BOLETÍN JUDICIAL N° 43 DEL 7 DE MARZO
DEL 2018
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL
PODER JUDICIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Convocatorias
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos Matrimoniales
Edictos en lo Penal
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47
bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo
de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (CISED)
en Acta Nº 01-2014 de fecha 14 de marzo del 2014,
artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N°
34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo L, se hace del conocimiento
de las instituciones públicas, privadas y del público en general que se
procederá a la eliminación de Expedientes Penales del año 2012 y 2013 del
Juzgado Penal de Bribrí, Limón. La documentación, se
encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: P 14 L 12
Expedientes: 903
Paquetes: 10
Año: 2012
Asunto: Penales
Varios (Infracción Ley de Tortugas 1, Hurto 166, Violencia Doméstica 52,
Apropiación indebida 47. Agresión con arma 74, Robo 186, Usurpación 5,
Averiguar muerte 31, Lesiones 4, Daños 38, incumplimiento de una medida de
protección 31, Infracción Ley Forestal 26, , Desobediencia 14, Resistencia 14,
Uso de documento falso 1, Infracción Ley de armas 12, infracción ley fiscal 3,
portación ilícita de arma permitida 29, infracción ley de autor 9, penalidad
del corruptor 1, simulación de delito 1, circulación de moneda falsa 1, atípico
5, infracción ley caza y pesca 3, estafa 7, conducción temeraria 19,
estelionato 1, receptación 13, explotación de personas 1, amenazas 15,
infracción ley de licores 2, tenencia de droga 9, evasión 1, falsificación de
señas y marcas 1, accionamiento de arma 2, maltrato 12, Rapto 1, Tacha de
vehículo 11, incumplimiento de deberes 3, infracción ley de migración 4, abuso
de autoridad 13, infracción Ley Conservación Vida Silvestre 2, infracción Ley
Fitosanitario 1, amenazas contra mujer 2, retención indebida 11, libramiento de
cheques sin fondo 2, violación de sellos 1, contagio venéreo 1, infracción Ley
de Salud 1, privación de libertad 1, abandono de incapaz 1, estorbo a la autoridad
1, contrabando 1, corrupción 1, falsedad ideológica 1, abuso sexual contra
mayor de edad 1, desaparición 1 infracción ley de penalización 1, infracción
Código Minería 1, agresión calificada 2, evasión fiscal. Explotación sexual 1.)
Expedientes con Sentencia de Sobreseimiento y Desestimación Firme.
Remesa: P 3 L 13
Expedientes: 589
Paquetes: 6
Año: 2013
Asunto: Penales
Varios (Abandono de incapaz 2, abigueato 1, abuso de
patria potestad 3, agresión con arma 55, agresión contra una mujer 1,
alteración de marcas y señas 1, amenazas 8, amenazas a funcionario público 4,
amenazas agravadas 4, amenazas contra una mujer
3, apropiación indebida 5, asalto 1, averiguar muerte 27, circulación de moneda
falsa 2, coacción 1, colisión 2, conducción temeraria 4, daños 26, denuncia
calumniosa 1, desaparición 2, descuido de animales 4, desobediencia 12,
descuido de animales 4, maltrato 12, estafa 6, falsificación de señas y marcas
2, hallazgo 2, hurto 84, hurto agravado 5, incumplimiento de una medida de
protección 32, incumplimiento de deberes alimentarios 2, infracción a Ley
Código Fiscal 1, infracción Ley Conservación Vida Silvestre 2, infracción Ley
de Armas 41, infracción Ley de Migración 2, infracción Ley de Pesca 1,
infracción Ley de Tránsito 1, infracción Ley Zona Marítima 1, Infracción
Derecho de autor 1, infracción Ley Forestal 14, lesiones 7, lesiones culposas
15, lesiones graves 1, lesiones leves 2, obstrucción 1, penalidad del corruptor
1, portación ilícita de arma 12, receptación 14, resistencia a la autoridad 4,
retención indebida 36, robo simple 74, simulación de delito 2, tenencia de
droga 8, tentativa de robo simple 2, usurpación 6, violación de domicilio 10,
violación de sellos 1, violencia domestica 11) Expedientes con Sentencia de
Sobreseimiento y Desestimación Firme.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y
desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección
Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera
publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 23 de febrero de 2018.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora
Ejecutiva
O. C. N° 364-12-2017.—Sol.
N° 68-2017-JA.—( IN2018220644 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47
bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo
de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en acta Nº 03-2006 de fecha 01 de
setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 73-06 celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo
LIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del
público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes Laborales
del año 2010 y 2013 del Juzgado de Cobro y Contravencional y de Menor Cuantía
de Grecia, Alajuela. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en
ese Despacho.
Laboral:
Remesa: L 26 A 13
Expedientes: 21
Paquetes: 1
Año: 2013
Asunto: Laboral
Varios: 21 Expedientes Laborales: 05 Infracciones a las Leyes Laboral (03 con
Sentencia, 01 Archivado y 01 Abandonado), 14 Devoluciones de Ahorros (13
Archivados y 01 Abandonado) y 02 Consignación de Prestaciones (02 Archivados).
Remesa: L 27 A 10
Expedientes: 11
Paquetes: 1
Año: 2010
Asunto: Laboral
Varios: 11 Expedientes Laborales: 03 Solicitudes de Retiro de Dinero de
Preaviso (03 Rechazos de Plano) 02 Consignación de Prestaciones (02
Abandonados) 01 Infracciones a las Leyes Laborales (01 Abandonado) 05
Devolución de Ahorros (03 Archivados y 02 Abandonados).
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y
desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección
Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera
publicación de este aviso.
San José, 23 de febrero del 2018.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta
Subdirectora
Ejecutiva
O. C. Nº 364-12-2017.—Sol. Nº 68-2017-JA.—( IN2018220646 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47
bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo
de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo
de 2016, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N° 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo XCV, se
hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en
general que se procederá a la eliminación de Expedientes de Familia del año
2005 al 2010 y Expedientes de Violencia Doméstica del año 2006 al año 2010 del
Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Golfito, Zona Sur. La
documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
FAMILIA:
Remesa: F 4 P 05
Expedientes: 62
Paquetes: 3
Año: 2005
Asunto: Varios
Familia: 3 Separación judicial (con lugar), 1 Confesión fuera de juicio (Sin
lugar), 15 Abreviado de divorcio (desierto, con lugar, sin lugar, archivado,
inadmisible, abandonado), 1 Régimen de visitas (inadmisible), 3 Solicitud de
matrimonio (caduco), 5 Diligencias de Utilidad y Necesidad (sin lugar, con lugar,
abandonado), 7 Reconocimiento de unión de hecho (caduco, con lugar, sin lugar,
homologación, inadmisible), 2 Ordinario liquidación de bienes gananciales
(Inadmisible), 1 Suspensión de patria potestad (Sin lugar), 3 Modificación de
guarda, crianza y educación (Abandonado, sin lugar), 10 Impugnación de
paternidad (Abandonado, archivado, inadmisible), 4 Divorcio mutuo acuerdo
(Abandonado), 6 Declaratoria Judicial de Abandono (Homologación, archivado,
abandonado), 1 Solicitud de allanamiento (Sin resolución).
Remesa: F 4 P 06
Expedientes: 51
Paquetes: 2
Año: 2006
Asunto: Varios Familia: 1 Adopción
(abandonado), 1 Reconocimiento de hijo mujer casada (sin lugar, abandonado), 13
Abreviado de divorcio (con lugar, inadmisible, archivado, sin lugar, desierto),
2 Solicitud de matrimonio (caducidad), 3 Confesión fuera de juicio (con
resolución), 7 Depósito judicial de menor (archivado, abandonado), 6 Régimen de
visitas (sin lugar, desierto, archivado, inadmisible), 4 Diligencias de
Utilidad y Necesidad (sin lugar, abandonado, archivado, con lugar), 3 Guarda,
Crianza y Educación (Archivado, inadmisible, sin lugar), 6 Especial de
filiación (Abandonado, sin sentencia, desierto), 3 Abreviado de separación
judicial y liquidación anticipada de bienes (Abandonado, archivado, sin lugar),
2 Reconocimiento Unión de Hecho (Inadmisible, sin lugar).
Remesa: F 4 P 07
Expedientes: 46
Paquetes: 2
Año: 2007
Asunto: Varios
Familia: 3 Solicitud de matrimonio (Caduco), 1 Solicitud de allanamiento
(denegado), 3 Declaratoria de abandono (abandonado, con lugar, sin lugar), 7
Diligencias de Utilidad y Necesidad (Sin lugar, con lugar, abandonado), 5
Abreviado de divorcio (Sin lugar, archivado, desierto), 3 Separación judicial
(Abandonado, sin lugar, desierto), 5 Régimen de visitas (Archivado, desierto),
3 Reconocimiento Unión de Hecho (Sin lugar, desierto, inadmisible), 2
Reconocimiento de hijo de mujer casada (Sin lugar, abandonado), 7 Guarda,
crianza y educación (Abandonado, archivado, sin lugar), 2 Confesión fuera de
juicio (Archivado), 2 Autorización de salida del país (Archivado) 3 Divorcio
por mutuo acuerdo (Abandonado, archivado).
Remesa: F 5 P 08
Expedientes: 51
Paquetes: 2
Año: 2008
Asunto: Varios
Familia: 7 Diligencias Utilidad y necesidad (Abandonado, sin lugar, con lugar),
3 Divorcio por mutuo acuerdo (abandonado, archivado), 3 Declaratoria judicial
de abandono (Abandonado), 1 Impugnación de paternidad (abandonado), 2
Impugnación de reconocimiento (archivado), 6 Investigación de paternidad
(Abandonado, inadmisible, archivado), 3 Reconocimiento de hijo de mujer casada
(Abandonado, sin lugar, archivado), 2 Régimen de visitas (Sin lugar), 3 Guarda,
crianza y educación (Abandonado, archivado, sin lugar), 10 Abreviado de
divorcio (Archivado, desierto, sin lugar, inadmisible), 1 Liquidación anticipada
de bienes gananciales (Desierto), 1 Solicitud de matrimonio (caduco), 4
Separación Judicial (sin lugar, inadmisible, archivado), 3 Reconocimiento de
Unión de Hecho (Archivado, sin lugar), 2 Procesos de protección (plazo
vencido).
Remesa: F 5 P 09
Expedientes: 45
Paquetes: 2
Año: 2009
Asunto: Varios
Familia: 4 Investigación de paternidad (abandonado, archivado), 1 Confirmación
de paternidad (Abandonado), 5 Guarda, crianza y educación (Archivado, sin
lugar, desierto), 6 Utilidad y Necesidad (Con lugar, archivado, sin lugar), 1
Solicitud de matrimonio (Archivado), 1 Autorización de salida del país
(Archivado), 1 Declaratoria de abandono (Archivado),1 Solicitud de allanamiento
(Archivado), 6 Divorcio mutuo acuerdo (Abandonado, inadmisible), 13 Abreviado de
divorcio (Desierto, inadmisible, abandonado, sin lugar, archivado), 2
Separación Judicial (Archivado, desierto), 2 Régimen de visitas (Archivado, sin
lugar), 1 Reconocimiento Unión de Hecho (Archivado), 1 Reconocimiento de hijo
de mujer casada (sin lugar).
Remesa: F 5 P 10
Expedientes: 69
Paquetes: 3
Año: 2010
Asunto: Varios
Familia: 18 Medidas de protección abrigo temporal (plazo vencido), 4
Reconocimiento Unión de Hecho (Desierto, archivado, inadmisible), 1 Separación
Judicial (Abandonado), 1 Reconocimiento Unión de Hecho y liquidación de bienes
gananciales (Inadmisible), 3 Impugnación de Paternidad (Abandonado,
Inadmisible, archivado), 1 Declaratoria extramatrimonial (Archivado), 1
Impugnación de reconocimiento (Inadmisible), 2 Investigación de paternidad
(Inadmisible, abandonado), 1 Homologación de depósito (Inadmisible), 1
Declaratoria de abandono (Abandonado), 5 Divorcio por mutuo acuerdo
(Abandonado, archivado), 4 Guarda, Crianza y educación (Sin lugar), 4 Utilidad
y necesidad (Con lugar, sin lugar), 1 Reconocimiento de hijo de mujer casada
(Sin lugar), 19 Abreviado de divorcio (Sin lugar, inadmisible, archivado,
desierto), 2 Solicitud de matrimonio (Caduco), 1 Autorización de salida del
país (Abandonado).
VIOLENCIA DOMÉSTICA:
Remesa: V 12 P 06
Expedientes: 691
Paquetes: 6
Año: 2006
Asunto: Violencia
Doméstica.
Remesa: V 12 P 07
Expedientes: 722
Paquetes: 7
Año: 2007
Asunto: Violencia
Doméstica.
Remesa: V 11 P 08
Expedientes: 622
Paquetes: 6
Año: 2008
Asunto: Violencia
Doméstica.
Remesa: V 9 P 09
Expedientes: 705
Paquetes: 7
Año: 2009
Asunto: Violencia
Doméstica.
Remesa: V 8 P 10
Expedientes: 700
Paquetes: 7
Año: 2010
Asunto: Violencia
Doméstica.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y
desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección
Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera
publicación de este aviso.
San José, 23 de febrero del 2018
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora
Ejecutiva
O. C. Nº 364-12-2017.—Sol. Nº 68-2017-JA.—( IN2018220649 ).
De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para
el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y
Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº
01-2015, de fecha 12 de agosto del 2015 artículo XI y el acuerdo del Consejo
Superior Nº 79-15 celebrada el 03 de setiembre de
2015, artículo LXXIX, se hace del conocimiento de las instituciones públicas,
privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de
Expedientes de Faltas y Contravenciones del año 2010 al 2014 del Juzgado
Contravencional del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón. La
documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: G
3 L 10
Expedientes: 70
Paquetes: 1
Año: 2010
Asunto: Faltas
y Contravenciones: Amenazas 25, Pelea dual 2, Lesiones Levísimas 21, Dificultar
Acción de la Autoridad 3, Llamadas Mortificantes 8, Negativa a Identificarse 1,
Daños menores 1, Palabras obscenas 1, Maltrato Animal 1, Lanzamiento de objetos
3, Entrada sin permiso a terreno ajeno 2, Provocación a riña 1, Ley de
Conservación de Vida Silvestre 1.
Remesa: G
2 L 11
Expedientes: 240
Paquetes: 4
Año: 2011
Asunto: Faltas
y Contravenciones: Llamadas Mortificantes 49, Amenazas 86, Pelea dual 11,
Provocación a riña 7, Lesiones Levísimas 51, Alboroto 5, Atípico 2, Tocamientos
Inmorales 1, Palabras obscenas 8, Dificultar Acción de la Autoridad 2, Negativa
a Identificarse 4, Descuido Animal 1, Proposiciones Irrespetuosas 2, Infracción
Ley de Fumado 2, Infracción Ley de Seguridad Privada 2, Entrada sin permiso a
terreno ajeno 2, Usurpación de Nombre 2, Irrespeto a la Autoridad 2, Mala
Disposición de aguas negras 1.
Remesa: G
1 L 12
Expedientes: 756
Paquetes: 9
Año: 2012
Asunto: Faltas
y Contravenciones: Alboroto 32, Amenazas 266, Llamadas Mortificantes 114,
Atípico 60, Infracción Ley de Licores 13, Lesiones Levísimas 124, Pelea dual
17, Dificultar Acción de la Autoridad 27, Negativa a Identificarse 6, Palabras
obscenas 33, Lanzamiento de objetos 6, Proposiciones Irrespetuosas 8, Entrada
sin permiso a terreno ajeno 7, Mala Disposición de aguas negras 1,
Obstaculización vía pública 1, Exhibicionismo 1, Infracción Ley de Salud 4,
Provocación a riña 15, Usurpación de Nombre 2, Infracción Ley de, Seguridad
Privada 7, Abandono de Animales 4, Desordenes 2, Descuido Animal 1, Infracción
Ley de Armas 2, Miradas Indiscretas 1, Infracción Vida Silvestre 1, Infracción
Ley de Espectáculos públicos 1.
Remesa: G
2 L 13
Expedientes: 957
Paquetes: 10
Año: 2013
Asunto: Faltas
y Contravenciones: Amenazas 337, Atípico 72, Lesiones Levísimas 145, Alboroto
55, Pelea dual 9, Dificultar Acción de la Autoridad 21, Llamadas Mortificantes
109, Palabras obscenas 61, Proposiciones Irrespetuosas 1, Entrada sin permiso a
terreno ajeno 7, Maltrato Animal 4, Miradas Indiscretas 3, Infracción Ley de
Seguridad Privada 1, Infracción Ley de Licores 99, Provocación a riña 3,
Tocamientos Inmorales 1, Lanzamiento de objetos 6, Exhibicionismo 4, Descuido
Animal 1, Abandono de Animales 7, Negativa a Identificarse 4, Molestias a
Transeúntes 1, Portación Falsa de Distintivos 1, Resistencia a la Autoridad 3,
Castigo Inmoderados a los hijos 1, Desórdenes 1.
Remesa: G
2 L 14
Expedientes: 931
Paquetes: 11
Año: 2014
Asunto: Faltas
y Contravenciones: Palabras obscenas 92, Llamadas Mortificantes 112, Lesiones
Levísimas 191, Amenazas 306, Atípico 51, Entrada sin permiso a terreno ajeno 8,
Alboroto 82, Provocación a riña 5, Dificultar Acción de la Autoridad 11,
Infracción Ley de Licores 25, Miradas Indiscretas 1, Abandono de Animales 5,
Exhibicionismo 4, Lanzamiento de objetos 7, Pelea dual 7, Negativa a
Identificarse 3, Desordenes 2, Descuido Animal 3, Proposiciones Irrespetuosas 5,
Castigo Inmoderados a los hijos 1, Infracción Ley General de Salud 1, maltrato
a menor 1, Maltrato Animal 1, Cierre de cañería 1, Molestias a Transeúntes 1,
Descuido Animal 3, Infracción Ley Conservación Vida Silvestre 1, Infracción Ley
de Fumado 1.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y
desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección
Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera
publicación de este aviso.
San José, 23 de febrero del 2018.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora
Ejecutiva
O. C. N° 364-12-2017.—Sol.
N° 68-2017-JA.—( IN2018220650 ).
A los causahabientes de quién en vida se llamó Jhonathan Steve Marchena Arias, quien fue mayor,
costarricense, soltero vecino de Parrita, con cédula de identidad número
6-0348-0646, quien falleció el día 20 de setiembre del 2008, se les hace saber
que: Génesis Gamboa Madrigal, mayor, costarricense, soltera, miscelánea, vecina
de Pueblo Nuevo de Parrita, primera casa del proyecto Cesar, a 25 metros de
Licorera Génesis, casa gris, portadora de la cédula de identidad número
6-0405-0951, en su condición de madre en ejercicio de la patria potestad del
menor Jerry Steven Marchena Gamboa, en calidad de derechohabiente del
trabajador fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de
Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de
edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del
trabajador fallecido. Expediente N° 18-000044-1590-LA.—Juzgado Civil y de Trabajo de
Quepos (Materia Laboral), 12 de febrero del 2018.—Licda. Silvia Vásquez
Monge, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018221904
).
A los causahabientes de
quien en vida se llamó José Salvador Delgado Cascante, quien fue mayor,
divorciado, jubilada del Poder Judicial, vecino de San Isidro de Heredia, del
Lava Car Torino, 125 metros al norte, Barrio La Unión, casa a mano izquierda,
con cédula de identidad número 0106710025, quien laboró para el Poder Judicial,
y falleció el 15 de noviembre del año 2017, se les hace saber que: María del
Rocío Piedra Rodríguez, cédula de identidad o documento de identidad número
0203860016, en calidad de representación de los hijos Valeria Delgado Piedra y
Andrés Delgado Piedra, a fin de promover las presentes diligencias de
Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de
edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador
fallecido José Salvador Delgado Cascante, expediente número 18-000209-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 16 de febrero del
2018.—Licda. Wendy Martínez Garbanzo, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018221910
).
A los causahabientes de
quien en vida se llamó Marta Elena Gerarda de Jesús Hernández Bonilla, quien
fue mayor, casada, domicilio San Pablo de Heredia, cédula de identidad número
4-0093-0999, se les hace saber que: Jesús Montoya Fernández, cédula de
identidad número 4-0082-0074, domicilio San Pablo de Heredia, se apersonó en
este Despacho en calidad de cónyuge supérstite de la persona fallecida, a fin
de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por
ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola
vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en
este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Publíquese en el Boletín Judicial Libre de Derechos. Consignación de
prestaciones del trabajador fallecido Marta Elena Gerarda de Jesús Hernández
Bonilla, Expediente número 18-000241-0505-LA.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 19 de febrero del 2018.—Licda. Ethel Duarte
Hernández, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018221914
).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Ledes María del Carmen Sánchez Araya,
0700860681, fallecido el 28 de enero del año 2018, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado bajo el número
18-000254- 0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 18-000254-0505-LA. Por Carolina Solano Sánchez a favor
de Ledes María del Carmen Sánchez Araya.—Juzgado de
Trabajo de Heredia, 16 de febrero del 2018.—Msc.
Juan Pablo Carpio Álvarez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018221915 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Horacio Rodrigo Chavarría Morúa
0106920585, fallecido el 03 de setiembre del año 2012, se consideren con
derecho para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo
el número 18-000026-1102-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín
Judicial. Expediente N° 18-000026-1102-LA. Por
Yendry Bolaños Salazar a favor de Horacio Rodrigo Chavarría Morúa.—Juzgado de Trabajo
de Heredia, 15 de febrero del 2018.—Msc. Juan
Pablo Carpio Álvarez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018221916 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de, David Elías Rosales Valladares 0503140379, mayor,
divorciado, fallecido el diecisiete de octubre del dos mil quince, se
consideren con derecho para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector
privado bajo el número 16-000020-1052-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 16-000020-1052-LA, promovidas por, Amalia Yaneth
Matarrita Gutiérrez y Karen Rebeca Jiménez Gómez.—Juzgado
de Trabajo de Santa Cruz, 21 de febrero del 2018.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018222208 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de, Agustín Rubén Alfaro Barrantes 0400730436, pensionado de la
Caja Costarricense de Seguro Social, vecino de San Rafael de Alajuela,
fallecido el 24 de abril del año 2012, se consideren con derecho para que,
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de Consig. Prest. Sector privado bajo el número
17-001284-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín
Judicial. Expediente N° 17-001284-0639-LA. Gestionante Ligia María Alfaro López, a favor del fallecido
Agustín Rubén Alfaro Barrantes.—Juzgado de Trabajo
del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 24 de enero del 2018.—Licda.
Digna María Rojas Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018222215 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Pedro Norberto Ruiz Ruiz, 0502060794, fallecido el diecinueve de julio del dos
mil diecisiete, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este despacho en las diligencias de consig.
prest. sector privado bajo el número 18-000056-0775-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N° 18-000056-0775-LA. Por a
favor de Pedro Norberto Ruiz Ruiz.—Juzgado de
Trabajo de Santa Cruz, 12 de febrero del 2018.—Licda. Brenda Celina Calvo
De La O, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018222221
).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de José Pablo Rubí Reyes, mayor, soltero, cédula
de identidad N° 7-0257-0893 fallecido el doce de
diciembre del dos mil diecisiete, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector público bajo
el número 18-000057-0775-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 18-000057-0775-LA. A favor de María Eugenia Reyes
Gómez.—Juzgado de Trabajo de Santa Cruz, 14 de
febrero del 2018.—Licda. Alejandra Pérez Cordero, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018222222 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Enrique Naranjo
Valverde, 0107720642, fallecido el 14 de diciembre del 2017, se consideren con
derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de consig. prest. sector público bajo
el número 18-000067-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 18-000067-1550-LA. Interpuesto por Marlen
Cecilia Delgado Gutiérrez.—Juzgado de Trabajo del
Tercer Circuito Judicial de San José, (Desamparados), 16 de febrero del
2018.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018222223
).
A los causahabientes de quien en vida se llamó
Ulises Quesada Monge, quien fue mayor, viudo, pensionado, domicilio calle
Fallas de Desamparados, cédula de identidad número 1 0181 0206, se les hace
saber que: Marvin Gerardo Quesada Díaz, cédula de identidad número 1-0592-0066,
domicilio calle Fallas de Desamparados, se apersonó en este Despacho en calidad
de hijo del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de
Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de
edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador
fallecido Ulises Quesada Monge. Expediente número 18-000100-1550-LA.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de
San José (Desamparados), 27 de febrero del 2018.—Licda. Carolina Fallas
Sánchez, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018222224
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de José Manuel Cortés Rodríguez 0601510355, fallecido el 02 de
febrero del 2018, se consideren con derecho para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias
de consig. prest. sector público bajo el número
18-000347-0643-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
18-000347-0643-LA.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas,
26 de febrero del 2018.—Lic. Francisco Quesada Quesada,
Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018222225 ).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Bernald Valverde
Palavicini, 0301880317, fallecido el 24 de octubre del año 2010, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consig.
prest. sector privado bajo el número 17-000174- 1549-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N° 17-000174-1549-LA. Por a
favor de Bernald Valverde Palavicini.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Siquirres (Materia Laboral), 16 de
enero del año 2018.—Msc. Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018222636
).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Armando Enrique León Morales, cédula de
identidad número 1-0352-0816, quien fue mayor, casado, pensionado, con último
domicilio en Tejar del Guarco de Cartago, y falleció el 18 de marzo del 2012,
se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el número
17-000523-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 17-000523-1023-LA. Promovido por Marlene Acuña Acuña, cédula de identidad a favor de Armando Enrique León Morales.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago,
13 de julio del 2017.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2018222639 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Luis Monge Marín,
0302410140, mayor, casado, cajero general, fallecido el 09 de octubre del año
2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consig.
prest. sector público bajo el número 17-000763-0641-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
17-000763-0641-LA. Por a favor de Jorge Luis Monge Marin.—Juzgado de Trabajo
de Cartago, 09 de noviembre del año
2017.—Licda. Susana Mata Gómez, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018222642
).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de José Pablo Monge Durán, fallecido el 01 de
abril del 2017, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este despacho en las diligencias de consig.
prest. sector privado bajo el número 17-001953-0173-LA, a hacer valer sus
derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Expediente N° 17-001953-0173-LA. Por a favor
de José Pablo Monge Durán.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 06 de febrero del
2018.—Licda. Jessica Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018222647
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Manuel de Jesús Castro Godínez, quién en vida fue mayor de
edad, cédula de identidad 01-0614-0294 y falleció el 28 de diciembre del 2016,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente
Número 17-002793-1178-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Expediente N° 17-002793-1178-LA. Promovido
por Martha María Rivas cédula de residencia 155822469603 a favor de los causahabientes
del fallecido.—Juzgado de Trabajo
del Primer Circuito Judicial de San José, Sección
Segunda, 22 de diciembre del 2017.—Edgar Rodríguez Ramírez, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018222651
).
A los causahabientes de quién en vida se llamó José
David Mora Ramírez, cédula de identidad 3-0467-0560, se les hace saber que:
Hotelera Pinares S. A., se apersonó en este Despacho en calidad de ex patrono
del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de
Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se
publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en
las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de
prestaciones del trabajador fallecido. Expediente N°
17-003119-0173-LA.—Juzgado de Trabajo
del Primer Circuito Judicial de San José,
Sección Segunda, 07 de febrero del 2018.—Jessica Cordero Azofeifa, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018222652 ).
A los causahabientes de
quien en vida fue Hydirh Antonio Chaves Rojas, cédula
de identidad 1-1223-0883, se les hace saber que: Nuria Rojas Salazar, cédula
1-0491-0203, se apersonó en este Despacho en calidad de madre del fallecido, a
fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por
ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se
apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer
sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Consignación de prestaciones del fallecido. Expediente N° 17-003151-1178-LA.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de
San José, Sección Segunda, 24 de enero del 2018.—Jessica Cordero
Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018222653 ).
A los causahabientes de quien en vida fue Danilo
Gerardo González Rivas, con cédula de identidad número 1-481-0511, se les hace
saber que: Maritza Palacios Fuentes cédula 1-481-0511, se apersonó en este
Despacho en calidad de esposa del fallecido, a fin de promover las presentes
diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza
por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del fallecido,
expediente número 17-003202-1178-LA.—Juzgado de
Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 25 de
enero del 2018.—Licda. Jessica Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018222654 ).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Delsa Amalia Loney Canica, 0700660611, fallecida el 31 de agosto del
2017, se consideren con derecho para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N°
18-000059-1549-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 18-000059-1549-LA. Por a favor de Delsa
Amalia Loney Canica.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Siquirres, (Materia Laboral), 22 de
febrero del 2018.—Msc. Sabina Hidalgo Ruiz, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018222263
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Jorge Chacón Flores, quien fue mayor, casado, pensionado por
vejez de la Caja Costarricense de Seguro Social, vecino de Cartago, Turrialba,
La Suiza, con cédula de identidad 3-133- 466, quien falleció el 20 de agosto
del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones
sector público bajo el número 18-000060-1001-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Expediente N° 18-000060-1001-LA.—Juzgado
Civil y Trabajo de Turrialba (Materia Laboral), 12 de febrero del año
2018.—Lic. José Elías Vindas Castiglioni, Juez.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018222665 ).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Wilberth Alfonso Segura Bolaños, 0604090576,
fallecido el 09 de diciembre de 2017, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado bajo el Número
18-000102- 0639-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 18-000102-0639-LA. Promovidas por Silvia Elena Bolaños
Arguedas a favor de Wilberth Alfonso Segura Bolaños.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 28 de febrero del
2018.—Lic. Mario José Rojas Soro, Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017_JA.—( IN2018222667
).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Manuel Antonio Álvarez Pacheco, cédula de
identidad N° 03-0163-0177, fallecido el 04 de julio
del 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias
de consig. prest. sector público bajo el número
18-000124-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 18-000124-0641-LA. Proceso promovido por Marta Calvo
Sánchez, cédula 03-161-173, por la muerte de Manuel Antonio Álvarez Pacheco.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 25 de enero
del 2018.—Lic. Juan Carlos Cambronero Navarro, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018222669 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Jesús Alonso Palma Alvarado, quien fue mayor, cédula de
identidad 1-1361-0032, soltero, vecino de Cartago falleció el 24 de diciembre
del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones
bajo el número 18-000145-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 18-000145-0641-LA. Promovido por Lucila Alvarado
Poveda, cédula de identidad N° 1-0606-0686 a favor de
Jesús Alonso Palma Alvarado.—Juzgado Trabajo de
Cartago, 26 de enero del año 2017.—Lic. Randall Briceño Solano, Juez.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018222671 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de María del Socorro Dinarte Dinarte, cédula de identidad N°
5-132-278, fallecida el 09 de noviembre del año 2017, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector público bajo
el N° 18-000184-0641-LA, a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de
Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 18-000184-0641-LA. Promovido por Leslie Teresa Dinarte Dinarte, por el
fallecimiento de María del Socorro Dinarte Dinarte.—Juzgado
de Trabajo de Cartago, 12 de febrero del 2018.—MSC. Bertha María Jiménez
Alvarado, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018222675
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Francisco Rodríguez Sánchez, quien fue mayor, cédula de
identidad N° 3-0138-0251, casado, pensionado, vecino
de Cartago, y falleció el 13 de noviembre del
año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el N° 18-000197-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de
Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial Expediente N° 18-000197-0641-LA. Promovido por Maximina de los Ángeles
Rodríguez Loría, cédula de identidad N° 3-0306- 0358.—Juzgado Trabajo de Cartago, 27 de enero
del 2018.—Lic. Randall Briceño Solano.—Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018222676
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Marino Enrique Vega Hernández, quien fue mayor, cédula de
identidad N° 3-0335-0684, casado en segundas nupcias,
policía, vecino de Paraíso de Cartago, y falleció el 26 de noviembre del año
2017, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el N° 18-000213-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
18-000213-0641-LA. Promovido por Jacquelinne Pérez Cunninglanin a favor de Marino Enrique Vega Hernández.—Juzgado Trabajo de Cartago, 12 de febrero
del 2018.—Msc. Bertha María Jiménez Alvarado.—Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018222677
).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Hilda de las Nieves Solano Ramírez N° 0300970915, fallecido(a) el 21 de octubre del año 2017,
se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación
de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo
el N° 18-000218-0641-LA, a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de
Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 18-000218-0641-LA. Por CCSS a favor de
Hilda de las Nieves Solano Ramírez.—Juzgado de
Trabajo de Cartago, 01 de febrero del 2018.—Lic. Juan Carlos Cambronero
Navarro, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2018222678 ).
Se cita y emplaza a los
que, en carácter de causahabientes de Jesús María Mora Salas, cédula de
identidad N° 01-0499-0371, fallecido el 09 de
setiembre del año 2017, se consideren con derecho, para que, dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el N°
18-000219-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N°
18-000219-0641-LA. Proceso establecido por Olga Mayela Leandro Ramírez por
muerte de Jesús María Mora Salas.—Juzgado
de Trabajo de Cartago, 29 de enero del 2018.—Licda. Clelia Calvo Bermúdez,
Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018222680 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Eresvida Carvajal Monge 0101440857, fallecida el
26 de octubre del año 2017, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consig.
prest. sector público bajo el Número 18-000238-0641-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N° 18-000238-0641-LA.
Promovido por Rosa María Aguilar Carvajal por el fallecimiento de Eresvida Carvajal Monge.—Juzgado
de Trabajo de Cartago, 8 de febrero del año 2018.—Lic. Ranndy
Rivera Rodríguez, Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018222681
).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Manuel
Sánchez Miranda, 0102300231, fallecido(a) el 20 de octubre del año 2017, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector
público bajo el N° 18-000245- 0641-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del
Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 18-000245-0641-LA. Por Odilia Díaz
Fernández a favor de Manuel Sánchez Miranda.—Juzgado
de Trabajo de Cartago, 5 de febrero del 2018.—Lic. Randall Briceño Solano,
Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018222682 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de José Alberto de Jesús Solano Masís,
0105300496, fallecido el 26 de diciembre del año 2017, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consig.
prest. sector privado bajo el Número 18-000291- 0641-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N° 18-000291-0641-LA. Por a
favor de José Alberto de Jesús Solano Masís.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 8 de febrero del
2018.—Licda. Clelia Calvo Bermúdez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018222684
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan Marín Chávez
mayor, costarricense cédula de identidad 1-0303-0448 y fallecido el 20 de
noviembre del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número
18-000336-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Exp.
N° 18-000336-1178-LA.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 01 de
febrero del 2018.—Licda. Jessica Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2018222686 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Luis Araya
Cortés, cédula 3-0176-0937, fallecido el 17 de noviembre del año 2017, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector
público bajo el número 18-000337- 0641-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Exp. N° 18-000337-0641-LA.
Proceso establecido por Gerardina Arce Salas, cédula
3-0190-0842 por la muerte de Carlos Luis Araya Cortés, cédula 3-0176-0937.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 15 de febrero
del 2018.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018222687
).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Carlos Mata Brenes, fallecido el 12 de octubre
del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig.
Prest. Sector Público bajo el Número 18-000357-0641-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N° 18-000357-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago,
14 de febrero del 2018.—Msc. Ronald Figueroa Acuña, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018222688
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Byron Martín Guillén
Montero, 0304880106, fallecido el 06 de enero del año 2018, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector privado bajo
el Número 18-000359- 0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 18-000359-0641-LA. Por Banco Popular a favor de Byron
Martín Guillén Montero.—Juzgado de Trabajo de
Cartago, 14 de febrero del 2018.—MSc. Bertha
María Jiménez Alvarado Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2018222689 ).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Javier Evelio Loria Vargas, cédula de
identidad 3-0183-0677 quien fue mayor, casado, pensionado y falleció el 14 de
enero del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación prestaciones
sector público bajo el Número 18-000376-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Expediente N°
18-000376-0641-LA, promovido por María del Rosario Masís
Serrano, cédula de identidad 03-0223-0201.—Juzgado
de Trabajo de Cartago, 14 de febrero
del 2018.—Lic. Juan Carlos Cambronero Navarro, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2018222691 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Guillermo Bolsios Bejarano, cédula
de identidad número 1-0403-1408, fallecido el 21 de julio del año 2017, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de consignación de prestaciones, que se tramita bajo el
expediente número 18-000377-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
18-000377-0641-LA. Promovida por María Mercedes Calderón Aguilar, cédula de
identidad número 3-236-0014.—Juzgado de Trabajo de
Cartago, 15 de febrero del 2018.—Licda. Clelia Calvo Bermúdez, Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018222692 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan Antonio Jacinto
Orozco Coto, quien fue mayor, cédula de identidad 3-0082-0529, casado,
pensionado, vecino de Cartago, fallecido el 19 de noviembre del 2018, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig.
prest. sector público bajo el N° 18-000421-0641-LA, a
hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 18-000421-0641-LA. Por Marina Abarca
Castillo a favor de Juan Antonio Jacinto Orozco Coto.—Juzgado
de Trabajo de Cartago, 16 de febrero del 2018.—Msc.
Ronald Figueroa Acuña, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018222701 ).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Roberto Carlos Aguilar Durán, cédula de
identidad 1-786-925 quien fue mayor, casado, con último domicilio en Cartago,
San Diego de Tres Ríos, Residencial Pino Azul, casa N°
9 y falleció el 23 de noviembre del año 2017, se consideren con derecho, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consignación de prestaciones sector privado bajo el Número
18-000475-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N°
18-000475-0641-LA, promovido por Ana Patricia Mata Elizondo 01-0767-0072.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 27 de febrero
del 2018.—Lic. Mauricio Hidalgo Hernández, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº DG27912201—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2018222703 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cuarenta minutos del uno de junio
del dos mil dieciocho, y con la base de veintidós mil quinientos dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número ciento sesenta y cuatro mil novecientos
veintinueve cero cero cero
(164929-000), la cual es terreno para construir lote 24-09. Situada en el
distrito 3-San Francisco, cantón 1-Heredia, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, alameda; al sur, INVU; al este, alameda; y al oeste, INVU.
Mide: ciento veinte metros cuadrados. Plano: H-0212824-1994. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del dieciocho de junio del
dos mil dieciocho, con la base de dieciséis mil ochocientos setenta y cinco
dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta
se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del tres de julio del dos mil
dieciocho con la base de cinco mil seiscientos veinticinco dólares exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Central de Compras Centroamericana S.R.L contra
Magdalena Mayela Miranda Guevara. Expediente Nº
17-004045-1158-CJ.—Juzgado de Cobro
y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia
Cobro), 21 de febrero del 2018.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—(
IN2018222270 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; para el primer remate se
señalan las diez horas treinta minutos del veintidós de junio del dos mil
dieciocho, y con la base de noventa y cuatro millones doscientos noventa y seis
mil novecientos sesenta y cinco colones con noventa y un céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número 41139-F-000 la cual es terreno finca filial número 21 bloque E apta para
construir destinada a uso habitacional que podrá tener una altura máxima de dos
pisos. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al noreste, Finca Filial 2-E; al noroeste, Finca Filial
22-E; al sureste, Finca Filial 20-E; y al suroeste, acceso vehicular con frente
de 15.00 metros. Mide: trescientos cuarenta y cuatro metros con treinta y cinco
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta
minutos del nueve de julio del dos mil dieciocho, con la base de setenta
millones setecientos veintidós mil setecientos veinticuatro colones con
cuarenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del veinticuatro de
julio del dos mil dieciocho con la base de veintitrés millones quinientos
setenta y cuatro mil doscientos cuarenta y un colones con cuarenta y siete céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra
Inversiones El Dragón Siciliano S. A. Expediente Nº
17-000767-1765-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro Segundo Circuito Judicial de San José,
Sección Tercera, 14 de febrero del 2018.—Msc.
Hellen Viviana Segura Godínez, Jueza.—( IN2018222272
).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando ambas fincas reservas y restricciones;
a las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de abril del dos mil
dieciocho y con la base de dos millones quinientos mil colones exactos para
cada una de las fincas que se dirán, en el mejor postor remataré lo siguiente:
1. Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos ochenta
y dos mil quinientos doce-cero cero cero, la cual es
terreno lote tres, terreno para construir. Situada en el distrito 2-Zaragoza,
cantón 7-Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre
de paso a calle publica de 6 metros de ancho y 12 metros 65 centímetros de
largo; al sur, Mario Vásquez Carranza; al este, calle publica con un frente de
20 metros 70 centímetros y al oeste lote dos. mide: doscientos veinticuatro
metros con veinticuatro decímetros cuadrados. 2. Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula número trescientos ochenta y dos mil quinientos once-cero cero cero, la cual es terreno lote dos, terreno para construir.
Situada en el distrito 2-Zaragoza, cantón 7-Palmares, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de paso a calle pública de 6 metros de
ancho y 11 metros 11 centímetros de largo; al sur Mario Vásquez Carranza; al
este, Cafetalera Berlín S. A., y al oeste, lote uno. Mide: doscientos
veinticuatro metros con veinte decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se
señalan las catorce horas y treinta minutos del once de mayo del dos mil
dieciocho, con la base para cada una de las fincas de un millón ochocientos
setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y
para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y treinta minutos del
veintiocho de mayo del dos mil dieciocho, con la base para cada una de las
fincas de seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de María del Carmen Rodríguez Jiménez contra Marvin Enrique Rojas
Alvarado. Expediente N° 17-001351-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Cobro), 19 de febrero del
2018.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Juez.—(
IN2018222369 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre y reserva, ref. citas:
285-06194-01-0901-003, a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diez de
setiembre del dos mil dieciocho, y con la base de ciento dos mil trescientos
sesenta y ocho dólares con cincuenta y siete centavos, en el mejor postor,
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
noventa y ocho mil setecientos treinta y cuatro-cero cero cero,
la cual es terreno con un local comercial. Situada: en el distrito Catedral,
cantón San José, de la provincia de San José. colinda: al norte, Juan Carlos
Peña Pol; al sur, Guido Peña Pol; al este, calle primera, y al oeste, Super Los
Supermercados Henerals de Centroa
Ameirca Sociedad Anonina y Isable Araya Ramírez. Mide: seiscientos treinta y dos
metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se
señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de setiembre
del dos mil dieciocho, con la base de setenta y seis mil setecientos setenta y
seis dólares con cuarenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cuarenta y
cinco minutos del diez de octubre del dos mil dieciocho, con la base de
veinticinco mil quinientos noventa y dos dólares con catorce centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de José Luis Jop
Jiménez, Jose Luis Jop
Gazel contra Tinaja del Mediterráneo S. A. Expediente Nº
17-013446-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de febrero del
2018.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez.—( IN2018222373 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones citas: 398-19472-01-0801-001 y prohibiciones Ref:
00241359 000 citas: 398- 19472-01-0802-001; a las trece horas y veinte minutos
(01:20 pm) del diez de abril del dos mil dieciocho, y con la base de ocho
millones setecientos ochenta mil doscientos cuarenta y un colones con
veintinueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número 437713-000; la cual es terreno
construir. Situada en el distrito 1-Los Chiles, cantón 14-Los Chiles, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Tomasa Pineda Hurtado; al sur, Grace
Lazo Cordero; al este, calle pública con 6 metros; y al oeste, Julián Pineda
Hurtado. Mide: cuatrocientos metros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las trece horas y veinte minutos (01:20 pm) del veintiséis de abril del
dos mil dieciocho, con la base de seis millones quinientos ochenta y cinco mil
ciento ochenta colones con noventa y seis céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y veinte
minutos (01:20 pm) del catorce de mayo del dos mil dieciocho con la base de dos
millones ciento noventa y cinco mil sesenta colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de la Caja Costarricense del
Seguro Social contra Eddy Alonso Moraga Arguedas. Expediente Nº 16-011172-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 21 de
febrero del 2018.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2018222386 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero
minutos del once de mayo del año dos mil dieciocho y con la base de nueve
millones trescientos cuarenta y nueve mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
266375-000, la cual es terreno para construir vivienda de interés social.
Situada en el distrito 01 Quesada, cantón: 10 San Carlos de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte: calle pública, sur: Fernán Sociedad Anónima, este:
calle pública, oeste: Fernán Sociedad Anónima. Mide: ciento ochenta metros con
treinta y nueve decímetros cuadrados, plano: A-0019489-1991. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de mayo del dos
mil dieciocho, con la base de siete millones once mil setecientos cincuenta
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del doce de junio del dos mil
dieciocho, con la base de dos millones trescientos treinta y siete mil
doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R.L. contra Iliana María Pérez Sánchez.
Expediente: 17-004250-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 8
de febrero del 2018.—Licda. Dinia Peraza Delgado,
Jueza.—( IN2018222388 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero
minutos del veinticinco de abril de dos mil dieciocho, y con la base de treinta
y ocho millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número setenta y nueve mil
novecientos setenta y tres cero cero cero la cual es terreno lote número 39, terreno de solar
con una casa. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la
provincia de Limón. Colinda: al norte, Marcos Quirós Arias-Adán Arias
Chía-Mario Alberto Arias Badilla; al sur, Marcos Quirós Arias-Adán Arias
Chía-Mario Alberto Arias Badilla; al este, Marcos Quirós Arias-Adán Arias
Chía-Mario Alberto Arias Badilla y al oeste, calle pública con 10 metros. Mide:
doscientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas
y cero minutos del catorce de mayo de dos mil dieciocho, con la base de
veintinueve millones cien mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos
del treinta de mayo de dos mil dieciocho con la base de nueve millones
setecientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Maikol Andrey Zúñiga Araya. Exp:17-001206-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia
Cobro), 20 de febrero del 2018.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2018222396).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del dieciséis de mayo
del año dos mil dieciocho y con la base de tres millones doscientos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas CL-207976,
marca: Kia, estilo: K2700 II, categoría: carga liviana, color: blanco, año de
fabricación: 2006, combustible: diesel, tracción:
4x4. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del
treinta y uno de mayo del año dos mil dieciocho, con la base de dos millones
cuatrocientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del quince
de junio del año dos mil dieciocho con la base de ochocientos mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del código de comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de José Manuel Rodríguez Rodríguez contra Keilor Francisco Vásquez Chavarría. Exp.
N° 18-000022-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón)
(Materia Cobro), 26 de febrero del año 2018.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2018222406 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
179-01598-01-0903-001, servidumbre trasladada citas: 292-20779-01-0902-001,
servidumbre de aguas pluviales citas: 2009-188841-01-0005-001, a las once horas
y cero minutos del siete de mayo del año dos mil dieciocho, y con la base de
cincuenta y cinco millones ochocientos sesenta mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 78671-F-000 la cual es terreno finca filial número
diecinueve destinada a local comercial ubicada en el primer nivel del edificio
en proceso de construcción. Situada en el distrito 1- Grecia, cantón 3-Grecia,
de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, filial dieciocho; al sur, área
común; al este, área común y al oeste, área común. Mide: setenta y cuatro
metros cuadrados. Valor porcentual: 0.653. Valor medida:
0.653 plano: A-1366176-2009. Para el segundo remate se señalan las once horas y
cero minutos del veintinueve de mayo del año dos mil dieciocho, con la base de
cuarenta y un millones ochocientos noventa y cinco mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las
once horas y cero minutos del trece de junio del año dos mil dieciocho con la
base de trece millones novecientos sesenta y cinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Yu Hsiang
Lu Yang contra Inversiones Kopper Muñoz S. A.,
expediente Nº 17-003406-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia cobro), 26 de
enero del 2018.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—( IN2018222429 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas:
179-01598-01 0903-001, servidumbre trasladada citas: 292-20779-01-0902-001 y
servidumbre de aguas pluviales citas: 2009-188841-01-0005-001; a las trece
horas y treinta minutos del catorce de mayo del dos mil dieciocho, y con la
base de ochenta y tres mil trescientos treinta y tres dólares con veintinueve
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula N° 78701-000-F la cual es
terreno finca filial número cuarenta y cinco destinada a local comercial
ubicada en el primer nivel del edificio en proceso de construcción. Situada en
el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, área común y filial cuarenta y seis; al sur, área común y filial
cuarenta y cuatro; al este, área común y filial cuarenta y cuatro, y al oeste,
área común y filial cuarenta y seis. Mide: sesenta y un metros con treinta y
nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas
y treinta minutos del uno de junio del dos mil dieciocho, con la base de
sesenta y dos mil cuatrocientos noventa y nueve dólares con noventa y siete
centavos, y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y treinta
minutos del veinte de junio del dos mil dieciocho, con la base de veinte mil
ochocientos treinta y tres dólares con treinta y dos centavos. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Yu Hsiang Lu Yang contra Inversiones Kopper
Muñoz S. A. Expediente N° 17-003403-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de
Grecia (Materia Cobro), 15 de febrero del 2018.—Licda. Patricia Cedeño
Leitón, Jueza.—( IN2018222443 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios, pero soportando colisiones; a las trece horas y treinta
minutos del seis de abril de dos mil dieciocho, y con la base de ocho mil
cuatrocientos dos dólares con noventa y siete centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo: placas número: BBD355, marca: Chevrolet,
estilo: captiva Sport LS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año:
2011, color: rojo, motor, marca: Chevrolet, cilindrada: 2400 c.c, cilindros: 04, combustible: gasolina. Para el segundo
remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticuatro de abril
de dos mil dieciocho, con la base de seis mil trescientos dos dólares con
veintitrés centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del diez de mayo de dos
mil dieciocho con la base de dos mil cien dólares con setenta y cuatro centavos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Ana Gabriela de Los Ángeles
Ávila Jones. Exp. N°
17-001281-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
de Pococí (Materia Cobro), 20 de febrero del año 2018.—Lic. Johnny Esquivel
Vargas, Juez.—( IN2018222446 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas Ley
aguas citas 0311-00016777-01-00003-001; a las trece horas y treinta minutos del
veintidós de marzo de dos mil dieciocho y con la base de noventa y cuatro mil
cincuenta y nueve dólares con cincuenta y siete centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
151601-000, la cual es naturaleza: terreno de potrero. Situada en el distrito
04 Tempate, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos:
norte: calle pública con un frente a ella de 56,77 metros, sur: Eva Contreras
Pizarro, este: Eva Contreras Pizarro, oeste: Casimira Peralta Abarca. Mide:
seis mil quinientos ochenta y seis metros con quince decímetros cuadrados.
Plano: G-0887727-2003. Para el segundo remate se señalan las trece horas y
treinta minutos del dieciséis de abril de dos mil dieciocho, con la base de
setenta mil quinientos cuarenta y cuatro dólares con sesenta y ocho centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las
trece horas y treinta minutos del dos de mayo de dos mil dieciocho, con la base
de veintitrés mil quinientos catorce dólares con ochenta y nueve centavos (un
veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Douglas Peralta Obregón. Expediente:
17-003020-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, (Santa Cruz), (Materia Cobro), 22
de febrero del 2018.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez.—( IN2018220450 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada citas: 403-16052-01-0900-001; a las catorce horas y quince minutos
del dieciocho de mayo de dos mil dieciocho y con la base de noventa y siete mil
cuatrocientos veintinueve dólares con noventa y cuatro centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número 88.773-F-000, la cual es naturaleza: finca filial primaria
individualizada numero treinta y cinco apta para
construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura
máxima de dos pisos, situada en el distrito 1-Santa Cruz, cantón 3-Santa Cruz
de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, finca filial veintiséis, sur,
área común libre de accesos (acera), este: finca filial treinta y seis oeste:
finca filial treinta y cuatro. Mide: ciento sesenta y dos metros cuadrados
valor porcentual: 2.0976, valor medida: 0.021, plano: G-1479233-2011. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del cuatro de
junio de dos mil dieciocho, con la base de setenta y tres mil setenta y dos
dólares con cuarenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del
diecinueve de junio de dos mil dieciocho con la base de veinticuatro mil
trescientos cincuenta y siete dólares con cuarenta y nueve centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Allan
Gerardo Morales Barrantes Exp: 17-001697-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 12 de febrero del
2018.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez.—( IN2018222451 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada citas: 390-06852-01-0816-001 compromisos citas:
390-06852-01-0817-001 reservas y restricciones citas: 390-06852-01-0854-001; a
las nueve horas y cero minutos del trece de abril de dos mil dieciocho, y con
la base de tres millones novecientos nueve mil quinientos sesenta y un colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número ciento sesenta y cinco mil ochocientos catorce
cero cero cero la cual es
terreno de agricultura sembrado de palma aceitera, situada en el distrito 2-
Palmar cantón 5- Osa de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte,
servidumbre de paso y Gamaliel Gómez Gómez; sur,
servidumbre de paso y Carlos Grijalda Gijalba y María Viachica
Chavarría; este, Douglas Sandi Siles; oeste, Desiderio Duarte Duarte. Mide: sesenta y ocho mil quinientos treinta metros
con setenta y seis decímetros cuadrados plano: P-0511298-1998. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta de abril de dos
mil dieciocho, con la base de dos millones novecientos treinta y dos mil ciento
setenta colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del
dieciséis de mayo de dos mil dieciocho con la base de novecientos setenta y
siete mil trescientos noventa colones con veinticinco céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Desiderio Antonio Duarte Duarte. Exp. N°
15-000029-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía
y Contravencional de Golfito (Materia Cobro), 21 de diciembre del año
2017.—Lic. German Esquivel Campos, Juez.—( IN2018222452 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada citas: 308-06882-01-0901-001 y servidumbre de paso citas:
2010-337342-01-0011-001, a las quince horas del treinta de abril del dos mil
dieciocho y con la base de diecisiete millones trescientos diecinueve mil
quinientos setenta y tres colones con setenta y dos céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos setenta y cinco mil ochocientos treinta y seis cero cero uno, cero cero dos la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito Aguas Zarcas, cantón San
Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 3 C; al sur, lote
uno C; al este, servidumbre de paso con frente de 10 metros y al oeste, Argo de Venecia S. A. Mide: ciento cincuenta metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas del dieciséis de
mayo del dos mil dieciocho, con la base de doce millones novecientos ochenta y
nueve mil seiscientos ochenta colones con veintinueve céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas
del treinta y uno de mayo del dos mil dieciocho con la base de cuatro millones
trescientos veintinueve mil ochocientos noventa y tres colones con cuarenta y
tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo
Comunal contra Eladio Alberto Vargas Retana, Nery Amparo Orias
Rosales, expediente Nº 13-030747-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Tercera, 26 de enero del 2018.—Licda. Adriana
Castro Rivera, Juez.—( IN2018222453 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas:
400-17717-01-0811-002; a las trece horas y treinta minutos del veintiséis de
junio del dos mil dieciocho, y con la base de treinta y cuatro millones
quinientos treinta y dos mil novecientos cincuenta y dos colones con diez
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula N° 82795-000, la cual es naturaleza:
para agricultura lote 1-A-2, Situada: en el distrito 3-Veintisiete abril cantón
3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública,
sur, Río Andamojo y otro, este, María Ángulo Oviedo,
oeste, Parcela 3-4. Mide: ciento veintiséis mil seiscientos noventa y siete
metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados, Plano: G-0081676-1992. Para el
segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del once de julio
del dos mil dieciocho, con la base de veinticinco millones ochocientos noventa
y nueve mil setecientos catorce colones con ocho céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas
y treinta minutos del veintisiete de julio del dos mil dieciocho, con la base
de ocho millones seiscientos treinta y tres mil doscientos treinta y ocho
colones con tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal
contra Alban Marchena Gómez. Expediente N°
14-002252-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 15 de
febrero del 2018.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2018222454 ).
En la puerta exterior de este Despacho, a las
quince horas y treinta minutos del diecinueve de abril del dos mil dieciocho,
en el mejor postor, remataré lo siguiente: Primera
finca: libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de
traslado citas: 0355-00011158-01-0903-001, citas: 0355-00011158-01-0904-001,
hipoteca legal Ley Nº 9024 citas:
2017-00680530-01-0088-001, con la base de noventa mil novecientos cincuenta y
cuatro dólares con treinta y cuatro centavos, la finca inscrita en el Registro
Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula número doscientos diecisiete mil ciento sesenta y siete cero cero cero, la cual es terreno
para construir con una casa. Situada: en el distrito 10 Desamparados, cantón 01
Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública y otro;
al sur, calle pública Sta. Bárbara; al este, Alquilino
Alfaro Ramírez, y al oeste, calle pública y otros. Mide: doscientos cincuenta y
un metros con siete decímetros cuadrados. Segunda
finca: libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de
traslado citas: 0372-00002414-01-0900-001, hipoteca legal Ley Nº 9024 citas: 2017-00680530-01-0089-001, con la base de
ochenta y un mil novecientos treinta y cinco dólares con sesenta y seis
centavos, la finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
doscientos treinta y seis mil trescientos noventa y siete cero cero cero, la cual es terreno
para construir con una casa. Situada: en el distrito 10 Desamparados, cantón 01
Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública y
otros; al sur, calle pública Sta. Bárbara 12 m 81 cm; al este, Emilce Hidalgo
Rodríguez, y al oeste, calle pública. Mide: trescientos dieciocho metros con
sesenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las
quince horas y treinta minutos del siete de mayo del dos mil dieciocho, con la
base (rebajada en un veinticinco por ciento) de: 1) Sesenta y ocho mil
doscientos quince dólares con setenta y seis centavos, para la primera finca.
2) Sesenta y un mil cuatrocientos cincuenta y un dólares con setenta y cinco
centavos, para la segunda finca. Para la tercera subasta, se señalan las quince
horas y treinta minutos del veintidós de mayo del dos mil dieciocho, con la
base (un veinticinco por ciento de la base inicial) de: 1) Veintidós mil
setecientos treinta y ocho dólares con cincuenta y nueve centavos, para la
primera finca. 2) Veinte mil cuatrocientos ochenta y tres dólares con noventa y
dos centavos, para la segunda finca. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Ángel Abarca
Campos. Expediente Nº 18-000722-1764-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro del Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda, 23 de febrero del 2018.—Lic. Simón
Bogantes Ledezma, Juez.—( IN2018222480 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
385-10226-01-0903-001, a las nueve horas y treinta minutos del cinco de abril
de dos mil dieciocho, con la base de veinte millones de colones exactos en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Alajuela, Sección de Propiedad bajo el Sistema de Folio Real
matrícula Nº 494044 000, la cual es terreno para
construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 7 La Fortuna,
cantón 10 San Carlos, provincia Alajuela. Colinda: al norte, Vilama de La Guaria S. A.; al sur, Otilia Fernández Castro;
al este, Vilama de La Guaria S. A. y al oeste, calle
pública con un frente de 17 metros con 50 cm lineales. Mide: trescientos
veintinueve metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de abril de dos mil
dieciocho, con la base de quince millones de colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
treinta minutos del nueve de mayo de dos mil dieciocho con la base de cinco
millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Leonardo Fabio Huertas Rodríguez,
expediente Nº 17-012154-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 25 de enero del 2018.—Licda. Karol Muñoz Barahona, Jueza.—( IN2018222481 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y cuarenta
minutos del seis de abril de dos mil dieciocho, y con la base de un millón
cincuenta y cuatro mil quinientos colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: vehículo: placas Nº MOT-484911, marca
Fórmula, estilo Optimus 250, categoría motocicleta, capacidad 2 personas, año
2016, color negro, Vin LB425PCK4GC001548, cilindrada
250 c.c cc. combustible
gasolina, motor Nº 166FMM2G001548. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del veinticuatro de abril
de dos mil dieciocho, con la base de setecientos noventa mil ochocientos
setenta y cinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del diez de
mayo de dos mil dieciocho con la base de doscientos sesenta y tres mil
seiscientos veinticinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de E Credit Soluciones S. A., contra Efreddy
Alonso Lobo Dávila, expediente Nº 17-009960-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 21 de setiembre del 2017.—Licda. Zary Navarro Zamora, Jueza.—( IN2018222485 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y veinte
minutos del trece de junio del dos mil dieciocho, y con la base de ciento un
mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos treinta y siete mil
cuatrocientos cincuenta y ocho cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno con una casa de habitación.
Situada en el distrito Pavas, cantón San José, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, lote 132; al sur, lote 134; al este, lote 120; y al oeste,
resto para calle pública. Mide: trescientos ochenta y cuatro metros con
cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas y veinte minutos del veintiocho de junio del dos mil dieciocho,
con la base de setenta y seis mil ciento veinticinco dólares exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce
horas y veinte minutos del trece de julio del dos mil dieciocho con la base de
veinticinco mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Orlando Cervantes Benavides contra Elizabeth Carballo González e
Inversiones Hacienda La Suiza S. A. Expediente Nº
17-013887-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San
José, 07 de noviembre del 2017.—MSc. Zary Navarro Zamora, Jueza.—(
IN2018222556 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las once horas y treinta
minutos del ocho de mayo de dos mil dieciocho, y con la base de treinta y tres
mil setecientos noventa y cuatro dólares exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento
sesenta y nueve mil ochocientos ochenta y tres cero cero
tres, y cero cero cuatro la cual es terreno con una
casa. Situada en el distrito Pavas, cantón San José, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, carretera; al sur, Urbanizadora Rorhmoser
Ltda.; al este, Urbanizadora Rorhmoser Ltda. y al oeste,
Urbanizadora Rorhmoser Ltda. Mide: doscientos setenta
y cinco metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las once horas treinta minutos del veintitrés de mayo de dos mil
dieciocho, con la base de veinticinco mil trescientos cuarenta y cinco dólares
con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las once horas treinta minutos del siete de junio de
dos mil dieciocho con la base de ocho mil cuatrocientos cuarenta y ocho dólares
con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Centinelas
Celestiales S. A. contra Ricardo Alfonso Gamboa Calvo, Roxana Marlene
Chinchilla Jiménez, expediente Nº 17-011755-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 29 de setiembre del 2017.—M.Sc. Yesenia Solano Molina, Jueza.—(
IN2018222557 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas del seis de
abril del dos mil dieciocho, y con la base de diez millones quinientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 120088-000 la cual es terreno para construir con
una casa. Situada en el distrito 07 Corralillo, cantón 1 Cartago, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, Eduardo Salmerón Romero; al sur,
Eduardo Salmerón Romero; al este, camino público; y al oeste, Eduardo Salmerón
Romero. Mide: trescientos noventa metros con ochenta y nueve decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veinticuatro
de abril del dos mil dieciocho, con la base de siete millones ochocientos
setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las nueve horas del diez de mayo del dos mil
dieciocho con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Eloisa
Brenes Calderón contra Ana Clides Gerarda Picado Picado. Expediente N°
17-003046-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de
San José, 21 de setiembre del 2017.—Licda. Heilim
Badilla Alvarado, Jueza.—( IN2018222559 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, a las trece horas y quince minutos del siete de mayo
de dos mil dieciocho, y con la base de cuarenta y cinco millones novecientos
treinta y dos mil seiscientos doce colones con setenta y tres céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido
de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 168036-003 y 004 la cual es terreno lote 2 terreno para
construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 2-Mercedes, cantón
1- Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, José Manuel Víquez
Arguedas y lote 3; al sur, lote para calle pública y lote uno; al este, lote
tres y al oeste lote uno. Mide: ciento sesenta y siete metros con sesenta y dos
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y
quince minutos del veintidós de mayo de dos mil dieciocho, con la base de
treinta y cuatro millones cuatrocientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos
cincuenta y nueve colones con cincuenta y cinco céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y
quince minutos del seis de junio de dos mil dieciocho con la base de once
millones cuatrocientos ochenta y tres mil ciento cincuenta y tres colones con
dieciocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de
Empledos de Procter and Gamble Internacional Operations S. A. y Afines contra Marco Antonio Beteta
Vargas, Lilliam Vargas Ledezma, expediente Nº
17-002913-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Heredia (Materia cobro), 09 de febrero del 2018.—Msc. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—(
IN2018222588 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del doce de abril
del dos mil dieciocho, y con la base de ocho millones cuatrocientos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 187965-000 la cual es terreno con una casa.
Situada en el distrito 02-Tucurrique, cantón 4-Jiménez, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte, José Ángel Sánchez Corrales; al sur, Arnoldo
Sánchez Corrales; al este, calle pública; y al oeste, Carlos Luis Marín Retes.
Mide: dos mil cuatrocientos seis metros con cincuenta y siete decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos
del treinta de abril del dos mil dieciocho, con la base de seis millones
trescientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecisiete
de mayo del dos mil dieciocho con la base de dos millones cien mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Servicios Múltiples
Sociedad Anónima de Paraíso S. A. contra José Ángel Sánchez Corrales.
Expediente Nº 16-008079-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 15 de
febrero del 2018.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2018222597 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero
minutos del tres de abril de dos mil dieciocho, con la base de ocho millones
setecientos cuarenta mil colones exactos en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y
dos mil quinientos ochenta y ocho cero cero cero la cual es terreno para construir situada en el
Distrito 10-Llano Grande, Cantón 1- Cartago de la provincia de Cartago.
Colinda: al norte, Asociación de Desarrollo Integral Llano Grande de Cartago;
al sur, Asociación de Desarrollo Integral Llano Grande de Cartago; al este,
calle pública con 7 metros, y al oeste, calle pública con 7 metros. Mide:
ciento treinta y cuatro metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diecinueve de
abril de dos mil dieciocho, con la base de seis millones quinientos cincuenta y
cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de mayo de
dos mil dieciocho con la base de dos millones ciento ochenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Su Inversión Sólida S. A. contra Flor Del Carmen Leitón Amador. Exp. N° 16-011122-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 31 de
enero del 2018.—Licda. Karol Muñoz Barahona,
Notaria.—1 vez.—( IN2018222599 ).
Primer remate: A las diez
horas del cuatro de mayo del dos mil dieciocho, en la puerta exterior del
Juzgado Agrario de Liberia, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de
setenta y tres millones setecientos veinticinco mil ochenta colones, en el
mejor postor se rematará la finca embargada inscrita en el Registro Público
Inmobiliario, Partido de Alajuela, número doscientos sesenta mil seiscientos
noventa y siete-cero cero cero. Es terreno para
agricultura lote sesenta y dos, ubicado en Buena Vista (distrito segundo), de
Guatuso (cantón quince) de la provincia de Alajuela. Sus linderos son: norte:
Parcela sesenta y uno; sur, Parcela sesenta y tres; este, Rosendo Jiménez; y
oeste, calle pública. Mide: ciento diecinueve mil doscientos setenta y nueve
metros con ochenta decímetros cuadrados. Pertenece a Dimas Villalobos Guzmán.
Otros gravámenes o afectaciones: Limitaciones citas: 392-00573-01-0907-001,
condiciones Ref. IDA citas: 392-00573-01-0908-001, practicado citas:
570-42970-01-0001-001, practicado citas: 800-159157-01-0001-001, practicado
citas: 800-222997-01-0001-001, practicado citas: 800-439638-01-0001-001 y
practicado citas: 2009-188287-01-0001-001. Segundo remate: De no existir
postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas del
dieciocho de mayo del dos mil dieciocho, con la base de cincuenta y cinco
millones doscientos noventa y tres mil ochocientos diez colones (rebajada en un
25% de la base original). Tercer remate: De no existir postores en el segundo
remate, para celebrar el tercero, se señalan las diez horas del primero de
junio del dos mil dieciocho, con la base de dieciocho millones cuatrocientos
treinta y un mil doscientos setenta colones (un 25% de la base original). Se
remata por ordenarse así en Proceso de Ejecución de Sentencia de Ejecutivo
Simple de Banco Nacional de Costa Rica contra Dimas Villalobos Guzmán y Freddy
Ulate Matamoros. Exp.: 01-000268-0387-AG.—Juzgado
Agrario del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 28 de febrero
del 2018.—Lic. José Francisco Chacón Acuña, Juez.—O.
C. N° DG279122017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018222724 ).
En la puerta exterior de este Despacho; soportando
gravamen prendario, a las ocho horas treinta minutos del tres de setiembre del
dos mil dieciocho y con la base de dos millones quinientos mil colones, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo Placas número CL-224664, modelo
2008, estilo Star Cargo Van, marca Chana Tiger, color
blanco, motor JL465Q565T6380. Para el segundo remate se señalan las ocho horas
treinta minutos del dieciocho de setiembre del dos mil dieciocho, con la base
de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas
treinta minutos del tres de octubre del dos mil diez, con la base de
seiscientos veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso otros ord.
sector privado de Grace Lucía Ramírez Cordero contra Alexander Luna Fernández.
Exp:11-000605-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de
Cartago, 13 de febrero del 2018.—Msc. Bertha
María Jiménez Alvarado, Jueza.—O. C. N° DG279122017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018222725 ).
A las ocho horas del once de mayo del dos mil
dieciocho, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor
postor, remataré los fundos hipotecados, con las bases que se dirá y de la
siguiente forma: 1) Libre de gravámenes hipotecarios y soportando practicados
bajo las citas: 800-140838-01-0001-001 y 800-307602-01-0001-001, y con la base
de ciento treinta y siete millones novecientos ochenta mil trescientos treinta
y siete colones con veintisiete céntimos, el fundo hipotecado del partido de
Alajuela, matrícula número ciento setenta y cinco mil setenta-triple cero, que
es terreno con una planta empacadora de tubérculos, una bodega y una oficina
administrativa. Sito: en Pital, distrito sexto,
cantón diez de la provincia de Alajuela. Lindante: al norte y oeste, Salzamopa S. A.; sur, Neftalí Salazar Morales; al este,
calle pública con 27.72 metros, el cual mide mil seiscientos treinta metros con
sesenta y seis decímetros cuadrados. Plano: A-0276950-1977, propiedad de Carlos
Manuel Rojas Vargas. 2) Libre de gravámenes hipotecarios y soportando
practicados bajo las citas: 800-15658-01-0001-001; 800-140839-01-0001-001 y
800-307603-01-0001-001, y con la base de ochenta y dos millones ochocientos
veintitrés mil trescientos veinticinco colones con setenta céntimos, el fundo
hipotecado del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos treinta y
nueve mil veintinueve-triple cero, que es terreno para la agricultura. Sito: en
Pital, distrito sexto, cantón diez de la provincia de
Alajuela. Lindante: al norte, José Morera Araya; al sur, calle pública y Wagner
Porras Araya en parte; al este, Wagner Porras Araya y Jorge Mario Vega Vega en parte, y al oeste, Omar Ramírez Porras; el cual
mide diecisiete mil quinientos cuarenta y cinco metros con cincuenta y siete
decímetros cuadrados. Plano: A-1181262-2007; propiedad de Carlos Manuel Rojas
Vargas. 3) Libre de gravámenes hipotecarios, soportando practicado bajo las
citas: 800-307604-01-0001-001, y con la base de cincuenta y nueve millones
ciento noventa y seis mil trescientos treinta y siete colones con cero tres
céntimos, el fundo hipotecado del partido de Alajuela, matrícula número ciento
once mil trescientos ochenta y tres-triple cero, que es terreno de potrero con
una casa de habitación. Sito: en Pital, distrito
sexto, cantón diez de la provincia de Alajuela. Lindante: al norte, Gilberto
Rodríguez; al sur, Jovita Varela y Neftalí Vargas; al este, calle pública, y al
oeste, José Corella; el cual mide cuatrocientos diecinueve metros con cero
decímetros cuadrados. Plano: A-1391185-2009; propiedad de Inversiones G C K
Tres Sociedad Anónima. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la
segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de las bases
originales, sea las sumas que se indican de la siguiente forma: 1) Para el
inmueble Nº 175070-000, la base de ciento tres
millones cuatrocientos ochenta y cinco mil doscientos cincuenta y dos colones
con noventa y seis céntimos; 2) para el inmueble Nº
439029-000, la base de sesenta y dos millones ciento diecisiete mil
cuatrocientos noventa y cuatro colones con veintiocho céntimos y 3) para el
inmueble Nº 111383-000, la base de cuarenta y cuatro
millones trescientos noventa y siete mil doscientos cincuenta y dos colones con
setenta y ocho céntimos, se señalan las ocho horas del veintiocho de mayo del
dos mil dieciocho. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se
realicen posturas para la tercera almoneda y con las base del veinticinco por
ciento de la base original, o sea la sumas que se indican así: 1) Para el
inmueble Nº 175070-000, la base de treinta y cuatro
millones cuatrocientos noventa y cinco mil ochenta y cuatro colones con treinta
y un céntimos; 2) para el inmueble Nº 439029-000, la
base de veinte millones setecientos cinco mil ochocientos treinta y un colones
con cuarenta y dos céntimos y 3) para el inmueble Nº
111383-000, la base de catorce millones setecientos noventa y nueve mil ochenta
y cuatro colones con veinticinco céntimos, se señalan las ocho horas del doce
de junio de dos mil dieciocho. Lo anterior por estar así ordenado en proceso de
ejecución hipotecaria del Banco de Costa Rica contra Carlos Manuel Rojas
Vargas. Expediente Nº 13-001519-1202 CJ.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, Ciudad Quesada, 16 de febrero del 2018.—Licda. Dayana Mercedes
Rodríguez Rojas, Jueza Agraria.—O. C. Nº
DG279122017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018222726
).
En la puerta exterior de
este Despacho, siendo procedente lo solicitado por la actora en fecha
veintiséis de enero de dos mil dieciocho, con la base de quinientos cinco mil
setecientos colones exactos, con gravamen tomo 2015 asiento 00516616 secuencia
003 contrato prendario, no tiene anotaciones; sáquese a remate el vehículo
embargado en autos. vehículo que se describe así: inscrita en el Registro
Público, placa BCJ478, marca Nissan, modelo Tiida, año 2012, chasis
3NICCIADIZK135606, categoría automóvil, color dorado, tipo no aplica,
carrocería sedán 4 puertas. Para tal efecto se señalan las nueve horas del
cuatro de abril de dos mil dieciocho. De no haber postores, para llevar a cabo
el segundo remate, se señalan las nueve horas del dieciséis de abril de dos mil
dieciocho, con la base de trescientos setenta y nueve mil doscientos setenta y
cinco colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para
el tercer remate, se señalan las nueve horas del veintiséis de abril de dos mil
dieciocho, con la base de ciento veintiséis mil cuatrocientos veinticinco
colones exactos (un 25% de la base original). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
monitorio de Johanna María Jiménez Villegas contra Norberto Javier Gómez
Arroyo, expediente Nº 17-001435-0503-PA.—Juzgado de Pensiones Alimentarias de Heredia, 21
de febrero de 2018.—Lic. Ricardo Núñez Montes de Oca, Juez.—O.C. Nº DG279122017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2018222728 ).
A las ocho horas del veinticinco de mayo del dos
mil dieciocho, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor
postor, soportando Reservas y Restricciones, según citas
0443-00003790-01-0433-001 y con la base de diez millones de colones, remataré:
el fundo hipotecado inscrito al Partido de Alajuela, Matrícula de Folio Real
número trescientos veintisiete mil doscientos noventa y cinco- cero cero uno y cero cero dos, que es
terreno para agricultura lote dos, sito en el distrito once Cutris,
cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela, lindante al norte,
Joaquín Arce Barboza; al sur, lotes tres A, trece A y catorce A; al este, y al
oeste, calle pública; el cual mide cuatrocientos noventa y siete mil
setecientos metros con veintidós decímetros cuadrados, plano A-775640-1998,
propiedad de Carmen Moya Chaves (Derecho 001) y de Benilda Morera Soto (Derecho
002). En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y
con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de
siete millones quinientos mil colones, se señalan las ocho horas del once de
junio de dos mil dieciocho. En la eventualidad de que en el segundo remate
tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del
veinticinco por ciento de la base original, o se la suma de dos millones
quinientos mil colones, se señalan las ocho horas del veintiséis de junio de
dos mil dieciocho. Lo anterior por estar así ordenado en proceso de ejecución
hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Carmen Moya Chaves y otra.
Expediente N° 17-005318-1202 CJ.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Ciudad Quesada,
20 de febrero del 2018.—Lic. Federico Villalobos
Chacón, Juez.—O. C. Nº DG279122017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018222729 ).
En la puerta exterior de este Despacho; soportando
hipoteca Legal inscrita a las citas 2017-667807-01-0030-001; soportando
servidumbre trasladada citas: 315-04070-01-0905-002, servidumbre de paso citas:
577-00612-01-0002-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
577-00612-01-0004-001, servidumbre de aguas pluviales citas:
577-00612-01-0005-001, servidumbre de acueducto citas: 577-00612-01-0051-001,
servidumbre de paso citas: 577- 00612-01-0114-001, servidumbre de acueducto
citas: 577-00612-01-0137-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
577-00612-01-0159-001, servidumbre de aguas pluviales citas:
577-00612-01-0181-001, servidumbre de paso citas: 577-00612-01-0203-001,
servidumbre de acueducto citas: 577-00612-01-0225-001, servidumbre de acueducto
citas: 577-00612-01-0240-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
577-00612-01-0261-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 577-00612-01-0284-001,
servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 577-00612-01-0307-001,
servidumbre de paso citas: 577-00612-01- 0336-001, servidumbre de aguas
pluviales citas: 577-00612-01-0358-001,servidumbre de paso citas:
577-00612-01-0380-001, servidumbre de acueducto citas: 577-00612-01-0402-001,
servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
577-00612-01-0424-001.servidumbre de aguas pluviales citas:
577-00612-01-0446-001, servidumbre de paso citas: 577-00612-01-0468- 001,
servidumbre de acueducto citas: 577-00612-01-0490-001, servidumbre de líneas
eléctricas y de paso citas: 577-00612-01-0512-001, servidumbre de aguas
pluviales citas: 577- 00612-01-0534-001, servidumbre de paso citas:
577-00612-01-0556-001, servidumbre de acueducto citas: 577-00612-01-0578-001,
servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 577-00612-01-0600-001,
servidumbre de aguas pluviales citas: 577-00612-01-0622 001, servidumbre de
paso citas: 577-00612-01-0644-001, servidumbre de acueducto citas: 577-
00612-01-0667-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
577-00612-01-0688- 001,servidumbre de aguas pluviales citas:
577-00612-01-0710-001, servidumbre de paso citas: 577-00612-01-0733-001,
servidumbre de acueducto citas: 577-00612-01-0755-001, servidumbre de líneas
eléctricas y de paso citas: 577-00612-01-0776-001, servidumbre de aguas
pluviales citas: 577-00612-01-0798-001, servidumbre de acueducto citas:
577-00612-01- 0821-001, servidumbre de paso citas: 577-00612-01-0822-001,
servidumbre de líneas eléctricas y de paso, citas: 577-00612-01-0865-001,
servidumbre de paso citas: 577-00612-01- 0908-001,servidumbre de acueducto
citas: 577-00612-01-0930-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
577-00612-01-0952-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 577-
00612-01-0974-001, servidumbre de paso citas: 577-00612-01-0996-001,
servidumbre de acueducto citas: 577-00612-01-1018-001, servidumbre de líneas
eléctricas y de paso citas: 577-00612-01-1040-001, servidumbre de aguas
pluviales citas: 577-00612-01-1054-001, servidumbre de paso citas:
577-00612-01-1084-001, servidumbre de acueducto citas: 577-00612-01-1106-001,
servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 577-00612-01-1128-001,
servidumbre de aguas pluviales citas: 577-00612-01-1150-001, servidumbre de
paso citas: 577- 00612-01-1172-001, servidumbre de acueducto citas:
577-00612-01-1194-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
577-00612-01-1216-001, servidumbre de aguas pluviales citas:
577-00612-01-1238-001, servidumbre de paso citas: 577-00612-01-1260-001,
servidumbre de acueducto citas: 577-00612-01-1282-001, servidumbre de líneas
eléctricas y de paso citas: 577-00612-01-1304-001, servidumbre de aguas
pluviales citas: 577-00612-01-1326- 001 ,servidumbre de paso citas: 577-00612-01-1348-001,
servidumbre de acueducto citas: 577- 00612-01-1370-001, servidumbre de líneas
eléctricas y de paso citas: 577-00612-01-1392-001, servidumbre de aguas
pluviales citas: 577-00612-01-1414-001, servidumbre de paso citas: 577-
00612-01-1436-001, servidumbre de acueducto citas: 577-00612-01-1458-001,
servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 577-00612-01-1480-001,
servidumbre de aguas pluviales citas: 577-00612-01-1502-001, servidumbre de
paso citas: 577-00612-01-1524-001, servidumbre de acueducto citas:
577-00612-01-1546-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
577-00612-01-1568-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 577-00612-01-1590-
001, servidumbre de paso citas: 577-00612-01-1612-001, servidumbre de acueducto
citas: 577- 00612-01-1634-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso
citas: 577-00612-01-1656-001, servidumbre de aguas pluviales citas:
577-00612-01-1678-001, servidumbre de paso citas: 577- 00612-01-1700-001,
servidumbre de acueducto citas: 577-00612-01-1722-001, servidumbre de líneas
eléctricas y de paso citas: 577-00612-01-1744-001, servidumbre de aguas
pluviales citas: 577-00612-01-1766-001, servidumbre de paso citas:
577-00612-01-1788-001, servidumbre de acueducto citas: 577-00612-01-1810-001,
servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 577-00612-01-1832-001,
servidumbre de aguas pluviales citas: 577-00612-01-1854- 001, servidumbre de
paso citas: 577-00612-01-1876-001, servidumbre de acueducto citas:
577-00612-01-1899-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
577-00612-01-1920-001, servidumbre de aguas pluviales citas:
577-00612-01-1942-001; a las catorce horas y treinta minutos del doce de abril
de dos mil dieciocho, con la base de veintiocho millones doscientos cincuenta
mil colones exactos para cada una de las fincas, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad bajo el sistema de Folio Real matrícula número cuatrocientos
cuarenta y cuatro mil novecientos sesenta y tres cero cero
cero la cual es terreno lote quinto terreno de
repasto. Situada en el distrito 2; Jesús cantón 5, Atenas de la provincia de
Alajuela. Colinda: al noreste, Henry Alonso Víquez Arias y Juan Diego Arias
Rojas; al noroeste, servidumbre agrícola; al sureste, Ovidio Miranda Delgado y
al suroeste: Henry Alonso Víquez Arias y Juan Diego Arias Rojas. Mide: cinco
mil diez metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y cuatro mil novecientos
sesenta y cuatro cero cero cero
la cual es terreno lote sexto terreno de repasto. Situada en el distrito 2-
Jesús cantón 5-Atenas de la provincia de Alajuela. Colinda al noreste, Henry
Alonso Víquez Arias y Juan Diego Arias Rojas; al noroeste, servidumbre agrícola
de paso; al Sureste: Ovidio Miranda Delgado y al suroeste, Henry Alonso Víquez
Arias y Juan Diego Arias Rojas. Mide: cinco mil cincuenta y tres metros con
veintisiete decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las catorce
horas y treinta minutos del veintisiete de abril de dos mil dieciocho, con la
base de veintiún millones ciento ochenta y siete mil quinientos colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan
las catorce horas y treinta minutos del quince de mayo de dos mil dieciocho con
la base de siete millones sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra 3-101-552504 Sociedad Anónima, 3101553553 Sociedad
Anónima, Luis Manuel Chacón Echeverría. Exp.:
17-012970-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 12 de febrero del 2018.—Licda. Karol
Muñoz Barahona, Jueza.—( IN2018822743 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de
abril del dos mil dieciocho, y con la base de tres millones dos mil doscientos
sesenta y seis colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo: placas número BMK465. Marca Toyota. Estilo Yaris.
Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2008. Color gris. Vin JTDBT923984027679. Cilindrada 1497 c.c. Combustible
gasolina. Motor Nº no indica. Para el segundo remate
se señalan las catorce horas y treinta minutos del quince de mayo del dos mil
dieciocho, con la base de dos millones doscientos cincuenta y un mil seiscientos
noventa y nueve colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta
minutos del treinta y uno de mayo del dos mil dieciocho con la base de
setecientos cincuenta mil quinientos sesenta y seis colones con cincuenta
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Renaceres
Monsa del BH Sociedad Anónima contra Alicia Brenes
Flores. Expediente Nº 17-005588-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional
de Grecia (Materia Cobro), 16 de enero del 2018.—Licda. Jazmín
Núñez Alfar, Jueza.—( IN2018222746 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes prendarios, a las quince horas y cero minutos del veintitrés de
abril del año dos mil dieciocho, y con la base de dos millones quinientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas Nº 548340, marca Mercedes Benz, estilo E, categoría
automóvil, capacidad 5 personas, año 2004, color rojo, vin
WDB2110611A392065, cilindrada 2597 cc. combustible
gasolina, motor Nº 11291331634074. Para el segundo
remate se señalan las quince horas y cero minutos del quince de mayo del año
dos mil dieciocho, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las quince horas y cero minutos del treinta y uno de mayo
del año dos mil dieciocho con la base de seiscientos veinticinco mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Autos Usados BH Sociedad
Anónima contra Giselle Mayela Porras Sánchez, expediente Nº
17-006140-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía
y Contravencional de Grecia (Materia cobro), 16 de enero del 2018.—Licda.
Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—( IN2018222747 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, soportando hipoteca de primer grado a favor de la Cooperativa
Nacional de Educadores R.L., inscrita bajo las citas: 2015-11962-01-0001-001, a
las diez horas y cero minutos del diecisiete de mayo del dos mil dieciocho, y
con la base de tres millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 499.102-000, la cual es terreno para construir. Situada:
en el distrito 1 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Estelita González Marín; sur, calle pública con 74 mts 14 cts.; este, Nidia Durán Rodríguez; oeste, Barboza y
Solís S. A. Mide: dos mil novecientos sesenta y siete metros con treinta y
nueve decímetros cuadrados. Plano: A-1223449-2007. Para el segundo remate, se
señalan las diez horas y cero minutos del primero de junio del dos mil
dieciocho, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las diez horas y cero minutos del dieciocho de junio del dos mil dieciocho, con
la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Marcela María Salas Núñez contra Marta Patricia Chaves Pérez. Expediente Nº 17-004751-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia
Cobro), 14 de febrero del 2018.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—(
IN2018222752 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando plazo de
convalidación (rectificación de medida) bajo las citas: 2014-65328-01-0018-001;
a las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de mayo del dos mil
dieciocho, y con la base de quince millones de colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
148.313-000, la cual es terreno inculto con 1 casa. Situada en el distrito 1,
Quesada cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
Carmen Hernández Vega; al sur, Victoria Zúñiga Fallas; al este, Aurelio López
Calderón; y al oeste, calle pública con un frente a ella de nueve con un
centímetro lineal. Mide: ciento sesenta y seis metros con treinta y ocho
decímetros cuadrados. Plano: A-0319160-1978. Para el segundo remate se señalan
las catorce horas y treinta minutos del uno de junio del dos mil dieciocho, con
la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce
horas y treinta minutos del dieciocho de junio del dos mil dieciocho con la
base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Edith Murillo Berrocal contra Marta Patricia Chaves Pérez.
Expediente Nº 17-004775-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 14 de febrero
del 2018.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2018222753 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios y anotaciones; pero soportando limitaciones del Ida Ley
N° 2825 art. 67 citas 562-18311- 01-0003-001 así como
reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas 562-18311-01-0004-001;
a las diez horas y cero minutos del veintitrés de abril del año dos mil
dieciocho, y con la base de ocho millones quinientos mil colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número ochenta y ocho mil setecientos cincuenta y nueve cero cero uno, cero cero dos la cual
es terreno lote 12 terreno para construir. Situada en el distrito 2 Puerto
Jiménez, cantón 7 Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
lote 1; al sur, calle pública; al este, lote 11, y al oeste, calle pública.
Mide: Mil doscientos noventa y cuatro metros con cincuenta decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del
diez de mayo del año dos mil dieciocho, con la base de seis millones
trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del
veintiocho de mayo del año dos mil dieciocho con la base de dos millones ciento
veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L. contra Diego Patricio De Jesús Hernández
Araya, Lorena Del Socorro López Rodríguez. Exp. N° 17-006015-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 29 de enero del año 2018.—Msc.
Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018222754 ).
En la puerta exterior de
este despacho, a las catorce horas del veinticinco de abril del dos mil
dieciocho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando condiciones ref.:
00135040-000, inscritas al tomo 351, asiento 19790-01-0902-001, con la base de
ocho millones de colones en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número 430137-000, la cual es terreno
de patio con una casa. Situada en el distrito 13 Peñas Blancas, cantón 02 San
Ramón de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Walter Ramírez Quesada, en
parte Xenia María Araya Barahona; al sur: calle pública, al este: Xenia María
Araya Barahona y Walter Ramírez Quesada y al oeste: Luis Araya Morera y Freddy
Martínez Espinoza. Mide: 457 m. con 02 decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas del diez de mayo del dos mil dieciocho, con
la base de seis millones de colones (rebajada en un 25%) y para la tercera
subasta: se señalan las catorce horas del veinticinco de mayo del dos mil
dieciocho, con la base de dos millones de colones (un 25% de la base original).
Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por haberse ordenado así en proceso monitorio de Coocique R.L. contra Xenia María Araya Barahona y otros.
Expediente: 17-002271-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia de Cobro),
8 de febrero del 2018.—Licda. Viviana Salas Hernández, Jueza.—( IN2018222756 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada
357-0019042-01-0908-001; a las once horas y treinta minutos del veinticinco de
mayo de dos mil dieciocho, y con la base de doscientos cincuenta y cinco
millones doscientos mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y dos mil
cuatrocientos noventa y cinco cero cero cero la cual es terreno con una casa de habitación. Situada
en el distrito Ulloa, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al
norte, calle privada de la urbanización; al sur, Cariari; al este, lote 50, y
al oeste, lote 52. Mide: Novecientos treinta y seis metros con cincuenta y ocho
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y
treinta minutos del once de junio de dos mil dieciocho, con la base de ciento
noventa y un millones cuatrocientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y
treinta minutos del veintiséis de junio de dos mil dieciocho, con la base de sesenta
y tres millones ochocientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Luis Fernando Delgado Cárdenas. Exp.
N° 16-008046-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 9 de febrero
del 2018.— Msc. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2018222762 ).
En la puerta exterior de este Despacho; soportando
hipoteca en primer grado a favor del Banco Popular y de Desarrollo Comunal por
un monto de veintitrés millones de colones; a las quince horas y cero minutos
del diez de abril del año dos mil dieciocho y con la base de seis millones
quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y ocho mil
seiscientos cincuenta y nueve-cero cero cero, la cual
es terreno con una casa. Situada en el distrito 3 San Juan, cantón 2 San Ramón,
de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Laureano Rojas; al sur, Dolores
Montero; al este, Dolores Montero, y al oeste, calle publica con un frente de
8,11 cm. Mide: Ciento sesenta y siete metros con doce decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del
veintiséis de abril del año dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones
ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos
del catorce de mayo del año dos mil dieciocho con la base de un millón
seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
William Valverde Araya contra Maribel Del Socorro Arroyo Valverde. Exp. N° 17-001443-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Cobro), 15 de enero del
2018.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(
IN2018222777 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca
inscrita en el Registro Nacional, bajo el sistema de folio real, Partido de
Guanacaste, matrícula 177532-000, que se describe así: naturaleza: terreno de
repasto, parcela cincuenta y ocho, situada en el distrito 04 Tempate, cantón 03
Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte: Banco Improsa y
servidumbre agrícola, sur: quebrada, este: Banco Improsa, oeste: Banco Improsa
y servidumbre agrícola. Mide: cinco mil cuarenta y dos metros cuadrados. Plano:
G-1606604-2012. Con las siguientes bases para remate: primer remate: dieciséis
mil quinientos sesenta y tres dólares con cincuenta y cinco centavos. Segundo
remate: doce mil cuatrocientos veintidós dólares con sesenta y seis centavos
(rebajada en un 25%). Tercer remate: cuatro mil ciento cuarenta dólares con
ochenta y ocho centavos (un 25% de la base original). 2) Finca inscrita en el
Registro Nacional, bajo el sistema de folio real, Partido de Guanacaste,
matrícula 177533-000, que se describe así: naturaleza: terreno de repasto,
parcela cincuenta y nueve. Situada en el distrito 04 Tempate, cantón 03 Santa
Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte: Banco Improsa y
servidumbre agrícola, sur: quebrada, este: Banco Improsa y servidumbre
agrícola, oeste: Banco Improsa. Mide: cinco mil setenta y tres metros
cuadrados. Plano: G-1608681-2012. Con las siguientes bases para remate: primer
remate: diecisiete mil setenta y cuatro dólares con ochenta y seis centavos.
Segundo remate: doce mil ochocientos seis dólares con catorce centavos
(rebajada en un 25%). Tercer remate: cuatro mil doscientos sesenta y ocho dólares
con setenta y un centavos (un 25% de la base original). Señalamientos: para tal
efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de junio de dos
mil dieciocho (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el
segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del trece de julio de
dos mil dieciocho. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se
señalan las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de julio de dos mil
dieciocho. Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Lafise S. A. contra Juan Carlos Bolaños Rojas, Villas
Mediterráneo La Roda-Veintidós Sociedad Anónima, Villas Mediterráneo las Playetas-Once Sociedad Anónima. Expediente: 17-003491-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste, (Santa Cruz), (Materia Cobro), 20 de febrero del
2018.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2018222787 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las nueve
horas y treinta minutos del tres de abril de dos mil dieciocho, y con la base
de cinco millones doscientos cuarenta y nueve mil seiscientos cuarenta y un
colones con cuarenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y un
mil trescientos sesenta y siete cero cero cero la cual es terreno lote dos terreno para cultivar.
Situada en el distrito 5-Cariari, cantón 2-Pococi, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, lote tres, servidumbre agrícola; al sur, lote uno; al este,
servidumbre agrícola y al oeste, Constructora Bosan S A. Mide: seis mil doscientos
dieciséis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
treinta minutos del diecinueve de abril de dos mil dieciocho, con la base de
tres millones novecientos treinta y siete mil doscientos treinta y un colones
con ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del siete de mayo de dos
mil dieciocho con la base de un millón trescientos doce mil cuatrocientos diez
colones con treinta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Jairo Montero Gonzales. Exp:
17-003259-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
de Pococí (Materia Cobro), 25 de enero del año 2018.—Lic. Johnny Esquivel
Vargas, Juez.—( IN2018222793 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada citas: 0189-00004632-01-0901-001 y plazo convalidado
2015-00413854-01-0008-001 con la base de cuarenta mil dólares sáquese a remate
los bienes dados en garantía, sea la siguiente finca: 1) partido de Guanacaste,
matrícula número 8606-000 la cual es terreno naturaleza: terreno de pasto y
charral. Situada en el distrito 02 Mansión, cantón 02 Nicoya, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frene a ella de 102
metros con 16 cm de frente; al sur, 50202000859600; al este, 50202000859600 y
al oeste, 50202004060000. Mide: ciento dieciocho mil novecientos metros con
cero decímetros cuadrados. Plano catastro: G-1821934-2015. Para tal efecto se
señalan las nueve horas y quince minutos del veinticuatro de abril de dos mil
dieciocho (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo
remate, se señalan las nueve horas y quince minutos del diez de mayo de dos mil
dieciocho, con la base de treinta mil dólares exactos (rebajada en un 25%). de
no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y
quince minutos del veinticinco de mayo de dos mil dieciocho, con la base de
diez mil dólares exactos (un 25% de la base original). 2) Con la base de
cuarenta mil dólares libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada citas: 0318-00015305-01-0901-002 y plazo convalidado
2015-00050506-01-0007-001 Partido de Guanacaste, matrícula número 40600-000 la
cual es terreno naturaleza: terreno de pasto. Situada en el distrito 02
Mansión, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
carretera a Nicoya; al sur, Aurelio Amador Sánchez; al este, Esteban Guevara
Cortés y al oeste, Francisco Guevara Acosta. Mide: ciento dieciocho mil
novecientos metros con cero decímetros cuadrados. Plano catastrado:
G-1821933-2015. Para tal efecto se señalan las nueve horas y quince minutos del
veinticuatro de abril de dos mil dieciocho (primer remate). De no haber
postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas y
quince minutos del diez de mayo de dos mil dieciocho, con la base de treinta
mil dólares exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el
tercer remate, se señalan las nueve horas y quince minutos del veinticinco de
mayo de dos mil dieciocho, con la base de diez mil dólares exactos (un 25% de
la base original). 3) Con la base de cuarenta mil dólares libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas:
0318-00015305-01-0910-001 y plazo convalidado 2015-00165885-01-0006-001;
partido de Guanacaste, matrícula número 40598-000 la cual es terreno
naturaleza: terreno de charral y pastos. Situada en el distrito 02 Mansión,
cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle
pública con un frente a ella de 102.66 metros lineales; al sur, cinco cero dos
cero dos cero cero cero
ocho cinco nueve seis cero cero Marvin López Madrigal
y terreno sin inscribir 50202P00039900; al este, 50202004060000 Carlos Manuel
Rodríguez Villalobos y al oeste, 50202011735700 y 5020007499700 Inversiones
Barrantes y Arias de Río Tempisque S. A. Mide: ciento dieciocho mil novecientos
metros con cero decímetros cuadrados. Plano catastrado: G-1822467-2015. Para
tal efecto se señalan las nueve horas y quince minutos del veinticuatro de
abril de dos mil dieciocho (primer remate). De no haber postores, para llevar a
cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas y quince minutos del diez de
mayo de dos mil dieciocho, con la base de treinta mil dólares exactos (rebajada
en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las
nueve horas y quince minutos del veinticinco de mayo de dos mil dieciocho, con
la base de diez mil dólares exactos (un 25% de la base original). se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Damirocca
S. A. contra Carlos Manuel Rodríguez Guevara. Exp:
16-020004-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 22 de enero del 2018.—Licda.
Nidia Durán Oviedo, Jueza.—( IN2018222806 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de
abril del dos mil dieciocho, y con la base de cuatro millones quinientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:Vehículo: placa C 142066, marca Isuzu,
estilo NQR, Vin JAAN1R71R67100093, año 2006, color
blanco, cilindrada 4570 c.c. Para el Segundo remate se señalan las ocho horas y
treinta minutos del siete de mayo del dos mil dieciocho, con la base de tres
millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
treinta minutos del veintidós de mayo del dos mil dieciocho con la base de un
millón ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Hernán
Marín Vargas contra Henry de los Ángeles Gómez Jiménez. Expediente Nº 17-018910-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 16 de enero del 2018.—Lic. Greivin
Gerardo Fallas Abarca, Jueza.—( IN2018222824 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta
minutos del dieciséis de mayo del dos mil dieciocho, y con la base de
veinticuatro millones novecientos setenta y cuatro mil cuatrocientos ocho
colones con cincuenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos sesenta y seis
mil setecientos ochenta-cero cero cero la cual es
terreno para construir lote 85-29. Situada en el distrito 13-Peñas Blancas,
cantón 2-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
3-101-508718 S. A. y calle pública; al sur, quebrada; al este, quebrada y
3-101-508718 S. A.; y al oeste, Jovita Rodríguez Rodríguez.
Mide: dos mil cuatrocientos treinta y tres metros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del treinta y uno de mayo
del dos mil dieciocho, con la base de dieciocho millones setecientos treinta
mil ochocientos seis colones con treinta y ocho céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y treinta minutos del quince de junio del dos mil dieciocho con la base de seis
millones doscientos cuarenta y tres mil seiscientos dos colones con trece
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra María Yajaira Chacón Fernández. Expediente Nº
18-000019-1203-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela (San Ramón) (Materia Cobro), 22 de febrero del
2018.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez—(
IN2018222842 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero
minutos (10:00 am) del seis de abril del dos mil dieciocho, y con la base de
cincuenta y dos millones novecientos cuatro mil trescientos cuatro colones con
setenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 142940-000; la cual es terreno
para construir lote número nueve. Situada en el distrito 03 Macacona,
cantón 02 Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Carretera
Interamericana con diez punto treinta y tres metros;
al sur, Comercial RAHV S. A.; al este, Comercial RAHV S. A.; y al oeste,
Comercial RAHV S. A. lote ocho. Mide: cuatrocientos dos metros con sesenta y
ocho decímetros cuadrados. para el segundo remate se señalan las diez horas y
cero minutos (10:00 am) del veinticuatro de abril del dos mil dieciocho, con la
base de treinta y nueve millones seiscientos setenta y ocho mil doscientos
veintiocho colones con cincuenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos
(10:00 am) del diez de mayo del dos mil dieciocho con la base de trece millones
doscientos veintiséis mil setenta y seis colones con dieciocho céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Freddy
Padilla Sánchez. Expediente Nº 17-011020-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de
Cartago, 12 de febrero del 2018.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—(
IN2018222843 ).
A las nueve horas del cuatro de abril del dos mil
dieciocho, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, libre de
gravámenes, y con la base de treinta y seis millones quinientos mil colones
(¢36.500.000,00), en el mejor postor, se rematará la finca inscrita en el
partido de Heredia, distrito tercero: Las Horquetas, cantón décimo: Sarapiquí,
que es naturaleza terreno para agricultura con una
casa, matrícula número: ciento veinte mil quinientos cuarenta y tres-cero cero cero. Colinda: al norte, Instituto de Desarrollo Rural;
sur, calle pública y Standar Fruit
Company; este, Carlos Herrera Murillo, calle pública; oeste, Carlos Herrera
Murillo, con una medida de doscientos un mil quinientos
veintidós metros con setenta y tres decímetros cuadrados. En el caso de
resultar fracasado ese primer remate, para llevar a cabo una segunda subasta,
pero con la base de veintisiete millones trescientos setenta y cinco mil
colones (¢27.375.000,00), (incluida la rebaja del 25% de la base anterior) se
señalan las nueve horas del veinte de abril del dos mil dieciocho. De ser
fracasado también el segundo señalamiento, para llevar a cabo la tercera
subasta, se señalan las nueve horas del ocho de mayo del dos mil dieciocho, esta
vez con la base de nueve millones ciento
veinticinco mil colones (¢9.125.000,00), (es decir un 25% de la base original).
Se advierte además que de conformidad con el artículo 25 de la Ley Cobro
Judicial, si al tercer remate no hubiere postores, el bien se tendrá por
adjudicado al ejecutante, por el veinticinco por ciento de la base original. Lo
anterior se remata por haberse ordenado así en proceso de ejecución hipotecaria
Nº 18-000063-0507-AG (74-4-18) Banco de Costa Rica
contra Keep It Green Farms Kigf
Sociedad Anónima.—Juzgado Agrario del Segundo
Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Ronald Rodríguez Cubillo,
Decisor.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018222924 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando caminos pub ref:
2674-011-001; a las nueve horas y treinta minutos del dos de abril de dos mil
dieciocho, y con la base de dos millones setecientos mil colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número doscientos treinta y tres mil ochocientos setenta y tres cero cero cero la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 3-Las Horquetas, cantón 10-Sarapiqui, de la
provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle publica y Salomón Camacho
Rodríguez; al sur, Salomón Camacho Rodríguez; al este, Róger
Camacho Rodríguez y Virginia Alfaro Flores y al oeste, Salomón Camacho
Rodríguez en esquina punta de plancha. Mide: ochocientos noventa y siete metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos
del dieciocho de abril de dos mil dieciocho, con la base de dos millones
veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de
mayo de dos mil dieciocho con la base de seiscientos setenta y cinco mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Salomón Camacho Rodríguez. Exp. 17-003219-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 24 de enero del
2018.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2018222968 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas de
Ley de Aguas y Ley de caminos públicos; a las trece horas y treinta minutos del
dos de abril del dos mil dieciocho, y con la base de siete millones quinientos
noventa mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y dos mil seiscientos
ochenta y siete cero cero tres, cero cero cuatro la cual es terreno para construir lote I-3.
Situada en el distrito 1 Guácimo, cantón 6 Guácimo, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, lote I-4; al sur, lote I-2; al este, calle pública con 8
metros de frente; y al oeste, Macadamia Los Jadeos S. A. Mide: ciento sesenta
metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta
minutos del dieciocho de abril del dos mil dieciocho, con la base de cinco
millones seiscientos noventa y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece
horas y treinta minutos del cuatro de mayo del dos mil dieciocho con la base de
un millón ochocientos noventa y siete mil quinientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Betty Navas
Ocampo, Nelson Alejandro Mairena Irigoyen. Expediente Nº
17-003215-1209-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 24 de
enero del 2018.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2018222969 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbres; a las ocho horas y
treinta minutos del seis de abril de dos mil dieciocho, y con la base de cuatro
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y dos mil
ochocientos setenta y dos cero cero cero la cual es terreno para construir de forma
rectangular. Situada en el distrito 04 Roxana, cantón 02 Pococí, de la
provincia de Limón. Colinda: al norte, lotes 31 y 32; al sur, lotes 34; al
este, Rodrigo Jiménez Bermúdez y al oeste, calle pública. Mide: doscientos
cincuenta y tres metros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las ocho
horas y treinta minutos del veinticuatro de abril de dos mil dieciocho, con la
base de tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos
del diez de mayo de dos mil dieciocho con la base de un millón de colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Pedro Antonio Quirós Picado contra Cesar Antonio Guzmán Montero.
Exp.: 17-003561-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro), 13 de febrero del
2018.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2018222970 ).
En la puerta exterior de este Despacho; a las diez
horas y cero minutos del veintiocho de setiembre del dos mil dieciocho; en el
mejor postor remataré: 1-) Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas y restricciones, bajo las citas: 0293-5900-01-0901-001, Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número 182831-000, la cual es Naturaleza:
Terreno de repastos lote 57. Situada en el distrito 04 Colorado, cantón 07
Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 9; al sur,
lote 20; al este, servidumbre agrícola; y al oeste, lote 16. Mide: cinco mil
metros con quince decímetros cuadrados. Plano: G-1288073-2008. La finca se
rematará con las siguientes bases sean, para el primer remate la base de
cuarenta y cuatro millones seiscientos setenta mil quinientos noventa y seis
colones con dieciocho céntimos, para el segundo remate, con la base de treinta
y tres millones quinientos dos mil novecientos cuarenta y siete colones con
trece céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta con la base de once millones ciento sesenta y siete mil seiscientos
cuarenta y nueve colones con cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). 2-) Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones, bajo las citas: 0293-5900-01-0901-001, Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número 182834-000, la cual es naturaleza: terreno de
repastos lote 60. Situada en el distrito 04 Colorado, cantón 07 Abangares, de
la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 7; al sur, lote 3; al este,
servidumbre agrícola; y al oeste, lote 12. Mide: cinco mil metros con setenta
decímetros cuadrados. Plano: G-1289975-2008. La finca se rematará con las
siguientes bases sean, para el primer remate la base de cuarenta y cuatro
millones seiscientos setenta mil quinientos noventa y seis colones con
dieciocho céntimos, para el segundo remate, con la base de treinta y tres
millones quinientos dos mil novecientos cuarenta y siete colones con trece
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta con
la base de once millones ciento sesenta y siete mil seiscientos cuarenta y
nueve colones con cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
En caso de no haber postores para el segundo remate se señalan las diez horas y
cero minutos del diecisiete de octubre del dos mil dieciocho, y en caso de de no haber postores para la tercera subasta se señalan las
diez horas y cero minutos del uno de noviembre del dos mil dieciocho. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de
Educadores R.L. contra Inversiones Arias Dada JMM S. A. Expediente Nº 13-007804-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 26 de enero del 2018.—Licda. Alba
Aurora Ramírez Bazán, Jueza.—( IN2018222972 ).
En la puerta exterior de este Despacho; soportando
demanda ordinaria bajo las citas 0800-00370586-01-0001-001, demanda ordinaria
bajo las citas 0800-00370594-01-0001-001, demanda ordinaria bajo las citas
0800-00370604-01-0001-001, demanda ordinaria bajo las citas
0800-00383321-01-0001-001, aviso catastral bajo las citas
2015-00392710-01-0001-001; a las once horas y treinta minutos del doce de abril
del dos mil dieciocho, y con la base de quinientos mil dólares exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número ciento cuarenta y tres mil novecientos cincuenta y cuatro-cero cero cero, la cual es naturaleza: terreno de café. Situada: en
el distrito (02) Tucurrique, cantón (04) Jiménez, de
la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública Chucuyo
en parte y en otra parte lote de Land and Trust
Limitada; al sur, calle pública a las vueltas; al este, calle pública, y al
oeste, calle pública en parte y en otra parte lote de Land
and Trust Limitada. Mide: cien mil setecientos ochenta y tres metros con
cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las
once horas y treinta minutos del treinta de abril del dos mil dieciocho, con la
base de trescientos setenta y cinco mil dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y
treinta minutos del diecisiete de mayo del dos mil dieciocho con la base de
ciento veinticinco mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Elisabeth María Van Der Kroft contra Inversiones
Dieciséis Mil Dieciséis Sociedad Anónima. Expediente N°
16-000373-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 16 de febrero del 2018.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(
IN2018222980 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas:
345-17338-01-0970-001, a las catorce horas y cero minutos del dos de mayo del
dos mil dieciocho, y con la base de trece millones trescientos mil colones
exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número: ciento seis mil cuatrocientos cincuenta y siete
cero cero uno y cero cero
dos, la cual es terreno para construir bloque J 8. Situada: en el distrito
1-Turrialba, cantón 5-Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte,
Ana Mora Araya; al sur, José Pereira Alvarado; al este, calle pública con ocho
metros de frente, y al oeste, lote Nº J-21 que es una
casa. Mide: ciento cincuenta y seis metros cuadrados. Para el segundo remate,
se señalan las catorce horas y cero minutos del diecisiete de mayo del dos mil
dieciocho, con la base de nueve millones novecientos setenta y cinco mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del primero de junio del
dos mil dieciocho, con la base de tres millones trescientos veinticinco mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Luis Diego Moya Torres. Expediente Nº 17-006102-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 20 de
febrero del 2018.—Licda. María Angelina Varela Valenciano, Jueza.—(
IN2018222986 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos
del veintiuno de mayo del año dos mil dieciocho, y con la base de treinta y un
millones doscientos veinticinco mil ochenta y nueve colones con cincuenta y
siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 289853-000, la cual es terreno con una casa de
habitación. Situada en el distrito: 6-Pital cantón: 10-San Carlos, de la
provincia de Alajuela. Colinda: este, José Luis Santana García, oeste, Salvador
López Rivera, noroeste, calle publica con 19,90 metros de frente sureste, Henry
Solís Flores. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero
minutos del cinco de junio del año dos mil dieciocho, con la base de veintitrés
millones cuatrocientos dieciocho mil ochocientos diecisiete colones con
diecinueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de junio del año
dos mil dieciocho con la base de siete millones ochocientos seis mil doscientos
setenta y dos colones con cuarenta céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Frit Alberto
Perera Jiménez. Exp. 17-004616-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 19 de febrero del 2018.—Licda. Dinia Peraza Delgado, Jueza.—( IN2018222991 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes prendarios, a las once horas treinta minutos del dos de mayo del año
dos mil dieciocho, y con la base de veintitrés mil once dólares con noventa y
tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa: BGJ744,
marca: Hyundai, estilo: Tucson GL, categoría: automóvil, año: 2014, color:
rojo, Vin: KMHJT81EAEU933106, N. motor: G4NAEU364194,
cilindrada: 2000 c.c. combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan
las once horas treinta minutos de dieciseis de mayo
del año dos mil dieciocho, con la base de diecisiete mil doscientos cincuenta y
ocho dólares con noventa y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas treinta minutos
del cuatro de junio del año dos mil dieciocho, con la base de cinco mil
setecientos cincuenta y dos dólares con noventa y ocho centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Lafise S. A. contra Jorge
Luis Muñoz Segura, expediente Nº 15-037767-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 26 de setiembre del 2017.—Lic. Luis Abner
Salas Muñoz, Juez.—( IN2018222993 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas:
0381-00004129-01-0864-001 y condiciones, citas: 0381-00004129-01-0865-001; a
las diez horas y treinta minutos del tres de agosto de dos mil dieciocho, y con
la base de nueve millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y
dos mil cuatrocientos setenta y seis-cero cero cero
la cual es terreno de agricultura N° 113 con una
construcción. Situada en el distrito 3- Horquetas, cantón 10-Sarapiquí, de la
provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle; al sur, Carlos Moncada; al
este, María Morales y al oeste, Zelmira Sequeira. Mide: setecientos diecisiete
metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se
señalan las diez horas y treinta minutos del veintiuno de agosto de dos mil
dieciocho, con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se
señalan las diez horas y treinta minutos del cinco de setiembre de dos mil
dieciocho, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos
con la base de (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Rafael Delgado Álvarez contra Marcedonio
Evelio Piñar Gómez. Exp.:
17-002271-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 27 de febrero del 2018.—Lic.
Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2018223016 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y cero minutos del dieciséis de mayo
del dos mil dieciocho, y con la base de ocho millones trescientos siete mil
ciento treinta y tres colones con setenta céntimos, en el mejor postor,
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número: noventa y cinco mil seiscientos treinta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el
distrito: La Fortuna, cantón: Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, Luz Marina Rojas Morales; sur, José Aurelio Ruiz Esquivel, Hermeregildo Chavarría Alvarado y servidumbre de paso;
este, Jesús Durán Miranda y Mercedes Espinoza Jiménez; oeste, Salvadora Rojas
Morales. Mide: doscientos sesenta y dos metros con sesenta y dos decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del
treinta y uno de mayo del dos mil dieciocho, con la base de seis millones
doscientos treinta mil trescientos cincuenta colones con veintiocho céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las ocho horas y cero minutos del quince de junio del dos mil dieciocho, con la
base de dos millones setenta y seis mil setecientos ochenta y tres colones con
cuarenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda (Costa
Rica) S. A. contra Dehidy Lisseth Ruiz Arce, Luis
Alberto Muñoz Rodríguez. Expediente Nº
17-001576-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Cobro), 20 de
febrero del 2018.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas,
Juez.—( IN2018223047 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta minutos (02:30 pm) del
tres de abril del dos mil dieciocho, y con la base de ochenta y seis mil
dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 128257-000 la cual es terreno para construir con
una casa. Situada en el distrito 06 San Francisco, cantón 01 San José, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Mireya Mathiu;
al sur, Carlos Méndez Carvajal; al este, Lisbeth María Leitón Zúñiga; y al
oeste, calle pública. Mide: doscientos cincuenta y siete metros con treinta
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
treinta minutos (02:30 pm) del diecinueve de abril del dos mil dieciocho, con
la base de sesenta y cuatro mil quinientos dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y treinta minutos (02:30 pm) del siete de mayo del dos mil dieciocho con la base
de veintiún mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Andrea Meoño Marín y Francisco José
Gómez Bueno. Expediente Nº 17-010625-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 01 de febrero
del 2018.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2018223066 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones ref:
00134658 000 citas: 395-15200-01-0811-002, condiciones ref:
00134658 000 citas: 395-15200-01-0812-002, reservas y restricciones citas:
395-15200-01-0948-001, a las catorce horas y cero minutos del dieciséis de mayo
del dos mil dieciocho, y con la base de noventa mil dólares exactos en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
doscientos once mil quinientos veintiséis cero cero cero terreno de pastos. Situada en el distrito 2-Cervantes,
cantón 6-Alvarado de la provincia de Cartago. Linderos: al este, calle pública
a la que mide 13 metros 34 centímetros; al oeste, calle pública a la que mide
72 metros con 69 centímetros; al noroeste, Daniel Calderón Raya; y al sureste,
Jorge Ramírez Cartín y Elieth Ramírez Solano. Mide: seis mil doscientos metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del treinta y uno de mayo del dos mil dieciocho, con la base de sesenta y siete
mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de
junio del dos mil dieciocho con la base de veintidós mil quinientos dólares
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Corporación Aguas Azules MMC S. A.
contra Servicios Electrónicos Arsan S. A. Expediente Nº 18-002056-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 22 de febrero del 2018.—Lic. Ricardo
Barrantes López, Juez.—( IN2018223094 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones citas: 0313-00014131-01-0901-001 y servidumbre trasladada citas:
0342-00005655-01-0900-001; a las nueve hora del doce de noviembre del dos mil
dieciocho, y con la base de treinta y nueve millones quinientos treinta y nueve
mil cuatrocientos diez colones con setenta y nueve céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos sesenta y ocho mil quinientos sesenta y dos cero cero cero la cual es terreno de
potrero. Situada en el distrito 03 Tabarcia, cantón
07 Mora, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur,
calle pública; al este, Luis Guerrero Porras y Edgar Mata Herrera; y al oeste, Guiselle Mata Jiménez. Mide: tres mil cuatrocientos setenta
y seis metros cuadrados y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las nueve horas del veintisiete de noviembre del dos mil dieciocho,
con la base de veintinueve millones seiscientos cincuenta y cuatro mil
quinientos cincuenta y ocho colones con nueve céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas
del doce de diciembre del dos mil dieciocho con la base de nueve millones ochocientos
ochenta y cuatro mil ochocientos cincuenta y dos colones con sesenta y nueve
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Jenny María de los Ángeles Mata Jiménez, Steven Arturo Galagarza Mata. Expediente Nº
15-019383-1012-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José,
30 de enero del 2018.—Lic. Victor Obando Rivera,
Juez.—( IN2018223100 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y quince
minutos del veintidós de mayo de dos mil dieciocho, y con la base de treinta y
dos millones setecientos diecisiete mil seiscientos sesenta y tres colones con
siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número 155.868-000, la cual es terreno, naturaleza:
terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 1-Santa Cruz,
cantón 3-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, calle
pública con 18.37 metros, al sur, Adina Aguilar
Rodríguez; al este, José Joaquín Gutiérrez Romero; y al oeste, Henry Álvarez Álvarez. Mide: quinientos sesenta y nueve metros con siete
decímetros cuadrados. Plano: G-1039137-2005. Para el segundo remate se señalan
las catorce horas y quince minutos del seis de junio del dos mil dieciocho, con
la base de veinticuatro millones quinientos treinta y ocho mil doscientos
cuarenta y siete colones con treinta céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince
minutos del veintiuno de junio del dos mil dieciocho con la base de ocho
millones ciento setenta y nueve mil cuatrocientos quince colones con setenta y
seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra
Robert Odilon González González.
Expediente Nº 12-028462-1012-CJ.—Juzgado
de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro),
08 de febrero del 2018.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2018223102
).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las quince horas y cero
minutos del veintiocho de junio del dos mil dieciocho, y con la base de dos
millones quinientos ochenta y cuatro mil colones exactos, en el mejor postor,
remataré lo siguiente: Vehículo BDY-703, Chevrolet, Tracker,
automóvil, color blanco, año 2002, chasis 2CNBE13C726923832. Para el segundo
remate, se señalan las quince horas y cero minutos del trece de julio del dos
mil dieciocho, con la base de un millón novecientos treinta y ocho mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se
señalan las quince horas y cero minutos del treinta y uno de enero del dos mil
dieciocho, con la base de seiscientos cuarenta y seis mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Roy
Eugenio Barrantes Ramos contra Ronald Alfredo de los Ángeles Mora Padilla.
Expediente Nº 18-000464-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz)
(Materia Cobro), 21 de febrero del 2018.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado,
Juez.—( IN2018223110 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y treinta
minutos del diez de abril del dos mil dieciocho, y con la base de diez millones
de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula número: trescientos treinta y tres mil ciento
sesenta y cinco-cero cero cero, la cual es de
naturaleza terreno con un galerón en el construido. Situada: en el distrito
6-Esquipulas, cantón 7-Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, Héctor Rojas Vásquez y Jesús Araya Orozco; al sur, Amelio Rojas Zúñiga;
al este, quebrada Calabazo, y al oeste, calle pública. Mide: mil quinientos
veinticinco metros con veintiún decímetros cuadrados. Para el segundo remate,
se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiséis de abril del dos mil
dieciocho, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las diez horas y treinta minutos del catorce de mayo del dos mil dieciocho, con
la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de
Bazar y Tienda Vargas Sociedad Anónima contra Junior Francisco Zúñiga Mora.
Expediente Nº 15-001235-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón)
(Materia Cobro), 07 de diciembre del 2017.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2018223141 ).
Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de: Manuel
Enrique Sanabria Sanabria, a una junta que se
verificará en este Juzgado, a las ocho horas y treinta minutos (08:30 a. m.)
del seis de abril del dos mil dieciocho, para conocer acerca de los extremos
que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 16-000883-0169-CI.—Juzgado
Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea,
15 de febrero del 2018.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—(
IN2018218308 ).
Se hace saber: Que ante
este Despacho se tramita el expediente N° 17-000257-
0504-CI en el cual se promueven diligencias de información posesoria para
rectificar medida por parte de sucesión de Jorge Luis Cordero Gutiérrez quien
fue mayor, viudo una vez, vecino de San Miguel de Santo Domingo de Heredia,
portador de la cédula de identidad número 3-053-5390, agricultor. Dicha
sucesión es representada por Marco Antonio Cordero Coto, quien es mayor, casado
una vez, vecino de Urbanización El Rey, Tibás, portador de la cédula de
identidad número 3-225-494, abogado, a fin que se rectifique la medida de la
finca inscrita al Partido de Heredia, matrícula de Folio Real número setenta y
siete mil dieciocho B - cero cero cero
(77018-B- 000) y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de agricultura, potrero y
jardín. Situada en el distrito tercero San Miguel, cantón tercero Santo
Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Río Tibás; al sur,
calle pública con un frente de seis metros con dieciséis centímetros lineales
en parte y veintidós metros lineales en parte, Jorge Alberto Cordero Coto,
Marco Antonio Cordero Coto, Agrícola Ganadera Los Robles S. A., Asociación
Evangélica Centroamericana de Costa Rica, Manuel Antonio Villalobos Chacón,
Clarita de San Miguel S. A., Joaquín Montero Ocampo, Matilde Carvajal Soto, Greibin Gerardo García Carvajal, Randall Alberto García
Carvajal; al este Jorge Arce Villalobos, Agrícola Ganadera Los Robles S. A.,
Marco Antonio Cordero Coto, Manuel Antonio Villalobos Chacón y al oeste, Las
Avellanas S. A., Cal Ramón S. A. y Jorge Alberto Cordero Coto. Plano
H-1955826-2017 de fecha dieciocho de mayo de dos mil diecisiete, con una medida
de treinta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y dos metros cuadrados según
este plano. El referido inmueble matrícula setenta y siete mil dieciocho - B -
cero cero cero (77118-B-
000), según Registro Público tiene una medida de veintitrés mil novecientos
sesenta y nueve metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Indica el
promovente que estima tanto la citada finca como las presentes diligencias en
la suma de cincuenta millones de colones, cada una. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto que en el plazo de un mes contado a partir de la publicación
de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.
Proceso información posesoria, promovida por sucesión Jorge Luis Cordero
Gutiérrez. Exp: 17-000257-0504-CI.—Juzgado
Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, 05 de febrero
del 2018.—Licda. María Carolina Hurtado García, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2018221895 ).
Se hace saber: Que ante
este Despacho se tramita el expediente N°
18-000010-0297-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Johanna Elieth Benavides Corella, mayor, casada una vez, ama de casa,
portadora de la cédula de identidad número 2-0539-0183, vecina de La Palmera de
San Canos, un km este de la Escuela La Palmera, a fin de inscribir a su nombre
y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
terreno con charral, que se localiza en La Marina, distrito noveno Palmera,
cantón décimo de San Carlos, de la provincia dos, Alajuela. Colinda: al norte,
Jorge Rodríguez Salazar, al sur, con calle pública con una medida lineal frente
a ella de 41.56, al este, con calle pública con una medida lineal frente a ella
de 15.02 y al oeste, con Arturo Pereira Alfaro. Mide: quinientos ochenta metros
con once decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones colones. Que
adquirió dicho inmueble por donación que me hizo su padre William Benavides
Salas, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta.
Que los actos de posesión han consistido en deslindado con cercas y carriles,
con postes de pega y vivos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Johanna Elieth Benavides Corella. Exp:
18-000010-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Civil) Quesada, San Carlos,
16 de febrero del 2018.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—( IN2018222068 ).
Se hace saber que ante
este Despacho, se tramita el Expediente N°
15-000032-0689-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Eliecer de Los Ángeles Najera Venegas mayor,
casado una vez. Agricultor, con cédula uno-cinco seis cinco-seis nueve dos,
vecino de frailes, desamparados. San José, quien es mayor, a fin de inscribir a
su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: finca cuya naturaleza es terreno de café y una servidumbre de
paso. Situada en bajos, cantón veinte, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, camino público con frente de setenta y un metros lineales, Geovanny
Navarro Mora y Marvin Gamboa Amador; al sur, Carlos Castillo Carrión, y Marvin
Gamboa Amado; al este, Marvin Gamboa Amador y al oeste, Carlos Castillo
Carrión, Randall Piedra Vargas y Marvin Gamboa Amador. Mide: seis mil
quinientos sesenta y tres metros cuadrados con sesenta y tres decímetros
cuadrados, según plano catastrado número SJ-cuatro siete tres siete uno
cero-mil novecientos noventa y ocho. Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no
tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma
de cinco millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por
compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de setenta y cinco
años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en
mantenimiento y asistencia de la finca. Que no ha inscrito mediante el amparo
de la Ley de Informaciones Posesorias, otros Inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Eliecer de Los Ángeles Najera
Venegas. Exp. N°
15-000032-0689-AG.—Juzgado Agrario de Cartago, 10 de enero del año 2018.—Lic. Edgar Eduber Calvo Solano,
Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018222207 ).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el
expediente N° 16-000077-0699-AG, donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Óscar Fernando Vega Morales,
quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Frailes de Desamparados,
portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número uno-setecientos
cuarenta y cuatro-seiscientos setenta y cinco, profesión comerciante, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca cuya naturaleza es montaña y potrero. Situada en La
Luchita, distrito segundo San Isidro, cantón octavo El Guarco de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte Los Campanos de Navarro S. A.; al sur Diego
Amador Zúñiga; al este Alfredo Rodríguez Chaves y al oeste con William Méndez
Arias y Gerardo Segura Mora. Mide: ciento trece mil setecientos cincuenta y
ocho metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número C-un
millón setecientos mil ciento cincuenta y cuatro-dos mil trece
(C-1700154-2013). Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no
pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
el inmueble y las presentes diligencias en la suma de doce millones de colones.
Que adquirió dicho inmueble por compra venta, y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de
dueño por más de nueve años. Que no existen condueños. Que los actos de
posesión han consistido en siembra de árboles, siembra de pasto, cuido de
ganado, labores de mantenimiento y mejoras. Que no ha inscrito mediante el amparo
de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria promovida por Óscar Fernando Vega Morales. Expediente:
16-000077-0699-AG.—Juzgado Agrario de Cartago, 01 de febrero del 2018.—Licda. Rebeca Salazar Alcocer, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018222209 ).
Carlos Luis Romero Valverde, cédula de identidad
número 0301670905, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Llano Los
Ángeles, Corralillo, Cartago, promueve diligencia de Información Posesoria para
inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, un inmueble que
se describe así: Terreno de café, sito en: Santa Elena Arriba, distrito siete,
del cantón primero de Cartago, de la provincia de Cartago, Mide: diez mil
ciento veintisiete metros con dos decímetros cuadrados. Linda: norte, Carlos
Luis Romero Valverde (promovente); al sur: Elsie
Ortega Morales; este, calle pública con frente de ciento setenta y tres punto
cincuenta metros cuadrados y al oeste, Eduardo Jiménez Navarro y Elsie Ortega Morales. Graficado en el Plano Catastrado
Número C-625372-2000 estima el inmueble y las presentes diligencias en la suma
de tres millones de colones. Manifiesta que no está inscrito, que carece de título
inscribible y que no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio,
no tiene condueños, ni pesan cargas reales, no existe gravamen sobre el
inmueble. Lo adquirió por compraventa, aproximadamente en el año mil
novecientos ochenta, el transmitente la poseyó también desde tiempos
inmemoriales y en sus mismas condiciones y hasta la fecha lo ha mantenido en
forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de
dueño por más de setenta y cinco años. Por medio de este edicto se llama a
todos los interesados en estas diligencias
para que dentro del plazo de un mes, contado a partir
de su publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos,
bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Proceso información posesoria,
promovida por Carlos Luis Romero Valverde, Expediente: 16-000086-0699-AG.—Juzgado
Agrario Cartago, 06 de febrero de 2018.—Licda.
Rebeca Salazar Alcocer, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018222210
).
Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el
expediente N° 17-000108-0699-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Bernarda Molina Víquez quien
es mayor, casada una vez, vecina de Tierra Blanca, Cartago, portadora de la
cédula de identidad vigente que exhibe número 3-0177-0939, ama de casa, a fin
de inscribir a su nombre y ante el registro público de la propiedad, el terreno
que se describe así: Finca cuya naturaleza es de agricultura. Situada en el
distrito Tierra Blanca, cantón Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, con José Luis Poveda Leitón, Juan Leitón Rivera y la Sociedad Agrícola
Poveda Leitón; al sur, con Ronald Ramírez Brenes, Bernarda Molina Víquez y la
Sociedad Hermanos Jiménez Sánchez Jisan S. A.; al
este, con la sociedad la Sociedad Hermanos Jiménez Sánchez Jisan
S. A. y al oeste, con calle pública. Mide: doce mil cuatrocientos tres metros
cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número C-2013611-2017. Indica
el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma
de diez millones quinientos mil colones y las presentes diligencias en la suma
de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de
buena fe y a título de dueño por más de cuarenta años. Que no existen
condueños. Que los actos de posesión han consistido en siembras y mantenimiento
de la finca. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, Otros Inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
información posesoria, a efecto de que dentro del
plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria,
promovida por Bernarda Molina Víquez. Exp. N° 17-000108-0699-AG.—Juzgado Agrario de Cartago, 18
de enero del año 2018.—Licda. Rebeca Salazar Alcócer, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018222211
).
Se hace saber, que ante
este Despacho se tramita el expediente N°
18-000004-0507-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por
parte de, Miguel Ángel Salas Aguilar, quien es mayor, casado una vez,
agricultor, vecino de San Ramón de la Virgen de Sarapiquí, Heredia, propiamente
doscientos metros sur de la escuela del lugar, cédula cuatro-uno uno
siete-cuatro siete ocho, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza
es solar con una casa. Situada en San Ramón en el distrito segundo La Virgen,
cantón décimo Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Enrique
Pereira Gómez, Asociación Administradora de Acueductos Rural Integrado de San
Ramón de la Virgen de Sarapiquí y Jorge Luis Salas Aguilar; al sur, Xinia María
Lara Pérez y José Manuel Ruiz Ruiz; al este, Isla
Bosque de Costa Rica S. A., Xinia María Lara Pérez y al oeste, calle pública
con un frente a la misma de catorce metros con veintidós centímetros lineales.
Mide: diecisiete mil trescientos doce metros cuadrados, tal como lo indica el
plano catastrado número 4-1985795-2017. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir No pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima las presentes diligencias
así como el inmueble en la suma de diez millones de colones. Que adquirió dicho
inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública,
pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 10 años.
Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en
mantenimiento y cultivos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria a efecto de que, dentro del plazo
de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se
apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información
Posesoria, promovida por Miguel Ángel Salas Aguilar. Exp.:
18-000004-0507-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, Pococí, 26 de febrero del 2018.—Lic.
Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—1 vez.—O. C.
N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018222216 ).
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ana Mercedes Martínez Salas, mayor,
soltera, vecina de Tejar de El Guarco, Cartago, cédula de identidad:
03-0205-0859, costarricense. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y
en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos,
con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que,
si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 18-000062-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 23 de febrero del 2018.—Msc.
Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018220637 ).
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Pilar Saborío Underwood,
mayor, viuda una vez, pensionada, vecina de Alajuela Centro, cédula 2-184-731.-
Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas
las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 17-000223-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, 6 de setiembre del 2017.—Lic. Carlos Esteban Sancho Araya,
Juez.—1 vez.—( IN2018220804 ).
Yo, Braulio Vargas Núñez, notario público con
oficina abierta en la ciudad de San José, calle 21 entre avenidas 2 y 6, número
246, hago constar que conforme a los términos del artículo 129 y concordantes
del Código Notarial, se declaró abierto el Proceso Sucesorio Ab Intestato del
señor Diego González Bloise, quien en vida fue mayor,
soltero, ingeniero civil, vecino de San José, Tibás, Llorente, trescientos
metros al sur de la Cámara Costarricense de la Construcción, portador de la
cédula de identidad número uno-cero novecientos dos-cero cuatrocientos noventa.
Por lo tanto cito a todos los interesados para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
único edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento, a
los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan dentro de
ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: 0002-2018.—San José, 24 de febrero del 2018.—Lic. Braulio Vargas
Núñez, Notario.—1 vez.—( IN2018221924 ).
Yo, Braulio Vargas Núñez,
notario público con oficina abierta en la ciudad de San José, calle 21, entre
avenidas 2 y 6, número 246, hago constar que conforme a los términos del
artículo 129 y concordantes del Código Notarial, se declaró abierto el proceso
sucesorio acumulado ab intestato de los señores Verny Enrique Lizano Soto,
quien en vida fue mayor, viudo de su único matrimonio, administrador de
empresas, portador de la cédula de identidad número nueve-cero cero cero cinco-cero trescientos ochenta y uno, y Celina María
Picado Benavides, quien en vida fue mayor, casada una vez, ama de casa,
portador de la cédula de identidad número nueve-cero cero cero
ocho-cero novecientos sesenta y siete, ambos vecinos de San Rafael Arriba de
Desamparados, cien metros norte del Restaurante El Boyero. Por lo tanto cito a todos los interesados para que dentro del plazo
de treinta días contados a partir de la publicación de este único edicto, se
apersonen a hacer valer sus derechos bajo apercibimiento, a los que crean tener
derecho a la herencia de que si no se presentan dentro de ese plazo la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente: 0003-2018.—San
José, 28 de febrero del 2018.—Lic. Braulio Vargas Núñez, Notario.—1 vez.—(
IN2018221925 ).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión del señor Anthony Keith, de único apellido Weber
en razón de su nacionalidad estadounidense, quien era mayor de edad, casado en
primeras nupcias, portador del pasaporte de su país N°
158029026, quien falleció el día dieciocho de febrero del año dos mil once,
para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, lo cual podrán hacer ante
la oficina del notario público José Alberto Schroeder Leiva, quien tiene
oficina abierta en San José, San Rafael de Escazú, Centro Corporativo Plaza
Roble, edificio El Pórtico, tercer piso. Teléfono: 2201-0000, fax: 2201-0001.
Se apercibe a los que crean tener algún derecho en el proceso que, si no, se
presentan se procederá como en derecho corresponde. Sucesión de Anthony Keith
Weber en Sede Notarial. Expediente: N° 0001-2018.
Notaría del Licenciado José Alberto Schroeder Leiva. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial.—San
José, veintiocho de febrero del dos mil dieciocho.—Lic. José Alberto Schroeder
Leiva, Notario.—1 vez.—( IN2018221926 ).
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Arnoldo Campos Brizuela, mayor, casado
dos veces, pensionado, costarricense, con cédula de identidad número 0101890356
y vecino de Guadalupe. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras
y en general a todas las personas interesadas, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 16-000838-0169-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San
José, 15 de febrero del 2018.—M.Sc. Fabio Enrique
Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2018221927 ).
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Olga Marta Portilla Vargas, mayor,
estado civil casada, profesión ama de casa, nacionalidad costarricense, con
documento de identidad 104710329 y vecina de San Rafael de Heredia. Se cita a
las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las
personas interesadas, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Exp. N°
16-000326-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 19
de diciembre del 2017.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—1 vez.—(
IN2018221930 ).
Citación de Herederos. Se
cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos
quienes puedan resultar interesados o crean tener derechos en la sucesión
extrajudicial ab intestato en sede notarial, de quien en vida se llamó Alfonso
Méndez Arias, quien fue mayor de edad, casado una vez, de profesión contador,
cédula de identidad número uno-cero doscientos sesenta y ocho-cero ciento
cincuenta y uno, vecino de San José-Guadalupe, el Alto, Urbanización Las Lomas,
casa número veintiuno-C, a efecto de que concurran a hacer valer sus derechos
dentro de los siguientes treinta días a partir de la respectiva publicación del
edicto en el Boletín Judicial, en la notaría del suscrito, situada en
San José, calle treinta y ocho, avenidas siete y nueve, Paseo Colón,
trescientos setenta y cinco metros norte del Centro Colón, Bufete Gómez y
Asociados, teléfono: veintidós- cincuenta y siete-ochenta y cuatro-cincuenta y
dos, bajo el apercibimiento de que si no se apersonaren a la sucesión en esta
Notaría dentro del término conferido, la herencia pasará a quien corresponda.
Notario Público: Juan Luis Gómez Gamboa.—San José,
veintisiete de febrero de dos mil dieciocho.—Lic. Juan Luis Gómez Gamboa,
Notario.—1 vez.—( IN2018221935 ).
Se hace saber: Que en
este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María
Eugenia Camacho Chinchilla, mayor, estado civil casada, profesión oficios
domésticos, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0301970600 y
vecina de Jiménez, El Humo de Pejibaye, Barrio Pueblo Nuevo, 400 metros oeste
de la iglesia. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a todas las personas interesadas, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino
se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Exp. N° 18-000017-0341-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba
(Materia Civil), 6 de febrero del 2018.—Licda. Ana Milena Gutiérrez Rojas,
Jueza.—1 vez.—( IN2018221939 ).
Se cita y se emplaza a
todos los interesados en la sucesión del señor Leonardo de Jesús Mata Jiménez,
quien fuera mayor, divorciado dos veces, microbiólogo y químico clínico, vecino
de San José, Distrito San Vicente, Moravia Barrio La Guaria, portador de la
cédula de identidad número uno- cero doscientos veintiocho-cero quinientos
cuarenta y uno, fallecido el día dieciséis de febrero del año dos mil
diecisiete, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; Expediente:
001-2017. Notaria del licenciado Jorge Sánchez Garbanzo, cédula 1-0776-0647,
Abogado y Notario Urbanización Pinares, doscientos metros norte y setenta y
cinco metros oeste de Aldesa.—San José, 014 de diciembre del 2017.—Lic. Jorge Sánchez
Garbanzo, Notario.—1 vez.—( IN2018221941 ).
Mediante solicitud de apertura de proceso sucesorio
no testamentario, otorgada ante esta notaría a las catorce horas del veintiséis
de febrero del dos mil dieciocho por los señores Jorge Mendieta García, cédula
uno-cero tres nueve nueve-cero nueve dos tres, María Mendieta García, cédula
uno-cero dos cuatro cinco-cero dos uno cuatro, y Luis Alberto Mendieta García,
cédula uno-cero dos tres dos-cero nueve siete cinco, y comprobado el
fallecimiento de quien en vida fuera la señora Cecilia Mendieta García, cédula
uno-cero dos ocho cuatro-cero nueve ocho dos, mayor, viuda una vez, ama de
casa, vecina de Cartago, La Unión, San Ramón; esta notaría declara abierto su
proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los interesados para
que dentro del plazo máximo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos.
Notaría de la Licenciada Karen Rokbrand Fernández, en
la ciudad de San José, San Pedro de Montes de Oca, Barrio Dent,
del I.N.E.C. setenta y cinco metros al sur, Bufete Echeverría, teléfono: ocho ocho cuatro siete cuatro cuatro cuatro cuatro.—San José, a las
diecisiete horas quince minutos del veintiséis de febrero del dos mil
dieciocho.—Licda. Karen Rokbrand Fernández,
Notaria.—1 vez.—( IN2018221957 ).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión, de quien en vida fuera el señor Johel Morales López, quien fuera mayor, casado una vez,
comerciante, vecino de San Miguel de Desamparados, de la Bomba Uno trescientos
metros al este y setenta y cinco metros al sur, portador de la cédula de
identidad número: uno-cero doscientos cuarenta y ocho-cero doscientos treinta y
siete, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de
la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos ante la
notaría del Notario Público Jorge Fredy Chacón Villalobos, en oficinas BLC
& CEN Abogados y Contadores, ubicadas en San José, Goicoechea, de la
esquina noreste de los Tribunales cien metros al este, en dicha oficina con el
Licenciado Mamfied Johel
Ureña Morales se les apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que
si no se presentaren dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien
corresponda. Procedimiento Sucesorio Extrajudicial de Johel
Morales López. Expediente número: 0003-2018.—San José,
a las quince horas del día veintisiete de febrero del dos mil dieciocho.—Lic.
Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario Tramitador.—1 vez.—( IN2018221963 ).
Yo Roberto Garita Chinchilla, notario público, hago
constar que en mi notaría ubicada en Sarapiquí, frente a la Municipalidad, se
tramita bajo el expediente número cero cero uno-dos
mil dieciocho, sucesión Ab Intestata, de Claudio
Aguilar Mejías, quien fue mayor, soltero, agricultor, cédula número
dos-doscientos-trescientos uno, vecino de San Rafael de Río Cuarto, Alajuela,
dos kilómetros norte y trescientos metros oeste del EBAIS, fallecido el once de
enero del dos mil dieciocho, según consta en la certificación de defunción
emitida por el Registro Civil, provincia de Alajuela, al tomo doscientos
cincuenta y tres, folio cuatrocientos uno, asiento ochocientos uno, por lo que
emplazo a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en
este proceso para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen, ante esta notaría en la dirección
dicha a hacer valer sus derechos, expediente Nº
01-0001-2018.—Sarapiquí, quince horas del veinte de febrero del dos mil
dieciocho.—Licenciado Roberto Garita Chinchilla, Notario Público.—1 vez.—(
IN2018221964 ).
Se cita y emplaza a los
interesados en la sucesión de Ana Rosa Arroyo Chavarría, quien en vida fue
mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad número seis-cero
cincuenta y tres-novecientos noventa y cuatro, casada una vez, ama de casa,
cuyo último domicilio fue provincia Puntarenas, cantón Esparza, en Nances,
Residencial Los Sueños, doscientos metros este y veinticinco metros sur de la
cancha sintética, para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a
los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro de
dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2018. Notaría del licenciado Víctor Hugo Vargas
Arias, localizada en San José, Moravia, San Jerónimo a doscientos cincuenta
metros este de Panadería Santa Rosa, calle a Platanares.—San
José, 27 de febrero del 2018.—Lic. Víctor Hugo Vargas Arias, Notario.—1 vez.—(
IN2018221994 ).
Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en el proceso
sucesorio de quien en vida fue Juan Rafael Masis Quesada, número de cédula
uno-cuatrocientos cincuenta-quinientos veintiocho, para que en el plazo de
treinta días se apersonen a valer sus derechos. Sucesorio notarial. Juan Rafael
Masis Quesada. Expediente número 052-2017.—Licda. Elia
Martínez Alcocer, Notaria Pública de Puntarenas.—1 vez.—( IN2018222020 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría por Meilyn Barahona Loría, y Melany Barahona
Loría en la ciudad de San José a las once horas del veintiocho de febrero del
año dos mil dieciocho, y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara
abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera el señor Luis
Ademar De La Trinidad Barahora Guillén, mayor,
divorciado, empresario, vecino de Paso ancho detrás de Casa Conde apartamentos
rosados y portador de la cedula de identidad número uno-cero siete uno
ocho-cero seis cuatro ocho, fallecido el día catorce de enero del año dos mil
dieciocho, en Palmar de Osa Puntarenas. Se cita y emplaza a todos los
interesados para que dentro del plazo máximo de
treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del licenciado Alexander
Soto Guzmán, notario público con oficina en San José, San Francisco de Dos
Ríos, doscientos cincuenta sur del antiguo edificio Unisis,Teléfono 2226-0092.—San José, 28 de febrero
del 2018.—Lic. Alexander Soto Guzmán, Notario.—1 vez.—( IN2018222034 ).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas cuarenta minutos del
veintiséis de enero del año dos mil dieciocho, y comprobado el fallecimiento,
esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida
fue la señora María Lelis Ruiz Gómez quien fuera
mayor, casada una vez, educadora, con cédula de identidad número cinco-ciento
diecinueve-doscientos cuarenta y uno y quien tuviera como último domicilio
Barrio San Martín de Nicoya, Guanacaste, ciudadela Emanuel Ajoy
C catorce. Se cita y emplaza a todos los interesados, para que, dentro del
plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. (Expediente N° 1-01-2018). Notaría del Licenciado Ricardo Jiménez
Villalobos, Nicoya, Guanacaste, 75 metros al oeste de la esquina noroeste de
los Tribunales. Teléfono 26866823.—Lic. Ricardo
Jiménez Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN2018222046 ).
Se cita y emplaza a herederos, legatarios,
acreedores y demás interesados en la sucesión de Gilberto Venegas Cascante,
mayor, casado, agricultor, vecino de Barrio Jesús, Atenas, Alajuela, cincuenta
metros al norte de la entrada a Calle La Guaria, cédula número: tres - ciento
cincuenta y ocho - seiscientos cuarenta y siete; fallecido el día veintisiete
de julio de dos mil diecisiete; para que en el término de treinta días hábiles,
a partir de esta publicación se apersonen en mi notaría, en San Vito, Coto
Brus, Puntarenas, frente a Terminal de Buses, para hacer valer sus derechos. Se
apercibe a quienes se consideren interesados que de no apersonarse dentro del
plazo dicho la herencia pasará a quien corresponda.—San
Vito de Coto Brus, Puntarenas, treinta de agosto de dos mil diecisiete.—Adolfo
Álvarez Medina, Notario.—1 vez.—( IN2018222061 ).
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quienes en vida se llamaron Élida
Vargas Aguilar, mayor, casada, ama de casa, costarricense, cédula de identidad
uno-ciento setenta y tres-setecientos noventa y ocho, vecina de Daniel Flores
de Pérez Zeledón, San José y Antonio Mora Vargas, mayor, casado, agricultor,
costarricense, cédula de identidad uno-trescientos trece-trescientos cincuenta
y uno, vecino de Barrio los Ángeles, trescientos metros sur del abastecedor
Arzú. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a
todas las personas interesadas, para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 12-000707-0188-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón)
(Materia Civil), 10 de noviembre del 2017.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila,
Jueza.—1 vez.—( IN2018222062 ).
Se cita y se emplaza a
todos los interesados en la sucesión de Myriam Ace Sánchez, quien fue mayor,
viuda, ama de casa, cédula de identidad número tres-ciento tres-cuatrocientos
ocho, vecina de Dulce Nombre de Cartago, exactamente de la Parroquia de Dulce
Nombre cien metros al norte, cien metros al este para que dentro del plazo de
treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos,
que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien
corresponda. Expediente 0001-2018.—Lic. Carlos Luis
Rojas Céspedes, Notario.—1 vez.—( IN2018222075 ).
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó William Antonio del Socorro
González Quesada, mayor, estado civil soltero, profesión dato desconocido,
nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0204410872 y vecino de
Alajuela, Valverde Vega, Sarchí. Se cita a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a
quien corresponda. Exp. N°
18-000001-1480-CI.—Juzgado Contravencional y Menor
Cuantía de Valverde Vega (Materia Civil), 22 de enero del 2018.—Lic. Nuria
Rodríguez Gonzalo, Jueza.—1 vez.—( IN2018222079 ).
Se hace saber que en esta
Notaría; se tramita el proceso sucesorio del causante Jorge Mario Ureña
Venegas, quien fue; mayor, casado una vez, agricultor, vecino de la provincia
de Cartago, Corralillo, cédula de identidad número uno-cero seiscientos
cincuenta y cinco-cero quinientos setenta y cinco. Se cita y emplaza a todos
los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados;
para que dentro del plazo de treinta días naturales
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener
derechos a la herencia, de que si no se presentaren en este plazo, aquella
pasará a quien corresponda, expediente N° 0001-2017.
Notaría del Licdo. Mario Alberto García Álvarez, situada en Heredia, Barva, del
Banco de Costa Rica trescientos metros al oeste.—Licdo.
Mario Alberto García Álvarez, Notario Público.—1 vez.—( IN2018222094 ).
Luis Guillermo Barrantes
Rivera, notario público, certifica que ante esta notaría se tramita bajo el
expediente número 0002-2018, proceso sucesorio extrajudicial en sede notarial
de Alcione Arroyo Ruiz, cedula: cinco-cero cero ocho
cinco-cero nueve tres tres, en la que figura como
albacea de la misma: Flor María Meléndez Brenes,
cédula tres-cero uno cuatro cinco-cero dos cinco cinco.
Es conforme: dada en San José, a solicitud de Flor María Meléndez Brenes, a las
ocho horas del catorce de febrero del dos mil dieciocho.—Lic.
Luis Guillermo Barrantes Rivera, Notario.—1 vez.—( IN2018222172 ).
Se hace saber que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Luis Carlos
Herrera Molina, mayor, casado una vez, empleado bancario, nacionalidad
costarricense, con documento de identidad 2-535-564 y vecino de Orotina,
Alajuela. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general
a todas las personas interesadas para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 18-000041-0638-CI.—Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de febrero del
2018.—Licda. Francini Gutiérrez López, Jueza.—1 vez.—( IN2018222199 ).
Se hace saber que en este
despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Antonia
Isabel Rodríguez García, mayor, viuda, de oficios domésticos, costarricense,
con documento de identidad 0201680659 y vecina de San Jorge de Los Chiles. Se
cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las
personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos
con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que
si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda.
Expediente N° 18-000015-0297-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Civil),
8 de febrero del 2018.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—( IN2018222250 ).
Se hace saber que en este
despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Luis
Fallas Fallas, mayor, casado tres veces, pensionado,
nacionalidad costarricense, con documento de identidad 01-0410-0170 y vecino de
San José, Paso Ancho, 200 metros al norte y 25 metros al oeste de la terminal
de buses. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general
a todas las personas interesadas para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer
sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien
corresponda. Expediente N° 16-000228-0182-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial
de Alajuela, (Materia Civil), 30 de noviembre del 2017.—Lic. Adolfo Mora
Arce, Juez.—1 vez.—( IN2018222251 ).
Se hace saber que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Secundino
Magdaleno Ruiz Espinoza, mayor, estado civil soltero, profesión oficios
doméstico, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0500500550 y
vecino de Guanacaste, Santa Cruz, 27 de abril, 200 metros norte de la Iglesia
Católica de 27 de abril. Se cita a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a todas las personas interesadas para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo
aquella pasará a quien corresponda. Expediente N°
14-000230-0391-AG.—Juzgado de Menor Cuantía y Tránsito del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste, Nicoya, (Materia Civil), 8 de enero del 2018.—Licda. Shirley Carrillo Angulo, Jueza.—1 vez.—(
IN2018222265 ).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Óscar Martín Obando Rivas, mayor,
estado civil casado, profesión ingeniero en electrónica, nacionalidad
costarricense, con documento de identidad 107730273 y vecino de San Rafael de
Heredia. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general
a todas las personas interesadas para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda.
Expediente N° 17-000598-0504-CI.—Juzgado
Civil de Heredia, 21 de febrero del 2018.—Msc.
Yuri López Casal, Juez.—1 vez.—( IN2018222273 ).
Se hace saber: que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio ad intestato de quien en vida se llamó
Aracelly Jiménez Valverde, mayor, casada una vez, comerciante, vecina de San
Rafael Abajo de Desamparados, cédula de identidad Nº
1-289-913. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer
valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a
la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda, expediente Nº 17-000202-0217-CI.—Juzgado
Civil de Mayor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados,
23 de noviembre del 2017.—Licda. Paola Fonseca Porras, Jueza a. í.—1 vez.—(
IN2018222288 ).
Se hace saber: que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Anais
Carvajal Sandoval, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Santa Ana,
cédula de identidad Nº 1-380-333. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro
de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda, expediente Nº 16-000019-0180-CI.—Juzgado Primero Civil De San José,
23 de enero del 2018.—Lic. Miguel Ángel Rosales Alvarado, Juez.—1 vez.—(
IN2018222329 ).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de Consuelo Montero Ramírez, quien fuera mayor, casada una
vez, ama de casa, vecina de Piedades Sur de San Ramón de Alajuela, portadora de
la cédula de identidad Nº 02-189-0529. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda, expediente Nº 07-000486-0296-CI.—Juzgado Civil del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela (San Ramón), 01 de julio de 2015.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2018222397 ).
Se hace saber: que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Tillmann Brunker Lehmann, mayor,
estado civil casado, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad Nº 0800230178 y vecino de Sarapiquí, Río Frío. Se cita a
las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las
personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda, expediente Nº 17-000067-1143-CI.—Juzgado
Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí
(Materia civil), 06 de febrero del 2018.—Lic. Marco Vinicio Soto Herrera,
Juez.—1 vez.—( IN2018222400 ).
Se hace saber: que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Irene
Serrano Villalta, mayor, estado civil casada, profesión oficios domésticos,
nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad Nº
3-0098-0127 y vecina de Orosi de Cartago. Se cita a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda, expediente Nº 16-000007-1457-CI.—Juzgado Contravencional y Menor
Cuantía de Paraíso (Materia Civil), 13 de diciembre del 2016.—Lic. Nelson
Rodríguez Morales, Juez.—1 vez.—( IN2018222478 ).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Amparo Martinez
Camacho, mayor, soltera, pensionada, con documento de identidad 03-0188-0811 y
vecina de Cartago. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y
en general a todas las personas interesadas, para que, dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer
valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a
la herencia, de que, si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 17-000299-0346-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 29 de noviembre del
2017.—Msc. Mateo Ivankovich
Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2018222492 ).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Hugo Leonardo Martinez
Zúñiga, mayor, soltero, estudiante, comerciante, vecino de Cartago, cédula de
identidad Nº 03-0208-0049. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no,
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente
Nº 18-000033-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 30 de enero del 2018.—Msc.
Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1
vez.—( IN2018222493 ).
Se hace saber que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Emilce
Badilla Duran, mayor, estado civil, soltera, profesión dato desconocido,
nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N°
0101860954 y vecina de Pavas, Villa Esperanza. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas,
para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no, se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 17-000097-1721-CI.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas (Materia Civil), 13 de febrero
del 2018.—Licda. Lorena Delgado Ruiz, Jueza.—1 vez.—( IN2018222503 ).
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y,
en general a todos los interesados en proceso sucesorio de quien fuera Óscar
Mora Paut, mayor, viudo una vez, pensionado, vecino
de Barranca de Puntarenas, cédula 1-152-213, para que dentro del plazo de treinta
días se apersonen a hacer valer sus derechos, y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que si no se apersonan en ese plazo, la herencia
pasará a quien corresponda en derecho. Sucesorio 13-100162-642CI.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic.
Jonathan Masís Solís, Juez.—1 vez.—( IN2018222585 ).
Se hace saber: Que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ventura
Santos Solórzano Murillo, mayor, casado, agricultor ,
nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0202140291 y vecino de
Palmares Centro. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a todas las personas interesadas, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 17-000191-0296-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia
Civil), 19 de febrero del 2018.—Dr. Minor
Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2018222683 ).
Se hace saber: que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quienes en vida se llamaron: Juan
Rafael Tuk Heilbron, mayor,
estado civil casado, pensionado, nacionalidad costarricense, con documento de
identidad Nº 1-0183-0531 y vecino de Tibás; e Iris
Mena Zúñiga, mayor, estado civil viuda, pensionada, nacionalidad costarricense,
con documento de identidad Nº 2-0149-0476 y vecina de
Goicoechea. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer
valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a
la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda, expediente Nº 18-000071-0893-CI.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 19 de febrero del 2018.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1
vez.—( IN2018222755 ).
Se emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Luzmilda Torres Hidalgo
quien fue mayor, viuda en primeras nupcias, ama de casa, cédula de identidad Nº 1-0061-9716 y vecina de Escazú, para que
dentro de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la
calidad de herederos que si no se presentan dentro de ese término, la herencia
pasará a quien legalmente corresponda. Proceso sucesorio Nº
18-000033-1723-CI de Luzmilda Torres Hidalgo
promovido por Francisco Marín Torres.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de
Escazú, 01 de marzo del 2018.—
Lic. Rándall Porras Chinchilla, Juez.—1 vez.—( IN2018222766 ).
Se hace saber: que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Jorge Rivas
Zúñiga, mayor, casado, comerciante, con documento de identidad Nº 3-0196-0491 y vecino de Cartago, Tejar de El Guarco,
residencial Ana Lucía. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras
y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que, sino se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda, expediente Nº 17-000400-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 27 de febrero del 2018.—Msc.
Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1
vez.—( IN2018222770 ).
Se cita y emplaza a todas
las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor: Sofía
Vargas Pérez, para que, se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado.
Expediente Nº 18-000003-1302-FA. Clase de asunto:
depósito judicial.—Juzgado de Familia del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, a las trece horas y treinta y seis minutos del
veintidós de febrero del dos mil dieciocho.—Lic. Bridley
Rodríguez Aguilar, Juez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018220631
). 3 v. 2
Se cita y emplaza a todas
las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor: Jean
Carlo García Vargas, para que, se apersonen a este juzgado, dentro del plazo de
treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto
ordenado. Expediente Nº 18-000155-1302-FA. Clase de asunto: depósito judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, a las trece horas y treinta minutos del veintitrés de
febrero del dos mil
dieciocho.—Licda. Johanna Vargas Hernández, Jueza.—O. C. Nº
364-12-2017.—Sol. Nº 68-2017-JA.—(
IN2018220640 ). 3 v. 2
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito judicial del menor de edad Adix
Zahdiel Ochoa Moreno, hijo de Ángela Moreno Centeno y
Erick Ochoa Sevilla, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de
treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto
ordenado. En otro orden de ideas se avisa a la señora Ángela Moreno Centeno,
mayor, nicaragüense, únicos datos conocidos y al señor Erick Ochoa Moreno,
mayor, nicaragüense, únicos datos conocidos, que en este Juzgado se tramita el
expediente N° 18-000150-1302-FA, correspondiente a
diligencias de depósito judicial de menor de
edad, promovidas por el licenciado
Ernesto Romero Obando, Representante Legal del Patronato Nacional de la
Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito del menor de edad Adix Zahdiel Ochoa Moreno. Se le
concede el plazo de tres días, para que manifiesten su conformidad o se oponga
a estas diligencias, expediente N° 18-000150-1302-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 26 de febrero del 2018.—Licda. Kensy
Cruz Chaves, Jueza.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018221906 ). 3 v. 1
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito judicial de las menores de edad Estefany Paola, Yoselin
y María Fernanda todas de apellidos Oporta Mejías
hijas de Hilda Mejías Fernández y Leonel Antonio Oporta
Mejías, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días
que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. En otro
orden de ideas se avisa a la señora Hilda Mejías Fernández, mayor,
nicaragüense, únicos datos conocidos y al señor Leonel Antonio Oporta Mejías. mayor, nicaragüense, peón agrícola, únicos
datos conocidos, que en este Juzgado se tramita el expediente
N°18-000154-1302-FA, correspondiente a Diligencias de Depósito Judicial de
menor, promovidas por el licenciado Ernesto Romero Obando, representante legal
del Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el
Depósito de las menores de edad Estefany Paola, Yoselin y María Fernanda todas
de apellidos Oporta Mejías. Se le concede el plazo de
tres días, para que manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias.
Expediente N° 18-000154-1302-FA.
Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 23 de febrero del 2018.—Licda.
Kensy Cruz Chaves, Jueza—O. C. Nº
364-12-2017.— Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018221908
). 3 v. 1
MSc. Pablo
Amador Villanueva. Juez del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, a Iliana Isabel Sánchez Angulo, en su carácter personal, quien es
mayor, soltera, de domicilio desconocido, cédula N°
0109080695, y a Jorge Luis Mena Vega, mayor, soltero, portador de la cédula de
identidad número 113580981, de domicilio desconocido, se les hace saber que en
demanda declaratoria judicial abandono. Exp.
16-000094-0292-FA, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra
Iliana Isabel Sánchez Angulo, se ordena notificarle por edicto, la resolución
que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, a las diez horas y treinta y cinco minutos del nueve de setiembre de
dos mil dieciséis. Se tiene por establecido el presente proceso especial de
declaratoria de abandono de la persona menor Anthony Fabián Mena Sánchez,
planteado por Patronato Nacional de la Infancia contra Iliana Isabel Sánchez
Angulo y Jorge Luis Mena Vega, a quién se le concede el plazo de cinco días
para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba
de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia.
En ese mismo plazo, en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un
medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo
haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de
veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual
consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con
respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de
setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si
desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso
exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden
utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un
número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de
actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades
internas de trámite procesal, buscando la agilización del
mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se
les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser
utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema
ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr
Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el
expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior,
en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07
celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este
asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente
información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión
u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g)
número de cédula, h) lugar de residencia. Se le advierte que
si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso
con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el
artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas,
se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución a la parte demandada,
personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación,
o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Policía de la Proximidad de
Fraijanes, Alajuela, y a la Policía de la Proximidad de Palmichal de Acosta,
San José. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o
edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona
funcionaria notificador a, a efectos de practicar la notificación, artículo 4
de la Ley de Notificaciones Judiciales. Licda. Luz Amelia Ramírez
Garita, Jueza.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Pablo Amador
Villanueva, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018221886
).
Licenciada Patricia Cordero García, Jueza del
Juzgado de Familia de Cartago, a William Abarca Fonseca, en su carácter, quien
es mayor, cédula de identidad número 1-0548-0908, Vanesa Ulloa Sandí, mayor,
cédula de identidad número 1-1218-0211 y Raymond Alvarado Abarca, mayor, cédula
de identidad número 1-0996-0304, se les hace saber que en proceso depósito
judicial, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle
por edicto la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de
Cartago, a las trece horas y cuarenta y cuatro minutos del cuatro de mayo del
dos mil diecisiete. De las presentes diligencias de depósito de las personas
menores Mauro Antonio Abarca Ulloa, Osvaldo Alexander Alvarado Ulloa y Jeremy
Ulloa Sandí, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere
traslado por tres días a William Abarca Fonseca, Vanessa Ulloa Sandí y Raymond
Alvarado Abarca, a quienes se les previene que en el primer escrito que
presenten deben señalar un medio para atender notificaciones bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga las resoluciones posteriores quedarán
notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias.
Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en
el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°
20 del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las
partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008,
en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío recepción de documentos, por
lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así
dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del
Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se
le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo,
c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de
discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. En
otro orden de ideas, tal y como lo solicita el ente promovente se ordena el
depósito provisional de los menores de edad Mauro Antonio, Osvaldo Alexander y
Jeremy, en el domicilio de su abuela materna Analive
Sandí Jiménez. Siendo que se desconoce sobre el paradero de los padres de los
niños en cuestión, se ordena notificarlos por medio de edicto. Notifíquese.
Expediente: 17-001054-0338-FA-01.—Juzgado de
Familia de Cartago, Cartago, 9 de enero de 2017.—Licda. Patricia Cordero
García, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2018221898 ).
Se notifica a quien interese Fiscalía Adjunta de
Heredia, al ser las ocho horas con treinta minutos del día veintiséis, de
febrero del año dieciocho. Se extiende la presente para que se apersone a este
despacho judicial la señora Juana Irene González Linares, cédula de identidad
8-0044-0620, con el fin de hacer entrega de la acción civil del expediente
17-001524-0497-TR, seguida contra Roy Jesús Rojas Hidalgo, por el delito de
lesiones culposas, en perjuicio de Edita Jara Álvarez; por medio de edicto que
se publicará sólo por una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 17-001524-0497-TR, proceso penal seguido contra Roy
Jesús Rojas Hidalgo por el delito de lesiones culposas, cometido en perjuicio
de Edita Jara Álvarez. Comuníquese.—Fiscalía
Adjunta de Heredia.—Lic. José Pablo Murillo Quirós, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2018221901 ).
Licenciada, Cristina Dittel
Masís, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a
María Gabriela Quirós Sánchez, en su carácter personal, quien es mayor,
soltera, cédula 3 0372 0219, se le hace saber que en demanda declaratoria
judicial abandono, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Jarvy José Córdoba Barquero y María Gabriela Quirós
Sánchez, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente
dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las ocho horas y cincuenta minutos del
trece de noviembre del año dos mil diecisiete. Se tiene por establecido el
presente proceso especial de declaratoria de abandono expediente N° 17-002243-0338-FA de la persona menor Melany Vanessa
Córdoba Quirós, planteado por Patronato Nacional de la Infancia contra Jarvy José Córdoba Barquero y María Gabriela Quirós
Sánchez, a quien se le concede el plazo de cinco días para que oponga
excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de
conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo
plazo, en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°
8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se
le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como
medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y
recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.
Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el
fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del Despacho. Esta petición
es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento
sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción
de notificaciones. Igualmente se les invita a utilizar
el sistema de gestión en línea que además puede ser utilizado como medio para
recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial
del poder judicial, http://www.poder-judicial.go.cr si desea más información
contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés,
así mismo, por haberlo así dispuesto el consejo superior, en concordancia con
la política de género del poder judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de
octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que
resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información:
a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e)
Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula,
h) Lugar de residencia. Se le advierte que si no
contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con
una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el
artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas,
se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución al patronato nacional de la
infancia por medio del sistema de gestión en línea. Notifíquese esta resolución
al señor Jarvy José Córdoba Barquero, personalmente o
por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su
domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos
efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras
Comunicaciones; Cartago. En caso que el lugar de
residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se
autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de
practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales.
Ya que se desconoce el paradero de la señora María Gabriela Quirós Sánchez, se
procede a nombrarle curador procesal. Por el interés superior de la persona menor de edad, se otorga el depósito provisional
de Melany Vanessa Cordoba Quirós, en el hogar de la
señora Ana Cristina Sánchez Zúñiga. Notifíquese.—Juzgado
de Familia de Cartago.—Licda. Adriana Rodríguez Corrales.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018221903 ).
De la anterior demanda
abreviada de divorcio, expediente N°
18-000450-0338-FA establecida por el accionante Jorge Alberto Brenes Camacho,
se confiere traslado a la accionada Nelly Juana María Chumpitazi
García por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o
manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá
oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con
claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en
que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a
uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite
como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá
ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las
generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le
previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe
señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que
mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el
transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se
producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero
de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por
el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el
2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de
que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de
uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden
utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un
número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de
actuaciones del despacho.- Esta petición es para
cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por
haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de
Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h)
Lugar de residencia. En caso que el lugar de
residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se
autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de
practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales.
Vista la declaratoria de ausencia de la señora Nelly Juana María Chumpitazi García en vía civil se ordena notificar por
medio de edicto y a su vez con el fin de resguardar sus derechos se ordenar
nombrar curador procesal para lo cual deberá la parte actora realizar el
depósito de la suma de sesenta y cinco mil colones (¢65.000) en la cuenta de
Costa Rica Número 180004500338-7 que responde por conceptos de honorarios.—Juzgado
de Familia de Cartago.—Firma ilegible.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018221919
).
MSc. Pablo Amador
Villanueva, Juez del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, a Iliana Isabel Sánchez Angulo, en su carácter personal, quien es
mayor, soltera, de domicilio desconocido, cédula 0109080695, y a Jorge Luis
Mena Vega, mayor, soltero, portador de la cédula de identidad Nº 113580981, de domicilio desconocido, se les hace saber
que en demanda declaratoria judicial abandono, expediente Nº
16-000094-0292-FA, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra
Iliana Isabel Sánchez Angulo, se ordena notificarle por edicto, la resolución
que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Alajuela. A las diez horas y treinta y cinco minutos del nueve de setiembre de
dos mil dieciséis. Se tiene por establecido el presente proceso especial de
declaratoria de abandono de la persona menor Anthony Fabián Mena Sánchez,
planteado por Patronato Nacional de la Infancia contra Iliana Isabel Sánchez
Angulo y Jorge Luis Mena Vega, a quien se le concede el plazo de cinco días
para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba
de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia.
En ese mismo plazo, en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un
medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo
haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de
veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual
consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con
respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de
setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si
desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso
exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden
utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un
número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de
actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades
internas de trámite procesal, buscando la agilización del
mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión
en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir
notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder
Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al
personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por
haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de
Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas
físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de
trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta
con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar
de residencia. Se le advierte que si no contesta en el
indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria
a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará
sentencia. Notifíquese esta resolución a la parte demandada, personalmente o
por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su
domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos
efectos, se comisiona a la Policía de la Proximidad de Fraijanes, Alajuela, y a
la Policía de la Proximidad de Palmichal de Acosta, San José. En caso que el lugar de residencia consistiere en
una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la
persona funcionaria notificador a, a efectos de practicar la notificación,
artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales.—Licda.
Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—Msc. Pablo Amador
Villanueva, Juez.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2018222627 ).
Han comparecido
a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Warner Gabriel Arguedas
Gallo, mayor de edad, soltero, apilador, cédula de identidad Nº 2-0739-0281, vecino de Alajuela, Carrillos Bajo de Poás,
Alajuela, hijo de Rosiris Gallo Noguera y Gabriel Arguedas Porras, ambos
costarricenses, nacido en centro, Central, Alajuela, el 12/05/1995, con 22 años
de edad, y Laura Marcela Campos Araya, mayor de edad, divorciada, de oficios
domésticos, cédula de identidad Nº 2-0588-0032,
vecina de la misma dirección, hija de Antonia Fainier
Araya Segura y Carlos Alberto Campos Rojas, ambos costarricenses, nacida en
centro, Central, Alajuela, el 09/10/1983, actualmente con 34 años de edad. Si
alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio
se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de
los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 17-002049-0292-FA.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de febrero del
2018.—MSc. Liana Mata Méndez, Jueza.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018221902 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio el señor Marcelo Vallejos López, mayor, soltero, cédula de
identidad Nº 0503880491, vecino de Liberia, hijo de Marlenny López Martínez y Marcelo Vallejos Duartes, nacido
en centro, Liberia, Guanacaste, el 30/07/1992, y la señora Tatiana Gabriela
Bustos Rojas, mayor, soltera, ama de casa y estudiante, cédula de identidad Nº 503820669, vecina de Liberia, hija de Maureen Rojas
Chaves y Larry Alberto Bustos Rodríguez, nacida en centro, Liberia, Guanacaste,
el 19/06/1991. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº
18-000153-0938-FA.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia)
(Materia familia), Liberia, 26 de febrero del 2018.—Msc.
Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2018221907 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil Danny Padilla Carranza, mayor, soltero, pensionado,
cédula de identidad número uno-mil trescientos ochenta y cinco-ochocientos
setenta y dos, vecino de Pérez Zeledón, La Hermosa, hijo de José Padilla
Alvarado y Maritza Carranza Quirós, nacido en San Isidro de Pérez Zeledón, San
José, el dieciocho de febrero del año mil novecientos ochenta y nueve, con
veintinueve años de edad, y Karen Elena Rodríguez Benavides, mayor, soltera,
administradora, cédula de identidad número uno-mil cuatrocientos
catorce-setecientos treinta y siete, vecina de Pérez Zeledón, La Hermosa, hija
de William Rodríguez Barrantes y Marlene Benavides Prado, nacida en San Isidro
de Pérez Zeledón, San José, el tres de diciembre del año mil novecientos
ochenta y nueve, actualmente con veintiocho años de edad. Si alguna persona
tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice,
está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº
18-000181-1303-FA.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 23 de febrero del
2018.—Licda. María del Rocío Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2018221909 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil: Luis Fernando Arguedas Sánchez,
mayor, soltero, conductor de camiones pesados, cédula de identidad Nº 0603080095 y María de los Ángeles Mora Miranda, mayor,
soltera, oficios domésticos, cédula de identidad Nº
0603470260; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Puntarenas. Si
alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio
se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de
los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 18-000210-1146-FA.—Juzgado
de Familia de Puntarenas, 19 de febrero del 2018.—Lic. Luis Carrillo Gómez,
Juez.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018221911 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil, Yuribeth González Duarte,
mayor de edad, cédula de identidad 7-0239-858, ayudante de cocina en Quiznos, vecina de Alajuela, San Antonio del Tejar, hija de
Warner Ángel González Cerdas, y de Yorleny Duarte Thompson, nacida en centro
Central Limón, en fecha dieciséis de octubre de mil novecientos noventa y
cinco, con 22 años de edad, y el señor Henry Antonio Rodríguez Solano, mayor de
edad, cédula de identidad 5-0366-0392, cajero en Quiznos,
vecino de Alajuela, San Antonio del Tejar, hijo de Rafael Ángel Rodríguez
Suárez, y de Alice Solano Rojas, nacido en centro Nicoya Guanacaste, en fecha
quince de octubre de mil novecientos ochenta y ocho, con 29 años de edad. Si
alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio
se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de
los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp.
Nº 18-000219-0292-FA.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial De Alajuela, Alajuela, Fecha, 08 de
febrero del 2018.- MSc. Liana Mata Méndez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018221912
).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil: Mariela Salazar Montiel, mayor
de edad, cédula de identidad N° 116000133 y Marlin Camilo Diaz Ramírez, mayor, cédula de identidad N° 603950058. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Expediente Nº 18-000228-1146-FA.—Juzgado de Familia de Puntarenas, 21 de febrero
del 2018.—Lic. Luis Carrillo Gómez, Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018221913 ).
Maximilien Peynado Barnes
y Annie Yorleny Fallas Gonzalez, cédula por su orden:
7-0097-0711 y 1-905-963; vecinos de San José, Desamparados, San Jerónimo,
desean contraer matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley. La
oposición de alguien con interés legítimo debe ser presentada ante este Juzgado
dentro de los ocho días luego de esta publicación. Expediente 18-000323-0637-FA.—Juzgado de Familia de Desamparados, 27 de febrero
del 2018.—Licda. Zeidy Jacobo Morán, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018221917 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil Juan José Fallas Monge, mayor
costarricense, soltero, profesor universitario, cédula de identidad Nº 0111710166, vecino de Orosi, Paraíso de Cartago,
Residencial Orokay casa 96 e, hijo de Digna Monge
Quirós y Arnoldo Fallas Guevara, ambos padres costarricenses, nacido en San
Isidro Pérez Zeledón, el 31/03/1983, con 34 años de edad, e Hilda Rosa Granados
Obando, mayor, costarricense, soltera, estudiante, cédula de identidad Nº 0304800636, vecina de la misma dirección que el
anterior, hija de Ana Victoria Obando Ramírez y Óscar Eduardo Granados Loría,
ambos padres costarricenses, nacida en Oriental, Central, Cartago, el
21/08/1994, actualmente con 23 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice,
está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº
18-000405-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago,
20 de febrero del 2018.—Licda. Cristina
Dittel Masís, Jueza.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018221918 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Cristian Manuel
Cordero Solano, mayor de edad, divorciado, chofer de camión, cédula de
identidad número 0112540947, vecino de Taras, La Lima, Cartago del Bar La
Última Copa, 50 metros al norte casa a mano derecha color crema, hijo de María
Isabel Solano Murillo y Víctor Manuel Cordero Arley, nacido en Hospital Central
San José, el 08/10/1985, con 32 años de edad, y Ericka
Johanna Zúñiga Zúñiga, mayor de edad, divorciada, ama
de casa, cédula de identidad número 0113170737, vecina de Taras, La Lima,
Cartago del Bar La Última Copa, 50 metros al norte casa a mano derecha color
crema, hija de Xinia María Zúñiga Rodríguez y Carlos Zúñiga Monge, nacida en
Hospital Central San José, el 28/05/1987, actualmente con 30 años de edad.
Tenemos dos hijos en común de Axel David de diez años y Cristel
de ocho años ambos de apellidos Cordero Zúñiga. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 18-000458-0338-FA.—Juzgado
de Familia de Cartago, Cartago, 26 de febrero del 2018.—Licda. Patricia
Cordero García. Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2018221920 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil Jonathan Gerardo Rodríguez Mora,
mayor, soltero, operario, cédula de identidad Nº
0304310266, teléfono 6262-10-99, vecino de Autos La Lima en El Carmen 300 m
norte 50 m oeste, hijo de María Luisa Mora Jiménez y Miguel Ángel Rodríguez
Chaves, nacido en Oriental, Central, Cartago, el 21/07/1988, con 29 años de
edad, y Raquel Johana León Brenes, mayor, teléfono 6246-56-80, divorciada de
Antony Montoya Badilla, ama de casa, cédula de identidad Nº
0112260317, vecina de Autos La Lima en El Carmen 300 m norte 50 m oeste, hija
de Xinia María Brenes Picado y Cecilio Gerardo León Guerrero, nacida en
Hospital, Central, San José, el 02/12/1984, actualmente con 33 años de edad.
Las personas comparecientes manifiestan: Venimos ante su autoridad con el fin
de que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio civil dado que no
hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a
declarar a los testigos: Helen Andrea León Brenes y Kimberlyn León Brenes. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la
obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 18-000467-0338-FA.—Juzgado
de Familia de Cartago, 27 de febrero del 2018.—Licda. Cristina Dittel
Masís, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018221921
).
Han comparecido ante este
Juzgado solicitando contraer matrimonio civil Rosa Angélica Portuguez
Cordero, mayor, de 20 años, soltera, estudiante, cédula de identidad número
01-1678-0775, vecina de Aserrí, La Legua, nació el día 07 de junio de 1997, San
José, hija de Allan Portuguez Prado y Emilia Cordero
Díaz y el contrayente Eduardo Alfredo Segura Segura;
de 23 años, soltero, labora en seguridad privada, cédula de identidad número
01-1577-0167, vecino Aserrí, La Legua, fecha de nacimiento 25 de julio de 1994,
en San José, hijo de Miguel Ángel Segura Mena y Laura Patricia Segura. La
oposición de alguien con interés legítimo, debe ser
presentada ante este Juzgado dentro de los ocho días luego de esta publicación.
Expediente Nº 180000101698CI-01.—Juzgado
Contravencional y Menor Cuantía de Aserrí, 06 de febrero del 2018.—Licda. Raquel Machado Fernández, Jueza.—1 vez.—( IN2018221967 ).
Han comparecido ante este despacho solicitando
matrimonio civil Jeudy Valverde Brenes, mayor,
costarricense, de veintidós años de edad, con cédula de identidad número
6-0422-0637, hijo de Fernando Valverde Valverde y
Yorleny Brenes Jiménez, ambos padres de nacionalidad costarricense; nativo de
Corredor, Corredores, Puntarenas, el veintidós de marzo de mil novecientos
noventa y cinco, de oficio jornalero y Stefanny
Melissa Barrantes Jiménez, de veinte años de edad, con cédula de identidad
número 1-1674-0358, hija de padre Juan Félix Barrantes Ugalde y madre Maritza
Jiménez Blanco, ambos padres de nacionalidad costarricense, nativa de San
Isidro, Pérez Zeledón, San José, el dieciocho de abril de mil novecientos
noventa y siete, de oficio del hogar. Quienes son: ambos solteros, ambos
vecinos de: el Campo de San Vito, 100 metros noroeste del bar la Laguna, casa
color blanca. Se insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno
para que este matrimonio se realice, que están en la obligación de manifestarlo
a este Despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este
edicto. Se solicita la publicación de este edicto para los efectos del artículo
25 del Código de Familia. Lo anterior en expediente N°
18-000005-1440-CI.—Juzgado Contravencional de Menor
Cuantía de Coto Brus, San Vito, 26 de febrero del 2017.—Licda. Xinia Vindas
Mejía, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018222217 ).
Han comparecido a este Juzgado solicitando contraer
matrimonio civil, Bladimir Alberto Porras Zamora, cédula N°
2-730-370, con 23 años de edad, soltero, recepcionista, costarricense, nativo
de Centro, Grecia, Alajuela, nació el 16-09-1994, hijo de Gilberto Porras
Alfaro y Eida María Zamora Arias y Jhoana María
Castro Miranda, cédula N° 2-655-157, con 29 años de
edad, soltera, ama de casa, costarricense, nativa de Centro, Grecia, Alajuela,
nació el 29-12-1988, hija de Gerardo Castro Araya y Lidieth
María Miranda Fernández, Ambos vecinos de
Sarchí. Si alguna persona conoce impedimento para que se realice este
matrimonio deberá comunicarlo dentro de los ocho días, posteriores a la
publicación de este edicto. Expediente N° 18-000007-1480-CI.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía
de Valverde Vega, Sarchí, veintiuno de febrero del dos mil dieciocho.—Nuria
Rodríguez Gonzalo, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2018222218 ).
Han comparecido a este Juzgado solicitando contraer
matrimonio civil, Estiven Daniel Zamora Lara, cédula 2-771-264, de 20 años de
edad, soltero, ebanista, costarricense, nativo de Centro, Grecia, Alajuela,
nació el 02-10-1997, hijo de Alfredo Zamora Monge y Milady
Lara Bustos y Wendoly Suseth
Arias Varela , cédula 2-751-946, de 21 años de edad, soltera, ama de casa,
costarricense, nativa de Centro, Grecia, Alajuela, nació el 01-04-1996, hija de
Luis Alberto Arias Chacón y Olga Varela Mena, Ambos vecinos de Sarchí. Si
alguna persona conoce impedimento para que se realice este matrimonio deberá
comunicarlo dentro de los ocho días, posteriores a la publicación de este
edicto. Expediente 18-000008-1480 CI.—Juzgado
Contravencional y Menor Cuantía de Valverde Vega Valverde Vega, Sarchi, 27 de febrero del 2018.—Lic. Nuria Rodríguez
Gonzalo, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018222220 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer Matrimonio Civil, Warner Gabriel Arguedas Gallo, mayor de edad,
soltero, apilador, cédula de identidad número 2-0739-0281, vecino de Alajuela,
Carrillos Bajo de Poás, Alajuela, hijo de Rosiris Gallo Noguera y Gabriel
Arguedas Porras, ambos costarricenses, nacido en Centro Central Alajuela, el
12/05/1995, con 22 años de edad, y Laura Marcela Campos Araya, mayor de edad,
divorciada, de oficios domésticos, cédula de identidad número 2-0588-0032,
vecina de la misma dirección, hija de Antonia Fainier
Araya Segura y Carlos Alberto Campos Rojas, ambos costarricenses, nacida en
Centro Central Alajuela, el 09/10/1983, actualmente con 34 años de edad. Si
alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio
se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de
los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp.:
Nº 17-002049-0292-FA.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, 21 de
febrero del 2018.—MSc. Liana Mata Méndez, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018222649 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil Iris Solano Vargas, mayor,
soltera, cédula de identidad Nº 0205840768, vecina de
Sarapiquí, Puerto Viejo, La Guaria, frente al taller El Torno, La Guaria, casa
de color verde prefabricada, hija de Mariana Solano Vargas y desconocido,
nacida en Quesada, San Carlos, Alajuela, y Rándall
José Zumbado Masís, mayor, divorciado, cédula de
identidad Nº 0205690971, vecino de Sarapiquí, Puerto
Viejo, La Guaria, frente al taller El Torno La Guaria, casa de color verde
prefabricada, hijo de Lorena Masís Murcia y José
Ángel Zumbado Salas, nacido en Quesada, San Carlos, Alajuela. Si alguna persona
tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice,
está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº
18-000018-1343-FA.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia,
Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia familia), Sarapiquí,
Heredia, 23 de enero del 2018.—Msc. Mariselle Zamora Ramírez, Jueza.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018222656 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil del señor Esteban José Pérez Barrantes, mayor,
soltero, aseo en el Hospital la Anexión de Nicoya, cédula de identidad número
5-0399-0755, vecino de Nicoya Barrio San Martín, hijo de Sandra Barrantes
Hernández y Johnny Pérez Castro, nacido en centro Nicoya Guanacaste, el
17/10/1992, con 25 años de edad, y la señora Katherin
Vanessa Ruiz Muñoz, mayor, soltero, estudiante, cédula de identidad número
7-0265-0858, vecina de Nicoya Barrio San Martín Barrio Negro, hija de Wagner
Ruiz Cordero y Caslin Vanessa Muñoz Díaz, nacida en
Guápiles Pococí Limón, el 14/01/1999, actualmente con 19 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de
algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Exp. Nº
18-000039-0869-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Familia), Nicoya,
23 de febrero del 2018.—Msc. Karol
Tatiana Gómez Moraga, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2018222657 ).
Licda. Stephannie Tenorio Barrios, Fiscal Auxiliar de la Fiscalía
del Segundo Circuito Judicial de San José, a la señora: Adilia María Porras
Quirós, cédula o documento de identidad Nº
0600971310, se le hace saber: Que en el legajo de acción civil resarcitoria del
expediente Nº 15-001268-0175-PE, seguido en contra de
Adilia María Porras Quirós en perjuicio de Carolina María Villalobos Moreira y
otro, por el delito de Estafa, se ha dictado resolución que literalmente dice:
Comunicación por edicto.—Fiscalía del Segundo Circuito Judicial de San José: De
conformidad con los artículos, 111, 112 y 115 del Código Procesal Penal, se
procede con vista en la Acción Civil Resarcitoria interpuesta por José Luis Ulett Valverde ofendido directo, a darle traslado al
demandado civil: Adilia María Porras Quirós, cédula o documento de identidad Nº 0600971310, de las pretensiones expuestas por dicha
parte, para que se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del actor
civil en este proceso, planteando las excepciones que estime pertinentes, por
lo que se le concede el término de ley para que haga valer sus derechos.
Asimismo, se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar un
medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo
haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de
veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual
consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La
Gaceta Nº 20, del 29 de enero del 2009.
Comuníquese el contenido de la resolución al demandado civil y a su defensor en
forma separada. En vista de que la señora: Adilia María Porras Quirós, es de
domicilio desconocido, se procede a comunicarle la resolución que antecede por
medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese.—Fiscalía del Segundo Circuito Judicial de San
José.—Licda. Stephannie Tenorio Barrios, Fiscal
Auxiliar.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018221888 ).
A quien interese. Se
tiene por presentada la acción civil resarcitoria. Fiscalía Adjunta de Heredia,
al ser las trece horas con treinta minutos del día lunes
veintiséis de febrero del año dos mil dieciocho. De conformidad con el artículo
113, 115 del Código Procesal Penal, se le da traslado de la presente acción
civil resarcitoria al tercero demandado civil: Cristian Gutiérres
Zapata, con número de identificación 1-1675-0815, en su condición de
propietario del vehículo placas 823527, por el término de tres días hábiles,
para lo que en derecho corresponda, por medio de edicto que se publicará sólo
por una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
17-000041-0497-TR, proceso penal seguido contra Ericka
Esther Torres Rodríguez por el delito de lesiones culposas (Ley de Tránsito),
cometido en perjuicio de Cándida Ruiz Palacios. Comuníquese.—Fiscalía
de Heredia.—Licda. María Alejandra Rojas Vega, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2018221893 ).