BOLETÍN JUDICIAL N° 46 DEL 12 DE
MARZO DEL 2018
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA
SECRETARÍA GENERAL
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL
PODER JUDICIAL
DEPARTAMENTO DE GESTIÓN
HUMANA
DEL PODER JUDICIAL
SALA PRIMERA
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Convocatorias
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
CIRCULAR N°
194-2017
ASUNTO: Listas de Curadores, Notarios
Inventariadores e Interventores.
A LOS
DEPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS,
SE LES HACE
SABER QUE:
Consejo Superior del
Poder Judicial en sesión N° 103-17 celebrada el 14 de noviembre de 2017,
artículo LXV, dispuso hacer de su conocimiento las siguientes listas de
Curadores, Notarios Inventariadores e Interventores para los procesos mercantil
y civil, los que, de conformidad con lo que establece el artículo 1° del
Reglamento respectivo, fueron designados por un período de cinco años, contados
a partir de la publicación por una sola vez en el Boletín Judicial, la
presente circular. Siendo que una vez publicada la Dirección Ejecutiva
designará a estos auxiliares de la Administración de Justicia conforme lo
soliciten los Despachos Judiciales.
Para ver las imágenes, ir al Boletín Judicial con formato PDF
San José, 13 de diciembre del 2017.
Silvia
Navarro Romanini,
Secretaria
General
1 vez.—OC N°
364-12-2017.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2018223382 ).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para
el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y
Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 01-2015 de fecha 12 de agosto
del 2015, artículo XI y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 79-15
celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo LXXIX. De la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº
01-2016 de fecha 04 de mayo del 2016, artículo II y el acuerdo del Consejo
Superior en sesión Nº 51-16 celebrada el 24 de mayo del 2016, artículo XCV, se
hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en
general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Violencia
Doméstica del año 2008 del año 2011 al 2014 y Expedientes de Faltas y
Contravenciones del año 2012, 2013 y 2015 del Juzgado Contravencional de
Aserrí. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Violencia
Doméstica
Remesa: V 10 S 08
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 2008
Asunto: Violencia
Doméstica.
Remesa: V 1 S 11
Expedientes: 477
Paquetes: 9
Año: 2011
Asunto: Violencia
Doméstica
Remesa: V 1 S 12
Expedientes: 653
Paquetes: 9
Año: 2012
Asunto: Violencia
Doméstica
Remesa: V 2 S 13
Expedientes: 782
Paquetes: 11
Año: 2013
Asunto: Violencia
Doméstica
Remesa: V 1 S 14
Expedientes: 772
Paquetes: 11
Año: 2014
Asunto: Violencia
Doméstica
Faltas y
Contravenciones
Remesa: G 7 S 12
Expedientes: 4
Paquetes: 1
Año: 2012
Asunto: Faltas
y Contravenciones. (archivados, absolutorias y condenatorias)
Remesa: G 4 S 13
Expedientes: 496
Paquetes: 6
Año: 2013
Asunto: Faltas
y Contravenciones. (archivados)
Remesa: G 1 S 15
Expedientes: 404
Paquetes: 6
Año: 2015
Asunto: Faltas
y Contravenciones. (archivados)
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y
desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección
Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera
publicación de este aviso.
San José, 23 de febrero del 2018.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta
Subdirectora
Ejecutiva
O. C. Nº 364-12-2017.—Sol. Nº 68-2017-JA.—(
IN2018223457 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
El Consejo de la Judicatura, la Dirección de
Gestión Humana del Poder Judicial y la Escuela Judicial, abren concurso para la
selección de postulantes al Programa de Formación inicial para aspirantes a la
judicatura (FIAJ):
CONCURSO
ÚNICO
EXCLUSIVO
PARA EL ACCESO AL PROGRAMA DE FORMACIÓN PARA
ASPIRANTES
A LA
JUDICATURA (FIAJ) CJ-13-2018
JUEZ O JUEZA GENÉRICA
Examen de
conocimiento programado para el |
Examen de
competencias programado para el |
Modalidad
examen |
Selección
de personas candidatas para participar en el FIAJ |
Fase
teórico práctica |
Fase práctica
tutelada |
19 DE ABRIL
DE 2018 |
20 DE ABRIL
DE 2018 |
PRUEBA
ESCRITA POR COMPETENCIAS PROFESIONALES QUE INCORPORA LA EVALUACIÓN DE
CONOCIMIENTOS (UNA PRUEBA, VALOR 50% Y LA EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS (OCHO
PRUEBAS, 50%). |
15/05/2018 |
DEL 01 DE
OCTUBRE DE 2018 AL 01 DE ABRIL DE 2019 |
DEL 02 DE
ABRIL AL 01 DE OCTUBRE DE 2019 |
El TEMARIO
de la prueba de conocimientos se encuentra disponible en la dirección
electrónica: en la dirección http://www.poder-judicial.go.cr/gestionhumana/index.php/mscj-temarios
I. REQUISITOS:
Generales:
ü Incorporado e incorporada al Colegio de
Abogados y Abogadas de Costa Rica.
Específicos: Además de los requisitos generales, las personas que oferten deben
cumplir con los requerimientos que establece el Manual de Clasificación de
Puestos y demás disposiciones vigentes del marco jurídico costarricense y
contar con lo siguiente:
II DOCUMENTOS
A PRESENTAR
ü Bachiller de secundaria.
ü Licenciatura en Derecho.
ü Incorporación al Colegio de Abogados y
Abogadas.
ü Si no labora en el Poder Judicial, aportar
la cuenta cliente del Banco de su elección.
Otros:
ü Encontrarse al día con las obligaciones en el
Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.
üCumplir con
lo establecido por la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley de Carrera
Judicial, el Reglamento de Carrera Judicial y demás disposiciones vigentes.
ü Es indispensable que las personas que resulten elegibles en los
concursos y que lleguen a ocupar cargos en la Judicatura, realicen los cursos
definidos por la institución para cada categoría y materia que se imparten por
la Escuela Judicial (entre otros Sistema de Gestión, Depósitos Judiciales) y
los cursos virtuales en materia de equidad de género, accesibilidad, servicio
público de calidad, sistema de gestión, hostigamiento sexual y acoso
psicológico en el trabajo. Además, deberán mostrar dominio en cuanto al empleo
de paquetes informáticos básicos de oficina y de uso institucional.
ü Las personas que participen en este concurso se dan por enteradas
de que la información que se suministre podrá ser utilizada para hacer uso de
las herramientas físicas o tecnológicas con que se disponga, para validar y/o
ampliar la información que se aporte. Lo cual se encuentra conforme al
“Protocolo para el acceso, uso y consulta a la plataforma de información
policial para las autoridades”, aprobado por la Corte Suprema de Justicia el 20
de enero de 2015 y publicado en el Boletín Judicial Nº49 del 11 de marzo de
2015. A estos efectos aceptará el consentimiento informado adscrito a la oferta
de servicios.
ü Las personas oferentes que participan en el
concurso de juez y jueza 1, deben asumir las funciones propias del Servicio de
Facilitadores y Facilitadoras Judiciales, como parte de sus funciones
regulares.
üLa información que se
obtenga de las valoraciones realizadas en las áreas de medicina, psicología y
trabajo social, tanto en los concursos ordinarios como en la evaluación de los
períodos de prueba cuando las personas resulten nombradas en propiedad se
registrarán en el expediente de cada persona oferente y la misma podría ser del
conocimiento de los órganos superiores en aquellos casos que se considere
pertinente para mejor resolver. Por lo tanto, se libera del secreto
profesional, salvo las disposiciones contenidas en los Códigos de Ética de los
respectivos Colegios Profesionales de cada disciplina y se autoriza a los y las
profesionales de la Unidad Interdisciplinaria para el traslado de la
información según sea requerida por los Órganos encargados del proceso de
nombramiento dentro de la judicatura.
ü El Consejo de la Judicatura en la sesión 21-16
del 14 de junio de 2016, artículo XVIII, dispuso que las personas oferentes que
resulten elegibles deberán de gestionar la firma digital por su cuenta.
III. PROCEDIMIENTO
PARA REMITIR LOS ATESTADOS EN FORMATO ELECTRONICO.
1) Escanear
documentos y crear un archivo digital el
cual se requiere que sea indispensablemente en formato PDF, con un máximo
tres megas.
Ingresar a la dirección electrónica: Intranet: https: / / sjoaplcon03 /
ghenlinea2 /
Internet: http: / /
pjenlinea2.poder-iudicial.go.cr/ghenlinea/
2) En el menú
de inscripción, seleccionar la opción “buzón para agregar atestados”.
3) En
“selección tipo de atestado”, seleccionar “documento”.
4) En
“archivo a adjuntar”, elegir “examinar”, debe buscar el archivo digital
PDF que contiene los documentos escaneados y adjuntarlos.
5) En la
barra superior, presionar “subir atestados”.
6) Los
documentos quedan agregados en forma automática en un buzón que será revisado
por la Sección Administrativa de la Carrera Judicial.
IV. CONDICIONES
DEL CONCURSO:
ü Relación entre las personas participantes y
el Poder Judicial: La relación entre las personas participantes y el Poder
Judicial es contractual, no laboral. Las personas que resulten escogidas que
laboren para el Poder Judicial deberán tramitar un permiso sin goce de salario
por el tiempo de duración del Programa.
ü Beneficios que le brinda el Programa:
Instrucción gratuita; entrega de materiales sin costo alguno; acceso a
bibliotecas de la institución y a aquellas pertenecientes a instituciones con
las que se tenga convenio; utilización del laboratorio de cómputo y de todas
las instalaciones y servicios destinados para la capacitación de las personas
usuarias de la Escuela Judicial; entrega de un subsidio mensual por un monto de
500.000 colones durante los doce meses de duración del Programa.
Reconocimiento de dos puntos en Carrera Judicial
por la aprobación del Programa FIAJ al igual que se realiza con el Programa de
Formación General Básica de la Escuela Judicial. Siempre que no tenga un
posgrado universitario.
Compromisos de la persona participante:
ü Conocer y aceptar todas las condiciones del
programa y firmar el contrato de formación.
ü Cumplir el calendario asignado: la fase
teórico-práctica que inicia el 06 de agosto de 2018 y la práctica tutelada
concluye el 6 de agosto de 2019.
ü Realizar el Programa con resultados óptimos
según los criterios de evaluación formulados por la Escuela Judicial y
aprobados por el Consejo de la Judicatura.
ü Aprobar cada uno de los módulos y talleres,
asistir a las sesiones presenciales, a la práctica tutelada y a todas las
actividades y visitas programadas.
ü Durante la ejecución del Programa de
formación, no podrá realizar actividades de abogacía y/o notariado. No podrá
aceptar nombramientos interinos o en propiedad dentro o fuera del Poder
Judicial.
ü Durante los tres años siguientes a la
aprobación del Programa, deberá estar disponible para laborar en el Poder
Judicial en caso de ser nombrado o nombrada.
ü El incumplimiento de los deberes asumidos por
la persona participante, según el Programa y el contrato, darán lugar a la
rescisión unilateral y forzosa de la relación contractual. En tal caso, deberá
devolver los subsidios recibidos, con intereses al tipo legal, y deberá pagar
cualquier otro gasto generado a la institución.
ü En caso de no aprobar el Programa o de retiro
injustificado, deberá pagar lo establecido en el punto anterior.
ü Rendir una garantía a satisfacción de la
institución.
ü Suscribir una póliza de seguro estudiantil.
ü Los demás que determine la Escuela Judicial
para lograr los objetivos del programa.
V. CRITERIOS
DE SELECCIÓN:
ü La selección para el Programa de Formación
Inicial para Aspirantes a la Judicatura se realizará por prelación de notas y
únicamente se seleccionarán a 17 personas candidatas.
ü De conformidad con lo establecido en el
artículo 30 bis del Reglamento de Carrera Judicial, serán seleccionados en el
Programa, los aspirantes que obtengan una nota igual o superior al 75.
üLas personas
que ganaron el examen y no queden seleccionadas para este programa, quedaran
con el espacio reservado para la próxima promoción.
VI. DE LOS
COMPONENTES POR VALORAR:
üExamen: Los y las
aspirantes deben someterse a una prueba escrita de conocimientos, con un
valor de 50% de la nota final, y a ocho pruebas que valorarán competencias
profesionales, con un valor de 50% de la nota final.
No se admitirá aspirantes que se presenten después
de iniciada la prueba. Para realizar las evaluaciones se les entregará un sobre
con la totalidad de las pruebas. Estas deberán ser realizadas y extraídas del
sobre, una a la vez, en un tiempo determinado. Asimismo, una vez finalizada
debe ser colocada nuevamente en el sobre. El orden de las pruebas no debe ser
alterado o mantener más de una, fuera del sobre. El incumplimiento de esta
disposición será motivo de anulación de la prueba.
Las competencias profesionales por evaluar son las
siguientes:
1) Capacidad
cognitiva: capaz de identificar un problema y evaluar las causas profundas
que lo provocan; busca soluciones eficientes y realistas mediante la
identificación de información relevante; formula hipótesis; evalúa las
consecuencias y programa las actividades requeridas para alcanzar un objetivo
determinado con el fin de generar alternativas de solución, utilizando un
enfoque sistemático.
2) Inteligencia
integradora: capacidad mental para buscar e identificar información
relevante, integrarla y organizarla en un cuerpo coherente de conocimientos
para identificar y programar las actividades requeridas para alcanzar un
objetivo determinado.
3) Creatividad:
capacidad para generar con regularidad nuevos enfoques, aportes y respuestas
con soluciones innovadoras y válidas a problemas y situaciones de la labor
judicial, mediante combinaciones nuevas y apropiadas de elementos con
diferentes perspectivas y paradigmas.
4) Comunicación
escrita: habilidad para transmitir información, ideas y criterios a través
de la escritura, aplicando la terminología adecuada y adaptándola a los
procedimientos del sistema judicial, de manera que sea comprensible y unívoco,
así como la habilidad para comprender los mensajes escritos y los documentos
técnicos elaborados por otras personas que tengan relevancia para desempeñar su
labor.
5) Capacidad
para dirección y toma de decisiones: habilidad para proponer, canalizar y
fomentar de forma ágil la resolución de situaciones propias de los procesos
judiciales mediante un enfoque proactivo y eficiente que se adecue tanto a las
exigencias presentes como a aquellas que surjan con posterioridad. Demanda un
nivel de autoridad racional y objetiva en el cual se ponderen todos los
aspectos pertinentes que permitan gestionar la toma de decisiones propicias
según cada circunstancia.
6) Inteligencia
emocional: la inteligencia emocional es el conjunto de conocimientos,
capacidades y actitudes necesarias para comprender, expresar y regular de forma
apropiada los fenómenos emocionales. Estas habilidades y competencias determinan
la conducta de un individuo, sus reacciones y sus estados mentales, y puede
definirse como la capacidad de reconocer nuestros propios sentimientos y los de
las demás personas, de motivarnos y de manejar adecuadamente las relaciones.
7) Trabajo
en equipo: capacidad de promover, fomentar y mantener relaciones de
colaboración eficientes con miembros del ámbito judicial, así como otros grupos
de trabajo que resulten pertinentes con la integración de esfuerzos comunes que
garanticen el óptimo desarrollo de la práctica judicial.
8) Objetividad:
capacidad de emitir una resolución objetiva, basada en los elementos
normativos, probatorios y demás aspectos de los procedimientos, desligándose de
sus convicciones personales y valoraciones subjetivas.
9) Se recibirá
recurso de revisión respecto a los resultados de las pruebas, siempre y cuando
se compruebe que él o la participante seleccionó la opción correcta en el
solucionario y esta se calificó como respuesta incorrecta.
ü Entrevista: Quienes tengan posibilidad
de quedar elegibles se someterán a una entrevista con dos integrantes del
Consejo de la Judicatura, la cual versará sobre la organización del Poder
Judicial, la actividad jurisdiccional en general y específica del área a la que
se aspira, aspectos del sistema jurídico costarricense y sobre la cultura
jurídica de la persona aspirante.
ü Experiencia profesional: Se califica a
partir de la fecha de Incorporación al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa
Rica.
Si como profesional en Derecho, posee experiencia
laboral externa al Poder Judicial, se deberá aportar en formato electrónico, lo
siguiente:
Abogado(a)
litigante: Declaración jurada no protocolizada sobre los periodos que
fungió como profesional en derecho y comprobante de Tributación Directa
especificando el área en la cual cotizo, además, de cualquier otro documento
que compruebe en forma idónea dicha experiencia.
Empresa
o institución: Constancia emitida por ésta que especifique:
1. El o los
puestos desempeñados.
2. Requisitos
y especialidad del o de los puestos profesionales.
3. La fecha
de rige y vence de los períodos laborados.
4. Si durante
su permanencia solicitó o no permisos sin goce de salario. En caso de que los
haya disfrutado, se debe señalar el período.
5. El motivo
de salida.
6. Si hubo o
no pago de prestaciones y, en caso afirmativo, con cuál ley.
En concordancia con lo establecido en el artículo
38 del Reglamento de Carrera Judicial, a aquellas personas que ya cuenten con
elegibilidad y que participen en un concurso de una misma categoría y materia,
se les considerará la experiencia ya acreditada, sin variar la fecha
establecida conforme al numeral anterior. Se podrá computar nueva experiencia
únicamente si ya ha superado el plazo de dos años desde el anterior corte.
ü Promedio académico: Para promediar este
componente, debe remitir en formato electrónico la certificación de notas de la
carrera universitaria.
ü Publicaciones: La guía para la
calificación de las personas participantes en la Carrera Judicial contempla,
únicamente, el reconocimiento de ensayos y libros atinentes a la disciplina del
Derecho, previo estudio y reconocimiento de la Unidad de Componentes Salariales
del Departamento de Gestión Humana del Poder Judicial.
ü Docencia: Únicamente se reconocerá la docencia universitaria.
La persona interesada debe remitir en formato electrónico, la constancia con
membrete emitida por la universidad donde fue docente, en la cual especifique
el nombre del curso, el cuatrimestre o semestre, según el caso, y el año cuando
la impartió.
ü Postgrado: Se reconocerán dos puntos
por la especialidad, por la aprobación del Programa de Formación General básica
para Jueces y Juezas o especialidad universitaria; tres puntos por la maestría
y cinco puntos por el doctorado. El tope máximo en este rubro es de cinco
puntos y no es acumulativo, el o los títulos deberán remitirse en formato
electrónico.
ü Capacitación recibida: Se reconocerán
los certificados de capacitación en la Carrera Judicial, que provengan de la
Escuela Judicial o cualquier órgano auxiliar de capacitación autorizado o
supervisado por ésta, además, los centros de educación superior público o
privado reconocido y avalado por el Consejo Nacional de Enseñanza Superior
Universitaria Privada y los que procedan de un centro encargado de la formación
profesional dentro de un Colegio Profesional. Así como, los del ámbito
internacional, los certificados deben respaldarse por un organismo al que
pertenezca Costa Rica o por un centro de enseñanza superior autorizado en el
país de origen y cualquier otro certificado emitido por una institución del
Estado siempre y cuando sea atinente a la Judicatura.
ü Evaluaciones médicas, de trabajo social y
psicológicas: A quienes tengan posibilidad de quedar elegibles, se les
realizarán evaluaciones médicas, de trabajo social y psicológicas, cuyos
resultados serán parte integral del proceso de selección. La información
derivada de su participación en este concurso será utilizada por los órganos
decisorios.
ü Promedio final de elegibilidad:
Para las personas candidatas seleccionadas en el
Programa de Formación Inicial para Aspirantes a la Judicatura (FIAJ):
Para ser consideradas elegibles, las personas
deberán aprobar el FIAJ. En este caso, el resultado obtenido en este Programa
se ponderará con la nota de la prueba de aptitud y conocimientos más los
componentes correspondientes a la entrevista, promedio académico, experiencia,
publicaciones, docencia, posgrado y cursos de capacitación.
ü Conclusión del concurso: El concurso se
dará por finalizado conforme lo disponga el Consejo de la Judicatura.
VII. DE LA
SANCIÓN, SOLICITUDES DE EXCLUSIÓN Y REPROGRAMACIONES
De la sanción: En
concordancia con lo establecido en el artículo 75 de la Ley del Sistema de
Carrera Judicial, todas aquellas personas oferentes que se inscriban en este
concurso y no se presenten a realizar el
examen o se presenten después de iniciada la prueba, o se le anule el examen,
serán descalificadas una vez que se dé por concluido el concurso, por lo que no
podrán participar en el siguiente. Esta disposición aplica para aquellas
personas participantes que no aprueben el FIAJ o que no superen el 70 en su promedio final. Asimismo, la persona
que no apruebe el FIAJ, sea expulsado o abandone el curso por razones
injustificadas, no podrá volver a cursarlo en las tres promociones posteriores
a aquella en que sucedió el incumplimiento.
ü Exclusión: No se aceptarán solicitudes
de exclusión del concurso, excepto en casos muy calificados. El Consejo de la
Judicatura valorará los motivos de fuerza mayor siempre y cuando estén
debidamente justificados.
ü Reprogramación: Proceden en casos
calificados debidamente justificados, cuya valoración le corresponderá al
Tribunal Examinador, para lo cual debe remitir en formato
electrónico(escaneado) la solicitud y comprobantes que acrediten su gestión en
los cinco días hábiles posteriores a la fecha del examen.
No se aceptarán solicitudes de reprogramación por
asuntos de trabajo, salvo en casos emergentes que serán valorados por
el Tribunal Examinador.
VIII. DE
LAS NOTIFICACIONES
La Sección
Administrativa de la Carrera Judicial y la Escuela Judicial utilizarán el
correo electrónico para todos los efectos como único medio de notificación. Para ello,
deberá indicar correctamente este medio, mantenerlo habilitado y en óptimas
condiciones las veinticuatro horas, ya que, una vez comprobada la entrega
electrónica, se dará por notificado el asunto, de lo contrario, se exime de
toda responsabilidad a esta Sección y a la Escuela Judicial, por lo que se
tendrá por realizada la notificación, veinticuatro horas después de dictada la
resolución. Cualquier cambio que realice concerniente al medio electrónico
señalado, debe ser comunicado oportunamente a esta oficina al correo
electrónico carrera-jud@poder-judicial.go.cr
Consultas:
Escuela Judicial: a los teléfonos 2267-1535 /
2267-1527 o a los correos electrónicos
escuelajudicialFIAJ@poder-judicial.go.cr; abarbozae@poder-judicial.go.cr
Sección Administrativa de la Carrera Judicial,
ubicada en el cuarto piso del edificio del Organismo de Investigación Judicial
(OIJ), horario de atención de 7:30 a.m. a 12 md. y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m., de
lunes a viernes o a los teléfonos 2295-3781 / 2295-3918 o al correo electrónico
carrera-jud@poder-judicial.go.cr
ESTE CONCURSO VENCE EL 16 DE MARZO DE 2018
PARA TRÁMITE
PERSONAL HASTA LAS 4:30 P.M. Y PARA
LA INSCRIPCIÓN POR
MEDIOS ELECTRÓNICOS, SE HABILITA
LAS 24 HORAS DE LA FECHA INDICADA
Roxana
Marlene Arrieta Meléndez
O.C. N° 364-12-2017.—Sol. N° 68-2017-JA.—(
IN2018222258 ).
Al señor Pedro Machado Da
Costa Florentino Peca, de actual domicilio ignorado, se le hace saber: Que en
diligencia de exequátur promovida por la señora Viviana Ortiz Bustos, contra
él, para obtener la homologación de una sentencia de divorcio, dictada por la
Conservatoría del Registro Civil de Lisboa, República de Portugal. Al efecto se
ha dictado la resolución que dice: “Nue.: 16-000078-0004-FA, Res.:
000122-E-S1-2018, Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las
diez horas treinta minutos del ocho de febrero de dos mil dieciocho. Solicitud
para obtener el exequátur de una sentencia de divorcio, establecida por la
señora Viviana Ortiz Bustos, mayor de edad, divorciada, Arqueóloga,
nacionalidad costarricense, cédula de identidad número 1-1270-0924, vecina de
San José, Curridabat, contra el señor Pedro Machado Da Costa Florentino Peca,
mayor de edad, divorciado, nacionalidad portugués, pasaporte de su país número
L726619, de domicilio y demás calidades ignoradas. Figura el Licenciado Freddy
Ramos Corea, Abogado, colegiado número 19881, en condición de director procesal
judicial de la parte promovente y el Licenciado Víctor Manuel Fallas Mora,
Abogado y Notario, colegiado número 5383, en calidad de curador procesal de la
parte demandada. Resultando: 1°.-... 2°.-... 3°.-... 4°- ... Considerando
I.-... II.-...III.-... Por tanto. se concede el exequátur solicitado a la
sentencia de divorcio entre la señora Viviana Ortiz Bustos y el señor Pedro
Machado Da Costa Florentino Peca, dictada el 11 de diciembre de 2015, por la
Conservatoría del Registro Civil de Lisboa, República de Portugal. En
consecuencia, procédase a la ejecución, por lo que se ordena expedir ejecutoria
de la presente resolución aprobatoria, con inserción de la homologada, una vez
que alcance firmeza, a fin de que la interesada gestione lo que corresponda
ante el Registro Civil. Publíquese una vez en el Boletín Judicial la
parte dispositiva de este fallo. Luis Guillermo Rivas Loáiciga, Román Solís
Zelaya, Carmenmaría Escoto Fernández, William Molinari Vílchez, José Rodolfo
León Díaz.
San José, 26 de febrero de 2018.
Anthony
Quirós Madrigal,
Notificador
a. í.
1 vez.—OC N°
364-12-2017.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2018223394 ).
A los
causahabientes de quién en vida se llamó Bismark Membreno Calero, quien fue
nicaragüense, portador de la cédula de residencia número: 155800065530, fue
vecino de Pital de San Carlos, se les hace saber que: Inversiones y Procesadora
Tropical Inprotsa S. A., cédula de identidad N° 3-101-057107, se apersonó en
este Despacho en calidad de patrono del fallecido, a fin de promover las
presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y
emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en
las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una
sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de
prestaciones del trabajador fallecido Bismark Membreno Calero, expediente
número 14-000279-1291-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela (Materia Laboral), 08 de febrero del 2018.—Msc. Martha
Chaves Chaves, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2018223393 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando: 1) Practicado inscrito bajo las citas:
800-345866-01-0001-001, del expediente Nº 16-015804-1012-CJ a favor de la Caja
Costarricense del Seguro Social. 2) Practicado bajo las citas: 800-402235-01-0001-001,
así como demanda ejecutiva hipotecaria bajo las citas: 800-402236-01-0001-001,
ambas del expediente Nº 17-003620-1338-CJ a favor del señor: José Fernando
Céspedes Granados, a las nueve horas del lunes cuatro de junio del dos mil
dieciocho, y con la base de catorce millones trescientos noventa y seis mil
ochocientos nueve colones con veinticinco céntimos (¢14.396.809,25), en el
mejor postor, remataré lo siguiente: Finca del partido de San José, matrícula
número ciento catorce mil treinta y siete guión cero cero cero (FR
SJ-114037-000), el cual es terreno de agricultura. Situada: en el distrito dos
San Antonio, del cantón dos Escazú, de la provincia de San José. Linda: por el
norte, rectilínea de 63 m 34 cm y otro; al sur, rectilínea de 68 m 05 cm y
otro; al este, calle pública 7 m 39 cm de frente, y al oeste, rectilínea de 10
m 02 cm y río Cruz. Mide: quinientos cuarenta y seis metros con noventa y un
decímetros cuadrados, bajo el plano catastrado Nº SJ-0637464-1986. Para el
segundo remate, se señalan las nueve horas del martes diecinueve de junio del
dos mil dieciocho, con la base de diez millones setecientos noventa y siete mil
seiscientos seis colones con noventa y tres céntimos (10.797.606,93) (rebajada
en un veinticinco por ciento), y para el tercer remate, se señalan las nueve
horas del miércoles cuatro de julio del dos mil dieciocho, con la base de tres
millones quinientos noventa y nueve mil doscientos dos colones con treinta y
dos céntimos (¢3.599.202,31) (un veinticinco por ciento de la base original).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal
contra Henry Arce Madrigal. Expediente Nº 17-001360-1764-CJ.—Juzgado Agrario
del Segundo Circuito Judicial de San José, 05 de marzo del 2018.—Lic. Óscar
Andrés Segura Navarro, Juez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2018223558 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando prohibiciones
artículo 16 Ley 7599; a las quince horas y cero minutos del treinta y uno de
mayo del dos mil dieciocho, y con la base de trece millones de colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número setenta y cinco mil trescientos veinticuatro cero cero cero la
cual es terreno para vivienda lote 266-2052. Situada en el distrito
1-Siquirres, cantón 3-Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte,
calle pública; al sur, Fernando Mitchel; al este, Estela Hall; y al oeste,
calle pública. Mide: doscientos ochenta y seis metros con setenta y nueve
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero
minutos del quince de junio del dos mil dieciocho, con la base de nueve
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero
minutos del dos de julio del dos mil dieciocho con la base de tres millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Santiago Pereira López
contra sucesión de Miguel Ángel Fernández Bailey. Expediente Nº
17-003792-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 01 de marzo del 2018.—Lic.
Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2018223589 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones ref: 00026501-000; a las
ocho horas del cuatro de mayo del dos mil dieciocho, y con la base de dieciséis
millones quinientos cuarenta y ocho mil setecientos treinta y dos colones con
ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 31645-000 la cual es terreno agricultura lote
249-247. Situada en el distrito 02 Pacuarito, cantón 03 Siquirres, de la provincia
de Limón. Colinda: al norte, calle con 152m 53 cm; al sur, Adrián Guerrero; al
este, Adrián Guerrero; y al oeste, Heraldo Jembins. Mide: ocho mil setecientos
ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del
veintiuno de mayo del dos mil dieciocho, con la base de doce millones
cuatrocientos once mil quinientos cuarenta y nueve colones con seis céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas del cinco de junio del dos mil dieciocho con la base de cuatro
millones ciento treinta y siete mil ciento ochenta y tres colones con dos
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal
contra Deivid Armando Arias Trejos. Expediente Nº 17-010943-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 26 de febrero del
2018.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2018223619 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando plazo de
convalidación (Ley de Informaciones Posesorias) citas: 2016-665932-01-0003-001
y Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas:
2016-665932-01-0004-001; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del tres
de abril del dos mil dieciocho, y con la base de dos millones cuatrocientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número 219130-003 la cual es naturaleza: terreno de
tacotal y repastos. Situada en el distrito 5-Porvenir cantón 9-Nandayure de la
provincia de Guanacaste. Finca ubicada en zona catastrada. Linderos: al norte,
Francisco Alvarado Cordero y calle pública con un frente a ella de 214 metros
con 40 centímetros lineales ambas en partes, al sur, Marco Tulio Rodríguez
Alvarado, José Francisco Rodríguez Alvarado; al este, Armando Alvarado Solano,
Luis Rodríguez Alvarado y Ulises Rodríguez Alvarado; y al oeste, calle pública
con un frente a ella de 270 metros con 14 centímetros lineales. Mide: ochenta y
ocho mil ochenta y seis metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Plano:
G-1202807-2007. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y
cinco minutos del diecinueve de abril del dos mil dieciocho, con la base de un
millón ochocientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos
del siete de mayo del dos mil dieciocho con la base de seiscientos mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Yency del Carmen Alvarado Zúñiga contra Oscar Rodríguez
Alvarado. Expediente Nº 17-003633-1206-CJ.—Juzgado de Cobro
y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 13 de diciembre del 2017.—Lic.
Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2018223622 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, bajo las
citas: 324-11707-01-0901-061; a las diez horas y treinta minutos del trece de
abril del dos mil dieciocho, y con la base de dos millones setecientos
veintinueve mil trescientos sesenta y siete colones con treinta céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número treinta y cinco mil ochocientos cincuenta y uno cero cero cero
la cual es terreno de potrero de tacotal lote 84 A. Situada en el distrito
1-San Vito, cantón 8-Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte, calle; al sur, calle; al este, calle; y al oeste, calle e IDA. Mide:
Quince mil doscientos veintiún metros con nueve decímetros cuadrados. Plano:
P-0642058-1986. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta
minutos del treinta de abril de dos mil dieciocho, con la base de dos millones
cuarenta y siete mil veinticinco colones con cuarenta y ocho céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez
horas y treinta minutos del dieciséis de mayo de dos mil dieciocho con la base de
seiscientos ochenta y dos mil trescientos cuarenta y un colones con ochenta y
tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Elio Cascante
Villegas. Expediente Nº 17-000190-1201-CJ.—Juzgado de Cobro,
Menor Cuantía y Contravencional de Golfito (Materia
Cobro), 10 de enero del 2018.—Lic. German Esquivel Campos, Juez.—(
IN2018223624 ).
A las diez horas y cero
minutos del quince de mayo del dos mil dieciocho, en la puerta exterior de este
Despacho; de la forma que se dirá y con sus respectivas bases, en el mejor
postor remataré lo siguiente: 1) Libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando reservas y restricciones bajo las citas: 368-16383-01-0901-001, con
la base de ¢22.986.717,38, la finca inscrita en propiedad partido de Alajuela
matrícula 256.993-000, la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 13
Pocosol, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte.
calle pública con el lote de Claudio Vega Cruz, Lorena Blanco Salazar, Eduardo
y Jorge Alberto Hidalgo Quesada; al sur, calle pública lotes uno y cuatro,
Eduardo y Jorge Hidalgo Quesada; al este, Juan José Calderón Zúñiga, Lorena
Blanco Salazar, Eduardo y Jorge Hidalgo Quesada; y al oeste, calle pública.
Mide: treinta y un mil ochocientos veintisiete metros con diez decímetros
cuadrados. Plano: A-0786351-1988. 2) Libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando reservas y restricciones bajo las citas 328-13872-01-0901-001,
servidumbre de paso bajo las citas 576-05865-01-0004-001, con la base de
¢66.699.042,20, la finca inscrita en propiedad partido de Alajuela matrícula
444.242-000, la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 13 Pocosol,
cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle
pública con el lote de Claudio Vega Cruz, Lorena Blanco Salazar, Eduardo y
Jorge Alberto Hidalgo Quesada; al sur, calle pública lotes uno y cuatro,
Eduardo y Jorge Hidalgo Quesada; al este, Juan José Calderón Zúñiga, Lorena
Blanco Salazar, Eduardo y Jorge Hidalgo Quesada; y al oeste, calle pública.
Mide: treinta y un mil ochocientos veintisiete metros con diez decímetros
cuadrados. Plano: A-0786351-1988. 3) Libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos, bajo las citas
314-00561-01-0003-001, con la base de ¢5.889.708,85, la finca inscrita en
propiedad partido de Alajuela matrícula 360.175-000, la cual es terreno de
repastos. Situada en el distrito 11 Cutris, cantón 10 San Carlos, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Francisco y
Álvaro Madrigal; al este, servidumbre de paso en medio Miguel Madrigal Gamboa;
y al oeste, Francisco y Álvaro Madrigal. Mide: veinte mil sesenta y ocho metros
con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Plano: A-0368843-1996. De no haber
postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas y
cero minutos del treinta de mayo del dos mil dieciocho, con la base de
¢17.240.038,04 por la finca número 256.993-000, con la base de ¢50.024.281,65
por la finca número 444.242-000; y con la base de ¢4.417.281,64 por la finca
número 360.175-000. de no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se
señalan las diez horas y cero minutos del catorce de junio del dos mil
dieciocho, con la base ¢5.746.679,35 por la finca número 256.993-000, con la
base de ¢16.674.760,55 por la finca número 444.242-000; y con la base de
¢1.472.427,21 por la finca número 360.175-000. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Caja Costarricense del Seguro Social contra
Fundación Proagroin. Expediente Nº 17-001247-1202-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial
de Alajuela (Materia Cobro), 12 de febrero del 2018.—Licda.
Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2018223625 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del doce de
junio del dos mil dieciocho, y con la base de cinco millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placa BFB137,
marca Mini, estilo Cooper, carrocería sedan 2 puertas hatchback, chasís
WMWRC33546TJ78165, capacidad 4 personas, combustible gasolina, año 2006, color
verde. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco
minutos del veintisiete de junio del dos mil dieciocho, con la base de tres
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y
cinco minutos del doce de julio del dos mil dieciocho con la base de un millón
doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Margarita Solórzano Burgos
contra 3-101-610866 S. A. Expediente Nº 15-015180-1338-CJ.—Juzgado Tercero
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial
de San José, 03 de noviembre del 2017.—M.Sc. Nidia Durán Oviedo,
Jueza.—( IN2018223628 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del cuatro de abril
del dos mil dieciocho, y con la base de doce mil trescientos treinta y ocho
dólares con veintidós centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo: Placas número BGR305. Marca Chevrolet. Estilo Aveo LS. Categoría
automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2014. Color blanco. Vin 3G1TC5CF6EL145001.
Combustible gasolina. Motor Nº F16D3132490676. Para el segundo remate se
señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de abril del dos mil
dieciocho, con la base de nueve mil doscientos cincuenta y tres dólares con
sesenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del nueve de mayo
del dos mil dieciocho con la base de tres mil ochenta y cuatro dólares con
cincuenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Alexander Jonathan Carballo
Tenorio. Expediente Nº 17-005996-1200-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial
de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 30 de enero del
2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018223631 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del dos de abril del
dos mil dieciocho, y con la base de once mil ciento cuarenta dólares con dos
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BDX
108. Marca Hyundai. Estilo Accent GL. Categoría automóvil. Capacidad 5
personas. Año 2014. Color gris. Vin KMHCT41BAEU505927. Combustible gasolina.
Motor Nº G4LCDU062893. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero
minutos del dieciocho de abril del dos mil dieciocho, con la base de ocho mil
trescientos cincuenta y cinco dólares con un centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cero minutos del tres de mayo del dos mil dieciocho con la base de dos mil
setecientos ochenta y cinco dólares con un centavos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra
Marcos Antonio Vázquez. Expediente Nº 17-004499-1200-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 17 de
noviembre del 2017.—Msc. Johana Arce Hidalgo, Jueza.—( IN2018223633 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes prendarios, a las ocho horas y cero minutos del dieciséis de abril
del dos mil dieciocho, y con la base de veinticinco mil noventa y nueve dólares
con treinta y un centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo:
placas Nº: BJF969, marca: Hyundai, estilo: Elantra GLS, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, año: 2016, color: blanco, vin: KMHDH41EAGU486792,
cilindrada: 1800 CC, combustible: gasolina, motor Nº: G4NBFU883673. Para el
segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del dos de mayo del
dos mil dieciocho, con la base de dieciocho mil ochocientos veinticuatro
dólares con cuarenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y
para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiuno
de mayo del dos mil dieciocho, con la base de seis mil doscientos setenta y
cuatro dólares con ochenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra
Hazel Milena Salas González. Expediente Nº 17-005061-1200-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 28 de noviembre del 2017.—Msc. Eileen Chaves
Mora, Jueza.—( IN2018223634 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos
del diecinueve de abril del dos mil dieciocho y con la base de quince mil
ochocientos cincuenta dólares con veintiocho centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo: placas número BCP 819, marca Hyundai, estilo
Tucson GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2013, color blanco,
vin KMHJT81BADU561786, combustible gasolina, motor N° G4KDCU815397. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de mayo del
dos mil dieciocho, con la base de once mil ochocientos ochenta y siete dólares
con setenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintitrés de
mayo del dos mil dieciocho, con la base de tres mil novecientos sesenta y dos
dólares con cincuenta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S.
A. contra Alejandra Rodríguez Miranda, Manuel Ángel Muñoz Miranda. Expediente:
17-003649-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 27 de noviembre
del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018223635 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes prendarios, pero soportando denuncia OIJ, citas: 800-319582-001,
sumaria N° 17-001751-0042-PE, a las catorce horas y cero minutos del dieciséis
de abril del año dos mil dieciocho, y con la base de ocho mil seiscientos
setenta y dos dólares con cincuenta y cinco centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo: placas Nº BCT647, marca Chevrolet, estilo Aveo
LS, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2012, color celeste, vin
3G1TC5CF8CL116578, cilindrada 1600 cc. combustible gasolina, motor Nº
F16D30066272. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero
minutos del dos de mayo del año dos mil dieciocho, con la base de seis mil
quinientos cuatro dólares con cuarenta y un centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del veintiuno de mayo del año dos mil dieciocho con la base de
dos mil ciento sesenta y ocho dólares con catorce centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S.
A. contra Anna Di Peri, expediente Nº 17-005059-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón)
(Materia cobro), 28 de noviembre del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora,
Jueza.—( IN2018223636 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero
minutos del diecisiete de abril del año dos mil dieciocho, y con la base de
trece mil setecientos treinta y tres dólares con noventa centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 889545, marca Hyundai,
estilo Tucson GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas. año 2011, color
blanco, vin KMHJT81BABU283309, cilindrada 2000 cc, combustible gasolina, motor
Nº G4KDBU332755. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero
minutos del tres de mayo del año dos mil dieciocho, con la base de catorce mil
novecientos veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del
veintidós de mayo del año dos mil dieciocho con la base de tres mil
cuatrocientos treinta y tres dólares con cuarenta y ocho centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Improsa S. A. contra Norbey Rincón Cuellar. Exp. N° 17-005076-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 01 de diciembre del año 2017.—Lic. Pablo López
Vindas, Juez.—( IN2018223637 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las ocho horas y cero minutos del diecisiete de abril
del dos mil dieciocho, y con la base de nueve mil cuatrocientos sesenta y cinco
dólares con sesenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo: placas número CL-232276, marca Mitsubishi, estilo Canter, categoría
carga liviana, capacidad 3 personas, año 2008, color blanco, vin FE83PEA03026,
cilindrada 3900 cc., combustible diésel, motor Nº 4D34L94423. Para el segundo
remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del tres de mayo del dos mil
dieciocho, con la base de siete mil noventa y nueve dólares con veintidós
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de mayo del dos mil
dieciocho, con la base de dos mil trescientos sesenta y seis dólares con cuarenta
y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Arcadio Jesús Barrantes
Villalobos. Expediente N° 17-005058-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia
Cobro), 01 de diciembre del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(
IN2018223638 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando
infracción/colisión, boleta 2015-88100108, sumaria N° 15-001146-0495-TR; a las
diez horas y cero minutos del diecisiete de abril del año dos mil dieciocho, y
con la base de diecisiete mil ochenta y ocho dólares con setenta y ocho
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número
NRJ777. Marca Hyundai. Estilo Tucson GLS. Categoría automóvil. Capacidad 5
personas. Año 2012. Color azul. VIN KMHJU81BBCU451127. Cilindrada 2000 CC.
Combustible gasolina. Motor Nº G4KDBU645938. Para el segundo remate se señalan
las diez horas y cero minutos del tres de mayo del año dos mil dieciocho, con
la base de doce mil ochocientos dieciséis dólares con cincuenta y nueve
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de mayo del año dos mil
dieciocho con la base de cuatro mil doscientos setenta y dos dólares con veinte
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco Improsa S. A. contra Isidro Jiménez González. Exp. N°
17-005068-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 01 de diciembre del
año 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018223639 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del diecisiete de
abril del año dos mil dieciocho y con la base de dieciocho mil ciento
veintiocho dólares con cincuenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Vehículo placas número BHM663, marca Hyundai, estilo Accent Gl,
categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2015, color blanco, vin
KMHCT41DAFU789179, cilindrada 1600 c.c., combustible gasolina, motor Nº
G4FCEU439160. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos
del tres de mayo del año dos mil dieciocho, con la base de trece mil quinientos
noventa y seis dólares con cuarenta y un centavos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta
minutos del veintidós de mayo del dos mil dieciocho con la base de cuatro mil
quinientos treinta y dos dólares con catorce centavos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra
Alejandro Gerardo Gamboa Ramírez. Exp: 17-005069-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón)
(Materia Cobro), 01 de diciembre del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora,
Jueza.—( IN2018223640 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones, pero soportando
infracciones/colisiones boleta 2016202300088 sumaria: 16-002261-0174-TR; a las
nueve horas y treinta minutos del dos de abril del año dos mil dieciocho, y con
la base de diez mil setecientos treinta y tres dólares con cuarenta y nueve
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número
BFG-158, marca Chevrolet, estilo Spark LS, categoría automóvil, capacidad 5
personas, año 2014, color azul, Vin KL1CJ6C13EC442737, cilindrada 1000 cc
combustible gasolina, motor Nº B10D1045368KD3. Para el Segundo remate se señalan
las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de abril del año dos mil
dieciocho, con la base de ocho mil cincuenta dólares con doce centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan
las nueve horas y treinta minutos del cuatro de mayo del año dos mil dieciocho
con la base de dos mil seiscientos ochenta y tres dólares con treinta y siete
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria
de, Banco Improsa S. A. contra Jorge Patricio González Zúñiga. Exp.:
17-005434-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 19 de diciembre
del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018223641 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios y anotaciones; a las quince horas y treinta minutos del
dos de abril del dos mil dieciocho y con la base de cinco mil doscientos
veintiún dólares con setenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo: placas número CB-002467, marca Hyundai, estilo H-1,
categoría microbús, capacidad 12 personas, año 2011, color blanco, vin
KMJWA37HABU307848, cilindrada 2500 cc, combustible diesel, motor N°
D4BHA054883. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta
minutos del dieciocho de abril del dos mil dieciocho, con la base de tres mil
novecientos dieciséis dólares con veintiocho centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas
y treinta minutos del cuatro de mayo del dos mil dieciocho, con la base de mil
trescientos cinco dólares con cuarenta y tres centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de IMCR
Fiduciaria CT Sociedad Anónima contra Esteban Adolfo Martínez Valverde, María
Natalia Ruiz Martínez. Expediente: 17-005438-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón,
(Materia Cobro), 19 de diciembre del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora,
Jueza.—( IN2018223644 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas y cero minutos
del treinta de abril del año dos mil dieciocho, y con la base de seis mil
trescientos ochenta y nueve dólares con veintitrés centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo: placas Nº BDF904, marca Chevrolet, estilo
Spark LS., categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2013, color plateado,
vin KL1MJ6C47DC004686, combustible gasolina, motor Nº A08S3962722KC2. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciocho de mayo
del año dos mil dieciocho, con la base de cuatro mil setecientos noventa y un
dólares con noventa y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del cuatro de
junio del año dos mil dieciocho con la base de mil quinientos noventa y siete
dólares con treinta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra
María Eugenia Jirón Cano, expediente Nº 17-005433-1200-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón)
(Materia cobro), 08 de enero del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(
IN2018223645 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios y anotaciones; a las nueve horas y cero minutos del
veintitrés de abril del año dos mil dieciocho y con la base de diecinueve mil
trescientos un dólares con treinta y nueve centavos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Vehículo: Placas número CL-274154. Marca Isuzu. Estilo D Max LS.
Categoría carga liviana. Capacidad 5 personas. Año 2014. Color blanco. Vin
MPATFS86JET001688. Cilindrada 2500 cc. Combustible diesel. Motor Nº 4JK1LH5537.
Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diez de
mayo del año dos mil dieciocho, con la base de catorce mil cuatrocientos
setenta y seis dólares con cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos
del veintiocho de mayo del año dos mil dieciocho con la base de cuatro mil
ochocientos veinticinco dólares con treinta y cinco centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Improsa S. A. contra Carlos Alberto González Sánchez. Exp.: 17-005992-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 25 de enero del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora,
Jueza.—( IN2018223646 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las catorce
horas y treinta minutos del veintitrés de abril del año dos mil dieciocho, y
con la base de doce mil quinientos veinticinco dólares con setenta y siete
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número
BHK-855, marca Chevrolet, estilo Spark LT, categoría automóvil, capacidad 5
personas, año 2015, color azul, Vin KL1CM6CD5FC710593, cilindrada 1200 cc
combustible gasolina, motor Nº B12D1232782KD3. Para el Segundo remate se
señalan las catorce horas y treinta minutos del diez de mayo del año dos mil
dieciocho, con la base de nueve mil trescientos noventa y cuatro dólares con
treinta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
Tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiocho
de mayo del año dos mil dieciocho con la base de tres mil ciento treinta y un
dólares con cuarenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra
Steven Josué Marín Calderón. Exp.: 17-005074-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón
(Materia Cobro), 26 de enero del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(
IN2018223647 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del doce de abril del
dos mil dieciocho y con la base de treinta y cinco mil seiscientos ochenta y
nueve dólares con noventa y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo: placas número CL 288843, marca Isuzu, estilo D MAX LS,
categoría carga liviana, capacidad 5 personas, año 2015, color diesel, vin
MPATFS86JFT010534, combustible diesel, motor N° 4JK1 MU9903. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintisiete de abril del
dos mil dieciocho, con la base de veintiséis mil setecientos sesenta y siete
dólares con cuarenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete
de mayo del dos mil dieciocho, con la base de ocho mil novecientos veintidós
dólares con cuarenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra
Nelson Chacón Cortés. Expediente: 17-005993-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón,
(Materia Cobro), 29 de enero del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(
IN2018223648 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del cuatro de abril
del dos mil dieciocho, y con la base de diez mil quinientos doce dólares con
veinte centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas
número BDW 415, marca Hyundai, estilo I10 GL., categoría automóvil, capacidad 5
personas, año 2014, color blanco, vin MALAM51CBEM423765, combustible gasolina,
motor Nº G4LADM065O97. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y
cero minutos del veinte de abril del dos mil dieciocho, con la base de siete
mil ochocientos ochenta y cuatro dólares con quince centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce
horas y cero minutos del nueve de mayo del dos mil dieciocho, con la base de
dos mil seiscientos veintiocho dólares con cinco centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Improsa S. A. contra Andreina Méndez Coto, Yajaira María Méndez Coto.
Expediente N° 17-005970-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 29 de
enero del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018223649 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las nueve horas
y treinta minutos del veintitrés de abril del dos mil dieciocho y con la base
de cuatro millones trescientos cuatro mil setecientos cuarenta y cuatro colones
con sesenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo
placas número BJG-573, marca Toyota, estilo Yaris, categoría automóvil,
capacidad 5 personas, año 2008, color plateado, vin JTDBT923784017636,
cilindrada 1500 c.c., combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan
las nueve horas y treinta minutos del diez de mayo del dos mil dieciocho, con
la base de tres millones doscientos veintiocho mil quinientos cincuenta y ocho
colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para
la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho
de mayo del dos mil dieciocho con la base de un millón setenta y seis mil
ciento ochenta y seis colones con diecisiete céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Improsa S. A. contra Roberto José Tenorio Bolaños. Expediente Nº
17-005989-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona
Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 25 de enero del 2018.—Msc. Eileen
Chaves Mora, Jueza.—( IN2018223650 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes prendarios y anotaciones, a las diez horas y cero minutos del
veintitrés de abril del año dos mil dieciocho, y con la base de cinco millones
ochocientos ochenta y tres mil trescientos noventa colones con cincuenta y un
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas Nº
CL-230533, marca Mitsubishi, estilo L200 Sportero GLS TDI, categoría carga
liviana, capacidad 5 personas, año 2008, color gris, vin MMBJNKB408D060293,
cilindrada 2477 cc. combustible diésel, motor Nº 4D56UCBB3645. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y cero minutos del diez de mayo del año dos
mil dieciocho, con la base de cuatro millones cuatrocientos doce mil quinientos
cuarenta y dos colones con ochenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos
del veintiocho de mayo del año dos mil dieciocho con la base de un millón
cuatrocientos setenta mil ochocientos cuarenta y siete colones con sesenta y
tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Óscar Campesato González,
expediente Nº 17-005990-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia cobro), 26 de
enero del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018223651 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del cuatro de abril del
dos mil dieciocho, y con la base de cuatro millones seiscientos cincuenta y
ocho mil setecientos ochenta y tres colones con dieciséis céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BDQ238. Marca Hyundai.
Estilo Accent GL. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2013. Color
azul. Vin KMHCT51CBDU091109. Combustible gasolina. Motor Nº G4FACU429133. Para
el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de abril
del dos mil dieciocho, con la base de tres millones cuatrocientos noventa y
cuatro mil ochenta y siete colones con treinta y siete céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del nueve de mayo del dos mil dieciocho con la base de un millón
ciento sesenta y cuatro mil seiscientos noventa y cinco colones con setenta y
nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Fredy Alberto Quirós Ramírez.
Expediente Nº 17-006000-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la
Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 02 de febrero del 2018.—Msc.
Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018223652 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones
sumaria N° 17-000424-0768-TR; a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis
de mayo del dos mil dieciocho, y con la base de ochenta y un mil quinientos
ochenta y ocho colones con setenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Vehículo: placas número GB002973, marca JAC, estilo HK 0129 H,
categoría autobús, capacidad 55 personas, año 2015, color blanco, vin
LJ16B26J3F3100005, cilindrada 8900 cc., combustible diésel, motor Nº 87983858.
Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del
treinta y uno de mayo del dos mil dieciocho, con la base de sesenta y un mil
ciento noventa y un colones con cincuenta y cuatro céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas
y treinta minutos del dieciocho, de junio del dos mil dieciocho, con la base de
veinte mil trescientos noventa y siete colones con dieciocho céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Sun
Motors contra Empresa Alfaro S. A. Expediente N° 18-002098-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de
febrero del 2018.—Licda. Yessenia Brenes González, Jueza.—( IN2018223660 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada (citas:
258-00559-01-0901-001), servidumbre trasladada (citas: 258-00559-01-0901-002),
servidumbre trasladada (citas: 258-00559-01-0902- 001); a las siete horas y
cuarenta y cinco minutos del catorce de mayo de dos mil dieciocho, y con la
base de treinta y cuatro millones trescientos treinta y nueve mil quinientos
dos colones con un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Nacional, provincia de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos veintisiete mil
novecientos treinta y ocho cero cero cero, la cual es de naturaleza: Terreno
para construir lote número L tres con una casa. Situada en el distrito 4 San
Antonio, cantón 1 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
lote número L-2.; al sur, lote número L-4.; al este, avenida El Poro con frente
de 6,70 metros, y al oeste, lote número L-6. Mide: Ciento veintiocho metros con
ochenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
siete horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de mayo de dos mil
dieciocho, con la base de veinticinco millones setecientos cincuenta y cuatro
mil seiscientos veintiséis colones con cincuenta y un céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y
cuarenta y cinco minutos del trece de junio de dos mil dieciocho con la base de
ocho millones quinientos ochenta y cuatro mil ochocientos setenta y cinco
colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal
contra María Carolina Cruz García. Exp. N° 17-014935-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 13 de febrero del 2018.—Msc. Cinthia Pérez Moncada,
Jueza.—( IN2018223665 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, a las ocho
horas y treinta minutos del dieciséis de mayo del año dos mil dieciocho, y con
la base de siete millones veinte mil novecientos cincuenta y ocho colones con
cincuenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número treinta y seis mil ochocientos
ochenta y cinco-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 12- Chacarita, cantón 1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, José Jiménez Jiménez; al sur, calle pública con frente a
ella de 19.73 metros; al este, José Jiménez Jiménez y al oeste, Óscar Ríos
Ríos. Mide: cuatrocientos cincuenta y dos metros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno de mayo
del año dos mil dieciocho, con la base de cinco millones doscientos sesenta y
cinco mil setecientos dieciocho colones con noventa y dos céntimos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas
y treinta minutos del quince de junio del año dos mil dieciocho con la base de
un millón setecientos cincuenta y cinco mil doscientos treinta y nueve colones
con sesenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda (Costa Rica) S. A.,
contra Katherine Melissa Núñez Torres, expediente Nº 17-001575-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón)
(Materia cobro), 20 de febrero del 2018.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas,
Juez.—( IN2018223674 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de
AYA, citas: 555-00627-01-0001-001; a las catorce horas y cero minutos del
dieciséis de abril del dos mil dieciocho y con la base de sesenta y cuatro mil
veintiocho dólares con setenta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 45108-F-000, la
cual es terreno para construir que se destinará a uso habitacional, la cual
podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 01 San
Pablo, cantón 09 San Pablo de la provincia de Heredia. Colinda: al noreste:
acceso tres; al noroeste: finca filial treinta y cuatro; al sureste: juegos
infantiles y al suroeste: Fincas Filiales Cuarenta y dos y cuarenta y tres.
Mide: ciento setenta y seis metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del tres de mayo
del dos mil dieciocho, con la base de cuarenta y ocho mil veintiún dólares con
cincuenta y ocho centavos y, para la tercera subasta se señalan las catorce
horas y cero minutos del veintitrés de mayo del año dos mil dieciocho, con la
base de dieciséis mil siete dólares con diecinueve centavos. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Esprocapital S. A. contra
Spang Internacional S. A. Expediente: 17-004975-1204-CJ.—Juzgado de Cobro,
Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, (Materia Cobro), 15 de enero del
2018.—Licda. Patricia Cedeño Leiton, Jueza.—( IN2018223693 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de
Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos (citas: 533-11573-01-0004-001) y
restricciones reg art 18, Ley 2825 (citas: 552-04986-01-0004-001); a las siete
horas y cuarenta y cinco minutos del dos de abril del dos mil dieciocho, y con
la base de nueve millones cuatrocientos sesenta mil colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número cuatrocientos ochenta y ocho mil ciento cincuenta y seis cero
cero uno, cero cero dos la cual es terreno para construir lote 13. Situada: en
el distrito 7-Yolillal, cantón 13-Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, construcciones e inspecciones Rocadura M E J R S.A; al sur,
construcciones e inspecciones Rocadura M E J R S.A; al este, calle pública, y
al oeste, Ángel Romero Ampie. Mide: ciento cuarenta y ocho metros cuadrados.
Para el segundo remate, se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos
del dieciocho de abril del dos mil dieciocho, con la base de siete millones
noventa y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y
para la tercera subasta, se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos
del cuatro de mayo del dos mil dieciocho con la base de dos millones trescientos
sesenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Aryeri Lizeth Vega Calero, Carlos Luis
Sequeira Villegas. Expediente N° 17-012999-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil
de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro),
19 de diciembre del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018223706 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos. Citas: 328-01206-01-0002-001; a las trece horas y quince
minutos del veintitrés de abril de dos mil dieciocho, y con la base de seis
millones veinticinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos
cuarenta y ocho mil ciento setenta y cinco cero cero cero, la cual es terreno
naturaleza: terreno para construcción de vivienda de interés social con una
casa. Situada en el distrito 8-Cajón, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, Antonio Fonseca Hidalgo; al sur, calle pública;
al este, Antonio Fonseca Hidalgo y al oeste, calle pública. Mide: cuatrocientos
treinta y tres metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las trece horas y quince minutos del nueve de mayo de dos mil
dieciocho, con la base de cuatro millones quinientos dieciocho mil setecientos
cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las trece horas y quince minutos del veinticuatro de
mayo de dos mil dieciocho con la base de un millón quinientos seis mil
doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Jorge Arturo Fonseca Hidalgo. Exp:
17-011180-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 28 de diciembre del
2017.—Msc. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—( IN2018223711 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada 406-18954-01-0900-001, Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos
Públicos 425-01126-01-0159-001 y Plazo de convalidación (rectificación de
medida) citas 2013-163181-01-0003-001; a las nueve horas y cuarenta y cinco
minutos del cuatro de mayo de dos mil dieciocho, y con la base de veinte
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y dos mil ciento
ochenta y cuatro cero cero cero (152184-000) la cual es terreno para la
agricultura. Situada en el distrito Santiago, cantón Paraíso, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, calle pública lotes 12,
13, y José Luis Calderón Gamboa; al este, calle pública lotes 12, 13 y al
oeste, calle pública y José Luis Calderón Gamboa. Mide: nueve mil ciento
treinta y seis metros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de mayo de dos mil dieciocho,
con la base de quince millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y
cinco minutos del cinco de junio de dos mil dieciocho con la base de cinco
millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Colaboradores
de Pipasa y Afines (Asecargill) contra Manuel Orlando Blanco Fonseca.
Exp.:17-003079-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de
Heredia, (Materia Cobro), 28 de febrero del 2018.—Lic. German Valverde
Vindas, Juez.—( IN2018223713 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta
minutos del veintisiete de abril del dos mil dieciocho y con la base de siete
mil seiscientos ochenta y dos dólares con veintiséis centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas 857408, marca: Kia, estilo:
Cerato, serie: KNAFU411BB5343625, año: 2011, carrocería: sedan 4 puertas,
color: bronce, tracción: 4X2, chasis: KNAFU411BB5343625, Vin:
KNAFU411BB5343625, N° motor: G4FCAH264708. Para el segundo remate se señalan
las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de mayo del dos mil dieciocho,
con la base de cinco mil setecientos sesenta y un dólares con sesenta y nueve
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno de mayo del dos mil
dieciocho con la base de mil novecientos veinte dólares con cincuenta y seis
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Marilyn Priscilla Vega
Delgado. Expediente Nº 16-004062-1164-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro de Cartago, 02 de marzo del 2018.—Lic. Guillermo
Ortega Monge, Juez.—( IN2018223720 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso, con las citas
481-19839-01-0005-001 y servidumbre de acueducto, con las citas
481-19839-01-0007-001; a las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de
abril del dos mil dieciocho y con la base de doscientos ochenta mil quinientos
dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número 614766-001-002, la cual es terreno para construir
con una casa de habitación. Situada en el distrito quinto Piedades, cantón
noveno Santa Ana de la provincia de San José. Colinda: al norte calle pública
con frente de quince metros y sesenta y siete centímetros; al sur Finca Dos
Osos S. A.; al este Finca Dos Osos S. A. y al oeste Jomark W Y S Construcción
S. A. Mide: seiscientos ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y treinta minutos del once de mayo del dos mil
dieciocho, con la base de doscientos diez mil trescientos setenta y cinco
dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de mayo del
dos mil dieciocho, con la base de setenta mil ciento veinticinco dólares
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Randall
Alberto Aguilar Mora, Shirley De Los Ángel Aguilar Salazar. Expediente:
18-000021-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda, 1° de marzo del 2018.—Lic. Pablo
Jose Porras Barahona, Juez.—( IN2018223729 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes prendarios, a las diez horas y treinta minutos del diecisiete de
abril del año dos mil dieciocho, y con la base de veintiséis mil novecientos
dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: Mitsubishi, estilo
L200 Sportero, carga liviana, placas CL-253913. Para el segundo remate se
señalan las diez horas y treinta minutos del tres de mayo del año dos mil
dieciocho, con la base de veinte mil ciento setenta y cinco dólares (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez
horas y treinta minutos del dieciocho de mayo del año dos mil dieciocho con la
base de seis mil setecientos veinticinco dólares (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra
Xavier Andrey Walters Castillo, expediente Nº 16-025954-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda,
16 de febrero del 2018.—Lic. Pablo José Porras Barahona, Juez.—( IN2018223730
).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando limitaciones SDE Leyes 7052, 7208 Sist
Financiero de Vivienda, citas: 565-12001-01-0001-001 y habitación familiar
citas: 565-12001-01-0002-001; a las ocho horas y cero minutos del cinco de
abril de dos mil dieciocho, y con la base de un millón quinientos treinta y
nueve mil cuatrocientos cincuenta colones exactos , en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y
siete mil doscientos cuarenta y cuatro cero cero cero la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, quebrada Los Piches; al sur, María
Paulina Chavarría Navarro; al este, calle pública con 08.53mts, y al oeste,
Juan Tijerino Vargas. Mide: Trescientos cuarenta y un metros con ochenta y
nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y
cero minutos del veintitrés de abril de dos mil dieciocho, con la base de un
millón ciento cincuenta y cuatro mil quinientos ochenta y siete colones con
cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del nueve de mayo de dos mil
dieciocho con la base de trescientos ochenta y cuatro mil ochocientos sesenta y
dos colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La
Vivienda de Ahorro y Préstamo S. A. contra Estela Torres Hernández. Exp. N°
17-003077-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas,
3 de noviembre del 2017.—Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—( IN2018223735 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diez de
abril del dos mil dieciocho, y con la base de cuatro millones cuatrocientos
cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo: KJV 222, marca Susuki, estilo Grand Vitara, categoría automóvil,
capacidad 5 personas, serie JS3TE941774202411, año 2007, carrocería todo
terreno 4 puertas, color dorado, tracción 4x2, motor 2700 cc, combustible
gasolina. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco
minutos del veintiséis de abril del dos mil dieciocho, con la base de tres
millones trescientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez
horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de mayo del dos mil dieciocho, con
la base de un millón ciento doce mil quinientos colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Autos
Rojas E.G.R S. A. contra Orlando Javier de La Trinidad Castillo Huertas.
Expediente N° 17-012081-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 12 de setiembre del 2017.—Licda.
Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—( IN2018223818 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando una serv de paso ref:1899 365 001; a
las diez horas y cero minutos del veintitrés de abril de dos mil dieciocho y
con la base de tres millones ciento treinta y cinco mil setecientos cincuenta y
cuatro colones con cincuenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 166226-000, la
cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 02
Cervantes, cantón 06 Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte,
Rosalinda Quirós Granados; al sur, calle publica con 8 metros 50 centímetros;
al este, Manuel Brenes Sevyanni y al oeste, Rosalía Quirós Granados. Mide:
Trescientos noventa metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diez de mayo de dos
mil dieciocho, con la base de dos millones trescientos cincuenta y un mil
ochocientos quince colones con noventa y un céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del veinticinco de mayo de dos mil dieciocho con la base de
setecientos ochenta y tres mil novecientos treinta y ocho colones con sesenta y
cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Piedra y Navarro S. A. contra Orlando Marcial Martínez
Quirós. Exp. N° 17-012252-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
26 de febrero del 2018.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2018223840 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta
minutos del diecisiete de abril del dos mil dieciocho y con la base de
dieciocho millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 104057-000 la cual
es naturaleza: solar y casa. Situada en el distrito 03 Orosi, cantón 02
Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Víctor Manuel Chávez
Chávez; al sur, Víctor Manuel Chávez Chávez; al este, José Antonio Segura
Gamboa; y al oeste, calle pública con 6m 50cm. Mide: ciento diecisiete metros
con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las catorce horas y treinta minutos del tres de mayo del dos mil dieciocho, con
la base de trece millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y treinta minutos del veintiuno de mayo del dos mil dieciocho con la base de
cuatro millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Penas de Urazca Sociedad
Anónima contra Álvaro Antonio Ortega Jiménez. Expediente Nº 17-012099-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 22 de
febrero del 2018.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2018223849 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas:
179-01598-01-0903-001, servidumbre trasladada, citas: 292-20779-01-0902-001; a
las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de mayo del año dos mil
dieciocho y con la base de trescientos cuarenta y tres mil quinientos dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número quinientos seis mil setecientos noventa y
seis-cero cero cero, la cual es terreno con dos salas de cine debidamente
equipadas. Situada en el distrito 01 Grecia, cantón 03 Grecia, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, Administradora Fiduciaria ZMZ S. A.; al sur,
Administradora Fiduciaria ZMZ S. A. y calle pública; al este, Administradora
Fiduciaria ZMZ S. A. y al oeste, Berly S. A. y calle pública. Mide: mil
ochocientos treinta y siete metros cuadrados. Plano: A-1654766-2013. Para el
Segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del siete de junio
del año dos mil dieciocho, con la base de doscientos cincuenta y siete mil
seiscientos veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del
veintiséis de junio del año dos mil dieciocho con la base de ochenta y cinco
mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Panacea J.S.G. Sociedad Anónima
contra Neuchatel Consulting Sociedad Anónima. Exp.: 17-005598-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 22 de
febrero del 2018.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—( IN2018223860 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca citas: 562-05335-01-0001-001;
a las trece horas y treinta minutos del dieciocho de abril del dos mil
dieciocho, y con la base de seiscientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
416352 derecho cero cero cero, provincia: San José. Naturaleza: terreno para
construir con una casa de habitación en mal estado. Situada en el distrito
8-San Antonio, cantón 4-Puriscal de la provincia de San José. Linderos: al
norte, Daidy Delgado Chavarría; al sur, Mélida Vargas Corrales; al este, Hansow
Sociedad Anónima; al oeste, calle pública con 12 metros 72 centímetros. Mide:
doscientos noventa y ocho metros con cinco decímetros cuadrados. Plano:
SJ-0108220-1993. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta
minutos del siete de mayo del dos mil dieciocho, con la base de cuatrocientos
ochenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos
del veintidós de mayo del dos mil dieciocho con la base de ciento sesenta y dos
mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de
verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al
despacho de inmediato para su corrección. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de José Francisco Vargas Ureña contra Pablo
Gerardo Moreno Garita. Expediente Nº 17-018503-1044-CJ.—Juzgado Primero
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial
de San José, 16 de enero del 2018.—Licda. Ana Cecilia Brenes
López, Jueza.—( IN2018223878 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las dieciséis horas y cero
minutos del trece de abril del dos mil dieciocho -04:00pm 13/04/2018-, y con la
base de treinta millones cuatrocientos noventa mil setecientos cuarenta y siete
colones con treinta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y ocho mil trescientos
noventa y tres cero cero cero la cual es terreno de agricultura con una casa.
Situada en el distrito 10 Llano Grande, cantón 01 Cartago, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de 25.97 metros;
al sur, Marcial Chacón Rodríguez; al este, Adan Aguilar Chacón; y al oeste,
José Ángel Meza Chacón. Mide: mil cuatrocientos noventa y un metros con diez
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y
cero minutos del treinta de abril del dos mil dieciocho -04:00pm 30/04/2018-,
con la base de veintidós millones ochocientos sesenta y ocho mil sesenta
colones con cuarenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del
dieciséis de mayo del dos mil dieciocho con la base de siete millones
seiscientos veintidós mil seiscientos ochenta y seis colones con ochenta y tres
céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de
efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda
diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de
cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice
la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de
Cartago contra María de los Ángeles Monge Meza. Expediente Nº
17-003878-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de
Cartago, 14 de febrero del 2018.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—(
IN2018223900 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y treinta
minutos del once de mayo del dos mil dieciocho, y con la base de dos millones
de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula Nº 487.258-000, la cual es terreno de potrero.
Situada: en el distrito 6 Río Cuarto, cantón 3 Grecia, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, con calle pública; sur, con Andiamo Piano S. A.; este,
con Andiamo Piano S. A.; oeste, con Marvin Brenes Jiménez. Mide: cuatrocientos
cuarenta y tres metros cuadrados. Plano: A-1483746-2011. Para el segundo
remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de mayo del
dos mil dieciocho, con la base de un millón quinientos mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las nueve horas y treinta minutos del doce de junio del dos mil dieciocho, con
la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Hernán Osvaldo González López
contra Andiamo Piano S. A. Expediente Nº 15-000663-1202-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro),
08 de febrero del 2018.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2018223935
).
En la puerta exterior de
este Despacho, a las nueve horas del quince de mayo del dos mil dieciocho,
soportando condiciones ref.: 2619-507-002, inscritas al tomo: 324, asiento:
15557-01-901-001; servidumbre de paso anotadas al tomo: 2010, asiento: 279191,
01-0001-001, 01-0007-001, 01-0008-001, 01-0009-001, 01-0010-001; servidumbre de
ancla inscrita al tomo: 2010, asiento: 279191-01-002-001, 01-0003-001,
01-0004-001, 01-005-001, 01-0006-001, así como hipoteca de primer grado
inscrita al tomo: 2015, asiento: 368540-01-0001-001, responde por la suma de
¢132.000.000, e hipoteca de segundo grado anotada al tomo: 2016, asiento:
158817-01-0001-001, responde por la suma de ¢18.500.000; ambas hipotecas a
favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito y Servicios Múltiples La Amistad
R.L., con la base de ciento cincuenta millones quinientos mil colones, en el
mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público de
la Propiedad, partido de Alajuela, Folio Real, matrícula Nº 175771-000, el cual
es terreno de potrero y charral, bosque, se ubica en el distrito 11 Cutris, del
cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle
pública y Miguel Ángel Badilla Morales; al sur, río Jardín; este, Gerardo,
Gilbert, Edwin y Alexis todos Alvarado Durán, y al oeste, calle pública. Mide:
634.439 m con 76 decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las
nueve horas del treinta de mayo del dos mil dieciocho, con la base de ciento
doce millones ochocientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un 25%), y
para la tercera subasta, se señalan las nueve horas del catorce de junio del
dos mil dieciocho, con la base de treinta y siete millones seiscientos
veinticinco colones (un 25% de la base original). Asimismo, remataré con la
base de cuarenta y ocho millones quinientos mil colones el inmueble de
matrícula 172877-000, inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, Soportando reservas y
restricciones inscritas al tomo: 312, asiento: 995-01-0901-077; servidumbre de
líneas eléctricas y de paso, anotadas al tomo: 2010, asiento: 279171-01-0001-001,
hipoteca de primer grado inscrita al tomo: 2015, asiento: 00368540-01-0001-001,
responde por un monto de ¢43.000.000, e hipoteca de segundo grado anotada al
tomo: 2016, asiento: 158817-01-0001-001, responde por la suma de ¢5.500.000,
ambas hipotecas a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito y Servicios
Múltiples La Amistad R.L., terreno de bosque y potrero. Situada: en el distrito
11 Cutris, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, David Gerardo Badilla Elizondo; al sur, calle pública, con un frente a
ella de 217 m con 50 centímetros lineales; al este, Miguel Arias Castro y Edwin
Arredondo Arias, ambos en parte, y al oeste, Rafael Badilla Fernández. Mide:
198.821 metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas
del treinta de mayo del dos mil dieciocho, con la base de treinta y seis
millones trescientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un 25%), y para
el tercer remate, se señalan las nueve horas del catorce de junio del dos mil
dieciocho, con la base de doce millones ciento veinticinco mil colones (un 25%
de la base original). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. Lo anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por haberse ordenado así en proceso monitorio de Marco Vinicio Herrera Solís
contra Fabio Rodríguez Rodríguez. Expediente Nº 17-001881-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia de
Cobro), 07 de febrero del 2018.—Licda. Viviana Salas Hernández, Jueza.—(
IN2018223936 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas:
349-06508-01-0906-001, a las ocho horas y treinta minutos del diez de abril del
dos mil dieciocho, y con la base de dos millones cuatrocientos treinta y cinco
mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula Nº 302.175-000, la cual es terreno para
construir lote 8. Situada: en el distrito 1 Quesada, cantón 10 San Carlos, de
la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Alfredo Hidalgo Solís; sur, calle
pública con 8 metros; este, lote 7; oeste, lote 9. Mide: ciento sesenta metros
cuadrados. Plano: A-0264781-1995. Para el segundo remate, se señalan las ocho
horas y treinta minutos del veintiséis de abril del dos mil dieciocho, con la
base de un millón ochocientos veintiséis mil doscientos cincuenta colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las ocho horas y treinta minutos del catorce de mayo del dos mil
dieciocho, con la base de seiscientos ocho mil setecientos cincuenta colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de
Ahorro y Préstamo contra Ana Isabel Duarte Álvarez. Expediente Nº
17-005352-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 01 de febrero del 2018.—Licda.
Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2018223938 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada citas 0346-00017299-01-0911-001; a las trece horas y treinta minutos
del veintitrés de mayo del dos mil dieciocho, y con la base de ciento catorce
mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número 319814-000 la cual es terreno para
construir con 1 casa lote 15 I. Situada en el distrito San Francisco de Dos
Ríos, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 14
I; al sur, avenida 6; al este, lote 14 A I destin a parque infantil; y al
oeste, lote 16 I. Mide: doscientos cuarenta y un metros con cuarenta y un
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y
treinta minutos del siete de junio del dos mil dieciocho, con la base de
ochenta y cinco mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos
del veintidós de junio del dos mil dieciocho con la base de
veintiocho mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Gabriela Villasenor Neri. Expediente Nº 17-004945-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de
San José, Sección Primera, 23 de febrero del 2018.—Licda. Adriana Sequeira
Muñoz, Jueza.—( IN2018223939 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de
paso, citas: 486-02093-01-0004-001; a las ocho horas del dieciséis de abril del
dos mil dieciocho y, con la base de diez millones trescientos noventa mil
cuatrocientos cincuenta colones con doce céntimos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
veintitrés mil cuatrocientos seis- cero cero cero, la cual es: naturaleza:
terreno para construir con una casa. Situada en distrito 01 Liberia, cantón 01
Liberia, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, Oralia Antonia
Palma Víctor; al sur, José Andrés Mairena Umaña; al este, calle pública con
frente de 14.67 metros; y al oeste, Dubon S. A. Mide: doscientos setenta metros
con cero decímetros cuadrados. Plano: G-0826895-2002. Para el segundo remate se
señalan las ocho horas del dos de mayo del dos mil dieciocho, con la base de
siete millones setecientos noventa y dos mil ochocientos treinta y siete
colones con cincuenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del diecisiete de mayo del
dos mil dieciocho con la base de dos millones quinientos noventa y siete mil
seiscientos doce colones con cincuenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra José Andrés Mairena Umaña. Expediente Nº
17-000355-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y
Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste
(Liberia) (Materia Cobro), 23 de febrero del 2018.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén,
Juez.—( IN2018223946 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios y anotaciones; pero soportando reservas y restricciones
citas: 326-03590-01-0901-001, a las nueve horas y cero minutos del dos de mayo
del dos mil dieciocho, y con la base de tres millones trescientos cincuenta y
seis mil ciento sesenta y cinco colones con ochenta céntimos, en el mejor postor,
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número ciento setenta y cinco mil trescientos setenta y seis cero cero cero, la
cual es terreno de potrero. Situada: en el distrito 3-San Antonio, cantón
2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote de Javier
Granados Carrillo; al sur, calle pública con 16.56 metros de frente; al este,
Clímaco Granados Carrillo, y al oeste, en parte Arturo Mora Rosales y
Hermenegildo Jiménez Jiménez. Mide: quinientos ochenta y cinco metros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos
del veintiuno de mayo del dos mil dieciocho, con la base de dos millones
quinientos diecisiete mil ciento veinticuatro colones con treinta y cinco
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de junio del dos mil
dieciocho, con la base de ochocientos treinta y nueve mil cuarenta y un colones
con cuarenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Illeana María
Campos Agüero, Marta Estela Agüero Mora. Expediente Nº 17-006203-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 05 de febrero del 2018.—Lic. Iván Cartín Cordero,
Juez.—( IN2018223961 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas
0290-00004335-01-0915-001 servidumbre trasladada 0371-00012771-01-0908-001; a
las quince horas y cero minutos del trece de abril del dos mil dieciocho, y con
la base de veinticuatro millones doscientos cuatro mil novecientos ochenta y
nueve colones con treinta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos
ochenta y cuatro mil seiscientos cuarenta y cinco cero cero cero la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito primero Upala, cantón trece
Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, Ronal Monge Fallas; al
noroeste, calle pública con un frente de 45 metros con 20 centímetros lineales;
al sureste, Leda Elvira Lanza Olivas; y al suroeste, río Zapote. Mide: cuatro
mil ciento veintinueve metros con trece decímetros cuadrados. Plano A 1155782-2007.
Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del treinta
de abril del dos mil dieciocho, con la base de dieciocho millones ciento
cincuenta y tres mil setecientos cuarenta y un colones con noventa y ocho
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las quince horas y cero minutos del dieciséis de mayo del dos mil
dieciocho con la base de seis millones cincuenta y un mil doscientos cuarenta y
siete colones con treinta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Leda Elvira Lanza Olivas. Expediente Nº 17-002551-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro),
23 de febrero del 2018.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—( IN2018223979 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y treinta minutos
del trece de abril del dos mil dieciocho y con la base de cuatro millones
ochocientos noventa y cinco mil novecientos veintidós colones con ochenta y
cinco céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número doscientos sesenta y tres mil doscientos cuarenta
y nueve cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno con un local comercial
de 54 metros cuadrados de construcción. Situada: en el distrito 02 Aguas
Claras, cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle
pública con 17,52; al sur, Junta de Educ. Cuatro Bocas de Upala; al este, Junta
de Educ. Cuatro Bocas de Upala, y al oeste, Thomas Pérez Vélez. Mide:
cuatrocientos cincuenta y cinco metros con un decímetros cuadrados. Plano:
A-0999178-1991. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta
minutos del treinta de abril del dos mil dieciocho, con la base de tres
millones seiscientos setenta y un mil novecientos cuarenta y dos colones con
catorce céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de mayo del
dos mil dieciocho, con la base de un millón doscientos veintitrés mil
novecientos ochenta colones con setenta y un céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Luis Eduardo Rodríguez Pérez, Marta Ligia Pérez
Hernández. Expediente Nº 17-001852-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía
y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro),
09 de febrero del 2018.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—( IN2018223981 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones citas: 0334-00010362-01-0900-001; a las catorce horas del doce de
abril del dos mil dieciocho y con la base de treinta y un millones ochocientos
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y cuatro mil doscientos treinta
y cinco cero cero cero, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito
01 Golfito, cantón 07 Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte, vía del ferrocarril del sur con 97 m 63 cm; al sur, Revelación S. A.; al
este, Revelación S. A.; y al oeste, Hugo Trejos Naranjo. Mide: veinte mil tres
metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas del veintisiete de abril del dos mil dieciocho, con
la base de veintitrés millones ochocientos cincuenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las catorce horas del dieciséis de mayo del dos mil dieciocho con la base de
siete millones novecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Wilber Gerardo Navarro Sánchez contra Jenny Castro Molina. Expediente Nº
17-003227-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur
(Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 23 de noviembre del 2017.—Msc. Johana Arce
Hidalgo, Jueza.—( IN2018223986 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, a las trece horas y quince minutos del treinta de
abril del dos mil dieciocho, y con la base de cincuenta y siete mil dólares
exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Nacional, provincia de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número noventa y cinco mil trescientos sesenta y
cuatro cero cero cero, la cual es de naturaleza: terreno con una casa lote 28.
Situada: en el distrito 3-San Juan, cantón 4-Santa Bárbara, de la provincia de
Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Antonio Alfaro Araya; al
este, lote 27 de Conjuntos Habitacionales S. A., y al oeste, lote 29 de
Conjuntos Habitacionales S. A. Mide: ciento sesenta y un metros con treinta y
cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas
y quince minutos del dieciséis de mayo del dos mil dieciocho, con la base de
cuarenta y dos mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas
y quince minutos del treinta y uno de mayo del dos mil dieciocho, con la base
de catorce mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Henry Efraín Quesada Jiménez. Expediente
Nº 17-014471-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 16 de febrero del 2018.—Msc.
Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018223999 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios, pero soportando Denuncia del O.I.J.
(citas:800-00258038-001, expediente 16-000663-0060-PE), infracciones y
colisiones (boleta: 2014316900253, sumaria: 15-000429-0169-CI) (boleta:
3000492700, sumaria: 15-000826-0764-TR) (boleta: 3000518509, sumaria:
16-000287-0764-TR); a las trece horas y veinte minutos del trece de abril de
dos mil dieciocho -01:20pm 13/04/2018-, y con la base de treinta y un mil
noventa y tres dólares con cuarenta y siete centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo: Placas: CL-274674. Marca: Toyota. Estilo:
Hilux SRV. Categoría: carga liviana. Capacidad: 5 personas. Color: plateado.
Año: 2014. Motor: 1KDU342343. Vin: MR0FZ29GX01695563. Combustible: diesel. Para
el segundo remate se señalan las trece horas y veinte minutos del treinta de
abril de dos mil dieciocho -01:20pm 30/04/2018-, con la base de veintitrés mil
trescientos veinte dólares con diez centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y veinte minutos
del dieciséis de mayo de dos mil dieciocho -01:20pm 16/05/2018- con la base de
siete mil setecientos setenta y tres dólares con treinta y seis centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de
efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda
diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de
cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda,
según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito de S J Sociedad Anónima
contra Willy Francisco Whitte Gutiérrez. Expediente Nº 16-003696-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 14 de
febrero del 2018.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—( IN2018224000 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso (citas:
2011-72198-01-0029-001), a las ocho horas y treinta minutos del treinta de
abril del dos mil dieciocho y con la base de ocho millones veinte mil colones
exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Nacional, provincia de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número cuatrocientos setenta y siete mil cuatrocientos
treinta y uno cero cero cero, la cual es terreno de naturaleza: terreno para
construir lote 5 B 2. Situada: en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos,
de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Hermanos Madrigal Matamoros
Limitada y fin de servidumbre de paso con un frente a ella de 3 metros; al sur,
Hermanos Madrigal Matamoros Limitada; al este, servidumbre de paso con frente a
ella de 6.80 metros y Hermanos Madrigal Matamoros Limitada, y al oeste,
Hermanos Madrigal Matamoros Limitada. Mide: doscientos treinta y un metros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos
del dieciséis de mayo del dos mil dieciocho, con la base de seis millones
quince mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno
de mayo del dos mil dieciocho, con la base de dos millones cinco mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra
Jhonatan Andrés Wallace Jiménez. Expediente Nº 17-014329-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 16 de febrero del 2018.—Msc. Cinthia Pérez Moncada,
Jueza.—( IN2018224001 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada bajo las citas: 319-13962-01-0901-011, servidumbre de paso bajo las
citas: 2011-32047-01-0003-001; a las nueve horas y cero minutos del treinta de
abril del dos mil dieciocho, y con la base de nueve millones trescientos uno
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número 476.917-000, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 6 Pital, cantón 10 San Carlos, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de paso; al sur, Alicia
Aguilar Vargas; al este, lote 4; y al oeste, José Elimar Chacón Arrieta. Mide:
trescientos metros cuadrados. Plano: A-1400579-2010. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de mayo del dos mil
dieciocho, con la base de seis millones novecientos setenta y cinco mil
setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del
treinta y uno de mayo del dos mil dieciocho con la base de dos millones
trescientos veinticinco mil doscientos cincuenta colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Marvin Josué Salas
Picado. Expediente Nº 17-004568-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela (Materia Cobro), 05 de febrero del 2018.—Licda. Lilliam Álvarez
Villegas, Jueza.—( IN2018224013 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes prendarios, a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del
primero de agosto del dos mil dieciocho, y con la base de siete millones
quinientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente:
Vehículo: placas Nº: 343995, marca: Mitsubishi, estilo: Montero GLS, categoría:
automóvil, capacidad: 7 personas, año: 1999, color: verde, Vin:
JMB0NV460XJ007564, cilindrada: 2835 CC, combustible: diesel, motor Nº:
4M4OCS4731. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y cuarenta y
cinco minutos del veinte de agosto del dos mil dieciocho, con la base de cinco
millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas
y cuarenta y cinco minutos del cuatro de setiembre del dos mil dieciocho, con
la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Jorge
Luis Rodríguez Víquez contra Guerin Alberto Sánchez Valverde. Expediente Nº
16-008134-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia
(Materia Cobro), 27 de febrero del 2018.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández,
Juez.—( IN2018224072 ).
En la puerta exterior de este Despacho; soportando
citas: 377-03277-01-0929-001, hipoteca de primer grado citas:
2014-305853-01-0002-001; a las diez horas y cero minutos del trece de abril del
dos mil dieciocho, y con la base de siete millones de colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número sesenta y dos mil cuatrocientos once cero cero cero. La cual
es terreno bloque B lote 15 con 1 casa. Situada en el distrito 1-Puerto Cortés,
cantón 5-Osa, de la provincia de Puntarenas. Linderos: al norte, al noreste,
lote 14; al sur, al sureste, alameda BC y lote 16; al este, al noroeste, lotes
14 y 2; y al oeste, al suroeste, lote 16. Mide: ciento sesenta y tres metros
cuadrados. Plano: P-0868618-1990. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y cero minutos del treinta de abril del dos mil dieciocho, con la base de
cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del dieciséis de mayo del dos mil dieciocho con la base de un
millón setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Gladys Blanco Valverde
contra Jorge Eugenio Cortés Porras. Expediente Nº 17-001245-1201-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito
(Materia Cobro), 11 de enero del 2018.—Lic. German Esquivel Campos, Juez.—(
IN2018224082 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de
Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 470-16056-01-0008-001, a las
nueve horas y treinta minutos del seis de abril del dos mil dieciocho, y con la
base de seis millones quinientos cincuenta y tres mil quinientos cincuenta y
cuatro colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo
el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y tres mil quinientos
noventa y cuatro cero cero cero, la cual es terreno con una casa, patio y
granja. Situada: en el distrito Las Horquetas, cantón Sarapiquí, de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte, Ricardo Guerrero Ulate y Aidee María Gonzalez
Álvarez; al sur, Ricardo Guerrero Ulate y Aidee María Gonzalez Álvarez y calle
pública; al este, calle pública, y al oeste, Ricardo Guerrero Ulate y Aidee
María Gonzalez Álvarez. Mide: mil sesenta y cuatro metros con cincuenta y ocho
decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y
treinta minutos del veintitrés de abril del dos mil dieciocho, con la base de
cuatro millones novecientos quince mil ciento sesenta y cinco colones con
cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del ocho de mayo del dos
mil dieciocho, con la base de un millón seiscientos treinta y ocho mil
trescientos ochenta y ocho colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Alimentos del
Norte Sociedad Anónima contra Jhonny Guerrero González. Expediente Nº
12-001374-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia
(Materia Cobro), 13 de noviembre del 2017.—Lic. Pedro Javier Ubau
Hernández, Juez.—( IN2018224085 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del diez de abril
del dos mil dieciocho, y con la base de tres millones de colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa: 722662; marca: B.M.W.,
estilo: X 5, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie:
WBAFA53511LM81143, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4X4, número
chasis: WBAFA53511LM81143, año fabricación: 2001, color: azul, N° motor: no
visible, Cilindrada: 3000 c.c., combustible: gasolina. Para el segundo remate
se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de abril del dos
mil dieciocho, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de mayo del dos mil
dieciocho con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Vacamadi Sociedad Anónima contra Diseños Allan
Sociedad Anónima. Expediente Nº 17-004443-1202-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 01 de febrero del 2018.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas,
Jueza.—( IN2018224091 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del diez de abril
del dos mil dieciocho, y con la base de cinco millones setecientos cincuenta
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número 303.760-000, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 1 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Welfran Porras Quirós; al sur, calle
pública con un frente a ella de 9,90 metros lineales; al este, José Ángel
Gamboa Esquivel; y al oeste, Junta de Educación de Barrio Los ángeles
(escuela). Mide: quinientos cuarenta y dos metros con noventa y siete
decímetros cuadrados. Plano: A-1226917-2008. Para el segundo remate se señalan
las diez horas y treinta minutos del veintiséis de abril del dos mil dieciocho,
con la base de cuatro millones trescientos doce mil quinientos colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas y treinta minutos del catorce de mayo del dos mil dieciocho con
la base de un millón cuatrocientos treinta y siete mil quinientos colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Vacamadi Sociedad Anónima contra
Welfran Vinicio Porras Jiménez. Expediente Nº 17-004445-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 01 de febrero del
2018.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2018224092 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de
paso bajo las citas: 505-05648-01-0008-001; a las quince horas y cero minutos
del diez de abril del dos mil dieciocho, y con la base de dieciocho millones
noventa y nueve mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 381.055-000, la cual
es lote doce, terreno para construir. Situada en el distrito 13 Peñas Blancas,
cantón 2 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre
de paso en un frente de 25.17 metros lineales; al sur, servidumbre de paso en
un frente de 28.34 metros lineales; al este, Jorge Gerardo Ledezma Matamoros; y
al oeste, Mercedes Picado Fallas. Mide: mil diez metros cuadrados. Plano:
A-0732317-2001. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero
minutos del veintiséis de abril del dos mil dieciocho, con la base de trece
millones quinientos setenta y cuatro mil doscientos cincuenta colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las quince horas y cero minutos del catorce de mayo del dos mil dieciocho con
la base de cuatro millones quinientos veinticuatro mil setecientos cincuenta
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jorge Luis Zapata Arroyo
contra German Eladio López Villalobos. Expediente Nº 17-005399-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 31 de enero del
2018.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2018224096 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, a las quince horas y treinta minutos del veinticinco
de abril del año dos mil dieciocho, y con la base de cuatro millones trescientos
veintiséis mil trescientos tres colones con setenta y dos céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número ciento treinta y nueve mil quinientos sesenta y nueve cero cero cero la
cual es terreno construido. Situada en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Quepos,
de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur,
Asociación Pro Desarrollo del cantón de Aguirre; al este, Asociación Pro
Desarrollo cantón de Aguirre y al oeste, calle pública. Mide: quinientos
veinticuatro metros con seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las quince horas y treinta minutos del dieciséis de mayo del año dos
mil dieciocho, con la base de tres millones doscientos cuarenta y cuatro mil
setecientos veintisiete colones con setenta y nueve céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas
y treinta minutos del treinta y uno de mayo del año dos mil dieciocho con la
base de un millón ochenta y un mil quinientos setenta y cinco colones con
noventa y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L contra Margarita de Los Ángeles
Cubillo Vargas, expediente Nº 17-006194-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia
cobro), 08 de febrero del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(
IN2018224097 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y cero
minutos del diecisiete de abril de dos mil dieciocho y con la base de treinta y
ocho mil trescientos sesenta dólares con cincuenta y siete centavos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: EE-032791; marca Caterpillar;
estilo 306 categoría: esquipo especial obras civiles; año 2014; capacidad 1
persona; carrocería excavadora; color amarillo; Vin CAT00306ASMD00521;
cilindrada 2840 cc. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero
minutos del tres de mayo de dos mil dieciocho, con la base de veintiocho mil
veinte dólares con cuarenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos
del veintiuno de mayo de dos mil dieciocho, con la base de nueve mil quinientos
noventa dólares con catorce centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Maquinaria y Tractores
Limitada contra Asdrúbal Chacón Rodríguez, Ganadera Yeta S. A. Exp. N°
17-017139-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 16 de enero del 2018.—Licda. Hellen Mora
Salazar, Jueza.—( IN2018224099 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y veinte
minutos del diecinueve de abril del dos mil dieciocho y con la base de dos
millones quinientos cincuenta y un mil setecientos catorce colones con
veintidós céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número doscientos cuatro mil doscientos noventa y
cinco-cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno para construir con 1
casa. Situada en el distrito 12 Gravilias, cantón 03 Desamparados, de la
provincia de San José. Colinda: al norte; lote 73; al sur; lote, 71; al este,
calle con 7m; y al oeste, lotes 83 y 84. Mide: ciento treinta y tres metros con
cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y
veinte minutos del siete de mayo de dos mil dieciocho, con la base de un millón
novecientos trece mil setecientos ochenta y cinco colones con sesenta y seis
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las trece horas y veinte minutos del veintitrés de mayo de dos mil dieciocho
con la base de seiscientos treinta y siete mil novecientos veintiocho colones
con cincuenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de ASADEM contra
Daniel Madrigal Campos y Roxana Madrigal Campos. Expediente Nº
17-004831-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 15 de diciembre del
2017.—Kreysa Marín Mata, Jueza.—( IN2018224153 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cuarenta
minutos del veintisiete de abril del dos mil dieciocho, y con la base de tres
millones setecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo placa: 368200, marca: Toyota, estilo: Yaris, categoría:
automóvil, capacidad: 5 personas, año 2000, color: dorado, vin:
JTDBT113400034294, cilindrada: 1497 c.c. Para el segundo remate, se señalan las
nueve horas y cuarenta minutos del quince de mayo del dos mil dieciocho, con la
base de dos millones setecientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve
horas y cuarenta minutos del treinta de mayo del dos mil dieciocho, con la base
de novecientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Alex Alfredo Jiménez
Ramírez contra Robert Gazel Briceño. Expediente N° 17-012308-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 31 de
octubre del 2017.—Licda. Heilim Badilla Alvarado, Jueza.—( IN2018224175 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y cero minutos
del veintidós de agosto de dos mil dieciocho y con la base de diez mil dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número quinientos treinta y siete mil ochocientos noventa
y cuatro-cero cero dos, la cual es terreno para construir, lote 105. Situada en
el distrito 11 San Sebastián, cantón 01 San José de la provincia de San José.
Colinda: al norte lote 106; al sur lote 104; al este lote 116 y al oeste calle
pública con 7 metros. Mide: ciento veintidós metros con cincuenta decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del
seis de setiembre de dos mil dieciocho, con la base de siete mil quinientos
dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintiuno de setiembre de
dos mil dieciocho, con la base de dos mil quinientos dólares exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Glen Guillermo Álvarez Salas contra Julio
Esteban Ayerdis Thomas. Exp. N° 17-015562-1338-CJ.—Juzgado Tercero
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 31 de
enero del 2018.—Licda. Brenda Vargas Quesada, Jueza.—( IN2018224183 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y cero
minutos del dieciséis de mayo del año dos mil dieciocho, y con la base de
setenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y seis dólares con dos centavos,
moneda de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento diecisiete
mil cuatrocientos dos-F-cero cero cero la cual es terreno finca filial Nº 97 de
una planta ubicada en el 2 nivel destinada a uso habitacional en proceso de
construcción. Situada en el distrito Guácima, cantón Alajuela, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte: finca filial 94; sur, finca filial 98; este,
espacio aéreo y oeste, espacio aéreo. Mide: cien metros con dieciséis
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero
minutos del treinta y uno de mayo del año dos mil dieciocho, con la base de
cincuenta y cinco mil noventa y dos dólares con un centavo (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cero minutos del quince de junio del año dos mil dieciocho con la base de
dieciocho mil trescientos sesenta y cuatro dólares con un centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Davivienda (Costa Rica) S. A., contra Ricardo Alberto Laborde Laborde,
expediente Nº 17-001574-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia cobro), 20 de febrero
del 2018.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—( IN2018224200 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada citas 0317-00007530-01-0901-001; a las nueve horas y treinta minutos
del cuatro de mayo de dos mil dieciocho y con la base de siete millones
quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo
el Sistema de Folio Real, matrícula N° 165-039-000, la cual es terreno para
construir con un local comercial. Situada: en el distrito 05 Santa Teresita,
cantón 05 Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, José Efraín
Salguero Jiménez; al sur, calle pública; al este, calle pública y al oeste, Dagoberto
Rojas Montero. Mide: doscientos veintiocho metros con ochenta y siete
decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y
treinta minutos del veintiuno de mayo del dos mil dieciocho, con la base de
cinco millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y
treinta minutos del cinco de junio del dos mil dieciocho con la base de un
millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: en caso de que existan postores el día de
efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda
diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de
cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda,
según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Carlos Enrique Zúñiga Fallas contra Jorge
Alfredo Gerardo Brenes Quesada. Expediente N° 17-003888-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 27 de febrero del 2018.—Licda. Pilar
Gómez Marín, Jueza.—( IN2018224229 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y treinta
minutos del once de junio del año dos mil dieciocho y con la base de cuarenta y
tres mil novecientos cincuenta y cinco dólares con setenta y seis centavos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número trescientos veintiún mil quinientos veintiséis cero cero cero
la cual es terreno lote 26 F, terreno para construir con una casa .Situada en
el distrito San José , cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, lote 25 F ; al sur, lote 27 F ; al este, calle tercera publica y al
oeste, lote 5 F. Mide: ciento cincuenta y un metros con treinta y cuatro
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y
treinta minutos del veintiséis de junio del año dos mil dieciocho, con la base
de treinta y dos mil novecientos sesenta y seis dólares con ochenta y dos
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las once horas y treinta minutos del once de julio del año dos mil
dieciocho, con la base de diez mil novecientos ochenta y ocho dólares con
noventa y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Geerin Fernando Jesús Jiménez Álvarez. Exp.
16-016758-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial
De San José, Sección Tercera, 15 de febrero del 2018.—Lic. Gonzalo Gamboa
Valverde, Juez.—( IN2018224238 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero
minutos del trece de abril del año dos mil dieciocho, y con la base de catorce
millones ochocientos ochenta mil seiscientos colones con setenta y cinco
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número diez mil quinientos cuarenta y seis cero cero
cero la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito uno La Cruz, cantón
diez La Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Cabresa Zúñiga
S. A. y Marcos Vegas Chaves; al sur, El Quetzal Rojo EQR S. A. y Seferino Leal
Leal; al este, Vinicio Tinoco Duarte, Domingo Cubillo Rosales y Seferino Leal
Leal y al oeste, Marco Vega Chaves, Salvadora Morales Torres en medio camino
público con 352.88 m. Mide: quinientos mil metros cuadrados. Plano:
G-1058024-2006. Para el Segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos
del treinta de abril del año dos mil dieciocho, con la base de once millones
ciento sesenta mil cuatrocientos cincuenta colones con cincuenta y seis
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se
señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de mayo del año dos mil
dieciocho con la base de tres millones setecientos cincuenta mil ciento
cincuenta colones con diecinueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Manuel Antonio Alan Montiel, Tramalan San Antonio
M.A. S. A. Exp.: 12-001100-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y
Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia (Materia Cobro),
16 de febrero del 2018.—Lic. Jorge Zúñiga Jáen, Juez.—( IN2018224245 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones citas: 0404-00001755-01-0901-001, reservas y restricciones citas:
0404-00001755-01-0921-001, reservas y restricciones citas:
0404-00001755-01-0922-001, servidumbre de acueducto citas:
0556-00003221-01-0004-001 y servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
0556-00003231-04-0007-001 y advertencia Administrativa Resolución de las trece
horas del 20 de abril del 2017, expediente 2017-0214-RIM; a las quince horas y
cero minutos (03:00 pm) del veintisiete de abril del dos mil dieciocho, y con
la base de ochenta y siete millones seiscientos sesenta y seis mil trescientos
noventa y tres colones con veinte céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente. Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 212153-000, la
cual es terreno parcela norte: terreno de café, plátano, fruta, caña
restaurante y casa. Situada en el distrito 03 Orosí, cantón 02 Paraíso, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, Luis Cortés Solano; al sur, parcela
sur de Albergue Turístico Kiri S. A., Madison Enterprises S. A. calle pública
con 420.6 m; al este, Víctor Brenes Román y parcela sur de Albergue Turístico
Kiri S. A.; y al oeste, río Quiri y calle pública con 83.13 m. Plano:
C-1178158-2007, identificador predial: 302030212153. Mide: sesenta y seis mil
seiscientos sesenta y nueve metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos (03:00 pm)
del quince de mayo del dos mil dieciocho, con la base de sesenta y cinco millones
setecientos cuarenta y nueve mil setecientos noventa y cuatro colones con
noventa céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las quince horas y cero minutos (03:00 pm) del treinta de
mayo del dos mil dieciocho con la base de veintiún millones novecientos
dieciséis mil quinientos noventa y ocho colones con treinta céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Albergue Turístico Kiri Sociedad
Anónima. Expediente Nº 16-000004-1164-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro de Cartago, 20 de febrero del 2018.—Licda. Karina
Quesada Blanco, Juez.—( IN2018224246 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes prendarios, a las ocho horas y cero minutos (08:00 a. m.) del
veintisiete de abril del dos mil dieciocho, y con la base de veinticuatro mil
setecientos cincuenta y dos dólares con setenta y siete centavos, en el mejor
postor, remataré lo siguiente: Vehículo placa Nº: BFM217, vin:
MMBGNKG40EF002569, año: 2014, color: gris, marca: Mitsubishi. Para el segundo
remate, se señalan las ocho horas y cero minutos (08:00 a. m.) del quince de
mayo del dos mil dieciocho, con la base de dieciocho mil quinientos sesenta y
cuatro dólares con cincuenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos
(08:00 a. m.) del treinta de mayo del dos mil dieciocho, con la base de seis
mil ciento ochenta y ocho dólares con diecinueve centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB
Créditos Sociedad Anónima contra Porfirio Saul de la Trinidad Solano Sabatier.
Expediente Nº 17-001020-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
14 de febrero del 2018.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2018224248 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando
infracciones/colisiones bajo la sumaria 16-601702-0500-TC y 17-601709-0491-TC;
a las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de abril de dos mil
dieciocho, y con la base de cuarenta mil ochocientos treinta y cuatro dólares
con dieciocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo:Placas número CRT143. Marca Mitsubishi. Estilo Montero GLS. Categoría
automóvil. Capacidad 7 personas. Año 2016. Color gris. Vin JMYLYV98WGJ000233.
Cilindrada 3200 CC. Combustible diesel. Motor Nº 4M41UAN9432. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de mayo de dos mil
dieciocho, con la base de treinta mil seiscientos veinticinco dólares con
sesenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de
mayo de dos mil dieciocho con la base de diez mil doscientos ocho dólares con
cincuenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos S. A. contra Alexander de Los
Ángeles Calderón Muñoz. Exp. N°
17-011967-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 26 de
febrero del 2018.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2018224250 ).
En la puerta exterior de este Despacho; soportando
hipoteca de primer grado citas: 474-07419-01-0079-001. Hipoteca de segundo
grado citas: 2014-165246-01-0001-001; a las siete horas y treinta minutos del
veinticinco de abril del dos mil dieciocho, y con la base de veintidós millones
ochocientos diez mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento diecisiete
mil doscientos nueve cero cero cero, la cual es terreno lote número tres
segundo etapa terreno con una casa situada en el distrito 1-Golfito, cantón
7-Golfito de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, IMAS, sur, calle
pública, este, IMAS, oeste, IMAS con un frente lineal de 9 metros 48
centímetros. Mide: ciento ochenta y siete metros con dieciocho decímetros
cuadrados. Plano: P-0026692-1992. Para el segundo remate, se señalan las siete
horas y treinta minutos del once de mayo del dos mil dieciocho, con la base de
diecisiete millones ciento siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las siete horas
y treinta minutos del veintiocho de mayo del dos mil dieciocho con la base de
cinco millones setecientos dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Hermes Solórzano Villalobos contra Virginia Chaves Picado. Expediente N°
17-000603-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de
Golfito (Materia Cobro), 17 de enero del 2018.—Lic. German Esquivel Campos,
Juez.—( IN2018224254 ).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando limitaciones
inscritas mediante las citas 364-00011233-01-0891-003 y servidumbre trasladada
inscrita según citas 364-00011233-01-0892-005; a las nueve horas del veinticinco
de abril del dos mil dieciocho, y con la base de siete millones trescientos
veintisiete mil quinientos veintiséis colones con seis céntimos, (rebajada en
un veinticinco por ciento de la base original), en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, provincia de Limón, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número treinta y seis
mil trescientos sesenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir
lote doscientos cincuenta y dos con una casa de habitación. Situada: en el
distrito Limón, cantón Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte,
calle; al sur, lote 251; al este, lotes 248 y 250, y al oeste, lote 253. Mide:
dos mil quinientos dieciséis metros con treinta y cinco decímetros cuadrados.
Plano: L-0720528-1987. Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Eduber Rojas Núñez. Expediente N°
05-100908-0473-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Materia Civil), 28 de febrero del
2018.—Licda. Guiselle Arguello González, Jueza.—( IN2018224258 ).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada citas: 304-16902-01-0002-001, plazo de convalidación (rectificación
de medida) citas: 2011-298102-01-0003-001; a las once horas con treinta minutos
del treinta de abril del año dos mil dieciocho, y con la base de ciento
veintisiete millones setenta y tres mil setecientos sesenta y cinco colones con
noventa y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número 177654-000, la cual es terreno
repastos, tacotal. Situada en el distrito 04 San Nicolás, cantón 01 Cartago, de
la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Carlos Rojas Acuña E. Ismaela
Roldán Castro; al sur, Luz Roldán Sanabria; al este Freak Creativa Sociedad
Anónima y calle pública con un frente de tres metros, cinco centímetros y al
oeste, Felipe Byrd Byrd. Mide: noventa y cinco mil doscientos cuarenta y seis
metros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las once horas con treinta
minutos del dieciséis de mayo del año dos mil dieciocho, con la base de noventa
y cinco millones trescientos cinco mil trescientos veinticuatro colones con
cuarenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
Tercera subasta se señalan las once horas con treinta minutos del treinta y uno
de mayo del año dos mil dieciocho con la base de treinta y un millones
setecientos sesenta y ocho mil cuatrocientos cuarenta y un colones con cuarenta
y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo
Comunal contra Francisco Elías Cambronero Monge. Exp.: 14-035447-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, (Sección
Tercera), 29 de enero del 2018.—Licda. Daisy Hidalgo Arias, Jueza.—(
IN2018224261 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del seis de abril de dos
mil dieciocho, y con la base de catorce mil setecientos setenta y cuatro
dólares con noventa y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo: placa: BKN586, marca: Toyota, categoría: automóvil, Vin:
MR2BT9F39G1176306, año: 2016, color: plateado, cilindrada: 1.500 c.c. Para el
segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veinticuatro de
abril del dos mil dieciocho, con la base de once mil ochenta y un dólares con
veintiún centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las once horas y cero minutos del diez de mayo del dos mil
dieciocho con la base de tres mil seiscientos noventa y tres dólares con
setenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten
la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente
edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente
al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Davivienda Costa
Rica S. A. contra Mario José Berrocal Velasquez, Nancy Vanessa Chaves Jiménez.
Expediente Nº 17-010573-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 05 de febrero del 2018.—Licda. Pilar Gómez Marín,
Jueza.—( IN2018224275 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios, pero soportando Colisión de la sumaria 18-000659-0496-tr
boleta 2017229901073 del Juzgado de Tránsito de Cartago; a las catorce horas y
cero minutos del trece de abril de dos mil dieciocho, con la base de tres
millones doscientos dieciocho mil seiscientos cincuenta y tres colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo Placas BBP389. Marca: B.M.W.
Estilo: X3 Categoría: automóvil Capacidad: 5 personas Serie: WBXPA93454WA30313
carrocería: todo terreno 4 puertas Tracción: 4X4 Número chasis:
WBXPA93454WA30313 Año Fabricación: 2004 color: negro Moneda: colones VIN:
WBXPA93454WA30313 Motor: no visible Modelo: 2004 Cilindrada: 3000 C.C
Cilindros: 6 Potencia: 98 KW Combustible: gasolina. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de abril de dos mil
dieciocho, con la base de dos millones cuatrocientos trece mil novecientos
ochenta y nueve colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del dieciséis de mayo de dos mil dieciocho con la base de
ochocientos cuatro mil seiscientos sesenta y tres colones con veinticinco
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Auto Finanzas S. A. contra José David Navarro Valerín. Exp.
17-013090-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 14 de
febrero del 2018.—Licda. Karol Muñoz Barahona, Jueza.—( IN2018224278 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del trece de junio de
dos mil dieciocho, y con la base de diecinueve millones ochocientos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número doscientos noventa y cuatro mil veintiocho cero
cero cero la cual es terreno para construir lote 513 con una casa. Situada en
el distrito 1-Alajuela, cantón 1- Alajuela, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte INVU; al sur lote 512; al este lote 490 y al oeste calle
pública. Mide: noventa y dos metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de
junio de dos mil dieciocho, con la base de catorce millones ochocientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del trece de julio
de dos mil dieciocho con la base de cuatro millones novecientos cincuenta mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Daniel Jesús Calderón
Chaves Exp:17-000532-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí
(Materia Cobro), 7 de marzo del 2018.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—(
IN2018224283 ).
Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de Francisco
Padilla Morales, a una junta que se verificará en este Juzgado a las trece
horas y treinta minutos del nueve de abril del año dos mil dieciocho (01:30
horas del 09/04/2018), para conocer acerca de los extremos que establece el
artículo 926 del Código Procesal civil. Exp. N° 05-100028-0188-CI.—Juzgado
Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 18 de
octubre del 2017.—Lic. Carlos Eduardo Rojas Rojas, Juez.—1 vez.—Exento.—(
IN2017183076 ).
Se convoca a todas las personas interesadas en la
sucesión de: Grace María Chacón Villalobos, a una junta que se verificará en
este Juzgado, a las ocho horas y cero minutos del nueve de abril del dos mil
dieciocho, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926
del Código Procesal Civil. Expediente Nº 15-000200-0504-CI.—Juzgado Civil de
Heredia, 07 de febrero del 2018.—Licda. María Inés Mendoza Morales,
Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018219071 ).
Se hace saber
que ante este Despacho se tramita el expediente N° 17-000084-0390-CI, donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de Gloriana Victoria
Durán Reyes, quien es mayor, estado civil, divorciada vecina de San José, San
Francisco de Dos Ríos, frente al Gimnasio del Polideportivo de San Francisco,
portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe N° 08-0039-0049,
profesión: ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la
provincia de Puntarenas, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito cuarto Lepanto, cantón primero, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, Greivin Artavia Jara; al sur, Laureano Ronulfo, Elena, Jose
Alix Reyes Gómez; al este, Albertina Gómez Gómez, y al oeste, calle pública.
Mide: un mil cuarenta y siete metros cuadrados. Indica el promovente que sobre
el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de: dos millones colones.
Que adquirió dicho inmueble: Por compra venta, y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en chapia del terreno, cercado del mismo, mantenimiento y conservación del
inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por. Expediente N°
17-000084-0390-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste, Nicoya, (Materia Civil), 29 de enero del 2018.—Lic. David
Matamoros Salazar, Juez.—1vez.—( IN2018223234 ).
Se hace saber que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 16-000132-0188-CI, donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Jorlenny Leitón Bolaños,
quien es mayor, soltera, educadora, portadora de la cédula de identidad vigente
que exhibe número 1-1130-0122, vecina de Barrio Lourdes, San Isidro, Pérez
Zeledón, frente a Infesa, carretera Interamericana Sur, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: que es terreno sin inscribir en el registro público con una casa de
habitación y patio. Situado en distrito tercero Daniel Flores, cantón
decimonoveno Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte;
Leibona S. A., al sur; carretera interamericana con un frente de diez metros
con veinticinco centímetros, al este; con Elizabeth Leitón Bolaños, al oeste;
con General de Bienes Raíces S. A. Mide: quinientos cuarenta y tres metros
cuadrados, corresponde al plano inscrito en el catastro nacional número SJ-un
millón novecientos tres mil ochocientos treinta y cinco-dos mil dieciséis.
Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de seis millones colones. Que adquirió dicho inmueble de Floribeth Bolaños
Navarro, con quien liga parentesco de hija, y hasta la fecha lo ha mantenido en
forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en
construcción de una casa de habitación, construcción de tapias mantenimientos
de zona verde y habitación dentro de la casa indicada. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se
apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria promovida por Jorlenny Leitón Bolaños. Expediente:
16-000132-0188-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de
la Zona Sur, (Pérez Zeledón), (Materia Civil), 21 de agosto del 2017.—Lic.
Joshua Zamora Méndez, Juez.—1 vez.—( IN2018223274 ).
Se hace saber que ante este Despacho se encuentra
el expediente N° 17-000037-0388-CI, el cual corresponde a un proceso de
diligencias de información posesoria, promovido por Pilar Giovanni Zamora
Santana, mayor de edad, casado dos veces, comerciante, con cédula cinco-ciento
noventa y seis-novecientos noventa y uno, y Karina Auxiliadora Valdivia Pérez,
mayor, casada una vez, de nacionalidad nicaragüense, con cédula de residencia
número tino cinco cinco ocho cero cinco uno cuatro cero tres uno siete, todos
vecinos de Villa Real de Santa Cruz, trescientos metros oeste del cruce, el cual
interpusieron a fin de que se inscriban a sus nombres un medio de la finca que
se dirá y ante el Registro Público de la Propiedad, un terreno que es para
construir con una casa, situado en Villarreal, distrito 09 Tamarindo, cantón 03
Santa Cruz, provincia de Guanacaste; el cual colinda al norte: calle pública
con un frente a ella de nueve metro setenta y siete centímetros lineales, sur:
Manuel Zamora Contreras, este: Justo Greivin Rosales Zamora conocido como Justo
Edwin Rosales Zamora y oeste: Manuel Zamora Contreras; mide 552 m2,
según plano G-1770821-2014. Indica la parte promotora: que sobre el mismo no
pesan cargas reales o gravámenes, que mediante dicho proceso no pretende evadir
las consecuencias de un juicio sucesorio, que estima el inmueble en un dos
millones de colones, que lo adquirió mediante donación que les hiciera el señor
Castulo Manuel Zamora Contreras, mayor, casado una vez, pensionado, cédula:
05-082-0573, quien es padre y suegro, el día 19 de junio del 2015, que hasta la
fecha lo ha poseído en calidad de única persona propietaria y en forma
continua, pública y pacífica; que los actos de posesión que ha ejercido sobre
el han consistido en el inmueble, arreglo y reparación de la misma, arreglo de
la cerca limpieza y cuido en general de toda la propiedad; que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles y que
carece de título inscribible de dominio. Por tal razón y de conformidad con el
artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias, se emplaza por este medio a
todas las personas interesadas en este asunto, a efecto de que dentro del plazo
de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante
este despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil de Santa Cruz,
Guanacaste, 22 de noviembre de 2017.—Lic. Carlos Ruiz Rodríguez, Juez.—1
vez.—( IN2018223288 ).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el
expediente N° 18-000014-0419-AG, donde se promueven diligencias de información
posesoria por parte de Doris María de Los Ángeles Fonseca Valerio, mayor de
edad, casada en segundas nupcias, costarricense, comerciante, cédula de
identidad N° 1-0582-0188, vecina de San Isidro de Pérez Zeledón, provincia de
San José, Barrio Cooperativa, 25 metros al sur y 100 al este del Liceo Calderón
Guardia, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es Breñón.
Situada: en el distrito cuarto Bahía Ballena, cantón quinto Osa, de la
provincia de Puntarenas. Colindancias: norte; servidumbre de uso agrícola,
Doucho Casta S.R.L, y Bavaria del Atardecer Jade III S. A., sur, Quebrada en
medio de Luis Mora Mora, este, Bahía Ewart VII S.A, oeste, finca Bavaria S. A.
Mide: dos hectáreas dos mil quinientos dos metros cuadrados, tal como lo indica
el plano catastrado número P-2019966-17. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de tres millones colones cada una. Que adquirió dicho
inmueble por compra venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta,
pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de
veinticinco años. Que existen condueños. Que los actos de posesión han
consistido en limpieza de los carriles, Chapeas, Cuido y conservación
voluntaria de los recursos naturales (tacotal). Que no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que,
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Doris María de Los Ángeles Fonseca Valerio. Expediente
N° 18-000014-0419-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de La
Zona Sur (Corredores), Corredores, 26 de febrero del 2018.—Juan
Gutiérrez Villalobos, Juez.—1 vez.—( IN2018223318 ).
Se hace saber: Que ante
este Despacho se tramita el expediente Nº 16-000458-0638-CI donde se promueven
diligencias de Información Posesoria por parte de: Socorro Arturo Arroyo
Arroyo, mayor, casado, pensionado, cédula Nº 2-225-535, vecino de Alajuela, a
fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el
terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual
es terreno para construir. Situada: en el distrito quinto, cantón primero, de
la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con veintidós metros
con cuarenta y ocho decímetros cuadrados; al sur, Luis Diego Meza Martínez; al
este, Cristian Osvaldo Rojas Bryam, y al oeste, calle pública con treinta y
cinco metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Mide: ochocientos
sesenta y cinco metros cuadrados, según plano Nº A-1853219-2015. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de treinta y cinco millones de colones exactos. Que adquirió dicho
inmueble y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta.
Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se
emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria,
a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación
de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.
Proceso Información Posesoria, promovida por Socorro Arturo Arroyo Arroyo.
Expediente Nº 16-000458-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial
de Alajuela, Alajuela, 21 de febrero del 2018.—Lic. Carlos Esteban Sancho
Araya, Juez.—1 vez.—( IN2018223348 ).
Se hace
saber: que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Marco Tulio Gerardo Jiménez Blanco, mayor, estado civil casado, profesión
dato desconocido, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad
0600980570 y vecino de Pavas, Lomas del Río, Metrópolis I, del Higuerón 300
metros al norte, 150 metros al oeste casa número 189 a mano derecha. Se cita a
las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las
personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 17-000096-1721-CI.—Juzgado Contravencional
y de Menor Cuantía de Pavas (Materia Civil), 04 de
diciembre del 2017.—Licda. Lorena Delgado Ruiz, Jueza.—1 vez.—( IN2018223190 ).
Se emplaza a las partes
quien crea tener un mejor derecho al sucesorio de quien en vida fue la señora:
Jeannette Salas González, cédula número: nueve cero cero dos cuatro cero cinco
tres cinco, en la notaría de María de los Ángeles Solano Mora, con oficina en
San José, Vásquez de Coronado, de la Bomba El Trapiche 300 al norte, 400 oeste
y 25 al sur, en el plazo de treinta días a partir de la fecha de publicación de
este edicto, sino su haber pasará a quien corresponda.—San José, 23 de febrero
del 2018.—Licda. María de los Ángeles Solano Mora, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2018223219 ).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Eli Solórzano Rojas, mayor, estado
civil soltero, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N°
02-0123-0609 y vecino de San Vito de Coto Brus. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 16-000050-0920-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores)
(Materia Civil), 16 de enero del 2018.—Lic. Dany Gerardo Matamoros Bendaña,
Juez.—1 vez.—( IN2018223227 ).
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Hipólito Fabrisiano Mediano Pérez,
mayor, estado civil: soltero, nacionalidad: costarricense, con documento de
identidad Nº 0500680233, y vecino de Liberia, Guanacaste. Se cita a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 17-000024-0944-CI.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito
del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Civil), 08 de
febrero del 2018.—Lic. Carlos Humberto Venegas Avilés, Juez.—1 vez.—(
IN2018223237 ).
Se cita emplaza a todos los interesados en la
sucesión notarial de Marvin Antonio Granados Lobo, quien fue mayor, casado una
vez, dibujante arquitectónico, vecino de San José, León Trece, calle principal
setenta y cinco metros al este de la terminal de Buses, cédula de identidad
número 1-0607-0721. Para que dentro del plazo de treinta días contados a partir
de la publicación de este Edicto, comparezcan ante esta notaría a reclamar sus
derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se
presentan dentro de dicho plazo la herencia pasara a quien corresponda.
Expediente: número cero cero cero tres-dos mil diecisiete. Bufete de la notaria
Alejandra Castro Peck.—Licda. Alejandra Castro Peck, Notaria.—1 vez.—(
IN2018223276 ).
Se hace saber que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio testamentario, de quien en vida se
llamó José María Edwin Quesada Montoya, mayor, divorciado, pensionado, vecino
de Cartago, cédula de identidad: N° 03-0083-0082, costarricense. Se cita a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no,
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 18-000072-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de febrero
del 2018.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2018223315 ).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Claudio Jiménez Méndez, casado,
pensionado, cédula de identidad N° 0301390530, vecino de Oreamuno de Cartago.
Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas
las personas interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 18-000027-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor
Cuantía de Cartago, 19 de febrero del 2018.—Licda. Hellen Gutiérrez
Desanti, Jueza.—1 vez.—( IN2018223316 ).
Se hace saber que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rafael
Gerardo Marín Venegas, mayor, estado civil, casado, profesión, nacionalidad
Costa Rica, con documento de identidad N° 0700500382 y vecino de No Indica. Se
cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las
personas interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 18-000014-0188-CI.—Juzgado Civil y Trabajo
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil),
27 de febrero del 2018.—Lic. José Celso Fernández Delgado, Juez.—1 vez.—(
IN2018223317 ).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Blanca Nieves Azofeifa Solano,
mayor, estado civil viuda, ama de casa, vecina de Orotina Centro, Barrio
Kilometro II, con cédula de identidad N° 2-186-170. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no,
se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 17-000461-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial
de Alajuela, 23 de noviembre del 2017.—Licda. Sandra Trejos Jiménez,
Jueza.—1 vez.—( IN2018223321 ).
Se emplaza a herederos y demás interesados en la
sucesión de quien en vida se llamó: Juan Guerrero Loría, quien fue mayor,
casado una vez, comerciante, vecino de Alajuela, El Roble, portador de la
cédula de identidad número: dos-cero tres seis cuatro-cero ocho siete tres,
para que, en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, se apersonen ante esta notaría, en defensa de sus derechos,
apercibidos de que si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien
corresponda. Notario público: Guillermo Jiménez Chacón, Alajuela, del Banco
Popular cien metros al sur y veinticinco metros al este. Expediente Nº
0001-2018.—Lic. Guillermo Jiménez Chacón, Notario Público.—1 vez.—(
IN2018223337 ).
Sucesorio de Ramón Pérez
Pérez, cédula identidad N° 1-0473-0099 y Carmen Montes Corrales, cédula
identidad N° 1-0189-0471 por este medio convoco a eventuales herederos y a
cualquier otro interesado en la sucesión de Ramón Pérez Pérez y Carmen Montes
Corrales para que en el plazo de treinta días hábiles contados a partir del día
siguiente en que salió publicado este edicto, ante la oficina de mi Notaría ubicada
en la ciudad de San José, Desamparados detrás del Multicentro, se apersonen y
hagan valer sus derechos en el entendido de que pasado dicho plazo la herencia
pasará a favor de quienes en derecho corresponda. Expediente 2017-00015.—Lic.
Askenaz Javier Calvo Marcos, Notario.—1 vez.—( IN2018223340 ).
Sucesorio de: Robert Franklin Henry, identificación
DI175106353048, quien en vida era casado tres veces, por este medio convoco a
eventuales herederos y a cualquier otro interesado en la sucesión de: Robert Franklin
Henry, para que, en el plazo de treinta días hábiles contados a partir del día
siguiente en que salió publicado este edicto, ante la oficina de mi notaría,
ubicada en la ciudad de San José, Desamparados, detrás del Multicentro, se
apersonen y hagan valer sus derechos en el entendido de que pasado dicho plazo,
la herencia pasará a favor de quienes en derecho corresponda. Expediente Nº
2017-00016-ACM..—Lic. Askenaz Javier Calvo Marcos, Notario Público.—1 vez.—(
IN2018223341 ).
Se hace saber que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ricardo
Guila Borrase, mayor, estado civil viudo, profesión ingeniero civil,
nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0101870461 y vecino de
Heredia. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general
a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 18-000009-0504-CI.—Juzgado Civil de
Heredia, 26 de febrero del 2018.—Licda. Sandra Trejos Jiménez, Jueza.—1
vez.—( IN2018223342 ).
A solicitud de la señora Olga Chavarría Céspedes y
comprobado el fallecimiento de Orlando Guardia Gutiérrez, cédula 1-0372-0935,
el 13 de febrero del 2018, esta Notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestado. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se
tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como esta lo ha
indicado. Notaría del Licenciado Mario Andrés Rodríguez Obando, San José,
Zapote, Barrio Los Yoses Sur, avenida 18, calle 37ª, teléfono: 2234-8204.—San
José, 2 de marzo del 2018.—Lic. Mario Rodríguez Obando, Notario.—1 vez.—(
IN2018223343 ).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ronald Francisco Fonseca Carvajal,
mayor, divorciado, costarricense, con documento de identidad 0104820248 y
vecino de Barrio México. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien
corresponda. Expediente N° 17-000339-0180-CI.—Juzgado Primero Civil de San
José, 26 de febrero del 2018.—Lic. Miguel Ángel Rosales Alvarado, Juez.—1
vez.—( IN2018223356 ).
Ante esta notaría, se está tramitando proceso
sucesorio notarial ad intestato de quien en vida se llamó Carlos Jaime Espinoza
Sequeira, quien fue mayor, viudo, quien portó la cédula de identidad número
cinco-cero cincuenta y nueve-novecientos treinta y siete. Se cita y emplaza a
los presuntos herederos y demás interesados en el proceso para que dentro del plazo
de treinta días siguientes a la publicación de este edicto en el Boletín
Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos, apercibiéndose de que si
no lo hicieran, la herencia pasara a quien legalmente corresponda.—Guanacaste,
Nicoya, setenta y cinco metros al sur del parque, a las quince horas treinta
minutos del veintiséis de febrero del dos mil dieciocho.—Lic. César Jiménez
Fajardo, Notario.—1 vez.—( IN2018223357 ).
Ante esta notaría, se está tramitando proceso
sucesorio notarial ad intestato de quien en vida se llamó: Carlos Jaime
Espinoza Sequeira, quien fue mayor, viudo, quien portó la cédula de identidad
número: cinco-cero cincuenta y nueve-novecientos treinta y siete. Se cita y
emplaza a los presuntos herederos y demás interesados en el proceso, para que,
dentro del plazo de treinta días siguientes a la publicación de este edicto en
el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos,
apercibiéndose de que, si no lo hicieran, la herencia pasará a quien legalmente
corresponda. Notaría del Lic. César Jiménez Fajardo, Nicoya, Guanacaste,
setenta y cinco metros al sur del parque, a las quince horas treinta minutos
del veintiséis de febrero del dos mil dieciocho.—Lic. César Jiménez Fajardo,
Notario Público.—1 vez.—( IN2018223358 ).
Ante esta notaría, se está tramitando proceso
sucesorio notarial ad intestato de quien en vida se llamó Juan Baustista
Espinoza Vidaurre, quien fue mayor, soltero, quien porto la cédula de identidad
número cinco-cero treinta y uno-ciento ochenta y uno. Se cita y emplaza a los
presuntos herederos y demás interesados en el Proceso para que dentro del plazo
de treinta días siguientes a la publicación de este edicto en el Boletín
Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos, apercibiéndose de que si
no lo hicieran, la herencia pasara a quien legalmente corresponda.—Guanacaste,
Nicoya, setenta y cinco metros al sur del parque, a las quince horas del
veintiséis de febrero del dos mil dieciocho.—Lic. César Jiménez Fajardo,
Notario.—1 vez.—( IN2018223359 ).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Jorge Álvaro Arce Solórzano, mayor,
estado civil Casado una vez, profesión comerciante, nacionalidad costarricense,
con documento de identidad 0103040941 y vecino Guácimo. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 18-000003-1545-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor
Cuantía de Guácimo (Materia Civil), 19 de febrero del
2018.—Licda. Seilin López González, Jueza.—1 vez.—( IN2018223371 ).
Se hace saber: que en
este Despacho se tramita el proceso sucesorio testamentario de quien en vida se
llamó Cecilia Erlinda Martínez Sánchez, mayor, viuda, oficios de hogar, vecina
de Paraíso de Cartago, cédula de identidad Nº 03-0240-0022. Se cita a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 17-000065-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago,
17 de febrero del 2017.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—(
IN2018223385 ).
Se hace saber: Que en
este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Daniel
Chacón Mora, mayor, estado civil soltero en unión de hecho, nacionalidad Costa
Rica, con documento de identidad 0201380295 y vecino de Luzon de Batan. Se cita
a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las
personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 17-000019-0465-AG.—Juzgado Agrario del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 26 de febrero del
2018.—Licda. Rosaura Segnini Vargas, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018223398 ).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito de la persona menor Nahomi Anchía Ruiz y Darlyn Anchía
Ruiz, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que
se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente
N° 18-000016-0292-FA. Clase de Asunto Depósito Judicial.—Juzgado de Familia
del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las catorce horas y treinta y
seis minutos del veinticinco de febrero del dos mil dieciocho.—Msc. Pablo
Amador Villanueva, Juez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2018222655 ). 3 v. 3
Se cita y emplaza a todas
las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad
Brenda Victoria Sánchez Segura, para que se apersonen a este Juzgado dentro del
plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del
edicto ordenado. Expediente N° 18-000050-0688-FA. Clase de Asunto Depósito
Judicial.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela, San Ramón, (Materia Familia), a las nueve horas y
cuarenta y ocho minutos del veintiuno de febrero del dos mil dieciocho, 27 de
febrero del 2018.—Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018222661 ). 3 v. 3
Se avisa a Luis Alcides
Sánchez Pérez, mayor, nicaragüense, sin más datos conocidos, que en este
Juzgado se tramita expediente proceso especial de protección a la niñez y la
adolescencia promovido por el Patronato Nacional de la
Infancia bajo expediente Nº 18-000175-1302-FA, donde se solicita medidas de
protección a favor del menor Luis Olivier Sánchez Gómez. Se le concede el plazo
de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga a este
proceso. Por ordenarse así en proceso protección a la Niñez y la Adolescencia
promovido por el PANI, expediente Nº 18-000175-1302-FA.—Juzgado de Familia
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 28 de febrero del 2018.—Licda.
Kensy Cruz Chaves, Jueza.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2018222672 ). 3 v. 3
Se cita y emplaza a todas
las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad
Kevin Martín Espinoza Arce, nacido el 11/08/2001, quien aparece ante el
Registro Civil bajo la cédula 402520472 como hijo de Álvaro Espinoza Martínez y
Mayela Arce Rodríguez, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de
treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto
ordenado. Expediente N°17-000877-0364-FA. Clase de Asunto depósito judicial.—Juzgado
de Familia de Heredia, 21 de febrero del 2018.—Lic. José Miguel Fonseca
Vindas, Juez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018222964 ). 3 v. 2
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito judicial del menor de edad Anderzon Aaron Vargas Arce
hijo de Katherine Paola Arce Elizondo y Roberth Aaron Vargas Alvarado, para que
se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a
partir de la última publicación del edicto ordenado, en este Juzgado se tramita
el expediente N° 18-000174-1302-FA, correspondiente a diligencias de depósito
judicial de menor de edad, promovidas por el licenciado Ernesto Romero Obando,
representante legal del Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita
que se apruebe el Depósito del menor de edad Anderzon Aaron Vargas Arce.
Expediente N°18- 000174-1302-FA. Clase de Asunto depósito judicial .—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 28 de febrero del
2018.—Licda. Kensy Cruz Chaves, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2018223033 ). 3
v. 2
Licda. María Inés Mendoza Morales, Jueza
Tramitadora del Juzgado Civil de Heredia; hace saber a Benedicto Thelmo Zamora
Segura, documento de identidad 0401550765, casado, cocinero, vecino de Heredia,
que en este Despacho se interpuso un proceso presunción de muerte en su contra,
bajo el expediente número 16-000082-0504-CI donde se dictaron las resoluciones
que literalmente dicen: De conformidad con lo expuesto y normativa citada, se
acoge la solicitud de declaratoria de muerte presunta planteada. En
consecuencia, se declara la muerte presunta de Benedicto Thelmo Zamora Segura.
Mediante ejecutoria, se ordena transcribir lo resuelto al Registro Civil para
su respectiva inscripción. Publíquese la presente declaratoria tres veces, con
intervalos de quince días, en el Boletín Judicial y en un diario de circulación
nacional. Artículo 876 inciso 2) en relación con el 872 inciso 3), ambos del
Código Procesal Civil. Para la cancelación del usufructo que soporta la finca
de la provincia de Heredia matrícula 56786 a favor del señor Zamora Segura, se
remite a la promovente a acudir a la notaría de su elección, por cuanto no es a
través de este proceso que se debe dar ese trámite. Finalmente, se omite el
nombramiento de curador por cuanto el presente proceso se tramitó como una
declaratoria de presunción de muerte, en el cual, por sus consecuencias, dicha
figura no se encuentra prevista. Por la naturaleza del proceso, se resuelve sin
especial condenatoria en costas. Lo anterior se ordena así en proceso
presunción de muerte de Benedicto Thelmo Zamora Segura. Expediente Nº
16-000082-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 23 de febrero del
2018.—Licda. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—( IN2018223353 ). 3
v. 1
Liseth Delgado Chavarría, Jueza del Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro); hace saber a
Guillermo Enrique Machado Clavier, documento de identidad Nº 117-021240,
domicilio desconocido, que en este Despacho se ha interpuso un Proceso de
Ejecución Hipotecaria, bajo el expediente Nº 16-008046-1158-CJ en el que figura
como anotante de II Grado donde se dictaron las resoluciones que literalmente
dicen: Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), a
las trece horas y cuarenta y seis minutos del veintitrés de agosto del dos mil
diecisiete. Se tiene por establecido el proceso ejecución hipotecaria en contra
de Luis Fernando Delgado Cárdenas; a quien se le previene que en el primer
escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se
producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº
20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las
partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº 65-08, celebrada el
02 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular Nº 169-2008, en el sentido de
que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de
uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden
utilizarlo también como teléfono. Igualmente, se les invita a utilizar “El
Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para
recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial
del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información
contacte al personal del Despacho en que se tramita el expediente de interés.
Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la
Política de Género del Poder Judicial, sesión Nº 78-07 celebrada el 18 de
octubre del 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto, se
sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c)
Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de
discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Con
la base de doscientos cincuenta y cinco millones doscientos mil colones
exactos, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada 357-0019042-01-0908-001; sáquese a remate el bien dado en garantía,
sea la finca del partido de Heredia, matrícula número setenta y dos mil
cuatrocientos noventa y cinco cero cero cero. Para tal efecto se señalan las
ocho horas y cero minutos del ocho de noviembre del dos mil dieciséis (primer
remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan
las ocho horas y cero minutos del veintitrés de noviembre del dos mil
dieciséis, con la base de ciento noventa y un millones cuatrocientos mil
colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el
tercer remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del once de diciembre
del dos mil diecisiete, con la base de sesenta y tres millones ochocientos mil
colones exactos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. De
la anterior liquidación de intereses, se confiere audiencia por tres días a la
parte demandada. Se ordena anotar la presente demanda al margen de inscripción
de (las) finca(s) garante(s). Al tenor de los artículos 2º y 21.4, párrafo
último de la Ley de Cobro Judicial, por el improrrogable plazo de ocho días, se
cita y emplaza al (los) acreedor(es); para que se apersone(n) a los autos en
defensa de su(s) derecho(s). “Se invita a la parte gestionante a que suministre
un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de
actuaciones del Despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades
internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la
recepción de notificaciones.” Notifíquese esta resolución a la parte demandada,
personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación,
o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona de la siguiente forma: 1)
Demandado: Luis Fernando Delgado Cárdenas y Beneficiario: Habitación Familiar
María del Rocío Lafuente Ramírez, ambos por medio de Oficina de Comunicaciones
Judiciales y otras Comunicaciones; Heredia, sita Heredia, Belén, La Asunción,
Ciudad Cariari, calle Los Jardines Nº 51 y 2) Acreedor II Grado Guillermo
Enrique Machado Claver y Acreedor V Grado Wilbert Rafael Centeno Álvarez por
así solicitarlo la parte interesada; por medio de notario(a) público(a);
notifíquese esta resolución al(los) demandado(s), personalmente o por medio de
cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real.
Para estos efectos, se designa a Lic. Manuel Calderón Segura, Lic. Olman
Enrique Zumbado Brenes y/o Lic. Mario Morales Arroyo. Se advierte al(la)
notario(a) notificador(a), que, dentro del tercer día hábil posterior a la
notificación, deberá entregar al despacho la respectiva documentación.
Artículos 19, 29, 30 y 31 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Cuando se
trate de zonas o edificaciones de acceso restringido, exclusivamente para
efectos de practicar la notificación al destinatario, se ordena permitir el
ingreso del funcionario notificador; si el ingreso fuera impedido, se tendrá
por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la
entrada. En otro orden de ideas, se les pone en conocimiento de las partes, que
una vez firmados los oficios recordatorios a entidades comisionadas, nuevas
comisiones, los oficios de embargo de salario y bancarios, los mismos deben ser
diligenciados en forma personal por quienes los solicita y hacer llegar al
despacho los resultados obtenidos. Los documentos los podrán bajar por medio
del Sistema Costarricense de Gestión de Despachos Judiciales a través de la
página: www.Poder-Judicial.go.cr. Las partes deberán comunicarse al Despacho
para la solicitud de clave de autorización para el uso del sistema de Gestión
en Línea. Msc. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), a las nueve horas y treinta y uno
minutos del nueve de febrero del dos mil dieciocho. Siendo que por parte de
Recepción de Documentos fue agregado a los autos el acta de notificación con
resultado negativo al demandado Luis Fernando Delgado Cárdenas, María del Rocío
Lafuente Ramírez, se resuelve: A efecto de proceder al nombramiento de curador
procesal, deberá depositarse la suma de siete millones cuatrocientos cincuenta
y cinco mil seiscientos treinta y un colones con ochenta y ocho céntimos para
responder a los emolumentos del profesional a designar (artículo 262 del Código
Procesal Civil). La misma deberá depositarse en la cuenta Nº 160080461158-3 de
este Juzgado en el Banco de Costa Rica, bajo apercibimiento de que, si no se
verifica, el proceso permanecerá inactivo. Una vez efectuado el depósito,
deberá comunicarse al Despacho a efecto de proceder conforme a Derecho
corresponda. Asimismo, de conformidad con el artículo 21.4 de La ley de Cobro
Judicial, se ordena notificar al anotante Guillermo Enrique Machado Clavier por
medio de edicto, expídase el edicto correspondiente. Conforme se solicita, se
ordena verificar un nuevo señalamiento para sacar a remate el bien dado en
garantía; y para tal efecto se señalan las once horas y treinta minutos del
veinticinco de mayo del dos mil dieciocho. La base será la misma fijada en
autos, sea la suma de doscientos cincuenta y cinco millones doscientos mil
colones exactos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se
señalan las once horas y treinta minutos del once de junio del dos mil
dieciocho, con la base de ciento noventa y un millones cuatrocientos mil
colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el
tercer remate, se señalan las once horas y treinta minutos del veintiséis de
junio del dos mil dieciocho, con la base de sesenta y tres millones ochocientos
mil colones exactos (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Luis Fernando
Delgado Cárdenas. Expediente Nº 16-008046-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil
de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 23 de febrero del 2018.—Msc.
Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2018224094 ). 2
v. 1
Licenciada Patricia Cordero García, Jueza del
Juzgado de Familia de Cartago, a José Ángel Álvarez Somarribas, en su carácter
personal, quien es mayor de edad, casado, cédula 0601310986, de domicilio
desconocido se le hace saber que en demanda divorcio, establecida por Mayela
María Díaz Ureña contra José Ángel Álvarez Somarribas, se ordena notificarle
por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Sentencia de primera
instancia 285-18. Juzgado de Familia de Cartago. A las catorce horas y doce
minutos del dieciséis de febrero del dos mil dieciocho. Proceso Abreviado de
divorcio establecido por Mayela María Díaz Ureña, mayor, casada, vecina de La
Unión, cédula 0105890442, servidora doméstica contra José Ángel Álvarez Somarribas,
mayor, casado, electricista, cédula 0601310986, representado por el curador
procesal Lic. Luis Sáenz Zumbado. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—... Considerando:
I.—Hechos Probados:… 1º—, 2º—. II.—. Análisis de fondo. Por tanto: Razones
dadas, Código de Familia, se declara con lugar la excepción de falta de derecho
invocada por la parte accionada. Sin lugar este Proceso Abreviado de Divorcio
promovido por Mayela Díaz Ureña contra José Ángel Álvarez Somarribas. Sin
especial condenatoria en costas. Lo anterior por haberse ordenado así dentro
del expediente N° 16-000152-0338-FA proceso de divorcio establecido por Mayela
María Díaz Ureña contra José Ángel Álvarez Somarribas.—Licda. Patricia Cordero
García, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018223395 ).