BOLETÍN JUDICIAL 24 DEL 8 DE FEBRERO DEL 2018

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA PRIMERA

JUZGADO NOTARIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA PRIMERA

Al señor Brian Stephen Tedeschi, de actual domicilio ignorado, se le hace saber: Que en diligencia de exequátur promovida por la señora Lilly Ghislaine Ching Soto, contra él, para obtener la homologación de una sentencia de divorcio, dictada por la Corte Suprema del distrito de Columbia, Estado de Washington, Estados Unidos de América. Al efecto se ha dictado la resolución que dice: “Nue: 08-000255-0004-FA, Res: 001235-E-S1-2017, Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las nueve horas treinta y seis minutos del diecinueve de octubre de dos mil diecisiete. Solicitud para obtener el exequátur de sentencia de divorcio, establecida por la señora Lilly Ghislaine Ching Soto, mayor de edad, divorciada, abogada, nacionalidad costarricense, cédula de identidad 1-0938-0111, con residencia en el Estado de Washington D.C. Estados Unidos de América, contra el señor Brian Stephen Tedeschi, de un apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor de edad, divorciado, pasaporte de su país número P016165805, de domicilio y demás calidades ignoradas. Interviene en el proceso el señor Roy Manuel Chig Soto, mayor de edad, casado, auditor de sistemas, cédula de identidad 1-1056-0809, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma del promovente. Además, intervino el licenciado Minor Gómez Calvo, abogado y notario, colegiado 4398, en calidad de apoderado especial judicial de la parte actora y el licenciado Juan Alberto Román Moya, abogado, colegiado 24629, en calidad de Curador Procesal Judicial de la parte demandada. Resultando: 1º.-... 2º.-... 3º.-... 4º- ... Considerando: I.-... II.-...III.-... Por tanto. Se concede el exequátur solicitado a la sentencia de divorcio entre la señora Lilly Ghislaine Ching Soto y el señor Brian Stephen Tedeschi, dictada el 03 de marzo del 2008, por la Corte Suprema del Distrito de Columbia, Estado de Washington, Estados Unidos de América. En consecuencia, procédase a la ejecución, por lo que se ordena expedir ejecutoria de la presente resolución aprobatoria, con inserción de la homologada, una vez que alcance firmeza, a fin de que la parte interesada gestione lo que corresponda ante el Registro Civil. Se ordena inscribir. Publíquese una vez en el Boletín Judicial la parte dispositiva de este fallo. Luis Guillermo Rivas Loáiciga, Román Solís Zelaya, William Molinari Vílchez, Maribel Seing Murillo, José Rodolfo León Díaz.

San José, 11 de enero del 2018

                                                                    Anthony Quirós Madrigal,

                                                                                Notificador a. í

1 vez.—Exonerado.—( IN2018214276 ).

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER

Al Archivo Notarial, Registro Civil, Registro Nacional y Dirección Nacional de Notariado: Que en el proceso disciplinario notarial 12-000261-0627-NO, de Ingrid Zúñiga Alvarado contra Marcial Rolando Aguiluz Barboza (cédula de identidad 1-604-440), este Juzgado mediante resolución 186-2017 de las dieciséis horas treinta y dos minutos del diecisiete de mayo del dos mil diecisiete, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de tres años de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 12 de setiembre del 2017.

                                                       Lic. Francis Porras León

                                                              Jueza Tramitadora

1 vez.—Exonerado.—( IN2018213787 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil y a toda la ciudadanía en general, que en el Proceso Disciplinario Notarial 09-000305-0627-NO, de Mildred Alfaro Vargas contra Willy Curling Rutishsauser (cédula de identidad 1-0486-0011), este Juzgado mediante resolución 344-2015 de las catorce horas y dieciocho minutos del veintiocho de agosto de dos mil quince (confirmada por el Tribunal Disciplinario Notarial mediante voto número 287-2017 de las diez horas diez minutos del diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete), dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, en el entendido de que dicha suspensión se mantendrá vigente hasta la inscripción final del testimonio correspondiente a la escritura número sesenta y cinco. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Juzgado Notarial. Notifíquese.

San José, 11 de enero del 2018.

                                                        Lic. Francis Porras León

                                                                 Juez Tramitador

1 vez.—Exonerado.—( IN2018214277 )

Al Archivo Notarial, Registro Civil, Registro Nacional Y Dirección Nacional de Notariado: Que en el Proceso Disciplinario Notarial 12-000671-0627-NO, de Yansy Morales Cabalceta contra Cindy Marcela Villalobos Valverde (cédula de identidad 1-1079-145), este Juzgado mediante resolución 317-2017 de las doce horas cuarenta minutos del treinta y uno de julio del dos mil diecisiete, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de dos meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Juzgado Notarial.

San José, 03 de octubre del 2017.

                                                          Lic. Francis Porras León

                                                                Jueza Tramitadora

1 vez.—Exonerado.—( IN2018214278 )

Al Archivo Notarial, Registro Civil, Registro Nacional y Dirección Nacional de Notariado: Que en el proceso disciplinario notarial 12-000841-0627-NO, de Registro Inmobiliario Del Registro Nacional contra Erick Joaquín Moya Sevilla (cédula de identidad 1-626-389), este Juzgado mediante resolución 0424-2016 de las quince horas cuarenta y siete minutos del veintinueve de setiembre del dos mil dieciséis, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 02 de noviembre del 2017.

                                                       Lic. Francis G. Porras León

                                                                             Juez

1 vez.—Exonerado.—( IN2018214279 )

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil y a toda la ciudadanía en general, que en el Proceso Disciplinario Notarial 12-000964-0627-NO, de Flor María Solano Ruiz contra Wálter Vargas Barrantes (cédula de identidad 6-0105-1167), este Juzgado mediante resolución 118-2017 de las trece horas y dos minutos del veinticuatro de marzo de dos mil diecisiete (confirmada por el Tribunal Disciplinario Notarial mediante voto número 0296-2017 de las diez horas del viernes veinticuatro de noviembre de dos mil diecisiete), dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de tres años de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Juzgado Notarial. Notifíquese.

San José, 20 de diciembre del 2017.

                                                         Lic. Francis Porras León

                                                                  Juez Tramitador

1 vez.—Exonerado.—( IN2018214280 )

Al Archivo Notarial, Registro Civil, Registro Nacional y Dirección Nacional de Notariado: Que en el Proceso Disciplinario Notarial 13-000091-1126-FC, de Heylin Adriana Navarro Umaña contra Maycol Alejandro Borbón Elizondo, (cédula de identidad 1-1054-728), este Juzgado mediante resolución 0316-2017 de las doce horas treinta y cuatro minutos del treinta y uno de julio del dos mil diecisiete, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, la cual se mantendrá vigente hasta que el denunciado acredite a este despacho haber llevado a cabo finalmente la inscripción Registral de la escritura número 4 de su tomo de protocolo número 19, otorgada en su notaría el día 19 de junio del 2012, en la cual el señor Julio Umaña Vargas dono a la denunciante, la finca de San Jo número 488864-000 o bien, proceda a reintegrar a la denunciante Navarro Umaña la suma de ciento cincuenta mil colones exactos. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Juzgado Notarial.

San José, 03 de octubre del 2017.

                                                         Lic. Francis Porras León

                                                                  Juez Tramitador

1 vez.—Exonerado.—( IN2018214281 )

A Orlando Antonio Quirós Díaz, mayor, notario público, cédula de identidad 6-207-566, de demás calidades ignoradas; que en proceso disciplinario notarial 14-000001-0627-NO establecido en su contra por Banco Nacional de Costa Rica, se ha dictado la sentencia 469-2016 que en lo conducente dice: “Sentencia de primera instancia 081-2017. Juzgado Notarial. A las dieciséis horas cincuenta y cuatro minutos del veintiocho de febrero de dos mi diecisiete. Proceso disciplinario notarial Hilel Zomer Befeler, mayor, abogado, vecino de Escazú, cédula de identidad 1-0951-0840, en su condición de apoderado general judicial del Banco Nacional de Costa Rica, contra Orlando Antonio Quirós Díaz, cédula de identidad 6-0207-0566, carné de incorporado al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica 15427. Se tuvo como parte a la Dirección Nacional de Notariado, de conformidad con el artículo 153 del Código Notarial, pero no se apersonó al proceso. Resultando: 1.-..., 2.-..., 3.- ..., 4.-.... Considerando: I.- Hechos probados:..., II.- Sobre el fondo:..., III.- De la sanción a imponer:.... Por tanto: se declaran sin lugar la excepción de falta de derecho, así como también la excepción de falta de legitimación activa, opuestas por la Defensa Pública en favor del denunciado. Se declara con lugar el proceso disciplinario del Banco Nacional de Costa Rica contra Orlando Antonio Quirós Díaz, a quien se le impone una suspensión de tres meses en el ejercicio del notario. Dicha sanción al tenor de lo estipulado en el artículo 161 del Código Notarial, regirá ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Firme esta resolución, se expedirán comunicaciones a las entidades que así lo requieran y se publicará el edicto respectivo en el Boletín Judicial. Notifíquese. M.Sc. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.” y en la providencia dice “Juzgado Notarial. San José, a las trece horas cuarenta y ocho minutos del uno de noviembre del dos mil diecisiete. De conformidad con lo dispuesto por el numeral 263 del Código Procesal Civil, reformado por el artículo 19 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Oficiales, aplicado supletoriamente por disposición del artículo 163, párrafo 2° del Código Notarial, notifíquese al notario Orlando Antonio Quirós Díaz, la presente resolución, así como la parte dispositiva de la sentencia 081-2017, dictada a las dieciséis horas cincuenta y cuatro minutos del veintiocho de febrero del dos mil diecisiete, por medio de edicto que se publicará por una vez en el Boletín Judicial. Notifíquese.

 San José, 01 de noviembre del 2017.

                                                         Lic. Francis Porras León,

                                                                     Juez Notarial

1 vez.—Exonerado.—( IN2018214283 ).

Al Archivo Notarial, Registro Civil, Registro Nacional y Dirección Nacional de Notariado: que en el proceso disciplinario notarial 14-000281-0627-NO, de Registro Civil contra Víctor Julio Castillo Solís (cédula de identidad 2-324-093), este Juzgado mediante resolución 0300-2015 de las doce horas treinta y siete minutos del treinta y uno de julio del dos mil quince, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 10 de noviembre del 2017.

                                                        Lic. Francis Porras León,

                                                               Jueza Tramitadora

1 vez.—Exonerado.—( IN2018214284 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial 16-000626-0627-NO, de Registro Civil contra Rafael Valverde Ramírez, cédula de identidad 1-0966-0378, este Juzgado mediante resolución 385-2017 de las once horas y diecisiete minutos del veintiocho de setiembre del dos mil diecisiete, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 27 de octubre del 2017.

                                                      M.Sc. Francis Porras León

                                                                 Juez Tramitador

1 vez.—Exonerado.—( IN2018214993 )

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

A las trece horas treinta minutos del dos de marzo del año dos mil dieciocho (13:30 p.m. del 02/03/2018), en la puerta exterior de este Despacho, y con la base de nueve millones ochocientos diez mil seiscientos setenta y cuatro colones con ochenta y tres céntimos (¢9.810.674.83) valor otorgado por el peritaje de folio 221, en el mejor postor remataré lo siguiente: bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 59619 derechos 000, finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito Primero Bagaces, cantón cuarto Bagaces, provincia Guanacaste. Colinda: al norte, este y oeste, con Alfonso Vargas Lamas; al sur, calle pública con dieciséis metros y sesenta y cinco centímetros lineales, con plano catastrado G-0715314-1987. Mide: setecientos ochenta metros con treinta y seis decímetros cuadrados. De no haber postores, para llevar a cabo el Segundo remate, se señalan las trece horas treinta minutos del veintitrés de marzo del año dos mil dieciocho (13:30 p.m. del 23/03/2018), con la base de siete millones trescientos cincuenta y ocho mil seis colones con doce céntimos (¢7.358.006,12) rebajada en un 25%. De no apersonarse rematantes, para el Tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del dieciséis de abril del año dos mil dieciocho (13:30 p.m. del 13/04/2018), con la base de dos millones cuatrocientos cincuenta y dos mil seiscientos sesenta y ocho colones con setenta céntimos (¢2.452.668,70) rebajada en 75%. Se remata por ordenarse así en Proceso OR.S.PRI. Prestac. Laborales de Félix Clinton Conly contra Brayan Macdaniels y Underground Paradise Limitada. Exp.: 11-000021-0942-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, (Liberia) (Materia Laboral), 23 de enero del 2018.—Licda. Aura Lisseth Cedeño Yanes, Jueza.—( IN2018214390 ).

Causahabientes

A los causahabientes de quien en vida se llamó Jordan Gerardo Morales Meza, quien fue mayor, soltero, domicilio mayor, soltero en unión libre, de 21 años de edad, peón operario, vecino de El Alto de Quitirrisi, de la Escuela Nueva hacia la carretera principal 50 metros, cédula de identidad 1 1633-304, cédula de identidad número, se les hace saber que: Eduardo Vásquez Hernández mayor, costarricense, casado, de 45 años de edad, vecino de El Alto de Quitirrisí de Mora, de la antigua escuela 150 metros carretera a Puriscal, casa mano derecha , se apersonó en este Despacho, en calidad de padrastro del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones, por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Jordán Gerardo Morales Meza. Expediente número 17-000117-1529-LA.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Puriscal (Materia Laboral), 23 de enero del año 2018.—Licda. Charlyn Miranda Arias, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018213797 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Miguel Ángel Chacón Bermúdez, fallecido el 01 de octubre del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 17-001826-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Exp. 17-001826-0166-LA. Promovida por María Luz Flores Berrocal a favor de Miguel Ángel Chacón Bermúdez.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 22 de enero del 2018.—M. Sc. Andrés Grossi Castillo, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018213800 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Manuel Brenes Campos mayor, casado, jornalero, vecino de San Antonio de Puriscal y falleció el 29 de octubre del año 2017. se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el 18-000003-1529-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Puriscal (Materia laboral), 18 de enero del 2018.—Licda. Charlyn Miranda Arias, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018213803 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la fallecida Damaris Loría Arguedas, quien en vida era mayor, costarricense, viuda, ama de casa, cédula de identidad número 2-197-672, que falleció el día 19 de noviembre del 2017 y su último domicilio fue en San Ramón, San Pedro; 100 metros antes del Colegio Bilingüe; se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de distribución de prestaciones de personas trabajadoras fallecidas, bajo el número 18-000018-0694-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 18-000018-0694-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Laboral), 23 de enero del año 2018.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018213805 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del veinte de marzo de dos mil dieciocho y con la base de treinta y cinco millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 151804-000 cero cero cero, la cual es terreno de caña. Situada en el distrito 06 Pavones, cantón 05 Turrialba de la provincia de Cartago. Colinda: al norte Edgar Sandoval Corrales; al sur servidumbre en medio de Luz Milda Solano Araya; al este Margarita Gamboa Calderón y al oeste Edgar Sandoval Corrales. Mide: mil ochocientos setenta y cuatro metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del trece de abril de dos mil dieciocho, con la base de veintiséis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de mayo de dos mil dieciocho, con la base de ocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 del párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Reinaldo Roque Espinoza Chavarría. Expediente: 17-002850-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 16 de enero del 2018.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2018214055 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, reservas y restricciones; a las once horas y cero minutos del seis de marzo de dos mil dieciocho, y con la base de veinte millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento catorce mil ochocientos setenta y seis cero cero cero, la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Carlos Alberto Damas Muñoz Montero; al sur, Michael Araya Masis y servidumbre de paso; al este, calle pública con frente de 8.50 metros, y al oeste, Inversiones Varce del Atlántico S.R.L. Mide: Doscientos doce metros con un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintiuno de marzo de dos mil dieciocho, con la base de quince millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del trece de abril de dos mil dieciocho con la base de cinco millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Luis Alberto Castillo Monestel. Exp. 17-003218-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 16 de enero del 2018.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2018214205 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas 0356-00003204-01-901-001; a las catorce horas y quince minutos del trece de marzo de dos mil dieciocho y con la base de cuarenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos treinta y ocho mil seiscientos cuarenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito San Isidro de El General, cantón Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte calle pública; al sur Matías Picado Abarca; al este, calle pública y al oeste Matías Picado Abarca. Mide: mil metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Plano: SJ-0595122-1985. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del cuatro de abril de dos mil dieciocho, con la base de treinta mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del diecinueve de abril de dos mil dieciocho con la base de diez mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Propiedades de la Unión Magdalena Sociedad Anónima contra Amalia Damaris Barrantes Muñoz, Arsenio Picado Ureña. Expediente: 17-011596-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José.—M.Sc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—( IN2018214206 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del catorce de marzo de dos mil dieciocho, y con la base de treinta y cinco mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José (1), Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 456752-000, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir con una casa lote 6 bloque a situada en el distrito 3-San Rafael cantón 2-Escazú de la provincia de San José. Colinda: al norte, Inversiones Li Sociedad Anónima; al sur, zona verde con un frente a ella de 6.14 metros; al este, lote siete y al oeste lote cinco. Mide: ciento veintisiete metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del cinco de abril de dos mil dieciocho, con la base de veintiséis mil seiscientos veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de abril de dos mil dieciocho con la base de ocho mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Propiedades Don Jerónimo Sociedad Anónima contra Carmen María Azofeifa Rojas. Exp: 17-017065-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 07 de diciembre del 2017.—Licda. María Mora Saprissa, Jueza.—( IN2018214207 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del seis de marzo del dos mil dieciocho y con la base de dos millones ciento setenta y tres mil seiscientos veinticinco colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 241300-000m, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Cinco Esquinas, cantón Tibás de la provincia de San José. Colinda: al norte INVU; al sur acera 1 con 5 m. 43 cm.; al este INVU y al oeste INVU. Mide: setenta y nueve metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintiuno de marzo del dos mil dieciocho, con la base de un millón seiscientos treinta mil doscientos dieciocho colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del trece de abril del dos mil dieciocho, con la base de quinientos cuarenta y tres mil cuatrocientos seis colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Ana del Carmen Jimenez Solorzano. Expediente: 17-007717-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 15 de noviembre del 2017.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez.—( IN2018214229 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones citas 327-19676-01-0901-039; a las ocho horas y cero minutos del primero de marzo de dos mil dieciocho, y con la base de tres millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y nueve mil trescientos cuatro cero cero cero la cual es naturaleza: lote uno, terreno para construir con solar. Situada en el distrito 02-Sabalito, cantón 08-Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con resto de finca de María Marín; al sur, con Estrella Durán Matamoros y quebrada en medio; al este, con resto de finca de María Marín, y al oeste, con calle pública con el frente a ella de 21 metros con 13 centímetros lineales. Mide: quinientos cuarenta y cuatro metros con cero decímetros cuadrados. Plano: P-1456130-2010. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciséis de marzo del dos mil dieciocho, con la base de dos millones cuatrocientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de abril de dos mil dieciocho con la base de ochocientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Carlos Luis Monge Marín. Exp. 16-001102-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito (Materia Cobro), 14 de diciembre del 2017.—Lic. German Esquivel Campos, Juez.—( IN2018214231 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de febrero de dos mil dieciocho, y con la base de trescientos noventa y ocho mil setecientos cincuenta y seis colones con setenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas cinco seis nueve seis seis uno (569661), marca Kia, estilo Sportage, año 1999, color verde, vin KNDJA7231X5595729, categoría automóvil, tracción 4x4, carrocería station wagon o familiar, N. motor NR, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del quince de marzo de dos mil dieciocho, con la base de doscientos noventa y nueve mil sesenta y siete colones con cincuenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del seis de abril de dos mil dieciocho con la base de noventa y nueve mil seiscientos ochenta y nueve colones con diecinueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Agencia Datsun Sociedad Anónima contra Adonay Rodríguez Bustos, expediente 12-003295-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia cobro), 24 de noviembre del 2017.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—( IN2018214263 ).

A las quince horas del diecinueve de febrero del dos mil dieciocho (3:00 p. m. del 19/02/2018), en la puerta exterior de este Despacho Juzgado de Familia de Heredia y con la base de dos millones ochocientos once mil sesenta colones, con cero céntimos (¢2 811 060,00), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 406388-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 5-San Rafael, cantón 4-Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 6.03 metros; al sur, Alcides Marín Guerrero; al este, Didier Marín Vargas y al oeste, Carmen Salazar Loaiza. Mide: ciento sesenta y dos metros con ochenta y un decímetros cuadrados. El cual se encuentra libre de anotaciones y gravamen. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución sentencia de María Margarita Galán Valdez contra Arcelio Salazar Cordero. Exp: 09-400008-0197-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 06 de diciembre del 2017.—Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—Exonerado.—( IN2018214274 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos (9:30 a. m.) del dos de marzo de dos mil dieciocho, y con la base de cuatro mil setecientos sesenta y seis dólares con setenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa número 777636, marca: Kia, estilo: Río, vin: KNADC125956369884, año: 2005, color: Blanco, capacidad: 5 personas. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos (9:30 a. m.) del tres de abril de dos mil dieciocho, con la base de tres mil quinientos setenta y cinco dólares con cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos (09:30 am) del veinte de abril de dos mil dieciocho con la base de mil ciento noventa y un dólares con sesenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Randall Mauricio Viquez Chavarría. Exp. 16-011563-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 23 de enero del año 2018.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2018214341 ).

A las quince horas y treinta minutos del dos de abril del año dos mil dieciocho, en la puerta exterior de este Despacho, soportando servidumbre trasladada, bajo las citas:0292-00013886-01-0004-001 y con la base de ocho millones novecientos ochenta y ocho mil quinientos cincuenta y dos colones con diez céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número 00150714-000. Que es terreno: con una casa. Sito: distrito 11 San Rafael Abajo, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Linderos: norte, calle pública; sur, Ana Isabel Herrera Soto; este, calle pública, y oeste, Guillermo Rojas Mora. Mide: trescientos cuarenta y cuatro metros con nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Héctor Julio de la Trinidad Aguilar Castro. Exp.: 06-027054-0170-CA. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 31 de enero del 2018.—Lic. Henry Steven Sanarrusia Gómez, Juez.—( IN2018214352 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref: 2098-041-001, bajo las citas 0294-00004281-01-0901-005, a las catorce horas y cuarenta minutos del dieciséis de marzo del dos mil dieciocho y con la base de cuarenta y siete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y seis mil setecientos treinta y tres-cero cero cero, la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito 04 Germania, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Mario Craffort Craffort; al sur, calle pública con un frente de 48 metros 33 centímetros; al este, Gerardo Mejía Rodríguez y al oeste, Félix Carranza Cubero. Mide: cuatro mil doscientos veinticuatro metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta minutos del dos de abril del año dos mil dieciocho, con la base de treinta y cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta minutos del diecisiete de abril del año dos mil dieciocho con la base de once millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Maquinaria y Equipo Pesado Transnavi S. A., expediente 17-004167-1208-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Materia cobro), 19 de diciembre del 2017.—Licda. Hazel Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2018214357 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las once horas y treinta minutos del cinco de abril del año dos mil dieciocho y con la base de cuatro mil doscientos ochenta y tres dólares con doce centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas 840305, marca Suzuki, número chasis: MA3FC31S1AA292530, estilo Celerio GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2010, color rojo. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veintitrés de abril del dos mil dieciocho, con la base de tres mil doscientos doce dólares con treinta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del nueve de mayo del dos mil dieciocho con la base de mil setenta dólares con setenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra María Fernanda Córdoba López, expediente 16-020457-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 01 de febrero del 2018.—Licda. Mayela Gómez Pacheco, Jueza.—( IN2018214360 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; pero soportando reservas y restricciones citas 347-08034-01-0900-001; a las quince horas y treinta minutos del dos de abril del año dos mil dieciocho, y con la base de seis millones setecientos uno mil seiscientos cincuenta y tres colones con ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cincuenta y tres mil setecientos tres cero cero cero la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 2-Mansión, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Leopoldo Sequeira Guevara; al sur, Benigno Matarrita Obando; al este, calle pública con 13 m. 99 cm. y al oeste, Leopoldo Sequeira Guevara. Mide: cuatrocientos diecinueve metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del dieciocho de abril del año dos mil dieciocho, con la base de cinco millones veintiséis mil doscientos treinta y nueve colones con ochenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del cuatro de mayo del año dos mil dieciocho con la base de un millón seiscientos setenta y cinco mil cuatrocientos trece colones con veintisiete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L. contra Donato Carrillo Obando. Exp. 17-005250-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 13 de diciembre del año 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018214362 ).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca de primer grado citas 2010-320099-01-0003-001 y condiciones ref: 00083929 001, citas: 403-00733-01-0902- 001; a las siete horas y veinticinco minutos del siete de marzo de dos mil dieciocho, y con la base de doce millones de colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuatro mil setecientos setenta y dos cero cero cero la cual es terreno lote 31 terreno para construir con una casa de habitación un local comercial. Situada en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Mariana Céspedes Chaves; al sur, Mariana Céspedes Chaves; al este, calle publica con un frente de 14,50 metros, y al oeste, Mariana Céspedes Chaves. Mide: Trescientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas y veinticinco minutos del veintidós de marzo de dos mil dieciocho, con la base de nueve millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y veinticinco minutos del trece de abril de dos mil dieciocho con la base de tres millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Juan Luis De Jesús Portuguez Calderon contra John Fredy Castellanos Guerrero, Wilberth Gerardo Alvarado Machado. Exp. 17-000119-0432-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 20 de diciembre del 2017.—Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—( IN2018214367 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, a las diez horas y cero minutos del primero de marzo del dos mil dieciocho, y con la base de ocho millones seiscientos dieciocho mil seiscientos setenta y ocho colones con ocho céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y seis mil ciento cincuenta y seis cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 3-San Antonio, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Cecilio Grijalba Grijalba; al sur, Rosa Ángela Grijalba Obando; al este, Rosa Angela Grijalba Obando, y al oeste, calle pública. Mide: mil ciento diecisiete metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de marzo del dos mil dieciocho, con la base de seis millones cuatrocientos sesenta y cuatro mil ocho colones con cincuenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de abril del dos mil dieciocho, con la base de dos millones ciento cincuenta y cuatro mil seiscientos sesenta y nueve colones con cincuenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra María de los Ángeles Víctor Grijalba. Expediente 17-004752-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón (Materia Cobro), 30 de noviembre del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018214368 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y Restricciones inscritas bajo las citas 318-5409-01-0901-002; a las trece horas y treinta minutos del veinticuatro de abril del año dos mil dieciocho, y con la base de treinta y seis millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos once mil ochocientos ochenta y cuatro la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 San Marcos, cantón 05 Tarrazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Milagro Picado Ureña; al sur, calle pública; al este, Rafael Chanto y al oeste, Milagro Picado Ureña. Mide: trescientos cincuenta y seis metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del quince de mayo del año dos mil dieciocho, con la base de veintisiete millones seiscientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del treinta de mayo del año dos mil dieciocho con la base de nueve millones doscientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Emilio José Elizondo Castillo. Exp.: 15-012778-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 25 de enero del 2018.—Lic. Carlos Alberto Marín Angulo, Juez.—( IN2018214371 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del nueve de marzo de dos mil dieciocho y con la base de cincuenta millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 6720-000, la cual es terreno de pasto, árboles y cultivos. Situada en el distrito 6 Tierras Morenas, cantón 8 Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Rancho Kapu S. A. y quebrada sin nombre y Río Cabuyo; al sur, Banco Crédito Agrícola de Cartago y Juan Carlos Loría Calvo; al este, Rancho Kapu S. A. y servidumbre agrícola con frente a ella de 7 metros y al oeste, Ganadera Fruta Negra S. A. Quebrada Aguas Gatas. Mide: trescientos cincuenta y siete mil seiscientos noventa metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dos de abril de dos mil dieciocho, con la base de treinta y siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de abril de dos mil dieciocho con la base de doce millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Luis Diego Pérez Pérez contra Rancho Kapu Sociedad Anónima. Exp: 16-005542-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 29 de enero del 2018.—Licda. Angélica Delgado Madrigal, Jueza.—( IN2018214374 ).

En la puerta exterior de este Despacho; pero soportando hipoteca de primer grado citas 2010-290516-01-0003-001, reservas de Ley de Aguas y ley de Caminos Públicos citas 310-02037-01-0002-001, dos servidumbre de aguas pluviales citas 575-29310-01-0001-001 y 575-29889-01-0001-001; a las catorce horas y treinta minutos del diecinueve de marzo de dos mil dieciocho (2:30 pm / 19/03/2018), y con la base de setenta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 76041-F-000, la cual es finca filial primaria individualizada número cien apta para construir que se destinara a uso residencial la cual podrá tener una altura máxima de tres pisos. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, finca filial primaria individualizada número ciento uno; al sur, finca filial primaria individualizada número noventa y nueve; al este, calle pública y al oeste acceso dos. Mide: cuatrocientos sesenta y nueve metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del doce de abril de dos mil dieciocho (2:30 pm. / 12/04/2018), con la base de cincuenta y dos millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del treinta de abril de dos mil dieciocho (2:30 pm. / 30/04/2018) con la base de diecisiete millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Dinia del Carmen Angulo de la O, Joaquín Bernardo Hernández Pacheco. Exp. 17-010023-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 22 de enero del 2018.—Licda. Angélica Delgado Madrigal, Jueza.—( IN2018214375 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas: 2013-113056-01-0004-001 y servidumbre de paso citas: 2013-113056-01-0004-001; a las once horas y treinta minutos del veinte de marzo de dos mil dieciocho, y con la base de ocho millones doscientos sesenta y cuatro mil doscientos sesenta colones con ochenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 243854 la cual es terreno lote dos terreno de agricultura. Situada en el distrito 02 Santiago, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Yorleny Corrales Zamora; al sur, Yorleny Corrales Zamora; al este, servidumbre y al oeste, Damaris Y Nidia Quirós Vega y Nieves Bocan Barrantes. Mide: Tres mil ciento cincuenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del trece de abril de dos mil dieciocho, con la base de seis millones ciento noventa y ocho mil ciento noventa y cinco colones con sesenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del dos de mayo de dos mil dieciocho con la base de dos millones sesenta y seis mil sesenta y cinco colones con veinte céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Yorleny De Los Ángeles Corrales Zamora. Exp. 17-010329-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 18 de enero del 2018.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2018214376 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y treinta minutos del dos de marzo de dos mil dieciocho, y con la base de treinta y ocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número dieciséis mil ciento ochenta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Puntarenas, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 19; al sur, áreas verdes y calle pública, con 11 mts. 03 cts; al este lote 8, pared medianeria y al oeste, calle pública, con 20 mts. Mide: doscientos veintisiete metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de marzo de dos mil dieciocho, con la base de veintiocho millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de abril de dos mil dieciocho con la base de nueve millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Édgar Antonio Jiménez Veliz, expediente 17-002469-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 31 de octubre del 2017.—Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—( IIN2018214378 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas:0302-00004979-01-0901-001, servidumbre de paso citas:0575-00038036-01-0005-001, servidumbre de paso citas: 2009-00026566-01-0026-001, servidumbre de paso citas: 2009-00026566-01-0026-001, servidumbre de paso citas: 2009-00026566-01-0106- 001, servidumbre de paso citas: 2009-00026566-01-0106-001, servidumbre de paso citas: 2009-00026566-01-0136-001, servidumbre de paso citas: 2009-00026566-01-0136-001,servidumbre de paso citas: 2009- 00026566-01-0234-001, servidumbre de paso citas: 2009-00026566-01-0234- 001, servidumbre de paso citas: 2009-00026566-01-0273- 001, servidumbre de paso citas: 2009-00026566-01-0273-001, servidumbre de paso citas: 2009-00282255-01-0001-001, servidumbre de paso citas: 2011-00105890-01-0006-001; a las once horas veinticinco minutos del seis de marzo de dos mil dieciocho, y con la base de ciento treinta y dos mil cuarenta y nueve dólares con setenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, partido de partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento setenta y nueve mil seiscientos sesenta y ocho cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa de habitación destinada a vivienda. Situada en el distrito 11 Cobano, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, José Pablo Porras Ramírez; al sur, servidumbre agrícola con frente de 37,62 metros lineales; al este, calle pública con frente de 52,88 metros lineales y al oeste, José Pablo Porras Ramírez. Mide: mil ochocientos noventa y tres metros con cero decímetros cuadrados y con la base de ciento cincuenta y siete mil doscientos setenta y siete dólares con cincuenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 2) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento setenta y nueve mil seiscientos sesenta y siete cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 11 Cobano, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Montain and Ocean S. A.; al sur, José Pablo Porras Ramírez; al este, Montain and Ocean S. A. y calle pública con frente de 12.25 metros lineales y al oeste, Montain and Ocean S. A. Mide: mil novecientos sesenta y seis metros con cero decímetros cuadrados y con la base de cuarenta mil ochocientos setenta y nueve dólares con sesenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 3) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento setenta y nueve mil seiscientos sesenta y nueve cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 11 Cobano, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, José Pablo Porras Ramírez; al sur, servidumbre agrícola con frente de 26,50 metros lineales; al este, servidumbre de paso con frente de 3,00 metros lineales y José Pablo Porras Ramírez y al oeste, Montain and Ocean S. A. Mide: mil diez metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas veinticinco minutos del veintiuno de marzo de dos mil dieciocho, con la base de la primer finca noventa y nueve mil treinta y siete dólares con veintiocho céntimos, la segunda finca con la base de ciento diecisiete mil novecientos cincuenta y ocho dólares con trece centavos y la tercer finca con la base de treinta mil seiscientos cincuenta y nueve dólares con setenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas veinticinco minutos del doce de abril de dos mil dieciocho con la base de la primer finca treinta y tres mil doce dólares con cuarenta y tres centavos, la segunda finca con la base de treinta y nueve mil trescientos diecinueve dólares con treinta y siete centavos y la tercer finca con la base de diez mil doscientos diecinueve dólares con noventa centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra José Pablo Porras Ramírez, Laura Margarita Sandoval Víquez. Exp. 14-000500-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 01 de diciembre del año 2017.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2018214381 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 387-17656-01-0933-003, reservas de la Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 428-01391-01-0083-00, a las catorce horas y treinta minutos del veintidós de marzo del dos mil dieciocho, y con la base de once millones doscientos veintinueve mil seiscientos sesenta y cinco colones con sesenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos diecinueve mil noventa y seis cero cero cero, la cual es terreno de potrero. Situada: en el distrito 08 Canalete, cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Walter Loría Rodríguez; al sur, Bertalina Marina Ramírez Hernández; al este, calle pública con un frente a ella de 53.49 metros lineales, y al oeste, Emilio García García. Mide: siete mil metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del dieciséis de abril del dos mil dieciocho, con la base de ocho millones cuatrocientos veintidós mil doscientos cuarenta y nueve colones con veintitrés céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y treinta minutos del dos de mayo del dos mil dieciocho con la base de dos millones ochocientos siete mil cuatrocientos dieciséis colones con cuarenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L contra Antonia Trinidad Ramírez Hernández, Bertalina Marina Ramírez Hernández. Expediente 17-004985-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 29 de noviembre del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018214387 ).

A las nueve horas del nueve de marzo del dos mil dieciocho, en la puerta exterior de este Despacho, soportando demanda ordinaria, citas: 0571-00028469-01-0001-001; así también, demanda ejecutiva hipotecaria con citas: 0800-00434224-01-0001-001, y con la base de veinticuatro millones quinientos cincuenta y tres mil cuatrocientos sesenta y cuatro colones (¢24.553.464,00), en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 565883-000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito Purral, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote E-11; al sur, lote E-09; al este, calle pública, y al oeste, INVU. Mide: doscientos noventa y un metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Agueda Bertalia Matarrita Sánchez. Expediente 09-000307-0386-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 18 de enero del 2018.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—( IN2018214392 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas del veintiuno de marzo de dos mil dieciocho y con la base de tres millones cuatrocientos dos mil trescientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número BHD147, marca Hyundai, estilo Accent. categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2002, color negro, vin KMHCG41FP2U370255, cilindrada 1500 cc, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las once horas del dieciséis de abril de dos mil dieciocho, con la base de dos millones quinientos cincuenta y un mil setecientos veinticinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del dos de mayo de dos mil dieciocho, con la base de ochocientos cincuenta mil quinientos setenta y cinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Christian Manuel Altamirano López. Expediente: 17-000994-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de noviembre del 2017.—Licda. Audrey Abarca Quirós, Juez.—( IN2018214397 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando sumaria bajo el expediente 17-000471-0169-CI; a las nueve horas y treinta minutos del trece de marzo del año dos mil dieciocho y con la base de doce millones seiscientos setenta y siete mil seiscientos veintiséis colones con setenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Un automotor marca Hyundai, estilo H 1, microbús, con capacidad para doce personas, color blanco, accionado por motor de diesel, cuatro cilindros, dos mil quinientos centímetros cúbicos, número de motor D4CBB893804, número de chasis KMJWA37JBCU403561, actualmente circula con placa alfa numérica BCR 196. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de abril del año dos mil dieciocho, con la base de nueve millones quinientos ocho mil doscientos veinte colones con seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinte de abril del año dos mil dieciocho con la base de tres millones ciento sesenta y nueve mil cuatrocientos seis colones con sesenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra María Soledad Muñoz Rojas. Exp.: 15-024685-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 10 de enero del 2018.—Lic. Melvin Cavero Araya, Juez.—( IN2018214401 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y cero minutos del veintitrés de marzo de dos mil dieciocho, y con la base de veintinueve mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y nueve mil setecientos treinta y seis cero cero cero la cual es terreno lote 21 para construir con una casa. Situada en el distrito Santa Lucía, cantón Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 22; al sur, lote 20; al este, calle pública con 6. 84 metros, y al oeste, área de protección del río. Mide: Ciento veinticinco metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del nueve de abril de dos mil dieciocho, con la base de veintiún mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veinticuatro de abril de dos mil dieciocho con la base de siete mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Doña Berta de Heredia S. A. contra Randall De La Trinidad Salas Montero. Exp. 17-005248-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 01 de noviembre del año 2017.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2018214402 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando medianería citas: 303-14484-01-0901-001; a las catorce horas y cero minutos del siete de marzo de dos mil dieciocho y con la base de treinta y cinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número setenta y ocho mil ochocientos noventa y cinco-cero cero cero, la cual es terreno construir con una casa N 312. Situada en el distrito Rincón de Sabanilla, cantón San Pablo de la provincia de Heredia. Colinda: al norte alameda 7; al sur lote 311; al este lote 313 y al oeste calle A. Mide: ciento cuarenta y un metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de marzo de dos mil dieciocho, con la base de veintiséis mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de abril de dos mil dieciocho, con la base de ocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Industrial La Poderosa Sociedad Anónima contra Jenny María Zamora Hernández, Minor Rodríguez Ordoñez. Expediente: 17-006347-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 30 de octubre del 2017.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2018214403 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y treinta minutos del cinco de marzo del año dos mil dieciocho, y con la base de quince millones doscientos cuarenta y dos mil ochocientos ochenta colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real seis ocho nueve seis uno tres, matrícula número cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 8 Barranca, cantón 1- Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 8; al sur, alameda 7; al este, lote 26, y al oeste, lote 24. Mide: Ciento doce metros con ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veinte de marzo del año dos mil dieciocho, con la base de once millones cuatrocientos treinta dos mil ciento sesenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del doce de abril del año dos mil dieciocho con la base de tres millones ochocientos dos mil setecientos veinte colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados contra Janny De La Trinidad Vargas Artavia. Exp. 15-031037-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo  Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 15 de noviembre del 2017.—Lic. Carlos Marín Angulo, Juez.—( IN2018214416 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del cuatro de abril del dos mil dieciocho y con la base de ochocientos ochenta y ocho mil seiscientos noventa y dos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 088083-004, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Barranca, cantón Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte lote 12; al sur lote 14; al este, alameda 14 y al oeste lote 10. Mide: ciento doce metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinte de abril del dos mil dieciocho, con la base de seiscientos sesenta y seis mil quinientos diecinueve colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del ocho de mayo del dos mil dieciocho, con la base de doscientos veintidós mil ciento setenta y tres colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados contra Rolando Duarte Duarte. Expediente: 17-009380-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 07 de diciembre del 2017.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—( IN2018214417 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y cuarenta minutos del veinte de marzo del dos mil dieciocho, y con la base de ochocientos sesenta y dos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placa MOT-364193, marca: Formula, estilo: Sport 250, categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas, año: 2013, carrocería: motocicleta, color: negro, tracción: sencilla, chasis: LYXPCNLA5D0A00355. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del trece de abril del dos mil dieciocho, con la base de seiscientos cuarenta y seis mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del treinta de abril del dos mil dieciocho, con la base de doscientos quince mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Miguel Eduardo Brenes Montenegro. Expediente 14-016304-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de setiembre del 2017.—Licda. Carmen Laura Valverde Phillips, Jueza.—( IN2018214418 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del veinte de marzo de dos mil dieciocho, y con la base de un millón novecientos dieciocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa 632401, marca Daihatsu, estilo Charade, color blanco, año 2006 Chasis JDAL251S001049585. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del trece de abril de dos mil dieciocho, con la base de un millón cuatrocientos treinta y ocho mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del treinta de abril de dos mil dieciocho con la base de cuatrocientos setenta y nueve mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Erick Anselmo Núñez Juárez. Exp.: 14-019342-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de setiembre del 2017.—Licda. Carmen Laura Valverde Phillips, Jueza.—( IN2018214419 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas cero minutos del trece de marzo del dos mil dieciocho, y con la base de seiscientos cuarenta y tres mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa 332661, marca Daihatsu, estilo Cuore, categoría automóvil, capacidad cinco personas, carrocería sedan cuatro puertas, año 1999, color azul, tracción cuatro por dos, chasis JDAL701S001001524, cilindrada 1000 c.c, combustible gasolina, motor EJ5532876. Para el segundo remate se señalan las once horas cero minutos del cuatro de abril del dos mil dieciocho, con la base de cuatrocientos ochenta y dos mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas cero minutos del veinte de abril del dos mil dieciocho con la base de ciento sesenta mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Belsevi Garbanzo Chacón. Exp. 16-003616-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial De San José, 18 de setiembre del 2017.—Licda. Carmen Laura Valverde Phillips, Jueza.—( IN2018214420 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del seis de marzo de dos mil dieciocho y con la base de ochocientos treinta y tres mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas MOT-369988, marca: Keeway, estilo: RKS150, categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas, año: 2013, color: azul, cilindrada: 150 cc, combustible: gasolina, número de motor: KW157FMJB25043711, vin: LBBPEKTA7DB297112. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de marzo de dos mil dieciocho, con la base de seiscientos veinticuatro mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del doce de abril de dos mil dieciocho, con la base de doscientos ocho mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Stephannie Dayana Loaiza Barrantes. Expediente: 16-010150-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de setiembre del 2017.—Licda. Giannina Lacayo Quirós, Jueza.—( IN2018214421 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y quince minutos (02:15 p.m.) del seis de marzo de dos mil dieciocho, y con la base de tres millones quinientos veintiún mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas AB003965 marca Hyundai, categoría transporte colectivo interurbano, estilo Grace, capacidad 15 personas, año 1999, color plateado, carrocería microbús, combustible diésel, cilindrada 2500 cc, cilindros 04, número de motor D4BFX739490. Se aclara que lo que se saca a remate es el bien mueble y no la placa que es una concesión. Para el Segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos (02:15 p.m.) del veintiuno de marzo de dos mil dieciocho, con la base de dos millones seiscientos cuarenta mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos (02:15 p.m.) del doce de abril de dos mil dieciocho con la base de ochocientos ochenta mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Óscar David Fernández Araya. Exp.: 15-022832-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de setiembre del 2017.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—( IN2018214422 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas y cero minutos del siete de marzo de dos mil dieciocho, y con la base de dos millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas 616087, marca Suzuki, estilo Grand Vitara, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 1999, color azul, Vin JS3TD62V1X4120505, cilindrada 2500 c.c. combustible gasolina, motor H25X124362. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de marzo de dos mil dieciocho, con la base de un millón ochocientos treinta y seis mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del trece de abril de dos mil dieciocho con la base de seiscientos doce mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Juan Carlos Rodríguez Reyes, expediente 16-010264-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de setiembre del 2017.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—( IN2018214423 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del seis de marzo del dos mil dieciocho, y con la base de cuatrocientos ochenta y dos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa: MOT-319255, marca: Freedom, categoría: motocicleta, carrocería: motocicleta, tracción: sencilla, chasis: LZSJCMLC1C5200741, estilo: ZS200GY-3 III, capacidad: 2 personas, año: 2012, color: rojo, combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de marzo del dos mil dieciocho con la base de trescientos sesenta y un mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del doce de abril del dos mil dieciocho con la base de ciento veinte mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra José Manuel Araya Mejías. Exp. 15-017826-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de setiembre del año 2017.—M.Sc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—( IN2018214424 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones y colisiones bajo la boleta 2015215100017, sumaria 15-000124-0498-TR del Juzgado de Transito del Primer Circuito Judicial de La Zona Atlántica; a las nueve horas y quince minutos del ocho de marzo del dos mil dieciocho, y con la base de cuatro millones ciento sesenta y cuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placa BBK600 marca Toyota, estilo RAV4, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2001, color azul, vin JTEGH20V010011656, cilindrada 2000 cc. combustible gasolina, motor 1AZ0188998. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y quince minutos del veintitrés de marzo del dos mil dieciocho, con la base de tres millones ciento veintitrés mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y quince minutos del dieciséis de abril del dos mil dieciocho, con la base de un millón cuarenta y un mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Karol Vanessa Cajina Camacho. Expediente 15-028875-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 28 de agosto del 2017.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—( IN2018214425 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del seis de marzo del dos mil dieciocho, y con la base de un millón ciento ocho mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: MOT-379185, marca: Freedom, estilo: FR250GY I, categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas, año: 2014, color: negro, vin: LLCJGM103EA100044, cilindrada: 230 c.c., combustible: gasolina, motor : LC166FMMLQ092391. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de marzo del dos mil dieciocho, con la base de ochocientos treinta y un mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del doce de abril del dos mil dieciocho, con la base de doscientos setenta y siete mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Marvin Ariel Núñez López. Expediente 15-032828-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de setiembre del 2017.—M.Sc. Jéssica Vargas Barboza, Jueza.—( IN2018214426 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida) bajo las citas: 575-50994-01-0006-001; a las diez horas y cero minutos del cuatro de abril del año dos mil dieciocho, y con la base de treinta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 240.398-000, la cual es terreno para construir con un local comercial destinado a alquiler de locales. Situada en el distrito 1, Los Chiles cantón 14, Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Carmen Avellan Avendaño; sur, Mercedes Morera Malespin; este, Carmen Avellan Avendaño; oeste, calle pública con 24,30 metros de frente. Mide: mil cuatrocientos cuarenta y dos metros con veintiocho decímetros cuadrados. Plano: A-0013070-1974. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de abril del año dos mil dieciocho, con la base de veintidós millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del ocho de mayo del año dos mil dieciocho con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Francisco Jesús Argüello Matamoros contra Inversiones N O R J U A Berlin de Los Chiles S. A. Exp. 17-003602-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 24 de enero del año 2018.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2018214432 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del quince de mayo de dos mil dieciocho y con la base de quince millones setecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trece mil doscientos cincuenta y uno cero cero cero, la cual es terreno pastos de jaragua y un rancho. Situada en el distrito Paquera, cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, servidumbre de paso; al sur, Francisco Naranjo Soto y Río Gigante; al este, Inversiones Agropecuarias y al oeste, Rocío Gayoso. Mide: setenta y dos mil doscientos dieciocho metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de mayo de dos mil dieciocho, con la base de once millones ochocientos doce mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de junio de dos mil dieciocho con la base de tres millones novecientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Ana Licidia Zúñiga Zúñiga, Fabio Olman de los Ángeles Zúñiga Morales. Exp: 18-000109-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 23 de enero del 2018.—Lic. Minor Andrés Delgado Sánchez, Juez.—( IN2018214439 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando el plazo de convalidación (rectificación de medida) bajo las citas 2015-332355-01-0004-001 y servidumbre de paso bajo las citas 2016- 450121-01-0001-001; a las catorce horas y cero minutos del veintidós de marzo del dos mil dieciocho y con la base de sesenta y cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 285.423-000, la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito 01 Upala, cantón 13 Upala de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: con Rio Cabeza de León en parte y Agropecuaria San Roque S. A. y Sonia Elizabeth Oporta Reyes; al sur: con Santiago Oporta Reyes y Pocosol de Caballo S. A.; al este: Agropecuaria San Roque S. A. ASODURE S. A.; y al oeste: con Inmobiliaria Donc Sociedad Anónima. Mide: cuatrocientos trece mil doscientos cuarenta y dos metros cuadrados. Plano: A-1837871-2015. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciséis de abril del dos mil dieciocho, con la base de cuarenta y ocho millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dos de mayo del dos mil dieciocho con la base de dieciséis millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Inmobiliaria W O R C Sociedad Anónima. Expediente: 16-002096-1205-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 23 de enero del 2018.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2018214445 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del veintiséis de abril del año dos mil dieciocho, y con la base de trece mil ciento cuarenta y tres dólares con treinta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa BDY584, marca: Hyundai, estilo: Elantra GL, categoría automóvil, capacidad: 5 personas, serie: KMHDG41EBEU886060, carrocería: sedan 4 puertas, combustible gasolina, cilindros 04, cilindrada 1800 cc, tracción: 4X2, peso bruto: 1770 kgrms, número chasis: KMHDG41EBEU886060, año fabricación: 2014 Techo alto color: blanco, número de motor: G4NBDU726471, Vin: KMHDG41EBEU886060 Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del catorce de mayo del año dos mil dieciocho, con la base de nueve mil ochocientos cincuenta y siete dólares con cincuenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintinueve de mayo del año dos mil dieciocho con la base de tres mil doscientos ochenta y cinco dólares con ochenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional De Costa Rica contra Claudia Elena Vega Sequeira. Exp. 16-013427-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de enero del 2018.—Licda. Daisy Hidalgo Arias, Jueza.—( IN2018214450 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas 358-10712-01-0810-001, a las nueve horas y treinta minutos del veinte de marzo del año dos mil dieciocho, y con la base de treinta y seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 341099-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 4 Patalillo, cantón 11 Vásquez de Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, calle pública con 8 metros de frente; al noroeste, lote 87 de Rodrigo Jiménez Soto; al sureste, lote 85 de Rodrigo Jiménez Soto y al suroeste, Ramiro Alvarado. Mide: ciento setenta y ocho metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del doce de abril del año dos mil dieciocho, con la base de veintisiete millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintisiete de abril del año dos mil dieciocho con la base de nueve millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Yorleny Brenes Hidalgo, expediente 17-011598-1764-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 22 de enero del 2018.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza Tramitadora.—( IN2018214451 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión según boleta 2015213700042, bajo la sumaria 15-601302-0491-TC del Juzgado de Tránsito de Desamparados; a las once horas y cero minutos del seis de marzo de dos mil dieciocho y con la base de cuatro millones setecientos treinta y tres mil sesenta y ocho colones con ochenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas BGW 591, marca: Toyota, estilo: Yaris S, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2007, color: gris, cilindrada: 1500 cc, combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintiuno de marzo de dos mil dieciocho, con la base de tres millones quinientos cuarenta y nueve mil ochocientos un colones con sesenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del doce de abril de dos mil dieciocho, con la base de un millón ciento ochenta y tres mil doscientos sesenta y siete colones con veinte céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Sociedad Anónima Finauto Saficar contra Sandra Lorena Calvo Jiménez. Expediente: 15-029044-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de setiembre del 2017.—Licda. Giannina Lacayo Quirós, Jueza.—( IN2018214456 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y quince minutos del dos de mayo de dos mil dieciocho y con la base de dos millones ochocientos cincuenta y siete mil setecientos veintiún colones con setenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa BBZ722, marca Hyundai, estilo STAREX, chasis KMJWWH7HP5U649325, capacidad 12 personas, color plateado, año 2005, combustible diesel. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del diecisiete de mayo de dos mil dieciocho, con la base de dos millones ciento cuarenta y tres mil doscientos noventa y un colones con veintinueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del cuatro de junio de dos mil dieciocho, con la base de setecientos catorce mil cuatrocientos treinta colones con cuarenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Sociedad Anónima Finauto Saficar contra Javier Enrique Gutiérrez Mora. Expediente: 17-011411-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de setiembre del 2017.—Lic. Brenda Vargas Quesada, Jueza.—( IN2018214459 ).

En la puerta exterior de este Despacho; a las siete horas con diez minutos del dos de abril del dos mil dieciocho y con la base de diez mil colones exactos (representados en cien cuotas de un valor de cien colones exactos cada una), en el mejor postor remataré lo siguiente: cuotas serie B número uno de la sociedad Bahía Corporación de Responsabilidad Limitada, representada por cien cuotas de un valor de cien colones exactos cada una, que son propiedad de Bahía Corporación Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica: 3-102-679826, con domicilio en San José, San Rafael de Escazú, Centro Corporativo Plaza Roble, Edificio EI Pati, tercer piso, oficina número uno. Para el segundo remate se señalan las siete horas con diez minutos del dieciocho de abril del dos mil dieciocho, con la base de siete mil quinientos colones exactos (representados en cien cuotas) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas con diez minutos del cuatro de mayo del dos mil dieciocho, con la base de dos mil quinientos colones exactos (representados en cien cuotas) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en el proceso inc. Cobro Honorarios Abogado de Roberto Facio Saen contra Bahia Corporación Limitada. Expediente: 13-002997-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 26 de enero del 2018.—Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—( IN2018214469 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas Ley Aguas y reservas Ley Caminos, a las dieciséis horas y cero minutos del uno de marzo del dos mil dieciocho y con la base de veintiún millones trescientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos ochenta y un mil ochocientos-cero cero cero, la cual es naturaleza lote con una casa. Situada en el distrito Zaragoza, cantón Palmares de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Flora Sandoval Alvarado; al sur, calle pública con un frente de 14,74 metros; al este, servidumbre de paso en medio flora Sandoval Alvarado y al oeste Tatiana Blanco Mena. Mide: doscientos sesenta y tres metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del dieciséis de marzo del dos mil dieciocho, con la base de dieciséis millones doce mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del nueve de abril del dos mil dieciocho, con la base de cinco millones trescientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Denis Gerardo Jiménez Sandoval, Flora Sandoval Alvarado, Víctor Jiménez Alfaro. Expediente: 17-001436-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, (Materia Cobro), 6 de diciembre del 2017.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2018214470 ).

En la puerta exterior de este Despacho, en el mejor postor, remataré lo siguiente: 1) Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condic. y restri. ref.: 1510-384-001 (citas: 235-05213-01-0901-001), a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de febrero del dos mil dieciocho, y con la base de treinta y cuatro millones de colones exactos, finca inscrita en el Registro Nacional, provincia de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número setenta y un mil doscientos siete cero cero cero, la cual de naturaleza: terreno para construir. Situada: en el distrito 1-Guapiles, cantón 2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Miguel Obando Ballejos; al sur, Álvaro Zárate Esquivel; al este, calle pública con un frente de 12,51 metros, y al oeste, Julio Cesar Ávila Agüero. Mide: doscientos sesenta y siete metros con diecisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del trece de marzo del dos mil dieciocho, con la base de veinticinco millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de abril del dos mil dieciocho, con la base de ocho millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) Libre de gravámenes hipotecarios, a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de febrero del dos mil dieciocho, y con la base de treinta y dos millones de colones exactos, finca inscrita en el Registro Nacional, provincia de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos dos mil setecientos noventa y ocho cero cero cero, la cual es de naturaleza: terreno para construir. Situada: en el distrito 7-Sabanilla, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente a este de 12 metros 24 centímetros; al sur, Zoraida Campos Salazar, Hermanos Benavides Campos; al este, Víctor Chacón Chacón, y al oeste, Zoraida Campos Salazar Hermanos Benavides Campos. Mide: doscientos dieciséis metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del trece de marzo del dos mil dieciocho, con la base de veinticuatro millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de abril del dos mil dieciocho, con la base de ocho millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra María Rosa de la Trinidad Morales Badilla. Expediente 15-010750-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 17 de enero del 2018.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018214505 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones (citas: 311-09049-01-0901-001), servidumbre trasladada (citas: 335-10332-01-0901-001), serv. canal riegref.: (citas: 343-04417- 01-0001-001); a las trece horas y quince minutos del veintiséis de febrero de dos mil dieciocho y con la base de veintidós millones ciento cuarenta y siete mil ochocientos cuarenta y seis colones con seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Nacional, provincia de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número sesenta y cinco mil quinientos treinta F-cero cero cero, la cual es de naturaleza: finca filial primaria individualizada número setenta y cinco-e, apta para construir que se destinará a uso habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 06 San Isidro, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte área común libre de parque; al sur área común libre de acceso trece; al este finca filial primaria individualizada número setenta y cuatro-E y al oeste área común libre de parque. Mide: trescientos trece metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y quince minutos del trece de marzo de dos mil dieciocho, con la base de dieciséis millones seiscientos diez mil ochocientos ochenta y cuatro colones con cincuenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y quince minutos del cuatro de abril de dos mil dieciocho, con la base de cinco millones quinientos treinta y seis mil novecientos sesenta y un colones con cincuenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra James Alberto Barrantes Bravo. Expediente: 11-000916-0638-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 17 de enero del 2018.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018214506 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas cero minutos del veintiséis de febrero del dos mil dieciocho, y con la base de un millón trescientos quince mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placa 588148, marca Mercedes Benz, estilo C, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2005, carrocería sedan 4 puertas, tracción 4x2, color plateado, chasis WDB2030401A780267, Vin WDB2030401A780267. Para el segundo remate se señalan las nueve horas cero minutos del trece de marzo del dos mil dieciocho, con la base de novecientos ochenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas cero minutos del cinco de abril del dos mil dieciocho con la base de trescientos veintiocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Elidier Gerardo Rojas Rojas contra Esteban Quesada Rojas. Exp. 17-012529-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de setiembre del 2017.—Licda. Kreysa Marín Mata, Jueza.—( IN2018214514 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del veintiuno de junio de dos mil dieciocho, y con la base de tres millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y dos mil setenta y cuatro cero cero cero la cual es terreno para construir lote 6 bloque E. Situada en el distrito San Nicolás, cantón Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Inversiones C.N de Costa Rica S. A.; al sur, Inversiones C.N de Costa Rica S. A.; al este, Inversiones C.N de Costa Rica S. A., y al oeste, calle publica de 8 metros 15 centímetros. Mide: Ciento veintisiete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del seis de julio de dos mil dieciocho, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés de julio de dos mil dieciocho con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Colaboradores de Pipasa y Afines Asecargill contra Maylin Auxiliadora Bonilla Lacayo. Exp. 17-003820-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 25 de enero del 2018.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2018214558 ).

En la puerta exterior del Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del siete de marzo de dos mil dieciocho, y con la base de treinta y cuatro mil doscientos setenta y siete dólares con veinticinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: placas BFH nueve- siete- tres. Ford, estilo explorer, categoría automóvil, capacidad siete personas, serie uno F,M cinco, K, siete, D, ocho, uno, D, G, C, siete cinco, cero, siete ,uno, año dos mil trece, tracción cuatro por dos, color rojo chasis, y Vin uno F,M cinco, K, siete, D, ocho, uno, D, G, C, siete cinco, cero, siete, uno, gasolina, cabina: desconocida. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de marzo del año dos mil dieciocho, con la base de veinticinco mil setecientos siete dólares con noventa y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del trece de abril del año dos mil dieciocho con la base de ocho mil quinientos sesenta y nueve dólares con treinta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jairo Andrey Dávila Masís, expediente 15-008017-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 31 de enero del 2018.—Lic. Carlos Marín Angulo, Juez.—( IN2018214577 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas: 316-12898-01-0901-076 condiciones REF: 264I-447-001, servidumbre sirviente citas: 345-14890-01-0001-001, a las catorce horas y cero minutos del trece de marzo del año dos mil dieciocho, y con la base de diecisiete millones trescientos cincuenta y un mil doscientos diecinueve colones con dieciocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número treinta mil setecientos veinte cero cero cero la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito 3-Guaycará, cantón 7-Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, servidumbre y Acosta Zeledón; al sur, Manuel López y Olga Peralta; al este, Seferino Duarte y Eugenia Hernández y al oeste, Santiago López y Agustina Gómez. Mide: ciento veintiocho mil novecientos setenta y cinco metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del cuatro de abril del año dos mil dieciocho, con la base de trece millones trece mil cuatrocientos catorce colones con treinta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de abril del año dos mil dieciocho con la base de cuatro millones trescientos treinta y siete mil ochocientos cuatro colones con ochenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Edwin de Los Ángeles Carballo Muñoz, expediente 17-004743-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia cobro), 10 de noviembre del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018214595 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y cero minutos del trece de marzo del dos mil dieciocho y con la base de doce millones doscientos ochenta y nueve mil trescientos noventa y nueve colones con vente céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuatro mil ochenta y uno cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 01 Buenos Aires, cantón 03 Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, William Lee Chang; al sur, calle pública; al este, Fernando Chavarría y al oeste, Luis Fernando Muñoz Zúñiga. Mide: seiscientos doce metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del cuatro de abril del año dos mil dieciocho, con la base de nueve millones doscientos diecisiete mil cuarenta y nueve colones con cuarenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veinte de abril del dos mil dieciocho con la base de tres millones setenta y dos mil trescientos cuarenta y nueve colones con ochenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Francisco José Jiménez Villanueva, Juan Diego Núñez Vega, Marjorie de Los Ángeles Muñoz Zúñiga, expediente 17-004724-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia cobro), 13 de noviembre del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018214597 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando citas: 328-08638-01-0900-001; condic. y limit. ref.: 2650-425-001, a las ocho horas y cero minutos del veinte de abril del dos mil dieciocho, y con la base de diez millones doscientos dieciocho mil seiscientos veintiséis colones con cincuenta céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos seis mil trescientos cuarenta y ocho cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno para agricultura con una casa. Situada: en el distrito 02 Mercedes Sur, cantón 04 Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Rafael Picado; al sur, Elí Rivera; al este, calle pública y al oeste, Rafael Picado. Mide: ocho mil doscientos setenta y dos metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del nueve de mayo del dos mil dieciocho, con la base de siete millones seiscientos sesenta y tres mil novecientos sesenta y nueve colones con ochenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del veinticinco de mayo del dos mil dieciocho, con la base de dos millones quinientos cincuenta y cuatro mil seiscientos cincuenta y seis colones con sesenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Ademar del Carmen Díaz Meza, Mauricio Gerardo Díaz Meza. Expediente 17-005362-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 15 de diciembre del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018214599 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; pero soportando reservas y restricciones citas: 0297-00014096-0901-013, a las nueve horas y cero minutos del primero de marzo del dos mil dieciocho, y con la base de cinco millones cuatrocientos nueve mil trescientos treinta y seis colones con veintiún céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y cinco mil seiscientos treinta y seis cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 02 Volcán, cantón 03 Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Freddy Martínez Fuentes; al este, Freddy Martínez Fuentes, y al oeste, Freddy Martínez Fuentes. Mide: trescientos un metro con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de marzo del dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones cincuenta y siete mil dos colones con dieciséis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de abril del dos mil dieciocho, con la base de un millón trescientos cincuenta y dos mil trescientos treinta y cuatro colones con cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Jeison Jesús Quirós Jiménez. Expediente 17-004742-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 09 de noviembre del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018214600 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas cero minutos del dos de mayo del dos mil dieciocho, y con la base de tres millones doscientos ochenta y un mil ciento veintisiete colones con cuarenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo CL-262434, marca Mitsubishi, categoría carga liviana, serie MMBJRKB40CD035905, carrocería camioneta pick-up casa abierta o cam-pu, tracción 4x4, número chasis MMBJRKB40CD035905, año fabricación 2012, color azul, estilo 1200 Sportero, capacidad 5 personas, peso bruto 1830 kgrms., valor hacienda 11.530.000,00, estado actual: inscrito, estado tributario: pago derechos de aduana, uso: particular. Para el segundo remate se señalan las once horas cero minutos del diecisiete de mayo del dos mil dieciocho, con la base de dos millones cuatrocientos sesenta mil ochocientos cuarenta y cinco colones con sesenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas cero minutos del uno de junio del dos mil dieciocho con la base de ochocientos veinte mil doscientos ochenta y un colones con ochenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Constructora R M Milenium S. A., Orlando Enrique Matamoros Vega. Exp. 17-011018-1765-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 30 de enero del 2018.—Licda. Mayela Gómez Pacheco, Jueza.—( IN2018214598 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del cinco de abril del dos mil dieciocho y con la base de once mil quinientos setenta y una unidades de desarrollo, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cuarenta y tres mil ciento cincuenta y cuatro cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 11 Cobano, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al noreste, calle pública; al sureste, Anaa Chaves y Juan Carlos Rodríguez; al suroeste, Celimo Cruz Sibaja y Claudio Cruz Sibaja. Mide: novecientos veinte metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de abril del dos mil dieciocho, con la base de ocho mil seiscientos setenta y ocho punto veinticinco unidades de desarrollo (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del nueve de mayo del dos mil dieciocho con la base de dos mil ochocientos noventa y dos punto con setenta y cinco unidades de desarrollo(un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Rainier Alberto Saballos Cerdas, Propietario Speed Boats S. A. Exp. 15-031006-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de enero del 2018.—Lic. Henry Steven Sanarrusia Gómez, Juez.—( IN2018214601 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las dieciséis horas y cero minutos del nueve de marzo de dos mil dieciocho 4:00 p.m. 09/03/2018, y con la base de once mil doscientos dieciocho dólares con setenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas: BBS.312, marca: Hyundai, categoría: automóvil, Vin: KMHDG41EACU406421, año: 2012, color: blanco, cilindrada: 1.800 c.c. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del dos de abril de dos mil dieciocho -4:00 p.m. 02/04/2018-, con la base de ocho mil cuatrocientos catorce dólares con cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del dieciocho de abril de dos mil dieciocho -4:00 p.m. 18/04/2018- con la base de dos mil ochocientos cuatro dólares con sesenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Esteban Rolando López Barboza. Exp. 17-009867-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 23 de enero del año 2018.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2018214627 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las catorce horas del doce de marzo del año dos mil dieciocho y con la base de dos millones seiscientos setenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 356501-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 Buena Vista, cantón 15 Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Olga Chinchilla Hidalgo; al sur, Olga Chinchilla Hidalgo; al este, Olga Chinchilla Hidalgo y al oeste, calle pública con frente de 20 metros. Mide: novecientos noventa y tres metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del tres de abril del año dos mil dieciocho, con la base de dos millones seis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas del veinte de abril del dos mil dieciocho con la base de seiscientos sesenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Ana Gladys Alvarado Zambrano. Exp. 16-001064-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 24 de enero del 2018.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2018214660 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del veintidós de marzo del dos mil dieciocho y con la base de la hipoteca de primer grado vencida, sea la suma de tres millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos setenta y tres mil setecientos treinta y nueve-cero cero cero la cual es terreno de cultivos. Situada en el distrito 05 Delicias, cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre agrícola; al sur, Lorenzo Martínez; al este, Maricruz Martínez y al oeste, Margarita González y Rosa González. Mide: ocho mil setecientos sesenta y un metros cuadrados, plano: A-1450082-2010. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del seis de abril del dos mil dieciocho, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés de abril del dos mil dieciocho con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Coocique R.L. contra Marcos Rafael Chavarría Alcocer. Exp. 12-101288-0317-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 22 de enero del 2018.—Licda. Dinia Peraza Delgado, Jueza.—( IN2018214662 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del cuatro de abril del dos mil dieciocho y con la base de catorce millones trescientos cincuenta mil trescientos veinticinco colones con setenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 147.309-000, la cual es terreno para construir lote 15. Situada en el distrito 03, las horquetas cantón 10, Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Bananera El Alamo S. A.; sur, calle pública con 10 metros; este, lote 16; oeste, lote 14. Mide: trescientos metros cuadrados. Plano: H-0237533-1995. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de abril del dos mil dieciocho, con la base de diez millones setecientos sesenta y dos mil setecientos cuarenta y cuatro colones con treinta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del ocho de mayo del año dos mil dieciocho con la base de tres millones quinientos ochenta y siete mil quinientos ochenta y un colones con cuarenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R.L. contra Deyli Ramírez Martínez. Exp. 17-003590-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 23 de enero del 2018.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2018214663 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del veintiuno de marzo del año dos mil dieciocho, y con la base de quince millones ciento veinticinco mil trescientos cinco colones con cincuenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cuarenta y nueve mil trescientos noventa y seis cero cero cero la cual es terreno lote 48 terreno para construir. Situada en el distrito 02 palmar, cantón 05 osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Carretera Interamericana Sur, con frente de 21.65 y lote 49; al sur, PWC Consultants S. A. y lote 47; al este, Carretera Interamericana Sur y lote 47 y al oeste, PWC Consultants S. A. y lote 49. Mide: mil seis metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del trece de abril del año dos mil dieciocho, con la base de once millones trescientos cuarenta y tres mil novecientos setenta y nueve colones con diecinueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del treinta de abril del año dos mil dieciocho con la base de tres millones setecientos ochenta y un mil trescientos veintiséis colones con cuarenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L contra Luz Alejandra Boza López. Exp. 17-004996-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 29 de noviembre del año 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018214666 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios ; a las catorce horas y cero minutos del veinte de abril del año dos mil dieciocho, y con la base de once millones noventa mil seiscientos ochenta y siete colones con treinta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos veintiséis mil doscientos cincuenta y ocho cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04 San Pedro, cantón 12 Valverde Vega, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de paso con frente de 13 metros; al sur, Hermanos Rodríguez Madrigal; al este, Rafaél Ángel Alfaro Rojas y al oeste, Antonio Orlando Rodríguez Madrigal. Mide: cuatrocientos seis metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del nueve de mayo del año dos mil dieciocho, con la base de ocho millones trescientos dieciocho mil quince colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticinco de mayo del año dos mil dieciocho con la base de dos millones setecientos setenta y dos mil seiscientos setenta y un colones con ochenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L. contra Seydi Leonor Rodríguez Madrigal. Exp. 17-005289-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 14 de diciembre del año 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018214671 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las siete horas y treinta minutos del cinco de marzo del dos mil dieciocho y con la base de catorce millones seiscientos setenta y dos mil quinientos once colones con setenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento nueve mil quinientos catorce cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 05 Samara, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública de garza a barco quebrado con un frente a este de 99 metros 73 centímetros; al sur, José Naen Matarrita Matarrita; al este, Bosques de Nosara de Guanacaste Sociedad Anónima y al oeste, José Naen Matarrita Matarrita y Lidia María Alemán Avilés. Mide: diez mil metros cuadrados. Plano G-0349678-1996. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del veinte de marzo del año dos mil dieciocho, con la base de once millones cuatro mil trescientos ochenta y tres colones con ochenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del doce de abril del año dos mil dieciocho con la base de tres millones seiscientos sesenta y ocho mil ciento veintisiete colones con noventa y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L. contra Agustin Alban de Jesús Urbina Leal, Rolando Urbina Aragón. Exp. 17-004007-1200-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro), 26 de enero del año 2018.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—( IN2018214672 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; a las diez horas y cero minutos del uno de marzo del año dos mil dieciocho, y con la base de dos millones seiscientos diez mil cuatrocientos sesenta y seis colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento catorce mil seiscientos seis cero cero cero la cual es terreno lote 4, terreno para construir. Situada en el distrito 2-Mansion, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 5; al sur, lote 3; al este, calle pública con 10 metros y al oeste, Agropecuaria El Bongo S. A. Mide: quinientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de marzo del año dos mil dieciocho, con la base de un millón novecientos cincuenta y siete mil ochocientos cuarenta y nueve colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de abril del año dos mil dieciocho con la base de seiscientos cincuenta y dos mil seiscientos dieciséis colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Dunia María Gutiérrez Barrantes. Exp. 17-004726-1200-CJ Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 09 de noviembre del año 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018214673 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y cero minutos del siete de mayo del año dos mil dieciocho, y con la base de trece mil setecientos cincuenta dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BKX563, marca Suzuki, estilo Vitara GL Plus A, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2017, color terracota, Vin TSMYD21S7HM214959, cilindrada 1600 cc combustible gasolina, motor M16A2034952. Para el Segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintinueve de mayo del año dos mil dieciocho, con la base de diez mil trescientos doce dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del trece de junio del año dos mil dieciocho con la base de tres mil cuatrocientos treinta y siete dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos de Trabajo S. A., contra Isla Shora Real Estate S. A. Exp.: 17-003148-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 31 de enero del 2018.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—( IN2018214679 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre dominante, citas: 359-13461-01-0004-001, a las nueve horas y quince minutos del doce de marzo del dos mil dieciocho, y con la base de tres millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 459865-000 (saque a remate la única finca que solicita el actor, y no así sobre las fincas Nos. 1-00459831-000, 1-00459849-000, 1-00459859-000, 1-000459860 que garantizan el total de la obligación del contrato hipotecario); la cual es terreno para construir de figura triangular con árboles frutales y ornamentales lote 6 C. Situada: en el distrito 7-Purral, cantón 8-Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al sur, lote 6 C; al este, calle Alemania, y al noroeste, Fuertejidos S. A. Mide: ciento cuarenta y cuatro metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y quince minutos del tres de abril del dos mil dieciocho, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y quince minutos del diecinueve de abril del dos mil dieciocho, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Andre Javier Calvo Vega contra Constructora Artemis del Caribe S. A. Expediente 16-011697-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 01 de diciembre del 2017.—Maricela Monestel Brenes, Jueza.—( IN2018214688 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y treinta minutos del veintidós de mayo de dos mil dieciocho, y con la base de ciento doce mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y cuatro mil setecientos treinta y ocho - F- cero cero cero (44738-F- 000) la cual es terreno finca filial número veintiuno apartamento de dos plantas destinado a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito La Ribera, cantón Belén, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, avenida dos; al sur, finca filial veintiocho y finca filial veintisiete; al este, finca filial veintidós y al oeste, finca filial veinte. Mide: doscientos cuarenta y cinco metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del seis de junio de dos mil dieciocho, con la base de ochenta y cuatro mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de junio de dos mil dieciocho con la base de veintiocho mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Rigoberto Erazo López, expediente 17-002984-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia cobro), 12 de diciembre del 2017.—Licda. Jessica Céspedes Argüello, Jueza.—( IN2018214704 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del veintiséis de junio de dos mil dieciocho y con la base de cincuenta y un mil diez dólares con setenta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número HCJ335. Marca Mercedes Benz. Estilo C. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2014. Color gris. Vin WDDGF4JB9EA927607. Cilindrada 1796 c. c. Combustible gasolina. Motor 27186030728234. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del seis de julio de dos mil dieciocho, con la base de treinta y ocho mil doscientos cincuenta y ocho dólares con siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de julio de dos mil dieciocho con la base de doce mil setecientos cincuenta y dos dólares con sesenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Soluciones Bansol Costa Rica S. A. contra Flory María Salazar Baltodano. Exp.: 15-017278-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 24 de noviembre del 2017.—Licda. Yendri Patricia Rojas Pérez, Jueza.—( IN2018214708).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cuarenta minutos del veinticinco de junio de dos mil dieciocho y con la base de diecinueve mil setecientos ochenta y ocho dólares con ochenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número BLJ644, marca Volkswagen, estilo Jetta MK6, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2017, color café, vin 3VW1K1AJ6HM200270, cilindrada 2000 cc, combustible: gasolina, motor CBP737055. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta minutos del diez de julio de dos mil dieciocho, con la base de catorce mil ochocientos cuarenta y un dólares con sesenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta minutos del veintiséis de julio de dos mil dieciocho, con la base de cuatro mil novecientos cuarenta y siete dólares con veintidós centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Alex Sánchez Cruz. Expediente: 16-012974-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de enero del 2018.—Licda. Zary Navarro Zamora, Jueza.—( IN2018214711 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 338-12529-01-0002-001; a las nueve horas y treinta minutos del cinco de marzo del año dos mil dieciocho, y con la base de seis millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos tres mil novecientos treinta y cinco cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero Liberia, cantón primero de Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de 13.38 centímetros lineales; al sur, Norma Faerron Vargas; al este, servidumbre de paso y al oeste, Norma Faerron Vargas. Mide: doscientos cincuenta y seis metros cuadrados. Plano: G-1638302-2013. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinte de marzo del año dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del doce de abril del año dos mil dieciocho con la base de un millón seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Alan Watson Faerron contra Daniel Cordero Vargas. Exp: 16-000087-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro), 29 de enero del 2018.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—( IN2018214751 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del dos de marzo de dos mil dieciocho, y con la base de treinta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 485016-000, la cual es terreno para construir bloque C lote número tres con una casa de habitación. Situada en el distrito 2-San Miguel, cantón 3-Desamparados de la provincia de San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 8 metros 75 centímetros; al sur, Junta de Educación Los Guidos; al este, Carlos Leiva Tames y al oeste, lote número 22. Mide: ciento treinta y un metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de marzo de dos mil dieciocho, con la base de veintidós mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de abril de dos mil diecisiete con la base de siete mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Donald Roy Zanders contra Yahaira Vanessa Chinchilla Chinchilla. Exp.: 17-005381-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 02 de noviembre del 2017.—Msc. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2018214759 ).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca de primer grado citas: 2009-190152-01-0001-001, servidumbre de paso citas: 2009-306921-01-0005-001, servidumbre de paso citas: 2013-03639-01-0001-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2013-03639-01-0010-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2013-03639-01-0014-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2013-03639-01-0018-001; a las catorce horas y cero minutos del trece de marzo del dos mil dieciocho, y con la base de doce millones quinientos cincuenta mil ochocientos sesenta y cuatro colones con treinta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos treinta y nueve mil ciento diez cero cero cero, la cual es terreno de café, pasto. Situada en el distrito 05 San Pedro, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Odilio Garro Mora; al sur, Odilio Garro Mora y servidumbre de paso; al este, Odilio Garro Mora, y al oeste, Rogelio Vega Arguedas. Mide: veinte mil seiscientos seis metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del cuatro de abril del dos mil dieciocho, con la base de nueve millones cuatrocientos trece mil ciento cuarenta y ocho colones con veintiocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de abril del dos mil dieciocho con la base de tres millones ciento treinta y siete mil setecientos dieciséis colones con diez céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L contra Willie Alberto Garro Mora. Expediente 17-005082-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 10 de enero del 2018.—Msc. Harold Ríos Solórzano, Juez.—( IN2018214807 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando advertencia administrativa, inmovilización por error interno y demanda ordinaria (ver exp. adm. 301-2005. resol. de las 14:00 horas del 02-11-2005. D.R.P., ver exp. 301-2005), a las nueve horas y cero minutos del ocho de marzo del dos mil dieciocho y con la base de setenta y nueve mil trescientos dólares, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número la cual es terreno lote 31-C terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito 01 San Pablo, cantón 09 San Pablo, de la provincia de. Colinda: al norte, lote 70-C; sur, calle pública con 14 metros 28 centímetros de frente; este, lote 32-C; oeste, calle pública con 16 metros de frente. Mide: doscientos treinta y seis metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintitrés de marzo del dos mil dieciocho, con la base de cincuenta y nueve mil cuatrocientos setenta y cinco dólares (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de abril del dos mil dieciocho, con la base de diecinueve mil ochocientos veinticinco dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Óscar Guillermo Fernández Salgado. Expediente 09-000700-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 20 de noviembre del 2017.—Msc. Cristian Mora Acosta, Juez.—( IN2018214826 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del nueve de marzo del año dos mil dieciocho, y con la base fijada según avalúo pericial de dos millones setecientos veintisiete mil cuatrocientos colones exactos. En el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos doce mil cuatrocientos veintinueve cero cero cero la cual es de naturaleza terreno solar. Situada en el distrito 12 Monterrey, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Natalia Jarquín Loáciga; al sur, Natalia Jarquín Loáciga; al este, calle pública, y al oeste, Natalia Jarquín Loáciga. Mide: Doscientos setenta y dos metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dos de abril del año dos mil dieciocho, con la base de dos millones cuarenta y cinco mil quinientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de abril del año dos mil dieciocho con la base de seiscientos ochenta y un mil ochocientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Banco Nacional de Costa Rica contra Franklin Medina Jarquín. Exp. 09-100271-0317-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundi Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 9 de enero del 2018.—Licda. Dinia Peraza Delgado, Jueza.—( IN2018214837 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas cero minutos del seis de abril del dos mil dieciocho, y con la base de cuatrocientos treinta y tres millones de colones, al mejor postor, remataré: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintitrés mil ochocientos setenta y ocho F cero cero cero, la cual es terreno finca filial número veintidós de dos plantas ubicada en el segundo y tercer nivel del edificio dos, destinada a uso comercial con un local totalmente construido. Situada: en el distrito tres San Rafael, cantón dos Escazú, de la provincia de San José. Colinda: norte, finca filial veintiuno y área común libre acera; sur, finca filial veintitrés y área común libre acera; este, área común libre área verde, y oeste, área común libre acera. Mide: cuatrocientos sesenta y seis metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de abril del dos mil dieciocho, con la base de trescientos veinticuatro millones setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas cero minutos del diez de mayo del dos mil dieciocho, con la base de ciento ocho millones doscientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Central Fiduciaria Inmobiliaria CFI S. A., Corporación Eléctrica Osmin Vargas S. A. Expediente 18-000357-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 22 de enero del 2018.—Licda. Merlin Murillo Monge, Jueza.—( IN2018214839 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 314-04903-01-0002-001, a las once horas y cero minutos del veinticuatro de mayo del dos mil dieciocho, y con la base de ciento sesenta y siete millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 77360-A cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 43 H. Situada: en el distrito 03 La Asunción, cantón 07 Belén, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 44 H; al sur, lote 43 H; al este, resto a parque y al oeste, resto para calle. Mide: trescientos setenta y cinco metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las once horas y cero minutos del ocho de junio del dos mil dieciocho, con la base de ciento veinticinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las once horas y cero minutos del veinticinco de junio del dos mil dieciocho, con la base de cuarenta y un millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Luis Fernando Delgado Cárdenas. Expediente 16-008063-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 22 de diciembre del 2017.—Msc. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2018214848 ).

PRIMER REMATE: A las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de abril del dos mil dieciocho, en la puerta exterior del Juzgado Agrario de Liberia, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de seis millones de colones, en el mejor postor se rematará la finca inscrita en el Registro Público Inmobiliario, Partido de Guanacaste, matrícula ciento setenta y cinco mil ochocientos sesenta y cinco- cero cero cero. Es terreno apto para construir, ubicado en Belén [distrito cuarto], de Carrillo [cantón quinto] de la provincia de Guanacaste. Sus linderos son: Norte, Martín Marchena Ortiz y servidumbre de paso con seis metros con un centímetro de frente, ambos en parte; sur, Demetrio Rodríguez Rodríguez; este, Leyla Ortega Marchena; y oeste, Rodrigo Marchena Ortiz y Antonio Marchena Ortiz, ambos en parte. Mide mil setecientos cincuenta y seis metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Pertenece a María Benigna Marchena Ortiz. Otros gravámenes o afectaciones: Reservas y restricciones citas: 400-12257-01-0901-001. SEGUNDO REMATE: De no existir postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta de abril del dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones quinientos mil colones (rebajada en un 25% de la base original). TERCER REMATE: De no existir postores en el segundo remate, para celebrar el tercero, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de mayo del dos mil dieciocho, con la base de un millón quinientos mil colones (un 25% de la base original). Se remata por estar ordenado en proceso hipotecario 12-000117-0388-CI, de Distribuidora Agropecuaria Montes de Oro S. A., contra María Benigna Marchena Ortiz y otro.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), Liberia, 5 de febrero del 2018.—Lic. Rodrigo Tobías Valverde Umaña, Juez.—( IN2018214884 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 406-11997-01-0900-001; a las nueve horas y cero minutos del cinco de marzo del año dos mil dieciocho, y con la base de siete millones seiscientos noventa y nueve mil doscientos noventa y tres colones con treinta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y cuatro mil ochocientos setenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 2 Sierra, cantón 7 Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 11,91 metros; al sur, este y oeste, Ronald De Los Ángeles Suarez Cruz. Mide: Trescientos doce metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Plano: G- 0137703-1993. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veinte de marzo del año dos mil dieciocho, con la base de cinco millones setecientos setenta y cuatro mil cuatrocientos setenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del doce de abril del año dos mil dieciocho con la base de un millón novecientos veinticuatro mil ochocientos veintitrés colones con treinta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Blanca Cruz Arguedas. Exp. 14-000084-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro), 26 de enero del 2018.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—( IN2018214903 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y cero minutos del siete de marzo de dos mil dieciocho y con la base de veintidós millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 383563-000, la cual es naturaleza: para construir con una casa, lote 14. Situada en el distrito 01 Desamparados, cantón 03 Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norte lote 15; al sur destinada a zona verde; al este Luisa Monge Fallas y al oeste destinada a alameda. Mide: ciento veintiún metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Plano: SJ-0854967-1989. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de marzo de dos mil dieciocho, con la base de dieciséis millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de abril de dos mil dieciocho, con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Álvaro José Zúñiga Vega, Carlos Chacón Araya, Maureen Castro Alvarado, Rubén Darío Arjona Brown contra Justa Zulay Mendoza Duartes. Expediente: 17-012146-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 29 de setiembre del 2017.—Licda. Melania Jiménez Vargas, Jueza.—( IN2018214922 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta minutos del diecinueve de marzo de dos mil dieciocho y con la base de veintidós mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 248808-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 4-Tirrases, cantón 18-Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, María Cecilia Vargas y otros; al este, Urb. y Viviendas El Hogar S. A. y al oeste, calle pública. Mide: ciento cincuenta metros con veintiséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del diez de abril de dos mil dieciocho, con la base de dieciséis mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil dieciocho con la base de cinco mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Tyler Riyozo Kurita contra Geovanni Francisco Vargas Solano. Exp: 16-011385-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de enero del 2018.—Licda. Maricela Monestel Brenes, Jueza.—( IN2018214940 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y cero minutos del seis de marzo del dos mil dieciocho, y con la base de once millones trescientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos dieciocho mil doscientos noventa y siete cero cero cero, la cual es terreno de frutales y cultivos. Situada: en el distrito 03 Agua Buena, cantón 08 Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública y Claudia Campos Álvarez; al sur, Claudia Campos Álvarez; al este, Claudia Campos Álvarez, y al oeste, Álvaro Solís Sánchez. Mide: mil metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de marzo del dos mil dieciocho, con la base de ocho millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del trece de abril del dos mil dieciocho, con la base de dos millones ochocientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Berni Javier Rojas Campos, Carlos Eduardo Rojas Campos. Expediente 17-005966-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 29 de enero del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018214961 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 382-07487-01-0835-001, condiciones citas: 382-07487-01-0836-001; y servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2016-00098679-01-0001-001, a las diez horas y cero minutos del dos de marzo del año dos mil dieciocho, y con la base de veinte millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número quinientos ochenta mil quinientos uno-cero cero cero, la cual es terreno con una casa de habitación y agricultura. Situada en el distrito tercero Daniel Flores, cantón diecinueve Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte Cesar Cordero Monge; al sur María Eneida Monge Azofeifa; al este, calle pública con 20 metros 10 decímetros y al oeste María Eneida Monge Azofeifa. Mide: mil metros con cero decímetros cuadrados. Plano: SJ-1103485-2006. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de marzo del dos mil dieciocho, con la base de quince millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del diez de abril del dos mil dieciocho, con la base de cinco millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Gustavo Adolfo Ocampo Vargas. Expediente: 13-004888-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 15 de diciembre del 2017.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2018214962 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando demanda ordinaria citas 800-00240592-01-0001-001 correspondiente al expediente 13-002343-0338 FA; a las nueve horas y cero minutos del nueve de marzo de dos mil dieciocho -09:00am 09/03/2018-, y con la base de veintiséis millones trescientos dieciocho mil quinientos setenta y ocho colones con veintinueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 97868-000 cero cero cero, la cual es Naturaleza Lote 21 terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 2-San Isidro, cantón 8-El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur resto destinado a parque; al este, lote 22, y al oeste, resto destinado a parque. Mide: ciento cuarenta metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del dos de abril del dos mil dieciocho -09:00am 02/04/2018- con la base de diecinueve millones setecientos treinta y ocho mil novecientos treinta y tres colones con setenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de abril del dos mil dieciocho -09:00am 18/04/2018- con la base de seis millones quinientos setenta y nueve mil seiscientos cuarenta y cuatro colones con cincuenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto- se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Adriana Patricia Cerdas Aguilar. Expediente 17-002694-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 19 de enero del 2018.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2018214975 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las trece horas y treinta minutos del seis de marzo del dos mil dieciocho, y con la base de nueve millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 13844-F-000 cero cero cero, la cual es terreno apartamento construido 16. Situada: en el distrito 3-San Francisco, cantón 1-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte noreste; filial 17; al sur suroeste, filial 15; al este sureste, área común de uso restringid, y al oeste noroeste, acera de acceso medio otros. Mide: treinta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiuno de marzo del dos mil dieciocho, con la base de siete millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de abril del dos mil dieciocho, con la base de dos millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Arnoldo Artavia Muñoz, Carlos Chacón Araya contra Hizel Marlene de los Ángeles Marín Moreno. Expediente 17-007292-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 09 de noviembre del 2017.—Licda. Gabriela Chaves Villalobos, Jueza.—( IN2018215033 ).

Convocatorias

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de José Jorge Cortés Cortés, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las ocho horas treinta minutos del seis de marzo del dos mil dieciocho, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente 15-000106-0220-CI.—Juzgado Tercero Civil de San José, 23 de enero del 2018.—Lic. Sergio Huertas Ortega, Juez.—1 vez.—( IN2018212246 ).

Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de María Julia Díaz Navarrete, a una junta que se verificará en este juzgado a las ocho horas del veintisiete de febrero del dos mil dieciocho, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente 13-000323-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 01 de febrero del 2018.—Lic. Carlos Manuel Ruiz Rodríguez, Juez.—1 vez.—( IN2018214834 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente 12-000193-1129-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Alejandro Fonseca Gamboa, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecino de Pérez Zeledón, San Isidro del General, El Pocito, de pulpería La Grangita treinta metros al este y trescientos treinta al norte, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número seis-cero doscientos uno-cero seiscientos setenta y ocho, profesión Oficial de Seguridad Privado, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de agricultura. Situada: en Calientillo en el distrito (siete) Pejibaye, cantón (diecinueve) Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente lineal de ciento quince metros con cincuenta y dos centímetros; al sur, calle pública con un frente lineal de ciento dos metros con setenta y seis centímetros; al este, calle pública con un frente lineal de ciento quince metros con cincuenta y dos centímetros, y al oeste, Virginia Jiménez Sánchez. Mide: dos mil quinientos setenta y cinco metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-uno cuatro seis tres tres dos dos-dos mil diez. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estiman tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones exactos cada uno. Que adquirió dicho inmueble de forma de donación realizada por la señora Hilda Gamboa Agüero, mediante la Escritura Pública número doscientos noventa y nueve-cinco, por medio de la notaria pública Yesenia González Retana, tomo cinco, y hasta la fecha lo hemos mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de cincuenta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en la limpieza de la finca, mantenerla cercada con alambre de púas y cultivos ocasionales para el consumo de la familia. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovido por Alejandro Fonseca Gamboa. Expediente 12-000193-1129-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). Pérez Zeledón, 24 de enero del 2018.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018213786 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 14-160045-0642-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Jesús Piedra García, quien es mayor, estado civil: casado una vez, vecino del Roblar del Carmen de Parrita, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número: nueve-cero ocho siete-seis tres ocho (9-087-638), profesión: agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de agricultura, repastos y tacotal. Situada: en El Carmen, distrito primero Parrita, cantón noveno Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con Eliécer Acuña Badilla y servidumbre agrícola en medio; al sur, con río Palo Seco; al este, con Benjamín, Gloria, Bertilio, Noemy, Lorena, Erick, Rodolfo, Edwin y José Luis, todos de apellidos Piedra García, y al oeste, con Jhonny Líos Obando. Mide: cuatro hectáreas seis mil ochenta metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número: seis-uno seis tres seis ocho cuatro uno-dos cero uno tres (P-1636841-2013). Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de ocho millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación verbal que le hizo su padre Isidro Ramiro Piedra Azofeifa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de sesenta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en la siembra de pastos, construcción y remodelación de la casa, siembra de café, cercado y conexión de servicios públicos y agricultura variada y árboles frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Jesús Piedra García. Expediente 14-160045-0642-AG.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Licda. Dayana Mercedes Rodríguez Rojas, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018213788 ).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente 17-000081-1129-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Juan Delgado Cerdas, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de San José, Pérez Zeledón, Santa Rosa de Río Nuevo, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-0429-0293, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de repastos. Situada en el distrito décimo: Río Nuevo, cantón diecinueve: Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte Heriberto Morales Sánchez en medio de Río Nuevo; al sur Damián Arguedas Sáenz, Juan Delgado Cerdas y fin de servidumbre de uso agrícola; al este Damián Arguedas Sáenz y al oeste Heriberto Morales Sánchez en medio de Río Nuevo. Mide: treinta y cuatro mil trescientos noventa metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-1995397-2017. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por venta que le hizo Etelgive López Cerdas y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 40 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en siembra de pastos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Juan Delgado Cerdas. Expediente: 17-000081-1129-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 29 de enero del 2018.—Lic. Carlos Eduardo Rojas Rojas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018213792 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente 17-000086-1129-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de María Dilenia Arrieta Ramírez quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de Pérez Zeledón, Mercedes de Cajón, 150 metros al sureste del supermercado La Flor, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe 1-1302-0817, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es café. Situada en el distrito ocho: Cajón, cantón diecinueve: Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Flor Varela Arroyo y María Dilenia Arrieta Ramírez; al sur, Yenny Arrieta Ramírez; al este, Flor Varela Arroyo y al oeste, calle pública. Mide: cinco mil doscientos treinta y cuatro metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado SJ-1980293-2017. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de un millón de colones y las presentes diligencias en la suma de setecientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por donación del señor José Ángel Arrieta Oconitrillo, mediante escritura número ciento ochenta y tres-quince, otorgada ante los notarios Esperanza Reyes Sequeira y Rafael Eliecer Cascante Arias, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 30 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento general del inmueble, reparación de cercas, limpieza de rondas y asistencia del cafetal. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por., expediente 17-000086-1129-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), Pérez Zeledón, 30 de enero del 2018.—Lic. Carlos Eduardo Rojas Rojas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018213793 ).

Rigoberto Jiménez Fernández, mayor de edad, viudo, agricultor, vecino de Bagaces, Guanacaste, cédula uno-doscientos seis-seiscientos setenta y cuatro, promueve información posesoria; pretende inscribir a su nombre en el Registro Público Inmobiliario, libre de gravámenes y cargas reales, el inmueble que se describe así: Terreno sin inscribir de potrero, situado en Salitral, Bagaces (distrito primero) Bagaces (cantón cuarto), de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública; sur, Industria de Aceite y semillas de Jojoba S. A., este, María Méndez Fuentes y oeste, calle pública; según plano catastrado G-un millón novecientos setenta y cinco mil quinientos cuarenta-dos mil diecisiete. Mide: diez mil cuatrocientos setenta y ocho metros cuadrados. Manifiesta que no está inscrito, que carece de título inscribible y que no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, ni pesan cargas reales ni gravámenes sobre el inmueble, lo adquirió por venta desde el quince de octubre de mil novecientos noventa y siete, estima el inmueble en tres millones de colones y el proceso en la misma suma, por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a todas las personas interesadas para que se apersonen en defensa de sus derechos. Exp. 17-000091-0387-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 30 de enero del 2018.—José Francisco Chacón Acuña, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018213794 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 17-000191-0297-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Inversiones Chequelo S. A. cédula jurídica 3-101-411674, representada por Ezequiel Ramírez Bejarano, quien es mayor, estado civil casad una vez, vecino de barrio Los Ángeles, frente a la iglesia católica, portador(a) de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-273-139, pensionado, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno de potrero con dos casas. Situada en Dulce Nombre el distrito uno Quesada, cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte y oeste, Compañía de Servicios Técnico y Profesionales R & S S. A.; al sur, Compañía de Servicios Técnicos y Profesionales S & S S. A. y en parte servidumbre de paso con frente de 39.45 metros lineales; al este, Inversiones Chequelo. Mide: dos mil cuarenta y siete metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de veintitrés millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra que le hiciere a Luz Mery Quesada, quien es mayor, divorciada una vez, ama de casa, cédula 2-440-390, vecina de Grillo de Dulce Nombre de Ciudad Quesada, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en vivienda. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Inversiones Chequelo S. A. Exp. 17-000191-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Civil), Ciudad Quesada, San Carlos, 18 de setiembre del 2017.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—( IN2018213850 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 15-000162-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Rita de Los Ángeles Chaves Benavides, quien es mayor, soltera, en unión de hecho, docente, y tres, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 01-0835-0641 y Rodrigo Arturo Martín León Chaverri quien es mayor, divorciado, tres veces en unión de hecho, pensionado, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 04-0124-0653, ambos vecinos de Puebla de San Pablo de Heredia, urbanización la Amelia, casa número setenta a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero, cantón tercero, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con calle pública con un frente a ella de veinte metro lineales; al sur, este y oeste, con Victoriano Cabalceta Barrantes. Mide: seiscientos metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones novecientos mil colones. Que adquirieron dicho inmueble el doce de marzo de dos mil dieciséis, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica e ininterrumpida y a título de dueños. Que los actos de posesión han consistido en atención integral a la finca mediante la instalación de cercas, limpieza y cuidado de rondas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Rita de Los Ángeles Chaves Benavides y Rodrigo Arturo Martín León Chaverri. Exp. 15-000162-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, Santa Cruz, 20 de setiembre del 2017.—Lic. Gerardo Marcelo Monge Blanco, Juez.—1 vez.—( IN2018213861 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 17-000190- 0386-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Yesenia De Los Ángeles Morales Saballos quien es mayor de edad, casada una vez, Administradora de Empresa, vecina de Guanacaste, Liberia, Barrio Alaska del play doscientos metros al Sur, cédula de identidad número 5-0334-0237, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir, situado en el distrito primero Liberia, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Lindante al norte, Pasos Juárez Juárez y Julieta Morales Saballos en parte, al Sur: Calle pública y Violeta Sánchez Chacón en parte; al este, Fidelia Espinoza Gutiérrez y Marta Castrillo Leandro en parte, y al oeste, Julieta Morales Saballos. Con una medida de seiscientos setenta y ocho metros cuadrados, según plano catastrado bajo el número g- un millón novecientos cuarenta y tres mil ochocientos treinta y cuatro- dos mil dieciséis de fecha 20 de diciembre del 2016. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de trescientos cincuenta mil colones. Que adquirió dicho inmueble por compra que le hiciera a Maria Del Carmen Briceño Briceño, mayor, de estado civil actual viuda, ama de casa, vecina de la provincia de Guanacaste, cantón Liberia, distrito Liberia 200 metros al norte de las oficinas del ICE frente al Plantel de la Municipalidad, cédula número 8-068-747, en fecha primero de noviembre del dos mil diecisiete, pero lo ha poseído desde el diecinueve de mayo del dos mil diez y con quien no le liga parentesco alguno, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Yesenia De Los Ángeles Morales Saballos. Exp. 17-000190-0386-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), Liberia, 15 de enero del 2018.—Lic. Patrick Ramos Chavarría, Juez.—1 vez.—( IN2018213894 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente 17-000158-0638-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Wilfredo Vargas Soto, quien es mayor, casado por segunda vez, mecánico automotriz, vecino de Alajuela El Coco, Santiago Oeste, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 02-0321-0429, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito noveno Río Segundo, barrio La Candela, cantón primero Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública, con un frente de 14 metros; al sur, Rosalío Antonio Ugarte Morales; al este, Rosalío Antonio Ugarte Morales, y al oeste, Miguel Arias Morera. Mide: doscientos cincuenta y dos metros con nueve decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de veinticinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble de Luis Antonio Garita Maroto desde el 25 de octubre del año 1994 y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Wilfredo Vargas Soto. Exp. 17-000158-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, 30 de enero del 2018.—Lic. Carlos Esteban Sancho Araya, Juez.—1 vez.—( IN2018213900 ).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente 16-000191-0388-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de, Edda Arlee López Gutiérrez, quien es mayor, estado civil soltera, vecina de San José, Escazú, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 0502300274, profesora de secundaria, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito octavo Cabo Velas, cantón tercero, Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Jorge Angulo López; al sur, Damaris Rodríguez Mora; al este, río Matapalo e Idania Rodríguez Duarte y al oeste, Servidumbre de paso con catorce metros lineales y tres metros de ancho. Mide: trescientos ochenta y ocho metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble cesión, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento con respecto a la chapea, siembro de frutales, cuidado de cercas y postería y mantenimiento de vivienda. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Edda Arlee López Gutiérrez. Exp.: 16-000191-0388-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Santa Cruz, (Materia Civil), Santa Cruz, 31 de marzo del 2017.—Lic. Carlos Manuel Ruiz Rodríguez, Juez.—1 vez.—( IN2018213970 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 15-000015-0422-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Rancho Estero Colorado PFB S. R. L quien es mayor, estado civil divorciado, vecino de Montes de Oca, San Pedro, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-219-600, profesión abogado, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, los terrenos que se describen así: 1) Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno tacotal. Situada en el distrito Pavón, cantón Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Calle Pública; al sur, Roberto Cascante Carmona y Isaac Sánchez Aguirre; al este, calle pública, y al oeste, Isaac Sánchez Aguirre, Juan José Araya Araya y Alcides Rodríguez Delgado. Mide: diez hectáreas dos mil seiscientos cincuenta y seis metros con once decímetros cuadrados. 2) Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno tacotal. Situada en el distrito Pavón, cantón Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Juan José Araya Araya; al sur, Roberto Cascante Carmona; al este, zona pública y al oeste, calle publica. Mide: ocho hectáreas nueve mil trescientos cincuenta y cuatro metros con siete decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre los inmuebles a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dichos inmuebles en la suma de ochenta millones de colones, siendo que el primero se estima en cincuenta millones de colones y el segundo en treinta millones de colones. Que adquirió dichos inmuebles mediante escritura pública número ochenta y nueve de fecha veintinueve de abril del dos mil catorce, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en labores de limpieza del terreno así como la reconstrucción y mantenimiento de las casas de habitación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Rancho Estero Colorado PFB S.R.L. Exp. 15-000015-0422-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Golfito, 29 de enero del 2018.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1 vez.—( IN2018214060 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente número 13-100050-920-LA-3, que es diligencias de información posesoria promovidas por La Unión Castiba Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica: tres-ciento uno-trescientos noventa y tres mil trescientos ochenta y seis, domiciliada en Puntarenas, Corredores, Ciudad Neily, costado este del Pali, barrio la Unión, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así :Naturaleza del Inmueble, terreno para construir, situado frente al Mercado Municipal de Ciudad Neily, de la provincia de Puntarenas, distrito primero corredor, cantón décimo Corredores, cuenta con una cabida de doscientos cuarenta metros cuadrados, linda al norte y sur, con calle pública; al este, con María Cruz Ruzaga, y al oeste, con Ramón Benito Rojas Soto, posee el plano número P-un millón seiscientos cincuenta y cinco mil novecientos veintiséis-dos mil trece. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Estima dicho inmueble en la suma de seis millones de colones. Que adquirió dicho inmueble de la señora Lila Alfaro Esquivel, por medio de compra-venta privada asentada mediante escritura número cuatrocientos cincuenta, tomo quince visible a folio 189 frente y vuelto del protocolo de la notaria pública Wendy Mora Garro y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica, continua, de buena fe y a título de dueño. Que los actos de posesión han consistido en construir. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovido por La Unión Castibia Sociedad Anónima, expediente 13-100050-920-CI-3.—Ciudad Neily, Corredores, 18 de noviembre del 2013.—Licda. Guiselle Argüello González, Jueza.—1 vez.—( IN2018214218 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 15-000012-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de María Oledy Viales Arrieta quien es mayor, casada una vez, vecina de Liberia Guanacaste, 400 metros al sur y 75 metros al este de la Escuela Ciudad Blanca, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 502400786, ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es tacotal y potrero. Situada en el distrito quinto (Cartagena), cantón tercero (Santa Cruz), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Edelmer Viales Arrieta; al sur, calle pública con una medida de setenta y nueve metros con seis decímetros lineales; al este, Imelda Viales Arrieta, y al oeste, Edelmer Viales Arrieta. Mide: Nueve mil setecientos treinta y cinco metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-1531792-2011. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de ocho millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por una donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de dieciocho años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en dar mantenimiento a las cercas y limpieza en general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por María Oledy Viales Arrieta. Exp. 15-000012-0388-CI.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), Santa Cruz, 28 de abril del año 2017.—Licda. Erika Amador Brenes, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2018214285 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente 15-000099-1129-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de María Chinchilla Calderón quien es mayor, viuda, vecina de Mollejones de Pérez Zeledón, un kilómetro norte de la escuela, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe 01-0251-0466, ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: terreno de café. Situada en el distrito sexto (Platanares), cantón diecinueve (Pérez Zeledón), de la provincia de San José. Colinda: al norte, Johnny Ortiz Ilama; al sur, Elena Calderón Chinchilla y Bernardo Chinchilla Calderón; al este, Elena Calderón Chinchilla y Bernardo Chinchilla Calderón y al oeste, Elena Calderón Chinchilla y Bernardo Chinchilla Calderón. Mide: catorce mil cuatrocientos setenta y nueve metros con treinta y tres decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado SJ 1092637-2006. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de cinco millones y las presentes diligencias en la suma de un millón colones. Que adquirió dicho inmueble por donación de esposo Reinaldo Calderón Romero, hace aproximadamente treinta y seis años, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de treinta y seis años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cultivo de café y agricultura y casa de habitación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por María Chinchilla Calderón, expediente 15-000099-1129-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), Pérez Zeledón, 29 de enero del 2018.—Lic. Carlos Eduardo Rojas Rojas, Juez Agrario.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018214286 ).

Citaciones

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por. María Elena Gutiérrez Álvarez, Mario Ángel Gutiérrez Álvarez y Juan Pablo Gutiérrez Álvarez y Edgar Guillermo Sequeira Angulo, a las catorce horas del once de noviembre del dos mil diecisiete, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Olman Gutiérrez Álvarez; mayor, cédula número cinco- cero ochenta y dos-cero sesenta soltero, pensionado, vecino de Santa Cruz, Guanacaste, frente a emergencias, de la Caja Costarricense del Seguro Social. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Licenciado Miguel Ángel Cubillo Cubillo, notario público domiciliado en Santa Cruz, Guanacaste Residencial Corobí, segunda etapa, del Taller Eléctrico Rodrigo Sandoval, cien metros al este, cien metros al norte y cien metros al este, Teléfono 8885-2010.—Máster Miguel Ángel Cubillo Cubillo, Notario.—1 vez.—( IN2018211881 ).

Se cita a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue: María Antonia Gladys Siles Gamboa, cédula tres-cero cero ochenta y ocho-cero trescientos cincuenta y tres, vecino de Cartago Centro; para que en el término de treinta días a partir de esta publicación, se apersonen a esta notaria para hacer valer sus derechos y se les aperciba a quienes crean tener tal calidad a reclamar sus derechos que si no se presentan dentro del plazo estipulado la herencia será distribuida para quien corresponda.—Cartago, 29 de enero del 2018.—Licda. Jenny Valverde Solano, Notaria.—1 vez.—( IN2018213736 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede notarial de Agustín Ortiz Gutiérrez, quien fuera costarricense, mayor, soltero, vecino de Osa, Puntarenas, cédula 1-0408-0527, para que dentro del plazo de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, ante la notaría de la Msc. Annia Shirley Zúñiga Méndez, sita en Pérez Zeledón, 100 metros este y 25 metros sur de la Municipalidad. Se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia presentarse dentro del plazo, si no la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0002-2018.—Msc. Annia Shirley Zúñiga Méndez, Notaria.—1 vez.—( IN2018213739 ).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Teresa Moya Coto, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula 03-0119-0262, y vecina de la Ceniza de Pérez Zeledón. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente 17-000048-0188-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil), 31 de enero del año 2018.—Lic. José Celso Fernández Delgado, Juez.—1 vez.—( IN2018213745 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Gonzalo González Quirós, mayor, estado civil Soltero, profesión Comerciante, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0201120957 y vecino de no indica. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente 16-000041-0317-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Civil), 22 de diciembre del 2016.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—( IN2018213747 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Manuel María Alfaro Morales, mayor, viudo, vecino de INVU Las Cañas, cédula de identidad número 2-122-133. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 17-000396-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de octubre del 2017.—Lic. Carlos Esteban Sancho Araya, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018213763 ).

Ante la notaría del Lic. Víctor Manuel González Loria, mediante escritura número doscientos setenta, visible al folio ciento treinta y nueve frente de fecha quince horas veinte minutos del veintiocho de enero del dos mil dieciocho, se inició el trámite de proceso sucesorio en vía notarial de quien en vida fuera Rafael Ángel Trejos Sandoval, cédula de identidad número cinco-ciento veintitrés-seiscientos cinco.—Lic. Víctor Manuel González Loría, Notario.—1 vez.—( IN2018213785 ).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Cristina Villafuerte Moraga, mayor, casada una vez, ama de casa y agricultora, costarricense, con documento de identidad número 5-0100-0900 y vecina de Pedregoso de Pérez Zeledón. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente 17-000093-1129-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón), 23 de enero del año 2018.—Lic. Carlos Eduardo Rojas Rojas, Juez Agrario.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018213795 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores e interesados en la sucesión de quien en vida fue Ovidio Cerdas Chaves, mayor de edad, casado una vez, pensionado, cédula de identidad número tres-cero ciento cincuenta y dos-cero setecientos cuarenta, quien fue vecino de Tucurrique, Jiménez, Cartago, de la Guardia de Asistencia Rural de Tucurrique, cincuenta metros al norte, quien falleció en el Hospital William Allen Taylor, el trece de diciembre del dos mil tres; para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen en resguardo de sus derechos apercibidos los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Se le previene a los interesados que en el acto de ser notificados o separadamente dentro de tercero día deben señalar casa u oficina dentro del perímetro del Bufete del Licenciado Luis Fernando Hernández Rodríguez, que se encuentra ubicado en Tucurrique, Jiménez, Cartago, veinticinco metros al suroeste de la plaza de deportes, para atender notificaciones bajo los apercibimientos de que mientras no lo hagan las resoluciones posteriores que se dicten se les tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas. Expediente 2017-000009, sucesión de Ovidio Cerdas Chaves. Lic. Luis Fernando Hernández Rodríguez, notario público, carné 16936.—Lic. Luis Fernando Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2018213817 ).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Juan Carlos de La Trinidad Sibaja Umaña, mayor, estado civil soltero, profesión Comerciante, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0106190301 y vecino de Buenos Aires, Puntarenas. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedor as y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente 17-000008-1046-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Civil), 26 de abril del año 2017.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—1 vez.—( IN2018213835 ).

Se emplaza a todos los interesados en el proceso sucesorio de Blanco Blanco Paulino, quien fue mayor, viudo, Agricultor, costarricense, cuyo último vecindario fue Buenos Aires, Puntarenas, 200 metros norte y 100 metros al este del Supermercado Pali, portador de la cédula de identidad número 06-0041-0485, a efecto de que dentro del plazo perentorio de treinta días a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que consideren reunir la condición de herederos, que si no se apersonaren dentro del plazo susodicho, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 16-100030-1046-CI promovido por José Manuel Blanco Jiménez, sucesión de Paulino Blanco Blanco.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Buenos Aires, 15 de diciembre del 2016.—Lic. Omar Hernández González, Juez.—1 vez.—( IN2018213836 ).

Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Gerardo Rodríguez Vargas, quien en vida fue mayor, soltero, pensionado, vecino de San Gabriel de Calle Blancos, del Motel El Eden cien metros al sur, que portó la cédula dos-uno ocho uno-cuatrocientos ochenta y uno, deceso acaecido el día treinta y uno de mayo de mil novecientos noventa y ocho, para que, se apersonen en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación del edicto correspondiente hacer valer sus derechos, se les apercibe a los que crean tener calidad de herederos que, si no, se presentan en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número uno-dos mil dieciocho. Suc Notaria del bufete del licenciado Edwin Chacón Bolaños, Notario Público, San José, Sector de la Corte de Justicia, avenida diez, calle diecisiete, edificio número mil setecientos ocho, frente al Parqueo El Canario, edificio de dos plantas color verde.—Lic. Edwin Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—( IN2018213848 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Isabel Barrera Funes, mayor, estado civil divorciada, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0602670791 y vecina de no indica. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Exp. 17-000592-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 21 de diciembre del 2017.—Msc. Yuri López Casal, Juez.—1 vez.—( IN2018213870 ).

Se cita y emplaza a los posibles interesados en el sucesorio ab-intestato de quien en vida fue Óscar Lizano Marín, quien era mayor, soltero, sacerdote católico, vecino de San Juan, San Ramón de Alajuela, cédula de identidad dos-cero doscientos cuarenta y siete cero novecientos ochenta y seis, falleció el día diez de junio del año dos mil dieciséis, a efecto en el plazo de treinta días contabilizados a partir de la publicación del presente edicto, se apersonen a mí oficina situada en el cantón de Palmares, provincia de Alajuela cincuenta metros al norte del Club de Amigos a hacer valer sus derechos. De no presentarse reclamo alguno la herencia pasará a quienes corresponda según la normativa legal.—Palmares, a las once horas veinticinco minutos del día treinta y uno de enero del dos mil dieciocho. Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—( IN2018213901 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Cecilia Méndez Chinchilla, mayor, casada una vez, dedicada a oficios domésticos, vecina de Llorente de Tibás de la Pops cincuenta metros al norte ciento setenta y cinco al este casa veintidós -G, portadora de la cédula uno cero trescientos veinticuatro cero trescientos noventa. Para que dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presenta dentro de dicho plazo la herencia pasará a quién corresponda. Expediente uno-dos mil dieciocho. Notaría del Licda. Rosina Fait Sánchez. Tibás de la Pops cincuenta al norte y doscientos al este.—Licda. Rosina Fait Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2018213910 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Jason Rojas Rojas y Evelyn Chaves Alvarado, de las dieciocho horas del día primero de febrero del dos mil dieciocho y comprobado el fallecimiento de Aracelly Porras Monge, mayor, soltera, ama de casa, vecina kilómetro treinta, Golfito, Puntarenas, con cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos veintidós-cero ochocientos seis, esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio testamentario. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la licenciada María Rodríguez Vásquez, Río Claro, Puntarenas, barrio La Lucha, trescientos metros sur, de la escuela. Teléfono ocho ocho veinte-seis siete-cinco siete. Es todo.—Río Claro, Puntarenas, primero de febrero del dos mil dieciocho.—Licda. María Melissa Rodríguez Vásquez, Notaria.—1 vez.—( IN2018213921 ).

Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Arcenio Antonio Ugalde Sánchez, mayor, casado una vez, de profesión desconocida, costarricense, con documento de identidad 04-0106-1047 y vecino de San Pablo de Heredia. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente 17-000502-0504-CI (2).—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Heredia, 16 de enero del 2018.—Licda. Yarini Madrigal Escoto, Jueza.—1 vez.—( IN2018213938 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Luis Gerardo Porras Flores, mayor, estado civil casado una vez, pintor, costarricense, con documento de identidad 01-0390-1098 y vecino de Goicoechea. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. 17-000623-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 26 de enero del 2018.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2018213977 ).

Ante esta notaría, se tramita el proceso sucesorio de Neftalí González Sánchez, quien en vida fue mayor, viudo una vez, vecino de San Pablo de León Cortés, cédula de identidad uno-doscientos dos-seiscientos diecinueve. Por lo anterior se confiere el plazo legal de treinta días establecido en el artículo novecientos diecisiete del Código Procesal Civil a todos los herederos para que comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Esta notaría se encuentra ubicada en San Marcos de Tarrazú, cien metros oeste de la Funeraria Los Santos. San Marcos de Tarrazú, veintiocho de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—( IN2018213982 ).

Mediante acta de apertura, otorgada ante esta notaría, por Franklin Ramírez Ramírez y María Aiza Mendoza Dávila, a las catorce horas del diecisiete de enero del dos mil dieciocho y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto proceso sucesorio ab-intestato, de quien en vida fuera Jimmy José Ramírez Mendoza, cédula de identidad número cinco-cero trescientos cincuenta y nueve-cero ochocientos diez. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaria a hacer valer sus derechos.—Guanacaste, Carrillo, Filadelfia, frente Banco de Costa Rica, 18 de enero del 2018.—Licda. Ana María Vargas Moya, Notaria.—1 vez.—( IN2018213986 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Marta Elena Madrigal Coto, titular de la cédula de identidad número tres-doscientos treinta y siete-ochocientos ochenta y cinco, para que dentro del plazo de-treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a quienes crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo establecido por ley, la herencia pasará a quienes corresponda. Expediente número 00001-2018-NOT. Notaría del licenciado Carlos Luis Rojas Montoya. Notario Público-Oficina en Cartago, calles cuatro y seis, avenida siete. doscientos metros sur y setenta y cinco metros este del Convento de los Padres Capuchinos.—Cartago, primero de febrero de dos mil dieciocho.—Lic. Carlos Luis Rojas Montoya, Notario.—1 vez.—( IN2018214000 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas, veinte minutos, del día primero de febrero del dos mil dieciocho, se dio apertura al Expediente cero cero dos- dos mil dieciocho, proceso sucesorio notarial de, Edwin Brenes Valverde, cédula de identidad tres-ciento cuarenta y uno-cero cuarenta y siete; quien falleció en Centro Turrialba, Cartago, el día trece de enero del dos mil dieciocho. Se cita a todos los interesados dentro del plazo de ley, apersonarse al presente proceso a hacer valer sus derechos.—Turrialba, primero de febrero del dos mil dieciocho.—Lic. Alejandro Mata Vega, Notario.—1 vez.—( IN2018214004 ).

En mi notaría, sita en San Ramón, Alajuela, 200 metros sur de la esquina sureste del Complejo Deportivo Rafael Rodríguez, bajo el expediente 0001-2018, se encuentra abierto y en trámite el procedimiento sucesorio notarial, como actividad judicial no contenciosa, de Giselle Díaz Biramontes, quien en vida era mayor de edad, soltera, operadora telefónica, vecina de Heredia centro, El Guayabal, Urbanización Adoquines, casa número cuarenta y siete, cédula de identidad número uno-seiscientos cuarenta y seis-cero cero uno; quien murió en Heredia Centro, el día tres de diciembre del dos mil diecisiete. Se cita y emplaza a herederos e interesados en dicho sucesorio, para que dentro del término de 30 días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto, se apersonen a esta Notaría en defensa de sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen, la herencia pasará a nombre de quienes legalmente corresponda.—San Ramón, Alajuela, 29 de enero del 2018.—Licda. Carolina Muñoz Solís, Notaria.—1 vez.—( IN2018214017 ).

Se hace saber que, en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó, Ramona Evangelina Solórzano Rodríguez, cédula de identidad 0200453209 y Yolanda Suazo Solórzano, cédula de identidad 0101860342, ambas mayores de edad, vecinas de San José, San Cayetano. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 17-000225-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de San José, 10 de enero del 2018.—Licda. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—1 vez.—( IN2018214051 ).

Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó, Carlos Piedra Vargas, mayor, no indica, divorciado, nacionalidad 0103150944, con documento de identidad dato desconocido y vecino de. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 17-000495-0220-CI.—Juzgado Primero Civil de Menor Cuantía de San José, 20 de diciembre del 2017.—Msc. Adriana Orocú Chavarría, Jueza.—1 vez.—( IN2018214061 ).

Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó, Jesús Orlando Zamora Ortega, pensionado, casado una vez, con documento de identidad 0900030778 y vecino de San José. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 17-000473-0221-CI.—Juzgado Segundo Civil de Menor Cuantía de San José, 18 de diciembre del 2017.—Licda. Hellen Gutiérrez Desanti, Jueza.—1 vez.—( IN2018214062 ).

Se hace saber que, en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó, Jaime Muñoz Villegas, mayor, estado civil soltero, pensionado, costarricense, con documento de identidad 0202310685 y vecino de Grecia, cantón de la provincia de Alajuela, de la esquina sureste de la iglesia, doscientos cincuenta metros al este. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 18-000007-0295-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), 24 de enero del 2018.—M.sc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—( IN2018214067 ).

Se cita y emplaza a todos los heredero, legatarios, acreedores e interesados en la sucesión notarial, que se tramita en la notaría de la Licenciada Aracelly Matarrita Murillo, en Santiago de Puriscal, frente a la Cruz Roja, de quien en vida fuera Lisanías Bustamante Mata, mayor, casado una vez, vecino de barrio Los Ángeles de Santiago de Puriscal, cincuenta metros al noreste del taller Bustamante, cédula de identidad número: uno-doscientos cuarenta y cinco-ciento uno fallecido el diecisiete de mayo del año dos mil dieciséis, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento, que de no presentarse en ese plazo la herencia pasará a quien corresponda.—Puriscal, a las ocho horas del día dos de febrero del dos mil dieciocho.—Licda. Aracelly Matarrita Murillo, Notaria.—1 vez.—( IN2018214068 ).

Se hace saber que, en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Odalía Mora Mora, mayor, estado civil viuda, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 02-0164-0366 y vecina de Coronado. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 17-000683-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de enero del 2018.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2018214069 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Asdrúbal Araya Fuentes, mayor, soltero, operario de jardinería, costarricense, con documento de identidad 0303730474 y vecino de Cartago. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. 17-000263-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago (Materia Civil), 22 de enero del 2018.—Licda. Johana Vindas Campos, Jueza.—1 vez.—( IN2018214080 ).

Se hace saber que, en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Israel Sánchez Sánchez, mayor, casado una vez, agricultor, vecino del Prado, Pococí, Limón, trescientos metros al sur del Abastecedor La Surtidora, cédula de identidad número 7-0049-0250. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 17-000226-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 04 de enero del 2018.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2018214092 ).

Se hace saber que ante esta notaría se tramita el proceso sucesorio de Alexis Aguilar López, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, vecino de San José, Puriscal, Candelarita, quinientos metros sur de la escuela, con cédula de identidad número uno-cero trescientos cincuenta y cinco-cero novecientos treinta y dos. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante el suscrito notario, quien cuenta con oficina abierta en San José, Central, Catedral, Barrio Francisco Peralta, cien metros norte de la Casa Italia, frente al Imas, edificio AB&P Abogados, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2018.—San José, 01 de febrero del 2018.—Lic. José Pablo Charpantier Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2018214095 ).

Se emplaza a herederos y demás interesados en la sucesión de quienes en vida se llamaron Jacob John Riera e Irene María Schenk Hofmann, conocida como Irene Riera únicos apellidos en razón de su nacionalidad estadounidense, quienes fueron mayores, casado una vez entre sí, empresario y ama de casa, cédula de residencia en Costa Rica, números uno ocho cuatro cero cero cero cinco seis tres uno dos cuatro; y uno ocho cuatro cero cero cero cinco seis tres dos tres uno, en su orden, vecinos ambos de La Garita de Alajuela, un kilómetro doscientos metros al oeste de los tanques de Recope, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a esta notaría, situada en Alajuela, cincuenta metros al norte del Museo Juan Santamaría, en defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda.—Alajuela, ocho de enero del dos mil dieciocho.—Lic. Marco Tulio Araya Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2018214106 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria de quien en vida fue Peter Lloyd Vineberg , de un único apellido en razón de su nacionalidad canadiense, mayor, divorciado, pensionado, don domicilio en Quepos, Manuel Antonio, costado norte del Hotel El Lirio, portador de la cédula de residencia número uno uno dos cuatro cero cero uno dos cuatro cinco uno ocho, según consta en certificación emitida por el Registro de Defunciones, provincia de Puntarenas, al tomo ciento veintitrés, folio doscientos cuarenta y nueve, asiento cuatrocientos noventa y ocho, según consta en certificación emitida por el Registro de Defunciones, provincia de Puntarenas, al tomo ciento veintitrés, folio doscientos cuarenta y nueve, asiento cuatrocientos noventa y ocho, para que un plazo de treinta días, constados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaria para hacer valer sus derechos. Bajo el apercibimiento de que así no lo hiciere, la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente 0001-2017.—San José.—Licda. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2018214115 ).

Por una sola vez, se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Eddy Guillermo Orozco Garita, mayor, casado una vez, técnico en telecomunicaciones, portador de la cédula de identidad número uno-quinientos cuarenta y ocho-ochocientos uno, quien fue vecino de Tibás, León Trece, alameda cuatro, casa quinientos noventa y uno, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento de que si no lo hacen dentro del término indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Exp. 0001-2018-SUC, sucesorio notarial. Tramitado en la notaria de la licenciada Sylvia Arias Ulate, cita San José, Pavas, de la oficina de Correos de Costa Rica cuatrocientos metros al sur.—San José, 01 de febrero del 2018.—Licda. Sylvia Arias Ulate, Notaria.—1 vez.—( IN2018214116 ).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión legítima de, Carlos Araya Arias, quien fue mayor, soltero, pensionado, vecino de San José, Paseo Colón, del Centro Colón ciento veinticinco metros al sur, cédula de identidad número dos-cero doscientos cuarenta y nueve-cero doscientos cuarenta y nueve, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este aviso, comparezcan a la notaría del Lic. Adolfo Antonio García Baudrit, sita en provincia de San José, San Rafael, Escazú, ciento cincuenta metros sur de la entrada sureste del Centro Comercial Multiplaza, Edificio Terraforte, cuarto piso, con el mismo horario del Poder Judicial, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente: 002-2017.—San José, 30 de enero del 2018.—Lic. Adolfo García Baudrit, Notario.—1 vez.—( IN2018214148 ).

Se hace saber que, en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó, Milagro Sánchez Alfaro, mayor, costarricense, cédula de identidad número 1-0285-0260, estado civil divorciado, pensionado y vecino de San Rafael de Heredia. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 17-000503-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 21 de diciembre del 2017.—Msc. Yuri López Casal, Juez.—1 vez.—( IN2018214188 ).

Se hace saber que en esta notaría se tramita el proceso sucesorio legítimo de quien en vida se llamó José Alicia Fuentes Cantillo quien fue mayor, divorciada una vez, ama de casa, vecina de Cartago, Dulce Nombre, con cédula tres-dos uno cuatro- ocho nueve tres. Se cita y emplaza a todos los interesados, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no, se apersonan dentro de este plazo, aquella pasará a quien corresponda: Expediente: cero cero cero uno-dos mil dieciocho-SNL. Notaria pública del licenciado Jorge Orlando Bermúdez Hidalgo, situada en San José, avenida sexta, entre calles tres y cinco, costado sur del Liceo de Señoritas, contiguo a peluquería Gloria, oficina seis, teléfonos 2223-5047/ 8880-5342.—San José, cinco de febrero del dos mil dieciocho.—Lic. Jorge Orlando Bermúdez Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2018214201 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Victor Komchiy Li Glau, mayor, soltero, electricista, costarricense, con documento de identidad 0501280306 y vecino de Liberia, Guanacaste, frente al costado este de la Escuela Ascensión Esquivel. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. 17-000129-0386-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, (Liberia), (Materia Civil), 12 de enero del 2018.—Licda. Aura Lisseth Cedeño Yanes, Jueza.—1 vez.—( IN2018214211 ).

Sucesión ab intestato en sede notarial de Felipe Martínez Montiel. Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Brayan Alberto Sánchez Salazar, a las dieciséis horas del día veintidós de noviembre del año dos mil diecisiete, y comprobado el fallecimiento de Emiliano Sánchez Valverde, mayor de edad, pensionado, viudo una vez, vecino de San Vito, Coto Brus, Puntarenas, La Isla, cien metros oeste del Colegio Académico Italo Costarricense, con cédula de identidad número uno-doscientos seis-novecientos treinta y cinco, fallecido el día seis de setiembre de dos mil diecisiete, en San Vito Coto Brus, Puntarenas, esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Lic. Xinia Arias Naranjo, con domicilio en Palmar Norte, Osa, Puntarenas, Planta alta Farmacia Ibarra. Teléfono 8846-8973.—Lic. Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—( IN2018214217 ).

Se hace saber que, en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó, Juan Rafael Cerdas Fallas, mayor, estado civil casado, profesión agricultor, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0301380203 y vecino de Palo Alto de Santa Teresita, 750 metros al este de la escuela. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 17-000040-1006-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Turrialba (Materia Civil), 14 de setiembre del 2017.—Lic. Randall Francisco Gómez Chacón, Juez.—1 vez.—( IN2018214240 ).

Mediante escritura número ciento noventa-cinco, al ser las diez horas del dieciséis de enero del dos mil dieciocho, ante la notaria del licenciado Froilán Alvarado Pereira, y debidamente comprobado el fallecimiento, se realiza la apertura del proceso sucesorio en la vía notarial de quien en vida fue Walter Salazar Ocaña, mayor, casado una vez, comerciante, portador de la cédula de identidad número uno-cero cuatro seis nueve-cero dos tres seis, vecino de San José, San Sebastián, urbanización San Sebastián casa número veintiséis. Se cita y emplaza a todos los interesados para dentro del término de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan antes esta notaria hacer valer sus derechos. Guápiles, primero de febrero de dos mil dieciocho.—Lic. Froilán Alvarado Pereira, Notario.—1 vez.—( IN2018214244 ).

Yo, Odilia Arrieta Angulo, Notaria Pública con oficina en San José, Avenida cinco, calle veintinueve, Barrio Escalante, Breedy Abogados edificio número veinticinco, hago constar que han comparecido ante mi notaría las señoras: Leda Esther Milan Baltodano, mayor, viuda una vez, educadora, cédula cinco-cero dos cero uno- cero siete ocho dos, y Daniela Vargas Milán, soltera, cédula cuatro-cero dos uno siete-cero dos nueve dos, estudiante, ambas vecinas de Goicoechea, a solicitar que se tramite extrajudicialmente y de acuerdo con los artículos ciento veintinueve del Código Notarial y novecientos cuarenta y cinco a novecientos cincuenta del Código Procesal Civil, la sucesión del señor Daniel Vargas Breedy. En consecuencia, cito a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este único aviso, concurran a mi Notaría, a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren dentro del término indicado la herencia pasará a quien legalmente corresponda.—San José, 02 de febrero del 2018.—Odilia Arrieta Angulo, Notaria.—1 vez.—( IN2018214245 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede notarial de Patrick Michael (nombres) Forester (apellido), de nacionalidad estadounidense, mayor de edad, divorciado una vez, pensionado, con pasaporte de su país número cero cinco cuatro dos uno seis siete uno ocho, California, Estados Unidos de América, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, lo cual podrán hacer en San José, Escazú, San Rafael, Condominio Itscazú, número tres. Teléfono 8370-0373 fax 2291-5304. Se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesión de Patrick Michael Forester en Sede Notarial. Expediente 0001-2018. Notaría de Jimena Ramírez Meza.—Licda. Jimena Ramírez Meza, Notaria.—1 vez.—( IN2018214248 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó sucesión de Marco Tulio Castro Murillo, quien fue mayor con cédula de identidad número uno- dos cuatro siete-cuatro dos cinco, casado una vez, agricultor y vecino de Mercedes Norte de Puriscal, ciento cincuenta metros al sur del taller Jiménez. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. 17-000073-0197-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Puriscal (Materia Civil), 08 de setiembre del 2017.—Licda. Charlyn Miranda Arias, Juez.—1 vez.—( IN2018214266 ).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de, José Dolores del Carmen Sánchez Cortez, quien fuera mayor, casado una vez, cédula número cinco cero cero cuarenta y tres cero nueve cuarenta y seis para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de su publicación, se apersonen a esta notaría a hacer valer sus derechos, percibidos de que si así no lo hacen la herencia pasará a quien legalmente corresponda. (Exp.: 0005-2017 Proceso Sucesorio en Sede Notarial de, José Dolores del Carmen Sánchez Cortez). Carné 21753.—Lic. Róger Jesús Aguilar Obregón, Notario.—1 vez.—( IN2018214271 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Carlos Roberto Morris Deans, mayor, soltero, nacionalidad: costarricense, con documento de identidad 7-0066-0425, salonero, y vecino de San José, San Cayetano. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 17-000154-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de San José, 21 de agosto del 2017.—Lic. Ólger Pérez Gómez, Juez.—1 vez.—( IN2018214494 ).

Avisos

Se hace saber que ante este Despacho se tramita proceso de declaratoria de ausencia promovido por Albert Contreras Leiva mayor, viudo, educador, vecino de San Isidro de La Alegría de Siquirres, seiscientos metros al oeste del Vivero San Isidro, calle Matamoros, cédula de identidad número 5-0272-0403; encaminado a solicitar la ausencia de Leyner Andrés Contreras Murillo, menor, estudiante, vecino de San Isidro de La Alegría de Siquirres, seiscientos metros al oeste del Vivero San Isidro, calle Matamoros, cédula de identidad número 7-0293-0992. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de tres meses contados a partir de la última publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Exp: 17-000004-1548-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 20 de junio del 2017.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—( IN2017176877 ). 3 v. 3 Alt.

Se hace saber que en este Despacho se tramitan las diligencias de presunción de muerte de, Expediente 16-000175-0182-CI, promueve Inmobiliaria Los Petros S. A., cédula jurídica 3-101-275422, a efecto de que se declare la presunción de muerte de Filomena Aguilar Retana, quien fuera mayor, nacionalidad costarricense, nacida en el año de 1880 aproximadamente (no consta en el Registro Civil), vecina de Santa Ana. Se emplaza a los interesados que tuvieren noticia sobre su presunta muerte, para que dentro del plazo de tres meses, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a presentar su oposición a estas diligencias. Con las presentes diligencias se pretende que una vez declarada la muerte, se proceda a su inscripción en el Registro Civil, Presunción de muerte. Exp. 16-000175-0182-CI.—Juzgado Tercero Civil de San José, 28 de setiembre del 2017.—Licda. Angélica Delgado Madrigal, Jueza.—( IN2017176993 ).                                   3 v. 3 Alt.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de las personas menores de edad Keyron Joseph Chaves Zapata, Gabriel Fonseca Zapata y Garien Kaleb Morales Zapata, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, en contra de Karina Raquel Zapata Moraga, Gary Alonso Morales Martínez, Joseth Rafael Chaves Morales y Yeison Félix Fonseca Álvarez, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, expediente 17-000203-1591-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado Civil y de Trabajo de Quepos (Materia familia), a las trece horas y cuarenta minutos del seis de diciembre de dos mil diecisiete.—Licda. Silvia Vásquez Monge, Jueza.—Exonerado.—( IN2017201482 ).                            3 v. 2. Alt.

Se hace saber que ante este Despacho se tramita proceso de presunción de ausencia promovido por Elisa Vargas Aguilar, mayor, casada una vez, administradora y contadora, vecina de San José, Santa Ana, cédula de identidad número 1-610-268; encaminado a solicitar la ausencia de Alejandro Vargas Aguilar, mayor soltero, abogado, vecino de Alajuela, La Guácima, cédula de identidad 1-773-879, en el cual se ha designado como curadora a Elisa Vargas Aguilar. Expediente 17-000447-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de enero del año 2018.—Lic. Carlos Esteban Sancho Araya, Juez.—( IN2018212926 ).                                                                                                             3 v. 3.

Se convoca por medio de edicto que se publicara por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela legítima de las personas menores de edad Jerusalén y Samuel ambos Coronado Acuña ya por haber sido nombrados en testamento, ya por corresponderles la legítima tutela, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto, expediente 18-000022-0673- NA. Promoventes: José Benito Coronado Contreras y Luz Argentina Acuña Calderón.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de enero de 2018.—Milagro Rojas Espinoza. Jueza.—Exonerado.—( IN2018213806 ). 3 v. 1.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la menor de edad Gina Raquel Reyes Hernández, hija de Alejandro Calixto Reyes Valle y Marta Lidia Hernández Vanegas, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente 18-000077-1302-FA. Asunto: Depósito Judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 30 de enero del 2018.—Licda. Kensy Cruz Chaves, Jueza.—Exonerado.—( IN2018213810 ).    3 v. 1.

En el Juzgado de Familia de Heredia, por haberse ordenado en resolución dictada a las trece horas y cincuenta y siete minutos del veinticuatro de enero de dos mil dieciocho, expediente 96-400324-0364-FA, proceso de ejecución de sentencia de: Elizabeth Mora Sánchez contra Hernán Zamora Víquez, con la base acordada por las partes que rola a folios 1964-1966, de trescientos ochenta millones de colones exactos (380.000.000), se procederá al remate del bien inmueble que se describe así: a) Finca inscrita en el Registro Nacional, Sección Bienes Inmuebles, partido de Heredia matrícula cuarenta y siete mil ochocientos noventa y cinco - cero cero cero (47895-000), con una base de trescientos ochenta millones de colones exactos (380.000.000), la cual corresponde a un terreno de agricultura con una casa, situada en el distrito: 01 (San Antonio), cantón: 07 (Belén), de la provincia de Heredia, colinda al norte, Roberto Zumbado y Efraín Pérez, línea Férrea al Pacífico y carretera Nacional; al sur, río Bermúdez en medio Federico Rohmoser; al este, Ismael González y Efraín Pérez y al oeste, Arrocera San Antonio S.R.L, mide: dos mil ciento setenta y tres metros con diecisiete decímetros cuadrados, la cual soporta gravámenes o afectaciones en favor del Banco Nacional de Costa Rica (expediente 04-000471-0504-CI), que vence el 06 de mayo del 2014, bajo las citas: 534-08424-01-0001-001, del Juzgado Sexto Civil de San José (expediente 03-001240-0185-CI), que vence el 21 de junio del 2016, bajo las citas: 0567-00098379-01-0001-001, del Juzgado de Familia de Heredia (expediente 96-400324-0364-FA), que vencen el 13 de noviembre del 2016 y el 28 de abril del 2006, bajo las citas: 0569-00051446-01-0001-001 y 429-16147-01-0002-001, respectivamente, y una servidumbre trasladada, inscrita bajo las citas: 309-17015-01-0002-001. Para tal efecto se señalan las: diez horas del quince de mayo del dos mil dieciocho. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las: diez horas del veintinueve de mayo del dos mil dieciocho, con la base de trescientos ochenta millones de colones exactos (380.000.000). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las: diez horas del doce de junio del dos mil dieciocho, con la base de trescientos ochenta millones de colones exactos (380.000.000), expediente 96-400324-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 24 de enero del 2018.—Lic. José Miguel Fonseca Vindas, Juez.—Exonerado.—( IN2018213519 ).                                     2 v. 2.

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Denia del Rocío Ramírez Orias mayor, casada, documento de identidad 602760963, vecina de Heredia, San Rafael, encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Denia, por el de Dinnia mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil, expediente 17-000440-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 08 de enero del 2018.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—1 vez.—( IN2018211926 ).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de Salvaguardia de Manuel Antonio Álvarez Campos. Expediente número 18-000152-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 24 de enero del año 2018.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018212188 ).

A la señora Johana Flores Membreño, mayor, soltera, del hogar, portadora de la cédula de identidad 2-546-198. Por este medio se les comunica que en proceso tramitado bajo el expediente 16-000379-0687-FA del Juzgado de Familia de Grecia, se dictó la resolución de las quince horas veinticinco minutos del día diecinueve de enero del dos mil dieciocho, que en lo conducente y en lo que aquí interesa dice: Sentencia de primera instancia 52-2018, a las quince horas veinticinco minutos del día diecinueve de enero del dos mil dieciocho. Proceso abreviado de suspensión de los atributos parentales establecido por el señor Manfred Mora Valverde ..., en contra de la señora Johana Flores Membreño, .... Se ha tenido como parte en este asunto al Patronato Nacional de la Infancia. Resultando: 1°-..., 2°-..., 3°-.... Considerando 1.-Hechos probados: ..., 2.-Hechos no probados: ..., 3.- Sobre el fondo del asunto:... Por tanto: Se acoge parcialmente la solicitud planteada y se suspende la Patria Potestad de la menor Zoe Mora Flores a la madre, Johana Flores Membreño y se otorga la misma de forma exclusiva al padre de la menor, señor Manfred Mora Valverde. Se resuelve sin especial condenatoria en costas. Notifíquese. Lic. Randall Cerdas Corella. Juez. Expediente 16-000379-0687-FA. Clase de asunto suspensión de patria potestad. Publíquese. Las personas comparecientes manifiestan. E una vez.—Juzgado de Grecia.—Licda. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018213789 ).

Licenciada Cristina Dittel Masís, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Liani Paola Olivares Calvo y Luis Lorenzo Reyes, en su carácter personal, se les hace saber que en demanda declaratoria judicial abandono, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Liani Paola Olivares Calvo y Luis Lorenzo Reyes, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las quince horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de noviembre del dos mil diecisiete. Proceso de declaratoria Judicial de estado de abandono de menor de edad expediente 17-000427-0338-FA, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, representado su apoderada general judicial Flor Robles Marín, mayor de edad, casada, abogada, portador a de la cédula de identidad 0303940265, vecina de Cartago, contra Liani Paola Olivares Calvo, mayor, portadora de la cédula 0304080129, de oficio y domicilio desconocido y Luis Lorenzo Reyes, mayor de edad, nacionalidad cubana, sin documento de identificación, domicilio desconocido. Como curadora de los demandados figura la licenciada Laura María Ramírez Ulate. Resultando primero: acciona la representante local del Patronato Nacional de la Infancia para que en sentencia se declare el estado de abandono de la persona menor Yancoby Caleb Reyes Olivares, por parte de su madre Liani Paola Olivares Calvo y Luis Lorenzo Reyes además de que se ordene el depósito judicial en el hogar de Carolina Quesada Badilla. Segundo: la parte demandada fue notificada por medio de edicto publicado en el Boletín Judicial 93 del 18 de mayo del 2017, se les designó como curadora procesal a la licenciada Laura María Ramírez Ulate, quien contestó la audiencia conferida en los términos del memorial incorporado al expediente digital. Tercero: En los procedimientos se han observado las formalidades de ley, no existen errores que causen nulidad alguna, y Considerando I.—Hechos probados. Los siguientes de importancia: 1. En fecha diecinueve de setiembre de dos mil seis, en Hospital Central San José, nació la persona menor Yancoby Caleb Reyes Olivares, hijo de la demandada Liani Olivares Calvo e inscrito como hijo de Luis Lorenzo Reyes. (Ver consulta de nacimiento incorporada al expediente electrónico). 2. El Patronato Nacional de la Infancia inició su intervención por la denuncia que interpuso el señor Jefrey Olivares ante el PANI de Alajuelita, siendo que él se presentó a solicitar apoyo en virtud de que la persona menor de edad estaba siendo víctima de factores de riesgo por consumo de alcohol y drogas, además de callejización de la progenitora madre adolescente en aquel momento. (Ver Acta de Manifestación en Sede Administrativa, informes sociales en el expediente digital y testimonio de María Elena Angulo Espinoza). 3. Mediante resolución administrativa de las once horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de enero de dos mil ocho, se ordenó la medida de cuido provisional en favor de la persona menor de edad, a cargo de la señora Carolina Quesada Badilla y el señor Jefry Olivares Quesada. (Ver resolución en el expediente digital). 4. La señora Carolina asumió de forma total el cuido y protección de Caleb, debido al fallecimiento del señor Jefry Olivares en el mes de diciembre de dos mil ocho. (Informe social junio de dos mil nueve). 5. Que por sentencia de las nueve horas del ocho de febrero de dos mil diez, se declaró con lugar el proceso de suspensión de Patria Potestad en contra de la demandada Liani Olivares Calvo con respecto a la persona menor de edad Yancoby Caleb Olivares Calvo. (Ver sentencia número 176-2010 en el expediente 08-001629-338FA antes del reconocimiento por parte del padre registral). 6. Dentro de los factores de riesgo detectados para la persona menor de edad se encontraron consumo de drogas y alcohol por parte de la progenitora quien en ocasiones llevaba al niño a la calle y dormían donde le diera la noche exponiéndolo a riesgo, o alquilaba un cuarto y lo dejaba solo para ir a consumir. La madre no asumió los cambios que le solicitó el ente actor como parte del programa de rehabilitación y orientación, continuó en callejización, en tanto que el padre registral es una figura ausente. (Ver testimonio de María Elena Angulo Espinoza). II.—Sobre el fondo del asunto. La pretensión del ente actor es que se declare, en esta vía judicial, el estado de abandono de la persona menor de edad Yancoby Caleb Reyes Olivares, por parte de su progenitora y su padre registral, aquí demandados Liani Paola Olivares Calvo y Luis Lorenzo Reyes, además de que se ordene el depósito judicial del niño en el hogar recurso de la señora Carolina Quesada Badilla. De acuerdo con lo que establece nuestra legislación en materia de familia, es posible que se declare ese estado de abandono cuando concurren algunos presupuestos materiales básicos que determinen una imposibilidad de parte de los padres de poder mantener y tener a su lado al menor de edad, ya que no se están cumpliendo con los necesarios cuidados que todo menor de edad debe tener, además de que se establezca que existe un peligro eminente para el propio menor de edad, por el riesgo en que se ve envuelto con sus progenitores. El artículo 160 del Código de Familia, en su inciso c) establece que es posible el decreto del estado de abandono de un menor de edad cuando éste se halle en riesgo social debido a la insatisfacción de las necesidades básicas, materiales, morales, jurídicos y psicoafectivas a causa de un descuido injustificado de parte de sus padres o de quienes ejerzan legalmente los derechos y deberes inherentes a la Patria Potestad, teniendo como consecuencia esa declaratoria de abandono que se termina (según el inciso c- del artículo 158 del mismo cuerpo legal precitado) el ejercicio de la Patria Potestad de parte de quienes la ostentan. Del estudio de las probanzas que han sido llegadas al proceso, no queda ninguna duda para esta juzgador a que se cumplen esos elementos o presupuestos materiales de la acción invocada, ya que se desprende claramente, como hechos probados, que ya hace algunos años, la demandada se ha encontrado inmersa en el consumo de drogas, actividad sexual y callejización desde muy temprana edad, siendo que su estilo de vida desordenado y nada saludable ha puesto en riesgo su salud y el de su prole, llevando la demandada una vida totalmente desordenada que le ha impedido ejercer su rol materno respecto a su hijo, siendo que tampoco ha mostrado interés alguno en asumir su maternidad, se ha comportado totalmente ausente, situación que motivó que el ente actor decidiera proceder a ordenar la medida de abrigo en un hogar que le proporciona salud emocional y de un desarrollo físico y biológico acorde a sus necesidades, en tanto la demandada no evidencia tener interés en realizar cambios en su vida, siendo que la persona menor encuentra en el hogar de su tía Carolina abrigo, protección, satisfacción de sus necesidades de alimentación, estudio, salud, reconociendo un vínculo de afinidad con las personas que lo cuidan, quienes le han brindado atención, afecto, seguridad y protección. Así se desprende en especial de las declaraciones de hechos que hace la psicóloga del ente actor, quien en la audiencia especial convocada al tenor del artículo 123 del Código de Familia, hace un extenso relato de la situación histórica y actual de la problemática familiar de la demandada en especial, de la actual situación con consumo, inestabilidad emocional, domiciliar y laboral, dejando evidencia ese testimonio del poco interés mostrado por la demandada en realizar cambios favorables en su vida; relato elocuente y muestra como ha existido un sin número de hechos de abandono hacia la persona menor de edad, de negligencia total que no deben ser toleradas en concordancia con los máximos intereses de los menores de edad. En cuanto al padre registral es un ciudadano extranjero y de quien se desconoce más información, el mismo ha sido figura ausente tanto a nivel afectivo como económico. Así las cosas, en aplicación del principio del interés superior del menor de edad que está contemplado en los artículo tercero de la Convención sobre los Derechos del Niño y quinto del Código de la Niñez y la Adolescencia, considerándose que para la persona menor de edad referida lo mejor es apartarse de su madre y buscar nuevas alternativas a su porvenir, esta juzgador a acoge la petición del ente actor y declara en estado de abandono a Yancoby Caleb Reyes Olivares, por parte de su madre, aquí demandada Liani Paola Olivares Calvo y por parte del padre registral Luis Lorenzo Reyes, otorgando el depósito a la señora Carolina Quesada Badilla, con la consecuencia pérdida de los derechos inherentes a la Patria Potestad de la persona menor de edad que ostentaban los aquí demandados. Este asunto se resuelve sin condena en costas para los demandados en virtud de la propia naturaleza de las pretensiones. Por tanto, de acuerdo a lo expuesto, y artículos 51 y 55 de la Constitución Política; 5, 13, 30, 32 y 34 del Código de la Niñez y la Adolescencia; 1, 2, 5, 8, 115 y siguientes y 140, 160 y siguientes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda especial de declaratoria judicial de abandono de menor de edad establecida por el Patronato Nacional de la Infancia contra Liani Paola Olivares Calvo y Luis Lorenzo Reyes declarando en esta vía judicial el estado de abandono de la persona menor de edad Yancoby Caleb Reyes Olivares, con la consecuente pérdida de los derechos de Patria Potestad que de él ostentaban los aquí demandados. Se ordena el depósito de la persona menor en el hogar de la señora Carolina Quesada Badilla, para lo cual se le previene presentarse al despacho dentro del término de tres días para aceptar el cargo conferido. Se falla este asunto sin condena en costas para los demandados. Hágase saber.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Ana Cristina Dittel Masis, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018213796 ).

Se avisa, a los señores Leonardo Vega Vargas, mayor, cédula 1-08930412 y Yosette Natalia Retana Arias, mayor, cédula 115970801, ambos de domicilio y demás calidades desconocidas, representados por el curador procesal licenciado Alvis González Garita, se le hace saber que existe proceso 17-000538-0673-NA de suspensión de la patria potestad de la persona menor de edad Valentina Vega Retana establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra Leonardo Vega Vargas y Yosette Retana Arias, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José a las nueve horas y quince minutos del diecisiete de octubre de dos mil diecisiete, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de diez días a dichos accionados para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con el artículo 305 del Código Procesal Civil. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de enero de 2018.—Msc Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018213799 ).

Se avisa que en este Despacho, Glen Chaves Barquero, Wendy Raquel León Castro, solicitan se apruebe la adopción conjunta de las personas menores de edad Delvin Sebastián Granados Sevilla y Naidelyn del Socorro Granados Sevilla; se concede a todos las personas interesadas directas, el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 18-000036-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 29 de enero del año 2018.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018213807 ).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil Carlos Manuel Serrano Monge, mayor de edad, soltero, electrónico industrial, cédula de identidad número 03 0479 0902, vecino de Tejar del Guarco 100 metros al sur y 50 al este, del Bar Reno City, casa color blanca contiguo a la casa de dos plantas, hijo de Flor María Monge Solano y Manuel Serrano Mena, nacido en Oriental Central, Cartago, el 15/07/1994, con 23 años de edad, y Katherine Dahianna Zúñiga Hernández, mayor de edad, soltera, estudiante, cédula de identidad número 03 0510 0870, vecina de Tejar del Guarco, Urbanización Las Catalinas, casa 8F color amarilla, hija de Ana Carolina Hernández Piedra y Randall Zúñiga Brenes, nacida en Oriental Central Cartago, el 29/06/1998, actualmente con 19 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. 17-003029-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 29 de noviembre del año 2017.—Licda. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018213801 ).

Han comparecido a este Juzgado, solicitando contraer matrimonio civil, Geiner Solano Portuguez, cédula 2-336-981, 59 años de edad, divorciado, pensionado, costarricense, nativo de Sarchí S, Valverde Vega, Alajuela, nació el 22-11-1958, hijo de Jesús Solano Vega y María Daisy Portuguez Quesada y Francini Serrano Molina, cédula 2-480-559, 45 años de edad, soltera, ama de casa, costarricense, nativa de centro, central, Alajuela, nació el 20/10/1972, hija de Juan Manuel Serrano Cascante y Marlene Molina Barquero, ambos vecinos de Sarchí. Si alguna persona conoce impedimento para que se realice este matrimonio deberá comunicarlo dentro de los ocho días, posteriores a la publicación de este edicto. Expediente 18-000002-1480 CI.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Valverde Vega, Sarchí, veintiséis de enero del dos mil dieciocho.—Lic. Nuria Rodríguez Gonzalo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018213802 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Martha Yanira Arce Alvarado, mayor, con 44 años de edad, estado civil soltera, de nacionalidad nicaragüense, con cédula de residencia número 155812403115, vecina de Mora, Ciudad Colón, con Luis Alexander Valverde Valverde, mayor, con 43 años de edad, estado civil soltero, de nacionalidad costarricense, con cédula de identidad número 1-0896-0227, vecino de Mora, Ciudad Colón. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. 18-000003-1693-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Mora (Materia Civil), San José, Mora, 31 de enero de 2018.—Lic. Marvin Jarquín Sancho, Juez.—1 vez.—Exento.—( IN2018213804 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores Gustavo Adolfo Soto Zamora, mayor, divorciado, pensionado, cédula de identidad número 0204610883, vecino de Grecia, Tacares 400 metros al norte de la UCR ó 25 metros norte de la Escuela Silvestre Rojas Murillo, hijo de Juana María Zamora Alvarado y Luis Alfredo Soto Castillo, ambos costarricenses, nacido en Centro Central Alajuela, el 17/10/1970, con 47 años de edad, y María De Los Ángeles García Quirós, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número 0107940973, vecina de Grecia, Tacares 400 metros al norte de la UCR ó 25 metros norte de la Escuela Silvestre Rojas Murillo, hijo(a) de Ma Del Carmen García Quirós, costarricense, nacida en Hospital Central San José, el 26/04/1971, actualmente con 46 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. 18-000060-0687-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia Familia), Grecia, 29 de enero de 2018.—Licda. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018213809 ).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil Alejandra María Olmazo Jiménez, mayor, soltera, cédula de identidad número 0602810164 y Alexander Calderón Hernández, mayor, soltero, cédula de identidad número 0602620053; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Puntarenas. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho, dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº18-000086-1146-FA.—Juzgado de Familia de Puntarenas, 31 de enero del año 2018.—Lic. Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018213811 ).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil Gilbert Gerardo Obando Leandro, mayor de edad, divorciado de Paula Vanessa Portuguez Guillén el 09 de mayo del 2017 en Cartago, peón de campo, cédula de identidad número 3 0363 0053, vecino de Cartago, Pacayas un kilómetro al este del colegio de la localidad casa color celeste, hijo de Ana Luisa Leandro Leandro y José Gerardo Obando Carvajal, nacido en Oriental Central Cartago, el 03/11/1979, con 38 años de edad, y María del Milagro Sánchez Sandi, mayor de edad, soltera, operaria de planta, cédula de identidad número 3 0420 0653, vecina de igual a la anterior, hija de Xinia María Sandí Quirós y José María Sánchez Granados, nacida en Oriental Central Cartago, el 21/06/1987, actualmente con 30 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. 18-000090-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 16 de enero del año 2018.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018213812 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Kenneth Jesús Brenes Alvarado, mayor de edad, soltero, salonero, cédula de identidad número 3-0440-0916, vecino de Tejar de El Guarco barrio San Francisco 50 metros al este de la pulpería San Andrés, hijo de Dunia Alvarado Zúñiga y Arnoldo Brenes Solano, nacido en Oriental Central Cartago, el 08/11/1989, con 28 años de edad, y Vielka Izania Munguía Castellón, mayor de edad, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 155800230814, vecina de igual a la anterior, hija de María Castellón Obando y Luis Munguía Silva, nacida en León, Nicaragua, el 03/11/1989, actualmente con 28 años de edad. Manifiestan tener dos hijas de nombres Alexa Jimena y Emili Juliana ambas Brenes Munguía. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. 18-000236-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 01 de febrero del año 2018.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2018213814 )

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil Rodrigo Alex Fernández Pérez, mayor de edad, divorciado de Carmen Calvo Pérez el 08/09/2014 en Cartago, oficial de la fuerza pública, cédula de identidad número 3 0375 0910, vecino de Cachi Peñas Blancas de la escuela de la localidad un kilómetro al este casa color amarillo a mano derecha, hijo de María Luz Pérez Orozco y Héctor Fernández Carpio, nacido en Oriental Central Cartago, el 23/09/1981, con 36 años de edad, y Viviana de Los Ángeles Obando Núñez, mayor de edad, divorciada de Rodney Peña Serrano el 01/04/2016 en Cartago, ama de casa, cédula de identidad número 3 0422 0812, vecina de igual a la anterior, hija de Catalina Núñez Moya y Rolando Obando Obando nacida en Oriental Central Cartago, el 30/09/1987, actualmente con 30 años de edad. manifiestan tener una hija de nombre Shanai Guadalupe Fernández Obando de siete meses. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. 18-000172-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 25 de enero del año 2018.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018213813 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Kenneth Jesús Brenes Alvarado, mayor de edad, soltero, salonero, cédula de identidad número 3-0440-0916, vecino de Tejar de El Guarco barrio San Francisco 50 metros al este de la pulpería San Andrés, hijo de Dunia Alvarado Zúñiga y Arnoldo Brenes Solano, nacido en Oriental Central Cartago, el 08/11/1989, con 28 años de edad, y Vielka Izania Munguía Castellón, mayor de edad, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 155800230814, vecina de igual a la anterior, hija de María Castellón Obando y Luis Munguía Silva, nacida en León, Nicaragua, el 03/11/1989, actualmente con 28 años de edad. Manifiestan tener dos hijas de nombres Alexa Jimena y Emili Juliana ambas Brenes Munguía. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. 18-000236-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 01 de febrero del año 2018.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2018213814 ).

Se hace saber que a las dieciséis horas del día diecisiete de febrero del dos mil dieciocho, el suscrito notario celebrará en el domicilio de los contrayentes, el matrimonio civil de Geiner Vinicio Navarro Castro, cédula: 1-1148-756, mayor, soltero, agente de ventas, vecino de La Cruz de Peñas Blancas, San Ramón, un kilómetro este de la plaza de deportes; e Irma Teresa Romero Gómez, cédula de residencia: 155819532812, de nacionalidad nicaragüense, mayor, soltera, cajera, al mismo domicilio que el anterior. Cualquier persona que tenga un interés contrario que lo haga saber en el término de ley ante la notaría dicha, sita veinticinco este del Parque, La Fortuna de San Carlos.—La Fortuna, veinticinco de enero del dos mil dieciocho.—Lic. José Ml. Villegas Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2018214154 ).

Han comparecido ante esta notaría solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Paula Andrea Villarroel Arestizábal, mayor de edad, soltera, periodista, de nacionalidad chilena, con número de pasaporte de su país P12753379, vecina de Santiago, República de Chile, Los Leones 1615, depto 1501, hija de Jorge Agustín Villarroel Carrasco y María Isabel Antoni Arestizábal Escalona (ambos chilenos), nacida en Las Condes, Santiago, República de Chile el 14 de mayo de 1984, actualmente con 32 años de edad y Andrés Naranjo Quirós, mayor, soltero, supervisor de ventas, costarricense, portador de la cédula de identidad 1-0989-0330, vecino de San Isidro de Coronado, frente a la entrada principal de la Escuela José Ana Marín, casa amarilla con rejas rojas, hijo de Saúl Naranjo Gutiérrez y Viviana Quirós Rodríguez (ambos costarricenses), nacido en El Carmen de San José, Costa Rica el 14 de diciembre de 1977, actualmente con 39 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento legal para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo ante esta Notaría ubicada en Guachipelín de Escazú, del paso a desnivel de Multiplaza, 800 metros al norte, edificio VMG, dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto.—San José, 31 de enero del 2018.—Licda. Cynthia Corrales Mairena, Notaria.—1 vez.—( IN2018214227 ).