BOLETÍN JUDICIAL 98 DEL 4 DE JUNIO DEL 2018

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN HUMANA

DEL PODER JUDICIAL

SALA CONSTITUCIONAL

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN HUMANA

DEL PODER JUDICIAL

CONCURSO 06-2018

La Comisión de Nombramientos de Puestos de Elección de la Corte Suprema de Justicia y la Dirección de Gestión Humana, invitan a las personas interesadas a participar en el siguiente concurso, para nombramiento en propiedad:

SUBAUDITOR (A) INTERNO (A)

Dirección de Auditoría Judicial

Plaza: 103603

Requisitos:

Licenciatura en Contaduría Pública o en Administración con énfasis en Contaduría o Contabilidad.

Incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica o al Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas de Costa Rica, según corresponda.

Experiencia de tres años en el ejercicio de la auditoría interna o externa en el sector público o privado.

Dos años de experiencia en supervisión de personal

(Según lo establecido en el perfil competencial, aprobado por Corte Plena en sesión 49-17 del 11 de diciembre de 2017 artículo XXIV)

Forma de participar, requisitos y otros detalles del concurso se pueden acceder en las siguientes direcciones electrónicas:

Internet:

http://www.poder-judicial.go.cr/ghenlinea

Intranet judicial:

http://intranet/ghenlinea

Periodo de inscripción:

Inicia: lunes 4 de junio 2018

Finaliza: viernes 15 de junio de 2018

Horario de atención al público: lunes a viernes: de 7:30 a.m. a 12:00 m. y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m.

Correo Electrónico: reclutamiento@poder-judicial.go.cr / Teléfonos: 2295-3590 o 2295-3654

 

Jennifer Carrillo Cárdenas.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018244299 ).

SALA CONSTITUCIONAL

ASUNTO:      Acción de Inconstitucionalidad

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

SEGUNDA PUBLICACIÓN

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número 18-003574-0007-CO, que promueve ASOCIACIÓN DEPORTIVA CLUB SPORT HEREDIANA, se ha dictado la resolución que literalmente dice: «SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las diez horas y nueve minutos de veintiuno de mayo del dos mil dieciocho./Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Juan Carlos Retana Otárola, mayor de edad, costarricense, abogado y notario, casado tres veces, vecino de San José, cédula de identidad 1-755-737, en mi condición de apoderado especial judicial de la empresa Fuerza Herediana Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-665562 y de la Asociación Deportiva Club Sport Herediano, cédula de persona jurídica 3-002-61596, para que se declaren inconstitucionales la Jurisprudencia, en razón de la materia, de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia y el inciso 4), del artículo 430, del Código de Trabajo, por estimarlos contrarios a los derechos protegidos en los artículos 11 y 49 de la Constitución Política. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República y a la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. Manifiesta que tiene, como asuntos previos, los procesos jurisdiccionales que, bajo los expedientes 17-010697-1027-CA y 18-001232-1027-CA, se tramitan en el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda. En ambos procesos se ha declarado la incompetencia del Tribunal Contencioso Administrativo para conocerlos, por medio de las decisiones 31-2018-T de las 10:00 horas de 26 de enero de 2018 y 140-2018 de las 14:35 horas de 23 de febrero del 2018. Por medio de los escritos de 2 y de 26 de febrero del 2018, se apelaron dichas resoluciones ante la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia y se invocó la inconstitucionalidad de las normas impugnadas como medio razonable de amparar el derecho o interés que se estima vulnerado. La normativa cuestionada vulnera lo contemplado en el artículo 49 de la Constitución Política. Con sustento en esas disposiciones, el Tribunal Contencioso Administrativo declina su competencia cuando se trata de actos administrativos emitidos por la Caja Costarricense de Seguro Social, referentes a inspecciones relacionados por sus funcionarios, en fijación de cuotas obrero patronales, determinación de adeudos, entre otros. Lo anterior, pese a que, con anterioridad, la Sala Constitucional, en la sentencia 2010-19700, declaró la inconstitucionalidad del artículo 402, inciso d) del Código de Trabajo, cuyo contenido era similar al cuestionado en esta ocasión. De modo que la materia que nos ocupa es contenciosa y no laboral, de acuerdo con lo expuesto por la Sala Constitucional en la sentencia supra referida. La pauta jurisprudencial de la Sala Primera impugnada, en esta oportunidad, ha sido plasmada en numerosos votos, entre esos, los Nos. 804-C-51-2013, 469-C-S1- 2014, 1408-C-S1-2015, 1413-C-S1-2015, 1421-C-S1-2015, 1420-C-S1-2015. En los procesos jurisdiccionales que sirven de asunto base de esta acción se discute la legalidad de sendas actuaciones administrativas de la Caja Costarricense de Seguro Social, relativa al cobro de las cuotas-obrero patronales. Lo anterior constituye una competencia que, con arreglo a los artículos 11 y 49 de la Constitución Política, debe ser conocida por la Jurisdicción Contenciosa Administrativa y no en la sede laboral, dada la necesidad de contar con jueces especializados en la materia. Así lo determinó la Sala Constitucional en la sentencia supra mencionada. Considera que órganos que agotan la vía administrativa que esa demanda ha sido establecida, a efecto de que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de la ley, decreto, disposición, acuerdo o resolución, tampoco se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Si la acción fuere planteada por el Procurador General de la República, la audiencia se le dará a la persona que figure como parte contraria en el asunto principal”, “Artículo 82. En los procesos en trámite no se suspenderá ninguna etapa diferente a la de dictar la resolución final, salvo que la acción de inconstitucionalidad se refiera a normas que deban aplicarse durante la tramitación.” Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber, además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese. Notifíquese con copia del memorial del recurso y por medio del notificador de este despacho./ Fernando Cruz Castro, Presidente a. í.”

San José, 23 de mayo del 2018.

                                                                Roberto Vinicio Mora Mora

                                                                            Secretario a. í.

O. C. 364-12-2017.—Sol. 68-2017-JA.—( IN2018245533 ).

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número 18-006526-0007-CO que promueve Miguel Alejandro Gutiérrez Pizarro, se ha dictado la resolución que literalmente dice: «Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las once horas y veintidós minutos de nueve de mayo de dos mil dieciocho. /Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Miguel Alejandro Gutiérrez Pizarro, mayor, casado una vez, abogado, vecino de Cartago, cédula de identidad 1-1139-0092, carné del Colegio de Abogados 25708, para que se declare inconstitucional el Decreto Ejecutivo 41033-MGP, por estimarlo contrario a los derechos protegidos en los artículos 9°, 11 y 129 de la Constitución Política. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República, al Ministerio de Gobernación y Policía y a la Dirección General de Migración y Extranjería. Manifiesta que la Ley de Migración, Ley 8764, en su artículo 33, inciso 3), establece el cobro de una multa de 100 dólares a la persona que permanezca, de manera irregular, en el país, de tal modo que si no cancela la multa, se impondrá un impedimento de entrada al territorio nacional equivalente al triple del período en que se prolongue la permanencia irregular. Tras algunas solicitudes formuladas por diversos movimientos de la sociedad civil y agrupaciones de migrantes, por medio de la norma cuestionada el Poder Ejecutivo ha ordenado suspender, por un plazo de 12 meses, la aplicación de la multa aludida, mientras se tramite y se logre una reforma legal, a favor de esta población. Considera que la normativa impugnada lesiona el interés difuso de los costarricenses preocupados por el manejo de la política migratoria, que ha desplegado el Poder Ejecutivo. También vulnera el principio de separación de poderes, pues en la especie, mediante el Decreto cuestionado, se pospone el cobro de una multa de índole legal, sobre la cual, se ha contado con una fase de 8 años para su implementación. En el caso concreto, lo que se produce es una irregularidad o, una contradicción, entre las disposiciones de la ley y el reglamento. Pide que se declare con lugar la acción y la inconstitucionalidad de la norma cuestionada. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional, en sus artículos 73 a 79. La legitimación del accionante proviene del párrafo 2°, del artículo 75, de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, en cuanto se apersona en defensa de intereses difusos. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción. Efectos jurídicos de la interposición de la acción: Se recuerdan los términos de los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que disponen lo siguiente “Artículo 81. Si el Presidente considerare cumplidos los requisitos de que se ha hecho mérito, conferirá audiencia a la Procuraduría General de la República y a la contraparte que figure en el asunto principal, por un plazo de quince días, a fin de que manifiesten lo que estimen conveniente. Al mismo tiempo dispondrá enviar nota al tribunal u órgano que conozca del asunto, para que no dicte la resolución final antes de que la Sala se haya pronunciado sobre la acción, y ordenará que se publique un aviso en el Boletín Judicial, por tres veces consecutivas, haciendo saber a los tribunales y a los órganos que agotan la vía administrativa que esa demanda ha sido establecida, a efecto de que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de la ley, decreto, disposición, acuerdo o resolución, tampoco se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Si la acción fuere planteada por el Procurador General de la República, la audiencia se le dará a la persona que figure como parte contraria en el asunto principal.” “Artículo 82. En los procesos en trámite no se suspenderá ninguna etapa diferente a la de dictar la resolución final, salvo que la acción de inconstitucionalidad se refiera a normas que deban aplicarse durante la tramitación”. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber, además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese. Notifíquese con copia del memorial del recurso y por medio del notificador de este despacho. /Fernando Cruz Castro, Presidente a. í.»

San José, 23 de mayo del 2018.

                                                  Roberto Vinicio Mora Mora

                                                               Secretario a. í.

O. C. 364-12-2017.—Sol. 68-2017-JA.—( IN2018245534 ).

Para los efectos de los artículos 88 párrafo segundo y 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el número 16-014064-0007-CO, promovida por José Alberto Martín Alfaro Jiménez, Natalia Diaz Quintana, Otto Claudio Guevara Guth contra el artículo 101 del Reglamento Autónomo de Trabajo del Instituto Costarricense de Turismo (Reglamento 4846 del 11 de agosto de 1998), por estimarlo contrario a los artículos 33, 57, 68 y 176 de la Constitución Política y a los principios constitucionales de razonabilidad y proporcionalidad, se ha dictado el voto número 2018-008137 de las once horas y cuarenta y cinco minutos de veintitrés de mayo de dos mil dieciocho, que literalmente dice:

«Se declara con lugar la acción y, en consecuencia, se anula, por inconstitucional, el artículo 101, del Reglamento Autónomo de Trabajo del Instituto Costarricense de Turismo, Decreto Ejecutivo 4846 de 11 de agosto de 1998, reformado mediante sesión 5476 del 03 de julio de 2007. Esta declaratoria de inconstitucionalidad tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de emisión de la norma anulada, sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 91, de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se dimensionan los efectos de esta declaratoria, en el sentido de que la inconstitucionalidad declarada no afecta el pago del beneficio ya recibido, por haberse incorporado al patrimonio de los trabajadores. El Magistrado Hernández Gutiérrez consigna razones diferentes. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Comuníquese este pronunciamiento al Instituto Costarricense de Turismo. Notifíquese.»

Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del voto

San José, 25 de mayo del 2018.

                                                         Roberto Vinicio Mora Mora,

                                                                     Secretario a. í.

OC 364-12-2017.—Sol. 68-2017-JA.—( IN2018246595 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

Ocho horas del cinco de octubre de dos mil dieciocho, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones y soportando la servidumbre sirviente, según citas 338- 15977-01-0010-001 y con la base de tres millones ciento veinticinco mil dos colones, remataré: el fundo hipotecado inscrito al Partido de Alajuela, Matrícula de Folio Real número cuatrocientos cuarenta y seis mil doscientos cinco-cero cero cero, que es terreno para construir, situado en el distrito sexto: Pital, del cantón décimo: San Carlos, de la provincia de Alajuela, lindante al norte, calle pública; al sur, Walter Alvarado Porras; al este, José Joaquín Alvarado Rojas, y al oeste, calle pública; el cual mide cuatrocientos metros con siete decímetros cuadrados, plano A-0456418-1997, propiedad de María Isabel Alvarado Porras. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de dos millones trescientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta y un colones con cinco céntimos, se señalan las ocho horas del veintitrés de octubre de dos mil dieciocho. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, o se la suma de setecientos ochenta y un mil doscientos cincuenta colones con cinco céntimos, se señalan las ocho horas del siete de noviembre de dos mil dieciocho. Lo anterior por estar así ordenado en proceso de ejecución hipotecaria de la Fundación Unión y Desarrollo de Las Comunidades Campesinas (Fundecoca) contra María Isabel Alvarado Porras. Exp. 18-000096-0298-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 18 de mayo del 2018.—Lic. Federico Villalobos Chacón, Juez.—O C 364-12-2017.—Sol 68-2017-JA.—( IN2018247057 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del seis de julio del dos mil dieciocho y con la base de siete millones setecientos sesenta y ocho mil novecientos setenta y cinco colones con cuarenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos once mil doscientos cincuenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito San Juan, cantón Abangares de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Jose Ángel Ovares Ugalde; al sur, Juan Carlos De Jesús Vargas Delgado; al este, calle pública; y al oeste, Jose Ángel Ovares Ugalde. Mide: mil ciento setenta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés de julio del dos mil dieciocho, con la base de cinco millones ochocientos veintiséis mil setecientos treinta y un colones con sesenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de agosto del dos mil dieciocho, con la base de un millón novecientos cuarenta y dos mil doscientos cuarenta y tres colones con ochenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Martin Gerardo Segnini Alpízar. Expediente: 18-001632-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 9 de abril del 2018.—Lic. Ivan Tiffer Vargas, Juez.—( IN2018247111 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada según citas: 291-06413-13-01-0901-001; servidumbre trasladada según citas: 305-02448-01-0902-001, a las trece horas y cuarenta minutos del veinticinco de enero del dos mil diecinueve y con la base de sesenta y siete mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 459018-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito 01 San Vicente, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 23 metros 27 decímetros; al sur, Blanca Yorleny Zavala Martínez y Jorge Sandí Campos; al este, Ileana María Vargas Montero, y al oeste, Dennis Lilliana Lizzie, Dafne Brenda y Eric, todos de apellidos Alpízar Monge. Mide: quinientos ochenta y seis metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y cuarenta minutos del once de febrero del dos mil diecinueve, con la base de cincuenta mil seiscientos veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y cuarenta minutos del veintiséis de febrero de dos mil diecinueve, con la base de dieciséis mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Green Cedar S. A. contra Carlos Enrique Ortega Lizano, Irene María Cuesta Jiménez. Expediente 18-000893-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de mayo del 2018.—Licda. Kreysa Marín Mata, Jueza.—( IN2018247143 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada (citas: 330-03897-01-0002-001) y servidumbre de acueducto y de paso de a y a (citas: 574-39192-01-0001-001); a las ocho horas y treinta minutos del veinticinco de junio de dos mil dieciocho y con la base de noventa y siete millones quinientos ochenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuarenta y siete mil ciento sesenta y cuatro, Horizontal F derecho cero cero cero, la cual es terreno finca filial seis apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 04 San Antonio, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, finca filial siete; al sur, finca filial cinco; al este, acceso vehicular con un frente de treinta y un metros y al oeste, Deidamia Rodríguez. Mide: mil cuatrocientos treinta y cinco metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de julio de dos mil dieciocho, con la base de setenta y tres millones ciento ochenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de julio de dos mil dieciocho con la base de veinticuatro millones trescientos noventa y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Augusto Salvador Galvez Miranda, Importaciones VIP Latinoamericana S. A. Exp. 17-022440-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 24 de mayo del 2018.—Lic. Pablo López Vindas, Juez.—( IN2018247149 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso (citas: 558-08371-01-0010-001); a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de junio de dos mil dieciocho y con la base de doscientos ochenta y seis mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos trece mil ciento ochenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno lote 3 terreno para construir hoy con una casa de habitación. Situada en el distrito 05 Guácima, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 2 y servidumbre de paso con un frente de 3 metros lineales; al sur, Bertilia Duran Aguilar; al este, Bertilia Duran Aguilar; y al oeste, servidumbre de paso con un frente de 7 metros lineales y en parte lote 4. Mide: novecientos cincuenta y siete metros con sesenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diez de julio de dos mil dieciocho, con la base de doscientos catorce mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de julio de dos mil dieciocho, con la base de setenta y un mil seiscientos veinticinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Augusto Salvador Galvez Miranda y contra Importaciones VIP Latinoamericana S.A. Expediente: 17-022442-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 24 de mayo de 2018.—Lic. Juan Carlos Cerdas Bermúdez, Juez.—( IN2018247150 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del nueve de agosto del dos mil dieciocho, y con la base de diez millones ochenta y siete mil quinientos colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas 898084, marca Toyota, estilo Sequoia, capacidad 8 personas, año 2003, color gris, tracción 4x4, motor marca Toyota, 4700 c.c, cilindros 8, gasolina. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintisiete de agosto del dos mil dieciocho, con la base de siete millones quinientos sesenta y cinco mil seiscientos veinticinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y treinta minutos del once de setiembre del dos mil dieciocho, con la base de dos millones quinientos veintiún mil ochocientos setenta y cinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Representaciones Mare Sociedad Anónima contra Viviam Quesada Rodríguez. Expediente 18-000443-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 25 de mayo del 2018.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2018247162 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del dos de julio de dos mil dieciocho y con la base de ocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos noventa y nueve mil quinientos sesenta y tres cero cero cero, la cual es terreno para construir con callejón de acceso. Situada en el distrito 04 San Pedro, cantón 12 Valverde Vega, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ana Isabel Rodríguez Madrigal y Olga Lilian Rodríguez Madrigal; al sur, José Rafael Rodríguez Madrigal; al este, Olga Lilian y frente a calle pública con un frente a ella de 4.00 metros lineales y al oeste, Seidy Leonor Rodríguez Madrigal. Mide: doscientos diecinueve metros cuadrados. para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de julio de dos mil dieciocho, con la base de seis millones quinientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de agosto de dos mil dieciocho con la base de dos millones ciento ochenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Geffry Gerardo Torres Cortes, Grettel Daniela Cardoso Rodríguez. Exp. 18-000200-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 08 de marzo del 2018.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018247166 ).

En la puerta exterior de este Despacho; al ser catorce horas y treinta minutos del nueve de julio de dos mil dieciocho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones (Citas: 384-11941-01-0900-001), servidumbre de paso (Citas: 485-03897- 01-0008-001) servidumbre de paso (Citas: 485-10933-01-0007-001); y con la base de tres millones quinientos mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Provincia de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos dieciocho mil setecientos treinta y nueve cero cero cero la cual es de Naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 8-Angeles, cantón 2-San Ramon, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ana Lorena Soto Quesada y José Luis Blanco Blanco; al sur, Asociación de Desarrollo Integral de Valle Azul de Los Ángeles de San Ramon; al este, Ana Lorena Soto Quesada y José Luis Blanco Blanco y al oeste, calle publica con un frente a ella de 15 metros lineal. Mide: quinientos dos metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de julio de dos mil dieciocho, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del diez de agosto de dos mil dieciocho con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra José Luis Blanco Blanco. Exp: 17-021378-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 19 de marzo del 2018.—Licda. Priscilla González Seravalli, Jueza.—( IN2018247167 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de julio del dos mil dieciocho, y con la base de dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos mil trescientos veintitrés cero cero uno, cero cero dos, cero cero tres, cero cero cuatro la cual es terreno naturaleza: terreno para construir lote 99. Situada en el Distrito 04-Piedades norte, Cantón 02-San Ramón, de la Provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 97 Damaris Alvarado Ledezma; al sur resto reservado para la construcción de Avenida Tulipanes; al este lote 98 de Juan Luis Ramírez Torres, y al oeste, terreno para la construcción de la Avenida los Claveles. Mide: ciento sesenta y tres metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del nueve de agosto de dos mil dieciocho, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta de agosto de dos mil dieciocho con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra James Antonio Lobo Guerrero. Expediente 17-019819-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 02 de mayo del 2018.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018247170 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y veinte minutos del diez de setiembre del dos mil dieciocho, y con la base de dos millones seiscientos treinta y seis mil novecientos cincuenta y un colones con ochenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas número CL-194449, marca Chevrolet, estilo S10, categoría carga liviana, capacidad 3 personas, año 2003, color blanco, vin 9BG124CX03C406723, cilindrada 2400 cc., combustible gasolina. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y veinte minutos del veinticinco de setiembre del dos mil dieciocho, con la base de un millón novecientos setenta y siete mil setecientos trece colones con ochenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y veinte minutos del diez de octubre del dos mil dieciocho, con la base de seiscientos cincuenta y nueve mil doscientos treinta y siete colones con noventa y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de contra Franco Michel Camareno Hernández. Expediente 15-001880-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 16 de mayo del 2018.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2018247172 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso;; a las once horas del nueve de julio del año dos mil dieciocho, y con la base de setenta y cuatro millones trescientos ochenta y cuatro mil trescientos sesenta y cuatro colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 64477-F-001 y 002 la cual es terreno finca filial primaria individualizada número ochenta y tres apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de siete pisos. Situada en el distrito 3 Sardinal, cantón 5 Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, área común libre de acceso y área común libre de acceso del condominio primario; al sur, área común libre de zona verde del condominio primaria; al este, finca filial primaria individualizada número ochenta y cuatro, y al oeste, area comun libre de acceso principal del condominio primario y área común libre de zona verde del condominio primario. Mide Ochocientos sesenta y cuatro metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y del veinticuatro de julio del año dos mil dieciocho, con la base de cincuenta y cinco millones setecientos ochenta y ocho mil doscientos setenta y tres colones exactos y, para la tercera subasta se señalan las once horas y del diez de agosto del año dos mil dieciocho con la base de dieciocho millones quinientos noventa y seis mil noventa y un colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Pacifico Association Management Services (PAMS) LT contra Giselle Soto Chinchilla. Exp. 15-000007-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 22 de mayo del 2018.—Lic. Patricia Cedeño Leitón, Juez.—( IN2018247180 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada según citas 0330-00006158-01-0901-001 y demanda ordinaria según citas 564-16574-01-001-001, a las catorce horas y treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil dieciocho, y con la base de sesenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 202775-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Gilbert Fernández; al sur, Miguel Ángel Mora; al este, calle pública con 05m 93cm y al oeste, Ma. Anita Barrientos. Mide: ciento cuarenta y siete metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de julio de dos mil dieciocho, con la base de cuarenta y cinco mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del siete de agosto de dos mil dieciocho con la base de quince mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jenny Meneses Moya contra Inmobiliaria El Pogreso Sureño S. A. Exp.: 12-023703-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de febrero del 2018.—Licda. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—( IN2018247186 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de junio del dos mil dieciocho, y con la base de treinta mil doscientos setenta y seis dólares con ochenta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos veintiocho mil novecientos sesenta y ocho cero cero cero, la cual es terreno para construir lote B-10. Situada en el distrito San Josecito, cantón San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, resto reservado con 8 metros; al sur, lotes 14-13-12 B; al este, lotes B 11, y al oeste, lotes B 09. Mide: ciento veintitrés metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del seis de julio del dos mil dieciocho, con la base de veintidós mil setecientos siete dólares con sesenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de julio del dos mil dieciocho, con la base de siete mil quinientos sesenta y nueve dólares con veintidós centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Miguel Ángel Monge Chinchilla contra Yanixia María Sánchez Contreras. Expediente 17-000999-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 25 de enero del 2018.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2018247187 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de julio del dos mil dieciocho, y con la base de veintiséis millones novecientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y un mil ochocientos veintidós cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 67, con una casa de habitación. Situada: en el distrito 3-San Miguel, cantón 3-Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Ricardo Zamora Zúñiga; al este, lote 68, y al oeste, lote 66. Mide: ciento diecinueve metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del trece de agosto del dos mil dieciocho, con la base de veinte millones ciento setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintinueve de agosto del dos mil dieciocho, con la base de seis millones setecientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Iliana Auxiliadora Brenes Zúñiga. Expediente 17-006339-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 06 de marzo del 2018.—Lic. Henry Sanarrusia Gómez, Juez.—( IN2018247207 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso bajo las citas 0539-00012751-01-0001-001; a las diez horas y treinta minutos del veintitrés de julio del año dos mil dieciocho, y con la base de ochenta y cuatro millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 576410-000 la cual es terreno para construir con una casa destinada a vivienda. Situada en el distrito Aserrí, cantón Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Corporación Industrial Fefa Sociedad Anónima; al sur, Rafael Fallas Monge, servidumbre de paso de 60 metros de longitud y 6 metros de ancho de la calle principal al lado noreste, de este; al este, Corporación Industrial Fefa Sociedad Anónima y Luis Morales Zeledón y al oeste, Corporación Industrial Fefa Sociedad Anónima. Mide: novecientos setenta y siete metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del nueve de agosto del año dos mil dieciocho, con la base de sesenta y tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintisiete de agosto del año dos mil dieciocho con la base de veintiún millones ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Vera Emilia Bonilla Naira. Exp. 18-002170-1765-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 24 de abril del año 2018.—Lic. Iván Tiffer Vargas.—( IN2018247223 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de aguas pluviales citas: 524-11396-01-0013-001, 568-32744-01-0002-001; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del dos de julio de dos mil dieciocho, y con la base de ciento veintiún mil ochocientos cincuenta y un dólares con veinticuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 75481-F derechos 001, 002, 003, 004, 005, 006, 007, 008, 009, 010, la cual es naturaleza: finca filial cincuenta de una planta ubicada en el nivel uno del edificio cinco destinada a uso residencial en proceso de construcción, situada en el distrito 9-Tamarindo cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, área común construida y área común libre asignada a la finca filial numero cincuenta jardín, sur: área común construida, este: área común construida y finca filial cincuenta y uno, oeste: área común construida y finca filial cuarenta y nueve, mide: cincuenta metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Plano: G-1335429-2009. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de julio de dos mil dieciocho, con la base de noventa y un mil trescientos ochenta y ocho dólares con cuarenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del tres de agosto de dos mil dieciocho con la base de treinta mil cuatrocientos sesenta y dos dólares con ochenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Maribel Justa Manjarres Méndez. Exp: 16-001972-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 10 de mayo del 2018.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2018247225 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas del seis de agosto del dos mil dieciocho, y con la base de tres millones quinientos sesenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 146860-000 la cual es terreno de café, pastos, plátano, bosque, eucalipto y frutas y hacienda Juan Viñas. Situada en el distrito 02 Tucurrique, cantón 04 Jiménez, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Heriberto Salas, Eliseo Zamora Sánchez, Agapito Peñaranda y Hacienda Juan Viñas; al sur, Instituto de Desarrollo Agrario, Los Brenes Carvajal Javier Vargas Rivera; al este, Hacienda Juan Viñas y Luis Fernández Sánchez Montoya; y al oeste Heriberto Salas e Instituto de Desarrollo Agrario. Mide: cuarenta y tres mil noventa y tres metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del diecisiete de agosto del dos mil dieciocho, con la base de dos millones seiscientos setenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de agosto del dos mil dieciocho con la base de ochocientos noventa mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de José Rafael Sánchez Loaiza contra Andrei Jesús Moya Martínez, Mario Iván Moya Martínez. Expediente 17-005899-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 18 de mayo del 2018.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2018247234 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del tres de julio del año dos mil dieciocho y con la base de diecinueve millones cuatrocientos cuarenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 425559-000, la cual es terreno lote treinta solar para construir con una casa. Situada en el distrito La Trinidad, cantón Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 29; al sur, calle pública; al este, calle pública y al oeste, lote 31. Mide: ciento cincuenta y siete metros con treinta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del dieciocho de julio del dos mil dieciocho, con la base de catorce millones quinientos ochenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del seis de agosto del dos mil dieciocho con la base de cuatro millones ochocientos sesenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Rafaela Vera de La Trinidad Trejos Mena. Exp. 15-034148-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 09 de marzo del 2018.—Lic. Carlos Marín Angulo, Juez.—( IN2018247248 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 399-11431-01-0901-003 reservas y restricciones citas: 399-11431-01-0904-003; a las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno de julio de dos mil dieciocho, y con la base de dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y un mil trescientos ochenta y seis-cero cero uno, la cual es terreno para la agricultura. Situada en el distrito 2 Sabalito, cantón 8 Coto Brus, de la provincia de puntarenas. Colinda: al norte, parcela trece y Virginia Segura Bermúdez; al sur, calle publica; al este, parcela trece-dos, y al oeste, parcela trece y Virginia Segura Bermúdez. Mide: Siete mil novecientos sesenta y seis metros con ocho decímetros cuadrados. Plano: P-0068555-1992. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de agosto de dos mil dieciocho, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de setiembre de dos mil dieciocho con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Karen Lorelly López Valverde contra Minerva De La Trinidad García Valverde. Exp. 16-000199-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito (Materia Cobro), 9 de mayo del 2018.—Licda. Hazel Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2018247250 ).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca en primer grado citas 2013-105669-01-0001-001 a favor de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo; a las ocho horas y cero minutos del veintiséis de junio de dos mil dieciocho, y con la base de un millón doscientos ochenta y cuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 67495-000 la cual es naturaleza: terreno para construir con una casa situada en el distrito 3-Veintisiete Abril, cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública frente 25m sur: Odette Ruiz Rosales, este, calle pública frente 10m oeste, Odette Ruiz Rosales. Mide: doscientos setenta y tres metros cuadrados. Plano:G-1643830-2013. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del once de julio de dos mil dieciocho, con la base de novecientos sesenta y tres mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintisiete de julio de dos mil dieciocho con la base de trescientos veintiún mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Wendy Helen Sociedad Anónima contra Heidy Díaz Rosales, Manrique Molina Ruiz. Exp.: 18-000404-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 15 de febrero del 2018.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2018247252 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre sirviente citas 339-10304-01-0001-001, a las nueve horas y cero minutos del diecisiete de julio del dos mil dieciocho -09:00am 17/07/2018-, y con la base de nueve millones cuatrocientos ochenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula 48116-F-000 cero cero cero, la cual es terreno finca filial treinta y seis de una planta destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada: en el distrito 5-Aguacaliente (San Francisco), cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, filial cuarenta y siete; al sur, Alameda dos; al este, zona recreativa, y al oeste, filial treinta y siete. Mide: noventa y un metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de agosto de dos mil dieciocho -09:00am 03/08/2018-, con la base de siete millones ciento trece mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de agosto de dos mil dieciocho -09:00am 21/08/2018- con la base de dos millones trescientos setenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ninoska Lisseth Sánchez Martínez. Expediente: 17-012491-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 09 de mayo del 2018.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2018247255 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 0293-00014455-01-0003-001; a las catorce horas y cero minutos del cuatro de julio del año dos mil dieciocho, y con la base de tres millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1-) Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número quinientos veinte mil ochocientos cuatro cero cero cero la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 05 San Pedro, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, María del Carmen Barboza; al sur, lote de Roger Fonseca; al este, calle pública y al oeste, Jorge Quesada Badilla. Mide: cuatrocientos diecinueve metros con ciento y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diecinueve de julio del año dos mil dieciocho, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de agosto del año dos mil dieciocho con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2-) Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 0293-00014455-01-0003-001 a las catorce horas y cero minutos del cuatro de julio del año dos mil dieciocho, y con la base de tres millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número seiscientos sesenta y nueve mil ochocientos cincuenta y seis cero cero cero la cual es terreno con una casa y de solar. Situada en el distrito 05 San Pedro, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, María Isabel Naranjo Rodríguez; al este, calle pública y al oeste, Francisco Bolaños Bogantes. Mide: doscientos setenta y nueve metros cuadrados- para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diecinueve de julio del año dos mil dieciocho, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de agosto del año dos mil dieciocho con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial) Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de ESDEUVI SRL contra Adrián Gerardo Chinchilla Mendoza. Exp. 17-004621-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 16 de mayo del año 2018.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2018247258 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y treinta minutos del nueve de julio del dos mil dieciocho, y con la base de cuatro millones ciento ochenta y seis mil trescientos cincuenta colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa: BCV003. Marca: B.M.W. Estilo: X 5. Categoría: automóvil. Capacidad: 5 personas. Carrocería todo terreno 4 puertas. Tracción: 4X4. Año: 2001. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veinticuatro de julio del dos mil dieciocho, con la base de tres millones ciento treinta y nueve mil setecientos sesenta y dos colones con cincuenta céntimos y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del diez de agosto del dos mil dieciocho con la base de un millón cuarenta y seis mil quinientos ochenta y siete colones con cincuenta céntimos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Inversiones y Desarrollos El Doce de Setiembre Sociedad Anónima contra Ismael Alexander Smith Edwards. Expediente 16-004329-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 23 de mayo del 2018.—Licda. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—( IN2018247261 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, bajo las citas: 0301-00005830-01-0901-035; a las nueve horas y treinta minutos del uno de agosto de dos mil dieciocho y con la base de setenta y nueve millones seiscientos noventa y tres mil trescientos veintiséis colones con veintiún céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número veintidós mil novecientos veintisiete-cero cero cero, la cual es terreno café montaña y pasto con una casa. Situada en el distrito 05 Pittier, cantón 08 Coto Brus de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Sergio Jiménez y calle pública; al sur, calle pública; al este, Óscar Sánchez y otro; y al oeste, José Jiménez. Mide: ciento cincuenta y cuatro mil trescientos noventa y cinco metros con cero decímetros cuadrados. Plano: P-1404086-2010. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinte de agosto de dos mil dieciocho, con la base de cincuenta y nueve millones setecientos sesenta y nueve mil novecientos noventa y cuatro colones con sesenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de setiembre de dos mil dieciocho, con la base de diecinueve millones novecientos veintitrés mil trescientos treinta y un colones con cincuenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. la anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Café Kamakiri S. A., Cerro Cedro Pittier S. A., Didier Jesús González Batista. Expediente: 18-000365-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, Materia Cobro, 14 de mayo del año 2018.—Licda. Hazel Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2018247263 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las once horas y cero minutos del veintidós de junio de dos mil dieciocho y con la base de nueve mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos noventa mil setecientos noventa y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Jesús María, cantón San Mateo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 23 metros lineales; al sur, Colibrí Miniatura MCS Sesenta y Seis Sociedad Anónima; al este, Colibrí Miniatura MCS Sesenta y Seis Sociedad Anónima y al oeste, Colibrí Miniatura MCS Sesenta y Seis Sociedad Anónima. Mide: mil siete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del nueve de julio de dos mil dieciocho, con la base de siete mil ciento veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veinticuatro de julio de dos mil dieciocho con la base de dos mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Daniel Gerardo de Jesús Rojas Durán contra Colibrí Miniatura MCS Sesenta y Seis Sociedad Anónima, expediente 18-000292-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia cobro), 01 de febrero del 2018.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2018247290 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 370-18238-01-0158-001; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de junio de dos mil dieciocho, y con la base de veintitrés mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos trece mil doscientos dos-cero cero tres, y cero cero cuatro (313202-003-004), la cual es terreno para construir número 204 con una casa. Situada en el distrito 10-Desamparados, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Sociedad Agrícola San Carlos Limitada; al sur, calle publica a la que tiene un frente de 6 metros; al este, lote 203 y al oeste, lote 205. Mide: ciento cinco metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Plano: A-0112004-1993. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de julio de dos mil dieciocho, con la base de diecisiete mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del uno de agosto de dos mil dieciocho con la base de cinco mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rafael Ángel Arguedas Montero contra Brian Leitón Briceño, Cipriano Antonio Leitón Gutiérrez. Exp.: 18-001944-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 21 de marzo del 2018.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2018247292 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Demanda Ordinaria citas al tomo: 577, asiento: 08533, Consecutivo:01, secuencia: 0001, sub-secuencia: 001; con la base de ciento ochenta y un millones setecientos diecisiete mil seiscientos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento quince mil trescientos dieciocho-cero cero cero la cual es terreno de potrero, montaña, con árboles maderables, tacotales y árboles frutales. Situada en el distrito tercero cantón tercero, Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Freddy Acuña Alvarado y Juan José Calderón Jiménez; al sur, Amada Castillo Arauz y Junta de Educación de Tres Colinas de Potrero Grande y Arquidiócesis de Puntarenas; al este, Río Sanari y al oeste, calle pública con línea de un kilómetro 282,69 metros. Mide: Dos millones doscientos sesenta y un mil cuatrocientos sesenta y tres metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para el primer remate se señalan las diez horas treinta minutos del dieciocho de junio de dos mil dieciocho. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del tres de julio de dos mil dieciocho, con la base de ciento treinta y seis millones doscientos ochenta y ocho mil doscientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del dieciocho de julio de dos mil dieciocho con la base de cuarenta y cinco millones cuatrocientos veintinueve mil cuatrocientos colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Nury Elizabeth Arias Castillo contra María Dolores Arauz Arauz. Exp: 10-100109-0920-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur Corredores, 11 de mayo de 2018.—Lic. Allan Roberto Espinoza Martínez, Juez.—( IN2018247355 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de AyA; a las nueve horas y cero minutos del catorce de agosto de dos mil dieciocho y con la base de un millón trescientos doce mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y ocho mil trescientos treinta y ocho cero cero cero, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Marco Tulio Paniagua Solórzano; al sur, calle pública y Rodrigo Guadamuz Valverde; al este, Marco Tulio Paniagua Solórzano y al oeste, Marco Tulio Paniagua Solórzano. Mide: trescientos noventa y dos metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta de agosto de dos mil dieciocho, con la base de novecientos ochenta y cuatro mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del catorce de setiembre de dos mil dieciocho con la base de trescientos veintiocho mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso ejecución hipotecaria de 3-101-598073 Sociedad Anónima contra Benicio Meza Martínez. Exp: 17-000902-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 25 de mayo del 2018.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2018247358 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; pero soportando condiciones y reservas citas 382-07487-01-0920-006; a las nueve horas y cero minutos del veintisiete de junio del dos mil dieciocho, y con la base de veintiún millones veintiséis mil trescientos treinta y un colones con catorce céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos ochenta y un mil veintinueve cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno de caña de azúcar y agricultura. Situada en el distrito 08-Cajón, Cantón 19-Pérez Zeledón, de la Provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Victor Manuel Salazar Bermúdez; al este, Efraín Salazar Gamboa; al oeste, Marvin Marín Vargas; al noreste, calle pública; al noroeste, Marvin Marín Vargas, parcela seis-seis cero A; y al sureste, calle pública. Mide: cuarenta y seis mil ciento quince metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del doce de julio del dos mil dieciocho, con la base de quince millones setecientos sesenta y nueve mil setecientos cuarenta y ocho colones con treinta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta de julio del dos mil dieciocho con la base de cinco millones doscientos cincuenta y seis mil quinientos ochenta y dos colones con setenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de CREDECOOP R.L contra José Enrique de Las Piedades Cubero Argüello, Mayda Gerarda Cubero Argüello. Expediente 18-002205-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 07 de mayo del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018247454 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones ref: 2094 569 001 citas: 354-02315-01-0942-001, plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 2016-505823-01-0005-001, plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 2016-505823-01-0006-001; a las catorce horas y cero minutos del veintiséis de julio del dos mil dieciocho, y con la base de dieciséis millones cuatrocientos ochenta y un mil doscientos quince colones con setenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento seis mil ciento cuarenta y tres cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Buenos Aires, cantón 03 Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Elizabeth Jiménez Monge; al sur, en parte calle pública con un frente a ella de cuatro metros dieciséis centímetros lineales y finca de la vendedora; al este, calle pública con un frente a ella de quince metros setenta y cuatro centímetros lineales y finca de la vendedora; y al oeste, Sandra Madrigal Acuña. Mide: trescientos treinta y tres metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del trece de agosto del dos mil dieciocho, con la base de doce millones trescientos sesenta mil novecientos once colones con setenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintinueve de agosto del dos mil dieciocho con la base de cuatro millones ciento veinte mil trescientos tres colones con noventa y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Luis Antonio Arauz Mora. Expediente 18-002353-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón (Materia Cobro), 18 de mayo del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018247456 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del diecinueve de junio del dos mil dieciocho, y con la base de trece mil ciento cuarenta dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placa 659191, marca Hummer, estilo H2, carrocería todo terreno 4 puertas, chasís 5GRGN23U83H116884, combustible gasolina, capacidad 7 personas, año 2003, color gris. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del cuatro de julio del dos mil dieciocho, con la base de nueve mil ochocientos cincuenta y cinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del diecinueve de julio del dos mil dieciocho con la base de tres mil doscientos ochenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Brisa Solano Somarriba contra Nat Machine Sociedad Anónima. Expediente 16-025508-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 14 de noviembre del 2017.—M.Sc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—( IN2018247480 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 285-01155-01-0907-001, servidumbre trasladada citas: 285-01155-01-0908-001, servidumbre trasladada citas: 285-01155-01-0909-001, servidumbre trasladada citas: 285-01155-01-0910-001, servidumbre trasladada citas: 285-01155-01-0911-001, servidumbre trasladada citas: 285-01155-01-0911-002, servidumbre trasladada citas: 285-01155-01-0912-001, servidumbre trasladada citas: 285-01155-01-0913-001, servidumbre trasladada citas: 363-15057-01-0900-001, servidumbre trasladada citas: 363-15057-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 363-15057-01-0902-001, servidumbre trasladada citas: 363-15057-01-0903-001, servidumbre trasladada citas: 363-15057-01-0904-001, servidumbre trasladada citas: 363-15057-01-0905-001, servidumbre trasladada citas: 363-15057-01-0915-001, servidumbre trasladada citas: 363-15057-01-0916-001, servidumbre trasladada citas: 363-15057-01-0917-001, servidumbre trasladada citas: 363-15057-01-0918-001, servidumbre trasladada citas: 363-15057-01-0919-001, servidumbre trasladada citas: 363-15057-01-0970-001; a las diez horas y cero minutos del veinticuatro de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de veintiún millones ciento cuarenta y nueve mil doscientos noventa y un colones con doce céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 489478-000, la cual es terreno para construir lote 8 bloque A. Situada en el distrito 1-Alajuela, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 16.09 metros; al sur, Glaos S. A.; al este, lote 9 bloque A; y al oeste, lote 7 bloque A. Mide: trescientos cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del ocho de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de quince millones ochocientos sesenta y un mil novecientos sesenta y ocho colones con treinta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés de noviembre del dos mil dieciocho con la base de cinco millones doscientos ochenta y siete mil trescientos veintidós colones con setenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Iliana María Ugalde Hernández, Jairol Andrés Zamora Quirós. Expediente 17-009017-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 23 de mayo del 2018.—Msc. Margarita Mena Gutiérrez, Jueza.—( IN2018247483 )

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca primer grado citas: 578-11737-01-0001-001; a las quince horas y veinticinco minutos del veintiséis de junio del dos mil dieciocho, y con la base de treinta millones sesenta y seis mil noventa y tres colones con quince céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y un mil seiscientos treinta y nueve cero cero cero la cual es terreno para construir lote A4. Situada en el distrito Rincón de Sabanilla, cantón San Pablo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Roberto González Montero; al sur, calle pública; al este, lote A5; y al oeste, lote A3. Mide: ciento sesenta y dos metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y veinticinco minutos del once de julio del dos mil dieciocho, con la base de veintidós millones quinientos cuarenta y nueve mil quinientos sesenta y nueve colones con ochenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y veinticinco minutos del veintisiete de julio del dos mil dieciocho con la base de siete millones quinientos dieciséis mil quinientos veintitrés colones con veintinueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Julio César Céspedes Vargas, María de los Ángeles Sáenz Solano. Expediente 17-008267-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 24 de abril del 2018.—Licda. Gabriela Chaves Villalobos, Jueza.—( IN2018247493 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 398-07035-01-0908-001; a las nueve horas y cero minutos del cinco de julio del dos mil dieciocho, y con la base de trece millones nueve mil ochocientos nueve colones con dieciocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 267.414-000, la cual es terreno de agricultura número 19 con tres casas de habitación con dos casas de habitación corral y un galerón. Situada en el distrito 3, El Amparo, cantón 14, Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Luis Ángel Ramírez; al este, IDA; y al oeste, lote 18. Mide: cincuenta y nueve mil trescientos dos metros con ocho decímetros cuadrados. Plano: A-0989022-1991. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del veinte de julio del dos mil dieciocho, con la base de nueve millones setecientos cincuenta y siete mil trescientos cincuenta y seis colones con ochenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del ocho de agosto del dos mil dieciocho con la base de tres millones doscientos cincuenta y dos mil cuatrocientos cincuenta y dos colones con treinta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra León Victor Arce Murillo. Expediente 18-000314-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 15 de marzo del 2018.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2018247514 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta minutos del nueve de julio del año dos mil dieciocho, y con la base de treinta y cinco millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cincuenta y siete mil ochocientos setenta y tres-cero cero cero la cual es terreno con una cabina, un rancho típico y una bodega de abarrotes. Situada en el distrito 8 Ángeles, cantón 2 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Corteza de San Ramon S. R. L.; al sur, Corteza de San Ramon S. R. L.; al este, Corteza de San Ramon S. R. L., y al oeste, calle publica con 46 metros de frente. Mide: Mil setecientos cincuenta y cuatro metros con treinta decímetros cuadrados. Plano: A-0595027-1999. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de julio del año dos mil dieciocho, con la base de veintiséis millones cuatrocientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del diez de agosto del año dos mil dieciocho con la base de ocho millones ochocientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jesús Danilo Montero Sánchez. Exp. 15-001600-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 24 de mayo del 2018.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—( IN2018247530 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones bajo las sumarias: 15-600798-0491-TC, 17-600249-0491-TC; a las diez horas y cero minutos del diez de agosto del dos mil dieciocho, y con la base de tres millones seiscientos treinta y tres mil quinientos dieciocho colones con sesenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número TSJ 007002 (tómese en consideración que el vehículo garante posee placas de taxi por lo que se aclara que las mismas no son objeto de remate). Marca Peugeot. Estilo Partner. Capacidad cinco personas. Año dos mil trece. Cilindrada mil seiscientos c.c. Combustible diesel. Motor uno cero J B E B cero cero dos tres seis nueve seis. Chasis. Serie y Vin V F tres siete J nueve H E C C J seis cinco ocho cinco seis cero. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de agosto del dos mil dieciocho, con la base de dos millones setecientos veinticinco mil ciento treinta y ocho colones con noventa y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del doce de setiembre del dos mil dieciocho con la base de novecientos ocho mil trescientos setenta y nueve colones con sesenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial) Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Mario Alejandro Delgado Valverde. Expediente 17-006891-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 25 de mayo del 2018.—Msc. Cristian Mora Acosta, Juez.—( IN2018247542 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del veinticinco de junio del dos mil dieciocho, y con la base de veinte millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y tres mil quinientos cuarenta-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Heredia, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Rubén Campos Esquivel; al sur, Ramón Ramos; al este, Calle Victoria; y al oeste, Rubén Campos Esquivel. Mide: ciento ochenta metros con setenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diez de julio del dos mil dieciocho, con la base de quince millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintiséis de julio del dos mil dieciocho con la base de cinco millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Mariela Carballo Ledezma. Expediente 18-003126-1764-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 30 de abril del 2018.—Licda. Merlin Rocío Murillo Monge, Jueza.—( IN2018247543 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Servidumbre trasladada anotada al tomo 0335, asiento 00009472-01-0906-001; y servidumbre trasladada anotada al tomo 0360, asiento 00011739-01- 0900-00; a las diez horas y treinta minutos del dieciséis de julio del año dos mil dieciocho, y con la base de veintiún millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cinco mil ochocientos noventa y siete cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Desamparados, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 3 A; al sur, lote 4 A; al este, calle pública, y al oeste, parque municipal. Mide: Cien metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del uno de agosto del año dos mil dieciocho, con la base de dieciséis millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veinte de agosto del año dos mil dieciocho con la base de cinco millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Luis Ángel Landero Zepeda. Exp. 17-005593-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 25 de mayo del 2018.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2018247545 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos bajo las citas 465-16355-01-0071-001; a las diez horas y cero minutos del tres de agosto del dos mil dieciocho, y con la base de ocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 343.567-000, la cual es proyecto granjas-familiares Monte Horeth, terreno de patio con dos casas de habitación, lote 17. Situada en el distrito 1 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 18; al sur, lote 16; al este, calle pública; y al oeste, lote 38. Mide: ochocientos metros cuadrados. Plano: A-0514411-1998. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de agosto del dos mil dieciocho, con la base de seis millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de setiembre del dos mil dieciocho con la base de dos millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Berman Vargas Ulate contra Justa Angela Ruiz Murillo. Expediente 18-000746-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 14 de mayo del 2018.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2018247573 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 370-18238-01-0171-001; a las quince horas y quince minutos del veintiuno de junio de dos mil dieciocho, y con la base de ocho millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos dos mil ciento treinta y siete cero cero cero (302137-000) la cual es terreno para construir con una casa, lote 469. Situada en el distrito 10-Desamparados, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, alameda este 2 con 6 metros de frente; al sur, área de parque; al este lote 470 del Banco Anglo Costarricense y al oeste, lote 468 del Banco Anglo Costarricense. Mide: ochenta y cuatro metros cuadrados para el segundo remate se señalan las quince horas y quince minutos del seis de julio de dos mil dieciocho, con la base de seis millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y quince minutos del veintitrés de julio de dos mil dieciocho con la base de dos millones ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rafael Ángel Arguedas Montero contra Eily María Alfaro Segura. Exp. 16-004171-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 29 de mayo del año 2018.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2018247592 ).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando servidumbre trasladada bajo las citas 0299-00009956-01-0901-001, demanda ordinaria bajo las citas 800-00393935-01-0001- 001; a las diez horas y treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil dieciocho y con la base de ciento veinticuatro mil novecientos sesenta y nueve dólares con treinta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ochenta y ocho mil cuatrocientos ochenta y nueve-F-cero cero cero, la cual es naturaleza: finca filial primaria individualizada número doscientos treinta y siete, apta para construir que se destinará a uso habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de tres pisos. Situada en el distrito (07) San Ramón, cantón (03) La Unión de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, finca filial doscientos treinta y ocho; al sur, finca filial doscientos treinta y seis; al este, calle D Norte; y al oeste, Finca Filial Doscientos Dieciséis. Mide: ciento veintitrés metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciséis de julio de dos mil dieciocho, con la base de noventa y tres mil setecientos veintisiete dólares con cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del tres de agosto de dos mil dieciocho, con la base de treinta y un mil doscientos cuarenta y dos dólares con treinta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Ricardo Patricio Guillén Jiménez. Expediente: 17-009532-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 23 de mayo del 2018.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2018247640 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las diez horas y cero minutos del diez de setiembre del dos mil dieciocho, y con la base de veintiún mil ochocientos dólares exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: CL 279078, marca: Ford, estilo: F 250, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, año: 2007, color: blanco, vin: 1FTSX21P17EA14482, cilindrada: 6000 C.C, combustible: diesel, número de motor: no visible. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del veinticinco de setiembre del dos mil dieciocho, con la base de dieciséis mil trescientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del diez de octubre del dos mil dieciocho, con la base de cinco mil cuatrocientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Cristian García Rojas. Expediente 15-046426-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de febrero del 2018.—Lic. Verny Arias Vega, Juez.—( IN2018247642 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones y referencias citas 276-05226-01-0901-024; a las nueve horas y cero minutos del veinte de julio de dos mil dieciocho, y con la base de veinte millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos uno mil cuatrocientos tres-cero cero cero, la cual es terreno de potreros. Situada en el distrito 1 Puerto Cortés, cantón 5-Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, José Alejandro Grijalba Grijalba; al sur, calle pública; al este, Carlos Reyes Bonilla, y al oeste, José Alejandro Grijalba Grijalba. Mide: sesenta y un mil ochenta y siete metros con doce decímetros cuadrados. Plano P-0547671-1999. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del ocho de agosto de dos mil dieciocho, con la base de quince millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de agosto de dos mil dieciocho con la base de cinco millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fernando Rojas Murillo contra Benjamín Eduardo De Jesús Reyes Bonilla. Exp. 18-000372-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito (Materia Cobro), 2 de mayo del 2018.—Licda. Hazel Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2018247643 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, bajo las citas: 289-03511-01-0901-002, a las ocho horas y treinta minutos del veintisiete de agosto de dos mil dieciocho, y con la base de siete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos trece mil ochocientos ochenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno solar. Situada en el distrito 2-Palmar, cantón 5-Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Norca Figueroa Rosales; al sur, La Peña del Térraba S. A.; al este, Carretera Interamericana Sur y al oeste, Colegio Técnico Profesional. Mide: novecientos cuarenta y un metros cuadrados. Plano: P-1879261-2016. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del once de setiembre de dos mil dieciocho, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de setiembre de dos mil dieciocho con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fernando Rojas Murillo contra Elmer Roberto del Gerardo Webb Gómez, expediente 18-000277-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito (Materia cobro), 28 de mayo del 2018.—Licda. Hazel Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2018247645 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, a las trece horas y treinta minutos del veintitrés de julio del año dos mil dieciocho, y con la base de veintidós millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos setenta y seis mil trescientos veintitrés cero cero cero la cual es terreno con una casa de habitación y dos departamentos. Situada en el distrito 1-San Isidro de El General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 9m 59cm; al sur, Berta Rivera; al este, Berta Rivera y al oeste, Berta Rivera. Mide: doscientos cincuenta y cinco metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del siete de agosto del año dos mil dieciocho, con la base de dieciséis millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintidós de agosto del año dos mil dieciocho con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Corporación Keo del Sur S. A. contra Corporación Brunca Procesos Sociedad Anónima. Exp: 18-000708-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro, 19 de abril del 2018.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—( IN2018247651 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del veintitrés de julio del dos mil dieciocho y con la base de cinco millones quinientos ochenta y tres mil quinientos sesenta y un colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número seiscientos setenta y cuatro mil ochocientos setenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 3-Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte, resto de Adrián Quesada Pérez; al sur, calle pública con un frente a la misma de 15.03 metros lineales; al este, servidumbre de paso con un frente a la misma de 22.16 metros; y al oeste, Finadri S. A. Mide: trescientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del siete de agosto del año dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones ciento ochenta y siete mil seiscientos setenta colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintidós de agosto del dos mil dieciocho, con la base de un millón trescientos noventa y cinco mil ochocientos noventa colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Corporación Keo del Sur S. A. contra Adrián De Jesús Quesada Pérez. Expediente: 18-000944-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón), (Materia Cobro), 19 de abril del año 2018.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—( IN2018247653 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones con las citas 388-02548-01-0900- 001; a las ocho horas y cero minutos del veinticuatro de julio del año dos mil dieciocho, y con la base de tres millones novecientos ochenta y ocho mil noventa y siete colones con sesenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cincuenta y cuatro mil quinientos cuarenta y tres cero cero cero la cual es terreno patio, jardín, galerón y dos casas. Situada en el Distrito 01-Alajuela, Cantón 01-Alajuela, de la Provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Álvaro Picado Delgado; al sur, Idalie Campos Rodríguez, Elieth Picado Campos; al este, calle pública con 18,22 metros y al oeste, calle pública con 09,64 metros. Mide: cuatrocientos noventa y seis metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del ocho de agosto del año dos mil dieciocho, con la base de dos millones novecientos noventa y un mil setenta y tres colones con veintidós céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintitrés de agosto del año dos mil dieciocho con la base de novecientos noventa y siete mil veinticuatro colones con cuarenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L. contra Jesús Joaquín Rojas Herrera. Exp.: 18-000784-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 23 de abril del 2018.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—( IN2018247656 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada con las citas: 321-08251-01-0801-001, a las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de julio del dos mil dieciocho, y con la base de diecisiete millones trescientos setenta y ocho mil novecientos dieciséis colones con setenta y un céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos tres mil seiscientos treinta y seis cero cero cero, la cual es terreno de café con una casa. Situada: en el distrito 4-San Gabriel, cantón 6-Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Ana Lucrecia Solano Rojas; al este, Ana Lucrecia Solano Rojas, y al oeste, Ana Lucrecia Solano Rojas. Mide: quinientos treinta y cuatro metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del ocho de agosto del dos mil dieciocho, con la base de trece millones treinta y cuatro mil ciento ochenta y siete colones con cincuenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintitrés de agosto del dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones trescientos cuarenta y cuatro mil setecientos veintinueve colones con dieciocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Karla Elena Solano Rojas. Expediente 18-000755-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 20 de abril del 2018.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—( IN2018247657 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de A y A con las citas: 348-16009-01-0001-001, servidumbre de acueducto y de paso de AyA con las citas: 348-16009-01-0900-001 servidumbre de acueducto y de paso de AyA con las citas 348-16009-01-0901-001 servidumbre trasladada con las citas: 351-11674-01-0908-001 servidumbre trasladada con las citas: 351-11674-01-0909-001 servidumbre trasladada con las citas: 351-11674-01-0910-001 servidumbre trasladada con las citas: 351-11674-01-0911-001 servidumbre trasladada con las citas: 351-11674-01-0912-001; a las nueve horas y cero minutos del diecisiete de julio del año dos mil dieciocho, y con la base de ocho millones seiscientos cincuenta y cuatro mil seiscientos sesenta y siete colones con nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos uno mil novecientos setenta y siete cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el Distrito 01-Nicoya, cantón 02-Nicoya, de la Provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle publica; al sur, Luis Elías Benavides Gutiérrez; al este, Alexander Quesada Vindas y al oeste, Alexander Quesada Vindas. Mide: mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de agosto del año dos mil dieciocho, con la base de seis millones cuatrocientos noventa y un mil colones con treinta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de agosto del año dos mil dieciocho con la base de dos millones ciento sesenta y tres mil seiscientos sesenta y seis colones con setenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L. contra Marlon Eduardo Soto Hernández. Exp: 18-000782-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 20 de abril del 2018.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—( IN2018247660 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de julio del dos mil dieciocho, y con la base de tres millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos treinta y cuatro mil doscientos sesenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno de agricultura. Situada: en el distrito 5-Sabanillas, cantón 12-Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Domingo Calderón Vargas; al sur, Gladys Vindas Ureña; al este, calle pública, y al oeste, Domingo Calderón Vargas con quebrada en medio. Mide: tres mil ciento ochenta y ocho metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del ocho de agosto del dos mil dieciocho, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintitrés de agosto del dos mil dieciocho, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Óscar Gerardo Valverde Cruz. Expediente 18-000752-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 20 de abril del 2018.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—( IN2018247661 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y treinta minutos del veinte de agosto del año dos mil dieciocho, y con la base de cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 171037-000 la cual es terreno: naturaleza: terreno para construir lote 4 bloque G finca se encuentra en zona catastrada. Situada en el Distrito: Carmen, Cantón: Cartago, de la Provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública (Urbanización Toyogres) con un frente de 6 metros; al sur, lote 11 bloque G; al este, lote 5 bloque G y al oeste, lote 3 bloque G. Mide: ciento veinte metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del cuatro de setiembre del año dos mil dieciocho, con la base de tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del diecinueve de setiembre del año dos mil dieciocho con la base de un millón de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Caja Costarricense de Seguro Social contra Ricardo Antonio Román Carpio y Esmeralda Angelita Madriz Romero (beneficiaria de patrimonio familiar). Exp: 17-010822-1765-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 03 de mayo del 2018.—Licda. Mayela Gómez Pacheco, Jueza.—( IN2018247670 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; pero soportando colisión bajo el número de boleta 201654300095, sumaria 16-001914-0174-TR, a las diez horas y treinta minutos del diez de agosto del dos mil dieciocho, y con la base de veintiséis millones ochocientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: vehículo: placa BBN337, marca: Toyota, estilo: 4 Runner Limited, automóvil, capacidad: 7 personas, año: 2012, color: gris, tracción: 4x4, gasolina, 4000 c.c, seis cilindros. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiocho de agosto del dos mil dieciocho, con la base de veinte millones ciento treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos del doce de setiembre del dos mil dieciocho, con la base de seis millones setecientos doce mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Adriana Espinoza Ulate. Expediente 16-002689-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro), 29 de mayo del 2018.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2018247705 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del cinco de julio del dos mil dieciocho, y con la base de siete millones ciento diecinueve mil veintiséis colones con ochenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 43092-000 la cual es terreno para construir lote número 525. Situada en el distrito Barranca, cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Calle Corvina; al sur, lote 531; al este, lotes 526, 527, 528; y al oeste, lote 524. Mide: ciento setenta y cuatro metros con veinte decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de julio del dos mil dieciocho, con la base de cinco millones trescientos treinta y nueve mil doscientos setenta colones con catorce céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del ocho de agosto del dos mil dieciocho con la base de un millón setecientos setenta y nueve mil setecientos cincuenta y seis colones con setenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Refinadora Costarricense de Petróleo Sociedad Anónima contra Álvaro Carmen de la Trinidad Paniagua Rodríguez. Expediente 17-010783-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 14 de mayo del 2018.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2018247708 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y cero minutos del veinticuatro de julio del dos mil dieciocho, y con la base de veinticinco millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos cuarenta mil cuatrocientos noventa cero cero cero, la cual es terreno de cultivos y café. Situada: en el distrito 6-San Rafael, cantón 2-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, resto reservado; al sur, José Gamboa Fernández y Emiliano Espinoza Paniagua; al este, resto reservado, y al oeste, José Gamboa Fernández y calle pública con un frente a ella de 56 metros 20 cm. Mide: cuatro mil ochocientos ochenta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del diez de agosto del dos mil dieciocho, con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintisiete de agosto del dos mil dieciocho, con la base de seis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ramón Nicolás Villalobos Ramírez contra Ana Cristina Gamboa Fernández. Expediente 18-000204-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Cobro), 23 de mayo del 2018.—Lic. José Luis Camareno Castro, Juez.—( IN2018247713 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del dos de julio de dos mil dieciocho, y con la base de doce mil setecientos cuarenta y un dólares con setenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa: BMK782, marca: Changan, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, año: 2017, color: beige, VIN: LS4AAB3R7HG801889, cilindrada: 1300 c.c. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diecisiete de julio de dos mil dieciocho, con la base de nueve mil quinientos cincuenta y seis dólares con veintisiete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de agosto de dos mil dieciocho con la base de tres mil ciento ochenta y cinco dólares con cuarenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos S.A. contra Gloriana Castrillo Sibaja Exp. 17-014299-1164- CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 15 de mayo del 2018.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2018247717 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y cero minutos del veinte de junio del año dos mil dieciocho, y con la base de siete mil ochocientos trece dólares con dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BCJ929. Marca Hyundai. Estilo I10 GL. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2012. Color beige. Vin MALAM51CACM055746. Cilindrada 1200 cc. Combustible gasolina. Motor G4LABM777606. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del cinco de julio del año dos mil dieciocho, con la base de cinco mil ochocientos cincuenta y nueve dólares con setenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veinte de julio del año dos mil dieciocho con la base de mil novecientos cincuenta y tres dólares con veintiséis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Andrey Alejandro Villafranca Farrier, Daniel Alfaro Paniagua. Exp: 18-001318-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 25 de abril del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018247718 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del tres de julio de dos mil dieciocho, y con la base de cinco millones ochocientos dieciocho mil novecientos cincuenta colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: Placas número BDL-914, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2000, color: azul, Vin: KMHCG45G0YU070149, cilindrada: 1500 cc, combustible: gasolina, Motor: no legible. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de julio de dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones trescientos sesenta y cuatro mil doscientos doce colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de agosto de dos mil dieciocho con la base de un millón cuatrocientos cincuenta y cuatro mil setecientos treinta y siete colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Silvia Tatiana Mesén Benavides contra Leonardo Carballo Villalobos. Exp. 16-011258-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 27 de abril del 2018.—Lic. Esteban Herrera Vargas, Juez.—( IN2018247719 ).

A las nueve horas del cuatro de julio de dos mil dieciocho, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, libre de gravámenes y con la base de catorce millones ciento nueve mil seiscientos noventa y nueve colones con sesenta céntimos, en el mejor postor, se rematará la finca inscrita en el partido de Heredia, distrito primero Puerto Viejo, cantón décimo Sarapiquí, cuya naturaleza es de repasto y potrero, matrícula número noventa y dos mil ochocientos ochenta y dos-cero cero cero, colinda al norte, Río Sarapiquí; sur, Marcelino Jarquín Artavia; este, Francisco Jarquín Artavia; oeste, Río Sarapiquí, con una medida de ciento cuarenta y seis mil ochocientos ochenta y ocho metros cuadrados. En el caso de resultar fracasado ese primer remate, para llevar a cabo una segunda subasta pero con la base de diez millones quinientos ochenta y dos mil doscientos setenta y cuatro colones con siete céntimos, (incluida la rebaja del 25% de la base anterior) se señalan las nueve horas del diecinueve de julio de dos mil dieciocho. De ser fracasado también el segundo señalamiento, para llevar a cabo la tercera subasta se señalan las nueve horas del siete de agosto de dos mil dieciocho esta vez con la base de tres millones quinientos veintisiete mil cuatrocientos veinticuatro colones con nueve céntimos, (es decir un 25% de la base original). Se advierte además que de conformidad con el artículo 25 de la Ley Cobro Judicial, si al tercer remate no hubiere postores, el bien se tendrá por adjudicado al ejecutante por el veinticinco por ciento de la base original. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso de ejecución hipotecaria. 18-000087-0507-AG (103-1-18), de Banco Nacional de Costa Rica contra 3-101-724391 S. A. y Raimundo Jarquín Artavia.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 09 de mayo 2018.—Licda. Merlyn Rocío Murillo Monge, Jueza.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018247795 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia penal anotada al tomo 2016 y asiento 152996 sumaria: 14-000207-1219-PE; a las nueve horas y cero minutos (09:00 am) del veintisiete de junio del dos mil dieciocho y con la base de diez mil doscientos setenta y cinco dólares con cincuenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa 905211, marca Toyota, categoría automóvil, estilo Yaris, capacidad 5 personas, año 2012, color negro, serie JTDBT923001417477, cilindrada 1496 cc. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos (09:00 am) del doce de julio del dos mil dieciocho, con la base de siete mil setecientos seis dólares con sesenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos (09:00 am) del treinta de julio del dos mil dieciocho, con la base de dos mil quinientos sesenta y ocho dólares con ochenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda Costa Rica S. A. contra Manuel Eduardo Cordero Herrera. Expediente 16-007912-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 23 de abril del 2018.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2018247813 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones 294-19743-01-0901-001; en el mejor postor remataré los siguientes bienes: 1) Finca inscrita en el Registro Nacional, bajo el Sistema de Folio Real, partido de Guanacaste, matrícula 161512-000. Que se describe así: naturaleza: terreno de potrero para construir. Situada en el distrito 03 Sardinal, cantón 05 Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, Quebrada Alcornoque; al sur, Mario Martínez Martínez; al este, Inversiones Culembo S. A. Marta Eugenia Villegas Grijalba en medio callejón de acceso D con frente de 3 m Rubén Efraín Calderón Carmona, Juan Laeman Calero, Sonia González Cruz; y al oeste, Acuacultura S. A. Mide: nueve mil setecientos cincuenta y cinco metros con catorce decímetros cuadrados. Plano: G-1243539-2007. Con las siguientes bases para remate: primer remate: veintinueve mil trescientos cincuenta y ocho dólares con cuarenta centavos. Segundo remate: veintidós mil dieciocho dólares con ochenta centavos (rebajada en un 25%). Tercer remate: siete mil trescientos treinta y nueve dólares con sesenta centavos (un 25% de la base original). 2) Finca inscrita en el Registro Nacional, bajo el Sistema de Folio Real, partido de Guanacaste, matrícula 134211-000. Que se describe así: naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 03 Sardinal, cantón 05 Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, Marta Eugenia Villegas Grijalba; al sur, Inversiones Culembo S. A.; al este, calle pública con frente de 6 m 99 cm; y al oeste, Inversiones Culembo S. A. Mide: ciento noventa y tres metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Plano: G0859167-2003. Con las siguientes bases para remate: primer remate: cinco mil doscientos cuarenta y un dólares con noventa y dos centavos. Segundo remate: tres mil novecientos treinta y un dólares con cuarenta y cuatro centavos (rebajada en un 25%). Tercer remate: mil trescientos diez dólares con cuarenta y ocho centavos (un 25% de la base original). De los señalamientos: Para tal efecto se señalan las catorce horas quince minutos del seis de julio del dos mil dieciocho (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce horas quince minutos del veintitrés de julio del dos mil dieciocho. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas quince minutos del nueve de agosto del dos mil dieciocho. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Aurora Development Corporation Ltda. contra Inversiones Culembo S. A. Expediente 18-000640-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 21 de mayo del 2018.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2018247855 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del tres de setiembre de dos mil dieciocho, y con la base de doscientos ocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cincuenta y seis mil novecientos treinta y nueve-cero cero cero (56939-000), la cual es terreno de naturaleza: para construir con 1 edificio. Situada en el distrito 1-Guadalupe, cantón 8-Goicoechea de la provincia de San José. Colinda: al noreste, calle sexta; al sureste, Alfredo Miranda Quesada; al noroeste, Rafael Céspedes y otros; y al suroeste, Mireya Ortiz Peralta. Mide: trescientos ochenta y ocho metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciocho de setiembre de dos mil dieciocho, con la base de ciento cincuenta y seis millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del tres de octubre de dos mil dieciocho, con la base de cincuenta y dos millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Consorcio Doliam S. A. Expediente: 16-007975-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 3 de mayo del 2018.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—( IN2018247861 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando boleta 2017320900177, Sumaria: 17-006874-0174-TR; a las ocho horas y cero minutos del veintiséis de junio del año dos mil dieciocho, y con la base de cuatro millones seiscientos veintiocho mil novecientos dieciséis colones con cincuenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 903892, marca Nissan, estilo Tiida, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2012, color gris, vin 3N1CC1AD3ZK123280, cilindrada 1598 cc, combustible gasolina, motor NºHR16115615C. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del once de julio del dos mil dieciocho, con la base de tres millones cuatrocientos setenta y un mil seiscientos ochenta y siete colones con treinta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintisiete de julio del año dos mil dieciocho con la base de un millón ciento cincuenta y siete mil doscientos veintinueve colones con trece céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra José Rafael Rivera Rivas. Exp. 18-001320-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 25 de abril del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018247949 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 330-08958-01-0901-001 y servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 550-11443-01-0002-001; a las diez horas y treinta minutos del veintisiete de julio del año dos mil dieciocho, y con la base de dieciocho millones doscientos ochenta y nueve mil quinientos treinta y dos colones con ochenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y seis mil trescientos noventa y siete cero cero cero la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 2 Aguas Claras, cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con frente de 25.00 metros; al sur, Noemy Zamora Castro; al este, Noemy Zamora Castro, y al oeste, Noemy Zamora Castro. Mide: mil metros cuadrados. Plano: A-1264350-2008 cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de agosto del año dos mil dieciocho, con la base de trece millones setecientos diecisiete mil ciento cuarenta y nueve colones con sesenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta de agosto del año dos mil dieciocho con la base de cuatro millones quinientos setenta y dos mil trescientos ochenta y tres colones con veintidós céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Marcos Pizarro Acevedo. Exp. 17-003870-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro), 21 de mayo del año 2018.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—( IN2018247951 ).

Convocatorias

Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de Olga Arguedas Ulate, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas y treinta minutos del tres de julio del dos mil dieciocho, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente 17-000090-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 04 de abril del 2018.—Lic. Francisco Javier Castillo Acuña, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018234536 ).

Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de Edgar Odon Ugalde Brais, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas y treinta minutos del tres de julio del dos mil dieciocho, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente 08-000407-0391-AG.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Civil), 17 de mayo del 2018.—Lic. Alberto Juárez Gutiérrez, Juez.—1 vez.—( IN2018246680 ).

Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de Grace Maroto Esquivel, a una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve horas del veintiséis de junio de dos mil dieciocho, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. 17-000443-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de mayo del 2018.—Lic. José Elías Vindas Castiglioni, Juez.—1 vez.—( IN2018247711 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente 18-000106-0507-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Emilia Mayela Miranda Méndez quien es mayor, casada una vez, vecina de la Trinidad de Moravia, calle La Unión, del restaurante Dragón House cien metros al sureste, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-cero dos tres dos-cero uno siete nueve, ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es para construir. Situada en el distrito tercero Horquetas, cantón décimo Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al noroeste, con calle pública, con una distancia de diez metros cinco decímetros lineales; al noreste, con Orlando Ramírez Rojas; al sureste, con Orlando Ramírez Rojas y al suroeste, con Xinia López Vargas. Mide: cuatrocientos ochenta metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número cuatro-uno nueve seis nueve siete cinco cuatro-dos mil diecisiete. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por venta privada y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantener las cercas en buen estado, los postes de la cerca son unos de cemento y otros poste vivo, con alambre de púas, existen árboles frutales, pipa, limón ácido, limón dulce y no existen construcciones ni nacimientos de agua. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Emilia Mayela Miranda Méndez, expediente 18-000106-0507-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 23 de mayo del 2018.—Licda. Merlin Rocío Murillo Monge, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018246747 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente 18-000059-0188-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Edgar Arturo Fallas Martínez c.c Erick Fallas Martínez, quien es mayor, estado casado una vez, agente de seguros, vecino de San Rafael Norte, cédula 1-0579-0568, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Terreno para construir. Situada: en el distrito Primero San Isidro de El General, cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Juan López Salazar; al sur, calle pública, con un frente de treinta y ocho metros once decímetros; al este, José Francisco Montero Vargas, y al oeste, Erick Fallas Martínez. Mide: tres mil novecientos setenta metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de once millones de colones. Que adquirió dicho inmueble de Ana María Montero Vargas, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de la propiedad y de linderos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Edgar Arturo Fallas Martínez. Expediente 18-000059-0188-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil), Pérez Zeledón, 24 de mayo del 2018.—Lic. José Celso Fernández Delgado, Juez.—1 vez.—( IN2018246970 ).

Citaciones

Para los fines legales correspondientes se hace conocimiento de cualquier interesado que ante esta notaría se tramita en sede notarial la sucesión de quien en vida fuera Octaviano Suárez Mena, con cédula de identidad número ocho-cero cero cuarenta-cero ciento noventa y dos. Se emplaza por el término de treinta días hábiles a partir de la publicación del presente edicto, a todos aquellos interesados para que se apersonen ante esta notaria situada en la ciudad de San José, Goicoechea Guadalupe del Banco de Costa Rica trescientos metros norte Condominio Santa Mónica, teléfono 8997-6643.—San José, 12:00 horas del 24 de mayo del 2018.—Lic. Allen Puente Desanti, Abogado y Notario.—1 vez.—( IN2018246665 ).

Se hace saber que en mi notaría se tramita el proceso sucesorio testamentario notarial de quien fuera de la señora María Rosa Rivera Vargas, mayor de edad, casada una vez, ama de casa, con cédula uno-cero doscientos quince-cero setecientos setenta y dos, vecina de Santa María de Dota, de la esquina noroeste del parque, doscientos metros oeste, que falleció el día dos de mayo del dos mil once. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento de que si no se apersonan dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 2018-002-Civil-S E. Notaría Licenciada Berenice Retana Urdía.—Santa María de Dota, 25 de mayo del 2018.—Licda. Berenice Retana Ureña.—1 vez.—( IN2018246677 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Édgar Araya Monge, mayor, divorciado una vez, comerciante, con documento de identidad 03-0152-0003 y vecino de Cartago. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda, expediente 17-000354-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 16 de abril del 2018.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2018246682 ).

Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del proceso sucesorio notarial de la señora Libia Guillén Centeno, con cédula de identidad número cinco-cero cero sesenta dos-cero novecientos noventa. El proceso sucesorio notarial lo tramita el suscrito notario público de acuerdo a lo establecido en el artículo 129 del Código Notarial, bajo el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de no hacerlo dentro del plazo dicho, la misma pasará a quien corresponda. La oficina del suscrito está ubicada en avenida segunda, calles diecinueve y veintiuna, Consultores Bellavista, teléfono 22223027 o fax: 22224418.—San José, veintisiete de mayo del dos mil dieciocho.—Lic. Rodolfo Enrique Montero Pacheco, carné 2563, Notario.—1 vez.—( IN2018246684 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue el señor José Martín Acosta Baltodano, quien fuera soltero, comerciante, vecino de San José, Goicoechea, quien portó en vida la cédula de identidad número cinco-ciento cuarenta y uno- mil cuatrocientos noventa, fallecido el día catorce de enero de dos mil dieciocho, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada en San José, Ciudad Colón trecientos metros oeste de la Choza de Joel a reclamar sus derechos los que crean tener derecho a la sucesión, apercibidos de que si no lo hacen dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente número dos mil dieciocho-cero cero uno.—San José, 28 de mayo de 2018.—Licda. María de los Ángeles Fallas Hernández.—1 vez.—( IN2018246699 ).

Mediante acta de solicitud de apertura de sucesorio testamentario otorgada por el señor George Henry Fernández, a las a las diez horas del veintitrés de septiembre del año dos mil diecisiete, y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera Judith Emily Fernández H., quien era mayor de edad, de un solo apellido en razón de su nacionalidad Estadounidense, viuda, ama de casa, vecina de Alajuela, Palmares, La Granja, con cédula de residencia costarricense número uno ocho cuatro cero cero uno uno cero cinco nueve cero cero. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la licenciada Daniela Ramos Morales, en Heredia, sito en calle nueve, avenidas siete y nueve, teléfono 2660-0220.—Lic. Daniela Ramos Morales, Notaria.—1 vez.—( IN2018246704 ).

En mi notaría, sita en San José, avenida 6 calle 24 A número 626, se tramita proceso sucesorio notarial testamentario de quien en vida se llamó Aracelly Guzmán Quesada, cédula 1-0230-0511, por lo que por el plazo de treinta días naturales contados a partir del día hábil siguiente al día de esta publicación para que se apersonen ante ni notaría, a hacer valer sus derechos, en el entendido de que, de no hacerlo, la herencia pasará a quien o quienes en derecho corresponda.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—( IN2018246705 ).

En mi notaría, sita en San José avenida 6 calle 24 A, 626, se tramita proceso sucesorio notarial de quien en vida se llamó José María Chacón Méndez, cédula 1-0322-0675, por lo que por el plazo de treinta días naturales contados a partir del día hábil siguiente al día de esta publicación, para que, se apersonen ante ni notaría a hacer valer sus derechos, en el entendido de que, de no hacerlo, la herencia pasará a quien o quienes en derecho corresponda.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—( IN2018246706 ).

Ante esta notaría, a las diez horas del día veinticinco de mayo del dos mil dieciocho, presentes Gaetano Andrés Muñoz Jiménez, Valeria Muñoz Jiménez y Fabiola Muñoz Jiménez, quienes solicitan la apertura en sede notarial del sucesorio de quien en vida fuera su madre la señora Angelita Jiménez González, cedula de identidad número uno-cero setecientos quince-cero quinientos cincuenta y tres, fallecida el día diecisiete de enero del dos mil dieciocho. Se emplaza a todos los terceros interesados en defensa de sus derechos, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de este plazo la herencia pasará a quien corresponda. Sucesorio en sede notarial, expediente: 0002-2018. Notaria: Shirley Sánchez Bustamante.—San José, 28 de mayo del dos mil dieciocho.—Lic. Shirley Sánchez Bustamante, Abogada.—1 vez.—( IN2018246707 ).

Ante esta notaría, a las nueve horas del día veinticinco de mayo del dos mil dieciocho, presente: Luis Ángel Jiménez Alpízar, quien solicita la apertura en sede notarial del sucesorio de quien en vida fuera su señora esposa María Elena Gonzáles Dobles, cédula de identidad número uno - doscientos cincuenta y dos - cero cero cinco, fallecida el día veintisiete de octubre del dos mil diecisiete. Se emplaza a todos los terceros interesados en defensa de sus derechos, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de este plazo la herencia pasará a quien corresponda. Sucesorio en sede notarial Expediente: 0001 -2018.—San José, 28 de mayo del dos mil dieciocho.—Lic. Shirley Sánchez Bustamante, Notaria.—1 vez.—( IN2018246708 ).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Juana María Sequeira Moran, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Limón y portadora de la cédula de identidad número 8-0068-0931. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente 18-000020-0678-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de La Zona Atlántica, 16 de febrero del 2018.—Lic. Andrés Arguedas Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2018246723 ).

Que en el expediente 003-2018, se abre proceso sucesorio notarial, a las once horas del día trece de febrero del año dos mil dieciocho. Comprobada la defunción Ofelia Mora Esquivel, cédula uno-ciento sesenta y cinco-quinientos setenta y siete, se declara abierto su proceso sucesorio. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de Hilda Marta Alpízar Castrillo, notificaciones al correo hildaalpizar@gmail.com. Es todo.—24 de mayo del 2018.—Lic. Hilda Marta Alpízar Castrillo, Notaria.—1 vez.—( IN2018246730 ).

Se tiene por abierto el sucesorio testamentario extrajudicial de quien en vida fue: José Miguel Villegas Diaz, cédula 4-0170-0901. Se cita a todos los interesados, para que dentro del término común de treinta días, a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos. Albacea Miguel Villegas Hernández. Exp. 06-2018.—Heredia, veintiocho de mayo dos mil dieciocho.—Lic. Rafael Ángel Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—( IN2018246750 ).

Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Ramón Emilio Gutiérrez Quesada, quien fuera mayor, soltero, tecnólogo en alimentos, cédula número: uno-cero cuatrocientos cincuenta y cuatro-cero setecientos cincuenta y uno, vecino de San José, Coronado, San Isidro, residencial Contemporánea, cuarta etapa, casa número: treinta y tres-i, quien falleció el martes doce de setiembre de dos mil diecisiete en el distrito Carmen del cantón San José, de la provincia San José, en el hospital Rafael Ángel Calderón Guardia, para que, dentro del plazo de treinta días hábiles contables a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial que administra la Imprenta Nacional costarricense, sin contar días sábado ni días domingo ni días feriados ni días de asueto, se apersonen a esta notaría -por escrito- en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que, en caso de no hacerlo, la herencia pasará a quien en derecho corresponda. El escrito de apersonamiento deberá llegar a esta notaría debidamente firmado por el interesado y su firma debidamente autenticada por notario público con timbre adherido en el anverso del memorial por valor de doscientos cincuenta colones del Colegio de Abogados debidamente cancelado al menos con el sello blanco o de altorrelieve del notario autenticante. Esta Notaría está ubicada en la provincia de San José, cantón de San José, distrito Catedral, Barrio González Lahmann, de la esquina sureste del museo Nacional cincuenta metros al sur, calle diecisiete -paseo peatonal ‘Ricardo Jiménez Oreamuno’-, casa número: doscientos treinta y tres, avenidas segunda y cuarta-bis y el horario de recepción de los sendos escritos de apersonamiento será de nueve de la mañana a once de la mañana y de una de la tarde a cuatro de la tarde de lunes a viernes hábiles dentro del indicado plazo de treinta días hábiles. Procedimiento sucesorio notarial testamentario número: cero cero cero uno-dos mil dieciocho de: Ramón Emilio Gutiérrez Quesada. Notario Público: Miguel Ángel Vásquez López, carné de abogado número: tres mil ochenta y tres.—San José, lunes veintiocho de mayo de dos mil dieciocho.—Lic. Miguel Ángel Vásquez López, Notario.—1 vez.—( IN2018246752 ).

Se cita y emplaza a los posibles herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en el proceso sucesorio en sede notarial de Olga Virginia Ramírez Jiménez, quien en vida fuera mayor, casada dos veces, ahogada, vecina de San José, San Francisco, del parque Okavama cuatrocientos setenta y cinco metros al este, casa nueve V, cédula de identidad número uno- quinientos sesenta v nueve- cero cincuenta y cuatro para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto concurran a hacer valer sus derechos ante la notaría del Licenciado Andrés Elliot Sule, con oficina abierta en la ciudad de San José, Barrio Don Bosco, esquina de calle treinta y dos y avenida cuatro, doscientos metros al norte de la Municipalidad de San José, Bufete Arroyo Asociados, número de fax 2233-9403. Expediente Número 0002-2018.—San José, veinticinco de mayo del dos mil dieciocho.—Lic. Andrés Elliot Sule, Notario.—1 vez.—( IN2018246760 ).

Se cita y emplaza y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Jorge Alberto Córdova Córdova, conocido como Jorge Alberto Córdova Guidos, mayor, casado una vez, cédula de identidad ocho cero cero cuarenta y ocho cero setecientos noventa y nueve, contador pensionado, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se percibe a los que crean tener calidad de herederos, comparezcan ante esta notaría, a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licenciada, Ángela Sánchez; Lépiz; Desamparados, Fátima, frente al Palí; teléfonos: 8813-3740; o bien al correo electrónico: angisanchez@hotmail.com o la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-2018.—Licda. Angela María Sánchez Lépiz, Notaria.—1 vez.—( IN2018246765 ).

Se emplaza en la sucesión de quien en vida fue Guillermo Rojas Cubero, mayor, viudo, taxista, vecino San Antonio de Desamparados frente a Escuela de Bomberos, cédula identidad uno-cero dos cero cero-cero cero ocho cinco, fallecido el diecisiete de febrero del dos mil dieciocho, para que, dentro del plazo treinta días, contados a partir de la publicación, se apersonen hacer valer sus derechos, si no, se presentan dentro del mencionado plazo, la herencia pasa a quien corresponde. Notaría de licenciada Gladys Barrantes Quesada, carne 20836.—San José, a las trece horas del día veintitrés de marzo del dos mil dieciocho.—Licda. Gladys Barrantes Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2018246778 ).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio testamentario de quien en vida se llamó Miriam Vargas Villalobos, conocida como Flora Vargas Villalobos, mayor, divorciada, de oficios del hogar, vecina de Montes de Oca, Sabanilla y con cédula de identidad 0101480351. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente 18-000414-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 23 de mayo de 2018.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—( IN2018246782 ).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Eddie Enrique González Araya, costarricense, mayor, casado dos veces, con cédula de identidad 4-0157-0449 y vecino de Heredia. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda, expediente 17-000111-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 30 de abril del 2018.—Lic. Freddy Guillermo Ureña Díaz, Juez.—1 vez.—( IN2018246783 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Arthur David (nombre) Mcmellon (apellido), quien en vida fuera, mayor, divorciado una vez, empresario, de único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense y portador del pasaporte de su país número uno cuatro uno nueve cero tres tres cuatro cinco y vecino de quinientos diez Comwall Avenue, Cheshire, CT cero seis cuatro uno diez, Connecticut, Estados Unidos de Norteamérica; para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de éste edicto, comparezcan ante esta notaría, cita en San José, Escazú, San Rafael, del Supermercado Saretto, doscientos metros al norte, cien al oeste y cien al norte, sita en las oficinas de BCE Abogados, a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quién corresponda. Expediente 001-2018.—Lic. Alan Elizondo Medina, Notario.—1 vez.—( IN2018246785 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Luis Diego Moya Hidalgo, conocido como Luis Diego Moya Mattey, quien fue, mayor, soltero, politólogo, portador de cédula de identidad número uno-quinientos doce-cero sesenta y tres, vecino de Alajuela, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y si no se presentan dentro de ese plazo la herencia pasará a quien corresponda. Exp. 0002-2012.—Licda. Celina María González Ávila, Notaria.—1 vez.—( IN2018246796 ).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Juan José Ortega Araya, mayor, estado civil casado dos veces, pensionado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0600940981 y vecino Libertad ochenta y uno, Barranca, Puntarenas. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 17-000087-0642-CI.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas (Materia Civil), 21 de mayo del año 2018.—Licda. Eunice Villalobos Jiménez, Jueza.—1 vez.—( IN2018246806 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Johnnatan Alberto Villalobos Miranda y Maykel Andrés Villalobos Miranda, ambos mayores, solteros, ayudantes de soldadura, costarricenses, con documento de identidad 04-0201-0680 y 04-0195-0460 y vecinos de Heredia. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente 18-000083-0504-CI (2).—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Heredia, 06 de abril del 2018.—Licda. Yarini Madrigal Escoto, Jueza.—1 vez.—( IN2018246826 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Javier Gerardo de La Trinidad Retana Bermúdez, mayor, estado civil casado, profesión agricultor, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0601160320 y vecino de Tamarindo Laurel. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente 18-000015-0920-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de La Zona Sur (Corredores) (materia civil), 03 de abril del 2018.—Lic. Allan Roberto Espinoza Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2018246870 ).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Evelio Francisco Sancho Chacón, mayor, estado civil divorciado, agricultor, vecino de Buenos Aires de Palmares, Alajuela, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0203300061. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 17-000070-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 01 de junio del año 2017.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2018246874 ).

Se cita a todos los herederos e interesados en general en la sucesorio de quien en vida fue Lilia María Cáceres Cáceres, quien es mayor, separada judicialmente, ama de casa, con cédula de identidad 8-0046-0348, vecina de urbanización los Cocos Limón centro, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a valer sus derechos, de no apersonarse en el plazo señalado, la herencia pasará a quien corresponda. lo anterior ordenado así en el sucesorio expediente 0003-05-2017 sucesión de María Lilia Cáceres Cáceres.—Licda. Victoria Fernández Ríos, Notaria.—1 vez.—( IN2018246879 ).

Se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados, en la sucesión de Jorge Eduardo Lizano Chacón, quien en vida fue mayor, soltero, ingeniero en sistemas, quien portaba la cédula de identidad número uno-un mil doscientos dieciséis-cero quinientos cuatro, quien al fallecer era vecino de San Rafael de Coronado, detrás de la Pulpería Víctor Chacón, el cual falleció en el distrito San Isidro, cantón Vásquez de Coronado, el día veinticinco de febrero de dos mil dieciocho. Para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a esta Notaria, en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que en caso de que no lo hicieren la herencia pasará a quien en derecho corresponde. Asimismo, deben señalar lugar o medio para recibir sus notificaciones. Es todo.—Licda. Ana Grettel Coto Orozco, Notaria—1 vez.—( IN2018246924 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Marta Emma Chaves Ortega, mayor, estado civil viuda, ama de casa, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0500299660 y vecina de Santa Cruz. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Exp. 16-000205-0388-CI.—Juzgado de Menor Cuantía y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Civil), 14 de junio del año 2017.—Licda. Dalia Soza Mora, Jueza.—1 vez.—( IN2018246937 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Rolando Marín Víquez, mayor, divorciado una vez, comerciante, cédula uno-setecientos sesenta y cinco-doscientos treinta y seis, vecino de San José, para que dentro del plazo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que creen tener calidad de herederos, que asilo hagan saber y si no se presentan dentro del plazo dicho, la herencia pasará a quien corresponda, sin su intervención. Expediente 001-2018.—San José, diez horas del veintinueve de mayo del dos mil dieciocho.—Lic. Alexander Adolfo Chacón Porras, Notario.—1 vez.—( IN2018246972 ).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ángel Claudio Vega Sánchez, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Alajuela, Atenas, cédula de identidad 0201850657. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 18-000182-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de mayo del 2018.—Lic. Carlos Esteban Sancho Araya, Juez.—1 vez.—( IN2018246980 ).

Avisos

Se hace saber que ante este despacho se tramita proceso de declaratoria de ausencia promovido por Carlos Alberto Saborío Legers, mayor, casado dos veces, con cédula de identidad número 1-0573-0020, encaminado a solicitar la ausencia de José del Carmen Castro Corrales, mayor, casado, carné de residencia costarricense número 280-16706-207, último domicilio San Rafael de Escazú. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de tres meses contados a partir de la última publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Expediente: 17-000205-0180-CI.—Juzgado Primero Civil de San José, 13 de abril del 2018.—Lic. Miguel Ángel Rosales Alvarado, Juez.—( IN2018236810 ).  3 v. 2 Alt.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en la tutela de la persona menor Francisco Leonel Centeno Rizo, tarjeta de identidad de personas menores de edad número 04 0259 0698 para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de quince días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Lo anterior de conformidad con lo ordenado en la resolución del Juzgado de Familia de Heredia. A las catorce horas veinte minutos del trece de diciembre de dos mil diecisiete. Expediente 17-002264-0364-FA. Tutela. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Heredia.—Msc. Felicia Quesada Zúñiga, Jueza.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018247583 ).                                                                                                                           2 v. 1

Se avisa al señor David Antonio Castillo Solano, portador de la cédula de identidad 1-1466-0139, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este juzgado, se tramita el expediente 18-000247-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Valentina Castillo Vargas. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de mayo del dos mil dieciocho.—MSc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018246645 ).

Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a Rónald Francisco Avendaño Ramos, documento de identidad 0111990243 y Yéssica Hurtado Issa, documento de identidad 11019269, ambos casados, vecinos de paradero desconocido, que en este Despacho, se interpuso un proceso nulidad matrimonio en su contra, cuya pretensión es la nulidad del matrimonio celebrado entre los demandados. Lo anterior se ordena así en proceso nulidad matrimonio de Procuraduría General de La República contra Ronald Francisco Avendaño Ramos, Yéssica Hurtado Issa. Expediente 16-000142-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 30 de abril del año 2018.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018246746 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Marianela de La Trinidad Rojas Vargas, mayor, soltera, documento de identidad 01-1051-0876, vecina de Goicoechea, encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Marianela de La Trinidad Rojas Vargas, por el de Marianela Fiorella mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil, expediente 18-000012-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 15 de enero del 2018.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2018246865 ).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores Luiyi Rafael López Salazar, mayor, soltero, oficial seguridad privada, cédula de identidad 7-0256-0293, hijo de Luis Ángel López Mora y Ana Cristina Salazar Castillo, nacido en Matama, Limón, el 30/04/1997, con 21 años de edad, y Heizel Elisa Pozo Muñoz, mayor, viuda, estudiante, cédula de identidad 7-0264-0244, hija de Javier Roberto Pozo Espinoza y Ester Muñoz Avalos, nacida en Limón, el 10/10/1998, actualmente con 19 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Limón, del cruce del Río Banano, 150 metros a mano derecha, casa mano izquierda prefabricada, sin pintar. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días, siguientes a la publicación del edicto, expediente 18-000259-1152-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 17 de mayo del 2018.—Licda. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018246646 ).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil Rafael Ángel Saborío Venegas, mayor, divorciado, cédula de identidad número 7-0097-0336, nombre de la progenitora Rosa Venegas Venegas y nombre del progenitor Rafael Saborío Saborío, nacido en Centro Central Limón, el 04/01/1970, con 48 años de edad, y Hannia Krismeldy Lara Brenes, mayor, soltera, cédula de identidad número 7-0123-0600, nombre de la progenitora Deyanira Brenes Sancho y nombre del progenitor Ramiro Lara Manzanares, domicilio en Centro Central Limón, el 16/06/1977, actualmente con 40 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Limón, Barrio Envaco; 200 metros de las bodegas del Carmen en Envaco, casa a mano izquierda de color verde agua. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº18-000303-1152-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de La Zona Atlántica, Limón, 11 de mayo del año 2018.—Licda. Jacqueline Murillo Murillo, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018246647 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores Kenneth Platero Calvo, mayor, soltero, jornalero, cédula de identidad 7-0148-0581, hijo de Laffytthe Platero Santamaría y Lilliam Mireya Calvo Arce, nacido en Limón, el 01/09/1982 con 35 años de edad y Fressy Yisenia Vallejos Toruño, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad 7-0154-0817, hija de Luis Vallejos Cortes y María Elena Toruño León, nacida en Limón, el 20/10/1983, actualmente con 34 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Limón, Zent nuevo, frente al parquesito, casa de madera de color verde agua. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días, siguientes a la publicación del edicto, expediente 18-000349-1152-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 18 de mayo del 2018.—Licda. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018246648 ).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil Evelyn Castro Vargas, mayor, soltera, Estilista, cédula de identidad número uno-mil ciento tres-doscientos sesenta y seis , hija de Danilo Castro Bermúdez y Flor María Vargas Vega, nacida en San Isidro, Pérez Zeledón, el 05 de mayo del año 1981, con treinta y siete años de edad, y Marcos Padilla Quesada, mayor, divorciado, Mecánico, cédula de identidad número uno-mil treinta y dos-setecientos ochenta y nueve, nacido en San Isidro, Pérez Zeledón, el 13 de abril de 1979, actualmente con treinta y nueve años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Pérez Zeledón. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho, dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. 18-000386-1303-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón), 23 de mayo del año 2018.—Msc. César De Dios Monge Vallejos, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018246649 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Anielka Argelia Alfaro Mendoza, mayor, soltera, estudiante y ama de casa, portadora del pasaporte número C02342419, hija de Mirna Jessenia Mendoza Meza y Nelson Eldas Alfaro Pérez, fecha de nacimiento el 23/08/1995, con 22 años de edad, y Mario Alonso Obando Torres, mayor, soltero, agricultor, cédula de identidad número 0603200609, hijo de Berta Torres Ortiz y José Eloiso Obando Morales, fecha de nacimiento el 27/03/1980, actualmente con 38 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Pérez Zeledón, Rosario de Pacuar. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. 18-000417-1303-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur, Pérez Zeledón, 23 de mayo del 2018.—Licda. María Del Rocío Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018246650 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil de Kimberly Patricia Hernández Madriz, mayor de edad, soltera, estudiante, cédula de identidad número 01-1631-0057, vecina de Santiago del Monte de Tres Ríos Urbanización La Yenny, casa de cemento color rosado con verjas negras, número de teléfono 8371-4042 hija de Cynthia Patricia Madriz Montoya y Josué Gabriel Hernández Rojas, nacida en Carmen Central San José, el 17/12/1995, con 22 años de edad, y Joel Arturo Gómez Artavia, mayor de edad, soltero, mecánico, cédula de identidad número 03-0480-0520, vecino de Santiago del Monte de Tres Ríos Urbanización La Yenny, casa de cemento color rosado con verjas negras, hijo de Zoila Artavia Aguilar y Roger Gómez Gómez, nacida en Oriental Central Cartago, el 12/08/1994, actualmente con 23 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. 18-001285-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 24 de mayo del 2018.—Licda. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018246651).

Se hace saber que en mi notaría pública se celebrará el matrimonio civil de: Minor Alberto Castro Hernández, cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos noventa y nueve-cero seiscientos cincuenta y tres, y Ruth María Morales Marín, cédula de identidad número uno-cero seiscientos cincuenta y tres-cero ciento ochenta. Se emplaza en general a todos los interesados, para que, dentro de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a presentar oposición.—San José, 23 de mayo del 2018.—Licda. Silvia Alvarado Quijano, Notaria.—1 vez.—( IN2018246733 ).