BOLETÍN JUDICIAL N° 50 DEL 16 DE MARZO
DEL 2018
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL
PODER JUDICIAL
SALA CONSTITUCIONAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Convocatorias
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos Matrimoniales
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47
bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo
de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en acta Nº 01-2007, celebrada el 20 de
abril del 2007, artículo VIII, y la aprobación del Consejo Superior en sesión Nº 35-07, del 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII, se hace
del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en
general, que se procederá a la eliminación de Expedientes Sociales,
Psicológicos y Psicosociales de los años 1996 al 2012 de la Oficina de Trabajo
Social y Psicología de Corredores. La documentación, se encuentra remesada y
custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 3 A 96
Expedientes: 1397
Paquetes: 22
Año: 1996
al 2012.
Asunto: EXPEDIENTES
SOCIALES, PSICOLÓGICOS Y PSICOSOCIALES:
1
paquete con 1 Pensión de 1996.
1
paquete con 1 Penal Adulto, 1 Pensión de 1997.
1
paquete con 1 Civil, 1 Penal Adulto, 2 Penal Juvenil de 1998.
1
paquete con 1 Familia, 6 Penal Adulto, 3 Penal Juvenil de 1999.
2
paquete con 1 Familia, 3 Penal Juvenil de 2000.
2
paquete con 4 Familia, 2 Penal Adulto, 6 Penal Juvenil, 1 Civil de 2001.
2
paquete con 20 Familia, 2 Laboral, 1 Penal Adulto, 18 Penal Juvenil, 2
Violencia Doméstica de 2002.
1
paquete con 23 Familia, 3 Penal Adulto, 23 Penal Juvenil, 52 Violencia
Doméstica de 2003.
2
paquete con 44 Familia, 2 Laboral, 6 Penal Adulto, 18 Penal Juvenil, 43
Violencia Doméstica de 2004.
2
paquetes con 37 Familia, 9 Penal Adulto, 13 Penal Juvenil, 93 Violencia
Doméstica de 2005.
1
paquete con 28 Familia, 4 Laboral, 22 Penal Adulto, 8 Penal Juvenil, 42
Violencia Doméstica de 2006.
1
paquete con 48 Familia, 3 Laboral, 87 Penal Adulto, 19 Penal Juvenil, 34
Violencia Doméstica de 2007.
1
paquete con 60 Familia, 2 Laboral, 167 Penal Adulto, 27 Penal Juvenil, 13
Violencia Doméstica de 2008. Otros Asuntos: Oficio Nº
607-UJP-2008.
1
paquete con 40 Familia, 3 Laboral, 105 Penal Adulto, 2 Penal Juvenil, 1
Pensión, 19 Violencia Doméstica de 2009.
1
paquete con 1 Civil, 39 Familia, 2 Laboral, 32 Penal Adulto, 5 Penal Juvenil, 1
Pensión, 34 Violencia Doméstica de 2010.
1
paquete con 12 Familia, 29 Penal Adulto, 1 Penal Juvenil, 57 Violencia
Doméstica de 2011. Otros Asuntos: Oficio Nº 206-11.
1
paquete con 6 Familia, 1 Penal Adulto de 2012.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y
desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección
Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera
publicación de este aviso.
San José, 07 de marzo del 2018.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta
Subdirectora
Ejecutiva
O. C. Nº 364-12-2017.—Sol. Nº 68-2017-JA.—( IN2018224420 ).
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso
específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2006 de
fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en
Sesión N° 83-06 celebrada el 02 de noviembre del
2006, artículo XLIV. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de
Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2006 de fecha
01 de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en
Sesión N° 83-06, celebrada el 02 de noviembre del
2006, artículo XLIV. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de
Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015 de fecha
12 de agosto del 2015, artículo XI y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15 celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo
LXXIX. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en sesión Nº 01-2014, celebrada el 14 de
marzo del 2014, artículo VIII, y la aprobación del Consejo Superior en Sesión Nº 47-2014, del 21 de mayo del 2014, artículo XXXI. De la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en
Acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo
II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N°
51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo XCV. De la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo III y el
acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 51-16
celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo CI, se hace del conocimiento de las
instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a
la eliminación de Expedientes de Faltas y Contravenciones del año 2014 y 2015,
Expedientes de Tránsito del año 2005 al 2007, Expedientes Laborales del año
2005 al 2008, Expedientes de Pensiones Alimentarias del año 2009 al 2012 y
Expedientes Civiles del año 2009 al 2013 del Juzgado Contravencional y de Menor
Cuantía de Aguirre, Puntarenas. La documentación, se encuentra remesada y
custodiada en ese Despacho.
Faltas y Contravenciones:
Remesa: G 3 P 14
Expedientes: 443
Paquetes: 7
Año: 2014
Asunto: Faltas
y Contravenciones sentencia absolutorias 211, expedientes archivados 232.
Remesa: G 1 P 15
Expedientes: 443
Paquetes: 6
Año: 2015
Asunto: Faltas
y Contravenciones sentencias absolutorias 163, expedientes archivados 280.
Tránsito:
Remesa: W 6 P 05
Expedientes: 379
Paquetes: 6
Año: 2005
Asunto: Tránsito:
Archivado 157 Sentencia absolutoria 222
Remesa: W 2 P 06
Expedientes: 357
Paquetes: 6
Año: 2006
Asunto: Tránsito:
182 archivos, sentencias 175
Remesa: W 1 P 07
Expedientes: 375
Paquetes: 5
Año: 2007
Asunto: Tránsito:
170 Archivos, 205 con sentencia absolutoria.
Laboral:
Remesa: L 27 P 05
Expedientes: 65
Paquetes: 2
Año: 2005
Asunto: Ordinario
laboral archivados.
Remesa: L 30 P 06
Expedientes: 87
Paquetes: 2
Año: 2006
Asunto: Ordinario
laboral archivados.
Remesa: L 33 P 07
Expedientes: 76
Paquetes: 2
Año: 2007
Asunto: Ordinario
laboral archivados.
Remesa: L 31 P 08
Expedientes: 86
Paquetes: 2
Año: 2008
Asunto: Ordinario
laboral archivados.
Pensión Alimentaria:
Remesa: Q 9 P 09
Expedientes: 59
Paquetes: 1
Año: 2009
Asunto: Pensiones
alimentarias archivadas sin sentencia
Remesa: Q 8 P 10
Expedientes: 52
Paquetes: 1
Año: 2010
Asunto: Pensiones
alimentarias archivadas sin sentencia y desistimiento
Remesa: Q 8 P 11
Expedientes: 32
Paquetes: 1
Año: 2011
Asunto: Pensiones
alimentarias archivadas sin sentencia y desistimiento.
Remesa: Q 5 P 12
Expedientes: 60
Paquetes: 2
Año: 2012
Asunto: Pensiones
alimentarias archivadas sin sentencia y desestimiento
Civil:
Remesa: C 31 P 09
Expedientes: 18
Paquetes: 1
Año: 2009
Asunto: Civil:
Consignación de pago 8, desahucio 10
Remesa: C 29 P 10
Expedientes: 11
Paquetes: 1
Año: 2010
Asunto: Civil:
Consignación de Alquiler 7, desahucio 3, prueba anticipada 1
Remesa: C 21 P 11
Expedientes: 12
Paquetes: 1
Año: 2011
Asunto: Civil:
Desahucio 09, consignación alquiler 1, desahucio 2.
Remesa: C 25 P 12
Expedientes: 9
Paquetes: 1
Año: 2012
Asunto: Civil:
Desahucio 03, consignación alquiler 4, desahucio 2.
Remesa: C 22 P 13
Expedientes: 5
Paquetes: 1
Año: 2013
Asunto: Civil:
Desahucio 04, consignación alquiler 1.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y
desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección
Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera
publicación de este aviso.
San José, 7 de marzo de 2018.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora
Ejecutiva
O. C. N° 364-12-2017.—Sol.
N° 68-2017-JA.—( IN2018224421 ).
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso
específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015,
celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del Consejo
Superior en Sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de
setiembre del 2015, artículo XCI., se hace del conocimiento de las
instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a
la eliminación de Documentación Administrativa de los años 2009 al 2016 del
Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Guanacaste. La documentación, se
encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A
1 G 09
Libros: 1
Carpetas: 6
Años: 2009-2016
Asunto: Documentación
Administrativa: Carpeta con Registro de Asistencia de año 2016. Libro de
Control de Jueces Suplentes del periodo 2009 -2015. Remisión de Detenidos y
Tener a la Orden año: 2011-2015: Remisión de Detenidos de la boleta 0299932 a
0300000. Boleta 0370126 a 0370130. Orden de Libertad 179768 a 179771 y 179767.
(2011)- Boleta 0370131 a 0370150. Remisión de Detenidos De 0372426 a 0372500.
De 0371951 a 0371982. (2012). Remisión de Detenidos de la boleta 0371983 a
0371996. De 037198 y 0371999. De 0372000 a 0372023. De 0408876 a 0408910. De
0372024 a 0372025. Orden de Libertad N° 0327401 y N° 179772. (2013) Orden de Libertad N°
0327426. Remisión de Detenidos Boleta N° 0327426. N° 0408911 a 0408950. N° 0483801
a 0483830. Boleta 0408945. (2014) Remisión de Detenidos. Boletas de la N° 555076 a 555092. De 0483784 a 0483800. De 0483831 a
0483850. (2015).
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y
desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección
Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera
publicación de este aviso.
San José, 7 de marzo de 2018.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora
Ejecutiva
O. C. N° 364-12-2017.—Sol.
N° 68-2017-JA.—( IN2018224422 ).
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico
el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de
Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014, de fecha
14 de marzo del 2014, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo LI,
se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público
en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa
del año 2009 al 2016 de la Sección de Asaltos del Organismo de Investigación
Judicial del I Circuito Judicial de San José. La documentación, se encuentra
remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: O
6 S 09
Libros: 6
Paquetes: 91
Año: 2009-2016
Asunto: Documentación
Administrativa:
Libros: LIBROS
DE CONOCIMIENTOS: 3 (2014), 1 (2009 al 2014) 1 (2012), LIBRO DE ENTRADA DE
CASOS: 1 (2009-2010).
Paquetes: LEGAJOS:
7 paquetes (2009), REGISTROS DE ASISTENCIA: 4 paquetes (2012 al 2015),
DILIGENCIAS MENORES: 2 paquetes (2012), 2 paquetes (2010), 1 paquete (2011), 1
paquete (2013), 2 paquetes (2014), 1 paquete (2015). CIRCULARES: 1 paquete
(2010), 1 paquete (2014). ACTAS DE SECUESTRO: 5 paquetes (2013), 1 paquete
(2012), 1 paquete (2014), 2 paquetes (2015). ACTAS DE REUNIÓN: 1 paquete (2009
al 2014). CORRESPONDENCIA ENVIADA: 1 paquete (2009), 4 paquetes (2014), 5
paquetes (2013), 2 paquete (2015), 1 paquete (2012). CORRESPONDENCIA RECIBIDA:
3 paquetes (2015), 2 paquetes (2014), 1 paquete(2013),
1 paquete (2008), 1 paquete (2009). BN FLOTAS: 1 paquete (2014), 1 paquete
(2015), 1paquete (2016). DISTRIBUCIÓN DE DENUNCIAS: 1 paquete (2012), 4
paquetes (2014), 2 paquetes (2015), 3 paquetes (2010). EQUIPO POLICIAL: 4
paquetes (2011 al 2013), 2 paquete (2013), 1 paquete (2012). LIBRETAS DE
VEHICULOS: 6 paquetes ( 2012 al 2015), BOLETAS DE
VEHICULOS F22: 12 paquetes: (2015 al 2014).
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y
desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección
Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera
publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 7 de marzo del 2018
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora
Ejecutiva
O. C. Nº 364-12-2017.—Sol. Nº 68-2017-JA.—( IN2018224423 ).
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso
específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 01-2015,
celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del Consejo
Superior en sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de
setiembre del 2015, artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación
de Documentación Administrativa de los años 1997 al 2016 del Tribunal de Juicio
de Osa, Zona Sur. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese
Despacho.
Remesa: A 12 P 97
Libros: 20
Ampos: 29
Agendas: 5
Año: 1997-2016
Asunto: Documentación
Administrativa: Libros: 1 Libro de Comisiones (1998 al 2009), 1 Libro de bancos
(1998 al 2009), 2 Libro de conocimientos 1(1998 al 2006), 1(1998 al 2006), 1
Libro de nombramientos de personal (2005 al 2009), 1 Libro de quejas declaradas
sin lugar, desestimadas, archivadas o rechazadas de plano (1998 al 2009), 1
Libro de votos (2005 al 2009), 1 Libro de actuaciones (2006 al 2010), 1 Libro
de correcciones disciplinarias (1998), 1 Libro adición y aclaración (1998 al
2009), 1 Libro control de boletas de seguridad (1998 al 2006), 1 Libro de
fallos (2008 al 2009), 1 Libro de votos (1998 al 2007), 1 Libro de alzada (2005
al 2009), 1 Libro de remisiones, orden de libertad y tener a la orden (2002 al
2009), 1 Libro de fax recibidos (2005 al 2006), 1 Libro de transmisión de fax
(2005 al 2007), 1 Libro de traspaso de fondos (1999 al 2000), 1 Libro de
rebeldes (1998 al 2009), 1 Libro de rol de defensas (2000 al 2001).
Agendas:
5 Agendas de señalamientos 1 (2008), 1 (2009), 2 (2010), 1 (2011).
Ampos:
1 Ampo de Circulares (2005 al 2013), 1 Ampo de comisiones (2007 al 2014), 1
Ampo control de correo certificado (2008 al 2011), 1 Ampo de Informes mensuales
y anuales (2004 al 2011), 1 Ampo nombramientos de personal (2005 al 2011), 1
Ampo de registro de oficios despachados (2008 al 2011), 2 Ampos registro de
asistencia 1(2007 al 2010), 1(2011 al 2016), 1 Ampo reportes de fax (2015 al
2016), 1 Ampo de tener a la orden duplicados (2002 al 2007), 1 Ampo remisión de
detenidos duplicada (2001 al 2006), 1 Ampo orden de libertad duplicados (2001
al 2006), 1 Ampo remisiones, orden de libertad y tener a la orden (2006 al
2009), 1 Ampo remisiones, orden de libertad y tener a la orden (2009 al 2010),
1 Ampo remisiones, orden de libertad y tener a la orden (2011 al 2012), 1 Ampo
remisiones, orden de libertad y tener a la orden (2012 al 2013), 1 Ampo remisiones,
orden de libertad y tener a la orden (2013 al 2015), 1 Ampo control entregas al
notificador (2010 al 2011), 1 Ampo control de boletas de fotocopias (2006 al
2016), 1 Ampo correos electrónicos (2007 al 2010), 1 Ampo pizarra informática
(2012 al 2016), 1 Ampo control de activos (2007 al 2016), 1 Ampo títulos valor
en custodia (1999 al 2006), 1 Ampo filial Osa (2003), 1 Ampo filial Anejud (1999 al 2009), 2 Ampo recursos de la Sala
Constitucional 1 (2005 al 2011), 1 (2012 al 2016), 1 Ampo control de expedientes
en el archivo judicial (1999 al 2016), 1 Ampo de plan anual de trabajo (1997 al
2007).
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y
desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección
Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera
publicación de este aviso.
San José, 07 de marzo del 2018.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta
Subdirectora
Ejecutiva
O. C. Nº 364-12-2017.—Sol. Nº 68-2017-JA.—( IN2018224424 ).
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso
específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 01-2007,
celebrada el 20 de abril del 2007, artículo VIII, y la aprobación del Consejo
Superior en Sesión N° 35-07, del 15 de mayo del 2007,
artículo XLVIII. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de
Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 01-2015, celebrada
el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del Consejo Superior en
Sesión N° 79-15, celebrada el 03 de setiembre del
2015, artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas,
privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de
Expedientes Sociales, Psicológicos y Psicosociales y Documentación
Administrativa de los años 1998 al 2012 de la Oficina de Trabajo Social y
Psicología de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en
ese Despacho.
Remesa: A
113 S 98
Expedientes: 3572
Paquetes 49
Ampos: 35
Años: 1998
al 2012.
Asunto: Expedientes
sociales, psicológicos y psicosociales. 1 paquete con 67 Expedientes sociales,
psicológicos y psicosociales del año 1998 y1999. 2 paquetes con 145 Expedientes
sociales, psicológicos y psicosociales del año 2000. 2 paquetes con 169
Expedientes sociales, psicológicos y psicosociales del año 2001. 2 paquetes con
136 Expedientes sociales, psicológicos y psicosociales del año 2002. 2 paquetes
con 138 Expedientes sociales, psicológicos y psicosociales del año 2003. 2
paquetes con 153 Expedientes sociales, psicológicos y psicosociales del año
2004. 3 paquetes con 205 Expedientes sociales, psicológicos y psicosociales del
año 2005. 3 paquetes con 228 Expedientes sociales, psicológicos y psicosociales
del año 2006. 5 paquetes con 190 Expedientes sociales, psicológicos y
psicosociales del año 2007. 5 paquetes con 378 Expedientes sociales,
psicológicos y psicosociales del año 2008. 7 paquetes con 549 Expedientes
sociales, psicológicos y psicosociales del año 2009. 7 paquetes con 576 Expedientes
sociales, psicológicos y psicosociales del año 2010. 6 paquetes con 468
Expedientes sociales, psicológicos y psicosociales del año 2011. 2 paquetes con
170 Expedientes sociales, psicológicos y psicosociales del año 2012. 35 Ampos con Correspondencia de los años 2006, 2007, 2008,
2009, 2010 y 2011.
Si algún interesado ostenta un interés
legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a
la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la
primera publicación de este aviso
San José, 7 de marzo de 2018.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora
Ejecutiva
O. C. N° 364-12-2017.—Sol.
N° 68-2017-JA.—( IN2018224425 ).
De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para
el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y
Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº
01-2007, celebrada el 20 de abril del 2007, artículo VIII, y la aprobación del
Consejo Superior en Sesión Nº 35-07, del 15 de mayo
del 2007, artículo XLVIII. De la Comisión Institucional de Selección y
Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº
01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del
Consejo Superior en Sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de
setiembre del 2015, artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación
de Expedientes Sociales, Psicológicos y Psicosociales y Documentación
Administrativa de los años 2008 al 2014 de la Oficina de Trabajo Social y
Psicología de Grecia, Alajuela. La documentación, se encuentra remesada y
custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 7 A 08
Expedientes: 922
Libros: 11
Agendas: 12
Paquetes: 09
Año: 2008
al 2014
Asunto: Expedientes
Administrativos
03 paquetes con 136 expedientes administrativos
(sociales, psicosociales y psicológicos) 2010
03 paquetes con 266 expedientes administrativos
(sociales, psicosociales y psicológicos) 2011
03 paquetes con 520 expedientes administrativos
(sociales, psicosociales y psicológicos) 2012
11 Libros de actas de
registro de casos 2008 al 2012.
12 agendas 2008 al 2014.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y
desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección
Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera
publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 7 de marzo del 2018.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora
Ejecutiva
O. C. N° 364-12-2017.—Sol.
N° 68-2017-JA.—( IN2018224426 ).
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico
el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de
Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 01-2016 de fecha
04 de mayo de 2016, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo XCV, se
hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en
general que se procederá a la eliminación de Expedientes de Violencia Doméstica
del año 2013 al año 2014 del Juzgado de Violencia Doméstica de Desamparados. La
documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: V 3 S 13
Expedientes: 1990
Paquetes: 19
Año: 2013
Asunto: Expedientes
de Violencia Doméstica.
Remesa: V 2 S 14
Expedientes: 2040
Paquetes: 21
Año: 2014
Asunto: Expedientes
de Violencia Doméstica.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y
desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección
Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera
publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 07 de marzo de 2018.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora
Ejecutiva.
O. C. N° 364-12-2017.—Sol.
N° 68-2017-JA.—( IN2018224428 ).
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso
específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 01-2014, de
fecha 14 de marzo del 2014, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en
sesión N° 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014,
artículo LI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y
del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación
Administrativa del año 1985 al 2010 del Depósito de Objetos Decomisados del
Organismo de Investigación Judicial de la Ciudad Judicial, San Joaquín de
Flores, Heredia. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese
Despacho.
Remesa: 20960
Paquetes: 93
Año: 1985-2010
Asunto: Documentación
Administrativa: 93 paquetes con Formularios F-23 recibidos (1985-2010).
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y
desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección
Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera
publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 07 de marzo de 2018.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora
Ejecutiva
O. C. N° 364-12-2017.—Sol. N° 68-2017-JA.—(
IN2018224429 ).
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso
específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015,
celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del Consejo
Superior en Sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de
setiembre del 2015, artículo XCI., se hace del conocimiento de las
instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a
la eliminación de Documentación Administrativa de los años 2005 al 2016 de la
Oficina de Recepción de Documentos de la Administración Regional del I Circuito
Judicial de Alajuela. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en
ese Despacho.
Remesa: A
6 A 05
Libros: 6
Ampos: 103
Años: 2005
al 2016
Asunto: Documentación
Administrativa: Libros de conocimiento: Del Juzgado Civil de Mayor Cuantía de
Alajuela 2010 al 2013 (1 Libro), Juzgado de Transito de Alajuela 2009 al 2013
(1 Libro), Juzgado Civil de Menor Cuantía de Alajuela 2009 al 2013 (1 Libro),
Tribunal de Juicio de Alajuela 2009 al 20013 (1 Libro), Juzgado de Ejecución de
la Pena de Alajuela 2005 al 2013 (1 Libro), Juzgado Penal de Alajuela 2007 al
2015 (1 Libro)
Ampos: Circulares 2009 al 2011 (1 Ampo), Reportes y
Registro varios 2011 al 2015 (5 Ampos), Reportes y Registros de Entrega de
Escrito y Nuevas Juzgado de Pensiones Alimentarias de Alajuela 2010-2013-2014
(6 Ampos), Juzgado de Transito de Alajuela 2013 al 2016 (4 Ampos), Tribunal de
Juicio de Alajuela 2013 al 2016 (8 Ampos), Juzgado Civil de Menor Cuantía 2013
al 2016 (9 Ampos), Juzgado de Violencia Domestica de Alajuela 2013 al 2016 ( 4
Ampos), Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Alajuela 2013 al 2016 (8 Ampos),
Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Alajuela 2013 al 2016 (8 Ampos),
Juzgado Contravencional de Alajuela 2013 al 2016 (8 Ampos), Juzgado de Familia
de Alajuela 2013 al 2016 (8 Ampos), Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de
Alajuela 2013 al 2016 (8 Ampos), Juzgado Penal Juvenil de Alajuela 2013 al 2016
(4 Ampos), Centro de Conciliaciones de Alajuela 2015 al 2016 (2 Ampos),
Fiscalía de Alajuela 2013 al 2016 (8 Ampos), Juzgado de Ejecución de la Pena
2013 al 2016 (8 Ampos), Juzgado Penal de Alajuela 2013 al 2016 (4 Ampos).
Reporte de materia de tránsito y O I J año 2016.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y
desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección
Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera
publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 7 de marzo del 2018.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora
Ejecutiva
O. C. N° 364-12-2017.—Sol.
N° 68-2017-JA.—( IN2018224433 ).
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso
específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 01-2015,
celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del Consejo
Superior en sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de
setiembre del 2015, artículo XCI., se hace del conocimiento de las
instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a
la eliminación de Documentación Administrativa de los años 2008 al 2016 del
Juzgado de Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Alajuela. La
documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 8 A 08
Carpetas: 10
Ampos: 1
Agendas: 1
Registro de asistencia: 6
Año: 2008
al 2016
Asunto: Documentos
Administrativos: Registro de asistencia: 6 (2014 al 2016), Solicitud de
fotocopias: 1 carpeta, Agenda: 1, Control de audiencias: 1 carpeta, Resultado
de notificaciones negativas: 1 carpeta, Resultado de notificaciones fax y
estrados: 1 carpeta, Resultado de notificaciones positivas: 1 carpeta, Listados
de notificaciones: 1 carpeta, Nombramiento: 1 carpeta (2012 al 2015), Oficios
recibidos: 1 Ampo (2008 al 2016), Control de escritos recibidos:1 carpeta,
Oficios de incapacidades: 1 carpeta, Oficios enviados: 1 carpeta.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y
desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección
Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera
publicación de este aviso.
San José, 07 de marzo del 2018.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta
Subdirectora
Ejecutiva
O. C. Nº 364-12-2017.—Sol. Nº 68-2017-JA.—( IN2018225855 ).
PRIMERA
PUBLICACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47
bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo
De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2006 de fecha 01 de
setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 83-06, celebrada el 02 de noviembre del 2006, artículo
XLIV., De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en sesión Nº 01-2014, celebrada el 14 de
marzo del 2014, artículo VIII, y la aprobación del Consejo Superior en Sesión Nº 47-2014, del 21 de mayo del 2014, artículo XXXI; De la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en
Acta Nº 01-2015 de fecha 12 de agosto del 2015, artículo XI y el acuerdo del Consejo
Superior en Sesión Nº 79-15 celebrada el 03 de setiembre
del 2015, artículo LXXIX. De la Comisión Institucional de Selección y
Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº
01-2009 de fecha 26 de febrero del 2009, artículo I y el acuerdo del Consejo
Superior en Sesión Nº 58-09 celebrada el 02 de junio
del 2009, artículo LV., De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2016 de
fecha 04 de mayo de 2016, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en
Sesión N° 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016,
artículo XCV., se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas
y del público en general, que se procederá a la eliminación de Paquetes de
Expedientes de Civil de Hacienda, Paquetes de Expedientes de Contravenciones,
Paquetes de Expedientes de violencia doméstica, Paquetes de Expedientes de
tutelar, de los despachos que a continuación se detallan. La información se
encuentra remesada y custodiada en el Archivo Judicial.
Para ver las imágenes, ir al Boletín Judicial con formato PDF
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y
desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección
Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera
publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.
San José, 7 de marzo del 2018.
MBA
Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora
Ejecutiva
O. C. N° 364-12-2017.—Sol.
N° 68-2017-JA.—( IN2018224756 ).
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso
específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2006 de
fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en
Sesión N° 83-06, celebrada el 02 de noviembre del
2006, artículo XLIV., de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2009 de
fecha 26 de febrero del 2009, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en
Sesión Nº 58-09 celebrada el 02 de junio del 2009,
artículo LV., de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de
Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2016 de fecha
04 de mayo de 2016, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo XCV., se
hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en
general, que se procederá a la eliminación de paquetes de expedientes de Civil
de Hacienda, paquetes de expedientes de Tutelar, paquetes de expedientes de
Violencia Doméstica, paquetes de expedientes de Laboral, de los despachos que a
continuación se detallan. La información se encuentra remesada y custodiada en
el Archivo Judicial.
Para ver las imágenes, ir al Boletín Judicial con formato PDF
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y
desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección
Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera
publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial
San José, 7 de marzo del 2018.
MBA
Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora
Ejecutiva
O. C. N° 364-12-2017.—Sol.
N° 68-2017-JA.—( IN2018224774 ).
ASUNTO: Acción
de Inconstitucionalidad.
A LOS TRIBUNALES Y
AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
TERCERA
PUBLICACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la
Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de
inconstitucionalidad número 17-019672-0007-CO que promueve César Humberto Mora
Bermúdez y otros, se ha dictado la resolución que literalmente dice: «Sala
Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las nueve horas y
diecisiete minutos de cinco de marzo de dos mil dieciocho. /Téngase por
ampliada esta acción de inconstitucionalidad 17-019672-0007-CO, en los términos
expuestos en la acción 17-020300-0007-CO interpuesta por Roy Ignacio Torres
Solano, mayor, casado, portador de la cédula de identidad Nº
1-539-325, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de
Jardines de la Catarata S. A., cédula jurídica Nº
3-101-143419, a esta acumulada, en el sentido que también se impugnan los
artículos 4, inciso 59), 47, 49, 52, 88, 105 y el Transitorio II del Decreto
Ejecutivo Nº 40548-MINAE, por estimarlos contrarios
al artículo 50 de la Constitución Política que garantiza el derecho a un
ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Así, los artículos 4, inciso 59) y
105, imponen restricciones y limitaciones relativas al funcionamiento de los
zoológicos al prohibir expresamente el rescate y reproducción de la vida
silvestre en estos centros. Alega que las actividades de recepción
de animales rescatados y la reproducción de la vida silvestre en los zoológicos
y centros de rescate son necesarias para alcanzar los fines de preservación que
busca la Ley de Conservación de Vida Silvestre. La prohibición contenida en el
artículo 47 del Decreto impugnado lesiona el principio de objetivación de la
tutela ambiental, pues se establece sin contar con criterios técnicos
científicos que lo respalden. Por su parte, las limitaciones contenidas en los
artículos 49 y 52 impiden que el ser humano interactúe de forma segura con
algunas especies y especímenes, lo que atenta contra la educación
conservacionista. En cuanto al artículo 88, indica que contraviene el principio
de objetivación de la tutela ambiental, en relación con los principios de
razonabilidad y proporcionalidad en materia ambiental pues, sin contar con los
criterios técnicos que lo respalden, se exigen tales requisitos, sin
justificación alguna. Finalmente, en cuanto al Transitorio II, se trata de una
norma de aplicación automática que dispone la ejecución de las disposiciones
cuya inconstitucionalidad se alegó. Lesiona asimismo,
el derecho a gozar de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Acerca de
esa ampliación, se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General
de la República y al Ministro de Ambiente y Energía. Publíquense los edictos a
que hace referencia el artículo 81 de la Ley de Jurisdicción Constitucional
para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo
cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el
pronunciamiento del caso, en los mismos términos expuestos en la resolución de
las 8:52 horas del 13 de diciembre del 2017, publicada en los Boletines
Judiciales números 17, 18 y 19 del 30 y 31 de enero y 1° de febrero del 2018. /
Ernesto Jinesta Lobro, Presidente.
San José, 07 de marzo del 2018.
Roberto
Vinicio Mora Mora
Secretario
1 vez.—OC Nº 364-12-2017.—Sol. Nº 68-2017-JA.—( IN2018224376 ).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la
Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de
inconstitucionalidad número 18-003476-0007-CO que promueve Álvaro Alonso
Azofeifa Delgado, se ha dictado la resolución que literalmente dice: «Sala
Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las once horas y
cincuenta minutos de cinco de marzo de dos mil dieciocho. /Se da curso a la acción
de inconstitucionalidad interpuesta por Álvaro Alonso Azofeifa Delgado, cédula
de identidad N° 1-0786-0520, Luis Fernando Morales
Rodríguez, cédula de identidad N° 1-0622-0779,
Pompilio Campos Chinchilla, cédula de identidad N°
1-1237-0033, Sergio Arguedas Chaves, cédula de identidad N°
4-0141-0665 y Víctor Manuel Oreamuno Niño, cédula de identidad N° 1-1325-0884, para que se declaren inconstitucionales los
artículos 84 y 189 del Decreto Ejecutivo N°
40548-MINAE del 12 de julio de 2017, Reglamento a la Ley de Conservación de la
Vida Silvestre (Ley N° 7317), por estimar que
infringe el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado y el
artículo 140 de la Constitución Política. Se confiere audiencia por quince días
a la Procuraduría General de la República y al Ministerio de Ambiente y
Energía. Alegan, los accionantes, que el citado artículo 84 enlista cuáles son
los únicos sitios de manejo de fauna silvestre que el SINAC puede autorizar y,
dentro de tal listado taxativo, se omitió incluir la categoría de exhibición
que es señalada, explícitamente, en la Ley de Conservación de la Vida
Silvestre, como un sitio de manejo de vida silvestre válido. Afirman que dicho
reglamento, en su artículo 52, da indicios que las exhibiciones sí son sitios
de manejo independientes de los zoológicos, acuarios, zoocriadores
y otros sitios de manejo, en tanto prevé la posibilidad que existan
exhibiciones móviles o itinerantes. Añaden que en el anterior Reglamento a la
Ley de Conservación de la Vida Silvestre no existía prohibición para entender
la exhibición de fauna silvestre como una categoría de sitio de manejo y no
existe alguna disposición de la Ley de Conservación de la Vida Silvestre que dé
pie a tal omisión. Manifiestan que, por su parte, el mencionado artículo 189
regula lo relacionado a la importación de especies de fauna incluidas en los
apéndices CITES para sitios de manejo; sin embargo, omite señalar que la
importación de estos animales pueda realizarse para los sitios de manejo de
categoría “exhibición”. Sostienen que la imposibilidad de considerar las
exhibiciones como sitios de manejo y que estos puedan importar animales para
exhibirlos, al igual que lo hacen los zoológicos y zoocriaderos,
contradice a la Ley de Conservación de la Vida Silvestre. Consideran que tales
limitaciones son inconstitucionales, en tanto limitan, gravemente, sin
fundamento legal o técnico, la posibilidad de una educación ambiental más
efectiva y provechosa, contraviniendo los derechos constitucionales a un
ambiente sano y ecológicamente equilibrado y a la educación. Indican que este
caso se está accionando con el objetivo de proteger el ambiente,
específicamente, la óptima conservación de la vida silvestre a través de la
educación ambiental. Alegan que al articular los numerales 50 y 89, ambos de la
Constitución Política, se pone de relieve la importancia de la educación
ambiental, para la protección efectiva del ambiente. Añaden que la educación
ambiental es fundamental en el derecho ambiental costarricense y así se recoge
o refleja en los ordinales 12 y 13 de la Ley Orgánica del Ambiente, 10 de la
Ley de Biodiversidad y 2 de la Ley de Conservación de la Vida Silvestre.
Indican que en el artículo 13 del Convenio de Biodiversidad Biológica se
reconoce, también, la importancia de la educación ambiental. Sostienen que la
exhibición es una categoría de sitio de manejo de vida silvestre que se revela
como fundamental para llevar a cabo una educación ambiental propicia. Alegan
que la Ley de Conservación de la Vida Silvestre, en su artículo 2, maneja dos
acepciones distintas del término “exhibición”, pues, por un lado, se puede
entender como categoría de sitio de manejo y protección a la vida silvestre y,
por otro lado, como objetivo de un sitio. Afirman que, históricamente, se había
permitido la exhibición como categoría de sitio de manejo; sin embargo, con la
promulgación del Decreto Ejecutivo N° 40548-MINAE, se
prohíbe la exhibición de fauna silvestre como uno de los sitios de manejo y se
excluye la posibilidad de importar animales, sin razón técnica o jurídica, en
detrimento de la calidad de educación ambiental que puede darse en el país.
Señalan que, en conclusión, la normativa impugnada, en tanto excluye la
exhibición de fauna silvestre, obstaculiza la realización efectiva de la
educación ambiental sin respaldo en fundamentos legales o técnicos, en
infracción de los derechos a la educación y a un ambiente sano y ecológicamente
equilibrado. Consideran, además, se infringe el numeral 140 constitucional, por
cuanto, la Ley de Conservación de la Vida Silvestre no contiene ni da pie a las
limitaciones que los artículos impugnados generan. Esta acción se admite por
reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional
en sus artículos 73 a 79. La legitimación de los accionantes proviene del
párrafo segundo del artículo 75 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, en
tanto se acciona en defensa de intereses difusos, en resguardo del derecho a un
ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Publíquese por tres veces consecutivas
un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción.
Efectos jurídicos de la interposición de la acción: Se recuerdan los términos
de los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que
disponen lo siguiente “Artículo 81. Si el Presidente
considerare cumplidos los requisitos de que se ha hecho mérito, conferirá
audiencia a la Procuraduría General de la República y a la contraparte que
figure en el asunto principal, por un plazo de quince días, a fin de que
manifiesten lo que estimen conveniente. Al mismo tiempo dispondrá enviar nota
al tribunal u órgano que conozca del asunto, para que no dicte la resolución
final antes de que la Sala se haya pronunciado sobre la acción, y ordenará que
se publique un aviso en el Boletín Judicial, por tres veces
consecutivas, haciendo saber a los tribunales y a los órganos que agotan la vía
administrativa que esa demanda ha sido establecida, a efecto de que en los
procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de la ley, decreto,
disposición, acuerdo o resolución, tampoco se dicte resolución final mientras
la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Si la acción fuere planteada
por el Procurador General de la República, la audiencia se le dará a la persona
que figure como parte contraria en el asunto principal.”, “Artículo 82. En los
procesos en trámite no se suspenderá ninguna etapa diferente a la de dictar la
resolución final, salvo que la acción de inconstitucionalidad se refiera a
normas que deban aplicarse durante la tramitación.”. Dentro de los quince días
posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse
quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición
de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos
con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o
improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad
en relación con el asunto que les interese. Se hace saber
además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción
Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala
(resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende
la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos
y condiciones señaladas. Notifíquese. /Ernesto Jinesta
Lobo, Presidente.
San José, 06 de marzo del 2018.
Roberto
Vinicio Mora Mora
Secretario
a. í.
O. C. N° 364-12-2017.—Sol.
N° 68-2017-JA.—( IN2018224419 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de José Danilo Navarro Villegas, quien fue mayor de edad,
soltero en unión de hecho, cédula 05-0305-0788 vecino de Liberia, laboró para
Corporación Agrícola del Monte Sociedad Anónima, y falleció el 10 de noviembre
del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones
sector privado bajo el Número 17- 000289-0942-LA, a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de
Trabajo. Expediente N° 17-000289-0942-LA.
Consignación de prestaciones José Danilo Navarro Villegas, establecidas por
Yamileth Umaña Pérez.—Juzgado Civil y Trabajo
del Primer Circuito Judicial de Guanacaste
(Liberia) (Materia Laboral), 23 de enero del 2018.—Lic. Patrick
Ramos Chavarría, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018224754
).
A los causahabientes
de quien en vida se llamó Manuel María Barrantes Zamora, quien fue mayor, con
cédula 2-0190-0331, casado, pensionado, vecino Grecia, se apersonó en este
Despacho la señora Edith Jiménez Villegas, portadora de la cédula 2-0221-0582,
ama de casa, viuda, vecina de Grecia, en calidad de esposa de la persona
fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de
prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se
publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a
hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido
Manuel María Barrantes Zamora. Expediente N°
18-000075-1113-LA.—Juzgado Civil y Trabajo
de Grecia (Materia Laboral), 05 de febrero del 2018.—MSC.
Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018224760 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Jordi Josué
Hidalgo Rodríguez, cédula 02-0727-0256, fallecido el 15 de agosto del año 2017,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector
privado bajo el Nº 18-000162-1288-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del
Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente
N° 18-000162-1288-LA. Por a favor de Jordi Josué
Hidalgo Rodríguez.—Juzgado Civil y Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia laboral), 07 de marzo del
2018.—Licda. Karla Valenciano Vargas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018224763
).
A los causahabientes
de quién en vida se llamó Vilma Patricia Villalobos Carvajal, quien fue mayor,
casada, portó la cédula de identidad N° 4-0146-0431 y
falleció el 24 de setiembre del 2017, se les cita y emplaza por medio de edicto
que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para
que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones expediente N° 18-000236-0173-LA.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 05 de
marzo del 2018.—Licda. Jesica Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2018224764 ).
A los causahabientes de quién en vida se
llamó Francisco Rigoberto Coto Gómez, quien fue mayor, casado, pensionado de la
C.C.S.S., portó la cédula de identidad N° 3-0109-0992
y falleció el 04 de octubre del 2017, se les cita y emplaza por medio de edicto
que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que,
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones expediente N° 18-000929-1178-LA.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 06 de
marzo del 2018.—Licda. Jesica Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2018224770 ).
A los causahabientes
de quien en vida se llamó Greyvin Magdiel Bermúdez
Rodríguez, quien fue mayor, soltero, portó la cédula de identidad Nº 5-0363-0477 y falleció el 10 de diciembre de 2017, se
les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en
las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con
lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una
sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de
prestaciones, expediente N° 18-000931-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de
San José, Sección Segunda, 06 de marzo del 2018.—Licda. Jesica Cordero
Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017JA.—( IN2018224771
).
A los causahabientes de quien en vida se
llamó Freddy Ricardo Vásquez Ramírez, quien fue mayor, casado, laboró para el
Ministerio de Educación Pública, portó la cédula de identidad N° 1-0569-0308 y falleció el 11 de enero del 2018, se les
cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en
las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una
sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de
prestaciones, expediente N° 18-000958-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de
San José, Sección Segunda, 07 de marzo del 2018.—Licda. Jesica Cordero
Azofeifa, Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018224772
).
A los causahabientes de quien en vida se
llamó Juan Leonel Guadamuz Paniagua, quien fue mayor, casado, laboró para el
Ministerio de Educación, portó la cédula de identidad Nº
5-0286-0566 y falleció el 19 de enero de 2018, se les cita y emplaza por medio
de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones, expediente N° 18-000982-1178-LA.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 08 de
marzo del 2018.—Licda. Jesica Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2018224773 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones (que pesan sobre ambos inmuebles); en el mejor postor, remataré
los siguientes bienes: 1) Finca inscrita en el Registro Nacional, partido de
Guanacaste, bajo el Sistema de Folio Real matrícula Nº
132532-000, que se describe así: naturaleza: terreno para construir con una
casa. Situada: en el distrito 2-Mansión, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste,
finca ubicada en zona catastrada. Linderos: norte, Rafael Ángel Díaz Villalta;
sur, servidumbre de paso con 20 metros lineales; este, calle pública con 12
metros 46 centímetros lineales; oeste, Rafael Ángel Díaz Villalta. Mide:
doscientos cincuenta y dos metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Plano:
G-0855848-2003. Con las siguientes bases para remate: Primer remate: tres millones quinientos quince mil veinticinco
colones con noventa y tres céntimos. Segundo
remate: dos millones seiscientos treinta y seis mil doscientos sesenta y
nueve colones con cuarenta y cuatro céntimos (rebajada en un 25%). Tercer remate: ochocientos setenta ocho
mil setecientos cincuenta y seis colones con cuarenta y ocho céntimos (un 25%
de la base original). 2) Finca inscrita en el Registro Nacional, partido de
Guanacaste, bajo el Sistema de Folio Real matrícula Nº
197383-000, que se describe así: naturaleza: terreno para construir. Situada:
en el distrito 2-Mansión, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste, finca
ubicada en zona catastrada. Linderos: norte, con Doney
Rojas García, Pedro Díaz y Gregoria Villalobos Bonilla; sur, con calle pública
con un frente a lineal de 13.75 m; este, con Pedro Díaz Díaz,
Gregoria Villalobos Bonilla, Doney Rojas García,
Rafael Mauricio Díaz Biassetti; oeste, Doney Rojas García. Mide: quinientos treinta y cinco metros
cuadrados. Plano: G-1525800-2011. Con las siguientes bases para remate: Primer remate: tres millones ochocientos
cuarenta y ocho mil trescientos trece colones con sesenta y dos céntimos. Segundo remate: dos millones ochocientos
ochenta y seis mil doscientos treinta y cinco colones con veintiún céntimos
(rebajada en un 25%). Tercer remate: novecientos
sesenta y dos mil setenta y ocho colones con cuarenta céntimos (un 25% de la
base original). Señalamientos: para tal efecto se señalan las catorce horas y
quince minutos del cuatro de julio del dos mil dieciocho (primer remate). De no
haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce
horas y quince minutos del diecinueve de julio del dos mil dieciocho. De no
apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y
quince minutos del siete de agosto del dos mil dieciocho. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Rafael Mauricio Díaz Biasetti.
Expediente Nº 18-000521-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz)
(Materia Cobro), 27 de febrero del 2018.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado,
Juez.—( IN2018225156 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas Ley Aguas bajo las citas
329-15266-01-0008-001, reservas Ley Caminos bajo las citas
329-15266-01-0009-001, bajo las citas servidumbre de líneas eléctricas y de
paso bajo las citas 2010-108241-01-0001-001; a las ocho horas y cero minutos
del diez de abril del dos mil dieciocho y con la base de once millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número 473.779-000, la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 08 La Tigra, cantón 10 San Carlos de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte: resto reservado de Adrián Campos Rojas; sur: resto
reservado de Adrián Campos Rojas; este: resto reservado de Adrián Campos Rojas;
oeste: servidumbre de paso. Mide: quinientos metros cuadrados. Plano:
A-1419062-2010. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos
del veintiséis de abril del dos mil dieciocho, con la base de ocho millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del
catorce de mayo del dos mil dieciocho, con la base de dos millones setecientos
cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Donald Alberto
Araya Rojas contra Jose Cisneros Cisneros.
Expediente: 12-100701-0297-CI.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro),
30 de enero del 2018.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Juez.—( IN2018225242 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas:
290-04482-01-0901-000; a las diez horas y treinta minutos del doce de abril del
dos mil dieciocho y con la base de seis millones ciento noventa y cuatro mil
quinientos ochenta y seis colones con setenta y cinco céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número quinientos noventa y nueve mil
quinientos ochenta y tres-cero cero cero, la cual es
terreno lote 16 terreno para construir. Situada en el distrito 05 San Pedro,
cantón 19 Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte María
Ligia Campos Solís; al sur María Ligia Campos Solís; al este en parte con calle
pública y María Ligia Campos Solís y al oeste Marlene Hernández Campos. Mide:
setecientos treinta y tres metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las diez horas y treinta minutos del veintisiete de abril del dos mil
dieciocho, con la base de cuatro millones seiscientos cuarenta y cinco mil
novecientos cuarenta colones con siete céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos
del diecisiete de mayo del dos mil dieciocho, con la base de un millón
quinientos cuarenta y ocho mil seiscientos cuarenta y seis colones con sesenta
y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Anayancy
Mena Abarca. Expediente: 17-006209-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez
Zeledón), (Materia Cobro).—Msc. Eileen Chaves
Mora, Jueza.—( IN2018225261 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las once horas y
cero minutos del treinta de mayo del año dos mil dieciocho, y con la base de
veintinueve millones seiscientos setenta y siete mil ciento veintisiete colones
con cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintinueve mil cuatrocientos
veintiocho-F-cero cero cero la cual es finca filial
primaria individualizada número dos apta para construir que se destinará a uso
habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el
distrito cero uno, El Tejar, cantón cero ocho, El Guarco, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte, con Gonzalo Bonilla Rodríguez; al sur, con acceso
vehicular; al este con finca filial primaria individualizada número uno y al
oeste con finca filial primaria individualizada número tres, cuatro y cinco.
Mide: doscientos dieciséis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las once horas y cero minutos del catorce de junio del año dos mil dieciocho,
con la base de veintidós millones doscientos cincuenta y siete mil ochocientos
cuarenta y cinco colones con veintiocho céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos
del veintinueve de junio del año dos mil dieciocho con la base de siete
millones cuatrocientos diecinueve mil doscientos ochenta y un colones con
setenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Harol Alberto Fernández
Hernández. Exp. N°
18-001966-1763-CJ. Notifíquese.—Juzgado
Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera,
05 de marzo del año 2018.—Lic. Alonso Chaves Ledezma, Juez.—( IN2018225265 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del veinticinco de
mayo del dos mil dieciocho y con la base de veintitrés mil ochocientos sesenta
y ocho dólares con cuarenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo placas número NWL-555, marca Hyundai, estilo H 1, categoría
microbús, capacidad 12, serie KMJWA37HAEU639668, carrocería microbús. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del once de junio del
dos mil dieciocho, con la base de diecisiete mil novecientos un
dólares con treinta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos
del veintiséis de junio del dos mil dieciocho, con la base de cinco mil
novecientos sesenta y siete dólares con once centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria
de Central de Autos Razo S. A. contra Andrés Eduardo Pachon
Cárdenas. Expediente: 16-003874-1200-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez
Zeledón, (Materia Cobro), 20 de febrero del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández,
Juez.—( IN2018225539 ).
En la puerta exterior de este Despacho,
libre de gravámenes prendarios; pero soportando infracciones/colisiones boleta Nº 3000146143, sumaria Nº
15-001674-0494-TR, a las ocho horas y cero minutos del veintiocho de mayo del
dos mil dieciocho, y con la base de veintitrés mil setecientos seis dólares
exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas Nº: BHK071, marca: Hyundai, estilo: Santa Fe GL, categoría:
automóvil, capacidad: 7, serie: KMHST81CDFU376612, color: negro, año
fabricación: 2015, Nº motor: G4KEEU432081. Para el
segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del doce de junio del
dos mil dieciocho, con la base de diecisiete mil setecientos setenta y nueve
dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para
la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintisiete de
junio del dos mil dieciocho, con la base de cinco mil novecientos veintiséis
dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Central
de Autos Razo S. A. contra Andrea Melania Ramírez Corrales. Expediente Nº 16-005254-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez
Zeledón, (Materia Cobro), 20 de febrero del 2018.—Lic. Diego Angulo
Hernández, Juez.—( IN2018225540 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del doce de junio
del año dos mil dieciocho, y con la base de seis millones setecientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número cincuenta y cinco mil setecientos setenta y dos
cero cero cero la cual es
terreno dedicado a agricultura. Situada en el distrito 03 Agua Buena, cantón 08
Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Joaquín Lobo Morera;
al sur, Leoncio Barrantes Matarrita; al este, Nidia Rodríguez Castro, y al
oeste, calle pública con un frente de 18 metros 45 centímetros. Mide:
Cuatrocientos catorce metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintisiete de
junio del año dos mil dieciocho, con la base de cinco millones veinticinco mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y cero minutos del doce de julio del año dos
mil dieciocho con la base de un millón seiscientos setenta y cinco mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Leoncio Barrantes Matarrita. Exp. N° 17-004190-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 01 de febrero del 2018.—Licda. Lidia Mayela Díaz
Anchía, Jueza.—( IN2018225580 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del cuatro de
junio del dos mil dieciocho y con la base de siete millones doscientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número ciento ochenta y nueve mil seiscientos sesenta
y ocho-cero cero cero, la cual es terreno café.
Situada en el distrito 02 Sabalito, cantón 08 Coto Brus de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al noreste calle pública con un
frente de 66 mts. 76 cm. y Caja Costarricense de
Seguro Social; al noroeste Walter Ramírez Quesada y quebrada la quince; al
sureste Damaris Jiménez Arias y al suroeste quebrada la quince. Mide: dieciséis
mil ochocientos veintidós metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las quince horas y cero minutos del diecinueve de junio del
año dos mil dieciocho, con la base de cinco millones cuatrocientos mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las quince horas y cero minutos del cuatro de julio del año dos mil
dieciocho con la base de un millón ochocientos mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Alejo Hernández Morales.
Expediente: 17-004018-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón,
(Materia Cobro), 29 de enero del 2018.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía,
Jueza.—( IN2018225707 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del
veinticinco de abril de dos mil dieciocho y con la base de nueve mil quinientos
sesenta y tres dólares con cincuenta y cuatro centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo: placas número BFR042, marca Hyundai, estilo Accent GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año
2014, color plateado, vin KMHCT41DAEU524478,
cilindrada 1600 cc, combustible gasolina, motor N°
G4FCDU419672. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y
cinco minutos del catorce de mayo de dos mil dieciocho, con la base de siete
mil ciento setenta y dos dólares con sesenta y cinco centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cuarenta y cinco minutos del veintinueve de mayo de dos mil dieciocho, con la
base de dos mil trescientos noventa dólares con ochenta y ocho centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Promérica de Costa Rica
S. A. contra José Pablo Moya Vargas. Expediente: 17-019180-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 20 de febrero del 2018.—Licda. Yessenia
Brenes González, Jueza.—( IN2018225722 ).
En la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas
0408-00002133-01-0972-001; a las diez horas y cuarenta minutos del siete de
setiembre de dos mil dieciocho, con la base de ciento sesenta y dos mil
ochocientos cincuenta y ocho dólares con cincuenta y ocho centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos doce mil ciento noventa y uno cero cero
cero, la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito Santa Ana, cantón Santa Ana, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Quebrada Lajas; al este, lote
de Jr. Treinta S. A. y al oeste, lote 3. Mide: ciento setenta y nueve metros
con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y cuarenta minutos del veinticuatro de setiembre de dos mil dieciocho,
con la base de ciento veintidós mil ciento cuarenta y tres dólares con noventa
y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y cuarenta minutos del nueve de octubre de
dos mil dieciocho con la base de cuarenta mil setecientos catorce dólares con
sesenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Promerica de
Costa Rica S. A. contra Lynda Rosa Mena Incer e
Imperios Crecientes del Viejo Continente S. A. Exp:
17-007244-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 10 de enero del 2018.—Lic. Heilim Badilla Alvarado, Juez.—( IN2018225728 ).
En la puerta exterior de este Despacho,
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando serv.
y calle ref.: 1281-235-001, citas: 0276-00002818-01-0901-002, a las catorce
horas y quince minutos del quince de mayo del dos mil dieciocho y con la base
de setenta y tres mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor, remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 189148-001-002 cero cero uno,
cero cero dos, la cual es terreno para construir,
lote 57-B. Situada: en el distrito San Juan, cantón La Unión, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte, lote 58-B; al sur, lote 56-B; al este, lote 64-B
y al oeste, calle pública con un frente de 10 metros. Mide: trescientos metros
con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce
horas y quince minutos del treinta de mayo del dos mil dieciocho, con la base
de cincuenta y cinco mil ciento veinticinco dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas
y quince minutos del catorce de junio del dos mil dieciocho, con la base de
dieciocho mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Pedro Mauricio Solís
Richmond. Expediente Nº 18-001993-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 20 de febrero del 2018.—Licda. Yessenia
Brenes González, Jueza.—( IN2018225732 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y
treinta minutos del trece de abril de dos mil dieciocho y con la base de ocho
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número setenta y tres mil trescientos
diecinueve-cero cero cero, la cual es terreno para la
agricultura lote 76-15. Situada en el distrito 01 San Vito, cantón 08 Coto Brus
de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte calle pública; al sur Sergio
Rojas y Francisco Sánchez; al este Sergio Rojas y al oeste Eduardo Jiménez
Solera y Gilberth Jiménez Solera. Mide: veintidós mil
quinientos cincuenta y seis metros con ochenta decímetros cuadrados. Plano:
P-0930295-1991. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta
minutos del treinta de abril de dos mil dieciocho, con la base de seis millones
de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de mayo de
dos mil dieciocho, con la base de dos millones de colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Gerardo Luis Salazar
Delgado. Expediente: 15-000008-1201-CJ.—Juzgado de
Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, (Materia Cobro), 21 de
diciembre del 2017.—Lic. German Esquivel Campos, Juez.—( IN2018225734 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
Limitaciones del IDA Ley 2825 Art.67 Bajo las citas: 0424-00007021-01-0067-001
y Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, bajo las citas
0424-00007021-01-0103-001; a las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de
abril de dos mil dieciocho y con la base de once millones de colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número noventa y seis mil doscientos setenta y cinco cero cero uno, cero cero dos, la cual
es terreno para construir lote 16. Situada en el distrito 02 Puerto Jiménez,
cantón 07 Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 17;
al sur, calle pública; al este, calle pública y al oeste, Eric Vargas. Mide:
Setecientos ochenta y cinco metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Plano:
P-0077449-1992. Para el Segundo remate se señalan las ocho horas y treinta
minutos del catorce de mayo de dos mil dieciocho, con la base de ocho millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos
del veintinueve de mayo de dos mil dieciocho con la base de dos millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra María de los Ángeles Mejía Paniagua, Arnoldo Badilla Chavarría Exp:.
17-000247-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía
y Contravencional de Golfito (Materia Cobro), 22 de enero del 2018.—Lic.
German Esquivel Campos, Juez.—( IN2018225736 ).
En la puerta exterior
de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas de
Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, Bajo las citas:491-07725-01-0177-001; a
las diez horas y treinta minutos del siete de mayo de dos mil dieciocho y con
la base de veinticinco millones trescientos mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número ciento veinticuatro mil cuatrocientos diez-cero cero cero,
la cual es terreno para la agricultura, parcela C-13. Situada en el distrito 03
Agua Buena, cantón 08 Coto Brus de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte parcela C 12; al sur, parcela C 23, 24. Ana Alfaro y Miguel Villalobos;
al este, calle pública y al oeste Rodrigo Cordero Fonseca. Mide: doscientos
cuarenta y cuatro mil seiscientos veintinueve metros con ochenta y seis
decímetros cuadrados. Plano: P-0655769-2000. Para el segundo remate se señalan
las diez horas y treinta minutos del veintidós de mayo de dos mil dieciocho,
con la base de dieciocho millones novecientos setenta y cinco mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y treinta minutos del seis de junio de dos mil
dieciocho, con la base de seis millones trescientos veinticinco mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Rafael Ángel Cascante Quesada. Expediente: 18-000088-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de
Golfito, (Materia Cobro), 23 de enero del año 2018.—Lic. German Esquivel
Campos, Juez.—( IN2018225737 ).
En la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones, bajo citas:
0369-00002801-01-0934-001; a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del tres
de diciembre del dos mil dieciocho, y con la base de veintiún millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número cincuenta y ocho mil quinientos treinta y tres
cero cero cero la cual es
terreno agricultura N° 60051. Situada en el distrito
01 Corredor, cantón 10 Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte, Lilliam Badilla; al sur, Rafael Montoya; al este, calle; y al oeste,
Antonio Mellado. Mide: ciento noventa y siete metros con setenta y seis
decímetros cuadrados. Plano: P-0459606-1981. Para el segundo remate se señalan
las nueve horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de diciembre del dos mil
dieciocho, con la base de quince millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de enero del
dos mil diecinueve con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Caja de Préstamos y
Descuentos de los Empleados del Poder Judicial contra Ingrid Mata Espinoza.
Expediente Nº 15-036733-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 28 de febrero del 2018.—M.Sc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—(
IN2018225738 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre sirviente y reservas y restricciones, anotadas al tomo 373, asiento
9176-01-0905-001, 01-0906-001, 0907-001 y demanda penal dentro del exp. 11-1009-396PE llevado en el Tribunal de Juicio de
Liberia inscritas al tomo 2011 asiento 235267- 01-002-001 y 2013 227323 01 006
001, 2011 235267 01 0008 001, 2013 227323 01 0007001, a las nueve horas y
treinta minutos del doce de junio del año dos mil dieciocho y con la base de
treinta y un millón de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 146276
cero cero cero la cual es
terreno lote 7, terreno de pastos. Situada en el distrito 01 Bagaces, cantón 04
Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote ocho; al sur, The Ponderosa Ranch S. A.; al
este, servidumbre agrícola con 183.39 metros en medio The
Ponderosa Ranch S. A. y al oeste, Río Salto. Mide:
veinticinco mil sesenta y ocho metros con sesenta y seis decímetros cuadrados.
Con la base de treinta y un millón de colones exactos en el mejor postor
remataré lo siguiente: 2) Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número 146278 cero cero cero
la cual es terreno lote nueve, terreno de pastos. Situada en el distrito 01
Bagaces, cantón 04 Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
lote diez; al sur, lote ocho; al este, servidumbre agrícola con un frente de
88.65 centímetros en medio The Ponderosa Ranch S. A. y al oeste, Río Salto. Mide: veinte mil ciento
setenta y cuatro metros con nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintisiete de junio del año
dos mil dieciocho con la base de veintitrés millones doscientos cincuenta mil
colones exactos por cada una de las fincas (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del
doce de julio del año dos mil dieciocho con la base de siete millones
setecientos cincuenta mil colones exactos por cada una de las fincas (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Cirilo Vallejos Dinarte, Mississippi Partners S.
A., Sweet Pampa S. A. Exp: 11-002649-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito
Judicial de San José, 26 de febrero del 2018.—Licda. Daisy Hidalgo Arias,
Juez.—( IN2018225752 ).
En la puerta exterior de este Despacho,
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, a
las diez horas del siete de mayo del dos mil dieciocho, y con la base de once
millones novecientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº
249540-000, la cual es terreno para construir lote 8 bloque A. Situada: en el
distrito 02 Cervantes, cantón 06 Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda:
al norte, Guillermo Antonio Brenes Aguilar; al sur, calle pública; al este,
José Luis Ríos Morales, y al oeste, calle pública. Mide: ciento treinta y
cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas del
veintidós de mayo del dos mil dieciocho, con la base de ocho millones
novecientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento),
y para la tercera subasta, se señalan las diez horas del seis de junio del dos
mil dieciocho, con la base de dos millones novecientos setenta y cinco mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y
Préstamo contra Marianela Álvarez Cortés y Mario Chávez Solano. Expediente Nº 17-009432-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 02 de marzo del 2018.—Licda. Karina
Quesada Blanco, Jueza.—( IN2018225756 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las 10:45 horas del 17/04/2018 y con la base de dos
millones trescientos setenta y un mil ochocientos treinta colones con cincuenta
y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa
493344, marca: Jeep, estilo: Grand Cherokee,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: 1J4GW58N22C274452,
carrocería: rural, tracción: 4x4, color: gris. Para el segundo remate se
señalan las 10:45 horas del 02/05/2018, con la base de un millón setecientos
setenta y ocho mil ochocientos setenta y dos colones con noventa y cuatro
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las 10:45 horas del 17/05/2018, con la base de quinientos noventa y dos
mil novecientos cincuenta y siete colones con sesenta y cuatro céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de OPC Operadora de Cobro y Crédito Comercial S. A. contra
Auto Motriz Axiom de Costa Rica S. A. y Jerónimo
Antonio Matamoros Porras. Exp. N°
17-012910-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 4 de octubre del
2017.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—( IN2018225758 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas
y cero minutos del cuatro de mayo de dos mil dieciocho, y con la base de
diecisiete millones setecientos setenta y seis mil veintiocho colones con
noventa y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos siete mil quinientos
sesenta y tres cero cero cero
la cual es terreno para construir , bloque F, lote 5 con una casa. Situada en
el distrito 8 Río Azul, cantón 3 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda:
al norte, lote 6; al sur, lote 4; al este, calle dos con 7,00, y al oeste, lote
15. Mide: Ciento cuarenta metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno
de mayo de dos mil dieciocho, con la base de trece millones trescientos treinta
y dos mil veintiún colones con setenta y un céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cero minutos del cinco de junio de dos mil dieciocho con la base de cuatro
millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil siete colones con veinticuatro
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica
S. A. contra Luis Guillermo Muñoz Leitón. Exp. N° 17-017464-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 27 de febrero del año 2018.—Lic. Henry Sanarrusia Gómez, Juez.—( IN2018225760 ).
En la puerta exterior de este Despacho, 1)
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas:
310-16418-01-0901-001, a las catorce y treinta minutos (02:30 p.m.) del dos de
mayo de dos mil dieciocho, y con la base de ocho millones de colones exactos ,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número 462553 derechos 001 002 la cual es terreno con una casa
de habitación. Situada en el distrito 01 San Marcos, cantón 05 Tarrazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
calle pública; al sur, Mayra Naranjo Torres; al este, Mayra Naranjo Torres y al
Oeste Mayra Naranjo Torres. Mide: ciento cincuenta y ocho metros con trece
decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las catorce y treinta
minutos (02:30 pm) del diecisiete de mayo de dos mil dieciocho, con la base de
seis millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la Tercera subasta se señalan las catorce y treinta minutos (02:30 pm) del
uno de junio de dos mil dieciocho con la base de dos millones de colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas:
310-04108-01-0901-001; a las catorce y treinta minutos (02:30 pm) del dos de
mayo de dos mil dieciocho, y con la base de tres millones de colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número 474800- 000; la cual es terreno para construir. Situada
en el distrito 05 Santa Cruz, cantón 20 León Cortés, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, Estelina Mena Monge; al sur,
calle pública con 10.63 metros de frente; al este, Estelina
Mena Monge y Marvin Jiménez Hernández y al oeste, Bernán
Hilama Hernández. Mide: trescientos setenta y nueve
metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se
señalan las catorce y treinta minutos (02:30 p.m.) del diecisiete de mayo de
dos mil dieciocho, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se
señalan las catorce y treinta minutos (02:30 p.m.) del uno de junio de dos mil
dieciocho, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). 3) libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas:
310-16418-01-0901-001; a las catorce y treinta minutos (02:30 p.m.) del dos de
mayo de dos mil dieciocho, y con la base de tres millones de colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número 560979-000; la cual es terreno para construir. Situada
en el distrito 01 San Marcos, cantón 05 Tarrazú, de
la provincia de San José. Colinda: al norte, Minor
Llama Hernández, Lidia Cerdas Mena, calle pública; al sur, Mayra Naranjo Torres
y Temporalidades de la Diócesis de San Isidro del General; al este,
Temporalidades de la Diócesis de San Isidro del General y al oeste, Mayra
Naranjo Torres, Minor Llama Hernández y Lidia Cerdas
Mena. Mide: doscientos dos metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para
el Segundo remate se señalan las catorce y treinta minutos (02:30 p.m.) del
diecisiete de mayo de dos mil dieciocho, con la base de dos millones doscientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la Tercera subasta se señalan las catorce y treinta minutos (02:30 p.m.) del
uno de junio de dos mil dieciocho con la base de setecientos cincuenta mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de, Cooperativa de Ahorro y Crédito de San Marcos de Tarrazú contra Minor Antonio de
los Ángeles Ilama Hernández. Exp.:
17-010043-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 25 de enero del 2018.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—(
IN2018225761 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas
y cero minutos del trece de junio del dos mil dieciocho, y con la base de doce
mil ciento ochenta y ocho dólares con ochenta y seis centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas BJJ119, marca Suzuki, estilo Ciaz GL, capacidad 5 personas, año 2015, color gris,
categoría automóvil, carrocería sedan 4 puertas, tracción 4x2. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiocho de junio del
dos mil dieciocho, con la base de nueve mil ciento cuarenta y un dólares con
sesenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del trece de julio
del dos mil dieciocho con la base de tres mil cuarenta y siete dólares con
veintiún centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.
A. contra Betsabe Nosara
Morales López. Expediente Nº 17-002072-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 07 de marzo del 2018.—Lic.
Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2018225767 ).
En la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones,
citas: 381-18554-01-0900-001; a las nueve horas y cero minutos del quince de
mayo de dos mil dieciocho y con la base de doce millones quinientos veinticinco
mil setecientos cuarenta colones con cuarenta y nueve céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
cuarenta y cuatro mil treinta cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito 05 Cariari, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, Aurelio Barboza Rojas; al sur, calle; al este, Alexis Lobo
Benavides y al oeste, Melvin Guerrero García. Mide: setecientos treinta y dos
metros con catorce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y cero minutos del treinta de mayo de dos mil dieciocho, con la
base de nueve millones trescientos noventa y cuatro mil trescientos cinco
colones con treinta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del catorce
de junio de dos mil dieciocho con la base de tres millones ciento treinta y un
mil cuatrocientos treinta y cinco colones con doce céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra María Isabel Calvo Bolívar. Exp: 17-001764-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 31 de enero del 2018.—Lic.
Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2018225953 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las trece horas
y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de abril del dos mil dieciocho, y
con la base de treinta y un millones doscientos nueve mil novecientos cincuenta
y ocho colones con un céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y
nueve mil setecientos seis cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el
distrito 02 Santa Rita, cantón 09 Nandayure, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, María Elena Villegas Díaz; al sur, María Elena Villegas
Díaz; al este, María Elena Villegas Díaz y Henry Arroyo Villegas, y al oeste,
calle pública con 11.10 metros. Mide: seis mil setenta y nueve metros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y cuarenta y
cinco minutos del dieciséis de mayo del dos mil dieciocho, con la base de
veintitrés millones cuatrocientos siete mil cuatrocientos sesenta y ocho
colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para
la tercera subasta, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del
treinta y uno de mayo del dos mil dieciocho, con la base de siete millones
ochocientos dos mil cuatrocientos ochenta y nueve colones con cincuenta
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Rita Elena Arroyo Villegas. Expediente Nº
17-003119-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Puntarenas, 15 de febrero del 2018.—Lic. Alejandro Brenes
Cubero, Juez.—( IN2018225954 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del trece de
abril del dos mil dieciocho y con la base de diecisiete millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número sesenta mil seiscientos treinta y cinco-cero
cero cero, la cual es terreno para construir. Situada
en el distrito cuarto Tempate, cantón tercero Santa Cruz de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte calle pública con 13 m. 41 cm.; al sur María Remigia Moreno Vega; al este Municipalidad de Santa Cruz y
al oeste Carmen Moreno Peraza. Mide: mil cuatrocientos ochenta metros con
veintitrés decímetros cuadrados. Plano: G-0613019-1985. Para el segundo remate
se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de abril del dos mil
dieciocho, con la base de doce millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las catorce horas y cero minutos del dieciséis de mayo del dos mil
dieciocho, con la base de cuatro millones doscientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra
Amelia Yadira Valerín Lara. Expediente:
15-001604-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía
y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Cobro),
19 de febrero del 2018.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen,
Juez.—( IN2018225960 ).
En la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y cuarenta minutos del diez
de agosto de dos mil dieciocho, y con la base de cincuenta y cuatro millones
cuatrocientos doce mil quinientos colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
trescientos cincuenta y siete mil cuatrocientos quince cero cero
cero la cual es terreno para construir lote 13.
Situada en el distrito Pozos, cantón Santa Ana, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, parqueo público; al sur, parqueo público; al este, calle
publica con 54 mts 53 cms,
y al oeste, parqueo público. Mide: Mil ochocientos dieciséis metros con
cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece
horas y cuarenta minutos del veintiocho de agosto de dos mil dieciocho, con la
base de cuarenta millones ochocientos nueve mil trescientos setenta y cinco
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las trece horas y cuarenta minutos del doce de setiembre de
dos mil dieciocho con la base de doce millones seiscientos tres mil ciento
veinticinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Marla
Díaz Viada contra Real de Pereira S. A. Exp. N° 13-002746-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 15 de
diciembre del 2017.—M.Sc. Jenniffer
Ocampo Cerna, Jueza.—( IN2018226113 ).
En la puerta exterior de este Despacho;
soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Popular y de Desarrollo
Comunal (citas: 567-08097-01-0002-001), servidumbre trasladada (citas:
298-14892-01-0901-002), servidumbre trasladada (citas: 335-12059-01-0902-001);
a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de mayo del dos mil
dieciocho, y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
151002-003 la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 9-Río
Segundo, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
calle con 7.57 metros; al sur, Fabio Ocampo González; al este, Roxana Alfaro
Trejos; y al oeste, Orandez Zumbado Murillo. Mide:
ciento ochenta y siete metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del
cinco de junio del dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones quinientos
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de
junio del dos mil dieciocho con la base de un millón quinientos mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de José Fabio Hernández Murillo contra
Luis Guillermo Zumbado Carvajal. Expediente Nº
17-016560-1157-CJ.—Juzgado de Cobro
y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 19 de enero del 2018.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—(
IN2018226118 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas
y cero minutos del doce de abril de dos mil dieciocho, y con la base de ciento
diez mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo
el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 145667-000 la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito 2-Mercedes, cantón 1-
Heredia de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur,
Inversiones Efe Sociedad Anónima; al este, María Lorena Salgado Sánchez y Ariel
Rojas Flores y al oeste, Inversiones Efe Sociedad Anónima. Mide: trescientos
sesenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
cero minutos del veintisiete de abril de dos mil dieciocho, con la base de
ochenta y dos mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos
del catorce de mayo de dos mil dieciocho, con la base de veintisiete mil
quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Importadora La Sonrisa Sociedad Anónima, Inversiones Doña Amelia Ras S. A.
contra Porfirio Solano Sabatier, expediente Nº
17-004088-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 01 de diciembre del 2017.—Msc. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—(
IN2018226311 ).
En la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas del dieciséis de abril del
año dos mil dieciocho y con la base de cuatro millones de colones, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 867818. Marca Mitsubishi.
Estilo Montero Sport XLS. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2000.
Color negro. Vin JA4MT31H1YPO37943. Cilindrada 3000 cc. Combustible gasolina. Motor Nº
6G72KN6132. Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco
de Costa Rica contra Roy Antonio Myers Francis. Exp:
03-011594-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 12 de febrero del
2018.—Lic. Pablo José Porras Barahona, Juez.—( IN2018226312 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; ; a las once horas y quince minutos del veintisiete
de abril de dos mil dieciocho, y con la base de cuarenta y tres mil quinientos
diez dólares con treinta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 63803-F
cero cero cero la cual es
terreno finca filial primaria individualizada numero
sesenta y uno apta construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá
tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 01 Parrita, cantón
09 Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, finca filial
sesenta y ocho; al sur, avenida dos; al este, finca filial sesenta y al oeste,
finca filial sesenta y dos. Mide: cuatrocientos noventa y nueve metros con
cincuenta decímetros cuadrados.- Y con la base de cuarenta y tres mil
quinientos diez dólares con treinta y seis centavos, libre de gravámenes
hipotecarios pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos
citas: 332- 06763-01-0002-001, restricciones reg art
18, ley 2825 citas: 555-01921-01-0005-001, servidumbre de paso citas:
569-25114-01-0437-001, servidumbre de paso citas: 569-25114-01- 0437-001,
servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 569-25114-01-0878-001,
servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 569-25114-01-0878-001,
servidumbre de acueducto citas: 569-25114-01-1305-001, servidumbre de acueducto
citas: 569-25114-01- 1305-001, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 148970- cero cero cero la cual es terreno
pastos lote numero 206. Situada en el distrito 01
Jacó, cantón 11 Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
servidumbre agrícola con frente de 68.07 m; al sur, lote 210; al este, lote 189
y al oeste, lote 190. Mide: cinco mil sesenta metros con cinco decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos
del dieciséis de mayo de dos mil dieciocho, con la base de treinta y dos mil
seiscientos treinta y dos dólares con setenta y siete centavos la primer finca
y con la base de treinta y dos mil seiscientos treinta y dos dólares con
setenta y siete centavos la segunda finca (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos
del treinta y uno de mayo de dos mil dieciocho con la base de diez mil
ochocientos setenta y siete dólares con cincuenta y nueve centavos la primer
finca y con la base de diez mil ochocientos setenta y siete dólares con cincuenta
y nueve centavos la segunda finca (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Inversiones Hispanoalemanas Sociedad Anónima contra Corelca Maquinaria y Equipos Sociedad Anónima, Inversiones
Hermanos Castillo Angulo y Asociados e Hijos Numero Dos C.A. Sociedad Anónima. Exp. 16-000750-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 15 de febrero del año
2018.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2018226815 ).
En la puerta exterior de este Despacho,
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servid condic
ref.: 2074-280-001 citas: 293-13313-01-0901-002 y servidumbre de paso citas:
436-03825-01-0001-001; a las catorce horas y cero minutos del veintisiete de
abril de dos mil dieciocho, con la base de doce mil dólares exactos en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Cartago Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número
doscientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos ochenta y dos cero cero cero la cual es terreno lote
número once-terreno de tacotal. Situada en el distrito 3 Orosi, cantón 2
Paraíso de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, servidumbre agrícola; al
sur, lote número diez; al este, servidumbre agrícola y al oeste, servidumbre
agrícola. Mide: cinco mil un metro cuadrado. Para el Segundo remate se señalan
las catorce horas y cero minutos del quince de mayo de dos mil dieciocho, con
la base de nueve mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la Tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta
de mayo de dos mil dieciocho con la base de tres mil dólares exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Sofía
de los Ángeles Montero Brenes contra Luis Mariano de la Trinidad Portuguez Miranda. Exp.:
17-013179-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 15 de febrero del 2018.—Licda. Karol
Muñoz Barahona, Jueza.—( IN2018226903 ).
En la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del cuatro
de junio del dos mil dieciocho y con la base de noventa y dos mil seiscientos
noventa y siete dólares con treinta y cinco centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 159069-000 la cual es terreno para construir. Situada:
en el distrito Liberia, cantón Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, Edwin Ramírez Espinoza y calle publica; al sur, Joaquín Valdelomar
Álvarez; al este, Empresas Navco de Costa Rica S.A.,
y al oeste, Empresas Navco de Costa Rica S.A. Mide:
cuatrocientos quince metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las
catorce horas y cero minutos del diecinueve de junio del dos mil dieciocho, con
la base de sesenta y nueve mil quinientos veintitrés dólares con un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para
la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del cuatro de
julio del dos mil dieciocho con la base de veintitrés mil ciento setenta y
cuatro dólares con treinta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Edgar Ricardo Navarro Núñez. Expediente N° 17-013102-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera,
12 de marzo del 2018.—Lic. Ramón Meza Marín, Juez.—( IN2018226915 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y
treinta minutos del veinticuatro de abril del dos mil dieciocho, y con la base
de setenta y nueve millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número siete mil
cuatrocientos cuarenta y seis cero cero cero la cual es terreno de solar para construir una casa.
Situada en el distrito Puntarenas, cantón Puntarenas, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública en medio de Sergio Fallas; al sur,
Rodrigo Lobo Guerrero; al este, Margarita Estreber; y
al oeste, calle cuarta. Mide: doscientos veinticinco metros con ochenta y tres
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y
treinta minutos del diez de mayo del dos mil dieciocho, con la base de
cincuenta y nueve millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez
horas y treinta minutos del veinticinco de mayo del dos mil dieciocho con la
base de diecinueve millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Calidalia
Sociedad de Responsabilidad Limitada. Expediente Nº
17-001214-1207-CJ.—Juzgado de Cobro
y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 09
de enero del 2018.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2018226916 ).
En la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; a las quince horas y cero
minutos del dos de mayo del dos mil dieciocho y con la base de treinta y siete
mil setecientos cuarenta dólares con sesenta centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número doscientos diez mil cuatrocientos ochenta y uno cero cero
cero, la cual es terreno con una casa. Situada en el
distrito 04 Pavon, cantón 07 Golfito, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con 14.00 metros de ancho y
17.09 metros lineales de frente; al sur, INDER; al este Margarita Emilce Zúñiga
Castro y al oeste, INDER. Mide: doscientos noventa metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintiuno de mayo
del año dos mil dieciocho, con la base de veintiocho mil trescientos cinco
dólares con cuarenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del cinco de
junio del dos mil dieciocho con la base de nueve mil cuatrocientos treinta y
cinco dólares con quince centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza
R. L. contra Michael Alexander Corrales Zúñiga. Exp.:
17-006207-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro),
05 de febrero del 2018.—Lic. Iván Cartín Cordero, Juez.—( IN2018226917 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y
treinta minutos del dieciséis de mayo del año dos mil dieciocho y con la base
de cinco millones novecientos veintidós mil seiscientos cuarenta y tres colones
con catorce céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo:
placas número BYD252. Marca BYD. Estilo F5 Su Rui. Categoría automóvil.
Capacidad 5 personas. Año 2014. Color negro. Vin
LGXCG6CF7E0001233. Cilindrada 1500 c. c. Combustible gasolina. Motor Nº BYD476ZQA913020740. Para el segundo remate se señalan
las diez horas y treinta minutos del treinta y uno de mayo del año dos mil
dieciocho, con la base de cuatro millones cuatrocientos cuarenta y un mil
novecientos ochenta y dos colones con treinta y cinco céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
treinta minutos del quince de junio del año dos mil dieciocho con la base de un
millón cuatrocientos ochenta mil seiscientos sesenta colones con setenta y ocho
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Melina Chacón Mora. Exp.: 18-000586-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Primera, 15 de febrero del 2018.—M.Sc. Lissette Córdoba Quirós, Jueza.—(
IN2018226918 ).
En la puerta exterior de este Despacho,
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de líneas
eléctricas y de paso, citas: 2009-182123-01-0002-001, a las catorce horas y
cero minutos del veinte de abril del dos mil dieciocho, y con la base de quince
mil cuatrocientos noventa y cuatro dólares con veinticinco centavos, en el
mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número ciento ochenta y nueve mil trescientos cuarenta y uno cero cero cero, la cual es terreno de
potrero. Situada: en el distrito 02-Savegre, cantón 6-Quepos, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte, Cooperativa de Autogestión Agropecuaria y de
Servicio Múltiples del Silencio R.L.; al sur, Cooperativa de Autogestión Agropecuaria
y de Servicio Múltiples del Silencio R.L.; al este, calle pública con un frente
lineal de 15 metros, y al oeste, Cooperativa de Autogestión Agropecuaria y de
Servicio Múltiples del Silencio R.L. Mide: trescientos quince metros cuadrados.
Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del nueve
de mayo del dos mil dieciocho, con la base de once mil seiscientos veinte
dólares con sesenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y
para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del
veinticinco de mayo del dos mil dieciocho, con la base de tres mil ochocientos
setenta y tres dólares con cincuenta seis centavos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Denis Javier
López Azofeifa. Expediente Nº 17-006202-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 09 de marzo del
2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(
IN2018226920 ).
En la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas
277-00774-01-0903-001; a las quince horas y cero minutos del dos de mayo del
año dos mil dieciocho y con la base de diecinueve millones novecientos treinta
mil setecientos setenta y tres colones con dieciséis céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
quinientos veintiún mil novecientos noventa y ocho cero cero
uno, cero cero dos la cual es terreno para construir
lote siete. Situada en el distrito 02 San Miguel, cantón 03 Desamparados, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Rafael Granados Porras; al sur, calle
pública; al este, Asociación de Vivienda Iratzu y al
oeste, Asociación de Vivienda Iratzu. Mide: ciento
veintiún metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las quince horas y cero minutos del veintiuno de mayo del año dos
mil dieciocho, con la base de catorce millones novecientos cuarenta y ocho mil
setenta y nueve colones con ochenta y siete céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y
cero minutos del cinco de junio del año dos mil dieciocho con la base de cuatro
millones novecientos ochenta y dos mil seiscientos noventa y tres colones con
veintinueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza
R. L. contra Julio Nelson Ruiz Ruiz, Kimberly Seidy
Ruiz Sánchez, Zenia del Carmen Sánchez Medrano. Exp: 17-006201-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 05 de febrero del 2018.—Lic. Iván Cartín Cordero,
Juez.—( IN2018226924 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas y restricciones citas: 375-01662-01-0900-001 y demanda ordinaria
citas: 800-331291-01-0001-001; a las diez horas y cuarenta minutos del
diecisiete de abril del dos mil dieciocho, y con la base de dieciséis millones
trescientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
noventa y cuatro mil novecientos cuarenta y cinco cero cero
uno, cero cero dos la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Quepos, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, Finca Gloriana de Quepos S. A.; al sur, calle
pública con un frente a ella de 30 metros; al este, Finca Gloriana de Quepos S.
A.; y al oeste, Finca Gloriana de Quepos S. A. Mide: seiscientos sesenta y
cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y
cuarenta minutos del tres de mayo del dos mil dieciocho, con la base de doce millones
doscientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cuarenta minutos del dieciocho de mayo del dos mil dieciocho con la base de
cuatro millones ochenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Danny Jesús Camacho Thornton.
Expediente Nº 17-001124-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de
Puntarenas, 11 de enero del 2018.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(
IN2018226928 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las siete horas y treinta minutos del veintisiete
de abril del dos mil dieciocho y con la base de cinco millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número ochenta mil ciento veinticuatro cero cero uno, cero cero dos la cual
es terreno lote 3 con una casa. Situada en el distrito primero Liberia, cantón
primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte Mutual
Guanacaste de Ahorro y Prest.; al sur Mutual Guanacaste de Ahorro y Prest.; al
este, calle pública con 10:00 y al oeste Mutual Guanacaste de Ahorro y Prest.
Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Plano G 0750201-1988. Para el
segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del quince de mayo
del dos mil dieciocho, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del treinta de mayo del
dos mil dieciocho con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Brayan Jesús Jiménez Agüero
contra María Noemi de Jesús Orozco Vega, Ulderico
Alemán Alemán Exp:
17-002637-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía
y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro),
06 de marzo del 2018.—Lic. Jenny Corrales Torres, Jueza.—( IN2018226931 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas del
veintiuno de mayo del dos mil dieciocho y con la base de tres millones
setecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo placas número 822356, marca Hyundai, estilo Terracan GL., categoría automóvil, capacidad 7 personas,
año 2001, color gris, vin KMHNN81WP1U005542. Para el
segundo remate, se señalan las once horas del siete de junio del dos mil dieciocho,
con la base de dos millones ochocientos doce mil quinientos colones exactos y
para la tercera subasta, se señalan las once horas del veintidós de junio del
dos mil dieciocho con la base de novecientos treinta y siete mil quinientos
colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Autos Grecia S.R.L. contra Arnaldo Cesar Lagos Enriquez.
Expediente N° 17-005597-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 26 de
febrero del 2018.—Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—( IN2018226934 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas
y cero minutos del cinco de junio del dos mil dieciocho, y con la base de
cuarenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos treinta y tres mil
setecientos cuatro cero cero cero,
la cual es terreno para construir lote 30-D. Situada en el distrito 07 Purral,
cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 11
D; al sur, avenida tercera pública con 8,96 metros de frente; al este, lote 29
D y al oeste, lote 31-D. Mide: ciento ochenta y siete metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veinte de junio
del dos mil dieciocho, con la base de treinta mil dólares exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince
horas y cero minutos del cinco de julio del dos mil dieciocho con la base de
diez mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). nota:
Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Giselle María Amador Muñoz contra
Claudio Alexander Duarte Chaves. Expediente Nº
17-005033-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San
José, 26 de febrero del 2018.—Lic. Gerardo Monge Blanco, Juez.—(
IN2018226965 ).
En la puerta exterior
de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas del
veintitrés de abril del dos mil dieciocho y con la base de cuarenta y ocho
millones ochocientos ochenta y nueve mil seiscientos veintiséis colones con
veintisiete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: un tercio del
usufructo sobre finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
veinticinco mil trescientos cincuenta y tres-cero cero seis la cual es terreno
solar con una casa. Situada: en el distrito 01 Heredia, cantón 01 Heredia, de
la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle medio con 9 metros de Jesús
de la O; al sur, sucesión de Emilio Campos; al este, Abelino Ramírez y al oeste,
Josefa Campos y Isaías Duran. Mide: doscientos veintitrés metros con noventa y
cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce
horas del nueve de mayo del dos mil dieciocho, con la base de treinta y seis
millones seiscientos sesenta y siete mil doscientos diecinueve colones setenta
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se
señalan las catorce horas del veinticuatro de mayo del dos mil dieciocho, con
la base de doce millones doscientos veintidós mil cuatrocientos seis colones
con cincuenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecutivo hipotecario de Fernando Lizano Caliva
contra Dreamz Sociedad Anónima. Expediente N° 01-001661-0504-CI.—Juzgado
Civil de Heredia, 15 de febrero del 2018.—Lic. Yuri López Casal, Juez.—(
IN2018226971 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y
cero minutos del trece de junio del dos mil dieciocho, y con la base de treinta
y tres mil ochocientos setenta y cinco dólares con cincuenta y seis centavos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: BHX965, marca Ssang Yong, estilo Stavic, año
2015, color negro, capacidad 9 personas, categoría automóvil, carrocería todo
terreno 4 puertas, tracción 4x2. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y cero minutos del veintiocho de junio del dos mil dieciocho, con la base
de veintinueve mil ciento cincuenta y seis dólares con sesenta y siete centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas y cero minutos del trece de julio del dos mil dieciocho con la
base de nueve mil setecientos dieciocho dólares con ochenta y nueve centavos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Lafise S. A. contra
Cindy Díaz Cortés. Expediente Nº 17-000590-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 07 de marzo del 2018.—Lic.
Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2018226985 ).
En la puerta exterior de este Despacho;
soportando sumaria de transito expediente N°
15-002646-0489TR, del juzgado de transito del Primer Circuito Judicial de San
José; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de junio del
dos mil dieciocho, y con la base de ocho mil ciento veintitrés dólares con
sesenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo:
placa KRP190, marca Kia, estilo Río, año 2012, color plateado, chasis
KNADN512BC6753841, tracción 4x2. Para el segundo remate, se señalan las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del diez de julio del dos mil dieciocho, con
la base de seis mil noventa y dos dólares con setenta y tres centavos (rebajada
en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de julio de dos mil dieciocho,
con la base de dos mil treinta dólares con noventa y un centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Lafise S. A. contra Katherine Marcela Rojas Pana.
Expediente N° 17-008811-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 01 de
marzo del 2018.—Lic. Greivin Gerardo Fallas Abarca, Juez.—( IN2018226986 ).
En la puerta exterior
de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
de acueducto y de paso de AyA bajo citas:
2013-114772-01-0001-001; a las quince horas y cero minutos del treinta de
octubre de dos mil dieciocho, y con la base de ciento setenta y siete mil
seiscientos noventa y cinco dólares con sesenta y seis centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
95348-F-cero cero cero, la cual es finca filial
primaria individualizada número trece apta para construir que se destinara a
uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos.- Situada
en el distrito 01 San Vicente, cantón 14 Moravia , de la provincia de San José.
Colinda: al norte finca filial primaria individualizada número catorce; al sur,
área común libre de juegos; al este acceso vehicular y al oeste Multigreca Sociedad Anónima. Mide: ciento setenta y ocho
metros con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
quince horas y cero minutos del quince de noviembre de dos mil dieciocho, con
la base de ciento treinta y tres mil doscientos setenta y un dólares con
setenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del treinta de
noviembre de dos mil dieciocho con la base de cuarenta y cuatro mil
cuatrocientos veintitrés dólares con noventa y dos centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Lafise S.A contra Condominio Vivendis Fresno del Mana XIII. Exp.
17-005441-1170- CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de febrero del 2018.—Licda.
María del Carmen Vargas González, Jueza.—( IN2018226987 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce
horas y cero minutos del diecinueve de abril del dos mil dieciocho, y con la
base de ocho millones cuatrocientos dieciséis mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
trescientos ochenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y tres-cero cero cero, naturaleza solar construido C/ 1 casa. Situada: en el
distrito 02 San Antonio, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José.
Colinda: al norte; Flora Araya Arias, al sur; Edwin Aguilar Araya, al este,
Gerardo Elizondo Arias, y al oeste, calle pública C/ 13 metros y 50 centímetros
frente. Mide: ciento veintiún metros con dos decímetros cuadrados. Para el
segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de mayo
del dos mil dieciocho, con la base de seis millones trescientos doce mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintitrés de mayo del
dos mil dieciocho, con la base de dos millones ciento cuatro mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de María Isabel Trinidad Jiménez Delgado
contra María Ester Villalobos. Expediente N°
17-006917-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 08 de enero del 2018.—Licda. Floryzul Porras López, Juez.—( IN2018227002 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las quince horas y treinta
minutos del diecisiete de mayo del dos mil dieciocho, y con la base de
cincuenta y tres millones seiscientos setenta y cinco mil ciento veinte
colones, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número doscientos cincuenta y cuatro mil quinientos
setenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno
para construir con una casa. Situada: en el distrito cero seis Rancho Redondo,
cantón cero ocho Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
José Alfredo Vindas Mora con 58 metros 21 centímetros; al sur, Emilio Vindas
Mora con 51 metros 11 centímetros; al este, calle pública con 31 metros 5
centímetros, y al oeste, Jesús María Vindas Mora con 5 metros 91 centímetros.
Mide: novecientos setenta y siete metros con ochenta y cinco decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y treinta
minutos del primero de junio del dos mil dieciocho, con la base de cuarenta
millones doscientos cincuenta y seis mil trescientos cuarenta colones (rebajada
en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince
horas y treinta minutos del dieciocho de junio del dos mil dieciocho, con la
base de trece millones cuatrocientos dieciocho mil setecientos ochenta colones
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jorge
Mario Solano Vindas, María Luisa Vindas Mora. Expediente Nº
18-000100-1763-CJ. Notifíquese.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Primera, 19 de febrero del 2018.—Lic. Alonso Chaves Ledezma, Juez.—(
IN2018227016 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones 17-000006-0498-TR
201658100078 0 0 Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de la Zona
Atlántica; a las quince horas y cero minutos del dieciséis de abril del dos mil
dieciocho, y con la base de veintisiete mil novecientos trece dólares con
sesenta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo:
placa: MMK183. Marca: Nissan. Estilo: X-Trail. Categoría: automóvil. Capacidad:
7 personas. Serie: JN1JBNT32GW002378. Carrocería: todo terreno 4 puertas.
Tracción: 4X4. Peso bruto: 1700 kgrms. Número chasis:
JN1JBNT32GW002378. Año de fabricación 2016. Para el segundo remate se señalan
las quince horas y cero minutos del tres de mayo del dos mil dieciocho, con la
base de veinte mil novecientos treinta y cinco dólares con veinticinco centavos
y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del
veintitrés de mayo del dos mil dieciocho con la base de seis mil novecientos
setenta y ocho dólares con cuarenta y dos centavos. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima
contra Guiselle María Muñoz Gamboa. Expediente Nº 17-005009-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia
(Materia Cobro), 15 de enero del 2018.—Licda. Patricia Cedeño Leitón,
Jueza.—( IN2018227017 ).
En la puerta exterior de este Despacho,
libre de gravámenes prendarios y anotaciones, a las nueve horas y cero minutos
del veintitrés de abril del dos mil dieciocho, y con la base de siete millones
ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente:
Vehículo: Placas Nº: BKH-844, marca: Suzuki, estilo: Ciaz GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año:
2016, color: gris, vin: MA3VC41S8GA179989, cilindrada:
1400 CC, combustible: gasolina, motor Nº:
K14BN7110884. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos
del diez de mayo del dos mil dieciocho, con la base de cinco millones
ochocientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos
del veintiocho de mayo del dos mil dieciocho, con la base de un millón
novecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Yorleny de la Trinidad Zúñiga
Brenes. Expediente Nº 17-000394-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 12 de enero del
2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(
IN2018227018 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las quince horas y cero minutos del veinticuatro de
abril del dos mil dieciocho y con la base de once mil trescientos dos dólares
con veintitrés centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo
placas MMZ 389, marca Hyundai, estilo Accent GL,
categoría automóvil, capacidad 5 personas, serie KMHCT41DAGU948977, carrocería
sedan 4 puertas, cilindrada 1600 cc., combustible
gasolina. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del
once de mayo del dos mil dieciocho, con la base de ocho mil cuatrocientos
setenta y seis dólares con sesenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero
minutos del veintiocho de mayo del dos mil dieciocho con la base de dos mil
ochocientos veinticinco dólares con cincuenta y seis centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Miguel Ángel Mata Zúñiga.
Expediente Nº 17-001564-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Cobro), 20 de
febrero del 2018.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas,
Juez.—( IN2018227019 ).
En la puerta exterior
de este Despacho; a las nueve horas del trece de abril del dos mil dieciocho, y
con la base de ciento veintisiete millones doscientos veintiún mil
cuatrocientos setenta y cuatro colones (¢127.221.474,00), libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando compromiso ref:
0412007-020, citas 0351-00017496-01-0001-001 y compromiso ref:
00127745 000, citas 0369-00003537-01-0904-001; en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 127745-001 y 002
la cual es terreno retiro de vía de ferrocarril. Situada en el distrito San
Pedro, cantón Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Incofer con 9 metros 58 centímetros; al sur, Elsa Herrera
Pinto y Douglas Lutz Paris; al este, Centro Comercial de la Calle Real; y al
oeste, Estela Ramírez Salazar. Mide: cuatrocientos cuatro metros con tres
decímetros cuadrados. Para el segundo remate nueve horas del treinta de abril
del dos mil dieciocho, con la base de noventa y cinco millones cuatrocientos
dieciséis mil ciento cinco colones con cincuenta céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas
del quince de mayo del dos mil dieciocho, con la base de treinta y un millones
ochocientos cinco mil trescientos sesenta y ocho colones con cincuenta céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso abreviado
de Laura Cecilia Herrera Granados contra Luis Fernando del Carmen Ramírez
Villalobos. Expediente Nº 15-000614-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito
Judicial de San José, 20 de diciembre del 2017.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—(
IN2018227034 ).
En la puerta exterior de este Despacho,
libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y treinta minutos del
veintitrés de mayo del dos mil dieciocho, y con la base de nueve millones
ciento diecisiete mil cuatrocientos treinta y ocho colones con noventa y un
céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas: BGM-461,
marca: Toyota, estilo: Corolla S., categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
año: 2015, color: plateado, vin: 5YFBU0HE6FP153672,
cilindrada: 1800CC, combustible: gasolina, motor Nº
2ZRL282675. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta
minutos del siete de junio del dos mil dieciocho, con la base de seis millones
ochocientos treinta y ocho mil setenta y nueve colones con dieciocho céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve
horas y treinta minutos del veintidós de junio del dos mil dieciocho, con la
base de dos millones doscientos setenta y nueve mil trescientos cincuenta y
nueve colones con setenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Cristian Alfredo Rodríguez Calvo. Expediente Nº 17-002837-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 26 de febrero del 2018.—Lic. José Ricardo Cerdas
Monge, Juez.—( IN2018227057 ).
En la puerta exterior de este Despacho;
soportando hipoteca i grado citas: 2012-250762-01-0001-001, hipoteca II grado
citas: 2013-71478-01-0001-001 y servidumbre trasladada citas:
400-08817-01-0901-001; a las diez horas y cero minutos del trece de abril del
dos mil dieciocho, y con la base de cuarenta y cinco millones doscientos
cuarenta y ocho mil setecientos ocho colones con diez céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: el derecho cero cero
uno de la Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos
veinticinco mil novecientos veinticuatro-001, la cual es terreno lote 7 terreno
para construir. Situada en el distrito San Pablo, cantón San Pablo, de la
provincia de Heredia. Colinda: al norte, Isacc Pérez
Soto, Xinia Vargas Quirós; al sur, resto dedicado a servidumbre; al este, lote
5; y al oeste, lote 7. Mide: doscientos setenta y cuatro metros cuadrados (el
demandado es dueño de un medio en la finca). Para el segundo remate se señalan
las diez horas y cero minutos del treinta de abril del dos mil dieciocho, con
la base de treinta y tres millones novecientos treinta y seis mil quinientos
treinta y un colones con ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del quince
de mayo del dos mil dieciocho con la base de once millones trescientos doce mil
ciento setenta y siete colones con tres céntimos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Municipalidad de San Pablo de Heredia contra José Fernando Solano Vega.
Expediente Nº 16-009735-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia
(Materia Cobro), 04 de diciembre del 2017.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2018227066 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las catorce horas
y quince minutos del veinticinco de abril del dos mil dieciocho, y con la base
de nueve mil ciento cincuenta y cinco dólares con cincuenta y un centavos, en
el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placa: DMV570, marca: Toyota,
estilo: Yaris G, categoría: automóvil, capacidad: 5
personas, serie: MR2BT9F39F1153218, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2,
número chasis: MR2BT9F39F1153218, año fabricación: 2015, techo: techo alto,
color: celeste, vin: MR2BT9F39F1153218, Nº motor: 1NZZ111718, modelo: NCP150LBEPGK, cilindrada:
1500 C.C, combustible: gasolina. Para el segundo remate, se señalan las catorce
horas y quince minutos del quince de mayo del dos mil dieciocho, con la base de
seis mil ochocientos sesenta y seis dólares con sesenta y tres centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las catorce horas y quince minutos del treinta de mayo del dos mil dieciocho,
con la base de dos mil doscientos ochenta y ocho dólares con ochenta y siete
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora
de Créditos SJ Sociedad Anónima contra Douglas Gerardo Segura Sanabria.
Expediente Nº 17-010785-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 08
de marzo del 2018.—M.Sc. Yesenia Solano Molina, Jueza.—( IN2018227086 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas:
297-12013-01-0922-001; a las nueve horas y cero minutos del veinticinco de
junio del dos mil dieciocho, y con la base de nueve millones ochocientos
treinta y siete mil trescientos sesenta y cinco colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número 29.060-000, la cual es terreno naturaleza: terreno para la agricultura.
Situada en el distrito 1-Carmona, cantón 9-Nandayure de la provincia de
Guanacaste, finca ubicada en zona catastrada. Linderos: al norte, Hilario
Baltodano y José Alvarado; al sur, calle a Santa Rita; al este, calle a Santa
Rita; y al oeste, Vicente Vega Villagra. Mide: ocho mil setecientos cuarenta y
dos metros con ocho decímetros cuadrados. Plano: G-0622998-2000. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diez de julio del
dos mil dieciocho, con la base de siete millones trescientos setenta y ocho mil
veintitrés colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos
del veintiséis de julio del dos mil dieciocho con la base de dos millones
cuatrocientos cincuenta y nueve mil trescientos cuarenta y un colones con
veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Organización de Mujeres
San Rafael Sociedad Anónima contra María Elizabeth Suarez Ramírez. Expediente Nº 18-000398-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 15 de
febrero del 2018.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2018227118 ).
En la puerta exterior de este Despacho: Finca Nº 1:
libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y cero minutos del catorce
de junio del dos mil dieciocho, y con la base de veinte millones cuatrocientos
ochenta y cinco mil cuatrocientos doce colones con noventa y nueve céntimos, en
el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula Nº 286937-000, la cual es terreno de
construir con casa de habitación. Situada: en el distrito San Isidro, cantón
Vásquez de Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Álvaro
Herrera Alvarado; al sur, Salvador Evangelista Quesada Vega; al este, calle
pública con 10 mts 28 cms
de frente, y al oeste, Jorge Rodríguez Soto. Mide: ciento ochenta y siete
metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se
señalan las nueve horas y cero minutos del veintinueve de junio del dos mil
dieciocho, con la base de quince millones trescientos sesenta y cuatro mil
cincuenta y nueve colones con setenta y cuatro céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas
y cero minutos del dieciséis de julio del dos mil dieciocho, con la base de
cinco millones ciento veintiún mil trescientos cincuenta y tres colones con
veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Finca Nº 2:
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo
las citas: 352-12469-01-0900-001, a las nueve horas y cero minutos del catorce
de junio del dos mil dieciocho, y con la base de dieciocho millones quinientos
seis mil seiscientos cincuenta y siete colones con veintiocho céntimos, en el
mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula Nº 332893-000, la cual es terreno para
construir con una casa. Situada: en el distrito Rancho Redondo, cantón
Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, Gabriel Esquivel
Sánchez; al noroeste, calle pública con 16 mts 9 cms de frente; al sureste, Gabriel Esquivel Sánchez, y al
suroeste, Gabriel Esquivel Sánchez. Mide: doscientos doce metros con setenta y
tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y
cero minutos del veintinueve de junio del dos mil dieciocho, con la base de
trece millones ochocientos setenta y nueve mil novecientos noventa y dos
colones con noventa y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y
para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del
dieciséis de julio del dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones
seiscientos veintiséis mil seiscientos sesenta y cuatro colones con treinta y
dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Antonio Alberto Esquivel Pereira. Expediente Nº
17-005937-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 26 de febrero
del 2018.—Licda. Eunice Pérez Arce, Jueza.—( IN2018227145 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca en primer grado; citas:
2014-48529-01-0001-001; a las nueve horas y cuarenta minutos del doce de junio
del dos mil dieciocho, y con la base de cuatro millones de colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número ciento setenta y nueve mil doscientos cuarenta y tres cero cero cero la cual es terreno con
una casa. Situada en el distrito Escazú, cantón Escazú, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, calle pública con 5.00 m; al sur, lote 5; al este, río
en medio otra; y al oeste, lote 3. Mide: doscientos veintiocho metros con
sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y cuarenta minutos del veintisiete de junio del dos mil dieciocho,
con la base de tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta
minutos del doce de julio del dos mil dieciocho con la base de un millón de
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de El Sendero del Puma S. A.
contra Luis Fernando Mora Madrigal. Expediente Nº
17-012456-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San
José, 05 de febrero del 2018.—Licda. Zary Navarro
Zamora, Jueza.—( IN2018227179 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las trece horas
y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de setiembre del dos mil dieciocho, y
con la base de doce millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos cuarenta y tres mil trescientos treinta cero cero
cero, la cual es terreno solar construido. Situada:
en el distrito San Pedro, Cantón Montes de Oca, de la Provincia de San José.
Colinda: al norte, Carlos Delgado Rojas; al sur, Isidro Mora Castillo y Carlos
Humberto Mora Artavia; al este, Elizabeth Mora Artavia y servidumbre de por
medio, y al oeste, Marcos Vargas Solís e Isidro Mora Castillo. Mide: doscientos
cincuenta y cinco metros con un decímetros cuadrados.
Para el segundo remate, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos
del once de octubre del dos mil dieciocho, con la base de nueve millones de
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de
octubre del dos mil dieciocho, con la base de tres millones de colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de El Buda de Piedra S. A. contra Lucrecia María
López Fernández y Manuel Antonio Mora Artavia. Expediente Nº
18-002622-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 06 de marzo del 2018.—Lic.
Verny Arias Vega, Juez.—( IN2018227181 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las quince horas
y treinta minutos del diecinueve de abril del dos mil dieciocho, y con la base
de ciento treinta y ocho millones quinientos setenta y nueve mil setecientos
sesenta y seis colones con veintiún céntimos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº
25584-F-000 cero cero uno, cero cero
dos, la cual es terreno finca filial treinta y uno de dos plantas destinada a
uso habitacional construida. Situada: en el distrito San Isidro, cantón
Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle; al sur, área
común libre; al este, filial treinta y dos, y al oeste, área común libre. Mide:
trescientos ochenta y seis metros con dos decímetros cuadrados. Para el segundo
remate, se señalan las quince horas y treinta minutos del siete de mayo del dos
mil dieciocho, con la base de ciento tres millones novecientos treinta y cuatro
mil ochocientos veinticuatro colones con sesenta y cinco céntimos (rebajada en
un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince
horas y treinta minutos del veintidós de mayo del dos mil dieciocho, con la
base de treinta y cuatro millones seiscientos cuarenta y cuatro mil novecientos
cuarenta y un colones con cincuenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Gerardo Edwin Leiva
Valverde. Expediente Nº 13-016541-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Primera, 01 de marzo del 2018.—Lic. Ramón
Meza Marín, Juez.—( IN2018227243 ).
A las nueve horas del veinticinco de abril
del dos mil dieciocho, en la puerta exterior de este Despacho, y con la base de
la primera hipoteca vencida de tres millones de colones, en el mejor postor,
remataré en primer remate, lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, matrícula Nº 534863-000, la cual
es terreno para construir, lote 3. Situada: en el distrito 11 San Sebastián,
cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Freddy
Guillén Sanabria; al sur, Miguel Ángel Sánchez Fernández; al este, Romelio
Jiménez Jiménez, y al oeste, Miguel Ángel Sánchez
Fernández y lote 2. Mide: ciento ochenta y cuatro metros cuadrados. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José María Pérez
Villalobos contra Miguel Ángel de Jesús Sánchez Fernández. Expediente Nº 05-000486-0180-CI.—Juzgado
Primero Civil de San José, 18 de enero del 2018.—Lic. Miguel Ángel Rosales
Alvarado, Juez.—( IN2018227259 ).
En la puerta exterior
de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando medianería
citas: 300-05141-01-0987-001; a las once horas y cuarenta minutos del veinticinco
de junio de dos mil dieciocho y con la base de ocho millones cuatrocientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número 227676-001 y 002, la cual es terreno para
construir con una casa lote 159. Situada en el distrito 07 Uruca, cantón 01 San
José de la Provincia de San José. Colinda: al norte INVU; al
sur acera 1; al este lote 160 y al oeste lote 158. Mide: ciento siete
metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
once horas y cuarenta minutos del diez de julio de dos mil dieciocho, con la
base de seis millones trescientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cuarenta
minutos del veintiséis de julio de dos mil dieciocho, con la base de dos
millones cien mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
de Negocios S. A. contra Laura Cristina Martínez Umanzor, Manuel Vesalio Zamora
Umanzor. Expediente: 17-013108-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20
de noviembre del 2017.—Licda. Zary Navarro Zamora,
Jueza.—( IN2018227282 ).
En la puerta exterior de este Despacho,
libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión número boleta
2018758000002 del Juzgado de Tránsito de Heredia, a las nueve horas y treinta
minutos del veintitrés de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de
cuatro millones setecientos veintiséis mil setecientos setenta y siete colones
con ochenta y dos céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente:
Vehículo: Placas Nº: 819378, marca: Hyundai, estilo: Accent GLS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
año: 2010, color: plateado, vin: KMHCN41AAAU437932,
cilindrada: 1400 CC, combustible: gasolina. Para el segundo remate, se señalan
las nueve horas y treinta minutos del siete de noviembre del dos mil dieciocho,
con la base de tres millones quinientos cuarenta y cinco mil ochenta y tres
colones con treinta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y
para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del
veintidós de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de un millón ciento
ochenta y un mil seiscientos noventa y cuatro colones con cuarenta y seis
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa
Sociedad Anónima contra Stephanie Marcela Aguilar Salas. Expediente Nº 17-012917-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 24
de enero del 2018.—Lic. Verny Arias Vega, Juez.—( IN2018227299 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando
colisión sumaria 17-601029-0491-TC, boleta 3000485549, Juzgado de Tránsito de
Desamparados; a las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de noviembre
del dos mil dieciocho, y con la base de veintinueve mil ciento veintidós
dólares con veintiún centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo: placa: CL-282328, marca: Toyota, estilo: Hilux SRV, categoría: carga
liviana, año: 2015, color: gris, Vin:
MR0FZ29G1F2565528, N° motor: 1KDU679361, cilindrada:
3000 c.c., combustible: diesel. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de diciembre del
dos mil dieciocho, con la base de veintiún mil ochocientos cuarenta y un
dólares con sesenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del
diecinueve de diciembre del dos mil dieciocho con la base de siete mil
doscientos ochenta dólares con cincuenta y cinco centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Financiera CAFSA S. A. contra Luis David Castro Garro. Expediente Nº 17-010629-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 26 de febrero del 2018.—M.Sc. Yesenia Solano Molina, Jueza.—(
IN2018227300 ).
En la puerta exterior de este Despacho,
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo
las citas: 0380-00015719-01-0900-001, a las once horas y cero minutos del
veinticinco de junio del dos mil dieciocho, y con la base de sesenta y dos
millones doscientos diecinueve mil ocho colones con treinta y cinco céntimos,
en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula Nº 180663-000, la cual es terreno
para construir. Situada: en el distrito San Juan, cantón La Unión, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, Carlos Jinesta
Muñoz; al sur, calle pública; al este, lote 10 Carmen Carranza Rodríguez, y al
oeste, lote doce. Mide: doscientos cuatro metros con sesenta y ocho decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las once horas y cero minutos del
diez de julio del dos mil dieciocho, con la base de cuarenta y seis millones
seiscientos sesenta y cuatro mil doscientos cincuenta y seis colones con
veintisiete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las once horas y cero minutos del veintiséis de julio del
dos mil dieciocho, con la base de quince millones quinientos cincuenta y cuatro
mil setecientos cincuenta y dos colones con nueve céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Alberto Jiménez Mena.
Expediente Nº 17-011826-1765-CJ. Notifíquese.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Tercera, 05 de marzo del 2018.—Licda. Eunice Pérez Arce, Jueza.—(
IN2018227301 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas
y treinta minutos del treinta de abril del dos mil dieciocho, y con la base de
cuarenta millones ochocientos cuarenta y un mil cincuenta y dos colones con
setenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta mil novecientos treinta y
dos-cero cero cero, la cual es terreno con 1 casa.
Situada en el distrito 1-Tres Ríos, cantón 3-La Unión, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte, calle pública con 8m; al sur, Textilera
Tres Ríos S. A. y quebrada; al este, Inmobiliaria La Carpintera S. A.; y al
oeste, Inmobiliaria La Carpintera S. A. Mide: doscientos diecinueve metros con
treinta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
quince horas y treinta minutos del dieciséis de mayo del dos mil dieciocho, con
la base de treinta millones seiscientos treinta mil setecientos ochenta y nueve
colones con cincuenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del
treinta y uno de mayo del dos mil dieciocho con la base de diez millones
doscientos diez mil doscientos sesenta y tres colones con diecinueve céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ana Isabel
Alvarado Mora, Rodrigo Eduardo Zúñiga Trigueros. Expediente Nº
17-011684-1763-CJ. Notifíquese.—Juzgado
Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial
de San José, Sección Primera, 07 de febrero del 2018.—Lic. Alonso
Chaves Ledezma, Juez.—( IN2018227302 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las dieciséis
horas y cero minutos del nueve de abril del dos mil dieciocho, y con la base de
dos millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor,
remataré lo siguiente: Vehículo: Placa: BJP394, marca: Toyota, estilo: Echo,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2000, color: negro, vin: JTDBT1237Y0063282, cilindrada: 1500 CC, combustible:
gasolina, motor Nº: 1NZ1310538. Para el segundo
remate, se señalan las dieciséis horas y cero minutos del dos de mayo del dos
mil dieciocho, con la base de un millón ochocientos treinta y siete mil
quinientos colones exactos, y para la tercera subasta, se señalan las dieciséis
horas y cero minutos del veintidós de mayo del dos mil dieciocho, con la base
de seiscientos doce mil quinientos colones exactos. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución prendaria de José Francisco Barrantes Campos contra Ronulfo Alberto Umaña León. Expediente Nº
16-004385-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía
y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 10 de enero del 2018.—Licda.
Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—( IN2018227316 ).
En la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del
dieciséis de abril del dos mil dieciocho, y con la base de un millón ciento
treinta y ocho mil quinientos cincuenta y dos colones con sesenta y tres
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas número
571219. Marca Toyota. Estilo Corolla STD. Categoría automóvil. Capacidad 5
personas. Año 1994. Color verde. Vin
2T1AE04BXRC030515. Cilindrada 1600 c.c. Combustible gasolina. Motor Nº 4AF431911. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y treinta minutos del tres de mayo del dos mil dieciocho, con la base de
ochocientos cincuenta y tres mil novecientos catorce colones con cuarenta y
siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de mayo del
dos mil dieciocho con la base de doscientos ochenta y cuatro mil seiscientos
treinta y ocho colones con dieciséis céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de José
Francisco Barrantes Campos contra Georges JF Moorson.
Expediente Nº 17-000340-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de
Grecia (Materia Cobro), 11 de enero del 2018.—Licda. Jazmín Núñez
Alfaro, Jueza.—( IN2018227317 ).
En la puerta exterior de este Despacho,
libre de gravámenes prendarios, a las catorce horas cero minutos del seis de
julio del dos mil dieciocho, y con la base de cinco mil quinientos dólares
exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas Nº: CL-226926, marca: Toyota, estilo: Pick Up, categoría:
carga liviana, capacidad: 5 personas, año: 2007, color: blanco, combustible:
gasolina, carrocería: caja abierta o Cam-Pú, chasis:
5TFRT541X7X012138, motor: 2UZ5531984. Para el segundo remate, se señalan las
catorce horas cero minutos del veintitrés de julio del dos mil dieciocho, con
la base de cuatro mil ciento veinticinco dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce
horas cero minutos del nueve de agosto del dos mil dieciocho, con la base de
mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Aldo Lamberti Bonilla contra Eduardo José Vieto
Meza. Expediente Nº 13-000926-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 02
de noviembre del 2017.—Licda. Carmen Laura Valverde Phillips, Jueza.—(
IN2018227339 ).
En la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta minutos del
diecinueve de abril del dos mil dieciocho, y con la base de diez millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 361656-000 la cual es terreno con una construcción
de dos plantas de cemento y madera. Situada en el distrito 04 Concepción,
cantón 10 Alajuelita, de la Provincia de San José. Colinda: al norte, calle
pública con un frente de 11 metros 83 centímetros; al sur, Mario Enrique Pérez;
al este, Carmela Retana; y al oeste, Marta Paz. Mide: doscientos cuatro metros
con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas y treinta minutos del siete de mayo del dos mil dieciocho, con la
base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y treinta minutos del veintidós de mayo del dos mil dieciocho con la base de
dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Lucía Margoth Vargas
Elizondo, María de los Ángeles Vargas Elizondo. Expediente Nº
18-000296-1763-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Primera, 26 de enero del 2018.—Lic. Guillermo Ocampo Arrieta, Juez.—(
IN2018227352 ).
En la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; a las quince horas y cero
minutos del veintitrés de abril del dos mil dieciocho, y con la base de
veinticuatro millones quinientos cuarenta y siete mil ciento noventa y cinco
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta mil ochocientos catorce cero cero cero la cual es terreno para
agricultura. Situada en el distrito 2-Puerto Jiménez, cantón 7-Golfito, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Tours Río Nuevo Sociedad Anónima;
al sur, Tours Río Nuevo Sociedad Anónima; al este, servidumbre de paso con
04.00 metros; y al oeste, Palma Tica Sociedad Anónima. Mide: dos mil
seiscientos quince metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del diez de mayo del
dos mil dieciocho , con la base de dieciocho millones cuatrocientos diez mil
trescientos noventa y seis colones con veinticinco céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas
y cero minutos del veintiocho de mayo del dos mil dieciocho con la base de seis
millones ciento treinta y seis mil setecientos noventa y ocho colones con
setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza
R.L contra Buss Steven W, Cinco Zarpes CZ Limitada.
Expediente Nº 17-001645-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 26
de enero del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018227366 ).
En la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del diez
de abril del año dos mil dieciocho, y con la base de dos millones trescientos
cuarenta y dos mil quinientos once colones con treinta y cinco céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número sesenta y un mil setecientos dieciocho cero cero cero la cual es terreno de
potrero y un galerón. Situada en el distrito 02 Mansión, cantón 02 Nicoya, de
la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública y otro; al sur,
Ciro Javier Moneor Quirós; al este, suc. de Vidal Venegas y otro y al oeste, Ciro Javier
Montero. Mide: once mil novecientos veintinueve metros con catorce decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del veintiséis de abril del año dos mil dieciocho, con la base de un millón
setecientos cincuenta y seis mil ochocientos ochenta y tres colones con
cincuenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciséis de
mayo del año dos mil dieciocho con la base de quinientos ochenta y cinco mil
seiscientos veintisiete colones con ochenta y cuatro céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Coopealianza R. L. contra Ciro Javier
de Jesús Montero Quirós. Exp.: 17-006162-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 08 de
febrero del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018227376 ).
En la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del diez de
abril de dos mil dieciocho -09:00 a. m. 10/04/2018- y con la base de
veintinueve millones ciento veinticuatro mil quinientos veintitrés colones con
siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número ciento sesenta mil cuatrocientos noventa cero cero cero la cual es: Naturaleza:
lote 160-F, terreno para construir. Situada en el distrito 5-Aguacaliente (San
Francisco), cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte,
INVU lote 159; al sur, INVU lote 161; al este, INVU lote 141 y al oeste, calle
1 con 06.00 metros. Mide: noventa y seis metros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiséis de abril de dos
mil dieciocho -09:00 a. m. 26/04/2018- con la base de veintiún millones
ochocientos cuarenta y tres mil trescientos noventa y dos colones con treinta
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cero minutos del catorce de mayo de dos mil dieciocho
-09:00 a. m. 14/05/2018- con la base de siete millones doscientos ochenta y un
mil ciento treinta colones con setenta y siete céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de
efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda
diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de
cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda,
según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra María del
Carmen Masis Víquez. Exp.: 17-009853-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 07 de
febrero del 2018.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—( IN2018227385 ).
En la puerta
exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas
del veinticinco de junio del dos mil dieciocho, y con la base de diez millones
setecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 100651-001, la cual es terreno
para construir con una casa lote 2160. Situada en el distrito Limón, cantón
Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, I.N.V.U; al sur, I.N.V.U;
al este, I.N.V.U; y al oeste, calle pública. Mide: doscientos sesenta y ocho
metros con veintiocho decímetros cuadrados. Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 100651-002 la cual es terreno para construir con una casa lote
2160. Situada en el distrito Limón, cantón Limón, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, I.N.V.U; al sur, I.N.V.U; al este, I.N.V.U; y al oeste,
calle pública. Mide: doscientos sesenta y ocho metros con veintiocho decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del diez de julio
del dos mil dieciocho, con la base de ocho millones veinticinco mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas del veintiséis de julio del dos mil dieciocho con la
base de dos millones seiscientos setenta y cinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Arturo Rainer Alvarado
Escobar, Manuel Antonio Delgado Cordero, Rayner
Arturo Alvarado Alvarado. Expediente Nº 18-000612-1208-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Materia
Cobro), 06 de marzo del 2018.—Lic. Richard White Wright, Juez.—(
IN2018227389 ).
En la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del
diecisiete de abril del año dos mil dieciocho y con la base de veintiséis mil
novecientos treinta y seis dólares con veinticinco centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo: placas FPR-999, marca Hyundai. Estilo Tucson
GL. Categoría automovil. Capacidad 5 personas. Año
2014. Color negro. Vin KMHJT81VDEU807657. Cilindrada
2000 c.c. Combustible Diesel. Motor Nº D4HADU869729.
Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del tres de
mayo del año dos mil dieciocho, con la base de veinte mil doscientos dos
dólares con diecinueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de
mayo del año dos mil dieciocho con la base de seis mil setecientos treinta y
cuatro dólares con seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Improsa S. A. contra Andrés Eduardo Pachon Cárdenas. Exp: 16-002927-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón)
(Materia Cobro), 05 de febrero del 2018.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge,
Juez.—( IN2018227394 ).
En la puerta exterior de este Despacho,
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones y demanda
ordinaria, a las quince horas y treinta minutos del seis de abril del dos mil
dieciocho, y con la base de doce millones de colones exactos, en el mejor
postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido
de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
ciento un mil trescientos quince cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 48 B. Situada:
en el distrito 02 Jiménez, cantón 02 Pococí, de la Provincia de Limón. Colinda:
al norte, lote destinado a juegos infantiles; al sur, calle pública; al este,
calle pública, y al oeste, lote 49 B. Mide: ciento setenta y cinco metros con
sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las
quince horas y treinta minutos del veinticuatro de abril del dos mil dieciocho,
con la base de nueve millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y treinta
minutos del diez de mayo del dos mil dieciocho, con la base de tres millones de
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y
Préstamo contra Cándida Rosa Noguera Zapata. Expediente Nº
16-002841-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
de Pococí (Materia Cobro), 14 de marzo del 2018.—Lic. Johnny Esquivel
Vargas, Juez.—( IN2018227404 ).
En la puerta exterior
de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; soportando una servidumbre
trasladada citas: 302-04469-01-0976-001; a las trece horas y cero minutos del
treinta y uno de agosto del dos mil dieciocho, y con la base de noventa y siete
mil trece dólares con sesenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos seis
mil ochocientos ochenta y cinco-cero cero cero, la
cual es terreno bloque I para construir lote 28 I. Situada en el distrito
Barrantes, cantón Flores, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote
27 y 20 I; al sur, lote 29 I y calle pública ambos en parte; al este, lotes 20
y 29 I; y al oeste, calle pública con 9 metros 81 cm y lote 27 I. Mide:
doscientos un metros con cuarenta y cuatro decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cero minutos del
diecisiete de setiembre del dos mil dieciocho, con la base de setenta y dos mil
setecientos sesenta dólares con veintisiete centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas
y cero minutos del dos de octubre del dos mil dieciocho con la base de
veinticuatro mil doscientos cincuenta y tres dólares con cuarenta y dos
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica
S. A. contra Andrea Gabriela Solís Blanco. Expediente Nº
18-000657-1158-CJ.—Juzgado de Cobro
y Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia
Cobro), 26 de febrero del 2018.—Lic. Pedro Javier Ubau
Hernández, Juez.—( IN2018227413 ).
En la puerta exterior de este Despacho,
libre de gravámenes prendarios, a las dieciséis horas y cero minutos del
veintiuno de mayo del dos mil dieciocho, y con la base de once millones
cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente:
Vehículo: Placas Nº: BLF225, marca: Mitsubishi,
estilo: Lancer GLS, categoría: automóvil, capacidad:
5 personas, año: 2017, color: blanco, vin:
JMYSTCY4AHU000279, cilindrada: 2000 CC, combustible: gasolina, motor Nº: 4B11RN6279. Para el segundo remate, se señalan las
dieciséis horas y cero minutos del siete de junio del dos mil dieciocho, con la
base de ocho millones quinientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las dieciséis
horas y cero minutos del veintidós de junio del dos mil dieciocho, con la base
de dos millones ochocientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Raúl Ignacio Ruiz Madriz.
Expediente Nº 17-001394-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 07 de
marzo del 2018.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—( IN2018227414 ).
En la puerta exterior
de este Despacho; pero soportando servid condic
citas: 0365-00008955-01-0907-001, servid consecio
citas: 0365-00008955-01-0908-001, servid consecio
citas: 0368-00019520-01-0992-001, servid consecio
citas: 0368-00019520-01-0993-001, servid consecio
citas: 0368-00019520-01-0994-001; a las diez horas y cero minutos del
diecisiete de mayo del dos mil dieciocho, y con la base de ciento once mil
novecientos treinta y seis dólares con cincuenta y seis centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
00019158-F-000 la cual es terreno apartamento número dos para habitación en dos
niveles. Situada en el distrito 3 San Rafael, cantón 2 Escazú, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, calle pública 8 metros; al sur, área común; al
este, apartamento 3; y al oeste, apartamento 1. Mide: doscientos metros con
cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y
cero minutos del cuatro de junio del dos mil dieciocho, con la base de ochenta
y tres mil novecientos cincuenta y dos dólares con cuarenta y dos centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas y cero minutos del diecinueve de junio del dos mil dieciocho con
la base de veintisiete mil novecientos ochenta y cuatro dólares con catorce
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S.
A. contra Ricardo Armando Wasserman Feinzilber y
Veintitrés Cero Dos S. A. Expediente Nº
18-001643-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San
José, 15 de febrero del 2018.—Lic. Greivin Gerardo Fallas Abarca, Juez.—(
IN2018227415 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
condiciones-ID ref.: 0000 Ley 2825 00220347 000, citas: 391-12898-01-0827-002;
condiciones I.D ref.: 0000 Ley 2825, citas: 391-12898-01-0882-001; condiciones
I.D ref.: 0000 Ley 2825 00220347 000, citas: 391-12898-01-0901-001, a las nueve
horas y cero minutos del veinticinco de junio del dos mil dieciocho, y con la
base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos
treinta y seis mil ochocientos noventa y nueve guión
cero cero cero, la cual es
terreno de potrero. Situada: en el distrito 4-Katira, cantón: 15-Guatuso, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, resto de Rosa Lilliam Mora Ramírez y
de Esteban Leitón Jiménez; sur, Henry Leitón Mora; este, calle pública con
frente a ella de 126.55 metros; oeste, Alberto Vega Velásquez, Ángela
Altamirano Castillo. Mide: quince mil cuatrocientos noventa y ocho metros
cuadrados. Plano: A-1858632-2015. Para el segundo remate, se señalan las nueve
horas y cero minutos del diez de julio del dos mil dieciocho, con la base de
once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas
y cero minutos del veintiséis de julio del dos mil dieciocho, con la base de
tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de COOCIQUE R.L. contra Rafael Erney
Marín Rodríguez, Transportes JL Y RM S. A. Expediente Nº
17-003004-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 02 de marzo del
2018.—Licda. Dinia Peraza Delgado, Jueza.—(
IN2018227421 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; 1) a las quince horas y treinta minutos del
veinticinco de abril del dos mil dieciocho, y con la base de diez millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número ciento treinta y dos mil cuatrocientos ochenta y
nueve cero cero cero la
cual es terreno para construir con una casa de dos plantas de concreto madera y
techo de hierro galvanizado. Situada en el distrito Batan, cantón Matina, de la
provincia de Limón. Colinda: al norte, José Melvin García; al sur, calle
pública con frente de 28.50 metros de frente; al este, José Melvin García; y al
oeste, José Melvin García. Mide: ochocientos setenta y nueve metros con setenta
y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas
y treinta minutos del quince de mayo del dos mil dieciocho, con la base de
siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta
minutos del treinta y uno de mayo del dos mil dieciocho con la base de dos
millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). 2) Asimismo, tomando en consideración las mismas horas y fechas de la
finca anterior, libre de gravámenes hipotecarios; con la base de cuatro
millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número ciento treinta y dos mil cuatrocientos noventa
cero cero cero la cual es
terreno solar. Situada en el distrito Batan, cantón Matina, de la provincia de
Limón. Colinda: al norte, José Francisco Moya Gómez; al sur, calle pública con
frente de 30.00 metros lineales; al este, Santos Bermúdez Leal; y al oeste,
José Melvin García Aguirre. Mide: tres mil cuatrocientos setenta y cinco metros
con setenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate con la base de
tres millones de colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta con la base de un millón de colones (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Hacienda El Recreo S. A. contra José Melvin García Aguirre.
Expediente Nº 17-003939-1208-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Materia
Cobro), 06 de febrero del 2018.—Licda. Marjorie Marín Siles, Jueza.—( IN2018227422 ).
En la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y treinta minutos del nueve
de abril del dos mil dieciocho, y con la base de nueve mil cuatrocientos
treinta y cuatro dólares con cincuenta y siete centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo placas número BCX378. Marca Hyundai. Estilo Accent GL. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año
2013. Color café. Vin KMHCT51CADUO8O446. Combustible
gasolina. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos
del veinticuatro de abril del dos mil dieciocho, con la base de siete mil
setenta y cinco dólares con noventa y tres centavos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta
minutos del nueve de mayo del dos mil dieciocho con la base de dos mil
trescientos cincuenta y ocho dólares con sesenta y cuatro centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Wilbert Jesús Villalobos
Corella. Expediente Nº 17-000862-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona
Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 11 de diciembre del 2017.—Lic.
José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—( IN2018227426 ).
Se convoca a todas las personas interesadas en la
sucesión de Armando López Rosales, a una junta que se verificará en este
Juzgado a las ocho horas del seis de abril del dos mil dieciocho, para conocer
acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil.
Exp. Nº 11-000289-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 01 de marzo del
2018.—Lic. Carlos Manuel Ruiz Rodríguez, Juez.—1 vez.—( IN2018227391 ).
Se hace saber que ante este despacho se tramitan
diligencias de información posesoria bajo el expediente N°
18-000016-0298-AG, promovidas por Eladio de los Ángeles Arce Varela, mayor,
casado una vez, agricultor, cédula N° 2-0496-0207,
vecino de San Juan de Monterrey, San Carlos, Alajuela, 300 metros norte de
Restaurante Maquencal; en la cual solicita se inscriba
a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que
le pertenece y que se describe así: terreno de potrero con dos casas y una
bodega sin uso, sito en Maquencal de Monterrey,
distrito doce de San Carlos, cantón diez de la provincia de Alajuela. Linda al
norte calle pública con un frente a ella de ochenta y tres metros con treinta y
tres centímetros lineales, al noreste: calle pública con un frente a ella de
doscientos dieciséis metros con sesenta y tres centímetros lineales, al suroeste,
calle pública con un frente a ella de trescientos dieciséis metros con treinta
centímetros lineales, y al este, calle pública con un frente a ella de treinta
y nueve metros con treinta y dos centímetros cuadrados. Mide según plano
catastral aportado número A-1928425-2016, una superficie de siete mil
seiscientos noventa y nueve metros cuadrados. Manifiesta el titulante que el
terreno lo adquirió por venta que le hizo el señor Narciso Vargas Ramos, mayor,
soltero, agricultor, vecino de San Juan de Monterrey de San Carlos, Alajuela,
cédula 2-0176-0391, con quien no le une parentesco, quien le transmitió los
derechos de posesión ejercidos por más de veinte años, así como el ejercido por
los anteriores dueños, esto mediante escritura pública número uno del notario
público Ricardo Reyes Calix, a las 15 horas del 19-01-18. El inmueble fue
estimado en la suma de cuatro millones de colones y las diligencias en la suma
de dos millones de colones. Con un mes de término contado a partir de la
publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados
con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos.
Información posesoria expediente Nº
18-000016-0298-AG, promovidas por Eladio de los Ángeles Arce Varela.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 01 de
marzo del 2018.—Lic. Federico Villalobos Chacón, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2018224759 ).
Se hace saber que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 17-000065-1309-CI, donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de Floribeth
Álvarez Zamora quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de Alajuela,
Río Segundo, Urbanización El Sendero casa número 7, portadora de la cédula de
identidad vigente que exhibe N° 202881129, profesión
oficios domésticos, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia
de Heredia, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito tercero,
cantón décimo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con
12 metros; al sur, Roberto Cabrera Narváez; al este, Ana Lorena Fernández
Vargas y al oeste, Ronald Soto Álvarez. Mide: 520 m2 cuadrados. Indica
el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de ¢3.900.000,00 colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de venta y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los
actos de posesión han consistido en cercas, chapeado y siembra de árboles
frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Floribeth Álvarez Zamora. Expediente N°
17-000065-1309-CI.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia,
Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia Civil), Sarapiquí,
Heredia, 01 de diciembre del 2017.—Marco Vinicio Soto Herrera, Juez.—1
vez.—( IN2018224875 ).
Se hace saber que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ana María
Porras Lamas, mayor de edad, soltera, ama de casa, costarricense, cédula de
identidad número cinco-ciento cuarenta y dos-cero cincuenta y tres, y vecina de
Bagaces, Falconiania, ciento setenta y cinco metros
noroeste de la Escuela, casa color menta a mano derecha. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 18-000004-0387-AG.—Juzgado Agrario
del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 08 de marzo del 2018.—Lic. Rodrigo Tobías Valverde Umaña, Juez.—1 vez.—O. C.
Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2018224757 ).
Ante esta notaría, a solicitud de la
albacea Helga Randel Mora, cédula N°
1-845-615, se inició el sucesorio extrajudicial ab intestato de quien en vida
fue Federico Guillermo Randel Faith,
cédula de identidad N° 1-263-432, quien falleció el
día 2 de diciembre del 2017. Los interesados tienen el plazo de 30 días para
hacer valer sus manifestaciones ante la notaría de la licenciada Rebeca
Castillo Bastos, con oficina en Concepción de la Unión, Cartago, Urbanización
Monserrat, casa 18A.—Licda. Rebeca Castillo Bastos, Notaria.—1
vez.—( IN2018224810 ).
Se cita y emplaza a
todos los interesados en la sucesión de: Mario González Vega, quien era casado
una vez, comerciante, cédula: dos-doscientos veinticuatro-cuatrocientos doce,
vecino de Barrio San Jorge, Canoas, Corredores, Puntarenas, para que, dentro
del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos, que, si no, se presentan dentro de dicho plazo, la
herencia pasará a quien corresponda.—Canoas, 10 de marzo del 2018.—Lic. Oscar
Miller Alpízar Ugalde, Notario.—1 vez.—( IN2018224813 ).
Se hace saber que en
este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Héctor
Jael Rodríguez Barrantes, mayor, casado, pensionado, vecino de Limón y portador
de la cédula de identidad N° 5-0100-0093. Se cita a
las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las
personas interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 17-000174-0678-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, 16 de febrero del 2018.—Lic. Andrés Arguedas Vargas, Juez.—1
vez.—( IN2018224815 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión del señor Carlos Luis Juvenal Ramírez Acuna, quien fue: mayor de
edad, casado en primeras nupcias, pensionado, portador de la cédula de
identidad número cuatro-cero cero ochenta y cinco-cero seiscientos cuarenta y
cinco, vecino de Conjunto Cubujuquí, casa número
ciento sesenta y dos, alameda Manuel María Gutiérrez, provincia de Heredia,
cuya defunción consta bajo las citas de inscripción en el Registro Civil:
cuatro cero uno cero siete dos ocho cero cero cinco cinco nueve, quien falleció el día seis de agosto del dos
mil diecisiete, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos o interesados que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda, expediente Nº 1-2018, Notaría de la licenciada Lorena Méndez Quirós,
Notaria Pública, ubicada en Alajuela centro, costado norte de la Iglesia La Agonía.—Lorena Méndez Quirós, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2018224819 ).
Se hace saber que, en esta notaría, se
tramite el proceso sucesorio notarial, de quien en vida fuera Rafael Ángel
Ramírez Ureña, quien fuera mayor, casado una vez, taxista pensionado, vecino de
San José, Goicoechea, Calle Blancos, de las antiguas oficinas de RECOPE 200
metros norte, 125 este, casa mano izquierda, portador de la cédula de identidad
N° 1-0325-0258, quien falleció el día 28 de febrero
del 2018. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores e interesados para
que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia de que, si no, se apersonan
dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 1-2018. Notaría de licenciada Eugenia Carazo Golcher. San José, avenida 8, calles 9 y 11, casa N° 963. Tel:22237711.—Licda.
Eugenia Carazo Golcher, Notaria.—1 vez.—(
IN2018224823 ).
Se hace saber que en este despacho, se tramita proceso sucesorio conjunto Nº 2018-001 de Notan Scott Davis, quien fue mayor, viudo,
con cédula de identidad Nº 7-0021-0778, y María del
Carmen Tadd Bens, conocida
como María del Carmen Tadd Boens,
quien fue mayor, casada una vez, con cédula de identidad Nº
1-0245-0003, ambos vecinos de San José. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de presente edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, de lo contrario la herencia pasará a
manos de quien corresponda. Licenciado Ulises Alberto Obregón Alemán, con
oficina en San José, avenida 10 Bis, calle 25 bis, Aptos. Indiana Nº 12.—San José, 01 de marzo de
dos mil dieciocho.—Lic. Ulises Alberto Obregón Alemán, Notario.—1 vez.—( IN2018224838 ).
Se hace saber que en este Despacho se
tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Susy Yameny
Castillo Medina, mayor, casada en segundas nupcias, asistente contable,
costarricense por naturalización, con documento de identidad N° 0801040963 y vecina de Santa Barbara de Heredia. Se cita
a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las
personas interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 17-000285-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 24 de enero del
2018.—Licda. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—( IN2018224861 ).
Conforme, artículos novecientos veintidós y
siguientes del Código Procesal Civil, se cita y emplaza a los interesados y se
les comunica la apertura, del proceso sucesorio, ab intestato en sede notarial,
de quien en vida fue Liliam María Chavarría Mora,
mayor, casada una vez, ama de casa, cédula Nº
2-0443-0140, vecina de San Ramón de Alajuela, calle Zamora 25 metros norte de
la Mueblería La Cima, para que dentro del término de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto se apersonen ante este notaría, sita en
el centro de Palmares, Alajuela, costado este del club de amigos, oficina del
licenciado Roberto Vargas Mora, carnet Nº 10435, a
hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hacen la
herencia pasará a quienes legalmente corresponda, teléfono 8341-2850, Lic.
Roberto Vargas Mora, cédula Nº 2-0456-0321.—Palmares,
09 de marzo del dos mil dieciocho.—Lic. Roberto Vargas Mora, Abogado.—1 vez.—(
IN2018224872 ).
Se hace saber que en
este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Max
Alberto Paniagua Rodríguez, mayor, estado civil Soltero, profesión guarda,
nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad Nº
0206520517 y vecino Ciudad Quesada. Se cita a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda,
expediente Nº 17-000234-0297-CI.—Juzgado Civil y
Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia civil), 31 de
octubre del 2017.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—( IN2018224874 ).
Se convoca por medio de
edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas
que tuvieran derecho a la tutela testamentaria de la persona menor Fredy
Gerardo Campos Parra por haber sido nombradas en testamento, ya por corresponderles
la legítima, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a
partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente N° 18-000035-0869-FA. Proceso tutela legítima dativa.
Promovente: Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste,
Nicoya, (Materia Familia), 06 de marzo del 2018.—Msc.
Karol Tatiana Gómez Moraga, Jueza.—O.
C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2018224387 ). 3 v. 3
Licenciada María Marta Corrales Cordero,
Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, hace constar que en demanda de ejecución de
sentencia, establecida por Rodribel Cerdas Fernández
contra Manuel Porras Jiménez, Expediente 10-000528-0932-FA, se dictó la
resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, a las catorce horas y veintitrés minutos del dos
de marzo del año dos mil dieciocho. Vista la constancia a folio ciento ochenta
y cinco vuelto, se resuelve: Siendo que dentro de este proceso se había
señalado para las diez horas del dos de marzo del dos mil dieciocho llevar a
cabo el remate del bien inmueble partido de Limón matrícula folio real número
97574-000 mediante el auto de las once horas y tres minutos del veintidós de
diciembre del dos mil diecisiete, pero al no constar uno de los requisitos para
la legalidad de los actos preparatorios de un remate como es la publicación del
edicto, que por razones ajenas no se logró la debida publicación a tiempo, se
ordena dejar sin efecto los señalamientos en la citada resolución. Y en su
lugar se ordena en la puerta exterior de este despacho sacar a remate con la
base de diez millones trescientos sesenta y un mil seiscientos treinta y tres
colones con cuarenta céntimos, libre de gravámenes, pero soportando reservas y
limitaciones; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del
partido de Limón, matrícula número nueve siete cinco siete cuatro-cero cero cero. Para tal efecto se señalan las ocho horas del once de
mayo del dos mil dieciocho (primer remate). De no haber postores, para llevar a
cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas del veintiocho de mayo del
dos mil dieciocho, con la base de siete millones setecientos setenta y un mil
doscientos veinticinco colones con cinco céntimos (rebajada en un 25%). De no
apersonarse rematantes, para el tercer
remate, se señalan las ocho horas del doce de junio del dos mil dieciocho, con
la base de dos millones quinientos noventa mil cuatrocientos ocho colones con
treinta y cinco céntimos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de
ley. Este edicto debe ser publicado tres veces consecutivas. Notifíquese.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 02 de marzo
del 2018.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018224450 ). 3 v. 2
Licda. Gely Marcela
Espinoza Gómez, Jueza del Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia
Doméstica de Santa Cruz (Materia Familia); hace saber a Yolanda del Socorro
Herrera Mendiola, mayor, casada una vez, ama de casa, de nacionalidad:
nicaragüense, pasaporte Nº PE 42452, vecina de San
José, sin más datos que consignar, en este Despacho se interpuso un proceso
divorcio por el señor: José Daniel Barrera Mendoza en su contra, bajo el
expediente Nº 15-000210-0776-FA donde se dictaron las
resoluciones que literalmente dicen: A las quince horas y cincuenta y cuatro
minutos del veinticuatro de enero del dos mil dieciocho. De la anterior demanda
abreviada de divorcio establecida por el accionante José Daniel Barrera
Mendoza, se confiere traslado a la accionada Yolanda del Socorro Herrera
Mendiola, por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda
o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá
oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con
claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en
que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a
uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite
como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá
ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las
generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por
existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato
Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la Oficina
de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; de este Circuito Judicial
de este Circuito. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito
que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del
28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº
20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las
partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº
65-08, celebrada el 02 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular Nº 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax
como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y
recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del Despacho. Esta
petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal,
buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la
recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo
Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión Nº 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV,
se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas
que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b)
Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún
tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de
residencia. Notifíquese a la parte demandada; la presente demanda, por medio de
un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un Diario de
Circulación Nacional; para los efectos del artículo 263 del Código Procesal
Civil. Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para identificar el
proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se
haga la publicación. Así, como en su curador procesal Lic. José Humberto
Alvarado Angulo, mismo que acepta su cargo y señala como medio para recibir
notificaciones el correo electrónico: jose@guanaprint.com. Notifíquese. Licda.
Erika Andrea Rojas Chavarría, Jueza. Lo anterior se ordena así en Proceso
Divorcio de José Daniel Barrera Mendoza contra Yolanda del Socorro Herrera
Mendiola. Expediente Nº 15-000210-0776-FA.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia
Doméstica de Santa Cruz (Materia Familia), 28 de febrero del 2018.—Licda. Gely Marcela Espinoza Gómez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2018224751 ).
Licenciado Carlos Sánchez Miranda, el juez
del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, a Guoxiong He, en su carácter personal, quien es mayor, sin
segundo apellido por su nacionalidad china, divorciado, portador de la
identificación Nº pg11796531, domicilio desconocido,
se le hace saber que en demanda declaratoria de extramatrimonialidad
con investigación de paternidad, establecida por Cinthya Paola Jiménez Camacho
contra Guoxiong He y José Miguel Mora Álvarez,
expediente Nº 15-002832-0165-FA, se ordena
notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: por tanto: de
conformidad con los artículos 41 de la Constitución Política, 2, 7, 91, 92, 93,
94, 95 del Código de Familia, artículo 1 y siguientes de la Ley de Paternidad
Responsable, art 37 del Código de la Niñez y de la Adolescencia, se acoge la
demanda de declaración de extramatrimonialidad
presentada por Cinthya Paola Jiménez Camacho contra Guoxiong
He, se falla de la siguiente manera: se declara que la menor de edad Eilyn Jimena He Jiménez no es hija del señor Guoxiong He, asimismo se declara con lugar la demanda de
investigación de paternidad planteada por Cinthya Paola Jiménez Camacho contra
José Miguel Mora Álvarez, en razón de ello de declara
a: Eilyn Jimena hija de José Miguel Mora Álvarez,
llamándose de ahora en adelante la niña como Eilyn
Jimena Mora Jiménez. Firme esta resolución expídase la ejecutoria de rigor e
inscríbase la misma al tomo dos mil ciento setenta y tres, folio doscientos
dieciocho, asiento cuatrocientos treinta y seis, de la provincia de San José,
en la Sección de Nacimientos. La pretensión tendiente a que la menor reciba
alimentos, y sea heredera, se rechaza por cuanto opera de pleno derecho, por el
solo hecho de ser hija. Se ordena expedir oficio al director de consultorios
jurídicos. Se ordena publicar en un medio de circulación nacional, la parte
dispositiva de esta sentencia. Se resuelve sin especial condena en costas.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial
de San José.—MSc. Carlos Ml. Sánchez Miranda, Juez.—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018224752 ).
Se convoca por medio de este edicto a las
personas a quienes corresponda la curatela de Jaime Quintana Torres, conforme
con el artículo 236 del Código de Familia,
para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días
contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Jaime Antonio
Quintana Badilla, expediente Nº 18-000532-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 06 de marzo del
2018.—Licda. Patricia Cordero García,
Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2018224768 ).
Licda. Johanna Vargas Hernández, Jueza del
Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela; hace saber a Eddy
Lagos Vásquez, quien es mayor, en unión libre, de nacionalidad nicaragüense,
quien actualmente reside en Nicaragua, sin conocerse la dirección exacta; que
en este Despacho se interpuso un proceso autorización salida país en su contra,
bajo el expediente número 18-000037-1302-FA donde se dictó la resolución que
literalmente dicen: “Traslado Señalamiento. Juzgado de Familia del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela. A las trece horas dieciséis minutos del cinco de
marzo de dos mil dieciocho. I. Por parte del Lic. José Francisco Bolaños
Montero, en su escrito presentado el 02/03/2018 se tiene aceptado el cargo
conferido mediante el auto de las dieciséis horas treinta y uno minutos del
veintiséis de febrero de dos mil dieciocho y se toma nota del medio para
recibir notificaciones. II. Del proceso sumarísimo de autorización de salida
del país, planteado por Gleydin Neylin
Hernández Taleno, se confiere traslado por el plazo
perentorio de tres días a Eddy Lagos Vásquez para que lo conteste y ofrezca su
prueba e indicándole a su vez que en el primer escrito que presente debe
señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que
mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el
transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se
producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. (artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales). Si elige un fax no lo podrá utilizar como teléfono, solo para
recibir y enviar documentos. Si señala un correo electrónico, primero lo deberá
registrar en el Departamento de Tecnología de la Información del Poder
Judicial, esto a través de la página Web de esa institución, para que el citado
departamento autorice el correo electrónico pero apercibido que a falta de esa
autorización no recibirá ninguna comunicación del Juzgado en ese correo
electrónico. Por existir un menor de edad interesado se tiene como parte al
Patronato Nacional de la Infancia de esta ciudad a quien se le concede
audiencia, a dicho ente se le notificará la presente resolución por medio del
casillero 015. De conformidad con los artículos 8, 9 y 151 del Código de
Familia, se convoca a las partes a la audiencia oral y privada que tendrá lugar
en este Despacho a las ocho horas treinta minutos del primero de junio del dos
mil dieciocho. La audiencia tiene por objeto proveer a las partes la
oportunidad para que logren un acuerdo conciliatorio que ponga fin al
procedimiento. De no lograrse un acuerdo, inmediatamente se procederá a recibir
la prueba que las partes hayan propuesto. En el caso de la actora se admiten
los testimonios de Margarita Taleno Murillo, Rosa
Margarita Trigueros Miranda. Como se indicó el demandado deberá ofrecer su
prueba por escrito, si fuere testimonial presentará sus testigos el día
señalado para la celebración de la audiencia. Entrevista: A la misma hora y
fecha programada se realizará por parte de esta autoridad una Entrevista al
menor Anahí Nahomi Lagos Hernández, diligencia que se
efectuará sin la presencia de partes ni abogados, se solicita a la madre del
menor presentarlo de manera puntual. Notifíquese esta resolución al señor Eddy
Lagos Vásquez por medio de su curador procesar y por medio de edicto que se
publicará mediante el Boletín Judicial. Notifíquese. Licda. Johanna
Vargas Hernández. Jueza.” Se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en
este asunto, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de tres días
que se contaran a partir de la publicación de este edicto. Lo anterior se
ordena así en proceso autorización salida país de Gleydin
Neylin Hernández Taleno
contra Eddy Lagos Vásquez. Expediente Nº
18-000037-1302-FA.—Juzgado de Familia
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 05 de
marzo del 2018.—Licda. Johanna Vargas Hernández, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018227211 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil de Maritza Mayela Navarro Romero, mayor de 56 años,
divorciada, oficios domésticos, cédula de identidad número 0105680816, hija de
Fermina Romero Vega y Ramón Navarro Mena, nacida en San Lorenzo Tarrazú San José, el 23/08/1961, no presenta ninguna
discapacidad, y José García Rojas, mayor de 69 años, divorciado, pensionado,
masculino, cédula de identidad número 0103730153, no tiene ninguna
discapacidad, hijo de Rafael García Soto y Rafaela Rojas Chaves, nacido en
Centro Desamparados San José, el 03/06/1948 y ambos vecinos de Santa Marta de Tarrazú 150 metros al sur del super Michi,
casa a mano izquierda color celeste. Si alguna persona tiene conocimiento de
algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los OCHO DÍAS siguientes a la
publicación del edicto. Expediente Nº 18-000010-1452-CI.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía
de Tarrazú, Dota y León Cortés
(Materia Civil), Tarrazú, 06 de marzo del
2018.—Lic. Jorge Enrique Ortega Morales, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018224758
).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil, Jorge Arturo Vargas Campos, mayor, soltero, venta
por catálogos, cédula de identidad número 0204320293, vecino de San Ramón 50
sur del hospital, contiguo a Óptica Cristal, hijo de Mario Vargas Fernández y
María Esperanza Campos Murillo, nacido en Centro San Ramón Alajuela, el
30/10/1967, con 50 años de edad, y María del Rocío Alfaro Madrigal, mayor,
soltera, venta por catálogos, cédula de identidad número 0204440408, vecina de
San Ramón 50 sur del hospital, contiguo a Óptica Cristal, hija de Fernando
Alfaro Oviedo y Consuelo Madrigal Zumbado, nacida en Centro San Ramón Alajuela,
el 24/12/1968, actualmente con 49 años de edad. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº
18-000146-0688-FA.—Juzgado de Familia
y Violencia Doméstica del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia), San Ramón,
06 de marzo del 2018.—Msc. Ana Belly
Umaña Quesada, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018224762 ).
Lic. José Chaves Mora,
Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica.
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil el señor
Edson Giancarlo Méndez Núñez, mayor, soltero, peón agrícola, portador de la
cédula de identidad número siete-doscientos-seiscientos treinta y ocho, vecino
de Limón, Guácimo, Pocora, pista principal de Pocora, tres mil doscientos metros al sur, contiguo al
tanque madre AyA, setenta y cinco metros sur, lado
izquierdo, hijo de José Francisco Méndez Rojas y Maribell
Núñez Pizarro, nacido en Guápiles, Pococí, Limón, el día veintinueve de octubre
de mil novecientos noventa, con veintisiete años de edad, y Llaricza
del Socorro Yubanck Cantillano, mayor, soltera, ama
de casa, portadora de la cédula 155806623527, vecina de Limón, Guácimo, Pocora, pista principal de Pocora,
tres mil doscientos metros al sur, contiguo al tanque madre AyA,
setenta y cinco metros sur, lado izquierda, hija de Eduardo Yubanck
Monestel y Antonia Cantillano Hernández, nacida en
Hospital San Juan del Sur, Rivas, el día veintiuno de mayo de mil novecientos
ochenta y cinco, actualmente con treinta y tres años de edad. Si alguna persona
tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice,
está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº
18-000281-1307-FA.—Juzgado de Familia
del Segundo Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, 05 de marzo del 2018.—Lic. José Chaves Mora, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018224765 ).
Diego Antonio Méndez Segura y Karla María
Cervantes Fallas, cédula por su orden Nos.: 1-1636-683 y 1-1485-784, ambos
vecinos de la provincia de San José, Desamparados, La Fila, El Rosario y de
Curridabat, Tirrases, respectivamente, desean
contraer matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley. La oposición
de alguien con interés legítimo, debe ser presentada
ante este Juzgado dentro de los ocho días luego de esta publicación. Expediente
Nº 18-000372-0637-FA.—Juzgado
de Familia de Desamparados, 08 de marzo del 2018.—Licda. Maureen Solís
Madrigal, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2018224766 ).
Han comparecido ante este Despacho,
solicitando contraer matrimonio civil, las personas contrayentes presentes en
este Despacho: Israel Rojas Campos, mayor, divorciado una vez, display, vecino
de Ipís de Guadalupe, Urbanización El Progreso, casa Nº 150, cédula de identidad Nº
0113370873, hijo de Franklin Rojas Esquivel y Delsy
Iris Campos Arias, nacido en Carmen, Central, San José, el 09 de enero de 1988,
con 30 años de edad; y Israel Rojas Campos, mayor, viuda de Adal
Vega Solano, miscelánea, vecina de Ipís de Guadalupe,
Urbanización El Progreso, casa Nº 150, cédula de
identidad Nº 0113370873, hija de Walter Rivera Castro
y Julieta Arguijo Sánchez, nacida en Carmen, Central, San José, el 25 de junio
de 1986, actualmente con 31 años de edad. Las personas comparecientes
manifiestan: Venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos
oficios se nos una en matrimonio civil dado que no hay impedimento legal para
ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Sonia
Solano Leitón y José Noel Martínez Sánchez. Es todo leído que les fue lo
anterior en voz alta a los comparecientes, lo encuentran conforme, ratifican y
firman. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento
legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este
Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación
del edicto. (Solicitud de matrimonio). Expediente Nº
18-000454-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 05 de marzo del 2018.—Lic. Carlos Sánchez
Miranda, Juez.—1 vez.— O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2018224767 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Alex Vinicio Monge Abarca,
mayor, divorciado de Yahaira Gamboa Naranjo, pensionado, cédula de identidad Nº 0109590341, vecino de San Marcos de Tarrazú
75 m oeste de la Universidad Central Barrio La Maravilla, hijo de Olga Marta
Abarca Valverde y José Alexis Monge Madrigal, nacido en Carmen, Central, San
José, el 09/01/1977, con 41 años de edad, y Hazel de Los Ángeles Calvo Robles,
mayor, divorciada de Henry Valverde Sánchez, ama de casa, cédula de identidad Nº 0113470177, vecina de San Marcos de Tarrazú
75 m oeste de la Universidad Central Barrio La Maravilla, hija de Sara Lía
Robles Gamboa y German Deifilio Calvo Bermúdez,
nacida en Carmen, Central, San José, el 23/03/1988, actualmente con 29 años de
edad. Las personas comparecientes manifiestan: venimos ante su autoridad con el
fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio civil dado que
no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a
declarar a los testigos: Olga Marta Valverde Valverde
y Olga Marta Abarca Valverde. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto, expediente Nº 18-000588-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 09 de marzo del
2018.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018224769 ).