BOLETÍN JUDICIAL N° 89 DEL 22 DE MAYO DEL 2018
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
JUZGADO NOTARIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO CIVIL
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Convocatorias
Títulos
Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos Matrimoniales
PRIMERA PUBLICACIÓN
De conformidad con lo dispuesto
en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso
específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016,
artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 51-16 celebrada el
24 de mayo de 2016, artículo XCV, se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación
de Expedientes de Violencia Doméstica de los años 2012 al 2014 del Juzgado de
Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de San José. La documentación,
se encuentra remesada y custodiada en el Archivo del Segundo Circuito Judicial
de San José.
Remesa: V 6 S 12
Expedientes: 3662
Paquetes: 34
Año: 2012
Asunto: Violencia Doméstica.
Remesa: V 5 S 13
Expedientes: 3715
Paquetes: 43
Año: 2013
Asunto: Violencia Doméstica.
Remesa: V 3 S 14
Expedientes: 2586
Paquetes: 34
Año: 2014
Asunto: Violencia Doméstica.
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín
Judicial.
San José, 11 de mayo de 2018.
MBA.
Miguel Ovares Chavarría,
Subdirector
Ejecutivo a. í.
OC
N° 364-12-2017.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2018241965 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el
acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014, de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IV y
el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 34-14, celebrada el 22 de abril
del 2014, artículo LI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas,
privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de
Documentación Administrativa del año 1987 al 2015 de la Delegación Regional
del Organismo de Investigación Judicial de Pococí. La documentación, se
encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: 20970
Libros: 268
Paquetes: 236
Expedientes: 380
Año: 1987 al 2015
Asunto: Documentación Administrativa:
LIBROS:
Libro de control de
cámara: 1 (2014). Libros de control equipo individual: 1 (1997), 1 (2010), 1
(2011) libros de control de informes: 1 (1987 a 1994), 1 (1995 a 2000), 1 (2000
a 2004), 1 (2004 a 2007), 1 (2009 a 2011) 1 (2011 a 2013). Libros de control de
novedades: 1 (2011 a 2013), 2 (1988), 4 (1989), 4 (1990), 3 (1991), 3 (1992), 4
(1993), 5 (1994), 3 (1995), 5 (1996), 8 (1997), 7 (1998), 7 (1999), 6 (2000), 6
(2001), 5 (2002), 5 (2003), 6 (2004), 6 (2005), 6 (2006), 7 (2007), 8 (2008),
11 (2009), 12 (2010), 13 (2011), 10 (2012), 5 (2013).
Libros de control
diligencia menor: 1 (2004), 7 (2007 a 2014). Libros de control de objetos
decomisados: 1 (2000), 1 (2002 a 2004), 1 (2005), 1 (2007). Libro control
recibidos: 1 (1997), libro control rollos fotográficos: 1 (1993), 1 (2000).
Libros de inspecciones oculares: 1 (1998). Libros de juramentaciones: 1 (1996 a
1998), 1 (1999 a 2005), 1 (2006 a 2008). Libros de capturas vehículos: 1 (2006
a 2008), 1 (2008 a 2009) 1 (2009 a 2010), 1 (2010 a 2012). Libros de
conocimientos: 1 (1993 a 1994), 1 (1999), 1 (2003 a 2004), 1 (2004 a 2005) 1
(2005 a 2006). Libros de certificados: 1 (2000 a 2011). Libros de detenidos
(f-420): 1 (2002 a 2012), 19 (2011 a 2013), 1 (2013).
Libros de ordenes de
libertad: 9 (2008 a 2011), libros de remisiones: 1 (2007 a 2009), 1 (2009 a
2010). Libros de acta de reunión general: 1 (2002 a 2004). Libros de prácticas
judiciales (f-447): 18 (2011 a 2013), libros de prácticas judiciales (f-447)
tránsito: 9 (2013). Libros de asignación de denuncias: 1 (2008), 1 (2009 a
2011). Libros de control de evidencia: 1 (2000 a 2001), 1 (2002), 1 (2004 a
2005). Libros de informaciones confidenciales: 1 (2008 a 2013). Libros de
control de entregas: 1 (2009 a 2013).
Paquetes
Mantenimiento de vehículos: 10 paquetes (2005 a
2014). Control de vehículos: 4 paquetes (2011 a 2014). Notas: 39 (2005 a 2011).
Diligencia menor: 26 (2011 a 2015). Documentación varia: 1 (2006 a 2008).
Boletas de combustible: 7 (2010 a 2014). Actas de secuestro: 9 (2012 a 2015).
Capturas: 1 (2002 a 2011). Control de asistencia: 2 (2005 a 2015). Control de
equipo individual: 2 (2007 a 2013). Gastos confidenciales: 1 (2000 a 2003).
Informes recibidos: 1 (2005 a 2007). Inspecciones oculares: 2 (2009 a 2014).
Levantamiento de capturas: 1 (2006 a 2013). Orden de libertad: 1 (2012 a 2014).
Remisiones: 1 (2012 a 2014). Tener a la orden: 1 (2012 a 2014). Casos: 2 (1999
a 2012). Informes de drogas: 2 (2003 y 2010).
Notas a fiscalía: 1
(2003 a 2005, 2006, 2011). Estadística: 3 (2004 a 2013). Nombramientos: 1 (2009
a 2012). Dictamen pericial: 2 (2003 a 2013). Control de evidencia: 1 (2002 a
2007). Control de vacaciones: 1 (2001 a 2010). Activos: 1 (2006 a 2012).
Documentación varia: 2 (2005 a 2014). Actas de defunción: 1 (2013). Análisis
registros telefónicos: 2 (2012 a 2013). Boletas unidades: 1 (2014). Copias
denuncias: 1 (2010). Copias informes S.I.: 1 (2007). Decomiso: 1 (1997).
Denuncias: 2 (2004 a 2011). Dictámenes médicos: 1 (2012). Extravío de
documentos: 1 (2012). Horas extras: 1 (2009). Informaciones confidenciales: 1
(2007). Informes análisis: 1 (2007). Informes de presentación: 1 (2011).
Informes estadísticas: 1 (2007). Informes reconocimientos: 1 (2008). Oficios
varios: 1 (2007 y 2011).
Orden de captura: 1 (2008). Presentaciones: 1
(2009 y 2012). Recibidos: 1 (2009 a 2010). Reconocimientos, actas hallazgos,
solicitud de dictamen médico: 1 (2010). Recibidos fiscalía: 1 (2007). Registro
de detención: 1 (2010). Solicitud de dictámenes: 1 (2007 y 2010). Viáticos: 1
(2005 y 2010). Solicitud de presentaciones: 1 (2014). Partes policiales drogas:
1 (2011 al 2013). Presupuesto: 1 (2005). Dejar sin efecto: 1 (2005). Asuntos
analista: 1 (2006). Acta de entrega: 1 (2003 y 2006). Casos de drogas: 1 (2003,
2005, 2007). álbum OIJ- registro civil: 1 (2002). Informes remitidos: 1 (2005).
Notas a otros despachos: 1 (2005). Copias a informes: 1 (2005). Actas de
decomiso: 1 (2003).
Copias solicitud dictámenes: 1 (2005 y 2011).
Control de rezago: 1 (2014). Asignación de denuncias: 1 (2011 a 2012). Boletas
de combustible: 1 (2009 a 2010). Memorándum avisos: 1 (2011 a 2012). Caja
fuerte. 1 (2011). Registro de asistencia: 1 (2014 a 2015). Actas de reunión: 1
(2008 a 2013). Circulares: 1 (2011 a 2014). Plan anual operativo: 1 (2010 a
2012). Control interno: 1 (2009 a 2012). Asignación de denuncias: 1 (2003 a 2007).
Libro de juramentaciones: 1 (2007). Casos de drogas: 10 (2004 y 2007). Drogas
para destrucción: 1 (2012-2013-2014). Dictámenes criminales: 6 (2002 a 2010).
Informes Ci-Siquirres: 8 (2007 a 2009). Informe Si-Siquirres: 32 (2009). Copias
denuncias Siquirres: 2 (2011). Expedientes vehículos: 1 (2013 a 2014).
Expedientes:
Expediente vehicular: 250 expedientes (2007 a
2012). Expedientes administrativos: 40 (2010 a 2013). Expedientes
disciplinarios: 55 (2006 y 2009). Expedientes vehículos decomisados: 35 (2008).
Si algún interesado ostenta un interés legítimo
y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la
Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera
publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 11 de mayo de 2018.
MBA.
Miguel Ovares Chavarría,
Subdirector
Ejecutivo a.í.
OC
N° 364-12-2017.—Sol. N° 68-2017-JA.—(
IN2018241966 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº
01-2016 de fecha 04 de mayo del 2016, artículo III y el acuerdo del Consejo
Superior en sesión Nº 51-16 celebrada el 24 de mayo del 2016, artículo CI, se
hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en
general, que se procederá a la eliminación de Expedientes Civiles de los años
2004 al 2012 del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Cañas,
Guanacaste. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese
Despacho.
Remesa: C 17 G 04
Expedientes: 685
Paquetes: 11
Año: 2004
Asunto: Civiles: Ejecutivos simples.
Remesa: C 21 G 05
Expedientes: 614
Paquetes: 11
Año: 2005
Asunto: Civiles: Ejecutivos simples.
Remesa: C 19 G 06
Expedientes: 810
Paquetes: 12
Año: 2006
Asunto: Civiles: Ejecutivos simples.
Remesa: C 17 G 07
Expedientes: 106
Paquetes: 2
Año: 2007
Asunto: Civiles: Ejecutivos simples.
Remesa: C 19 G 08
Expedientes: 10
Paquetes: 1
Año: 2008
Asunto: Civiles: 3 desahucios, 6
consignación de alquileres, 1 consignación de pago.
Remesa: C 17 G 09
Expedientes: 7
Paquetes: 1
Año: 2009
Asunto: Civiles: 2 desahucios, 5
consignación de alquileres.
Remesa: C 16 G 10
Expedientes: 13
Paquetes: 1
Año: 2010
Asunto: Civiles: 5 desahucios, 5
consignación de alquileres, 3 consignaciones de pago.
Remesa: C 17 G 11
Expedientes: 8
Paquetes: 1
Año: 2011
Asunto: Civiles: 3 desahucios, 5
consignaciones de alquiler.
Remesa: C 12 G 12
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 2012
Asunto: Civiles: 1 desahucios.
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso.
San José, 11 de mayo del 2018.
MBA.
Miguel Ángel Ovares Chavarría
Subdirector
Ejecutivo a. í.
OC
N° 364-12-2017.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2018241967 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº
01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del
Consejo Superior en sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015,
artículo XCI., se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas
y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación
Administrativa de los años 2000 al 2010 del Juzgado Especializado de Cobros del
II Circuito Judicial de San José. La documentación, se encuentra remesada y
custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 85 S 00
Paquetes 14
Año: 2000 AL 2010
Asunto: Documentación Administrativa: 14
Paquetes con 90.958 Ordenes de Giro (Copias) del año 2000 al 2010.
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso.
San José, 11 de mayo del 2018
MBA.
Miguel Ovares Chavarría,
Subdirector
Ejecutivo a. í.
OC
N° 364-12-2017.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2018241968 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº
01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del
Consejo Superior en Sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015,
artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas
y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación
Administrativa de los años 1990 al 2016 del Juzgado Contravencional y de
Tránsito del Primer Circuito Judicial de
la Zona Sur, Pérez Zeledón. La documentación, se encuentra remesada y
custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 80 S 90
Ampos: 286
Libros: 16
Agendas: 19
Año: 1990 al 2016
Asunto: Documentación Administrativa: 12
Ampos control de libros de reportes de diario julio de 1995 a julio 2007, 7
Ampos control de boletas de citación 2006 al 2013, 8 Ampos informe de labores
de jueces y técnicos del 2004 al 2011, 7 Ampos control de incapacidades del
2005 a 2011, 1 Ampo consecutivos de oficios 2009, 4 Ampos entregas de vehículos
placas y licencias del 2005 a 2008, 10 Ampos con sentencias con boleta de
tránsito por infracciones 2006 a 2015, 8 Ampos con Levantamientos de gravamen
del 2000 a 2007, 2 Ampos con Levantamientos dirigidos a COSEVI 2004 a 2005,10
ampos con Informes mensuales y trimestrales 2004 a 2014, 5 a Ampos con Listas
de notificaciones a Distribuir 2000 a 2014, 16 ampos con Circulares 2000 a
2016, 16 Ampos de Correo Certificado del 2000 a 2016, 8 Ampos con Control de
remesas expedientes de transito 1990 a 1997, 3 Ampos de Mandamientos de
Gravámenes al Registro Nacional 2008 al 2010, 8 Ampos con edictos 2007 al 2014,
1 Ampo de actas de Comisión Interinstitucional de Tránsito 2006, 4 Ampos con
listas de documentos recibidos del de la RDD 2011 al 2014, 4 Ampos de solicitud
de levantamientos al CSV 2004 al 2007, 16 Ampos de Registros de Asistencia 2001
al 2016, 15 Ampos de control de nombramientos y Vacaciones 2000 al 2014, 6
Ampos de control de expedientes sacados de CSV 2001 al 2006, 10 Ampos de
control de correspondencia 2005 al 2015, 11 Ampos control de fax 2004 al 2015,
3 Ampos copias La Gaceta 2004 al 2006, 6 ampos, Control de escritos 2010
al 2016, 10 Ampos con boletas de atención médica 2005 al 2014, 6 Ampos con
Partes de tránsito1992 al 1997, 5 Ampos con control de vehículos decomisados
2003 al 2007, 7 Ampos con control de préstamo de expedientes 2010 al 2016, 3
Ampos con Oficios remitidos al a fuerza pública y al OIJ 2005 al 2007, 7 Ampos
con control de entrega de vehículos y placas 2005 al 2011, 5 Ampos con control
de pase a fallo 2004 al 2008, 7 Ampos con control de entrega de boletas de
seguridad 2000 al 2006, 4 Ampos con control de entrega de expedientes 1995 al
1998, 8 Ampos con control de comisiones enviadas y recibidas 2003 al 2010, 1
Ampo con Levantamientos en causas con expedientes destruidos 2015, 1 Ampo con
control de Partes 2002, 1 Ampo con control de evidencias 2004, 3 Ampos con
control de expedientes solicitados al archivo judicial 2003 al 2008, 2 Ampos
Control de reuniones de personal 2000 al 2008, 11 Ampos control Interno 2000 al
2010 procesos de autoevaluación Plan Anual Operativo y Seguimiento Plan
Estratégico 2000 al 2010, 4 Ampos con solicitud de permisos 2000 al 2015. 12
Libros de entrada 2000 a 2012, 2 Libros de conocimiento 2003 al 2011, 1 Libro
del Alzada 2003 al 2008, 1 Libro de juramentación 2012, 19 Agendas de
señalamiento 2003 al 2016.
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso.
San José, 11 de mayo de 2018.
MBA.
Miguel Ovares Chavarría,
Subdirector
Ejecutivo a. í.
OC
N° 364-12-2017.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2018241969 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015,
celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del Consejo
Superior en Sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo
XCI para el caso de Documentación Administrativa y según artículo 47 bis, de la
Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico, la aprobación de la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en
Acta Nº 01-2014, de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IV y el acuerdo del
Consejo Superior en sesión Nº 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014,
artículo LI para el caso de Documentos O.I.J, se hace del conocimiento de las
instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a
la eliminación de Documentación Administrativa de los años 1990 al 2016 del
Juzgado Penal de Turno Extraordinario de San José. La documentación, se
encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 86 S 90
Paquetes: 36
Año: 1990 al 2016
Asunto: Documentación Administrativa; 11 paquetes
Control de Órdenes de libertad y tener a la Orden (1995-2015), 1 paquete Horas
Extra (2011-2016), 1 paquete Registro de Asistencia (2010-2011), 1 paquete
Correspondencia (2011), 1 paquete Nombramientos de Personal (2003-2014), 2
paquetes Informes mensuales (1991-2012), 6 paquetes Libro de Conocimientos
(1999-2014), 13 paquetes Reportes y Registros (1990 al 2016).
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso.
San José, 11 de mayo del 2018.
MBA.
Miguel Ovares Chavarría,
Subdirector
Ejecutivo a. í.
OC N°
364-12-2017.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2018241970 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº
01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo III y el acuerdo del Consejo Superior
en Sesión N° 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo CI, se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general,
que se procederá a la eliminación de Expedientes Civiles de los años 1991,
1992, 1994 y 1996 al 2012 del Juzgado de Menor Cuantía y Tránsito de Liberia,
Guanacaste. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese
Despacho.
Remesa: C 38 G 91
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 1991
Asunto: Civiles: Ejecutivo simple.
Remesa: C 34 G 92
Expedientes: 4
Paquetes: 1
Año: 1992
Asunto: Civiles: Ejecutivos simples.
Remesa: C 33 G 94
Expedientes: 5
Paquetes: 1
Año: 1994
Asunto: Civiles: Ejecutivos simples.
Remesa: C 34 G 96
Expedientes: 3
Paquetes: 1
Año: 1996
Asunto: Civiles: Ejecutivos simples.
Remesa: C 34 G 97
Expedientes: 6
Paquetes: 1
Año: 1997
Asunto: Civiles: Ejecutivos simples.
Remesa: C 34 G 98
Expedientes: 226
Paquetes: 4
Año: 1998
Asunto: Civiles: 89 ejecutivos
simples, 46 hipotecarios, 11 consignaciones de alquiler, 2 ejecución de
sentencia, 27 desahucios, 19 consignaciones de pago, 32 ordinarios.
Remesa: C 28 G 99
Expedientes: 390
Paquetes: 5
Año: 1999
Asunto: Civiles: 275 ejecutivos
simples, 33 hipotecarios, 26 desahucios, 10 interdictos, 4 monitorios, 16
consignaciones de alquiler, 14 consignaciones de pago, 12 ejecución de
sentencia.
Remesa: C 28 G 00
Expedientes: 394
Paquetes: 5
Año: 2000
Asunto: Civiles: 310 ejecutivos
simples, 8 ejecución de sentencia, 44 desahucios, 15 hipotecarios, 4
interdictos, 6 interdictos, 6 consignaciones de alquiler, 1 diligencias de
reconocimiento.
Remesa: C 18 G 01
Expedientes: 573
Paquetes: 12
Año: 2001
Asunto: Civiles: 418 ejecutivos
simples, 96 desahucios, 11 hipotecarios, 9 interdictos, 12 hipotecarios, 6
consignaciones de alquiler, 3 consignaciones de pago, 15 ordinarios, 3
consignaciones de pago.
Remesa: C 17 G 02
Expedientes: 852
Paquetes: 20
Año: 2002
Asunto: Civiles: 717 ejecutivos
simples, 40 desahucios, 16 hipotecarios, 26 interdictos, 24 consignaciones de
pago, 19 consignaciones de alquiler, 10 diligencias de reconocimiento
Remesa: C 17 G 03
Expedientes: 705
Paquetes: 16
Año: 2003
Asunto: Civiles: 601 ejecutivos
simples, 31 interdictos, 46 desahucios, 10 hipotecarios, 7 consignaciones de
alquiler, 10 ordinarios.
Remesa: C 18 G 04
Expedientes: 557
Paquetes: 8
Año: 2004
Asunto: Civiles: 510 ejecutivos
simples, 10 interdictos, 26 desahucios, 11 consignaciones de alquiler.
Remesa: C 22 G 05
Expedientes: 965
Paquetes: 20
Año: 2005
Asunto: Civiles: 899 ejecutivos
simples, 8 interdictos, 41 desahucios, 1 consignaciones de alquiler, 4
hipotecarios, 6 interdictos, 5 ejecuciones de sentencia, 1 consignaciones de
pago.
Remesa: C 20 G 06
Expedientes: 857
Paquetes: 19
Año: 2006
Asunto: Civiles: 712 ejecutivos
simples, 32 desahucios, 26 interdictos, 41 consignaciones de alquileres, 21
hipotecarios, 11 ordinarios, 14 consignaciones de pago.
Remesa: C 18 G 07
Expedientes: 567
Paquetes: 15
Año: 2007
Asunto: Civiles: 520 ejecutivos
simples, 21 desahucios, 11 consignaciones de alquiler, 14 hipotecarios, 1
interdicto.
Remesa: C 20 G 08
Expedientes: 309
Paquetes: 8
Año: 2008
Asunto: Civiles: 78 consignaciones de
alquiler, 150 prendarios, 81 monitorios.
Remesa: C 18 G 09
Expedientes: 59
Paquetes: 1
Año: 2009
Asunto: Civiles: 32 desahucios, 15
consignaciones de alquiler, 12 consignaciones de pago.
Remesa: C 17 G 10
Expedientes: 62
Paquetes: 1
Año: 2010
Asunto: Civiles: 41 ejecutivos
simples, 5 consignaciones de alquiler, 12 desahucios, 4 consignaciones de pago.
Remesa: C 18 G 11
Expedientes: 56
Paquetes: 1
Año: 2011
Asunto: Civiles: 45 desahucios, 1
ejecutivo simple, 7 consignaciones de alquiler, 3 consignaciones de pago.
Remesa: C 13 G 12
Expedientes: 14
Paquetes: 1
Año: 2012
Asunto: Civiles: 4 desahucios, 9
consignaciones de pago, 1 consignaciones de alquiler.
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso.
San José, 11 de mayo del 2018
MBA.
Miguel Ovares Chavarría,
Subdirector
Ejecutivo a. í.
OC
N° 364-12-2017.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2018241971 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº
02-2006, de fecha 28 de junio del 2006, artículo IV y el acuerdo del Consejo
Superior en Sesión N° 50-06, celebrada el 11 de julio del 2006, artículo L, se
hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en
general, que se procederá a la eliminación de Documentos Base del año 1998 al
2008 del Juzgado de Menor Cuantía y Tránsito de Liberia, Guanacaste. La
documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa S 1 G 98
Documentos: 687
Ampos: 21
Año: 1998 al 2008
Asunto: Documentación Administrativa:
21 Ampos con 200 facturas, 143 pagarés, 248 letra de cambio, 33 cheques, 26
interrogatorio, 9 Contratos de Arrendamiento, 6 Confesionales, 9 Recibo por
dinero, 5 Certificados de prenda, 2 Fotografías de facturas, 5 Contrato de
alquiler, 1 Comprobante de Servimás del año 1998 al 2008.
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín
Judicial.
San José, 11 de mayo de 2018.
MBA.
Miguel Ovares Chavarría,
Subdirector
Ejecutivo a. í.
OC
N° 364-12-2017.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2018241972 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº
01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del Consejo
Superior en Sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo
XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del
público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación
Administrativa de los años 2007 al 2016 de la Oficina de Recepción de
Documentos de la Administración Regional de Nicoya. La documentación, se
encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 4 G 07
Ampos: 18
Libros: 15
Año: 2007-2016
Asunto: Documentación Administrativa: 1 ampo
con lista de documentos y carátulas a entregar al Juzgado Civil y de Trabajo
Mayor Cuantía, meses de junio, julio, agosto y setiembre 2013. 1 ampo con lista
de documentos y carátulas a entregar a la Fiscalía adjunta y Fiscalía Penal
Juvenil, meses de enero a agosto 2013. 1 ampo con lista de documentos y
carátulas a entregar al Juzgado Civil y Laboral de Menor Cuantía y Tránsito,
meses de enero a diciembre 2013. 1 ampo con lista de documentos y carátulas a
entregar al Juzgado Penal Juvenil, meses de noviembre y diciembre. Juzgado de
Violencia Doméstica y Familia, meses de agosto a diciembre 2013. 1 ampo con
lista de documentos y carátulas a entregar al Juzgado Civil y Trabajo de Mayor
Cuantía, meses de junio a setiembre 2014.
1 ampo
con lista de documentos y carátulas a entregar al Juzgado Civil y Laboral Menor
Cuantía y Tránsito, meses de enero a setiembre 2014. 1 ampo con oficios y
circulares varias, años 2007 al 2010. 1 ampo con lista de documentos y
carátulas a entregar al Juzgado de Pensiones y Contravenciones, meses de enero
a setiembre 2014. 1 ampo con lista de documentos y carátulas a entregar al
Juzgado de Pensiones y Contravenciones, meses de julio a diciembre 2013. 1 ampo
con lista de documentos y carátulas a entregar al Juzgado Civil y Trabajo Mayor
Cuantía, meses de junio a enero 2014. 1 ampo con lista de documentos y
carátulas a entregar al Juzgado Civil y Trabajo Mayor Cuantía, meses de enero a
mayo 2013. 1 ampo con lista de documentos y carátulas a entregar a la Fiscalía
adjunta y Fiscalía Penal Juvenil, meses de julio a diciembre 2013. 1 ampo con
lista de documentos y carátulas a entregar al Juzgado Penal y Tribunal Penal,
de Juicio y Civil, meses de enero a diciembre 2013.
1 ampo
con lista de documentos y carátulas a entregar a Juzgado Penal juvenil, meses
de enero a mayo del 2013. Juzgado de Familia y Violencia Doméstica, meses de
enero a setiembre 2013 1 ampo con lista de documentos y carátulas a entregar al
Juzgado Penal juvenil, meses de enero a setiembre del 2014. Juzgado de Familia y
Violencia Doméstica, meses de enero a setiembre 2014. 1 ampo con lista de
documentos y carátulas a entregar a Fiscalía Adjunta, meses de enero a
setiembre y Fiscalía Penal Juvenil, meses de enero a agosto 2014. 1 ampo con
lista de documentos y carátulas a entregar al Tribunal Penal, Civil y Trabajo y
Juzgado Penal, meses de enero a setiembre 2014. 1 ampo con lista de documentos
y carátulas a entregar al Centro de Conciliaciones, años 2012-2013-2014-2015.
1 libro
con Registro de usuarios atendidos, de 8/12/2014 al 11/09/2015. 1 libro con
lista de documentos y carátulas a entregar al Juzgado Civil y Trabajo Mayor
Cuantía, de octubre 2007 a noviembre 2009. 1 libro con lista de documentos y
carátulas a entregar al Juzgado Contravencional y Pensiones, de octubre 2007 a
noviembre 2009. 1 libro con lista de documentos y carátulas a entregar a la
Fiscalía de Nicoya, de octubre 2007 a noviembre 2009. 1 libro con lista de
documentos y carátulas a entregar al Juzgado de Familia, Penal Juvenil y
Violencia Doméstica, de octubre 2007 a noviembre 2009. 1 libro con lista de
documentos y carátulas a entregar al Juzgado Civil, Laboral Menor Cuantía y
Transito, de octubre 2007 a noviembre 2009. 1 libro con Registro de usuarios
atendidos, de 17/02/2011 al 03/10/2011.
1 libro
con Registro de usuarios atendidos, de 10/06/2011 al 20/05/2016. 1 libro con
Registro de usuarios atendidos, (Libro de actas) de 23/05/2013 al 19/01/2015. 1
libro con Registro de usuarios atendidos, (Libro de actas) de 29/11/2012 al
07/01/2014. 1 libro con Registro de usuarios atendidos, (Libro de actas) de
14/12/2011 al 22/05/2013. 1 libro con Registro de usuarios atendidos, (Libro de
actas) de 13/10/2011 al 28/11/2012 de usuarios atendidos (Libro de actas) de
03/09/2012 al 16/01/2013. 1 libro con Registro de usuarios atendidos, (Libro de
actas) de 19/08/2010 al 14/12/201 1 libro con Registro de usuarios atendidos,
(Libro de actas) de 16/01/2013 al 30/05/2013. 1 libro con Registro de usuarios
atendidos, (Libro de actas) de 08/01/2014 al 05/12/2014
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín
Judicial.
San José, 11 de mayo de 2018.
MBA.
Miguel Ovares Chavarría,
Subdirector
Ejecutivo a. í.
OC N° 364-12-2017.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2018241973 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº
01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del
Consejo Superior en Sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015,
artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas
y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación
Administrativa de los años 2007 al 2016 del Juzgado Primero Civil de Menor
Cuantía de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en
ese Despacho.
Remesa: A 26 S 07
Paquetes: 8
Libros: 9
Agendas: 7
Año: 2007 al 2016
Asunto: Documentación Administrativa: 1 paquete
con control de fax entregados (2013-2015), 1 paquete con control de vacaciones
(2010-2012), 1 paquete con registros de asistencia (2012-2016), 1 paquete con
informes mensuales y anuales (2007-2012) 1 paquete con registro de oficios del
despacho (2010-2013) 1 paquete con juramentaciones (2012) 1 paquete con
nombramientos de personal (2009-2011) 1 paquete de reportes y registros
(2010-2012) 6 Libros de conocimiento (2007-2014) y 3 libros de comisiones
(2009-2014) y 7 agendas de señalamientos (2012-2015).
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso.
San José, 11 de mayo del 2018.
MBA.
Miguel Ovares Chavarría,
Subdirector
Ejecutivo a. í.
OC N°
364-12-2017.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2018241974 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº
01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del
Consejo Superior en sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015,
artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas
y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación
Administrativa de los años 1967 al 2016 del Juzgado Civil y Trabajo del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón. La documentación, se encuentra
remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: 20974
Libros: 37
Cuaderno: 1
Carpeta: 5
Año: 1967 al 2016
Asunto: Documentación administrativa: 14
libros de entradas años 1967 al 2008, 2 libros de conocimiento 2011 al 2014, 1
libro actas de juramentación 1967 al 2013, 1 libro actas de notificación 2015,
2 libros arqueos Caja Chica 1 en blanco, 2 libros comisiones 1976 al 1993, 2
libros correo certificado 2014 al 2016, 1 libro ajuste reloj 1997 al 2006, 1
libro pase a fallo 1990 al 1991, 3 libros control de copias 2011 al 2015, 1
libro comisiones que regresan 2009, 2 libros edictos publicados 2002 al 2012, 1
cuaderno y 2 libros de depósito de remate, 1 libro control documentos devueltos
2004 al 2013, 1 libro reunión de jueces 2005 al 2012, 1 libro de sustituciones
2006 al 2010, 1 carpeta control boletas de seguridad 2004 al 2006, 3 carpetas
de documentos escaneados 2015 al 2016, 1 carpeta de escritos expedientes que no
aparecen.
Dan fe que el proceso
de selección en el despacho cumplió con lo establecido en Circular Nº 36-2010
de la Secretaría General de la Corte.
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso.
San José, 11 de mayo del 2018.
MBA.
Miguel Ángel Ovares Chavarría
Subdirector
Ejecutivo a. í.
OC
N° 364-12-2017.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2018241975 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N°
01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del
Consejo Superior en Sesión N° 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015,
artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas
y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación
Administrativa de los años 2005 al 2015 de la Escuela Judicial, Ciudad
Judicial, Heredia. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese
Despacho.
Remesa: A 5 H 05
Paquetes: 78
Años extremos: 2005 al 2015
Asunto: Documentación
Administrativa: 45 paquetes con Correspondencia enviada y recibida de la
Escuela Judicial del año 2005 al 2015.
33 paquetes
con correspondencia administrativa enviada y recibida contenida en los
expedientes de actividades académicas (cursos) de la Unidad de Capacitación
para el OIJ Escuela Judicial del año 2005 al 2009.
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso.
San José, 11 de mayo de 2018.
MBA.
Miguel Ovares Chavarría,
Subdirector
Ejecutivo a. í.
OC
N° 364-12-2017.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2018241976 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº
01-2014, de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IV y el acuerdo del Consejo
Superior en sesión Nº 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo LI, se
hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en
general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del
año 1999 al 2015 del Departamento de Ciencias Forenses, Ciudad Judicial,
Heredia. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: O 6 H 99
Paquetes: 155
Año: 1999 al 2015
Asunto: Documentación Administrativa:
70 paquetes (Registros de Ejecución presupuestaria 200 al 2008), 16 paquetes
(Correspondencia 2004 al 2012), 52 paquetes (Reportes y registros1999 al 2015),
4 paquetes (Consecutivos de Oficios 2009 al 2014), 4 paquetes (Estadísticas
2007 al 2010), 5 paquetes (Copia de boletas de combustibles 2010 al 2014), 4
paquetes (Registros de Asistencia 2007 al 2011).
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín
Judicial.
San José, 11 de mayo de 2018.
MBA.
Miguel Ovares Chavarría,
Subdirector
Ejecutivo a. í.
OC
N° 364-12-2017.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2018241978 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº
01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo II y el acuerdo del Consejo
Superior en Sesión N° 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo XCV, se
hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en
general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Familia de los
años 2012 al 2015 y Expedientes de Violencia Doméstica de los años 2012 al 2014
del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Corredores. La documentación,
se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Familia
Remesa: F 2 P 12
Expedientes: 309
Paquetes: 8
Año: 2012
Asunto: Varios Familia: 19 Abreviado de
divorcio (archivado, desistido, abandonado, terminado, desierto), 1
Autorización de salida del país (inactivo), 1 Declaratoria en estado de
abandono (archivado), 1 Depósito judicial (archivado), 5 Diligencias de
utilidad y necesidad (abandonado, auto sentencia, inactivo), 1 División
anticipada de bienes (inadmisible), 185 Divorcio mutuo acuerdo (auto sentencia,
archivado), 14 Guarda, Crianza y Educación (conciliación, sentencia sin lugar,
auto sentencia, rechazada, inactivo), 3 Insania (archivado), 8 Investigación de
paternidad (abandonado, archivado), 5 Medida cautelar (terminado, archivado),
36 Protección en sede administrativa (archivado, rechazado), 2 Reconocimiento de
hijo de mujer casada (inactivo), 2 Reconocimiento de unión de hecho (sentencia
sin lugar, desierto), 14 Régimen de visitas (archivado, inactivo, sentencia sin
lugar, auto sentencia, conciliación), 2 Separación judicial (archivado), 7
Separación de matrimonio (archivado), 3 Suspensión de patria potestad
(abandonado, archivado).
Remesa: F 1 P 13
Expedientes: 316
Paquetes: 8
Año: 2013
Asunto: Varios Familia: 14 Abreviado de
divorcio (desistido, inactivo, incompetencia, desierto, archivado), 1
Allanamiento (archivado), 1 Declaratoria en estado de abandono (homologado), 4
Depósito judicial (inactivo, rechazado), 3 Diligencias de Utilidad y necesidad,
94 Divorcio por mutuo acuerdo con bienes (auto sentencia), 77 Divorcio por
mutuo acuerdo sin bienes (auto sentencia, archivado), 14 Guarda, crianza y
educación (inactivo, archivado, sentencia, auto sentencia), 1 Impugnación de
paternidad (inactivo), 3 Impugnación de reconocimiento (archivado, inactivo,
rechazado), 2 Insania (archivado), 1 Interdicción (abandonado), 6 Investigación
de paternidad (rechazado, archivado, inactivo, abandonado), 2 Liquidación
anticipada (archivado), 52 Medidas de protección en sede administrativa, 1
Prueba anticipada (rechazado), 2 Reconocimiento de hijo de mujer casada
(inactivo, archivado), 4 Reconocimiento de unión de hecho (archivado,
inadmisible), 12 Régimen de visitas (inactivo, archivado), 1 Separación
judicial (inactivo), 11 Solicitud de matrimonio (archivado), 10 Suspensión
patria potestad (Desinterés de parte, archivado, sentencia, inactivo, auto
sentencia).
Remesa: F 1 P 14
Expedientes: 254
Paquetes: 6
Año: 2014
Asunto: Varios Familia: 10 Abreviado de
divorcio (abandonado, archivado, desistido), 6 Abreviado de reconocimiento de
unión de hecho (inadmisible, archivado), 1 Declaratoria de incapacidad
(archivado), 9 Depósito judicial (abandonado, archivado), 3 Diligencias de
utilidad y necesidad (abandonado), 126 Divorcio por mutuo acuerdo (auto
sentencia, abandonado), 11 Guarda, crianza y educación (abandonado, archivado,
desistido, terminado), 7 Investigación de paternidad (abandonado, archivado,
desistido, terminado, inadmisible), 55 Medidas de protección (archivado), 1
Permiso de salida del país (sentencia con lugar), 1 reconocimiento de hijo de
mujer casada (inadmisible), 8 Régimen de visitas (archivado, abandonado), 10
Solicitud de matrimonio (archivado), 6 Suspensión de patria potestad
(abandonado, sentencia sin lugar, archivado).
Remesa: F 1 P 15
Expedientes: 99
Paquetes: 4
Año: 2015
Asunto: Varios Familia: 9 Abreviado de
divorcio (archivado, inactivo, inadmisible), 2 Allanamiento (archivado), 1
Autorización de salida del país (desistida), 2 Declaratoria de abandono
(archivado, inactivo), 1 Depósito judicial (inactivo), 4 Divorcio por mutuo
acuerdo (archivado, inactivo), 7 Guarda, crianza y educación (archivado,
inactivo, inadmisible), 2 Impugnación de paternidad (inactivo), 1 Impugnación
de reconocimiento (inactivo), 1 Insania (inactivo), 7 Investigación de
paternidad (archivado, inactivo), 1 Medida de internamiento (sentencia), 33
Medida de protección administrativa (archivado, sentencia), 4 Régimen de
visitas (archivado, inactivo), 1 Separación judicial (inactivo), 12 Solicitud
de matrimonio (archivado), 3 Suspensión de patria potestad (archivado,
inactivo), 6 Unión de hecho (archivado, desistida, rechazada, inadmisible,
inactivo), 2 Utilidad y necesidad (inactivo, archivado).
Violencia Doméstica
Remesa: V 8 P 12
Expedientes: 1275
Paquetes: 10
Año: 2012
Asunto: Violencia Doméstica.
Remesa: V 5 P 13
Expedientes: 1179
Paquetes: 10
Año: 2013
Asunto: Violencia Doméstica.
Remesa: V 2 P 14
Expedientes: 990
Paquetes: 9
Año: 2014
Asunto: Violencia Doméstica.
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso
San José, 11 de mayo del 2018.
MBA.
Miguel Ovares Chavarría,
Subdirector
Ejecutivo a. í.
OC N°
364-12-2017.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2018241979 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº
01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo III y el acuerdo del Consejo
Superior en Sesión N° 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo CI, se
hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en
general, que se procederá a la eliminación de Expedientes Civiles de los años
1987 y 2010 al 2012 del Juzgado Cobro, Contravencional y de Menor Cuantía de
Grecia. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Civil
Remesa: 20976
Expedientes: 01 expediente
Paquetes: 01 paquete
Año: 1987
Asunto: Civil Varios: 1
Consignación de Alquileres (1 Abandonado)
Remesa: C 42 A 10
Expedientes: 48 expedientes
Paquetes: 01 paquete
Año: 2010
Asunto: Civil Varios: 34
Desahucios (12 Con Lugar, 02 Conciliación, 02 Archivado, 08 Abandonados,03
Inadmisibles, 03 Archivado a Solicitud de Parte, 04 Sin Lugar) 14 Consignación
de Alquileres (14 Abandonados)
Remesa: C 38 A 11
Expedientes: 39 expedientes
Paquetes: 01 paquete
Año: 2011
Asunto: Civil Varios: 31
Desahucios (14 Con Lugar, 06 Archivado Solicitud de Parte, 01 Conciliación, 06
Abandonado, 04 Inadmisible) 08 Consignación de Alquileres (01 Rechazado de
Plano, 07 Abandonado)
Remesa: C 32 A 12
Expedientes: 25 Expedientes
Paquetes: 01 paquete
Año: 2012
Asunto: Civil Varios: 23
Desahucios (04 Archivados Solicitud de Parte, 10 Con Lugar, 06 Abandonados, 01
Rechazado de Plano, 02 Inadmisibles) 02 Consignación de Alquileres (02
Abandonados)
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso.
MBA.
Miguel Ovares Chavarría,
Subdirector
Ejecutivo a. í.
OC
N° 364-12-2017.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2018241980 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº
02-2006, de fecha 28 de junio del 2006, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior
en Sesión N° 50-06, celebrada el 11 de julio del 2006, artículo L, se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general,
que se procederá a la eliminación de Documentos Base en materia Civil del año
1981 al 2007 del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de San Rafael,
Heredia. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: 20977
Sobres: 269
Año: 1981 al 2007
Asunto: Documentos Base en materia Civil:
Cheques 1985-2006 (19), Facturas 1989 al 2003 (9), acta de nacimiento 1990 (1),
Pagaré 1994 al 2005 (92), Letra de Cambio 1997 al 2006 (132), Recibos 1997 al
2004 (7), Confesión anticipada 2005 (1), Prueba Documental 1981 al 2007 (8).
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín
Judicial.
San José, 11 de mayo de 2018.
MBA.
Miguel Ovares Chavarría,
Subdirector
Ejecutivo a. í.
OC
N° 364-12-2017.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2018241981 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº
02-2006, de fecha 28 de junio del 2006, artículo IV y el acuerdo del Consejo
Superior en sesión N° 50-06, celebrada el 11 de julio del 2006, artículo L, se
hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en
general, que se procederá a la eliminación de Documentos Base en materia Civil
del año 1999 y 2001 al 2007 del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de
Acosta. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: S 8 S 99
Documentos: 23
Paquetes: 1
Años: 1999 y 2001 al 2005
Asunto: Documentos base en materia
civil. 5 Letras de cambio (años 1999, 2001al 2005, 17 Pagarés (años del 2001 al
2005), 1 factura (año 2003).
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso.
San José, 11 de mayo del 2018
MBA.
Miguel Ovares Chavarría,
Subdirector
Ejecutivo a. í.
OC
N° 364-12-2017.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2018241982 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº
01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del
Consejo Superior en sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015,
artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas
y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación
Administrativa de los años 2003 al 2016 de la Administración Regional de
Nicoya, Guanacaste. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese
Despacho.
Remesa: A 3 G 03
Paquetes: 17 paquetes
Libros: 5 libros
Cantidad: 9 cajas
Ampos: 20 ampos
Año: 2003 al 2016
Asunto: Documentación administrativa: 7
cajas de reintegros 2004 al 2011, 20 ampos estados de conciliación de la
administración y periferia (Hojancha, Nandayure y Jicaral 2003 al 2008), 9
paquetes de órdenes de citación-boletas de combustible-boletas de solicitud
oficial de fotocopias 2012 al 2016; 1 Caja Estados de Cuenta de Juzgado
Contravencional y Menor Cuantía de Nicoya, Juzgado Civil y Trabajo de Nicoya,
Juzgado Penal de Nicoya, Tribunal de Juicio de Nicoya, Subunidad Administración
Regional de Nicoya, Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Jicaral y de
Nandayure 2004 al 2008; 1 caja registro de oficios recibidos y enviados de
incapacidades, Dirección Ejecutiva, otras instituciones, otros despachos y OCN
2009; 8 paquetes Registro de Oficios (horas extras, correo certificado periferia
recibido y enviado)- Registro de Asistencia 2015, 2012, 2015. 5 libros reportes
de fax-libros de asientos contables de 2009 al 2015.
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso.
San José, 11 de mayo del 2018.
MBA.
Miguel Ángel Ovares Chavarría
Subdirector
Ejecutivo a. í.
OC
N° 364-12-2017.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2018241983 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº
01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del
Consejo Superior en Sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015,
artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas
y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación
Administrativa de los años 1999 al 2010 y 2012 de la Tesorería de la
Administración Regional del II Circuito Judicial de San José. La documentación,
se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 94 S 99
Paquetes: 30
Año: 1999 al 2010 y 2012
Asunto: Documentación Administrativa:
15 paquetes de Reintegros de Dinero (2005 al 2010), 14 paquetes de
Conciliaciones Bancarias (1999 al 2008), 1 paquete de Reportes y Registros
(2012).
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso.
San José, 11 de mayo de 2018.
MBA.
Miguel Ovares Chavarría,
Subdirector
Ejecutivo a. í.
OC
N° 364-12-2017.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2018241984 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº
01-2014, de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IV y el acuerdo del Consejo
Superior en sesión Nº 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo LI, se
hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en
general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del
año 2005 al 2015 y Dictámenes Criminalísticos del año 2005 al 2013 de la
Subdelegación Regional del Organismo de Investigación Judicial de Nicoya. La
documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: O 1 G 05
Libros: 6
Paquetes: 41
Año: 2005 AL 2015
Asunto: Documentación Administrativa:
Libros: Libros de Asignación de
Informes: 4 (2008 A 2015), Libros de Control Fotográfico 2 (2008 A 2011).
Paquetes: Control de asistencia: 1 paquete (años 2009 a
2015), copias de actas de inspección: 1 paquete (años 2005 a 2009), copia de
informes policiales: 5 paquetes (años 2005 a 2011), copias de ordenes de
libertad y tener a la orden y boletas de infracciones: 2 paquetes (años 2008 a
2015), copias de oficios enviados: 3 paquete (años 2008 a 2014), copias de
denuncias ingresadas 1 paquete (años 2009 a 2012), reportes estadísticas 1
paquete (años 2009 a 2015), libretas de control y supervisión de vehículos 1
paquete (año 2011), legajos de investigación C.I. 2 paquetes (año 2006), legajo
de investigación S.I. 3 paquetes (año 2007) legajos de investigación C.I. 1
paquete (año 2007), copias de remisiones de detenidos 4 paquete (año 2009 a
2012), copias de registro de horas extras 1 paquete (año 2010), copias de
diligencias menores remitidas a diferentes despachos 8 paquetes (años 2008 a
2015), copias de capturas 1 paquete (año 2013), boletas de asignación de
denuncias 2 paquetes (años 2008 a 2016), copias de actas de secuestros 1
paquete (año 2012), registro y control de detenidos 1 paquete (años 2011 a
2014), circulares ingresadas 2 paquetes (años 2009 a 2011)
Dictámenes
Criminalísticos: dos paquetes con dictámenes criminalísticos (2005 a 2013).
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la dirección ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso. publíquese por tres veces en el Boletín
Judicial.
San José, 11 de mayo de 2018.
MBA.
Miguel Ovares Chavarría,
Subdirector
Ejecutivo a. í.
OC
N° 364-12-2017.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2018241985 ).
ASUNTO Asueto concedido a los servidores que
laboran en las oficinas judiciales del cantón de Tilarán de la provincia de
Guanacaste
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales del
cantón de Tilarán de la provincia de Guanacaste, permanecerán cerradas durante
el día trece de junio de dos mil dieciocho, con las salvedades de costumbre,
por motivo de la celebración de los festejos cívico patronales de dicho cantón.
San José, 16 de mayo del dos mil
dieciocho.
MBA.
Miguel Ovares Chavarría
Subdirector
Ejecutivo a. í
OC N° 364-12-2017.—Sol. N°
68-2017-JA.—( IN2018243920 ).
Asunto: Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas
judiciales del cantón de Flores de la provincia de Heredia (no incluye la
Ciudad Judicial).
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales del cantón de
Flores de la provincia de Heredia, permanecerán cerradas durante el día
veintiséis de julio de dos mil dieciocho, con las salvedades de costumbre, por
motivo de la celebración de los festejos cívico- patronales de dicho cantón.
San José, 16 de mayo del 2018.
MBA.
Miguel Ovares Chavarría,
Subdirector
Ejecutivo a. í.
OC N° 364-12-2017.—Sol.
N° 68-2017-JA.—( IN2018243922 ).
HACE SABER:
A la Dirección Nacional de
Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a
toda la ciudadanía en general, que en el Proceso Disciplinario Notarial N°
12-000578-0627-NO, de Germannvet S. A. contra Erick Ospino Veaña, cédula de
identidad N° 9-070-747 y Carola Suarez Zúñiga, cédula de identidad N°
6-110-375, este Juzgado mediante resolución N° 320-2014 de las trece horas y
diez minutos del veintiuno de julio del dos mil catorce (folio 241 al 249), la
cual fue confirmada por el Tribunal Notarial mediante voto N° 174-2017 TDN, de
las catorce horas cuarenta minutos del treinta y uno de agosto del dos mil
diecisiete (folio 321 al 326), en vista que se encuentra firme se dispone
comunicar al notario Erick Ospino Veaña la corrección disciplinaria de tres
años y un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Se dispone
a comunicar a la notaria Carola Suarez Zúñiga la corrección disciplinaria de siete
meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rigen ocho días
naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 17 de abril del 2018.
Licda.
Melania Suñol Ocampo,
Jueza
1
vez.—OC N° 364-12-2017.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2018242321 ).
A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro
Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, Que en el
proceso disciplinario notarial N° 13-000149-0627-NO, de Lidiana Yorleny Vargas
Jara contra Angioletta Alvarenga Venutolo, (cédula de identidad 3-199-194),
este Juzgado mediante número 26-2018 de las diez horas y cincuenta minutos del
veintiséis de enero de dos mil dieciocho (folio 119 al 121), dispuso imponerle
al citado notario la corrección disciplinaria de tres años de suspensión en el
ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su
publicación en el Boletín Judicial.
San José, 23 de marzo del 2018.
M.Sc.
Francis Porras León
Juez
1 vez.—OC N° 364-12-2017.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2018242323 ).
A los causahabientes de quién en vida se
llamó: Ricardo Javier Marrero Calvo, quien fue mayor, casado, portó la cédula
de identidad Nº 3-0323-0415, y falleció el 15 de febrero del 2018, se les cita
y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en
las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una
sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de
prestaciones. Expediente Nº 18-000258-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer
Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 27 de abril del 2018.—Lic.
Rolando Porras Mejías, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2018242855 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Luis
Guillermo Novoa Quesada, mayor, casado, una vez, portador de la cédula de
identidad número 6-0124-0118, fallecido el 12 de diciembre del año 2017, se
consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de Consig. Prest. sector público bajo el número
18-000276-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial.—Expediente N° 18-000276-0643-LA. Promueve Gema
Xaviera Palacios Quintanilla a favor de Benjamín Isaac y José Miguel ambos
Novoa Palacios.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 30 de abril del
2018.—Licda. Laura del Carmen Rodríguez Chavarría, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018242856 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Armando Rivas Samuel, cédula de residencia número
155800293621, quien fue mayor, soltero en unión de hecho, vecino de El Amparo
de los Chiles, fallecido el 18 de febrero del 2018, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado bajo el N° 18-000280-1288-LA, a hacer valer
sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del
Código de Trabajo. Expediente N° 18-000280-1288-LA. Consignación de prestaciones
de trabajador fallecido, promovido por Marjorie Chacón Rodríguez, cédula
2-537-257, causante: Armando Rivas Samuel.—Juzgado Civil y Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Laboral), 2 de mayo del
2018.—Msc. Martha Chaves Chaves, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2018242857 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Pedro Antonio Barrantes Jiménez, quien fue mayor, casado una
vez, chofer, cédula 2-351-833, vecino de Ciudad Quesada, San Carlos,
Urbanización Arco Iris, segunda entrada, quinta casa a mano derecha, quien
falleció el 5 de febrero del 2018, se consideren con derecho para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de
este edicto se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de
ahorro obligatorio, bajo el N° 18-000286-1288-LA, a hacer valer sus derechos de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Expediente N° 18-000286-1288-LA. Devolución de ahorro obligatorio promovido por
Noemy De Los Ángeles López Arce, cédula 0601960286.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Laboral), 3 de mayo del
2018.—Lic. Juan Gabriel Rodríguez Oviedo, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018242858 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de: José Andrés Medina Salazar, documento de identidad Nº
155808017525, fallecido el 29 de marzo del 2018, se consideren con derecho,
para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado bajo el número 18-000292-1288-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Expediente Nº 18-000292-1288-LA. Por a favor de José
Andrés Medina Salazar.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial
de Alajuela (Materia Laboral), 30 de abril del 2018.—Msc. Martha Chaves
Chaves, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2018242898 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de María del Carmen Elidiet Bejarano Bejarano 0600520673,
fallecida el 01 de marzo del año 2018, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación
de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de Consig.
Prest. Sector público bajo el número 18-000422-0643-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
18-000422-0643-LA. Por a favor de María del Carmen Elidiet Bejarano Bejarano.—Juzgado
de Trabajo de Puntarenas, 10 de mayo del año 2018.—Licda. María del Milagro
Montero Barrantes, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018242901 ).
A los causahabientes de quién en vida se
llamó José Luis Campos Moscoa, quien fue cédula de identidad N° 1-0419-914,
domicilio Heredia, se les hace saber que: Sonia Virginia Cantón Araya, cédula
de identidad o documento de identidad N° 1-413-1168, domicilio Heredia, se
apersonó en este Despacho en calidad de esposa de la persona fallecida, a fin
de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por
ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola
vez en el Boletín Judicial, para que, dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en
este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Publíquese por una sola vez en el Boletín judicial libre de derechos.
Consignación de prestaciones del trabajador fallecido José Luis Campos Moscoa.
Expediente N° 18-000522-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 22 de
marzo del 2018.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018242902 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Pedro Damián Buzano Ocampo, 0602440344, fallecido(a) el 20 de
mayo del año 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector
privado bajo el número 18-000530- 0643-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
18-000530-0643-LA. Por a favor de Pedro Damián Buzano Ocampo.—Juzgado de
Trabajo de Puntarenas, 24 de abril del 2018.—Licda. María del Milagro
Montero Barrantes, Jueza.—1 vez.—O.C N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2018242903 ).
A los causahabientes de quién en vida se
llamó Georgina Floribeth Solano Jara, quien fue mayor, soltera, portó la cédula
de identidad 9-0054-0751 y falleció el 28 de octubre del 2017, se les cita y
emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en
las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una
sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de
prestaciones expediente N° 18-000717-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer
Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 24 de abril del 2018.—Lic.
Rolando Mejías Porras, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2018242904 ).
A los causahabientes de quién en vida se
llamó Alejandro Martín Moreno Alvarado, quien fue mayor, soltero, portó la
cédula de identidad 1-0591-0669 y falleció el 16 de setiembre de 2016, se les
cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en
las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una
sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de
Prestaciones expediente N° 18-000730-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer
Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 24 de abril del 2018.—Lic.
Rolando Porras Mejías, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2018242905 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de
causahabientes de Guido Alberto de Los Ángeles Zúñiga Vargas, N° 0301700677,
fallecido el 14 de junio del año 2017, se consideren con derecho, para que,
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación
de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig.
prest. sector privado bajo el N° 18-000148-1001-LA, a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de
Trabajo. Expediente N° 18-000148-1001-LA. Por a favor de Guido Alberto de Los
Ángeles Zúñiga Vargas.—Juzgado Civil y Trabajo de Turrialba (Materia Laboral),
02 de mayo del 2018.—Lic. Randall Gómez Chacón, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2018242985 ).
Resolución N° AJD-RES-117-2018.—Expediente N°
AJ-025-2018.—Dirección General de Servicio Civil.—Asesoría Jurídica, a las doce
horas del veintisiete de febrero de dos mil dieciocho.—Vista la gestión de
despido suscrita por la Ministra de Educación Pública, téngase por instaurado
el presente procedimiento disciplinario en contra del accionado Cristian
Ricardo Montero Ortiz, con el fin de averiguar la verdad real de los siguientes
cargos que se le imputan, según manifestación de la parte actora, respecto a
que usted, supuestamente bajo su responsabilidad y deber incurrió en: “que el
servidor Montero Ortiz Cristian Ricardo, en su condición de Orientador en el
Liceo Rural de San Antonio, no se presentó a laborar los días 15, 16, 17, 20,
21, 22, 23, 24, 27, 28, 29, 30 de noviembre; 01, 02, 03 y 04 de diciembre,
todos del 2017, sin dar aviso oportuno a su superior inmediato ni presentar
justificación posterior alguna”. Contraviniendo con su supuesto actuar lo
estipulado en los artículos 43 y 57 incisos a), c) y h) del Estatuto de
Servicio Civil; 8 inciso b), 12 inciso k) y 15 inciso c) del Reglamento de
Carrera Docente y el 81 inciso g) del Código de Trabajo. Se le otorga a la
parte accionada acceso al expediente administrativo, mismo que consta de 5
folios y 1 legajo de pruebas documentales de 47 folios, el cual se encuentra en
la Asesoría Jurídica de la Dirección General de Servicio Civil, ubicada en el
segundo piso de las Oficinas Centrales en San Francisco de Dos Ríos, ciento
setenta y cinco metros al este de la Iglesia Católica, para que dentro del
plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al recibo de la
notificación de este acto, proceda a rendir por escrito su oposición a los
cargos que se le atribuyen, presentando toda la prueba de descargo que tuviere.
Asimismo por disposición expresa del Tribunal de Servicio Civil, y con base en
el artículo 433 del Código Procesal Civil, cuya aplicación supletoria es
autorizada por el numeral 80 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, en
caso que desee plantear algún tipo de excepción que requiera ser de
conocimiento previo ésta deberá ser interpuesta dentro de los primeros cinco
días hábiles del emplazamiento, caso contrario su conocimiento y resolución
quedará hasta para el momento procesal que el Tribunal de Servicio Civil
determine. Toda la documentación aportada a este expediente puede ser
consultada y fotocopiada a costa de las partes en esta Asesoría Jurídica,
advirtiéndoles que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad
con el artículo 39 Constitucional y el principio procesal consagrado en el
numeral 272 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo
de acceso restringido sólo a las partes y a sus representantes legales, siendo
lo aquí ventilado de interés para la Asesoría Jurídica y las partes
mencionadas, por lo que puede incurrir en responsabilidad civil, penal o de
otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la
información que aquí se consigne. Se informa a la parte accionada que a toda
audiencia que se realice, con el fin de evacuar prueba testimonial, confesional,
pericial, inspecciones oculares o cualquier otra diligencia probatoria
tendientes a verificar la verdad real de los hechos, tiene derecho a hacerse
asistir por un profesional en Derecho, además de peritos o cualquier
especialista que considere necesario durante la tramitación del presente
procedimiento. Se previene a la parte
accionada, que en la primera gestión que realice ante este Despacho, debe
señalar un medio para atender notificaciones, preferiblemente una dirección de
correo electrónico y en su defecto, un número de fax o un lugar físico,
casa u oficina, advirtiéndole que se tendrá por notificado con la respectiva
acta de notificación que indique el expediente y bajo el apercibimiento de que
mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el
transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado, sea porque
fuere impreciso, no existiere, se encontrare descompuesto o presentare inconvenientes
técnicos a nivel físico o lógico. Además
se le advierte a las partes, la necesidad de cumplir con lo estipulado en el
artículo 75 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, en cuanto al deber
de proporcionar cuantas copias sean necesarias para cada una de las partes del
proceso, de aquellos escritos y documentos que deseen aportar al expediente.
Queda a discreción de la parte accionada la presentación de escritos por medio
de la dirección de correo electrónico asesoria_recepcion@dgsc.go.cr, los cuales
deberán ajustarse a lo señalado en los artículos 8 y 9 de la Ley número 8454
del 30 de agosto de 2005 “Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos
Electrónicos”, pero deberán contar con la
firma digital como requisito indispensable para el reconocimiento de su
equivalencia funcional. De no oponerse a la gestión de despido dentro del
plazo señalado o bien si el servidor hubiere manifestado su conformidad, se
procederá al traslado del expediente al Tribunal de Servicio Civil, quien
dictará el despido en definitiva, sin más trámite, según lo establece el inciso
c) del artículo 43 del Estatuto de Servicio Civil. De conformidad con el
numeral 153 del Código Procesal Civil, esta resolución corresponde con una mera
providencia, en atención a que se trata de una resolución de mero trámite,
contra la cual no se dará recurso, según lo señala el artículo 553 del Código
de previa cita. Notifíquese.—Roberto Piedra Láscarez, Director a. í., Asesoría
Jurídica.—Licda. Engie Vargas Calderón, Abogada Instructora.—1 vez.—O. C. N°
3400036864.—Solicitud N° 115957.—( IN2018237427 ).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta minutos del once de
julio del dos mil dieciocho, y con la base de doce millones novecientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 291.223-003-004, la cual es terreno para construir
con una casa de habitación. Situada en el distrito 4, Aguas Zarcas, cantón 10,
San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Simplicio Chavarría
Vargas; al sur, calle pública; al este, hijos de Ronulfo Camacho; y al oeste,
hijos de Ronulfo Camacho. Mide: ciento ochenta y un metros con setenta y seis
decímetros cuadrados. Plano: A-0028006-1992. Para el segundo remate se señalan
las catorce horas y treinta minutos del veintisiete de julio del dos mil
dieciocho, con la base de nueve millones seiscientos setenta y cinco mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del catorce de agosto
del dos mil dieciocho con la base de tres millones doscientos veinticinco mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra
César Octavio Alfaro Araya. Expediente Nº 17-003344-1202-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 27 de abril del
2018.—Licda. Dinia Peraza Delgado, Jueza.—( IN2018243239 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de acueducto y de paso
de A y A, citas: 577-82745-01-0001-001; a las diez horas y cero minutos del
quince de junio del dos mil dieciocho y con la base de cinco millones
cuatrocientos nueve mil novecientos setenta y ocho colones con noventa y cinco
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número seiscientos cincuenta y ocho mil novecientos
setenta y cinco cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en
el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, resto reservado; al este, resto
reservado y al oeste, resto reservado. Mide: quinientos setenta y tres metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del
dos de julio del año dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones
cincuenta y siete mil cuatrocientos ochenta y cuatro colones con veintiún
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de julio del dos mil
dieciocho con la base de un millón trescientos cincuenta y dos mil
cuatrocientos noventa y cuatro colones con setenta y cuatro céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Coopealianza R. L. contra Alexander de los Ángeles Sánchez Núñez, Pamela Fonseca
Chaves. Exp.: 18-001178-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 24 de
abril del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018243248 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas:
369-11119-01-0922-001; a las ocho horas y cero minutos del dieciocho de junio
del dos mil dieciocho, y con la base de cinco millones quinientos cincuenta y
cinco mil setecientos setenta y un colones con cincuenta y un céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número cincuenta y ocho mil ciento noventa y dos cero cero cero la cual es
terreno lote 18 con una casa. Situada en el distrito 01 Buenos Aires, cantón 03
Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 16; al
sur, lote 19; al este, Municipalidad de Buenos Aires; y al oeste, lote A para
calle pública. Mide: ciento noventa y cinco metros con sesenta y seis
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero
minutos del tres de julio del dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones
ciento sesenta y seis mil ochocientos veintiocho colones con sesenta y tres
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y cero minutos del dieciocho de julio del dos mil
dieciocho con la base de un millón trescientos ochenta y ocho mil novecientos
cuarenta y dos colones con ochenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Luis Fernando Vargas Vargas, Ronald Guillermo Solís
Solís. Expediente Nº 18-001073-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la
Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 23 de abril del 2018.—Msc.
Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018243250 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas:
320-01638-01-0925-001; condición resolutoria citas: 320-01638-01-0991-001;
prohibiciones ref.: 00029473-000 citas: 394-16190-01-0905-001, prohibiciones y
ref.: 00029473-000 citas: 394-16190-01-0906-001; condiciones ref.: 00029473-000
citas: 394-16190-01-0907-001; condiciones ref.: 00029473-000 citas:
394-16190-01-0908-001, a las catorce horas y treinta minutos del dieciocho de
junio del dos mil dieciocho y con la base de seis millones ochocientos setenta
y nueve mil ochocientos veintiséis colones con ochenta y siete céntimos, en el
mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número ciento noventa y tres mil seiscientos diecisiete cero cero
cero, la cual es terreno para construir, lote doce. Situada: en el distrito 03
Guaycará, cantón 07 Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
Ana Gómez Chavarría; al sur, lote 13; al este, calle pública, y al oeste, lotes
9 y 10. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Para el segundo remate, se
señalan las catorce horas y treinta minutos del tres de julio del dos mil
dieciocho, con la base de cinco millones ciento cincuenta y nueve mil
ochocientos setenta colones con quince céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y treinta
minutos del dieciocho de julio del dos mil dieciocho, con la base de un millón
setecientos diecinueve mil novecientos cincuenta y seis colones con setenta y
dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Ronny
Moisés Chevez Luna. Expediente Nº 18-001083-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón)
(Materia Cobro), 10 de mayo del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(
IN2018243252 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, a las quince horas y cero minutos del cuatro de julio de dos mil dieciocho,
y con la base de ciento veinte mil dólares exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 210780-000 la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito 2 Barrantes, cantón 8
Flores, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Ana Mayela Moreira
Barrantes; al sur, Alfonso Danilo Moreira Barrantes; al este, calle pública y
al oeste, Rafael Ángel Moreira Barrantes. Mide: mil cincuenta y siete metros
con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
quince horas y cero minutos del diecinueve de julio de dos mil dieciocho, con
la base de noventa mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del ocho
de agosto de dos mil dieciocho con la base de treinta mil dólares exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Propiedades de La Unión Magdalena contra Carolina María Moreira Sancho,
expediente Nº 14-016449-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 04 de mayo del 2018.—Licda. Yessenia
Brenes González, Jueza.—( IN2018243271 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios, pero soportando reservas Ley Aguas, citas:
297-04229-01-0002-001; a las diez horas y cero minutos del veintitrés de julio
de dos mil dieciocho y con la base de veinticinco mil dólares exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público
provincia: San José finca: 481002 duplicado: horizontal: derecho: 000,
naturaleza: terreno para construir lote cinco con una casa de habitación
situada en el distrito 03 Daniel Flores cantón 19 Pérez Zeledón de la provincia
de San José. Linderos: norte, INVU, sur, calle pública, este, INVU, oeste,
INVU. Mide: ciento sesenta y un metros con once decímetros cuadrados. Plano:
SJ-0284980-1995: cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y
cero minutos del nueve de agosto de dos mil dieciocho, con la base de dieciocho
mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del
veintisiete de agosto de dos mil dieciocho con la base de seis mil doscientos
cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de
verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al
despacho de inmediato para su corrección. Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Propiedades de La Plata S. A. contra Teresita del Carmen Mena Salazar. Exp.:
17-010702-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 07 de mayo del 2018.—Licda. Adriana Soto González,
Jueza.—( IN2018243274 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios a las once horas del diecinueve de junio del dos mil
dieciocho y con la base de catorce millones de colones al mejor postor
remataré: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos
cincuenta y nueve mil doscientos sesenta y tres cero cero cero, la cual es
terreno potrero y agricultura. Situada en el distrito dos El General, cantón
diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: norte,
Montelena S. A. y Quebrada El Caño; oeste, Quebrada El Caño y Otro, sur y este,
calle pública y otro. Mide: dos mil trescientos cuarenta y un metros con
noventa y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once
horas del cuatro de julio del dos mil dieciocho con la base de diez millones
quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las once horas del diecinueve de julio del dos mil
dieciocho con la base de tres millones quinientos mil colones (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Gerardo Bonilla
Venegas, Inversora Gesuma del Sur IGS S. A. Exp. N° 18-002174-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera,
06 de abril del 2018.—Licda. Sirleny Salazar Muñoz, Jueza.—( IN2018243302 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes prendarios, a las diez horas y cuarenta minutos del siete de
junio del dos mil dieciocho y con la base de cuatro millones cien mil colones
exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas: BBF279,
marca: Honda, categoría: automóvil, carrocería: todo terreno 4 puertas,
tracción 4x4, serie SHSRD77574U242452, uso particular, estilo CRV LX, capacidad
5 personas, año 2004, color azul, combustible gasolina, cilindros 04. Para el
segundo remate, se señalan las diez horas y cuarenta minutos del veintidós de
junio del dos mil dieciocho, con la base de tres millones setenta y cinco mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta, se señalan las diez horas y cuarenta minutos del nueve de julio del
dos mil dieciocho, con la base de un millón veinticinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Efraín
Jiménez Artavia contra Andrés Ricardo Berrios Jaubert. Expediente Nº
16-002707-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 01 de noviembre del 2017.—Licda. Carmen
Laura Valverde Phillips, Jueza.—( IN2018243310 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cuarenta minutos del doce de
junio de dos mil dieciocho y con la base de setecientos setenta y seis mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas
número MOT-495143, marca Fórmula, estilo F 22, categoría motocicleta, capacidad
2 personas, año 2016, color negro, vin LXEFAZ402GB901001, cilindrada 150 c.c.,
combustible gasolina, motor Nº 157QMJ160301019. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y cuarenta minutos del veintisiete de junio de dos mil
dieciocho, con la base de quinientos ochenta y dos mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cuarenta minutos del trece de julio de dos mil dieciocho con
la base de ciento noventa y cuatro mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de E
Credit Soluciones S. A. contra José Daniel Hernández Vásquez. Exp.:
17-001787-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 14 de febrero del 2018.—Licda. Carmen Laura Valverde
Phillips, Jueza.—( IN2018243311 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbres trasladada bajo citas
0324-00013774-01-0901-002; a las catorce horas y treinta minutos del
veinticuatro de julio de dos mil dieciocho y con la base de quince millones
trescientos veinticuatro mil ochocientos sesenta y cuatro colones con sesenta y
cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número ciento veintitrés mil quinientos noventa y
nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa lote 466.
Situada en el distrito Barranca, cantón Puntarenas, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, lote 515 y 516; al sur, Alameda tres; al este,
lote 465 y al oeste, lote 467. Mide: ciento cuarenta y nueve metros con noventa
y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas
y treinta minutos del diez de agosto de dos mil dieciocho, con la base de once
millones cuatrocientos noventa y tres mil seiscientos cuarenta y ocho colones
con cuarenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiocho
de agosto de dos mil dieciocho con la base de tres millones ochocientos treinta
y un mil doscientos dieciséis colones con dieciséis céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra María de los Ángeles Badilla Arroyo.
Exp.: 17-003271-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de
Puntarenas, 24 de abril del 2018.—Lic. Alejandro Brenes Cubero,
Juez.—( IN2018243339 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes prendarios, a las diez horas y cero minutos del siete de agosto
del dos mil dieciocho y con la base de siete mil ochocientos veintidós dólares
con setenta y nueve centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente:
Vehículo placa RYS217, marca Nissan, categoría automóvil, tracción 4x2, estilo
Versa, capacidad cinco personas, año dos mil catorce, color gris. Para el
segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés de
agosto del dos mil dieciocho, con la base de cinco mil ochocientos sesenta y
siete dólares con nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y
para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del siete de
setiembre del dos mil dieciocho, con la base de mil novecientos cincuenta y
cinco dólares con setenta centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Saylen de los Ángeles NG Araya. Expediente Nº 18-000454-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 16 de mayo del
2018.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2018243340 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las trece horas y quince minutos del veintiuno de
junio de dos mil dieciocho y con la base de veinticinco mil novecientos setenta
y seis dólares con siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo placas número 700806, marca Kia, estilo Sorento EX, categoría
automóvil, capacidad 5 personas, año 2007, color dorado, vin KNAJC521575734623,
cilindrada 2497 cc, combustible diesel, motor N° D4CB6131107. Para el segundo
remate se señalan las trece horas y quince minutos del seis de julio de dos mil
dieciocho, con la base de diecinueve mil cuatrocientos ochenta y dos dólares
con cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las trece horas y quince minutos del veintitrés de julio de
dos mil dieciocho, con la base de seis mil cuatrocientos noventa y cuatro
dólares con dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de POM Cobranzas S.R.L. contra Jarvimar de
Nosara Sociedad Anónima. Expediente: 09-001883-0504-CI.—Juzgado de Cobro y
Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 15 de mayo del
2018.—Msc. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2018243343 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios
y anotaciones; pero soportando servidumbre trasladada citas
289-05689-01-0901-001; a las catorce horas y treinta minutos del dieciocho de
junio del año dos mil dieciocho, y con la base de cuatro millones quinientos
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y ocho mil seiscientos
sesenta y seis cero cero cero la cual es terreno agricultura con 1 casa.
Situada en el distrito 3 Barbacoas, cantón 4 Puriscal, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Gonzalo Mora Castillo; al este,
calle pública, y al oeste, José Joaquín Espinoza Gomez. Mide: Quinientos
noventa y cuatro metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del tres de julio del año
dos mil dieciocho, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del dieciocho de julio
del año dos mil dieciocho con la base de un millón ciento veinticinco mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L contra Miguel Ángel Obando Díaz,
Norma Virginia Del Carmen Díaz Mora. Exp. N° 18-000467-1200-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 25 de abril del año 2018.—Msc. Eileen Chaves
Mora, Jueza.—( IN2018243353 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios y anotaciones; a las quince horas y cero minutos del
dieciocho de junio del año dos mil dieciocho y con la base de setenta y nueve
mil doscientos cincuenta y tres dólares con setenta y dos centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
cuarenta y cinco mil ciento veinticuatro cero cero cero, la cual es terreno
lote 11 terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 Guápiles,
cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle c/20m
12cm; al sur, Edith Guevara c/16m; al este, calle pub c/16m y al oeste, Juan
Quirós Rodríguez. Mide: trescientos veintiún metros con noventa y dos
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero
minutos del tres de julio del dos mil dieciocho, con la base de cincuenta y
nueve mil cuatrocientos cuarenta dólares con veintinueve centavos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince
horas y cero minutos del dieciocho de julio del dos mil dieciocho con la base
de diecinueve mil ochocientos trece dólares con cuarenta y tres centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Coopealianza R. L. contra Ángel Máximo Luciano Marchena Rodríguez. Exp:
18-000376-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 24 de abril del
2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Juez.—( IN2018243354 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando condiciones y reservas citas
324-11707-01-0901-057; a las ocho horas y cero minutos del diez de julio de dos
mil dieciocho, y con la base de seis millones doscientos ochenta y dos mil
doscientos siete colones con setenta y cinco céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número treinta y cinco mil setecientos treinta y siete-cero cero cero, la cual
es terreno Naturaleza Agricultura. Situada en el distrito 03 Canoas, cantón 10
Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Yamilette
González Tello, Daniel Tello Núñez, Edgar González Tello; al sur, calle
pública, Luz Marina Abarca Parra, José Gabriel Sánchez Pineda y Julio González
Mezena; al este, calle pública, Luz María Abarca Parra y Julio González Mezena
y al oeste, Luz María Abarca Parra y José Luis González Mezena. Mide:
Setecientos cuarenta y cinco metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados.
Plano: P-0859155-2003. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero
minutos del veintiséis de julio de dos mil dieciocho, con la base de cuatro
millones setecientos once mil seiscientos cincuenta y cinco colones con ochenta
y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del trece de agosto de dos mil
dieciocho con la base de un millón quinientos setenta mil quinientos cincuenta
y un colones con noventa y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Gabriela Auxiliadora Norori Garay, Jorge Antonio
Rodríguez Rodríguez. Exp: 14-000373-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía
y Contravencional de Golfito (Materia Cobro). 02 de marzo del 2018.—Licda.
Hazel Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2018243355 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del nueve de julio de dos mil
dieciocho y con la base de siete millones catorce mil trescientos noventa
colones con ochenta céntimos, al mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de folio real, matrícula número ciento veintitrés mil novecientos
treinta y dos-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir
con una casa lote once F. Situada en el distrito 03-Canoas, cantón 10
Corredores de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lotes 13 F y 12 F;
al sur, avenida 2; al este, calle 4; y al oeste, lote 10 F. Mide: trescientos
dieciséis metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Plano:
P-0757524-2001. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos
del veinticuatro de julio de dos mil dieciocho, con la base de cinco millones
doscientos sesenta mil setecientos noventa y tres colones con diez céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez
horas y cero minutos del diez de agosto de dos mil dieciocho, con la base de un
millón setecientos cincuenta y tres mil quinientos noventa y siete colones con
setenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Gerarda
Del Jesús Fallas Guerrero, Glen Alonso Hidalgo Arias, Miguel Antonio Barquero
Prendas. Expediente: 16-001053-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y
Contravencional de Golfito, (Materia Cobro), 2 de marzo del 2018.—Licda.
Hazel Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2018243356 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando condiciones bajo las citas 308-12593-01-0902-023;
a las ocho horas y cero minutos del quince de junio del año dos mil dieciocho,
y con la base de tres millones de colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
500.481-000, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 13, Pocosol
cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste,
servidumbre de agrícola, Alcides Quirós, María Virginia Gamboa y Luis Diego
Quirós; noroeste, María Quesada Corrales; sureste, El IDA; suroeste,
servidumbre agrícola con 7.00 metros de ancho. Mide: cinco mil ochocientos sesenta
y un metros cuadrados. Plano: A-1548102-2012. Para el segundo remate se señalan
las ocho horas y cero minutos del dos de julio del año dos mil dieciocho, con
la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas
y cero minutos del diecisiete de julio del año dos mil dieciocho con la base de
setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Luis Diego Quirós Padilla. Exp: 16-000552-1202-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia
Cobro), 27 de febrero del 2018.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—(
IN2018243357 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las siete horas y treinta minutos del cuatro de junio del dos mil dieciocho y
con la base de cinco mil cincuenta y seis dólares con setenta y tres centavos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 884176, marca
Hyundai, estilo Accent GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2012,
color plateado, Vin KMHCT41DACU018212, cilindrada 1600 cc., combustible
gasolina, motor Nº G4FCBU146893, vehículo placas 884176. Para el segundo remate
se señalan las siete horas y treinta minutos del diecinueve de junio del dos
mil dieciocho, con la base de tres mil setecientos noventa y dos dólares con cincuenta
y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del cuatro de julio del
dos mil dieciocho con la base de mil doscientos sesenta y cuatro dólares con
dieciocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra John Max Saborío
Arce. Exp. N° 17-004056-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 26 de
febrero del 2018.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—( IN2018243361 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios,
pero soportando boleta 2017215000032, sumaria: 17-002541-0494-TR, boleta:
2017252300344, sumaria: 17-002919-494-TR, boleta: 201786800050, SUMARIA:
17-0000607-0496-TR; a las ocho horas y treinta minutos del ocho de junio del
año dos mil dieciocho, y con la base de quince mil tres dólares con sesenta y
ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas
número PDC207, marca Hyundai, estilo Tucson GL, categoría automóvil, capacidad
5 personas, año 2013, color Gris, vin KMHJT81BADU609254, combustible gasolina,
motor Nº G4KDCU875530. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y
treinta minutos del veinticinco de junio del año dos mil dieciocho, con la base
de once mil doscientos cincuenta y dos dólares con setenta y seis centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y treinta minutos del diez de julio del año dos mil dieciocho
con la base de tres mil setecientos cincuenta dólares con noventa y dos
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco Improsa S. A. contra Freddy Daniel Rueda Portillo. Exp. N°
18-000015-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 12 de abril del
2018.—Lic. Eder Aguilar Jiménez, Juez.—( IN2018243362 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios,
a las nueve horas y cero minutos del trece de junio del año dos mil dieciocho y
con la base de quince mil ciento treinta y nueve dólares con nueve centavos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo BGH008, marca Hyundai, estilo
Accent GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, carrocería sedán 4
puertas hatchback, tracción 4x2 número de chasis KMHCT51BAEU163154, año
fabricación 2014, color blanco, N° motor G4LCEU154044. Para el segundo remate
se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de junio del dos mil
dieciocho, con la base de once mil trescientos cincuenta y cuatro dólares con
treinta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del trece de julio
del dos mil dieciocho con la base de tres mil setecientos ochenta y cuatro
dólares con setenta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra
Sergio Alberto Gutiérrez Pérez, expediente Nº 18-000035-1200-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia cobro), 13 de abril del 2018.—Licda. Hellen Hidalgo
Ávila, Jueza.—( IN2018243363 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios,
pero soportando boleta 20166317100347, sumaria: 16-008424-0489-TR; a las ocho
horas y treinta minutos del doce de junio del dos mil dieciocho y con la base
de diez mil trescientos cincuenta y tres dólares con sesenta y ocho centavos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número BDB546, marca
Hyundai, estilo Accent GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2013,
color plateado, vin KMHCT41CADU375501, cilindrada 1400 cc., combustible
gasolina, motor Nº G4FACU396583. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y treinta minutos del veintisiete de junio del año dos mil dieciocho, con
la base de siete mil setecientos sesenta y cinco dólares con veintiséis
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y treinta minutos del doce de julio del dos mil
dieciocho con la base de dos mil quinientos ochenta y ocho dólares con cuarenta
y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Andrey Gerardo Alvarado
Quesada. Exp. N° 18-000046-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del
Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 13
de abril del 2018.—Lic. Eder Aguilar Jiménez, Juez.—( IN2018243364 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios,
a las quince horas y cero minutos del once de junio del año dos mil dieciocho,
y con la base de quince mil ciento veintiséis dólares con ocho centavos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas Nº BFJ127, marca Hyundai,
estilo Elantra GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2014, color
gasolina, vin KMHDG41EAEU918203, cilindrada 1800 cc. combustible gasolina, motor
Nº G4NBDU756225. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero
minutos del veintiséis de junio del año dos mil dieciocho, con la base de once
mil trescientos cuarenta y cuatro dólares con cincuenta y seis centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las quince horas y cero minutos del once de julio del año dos mil dieciocho con
la base de tres mil setecientos ochenta y un dólares con cincuenta y dos
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco Improsa S. A. contra Julio Andrés de La O Fallas, expediente
Nº 18-000075-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia cobro), 13 de abril del
2018.—Lic. Eder Aguilar Jiménez, Juez.—( IN2018243365 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del once de junio
del año dos mil dieciocho y con la base de cuatro mil trescientos cincuenta y
tres dólares con veinticuatro centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo placas número 811609, marca Hundai, estilo Accent GLS,
categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2010, color plateado, vin
KMHCN41AAAU437200, cilindrada 1400 cc. combustible gasolina, motor Nº
G4EE9433662. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos
del veintiséis de junio del año dos mil dieciocho, con la base de tres mil
doscientos sesenta y cuatro dólares con noventa y tres centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y
treinta minutos del once de julio del año dos mil dieciocho con la base de mil
ochenta y ocho dólares con treinta y un centavos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra
Maryel de los Ángeles Calderón Umaña. Exp. N° 18-000085-1200-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 12 de abril del 2018.—Lic. Eder Aguilar Jiménez,
Juez.—( IN2018243366 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las ocho horas y cero minutos del cinco de junio del dos mil dieciocho, y con
la base de tres millones seiscientos noventa y un mil noventa y siete colones
con ochenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo: Placas número 668770. Marca Nissan. Estilo Tiida. Categoría
automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2007. Color negro. Vin JN1BCAC11Z0003942.
Cilindrada 1598 c.c. Combustible gasolina. Motor Nº HR16174190A. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veinte de junio del
dos mil dieciocho , con la base de dos millones setecientos sesenta y ocho mil
trescientos veintitrés colones con cuarenta céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
cero minutos del cinco de julio del dos mil dieciocho con la base de
novecientos veintidós mil setecientos setenta y cuatro colones con cuarenta y
siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Greivin Asdrúbal
Rojas Aguilar. Expediente Nº 18-000115-1200-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de
la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 12 de abril del
2018.—Lic. Eder Aguilar Jiménez, Juez.—( IN2018243367 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios,
pero soportando infracciones/colisiones boleta 2016313500461 sumaria:
17-000127-0489-TR; a las catorce horas y cero minutos del cinco de junio del dos
mil dieciocho y con la base de tres millones setecientos ochenta y cinco mil
quinientos sesenta y un colones con dieciocho céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo placas número BGY-145, marca Toyota, estilo
Yaris, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2007, color azul, vin
JTDBT923371074187, cilindrada 1500 c.c., combustible gasolina. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de junio del dos
mil dieciocho, con la base de dos millones ochocientos treinta y nueve mil
ciento setenta colones con ochenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero
minutos del cinco de julio del dos mil dieciocho con la base de novecientos
cuarenta y seis mil trescientos noventa colones con treinta céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q
Inversiones CR S. A. contra Kenneth Ariel Obando Fernández. Expediente Nº
18-000116-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur
(Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 12 de abril del 2018.—Lic. Eder Aguilar
Jiménez, Juez.—( IN2018243368 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las diez horas y treinta minutos del siete de junio del dos mil dieciocho, y
con la base de dos mil trescientos veintiocho dólares con nueve centavos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 698660. Marca
Chevrolet. Estilo Optra. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2007.
Color gris. Vin KL1JD51667K564878. Cilindrada 1600 c.c. Combustible gasolina.
Motor Nº F16D3808203K. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta
minutos del veintidós de junio del dos mil dieciocho, con la base de mil
setecientos cuarenta y seis dólares con siete centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
treinta minutos del nueve de julio del dos mil dieciocho con la base de
quinientos ochenta y dos dólares con dos centavos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A.
contra Ronald Josué Velásquez Víquez. Expediente Nº 18-000125-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro),
12 de abril del 2018.—Lic. Eder Aguilar Jiménez, Juez.—( IN2018243369 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las quince horas y treinta minutos del ocho de junio del dos mil dieciocho y
con la base de veintiún mil seiscientos cuarenta y ocho dólares con cuarenta y
cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas
número BDX-349, marca Hyundai, estilo Santa Fe GL, categoría automóvil,
capacidad 5 personas, año 2014, color plateado, vin KMHST81CDEU171114,
cilindrada 2400 c.c., combustible gasolina, motor Nº G4KEDU081584. Para el
segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veinticinco de
junio del dos mil dieciocho, con la base de dieciséis mil doscientos treinta y
seis dólares con treinta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta
minutos del diez de julio del dos mil dieciocho con la base de cinco mil
cuatrocientos doce dólares con once centavos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra
Esteban Eloy Cordero Quirós. Expediente Nº 18-000029-1200-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 13 de abril del
2018.—Lic. Eder Aguilar Jiménez, Juez.— (IN2018243370 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las nueve horas y treinta minutos del trece de junio del dos mil cuarenta y
ocho, y con la base de dieciséis mil ochocientos treinta y tres dólares con
dieciséis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas
número BJL743. Marca Hyundai. Estilo categoría automóvil. Capacidad: 5
personas. Serie: MALA841CAGM117947. Carrocería: Sedan 4 puertas. Tracción: 4X2.
Número de Chasis: MALA841CAGM117947. Año fabricación: 2016. Color: negro.
Número Motor: G4LAFM719040. Marca: Hyundai. Modelo: B4S4K3615 G B214.
Cilindrada: 1200. Combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil dieciocho,
con la base de doce mil seiscientos veinticuatro dólares con ochenta y siete
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y treinta minutos del trece de julio del dos mil
dieciocho con la base de cuatro mil doscientos ocho dólares con veintinueve
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco Improsa S. A. contra Roberto Carlos Obando Fonseca.
Expediente Nº 18-000049-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona
Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 13 de abril del 2018.—Licda. Hellen
Hidalgo Ávila, Jueza.—( IN2018243371 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las catorce horas y cero minutos del trece de junio del dos mil dieciocho y
con la base de catorce mil novecientos cincuenta dólares exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número HSB124, marca Hyundadi,
estilo Accent GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2014, color
negro, vin KMHCT41DBEU621403, cilindrada 1600 c.c., combustible gasolina, motor
Nº G4FCDI546097. Para el Segundo remate se señalan las catorce horas y cero
minutos del veintiocho de junio del dos mil dieciocho, con la base de once mil
doscientos doce dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos
del trece de julio del dos mil dieciocho con la base de tres mil setecientos
treinta y siete dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Hellen Dayanna
Salas Bok. Expediente Nº 18-000059-1200-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial
de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 13 de abril del
2018.—Lic. Eder Aguilar Jiménez, Juez.—( IN2018243374 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las diez horas y treinta minutos del trece de junio del dos mil dieciocho, y
con la base de dieciocho mil quinientos ochenta y cuatro dólares con cinco
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número CL
278615. Marca: Isuzu. Estilo: QKR55L-EE1AYVT. Categoría: carga liviana.
Capacidad: 3 personas. Serie: JAA1KR55EE7100631. Carrocería: caja cerrada o
furgón. Tracción: 4X2. Número de chasis: JAA1KR55EE7100631. Año fabricación:
2014. Color: blanco. Número de motor: 4JB11G1390. Cilindrada: 2800.
Combustible: diesel. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta
minutos del veintiocho de junio del dos mil dieciocho, con la base de trece mil
novecientos treinta y ocho dólares con cuatro centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
treinta minutos del trece de julio del dos mil dieciocho con la base de cuatro
mil seiscientos cuarenta y seis dólares con un centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Improsa S. A. contra Marcos Vinicio Marín Sanabria. Expediente Nº
18-000060-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 13 de abril del 2018.—Licda. Hellen Hidalgo
Ávila, Jueza.—( IN2018243375 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las quince horas y treinta minutos del doce de junio del año dos mil
dieciocho, y con la base de veintinueve mil seiscientos setenta y cinco dólares
con setenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo:
Placas número FNZ328, marca Isuzu, estilo Mu X UICL 503, categoría automóvil,
capacidad 7 personas, año 2015, color plateado, vin MPAUCS86GFT000853,
cilindrada 2500 cc, combustible diesel, motor Nº 4JK1MS9659. Para el segundo
remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veintisiete de junio
del año dos mil dieciocho, con la base de veintidós mil doscientos cincuenta y
seis dólares con setenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta
minutos del doce de julio del año dos mil dieciocho con la base de siete mil
cuatrocientos dieciocho dólares con noventa y tres centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Improsa S. A. contra Joaquín Alberto Núñez Montoya. Exp. N° 18-000036-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 16 de abril del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora,
Juez.—( IN2018243376 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del doce de
junio del dos mil dieciocho y con la base de tres mil trescientos cincuenta y
tres dólares con noventa centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo: placas número 754178, marca Hyundai, estilo Elantra GLS, categoría
automóvil, capacidad 5 personas, año 2008, color gris, vin KMHDU41BPBU423102,
cilindrada 1600 cc, combustible gasolina, motor N° G4FC8U370340. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintisiete
de junio del dos mil dieciocho, con la base de dos mil quinientos quince
dólares con cuarenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del doce
de julio del dos mil dieciocho, con la base de ochocientos treinta y ocho
dólares con cuarenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra
Luis Humberto Palma Rivera. Expediente: 18-000056-1200-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón,
(Materia Cobro), 16 de abril del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(
IN2018243377 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las nueve horas y cero minutos del ocho de junio del dos mil dieciocho, y con
la base de diecinueve mil seiscientos cincuenta y dos dólares con seis
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número STC
614. Marca Hyundai. Estilo Tucson GL. Categoría automóvil. Capacidad 5
personas. Año 2014. Color café. Vin KMHJT81EAEU863152. Combustible gasolina.
Motor Nº G4NADU257556. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero
minutos del veinticinco de junio del dos mil dieciocho, con la base de catorce
mil setecientos treinta y nueve dólares con cinco centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cero minutos del diez de julio del dos mil dieciocho con la base de cuatro mil
novecientos trece dólares con dos centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra
Gustavo Arturo Calvo Quintana. Expediente Nº 18-000048-1200-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 12 de abril del
2018.—Lic. Eder Aguilar Jiménez, Juez.—( IN2018243385 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios,
a las nueve horas y cero minutos del doce de junio del dos mil dieciocho, y con
la base de dieciocho mil ochocientos setenta y siete dólares con cuarenta y
tres centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas Nº:
BFX526, marca: Hyundai, estilo: Tucson GL, categoría: automóvil, capacidad: 5
personas, año: 2014, color: blanco, vin: KMHJT81EAEU878838, cilindrada: 2000
CC, combustible: gasolina, motor Nº: G4NAEU286301. Para el segundo remate, se
señalan las nueve horas y cero minutos del veintisiete de junio del dos mil
dieciocho, con la base de catorce mil ciento cincuenta y ocho dólares con siete
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las nueve horas y cero minutos del doce de julio del dos mil dieciocho,
con la base de cuatro mil setecientos diecinueve dólares con treinta y seis
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código
de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Banco Improsa S. A. contra Yesenia Mercedes Arellano Díaz. Expediente Nº
18-000068-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 13 de abril del
2018.—Lic. Eder Aguilar Jiménez, Juez.—( IN2018243386 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y
anotaciones; a las nueve horas y cero minutos del cuatro de junio del dos mil
dieciocho, y con la base de trece mil setecientos veintidós dólares con
cincuenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo:
Placas número BCX-332. Marca Hyundai. Estilo Accent GL. Categoría automóvil.
Capacidad 5 personas. Año 2013. Color plateado. Vin KMHCT41CADU355171.
Cilindrada 1400 c.c. Combustible gasolina. Motor Nº G4FACU982120. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de
junio del dos mil dieciocho, con la base de diez mil doscientos noventa y un
dólares con ochenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del cuatro de
julio del dos mil dieciocho con la base de tres mil cuatrocientos treinta
dólares con sesenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S.
A. contra Hellen Priscilla Carter Calvo. Expediente Nº 18-000101-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 10
de abril del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018243387 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios y anotaciones, pero soportando infracciones/colisiones
boleta:2017318100261 sumaria: 17-004467-0489-TR; a las ocho horas y cero
minutos del once de junio del dos mil dieciocho y con la base de nueve mil
cuatrocientos setenta y nueve dólares con setenta y dos centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número BBQ-086, marca Chevrolet,
estilo Aveo LS, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2012, color azul,
vin 3G1TC5CF3CL127665, cilindrada 1600 cc, combustible gasolina, motor N°
F16D30335002. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos
del veintiséis de junio del dos mil dieciocho, con la base de siete mil ciento
nueve dólares con setenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del
once de julio del dos mil dieciocho, con la base de dos mil trescientos sesenta
y nueve dólares con noventa y tres centavos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S.
A. contra Florencia Buitrago Lozano, Rubén Darío Osorio Vásquez. Expediente:
18-000151-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón), (Materia Cobro), 16 de abril del
2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018243388 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las diez horas y treinta minutos del doce de junio del año dos mil dieciocho,
y con la base de trece mil novecientos ochenta y ocho dólares con cuarenta y
tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas
número BHM656, marca Hyundai, estilo Grand I10, categoría automóvil, capacidad
5 personas, año 2015, color negro, Vin MALA851CAFM056397, cilindrada 1200 cc,
combustible gasolina, motor Nº G4LADM203390. Para el segundo remate se señalan
las diez horas y treinta minutos del veintisiete de junio del año dos mil
dieciocho, con la base de diez mil cuatrocientos noventa y un dólares con
treinta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del doce de julio
del año dos mil dieciocho con la base de tres mil cuatrocientos noventa y siete
dólares con once centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Marco Antonio Castro Zamora,
Minor Francisco Zúñiga Zamora. Exp. N° 18-000034-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón)
(Materia Cobro), 13 de abril del 2018.—Lic. Eder Aguilar Jiménez, Juez(a).—(
IN2018243389 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios,
a las catorce horas y treinta minutos del seis de junio del dos mil dieciocho,
y con la base de veinticuatro mil novecientos sesenta y ocho dólares con noventa
y seis centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas
Nº: BNH-929, marca. Chevrolet, estilo. Cruze, categoría: automóvil, capacidad:
5 personas, año: 2017, color: plateado, vin: 3G1B85DM0HS542207, cilindrada:
1400 CC, combustible: gasolina, motor Nº: 1HS542207. Para el segundo remate, se
señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiuno de junio del dos mil
dieciocho, con la base de dieciocho mil setecientos veintiséis dólares con
setenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la
tercera subasta, se señalan las catorce horas y treinta minutos del seis de
julio del dos mil dieciocho, con la base de seis mil doscientos cuarenta y dos
dólares con veinticuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S.
A. contra Luis Andrey Barboza Ortiz. Expediente Nº 18-000114-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 12 de abril del 2018.—Lic. Eder Aguilar Jiménez,
Juez.—( IN2018243390 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las quince horas y treinta minutos del trece de junio del dos mil dieciocho y
con la base de diecisiete mil cuarenta y tres dólares con diecisiete centavos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número BKD020, marca
Hyundai, estilo Accent GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2016,
color plateado, vin KMHCT41BAGU004039, cilindrada 1400 cc, combustible
gasolina, motor N° G4LCFU482025. Para el segundo remate se señalan las quince
horas y treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil dieciocho, con la
base de doce mil setecientos ochenta y dos dólares con treinta y ocho centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las quince horas y treinta minutos del trece de julio del dos mil dieciocho,
con la base de cuatro mil doscientos sesenta dólares con setenta y nueve
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código
de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Banco Improsa S.A. contra Dora Isabel Acuña Téllez, Rafael Ángel Acuña Acuña.
Expediente: 18-000010-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón), (Materia Cobro), 16 de
abril del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Juez.—( IN2018243391 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las diez horas y treinta minutos del ocho de junio del dos mil dieciocho, y
con la base de veintiséis mil cuatrocientos seis dólares con veintiocho
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número
BNR-105. Marca Chevrolet. Estilo Cruze L T . Categoría automóvil. Capacidad 5
personas. Año 2017. Color gris. Vin 3G1B85DM8HS510850. Cilindrada 1400 c.c.
Combustible gasolina. Motor Nº 1HS510850. Para el segundo remate se señalan las
diez horas y treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil dieciocho,
con la base de diecinueve mil ochocientos cuatro dólares con setenta y un
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y treinta minutos del diez de julio del dos mil
dieciocho con la base de seis mil seiscientos un dólares con cincuenta y siete
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Róger Antonio Álvarez Cerdas.
Expediente Nº 18-000089-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona
Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 12 de abril del 2018.—Lic. Eder
Aguilar Jiménez, Juez.—( IN2018243392 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las nueve horas y cero minutos del once de junio del año dos mil dieciocho, y
con la base de veintiséis mil trescientos ochenta y nueve dólares con cuarenta
y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas
número BNR963, marca Chevrolet, estilo Cruze Premier, categoría automóvil,
capacidad 5 personas, año 2017, color blanco, Vin 3G1B85E,9HS587905, cilindrada
1400 cc, combustible gasolina, motor Nº 1HS587905. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y cero minutos del veintiséis de junio del año dos mil
dieciocho, con la base de diecinueve mil setecientos noventa y dos dólares con
seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta
se señalan las nueve horas y cero minutos del once de julio del año dos mil
dieciocho con la base de seis mil quinientos noventa y siete dólares con
treinta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Roger Antonio
Álvarez Cerdas. Exp. N° 18-000090-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona
Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 12 de abril del 2018.—Lic. Eder
Aguilar Jiménez, Juez.—( IN2018243393 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las trece horas y treinta minutos del trece de junio del dos mil dieciocho y
con la base de once mil ochocientos diecisiete dólares con diecinueve centavos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas BFK244, marca:
Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie:
KMHCT41DAEU568016, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, numero de
chasis: KMHCT41DAEU568016, año fabricación: 2014, color: negro, N° motor:
G4FCDU478049, cilindrada: 1600, combustible: gasolina. Para el segundo remate
se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiocho de junio del dos
mil dieciocho, con la base de ocho mil ochocientos sesenta y dos dólares con
ochenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del trece de julio
del dos mil dieciocho, con la base de dos mil novecientos cincuenta y cuatro
dólares con treinta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Diego Damián
Fallas Hernández. Expediente: 18-000031-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón), (Materia
Cobro), 13 de abril del 2018.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Juez.—(
IN2018243398 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las ocho horas y treinta minutos del ocho de junio del año dos mil dieciocho
y con la base de veinticuatro mil seiscientos ochenta dólares exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BBH-626. Marca
Toyota. Estilo Fortuner SRV. Categoría automóvil. Capacidad 7 personas. Año
2012. Color plateado. Vin MR0YZ59G901111891. Cilindrada 2982 c.c Combustible
diesel. Motor Nº 1KD5524194. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y
treinta minutos del veinticinco de junio del año dos mil dieciocho, con la base
de dieciocho mil quinientos diez dólares exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta
minutos del diez de julio del año dos mil dieciocho con la base de seis mil
ciento setenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Pablo Rodrigo
Gómez Bermúdez. Exp.: 18-000023-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro),
13 de abril del 2018.—Lic. Eder Aguilar Jiménez, Juez.—( IN2018243399 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios,
a las diez horas y cero minutos del trece de junio del dos mil dieciocho y con
la base de catorce mil dos dólares con cuarenta y dos centavos, en el mejor
postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas Nº BHW407, marca Hyundai, estilo
I10 GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, serie MALAM51BAGM614243,
carrocería sedan, 4 puertas Hatchback, tracción 4x2, número de chasis
MALAM51BAGM614243, año fabricación 2016, color blanco, Nº motor G4HGFM874109,
cilindrada 1100, combustible gasolina. Para el segundo remate, se señalan las
diez horas y cero minutos del veintiocho de junio del dos mil dieciocho, con la
base de diez mil quinientos un dólares con ochenta y dos centavos (rebajada en
un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez
horas y cero minutos del trece de julio del dos mil dieciocho, con la base de
tres mil quinientos dólares con sesenta y un centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Improsa S. A. contra Rotsen Daniel Gutiérrez Silva. Expediente Nº
18-000064-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 13 de abril del
2018.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—( IN2018243400 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las catorce horas y cero minutos del once de junio del dos mil dieciocho, y
con la base de catorce mil cuarenta y ocho dólares con treinta y ocho centavos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas número BGY837, marca
Chevrolet, estilo AVEO LS, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2014,
color azul, vin 3G1TC5CF2EL190629, cilindrada 1600 cc. combustible gasolina,
motor Nº F16D3140091079. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y
cero minutos del veintiséis de junio del dos mil dieciocho, con la base de diez
mil quinientos treinta y seis dólares con veintinueve centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce
horas y cero minutos del once de julio del dos mil dieciocho, con la base de
tres mil quinientos doce dólares con diez centavos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S.A. contra
Marvin Adolfo Lopez Rivera. Expediente N° 18-000083-1200-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 12 de abril del 2018.—Lic. Eder Aguilar Jiménez,
Notaria.—1 vez.—( IN2018243401 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las nueve horas y treinta minutos del siete de junio del año dos mil
dieciocho, y con la base de catorce mil ochocientos sesenta y un dólares con
noventa y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo:
Placas número GB-002610, marca Hyundai, estilo H 1, categoría microbús,
capacidad 12 personas, año 2012, color blanco, vin KMJWA37HACU480170,
cilindrada 2500 cc, combustible diesel, motor Nº D4BHC017625. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintidós de junio del
año dos mil dieciocho, con la base de once mil ciento cuarenta y seis dólares
con cuarenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del nueve de
julio del año dos mil dieciocho con la base de tres mil setecientos quince
dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Esteban Adolfo
Martínez Valverde. Exp. N° 18-000084-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia
Cobro), 13 de abril del año 2018.—Lic. Eder Aguilar Jimenez, Juez.—(
IN2018243402 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a
las ocho horas y cero minutos del seis de junio del dos mil dieciocho, y con la
base de veintiséis mil trescientos ochenta y tres dólares con setenta y cinco
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número
BNS-504. Marca Chevrolet. Estilo Cruze LT. Categoría automóvil. Capacidad 5
personas. Año 2017. Color gris. Vin 3G1B85DM7HS540678. Cilindrada 1400 c.c.
Combustible gasolina. Motor Nº 1HS540678. Para el segundo remate se señalan las
ocho horas y cero minutos del veintiuno de junio del dos mil dieciocho, con la
base de diecinueve mil setecientos ochenta y siete dólares con ochenta y un
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y cero minutos del seis de julio del dos mil dieciocho
con la base de seis mil quinientos noventa y cinco dólares con noventa y cuatro
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra William César Morales
González. Expediente Nº 18-000113-1200-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de
la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 12 de abril del 2018.—Msc.
Eder Aguilar Jiménez, Juez.—( IN2018243403 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las quince horas y cero minutos del doce de junio del año dos mil dieciocho,
y con la base de nueve mil ciento treinta y siete dólares con sesenta centavos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BDY093. Marca
Hyundai. Estilo I10 GL. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2014.
Color blanco. Vin MALAM51CBEM423764. Cilindrada 1200 c.c. Combustible gasolina.
Motor Nº G4LADM065102. Para el segundo remate se señalan las quince horas y
cero minutos del veintisiete de junio del año dos mil dieciocho, con la base de
seis mil ochocientos cincuenta y tres dólares con veinte centavos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince
horas y cero minutos del doce de julio del año dos mil dieciocho con la base de
dos mil doscientos ochenta y cuatro dólares con cuarenta centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Improsa S. A. contra Karol Rocío Montero Fonseca. Exp.: 18-000050-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 16 de abril del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora,
Juez.—( IN2018243404 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las ocho horas y cero minutos del doce de junio del dos mil dieciocho y con
la base de diez mil trescientos setenta y nueve dólares con diecinueve
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número
BJM775, marca Chevrolet, estilo Spark LS, categoría automóvil, capacidad 5
personas, año 2015, color negro, vin KL1MJ6C4XFC341291, cilindrada 800 cc,
combustible gasolina, motor N° A08S3151170111. Para el segundo remate se
señalan las ocho horas y cero minutos del veintisiete de junio del dos mil
dieciocho, con la base de siete mil setecientos ochenta y cuatro dólares con
treinta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del doce de julio del
dos mil dieciocho, con la base de dos mil quinientos noventa y cuatro dólares
con ochenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se
le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Improsa S. A., contra Javier Antonio Ugalde
Ramírez. Expediente: 18-000073-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 12
de abril del 2018.—Lic. Eder Aguilar Jiménez, Juez.—( IN2018243409 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las catorce horas y treinta minutos del ocho de junio del dos mil dieciocho,
y con la base de once mil cuatrocientos cuarenta y cuatro dólares con
veinticuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo
placas N° 706433, marca Hyundai, estilo Santa Fe GLS, categoría automóvil,
capacidad 7 personas, año 2008, color Plateado, Vin KMHSH81WP8U239554,
cilindrada 2200 cc., combustible diésel, motor Nº D4EB7336284. Para el segundo
remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticinco de junio
del dos mil dieciocho, con la base de ocho mil quinientos ochenta y tres dólares
con dieciocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta, se señalan las catorce horas y treinta minutos del diez de
julio del dos mil dieciocho, con la base de dos mil ochocientos sesenta y un
dólares con seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S.A. contra John James
Ramirez Ordoñez. Expediente N° 18-000074-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia
Cobro), 13 de abril del 2018.—Lic. Eder Aguilar Jiménez, Jueza.—(
IN2018243410 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y
anotaciones; a las nueve horas y cero minutos del cinco de junio del año dos
mil dieciocho y con la base de tres millones treinta y nueve mil ochenta y un
colones con setenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo: Placas número GMR-105. Marca Suzuki. Estilo alto. Categoría
automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2012. Color blanco. Vin MA3FB41S0C0272917.
Cilindrada 1000 c.c. Combustible gasolina. Motor Nº K10BN4348828. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veinte de junio
del dos mil dieciocho, con la base de dos millones doscientos setenta y nueve
mil trescientos once colones con treinta y dos céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cero minutos del cinco de julio del año dos mil dieciocho con la base de
setecientos cincuenta y nueve mil setecientos setenta colones con cuarenta y
cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Michael Joseph Pena
Rivera. Exp. 18-000110-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro),10 de
abril del 2018.—Msc. Eder Aguilar Jiménez, Juez.—( IN2018243411 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios,
a las quince horas y cero minutos del veintiuno de junio del dos mil dieciocho,
y con la base de tres mil quinientos cuarenta y seis dólares con setenta y tres
centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas Nº:
891387, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5
personas, año: 2012, color: blanco, vin: KMHCT41DACU052314, cilindrada: 1600
CC, combustible: gasolina, motor Nº: G4FCBI236143. Para el segundo remate, se
señalan las quince horas y cero minutos del seis de julio del dos mil
dieciocho, con la base de dos mil seiscientos sesenta dólares con cinco
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las quince horas y cero minutos del veintitrés de julio del dos mil
dieciocho, con la base de ochocientos ochenta y seis dólares con sesenta y ocho
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de IMCR Fiduciaria CT Sociedad Anónima contra Ana Lorena Sanabria
Castrillo. Expediente Nº 18-001296-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro),
25 de abril del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018243412 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del dieciocho de
junio de dos mil dieciocho y con la base de dieciséis millones novecientos
noventa y cuatro mil setecientos treinta y nueve colones con cuarenta y tres
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 396259-001 / 002, la cual es terreno para
construir con una casa, lote 12 C. Situada en el distrito 04 Patalillo, cantón
11 Vázquez de Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle
publica; al sur, lote 11 C; al este, lote 13 C y al oeste, calle pública. Mide:
ciento cincuenta y cinco metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de julio
de dos mil dieciocho, con la base de doce millones setecientos cuarenta y seis
mil cincuenta y cuatro colones con cincuenta y siete céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del veinte de julio de dos mil dieciocho con la base de cuatro
millones doscientos cuarenta y ocho mil seiscientos ochenta y cuatro colones
con ochenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa
Nacional de Educadores R. L. contra Aaron Francisco Chinchilla Chaves, José
Rubén Chinchilla Chaves. Exp. N° 17-013603-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de enero
del 2018.—Zary Navarro Zamora, Jueza.—( IN2018243430 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas:
179-01598-01-0903-001; servidumbre trasladada citas: 292-20779-01-0902-001;
servidumbre de aguas pluviales citas: 2009-188841-01-0005-001 y embargo
administrativo artículo 175 Ley Nº 4755 citas: 2017-455756-001, a las nueve
horas y cero minutos del dos de julio del dos mil dieciocho, y con la base de
cincuenta y cinco millones ochocientos sesenta mil colones exactos, en el mejor
postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido
de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº
78671-F-000, la cual es terreno finca filial número diecinueve destinada a
local comercial ubicada en el primer nivel del edificio en proceso de
construcción. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, filial dieciocho; al sur, área común;
al este, área común, y al oeste, área común. Mide: setenta y cuatro metros
cuadrados. Plano: A-1366176-2009. Para el segundo remate, se señalan las nueve
horas y cero minutos del diecisiete de julio del dos mil dieciocho, con la base
de cuarenta y un millones ochocientos noventa y cinco mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las nueve horas y cero minutos del tres de agosto del dos mil dieciocho, con la
base de trece millones novecientos sesenta y cinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Yu
Hsiang Lu Yang contra Inversiones Kopper Muñoz S. A. Expediente Nº
17-003406-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de
Grecia (Materia Cobro), 11 de mayo del 2018.—Licda. Emileth Molina Rosales,
Jueza.—( IN2018243431 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las quince horas y cero minutos del ocho de junio del dos mil dieciocho y con
la base de diecisiete mil ciento veintiocho dólares con veintinueve centavos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número BKL587, marca
Hyundai, estilo Accent GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2017,
color negro, vin KMHCT41B4HU069221, combustible gasolina, motor N°
G4LCFU538828. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos
del veinticinco de junio del dos mil dieciocho, con la base de doce mil
ochocientos cuarenta y seis dólares con veintidós centavos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero
minutos del diez de julio del dos mil dieciocho, con la base de cuatro mil
doscientos ochenta y dos dólares con siete centavos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S.A. contra
Steven David Coto Cervantes. Expediente: 18-000038-1200-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón),
(Materia Cobro), 12 de abril del 2018.—Lic. Eder Aguilar Jiménez,
Juez.—( IN2018243433 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las catorce horas y cero minutos del once de junio del año dos mil dieciocho,
y con la base de nueve mil quinientos veintinueve dólares con cuarenta y siete
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número
BFZ921, marca Chevrolet, estilo Spark LS, categoría automóvil, capacidad 5
personas, año 2014, color azul, vin KL1MJ6C4XEC021046, combustible gasolina,
motor Nº A08S3133120382. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
cero minutos del veintiséis de junio del año dos mil dieciocho, con la base de
siete mil ciento cuarenta y siete dólares con diez centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del once de julio del año dos mil dieciocho con la base de dos
mil trescientos ochenta y dos dólares con treinta y siete centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Improsa S. A. contra Jessica Patricia Sánchez Barquero. Exp. N°
18-000007-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 12 de abril del
2018.—Lic. Eder Aguilar Jiménez, Juez(a).—( IN2018243434 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y
anotaciones; a las catorce horas y cero minutos del cinco de junio del año dos
mil dieciocho y con la base de veinte mil trescientos veintiún dólares con
treinta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo:
Placas número CL-271246. Marca Hyundai. Estilo HD 65. Categoría carga liviana.
Capacidad 3 personas. Año 2013. Color blanco. Vin KMFGA17PPDC216617. Cilindrada
3900 c.c. Combustible diesel. Motor Nº D4DDC525143. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de junio del año dos mil dieciocho,
con la base de quince mil doscientos cuarenta y un dólares con tres centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y cero minutos del cinco de julio del año dos mil dieciocho
con la base de cinco mil ochenta dólares con treinta y cuatro centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Improsa S. A. contra José David Merlo Vásquez. Exp.: 18-000012-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 10 de abril del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora,
Jueza.—( IN2018243435 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de junio del dos mil dieciocho
y con la base de veintiún mil ochocientos setenta y cinco dólares con setenta y
nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas
número GB002859, marca Hyundai, estilo H1, categoría microbús, capacidad 12
personas, año 2014, color blanco, vin KMJWA37HAEU635608, cilindrada 2500 cc,
combustible diesel, motor N° D4BHE005935. Para el segundo remate se señalan las
ocho horas y treinta minutos del tres de julio del dos mil dieciocho, con la
base de dieciséis mil cuatrocientos seis dólares con ochenta y cuatro centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de julio del año dos mil
dieciocho con la base de cinco mil cuatrocientos sesenta y ocho dólares con
noventa y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Maikol Andrey Mora Chevez.
Expediente: 18-000014-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón), (Materia Cobro), 20 de
abril del 2018.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Juez.—( IN20182433436 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios,
a las nueve horas y cero minutos del ocho de junio del dos mil dieciocho, y con
la base de catorce mil ciento treinta y nueve dólares con cuarenta centavos, en
el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas Nº: BDX-228, marca:
Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año:
2014, color: blanco, vin: KMHCT41DBEU527703, cilindrada: 1600 CC, combustible:
gasolina, motor Nº: G4FCDU423680. Para el segundo remate, se señalan las nueve
horas y cero minutos del veinticinco de junio del dos mil dieciocho, con la
base de diez mil seiscientos cuatro dólares con cincuenta y cinco centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las nueve horas y cero minutos del diez de julio del dos mil dieciocho, con la
base de tres mil quinientos treinta y cuatro dólares con ochenta y cinco
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco Improsa S. A. contra Sharon Vanessa Sagot Sánchez.
Expediente Nº 18-000037-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 13 de
abril del 2018.—Lic. Eder Aguilar Jiménez, Juez.—( IN2018243437 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las quince horas y cero minutos del ocho de junio del dos mil dieciocho, y
con la base de trece mil cuatrocientos cuarenta y siete dólares con ocho
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número
BKJ-968. Marca Chevrolet. Estilo Spark Classic LTZ. Categoría automóvil.
Capacidad 5 personas. Año 2016. Color negro. Vin MA6CH6CD1GT000556. Cilindrada
1200 c.c. Combustible gasolina. Motor Nº B12D1153360198. Para el segundo remate
se señalan las quince horas y cero minutos del veinticinco de junio del dos mil
dieciocho, con la base de diez mil ochenta y cinco dólares con treinta y un
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las quince horas y cero minutos del diez de julio del dos mil dieciocho
con la base de tres mil trescientos sesenta y un dólares con setenta y siete
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco Improsa S. A. contra Rodrigo Jesús Rivera Serrano.
Expediente Nº 18-000047-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona
Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 13 de abril del 2018.—Lic. Eder
Aguilar Jiménez, Juez.—( IN2018243438 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las ocho horas y cero minutos del doce de junio del año dos mil dieciocho, y
con la base de doce mil novecientos dos dólares con noventa y dos centavos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BFV754, marca
Hyundai, estilo Accent GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2014,
color gris, vin JNHCT51BAEU150713, cilindrada 1400 cc, combustible gasolina,
motor Nº G4LCDU119969. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero
minutos del veintisiete de junio del año dos mil dieciocho, con la base de
nueve mil seiscientos setenta y siete dólares con diecinueve centavos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho
horas y cero minutos del doce de julio del año dos mil dieciocho con la base de
tres mil doscientos veinticinco dólares con setenta y tres centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Improsa S. A. contra Blanca Nieves Ceciliano Fuentes. Exp. N°
18-000052-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 13 de abril del
2018.—Lic. Eder Aguilar Jiménez, Juez.—( IN2018243439 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las ocho horas y treinta minutos del ocho de junio del dos mil dieciocho, y
con la base de catorce mil ochocientos veintiocho dólares con setenta y nueve
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas N° 891108,
marca Hyundai, estilo Tucson GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año
2012, color blanco, Vin KMHJT81BDCU322020, cilindrada 2000 cc., combustible
gasolina, motor Nº G4KDBU404511. Para el segundo remate, se señalan las ocho
horas y treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil dieciocho, con la
base de once mil ciento veintiún dólares con cincuenta y nueve centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las ocho horas y treinta minutos del diez de julio del dos mil dieciocho con la
base de tres mil setecientos siete dólares con veinte centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Improsa S.A. contra Henry Alonso Fonseca Vasquez. Expediente N°
18-000062-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial
de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 13 de abril del
2018.—Licda. Eder Aguilar Jiménez, Jueza.—( IN2018243440 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las quince horas y cero minutos del siete de junio del año dos mil dieciocho
y con la base de dieciséis mil ciento setenta y siete dólares con dieciocho
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número
BKF-212. Marca Hyundai. Estilo Accent Gl. Categoría automóvil. Capacidad 5
personas. Año 2016. Color negro. Vin KMHCT51BEGU251754. Cilindrada 1400 c.c.
Combustible gasolina. Motor Nº G4LCFU476727. Para el segundo remate se señalan
las quince horas y cero minutos del veintidós de junio del año dos mil
dieciocho, con la base de doce mil ciento treinta y dos dólares con ochenta y
nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las quince horas y cero minutos del nueve de julio del año
dos mil dieciocho con la base de cuatro mil cuarenta y cuatro dólares con
treinta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Marilu de los Ángeles Ramírez
Barquero. Exp.: 18-000067-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 13
de abril del 2018.—Lic. Eder Aguilar Jiménez, Juez.—( IN2018243441 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios,
pero soportando infracciones/colisiones boleta: 2016254200286 sumaria:
16-004060-0494-TR; a las nueve horas y treinta minutos del cinco de junio del
año dos mil dieciocho y con la base de dieciséis mil ochocientos sesenta
dólares con ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo
placas número MQL-182, marca Hyundai, estilo Accent Gl, categoría automóvil,
capacidad 5 personas, año 2016, color plateado, vin KMHCT51DAGU236119,
cilindrada 1600 c.c., combustible gasolina, motor Nº G4FCFU295772. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinte de junio
del año dos mil dieciocho, con la base de doce mil seiscientos cuarenta y cinco
dólares con seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del cinco de julio
del dos mil dieciocho con la base de cuatro mil doscientos quince dólares con
dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Jorge Stiven Gutiérrez
Carranza. Exp.: 18-000079-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 13
de abril del 2018.—Lic. Eder Aguilar Jiménez, Juez.—( IN2018243442 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las ocho horas y cero minutos del siete de junio del dos mil dieciocho y con
la base de quince mil cincuenta y cinco dólares con cuarenta y siete centavos ,
en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa BLN326, marca:
Chevrolet, estilo: Spark Classic Ltz, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
año: 2016, color: blanco, Vin: MA6CH6CD6GT000830, combustible: gasolina, motor:
B12D1160950033, cilindrada: 1200. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y cero minutos del veintidós de junio del dos mil dieciocho, con la base
de once mil doscientos noventa y un dólares con sesenta centavos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas
y cero minutos del nueve de julio del dos mil dieciocho, con la base de tres
mil setecientos sesenta y tres dólares con ochenta y siete centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Improsa S.A. contra Jerry Eliecer Mora Garro. Expediente: 18-000082-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez
Zeledón), (Materia Cobro), 9 de abril del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora,
Jueza.—( IN2018243443 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las diez horas y cero minutos del once de junio del año dos mil dieciocho, y
con la base de dos mil setecientos cincuenta y dos dólares con noventa y siete
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número
761070, marca Chevrolet, estilo Optra NB, categoría automóvil, capacidad 5
personas, año 2008, color beige, Vin KL1JD51608K890841, cilindrada 1600 cc,
combustible gasolina, motor Nº F16D30939241. Para el segundo remate se señalan
las diez horas y cero minutos del veintiséis de junio del año dos mil
dieciocho, con la base de dos mil sesenta y cuatro dólares con setenta y tres
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y cero minutos del once de julio del año dos mil
dieciocho con la base de seiscientos ochenta y ocho dólares con veinticuatro
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco Improsa S. A. contra Luz Hannia Rodríguez Arguedas. Exp. N°
18-000087-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 12 de abril del
2018.—Lic. Eder Aguilar Jiménez, Juez(a ).—( IN2018243444 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las diez horas y treinta minutos del cinco de junio del dos mil dieciocho, y
con la base de siete millones cuatrocientos treinta mil seiscientos veintinueve
colones con noventa céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo: placas número BLX-963, marca Hyundai, estilo Accent GS, categoría
automóvil, capacidad 5 personas, año 2013, color azul, vin KMHCT5AE8DU135989,
cilindrada 1600 cc., combustible gasolina. Para el segundo remate, se señalan
las diez horas y treinta minutos del veinte de junio del dos mil dieciocho, con
la base de cinco millones quinientos setenta y dos mil novecientos setenta y
dos colones con cuarenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos
del cinco de julio del dos mil dieciocho, con la base de un millón ochocientos
cincuenta y siete mil seiscientos cincuenta y siete colones con cuarenta y ocho
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Credi Q Inversiones CR S.A. contra Ricardo Gómez Mendoza.
Expediente N° 18-000112-1200-CJ. Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 12 de
abril del 2018.—Lic. Eder Aguilar Jiménez, Juez.—( IN2018243447 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y
anotaciones; a las catorce horas y cero minutos del siete de junio del año dos
mil dieciocho, y con la base de quince mil setecientos cuarenta y dos dólares
con dieciocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo:
Placas número BMS-273. Marca Hyundai. Estilo Grand I10 GLS. Categoría
automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2017. Color negro. Vin MALA851ABHM396988.
Cilindrada 1000 c. c. Combustible Gasolina. Motor Nº G3LAFM004014. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de
junio del año dos mil dieciocho, con la base de once mil ochocientos seis
dólares con sesenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del
nueve de julio del año dos mil dieciocho con la base de tres mil novecientos
treinta y cinco dólares con cincuenta y cinco centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q
Inversiones CR S. A. contra Óscar Andrés Calderón Fuentes. Exp.:
18-000123-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 10 de abril del
2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Juez.—( IN2018243448 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las quince horas y treinta minutos del veintiuno de junio del dos mil
dieciocho y con la base de cuatro millones noventa mil trescientos seis dólares
con ochenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo:
placas número 789496, marca Suzuki, estilo SX4, categoría automóvil, capacidad
5 personas, año 2009, color anaranjado, vin JS2YA21S495102841, cilindrada 1600
cc, combustible gasolina, motor N° M16A1429748. Para el segundo remate se
señalan las quince horas y treinta minutos del seis de julio del dos mil
dieciocho, con la base de tres millones sesenta y siete mil setecientos treinta
dólares con once centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veintitrés de
julio del dos mil dieciocho, con la base de un millón veintidós mil quinientos
setenta y seis dólares con setenta centavos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S.A.
contra Marling Herenia Colindres Castellano. Expediente: 18-001327-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez
Zeledón), (Materia Cobro), 25 de abril del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora,
Juez.—( IN2018243449 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las catorce horas y cero minutos del veintisiete de junio del año dos mil
dieciocho, y con la base de nueve mil quinientos ochenta dólares con cincuenta
y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas
número BCJ204, marca Chevrolet, estilo AVEO LS, categoría automóvil, capacidad
5 personas, año 2012, color blanco, vin 3G1TC5CFXCL115156, cilindrada 1600 cc.,
combustible gasolina, motor Nº F16D30096922. Para el segundo remate se señalan
las catorce horas y cero minutos del doce de julio del dos mil dieciocho, con
la base de siete mil ciento ochenta y cinco dólares con treinta y ocho centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y cero minutos del treinta de julio del dos mil dieciocho con
la base de dos mil trescientos noventa y cinco dólares con veintiún centavos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución
Prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A., contra Francinie Obando Morales.
Exp. N° 18-001332-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 26 de
abril del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Juez.—( IN2018243450 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios
y anotaciones; pero soportando condiciones citas 377-18727-01-0911-001; a las
ocho horas y treinta minutos del dieciocho de junio del dos mil dieciocho y con
la base de veintisiete mil cuarenta y cuatro dólares con sesenta y ocho
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número ciento ochenta y nueve mil ochocientos
veinticinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 02 Puerto Jiménez, cantón 07 Golfito de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, Regalo de la Naturaleza S. A.; al sur, Regalo de la
Naturaleza S. A.; al este, calle pública; y al oeste, Regalo de la Naturaleza
S. A. Mide: mil cuatrocientos setenta y seis metros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de julio del dos
mil dieciocho, con la base de veinte mil doscientos ochenta y tres dólares con
cincuenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de
julio del dos mil dieciocho, con la base de seis mil setecientos sesenta y un
dólares con diecisiete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Asimismo libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; pero soportando
condiciones citas 377-18727-01-0911-001; a las ocho horas y treinta minutos del
dieciocho de junio del dos mil dieciocho y con la base de veintinueve mil
doscientos treinta y siete dólares con cuarenta y nueve centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número ciento ochenta y nueve mil ochocientos veintiséis-cero cero cero, la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 Puerto Jiménez,
cantón 07 Golfito de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Regalo de
la Naturaleza S. A.; al sur, Regalo de la Naturaleza S.A.; al este, calle
pública; y al oeste, Noylin González Prendas. Mide: mil seiscientos cuarenta y
tres metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y
treinta minutos del tres de julio del dos mil dieciocho, con la base de
veintiún mil novecientos veintiocho dólares con doce centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
treinta minutos del dieciocho de julio del dos mil dieciocho, con la base de
siete mil trescientos nueve dólares con treinta y siete centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Coopealianza R.L. contra Henry Alejandro Chevez Meza. Expediente:
18-000610-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 26 de abril del
2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Juez.—( IN2018243454 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del veintiséis de
junio del año dos mil dieciocho y con la base de tres millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número quinientos treinta mil doscientos cincuenta y
siete-cero cero cero, la cual es terreno de montaña y potrero. Situada en el
distrito Piedades norte, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Doctor Chacho S.A; al sur, calle pública con 99.56 metros;
al este, Doctor Chacho S.A y al oeste, Marco Vinicio Molina Salas. Mide: diez
mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero
minutos del once de julio del dos mil dieciocho, con la base de dos millones doscientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintisiete de
julio del dos mil dieciocho con la base de setecientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de José Alexis Eladio Robles Villalobos
contra Víctor Julio Alfaro Cortes. Exp. N° 16-001136-1203-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón)
(Materia Cobro), 27 de abril del 2018.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz,
Jueza.—( IN2018243458 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios y anotaciones; a las diez horas y treinta minutos
del dieciocho de junio del año dos mil dieciocho y con la base de treinta y
ocho millones trescientos treinta y tres mil ciento cincuenta y cinco colones
con sesenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento tres mil ochocientos
treinta y seis cero cero cero, la cual es terreno con una casa de habitación.
Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, calle publica con frente de 20.46 metros; al
sur, Alicia Sociedad Anónima; al este, calle pública con un frente de 21.01
metros, y al oeste Reger Ordóñez Somarribas. Mide: Cuatrocientos treinta y nueve
metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las diez horas y treinta minutos del tres de julio del dos mil
dieciocho, con la base de veintiocho millones setecientos cuarenta y nueve mil
ochocientos sesenta y seis colones con setenta y dos céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y
treinta minutos del dieciocho de julio del año dos mil dieciocho con la base de
nueve millones quinientos ochenta y tres mil doscientos ochenta y ocho colones
con noventa y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L. contra Niger Jirón Mora, Virginia
Mora Villalobos. Exp. N° 18-001207-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro),
24 de abril del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018243459 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia OIJ tomo: 800, asiento:
00159926, sec.: 001, a las catorce horas y treinta minutos del diecinueve de
junio del dos mil dieciocho, y con la base de cuatro mil novecientos cuarenta y
ocho dólares con ochenta y seis centavos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Vehículo: placas Nº: CL-245080, marca: FAW, estilo: ND, categoría:
carga liviana, capacidad: tres personas, año: dos mil nueve, color: blanco,
vin: LFWA cuatro HB nueve cero ocho HA uno dos dos ocho cuatro, cilindrada:
tres mil ciento sesenta y ocho CC, combustible: diesel, motor Nº: CA cuatro D
tres dos cero nueve cero uno dos ocho nueve cinco siete uno. Para el segundo
remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del cuatro de julio del
dos mil dieciocho, con la base de tres mil setecientos once dólares con sesenta
y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecinueve de julio
del dos mil dieciocho, con la base de mil doscientos treinta y siete dólares
con veintiún centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se
le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima
contra Noé Gerardo de los Ángeles Abarca Ortega y Telas Deportivas de Costa
Rica S. A. Expediente Nº 17-002099-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 31 de octubre del
2017.—Licda. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—( IN2018243464 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del diecinueve de
junio de dos mil dieciocho, y con la base de seis mil ciento noventa dólares
con sesenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo: placas: 832089, marca: Nissan, estilo: Tiida, categoría: automóvil,
carrocería: sedan 4 puertas, numero chasis: 3N1CC1AD8ZL163980, número de motor:
HR16286212B, capacidad: 5 personas, color: gris, año: 2011. Para el segundo
remate se señalan las trece horas y treinta minutos del cuatro de julio de dos
mil dieciocho, con la base de cuatro mil seiscientos cuarenta y tres dólares
con un centavo (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del diecinueve de julio de
dos mil dieciocho con la base de mil quinientos cuarenta y siete dólares con
sesenta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA)
Sociedad Anónima contra Christian Fidel Víctor Arrieta. Exp. N°
17-002745-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 30 de octubre del año 2017.—Lic. Tadeo Solano Alfaro,
Juez.—( IN2018243465 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diez
de julio de dos mil dieciocho, y con la base de dos mil setecientos cuarenta y
un dólares con cincuenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo: placa 718688, marca Hyundai, estilo Accent, chasís
KMHCF35G22U210061, carrocería sedan 2 puertas, combustible gasolina, capacidad
5 personas, año 2002, color blanco. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de julio de dos mil dieciocho,
con la base de dos mil cincuenta y seis dólares con catorce centavos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez
horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de agosto de dos mil dieciocho con
la base de seiscientos ochenta y cinco dólares con treinta y ocho centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Omar Andrés Ortiz
Porras. Exp. N° 17-005927-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 03 de noviembre del 2017.—M.sc. Nidia
Durán Oviedo, Juez.—( IN2018243466 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las nueve horas y quince minutos del doce de julio
del dos mil dieciocho y con la base de cuatro mil ochocientos ochenta y un
dólares con seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo
placas número CL-241779, marca JMC, estilo BD-DLX, categoría carga liviana,
capacidad 5 personas, año 2008, color blanco, vin LETEDAD198HP07578, cilindrada
2771 c.c., combustible diesel. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y quince minutos del treinta de julio del dos mil dieciocho, con la base
de tres mil seiscientos sesenta dólares con setenta y nueve centavos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve
horas y quince minutos del dieciséis de agosto del dos mil dieciocho con la
base de mil doscientos veinte dólares con veintisiete centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Ronnie Gerardo
Álvarez Castro, Expediente Nº 15-025181-1338-CJ.—Juzgado Tercero
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de
San José, 07 de noviembre del 2017.—Lic. Tadeo Solano Alfaro, Juez.—(
IN2018243467 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las catorce horas y quince minutos del diecinueve
de junio de dos mil dieciocho, y con la base de siete mil novecientos cincuenta
y cinco dólares con veintidós centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo: placa: CL 248052, marca: JMC estilo: BD-DLX, categoría:
carga liviana capacidad: 5 personas, año fabricación: 2009, color: blanco, VIN:
LETEDAD189HP00106, N° motor: JX493Q184030598, cilindrada: 2771 c.c. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del cuatro de
julio de dos mil dieciocho, con la base de cinco mil novecientos sesenta y seis
dólares con cuarenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del
diecinueve de julio de dos mil dieciocho con la base de mil novecientos ochenta
y ocho dólares con cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales
(VEINSA) Sociedad Anón. contra Cooperativa Autogestionaria de Servicios del Sur
de Laurel RL. Exp. N° 15-023316-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de noviembre del año
2017.—Licda. Brenda Vargas Quesada, Jueza.—( IN2018243468 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las nueve horas quince minutos del veintiocho de
junio del dos mil dieciocho, y con la base de siete mil seiscientos ochenta y
siete dólares con ochenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo: placa CL 256111, marca JMC, estilo NHR, carrocería caja
cerrada o furgón, chasís LETYEAA10BHN01569, N° motor JX493Q1A8108761,
combustible diesel, capacidad 3 personas, año 2011, color azul. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas quince minutos del dieciséis de julio del dos
mil dieciocho, con la base de cinco mil setecientos sesenta y cinco dólares con
noventa y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas quince minutos del tres de agosto
del dos mil dieciocho con la base de mil novecientos veintiún dólares con
noventa y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima
contra Henry Javier Flores Hernández. Expediente Nº 16-026034-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 29 de noviembre del 2017.—Licda.
Marianela Alvarado Alfaro, Juez.—( IN2018243469 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia de la Fiscalía bajo las
citas 2016-728902-001; a las nueve horas cero minutos del veinticinco de junio
del dos mil dieciocho, y con la base de diecisiete mil trescientos veintiséis
dólares con treinta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo placa BGL915, marca Mitsubishi, estilo Mirage, categoría automovil,
capacidad 5 personas, año 2015, carrocería sedan 4 puertas Hatchback, color
blanco, tracción 4X2, chasis MMBXTA03AFH000229, vin MMBXTA03AFH000229. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas cero minutos del once de julio del
dos mil dieciocho, con la base de doce mil novecientos noventa y cuatro dólares
con setenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las nueve horas cero minutos del veintisiete de
julio del dos mil dieciocho con la base de cuatro mil trescientos treinta y un
dólares con cincuenta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales
(Veinsa) Sociedad Anónima contra Dora Nidia Osorio Morales. Exp. N°
16-005237-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 15 de noviembre del 2017.—Licda. Kreysa Marín Mata,
Jueza.—( IN2018243470 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las nueve horas y quince minutos del nueve de julio de dos mil dieciocho, y
con la base de once mil doscientos treinta dólares con ochenta y siete
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número
622942, marca Ssang Yong, estilo Rexton RX 270, categoría automóvil, capacidad
7 personas, año 2006, color negro, VIN KPTG0B1FS6P206217. Cilindrada 2874 CC.
combustible diesel. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince
minutos del veintiséis de julio de dos mil dieciocho, con la base de ocho mil
cuatrocientos veintitrés dólares con quince centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
quince minutos del trece de agosto de dos mil dieciocho con la base de dos mil
ochocientos siete dólares con setenta y dos centavos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales
(VEINSA) Sociedad Anónima contra Ariane Sophia Maurach. Exp. N°
15-026582-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 04 de diciembre del año 2017.—Licda. Vanessa Guillen
Rodríguez, Juez.—( IN2018243471 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios,
pero soportando infracciones y colisiones, sumaria 14-600002-0478-TC, a las
nueve horas y cero minutos del treinta de julio de dos mil dieciocho y con la
base de dos millones trescientos ochenta y tres mil novecientos cuarenta y
cuatro colones con setenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo placas número 804211, marca Geely, estilo CK1.3 GT, categoría
automóvil, capacidad 5 personas, año 2009, color negro, vin L6T7524S88N045078,
cilindrada 1300 cc., combustible gasolina, motor Nº MR479Q806274494. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de
agosto de dos mil dieciocho, con la base de un millón setecientos ochenta y
siete mil novecientos cincuenta y ocho colones con cincuenta y dos céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cero minutos del cuatro de setiembre de dos mil dieciocho con
la base de quinientos noventa y cinco mil novecientos ochenta y seis colones
con diecisiete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de vehículos
internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Oscar Alfonso Navarro
Castillo. Exp. N° 16-010426-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 14 de diciembre del 2017.—Licda.
Brenda Vargas Quesada, Jueza.—( IN2018243472 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios, pero soportando colisión bajo sumaria
17-007635-0489-TR con número de boleta 2017235100270 tramitado en Juzgado de
Transito del Primer Circuito Judicial de San José; a las once horas y veinte
minutos del veinticuatro de julio de dos mil dieciocho, y con la base de tres
mil seiscientos quince dólares con sesenta centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo: Placas 716789, marca Peugeot, estilo Berlina,
categoría automóvil, capacidad 5 personas, motor 10DXDQ0029654,
serie/chasis/vin 8AD2AWJYU7G061476, carrocería sedan 4 puertas, tracción 4X2,
año 2007, color gris, cilindrada 1868 cc, cilindros 4, diesel. Para el segundo
remate se señalan las once horas y veinte minutos del diez de agosto de dos mil
dieciocho, con la base de dos mil setecientos once dólares con setenta centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las once horas y veinte minutos del veintiocho de agosto de dos mil dieciocho
con la base de novecientos tres dólares con noventa centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Vehículos Internacionales (Veinsa) Sociedad Anónima contra Rodolfo Antonio
Jimenez Morales. Exp. N° 17-015323-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 8 de enero del 2018.—Licda. Evelyn
Araya Rodríguez, Jueza.—( IN2018243473 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios,
a las trece horas y treinta minutos del veinticinco de junio de dos mil
dieciocho, y con la base de treinta y tres mil cuatrocientos diecinueve dólares
con veintiún centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: libre de
gravámenes prendarios; sáquese a remate los bienes dados en garantía, sea los
siguientes vehículos: 1) Vehículo placas: BFT504, marca: Geely, estilo: GX2,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, color: negro, año fabricación:
2014, vin: LB37422S1EH037036, cilindrada: 1300 c.c. 2) Vehículo placas: BFT506,
marca: Geely, estilo: GX2, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, color:
blanco, año fabricación: 2014, vin: LB37422S5EH037105, cilindrada: 1300 c.c. y
3) El vehículo placas: BFT508, marca: Geely, estilo: GX2, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, color blanco, año fabricación: 2014, vin:
LB37422S8EH037048, cilindrada: 1300 c.c y libre de gravámenes prendarios, pero
soportando colisiones bajo la sumaria 15-001674-0496-TR, 4) vehículo placas:
BFT505, marca: Geely, estilo: GX2, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
color: negro, año fabricación: 2014, vin: LB37422SXEH037035, cilindrada: 1300
c.c. y libre de gravámenes prendarios, pero soportando bajo la sumaria
15-602108-0491-TC 5) Vehículo placas: BFT507, marca: Geely, estilo: GX2,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, color: plateado, año fabricación:
2014, vin: LB37422S7EH037039, cilindrada: 1300 c.c. Para el segundo remate se
señalan las trece horas y treinta minutos del diez de julio de dos mil
dieciocho, con la base de veinticinco mil sesenta y cuatro dólares con cuarenta
y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiséis de julio de
dos mil dieciocho con la base de ocho mil trescientos cincuenta y cuatro
dólares con ochenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales ( VEINSA )
Sociedad Anónima contra Agora Wholesale S. A., expediente Nº
17-013692-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 07 de marzo del 2018.—Licda. Adriana Soto González,
Jueza.—( IN2018243474 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios, pero soportando colisión, sumaria número
17-002691-0494-TR, del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de
Alajuela; a las catorce horas y treinta minutos del doce de junio de dos mil
dieciocho y con la base de ocho mil seiscientos ochenta y un dólares con
sesenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo
placas 619331, marca Ssang Yong estilo Rexton RX 270, categoría automóvil,
serie KPTG0B1FS6P206222, año 2006, carrocería Station Wagon o familiar color
violeta tracción 4x4, cilindrada 2874cc, combustible diesel. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintisiete de junio
de dos mil dieciocho, con la base de seis mil quinientos once dólares con
veintitrés centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del doce de julio de dos
mil dieciocho con la base de dos mil ciento veinte dólares con cuarenta y un
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Luis
Gerardo Solís Porras. Exp. N° 17-013918-1338-CJ.—Juzgado Tercero
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de san José, 08 de
noviembre del 2017.—Licda. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—( IN2018243476 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del doce de junio de
dos mil dieciocho, y con la base de siete mil ciento ochenta y nueve dólares
con seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: 734341.
Marca: Mitsubishi; estilo: Lancer; capacidad: 5 personas; año: 2003; color:
gris; categoría: automóvil; carrocería: Sedan 4 puertas; tracción: 4x2; chasis:
CS6A3U120743; N° motor: 4G94PQ7894; cilindrada: 2000 c. c.; cilindros: 4; combustible:
gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del
veintisiete de junio de dos mil dieciocho, con la base de cinco mil trescientos
noventa y un dólares con setenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos
del trece de julio de dos mil dieciocho con la base de mil setecientos noventa
y siete dólares con veintiséis centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales
(VEINSA) Sociedad Anónima contra Christopher Cordero Díaz. Exp:
17-001077-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 19 de febrero del 2018.—Licda. Kathya María Araya
Jácome, Jueza.—( IN2018243477 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del
quince de junio de dos mil dieciocho y con la base de dos mil doscientos
cincuenta y dos colones con noventa y dos céntimos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Vehículo placas número 549316, marca Nissan, estilo X-Trail
capacidad para 5 personas, categoría automóvil, año 2004, color azul, vin
JN1TENT30Z0002449, cilindrada 2184 cc., combustible diesel, motor Nº
YD22102216A. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y
cinco minutos del tres de julio de dos mil dieciocho, con la base de mil
seiscientos ochenta y nueve colones con sesenta y nueve céntimos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas
y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de julio de dos mil dieciocho con la
base de quinientos sesenta y tres colones con veintitrés céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). NOTA: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Carlos Alberto de
Jesús Brenes Hernández. Exp. N° 17-007930-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de febrero
del 2018.—Lic. Giovanni Morales Mora, Juez.—( IN2018243478 ).
En la puerta exterior de este Despacho; a las
ocho horas treinta minutos del cuatro de junio del dos mil dieciocho y con la
base de cuatro millones novecientos setenta y siete mil cuatrocientos ochenta y
ocho colones con ochenta y cuatro céntimos (¢4.977.488,84), en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo placas números doscientos sesenta y dos mil trescientos
noventa y ocho, marca Nissan, estilo: Pathfinder SE, asiento: setecientos
cincuenta y cinco mil trescientos cuarenta y dos del tomo: cero cero cero dos,
secuencia: cero cero uno, capacidad, cinco personas, año: mil novecientos
noventa y siete, chasis: JN UNO TAZR cincuenta TW cero cero dos cero cinco
cuatro, color: blanco, categoría automóvil, tracción cuatro X cuatro,
carrocería: Station Wagon o familiar, motor VG tres tres cero ocho nueve cero
ocho seis A. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos
del diecinueve de junio del dos mil dieciocho, con la base de tres millones
setecientos treinta y tres mil ciento dieciséis colones con sesenta y tres
céntimos (¢3.733.116,63) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de julio del dos
mil dieciocho, con la base de un millón doscientos cuarenta y cuatro mil
trescientos setenta y dos colones con veintiún céntimos (¢1.244.372,21) (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales Veinsa Sociedad
Anónima contra Trino Fernando Matarrita Matarrita. Expediente:
09-001050-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 22 de febrero del 2018.—Msc.
Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—( IN2018243479 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del
cinco de junio de dos mil dieciocho, y con la base de un millón trescientos
setenta y un mil seiscientos sesenta y dos colones con sesenta y siete
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: 313841; marca
Toyota, estilo: 4 Runner, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año:
1999, color: gris, vin: no indica, N° motor: 0685121, combustible: gasolina,
cilindrada: 3400 c.c. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y
cuarenta y cinco minutos del veinte de junio del dos mil dieciocho, con la base
de un millón veintiocho mil setecientos cuarenta y siete colones con un
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de julio del dos
mil dieciocho, con la base de trescientos cuarenta y dos mil novecientos quince
colones con sesenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales
(VEINSA) Sociedad Anónima contra Mario Enrique Gerardo Céspedes Zamora.
Expediente N° 17-004083-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 21 de febrero del 2018.—Lic. Gerardo Monge
Blanco, Juez.—( IN2018243480 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales; a las catorce horas y quince
minutos del uno de junio de dos mil dieciocho, y con la base de once mil
seiscientos cuarenta y tres dólares con cuarenta y nueve centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas 633746, marca Land Rover, estilo
Discovery 3, categoría automóvil, capacidad 7 personas, serie/chasis/Vin
SALLAAA146A377240, carrocería todo terreno 4 puertas, tracción 4X4, año 2006,
color azul, número de motor 0093761276DT, cilindrada: 2700 cc, combustible
diesel. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos
del diecinueve de junio de dos mil dieciocho, con la base de ocho mil
setecientos treinta y dos dólares con sesenta y dos centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y quince minutos del cinco de julio de dos mil dieciocho con la base de dos mil
novecientos diez dólares con ochenta y siete centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Vehículos Internacionales (Veinsa) Sociedad Anónima contra Andrés Guillermo
Arrones Aguilar y Mitzi Vanessa Abarca Bonilla. Exp. N° 18-001150-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de
febrero del 2018.—Licda. María del Carmen Vargas González, Jueza.—(
IN2018243481 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las dieciséis horas y cero minutos del seis de
junio de dos mil dieciocho -4:00 p. m. 06/06/2018- y con la base de quince mil
quinientos setenta y seis dólares con noventa y un centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo placa CL-240.418, marca Mitsubishi, categoría
carga liviana, vin FB71PBA00502, año 2009, color blanco, cilindrada 3.900 cc.
Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del
veintiuno de junio de dos mil dieciocho -4:00 p. m. 21/06/2018-, con la base de
once mil seiscientos ochenta y dos dólares con sesenta y ocho centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las dieciséis horas y cero minutos del seis de julio de dos mil dieciocho -4:00
p. m. 06/07/2018- con la base de tres mil ochocientos noventa y cuatro dólares
con veintitrés centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten
la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente
edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente
al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa
Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos
Internacionales Veinsa S. A. contra Guillermo Martínez Ugalde. Exp.:
11-002499-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 15 de
marzo del 2018.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Juez.—( IN2018243482 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes prendarios, a las dieciséis horas y cero minutos del cinco de
junio del dos mil dieciocho (04:00 p. m. 05/06/2018), y con la base de
quinientos diecinueve mil novecientos trece colones con dieciocho céntimos, en
el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas: MOT-307061, marca:
Geely, categoría: motocicleta, vin: LB2ACJ005A5900098, año: 2011, color:
dorado, cilindrada: 125 C.C. Para el segundo remate, se señalan las dieciséis
horas y cero minutos del veinte de junio del dos mil dieciocho (04:00 p. m.
20/06/2018), con la base de trescientos ochenta y nueve mil novecientos treinta
y cuatro colones con ochenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las dieciséis horas y cero
minutos del cinco de julio del dos mil dieciocho (04:00 p. m. 05/07/2018), con
la base de ciento veintinueve mil novecientos setenta y ocho colones con
treinta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso
de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma
correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se
consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que
se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales
Veinsa S. A. contra David Maurice Lang Monestel. Expediente Nº
12-009208-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 15 de
marzo del 2018.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2018243483 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del cuatro de junio
de dos mil dieciocho, y con la base de setecientos veintidós mil quinientos
setenta y siete colones con veintiséis céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Sea el vehículo 217714, marca Toyota, estilo Corolla, categoría
automóvil, capacidad cinco personas, año mil novecientos ochenta y siete,
carrocería sedan cuatro puertas, color dorado, combustible gasolina, chasis
JT2AE82E1H3481540, motor 4A6973170. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y cero minutos del diecinueve de junio de dos mil dieciocho, con la base
de quinientos cuarenta y un mil novecientos treinta y dos colones con noventa y
cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de julio de dos mil
dieciocho con la base de ciento ochenta mil seiscientos cuarenta y cuatro
colones con treinta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales
Veinsa Sociedad Anónima contra Ana Lucia Soto Rodríguez Exp:09-000706-0346-CI.—Juzgado
Civil de Menor Cuantía de Cartago (Materia Civil), 2 de abril del
2018.—Licda. Hellen Gutiérrez Desanti, Jueza.—( IN2018243484 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las nueve horas del primero de junio del dos mil dieciocho, y con la base de
dos millones seiscientos treinta y nueve mil quinientos colones exactos
(¢2.639.500,00), en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas
número CL-195607, marca Nissan, estilo D21, categoría carga liviana, capacidad
3 personas, año 1994, color verde, vin 1N6SD11Y1RC326017, cilindrada 2400 cc.,
combustible gasolina, motor Nº KA24854658. Para el segundo remate se señalan
las nueve horas del dieciocho de junio del dos mil dieciocho, con la base de un
millón novecientos setenta y nueve mil seiscientos veinticinco colones exactos
(¢1.979.625,00) (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las nueve horas del tres de julio del dos mil dieciocho con
la base de seiscientos cincuenta y nueve mil ochocientos setenta y cinco
colones exactos (¢659.875,00) (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales VEINSA S. A.,
contra Ilse Mora Granda. Exp. N° 06-001409-0183-CI.—Juzgado Cuarto Civil de
San José, 19 de marzo del 2018.—Licda. Ivannia Jiménez Castro, Juez.—(
IN2018243485 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios y anotaciones; a las ocho horas y cero minutos del
dieciocho de junio del año dos mil dieciocho, y con la base de sesenta millones
novecientos siete mil novecientos sesenta y tres colones con noventa y un
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número doscientos cuatro mil seiscientos quince cero
cero cero la cual es terreno de solar con una construcción. Situada en el
distrito 1-Liberia, cantón 1-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, Ganadera Santa Ana Liberia S. A.; al sur, calle pública con un frente
a ella de treinta y dos metros; al este, Ganadera Santa Ana Liberia S. A. y al oeste,
Ganadera Santa Ana Liberia S. A. Mide: cinco mil cinco metros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del tres de julio
del año dos mil dieciocho, con la base de cuarenta y cinco millones seiscientos
ochenta mil novecientos setenta y dos colones con noventa y tres céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y cero minutos del dieciocho de julio del año dos mil dieciocho
con la base de quince millones doscientos veintiséis mil novecientos noventa
colones con noventa y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L. contra
Ganadera Santa Ana Liberia S. A., Jorge Manuel Leiva Milano. Exp:
18-001175-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 24 de abril del
2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018243490 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del veinte de
junio del dos mil dieciocho, y con la base de tres millones seiscientos setenta
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas
887333, marca: Toyota, estilo: RAV4, categoría: automóvil, capacidad: 4
personas, carrocería: todo terreno 4 puertas, número de chasis: SXA117136688,
año de fabricación: 1999, color: negro, cilindrada: 2000 c.c., cilindros: 4,
potencia: 128 KW, combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y treinta minutos del cinco de julio del dos mil dieciocho, con la
base de dos millones setecientos cincuenta y dos mil quinientos colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y treinta minutos del veinte de julio del dos mil dieciocho con
la base de novecientos diecisiete mil quinientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución sentencia de José
Luis Morales Salas contra Jason Hernán Duarte Duarte. Expediente Nº
15-000095-0691-CI.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela
(San Ramón) (Materia Civil), 09 de abril del 2018.—Lic. Emileth Molina
Rosales, Jueza.—( IN2018243517 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del veintinueve
de junio de dos mil dieciocho y con la base de diez mil novecientos treinta y
tres dólares con cincuenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo: placas número DJC108, marca BYD, estilo F3, categoría
automóvil, capacidad 5 personas, año 2015, color blanco, Vin LGXCG6DF2F0000748,
cilindrada 1500 cc, combustible gasolina, motor N° BYD473QE214340759. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de
julio de dos mil dieciocho, con la base de ocho mil doscientos dólares con
diecinueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del tres de agosto de dos
mil dieciocho, con la base de dos mil setecientos treinta y tres dólares con
treinta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de MB Créditos S. A. contra Julio Cesar Aguilar Jiménez.
Expediente: 17-008352-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
10 de mayo del 2018.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2018243526 ).
PRIMERA
PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho,
soportando hipoteca de primer grado citas: 0564-00005846-01-0002-001, por la
suma de cuarenta mil seiscientos dólares, a las trece horas con treinta minutos
del seis de agosto del dos mil dieciocho (01:30 p. m. del 06/08/18), por la
base de sesenta y ocho millones seiscientos cuarenta mil quinientos treinta y
ocho colones, en el mejor postor, remataré lo siguiente: la propiedad del
partido de Alajuela, matrícula de Folio Real Nº 358181-001-002, que es terreno
para construir, bosques y charrales. Ubicada: distrito 03, cantón 03, Grecia,
con una medida de siete mil trescientos diez metros con setenta y cuatro
decímetros cuadrados. Linderos: norte, lote 10 y resto; sur, lote 12; este, río
Achiote y oeste, calle pública. En caso de no haber postores, para el segundo
remate, se señalan las trece horas con treinta minutos del veintidós de agosto
del dos mil dieciocho (01:30 p. m. del 22/08/18), por la base de cincuenta y un
millones cuatrocientos ochenta mil cuatrocientos tres colones con cincuenta
céntimos. De no apersonarse rematante alguno, para el tercer remate, se señalan
las trece horas con treinta minutos del seis de setiembre del dos mil dieciocho
(01:30 p. m. del 06/09/2018), con la base de diecisiete millones ciento sesenta
mil ciento treinta y cuatro colones con cincuenta céntimos. Nota: Se le informa
a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda, que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso de pensión
alimentaria promovido por el Saray Navarrete Bonilla contra Manuel Alfonso
Jiménez Acuñas, bajo el expediente Nº 07-001235-0772-TP que se tramita en
este.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de San Sebastián de San
José, 04 de mayo del 2018.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018243612 ).
En la puerta exterior de este Despacho; a las nueve horas del miércoles
dieciocho de julio del dos mil dieciocho y con la base de ochocientos veinte
mil novecientos veintitrés dólares exactos ($820.923,00) para cada finca dada
en garantía, en el mejor postor remataré lo siguiente: Fincas inscritas en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real número: 1.) Doscientos ochenta y seis mil novecientos diecisiete
guión cero cero cero (fr SJ-286917-000), la cual es terreno de montes. Situada
en el distrito Sabanillas, cantón Acosta, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Delfin Ortega, Saul Muñoz, Río Colorado, Ángel López y camino; al
sur, Río Colorado y Seledino Chinchilla; al este, camino; y al oeste,
Municipalidad de Aserrí. Mide: un millón veinticinco mil ciento treinta y ocho
metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. plano: SJ-0012843-1975; libre
de gravámenes pero soportando un Arrendamiento de finca bajo las citas:
577-28334-01-0001-001, así como Afectaciones y Limitaciones de la Ley Forestal
7575, bajo las citas: 2009-42431-01-0008-001; 2.) Quinientos treinta y seis mil
ochocientos setenta y nueve guión cero cero cero (fr SJ-536879-000) la cual es
terreno de potrero. Situada en el Distrito Sabanillas, cantón Acosta, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Marcos Monge Valverde, Guillermo
Ulloa Marín, servidumbre de paso, Marvin Rodolfo Monge Valverde y Río
Parritilla; al sur, Rodolfo Rodríguez Ríos y Ascequia; al este, Marvin Rodolfo
Monge Valverde, Ascequia y Víctor Moreno Chacón; y al oeste, Huberth Monge
Valverde, Ascequia y Marvin Rodolfo Monge Valverde, El Cangrejo y El Pelicano
S. A. Mide: trescientos veintisiete mil ciento noventa y cuatro metros con
ochenta y un decímetros cuadrados. Plano: SJ-0792723-2002; libre de gravámenes
pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 319-07992-01-0906-001,
366-11318-01-0904-001, y 366-11318-01-0905-001; así como un arrendamiento de
finca bajo las citas: 577-28378-01-0001-001, y afectaciones y limitaciones de
la Ley Forestal 7575, bajo las citas: 2009-42431-01-0004-001; 3.) Trescientos
ochenta y dos mil quinientos cincuenta y cinco guión cero cero cero (fr
SJ-382555-000) la cual es terreno de agricultura lote 97-5. Situada en el
distrito Sabanillas, cantón Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Álvaro Castro; al sur, sucesión de Juan Arias; al este, calle pública; y
al oeste, Río Tiquires. Mide: Ochocientos cuarenta y un mil ciento ochenta y
ocho metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Plano: SJ-0888280-1990;
libre de gravámenes pero soportando condiciones bajo las citas:
383-16147-01-0957-001; así como un arrendamiento de finca bajo las citas:
2010-141365-01-0001-001, y afectaciones y limitaciones de la Ley Forestal 7575,
bajo las citas: 2012-79646-01-0001-001; 4.) Quinientos treinta y seis mil
novecientos cuarenta guión cero cero cero (fr SJ-536940-000) la cual es terreno
de Potrero. Situada en el distrito Sabanillas, cantón Acosta, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, Ali Díaz Murcia; al sur, Río Parritilla,
Alfonso Ulloa Chaves, Marvin Monge Valverde, Servidumbre de Paso y Río
Parritilla; al este, Raúl Mesen Mora y Ascequia; y al oeste, Huberth Gerardo
Monge Valverde y Servidumbre de Paso. Mide: trescientos treinta y nueve mil
setecientos noventa y dos metros con ochenta y siete decímetros cuadrados.
Plano: SJ-0791476-2002; libre de gravámenes pero soportando reservas y
restricciones bajo las citas: 319-07992-01-0904-001, 366-11318-01-0901-001, y
366-11318-01-0902-001; así como un arrendamiento de finca bajo las citas:
577-28373-01-0001-001 y afectaciones y limitaciones de la Ley Forestal 7575,
bajo las citas: 2009-42431-01-0007-001; 5.) Trescientos cuarenta y ocho mil
quinientos sesenta guión cero cero cero (fr SJ-348560-000) la cual es terreno
de Repastos, Charral y Casa. Situada en el distrito Sabanillas, cantón Acosta,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, Isidro Chinchilla Arias; al
sur, Edwin Chinchilla Arias; al este, calle pública con 796m 01cm frente; y al
oeste, Rafael Díaz y quebrada San Jerónimo. Mide: trescientos cincuenta y siete
mil seiscientos cuarenta y seis metros con noventa y nueve decímetros
cuadrados. Plano: SJ-0646688-1986; libre de gravámenes pero soportando un
arrendamiento de finca bajo las citas: 577-28376-01-0001-001 y afectaciones y
limitaciones de la Ley Forestal 7575, bajo las citas: 2009-42431-01-0006-001 y
2014-75519-01-0001-001; 6.) Trescientos cuarenta y seis mil ciento cuarenta y
ocho guión cero cero cero (fr SJ-346148-000) la cual es terreno de repasto,
charral y una casa. Situada en el distrito Sabanillas, cantón Acosta, de la
provincia de San José. Colinda: al noreste, Isidro Chinchilla Arias; al noroeste,
Isidro Chinchilla Arias en parte, Municipalidad de Aserrí, quebrada sin nombre
en medio y Quebrada San Jerónimo en medio de Rafael Díaz Falla; al sureste,
camino público con un frente de 796.01 metros; y al suroeste, Alexis
GerardoGodínez Vindas y Quebrada San Jerónimo en parte. Mide: trescientos
ochenta y seis mil doscientos noventa y dos metros con setenta y seis
decímetros cuadrados. Plano: SJ-0646738-1986; libre de gravámenes pero
soportando un arrendamiento de finca bajo las citas: 577-28332-01-0001-001, y
afectaciones y limitaciones de la Ley Forestal 7575, bajo las citas:
2009-42431-01-0005-001 y 2014-75517-01-0001-001; 7.) Doscientos setenta y un
mil quinientos diecisiete guión cero cero cero (fr SJ-271517-000) la cual es
terreno de agricultura. Situada en el distrito Sabanillas, cantón Acosta, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, camino público (Soledad-Zoncuano); al
sur, Río Zoncuano; al este, camino público de Acosta a Parrita y Río Zoncuano;
y al oeste, Wilber Vargas Brenes y Javier Martín Elizondo Prado. Mide:
cuatrocientos ochenta y nueve mil cuatrocientos noventa y ocho metros con
ochenta y cuatrodecímetros cuadrados. Plano: SJ-0134640-1993; libre de
gravámenes pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 319-07992-01-0801-001
y 319-07992-01-0802-001; así como un Arrendamiento de finca bajo las citas:
577-28337-01-0001-001, y afectaciones y limitaciones de la Ley Forestal 7575,
bajo las citas: 2009-42431-01-0002-001; 8.) Doscientos setenta y tres mil
ochenta y ocho guión cero cero cero (fr SJ-273088-000) la cual es terreno de
potrero con una casa. Situada en el distrito Sabanillas, cantón Acosta, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Alfonso Ulloa Piedra y Quebrada; al
sur, Isidro ChavesValverde y Quebrada; al este, calle pública con 10.00 metros
ancho; y al oeste, Marvin Monge Valverde. Mide: ciento sesenta y cuatro mil
ciento cuatro metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Plano:
SJ-0960410-2004; libre de gravámenes pero soportando condiciones bajo las
citas: 321-01607-01-0902-010; así como un arrendamiento de finca bajo las
citas: 577-28370-01-0001-001, y afectaciones y limitaciones de la Ley Forestal
7575, bajo las citas: 2009-42431-01-0003-001; 9.) Quinientos ochenta y dos mil
cuatrocientos ochenta y siete guión cero cero cero (fr SJ-582487-000) la cual
es terreno de potrero y agricultura. Situada en el distrito Sabanillas, cantón
Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Guillermo Monge Marín y
Isidro RiveraChávez; al sur, Bienvenido Arias Piedra, Víctor Moreno Chacón,
Melissa Moreno Rojas y calle pública 89 mts 50 cms; al este, Adita Carrillo
Sánchez; y al oeste, Guillermo Monge Marín. Mide: seiscientos treinta y seis
mil cincuenta y dos metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Plano:
SJ-1140872-2007; libre de gravámenes pero soportando condiciones y reservas
bajo las citas: 318-11359-01-0902-023, y 318-11359-01-0903-010; reservas y
restricciones bajo las citas: 319-07992-01-0901-021; así como un arrendamiento
de finca bajo las citas: 577-28335-01-0001-001, y afectaciones y limitaciones
de la Ley Forestal 7575, bajo las citas: 2009-42431-01-0001-001 y
2014-75514-01-0001-001; 10.) Ciento setenta y siete mil ciento veintisiete
guión cero cero cero (fr SJ-177127-000) la cual es terreno de Pasto y Montaña.
Situada en el distrito Chires, cantón Puriscal, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Arnoldo Vega González; al sur, Quebrada Chorro en medio de
Fournier Vega Madrigal; al este, calle pública, Danilo y Rigoberto Vega Hidalgo;
y al oeste, Arnoldo Vega González. Mide: un millón ciento setenta y un mil
ochocientos tres metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Plano:
SJ-0603324-1999; Libre de gravámenes pero soportando Servidumbre de Líneas
Eléctricas y de Paso bajo las citas: 559-09182-01-0002-001, y Afectaciones y
Limitaciones de la Ley Forestal 7575, bajo las citas: 578-23144-01-0001-001 y
2014-75521-01-0001-001; 11.) Doscientos sesenta y siete mil dos guión cero cero
cero (fr SJ-267002-000) la cual es terreno de pasto natural y charral lote
91-54. Situada en el distrito Chires, cantón Puriscal, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, Río Caliente; al sur, calle con un frente de 1500,00
metros e Isauro Jiménez; al este, Isauro Jiménez, Dimas y Jorge Díaz; y al oeste,
calle y Río Caliente. Mide: seiscientos ochenta y nueve mil setenta y tres
metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Plano: SJ-1138212-2007; libre
de gravámenes pero soportando Reservas a la Ley Forestal bajo las citas:
405-06810-01-0003-001; así como afectaciones y limitaciones de la Ley Forestal
7575, bajo las citas: 578-23144-01-0003-001 y 2014-75521-01-0001-001; 12.)
Trescientos tres mil setecientos quince guión cero cero cero (fr SJ-303715-000)
la cual es terreno de pastos y montaña. Situada en el distrito Mercedes Sur,
cantón Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Río Tulin y
Agrícola Matusalen S. A.; al sur, Aníbal Madrigal Chavarría, Mario Fernández
Fernández y Arnoldo Vega González; al este, calle pública con 996,55 m y Mario
Fernández Fernández; y al oeste, Río Tulin y Aníbal Madrigal Chavarría. Mide:
ochocientos dieciocho mil cuatrocientos dieciocho metros con setenta y nueve
decímetros cuadrados. Plano: SJ-0563324-1999; Libre de gravámenes pero
soportando Condiciones y Limitaciones bajo las citas: 333-06696-01-0900-001;
así como un Arrendamiento de finca bajo las citas: 577-28338-01-0001-001; y
13.) Doscientos treinta y siete mil seiscientos cuarenta y seis guión cero cero
cero (fr SJ-237646-000) la cual es terreno de repasto con dos casas. Situada en
el distrito Chires, cantón Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Arnoldo Vega González; al sur, Quebrada Chorro en medio de Moises
Badilla Berrocal; al este, Rafael Badilla e Isidro López; y al oeste, quebrada
en medio Fournier Vega Madrigal y calle pública. Mide: un millón trescientos
setenta y un mil trescientos treinta metros con sesenta y ocho decímetros
cuadrados. Plano: SJ-0605221-2000; libre de gravámenes pero soportando
afectaciones y limitaciones de la Ley Forestal 7575, bajo las citas:
578-23144-01-0002-001 y 2014-75521-01-0001-001. De no haber postores, para
llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas del lunes seis de
agosto del dos mil dieciocho, con la base de seiscientos quince mil seiscientos
noventa y dos dólares con veinticinco centavos ($615.692,25) (rebajada en un
25%) cada una de las fincas. De no apersonarse rematantes, para el tercer
remate, se señalan las nueve horas del miércoles veintidós de agosto del dos
mil dieciocho, con la base de doscientos cinco mil doscientos treinta dólares
con setenta y cinco centavos ($205.230,75) (un 25% de la base original) cada
una de las fincas. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Gotthard Graf Pilati Von
Thassul Zu Daxberg contra Segunda Plantación Austriaca Teca Sociedad Anónima.
Expediente Nº 17-001899-1044-CJ.—Juzgado Agrario del Segundo
Circuito Judicial de San José, 11 de mayo del 2018.—Dra.
Vanessa Fisher González, Jueza.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018243613 ).
En la puerta exterior de este Despacho a las
nueve horas del veintitrés de julio del dos mil dieciocho, con la base de
veintidós millones quinientos treinta y dos mil trescientos veinte colones con
cincuenta y seis céntimos, libre de anotaciones, pero soportando hipoteca de
primer grado, según citas 0572-00074743-01-0001-001, se rematará el bien dado
en garantía, sea la finca de Heredia, matrícula número ciento cuarenta y siete
mil setecientos ochenta y nueve-cero cero cero (147789-000), naturaleza:
naturaleza: terreno para construir con dos casas, situada en el distrito quinto
Vara Blanca, cantón primero Heredia, de la provincia de Heredia. Linderos:
norte, calle pública con 17,12 metros de frente, sur, Paul Robert Echeverría,
este, Quebrada Azufre, oeste, calle pública en mal estado. Mide: siete mil
metros cuadrados, con plano H-0017893-1991. De no haber postores, para llevar a
cabo el segundo remate, con la base rebajada en un veinticinco por ciento, sea
la suma de dieciséis millones ochocientos noventa y nueve mil doscientos
cuarenta colones con cuarenta y dos céntimos, se señalan las nueve horas del
nueve de agosto del dos mil dieciocho. De no apersonarse postores, para el
tercer remate, con el veinticinco por ciento de la base original, sea la suma
de cinco millones seiscientos treinta y tres mil ochenta colones con catorce
céntimos, se señalan las nueve horas del veintisiete de agosto del dos mil
dieciocho. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. Lo anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Alexis Morera Esquivel. Exp: 17-006078-1158-CJ.—Juzgado Agrario del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 09 de mayo del 2018.—Licda. María
Carolina Hurtado García, Jueza.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018243614 ).
A las nueve horas del seis de julio del dos
mil dieciocho, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor
postor, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada al
tomo: 318, asiento: 05227, consecutivo: 01, secuencia: 0901, subsecuencia: 001,
para el primer remate y con la base de capital sea la suma de cinco millones de
colones netos, remataré: el fundo hipotecado del partido de Alajuela, matrícula
número trescientos nueve mil quinientos setenta y dos-cero cero cero, que es
terreno de solar. Sito: en el distrito 04 Aguas Zarcas, cantón 10 San Carlos,
de la provincia de Alajuela. Lindante: al norte, Leonel Alfaro Arrieta; al sur,
calle pública; al este, Flor Castro Campos, y al oeste, Leonel Alfaro Arrieta,
el cual mide: trescientos trece metros con cincuenta decímetros cuadrados,
según plano Nº A-0343419-1996, propiedad de la demandada Luz Denia Alfaro
Quirós. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta
y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de
tres millones setecientos cincuenta mil colones netos, se señalan las nueve
horas del veintitrés de julio del dos mil dieciocho. En la eventualidad de que
en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y
con la base del veinticinco por ciento de la base original, o se la suma de un
millón doscientos cincuenta mil colones exactos, se señalan las nueve horas del
siete de agosto del dos mil dieciocho. Lo anterior por estar así ordenado en
proceso de ejecución hipotecaria Nº 18-000057-0298-AG establecida por Fundación
Unión y Desarrollo de las Comunidades Campesinas (FUNDECOCA), contra Luz Denia
Alfaro Quirós.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
Ciudad Quesada, 30 de abril del 2018.—Licda. Ana Milena Castro Elizondo,
Jueza Agraria.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018243615 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del veintinueve de
junio del dos mil dieciocho, y con la base de veintiséis mil quinientos dólares
exactos ($26,500.00), en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo:
placas número BKV087, marca Hyundai, estilo Creta GL, categoría automóvil,
capacidad 5 personas, año 2017, color plateado, vin MALC281CBHM058107,
cilindrada 1600 c.c., combustible gasolina, motor Nº G4FGFU675056. Para el
segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de
julio del dos mil dieciocho, con la base de diecinueve mil ochocientos setenta
y cinco dólares exactos ($19,875.00) (rebajada en un veinticinco por ciento), y
para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de
agosto del dos mil dieciocho, con la base de seis mil seiscientos veinticinco
dólares exactos ($6,625.00) (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Xinia María
Solano Garro. Expediente N° 17-010658-1763-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 20 de abril
del 2018.—Licda. Margarita Mena Gutiérrez, Juez.—( IN2018243625 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las nueve
horas y cero minutos del siete de agosto de dos mil dieciocho, y con la base de
diez millones cuatrocientos treinta y siete mil seiscientos noventa y ocho
colones con sesenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento siete mil trescientos
catorce cero cero cero la cual es terreno para construir actualmente con una
casa. Situada en el distrito 4-Roxana, cantón 2-Pococi, de la provincia de
Limón. Colinda: al norte, Carlos David Campos Callado; al sur, Marisla Espinoza
Mayorga; al este, Carlos Luis Chacón Camacho y al oeste, calle pública con
quince metros sesenta y cinco centímetros. Mide: doscientos treinta y siete
metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las nueve horas y cero minutos del veintitrés de agosto de dos mil dieciocho,
con la base de siete millones ochocientos veintiocho mil doscientos setenta y
tres colones con noventa y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos
del siete de setiembre de dos mil dieciocho con la base de dos millones
seiscientos nueve mil cuatrocientos veinticuatro colones con sesenta y cinco
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Hellen Rita Medina
Díaz, José David Bejarano Aguilar. Exp: 18-000448-1209-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 10 de mayo del 2018.—Licda.
Yency Vargas Salas, Jueza.—( IN2018243628 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y treinta minutos del seis de
julio del dos mil dieciocho, y con la base de treinta y cinco millones
setecientos once mil ciento cuarenta y cuatro colones con siete céntimos, en el
mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número sesenta y cuatro mil trescientos sesenta y dos cero cero cero,
la cual es terreno de solar con una casa. Situada: en el distrito 1-Guápiles,
cantón 2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Mireya Ortega
Arce; al sur, Mario Alberto Arias, Adán René Arias y Marco Tulio Quirós; al
este, Mario Alberto Arias, Adán René Arias y Marco Tulio Quirós, y al oeste,
calle pública con un frente de 10 metros 02 centímetros. Mide: trescientos diez
metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se
señalan las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de julio del dos mil
dieciocho, con la base de veintiséis millones setecientos ochenta y tres mil
trescientos cincuenta y ocho colones con cinco céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas
y treinta minutos del nueve de agosto del dos mil dieciocho, con la base de
ocho millones novecientos veintisiete mil setecientos ochenta y seis colones
con dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Walter Roberto
Solano Ramírez. Expediente Nº 18-000445-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 07 de mayo del 2018.—Licda. Yency Vargas
Salas, Jueza.—( IN2018243631 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso, reservas y
restricciones; a las ocho horas y treinta minutos del dos de julio del dos mil
dieciocho, y con la base de veinticinco millones de colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número setenta y nueve mil ochocientos setenta y seis cero cero cero,
la cual es terreno lote C once, terreno con una casa de habitación. Situada: en
el distrito 05 Cariari, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al
norte, 9.00 metros con calle pública; al sur, 9.00 metros con Carlos Abarca
Mora; al este, 19.00 metros con Carlos Abarca Mora, y al oeste, 19.00 metros
con Carlos Abarca Mora. Mide: ciento setenta y un metros cuadrados. Para el
segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de
julio del dos mil dieciocho, con la base de dieciocho millones setecientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para
la tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de
agosto del dos mil dieciocho, con la base de seis millones doscientos cincuenta
mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se
les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Nelson
Junior Vargas Delgado. Expediente N° 18-000371-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 03 de mayo del 2018.—Licda. Yency
Vargas Salas, Jueza.—( IN2018243636 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del
veintisiete de junio del dos mil dieciocho, y con la base de dos millones
ciento treinta y cinco mil trescientos catorce colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo: placas N° 861287, marca Chevrolet,
estilo Corsa, categoría automóvil, año 2005, color plateado, vin
8AGXM68R45R100070, cilindrada 1800 cc. Para el segundo remate, se señalan las
ocho horas y cuarenta y cinco minutos del doce de julio del dos mil dieciocho,
con la base de un millón seiscientos uno mil cuatrocientos ochenta y cinco
colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para
la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del
treinta y uno de julio del dos mil dieciocho, con la base de quinientos treinta
y tres mil ochocientos veintiocho colones con cincuenta céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Instacredit S. A. contra María Magdalena Johanning Martinez. Expediente N°
17-005536-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 12 de marzo del 2018.—Lic. Esteban Herrera Vargas,
Juez.—( IN2018243778 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del
veintisiete de junio de dos mil dieciocho, y con la base de un millón
cuatrocientos ochenta y seis mil trescientos colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número CL 219494. Marca Isuzu.
Estilo NPR. Categoría carga liviana. Capacidad 3 personas. Año 1999. Color
blanco. Vin JALC4B142X7005599. Cilindrada 4800 c.c Para el segundo remate se
señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del doce de julio de dos mil
dieciocho, con la base de un millón ciento catorce mil setecientos veinticinco
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del treinta y uno
de julio de dos mil dieciocho con la base de trescientos setenta y un mil
quinientos setenta y cinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Rafael
Ángel de La Trinidad Moreno Murillo Exp:17-007359- 1044-CJ.—Juzgado Primero
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 15 de marzo
del 2018.—Licda. Adriana Soto González, Jueza.—( IN2018243779 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del veintiséis de
junio del dos mil dieciocho, y con la base de novecientos cuarenta y cuatro mil
sesenta y un colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo: placas número MOT 514606, marca Freedom, estilo ZS 200-7, categoría
motocicleta, capacidad 2 personas, año 2017, color negro, vin
LBMPCML30H1000297, cilindrada 197 cc. Para el segundo remate, se señalan las
once horas y cero minutos del once de julio del dos mil dieciocho, con la base
de setecientos ocho mil cuarenta y cinco colones con setenta y cinco céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las once horas y cero minutos del treinta de julio del dos mil dieciocho con la
base de doscientos treinta y seis mil quince colones con veinticinco céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Instacredit S. A. contra José Francisco Sandino Hernández.
Expediente N° 17-007460-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 13 de marzo del 2018.—Licda. Adriana
Soto González, Juez.—( IN2018243780 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones bajo las sumarias número
17-000218-0492-TC Y 17- 000419-0489-TR; a las once horas y treinta minutos del
veintiséis de junio de dos mil dieciocho, y con la base de tres millones ciento
cincuenta y cinco mil quinientos treinta colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BHK017. Marca Toyota. Estilo
Echo. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2000. Color verde. Vin
JTDBT1239Y0031515. Cilindrada 1500 CC. Para el segundo remate se señalan las
once horas y treinta minutos del once de julio de dos mil dieciocho, con la
base de dos millones trescientos sesenta y seis mil seiscientos cuarenta y
siete colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del treinta
de julio de dos mil dieciocho con la base de setecientos ochenta y ocho mil
ochocientos ochenta y dos colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Instacredit S. A. contra Eylen María Salazar Monge. Exp. 17-009202-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de
marzo del 2018.—Licda. Adriana Soto González, Jueza.—( IN2018243781 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las nueve horas quince minutos del diecinueve de
junio del dos mil dieciocho, y con la base de dos millones seiscientos cuarenta
y cinco mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas
número BGJ713. Marca Hyundai. Estilo Accent. Categoría automóvil. Año 2000.
Color azul. Vin KMHCG41FPYU152025. Cilindrada 1500 c.c Combustible gasolina.
Para el segundo remate se señalan las nueve horas quince minutos del cuatro de
julio del dos mil dieciocho, con la base de un millón novecientos ochenta y
tres mil setecientos cincuenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas quince minutos del
diecinueve de julio del dos mil dieciocho con la base de seiscientos sesenta y
un mil doscientos cincuenta colones (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Alicia Anastasia
Valle Rocha. Exp. N° 15-046884-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 9 de noviembre del 2017.—Licda.
Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—( IN2018243783 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las diez horas y veinte minutos del once de junio
del dos mil dieciocho, y con la base de novecientos ochenta y nueve mil ciento
catorce colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo
placas Mot cuatrocientos dos mil trescientos tres (Mot. 402303), marca Keeway,
estilo RKS200, categoría motocicleta, serie, chasis y vin LBBPGMT04EB444887,
tracción sencilla, capacidad dos personas, año 2014, color negro, combustible
gasolina, cilindrada 200 c.c., motor N° QJ164FML3225067. Para el segundo
remate, se señalan las diez horas y veinte minutos del veintiséis de junio del
dos mil dieciocho, con la base de setecientos cuarenta y un mil ochocientos
treinta y cinco colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y veinte minutos
del doce de julio del dos mil dieciocho con la base de doscientos cuarenta y
siete mil doscientos setenta y ocho colones con cincuenta céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Instacredit S. A. contra Gabriel Alfonso Guillen Alvarado. Expediente N°
16-003004-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 30 de enero del 2018.—M.Sc. Jenniffer Ocampo Cerna,
Jueza.—( IN2018243784 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las catorce horas y veinte minutos del veinte de
junio de dos mil dieciocho, y con la base de un millón setecientos setenta mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas
BHY254, Hyundai Elantra, año 2002, color azul, Sedan 4 Puertas Hatchback, tracción
4x2, Vin KMHDN51AP2U082573, combustible
Gasolina, cilindrada **1500 C.C. Para el segundo remate se señalan las catorce
horas y veinte minutos del cinco de julio de dos mil dieciocho, con la base de
un millón trescientos veintisiete mil quinientos colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce
horas y veinte minutos del veintitrés de julio de dos mil dieciocho con la base
de cuatrocientos cuarenta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Instacredit S. A. contra Henry González Ríos. Exp. 16-003651-1170- CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de
febrero del 2018.—M.Sc. Zary Navarro Zamora, Jueza.—( IN2018243785 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales; a las diez horas y cero
minutos del doce de junio de dos mil dieciocho, y con la base de setecientos
once mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo:
placas Mot-424740, marca: Suzuki estilo: AX100, categoría: motocicleta,
capacidad 2 personas, año 2015, color negro, serie: LC6PAGA19F0010218, tracción:
sencilla, cilindrada 100 c.c, combustible gasolina motor N° 1E50FMGA3C34047.
Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del
veintisiete de junio del dos mil dieciocho, con la base de quinientos treinta y
tres mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos
del trece de julio del dos mil dieciocho con la base de ciento setenta y siete
mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Diego
Andrey Delgado Carvajal. Expediente N° 16-008845-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de febrero
del 2018.—Licda. María Del Carmen Vargas González, Jueza.—( IN2018243786 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes prendarios, a las once horas y cero minutos del cinco de junio
del dos mil dieciocho, y con la base de novecientos cuarenta y un mil
novecientos dieciséis exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente:
Vehículo: placas: MOT 462197, marca: Rokk, estilo: GN 150, categoría:
motocicleta, capacidad: 2 personas, año: 2015, color: negro, cilindrada: 150
C.C, vin: LAEEADC80FHD01208, combustible: gasolina, número de motor:
162FMJB0150000150. Para el segundo remate, se señalan las once horas y cero
minutos del veinte de junio del dos mil dieciocho, con la base de setecientos
seis mil cuatrocientos treinta y siete colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y
cero minutos del cinco de julio del dos mil dieciocho, con la base de
doscientos treinta y cinco mil cuatrocientos setenta y nueve colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Róger Meléndez Alfaro.
Expediente Nº 16-019003-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de San José, 20 de octubre del 2017.—Licda.
Giannina Lacayo Quirós, Jueza.—( IN2018243788 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las once horas treinta minutos del veintiséis de
junio del dos mil dieciocho, y con la base de un millón doscientos cuarenta y
tres mil doscientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo: placas MOT-481149 Marca: Formula Estilo: Raptor 250 Categoría:
motocicleta Capacidad: 2 personas Serie: LXEMA1405GB402069 Peso Vacio: 0
Carrocería: motocicleta Peso Neto: 145 kgrms. Tracción: 2X2 Peso Bruto: 157
kgrms. Número Chasis: LXEMA1405GB402069 Valor Hacienda: 840,000.00 Año
Fabricación: 2016 Estado Actual: inscrito Longitud: 0 mts. Estado Tributario:
pago derechos de aduana Cabina: no aplica Clase Tributaria: 2500136 Techo:
Techo Alto Uso: particular Peso Remolque: 0 Valor Contrato: 300,000.00 Color:
Anara. Para el segundo remate se señalan las once horas treinta y minutos del
seis de julio del dos mil dieciocho, con la base de novecientos treinta y dos
mil cuatrocientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las once horas treinta minutos del
veinticuatro del julio del dos mil dieciocho con la base de trescientos diez
mil ochocientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra José Alfredo
Zapata Sánchez. Exp. N° 16-024936-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 28 de noviembre del
2017.—Licda. Marianela Alvarado Alfaro, Jueza.—( IN2018243789 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del veintiséis de
junio del dos mil dieciocho, y con la base de un millón quinientos ochenta y
cuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo:
placas 774934, marca: Honda, estilo: Civic, categoría: automóvil, capacidad: 5
personas, serie: 1HGEJ6677XL057008, peso vacío: 0 carrocería: Sedan 4 puertas,
peso neto: 1088 kgrms., tracción: 4x2, peso bruto: 1088 kgrms., número chasis:
1HGEJ6677XL057008, valor Hacienda: 2,770,000.00, año fabricación: 1999, estado
actual: inscrito longitud: 0 metros. Estado tributario: pago derechos de aduana
cabina: no aplica, clase tributaria: 2204937, techo: techo duro uso: particular
peso remolque: 0 valor contrato: 4,560,000.00 color: negro, N° registral: 1,
convertido: N Moneda: colones, vin: 1HGEJ6677XL057008. Para el segundo remate,
se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de julio del dos mil
dieciocho, con la base de un millón ciento ochenta y ocho mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de julio del dos mil
dieciocho, con la base de trescientos noventa y seis mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Instacredit S. A. contra Luis Fernando Elizondo González. Expediente N°
16-018674-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 28 de noviembre del 2017.—Licda. Brenda Vargas
Quesada, Jueza.—( IN2018243790 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las catorce horas y quince minutos del veinticinco
de junio de dos mil dieciocho, y con la base de un millón trescientos setenta y
nueve mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo:
Placas número MOT-439062. Marca United Motors. Estilo DSR 200. Categoría
motocicleta. Capacidad 2 personas. Año 2015. Color negro. Vin LB420Y609FC100460.
Cilindrada 200 CC. Combustible gasolina. Motor Nº165FML8F100289.- Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del diez de julio
de dos mil dieciocho, con la base de un millón treinta y cuatro mil doscientos
cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del veintiséis de
julio de dos mil dieciocho con la base de trescientos cuarenta y cuatro mil
setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Gerardo
de Jesús Reyes Maleaños. Exp. N° 16- 003746-1044-CJ.—Juzgado Primero
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 9 de marzo del
2018.—Licda. Isabel Cristina Castillo Navarro, Jueza.—( IN2018243791 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las diez horas del veintidós de junio del dos mil
dieciocho, y con la base de treinta y ocho millones quinientos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número setenta y cuatro mil novecientos setenta-cero cero
cero (74970-000) la cual es naturaleza: terreno solar con 1 casa. Situada en el
distrito (03) Carmen, cantón (01) Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda:
al norte, Inversiones Lotes y Casas S. A.; al sur, Inversiones Lotes y Casas
S.A.; al este, Inversiones Lotes y Casas S.A., y al oeste, calle pública con 10
metros. Mide: doscientos ochenta metros cuadrados. Para el segundo remate, se
señalan las diez horas del nueve de julio del dos mil dieciocho, con la base de
veintiocho millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez
horas del veinticuatro de julio del dos mil dieciocho, con la base de nueve
millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instacash Sociedad
Anónima contra Ana Idalia Solano Rivas. Expediente N° 17-010882-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 16 de mayo del 2018.—Licda. Marcela
Brenes Piedra, Jueza.—( IN2018243827 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca de primer grado bajo las
citas 2015-00000051-01-0008-001; a las catorce horas y cero minutos del
veintiocho de junio de dos mil dieciocho, y con la base de cinco millones
ochenta y seis mil doscientos cuarenta y cinco colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
201917-000 la cual es terreno bloque G terreno para construir lote 4 G. Situada
en el distrito 01 El Tejar, cantón 08 El Guarco, de la provincia de Cartago.
Colinda: al norte, calle publica con 7 m; al sur Inversiones Técnicas M & B
S. A., lote 15 bloque G; al este, Inversiones Técnicas M & B S. A., lote 5
bloque G y al oeste Inversiones Técnicas M & B S. A., lote 3 bloque G. Mide:
ciento cuarenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce
horas y cero minutos del trece de julio de dos mil dieciocho, con la base de
tres millones ochocientos catorce mil seiscientos ochenta y tres colones con
setenta y cinco céntimos(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta y uno
de julio de dos mil dieciocho con la base de un millón doscientos setenta y un
mil quinientos sesenta y un colones con veinticinco céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente
al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa
Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Inversiones Los Gallos Guadalupanos Sociedad Anónima contra Wilson Antonio
Rodríguez Solano. Exp. N° 16-008861-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 9 de mayo del 2018.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(
IN2018243869 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las quince horas y
cero minutos del diecinueve de junio de dos mil dieciocho, y con la base de
diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y nueve mil
novecientos cuarenta cero cero cero la cual es terreno naturaleza: constr lote
248-1018 Proyec Limón 34. Situada en el distrito 01-Siquirres, cantón
03-Siquirres, de la Provincia de Limón. Colinda: al norte, servidumbre; al sur,
José Joaquín Rojas Espinoza; al este, quebrada y al oeste, calle pública. Mide:
cuatrocientos setenta y tres metros con cuarenta y un decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del cuatro de
julio de dos mil dieciocho, con la base de siete millones quinientos mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las quince horas y cero minutos del diecinueve de julio de
dos mil dieciocho con la base de dos millones quinientos mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Diomedes Retana
Alvarado. Exp. 17-004078-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí
(Materia Cobro), 09 de abril del 2018.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—(
IN2018243923 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada con las citas:
407-17310-01-0007-001; reservas y restricciones con las citas: 407-17310-01-0904-002;
condiciones con las citas: 407-17310-01-0905-002; prohibiciones con las citas:
407-17310-01-0906-001, a las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de
julio del dos mil dieciocho, y con la base de ocho millones veintiséis mil
ciento ochenta y tres colones con veinte céntimos, en el mejor postor, remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos doce mil trescientos cuarenta y cuatro cero cero cero, la cual es
terreno para la agricultura con una casa. Situada: en el distrito 10-Río Nuevo,
cantón 19-Pérez Zeledón, de la Provincia de San José. Colinda: al norte,
quebrada en medio, Yanira Fonseca Ureña, en medio Antonio Fonseca; al sur,
quebrada en medio Rigoberto Quesada; al este, servidumbre en parte Yanira
Fonseca Ureña, y al oeste, Yanira Fonseca Ureña en parte servidumbre. Mide:
once mil setecientos once metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados.
Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del ocho de
agosto del dos mil dieciocho, con la base de seis millones diecinueve mil
seiscientos treinta y siete colones con cuarenta céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas
y cero minutos del veintitrés de agosto del dos mil dieciocho, con la base de
dos millones seis mil quinientos cuarenta y cinco colones con ochenta céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Coopealianza contra Marisela Borbón Fonseca. Expediente Nº 18-001525-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 24 de abril del 2018.—Licda. Hellen Hidalgo
Ávila, Jueza.—( IN2018243925 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del quince de junio del año dos
mil dieciocho, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
trescientos treinta y siete mil doscientos sesenta y tres cero cero cero la
cual es terreno para construir con dos casas. Situada en el distrito 01 San
Ignacio, cantón 12 Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
camino público con 53 m 68 cm; al sur, Generosa Aguilar Umaña; al este,
Generosa Aguilar Umaña y al oeste, Generosa Aguilar Umaña. Mide: mil doscientos
cincuenta y seis metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del dos de julio del
año dos mil dieciocho, con la base de siete millones quinientos mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de julio del año dos mil
dieciocho con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
COOPEALIANZA contra Marianela de Los Ángeles Zúñiga Aguilar, Minor Antonio
Cárdenas Román. Exp. 18-001339-1200- CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón (Materia Cobro),
24 de abril del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018243926 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando Condic Limit ref:2587-221-002
(citas: 323-09985-01-0903-001); a las quince horas y quince minutos del
dieciocho de junio de dos mil dieciocho, y con la base de dos millones
doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento diecisiete mil
trescientos noventa y ocho cero cero cero la cual es terreno para construir con
una casa. Situada en el distrito 03-Guaycara, cantón 07-Golfito, de la
Provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, William Corella Morales; al sur,
Reinaldo Corella Oses; al este, calle publica y al oeste, William Corella
Morales. Mide: dos mil ciento veintiséis metros con treinta y siete decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y quince minutos
del tres de julio de dos mil dieciocho, con la base de un millón seiscientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las quince horas y quince minutos del dieciocho
de julio de dos mil dieciocho con la base de quinientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra
William Isabel Corella Morales Exp: 17-021390-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y
Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia
Cobro), 01 de marzo del 2018.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—(
IN2018243927 ).
En la puerta exterior de este Despacho libre
de gravámenes prendarios a las trece horas treinta minutos del veinte de julio
del año dos mil dieciocho y con la base de diecisiete mil dólares en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo: Placas número BJM897, marca: Citroën,
estilo: C-Elysee, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2015, color
gris, Vin: VF7DDNFPBFJ655983, cilindrada: 1587 cc, combustible: gasolina, motor
Nº 10FC1A0068405. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta
minutos del ocho de agosto del año dos mil dieciocho, con la base de doce mil
setecientos cincuenta dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del veinticuatro
de agosto del año dos mil dieciocho con la base de cuatro mil doscientos
cincuenta dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco de Costa Rica contra María José Reyes García. Exp. N°
17-010258-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial
de San José, Sección Tercera, 09 de febrero del 2018.—Lic. Gonzalo Gamboa
Valverde, Juez.—( IN2018244021 ).
Se convoca a todas las personas interesadas
en la sucesión de Arturo Gerardo Mayorga Arias, a una junta que se verificará
en este Juzgado a las ocho horas y treinta minutos del once de junio de dos mil
dieciocho, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926
del Código Procesal Civil. Exp. Nº 16-000133-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor
Cuantía de Cartago (Materia Civil), 10 de mayo del 2018.—Licda. Johana
Vindas Campos, Jueza.—1 vez.—( IN2018243677 ).
Se convoca a todos los socios de la empresa Agrocomercial Montiel y
Rojas de Campo Cinco S.A., cédula jurídica Nº 3-101-359668, para que se
apersonen a este Despacho a las ocho horas del día trece julio de dos mil
dieciocho, para llevar a cabo la asamblea de socios, dentro del proceso
ordinario agrario N° 17-000248-0930-CI planteado por Rafael Antonio Matera
Sabbagh contra Agrocomercial Montiel y Rojas de Campo Cinco Sociedad Anónima,
con la finalidad de realizar el nombramiento de una persona liquidadora de la
sociedad disuelta.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de
la Zona Atlántica, Guápiles, 23 de abril del 2018.—Lic.
Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018243919 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°
16-000251-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Rocío del Milagro Obando Guevara quien es mayor, estado civil casada
una vez, vecina de Cartagena de Santa Cruz, barrio El Edén de la Bomba de A y A
75 metros norte, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe Nº
5-0280-0405, profesión trabajadora social, a fin de inscribir a su nombre y
ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca
ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito quinto Cartagena, cantón tercero Santa Cruz, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Tracy Pamela Bustos Alvarado y
Josué Luis Bustos Peraza; al sur, Amado Bustos Peraza; al este, calle pública
con un frente a ella de diez metros noventa y dos centímetros lineales y al
oeste, José Luis Bustos Peraza. Mide: cuatrocientos metros cuadrados. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de tres millones quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por
venta que le hiciera el señor Amado Bustos Peraza quien es mayor, soltero,
jornalero, vecino de Santa Cruz, Barrio El Edén y con quien no le une
parentesco en el año 2004, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública,
pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en delindes,
amojonamiento, limpieza y chapeas de rondas. Que no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo
de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante
el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria,
promovida por Rocío del Milagro Obando Guevara, expediente Nº
16-000251-0388-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Santa Cruz (Materia civil),
30 de junio del 2017.—Lic. Carlos Ruiz Rodríguez, Juez.—1 vez.—( IN2018242001
).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°
18-000048-0419-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de María Félix Pérez Sánchez, quien es mayor, estado civil divorciada,
vecina de Veracruz de Coloradito, portadora de la cédula de identidad vigente
que exhibe número 09-0095-0396, profesión cocinera, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: Finca cuya naturaleza es casa y jardín. Situada en el distrito 03° Canoas,
cantón 10° Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle
pública con un frente a ella de diez metros con tres centímetros lineales; al
sur, Trinidad Ortega Ortega; al este, Trinidad Ortega Ortega; y al oeste,
Trinidad Ortega Ortega. Mide: trescientos siete metros cuadrados, tal como lo
indica el plano catastrado número P-1971100-2017. Se estima tanto el inmueble
como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada
una. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información
Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por María Félix Pérez
Sánchez. Expediente Nº 18-000048-0419-AG.—Juzgado Agrario del Segundo
Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores), Ciudad Neily, 09 de mayo
del 2018.—Lic. Juan Gutiérrez Villalobos, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018242280 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°
10-160018-0642-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Jesús Navarro Camacho, quien es mayor, casado una vez, agricultor,
vecino de Aguirre-Parrita, portador de la cédula de identidad vigente que
exhibe número uno-dos ocho dos-nueve nueve cuatro (1-282-994), a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca cuya naturaleza es montaña y tacotales. Situada en
Cerros distrito primero Quepos, cantón sexto Aguirre, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, con Leonidas Piedra Prado, Venero Monge Ortega,
Amelia Piedra Prado y quebrada sin nombre; al sur, con Mesén Madrigal S. A.; al
este, con Isabel Valverde Hidalgo y calle pública 14 metros lineales; y al
oeste, con Domingo Hernández Quirós y Germán Zúñiga Arias. Mide: diecisiete
hectáreas con dos mil noventa y nueve metros con ochenta y cinco decímetros
cuadrados tal como lo indica el plano catastrado número seis uno cero tres cinco
ocho dos cinco-dos cero cero cinco (P-1035827-2005). Indica el promovente que
sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de quince millones de colones. Que adquirió dicho
inmueble de forma originaria y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta,
pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de
cincuenta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han
consistido en sembrar en la finca pejibayes, árboles maderables, cocos, cacao,
mamón chino, bananos, yucas, frijoles, maíz, deslindado del terreno y mantenerlo
limpio. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.
Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información
Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por Jesús Navarro Camacho.
Expediente Nº 10-160018-0642-AG.—Juzgado Civil y Agrario de
Puntarenas.—Lic. Yeison Darío Rodríguez Fernández, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018242322 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de quien en vida fue Efraín Monge Mora, mayor, casado una vez,
agricultor, cédula de identidad número uno-ciento noventa y cuatro-quinientos
dos, vecino de San Martín de León Cortés, San José, para que en un plazo de
treinta días hábiles a partir de la publicación de este Edicto, se apersonen a
hacer valer sus Derechos, en el proceso sucesorio en sede notarial que se
tramita en la notaría del Licenciado Miguel Ángel Garbanzo Elizondo, situada en
Frailes de Desamparados, costado oeste de la Cruz Roja; altos de Carnicería La
Espiga; con el apercibimiento a los que crean tener la calidad de herederos,
que de no presentarse dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien por
Derecho corresponda. Expediente número 02-2018.—Lic. Miguel Ángel Garbanzo
Elizondo, Notario.—1 vez.—( IN2018241948 ).
Se cita y emplaza a los herederos e interesados en el proceso sucesorio
en sede notarial, de quien en vida fue Clara Ángela Amaya Quesada, quien fuera
casada una vez, del hogar, cédula 2-0165-0153, vecina de Labrador de San Mareo,
Alajuela, 200 metros norte de la plaza de deportes, para que en el plazo de 30
días comparezcan a esta notaría para hacer valer sus derechos. Expediente:
0001-2016. Lic. Carlos Valverde Barquero, notario, tel.: 8993-2347.—Cartago, 29
de febrero del 2016.—Lic. Carlos Valverde Barquero, Notario.—1 vez.—(
IN2018241958 ).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieran interés en el
proceso sucesorio del señor Sebastián Rodríguez Baldizón, para que se apersonen
ante mí notaría, sita en Lagunilla de Heredia, Residencial Ónix, casa cincuenta
y cuatro, para que dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de
la última publicación del edicto, a hacer valer sus derechos. Expediente Nº
18-0001.—Lic. Adolfo Vega Camacho, Notario Público.—1 vez.—( IN2018242133 ).
Emplazo a cualquier persona que se considere con interés legítimo en la
sucesión de quienes en vida se llamaron Orlando Carlos Marín Brenes y María
Estér Esquivel Sánchez para que en el plazo de treinta días naturales contados
a partir del día siguiente hábil de esta publicación para que se apersonen a mi
oficina en San José, Avenida 6, calle 24 bis,0 Edificio Escudé segunda planta a
hacer valer sus derechos, en el entendido de que pasado dicho plazo la herencia
pasará a quienes en derecho corresponda.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1
vez.—( IN2018242172 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Sonia Villagra
Vidaurre, a las doce horas treinta minutos del doce de mayo del dos mil
dieciocho y comprobado el fallecimiento de Leoncia Villagra Viadaurre, mayor de
edad, soltera, de oficios domésticos, vecina de Bataan, ciento cincuenta metros
norte de la iglesia católica, cantón Matina, provincia de Limón, cédula
cinco-cero cero cinco cinco-cero dos ocho siete, esta notaría ha declarado abierto
su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del
plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se
tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha
indicado. Notaría del Licenciado Marco Zamora Morales, ubicada en Bataan, cien
metros norte de la iglesia católica, Matina, Limón. Teléfono 27186419.—Bataan,
catorce de mayo del dos mil dieciocho.—Lic. Marco Zamora Morales, Notario
Público.—1 vez.—( IN2018242173 ).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Juan Ramírez
Villalobos, quien fuera mayor, casado una vez, agricultor, cédula número:
seis-cero cero cuarenta y siete-cero trescientos veintitrés y María Ofelia
Obregón Araya, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula número: cinco-cero
ciento dieciséis-cero ochocientos diecisiete, ambos vecinos de Santiago, San
Ramón de Alajuela, cuatrocientos metros sur de la entrada del Empalme, para que
dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la
calidad de herederos, que si no se presentan dentro del plazo citado, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0002-2018.—San Ramón, 14 de
mayo del 2018.—Lic. Armando Calvo Chaves, Abogado y Notario.—1 vez.—(
IN2018242186 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por la señora
Patricia Rojas Ávila, mayor, soltera, enfermera, vecina de Alajuelita, de la
Escuela San Felipe, ciento veinticinco metros al sur, casa color crema a mano
derecha, portadora de la cédula de identidad número uno-cero seiscientos
treinta y cinco-cero trescientos noventa y nueve; a las nueve horas del
veintisiete de abril del año dos mil dieciocho y comprobado el fallecimiento de
quien en vida fuera el señor Gerardo Martín Rojas Ávila, soltero, educador,
vecino de Alajuelita, del Mega Súper cien metros al sur, casa color naranja,
primera casa a mano izquierda, portador de la cédula de identidad número
uno-cero seiscientos setenta y cinco-cero novecientos treinta y ocho; fallecido
desde el día veintisiete de junio del dos mil diecisiete, por lo que esta
notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato. Por lo que se cita y
emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta
días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Licenciado Henry Arroyo
Villegas, Carne del Colegio de Abogados doce mil ochocientos setenta y siete;
Teléfono: 2777-40-81 o al fax: henryarroyov@hotmail.com. Es todo.—Lic. Henry
Arroyo Villegas, Juez.—1 vez.—( IN2018242224 ).
Se emplaza a los herederos, legatarios y acreedores y demás interesados
en la sucesión ab instestato de quien en vida fue Álvaro Enrique Marín Vargas,
mayor, soltero, inhábil, cédula uno-cero seis ocho tres-cero cinco seis siete,
vecino de San José, Moravia, La Trinidad, Platanares de la terminal de buses,
doscientos metros sobre carretera, para que dentro del plazo de treinta días
hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante
esta notaría en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que en caso
de que no lo hicieren, la herencia pasará a quienes en derecho correspondan.
Expediente cero cero uno-dos mil dieciocho.—San José, catorce de mayo del dos
mil dieciocho.— Lic. Francisco José Rivera Gómez, Notario.—1 vez.—(
IN2018242310 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Rigoberto
Gerardo Fonseca Navarro, Vanessa de los Ángeles Fonseca Navarro, María Eliette
Navarro Céspedes, a las quince horas treinta minutos del once de mayo del dos
mil dieciocho, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el
proceso sucesorio en sede notarial de quien en vida fuera el señor Rigoberto
Fonseca Ríos, mayor de edad, casado una vez, agricultor, vecino de Cartago,
Oreamuno, El Bosque, San Rafael, contiguo a la iglesia católica, cédula
uno-quinientos-seiscientos sesenta y uno. Se cita y emplaza a todos los
interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días, contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer
valer sus derechos. Notaría del MSc. Victor Esteban Méndez Zuñiga, quien tiene
oficina abierta en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, cincuenta metros al
oeste de Ferreteria Xiomara. Teléfono: dos siete siete uno cuatro nueve uno uno.
Fax: dos siete siete dos cero cuatro dos seis.—MSc. Victor Esteban Méndez
Zuñiga, Notario.—1 vez.—( IN2018242356 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Rodrigo de
la Ossa Brenes, quien en vida fue mayor, administrador, casado, cédula número
uno-cero ciento noventa y cinco-cero cero doscientos quince; y de Carla Fonseca
Franceshi, quien en vida fue mayor, casada, ama de casa, cédula número uno
trescientos- cero seiscientos cuarenta, ambos vecinos de San José, Moravia, de
la Clínica Jerusalem trescientos metros norte, cien metros oeste y veinticinco
metros norte, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se
aperciba a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N°
001-2018. Notaría del Bufete Lao & Asociados.—San José, cuatro de mayo del
dos mil dieciocho.—Licda. Roxana Sofía Lao Méndez, Notaria.—1 vez.—(
IN2018242401 ).
Mediante Acta de apertura otorgada ante esta notaría por Claudia Liliam
De La Trinidad Durán Pérez, mayor, divorciada una vez, ama de casa, vecina de
Limón, Pococí, La Rita, ciento setenta y cinco metros norte de la delegación,
con cédula de identidad número siete-cero setenta-quinientos treinta y dos y en
segundo término la señora Argerie María Obando Durán, mayor, soltera,
estudiante, vecina de Limón, Pococí, La Rita, ciento setenta y cinco metros
norte de la delegación, con cédula de identidad número siete-doscientos
diecisiete-trescientos treinta y dos; a las doce horas y treinta y cuatro
minutos del catorce de mayo del dos mil dieciocho y comprobado el fallecimiento
esta notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en
vida fuera Aquiles Durán Morales, quien fuera mayor, viudo, agricultor,
residente en Limón, Pococí, La Rita, ciento setenta y cinco metros noreste de
la delegación, portador de la cédula de identidad número uno-ciento
veintisiete-quinientos noventa y uno, el cual falleció el veinte de octubre del
dos mil once en Guápiles de Pococí. Se cita y emplaza a todos los interesados
para que dentro del plazo máximo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus
derechos. Notaría del Lic. David López García, en Guápiles de Pococí, sobre
Ruta Treinta y Dos, de la Bomba Delta, veinticinco metros al oeste, teléfono:
8858-3073, fax: 2710-0551.—Lic. David López García, Notario.—1 vez.—( IN2018242426
).
Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y, en
general, a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Ana
María Rivera Paniagua, mayor, soltera, ama de casa, portadora de la cedula de
identidad número nueve-cero cero setenta y siete-cero quinientos veintitrés,
vecina de Ciudad Quesada Urbanización La Unión, Casa cien; para que, dentro del
plazo de treinta días a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no, se presentan en ese plazo,
aquella pasara a quien corresponda. Expediente N° 0001-2018. Notaría del
Licenciado David Heriberto Torres Soto, Alajuela, San Carlos, Cuidad Quesada.
Cincuenta metros norte del Mercado Municipal. Correo:dts27@hotmail.com. Fax: 24
60-4366, teléfono 2461-2740.—Lic. David Heriberto Torres Soto, Notario.—1
vez.—( IN2018242451 ).
Ante nuestra notaría, situada en Oficentro La Sabana, Edificio dos, Piso
dos, se tramita el expediente cero cero-cuarenta y uno-dos mil dieciocho, que
es sucesorio ab intestato de quien en vida fue Albina Adelaida Zúñiga
Baltodano, con cédula de identidad cinco-cero uno siete uno-cero cinco veinte.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 917 del Código Procesal Civil se
cita y emplaza a todos los interesados, herederos, legatarios y acreedores en
esta sucesión para que, dentro del plazo treinta días, contados a partir de
esta publicación se apersonen para hacer valer sus derechos; con el
apercibimiento para aquellos que se crean con derecho a la herencia de que, de
no hacerlo, la herencia pasará a quien corresponda.—Lic. Frank Araya Knudsen y
Warner Chacón Castillo, Notarios.—1 vez.—( IN2018242464 ).
Ante nuestra notaría, situada en Oficentro La sabana, Edificio dos, Piso
dos, se tramita el expediente cero cero-cuarenta-dos mil dieciocho, que es
sucesorio ab intestato de quienes en vida fueron Bolívar Vargas Ramírez, con
cédula de identidad uno-cero uno cero ocho-sesenta treinta y nueve y Joyita
Keith Keith, con cédula número uno- cero uno cuatro nueve-cero seis cero seis.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 917 del Código Procesal Civil se
cita y emplaza a todos los interesados, herederos, legatarios y acreedores en
esta sucesión para que dentro del plazo treinta días, contados a partir de esta
publicación se apersonen para hacer valer sus derechos; con el apercibimiento
para aquellos que se crean con derecho a la herencia de que de no hacerlo, la
herencia pasará a quien corresponda.—Lic. Frank Araya Knudsen y Warner
Chacón Castillo, Notarios.—1 vez.—(
IN2018242465 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Eduardo
Bustamante Vega, mayor, soltero, vecino de Heredia, Santa Bárbara, cédula de
identidad número dos-ciento noventa y nueve-ochocientos cuarenta y cuatro,
hasta su deceso el día primero de septiembre de dos mil diez, para que, dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezca a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad
de herederos que, si no, se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará
a quién corresponda. Expediente N° 0001-2018.—Esparza, 15 de mayo del dos mil
dieciocho.—Lic. José Elías Agüero Cáceres, Notario.—1 vez.—( IN2018242477 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en
vida fue Óscar Gamboa Fonseca, cédula de identidad número tres-doscientos
cincuenta y uno-seiscientos dieciocho, casado una vez, ingeniero agrónomo,
vecino de Ciudad Quesada de San Carlos, Alajuela, trescientos metros al este de
Café Itabo, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a
los que crean tener calidades de herederos que si no se presentan dentro de
dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: 0001-2018.
Sucesorio de Óscar Gamboa Fonseca.—Lic. Denis Mauricio Artavia Cordero,
Notario.—1 vez.—( IN2018242488 ).
Se cita y emplaza a todos herederos de quien en vida se llamó José Luis
Monge Vázquez, mayor, vecino de San José, Ciudad Colón, con cédula número
1-0612-0189, quien falleció el 17 de agosto del 2017, para hacer valer los
derechos en el plazo de ley, proceso que se tramita en vía notarial en la
Oficina del Lic. Roland García Navarro, situada en San José, avenida 14, calle
12, altos del edificio Fray Figueras, oficina 1, segundo piso.—Lic. Roland
García Navarro, Notario.—1 vez.—( IN2018242501 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, Luis Fernando
Loría Ramirez, conocido como Luis Fernando Ramírez Bonilla, a las dieciséis
horas del dos de mayo del dos mil dieciocho y comprobado el fallecimiento, esta
notaría declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fuera Josefa
Adoración Criselia Loría Quesada, mayor, soltera, pensionado, cédula de
identidad número tres cero tres uno cuatro cero cinco seis seis, vecina de
Cartago, Central, Occidente, Barrio El Molino, veinticinco metros oeste de la
Estación de Servicio “Servicentro El Molino. Se cita y emplaza a todos los
interesados, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que, si no,
se apersonan dentro del plazo pasará a quien corresponda. Expediente cero cero
tres-dos mil dieciocho.—Cartago, nueve de mayo del dos mil dieciocho.—Licda.
Madeleine Cubero Fernández, Notario.—1 vez.—( IN2018242534 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Johanna Enneth
F. Ugalde Johnson y otros a las ocho horas del veinte de marzo del dos mil
diecisiete y comprobado el fallecimiento de Jeiner Manuel Salazar Berrocal,
esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y
emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días hábiles contados a
partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer
valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la
República, tal como esta lo ha indicado. Notaría del Lic. Víctor Armando
Rodríguez Vado, oficina en Alajuela, de Autorespuestos Gigantes, trescientos
metros al norte y diez metros al este, teléfono: 2431-4705 y
8314-7975.—Alajuela, catorce de mayo de dos mil dieciocho.—Lic. Víctor
Rodríguez Vado, Notario.—1 vez.—( IN2018242535 ).
Ante mí notaría licenciado Geovanny Villegas Sánchez, se inició proceso
sucesorio notarial de quien en vida fue Olga Valerio Ledezma. Albacea
provisional Álvaro Marín Valerio. Se cita y emplaza a los herederos,
legatarios, acreedores y demás interesados para que dentro del plazo de treinta
días, se apersonen a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en el plazo,
aquella pasará a quien corresponda. Asimismo, se les advierte que deberán
señalar lugar o medio para notificaciones bajo el apercibimiento que si no lo
hicieren o el lugar fuere incierto, el fax no estuviere funcionando, las
resoluciones se les tendrán por notificadas por el sólo transcurso de
veinticuatro horas después de dictadas. Para el debido apersonamiento señalo la
dirección de mí notaría ubicada en San José de Alajuela, constado norte de la
iglesia católica del lugar. Exp N° 0001-2018.—Lic. Geovanny Villegas Sánchez,
Notario.—1 vez.—( IN2018242555 ).
Ante mí notaría licenciado Ariel González Arias, se inició Proceso
Sucesorio Notarial de quien en vida fue Fredy Marchena Aguirre. Albacea
provisional María Elena Delgado Castro. Se cita y emplaza a los herederos,
legatarios, acreedores y demás interesados para que dentro del plazo de treinta
días, se apersonen a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en el plazo,
aquella pasará a quien corresponda. Asimismo, se les advierte que deberán
señalar lugar o medio para notificaciones bajo el apercibimiento que si no lo
hicieren o el lugar fuere incierto, el fax no estuviere funcionando, las
resoluciones se les tendrán por notificadas pi* el sólo transcurso de
veinticuatro horas después de dictadas. Para el debido apersonamiento señalo la
dirección de mí notaría ubicada en San José de Alajuela, de la Princesa Marina
cien metros norte y treinta oeste. Exp N° 0001-2018.—Lic. Ariel González Arias,
Notario.—1 vez.—( IN2018242556 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos e interesados en la sucesión de
Ronald Enrique Mora Ugalde, quien fuera mayor, casado tres veces, Pensionado,
con cédula número siete-cero cero cincuenta-mil quinientos y vecino San José,
Ciudadela de Hatillo número uno, de la Escuela Manuel Belgrano, diez metros al
noroeste, casa esquinera de dos plantas, para que en el plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a mi oficina,
situada en la ciudad de San José, calle diecinueve, Avenidas dos y seis, número
doscientos treinta y seis, a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-2018.—Lic. Ligia Mayela
Arce Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2018242616 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Vivian Quesada
Castro y otros, a las 8:00 horas del 14 de mayo del 2018 y comprobado el
fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato
de quien en vida fueran Lilliam Castro Méndez y Harry Fabio Quesada Obando. Se
cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de 30
días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos. Expediente Nº 001-2018. Notaría del Lic.
Orlando Gustavo Araya Amador, sita en San José, Barrio Don Bosco, Centro
Corporativo Internacional, 4 piso. Teléfono 22483491. Fax 22483511.—San José,
15 de mayo del 2018.—Lic. Orlando Gustavo Araya Amador, Notario.—1 vez.—(
IN2018242619 ).
Allan Eduardo Zúñiga Solís, cédula: uno mil ciento ochenta y tres cero
quinientos ochenta, se presentó en esta notaría a abrir el proceso sucesorio
extrajudicial de quien en vida fueron: Hernán Zúñiga Barahona, cédula: uno cero
ciento treinta y uno cero quinientos cincuenta y siete y María Elba Solís
Víquez, cédula: tres cero cero setenta y seis cero cuatrocientos cincuenta y
tres. Se cita a los presuntos interesados, para que en el plazo de treinta días
a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en mi notaría sita,
setenta y cinco metros norte de la Rotonda de Circunvalación de Paso Ancho, San
José, para que concurran a hacer valer sus derechos. Si no se presentan en ese
plazo, la herencia pasará al señor Zúñiga Solís.—San José, quince de mayo del
dos mil dieciocho.—Lic. Humberto Jarquín Anchía, Notario.—1 vez.—( IN2018242625
).
Se hace saber: Que mediante acta de apertura de las ocho horas del trece
de diciembre del dos mil diecisiete, los señores: Jeannette Moreira Ramírez,
Karla Patricia Alan Moreira, Carlos Gilberto Alan Moreira, Adrián José Alan
Moreira, solicitaron ante la Notaría de la Licenciada Diana Catalina Varela
Solano, ubicada en: San José, calle diecinueve, avenida dieciséis bis, edificio
mil quinientos cuarenta y ocho, oficina cuatro, la apertura del proceso
sucesorio de Carlos Gilberto Alan Sánchez, quien en vida fue mayor, casado una
vez, comerciante, vecino de Curridabat, Granadilla, de la casa de José María
Figueres, quinientos metros al norte, cincuenta este y ciento setenta y cinco
sureste, sexta casa a mano derecha de siete columnas de ladrillo, portador de
la cédula de identidad uno cero doscientos noventa y dos cero novecientos
cincuenta y seis, y falleció en Carmen, Central, San José, el día veintiocho de
marzo del año dos mil quince, defunción inscrita en el Registro Civil, al tomo
quinientos cuarenta y cuatro, folio ochenta y ocho, asiento ciento setenta y
seis, del registro de defunciones de la provincia de San José. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda.
Expediente N° 00001-2018-SN.—San José, 10 de abril del 2018.—Licda. Diana
Catalina Varela Solano, Notaria.—1 vez.—( IN2018242653 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Jorge
Enrique Rojas Rojas, quien en vida fue, mayor, vendedor, casado una vez, cedula
uno-uno cero tres ocho- cero uno cinco cuatro, vecino de San José, Curridabat
costado sureste de la plaza de toros Urbanización Las Rosas, para que dentro
del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia
pasara a quien corresponda. Expediente N° 1-2018.—Licda. Alejandra Fallas
Valerio, Notaria.—1 vez.—( IN2018242654 ).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a
todos los interesados en la sucesión testamentaria de Mario Delgado Carballo,
mayor, casado una vez, médico cirujano, vecino de Santa Ana, Pozos, doscientos
metros este del Servicentro Pozos, quien falleció en San José, Uruca, Central,
el cinco de mayo de dos mil diecisiete, cuyo último domicilio fue San José,
Santa Ana, Pozos, doscientos metros este del Servicentro Pozos, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean
tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo dado,
aquella pasará a quien corresponda. Notario: Ricardo Badilla Reyes. Expediente:
cero nueve -dos mil dieciocho que se tramita ante esta notaría sita en el San
José, Montes de Oca, San Pedro, los Yoses, costado norte de la Iglesia de
Fátima.—San José, siete de mayo del dos mil dieciocho.—Lic. Ricardo Badilla
Reyes, Notario.—1 vez.—( IN2018242661 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Ana Isabel
Saborío de la Espriella, mayor de edad, soltera, master en finanzas, portadora
de la cédula de identidad número 1-630-0003, y vecina de San José, Escazú,
Guachipelín, Urbanización Loma Real, de la segunda entrada 100 metros oeste,
casa número 221; a las 8:00 horas del 12 de mayo de 2018, y comprobado el
fallecimiento del señor Carlos Rodolfo Saborío Alvarado, mayor de edad,
divorciado, pensionado, portador de la cédula de identidad número 1-274-752,
esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y
emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a los
interesados para que, dentro del plazo máximo de 30 días hábiles, contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer
valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la
República, tal como esta lo ha indicado. Notaría de Mariana Herrera Ugarte, San
José, Escazú, del Correo, 300 metros norte, 200 metros este. 8846-8145.—Licda.
Mariana Herrera Ugarte, Notaria.—1 vez.—( IN2018242676 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría y comprobado el
fallecimiento del señor Gabriel Castro Sandí, mayor, casado una vez,
agricultor, cedula N° 6-303-126, vecino de la Guaria, doscientos metros de la
Iglesia Metodista, Piedras Blancas, Osa, Puntarenas, esta notaría ha declarado
abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para
que, dentro del plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos.
Notaría del Licda. Marjorie Vega Mora, Notaria Pública con oficina en Palmar
Sur, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros del Taller Coco Solís, barrio el
Tecal, teléfono: 2786-66-25.—15 de mayo del 2018.—Licda. Marjorie Vega Mora,
Notaria—1 vez.—( IN2018242682 ).
Se hace constar que, en esta notaría ubicada en San José, frente al
INAMU, se tramita el sucesorio de José Joaquín Varela Palma, cédula
1-0327-0604. Se cita y emplaza a los herederos y demás interesados en dicho
sucesorio para que dentro de treinta días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a
los que crean tener su calidad de herederos, que, si no se presentan dentro del
término señalado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente:
02-2018.—Lic. Rafael Sánchez Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2018242708 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante
notaría por Gabriela Mendoza Pichardo, cédula N° 2-607-293, a las doce horas
del dos de febrero del año dos mil dieciocho, y comprobado el respectivo
fallecimiento, se declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en
vida fuera María de Los Ángeles Pichardo Espinoza, costarricense, mayor de
edad, casada una vez, oficios del hogar, cédula de identidad N° 2-283-998, con
domicilio en Dos Aguas de Los Chiles, Alajuela, un kilómetro sur de la Escuela.
Se cita y emplaza a todos los interesados, para que, dentro del plazo máximo de
treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
esta notaría a hacer valer sus derechos. Notario Marlon Arce Blanco, en Pavón
de Los Chiles. Alajuela, costado norte del Centro Agrícola, teléfono N°
24717170.—Lic. Marlon Fernando Arce Banco, Notario.—1 vez.—( IN2018242728 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante notaría
por Maricel Córdoba Martinez, a las once horas con treinta minutos del cinco de
mayo del dos mil dieciocho, y comprobado los respectivos fallecimientos, se
declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fueran los
señores Catarino Córdoba Hurtado, mayor, casado una vez, peón agrícola, cedula
de identidad número dos-ciento setenta y seis-ciento cincuenta y ocho, y la
Señora Sebastiana Martínez Molina, mayor casada una vez, oficios del hogar,
cédula dos-doscientos seis-quinientos ochenta y cinco, con domicilio en Pavón,
Los Chiles Alajuela, setenta y cinco metros este de la Iglesia. Se cita y
emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta
días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a esta
notaría a hacer valer sus derechos. Notario Marlon Arce Blanco, en Pavón de Los
Chiles, Alajuela, costado norte del Centro Agrícola, teléfono 24717170.—Lic.
Marlon Fernando Arce Blanco, Notario.—1 vez.—( IN2018242731 ).
Se cita y emplaza a los interesados en la
sucesión de Carlos Luis Brenes Porras, quien fuera mayor, casado una vez,
pensionado, vecino de Limón centro barrio La Trinidad cien norte del
Parquecito, cédula: siete-cero tres seis-uno cero cero, fallecido el día
veinticinco de enero del dos mil diecisiete para que, en el plazo de treinta
días contados a partir de esta publicación, comparezcan a reclamar sus derechos
y se apercibe a los interesados que, si no, se presentan en dicho plazo, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2018. Lic. Roger Valle
Camareno, ubicado costado noroeste de los Tribunales de Limón.—Limón, 26 de
febrero del 2018.—Lic. Roger Valle Camareno, Notario.—1 vez.—( IN2018242742 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
Notaría por Vilma Barquero Portuguéz, Elluany Coto Barquero y Alejandra Coto
Barquero, a las trece horas del once de mayo del año dos mil dieciocho y
comprobado el fallecimiento del señor Oscar Coto Castro, quien en vida fue
mayor, casado en primeras nupcias, pensionado, vecino de San José, Moravia, Los
Colegios, portador de la cédula de identidad tres- cero uno cuatro uno- cero
ocho cuatro uno, fallecido en San José, el veintidós de diciembre del dos mil
diecisiete, esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato.
Se cita y emplaza a todos los interesados, para que dentro del plazo máximo de
treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante esta Notaría ubicada en San José, Santa Ana, Edificio Plaza
Murano, quinto piso, oficina cincuenta y ocho, a hacer valer sus derechos.—San
José, quince de mayo del dos mil dieciocho.—Licda. Natalia María González
Bogarín, Notaria.—1 vez.—( IN2018242794 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión en sede notarial testamentaria de quien en vida fue el señor de
nombre Dick de apellido Nebbeling, quien en razón de su nacionalidad no usaba
segundo apellido, de nacionalidad holandesa, pasaporte de dicho país número NRB
cero RC seis R nueve, y portador de la cédula de residente rentista
costarricense número un mil quinientos veintiocho millones doscientos cuarenta
y tres mil y quien fuera en vida mayor, casado una vez, ejecutivo retirado,
vecino de Santo Tomás de Santo Domingo de Heredia, Condominio Jardines de Santo
Tomás, Bloque Trescientos, Apartamento del Penthouse, según consta el Registro
de Defunciones de la Provincia de Heredia, al tomo ciento siete, folio
cuatrocientos ochenta, asiento novecientos sesenta; para que un plazo de
treinta días, constados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta Notaría para hacer valer sus derechos. Bajo el apercibimiento de que
así no lo hiciere, la herencia pasará a quien en derecho corresponda.
Expediente N° 0003-2018. Tel. 2201-3817. Fax. 2201-7153.—San José.—Licda. Ana
Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2018242796 ).
Se hace saber a todos los interesados que, en
la notaría de José Aquiles Mata Porras, a petición de los herederos y bajo el
expediente 4-2018, que es sucesorio extrajudicial del causante Fulgencio Cruz
Portuguéz, quién fue, mayor, casado en segundas nupcias, agricultor, cédula
uno-ciento cuarenta-trescientos setenta y tres, cuyo último domicilio fue San
José, Tarrazú, San Carlos, donde vivió, quinientos metros al este de la escuela
pública de San Carlos. Cualquier oposición puede hacerse llegar, dentro del
término de ley, mi oficina ubicada en San Marcos de Tarrazú, detrás del Templo
Católico.—San Marcos, 11 de mayo del 2018.—Lic. José Aquiles Mata Porras,
Notario.—1 vez.—( IN2018242812 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría, por Patricia María Flores Garbanzo, Ronny Manuel Flores Garbanzo e
Ivannia María Flores Garbanzo, a las quince horas del once de mayo de dos mil
dieciocho y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el
proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera Mireya Garbanzo
Portilla, mayor, casada una vez, ama de casa vecina de San José, Curridabat,
contiguo a la Municipalidad, cédula de identidad número uno-trescientos
dos-trescientos ochenta y seis. Se cita y emplaza a todos los interesados para
que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus
derechos. Notaría del Lic. William Fernández Sagot, San José, Barrio Amón,
calle tres, avenidas nueve y once, Condominios Travancor, primer piso.—Lic.
William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—( IN2018242822 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y en general, a todos los interesados en la sucesión de
quien en vida se llamó Francisco González de La O, mayor de edad, casado una
vez, educador, pensionado, vecino de San Francisco de Dos Ríos, Residencial El
Bosque, de la entrada principal de la capilla, diez metros al este, veinticinco
al sur y veinticinco al este, cédula de identidad cuatro-cero noventa y
tres-setecientos cincuenta y cuatro, a fin de que, dentro del plazo de treinta
días concurran ante la notaría del Licenciado, Rodrigo José Aguilar Moya, sita
en Santo Domingo de Heredia, del IPEC 125 metros al este, a hacer valer sus
derechos. El sucesorio del causante se tramita bajo el expediente cero cero
cero uno-dos mil dieciocho. Se les apercibe a los interesados que, en caso de
no apersonarse dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien
corresponda.—Lic. Rodrigo José Aguilar Moya, Notario.—1 vez.—( IN2018242828 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos y
demás interesados en la sucesión de Juana Santamaria Zúñiga, mayor,
costarricense por naturalización, ama de casa, con cédula de identidad
ocho-cero cero treinta y nueve-cero seiscientos tres, casada una vez, vecina de
San José, Desamparados, Gravilias, segunda alameda de la escuela, casa número
setenta y uno, para que dentro del término de treinta días contados a partir de
la publicación de éste edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos,
apercibiéndose a quienes crean tener la calidad de beneficiarios, acreedores o
herederos, que si no se presentan dentro del citado término, la herencia pasará
a quien en derecho corresponda. Expediente N° 0001-2018, que promueve Virginia
Gómez Santamaria, con cédula 8-0049-0765, ante la Notada de la Licenciada
Susana Waterhouse Soto, oficina ubicada en Cartago, El Guarco, Tejar,
Residencial Las Catalinas, casa número K-5.—Cartago, 08 de mayo del
2018.—Licda. Susana Waterhouse Soto, Notaria.—1 vez.—( IN2018242869 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de quienes en vida fueron Bertilia Espinoza Arguedas, mayor,
costarricense, casada una vez, del hogar, cédula de identidad dos-ciento
seis-doscientos trece y Ramón Rodríguez Montoya, quien es mayor, costarricense,
viudo, adulto mayor, cédula de identidad seis-cero veinticuatro-trescientos
noventa y ocho, ambos vecinos de Miramar de Puntarenas; cien metros sur de
Marisquería Malibu; para que dentro del plazo de treinta días, contados a
partir de publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se
apercibe a los que crean tener caridad de herederos que si no se presentan
dentro de dicho de plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N°
2018-003.—Licda. Judyth Ramírez Morera, Notaria.—1 vez.—( IN2018242962 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de quien en vida fuera José Delgado Mora, conocido como Jorge
Delgado Mora, cédula número uno-cero trescientos veintitrés- cero seiscientos
sesenta, para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a declarar sus derechos; y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que sí no se presentan dentro de
dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-2018.—San
José, 16 de mayo del 2018.—Lic. Juan Carlos Delgado Hernández, Notario.—1
vez.—( IN2018242988 ).
Por el termino de treinta días hábiles se
cita y emplaza a los interesados, herederos, y acreedores, para que dentro de
dicho plazo se apersonen ante esta notaría a hacer valer sus derechos, en la
sucesión testamentaria de quien en vida fuera Mario Espeleta Vargas, quien fue
mayor, casado una vez, vecino en sus últimos días de Sabanilla, doscientos este
de las instalaciones deportivas de la UCR, cédula de identidad 1-276-126.
Apertura del proceso en fecha del 2 de abril de 2018. San José, Expediente N°
001-2018. Queda el expediente a disposición en la oficina de la Notaria Nohelia
Vega Carvajal, sita en San José, Barrio Escalante, 75 sur de la rotonda El
Farolito metros sur, Artavia & Barrantes, Abogados.—San José, 16 de mayo de
2018.—Licda. Nohelia Vega Carvajal, Notaria.—1 vez.—( IN2018243001 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y demás interesados, de quien en vida se llamó Oscar
Antonio de Jesús Víquez Núñez mayor, casado una vez, pensionado, vecino de san
pablo de Heredia de la esquina suroeste, de la Mabe setenta y cinco metros al
sur casa a mano derecha verjas verdes, cédula de identidad número; cuatro-cero
cien-trece nueve nueve; para que en el término de 30 días contados a partir de
la publicación de este edicto se apersonen en este proceso a hacer valer sus
derechos, bajo el apercibimiento de que no lo hicieren en el término indicado
ante esta notaría, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría del Lic.
Marco Aurelio Maroto Marín; 190 metros al oeste, de Central de Autos Tibás.
Exp. N° 001- 2018.—Lic. Marco Aurelio Maroto Marín, Notario.—1 vez.—(
IN2018243004 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y demás interesados, de quien en vida se llamó Carolina
López Reyes quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Heredia,
Cubujuqui, INVU número dos, quien portaba de la cédula de identidad número:
ocho-cero sesenta y tres-setecientos treinta y ocho; para que en el término de
30 días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen en este
proceso a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que no lo
hicieren en el término indicado ante esta notaría, la herencia pasará a quien
corresponda. Notaría del licenciado Marco Aurelio Maroto Marín 190 metros al
oeste de Central de Autos Tibás. Exp: 003-2017.—Lic. Marco Aurelio Maroto
Marín, Notario.—1 vez.—( IN2018243005 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y demás interesados, de quien en vida se llamó José
Manuel Córdoba Luna quien fue mayor, casado dos veces, comerciante, vecino de
Goicoechea Mata de Plátano, Urbanización Bruncas casa noventa y dos; quien
portaba de la cédula de identidad número: uno-cero ciento setenta y nueve-cero
doscientos noventa y cuatro, para que en el término de 30 días contados a
partir de la publicación de este edicto se apersonen en este proceso a hacer
valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que no lo hicieren en el término
indicado ante esta notaría, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría del
licenciado Marco Aurelio Maroto Marín 190 metros al oeste de Central de Autos
Tibás. Exp. N° 002-2017.—Lic. Marco Aurelio Maroto Marín, Notario.—1 vez.—(
IN2018243006 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión acumulada de quien en vida fue: Ronny Gabriel Fallas Araya, quien
al momento de su muerte era mayor, soltero, dependiente, cédula de identidad
número: uno - uno dos uno siete - cero ocho nueve cero, vecino de San José,
Acosta, Resbalón, su fallecimiento se encuentra inscrito en el Registro de
Defunciones de la provincia de San José, bajo las citas: uno cero cinco siete
tres tres uno cinco cero seis dos nueve. Para que dentro del plazo de treinta
días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar
sus derechos, lo cual podrán hacer en San José, Acosta, San Ignacio, setenta y
cinco metros norte iglesia católica casa color papaya. Se apercibe a los que
crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo,
la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: 03-2018.—Lic. Antonio José
Mora Barboza, Notario.—1 vez.—( IN2018243020 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las 16:45 horas de hoy, los señores Magda Barquero Zúñiga y Carlos Enrique
Kopper Barquero, solicitaron la tramitación del sucesorio del señor Francisco
Kopper Ugalde y aceptaron la herencia a beneficio de inventario. Albacea:
Carlos Enrique Kopper Barquero. Publíquese este edicto por una vez en el Boletín
Judicial, citando a todos los interesados en dicho sucesorio, para que
comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del plazo de 30 días, a partir de
la publicación.—San José, 23 de febrero del 2018.—Lic. Luis Ángel Viales
Hurtado, Notario.—1 vez.—( IN2018243249 ).
Se emplaza y cita a todos los interesados en
la sucesión de quien en vida fuera Juan Rafael Morales Rojas, mayor de edad,
pensionado, casado en segundas nupcias, con cédula número uno-doscientos
ochenta y siete-ochocientos noventa y siete, vecino de San José, Zapote, Barrio
Moreno Cañas, ciento cincuenta metros al sur del abastecedor La Primavera, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezca a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2016.—Lic. Floribeth
Gómez Cubero, Notaria.—1 vez.—( IN 2018243251 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos,
acreedores y demás interesados en la sucesión de Argenide García Vargas, quien
fue mayor, divorciada, profesora, cédula de identidad cuatro- cero uno dos
dos-cero dos seis tres y vecina de Heredia, Urbanización La Nidia, ochocientos
metros sur de la Escuela del sur y cien oeste, quien falleció el diez de mayo
del dos mil diecisiete, para que dentro del plazo de treinta días, contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y
se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Exp. N° 001-2018.—Licda.
Marta Eugenia Carballo Avendaño, Notaria.—1 vez.—( IN2018243266 ).
Ante esta notaría se encuentra abierto el
proceso sucesorio notarial de Antonio Eugenio De Jesús Álvarez Jiménez. Se
invita a herederos, legatarios ya otros interesados a apersonarse a hacer valer
sus derechos dentro del plazo de treinta días contados a partir de esta
publicación, se hace saber a los interesados que esta notaría se encuentra
abierta en calle El Tejar, Esparza, un kilómetro al oeste del
Cementerio.—Esparza, 17 de mayo del 2018.—Lic. Luis E. Wong Sánchez, Notario.—1
vez.—( IN2018243275 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría por el señor Asdrúbal Montoya Gómez, a las nueve horas treinta minutos
del día doce de mayo del dos mil dieciocho y comprobado el fallecimiento esta
notaría declara abierto el proceso sucesorio en sede notarial de quien en vida
fuera el señor: Eladio De Jesús Montoya Fernández, quien fuera mayor, casado
una vez, agricultor, de sexo masculino, de nacionalidad costarricense, vecino de
Dominical de Osa, provincia de Puntarenas, en la entrada de Barrio Los
Cherepos, portador de la cédula de identidad número: uno-doscientos ochenta y
nueve-novecientos sesenta y siete. Se cita y emplaza a todos los interesados
para que, dentro del plazo máximo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus
derechos. Notaría del MSc. Álvaro Estrada Chavarría, quien tiene oficina
abierta en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, frente a Repuestos la
Guacamaya, teléfono: ocho ocho dos nueve cero tres cuatro cero, fax: dos siete
siete uno uno cero cuatro nueve.—Msc. Álvaro Estrada Chavarría, Notario.—1
vez.—( IN2018243290 ).
Sucesorio notarial de Miguel Mora Fonseca,
fue mayor, casado una vez, agricultor, vecino de El Llano de Desamparados,
cédula N° 1-0081-9464. Se cita y emplaza a posibles herederos y otros para que,
en treinta días hábiles a partir de su publicación, se apersonen a hacer valer
derechos, sita Desamparados detrás del Liceo Monseñor Odio. Expediente:
01-2018.—Desamparados, 08 de mayo del 2018.—Lic. Emilia Ma. Marín Díaz,
Notario.—1 vez.—( IN2018243293 ).
Sucesorio notarial de Jorge Morales Fallas,
en vida fue mayor, casado una vez„ vecino de San Rafael Arriba de Desamparados,
cédula N° 1-245-017. Se cita y emplaza a posibles herederos y otros, para que,
en 30 días hábiles a partir de su publicación, se apersonen a hacer valer
derechos, sita Desamparados detrás Liceo Monseñor Odio. Expediente N°
02-2018.—Desamparados 12 de mayo del 2018.—Licda. Emilia Ma. Marín Díaz,
Notaria.—1 vez.—( IN2018243294 ).
Se cita y emplaza a todas las
personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Justin Noel
Ramírez Varela, nacido el dieciocho de enero del año dos mil uno, hijo de Luis
Diego Ramírez Garita y Noelia Varela Cubero, diligencias promovidas por el
Patronato Nacional de la Infancia, para que se apersonen a este Juzgado, dentro
del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del
edicto ordenado. Clase de asunto depósito judicial. Expediente N°
18-000037-1591-FA.—Juzgado Civil y de Trabajo de Quepos, 23 de abril del
2018.—Msc. Julio David Rebelo Orellana, Juez.—Orden de compra N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018241933 ). 3
v. 2
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda
la salvaguardia de Álvaro Calderón Fonseca, conforme con el artículo 236 del
Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo
de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de salvaguardia
establecido por María del Milagro Calderón Fonseca. Expediente número
18-001089-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 11 de mayo del
2018.—Licda. Cristina Dittel Masis, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018241943 ).
Hago saber que en mi notaría, ubicada en avenida diez bis, calle
veintiuno, número mil ochenta, se tramitan diligencias de adopción de persona
mayor de edad, establecidas por Enrique Chavarría Vargas, conocido como Enrique
Fernández Chavarría, casado una vez, jubilado, con cédula de identidad Nº
3-186-689, en las que promueve la adopción de Edyn Jesús Saballo Chavarría,
mayor, soltero, empleado de comercio, portador de la cédula de identidad Nº
1-1649-405, ambos son vecinos La Unión de Cartago, Río Azul, calle Salas, 400
metros al norte de la última para de buses. Las personas interesadas que tengan
objeciones que hacer a esta adopción, podrán hacerlo saber en esta Notaría
dentro del plazo de cinco días a partir de la publicación de este edicto,
aportando las pruebas que tengan para su oposición, expediente Nº 0001-2018
D.C.A.—San José, 7 de mayo de 2018.—Licda. Carmen Aguilar Mora, Notaria
Pública.—1 vez.—( IN2018242003 ).
Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Hazel
Cristina Rojas Peralta y Ramiro de Jesús Navarro Corrales, ambos en su carácter
personal, cédula N° 6-359-750 y N° 1-762-947 respectivamente, se les hace saber
que en demanda depósito judicial, establecida por Patronato Nacional de la
Infancia contra Cristina Rojas Peralta y Ramiro de Jesús Navarro Corrales, se
ordena notificarle por edicto, la sentencia número 100438-2018 de las catorce
horas y cuarenta y siete minutos del veintiséis de marzo de dos mil dieciocho, que
en lo conducente dice: Por tanto: De conformidad con lo expuesto, normativa
citada y haciendo prevalecer el interés superior de las personas menores de
edad, se aprueba la solicitud de depósito judicial promovida por Patronato
Nacional de la Infancia, oficina local de esta ciudad y se ordena: que Joshua
David Navarro Rojas se mantendrá bajo la responsabilidad de la señora Jéssica
María Rojas Peralta quien representará a Joshua David Navarro Rojas en todo lo
que corresponda y seguirá velando por su bienestar integral. Deberá la señora
Depositaria comparecer dentro de tercero día a aceptar el cargo conferido. Así
mismo se ordena al Patronato Nacional de la Infancia promover la comunicación y
trato materno filial, así como mantener la inclusión del hogar de acogida del
niño en el Programa de Hogares Subvencionados. Una vez firme la presente
resolución y mediante ejecutoria que se expedirá a solicitud de interesada,
inscríbase en el Registro Civil lo resuelto en las citas de nacimiento de
Joshua David Navarro Rojas tomo quinientos cincuenta y uno, folio cuatrocientos
veinte, asiento ochocientos treinta y nueve. Se resuelve este asunto sin
especial condenatoria en costas, siendo diligencias no contenciosas y de
interés de una persona menor de edad. (art. 106 del Código de Niñez y
Adolescencia). Se advierte a las partes el derecho de apelar este fallo dentro
del plazo de ley. Proceso depósito judicial, número 15-0001380-0292-FA,
establecido por Patronato Nacional de la Infancia, contra Cristina Rojas
Peralta y Ramiro de Jesús Navarro Corrales.—Juzgado de Familia
del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Licda.
Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018242277 ).
Licenciado José Miguel Fonseca Vindas, Juez del Juzgado Segundo de
Familia de San José, hace saber a Yamila Caridad Delis Martínez, en su carácter
personal, quien es mayor, cubana, con documento de identidad número DI
51090810096, se le hace saber que en demanda de matrimonio inexistente bajo el
número de expediente 16-000651-0187-FA establecida por la Procuraduría General
de la República, se ordena notificarle por edicto, la resolución que da curso a
la demanda. “Juzgado Segundo de Familia de San José. A las nueve horas y cero
minutos del diez de mayo de dos mil dieciocho. I. Se reserva el memorial
suscrito por el Licenciado Roberto Montealegre Quijano para ser conocido en su
momento procesal oportuno-folio 68-,de dicho memorial deberá aportar copia para
su entrega a la parte actora, lo anterior en un plazo de tres días bajo
apercibimiento de que en caso de omisión no se atenderán sus futuras gestiones.
II. Dada la naturaleza de los hechos que aquí se acusan y las pretensiones
formuladas, el Licenciado Guillermo Fernández Lizano, en representación de la
Procuraduría General de la República plantea demanda ordinaria de matrimonio
inexistente de la cual se le confiere traslado por el plazo de treinta días a
Yamila Caridad Delis Martínez por medio de su curador el Licdo. Roberto
Montealegre Quijano. En lo concierna, deberá contestar la demanda con relación
a los hechos manifestando si los rechazan por inexactos, los aceptan como
ciertos o si los admiten con variantes o rectificaciones, las razones que
tengan para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya n; en esta
oportunidad ofrecerá pruebas, con indicación, en su caso, del nombre y
generales de los testigos, y sobre cuáles hechos serán interrogados, sin
interrogatorio formal. Se le previene al demandado que deberá indicar medio
(fax/casillero/correo electrónico) para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento que en caso de omisión las futuras resoluciones que se dicten se
les tendrán por debidamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro
horas; igual consecuencia producirá para ambas partes si el medio escogido
imposibilitare la notificación por causa ajenas al Despacho (Artículos 11 de la
Ley de Notificaciones Judiciales). Notifíquesele a la demandada Delis Martínez
por medio de su curador procesal el Licenciado Roberto Montealegre Quijano. De
conformidad con el numeral 263 del Código Procesal Civil, se ordena notificar
este auto a la demandada por medio de edicto, remítase el mismo mediante
sistema electrónico a la Imprenta Nacional.—Juzgado Segundo de Familia de
San José.—Lic. José Miguel Fonseca Vindas, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018242278 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio el señor Edén de Jesús Chevez Cerdas, mayor, soltero,
guarda de seguridad privada, cédula de identidad número 0503080004, nacido en
Las Brisas, La Cruz, Guanacaste, el 09/11/1978, con 39 años de edad y la señora
María Clarita Espinoza Cruz, mayor, divorciada, ama de casa, cédula de
identidad número 0501920950, nacida en Centro, Nicoya Guanacaste, el
08/04/1961, actualmente con 57 años de edad; ambas personas contrayentes tienen
el domicilio en Liberia, Guanacaste. Si alguna persona tiene conocimiento de
algún impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Expediente N° 18-000337-0938-FA.—Juzgado de Familia
y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia,
(Materia Familia), 10 de mayo del 2018.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018241937 ).
Han concurrido ante mí notaría, Jactziry Nallely (nombres) Acosta, de
único apellidos en razón de su nacionalidad: estadounidense, pasaporte de los
Estados Unidos de Norteamérica cuatro nueve ocho cinco tres cinco ocho uno uno,
de veinticuatro años, soltera, empleada de servicio al cliente, vecina de
Estados Unidos de América, Texas, El Paso, once mil veintinueve, hija de Miguel
Ángel Acosta Lucio y María Cipriana Compeon Martínez, de nacionalidad:
mexicanos; y Brandon Vinicio Rojas Monge, cédula número: tres-cero quinientos
doce-cero ochocientos ochenta, de diecinueve años, soltero, trabajador
independiente, vecino de Cartago, Turrialba, Barrio La Margot, setenta y cinco
metros norte de la antigua Delegación, hijo de Vinicio Alonso Rojas Rivera y
María Alejandra Monge Brenes, costarricenses; con el ruego de que les una en
matrimonio civil. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún
impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo
ante esta notaría en Cartago, Turrialba, calle cero, avenida dos, frente a
Importadora Monge, dentro del término de ocho días contados a partir de la
publicación del presente edicto.—Turrialba, nueve de mayo del dos mil
dieciocho.—Licda. Viriam Fumero Paniagua, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2018241945 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil:
Michael Chavarría Cisneros, mayor, soltero, agente de ventas, cédula de
identidad número 0113690759, hijo de Carlos Eliécer Chavarría Montero y Mayra
Patricia Cisneros Cascante, domicilio en Hospital Central San José, el
29/10/1988, con 29 años de edad, y Yahaira Johana Mora Sibaja, mayor, soltera,
oficios domésticos, cédula de identidad número 0604360535, hija de José Mora
Trejos y Ericka Sibaja Rueda, domicilio en Centro Central Puntarenas, el
17/01/1997, actualmente con 21 años de edad; ambas personas contrayentes tienen
el domicilio en Santa Ana, Piedades, San José, Santa Ana. Si alguna persona
tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice,
está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 18-000041-1726-CI.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Santa Ana (Materia
Civil), San José, Santa Ana, 11 de mayo del 2018.—Lic. José Bernal
Rodríguez Marín, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018242279 ).
Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil
las personas contrayentes Cristian Mauricio González Espinoza, mayor, soltero,
guarda, cédula de identidad número 0604600675, vecino de San Ramón de Río
Claro, frente a la Gatsur, hijo de Jano González Espinoza, nacido en Centro
Golfito Puntarenas, el 06/09/1987, con treinta años de edad, y Andrea María
Alpízar Villalobos, mayor, soltera, administradora, cédula de identidad número
0113890311, vecina de San Ramón de Río Claro, frente a Gatsur, hija de Marielos
Villalobos Chavarría y Juan Romualdo Alpízar Sartin, nacida en San Isidro Pérez
Zeledón, San José, el 23/04/1989, actualmente con veintinueve años de edad. Si
alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para
que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho
dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto.
(Solicitud de Matrimonio) Expediente Nº 18-000213-1304-FA.—Juzgado de
Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Familia), 10 de mayo
del 2018.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018242281 ).
Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil
las personas contrayentes Esteban Ricardo Gutiérrez Cambronero, mayor, unión
libre, dependiente, cédula de identidad número 0603230115, vecino de Ciudad
Neily, Barrio San Juan 50 metros noreste del mercado municipal, hijo de María
Virginia Cambronero Cordero y Agustín Gutiérrez Madrigal, nacido en Corredor,
Corredores, Puntarenas, el 21/07/1982, con treinta y cinco años de edad, y
Andrea Pérez Picado, mayor, unión libre, oficios domésticos, cédula de
identidad número 0603330253, vecina de la misma dirección del anterior, hija de
Cecilia Picado Mora y José Andrés Pérez Campos, nacida en Corredor, Corredores,
Puntarenas, el 10/09/1983, actualmente con treinta y cuatro años de edad. Si
alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para
que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho
dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto.
(Solicitud de Matrimonio) Expediente Nº 18-000223-1304-FA.—Juzgado Civil
de Familia y Violencia Doméstica del Segundo
Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Familia),
14 de mayo del 2018.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018242282 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil
Esteban Badilla Cascante, mayor, soltero, Talabartero, cédula de identidad
número 0113210060, vecino de EL Carmen de Goicoechea Tepeyac N° 1, casa N° 89,
hijo de Jorge Badilla Sánchez y Victoria Cascante Sibaja, nacido en Carmen
Central San José, el 15/05/1987, con 30 años de edad, y Stephanie Priscilla
Serrano Campos, mayor, soltera, cajera, cédula de identidad número 0114360158,
vecina de Purral de Goicoechea, La Lupita casa 203, hija de Hernán Serrano
Rodríguez y Cecilia Campos Figueroa, nacida en Carmen Central San José, el
18/06/1990, actualmente con 27 años de edad. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº18-000899-0165-FA.—Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 4 de mayo
del 2018.—Msc. Valeska Von Koller Fournier, Jueza.—1
vez.—O.C N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018242908 ).