BOLETÍN JUDICIAL N° 24 DEL 8
DE FEBRERO DEL 2018
Al señor Brian Stephen Tedeschi,
de actual domicilio ignorado, se le hace saber: Que en diligencia de exequátur
promovida por la señora Lilly Ghislaine Ching Soto,
contra él, para obtener la homologación de una sentencia de divorcio, dictada
por la Corte Suprema del distrito de Columbia, Estado de Washington, Estados
Unidos de América. Al efecto se ha dictado la resolución que dice: “Nue: 08-000255-0004-FA, Res: 001235-E-S1-2017, Sala Primera
de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las nueve horas treinta y seis
minutos del diecinueve de octubre de dos mil diecisiete. Solicitud para obtener
el exequátur de sentencia de divorcio, establecida por la señora Lilly Ghislaine Ching Soto, mayor de edad, divorciada, abogada,
nacionalidad costarricense, cédula de identidad N°
1-0938-0111, con residencia en el Estado de Washington D.C. Estados Unidos de
América, contra el señor Brian Stephen Tedeschi, de
un apellido en razón de su nacionalidad
estadounidense, mayor de edad, divorciado, pasaporte de su país número
P016165805, de domicilio y demás calidades ignoradas. Interviene en el proceso
el señor Roy Manuel Chig Soto, mayor de edad, casado,
auditor de sistemas, cédula de identidad N°
1-1056-0809, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma del
promovente. Además, intervino el licenciado Minor
Gómez Calvo, abogado y notario, colegiado N° 4398, en
calidad de apoderado especial judicial de la parte actora y el licenciado Juan
Alberto Román Moya, abogado, colegiado N° 24629, en
calidad de Curador Procesal Judicial de la parte demandada. Resultando: 1º.-...
2º.-... 3º.-... 4º- ... Considerando: I.-... II.-...III.-... Por tanto. Se
concede el exequátur solicitado a la sentencia de divorcio entre la señora
Lilly Ghislaine Ching Soto y el señor Brian Stephen Tedeschi, dictada el 03 de marzo del 2008, por la Corte
Suprema del Distrito de Columbia, Estado de Washington, Estados Unidos de
América. En consecuencia, procédase a la ejecución, por lo que se ordena
expedir ejecutoria de la presente resolución aprobatoria, con inserción de la
homologada, una vez que alcance firmeza, a fin de que la parte interesada
gestione lo que corresponda ante el Registro Civil. Se ordena inscribir. Publíquese
una vez en el Boletín
Judicial la parte
dispositiva de este fallo. Luis Guillermo Rivas Loáiciga,
Román Solís Zelaya, William Molinari Vílchez, Maribel
Seing Murillo, José Rodolfo León Díaz.
San José, 11 de enero del 2018
Anthony Quirós Madrigal,
Notificador
a. í
1 vez.—Exonerado.—(
IN2018214276 ).
HACE SABER
Al Archivo Notarial, Registro Civil, Registro
Nacional y Dirección Nacional de Notariado: Que en el proceso disciplinario
notarial N° 12-000261-0627-NO, de Ingrid Zúñiga Alvarado
contra Marcial Rolando Aguiluz Barboza (cédula de
identidad N° 1-604-440), este Juzgado mediante
resolución N° 186-2017 de las dieciséis horas treinta
y dos minutos del diecisiete de mayo del dos mil diecisiete, dispuso imponerle
al citado notario la corrección disciplinaria de tres años de suspensión en el
ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su
publicación en el Boletín
Judicial.
San José, 12 de setiembre del 2017.
Lic. Francis Porras León
Jueza
Tramitadora
1 vez.—Exonerado.—(
IN2018213787 ).
A la Dirección
Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro
Civil y a toda la ciudadanía en general, que en el Proceso Disciplinario
Notarial N° 09-000305-0627-NO, de Mildred Alfaro
Vargas contra Willy Curling Rutishsauser
(cédula de identidad 1-0486-0011), este Juzgado mediante resolución N° 344-2015 de las catorce horas y dieciocho minutos del
veintiocho de agosto de dos mil quince (confirmada por el Tribunal
Disciplinario Notarial mediante voto número 287-2017 de las diez horas diez
minutos del diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete), dispuso imponerle
al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el
ejercicio de la función notarial, en el entendido de que dicha suspensión se
mantendrá vigente hasta la inscripción final del testimonio correspondiente a
la escritura número sesenta y cinco. Rige ocho días naturales después de su
publicación en el Boletín
Judicial, de conformidad
con el artículo 161 del Código Notarial. Juzgado Notarial. Notifíquese.
San José, 11 de enero del 2018.
Lic. Francis
Porras León
Juez
Tramitador
1 vez.—Exonerado.—( IN2018214277 )
Al Archivo
Notarial, Registro Civil, Registro Nacional Y Dirección Nacional de Notariado:
Que en el Proceso Disciplinario Notarial N°
12-000671-0627-NO, de Yansy Morales Cabalceta contra Cindy Marcela Villalobos Valverde (cédula
de identidad 1-1079-145), este Juzgado mediante resolución N°
317-2017 de las doce horas cuarenta minutos del treinta y uno de julio del dos
mil diecisiete, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria
de dos meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho
días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Juzgado Notarial.
San José, 03 de octubre del 2017.
Lic.
Francis Porras León
Jueza
Tramitadora
1 vez.—Exonerado.—(
IN2018214278 )
Al Archivo
Notarial, Registro Civil, Registro Nacional y Dirección Nacional de Notariado:
Que en el proceso disciplinario notarial N°
12-000841-0627-NO, de Registro Inmobiliario Del Registro Nacional contra Erick
Joaquín Moya Sevilla (cédula de identidad 1-626-389), este Juzgado mediante
resolución N° 0424-2016 de las quince horas cuarenta
y siete minutos del veintinueve de setiembre del dos mil dieciséis, dispuso
imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión
en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su
publicación en el Boletín
Judicial.
San José, 02 de noviembre del 2017.
Lic. Francis G. Porras León
Juez
1 vez.—Exonerado.—(
IN2018214279 )
A la Dirección
Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro
Civil y a toda la ciudadanía en general, que en el Proceso Disciplinario
Notarial N° 12-000964-0627-NO, de Flor María Solano
Ruiz contra Wálter Vargas Barrantes (cédula de
identidad 6-0105-1167), este Juzgado mediante resolución N°
118-2017 de las trece horas y dos minutos del veinticuatro de marzo de dos mil
diecisiete (confirmada por el Tribunal Disciplinario Notarial mediante voto
número 0296-2017 de las diez horas del viernes veinticuatro de noviembre de dos
mil diecisiete), dispuso imponerle al citado notario la corrección
disciplinaria de tres años de suspensión en el ejercicio de la función
notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Juzgado
Notarial. Notifíquese.
San José, 20 de diciembre del 2017.
Lic. Francis
Porras León
Juez
Tramitador
1 vez.—Exonerado.—(
IN2018214280 )
Al Archivo
Notarial, Registro Civil, Registro Nacional y Dirección Nacional de Notariado:
Que en el Proceso Disciplinario Notarial N°
13-000091-1126-FC, de Heylin Adriana Navarro Umaña
contra Maycol Alejandro Borbón Elizondo, (cédula de
identidad 1-1054-728), este Juzgado mediante resolución N°
0316-2017 de las doce horas treinta y cuatro minutos del treinta y uno de julio
del dos mil diecisiete, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria
de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, la cual se
mantendrá vigente hasta que el denunciado acredite a este despacho haber
llevado a cabo finalmente la inscripción Registral de la escritura número 4 de
su tomo de protocolo número 19, otorgada en su notaría el día 19 de junio del
2012, en la cual el señor Julio Umaña Vargas dono a la denunciante, la finca de
San Jo número 488864-000 o bien, proceda a reintegrar a la denunciante Navarro
Umaña la suma de ciento cincuenta mil colones exactos. Rige ocho días naturales
después de su publicación en el Boletín
Judicial. Juzgado Notarial.
San José, 03 de octubre del 2017.
Lic. Francis
Porras León
Juez
Tramitador
1 vez.—Exonerado.—(
IN2018214281 )
A Orlando
Antonio Quirós Díaz, mayor, notario público, cédula de identidad Nº 6-207-566, de demás calidades ignoradas; que en proceso
disciplinario notarial Nº 14-000001-0627-NO
establecido en su contra por Banco Nacional de Costa Rica, se ha dictado la
sentencia Nº 469-2016 que en lo conducente dice:
“Sentencia de primera instancia Nº 081-2017. Juzgado
Notarial. A las dieciséis horas cincuenta y cuatro minutos del veintiocho de
febrero de dos mi diecisiete. Proceso disciplinario notarial Hilel Zomer Befeler,
mayor, abogado, vecino de Escazú, cédula de identidad Nº
1-0951-0840, en su condición de apoderado general judicial del Banco Nacional
de Costa Rica, contra Orlando Antonio Quirós Díaz, cédula de identidad Nº 6-0207-0566, carné de incorporado al Colegio de Abogados
y Abogadas de Costa Rica Nº 15427. Se tuvo como parte
a la Dirección Nacional de Notariado, de conformidad con el artículo 153 del
Código Notarial, pero no se apersonó al proceso. Resultando: 1.-..., 2.-...,
3.- ..., 4.-.... Considerando: I.- Hechos probados:...,
II.- Sobre el fondo:..., III.- De la sanción a imponer:.... Por tanto: se
declaran sin lugar la excepción de falta de derecho, así como también la
excepción de falta de legitimación activa, opuestas por la Defensa Pública en
favor del denunciado. Se declara con lugar el proceso disciplinario del Banco
Nacional de Costa Rica contra Orlando Antonio Quirós Díaz, a quien se le impone
una suspensión de tres meses en el ejercicio del notario. Dicha sanción al
tenor de lo estipulado en el artículo 161 del Código Notarial, regirá ocho días
naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Firme esta
resolución, se expedirán comunicaciones a las entidades que así lo requieran y
se publicará el edicto respectivo en el Boletín Judicial. Notifíquese. M.Sc. Juan Carlos Granados
Vargas, Juez.” y en la providencia dice “Juzgado Notarial. San José, a las
trece horas cuarenta y ocho minutos del uno de noviembre del dos mil
diecisiete. De conformidad con lo dispuesto por el numeral 263 del Código
Procesal Civil, reformado por el artículo 19 de la Ley de Notificaciones,
Citaciones y otras Comunicaciones Oficiales, aplicado supletoriamente por
disposición del artículo 163, párrafo 2° del Código Notarial, notifíquese al
notario Orlando Antonio Quirós Díaz, la presente resolución, así como la parte
dispositiva de la sentencia Nº 081-2017, dictada a
las dieciséis horas cincuenta y cuatro minutos del veintiocho de febrero del
dos mil diecisiete, por medio de edicto que se publicará por una vez en el Boletín Judicial. Notifíquese.
San José, 01 de
noviembre del 2017.
Lic.
Francis Porras León,
Juez
Notarial
1 vez.—Exonerado.—(
IN2018214283 ).
Al Archivo
Notarial, Registro Civil, Registro Nacional y Dirección Nacional de Notariado:
que en el proceso disciplinario notarial N° 14-000281-0627-NO,
de Registro Civil contra Víctor Julio Castillo Solís (cédula de identidad Nº 2-324-093), este Juzgado mediante resolución N° 0300-2015 de las doce horas treinta y siete minutos del
treinta y uno de julio del dos mil quince, dispuso imponerle al citado notario
la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la
función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 10 de noviembre del 2017.
Lic.
Francis Porras León,
Jueza
Tramitadora
1 vez.—Exonerado.—(
IN2018214284 ).
A la Dirección
Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro
Civil, y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario
notarial Nº 16-000626-0627-NO, de Registro Civil
contra Rafael Valverde Ramírez, cédula de identidad Nº
1-0966-0378, este Juzgado mediante resolución Nº
385-2017 de las once horas y diecisiete minutos del veintiocho de setiembre del
dos mil diecisiete, dispuso imponerle al citado notario la corrección
disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial.
Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 27 de octubre del 2017.
M.Sc. Francis Porras León
Juez
Tramitador
1 vez.—Exonerado.—(
IN2018214993 )
SEGUNDA PUBLICACIÓN
A las trece horas treinta minutos del dos de marzo
del año dos mil dieciocho (13:30 p.m. del 02/03/2018), en la puerta exterior de
este Despacho, y con la base de nueve millones ochocientos diez mil seiscientos
setenta y cuatro colones con ochenta y tres céntimos (¢9.810.674.83) valor
otorgado por el peritaje de folio 221, en el mejor postor remataré lo
siguiente: bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 59619 derechos 000,
finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, Partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, la cual es terreno con una casa de
habitación. Situada en el distrito Primero Bagaces, cantón cuarto Bagaces,
provincia Guanacaste. Colinda: al norte, este y oeste, con Alfonso Vargas
Lamas; al sur, calle pública con dieciséis metros y sesenta y cinco centímetros
lineales, con plano catastrado N° G-0715314-1987.
Mide: setecientos ochenta metros con treinta y seis decímetros cuadrados. De no
haber postores, para llevar a cabo el Segundo remate, se señalan las trece
horas treinta minutos del veintitrés de marzo del año dos mil dieciocho (13:30
p.m. del 23/03/2018), con la base de siete millones trescientos cincuenta y
ocho mil seis colones con doce céntimos (¢7.358.006,12) rebajada en un 25%. De
no apersonarse rematantes, para el Tercer remate, se señalan las trece horas
treinta minutos del dieciséis de abril del año dos mil dieciocho (13:30 p.m.
del 13/04/2018), con la base de dos millones cuatrocientos cincuenta y dos mil
seiscientos sesenta y ocho colones con setenta céntimos (¢2.452.668,70)
rebajada en 75%. Se remata por ordenarse así en Proceso OR.S.PRI. Prestac. Laborales de Félix Clinton Conly
contra Brayan Macdaniels y Underground
Paradise Limitada. Exp.: 11-000021-0942-LA.—Juzgado
Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, (Liberia) (Materia Laboral), 23 de enero
del 2018.—Licda. Aura Lisseth Cedeño Yanes, Jueza.—( IN2018214390 ).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Jordan Gerardo Morales Meza, quien fue mayor, soltero,
domicilio mayor, soltero en unión libre, de 21 años de edad, peón operario,
vecino de El Alto de Quitirrisi, de la Escuela Nueva
hacia la carretera principal 50 metros, cédula de identidad 1 1633-304, cédula
de identidad número, se les hace saber que: Eduardo Vásquez Hernández mayor,
costarricense, casado, de 45 años de edad, vecino de El Alto de Quitirrisí de Mora, de la antigua escuela 150 metros
carretera a Puriscal, casa mano derecha , se apersonó en este Despacho, en
calidad de padrastro del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias
de Consignación de Prestaciones, por ello, se les cita y emplaza por medio de
edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho
días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este
Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del
trabajador fallecido Jordán Gerardo Morales Meza. Expediente número
17-000117-1529-LA.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Puriscal
(Materia Laboral), 23 de enero
del año 2018.—Licda. Charlyn Miranda Arias, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2018213797 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Miguel Ángel Chacón Bermúdez, fallecido el 01 de octubre del año 2017, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector
público bajo el número 17-001826-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Exp. N° 17-001826-0166-LA.
Promovida por María Luz Flores Berrocal a favor de Miguel Ángel Chacón Bermúdez.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José,
Goicoechea, 22 de enero
del 2018.—M. Sc. Andrés Grossi Castillo, Juez.—1
vez.—Exonerado.—( IN2018213800 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Manuel Brenes Campos mayor, casado, jornalero, vecino de San Antonio de
Puriscal y falleció el 29 de octubre del año 2017. se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector
privado bajo el Nº 18-000003-1529-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del
Código de Trabajo.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Puriscal (Materia laboral), 18 de enero del 2018.—Licda. Charlyn
Miranda Arias, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018213803 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de la fallecida Damaris Loría
Arguedas, quien en vida era mayor, costarricense, viuda, ama de casa, cédula de
identidad número 2-197-672, que falleció el día 19 de noviembre del 2017 y su
último domicilio fue en San Ramón, San Pedro; 100 metros antes del Colegio
Bilingüe; se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este despacho en las diligencias de distribución de prestaciones de
personas trabajadoras fallecidas, bajo el número 18-000018-0694-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
18-000018-0694-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial
de Alajuela (San Ramón) (Materia Laboral), 23 de enero del año 2018.—Dr. Minor
Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018213805 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del veinte de marzo de dos mil
dieciocho y con la base de treinta y cinco millones colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número 151804-000 cero cero cero, la cual es terreno de caña. Situada en el distrito 06
Pavones, cantón 05 Turrialba de la provincia de Cartago. Colinda: al norte
Edgar Sandoval Corrales; al sur servidumbre en medio
de Luz Milda Solano Araya; al este Margarita Gamboa
Calderón y al oeste Edgar Sandoval Corrales. Mide: mil ochocientos setenta y
cuatro metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las ocho horas y treinta minutos del trece de abril de dos mil
dieciocho, con la base de veintiséis millones doscientos cincuenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de mayo de dos mil dieciocho,
con la base de ocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 del párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Reinaldo
Roque Espinoza Chavarría. Expediente: 17-002850-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 16 de enero del 2018.—Lic. Guillermo Ortega Monge,
Juez.—( IN2018214055 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada, reservas y restricciones; a las once horas y cero
minutos del seis de marzo de dos mil dieciocho, y con la base de veinte
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número ciento catorce mil ochocientos
setenta y seis cero cero cero,
la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito 01 Guápiles,
cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Carlos Alberto
Damas Muñoz Montero; al sur, Michael Araya Masis y servidumbre de paso; al
este, calle pública con frente de 8.50 metros, y al oeste, Inversiones Varce del Atlántico S.R.L. Mide: Doscientos doce metros con
un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las once horas y cero minutos del veintiuno de marzo de dos mil
dieciocho, con la base de quince millones de colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y
cero minutos del trece de abril de dos mil dieciocho con la base de cinco
millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Luis Alberto Castillo Monestel. Exp. N° 17-003218-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 16 de enero del 2018.—Lic. Johnny Esquivel Vargas,
Juez.—( IN2018214205 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada citas 0356-00003204-01-901-001; a las catorce horas y
quince minutos del trece de marzo de dos mil dieciocho y con la base de
cuarenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos treinta y ocho mil
seiscientos cuarenta y uno-cero cero cero, la cual es
terreno para construir con una casa. Situada en el distrito San Isidro de El
General, cantón Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte
calle pública; al sur Matías Picado Abarca; al este, calle pública y al oeste
Matías Picado Abarca. Mide: mil metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados.
Plano: SJ-0595122-1985. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
quince minutos del cuatro de abril de dos mil dieciocho, con la base de treinta
mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del diecinueve de abril
de dos mil dieciocho con la base de diez mil dólares exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Propiedades de la Unión Magdalena Sociedad Anónima contra Amalia
Damaris Barrantes Muñoz, Arsenio Picado Ureña. Expediente: 17-011596-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José.—M.Sc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—( IN2018214206 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y
treinta minutos del catorce de marzo de dos mil dieciocho, y con la base de
treinta y cinco mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José (1),
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
456752-000, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir con una casa
lote 6 bloque a situada en el distrito 3-San Rafael cantón 2-Escazú de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Inversiones Li Sociedad Anónima; al
sur, zona verde con un frente a ella de 6.14 metros; al este, lote siete y al
oeste lote cinco. Mide: ciento veintisiete metros con cuarenta y cuatro
decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las diez horas y
treinta minutos del cinco de abril de dos mil dieciocho, con la base de
veintiséis mil seiscientos veinticinco dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las diez horas y
treinta minutos del veinticuatro de abril de dos mil dieciocho con la base de
ocho mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Propiedades Don Jerónimo Sociedad Anónima contra Carmen María
Azofeifa Rojas. Exp: 17-017065-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 07 de diciembre del 2017.—Licda.
María Mora Saprissa, Jueza.—( IN2018214207 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas
y cero minutos del seis de marzo del dos mil dieciocho y con la base de dos
millones ciento setenta y tres mil seiscientos veinticinco colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número 241300-000m, la cual es terreno para construir con una casa. Situada
en el distrito Cinco Esquinas, cantón Tibás de la provincia de San José.
Colinda: al norte INVU; al sur acera 1 con 5 m. 43
cm.; al este INVU y al oeste INVU. Mide: setenta y nueve metros con cincuenta y
siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas
y cero minutos del veintiuno de marzo del dos mil dieciocho, con la base de un
millón seiscientos treinta mil doscientos dieciocho colones con setenta y cinco
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las quince horas y cero minutos del trece de abril del dos mil
dieciocho, con la base de quinientos cuarenta y tres mil cuatrocientos seis
colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Ana del Carmen Jimenez Solorzano. Expediente: 17-007717-1765-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Tercera, 15 de noviembre del 2017.—Lic.
Gonzalo Gamboa Valverde, Juez.—( IN2018214229 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
condiciones citas 327-19676-01-0901-039; a las ocho horas y cero minutos del
primero de marzo de dos mil dieciocho, y con la base de tres millones
doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y nueve mil
trescientos cuatro cero cero cero
la cual es naturaleza: lote uno, terreno para construir con solar. Situada en
el distrito 02-Sabalito, cantón 08-Coto Brus, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, con resto de finca de María Marín; al sur, con Estrella
Durán Matamoros y quebrada en medio; al este, con resto de finca de María
Marín, y al oeste, con calle pública con el frente a ella de 21 metros con 13
centímetros lineales. Mide: quinientos cuarenta y cuatro metros con cero
decímetros cuadrados. Plano: P-1456130-2010. Para el segundo remate se señalan
las ocho horas y cero minutos del dieciséis de marzo del dos mil dieciocho, con
la base de dos millones cuatrocientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta
minutos del dos de abril de dos mil dieciocho con la base de ochocientos mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Carlos Luis Monge Marín. Exp. N° 16-001102-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor
Cuantía y Contravencional de Golfito (Materia Cobro), 14 de diciembre del 2017.—Lic.
German Esquivel Campos, Juez.—( IN2018214231 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las quince horas y
cuarenta y cinco minutos del veintiocho de febrero de dos mil dieciocho, y con
la base de trescientos noventa y ocho mil setecientos cincuenta y seis colones
con setenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo: placas cinco seis nueve seis seis uno
(569661), marca Kia, estilo Sportage, año 1999, color verde, vin KNDJA7231X5595729, categoría automóvil, tracción 4x4,
carrocería station wagon o
familiar, N. motor NR, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan
las quince horas y cuarenta y cinco minutos del quince de marzo de dos mil
dieciocho, con la base de doscientos noventa y nueve mil sesenta y siete
colones con cincuenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cuarenta y cinco
minutos del seis de abril de dos mil dieciocho con la base de noventa y nueve
mil seiscientos ochenta y nueve colones con diecinueve céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Agencia Datsun Sociedad Anónima contra
Adonay Rodríguez Bustos, expediente Nº
12-003295-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia cobro), 24 de noviembre del 2017.—Lic. German Valverde
Vindas, Juez.—( IN2018214263 ).
A las quince
horas del diecinueve de febrero del dos mil dieciocho (3:00 p. m. del 19/02/2018),
en la puerta exterior de este Despacho Juzgado de Familia de Heredia y con la
base de dos millones ochocientos once mil sesenta colones, con cero céntimos
(¢2 811 060,00), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca que se
describe así, inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 406388-000 la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito 5-San Rafael, cantón
4-Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con
6.03 metros; al sur, Alcides Marín Guerrero; al este, Didier Marín Vargas y al
oeste, Carmen Salazar Loaiza. Mide: ciento sesenta y dos metros con ochenta y
un decímetros cuadrados. El cual se encuentra libre de anotaciones y gravamen.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución sentencia de María Margarita
Galán Valdez contra Arcelio Salazar Cordero. Exp:
09-400008-0197-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 06 de diciembre del 2017.—Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—Exonerado.—(
IN2018214274 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y
treinta minutos (9:30 a. m.) del dos de marzo de dos mil dieciocho, y con la
base de cuatro mil setecientos sesenta y seis dólares con setenta y cuatro
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa número
777636, marca: Kia, estilo: Río, vin:
KNADC125956369884, año: 2005, color: Blanco, capacidad: 5 personas. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos (9:30 a. m.) del
tres de abril de dos mil dieciocho, con la base de tres mil quinientos setenta
y cinco dólares con cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos (09:30 am)
del veinte de abril de dos mil dieciocho con la base de mil ciento noventa y un
dólares con sesenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Randall Mauricio Viquez
Chavarría. Exp. N°
16-011563-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 23 de enero del año 2018.—Licda.
Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2018214341 ).
A las quince
horas y treinta minutos del dos de abril del año dos mil dieciocho, en la
puerta exterior de este Despacho, soportando servidumbre trasladada, bajo las
citas:0292-00013886-01-0004-001 y con la base de ocho millones novecientos
ochenta y ocho mil quinientos cincuenta y dos colones con diez céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público al
Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número 00150714-000. Que es
terreno: con una casa. Sito: distrito 11 San Rafael Abajo, cantón 03
Desamparados, de la provincia de San José. Linderos: norte, calle pública; sur,
Ana Isabel Herrera Soto; este, calle pública, y oeste, Guillermo Rojas Mora.
Mide: trescientos cuarenta y cuatro metros con nueve decímetros cuadrados. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa
Rica contra Héctor Julio de la Trinidad Aguilar Castro. Exp.:
06-027054-0170-CA. Notifíquese.—Juzgado Especializado de
Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 31 de enero del 2018.—Lic. Henry
Steven Sanarrusia Gómez, Juez.—( IN2018214352 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
condiciones ref: 2098-041-001, bajo las citas
0294-00004281-01-0901-005, a las catorce horas y cuarenta minutos del dieciséis
de marzo del dos mil dieciocho y con la base de cuarenta y siete millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número sesenta y seis mil setecientos treinta y tres-cero
cero cero, la cual es terreno de solar con una casa.
Situada en el distrito 04 Germania, cantón 03 Siquirres, de la provincia de
Limón. Colinda: al norte, Mario Craffort Craffort; al sur, calle pública con un frente de 48 metros
33 centímetros; al este, Gerardo Mejía Rodríguez y al oeste, Félix Carranza
Cubero. Mide: cuatro mil doscientos veinticuatro metros con ochenta y siete
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
cuarenta minutos del dos de abril del año dos mil dieciocho, con la base de
treinta y cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce
horas y cuarenta minutos del diecisiete de abril del año dos mil dieciocho con
la base de once millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Maquinaria y Equipo Pesado Transnavi
S. A., expediente Nº 17-004167-1208-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona
Atlántica (Materia cobro), 19 de
diciembre del 2017.—Licda. Hazel Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2018214357 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las once horas y
treinta minutos del cinco de abril del año dos mil dieciocho y con la base de
cuatro mil doscientos ochenta y tres dólares con doce centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo: placas Nº
840305, marca Suzuki, número chasis: MA3FC31S1AA292530, estilo Celerio GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año
2010, color rojo. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta
minutos del veintitrés de abril del dos mil dieciocho, con la base de tres mil
doscientos doce dólares con treinta y cuatro centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta
minutos del nueve de mayo del dos mil dieciocho con la base de mil setenta
dólares con setenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra
María Fernanda Córdoba López, expediente Nº
16-020457-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José,
Sección Tercera, 01 de febrero
del 2018.—Licda. Mayela Gómez Pacheco, Jueza.—( IN2018214360 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; pero
soportando reservas y restricciones citas 347-08034-01-0900-001; a las quince
horas y treinta minutos del dos de abril del año dos mil dieciocho, y con la
base de seis millones setecientos uno mil seiscientos cincuenta y tres colones
con ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de folio real, matrícula número cincuenta y tres mil setecientos tres
cero cero cero la cual es
terreno con una casa. Situada en el distrito 2-Mansión, cantón 2-Nicoya, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Leopoldo Sequeira Guevara; al sur,
Benigno Matarrita Obando; al este, calle pública con 13 m. 99 cm. y al oeste,
Leopoldo Sequeira Guevara. Mide: cuatrocientos diecinueve metros con noventa y
ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y
treinta minutos del dieciocho de abril del año dos mil dieciocho, con la base
de cinco millones veintiséis mil doscientos treinta y nueve colones con ochenta
y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta
se señalan las quince horas y treinta minutos del cuatro de mayo del año dos
mil dieciocho con la base de un millón seiscientos setenta y cinco mil
cuatrocientos trece colones con veintisiete céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza
R. L. contra Donato Carrillo Obando. Exp. N° 17-005250-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia
Cobro), 13 de
diciembre del año 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018214362 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; soportando hipoteca de primer grado citas
2010-320099-01-0003-001 y condiciones ref: 00083929
001, citas: 403-00733-01-0902- 001; a las siete horas y veinticinco minutos del
siete de marzo de dos mil dieciocho, y con la base de doce millones de colones
exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número ciento cuatro mil setecientos setenta y dos
cero cero cero la cual es
terreno lote 31 terreno para construir con una casa de habitación un local
comercial. Situada en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Quepos, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte, Mariana Céspedes Chaves; al sur, Mariana
Céspedes Chaves; al este, calle publica con un frente de 14,50 metros, y al
oeste, Mariana Céspedes Chaves. Mide: Trescientos metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las siete horas y veinticinco minutos del veintidós
de marzo de dos mil dieciocho, con la base de nueve millones de colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las siete horas y veinticinco minutos del trece de abril de dos mil dieciocho
con la base de tres millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Juan
Luis De Jesús Portuguez Calderon
contra John Fredy Castellanos Guerrero, Wilberth Gerardo Alvarado Machado. Exp. N° 17-000119-0432-CI.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 20 de diciembre del 2017.—Lic. Alejandro Brenes
Cubero, Juez.—( IN2018214367 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, a
las diez horas y cero minutos del primero de marzo del dos mil dieciocho, y con
la base de ocho millones seiscientos dieciocho mil seiscientos setenta y ocho
colones con ocho céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y seis mil ciento
cincuenta y seis cero cero cero,
la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 3-San Antonio,
cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Cecilio
Grijalba Grijalba; al sur, Rosa Ángela Grijalba
Obando; al este, Rosa Angela Grijalba Obando, y al oeste, calle pública. Mide:
mil ciento diecisiete metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Para el
segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de marzo
del dos mil dieciocho, con la base de seis millones cuatrocientos sesenta y
cuatro mil ocho colones con cincuenta y seis céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y
cero minutos del nueve de abril del dos mil dieciocho, con la base de dos
millones ciento cincuenta y cuatro mil seiscientos sesenta y nueve colones con
cincuenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza
R.L. contra María de los Ángeles Víctor Grijalba. Expediente Nº 17-004752-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón (Materia
Cobro), 30 de
noviembre del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018214368 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
Reservas y Restricciones inscritas bajo las citas 318-5409-01-0901-002; a las
trece horas y treinta minutos del veinticuatro de abril del año dos mil
dieciocho, y con la base de treinta y seis millones ochocientos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número quinientos once mil ochocientos ochenta y cuatro
la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 San
Marcos, cantón 05 Tarrazú, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, Milagro Picado Ureña; al sur, calle pública; al este,
Rafael Chanto y al oeste, Milagro Picado Ureña. Mide: trescientos cincuenta y
seis metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para el Segundo remate
se señalan las trece horas y treinta minutos del quince de mayo del año dos mil
dieciocho, con la base de veintisiete millones seiscientos mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan
las trece horas y treinta minutos del treinta de mayo del año dos mil dieciocho
con la base de nueve millones doscientos mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Emilio José Elizondo Castillo. Exp.: 15-012778-1012-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 25 de enero del 2018.—Lic.
Carlos Alberto Marín Angulo, Juez.—( IN2018214371 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas
y treinta minutos del nueve de marzo de dos mil dieciocho y con la base de
cincuenta millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 6720-000, la cual es
terreno de pasto, árboles y cultivos. Situada en el distrito 6 Tierras Morenas,
cantón 8 Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Rancho Kapu S. A. y quebrada sin nombre y Río Cabuyo; al sur,
Banco Crédito Agrícola de Cartago y Juan Carlos Loría Calvo; al este, Rancho Kapu S. A. y servidumbre agrícola con frente a ella de 7
metros y al oeste, Ganadera Fruta Negra S. A. Quebrada Aguas Gatas. Mide:
trescientos cincuenta y siete mil seiscientos noventa metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dos de abril de
dos mil dieciocho, con la base de treinta y siete millones quinientos mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de abril de
dos mil dieciocho con la base de doce millones quinientos mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Luis Diego Pérez Pérez
contra Rancho Kapu Sociedad Anónima. Exp: 16-005542-1164-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro de Cartago, 29 de enero
del 2018.—Licda. Angélica Delgado Madrigal, Jueza.—( IN2018214374 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; pero soportando hipoteca de primer grado citas
2010-290516-01-0003-001, reservas de Ley de Aguas y ley de Caminos Públicos
citas 310-02037-01-0002-001, dos servidumbre de aguas pluviales citas
575-29310-01-0001-001 y 575-29889-01-0001-001; a las catorce horas y treinta
minutos del diecinueve de marzo de dos mil dieciocho (2:30 pm / 19/03/2018), y
con la base de setenta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 76041-F-000,
la cual es finca filial primaria individualizada número cien apta para
construir que se destinara a uso residencial la cual podrá tener una altura
máxima de tres pisos. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de
la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, finca filial primaria
individualizada número ciento uno; al sur, finca filial primaria
individualizada número noventa y nueve; al este, calle pública y al oeste
acceso dos. Mide: cuatrocientos sesenta y nueve metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del doce de abril
de dos mil dieciocho (2:30 pm. / 12/04/2018), con la base de cincuenta y dos
millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del
treinta de abril de dos mil dieciocho (2:30 pm. / 30/04/2018) con la base de
diecisiete millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Dinia del Carmen Angulo de la O, Joaquín
Bernardo Hernández Pacheco. Exp. N°
17-010023-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 22 de enero del 2018.—Licda.
Angélica Delgado Madrigal, Jueza.—( IN2018214375 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre de paso citas: 2013-113056-01-0004-001 y servidumbre de paso citas:
2013-113056-01-0004-001; a las once horas y treinta minutos del veinte de marzo
de dos mil dieciocho, y con la base de ocho millones doscientos sesenta y
cuatro mil doscientos sesenta colones con ochenta y un céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
243854 la cual es terreno lote dos terreno de agricultura. Situada en el
distrito 02 Santiago, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda:
al norte, Yorleny Corrales Zamora; al sur, Yorleny Corrales Zamora; al este,
servidumbre y al oeste, Damaris Y Nidia Quirós Vega y Nieves Bocan Barrantes. Mide: Tres mil ciento cincuenta metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos
del trece de abril de dos mil dieciocho, con la base de seis millones ciento
noventa y ocho mil ciento noventa y cinco colones con sesenta y un céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las once horas y treinta minutos del dos de mayo de dos mil dieciocho con la
base de dos millones sesenta y seis mil sesenta y cinco colones con veinte
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Yorleny De Los Ángeles Corrales Zamora. Exp.
N° 17-010329-1164-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro de Cartago, 18 de enero
del 2018.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2018214376 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas
y treinta minutos del dos de marzo de dos mil dieciocho, y con la base de
treinta y ocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número dieciséis
mil ciento ochenta y cinco-cero cero cero, la cual es
terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Puntarenas,
cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote
19; al sur, áreas verdes y calle pública, con 11 mts.
03 cts; al este lote 8, pared medianeria
y al oeste, calle pública, con 20 mts. Mide:
doscientos veintisiete metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de
marzo de dos mil dieciocho, con la base de veintiocho millones quinientos mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de abril de dos
mil dieciocho con la base de nueve millones quinientos mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Édgar Antonio Jiménez
Veliz, expediente Nº 17-002469-1207-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 31 de octubre del 2017.—Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—(
IIN2018214378 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas y restricciones citas:0302-00004979-01-0901-001, servidumbre de paso
citas:0575-00038036-01-0005-001, servidumbre de paso citas:
2009-00026566-01-0026-001, servidumbre de paso citas:
2009-00026566-01-0026-001, servidumbre de paso citas: 2009-00026566-01-0106-
001, servidumbre de paso citas: 2009-00026566-01-0106-001, servidumbre de paso
citas: 2009-00026566-01-0136-001, servidumbre de paso citas:
2009-00026566-01-0136-001,servidumbre de paso citas: 2009-
00026566-01-0234-001, servidumbre de paso citas: 2009-00026566-01-0234- 001,
servidumbre de paso citas: 2009-00026566-01-0273- 001, servidumbre de paso
citas: 2009-00026566-01-0273-001, servidumbre de paso citas:
2009-00282255-01-0001-001, servidumbre de paso citas:
2011-00105890-01-0006-001; a las once horas veinticinco minutos del seis de
marzo de dos mil dieciocho, y con la base de ciento treinta y dos mil cuarenta
y nueve dólares con setenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
1) Finca inscrita en el Registro Público, partido de partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento
setenta y nueve mil seiscientos sesenta y ocho cero cero
cero la cual es terreno para construir con una casa
de habitación destinada a vivienda. Situada en el distrito 11 Cobano, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, José Pablo Porras Ramírez; al sur, servidumbre
agrícola con frente de 37,62 metros lineales; al este, calle pública con frente
de 52,88 metros lineales y al oeste, José Pablo Porras Ramírez. Mide: mil
ochocientos noventa y tres metros con cero decímetros cuadrados y con la base
de ciento cincuenta y siete mil doscientos setenta y siete dólares con
cincuenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 2) Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento setenta y nueve mil
seiscientos sesenta y siete cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 11 Cobano, cantón 01 Puntarenas, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Montain
and Ocean S. A.; al sur, José Pablo Porras Ramírez;
al este, Montain and Ocean
S. A. y calle pública con frente de 12.25 metros lineales y al oeste, Montain and Ocean S. A. Mide: mil
novecientos sesenta y seis metros con cero decímetros cuadrados y con la base
de cuarenta mil ochocientos setenta y nueve dólares con sesenta centavos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: 3) Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número ciento setenta y nueve mil seiscientos sesenta y nueve cero cero cero la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 11 Cobano, cantón
01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, José Pablo
Porras Ramírez; al sur, servidumbre agrícola con frente de 26,50 metros lineales;
al este, servidumbre de paso con frente de 3,00 metros lineales y José Pablo
Porras Ramírez y al oeste, Montain and Ocean S. A. Mide: mil diez metros con cero decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas veinticinco minutos
del veintiuno de marzo de dos mil dieciocho, con la base de la primer finca
noventa y nueve mil treinta y siete dólares con veintiocho céntimos, la segunda
finca con la base de ciento diecisiete mil novecientos cincuenta y ocho dólares
con trece centavos y la tercer finca con la base de treinta mil seiscientos
cincuenta y nueve dólares con setenta centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas veinticinco minutos
del doce de abril de dos mil dieciocho con la base de la primer finca treinta y
tres mil doce dólares con cuarenta y tres centavos, la segunda finca con la
base de treinta y nueve mil trescientos diecinueve dólares con treinta y siete
centavos y la tercer finca con la base de diez mil doscientos diecinueve
dólares con noventa centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra José Pablo
Porras Ramírez, Laura Margarita Sandoval Víquez. Exp.
N° 14-000500-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Puntarenas, 01 de diciembre del año 2017.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(
IN2018214381 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas y restricciones citas: 387-17656-01-0933-003, reservas de la Ley de
Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 428-01391-01-0083-00, a las catorce
horas y treinta minutos del veintidós de marzo del dos mil dieciocho, y con la
base de once millones doscientos veintinueve mil seiscientos sesenta y cinco
colones con sesenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos
diecinueve mil noventa y seis cero cero cero, la cual es terreno de potrero. Situada: en el
distrito 08 Canalete, cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, Walter Loría Rodríguez; al sur, Bertalina Marina Ramírez Hernández; al
este, calle pública con un frente a ella de 53.49 metros lineales, y al oeste,
Emilio García García. Mide: siete mil metros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta
minutos del dieciséis de abril del dos mil dieciocho, con la base de ocho
millones cuatrocientos veintidós mil doscientos cuarenta y nueve colones con
veintitrés céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las catorce horas y treinta minutos del dos de mayo del dos
mil dieciocho con la base de dos millones ochocientos siete mil cuatrocientos
dieciséis colones con cuarenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza
R.L contra Antonia Trinidad Ramírez Hernández, Bertalina Marina Ramírez
Hernández. Expediente N° 17-004985-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 29 de
noviembre del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018214387 ).
A las nueve
horas del nueve de marzo del dos mil dieciocho, en la puerta exterior de este
Despacho, soportando demanda ordinaria, citas: 0571-00028469-01-0001-001; así
también, demanda ejecutiva hipotecaria con citas: 0800-00434224-01-0001-001, y
con la base de veinticuatro millones quinientos cincuenta y tres mil
cuatrocientos sesenta y cuatro colones (¢24.553.464,00), en el mejor postor,
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 565883-000, la cual es terreno para construir. Situada:
en el distrito Purral, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, lote E-11; al sur, lote E-09; al este, calle pública, y al oeste,
INVU. Mide: doscientos noventa y un metros con setenta y cinco decímetros
cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso sucesorio de quien en vida se
llamó: Agueda Bertalia
Matarrita Sánchez. Expediente Nº 09-000307-0386-CI.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 18 de enero del 2018.—M.Sc.
Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—( IN2018214392
).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas del
veintiuno de marzo de dos mil dieciocho y con la base de tres millones
cuatrocientos dos mil trescientos colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: vehículo: placas número BHD147, marca Hyundai, estilo Accent. categoría automóvil, capacidad 5 personas, año
2002, color negro, vin KMHCG41FP2U370255, cilindrada
1500 cc, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las once horas
del dieciséis de abril de dos mil dieciocho, con la base de dos millones
quinientos cincuenta y un mil setecientos veinticinco colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once
horas del dos de mayo de dos mil dieciocho, con la base de ochocientos
cincuenta mil quinientos setenta y cinco colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la
parte actora de verificar los datos del mismo, en caso
de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su
corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Christian Manuel Altamirano López.
Expediente: 17-000994-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 22 de
noviembre del 2017.—Licda. Audrey Abarca Quirós, Juez.—( IN2018214397 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando
sumaria bajo el expediente 17-000471-0169-CI; a las nueve horas y treinta
minutos del trece de marzo del año dos mil dieciocho y con la base de doce
millones seiscientos setenta y siete mil seiscientos veintiséis colones con
setenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Un
automotor marca Hyundai, estilo H 1, microbús, con capacidad para doce
personas, color blanco, accionado por motor de diesel,
cuatro cilindros, dos mil quinientos centímetros cúbicos, número de motor
D4CBB893804, número de chasis KMJWA37JBCU403561, actualmente circula con placa
alfa numérica BCR 196. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
treinta minutos del cuatro de abril del año dos mil dieciocho, con la base de
nueve millones quinientos ocho mil doscientos veinte colones con seis céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y treinta minutos del veinte de abril del año dos mil dieciocho
con la base de tres millones ciento sesenta y nueve mil cuatrocientos seis
colones con sesenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra María
Soledad Muñoz Rojas. Exp.: 15-024685-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 10 de enero del 2018.—Lic.
Melvin Cavero Araya, Juez.—( IN2018214401 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y
cero minutos del veintitrés de marzo de dos mil dieciocho, y con la base de veintinueve
mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y nueve mil setecientos
treinta y seis cero cero cero
la cual es terreno lote 21 para construir con una casa. Situada en el distrito
Santa Lucía, cantón Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote
22; al sur, lote 20; al este, calle pública con 6. 84 metros, y al oeste, área
de protección del río. Mide: Ciento veinticinco metros con sesenta y ocho
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero
minutos del nueve de abril de dos mil dieciocho, con la base de veintiún mil
setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del
veinticuatro de abril de dos mil dieciocho con la base de siete mil doscientos
cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Doña Berta de
Heredia S. A. contra Randall De La Trinidad Salas Montero. Exp.
N° 17-005248-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 01 de noviembre del año 2017.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2018214402 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
medianería citas: 303-14484-01-0901-001; a las catorce horas y cero minutos del
siete de marzo de dos mil dieciocho y con la base de treinta y cinco mil
dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número setenta y ocho mil ochocientos noventa y
cinco-cero cero cero, la cual es terreno construir
con una casa N 312. Situada en el distrito Rincón de Sabanilla, cantón San
Pablo de la provincia de Heredia. Colinda: al norte alameda 7; al sur lote 311;
al este lote 313 y al oeste calle A. Mide: ciento cuarenta y un metros con
treinta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas y cero minutos del veintidós de marzo de dos mil dieciocho, con la
base de veintiséis mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del seis de abril de dos mil dieciocho, con la base de ocho mil
setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Industrial La Poderosa Sociedad Anónima contra Jenny María Zamora Hernández, Minor Rodríguez Ordoñez. Expediente: 17-006347-1158-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 30 de octubre del 2017.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2018214403 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas
y treinta minutos del cinco de marzo del año dos mil dieciocho, y con la base
de quince millones doscientos cuarenta y dos mil ochocientos ochenta colones,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real seis
ocho nueve seis uno tres, matrícula número cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 8 Barranca, cantón 1- Puntarenas, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, lote 8; al sur, alameda 7; al este, lote 26, y al oeste,
lote 24. Mide: Ciento doce metros con ocho decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veinte de
marzo del año dos mil dieciocho, con la base de once millones cuatrocientos
treinta dos mil ciento sesenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del
doce de abril del año dos mil dieciocho con la base de tres millones
ochocientos dos mil setecientos veinte colones (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados contra Janny De La Trinidad Vargas Artavia. Exp.
N° 15-031037-1012-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro Segundo Circuito Judicial de San
José, Sección Tercera, 15 de
noviembre del 2017.—Lic. Carlos Marín Angulo, Juez.—( IN2018214416 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas
y treinta minutos del cuatro de abril del dos mil dieciocho y con la base de
ochocientos ochenta y ocho mil seiscientos noventa y dos colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 088083-004, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito Barranca, cantón Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte lote 12; al sur lote 14; al este, alameda 14 y al oeste lote 10. Mide:
ciento doce metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinte de abril del dos
mil dieciocho, con la base de seiscientos sesenta y seis mil quinientos
diecinueve colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del ocho de mayo
del dos mil dieciocho, con la base de doscientos veintidós mil ciento setenta y
tres colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Costarricense
de Acueductos y Alcantarillados contra Rolando Duarte Duarte.
Expediente: 17-009380-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Tercera, 07 de
diciembre del 2017.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—( IN2018214417 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y
cuarenta minutos del veinte de marzo del dos mil dieciocho, y con la base de
ochocientos sesenta y dos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Vehículo: placa MOT-364193, marca: Formula, estilo: Sport 250,
categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas, año: 2013, carrocería:
motocicleta, color: negro, tracción: sencilla, chasis: LYXPCNLA5D0A00355. Para
el segundo remate, se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del trece de
abril del dos mil dieciocho, con la base de seiscientos cuarenta y seis mil
quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la
tercera subasta, se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del treinta de
abril del dos mil dieciocho, con la base de doscientos quince mil quinientos
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit
S. A. contra Miguel Eduardo Brenes Montenegro. Expediente Nº
14-016304-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 20 de setiembre del 2017.—Licda. Carmen Laura Valverde Phillips,
Jueza.—( IN2018214418 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las once horas y
cero minutos del veinte de marzo de dos mil dieciocho, y con la base de un
millón novecientos dieciocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Vehículo placa 632401, marca Daihatsu,
estilo Charade, color blanco, año 2006 Chasis
JDAL251S001049585. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero
minutos del trece de abril de dos mil dieciocho, con la base de un millón
cuatrocientos treinta y ocho mil quinientos colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y
cero minutos del treinta de abril de dos mil dieciocho con la base de
cuatrocientos setenta y nueve mil quinientos colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Erick Anselmo Núñez Juárez. Exp.: 14-019342-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de setiembre del 2017.—Licda. Carmen Laura
Valverde Phillips, Jueza.—( IN2018214419 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas
cero minutos del trece de marzo del dos mil dieciocho, y con la base de
seiscientos cuarenta y tres mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo placa 332661, marca Daihatsu,
estilo Cuore, categoría automóvil, capacidad cinco
personas, carrocería sedan cuatro puertas, año 1999, color azul, tracción
cuatro por dos, chasis JDAL701S001001524, cilindrada 1000 c.c,
combustible gasolina, motor N° EJ5532876. Para el
segundo remate se señalan las once horas cero minutos del cuatro de abril del
dos mil dieciocho, con la base de cuatrocientos ochenta y dos mil doscientos
cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las once horas cero minutos del veinte de abril del
dos mil dieciocho con la base de ciento sesenta mil setecientos cincuenta
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit
S. A. contra Belsevi Garbanzo Chacón. Exp. N° 16-003616-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial De San José, 18 de setiembre del 2017.—Licda.
Carmen Laura Valverde Phillips, Jueza.—( IN2018214420 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y
treinta minutos del seis de marzo de dos mil dieciocho y con la base de
ochocientos treinta y tres mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo: placas MOT-369988, marca: Keeway,
estilo: RKS150, categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas, año: 2013, color:
azul, cilindrada: 150 cc, combustible: gasolina, número de motor:
KW157FMJB25043711, vin: LBBPEKTA7DB297112. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de
marzo de dos mil dieciocho, con la base de seiscientos veinticuatro mil
setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del
doce de abril de dos mil dieciocho, con la base de doscientos ocho mil
doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Stephannie
Dayana Loaiza Barrantes. Expediente: 16-010150-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 14 de
setiembre del 2017.—Licda. Giannina Lacayo Quirós,
Jueza.—( IN2018214421 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas
y quince minutos (02:15 p.m.) del seis de marzo de dos mil dieciocho, y con la
base de tres millones quinientos veintiún mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas AB003965 marca Hyundai,
categoría transporte colectivo interurbano, estilo Grace, capacidad 15
personas, año 1999, color plateado, carrocería microbús, combustible diésel,
cilindrada 2500 cc, cilindros 04, número de motor D4BFX739490. Se aclara que lo
que se saca a remate es el bien mueble y no la placa que es una concesión. Para
el Segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos (02:15 p.m.)
del veintiuno de marzo de dos mil dieciocho, con la base de dos millones
seiscientos cuarenta mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las catorce horas
y quince minutos (02:15 p.m.) del doce de abril de dos mil dieciocho con la
base de ochocientos ochenta mil doscientos cincuenta colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Óscar David Fernández Araya. Exp.: 15-022832-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de setiembre del 2017.—Licda. Paula Morales
González, Jueza.—( IN2018214422 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas y
cero minutos del siete de marzo de dos mil dieciocho, y con la base de dos
millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo: placas Nº 616087,
marca Suzuki, estilo Grand Vitara, categoría automóvil, capacidad 5 personas,
año 1999, color azul, Vin JS3TD62V1X4120505,
cilindrada 2500 c.c. combustible gasolina, motor Nº
H25X124362. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del
veintidós de marzo de dos mil dieciocho, con la base de un millón ochocientos
treinta y seis mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del trece de
abril de dos mil dieciocho con la base de seiscientos doce mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Instacredit S. A. contra Juan Carlos
Rodríguez Reyes, expediente Nº 16-010264-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de setiembre del 2017.—Licda. Paula Morales
González, Jueza.—( IN2018214423 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas
cuarenta y cinco minutos del seis de marzo del dos mil dieciocho, y con la base
de cuatrocientos ochenta y dos mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: vehículo: placa: MOT-319255, marca: Freedom,
categoría: motocicleta, carrocería: motocicleta, tracción: sencilla, chasis:
LZSJCMLC1C5200741, estilo: ZS200GY-3 III, capacidad: 2 personas, año: 2012,
color: rojo, combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de marzo del dos mil dieciocho con
la base de trescientos sesenta y un mil quinientos colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas
cuarenta y cinco minutos del doce de abril del dos mil dieciocho con la base de
ciento veinte mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit
S. A. contra José Manuel Araya Mejías. Exp. N° 15-017826-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de setiembre del año 2017.—M.Sc.
Nidia Durán Oviedo, Jueza.—( IN2018214424 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando
infracciones y colisiones bajo la boleta Nº
2015215100017, sumaria 15-000124-0498-TR del Juzgado de Transito del Primer
Circuito Judicial de La Zona Atlántica; a las nueve horas y quince minutos del
ocho de marzo del dos mil dieciocho, y con la base de cuatro millones ciento
sesenta y cuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo: placa BBK600 marca Toyota, estilo RAV4, categoría automóvil,
capacidad 5 personas, año 2001, color azul, vin
JTEGH20V010011656, cilindrada 2000 cc. combustible
gasolina, motor Nº 1AZ0188998. Para el segundo
remate, se señalan las nueve horas y quince minutos del veintitrés de marzo del
dos mil dieciocho, con la base de tres millones ciento veintitrés mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las nueve horas y quince minutos del dieciséis de abril del dos mil
dieciocho, con la base de un millón cuarenta y un mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Karol
Vanessa Cajina Camacho. Expediente N° 15-028875-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 28 de agosto del 2017.—Licda.
Paula Morales González, Jueza.—( IN2018214425 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las trece horas y
cuarenta y cinco minutos del seis de marzo del dos mil dieciocho, y con la base
de un millón ciento ocho mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Vehículo: MOT-379185, marca: Freedom,
estilo: FR250GY I, categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas, año: 2014,
color: negro, vin: LLCJGM103EA100044, cilindrada: 230
c.c., combustible: gasolina, motor Nº:
LC166FMMLQ092391. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y cuarenta
y cinco minutos del veintiuno de marzo del dos mil dieciocho, con la base de
ochocientos treinta y un mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y cuarenta y
cinco minutos del doce de abril del dos mil dieciocho, con la base de
doscientos setenta y siete mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Marvin Ariel Núñez López.
Expediente Nº 15-032828-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de setiembre del 2017.—M.Sc.
Jéssica Vargas Barboza, Jueza.—( IN2018214426 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
plazo de convalidación (rectificación de medida) bajo las citas:
575-50994-01-0006-001; a las diez horas y cero minutos del cuatro de abril del
año dos mil dieciocho, y con la base de treinta millones de colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido
de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número 240.398-000, la cual es terreno para construir con un local comercial
destinado a alquiler de locales. Situada en el distrito 1, Los Chiles cantón
14, Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Carmen Avellan Avendaño; sur, Mercedes Morera Malespin;
este, Carmen Avellan Avendaño; oeste, calle pública
con 24,30 metros de frente. Mide: mil cuatrocientos cuarenta y dos metros con
veintiocho decímetros cuadrados. Plano: A-0013070-1974. Para el segundo remate
se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de abril del año dos mil
dieciocho, con la base de veintidós millones quinientos mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las diez horas y cero minutos del ocho de mayo del año dos mil dieciocho con la
base de siete millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Francisco Jesús Argüello Matamoros contra Inversiones N O R J U
A Berlin de Los Chiles S. A. Exp.
N° 17-003602-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 24 de enero del año 2018.—Licda.
Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2018214432 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y
cuarenta y cinco minutos del quince de mayo de dos mil dieciocho y con la base
de quince millones setecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número trece mil doscientos cincuenta y uno cero cero
cero, la cual es terreno pastos de jaragua y un
rancho. Situada en el distrito Paquera, cantón
Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, servidumbre de
paso; al sur, Francisco Naranjo Soto y Río Gigante; al este, Inversiones
Agropecuarias y al oeste, Rocío Gayoso. Mide: setenta y dos mil doscientos
dieciocho metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de mayo de dos
mil dieciocho, con la base de once millones ochocientos doce mil quinientos
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de
junio de dos mil dieciocho con la base de tres millones novecientos treinta y
siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Ana Licidia Zúñiga Zúñiga,
Fabio Olman de los Ángeles Zúñiga Morales. Exp:
18-000109-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 23 de enero del 2018.—Lic. Minor Andrés Delgado Sánchez, Juez.—( IN2018214439 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando el
plazo de convalidación (rectificación de medida) bajo las citas
2015-332355-01-0004-001 y servidumbre de paso bajo las citas 2016-
450121-01-0001-001; a las catorce horas y cero minutos del veintidós de marzo
del dos mil dieciocho y con la base de sesenta y cuatro millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número 285.423-000, la cual es terreno para agricultura.
Situada en el distrito 01 Upala, cantón 13 Upala de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte: con Rio Cabeza de León en parte y Agropecuaria San Roque S. A.
y Sonia Elizabeth Oporta Reyes; al sur: con Santiago Oporta Reyes y Pocosol de Caballo S. A.; al este:
Agropecuaria San Roque S. A. ASODURE S. A.; y al oeste: con Inmobiliaria Donc Sociedad Anónima. Mide: cuatrocientos trece mil
doscientos cuarenta y dos metros cuadrados. Plano: A-1837871-2015. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciséis de
abril del dos mil dieciocho, con la base de cuarenta y ocho millones de colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las catorce horas y cero minutos del dos de mayo del dos mil dieciocho
con la base de dieciséis millones de colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Banco de Costa Rica contra Inmobiliaria W O R C Sociedad Anónima.
Expediente: 16-002096-1205-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 23 de enero
del 2018.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2018214445 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y
cero minutos del veintiséis de abril del año dos mil dieciocho, y con la base
de trece mil ciento cuarenta y tres dólares con treinta y ocho centavos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa BDY584, marca: Hyundai,
estilo: Elantra GL, categoría automóvil, capacidad: 5
personas, serie: KMHDG41EBEU886060, carrocería: sedan 4 puertas, combustible
gasolina, cilindros 04, cilindrada 1800 cc, tracción: 4X2, peso bruto: 1770 kgrms, número chasis: KMHDG41EBEU886060, año fabricación:
2014 Techo alto color: blanco, número de motor: G4NBDU726471, Vin: KMHDG41EBEU886060 Para el segundo remate se señalan
las nueve horas y cero minutos del catorce de mayo del año dos mil dieciocho,
con la base de nueve mil ochocientos cincuenta y siete dólares con cincuenta y
cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintinueve de mayo del
año dos mil dieciocho con la base de tres mil doscientos ochenta y cinco
dólares con ochenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional De Costa Rica contra Claudia Elena Vega Sequeira. Exp.
N° 16-013427-1012-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de enero del 2018.—Licda. Daisy Hidalgo Arias,
Jueza.—( IN2018214450 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre trasladada bajo las citas 358-10712-01-0810-001, a las nueve horas
y treinta minutos del veinte de marzo del año dos mil dieciocho, y con la base
de treinta y seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº
341099-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito
4 Patalillo, cantón 11 Vásquez de Coronado, de la
provincia de San José. Colinda: al noreste, calle pública con 8 metros de
frente; al noroeste, lote 87 de Rodrigo Jiménez Soto; al sureste, lote 85 de
Rodrigo Jiménez Soto y al suroeste, Ramiro Alvarado. Mide: ciento setenta y
ocho metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y treinta minutos del doce de abril del año dos mil
dieciocho, con la base de veintisiete millones de colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve
horas y treinta minutos del veintisiete de abril del año dos mil dieciocho con
la base de nueve millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Yorleny Brenes Hidalgo, expediente Nº 17-011598-1764-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda, 22 de enero
del 2018.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza
Tramitadora.—( IN2018214451 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando
colisión según boleta 2015213700042, bajo la sumaria 15-601302-0491-TC del
Juzgado de Tránsito de Desamparados; a las once horas y cero minutos del seis
de marzo de dos mil dieciocho y con la base de cuatro millones setecientos
treinta y tres mil sesenta y ocho colones con ochenta y un céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas BGW 591, marca: Toyota,
estilo: Yaris S, categoría: automóvil, capacidad: 5
personas, año: 2007, color: gris, cilindrada: 1500 cc, combustible: gasolina.
Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintiuno
de marzo de dos mil dieciocho, con la base de tres millones quinientos cuarenta
y nueve mil ochocientos un colones con sesenta y un céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y
cero minutos del doce de abril de dos mil dieciocho, con la base de un millón
ciento ochenta y tres mil doscientos sesenta y siete colones con veinte
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Sociedad Anónima Finauto Saficar contra Sandra
Lorena Calvo Jiménez. Expediente: 15-029044-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 18 de
setiembre del 2017.—Licda. Giannina Lacayo Quirós,
Jueza.—( IN2018214456 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y
quince minutos del dos de mayo de dos mil dieciocho y con la base de dos
millones ochocientos cincuenta y siete mil setecientos veintiún colones con
setenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo:
placa BBZ722, marca Hyundai, estilo STAREX, chasis KMJWWH7HP5U649325, capacidad
12 personas, color plateado, año 2005, combustible diesel.
Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del
diecisiete de mayo de dos mil dieciocho, con la base de dos millones ciento
cuarenta y tres mil doscientos noventa y un colones con veintinueve céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas y quince minutos del cuatro de junio de dos mil dieciocho, con
la base de setecientos catorce mil cuatrocientos treinta colones con cuarenta y
tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Sociedad Anónima Finauto Saficar contra Javier
Enrique Gutiérrez Mora. Expediente: 17-011411-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 26 de
setiembre del 2017.—Lic. Brenda Vargas Quesada, Jueza.—( IN2018214459 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; a las siete horas con diez minutos del dos de abril
del dos mil dieciocho y con la base de diez mil colones exactos (representados
en cien cuotas de un valor de cien colones exactos cada una), en el mejor
postor remataré lo siguiente: cuotas serie B número uno de la sociedad Bahía
Corporación de Responsabilidad Limitada, representada por cien cuotas de un
valor de cien colones exactos cada una, que son propiedad de Bahía Corporación
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica: 3-102-679826, con
domicilio en San José, San Rafael de Escazú, Centro Corporativo Plaza Roble,
Edificio EI Pati, tercer piso, oficina número uno. Para el segundo remate se
señalan las siete horas con diez minutos del dieciocho de abril del dos mil
dieciocho, con la base de siete mil quinientos colones exactos (representados
en cien cuotas) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las siete horas con diez minutos del cuatro de mayo del dos
mil dieciocho, con la base de dos mil quinientos colones exactos (representados
en cien cuotas) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en el proceso inc. Cobro Honorarios Abogado de Roberto Facio Saen contra Bahia Corporación
Limitada. Expediente: 13-002997-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de
Puntarenas, 26 de enero
del 2018.—Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—( IN2018214469 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
reservas Ley Aguas y reservas Ley Caminos, a las dieciséis horas y cero minutos
del uno de marzo del dos mil dieciocho y con la base de veintiún millones
trescientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos
ochenta y un mil ochocientos-cero cero cero, la cual
es naturaleza lote con una casa. Situada en el distrito Zaragoza, cantón
Palmares de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Flora Sandoval
Alvarado; al sur, calle pública con un frente de 14,74 metros; al este,
servidumbre de paso en medio flora Sandoval Alvarado y al oeste Tatiana Blanco
Mena. Mide: doscientos sesenta y tres metros con trece decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del
dieciséis de marzo del dos mil dieciocho, con la base de dieciséis millones
doce mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del nueve
de abril del dos mil dieciocho, con la base de cinco millones trescientos
treinta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Denis Gerardo Jiménez Sandoval, Flora Sandoval
Alvarado, Víctor Jiménez Alfaro. Expediente: 17-001436-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela, San Ramón, (Materia Cobro), 6 de diciembre del 2017.—Licda. María Auxiliadora
Cruz Cruz, Jueza.—( IN2018214470 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, en el mejor postor, remataré lo siguiente: 1) Libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando condic. y
restri. ref.: 1510-384-001 (citas:
235-05213-01-0901-001), a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del
veintiséis de febrero del dos mil dieciocho, y con la base de treinta y cuatro millones
de colones exactos, finca inscrita en el Registro Nacional, provincia de Limón,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número setenta y
un mil doscientos siete cero cero cero,
la cual de naturaleza: terreno para construir. Situada: en el distrito
1-Guapiles, cantón 2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte,
Miguel Obando Ballejos; al sur, Álvaro Zárate
Esquivel; al este, calle pública con un frente de 12,51 metros, y al oeste,
Julio Cesar Ávila Agüero. Mide: doscientos sesenta y siete metros con
diecisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece
horas y cuarenta y cinco minutos del trece de marzo del dos mil dieciocho, con
la base de veinticinco millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas
y cuarenta y cinco minutos del cuatro de abril del dos mil dieciocho, con la
base de ocho millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). 2) Libre de gravámenes hipotecarios, a las trece horas y
cuarenta y cinco minutos del veintiséis de febrero del dos mil dieciocho, y con
la base de treinta y dos millones de colones exactos, finca inscrita en el
Registro Nacional, provincia de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número trescientos dos mil setecientos noventa y ocho
cero cero cero, la cual es
de naturaleza: terreno para construir. Situada: en el distrito 7-Sabanilla,
cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle
pública con un frente a este de 12 metros 24 centímetros; al sur, Zoraida
Campos Salazar, Hermanos Benavides Campos; al este, Víctor Chacón Chacón, y al oeste, Zoraida Campos Salazar Hermanos
Benavides Campos. Mide: doscientos dieciséis metros con veinticuatro decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y cuarenta y
cinco minutos del trece de marzo del dos mil dieciocho, con la base de
veinticuatro millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y cuarenta y
cinco minutos del cuatro de abril del dos mil dieciocho, con la base de ocho
millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra María Rosa de la Trinidad Morales Badilla.
Expediente Nº 15-010750-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 17 de enero del 2018.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—(
IN2018214505 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas y restricciones (citas: 311-09049-01-0901-001), servidumbre trasladada
(citas: 335-10332-01-0901-001), serv. canal riegref.: (citas: 343-04417- 01-0001-001); a las trece
horas y quince minutos del veintiséis de febrero de dos mil dieciocho y con la
base de veintidós millones ciento cuarenta y siete mil ochocientos cuarenta y
seis colones con seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Nacional, provincia de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número sesenta y cinco mil quinientos
treinta F-cero cero cero, la cual es de naturaleza:
finca filial primaria individualizada número setenta y cinco-e, apta para
construir que se destinará a uso habitacional, la cual podrá tener una altura
máxima de dos pisos. Situada en el distrito 06 San Isidro, cantón 01 Alajuela
de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte área común libre de parque; al sur área común libre de acceso trece; al este finca
filial primaria individualizada número setenta y cuatro-E y al oeste área común
libre de parque. Mide: trescientos trece metros con sesenta y nueve decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y quince minutos
del trece de marzo de dos mil dieciocho, con la base de dieciséis millones
seiscientos diez mil ochocientos ochenta y cuatro colones con cincuenta y
cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las trece horas y quince minutos del cuatro de abril de dos
mil dieciocho, con la base de cinco millones quinientos treinta y seis mil
novecientos sesenta y un colones con cincuenta y un céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra James Alberto Barrantes
Bravo. Expediente: 11-000916-0638-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 17 de enero del 2018.—Msc. Cinthia Pérez
Moncada, Jueza.—( IN2018214506 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas
cero minutos del veintiséis de febrero del dos mil dieciocho, y con la base de
un millón trescientos quince mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Vehículo: Placa 588148, marca Mercedes Benz, estilo C, categoría
automóvil, capacidad 5 personas, año 2005, carrocería sedan 4 puertas, tracción
4x2, color plateado, chasis WDB2030401A780267, Vin
WDB2030401A780267. Para el segundo remate se señalan las nueve horas cero
minutos del trece de marzo del dos mil dieciocho, con la base de novecientos
ochenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas
cero minutos del cinco de abril del dos mil dieciocho con la base de
trescientos veintiocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Elidier Gerardo Rojas Rojas contra Esteban Quesada Rojas. Exp.
N° 17-012529-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de setiembre del 2017.—Licda. Kreysa Marín Mata, Jueza.—( IN2018214514 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y
cero minutos del veintiuno de junio de dos mil dieciocho, y con la base de tres
millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y
dos mil setenta y cuatro cero cero cero la cual es terreno para construir lote 6 bloque E.
Situada en el distrito San Nicolás, cantón Cartago, de la provincia de Cartago.
Colinda: al norte, Inversiones C.N de Costa Rica S. A.; al sur, Inversiones C.N
de Costa Rica S. A.; al este, Inversiones C.N de Costa Rica S. A., y al oeste,
calle publica de 8 metros 15 centímetros. Mide: Ciento veintisiete metros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del seis de
julio de dos mil dieciocho, con la base de dos millones seiscientos veinticinco
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés de julio de dos
mil dieciocho con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Asociación Solidarista de Colaboradores de Pipasa
y Afines Asecargill contra Maylin
Auxiliadora Bonilla Lacayo. Exp. N°
17-003820-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia
(Materia Cobro), 25 de enero
del 2018.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—(
IN2018214558 ).
En la puerta
exterior del Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y
cero minutos del siete de marzo de dos mil dieciocho, y con la base de treinta
y cuatro mil doscientos setenta y siete dólares con veinticinco centavos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: placas BFH nueve- siete- tres. Ford, estilo
explorer, categoría automóvil, capacidad siete
personas, serie uno F,M cinco, K, siete, D, ocho, uno, D, G, C, siete cinco, cero,
siete ,uno, año dos mil trece, tracción cuatro por dos, color rojo chasis, y Vin uno F,M cinco, K, siete, D, ocho, uno, D, G, C, siete
cinco, cero, siete, uno, gasolina, cabina: desconocida. Para el segundo remate
se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de marzo del año dos
mil dieciocho, con la base de veinticinco mil setecientos siete dólares con
noventa y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del trece de abril
del año dos mil dieciocho con la base de ocho mil quinientos sesenta y nueve
dólares con treinta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Jairo Andrey Dávila Masís,
expediente Nº 15-008017-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito
Judicial de San José, 31 de enero
del 2018.—Lic. Carlos Marín Angulo, Juez.—( IN2018214577 ).
En la puerta exterior
de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas:
316-12898-01-0901-076 condiciones REF: 264I-447-001, servidumbre sirviente
citas: 345-14890-01-0001-001, a las catorce horas y cero minutos del trece de
marzo del año dos mil dieciocho, y con la base de diecisiete millones
trescientos cincuenta y un mil doscientos diecinueve colones con dieciocho
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número treinta mil setecientos veinte cero cero cero la cual es terreno para
agricultura. Situada en el distrito 3-Guaycará, cantón 7-Golfito, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, servidumbre y Acosta Zeledón; al
sur, Manuel López y Olga Peralta; al este, Seferino
Duarte y Eugenia Hernández y al oeste, Santiago López y Agustina Gómez. Mide:
ciento veintiocho mil novecientos setenta y cinco metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del cuatro de abril
del año dos mil dieciocho, con la base de trece millones trece mil
cuatrocientos catorce colones con treinta y ocho céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del veinte de abril del año dos mil dieciocho con la base de
cuatro millones trescientos treinta y siete mil ochocientos cuatro colones con
ochenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Edwin de Los Ángeles Carballo Muñoz, expediente Nº 17-004743-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia cobro), 10 de noviembre del 2017.—Msc.
Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018214595 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y
cero minutos del trece de marzo del dos mil dieciocho y con la base de doce
millones doscientos ochenta y nueve mil trescientos noventa y nueve colones con
vente céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número ciento cuatro mil ochenta y uno cero cero uno, cero cero dos, la cual
es terreno con una casa. Situada en el distrito 01 Buenos Aires, cantón 03
Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, William Lee Chang;
al sur, calle pública; al este, Fernando Chavarría y al oeste, Luis Fernando
Muñoz Zúñiga. Mide: seiscientos doce metros con cuarenta y nueve decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del
cuatro de abril del año dos mil dieciocho, con la base de nueve millones
doscientos diecisiete mil cuarenta y nueve colones con cuarenta céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y cero minutos del veinte de abril del dos mil dieciocho con la
base de tres millones setenta y dos mil trescientos cuarenta y nueve colones
con ochenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se
les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Francisco
José Jiménez Villanueva, Juan Diego Núñez Vega, Marjorie de Los Ángeles Muñoz
Zúñiga, expediente Nº 17-004724-1200-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia cobro), 13 de
noviembre del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018214597 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
citas: 328-08638-01-0900-001; condic. y limit. ref.: 2650-425-001, a las ocho horas y cero minutos
del veinte de abril del dos mil dieciocho, y con la base de diez millones
doscientos dieciocho mil seiscientos veintiséis colones con cincuenta céntimos,
en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula número trescientos seis mil trescientos cuarenta y ocho cero cero uno, cero cero dos, la cual
es terreno para agricultura con una casa. Situada: en el distrito 02 Mercedes
Sur, cantón 04 Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Rafael
Picado; al sur, Elí Rivera; al este, calle pública y al oeste, Rafael Picado.
Mide: ocho mil doscientos setenta y dos metros con cuarenta y siete decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del
nueve de mayo del dos mil dieciocho, con la base de siete millones seiscientos
sesenta y tres mil novecientos sesenta y nueve colones con ochenta y ocho
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se
señalan las ocho horas y cero minutos del veinticinco de mayo del dos mil
dieciocho, con la base de dos millones quinientos cincuenta y cuatro mil
seiscientos cincuenta y seis colones con sesenta y dos céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Ademar del Carmen Díaz Meza, Mauricio
Gerardo Díaz Meza. Expediente Nº 17-005362-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 15 de
diciembre del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018214599 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; pero
soportando reservas y restricciones citas: 0297-00014096-0901-013, a las nueve
horas y cero minutos del primero de marzo del dos mil dieciocho, y con la base
de cinco millones cuatrocientos nueve mil trescientos treinta y seis colones
con veintiún céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y cinco mil seiscientos
treinta y seis cero cero cero,
la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 02 Volcán, cantón 03
Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública;
al sur, Freddy Martínez Fuentes; al este, Freddy Martínez Fuentes, y al oeste,
Freddy Martínez Fuentes. Mide: trescientos un metro con cincuenta y nueve
decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero
minutos del dieciséis de marzo del dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones
cincuenta y siete mil dos colones con dieciséis céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas
y cero minutos del nueve de abril del dos mil dieciocho, con la base de un
millón trescientos cincuenta y dos mil trescientos treinta y cuatro colones con
cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo
Comunal contra Jeison Jesús Quirós Jiménez. Expediente Nº
17-004742-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 09 de noviembre del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(
IN2018214600 ).
PRIMERA
PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las once horas cero minutos del dos de mayo del dos
mil dieciocho, y con la base de tres millones doscientos ochenta y un mil
ciento veintisiete colones con cuarenta y ocho céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo CL-262434, marca Mitsubishi, categoría carga
liviana, serie MMBJRKB40CD035905, carrocería camioneta pick-up casa abierta o cam-pu, tracción 4x4, número chasis MMBJRKB40CD035905, año
fabricación 2012, color azul, estilo 1200 Sportero,
capacidad 5 personas, peso bruto 1830 kgrms., valor
hacienda 11.530.000,00, estado actual: inscrito, estado tributario: pago
derechos de aduana, uso: particular. Para el segundo remate se señalan las once
horas cero minutos del diecisiete de mayo del dos mil dieciocho, con la base de
dos millones cuatrocientos sesenta mil ochocientos cuarenta y cinco colones con
sesenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las once horas cero minutos del uno de junio del dos mil
dieciocho con la base de ochocientos veinte mil doscientos ochenta y un colones
con ochenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra
Constructora R M Milenium S. A., Orlando Enrique
Matamoros Vega. Exp. N°
17-011018-1765-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de
Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 30 de enero del 2018.—Licda.
Mayela Gómez Pacheco, Jueza.—( IN2018214598 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas
y treinta minutos del cinco de abril del dos mil dieciocho y con la base de
once mil quinientos setenta y una unidades de desarrollo, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número ciento cuarenta y tres mil ciento cincuenta y cuatro cero cero cero, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito 11 Cobano,
cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al noreste, calle
pública; al sureste, Anaa Chaves y Juan Carlos
Rodríguez; al suroeste, Celimo Cruz Sibaja y Claudio
Cruz Sibaja. Mide: novecientos veinte metros con sesenta y dos decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos
del veintitrés de abril del dos mil dieciocho, con la base de ocho mil seiscientos
setenta y ocho punto veinticinco unidades de desarrollo (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
treinta minutos del nueve de mayo del dos mil dieciocho con la base de dos mil
ochocientos noventa y dos punto con setenta y cinco unidades de desarrollo(un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Rainier Alberto Saballos Cerdas,
Propietario Speed Boats S.
A. Exp. N°
15-031006-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de
Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de enero del 2018.—Lic. Henry Steven Sanarrusia Gómez, Juez.—( IN2018214601 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las dieciséis
horas y cero minutos del nueve de marzo de dos mil dieciocho 4:00 p.m.
09/03/2018, y con la base de once mil doscientos dieciocho dólares con setenta
y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas:
BBS.312, marca: Hyundai, categoría: automóvil, Vin:
KMHDG41EACU406421, año: 2012, color: blanco, cilindrada: 1.800 c.c. Para el
segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del dos de abril
de dos mil dieciocho -4:00 p.m. 02/04/2018-, con la base de ocho mil
cuatrocientos catorce dólares con cuatro centavos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero
minutos del dieciocho de abril de dos mil dieciocho -4:00 p.m. 18/04/2018- con
la base de dos mil ochocientos cuatro dólares con sesenta y ocho centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan
postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente
en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el
tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la
almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A.
contra Esteban Rolando López Barboza. Exp. N° 17-009867-1164-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro de Cartago, 23 de enero
del año 2018.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—(
IN2018214627 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas y restricciones; a las catorce horas del doce de marzo del año dos mil
dieciocho y con la base de dos millones seiscientos setenta y cinco mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número 356501-000 la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 02 Buena Vista, cantón 15 Guatuso, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Olga Chinchilla Hidalgo; al sur, Olga Chinchilla
Hidalgo; al este, Olga Chinchilla Hidalgo y al oeste, calle pública con frente
de 20 metros. Mide: novecientos noventa y tres metros con veintitrés decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del tres de
abril del año dos mil dieciocho, con la base de dos millones seis mil
doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las catorce horas del veinte de abril del
dos mil dieciocho con la base de seiscientos sesenta y ocho mil setecientos
cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de
Ahorro y Préstamo contra Ana Gladys Alvarado Zambrano. Exp.
N° 16-001064-1164-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro de Cartago, 24 de enero del 2018.—Licda.
Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2018214660 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y
cero minutos del veintidós de marzo del dos mil dieciocho y con la base de la
hipoteca de primer grado vencida, sea la suma de tres millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número cuatrocientos setenta y tres mil setecientos
treinta y nueve-cero cero cero la cual es terreno de
cultivos. Situada en el distrito 05 Delicias, cantón 13 Upala, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre agrícola; al sur, Lorenzo Martínez;
al este, Maricruz Martínez y al oeste, Margarita González y Rosa González.
Mide: ocho mil setecientos sesenta y un metros cuadrados, plano:
A-1450082-2010. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos
del seis de abril del dos mil dieciocho, con la base de dos millones doscientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés de
abril del dos mil dieciocho con la base de setecientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Coocique R.L. contra Marcos Rafael Chavarría Alcocer. Exp. N° 12-101288-0317-CI.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia
Cobro), 22 de enero
del 2018.—Licda. Dinia Peraza Delgado, Jueza.—( IN2018214662
).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y
treinta minutos del cuatro de abril del dos mil dieciocho y con la base de
catorce millones trescientos cincuenta mil trescientos veinticinco colones con
setenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de folio real, matrícula número 147.309-000, la cual es terreno para
construir lote 15. Situada en el distrito 03, las horquetas cantón 10,
Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Bananera El Alamo S. A.; sur, calle pública con 10 metros; este, lote
16; oeste, lote 14. Mide: trescientos metros cuadrados. Plano: H-0237533-1995.
Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte
de abril del dos mil dieciocho, con la base de diez millones setecientos
sesenta y dos mil setecientos cuarenta y cuatro colones con treinta céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y treinta minutos del ocho de mayo del año dos mil dieciocho con
la base de tres millones quinientos ochenta y siete mil quinientos ochenta y un
colones con cuarenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R.L. contra Deyli
Ramírez Martínez. Exp. N°
17-003590-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 23 de enero del 2018.—Licda. Lilliam Álvarez
Villegas, Jueza.—( IN2018214663 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas
y cero minutos del veintiuno de marzo del año dos mil dieciocho, y con la base
de quince millones ciento veinticinco mil trescientos cinco colones con
cincuenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cuarenta y nueve mil
trescientos noventa y seis cero cero cero la cual es terreno lote 48 terreno para construir.
Situada en el distrito 02 palmar, cantón 05 osa, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, Carretera Interamericana Sur, con frente de 21.65 y lote 49;
al sur, PWC Consultants S. A. y lote 47; al este,
Carretera Interamericana Sur y lote 47 y al oeste, PWC Consultants
S. A. y lote 49. Mide: mil seis metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del trece de abril
del año dos mil dieciocho, con la base de once millones trescientos cuarenta y
tres mil novecientos setenta y nueve colones con diecinueve céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince
horas y cero minutos del treinta de abril del año dos mil dieciocho con la base
de tres millones setecientos ochenta y un mil trescientos veintiséis colones
con cuarenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se
les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L contra Luz
Alejandra Boza López. Exp. N°
17-004996-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 29 de noviembre del año 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(
IN2018214666 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios ; a las catorce
horas y cero minutos del veinte de abril del año dos mil dieciocho, y con la
base de once millones noventa mil seiscientos ochenta y siete colones con
treinta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos veintiséis mil
doscientos cincuenta y ocho cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 04 San Pedro, cantón 12 Valverde Vega, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, servidumbre de paso con frente de 13 metros; al sur,
Hermanos Rodríguez Madrigal; al este, Rafaél Ángel
Alfaro Rojas y al oeste, Antonio Orlando Rodríguez Madrigal. Mide:
cuatrocientos seis metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las catorce horas y cero minutos del nueve de mayo del año dos mil
dieciocho, con la base de ocho millones trescientos dieciocho mil quince
colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para
la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticinco
de mayo del año dos mil dieciocho con la base de dos millones setecientos
setenta y dos mil seiscientos setenta y un colones con ochenta y tres céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Coopealianza R. L. contra Seydi Leonor Rodríguez Madrigal. Exp.
N° 17-005289-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 14 de diciembre del año 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(
IN2018214671 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las siete horas
y treinta minutos del cinco de marzo del dos mil dieciocho y con la base de
catorce millones seiscientos setenta y dos mil quinientos once colones con
setenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento nueve mil quinientos
catorce cero cero cero, la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito 05 Samara, cantón 02
Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública de
garza a barco quebrado con un frente a este de 99 metros 73 centímetros; al
sur, José Naen Matarrita Matarrita;
al este, Bosques de Nosara de Guanacaste Sociedad
Anónima y al oeste, José Naen Matarrita Matarrita y Lidia María Alemán Avilés. Mide: diez mil
metros cuadrados. Plano G-0349678-1996. Para el segundo remate se señalan las
siete horas y treinta minutos del veinte de marzo del año dos mil dieciocho,
con la base de once millones cuatro mil trescientos ochenta y tres colones con
ochenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del doce de abril del año
dos mil dieciocho con la base de tres millones seiscientos sesenta y ocho mil
ciento veintisiete colones con noventa y tres céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L. contra Agustin
Alban de Jesús Urbina Leal, Rolando Urbina Aragón. Exp.
N° 17-004007-1200-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor
Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia)
(Materia Cobro), 26 de enero
del año 2018.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—( IN2018214672 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; a
las diez horas y cero minutos del uno de marzo del año dos mil dieciocho, y con
la base de dos millones seiscientos diez mil cuatrocientos sesenta y seis
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número ciento catorce mil seiscientos seis cero cero cero la cual es terreno lote
4, terreno para construir. Situada en el distrito 2-Mansion, cantón 2-Nicoya,
de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 5; al sur, lote 3; al
este, calle pública con 10 metros y al oeste, Agropecuaria El Bongo S. A. Mide:
quinientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y
cero minutos del dieciséis de marzo del año dos mil dieciocho, con la base de
un millón novecientos cincuenta y siete mil ochocientos cuarenta y nueve
colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para
la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de abril
del año dos mil dieciocho con la base de seiscientos cincuenta y dos mil
seiscientos dieciséis colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza
R.L. contra Dunia María Gutiérrez Barrantes. Exp. N° 17-004726-1200-CJ Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón)
(Materia Cobro), 09 de
noviembre del año 2017.—Msc.
Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018214673 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y
cero minutos del siete de mayo del año dos mil dieciocho, y con la base de
trece mil setecientos cincuenta dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo: Placas número BKX563, marca Suzuki, estilo Vitara GL Plus
A, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2017, color terracota, Vin TSMYD21S7HM214959, cilindrada 1600 cc combustible
gasolina, motor Nº M16A2034952. Para el Segundo
remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintinueve de mayo del
año dos mil dieciocho, con la base de diez mil trescientos doce dólares con
cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera
subasta se señalan las quince horas y cero minutos del trece de junio del año
dos mil dieciocho con la base de tres mil cuatrocientos treinta y siete dólares
con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se
les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Vehículos de Trabajo S. A., contra Isla Shora Real Estate S. A. Exp.:
17-003148-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de
Grecia (Materia
Cobro), 31 de enero del 2018.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—( IN2018214679
).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre dominante, citas: 359-13461-01-0004-001, a las nueve horas y quince
minutos del doce de marzo del dos mil dieciocho, y con la base de tres millones
de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula Nº 459865-000 (saque
a remate la única finca que solicita el actor, y no así sobre las fincas Nos.
1-00459831-000, 1-00459849-000, 1-00459859-000, 1-000459860 que garantizan el
total de la obligación del contrato hipotecario); la cual es terreno para
construir de figura triangular con árboles frutales y ornamentales lote 6 C.
Situada: en el distrito 7-Purral, cantón 8-Goicoechea, de la provincia de San
José. Colinda: al sur, lote 6 C; al este, calle Alemania, y al noroeste, Fuertejidos S. A. Mide: ciento cuarenta y cuatro metros con
cincuenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las
nueve horas y quince minutos del tres de abril del dos mil dieciocho, con la
base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas
y quince minutos del diecinueve de abril del dos mil dieciocho, con la base de
setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Andre Javier Calvo Vega contra Constructora Artemis del
Caribe S. A. Expediente Nº 16-011697-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 01 de diciembre del
2017.—Maricela Monestel Brenes, Jueza.—( IN2018214688
).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y
treinta minutos del veintidós de mayo de dos mil dieciocho, y con la base de
ciento doce mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y cuatro mil
setecientos treinta y ocho - F- cero cero cero (44738-F- 000) la cual es terreno finca filial número
veintiuno apartamento de dos plantas destinado a uso habitacional en proceso de
construcción. Situada en el distrito La Ribera, cantón Belén, de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte, avenida dos; al sur, finca filial veintiocho y
finca filial veintisiete; al este, finca filial veintidós y al oeste, finca
filial veinte. Mide: doscientos cuarenta y cinco metros con treinta y ocho
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y
treinta minutos del seis de junio de dos mil dieciocho, con la base de ochenta
y cuatro mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de
junio de dos mil dieciocho con la base de veintiocho mil dólares exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Rigoberto Erazo
López, expediente Nº 17-002984-1158-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia cobro), 12 de diciembre del 2017.—Licda. Jessica Céspedes
Argüello, Jueza.—( IN2018214704 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y
treinta minutos del veintiséis de junio de dos mil dieciocho y con la base de
cincuenta y un mil diez dólares con setenta y seis centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número HCJ335. Marca Mercedes Benz.
Estilo C. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2014. Color gris. Vin WDDGF4JB9EA927607. Cilindrada 1796 c. c. Combustible
gasolina. Motor Nº 27186030728234. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y treinta minutos del seis de julio de dos mil
dieciocho, con la base de treinta y ocho mil doscientos cincuenta y ocho
dólares con siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de
julio de dos mil dieciocho con la base de doce mil setecientos cincuenta y dos
dólares con sesenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
de Soluciones Bansol Costa Rica S. A. contra Flory
María Salazar Baltodano. Exp.: 15-017278-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 24 de noviembre del 2017.—Licda.
Yendri Patricia Rojas Pérez, Jueza.—( IN2018214708).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas
y cuarenta minutos del veinticinco de junio de dos mil dieciocho y con la base
de diecinueve mil setecientos ochenta y ocho dólares con ochenta y nueve centavos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número BLJ644, marca
Volkswagen, estilo Jetta MK6, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año
2017, color café, vin 3VW1K1AJ6HM200270, cilindrada
2000 cc, combustible: gasolina, motor N° CBP737055.
Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta minutos del diez
de julio de dos mil dieciocho, con la base de catorce mil ochocientos cuarenta
y un dólares con sesenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta
minutos del veintiséis de julio de dos mil dieciocho, con la base de cuatro mil
novecientos cuarenta y siete dólares con veintidós centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Alex Sánchez Cruz.
Expediente: 16-012974-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 25 de enero
del 2018.—Licda. Zary Navarro Zamora, Jueza.—(
IN2018214711 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas y restricciones citas: 338-12529-01-0002-001; a las nueve horas y
treinta minutos del cinco de marzo del año dos mil dieciocho, y con la base de
seis millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
doscientos tres mil novecientos treinta y cinco cero cero
cero, la cual es terreno para construir. Situada en
el distrito primero Liberia, cantón primero de Liberia, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de 13.38
centímetros lineales; al sur, Norma Faerron Vargas;
al este, servidumbre de paso y al oeste, Norma Faerron
Vargas. Mide: doscientos cincuenta y seis metros cuadrados. Plano:
G-1638302-2013. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta
minutos del veinte de marzo del año dos mil dieciocho, con la base de cuatro
millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
treinta minutos del doce de abril del año dos mil dieciocho con la base de un
millón seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Alan Watson Faerron contra Daniel
Cordero Vargas. Exp: 16-000087-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste
(Liberia) (Materia Cobro), 29 de enero
del 2018.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—( IN2018214751 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas
y cero minutos del dos de marzo de dos mil dieciocho, y con la base de treinta
mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número 485016-000, la cual es terreno para
construir bloque C lote número tres con una casa de habitación. Situada en el
distrito 2-San Miguel, cantón 3-Desamparados de la provincia de San José, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 8 metros 75
centímetros; al sur, Junta de Educación Los Guidos;
al este, Carlos Leiva Tames y al oeste, lote número
22. Mide: ciento treinta y un metros con noventa y seis decímetros cuadrados.
Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve
de marzo de dos mil dieciocho, con la base de veintidós mil quinientos dólares
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se
señalan las nueve horas y cero minutos del tres de abril de dos mil diecisiete
con la base de siete mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Donald Roy Zanders contra Yahaira Vanessa Chinchilla Chinchilla. Exp.: 17-005381-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 02 de noviembre del 2017.—Msc. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—(
IN2018214759 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; soportando hipoteca de primer grado citas:
2009-190152-01-0001-001, servidumbre de paso citas: 2009-306921-01-0005-001,
servidumbre de paso citas: 2013-03639-01-0001-001, servidumbre de líneas
eléctricas y de paso citas: 2013-03639-01-0010-001, servidumbre de líneas
eléctricas y de paso citas: 2013-03639-01-0014-001, servidumbre de líneas
eléctricas y de paso citas: 2013-03639-01-0018-001; a las catorce horas y cero
minutos del trece de marzo del dos mil dieciocho, y con la base de doce
millones quinientos cincuenta mil ochocientos sesenta y cuatro colones con
treinta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos treinta y nueve mil
ciento diez cero cero cero,
la cual es terreno de café, pasto. Situada en el distrito 05 San Pedro, cantón
19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Odilio Garro Mora; al sur, Odilio
Garro Mora y servidumbre de paso; al este, Odilio
Garro Mora, y al oeste, Rogelio Vega Arguedas. Mide: veinte mil seiscientos
seis metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate,
se señalan las catorce horas y cero minutos del cuatro de abril del dos mil
dieciocho, con la base de nueve millones cuatrocientos trece mil ciento
cuarenta y ocho colones con veintiocho céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos
del veinte de abril del dos mil dieciocho con la base de tres millones ciento
treinta y siete mil setecientos dieciséis colones con diez céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L contra Willie
Alberto Garro Mora. Expediente N° 17-005082-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón)
(Materia Cobro), 10 de enero
del 2018.—Msc. Harold Ríos Solórzano, Juez.—( IN2018214807 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
advertencia administrativa, inmovilización por error interno y demanda
ordinaria (ver exp. adm.
301-2005. resol. de las 14:00 horas del 02-11-2005. D.R.P., ver exp. 301-2005), a las nueve horas y cero minutos del ocho
de marzo del dos mil dieciocho y con la base de setenta y nueve mil trescientos
dólares, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula número la cual es terreno lote 31-C terreno para construir con
una casa. Situada: en el distrito 01 San Pablo, cantón 09 San Pablo, de la
provincia de. Colinda: al norte, lote 70-C; sur, calle pública con 14 metros 28
centímetros de frente; este, lote 32-C; oeste, calle pública con 16 metros de
frente. Mide: doscientos treinta y seis metros con cincuenta y seis decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos
del veintitrés de marzo del dos mil dieciocho, con la base de cincuenta y nueve
mil cuatrocientos setenta y cinco dólares (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos
del diecisiete de abril del dos mil dieciocho, con la base de diecinueve mil
ochocientos veinticinco dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Óscar Guillermo Fernández Salgado. Expediente Nº 09-000700-1012-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 20 de noviembre del 2017.—Msc. Cristian Mora Acosta, Juez.—(
IN2018214826 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; a
las nueve horas y cero minutos del nueve de marzo del año dos mil dieciocho, y
con la base fijada según avalúo pericial de dos millones setecientos
veintisiete mil cuatrocientos colones exactos. En el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos
doce mil cuatrocientos veintinueve cero cero cero la cual es de naturaleza terreno solar. Situada en el
distrito 12 Monterrey, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Natalia Jarquín Loáciga; al sur,
Natalia Jarquín Loáciga; al este, calle pública, y al
oeste, Natalia Jarquín Loáciga. Mide: Doscientos
setenta y dos metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dos de abril del año dos
mil dieciocho, con la base de dos millones cuarenta y cinco mil quinientos
cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de
abril del año dos mil dieciocho con la base de seiscientos ochenta y un mil
ochocientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Banco Nacional de
Costa Rica contra Franklin Medina Jarquín. Exp. N° 09-100271-0317-CI.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Segundi Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 9 de enero
del 2018.—Licda. Dinia Peraza Delgado, Jueza.—(
IN2018214837 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce
horas cero minutos del seis de abril del dos mil dieciocho, y con la base de
cuatrocientos treinta y tres millones de colones, al mejor postor, remataré:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintitrés
mil ochocientos setenta y ocho F cero cero cero, la cual es terreno finca filial número veintidós de
dos plantas ubicada en el segundo y tercer nivel del edificio dos, destinada a
uso comercial con un local totalmente construido. Situada: en el distrito tres
San Rafael, cantón dos Escazú, de la provincia de San José. Colinda: norte,
finca filial veintiuno y área común libre acera; sur, finca filial veintitrés y
área común libre acera; este, área común libre área verde, y oeste, área común
libre acera. Mide: cuatrocientos sesenta y seis metros con cero decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos
del veinticuatro de abril del dos mil dieciocho, con la base de trescientos
veinticuatro millones setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce
horas cero minutos del diez de mayo del dos mil dieciocho, con la base de
ciento ocho millones doscientos cincuenta mil colones (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Central Fiduciaria Inmobiliaria CFI
S. A., Corporación Eléctrica Osmin Vargas S. A.
Expediente Nº 18-000357-1763-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 22 de enero del 2018.—Licda. Merlin Murillo Monge, Jueza.—( IN2018214839 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada citas: 314-04903-01-0002-001, a las once horas y cero
minutos del veinticuatro de mayo del dos mil dieciocho, y con la base de ciento
sesenta y siete millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº
77360-A cero cero cero, la
cual es terreno para construir lote 43 H. Situada: en el distrito 03 La Asunción,
cantón 07 Belén, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 44 H; al
sur, lote 43 H; al este, resto a parque y al oeste, resto para calle. Mide:
trescientos setenta y cinco metros cuadrados. Para el segundo remate, se
señalan las once horas y cero minutos del ocho de junio del dos mil dieciocho,
con la base de ciento veinticinco millones doscientos cincuenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se
señalan las once horas y cero minutos del veinticinco de junio del dos mil
dieciocho, con la base de cuarenta y un millones setecientos cincuenta mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Luis Fernando Delgado Cárdenas. Expediente Nº
16-008063-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia
(Materia Cobro), 22 de
diciembre del 2017.—Msc. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2018214848 ).
PRIMER REMATE: A las ocho horas y treinta
minutos del dieciséis de abril del dos mil dieciocho, en la puerta exterior del
Juzgado Agrario de Liberia, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de
seis millones de colones, en el mejor postor se rematará la finca inscrita en
el Registro Público Inmobiliario, Partido de Guanacaste, matrícula ciento
setenta y cinco mil ochocientos sesenta y cinco- cero cero
cero. Es terreno apto para construir, ubicado en
Belén [distrito cuarto], de Carrillo [cantón quinto] de la provincia de
Guanacaste. Sus linderos son: Norte, Martín Marchena Ortiz y servidumbre de
paso con seis metros con un centímetro de frente, ambos en parte; sur, Demetrio
Rodríguez Rodríguez; este, Leyla
Ortega Marchena; y oeste, Rodrigo Marchena Ortiz y Antonio Marchena Ortiz,
ambos en parte. Mide mil setecientos cincuenta y seis metros con cincuenta y
tres decímetros cuadrados. Pertenece a María Benigna Marchena Ortiz. Otros
gravámenes o afectaciones: Reservas y restricciones citas:
400-12257-01-0901-001. SEGUNDO REMATE:
De no existir postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las
ocho horas y treinta minutos del treinta de abril del dos mil dieciocho, con la
base de cuatro millones quinientos mil colones (rebajada en un 25% de la base
original). TERCER REMATE: De no
existir postores en el segundo remate, para celebrar el tercero, se señalan las
ocho horas y treinta minutos del veintiuno de mayo del dos mil dieciocho, con
la base de un millón quinientos mil colones (un 25% de la base original). Se remata
por estar ordenado en proceso hipotecario N°
12-000117-0388-CI, de Distribuidora Agropecuaria Montes de Oro S. A., contra
María Benigna Marchena Ortiz y otro.—Juzgado Agrario del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), Liberia, 5 de febrero del 2018.—Lic.
Rodrigo Tobías Valverde Umaña, Juez.—( IN2018214884 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas y restricciones citas: 406-11997-01-0900-001; a las nueve horas y cero
minutos del cinco de marzo del año dos mil dieciocho, y con la base de siete
millones seiscientos noventa y nueve mil doscientos noventa y tres colones con
treinta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y cuatro mil
ochocientos setenta y uno-cero cero cero, la cual es
terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 2
Sierra, cantón 7 Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
calle pública con 11,91 metros; al sur, este y oeste, Ronald De Los Ángeles
Suarez Cruz. Mide: Trescientos doce metros con cuarenta y siete decímetros
cuadrados. Plano: G- 0137703-1993. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y cero minutos del veinte de marzo del año dos mil dieciocho, con la base
de cinco millones setecientos setenta y cuatro mil cuatrocientos setenta
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del doce de abril del año dos
mil dieciocho con la base de un millón novecientos veinticuatro mil ochocientos
veintitrés colones con treinta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Blanca Cruz Arguedas. Exp.
N° 14-000084-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor
Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia)
(Materia Cobro), 26 de enero
del 2018.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—( IN2018214903 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas
y cero minutos del siete de marzo de dos mil dieciocho y con la base de
veintidós millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 383563-000, la
cual es naturaleza: para construir con una casa, lote 14. Situada en el
distrito 01 Desamparados, cantón 03 Desamparados de la provincia de San José.
Colinda: al norte lote 15; al sur destinada a zona verde; al este Luisa Monge
Fallas y al oeste destinada a alameda. Mide: ciento veintiún metros con setenta
y tres decímetros cuadrados. Plano: SJ-0854967-1989. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de marzo de dos mil
dieciocho, con la base de dieciséis millones quinientos mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cero minutos del dieciséis de abril de dos mil dieciocho, con
la base de cinco millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Álvaro José Zúñiga Vega, Carlos Chacón Araya, Maureen Castro
Alvarado, Rubén Darío Arjona Brown contra Justa Zulay Mendoza Duartes.
Expediente: 17-012146-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 29 de
setiembre del 2017.—Licda. Melania Jiménez Vargas, Jueza.—( IN2018214922 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce
horas y treinta minutos del diecinueve de marzo de dos mil dieciocho y con la
base de veintidós mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 248808-000 la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito 4-Tirrases, cantón
18-Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública;
al sur, María Cecilia Vargas y otros; al este, Urb. y Viviendas El Hogar S. A.
y al oeste, calle pública. Mide: ciento cincuenta metros con veintiséis
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
treinta minutos del diez de abril de dos mil dieciocho, con la base de dieciséis
mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del
veintiséis de abril de dos mil dieciocho con la base de cinco mil quinientos
dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Tyler Riyozo
Kurita contra Geovanni Francisco Vargas Solano. Exp:
16-011385-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 26 de enero del 2018.—Licda. Maricela Monestel
Brenes, Jueza.—( IN2018214940 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y
cero minutos del seis de marzo del dos mil dieciocho, y con la base de once
millones trescientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
doscientos dieciocho mil doscientos noventa y siete cero cero
cero, la cual es terreno de frutales y cultivos.
Situada: en el distrito 03 Agua Buena, cantón 08 Coto Brus, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública y Claudia Campos Álvarez; al sur,
Claudia Campos Álvarez; al este, Claudia Campos Álvarez, y al oeste, Álvaro
Solís Sánchez. Mide: mil metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo
remate, se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de marzo del dos
mil dieciocho, con la base de ocho millones cuatrocientos setenta y cinco mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del trece de abril del dos
mil dieciocho, con la base de dos millones ochocientos veinticinco mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Berni Javier Rojas Campos, Carlos Eduardo Rojas Campos. Expediente Nº 17-005966-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia
Cobro), 29 de enero
del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(
IN2018214961 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada citas: 382-07487-01-0835-001, condiciones citas:
382-07487-01-0836-001; y servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
2016-00098679-01-0001-001, a las diez horas y cero minutos del dos de marzo del
año dos mil dieciocho, y con la base de veinte millones de colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número quinientos ochenta mil quinientos uno-cero cero cero, la cual es terreno con una casa de habitación y
agricultura. Situada en el distrito tercero Daniel Flores, cantón diecinueve
Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte Cesar Cordero
Monge; al sur María Eneida Monge Azofeifa; al este, calle pública con 20 metros
10 decímetros y al oeste María Eneida Monge Azofeifa. Mide: mil metros con cero
decímetros cuadrados. Plano: SJ-1103485-2006. Para el segundo remate se señalan
las diez horas y cero minutos del diecinueve de marzo del dos mil dieciocho,
con la base de quince millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos
del diez de abril del dos mil dieciocho, con la base de cinco millones de
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Gustavo Adolfo Ocampo Vargas. Expediente: 13-004888-1200-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez
Zeledón, (Materia Cobro), 15 de diciembre
del 2017.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2018214962 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
demanda ordinaria citas 800-00240592-01-0001-001 correspondiente al expediente
13-002343-0338 FA; a las nueve horas y cero minutos del nueve de marzo de dos
mil dieciocho -09:00am 09/03/2018-, y con la base de veintiséis millones
trescientos dieciocho mil quinientos setenta y ocho colones con veintinueve
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula N° 97868-000 cero cero cero, la cual es Naturaleza
Lote N° 21 terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito 2-San Isidro, cantón 8-El Guarco, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur resto destinado a parque; al
este, lote N° 22, y al oeste, resto destinado a
parque. Mide: ciento cuarenta metros cuadrados. Para el segundo remate, se
señalan las nueve horas y cero minutos del dos de abril del dos mil dieciocho
-09:00am 02/04/2018- con la base de diecinueve millones setecientos treinta y
ocho mil novecientos treinta y tres colones con setenta y dos céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las nueve horas y cero minutos del dieciocho de abril del dos mil dieciocho
-09:00am 18/04/2018- con la base de seis millones quinientos setenta y nueve
mil seiscientos cuarenta y cuatro colones con cincuenta y siete céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan
postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente
en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto- se consigna que el
tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la
almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal
contra Adriana Patricia Cerdas Aguilar. Expediente N°
17-002694-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 19 de enero del 2018.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2018214975 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las trece horas
y treinta minutos del seis de marzo del dos mil dieciocho, y con la base de
nueve millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº
13844-F-000 cero cero cero,
la cual es terreno apartamento construido Nº 16.
Situada: en el distrito 3-San Francisco, cantón 1-Heredia, de la provincia de
Heredia. Colinda: al norte noreste; filial 17; al sur suroeste, filial 15; al
este sureste, área común de uso restringid, y al oeste noroeste, acera de
acceso medio otros. Mide: treinta y siete metros cuadrados. Para el segundo
remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiuno de marzo del
dos mil dieciocho, con la base de siete millones ciento veinticinco mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de abril del dos mil
dieciocho, con la base de dos millones trescientos setenta y cinco mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Arnoldo Artavia Muñoz, Carlos
Chacón Araya contra Hizel Marlene de los Ángeles
Marín Moreno. Expediente Nº 17-007292-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 09 de noviembre del 2017.—Licda.
Gabriela Chaves Villalobos, Jueza.—( IN2018215033 ).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de José Jorge Cortés Cortés, a una junta que se verificará en este Juzgado, a
las ocho horas treinta minutos del seis de marzo del dos mil dieciocho, para
conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código
Procesal Civil. Expediente Nº 15-000106-0220-CI.—Juzgado
Tercero Civil de San José, 23 de enero
del 2018.—Lic. Sergio Huertas Ortega, Juez.—1 vez.—( IN2018212246 ).
Se convoca a
todas las personas interesadas en la sucesión de María Julia Díaz Navarrete, a
una junta que se verificará en este juzgado a las ocho horas del veintisiete de
febrero del dos mil dieciocho, para conocer acerca de los extremos que
establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente N° 13-000323-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 01 de febrero del 2018.—Lic. Carlos Manuel Ruiz
Rodríguez, Juez.—1 vez.—( IN2018214834 ).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el
expediente N° 12-000193-1129-AG, donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Alejandro Fonseca Gamboa,
quien es mayor, estado civil casada una vez, vecino de Pérez Zeledón, San
Isidro del General, El Pocito, de pulpería La Grangita
treinta metros al este y trescientos treinta al norte, portadora de la cédula
de identidad vigente que exhibe número seis-cero doscientos uno-cero
seiscientos setenta y ocho, profesión Oficial de Seguridad Privado, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: finca cuya naturaleza es terreno de agricultura. Situada: en
Calientillo en el distrito (siete) Pejibaye, cantón (diecinueve) Pérez Zeledón,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente
lineal de ciento quince metros con cincuenta y dos centímetros; al sur, calle
pública con un frente lineal de ciento dos metros con setenta y seis
centímetros; al este, calle pública con un frente lineal de ciento quince
metros con cincuenta y dos centímetros, y al oeste, Virginia Jiménez Sánchez.
Mide: dos mil quinientos setenta y cinco metros cuadrados, tal como lo indica
el plano catastrado número SJ-uno cuatro seis tres tres
dos dos-dos mil diez. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no
pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estiman
tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de
colones exactos cada uno. Que adquirió dicho inmueble de forma de donación
realizada por la señora Hilda Gamboa Agüero, mediante la Escritura Pública
número doscientos noventa y nueve-cinco, por medio de la notaria
pública Yesenia González Retana, tomo cinco, y hasta la fecha lo hemos
mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a
título de dueño por más de cincuenta años. Que no existen condueños. Que los
actos de posesión han consistido en la limpieza de la finca, mantenerla cercada
con alambre de púas y cultivos ocasionales para el consumo de la familia. Que
no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovido por Alejandro Fonseca Gamboa. Expediente N° 12-000193-1129-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la
Zona Sur (Pérez Zeledón). Pérez Zeledón, 24 de enero del 2018.—Licda.
Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018213786 ).
Se hace
saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente Nº
14-160045-0642-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por
parte de Jesús Piedra García, quien es mayor, estado civil: casado una vez,
vecino del Roblar del Carmen de Parrita, portador de la cédula de identidad
vigente que exhibe número: nueve-cero ocho siete-seis tres ocho (9-087-638),
profesión: agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza
es terreno de agricultura, repastos y tacotal. Situada: en El Carmen, distrito
primero Parrita, cantón noveno Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, con Eliécer Acuña Badilla y servidumbre agrícola en medio; al sur,
con río Palo Seco; al este, con Benjamín, Gloria, Bertilio,
Noemy, Lorena, Erick, Rodolfo, Edwin y José Luis, todos de apellidos Piedra
García, y al oeste, con Jhonny Líos Obando. Mide:
cuatro hectáreas seis mil ochenta metros cuadrados, tal como lo indica el plano
catastrado número: seis-uno seis tres seis ocho cuatro uno-dos cero uno tres
(P-1636841-2013). Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no
pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de ocho millones de
colones. Que adquirió dicho inmueble por donación verbal que le hizo su padre
Isidro Ramiro Piedra Azofeifa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por
más de sesenta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han
consistido en la siembra de pastos, construcción y remodelación de la casa,
siembra de café, cercado y conexión de servicios públicos y agricultura variada
y árboles frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida
por Jesús Piedra García. Expediente Nº
14-160045-0642-AG.—Juzgado
Civil y Agrario de Puntarenas.—Licda. Dayana Mercedes Rodríguez
Rojas, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018213788 ).
Se hace saber
que ante este despacho se tramita el expediente N°
17-000081-1129-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Juan Delgado Cerdas, quien es mayor, estado civil casado una vez,
vecino de San José, Pérez Zeledón, Santa Rosa de Río Nuevo, portador de la
cédula de identidad vigente que exhibe número 1-0429-0293, profesión
agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de
repastos. Situada en el distrito décimo: Río Nuevo, cantón diecinueve: Pérez
Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte Heriberto Morales
Sánchez en medio de Río Nuevo; al sur Damián Arguedas Sáenz, Juan Delgado
Cerdas y fin de servidumbre de uso agrícola; al este Damián Arguedas Sáenz y al
oeste Heriberto Morales Sánchez en medio de Río Nuevo. Mide: treinta y cuatro
mil trescientos noventa metros cuadrados, tal como lo indica el plano
catastrado número SJ-1995397-2017. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma
de dos millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por venta que
le hizo Etelgive López Cerdas y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a
título de dueño por más de 40 años. Que no existen condueños. Que los actos de
posesión han consistido en siembra de pastos. Que no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por Juan Delgado Cerdas.
Expediente: 17-000081-1129-AG.—Juzgado
Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 29 de enero del 2018.—Lic.
Carlos Eduardo Rojas Rojas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2018213792 ).
Se hace saber:
que ante este Despacho se tramita el expediente N°
17-000086-1129-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de María Dilenia Arrieta Ramírez quien es
mayor, estado civil casada una vez, vecina de Pérez Zeledón, Mercedes de Cajón,
150 metros al sureste del supermercado La Flor, portadora de la cédula de
identidad vigente que exhibe Nº 1-1302-0817,
profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza
es café. Situada en el distrito ocho: Cajón, cantón diecinueve: Pérez Zeledón,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, Flor Varela Arroyo y María Dilenia Arrieta Ramírez; al sur, Yenny
Arrieta Ramírez; al este, Flor Varela Arroyo y al oeste, calle pública. Mide:
cinco mil doscientos treinta y cuatro metros cuadrados, tal como lo indica el
plano catastrado Nº SJ-1980293-2017. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de un millón de
colones y las presentes diligencias en la suma de setecientos mil colones. Que
adquirió dicho inmueble por donación del señor José Ángel Arrieta Oconitrillo, mediante escritura número ciento ochenta y
tres-quince, otorgada ante los notarios Esperanza Reyes Sequeira y Rafael
Eliecer Cascante Arias, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta,
pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de
30 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en
mantenimiento general del inmueble, reparación de cercas, limpieza de rondas y
asistencia del cafetal. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por., expediente Nº
17-000086-1129-AG.—Juzgado
Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), Pérez
Zeledón, 30 de enero del 2018.—Lic.
Carlos Eduardo Rojas Rojas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2018213793 ).
Rigoberto
Jiménez Fernández, mayor de edad, viudo, agricultor, vecino de Bagaces,
Guanacaste, cédula uno-doscientos seis-seiscientos setenta y cuatro, promueve
información posesoria; pretende inscribir a su nombre en el Registro Público
Inmobiliario, libre de gravámenes y cargas reales, el inmueble que se describe
así: Terreno sin inscribir de potrero, situado en Salitral, Bagaces (distrito
primero) Bagaces (cantón cuarto), de la provincia de Guanacaste. Linderos:
norte, calle pública; sur, Industria de Aceite y semillas de Jojoba S. A.,
este, María Méndez Fuentes y oeste, calle pública; según plano catastrado G-un
millón novecientos setenta y cinco mil quinientos cuarenta-dos mil diecisiete.
Mide: diez mil cuatrocientos setenta y ocho metros cuadrados. Manifiesta que no
está inscrito, que carece de título inscribible y que no pretende evadir las
consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, ni pesan cargas
reales ni gravámenes sobre el inmueble, lo adquirió por venta desde el quince
de octubre de mil novecientos noventa y siete, estima el inmueble en tres
millones de colones y el proceso en la misma suma, por el plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a todas las personas
interesadas para que se apersonen en defensa de sus derechos. Exp. N° 17-000091-0387-AG.—Juzgado Agrario del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 30 de enero del 2018.—José
Francisco Chacón Acuña, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018213794 ).
Se hace
saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
17-000191-0297-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Inversiones Chequelo S. A. cédula jurídica
3-101-411674, representada por Ezequiel Ramírez Bejarano, quien es mayor,
estado civil casad una vez, vecino de barrio Los Ángeles, frente a la iglesia
católica, portador(a) de la cédula de identidad vigente que exhibe número
2-273-139, pensionado, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la
provincia de Alajuela, la cual es terreno de potrero con dos casas. Situada en
Dulce Nombre el distrito uno Quesada, cantón décimo San Carlos, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte y oeste, Compañía de Servicios Técnico y
Profesionales R & S S. A.; al sur, Compañía de
Servicios Técnicos y Profesionales S & S S. A. y
en parte servidumbre de paso con frente de 39.45 metros lineales; al este,
Inversiones Chequelo. Mide: dos mil cuarenta y siete
metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no
pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
dicho inmueble en la suma de veintitrés millones de colones. Que adquirió dicho
inmueble por compra que le hiciere a Luz Mery Quesada, quien es mayor,
divorciada una vez, ama de casa, cédula 2-440-390, vecina de Grillo de Dulce
Nombre de Ciudad Quesada, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública,
pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en vivienda. Que no
ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de
la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por Inversiones Chequelo S. A. Exp. N° 17-000191-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Civil), Ciudad Quesada, San Carlos, 18 de setiembre del 2017.—Lic.
Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—( IN2018213850 ).
Se hace
saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
15-000162-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Rita de Los Ángeles Chaves Benavides, quien es mayor, soltera, en
unión de hecho, docente, y tres, portadora de la cédula de identidad vigente
que exhibe número 01-0835-0641 y Rodrigo Arturo Martín León Chaverri quien es
mayor, divorciado, tres veces en unión de hecho, pensionado, portador de la
cédula de identidad vigente que exhibe número 04-0124-0653, ambos vecinos de
Puebla de San Pablo de Heredia, urbanización la Amelia, casa número setenta a
fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el
terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero, cantón tercero,
de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con calle pública con un
frente a ella de veinte metro lineales; al sur, este y
oeste, con Victoriano Cabalceta Barrantes. Mide:
seiscientos metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio
y estima dicho inmueble en la suma de dos millones novecientos mil colones. Que
adquirieron dicho inmueble el doce de marzo de dos mil dieciséis, y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica e ininterrumpida y a
título de dueños. Que los actos de posesión han consistido en atención integral
a la finca mediante la instalación de cercas, limpieza y cuidado de rondas. Que
no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de
la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por Rita de Los Ángeles
Chaves Benavides y Rodrigo Arturo Martín León Chaverri. Exp.
N° 15-000162-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz,
Santa Cruz, 20 de
setiembre del 2017.—Lic. Gerardo Marcelo Monge Blanco, Juez.—1 vez.—(
IN2018213861 ).
Se hace
saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
17-000190- 0386-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Yesenia De Los Ángeles Morales Saballos
quien es mayor de edad, casada una vez, Administradora de Empresa, vecina de
Guanacaste, Liberia, Barrio Alaska del play
doscientos metros al Sur, cédula de identidad número 5-0334-0237, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es
terreno para construir, situado en el distrito primero Liberia, cantón primero
Liberia, de la provincia de Guanacaste. Lindante al norte, Pasos Juárez Juárez y Julieta Morales Saballos
en parte, al Sur: Calle pública y Violeta Sánchez Chacón en parte; al este,
Fidelia Espinoza Gutiérrez y Marta Castrillo Leandro en parte, y al oeste,
Julieta Morales Saballos. Con una medida de
seiscientos setenta y ocho metros cuadrados, según plano catastrado bajo el
número g- un millón novecientos cuarenta y tres mil ochocientos treinta y
cuatro- dos mil dieciséis de fecha 20 de diciembre del 2016. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de trescientos cincuenta mil colones. Que adquirió dicho inmueble por compra
que le hiciera a Maria Del Carmen Briceño Briceño, mayor, de estado civil actual viuda, ama de casa,
vecina de la provincia de Guanacaste, cantón Liberia, distrito Liberia 200
metros al norte de las oficinas del ICE frente al Plantel de la Municipalidad,
cédula número 8-068-747, en fecha primero de noviembre del dos mil diecisiete,
pero lo ha poseído desde el diecinueve de mayo del dos mil diez y con quien no
le liga parentesco alguno, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública,
pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Yesenia De Los Ángeles Morales Saballos.
Exp. N° 17-000190-0386-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia
Civil), Liberia, 15 de enero
del 2018.—Lic. Patrick Ramos Chavarría, Juez.—1 vez.—( IN2018213894 ).
Se hace saber
que ante este Despacho se tramita el expediente N°
17-000158-0638-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Wilfredo Vargas Soto, quien es mayor, casado por segunda vez, mecánico
automotriz, vecino de Alajuela El Coco, Santiago Oeste, portador de la cédula
de identidad vigente que exhibe número 02-0321-0429, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno para
construir con una casa. Situada en el distrito noveno Río Segundo, barrio La
Candela, cantón primero Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, calle pública, con un frente de 14 metros; al sur, Rosalío Antonio
Ugarte Morales; al este, Rosalío Antonio Ugarte Morales, y al oeste, Miguel
Arias Morera. Mide: doscientos cincuenta y dos metros con nueve decímetros
cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho
inmueble en la suma de veinticinco millones de colones. Que adquirió dicho
inmueble de Luis Antonio Garita Maroto desde el 25 de octubre del año 1994 y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de
la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por Wilfredo Vargas Soto. Exp. N° 17-000158-0638-CI.—Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, 30 de enero del 2018.—Lic.
Carlos Esteban Sancho Araya, Juez.—1 vez.—( IN2018213900 ).
Se hace
saber, que ante este Despacho se tramita el expediente N°
16-000191-0388-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte
de, Edda Arlee López Gutiérrez, quien es mayor,
estado civil soltera, vecina de San José, Escazú, portadora de la cédula de
identidad vigente que exhibe número 0502300274, profesora de secundaria, a fin
de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito octavo Cabo Velas, cantón
tercero, Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Jorge
Angulo López; al sur, Damaris Rodríguez Mora; al este, río Matapalo e Idania
Rodríguez Duarte y al oeste, Servidumbre de paso con catorce metros lineales y
tres metros de ancho. Mide: trescientos ochenta y ocho metros con cincuenta y
cinco decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que
adquirió dicho inmueble cesión, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en
mantenimiento con respecto a la chapea, siembro de frutales, cuidado de cercas
y postería y mantenimiento de vivienda. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria a efecto de
que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Edda Arlee López
Gutiérrez. Exp.: 16-000191-0388-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de
Santa Cruz, (Materia
Civil), Santa
Cruz, 31 de marzo
del 2017.—Lic. Carlos Manuel Ruiz Rodríguez, Juez.—1 vez.—( IN2018213970 ).
Se hace
saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
15-000015-0422-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Rancho Estero Colorado PFB S. R. L quien es mayor, estado civil
divorciado, vecino de Montes de Oca, San Pedro, portador de la cédula de
identidad vigente que exhibe número 1-219-600, profesión abogado, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, los terrenos
que se describen así: 1) Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual
es terreno tacotal. Situada en el distrito Pavón, cantón Golfito, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Calle Pública; al sur, Roberto
Cascante Carmona y Isaac Sánchez Aguirre; al este, calle pública, y al oeste,
Isaac Sánchez Aguirre, Juan José Araya Araya y
Alcides Rodríguez Delgado. Mide: diez hectáreas dos mil seiscientos cincuenta y
seis metros con once decímetros cuadrados. 2) Finca ubicada en la provincia de
Puntarenas, la cual es terreno tacotal. Situada en el distrito Pavón, cantón
Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Juan José Araya Araya; al sur, Roberto Cascante Carmona; al este, zona
pública y al oeste, calle publica. Mide: ocho
hectáreas nueve mil trescientos cincuenta y cuatro metros con siete decímetros
cuadrados. Indica el promovente que sobre los inmuebles a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dichos
inmuebles en la suma de ochenta millones de colones, siendo que el primero se
estima en cincuenta millones de colones y el segundo en treinta millones de
colones. Que adquirió dichos inmuebles mediante escritura pública número
ochenta y nueve de fecha veintinueve de abril del dos mil catorce, y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de
posesión han consistido en labores de limpieza del terreno
así como la reconstrucción y mantenimiento de las casas de habitación. Que no
ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de
la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por Rancho Estero Colorado
PFB S.R.L. Exp. N°
15-000015-0422-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Golfito, 29 de enero del 2018.—Lic. Luis
Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1 vez.—( IN2018214060 ).
Se hace saber
que ante este Despacho se tramita el expediente número 13-100050-920-LA-3, que
es diligencias de información posesoria promovidas por La Unión Castiba Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica:
tres-ciento uno-trescientos noventa y tres mil trescientos ochenta y seis,
domiciliada en Puntarenas, Corredores, Ciudad Neily,
costado este del Pali, barrio la Unión, a fin de inscribir a su nombre y ante
el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así :Naturaleza
del Inmueble, terreno para construir, situado frente al Mercado Municipal de
Ciudad Neily, de la provincia de Puntarenas, distrito
primero corredor, cantón décimo Corredores, cuenta con una cabida de doscientos
cuarenta metros cuadrados, linda al norte y sur, con calle pública; al este,
con María Cruz Ruzaga, y al oeste, con Ramón Benito
Rojas Soto, posee el plano número P-un millón seiscientos cincuenta y cinco mil
novecientos veintiséis-dos mil trece. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir no pesan cargas reales, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio. Estima dicho inmueble en la suma de seis millones de colones. Que
adquirió dicho inmueble de la señora Lila Alfaro Esquivel, por medio de compra-venta privada asentada mediante escritura número
cuatrocientos cincuenta, tomo quince visible a folio 189 frente y vuelto del
protocolo de la notaria pública Wendy Mora Garro y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica, continua, de buena
fe y a título de dueño. Que los actos de posesión han consistido en construir.
Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información
posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovido
por La Unión Castibia Sociedad Anónima, expediente
13-100050-920-CI-3.—Ciudad Neily,
Corredores, 18 de noviembre del 2013.—Licda. Guiselle
Argüello González, Jueza.—1 vez.—( IN2018214218 ).
Se hace
saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
15-000012-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de María Oledy Viales Arrieta quien es mayor,
casada una vez, vecina de Liberia Guanacaste, 400 metros al sur y 75 metros al
este de la Escuela Ciudad Blanca, portadora de la cédula de identidad vigente
que exhibe número 502400786, ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante
el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya
naturaleza es tacotal y potrero. Situada en el distrito quinto (Cartagena),
cantón tercero (Santa Cruz), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Edelmer Viales Arrieta; al sur, calle pública con una
medida de setenta y nueve metros con seis decímetros lineales; al este, Imelda
Viales Arrieta, y al oeste, Edelmer Viales Arrieta.
Mide: Nueve mil setecientos treinta y cinco metros cuadrados, tal como lo
indica el plano catastrado número G-1531792-2011. Indica el promovente que
sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de ocho millones de colones cada una. Que adquirió dicho
inmueble por una donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta,
pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de
dieciocho años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han
consistido en dar mantenimiento a las cercas y limpieza en general. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de
la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por María Oledy Viales Arrieta. Exp. N° 15-000012-0388-CI.—Juzgado Agrario del Segundo
Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), Santa Cruz, 28 de abril del año 2017.—Licda.
Erika Amador Brenes, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2018214285 ).
Se hace saber:
que ante este Despacho se tramita el expediente N°
15-000099-1129-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de María Chinchilla Calderón quien es mayor, viuda, vecina de Mollejones
de Pérez Zeledón, un kilómetro norte de la escuela, portadora de la cédula de
identidad vigente que exhibe Nº 01-0251-0466, ama de
casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: terreno de café. Situada en el
distrito sexto (Platanares), cantón diecinueve (Pérez Zeledón), de la provincia
de San José. Colinda: al norte, Johnny Ortiz Ilama;
al sur, Elena Calderón Chinchilla y Bernardo Chinchilla Calderón; al este,
Elena Calderón Chinchilla y Bernardo Chinchilla Calderón y al oeste, Elena
Calderón Chinchilla y Bernardo Chinchilla Calderón. Mide: catorce mil
cuatrocientos setenta y nueve metros con treinta y tres decímetros cuadrados,
tal como lo indica el plano catastrado Nº SJ
1092637-2006. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el
inmueble en la suma de cinco millones y las presentes diligencias en la suma de
un millón colones. Que adquirió dicho inmueble por donación de esposo Reinaldo
Calderón Romero, hace aproximadamente treinta y seis años, y hasta la fecha lo
ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y
a título de dueño por más de treinta y seis años. Que no existen condueños. Que
los actos de posesión han consistido en cultivo de café y agricultura y casa de
habitación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
información posesoria, a efecto de que dentro del
plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria,
promovida por María Chinchilla Calderón, expediente Nº
15-000099-1129-AG.—Juzgado
Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), Pérez
Zeledón, 29 de enero del 2018.—Lic.
Carlos Eduardo Rojas Rojas, Juez Agrario.—1
vez.—Exonerado.—( IN2018214286 ).
Mediante acta
de apertura otorgada ante esta notaría por. María Elena Gutiérrez Álvarez,
Mario Ángel Gutiérrez Álvarez y Juan Pablo Gutiérrez Álvarez y Edgar Guillermo
Sequeira Angulo, a las catorce horas del once de noviembre del dos mil
diecisiete, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el
proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Olman Gutiérrez Álvarez;
mayor, cédula número cinco- cero ochenta y dos-cero sesenta soltero,
pensionado, vecino de Santa Cruz, Guanacaste, frente a emergencias, de la Caja
Costarricense del Seguro Social. Se cita y emplaza a todos los interesados para
que dentro del plazo máximo de treinta días, contados
a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a
hacer valer sus derechos. Notaría del Licenciado Miguel Ángel Cubillo Cubillo, notario público domiciliado en Santa Cruz,
Guanacaste Residencial Corobí, segunda etapa, del
Taller Eléctrico Rodrigo Sandoval, cien metros al este, cien metros al norte y
cien metros al este, Teléfono 8885-2010.—Máster Miguel
Ángel Cubillo Cubillo, Notario.—1 vez.—( IN2018211881
).
Se cita a todos
los interesados en la sucesión de quien en vida fue: María Antonia Gladys Siles
Gamboa, cédula tres-cero cero ochenta y ocho-cero trescientos cincuenta y tres,
vecino de Cartago Centro; para que en el término de treinta días a partir de
esta publicación, se apersonen a esta notaria para hacer valer sus derechos y
se les aperciba a quienes crean tener tal calidad a reclamar sus derechos que
si no se presentan dentro del plazo estipulado la herencia será distribuida
para quien corresponda.—Cartago, 29 de enero del 2018.—Licda. Jenny Valverde
Solano, Notaria.—1 vez.—( IN2018213736 ).
Se cita y
emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede notarial de Agustín
Ortiz Gutiérrez, quien fuera costarricense, mayor, soltero, vecino de Osa,
Puntarenas, cédula 1-0408-0527, para que dentro del
plazo de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos, ante la notaría de la Msc.
Annia Shirley Zúñiga Méndez, sita en Pérez Zeledón,
100 metros este y 25 metros sur de la Municipalidad. Se apercibe a los que
crean tener derecho a la herencia presentarse dentro del plazo, si no la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente N°
0002-2018.—Msc. Annia Shirley Zúñiga Méndez, Notaria.—1
vez.—( IN2018213739 ).
Se hace saber
que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó Teresa Moya Coto, mayor, casada una vez, ama de casa,
cédula 03-0119-0262, y vecina de la Ceniza de Pérez Zeledón. Se cita a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 17-000048-0188-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón)
(Materia Civil), 31 de enero
del año 2018.—Lic. José Celso Fernández Delgado, Juez.—1 vez.—( IN2018213745 ).
Se hace
saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Gonzalo González Quirós, mayor, estado civil Soltero, profesión
Comerciante, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0201120957 y
vecino de no indica. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y
en general a todas las personas interesadas, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino
se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 16-000041-0317-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Civil), 22 de diciembre del 2016.—Lic.
Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—( IN2018213747 ).
Se hace
saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Manuel María Alfaro Morales, mayor, viudo, vecino de INVU Las Cañas,
cédula de identidad número 2-122-133. Se cita a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 17-000396-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 25 de octubre del 2017.—Lic. Carlos Esteban Sancho Araya, Juez.—1
vez.—Exonerado.—( IN2018213763 ).
Ante la notaría
del Lic. Víctor Manuel González Loria, mediante escritura número doscientos
setenta, visible al folio ciento treinta y nueve frente de fecha quince horas
veinte minutos del veintiocho de enero del dos mil dieciocho, se inició el
trámite de proceso sucesorio en vía notarial de quien en vida fuera Rafael
Ángel Trejos Sandoval, cédula de identidad número cinco-ciento
veintitrés-seiscientos cinco.—Lic. Víctor Manuel
González Loría, Notario.—1 vez.—( IN2018213785 ).
Se hace saber
que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó María Cristina Villafuerte Moraga, mayor, casada una
vez, ama de casa y agricultora, costarricense, con documento de identidad
número 5-0100-0900 y vecina de Pedregoso de Pérez Zeledón. Se cita a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 17-000093-1129-AG.—Juzgado Agrario del Primer
Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón), 23 de enero del año 2018.—Lic.
Carlos Eduardo Rojas Rojas, Juez Agrario.—1
vez.—Exonerado.—( IN2018213795 ).
Se cita y
emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores e interesados en la
sucesión de quien en vida fue Ovidio Cerdas Chaves, mayor de edad, casado una
vez, pensionado, cédula de identidad número tres-cero ciento cincuenta y
dos-cero setecientos cuarenta, quien fue vecino de Tucurrique,
Jiménez, Cartago, de la Guardia de Asistencia Rural de Tucurrique,
cincuenta metros al norte, quien falleció en el Hospital William Allen Taylor,
el trece de diciembre del dos mil tres; para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen en
resguardo de sus derechos apercibidos los que crean tener derecho a la herencia
de que si no se presentan dentro de ese plazo aquella pasará a quien
corresponda. Se le previene a los interesados que en el acto de ser notificados
o separadamente dentro de tercero día deben señalar casa u oficina dentro del
perímetro del Bufete del Licenciado Luis Fernando Hernández Rodríguez, que se
encuentra ubicado en Tucurrique, Jiménez, Cartago,
veinticinco metros al suroeste de la plaza de deportes, para atender
notificaciones bajo los apercibimientos de que mientras no lo hagan las
resoluciones posteriores que se dicten se les tendrán por notificadas con el
solo transcurso de veinticuatro horas. Expediente N°
2017-000009, sucesión de Ovidio Cerdas Chaves. Lic. Luis Fernando Hernández
Rodríguez, notario público, carné N° 16936.—Lic. Luis Fernando Hernández Rodríguez, Notario.—1
vez.—( IN2018213817 ).
Se hace saber
que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó Juan Carlos de La Trinidad Sibaja Umaña, mayor,
estado civil soltero, profesión Comerciante, nacionalidad Costa Rica, con
documento de identidad 0106190301 y vecino de Buenos Aires, Puntarenas. Se cita
a las personas herederas, legatarias, acreedor as y en general a todas las
personas interesadas, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla
pasará a quien corresponda. Expediente Nº
17-000008-1046-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires
(Materia Civil), 26 de abril
del año 2017.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—1 vez.—( IN2018213835 ).
Se emplaza a todos
los interesados en el proceso sucesorio de Blanco Blanco
Paulino, quien fue mayor, viudo, Agricultor, costarricense, cuyo último
vecindario fue Buenos Aires, Puntarenas, 200 metros norte y 100 metros al este
del Supermercado Pali, portador de la cédula de identidad número 06-0041-0485,
a efecto de que dentro del plazo perentorio de treinta días a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a
los que consideren reunir la condición de herederos, que si no se apersonaren
dentro del plazo susodicho, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente
número 16-100030-1046-CI promovido por José Manuel Blanco Jiménez, sucesión de
Paulino Blanco Blanco.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Buenos
Aires, 15 de
diciembre del 2016.—Lic. Omar Hernández González, Juez.—1 vez.—( IN2018213836
).
Se cita y
emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados en la sucesión de Gerardo Rodríguez Vargas, quien en vida fue
mayor, soltero, pensionado, vecino de San Gabriel de Calle Blancos, del Motel
El Eden cien metros al sur, que portó la cédula
dos-uno ocho uno-cuatrocientos ochenta y uno, deceso acaecido el día treinta y
uno de mayo de mil novecientos noventa y ocho, para que, se apersonen en el
plazo de treinta días contados a partir de la publicación del edicto
correspondiente hacer valer sus derechos, se les apercibe a los que crean tener
calidad de herederos que, si no, se presentan en ese plazo, la herencia pasará
a quien corresponda. Expediente número uno-dos mil dieciocho. Suc Notaria del bufete del licenciado Edwin Chacón Bolaños,
Notario Público, San José, Sector de la Corte de Justicia, avenida diez, calle
diecisiete, edificio número mil setecientos ocho, frente al Parqueo El Canario,
edificio de dos plantas color verde.—Lic. Edwin Chacón
Bolaños, Notario.—1 vez.—( IN2018213848 ).
Se hace
saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó María Isabel Barrera Funes, mayor, estado civil divorciada, nacionalidad
Costa Rica, con documento de identidad 0602670791 y vecina de no indica. Se
cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las
personas interesadas, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener
derecho a la herencia, de que, sino se apersonan
dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Exp.
N° 17-000592-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 21 de diciembre del 2017.—Msc. Yuri López Casal, Juez.—1
vez.—( IN2018213870 ).
Se cita y
emplaza a los posibles interesados en el sucesorio ab-intestato de quien en
vida fue Óscar Lizano Marín, quien era mayor, soltero, sacerdote católico,
vecino de San Juan, San Ramón de Alajuela, cédula de identidad dos-cero
doscientos cuarenta y siete cero novecientos ochenta y seis, falleció el día
diez de junio del año dos mil dieciséis, a efecto en el plazo de treinta días
contabilizados a partir de la publicación del presente edicto, se apersonen a
mí oficina situada en el cantón de Palmares, provincia de Alajuela cincuenta
metros al norte del Club de Amigos a hacer valer sus derechos. De no
presentarse reclamo alguno la herencia pasará a quienes corresponda según la
normativa legal.—Palmares, a las once horas
veinticinco minutos del día treinta y uno de enero del dos mil dieciocho. Lic.
Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—( IN2018213901
).
Se cita y
emplaza a todos los interesados en la sucesión de Cecilia Méndez Chinchilla,
mayor, casada una vez, dedicada a oficios domésticos, vecina de Llorente de
Tibás de la Pops cincuenta metros al norte ciento
setenta y cinco al este casa veintidós -G, portadora
de la cédula uno cero trescientos veinticuatro cero trescientos noventa. Para que dentro del plazo máximo de treinta días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos. Se apercibe a los que crean tener calidad
de herederos que si no se presenta dentro de dicho plazo la herencia pasará a
quién corresponda. Expediente uno-dos mil dieciocho. Notaría del Licda. Rosina Fait Sánchez. Tibás de la Pops
cincuenta al norte y doscientos al este.—Licda. Rosina
Fait Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2018213910 ).
Mediante acta
de apertura otorgada ante esta notaría por Jason Rojas Rojas
y Evelyn Chaves Alvarado, de las dieciocho horas del día primero de febrero del
dos mil dieciocho y comprobado el fallecimiento de Aracelly Porras Monge, mayor,
soltera, ama de casa, vecina kilómetro treinta, Golfito, Puntarenas, con cédula
de identidad número uno-cero cuatrocientos veintidós-cero ochocientos seis,
esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio testamentario. Se cita y
emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados para que dentro del plazo máximo de
treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la licenciada
María Rodríguez Vásquez, Río Claro, Puntarenas, barrio La Lucha, trescientos
metros sur, de la escuela. Teléfono ocho ocho
veinte-seis siete-cinco siete. Es todo.—Río Claro,
Puntarenas, primero de febrero del dos mil dieciocho.—Licda. María Melissa
Rodríguez Vásquez, Notaria.—1 vez.—( IN2018213921 ).
Se hace
saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Arcenio Antonio Ugalde Sánchez, mayor, casado
una vez, de profesión desconocida, costarricense, con documento de identidad
04-0106-1047 y vecino de San Pablo de Heredia. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas
para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 17-000502-0504-CI (2).—Juzgado Civil de Menor
Cuantía de Heredia, 16 de enero
del 2018.—Licda. Yarini Madrigal Escoto, Jueza.—1
vez.—( IN2018213938 ).
Se hace
saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Luis Gerardo Porras Flores, mayor, estado civil casado una vez, pintor,
costarricense, con documento de identidad 01-0390-1098 y vecino de Goicoechea.
Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas
las personas interesadas, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que sino se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp.
N° 17-000623-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo
Circuito Judicial de San José, 26 de enero del 2018.—M.Sc. Fabio Enrique
Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2018213977 ).
Ante esta
notaría, se tramita el proceso sucesorio de Neftalí González Sánchez, quien en
vida fue mayor, viudo una vez, vecino de San Pablo de León Cortés, cédula de
identidad uno-doscientos dos-seiscientos diecinueve. Por lo anterior se
confiere el plazo legal de treinta días establecido en el artículo novecientos
diecisiete del Código Procesal Civil a todos los herederos para que comparezcan
ante esta notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que
crean tener derecho a la herencia, de que si no se
presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Esta notaría se
encuentra ubicada en San Marcos de Tarrazú, cien
metros oeste de la Funeraria Los Santos. San Marcos de Tarrazú,
veintiocho de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic.
Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—( IN2018213982 ).
Mediante acta
de apertura, otorgada ante esta notaría, por Franklin Ramírez Ramírez y María Aiza Mendoza Dávila, a las catorce horas
del diecisiete de enero del dos mil dieciocho y comprobado el fallecimiento,
esta notaría declara abierto proceso sucesorio ab-intestato, de quien en vida
fuera Jimmy José Ramírez Mendoza, cédula de identidad número cinco-cero
trescientos cincuenta y nueve-cero ochocientos diez. Se cita y emplaza a todos
los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
notaria a hacer valer sus derechos.—Guanacaste,
Carrillo, Filadelfia, frente Banco de Costa Rica, 18 de enero del 2018.—Licda.
Ana María Vargas Moya, Notaria.—1 vez.—( IN2018213986 ).
Se cita y
emplaza a todos los interesados en la sucesión de Marta Elena Madrigal Coto,
titular de la cédula de identidad número tres-doscientos treinta y
siete-ochocientos ochenta y cinco, para que dentro del plazo de-treinta días contados
a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos.
Se apercibe a quienes crean tener la calidad de herederos que
si no se presentan dentro del plazo establecido por ley, la herencia pasará a
quienes corresponda. Expediente número 00001-2018-NOT. Notaría del licenciado
Carlos Luis Rojas Montoya. Notario Público-Oficina en Cartago, calles cuatro y
seis, avenida siete. doscientos metros sur y setenta y cinco metros este del
Convento de los Padres Capuchinos.—Cartago, primero de
febrero de dos mil dieciocho.—Lic. Carlos Luis Rojas Montoya, Notario.—1 vez.—(
IN2018214000 ).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas, veinte minutos, del día
primero de febrero del dos mil dieciocho, se dio apertura al Expediente cero cero dos- dos mil dieciocho, proceso sucesorio notarial de,
Edwin Brenes Valverde, cédula de identidad tres-ciento cuarenta y uno-cero
cuarenta y siete; quien falleció en Centro Turrialba, Cartago, el día trece de
enero del dos mil dieciocho. Se cita a todos los interesados dentro del plazo
de ley, apersonarse al presente proceso a hacer valer sus derechos.—Turrialba,
primero de febrero del dos mil dieciocho.—Lic. Alejandro Mata Vega, Notario.—1
vez.—( IN2018214004 ).
En mi
notaría, sita en San Ramón, Alajuela, 200 metros sur de la esquina sureste del
Complejo Deportivo Rafael Rodríguez, bajo el expediente N°
0001-2018, se encuentra abierto y en trámite el procedimiento sucesorio
notarial, como actividad judicial no contenciosa, de Giselle Díaz Biramontes, quien en vida era mayor de edad, soltera,
operadora telefónica, vecina de Heredia centro, El Guayabal, Urbanización
Adoquines, casa número cuarenta y siete, cédula de identidad número
uno-seiscientos cuarenta y seis-cero cero uno; quien murió en Heredia Centro,
el día tres de diciembre del dos mil diecisiete. Se cita y emplaza a herederos
e interesados en dicho sucesorio, para que dentro del término de 30 días
hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto, se
apersonen a esta Notaría en defensa de sus derechos, apercibidos de que si no
lo hacen, la herencia pasará a nombre de quienes legalmente corresponda.—San
Ramón, Alajuela, 29 de enero del 2018.—Licda. Carolina Muñoz Solís, Notaria.—1
vez.—( IN2018214017 ).
Se hace saber
que, en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó, Ramona Evangelina Solórzano Rodríguez, cédula de identidad 0200453209 y
Yolanda Suazo Solórzano, cédula de identidad 0101860342, ambas mayores de edad,
vecinas de San José, San Cayetano. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos
que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
17-000225-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de San José, 10 de enero del 2018.—Licda.
Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—1 vez.—( IN2018214051 ).
Se hace
saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó, Carlos Piedra Vargas, mayor, no indica, divorciado, nacionalidad
0103150944, con documento de identidad dato desconocido y vecino de. Se cita a
los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para
que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 17-000495-0220-CI.—Juzgado Primero Civil de
Menor Cuantía de San José, 20 de
diciembre del 2017.—Msc. Adriana Orocú
Chavarría, Jueza.—1 vez.—( IN2018214061 ).
Se hace
saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó, Jesús Orlando Zamora Ortega, pensionado, casado una vez, con documento
de identidad 0900030778 y vecino de San José. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
17-000473-0221-CI.—Juzgado Segundo Civil de Menor Cuantía de San José, 18 de diciembre del 2017.—Licda.
Hellen Gutiérrez Desanti, Jueza.—1 vez.—(
IN2018214062 ).
Se hace saber
que, en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó, Jaime Muñoz Villegas, mayor, estado civil soltero, pensionado,
costarricense, con documento de identidad 0202310685 y vecino de Grecia, cantón
de la provincia de Alajuela, de la esquina sureste de la iglesia, doscientos
cincuenta metros al este. Se cita a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a todas las personas interesadas para que, dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
18-000007-0295-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), 24 de enero del
2018.—M.sc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—( IN2018214067 ).
Se cita y
emplaza a todos los heredero, legatarios, acreedores e interesados en la sucesión
notarial, que se tramita en la notaría de la Licenciada Aracelly Matarrita
Murillo, en Santiago de Puriscal, frente a la Cruz Roja, de quien en vida fuera
Lisanías Bustamante Mata, mayor, casado una vez,
vecino de barrio Los Ángeles de Santiago de Puriscal, cincuenta metros al
noreste del taller Bustamante, cédula de identidad número: uno-doscientos
cuarenta y cinco-ciento uno fallecido el diecisiete de mayo del año dos mil
dieciséis, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos, bajo el
apercibimiento, que de no presentarse en ese plazo la herencia pasará a quien
corresponda.—Puriscal, a las ocho horas del día dos de febrero del dos mil
dieciocho.—Licda. Aracelly Matarrita Murillo, Notaria.—1 vez.—( IN2018214068 ).
Se hace saber
que, en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Odalía Mora Mora, mayor,
estado civil viuda, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad
02-0164-0366 y vecina de Coronado. Se cita a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas para que,
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 17-000683-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo
Circuito Judicial de San José, 30 de enero del 2018.—M.Sc. Fabio Enrique
Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2018214069 ).
Se hace
saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Asdrúbal Araya Fuentes, mayor, soltero, operario de jardinería,
costarricense, con documento de identidad 0303730474 y vecino de Cartago. Se
cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las
personas interesadas, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Exp. N°
17-000263-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago (Materia
Civil), 22 de enero
del 2018.—Licda. Johana Vindas Campos, Jueza.—1 vez.—( IN2018214080 ).
Se hace saber
que, en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Israel Sánchez Sánchez, mayor, casado una vez, agricultor,
vecino del Prado, Pococí, Limón, trescientos metros al sur del Abastecedor La
Surtidora, cédula de identidad número 7-0049-0250. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas
para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 17-000226-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 04 de enero del 2018.—Lic. Gersan
Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2018214092 ).
Se hace saber
que ante esta notaría se tramita el proceso sucesorio de Alexis Aguilar López,
quien fue mayor, casado una vez, agricultor, vecino de San José, Puriscal,
Candelarita, quinientos metros sur de la escuela, con cédula de identidad
número uno-cero trescientos cincuenta y cinco-cero novecientos treinta y dos.
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante el suscrito notario, quien cuenta con oficina
abierta en San José, Central, Catedral, Barrio Francisco Peralta, cien metros
norte de la Casa Italia, frente al Imas, edificio
AB&P Abogados, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos
que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N°
0001-2018.—San José, 01 de febrero del 2018.—Lic. José
Pablo Charpantier Vargas, Notario.—1 vez.—(
IN2018214095 ).
Se emplaza a
herederos y demás interesados en la sucesión de quienes en vida se llamaron
Jacob John Riera e Irene María Schenk Hofmann, conocida como Irene Riera únicos apellidos en
razón de su nacionalidad estadounidense, quienes fueron mayores, casado una vez
entre sí, empresario y ama de casa, cédula de residencia en Costa Rica, números
uno ocho cuatro cero cero cero
cinco seis tres uno dos cuatro; y uno ocho cuatro cero cero
cero cinco seis tres dos tres uno, en su orden,
vecinos ambos de La Garita de Alajuela, un kilómetro doscientos metros al oeste
de los tanques de Recope, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen a esta notaría, situada
en Alajuela, cincuenta metros al norte del Museo Juan Santamaría, en defensa de
sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren, la herencia pasará a
quien corresponda.—Alajuela, ocho de enero del dos mil dieciocho.—Lic. Marco
Tulio Araya Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2018214106 ).
Se cita y
emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria de quien en vida fue
Peter Lloyd Vineberg , de un único apellido en razón
de su nacionalidad canadiense, mayor, divorciado, pensionado, don domicilio en
Quepos, Manuel Antonio, costado norte del Hotel El Lirio, portador de la cédula
de residencia número uno uno dos cuatro cero cero uno dos cuatro cinco uno ocho, según consta en
certificación emitida por el Registro de Defunciones, provincia de Puntarenas,
al tomo ciento veintitrés, folio doscientos cuarenta y nueve, asiento
cuatrocientos noventa y ocho, según consta en certificación emitida por el
Registro de Defunciones, provincia de Puntarenas, al tomo ciento veintitrés,
folio doscientos cuarenta y nueve, asiento cuatrocientos noventa y ocho, para
que un plazo de treinta días, constados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante esta Notaria para hacer valer sus derechos. Bajo el
apercibimiento de que así no lo hiciere, la herencia pasará a quien en derecho
corresponda. Expediente N° 0001-2017.—San
José.—Licda. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2018214115 ).
Por una sola
vez, se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida
se llamó Eddy Guillermo Orozco Garita, mayor, casado una vez, técnico en
telecomunicaciones, portador de la cédula de identidad número uno-quinientos
cuarenta y ocho-ochocientos uno, quien fue vecino de Tibás, León Trece, alameda
cuatro, casa quinientos noventa y uno, para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer
valer sus derechos bajo el apercibimiento de que si no lo hacen dentro del
término indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Exp.
N° 0001-2018-SUC, sucesorio notarial. Tramitado en la
notaria de la licenciada Sylvia Arias Ulate, cita San José, Pavas, de la
oficina de Correos de Costa Rica cuatrocientos metros al sur.—San
José, 01 de febrero del 2018.—Licda. Sylvia Arias Ulate, Notaria.—1 vez.—(
IN2018214116 ).
Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la
sucesión legítima de, Carlos Araya Arias, quien fue mayor, soltero, pensionado,
vecino de San José, Paseo Colón, del Centro Colón ciento veinticinco metros al
sur, cédula de identidad número dos-cero doscientos cuarenta y nueve-cero
doscientos cuarenta y nueve, para que dentro del plazo de treinta días contados
a partir de la publicación de este aviso, comparezcan a la notaría del Lic.
Adolfo Antonio García Baudrit, sita en provincia de San José, San Rafael,
Escazú, ciento cincuenta metros sur de la entrada sureste del Centro Comercial
Multiplaza, Edificio Terraforte, cuarto piso, con el
mismo horario del Poder Judicial, a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se
presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente: 002-2017.—San José, 30 de enero del 2018.—Lic. Adolfo García
Baudrit, Notario.—1 vez.—( IN2018214148 ).
Se hace saber
que, en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó, Milagro Sánchez Alfaro, mayor, costarricense, cédula de identidad número
1-0285-0260, estado civil divorciado, pensionado y vecino de San Rafael de
Heredia. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general
a todas las personas interesadas para que, dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 17-000503-0504-CI.—Juzgado
Civil de Heredia, 21 de
diciembre del 2017.—Msc. Yuri López Casal, Juez.—1 vez.—( IN2018214188 ).
Se hace saber
que en esta notaría se tramita el proceso sucesorio legítimo de quien en vida
se llamó José Alicia Fuentes Cantillo quien fue mayor, divorciada una vez, ama
de casa, vecina de Cartago, Dulce Nombre, con cédula tres-dos uno cuatro- ocho
nueve tres. Se cita y emplaza a todos los interesados, para que, dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no, se apersonan dentro de este
plazo, aquella pasará a quien corresponda: Expediente: cero cero
cero uno-dos mil dieciocho-SNL. Notaria
pública del licenciado Jorge Orlando Bermúdez Hidalgo, situada en San José,
avenida sexta, entre calles tres y cinco, costado sur del Liceo de Señoritas,
contiguo a peluquería Gloria, oficina seis, teléfonos 2223-5047/ 8880-5342.—San José, cinco de febrero del dos mil dieciocho.—Lic.
Jorge Orlando Bermúdez Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2018214201 ).
Se hace
saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Victor Komchiy Li Glau, mayor, soltero, electricista, costarricense, con
documento de identidad 0501280306 y vecino de Liberia, Guanacaste, frente al
costado este de la Escuela Ascensión Esquivel. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Exp. N°
17-000129-0386-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial
de Guanacaste, (Liberia), (Materia Civil), 12 de enero del 2018.—Licda. Aura Lisseth Cedeño
Yanes, Jueza.—1 vez.—( IN2018214211 ).
Sucesión ab
intestato en sede notarial de Felipe Martínez Montiel. Mediante acta de
apertura otorgada ante esta notaría por Brayan Alberto Sánchez Salazar, a las
dieciséis horas del día veintidós de noviembre del año dos mil diecisiete, y
comprobado el fallecimiento de Emiliano Sánchez Valverde, mayor de edad,
pensionado, viudo una vez, vecino de San Vito, Coto Brus, Puntarenas, La Isla,
cien metros oeste del Colegio Académico Italo
Costarricense, con cédula de identidad número uno-doscientos seis-novecientos
treinta y cinco, fallecido el día seis de setiembre de dos mil diecisiete, en
San Vito Coto Brus, Puntarenas, esta Notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo
máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene
como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha
indicado. Notaría del Lic. Xinia Arias Naranjo, con domicilio en Palmar Norte,
Osa, Puntarenas, Planta alta Farmacia Ibarra. Teléfono 8846-8973.—Lic.
Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—( IN2018214217 ).
Se hace saber
que, en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó, Juan Rafael Cerdas Fallas, mayor, estado civil casado, profesión agricultor, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad 0301380203 y vecino de Palo Alto de Santa Teresita, 750 metros al
este de la escuela. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y
en general a todas las personas interesadas, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 17-000040-1006-CI.—Juzgado Contravencional y de
Menor Cuantía de Turrialba (Materia Civil), 14 de setiembre del 2017.—Lic. Randall Francisco
Gómez Chacón, Juez.—1 vez.—( IN2018214240 ).
Mediante
escritura número ciento noventa-cinco, al ser las diez horas del dieciséis de
enero del dos mil dieciocho, ante la notaria del licenciado Froilán Alvarado
Pereira, y debidamente comprobado el fallecimiento, se realiza la apertura del
proceso sucesorio en la vía notarial de quien en vida fue Walter Salazar Ocaña,
mayor, casado una vez, comerciante, portador de la cédula de identidad número
uno-cero cuatro seis nueve-cero dos tres seis, vecino de San José, San
Sebastián, urbanización San Sebastián casa número veintiséis. Se cita y emplaza
a todos los interesados para dentro del término de treinta días naturales,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan antes esta
notaria hacer valer sus derechos. Guápiles, primero de febrero de dos mil dieciocho.—Lic. Froilán Alvarado Pereira, Notario.—1 vez.—(
IN2018214244 ).
Yo, Odilia
Arrieta Angulo, Notaria Pública con oficina en San José, Avenida cinco, calle
veintinueve, Barrio Escalante, Breedy Abogados
edificio número veinticinco, hago constar que han comparecido ante mi notaría
las señoras: Leda Esther Milan Baltodano, mayor,
viuda una vez, educadora, cédula cinco-cero dos cero uno- cero siete ocho dos,
y Daniela Vargas Milán, soltera, cédula cuatro-cero dos uno siete-cero dos
nueve dos, estudiante, ambas vecinas de Goicoechea, a solicitar que se tramite
extrajudicialmente y de acuerdo con los artículos ciento veintinueve del Código
Notarial y novecientos cuarenta y cinco a novecientos cincuenta del Código
Procesal Civil, la sucesión del señor Daniel Vargas Breedy.
En consecuencia, cito a todos los interesados para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este único aviso, concurran
a mi Notaría, a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento de que si no lo
hicieren dentro del término indicado la herencia pasará a quien legalmente corresponda.—San José, 02 de febrero del 2018.—Odilia
Arrieta Angulo, Notaria.—1 vez.—( IN2018214245 ).
Se cita y
emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede notarial de Patrick
Michael (nombres) Forester (apellido), de
nacionalidad estadounidense, mayor de edad, divorciado una vez, pensionado, con
pasaporte de su país número cero cinco cuatro dos uno seis siete uno ocho,
California, Estados Unidos de América, para que dentro del plazo de treinta
días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos, lo cual podrán hacer en San José, Escazú, San Rafael,
Condominio Itscazú, número tres. Teléfono 8370-0373
fax 2291-5304. Se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia
pasará a quien corresponda. Sucesión de Patrick Michael Forester
en Sede Notarial. Expediente 0001-2018. Notaría de Jimena Ramírez Meza.—Licda. Jimena Ramírez Meza, Notaria.—1 vez.—(
IN2018214248 ).
Se hace saber
que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
sucesión de Marco Tulio Castro Murillo, quien fue mayor con cédula de identidad
número uno- dos cuatro siete-cuatro dos cinco, casado una vez, agricultor y
vecino de Mercedes Norte de Puriscal, ciento cincuenta metros al sur del taller
Jiménez. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general
a todas las personas interesadas, para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que
crean tener derecho a la herencia, de que, sino se
apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 17-000073-0197-CI.—Juzgado
Civil, Trabajo y Familia de Puriscal (Materia Civil), 08 de setiembre del 2017.—Licda. Charlyn
Miranda Arias, Juez.—1 vez.—( IN2018214266 ).
Se emplaza a
todos los interesados en la sucesión de, José Dolores del Carmen Sánchez
Cortez, quien fuera mayor, casado una vez, cédula número cinco cero cero cuarenta y tres cero nueve cuarenta y seis para que,
dentro del plazo de treinta días contados a partir de su publicación, se
apersonen a esta notaría a hacer valer sus derechos, percibidos de que si así
no lo hacen la herencia pasará a quien legalmente corresponda. (Exp.: 0005-2017 Proceso Sucesorio en Sede Notarial de, José
Dolores del Carmen Sánchez Cortez). Carné 21753.—Lic. Róger Jesús Aguilar Obregón, Notario.—1 vez.—( IN2018214271
).
Se hace saber:
Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó:
Carlos Roberto Morris Deans, mayor, soltero,
nacionalidad: costarricense, con documento de identidad Nº
7-0066-0425, salonero, y vecino de San José, San Cayetano. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que,
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 17-000154-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de San José, 21 de agosto del 2017.—Lic. Ólger
Pérez Gómez, Juez.—1 vez.—( IN2018214494 ).
Se hace saber que ante este
Despacho se tramita proceso de declaratoria de ausencia promovido por Albert
Contreras Leiva mayor, viudo, educador, vecino de San Isidro de La Alegría de
Siquirres, seiscientos metros al oeste del Vivero San Isidro, calle Matamoros,
cédula de identidad número 5-0272-0403; encaminado a solicitar la ausencia de Leyner Andrés Contreras Murillo, menor, estudiante, vecino
de San Isidro de La Alegría de Siquirres, seiscientos metros al oeste del
Vivero San Isidro, calle Matamoros, cédula de identidad número 7-0293-0992. Se
emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de
tres meses contados a partir de la última publicación de este edicto se
apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de
ley en caso de omisión. Exp: 17-000004-1548-CI.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 20 de junio del 2017.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—( IN2017176877 ). 3 v. 3 Alt.
Se hace saber
que en este Despacho se tramitan las diligencias de presunción de muerte de,
Expediente Nº 16-000175-0182-CI, promueve
Inmobiliaria Los Petros S. A., cédula jurídica
3-101-275422, a efecto de que se declare la presunción de muerte de Filomena
Aguilar Retana, quien fuera mayor, nacionalidad costarricense, nacida en el año
de 1880 aproximadamente (no consta en el Registro Civil), vecina de Santa Ana.
Se emplaza a los interesados que tuvieren noticia sobre su presunta muerte,
para que dentro del plazo de tres meses, contados a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen a presentar su oposición
a estas diligencias. Con las presentes diligencias se pretende que una vez
declarada la muerte, se proceda a su inscripción en el Registro Civil,
Presunción de muerte. Exp. Nº
16-000175-0182-CI.—Juzgado Tercero Civil de San José, 28 de setiembre del 2017.—Licda. Angélica Delgado Madrigal, Jueza.—(
IN2017176993 ). 3
v. 3 Alt.
Se cita y
emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de las
personas menores de edad Keyron Joseph Chaves Zapata,
Gabriel Fonseca Zapata y Garien Kaleb
Morales Zapata, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, en contra
de Karina Raquel Zapata Moraga, Gary Alonso Morales Martínez, Joseth Rafael
Chaves Morales y Yeison Félix Fonseca Álvarez, para que se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última
publicación del edicto ordenado, expediente N°
17-000203-1591-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado Civil y de Trabajo de Quepos (Materia familia), a las trece horas y cuarenta minutos del seis de
diciembre de dos mil diecisiete.—Licda. Silvia Vásquez Monge,
Jueza.—Exonerado.—( IN2017201482 ). 3
v. 2. Alt.
Se hace saber
que ante este Despacho se tramita proceso de presunción de ausencia promovido
por Elisa Vargas Aguilar, mayor, casada una vez, administradora y contadora,
vecina de San José, Santa Ana, cédula de identidad número 1-610-268; encaminado
a solicitar la ausencia de Alejandro Vargas Aguilar, mayor soltero, abogado,
vecino de Alajuela, La Guácima, cédula de identidad 1-773-879, en el cual se ha
designado como curadora a Elisa Vargas Aguilar. Expediente N°
17-000447-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, 19 de enero
del año 2018.—Lic. Carlos Esteban Sancho Araya, Juez.—( IN2018212926 ). 3
v. 3.
Se convoca por
medio de edicto que se publicara por tres veces consecutivas, a todas aquellas
personas que tuvieran derecho a la tutela legítima de las personas menores de
edad Jerusalén y Samuel ambos Coronado Acuña ya por haber sido nombrados en
testamento, ya por corresponderles la legítima tutela, para que se presenten
dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación
del último edicto, expediente Nº 18-000022-0673- NA.
Promoventes: José Benito Coronado Contreras y Luz Argentina Acuña Calderón.—Juzgado de
Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de enero de 2018.—Milagro Rojas Espinoza. Jueza.—Exonerado.—( IN2018213806 ). 3 v. 1.
Se cita y
emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la menor de
edad Gina Raquel Reyes Hernández, hija de Alejandro Calixto Reyes Valle y Marta
Lidia Hernández Vanegas, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo
de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto
ordenado. Expediente N° 18-000077-1302-FA. Asunto:
Depósito Judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, Ciudad Quesada, 30 de enero
del 2018.—Licda. Kensy Cruz Chaves,
Jueza.—Exonerado.—( IN2018213810 ). 3
v. 1.
En el Juzgado
de Familia de Heredia, por haberse ordenado en resolución dictada a las trece
horas y cincuenta y siete minutos del veinticuatro de enero de dos mil
dieciocho, expediente Nº 96-400324-0364-FA, proceso
de ejecución de sentencia de: Elizabeth Mora Sánchez contra Hernán Zamora
Víquez, con la base acordada por las partes que rola a folios 1964-1966, de
trescientos ochenta millones de colones exactos (380.000.000), se procederá al
remate del bien inmueble que se describe así: a) Finca inscrita en el Registro
Nacional, Sección Bienes Inmuebles, partido de Heredia matrícula cuarenta y
siete mil ochocientos noventa y cinco - cero cero cero (47895-000), con una base de trescientos ochenta
millones de colones exactos (380.000.000), la cual corresponde a un terreno de
agricultura con una casa, situada en el distrito: 01 (San Antonio), cantón: 07
(Belén), de la provincia de Heredia, colinda al norte, Roberto Zumbado y Efraín
Pérez, línea Férrea al Pacífico y carretera Nacional; al sur, río Bermúdez en
medio Federico Rohmoser; al este, Ismael González y
Efraín Pérez y al oeste, Arrocera San Antonio S.R.L, mide: dos mil ciento
setenta y tres metros con diecisiete decímetros cuadrados, la cual soporta
gravámenes o afectaciones en favor del Banco Nacional de Costa Rica (expediente
Nº 04-000471-0504-CI), que vence el 06 de mayo del
2014, bajo las citas: 534-08424-01-0001-001, del Juzgado Sexto Civil de San
José (expediente Nº 03-001240-0185-CI), que vence el
21 de junio del 2016, bajo las citas: 0567-00098379-01-0001-001, del Juzgado de
Familia de Heredia (expediente Nº 96-400324-0364-FA),
que vencen el 13 de noviembre del 2016 y el 28 de abril del 2006, bajo las
citas: 0569-00051446-01-0001-001 y 429-16147-01-0002-001, respectivamente, y
una servidumbre trasladada, inscrita bajo las citas: 309-17015-01-0002-001.
Para tal efecto se señalan las: diez horas del quince de mayo del dos mil
dieciocho. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se
señalan las: diez horas del veintinueve de mayo del dos mil dieciocho, con la
base de trescientos ochenta millones de colones exactos (380.000.000). De no
apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las: diez horas del
doce de junio del dos mil dieciocho, con la base de trescientos ochenta millones
de colones exactos (380.000.000), expediente Nº
96-400324-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 24 de enero
del 2018.—Lic. José Miguel Fonseca Vindas, Juez.—Exonerado.—( IN2018213519 ). 2 v. 2.
Se hace saber:
que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por
Denia del Rocío Ramírez Orias mayor, casada,
documento de identidad Nº 602760963, vecina de
Heredia, San Rafael, encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el
nombre de Denia, por el de Dinnia mismos apellidos.
Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo
de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen
al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso
de omisión. Artículo 55 del Código Civil, expediente Nº
17-000440-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 08 de enero
del 2018.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—1 vez.—( IN2018211926 ).
Se convoca por
medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme
con el artículo 236 del Código de familia, para que se presenten a encargarse
de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación.
Proceso de Salvaguardia de Manuel Antonio Álvarez Campos. Expediente número
18-000152-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 24 de enero
del año 2018.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2018212188 ).
A la señora
Johana Flores Membreño, mayor, soltera, del hogar, portadora de la cédula de
identidad 2-546-198. Por este medio se les comunica que en proceso tramitado
bajo el expediente 16-000379-0687-FA del Juzgado de Familia de Grecia, se dictó
la resolución de las quince horas veinticinco minutos del día diecinueve de
enero del dos mil dieciocho, que en lo conducente y en lo que aquí interesa
dice: Sentencia de primera instancia N° 52-2018, a
las quince horas veinticinco minutos del día diecinueve de enero del dos mil
dieciocho. Proceso abreviado de suspensión de los atributos parentales
establecido por el señor Manfred Mora Valverde ..., en contra de la señora
Johana Flores Membreño, .... Se ha tenido como parte en este asunto al
Patronato Nacional de la Infancia. Resultando: 1°-..., 2°-..., 3°-....
Considerando 1.-Hechos probados: ..., 2.-Hechos no probados: ..., 3.- Sobre el
fondo del asunto:... Por tanto: Se acoge parcialmente
la solicitud planteada y se suspende la Patria Potestad de la menor Zoe Mora Flores a la madre, Johana Flores Membreño y se
otorga la misma de forma exclusiva al padre de la menor, señor Manfred Mora
Valverde. Se resuelve sin especial condenatoria en costas. Notifíquese. Lic.
Randall Cerdas Corella. Juez. Expediente N°
16-000379-0687-FA. Clase de asunto suspensión de patria potestad. Publíquese.
Las personas comparecientes manifiestan. E una vez.—Juzgado de Grecia.—Licda. Marjorie Salazar Herrera,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018213789 ).
Licenciada
Cristina Dittel Masís,
Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Liani
Paola Olivares Calvo y Luis Lorenzo Reyes, en su carácter personal, se les hace
saber que en demanda declaratoria judicial abandono, establecida por Patronato
Nacional de la Infancia contra Liani Paola Olivares
Calvo y Luis Lorenzo Reyes, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que
en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las quince horas y
cuarenta y cinco minutos del veintisiete de noviembre del dos mil diecisiete.
Proceso de declaratoria Judicial de estado de abandono de menor de edad
expediente N° 17-000427-0338-FA, establecido por el
Patronato Nacional de la Infancia, representado su apoderada general judicial
Flor Robles Marín, mayor de edad, casada, abogada, portador a de la cédula de
identidad N° 0303940265, vecina de Cartago, contra Liani Paola Olivares Calvo, mayor, portadora de la cédula N° 0304080129, de oficio y domicilio desconocido y Luis
Lorenzo Reyes, mayor de edad, nacionalidad cubana, sin documento de
identificación, domicilio desconocido. Como curadora de los demandados figura
la licenciada Laura María Ramírez Ulate. Resultando primero: acciona la
representante local del Patronato Nacional de la Infancia para que en sentencia
se declare el estado de abandono de la persona menor Yancoby
Caleb Reyes Olivares, por parte de su madre Liani
Paola Olivares Calvo y Luis Lorenzo Reyes además de que se ordene el depósito
judicial en el hogar de Carolina Quesada Badilla. Segundo: la parte demandada
fue notificada por medio de edicto publicado en el Boletín Judicial 93 del 18 de mayo del 2017, se
les designó como curadora procesal a la licenciada Laura María Ramírez Ulate,
quien contestó la audiencia conferida en los términos del memorial incorporado
al expediente digital. Tercero: En los procedimientos se han observado las
formalidades de ley, no existen errores que causen nulidad alguna, y Considerando
I.—Hechos probados. Los siguientes de importancia: 1. En fecha diecinueve de
setiembre de dos mil seis, en Hospital Central San José, nació la persona menor
Yancoby Caleb Reyes Olivares, hijo de la demandada Liani Olivares Calvo e inscrito como hijo de Luis Lorenzo
Reyes. (Ver consulta de nacimiento incorporada al expediente electrónico). 2.
El Patronato Nacional de la Infancia inició su intervención por la denuncia que
interpuso el señor Jefrey Olivares ante el PANI de
Alajuelita, siendo que él se presentó a solicitar apoyo en virtud de que la
persona menor de edad estaba siendo víctima de factores de riesgo por consumo
de alcohol y drogas, además de callejización de la
progenitora madre adolescente en aquel momento. (Ver Acta de Manifestación en
Sede Administrativa, informes sociales en el expediente digital y testimonio de
María Elena Angulo Espinoza). 3. Mediante resolución administrativa de las once
horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de enero de dos mil ocho, se
ordenó la medida de cuido provisional en favor de la persona menor de edad, a
cargo de la señora Carolina Quesada Badilla y el señor Jefry
Olivares Quesada. (Ver resolución en el expediente digital). 4. La señora
Carolina asumió de forma total el cuido y protección de Caleb, debido al
fallecimiento del señor Jefry Olivares en el mes de
diciembre de dos mil ocho. (Informe social junio de dos mil nueve). 5. Que por sentencia de las nueve horas del ocho de febrero de
dos mil diez, se declaró con lugar el proceso de suspensión de Patria Potestad
en contra de la demandada Liani Olivares Calvo con
respecto a la persona menor de edad Yancoby Caleb
Olivares Calvo. (Ver sentencia número 176-2010 en el expediente 08-001629-338FA
antes del reconocimiento por parte del padre registral). 6. Dentro de los
factores de riesgo detectados para la persona menor de edad se encontraron
consumo de drogas y alcohol por parte de la progenitora quien en ocasiones
llevaba al niño a la calle y dormían donde le diera la noche exponiéndolo a
riesgo, o alquilaba un cuarto y lo dejaba solo para ir a consumir. La madre no
asumió los cambios que le solicitó el ente actor como parte del programa de
rehabilitación y orientación, continuó en callejización,
en tanto que el padre registral es una figura ausente. (Ver testimonio de María
Elena Angulo Espinoza). II.—Sobre el fondo del asunto. La pretensión del ente
actor es que se declare, en esta vía judicial, el estado de abandono de la
persona menor de edad Yancoby Caleb Reyes Olivares,
por parte de su progenitora y su padre registral, aquí demandados Liani Paola Olivares Calvo y Luis Lorenzo Reyes, además de
que se ordene el depósito judicial del niño en el hogar recurso de la señora
Carolina Quesada Badilla. De acuerdo con lo que establece nuestra legislación
en materia de familia, es posible que se declare ese estado de abandono cuando
concurren algunos presupuestos materiales básicos que determinen una
imposibilidad de parte de los padres de poder mantener y tener a su lado al
menor de edad, ya que no se están cumpliendo con los necesarios cuidados que
todo menor de edad debe tener, además de que se establezca que existe un
peligro eminente para el propio menor de edad, por el riesgo en que se ve
envuelto con sus progenitores. El artículo 160 del Código de Familia, en su inciso
c) establece que es posible el decreto del estado de abandono de un menor de
edad cuando éste se halle en riesgo social debido a la insatisfacción de las
necesidades básicas, materiales, morales, jurídicos y psicoafectivas a causa de
un descuido injustificado de parte de sus padres o de quienes ejerzan
legalmente los derechos y deberes inherentes a la Patria Potestad, teniendo
como consecuencia esa declaratoria de abandono que se termina (según el inciso
c- del artículo 158 del mismo cuerpo legal precitado) el ejercicio de la Patria
Potestad de parte de quienes la ostentan. Del estudio de las probanzas que han
sido llegadas al proceso, no queda ninguna duda para esta juzgador a que se
cumplen esos elementos o presupuestos materiales de la acción invocada, ya que
se desprende claramente, como hechos probados, que ya hace algunos años, la
demandada se ha encontrado inmersa en el consumo de drogas, actividad sexual y callejización desde muy temprana edad, siendo que su estilo
de vida desordenado y nada saludable ha puesto en riesgo su salud y el de su
prole, llevando la demandada una vida totalmente desordenada que le ha impedido
ejercer su rol materno respecto a su hijo, siendo que tampoco ha mostrado
interés alguno en asumir su maternidad, se ha comportado totalmente ausente,
situación que motivó que el ente actor decidiera proceder a ordenar la medida
de abrigo en un hogar que le proporciona salud emocional y de un desarrollo
físico y biológico acorde a sus necesidades, en tanto la demandada no evidencia
tener interés en realizar cambios en su vida, siendo que la persona menor
encuentra en el hogar de su tía Carolina abrigo, protección, satisfacción de
sus necesidades de alimentación, estudio, salud, reconociendo un vínculo de
afinidad con las personas que lo cuidan, quienes le han brindado atención,
afecto, seguridad y protección. Así se desprende en especial de las
declaraciones de hechos que hace la psicóloga del ente actor, quien en la
audiencia especial convocada al tenor del artículo 123 del Código de Familia,
hace un extenso relato de la situación histórica y actual de la problemática
familiar de la demandada en especial, de la actual situación con consumo,
inestabilidad emocional, domiciliar y laboral, dejando evidencia ese testimonio
del poco interés mostrado por la demandada en realizar cambios favorables en su
vida; relato elocuente y muestra como ha existido un sin número de hechos de
abandono hacia la persona menor de edad, de negligencia total que no deben ser
toleradas en concordancia con los máximos intereses de los menores de edad. En
cuanto al padre registral es un ciudadano extranjero y de quien se desconoce
más información, el mismo ha sido figura ausente tanto a nivel afectivo como
económico. Así las cosas, en aplicación del principio del interés superior del
menor de edad que está contemplado en los artículo tercero de la Convención
sobre los Derechos del Niño y quinto del Código de la Niñez y la Adolescencia,
considerándose que para la persona menor de edad referida lo mejor es apartarse
de su madre y buscar nuevas alternativas a su porvenir, esta juzgador a acoge la petición del ente actor y declara en estado de
abandono a Yancoby Caleb Reyes Olivares, por parte de
su madre, aquí demandada Liani Paola Olivares Calvo y
por parte del padre registral Luis Lorenzo Reyes, otorgando el depósito a la
señora Carolina Quesada Badilla, con la consecuencia pérdida de los derechos
inherentes a la Patria Potestad de la persona menor de edad que ostentaban los
aquí demandados. Este asunto se resuelve sin condena en costas para los
demandados en virtud de la propia naturaleza de las pretensiones. Por tanto, de
acuerdo a lo expuesto, y artículos 51 y 55 de la Constitución Política; 5, 13,
30, 32 y 34 del Código de la Niñez y la Adolescencia; 1, 2, 5, 8, 115 y
siguientes y 140, 160 y siguientes del Código de Familia, se declara con lugar
la demanda especial de declaratoria judicial de abandono de menor de edad
establecida por el Patronato Nacional de la Infancia contra Liani
Paola Olivares Calvo y Luis Lorenzo Reyes declarando en esta vía judicial el
estado de abandono de la persona menor de edad Yancoby
Caleb Reyes Olivares, con la consecuente pérdida de los derechos de Patria
Potestad que de él ostentaban los aquí demandados. Se ordena el depósito de la
persona menor en el hogar de la señora Carolina Quesada Badilla, para lo cual
se le previene presentarse al despacho dentro del término de tres días para
aceptar el cargo conferido. Se falla este asunto sin condena en costas para los
demandados. Hágase saber.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Ana Cristina Dittel Masis, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018213796 ).
Se avisa, a los
señores Leonardo Vega Vargas, mayor, cédula Nº
1-08930412 y Yosette Natalia Retana Arias, mayor,
cédula Nº 115970801, ambos de domicilio y demás
calidades desconocidas, representados por el curador procesal licenciado Alvis
González Garita, se le hace saber que existe proceso N°
17-000538-0673-NA de suspensión de la patria potestad de la persona menor de
edad Valentina Vega Retana establecido por el Patronato Nacional de la Infancia
en contra Leonardo Vega Vargas y Yosette Retana
Arias, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José a las nueve horas y quince minutos del
diecisiete de octubre de dos mil diecisiete, que en lo conducente dice: se le
concede el plazo de diez días a dichos accionados para que se pronuncien sobre
la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con el
artículo 305 del Código Procesal Civil. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, 23 de enero
de 2018.—Msc Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2018213799 ).
Se avisa que en este Despacho, Glen Chaves Barquero, Wendy Raquel León
Castro, solicitan se apruebe la adopción conjunta de las personas menores de
edad Delvin Sebastián Granados Sevilla y Naidelyn del Socorro Granados Sevilla; se concede a todos
las personas interesadas directas, el plazo de cinco días para formular oposiciones
mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán
las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N°
18-000036-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San
José, 29 de enero del año 2018.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2018213807 ).
Han comparecido a este Despacho, solicitando
contraer matrimonio civil Carlos Manuel Serrano Monge, mayor de edad, soltero,
electrónico industrial, cédula de identidad número 03 0479 0902, vecino de
Tejar del Guarco 100 metros al sur y 50 al este, del Bar Reno City, casa color
blanca contiguo a la casa de dos plantas, hijo de Flor María Monge Solano y
Manuel Serrano Mena, nacido en Oriental Central, Cartago, el 15/07/1994, con 23
años de edad, y Katherine Dahianna Zúñiga Hernández,
mayor de edad, soltera, estudiante, cédula de identidad número 03 0510 0870,
vecina de Tejar del Guarco, Urbanización Las Catalinas, casa 8F color amarilla,
hija de Ana Carolina Hernández Piedra y Randall Zúñiga Brenes, nacida en
Oriental Central Cartago, el 29/06/1998, actualmente con 19 años de edad. Si
alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio
se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de
los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp.
Nº 17-003029-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 29 de noviembre del año
2017.—Licda. Cristina Dittel Masís,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018213801 ).
Han comparecido
a este Juzgado, solicitando contraer matrimonio civil, Geiner
Solano Portuguez, cédula 2-336-981, 59 años de edad,
divorciado, pensionado, costarricense, nativo de Sarchí S, Valverde Vega,
Alajuela, nació el 22-11-1958, hijo de Jesús Solano Vega y María Daisy Portuguez Quesada y Francini Serrano Molina, cédula
2-480-559, 45 años de edad, soltera, ama de casa, costarricense, nativa de
centro, central, Alajuela, nació el 20/10/1972, hija de Juan Manuel Serrano
Cascante y Marlene Molina Barquero, ambos vecinos de Sarchí. Si alguna persona
conoce impedimento para que se realice este matrimonio deberá comunicarlo
dentro de los ocho días, posteriores a la publicación de este edicto.
Expediente N° 18-000002-1480 CI.—Juzgado Contravencional y
Menor Cuantía de Valverde Vega, Sarchí, veintiséis de enero del dos mil dieciocho.—Lic.
Nuria Rodríguez Gonzalo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018213802 ).
Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Martha Yanira
Arce Alvarado, mayor, con 44 años de edad, estado
civil soltera, de nacionalidad nicaragüense, con cédula de residencia número
155812403115, vecina de Mora, Ciudad Colón, con Luis Alexander Valverde Valverde, mayor, con 43 años de edad, estado civil soltero,
de nacionalidad costarricense, con cédula de identidad número 1-0896-0227,
vecino de Mora, Ciudad Colón. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Exp. Nº
18-000003-1693-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Mora
(Materia Civil), San José, Mora, 31 de enero de 2018.—Lic. Marvin Jarquín Sancho, Juez.—1
vez.—Exento.—( IN2018213804 ).
Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores
Gustavo Adolfo Soto Zamora, mayor, divorciado, pensionado, cédula de identidad
número 0204610883, vecino de Grecia, Tacares 400 metros al norte de la UCR ó 25
metros norte de la Escuela Silvestre Rojas Murillo, hijo de Juana María Zamora
Alvarado y Luis Alfredo Soto Castillo, ambos costarricenses, nacido en Centro
Central Alajuela, el 17/10/1970, con 47 años de edad, y María De Los Ángeles
García Quirós, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número
0107940973, vecina de Grecia, Tacares 400 metros al norte de la UCR ó 25 metros
norte de la Escuela Silvestre Rojas Murillo, hijo(a) de Ma Del Carmen García
Quirós, costarricense, nacida en Hospital Central San José, el 26/04/1971,
actualmente con 46 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Exp. Nº
18-000060-0687-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia
(Materia Familia), Grecia, 29 de enero
de 2018.—Licda. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2018213809 ).
Han
comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil Alejandra
María Olmazo Jiménez, mayor, soltera, cédula de
identidad número 0602810164 y Alexander Calderón Hernández, mayor, soltero,
cédula de identidad número 0602620053; ambas personas contrayentes tienen el
domicilio en Puntarenas. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho, dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Exp. Nº18-000086-1146-FA.—Juzgado
de Familia de Puntarenas, 31 de enero
del año 2018.—Lic. Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2018213811 ).
Han
comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil Gilbert
Gerardo Obando Leandro, mayor de edad, divorciado de Paula Vanessa Portuguez Guillén el 09 de mayo del 2017 en Cartago, peón
de campo, cédula de identidad número 3 0363 0053, vecino de Cartago, Pacayas un
kilómetro al este del colegio de la localidad casa color celeste, hijo de Ana
Luisa Leandro Leandro y José Gerardo Obando Carvajal,
nacido en Oriental Central Cartago, el 03/11/1979, con 38 años de edad, y María
del Milagro Sánchez Sandi, mayor de edad, soltera, operaria de planta, cédula
de identidad número 3 0420 0653, vecina de igual a la anterior, hija de Xinia
María Sandí Quirós y José María Sánchez Granados, nacida en Oriental Central
Cartago, el 21/06/1987, actualmente con 30 años de edad. Si alguna persona
tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice,
está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 18-000090-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 16 de enero del año 2018.—Licda.
Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018213812 ).
Han comparecido
a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Kenneth Jesús Brenes
Alvarado, mayor de edad, soltero, salonero, cédula de identidad número
3-0440-0916, vecino de Tejar de El Guarco barrio San Francisco 50 metros al
este de la pulpería San Andrés, hijo de Dunia Alvarado Zúñiga y Arnoldo Brenes
Solano, nacido en Oriental Central Cartago, el 08/11/1989, con 28 años de edad,
y Vielka Izania Munguía Castellón, mayor de edad,
soltera, ama de casa, cédula de identidad número 155800230814, vecina de igual
a la anterior, hija de María Castellón Obando y Luis Munguía Silva, nacida en
León, Nicaragua, el 03/11/1989, actualmente con 28 años de edad. Manifiestan
tener dos hijas de nombres Alexa Jimena y Emili Juliana ambas Brenes Munguía.
Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este
matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 18-000236-0338-FA.—Juzgado de
Familia de Cartago, Cartago, 01 de febrero
del año 2018.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exento.—(
IN2018213814 )
Han
comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil Rodrigo Alex
Fernández Pérez, mayor de edad, divorciado de Carmen Calvo Pérez el 08/09/2014
en Cartago, oficial de la fuerza pública, cédula de identidad número 3 0375
0910, vecino de Cachi Peñas Blancas de la escuela de la localidad un kilómetro
al este casa color amarillo a mano derecha, hijo de María Luz Pérez Orozco y Héctor
Fernández Carpio, nacido en Oriental Central Cartago, el 23/09/1981, con 36
años de edad, y Viviana de Los Ángeles Obando Núñez, mayor de edad, divorciada
de Rodney Peña Serrano el 01/04/2016 en Cartago, ama
de casa, cédula de identidad número 3 0422 0812, vecina de igual a la anterior,
hija de Catalina Núñez Moya y Rolando Obando Obando
nacida en Oriental Central Cartago, el 30/09/1987, actualmente con 30 años de
edad. manifiestan tener una hija de nombre Shanai
Guadalupe Fernández Obando de siete meses. Si alguna persona tiene conocimiento
de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Exp. Nº
18-000172-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 25 de enero del año 2018.—Licda.
Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018213813 ).
Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Kenneth Jesús
Brenes Alvarado, mayor de edad, soltero, salonero, cédula de identidad número
3-0440-0916, vecino de Tejar de El Guarco barrio San Francisco 50 metros al
este de la pulpería San Andrés, hijo de Dunia Alvarado Zúñiga y Arnoldo Brenes
Solano, nacido en Oriental Central Cartago, el 08/11/1989, con 28 años de edad,
y Vielka Izania Munguía Castellón, mayor de edad,
soltera, ama de casa, cédula de identidad número 155800230814, vecina de igual
a la anterior, hija de María Castellón Obando y Luis Munguía Silva, nacida en
León, Nicaragua, el 03/11/1989, actualmente con 28 años de edad. Manifiestan
tener dos hijas de nombres Alexa Jimena y Emili Juliana ambas Brenes Munguía.
Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este
matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 18-000236-0338-FA.—Juzgado
de Familia de Cartago, Cartago, 01 de febrero del año 2018.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1
vez.—Exento.—( IN2018213814 ).
Se hace saber
que a las dieciséis horas del día diecisiete de febrero del dos mil dieciocho,
el suscrito notario celebrará en el domicilio de los contrayentes, el
matrimonio civil de Geiner Vinicio Navarro Castro,
cédula: 1-1148-756, mayor, soltero, agente de ventas, vecino de La Cruz de
Peñas Blancas, San Ramón, un kilómetro este de la plaza de deportes; e Irma
Teresa Romero Gómez, cédula de residencia: 155819532812, de nacionalidad
nicaragüense, mayor, soltera, cajera, al mismo domicilio que el anterior.
Cualquier persona que tenga un interés contrario que lo haga saber en el
término de ley ante la notaría dicha, sita veinticinco este del Parque, La
Fortuna de San Carlos.—La Fortuna, veinticinco de
enero del dos mil dieciocho.—Lic. José Ml. Villegas Rojas, Notario.—1 vez.—(
IN2018214154 ).
Han
comparecido ante esta notaría solicitando contraer matrimonio civil los
contrayentes Paula Andrea Villarroel Arestizábal,
mayor de edad, soltera, periodista, de nacionalidad chilena, con número de
pasaporte de su país P12753379, vecina de Santiago, República de Chile, Los
Leones 1615, depto 1501, hija de Jorge Agustín
Villarroel Carrasco y María Isabel Antoni Arestizábal
Escalona (ambos chilenos), nacida en Las Condes, Santiago, República de Chile
el 14 de mayo de 1984, actualmente con 32 años de edad y Andrés Naranjo Quirós,
mayor, soltero, supervisor de ventas, costarricense, portador de la cédula de
identidad 1-0989-0330, vecino de San Isidro de Coronado, frente a la entrada
principal de la Escuela José Ana Marín, casa amarilla con rejas rojas, hijo de
Saúl Naranjo Gutiérrez y Viviana Quirós Rodríguez (ambos costarricenses),
nacido en El Carmen de San José, Costa Rica el 14 de diciembre de 1977,
actualmente con 39 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento legal para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo ante esta Notaría ubicada en Guachipelín de Escazú, del paso a
desnivel de Multiplaza, 800 metros al norte, edificio VMG, dentro de los ocho
días siguientes a la publicación de este edicto.—San
José, 31 de enero del 2018.—Licda. Cynthia Corrales Mairena, Notaria.—1 vez.—(
IN2018214227 ).