BOLETÍN JUDICIAL N° 46 DEL 12 DE MARZO DEL 2018

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN HUMANA

DEL PODER JUDICIAL

SALA PRIMERA

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

CIRCULAR N° 194-2017

ASUNTO:        Listas de Curadores, Notarios Inventariadores e Interventores.

A LOS DEPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS,

SE LES HACE SABER QUE:

Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N° 103-17 celebrada el 14 de noviembre de 2017, artículo LXV, dispuso hacer de su conocimiento las siguientes listas de Curadores, Notarios Inventariadores e Interventores para los procesos mercantil y civil, los que, de conformidad con lo que establece el artículo 1° del Reglamento respectivo, fueron designados por un período de cinco años, contados a partir de la publicación por una sola vez en el Boletín Judicial, la presente circular. Siendo que una vez publicada la Dirección Ejecutiva designará a estos auxiliares de la Administración de Justicia conforme lo soliciten los Despachos Judiciales.

Para ver las imágenes, ir al Boletín Judicial con formato PDF

 

San José, 13 de diciembre del 2017.

                                                             Silvia Navarro Romanini,

                                                                     Secretaria General

1 vez.—OC N° 364-12-2017.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2018223382 ).

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

SEGUNDA PUBLICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 01-2015 de fecha 12 de agosto del 2015, artículo XI y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 79-15 celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo LXXIX. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo del 2016, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 51-16 celebrada el 24 de mayo del 2016, artículo XCV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Violencia Doméstica del año 2008 del año 2011 al 2014 y Expedientes de Faltas y Contravenciones del año 2012, 2013 y 2015 del Juzgado Contravencional de Aserrí. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Violencia Doméstica

Remesa:           V 10 S 08

Expedientes:   1

Paquetes:         1

Año:                  2008

Asunto:            Violencia Doméstica.

Remesa:           V 1 S 11

Expedientes:   477

Paquetes:         9

Año:                  2011

Asunto:            Violencia Doméstica

Remesa:           V 1 S 12

Expedientes:   653

Paquetes:         9

Año:                  2012

Asunto:            Violencia Doméstica

Remesa:           V 2 S 13

Expedientes:   782

Paquetes:         11

Año:                  2013

Asunto:            Violencia Doméstica

Remesa:           V 1 S 14

Expedientes:   772

Paquetes:         11

Año:                  2014

Asunto:            Violencia Doméstica

Faltas y Contravenciones

Remesa:           G 7 S 12

Expedientes:   4

Paquetes:         1

Año:                  2012

Asunto:            Faltas y Contravenciones. (archivados, absolutorias y condenatorias)

Remesa:           G 4 S 13

Expedientes:   496

Paquetes:         6

Año:                  2013

Asunto:            Faltas y Contravenciones. (archivados)

Remesa:           G 1 S 15

Expedientes:   404

Paquetes:         6

Año:                  2015

Asunto:            Faltas y Contravenciones. (archivados)

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 23 de febrero del 2018.

                                                        MBA. Dinorah Álvarez Acosta

                                                                 Subdirectora Ejecutiva

O. C. Nº 364-12-2017.—Sol. Nº 68-2017-JA.—( IN2018223457 ).

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN HUMANA

DEL PODER JUDICIAL

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El Consejo de la Judicatura, la Dirección de Gestión Humana del Poder Judicial y la Escuela Judicial, abren concurso para la selección de postulantes al Programa de Formación inicial para aspirantes a la judicatura (FIAJ):

CONCURSO ÚNICO

EXCLUSIVO PARA EL ACCESO AL PROGRAMA DE FORMACIÓN PARA ASPIRANTES

A LA JUDICATURA (FIAJ) CJ-13-2018

JUEZ O JUEZA GENÉRICA

Examen de conocimiento programado para el

Examen de competencias programado para el

Modalidad examen

Selección de personas candidatas para participar en el FIAJ

Fase teórico práctica

Fase práctica tutelada

19 DE ABRIL DE 2018

20 DE ABRIL DE 2018

PRUEBA ESCRITA POR COMPETENCIAS PROFESIONALES QUE INCORPORA LA EVALUACIÓN DE CONOCIMIENTOS (UNA PRUEBA, VALOR 50% Y LA EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS (OCHO PRUEBAS, 50%).

15/05/2018

DEL 01 DE OCTUBRE DE 2018 AL 01 DE ABRIL DE 2019

DEL 02 DE ABRIL AL 01 DE OCTUBRE DE 2019

 

El TEMARIO de la prueba de conocimientos se encuentra disponible en la dirección electrónica: en la dirección http://www.poder-judicial.go.cr/gestionhumana/index.php/mscj-temarios

I.     REQUISITOS:

Generales:

ü  Incorporado e incorporada al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.

Específicos: Además de los requisitos generales, las personas que oferten deben cumplir con los requerimientos que establece el Manual de Clasificación de Puestos y demás disposiciones vigentes del marco jurídico costarricense y contar con lo siguiente:

II     DOCUMENTOS A PRESENTAR

ü  Bachiller de secundaria.

ü  Licenciatura en Derecho.

ü  Incorporación al Colegio de Abogados y Abogadas.

ü  Si no labora en el Poder Judicial, aportar la cuenta cliente del Banco de su elección.

Otros:

ü  Encontrarse al día con las obligaciones en el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.

üCumplir con lo establecido por la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley de Carrera Judicial, el Reglamento de Carrera Judicial y demás disposiciones vigentes.

ü  Es indispensable que las personas que resulten elegibles en los concursos y que lleguen a ocupar cargos en la Judicatura, realicen los cursos definidos por la institución para cada categoría y materia que se imparten por la Escuela Judicial (entre otros Sistema de Gestión, Depósitos Judiciales) y los cursos virtuales en materia de equidad de género, accesibilidad, servicio público de calidad, sistema de gestión, hostigamiento sexual y acoso psicológico en el trabajo. Además, deberán mostrar dominio en cuanto al empleo de paquetes informáticos básicos de oficina y de uso institucional.

ü  Las personas que participen en este concurso se dan por enteradas de que la información que se suministre podrá ser utilizada para hacer uso de las herramientas físicas o tecnológicas con que se disponga, para validar y/o ampliar la información que se aporte. Lo cual se encuentra conforme al “Protocolo para el acceso, uso y consulta a la plataforma de información policial para las autoridades”, aprobado por la Corte Suprema de Justicia el 20 de enero de 2015 y publicado en el Boletín Judicial Nº49 del 11 de marzo de 2015. A estos efectos aceptará el consentimiento informado adscrito a la oferta de servicios.

ü  Las personas oferentes que participan en el concurso de juez y jueza 1, deben asumir las funciones propias del Servicio de Facilitadores y Facilitadoras Judiciales, como parte de sus funciones regulares.

üLa información que se obtenga de las valoraciones realizadas en las áreas de medicina, psicología y trabajo social, tanto en los concursos ordinarios como en la evaluación de los períodos de prueba cuando las personas resulten nombradas en propiedad se registrarán en el expediente de cada persona oferente y la misma podría ser del conocimiento de los órganos superiores en aquellos casos que se considere pertinente para mejor resolver. Por lo tanto, se libera del secreto profesional, salvo las disposiciones contenidas en los Códigos de Ética de los respectivos Colegios Profesionales de cada disciplina y se autoriza a los y las profesionales de la Unidad Interdisciplinaria para el traslado de la información según sea requerida por los Órganos encargados del proceso de nombramiento dentro de la judicatura.

ü  El Consejo de la Judicatura en la sesión 21-16 del 14 de junio de 2016, artículo XVIII, dispuso que las personas oferentes que resulten elegibles deberán de gestionar la firma digital por su cuenta.

III.  PROCEDIMIENTO PARA REMITIR LOS ATESTADOS EN FORMATO ELECTRONICO.

1)  Escanear documentos y crear un archivo digital el cual se requiere que sea indispensablemente en formato PDF, con un máximo tres megas.

Ingresar a la dirección electrónica:     Intranet: https: / / sjoaplcon03 / ghenlinea2 /

Internet: http: / / pjenlinea2.poder-iudicial.go.cr/ghenlinea/

2)  En el menú de inscripción, seleccionar la opción “buzón para agregar atestados”.

3)  En “selección tipo de atestado”, seleccionar “documento”.

4)  En “archivo a adjuntar”, elegir “examinar”, debe buscar el archivo digital PDF que contiene los documentos escaneados y adjuntarlos.

5)  En la barra superior, presionar “subir atestados”.

6)  Los documentos quedan agregados en forma automática en un buzón que será revisado por la Sección Administrativa de la Carrera Judicial.

IV.  CONDICIONES DEL CONCURSO:

ü  Relación entre las personas participantes y el Poder Judicial: La relación entre las personas participantes y el Poder Judicial es contractual, no laboral. Las personas que resulten escogidas que laboren para el Poder Judicial deberán tramitar un permiso sin goce de salario por el tiempo de duración del Programa.

ü  Beneficios que le brinda el Programa: Instrucción gratuita; entrega de materiales sin costo alguno; acceso a bibliotecas de la institución y a aquellas pertenecientes a instituciones con las que se tenga convenio; utilización del laboratorio de cómputo y de todas las instalaciones y servicios destinados para la capacitación de las personas usuarias de la Escuela Judicial; entrega de un subsidio mensual por un monto de 500.000 colones durante los doce meses de duración del Programa.

Reconocimiento de dos puntos en Carrera Judicial por la aprobación del Programa FIAJ al igual que se realiza con el Programa de Formación General Básica de la Escuela Judicial. Siempre que no tenga un posgrado universitario.

Compromisos de la persona participante:

ü  Conocer y aceptar todas las condiciones del programa y firmar el contrato de formación.

ü  Cumplir el calendario asignado: la fase teórico-práctica que inicia el 06 de agosto de 2018 y la práctica tutelada concluye el 6 de agosto de 2019.

ü  Realizar el Programa con resultados óptimos según los criterios de evaluación formulados por la Escuela Judicial y aprobados por el Consejo de la Judicatura.

ü  Aprobar cada uno de los módulos y talleres, asistir a las sesiones presenciales, a la práctica tutelada y a todas las actividades y visitas programadas.

ü  Durante la ejecución del Programa de formación, no podrá realizar actividades de abogacía y/o notariado. No podrá aceptar nombramientos interinos o en propiedad dentro o fuera del Poder Judicial.

ü  Durante los tres años siguientes a la aprobación del Programa, deberá estar disponible para laborar en el Poder Judicial en caso de ser nombrado o nombrada.

ü  El incumplimiento de los deberes asumidos por la persona participante, según el Programa y el contrato, darán lugar a la rescisión unilateral y forzosa de la relación contractual. En tal caso, deberá devolver los subsidios recibidos, con intereses al tipo legal, y deberá pagar cualquier otro gasto generado a la institución.

ü  En caso de no aprobar el Programa o de retiro injustificado, deberá pagar lo establecido en el punto anterior.

ü  Rendir una garantía a satisfacción de la institución.

ü  Suscribir una póliza de seguro estudiantil.

ü  Los demás que determine la Escuela Judicial para lograr los objetivos del programa.

V.    CRITERIOS DE SELECCIÓN:

ü  La selección para el Programa de Formación Inicial para Aspirantes a la Judicatura se realizará por prelación de notas y únicamente se seleccionarán a 17 personas candidatas.

ü  De conformidad con lo establecido en el artículo 30 bis del Reglamento de Carrera Judicial, serán seleccionados en el Programa, los aspirantes que obtengan una nota igual o superior al 75.

üLas personas que ganaron el examen y no queden seleccionadas para este programa, quedaran con el espacio reservado para la próxima promoción.

VI.  DE LOS COMPONENTES POR VALORAR:

üExamen: Los y las aspirantes deben someterse a una prueba escrita de conocimientos, con un valor de 50% de la nota final, y a ocho pruebas que valorarán competencias profesionales, con un valor de 50% de la nota final.

No se admitirá aspirantes que se presenten después de iniciada la prueba. Para realizar las evaluaciones se les entregará un sobre con la totalidad de las pruebas. Estas deberán ser realizadas y extraídas del sobre, una a la vez, en un tiempo determinado. Asimismo, una vez finalizada debe ser colocada nuevamente en el sobre. El orden de las pruebas no debe ser alterado o mantener más de una, fuera del sobre. El incumplimiento de esta disposición será motivo de anulación de la prueba.

Las competencias profesionales por evaluar son las siguientes:

1)  Capacidad cognitiva: capaz de identificar un problema y evaluar las causas profundas que lo provocan; busca soluciones eficientes y realistas mediante la identificación de información relevante; formula hipótesis; evalúa las consecuencias y programa las actividades requeridas para alcanzar un objetivo determinado con el fin de generar alternativas de solución, utilizando un enfoque sistemático.

2)  Inteligencia integradora: capacidad mental para buscar e identificar información relevante, integrarla y organizarla en un cuerpo coherente de conocimientos para identificar y programar las actividades requeridas para alcanzar un objetivo determinado.

3)  Creatividad: capacidad para generar con regularidad nuevos enfoques, aportes y respuestas con soluciones innovadoras y válidas a problemas y situaciones de la labor judicial, mediante combinaciones nuevas y apropiadas de elementos con diferentes perspectivas y paradigmas.

4)  Comunicación escrita: habilidad para transmitir información, ideas y criterios a través de la escritura, aplicando la terminología adecuada y adaptándola a los procedimientos del sistema judicial, de manera que sea comprensible y unívoco, así como la habilidad para comprender los mensajes escritos y los documentos técnicos elaborados por otras personas que tengan relevancia para desempeñar su labor.

5)  Capacidad para dirección y toma de decisiones: habilidad para proponer, canalizar y fomentar de forma ágil la resolución de situaciones propias de los procesos judiciales mediante un enfoque proactivo y eficiente que se adecue tanto a las exigencias presentes como a aquellas que surjan con posterioridad. Demanda un nivel de autoridad racional y objetiva en el cual se ponderen todos los aspectos pertinentes que permitan gestionar la toma de decisiones propicias según cada circunstancia.

6)  Inteligencia emocional: la inteligencia emocional es el conjunto de conocimientos, capacidades y actitudes necesarias para comprender, expresar y regular de forma apropiada los fenómenos emocionales. Estas habilidades y competencias determinan la conducta de un individuo, sus reacciones y sus estados mentales, y puede definirse como la capacidad de reconocer nuestros propios sentimientos y los de las demás personas, de motivarnos y de manejar adecuadamente las relaciones.

7)  Trabajo en equipo: capacidad de promover, fomentar y mantener relaciones de colaboración eficientes con miembros del ámbito judicial, así como otros grupos de trabajo que resulten pertinentes con la integración de esfuerzos comunes que garanticen el óptimo desarrollo de la práctica judicial.

8)  Objetividad: capacidad de emitir una resolución objetiva, basada en los elementos normativos, probatorios y demás aspectos de los procedimientos, desligándose de sus convicciones personales y valoraciones subjetivas.

9)  Se recibirá recurso de revisión respecto a los resultados de las pruebas, siempre y cuando se compruebe que él o la participante seleccionó la opción correcta en el solucionario y esta se calificó como respuesta incorrecta.

ü  Entrevista: Quienes tengan posibilidad de quedar elegibles se someterán a una entrevista con dos integrantes del Consejo de la Judicatura, la cual versará sobre la organización del Poder Judicial, la actividad jurisdiccional en general y específica del área a la que se aspira, aspectos del sistema jurídico costarricense y sobre la cultura jurídica de la persona aspirante.

ü  Experiencia profesional: Se califica a partir de la fecha de Incorporación al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.

Si como profesional en Derecho, posee experiencia laboral externa al Poder Judicial, se deberá aportar en formato electrónico, lo siguiente:

   Abogado(a) litigante: Declaración jurada no protocolizada sobre los periodos que fungió como profesional en derecho y comprobante de Tributación Directa especificando el área en la cual cotizo, además, de cualquier otro documento que compruebe en forma idónea dicha experiencia.

   Empresa o institución: Constancia emitida por ésta que especifique:

1.  El o los puestos desempeñados.

2.  Requisitos y especialidad del o de los puestos profesionales.

3.  La fecha de rige y vence de los períodos laborados.

4.  Si durante su permanencia solicitó o no permisos sin goce de salario. En caso de que los haya disfrutado, se debe señalar el período.

5.  El motivo de salida.

6.  Si hubo o no pago de prestaciones y, en caso afirmativo, con cuál ley.

En concordancia con lo establecido en el artículo 38 del Reglamento de Carrera Judicial, a aquellas personas que ya cuenten con elegibilidad y que participen en un concurso de una misma categoría y materia, se les considerará la experiencia ya acreditada, sin variar la fecha establecida conforme al numeral anterior. Se podrá computar nueva experiencia únicamente si ya ha superado el plazo de dos años desde el anterior corte.

ü  Promedio académico: Para promediar este componente, debe remitir en formato electrónico la certificación de notas de la carrera universitaria.

ü  Publicaciones: La guía para la calificación de las personas participantes en la Carrera Judicial contempla, únicamente, el reconocimiento de ensayos y libros atinentes a la disciplina del Derecho, previo estudio y reconocimiento de la Unidad de Componentes Salariales del Departamento de Gestión Humana del Poder Judicial.

ü  Docencia: Únicamente se reconocerá la docencia universitaria. La persona interesada debe remitir en formato electrónico, la constancia con membrete emitida por la universidad donde fue docente, en la cual especifique el nombre del curso, el cuatrimestre o semestre, según el caso, y el año cuando la impartió.

ü  Postgrado: Se reconocerán dos puntos por la especialidad, por la aprobación del Programa de Formación General básica para Jueces y Juezas o especialidad universitaria; tres puntos por la maestría y cinco puntos por el doctorado. El tope máximo en este rubro es de cinco puntos y no es acumulativo, el o los títulos deberán remitirse en formato electrónico.

ü  Capacitación recibida: Se reconocerán los certificados de capacitación en la Carrera Judicial, que provengan de la Escuela Judicial o cualquier órgano auxiliar de capacitación autorizado o supervisado por ésta, además, los centros de educación superior público o privado reconocido y avalado por el Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada y los que procedan de un centro encargado de la formación profesional dentro de un Colegio Profesional. Así como, los del ámbito internacional, los certificados deben respaldarse por un organismo al que pertenezca Costa Rica o por un centro de enseñanza superior autorizado en el país de origen y cualquier otro certificado emitido por una institución del Estado siempre y cuando sea atinente a la Judicatura.

ü  Evaluaciones médicas, de trabajo social y psicológicas: A quienes tengan posibilidad de quedar elegibles, se les realizarán evaluaciones médicas, de trabajo social y psicológicas, cuyos resultados serán parte integral del proceso de selección. La información derivada de su participación en este concurso será utilizada por los órganos decisorios.

ü  Promedio final de elegibilidad:

Para las personas candidatas seleccionadas en el Programa de Formación Inicial para Aspirantes a la Judicatura (FIAJ):

Para ser consideradas elegibles, las personas deberán aprobar el FIAJ. En este caso, el resultado obtenido en este Programa se ponderará con la nota de la prueba de aptitud y conocimientos más los componentes correspondientes a la entrevista, promedio académico, experiencia, publicaciones, docencia, posgrado y cursos de capacitación.

ü  Conclusión del concurso: El concurso se dará por finalizado conforme lo disponga el Consejo de la Judicatura.

VII. DE LA SANCIÓN, SOLICITUDES DE EXCLUSIÓN Y REPROGRAMACIONES

De la sanción: En concordancia con lo establecido en el artículo 75 de la Ley del Sistema de Carrera Judicial, todas aquellas personas oferentes que se inscriban en este concurso y no se presenten a realizar el examen o se presenten después de iniciada la prueba, o se le anule el examen, serán descalificadas una vez que se dé por concluido el concurso, por lo que no podrán participar en el siguiente. Esta disposición aplica para aquellas personas participantes que no aprueben el FIAJ o que no superen el 70 en su promedio final. Asimismo, la persona que no apruebe el FIAJ, sea expulsado o abandone el curso por razones injustificadas, no podrá volver a cursarlo en las tres promociones posteriores a aquella en que sucedió el incumplimiento.

ü  Exclusión: No se aceptarán solicitudes de exclusión del concurso, excepto en casos muy calificados. El Consejo de la Judicatura valorará los motivos de fuerza mayor siempre y cuando estén debidamente justificados.

ü  Reprogramación: Proceden en casos calificados debidamente justificados, cuya valoración le corresponderá al Tribunal Examinador, para lo cual debe remitir en formato electrónico(escaneado) la solicitud y comprobantes que acrediten su gestión en los cinco días hábiles posteriores a la fecha del examen.

No se aceptarán solicitudes de reprogramación por asuntos de trabajo, salvo en casos emergentes que serán valorados por el Tribunal Examinador.

VIII.  DE LAS NOTIFICACIONES

La Sección Administrativa de la Carrera Judicial y la Escuela Judicial utilizarán el correo electrónico para todos los efectos como único medio de notificación. Para ello, deberá indicar correctamente este medio, mantenerlo habilitado y en óptimas condiciones las veinticuatro horas, ya que, una vez comprobada la entrega electrónica, se dará por notificado el asunto, de lo contrario, se exime de toda responsabilidad a esta Sección y a la Escuela Judicial, por lo que se tendrá por realizada la notificación, veinticuatro horas después de dictada la resolución. Cualquier cambio que realice concerniente al medio electrónico señalado, debe ser comunicado oportunamente a esta oficina al correo electrónico carrera-jud@poder-judicial.go.cr

Consultas:

Escuela Judicial: a los teléfonos 2267-1535 / 2267-1527 o a los correos electrónicos escuelajudicialFIAJ@poder-judicial.go.cr; abarbozae@poder-judicial.go.cr

Sección Administrativa de la Carrera Judicial, ubicada en el cuarto piso del edificio del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), horario de atención de 7:30 a.m. a 12 md. y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m., de lunes a viernes o a los teléfonos 2295-3781 / 2295-3918 o al correo electrónico carrera-jud@poder-judicial.go.cr

ESTE CONCURSO VENCE EL 16 DE MARZO DE 2018

PARA TRÁMITE PERSONAL HASTA LAS 4:30 P.M. Y PARA

LA INSCRIPCIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS, SE HABILITA

LAS 24 HORAS DE LA FECHA INDICADA

                                                    Roxana Marlene Arrieta Meléndez

O.C. N° 364-12-2017.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2018222258 ).

SALA PRIMERA

Al señor Pedro Machado Da Costa Florentino Peca, de actual domicilio ignorado, se le hace saber: Que en diligencia de exequátur promovida por la señora Viviana Ortiz Bustos, contra él, para obtener la homologación de una sentencia de divorcio, dictada por la Conservatoría del Registro Civil de Lisboa, República de Portugal. Al efecto se ha dictado la resolución que dice: “Nue.: 16-000078-0004-FA, Res.: 000122-E-S1-2018, Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las diez horas treinta minutos del ocho de febrero de dos mil dieciocho. Solicitud para obtener el exequátur de una sentencia de divorcio, establecida por la señora Viviana Ortiz Bustos, mayor de edad, divorciada, Arqueóloga, nacionalidad costarricense, cédula de identidad número 1-1270-0924, vecina de San José, Curridabat, contra el señor Pedro Machado Da Costa Florentino Peca, mayor de edad, divorciado, nacionalidad portugués, pasaporte de su país número L726619, de domicilio y demás calidades ignoradas. Figura el Licenciado Freddy Ramos Corea, Abogado, colegiado número 19881, en condición de director procesal judicial de la parte promovente y el Licenciado Víctor Manuel Fallas Mora, Abogado y Notario, colegiado número 5383, en calidad de curador procesal de la parte demandada. Resultando: 1°.-... 2°.-... 3°.-... 4°- ... Considerando I.-... II.-...III.-... Por tanto. se concede el exequátur solicitado a la sentencia de divorcio entre la señora Viviana Ortiz Bustos y el señor Pedro Machado Da Costa Florentino Peca, dictada el 11 de diciembre de 2015, por la Conservatoría del Registro Civil de Lisboa, República de Portugal. En consecuencia, procédase a la ejecución, por lo que se ordena expedir ejecutoria de la presente resolución aprobatoria, con inserción de la homologada, una vez que alcance firmeza, a fin de que la interesada gestione lo que corresponda ante el Registro Civil. Publíquese una vez en el Boletín Judicial la parte dispositiva de este fallo. Luis Guillermo Rivas Loáiciga, Román Solís Zelaya, Carmenmaría Escoto Fernández, William Molinari Vílchez, José Rodolfo León Díaz.

San José, 26 de febrero de 2018.

                                                            Anthony Quirós Madrigal,

                                                                       Notificador a. í.

1 vez.—OC N° 364-12-2017.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2018223394 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

A los causahabientes de quién en vida se llamó Bismark Membreno Calero, quien fue nicaragüense, portador de la cédula de residencia número: 155800065530, fue vecino de Pital de San Carlos, se les hace saber que: Inversiones y Procesadora Tropical Inprotsa S. A., cédula de identidad N° 3-101-057107, se apersonó en este Despacho en calidad de patrono del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Bismark Membreno Calero, expediente número 14-000279-1291-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Laboral), 08 de febrero del 2018.—Msc. Martha Chaves Chaves, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018223393 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando: 1) Practicado inscrito bajo las citas: 800-345866-01-0001-001, del expediente Nº 16-015804-1012-CJ a favor de la Caja Costarricense del Seguro Social. 2) Practicado bajo las citas: 800-402235-01-0001-001, así como demanda ejecutiva hipotecaria bajo las citas: 800-402236-01-0001-001, ambas del expediente Nº 17-003620-1338-CJ a favor del señor: José Fernando Céspedes Granados, a las nueve horas del lunes cuatro de junio del dos mil dieciocho, y con la base de catorce millones trescientos noventa y seis mil ochocientos nueve colones con veinticinco céntimos (¢14.396.809,25), en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca del partido de San José, matrícula número ciento catorce mil treinta y siete guión cero cero cero (FR SJ-114037-000), el cual es terreno de agricultura. Situada: en el distrito dos San Antonio, del cantón dos Escazú, de la provincia de San José. Linda: por el norte, rectilínea de 63 m 34 cm y otro; al sur, rectilínea de 68 m 05 cm y otro; al este, calle pública 7 m 39 cm de frente, y al oeste, rectilínea de 10 m 02 cm y río Cruz. Mide: quinientos cuarenta y seis metros con noventa y un decímetros cuadrados, bajo el plano catastrado Nº SJ-0637464-1986. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas del martes diecinueve de junio del dos mil dieciocho, con la base de diez millones setecientos noventa y siete mil seiscientos seis colones con noventa y tres céntimos (10.797.606,93) (rebajada en un veinticinco por ciento), y para el tercer remate, se señalan las nueve horas del miércoles cuatro de julio del dos mil dieciocho, con la base de tres millones quinientos noventa y nueve mil doscientos dos colones con treinta y dos céntimos (¢3.599.202,31) (un veinticinco por ciento de la base original). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Henry Arce Madrigal. Expediente Nº 17-001360-1764-CJ.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, 05 de marzo del 2018.—Lic. Óscar Andrés Segura Navarro, Juez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018223558 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando prohibiciones artículo 16 Ley 7599; a las quince horas y cero minutos del treinta y uno de mayo del dos mil dieciocho, y con la base de trece millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y cinco mil trescientos veinticuatro cero cero cero la cual es terreno para vivienda lote 266-2052. Situada en el distrito 1-Siquirres, cantón 3-Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Fernando Mitchel; al este, Estela Hall; y al oeste, calle pública. Mide: doscientos ochenta y seis metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del quince de junio del dos mil dieciocho, con la base de nueve millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del dos de julio del dos mil dieciocho con la base de tres millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Santiago Pereira López contra sucesión de Miguel Ángel Fernández Bailey. Expediente Nº 17-003792-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 01 de marzo del 2018.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2018223589 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones ref: 00026501-000; a las ocho horas del cuatro de mayo del dos mil dieciocho, y con la base de dieciséis millones quinientos cuarenta y ocho mil setecientos treinta y dos colones con ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 31645-000 la cual es terreno agricultura lote 249-247. Situada en el distrito 02 Pacuarito, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle con 152m 53 cm; al sur, Adrián Guerrero; al este, Adrián Guerrero; y al oeste, Heraldo Jembins. Mide: ocho mil setecientos ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del veintiuno de mayo del dos mil dieciocho, con la base de doce millones cuatrocientos once mil quinientos cuarenta y nueve colones con seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del cinco de junio del dos mil dieciocho con la base de cuatro millones ciento treinta y siete mil ciento ochenta y tres colones con dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Deivid Armando Arias Trejos. Expediente Nº 17-010943-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 26 de febrero del 2018.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2018223619 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando plazo de convalidación (Ley de Informaciones Posesorias) citas: 2016-665932-01-0003-001 y Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 2016-665932-01-0004-001; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del tres de abril del dos mil dieciocho, y con la base de dos millones cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 219130-003 la cual es naturaleza: terreno de tacotal y repastos. Situada en el distrito 5-Porvenir cantón 9-Nandayure de la provincia de Guanacaste. Finca ubicada en zona catastrada. Linderos: al norte, Francisco Alvarado Cordero y calle pública con un frente a ella de 214 metros con 40 centímetros lineales ambas en partes, al sur, Marco Tulio Rodríguez Alvarado, José Francisco Rodríguez Alvarado; al este, Armando Alvarado Solano, Luis Rodríguez Alvarado y Ulises Rodríguez Alvarado; y al oeste, calle pública con un frente a ella de 270 metros con 14 centímetros lineales. Mide: ochenta y ocho mil ochenta y seis metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Plano: G-1202807-2007. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de abril del dos mil dieciocho, con la base de un millón ochocientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del siete de mayo del dos mil dieciocho con la base de seiscientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Yency del Carmen Alvarado Zúñiga contra Oscar Rodríguez Alvarado. Expediente Nº 17-003633-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 13 de diciembre del 2017.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2018223622 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, bajo las citas: 324-11707-01-0901-061; a las diez horas y treinta minutos del trece de abril del dos mil dieciocho, y con la base de dos millones setecientos veintinueve mil trescientos sesenta y siete colones con treinta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número treinta y cinco mil ochocientos cincuenta y uno cero cero cero la cual es terreno de potrero de tacotal lote 84 A. Situada en el distrito 1-San Vito, cantón 8-Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle; al sur, calle; al este, calle; y al oeste, calle e IDA. Mide: Quince mil doscientos veintiún metros con nueve decímetros cuadrados. Plano: P-0642058-1986. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta de abril de dos mil dieciocho, con la base de dos millones cuarenta y siete mil veinticinco colones con cuarenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciséis de mayo de dos mil dieciocho con la base de seiscientos ochenta y dos mil trescientos cuarenta y un colones con ochenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Elio Cascante Villegas. Expediente Nº 17-000190-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito (Materia Cobro), 10 de enero del 2018.—Lic. German Esquivel Campos, Juez.—( IN2018223624 ).

A las diez horas y cero minutos del quince de mayo del dos mil dieciocho, en la puerta exterior de este Despacho; de la forma que se dirá y con sus respectivas bases, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 368-16383-01-0901-001, con la base de ¢22.986.717,38, la finca inscrita en propiedad partido de Alajuela matrícula 256.993-000, la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 13 Pocosol, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte. calle pública con el lote de Claudio Vega Cruz, Lorena Blanco Salazar, Eduardo y Jorge Alberto Hidalgo Quesada; al sur, calle pública lotes uno y cuatro, Eduardo y Jorge Hidalgo Quesada; al este, Juan José Calderón Zúñiga, Lorena Blanco Salazar, Eduardo y Jorge Hidalgo Quesada; y al oeste, calle pública. Mide: treinta y un mil ochocientos veintisiete metros con diez decímetros cuadrados. Plano: A-0786351-1988. 2) Libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas 328-13872-01-0901-001, servidumbre de paso bajo las citas 576-05865-01-0004-001, con la base de ¢66.699.042,20, la finca inscrita en propiedad partido de Alajuela matrícula 444.242-000, la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 13 Pocosol, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con el lote de Claudio Vega Cruz, Lorena Blanco Salazar, Eduardo y Jorge Alberto Hidalgo Quesada; al sur, calle pública lotes uno y cuatro, Eduardo y Jorge Hidalgo Quesada; al este, Juan José Calderón Zúñiga, Lorena Blanco Salazar, Eduardo y Jorge Hidalgo Quesada; y al oeste, calle pública. Mide: treinta y un mil ochocientos veintisiete metros con diez decímetros cuadrados. Plano: A-0786351-1988. 3) Libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos, bajo las citas 314-00561-01-0003-001, con la base de ¢5.889.708,85, la finca inscrita en propiedad partido de Alajuela matrícula 360.175-000, la cual es terreno de repastos. Situada en el distrito 11 Cutris, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Francisco y Álvaro Madrigal; al este, servidumbre de paso en medio Miguel Madrigal Gamboa; y al oeste, Francisco y Álvaro Madrigal. Mide: veinte mil sesenta y ocho metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Plano: A-0368843-1996. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del treinta de mayo del dos mil dieciocho, con la base de ¢17.240.038,04 por la finca número 256.993-000, con la base de ¢50.024.281,65 por la finca número 444.242-000; y con la base de ¢4.417.281,64 por la finca número 360.175-000. de no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de junio del dos mil dieciocho, con la base ¢5.746.679,35 por la finca número 256.993-000, con la base de ¢16.674.760,55 por la finca número 444.242-000; y con la base de ¢1.472.427,21 por la finca número 360.175-000. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Caja Costarricense del Seguro Social contra Fundación Proagroin. Expediente Nº 17-001247-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 12 de febrero del 2018.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2018223625 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del doce de junio del dos mil dieciocho, y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placa BFB137, marca Mini, estilo Cooper, carrocería sedan 2 puertas hatchback, chasís WMWRC33546TJ78165, capacidad 4 personas, combustible gasolina, año 2006, color verde. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de junio del dos mil dieciocho, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del doce de julio del dos mil dieciocho con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Margarita Solórzano Burgos contra 3-101-610866 S. A. Expediente Nº 15-015180-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 03 de noviembre del 2017.—M.Sc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—( IN2018223628 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del cuatro de abril del dos mil dieciocho, y con la base de doce mil trescientos treinta y ocho dólares con veintidós centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BGR305. Marca Chevrolet. Estilo Aveo LS. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2014. Color blanco. Vin 3G1TC5CF6EL145001. Combustible gasolina. Motor Nº F16D3132490676. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de abril del dos mil dieciocho, con la base de nueve mil doscientos cincuenta y tres dólares con sesenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del nueve de mayo del dos mil dieciocho con la base de tres mil ochenta y cuatro dólares con cincuenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Alexander Jonathan Carballo Tenorio. Expediente Nº 17-005996-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 30 de enero del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018223631 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del dos de abril del dos mil dieciocho, y con la base de once mil ciento cuarenta dólares con dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BDX 108. Marca Hyundai. Estilo Accent GL. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2014. Color gris. Vin KMHCT41BAEU505927. Combustible gasolina. Motor Nº G4LCDU062893. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de abril del dos mil dieciocho, con la base de ocho mil trescientos cincuenta y cinco dólares con un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de mayo del dos mil dieciocho con la base de dos mil setecientos ochenta y cinco dólares con un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Marcos Antonio Vázquez. Expediente Nº 17-004499-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 17 de noviembre del 2017.—Msc. Johana Arce Hidalgo, Jueza.—( IN2018223633 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas y cero minutos del dieciséis de abril del dos mil dieciocho, y con la base de veinticinco mil noventa y nueve dólares con treinta y un centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas Nº: BJF969, marca: Hyundai, estilo: Elantra GLS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2016, color: blanco, vin: KMHDH41EAGU486792, cilindrada: 1800 CC, combustible: gasolina, motor Nº: G4NBFU883673. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del dos de mayo del dos mil dieciocho, con la base de dieciocho mil ochocientos veinticuatro dólares con cuarenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiuno de mayo del dos mil dieciocho, con la base de seis mil doscientos setenta y cuatro dólares con ochenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Hazel Milena Salas González. Expediente Nº 17-005061-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 28 de noviembre del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018223634 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del diecinueve de abril del dos mil dieciocho y con la base de quince mil ochocientos cincuenta dólares con veintiocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número BCP 819, marca Hyundai, estilo Tucson GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2013, color blanco, vin KMHJT81BADU561786, combustible gasolina, motor N° G4KDCU815397. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de mayo del dos mil dieciocho, con la base de once mil ochocientos ochenta y siete dólares con setenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintitrés de mayo del dos mil dieciocho, con la base de tres mil novecientos sesenta y dos dólares con cincuenta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Alejandra Rodríguez Miranda, Manuel Ángel Muñoz Miranda. Expediente: 17-003649-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 27 de noviembre del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018223635 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia OIJ, citas: 800-319582-001, sumaria N° 17-001751-0042-PE, a las catorce horas y cero minutos del dieciséis de abril del año dos mil dieciocho, y con la base de ocho mil seiscientos setenta y dos dólares con cincuenta y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas Nº BCT647, marca Chevrolet, estilo Aveo LS, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2012, color celeste, vin 3G1TC5CF8CL116578, cilindrada 1600 cc. combustible gasolina, motor Nº F16D30066272. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dos de mayo del año dos mil dieciocho, con la base de seis mil quinientos cuatro dólares con cuarenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiuno de mayo del año dos mil dieciocho con la base de dos mil ciento sesenta y ocho dólares con catorce centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Anna Di Peri, expediente Nº 17-005059-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia cobro), 28 de noviembre del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018223636 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del diecisiete de abril del año dos mil dieciocho, y con la base de trece mil setecientos treinta y tres dólares con noventa centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 889545, marca Hyundai, estilo Tucson GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas. año 2011, color blanco, vin KMHJT81BABU283309, cilindrada 2000 cc, combustible gasolina, motor Nº G4KDBU332755. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del tres de mayo del año dos mil dieciocho, con la base de catorce mil novecientos veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de mayo del año dos mil dieciocho con la base de tres mil cuatrocientos treinta y tres dólares con cuarenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Norbey Rincón Cuellar. Exp. N° 17-005076-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 01 de diciembre del año 2017.—Lic. Pablo López Vindas, Juez.—( IN2018223637 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cero minutos del diecisiete de abril del dos mil dieciocho, y con la base de nueve mil cuatrocientos sesenta y cinco dólares con sesenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas número CL-232276, marca Mitsubishi, estilo Canter, categoría carga liviana, capacidad 3 personas, año 2008, color blanco, vin FE83PEA03026, cilindrada 3900 cc., combustible diésel, motor Nº 4D34L94423. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del tres de mayo del dos mil dieciocho, con la base de siete mil noventa y nueve dólares con veintidós centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de mayo del dos mil dieciocho, con la base de dos mil trescientos sesenta y seis dólares con cuarenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Arcadio Jesús Barrantes Villalobos. Expediente N° 17-005058-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 01 de diciembre del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018223638 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción/colisión, boleta 2015-88100108, sumaria N° 15-001146-0495-TR; a las diez horas y cero minutos del diecisiete de abril del año dos mil dieciocho, y con la base de diecisiete mil ochenta y ocho dólares con setenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número NRJ777. Marca Hyundai. Estilo Tucson GLS. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2012. Color azul. VIN KMHJU81BBCU451127. Cilindrada 2000 CC. Combustible gasolina. Motor Nº G4KDBU645938. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del tres de mayo del año dos mil dieciocho, con la base de doce mil ochocientos dieciséis dólares con cincuenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de mayo del año dos mil dieciocho con la base de cuatro mil doscientos setenta y dos dólares con veinte centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Isidro Jiménez González. Exp. N° 17-005068-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 01 de diciembre del año 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018223639 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del diecisiete de abril del año dos mil dieciocho y con la base de dieciocho mil ciento veintiocho dólares con cincuenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número BHM663, marca Hyundai, estilo Accent Gl, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2015, color blanco, vin KMHCT41DAFU789179, cilindrada 1600 c.c., combustible gasolina, motor Nº G4FCEU439160. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del tres de mayo del año dos mil dieciocho, con la base de trece mil quinientos noventa y seis dólares con cuarenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintidós de mayo del dos mil dieciocho con la base de cuatro mil quinientos treinta y dos dólares con catorce centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Alejandro Gerardo Gamboa Ramírez. Exp: 17-005069-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 01 de diciembre del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018223640 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones, pero soportando infracciones/colisiones boleta 2016202300088 sumaria: 16-002261-0174-TR; a las nueve horas y treinta minutos del dos de abril del año dos mil dieciocho, y con la base de diez mil setecientos treinta y tres dólares con cuarenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BFG-158, marca Chevrolet, estilo Spark LS, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2014, color azul, Vin KL1CJ6C13EC442737, cilindrada 1000 cc combustible gasolina, motor Nº B10D1045368KD3. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de abril del año dos mil dieciocho, con la base de ocho mil cincuenta dólares con doce centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de mayo del año dos mil dieciocho con la base de dos mil seiscientos ochenta y tres dólares con treinta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de, Banco Improsa S. A. contra Jorge Patricio González Zúñiga. Exp.: 17-005434-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 19 de diciembre del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018223641 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las quince horas y treinta minutos del dos de abril del dos mil dieciocho y con la base de cinco mil doscientos veintiún dólares con setenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número CB-002467, marca Hyundai, estilo H-1, categoría microbús, capacidad 12 personas, año 2011, color blanco, vin KMJWA37HABU307848, cilindrada 2500 cc, combustible diesel, motor N° D4BHA054883. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del dieciocho de abril del dos mil dieciocho, con la base de tres mil novecientos dieciséis dólares con veintiocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del cuatro de mayo del dos mil dieciocho, con la base de mil trescientos cinco dólares con cuarenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de IMCR Fiduciaria CT Sociedad Anónima contra Esteban Adolfo Martínez Valverde, María Natalia Ruiz Martínez. Expediente: 17-005438-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 19 de diciembre del 2017.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018223644 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas y cero minutos del treinta de abril del año dos mil dieciocho, y con la base de seis mil trescientos ochenta y nueve dólares con veintitrés centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas Nº BDF904, marca Chevrolet, estilo Spark LS., categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2013, color plateado, vin KL1MJ6C47DC004686, combustible gasolina, motor Nº A08S3962722KC2. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciocho de mayo del año dos mil dieciocho, con la base de cuatro mil setecientos noventa y un dólares con noventa y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del cuatro de junio del año dos mil dieciocho con la base de mil quinientos noventa y siete dólares con treinta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra María Eugenia Jirón Cano, expediente Nº 17-005433-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia cobro), 08 de enero del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018223645 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las nueve horas y cero minutos del veintitrés de abril del año dos mil dieciocho y con la base de diecinueve mil trescientos un dólares con treinta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número CL-274154. Marca Isuzu. Estilo D Max LS. Categoría carga liviana. Capacidad 5 personas. Año 2014. Color blanco. Vin MPATFS86JET001688. Cilindrada 2500 cc. Combustible diesel. Motor Nº 4JK1LH5537. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diez de mayo del año dos mil dieciocho, con la base de catorce mil cuatrocientos setenta y seis dólares con cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de mayo del año dos mil dieciocho con la base de cuatro mil ochocientos veinticinco dólares con treinta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Carlos Alberto González Sánchez. Exp.: 17-005992-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 25 de enero del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018223646 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de abril del año dos mil dieciocho, y con la base de doce mil quinientos veinticinco dólares con setenta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BHK-855, marca Chevrolet, estilo Spark LT, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2015, color azul, Vin KL1CM6CD5FC710593, cilindrada 1200 cc combustible gasolina, motor Nº B12D1232782KD3. Para el Segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del diez de mayo del año dos mil dieciocho, con la base de nueve mil trescientos noventa y cuatro dólares con treinta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiocho de mayo del año dos mil dieciocho con la base de tres mil ciento treinta y un dólares con cuarenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Steven Josué Marín Calderón. Exp.: 17-005074-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón (Materia Cobro), 26 de enero del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018223647 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del doce de abril del dos mil dieciocho y con la base de treinta y cinco mil seiscientos ochenta y nueve dólares con noventa y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número CL 288843, marca Isuzu, estilo D MAX LS, categoría carga liviana, capacidad 5 personas, año 2015, color diesel, vin MPATFS86JFT010534, combustible diesel, motor N° 4JK1 MU9903. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintisiete de abril del dos mil dieciocho, con la base de veintiséis mil setecientos sesenta y siete dólares con cuarenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de mayo del dos mil dieciocho, con la base de ocho mil novecientos veintidós dólares con cuarenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Nelson Chacón Cortés. Expediente: 17-005993-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 29 de enero del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018223648 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del cuatro de abril del dos mil dieciocho, y con la base de diez mil quinientos doce dólares con veinte centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas número BDW 415, marca Hyundai, estilo I10 GL., categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2014, color blanco, vin MALAM51CBEM423765, combustible gasolina, motor Nº G4LADM065O97. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de abril del dos mil dieciocho, con la base de siete mil ochocientos ochenta y cuatro dólares con quince centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del nueve de mayo del dos mil dieciocho, con la base de dos mil seiscientos veintiocho dólares con cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Andreina Méndez Coto, Yajaira María Méndez Coto. Expediente N° 17-005970-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 29 de enero del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018223649 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de abril del dos mil dieciocho y con la base de cuatro millones trescientos cuatro mil setecientos cuarenta y cuatro colones con sesenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número BJG-573, marca Toyota, estilo Yaris, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2008, color plateado, vin JTDBT923784017636, cilindrada 1500 c.c., combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de mayo del dos mil dieciocho, con la base de tres millones doscientos veintiocho mil quinientos cincuenta y ocho colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de mayo del dos mil dieciocho con la base de un millón setenta y seis mil ciento ochenta y seis colones con diecisiete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Roberto José Tenorio Bolaños. Expediente Nº 17-005989-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 25 de enero del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018223650 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones, a las diez horas y cero minutos del veintitrés de abril del año dos mil dieciocho, y con la base de cinco millones ochocientos ochenta y tres mil trescientos noventa colones con cincuenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas Nº CL-230533, marca Mitsubishi, estilo L200 Sportero GLS TDI, categoría carga liviana, capacidad 5 personas, año 2008, color gris, vin MMBJNKB408D060293, cilindrada 2477 cc. combustible diésel, motor Nº 4D56UCBB3645. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diez de mayo del año dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones cuatrocientos doce mil quinientos cuarenta y dos colones con ochenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de mayo del año dos mil dieciocho con la base de un millón cuatrocientos setenta mil ochocientos cuarenta y siete colones con sesenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Óscar Campesato González, expediente Nº 17-005990-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia cobro), 26 de enero del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018223651 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del cuatro de abril del dos mil dieciocho, y con la base de cuatro millones seiscientos cincuenta y ocho mil setecientos ochenta y tres colones con dieciséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BDQ238. Marca Hyundai. Estilo Accent GL. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2013. Color azul. Vin KMHCT51CBDU091109. Combustible gasolina. Motor Nº G4FACU429133. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de abril del dos mil dieciocho, con la base de tres millones cuatrocientos noventa y cuatro mil ochenta y siete colones con treinta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de mayo del dos mil dieciocho con la base de un millón ciento sesenta y cuatro mil seiscientos noventa y cinco colones con setenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Fredy Alberto Quirós Ramírez. Expediente Nº 17-006000-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 02 de febrero del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018223652 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones sumaria N° 17-000424-0768-TR; a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de mayo del dos mil dieciocho, y con la base de ochenta y un mil quinientos ochenta y ocho colones con setenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas número GB002973, marca JAC, estilo HK 0129 H, categoría autobús, capacidad 55 personas, año 2015, color blanco, vin LJ16B26J3F3100005, cilindrada 8900 cc., combustible diésel, motor Nº 87983858. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta y uno de mayo del dos mil dieciocho, con la base de sesenta y un mil ciento noventa y un colones con cincuenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciocho, de junio del dos mil dieciocho, con la base de veinte mil trescientos noventa y siete colones con dieciocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Sun Motors contra Empresa Alfaro S. A. Expediente N° 18-002098-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de febrero del 2018.—Licda. Yessenia Brenes González, Jueza.—( IN2018223660 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada (citas: 258-00559-01-0901-001), servidumbre trasladada (citas: 258-00559-01-0901-002), servidumbre trasladada (citas: 258-00559-01-0902- 001); a las siete horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de mayo de dos mil dieciocho, y con la base de treinta y cuatro millones trescientos treinta y nueve mil quinientos dos colones con un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Nacional, provincia de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos veintisiete mil novecientos treinta y ocho cero cero cero, la cual es de naturaleza: Terreno para construir lote número L tres con una casa. Situada en el distrito 4 San Antonio, cantón 1 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote número L-2.; al sur, lote número L-4.; al este, avenida El Poro con frente de 6,70 metros, y al oeste, lote número L-6. Mide: Ciento veintiocho metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de mayo de dos mil dieciocho, con la base de veinticinco millones setecientos cincuenta y cuatro mil seiscientos veintiséis colones con cincuenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del trece de junio de dos mil dieciocho con la base de ocho millones quinientos ochenta y cuatro mil ochocientos setenta y cinco colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra María Carolina Cruz García. Exp. N° 17-014935-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 13 de febrero del 2018.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018223665 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, a las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de mayo del año dos mil dieciocho, y con la base de siete millones veinte mil novecientos cincuenta y ocho colones con cincuenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número treinta y seis mil ochocientos ochenta y cinco-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 12- Chacarita, cantón 1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, José Jiménez Jiménez; al sur, calle pública con frente a ella de 19.73 metros; al este, José Jiménez Jiménez y al oeste, Óscar Ríos Ríos. Mide: cuatrocientos cincuenta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno de mayo del año dos mil dieciocho, con la base de cinco millones doscientos sesenta y cinco mil setecientos dieciocho colones con noventa y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del quince de junio del año dos mil dieciocho con la base de un millón setecientos cincuenta y cinco mil doscientos treinta y nueve colones con sesenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda (Costa Rica) S. A., contra Katherine Melissa Núñez Torres, expediente Nº 17-001575-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia cobro), 20 de febrero del 2018.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—( IN2018223674 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de AYA, citas: 555-00627-01-0001-001; a las catorce horas y cero minutos del dieciséis de abril del dos mil dieciocho y con la base de sesenta y cuatro mil veintiocho dólares con setenta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 45108-F-000, la cual es terreno para construir que se destinará a uso habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 01 San Pablo, cantón 09 San Pablo de la provincia de Heredia. Colinda: al noreste: acceso tres; al noroeste: finca filial treinta y cuatro; al sureste: juegos infantiles y al suroeste: Fincas Filiales Cuarenta y dos y cuarenta y tres. Mide: ciento setenta y seis metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del tres de mayo del dos mil dieciocho, con la base de cuarenta y ocho mil veintiún dólares con cincuenta y ocho centavos y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintitrés de mayo del año dos mil dieciocho, con la base de dieciséis mil siete dólares con diecinueve centavos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Esprocapital S. A. contra Spang Internacional S. A. Expediente: 17-004975-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, (Materia Cobro), 15 de enero del 2018.—Licda. Patricia Cedeño Leiton, Jueza.—( IN2018223693 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos (citas: 533-11573-01-0004-001) y restricciones reg art 18, Ley 2825 (citas: 552-04986-01-0004-001); a las siete horas y cuarenta y cinco minutos del dos de abril del dos mil dieciocho, y con la base de nueve millones cuatrocientos sesenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos ochenta y ocho mil ciento cincuenta y seis cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno para construir lote 13. Situada: en el distrito 7-Yolillal, cantón 13-Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, construcciones e inspecciones Rocadura M E J R S.A; al sur, construcciones e inspecciones Rocadura M E J R S.A; al este, calle pública, y al oeste, Ángel Romero Ampie. Mide: ciento cuarenta y ocho metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de abril del dos mil dieciocho, con la base de siete millones noventa y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de mayo del dos mil dieciocho con la base de dos millones trescientos sesenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Aryeri Lizeth Vega Calero, Carlos Luis Sequeira Villegas. Expediente N° 17-012999-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 19 de diciembre del 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018223706 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos. Citas: 328-01206-01-0002-001; a las trece horas y quince minutos del veintitrés de abril de dos mil dieciocho, y con la base de seis millones veinticinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos cuarenta y ocho mil ciento setenta y cinco cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para construcción de vivienda de interés social con una casa. Situada en el distrito 8-Cajón, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Antonio Fonseca Hidalgo; al sur, calle pública; al este, Antonio Fonseca Hidalgo y al oeste, calle pública. Mide: cuatrocientos treinta y tres metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y quince minutos del nueve de mayo de dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones quinientos dieciocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y quince minutos del veinticuatro de mayo de dos mil dieciocho con la base de un millón quinientos seis mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Jorge Arturo Fonseca Hidalgo. Exp: 17-011180-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 28 de diciembre del 2017.—Msc. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—( IN2018223711 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada 406-18954-01-0900-001, Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos 425-01126-01-0159-001 y Plazo de convalidación (rectificación de medida) citas 2013-163181-01-0003-001; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de mayo de dos mil dieciocho, y con la base de veinte millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y dos mil ciento ochenta y cuatro cero cero cero (152184-000) la cual es terreno para la agricultura. Situada en el distrito Santiago, cantón Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, calle pública lotes 12, 13, y José Luis Calderón Gamboa; al este, calle pública lotes 12, 13 y al oeste, calle pública y José Luis Calderón Gamboa. Mide: nueve mil ciento treinta y seis metros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de mayo de dos mil dieciocho, con la base de quince millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de junio de dos mil dieciocho con la base de cinco millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Colaboradores de Pipasa y Afines (Asecargill) contra Manuel Orlando Blanco Fonseca. Exp.:17-003079-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 28 de febrero del 2018.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—( IN2018223713 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del veintisiete de abril del dos mil dieciocho y con la base de siete mil seiscientos ochenta y dos dólares con veintiséis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas 857408, marca: Kia, estilo: Cerato, serie: KNAFU411BB5343625, año: 2011, carrocería: sedan 4 puertas, color: bronce, tracción: 4X2, chasis: KNAFU411BB5343625, Vin: KNAFU411BB5343625, N° motor: G4FCAH264708. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de mayo del dos mil dieciocho, con la base de cinco mil setecientos sesenta y un dólares con sesenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno de mayo del dos mil dieciocho con la base de mil novecientos veinte dólares con cincuenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Marilyn Priscilla Vega Delgado. Expediente Nº 16-004062-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 02 de marzo del 2018.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2018223720 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso, con las citas 481-19839-01-0005-001 y servidumbre de acueducto, con las citas 481-19839-01-0007-001; a las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de abril del dos mil dieciocho y con la base de doscientos ochenta mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 614766-001-002, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito quinto Piedades, cantón noveno Santa Ana de la provincia de San José. Colinda: al norte calle pública con frente de quince metros y sesenta y siete centímetros; al sur Finca Dos Osos S. A.; al este Finca Dos Osos S. A. y al oeste Jomark W Y S Construcción S. A. Mide: seiscientos ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del once de mayo del dos mil dieciocho, con la base de doscientos diez mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de mayo del dos mil dieciocho, con la base de setenta mil ciento veinticinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Randall Alberto Aguilar Mora, Shirley De Los Ángel Aguilar Salazar. Expediente: 18-000021-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 1° de marzo del 2018.—Lic. Pablo Jose Porras Barahona, Juez.—( IN2018223729 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las diez horas y treinta minutos del diecisiete de abril del año dos mil dieciocho, y con la base de veintiséis mil novecientos dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: Mitsubishi, estilo L200 Sportero, carga liviana, placas CL-253913. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del tres de mayo del año dos mil dieciocho, con la base de veinte mil ciento setenta y cinco dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciocho de mayo del año dos mil dieciocho con la base de seis mil setecientos veinticinco dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Xavier Andrey Walters Castillo, expediente Nº 16-025954-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 16 de febrero del 2018.—Lic. Pablo José Porras Barahona, Juez.—( IN2018223730 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando limitaciones SDE Leyes 7052, 7208 Sist Financiero de Vivienda, citas: 565-12001-01-0001-001 y habitación familiar citas: 565-12001-01-0002-001; a las ocho horas y cero minutos del cinco de abril de dos mil dieciocho, y con la base de un millón quinientos treinta y nueve mil cuatrocientos cincuenta colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y siete mil doscientos cuarenta y cuatro cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, quebrada Los Piches; al sur, María Paulina Chavarría Navarro; al este, calle pública con 08.53mts, y al oeste, Juan Tijerino Vargas. Mide: Trescientos cuarenta y un metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintitrés de abril de dos mil dieciocho, con la base de un millón ciento cincuenta y cuatro mil quinientos ochenta y siete colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del nueve de mayo de dos mil dieciocho con la base de trescientos ochenta y cuatro mil ochocientos sesenta y dos colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo S. A. contra Estela Torres Hernández. Exp. N° 17-003077-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 3 de noviembre del 2017.—Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—( IN2018223735 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diez de abril del dos mil dieciocho, y con la base de cuatro millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: KJV 222, marca Susuki, estilo Grand Vitara, categoría automóvil, capacidad 5 personas, serie JS3TE941774202411, año 2007, carrocería todo terreno 4 puertas, color dorado, tracción 4x2, motor 2700 cc, combustible gasolina. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de abril del dos mil dieciocho, con la base de tres millones trescientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de mayo del dos mil dieciocho, con la base de un millón ciento doce mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Autos Rojas E.G.R S. A. contra Orlando Javier de La Trinidad Castillo Huertas. Expediente N° 17-012081-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de setiembre del 2017.—Licda. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—( IN2018223818 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando una serv de paso ref:1899 365 001; a las diez horas y cero minutos del veintitrés de abril de dos mil dieciocho y con la base de tres millones ciento treinta y cinco mil setecientos cincuenta y cuatro colones con cincuenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 166226-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 02 Cervantes, cantón 06 Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Rosalinda Quirós Granados; al sur, calle publica con 8 metros 50 centímetros; al este, Manuel Brenes Sevyanni y al oeste, Rosalía Quirós Granados. Mide: Trescientos noventa metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diez de mayo de dos mil dieciocho, con la base de dos millones trescientos cincuenta y un mil ochocientos quince colones con noventa y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinticinco de mayo de dos mil dieciocho con la base de setecientos ochenta y tres mil novecientos treinta y ocho colones con sesenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Piedra y Navarro S. A. contra Orlando Marcial Martínez Quirós. Exp. N° 17-012252-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 26 de febrero del 2018.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2018223840 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de abril del dos mil dieciocho y con la base de dieciocho millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 104057-000 la cual es naturaleza: solar y casa. Situada en el distrito 03 Orosi, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Víctor Manuel Chávez Chávez; al sur, Víctor Manuel Chávez Chávez; al este, José Antonio Segura Gamboa; y al oeste, calle pública con 6m 50cm. Mide: ciento diecisiete metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del tres de mayo del dos mil dieciocho, con la base de trece millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiuno de mayo del dos mil dieciocho con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Penas de Urazca Sociedad Anónima contra Álvaro Antonio Ortega Jiménez. Expediente Nº 17-012099-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 22 de febrero del 2018.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2018223849 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas: 179-01598-01-0903-001, servidumbre trasladada, citas: 292-20779-01-0902-001; a las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de mayo del año dos mil dieciocho y con la base de trescientos cuarenta y tres mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos seis mil setecientos noventa y seis-cero cero cero, la cual es terreno con dos salas de cine debidamente equipadas. Situada en el distrito 01 Grecia, cantón 03 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Administradora Fiduciaria ZMZ S. A.; al sur, Administradora Fiduciaria ZMZ S. A. y calle pública; al este, Administradora Fiduciaria ZMZ S. A. y al oeste, Berly S. A. y calle pública. Mide: mil ochocientos treinta y siete metros cuadrados. Plano: A-1654766-2013. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del siete de junio del año dos mil dieciocho, con la base de doscientos cincuenta y siete mil seiscientos veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de junio del año dos mil dieciocho con la base de ochenta y cinco mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Panacea J.S.G. Sociedad Anónima contra Neuchatel Consulting Sociedad Anónima. Exp.: 17-005598-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 22 de febrero del 2018.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—( IN2018223860 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca citas: 562-05335-01-0001-001; a las trece horas y treinta minutos del dieciocho de abril del dos mil dieciocho, y con la base de seiscientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 416352 derecho cero cero cero, provincia: San José. Naturaleza: terreno para construir con una casa de habitación en mal estado. Situada en el distrito 8-San Antonio, cantón 4-Puriscal de la provincia de San José. Linderos: al norte, Daidy Delgado Chavarría; al sur, Mélida Vargas Corrales; al este, Hansow Sociedad Anónima; al oeste, calle pública con 12 metros 72 centímetros. Mide: doscientos noventa y ocho metros con cinco decímetros cuadrados. Plano: SJ-0108220-1993. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del siete de mayo del dos mil dieciocho, con la base de cuatrocientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintidós de mayo del dos mil dieciocho con la base de ciento sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Francisco Vargas Ureña contra Pablo Gerardo Moreno Garita. Expediente Nº 17-018503-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de enero del 2018.—Licda. Ana Cecilia Brenes López, Jueza.—( IN2018223878 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las dieciséis horas y cero minutos del trece de abril del dos mil dieciocho -04:00pm 13/04/2018-, y con la base de treinta millones cuatrocientos noventa mil setecientos cuarenta y siete colones con treinta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y ocho mil trescientos noventa y tres cero cero cero la cual es terreno de agricultura con una casa. Situada en el distrito 10 Llano Grande, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de 25.97 metros; al sur, Marcial Chacón Rodríguez; al este, Adan Aguilar Chacón; y al oeste, José Ángel Meza Chacón. Mide: mil cuatrocientos noventa y un metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del treinta de abril del dos mil dieciocho -04:00pm 30/04/2018-, con la base de veintidós millones ochocientos sesenta y ocho mil sesenta colones con cuarenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del dieciséis de mayo del dos mil dieciocho con la base de siete millones seiscientos veintidós mil seiscientos ochenta y seis colones con ochenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra María de los Ángeles Monge Meza. Expediente Nº 17-003878-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 14 de febrero del 2018.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—( IN2018223900 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y treinta minutos del once de mayo del dos mil dieciocho, y con la base de dos millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 487.258-000, la cual es terreno de potrero. Situada: en el distrito 6 Río Cuarto, cantón 3 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, con calle pública; sur, con Andiamo Piano S. A.; este, con Andiamo Piano S. A.; oeste, con Marvin Brenes Jiménez. Mide: cuatrocientos cuarenta y tres metros cuadrados. Plano: A-1483746-2011. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de mayo del dos mil dieciocho, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del doce de junio del dos mil dieciocho, con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Hernán Osvaldo González López contra Andiamo Piano S. A. Expediente Nº 15-000663-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 08 de febrero del 2018.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2018223935 ).

En la puerta exterior de este Despacho, a las nueve horas del quince de mayo del dos mil dieciocho, soportando condiciones ref.: 2619-507-002, inscritas al tomo: 324, asiento: 15557-01-901-001; servidumbre de paso anotadas al tomo: 2010, asiento: 279191, 01-0001-001, 01-0007-001, 01-0008-001, 01-0009-001, 01-0010-001; servidumbre de ancla inscrita al tomo: 2010, asiento: 279191-01-002-001, 01-0003-001, 01-0004-001, 01-005-001, 01-0006-001, así como hipoteca de primer grado inscrita al tomo: 2015, asiento: 368540-01-0001-001, responde por la suma de ¢132.000.000, e hipoteca de segundo grado anotada al tomo: 2016, asiento: 158817-01-0001-001, responde por la suma de ¢18.500.000; ambas hipotecas a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito y Servicios Múltiples La Amistad R.L., con la base de ciento cincuenta millones quinientos mil colones, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Alajuela, Folio Real, matrícula Nº 175771-000, el cual es terreno de potrero y charral, bosque, se ubica en el distrito 11 Cutris, del cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública y Miguel Ángel Badilla Morales; al sur, río Jardín; este, Gerardo, Gilbert, Edwin y Alexis todos Alvarado Durán, y al oeste, calle pública. Mide: 634.439 m con 76 decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas del treinta de mayo del dos mil dieciocho, con la base de ciento doce millones ochocientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un 25%), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas del catorce de junio del dos mil dieciocho, con la base de treinta y siete millones seiscientos veinticinco colones (un 25% de la base original). Asimismo, remataré con la base de cuarenta y ocho millones quinientos mil colones el inmueble de matrícula 172877-000, inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, Soportando reservas y restricciones inscritas al tomo: 312, asiento: 995-01-0901-077; servidumbre de líneas eléctricas y de paso, anotadas al tomo: 2010, asiento: 279171-01-0001-001, hipoteca de primer grado inscrita al tomo: 2015, asiento: 00368540-01-0001-001, responde por un monto de ¢43.000.000, e hipoteca de segundo grado anotada al tomo: 2016, asiento: 158817-01-0001-001, responde por la suma de ¢5.500.000, ambas hipotecas a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito y Servicios Múltiples La Amistad R.L., terreno de bosque y potrero. Situada: en el distrito 11 Cutris, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, David Gerardo Badilla Elizondo; al sur, calle pública, con un frente a ella de 217 m con 50 centímetros lineales; al este, Miguel Arias Castro y Edwin Arredondo Arias, ambos en parte, y al oeste, Rafael Badilla Fernández. Mide: 198.821 metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas del treinta de mayo del dos mil dieciocho, con la base de treinta y seis millones trescientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un 25%), y para el tercer remate, se señalan las nueve horas del catorce de junio del dos mil dieciocho, con la base de doce millones ciento veinticinco mil colones (un 25% de la base original). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por haberse ordenado así en proceso monitorio de Marco Vinicio Herrera Solís contra Fabio Rodríguez Rodríguez. Expediente Nº 17-001881-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia de Cobro), 07 de febrero del 2018.—Licda. Viviana Salas Hernández, Jueza.—( IN2018223936 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 349-06508-01-0906-001, a las ocho horas y treinta minutos del diez de abril del dos mil dieciocho, y con la base de dos millones cuatrocientos treinta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 302.175-000, la cual es terreno para construir lote 8. Situada: en el distrito 1 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Alfredo Hidalgo Solís; sur, calle pública con 8 metros; este, lote 7; oeste, lote 9. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Plano: A-0264781-1995. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de abril del dos mil dieciocho, con la base de un millón ochocientos veintiséis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del catorce de mayo del dos mil dieciocho, con la base de seiscientos ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ana Isabel Duarte Álvarez. Expediente Nº 17-005352-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 01 de febrero del 2018.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2018223938 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas 0346-00017299-01-0911-001; a las trece horas y treinta minutos del veintitrés de mayo del dos mil dieciocho, y con la base de ciento catorce mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 319814-000 la cual es terreno para construir con 1 casa lote 15 I. Situada en el distrito San Francisco de Dos Ríos, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 14 I; al sur, avenida 6; al este, lote 14 A I destin a parque infantil; y al oeste, lote 16 I. Mide: doscientos cuarenta y un metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del siete de junio del dos mil dieciocho, con la base de ochenta y cinco mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintidós de junio del dos mil dieciocho con la base de veintiocho mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Gabriela Villasenor Neri. Expediente Nº 17-004945-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 23 de febrero del 2018.—Licda. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—( IN2018223939 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso, citas: 486-02093-01-0004-001; a las ocho horas del dieciséis de abril del dos mil dieciocho y, con la base de diez millones trescientos noventa mil cuatrocientos cincuenta colones con doce céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintitrés mil cuatrocientos seis- cero cero cero, la cual es: naturaleza: terreno para construir con una casa. Situada en distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, Oralia Antonia Palma Víctor; al sur, José Andrés Mairena Umaña; al este, calle pública con frente de 14.67 metros; y al oeste, Dubon S. A. Mide: doscientos setenta metros con cero decímetros cuadrados. Plano: G-0826895-2002. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del dos de mayo del dos mil dieciocho, con la base de siete millones setecientos noventa y dos mil ochocientos treinta y siete colones con cincuenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del diecisiete de mayo del dos mil dieciocho con la base de dos millones quinientos noventa y siete mil seiscientos doce colones con cincuenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra José Andrés Mairena Umaña. Expediente Nº 17-000355-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro), 23 de febrero del 2018.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—( IN2018223946 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; pero soportando reservas y restricciones citas: 326-03590-01-0901-001, a las nueve horas y cero minutos del dos de mayo del dos mil dieciocho, y con la base de tres millones trescientos cincuenta y seis mil ciento sesenta y cinco colones con ochenta céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y cinco mil trescientos setenta y seis cero cero cero, la cual es terreno de potrero. Situada: en el distrito 3-San Antonio, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote de Javier Granados Carrillo; al sur, calle pública con 16.56 metros de frente; al este, Clímaco Granados Carrillo, y al oeste, en parte Arturo Mora Rosales y Hermenegildo Jiménez Jiménez. Mide: quinientos ochenta y cinco metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de mayo del dos mil dieciocho, con la base de dos millones quinientos diecisiete mil ciento veinticuatro colones con treinta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de junio del dos mil dieciocho, con la base de ochocientos treinta y nueve mil cuarenta y un colones con cuarenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Illeana María Campos Agüero, Marta Estela Agüero Mora. Expediente Nº 17-006203-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 05 de febrero del 2018.—Lic. Iván Cartín Cordero, Juez.—( IN2018223961 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 0290-00004335-01-0915-001 servidumbre trasladada 0371-00012771-01-0908-001; a las quince horas y cero minutos del trece de abril del dos mil dieciocho, y con la base de veinticuatro millones doscientos cuatro mil novecientos ochenta y nueve colones con treinta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos ochenta y cuatro mil seiscientos cuarenta y cinco cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero Upala, cantón trece Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, Ronal Monge Fallas; al noroeste, calle pública con un frente de 45 metros con 20 centímetros lineales; al sureste, Leda Elvira Lanza Olivas; y al suroeste, río Zapote. Mide: cuatro mil ciento veintinueve metros con trece decímetros cuadrados. Plano A 1155782-2007. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del treinta de abril del dos mil dieciocho, con la base de dieciocho millones ciento cincuenta y tres mil setecientos cuarenta y un colones con noventa y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del dieciséis de mayo del dos mil dieciocho con la base de seis millones cincuenta y un mil doscientos cuarenta y siete colones con treinta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Leda Elvira Lanza Olivas. Expediente Nº 17-002551-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro), 23 de febrero del 2018.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—( IN2018223979 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y treinta minutos del trece de abril del dos mil dieciocho y con la base de cuatro millones ochocientos noventa y cinco mil novecientos veintidós colones con ochenta y cinco céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos sesenta y tres mil doscientos cuarenta y nueve cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno con un local comercial de 54 metros cuadrados de construcción. Situada: en el distrito 02 Aguas Claras, cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 17,52; al sur, Junta de Educ. Cuatro Bocas de Upala; al este, Junta de Educ. Cuatro Bocas de Upala, y al oeste, Thomas Pérez Vélez. Mide: cuatrocientos cincuenta y cinco metros con un decímetros cuadrados. Plano: A-0999178-1991. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta de abril del dos mil dieciocho, con la base de tres millones seiscientos setenta y un mil novecientos cuarenta y dos colones con catorce céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de mayo del dos mil dieciocho, con la base de un millón doscientos veintitrés mil novecientos ochenta colones con setenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Eduardo Rodríguez Pérez, Marta Ligia Pérez Hernández. Expediente Nº 17-001852-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro), 09 de febrero del 2018.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—( IN2018223981 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 0334-00010362-01-0900-001; a las catorce horas del doce de abril del dos mil dieciocho y con la base de treinta y un millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y cuatro mil doscientos treinta y cinco cero cero cero, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 01 Golfito, cantón 07 Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, vía del ferrocarril del sur con 97 m 63 cm; al sur, Revelación S. A.; al este, Revelación S. A.; y al oeste, Hugo Trejos Naranjo. Mide: veinte mil tres metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del veintisiete de abril del dos mil dieciocho, con la base de veintitrés millones ochocientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas del dieciséis de mayo del dos mil dieciocho con la base de siete millones novecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Wilber Gerardo Navarro Sánchez contra Jenny Castro Molina. Expediente Nº 17-003227-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 23 de noviembre del 2017.—Msc. Johana Arce Hidalgo, Jueza.—( IN2018223986 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las trece horas y quince minutos del treinta de abril del dos mil dieciocho, y con la base de cincuenta y siete mil dólares exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Nacional, provincia de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa y cinco mil trescientos sesenta y cuatro cero cero cero, la cual es de naturaleza: terreno con una casa lote 28. Situada: en el distrito 3-San Juan, cantón 4-Santa Bárbara, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Antonio Alfaro Araya; al este, lote 27 de Conjuntos Habitacionales S. A., y al oeste, lote 29 de Conjuntos Habitacionales S. A. Mide: ciento sesenta y un metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y quince minutos del dieciséis de mayo del dos mil dieciocho, con la base de cuarenta y dos mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y quince minutos del treinta y uno de mayo del dos mil dieciocho, con la base de catorce mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Henry Efraín Quesada Jiménez. Expediente Nº 17-014471-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 16 de febrero del 2018.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018223999 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando Denuncia del O.I.J. (citas:800-00258038-001, expediente 16-000663-0060-PE), infracciones y colisiones (boleta: 2014316900253, sumaria: 15-000429-0169-CI) (boleta: 3000492700, sumaria: 15-000826-0764-TR) (boleta: 3000518509, sumaria: 16-000287-0764-TR); a las trece horas y veinte minutos del trece de abril de dos mil dieciocho -01:20pm 13/04/2018-, y con la base de treinta y un mil noventa y tres dólares con cuarenta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas: CL-274674. Marca: Toyota. Estilo: Hilux SRV. Categoría: carga liviana. Capacidad: 5 personas. Color: plateado. Año: 2014. Motor: 1KDU342343. Vin: MR0FZ29GX01695563. Combustible: diesel. Para el segundo remate se señalan las trece horas y veinte minutos del treinta de abril de dos mil dieciocho -01:20pm 30/04/2018-, con la base de veintitrés mil trescientos veinte dólares con diez centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y veinte minutos del dieciséis de mayo de dos mil dieciocho -01:20pm 16/05/2018- con la base de siete mil setecientos setenta y tres dólares con treinta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito de S J Sociedad Anónima contra Willy Francisco Whitte Gutiérrez. Expediente Nº 16-003696-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 14 de febrero del 2018.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—( IN2018224000 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso (citas: 2011-72198-01-0029-001), a las ocho horas y treinta minutos del treinta de abril del dos mil dieciocho y con la base de ocho millones veinte mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Nacional, provincia de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos setenta y siete mil cuatrocientos treinta y uno cero cero cero, la cual es terreno de naturaleza: terreno para construir lote 5 B 2. Situada: en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Hermanos Madrigal Matamoros Limitada y fin de servidumbre de paso con un frente a ella de 3 metros; al sur, Hermanos Madrigal Matamoros Limitada; al este, servidumbre de paso con frente a ella de 6.80 metros y Hermanos Madrigal Matamoros Limitada, y al oeste, Hermanos Madrigal Matamoros Limitada. Mide: doscientos treinta y un metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de mayo del dos mil dieciocho, con la base de seis millones quince mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno de mayo del dos mil dieciocho, con la base de dos millones cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Jhonatan Andrés Wallace Jiménez. Expediente Nº 17-014329-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 16 de febrero del 2018.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018224001 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 319-13962-01-0901-011, servidumbre de paso bajo las citas: 2011-32047-01-0003-001; a las nueve horas y cero minutos del treinta de abril del dos mil dieciocho, y con la base de nueve millones trescientos uno mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 476.917-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 6 Pital, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de paso; al sur, Alicia Aguilar Vargas; al este, lote 4; y al oeste, José Elimar Chacón Arrieta. Mide: trescientos metros cuadrados. Plano: A-1400579-2010. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de mayo del dos mil dieciocho, con la base de seis millones novecientos setenta y cinco mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de mayo del dos mil dieciocho con la base de dos millones trescientos veinticinco mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Marvin Josué Salas Picado. Expediente Nº 17-004568-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 05 de febrero del 2018.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2018224013 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del primero de agosto del dos mil dieciocho, y con la base de siete millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas Nº: 343995, marca: Mitsubishi, estilo: Montero GLS, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, año: 1999, color: verde, Vin: JMB0NV460XJ007564, cilindrada: 2835 CC, combustible: diesel, motor Nº: 4M4OCS4731. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de agosto del dos mil dieciocho, con la base de cinco millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de setiembre del dos mil dieciocho, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Jorge Luis Rodríguez Víquez contra Guerin Alberto Sánchez Valverde. Expediente Nº 16-008134-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 27 de febrero del 2018.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2018224072 ).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando citas: 377-03277-01-0929-001, hipoteca de primer grado citas: 2014-305853-01-0002-001; a las diez horas y cero minutos del trece de abril del dos mil dieciocho, y con la base de siete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y dos mil cuatrocientos once cero cero cero. La cual es terreno bloque B lote 15 con 1 casa. Situada en el distrito 1-Puerto Cortés, cantón 5-Osa, de la provincia de Puntarenas. Linderos: al norte, al noreste, lote 14; al sur, al sureste, alameda BC y lote 16; al este, al noroeste, lotes 14 y 2; y al oeste, al suroeste, lote 16. Mide: ciento sesenta y tres metros cuadrados. Plano: P-0868618-1990. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del treinta de abril del dos mil dieciocho, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de mayo del dos mil dieciocho con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Gladys Blanco Valverde contra Jorge Eugenio Cortés Porras. Expediente Nº 17-001245-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito (Materia Cobro), 11 de enero del 2018.—Lic. German Esquivel Campos, Juez.—( IN2018224082 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 470-16056-01-0008-001, a las nueve horas y treinta minutos del seis de abril del dos mil dieciocho, y con la base de seis millones quinientos cincuenta y tres mil quinientos cincuenta y cuatro colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y tres mil quinientos noventa y cuatro cero cero cero, la cual es terreno con una casa, patio y granja. Situada: en el distrito Las Horquetas, cantón Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Ricardo Guerrero Ulate y Aidee María Gonzalez Álvarez; al sur, Ricardo Guerrero Ulate y Aidee María Gonzalez Álvarez y calle pública; al este, calle pública, y al oeste, Ricardo Guerrero Ulate y Aidee María Gonzalez Álvarez. Mide: mil sesenta y cuatro metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de abril del dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones novecientos quince mil ciento sesenta y cinco colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del ocho de mayo del dos mil dieciocho, con la base de un millón seiscientos treinta y ocho mil trescientos ochenta y ocho colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Alimentos del Norte Sociedad Anónima contra Jhonny Guerrero González. Expediente Nº 12-001374-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 13 de noviembre del 2017.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2018224085 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del diez de abril del dos mil dieciocho, y con la base de tres millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa: 722662; marca: B.M.W., estilo: X 5, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: WBAFA53511LM81143, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4X4, número chasis: WBAFA53511LM81143, año fabricación: 2001, color: azul, N° motor: no visible, Cilindrada: 3000 c.c., combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de abril del dos mil dieciocho, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de mayo del dos mil dieciocho con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vacamadi Sociedad Anónima contra Diseños Allan Sociedad Anónima. Expediente Nº 17-004443-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 01 de febrero del 2018.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2018224091 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del diez de abril del dos mil dieciocho, y con la base de cinco millones setecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 303.760-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Welfran Porras Quirós; al sur, calle pública con un frente a ella de 9,90 metros lineales; al este, José Ángel Gamboa Esquivel; y al oeste, Junta de Educación de Barrio Los ángeles (escuela). Mide: quinientos cuarenta y dos metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Plano: A-1226917-2008. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiséis de abril del dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones trescientos doce mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de mayo del dos mil dieciocho con la base de un millón cuatrocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Vacamadi Sociedad Anónima contra Welfran Vinicio Porras Jiménez. Expediente Nº 17-004445-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 01 de febrero del 2018.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2018224092 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso bajo las citas: 505-05648-01-0008-001; a las quince horas y cero minutos del diez de abril del dos mil dieciocho, y con la base de dieciocho millones noventa y nueve mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 381.055-000, la cual es lote doce, terreno para construir. Situada en el distrito 13 Peñas Blancas, cantón 2 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de paso en un frente de 25.17 metros lineales; al sur, servidumbre de paso en un frente de 28.34 metros lineales; al este, Jorge Gerardo Ledezma Matamoros; y al oeste, Mercedes Picado Fallas. Mide: mil diez metros cuadrados. Plano: A-0732317-2001. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintiséis de abril del dos mil dieciocho, con la base de trece millones quinientos setenta y cuatro mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del catorce de mayo del dos mil dieciocho con la base de cuatro millones quinientos veinticuatro mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jorge Luis Zapata Arroyo contra German Eladio López Villalobos. Expediente Nº 17-005399-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 31 de enero del 2018.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2018224096 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las quince horas y treinta minutos del veinticinco de abril del año dos mil dieciocho, y con la base de cuatro millones trescientos veintiséis mil trescientos tres colones con setenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y nueve mil quinientos sesenta y nueve cero cero cero la cual es terreno construido. Situada en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Asociación Pro Desarrollo del cantón de Aguirre; al este, Asociación Pro Desarrollo cantón de Aguirre y al oeste, calle pública. Mide: quinientos veinticuatro metros con seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del dieciséis de mayo del año dos mil dieciocho, con la base de tres millones doscientos cuarenta y cuatro mil setecientos veintisiete colones con setenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del treinta y uno de mayo del año dos mil dieciocho con la base de un millón ochenta y un mil quinientos setenta y cinco colones con noventa y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L contra Margarita de Los Ángeles Cubillo Vargas, expediente Nº 17-006194-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia cobro), 08 de febrero del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018224097 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y cero minutos del diecisiete de abril de dos mil dieciocho y con la base de treinta y ocho mil trescientos sesenta dólares con cincuenta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: EE-032791; marca Caterpillar; estilo 306 categoría: esquipo especial obras civiles; año 2014; capacidad 1 persona; carrocería excavadora; color amarillo; Vin CAT00306ASMD00521; cilindrada 2840 cc. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del tres de mayo de dos mil dieciocho, con la base de veintiocho mil veinte dólares con cuarenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintiuno de mayo de dos mil dieciocho, con la base de nueve mil quinientos noventa dólares con catorce centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Maquinaria y Tractores Limitada contra Asdrúbal Chacón Rodríguez, Ganadera Yeta S. A. Exp. N° 17-017139-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de enero del 2018.—Licda. Hellen Mora Salazar, Jueza.—( IN2018224099 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y veinte minutos del diecinueve de abril del dos mil dieciocho y con la base de dos millones quinientos cincuenta y un mil setecientos catorce colones con veintidós céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cuatro mil doscientos noventa y cinco-cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito 12 Gravilias, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte; lote 73; al sur; lote, 71; al este, calle con 7m; y al oeste, lotes 83 y 84. Mide: ciento treinta y tres metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y veinte minutos del siete de mayo de dos mil dieciocho, con la base de un millón novecientos trece mil setecientos ochenta y cinco colones con sesenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y veinte minutos del veintitrés de mayo de dos mil dieciocho con la base de seiscientos treinta y siete mil novecientos veintiocho colones con cincuenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de ASADEM contra Daniel Madrigal Campos y Roxana Madrigal Campos. Expediente Nº 17-004831-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 15 de diciembre del 2017.—Kreysa Marín Mata, Jueza.—( IN2018224153 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cuarenta minutos del veintisiete de abril del dos mil dieciocho, y con la base de tres millones setecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa: 368200, marca: Toyota, estilo: Yaris, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año 2000, color: dorado, vin: JTDBT113400034294, cilindrada: 1497 c.c. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del quince de mayo del dos mil dieciocho, con la base de dos millones setecientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del treinta de mayo del dos mil dieciocho, con la base de novecientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Alex Alfredo Jiménez Ramírez contra Robert Gazel Briceño. Expediente N° 17-012308-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 31 de octubre del 2017.—Licda. Heilim Badilla Alvarado, Jueza.—( IN2018224175 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y cero minutos del veintidós de agosto de dos mil dieciocho y con la base de diez mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número quinientos treinta y siete mil ochocientos noventa y cuatro-cero cero dos, la cual es terreno para construir, lote 105. Situada en el distrito 11 San Sebastián, cantón 01 San José de la provincia de San José. Colinda: al norte lote 106; al sur lote 104; al este lote 116 y al oeste calle pública con 7 metros. Mide: ciento veintidós metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del seis de setiembre de dos mil dieciocho, con la base de siete mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintiuno de setiembre de dos mil dieciocho, con la base de dos mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Glen Guillermo Álvarez Salas contra Julio Esteban Ayerdis Thomas. Exp. N° 17-015562-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 31 de enero del 2018.—Licda. Brenda Vargas Quesada, Jueza.—( IN2018224183 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y cero minutos del dieciséis de mayo del año dos mil dieciocho, y con la base de setenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y seis dólares con dos centavos, moneda de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento diecisiete mil cuatrocientos dos-F-cero cero cero la cual es terreno finca filial Nº 97 de una planta ubicada en el 2 nivel destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito Guácima, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: finca filial 94; sur, finca filial 98; este, espacio aéreo y oeste, espacio aéreo. Mide: cien metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de mayo del año dos mil dieciocho, con la base de cincuenta y cinco mil noventa y dos dólares con un centavo (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del quince de junio del año dos mil dieciocho con la base de dieciocho mil trescientos sesenta y cuatro dólares con un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda (Costa Rica) S. A., contra Ricardo Alberto Laborde Laborde, expediente Nº 17-001574-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia cobro), 20 de febrero del 2018.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—( IN2018224200 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas 0317-00007530-01-0901-001; a las nueve horas y treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil dieciocho y con la base de siete millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 165-039-000, la cual es terreno para construir con un local comercial. Situada: en el distrito 05 Santa Teresita, cantón 05 Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, José Efraín Salguero Jiménez; al sur, calle pública; al este, calle pública y al oeste, Dagoberto Rojas Montero. Mide: doscientos veintiocho metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de mayo del dos mil dieciocho, con la base de cinco millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del cinco de junio del dos mil dieciocho con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: en caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carlos Enrique Zúñiga Fallas contra Jorge Alfredo Gerardo Brenes Quesada. Expediente N° 17-003888-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 27 de febrero del 2018.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—( IN2018224229 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y treinta minutos del once de junio del año dos mil dieciocho y con la base de cuarenta y tres mil novecientos cincuenta y cinco dólares con setenta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos veintiún mil quinientos veintiséis cero cero cero la cual es terreno lote 26 F, terreno para construir con una casa .Situada en el distrito San José , cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 25 F ; al sur, lote 27 F ; al este, calle tercera publica y al oeste, lote 5 F. Mide: ciento cincuenta y un metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veintiséis de junio del año dos mil dieciocho, con la base de treinta y dos mil novecientos sesenta y seis dólares con ochenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del once de julio del año dos mil dieciocho, con la base de diez mil novecientos ochenta y ocho dólares con noventa y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Geerin Fernando Jesús Jiménez Álvarez. Exp. 16-016758-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial De San José, Sección Tercera, 15 de febrero del 2018.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez.—( IN2018224238 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del trece de abril del año dos mil dieciocho, y con la base de catorce millones ochocientos ochenta mil seiscientos colones con setenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número diez mil quinientos cuarenta y seis cero cero cero la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito uno La Cruz, cantón diez La Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Cabresa Zúñiga S. A. y Marcos Vegas Chaves; al sur, El Quetzal Rojo EQR S. A. y Seferino Leal Leal; al este, Vinicio Tinoco Duarte, Domingo Cubillo Rosales y Seferino Leal Leal y al oeste, Marco Vega Chaves, Salvadora Morales Torres en medio camino público con 352.88 m. Mide: quinientos mil metros cuadrados. Plano: G-1058024-2006. Para el Segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del treinta de abril del año dos mil dieciocho, con la base de once millones ciento sesenta mil cuatrocientos cincuenta colones con cincuenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de mayo del año dos mil dieciocho con la base de tres millones setecientos cincuenta mil ciento cincuenta colones con diecinueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Manuel Antonio Alan Montiel, Tramalan San Antonio M.A. S. A. Exp.: 12-001100-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia (Materia Cobro), 16 de febrero del 2018.—Lic. Jorge Zúñiga Jáen, Juez.—( IN2018224245 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 0404-00001755-01-0901-001, reservas y restricciones citas: 0404-00001755-01-0921-001, reservas y restricciones citas: 0404-00001755-01-0922-001, servidumbre de acueducto citas: 0556-00003221-01-0004-001 y servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 0556-00003231-04-0007-001 y advertencia Administrativa Resolución de las trece horas del 20 de abril del 2017, expediente 2017-0214-RIM; a las quince horas y cero minutos (03:00 pm) del veintisiete de abril del dos mil dieciocho, y con la base de ochenta y siete millones seiscientos sesenta y seis mil trescientos noventa y tres colones con veinte céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente. Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 212153-000, la cual es terreno parcela norte: terreno de café, plátano, fruta, caña restaurante y casa. Situada en el distrito 03 Orosí, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Luis Cortés Solano; al sur, parcela sur de Albergue Turístico Kiri S. A., Madison Enterprises S. A. calle pública con 420.6 m; al este, Víctor Brenes Román y parcela sur de Albergue Turístico Kiri S. A.; y al oeste, río Quiri y calle pública con 83.13 m. Plano: C-1178158-2007, identificador predial: 302030212153. Mide: sesenta y seis mil seiscientos sesenta y nueve metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos (03:00 pm) del quince de mayo del dos mil dieciocho, con la base de sesenta y cinco millones setecientos cuarenta y nueve mil setecientos noventa y cuatro colones con noventa céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos (03:00 pm) del treinta de mayo del dos mil dieciocho con la base de veintiún millones novecientos dieciséis mil quinientos noventa y ocho colones con treinta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Albergue Turístico Kiri Sociedad Anónima. Expediente Nº 16-000004-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 20 de febrero del 2018.—Licda. Karina Quesada Blanco, Juez.—( IN2018224246 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas y cero minutos (08:00 a. m.) del veintisiete de abril del dos mil dieciocho, y con la base de veinticuatro mil setecientos cincuenta y dos dólares con setenta y siete centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placa Nº: BFM217, vin: MMBGNKG40EF002569, año: 2014, color: gris, marca: Mitsubishi. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos (08:00 a. m.) del quince de mayo del dos mil dieciocho, con la base de dieciocho mil quinientos sesenta y cuatro dólares con cincuenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos (08:00 a. m.) del treinta de mayo del dos mil dieciocho, con la base de seis mil ciento ochenta y ocho dólares con diecinueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos Sociedad Anónima contra Porfirio Saul de la Trinidad Solano Sabatier. Expediente Nº 17-001020-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 14 de febrero del 2018.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2018224248 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones bajo la sumaria 16-601702-0500-TC y 17-601709-0491-TC; a las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de abril de dos mil dieciocho, y con la base de cuarenta mil ochocientos treinta y cuatro dólares con dieciocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo:Placas número CRT143. Marca Mitsubishi. Estilo Montero GLS. Categoría automóvil. Capacidad 7 personas. Año 2016. Color gris. Vin JMYLYV98WGJ000233. Cilindrada 3200 CC. Combustible diesel. Motor Nº 4M41UAN9432. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de mayo de dos mil dieciocho, con la base de treinta mil seiscientos veinticinco dólares con sesenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de mayo de dos mil dieciocho con la base de diez mil doscientos ocho dólares con cincuenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos S. A. contra Alexander de Los Ángeles  Calderón Muñoz. Exp. N° 17-011967-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 26 de febrero del 2018.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2018224250 ).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca de primer grado citas: 474-07419-01-0079-001. Hipoteca de segundo grado citas: 2014-165246-01-0001-001; a las siete horas y treinta minutos del veinticinco de abril del dos mil dieciocho, y con la base de veintidós millones ochocientos diez mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento diecisiete mil doscientos nueve cero cero cero, la cual es terreno lote número tres segundo etapa terreno con una casa situada en el distrito 1-Golfito, cantón 7-Golfito de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, IMAS, sur, calle pública, este, IMAS, oeste, IMAS con un frente lineal de 9 metros 48 centímetros. Mide: ciento ochenta y siete metros con dieciocho decímetros cuadrados. Plano: P-0026692-1992. Para el segundo remate, se señalan las siete horas y treinta minutos del once de mayo del dos mil dieciocho, con la base de diecisiete millones ciento siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las siete horas y treinta minutos del veintiocho de mayo del dos mil dieciocho con la base de cinco millones setecientos dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Hermes Solórzano Villalobos contra Virginia Chaves Picado. Expediente N° 17-000603-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito (Materia Cobro), 17 de enero del 2018.—Lic. German Esquivel Campos, Juez.—( IN2018224254 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando limitaciones inscritas mediante las citas 364-00011233-01-0891-003 y servidumbre trasladada inscrita según citas 364-00011233-01-0892-005; a las nueve horas del veinticinco de abril del dos mil dieciocho, y con la base de siete millones trescientos veintisiete mil quinientos veintiséis colones con seis céntimos, (rebajada en un veinticinco por ciento de la base original), en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, provincia de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número treinta y seis mil trescientos sesenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote doscientos cincuenta y dos con una casa de habitación. Situada: en el distrito Limón, cantón Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle; al sur, lote 251; al este, lotes 248 y 250, y al oeste, lote 253. Mide: dos mil quinientos dieciséis metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Plano: L-0720528-1987. Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Eduber Rojas Núñez. Expediente N° 05-100908-0473-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Materia Civil), 28 de febrero del 2018.—Licda. Guiselle Arguello González, Jueza.—( IN2018224258 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 304-16902-01-0002-001, plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 2011-298102-01-0003-001; a las once horas con treinta minutos del treinta de abril del año dos mil dieciocho, y con la base de ciento veintisiete millones setenta y tres mil setecientos sesenta y cinco colones con noventa y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 177654-000, la cual es terreno repastos, tacotal. Situada en el distrito 04 San Nicolás, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Carlos Rojas Acuña E. Ismaela Roldán Castro; al sur, Luz Roldán Sanabria; al este Freak Creativa Sociedad Anónima y calle pública con un frente de tres metros, cinco centímetros y al oeste, Felipe Byrd Byrd. Mide: noventa y cinco mil doscientos cuarenta y seis metros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las once horas con treinta minutos del dieciséis de mayo del año dos mil dieciocho, con la base de noventa y cinco millones trescientos cinco mil trescientos veinticuatro colones con cuarenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las once horas con treinta minutos del treinta y uno de mayo del año dos mil dieciocho con la base de treinta y un millones setecientos sesenta y ocho mil cuatrocientos cuarenta y un colones con cuarenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Francisco Elías Cambronero Monge. Exp.: 14-035447-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, (Sección Tercera), 29 de enero del 2018.—Licda. Daisy Hidalgo Arias, Jueza.—( IN2018224261 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del seis de abril de dos mil dieciocho, y con la base de catorce mil setecientos setenta y cuatro dólares con noventa y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placa: BKN586, marca: Toyota, categoría: automóvil, Vin: MR2BT9F39G1176306, año: 2016, color: plateado, cilindrada: 1.500 c.c. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veinticuatro de abril del dos mil dieciocho, con la base de once mil ochenta y un dólares con veintiún centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del diez de mayo del dos mil dieciocho con la base de tres mil seiscientos noventa y tres dólares con setenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Davivienda Costa Rica S. A. contra Mario José Berrocal Velasquez, Nancy Vanessa Chaves Jiménez. Expediente Nº 17-010573-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 05 de febrero del 2018.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—( IN2018224275 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando Colisión de la sumaria 18-000659-0496-tr boleta 2017229901073 del Juzgado de Tránsito de Cartago; a las catorce horas y cero minutos del trece de abril de dos mil dieciocho, con la base de tres millones doscientos dieciocho mil seiscientos cincuenta y tres colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo Placas BBP389. Marca: B.M.W. Estilo: X3 Categoría: automóvil Capacidad: 5 personas Serie: WBXPA93454WA30313 carrocería: todo terreno 4 puertas Tracción: 4X4 Número chasis: WBXPA93454WA30313 Año Fabricación: 2004 color: negro Moneda: colones VIN: WBXPA93454WA30313 Motor: no visible Modelo: 2004 Cilindrada: 3000 C.C Cilindros: 6 Potencia: 98 KW Combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de abril de dos mil dieciocho, con la base de dos millones cuatrocientos trece mil novecientos ochenta y nueve colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciséis de mayo de dos mil dieciocho con la base de ochocientos cuatro mil seiscientos sesenta y tres colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Auto Finanzas S. A. contra José David Navarro Valerín. Exp. 17-013090-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 14 de febrero del 2018.—Licda. Karol Muñoz Barahona, Jueza.—( IN2018224278 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del trece de junio de dos mil dieciocho, y con la base de diecinueve millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos noventa y cuatro mil veintiocho cero cero cero la cual es terreno para construir lote 513 con una casa. Situada en el distrito 1-Alajuela, cantón 1- Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte INVU; al sur lote 512; al este lote 490 y al oeste calle pública. Mide: noventa y dos metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de junio de dos mil dieciocho, con la base de catorce millones ochocientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del trece de julio de dos mil dieciocho con la base de cuatro millones novecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Daniel Jesús Calderón Chaves Exp:17-000532-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 7 de marzo del 2018.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2018224283 ).

Convocatorias

Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de Francisco Padilla Morales, a una junta que se verificará en este Juzgado a las trece horas y treinta minutos del nueve de abril del año dos mil dieciocho (01:30 horas del 09/04/2018), para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal civil. Exp. N° 05-100028-0188-CI.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 18 de octubre del 2017.—Lic. Carlos Eduardo Rojas Rojas, Juez.—1 vez.—Exento.—( IN2017183076 ).

Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de: Grace María Chacón Villalobos, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las ocho horas y cero minutos del nueve de abril del dos mil dieciocho, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 15-000200-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 07 de febrero del 2018.—Licda. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018219071 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 17-000084-0390-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Gloriana Victoria Durán Reyes, quien es mayor, estado civil, divorciada vecina de San José, San Francisco de Dos Ríos, frente al Gimnasio del Polideportivo de San Francisco, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe N° 08-0039-0049, profesión: ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito cuarto Lepanto, cantón primero, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Greivin Artavia Jara; al sur, Laureano Ronulfo, Elena, Jose Alix Reyes Gómez; al este, Albertina Gómez Gómez, y al oeste, calle pública. Mide: un mil cuarenta y siete metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de: dos millones colones. Que adquirió dicho inmueble: Por compra venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en chapia del terreno, cercado del mismo, mantenimiento y conservación del inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por. Expediente N° 17-000084-0390-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, (Materia Civil), 29 de enero del 2018.—Lic. David Matamoros Salazar, Juez.—1vez.—( IN2018223234 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000132-0188-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Jorlenny Leitón Bolaños, quien es mayor, soltera, educadora, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-1130-0122, vecina de Barrio Lourdes, San Isidro, Pérez Zeledón, frente a Infesa, carretera Interamericana Sur, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: que es terreno sin inscribir en el registro público con una casa de habitación y patio. Situado en distrito tercero Daniel Flores, cantón decimonoveno Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte; Leibona S. A., al sur; carretera interamericana con un frente de diez metros con veinticinco centímetros, al este; con Elizabeth Leitón Bolaños, al oeste; con General de Bienes Raíces S. A. Mide: quinientos cuarenta y tres metros cuadrados, corresponde al plano inscrito en el catastro nacional número SJ-un millón novecientos tres mil ochocientos treinta y cinco-dos mil dieciséis. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de seis millones colones. Que adquirió dicho inmueble de Floribeth Bolaños Navarro, con quien liga parentesco de hija, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en construcción de una casa de habitación, construcción de tapias mantenimientos de zona verde y habitación dentro de la casa indicada. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Jorlenny Leitón Bolaños. Expediente: 16-000132-0188-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón), (Materia Civil), 21 de agosto del 2017.—Lic. Joshua Zamora Méndez, Juez.—1 vez.—( IN2018223274 ).

Se hace saber que ante este Despacho se encuentra el expediente N° 17-000037-0388-CI, el cual corresponde a un proceso de diligencias de información posesoria, promovido por Pilar Giovanni Zamora Santana, mayor de edad, casado dos veces, comerciante, con cédula cinco-ciento noventa y seis-novecientos noventa y uno, y Karina Auxiliadora Valdivia Pérez, mayor, casada una vez, de nacionalidad nicaragüense, con cédula de residencia número tino cinco cinco ocho cero cinco uno cuatro cero tres uno siete, todos vecinos de Villa Real de Santa Cruz, trescientos metros oeste del cruce, el cual interpusieron a fin de que se inscriban a sus nombres un medio de la finca que se dirá y ante el Registro Público de la Propiedad, un terreno que es para construir con una casa, situado en Villarreal, distrito 09 Tamarindo, cantón 03 Santa Cruz, provincia de Guanacaste; el cual colinda al norte: calle pública con un frente a ella de nueve metro setenta y siete centímetros lineales, sur: Manuel Zamora Contreras, este: Justo Greivin Rosales Zamora conocido como Justo Edwin Rosales Zamora y oeste: Manuel Zamora Contreras; mide 552 m2, según plano G-1770821-2014. Indica la parte promotora: que sobre el mismo no pesan cargas reales o gravámenes, que mediante dicho proceso no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, que estima el inmueble en un dos millones de colones, que lo adquirió mediante donación que les hiciera el señor Castulo Manuel Zamora Contreras, mayor, casado una vez, pensionado, cédula: 05-082-0573, quien es padre y suegro, el día 19 de junio del 2015, que hasta la fecha lo ha poseído en calidad de única persona propietaria y en forma continua, pública y pacífica; que los actos de posesión que ha ejercido sobre el han consistido en el inmueble, arreglo y reparación de la misma, arreglo de la cerca limpieza y cuido en general de toda la propiedad; que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles y que carece de título inscribible de dominio. Por tal razón y de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias, se emplaza por este medio a todas las personas interesadas en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil de Santa Cruz, Guanacaste, 22 de noviembre de 2017.—Lic. Carlos Ruiz Rodríguez, Juez.—1 vez.—( IN2018223288 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 18-000014-0419-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Doris María de Los Ángeles Fonseca Valerio, mayor de edad, casada en segundas nupcias, costarricense, comerciante, cédula de identidad N° 1-0582-0188, vecina de San Isidro de Pérez Zeledón, provincia de San José, Barrio Cooperativa, 25 metros al sur y 100 al este del Liceo Calderón Guardia, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es Breñón. Situada: en el distrito cuarto Bahía Ballena, cantón quinto Osa, de la provincia de Puntarenas. Colindancias: norte; servidumbre de uso agrícola, Doucho Casta S.R.L, y Bavaria del Atardecer Jade III S. A., sur, Quebrada en medio de Luis Mora Mora, este, Bahía Ewart VII S.A, oeste, finca Bavaria S. A. Mide: dos hectáreas dos mil quinientos dos metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-2019966-17. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de tres millones colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veinticinco años. Que existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza de los carriles, Chapeas, Cuido y conservación voluntaria de los recursos naturales (tacotal). Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Doris María de Los Ángeles Fonseca Valerio. Expediente N° 18-000014-0419-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de La Zona Sur (Corredores), Corredores, 26 de febrero del 2018.—Juan Gutiérrez Villalobos, Juez.—1 vez.—( IN2018223318 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 16-000458-0638-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de: Socorro Arturo Arroyo Arroyo, mayor, casado, pensionado, cédula Nº 2-225-535, vecino de Alajuela, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito quinto, cantón primero, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con veintidós metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados; al sur, Luis Diego Meza Martínez; al este, Cristian Osvaldo Rojas Bryam, y al oeste, calle pública con treinta y cinco metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Mide: ochocientos sesenta y cinco metros cuadrados, según plano Nº A-1853219-2015. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de treinta y cinco millones de colones exactos. Que adquirió dicho inmueble y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Socorro Arturo Arroyo Arroyo. Expediente Nº 16-000458-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, 21 de febrero del 2018.—Lic. Carlos Esteban Sancho Araya, Juez.—1 vez.—( IN2018223348 ).

Citaciones

Se hace saber: que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Marco Tulio Gerardo Jiménez Blanco, mayor, estado civil casado, profesión dato desconocido, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0600980570 y vecino de Pavas, Lomas del Río, Metrópolis I, del Higuerón 300 metros al norte, 150 metros al oeste casa número 189 a mano derecha. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 17-000096-1721-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas (Materia Civil), 04 de diciembre del 2017.—Licda. Lorena Delgado Ruiz, Jueza.—1 vez.—( IN2018223190 ).

Se emplaza a las partes quien crea tener un mejor derecho al sucesorio de quien en vida fue la señora: Jeannette Salas González, cédula número: nueve cero cero dos cuatro cero cinco tres cinco, en la notaría de María de los Ángeles Solano Mora, con oficina en San José, Vásquez de Coronado, de la Bomba El Trapiche 300 al norte, 400 oeste y 25 al sur, en el plazo de treinta días a partir de la fecha de publicación de este edicto, sino su haber pasará a quien corresponda.—San José, 23 de febrero del 2018.—Licda. María de los Ángeles Solano Mora, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2018223219 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Eli Solórzano Rojas, mayor, estado civil soltero, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 02-0123-0609 y vecino de San Vito de Coto Brus. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000050-0920-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Civil), 16 de enero del 2018.—Lic. Dany Gerardo Matamoros Bendaña, Juez.—1 vez.—( IN2018223227 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Hipólito Fabrisiano Mediano Pérez, mayor, estado civil: soltero, nacionalidad: costarricense, con documento de identidad Nº 0500680233, y vecino de Liberia, Guanacaste. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 17-000024-0944-CI.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Civil), 08 de febrero del 2018.—Lic. Carlos Humberto Venegas Avilés, Juez.—1 vez.—( IN2018223237 ).

Se cita emplaza a todos los interesados en la sucesión notarial de Marvin Antonio Granados Lobo, quien fue mayor, casado una vez, dibujante arquitectónico, vecino de San José, León Trece, calle principal setenta y cinco metros al este de la terminal de Buses, cédula de identidad número 1-0607-0721. Para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este Edicto, comparezcan ante esta notaría a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasara a quien corresponda. Expediente: número cero cero cero tres-dos mil diecisiete. Bufete de la notaria Alejandra Castro Peck.—Licda. Alejandra Castro Peck, Notaria.—1 vez.—( IN2018223276 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio testamentario, de quien en vida se llamó José María Edwin Quesada Montoya, mayor, divorciado, pensionado, vecino de Cartago, cédula de identidad: N° 03-0083-0082, costarricense. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 18-000072-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de febrero del 2018.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2018223315 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Claudio Jiménez Méndez, casado, pensionado, cédula de identidad N° 0301390530, vecino de Oreamuno de Cartago. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 18-000027-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 19 de febrero del 2018.—Licda. Hellen Gutiérrez Desanti, Jueza.—1 vez.—( IN2018223316 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rafael Gerardo Marín Venegas, mayor, estado civil, casado, profesión, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0700500382 y vecino de No Indica. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 18-000014-0188-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil), 27 de febrero del 2018.—Lic. José Celso Fernández Delgado, Juez.—1 vez.—( IN2018223317 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Blanca Nieves Azofeifa Solano, mayor, estado civil viuda, ama de casa, vecina de Orotina Centro, Barrio Kilometro II, con cédula de identidad N° 2-186-170. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 17-000461-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de noviembre del 2017.—Licda. Sandra Trejos Jiménez, Jueza.—1 vez.—( IN2018223321 ).

Se emplaza a herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó: Juan Guerrero Loría, quien fue mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Alajuela, El Roble, portador de la cédula de identidad número: dos-cero tres seis cuatro-cero ocho siete tres, para que, en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría, en defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda. Notario público: Guillermo Jiménez Chacón, Alajuela, del Banco Popular cien metros al sur y veinticinco metros al este. Expediente Nº 0001-2018.—Lic. Guillermo Jiménez Chacón, Notario Público.—1 vez.—( IN2018223337 ).

Sucesorio de Ramón Pérez Pérez, cédula identidad N° 1-0473-0099 y Carmen Montes Corrales, cédula identidad N° 1-0189-0471 por este medio convoco a eventuales herederos y a cualquier otro interesado en la sucesión de Ramón Pérez Pérez y Carmen Montes Corrales para que en el plazo de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente en que salió publicado este edicto, ante la oficina de mi Notaría ubicada en la ciudad de San José, Desamparados detrás del Multicentro, se apersonen y hagan valer sus derechos en el entendido de que pasado dicho plazo la herencia pasará a favor de quienes en derecho corresponda. Expediente 2017-00015.—Lic. Askenaz Javier Calvo Marcos, Notario.—1 vez.—( IN2018223340 ).

Sucesorio de: Robert Franklin Henry, identificación DI175106353048, quien en vida era casado tres veces, por este medio convoco a eventuales herederos y a cualquier otro interesado en la sucesión de: Robert Franklin Henry, para que, en el plazo de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente en que salió publicado este edicto, ante la oficina de mi notaría, ubicada en la ciudad de San José, Desamparados, detrás del Multicentro, se apersonen y hagan valer sus derechos en el entendido de que pasado dicho plazo, la herencia pasará a favor de quienes en derecho corresponda. Expediente Nº 2017-00016-ACM..—Lic. Askenaz Javier Calvo Marcos, Notario Público.—1 vez.—( IN2018223341 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ricardo Guila Borrase, mayor, estado civil viudo, profesión ingeniero civil, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0101870461 y vecino de Heredia. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 18-000009-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 26 de febrero del 2018.—Licda. Sandra Trejos Jiménez, Jueza.—1 vez.—( IN2018223342 ).

A solicitud de la señora Olga Chavarría Céspedes y comprobado el fallecimiento de Orlando Guardia Gutiérrez, cédula 1-0372-0935, el 13 de febrero del 2018, esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestado. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como esta lo ha indicado. Notaría del Licenciado Mario Andrés Rodríguez Obando, San José, Zapote, Barrio Los Yoses Sur, avenida 18, calle 37ª, teléfono: 2234-8204.—San José, 2 de marzo del 2018.—Lic. Mario Rodríguez Obando, Notario.—1 vez.—( IN2018223343 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ronald Francisco Fonseca Carvajal, mayor, divorciado, costarricense, con documento de identidad 0104820248 y vecino de Barrio México. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 17-000339-0180-CI.—Juzgado Primero Civil de San José, 26 de febrero del 2018.—Lic. Miguel Ángel Rosales Alvarado, Juez.—1 vez.—( IN2018223356 ).

Ante esta notaría, se está tramitando proceso sucesorio notarial ad intestato de quien en vida se llamó Carlos Jaime Espinoza Sequeira, quien fue mayor, viudo, quien portó la cédula de identidad número cinco-cero cincuenta y nueve-novecientos treinta y siete. Se cita y emplaza a los presuntos herederos y demás interesados en el proceso para que dentro del plazo de treinta días siguientes a la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos, apercibiéndose de que si no lo hicieran, la herencia pasara a quien legalmente corresponda.—Guanacaste, Nicoya, setenta y cinco metros al sur del parque, a las quince horas treinta minutos del veintiséis de febrero del dos mil dieciocho.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—( IN2018223357 ).

Ante esta notaría, se está tramitando proceso sucesorio notarial ad intestato de quien en vida se llamó: Carlos Jaime Espinoza Sequeira, quien fue mayor, viudo, quien portó la cédula de identidad número: cinco-cero cincuenta y nueve-novecientos treinta y siete. Se cita y emplaza a los presuntos herederos y demás interesados en el proceso, para que, dentro del plazo de treinta días siguientes a la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos, apercibiéndose de que, si no lo hicieran, la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Notaría del Lic. César Jiménez Fajardo, Nicoya, Guanacaste, setenta y cinco metros al sur del parque, a las quince horas treinta minutos del veintiséis de febrero del dos mil dieciocho.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario Público.—1 vez.—( IN2018223358 ).

Ante esta notaría, se está tramitando proceso sucesorio notarial ad intestato de quien en vida se llamó Juan Baustista Espinoza Vidaurre, quien fue mayor, soltero, quien porto la cédula de identidad número cinco-cero treinta y uno-ciento ochenta y uno. Se cita y emplaza a los presuntos herederos y demás interesados en el Proceso para que dentro del plazo de treinta días siguientes a la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos, apercibiéndose de que si no lo hicieran, la herencia pasara a quien legalmente corresponda.—Guanacaste, Nicoya, setenta y cinco metros al sur del parque, a las quince horas del veintiséis de febrero del dos mil dieciocho.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—( IN2018223359 ).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Jorge Álvaro Arce Solórzano, mayor, estado civil Casado una vez, profesión comerciante, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0103040941 y vecino Guácimo. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 18-000003-1545-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Guácimo (Materia Civil), 19 de febrero del 2018.—Licda. Seilin López González, Jueza.—1 vez.—( IN2018223371 ).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio testamentario de quien en vida se llamó Cecilia Erlinda Martínez Sánchez, mayor, viuda, oficios de hogar, vecina de Paraíso de Cartago, cédula de identidad Nº 03-0240-0022. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 17-000065-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 17 de febrero del 2017.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2018223385 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Daniel Chacón Mora, mayor, estado civil soltero en unión de hecho, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0201380295 y vecino de Luzon de Batan. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 17-000019-0465-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 26 de febrero del 2018.—Licda. Rosaura Segnini Vargas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018223398 ).

Avisos

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Nahomi Anchía Ruiz y Darlyn Anchía Ruiz, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 18-000016-0292-FA. Clase de Asunto Depósito Judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las catorce horas y treinta y seis minutos del veinticinco de febrero del dos mil dieciocho.—Msc. Pablo Amador Villanueva, Juez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018222655 ). 3 v. 3

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Brenda Victoria Sánchez Segura, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 18-000050-0688-FA. Clase de Asunto Depósito Judicial.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, (Materia Familia), a las nueve horas y cuarenta y ocho minutos del veintiuno de febrero del dos mil dieciocho, 27 de febrero del 2018.—Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018222661 ). 3 v. 3

Se avisa a Luis Alcides Sánchez Pérez, mayor, nicaragüense, sin más datos conocidos, que en este Juzgado se tramita expediente proceso especial de protección a la niñez y la adolescencia promovido por el Patronato Nacional de la Infancia bajo expediente Nº 18-000175-1302-FA, donde se solicita medidas de protección a favor del menor Luis Olivier Sánchez Gómez. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga a este proceso. Por ordenarse así en proceso protección a la Niñez y la Adolescencia promovido por el PANI, expediente Nº 18-000175-1302-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 28 de febrero del 2018.—Licda. Kensy Cruz Chaves, Jueza.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018222672 ).                                           3 v. 3

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Kevin Martín Espinoza Arce, nacido el 11/08/2001, quien aparece ante el Registro Civil bajo la cédula 402520472 como hijo de Álvaro Espinoza Martínez y Mayela Arce Rodríguez, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°17-000877-0364-FA. Clase de Asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia de Heredia, 21 de febrero del 2018.—Lic. José Miguel Fonseca Vindas, Juez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018222964 ).  3 v. 2

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial del menor de edad Anderzon Aaron Vargas Arce hijo de Katherine Paola Arce Elizondo y Roberth Aaron Vargas Alvarado, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, en este Juzgado se tramita el expediente N° 18-000174-1302-FA, correspondiente a diligencias de depósito judicial de menor de edad, promovidas por el licenciado Ernesto Romero Obando, representante legal del Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el Depósito del menor de edad Anderzon Aaron Vargas Arce. Expediente N°18- 000174-1302-FA. Clase de Asunto depósito judicial .—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 28 de febrero del 2018.—Licda. Kensy Cruz Chaves, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018223033 ).                           3 v. 2

Licda. María Inés Mendoza Morales, Jueza Tramitadora del Juzgado Civil de Heredia; hace saber a Benedicto Thelmo Zamora Segura, documento de identidad 0401550765, casado, cocinero, vecino de Heredia, que en este Despacho se interpuso un proceso presunción de muerte en su contra, bajo el expediente número 16-000082-0504-CI donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: De conformidad con lo expuesto y normativa citada, se acoge la solicitud de declaratoria de muerte presunta planteada. En consecuencia, se declara la muerte presunta de Benedicto Thelmo Zamora Segura. Mediante ejecutoria, se ordena transcribir lo resuelto al Registro Civil para su respectiva inscripción. Publíquese la presente declaratoria tres veces, con intervalos de quince días, en el Boletín Judicial y en un diario de circulación nacional. Artículo 876 inciso 2) en relación con el 872 inciso 3), ambos del Código Procesal Civil. Para la cancelación del usufructo que soporta la finca de la provincia de Heredia matrícula 56786 a favor del señor Zamora Segura, se remite a la promovente a acudir a la notaría de su elección, por cuanto no es a través de este proceso que se debe dar ese trámite. Finalmente, se omite el nombramiento de curador por cuanto el presente proceso se tramitó como una declaratoria de presunción de muerte, en el cual, por sus consecuencias, dicha figura no se encuentra prevista. Por la naturaleza del proceso, se resuelve sin especial condenatoria en costas. Lo anterior se ordena así en proceso presunción de muerte de Benedicto Thelmo Zamora Segura. Expediente Nº 16-000082-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 23 de febrero del 2018.—Licda. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—( IN2018223353 ).                                             3 v. 1

Liseth Delgado Chavarría, Jueza del Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro); hace saber a Guillermo Enrique Machado Clavier, documento de identidad Nº 117-021240, domicilio desconocido, que en este Despacho se ha interpuso un Proceso de Ejecución Hipotecaria, bajo el expediente Nº 16-008046-1158-CJ en el que figura como anotante de II Grado donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), a las trece horas y cuarenta y seis minutos del veintitrés de agosto del dos mil diecisiete. Se tiene por establecido el proceso ejecución hipotecaria en contra de Luis Fernando Delgado Cárdenas; a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº 65-08, celebrada el 02 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular Nº 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del Despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión Nº 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto, se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Con la base de doscientos cincuenta y cinco millones doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada 357-0019042-01-0908-001; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de Heredia, matrícula número setenta y dos mil cuatrocientos noventa y cinco cero cero cero. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cero minutos del ocho de noviembre del dos mil dieciséis (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintitrés de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de ciento noventa y un millones cuatrocientos mil colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del once de diciembre del dos mil diecisiete, con la base de sesenta y tres millones ochocientos mil colones exactos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. De la anterior liquidación de intereses, se confiere audiencia por tres días a la parte demandada. Se ordena anotar la presente demanda al margen de inscripción de (las) finca(s) garante(s). Al tenor de los artículos 2º y 21.4, párrafo último de la Ley de Cobro Judicial, por el improrrogable plazo de ocho días, se cita y emplaza al (los) acreedor(es); para que se apersone(n) a los autos en defensa de su(s) derecho(s). “Se invita a la parte gestionante a que suministre un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del Despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Notifíquese esta resolución a la parte demandada, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona de la siguiente forma: 1) Demandado: Luis Fernando Delgado Cárdenas y Beneficiario: Habitación Familiar María del Rocío Lafuente Ramírez, ambos por medio de Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones; Heredia, sita Heredia, Belén, La Asunción, Ciudad Cariari, calle Los Jardines Nº 51 y 2) Acreedor II Grado Guillermo Enrique Machado Claver y Acreedor V Grado Wilbert Rafael Centeno Álvarez por así solicitarlo la parte interesada; por medio de notario(a) público(a); notifíquese esta resolución al(los) demandado(s), personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Para estos efectos, se designa a Lic. Manuel Calderón Segura, Lic. Olman Enrique Zumbado Brenes y/o Lic. Mario Morales Arroyo. Se advierte al(la) notario(a) notificador(a), que, dentro del tercer día hábil posterior a la notificación, deberá entregar al despacho la respectiva documentación. Artículos 19, 29, 30 y 31 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Cuando se trate de zonas o edificaciones de acceso restringido, exclusivamente para efectos de practicar la notificación al destinatario, se ordena permitir el ingreso del funcionario notificador; si el ingreso fuera impedido, se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada. En otro orden de ideas, se les pone en conocimiento de las partes, que una vez firmados los oficios recordatorios a entidades comisionadas, nuevas comisiones, los oficios de embargo de salario y bancarios, los mismos deben ser diligenciados en forma personal por quienes los solicita y hacer llegar al despacho los resultados obtenidos. Los documentos los podrán bajar por medio del Sistema Costarricense de Gestión de Despachos Judiciales a través de la página: www.Poder-Judicial.go.cr. Las partes deberán comunicarse al Despacho para la solicitud de clave de autorización para el uso del sistema de Gestión en Línea. Msc. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), a las nueve horas y treinta y uno minutos del nueve de febrero del dos mil dieciocho. Siendo que por parte de Recepción de Documentos fue agregado a los autos el acta de notificación con resultado negativo al demandado Luis Fernando Delgado Cárdenas, María del Rocío Lafuente Ramírez, se resuelve: A efecto de proceder al nombramiento de curador procesal, deberá depositarse la suma de siete millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil seiscientos treinta y un colones con ochenta y ocho céntimos para responder a los emolumentos del profesional a designar (artículo 262 del Código Procesal Civil). La misma deberá depositarse en la cuenta Nº 160080461158-3 de este Juzgado en el Banco de Costa Rica, bajo apercibimiento de que, si no se verifica, el proceso permanecerá inactivo. Una vez efectuado el depósito, deberá comunicarse al Despacho a efecto de proceder conforme a Derecho corresponda. Asimismo, de conformidad con el artículo 21.4 de La ley de Cobro Judicial, se ordena notificar al anotante Guillermo Enrique Machado Clavier por medio de edicto, expídase el edicto correspondiente. Conforme se solicita, se ordena verificar un nuevo señalamiento para sacar a remate el bien dado en garantía; y para tal efecto se señalan las once horas y treinta minutos del veinticinco de mayo del dos mil dieciocho. La base será la misma fijada en autos, sea la suma de doscientos cincuenta y cinco millones doscientos mil colones exactos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las once horas y treinta minutos del once de junio del dos mil dieciocho, con la base de ciento noventa y un millones cuatrocientos mil colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las once horas y treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil dieciocho, con la base de sesenta y tres millones ochocientos mil colones exactos (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Luis Fernando Delgado Cárdenas. Expediente Nº 16-008046-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 23 de febrero del 2018.—Msc. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2018224094 ).                                                                                                              2 v. 1

Licenciada Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a José Ángel Álvarez Somarribas, en su carácter personal, quien es mayor de edad, casado, cédula 0601310986, de domicilio desconocido se le hace saber que en demanda divorcio, establecida por Mayela María Díaz Ureña contra José Ángel Álvarez Somarribas, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Sentencia de primera instancia 285-18. Juzgado de Familia de Cartago. A las catorce horas y doce minutos del dieciséis de febrero del dos mil dieciocho. Proceso Abreviado de divorcio establecido por Mayela María Díaz Ureña, mayor, casada, vecina de La Unión, cédula 0105890442, servidora doméstica contra José Ángel Álvarez Somarribas, mayor, casado, electricista, cédula 0601310986, representado por el curador procesal Lic. Luis Sáenz Zumbado. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—... Considerando: I.—Hechos Probados:… 1º—, 2º—. II.—. Análisis de fondo. Por tanto: Razones dadas, Código de Familia, se declara con lugar la excepción de falta de derecho invocada por la parte accionada. Sin lugar este Proceso Abreviado de Divorcio promovido por Mayela Díaz Ureña contra José Ángel Álvarez Somarribas. Sin especial condenatoria en costas. Lo anterior por haberse ordenado así dentro del expediente N° 16-000152-0338-FA proceso de divorcio establecido por Mayela María Díaz Ureña contra José Ángel Álvarez Somarribas.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018223395 ).