN2017199753 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando pero soportando hipoteca de primer
grado, bajo las citas: 442-17086-01-0002-001; a las catorce horas y treinta
minutos del veinticinco de enero del dos mil dieciocho, y con la base de
treinta millones ciento setenta y cuatro mil ciento cincuenta colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula N° 455537-000 la cual es terreno para construir. Situada: en el
distrito 07 Purral, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda:
al noreste, resto destinado a calle; al noroeste, lote uno F; al sureste, lote
tres F, y al suroeste, lote diecinueve F. Mide: ciento veintinueve metros con
un decímetro cuadrado. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y
treinta minutos del nueve de febrero del dos mil dieciocho, con la base de
veintidós millones seiscientos treinta mil seiscientos doce colones con
cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiséis de
febrero del dos mil dieciocho, con la base de siete millones quinientos
cuarenta y tres mil quinientos treinta y siete colones con cincuenta céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código
de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Banco Nacional
de Costa Rica contra Mariana de Los Ángeles Medrano Valverde. Expediente N°
10-000474-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial
de San José, Sección Segunda, 28 de noviembre del 2017.—Licda. María
Gabriela Solano Molina, Jueza.—( IN2017199754 ).
En la puerta exterior de este despacho; con la base
de tres millones setecientos setenta colones, soportando los siguientes
gravámenes: contrato prendario, inscrito al tomo 2016, asiento 155092,
secuencia 002, fecha 28-04-2016, contrato prendario, inscrito al tomo 2016,
asiento 296149, secuencia 001, fecha 13-05-2016, contrato prendario, inscrito
al tomo 2016, asiento 326681, secuencia 001, fecha 17-05-2016; remataré lo
siguiente: Vehículo placas TH 000772, estilo Corolla XLI, marca: Toyota,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: KTDBJ42E0EJ007778,
carrocería: sedan 4 puertas, tracción 4x2, color: rojo, uso: Taxi. Para tal
efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del quince de enero del dos
mil dieciocho. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se
señalan las ocho horas treinta minutos del cinco de febrero del dos mil
dieciocho, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil quinientos
setenta y siete colones con cincuenta céntimos (rebajada en un 25%). De no
apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas
treinta minutos del veintiséis de febrero del dos mil dieciocho, con la base de
setecientos cincuenta mil ciento noventa y dos colones con cincuenta céntimos
(un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso OR.S.PRI.
Prestac. laborales de Gilberth Hugo Víquez Salas contra Francisco Barrantes
Salas. Expediente N° 13-000373-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia,
06 de noviembre del 2017.—Msc. Xiomara Arias Madrigal, Jueza.—Exonerado.—(
IN2017199755 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes prendarios, a las once horas y treinta minutos del seis de febrero
del dos mil dieciocho, y con la base de diecisiete mil cuatrocientos cinco
dólares con ochenta y un centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente:
Vehículo: placas Nº: SFJ177, marca: Ssang Yong, estilo: Korando,
categoría: automóvil, año: 2014, color:
blanco, vin: KPTA0A18SEP144819, cilindrada: 1998 CC. Para el segundo remate, se
señalan las once horas y treinta minutos del veintiuno de febrero del dos mil
dieciocho, con la base de trece mil cincuenta y cuatro dólares con treinta y
cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las once horas y treinta minutos del ocho de marzo del dos
mil dieciocho, con la base de cuatro mil trescientos cincuenta y un dólares con
cuarenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra José Alberto
Núñez Molina. Expediente Nº 17-001828-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 29 de noviembre del
2017.—Lic. Greivin Gerardo Fallas Abarca, Juez.—( IN2017199768 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios, pero soportando Infracción(es) / colisión(es) bajo la
sumaria N° 17-005156-0496-TR; a las catorce horas y cero minutos del
veinticuatro de enero del dos mil dieciocho, y con la base de once mil
setecientos cuarenta dólares con doce centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo: placa 873231, marca AUDI, estilo A1, capacidad 4 personas,
año 2011, color negro, cilindrada 1390. Para el segundo remate, se señalan las
catorce horas y cero minutos del ocho de febrero del dos mil dieciocho, con la
base de ocho mil ochocientos cinco dólares con nueve centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce
horas y cero minutos del veintiséis de febrero de dos mil dieciocho, con la
base de dos mil novecientos treinta y cinco dólares con tres centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Melissa de Los Ángeles Blanco Monge.
Expediente N° 17-014758-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 28 de noviembre del 2017.—Licda.
Mariela Porras Retana, Jueza.—( IN2017199769 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes prendarios, a las diez horas y treinta minutos del ocho de marzo de
dos mil dieciocho, y con la base de nueve mil noventa y seis dólares con ocho
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas CL 235533,
marca: Chevrolet, estilo: Avalanche LT, categoría: carga liviana, capacidad: 05
personas, año: 2008, color: gris, cilindrada: 5300 c.c, combustible: gasolina,
número de motor: no visible. Para el segundo remate se señalan las diez horas y
treinta minutos del veintitrés de marzo de dos mil dieciocho, con la base de
seis mil ochocientos veintidós dólares con seis centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
treinta minutos del dieciséis de abril de dos mil dieciocho con la base de dos
mil doscientos setenta y cuatro dólares con dos centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Kevin Gerardo Córdoba Barrantes,
expediente Nº 15-029389-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 28 de agosto del 2017.—Licda. Paula
Morales González, Jueza.—( IN2017199771 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios, pero soportando colisiones boleta N° 2016231000642, bajo
la sumaria N° 16-008135-0489-TR del Juzgado de Transito del Primer Circuito
Judicial de San José; a las nueve horas y cero minutos del cinco de abril del
dos mil dieciocho, y con la base de doce mil seiscientos noventa dólares con
sesenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo
placas número SSR519, marca NISSAN, estilo Sentra, categoría automóvil,
capacidad 5 personas, año 2014, color gris, vin 3N1AB7AA1ZL800937, cilindrada
1800 c.c., combustible gasolina, motor Nº MRA8180307H. Para el segundo remate,
se señalan las nueve horas y cero minutos del veinte de abril del dos mil
dieciocho, con la base de nueve mil quinientos diecisiete dólares con noventa y
cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de mayo de dos mil
dieciocho con la base de tres mil ciento setenta y dos dólares con sesenta y
cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Alba Nidia Mayela
Rodríguez Varela. Expediente N° 17-011136-1338-CJ.—Juzgado Tercero
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 27 de
setiembre del 2017.—Licda. Giannina Lacayo Quirós, Jueza.—( IN2017199773 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes prendarios, a las trece horas y treinta minutos del catorce de marzo
de dos mil dieciocho, y con la base de doce mil trescientos tres dólares con
noventa y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo:
placa BGY 698, marca Hyundai, estilo Elantra GL, carrocería automóvil,
capacidad 5 personas, serie KMHDG41EAEU886045, año 2014, color blanco, sedán 4
puertas, motor 1800cc, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan
las trece horas y treinta minutos del diez de abril de dos mil dieciocho, con
la base de nueve mil doscientos veintisiete dólares con noventa y cuatro
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las trece horas y treinta minutos del veinticinco de abril de dos mil
dieciocho con la base de tres mil setenta y cinco dólares con noventa y siete
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Zeidy Andrea Badilla Robles,
expediente Nº 17-009688-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 29 de agosto del 2017.—Licda. Vanessa
Guillén Rodríguez, Jueza.—( IN2017199774 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
prendarios, a las catorce horas y cero minutos del seis de febrero del año dos
mil dieciocho, y con la base de siete mil ciento ochenta y ocho dólares con
nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas Nº
571135, marca Toyota, estilo 4 Runner Limite, categoría automóvil, capacidad 5
personas, año 2005, color plateado, Vin JTEBU17R908029632, cilindrada 3955 cc.
combustible gasolina, motor Nº 1GR0214075. Para el segundo remate se señalan
las catorce horas y cero minutos del veintiuno de febrero del año dos mil
dieciocho, con la base de cinco mil trescientos noventa y un dólares con siete
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las catorce horas y cero minutos del ocho de marzo del año dos mil
dieciocho con la base de mil setecientos noventa y siete dólares con dos
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco Improsa S. A. contra Dennis Job Peñaherrera Morocho,
expediente Nº 16-000642-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia cobro), 30 de
octubre del 2017.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—( IN2017199795 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de
enero del dos mil dieciocho, y con la base de veintitrés millones treinta y
seis mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo
el Sistema de Folio Real, matrícula N° 00213361-000, la cual es terreno para
construir, finca se encuentra en zona catastrada. Situada: en el distrito para,
cantón Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, María
Mercedes Castillo Wuesada; al sur, Luz María Fonseca Bustamante; al este, calle
publica con diez metros ochenta centímetros, y al oeste, Auq. Consultores en
Ingeniería Sociedad Anónima. Mide: ciento cincuenta y ocho metros con cero
decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y
treinta minutos del treinta y uno de enero del dos mil dieciocho, con la base
de diecisiete millones doscientos setenta y siete mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve
horas y treinta minutos del quince de febrero del dos mil dieciocho, con la
base de cinco millones setecientos cincuenta y nueve mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Caja
Costarricense del Seguro Social contra Sugey María Cascante Rodríguez.
Expediente N° 16-035037-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo
Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 08 de setiembre del
2017.—Licda. Mayela Gómez Pacheco, Jueza.—( IN2017199803 ).
En la puerta exterior de este Despacho; soportando
hipoteca de primer grado bajo las citas 2013-123166-01-0008-001, servidumbre
trasladada bajo citas: 280-00617-01-0915-001 y reservas de ley de aguas y ley
de caminos públicos bajo citas: 517-13644-01-0004-001; a las trece horas y
veinte minutos del veinte de julio del dos mil dieciocho, y con la base de
treinta y ocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 75801-F-cero cero
cero, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número treinta
apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una
altura máxima de dos plantas. Situada: en el distrito 4-San Antonio, cantón
1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, área común
destinada a acera, rampa para minusválidos, retiro de construcción y avenida
segunda; al sur, área común libre destinada a juegos infantiles dos; al este,
rampa para minusválidos y calle segunda, y al oeste, filial treinta y uno. Mide:
doscientos seis metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece
horas y veinte minutos del ocho de agosto de dos mil dieciocho, con la base de
veintiocho millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y veinte
minutos del veinticuatro de agosto de dos mil dieciocho con la base de nueve
millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mantenimiento de
Inmuebles Mabinsa S. A. contra Víctor Manuel Cordero Azofeifa. Expediente N°
16-003964-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 22 de noviembre del 2017.—Licda. María del Carmen
Vargas González, Juez.—( IN2017199810 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del veintitrés de
enero del año dos mil dieciocho, y con la base de catorce millones ciento
setenta y nueve mil doscientos veinticinco colones con ochenta y seis céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula N° 273-801-000, la cual es terreno para construir con una casa.
Situada: en el distrito 5, Venecia, cantón 10, San Carlos, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Guido Sergio Valverde Jara; sur, Nautilio
Barquero; este, Nautilio Barquero; oeste, calle pública con 33 metros 85
centímetros. Mide: ochocientos veintiseis metros con ochenta y cinco decímetros
cuadrados. Plano: A-0082715-1992. Para el segundo remate, se señalan las diez
horas y cero minutos del siete de febrero del dos mil dieciocho, con la base de
diez millones seiscientos treinta y cuatro mil cuatrocientos diecinueve colones
con cuarenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la
tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de febrero
del dos mil dieciocho, con la base de tres millones quinientos cuarenta y
cuatro mil ochocientos seis colones con cuarenta y siete céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra
Eterli Gamboa Bonilla. Expediente N° 17-001589-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 07
de noviembre del 2017.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Juez.—( IN2017199814 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del diecinueve de enero
del dos mil dieciocho, y con la base de dieciocho mil treinta y siete dólares
con sesenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo: placas N° 846954, marca Hyundai, estilo Santa FE GLS, categoría
automóvil, capacidad 7 personas, año 2010, color negro, vin KMHSH81WCAU507486,
combustible diésel, motor Nº D4EB9776164. Para el segundo remate, se señalan
las diez horas y cero minutos del cinco de febrero del dos mil dieciocho, con
la base de trece mil quinientos veintiocho dólares con veintiséis centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las diez horas y cero minutos del veinte de febrero del dos mil dieciocho, con
la base de cuatro mil quinientos nueve dólares con cuarenta y dos centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Carrofácil contra Ariel Alexander Zamora Delgado. Expediente N°
17-004313-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 24 de noviembre
del 2017.—Msc. Johana Arce Hidalgo, Jueza.—( IN2017199830 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes prendarios, a las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de
enero del año dos mil dieciocho, y con la base de ocho mil ciento noventa y siete
dólares con siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo:
placas Nº 909697, marca Mazda, estilo Mazda 3S, categoría automóvil, capacidad
5 personas, año 2006, color gris, Vin JM1BK123X61475142, combustible gasolina,
motor Nº L3213216. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero
minutos del ocho de febrero del año dos mil dieciocho, con la base de seis mil
ciento cuarenta y siete dólares con ochenta y un centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del veintitrés de febrero del año dos mil dieciocho con la base
de dos mil cuarenta y nueve dólares con veintiséis centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Carrofácil contra Hazel María Madrigal Barrantes, expediente Nº
17-003747-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia cobro), 12 de octubre del
2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2017199831 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, bajo las
citas: 305-11759-01-0901-001, y servidumbre de paso, bajo las citas:
553-12056-01-0004-001, a las catorce horas y quince minutos del cinco de
febrero del dos mil dieciocho, y con la base de ciento sesenta y tres mil
seiscientos treinta y nueve dólares con sesenta centavos, en el mejor postor,
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número ciento cuarenta y tres mil trescientos veintiséis cero cero cero, la
cual es terreno potrero. Situada: en el distrito Samara, cantón Nicoya, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Dimas Caravaca Acosta, El Tigre de
Buena Vista Ltda. en parte servidumbre de uso agrícola; al sur, calle pública
con 19 metros 23 centímetros, El Tigre de Buena Vista Ltda. en parte servidumbre
de uso agrícola; al este, Dimas Caravaca Acosta, y al oeste, El Tigre de Buena
Vista Ltda., servidumbre de uso agrícola. Mide: veintinueve mil ochocientos
cuarenta y seis metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las
catorce horas y quince minutos del veinte de febrero del dos mil dieciocho, con
la base de ciento veintidós mil setecientos veintinueve dólares con setenta
centavos (rebajada en un setenta y cinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las catorce horas y quince minutos del siete de marzo del
dos mil dieciocho, con la base de cuarenta mil novecientos nueve dólares con
noventa centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3-101-611237 Sociedad
Anónima contra Agustín Alban de Jesús Urbina Leal, Investments Playa Pelada T Y
M S. A. Expediente Nº 17-002140-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 03 de
noviembre del 2017.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez.—( IN2017199850 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas:
0361-00013058-01-0903-001 y reservas y restricciones citas:
0368-00010863-01-0817-001; a las nueve horas y treinta minutos del uno de marzo
del dos mil dieciocho, y con la base de ciento cuarenta y seis millones
novecientos once mil quinientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 37197-F cero
cero cero, la cual es terreno edificio A finca filial seis a uno de una planta
ubicada en el primer nivel destinada a uso habitacional en proceso de
construcción. Situada: en el distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, área común de acceso de vehículos y
finca filial cinco; al sur, área común de jardín; al este, finca filial es uno,
cinco y área común de jardín, y al oeste, área común de jardín y finca filial
uno. Mide: doscientos cuarenta y nueve metros con dos decímetros cuadrados.
Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del
dieciséis de marzo de dos mil dieciocho, con la base de ciento diez millones
ciento ochenta y tres mil seiscientos veinticinco colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve
horas y treinta minutos del dos de abril del dos mil dieciocho, con la base de
treinta y seis millones setecientos veintisiete mil ochocientos setenta y cinco
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Condominio Vertical Residencial Mediterránea Villaje
contra Mar Estrella M E S. A. Expediente N° 13-001304-1207-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 11 de octubre del 2017.—Lic.
Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2017199858 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas
0332-00006940-01-0915-001, y plazo de convalidación citas
0450-00015852-01-0003-001, a las nueve horas y quince minutos del seis de
febrero de dos mil dieciocho, y con la base de doscientos sesenta y ocho mil
setecientos setenta y siete dólares con setenta y nueve centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº
484255-000 la cual es terreno inculto para cultivos anuales. Situada en el
distrito 5 San Felipe, cantón 10 Alajuelita, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Inés y Vitalina León Flores en parte quebrada Herrera; al
sur, calle pública con 32 metros 55 centímetros; al este, Inés y Vitalina León
Flores y al oeste, quebrada Herrera. Mide: cinco mil trescientos noventa y
nueve metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y quince minutos del veintiuno de febrero de dos mil
dieciocho, con la base de doscientos uno mil quinientos ochenta y tres dólares
con treinta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del ocho de
marzo de dos mil dieciocho con la base de sesenta y siete mil ciento noventa y
cuatro dólares con cuarenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Cedro de
Atlas Sociedad Anónima contra Óscar Mario Arias Gonzáles, expediente Nº
09-031754-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 28 de noviembre del 2017.—Lic. Greivin Gerardo Fallas
Abarca, Jueza.—( IN2017199867 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las ocho horas y cero minutos del diecisiete de enero
del dos mil dieciocho, y con la base de ocho millones setecientos ochenta y dos
mil ciento cincuenta colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo: placas N° 884022, marca Mitsubishi, estilo Montero, categoría
automóvil, capacidad 7 personas, año 2001, color blanco, vin JA4MW31R21J039810.
Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del uno de
febrero del dos mil dieciocho, con la base de seis millones quinientos ochenta
y seis mil seiscientos doce colones con cincuenta céntimos, y para la tercera
subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciséis de febrero del
dos mil dieciocho con la base de dos millones ciento noventa y cinco mil
quinientos treinta y siete colones con cincuenta céntimos. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Christian Barrantes Quesada
contra Elian Jiménez Céspedes. Expediente N° 14-004883-1204-CJ.—Juzgado de
Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 25 de
agosto del 2017.—Licda. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—( IN2017199902 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes prendarios, a las once horas y treinta minutos del uno de febrero de
dos mil dieciocho, y con la base de un millón cien mil colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: placas: 744690, categoría: automóvil,
marca: Toyota, estilo: Corolla STD, año 1997, color: champagne, vin
1NXBA02E0VZ587567, capacidad: 5 personas, cilindrada: 1600 c.c. Para el segundo
remate se señalan las once horas y treinta minutos del diecinueve de febrero de
dos mil dieciocho, con la base de ochocientos veinticinco mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las once horas y treinta minutos del seis de marzo de dos mil dieciocho con la
base de doscientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Elidier
Gerardo Rojas Rojas contra Edwin Gerardo de La Trinidad Ulate Céspedes,
expediente Nº 17-016658-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 20 de noviembre del 2017.—Licda.
María Mora Saprissa, Jueza.—( IN2017199908 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, a las quince horas y treinta minutos del veinticuatro
de enero de dos mil dieciocho, y con la base de sesenta mil dólares exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula Nº 194346-000 cero cero cero la cual es terreno para construir bloque
D lote 6 con una casa de habitación. Situada en el distrito 9- Dulce Nombre,
cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lotes 3, 4 y
5; al sur, lote 7; al este, calle pública con
un frente de 8.15 metros y al oeste, lotes 15 y 16. Mide: doscientos catorce
metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se
señalan las quince horas y treinta minutos del ocho de febrero de dos mil
dieciocho, con la base de cuarenta y cinco mil dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas
y treinta minutos del veintitrés de febrero de dos mil dieciocho con la base de
quince mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Brecor del Norte B C Sociedad Anónima,
Óscar Brenes Ovares contra Douglas Gabriel Astúa Quirós, expediente Nº
17-002828-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia
(Materia cobro), 27 de octubre del 2017.—Licda. Gabriela Chaves Villalobos,
Jueza.—( IN2017199912 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
328-00056-01-0959-001, a las catorce horas y treinta minutos del veintidós de
enero de dos mil dieciocho, y con la base de treinta y cuatro mil quinientos
dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número noventa y ocho mil sesenta y siete cero cero cero
la cual es terreno con una casa lote 60. Situada en el distrito San Isidro, cantón
San Isidro, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 58; al sur,
lote 62; al este, lote 59 y al oeste, calle pública. Mide: doscientos cincuenta
metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta
minutos del seis de febrero de dos mil dieciocho, con la base de veinticinco
mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta
minutos del veintiuno de febrero de dos mil dieciocho con la base de ocho mil
seiscientos veinticinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cielos Tres Veinte S. A.
contra María Cecilia Cascante Porras, expediente Nº 17-004040-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia cobro), 12 de octubre
del 2017.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2017199913 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta
minutos del veintinueve de enero del dos mil dieciocho, y con la base de
cuarenta y cuatro mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos
diecinueve mil cuatrocientos veintiuno cero cero cero, la cual es terreno para
construir lote 2 con una casa. Situada: en el distrito San Antonio, cantón
Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 1; al sur, lote 3;
al este, calle pública, y al oeste, Placido Varela Ramírez. Mide: ciento
treinta y tres metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el
segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del trece de
febrero del dos mil dieciocho, con la base de treinta y tres mil dólares
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiocho de febrero del dos
mil dieciocho con la base de once mil dólares exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Inversiones Rojal De Heredia S. A. contra Alber Francisco Chávez, Sandra
Patricia Flores. Expediente N° 17-005208-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil
de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 24 de octubre del 2017.—Lic.
Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2017199914 ).
En la puerta exterior de este Despacho, soportando
hipoteca de primer grado en las citas 2010-44501-01-0001-001, a las siete horas
y treinta minutos del veinticuatro de enero del año dos mil dieciocho y con la
base de cuatro millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
ciento sesenta y nueve mil diez cero cero cero la cual es terreno lote 10 para
construir. Situada en el distrito 6-Guadalupe, cantón 1-Cartago, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Óscar Tames
Navarro; al este, resto de Llanos del Guarco S. A. que es el lote 11 y al
oeste, resto destinado a facilidades comunales. Mide: ciento cuarenta y un
metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las siete horas y treinta minutos del ocho de febrero del año dos mil
dieciocho, con la base de tres millones ciento cincuenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las siete horas y treinta minutos del veintitrés de febrero del año dos mil
dieciocho con la base de un millón cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Óscar García Font contra Freddy Alberto
López Poveda, expediente Nº 17-002615-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia
cobro), 11 de octubre del 2017.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—(
IN2017199915 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
349-19958-01-0918-001, a las nueve horas y cero minutos del doce de enero de
dos mil dieciocho, y con la base de ochenta mil dólares exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
ciento ocho mil cuatrocientos setenta y uno cero cero cero (108471-000) la cual
es terreno con una construcción destinada a apartamentos. Situada en el
distrito San Diego, cantón La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al
noreste, lote quince; al noroeste, calle pública con 8,00 metros; al sureste,
Inmobiliaria La Carpintera S. A. y al suroeste, calle pública. Mide: ciento
sesenta metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las nueve horas y cero minutos del veintinueve de enero de dos mil dieciocho,
con la base de sesenta mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos
del trece de febrero de dos mil dieciocho con la base de veinte mil dólares
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código
de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Grupo L A Ureña Sociedad Anónima, Luis
Armando Ureña Corrales, expediente Nº 14-007355-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y
Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia cobro), 01 de diciembre del
2017.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—( IN2017199917 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
0387-00004039-01-0901-001, a las ocho horas y cero minutos (08:00 am) del
veintidós de enero de dos mil dieciocho, y con la base de veintidós millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula Nº 150683-000 la cual es terreno para construir con una
casa lote 99. Situada en el distrito 2-San Diego, cantón 3-La Unión, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, Asociación de Desarrollo Integral
Santiago del Monte; al sur, Asociación de Desarrollo Integral Santiago del
Monte; al este, Tinandre Sociedad Anónima y al oeste, calle pública con un
frente a ella de 8 metros. Mide: ciento veintisiete metros con siete decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos (08:00 a.m.) del seis de febrero de dos mil
dieciocho, con la base de dieciséis millones quinientos mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y cero minutos (08:00 a.m.) del veintiuno de febrero de dos mil
dieciocho con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
sucesión de Ilda Flor Herra Cartín contra Yahaira de Los Ángeles Salazar
Barquero, expediente Nº 17-008706-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de
Cartago, 01 de diciembre del 2017.—Lic. Henry Sanarrusia Gómez, Juez.—(
IN2017199928 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta minutos del ocho de
febrero del dos mil dieciocho, y con la base de seis millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula N° 381-441-000, la cual es terreno de pasto. Situada: en el
distrito 13 Pocosol, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, calle pública con 23.10 metros; sur, Mario López López;
este, Mirsa Bonilla Picado; oeste, Dimas Soza Mendoza. Mide: dos mil quinientos
metros con cinco decímetros cuadrados. Plano: A-0818053-2002. Para el segundo
remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de
febrero del dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones quinientos mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las catorce horas y treinta minutos del doce de marzo del
dos mil dieciocho con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Agropecuaria Primero de Octubre de Mil Novecientos
Cuarenta y Siete S. A. contra María Mayela de la Trinidad Barrantes Salas,
Roque de la Trinidad Barrantes Salas. Expediente N° 17-003345-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia
Cobro), 17 de noviembre del 2017.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—(
IN2017199943 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del veintidós de
enero del dos mil dieciocho, y con la base de veintiún millones setenta y cinco
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cuarenta y nueve mil
quinientos ochenta y cinco cero cero cero, la cual es terreno para construir
con una casa lote 26. Situada: en el distrito San Sebastián, cantón San José,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 27 D; al sur, lote 25 D;
al este, calle pública, y al oeste, 11 D y 12 D. Mide: ciento treinta y cuatro
metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se
señalan las 06/02/2018 14:00, con la base de quince millones ochocientos seis
mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las
catorce horas y cero minutos del veintiuno de febrero del dos mil dieciocho,
con la base de cinco millones doscientos sesenta y ocho mil setecientos
cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra
Sugey Johanna Ramirez Padilla. Expediente N° 14-035465-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, sección
segunda, 17 de noviembre del 2017.—Lic. Melvin Cavero Araya, Juez.—(
IN2017199956 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta
minutos del doce de febrero del dos mil dieciocho, y con la base de seis
millones dos mil setecientos treinta y ocho colones con seis céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número WYM 116, marca KIA,
estilo Río, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2015, color blanco,
vin KNADN512BF6947915, cilindrada 1396 cc, combustible gasolina, motor Nº
G4FAES699872. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos
del veintisiete de febrero del dos mil dieciocho, con la base de cuatro
millones quinientos dos mil cincuenta y tres colones con cincuenta y cinco
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las nueve horas y treinta minutos del catorce de marzo del dos mil dieciocho,
con la base de un millón quinientos mil seiscientos ochenta y cuatro colones
con cincuenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra
Rafael Marcelo Samudio Rodríguez. Expediente N° 17-003543-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 24 de noviembre del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada,
Jueza.—( IN2017199983 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones
IDA bajo las citas 404-10100-01-0901-002 y 404-10100- 01-0903-002, servidumbre
de líneas eléctricas y de paso bajo las citas 570-01612-01-0051-001 y
570-01612-01-0051-001, servidumbre de paso bajo las citas
2015-112252-01-0001-001 y 2015-404885-01-0002-001, a las diez horas y treinta
minutos del ocho de febrero del año dos mil dieciocho, y con la base de quince
millones doscientos ochenta y dos mil novecientos veintinueve colones con
ochenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 209.146-000, la cual es terreno con
casa y zona verde. Situada en el distrito 11, Cóbano, cantón 1, Puntarenas, de
la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Ramón Campos Chavarría; sur,
Jovel Campos Chavarría; este, Rafael Campos Chavarría y oeste, Carlos Campos
Chavarría y servidumbre de paso. Mide: doscientos treinta y cuatro metros
cuadrados. Plano: P-1828842-2015. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y treinta minutos del veintitrés de febrero del año dos mil dieciocho,
con la base de once millones cuatrocientos sesenta y dos mil ciento noventa y
siete colones con treinta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos
del doce de marzo del año dos mil dieciocho con la base de tres millones
ochocientos veinte mil setecientos treinta y dos colones con cuarenta y seis
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R.L. contra Javier
Enrique Sequeira Núñez, Virginia del Carmen Espinoza Ledezma, expediente Nº
17-003495-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela (Materia cobro), 13 de noviembre del 2017.—Licda.
Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2017199990 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes prendarios a las diez horas y quince minutos del veintitrés de enero
de dos mil dieciocho, y con la base de dos millones sesenta y ocho mil ochocientos
cincuenta y cuatro colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo: placas número CL 241085, marca Toyota, estilo Tacoma, categoría carga
liviana, año 1996, color rojo, vin 4TANL42N6TZ181050, cilindrada 2400 cc. Para
el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del siete de
febrero de dos mil dieciocho, con la base de un millón quinientos cincuenta y
un mil seiscientos cuarenta colones con cincuenta céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
quince minutos del veintidós de febrero de dos mil dieciocho con la base de
quinientos diecisiete mil doscientos trece colones con cincuenta céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Lilliana Rodríguez Jiménez contra Wálter Domingo Vásquez Castro, expediente Nº
16-011648-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 18 de octubre del 2017.—Lic. Greivin Gerardo Fallas
Abarca, Juez.—( IN2017199993 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del veinticinco de
enero de dos mil dieciocho, y con la base de tres millones ciento noventa y
ocho mil seiscientos treinta y cuatro colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo: placa BGQ666, marca: Suzuki, estilo: Grand
Vitara, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: JS3TE944764103306
Carrocería todo terreno 4 puertas tracción: 4x2, color: blanco. Para el segundo
remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del doce de febrero del dos
mil dieciocho, con la base de dos millones trescientos noventa y ocho mil
novecientos setenta y cinco colones con cincuenta céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y
treinta minutos del veintisiete de febrero del dos mil dieciocho con la base de
setecientos noventa y nueve mil seiscientos cincuenta y ocho colones con
cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Lilliana Rodríguez Jiménez contra María Milagro Muñoz
Araya. Expediente N° 17-008701-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de julio del 2017.—Licda.
Paula Morales González, Jueza.—( IN2017199994 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas y treinta
minutos del doce de marzo del año dos mil dieciocho, y con la base de dieciséis
mil ochocientos veinticinco dólares con cuarenta y cuatro centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo: placas Nº SYD076, marca Hyundai, estilo
Accent GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2013, color café, vin
KMHCT51CBDU086441. cilindrada 1400 cc. combustible gasolina, motor Nº
G4FACU404994. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta
minutos del tres de abril del año dos mil dieciocho, con la base de doce mil
seiscientos diecinueve dólares con ocho centavos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta
minutos del diecinueve de abril del año dos mil dieciocho con la base de cuatro
mil doscientos seis dólares con treinta y seis centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Improsa S. A., cesionario Ruth Quirós Núñez, contra Siney Chacón Mora,
expediente Nº 13-006974-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y
Contravencional de Grecia (Materia cobro), 02 de noviembre del 2017.—Licda.
Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—( IN2017199995 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones; a las nueve horas y
treinta minutos del quince de enero del dos mil dieciocho, y con la base de
quince millones quinientos treinta y seis mil ochocientos setenta y seis
colones con treinta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo
el Sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y cinco mil cuatrocientos
ochenta y tres cero cero cero, la cual es terreno de solar con una casa.
Situada: en el distrito 02 Jiménez, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, Lilliam Judith Villegas Salazar; al sur, Paulo Enrique
Romero Artavia; al este, calle pública con 16.27 metros de frente, y al oeste, Rayman
de Pococí S. A. Mide: trescientos noventa y nueve metros con cero decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos
del treinta de enero del dos mil dieciocho, con la base de once millones
seiscientos cincuenta y dos mil seiscientos cincuenta y siete colones con
veintitrés céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las nueve horas y
treinta minutos del catorce de febrero del dos mil dieciocho, con la base de
tres millones ochocientos ochenta y cuatro mil doscientos diecinueve colones
con ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Bernal
Javier Castro Mora, Herminia Chaves Ramirez, Paola Maria Chaves Chaves.
Expediente N° 17-002093-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí
(Materia Cobro), 09 de octubre del 2017.—Lic. Johnny Esquivel
Vargas, Juez.—( IN2017200016 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones de las citas
0325-00012884-01-0903-001, sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas
de folio real cuarenta y cuatro mil quinientos ochenta y nueve-cero cero cero
(6-44589- 000), que terreno con una casa y ocho cabinas, ubicada en distrito
primero Jacó del cantón once Garabito de la provincia de Puntarenas, colinda al
norte, con Timoteo Samundio Samudio; sur, con calle pública con frente de diez
metros; al este, con Ubaldo Díaz Díaz y oeste, con Marjorie Carvajal Carvajal.
Mide: cuatrocientos noventa y cinco metros con noventa y cinco decímetros
cuadrados, según el plano Nº P-37343-1992 y con la base en la suma de ciento
setenta y cuatro millones setenta y siete mil sesenta y dos colones con sesenta
céntimos. Para la subasta pública se señalan las diez horas del treinta y uno
de enero del dos mil dieciocho. De no haber postores para llevar a cabo un
segundo remate se señalan las diez horas del quince de febrero del dos mil
dieciocho, con la base de ciento treinta millones quinientos cincuenta y siete
mil setecientos noventa y seis colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse
rematantes, para el tercer remate se señalan las diez horas del dos de marzo
del dos mil dieciocho, con la base de cuarenta y tres millones quinientos
diecinueve mil doscientos sesenta y cinco colones con cincuenta céntimos
(rebajada en un 25%). Publíquese el edicto de Ley. Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados contra
Calu de Jacó S. A., expediente Nº 14-014491-1012-CJ.—Juzgado Civil y Agrario
de Puntarenas (Materia agraria).—Lic. Yeison Darío Rodríguez Fernández,
Juez.—( IN2017200027 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del dos de febrero
del dos mil dieciocho, y con la base de doce mil ochocientos ochenta y un dólares
con noventa y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo:
placas número BDM258, marca Toyota, estilo RAV4, categoría automóvil, capacidad
5 personas, año 2013, color bronce, vin JTMBD33V20D033144, cilindrada 2362 c.c
cc, combustible gasolina, motor Nº 2AZH941341. Para el segundo remate, se
señalan las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de febrero del dos mil
dieciocho, con la base de nueve mil seiscientos sesenta y un dólares con
cuarenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la
tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del seis de marzo del dos mil dieciocho con la base de tres
mil doscientos veinte dólares con cuarenta ocho centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Financiera CAFSA S. A. contra Hernán Enrique Gutiérrez Gutiérrez, y Shirley
López Pérez. Expediente N° 17-005234-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 01 de noviembre del 2017.—Licda.
Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2017200034 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes prendarios, a las catorce horas y cinco minutos del veintidós de
mayo de dos mil dieciocho, y con la base de once mil doscientos quince dólares
con cincuenta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo: placas Nº BDM340, marca Toyota, estilo Corolla GLI, categoría
automóvil, capacidad 5 personas, año 2013, color beige, vin JTDBL42E10J109304.
Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cinco minutos del seis de
junio de dos mil dieciocho, con la base de ocho mil cuatrocientos once dólares
con sesenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y cinco minutos del veintiuno de
junio de dos mil dieciocho con la base de dos mil ochocientos tres dólares con
ochenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Financiera CAFSA S. A. contra Tomas Arturo Flores
Badilla, expediente Nº 17-003477-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor
Cuantía de Puntarenas, 01 de diciembre del 2017.—Lic. Alejandro Brenes
Cubero, Juez.—( IN2017200035 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
309-08507-01-0901-001; citas: 351-09180-01-0901-001, a las nueve horas y cero
minutos del quince de enero de dos mil dieciocho, y con la base de seis
millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos
treinta y cinco mil doscientos veintiuno cero cero cero, la cual es terreno de
pastos. Situada en el distrito San Pablo, cantón León Cortés, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, Román Cordero Mora; al sur, Román Cordero Mora;
al este, calle pública y al oeste, Leonardo Quesada Durán. Mide: doscientos
cuarenta y un metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y cero minutos del treinta de enero de dos mil dieciocho, con la base de
cuatro millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cero minutos del catorce de febrero de dos mil dieciocho con la base de un millón seiscientos veinticinco mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Adrián de Jesús Varela Montero contra María Antonieta
Quesada Durán, expediente Nº 16-007340-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Heredia (Materia cobro), 05 de setiembre del 2017.—Lic.
Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2017200061 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas
y cero minutos del veinticuatro de enero del año dos mil dieciocho y con la
base de noventa y un mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 00220582-000, la
cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 San
Juan, cantón 13 Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, German
Camacho Gómez; al sur, Residencias S. A.; al este, calle pública en doce metros
con dieciséis centímetros y al oeste, Sociedad Agrícola Colima Ltda. Mide:
trescientos sesenta y dos metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las quince horas y cero minutos del ocho de febrero del año
dos mil dieciocho, con la base de sesenta y ocho mil doscientos cincuenta
dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintitrés de febrero
del año dos mil dieciocho con la base de veintidós mil setecientos cincuenta
dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra German Camacho Gómez. Exp:
17-010981-1764-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de San José, (Sección Segunda), 28 de noviembre del
2017.—Licda. María Gabriela Solano Molina, Jueza.—( IN2017200126 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones; a las diez horas y cero
minutos del veintitrés de enero de dos mil dieciocho, y con la base de diez
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuatro mil quinientos
veintinueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 05 Cariari, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al
norte, Juan Delgado Peraza; al sur, calle pública con un frente de 12,30
metros; al este, Baterías Halcón S. A. y al oeste, Miguel Ángel Chavarría
Peraza. Mide: trescientos treinta y cuatro metros con cincuenta y dos
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero
minutos del siete de febrero de dos mil dieciocho, con la base de siete
millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del
veintidós de febrero de dos mil dieciocho con la base de dos millones
quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Gerardo Felipe del Carmen Gómez Castro,
contra Salomón Juan de Jesús Chavarría Peraza. Exp.: 17-001052-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro), 15 de noviembre
del 2017.—Lic. Jeffrey Thomas Daniels, Juez.—( IN2017200128 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando restricciones inscritas bajo citas:
0321-00008621-01-0901- 001; a las once horas y cero minutos del treinta de
enero del año dos mil dieciocho, y con la base de doce millones setecientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo Siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número doscientos setenta mil seiscientos ochenta y
ocho-cero cero cero, la cual es terreno inculto. Situada en el distrito once El
Páramo, cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Dagoberto Venegas; al sur, camino con diecisiete metros y sesenta y
tres centímetros; al este, camino con veintisiete metros con cincuenta y cinco
centímetros y al oeste, Dagoberto Venegas. Mide: setecientos dieciséis metros
con veintinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
once horas y cero minutos del catorce de febrero del año dos mil dieciocho, con
la base de nueve millones quinientos veinticinco mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once
horas y cero minutos del uno de marzo del año dos mil dieciocho con la base de
tres millones ciento setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de María
Isabel Valverde Romero contra Grupo Alvarado y Garro Sociedad Anónima. Exp. N°
13-005702-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de La Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 09 de octubre del
año 2017.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2017200262 ).
En la puerta exterior de este Despacho, soportando
demanda abreviada citas: 800-222275-01-0001-001, a las trece horas y veinte
minutos del doce de julio del dos mil dieciocho, y con la base de tres millones
quinientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 176434, derecho 002, la
cual es derecho a tres treintadosavos en terreno inculto con casa. Situada: en
el distrito 03 La Trinidad, cantón 14 Moravia, de la provincia de. Colinda: al
norte, lote N 3; al sur, calle; al este, callejón y otros, y al oeste, calle y
otros. Mide: novecientos once metros con diez decímetros cuadrados. Para el
segundo remate, se señalan las trece horas y veinte minutos del treinta y uno
de julio del dos mil dieciocho, con la base de dos millones seiscientos
veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para
la tercera subasta, se señalan las trece horas y veinte minutos del veinte de
agosto del dos mil dieciocho, con la base de ochocientos setenta y cinco mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
monitorio de Suministros Permanentes de Computadoras Super Comp contra José
Francisco Matarrita Matarrita. Expediente Nº 12-001323-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11
de diciembre del 2017.—Licda. Carmen Laura Valverde Phillips, Jueza.—(
IN2017200271 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas Ley Aguas citas:
319-09252-01-0006-001, reservas Ley Caminos citas: 319-09252-01-0007-001,
servidumbre de paso citas: 441-07016-01-0037-001, a las catorce horas y cero
minutos del diecisiete de enero del año dos mil dieciocho, y con la base de un
millón setecientos treinta y siete mil novecientos treinta y cuatro colones con
setenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en
el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y siete mil ciento
cuarenta y uno cero cero cero la cual es terreno lote 4 terreno de repastos.
Situada en el distrito 6-Platanares, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, Carlos María Arias; al sur, Julio Jiménez
Fernández; al este, Numa Varela y al oeste, Julio Jiménez Bolaños. Mide: siete
mil trescientos treinta y nueve metros con ochenta y cinco decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del uno de febrero del año dos mil dieciocho, con la base de un millón
trescientos tres mil cuatrocientos cincuenta y un colones con quince céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y cero minutos del dieciséis de febrero del año dos mil
dieciocho con la base de cuatrocientos treinta y cuatro mil cuatrocientos
ochenta y tres colones con sesenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Credecoop R.L contra
Richard Mauricio Jiménez Villalobos, expediente Nº 17-003963-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia cobro), 28 de setiembre del 2017.—Msc. Eileen Chaves
Mora, Jueza.—( IN2017200285 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos sesenta y nueve mil
ochocientos noventa y cuatro cero cero cero la cual es terreno de potrero.
Situada en el distrito 1 San Isidro de El General, cantón 19 Pérez Zeledón, de
la provincia de San José. Colinda: al norte, camino privado y Amado Alvarado;
al sur, Leonidas Solís; al este, Cenovio Alvarado, y al oeste, quebrada Flora
Méndez. Mide: Trescientos treinta y siete metros con treinta y cinco decímetros
cuadrados. La base del primer remate es la suma de doce mil dólares. la base
para el segundo remate es la suma de nueve mil dólares (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para el tercer remate la suma de tres mil dólares (un
veinticinco por ciento de la base inicial). 2) Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número quinientos sesenta y nueve mil ochocientos noventa y
tres cero cero cero la cual es terreno de con una construcción. Situada en el
distrito 1 San Isidro De El General, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, camino privado y Amado Alvarado; al sur,
Leonidas Solís; al este, Cenovio Alvarado, y al oeste, quebrada Flora Méndez.
Mide: Trescientos treinta y siete metros con treinta y cinco decímetros
cuadrados. La base del primer remate es la suma de diez mil dólares. la base
para el segundo remate es la suma de siete mil quinientos dólares (rebajada en
un veinticinco por ciento) y para el tercer remate la suma de dos mil
quinientos dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Para el
primer remate de las fincas antes dichas se señalan las ocho horas cero minutos
del diecisiete de enero de dos mil dieciocho. Segundo remate: de no haber
postores, se señalan las ocho horas y cero minutos del uno de febrero del año
dos mil dieciocho, y de no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se
señalan las ocho horas y cero minutos del dieciséis de febrero del año dos mil dieciocho.
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Municipalidad de Pérez Zeledón contra Jerónimo Figueroa Galdámez. Exp. N°
13-006917-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 13 de setiembre
del 2017.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—( IN2017200315 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios; a las once horas y cuarenta y cinco minutos del
veintinueve de enero de dos mil dieciocho, y con la base de ciento noventa y
siete mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Nacional, Partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos
treinta y cinco mil novecientos cincuenta y seis-cero cero cero, la cual es
terreno de naturaleza: Lote 8 terreno para construir destinado a vivienda.
Situada en el distrito 01 Atenas, cantón 05 Atenas, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Pedro Bogantes Arroyo; al sur, Municipalidad de
Atenas, área destinada a calle publica; al este Municipalidad de Atenas, área
destinada a parque infantil y al oeste, lote 9. Mide: trescientos noventa
metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las once horas y cuarenta y cinco minutos del trece de febrero de dos mil
diecisiete, con la base de ciento cuarenta y ocho mil ciento veinticinco
dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las once horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de
febrero de dos mil diecisiete con la base de cuarenta y nueve mil trescientos
setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Óscar Danilo
Valverde Corrales. Exp.: 16-001869-1204-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro),
08 de noviembre del 2017.—Licda. Victoria Ramírez Víquez, Jueza.—( IN2017200339
).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del treinta
de enero de dos mil dieciocho, y con la base de un millón novecientos setenta
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas
número 643425. Marca Hyundai. Estilo Accent GL. Categoría automóvil. Capacidad
5 personas. Año 2006. Color verde. Vin KMHCM41AP7U063713. Cilindrada 1400 c.c.
Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos
del catorce de febrero de dos mil dieciocho, con la base de un millón
cuatrocientos setenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cuarenta y cinco minutos del uno de marzo de dos mil dieciocho con la base de
cuatrocientos noventa y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Molino Monte Sociedad de Responsabilidad Limitada contra
Fabiana Karina Moya Vásquez. Exp: 17-009846-1044-CJ.—Juzgado Primero
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 03 de
noviembre del 2017.—Licda. Maricela Monestel Brenes, Jueza.—( IN2017200350 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes prendarios, a las quince horas treinta minutos (03:30 p. m.) del
treinta y uno de enero del dos mil dieciocho, y con la base de dos millones
ochenta y seis mil doscientos noventa y cinco colones exactos, en el mejor
postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placa 505132, marca: Honda, estilo:
Civic EX, color: dorado, año: 2003, serie: 2HGES15703H750127, carrocería: Sedan
4 puertas, combustible: gasolina. Para el segundo remate, se señalan las quince
horas treinta minutos (03:30 p. m.) del quince de febrero del dos mil
dieciocho, con la base de un millón quinientos sesenta y cuatro mil setecientos
veintiún colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas treinta minutos
(03:30 p. m.) del cinco de marzo del dos mil dieciocho, con la base de
quinientos veintiún mil quinientos setenta y tres colones con setenta y tres
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Inversiones Carabeos Sociedad Anónima contra Gustavo Alonso Solís
León. Expediente Nº 17-013735-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de octubre del
2017.—Licda. Audrey Abarca Quirós, Jueza.—( IN2017200351 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas
324-03580-01-0903-001 y embargo practicado citas 800-1281-01-0001-001; para
llevar a cabo el segundo remate se señalan a las nueve horas y cero minutos del
trece de marzo de dos mil dieciocho, con la base de ciento veintidós millones
ochocientos treinta y cuatro mil cuatrocientos colones exactos (rebajada en un
25%), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca partido de Alajuela,
matricula 368972, derecho: 000, naturaleza: Terreno de agricultura cruzado por
una quebrada. Situada en el distrito 05
Venecia, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Linderos: este,
calle pública con un frente de 117,51 metros, noreste, José Antonio Porras
Vargas, noroeste, José Antonio Porras Vargas y José Valverde Jara; suroeste,
Nautilio Barquero Chacón y José Valverde Jara. Mide: veintisiete mil
novecientos cincuenta y cinco metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados
y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del cuatro
de abril de dos mil dieciocho con la base de cuarenta millones novecientos
cuarenta y cuatro mil ochocientos colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Previo a
realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los
datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de
inmediato para su corrección. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio
de Jorge Sánchez Chacón contra Ana Lidy Porras Vargas. Exp. N° 08-012408-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 30
de noviembre del año 2017.—Licda. Audrey Abarca Quirós, Jueza.—( IN2017200371
).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre dominante y servidumbre de
cloaca inscritas a los tomos: 405, 413 asientos: 13113, 15277, respectivamente;
a las catorce horas y cero minutos del dieciocho de enero del dos mil
dieciocho, y con la base de cuarenta y un millones setecientos setenta y cinco
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos sesenta y cuatro mil
setecientos cuarenta y nueve cero cero cero, la cual es terreno construir lote
7 D hoy con una casa. Situada en el distrito 01 San Vicente, cantón 14 Moravia,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, Urbanización Los Arrayanes de
Moravia S.A.; al sur, calle; al este, Urbanización Los Arrayanes de Moravia S.
A., y al oeste, calle. Mide: doscientos nueve metros con cuarenta decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos
del dos de febrero del dos mil dieciocho, con la base de treinta y un millones
trescientos treinta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce
horas y cero minutos del diecinueve de febrero del dos mil dieciocho con la
base de diez millones cuatrocientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se les
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Municipalidad de Moravia contra Mario Alberto Sandoval
Bonilla. Expediente N° 08-001129-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 22 de setiembre del
2017.—Licda. Mayela Gómez Pacheco, Jueza.—( IN2017200378 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas
479-11553-01-0008-001, a las nueve horas y cero minutos del diecinueve de enero
de dos mil dieciocho, y con la base de cinco millones cuarenta mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula Nº 49.686-000 la cual es terreno de caña de azúcar.
Situada en el distrito 08 Tayutic, cantón 05 Turrialba, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte, lote de Carlos Arley Castro; al sur, Vereda a
Chirripó en medio José Rodríguez; al este, lote de Carlos Arley y Alice
Velázquez Loría y al oeste, Mario Loaiza Rodríguez. Mide: ocho mil quinientos
cuarenta y ocho metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de febrero de dos
mil dieciocho, con la base de tres millones setecientos ochenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos
del veinte de febrero de dos mil dieciocho con la base de un millón doscientos
sesenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: en caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos
aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el
presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el
correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el
Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Antonio de Jesús Núñez
Ureña, Mireya de Los Ángeles Madrigal Pereira, expediente Nº 17-008768-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 28 de noviembre del 2017.—Licda.
Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2017200457 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del veintiséis de enero
de dos mil dieciocho y con la base de cinco millones setecientos treinta y
cinco mil trescientos sesenta y dos colones con noventa y un céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: cuarto en frío de 3X4.50 metros, de
mantenimiento construido en paneles, marca Metecno, en 2.5 pulgadas para
paredes y cielo de cuarto, formados por aislamiento de espuma rígida y
poliuretano con 90% celdas cerradas, y densidad volumétrica de 40 kg sobre
metros cúbicos, láina exterior e interior de acero calibre 24, en acabado
embozado galvanizadas por el proceso de inmersión en caliente y recubiertas en
pintura de poliéster edificado en color blanco con una puerta abatible especial
para refrigeración, equipadas con herraje para operar por dentro y por fuera,
empaque marca Ferrofrío fabricadas en España, marco de aluminio color blanco
para boquete con bumpers de protección para ambos lados en lámina de punta de
diamante, aluminio en la parte inferior, motor marca Tecunseh Frances Nº
AW707ET-094-A4 con control digital para regular temperatura.- Para el Segundo
remate se señalan las nueve horas y cero minutos del doce de febrero de dos mil
dieciocho, con la base de cuatro millones trescientos uno mil quinientos
veintidós colones con diecinueve céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos
del veintiocho de febrero de dos mil dieciocho con la base de un millón
cuatrocientos treinta y tres mil ochocientos cuarenta colones con setenta y dos
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Cooperativa Nacional de Educadores R. L., contra Distribuidora de
Carnes E y E Sociedad Anónima. Exp.: 15-000606-1338-CJ.—Juzgado Tercero
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de
setiembre del 2017.—Lic. Tadeo Solano Alfaro, Juez.—( IN2017200465 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas:
391-06499-01-0809-001, limitaciones de leyes 7052, 7208 Sist. Financiero de
Vivienda citas: 399-17754-01-0065-001; a las quince horas y cero minutos del
veintitrés de enero del año dos mil dieciocho, y con la base de seiscientos
cincuenta y seis mil doscientos sesenta y siete colones con setenta y uno
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número 76240-000, la cual es naturaleza lote 246 de
solar con una casa. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 245, sur, lote 247, este, lote
269, oeste, calle pública con 07,50 metros. Mide: ciento seis metros con
ochenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
quince horas y cero minutos del siete de febrero del año dos mil dieciocho, con
la base de cuatrocientos noventa y dos mil doscientos colones con setenta y
ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintidós de febrero del
año dos mil dieciocho con la base de ciento sesenta y cuatro mil sesenta y seis colones con noventa y dos céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra María Eugenia Ortega
Rodríguez. Exp: 09-020690-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, (Sección Tercera), 23 de octubre del
2017.—Licda. Mayela Gómez Pacheco, Jueza.—( IN2017200469 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reconstruid ref: art. 9 decret
0000016236-J, inscrito bajo las citas 331-14069-01-0906-001; a las nueve horas
y cero minutos del veintidós de enero del año dos mil dieciocho, y con la base
de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos
cuarenta mil treinta y cuatro-cero cero cero la cual es terreno para construir
con una casa de habitación. Situada en el distrito 2 San Isidro, cantón 3
Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle publica con un
frente de 11,16 metros; al sur, Bibiana Loria Jiménez; al este, servidumbre de
paso en medio de Zaida Alfaro Solís, y al oeste, Bibiana Loria Jiménez. Mide:
Ciento sesenta y dos metros con veintitrés decímetros cuadrados, plano:
A-1143963-2007. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero
minutos del seis de febrero del año dos mil dieciocho, con la base de siete
millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del
veintiuno de febrero del año dos mil dieciocho con la base de dos millones
quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de José Antonio Alfaro Brenes contra
Bibiana Loría Jiménez. Exp. N° 17-002100-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor
Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 7 de setiembre del
2017.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—( IN2017200509 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del cinco
de febrero del dos mil dieciocho y con la base de catorce millones
cuatrocientos setenta y ocho mil doscientos cincuenta colones con setenta y un
céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula Nº 123061-000, la cual es naturaleza: terreno para
construir lote 25 K. Situada: en el distrito 01 Cañas, cantón 06 Cañas, de la
provincia de Guanacaste. Linderos: norte, INVU; sur, calle dos; este, INVU; oeste,
INVU. Mide: ciento cincuenta y cinco metros con setenta y seis decímetros
cuadrados. Plano: G-0696998-2001. Para el segundo remate, se señalan las diez
horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de febrero del dos mil dieciocho,
con la base de diez millones ochocientos cincuenta y ocho mil seiscientos
ochenta y ocho colones con tres céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cuarenta y
cinco minutos del siete de marzo del dos mil dieciocho, con la base de tres
millones seiscientos diecinueve mil quinientos sesenta y dos colones con
sesenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal
contra Lilliana María Arias Ulate. Expediente Nº 17-002250-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz)
(Materia Cobro), 03 de noviembre del 2017.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado,
Juez.—( IN2017200527 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando citas: 328-08013-01-0900-001, camino
ref.: 0011 755 000, a las ocho horas y cero minutos del seis de febrero del dos
mil dieciocho, y con la base de nueve millones cuatrocientos cincuenta y dos
mil trescientos treinta y tres colones con veintitrés céntimos, en el mejor
postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido
de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
Nº 53383, derechos 001 y 002, la cual es naturaleza: terreno de patio con una
casa. Situada: en el distrito 01 Cañas, cantón 06 Cañas, de la provincia de
Guanacaste. Linderos: norte, Municipalidad de Cañas; sur, calle pública; este, Mamerta Torrentes Serrano; oeste,
Mariana Sirias Barquero. Mide: doscientos tres metros con treinta y cinco
decímetros cuadrados. Plano: G-1158327-2007. Para el segundo remate, se señalan
las ocho horas y cero minutos del veintiuno de febrero del dos mil dieciocho,
con la base de siete millones ochenta y nueve mil doscientos cuarenta y nueve
colones con noventa y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y
para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del ocho de marzo
del dos mil dieciocho, con la base de dos millones trescientos sesenta y tres
mil ochenta y tres colones con treinta céntimos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Gustavo
Adolfo Gutiérrez Chaves y Marina Elizabeth Arévalo Ingles. Expediente Nº
17-002252-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial
de Guanacaste, Santa Cruz, (Materia Cobro), 06 de noviembre del 2017.—Lic.
Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2017200530 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando citas: 386-10014-01-0928-001, Servid.
de Acued. Ref.: 024299 B 000, a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del
trece de marzo del dos mil dieciocho, y con la base de cuarenta y dos millones
ciento treinta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y dos colones con ocho
céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula Nº 71.560-000, la cual es terreno naturaleza: terreno
de solar con una casa. Situada en el distrito 01-Cañas, cantón 06-Cañas, de la
provincia de Guanacaste. Linderos: norte, lote 19 G; sur, calle pública con
19,71 mts; este, lote 18 G; oeste, calle pública con 8 mts. Mide: ciento
noventa y seis metros con siete decímetros cuadrados. Plano: G-0781945-1988.
Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos
del cuatro de abril del dos mil dieciocho, con la base de treinta y un millones
seiscientos mil ochocientos treinta y nueve colones con seis céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez
horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de abril del dos mil dieciocho, con
la base de diez millones quinientos treinta y tres mil seiscientos trece
colones con dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal
contra Nancy María Ballestero Li. Expediente Nº 17-002808-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz
(Materia Cobro), 13 de noviembre del 2017.—Lic. Luis Alberto Pineda
Alvarado, Juez.—( IN2017200533 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del siete de
febrero de dos mil dieciocho, y con la base de diez millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número setenta y seis mil quinientos ochenta-cero cero
cero, la cual es terreno de solar para construir con una casa de habitación
lote número 406. Situada en el distrito 01 Limón, cantón 01 Limón, de la
provincia de Limón. Colinda: al norte, Avenida Vela; al sur, lote 378; al este
lote 405 y al oeste lote 407. Mide: noventa metros con seis decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos
del veintidós de febrero de dos mil dieciocho, con la base de siete millones
quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del nueve de
marzo de dos mil dieciocho con la base de dos millones quinientos mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Servicios Financieros Valora Sociedad de Responsabilidad
Limitada contra Francini Daniela Salazar Chaves. Exp: 16-001673-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro), 12 de diciembre del
año 2017.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2017200536 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del veintinueve de
enero del año dos mil dieciocho, y con la base de trece millones ciento treinta
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos treinta y tres mil
seiscientos dieciséis-cero cero cero, la cual es terreno con una casa y un
negocio de zócalo. Situada en el distrito 01 San Isidro de El General, cantón
19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública;
al sur, calle pública; al este, Asociación de Desarrollo Comunal de La Palma y
al oeste, Célimo Barrientos Mora. Mide: quinientos ochenta y ocho metros con
cincuenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
trece horas y treinta minutos del trece de febrero del año dos mil dieciocho,
con la base de nueve millones ochocientos cuarenta y siete mil quinientos
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiocho de febrero
del año dos mil dieciocho con la base de tres millones doscientos ochenta y dos
mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Marino Barrantes Fonseca contra S. A.
Inversiones Prolong. Exp: 10-100342-0188-CI.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia
Cobro), 15 de noviembre del 2017.—Lic. Ramón Meza Marín, Juez.—(
IN2017200538 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando plazo de convalidación (ley de
informaciones posesorias), citas: 2012-00272864-01-0003-001, reservas de ley de
aguas y ley de caminos públicos, citas: 2012-00272864-01-0004-001, aviso
catastral, citas: 2014-00061026-01-0001-001, a las diez horas y cero minutos
del seis de abril de dos mil dieciocho, y con la base de quince millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y nueve mil quinientos cincuenta
y dos cero cero cero la cual es terreno de pasto y casa con un corral. Situada
en el distrito 02 La Unión, cantón 04 Montes de Oro, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, Humberto Gamboa Villalobos; al sur, Blanca Rosa
Villalobos Araya, Gerardo Ramírez Gatgens, Eduardo Villegas Sibaja y calle
pública con 400 metros de frente; al este, Israel Gamboa Villalobos y al oeste,
Isidro Morales Mesén y Lidieth Villalobos Herrera. Mide: cinco mil
cuatrocientos metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés de abril de dos
mil dieciocho, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y cero minutos del ocho de mayo de dos mil dieciocho con
la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José
Arturo Jiménez Jiménez contra Rosibel Alan Flores. Exp. 17-000911-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil dDe Menor Cuantía de Puntarenas, 18 de octubre del año
2017.—Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—( IN2017200543 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos con citas: 0303-001292-01-0003-001, reservas Ley de Aguas con
citas: 0303-015243-01-0002-001, reservas y restricciones con citas:
0309-0014421-01-0901-001, reservas y restricciones con citas: 316-007748-01-0901-001,
reservas y restricciones con citas: 370-004861-01-0900-001; y reservas y
restricciones con citas: 0370-004861-01-0901-001; a las catorce horas y quince
minutos del dieciocho de enero de dos mil dieciocho, y con la base de ciento
cuarenta mil dólares exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 151033-000 la cual es terreno
lote 140, terreno para construir. Situada en el distrito Tárcoles, cantón
Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 139 con 123,22
metros; al sur, Rodrigo Méndez Mora con 69,73 metros; al este, servidumbre
agrícola con 67,67 metros y al oeste, Rodrigo Méndez Mora con 81,72 metros.
Mide: cinco mil seiscientos sesenta metros con ochenta y cinco decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos
del dos de febrero de dos mil dieciocho, con la base de ciento cinco mil
dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del diecinueve de febrero
del dos mil dieciocho con la base de treinta y cinco mil dólares exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Improsa Sociedad Anónima contra Costa Bella Vita Investments Sociedad Anónima.
Exp.: 10-002549-0504-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de
Heredia (Materia Cobro), 04 de diciembre del 2017.—Lic. Pedro Javier
Ubau Hernández, Juez.—( IN2017200567 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las trece horas y quince minutos del veintinueve de
enero de dos mil dieciocho (01:15pm del 29 enero 2018), y con la base de cuatro
millones trescientos sesenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos ochenta y ocho mil ochocientos treinta y cinco-cero cero cero
(488835-000) la cual es terreno naturaleza: terreno solar. Situada en el
distrito 8-Palmitos, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, calle pública; al sur, Pedro Herrera Alfaro; al este, Liliana Hernández
Arce, y al oeste, Pedro Herrera Alfaro. Mide: ciento cincuenta y un metros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y quince minutos
del trece de febrero de dos mil dieciocho (01:15 pm del 13 febrero 2018), con
la base de tres millones doscientos setenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas
y quince minutos del veintiocho de febrero del dos mil dieciocho (01:15 pm del
28 febrero 2018) con la base de un millón noventa mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Christian Roberto
García Salazar. Expediente N° 17-010589-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 08
de noviembre del 2017.—Licda. Victoria Ramírez Víquez, Jueza.—( IN2017200605 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas 305-05078-01-0901-001, reservas y restricciones bajo las citas
375-14343-01-0900-001, reservas y restricciones bajo las citas
385-15857-01-0910-001; a las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de
enero del año dos mil dieciocho, y con la base de diecinueve millones
quinientos veintiocho mil doscientos ocho colones con veintidós céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 453.970-000, la cual es terreno de agricultura lote 8. Situada
en el distrito 6, Pital cantón 10, San Carlos, cantón, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Asociación de Desarrollo Integral de Castelmare de
Cutris de San Carlos; sur, Asociación de Desarrollo Integral de Castelmare de
Cutris de San Carlos; este, calle pública; oeste, Asociación de Desarrollo
Integral de Castelmare de Cutris de San Carlos. Mide: Treinta y tres mil
treinta y seis metros cuadrados. Plano: A-1308026-2008. Para el segundo remate
se señalan las ocho horas y treinta minutos del doce de febrero del año dos mil
dieciocho, con la base de catorce millones seiscientos cuarenta y seis mil
ciento cincuenta y seis colones con diecisiete céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
treinta minutos del veintisiete de febrero del año dos mil dieciocho con la
base de cuatro millones ochocientos ochenta y dos mil cincuenta y dos colones
con seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Alfredo Gerardo del Socorro
Ramírez Sandí contra Autorepuestos Hermanos Chavarría S. A., José Francisco De
Jesús Chavarría Ramírez. Exp. N° 17-003150-1202-CJ.—Juzgado de Cobro Y Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 9 de
noviembre del año 2017.—Lic. José Elidier Rojas Corrales, Juez.—( IN2017200632
).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las quince horas y treinta minutos del dieciocho de
enero del año dos mil dieciocho, y con la base de treinta y siete millones
quinientos ochenta y siete mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 79103-000 la cual
es terreno con una casa. Situada en el distrito Merced, cantón San José, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Marcial Solano Carmona; al sur, calle
pública con 5 punto 48 metros; al este, Seidy Varela Marty y al oeste, Marcial
Solano Carmona. Mide: sesenta y dos metros con cincuenta decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del dos de
febrero del año dos mil dieciocho, con la base de veintiocho millones ciento
noventa mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta
minutos del diecinueve de febrero del año dos mil dieciocho con la base de
nueve millones trescientos noventa y seis mil setecientos cincuenta colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Alexander
Araya Zúñiga, Gringotts Escape SRL. Exp.: 17-006916-1765-CJ. Notifíquese.—Juzgado
Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera,
22 de setiembre del 2017.—Lic. Iván Tiffer Vargas, Juez.—( IN2017200701 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, citas:
300-06046-01-0901-001, se ordena el remate de los bienes dados en garantía, sea
las siguientes fincas: En el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Con la base
de seis mil setenta y ocho dólares exactos, la finca del partido de Guanacaste,
matrícula número 210282-000, la cual es terreno de potrero con una casita lote
25. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, callejón privado y camino público; al sur, Blasy
Leiva Alvarado; al este, calle pública y C.R.V. Central S. A. y al oeste, calle
privada. Mide: mil metros cuadrados. Para tal efecto se señalan a las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del doce de junio de dos mil dieciocho Para el
segundo remate se señalan las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de junio de dos mil dieciocho,
con la base de cuatro mil quinientos cincuenta y ocho dólares con cincuenta
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del doce de julio de dos mil
dieciocho con la base de mil quinientos diecinueve dólares con cincuenta
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) Con la base de seis
mil setenta y ocho dólares exactos, la finca del partido de Guanacaste,
matrícula número 210281-000, la cual es terreno de potrero con una casita lote
25. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, callejón privado y camino público; al sur, Blasy
Leiva Alvarado; al este, calle pública y C.R.V. Central S. A. y al oeste, calle
privada. Mide: mil metros cuadrados. Para tal efecto se señalan a las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del doce de junio de dos mil dieciocho Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del
veintisiete de junio de dos mil dieciocho, con la base de cuatro mil quinientos
cincuenta y ocho dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y
cinco minutos del doce de julio de dos mil dieciocho con la base de mil
quinientos diecinueve dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). 3) Con la base de seis mil setenta y ocho dólares exactos,
la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 210280 000, la cual es
terreno de potrero con una casita lote 24. Situada en el distrito Liberia,
cantón Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, callejón
privado y camino público; al sur, Blasy Leiva Alvarado; al este, calle pública
y C.R.V. Central S. A. y al oeste, calle privada. Mide: mil metros cuadrados.
Para tal efecto se señalan a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del
doce de junio de dos mil dieciocho Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de junio de dos mil dieciocho,
con la base de cuatro mil quinientos cincuenta y ocho dólares con cincuenta
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del doce de julio de dos mil
dieciocho con la base de mil quinientos diecinueve dólares con cincuenta
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 4) Con la base de seis
mil setenta y ocho dólares exactos, la finca del partido de Guanacaste,
matrícula número 210279-000, la cual es terreno de potrero con una casita lote
23. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, callejón privado y camino público; al sur, Blasy Leiva
Alvarado; al este, calle pública y C.R.V. Central S. A. y al oeste, calle
privada. Mide: Mil metros cuadrados. Para tal efecto se señalan a las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del doce de junio de dos mil dieciocho Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del
veintisiete de junio de dos mil dieciocho, con la base de cuatro mil quinientos
cincuenta y ocho dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y
cinco minutos del doce de julio de dos mil dieciocho con la base de mil
quinientos diecinueve dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). 5) Con la base de seis mil setenta y ocho dólares exactos,
la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 210278 000, la cual es
terreno de potrero con una casita lote 22. Situada en el distrito Liberia,
cantón Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, callejón
privado y camino público; al sur, Blasy Leiva Alvarado; al este, calle pública
y C.R.V. Central S. A. y al oeste, calle privada. Mide: mil metros cuadrados.
Para tal efecto se señalan a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del
doce de junio de dos mil dieciocho Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de junio de dos mil dieciocho,
con la base de cuatro mil quinientos cincuenta y ocho dólares con cincuenta
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del doce de julio de dos mil
dieciocho con la base de mil quinientos diecinueve dólares con cincuenta
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 6) Con la base de seis
mil setenta y ocho dólares exactos, la finca del partido de Guanacaste,
matrícula número 210277 000, la cual es terreno de potrero con una casita lote
21. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, callejón privado y camino público; al sur, Blasy
Leiva Alvarado; al este, calle pública y C.R.V. Central S. A. y al oeste, calle
privada. Mide: Mil metros cuadrados. Para tal efecto se señalan a las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del doce de junio de dos mil dieciocho Para el
segundo remate se señalan las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de junio de dos mil dieciocho,
con la base de cuatro mil quinientos cincuenta y ocho dólares con cincuenta
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del doce de julio de dos mil
dieciocho con la base de mil quinientos diecinueve dólares con cincuenta
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial) .7) Con la base de seis
mil setenta y ocho dólares exactos, la finca del partido de Guanacaste,
matrícula número 210276 000, la cual es terreno de potrero con una casita lote
20. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, callejón privado y camino público; al sur, Blasy
Leiva Alvarado; al este, calle pública y C.R.V. Central S. A. y al oeste, calle
privada. Mide: Mil ochenta y ocho metros cuadrados. Para tal efecto se señalan
a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del doce de junio de dos mil
dieciocho Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco
minutos del veintisiete de junio de dos mil dieciocho, con la base de cuatro
mil quinientos cincuenta y ocho dólares con cincuenta centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cuarenta y cinco minutos del doce de julio de dos mil dieciocho con la base de
mil quinientos diecinueve dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial) 8) Con la base de seis mil setenta y ocho dólares
exactos, la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 210275-000, la
cual es terreno de potrero con una casita lote 19. Situada en el distrito
Liberia, cantón Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
callejón privado y camino público; al sur, Blasy Leiva Alvarado; al este, calle
pública y C.R.V. Central S. A. y al oeste, calle privada. Mide: Mil ciento
veintinueve metros cuadrados. Para tal efecto se señalan a las nueve horas y
cuarenta y cinco minutos del doce de junio de dos mil dieciocho Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de
junio de dos mil dieciocho, con la base de cuatro mil quinientos cincuenta y
ocho dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos
del doce de julio de dos mil dieciocho con la base de mil quinientos diecinueve
dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial)
9) Con la base de seis mil setenta y ocho dólares exactos, la finca del partido
de Guanacaste, matrícula número 210274-000, la cual es terreno de potrero con
una casita lote 18. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, callejón privado y camino público;
al sur, Blasy Leiva Alvarado; al este, calle pública y C.R.V. Central S. A. y
al oeste, calle privada. Mide: Mil ciento cincuenta y tres metros cuadrados.
Para tal efecto se señalan a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del
doce de junio de dos mil dieciocho. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de junio de dos mil dieciocho,
con la base de cuatro mil quinientos cincuenta y ocho dólares con cincuenta
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del doce de julio de dos mil
dieciocho con la base de mil quinientos diecinueve dólares con cincuenta
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial) 10) Con la base de seis
mil setenta y ocho dólares exactos, la finca del partido de Guanacaste,
matrícula número 210273 000, la cual es terreno de potrero con una casita lote
17. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, callejón privado y camino público; al sur, Blasy
Leiva Alvarado; al este, calle pública y C.R.V. Central S. A. y al oeste, calle
privada. Mide: Mil ciento dieciocho metros cuadrados. Para tal efecto se
señalan a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del doce de junio de dos
mil dieciocho Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de
junio de dos mil dieciocho, con la base de cuatro mil quinientos cincuenta y
ocho dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos
del doce de julio de dos mil dieciocho con la base de mil quinientos diecinueve
dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
11) Con la base de seis mil setenta y ocho dólares exactos, la finca del
partido de Guanacaste, matrícula número 210272-000, la cual es terreno de
potrero con una casita lote 16. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia,
de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, callejón privado y camino público;
al sur, Blasy Leiva Alvarado; al este, calle pública y C.R.V. Central S. A. y
al oeste, calle privada. Mide: Mil setenta y nueve metros cuadrados. Para tal
efecto se señalan a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del doce de
junio de dos mil dieciocho Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco
minutos del veintisiete de junio de dos mil dieciocho, con la base de cuatro
mil quinientos cincuenta y ocho dólares con cincuenta centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cuarenta y cinco minutos del doce de julio de dos mil dieciocho con la base de
mil quinientos diecinueve dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). 12) Con la base de seis mil setenta y ocho dólares
exactos, la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 210271-000, la
cual es terreno de potrero con una casita lote 15. Situada en el distrito
Liberia, cantón Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
callejón privado y camino público; al sur, Blasy Leiva Alvarado; al este, calle
pública y C.R.V. Central S. A. y al oeste, calle privada. Mide: Mil cuarenta y
cinco metros cuadrados. Para tal efecto se señalan a las nueve horas y cuarenta
y cinco minutos del doce de junio de dos mil dieciocho Para el segundo remate
se señalan las nueve horas y cuarenta y
cinco minutos del veintisiete de junio de dos mil dieciocho, con la base de
cuatro mil quinientos cincuenta y ocho dólares con cincuenta centavos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del doce de julio de dos mil dieciocho con la
base de mil quinientos diecinueve dólares con cincuenta centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). 13) Con la base de seis mil setenta
y ocho dólares exactos, la finca del partido de Guanacaste, matrícula número
210270 000, la cual es terreno de potrero con una casita lote 14. Situada en el
distrito Liberia, cantón Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al
norte, callejón privado y camino público; al sur, Blasy Leiva Alvarado; al
este, calle pública y C.R.V. Central S. A. y al oeste, calle privada. Mide: Mil
sesenta y seis metros cuadrados. Para tal efecto se señalan a las nueve horas y
cuarenta y cinco minutos del doce de junio de dos mil dieciocho Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y
cuarenta y cinco minutos del veintisiete de junio de dos mil dieciocho, con la
base de cuatro mil quinientos cincuenta y ocho dólares con cincuenta centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del doce de julio de dos mil
dieciocho con la base de mil quinientos diecinueve dólares con cincuenta centavos
(un veinticinco por ciento de la base inicial) 14) Con la base de seis mil
setenta y ocho dólares exactos, la finca del partido de Guanacaste, matrícula
número 210269-000, la cual es terreno de potrero con una casita lote 13.
Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, callejón privado y camino público; al sur, Blasy Leiva
Alvarado; al este, calle pública y C.R.V. Central S. A. y al oeste, calle
privada. Mide: Mil metros cuadrados. Para tal efecto se señalan a las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del doce de junio de dos mil dieciocho Para el
segundo remate se señalan las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de junio de dos mil dieciocho,
con la base de cuatro mil quinientos cincuenta y ocho dólares con cincuenta
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del doce de julio de dos mil
dieciocho con la base de mil quinientos diecinueve dólares con cincuenta
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 15) Con la base de
seis mil setenta y ocho dólares exactos, la finca del partido de Guanacaste,
matrícula número 210268-000, la cual es terreno de potrero con una casita lote
12. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, callejón privado y camino público; al sur, Blasy
Leiva Alvarado; al este, calle pública y C.R.V. Central S. A. y al oeste, calle
privada. Mide: Mil metros cuadrados. Para tal efecto se señalan a las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del doce de junio de dos mil dieciocho Para el
segundo remate se señalan las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de junio de dos mil dieciocho,
con la base de cuatro mil quinientos cincuenta y ocho dólares con cincuenta
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del doce de julio de dos mil
dieciocho con la base de mil quinientos diecinueve dólares con cincuenta
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 16) Con la base de
seis mil setenta y ocho dólares exactos, la finca del partido de Guanacaste,
matrícula número 210267-000, la cual es terreno de potrero con una casita lote
11. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, callejón privado y camino público; al sur, Blasy
Leiva Alvarado; al este, calle pública y C.R.V. Central S. A. y al oeste, calle
privada. Mide: Mil metros cuadrados. Para tal efecto se señalan a las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del doce de junio de dos mil dieciocho Para el
segundo remate se señalan las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de junio de dos mil dieciocho,
con la base de cuatro mil quinientos cincuenta y ocho dólares con cincuenta
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del doce de julio de dos mil
dieciocho con la base de mil quinientos diecinueve dólares con cincuenta
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 17) Con la base de
seis mil setenta y ocho dólares exactos, la finca del partido de Guanacaste,
matrícula número 210266-000, la cual es terreno de potrero con una casita lote
10. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, callejón privado y camino público; al sur, Blasy
Leiva Alvarado; al este, calle pública y C.R.V. Central S. A. y al oeste, calle
privada. Mide: Mil metros cuadrados. Para tal efecto se señalan a las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del doce de junio de dos mil dieciocho Para el
segundo remate se señalan las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de junio de dos mil dieciocho,
con la base de cuatro mil quinientos cincuenta y ocho dólares con cincuenta
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del doce de julio de dos mil
dieciocho con la base de mil quinientos diecinueve dólares con cincuenta
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 18) Con la base de
seis mil setenta y ocho dólares exactos, la finca del partido de Guanacaste,
matrícula número 210265-000, la cual es terreno de potrero con una casita lote
9. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, callejón privado y camino público; al sur, Blasy
Leiva Alvarado; al este, calle pública y C.R.V. Central S. A. y al oeste, calle
privada. Mide: Mil metros cuadrados. Para tal efecto se señalan a las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del doce de junio de dos mil dieciocho Para el
segundo remate se señalan las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de junio de dos mil dieciocho,
con la base de cuatro mil quinientos cincuenta y ocho dólares con cincuenta
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del doce de julio de dos mil
dieciocho con la base de mil quinientos diecinueve dólares con cincuenta
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 19) Con la base de
seis mil setenta y ocho dólares exactos, la finca del partido de Guanacaste,
matrícula número 210264-000, la cual es terreno de potrero con una casita lote
8. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, callejón privado y camino público; al sur, Blasy
Leiva Alvarado; al este, calle pública y C.R.V. Central S. A. y al oeste, calle
privada. Mide: Mil metros cuadrados. Para tal efecto se señalan a las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del doce de junio de dos mil dieciocho Para el
segundo remate se señalan las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de junio de dos mil dieciocho,
con la base de cuatro mil quinientos cincuenta y ocho dólares con cincuenta
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del doce de julio de dos mil
dieciocho con la base de mil quinientos diecinueve dólares con cincuenta
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 20) Con la base de
seis mil setenta y ocho dólares exactos, la finca del partido de Guanacaste,
matrícula número 210263-000, la cual es terreno de potrero con una casita lote
7. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, callejón privado y camino público; al sur, Blasy
Leiva Alvarado; al este, calle pública y C.R.V. Central S. A. y al oeste, calle
privada. Mide: Mil metros cuadrados. Para tal efecto se señalan a las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del doce de junio de dos mil dieciocho Para el
segundo remate se señalan las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de junio de dos mil dieciocho,
con la base de cuatro mil quinientos cincuenta y ocho dólares con cincuenta
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del doce de julio de dos mil
dieciocho con la base de mil quinientos diecinueve dólares con cincuenta
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial) 21) Con la base de seis
mil setenta y ocho dólares exactos, la finca del partido de Guanacaste
matrícula número 210262-000, la cual es terreno de potrero con una casita lote
6. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, callejón privado y camino público; al sur, Blasy
Leiva Alvarado; al este, calle pública y C.R.V. Central S. A. y al oeste, calle
privada. Mide: Mil metros cuadrados. Para tal efecto se señalan a las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del doce de junio de dos mil dieciocho Para el
segundo remate se señalan las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de junio de dos mil dieciocho,
con la base de cuatro mil quinientos cincuenta y ocho dólares con cincuenta
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del doce de julio de dos mil
dieciocho con la base de mil quinientos diecinueve dólares con cincuenta
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 22) Con la base de
SEIS mil setenta y ocho dólares exactos, la finca del partido de Guanacaste,
matrícula número 210261-000, la cual es terreno de potrero con una casita lote
5. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, callejón privado y camino público; al sur, Blasy
Leiva Alvarado; al este, calle pública y C.R.V. Central S. A. y al oeste, calle
privada. Mide: Mil metros cuadrados. Para tal efecto se señalan a las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del doce de junio de dos mil dieciocho Para el
segundo remate se señalan las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de junio de dos mil dieciocho,
con la base de cuatro mil quinientos cincuenta y ocho dólares con cincuenta
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del doce de julio de dos mil
dieciocho con la base de mil quinientos diecinueve dólares con cincuenta
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 23) Con la base de
seis mil setenta y ocho dólares exactos, la finca del partido de Guanacaste,
matrícula número 210260-000, la cual es terreno de potrero con una casita lote
4. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, callejón privado y camino público; al sur, Blasy
Leiva Alvarado; al este, calle pública y C.R.V. Central S. A. y al oeste, calle
privada. Mide: Mil metros cuadrados. Para tal efecto se señalan a las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del doce de junio de dos mil dieciocho Para el
segundo remate se señalan las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de junio de dos mil dieciocho,
con la base de cuatro mil quinientos cincuenta y ocho dólares con cincuenta centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del doce de julio de dos mil
dieciocho con la base de mil quinientos diecinueve dólares con cincuenta
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial) 24) Con la base de seis
mil setenta y ocho dólares exactos, la finca del partido de Guanacaste,
matrícula número 210259-000, la cual es terreno de potrero con una casita lote
3. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, callejón privado y camino público; al sur, Blasy
Leiva Alvarado; al este, calle pública y C.R.V. Central S. A. y al oeste, calle
privada. Mide: Mil metros cuadrados. Para tal efecto se señalan a las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del doce de junio de dos mil dieciocho Para el
segundo remate se señalan las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de junio de dos mil dieciocho,
con la base de cuatro mil quinientos cincuenta y ocho dólares con cincuenta
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco
minutos del doce de julio de dos mil dieciocho con la base de mil quinientos
diecinueve dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Compañía Centroamericana de Mercadotecnia Palma S. A., contra CRV Central S. A.
Exp: 16-012334 1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 06 de noviembre del 2017.—Licda. Yendri
Patricia Rojas Pérez, Jueza.—( IN2017200710 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes; a las diez horas del treinta de enero del dos mil dieciocho, con la
base total de dos millones treinta y tres mil colones, en el mejor postor
remataré lo siguiente: una video cámara Sony Exmor PMW-EX3 XDCAM full HD 3cmos
XD CEMEX con la base de un millón doscientos setenta y cinco mil colones
exactos, video cámara Sony HXR-MC2000 AVCHD internal memory 12x160x digital
zoom 7,1 mega pixels MPEG2 2 SD, con la base de setecientos cincuenta y ocho
mil colones exactos. Para tal efecto se señalan las diez horas del treinta de
enero del dos mil dieciocho. De no haber postores, para llevar a cabo el
segundo remate, se señalan las diez horas del trece de febrero del dos mil
dieciocho, con la base de (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes,
para el tercer remate, se señalan las diez horas del veintisiete de febrero del
dos mil dieciocho, con la base de (un 25% de la base original). Nota: Se les
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
or.s.pri. prestac. laborales de Alejandro Gerardo Chavarría Madrigal contra
Inversiones Rucabres Sociedad Anónima. Expediente N° 15-000112-0692-LA.—Juzgado
Contravencional y Menor Cuantía de Palmares (materia laboral), 05 de
diciembre del 2017.—Licda. Ivannia Quesada Quirós, Juez.—Exonerado.—(
IN2017200728 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, a las quince horas y treinta minutos del veinticinco
de enero del dos mil dieciocho, y con la base de ciento cuarenta y un millones
de colones netos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número doscientos setenta y dos mil setecientos ocho-
cero cero cero, la cual es terreno con un taller y una casa. Situada: en el
distrito Curridabat, cantón Curridabat, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Instituto Nacional de Seguros; al sur, alameda pública con 29.23
metros de frente; al este, Mercedes González Vásquez, casa antigua, y al oeste,
calle pública con 14.78 metros de frente. Mide: cuatrocientos veintiséis metros
con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan
las quince horas y treinta minutos del nueve de febrero del dos mil dieciocho,
con la base de ciento cinco millones setecientos cincuenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las quince horas y treinta minutos del veintiséis de febrero del dos mil
dieciocho, con la base de treinta y cinco millones doscientos cincuenta mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Carlos Adrián Sánchez Hidalgo, Centro de Distribución La Mascota Dos Mil
Diez S. A., Creaciones JAK S. A. Expediente Nº 17-010635-1764-CJ. Notifíquese.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, (Sección
Segunda), 28 de noviembre del 2017.—Licda. Elia Corina Marchena Fennell,
Jueza.—( IN2017200786 ).
En las
afueras de este despacho a las diez horas y cero minutos del veinticuatro de
enero del año dos mil dieciocho, y con la base de diez millones cuatrocientos
ochenta y cuatro mil trescientos veinte colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo placas número CL-255277, año 2011, marca
Greatwall, estilo CC1031PD64(WINGLE), categoría carga liviana, capacidad 2
personas, serie LGWDBC379BB618910, carrocería camioneta Pick-Up, caja abierta o
Cam-Pu, tracción 4x4, peso bruto 1795 kgrms, número chasis LGWDBC379BB618910,
año fabricación 2011. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero
minutos del ocho de febrero del dos mil dieciocho, con la base de siete
millones ochocientos sesenta y tres mil doscientos cuarenta colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las diez horas y cero minutos del veintitrés de febrero del dos mil dieciocho
con la base de dos millones seiscientos veintiún mil ochenta colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Gerardo Leonidas Yuban Cruz.
Expediente N° 15-005627-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo
Circuito Judicial de San José, 04 de diciembre del 2017.—Licda. Yensy
Valverde Solis, Jueza.—( IN2017200816 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y
cuarenta minutos del veintitrés de febrero del dos mil dieciocho, con la base
de un millón seiscientos seis mil ciento cincuenta y cuatro colones con setenta
y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa
número 494126, marca Fiat, estilo Palio EX., categoría automóvil, capacidad 5
personas, año 2003, color gris, chasis 9BD17156232186634,
cilindrada 1242 cc., combustible Gasolina, motor Nº 178D70555456315. Para el
segundo remate, se señalan las diez horas y cuarenta minutos del doce de marzo
del dos mil dieciocho, con la base de un millón doscientos cuatro mil
seiscientos dieciséis colones con seis céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cuarenta
minutos del tres de abril del dos mil dieciocho con la base de cuatrocientos
uno mil quinientos treinta y ocho colones con sesenta y ocho céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Credimóvil contra Luis Carlos Vásquez May. Expediente N° 17-009394-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de
octubre del 2017.—Licda. Heilim Badilla Alvarado, Juez.—( IN2017200852 ).
Se hace saber:
que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000031-0297-CI donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de María del Rosario
Vargas Bogarín es mayor, estado civil casada, vecina de Heredia centro, de la
estación de bomberos 20 metros oeste y 75 metros sur, portadora de la cédula de
identidad vigente que exhibe Nº 0400730674, profesión profesora, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es
terreno de cultivo. Situada en el distrito sexto Río Cuarto, cantón Grecia, de
la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Daysi Solís Méndez; al sur, Elías
González Vargas; al este, calle pública y al oeste, río Vaca Blanca. Mide:
6.656 metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
dicho inmueble en la suma de 6.657.000 colones. Que adquirió dicho inmueble
mediante compra hecha que le hiciere al señor Bolívar Rojas Álvarez, y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de
posesión han consistido en habitar, limpiar, cuidar, cercar y catastrar el
inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por, expediente Nº
16-000031-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela (Materia civil), Ciudad Quesada, San Carlos, 16 de mayo del
2017.—Adolfo Mora Arce, Juez.—( IN2017197071 ).
Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el
expediente N° 08-160123-0642-AG donde se promueven diligencias de información
posesoria por parte de Rolando Vega Jiménez, mayor, de estado civil soltero,
vecino de Quebrada Honda de Acapulco, con cédula de identidad número seis-uno
nueve siete-uno ocho dos, a fin de inscribir a su nombre y ante el registro
público de la propiedad, los terrenos que se describe así: Finca uno: terreno
de montaña. Situada en Acapulco distrito catorce Acapulco, cantón primero
Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con calle pública
con un frente ha ella de mil ciento sesenta y nueve metros con cuarenta y siete
centímetros lineales; al sur, con Eladio Monge Mejías; al este, con Gerardo
Alvarado Arias y al oeste, con calle pública con un frente ha ella de
doscientos cuarenta y ocho metros con sesenta y dos centímetros lineales. Mide:
nueve hectáreas con nueve mil cuatrocientos sesenta y ocho con sesenta y dos
decímetros cuadrados tal como lo indica el plano catastrado número seis-uno dos
cinco ocho uno cinco cero-dos cero cero ocho (P-1258150-2008). Finca dos:
terreno de montaña. Situada en Acapulco distrito catorce Acapulco, cantón
primero Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con Elvis
Céspedes Trejos; al sur, con Julio Leitón Cubero; al este, con Río Aranjuecito
y Rolando Marín Jiménez y al oeste, con: calle pública con un frente ha ella de
seiscientos setenta y cuatro metros con catorce centímetros lineales. Mide:
sesenta y ocho hectáreas dos mil treinta metros con cuarenta y cuatro
decímetros cuadrados tal como lo indica el plano catastrado número seis-uno dos
seis tres cinco cero tres-dos cero cero ocho (P-1263506-2008). Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como
las presentes diligencias en la suma de trece millones de colones las dos
fincas (tres millones la primera y diez millones la segunda). Que adquirió
dicho inmueble por cesión de derechos que le hiciera su hermano Martín Vega
Jiménez y que a la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veinte años. Que no
existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en la limpieza del
terreno y la conservación de los linderos. Que no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Rolando Vega Jiménez. Ex. N° 08- 160123-0642-AG.—Juzgado
Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Yeison Dario Rodríguez Fernández,
Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017197260 ).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el
expediente N° 16-000039-1520-AG donde se promueven diligencias de información
posesoria por parte de Yelba Molina Galeano quien es mayor, estado civil casada
una vez, vecina de Upala, Alajuela, de la Escuela un kilómetro al este,
portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe Nº 8-0053-0340,
profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza
es potrero. Situada en el distrito Canalete, cantón Upala, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, calle pública y Yelba Molina Galeano y Yorleny
Gómez Molina; al sur, Ganadera Río Oro S. A.; al este, en parte calle pública,
Ramón Jesús Aguirre Hernández, Alcides Castro Molina y al oeste, María José
Castro Molina y Ganadera Río Oro S. A. Mide: tres hectáreas cuatro mil
novecientos dieciséis metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número A-uno siete nueve seis ocho tres tres-dos mil quince. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como
las presentes diligencias en la suma de seis millones de colones cada una. Que
adquirió dicho inmueble por compra verbal, y hasta la fecha lo ha mantenido en
forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida de buena fe y a título de dueño
por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han
consistido en chapearla, siembra de árboles y mantenimiento general del
inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Yelba Molina
Galeano, expediente Nº 16-000039-1520-AG.—Juzgado Civil y Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia agraria), Alajuela,
Upala, 29 de noviembre del 2017.—MSC. Silvia Elena Sánchez Blanco, Jueza
Agraria.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017197265 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el
expediente N° 17-000064-0815-AG donde se promueven diligencias de información
posesoria por parte de Luis Gerardo Suárez Cháves, mayor, cédula 02-0482-0650,
casado una vez, ingeniero industrial, vecino de Atenas, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: Finca cuya naturaleza es terreno de café, sito en distrito cuarto San
Isidro cantón quinto Alajuela de la provincia de Alajuela. Mide cuatro mil
doscientos quince metros cuadrados según el plano catastrado A-1782866-2014.
Linda norte, con Rafael María Ramírez Vásquez; sur, con Lidio Ángel Campos
Mena; este, con Luis Gerardo Suarez Chaves, oeste, con Rafael Ángel Suarez
Vásquez y Lidio Ángel Campos Mena. Indica el promovente que estima tanto el
inmueble en la suma de cuatro millones de colones exactos y las presentes
diligencias en la suma de dos millones de colones. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. proceso información
posesoria, promovida por Luis Gerardo Suarez Chaves. Exp. N°
17-000064-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
Alajuela, 30 de noviembre del 2017.—Licda. Ingrid Marcela Arce Matarrita,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017197272 ).
Dora Cristina Vargas Valverde, mayor, divorciada
una vez, ama de casa, cédula de identidad número uno-quinientos
veinticinco-quinientos sesenta y nueve, vecina de Barrio El Carmen, Ciudad
Quesada, San Carlos, Alajuela, frente al Hospital San Carlos, solicita se levante
Información Posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro
Público de la Propiedad, el fundo sin inscribir que le pertenece y que se
describe así: terreno de pasto, situado en Tabacón, Fortuna, distrito sétimo,
Fortuna del cantón diez, San Carlos de la provincia de Alajuela, con los
siguientes linderos: al norte, río Arenal; al sur, Camino público con un frente
a él de cuatrocientos treinta y cuatro metros con noventa y tres centímetros
lineales y de quince metros de ancho; al este, Inversiones Turísticas Arenal
Sociedad Anónima; y al oeste, Dora Cristina Vargas Valverde. Mide: de acuerdo
al plano catastral aportado número A-503121-98 de fecha 09 de julio de 1998,
una superficie de dieciséis hectáreas nueve mil ochocientos setecientos cuarenta
y ocho metros con siete decímetros cuadrados. El inmueble antes descrito,
manifiesta la titulante, que la adquirió por venta que le hiciere el señor
Norman Cedeño González, de calidades: mayor, casado una vez, ganadero, cédula
de identidad dos-trescientos dieciséis-novecientos once, vecino de La Fortuna,
San Carlos, quinientos metros al este del Banco Costa Rica, el día treinta de
octubre del dos mil catorce, mediante escritura número veinticinco, otorgada
ante la notaria Denia Vásquez Pacheco y quien le trasmitiera la posesión
decenal del inmueble, posesión ejercida en forma pública, pacífica, sin
interrupción y a título de dueño. Valora el terreno en la suma de treinta
millones de colones y en treinta millones de colones las presentes diligencias.
Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se
cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de
que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de Información
Posesoria N° 17-000160-0297-CI, establecida por Dora Cristina Vargas Valverde.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada,
05 de diciembre del 2017.—Lic. José Francisco Chacón Acuña, Juez Agrario.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017197274 ).
Mayela Montano Brenes, cédula de identidad
dos-trescientos setenta y nueve cero veintiocho, domiciliada en Alajuela, San
Carlos, Santa Fe de Aguas Zarcas, setenta y cinco metros este de la Iglesia
Metodista. Solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a
su nombre en el Registro Público de la Propiedad, el fundo sin inscribir que le
pertenece y que se describe así: terreno plano con dos construcciones (una
empacadora y una bodega) y con una cancha sintética, que en los espacios sin
construcción se mantiene en tierra, situado en Alajuela, San Carlos, Aguas
Zarcas, Santa Fe, con los siguientes linderos: al noroeste: Asociación Iglesia
Evangélica Metodista de Costa Rica y Mayela Montano Brenes, al sureste,
Dagoberto de Jesús Camacho Huertas y Álvaro Gerardo Castro Víquez. Mide: de
acuerdo al plano catastral aportado N° 2-1979966-2017 de fecha 20 de junio de
2007, una superficie de cinco mil ciento treinta y nueve metros cuadrados. El
inmueble antes descrito, manifiesta el titulante, que lo adquirió por donación que
le hiciere el señor Carlos Molina Jara, cédula de identidad dos-cuatrocientos
once-cuatrocientos diez, vecino de Alajuela, San Carlos, Aguas Zarcas, Santa
Fe, un costado de la Iglesia Metodista, el veinticuatro de julio de dos mil
dieciséis, mediante escritura número ciento trece, otorgada ante la notaria
Karen López Jara y quien le trasmitiera la posesión decenal del inmueble,
posesión ejercida en forma pública, pacífica, sin interrupción y a título de
dueño. Valora el terreno en la suma de veinticinco millones de colones y en
veinticinco millones de colones las presentes diligencias. Con un mes de
término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los
interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se
apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de información posesoria N°
17-000164-0298-AG, establecida por Mayela Montano Brenes. Juzgado Agrario
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 12 de
octubre del 2017.—Licda. Ana Milena Castro Elizondo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2017197276 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el
expediente N° 17-000167-0391-AG donde se promueven diligencias de información
posesoria por parte de Iris Castillo Quirós, quien es mayor, estado civil casada
una vez, vecino de Dulce Nombre de Nicoya, Guanacaste, de la plaza de deportes
200 metros sureste, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe
número 5-287-654, profesión del hogar, e Isay Castillo Miranda, casado una vez,
temperaturista, cédula 5-199-178, del mismo domicilio que la anterior, a fin de
inscribir en proporción de un medio para cada uno y ante el Registro Público de
la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno
de Tacotal. Situada en el distrito 03 San Antonio, cantón 02 Nicoya, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Lindsay Matarrita Rosales y Río
Pescadero; al sur, Jesús Santos Matarrita Carrillo y Víctor Julio Matarrita
Gómez, ambos en parte; al este, calle pública con un frente a ella de cuarenta
y ocho metros con treinta centímetros lineales, y al oeste, río Pescadero.
Mide: tres mil veintidós metros cuadrados, tal como lo indica el plano
catastrado número G-1841369-2015. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma
de cinco millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por Venta, y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de treinta años. Que no
existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en conservación de
potrero y montaña, agricultura, cercas, chapias, rondas, mantenimiento de las
mismas.- Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Iris Castillo
Quirós, Isay Castillo Miranda. Exp. N° 17-000167-0391-AG.—Juzgado Agrario
del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 4 de diciembre del
2017.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Exento.—( IN2017197277
).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el
expediente N° 17-000146-0422-CI, donde se promueven diligencias de información
posesoria por parte de Joselyn Ruiz Vargas, quien es mayor, estado civil
casada, vecino(a) de Pavones de Golfito, portador(a) de la cédula de identidad
vigente que exhibe N° 6-0362-0421, profesión ama de casa, a fin de inscribir a
su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno con
casa de habitación. Situada: en el distrito cuarto de Pavón, Cantón sétimo
Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle publica; al
sur, Richard Nelson; al este, Municipalidad de Golfito, y al oeste, Alan
Richard Nelson. Mide: seiscientos tres metros cuadrados. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de Quince
Millones de Colones. Que adquirió dicho inmueble Cesión Privada, y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de
posesión han consistido en casa de habitación familiar. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que,
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Joselyn Ruiz Vargas. Expediente N° 17-000146-0422-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo de Golfito (Materia Civil). Golfito, 13 de
noviembre del 2017.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1 vez.—(
IN2017197341 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el
expediente N° 17-000166- 0183-CI donde se promueven diligencias de información
posesoria por parte de Asociación de Desarrollo Especifica Pro Mejoras
Comunales San Rafael de Turrubares San José, representada por Melvin Chavarría
Chavarría quien es mayor, casado una vez, vecino(a) de San Rafael de San Luis
de Turrubares, portador(a) de la cédula de identidad vigente que exhibe número
1-599-740 , agricultor , a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la
provincia de San José, la cual es terreno con un Salón Comunal y Áreas Verdes.
Situada en el distrito San Luis, cantón Turrubares, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, con calle pública con un frente a ella de 26 metros
con 44 decímetros lineales; al sur, Manuel, Shirley, Jeudy, Alberto y Jason
todos Trejos Chavarría; al este, Ministerio de Educación Pública escuela San
Rafael, y al oeste, Temporalidades de la Arquidiócesis de San José. Mide:
seiscientos nueve cuadrados según el plano catastrado SJ-1874333-2016. Indica
el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de un millón colones. Que adquirió dicho inmueble hace más de sesenta años
y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los
actos de posesión han consistido en cuidado y mantenimiento del terreno y uso
de la comunidad. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Asociación de Desarrollo Especifica Pro Mejoras Comunales San Rafael de
Turrubares San José. Exp. N° 17-000166-0183-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y
Familia de Puriscal (Materia Civil), San José, Puriscal, 28 de
setiembre del 2017.—Licda. Charlyn Miranda Arias, Jueza.—1 vez.—( IN2017197479
).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el
expediente N° 17-000093-0422-CI donde se promueven diligencias de información
posesoria por parte de Johnny Sidney Valdes Rodríguez, quien es mayor, estado
civil divorciado, vecino de Río Claro de Golfito, portador(a) de la cédula de
identidad vigente que exhibe número 060161674, profesión mecánico, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es
terreno de montaña. Situada en el distrito tercero, cantón sétimo de Golfito,
de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Didier Fonseca Benavides; al
sur, Isaías Barrantes Romero; al este, Isaías Barrantes Romero, y al oeste,
calle pública y servidumbre agrícola. Mide: veintiocho metros con ciento
treinta y siete decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no
tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que
adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en
limpieza, chapeas y construcción de cercas. Que no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Johnny Sidney Valdes Rodríguez. Exp. N°
17-000093-0422-CI.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de
Golfito (Materia Civil), Golfito, 3 de octubre del 2017.—Lic. Víctor Lizano
Campos, Juez.—1 vez.—( IN2017197797 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se encuentra
el expediente N° 15-000130-0388-CI, el cual corresponde a un proceso de
diligencias de información posesoria, promovido por Maribel Centeno Pérez, quien
es mayor, casada una vez pero separada de hecho, oficios domésticos, pasaporte
C01730143 y vecina de San José de Pinilla de Santa Cruz, Guanacaste, del salón
comunal quinientos metros al oeste; el cual interpuso a fin de que se inscriba
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, un terreno que es para
construir, situado en San José de Pinilla, distrito 9° (Tamarindo), cantón 3°
(Santa Cruz), provincia de Guanacaste; el cual colinda al norte, Jaime Gómez
Gómez; sur, calle pública con un frente a ella de dieciséis metros con
cincuenta y ocho centímetros lineales; este, Carlos Córdoba Delgado, y oeste,
María Eugenia Solís Delgado; mide 175 m², según plano G-1719859- 2014. Indica
la parte promotora: que sobre el mismo no pesan cargas reales o gravámenes, que
mediante dicho proceso no pretende evadir las consecuencias de un juicio
sucesorio, que estima el inmueble en un millón de colones, que lo adquirió
mediante una compra que le hizo al señor Manuel Villafuerte Obando, mayor,
viudo una vez, jornalero, vecino de San José de Pinilla de Santa Cruz,
Guanacaste, el veintitrés de febrero del año dos mil quince, que hasta la fecha
lo ha poseído en calidad de única persona propietaria y en forma continua,
pública y pacífica; que los actos de posesión que ha ejercido sobre el han
consistido en arreglo de cercos, chapea, ronda y cuido en general; que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros
inmuebles y que carece de título inscribible de dominio. Por tal razón y de conformidad
con el artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias, se emplaza por este
medio a todas las personas interesadas en este asunto, a efecto de que dentro
del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil y de
Trabajo de Santa Cruz (Guanacaste), 8 de noviembre del 2017.—Lic. Carlos
Manuel Ruiz Rodríguez, Juez.—1 vez.—( IN2017197900 ).
Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el
expediente N° 17-000119-0419-AG Interno (134-1-17) donde se promueven
diligencias de Información Posesoria por parte de Brian Ellis Daily quien es
mayor, estado civil soltero, norteamericano, empresario, vecino de Puerto
Jiménez, con cédula de residencia permanente número uno ocho cuatro cero cero
cero ocho tres ocho cuatro dos cinco, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya
naturaleza es terreno de solar. Situada en el distrito segundo Puerto Jiménez,
cantón sétimo Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
Michael Casey Ehlen; al sur, Punta Bruja S. A.; al este, Michael Casey Ehlen y
servidumbre de paso de cuatro metros de ancho y al oeste, Inversiones Matapalo
Bajo de la Península de Osa S. A. Mide: tres mil quinientos treinta metros
cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-1765153-2014. Indica
el promovente que sobre el inmueble a inscribir No pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como
las presentes diligencias en la suma de diez millones de colones cada una. Que
adquirió dicho inmueble por cesión onorosa de derechos de posesión, y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de
buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños.
Que los actos de posesión han consistido en aprovechamiento de acuerdo a la
vocación del terreno, cultivo y mantenimiento de repastos, cultivo de árboles
frutales y maderables; mantenimiento de cercas, además del cuido del terreno en
general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Brian Ellis
Daily. Exp.: 17-000119-0419-AG Interno (134-1-17).—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores), Corredores,
25 de agosto del 2017.—Licda. Maricel Zamora Arias, Juez.—1 vez.—( IN2017197914
).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el
expediente N° 05-000366-0640-CI, donde se promueven diligencias de información
posesoria por parte de Zelmira Artavia Núñez, quien es mayor, casada, vecina de
Bermejo del Quebradilla, Cartago, portadora de la cédula de identidad vigente
que exhibe Nº 3-0164-0100, de oficios domésticos, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: finca cuya naturaleza es terreno de café. Situada en el distrito Bermejo,
cantón Corralillo, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Víctor Arias
Artavia; al sur, Leda Marina Alfaro Alfaro y Leonidas Arias Quesada; al este,
calle pública y al oeste, Javier Arias Artavia. Mide: tres mis cuatrocientos
setenta nueve metros nueve metros setenta y cuatro decímetros cuadrados, tal
como lo indica el plano catastrado Nº C-1627709-2012. Indica el promovente que
sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirió
dicho inmueble por donación de su padre el señor Daniel Alfaro Molina y hasta
la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de
buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños.
Que los actos de posesión han consistido en siembra de cultivos de café y
cipreses. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Daniel Alfaro
Molina, expediente Nº 05-000366-0640-CI.—Juzgado Agrario de Cartago, 07
de noviembre del 2017.—Licda. Rebeca Salazar Alcocer, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017197917 ).
Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el
expediente N° 17-000010-0197-CI donde se promueven diligencias de información
posesoria por parte de Alan G Smith; quien es mayor, soltero, vecino de Estados
Unidos, New Jersey, Montclair, portador del pasaporte vigente que exhibe número
489244929, profesor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es
Tacotal. Situada en Mastatal del distrito noveno Chires, cantón cuatro
Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Cesar Aguilar Mora;
al sur, calle pública con ciento seis metros con treinta y un decímetros
lineales; al este, calle pública con ochenta y seis metros con once decímetros
lineales y al oeste, Ecoeventos Montamar Dos Mil S.A. Mide: ocho mil
trescientos diecinueve metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número SJ-1924421-2016. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de siete millones
de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra realizada el nueve
de mayo de dos mil trece al señor Jeremías Hernández Pérez, con quien no tiene
ningún parentesco, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública,
pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veintiocho
años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en la
siembra de árboles maderables y frutales, mantenimiento de la finca con
chapeas, instalación y mantenimiento de cercas. Que no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros Inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Alan G Smith. Exp. N° 17-000010-0197-CI.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 04 de
diciembre del año 2017.—Licda. Zoila Flor Ramírez Arce, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017197923 ).
Margarita Jiménez Jiménez, cédula de identidad Nº
3-144-256, soltera, pensionada, vecina de Oreamuno, Cot, Cartago, promueve
diligencia de información posesoria para inscribir a su nombre en el Registro
Público de la Propiedad, un inmueble que se describe así: terreno baldío. Sito
en: distrito dos Cot, del cantón siete de Oreamuno, de la provincia de Cartago.
Mide: setecientos sesenta metros cuadrados. Linda noreste, calle pública con
diecinueve metros once centímetros; al sureste, Julieta Orozco Hernández y
Enrique Rodríguez Jiménez, ambos en parte; al suroeste, Ana Lucía Torres
Rodríguez, al noroeste, Christian Ovidio Jiménez Hernández y sucesión de Guido
Jiménez Méndez, ambos en parte. Graficado en el Plano Catastrado número C-un
millón ochocientos cincuenta y cuatro mil ciento diecinueve-dos mil quince (C-1854119-2015),
estima el inmueble en la suma de veinte millones de colones y las presentes
diligencias en la suma de veinte millones de colones. Manifiesta que no está
inscrito, que carece de título inscribible y que no pretende evadir las
consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, ni pesan cargas
reales, no existe gravamen sobre el inmueble. Lo adquirió por mero
asentamiento, sea por posesión originaria desde hace más de cuarenta años, y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueña. Por medio de este edicto se
llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de
un mes, contado a partir de su publicación, se apersonen en este Juzgado en
defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión.
Información posesoria, expediente: Nº 17-000052-0699-AG.—Juzgado Agrario
Cartago, 06 de noviembre de 2017.—Licda. Rebeca Salazar Alcocer, Juez
Decisor.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017197924 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el
expediente N°17-000074-0507-AG donde se promueven diligencias de información
posesoria por parte de José María de la Trinidad Brenes Marín, quien es mayor,
casado una vez, vecino de Jiménez de Pococí, Limón, de la Compañía Mundimar
tres kilómetros al sur, cédula siete-cero cero treinta y cinco-cero nueve cero
tres, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es frutales, solar
y dos casas de habitación. Situada en calle seis en el distrito segundo
Jiménez, cantón segundo Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte,
con quebrada y Miguel Lorenzo Miranda Ugalde; al sur, Víctor Manuel Brenes
Marín y quebrada, al este, Arnulfo Brenes Guido, Pablo Ignacio Brenes Soto, y
al oeste, Víctor Manuel Brenes Marín, tal como lo indica el plano catastrado
número L-1912980-2016. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones y el inmueble
en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por
donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 37 años. Que no
existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y
cultivos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida
por José María de la Trinidad Brenes Marín. Exp. N° 17-000074-0507-AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 23 de agosto
del 2017.—Lic. Ronny Flores Oviedo, Juez.—1 vez.—Exento.—( IN2017197926 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el
expediente N° 17-000130-0993-AG donde se promueven diligencias de información
posesoria por parte de Rogelio María Vásquez Brenes, quien es mayor,
divorciado, vecino de San Ramón, portador de la cédula de identidad número
9-0047-0095, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es
terreno de caña y potrero. Situada en el distrito Piedades Sur, cantón San
Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con frente
de ciento sesenta y cuatro metros con treinta y nueve decímetros lineales; al
sur, Miriam Vásquez Brenes y Jefrey Vásquez Cubero; al este, M y S La Guaria S.
A., María del Socorro Vásquez Rodríguez, Nancy Cubero Sibaja, Rosa Lilliam
Vásquez Lobo, Juan Bautista Vásquez Brenes y Jefrey Vásquez Cubero y al oeste,
calle pública con frente de ciento noventa y tres metros con noventa y ocho
decímetros lineales. Mide: veintiocho mil ciento ochenta y seis metros
cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-1997609-2017. Indica
el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como
las presentes diligencias en la suma de seis millones quinientos mil colones
cada una. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del
plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Rogelio María Vásquez Brenes. Exp: 17-000130-0993-AG.—Juzgado
Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 04 de
diciembre del 2017.—Msc. Carlos Eduardo González Mora, Juez Agrario.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017197927 ).
Se hace saber que, en este Despacho, se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Federico Borbón Huertas, mayor,
estado civil casado, profesión oficial de Fuerza Pública, nacionalidad Costa
Rica, con documento de identidad 0401710036 y vecino de Finca Chaves,
Horquetas, Sarapiquí, 2 kilómetros al este, de la escuela. Se cita a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 17-000054-1309-CI.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal
Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia Civil), 24 de noviembre
del año 2017.—Lic. Marco Vinicio Soto Herrera, Juez.—1 vez.—( IN2017196875 ).
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Luz María De La Cruz Redon, mayor,
casada una vez, escritora, con documento de identidad 0800470907 y vecina de Santa Marta, Lourdes de Montes de
Oca, San José. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a
todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 17-000775-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 16 de
noviembre del 2017.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—( IN2017196892
).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría por Rafael Ángel Díaz Navarro a las 10:30 horas del 25 de noviembre de
2017, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio notarial de quien en
vida fuera Dimas Díaz Navarro, mayor, soltero, pensionado, con cédula de
identidad número dos-cero dos cuatro tres-cero seis nueve cuatro, vecino de
Alajuela, San Carlos, Florencia, Quebrada sur, cuatrocientos metros al sur del
ingenio. Se cita y emplaza interesados para que dentro del plazo de treinta
días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría sita en Sabanilla Montes de Oca, 800 metros este del parque a
hacer valer sus derechos.—Licda. Sinda Góchez Vargas, Notaria.—1 vez.—(
IN2017196933 ).
Se hace saber que en este Despacho, se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Freddy Duarte Camacho, mayor,
estado civil casado, oficinista, nacionalidad costarricense, con documento de
identidad 0104760308 y vecino de Limón, Barrio Los Corales número tres, casa
821. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a
todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 17-000107-0678-CI-3.—Juzgado Civil del
Primer Circuito Judicial de La Zona Atlántica, 23 de noviembre del año
2017.—Lic. Andrés Arguedas Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2017196963 ).
Se emplaza: A todos los herederos, legatarios,
acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Víctor
Manuel Calderón Herrera, quien fue mayor, casado una vez, vecino de
Desamparados, cédula de identidad 1-0186-0517, para que dentro del plazo de
treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor
derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella
pasará a quien corresponda. Exp. N° 17-000149-0217-CI. Sucesión de Víctor
Manuel Calderón Herrera.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Tercer Circuito
Judicial de San José, Desamparados, 6 de noviembre del 2017.—Dra. Leyla K.
Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—( IN2017196995 ).
Se hace saber que, en
este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José
Luis Quirós Muñoz, mayor, viudo, chofer, vecino de Alajuela, Barrio Roma,
detrás de Ferretería Arpe, casa 17, con cédula de identidad 2- 200-979. Se cita
a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las
personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Exp. N° 13-000382-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 23 de agosto del 2017.—Licda. Sandra Trejos
Jiménez, Jueza.—1 vez.—( IN2017197025 ).
Notaría del Licenciado Ricardo Javier Hidalgo
Murillo, a las quince horas del veintisiete de noviembre del año dos mil
diecisiete. Expediente número 001-2017. Mediante acta de apertura otorgada ante
esta notaría por Sabrina Elia Suarez Escalante, quien es mayor, casada dos
veces, ama de casa, vecina de San Pedro de Montes de Oca, Barrio Los Yoses, del
Restaurante Chandelier, cincuenta metros norte, portadora de la cedula de
identidad número nueve-cero cuarenta y seis-ciento cincuenta y cuatro, a las
once horas quince minutos del día veintisiete de noviembre del año dos mil
diecisiete, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el
proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera Roberto Chiabra
Bengoechea, quien fue mayor, productor de radio, casado en terceras nupcias,
vecino de San Pedro de Montes de Oca, Barrio Los Yoses, del Restaurante
Chandelier, cincuenta metros norte, titular de la cédula de identidad número
uno-quinientos noventa y tres-cuatrocientos treinta y ocho; a las catorce horas
del once de mayo del año dos mil quince; fallecido el día veintidós de noviembre del año dos mil
diecisiete. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. notaría del
licenciado Ricardo Javier Hidalgo Murillo, ubicada en San José, Barrio los
Yoses, cien metros sur del Instituto México, oficina de Consultoría Jurídica
Empresarial. Teléfono 2280-4002.—Lic. Ricardo Javier Hidalgo Murillo,
Notario.—1 vez.—( IN2017197051 ).
Se cita y emplaza a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos quienes puedan resultar interesados o crean
tener derechos en la sucesión extrajudicial ab intestato en sede notarial, de
quien en vida se llamó Manuel Antonio Vargas Chinchilla, quien fuera mayor de
edad, casado dos veces, de profesión panadero, cédula de identidad número uno-cero trescientos setenta y
cuatro-cero quinientos treinta y tres, vecino de San José, Guadalupe, cien
metros norte y doscientos metros este del Banco Nacional de Costa Rica, a
efecto de que concurran a hacer valer sus derechos dentro de los siguientes
treinta días a partir de la respectiva publicación del edicto en el Boletín
Judicial, en la Notaría del suscrito, sita en San José, calle treinta y
ocho, avenidas siete y nueve, Paseo Colón, trescientos setenta y cinco metros
norte del Centro, Bufete Gómez y Asociados, teléfono: veintidós-cincuenta y
seis-ochenta veintidós, bajo el apercibimiento de que si no se apersonaren a la
sucesión en esta Notaría dentro del término conferido, la herencia pasará a quien
corresponda.—San José, veintitrés de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. Juan
Luis Gómez Gamboa, Notario.—1 vez.—( IN2017197053 ).
Se hace saber: Que en
este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Elieth
Auxiliadora Coronado Zamora, mayor, estado civil casada, profesión: oficios
domésticos, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0107370650 y
vecina de Heredia, Sarapiquí, Las Horquetas, Barrio Colonia Cubujuquí,
ochocientos metros oeste de la entrada principal. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se
apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Exp. N°
17-000058-1309-CI.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y
Violencia Doméstica de Sarapiquí, (Materia Civil), 3 de noviembre del
2017.—Lic. Marco Vinicio Soto Herrera, Juez.—1 vez.—( IN2017197074 ).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Alfred Wilfried Pauleck Pawlofsky,
mayor, estado civil casado, con documento de identidad Nº 0800770153 y vecino de Limón, Cahuita. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda, expediente
Nº 16-000219-0678-CI-3.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la
Zona Atlántica, 24 de noviembre del 2017.—Lic. Andrés Arguedas Vargas,
Juez.—1 vez.—( IN2017197088 ).
Se hace saber, que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó, Alfonso Martín Gómez Catalán,
mayor, soltero, inhábil, con documento de identidad 03-0207-0580 y vecino de
Cartago. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general
a todas las personas interesadas para que, dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 17-000452-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago,
20 de noviembre del 2017.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—(
IN2017197104 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría, a solicitud de María Isabel Zárate Ramírez, a las doce horas del cinco
de diciembre del año dos mil siete, y comprobado el fallecimiento de Johnny
Chacón Herrera, mayor, oficinista, vecino de Heredia, con cédula de identidad
número cuatro-ciento cuarenta y dos-novecientos ochenta y uno, esta Notaría ha
declarado abierto su proceso sucesorio ab
intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta
días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la
Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del
Lic. Juan Rafael Zavala Tasies, Barrantes Flores, cuatrocientos metros norte
del templo católico, teléfono: dos dos seis cinco seis dos cuatro dos. Facturar
a nombre de Juan Rafael Zavala Tasies, cédula 106740342.—Lic. Juan Rafael
Zavala Tasies, Notario.—1 vez.—( IN2017197127 ).
Licenciado Danilo Cerdas Brenes, notario público
hace saber que ante su notaría bajo el expediente número 01-2017, se tramita el
sucesorio de quien en vida fuera Amado Torres González, cédula tres-cero
cuarenta y nueve-dos mil sesenta y tres, mayor, casado una vez, agricultor,
vecino de Lourdes de Agua Caliente de Cartago„ murió el trece de octubre de mil
novecientos noventa y ocho. Se declara abierto su proceso sucesorio
extrajudicial. Por el término de treinta días, se cita a los herederos,
legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en el presente
sucesorio para que se apersonen en defensa de sus derechos ante la oficina del
suscrito notario o a los teléfonos 2573-41-13, o 8388-5531, bajo los
apercibimientos de Ley si así no lo hicieren. Publíquese el edicto de Ley. (
una vez) Notif albacea: 10:15 del 22/04/2017.—Lic. Danilo Cerdas Brenes,
Notario.—1 vez.—( IN2017197156 ).
Msc. Renato Ortiz Álvarez, notario público hace
saber que ante su notaría bajo el expediente Nº 03-2017, se tramita el
sucesorio de quien en vida fuera Angelina Aguilar Aguilar, portadora de la
cédula de identidad número uno-cuatrocientos diez-ochocientos ochenta y ocho,
quien fuera mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Frailes de
Desamparados, se declara abierto su proceso sucesorio extrajudicial. Por el
término de treinta días, se cita a los herederos, legatarios, acreedores, y en
general a todos los interesados en el presente sucesorio para que se apersonen
en defensa de sus derechos ante la oficina del suscrito notario o a los
teléfonos 2591-4790, o 8588-5333, bajo los apercibimientos de Ley si así no lo
hicieren. Publíquese el edicto de Ley.—Lic. Renato Ortiz Álvarez, Notario
Público.—1 vez.—( IN2017197157 ).
Msc. Renato Ortiz
Álvarez, Notario Público hace saber que ante su notaría bajo el expediente
número 02-2017, se tramita el sucesorio de quien en vida fuera Salvador
Cristóbal Romero Navarro, cédula tres-ciento veintiuno-cero veinticuatro, quien
fue mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Lourdes de Aguacaliente,
Cartago. Se declara abierto su proceso sucesorio extrajudicial. Por el término
de treinta días, se cita a los herederos, legatarios, acreedores, y en general
a todos los interesados en el presente sucesorio para que se apersonen en
defensa de sus derechos ante la oficina del suscrito notario o a los teléfonos
2591-4790 o 8588-5333, bajo los apercibimientos de ley si así no lo hicieren.
Publíquese el edicto de ley.—Lic. Renato Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—(
IN2017197158 ).
Msc. Renato Ortiz
Álvarez, notario público hace saber que ante su notaría bajo el expediente
número 04-2017, se tramita el sucesorio de quien en vida fuera Gracielina Mora
Ramírez, cédula dos-cero ochenta y uno seiscientos ochenta y nueve, mayor,
casada, ama de casa, San José, Goicoechea, Mozotal, Urbanización Korobo,
alameda dos, casa trescientos veintitrés, se declara abierto su proceso
sucesorio extrajudicial. Por el término de treinta días, se cita a los
herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en el
presente sucesorio para que se apersonen en defensa de sus derechos ante la
oficina del suscrito Notario o a los teléfonos 2591-47-90, o 8588-5333, bajo
los apercibimientos de Ley si así no lo hicieren.—Lic. Renato Ortiz Álvarez,
Notario.—1 vez.—( IN2017197159 ).
Ante esta notaría, se tramita el proceso sucesorio
notarial, de quién en vida se llamó Virgilio José Antonio Rodríguez Cerdas,
mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Barreal de Heredia; 200 sur, Salón
Comunal cédula de identidad número cuatro-cero cero setenta y cuatro-cero
setecientos dieciocho. Habiéndose comprobado la respectiva defunción del
causante, a solicitud de María Cecilia Acuña Blanco, se declara abierto el
proceso sucesorio notarial y, por el plazo de treinta días a partir de la
publicación de este edicto se cita a quienes se consideren herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en el presente
sucesorio para que comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos,
con el apercibimiento de que si no se presentan en el plazo indicado, la
herencia pasará a quien corresponda. Esta notaría se encuentra ubicada en San
José, Pavas de la Embajada Americana; 2 km. oeste.—San José, 24 de noviembre
del 2017.—Licda. Alejandra Bastida Álvarez, Notaria.—1 vez.—( IN2017197167 ).
A solicitud del albacea y herederos legítimos del
señor Orlando Varela Mora, mayor, casado una vez, chofer, cédula de identidad
número: seis-ciento cincuenta y cinco-quinientos cincuenta, vecino de Tilarán,
Guanacaste, trescientos metros al norte y cien al oeste de la Guardia de
Asistencia Rural, se avisa que se ha iniciado el trámite de su sucesión, y que
los herederos han aceptado la herencia a beneficio de inventario. Cualquier
persona que tenga interés en este sucesorio deberá apersonarse en la oficina de
la Notaria Pública Ingrid Solano Álvarez, dentro de los treinta días siguientes
a la publicación de este aviso, para lo que en derecho corresponda. Notaria
Pública con oficina abierta en Tilarán, Guanacaste, setenta y cinco metros al
sur de la Casa Episcopal. Notaria: Ingrid Solano Álvarez.—Tilarán, cinco de
diciembre del dos mil diecisiete.—Licda. Ingrid Solano Álvarez, Notaria.—1
vez.—( IN2017197173 ).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Eugen Hilje Quirós, mayor, estado
civil casado/a, profesión contador privado, nacionalidad costarricense, con
documento de identidad N° 0101950936 y vecino(a) de Naranjo. Se cita a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no,
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 17-000036-1488-CI.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de
Naranjo (Materia Civil), 26 de setiembre del 2017.—Licda. Tatyana Rodríguez
Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2017197190 ).
Que en la notaría de la
Licda. Jenny Isabel Hernández Fuentes, carné Nº 5707, se está realizando el
expediente Nº 2-2017, que es proceso de sucesorio notarial de quienes en vida
fueron: Jorge Rodríguez Fernández, cédula Nº 1-284-221, y Ana Alvarado Herrera
c.c. Diana Alvarado Herrera, cédula Nº 1-0294-484. Que a partir de la
publicación de este edicto, se darán treinta días, con el fin de ver si existen
otros herederos, con mejor derecho. Notaría ubicada en San José, calle 1 y 0,
avenida 26, casa 70. Correo electrónico: jehefu@yahoo.com.mx.—San José, 23 de
noviembre del 2017.—Licda. Jenny Isabel Hernández Fuentes, Notaria.—1 vez.—(
IN2017197194 ).
Se hace saber que en
notaria de Edmundo Arias Rosales se tramita el proceso sucesorio de, Francisca
Lidiet Arrones González, mayor, casada, del hogar, con cédula 1-0249-0330 y de
Edgar Israel Pérez Carpio, mayor, casado, comerciante, cédula 3-0132-0367,
vecinos de Heredia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores, y en
general a todos los interesados para que, en el plazo de treinta días contados
a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia y que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien
corresponda. Expediente número 01-2017. La oficina del notario es en la Aurora
de Heredia, Condominio Lorena casa setenta y cinco.—San José, treinta de
noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Edmundo Arias Rosales, Notario.—1 vez.—(
IN2017197195 ).
Se hace saber que, en
este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José
Gabriel Baltodano Duarte, mayor, viudo, costarricense, vecino de Limón, Barrio
La Colina, con documento de identidad 05-0086-0489. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N°
17-000125-0678-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Materia Civil), 23 de noviembre del
2017.—Licda. Guiselle Argüello González, Jueza.—1 vez.—( IN2017197225 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría por Nidia Cristobalina Jiménez Jiménez, a las ocho horas del primero de
diciembre del dos mil diecisiete, y comprobado el fallecimiento de Roberto
Leandro Azofeifa Hernández, quien fue mayor, casado en segundas nupcias,
ayudante de ventas, cédula de identidad número tres-cero ciento
veintisiete-cero quinientos cincuenta y seis, vecino de Limón, Barrio Ceibón,
Santa Fe, de la última parada de autobuses trescientos metros al suroeste, esta
notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y
emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados
a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a
hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de
la República, tal como esta lo ha indicado, expediente Nº 0002-2017. Notaría de
la licenciada Sonia María Saborío Flores, sita en Limón centro, contiguo a la
Escuela Metodista, teléfono 2758-3217, fax 2758-3053.—4 de diciembre del
2017.—Licda. Sonia María Saborío Flores, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017197258
).
Ante esta notaría, del Licenciado, Félix Ángel
Hernández Obando, con oficina abierta en la provincia de San José, de paso por
la ciudad de Puntarenas, ciudad centro; 150 metros este, de la casa de la
cultura, mediante expediente 002-2017,
se ha dado inicio al proceso sucesorio en sede notarial de quien fuera, Bienvenida Varela Vega, cédula
6-048-096, y quien fuera soltera, oficios del hogar, vecino de Puntarenas,
Pithaya, Aranjuez, de la entrada sobre la Interamericana, Parcela Las Huacas,
número 8, y quien falleció en Puntarenas, en fecha 16 de mayo del año 2016. Por
este medio se emplaza a todos los interesados a comparecer dentro del plazo de
treinta días a partir de esta publicación para hacer valer sus derechos, con
apercibimiento de que no hacerlo la herencia pasará a quien
corresponda.—Puntarenas, 05 de diciembre de 2017.—Félix Ángel Hernández Obando,
Notario.—1 vez.—( IN2017197297 ).
Margarita Arias Formoso, notaria pública con
oficina en San José, Goicoechea, Guadalupe, ciento cincuenta metros al norte de
Novacentro, hace saber que en mi notaría, a las ocho horas del cuatro de
noviembre de dos mil diecisiete, bajo el expediente número cero siete-dos mil
diecisiete se declaró abierto el proceso sucesorio en cede notarial de quien en
vida fuera Yanan Andrés Mora Cerdas, mayor, soltero, profesor, vecino de San
José, Goicoechea, Guadalupe, Urbanización Miraflores casa número ciento
cuarenta y uno, portador de la cédula de identidad número: tres cero
trescientos noventa y tres cero setecientos ochenta y dos. Se cita y emplaza a
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los que puedan resultar
interesados o crean tener derechos en la presente sucesión en cede notarial a
efecto de que concurran a hacer valer sus derechos dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la fecha de publicación del presente edicto en la
oficina de la suscrita notaria en la dirección indicada, bajo apercibimiento de
que de apersonarse la herencia pasará a quien corresponda.—San José.—Licda.
Margarita Arias Formoso, Notaria.—1 vez.—( IN2017197329 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión
de Daniel Jean Tournon Arce, quien en vida fue mayor de edad, quien fuera
portador de la cédula de identidad número 1-0413-0283, mayor de edad, soltero,
vecino de San José, Montes de Oca, San Pedro,
para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, lo cual podrán hacer ante
la oficina del notario público José Schroeder Leiva, quien tiene oficina
abierta en San José, San Rafael de Escazú, Centro Corporativo Plaza Roble, Edificio
El Pórtico, tercer piso. Teléfono: 2201-0000, Fax: 2201-0001. Se apercibe a los
que crean tener algún derecho en el proceso que si no se presentan se procederá
como en derecho corresponde. Sucesión de Daniel Jean Tournon Arce en sede
notarial. Expediente 0001-2017. Notaría del Lic. José Schroeder Leiva.—San
José, 04 de diciembre de dos mil diecisiete.—Lic. José Schroeder Leiva,
Notario.—1 vez.—( IN2017197434 ).
Por escritura otorgada
ante el notario Álvaro Rodrigo Mora Salazar, número doscientos setenta, del
tomo sesenta y dos de mi protocolo en la ciudad de San José a las dieciocho
horas del cuatro de diciembre de dos mil diecisiete, el señor: Gonzalo José
Pazos Carvajal mayor, casado una vez, educador, cedula número dos-cero
quinientos treinta y nueve-cero trescientos ochenta y tres, vecino de San José,
Aserrí, costarricense, solicita la apertura del sucesorio en sede notarial de
Carlos Luis Pasos Centeno conocido en forma indistinta con los apellidos Pazos
Centeno mayor, divorciado una vez, pensionado, cédula número cinco-cero ciento
once-cero doscientos sesenta y siete, vecino de Bagaces, Guanacaste,
costarricense. Se convoca a los interesados y acreedores, se apersonen ante
esta notaría ubicada en la ciudad de San José avenidas diez y diez bis calle
veintiuno, numero mil sesenta y cinco dentro de los treinta días siguientes a
la publicación de este aviso, en defensa de sus derechos, se les previene que
deben señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro judicial de San
José, con la advertencia de que si no lo hacen los bienes pasarán a los que
legalmente correspondan.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario Público.—1
vez.—( IN2017197488 ).
Por escritura otorgada ante el notario Álvaro
Rodrigo Mora Salazar, número doscientos sesenta y siete, del tomo sesenta y dos
de mi protocolo en la ciudad de San José a las once y veinte horas del cuatro
de diciembre de dos mil diecisiete, los señores: Víctor Daniel Calderón López,
mayor, viudo una vez, pensionado, cédula número uno- doscientos sesenta y uno-
trescientos cincuenta y cuatro, vecino de Tarbaca, y Carmen María Calderón
López, mayor, viuda una vez, ama de casa, cédula número uno- trescientos
veintiuno- cuatrocientos cuarenta y tres,
vecina de Heredia, costarricenses, solicitan la apertura del sucesorio en sede
notarial de Betty Calderón López, mayor, soltera, ama de casa, cédula número
uno- ciento ochenta y dos- cero cuarenta, vecina de Aserrí, costarricense, hija
de José María Calderón y Melida López ya fallecidos. Se convoca a los interesados
y acreedores, se apersonen ante ésta notaría ubicada en la ciudad de San José
avenidas diez y diez bis calle veintiuno, numero mil sesenta y cinco dentro de
los treinta días siguientes a la publicación de este aviso, en defensa de sus
derechos, se les previene que deben señalar lugar para notificaciones dentro
del perímetro judicial de San José, con la advertencia de que si no lo hacen
los bienes pasarán a los que legalmente correspondan.—Álvaro Rodrigo Mora
Salazar, Notario.—1 vez.—( IN2017197489 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la
sucesión de quien en vida fue Martín Evelio Uva Vega, quien en vida fue mayor
de edad, casado una vez, peón cedula de identidad número seis-cero uno seis
tres-cero siete cuatro uno, y cuyo último domicilio Santa Cruz, Guanacaste,
cien oeste de la Escuela Santa Cruz, a mano izquierda segunda casa, color
verde, rejas negras para que dentro del plazo de treinta días, contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar todos sus
derechos, se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no
se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente N° 0001-2017. Notaría del Bufete del Licenciado: Domingo Antonio
Mejía Angulo. Dirección San José, avenida 0, calle 8, edificio esquinero.—Lic.
Domingo Antonio Mejía Angulo, Notario.—1 vez.—( IN2017197592 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la
sucesión notarial testamentaria, de quien en vida fue Anabelle Morales Cubero,
quien fue mayor, casada una vez, pensionada, vecina de Tibás, del Instituto
Nacional de Seguros, cuatrocientos metros norte, cédula de identidad uno-cero trescientos noventa y
tres-cero ochocientos cincuenta y seis, para que dentro del plazo de treinta
días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos
que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien
corresponda, San José, 05 de diciembre del 2017. Expediente 01-2018. Notaría
del Licenciado Henry Alpízar Rojas. Notario Público, 650 metros al norte de la
Riteve, San Luis de Santo Domingo de Heredia.—Lic. Henry Alpízar Rojas, Notario
Público.—1 vez.—( IN2017197612 ).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por Jesús Guillermo Acosta Villalobos, a las trece
horas con treinta minutos del trece de mayo del dos mil diecisiete, y
comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio
ab intestato de quien en vida fuera Nelson David Delgado Cabezas, con cédula de
identidad número: cinco-ciento noventa y dos-cuatrocientos noventa y siete. Se
cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de
treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del
licenciado Jesús Guillermo Acosta Villalobos, notario público con oficina
abierta en la ciudad de San José, cantón Desamparados, distrito San Jerónimo,
Urbanización Cocorí, cuarta entrada, casa Nº 32, teléfono: 84132349.—Lic. Jesús
Guillermo Acosta Villalobos, Notario Público.—1 vez.—( IN2017197620 ).
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Edwin Castillo Mora, mayor, estado
civil Divorciado en segundas nupcias, profesión pensionado, nacionalidad Costa
Rica, con documento de identidad 0201920890 y vecino de Calle Ramírez, Buenos
Aires, Palmares, setenta y cinco metros al sur de la pulpería El Barrial. Se
cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las
personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 17-000163-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo
del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 4 de
diciembre del 2017.—Licda. Sandra Pérez López, Jueza.—1 vez.—( IN2017197666 ).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Roger Rodríguez Valverde, mayor,
estado civil viudo una vez, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad
N° 0201810028 y vecino de San Ramón, Alajuela. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no,
se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 17-000175-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 27 de noviembre del
2017.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2017197675 ).
Se hace saber que, en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Guillermo Enrique Molina Castro,
mayor, soltero, vecino de Los Ángeles, Cartago, panadero, cédula de identidad:
03-0119-0989. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer
valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a
la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 17-000430-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago,
27 de octubre del 2017.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—(
IN2017197739 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría, por María del Carmen Segura Morera, a las 08:00 horas del 04 de
diciembre del 2017 y comprobado el fallecimiento del causante, se declara
abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Gilberto Rodríguez Cortés. Se cita y emplaza a todos los
interesados para que dentro del plazo máximo de 30 días, contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, a hacer valer sus
derechos. Notario Público: Lic. Randall José Murillo Gómez, carné 20501, con
oficina en San José, Moravia, San Vicente; 400 metros norte, del Banco
Nacional, frente a esquina sureste del parque infantil, casa esquinera Teléfono
(506) 84465184.—Lic. Randall José Murillo Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2017197745
).
A las 11:30 horas del 05
de diciembre del 2017, esta notaria declaró abierto el proceso sucesorio en
sede notarial de quien en vida fue, Carlos Humberto Solano León, mayor, casado
una vez, pensionado, vecino de Guácimo, cédula 700730807, quien falleció en
fecha 10 de julio del 2017. Se cita a herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados para que dentro del plazo de 30 días a partir
de la publicación del edicto de ley comparezcan a hacer valer sus derechos, con
el apercibimiento, a los que crean tener derechos a la herencia, que de no
presentarse en el plazo ante esta notaría, ubicada en Guácimo Limón costado sur
de la escuela Manuel Mª Gutiérrez, la herencia pasará a quien
corresponda.—Licda. Jenny Vargas Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2017197764 ).
Se emplaza: A herederos y demás interesados en la
Sucesión de quien en vida se llamó Marvin Andrés Arguedas González, quien fue
mayor, casado una vez, operario, vecino de Alajuela, Urbanización Alajuela,
casa K ocho, portador de la cédula de identidad número dos- tres dos cuatro
siete uno cinco, fallecido en Centro Central Alajuela, el día siete de junio
del dos mil quince, para que dentro del plazo de treinta días, contados a
partir de la Publicación de este Edicto, se apersonen ante esta Notaría en
defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren, la herencia
pasará a quien corresponda. Notario público Guillermo Jiménez Chacón.
Expediente 04- 2017.—Alajuela, del cementerio, cien metros al sur y veinticinco
metros al oeste.—Lic. Guillermo Jiménez Chacón, Notario.—1 vez.—( IN2017197765
).
Se hace saber: que en
este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Elsa
Mora Rojas, mayor, casada una vez, comerciante, costarricense, con documento de
identidad Nº 0102320875 y vecina de Palmares centro. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda,
expediente Nº 17-000115-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia civil), 11 de setiembre del
2017.—Dr. Minor
Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2017197777 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría por Alicia García Lezama, de las
20:00 horas del 22/09/2017 comprobado el fallecimiento de Luis Alberto García
García, cédula N° 5-0044-0290 esta notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de 30 días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda.
Johanna Vargas Marín, Heredia. Teléfono 6207-2757.—06 de diciembre del 2017.—Licda.
Johanna Vargas Marín, Notaria.—1 vez.—( IN2017197794 ).
Se hace saber que en este Despacho, se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Elena León Bustamante, mayor,
soltera, del oficios domésticos, costarricense, con cédula de identidad
0102240969 y vecina de San Pedro. Se cita a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-002407-0165-FA.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 22 de agosto del
2017.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2017197799 ).
Ante esta notaría por Ana Gabriela Cabezas Rosales,
mayor de edad, soltera, administradora del hogar, cédula 1-1371-930 , con
domicilio en Limón, Matina, Línea B, del Ebais 800 metros al sur, 25 metros al
oeste, 300 metros al sur, casa a mano derecha, en escritura pública número
127-14 otorgada a las 12:30 horas del 04 de diciembre del 2017, visible al
folio 189 frente del tomo catorce del protocolo de la suscrita notaria se dio
apertura al proceso sucesorio de Víctor Luis Rosales Suazo, mayor, casado una
vez con cedula de identidad número 5-0033-0683„ fallecido el veintidós de julio
del 2017, defunción inscrita en el Registro Civil, Registro de Defunciones de
la provincia de Puntarenas, bajo el asiento registral tomo: 123, folio: 190,
asiento: 380. Comprobado el fallecimiento del causante, esta notaría declara
abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Víctor Luis
Rosales Suazo. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del
plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría
de la Lic. María de los Ángeles Angulo Gómez, con oficina abierta en Cartago,
Central, Oriental, Barrio Los Ángeles, de la esquina noroeste de la plazoleta
de la Basílica de los Ángeles, cien metros al norte, edificio rojo a mano
izquierda, teléfonos 2551-0027, 8348-0948.—Cartago, 06 de diciembre del
2017.—Licda. María de los Ángeles Angulo Gómez, Notaria.—1 vez.—( IN2017197800
).
Se cita y emplaza a todos los interesados en el
proceso sucesorio intestado, expediente notarial N° 14-2017, del causante
Rogelio Matarrita Ruiz, cedula N° 5-0098-0841, para que, comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos dentro del plazo legal de 30 días hábiles a
partir de esta publicación.—Licda. Juana Odili Altamirano Urrutia, Notaria.—1
vez.—( IN2017197819 ).
Mediante acta de apertura número SU-002 otorgada
ante esta notaría por Stefany Borey Bryan, a las 12:00 horas del día 30 de
noviembre del 2017 y comprobado el fallecimiento esta notaría declara abierto
el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera Dennis Errol Westney
Lewis, mayor, casado una vez, jubilado, vecino de la ciudad de Limón, frente a
las oficinas administrativas de la Escuela San Marcos, quien era portó la
cédula de identidad número siete-cero cuarenta y dos-cero trescientos cuarenta
y uno. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de treinta días hábiles, contados a partir de esta publicación de este
edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la
Licda. Stefany Borey Bryan, con oficina en Puerto Limón, 75 metros norte de las
oficinas del A y A, apartamentos color papaya, local número dos, teléfono
2758-6014.—Licda. Stefany Borey Bryan, Notaria.—1 vez.—( IN2017197830 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la
sucesión de John Michael (nombre) Pelet JR (apellido), de único apellido en
razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, casado una vez, pensionado,
quien fuera vecino de Philadelphia Estados Unidos, portador del pasaporte de su
país Nº 425307188, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se
apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quién corresponda, expediente
número cero cero cero tres-dos mil diecisiete. Proceso sucesorio en sede notarial
de John Michael Pelet Jr.—Licda. Yosandra Apú Rojas, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2017197879 ).
Se hace saber que en este Despacho, se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Fernando Reginaldo Shedden Graham,
mayor, casado, comerciante, vecino de Limón, Siquirres, Limón, Barrio San
Martín, cédula de identidad número 7-0050-0955. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 17-000184-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial
de La Zona Atlántica, 25 de setiembre del año 2017.—Lic. Gersan Tapia
Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2017197888 ).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Orlando Rodolfo Brown Brown, mayor,
estado civil casado una vez, vecino de Siquirres y portaba la cédula de
identidad N° 7-0047-0210. Se cita a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que, dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no, se apersonan dentro de ese
plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-100023-0934-CI.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 26 de octubre del
2016.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2017197889 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría
por Álvaro Jiménez Castro, a las once
horas del dos de noviembre del
año dos mil diecisiete y comprobado el fallecimiento de Julieta Robles Aguilar,
mayor, ama de casa, vecina de Catedral de San José, cédula de identidad número
tres-ciento uno-doscientos setenta, esta Notaría ha declarado abierto su
proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del
plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. No se
tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha
indicado. Notaría del Lic. Lisandro Valverde Porras, correo electrónico lvalverde@penalcorp.com.—Lic.
Lisandro Valverde Porras, Notario.—1 vez.—( IN2017197896 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Geiner Gerardo Araya Murillo, quien fue mayor, cédula
2-475-791, laboró para empresa de seguridad, quien falleció el 10 de julio del
año 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el
Número 16-000010-1476-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 16-000010-1476-LA. Por el fallecimiento de Geiner
Gerardo Araya Murillo promovidas por Yamileth de los Ángeles Valverde
Gutiérrez.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
12 de octubre del 2017.—Lic. Mario José Rojas Soro, Juez.—1 vez.—( IN2017197919
).
Se hace saber que en este Despacho, se tramita el
Proceso de Disolución y Liquidación, de la Asociación Ministerio de
Evangelización de la Misericordia, cédula jurídica número 3-002-678400, dentro
del cual se dictó la resolución de las once horas del cinco de diciembre del
dos mil diecisiete, en la cual emplaza a todos los que tuvieren interés en el
citado asunto, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos.
Expediente Nº 17-000453-0638-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela.—Lic. Carlos Esteban Sancho Araya, Juez.—1
vez.—( IN2017198054 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la
sucesión de Thomas Owen (nombre) Meacham (apellido), de un solo apellido en
razón de su nacionalidad estadounidense, quien en vida fue mayor, casado una
vez, inversionista, domiciliado en Estados Unidos de América, pasaporte de su
país dos dos tres cuatro cero tres cinco cinco uno, cuyo último domicilio fue
en Isla Culebra. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a
todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien
corresponda. Notaría ubicada en Sabana Norte, avenida 5, calles 42 y 44.
Expediente 0002-2017.—Licda. María José Yglesias Ramos, Notario.—1 vez.—(
IN2017198057 ).
Se hace saber: Que en la
notaría del licenciado José Alan Cordero Quesada, ubicada en San Ramón de
Alajuela, cien metros al sur del Puente La Unión, se tramita proceso sucesorio
notarial ab intestato de quien en vida fue Rodrigo Campos Lobo, agricultor,
cedula: dos-uno cinco cero-nueve cero ocho; y Consuelo Méndez Barrantes, ama de
casa, cedula dos-uno uno cinco-ocho dos tres, ambos mayores, casados una vez
entre sí y vecinos de La Tigra de San Carlos, Alajuela, de la Iglesia del
Futuro, quinientos metros al oeste. Se emplaza a herederos, acreedores y en
general a todos los interesados para que en el plazo de treinta días a partir
de la fecha de la publicación de este edicto, comparezca hacer valer los
derechos, con el apercibimiento de que si no lo hicieren en el plazo dicho, la
herencia pasara a quien en derecho corresponda. Expediente 001-2017.—San Ramón
de Alajuela, siete de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. José Alan Cordero
Quesada, Notario.—1 vez.—( IN2017198068 ).
Se hace saber que en este Despacho, se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Bolaños Brenes, mayor,
estado civil casado, profesión, nacionalidad Costa Rica, con documento de
identidad 0102990707 y vecino de no indica. Se cita a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº
17-000177-0295-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), 01
de diciembre del año 2017.—Licda. Emi Lorena Guevara Guevara, Juez.—1 vez.—(
IN2017198071 ).
El firmante José Rodrigo Serrano Masís, notario
público, hago constar que en esta notaria se tramita proceso sucesorio de quien
en vida se llamara Olga Marta Céspedes Murillo, para que en el plazo de ley se
apersonen hacer valer sus derechos. Es todo.—San José, seis de diciembre del
año dos mil diecisiete.—Lic. José Rodrigo Serrano Masís, Notario.—1 vez.—(
IN2017198093 ).
Notaría del bufete del notario Edwin Gerardo Zúñiga
Saavedra, con carnet N° 8239, con oficina abierta en ciudad de Heredia, con
teléfono 22632879. Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión, de
quién en vida se llamara Vilma Ruiz Zapata conocida como Vilma Zapata Zapata,
ama de casa, con cédula de identidad número cinco cero cero noventa y seis cero
siete cuatro cuatro, quién fue mayor casada dos veces, vecina de Santa Bárbara
de Heredia, para que, dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, en caso de no
presentarse la herencia pasará a quién corresponda. Expediente N° 001-17
Notifíquese.—Lic. Edwin Gerardo Zúñiga Saavedra, Notario.—1 vez.—( IN2017198113
).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la
sucesión de la señora Feliciana Pilar Cots Bertrán, mayor de edad, con
domicilio a su fallecimiento en Avenida Camí dels Capellans, setenta,
Barcelona, España, y portadora del pasaporte español número PAB siete ocho
cinco cinco tres cuatro, para que en el plazo de treinta días contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a esta notaría a hacer valer sus
derechos, y se percibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no
se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente número 001-2017. Notaria de Leonora Granados Sancho, San José, Santa
Ana, Pozos, Parque Empresarial Fórum dos, edificio N, quinto piso, oficinas de
Pragma Legal.—San José, 05 de diciembre de 2017.—Licda. Leonora Granados
Sancho, Notaria.—1 vez.—( IN2017198133 ).
Se hace saber, que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Amable Trinidad de Jesús Campos
Moreira, mayor, estado civil soltera, profesión pensionada, nacionalidad Costa
Rica, con documento de identidad 0400730226 y vecina de San Carlos. Se cita a
las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las
personas interesadas para que, dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 17-000247-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Civil), 23 de noviembre
del 2017.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—( IN2017198135 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la
sucesión de quien en vida fue Carlos Alberto Solano Rojas, mayor, viudo una
vez, Pensionado, con cédula de identidad número: uno-cuatrocientos
once-setecientos setenta y cuatro, vecino de San José, Desamparados, del
Cementerio Municipal, setenta y cinco metros al norte, para que dentro del
plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-2017.—Lic. Manuel Giménez
Costillo, Notario.—1 vez.—( IN2017198183 ).
Se hace saber que en este
Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Antonio
Mario Abisail Sequeira Gutiérrez, quien en vida gozaba de las siguientes
calidades: mayor, soltero-unión de hecho, pensionado, con cédula de identidad
número cinco-cero noventa y cinco-setecientos diecinueve, vecino de Las Palmas,
Cañas, Guanacaste. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general
a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, por lo cual sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente N° 0007-2017 de Licda. Elvira Patricia Ondoy
Cantillo, con oficina abierta en Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, del costado
sureste, de la Iglesia Católica doscientos metros sur.—Cinco de diciembre del
año dos mil diecisiete.—Licda. Elvira Patricia Ondoy Cantillo, Notaria.—1
vez.—( IN2017198201 ).
Se hace saber: Que en este
Despacho se tramitan los procesos sucesorios de quienes en vida se llamaron
María Teresa Lía Marín Salas, conocida como Lya Marín Salas y Gonzalo Vargas
Aguilar; la primera mayor, viuda, ama de casa, nacionalidad costarricense, con
cédula de identidad número 3-0049-2021 y vecina de Heredia; el segundo mayor,
casado, médico, nacionalidad costarricense, con cédula de identidad número
1-0052-0182 y vecino de Heredia. Se cita a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000453-0504-CI.—Juzgado
Civil de Heredia, 12 de julio del 2017.—Licda. María Inés Mendoza Morales,
Jueza.—( IN2017198227 ).
Se hace saber que ante el notario Adrian Alvarado
Corella, se tramita la sucesión de David Antonio Solera Villalobos, quien fuera
mayor, soltero, vecino en su último domicilio de Alajuela, San Pedro de Poas,
cédula de identidad número dos-cuatrocientos ochenta y siete-ciento cincuenta y
nueve. Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás
interesados en el presente proceso para que, dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean
tener derecho a la herencia, que, si no se presentan en ese plazo, la misma pasará a quien corresponda. Para estos efectos,
se hace saber que la notaría se encuentra situada en Alajuela, trescientos
metros al sur del Bingo de la Cruz Roja, casa esquinera blanca. Expediente Nº
0001-2017.—Alajuela, a las nueve horas del siete de diciembre del dos mil
diecisiete..—Lic. Adrián Alvarado Corella, Notario.—1 vez.—( IN2017198237 ).
El suscrito Sergio Vargas López, notario con
oficina abierta en San Ramón, Alajuela, doscientos metros este y veinticinco
norte, de la sucursal del Banco Nacional, da la apertura al juicio sucesorio
notarial de la señora Dinorah Bonilla Bonilla, quien fue mayor, casada una vez,
ama de casa, vecina de Sarchí de Alajuela, cédula, dos-doscientos setenta y
seis-trescientos treinta y tres, citándose y emplazándose a todos los
interesados en dicha sucesión , para que en un plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y
se apercibe que crear tener calidad de herederos que no se presenten dentro de
dicho plazo la herencia pasará a quien corresponde . Expediente 02-2017.—Sn. A
las diez horas del catorce de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Sergio
Vargas López, Notario.—1 vez.—( IN2017198274 ).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Eduardo del Socorro Vargas Gamboa,
mayor, casado, agricultor, nacionalidad: Costa Rica, con documento de identidad
Nº 0203570149 y vecino de La Unión de Venecia, San Carlos. Se cita a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 17-000251-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Civil), 27 de noviembre del
2017.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—( IN2017198284 ).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Rivera Coto, mayor, estado
civil casado, profesión operario, nacionalidad Costa Rica, con documento de
identidad N° 0302140935 y vecino de Llanos Santa Lucía, de la Delegación
Policial de Llanos Santa Lucía, 200 metros al sur, 25 metros al oeste, casa
mano izquierda, sector G-42. Se cita a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que, dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no, se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 17-000023-1457-CI.—Juzgado
Contravencional y Menor Cuantía de Paraíso (Materia Civil), 15 de noviembre
del 2017.—Msc. Dalia Soza Mora, Jueza.—( IN2017198286 ).
Se hace saber: Que en
este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: María
Rojas Guzmán, mayor, viuda una vez, de oficios del hogar, con documento de
identidad cédula Nº 1-202-517, y vecina de Arenal de Chires de Puriscal,
trescientos metros este de la Escuela. Se cita a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que,
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
17-000098-0197-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Puriscal, (Materia
Civil), 02 de noviembre del 2017.—Licda. Charlyn Miranda Arias, Jueza.—1
vez.—( IN2017198305 ).
Se tiene por abierto el sucesorio extrajudicial de
quien en vida fue: Guido Chaverri Zúñiga, cédula cuatro-cero cero setenta y
nueve-cero quinientos veinte. Se cita a todos los interesados, para que dentro
del término común de treinta días, a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen a hacer valer sus derechos. Albacea Yanira Chaverri Zúñiga. Exp.
04-2017.—Heredia, siete de diciembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Rafael
Ángel Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—( IN2017198559 ).
Se hace saber: Que en
este Despacho se tramitan las diligencias de presunción de muerte de Pedro
Abelardo Salas Soto, expediente Nº 17-000165-0296-CI, promueve: María Eugenia
Rodríguez Ballestero quien es mayor, viuda una vez, vecina de Palmares
Esquipulas Proyecto Hacienda, cédula de Identidad número uno-cero seis dos
cinco-cero nueve cuatro siete; a efecto de que se declare la presunción de
muerte de Pedro Abelardo Salas Soto, mayor, casado una vez, Transportista,
vecino de Palmares Esquipulas Urbanización Josema, casa número K dos, con
cédula de identidad seis- cero doscientos siete- cero seiscientos setenta y
cuatro. Se emplaza a los interesados que tuvieren noticia sobre su presunta
muerte, para que dentro del plazo de tres meses, contados a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen a presentar su oposición a estas
diligencias. Exp. Nº 17-000165-0296-CI. Declaración de ausencia.—Juzgado
Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia
Civil), 1 de noviembre del 2017.—Lic. José Luis Serrano Méndez, Juez.—(
IN2017185160 ). 3. v. 2 Alt.
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita proceso
de declaratoria de ausencia promovido por María de Jesús Aguirre Leal, casada,
conserje, vecina de La Unión Cartago, cédula de identidad Nº 07-0089-0692,
encaminado a solicitar la ausencia de Gerardo Heriberto de Jesús Portilla
Castro, mayor de edad, casado en primeras nupcias, mecánico en mantenimiento,
portador de la cédula de identidad Nº 1-0623-0162. En el mismo se dictó la
Sentencia de Primera Instancia N° 261-2017, a las catorce horas y treinta y
ocho minutos del veintidós de setiembre de dos mil diecisiete, resolución que
en su parte dispositiva dispone: se declara ausente a Gerardo Heriberto de
Jesús Portilla Castro, cédula de identidad número uno-seiscientos
veintitrés-ciento sesenta y dos. De conformidad con lo dispuesto en el artículo
872 del Código Procesal Civil, publíquese esta sentencia por tres veces en el Boletín
Judicial con intervalos de quince días entre publicación y publicación y,
además, por el mismo número de veces e intervalos, en un periódico de
circulación nacional. Firme esta resolución, se fijará la fianza que los
futuros administradora deberán rendir para garantizar el resultado de su
gestión, se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas.
Notifíquese, Licda. Angélica Delgado Madrigal, Jueza, expediente Nº 14-000466-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 27 de noviembre del 2017.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca,
Juez.—Exonerado.—( IN2017196300 ). 3 v. 1.
Alt.
Se convoca por medio de edicto que se publicará por
tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la
tutela de la persona menor de edad Angélica María Cambronero Rocha para que, se
apersonen dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación
de este edicto en el Boletín Judicial. Publíquese 3 veces consecutivas.
Expediente N° 17-000310-0928-FA (1)-B.
Proceso actividad judicial no contenciosa de nombramiento de tutor, actor:
Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado Familia de Cañas, Guanacaste,
28 de noviembre del 2017.—Lic. Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez.—Exonerado.—(
IN2017196834 ). 3
v. 2.
Se hace saber al joven
Andrey Elian Vindas Arias, mayor, soltero, costarricense, cédula Nº
1-1700-0477, de demás calidades desconocidas, que en este despacho se tramitado
proceso exclusión de beneficiario bajo la sumaria Nº 02-701003-0256-PA de
Mauricio Vindas Picado, en su contra y por lo tanto se le concede el plazo de
cinco días a efecto de que se apersone para contestar o formular la oposición
correspondiente con la indicación de las pruebas en que se fundamente, con la
indicación de los testigos en su caso; dicho emplazamiento comenzará a correr
tres días después de aquel en que se hizo la publicación del presente edicto.
Se previene a la parte accionada, señalar medio para recibir notificaciones,
caso contrario después de tres días de publicado el presente edicto, comenzará
a aplicar la notificación automática, expediente Nº 02-701003-0256-PA.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Aserrí (Materia Pensiones Alimentarias),
24 de octubre del 2017.—MSc. Hellen Mora Salazar, Jueza.—Exonerado.—(
IN2017197344 ). 3
v. 1.
Lic. José Miguel Fonseca Vindas, Juez del Juzgado
de Familia de Heredia; hace saber a Alejandro Mico Espinoza, mayor, casado dos
veces, nacionalidad cubano, identificación DI63121003069, domicilio desconocido,
que en este Despacho se interpuso un proceso reconoc. hijo mujer casada en su
contra, bajo el expediente número 17-002269-0364-FA donde se dictaron las
resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia de Heredia. A las once
horas y treinta y ocho minutos del veintinueve de noviembre del año dos mil
diecisiete. Se tienen por establecidas las presentes diligencias de
reconocimiento de hijo de mujer casada promovido por Walter Eduardo Matamoros
Ortiz a favor de la persona menor Naylea Leticia Mico López. De las mismas se
confiere audiencia al Patronato Nacional de la Infancia, por el plazo de tres
días. A su vez por el mismo plazo otorgado, se le confiere audiencia, al padre
Alejandro Mico Espinoza registral de la persona menor de edad. Se les previene
a la parte, que en el primer escrito que presenten deben señalar medio y lugar,
éste último dentro del circuito judicial de este Despacho donde atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las
resoluciones posteriores que se dicten inclusive la sentencia, se les tendrán
por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de
dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite la
notificación por causas ajenas al despacho, o bien si el lugar señalado
permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente (artículo 6 y 12
Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales N° 7637 del
21 de octubre de 1996). En caso que el lugar de residencia consistiere en una
zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a)
funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo
4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para notificar al ente aludido, se
notificará por medio del casillero 113. Se le previene a la parte interesada,
que para efectos de la diligencia en cuestión, si a bien lo tiene, deberá
señalar un medio para atender notificaciones ante la autoridad comisionada,
bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de
veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 35,
36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del
2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Notifíquese
al padre registral Alejandro Mico Espinoza; las presentes diligencias, por
medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un
Diario de Circulación Nacional; para los efectos del artículo 263 del Código
Procesal Civil. Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para
identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de
aquél en que se haga la publicación. Expídase y publíquese. En cuanto a la
madre de la persona menor de edad Charlyn Yohany López López se omite
pronunciamiento respecto a su notificación por cuanto a folio 4 consta el
apersonamiento al proceso. Notifíquese. José Miguel Fonseca Vindas Jueza. Lo
anterior se ordena así en proceso reconoc. hijo mujer casada de Walter Eduardo
Matamoros Ortiz contra Alejandro Mico Espinoza y Charlyn Yohany López López;
expediente Nº 17-002269-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 29 de
noviembre del 2017.—Lic. José Miguel Fonseca Vindas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2017196853 ).
Se cita y emplaza a Francisco José Castillo Ruiz, a
fin de poner en conocimiento lo dictado por el Despacho: Juzgado de Familia de
Cartago, a las diez horas y treinta y siete minutos del veintiséis de setiembre
del año dos mil diecisiete, del presente proceso de depósito judicial de la
persona menor de edad Moisés Castillo Mairena, promovidas por el Patronato
Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Francisco José Castillo
Ruiz y Maribel Mairena Dávila, a quienes se les previene que en el primer
escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo
el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el consejo superior, en
sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, circular
169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de
notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de
documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta
a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el fin de
enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es
para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se
les invita a utilizar el sistema de gestión en línea que además puede ser
utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema
ingrese la página oficial del poder judicial, http://www.poder-judicial.go.cr
si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el
expediente de interés. Así mismo, por haberlo así dispuesto el Consejo
Superior, en concordancia con la política de género del poder judicial, sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes
de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la
siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d)
Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución
a Maribel Mairena Dávila, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley
en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de
Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones; Cartago. Para notificar al
señor Francisco José Castillo Ruiz por medio de edicto. En caso que el lugar de
residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se
autoriza el ingreso del funcionario notificador, a efectos de practicar la
notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Por medio de
edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el boletín judicial, se
cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se
apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la
última publicación del edicto ordenado. Tal y como lo solicita el ente actor y
como medida cuatelar, velando por el interés superior de la persona menor de
edad se confiere el depósito provisional de Moisés Castillo Ruiz a la señora
José Tomás Oporta Diaz. Lo anterior por haberse ordenado así en expediente N°
17-002395-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Cristina Dittel
Masís.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017196854 ).
Licda. Gely Marcela Espinoza Gómez, Jueza del
Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Santa Cruz (Materia
Familia); hace saber a Heather Rose Mcclean, documento de identidad Nº
PMW288926, casada, profesora, domicilio desconocido, nacionalidad: canadiense,
que en este Despacho se interpuso un proceso divorcio en su contra, bajo el
expediente Nº 16-000258-0776-FA que tramita el señor Luis Carlos Rivera Barrera
donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia,
Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Santa Cruz (Materia Familia), a las nueve
horas y cincuenta y seis minutos del primero de noviembre del dos mil
diecisiete. Vistos los autos, se resuelve: 1) Se tiene por aceptado el cargo de
curador procesal de la demandada Heather Rose Mcclean al Lic Federico Carlos
Alvarado Aguilar según memorial de fecha catorce de setiembre del dos mil
diecisiete, mismo que señala como medio para recibir notificaciones el email:
notifalmark@gmail.com. 2) De la anterior demanda abreviada de divorcio
establecida por el accionante Luis Carlos Rivera Barrera, se confiere traslado
a la accionada Heather Rose Mcclean por el plazo perentorio de diez días, para
que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del
plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente
deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los
fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda,
deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por
inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En
la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en
su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se
referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer
escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas
las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se
pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de
Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La
Gaceta Nº 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº 65-08,
celebrada el 02 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular Nº 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho
fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que
suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y
recordatorios de actuaciones del Despacho. Esta petición es para cubrir
nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del
mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así
dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del
Poder Judicial, sesión Nº 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo
LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas
físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de
trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta
con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar
de residencia. Notifíquese a la parte demandada; la presente demanda, por medio
de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un Diario de
Circulación Nacional; para los efectos del artículo 263 del Código Procesal
Civil. Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para identificar el
proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se
haga la publicación. Expídase y publíquese. Notifíquese también esta resolución
al Lic. Federico Carlos Alvarado Aguilar en calidad de curador procesal de la
demandada Heather Rose Mcclean. Notifíquese. Lic. Carlos Arce Matarrita, Juez.
Lo anterior se ordena así en proceso divorcio de Luis Carlos Rivera Barrera
contra Heather Rose Mcclean. Expediente Nº 16-000258-0776-FA.—Juzgado de
Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Santa Cruz (Materia Familia),
22 de noviembre del 2017.—Licda. Gely Marcela Espinoza Gómez, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017197267 ).
Msc. José Miguel Fonseca Vindas, Juez del Juzgado
de Familia de Heredia; hace saber a Jorge Omar Ruiz Pérez, documento de
identidad Nº 119200181419, soltero, cubano, comerciante, domicilio desconocido,
que en este Despacho se interpuso un proceso suspensión patria potestad en su
contra, bajo el expediente Nº 17-001882-0364-FA donde se dictaron las
resoluciones que literalmente dicen: A las nueve horas y treinta y cuatro
minutos del veintiocho de noviembre del dos mil diecisiete. Visto el escrito
presentado en fecha 01 de noviembre del 2017, de folio 10, se resuelve: Se
tienen por hechas las manifestaciones por parte del Lic. Cruz Valverde, y por
aclarado el domicilio de la parte actora y de la persona menor de edad, en
virtud de ello, se anula el auto Nº 186-2017, dictado a las nueve horas y
treinta y dos minutos del veinticinco de octubre del dos mil diecisiete, que
consta a folio 9 frente y vuelto. En razón de lo anterior, se tiene por
establecida la demanda de terminación y/o suspensión patria potestad
establecida por el accionante: Marvelis Amaro González, se confiere traslado al
accionado Jorge Omar Ruiz Pérez, por el plazo perentorio de diez días, para que
se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del
plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar
negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su
negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de
la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los
rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o
rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que
tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los
testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Parte interviniente: Por
existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato
Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio del
casillero 113 de estos Tribunales, quedando las copias en el despacho para su
retiro. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que
presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas
las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se
pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de
Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La
Gaceta Nº 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº 65-08,
celebrada el 02 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular Nº 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho
fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que
suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y
recordatorios de actuaciones del Despacho. Esta petición es para cubrir
nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del
mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente si usted (parte
y/o abogado) tiene acceso a Internet desde su hogar o un café internet, se le
insta a usar el Sistema de Gestión en Línea y a señalar este medio para recibir
notificaciones, lo único que debe hacer es ingresar a la página del poder
judicial: www.poder-judicial.go.cr al link Gestión en Línea y con la clave que
se le proporcionará personalmente en el despacho, usted podrá ingresar desde la
comodidad de su casa a consultar su expediente y revisar sus notificaciones,
con lo anterior se evitará largas filas de espera. Asimismo, por haberlo así
dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del
Poder Judicial, sesión Nº 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo
LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas
físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de
trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta
con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar
de residencia. De conformidad con la Circular Nº 122-2014, Sesión del Consejo
Superior Nº 41-14, celebrada el 06 de mayo del 2014, artículo XLIII, se le
previene a la parte actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar
a la misma y a la parte demandada, tanto de la dirección de la vivienda como el
lugar de trabajo, horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números
telefónicos. Asimismo, números telefónicos de las partes y el nombre de algún
familiar o vecino a través del cual pueda lograrse el contacto con las partes.
Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no
está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos
sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los
servicios profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en
Consultorios Jurídicos, los cuales son los siguientes: De la Universidad de
Costa Rica, Facultad de Derecho en San Pedro, San José, y se atiende de lunes a
viernes de 08:00 a. m. a 12:00 m. d., y lunes, miércoles y viernes de 13:30 p.
m. a 19:30 p. m., Universidad Latina, Sede de Heredia Oficina Ubicada en la
Municipalidad de Heredia, horario de atención: lunes a viernes 08:00 a. m. a
12:00 m. d., teléfono: 2776715, Universidad Libre de Derecho. Horario de
atención: lunes a viernes: 13:30 p. m. a 16:30 p. m., teléfono: 22835533. En
otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. O bien
pueden acudir al Pisav-San Joaquín de Flores de Heredia, competencia únicamente
vecinos de Flores, Belén y Santa Bárbara de Heredia, teléfono: 22655640. Se
advierte, eso sí, que la demanda debe ser contestada en el plazo que se le ha
concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que
venza. (Artículo 7º del Código de Familia y 1º de la Ley de Consultorios
Jurídicos Nº 4775)”. Siendo que la Ley Nº 8687, Ley de Notificaciones
Judiciales, publicada el 29 de enero del 2009 y que entrara en vigencia el 28
de febrero del 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y
contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para
atender notificaciones. (Artículo 58) y en todos los demás procesos, las partes
deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: fax,
correo electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar dos medios distintos
de manera simultánea. (Artículo 36). En caso de no señalar medio, la omisión
producirá las consecuencias de una notificación automática. (Artículo 34). Así
las cosas, se les previene a las partes su obligación de cumplir con lo
indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de
previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología
de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no
cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente:
Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial
a los teléfonos: 2295-3386 ó 2295-3388 para coordinar la ejecución de una
prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo
al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información
pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste
en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el
Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el
correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un
informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De
confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a
la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de
la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Nombramiento de curador: De
conformidad con lo dispuesto por el artículo 262 el Código Procesal Civil, a
fin de proceder a nombrarle curador procesal a la demandada, se resuelve: De
los autos, se desprende que la parte demandada salió del país, tal y como
consta en certificación de movimientos migratorios, de folio 7, por lo que se
ordena expedir y publicar del edicto al que se refiere el artículo 263 del
Código Procesal Civil. De igual manera se le previene a la parte actora que
aporte certificación del Registro de Personas en el que se informe si la
demandada ausente cuenta con apoderado inscrito. Además, las generalidades de
ley de dos testigos que declaren sobre el conocimiento o desconocimiento del
paradero del demandado. Prevención de honorarios: Se le previene a la parte
actora que a efectos de que proceder cubrir los honorarios del curador a
nombrar, dicho monto lo es la suma de ochenta y cinco mil colones por lo que
deberá depositarlo en la cuenta Nº 170018820364-0, del Banco de Costa Rica.
Citación a la parte actora y a dos testigos: Se cita a la señora Marvelis Amaro
González y a dos testigos para que en el plazo de una semana comparezca al
Juzgado y, bajo juramento, responda las preguntas que se le formularán para
determinar la procedencia del nombramiento del curador procesal del demandado,
bajo apercibimiento de que si no comparece, el proceso no podrá avanzar
Notificaciones: Notifíquese esta resolución al demandado, personalmente o por
medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su
domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. En caso de
que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso
restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a
efectos de practicar la notificación, artículo 4º de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para notificar al demandado el señor Jorge Omar Ruiz Pérez, se le
notificará por medio de edicto y se le nombrará curador procesal, una vez que
se hayan acreditado los requisitos para la procedencia de dicho nombramiento,
debiendo publicarse el edicto correspondiente. Notifíquese. Msc. José Miguel
Fonseca Vindas, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso suspensión patria
potestad de Marvelis Amaro González contra Jorge Omar Ruiz Pérez. Expediente Nº
17-001882-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 28 de noviembre del
2017.—Msc. José Miguel Fonseca Vindas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017197287
).
Licda. Sandra Saborío Artavia, Jueza del Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada; hace saber:
Que en proceso de divorcio. Expediente N° 16-000847-1302-FA, establecido por
Juan Carlos Vargas Ramírez contra Blanca Iris Pérez Chavarría, mediante
resolución de las catorce horas y treinta y seis minutos del veinticuatro de
noviembre de dos mil diecisiete, se ha ordenado notificar por medio de edicto a
la demandada Blanca Iris Pérez Chavarría, mayor, costarricense, cédula de
identidad 1-0841-0912, divorciada, demás datos desconocidos, la sentencia que
en lo que interesa dice: “Sentencia número 1086-2017, a las diez horas cuarenta
y cuatro minutos del veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete. Proceso
Abreviado de Divorcio establecido por, Juan Carlos Vargas Ramírez, cédula
2440-436, contra Blanca Iris Pérez Chavarría, cédula 1-841-912. Con audiencia
al Patronato Nacional de la Infancia y cuya parte dispositiva literalmente
dice: Por tanto: De conformidad con lo expuesto, normas legales citadas, se
declara con lugar el presente proceso Abreviado de Divorcio establecido por,
Juan Carlos Vargas Ramírez contra Blanca Iris Pérez Chavarría, ambos de
calidades conocidas en autos, se resuelve de la siguiente forma, se acoge la
pretensión principal de la demanda. Se decreta la disolución del vínculo matrimonial
que une a las partes por la causal de separación de hecho. Alimentos entre
cónyuges: Se declara la no existencia de obligación alimentaria entre los
excónyuges; Gananciales: Son bienes gananciales el inmueble 2-351859-000, el
cual será liquidado en ejecución de sentencia y el 50% del valor neto del
inmueble 2-145238-000, valor porcentual que se determinará en ejecución de
sentencia. No existen más bienes gananciales que repartir, muebles o inmuebles.
Cada cónyuge adquiere el derecho de participar en la mitad del valor neto de
los bienes gananciales que se constaten en el patrimonio del otro, conforme al
artículo 41 del Código de Familia y la determinación del mismo y su valoración,
se harán en la etapa de ejecución de sentencia; Alimentos a hija menor de edad:
A Bianca Yaudieth Vargas Pérez le asiste su derecho a ser alimentada por ambos
progenitores; Guarda, Crianza y Educación: La guarda de Bianca Yaudieth Vargas
Pérez le corresponde de forma exclusiva al padre, la crianza y educación será
compartida por ambos progenitores; Inscripción: Una vez firme esta sentencia,
mediante ejecutoria, se inscribirá en el Registro Civil, Registro de
matrimonios de la provincia de Guanacaste, al tomo 161, folio 226, asiento 451;
Costas: Se resuelve in especial condenatoria en costas. En este acto
encontrándose presente la parte actora Vargas Ramírez acompañado de su
Apoderada Especial Judicial y el Curador Procesal Acosta Gutiérrez, se les
tiene por notificada de esta sentencia. Sandra Saborío Artavia, Jueza de Familia”.—
Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad
Quesada, San Carlos, 24 de noviembre del 2017.—Licda. Sandra Saborío
Artavia, Jueza.—1 vez.—( IN2017197383 ).
Carlos Gilberto Alvarado Monge conocido como
Alberto Alvarado Monge, mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad:
N° 1-478-994, vecino de San Isidro de León Cortés, San José, María Victoria de
las Piedades Alvarado Monge, mayor, viuda, ama de casa, cédula de identidad: N°
1-609-224, vecina de San Isidro de León Cortés, San José, Liliany Alvarado
Monge, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad: N° 1-461-459,
vecina de Carrizal de León Cortés, San José, Rosa María Alvarado Monge, mayor,
casada una vez, docente, cédula de identidad: N° 1-552-556, vecina de San
Pablo, León Cortés, San José y Rosaura María Cordero Alvarado, mayor, soltera,
abogada, cédula de identidad: N° 1-1232-766, vecina de San Pablo, León Cortés
apoderada generalísima sin límite de suma de Analies Alvarado Monge, mayor,
soltera, ama de casa, cédula de identidad: N° 1-437-455, vecina de San Isidro,
León Cortés, San José. Promueven proceso de rectificación de medida. Pretenden
rectificar la medida, para aumentarla del inmueble inscrito a sus nombres en el
registro público de la propiedad, del Partido de San José, N°
41733-001-002-003-004-005-006, que se describe así: Terreno de café con dos
casas, situado en San Isidro, distrito cuarto San Isidro, del cantón veinte
León Cortés, de la provincia de San José. Linderos: norte, Quebrada San Isidro,
sur, Lisenia Román Ceciliano, Quebrada San Isidro, este, Mauricio Román
Ceciliano, calle pública de catorce metros de ancho por un frente lineal de
noventa y seis metros con cincuenta y cuatro centímetros, y oeste, María
Victoria Alvarado Monge y en parte Quebrada San Isidro. Sobre dicho inmueble no
pesan gravámenes. Libre de cargas reales. Según plano catastrado
SJ-1947686-2017, mide once mil diez metros cuadrados. Lo adquirieron por
donación de su padre desde el octubre de dos mil catorce, traspasando en el
acto la posesión por él realizada en forma quieta, pública, pacífica e
ininterrumpida a título de dueño por más de veinte años. Estiman el inmueble en
la suma de doce millones de colones y el proceso en la suma de diez millones de
colones. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se cita a todas las personas
interesadas para que se apersonen en defensa de sus derechos. Expediente
N°16-000121-0699-AG, rectificación de medida de Carlos Gilberto Alvarado Monge
y otros.—Circuito Judicial de Cartago. Cartago, 09
de noviembre del 2017.—Licda. Rebeca Salazar Alcócer, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017197920 ).
Se hace saber a Dulce María Urbina Vanegas,
portadora del documento de identidad número PC1261354 y sin domicilio conocido,
que en este Despacho se tramita el expediente número 16-400260-0637-FA, que
corresponde a un proceso abreviado de divorcio planteado por Cristhiam
Alejandro Rodríguez Núñez, portador del documento de identidad R155807336336 y
vecino de Desamparados, Calle Fallas, y que se le ha otorgado audiencia por el
plazo de diez días a efecto de que se apersona para contestar o formular la
oposición correspondiente con la indicación de las pruebas en que se
fundamente, con la indicación de los testigos en su caso; dicho emplazamiento
comenzará a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación del
presente edicto. Se previene a la parte accionada, señalar medio para recibir
notificaciones, caso contrario después de tres días de publicado el presente
edicto, comenzará a aplicar la notificación automática.—Juzgado de Familia
de Desamparados, 3 de noviembre del 2017.—Licda. Zeidy Jacobo Morán,
Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2017197922 ).
Lic. César de Dios Monge Vallejos, Juez del Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), a Cesar
Andrés Cordero Jiménez, en su carácter personal, quien es mayor, costarricense,
soltero, de domicilio desconocido, portador de la cédula de identidad Nº
1-1138-237, se le hace saber que en demanda suspensión patria potestad,
tramitada bajo expediente Nº 17-000292-1303-FA, establecida por Yessica María
Barrantes Vargas contra Cesar Andrés Cordero Jiménez, se ordena notificarle por
edicto, la parte dispositiva de la sentencia Nº 786-2017, de las diez horas
treinta y nueve minutos del quince de noviembre del dos mil diecisiete, que
literalmente dice: “Por tanto: De acuerdo a lo expuesto, y artículos 51, 52 y
55 de la Constitución Política; 1º, 2º, 5º, 6º, 8º, 115 y siguientes, 140, 141,
143, 159 y 160 del Código de Familia; 3º de la Convención de los Derechos del
Niños y 5º, 105 y 106 del Código de la Niñez y la Adolescencia, se declara con
lugar la demanda abreviada de suspensión de patria potestad interpuesta por Yessica María Barrantes Vargas contra César
Andrés Cordero Jiménez, a quién se le suspende la patria potestad que ejerce
con relación a su hijo César Andrés Cordero Barrantes. La guarda, crianza y
educación corresponde en forma exclusiva a la madre. Firme este fallo, anótese
al margen del tomo: 1866, folio: 280 y asiento: 0559 de la provincia de San
José, constante en el Registro Civil. Queda resuelto este asunto sin especial
condenatoria en costas. Se omite emitir pronunciamiento respecto a la excepción
de falta derecho presentada por la curadora procesal del demandado por haber
quedado acreditados los hechos de la presente demanda. Notifíquese esta
sentencia mediante el edicto respectivo y cancélese los respectivos honorarios
a la curadora procesal del demandado. César de Dios Monge Vallejos, Juez”.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón).—Lic.
César de Dios Monge Vallejos, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017197930 ).
Msc. Mariselle Zamora Ramírez Jueza del Juzgado
Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí
(Materia Familia); hace saber a Edgar Greivin Hernández Quirós, documento de
identidad 0113210704, soltero, guía u orientador turístico, domicilio San
Ramon, de la Virgen de Sarapiquí, 25 metros al norte de la plaza, que en este
Despacho se interpuso un proceso salvaguardia, bajo el expediente número 17-
000973-1307-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Se
tienen por establecidas las presentes diligencias de salvaguardia. Se nombra
como curador procesal a Jorge Luis De Gerardo Méndez Zamora, portador de la
cédula de identidad número cédula 2-690497. Practíquesele a la persona con
discapacidad José David Román Hernández, una valoración por parte de la Sección
de Psiquiatría Forense del Organismo de Investigación Judicial, que abarque los
extremos a que se refiere el artículo 34 la Ley Para la Promoción de la
Autonomía Personal de las personas con Discapacidad Ley N° 9379, Publicada en La
Gaceta N° 166 del 30 de agosto del año 2016, que comprende 1) El diagnóstico
de la condición física, mental, intelectual psicosocial y sensorial de la
persona con discapacidad. 2) El carácter temporal o permanente de la condición
diagnosticada, las habilidades la capacidad y las aptitudes de la persona con
discapacidad en cuanto a la toma de decisiones en el ámbito social patrimonial
personal y financiero. Por su parte se ordena al Departamento de Trabajo Social
y Psicología realizar valoración psicosocial sobre la situación de la persona
con discapacidad así como de la persona que se propone ejercer la salvaguarda.
En otro orden de ideas de conformidad con el artículo 37 inciso 4 de la ley de
marras, en cuanto a la entrevista con la persona con discapacidad se difiere su
señalamiento para ser realizada en el momento procesal oportuno. Notifíquese.
Msc. Mariselle Zamora Ramírez. Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso
salvaguardia de Edgar Greivin Hernández Quirós contra Edgar Greivin Hernández
Quirós. Expediente Nº 17-000973-1307-FA.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia,
Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí, (Materia Familia), 21 de
noviembre del 2017.—Msc. Mariselle Zamora Ramírez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2017197197938 ).
Licenciada María Marta Corrales Cordero, Jueza del
Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a David
Barquero Rojas, en su carácter personal, quien es demás calidades y domicilio
desconocido, se le hace saber que en proceso depósito judicial, expediente Nº
17-001032-1307-FA, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, se ordena
notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las trece horas y
cincuenta y ocho minutos del veintisiete de setiembre del año dos mil diecisiete.
De las presentes diligencias de depósito de las personas menores Sussy Mariana
Barquero Gómez, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se
confiere traslado por tres días a David Barquero Rojas, a quien se le previene
que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con
respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como
medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y
recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.- Esta
petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal,
buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente
se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser
utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema
ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr
Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el
expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior,
en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07
celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de
este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la
siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de Nacimiento, d)
profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado
civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Sobre cuestiones de primer
y especial pronunciamiento solicitada, contándose con los elementos que
sustenta la idoneidad del ambiente que reina en el lugar donde se encuentra
ubicado la persona menor de edad Sussy Mariana Barquero Gómez, se acoge dicha
pretensión provisional, por ende se ordena el Deposito Judicial del menor supra
indicado de forma provisional en el hogar de la señora Rosa María Herrera Arce,
quien deberá apersonarse en el plazo de ocho días a aceptar el cargo conferido.
Notifíquese esta resolución a David Barquero Rojas, personalmente o por medio
de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio
real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos,
se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones;
Segundo Circuito Judicial de San José (Goicoechea). Por localizarse el señor
mediante su dirección de cuenta cedular en San José, Goicoechea, Purral, 125
metros al oeste de Acueducto y Alcantarillado. En caso que el lugar de
residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se
autoriza el ingreso del(a) funcionario (a) notificador (a), a efectos de
practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales.
Notifíquese. Licda. María Marta Corrales Cordero, jueza. Y la resolución de las
ocho horas y cincuenta minutos del uno de diciembre del año dos mil diecisiete.
Vista la solicitud que hace la representante del Patronato Nacional de la
Infancia, Msc. María Gabriela Hidalgo Hurtado, visible a folio veinte y vista
de que el demandado David Barquero Rojas carece de domicilio conocido y no fue
ubicado en la dirección reflejada mediante su cuenta cedular, se ordena notificarle
esta y la resolución de las trece horas y cincuenta y ocho minutos del
veintisiete de setiembre del dos mil diecisiete, mediante un edicto que se
publicará por una sola vez en el Boletín judicial. Elabórese el edicto
respectivo. Notifíquese. Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza. Lo
anterior se ordena así en proceso de protección Niñez y Adolescencia,
expediente Nº 17-001032-1307-FA, establecido por Patronato Nacional de la
Infancia. Este edicto debe publicarse una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 01 de
diciembre del 2017.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017197939 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita
proceso de cambio de nombre promovido por Paulina Odilie Obando Álvarez mayor,
casada una vez, educadora pensionada, documento de identidad 05-0171-0557
vecina de Vásquez de Coronado, encaminadas a solicitar la autorización para
cambiarse el nombre de Paulina Odilie Obando Álvarez, por el de Odilie mismos
apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro
del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se
apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de
ley en caso de omisión (Artículo 55 del Código Civil). Exp. N°
17-000436-0169-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José,
01 de setiembre del 2017.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—1 vez.—(
IN2017198762 ).
Se avisa a Steven Thomas Cundy, mayor, divorciado,
sin oficio conocido, con domicilio en la India, con pasaporte de Estados Unidos
de América P017251308, que dentro del Proceso Abreviado Suspensión Patria
Potestad N° 2015-400142-0197-FA establecido por María José Poddie Valencia, se
dictó la Sentencia Nº 555-2017 de las dieciocho horas y cuarenta y seis minutos
del veintinueve de junio del dos mil diecisiete, cuya parte dispositiva dice:
“Por tanto: De conformidad con lo expuesto normas legales citadas y artículos
1°, 7, 99, 153, 155, 317 y 420 del Código Procesal Civil, 2 del Código de
Familia, 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, y 5 del Código de la
Niñez y la Adolescencia, el presente proceso Abreviado de Suspensión de la
Patria Potestad o -Responsabilidad Parental-, establecido por María José Poddie
Valencia contra Steven Thomas Cundy, se resuelve de la siguiente forma: 1) Se
acoge la pretensión principal de la demanda. 2) Se suspende al demandado Steven
Thomas Cundy en el ejercicio de la patria potestad o responsabilidad parental
respecto de sus menores hijos: Sonam Cundy Poddie y Anand Kevin Cundy Poddie,
por el plazo de seis meses, una vez transcurrido ese plazo si el accionado no
ha modificado su conducta, la parte actora podrá gestionar vía incidental la
terminación definitiva de la patria potestad o -autoridad parental- de las personas menores de edad. 3) Una vez firme
esta sentencia, inscríbase en el Registro Civil, Registro de Nacimientos de la
Provincia de San José, el de Anan Kevin al tomo dos mil sesenta y uno, folio
cuatrocientos setenta y cinco, asiento novecientos cuarenta y nueve; el de
Sonam, al tomo dos mil ciento cincuenta y cinco, folio cuatrocientos cincuenta
y cuatro, asiento novecientos ocho. 4) Se exime al demandado del pago de las
costas personales y procesales de este asunto. 5) Notifíquese la parte
dispositiva de esta sentencia al demandado Steven Thomas Cundy por medio de
edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial.— Juzgado
Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 01 de agosto
del 2017.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—( IN2017198805 ).
Licenciada Patricia Cordero García. Jueza del
Juzgado de Familia de Cartago, a Pedro Espinoza Mora, en su carácter, quien es
mayor, cédula de identidad número 6-0246-0090, demás calidades desconocidas, se
le hace saber que en proceso depósito judicial, establecido por Patronato
Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en
lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las nueve horas y
veintisiete minutos del siete de diciembre del año dos mil diecisiete. De las
presentes diligencias de depósito judicial de menor de la persona menor de edad
Geudy Gabriel Espinoza Barboza, promovidas por el Patronato Nacional de la
Infancia, se confiere traslado por tres días a Pedro Espinoza Mora y Nancy
Barboza Mena, a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten
deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con
el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se
producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°
20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las
partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el
02 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de
que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de
uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden
utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el
Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial,
sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan
suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de
Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Con el fin de
llevar a cabo la audiencia de ley, se señalan las trece horas con treinta
minutos del veintisiete de febrero del año dos mil dieciocho. Notifíquese esta
resolución a Nancy Barboza Mena, personalmente o por medio de cédulas y copias
de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la
Ley de Notificaciones Judiciales. Para notificar estos efectos, se comisiona al
delegado policial de Llanos de Santa Lucía. En caso de que el lugar de
residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se
autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de
practicar la notificación, artículo 4° de la Ley de Notificaciones Judiciales.
Al señor Pedro Espinoza Mora, se le
notificará por medio de edicto, por desconocerse sobre su domicilio.
Notifíquese. Expediente 17-003116-0338-FA-01.—juzgado de Familia de Cartago,
Cartago, 07 de diciembre del 2017.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017198845 ).
Se avisa a Maykol Eduardo López Campos, cédula de
identidad N° 1-1097-0874, mayor, con demás calidades y domicilio desconocidos,
representado por la curadora procesal Licenciado, Bernardo Amador Arias, que en
este Despacho, se dictó dentro del expediente N° 16-000205-0673-NA establecido
por la Licenciada, Marisol Piedra Mora en calidad de Representante Legal del
Patronato Nacional de la Infancia, la sentencia que en lo que interesa dice:
sentencia N° 470-2017. Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, a las quince horas y treinta y siete minutos del
veintinueve de noviembre de dos mil diecisiete. Resultando: I…, II…, III…,
Considerando: I.—Hechos probados:… II.—Sobre el fondo:… Por tanto: Con
fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la convención sobre los derechos
del niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia,
160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la
demanda de declaratoria de abandono con fines de adopción de las personas
menores de edad Emanuel Yasue López Paniagua y Yeicob López Paniagua. Se
extingue a sus padres, diana Carolina Paniagua Vargas y Maykol Eduardo López
Amador, el ejercicio de la patria potestad. Se ordena el deposito judicial de
las personas menores de edad Emanuel Yasue López Paniagua y Yeicob López
Paniagua en el ente actor, debiendo su representante legal apersonarse dentro
de tercer día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de
Nacimientos del Registro Civil, provincia de San José, a Emanuel Yasue López
Paniagua, al tomo dos mil veinticinco, folio doscientos veintiocho, asiento
cuatrocientos cincuenta y cinco, a Yeicob López Paniagua, al tomo dos mil
setenta y ocho, folio cuatrocientos setenta y cinco, asiento novecientos
cuarenta y nueve. Se resuelve sin especial condena en costas. Publíquese el
edicto respectivo. Notifíquese, Msc. Milagro rojas espinoza. Jueza.—30 de
noviembre del año 2017.—Licda. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017198850 ).
Se avisa a Samantha Corrales Villalobos, cédula de
identidad N° 01-1818-0071, con demás calidades y domicilio desconocidos,
representado por la curadora procesal licenciada Rosa Guillermina Aguilar
Ureña, que en este despacho se dictó dentro del expediente N° 16-000278-0673-NA establecido por el licenciad o
Roberto Marín Araya en calidad de representante legal del Patronato Nacional de
la Infancia, la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia N° 286-2017.
Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las
diez horas y trece minutos del veintiuno de julio de dos mil diecisiete.
Resultando: I.-…, II.-…, III.-…, considerando: I.-Hechos probados… II.-Sobre el
fondo: … Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la
Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de
la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de
Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono con fines
de adopción del niño Yerai Corrales Villalobos. Se rechaza la excepción de falta
de derecho. Se extingue a su madre Samantha Corrales Villalobos el ejercicio de
la patria potestad. Se ordena el depósito judicial del niño Yerai Corrales
Villalobos en el ente actor, debiendo su representante legal apersonarse dentro
de tercer día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de
Nacimientos del Registro Civil, provincia de San José, al tomo dos mil
doscientos treinta y ocho, folio ciento cuarenta y cinco, asiento doscientos
ochenta y nueve. Se resuelve sin especial condena en costas. Notifíquese.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José.—Msc.
Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2017198851 ).
Se avisa, a los señores Alexa Porras Muñoz, mayor,
cédula de identidad 1-1408-500 y Maicol Alberto Nargas Retana, mayor cédula de
identidad número 1-1107-0542, costarricenses, con demás calidades y domicilios
desconocidos, son representados por la curadora procesal Licenciada Diana
Chaves Araya, hace saber que existe proceso N° 16-000453-0673-NA de
Declaratoria Judicial de abandono de la persona menor de edad Laura Michelle
Vargas Porras, establecido por el licenciado Milton Gutiérrez Quesada en
calidad de Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia en contra
de Alexa Porras Muñoz y Maicol Alberto Nargas Retana, se ha dictado la
resolución de las trece horas y catorce horas minutos del diecinueve de agosto
de dos mil diecisiete, en la que se les concede el plazo de cinco días para que
se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de
conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se les advierte
a los accionados que, si no contestan en el plazo dicho, el proceso seguirá su
curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 y una vez
recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Msc. Yerma Campos Calvo,
Jueza.—Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia, 05 de diciembre del
2017.—Licda. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017198852 ).
Han
comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil Edwin
Cordero Cordero, mayor, divorciado, pensionado, cédula de identidad N° 7 0034
0349, vecino de Aurora de Heredia, Urbanización Gran Samaria, casa I10, hijo de
Adelia Cordero, nacido en Limón, con 74 año
de edad, y Loida Rojas Oviedo; mayor, soltera, ama de casa , cédula de
identidad 1 557 158 vecina de Aurora de Heredia, Urbanización Gran Samaria,
casa I10, hija de Carmela Rojas Oviedo, nacida en San José, actualmente con 56
años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para
que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este
Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto.
Exp. Nº 17-002412-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 01 de
diciembre del año 2017.—José Miguel Fonseca Vindas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2017196855 ).
Han comparecido a este Despacho, solicitando
contraer matrimonio civil los contrayentes José Joaquín del Carmen Castillo
Venegas, mayor de edad, Viudo, operario, cédula de identidad número 0900570652,
vecino de Paraíso de Cartago, LLanos de Santa Lucía de la Iglesia Católica 100
metros al sur y 100 metros al oeste, casa número 17-P, hijo de Isabel Venegas
Badilla y Francisco Castillo Picado, nacido en La Lucha Desamparados, San José,
el 13/04/1957, con 60 años de edad, y Ana Lucrecia del Socorro Sánchez Poveda,
mayor de edad, Divorciada, ama de casa, cédula de identidad número 0303070057,
vecina de Paraíso de Cartago, Llanos de Santa Lucía; 700 metros al sur y 100
metros al oeste de la Guardia Rural, casa número S-67, hija de MA del Socorro
Poveda Quesada y José Humberto Sánchez Brenes, nacida en Centro Central
Cartago, el 12/02/1970, actualmente con 47 años de edad. Si alguna persona
tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice,
está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 17-003076-0338-FA.—Juzgado
de Familia de Cartago, 04 de diciembre del año 2017.—Licda. Patricia
Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017196856 ).
Se hace saber que ante el notario público Juan
Rafael Zavala Tasies, con oficina en Heredia, 400 metros norte de la Escuela
Ramón Barrantes, situada en Barrantes de Flores, han comparecido: Jaime Huezo
Benavides, divorciado de sus únicas nupcias, salvadoreño, cédula de residencia
Nº 122200513103, y la señorita Marianela Gámez Álvarez, mayor, soltera,
costarricense, cédula Nº 1-11110539, han comparecido ante esta notaría a efecto
de celebrar matrimonio civil conforme a nuestra legislación. En virtud de ello
y en cumplimiento del artículo 25 del Código de Familia, se ordena la
publicación de este edicto en aras de que si existe alguna oposición a la unión
solicitada, lo hagan saber dentro del plazo de ocho días naturales después de
la publicación de este edicto ante esta notaría.—Heredia, 05 de diciembre del
2017.—Lic. Juan Rafael Zavala Tasies, Notario Público.—1 vez.—( IN2017197129 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil, José Yanan Campos Soto, mayor,
divorciado una vez, pintor automotriz, cédula de identidad número 0205930456,
nacido en Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, el 05/04/1984, con 33 años de
edad y Karol Tatiana Quirós Brenes, mayor, divorciada una vez, oficios
domésticos, cédula de identidad número 0206170257, hija de Lorena Brenes
Alvarado y Luis Alberto Quirós Alvarado, nacida en Centro, Grecia, Alajuela, el
11/01/1986, actualmente con 31 años de edad, ambos vecinos de Grecia centro,
Sector Sur, 175 metros al norte de la Delegación de la Fuerza Pública, a un
costado de la cancha de futbol Pata de Sapo. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 17-000835-0687-FA.—Juzgado
de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Grecia (Materia Familia),
Grecia, 28 de noviembre del 2017.—Licda. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—(
IN2017197281 ).
Mauricio Antonio Mora Solano y Ailyn Yelitza Gamazo
Solano, cédula por su orden: 1-1596-969 y 1-1731-0011; vecinos de San José,
Desamparados, Los Guido, Sector Las Palmas, desean contraer matrimonio y
afirman reunir todos los requisitos de ley. La oposición de alguien con interés
legítimo, debe ser presentada ante este Juzgado dentro de los ocho días luego
de esta publicación. Expediente 17-001788-0637-FA.—Juzgado de Familia de
Desamparados, 30 noviembre del 2017.—Licda. Mailyn Durán Solano, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017197286 ).
Ante la notaría de la
suscrita, licenciada Vanessa Castro Mora, se presentaron José Antonio Cerdas
Méndez, cédula de identidad número uno-mil doscientos cuarenta y uno-cero
doscientos sesenta y cuatro y Rosibel Chacón Solís, cédula de identidad número
uno-mil doscientos sesenta y seis-cero trescientos ocho, con el fin de contraer
matrimonio, por lo que de conformidad con las disposiciones del Código de
Familia, se cita y emplaza a todas las personas que consideren afectados sus
derechos a que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la
publicación manifiesten su inconformidad, ante esta notaría, ubicada
seiscientos cincuenta metros al oeste del Restaurante Taco Bell, San Pedro de
Montes de Oca.—Licda. Vanessa Castro Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017197293 ).
Han comparecido a éste
Despacho, solicitando contraer matrimonio civil Byron Harvey Chacón Mora y
Yecsolin Selena Ramírez Calderón, el primero, mayor, soltero, costarricense,
mecánico, con cédula 6-0395-0996 hijo de Arbey Chacón Jarquín y Luzmilda Mora
Tapia, nativo de Quepos, Aguirre, Puntarenas, el día trece de mayo del año mil
novecientos noventa y uno, de veintiséis años cumplidos, vecino de Quepos, La
Pascua, del taller de Chango 50 metros al oeste, casa mixta color papaya,
teléfono 8316-8423 y la segunda mayor, soltera, costarricense, ama de casa, con
cédula 3-0502-0692, hija de Cindy Evelyn Ramírez Calderón, nativa de
centro,Turrialba, Cartago, el día diez de mayo de mil novecientos noventa y
siete, de veinte años cumplidos, vecina de Quepos, La Pascua, del taller de
Chango 50 metros al oeste, casa mixta color papaya, teléfono 8681-2653. Se
publica este edicto por si alguna persona se considera con derecho a oponerse
dentro de los siguientes ocho días a la publicación del mismo para hacer valer
sus derechos. Expediente Nº 17-000193-1591-FA.—Juzgado de Familia de Aguirre
y Parrita, Quepos, 17 de noviembre del 2017.—Licda. Sedier Villegas Méndez,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017197929 ).
Han comparecido a este Despacho Jefry Quesada
Álvarez, mayor, soltero ocupación servicios profesionales, cédula de identidad
número 0207230199, hijo de María Elena
Álvarez Castro y Gilberth Quesada Varela,
nacido en Quesada San Carlos Alajuela, el 25/02/1994, con 23 años de edad, y
Joselin del Carmen Piedra Umaña, mayor, Soltera, ama de casa, cédula de
identidad número 0207240417, hija de Yancy Umaña Molina Y William Piedra
Rodríguez, nacida en Quesada San Carlos Alajuela, el 23/03/1994, actualmente
con 23 años de edad, ambos vecinos de Heredia, Sarapiquí, La Virgen, costado
este de la plaza de deportes, casa color beich además. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 17-000295-1343-FA.—Juzgado
Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí
(Materia Familia), Sarapiquí, Heredia, 8 de noviembre del 2017.—Licda.
Mariselle Zamora Ramírez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017197931 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil Elieth Marín Morales, mayor, divorciada, oficios
domésticos, cédula de identidad número 0104720197, hija de María Teresa Morales
Herrera y Luis Marín Hidalgo, nacida en Pozos Santa Ana San José, el
08/02/1957, con 60 años de edad y Luis Ángel Cruz Gamboa, mayor, divorciado,
pensionado, cédula de identidad número 0104370837, hijo de María Cristina
Gamboa y Cornelio Cruz, nacida en Hospital Central San José, el 26/12/1954,
actualmente con 62 años de edad, ambos vecinos de Heredia, Sarapiquí, Río Frío
Finca dos, antigua “Chica Pica”, 75 metros al este casa de cemento blanca a
mano derecha. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para
que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este
Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp.:
Nº 17-000305-1343-FA.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y
Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia Familia), Sarapiquí, Heredia,
16 de noviembre del 2017.—Licda. Mariselle Zamora Ramírez, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017197933 ).
Han comparecido a este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil Víctor Manuel Mora Coto, mayor, viudo,
pensionado, cédula de identidad número tres-ciento treinta y dos-ochocientos
veintinueve, hijo de Teofilio Mora Guzmán y Ana María Coto Castro, nacido en
Santa Cruz, Turrialba, Cartago, el treinta de enero de mil novecientos treinta
y ocho, con setenta y nueve años de edad y Virginia Arias Marín, mayor,
divorciada una vez, ama de casa, cédula de identidad número uno-trescientos
setenta y cuatro-seiscientos catorce, hija de Albertina Arias Marín, nacida en
Mercedes Sur, Puriscal, San José, el trece de marzo de mil novecientos cuarenta
y nueve, actualmente con sesenta y ocho años de edad. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 17-000472-0675-FA-I.—Juzgado
de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba (Materia familia),
Turrialba, 27 de noviembre del 2017.—Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017197935 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil: Justo Rafael Obando Chévez, mayor, soltero,
conductor de autobuses, cédula de identidad número 0502500340 y Ligia María
Fallas Calderón, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número
0603360048; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Puntarenas. Si
alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio
se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de
los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp.: Nº
17-001250-1146-FA.—Juzgado de Familia de Puntarenas, 24 de noviembre del
2017.—Licda. Jacqueline María Murillo Murillo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2017197941 ).
José de la Trinidad Umaña Navarro y Yoshi Cristina
Monge Bejarano, cédula por su orden: 1-1197-296 y 1-1300-251; vecinos de San
José, Desamparados, San Miguel, El Llano, del Bar Chalangos 75 oeste, casa
esquinera B-3, desean contraer matrimonio y afirman reunir todos los requisitos
de ley. La oposición de alguien con interés legítimo, debe ser presentada ante
este Juzgado dentro de los ocho días luego de esta publicación. Publíquese por
una única vez. Expediente 17-001715-0637-FA, fecha 16-11-2017.—Juzgado de
Familia de Desamparados.—Licda. Mailyn Durán Solano, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017197942 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil de Jacqueline Durán Méndez, mayor, soltera, ama de
casa, cédula de identidad número 0304610962, vecina de Tobosi del Guarco, de la
plaza de deportes 200 m norte y 200, oeste, frente Licorera Los González, hija
de Ana Lorena Méndez Rivera y Adolfo Durán Fernández, nacida en Oriental
Central Cartago, el 11/05/1992, con 25 años de edad, teléfono 6252-5994 y Óscar
Eduardo Ramírez Sánchez, mayor, soltero, peón agrícola, cédula de identidad
número 0303840768, vecino de Tobosi del Guarco, de la plaza de deportes 200 m
norte y 200 oeste frente Licorera Los González, hijo de Ana Isabel Ramírez
Sánchez, nacida en Oriental Central Cartago, el 11/12/1982, actualmente con 35
años de edad. Las personas comparecientes manifiestan: Venimos ante su
autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en
matrimonio civil dado que no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo
solicitamos se llame a declarar a los testigos: Marta Eligia Ramírez Montero y
Marisela Ramírez Ramírez. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento
para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en
este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto.
Exp.: Nº 17-003107-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 06 de
diciembre del 2017.—Licda. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2017197943 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil Denisse Pamela Bermúdez Ortiz, mayor, soltera,
asesora, cédula de identidad Nº 115430483, vecina San José, La Uruca, La
Peregrina, Residencial Las Magnolias, de la iglesia Evangélica 50 metros norte,
casa de dos plantas, color blanco con negro, hija de Marcela Ortiz Méndez y
Henry Bermúdez Córdoba, nacida en Carmen, Central, San José, el 29/07/1993, con
24 años de edad, y Frank Alvarado Acuña, mayor, soltero, mecánico, cédula de
identidad Nº 0901230362, vecino de San José, La Uruca, La Peregrina,
Residencial Las Magnolias, de la iglesia Evangélica 50 metros norte, casa de
dos plantas, color blanco con negro, hijo de Francisco Xavier Alvarado Arrieta
y Ana Carolina Acuña Jarquín, nacido en Estados Unidos de América, el
27/02/1991, actualmente con 25 años de edad. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que
este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este
Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto,
expediente Nº 17-000836-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José,
01 de diciembre del 2017.—Licda. Wendy Blanco Donaire, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017197973 ).
Han comparecido a este Despacho, solicitando
contraer matrimonio civil Alejandra Patricia Madrigal Ureña, mayor, cédula de
identidad número 0114490218, domicilio en Poás de Aserrí, con 27 años de edad,
ama de casa, y Geiner Manuel Delgado Cervantes, mayor, Soltero/a, cédula de
identidad número 0114710949, domicilio en Poas de Aserrí el 04/08/1991,
actualmente con 26 años de edad, mecánico; ambas personas contrayentes tienen
el domicilio en Poás de Aserrí, San José. Si alguna persona tiene conocimiento
de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho, dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Exp. Nº17-000094-1698-CI.—Juzgado Contravencional y
de Menor Cuantía de Aserrí (Materia Civil), San José, 05 de diciembre del
año 2017.—Licda. Helen Mora Salazar, Jueza.—1 vez.—( IN2017198240 ).
Ante esta notaría, los señores Matthew Benjamín
(nombre) Peters (apellido) de nacionalidad estadounidense, con pasaporte número
481445459 y Amanda Elizabeth (nombre) Wilson (apellido) de nacionalidad
estadounidense, con pasaporte número 481445461, han solicitado licencia para
contraer matrimonio civil. Se cita a terceros e interesados a presentar las
oposiciones si las hubiera mediante envío de fax al número 2653-2153.—Playa
Tamarindo, Guanacaste, siete de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Ricardo
Cañas Escoto, Notario.—1 vez.—( IN2017198796 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil, David Esteban Barrantes Vega, cédula 2-547-931, 37
años de edad, divorciado, ebanista, costarricense, nativo de Centro, Grecia,
Alajuela, nació el 01-03-1980, hijo de Mario Barrantes Rojas y Ana Isabel Vega
Salazar y Abigail Alvarado Gamboa, cedula 2-753-205, 21 años de edad, soltera,
dependiente, costarricense, nativa de Centro, Grecia, Alajuela, nació el
14-05-1996, hija de José Francisco Alvarado Alfaro y María Auxiliadora Gamboa
Rojas, ambos vecinos de Sarchí. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Exp. Nº 17-000026-1480-CI.—Juzgado Contravencional y
Menor Cuantía de Valverde Vega (Materia Civil), 6 de diciembre del
2017.—Nuria Rodríguez Gonzalo, Jueza.—1 vez.—( IN2017198855 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil Sebastián Espinoza Bonilla, mayor, soltero,
estudiante, cédula de identidad N° 02-0754-0998, nombre del progenitor Jorge
Alberto Espinoza Corrales y nombre de la progenitora Matilde Ania Bonilla
Rodríguez, nació en Centro Grecia, Alajuela, el 04/07/1996, con 21 años de
edad, y Melany Cambronero Céspedes, mayor, soltera, estudiante, cédula de
identidad N° 02-0761-0646, nombre del progenitor Gerardo Cambronero Arguedas y
nombre de la progenitora Patricia Céspedes Alfaro, nació en centro, Grecia,
Alajuela, el 24/12/1996, actualmente con 20 años de edad.; ambas personas
contrayentes tienen el domicilio en Alajuela, Valverde Vega. Si alguna persona
tiene conocimiento de algún impedimento para
que, este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este
Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto.
Expediente Nº 17-000027-1480-CI.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de
Valverde Vega (Materia Civil), Alajuela, Valverde Vega, 06 de
diciembre del 2017.—Licda. Nuria Rodríguez Gonzalo, Juez.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017198856 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer
Matrimonio Civil Erika Idaly Cruz Marchena, mayor, soltera, miscelánea, cédula
de identidad número 0503170105, hija de Erick Cruz Rosales y Tomasa Marchena
Marchena, nacida en Filadelfia Carrillo Guanacaste, el 07/07/1980, 37 años de
edad y Sidar Antonio Angulo Contreras, mayor, soltero, mantenimiento de golf,
cédula de identidad número 0503080680, hijo de Jesús Didier Angulo Angulo y
Lucila Magali Contreras Marchena, nacido en Centro Nicoya Guanacaste, el
21/11/1978, actualmente con 38 años de edad, ambas personas contrayentes tienen
el domicilio en Belén de Carrillo, del Súper El Molino 300 metros sur, casa
color terracota número 15, Guanacaste, Carrillo. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Exp.: Nº 17-000037-1583-CI.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Carrillo (Materia Civil),
Guanacaste, Carrillo, 23 de noviembre del 2017.—Licda. Amadita Barrantes
Delgado, Notaria.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017198857 ).
Por haberse
ordenado así en la causa Nº 02-000062-0064-PE seguida contra Máximo Rojas Leiva
por el delito de infracción a la Ley de Psicotrópicos, cometido en perjuicio de
la salud pública; se publica el presente edicto, a fin que se le notifique a la
señora Sabina Escalante Céspedes, costarricense, cédula de identidad número
6-0188-0584, la resolución de las diez horas ceros minutos del cuatro de
diciembre del año dos mil diecisiete, que literalmente dice: “Encontrándose
firme la sentencia N° 153-2012, de las quince horas con quince minutos del diez
de abril del año dos mil doce y siendo que por error involuntario se omitió
disponer en la sentencia supra indicada en cuanto al dinero que se encuentra en
el SDJ, gírese a favor de la señora Sabina Escalante Céspedes, cédula de
identidad número 6-0188-0584, por concepto de devolución de fianza, la suma de
cuarenta mil colones, depositado mediante la boleta número 684530, con fecha 21
de enero de 2002, del Banco de Costa Rica. Habiéndose solicitado al Organismo
de Investigación Judicial (O.I.J.) indicar el último domicilio reportado para
la fiadora Sabina Escalante Céspedes y dado a que el resultado de la cita que
le fue enviada arrojó un resultado negativo, se ordena publicar edicto en el
Diario Oficial La Gaceta y periódico nacional con el fin que se le
notifique a Sabina Escalante Céspedes, cédula de identidad número 6-0188-0584,
la presente resolución. Lo anterior, a efecto de que proceda a gestionar la
devolución del dinero antes indicado en el plazo de tres meses desde la
publicación del edicto. En caso de no presentarse a retirar la suma de dinero
indicada anteriormente, una vez transcurrido el plazo indicado a partir de la
firmeza de esta resolución, se ordena comiso a favor del Estado y la
consecuente comunicación a la Proveeduría Judicial para que disponga del mismo
sin necesidad de nueva resolución. Notifíquese. Lic. Manuel Gerardo Fallas
Calderón. Juez de Juicio.—Tribunal Penal de Pérez Zeledón.—Lic. Manuel
Fallas Calderón, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017198846 ).
Se previene a terceros de buena fe. Ministerio
Público, Fiscalía Adjunta contra la Delincuencia Organizada, San José, al ser
las nueve horas con treinta y cinco minutos del cinco de diciembre del dos mil
diecisiete. A fin de cumplir con el debido procedimiento de información
respecto de los diferentes bienes decomisados en la causa 16-000130-1219-PE,
por el delito de legitimación de capitales, de conformidad con lo dispuesto en
los artículos 87 a 93 de la ley 8204, se procede a comunicar a los propietarios
registrales y terceros interesados la pretensión de comiso sobre los bienes
decomisados e incautados, para que si así lo consideran se apersonen al proceso
tramitado en la Fiscalía Adjunta Contra la Delincuencia Organizada, ubicada en
el Primer Circuito Judicial de San José, Edificio de Tribunales, segundo piso,
a efectos de hacer valer sus derechos sobre los bienes, en el entendido de que
al no señalar medio se tendrán por comunicados y notificados de lo ocurrido.
Comuníquese a Cheves Norori Manuel de Jesús con pasaporte número
2011611950002N, en su condición de propietario registral del vehículo marca
Hyundai, estilo Tucson GL, placas BGC326, año 2012, color plateado; a Hernández
Gamboa Joseph Adolfo, con cédula de identidad número 1-1509-0570, en su
condición de propietario registral del vehículo marca Toyota, estilo Corolla,
placas BJH335, año 2010 y el vehículo maca Hyundai, estilo Tucson GLS, placas
833981, año 2011 color blanco; comuníquese a la sociedad anónima N.A.N.I
comercializadora de servicios y automóviles número 3-106-688137, en su
condición de propietaria registral del vehículo marca Hyundai, estilo Santa Fe
GLS, placas BHZ702, año 2015, color rojo; a Import Car Robson Sociedad Anónima
cédula jurídica número 3-101-424274, en su condición de propietaria registral
del vehículo marca Toyota, estilo Land Cruiser Prado VX, placas BHS061, año
2007, color gris y el vehículo marca Toyota, estilo Corolla, placas BGS460,
color azul, año 2009; a Chelsea Business Company sociedad Civil cédula jurídica
3-106-696299, en su condición de propietaria registral del vehículo maca Ford,
estilo Explorer, placas HWS272, año 2015, color blanco; a Los Autos de los
MARMAR Sociedad Civil, cédula jurídica 3-106-678801, propietaria registral del
vehículo marca Honda, estilo TRX250TE, placa MOT442948, color rojo, año 2014; a
Denisse Paola Ruiz Cartín, cédula N° 1-1531-241, en su calidad de propietaria registral
del vehículo marca Hyundai, estilo Elantra GLS, placas BGC691, color blanco,
año 2013. Comuníquese a Krisol C.R.C. Treinta y Tres Sociedad Anónima, con
cédula jurídica 3-101-631986, en su condición de propietaria registral de las
fincas números 2-297056-002 , 2-297056-003, 2-297056-004, 2-319712-015 situada
en La Guácima de Alajuela; a Xinia María Martínez Calvo, cédula N° 1-0895-0781
en su condición de acreedora hipotecaria de la finca 2-297056-002, ubicada en
La Guácima de Alajuela; a Santiago Agüero Salas, cédula de identidad
2-0311-0567, en su condición de acreedor hipotecario de las fincas 2-297056-003
y 2-297056-004 ubicada en la Guácima de Alajuela; a Remodelaciones Humbert W
Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-687628, en su condición
de propietaria registral
de las fincas
número 6-197331-000 y 6-211726-000, ubicadas en Puntarenas, Corredores.
Comuníquese a los interesados por medio del Boletín Judicial una sola
vez.—Ministerio Público, Fiscalía Adjunta contra la Delincuencia Organizada.—Lic.
Mónica Hernández Leiva, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2017198849 ).