BOLETÍN JUDICIAL N° 31
DEL 19 DE FEBRERO DEL 2018
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN HUMANA DEL PODER JUDICIAL
SECCIÓN
RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN
CONVOCATORIA
CV-0003-2018
La Sección de Reclutamiento y Selección invita a las
personas interesadas en participar en el proceso para conformar registros de
postulantes y elegibles en todo el país, para el siguiente cargo:
AUXILIAR
DE SEGURIDAD
(Guarda)
La información relevante relacionada con esta
convocatoria podrá obtenerla en la siguiente dirección electrónica:
http://www.poder-judicial.go.cr/gestionhumana/index.php/
msrs-info/msrsconcursos/vigentes
Periodo
de inscripción:
Inicia: 19 de febrero del 2018
Finaliza: 02 de marzo del 2018
Horario
de atención:
Lunes a viernes
07:30 a. m. a 12:00 m. d.
y de 01:00 p. m. a 04:30 p. m.
Emilia Granados Murillo, Autorizada Reclutamiento y
Selección.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018217274 ).
CONVOCATORIA
CV-0004-2018
La Sección de Reclutamiento y Selección invita a las
personas interesadas a participar en el proceso para conformar registros de
postulantes y elegibles en todo el país, para el siguiente cargo:
INVESTIGADOR(A)
1
La información relevante relacionada con este
proceso de reclutamiento y selección la podrá accederse en la siguiente
dirección electrónica:
http://www.poder-judicial.go.cr/gestionhumana/index.php/
msrs-info/msrsconcursos/vigentes
Periodo
de inscripción:
Inicia: 19 de febrero del 2018
Finaliza: 02 de marzo del 2018
Horario
de atención:
07:30 a. m. a
12:00 m. d.
y de 01:00 p. m. a 04:30 p. m.
Emilia Granados Murillo, Autorizada Reclutamiento y
Selección.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018217275 ).
HACE SABER:
A la Dirección
Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro
Civil y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario
notarial N° 15-000155-0627-NO, de Registro Inmobiliario contra Mauro Gerardo
Sojo Romero (cédula de identidad Nº 7-0048-0237), este Juzgado mediante
resolución N° 068-2017 de las ocho horas y cincuenta minutos del veintisiete de
febrero del dos mil diecisiete, dispuso imponerle al citado notario la
corrección disciplinaria de tres años de suspensión en el ejercicio de la
función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Notifíquese.
San José, 21 de
setiembre del 2017.
Lic.
Francis Porras León,
Juez
Tramitador
1 vez.—Exonerado.—( IN2018215898 ).
A la Dirección
Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro
Civil, y a toda la ciudadanía en general, Que en el Proceso Disciplinario
Notarial N° 11-000076-0627-NO, de Cindy Araya Montes contra Mauricio Ceciliano
Rivera, (cédula de identidad 1-0950-0114), este Juzgado mediante resolución N°
637-2017 de las once horas y cuarenta y seis minutos del trece de diciembre de
dos mil diecisiete, dispuso imponerle al citado Notario la corrección
disciplinaria de tres años de suspensión en el ejercicio de la función
notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Juzgado Notarial.
San José, nueve de enero del dos mil dieciocho.
M.Sc.
Francis Porras León
Juez
Tramitador
1 vez.—Exonerado.—(IN2018216381)
Al Archivo
Notarial, Registro Civil, Registro Nacional y Dirección Nacional de Notariado:
que en el proceso disciplinario notarial N° 11-000671-0627-NO, de Erick Arias
Ordóñez contra Ana Luz Villalobos Chacón (cédula de identidad Nº 6-207-973), en
razón de que mediante auto de las catorce horas cuarenta y cinco minutos del
ocho de octubre del dos mil catorce (folio 251), esta autoridad dejó en
suspenso la sanción impuesta a la denunciada en sentencia N° 424-2013 de las
dieciséis horas quince minutos del diecinueve de julio del dos mil trece (folio
93 al 98), misma publicada en Boletín
Judicial N° 230 del 28 de noviembre del 2014
(folio 263), y en virtud de que en Boletín Judicial N° 239 del 11 de diciembre
del 2013 (folio 238) se comunicó la suspensión de tres años en el ejercicio de
la función notarial impuesto a la accionada, se tiene por cumplido el periodo
de once meses y nueve días de suspensión en el ejercicio de la función notarial
por parte de la denunciada Ana Luz Villalobos Chacón. En consecuencia, en razón
de que la sentencia dictada en este proceso se encuentra firme y fue confirmada
por el Tribunal Disciplinario Notarial mediante Voto N° 81-2017 de las trece
horas veinte minutos del treinta y uno de mayo del dos mil diecisiete, se
ordena mediante edicto comunicar al Archivo Notarial, Registro Nacional,
Registro Civil, Dirección Nacional de Notariado y a la Imprenta Nacional, la
sanción interpuesta a la parte denunciada, la cual es de dos años y veintiuno
días. No omito indicar que dicha suspensión es de tres años, según sentencia de
primera instancia. Sin embargo, ya la denunciada cumplió con once meses y nueve
días suspendida en el ejercicio del notariado. Lo anterior respecto a lo
relacionado con la publicación en el Boletín
Judicial de la suspensión del ejercicio de
notariado.
San José, 18 de
setiembre del 2017.
Lic.
Francis Porras León,
Jueza
Tramitadora
1 vez.—Exonerado.—( IN2018216382 ).
Al Archivo
Notarial, Registro Civil, Registro Nacional y Dirección Nacional de Notariado:
Que en el proceso disciplinario notarial N° 11-001050-0627-NO, de Bayron Orozco
Marín contra Carlos Armando Briceño Obando (cédula de identidad 1-883-395),
este Juzgado mediante resolución N° 394-2014 de las diez horas cuarenta minutos
del veintidós de agosto del dos mil catorce, dispuso imponerle al citado
notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de
la función notarial, que se mantendrá vigente pasado ese plazo, hasta la
inscripción del testimonio de la escritura objeto de este asunto de suspensión
en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su
publicación en el Boletín
Judicial.
San José, 21 de
agosto del 2017.
M.Sc. Francis Porras León
Juez
Tramitador
1
vez.—Exento.—( IN2018216383 ).
A Rubén Rojas
Castillo, mayor, notario público, cédula de identidad número 7-0046-0912, de
demás calidades ignoradas; que en proceso disciplinario notarial número
12-000617-0627-NO establecido en su contra por Claudia María Marín Gutiérrez,
se ha dictado la sentencia número 00356-2017 que en lo conducente dice:
“Juzgado Notarial, a las quince horas y veinticuatro minutos del treinta y uno
de agosto de dos mil diecisiete. Proceso disciplinario notarial establecido por
la señora Claudia María Marín Gutiérrez, mayor, soltera, docente, vecina de
Alajuela, INVU Las Cañas, Urbanización El Pasito, cédula de identidad número
2-0427-0910, contra Rubén Rojas Castillo, mayor, abogado y notario, cédula de
identidad número 7-0046-0912, carné de incorporado al colegio de abogados y
abogadas de Costa Rica número 7603, representado por la defensa pública, en la
persona de las Licenciadas, Ericka Quesada Madrigal, Sofía Rojas García y
Alejandra Quesada Chaves. Se tuvo como interviniente a la Dirección Nacional de
Notariado, conforme al artículo 153 del código notarial, pero no hizo ninguna
gestión en el proceso, y; Resultando: ..., Considerando: ..., Por tanto: se
declaran sin lugar las excepciones de prescripción, falta de derecho, falta de
interés, falta de legitimación activa y pasiva y falta de derecho, opuestas por
la defensa pública en favor del notario denunciado. Se declara con lugar el
proceso disciplinario notarial establecido por la señora Claudia María Marín
Gutiérrez contra el notario Rubén Rojas Castillo, a quien se le impone tres meses
de suspensión en el ejercicio del notariado, la cual se mantendrá hasta que el
notario demuestre haber llevado a cabo la inscripción del documento objeto de
este proceso; lo anterior, conforme al artículo 144 inciso a) del Código
Notarial. Dicha sanción al tenor de lo estipulado en el artículo 161 ibídem,
regirá ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Firme esta resolución, comuníquese a la Dirección Nacional de
Notariado, al Registro Nacional, al Archivo Notarial y al Registro Civil.
Publíquese el edicto correspondiente. Notifíquese. M.sc. Juan Carlos Granados
Vargas, Juez.” y la providencia que dice: “Juzgado Notarial, a las catorce
horas y cuarenta y siete minutos del dieciséis de enero de dos mil dieciocho.
De conformidad con lo dispuesto por el numeral 263 del Código Procesal Civil,
reformado por el artículo 19 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y Otras
Comunicaciones Oficiales, aplicado supletoriamente por disposición del artículo
163, párrafo 2° del Código Notarial, notifíquese al notario, Rubén Rojas
Castillo, la presente resolución, así como la parte dispositiva de la sentencia
número 00356-2017, dictada a las quince horas y veinticuatro minutos del
treinta y uno de agosto de dos mil diecisiete, por medio de edicto que se
publicará por una vez en el Boletín
Judicial. Notifíquese. M.sc. Francis Porras
León, Juez Tramitador.—Juzgado Notarial.
San José, dieciséis de enero del dos mil dieciocho.
M.Sc.
Francis Porras León,
Juez
Tramitador
1 vez.—Exonerado.—( IN2018216384 ).
Que en el
Proceso Disciplinario Notarial N° 13-000261-0627-NO, de Maritza del Socorro
Jiménez Barahona contra Víctor Hugo Fernández Mora, (cédula de identidad
1-816-062), este Juzgado mediante resolución de las once horas seis minutos del
ocho de enero del dos mil dieciocho, dispuso limitar al citado notario la
sanción impuesta a partir del 06 de enero del 2018. Juzgado Notarial.
San José, 08 de enero del 2018.
Lic.
Francis Porras León
Juez
Tramitador
1 vez.—Exonerado.—( IN2018216386 )
Bolívar Serrano Hidalgo,
mayor, notario público, cédula de identidad número 2-213-100, de demás
calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario notarial número
13-000560-0627-NO establecido en su contra por Gerardo Antonio Collado García,
se ha dictado la sentencia número 469-2016 que en lo conducente dice:
“Sentencia de primera instancia Nº 469-2016 Juzgado Notarial. San José, a las
quince horas y cincuenta y uno minutos del dieciocho de octubre del dos mil
dieciséis. Proceso Disciplinario Notarial establecido por el señor Gerardo
Antonio Collado García, mayor, soltero en unión libre, encuadernador, vecino de
Guararí de Heredia, Urbanización Los Sauces, casa número ciento setenta y tres,
cédula nueve - cero noventa y tres - doscientos ochenta y cinco, contra el señor
Bolívar Serrano Hidalgo, mayor, abogado y notario, cédula dos - doscientos
trece - cien, de otras calidades ignoradas en autos, y; Resultando: 1º—...,
2º—..., 3º—..., 4º—..., 5º—...,
Considerando: I.—Hechos probados: ..., II.—Prescripción:..., III.—Sobre el
fondo: ..., IV.—..., Por tanto: Se deniegan las excepciones de prescripción,
falta de interés y la falta de derecho opuestas por la defensora pública del
notario denunciado y se declara con lugar la acción disciplinaria establecida
por el Gerardo Antonio Collado García contra Bolívar Serrano Hidalgo, a quien
debe imponerse la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el
ejercicio de la función notarial, que se mantendrá vigente, pasado ese plazo, hasta
la inscripción del testimonio de la escritura objeto de este asunto. La sanción
rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Firme esta resolución comuníquese a la Dirección Nacional de
Notariado, al Registro Civil, al Archivo Notarial y al Registro Nacional.
Confecciónese y publíquese el edicto respectivo en el Boletín Judicial. Notifíquese. Licda. Melania Suñol Ocampo. Jueza. “ y en la providencia
dice “Juzgado Notarial. San José, a las diez horas veinte minutos del dieciocho
de setiembre del dos mil diecisiete.- De conformidad con lo dispuesto por el
numeral 263 del Código Procesal Civil, reformado por el artículo 19 de la Ley
de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Oficiales, aplicado
supletoriamente por disposición del artículo 163, párrafo 2° del Código
Notarial, notifíquese al notario Bolívar Serrano Hidalgo, la presente
resolución, así como la parte dispositiva de la sentencia número 469-2016,
dictada a las quince horas cincuenta y un minutos del dieciocho de octubre del
dos mil dieciséis, por medio de edicto que se publicará por una vez en el Boletín Judicial.- Notifíquese.
San José, dieciocho de setiembre del dos mil
diecisiete.
Lic. Francis Porras León
Juez
1 vez.—Exonerado.—( IN2018216387 ).
A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo
Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en
general, que en el proceso disciplinario notarial N° 16-000097-0627-NO, de
Archivo Nacional contra Ariana Castro Vindas (cédula de identidad Nº
2-0523-0499), este Juzgado mediante resolución Nº 545-2017 de las diez horas y
cuarenta y tres minutos del quince de diciembre de dos mil diecisiete, dispuso
imponerle a la citada Notaria la corrección disciplinaria de un mes de
suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales
después de su publicación en el Boletín
Judicial.
San José, nueve de enero del dos mil dieciocho.
M.Sc.
Francis Porras León,
Juez
Tramitador
1 vez.—Exonerado.—( IN2018216389 ).
Al Archivo Notarial, Registro Civil, Registro Nacional
y Dirección Nacional de Notariado: Que en el Proceso Disciplinario Notarial N°
16-000191-0627-NO, de Archivo Notarial contra Carlos Enrique Soto Méndez
(cédula de identidad 1-593-008), este Juzgado mediante resolución N° 082-2017
de las dieciséis horas cincuenta y ocho minutos del veintiocho de febrero del
dos mil diecisiete, dispuso imponerle al citado notario la corrección
disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función
notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín
Judicial. Juzgado Notarial.
San José, 10 de agosto del 2017.
Lic.
Francis Porras León
Jueza
Tramitadora
1 vez.—Exonerado.—( IN2018216390
).
A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo
Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en
general, que en el proceso disciplinario notarial N° 16-000726-0627-NO, de
Registro Civil contra Rafael Valverde Ramírez (cédula de identidad 1-0966-0378),
este Juzgado, mediante resolución N° 559-2017 de las quince horas y quince
minutos del veintiuno de diciembre de dos mil diecisiete, dispuso imponerle al
citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el
ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su
publicación en el Boletín
Judicial. Juzgado Notarial.
San José, doce de enero del dos mil dieciocho.
M.Sc.
Francis Porras León,
Juez
Tramitador
1 vez.—Exonerado.—( IN2018216391 ).
A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo
Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil y a toda la ciudadanía en
general, que en el proceso disciplinario notarial N° 16-000735-0627-NO, de
Registro Civil contra Rafael Valverde Ramírez (cédula de identidad N° 1-0966-0378),
este Juzgado mediante resolución N° 528-2017 de las quince horas y doce minutos
del treinta de noviembre de dos mil diecisiete, dispuso imponerle al citado
notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de
la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Notifíquese.
San José, 22 de diciembre del
2017.
Lic. Francis Porras León
Juez
Tramitador
1 vez.—Exonerado.—( IN2018216438
).
A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo
Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en
general, que en el proceso disciplinario notarial N° 16-000746-0627-NO, de
Registro Civil contra Rafael Valverde Ramírez (cédula de identidad N°
1-0966-0378), este Juzgado mediante resolución N° 563-2017 de las dieciséis
horas y treinta y dos minutos del veintiuno de diciembre del dos mil
diecisiete, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de
un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días
naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, doce de enero del dos
mil dieciocho.
M.Sc. Francis Porras León
Juez
Tramitador
1 vez.—Exonerado.—( IN2018216443
).
A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo
Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en
general, Que en el proceso disciplinario notarial N° 16-000747-0627-NO, de
Registro Civil contra Rafael Valverde Ramírez (cédula de identidad N°
1-0966-0378), este Juzgado mediante resolución N° 564-2017 de las dieciséis
horas y treinta y seis minutos del veintiuno de diciembre de dos mil
diecisiete, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de
un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días
naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, doce de enero del dos
mil dieciocho.
M.Sc. Francis Porras León
Juez
Tramitador
1 vez.—Exonerado.—( IN2018216444
).
A la Dirección Nacional de
Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a
toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial N°
16-000776-0627-NO, de Registro Civil contra Rafael Valverde Ramírez (cédula de
identidad N° 1-0966-0378), este Juzgado mediante resolución N° 560-2017 de las
quince horas y veinticuatro minutos del veintiuno de diciembre del dos mil
diecisiete, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de
un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días
naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, doce de enero del dos
mil dieciocho.
M.Sc.
Francis Porras León
Juez
Tramitador
1 vez.—Exonerado.—( IN2018216445
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de, Carlos Santamaría Galagarza, quien falleció el 15 de
noviembre del año 2015, se consideren con derecho para que, dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias Devolución de Ahorro
Obligatorio, bajo el número 15-300023-0323-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Publíquese en el Boletín
Judicial. Expediente
N° 15-300023-0323-LA. a favor de Roxana Galarza Bonilla.—Juzgado Contravencional y
Menor Cuantía de Los Chiles (Materia Laboral), 26 de enero del 2017.—Lic. Mario Angulo Salazar,
Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018215903 ).
A los
causahabientes de quién en vida se llamó Nidia Elieth Mejías Vargas, quien fue
mayor, casada, vecina de la Fortuna de San Carlos, con cédula de identidad
número 2-328-913, fecha de nacimiento 30-03-1958, se les hace saber que: Angie
Melina Piedra Mejías, cédula de identidad o documento de identidad número
2-679-601, domicilio Ciudad Quesada Costado norte del Kinder de la Escuela Juan
Chaves Rojas, se apersonó en este Despacho en calidad de hija de la fallecida,
a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones.
Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una
sola vez en el Boletín
Judicial, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de
prestaciones del trabajador fallecido, expediente número 16-000295-1288-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Laboral), 21 de diciembre del año
2016.—Licda. Mauren Víquez Barrantes, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2018215904 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Winston Estrada Enríquez,
quien falleció el 02 de diciembre del 2017, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
devolución de ahorro obligatorio, bajo el Número 17-000037-1503-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Código de Trabajo. Expediente N° 17-000037-1503-LA, a favor de.—Juzgado Contravencional y Menor
Cuantía de Los Chiles (Materia Laboral), 10 de enero del 2018.—Licda. Ana
Laura Solís Mena, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018215907 ).
A los
causahabientes de quién en vida se llamó Jordan Gerardo Morales Meza, quien fue
mayor, soltero, domicilio mayor, soltero en unión libre, de 21 años de edad,
peón operario, vecino de El Alto de Quitirrisi, de la Escuela Nueva hacia la
carretera principal 50 metros, cédula de identidad 1 1633-304, cédula de
identidad número, se les hace saber que: Eduardo Vásquez Hernández mayor,
costarricense, casado, de 45 años de edad, vecino de El Alto de Quitirrisí de
Mora, de la antigua escuela 150 metros carretera a Puriscal, casa mano derecha
, se apersonó en este Despacho en calidad de padrastro del fallecido, a fin de
promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello,
se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en
el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este
Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del
trabajador fallecido Jordán Gerardo Morales Meza. Expediente número
17-000117-1529-LA.—Juzgado
Civil, Trabajo y Familia de Puriscal (Materia Laboral), 23 de enero del año 2018.—Licda.
Charlyn Miranda Arias, Jueza.—1 vez.—( IN2018215908 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Santos Emilio Sosa (único
apellido), mayor, nicaragüense, cédula de residencia 155816215715 y vecino de
Cañas, Guanacaste, quién falleció el día 27 de agosto del año dos mil
diecisiete, diligencias promovidas por Grace Carazo Acevedo, cédula de
identidad número 5-0300-0330, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el Número 17-000151-1557-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 17-000151-1557-LA.
Por a favor de.—Juzgado
Civil y Trabajo de Cañas (Materia Laboral), 15 de diciembre del 2017.—Lic. Elio Campos López, Juez.—1
vez.—Exonerado.—( IN2018215910 ).
A los
causahabientes de quién en vida se llamó Juan José Briones Soto, quien fue
mayor, soltero, oficial de seguridad, domicilio Heredia, Santo Domingo, Santa
Rosa, cédula de identidad N° 1-1600-262, se les hace saber que: Consorcio de
Seguridad Internacional de Costa Rica S. A, cédula jurídica número
3-101-435130, domicilio San José, Tibás, se apersonó en este Despacho en
calidad de patrono de la persona fallecida, a fin de promover las presentes
diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza
por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a
hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación
de prestaciones del trabajador fallecido Juan José Briones Soto. Expediente N°
17-000692-1021-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 01 de febrero del 2018.—Msc.
Priscila Marín Leiva, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018215914 ).
A los
causahabientes de quien en vida se llamó Minor Rogelio Villalobos González, quien
fue cédula de identidad N° 4-117-148, vecino de San Pedro de Barva de Heredia,
quien laboró para el Ministerio de Educación Pública y falleció el 31 de
octubre del año 2017, domicilio fax 2560-0661, se les hace saber que: Orlendia
Espinoza Miranda cédula de identidad N° 4-128-976, domicilio fax 2560-0661, se
apersonó en este Despacho en calidad de esposa de la persona fallecida, a fin
de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por
ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola
vez en el Boletín
Judicial, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación
de prestaciones del trabajador fallecido Minor Rogelio Villalobos González.
Expediente número 17-001330-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 21 de diciembre del 2017.—Lic.
Octavio Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018215916 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Herberth Villavicencio
Solano, quien fue mayor, casado, con cédula de identidad Nº 1-0410-1472, laboró
como auditor para Casa Presidencial, y falleció el 14 de julio del 2017, se
consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número
17-001730-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº 17-001730-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de San José, 22 de enero del 2018.—Lic. Alexander Contreras
Barrantes, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018215919 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ana Yorleny Wong Contreras,
portadora de la cédula de identidad número cinco-doscientos
cincuenta-doscientos veintisiete, fallecida el siete de enero del año dos mil
dieciocho, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el
número 18-000003-1557-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín
Judicial. A favor de
Ana Yorleny Wong Contreras. Expediente N° 18-000003-1557-LA.—Juzgado Civil y Trabajo de
Cañas (Materia Laboral), 26 de enero
del año 2018. Licda. Xinia María Esquivel Herrera, Juez.—1 vez.—( IN2018215921
).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Victoria Teresa Calvo
Calvo, mayor, pensionada, portadora de la cédula de identidad número: cinco
cero cero sesenta cero doscientos trece, fallecida el 20 de noviembre del 2017,
se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho
días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante
este Despacho, en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el
número 18-000016-1557-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº
18-000016-1557-LA.—Juzgado
Civil y Trabajo de Cañas (Materia Laboral), 31 de enero del 2018.—Lic. Elio Campos López,
Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018215922 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rolando de Jesús Herrera
Batista 0107110800, fallecido el 12 de noviembre del año 2017, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Nº 18-000019-1549-LA,
a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 18-000019-1549-LA. Por a favor de Rolando de Jesús
Herrera Batista.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Siquirres (Materia Laboral), 26 de enero del 2018.—Msc. Sabina Hidalgo Ruiz,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018215923 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Obdulia Ilama Jimenez, quien
fue mayor, casada una vez, pensionada, vecina de Barrio Los Ángeles, portadora
de la cédula número uno-doscientos diez-quinientos treinta y fallecida el 17 de
noviembre del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest.
sector público bajo el número 18-000033-1125-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Expediente N° 18-000033-1125-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur
(Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 24 de enero del 2018.—Lic. Allan Montero Valerio,
Juez.—1 vez.—Exento.—( IN2018215925 ).
A los
causahabientes de quién en vida se llamó Cristian Mauricio Solís Salas, quien
fue mayor, soltero, cédula de identidad número 4 179 028, se les hace saber
que: Ana Cecilia Salas Vega, cédula de identidad o documento de identidad
número 4 137 091, domicilio Santo Domingo del Roble, se apersonó en este
Despacho, en calidad de madre de la persona fallecida, a fin de promover las
presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y
emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a
hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del código de trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación
de prestaciones del trabajador fallecido Cristian Mauricio Solís Salas.
Expediente número 18-000172-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 08 de febrero del año 2018.—Lic.
Juan Diego Zeledón Agüero, Juez.—1 vez.—( IN2018215929 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marco Vinicio Vargas Mora,
cédula de identidad Nº 0111840270, fallecido el 04 de diciembre del año 2017,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Nº
18-000019-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial, expediente N° 18-000019-0505-LA. Por Wendolyn
Castillo Vargas a favor de Marco Vinicio Vargas Mora.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 16 de enero del 2018.—Lic. Octavio Villegas Rojas,
Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018215932 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Tashanie Esther Morgan
Baylis, quien fue mayor, titular de la cédula de identidad N° 0701410793 y
laboró para la Caja Costarricense de Seguro Social, y falleció el siete de
setiembre del dos mil diecisiete se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest.
Sector Público bajo el N° 18-000098-0679-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Expediente N° 18-000098-0679-LA. Por a favor de Tashanie Esther Morgan Baylis.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 29 de enero del 2018.—Lic. Pablo Sánchez Valverde,
Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018216448 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Albert Wilfords Dracket,
quien fue mayor, casado, técnico de refinería, quien laboró para la Refinadora
Costarricense de Petróleo, y falleció el diez de enero del dos mil dieciocho,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el N°
18-000154-0679-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
18-000154-0679-LA. Por a favor de Albert Wilfords Dracket.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Lic. Pablo Sánchez Valverde
Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018216449 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ruth Jiménez Castillo,
cédula de residencia número 155815422407, fallecido el 22 de julio del 2017, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el N°
18-000559-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
18-000559-1178-LA. A favor de Ruth Jiménez Castillo.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 07 de febrero del 2018.—M.Sc. Marianela Barquero
Umaña, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018216455 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jose Alberto Araya Chinchilla,
cédula de identidad N° 1-0239-0373, fallecido el 22 de noviembre del 2017, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el Número
18-000570-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
18-000570-1178-LA. A favor de José Alberto Araya Chinchilla.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 07 de febrero del 2018.—M.Sc.
Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018216456 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rita Pérez Granados, cédula
de identidad N° 1-0177-0732, fallecido el 14 de noviembre del 2017, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el Número
18-000630-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
18-000630-1178-LA. A favor de Rita Pérez Granados.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 07 de febrero del 2018.—M.Sc. Marianela Barquero
Umaña, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018216457 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Fernando Vargas Tinoco,
cédula de identidad N° 1-0270-0210, fallecido el 23 de noviembre del 2017, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el Número
18-000637-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
18-000637-1178-LA. Por a favor de Fernando Vargas Tinoco.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 07 de febrero del 2018.—M.Sc. Marianela Barquero
Umaña, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018216458 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Lía Jimena García Córdoba,
cédula de identidad N° 6-0362-0190, fallecido el 11 de noviembre del 2017, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el Número
18-000655-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
18-000655-1178-LA. A favor de Lía Jimena García Córdoba.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 07 de febrero del 2018.—M.Sc. Marianela Barquero
Umaña, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018216459 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan Diego Vargas Campos,
cédula de identidad N° 2-0425-0786, fallecido el 29 de noviembre del 2017, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el Número
18-000702-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
18-000702-1178-LA. Por a favor de Juan Diego Vargas Campos.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 07 de febrero del 2018.—M.Sc.
Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018216461 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Alberto Méndez
Calderón, cédula de identidad N° 3-0210-0122, fallecido el 11 de noviembre del
2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el
número 18-000724-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
18-000724-1178-LA. A favor de Carlos Alberto Méndez Calderón.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 07 de febrero del 2018.—M.Sc.
Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018216462 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las nueve horas treinta minutos del diecisiete de
abril del dos mil dieciocho, la primera finca con la base de treinta y un
millones cuatrocientos setenta y tres mil ochocientos setenta y cuatro colones
con veintiocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número treinta y un mil trescientos uno
cero cero cero, la cual es terreno construido y patio. Situada en el distrito
02 Palmar cantón 05 Osa de la provincia de Puntarenas. Linderos: al norte,
calle pública con 13.85 metros de frente; al sur, José Joaquín Porras Jiménez;
al este, María Isabel Calvo Calvo; y al oeste, Jenny Badilla Villalobos. Mide:
seiscientos metros cuadrados. Plano: P-1339743-2009. Para la segunda finca con
la base de diez millones ochocientos cuarenta y cinco mil trescientos doce
colones con noventa y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando citas:
328-16150-01-0905-001 y citas: 328-16150-01-0906-001. Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número ciento veinticinco mil novecientos sesenta y
cuatro cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 01 Puerto Cortés, cantón 05 Osa de la provincia de Puntarenas.
Linderos: al norte, calle pública; al sur, Walter Aguirre Saldaña; al este,
Walter Aguirre Saldaña; y al oeste, María Álvarez Venegas y en parte Guillermo
Castillo Herrera. Mide: seiscientos veintiocho metros con cincuenta decímetros
cuadrados. Plano: P-0796709-2002. Para la tercera finca con la base de ocho
millones setecientos cuarenta y un mil seiscientos ocho colones con diecisiete
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas:
2015-391785-01-0002-001. Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número doscientos cuatro mil seiscientos treinta y siete cero cero cero, la
cual es lote uno terreno para construir. Situada en el distrito 01 Puerto
Cortés, cantón 05 Osa de la provincia de Puntarenas. Linderos: al norte,
Leonardo Álvarez Villalobos; al sur, servidumbre de paso con un ancho de 6
metros; al este, Leonardo Álvarez Villalobos y Kreylin Jose Álvarez Villalobos;
al oeste, José Antonio González, Jonathan Cerdas Álvarez; al noreste, Ezequiel,
Leonardo y Kreylin Álvarez Villalobos; al noroeste, Comité de Deportes de
Barrio Lourdes; al sureste, porción de terreno de Ezequiel, Leonardo y Kreylin
Álvarez Villalobos identificado como servidumbre de paso con un frente a ella
de 4.18 metros y Ezequiel, Leonardo y Kreylin Álvarez; y al suroeste, Ezequiel,
Leonardo y Kreylin Álvarez Villalobos. Mide: mil ochenta y un metros cuadrados.
Plano: P-1696398-2013. Para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las
nueve horas treinta minutos del tres de mayo de dos mil dieciocho, con la base
de veintitrés millones seiscientos cinco mil cuatrocientos cinco colones con
setenta y un céntimos (rebajada en un 25%) para la primera finca, con la base
de ocho millones ciento treinta y tres mil novecientos ochenta y cuatro colones
con setenta y un céntimos (rebajada en un 25%) para la segunda finca, con la
base de seis millones quinientos cincuenta y seis mil doscientos seis colones
con trece céntimos (rebajada en un 25%) para la tercera finca. De no
apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas
treinta minutos del dieciocho de mayo de dos mil dieciocho, con la base de
siete millones ochocientos sesenta y ocho mil cuatrocientos sesenta y ocho
colones con cincuenta y siete céntimos (un 25% de la base original) para la
primera finca, con la base de dos millones setecientos once mil trescientos
veintiocho colones con veinticuatro céntimos (un 25% de la base original) para
la segunda finca, con la base de dos millones ciento ochenta y cinco mil
cuatrocientos dos colones con cuatro céntimos (un 25% de la base original) para
la tercera finca. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Ezequiel Álvarez Villalobos. Expediente Nº 16-000711-1201-CJ.—Juzgado de Cobro,
Menor Cuantía y Contravencional de Golfito (Materia Cobro), 31 de enero del 2018.—Licda.
Tatiana Chaves Sánchez, Jueza.—( IN2018216872 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
hipoteca de primer grado, citas 574-27020-01-0004-001; a las diez horas y
treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil dieciocho y con la base de
dos millones doscientos sesenta y cuatro mil doscientos noventa y dos colones
con setenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de folio real, matrícula número ciento veintidós mil quinientos
trece cero cero cero la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el
distrito Cariari, cantón Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte,
Juan Araya Bermúdez; al sur, resto de Lidieth Antonia Valverde Rojas; al este,
servidumbre de paso con nueve metros setenta y ocho centímetros de frente y al
oeste, Francisco González Tafaya. Mide: doscientos once metros con cincuenta y
nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y
treinta minutos del catorce de mayo de dos mil dieciocho, con la base de un
millón seiscientos noventa y ocho mil doscientos diecinueve colones con
cincuenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintinueve de
mayo de dos mil dieciocho con la base de quinientos sesenta y seis mil setenta
y tres colones con dieciocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Nación GN S. A., contra Edwin Eladio del Rosario García Rodríguez, Onlyne
Support Trescientos Sesenta CR S. A. Exp. N° 16-020704-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de octubre del 2017.—Yesenia Solano Molina,
Jueza.—( IN2018216897 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando
colisión, sumaria 08-7418-174-TR, Juzgado de Tránsito de Goicoechea; a las
catorce horas y cero minutos del veinticuatro de abril del dos mil dieciocho, y
con la base de cuatro millones ciento ochenta y un mil novecientos treinta y
siete colones con cuarenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo: placa 698004, marca Honda, estilo Civic, chasis
1HGEJ212XSL057999, capacidad 5 personas, color gris, año 1995, combustible
gasolina. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del diez de mayo del dos mil dieciocho, con la base de tres millones ciento
treinta y seis mil cuatrocientos cincuenta y tres colones con cinco céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y cero minutos del veinticinco de mayo del dos mil dieciocho
con la base de un millón cuarenta y cinco mil cuatrocientos ochenta y cuatro
colones con treinta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Asociación Solidarista de Empleados de Importadora Monge de Alajuela S. A.
contra Yerly Auxiliadora Mejía Segura. Expediente Nº 16-020436-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de octubre del 2017.—Licda.
Brenda Vargas Quesada, Jueza.—( IN2018216912 )
En la puerta
exterior de este Despacho remataré: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número 14592-000 la cual es terreno de patio con una casa, distrito
Nicoya cantón Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, camino
pedernal, Luis Ángel Montiel Torres y Heiner Cruz y en parte con Doro García
García y con Laura Cristina Fajardo Leal; al sur, carretera a Nicoya Puerto
Jesús, temporalidades de la iglesia católica diócesis de Tilarán, Margarita
Fajardo García y en parte con lote segregado; al este, Luis Ángel, Cecilia
Vanessa Solís Fajardo, Luis Ángel y Álvaro Montiel Torres y Margarita Fajardo
García en parte y en parte con Doro García García y al oeste, Cecilia Vanessa
Solís Fajardo, camino pedernal en medio, José Montiel y Margarita Fajardo
García en parte y en parte Doro García García y Laura Cristina Fajardo Leal.
Mide: mil setecientos treinta y cuatro metros con setenta y cuatro decímetros
cuadrados. Dicho remate se realiza con una primera base de diecisiete millones
trescientos cuarenta mil colones, la cual se llevará a cabo a las nueve horas
del dieciséis de marzo del dos mil dieciocho. (9:00 horas del 16-3-2018). Si
para este remate no existiere postor se realizará un segundo remate con rebaja
de un 25% en la suma de trece millones cinco mil colones, que se llevará a cabo
a las nueve horas del dos de abril del dos mil dieciocho. Si para este segundo
no existiere oferentes, se hará un tercer remate que se iniciará con un 25% de
la base original en la suma de cuatro millones trescientos treinta y cinco mil
colones exactos a las nueve horas del diecisiete de abril del 2018. Se remata
por ordenarse así en proceso Or.S.Pri. Prestac. Laborales de Gaudy Paola Gómez
Ruiz contra Álvaro Montiel Torres, Corporación M&M de Desarrollo de
Servicios para Centroamérica y El Caribe S. A. Exp:13-000003-0868-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Laboral), 18 de enero del año 2018.—Licda.
Nedyn Barrantes Jiménez, Jueza.—( IN2018216914 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada anotada bajo las citas 341-2757-01-0920-001; a las once
horas y cero minutos del quince de marzo del dos mil dieciocho, y con la base
de cincuenta y seis millones seiscientos noventa mil doscientos cuarenta y un
colones con cincuenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 213666-000 cero
cero cero, la cual es terreno para construir con un local comercial. Situada en
el distrito 02 La Virgen, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, Marcia Mayela Alfaro Carballo; al sur, Marcia Mayela Alfaro
Carballo; al este, Marcia Mayela Alfaro Carballo; y al oeste, calle pública con
un frente de 45 metros 60 centímetros lineales. Mide: ochocientos dieciocho
metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero
minutos del seis de abril del dos mil dieciocho, con la base de cuarenta y dos
millones quinientos diecisiete mil seiscientos ochenta y un colones con catorce
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las once horas y cero minutos del veinticuatro de abril del dos mil
dieciocho con la base de catorce millones ciento setenta y dos mil quinientos
sesenta colones con treinta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra 3101575588 Ltda. Expediente Nº 12-037371-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 12 de enero del 2018.—Licda.
Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2018216915 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y judiciales,
soporta reserva de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, a las; ocho horas
del ocho de marzo del dos mil dieciocho, y con la base de once millones
novecientos dieciocho mil ciento cuarenta y un colon exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, bajo el sistema de folio real, matrícula número 135853-000, la cual
es terreno para la agricultura. Situada en el distrito primero, cantón buenos
aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle públicas; al
sur, calle pública; al este, calle pública y al oeste, lote 15, 16. Para el
segundo remate, se señalan las ocho horas del veintidós de marzo del dos mil
dieciocho, con la base de ocho millones novecientos treinta y ocho mil
seiscientos cinco colones con 75/100 (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para el tercer remate, se señalan las ocho horas del dieciséis de abril del dos
mil dieciocho, con la base de dos millones novecientos setenta y nueve mil
quinientos treinta y cinco con 25/100, (un veinticinco por ciento de la base
original). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Carlos Rojas Rojas contra
Aquiles Rivera Arias. Exp. N° 03-100030-0444-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Buenos
Aires (Materia Civil), 11 de enero
del 2018.—Lic. Omar Hernández González, Juez.—( IN2018216926 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada bajo las citas 297-6968-01-0901-001, a las once horas y
cero minutos del veintiuno de setiembre dos mil dieciocho, y con la base
(subsidio más crédito), sea la suma de nueve millones quinientos ochenta y
siete mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número 516062-000, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito Vuelta de Jorco, cantón Aserrí, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, servidumbre de paso; al sur, calle
pública con un frente de 21 metros 90 centímetros; al este, calle pública con
un frente de 5 metros 26 centímetros y servidumbre de paso y al oeste, calle
pública con un frente de 9 metros 1 centímetros y Teresa Jiménez Prado. Mide:
doscientos ochenta y dos metros con cuatro decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del ocho de octubre de
dos mil dieciocho, con la base de siete millones ciento noventa mil doscientos
cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veinticinco de
octubre de dos mil dieciocho con la base de dos millones trescientos noventa y
seis mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopeacosta R.L. contra
Giovanni Ureña Peraza. Exp. N° 13-019096-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 18 de enero del 2018.—Licda. Alba Aurora Ramírez Bazán, Jueza.—(
IN2018216931 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las siete horas
y veinte minutos del dos de abril de dos mil dieciocho y con la base de cuatro
millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y
seis mil novecientos treinta y cinco cero cero uno, cero cero dos la cual es
terreno para construir N° 45. Situada en el distrito 08 Barranca, cantón 01
Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, I.M.A.S; al sur,
lote 46; al este, calle pública; y al oeste, Lidieth Reyes Cordero. Mide:
trescientos tres metros con cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las siete horas y veinte minutos del dieciocho de abril de dos mil
dieciocho, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las siete horas y veinte minutos del cuatro de mayo de dos mil
dieciocho con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Antonio Mena Ugalde, José Carlos Reyes Vílchez, María
Emilia Arias Acuña. Expediente Nº 17-002729-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor
Cuantía de Puntarenas, 08 de enero del 2018.—Lic. Alejandro Brenes
Cubero, Juez.—( IN2018216946 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; se rematarán las siguientes fincas: 1) Finca de la
provincia de Guanacaste, matrícula 16754-000 libre de gravámenes hipotecarios;
a las nueve horas con treinta minutos del cinco de marzo del dos mil dieciocho
y con la base de cuarenta y dos millones trescientos treinta y nueve mil
trescientos veintiocho colones con treinta y cinco céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número dieciséis mil setecientos cincuenta y cuatro cero cero cero, la cual es
terreno con un edificio de locales comerciales. Situada en el distrito 01
Nicoya, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
Hernán Arguedas Castro; al sur, calle pública con 20.50 metros de frente; al
este, calle pública con 21.39 metros de frente y al oeste, Daisy Rivas Guevara.
Mide: trescientos treinta y siete metros con cincuenta y cuatro decímetros
cuadrados. Plano: G-0360491-1996. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas con treinta minutos del veinte de marzo del dos mil dieciocho, con la
base de treinta y un millones setecientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos
noventa y seis colones con veintiséis céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas con treinta
minutos del doce de abril del año dos mil dieciocho con la base de diez
millones quinientos ochenta y cuatro mil ochocientos treinta y dos colones con
nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) Finca de la
provincia de Guanacaste, matrícula 89650-000 libre de gravámenes hipotecarios;
a las nueve horas con treinta minutos del cinco de marzo del año dos mil
dieciocho, y con la base de noventa y un millones setecientos setenta y tres
mil doscientos nueve colones con noventa y siete céntimos en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número ochenta y nueve mil seiscientos cincuenta cero cero cero la cual es
terreno con una casa y 2 cabinas. Situada en el distrito 02 Mansión cantón 02
Nicoya de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Gerardo Antonio Pérez
Vidaurre; al sur, calle pública con 132,86 metros; al este, Manuel Briceño
Villagra; al oeste, Lilliam Alvarado Fernández. Mide: trece mil cuatrocientos
ochenta metros con setenta y un decímetros cuadrados plano: G-0223897-1994.
Para el segundo remate se señalan las nueve horas con treinta minutos del
veinte de marzo del año dos mil dieciocho, con la base de sesenta y ocho
millones ochocientos veintinueve mil novecientos siete colones con cuarenta y
ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta
se señalan las nueve horas con treinta minutos del doce de abril del dos mil
dieciocho con la base de veintidós millones novecientos cuarenta y tres mil
trescientos dos colones con cuarenta y nueve céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial) Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Luis Armando de la Trinidad Cubero Arroyo. Exp.
N° 17-002504-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste
(Liberia) (Materia Cobro), 09 de
febrero del 2018.—Lic. Ramón Meza Marín, Juez.—( IN2018216951 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas y restricciones citas: 0306-00005653-01-0901-001; a las trece horas
treinta y cinco minutos del siete de marzo de dos mil dieciocho, y con la base
de treinta y tres millones cuatrocientos treinta y un mil novecientos veintidós
colones con trece céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca 1)
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número veintiún mil quinientos catorce
B cero cero cero la cual es terreno para construir 2 casas. Situada en el
distrito 01 Puntarenas, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, calle pública con 4m 07cm; al sur, carretera Alberto Echandi
con 4m 60cm; al este, América Fallas Agüero; y al oeste, Mario Villalobos
Benavides. Mide: ciento setenta y un metros con noventa y ocho decímetros
cuadrados. Y con la base de veintisiete millones quinientos sesenta y ocho mil
setenta y siete colones con ochenta y siete céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca 2) inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número ochenta y siete mil quinientos treinta y uno cero cero cero la cual es
terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Puntarenas,
cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, María
Emilia Vega Li; al sur, calle pública con frente de 8.80 metros; al este,
América Fallas Agüero; y al oeste, Hilda Solano Loría. Mide: ciento cuarenta y
ocho metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las trece horas treinta y cinco minutos del veintidós de marzo de dos
mil dieciocho, con la base de veinticinco millones setenta y tres mil
novecientos cuarenta y un colones con cincuenta y nueve céntimos la primer
finca y con la base de veinte millones seiscientos setenta y seis mil cincuenta
y ocho colones con cuarenta céntimos la segunda finca(rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas
treinta y cinco minutos del trece de abril de dos mil dieciocho con la base de
ocho millones trescientos cincuenta y siete mil novecientos ochenta colones con
cincuenta y tres céntimos la primer finca y con la base de seis millones
ochocientos noventa y dos mil diecinueve colones con cuarenta y seis céntimos
la segunda finca (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra José Augusto Centeno
Picado. Expediente Nº 17-001409-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor
Cuantía de Puntarenas, 12 de enero del 2018.—Lic. Alejandro Brenes
Cubero, Juez.—( IN2018216956 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce
horas y cero minutos del dos de abril de dos mil dieciocho, y con la base de
veintidós millones setecientos treinta y ocho mil veinticuatro colones con
treinta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número quinientos treinta y seis mil
trescientos cuarenta y dos cero cero cero la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 01 Orotina, cantón 09 Orotina, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Consultores Arquitectos G Y G del Oeste Sociedad
Anónima y servidumbre de paso con frente a ella de 6 metros 23 cm; al sur
consultores arquitectos G Y G del Oeste Sociedad Anónima y servidumbre de paso
con frente a ella de 6 metros 23 cm; al este, Consultores Arquitectos G Y G del
y al oeste, sociedad anónima y servidumbre de paso con frente a ella de 6
metros 23 cm. Mide: ciento noventa y nueve metros con cero decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del dieciocho de abril de dos mil dieciocho, con la base de diecisiete millones
cincuenta y tres mil quinientos dieciocho colones con veinticinco céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce
horas y ce minutos del cuatro de mayo de dos mil dieciocho con la base de cinco
millones seiscientos ochenta y cuatro mil quinientos seis colones con ocho
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Rita Urbina García. Exp. N°
17-001028-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 02 de noviembre del 2017.—Lic.
Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2018216957 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las siete horas
y treinta minutos del veintiuno de marzo del dos mil dieciocho, y con la base
de once millones novecientos sesenta y nueve mil quinientos cincuenta y dos
colones con cuarenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
veintinueve mil ciento cuarenta y seis cero cero cero la cual es terreno para
construir lote B-cuarenta y cinco. Situada en el distrito primero Liberia,
cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
Mutual Guanacaste de Ahorro y Préstamo para la Vivienda; al sur, calle pública
con 8:00 metros; al este, Mutual Guanacaste de Ahorro y Préstamo para la
Vivienda; y al oeste, Mutual Guanacaste de Ahorro y Préstamo para la Vivienda.
Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Plano: G 0777235-2002. Para el segundo
remate se señalan las siete horas y treinta minutos del doce de abril del dos
mil dieciocho, con la base de ocho millones novecientos setenta y siete mil
ciento sesenta y cuatro colones con treinta y siete céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y
treinta minutos del treinta de abril del dos mil dieciocho con la base de dos
millones novecientos noventa y dos mil trescientos ochenta y ocho colones con
doce céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Seidy
Vásquez Espinoza. Expediente Nº 17-001902-1205-CJ.—Juzgado de Cobro,
Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro), 08 de febrero del 2018.—Lic. Jorge Zúñiga Jáen,
Juez.—( IN2018216963 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas y restricciones (citas: 300-17148-01-0901-001), servidumbre de
acueducto y de paso de AyA (citas: 421-03927-01-0001-001), servidumbre de paso
(citas: 421- 03928-01-0001-001); a las catorce horas y treinta minutos del veintitrés
de abril de dos mil dieciocho, y con la base de sesenta y cinco mil cien
dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Nacional, provincia de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y cuatro mil
cuatrocientos veintitrés cero cero cero la cual es de naturaleza: lote 6 A
terreno para construir. Situada en el distrito 01-Liberia, cantón 01-Liberia,
de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote siete A; al sur, lote
cinco A; al este, lote C y al oeste, calle pública con un frente de 8,00
metros. Mide: ciento sesenta y ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y treinta minutos del nueve de mayo de dos mil
dieciocho, con la base de cuarenta y ocho mil ochocientos veinticinco dólares
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de mayo de dos mil
dieciocho con la base de dieciséis mil doscientos setenta y cinco dólares
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se les informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra
Ileana María Cornejo Cascante. Exp. N° 17-013948-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 28 de diciembre del año
2017.—Msc. Kenny Obaldía Salazar, Jueza.—( IN2018216972 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, al ser las catorce horas y cuarenta y cinco minutos
del veintitrés de abril de dos mil dieciocho, libre de gravámenes hipotecarios
y con la base de siete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Nacional, provincia de Heredia,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento
treinta y ocho mil cero cero cero, la cual es terreno de naturaleza: lote 31 c
para construir. Situada en el distrito 03 San Pablo, cantón 02 Barva, de la
provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 30 C; al sur, lote 32 C; al este
lote 34 C y al oeste calle pública. Mide: ciento treinta metros con siete
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta
y cinco minutos del nueve de mayo de dos mil dieciocho, con la base de cinco
millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta y
cinco minutos del veinticuatro de mayo de dos mil dieciocho con la base de un
millón setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Francisco Manuel Rivers Gutiérrez, Juana
María Vega Chaves. Exp. N° 17-013951-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 28 de diciembre del 2017.—Msc.
Kenny Obaldia Salazar, Jueza.—( IN2018216973 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, al ser las ocho horas y cero minutos del treinta de
abril de dos mil dieciocho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando
condiciones ref:2587-193-001 (citas: 320-01638-01-0901-007) y con la base de
cuatro millones quinientos veinte mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Nacional, de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
doscientos cuatro mil cuatrocientos treinta y cinco cero cero cero, la cual es
de naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 3- Guaycara,
cantón 7-Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle
pública; al sur, Luis Guillermo Vargas Coto; al este, Luis Guillermo Vargas
Coto y al oeste calle pública. Mide: ciento ochenta y seis metros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciséis
de mayo de dos mil dieciocho, con la base de tres millones trescientos noventa
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del treinta y uno de mayo de
dos mil dieciocho con la base de un millón ciento treinta mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra
Miguel Gerardo Badilla Mora. Exp. N° 17-014321-1157-CJ Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 29 de diciembre del año
2017.—Msc. Kenny Obaldia Salazar, Jueza.—( IN2018216975 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; al ser las ocho horas y quince minutos del treinta
de abril de dos mil dieciocho libre de gravámenes hipotecarios, soportando
servidumbre de paso (citas: 2014-297198-01-0001-001) y con la base de seis
millones doscientos setenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Nacional, provincia de
Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
doscientos cuarenta y siete mil setecientos noventa y siete cero cero cero, la
cual es de naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 02
Santiago, cantón 02 Paraiso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte,
Bienvenido Moya García; al sur, Edgar Moya Roldan; al este, Manuel Redondo
Sandoval y al oeste, Laura Fernández Garita. Mide: cuatrocientos metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos
del dieciséis de mayo de dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones
setecientos seis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
quince minutos del treinta y uno de mayo de dos mil dieciocho con la base de un
millón quinientos sesenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Minor Alberto Castillo
Hernández. Exp. N° 17-014325-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 29 de diciembre del 2017.—Msc. Kenny Obaldia
Salazar, Jueza.—( IN2018216977 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, al ser las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del
treinta de abril de dos mil dieciocho libre de gravámenes hipotecarios;
soportando servidumbre de paso (citas: 568-35406-01-0008-001) y con la base de
cuarenta y siete millones seiscientos sesenta y nueve mil colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Nacional,
provincia de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número doscientos catorce mil quinientos diecisiete cero cero cero la
cual es de naturaleza: terreno para construir lote 29. Situada en el distrito
4-Ulloa, cantón 1-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote
28 Urbanizadora Siglo Veinte Sociedad Anónima; al sur, lote 30 Urbanizadora
Siglo Veinte Sociedad Anónima; al este, lote 39 Urbanizadora Siglo Veinte
Sociedad Anónima y al oeste, calle pública con 7 metros. Mide: ciento setenta y
cinco metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y
cuarenta y cinco minutos del dieciséis de mayo de dos mil dieciocho, con la
base de treinta y cinco millones setecientos cincuenta y un mil setecientos
cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del
treinta y uno de mayo de dos mil dieciocho con la base de once millones
novecientos diecisiete mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Carlos Humberto Chaves
Segura. Exp. N° 17-014337-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 29 de diciembre del año 2017.—Msc. Kenny Obaldia
Salazar, Jueza.—( IN2018216978 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, al ser las nueve horas y cero minutos del treinta de
abril de dos mil dieciocho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de
veintitrés millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Nacional, provincia de Cartago,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento
sesenta y siete mil trescientos ochenta y uno cero cero uno, cero cero dos, la
cual es de naturaleza: terreno para construir, lote 10, bloque o, hoy con una
casa de habitación . Situada en el distrito 01 San Rafael, cantón 07 Oreamuno,
de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Municipalidad de Oreamuno; al
sur, Municipalidad de Oreamuno; al este, calle pública y al oeste,
Municipalidad de Oreamuno. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de mayo
de dos mil dieciocho, con la base de diecisiete millones doscientos cincuenta
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de mayo de
dos mil dieciocho con la base de cinco millones setecientos cincuenta mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Andrea María Benavides Flores, Danny Patricio Dittel Gomez, Gerardo
Dittel Gomez, Maria Elena Gomez Mena. Exp. N° 17-014419-1157-CJ Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 29 de diciembre del 2017.—Msc.
Kenny Obaldia Salazar, Jueza.—( IN2018216980 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada (citas: 316-01612-01-0901-001), servidumbre sirviente
(citas: 316-01612-01-0902-001), servidumbre trasladada (citas: 359-11183-01-0800-001),
servidumbre trasladada (citas: 359-11183-01-0906-001), servidumbre trasladada
(citas: 359-11183-01-0907-001); a las nueve horas y quince minutos del treinta
de abril de dos mil dieciocho, y con la base de veinte millones quinientos
setenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número quinientos sesenta y
un mil trescientos treinta y cuatro cero cero cero la cual es terreno de
naturaleza: terreno para construir lote diecisiete N. Situada en el distrito
3-Daniel Flores, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, lote 18; al sur, lote 16; al este, lote 2 y al oeste, calle pública
con 10.00 metros. Mide: doscientos metros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y quince minutos del dieciséis de mayo de dos mil
dieciocho, con la base de quince millones cuatrocientos treinta y un mil
doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del treinta
y uno de mayo de dos mil dieciocho con la base de cinco millones ciento
cuarenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Lilibet Amador Pérez,
Vivian Pérez Ayala. Exp. N° 17-014421-1157-CJ Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 29 de diciembre del año 2017.—Msc. Kenny Obaldia
Salazar, Jueza.—( IN2018216981 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, al ser las diez horas y cero minutos del treinta de
abril de dos mil dieciocho, libre de gravámenes hipotecarios; soportando
servidumbre trasladada (citas: 316-02986-01-0905-001) y con la base de nueve
millones seiscientos noventa mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Nacional, provincia de San José,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
seiscientos veintinueve mil setecientos dieciséis cero cero cero, la cual es de
naturaleza: terreno de solar con una casa. Situada en el distrito 04 Rivas,
cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle
pública con un frente de 17.66 metros lineales; al sur, Elio Valverde Elizondo;
al este, Aquilino Mata Elizondo y al oeste, Ana Julia Mata Umaña. Mide:
seiscientos cincuenta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de mayo de dos mil
dieciocho, con la base de siete millones doscientos sesenta y siete mil
quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del treinta y uno de
mayo de dos mil dieciocho con la base de dos millones cuatrocientos veintidós
mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de
Ahorro y Préstamo contra Milena del Carmen Mata Umaña. Exp. N° 17-014435-
1157-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 02 de enero
del 2018.—Msc. Kenny Obaldia Salazar,
Jueza.—( IN2018216982 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, al ser las diez horas y cuarenta y cinco minutos del
treinta de abril del dos mil dieciocho, libre de gravámenes hipotecarios, y con
la base de seis millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor,
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Nacional, provincia de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número ciento ochenta y dos mil ciento veintiuno cero cero cero, la cual es de
naturaleza: Terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito
4-Colorado, cantón 7-Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al
norte, calle pública e Inversiones Don Isidro Sociedad Anónima; al sur,
Inversiones Don Isidro Sociedad Anónima; al este, calle pública e Inversiones
Don Isidro Sociedad Anónima, y al oeste, Inversiones Don Isidro Sociedad
Anónima. Mide: ciento setenta y siete metros con cincuenta y un decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco
minutos del dieciséis de mayo del dos mil dieciocho, con la base de cuatro
millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y
cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de mayo del dos mil dieciocho, con
la base de un millón seiscientos veinticinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Didier Umaña Jiménez.
Expediente Nº 17-014462-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial
de Alajuela (Materia Cobro), 02 de enero del 2018.—Msc. Kenny Obaldía Salazar, Jueza.—(
IN2018216984 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, al ser las once horas y cuarenta y cinco minutos del
treinta de abril de dos mil dieciocho libre de gravámenes hipotecarios,
soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos (citas:
448-08860-01- 0160-001) y con la base de cuatro millones setecientos treinta y cinco
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Nacional, Provincia de San José, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos cincuenta y tres mil ciento
seis cero cero cero, la cual es de naturaleza: Terreno para construir. Situada
en el distrito 3-Daniel Flores, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, Yamileth Acuña Elizondo; al sur, Maite Arguedas
Rodríguez; al este, Yamileth Acuña Elizondo y al oeste, calle pública con un
frente de 19.05 metros. Mide: doscientos ochenta metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las once horas y cuarenta y cinco minutos del
dieciséis de mayo de dos mil dieciocho, con la base de tres millones quinientos
cincuenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y
cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de mayo de dos mil dieciocho con la
base de un millón ciento ochenta y tres mil setecientos cincuenta colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se les informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra
Stephanie Estrella Brenes Hidalgo. Exp: 17-014464-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 02 de enero del año 2018.—Msc.
Kenny Obaldía Salazar, Jueza.—( IN2018216985 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; soportando hipoteca de primer grado (citas: 2009-
248644-01-0001-001); a las diez horas y treinta minutos del treinta de abril de
dos mil dieciocho y con la base de once millones cuatrocientos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Nacional, provincia de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número trescientos veintiocho mil doscientos quince
cero cero uno, cero cero dos la cual es de naturaleza: Lote 14, terreno para
construir con una casa. Situada en el distrito 4-San Antonio, cantón
1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Juan José González
Fuente; al sur, Juan José González Fuente; al este, calle pública con 7,00 metros
y Juan José González Fuentes y al oeste, Jorge González Masis. Mide: ciento
noventa y nueve metros con ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las diez horas y treinta minutos del dieciséis de mayo de dos mil
dieciocho, con la base de diez millones quinientos mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas y treinta minutos del treinta y uno de mayo de dos mil dieciocho
con la base de tres millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido
a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual
Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Daisy Cristina del Carmen
Solano Arias, Nautilio Florindo Díaz Rivera, Nixon Gerardo Díaz Solano. Exp:
17-014442-1157-CJ.—Juzgado
De Cobro Y Civil De Menor Cuantía Del I Circuito Judicial De Alajuela (Materia
Cobro), 24 de enero
del año 2018.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018216986 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada citas: 392-03022-01-0900-001, servidumbre de paso citas:
2015-398533-01-0002-001; a las once horas y cuarenta y cinco minutos del
veintitrés de abril del dos mil dieciocho, y con la base de cinco millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número trescientos cincuenta mil ciento setenta y nueve
cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno con una casa de
habitación. Situada en el distrito 07-El Rosario, cantón 06-Naranjo, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Mauricio Ledezma Villalobos; al sur,
Seidy Rosario Ledezma Villalobos; al este, Mauricio Ledezma Villalobos, y al
oeste, servidumbre de paso de seis metros lineales. Mide: doscientos doce
metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se
señalan las once horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de mayo del dos mil
dieciocho, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las once horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de mayo del
dos mil dieciocho, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se les informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra
Eillen Lizeth Ledezma Villalobos, José Ángel Alcázar Vásquez. Expediente N°
17-016521-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 28 de
diciembre del 2017.—Msc. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—( IN2018216987 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre de acueducto y de paso de a y a citas: 372-14436-01-0981-001; a las
trece horas y treinta minutos del veintitrés de abril de dos mil dieciocho y
con la base de dieciséis millones setecientos ochenta y dos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número seis mil seiscientos cincuenta y siete-F-cero cero
cero la cual es terreno naturaleza: apartamento 19-B. Situada en el distrito
5-Zapote, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
áreas comunes; al sur, apartamento 19-G; al este, apartamento 19-C y al oeste,
apartamento 19-A. Mide: cuarenta y ocho metros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las trece horas y treinta minutos del nueve de mayo de dos
mil dieciocho, con la base de doce millones quinientos ochenta y seis mil
quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticuatro
de mayo de dos mil dieciocho con la base de cuatro millones ciento noventa y
cinco mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Rolando Jesús de los Ángeles Chavarría
Jiménez. Exp.: 17-016529-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 28 de diciembre del 2017.—Msc. Luis Guillermo Ruiz
Bravo, Juez.—( IN2018216988 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las trece horas
y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de abril de dos mil dieciocho, y con
la base de dieciocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y uno cero cero cero
la cual es terreno naturaleza: terreno para construir con una casa. Situada en
el distrito 01-Alajuela, cantón 01-Alajuela, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Rodrigo Alfaro Madrigal; al sur, Ricardo Sánchez Padilla; al
este, Gladis Cecilia Torres Arias y al oeste, calle pública. Mide: ciento
veinte metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de mayo de dos
mil dieciocho, con la base de trece millones quinientos mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de mayo de dos mil
dieciocho con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Wálter Ricardo Sánchez
Arias. Expediente Nº 17-016531-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial
de Alajuela (Materia cobro), 28 de
diciembre del 2017.—Msc. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—( IN2018216990 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas
y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de abril del dos mil dieciocho, y con
la base de nueve millones seiscientos sesenta mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
quinientos diecinueve mil ciento dos cero cero cero, la cual es terreno
naturaleza: terreno para construir hoy dia con dos locales comerciales. Situada
en el distrito 05-Sabana Redonda, cantón 08-Poas, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, calle pública con un frente de ocho metros; al sur, Fress
Expres Sociedad Anónima; al este, Fress Expres Sociedad Anónima, y al oeste,
Fress Expres Sociedad Anónima. Mide: doscientos cuarenta metros cuadrados. Para
el segundo remate, se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del
nueve de mayo de dos mil dieciocho, con la base de siete millones doscientos
cuarenta y tres mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y
para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos
del veinticuatro de mayo del dos mil dieciocho, con la base de dos millones
cuatrocientos quince mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Marta Elena de Los Ángeles Salazar
Meléndez. Expediente N° 17-016533-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial
de Alajuela (Materia Cobro), 29 de diciembre
del 2017.—Msc. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—( IN2018216991 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y
cuarenta y cinco minutos del dos de abril de dos mil dieciocho, y con la base
de treinta y dos mil novecientos treinta y nueve dólares exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
trescientos setenta y cinco mil cuatrocientos cuarenta y tres cero cero cero la
cual es terreno naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 03-
Buenos Aires, cantón 07-Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, servidumbre de paso con un frente de 20 metros; al sur, William Vásquez
Ulate y Víctor Vásquez Carballo; al este, lote N° 15 y al oeste, lote N° 13.
Mide: quinientos cuarenta metros con noventa decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del
dieciocho de abril de dos mil dieciocho, con la base de veinticuatro mil
setecientos cuatro dólares con veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y
cinco minutos del cuatro de mayo de dos mil dieciocho con la base de ocho mil
doscientos treinta y cuatro dólares con setenta y cinco centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Marco Vinicio Salas
Fernández. Exp. N° 17-012899-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia
Cobro), 19 de diciembre del año
2017.—Licda. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018216993 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas
y quince minutos del dos de abril de dos mil dieciocho, y con la base de siete
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos ochenta y seis
mil tres cero cero cero la cual es terreno naturaleza: terreno para construir,
lote 1. Situada en el distrito 7-San Isidro, cantón 2-San Ramon, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Jesús María Ramírez Chavarría; al
sur, servidumbre de paso en medio Alfredo Alvarado Méndez con 9.51 metros; al
este, calle pública con 20 metros y al oeste, lote dos. Mide: ciento sesenta y
dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
quince minutos del dieciocho de abril de dos mil dieciocho, con la base de
cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
quince minutos del cuatro de mayo de dos mil dieciocho con la base de un millón
setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Brayan Carranza Fernández. Exp. N°
17-012902-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia
Cobro), 19 de diciembre del año 2017.—Licda.
Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018216994 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y
treinta minutos del dos de abril de dos mil dieciocho, y con la base de quince
millones novecientos treinta y ocho mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número ciento ochenta y seis mil setecientos cuarenta y seis cero cero uno,
cero cero dos la cual es terreno lote dos terreno para construir con una casa
de interés social. Situada en el distrito 03-Macacona, cantón 02-Esparza, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Bernardo Pérez Carvajal; al sur,
Bernardo Pérez Carvajal; al este, Bernardo Pérez Carvajal y al oeste, calle
pública con 10 metros con 9 centímetros. Mide: doscientos ochenta y cinco
metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta
minutos del dieciocho de abril de dos mil dieciocho, con la base de once
millones novecientos cincuenta y tres mil quinientos colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho
horas y treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil dieciocho con la base de
tres millones novecientos ochenta y cuatro mil quinientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda contra Marcos Antonio Barrantes Álvarez, Mariana de
Los Ángeles Chaves Quirós. Exp. N° 17-013884-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 19 de diciembre del año 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—(
IN2018216997 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas y restricciones citas: 299-10293-01-0901-001; a las diez horas y
cuarenta y cinco minutos del dos de abril de dos mil dieciocho, y con la base
de cinco millones cien mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento
cincuenta y cinco mil novecientos treinta y uno cero cero cero la cual es
terreno naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 3-San
Miguel, cantón 6- Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
Tomas de Los Ángeles Bolivar Solano; al sur, camino público; al este, Tomas de
Los Ángeles Bolivar Solano y al oeste, Tomas de Los Ángeles Bolivar Solano.
Mide: cuatrocientos dos metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del
dieciocho de abril de dos mil dieciocho, con la base de tres millones
ochocientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco
minutos del cuatro de mayo de dos mil dieciocho con la base de un millón
doscientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Gustavo Adolfo Briceño González. Exp. N°
17-014331-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia
Cobro), 20 de diciembre del año 2017.—Msc.
Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018216998 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada citas: 367-09575-01-0926-002; a las once horas y cero
minutos del dos de abril de dos mil dieciocho, y con la base de cuarenta y
siete millones quinientos sesenta mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
ciento veintiún mil siete cero cero cero la cual es terreno naturaleza: para
construir lote once primer con una casa de habitación. Situada en el distrito
04- Ulloa, cantón 01-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte,
lote 10 I; al sur, lote 12 I; al este, lote 22 I y al oeste, Alameda N con un
frente de 6 metros. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las once horas y cero minutos del dieciocho de abril de dos
mil dieciocho, con la base de treinta y cinco millones seiscientos setenta mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las once horas y cero minutos del cuatro de mayo de dos mil
dieciocho con la base de once millones ochocientos noventa mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se les informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra
Yorleny de Los Ángeles Villalobos Solís. Exp. N° 17-014336-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 20 de diciembre del año 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—(
IN2018216999 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas y restricciones (citas: 284-06178-01-0901-001); a las trece horas y
treinta minutos del dos de abril de dos mil dieciocho, y con la base de
cincuenta y tres mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Nacional, provincia de limón, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número setenta y seis mil
trescientos ochenta cero cero cero la cual es de naturaleza: terreno para
construir. Situada en el distrito 1-Guápiles, cantón 2-Pococí, de la provincia
de limón. Colinda: al norte, Claudio Ramírez Cruz; al sur, calle pública con
frente de 30 mts. 79 cm.; al este, calle pública con 23 mts. de frente y al
oeste, Horacio Marín Méndez. Mide: setecientos doce metros con treinta decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos
del dieciocho de abril de dos mil dieciocho, con la base de treinta y nueve mil
setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del cuatro
de mayo de dos mil dieciocho con la base de trece mil doscientos cincuenta
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Claudio Gerardo de Los Ángeles Ramírez Cruz. Exp. N° 17-013258-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 20 de diciembre del año 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—(
IN2018217000 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas y restricciones (citas: 295-16145-01-0901-001); a las catorce horas y
cero minutos del dos de abril de dos mil dieciocho, y con la base de treinta y
seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Nacional, provincia de 2 Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número sesenta y dos mil cuatrocientos
diecinueve cero cero cero la cual es de naturaleza: terreno para construir lote
uno con una casa. Situada en el distrito 2-Jiménez, cantón 2- Pococí, de la
provincia de Limón. Colinda: al norte, Doris Salazar Berrocal; al sur, Sara
Mora Serrano; al este, Oscar Corrales Vindas y al oeste, calle pública con un
frente de 15,00 metros. Mide: setecientos cincuenta y ocho metros con setenta y
un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
cero minutos del dieciocho de abril de dos mil dieciocho, con la base de
veintisiete millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del cuatro
de mayo de dos mil dieciocho con la base de nueve millones de colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra
Lilliam Pérez Narvaez, Rogelio Joaquín Sirias Galvez. Exp. N°
17-013269-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia
Cobro), 20 de diciembre del año 2017.—Msc.
Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018217001 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las dieciséis
horas y cero minutos del dos de abril de dos mil dieciocho y con la base de
veintidós millones ochenta mil seiscientos colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Nacional, provincia de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número ciento dieciocho mil trescientos dos cero cero cero la cual es de
naturaleza: Lote para construcción de vivienda de interés social. Situada en el
distrito 12-Chacarita, cantón 1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, lote I-8; al sur, lote I-6; al este, El Chaguite S. A. y al
oeste, Construcciones Costa Vera S. A. en área destinada a calle pública
denominada Avenida Don Francisco con frente de 8 metros. Mide: ciento cuarenta
y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciséis
horas y cero minutos del dieciocho de abril de dos mil dieciocho, con la base
de dieciséis millones quinientos sesenta mil cuatrocientos cincuenta colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las dieciséis horas y cero minutos del cuatro de mayo de dos mil
dieciocho con la base de cinco millones quinientos treinta mil ciento cincuenta
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Mariel Martínez Cascante. Exp: 17-013289-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 21 de diciembre del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—(
IN2018217002 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada citas: 383-00434-01-0803-001; a las quince horas y
quince minutos del dos de abril del dos mil dieciocho, y con la base de doce
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos ochenta y un mil
ciento cuarenta y dos cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: para
construir con 1 casa lote 12 C. Situada: en el distrito 10 Damas, cantón 03
Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 11 C; al
sur, lote 13 C; al este, lote 14 C, al oeste calle pública. Mide: ciento cuarenta
y ocho metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate,
se señalan las quince horas y quince minutos del dieciocho de abril del dos mil
dieciocho, con la base de nueve millones de colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las quince horas
y quince minutos del cuatro de mayo del dos mil dieciocho, con la base de tres
millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de
Ahorro y Préstamo contra Carlos Adolfo Quirós López, Laura Vanessa Fernández
Orozco. Expediente N° 17-014437-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial
de Alajuela (Materia Cobro), 21 de diciembre del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—(
IN2018217004 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, a las catorce horas y treinta minutos (dos horas
treinta minutos pasado meridiano) del dos de abril del dos mil dieciocho, con
la base de diez millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios; y al mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula Nº 409572-000, la cual es naturaleza: terreno para
construir. Situada: en el distrito 06 Esquipulas, cantón 07 Palmares, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Carlos Luis y Tobías Carranza Vargas,
calle privada en medio Gerardo Porras y Nelson Segura Zúñiga; al sur, Alba
María García Aragón; al este, Agropecuaria Mora S. A., y al oeste, calle
pública con frente de 9,87 metros. Mide: cuatrocientos ocho metros con diez
decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y
treinta minutos (dos horas treinta minutos pasado meridiano) del dieciocho de
abril del dos mil dieciocho, con la base de siete millones ochocientos setenta
y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la
tercera subasta, se señalan las catorce horas y treinta minutos (dos horas
treinta minutos pasado meridiano) del cuatro de mayo del dos mil dieciocho, con
la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda contra Luis Antonio Moya García. Expediente Nº
17-013140-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 21 de
diciembre del 2017.—Msc. Kenny Obaldía Salazar, Jueza.—( IN2018217005 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada citas: 329-04049-01-0901-001, servidumbre trasladada
citas: 384-07497-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 384-07497-01-0902-
001; a las quince horas y treinta minutos del dos de abril de dos mil
dieciocho, y con la base de diez millones setecientos mil colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número cuatrocientos sesenta y siete mil quinientos sesenta y dos cero
cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir. Situada en el
distrito 01 San Pedro, cantón 08 Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, con Gilberth Ramírez Gómez; al sur, con calle pública; al este, con
servidumbre de paso y al oeste, con María Gabriela Morales Borbón. Mide: ciento
sesenta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince
horas y treinta minutos del dieciocho de abril de dos mil dieciocho, con la
base de ocho millones veinticinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y
treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil dieciocho con la base de dos
millones seiscientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Gilberto Rojas García.
Exp.: 17-014441-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 21 de diciembre del 2017.—Msc.
Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018217009 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas y restricciones (citas: 343-13156-01-0916-001), a las diez horas y
cero minutos del nueve de abril del dos mil dieciocho, y con la base de
veintinueve millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor,
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número cuarenta y siete mil trescientos ochenta y dos cero cero cero, la cual
es terreno de naturaleza: terreno para construir. Situada: en el distrito 3-Chomes,
cantón 1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Cesar
Félix Taño López y otro; al sur, Cesar Félix Taño López y otro; al este, calle
pública, y al oeste, Elba Monge. Mide: mil cuatrocientos sesenta y un metros
con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las
diez horas y cero minutos del veinticinco de abril del dos mil dieciocho, con
la base de veintidós millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez
horas y cero minutos del once de mayo del dos mil dieciocho, con la base de
siete millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra José Ricardo Monge
Arias. Expediente Nº 17-013306-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial
de Alajuela (Materia Cobro), 21 de
diciembre del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018217011 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
condiciones ref: 2640-549-001 (citas: 315-06862-01-0901-007), reservas y
restricciones (citas: 315-06862-01-0902-006), prohibiciones ref: 2640-549-001
(citas: 315-06862-01-0903-003), servidumbre de ancla (citas:
2014-117457-01-0006-001), servidumbre (citas: 2017-392985-01-0001-001) de
acueducto de aguas pluviales; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del
nueve de abril del dos mil dieciocho, y con la base de dieciocho millones
quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos ochenta y dos mil
seiscientos cuarenta y siete cero cero cero la cual es de naturaleza: terreno
de solar. Situada en el distrito 1-San Isidro de El General, cantón 19-Pérez Zeledón,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, 3-102-592000 S.R.L; al sur,
3-102-592000 S.R.L; al este, calle pública y 3-102-592000 S.R.L; y al oeste,
3-102-592000 S.R.L. Mide: mil setecientos ochenta y ocho metros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del
veinticinco de abril del dos mil dieciocho, con la base de trece millones
ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco
minutos del once de mayo del dos mil dieciocho con la base de cuatro millones
seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Eligio de Jesús Mata Sanabria. Expediente
Nº 17-013353-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 21 de
diciembre del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Juez.—( IN2018217012 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas
y cero minutos del nueve de abril de dos mil dieciocho, y con la base de quince
millones ochocientos noventa y siete mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
491200-001/002, la cual es terreno lote uno terreno con una casa. Situada en el
distrito 06 San José, cantón 05 Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Elvis Rodríguez Rodríguez y calle pública con frente de 3,20 metros;
al sur, lote dos de Elvis Rodríguez Rodríguez; al este, servidumbre de paso y
al oeste Lidia Rodríguez Rodríguez. Mide: doscientos setenta y cinco metros
cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del
veinticinco de abril de dos mil dieciocho, con la base de once millones
novecientos veintidós mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cero minutos del once de mayo de dos mil dieciocho con la base de tres millones
novecientos setenta y cuatro mil doscientos cincuenta colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda contra Danny Joel Céspedes Cascante, Karen Viviana
Arroyo Villegas. Exp.: 17-013730-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial
de Alajuela, (Materia
Cobro), 21 de diciembre del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—(
IN2018217013 ).
En la puerta exterior
de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada citas: 337-19526-01-0900-001; a las ocho horas y cero minutos del
nueve de abril de dos mil dieciocho, y con la base de nueve millones
ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento dos mil
ciento ochenta y tres cero cero cero la cual es terreno naturaleza: terreno
para construir con una casa de block. Situada en el distrito 2-San Diego,
cantón 3-La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte,
30302015303300; al sur, 30302010901300; al este, 30302011665400 y al oeste,
30302050000200. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para el Segundo remate se
señalan las ocho horas y cero minutos del veinticinco de abril de dos mil
dieciocho, con la base de siete millones trescientos cincuenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se
señalan las ocho horas y cero minutos del once de mayo de dos mil dieciocho con
la base de dos millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Fernando Gerardo Mena
Abarca. Exp.: 17-014461-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 21 de diciembre del 2017.—Msc.
Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018217014 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y
quince minutos del nueve de abril del dos mil dieciocho, y con la base de diez
millones cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento
veintidós mil setecientos cincuenta cero cero cero, la cual es terreno
naturaleza: terreno para construir lote 17 bloque L. Situada: en el distrito
1-Cañas, cantón 6-Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, en
parte lote 18-L, lote 22-L y lote 23-L; al sur, en parte calle 1 A, y lote
16-L; al este, en parte lote 23-L lote 24-L y lote 16-L, y al oeste, lote 18-L
y calle 1-A. Mide: ciento cincuenta y un metros con noventa y siete decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y quince minutos
del veinticinco de abril del dos mil dieciocho, con la base de siete millones
ochocientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para
la tercera subasta, se señalan las ocho horas y quince minutos del once de mayo
del dos mil dieciocho, con la base de dos millones seiscientos mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra
Ingrid de los Ángeles Pérez Espinoza. Expediente Nº 17-014463-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 21 de diciembre del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—(
IN2018217015 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
Reservas y Restricciones citas: 362-14291-01-0900-001; a las ocho horas y
cuarenta y cinco minutos del nueve de abril de dos mil dieciocho, y con la base
de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y nueve mil
ochocientos sesenta y nueve cero cero cero, la cual es terreno naturaleza:
pasto. Situada en el distrito 05 Cariari, cantón 02 Pococí, de la provincia de
Limón. Colinda: al norte, calle pública con frente de 4 m; al sur, Eliécer Arce
Retana; al este, Eliécer Arce Retana y al oeste, Eliécer Arce Retana. Mide: mil
ciento sesenta metros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las ocho
horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de abril de dos mil dieciocho,
con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las ocho horas y
cuarenta y cinco minutos del once de mayo de dos mil dieciocho con la base de
dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Flor Miriam Mora Barboza. Exp.:
17-014465-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, (Materia
Cobro), 21 de diciembre del 2017.—Msc.
Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018217016 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
restricciones reg. artículo 18, Ley Nº 2825 citas: 540-14739-01-0014-001, a las
nueve horas y treinta minutos del nueve de abril del dos mil dieciocho, y con
la base de trece millones trescientos mil colones exactos, en el mejor postor,
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
quinientos sesenta y tres mil cincuenta y dos cero cero cero, la cual es
terreno naturaleza: parcela 53-92511 para construir. Situada: en el distrito
8-Cajon, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Francisco Gamboa Gamboa; al sur, María Adelita Chinchilla Picado y Juan
de Dios Barboza Barboza; al este, Landelino Jiménez Barrantes y calle pública,
y al oeste, calle pública. Mide: quinientos setenta y seis metros con noventa
decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y
treinta minutos del veinticinco de abril del dos mil dieciocho, con la base de
nueve millones novecientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas
y treinta minutos del once de mayo del dos mil dieciocho, con la base de tres
millones trescientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Marleni de los Ángeles Aburto Angulo.
Expediente Nº 17-014467-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 21 de
diciembre del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018217017 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre de paso citas: 2012-331501-01-0001-001; a las diez horas y quince
minutos del nueve de abril de dos mil dieciocho, y con la base de diez millones
setecientos cuarenta y dos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos
noventa y tres mil quinientos ochenta y ocho cero cero cero, la cual es terreno
naturaleza: terreno para construir, denominado lote: dos. Situada en el
distrito 01 Upala, cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, calle pública con un frente a ella de 10,00 metros; al sur, Ricardo
Antonio Rodríguez Blandón; al este, servidumbre de paso en medio, con un frente
a ella de 20,00 metros y 4,00 metros de ancho y; lote uno y al oeste, lote
tres. Mide: doscientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
diez horas y quince minutos del veinticinco de abril de dos mil dieciocho, con
la base de ocho millones cincuenta y seis mil quinientos colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las diez horas y quince minutos del once de mayo de dos mil dieciocho con la
base de dos millones seiscientos ochenta y cinco mil quinientos colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra
Giselle Hurtado Dávila. Exp.: 17-014508-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, (Materia
Cobro), 21 de diciembre del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—(
IN2018217019 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y
treinta minutos del nueve de abril de dos mil dieciocho, y con la base de
treinta y cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos
veintiocho mil setecientos diecisiete cero cero uno, cero cero dos, cero cero
tres la cual es terreno naturaleza: lote 12 terreno con café. Situada en el
distrito 4-San Gabriel, cantón 6-Aserrí, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Juan Camacho Vargas; al sur, calle pública con un frente a ella de
17,40 metros lineales; al este, Elia Bonilla Garro y al oeste, Viela Bonilla
Garro. Mide: mil doce metros con once decímetros cuadrados. Para el Segundo
remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticinco de abril de
dos mil dieciocho, con la base de veintiséis millones doscientos cincuenta mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera
subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del once de mayo de dos mil
dieciocho con la base de ocho millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra
Clara Luz Garro Moreno, Floribeth de Piedades Bonilla Garro, Rafael Bonilla
Garbanzo, Roy Steven Vindas Bonilla. Exp.: 17-014514-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, (Materia
Cobro), 21 de diciembre del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—(
IN2018217020 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
condiciones bajo las citas 280-05615-01-0997-001; a las diez horas y cero
minutos del seis de abril del dos mil dieciocho, y con la base de veintiséis
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 380-381-000, la cual es terreno
para construir con una casa de habitación. Situada: en el distrito 13, Peñas
Blancas, cantón 2, San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
calle pública con 20 metros; sur, Agropecuaria del Norte Zúñiga y Fernández
Sociedad Anónima; este, Agropecuaria del Norte, Zúñiga y Fernández Sociedad
Anónima; oeste, Agropecuaria del Norte Zúñiga y Fernández Sociedad Anónima.
Mide: setecientos metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Plano:
A-0796522-2002. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero
minutos del veinticuatro de abril del dos mil dieciocho, con la base de
diecinueve millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero
minutos del diez de mayo del dos mil dieciocho con la base de seis millones
quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual
Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Greivin Rodrigo Solano Solis.
Expediente N° 17-004151-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela (Materia Cobro), 25 de enero
del 2018.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Juez.—( IN2018217021 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
reservas y restricciones (citas: 349-04825-01-0900-001); a las nueve horas y
quince minutos del nueve de abril de dos mil dieciocho, y con la base de ocho
millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento
ochenta y un mil doscientos setenta y nueve cero cero cero la cual es terreno
naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 2-Palmira, cantón 5-
Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Vielka Méndez
Angulo; al sur, calle pública con un frente a ella de 20 metros con 41
centímetros lineales; al este, Mariana Angulo Espinoza y al oeste, Mario
Francisco Angulo Vivas. Mide: cuatrocientos setenta y tres metros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del
veinticinco de abril de dos mil dieciocho, con la base de seis millones ciento
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del once de mayo
de dos mil dieciocho con la base de dos millones cincuenta mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra
Mariana Angulo Espinoza, expediente Nº 17-013922-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela (Materia cobro), 21 de diciembre del 2017.—Lic. Juan Carlos Cerdas Bermúdez, Juez.—(
IN32018217022 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos (dos
horas cuarenta y cinco minutos pasado meridiano) del dos de abril de dos mil
dieciocho, libre de gravámenes hipotecarios; y con la base de treinta y cuatro
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número 135465-000, la cual es terreno para
construir, lote 52, con una casa de habitación. Situada en el distrito 04 Ulloa
cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote
destinado a calle pública con 7,26 m; al sur, lote 51, al este, lotes 53 y al
oeste, lote destinado a calle pública con 16:60 m. Mide: ciento treinta y ocho
metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos (dos horas cuarenta y
cinco minutos pasado meridiano) del dieciocho de abril de dos mil dieciocho,
con la base de veinticinco millones quinientos mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce
horas y cuarenta y cinco minutos(dos horas cuarenta y cinco minutos pasado
meridiano) del cuatro de mayo de dos mil dieciocho con la base de ocho millones
quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda
contra Jaime Esteban Reyes Vásquez. Exp.: 17-013952-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, (Materia
Cobro), 21 de diciembre del 2017.—Msc. Kenny Obaldía Salazar, Jueza.—(
IN2018217023 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
Condiciones Citas: 355-16711-01-0804-002, Condiciones Citas: 355-16711-01-0806-
002, Servidumbre De Paso Citas: 2010-101060-01-0002-001, Servidumbre De Paso
Citas: 2015-175754-01-0002-001, Servidumbre De Paso Citas: 2015-287093-01-0002-
001, a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de abril de dos
mil dieciocho, y con la base de diez millones setecientos sesenta y cuatro mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y cinco mil seiscientos ochenta y
cinco cero cero cero la cual es terreno naturaleza: cultivado. Situada en el
distrito 5-Duacari, cantón 6-Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al
norte, Alexánder Cordero Serrano; al sur, Alexánder Cordero Serrano; al este,
Alexánder Cordero Serrano con servidumbre de paso en medio con 22,50 m y al
oeste, Zelmira Serrano Vázquez. Mide: trescientos setenta y ocho metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco
minutos del nueve de mayo de dos mil dieciocho, con la base de ocho millones
setenta y tres mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos
del veinticuatro de mayo de dos mil dieciocho con la base de dos millones
seiscientos noventa y un mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela -
La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Marbely Lorena Somarrivas Díaz,
expediente Nº 17-015161-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela
(Materia cobro), 27 de
diciembre del 2017.—Msc. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—( IN2018217025 ).
En la puerta
exterior de este Despacho al ser las once horas y quince minutos del dieciséis
de abril de dos mil dieciocho en el mejor postor remataré lo siguiente: 1)
Libre de gravámenes hipotecarios y con la base de treinta millones de colones
exactos, finca inscrita en el Registro Nacional, Provincia de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos mil
cuatrocientos veinticuatro cero cero cero, la cual es de naturaleza: terreno de
potrero con una casa. Situada en el distrito 01 San Isidro de El General,
cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Katia
Abarca Brenes y fin de servidumbre de paso; al sur, Rafael Murillo Salazar; al
este, Katia Abarca Brenes, y al oeste, Jorge Borbón Borbón y servidumbre de
paso. Mide: mil ciento sesenta y un metros con catorce decímetros cuadrados.
Para el segundo remate, se señalan las once horas y quince minutos del dos de
mayo del dos mil dieciocho, con la base de veintidós millones quinientos mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta, se señalan las once horas y quince minutos del diecisiete de mayo del
dos mil dieciocho, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) Libre de gravámenes
hipotecarios y con la base de treinta millones de colones exactos, finca
inscrita en el Registro Nacional, provincia de San José, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y un mil
doscientos noventa y dos cero cero cero, la cual es de naturaleza: terreno
inculto con una casa. Situada: en el distrito 01 San Isidro de El General,
cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Luis
Enrique Mara Mora; al sur, Marvin Muñoz Mora; al este, calle pública y al
oeste, Zoila Rosa Mora Bermúdez. Mide: doscientos cuarenta y seis metros con
setenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las
once horas y quince minutos del dos de mayo del dos mil dieciocho, con la base
de veintidós millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las once horas y
quince minutos del diecisiete de mayo del dos mil dieciocho, con la base de
siete millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra German Guido Salazar Madriz, Katia Isabel
Abarca Brenes. Expediente N° 17-013599-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 26 de diciembre del 2017.—Msc. Kenny Obaldía
Salazar, Juez.—( IN2018217026 ).
En la puerta
exterior de este Despacho al ser las nueve horas y quince minutos del dieciséis
de abril de dos mil dieciocho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando
servidumbre de aguas pluviales (Citas: 2015-281564-01-0071-001), servidumbre de
paso (citas: 2015-281564-01-0075-001) y con la base de doce millones
seiscientos cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Nacional, Provincia de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
quinientos treinta y tres mil doscientos seis cero cero cero la cual es de
naturaleza: Lote tres terreno para construir. Situada en el distrito 8-Ángeles,
cantón 2-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste,
servidumbre de paso con 9 metros y un centímetro lineal al noroeste lote 3; al
sureste, lotes uno y dos y al suroeste, Efraín Rodríguez Mora. Mide: ciento
veintiséis metros con catorce decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se
señalan las nueve horas y quince minutos del dos de mayo de dos mil dieciocho,
con la base de nueve millones cuatrocientos cincuenta y tres mil setecientos
cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
Tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del diecisiete de
mayo de dos mil dieciocho con la base de tres millones ciento cincuenta y un
mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Neyvis Ivannia Morales Cruz. Exp.:
17-013750-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 26 de diciembre del 2017.—Msc.
Kenny Obaldía Salazar, Jueza.—( IN2018217028 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, al ser las diez horas y quince minutos del dieciséis
de abril de dos mil dieciocho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando
reservas y restricciones (citas: 302-18777-01-0901-002) y con la base de quince
millones setecientos treinta y ocho mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Nacional, provincia de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número treinta y tres mil trescientos ochenta y dos cero cero cero la cual es
de naturaleza: terreno de patio, con una casa de habitación. Situada en el
distrito 1-Santa Cruz, cantón 3- Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, Arleda Jirón Castellón; al sur, Celestiono Moraga Moraga; al
este, calle pública 5 mts 38 cms y al oeste, Celestiono Moraga Moraga. Mide:
ciento veinte metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y quince minutos del dos de mayo de dos mil dieciocho, con la base de
once millones ochocientos tres mil quinientos colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
quince minutos del diecisiete de mayo de dos mil dieciocho con la base de tres
millones novecientos treinta y cuatro mil quinientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Verónica Duarte Moraga,
Yerlin Duarte Moraga, expediente Nº 17-013926-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela (Materia cobro), 26 de diciembre del 2017.—Msc. Kenny Obaldía Salazar, Jueza.—(
IN2018217029 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, al ser las diez horas y cero minutos del dieciséis
de abril de dos mil dieciocho libre de gravámenes hipotecarios; soportando
servidumbre trasladada (citas: 325-08405-01-0903-001) y con la base de ocho
millones seiscientos cincuenta y siete mil novecientos catorce colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Nacional, provincia de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula número ciento ochenta y cuatro mil quinientos noventa cero cero
cero la cual es de naturaleza: terreno para construir con 1 casa. Situada en el
distrito 9-Río Segundo, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, calle pública con 8m 63cm; al sur, Hilda Chaves; al este,
María del Rosario Rojas y al oeste, Compañía Agrícola El Coco S A. Mide: ciento
dieciocho metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y cero minutos del dos de mayo de dos mil
dieciocho, con la base de seis millones cuatrocientos noventa y tres mil
cuatrocientos treinta y cinco colones con cincuenta céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del diecisiete de mayo de dos mil dieciocho con la base de dos
millones ciento sesenta y cuatro mil cuatrocientos setenta y ocho colones con
cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Carlos Alberto Rojas Delgado, Elvia María del Carmen León León,
expediente Nº 17-013880-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela
(Materia cobro), 26 de
diciembre del 2017.—Msc. Kenny Obaldía Salazar, Jueza.—( IN2018217030 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 2012-241973-01-0004-
001, Reservas Ley Forestal citas: 2012-241973-01-0005-001; a las once horas y
cero minutos del dieciséis de abril de dos mil dieciocho, y con la base de
trece millones doscientos ochenta y un mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
quinientos treinta y dos mil ochenta y uno cero cero cero la cual es terreno
naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 8-Canalete, cantón
13-Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ganadería El
Sombrerito S. A.; al sur, Ganadería El Sombrerito S. A.; al este, Carretera
Nacional con 8,3 metros y al oeste, Ganadería El Sombrerito S. A. Mide:
doscientos un metro cuadrado. Para el Segundo remate se señalan las once horas
y cero minutos del dos de mayo de dos mil dieciocho, con la base de nueve
millones novecientos sesenta mil setecientos cincuenta colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan
las once horas y cero minutos del diecisiete de mayo de dos mil dieciocho con
la base de tres millones trescientos veinte mil doscientos cincuenta colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra
Sara María Bravo Bravo. Exp.: 17-014822- 1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela (Materia
Cobro), 26 de diciembre del 2017.—Msc. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—(
IN2018217031 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
medianeria citas: 311-11456-01-0913-001; a las trece horas y quince minutos del
dieciséis de abril del dos mil dieciocho, y con la base de veintidós millones
de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en
el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula número veintiséis mil ciento veintitrés cero
cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno con una casa. Situada: en el
distrito 1-Puntarenas, cantón 1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, Teresa Morales Quirós; al sur, acera N° 1; al este, Efraín
Rivera Saborío, y al oeste, Cecilia Obando Obando. Mide: doscientos treinta y
tres metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se
señalan las trece horas y quince minutos del dos de mayo del dos mil dieciocho,
con la base de dieciséis millones quinientos mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas
y quince minutos del diecisiete de mayo del dos mil dieciocho, con la base de
cinco millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Gaudy Vargas Aragón. Expediente N°
17-014824-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 26 de
diciembre del 2017.—Msc. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Jueza.—( IN2018217032 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las dieciséis
horas y cero minutos del dieciséis de abril de dos mil dieciocho, y con la base
de veinticinco millones trescientos veinte mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos uno cero cero cero la cual
es terreno naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito
1-Alajuela, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
Francisco Solórzano Soto; al sur, Francisco Solórzano Soto; al este, calle
pública y al oeste, Abrahan Rivas Valle. Mide: ciento veinte metros con ochenta
y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciséis
horas y cero minutos del dos de mayo de dos mil dieciocho, con la base de
dieciocho millones novecientos noventa mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis
horas y cero minutos del diecisiete de mayo de dos mil dieciocho con la base de
seis millones trescientos treinta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra William Enrique
González Hernández, expediente Nº 17-015120-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela (Materia cobro), 27 de diciembre del 2017.—Msc. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—(
IN2018217033 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada citas: 280-07433-01-0901-001, servidumbre de paso citas:
2010-261207-01-0003-001, servidumbre de paso citas: 2010-319583-01-0003- 001;;
a las nueve horas y quince minutos del veintitrés de abril de dos mil dieciocho,
y con la base de catorce millones veintitrés mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos setenta y tres mil ochocientos cincuenta y uno cero cero uno,
cero cero dos la cual es terreno Naturaleza: lote 1 terreno para construir.
Situada en el distrito 7-San Isidro, cantón 2-San Ramón, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, lote 2; al sur, Pablo Chávez Jiménez; al este,
Mayra González Villalobos y al oeste, Pablo Chávez en medio servidumbre de paso
con frente de 7.12 metros. Mide: ciento sesenta y seis metros cuadrados. Para
el Segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del nueve de mayo
de dos mil dieciocho, con la base de diez millones quinientos dieciocho mil
doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del
veinticuatro de mayo de dos mil dieciocho con la base de tres millones
quinientos cinco mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Danny Ulises Venegas
Mena, Katia de los Ángeles Jiménez Torres. Exp.: 17-015163-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 27 de diciembre del 2017.—Msc. Luis Guillermo Ruiz, Juez.—(
IN2018217034 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada citas: 376-01025-01-0900-001; a las once horas y cero
minutos del veintitrés de abril del dos mil dieciocho, y con la base de
cuarenta y tres mil ochocientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos
veintinueve mil cuatrocientos setenta y seis cero cero cero, la cual es terreno
naturaleza: terreno para construir lote 5 denominado 8. Situada en el distrito
1-Desamparados, cantón 3-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Resto; al sur, lote 6; al este, lote 1 y al oeste, Alameda. Mide: ciento
trece metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate,
se señalan las once horas y cero minutos del nueve de mayo del dos mil
dieciocho, con la base de treinta y dos mil ochocientos cincuenta dólares
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las once horas y cero minutos del veinticuatro de mayo del dos mil
dieciocho con la base de diez mil novecientos cincuenta dólares exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Laura Gabriela Jiménez
Trejos. Expediente N° 17-016511-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial
de Alajuela (Materia Cobro), 28 de diciembre
del 2017.—Msc. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—( IN2018217036 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y
treinta minutos del veintitrés de abril de dos mil dieciocho, y con la base de
veintinueve millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta mil
ciento sesenta y seis-F-cero cero cero la cual es terreno naturaleza: finca
filial seis, apartamento seis, destinada a uso habitacional de dos plantas,
totalmente construida. Situada en el distrito 2-La Ribera, cantón 7-Belén, de
la provincia de Heredia. Colinda: al norte, área común no construida, acceso
peatonal acera con cinco metros lineales; al sur, condominio venus; al este,
finca filial cinco y al oeste, finca filial siete. Mide: ciento treinta y nueve
metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se
señalan las once horas y treinta minutos del nueve de mayo de dos mil
dieciocho, con la base de veintiún millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se
señalan las once horas y treinta minutos del veinticuatro de mayo de dos mil
dieciocho con la base de siete millones doscientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra
Óscar Mario Alpízar Castillo. Exp.: 17-016518-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial De Alajuela (Materia Cobro), 28 de diciembre del 2017.—Msc. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—(
IN2018217037 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y
cero minutos del diecinueve de abril del dos mil dieciocho, y con la base de
siete millones cuatrocientos noventa mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N°
158.576-000, la cual es terreno de pastos con dos casas. Situada en el distrito
14, Sarapiquí, cantón 1, Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, Luis Otoya Alfaro y otro; sur, Víctor Julio Alfaro y otro; este, Luis
Otoya Alfaro; oeste, calle pública y otro. Mide: dos mil cincuenta y tres
metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Plano: A-0980690-1991. Para el
segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de mayo del
dos mil dieciocho, con la base de cinco millones seiscientos diecisiete mil
quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la
tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de mayo
del dos mil dieciocho, con la base de un millón ochocientos setenta y dos mil
quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de
Ahorro y Préstamo contra María Elena Montenegro Montenegro, Miguel Angel
Carvajal Vasquez. Expediente N° 17-004451-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 02 de febrero del 2018.—Licda.
Lilliam Álvarez Villegas, Juez.—( IN2018217038 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las once horas y
cero minutos del nueve de abril de dos mil dieciocho, y con la base de
veintitrés millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Nacional, provincia de San José,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
trescientos treinta y cinco mil trescientos sesenta y uno cero cero cero la
cual es de naturaleza: terreno con una casa. Situada en el distrito 2-San
Miguel, cantón 3- Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al
noreste, calle pública; al noroeste, Carlos Enrique Valverde; al sureste,
Víctor Hugo Arroyo y al suroeste, Romilio Valverde Flores. Mide: ciento ochenta
y cinco metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las once horas y cero minutos del veinticinco de abril de dos
mil dieciocho, con la base de diecisiete millones doscientos cincuenta mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las once horas y cero minutos del once de mayo de dos mil
dieciocho con la base de cinco millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra
Adrián Gerardo Chacón Corrales, María Elena Valverde Calderón, expediente Nº
17-013355-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela
(Materia cobro), 21 de
diciembre del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018217039 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada (citas: 379-06781-01-0907-001), servidumbre trasladada
(citas: 379-06781-01-0910-001), servidumbre trasladada (citas:
379-06781-01-0911-001); a las trece horas y treinta minutos del nueve de abril
de dos mil dieciocho, y con la base de sesenta y siete mil dólares exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Nacional,
Provincia de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número sesenta y ocho mil doscientos sesenta y uno f cero cero uno,
cero cero dos la cual es de naturaleza: Finca filial 16 de 2 plantas ubicada en
el bloque d, destinada a uso habitacional con una casa de habitación. Situada
en el distrito 11-San Sebastián, cantón 1-San José, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, Hacienda San Sebastián Ltda.; al sur, finca filial
diecisiete y catorce; al este, área verde de uso común, acera de acceso
peatonal y finca filial diecisiete y al oeste, Hacienda San Sebastián Ltda., y
finca filial catorce. Mide: noventa metros con cincuenta decímetros cuadrados.
Para el Segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del
veinticinco de abril de dos mil dieciocho, con la base de cincuenta mil
doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la Tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del once
de mayo de dos mil dieciocho con la base de dieciséis mil setecientos cincuenta
dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Carlos Luis Brenes Araya, Ivannia Patricia Mora Cabezas. Exp.:
17-013466-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 22 de diciembre del 2017.—Msc.
Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018217043 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando Servidumbre de paso (citas:
2015-392974-01-0002-001), a las catorce horas y treinta minutos del nueve de
abril de dos mil dieciocho, y con la base de siete millones de colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Nacional, provincia de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula número quinientos treinta y tres mil doscientos ochenta y
cuatro cero cero cero la cual es de naturaleza: terreno baldío. Situada en el
distrito 2-Santiago, cantón 2- San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Adolfo Castro Esquivel; al sur, Nereyda Quirós Quesada; al este,
Adolfo Castro Esquivel y al oeste, Nereyda Quirós Quesada. Mide: doscientos
metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta
minutos del veinticinco de abril de dos mil dieciocho, con la base de cinco
millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta
minutos del once de mayo de dos mil dieciocho con la base de un millón
setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Kattia María Cordonero Hurtado, expediente
Nº 17-013552-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela
(Materia cobro), 22 de
diciembre del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018217045 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada (citas: 311-15092-01-0911-001); a las quince horas y
cero minutos del nueve de abril del dos mil dieciocho, y con la base de tres
millones ochocientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Nacional, provincia de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento
diez mil quinientos quince cero cero cero, la cual es de naturaleza: casa,
jardín y patio. Situada: en el distrito 4-Laurel, cantón 10-Corredores, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Gloria Segura Duran y Santiago
Palma Ramirez; al sur, Carlos Naranjo Vargas; al este, Gloria Segura Durán y
Santiago Palma Ramírez, y al oeste, calle pública con 12,43 metros. Mide:
doscientos once metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las quince
horas y cero minutos del veinticinco de abril del dos mil dieciocho, con la
base de dos millones ochocientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las quince horas y cero minutos del once de mayo del dos mil dieciocho, con la
base de novecientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Shirley Borrego Palma.
Expediente N° 17-013597-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial
de Alajuela (Materia Cobro), 22 de diciembre del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Juez.—(
IN2018217046 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas
y quince minutos del nueve de abril de dos mil dieciocho, y con la base de
setenta y seis mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Nacional, provincia de Heredia, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa mil
cuatrocientos cincuenta y nueve cero cero cero la cual es de naturaleza:
Terreno para construir, lote 8 F. Situada en el distrito 4-Ulloa, cantón
1-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lotes 8-A y 7-A; al
sur, calle; al este, lote 9-F y al oeste, lote 7- F. Mide: ciento sesenta
metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y quince
minutos del veinticinco de abril de dos mil dieciocho, con la base de cincuenta
y siete mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las quince horas y quince minutos del once de mayo
de dos mil dieciocho con la base de diecinueve mil dólares exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Patricio Genaro
Tellería Rey. Exp: 17-013601-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 22 de diciembre del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada,
Jueza.—( IN2018217047 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce
horas y quince minutos del nueve de abril del dos mil dieciocho y con la base
de veintiún millones seiscientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor
postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido
de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número quinientos siete mil ciento veinte cero cero cero, la cual es terreno
naturaleza: terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito 02 El
General, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Ulises Arias Hidalgo; al sur, calle pública y Ulises Arias Hidalgo; al
este calle pública y Ulises Arias Hidalgo, y al oeste, Ulises Arias Hidalgo.
Mide: cuatrocientos noventa y siete metros con cuarenta y nueve decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y quince
minutos del veinticinco de abril del dos mil dieciocho, con la base de
dieciséis millones doscientos treinta y siete mil quinientos colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan
las catorce horas y quince minutos del once de mayo del dos mil dieciocho, con
la base de cinco millones cuatrocientos doce mil quinientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Alexander Enrique
Barrantes Mora, Cynthia María Arias Díaz, Ulises Armando Barrantes Arias.
Expediente Nº 17-014540-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 22 de
diciembre del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018217049 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
condic. Ref.: 2433-465-001 (citas: 310-14252-01-0901-030), servidumbre
sirviente (citas: 347-09664-01-0005-001); a las quince horas y treinta minutos
del nueve de abril de dos mil dieciocho y con la base de cuatro millones
ochocientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Nacional, provincia de Puntarenas, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y
nueve mil trescientos diez cero cero cero la cual es de naturaleza: Lote 2,
terreno para construir. Situada en el distrito 1-Buenos Aires, cantón 3-Buenos
Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Haydee Porras Mejías;
al sur, Wilson Díaz López y en parte Magaly Muñoz Loria; al este, Alexander
Porras Mejías y al oeste, calle pública. Mide: trescientos cincuenta metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos
del veinticinco de abril de dos mil dieciocho, con la base de tres millones
seiscientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas
y treinta minutos del once de mayo de dos mil dieciocho con la base de un
millón doscientos doce mil quinientos colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Deily Magally Muñoz
Loria. Exp: 17-013729-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 22 de
diciembre del año 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018217051 ).
En la puerta
exterior de este Despacho al ser las ocho horas y cero minutos del dieciséis de
abril del dos mil dieciocho, soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos (citas: 2013-253156-01-0004-001), hipoteca legal artículo 169
Bis Ley N° 7052 (citas: 2016-490467-01-0005-001); y con la base de cuatro
millones trescientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Nacional, provincia de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
doscientos mil novecientos cuarenta y cinco-cero cero cero la cual es de
naturaleza: Terreno apto para construir. Situada en el distrito 3-Veintisiete
Abril, cantón 3-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
calle pública con un frente a ella de 16.68 metros lineales; al sur, José María
Espinoza Juárez; al este, José María Espinoza Juárez; y al oeste, Yakelin
Vargas Espinoza. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las ocho horas y cero minutos del dos de mayo del dos mil
dieciocho, con la base de tres millones doscientos sesenta y dos mil quinientos
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del diecisiete de mayo del dos
mil dieciocho con la base de un millón ochenta y siete mil quinientos colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra
Ayda Arelis Mejía Gómez. Expediente Nº 17-013733-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia
Cobro), 26 de diciembre del 2017.—Msc.
Kenny Obaldía Salazar, Jueza.—( IN2018217052 ).
En la puerta
exterior de este Despacho al ser las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del
dieciséis de abril de dos mil dieciocho, libre de gravámenes hipotecarios y con
la base de seis millones cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Nacional, provincia de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
quinientos treinta y cinco mil doscientos noventa y cuatro cero cero cero la
cual es de naturaleza: Terreno para construir una vivienda de interés social.
Situada en el distrito 2-Sarchi Sur, cantón 12-Valverde Vega, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, lote primero de Queva del Alto S. A.; al sur,
Efraín Quesada Rodríguez; al este, calle pública con un frente a ella de 9
metros y al oeste, resto de Queva del Alto S. A. Mide: doscientos metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco
minutos del dos de mayo de dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones
ochocientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del
diecisiete de mayo de dos mil dieciocho con la base de un millón seiscientos
mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Hazel Susana Solís Alfaro. Exp: 17-013743-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 26 de diciembre del año 2017.—Msc. Kenny Obaldía Salazar, Jueza.—(
IN2018217053 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servid. loc. ref.: 1281 394 020, citas: 290-02384-01-0901-002, a las dieciséis
horas y quince minutos del nueve de abril del dos mil dieciocho, y con la base
de diecisiete millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y
siete mil doscientos seis cero cero uno, cero cero dos, cero cero cinco, la
cual naturaleza: terreno con una casa, lote 16. Situada: en el distrito San
Rafael, cantón La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al noreste,
servidumbre de paso con 3.18 metros; al noroeste, calle pública con 9.08
metros; al sureste, lote 15, y al suroeste, lote-17. Mide: ciento ochenta y
nueve metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate,
se señalan las dieciséis horas y quince minutos del veinticinco de abril del
dos mil dieciocho, con la base de doce millones setecientos cincuenta mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las dieciséis horas y quince minutos del once de mayo del
dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones doscientos cincuenta mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Gustavo Alonso
Carpio Vargas. Expediente Nº 17-013186-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 22 de diciembre del 2017.—Msc. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—(
IN2018217054 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, al ser las quince horas y cuarenta y cinco minutos
del nueve de abril de dos mil dieciocho, libre de gravámenes hipotecarios,
soportando reservas y restricciones (citas: 398-08130-01-0980-001), servidumbre
de paso (citas: 2015-12372-01-0004-001), servidumbre de paso (citas:
2015-35187-01-0007-001) y con la base de tres millones trescientos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Nacional, provincia de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número doscientos cuarenta y cuatro mil setecientos
sesenta y cuatro cero cero cero la cual es de naturaleza: Terreno para cultivos
lote 1. Situada en el distrito 3-Las Horquetas, cantón 10-Sarapiquí, de la
provincia de Heredia. Colinda: al norte, Mauricio Herrera Anchía; al sur,
servidumbre de paso; al este, calle pública y al oeste, Jorge Eduardo Morales
Salazar. Mide: ciento treinta y ocho metros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de abril
de dos mil dieciocho, con la base de dos millones cuatrocientos setenta y cinco
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del once de mayo
de dos mil dieciocho con la base de ochocientos veinticinco mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Michael Campos Picado.
Exp.: 17-013731-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 22 de
diciembre del año 2017.—Msc. Kenny Obaldía Salazar, Jueza.—( IN2018217055 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada citas: 319-11458-01-0010-001; a las nueve horas y cero
minutos del dieciséis de abril de dos mil dieciocho y con la base de doce
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cincuenta mil
doscientos nueve cero cero tres, cero cero cuatro la cual es terreno
naturaleza: terreno para construir lote 38. Situada en el distrito 01 Orotina,
cantón 09 Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle
pública; al sur, Asociación de Vecinos de Santo Domindo de Orotina; al este,
lote 37 y al oeste, calle pública. Mide: ciento ochenta y cinco metros con
treinta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y cero minutos del dos de mayo de dos mil dieciocho, con la base de
nueve millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del
diecisiete de mayo de dos mil dieciocho con la base de tres millones de colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra
Karol de la Trinidad Rivera Villalobos, Stanley Alberto de Jesús Blanco Chacón.
Exp.: 17-014547-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 26 de
diciembre del 2017.—Msc. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—( IN2018217056 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada; a las trece horas y veinte minutos(01:20 pm.) del ocho
de marzo de dos mil dieciocho, y con la base de veintiún millones trescientos
ochenta y dos mil quinientos ochenta colones con sesenta y tres céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número 97048-001-002 la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito 01 Turrialba, cantón 05 Turrialba, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte, Sandra González Alvarado; al sur, calle pública; al
este, calle pública con 6 metros de frente y al oeste calle pública con un
frente de 7 metros. Mide: doscientos metros con treinta y nueve decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y veinte minutos
(01:20 pm). del veintitrés de marzo de dos mil dieciocho, con la base de
dieciséis millones treinta y seis mil novecientos treinta y cinco colones con
cuarenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las trece horas y veinte minutos (01:20 pm.) del
diecisiete de abril de dos mil dieciocho con la base de cinco millones
trescientos cuarenta y cinco mil seiscientos cuarenta y cinco colones con
quince céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo
Comunal contra José Gerardo González Alvarado, Lisette de La Trinidad Fonseca.
Bonilla. Exp. N° 17-009833-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 18 de enero del año 2018.—Licda.
Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2018217059 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; 1) Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada, citas: 305-15526-01-0901-001, a las ocho horas y
treinta minutos del tres de abril de dos mil dieciocho y con la base de cuatro
millones quinientos treinta y tres mil quinientos setenta y cuatro colones con
ochenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de folio real, matrícula número 104503-000, la cual es terreno para
construir con callejón de acceso lote G-16. Situada en el distrito 05 El Cairo,
cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, INDVAR
International S. A.; al sur, INDVAR International S. A.; al este, calle pública
con frente de 3.50 metros y al oeste, Asesores González y Asociados S. A. Mide:
quinientos veinte metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de abril de dos
mil dieciocho, con la base de tres millones cuatrocientos mil ciento ochenta y
un colones con catorce céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para
la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del nueve de
mayo de dos mil dieciocho con la base de un millón ciento treinta y tres mil
trescientos noventa y tres colones con setenta y un céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). 2) Libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada, citas: 305-15526-01-0901-001; a las ocho
horas y treinta minutos del tres de abril de dos mil dieciocho y con la base de
siete millones cuatrocientos setenta y cinco mil ochocientos ochenta y cinco
colones con dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de folio real, matrícula número 104502-000 la cual es terreno para
construir lote G-15. Situada en el distrito 5 El Cairo, cantón 3 Siquirres, de
la provincia de Limón. Colinda: al norte, INDVAR International S. A.; al sur, INDVAR
International S. A.; al este, calle pública con frente de 7.90 metros y al
oeste, INDVAR Internacional S. A. Mide: doscientos setenta y seis metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos
del veinte de abril de dos mil dieciocho, con la base de cinco millones
seiscientos seis mil novecientos trece colones con setenta y seis céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y treinta minutos del nueve de mayo de dos mil dieciocho con la
base de un millón ochocientos sesenta y ocho mil novecientos setenta y un
colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial)
Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Ana Julia
García Espinoza, Luis Roberto Blandon Marín. Exp. N° 16-007278-1164-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro de Cartago, 02 de
febrero del 2018.—Licda. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2018217060 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas y restricciones citas: 0367-00005672-01-0901-001; a las nueve horas y
treinta minutos del tres de abril de dos mil dieciocho, y con la base de
catorce millones seiscientos veinticinco mil setenta y un colones con
diecisiete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y siete mil novecientos
setenta y seis cero cero cero la cual es terreno con una casa. Situada en el
distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al noreste, Yeti Valverde; al noroeste, calle pública con un frente de 10
metros; al sureste, Marcelo Durán Badilla; y al suroeste. Mide: doscientos
cincuenta metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de abril de dos mil
dieciocho, con la base de diez millones novecientos sesenta y ocho mil
ochocientos tres colones con treinta y ocho céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
treinta minutos del siete de mayo de dos mil dieciocho con la base de tres
millones seiscientos cincuenta y seis mil doscientos sesenta y siete colones
con setenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra
sucesión de Juan María Salazar Vallejos. Expediente Nº 16-000534-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor
Cuantía de Puntarenas, 09 de noviembre del 2017.—Lic. Douglas Quesada
Zamora, Juez.—( IN2018217064 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, soportando hipoteca de primer grado inscrita a las
citas: 2011-131855-01-0004-001, a las diez horas y treinta minutos del trece de
marzo del dos mil dieciocho, y con la base de tres millones ciento cincuenta
mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos noventa y seis mil ciento
cincuenta y ocho cero cero cero, la cual es terreno de solar con una casa.
Situada: en el distrito Buenos Aires, cantón Palmares, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 4 metros y Víctor
Hugo Castro Ramírez; al sur, Corporación Pipasa S. A.; al este, Víctor Hugo
Castro Ramírez y Rosa María Ramírez Acuña, y al oeste, Yohana Prado Monge y
Edwin Rojas Vargas. Mide: seiscientos metros con trece decímetros cuadrados.
Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del cuatro
de abril del dos mil dieciocho, con la base de dos millones trescientos sesenta
y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y
para la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos del veinte
de abril del dos mil dieciocho, con la base de setecientos ochenta y siete mil
quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Kerlado RZ Ltda.
contra Damaris Jiménez Rojas. Expediente Nº 15-000864-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Cobro), 25 de octubre del 2017.—Lic. Minor Antonio Jiménez
Vargas, Juez.—( IN2018217066 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando
denuncia O.I.J al tomo 800 asiento 316364 SEC 001 sumaria: 16-002629-0064-PE; a
las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del ocho de marzo de dos mil
dieciocho, y con la base de cuatro millones ciento ochenta y un mil setecientos
cuarenta y cuatro colones con cincuenta y tres céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 735091. Marca Mazda. Estilo
CX-7. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2008. Color dorado. VIN
JM3ER293X80193684. Cilindrada 2260 C.C. Combustible gasolina. Motor Nº
L320277772. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco
minutos del veintitrés de marzo de dos mil dieciocho, con la base de tres
millones ciento treinta y seis mil trescientos ocho colones con cuarenta
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de abril de dos
mil dieciocho con la base de un millón cuarenta y cinco mil cuatrocientos
treinta y seis colones con trece céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Financiera CAFSA S. A. contra Yira Castillo Rodríguez. Exp. N°
17-009687-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 28 de agosto del 2017.—M.Sc.
Jessica Vargas Barboza, Jueza.—( IN2018217074 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y
cero minutos del nueve de marzo de dos mil dieciocho, y con la base de
doscientos treinta mil ciento veinticuatro dólares con treinta y un centavos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad bajo el sistema de Folio Real
matrícula número setenta y nueve mil novecientos treinta y cuatro cero cero
cero (79934 000) la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el
distrito 07 San Ramón, cantón 03 La Unión, provincia Cartago. Colinda: al
norte, parte Luz Argentina Navarro Álvarez y Distribuidora Bama Sociedad
Anónima; al sur, calle pública con frente de catorce metros diecisiete
centímetros lineales; al este, Distribuidora Bama Sociedad Anónima; y al oeste,
Marco Antonio Fournier Zepeda. Mide: quinientos cuarenta y seis metros con
nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y
cero minutos del dos de abril de dos mil dieciocho, con la base de ciento
setenta y dos mil quinientos noventa y tres dólares con veinticuatro centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y cero minutos del dieciocho de abril de dos mil dieciocho con
la base de cincuenta y siete mil quinientos treinta y un dólares con siete
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Yendry Delgado Ureña.
Expediente Nº 17-011942-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 19 de enero del 2018.—Licda. Karol Muñoz Barahona,
Jueza.—( IN2018217076 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada citas: 405-10070-01-0803-001; a las ocho horas y quince
minutos del veinte de abril de dos mil dieciocho, y con la base de diecisiete
millones doscientos dieciocho mil doscientos catorce colones con sesenta y
nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número ciento setenta y cinco mil doscientos trece-cero
cero cero (175213-000) la cual es terreno de naturaleza lote 809, terreno para
construir con una casa en proceso de construcción. Situada en el distrito
04-Ulloa, cantón 01-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte,
lote 808; al sur, lote 810; al este, lote 775 y 774; y al oeste, calle con 6.06
metros. Mide: ciento diecinueve metros con sesenta y seis decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del ocho de
mayo de dos mil dieciocho, con la base de doce millones novecientos trece mil
seiscientos sesenta y un colones con dos céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y quince
minutos del veintitrés de mayo de dos mil dieciocho con la base de cuatro
millones trescientos cuatro mil quinientos cincuenta y tres colones con sesenta
y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se les
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Barnal Guillermo Bocker
Barrantes. Expediente Nº 18-000494-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor
Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 05 de febrero del 2018.—Lic.
German Valverde Vindas, Juez.—( IN2018217077 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada citas: 314-05382-01-0901-002, servidumbre de acueducto y
de paso de A y A citas: 2010-257400-01-0001-001; a las catorce horas y treinta
minutos del nueve de mayo de dos mil dieciocho, y con la base de doscientos
veintitrés mil cuatrocientos diecinueve dólares con veintitrés centavos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número 59902-F cero cero cero, provincia: San José finca: 59902
duplicado: horizontal: F derecho: 000, naturaleza: finca filial número
veintiséis tipo BE de dos niveles destinada a uso habitacional en proceso de
construcción situada en el distrito 03 Pozos, cantón 09 Santa Ana de la
provincia de San José. Linderos: norte, Israel Rodríguez Marlin; sur, finca
filial número veinticinco; este, acceso peatonal y vehicular y parqueo de
visitas que es área común libre, oeste, Félix Rodríguez Marlin. Mide:
cuatrocientos dieciocho metros con sesenta y seis decímetros cuadrados valor
porcentual: 1.527 valor medida: 1.527 plano: no se indica. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de mayo
de dos mil dieciocho, con la base de ciento sesenta y siete mil quinientos
sesenta y cuatro dólares con cuarenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta
minutos del once de junio de dos mil dieciocho con la base de cincuenta y cinco
mil ochocientos cincuenta y cuatro dólares con ochenta y un centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Previo a realizar la publicación
del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de
existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de
Costa Rica S. A. contra Christian de La Virgen Villegas Solera. Exp. N°
18-001450-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 31 de enero del 2018.—Hellen
Mora Salazar, Jueza.—( IN2018217078 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas
y cero minutos del nueve de mayo de dos mil dieciocho y con la base de mil
novecientos treinta y siete dólares con sesenta y cuatro centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo: placa: 878371, marca: Kia, estilo:
Sportage, serie: KNAPB811BB7117789, año fabricación: 2011, color: bronce, N°
motor: G4KDBS000286. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero
minutos del veinticuatro de mayo de dos mil dieciocho, con la base de mil
cuatrocientos cincuenta y tres dólares con veintitrés centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del once de junio de dos mil dieciocho con la base de
cuatrocientos ochenta y cuatro dólares con cuarenta y un centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Previo a realizar la publicación
del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de
existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.
Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra
Víctor Hugo Araya Barrantes. Exp. N° 18-001441-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 31 de enero del 2018.—Licda. Ana Cecilia Brenes
López, Jueza.—( IN2018217079 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas
y cero minutos del veintidós de mayo del dos mil dieciocho, y con la base de
veintidós mil doscientos noventa y tres dólares con setenta y siete centavos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas: SPM234, marca:
Fiat, estilo: Punto Evo, color: negro, año: 2013, carrocería: sedan 4 puertas
hatchback, motor: 350A10000397295, combustible: gasolina. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de junio del dos
mil dieciocho, con la base de dieciséis mil setecientos veinte colones con
treinta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiuno de
junio del dos mil dieciocho con la base de cinco mil quinientos setenta y tres
dólares con cuarenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Prival Bank (Costa Rica) S.
A. contra Stefany Adriana Picado Montero. Expediente Nº 17-010797-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 19 de octubre
del 2017.—Licda. Blanca Ramírez González, Jueza.—( IN2018217080 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y
treinta minutos del ocho de marzo del año dos mil dieciocho y con la base de
tres millones seiscientos noventa mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo placa: 905757, marca: Toyota, estilo: 4 Runner,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: JT3HN86R3V0072511,
carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x4 peso, número chasis:
VZN1850072511, año fabricación: 1997, color: blanco, N° motor: 5VZ0224810,
cilindrada: 3400 c.c., Combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan
las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de marzo del año dos mil
dieciocho, con la base de dos millones setecientos sesenta y siete mil
quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de
abril del año dos mil dieciocho con la base de novecientos veintidós mil
quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Juan Agustín Quesada Rodríguez contra
Ronald Mauricio Acuña González. Exp: 17-002845-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Degundo Circuito
Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 21 de
diciembre del 2017.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2018217084 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando, a
las quince horas y treinta minutos del veintidós de marzo del dos mil dieciocho,
y con la base de noventa y cinco millones colones exactos, en el mejor postor,
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº
177743-000, la cual es terreno naturaleza: terreno de pastos mejorados, con una
casa de habitación y un corral. Situada: en el distrito 6 Pavones, cantón 5
Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Jabillos Limitada; al
sur, Inversiones Agrícolas Sitio de Mata Sociedad Anónima; al este, Sergio
Peralta Nieto, y al oeste, Carlos Garro Núñez, Esteban Araya Solano, Carlos
Contreras Monge, Rafael Loaiza Loaiza. Mide: doscientos diecinueve mil
doscientos sesenta metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo
remate, se señalan las quince horas y treinta minutos del diecisiete de abril
del dos mil dieciocho, con la base de setenta y un millones doscientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para
la tercera subasta, se señalan las quince horas y treinta minutos del tres de
mayo del dos mil dieciocho, con la base de veintitrés millones setecientos
cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Julio Arnulfo Sánchez Rivera contra
Prolan Sociedad Anónima. Expediente Nº 17-011470-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 24 de enero del 2018.—Licda. Angélica Delgado
Madrigal, Jueza.—( IN2018217085 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas
y cero minutos del ocho de marzo del año dos mil dieciocho y con la base de
trece mil doscientos cuarenta y nueve dólares con cuarenta y nueve centavos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BJV 574. Marca
Chevrolet. Estilo SPARK LT. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año
2015. Color blanco. Vin KL1CMOCDXFC814934. Combustible gasolina. Motor Nº
B12D1379206KD3. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero
minutos del veintitrés de marzo del año dos mil dieciocho, con la base de nueve
mil novecientos treinta y siete dólares con doce centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del diecisiete de abril del año dos mil dieciocho con la base de
tres mil trescientos doce dólares con treinta y siete centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Improsa S. A. contra Angeline Vianney Molina Garita. Exp: 17-005999-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 02 de febrero del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora,
Juez.—( IN2018217094 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y
cero minutos del veinticuatro de abril del dos mil dieciocho, y con la base de
dos millones quince mil ciento sesenta y un colones con nueve céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número ciento sesenta mil setecientos treinta y cuatro cero cero cero
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 2-Palmar, cantón
5-Osa de la provincia de Puntarenas. Linderos: al norte, Elvis Miguel Vásquez
Vargas; al sur, Elvis Miguel Vásquez Vargas; al este, calle pública con un
frente de diez metros; y al oeste, Elvis Miguel Vásquez Vargas. Mide: ciento
noventa y ocho metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Plano:
P-1202685-2008. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos
del diez de mayo del dos mil dieciocho, con la base de un millón quinientos
once mil trescientos setenta colones con ochenta y dos céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
cero minutos del veinticinco de mayo del dos mil dieciocho con la base de
quinientos tres mil setecientos noventa colones con veintisiete céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Gazel Gómez Moreno. Expediente Nº
16-000758-1201-CJ.—Juzgado de Cobro,
Menor Cuantía y Contravencional de Golfito
(Materia Cobro), 15 de enero
del 2018.—Lic. German Esquivel Campos, Juez.—( IN2018217096 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas:
327-00585-01-0005-001, a las diez horas y cero minutos del diecinueve de abril
del dos mil dieciocho, y con la base de dieciocho millones cuatrocientos ochenta
y cuatro mil seiscientos treinta y un colones con sesenta y un céntimos, en el
mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número ciento veintinueve mil setecientos cincuenta y tres cero cero
cero, la cual es terreno para agricultura. Situada: en el distrito 03 Canoas,
cantón 10 Corredores, de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, Mario
Valverde Fernández, Víctor Hugo Valverde Fernández; sur, lote A-213; este,
servidumbre de canal en medio con calle pública de 119 m 13 cm; oeste, calle
pública con 169 m 13 cm. Mide: sesenta y cinco mil novecientos setenta y nueve
metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Plano: P-0849580-2003. Para el
segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de mayo del
dos mil dieciocho, con la base de trece millones ochocientos sesenta y tres mil
cuatrocientos setenta y tres colones con setenta y un céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y
cero minutos del veintiuno de mayo del dos mil dieciocho, con la base de cuatro
millones seiscientos veintiún mil ciento cincuenta y siete colones con noventa
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Heylin Vitinia
Sibaja Miranda. Expediente Nº 16-001057-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de
Golfito (Materia Cobro), 15 de enero
del 2018.—Lic. German Esquivel Campos, Juez.—( IN2018217097 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las trece horas
y veinte (13:20 p.m.) minutos del doce de marzo del año dos mil dieciocho, y
con la base de ciento veinticinco mil dólares exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Cartago 121755-F- 000, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número la cual es terreno finca filial primario individualizado 36
apta para construir destinada a uso habitacional la cual podrá tener una altura
máxima de dos pisos. Situada en el distrito 04 San Nicolás, cantón 01 Cartago,
de la provincia de Cartago 121755-F-000. Colinda: al norte, finca filial
primaria individualizada Nº 37; al sur, finca filial primaria individualizada
número 35; al este, Hongos de Costa Rica S. A. y al oeste, acceso vehicular 6.
Mide: ciento sesenta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las trece horas y veinte minutos del tres de abril del año dos mil
dieciocho, con la base de noventa y tres mil setecientos cincuenta dólares
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las trece horas y veinte minutos del diecinueve de abril del año dos
mil dieciocho con la base de treinta y un mil doscientos cincuenta dólares
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Kantrix Trust Sociedad Anónima contra
Jesús Fernando Rivera Gómez, Quircot Madera Verde S. A., Rivera Vulcano Inter
Sociedad de Responsabilidad Limitada, expediente Nº 16-003981-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 24 de enero del año 2018.—Licda. Karina Quesada
Blanco, Jueza.—( IN2018217106 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y
cero minutos del dos de abril del dos mil dieciocho, y con la base de cien
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y siete mil
doscientos ochenta y uno cero cero cero la cual es terreno para construir con
una casa. Situada en el distrito noveno Alfaro, cantón dos San Ramón, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Dora Jiménez Ramírez; al sur,
Instituto de Servicios Educativos ISESA Sociedad Anónima; al este, calle
pública; y al oeste, Instituto de Servicios Educativos ISESA Sociedad Anónima.
Mide: seiscientos ochenta y ocho metros con sesenta y cuatro decímetros
cuadrados. Plano A-1196137-2007. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y cero minutos del dieciocho de abril del dos mil dieciocho, con la base
de setenta y cinco millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del
cuatro de mayo del dos mil dieciocho con la base de veinticinco millones de
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Carlomagno Alvarado
Barrantes. Expediente Nº 17-001951-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro), 09 de febrero del 2018.—Lic. Jorge Zúñiga Jáen,
Juez.—( IN2018217107 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre sirviente citas: 340-17035-01-0005-001; a las once horas y treinta
minutos del dos de abril de dos mil dieciocho, y con la base de nueve millones
ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos
setenta y tres mil cuatrocientos setenta cero cero cero, la cual es terreno
naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 3-Buenos Aires,
cantón 7-Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, German
Chaves Chavarría; al sur, German Chaves Chavarría; al este, calle pública con
un frente a la misma de 06 metros lineales y al oeste, Yolanda Orlich Zamora.
Mide: ciento treinta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las once horas y treinta minutos del dieciocho de abril de dos mil
dieciocho, con la base de siete millones trescientos cincuenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las once horas y treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil
dieciocho con la base de dos millones cuatrocientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra
Gaudy del Carmen Blanco Meléndez. Exp.: 17-014353-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 20 de diciembre del año
2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018217111 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, al ser las ocho horas y quince minutos del siete de
mayo de dos mil dieciocho, libre de gravámenes hipotecarios; soportando
servidumbre trasladada (citas: 295-20973-01-0903-001), reservas de Ley de Aguas
y Ley de Caminos Públicos (citas: 575-63156-01-0004-001) y con la base de nueve
millones setecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Nacional, provincia de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
cuatrocientos noventa y seis mil cuatrocientos cincuenta y tres cero cero cero
la cual es de naturaleza: terreno para construir una vivienda de interés
social. Situada en el distrito 4-San Isidro, cantón 5-Atenas, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 3.03 metros y Omar Edwin
Garita Vargas; al sur, Omar Edwin Garita Vargas; al este, Omar Edwin Garita
Vargas y al oeste, Omar Edwin Garita Vargas. Mide: doscientos sesenta y siete
metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince
minutos del veintidós de mayo de dos mil dieciocho, con la base de siete
millones trescientos doce mil quinientos colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
quince minutos del seis de junio de dos mil dieciocho con la base de dos millones
cuatrocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Laura Patricia Garita
Arce. Exp. N° 17-014307-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 03 de enero
del año 2018.—Msc. Kenny Obaldia Salazar, Jueza.—( IN2018217113 ).
En la puerta exterior
de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada citas: 321-07058-01-0901-002; a las quince horas y quince minutos
del dieciséis de abril de dos mil dieciocho, y con la base de siete millones
setecientos treinta y siete mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos
noventa y cuatro mil ciento diez cero cero cero la cual es terreno naturaleza:
lote uno, terreno de patio. Situada en el distrito 3-San José, cantón 3-Grecia,
de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, con Wilbert Alfaro Solís y
resto de finca de Amalia Rojas; al sur, con servidumbre de paso con un frente a
ella de 08 metros y Erfama de Gracia E. G. S. A.; al este, con Erfama de Grecia
E. G. Sociedad Anónima y al oeste, con resto de finca de Amalia Rojas Solís.
Mide: doscientos diecinueve metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las quince horas y quince minutos del dos de mayo de dos mil dieciocho, con la
base de cinco millones ochocientos dos mil setecientos cincuenta colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las quince horas y quince minutos del diecisiete de mayo de dos mil
dieciocho con la base de un millón novecientos treinta y cuatro mil doscientos
cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro
y Préstamo contra Marianela Salas Rojas. Exp. N° 17-014978-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 18 de enero del año 2018.—Msc. Cinthia Pérez Moncada,
Jueza.—( IN2018217114 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
calle ref:1295-320-018 citas: 295-08664-01-0901-001; a las quince horas y
cuarenta y cinco minutos del dieciséis de abril de dos mil dieciocho, y con la
base de dos millones cuatrocientos veinte mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
cuatrocientos mil trescientos cincuenta y uno cero cero cero la cual es terreno
naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 05 Palmira, cantón
11 Zarcero, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, resto de Walter
Rodrigo Alvarado Carranza; al sur, resto de Walter Rodrigo Alvarado Carranza;
al este, servidumbre de paso con un frente a esta de 16 metros con 70 cmt.
lineales y al oeste, María Cecilia Alvarado Carranza. Mide: ciento setenta y
tres metros con siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las quince horas y cuarenta y cinco minutos del dos de mayo de dos mil
dieciocho, con la base de un millón ochocientos quince mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las quince horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de mayo de dos mil
dieciocho con la base de seiscientos cinco mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra María Marlenne Duran
Salazar. Exp. N° 17-015043-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia
Cobro), 18 de enero del 2018.—Msc. Cinthia
Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018217115 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
plazo de convalidación (Ley de Localización de Derec. citas: 465-05916-01-0003-001;
a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de abril de dos mil
dieciocho, y con la base de dos millones quinientos mil colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número trescientos cuarenta y tres mil doscientos sesenta y tres cero
cero cero la cual es terreno naturaleza: terreno para construir con una casa de
habitación. Situada en el distrito 3-Buenos Aires, cantón 7-Palmares, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ronny Blanco Ramírez y Jorge
Villalobos Villegas; al sur, Bernardita Quesada Ramírez; al este, Marcela
Fernández González y al oeste, servidumbre de paso con 6 metros de frente.
Mide: quinientos ochenta y ocho metros con sesenta y un decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del
nueve de mayo de dos mil dieciocho, con la base de un millón ochocientos
setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos
del veinticuatro de mayo de dos mil dieciocho con la base de seiscientos
veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial)
nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo
805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y
Préstamo contra Emerson Madrigal Mendez, Yendry Bernardita Campos Quesada. Exp.
N° 17-015189-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia
Cobro), 18 de enero del año 2018.—Msc.
Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018217116 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas
y treinta minutos del veintiuno de junio de dos mil dieciocho, y con la base de
treinta mil doscientos setenta y seis dólares con ochenta y siete centavos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número doscientos veintiocho mil novecientos sesenta y ocho cero cero
cero la cual es terreno para construir lote B-10. Situada en el distrito San
Josecito, cantón San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte,
resto reservado con 8 mts.; al sur, lotes 14-13-12 B; al este, lotes B-11 y al
oeste, lotes B-09. Mide: ciento veintitrés metros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del seis de julio de dos
mil dieciocho, con la base de veintidós mil setecientos siete dólares con
sesenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de
julio de dos mil dieciocho con la base de siete mil quinientos sesenta y nueve
dólares con veintidós centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Miguel Ángel Monge Chinchilla contra
Yanixia María Sánchez Contreras. Exp. N° 17-000999-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia
Cobro), 25 de enero del año 2018.—Lic.
Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2018217124 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y
cero minutos del siete de mayo del año dos mil dieciocho, y con la base de ocho
mil doscientos sesenta y seis dólares con nueve centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo: placa: CL-214950, marca: Mitsubishi, estilo:
l200 GLS TDI, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, serie:
MMBJNKB407D051284, carrocería: camioneta Pick-up caja abierta o Cam-Pu, año
fabricación: 2007, color: azul. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y cero minutos del veintinueve de mayo del año dos mil dieciocho, con la
base de seis mil ciento noventa y nueve dólares con cincuenta y siete centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y cero minutos del trece de junio del año dos mil dieciocho con
la base de dos mil sesenta y seis dólares con cincuenta y dos centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Marvin Antonio Artavia Quirós.
Exp. N° 16-000550-1204-CJ.—Juzgado de
Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia
Cobro), 25 de enero del año 2018.—Licda.
Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—( IN2018217125 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y
cero minutos del nueve de marzo de dos mil dieciocho -10:00 a.m. 09/03/2018-, y
con la base de ocho mil seiscientos setenta y dos dólares con ochenta y un
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas: HGH210.
Macas: Nissan. Estilo: Tida. Categoría: automóvil. Capacidad: 5 personas. Año:
2013. Color: negro. VIN: 3N1CC1AD1ZK137338. N° motor: HR16274073C. Cilindrada:
1598 C.C. Combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y cero minutos del dos de abril de dos mil dieciocho -10:00 a.m.
02/04/2018-, con la base de seis mil quinientos cuatro dólares con sesenta y un
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las diez horas y cero minutos del dieciocho de abril de dos mil
dieciocho -10:00 a.m. 18/04/2018- con la base de dos mil ciento sesenta y ocho
dólares con veinte centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos
aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el
presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el
correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el
Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria
de MB Créditos S. A. contra Cristian Mauricio Cordero Quirós. Exp. N°
17-009548-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 22 de enero
del año 2018.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2018217197 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y
cero minutos del diez de abril del año dos mil dieciocho y con la base de trece
mil setecientos ochenta y cinco dólares con sesenta y cinco centavos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número setecientos
veintitrés mil seiscientos quince marca Hyundai, estilo Elantra GLS, categoría
automóvil, capacidad 5 personas, año 2008, color azul, cilindrada 1600 c.c.
combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero
minutos del veintiséis de abril del año dos mil dieciocho, con la base de diez
mil trescientos treinta y nueve dólares con veinticuatro centavos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas
y cero minutos del catorce de mayo del dos mil dieciocho con la base de tres
mil cuatrocientos cuarenta y seis dólares con cuarenta y un centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Asociación Solidarista de Empleados de Grupo Q
S. A contra Didier Enrique Cid Abarca. Exp. N° 13-002854-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Cobro), 06 de diciembre del 2017.—Licda. María Auxiliadora
Cruz Cruz, Jueza.—( IN2018217199 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y
treinta minutos del veintiuno de mayo del año dos mil dieciocho, y con la base
de ochocientos treinta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo: placas MOT-248277, marca: KYMCO estilo: MXU250 categoría:
motocicleta capacidad: 1 serie: RFBLB50AA96200148, motor N° LB506200152.
Carrocería: cuadriciclo. Año fabricación: 2009, color rojo. Para el segundo
remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del cinco de junio del año
dos mil dieciocho, con la base de seiscientos veintidós mil quinientos colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de junio del año dos mil
dieciocho con la base de doscientos siete mil quinientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Kattia Marcela
Pérez Jiménez contra Daniel Mora Silva. Exp. N° 16-005608-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 12 de enero del año 2018.—Licda. Lidia Mayela Díaz
Anchía, Jueza.—( IN2018217216 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las 3:50 p.m.
del 09/03/2018, y con la base de veinticinco millones setecientos noventa y
cuatro mil ochocientos sesenta y tres colones; sáquese a remate el bien dado en
garantía, sea la finca del partido de Heredia, folio real, matrícula número
ciento noventa y seis mil trescientos cuarenta y cuatro cero cero cero la cual
es terreno para construir, situada en el distrito 5-Santa Lucía, cantón
2-Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Avenida Los Naranjos;
al sur, Ana Patricia Rodríguez Marín; al este, Ana Patricia Rodríguez Marín y
al oeste, Ana Patricia Rodríguez Marín; al noroeste, Ana Patricia Rodríguez
Marín. Mide: ciento veintiún metros con setenta cinco decímetros cuadrados. De
no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las 3:50 p.m.
del 22/03/2018, con la base de diecinueve millones trescientos cuarenta y seis
mil ciento cuarenta y siete colones con veinticinco céntimos (rebajada en un
25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las 3:50
p.m. del 10/04/2018, con la base de seis millones cuatrocientos cuarenta y ocho
mil setecientos quince colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Patricia Alejandra Cascante Rodríguez. Exp. N°
17-001618-1158-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 11 de diciembre del año 2017.—Licda. Gabriela Chaves
Villalobos, Jueza.—( IN2018217221 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero con la
existencia de embargos practicados con las citas de inscripción a los tomos:
800, asientos: 157486, 305226 y 353731; a las once horas y cero minutos del
nueve de marzo del año dos mil dieciocho, y con la base de cinco millones
cuatrocientos seis mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número TSJ
006962, marca Suzuki, serie chasis y VIN MHYDN71V6DJ300059, año 2012, color
rojo. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del dos
de abril del año dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones cincuenta y
cuatro mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del dieciocho
de abril del año dos mil diecisiete con la base de un millón trescientos
cincuenta y un mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Marco Vinicio Castro Soto. Exp. N° 17-009216-1763-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 23 de enero del año 2018.—Lic.
Steven Galagarza Mata, Notario.—( IN2018217222 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y
cuarenta y cinco minutos del trece de marzo de dos mil dieciocho, y con la base
de treinta mil setecientos treinta y un dólares exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo: placas número c161456. Marca Peterbilt. Estilo
387. Categoría tractocamión (carga pesada). Año 2005. Color blanco. Serie y VIN
1XP7DU8X35D848061. Cilindrada 12000 cc. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de abril de dos mil
dieciocho, con la base de veintitrés mil cuarenta y ocho dólares con
veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de
abril de dos mil dieciocho con la base de siete mil seiscientos ochenta y dos
dólares con setenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Oakville S. A. contra Transpica S. A.
Exp. N° 17-017537-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 05 de diciembre del año 2017.—Lic. Greivin Gerardo
Fallas Abarca, Juez.—( IN2018217224 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Libre
de gravámenes prendarios; a las catorce horas y quince minutos del diecinueve
de marzo de dos mil dieciocho, y con la base de veinticinco mil dólares
exactos: vehículo: placa C164914, marca International, estilo 9400, categoría
tractocamión (carga pesada), capacidad 2 personas, serie 2HSFHAMR8YC048505, año
2000, carrocería cabezal o tractocamión, color anaranjado, tracción 6x4, motor
12700 CC combustible diesel. Para el segundo remate se señalan las catorce
horas y quince minutos del diez de abril de dos mil dieciocho, con la base de
dieciocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince
minutos del veinticinco de abril de dos mil dieciocho con la base de seis mil
doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). 2). Libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y quince
minutos del diecinueve de marzo de dos mil dieciocho, y con la base de treinta
y seis mil dólares exactos, el vehículo placa C 159073, marca Peterbilt estilo
387, categoría tractocamión (carga pesada), capacidad 2 personas, serie
1XP7D49X46D658205, año 2006, carrocería cabezal o tracto camión, color blanco,
tracción 6x4, motor 14900 CC combustible diésel. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y quince minutos del diez de abril de dos mil
dieciocho, con la base de veintisiete mil dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y quince minutos del veinticinco de abril de dos mil dieciocho con la base de
nueve mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Oakville S. A. contra Oscar Gerardo
Cordero Hernández, Oscar Josué Cordero Murillo. Exp. N° 17-006910-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 29 de agosto
del año 2017.—Licda. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—( IN2018217225 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; soportando
hipoteca de primer grado bajo las citas: 576-28336-01-0001-001 y servidumbre
trasladada bajo las citas: 377-17124-01-0918-002, a las catorce horas y treinta
minutos del nueve de mayo del dos mil dieciocho, y con la base de nueve
millones doscientos noventa mil ciento setenta y tres colones con seis
céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula Nº 243820-000, la cual es terreno para construir con una
casa. Situada: en el distrito: 1 Quesada, cantón: 10 San Carlos, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lotes 51 y 50; sur, calle pública con
9,00 metros; este, lote 61; oeste, lote 59. Mide: ciento ochenta metros
cuadrados. Plano: A-0880408-1990. Para el segundo remate, se señalan las
catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de mayo del dos mil dieciocho,
con la base de seis millones novecientos sesenta y siete mil seiscientos
veintinueve colones con ochenta céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y treinta
minutos del ocho de junio del dos mil dieciocho, con la base de dos millones
trescientos veintidós mil quinientos cuarenta y tres colones con veintisiete
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo
Comunal contra Adolfo Enrique Castro Araya, Mireya Araya Rojas. Expediente Nº
17-005158-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia
Cobro), 08 de
febrero del 2018.—Licda. Dinia Peraza Delgado, Jueza.—( IN2018217236 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de anotaciones judiciales de todo tipo,
soportando gravámenes y afectaciones inscritas: 1) Condic. y reserv. ref.:
000000000IDA inscrita en las citas: 399-02790-01-0807-001; 2) Condic. y reserv.
ref.: 00078553-000 inscrita en las citas: 399-02790-01-0808-001; 3) Condic. y
reserv. ref.: 00078553-000 inscrita en las citas: 399-02790-01-0809-001, a las
diez horas del veinticinco de abril del dos mil dieciocho (primer remate), y
con la base de cuatro millones seiscientos cuarenta y un mil noventa y cinco
colones con ochenta y nueve céntimos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 205358-000,
la cual es terreno para café. Situada: en el distrito tercero Potrero Grande,
cantón tercero Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
con Víctor Hugo Chinchilla Arias; al sur, resto reservado de Rafael Misal
Vindas; al este, con calle pública, y al oeste, con Víctor Hugo Chinchilla Arias
y servidumbre agrícola. Mide: siete mil setecientos sesenta y siete metros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas del nueve de mayo
del dos mil dieciocho, con la base de tres millones cuatrocientos ochenta mil
ochocientos veintiún colones con noventa y dos céntimos (rebajada en un 25%), y
para la tercera subasta, se señalan las diez horas del veintitrés de mayo del
dos mil dieciocho, con la base de un millón ciento sesenta mil doscientos
setenta y tres colones con noventa y siete céntimos (un 25%). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo
Comunal contra Ingrid Paola Pérez Hernández. Expediente Nº 17-000061-1555-AG.—Juzgado Agrario de Buenos
Aires.—Lic. Jean
Carlos Céspedes Mora, Juez.—Exonerado.—( IN2018217276 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada bajo las citas: 0402-00010437-01-0807-001; medianería
bajo las citas: 0402-00010437-01-0901-001, a las quince horas treinta minutos
del quince de marzo del dos mil dieciocho, y con la base de quince millones
trescientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 140784-000, la cual es
terreno para construir con 1 casa 4. Situada: en el distrito 05 San Francisco,
cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle
pública; al sur, INVU; al este, INVU, y al oeste, INVU. Mide: noventa y seis
metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se
señalan las quince horas treinta minutos del seis de abril del dos mil
dieciocho, con la base de once millones cuatrocientos setenta y cinco mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las quince horas treinta minutos del veinticuatro de abril
del dos mil dieciocho, con la base de tres millones ochocientos veinticinco mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Caja Costarricense de Seguro
Social contra Jorge Luis Chavarría Baltodano. Expediente Nº 11-034808-1012-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de diciembre del 2017.—Licda. Mayela Gómez
Pacheco, Jueza.—( IN2018217331 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre dominante bajo las citas: 350-11340-01-0016-001, a las nueve horas
y cero minutos del veintidós de marzo del dos mil dieciocho, y con la base de
cuarenta y ocho millones ciento seis mil quinientos veintinueve colones con
noventa y cuatro céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 215.429-000, la cual es lote C
terreno para cultivos. Situada: en el distrito 2 Florencia, cantón 10 San
Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ernesto Arguello
Corrales; sur, calle pública; este, Nairis Monge Salazar; oeste, Gonzalo Lacayo
Zumbado. Mide: cinco mil ochocientos veinticuatro metros cuadrados. Plano:
A-1807361-2015. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero
minutos del dieciséis de abril del dos mil dieciocho, con la base de treinta y
seis millones setenta y nueve mil ochocientos noventa y siete colones con
cuarenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la
tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del dos de mayo del
dos mil dieciocho, con la base de doce millones veintiséis mil seiscientos
treinta y dos colones con cuarenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra J V Q de la Vega S. A., Paul
Vinicio Vargas Torres. Expediente Nº 17-003031-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 18 de enero del 2018.—Licda.
Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2018217333 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas y restricciones (que pesa sobre ambos derechos), a las quince horas y
cuarenta y cinco minutos del dieciséis de mayo del dos mil dieciocho, y con la
base de cinco millones trescientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor
postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido
de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
Nº 102639 derechos 001 y 002, la cual es naturaleza: terreno para construir Nº
42. Situada: en el distrito 3-Mogote, cantón 4-Bagaces, de la provincia de
Guanacaste Linderos: norte, lote 10 de Ganadera Yiyi Sociedad Anónima; sur,
Ganadera Yiyi Sociedad Anónima; este, calle pública con 08,31 metros lineales;
oeste, Municipalidad de Bagaces. Mide: ciento setenta y dos metros con sesenta
y nueve decímetros cuadrados. Plano: G-0441553-1997. Para el segundo remate, se
señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de mayo
del dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones doce mil quinientos
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del quince de
junio del dos mil dieciocho, con la base de un millón trescientos treinta y
siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra
Giovanni del Carmen Montoya Sibaja, Seidi Patricia Campos Medrano. Expediente
Nº 17-003719-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz)
(Materia Cobro), 30 de enero
del 2018.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2018217343 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y
cero minutos del diecisiete de mayo del dos mil dieciocho, y con la base de dos
millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 67767-000, la cual es naturaleza:
terreno para construir. Situada: en el distrito 2-La Fortuna, cantón 4-Bagaces,
de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública con 20 m 04 cm
frente; sur, Arturo Hidalgo Quesada; este, Juan Hidalgo Peña; oeste, calle
pública con 20 m 31 cm frente. Mide: trescientos ochenta y nueve metros con
cincuenta y tres decímetros cuadrados. Plano: G-0823630-1989. Para el segundo
remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del primero de junio del dos
mil dieciocho, con la base de un millón quinientos mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las ocho horas y cero minutos del dieciocho de junio del dos mil dieciocho, con
la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Libia Luisa de la Trinidad Chaves Villalobos. Expediente Nº
17-001764-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz)
(Materia Cobro), 30 de enero
del 2018.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2018217344 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las once horas y
cero minutos del doce de junio del dos mil dieciocho, y con la base de cinco
millones cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número setenta y un mil
ochocientos sesenta y uno cero cero cero, la cual es terreno con una casa.
Situada: en el distrito Carmen, cantón San José, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Pedro Bejarano; al sur, calle pública y Juan Rafael Montes
de Oca; al este, Juan Rivera Monge, y al oeste, Juan Rivera Monge. Mide: ciento
dieciséis metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo
remate, se señalan las once horas y cero minutos del veintisiete de junio del
dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones cincuenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las once horas y cero minutos del doce de julio del dos mil dieciocho, con la
base de un millón trescientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Ricardo Alberto Rodríguez Flores contra COOPEAVEN R.L., Juan
Antonio López Espinoza. Expediente Nº 16-021480-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de noviembre del 2017.—Licda. Vanessa Guillén
Rodríguez, Jueza.—( IN2018217364 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas
y quince minutos del ocho de agosto del dos mil dieciocho, y con la base de
ciento tres mil setenta y cinco dólares con sesenta y dos centavos, en el mejor
postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido
de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número doscientos cuarenta y cuatro mil ciento sesenta y nueve cero cero uno y
cero cero dos, la cual es terreno de café para construir. Situada: en el
distrito 06 Santa Rosa, cantón 03 Santo Domingo, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, Guiselle Rodríguez Barquero; al sur, Jorge Enrique Rodríguez
Barquero y María Leticia Rodríguez Barquero; al este, calle pública con el
frente de 12.50 metros, y al oeste, Guiselle Rodríguez Barquero. Mide:
seiscientos sesenta y un metros con cero decímetros cuadrados. Plano:
H-1750729-2014. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y quince
minutos del veintiocho de agosto del dos mil dieciocho, con la base de setenta
y siete mil trescientos seis dólares con setenta y un centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas
y quince minutos del doce de setiembre del dos mil dieciocho, con la base de
veinticinco mil setecientos sesenta y ocho dólares con noventa centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José S. A. contra Francisco
Rodríguez Salazar, Jorge Alonso Rodríguez Ulate, Suanne Gerardina Aguilar
Rojas. Expediente Nº 18-001018-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 25 de enero del 2018.—Licda. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—(
IN2018217365 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre de acueducto y de paso de AyA citas: 470-11631-01-0001-001, a las
trece horas y veinte minutos del doce de junio del dos mil dieciocho, y con la
base de cuarenta y seis mil ciento veinticuatro dólares exactos, en el mejor
postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido
de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº
30466-F-000, la cual es terreno finca filial número dos destinada a uso
habitacional en proceso de construcción de dos plantas. Situada: en el distrito
Hatillo, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca
filial número tres; al sur, finca filial número uno; al este, Rosa Mary Monge
Durán, y al oeste, acceso vehicular y peatonal. Mide: ciento veinticuatro
metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se
señalan las trece horas y veinte minutos del veintisiete de junio del dos mil
dieciocho, con la base de treinta y cuatro mil quinientos noventa y tres
dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las trece horas y veinte minutos del doce de julio del dos
mil dieciocho, con la base de once mil quinientos treinta y un dólares exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Rafael Ángel Rojas Jiménez contra Meglosa
Mercadeo Global S. A. Expediente Nº 17-012884-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de noviembre del 2017.—Licda. Zary Navarro
Zamora, Jueza.—( IN2018217383 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas y
cero minutos del treinta de abril del año dos mil dieciocho, y con la base de
diez mil ochenta y dos dólares con ochenta y siete centavos (moneda de curso
legal de los Estados Unidos de Norte América), en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo: placas número CL-263131, marca KIA, estilo K2700,
categoría carga liviana, capacidad 3 personas, año 2012, color blanco, vin
KNCSHX71CD7663879, cilindrada 2665 cc. combustible diésel, motor Nº J2616114.
Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciséis
de mayo del año dos mil dieciocho, con la base de siete mil quinientos sesenta
y dos dólares con quince centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos
de Norte América) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del treinta y uno de mayo del
año dos mil dieciocho con la base de dos mil quinientos veinte dólares con
setenta y dos centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norte
América) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra David Francisco Calero Vargas,
expediente Nº 14-002451-1202-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 02 de febrero del 2018.—Licda. Lilliam Álvarez
Villegas, Jueza.—( IN2018217390 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios: 1) Con la base de
cuatrocientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes prendarios;
sáquese a remate el(los) bien(es) dado(s) en garantía, sea mesa de trabajo de
cuatro niveles fabricada con acero inoxidable tipo trescientos cuatro número
dieciocho, niveles distribuidos de la siguiente forma: un sobre principal, uno
inferior a veinte centímetros del piso y dos superiores a treinta centímetros,
y a sesenta centímetros, consecutivamente del sobre principal, posee sistema de
reflectores móviles para mantener platos preparados en el estante superior,
posee patas en tubo inoxidable ajustable al piso y son tapadas en su parte
trasera, mide ciento ochenta centímetros de frente por ochenta centímetros de
fondo, por noventa y cinco centímetros de alto. Para tal efecto se señalan las
diez horas y treinta minutos del doce de marzo del dos mil dieciocho (primer
remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan
las diez horas y treinta minutos del tres de abril del dos mil dieciocho, con
la base de trescientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada
en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las
diez horas y treinta minutos del diecinueve de abril del dos mil dieciocho, con
la base de ciento doce mil quinientos colones exactos (un 25% de la base original).
2) Con la base de cuatrocientos cincuenta mil colones exactos, libre de
gravámenes prendarios; sáquese a remate el(los) bien(es) dado(s) en garantía,
sea mesa de trabajo de cuatro niveles fabricada con acero inoxidable tipo
trescientos cuatro número dieciocho, niveles distribuidos de la siguiente
forma: un sobre principal, uno inferior a veinte centímetros del piso y dos
superiores a treinta centímetros, y a sesenta centímetros, consecutivamente del
sobre principal, posee sistema de reflectores móviles para mantener platos
preparados en el estante superior, posee patas en tubo inoxidable ajustable al
piso y son tapadas en su parte trasera, mide ciento ochenta centímetros de
frente por ochenta centímetros de fondo, por noventa y cinco centímetros de alto.
Para tal efecto se señalan las diez horas y treinta minutos del doce de marzo
del dos mil dieciocho (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo
el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del tres de
abril del dos mil dieciocho, con la base de trescientos treinta y siete mil
quinientos colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes,
para el tercer remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del
diecinueve de abril del dos mil dieciocho, con la base de ciento doce mil
quinientos colones exactos (un 25% de la base original). 3) Con la base de
novecientos mil colones exactos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a
remate el(los) bien(es) dado(s) en garantía, sea mesa de trabajo refrigerada fabricada
en acero inoxidable, tipo trescientos cuatro opaco, número veintidós, con
sistema de enfriamiento en su parte inferior, aislada con espuma de poliuretano
entre sus paredes, cuenta con j de acero inoxidable de quince centímetros por
treinta centímetros por diez centímetros de profundo que se mantienen frías con
el aire forzado, posee dos puertas con cierre a gravedad en su parte inferior,
un estante en la parte superior de treinta y cinco centímetros de fondo a
sesenta centímetros del sobre principal con sistema de calentamiento de platos,
además cuenta con ruedas giratorias, dos con freno para fácil manejo y
limpieza, mide ciento sesenta centímetros de frente por cien centímetros de
fondo por noventa centímetros de alto. Para tal efecto se señalan las diez
horas y treinta minutos del doce de marzo del dos mil dieciocho (primer
remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan
las diez horas y treinta minutos del tres de abril del dos mil dieciocho, con
la base de seiscientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un
25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez
horas y treinta minutos del diecinueve de abril del dos mil dieciocho, con la
base de doscientos veinticinco mil colones exactos (un 25% de la base
original). 4) Con la base de cien mil colones exactos, libre de gravámenes
prendarios; sáquese a remate el(los) bien(es) dado(s) en garantía, sea mueble
diseñado con bandeja de acero inoxidable y reflector de ciento diez voltios,
para mantener papas fritas calientes. Para tal efecto se señalan las diez horas
y treinta minutos del doce de marzo del dos mil dieciocho (primer remate). De
no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, señalan las diez horas
y treinta minutos del tres de abril del dos mil dieciocho, con la base de
setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse
rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y treinta minutos
del diecinueve de abril del dos mil dieciocho, con la base de veinticinco mil
colones exactos (un 25% de la base original). 5) Con la base de quinientos mil
colones exactos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el(los)
bien(es) dado(s) en garantía, sea freidor importado, fabricación americana,
marca Pis Co, posee dos canastas separadas, termostato para regular temperatura
y válvula de seguridad, zona fría para prolongar por mayor tiempo en buen
estado el aceite. Posee mueble hasta el piso en acero inoxidable, patas
ajustables al piso, mide cuarenta y cinco centímetros de frente por setenta y
cinco centímetros de fondo por noventa centímetros de alto. Para tal efecto se
señalan las diez horas y treinta minutos del doce de marzo del dos mil
dieciocho (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo
remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del tres de abril del dos
mil dieciocho, con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos
(rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se
señalan las diez horas y treinta minutos del diecinueve de abril del dos mil
dieciocho, con la base de ciento veinticinco mil colones exactos (un 25% de la
base original). 6) Con la base de quinientos mil colones exactos, libre de
gravámenes prendarios; sáquese a remate el(los) bien(es) dado(s) en garantía,
sea freidor importado, fabricación americana, marca Pis Co, posee dos canastas
separadas, termostato para regular temperatura y válvula de seguridad, zona
fría para prolongar por mayor tiempo en buen estado el aceite. Posee mueble
hasta el piso en acero inoxidable, patas ajustables al piso, mide cuarenta y
cinco centímetros de fondo por noventa centímetros de alto. Para tal efecto se
señalan las diez horas y treinta minutos del doce de marzo del dos mil
dieciocho (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo
remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del tres de abril del dos
mil dieciocho, con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos
(rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se
señalan las diez horas y treinta minutos del diecinueve de abril del dos mil
dieciocho, con la base de ciento veinticinco mil colones exactos (un 25% de la
base original). 7) Con la base de quinientos mil colones exactos, libre de
gravámenes prendarios; sáquese a remate el(los) bien(es) dado(s) en garantía,
sea cocina fabricada por equipos de Gas Román en acero inoxidable, tipo
trescientos cuatro, número veinte, la estructura frontal, lo demás en tipo
cuatrocientos treinta, número veinte, posee seis quemadores de veinte mil Btu,
con sus respectivos pilotos de encendido y bandeja recolectora de grasa,
parrillas de cuatro milímetros por nueve milímetros, en acero, desmontables
para facilitar la limpieza, cuenta con horno en su parte inferior, diseñado con
piso en ladrillo refractario, termostato para medir la temperatura y piloto de
encendido, posee ruedas giratorias, dos con freno y respaldo de cuarenta
centímetros atrás, mide ciento veinte centímetros de frente por noventa
centímetros de alto. Para tal efecto se señalan las diez horas y treinta
minutos del doce de marzo del dos mil dieciocho (primer remate). De no haber
postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta
minutos del tres de abril del dos mil dieciocho, con la base de trescientos
setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse
rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y treinta minutos
del diecinueve de abril del dos mil dieciocho, con la base de ciento
veinticinco mil colones exactos (un 25% de la base original). 8) Con la base de
quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a
remate el(los) bien(es) dado(s) en garantía, sea cocina fabricada por Equipos
de Gas Román en acero inoxidable, tipo trescientos cuatro, número veinte, la
estructura frontal, lo demás en tipo cuatrocientos treinta, número veinte,
posee seis quemadores de veinte mil Btu, con sus respectivos pilotos de encendido
y bandeja recolectora de grasa, parrillas de cuatro milímetros por nueve
milímetros, en acero, desmontables para facilitar la limpieza, cuenta con horno
en su parte inferior, diseñado con piso en ladrillo refractario, termostato
para medir la temperatura y piloto de encendido, posee ruedas giratorias, dos
con freno y respaldo de cuarenta centímetros atrás, mide ciento veinte
centímetros de fondo por ochenta y cinco centímetros de alto. Para tal efecto
se señalan las diez horas y treinta minutos del doce de marzo del dos mil
dieciocho (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo
remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del tres de abril del dos
mil dieciocho, con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada
en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las
diez horas y treinta minutos del diecinueve de abril del dos mil dieciocho, con
la base de ciento veinticinco mil colones exactos (un 25% de la base original).
9) Con la base de setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes
prendarios; sáquese a remate el(los) bien(es) dado(s) en garantía, sea mueble
enfriador para botellas, fabricado en acero tipo trescientos cuatro, número
veintidós, diseñado con tres puertas parche con cierre a gravedad, posee una
unidad de un tercio hp, ciento diez voltios, un estante superior de treinta y
cinco centímetros de fondo, ruedas giratorias dos con freno, mide doscientos
centímetros de frente por setenta y cinco centímetros de fondo por ciento
cuatro centímetros de alto. Para tal efecto se señalan las diez horas y treinta
minutos del doce de marzo del dos mil dieciocho (primer remate). De no haber
postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas y
treinta minutos del tres de abril del dos mil dieciocho, con la base de
quinientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un 25%). De no
apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y
treinta minutos del diecinueve de abril del dos mil dieciocho, con la base de
ciento setenta y cinco mil colones exactos (un 25% de la base original). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Cooperativa Nacional de Educadores R.L. contra
Inversiones Solís Ugalde S. A. Expediente Nº 15-020285-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de febrero del 2018.—Licda. Brenda Vargas
Quesada, Jueza.—( IN2018217393 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
condiciones y reservas REF:00078071-000 citas: 0395-00001577-01-0917-001,
reservas y restricciones citas: 0395-00001577-01-0919-001, servidumbre
trasladada citas: 0395-00001577-01-0920-001, servidumbre de paso citas: 0432-00005926-01-0019-001,
servidumbre de lineas electricas y de paso citas: 0432-00005926-01-0020- 001,
servidumbre de acueducto y de paso de AYA citas: 0432-00005926-01- 0021-001,
servidumbre de paso citas: 0440-00014907-01-0013-001 y servidumbre de paso citas:
0440-00014907-01-0013-001; a las siete horas y veinticinco minutos del
diecisiete de abril de dos mil dieciocho, y con la base de doscientos cuatro
mil trescientos dos dólares con cincuenta y cuatro centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº
29341-F cero cero cero la cual es terreno filial número cuarenta y uno
destinada a uso habitacional en proceso de construcción ubicada en el tercer
nivel edificio número siete. Situada en el distrito 01 Jacó, cantón 11
Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, área común libre
(zona verde y acera); al sur, área común libre (zona verde); al este, área
común construida (acceso/escalera) y finca filial 42 y al oeste, área común
libre (zona verde). Mide: doscientos sesenta y ocho metros con sesenta y cinco
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas y
veinticinco minutos del tres de mayo de dos mil dieciocho, con la base de
ciento cincuenta y tres mil doscientos veintiséis dólares con noventa centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las siete horas y veinticinco minutos del dieciocho de mayo de dos mil
dieciocho con la base de cincuenta y un mil setenta y cinco dólares con sesenta
y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica contra Compañía Naranjo y
Escalante S. A., Mauricio Naranjo Hoepker, expediente Nº 17-002989-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de
Puntarenas, 31 de enero
del 2018.—Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—( IN2018217394 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
reservas y restricciones, y servidumbre trasladada todas las fincas que se
dirán; a las once horas y treinta minutos del diecinueve de marzo del año dos
mil dieciocho, y con la base de un millón cuatrocientos treinta y siete mil
quinientos colones exactos para cada finca, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca uno: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº
326455-000 la cual es terreno para construir lote tres. Situada en el distrito
1- Upala, cantón 13-Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
Agroservicios Nayuribe S. A.; al sur, lote cuatro; al este, Agroservicios
Nayuribe S. A. y al oeste, calle pública con 8.80 metros de frente. Mide:
ciento cuarenta y nueve metros con sesenta decímetros cuadrados. Finca dos:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 326456-000 la cual es
terreno para construir lote cuatro. Situada en el distrito 1- Upala, cantón 13-
Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote tres; al sur, lote
cinco; al este, Agroservicios Nayuribe S. A. y al oeste, calle pública con 8.80
metros de frente. Mide: ciento cuarenta y nueve metros con sesenta decímetros
cuadrados. Finca tres: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº
326457-000 la cual es terreno para construir lote cinco. Situada en el distrito
1- Upala, cantón 13- Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
lote cuatro; al sur, lote seis; al este, Agroservicios Nayuribe S. A. y al
oeste, calle pública con 8.80 metros de frente. Mide: ciento cuarenta y nueve
metros con sesenta decímetros cuadrados. Finca cuatro: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula Nº 326458-000 la cual es terreno para construir lote
seis. Situada en el distrito 1- Upala, cantón 13- Upala, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, lote seis; al sur, lote siete; al este,
Agroservicios Nayuribe S. A. y al oeste, calle pública con 8.80 metros de
frente. Mide: ciento cuarenta y nueve metros con sesenta decímetros cuadrados.
Finca cinco: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 326467-000 la
cual es terreno para construir lote doce. Situada en el distrito 1- Upala,
cantón 13- Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Agroservicios
Nayuribe S. A.; al sur, calle pública con 8,50 metros de frente; al este, lote
trece y al oeste lote once. Mide: ciento cincuenta y seis metros con cincuenta
y nueve decímetros cuadrados. Finca seis: finca inscrita en el Registro
Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula Nº 326468-000 la cual es terreno para construir lote trece.
Situada en el distrito 1- Upala, cantón 13- Upala, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Agroservicios Nayuribe S. A.; al sur, calle publica con 8,50
metros de frente; al este, lote catorce y al oeste, lote doce. Mide: ciento
cincuenta y seis metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Finca
siete: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 326469-000 la cual es
terreno para construir lote catorce. Situada en el distrito 1- Upala, cantón
13- Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Agroservicios
Nayuribe S. A.; al sur, calle pública con 8,50 metros de frente; al este, lote
quince y al oeste, lote trece. Mide: ciento cincuenta y seis metros con
cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Finca ocho: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula Nº 326470-000 la cual es terreno para construir lote
quince. Situada en el distrito 1- Upala, cantón 13- Upala, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Agroservicios Nayuribe S. A.; al sur, calle
pública con 8,50 metros de frente; al este, Agroservicios Nayuribe S. A. y al
oeste, lote catorce. Mide: ciento cincuenta y seis metros con cincuenta y nueve
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y
treinta minutos del diez de abril del año dos mil dieciocho, con la base de un
millón sesenta y ocho mil ciento veinticinco colones exactos para cada finca y,
para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del
veintiséis de abril del año dos mil dieciocho con la base de trescientos
cincuenta y nueve mil trescientos setenta y cinco colones exactos para cada
finca. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Greivin
Gerardo Argüello Barrantes contra Agro Servicios Nayuribe Sociedad Anónima,
expediente Nº 16-001979-1204-CJ.—Juzgado de
Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia cobro), 23 de noviembre del 2017.—Sharon Chinchilla
Villalta, Jueza.—( IN2018217418 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas
cero minutos del cinco de abril del dos mil dieciocho, y con la base de dos
millones trescientos veinte mil setecientos veintiocho colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas número 812088. Marca
Nissan. Estilo Xterra SE. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2000.
Color negro. Vin 5N1ED28YXYC553504. Cilindrada 3300 c.c. Combustible gasolina.
Motor Nº ilegible. Para el segundo remate se señalan las once horas cero
minutos del veinte de abril del dos mil dieciocho, con la base de un millón
setecientos cuarenta mil quinientos cuarenta y seis colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once
horas cero minutos del siete de mayo del dos mil dieciocho con la base de
quinientos ochenta mil ciento ochenta y dos colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Valdelprado del Río Sociedad de Responsabilidad Limitada contra
José Alberto Núñez Sancho. Expediente Nº 16-003016-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Tadeo Solano Alfaro,
Juez.—( IN2018217426 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las catorce horas
y veinte minutos del veintinueve de mayo del dos mil dieciocho, y con la base
de dos millones setecientos noventa y cinco mil un colones con sesenta y tres
céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas 865322,
marca: Honda, estilo: CRV EX, categoría: automóvil, carrocería: todo terreno 4
puertas, tracción: 4x4, año: 2002, color: plateado, cilindrada: 2400,
combustible: gasolina. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y
veinte minutos del doce de junio del dos mil dieciocho, con la base de dos
millones noventa y seis mil doscientos cincuenta y un colones con veintidós
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las catorce horas y veinte minutos del veintisiete de junio del dos mil
dieciocho, con la base de seiscientos noventa y ocho mil setecientos cincuenta
colones con cuarenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Tomas Fernández Pérez contra Bladimir
José Alfaro Sánchez. Expediente Nº 16-003667-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 08 de noviembre del 2017.—Licda. Zary Navarro
Zamora, Juez.—( IN2018217432 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, al ser las ocho horas y cero minutos del siete de
mayo de dos mil dieciocho, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) libre
de gravámenes hipotecarios; soportando servidumbre trasladada (Citas: 301-
02333-01-0901-001) y con la base de noventa y cinco mil seiscientos setenta
dólares exactos, finca inscrita en el Registro Nacional, provincia de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
Quinientos doce mil cuatrocientos noventa y uno cero cero cero, la cual es de
naturaleza: terreno de café y para construir. Situada en el distrito 3-San
Rafael, cantón 8-Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Lomas de
Perseverancia S. A.; al sur, Lomas de Perseverancia S. A.; al este, calle
pública y al oeste, Agrícola La Casualidad S. A. Mide: trescientos metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del
veintidós de mayo de dos mil dieciocho, con la base de setenta y un mil
setecientos cincuenta y dos dólares con cincuenta centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
cero minutos del seis de junio de dos mil dieciocho con la base de veintitrés
mil novecientos diecisiete dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). 2) Libre de gravámenes hipotecarios; soportando
servidumbre trasladada (Citas: 301-02333-01-0901-001) y con la base de noventa
y cinco mil seiscientos setenta dólares exactos, finca inscrita en el Registro
Nacional, provincia de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula número quinientos veintitrés mil ochocientos nueve cero cero
cero la cual es de naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito
3-San Rafael, cantón 8-Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
Lomas de Perseverancia; al sur, Luis Fernando Murillo Guzmán; al este, calle
pública con 8.25 centímetros de frente y al oeste, Agrícola La Casualidad S. A.
Mide: trescientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y cero minutos del veintidós de mayo de dos mil dieciocho, con la base de
setenta y un mil setecientos cincuenta y dos dólares con cincuenta centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y cero minutos del seis de junio de dos mil dieciocho con la
base de veintitrés mil novecientos diecisiete dólares con cincuenta centavos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Salvador Montelongo Cazares contra Cristian Fernando Murillo
Rojas, Luis Fernando Murillo Guzmán expediente Nº 17-014176-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela (Materia cobro), 03 de enero del 2018.—Msc. Kenny Obaldía Salazar, Jueza.—(
IN2018217447 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
reservas Ley Aguas citas: 410-01741-01-0185-001 y reservas Ley Caminos citas:
410-01741-01-0265-001, a las diez horas y cero minutos del dos de abril de dos
mil dieciocho, y con la base de cuatro millones de colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº
190981-000, la cual es terreno naturaleza: terreno para la agricultura. Situada
en el distrito 4-Santa Elena, cantón 10-La Cruz de la provincia de Guanacaste.
Linderos: norte, Perla María Conrado Carmona; sur, Reserva del IDA; este, Perla
María Conrado Carmona y oeste, Edwin Simeón Conrado Carmona. Mide: cinco mil metros
cuadrados. Plano: G-1532221-2011. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y cero minutos del dieciocho de abril de dos mil dieciocho, con la base
de tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de
mayo de dos mil dieciocho con la base de un millón de colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Hannia Emilce Sánchez Montoya contra María Isabel Carrera Conrado, expediente
Nº 16-000656-1206-CJ.—Juzgado de
Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz)
(Materia cobro), 05 de
diciembre del año 2017.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2018217463
).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y
cuarenta y cinco minutos del dos de abril del dos mil dieciocho, y con la base
de dos millones seiscientos treinta y nueve mil novecientos treinta y nueve
colones con dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo:
placas número BDR 308. Marca Hyundai. Estilo Accent. Categoría automóvil.
Capacidad 5 personas. Año 1999. Color gris. Vin KMHCG51FPXU002625. Cilindrada
1500 c.c. Combustible gasolina. Motor Nº ilegible. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de abril del
dos mil dieciocho, con la base de un millón novecientos setenta y nueve mil
novecientos cincuenta y cuatro colones con veintisiete céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cuarenta y cinco minutos del siete de mayo del dos mil dieciocho con la base de
seiscientos cincuenta y nueve mil novecientos ochenta y cuatro colones con
veintisiete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credibrothers S. A. contra
José Fabián Mena Zúñiga. Expediente Nº 16-003225-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 05 de setiembre del 2017.—M.Sc. Yesenia Solano
Molina, Jueza.—( IN2018217500 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas del
dieciséis de marzo del dos mil dieciocho, y con la base de dos millones ciento
sesenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo: placa: 752678, categoría: automóvil, año: 2008, capacidad 5 personas,
serie: JMY0NK9608J000419, color: plateado, cilindrada: 2972 c.c. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas del nueve de abril del dos mil
dieciocho, con la base de un millón seiscientos veintitrés mil setecientos
cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las ocho horas del veinticinco de abril del dos mil
dieciocho con la base de quinientos cuarenta y un mil doscientos cincuenta
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Inversiones Dorvic Limitada
contra Inversiones Cortés Palacios Sociedad Anónima. Expediente Nº
16-008811-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 24 de enero del 2018.—Licda. Karina Quesada
Blanco, Jueza.—( IN2018217503 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas
treinta minutos del nueve de marzo del dos mil dieciocho, y con la base de
veintidós millones ochocientos dos mil trescientos setenta y seis colones, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número trescientos setenta y tres mil ochocientos veintinueve-cero
cero cero la cual es terreno de potrero lote A. Situada en el distrito tres
Pozos, cantón nueve Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Rafael Enrique Pérez Araya; al sur, calle pública con 08m 86cm; al este, Asoc.
Desarrollo Integ. Pozos Sta. Ana; y al oeste, lote B. Mide: ciento setenta
metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las quince horas treinta minutos del dos de abril del dos mil
dieciocho, con la base de diecisiete millones ciento un mil setecientos ochenta
y dos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las quince horas treinta minutos del dieciocho de abril del
dos mil dieciocho con la base de cinco millones setecientos mil quinientos
noventa y cuatro colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Nacional
de Vivienda y Urbanismo contra David Bolaños Quesada. Expediente Nº 17-007843-1763-CJ.
Notifíquese.—Juzgado
Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 30 de enero del 2018.—Lic.
Steven Galagarza Mata, Juez.—( IN2018217517 ).
Se convoca a todas las personas interesadas en la
sucesión de José Félix Alfaro Aguilar, a una junta que se verificará en este
Juzgado a las ocho horas del diecinueve de marzo de dos mil dieciocho, para
conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código
Procesal Civil. Exp. N° 14-100046-0920-CI. Sucesión de José Félix Alfaro
Aguilar, Promueve: Jackeline Alfaro Zapata Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Sur Corredores, 7 de febrero del 2018.—Lic. Allan Roberto Espinoza
Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2018215600 ).
Se convoca a
todas las personas interesadas en la sucesión de: Yovany Pereira Vargas, a una
junta que se verificará en este Juzgado, a las ocho horas y treinta minutos del
nueve de marzo del dos mil dieciocho, para conocer acerca de los extremos que
establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº
13-000116-0504-CI.—Juzgado
Civil de Heredia, 25 de enero
del 2018.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—1 vez.—( IN2018217347 ).
Se hace saber:
Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000107- 0388-CI donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de Dalia Villafuerte
Cubillo, quien es mayor, estado civil soltera, vecino de Polvazal de Santa
Barbara, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número
0107790379, profesión conserje, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito sétimo, Diria, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, Luis Ángel Serrano Ramírez; al sur, María
Vanessa Serrano González; al este, Luis Ángel Serrano Ramírez y al oeste, calle
pública con un frente a ella de treinta y tres metros con treinta y seis metros
lineales. Mide: setecientos cuarenta y cinco metros cuadrados. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de un millón ochocientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por
medio de una compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública,
pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en hacer chapeas,
rondas, arreglo de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público
de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Dalia
Villafuerte Cubillo. Exp. 14-000107-0388-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Santa Cruz (Materia Civil), Santa Cruz, 4 de abril del 2017.—Lic. Jaime Eduardo Rivera
Prieto, Juez.—1 vez.—( IN2018215895 ).
Se hace saber,
que ante este Despacho se tramita el expediente N° 17-000118-0391-AG donde se
promueven diligencias de Información Posesoria por parte de 3-101-659156 S. A.,
personería jurídica N° 3-101-659156 representada en su condición de apoderado
generalísimo sin límite de suma por Henry Morera Oviedo, quien es mayor, casado
una vez, vecino de El Golfo de Jicaral, portador de la cédula de identidad
vigente que exhibe número 02-0469-0021, empresario, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: Finca cuya naturaleza es terreno para agricultura. Situada en el distrito
cuarto, cantón noveno, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con
calle pública; al sur, calle pública y Manuel Vargas García con servidumbre de
paso en medio; al este, calle pública y al oeste, calle pública. Mide:
trescientos sesenta y seis mil metros con cuatrocientos sesenta y cuatro
centímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número
G-1813584-2015. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto
el inmueble como las presentes diligencias en la suma de veinticinco millones
de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe
y a título de dueño por más de 2 años. Que no existen condueños. Que los actos
de posesión han consistido en limpieza y mantenimiento general. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria a efecto de
que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por 3-101-659156 S. A. Exp.:
17-000118-0391-AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, Santa Cruz, 08 de febrero del 2018.—Lic. José Wálter Ávila
Quirós, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018215909 ).
Se hace
saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 17-000209-0391-AG
donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Antonio De
Jesús Mora Carranza quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino(a) de
San José, San Rafael de Escazú, del Gold Gym, cien este y trescientos metros
norte, portador(a) de la cédula de identidad vigente que exhibe número
5-214-898, profesión Empresario, y Seidy Trejos Valverde, mayor, casada una
vez, ama de casa, cédula de identidad 1-653-116, vecina de San José, San Rafael
de Escazú, del Gold Gym, cien este y trescientos metros norte, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de cultivos. Situada en
el distrito uno Nicoya, cantón dos Nicoya, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, calle pública con quince metros treinta y un centímetros de
frente; al sur, Serbula Villareal López; al este, Facundo Rosales Muñoz y
Serbula Villareal López, y al oeste, Rafael Zúñiga Zúñiga. Mide: Cuatro mil
quinientos cincuenta y un metros cuadrados, tal como lo indica el plano
catastrado número G-1998275-2017. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma
de cuatro millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por Venta,
y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no
existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en pastoreo de
ganado y siembra de árboles de teca. Que no ha inscrito mediante el amparo de
la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Antonio De Jesús Mora Carranza. Exp. N° 17-000209-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo
Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), Santa Cruz, 7 de febrero del 2018.—Lic. José
Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018215911 ).
Se hace
saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-000185-0930-CI
donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Marcel
Alberto Artavia Guevara, quien es mayor, estado civil casado, vecino de La
Rita, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 3-0332-0683,
profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la
provincia de Limón, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito La
Rita, cantón Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle
pública; al sur, Emérita Brenes Chaves; al este, Fredy Hernández Cano y al
oeste, Emérita Brenes Chaves. Mide: cuatro mil novecientos treinta y ocho
metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Indica el promovente que
sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de veinticinco
millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra y venta a Álvaro
Alberto Montero Araya y Manuel Antonio Montero Araya por más de trece años, y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los
actos de posesión han consistido en limpieza de terreno, cercado, malla
ganadera, cuenta con servicios públicos. Que no ha inscrito mediante el amparo
de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Marcel Alberto Artavia Guevara. Exp: 15-000185-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 05 de febrero del año 2018.—Lic. Gersan Tapia
Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2018216048 ).
Se hace
saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-000128-0388-CI
donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Greivin
Díaz Angulo, quien es mayor, soltero vecino de Santa Ana de Belén de Carrillo
de la iglesia, trescientos cincuenta metros al sur, cédula de identidad N°
5-0280-0584 y María Gabriela Monestel Monestel, quien es mayor, soltera, vecina
de Santa Ana de Belén de Carrillo de la iglesia, trescientos cincuenta metros
al sur, cédula de identidad número 5-315-0437, profesión miscelánea, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que
se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es
terreno de patio. Situada en el distrito cuarto Belén, cantón quinto Carrillo,
de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Josefa Anita Angulo Mendoza;
al sur, Isabel Sánchez Méndez; al este, calle pública con un frente de treinta
y un metros con ochenta y siete decímetros; y al oeste, quebrada. Mide: dos mil
cuatrocientos setenta y nueve metros cuadrados. Mide: mil cuatrocientos setenta
y nueve metros. Indican los promoventes que sobre el inmueble a inscribir no
pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble
donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta.
Que los actos de posesión han consistido en arreglo de cercos, chapea, rondas,
construcción de una casa de habitación. Que no ha inscrito mediante el amparo
de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Greivin Díaz Angulo. Expediente Nº 15-000128-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, Santa Cruz, 26 de
setiembre del 2017.—Lic. Carlos Manuel Ruiz Rodríguez, Juez.—1 vez.—(
IN2018216082 ).
Se hace
saber, que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-000094-0390-CI
donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de, Julio
César Contreras Orias, quien es mayor, estado civil casado, vecino de: Carmona,
Nandayure del Banco Nacional oeste y doscientos metros al sur, portador de la
cédula de identidad vigente que exhibe número: 05-0143-0628, profesión
Pensionado del Ministerio de Seguridad Pública (policía), a fin de inscribir a
su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno
de potrero. Situada en el distrito: Primero, cantón: Carmona, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte, con calle pública; al sur, Ólger Vargas
Artavia, al este, Julio César Contreras Orias y al oeste, Didier Campos Castro.
Mide: seiscientos cuarenta y un metros, con tres decímetros cuadrados, con
plano número: G-374202-1979. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de: un millón de colones. Que
adquirió dicho inmueble: Por medio de compra, y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en: Mantenimiento de cercas y actos posesorios en chapias. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que,
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información
Posesoria, promovida por, Julio César Contreras Orias. Exp.:
15-000094-0390-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya (Materia Civil), Nicoya, 31 de enero del 2018.—Lic. Jairo
Acuña Fallas, Juez.—1 vez.—( IN2018216175 ).
Se hace
saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 17-000262-0930-CI
donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Rafael
Vásquez Aguilar, quien es mayor, soltero, enfermero, vecino de El Prado,
Roxana, Pococí, Limón, cincuenta metros al norte de la escuela el Jardín,
portador de la cédula de identidad 9 0072 0065 a fin de inscribir a su nombre y
ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca
ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno de jardín y patio con una
casa. Situada en el distrito Roxana, cantón Pococí, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, Dalay Vásquez Aguilar; al sur, Gonzalo Varela Jara; al este,
Escuela El Prado, y al oeste, calle pública con un frente a ella de once metros
con cuarenta y seis centímetros lineales. Mide: doscientos veintiséis metros
cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho
inmueble en la suma de ocho millones de colones. Que adquirió dicho inmueble
mediante posesión originaria. hace. aproximadamente treinta y dos años, y hasta
la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de
posesión han consistido en mantener construido y cerrado el terreno. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Rafael Vásquez Aguilar. Exp. N°
17-000262-0930-CI.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 24 de enero del 2018.—Lic.
Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2018216336 ).
Se hace
saber: que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 17-000263-0930-CI
donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Adelia
Dalay de Los Ángeles Vásquez Aguilar quien es mayor, estado civil soltera,
vecina de Prado, Roxana, Pococí, portadora de la cédula de identidad vigente
que exhibe número 700810269, profesión pensionada, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno jardín con una
casa. Situada en el distrito cuarto Roxana, cantón Pococí, de la provincia de
Limón. Colinda: al norte, Johnny Alberto Montes Cerdas; al sur, Rafael Vásquez
Aguilar; al este, Escuela El Prado y al oeste, calle pública. Mide: doscientos
treinta y siete metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que
adquirió dicho inmueble por posesión originaria hace veinticuatro años, y hasta
la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de
posesión han consistido en mantenimiento construido, chapeado, cerrado de
tapia. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros Inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Adelia Dalay
de Los Ángeles Vásquez Aguilar. Exp. N° 17-000263-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo
Circuito Judicial de La Zona Atlántica, Pococí, 10 de enero del año 2018.—Lic. Gersan Tapia
Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2018216338 ).
Se hace saber:
que ante este Despacho se tramita el expediente N° 17-000185-0930-CI donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de Luis Alfonso Zamora
Vargas quien es mayor, estado civil casado, vecino de Guácimo, portador de la
cédula de identidad vigente que exhibe Nº 801020359, profesión comerciante, a
fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el
terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es
terreno de solar con una casa. Situada en el distrito cuarto Río Jiménez,
cantón sexto Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle
pública; al sur, Ángel Santana Chavarría Barrantes; al este, Carmen Lidia
Barrantes Chaves y Siony Vargas Salazar y al oeste, Luis Zamora Vargas. Mide:
mil doscientos catorce metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de diez colones. Que
adquirió dicho inmueble el veintisiete de noviembre de dos mil once por medio
de compraventa al señor Félix Castrillo Meza y Sandra María Angulo Montiel, y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los
actos de posesión han consistido en deslinde de la propiedad y construcción de
casa de habitación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Luis Alfonso Zamora Vargas, expediente Nº 17-000185-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, Pococí, 30 de
noviembre del 2017.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2018216343 ).
Capital
Variable Herrevar S. A., cédula jurídica N° 3-101-506473, en su representante
Giovanni Herrera Vargas, mayor, soltero, presbítero, cédula de identidad número
seis-doscientos treinta y ocho-trescientos treinta y ocho, vecino de Buenos
Aires Puntarenas, solicita se levante Información Posesoria a fin de que se
inscriba a su nombre en el Registro Público de Propiedad, la finca sin
inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno para construir,
situado en el distrito primero Buenos Aires del cantón tercero Buenos Aires, de
la provincia sexta Puntarenas, con los siguientes linderos: al norte, con
servidumbre de paso y Capital Variable Herrevar S. A.; al sur, con Geovanny
Barrantes Santamaría; al este, con Capital Variable Herrevar S. A.; y al oeste,
con Juan Carlos Altamirano Vargas, Beleida Hidalgo Valderramos. Mide:
trescientos tres metros cuadrados. Según plano catastrado P-1967959-2017. El
terreno antes descrito, el solicitante ha sido el poseedor en calidad de dueño
de manera pública, pacífica e ininterrumpida por más de diez años. Estima el
fundo en la suma de siete millones quinientos mil colones igualmente las
presentes diligencias. Con un mes de término contados a partir de la
publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados
con esta titulación a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos.
Información Posesoria, expediente N° 17-000034-1555-AG establecidas por Capital
Variable Herrevar S. A.—Juzgado
Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires, jueves 21
de diciembre del 2017.—Lic. Roberto Hurtado Villalobos, Juez.—( IN2018216430 ).
Se hace saber
que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 15-000031-0689-AG donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de Álvaro Cascante
Méndez quien es mayor, casado una vez, vecino de Vista de Mar de Chires de
Puriscal; dos kilómetros al oeste, de la iglesia católica, portador de la
cédula de identidad vigente que exhibe número 01-0407-0241, pensionado, a fin
de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca cuya naturaleza es de pasto y bosque. Situada en
vista de mar, el distrito nueve: Chires, cantón cuatro: Puriscal, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, Álvaro Cascante Méndez (promovente); al sur,
Álvaro Cascante Méndez (promovente); al este, Katherine Delgado Flores y
Stephanie Delgado Flores y al oeste, Álvaro Cascante Méndez (promovente). Mide:
treinta y un mil doscientos diecinueve metros cuadrados , tal como lo indica el
plano catastrado número SJ-1676233-2013 del 07 de agosto del 2013- indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma
de tres millones de colones y las diligencias en la suma de un millón de
colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de venta, mediante escritura
pública número ciento treinta y tres ante el notario Eugenio Charpentier
Chaves, en la cual Arturo Rojas Aguilar, cédula de identidad 01-0260-0232 le
transmite la posesión, al ser las diez horas del cinco de noviembre de mil
novecientos sesenta y seis, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta,
pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de
diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido
en chapeas, mantenimiento de cercas, crianza de ganado y repastos. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Álvaro Cascante Méndez. Exp. N°
15-000031-0689-AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 06 de febrero del año 2018.—Lic. Oscar Andrés
Segura Navarro, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018216440 ).
Se hace
saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000155-0387-AG
donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Oscar
Emilio Gerardo Soto Mora, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino
de La Cruz, Guanacaste, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe
número 02-0379-0404, profesión gestor ambiental, a fin de inscribir a su nombre
y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca cuya naturaleza es plana . Situada en el distrito Dos Ríos, cantón Upala,
de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Juana García Carmona; al sur,
Adilia García Carmona; al este, Rancho Soto Sociedad Anónima; y al oeste, calle
pública. Mide: veintiún mil ochocientos ochenta y ocho metros cuadrados, tal
como lo indica el plano catastrado número A1736714-2014. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligenciasen la suma de cuatro millones de colones cada una. Que adquirió
dicho inmueble por compra venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por
más de más de 35 años. Que no existen con dueños. Que los actos de posesión han
consistido en siembra de agricultura y árboles frutales. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Oscar Emilio Gerardo Soto Mora. Expediente Nº
16-000155-0387-AG.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria), Alajuela, Upala, 05 de febrero del 2018.—Msc. Silvia Elena Sánchez Blanco, Jueza.— 1 vez.—Exonerado.—(
IN2018216442 ).
Se hace
saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 17-000178-0465-AG
donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Ariel
Gerardo Hernández Solís, quien es mayor, estado civil divorciado, vecino de San
Miguel de Sixaola, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número
07-0114-0009, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya
naturaleza es potrero y plantaciones. Situada en el distrito Sixaola, cantón
Talamanca, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Jacinto Vásquez
Espinoza; al sur, Félix López Vásquez; al este, Anatolio Fernández Ríos; y al
oeste, calle pública con una medida lineal de 114.95 metros. Mide: veintitrés
mil trescientos ochenta y un metros cuadrados, tal como lo indica el plano
catastrado número L-1925378-2016. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima el inmueble en la suma de nueve millones cuatrocientos mil
colones y las diligencias en la suma de dos millones seiscientos mil doscientos
colones. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información
posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por Ariel Gerardo Hernández
Solís. Expediente Nº 17-000178-0465-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 02 de febrero del 2018.—Licda. Heilin Rojas
Madrigal, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018216446 ).
Se hace
saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000023-0388-CI
donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de José
Francisco de Guadalupe Zeledón Jiménez, quien es mayor, estado civil casado una
vez, vecino de Castilla de Oro de Belén de Carrillo, portador de la cédula de
identidad vigente que exhibe número uno-quinientos noventa y uno-cero cero
veintisiete, profesión agente de ventas, a fin de inscribir a su nombre y ante
el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca
ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno apto para construir.
Situada en el distrito cuarto (Belén), cantón quinto (Carrillo), de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Heriberto Carrillo Ramírez y Cindy
Chavarría Zeledón; al sur y al este, con Carmen María Zeledón Jiménez; y al
oeste, calle pública con un frente de catorce metros. Mide: mil trescientos
cincuenta metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que
adquirió dicho inmueble por medio de donación, y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en deslinde, amojonamiento, limpieza y chapea de rondas, y siembra de árboles
frutales y que cuenta con servicios públicos de agua y electricidad. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por José Francisco de Guadalupe Zeledón
Jiménez. Expediente Nº 14-000023-0388-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Santa
Cruz (Materia Civil), Santa Cruz, 22 de noviembre del 2016.—Lic. José Mauricio
Jiménez Sequeira, Juez.—1 vez.—( IN2018216488 ).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ángel María Marchena Contreras,
mayor, estado civil casado/a, pensionado, con documento de identidad 0500380808
y vecino(a) de San Miguel de Naranjo, Alajuela, 400 metros al este y 400 metros
al sur del cruce de la pista, Urbanización Nueva. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 17-000182-0295-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), 13 de diciembre del 2017.—Licda.
Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—( IN2018215837 ).
Mediante acta
de apertura otorgada ante esta notaría por Wen Hui Wu Lin, a las 13:00 horas
del 27 de octubre de 2017 y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara
abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera Kung Feng Wu
Li, quien fuera mayor, casado una vez, vecino de Zapote y con cédula ocho-cero
seis cinco-seis uno seis. Se emplaza a todos los interesados para que dentro
del plazo máximo de 30 días, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Lic. Fernando
José Solano Rojas, carné 13884. San José, Escazú, Plaza Colonial, local 2-1.
Teléfono 2289-8920.—Lic. Fernando José Solano Rojas, Notario Público.—1 vez.—(
IN2018215853 ).
Mediante acta
de apertura otorgada ante esta notaría por Eddy Noel Hernández Castrillo,
Silvia Hernández Noguera, Aura Melia Hernández Noguera, Ilka María Hernández
Noguera y Eugenia Zulay Hernández Noguera, a las 16:00 del 26 de enero de 2018
y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio ab intestato de quien en vida fuera María Inés Zulay Noguera Rivas,
quien fuera mayor, casada una vez, vecina de Montes de Oca y con cédula
cinco-cero cero tres nueve-cero dos ocho cuatro. Se emplaza a todos los
interesados para que dentro del plazo máximo de 30 días, contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus
derechos. Lic. Fernando José Solano Rojas, carné 13884. San José Escazú, Plaza
Colonial, local 2-1. Teléfono 2289-8920.—Lic. Fernando José Solano Rojas,
Notario.—1 vez.—( IN2018215854 ).
Se emplaza a
todos los interesados en la sucesión conjunta de Israel Chaves Jiménez, quien
fue mayor, casado una vez, agricultor, cédula: dos-cero noventa y
nueve-setecientos ochenta y dos y Herlinda Rodríguez Paniagua, quien fue mayor,
casada una vez, ama de casa, cédula dos-ciento dos-cuatrocientos cincuenta y
seis, ambos vecinos de Zarcero doscientos metros al sur del parque, tramitada ante
la notaría del licenciado Javier Alfaro Blanco, ubicada en Zarcero cien metros
norte del Banco Nacional de Costa Rica, para que, dentro del plazo de treinta
días, contados a partir de la primera publicación de este edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos, bajo apercibimiento de que de no comparecer dentro de
dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Proceso sucesorio notarial
N° 0003-2011. Zarcero, veintidós de agosto del dos mil once.—Lic. Javier Alfaro
Blanco, Notario.—1 vez.—( IN2018215861 ).
Se cita y
emplaza a todos los interesados en la sucesión notarial de quien en vida fuera:
Rodolfo Lizano Saborío, mayor de edad, casado una vez, mecánico, con cédula de
identidad número: uno-trescientos cincuenta y siete-setecientos trece, vecino
de San José, Hatillo, para que, dentro del plazo de treinta días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos, ante esta notaría, sita en San José, calles trece y diecinueve,
avenida dieciséis y dieciocho, Apartamentos Doña Tina, número cuatro, y se
aperciben a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº
01-2018.—San José, a las diez horas del siete de febrero del dos mil
dieciocho.—Lic. Manuel Enrique Fernández Campos, Notario Público.—1 vez.—( IN2018215879
).
Se hace saber
que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Gastón Fernando Avilés Carranza, mayor, divorciado, pensionado, costarricense,
con documento de identidad 0601020041 y vecino San José, Goicoechea, El Alto de
Guadalupe. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos
los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 17-000834-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San
José, Goicoechea, 07 de
febrero del 2018.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—( IN2018215880 ).
En mi
notaría, en la ciudad de Limón, a las 08:00 horas del 01 de febrero del 2018,
doy por abierto el expediente de sucesión notarial de quien en vida fuera,
Julio Antonio Montero Mata, vecino de Limón centro, cédula 7-0025-0092, cito a
los interesados, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo de 30 días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasara a quien corresponda, mi oficina se
encuentra en la ciudad de Limón, costado norte del INS segunda planta.—Limón,
01 de febrero del 2018.—Lic. José Miguel Zeledón Gómez, Notario.—1 vez.—(
IN2018215882 ).
Se hace
saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Gabriel Antonio Retana Gamboa, mayor, casado, obrero de construcción, con
documento de identidad uno-mil dieciocho-cuatrocientos sesenta y cuatro y
vecino Cocorí, Pérez Zeledón. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras
y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener
derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla
pasará a quien corresponda. Exp. N° 15-000152-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 12 de noviembre del 2015.—Msc. Norman Herrera
Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2018215883 ).
Se hace saber
que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
José Ángel Pérez Pérez, mayor casado una vez, comerciante, costarricense,
cédula de identidad dos-trescientos cinco-cero sesenta y cinco, y Adelina de la
Trinidad Morales Vega, mayor, casada una vez, ama de casa, costarricense, con
documento de identidad seis-ciento setenta-ciento sesenta y cinco, ambos
vecinos de Rosario de Naranjo, Alajuela. Se cita a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
17-000023-0295-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), 25 de enero del 2018.—Msc. Emi Lorena Guevara
Guevara, Jueza.—1 vez.—( IN2018215894 ).
Se hace
saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Elizabeth Naranjo Pereira, mayor, casada, con documento de identidad
03-0200-1037 y vecino de Taras de Cartago. Se cita a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
17-000498-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 05 de
febrero del 2018.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2018215913 ).
Se hace saber
que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Alix María Mayela Madrigal Porras, mayor, estado civil casada, profesión
educadora pensionada, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad
0401120156 y vecina de San Joaquín de Flores, Heredia. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 17-000172-1761-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 02 de febrero del año 2018.—Licda. Sandra Trejos
Jiménez, Jueza.—1 vez.—( IN2018215942 ).
Se cita y
emplaza a todos los interesados en la sucesión de: Manuel Castro Sánchez, quien
en vida fue: mayor, casado una vez, pensionado, vecino de San José, Curridabat,
Urbanización José María Zeledón, casa D-diecisiete, portador de la cédula de
identidad número: uno-trescientos ochenta y dos-trescientos sesenta y dos, para
que, dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante la notaría del Lic. Carlos Luis Jiménez Masís,
ubicada en San José, avenida central, calles veintinueve y treinta y tres,
Edificio Irma, segundo piso, Jiménez & Rivas Abogados; a hacer valer sus
derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos o bien derecho
alguno sobre el haber hereditario, que si no se presentan dentro de dicho
plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Se hace constar que el horario
de esta notaría es de las ocho horas a las diecisiete horas. Expediente número:
cero cero uno-dos mil dieciocho. Notaría del Lic. Carlos Luis Jiménez Masís,
carné número: once mil ciento cuarenta y ocho.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís,
Notario Público.—1 vez.—( IN2018215951 ).
Se cita y
emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor José Ángel Mata Mora,
mayor soltero, profesor de educación física, en vida vecino de Calle Blancos,
setenta y cinco metros al norte de la Pulpería Mi Casita, cédula número
1-0435-0329, quien falleció el veintiséis de febrero del dos mil cuatro, para
que dentro del término de 30 días, que corren a partir de la presente se
apersonen ante esta notaría, ubicada en Tres Ríos, La Unión, del cementerio 200
este, para hacer valer sus derechos. Si no se presentan dentro dicho plazo la
herencia pasará a quien corresponda.—Cartago, 8 de febrero del 2018.—Msc.
Roxana Figueroa Flores, Abogada.—1 vez.—( IN2018215957 ).
Se hace saber:
Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Álvaro Artavia Zamora, mayor, estado civil casado, pensionado, nacionalidad
Costa Rica, con documento de identidad 03-0128-0487 y vecino de Moravia. Se
cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las
personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 17-000776-0169-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San
José, 26 de enero del 2018.—M.Sc. Fabio
Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2018215972 ).
Mediante acta
de apertura otorgada ante esta notaría, por Walter Flores Zamora, mayor, casado
una vez, contador, cédula dos-cuatrocientos ochenta-cuatrocientos noventa y
siete, vecino de Alajuela, Desamparados, Urbanización Punta del Este, ultima
entrada a mano izquierda, casa número diecisiete, a las once horas del primero
de febrero del año dos mil dieciocho y comprobado el fallecimiento, esta
notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quienes en vida
fueron Francisco Flores Arias, mayor de edad, casado una vez, comerciante,
cédula dos-doscientos veinte-cuatrocientos cincuenta y siete; y Carmen Myriam
Zamora Mendoza, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula uno-cuatrocientos
nueve-mil treinta y tres; ambos vecinos de canoas de Alajuela, de la cancha de
futbol cinco, doscientos metros oeste. Se cita y emplaza a todos los
interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Marco Porras Araya.
Alajuela, centro, de la Cruz Roja, cien metros este, Edificio Los Arcos, tercer
piso. Teléfono 2430-3951.—Lic. Marco Porras Araya, Notario.—1 vez.—(
IN2018216023 ).
Se hace saber:
que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Clemencia Quesada Vargas, mayor, viuda, cédula Nº 1-0443-0390,y vecina de San
Francisco de Dos Ríos. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien
corresponda, expediente Nº 15-000274-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de San José, 07 de febrero del 2018.—Licda. Marlen Solís Porras, Jueza.—1 vez.—(
IN2018216028 ).
Se hace
saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó: Mario Ramírez Arce, mayor, casado, agricultor, cédula de identidad Nº
0202360871, y vecino de Alajuela. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente Nº 15-000072-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de mayo del 2015.—Lic. Elio Campos López,
Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018216035 ).
Se emplaza a
herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión notarial
de Marco Vinicio Zúñiga Vindas, quien en vida fue mayor, soltero, informático,
vecino de La Uruca, San José, portador de la cédula de número seis-cero
trescientos veintiséis-cero novecientos sesenta y nueve, para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se
apersonen a esta notaría situada en Zapote, Urbanización Montealegre, número
dos dos tres cero, en defensa de sus derechos; bajo el apercibimiento de que en
caso de que no lo hicieran la herencia pasará a quien en derecho corresponda.
Asimismo, deben señalar medio, casa u oficina dentro del perímetro de Zapote
donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que, si así no lo
hicieran o si el lugar señalado fuere incierto, impreciso o no existiera, las
direcciones que se tomen se les tendrá por notificadas con el sólo transcurso
de veinticuatro horas después de dictadas, expediente Nº 01-2016. Sucesión de
Marco Vinicio Zúñiga Vindas.—Licda. Jessica María Hernández Quesada, Notaria.—1
vez.—( IN2018216105 ).
Se hace saber
que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Gustavo Rodolfo Martin Jiménez Hernández, mayor, costarricense con cédula de
identidad 1-0632-0301, estado civil casado, Master Administración y vecino de
Heredia. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general
a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 18-000034-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 29 de enero del año 2018.—Lic.
Ricardo Núñez Montes de Oca, Juez.—1 vez.—( IN2018216106 ).
Se hace saber:
Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Marvin Araya González, mayor, soltero, agricultor, nacionalidad costarricense,
con documento de identidad 2-0421-0287 y vecino de Guatruso, Colonia Naranjeña,
100 metros al Norte del Antiguo Abastecedor Jara. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 15-000249-0297-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Sede Upala,
09/12/2015.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2018216133 ).
Se emplaza a
todos los interesados en el proceso sucesorio notarial de quien en vida fue
María Eugenia Morales Vargas, mayor de edad, divorciada una vez, ama de casa,
con domicilio en San Rafael de Platanares, Pérez Zeledón, San José, ciento
cincuenta metros sureste del templo evangélico, portadora de la cédula de
identidad número uno-trescientos ochenta- novecientos dieciséis para que dentro
de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de
herederos que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a
quien corresponda. Expediente número cero cero uno–dos mil dieciocho. Notaría,
Merlin Leiva Madrigal. San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General,
exactamente cien metros al norte y cincuenta metros al oeste del Complejo
Cultural, en Bufete Leiva Madrigal, primer piso.—Lic. Merlin Leiva Madrigal,
Notario.—1 vez.—( IN2018216139 ).
Mediante acta
de apertura de las 9:40 horas del 8 de febrero de 2018 y comprobado el
fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato
de quien en vida fuera de Juan Vicente Ramirez Villalobos, con cédula de
identidad número cinco-cero uno cero dos-cero siete uno cero, vecino de Limón,
Pococí, Jiménez, Anita Grande. Se cita y emplaza a todos los interesados, para
que, dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus
derechos.—Licda. Sinda Gochez Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2018216140 ).
En esta
notaría, por solicitud de Eugenia Patricia Pinnock Allen, cédula 7-0077-0072,
se abre la sucesión de quien en vida fue, Evannie Allen Allen, quien en vida
fue mayor de edad, viuda una vez, pensionada, vecina de la provincia de Limón,
Centro, cédula de identidad número 7-0029-0841. Se cita y emplaza a todos los
interesados para que dentro de 30 días contados a partir de la publicación del
edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener
derecho en calidad de herederos, de no presentarse la herencia pasará a quien
corresponda. Expediente número 003-17, pudiéndose apersonarse a mi oficina
Limón, costado norte del INS.—Licda. Natasha M. Meléndez Valverde, Notaria.—1
vez.—( IN2018216158 ).
Se hace saber:
que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Stephen Antonio Escorcia Rivera, mayor, soltero, profesión no indica,
nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad Nº 0115780272 y vecino de
San Antonio de Desamparados. Se cita a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda, expediente Nº 17-000441-0237-CI.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial
de San José (Desamparados) (Materia civil), 12 de enero del 2018.—Msc. Ian Alberto Berrocal Azofeifa, Juez.—1
vez.—( IN2018216161 ).
Se cita y
emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria notarial de quien
en vida fuera Julieta Sánchez Madrigal, mayor, casada una vez, ama de casa,
portadora de la cédula de identidad número uno- ciento setenta y seis- ciento
treinta y seis, quién falleció el día veinte de junio del año dos mil
diecisiete, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos,
ante esta notaria, cita en San José, Curridabat, de Plaza Freses doscientos
metros al norte y setenta y cinco metros al oeste, casa blanca de dos pisos, se
apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia, pasará a quien corresponda. Expediente cero
cero uno-dos mil dieciocho.—San José, a las diez horas treinta minutos del
dieciocho de enero del año dos mil dieciocho.—Alfredo Salazar Bonilla,
Notario.—1 vez.—( IN2018216171 ).
Sucesorio de
Stefanella Barsanti de Patrone, pasaporte 784508H, quien en vida era casada una
vez, de nacionalidad italiana por este medio convoco a eventuales herederos y a
cualquier otro interesado en la sucesión de Stefanella Barsanti de Patrone para
que en el plazo de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente en
que salió publicado este edicto, ante la oficina de mi notaría ubicada en la
ciudad de San José, Desamparados detrás del multicentro, se apersonen y hagan
valer sus derechos en el entendido de que pasado dicho plazo la herencia pasará
a favor de quienes en derecho corresponda. Expediente N° 2017-00013-ACM.—Lic.
Askenaz Javier Calvo Marcos, Notario.—1 vez.—( IN2018216178 ).
Mediante acta
de apertura otorgada ante esta notaría por Mary Ann Carroll, a las 11:00 horas
del 9 de febrero del 2018 y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara
abierto el proceso sucesorio del señor Galen Richard Lutz, de nacionalidad
estadounidense, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Puntarenas,
portador del pasaporte de su país número 538970104. Se cita y emplaza a todos
los interesados para que dentro del plazo máximo de 30 días naturales, contados
a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a
hacer valer sus derechos. Licenciado Gonzalo Rodríguez Castro, con oficina
abierta en San José, Santa Ana, Pozos, Parque Empresarial Forum Uno, edifio E,
primer piso. Teléfono: 7012-5221.—Lic. Gonzalo Rodríguez Castro, Notario.—1
vez.—( IN2018216196 ).
Se cita y
emplaza a todos los interesados en la sucesión de Carlos Manuel Hernández
Cisneros, fallecido el día veintiséis de diciembre del 2017, en el Hospital
Calderón Guardia, San José, para que el plazo de treinta días, contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y
se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan
dentro de dicho plazo de caducidad, la herencia pasará a quien corresponda. A
las nueve horas del dos de febrero del 2018. Expediente 01-2018. Oficina
Notarial del Licenciado, Juan Carlos Araya Masís.—Lic. Juan Carlos Araya Masís,
Notario.—1 vez.—( IN2018216219 ).
Se cita y se
emplaza a todos los interesados en el sucesorio de quien fue Luis Alfonso
Ramírez Solís, mayor de edad, casado una vez, pensionado, portador de la cédula
de identidad número cuatro-cero cero noventa y dos-cero doscientos cuarenta y
cuatro, vecino de San Rafael de Heredia, frente al Banco Nacional, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezca a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo, la herencia pasará
a quien corresponda, expediente Nº 001-2017. Notaría del Bufete de la
licenciada Clara Alvarado Jiménez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2018216230 ).
Se hace saber:
Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Carlos Emilio Segura Monge, mayor, casado, relojero, costarricense, con
documento de identidad 0103900065 y vecino de Guápiles, Limón, y la señora
Tarcila Chaves Corrales, mayor, viuda, ama de casa, costarricense, con
documento de identidad 103730373 y vecina San miguel, Desamparados. Se cita a
las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las
personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos,
con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que,
si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 17- 000255-0217-CI.—Juzgado
Civil de Mayor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 25 de enero del 2018.—Licda. Paola Fonseca Porras.
Jueza a. í.—1 vez.—( IN2018216305 ).
Se hace saber
que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Franklin Fernando Acevedo Hurtado, mayor, estado civil casado, profesión
Comerciante, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0900390746
y vecino de Upala, Alajuela, ochocientos metros del IMAS. Se cita a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 17-000069-1143-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
Sede Upala (Materia Civil), 28 de setiembre del año 2017.—Lic. Milkyan Sánchez Aguilar, Juez.—1
vez.—( IN2018216309 ).
Se emplaza a
herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de Flor
Escalante Pérez, cédula Nº 6-090-006, vecina de Nicoya, Guanacaste, Barrio San
Martín, 25 norte del Bar Los Yoses, fallecida el 06 de enero del 2018, para que
en el plazo de treinta días contados a partir de hoy, se apersonen a mi notaría
en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que en caso de que no lo
hicieran la herencia pasará a quien en derecho corresponde. Asimismo deben
señalar lugar o medio para que reciban sus notificaciones, expediente Nº
2018-001-18897-AVN. Licda. Adriana Vargas Núñez. Nicoya, Barrio San Martín, 300
oeste y 25 norte del Servicentro San Martín, fax 2224-6373, correo
bufetenunez@hotmail.com.—Licda. Adriana Vargas Núñez.—1 vez.—( IN2018216312 ).
Mediante acta
de apertura, otorgada ante esta notaría, por Eduardo Guevara Moreira, a las
quince horas del nueve de febrero del año dos mil dieciocho, y comprobado el
fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato
de quien en vida fue, Carlos Eduardo Guevara Chaves, quien fue mayor, soltero,
optometrista, vecino San Pablo de Heredia, del Súper El Marino cincuenta metros
al sur, casa esquinera, cédula de identidad número uno-cero quinientos
veinticuatro-cero trescientos treinta y siete. Se cita y emplaza a todos los
interesados para que, en el plazo máximo de treinta días hábiles, contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer
valer sus derechos. Notaría del Lic. Adolfo Antonio García Baudrit, con oficina
en San José, San Rafael Escazú, ciento cincuenta metros sur de la entrada
sureste del Centro Comercial Multiplaza, edificio Terraforte, Lex Counsel,
cuarto piso.—Lic. Adolfo Antonio García Baudrit.—1 vez.—( IN2018216320 ).
Se hace saber:
Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Jorge Alberto de Jesús Ramírez Sánchez, mayor, estado civil casado, profesión
comerciante, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 400860091 y
vecino de San José de la Montaña. Se cita a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 17-000517-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 24 de enero del 2018.—Lic. Luis Fernando Guillén
Zumbado, Juez.—1 vez.—( IN2018216350 ).
Mediante acta
de apertura otorgada ante esta notaría, por los posibles herederos de quien en
vida fuera, Rosa Amelia Ulate Rojas, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina
de San Juan de Naranjo, almacigo, frente a la Frijolera El Armenio, cédula
dos-doscientos treinta y dos-cuatrocientos ochenta y nueve, se da por abierto
este el proceso sucesorio ab intestado. Se cita y emplaza a todos los
interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días naturales,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licenciada Marilyn Aguilar
Sánchez, ubicada en Naranjo, Alajuela, setenta y cinco metros oeste de la
Ferretería Elky María. Teléfono: ochenta y nueve ochenta y dos-veintiuno siete
seis.—Licda. Marilyn Aguilar Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2018216372).
Se hace
saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Manuel Emilio Picado Madrigal, mayor, soltero, vecino de San Miguel de
Desamparados, cédula de identidad 1-176-534. Se cita a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 90-100781-0217-CI.—Juzgado Civil de Mayor
Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 15 de diciembre del 2017.—Licda.
Paola Fonseca Porras, Jueza a. í.—1 vez.—( IN2018216376 ).
Se emplaza a
los interesados en la sucesión de Leónidas Valentín Raphael Spencer, quien
fuera mayor de edad, cedula de identidad número: nueve-cero
veinticinco-cuatrocientos treinta y ocho, comerciante, casado en primeras
nupcias, vecino de San José, para que dentro del plazo de treinta días contados
a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso
sucesorio notarial, a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo
hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente número: 001-2018. Notaría pública, Belzert Espinoza Cruz, de la
ciudad de Guácimo, al ser diez horas del doce de enero del dos mil
dieciocho.—Licda. Belzert Espinoza Cruz, Notaria.—1 vez.—( IN2018216378 ).
Se tiene por
abierto el sucesorio extrajudicial de quien en vida fue: Ricardo Romero
Rodríguez, cédula de residencia ciento setenta y cinco-ciento un mil doscientos
ocho-diez mil ciento sesenta y ocho. Se cita a todos los interesados, para que
dentro del término común de treinta días, a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos. Albacea Lilliana Zárate
Salazar. Exp. N° 02-2018.—Heredia nueve de febrero dos mil dieciocho.—Lic.
Rafael Ángel Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—( IN2018216398 ).
Ante esta
Notaría se está tramitando el proceso sucesorio de Roger Cárdenas Padilla, por
lo que se hace saber a los presuntos interesados que en el plazo de treinta
días deben comparecer ante esta Notaría Lic. Juan Edgar Fallas García, frente
al parque de la Iglesia Católica, con el fin de hacer velar sus derechos.—San
José, catorce horas del día siete de febrero del dos mil dieciocho.—Lic. Juan
Edgar Fallas García, Notario.—1 vez.—( IN2018216410 ).
Se cita y se
emplaza a todos los interesados a la sucesión Notarial de quien en vida fue
Leonardo Mora Durán, quien fue casado una vez, Ingeniero, vecino de
Urbanización Las Rosas, Casa cuatro D, La Trinidad de Moravia, San José, cedula
número uno-cero cuatrocientos cuarenta y ocho-cero setecientos veinticuatro,
quien falleció el día veintiocho de diciembre del año dos mil diecisiete, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezca ante esta Notaria a hacer valer sus derechos de calidad de
herederos. Expediente N° 02-2018.—Licda. Alejandra Castro Peck, Notaria.—1
vez.—( IN2018216433 ).
Mediante acta
de apertura otorgada ante esta notaría, por Rafael González Rojas, mayor,
portador de la cédula de identidad número dos-cero ciento setenta y cinco-cero
ciento setenta y cuatro, viudo de sus primeras nupcias, pensionado, vecino de
Alajuela, San Carlos, Pital. Miguel Ángel González Molina, mayor, portador de
la cédula de identidad número dos-cero trescientos sesenta y cinco-cero ciento
noventa y tres, casado una vez, comerciante, vecino de vecino de Alajuela, San
Carlos, Venecia. Berta Alicia González Molina, mayor, portadora de la cédula de
identidad número dos-cero trescientos ochenta y dos-cero cero cuarenta y dos,
casada una vez, ama de casa, vecina de San Carlos, Venecia, San Cayetano, Oscar
Eduardo González Molina, mayor, portador de la cédula de identidad número
dos-cero cuatrocientos veintisiete-cero trescientos diecinueve, divorciado de
sus primeras nupcias, comerciante, vecino de Alajuela, San Carlos, Venecia,
Viria María González Molina, mayor, portadora de la cédula de identidad número
dos-cero cuatrocientos setenta y siete-cero quinientos noventa y nueve, casada
en sus primeras nupcias, ama de casa, vecina de Alajuela, San Carlos, Venecia,
María Andrea González Molina, mayor, portador de la cédula de identidad número
dos-cero quinientos cuarenta y siete-cero trescientos veintidós, casada en sus
segundas nupcias, ama de casa, vecina de Alajuela, San Carlos, Venecia, a las
once horas del once de enero del dos mil dieciocho, y comprobado el
fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio AB intestato
de quien en vida fuera Virginia Emma Molina Rojas, mayor, portadora de la
cédula de identidad número nueve-cero cero veintidós-cero doscientos cincuenta
y nueve. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. José
Martín Salas Sánchez, ubicada en San José, Pavas; seiscientos metros oeste, del
Parque La Amistad, Edificio Phoenicia.—Lic. José Martín Salas Sánchez,
Notario.—1 vez.—( IN2018216435 ).
Se hace
saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Fidelia Ramona del Sacramento Morales López, mayor, casada una vez,
oficios del hogar, vecina de Nuevo Arenal de Tilarán, Guanacaste, del gimnasio
cuatrocientos metros al sur y un kilómetro al oeste, parcela Santa María, casa
color papaya, cédula de identidad cinco-cero cuarenta y seis-ochocientos
cincuenta. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer
valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a
la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 18-000003-0387-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 09 de febrero del 2018.—Lic. José Francisco Chacón
Acuña, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018216447 ).
Se publica la
aperara de proceso sucesorio ad intestato extrajudicial, en Sede Notarial, de
la señorita Rebeca María Arguedas Hernández, portadora de la cédula número
uno-mil trescientos treinta-cero doscientos sesenta y siete, quien era mayor,
soltera, administradora de negocios, vecina de Alajuela, Barrio San Martín,
Urbanización Cabezas y con treinta, días de término. Se cita y emplaza a
herederos e interesados en esta sucesión a apersonarse a mi notaría, sita en
Alajuela, Urbanización La Trinidad, de la esquina noroeste del parque ciento
setenta y cinco metros al oeste o al correo electrónico anaglez40@hotmail.com,
a hacer valer sus derechos.—Alajuela, 13 de febrero del 2018.—Licda. Ana Rosa
Aguilar González, Notaria.—1 vez.—( IN2018216483 ).
Lic. José Chaves Mora, Juez. Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica; hace saber a Kimberly Judith Otárola Mora, en su
carácter personal, documento de identidad Nº 0702590415, demás calidades y
domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso deposito
judicial en su contra, bajo el expediente Nº 17-001031-1307-FA donde se
dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. A las diez horas y quince
minutos del uno de febrero del año dos mil dieciocho. Siendo que la parte
demandada Kimberly Judith Otárola Mora, es de domicilio desconocido y no fue
ubicada en la dirección reflejada mediante su cuenta cedular, se ordena
notificarle esta y la resolución de las nueve horas y treinta y seis minutos
del tres de octubre del año dos mil diecisiete, mediante un edicto que se
publicará por una sola vez en el Boletín
judicial. Elabórese el edicto respectivo.
Notifíquese. Lic. José Chaves Mora, Juez.. Y la resolución de las nueve horas y
treinta y seis minutos del tres de octubre del año dos mil diecisiete. De las
presentes diligencias de depósito de la persona menor Kenyi Cristal Otárola
Mora, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado
por tres días a Kimberly Judith Otárola Mora, a quien se les previene que en el
primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con
respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como
medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se
exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el
fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición
es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se
les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser
utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema
ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr
Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el
expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior,
en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07
celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de
este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la
siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d)
Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución
a Kimberly Judith Otárola Mora, personalmente o por medio de cédulas y copias
de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la
Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina
de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones; Primer Circuito Judicial
de la Zona Atlántica (Limón), por localizarse en: Matina, a un costado de la
tienda Los Favoritos. En caso que el lugar de residencia consistiere en una
zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a)
funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo
4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Por medio de edicto, que se publicará
por tres veces consecutivas en el Boletín
Judicial, se cita y emplaza a todos los que
tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de
treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto
ordenado. Sobre cuestiones de primer y especial pronunciamiento solicitada,
contándose con los elementos que sustenta la idoneidad del ambiente que reina
en el lugar donde se encuentra ubicado la menor Kenyi Cristal Otárola Mora, se
acoge dicha pretensión provisional, por ende se ordena depósito judicial de la
menor supra indicada de forma provisional en el hogar del señor Elgin Otárola
Sobalbarro, a quien se le hace ver que deberá apersonarse al despacho en el
plazo de ocho días a aceptar el cargo conferido. Notifíquese. Lic. José Chaves
Mora, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso depósito judicial de Patronato
Nacional de la Infancia contra Kimberly Judith Otárola Mora; expediente Nº
17-001031-1307-FA.—Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 01 de febrero del 2018.—Lic. José Chaves Mora,
Juez.—Exonerado.—( IN2018215079 ). 3
v. 3.
Se convoca
por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas
aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela testamentaria de la persona
menor de edad Brandon José Rivera Fernández por haber sido nombradas en
testamento, ya por corresponderles la legítima, para que se presenten dentro
del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del
último edicto. Expediente N°17-000754-0673-NA. Proceso tutela legítima.
Promovente: Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, 30 de enero del 2018.—Msc. Yerma
Campos Calvo.—Exento.—( IN2018215535 ). 3.
v. 2.
Se cita y
emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito del menor de
edad Santos Gabriel Ocon Matus, hijo de Ivette Mélida Matus Castillo
(fallecida), y Santos Eriberto Ocón, para que se apersonen a este juzgado
dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última
publicación del edicto ordenado. Expediente N° 17-001106-1302-FA. Asunto:
Depósito judicial.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 31 de enero del 2018.—Licda.
Kensy Cruz Chaves, Jueza.—Exonerado.—( IN2018215728 ). 3. v. 2.
Se convoca por
medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas
personas que tuvieran derecho a la tutela de las personas menores de edad
Rodrigo Steve y Brayan Blanco Valverde, para que se presenten dentro del plazo
de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto.
Exp. N° 15-000330-869-FA.—Juzgado de
Familia y Violencia Domestica de Nicoya, 06 de febrero del 2018.—Msc. Berta Lidieth Araya Porras,
Jueza.—Exento.—( IN2018215900 ). 3.
v. 1.
Se cita y
emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de la
menor de edad Karen Ramírez Castillo, hija de Evelyn Dayana Ramírez Castillo,
para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se
contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. En otro orden
de ideas se avisa a la señora Evelyn Dayana Ramírez Castillo, mayor,
costarricense, cédula de identidad número 02-0759-0603, únicos datos conocidos,
que en este Juzgado se tramita el expediente N° 18-000102-1302-FA,
correspondiente a diligencias de depósito judicial de menor, promovidas por el
Licenciado Diego José Rojas Kopper, Representante Legal del Patronato Nacional
de la Infancia de Los Chiles, donde se solicita que se apruebe el Depósito de
la menor de edad Karen Ramírez Castillo. Se le concede el plazo de tres días,
para que manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias. Expediente
N° 18-000102-1302-FA. Clase de Asunto: depósito judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 06 de febrero del 2018.—Licda. Kensy Cruz Chaves,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018215927 ). 3
v. 1.
Se cita y
emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial del
menor: Allan Estiven Ortiz Steller, hijo de Luz Marina Ortiz Steller, para que,
se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a
partir de la última publicación del edicto ordenado. Promovidas por el Lic.
Ernesto Romero Obando, representante legal del Patronato Nacional de la Infancia
de Ciudad Quesada de San Carlos, donde se solicita que se apruebe el depósito
del menor: Allan Estiven Ortiz Steller. Expediente Nº 17-001108-1302-FA. Clase
de asunto: depósito judicial.—Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 13 de diciembre del 2017.—Licda. Ferdinand Rojas
Peralta, Jueza.—Exonerado.—( IN2018215928 ). 3
v. 1
Licenciada
Patricia Cordero García, Jueza, del Juzgado de Familia de Cartago, a Luis
Manuel Valverde Calderón, en su carácter personal, quien es mayor, cédula N°
3-0441-0326, se le hace saber que en demanda suspensión patria potestad,
establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Leslie Julieth
Sanabria Mora y otros, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo
conducente dice: Sentencia de primera instancia 522-17. Juzgado de Familia de
Cartago, a las nueve horas y cuarenta y nueve minutos del veintiocho de marzo
del año dos mil diecisiete. Proceso abreviado de suspensión patria potestad
establecido por el Lic. Rodolfo Jiménez Arias en su condición de apoderado
general judicial y administrativo del Patronato Nacional de la Infancia contra
Leslie Julieth Sanabria Mora, mayor, vecina de Quircot, cédula N° 3-456-285,
Ricardo García Fernández, mayor, vecino de La Unión, cédula N° 1-1505-645 y Luis
Manuel Valverde Calderón, mayor, vecino de La Unión, cédula N° 3-441-326
representado éste último por el curador procesal Lic. William Sequeira Solís.
Resultando: 1.2.3.4. Considerando: I. Hechos Probados: Como tales se tienen los
siguientes: 1. 2. 3. 4. 5. 6. II. Análisis de fondo: Por tanto: Razones dadas,
artículo 159 incisos 1, 3 y 6 del Código de Familia se declara con lugar este
proceso abreviado de suspensión de Patria Potestad y al efecto se suspende en
forma indefinida a Luis Manuel Valverde Calderón, Ricardo García Fernández y
Leslie Julieth Sanabria Mora en el ejercicio de la patria potestad que ostentan
con respecto a las niñas Keisha Anahí Valverde Sanabria y Cristel Tamara García
Sanabria. Los accionados podrán promover el proceso de restitución respectivo
en el cual deberán acreditar que cuentan con condiciones materiales y
personales y un proyecto de vida positivo para reasumir a sus hijas. Se
confiere el depósito de estas dos niñas a Elvis Sanabria Portuguéz deberá dicho
señor comparecer a este Juzgado dentro de los ocho días siguientes a la firmeza
de este fallo a aceptar el cargo que aquí se le confiere. Sin especial
condenatoria en costas. Expediente 15-000268-0338-FA-01. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Cartago, 22 de noviembre de 2017.—Licda. Patricia Cordero
García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018215899 ).
Licenciada
Diana Peraza Retana jueza del Juzgado Civil y Trabajo Mayor Cuantía de Cañas,
Guanacaste. Se le hace saber que en demanda: expediente Nº 16-300122-0927-LA.
Proceso de disolución de cooperativa interpuesta por Instituto Nacional de
Fomento Cooperativo (INFOCOOP), con cédula jurídica Nº 4-000045015,
representado por Adriana Vargas Zamora, mayor, soltera, vecina de Alajuela,
portadora de la cédula de identidad Nº 2-0537-0478, contra Cooperativa
Autogestionaria de Servicios Agrícolas de San Buenaventura R.L., cédula
jurídica Nº 3-004-319297, representada por la señora Rodolfo Gutiérrez Serrano,
cédula Nº 5-0206-0678; se ordena notificarle por edicto, la Sentencia de Primera
Instancia N° 33-2017 dictada a las trece horas cincuenta minutos del nueve de
marzo del año dos mil diecisiete, que en lo conducente dice: sentencia de
primera instancia Nº 33-2017. Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de
Cañas, Guanacaste, a las trece horas cincuenta minutos del nueve de marzo del
año dos mil diecisiete. Diligencias de disolución de cooperativa, establecidas
por el Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, (INFOCOOP) representado por
su apoderada especial judicial, Licda. Adriana Vargas Zamora, quien es mayor,
soltera, abogada, vecina de Alajuela, cédula de identidad número dos-quinientos
treinta y siete-cuatrocientos setenta y ocho; en contra de la Cooperativa
Autogestionaria de Servicios Agrícolas de San Buenaventura R.L. (COOPESANBUENAVENTURA
R. L.), cédula jurídica Nº 3-004-319297, representada por su gerente señor
Rodolfo Gutiérrez Serrano, quien es mayor, cédula de identidad número
cinco-doscientos seis-seiscientos setenta y ocho. Resultando:(...).
Considerando: (...). Por tanto. De conformidad con las razones expuestas, citas
de ley invocadas, se declaran con lugar las presentes diligencias de disolución
de cooperativa establecidas por el Instituto Nacional de Fomento Cooperativo
(INFOCOOP) representado por su apoderada especial judicial, Licda. Adriana
Vargas Zamora, en contra de la Cooperativa Autogestionaria de Servicios
Agrícolas de San Buenaventura R.L. (COOPESANBUENAVENTURA R.L.), representada
por su gerente señor Rodolfo Gutiérrez Serrano. Se declara la disolución de la
Cooperativa Autogestionaria de Servicios Agrícolas de San Buenaventura R.L.
(COOPESANBUENAVENTURA R.L.). Se autoriza al Departamento de Organizaciones
Sociales del Ministerio de Trabajo a realizar la cancelación regulada en el
artículo 29 de la ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto
Nacional de Fomento Cooperativo; para lo cual emítase el mandamiento respectivo
una vez firme esta sentencia. Se ordena notificar la parte dispositiva de la
presente resolución en el Boletín Judicial conforme lo indica el artículo 545
del Código Procesal Civil de aplicación supletoria en virtud del artículo 452
del Código de Trabajo. Sin especial condenatoria en costas personales y
procesales de conformidad con el artículo 494 del Código de trabajo. Se advierte
a las partes que, esta sentencia admite el recurso de apelación, el cual deberá
interponerse ante este Juzgado en el término de tres días. En ese mismo plazo y
ante este órgano jurisdiccional también se debe exponer, en forma verbal o
escrita, los motivos de hecho o de derecho en que la parte recurrente apoya su
inconformidad; bajo el apercibimiento de declarar inatendible el recurso,
(artículos 500 y 501 incisos c) y d) del Código de Trabajo; votos de la Sala
Constitucional Nos. 5798 de las 16:21 horas de 11 de agosto de 1998 y 1306 de
las 16:27 horas de 23 de febrero de 1999, y voto de la Sala Segunda Nº 386 de
las 14:20 horas del 10 de diciembre de 1999. Notifíquese.—Juzgado Civil y Trabajo de Cañas (Materia laboral).—Licda. Diana Peraza Retana, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2018215905 ).
Msc. José
Miguel Fonseca Vindas, Juez del Juzgado de Familia de Heredia; Hace saber a
Johanna de los Ángeles Sandoval Barrantes, portadora de la cédula de identidad
número 04 0186 0517, que en este Despacho el Patronato Nacional de la Infancia
interpuso proceso Depósito Judicial en su contra, bajo el expediente número
17-000696-0364-FA donde se dictaron dos resoluciones, la de las diez horas y
cuarenta y siete minutos del siete de abril del año dos mil diecisiete, y la dictada
a las diez horas y treinta y siete minutos del dos de febrero del dos mil
dieciocho; las cuales dicen en lo conducente: la del 07 de abril: “De las
presentes diligencias de depósito de la persona menor de edad Michael Fernando
Cabalceta Sandoval, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se
confiere traslado por tres días a Johanna de los Ángeles Sandoval Barrantes y
Michael Gonzalo Cabalceta Barrantes. Dentro del plazo de cinco días podrá
oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con
claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en
que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a
uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite
como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá
ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las
generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. (...)
Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe
señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que
mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el
transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se
producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29
de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo
dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de
setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si
desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso
exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden
utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el
Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial,
Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan
suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de
Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. De conformidad
con la Circular N° 122-2014, Sesión del Consejo Superior N°41-14, celebrada el
6 de mayo del 2014, artículo XLIII, se le previene a la parte actora indicar la
dirección exacta donde se pueda localizar a la misma y a la parte demandada,
tanto de la dirección de la vivienda como el lugar de trabajo, horario de
trabajo, correo electrónico si lo posee, números telefónicos. Asimismo, números
telefónicos de las partes y el nombre de algún familiar o vecino a través del
cual pueda lograrse el contacto con las partes. Se informa a la parte demandada
que, si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar
declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por
limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de
un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos. En
Heredia, los de la Universidad de Costa Rica se encuentran ubicados frente a
Almacén El Rey, segunda planta, y se atiende los miércoles de las 16:30 a las
19:30 horas, y los sábados de las 9:00 a las 11:00 horas, teléfono central
número 22-07-42-23. En otros lugares del país hay otras Universidades que
prestan el servicio. Se advierte, eso sí, que la demanda debe ser contestada en
el plazo que se le ha concedido, por lo que debe procurarse la asistencia
jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1 de la Ley de
Consultorios Jurídicos N° 4775)”. Siendo que la Ley Nº 8687, Ley de
Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrará en
vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión
alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un
lugar para atender notificaciones. (Art.58) y en todos los demás procesos, las
partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son:
Fax, Correo Electrónico, Casillero y Estrados. Se puede señalar dos medios
distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar medio, la
omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art.34).
Así las cosas, se les previene a las partes su obligación de cumplir con lo
indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de
previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología
de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no
cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente:
Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial
a los teléfonos 2295-3386 ó 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba
hacia el casillero electrónico que se desea habilitar ó enviar un correo al
buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información
pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste
en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento
de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue
recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe
que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De
confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a
la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de
la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Otros extremos: Se otorga el
deposito judicial provisional de la persona menor de edad Michael Fernando
Cabalceta Sandoval, en el hogar y bajo responsabilidad de la señora Shirley
Barrantes Sánchez. A la cual se le previene que deberá comparecer a éste
Despacho en el plazo de tres días, a aceptar y jurar el cargo, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 236 del Código de Familia. Lo anterior, bajo
apercibimiento de que en caso de omisión se procederá a nombrar un profesional
en derecho en su lugar. Nombramiento de curador: De conformidad con lo
dispuesto por el artículo 262 el Código Procesal Civil, a fin de proceder a
nombrarle curador procesal al señor Michael Gonzalo Cabalceta Barrantes se
resuelve: Se ordena expedir y publicar del edicto al que se refiere el artículo
263 del Código Procesal Civil. De igual manera se le previene a la parte actora
que aporte certificación del Registro de Personas en el que se informe si el
demandado ausente cuenta con apoderado inscrito. Además, las generalidades de
ley de dos testigos que declaren sobre el conocimiento o desconocimiento del
paradero del demandado. Publicación de edicto: Por medio de un edicto que se
publicará por única vez en el Boletín
Judicial se convoca a todas aquellas
personas que tengan interés en el presente asunto, para que se presenten dentro
del plazo de quince días contados a partir de la publicación del edicto
(artículos 4 y 869 del Código Procesal Civil). Citación de dos testigos: Se
cita a dos testigos para que en el plazo de una semana comparezca al Juzgado y,
bajo juramento, responda las preguntas que se le formularán para determinar la
procedencia del nombramiento del curador procesal del demandado bajo
apercibimiento de que, si no comparece, el proceso no podrá avanzar. Honorarios
de curador procesal: Una vez que la parte promovente haya cumplido con lo prevenido
anteriormente, se ordena expedir oficio a la Administración Regional de estos
Tribunales, a fin de informales el nombre y calidades completas del Curador
Procesal que representará en estas diligencias al señor Cabalceta Álvarez.
Notificaciones: Notifíquese esta resolución a la señora Johanna de los Ángeles
Sandoval Barrantes, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su
casa de habitación, o bien en su domicilio real, a la siguiente dirección:
Heredia, Santa Cecilia, detrás de la iglesia católica, teléfono 6412-5163.
Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. En caso, que el lugar de
residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se
autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar
la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para
notificar a dicha señora se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales
y Otras Comunicaciones de Circuito. Notifíquese. José Miguel Fonseca Vindas,
Juez. raleman”. La del dos de febrero: “Visto el memorial de fecha 12 de
diciembre de 2017, presentado por la representante legal del Patronato Nacional
de la Infancia que corre agregado a los autos de folio 70 a 72, se resuelve: 1)
Nombramiento de curador: De conformidad con lo dispuesto por el articulo 262 el
Código Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle curador procesal a la
señora Johanna de los Ángeles Sandoval Barrantes. Se ordena expedir y publicar
del edicto al que se refiere el artículo 263 del Código Procesal Civil de la
resolución de las diez horas y cuarenta y siete minutos del siete de abril del
dos mil diecisiete (F.34 a 36), así como de esta resolución. Una vez publicado
el edicto se procederá a realizar la designación del curador. 2) Publicación de
edictos: Por medio de un edicto que se publicará por única vez en el Boletín Judicial, se convoca a todas aquellas personas que tengan interés en el presente
asunto, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir
de la publicación del edicto (artículos 4 y 869 del Código Procesal Civil). El
edicto será enviado electrónicamente por este Despacho a la Imprenta Nacional,
para lo cual la parte interesada debe estar atenta a su publicación y una vez
cumplido el plazo deberá aportarlo al despacho. 3) Citación de dos testigos: Se
cita a dos testigos para que en el plazo de una semana comparezca al Juzgado y,
bajo juramento, responda las preguntas que se le formularán para determinar la
procedencia del nombramiento del curador procesal de la señora Johanna de los
Ángeles Sandoval Barrantes o, bajo apercibimiento de que si no comparece, el
proceso no podrá avanzar. Notifíquese. Lic. Rodrigo Campos Gamboa.—Juzgado de Familia de Heredia.—José Miguel Fonseca Vindas, Juez.— 1
vez.—Exonerado.—( IN2018215915 ).
Lic. Carlos E.
Valverde Granados Juez del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber a Ana
Lucía Garita Campos, documento de identidad 0402050928, Soltero/a, domicilio
desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso suspensión patria potestad
y/o depósito judicial en su contra, bajo el expediente número 170017220364FA
donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: A las trece horas y
cuarenta y seis minutos del dieciocho de enero del año dos mil dieciocho. De la
anterior demanda suspensión patria potestad y/o depósito judicial establecida
por el accionante Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado a los
accionados Ana Lucía Garita Campos, José Daniel Navarro Hernández, Alexis
Víquez Borbón, Carlos Eduardo Orozco Sandoval por el plazo perentorio de diez
días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma.
Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar
negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su
negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de
la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los
rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o
rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que
tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los
testigos y los hechos a que se referirá cada uno. parte interviniente: Por
existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato
Nacional de la Infancia, Local San Pablo de Heredia. Notifíquese a dicha
institución por medio del correo electrónico asignado para dichos efectos. Se
le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe
señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que
mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el
transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se
producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29
de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo
dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 6508, celebrada el 2 de
setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si
desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo
para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo
también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior,
en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 7807
celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de
este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la
siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d)
Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. De conformidad con la
Circular N° 122-2014, Sesión del Consejo Superior N° 41-14, celebrada el 6 de
mayo del 2014, artículo XLIII, se le previene a la parte actora indicar la dirección
exacta donde se pueda localizar a la misma y a la parte demandada, tanto de la
dirección de la vivienda como el lugar de trabajo, horario de trabajo, correo
electrónico si lo posee, números telefónicos. Asimismo, números telefónicos de
las partes y el nombre de algún familiar o vecino a través del cual pueda
lograrse el contacto con las partes. Se informa a la parte demandada que si por
el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración,
según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones
económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado,
puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos, los cuales son
los siguientes: De la Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho en San
Pedro, San José, y se atiende de Lunes a viernes de 08:00am a 12:md y Lunes,
miércoles y viernes de 13:30pm a 19:30pm, Universidad Latina, Sede de Heredia
Oficina Ubicada en la Municipalidad de Heredia, horario de atención: Lunes a
viernes 08:00am a 12:00md, teléfono: 2776715, Universidad Libre de Derecho,
Horario de atención: Lunes a viernes:13:30pm a 16:30pm teléfono: 22835533. En
otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Así
como en la Defensa Publica, Pisav-San Joaquín de Flores de Heredia, competencia
únicamente vecinos de Flores, Belén y Santa Bárbara de Heredia, Teléfono:
2265-5640. Se advierte, eso sí, que la demanda debe ser contestada en el plazo
que se le ha concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes
de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1 de la Ley de Consultorios
Jurídicos Nº 4775)” Siendo que la Ley No. 8687, Ley de Notificaciones
Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de
febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra
la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender
notificaciones. (Art.58) y en todos los demás procesos, las partes deben
señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: Fax, Correo
Electrónico, Casillero y Estrados. Se puede señalar dos medios distintos de
manera simultánea. (Art. 36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá
las consecuencias de una notificación automática. (Art. 34). Así las cosas, se
le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la
referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe
registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de
Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no
cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente:
Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial
a los teléfonos 2295-3386 ó 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba
hacia el casillero electrónico que se desea habilitar ó enviar un correo al
buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información
pruebanotificaciones@poderjudicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en
enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el
Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el
correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un
informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De
confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a
la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de
la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Otros Extremos: Se otorga el
depósito judicial provisional de las menores de edad Karina Navarro Garita,
Samantha Sofía Garita Campos, Néstor Mathías Víquez Garita, Ezequiel Eduardo
Orozco Garita en el hogar y bajo responsabilidad de la señora Marta Eugenia Garita
Campos. A la cual se le previene que deberá comparecer a éste despacho en el
plazo de tres días, a aceptar y jurar el cargo, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 236 del Código de Familia. Lo anterior, bajo apercibimiento de
que en caso de omisión se procederá a nombrar un profesional en derecho en su
lugar. Nombramiento de curador: De conformidad con lo dispuesto por el artículo
262 el Código Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle curador procesal a
la señora Ana Lucia Garita Campos se resuelve: Se ordena expedir y publicar el
edicto al que se refiere el artículo 263 del Código Procesal Civil. Honorarios
de curador procesal: Inclúyase el presente asunto en el Sistema Integrado de
Gestión Administrativa del Poder Judicial (SIGAPJ), esto con el fin que la
Unidad Administrativa de Heredia asuma el pago de honorarios de curador a
nombrar, el cual se fija en la suma de ochenta y cinco mil colones. publicación
de edictos: Por medio de un edicto que se publicará por única vez en el Boletín
Judicial se convoca a todas aquellas personas que tengan interés en el presente
asunto, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir
de la publicación del edicto (artículos 4 y 869 del Código Procesal Civil). El
edicto será enviado electrónicamente por este despacho a la Imprenta Nacional,
para lo cual la parte interesada debe estar atenta a su publicación y una vez
cumplido el plazo deberá aportarlo al despacho. citación de dos testigos: se
cita a dos testigos que hayan conocido a la demandada Ana Lucia Garita Campos,
para que en el plazo de una semana comparezca al Juzgado y, bajo juramento,
responda las preguntas que se le formularán para determinar la procedencia del
nombramiento del curador procesal del demandado, bajo apercibimiento de que si
no comparece, el proceso no podrá avanzar. Se le previene a la parte proponente
que dichos testigos no podrán ser los mismos que declaren sobre los hechos de
la demanda, para evitar declaraciones complacientes. Prevención: Previamente a enviar
la comisión para notificar a las partes demandadas personalmente, deberá la
parte actora aportar tres juegos de copias de todo el expediente, de lo
contrario no se confeccionará la misma. Lo anterior deberán cumplirlo en el
plazo de tres días, bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento, no se
atenderán sus futuras gestiones y se ordenará el archivo. Notificaciones:
Notifíquese esta resolución a los demandados, personalmente o por medio de
cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real.
Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. En caso que el lugar de
residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se
autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar
la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Previo a
enviar el edicto que solicita el Representante Legal del Patronato Nacional de
la Infancia, Local San Pablo de Heredia y vistas las direcciones extraídas de
la Página del Tribunal Supremo de Elecciones, la cual consta a folio 33, se
ordena notificar a señores Carlos Eduardo Orozco Sandoval y a Alexis Gerardo
Víquez Borbón, por medio de La Oficina de Comunicaciones y Otros Comunicaciones
Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José. Y para notificar al señor
José Daniel Navarro Hernández, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones
Judiciales de Heredia. Asimismo, para notificar a la señora Ana Lucía Garita
Campos, se le notificará por medio de Edicto y se le nombrará Curador Procesal,
una vez que se hayan acreditado los requisitos para la procedencia de dicho
nombramiento, debiendo publicarse el edicto correspondiente. Notifíquese. Lic.
Carlos E. Valverde Granados. Juez. Lo anterior se ordena así en proceso
suspensión patria potestad de Patronato Nacional de la Infancia contra Ana
Lucía Garita Campos, Carlos Eduardo Orozco Sandoval, José Daniel Navarro
Hernández y Alexis Gerardo Víquez Borbón; Expediente Nº170017220364FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 18 de enero del 2018.—Lic. Carlos E. Valverde
Granados, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018215918 ).
Se ordena
notificar al tenedor de la cédula hipotecaria que soporta el inmueble del
Partido de Cartago matrícula 1562001-000 derechos 001 y 002, al tomo 2013,
asiento 77926, sobre la existencia del proceso judicial número
13-000355-0640-CI y de la parte dispositiva de los fallos de primera instancia
N° 284-2016 de las quince horas treinta minutos del veintidós de agosto del dos
mil dieciséis que indica: “En
consecuencia a los preceptos de derecho invocados, jurisprudencia citada y al
análisis expuesto, se declara con lugar la presente demanda Ordinaria de
Nulidad incoada por Héctor Gómez Carpio contra Víctor Martín Gómez Carpio y
Lizbeth Redondo Vega, en consecuencia se declara la nulidad absoluta del
proceso de información posesoria número 647-95, tramitado ante el antiguo
Juzgado Primero Civil de Cartago, por lo que deviene nula la inscripción de la
Finca Partido de Cartago, Matricula de Folio Real N° 156201-000, al tomo 433,
asiento 00016714-01 y todas las inscripciones, gravámenes y afectaciones de
fecha posterior a dicha inscripción realizadas sobre dicho inmueble. Se condena
a Víctor Martín Gómez Carpio a pagarle al actor la suma de dos millones de
colones por concepto de daño moral causado; sobre dicha suma se acogen los
intereses legales que deberán ser calculados sobre la tasa básica pasiva para
los depósitos a seis meses plazo del Banco Nacional de Costa Rica lo anterior
desde la firmeza de este fallo hasta su respectivo pago. Se deniega la acción
en lo omitido. Son las costas personales y procesales a cargo de los
accionados” y segunda
instancia N° 2017000266 de las catorce horas y cincuenta y seis minutos del
veintiséis de octubre del año dos mil diecisiete que indica: En lo apelado, se confirma el fallo venido en alzada.
Se ordena notificar al tenedor de la cédula hipotecaria que soporta el inmueble
del Partido de Cartago matrícula 1562001-000 derechos 001 y 002, al tomo 2013,
asiento 77926, sobre la existencia de este proceso y de la parte dispositiva de
los fallos de primera y segunda instancia, para lo cual se publicará un edicto,
por una vez en un diario de circulación nacional, para que en el plazo de 8
días se apersone a hacer valer sus derechos. En caso de que la cédula hipotecaria
se encuentre debidamente cancelada y así sea acreditado, o si el tenedor de la
cédula no se apersona a hacer valer sus derechos en el plazo establecido, se
procederá conforme lo indica el fallo de primera instancia, sea a anular su
inscripción; a contrario sensu y de estar vigente aquel gravamen, deberá
mantenerse su inscripción hasta que se demuestre su cancelación” para que en el plazo de ocho días se apersone a hacer
valer sus derechos. Exp. N° 13-000355-0640-CI.—Circuito Judicial de Cartago.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez Decisor.—1 vez.—(
IN2018215965 ).
Se hace saber:
que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por
Shuxian Zeng Cai, mayor, soltera, administradora, vecina de Barrio San
Cayetano, San José, cédula de identidad número ocho-cero ciento uno cero
setecientos setenta y uno encaminado a solicitar la autorización para cambiarse
el nombre de Shuxian Zeng Cai, por el de Andrea Zeng Cai conocida como Andrea
Tsz Ching Zeng Cai. Se emplaza a los interesados en este asunto a efecto de que
dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este
edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos bajo los
apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo N° 55 del Código Civil.
Expediente N° 17-000244-0181-CI.—Juzgado
Segundo Civil de San José, 23 de enero
del 2018.—Licda. Paula Sáenz Gutiérrez, Jueza.—1 vez.—( IN2018215973 ).
Msc. Mateo
Ivankovich Fonseca, Juez Tramitador del Juzgado Civil de Cartago; hace saber a
Gwendoline Samuda Reyes, mayor, oficios de hogar, documento de identidad:
desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso ordinario en su
contra, bajo el expediente Nº 17-000502-0640-CI donde se dictaron las
resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Civil de Cartago, a las catorce
horas y quince minutos del veinte de noviembre del dos mil diecisiete. De la
anterior demanda ordinaria, presentada con fecha del 10 de noviembre del 2017,
se resuelve: Se confiere traslado por el plazo perentorio de treinta días a la demandada
Gwendoline Samuda Reyes. En caso de que la parte demandada considere pertinente
oponer excepciones previas, deberá hacerlo dentro del primer tercio del
emplazamiento. Con respecto de los hechos de la demanda expondrán con claridad
si los rechazan por inexactos o si los admiten como ciertos o con variantes o
rectificaciones; también manifestarán con claridad las razones que tengan para
su negativa y los fundamentos legales en que se apoyen. En la misma oportunidad
ofrecerán las pruebas que estimen pertinentes, con indicación en su caso del
nombre y las generales de ley de los testigos, y los hechos a que deberán de
referirse cada uno de éstos. Artículos 305, 354 y 357 ibídem. Se le previene a
la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio
para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de
veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual
consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28
de octubre del 2008, publicada en La
Gaceta Nº 20, del 29 de enero del 2009.
Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
Consejo Superior, en sesión Nº 65-08, celebrada el 02 de setiembre del 2008,
artículo LXII, Circular Nº 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un
fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el
envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como
teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono
“celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del Despacho.
Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal,
buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.”
Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que
además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder
a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial,
http://www.poderjudicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal
del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo
así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, sesión Nº 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo
LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas
físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de
trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio, e) Si cuenta
con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar
de residencia. Se les recuerda a las partes que en la actualidad tienen la
posibilidad de conciliar en cualquier momento del proceso (Ley Nº 7727 sobre
Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social, razón por la que
el Despacho está en la mejor disposición de señalar para esos efectos si así se
solicita. Notifíquese esta resolución a la demandada, personalmente o por medio
de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio
real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. De conformidad con el
numeral 262 del Código Procesal Civil y de previo al nombramiento de Curador
Procesal deberán los actores de acreditar mediante documento idóneo que la
demandada no haya dejado apoderado inscrito a su favor. También deberá
depositar en la cuenta automatizada del Despacho Nº 170005020640-2 en el Banco
de Costa Rica, la suma provisional de setecientos cincuenta mil colones, con la
finalidad de responder a los honorarios del curador a nombrar y que represente
los intereses de la accionada. Dicha suma es provisional y no responde en forma
definitiva por los honorarios. Todo lo anterior bajo el apercibimiento de que
en caso de omisión de resolver lo que en derecho corresponda en su momento
procesal oportuno. Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez. Lo anterior se ordena
así en proceso ordinario de Ángela María Sancho Chavarría contra Gwendoline
Samuda Reyes. Expediente Nº 17-000502-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 08 de febrero del 2018.—Msc. Mateo Ivankovich
Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2018216104 ).
Hago saber que
en mi notaría, sito en Escazú, Centro Comercial El Descanso, local N° 8, se
tramitan diligencias de adopción de hijo de cónyuge, establecidas por Attilio
Calanca Muscolini, mayor, casado por segunda vez, de nacionalidad italiana, con
cédula de residencia N° 138000143400, pensionado y comerciante, Xinia María
Alfaro Alfaro, mayor, casada por segunda vez, ama de casa, costarricense, con
cédula de identidad N° 2-0388-0485, ambos vecinos de Escazú, San Rafael, del
Taj Mahal 75 al norte, y Esteban Gerardo Mora Alfaro, mayor, casado una vez,
técnico en informática y redes, costarricense, vecino de Escazú, Barrio Corazón
de Jesús 400 sur-oeste de la Iglesia Católica, con cédula de identidad N°
4-0200-0335. Las personas interesadas que tengan objeciones que hacer a esta
adopción, podrán hacerlo saber en esta notaría dentro del plazo de cinco días a
partir de la publicación de este edicto, aportando las pruebas que tengan para
su oposición. Expediente N° 001-2018. Notaría de la licenciada Marta Eugenia
Ramírez Fonseca, notaria pública.—San José, 09 de febrero del 2018.—Lic. Marta
Eugenia Ramírez Fonseca, Notaria.—1 vez.—( IN2018216301 ).
Se convoca por
medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de Juan
Batista Mora Campos, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para
que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados
a partir de esta publicación. Proceso de Salvaguardia promovido por Ana María
Mora Campos en favor de Juan Batista Mora Campos. Expediente N°
18-000209-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 09 de febrero del 2018.—Licda. Cristina Dittel
Masís, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018216450 ).
Se convoca por
medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de Karol
Cristina Piedra Calero, conforme con el artículo 236 del Código de Familia,
para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días
contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Carmen Emilce
Calero Fuentes. Expediente N° 18-000214-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 31 de enero
del 2018.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2018216451 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer
matrimonio civil: Carlos Gerardo Hidalgo Rodríguez, mayor, soltero, pensionado,
cédula de identidad número 0104500258, hijo de, Carlos Luis Hidalgo Sandí y
Leita Rodríguez Artavia, nació en Hospital Central San José, el 07/10/1955, con
sesenta y dos años de edad, y Seidy María Jiménez Córdoba, mayor, soltera,
oficios domésticos, cédula de identidad número 0303270084, nombre de la
progenitora y nombre del progenitor: Juan José Jiménez Calvo y Mercedes Córdoba
Montero, nació en centro Turrialba, Cartago, el 29/10/1973, actualmente con
cuarenta y cuatro años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio
en San José, Santa Ana, Uruca, Río Oro, San José, Santa Ana. Si alguna persona
tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice,
está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 17-000125-1726-CI.—Juzgado Contravencional y de
Menor Cuantía de Santa Ana (Materia Civil), San José, Santa Ana, 10 de enero del 2018.—Lic. José
Bernal Rodríguez Marín, Juez.—1 vez.—( IN2018215846 ).
Han
comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil, Fernando
David Herrera Campos, mayor, soltero, Mecánico, cédula de identidad número
0115970589, vecino de San Martín de Nicoya con domicilio 300 metros al norte, y
50 metros este, de la Escuela San Martín, hijo de Alberto Daniel Herrera Chávez
y de Carmen Lidia Campos Romero, nacido en Carmen Central San José, el 05/02/1995,
teléfono: 83-86-06-07 con 22 años de edad, y Wendy Patricia Hernández Pérez,
mayor, Soltera, Estudiante, cédula de identidad número 0504080823, vecina de
San Martín con domicilio 400 metros al norte de la Escuela San Martín casa de
color verde, hija de Heiner Hernández Rodríguez y Sidaly Pérez Fajardo, nacida
en Centro Nicoya Guanacaste, el 05/02/1996, teléfono: 62-40-03-60 actualmente
con 21 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento
para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en
este Despacho, dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto.
Exp. Nº 17-000305-0869-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial
de Guanacaste (Nicoya) (Materia Familia), 20 de diciembre del año 2017.—Licda. Johanna Vargas
Hernández, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018215912 ).
Han
comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Adrián
Gerardo Salazar Ramírez, cédula de identidad número 0603520076 y Liseth Rocío
Campos Jiménez, cédula de identidad número 0603470775. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 18-000025-1146-FA.—Juzgado de Familia de
Puntarenas, 26 de enero
del año 2018.—Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018215924
).
Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio del Rodrigo Anthony
Canales Villalta, mayor, soltero, dependiente, cédula de identidad N°
0702440804, vecino de Liberia, Pueblo Nuevo Bella Vista, hijo de María Fernanda
Villalta Ruiz y Antonio Canales Cascante, nacido en Centro Central Limón, el
11/06/1996 y la señora Tania Gisela Alvarenga Borjas, mayor, soltera, ama de
casa, cédula de identidad número F480034, vecina de Liberia, Pueblo Nuevo Bella
Vista, hija de Borjas Placida Del Carmen y Santos Porfidio Alvarenga, ambos
nacionalidad Hondureña, nacida en Francisco Morazán, Honduras, el 31/05/1988.
Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este
matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº
18-000072-0938-FA.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste
(Liberia) (Materia Familia), Liberia, 06 de febrero del 2018.—Msc.
Marcela González Solera, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2018215926 ).
Michael Steven
Araya López y Ailyn Michel Jiménez Coca, cédula por su orden: 1-1578-369 y
1-1683-870; vecinos de San José, Desamparados, Desamparados, San Jerónimo,
desean contraer matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley. La
oposición de alguien con interés legítimo, debe ser presentada ante este
Juzgado dentro de los ocho días luego de esta publicación. Publíquese por una
única vez. Expediente N° 18-000182-0637-FA.—Juzgado de Familia de Desamparados, 8 de febrero del 2018.—Licda.
Mauren Solís Madrigal, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2018215930 ).
Han
comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil el señor
Juan Gabriel Guevara Mora, mayor, soltero, operario, portador de la cédula de
identidad número 4-0196-0964, hijo de Adán Mauricio Guevara Torres y María
Lourdes Mora Monge, nacido el 08/01/1988, con 30 años de edad, y la señora
Jacqueline Patricia Sánchez Fonseca, mayor, divorciada una vez, empleada
doméstica, portadora de la cédula de identidad número 4-0172-0609, hija de
Joaquín Sánchez Araya y Lidia Isabel Fonseca Araya, nacida el 10/06/1980,
actualmente con 37 años de edad, ambos vecinos de Santa Rosa, La Victoria, de
la Escuela Rubén Darío 1 kilómetro al sur, tercera alameda 75 metros al este,
casa 10. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento
legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este
Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación
del edicto. Solicitud de matrimonio. Expediente. 18-000190-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 31 de enero del 2018.—Lic.
Carlos E. Valverde Granados, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2018215931 ).
Daniel Chang
Vargas, costarricense cédula Nº 1-1409-0665 y Karla Andrea Cubero Céspedes,
costarricense cédula Nº 1-1349-0259, ambos vecinos de Heredia, San Rafael,
condominio Bosque Real 2, apartamento 11-26. Desean contraer matrimonio y dicen
reunir todos los requisitos de Ley. La oposición de alguien con interés
legítimo debe ser presentada ante la oficina del licenciado Arturo Montero
Flores, en San Juan La Unión Cartago, Urb. La Unión casa Nº 27, correo
arturomonterof@ice.co.cr en ocho días luego de esta publicación.—San Juan La
Unión Cartago, a los nueve días de febrero del dos mil dieciocho.—Lic. Arturo
Montero Flores, Notario.—1 vez.—( IN2018215977 ).
Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Didier
Fernández Jiménez, mayor, costarricense, soltero, cédula de identidad número
0114470919, peón en construcción, vecino de Paraíso de Cartago Llanos de Santa
Lucía frente al INA, Barrio Santa Lucía, hijo de Cristina Jiménez Solano y
Olivier Fernández Monge, ambos padres costarricenses, nacido en San Isidro
Pérez Zeledón, el 22/11/1990, con 28 años de edad, y Yineth Alexandra Castillo
Solano, mayor, costarricense, divorciada una vez de Cristian Miguel Martínez
Solano el 17 de mayo de 2017 en Cartago, cédula de identidad número 0303540717,
administradora del hogar, vecina de la misma dirección que el anterior, hija de
Flor Elieth Solano González y Miguel Ángel Castillo Alvarado, ambos padres
costarricenses, nacida en Centro Paraíso Cartago, el 12/08/1978, actualmente
con 39 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento
para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en
este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto.
Expediente Nº 18-000321-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 09 de febrero del 2018.—Licda.
Cristina Dittel Masís, Jueza—1 vez.—Exonerado.—( IN2018216454 ).
A Uriarte María Lissette, cédula 155818075614,
propietaria del vehículo placas Mot 484886, marca Freedom, tipo FR250GY, chasis
N° LLCJGM104GA100024, de conformidad con el artículo 172 de la Ley del Tránsito
9078 del 26 de octubre del dos mil doce, se le notifica su derecho de ser parte
o no en la sumaria 17-007675-0174-TR, por lo cual deberá apersonarse dentro de
los diez días siguientes a la publicación de ésta resolución, con la
advertencia que de no hacerlo, se entenderá que renuncia al mismo y los
trámites continuarán hasta sentencia. Expediente número 17-007675-0174-TR.—Juzgado de Tránsito del
Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de enero del 2018.—Licda. Joyce Ugalde Huezo,
Jueza Tramitadora.—1 vez.—Exento.—( IN2018215920 ).
De
conformidad con el artículo 113, 115 del Código Procesal Penal, se le da
traslado de la presente Acción Civil Resarcitoria al demandado civil Cristian
Mauricio Picado Marín, cédula de identidad 108190368, por el término de tres
días hábiles, para lo que en derecho corresponda, por medio de edicto que se
publicará sólo por una vez en el Boletín Judicial, de conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009. Expediente 14-005050-0059-PE,
proceso penal seguido contra Steve José Sandoval Bolaños y otro, por el delito
de Simulación de delito, cometido en perjuicio de Gerardo Quirós Acuña. Es
todo. Comuníquese.—Fiscalía
Adjunta de Heredia, al ser las
nueve horas con nueve minutos del día primero de febrero del año dos mil
dieciocho.—Lic. José Pablo Murillo Quirós, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—(
IN2018216439 ).
Licenciada,
Andrea Fernández Durán, Fiscal de la Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito
Judicial San José, al señor Alex Foster On, cédula o documento de identidad
número 701800186, se le hace saber: que en el legajo de legajo de investigación
150092480174TR, seguido en contra de Alex de Jesús Foster On, en perjuicio de
Luis Diego Ortiz Núñez, por el delito de lesiones culposas (Ley de Tránsito),
se ha dictado resolución que literalmente dice: comunicación por edicto el
traslado de la acción civil resarcitoria. Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito
Judicial San José, a las catorce horas y cincuenta minutos del siete de
noviembre del dos mil diecisiete. En vista de que el señor Alex Foster On es de
domicilio desconocido, se procede a comunicarle la resolución por medio de
edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese.—Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial San
José.—Andrea
Fernández Durán.—Stephannie Tenorio Barrios, Fiscal Auxiliar.—1
vez.—Exonerado.—( IN2018216441 ).