BOLETÍN JUDICIAL N° 98 DEL 4 DE JUNIO DEL 2018
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN HUMANA
DEL
PODER JUDICIAL
SALA
CONSTITUCIONAL
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Convocatorias
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos Matrimoniales
CONCURSO
Nº 06-2018
La Comisión de Nombramientos de Puestos de
Elección de la Corte Suprema de Justicia y la Dirección de Gestión Humana,
invitan a las personas interesadas a participar en el siguiente concurso, para
nombramiento en propiedad:
SUBAUDITOR
(A) INTERNO (A)
Dirección de
Auditoría Judicial
Plaza: 103603
Requisitos:
Licenciatura en Contaduría Pública o en
Administración con énfasis en Contaduría o Contabilidad.
Incorporación al Colegio de
Contadores Públicos de Costa Rica o al Colegio de Profesionales en Ciencias
Económicas de Costa Rica, según corresponda.
Experiencia de tres años en el
ejercicio de la auditoría interna o externa en el sector público o privado.
Dos años de experiencia en
supervisión de personal
(Según lo establecido en el perfil
competencial, aprobado por Corte Plena en sesión Nº
49-17 del 11 de diciembre de 2017 artículo XXIV)
Forma de participar, requisitos y otros
detalles del concurso se pueden acceder en las siguientes direcciones
electrónicas:
Internet:
http://www.poder-judicial.go.cr/ghenlinea
Intranet judicial:
http://intranet/ghenlinea
Periodo de inscripción: |
Inicia: lunes 4 de junio 2018 |
Finaliza: viernes
15 de junio de 2018 |
Horario de atención
al público: lunes a viernes: de 7:30 a.m. a 12:00 m. y de 1:00 p.m. a 4:30
p.m. |
Correo Electrónico:
reclutamiento@poder-judicial.go.cr / Teléfonos: 2295-3590 o 2295-3654 |
Jennifer Carrillo Cárdenas.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2018244299 ).
ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad
A LOS
TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE
SABER:
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción
de inconstitucionalidad número 18-003574-0007-CO, que promueve ASOCIACIÓN
DEPORTIVA CLUB SPORT HEREDIANA, se ha dictado la resolución que literalmente
dice: «SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las
diez horas y nueve minutos de veintiuno de mayo del dos mil dieciocho./Se da
curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Juan Carlos Retana
Otárola, mayor de edad, costarricense, abogado y notario, casado tres veces,
vecino de San José, cédula de identidad Nº 1-755-737,
en mi condición de apoderado especial judicial de la empresa Fuerza Herediana
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica Nº
3-101-665562 y de la Asociación Deportiva Club Sport Herediano, cédula de
persona jurídica Nº 3-002-61596, para que se declaren
inconstitucionales la Jurisprudencia, en razón de la materia, de la Sala
Primera de la Corte Suprema de Justicia y el inciso 4), del artículo 430, del
Código de Trabajo, por estimarlos contrarios a los derechos protegidos en los
artículos 11 y 49 de la Constitución Política. Se confiere audiencia por quince
días a la Procuraduría General de la República y a la Sala Primera de la Corte
Suprema de Justicia. Manifiesta que tiene, como asuntos previos, los procesos
jurisdiccionales que, bajo los expedientes Nº
17-010697-1027-CA y Nº 18-001232-1027-CA, se tramitan
en el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda. En ambos
procesos se ha declarado la incompetencia del Tribunal Contencioso
Administrativo para conocerlos, por medio de las decisiones Nº
31-2018-T de las 10:00 horas de 26 de enero de 2018 y Nº
140-2018 de las 14:35 horas de 23 de febrero del 2018. Por medio de los
escritos de 2 y de 26 de febrero del 2018, se apelaron dichas resoluciones ante
la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia y se invocó la
inconstitucionalidad de las normas impugnadas como medio razonable de amparar
el derecho o interés que se estima vulnerado. La normativa cuestionada vulnera
lo contemplado en el artículo 49 de la Constitución Política. Con sustento en
esas disposiciones, el Tribunal Contencioso Administrativo declina su
competencia cuando se trata de actos administrativos emitidos por la Caja
Costarricense de Seguro Social, referentes a inspecciones relacionados por sus
funcionarios, en fijación de cuotas obrero patronales, determinación de
adeudos, entre otros. Lo anterior, pese a que, con anterioridad, la Sala
Constitucional, en la sentencia Nº 2010-19700,
declaró la inconstitucionalidad del artículo 402, inciso d) del Código de
Trabajo, cuyo contenido era similar al cuestionado en esta ocasión. De modo que
la materia que nos ocupa es contenciosa y no laboral, de acuerdo con lo
expuesto por la Sala Constitucional en la sentencia supra referida. La pauta
jurisprudencial de la Sala Primera impugnada, en esta oportunidad, ha sido
plasmada en numerosos votos, entre esos, los Nos. 804-C-51-2013, 469-C-S1-
2014, 1408-C-S1-2015, 1413-C-S1-2015, 1421-C-S1-2015, 1420-C-S1-2015. En los
procesos jurisdiccionales que sirven de asunto base de esta acción se discute
la legalidad de sendas actuaciones administrativas de la Caja Costarricense de
Seguro Social, relativa al cobro de las cuotas-obrero patronales. Lo anterior
constituye una competencia que, con arreglo a los artículos 11 y 49 de la
Constitución Política, debe ser conocida por la Jurisdicción Contenciosa
Administrativa y no en la sede laboral, dada la necesidad de contar con jueces
especializados en la materia. Así lo determinó la Sala Constitucional en la
sentencia supra mencionada. Considera que órganos que agotan la vía
administrativa que esa demanda ha sido establecida, a efecto de que en los
procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de la ley, decreto,
disposición, acuerdo o resolución, tampoco se dicte resolución final mientras
la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Si la acción fuere planteada
por el Procurador General de la República, la audiencia se le dará a la persona
que figure como parte contraria en el asunto principal”, “Artículo 82. En los
procesos en trámite no se suspenderá ninguna etapa diferente a la de dictar la
resolución final, salvo que la acción de inconstitucionalidad se refiera a
normas que deban aplicarse durante la tramitación.” Dentro de los quince días
posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse
quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición
de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos
con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o
improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad
en relación con el asunto que les interese. Se hace saber, además, que de
conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional
y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91,
0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la
norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones
señaladas. Notifíquese. Notifíquese con copia del memorial del recurso y por
medio del notificador de este despacho./ Fernando Cruz Castro, Presidente a.
í.”
San José, 23 de mayo del 2018.
Roberto
Vinicio Mora Mora
Secretario
a. í.
O.
C. Nº 364-12-2017.—Sol. Nº
68-2017-JA.—( IN2018245533 ).
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la
Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número
18-006526-0007-CO que promueve Miguel Alejandro Gutiérrez Pizarro, se ha
dictado la resolución que literalmente dice: «Sala Constitucional de la Corte
Suprema de Justicia. San José, a las once horas y veintidós minutos de nueve de
mayo de dos mil dieciocho. /Se da curso a la acción de inconstitucionalidad
interpuesta por Miguel Alejandro Gutiérrez Pizarro, mayor, casado una vez,
abogado, vecino de Cartago, cédula de identidad Nº
1-1139-0092, carné del Colegio de Abogados Nº 25708,
para que se declare inconstitucional el Decreto Ejecutivo Nº
41033-MGP, por estimarlo contrario a los derechos protegidos en los artículos
9°, 11 y 129 de la Constitución Política. Se confiere audiencia por quince días
a la Procuraduría General de la República, al Ministerio de Gobernación y
Policía y a la Dirección General de Migración y Extranjería. Manifiesta que la
Ley de Migración, Ley Nº 8764, en su artículo 33,
inciso 3), establece el cobro de una multa de 100 dólares a la persona que
permanezca, de manera irregular, en el país, de tal modo que si no cancela la
multa, se impondrá un impedimento de entrada al territorio nacional equivalente
al triple del período en que se prolongue la permanencia irregular. Tras
algunas solicitudes formuladas por diversos movimientos de la sociedad civil y
agrupaciones de migrantes, por medio de la norma cuestionada el Poder Ejecutivo
ha ordenado suspender, por un plazo de 12 meses, la aplicación de la multa
aludida, mientras se tramite y se logre una reforma legal, a favor de esta
población. Considera que la normativa impugnada lesiona el interés difuso de
los costarricenses preocupados por el manejo de la política migratoria, que ha
desplegado el Poder Ejecutivo. También vulnera el principio de separación de
poderes, pues en la especie, mediante el Decreto cuestionado, se pospone el
cobro de una multa de índole legal, sobre la cual, se ha contado con una fase
de 8 años para su implementación. En el caso concreto, lo que se produce es una
irregularidad o, una contradicción, entre las disposiciones de la ley y el
reglamento. Pide que se declare con lugar la acción y la inconstitucionalidad
de la norma cuestionada. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que
se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional, en sus artículos 73 a 79.
La legitimación del accionante proviene del párrafo 2°, del artículo 75, de la
Ley de la Jurisdicción Constitucional, en cuanto se apersona en defensa de
intereses difusos. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín
Judicial sobre la interposición de la acción. Efectos jurídicos de la
interposición de la acción: Se recuerdan los términos de los artículos 81 y 82
de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que disponen lo siguiente “Artículo
81. Si el Presidente considerare cumplidos los requisitos de que se ha hecho
mérito, conferirá audiencia a la Procuraduría General de la República y a la
contraparte que figure en el asunto principal, por un plazo de quince días, a
fin de que manifiesten lo que estimen conveniente. Al mismo tiempo dispondrá
enviar nota al tribunal u órgano que conozca del asunto, para que no dicte la
resolución final antes de que la Sala se haya pronunciado sobre la acción, y
ordenará que se publique un aviso en el Boletín Judicial, por tres veces
consecutivas, haciendo saber a los tribunales y a los órganos que agotan la vía
administrativa que esa demanda ha sido establecida, a efecto de que en los
procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de la ley, decreto,
disposición, acuerdo o resolución, tampoco se dicte resolución final mientras
la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Si la acción fuere planteada
por el Procurador General de la República, la audiencia se le dará a la persona
que figure como parte contraria en el asunto principal.” “Artículo 82. En los
procesos en trámite no se suspenderá ninguna etapa diferente a la de dictar la
resolución final, salvo que la acción de inconstitucionalidad se refiera a
normas que deban aplicarse durante la tramitación”. Dentro de los quince días
posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse
quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición
de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos
con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o
improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad
en relación con el asunto que les interese. Se hace saber, además, que de
conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional
y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91,
0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la
norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones
señaladas. Notifíquese. Notifíquese con copia del memorial del recurso y por
medio del notificador de este despacho. /Fernando Cruz Castro, Presidente a.
í.»
San José, 23 de mayo del 2018.
Roberto
Vinicio Mora Mora
Secretario
a. í.
O. C. Nº
364-12-2017.—Sol. Nº 68-2017-JA.—( IN2018245534 ).
Para los efectos de los artículos 88 párrafo segundo y 90 párrafo
primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de
inconstitucionalidad que se tramita con el número 16-014064-0007-CO, promovida
por José Alberto Martín Alfaro Jiménez, Natalia Diaz Quintana, Otto Claudio Guevara
Guth contra el artículo 101 del Reglamento Autónomo de Trabajo del Instituto
Costarricense de Turismo (Reglamento N° 4846 del 11
de agosto de 1998), por estimarlo contrario a los artículos 33, 57, 68 y 176 de
la Constitución Política y a los principios constitucionales de razonabilidad y
proporcionalidad, se ha dictado el voto número 2018-008137 de las once horas y
cuarenta y cinco minutos de veintitrés de mayo de dos mil dieciocho, que
literalmente dice:
«Se declara con lugar la acción y, en
consecuencia, se anula, por inconstitucional, el artículo 101, del Reglamento
Autónomo de Trabajo del Instituto Costarricense de Turismo, Decreto Ejecutivo N° 4846 de 11 de agosto de 1998, reformado mediante sesión N° 5476 del 03 de julio de 2007. Esta declaratoria de
inconstitucionalidad tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de
emisión de la norma anulada, sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena
fe. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 91, de la Ley de la
Jurisdicción Constitucional, se dimensionan los efectos de esta declaratoria,
en el sentido de que la inconstitucionalidad declarada no afecta el pago del
beneficio ya recibido, por haberse incorporado al patrimonio de los
trabajadores. El Magistrado Hernández Gutiérrez consigna razones diferentes.
Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y
publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Comuníquese este
pronunciamiento al Instituto Costarricense de Turismo. Notifíquese.»
Se hace saber que la anulación,
inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir del momento que se
indica en la parte dispositiva del voto
San José, 25 de mayo del 2018.
Roberto
Vinicio Mora Mora,
Secretario
a. í.
OC
Nº 364-12-2017.—Sol. Nº
68-2017-JA.—( IN2018246595 ).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
Ocho horas del cinco de octubre de dos mil
dieciocho, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor
postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones y soportando la
servidumbre sirviente, según citas 338- 15977-01-0010-001 y con la base de tres
millones ciento veinticinco mil dos colones, remataré: el fundo hipotecado
inscrito al Partido de Alajuela, Matrícula de Folio Real número cuatrocientos
cuarenta y seis mil doscientos cinco-cero cero cero,
que es terreno para construir, situado en el distrito sexto: Pital, del cantón décimo: San Carlos, de la provincia de
Alajuela, lindante al norte, calle pública; al sur, Walter Alvarado Porras; al
este, José Joaquín Alvarado Rojas, y al oeste, calle pública; el cual mide
cuatrocientos metros con siete decímetros cuadrados, plano A-0456418-1997,
propiedad de María Isabel Alvarado Porras. En caso de resultar fracasado el
primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por
ciento de la base original, sea la suma de dos millones trescientos cuarenta y
tres mil setecientos cincuenta y un colones con cinco céntimos, se señalan las
ocho horas del veintitrés de octubre de dos mil dieciocho. En la eventualidad
de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera
almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, o se la
suma de setecientos ochenta y un mil doscientos cincuenta colones con cinco
céntimos, se señalan las ocho horas del siete de noviembre de dos mil
dieciocho. Lo anterior por estar así ordenado en proceso de ejecución
hipotecaria de la Fundación Unión y Desarrollo de Las Comunidades Campesinas (Fundecoca) contra María Isabel Alvarado Porras. Exp. N° 18-000096-0298-AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 18 de
mayo del 2018.—Lic. Federico Villalobos Chacón, Juez.—O C N°
364-12-2017.—Sol 68-2017-JA.—( IN2018247057 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del seis de julio
del dos mil dieciocho y con la base de siete millones setecientos sesenta y
ocho mil novecientos setenta y cinco colones con cuarenta y siete céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número doscientos once mil doscientos cincuenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada
en el distrito San Juan, cantón Abangares de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, Jose Ángel Ovares Ugalde; al sur,
Juan Carlos De Jesús Vargas Delgado; al este, calle pública; y al oeste, Jose Ángel Ovares Ugalde. Mide: mil ciento setenta y dos
metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero
minutos del veintitrés de julio del dos mil dieciocho, con la base de cinco
millones ochocientos veintiséis mil setecientos treinta y un colones con
sesenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de agosto del dos
mil dieciocho, con la base de un millón novecientos cuarenta y dos mil
doscientos cuarenta y tres colones con ochenta y siete céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Martin Gerardo Segnini Alpízar. Expediente: 18-001632-1765-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Tercera, 9 de abril del 2018.—Lic. Ivan Tiffer Vargas, Juez.—( IN2018247111 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada según citas:
291-06413-13-01-0901-001; servidumbre trasladada según citas:
305-02448-01-0902-001, a las trece horas y cuarenta minutos del veinticinco de
enero del dos mil diecinueve y con la base de sesenta y siete mil quinientos
dólares exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula Nº 459018-000, la cual es
terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito 01 San Vicente,
cantón 14 Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle
pública con 23 metros 27 decímetros; al sur, Blanca Yorleny Zavala Martínez y
Jorge Sandí Campos; al este, Ileana María Vargas Montero, y al oeste, Dennis
Lilliana Lizzie, Dafne Brenda y Eric, todos de apellidos
Alpízar Monge. Mide: quinientos ochenta y seis metros cuadrados. Para el
segundo remate, se señalan las trece horas y cuarenta minutos del once de
febrero del dos mil diecinueve, con la base de cincuenta mil seiscientos
veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta, se señalan las trece horas y cuarenta minutos del veintiséis
de febrero de dos mil diecinueve, con la base de dieciséis mil ochocientos
setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Green Cedar S.
A. contra Carlos Enrique Ortega Lizano, Irene María Cuesta Jiménez. Expediente Nº 18-000893-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de mayo del 2018.—Licda.
Kreysa Marín Mata, Jueza.—( IN2018247143 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada (citas:
330-03897-01-0002-001) y servidumbre de acueducto y de paso de a y a (citas:
574-39192-01-0001-001); a las ocho horas y treinta minutos del veinticinco de
junio de dos mil dieciocho y con la base de noventa y siete millones quinientos
ochenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número cuarenta y siete mil ciento
sesenta y cuatro, Horizontal F derecho cero cero cero, la cual es terreno finca filial seis apta para
construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura
máxima de dos pisos. Situada en el distrito 04 San Antonio, cantón 01 Alajuela,
de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, finca filial siete; al sur,
finca filial cinco; al este, acceso vehicular con un frente de treinta y un
metros y al oeste, Deidamia Rodríguez. Mide: mil cuatrocientos treinta y cinco
metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta
minutos del diez de julio de dos mil dieciocho, con la base de setenta y tres
millones ciento ochenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta
minutos del veintiséis de julio de dos mil dieciocho con la base de
veinticuatro millones trescientos noventa y cinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Augusto Salvador Galvez Miranda,
Importaciones VIP Latinoamericana S. A. Exp. N° 17-022440-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 24 de
mayo del 2018.—Lic. Pablo López Vindas, Juez.—( IN2018247149 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso (citas:
558-08371-01-0010-001); a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del
veinticinco de junio de dos mil dieciocho y con la base de doscientos ochenta y
seis mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos trece
mil ciento ochenta y uno-cero cero cero, la cual es
terreno lote 3 terreno para construir hoy con una casa de habitación. Situada
en el distrito 05 Guácima, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, lote 2 y servidumbre de paso con un frente de 3 metros
lineales; al sur, Bertilia Duran Aguilar; al este, Bertilia Duran Aguilar; y al
oeste, servidumbre de paso con un frente de 7 metros lineales y en parte lote
4. Mide: novecientos cincuenta y siete metros con sesenta decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del
diez de julio de dos mil dieciocho, con la base de doscientos catorce mil
ochocientos setenta y cinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco
minutos del veintiséis de julio de dos mil dieciocho, con la base de setenta y
un mil seiscientos veinticinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Augusto Salvador Galvez Miranda y contra
Importaciones VIP Latinoamericana S.A. Expediente: 17-022442-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de
Alajuela (Materia Cobro), 24 de mayo de 2018.—Lic. Juan Carlos Cerdas
Bermúdez, Juez.—( IN2018247150 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del nueve de
agosto del dos mil dieciocho, y con la base de diez millones ochenta y siete mil
quinientos colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo:
placas N° 898084, marca Toyota, estilo Sequoia,
capacidad 8 personas, año 2003, color gris, tracción 4x4, motor marca Toyota,
4700 c.c, cilindros 8, gasolina. Para el segundo remate,
se señalan las trece horas y treinta minutos del veintisiete de agosto del dos
mil dieciocho, con la base de siete millones quinientos sesenta y cinco mil
seiscientos veinticinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y treinta
minutos del once de setiembre del dos mil dieciocho, con la base de dos
millones quinientos veintiún mil ochocientos setenta y cinco colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Representaciones Mare Sociedad Anónima contra Viviam
Quesada Rodríguez. Expediente N° 18-000443-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 25 de mayo del
2018.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2018247162 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del dos de julio
de dos mil dieciocho y con la base de ocho millones setecientos cincuenta mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número cuatrocientos noventa y nueve mil quinientos
sesenta y tres cero cero cero,
la cual es terreno para construir con callejón de acceso. Situada en el
distrito 04 San Pedro, cantón 12 Valverde Vega, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Ana Isabel Rodríguez Madrigal y Olga Lilian Rodríguez
Madrigal; al sur, José Rafael Rodríguez Madrigal; al este, Olga Lilian y frente
a calle pública con un frente a ella de 4.00 metros lineales y al oeste, Seidy
Leonor Rodríguez Madrigal. Mide: doscientos diecinueve metros cuadrados. para
el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de
julio de dos mil dieciocho, con la base de seis millones quinientos sesenta y
dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de
agosto de dos mil dieciocho con la base de dos millones ciento ochenta y siete
mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de
Ahorro y Préstamo contra Geffry Gerardo Torres
Cortes, Grettel Daniela Cardoso Rodríguez. Exp. N° 18-000200-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 08 de marzo del 2018.—Msc.
Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018247166 ).
En la puerta exterior de este Despacho; al
ser catorce horas y treinta minutos del nueve de julio de dos mil dieciocho,
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones
(Citas: 384-11941-01-0900-001), servidumbre de paso (Citas: 485-03897-
01-0008-001) servidumbre de paso (Citas: 485-10933-01-0007-001); y con la base
de tres millones quinientos mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Provincia de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos dieciocho mil setecientos treinta y nueve cero cero cero la cual es de
Naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 8-Angeles, cantón
2-San Ramon, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ana Lorena Soto
Quesada y José Luis Blanco Blanco; al sur, Asociación
de Desarrollo Integral de Valle Azul de Los Ángeles de San Ramon; al este, Ana
Lorena Soto Quesada y José Luis Blanco Blanco y al
oeste, calle publica con un frente a ella de 15 metros lineal. Mide: quinientos
dos metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de julio de dos mil
dieciocho, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las catorce horas y treinta minutos del diez de agosto de dos mil
dieciocho con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra José Luis Blanco Blanco. Exp: 17-021378-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 19 de marzo del 2018.—Licda. Priscilla González Seravalli, Jueza.—( IN2018247167 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del veintitrés
de julio del dos mil dieciocho, y con la base de dos millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número trescientos mil trescientos veintitrés cero cero uno, cero cero dos, cero cero tres, cero cero cuatro la
cual es terreno naturaleza: terreno para construir lote 99. Situada en el
Distrito 04-Piedades norte, Cantón 02-San Ramón, de la Provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, lote 97 Damaris Alvarado Ledezma; al sur resto reservado
para la construcción de Avenida Tulipanes; al este lote 98 de Juan Luis Ramírez
Torres, y al oeste, terreno para la construcción de la Avenida los Claveles.
Mide: ciento sesenta y tres metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados.
Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del nueve
de agosto de dos mil dieciocho, con la base de un millón quinientos mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta de agosto de dos mil
dieciocho con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra James Antonio Lobo
Guerrero. Expediente N° 17-019819-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 02 de mayo del 2018.—Msc.
Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018247170 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las catorce horas y veinte minutos del diez de
setiembre del dos mil dieciocho, y con la base de dos millones seiscientos
treinta y seis mil novecientos cincuenta y un colones con ochenta y tres
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas número
CL-194449, marca Chevrolet, estilo S10, categoría carga liviana, capacidad 3
personas, año 2003, color blanco, vin
9BG124CX03C406723, cilindrada 2400 cc., combustible
gasolina. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y veinte minutos
del veinticinco de setiembre del dos mil dieciocho, con la base de un millón
novecientos setenta y siete mil setecientos trece colones con ochenta y siete
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las catorce horas y veinte minutos del diez de octubre del dos mil
dieciocho, con la base de seiscientos cincuenta y nueve mil doscientos treinta
y siete colones con noventa y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de contra Franco Michel Camareno Hernández. Expediente N°
15-001880-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia
Cobro), 16 de mayo del 2018.—Lic. Pedro Javier Ubau
Hernández, Juez.—( IN2018247172 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso;; a las once
horas del nueve de julio del año dos mil dieciocho, y con la base de setenta y
cuatro millones trescientos ochenta y cuatro mil trescientos sesenta y cuatro
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número 64477-F-001 y 002 la cual es terreno finca
filial primaria individualizada número ochenta y tres apta para construir que
se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de siete
pisos. Situada en el distrito 3 Sardinal, cantón 5 Carrillo, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, área común libre de acceso y área común libre de
acceso del condominio primario; al sur, área común libre de zona verde del
condominio primaria; al este, finca filial primaria individualizada número
ochenta y cuatro, y al oeste, area comun libre de acceso principal del condominio primario y
área común libre de zona verde del condominio primario. Mide Ochocientos
sesenta y cuatro metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las once horas y del veinticuatro de julio del año dos mil
dieciocho, con la base de cincuenta y cinco millones setecientos ochenta y ocho
mil doscientos setenta y tres colones exactos y, para la tercera subasta se
señalan las once horas y del diez de agosto del año dos mil dieciocho con la
base de dieciocho millones quinientos noventa y seis mil noventa y un colones
exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Pacifico Association Management Services
(PAMS) LT contra Giselle Soto Chinchilla. Exp. N° 15-000007-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y
Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 22 de mayo del 2018.—Lic.
Patricia Cedeño Leitón, Juez.—( IN2018247180 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada según citas
0330-00006158-01-0901-001 y demanda ordinaria según citas 564-16574-01-001-001,
a las catorce horas y treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil
dieciocho, y con la base de sesenta mil dólares exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
202775-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el
distrito 01 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Gilbert Fernández; al sur, Miguel Ángel Mora; al este, calle
pública con 05m 93cm y al oeste, Ma. Anita Barrientos. Mide: ciento cuarenta y
siete metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de julio de dos
mil dieciocho, con la base de cuarenta y cinco mil dólares exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce
horas y treinta minutos del siete de agosto de dos mil dieciocho con la base de
quince mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Jenny Meneses Moya contra Inmobiliaria El Pogreso Sureño S. A. Exp.:
12-023703-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 20 de febrero del 2018.—Licda. Yesenia Zúñiga Ugarte,
Jueza.—( IN2018247186 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del veintiuno
de junio del dos mil dieciocho, y con la base de treinta mil doscientos setenta
y seis dólares con ochenta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos
veintiocho mil novecientos sesenta y ocho cero cero cero, la cual es terreno para construir lote B-10. Situada
en el distrito San Josecito, cantón San Rafael, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, resto reservado con 8 metros; al sur, lotes 14-13-12 B; al
este, lotes B 11, y al oeste, lotes B 09. Mide: ciento veintitrés metros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos
del seis de julio del dos mil dieciocho, con la base de veintidós mil
setecientos siete dólares con sesenta y cinco centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
treinta minutos del veintitrés de julio del dos mil dieciocho, con la base de
siete mil quinientos sesenta y nueve dólares con veintidós centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Miguel Ángel Monge Chinchilla contra Yanixia María
Sánchez Contreras. Expediente N° 17-000999-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 25 de enero
del 2018.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—(
IN2018247187 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y treinta minutos del veintiséis
de julio del dos mil dieciocho, y con la base de veintiséis millones
novecientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y un
mil ochocientos veintidós cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 67, con una
casa de habitación. Situada: en el distrito 3-San Miguel, cantón 3-Santo
Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur,
Ricardo Zamora Zúñiga; al este, lote 68, y al oeste, lote 66. Mide: ciento
diecinueve metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo
remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del trece de agosto del dos
mil dieciocho, con la base de veinte millones ciento setenta y cinco mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintinueve de agosto
del dos mil dieciocho, con la base de seis millones setecientos veinticinco mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Iliana Auxiliadora Brenes
Zúñiga. Expediente Nº 17-006339-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 06 de marzo
del 2018.—Lic. Henry Sanarrusia Gómez, Juez.—(
IN2018247207 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso bajo las citas
0539-00012751-01-0001-001; a las diez horas y treinta minutos del veintitrés de
julio del año dos mil dieciocho, y con la base de ochenta y cuatro millones
quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número 576410-000 la cual es terreno
para construir con una casa destinada a vivienda. Situada en el distrito
Aserrí, cantón Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Corporación Industrial Fefa Sociedad Anónima; al sur,
Rafael Fallas Monge, servidumbre de paso de 60 metros de longitud y 6 metros de
ancho de la calle principal al lado noreste, de este; al este, Corporación
Industrial Fefa Sociedad Anónima y Luis Morales
Zeledón y al oeste, Corporación Industrial Fefa
Sociedad Anónima. Mide: novecientos setenta y siete metros con ochenta y seis
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta
minutos del nueve de agosto del año dos mil dieciocho, con la base de sesenta y
tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y
treinta minutos del veintisiete de agosto del año dos mil dieciocho con la base
de veintiún millones ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Vera Emilia Bonilla Naira. Exp. N° 18-002170-1765-CJ.
Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San
José, Sección Tercera, 24 de abril del año 2018.—Lic. Iván Tiffer Vargas.—( IN2018247223 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de aguas pluviales
citas: 524-11396-01-0013-001, 568-32744-01-0002-001; a las diez horas y
cuarenta y cinco minutos del dos de julio de dos mil dieciocho, y con la base
de ciento veintiún mil ochocientos cincuenta y un dólares con veinticuatro
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número 75481-F derechos 001, 002, 003, 004, 005, 006,
007, 008, 009, 010, la cual es naturaleza: finca filial cincuenta de una planta
ubicada en el nivel uno del edificio cinco destinada a uso residencial en
proceso de construcción, situada en el distrito 9-Tamarindo cantón 3-Santa Cruz
de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, área común construida y área
común libre asignada a la finca filial numero cincuenta
jardín, sur: área común construida, este: área común construida y finca filial
cincuenta y uno, oeste: área común construida y finca filial cuarenta y nueve,
mide: cincuenta metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Plano:
G-1335429-2009. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y
cinco minutos del diecisiete de julio de dos mil dieciocho, con la base de
noventa y un mil trescientos ochenta y ocho dólares con cuarenta y tres
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del tres de agosto de dos mil
dieciocho con la base de treinta mil cuatrocientos sesenta y dos dólares con
ochenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se
le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Maribel
Justa Manjarres Méndez. Exp:
16-001972-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial
de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 10 de mayo del 2018.—Lic. Luis
Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2018247225 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las diez horas del seis de agosto del dos mil
dieciocho, y con la base de tres millones quinientos sesenta mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 146860-000 la cual es terreno de café, pastos,
plátano, bosque, eucalipto y frutas y hacienda Juan Viñas. Situada en el
distrito 02 Tucurrique, cantón 04 Jiménez, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, Heriberto Salas, Eliseo Zamora
Sánchez, Agapito Peñaranda y Hacienda Juan Viñas; al sur, Instituto de
Desarrollo Agrario, Los Brenes Carvajal Javier Vargas Rivera; al este, Hacienda
Juan Viñas y Luis Fernández Sánchez Montoya; y al oeste Heriberto Salas e
Instituto de Desarrollo Agrario. Mide: cuarenta y tres mil noventa y tres
metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
diez horas del diecisiete de agosto del dos mil dieciocho, con la base de dos
millones seiscientos setenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos
del veintinueve de agosto del dos mil dieciocho con la base de ochocientos
noventa mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de José Rafael
Sánchez Loaiza contra Andrei Jesús Moya Martínez,
Mario Iván Moya Martínez. Expediente Nº
17-005899-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de
Cartago, 18 de mayo del 2018.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—(
IN2018247234 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del tres de julio
del año dos mil dieciocho y con la base de diecinueve millones cuatrocientos
cuarenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número 425559-000, la cual es terreno
lote treinta solar para construir con una casa. Situada en el distrito La
Trinidad, cantón Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote
29; al sur, calle pública; al este, calle pública y al oeste, lote 31. Mide:
ciento cincuenta y siete metros con treinta y un decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del dieciocho de
julio del dos mil dieciocho, con la base de catorce millones quinientos ochenta
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las quince horas y cero minutos del seis de agosto del dos
mil dieciocho con la base de cuatro millones ochocientos sesenta mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Rafaela Vera de La Trinidad Trejos
Mena. Exp. N°
15-034148-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial
de San José, Sección Tercera, 09 de marzo del 2018.—Lic. Carlos Marín
Angulo, Juez.—( IN2018247248 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
399-11431-01-0901-003 reservas y restricciones citas: 399-11431-01-0904-003; a
las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno de julio de dos mil
dieciocho, y con la base de dos millones de colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número ochenta y un mil trescientos ochenta y seis-cero cero uno, la cual es
terreno para la agricultura. Situada en el distrito 2 Sabalito, cantón 8 Coto
Brus, de la provincia de puntarenas. Colinda: al
norte, parcela trece y Virginia Segura Bermúdez; al sur, calle publica; al
este, parcela trece-dos, y al oeste, parcela trece y Virginia Segura Bermúdez.
Mide: Siete mil novecientos sesenta y seis metros con ocho decímetros
cuadrados. Plano: P-0068555-1992. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y treinta minutos del diecisiete de agosto de dos mil dieciocho, con la
base de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta
minutos del tres de setiembre de dos mil dieciocho con la base de quinientos
mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Karen Lorelly López Valverde
contra Minerva De La Trinidad García Valverde. Exp. N° 16-000199-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y
Contravencional de Golfito (Materia Cobro), 9 de mayo del 2018.—Licda.
Hazel Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2018247250 ).
En la puerta exterior de este Despacho;
soportando hipoteca en primer grado citas 2013-105669-01-0001-001 a favor de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo; a las ocho horas y cero
minutos del veintiséis de junio de dos mil dieciocho, y con la base de un
millón doscientos ochenta y cuatro mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número 67495-000 la cual es naturaleza: terreno para construir con una casa
situada en el distrito 3-Veintisiete Abril, cantón 3-Santa Cruz de la provincia
de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública frente 25m sur: Odette Ruiz
Rosales, este, calle pública frente 10m oeste, Odette Ruiz Rosales. Mide:
doscientos setenta y tres metros cuadrados. Plano:G-1643830-2013. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del once de julio de
dos mil dieciocho, con la base de novecientos sesenta y tres mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y cero minutos del veintisiete de julio de dos mil
dieciocho con la base de trescientos veintiún mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Wendy
Helen Sociedad Anónima contra Heidy Díaz Rosales, Manrique Molina Ruiz. Exp.: 18-000404-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 15 de
febrero del 2018.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2018247252 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre sirviente citas
339-10304-01-0001-001, a las nueve horas y cero minutos del diecisiete de julio
del dos mil dieciocho -09:00am 17/07/2018-, y con la base de nueve millones
cuatrocientos ochenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 48116-F-000 cero cero cero, la cual es terreno finca filial treinta y seis de una
planta destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada: en el
distrito 5-Aguacaliente (San Francisco), cantón 1-Cartago, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte, filial cuarenta y siete; al sur, Alameda dos; al
este, zona recreativa, y al oeste, filial treinta y siete. Mide: noventa y un
metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se
señalan las nueve horas y cero minutos del tres de agosto de dos mil dieciocho
-09:00am 03/08/2018-, con la base de siete millones ciento trece mil
setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento),
y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del
veintiuno de agosto de dos mil dieciocho -09:00am 21/08/2018- con la base de dos
millones trescientos setenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan
postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente
en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el
tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la
almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ninoska Lisseth Sánchez Martínez. Expediente: N° 17-012491-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de
Cartago, 09 de mayo del 2018.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—(
IN2018247255 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas:
0293-00014455-01-0003-001; a las catorce horas y cero minutos del cuatro de
julio del año dos mil dieciocho, y con la base de tres millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1-) Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número quinientos veinte mil ochocientos cuatro cero cero cero la cual es terreno de
pasto. Situada en el distrito 05 San Pedro, cantón 19 Pérez Zeledón, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, María del Carmen Barboza; al sur,
lote de Roger Fonseca; al este, calle pública y al oeste, Jorge Quesada
Badilla. Mide: cuatrocientos diecinueve metros con ciento y seis decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del diecinueve de julio del año dos mil dieciocho, con la base de dos millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos
del siete de agosto del año dos mil dieciocho con la base de setecientos
cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
2-) Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada
citas: 0293-00014455-01-0003-001 a las catorce horas y cero minutos del cuatro
de julio del año dos mil dieciocho, y con la base de tres millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número seiscientos sesenta y nueve mil ochocientos
cincuenta y seis cero cero cero
la cual es terreno con una casa y de solar. Situada en el distrito 05 San
Pedro, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
calle pública; al sur, María Isabel Naranjo Rodríguez; al este, calle pública y
al oeste, Francisco Bolaños Bogantes. Mide: doscientos setenta y nueve metros
cuadrados- para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del diecinueve de julio del año dos mil dieciocho, con la base de dos millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos
del siete de agosto del año dos mil dieciocho con la base de setecientos
cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial)
Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de ESDEUVI SRL contra Adrián Gerardo
Chinchilla Mendoza. Exp. N°
17-004621-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 16 de mayo del año
2018.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2018247258 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las once horas y treinta minutos del nueve de julio
del dos mil dieciocho, y con la base de cuatro millones ciento ochenta y seis
mil trescientos cincuenta colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo placa: BCV003. Marca: B.M.W. Estilo: X 5. Categoría:
automóvil. Capacidad: 5 personas. Carrocería todo terreno 4 puertas. Tracción:
4X4. Año: 2001. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta
minutos del veinticuatro de julio del dos mil dieciocho, con la base de tres
millones ciento treinta y nueve mil setecientos sesenta y dos colones con
cincuenta céntimos y, para la tercera subasta se señalan las once horas y
treinta minutos del diez de agosto del dos mil dieciocho con la base de un
millón cuarenta y seis mil quinientos ochenta y siete colones con cincuenta
céntimos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Inversiones y Desarrollos El Doce de Setiembre Sociedad Anónima contra Ismael
Alexander Smith Edwards. Expediente Nº
16-004329-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y
Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 23 de mayo del
2018.—Licda. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—( IN2018247261 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, bajo las
citas: 0301-00005830-01-0901-035; a las nueve horas y treinta minutos del uno
de agosto de dos mil dieciocho y con la base de setenta y nueve millones
seiscientos noventa y tres mil trescientos veintiséis colones con veintiún
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número veintidós mil novecientos veintisiete-cero cero
cero, la cual es terreno café montaña y pasto con una
casa. Situada en el distrito 05 Pittier, cantón 08 Coto Brus de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, Sergio Jiménez y calle pública; al sur, calle
pública; al este, Óscar Sánchez y otro; y al oeste, José Jiménez. Mide: ciento
cincuenta y cuatro mil trescientos noventa y cinco metros con cero decímetros
cuadrados. Plano: P-1404086-2010. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y treinta minutos del veinte de agosto de dos mil dieciocho, con la base
de cincuenta y nueve millones setecientos sesenta y nueve mil novecientos
noventa y cuatro colones con sesenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta
minutos del cuatro de setiembre de dos mil dieciocho, con la base de diecinueve
millones novecientos veintitrés mil trescientos treinta y un colones con
cincuenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. la anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Café Kamakiri S. A., Cerro Cedro Pittier S. A., Didier Jesús
González Batista. Expediente: 18-000365-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor
Cuantía y Contravencional de Golfito, Materia Cobro, 14 de mayo del año
2018.—Licda. Hazel Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2018247263 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, a las once horas y cero minutos del veintidós de junio de dos mil
dieciocho y con la base de nueve mil quinientos dólares exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos noventa mil setecientos noventa y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito Jesús María, cantón San Mateo, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, calle pública con 23 metros lineales; al sur, Colibrí Miniatura MCS
Sesenta y Seis Sociedad Anónima; al este, Colibrí Miniatura MCS Sesenta y Seis
Sociedad Anónima y al oeste, Colibrí Miniatura MCS Sesenta y Seis Sociedad
Anónima. Mide: mil siete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las once horas y cero minutos del nueve de julio de dos mil dieciocho, con la
base de siete mil ciento veinticinco dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y
cero minutos del veinticuatro de julio de dos mil dieciocho con la base de dos
mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Daniel Gerardo de Jesús
Rojas Durán contra Colibrí Miniatura MCS Sesenta y Seis Sociedad Anónima,
expediente Nº 18-000292-1158-CJ.—Juzgado de Cobro
y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia cobro), 01 de febrero del
2018.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—(
IN2018247290 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas:
370-18238-01-0158-001; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del
veintinueve de junio de dos mil dieciocho, y con la base de veintitrés mil
dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número trescientos trece mil doscientos dos-cero cero
tres, y cero cero cuatro (313202-003-004), la cual es
terreno para construir número 204 con una casa. Situada en el distrito
10-Desamparados, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, Sociedad Agrícola San Carlos Limitada; al sur, calle publica a la que
tiene un frente de 6 metros; al este, lote 203 y al oeste, lote 205. Mide:
ciento cinco metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Plano:
A-0112004-1993. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y
cinco minutos del dieciséis de julio de dos mil dieciocho, con la base de
diecisiete mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y
cinco minutos del uno de agosto de dos mil dieciocho con la base de cinco mil
setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rafael Ángel Arguedas
Montero contra Brian Leitón Briceño, Cipriano Antonio Leitón Gutiérrez. Exp.: 18-001944-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 21 de marzo del 2018.—Licda.
Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2018247292 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando Demanda Ordinaria citas al tomo:
577, asiento: 08533, Consecutivo:01, secuencia: 0001, sub-secuencia: 001; con
la base de ciento ochenta y un millones setecientos diecisiete mil seiscientos
colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número ciento quince mil trescientos dieciocho-cero
cero cero la cual es terreno de potrero, montaña, con
árboles maderables, tacotales y árboles frutales. Situada en el distrito
tercero cantón tercero, Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, Freddy Acuña Alvarado y Juan José Calderón Jiménez; al sur, Amada
Castillo Arauz y Junta de Educación de Tres Colinas de Potrero Grande y
Arquidiócesis de Puntarenas; al este, Río Sanari y al
oeste, calle pública con línea de un kilómetro 282,69 metros. Mide: Dos
millones doscientos sesenta y un mil cuatrocientos sesenta y tres metros con
setenta y ocho decímetros cuadrados. Para el primer remate se señalan las diez
horas treinta minutos del dieciocho de junio de dos mil dieciocho. Para el
segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del tres de julio de
dos mil dieciocho, con la base de ciento treinta y seis millones doscientos
ochenta y ocho mil doscientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del dieciocho
de julio de dos mil dieciocho con la base de cuarenta y cinco millones
cuatrocientos veintinueve mil cuatrocientos colones (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ordinario de Nury Elizabeth
Arias Castillo contra María Dolores Arauz Arauz. Exp: 10-100109-0920-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur Corredores, 11 de mayo de
2018.—Lic. Allan Roberto Espinoza Martínez, Juez.—( IN2018247355 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de acueducto y de paso
de AyA; a las nueve horas y cero minutos del catorce
de agosto de dos mil dieciocho y con la base de un millón trescientos doce mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y ocho mil trescientos treinta y
ocho cero cero cero, la
cual es terreno de solar. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí,
de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Marco Tulio Paniagua Solórzano; al
sur, calle pública y Rodrigo Guadamuz Valverde; al este, Marco Tulio Paniagua
Solórzano y al oeste, Marco Tulio Paniagua Solórzano. Mide: trescientos noventa
y dos metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y cero minutos del treinta de agosto de dos mil
dieciocho, con la base de novecientos ochenta y cuatro mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cero minutos del catorce de setiembre de dos mil dieciocho
con la base de trescientos veintiocho mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso ejecución hipotecaria de
3-101-598073 Sociedad Anónima contra Benicio Meza Martínez. Exp:
17-000902-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia
Cobro), 25 de mayo del 2018.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—(
IN2018247358 ).
PRIMERA
PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios
y anotaciones; pero soportando condiciones y reservas citas
382-07487-01-0920-006; a las nueve horas y cero minutos del veintisiete de
junio del dos mil dieciocho, y con la base de veintiún millones veintiséis mil
trescientos treinta y un colones con catorce céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
trescientos ochenta y un mil veintinueve cero cero
uno, cero cero dos la cual es terreno de caña de
azúcar y agricultura. Situada en el distrito 08-Cajón, Cantón 19-Pérez Zeledón,
de la Provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Victor Manuel Salazar Bermúdez; al este, Efraín Salazar
Gamboa; al oeste, Marvin Marín Vargas; al noreste, calle pública; al noroeste,
Marvin Marín Vargas, parcela seis-seis cero A; y al sureste, calle pública.
Mide: cuarenta y seis mil ciento quince metros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y cero minutos del doce de julio del dos mil
dieciocho, con la base de quince millones setecientos sesenta y nueve mil
setecientos cuarenta y ocho colones con treinta y seis céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cero minutos del treinta de julio del dos mil dieciocho con la base de cinco millones
doscientos cincuenta y seis mil quinientos ochenta y dos colones con setenta y
nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de CREDECOOP R.L contra José Enrique de Las Piedades
Cubero Argüello, Mayda Gerarda Cubero Argüello.
Expediente Nº 18-002205-1200-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 07 de
mayo del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(
IN2018247454 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando condiciones ref: 2094
569 001 citas: 354-02315-01-0942-001, plazo de convalidación (rectificación de
medida) citas: 2016-505823-01-0005-001, plazo de convalidación (rectificación
de medida) citas: 2016-505823-01-0006-001; a las catorce horas y cero minutos
del veintiséis de julio del dos mil dieciocho, y con la base de dieciséis
millones cuatrocientos ochenta y un mil doscientos quince colones con setenta y
dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número ciento seis mil ciento cuarenta y tres cero cero cero la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 01 Buenos Aires, cantón 03 Buenos Aires, de
la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Elizabeth Jiménez Monge; al sur,
en parte calle pública con un frente a ella de cuatro metros dieciséis
centímetros lineales y finca de la vendedora; al este, calle pública con un
frente a ella de quince metros setenta y cuatro centímetros lineales y finca de
la vendedora; y al oeste, Sandra Madrigal Acuña. Mide: trescientos treinta y
tres metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
cero minutos del trece de agosto del dos mil dieciocho, con la base de doce
millones trescientos sesenta mil novecientos once colones con setenta y nueve
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las catorce horas y cero minutos del veintinueve de agosto del dos mil
dieciocho con la base de cuatro millones ciento veinte mil trescientos tres
colones con noventa y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Luis Antonio Arauz Mora. Expediente Nº 18-002353-1200-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de
la Zona Sur, Pérez Zeledón (Materia Cobro), 18 de mayo del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018247456 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las once horas y cero minutos del diecinueve de junio del dos mil dieciocho,
y con la base de trece mil ciento cuarenta dólares exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo: placa 659191, marca Hummer,
estilo H2, carrocería todo terreno 4 puertas, chasís 5GRGN23U83H116884,
combustible gasolina, capacidad 7 personas, año 2003, color gris. Para el
segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del cuatro de julio del
dos mil dieciocho, con la base de nueve mil ochocientos cincuenta y cinco
dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las once horas y cero minutos del diecinueve de julio del
dos mil dieciocho con la base de tres mil doscientos ochenta y cinco dólares exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Brisa Solano Somarriba contra Nat
Machine Sociedad Anónima. Expediente Nº
16-025508-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 14 de noviembre del 2017.—M.Sc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—( IN2018247480 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 285-01155-01-0907-001,
servidumbre trasladada citas: 285-01155-01-0908-001, servidumbre trasladada
citas: 285-01155-01-0909-001, servidumbre trasladada citas:
285-01155-01-0910-001, servidumbre trasladada citas: 285-01155-01-0911-001,
servidumbre trasladada citas: 285-01155-01-0911-002, servidumbre trasladada
citas: 285-01155-01-0912-001, servidumbre trasladada citas:
285-01155-01-0913-001, servidumbre trasladada citas: 363-15057-01-0900-001,
servidumbre trasladada citas: 363-15057-01-0901-001, servidumbre trasladada
citas: 363-15057-01-0902-001, servidumbre trasladada citas:
363-15057-01-0903-001, servidumbre trasladada citas: 363-15057-01-0904-001,
servidumbre trasladada citas: 363-15057-01-0905-001, servidumbre trasladada
citas: 363-15057-01-0915-001, servidumbre trasladada citas:
363-15057-01-0916-001, servidumbre trasladada citas: 363-15057-01-0917-001,
servidumbre trasladada citas: 363-15057-01-0918-001, servidumbre trasladada
citas: 363-15057-01-0919-001, servidumbre trasladada citas:
363-15057-01-0970-001; a las diez horas y cero minutos del veinticuatro de
octubre del dos mil dieciocho, y con la base de veintiún millones ciento
cuarenta y nueve mil doscientos noventa y un colones con doce céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 489478-000, la cual es terreno para construir lote 8 bloque A.
Situada en el distrito 1-Alajuela, cantón 1-Alajuela, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 16.09 metros; al sur, Glaos S. A.; al este, lote 9 bloque A; y al oeste, lote 7
bloque A. Mide: trescientos cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las diez horas y cero minutos del ocho de noviembre del dos mil
dieciocho, con la base de quince millones ochocientos sesenta y un mil
novecientos sesenta y ocho colones con treinta y cuatro céntimos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas
y cero minutos del veintitrés de noviembre del dos mil dieciocho con la base de
cinco millones doscientos ochenta y siete mil trescientos veintidós colones con
setenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Iliana María
Ugalde Hernández, Jairol Andrés Zamora Quirós.
Expediente Nº 17-009017-1158-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia
(Materia Cobro), 23 de mayo del 2018.—Msc.
Margarita Mena Gutiérrez, Jueza.—( IN2018247483 )
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando hipoteca primer grado citas:
578-11737-01-0001-001; a las quince horas y veinticinco minutos del veintiséis
de junio del dos mil dieciocho, y con la base de treinta millones sesenta y
seis mil noventa y tres colones con quince céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
ciento noventa y un mil seiscientos treinta y nueve cero cero
cero la cual es terreno para construir lote A4.
Situada en el distrito Rincón de Sabanilla, cantón San Pablo, de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte, Roberto González Montero; al sur, calle pública;
al este, lote A5; y al oeste, lote A3. Mide: ciento sesenta y dos metros con
noventa y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
quince horas y veinticinco minutos del once de julio del dos mil dieciocho, con
la base de veintidós millones quinientos cuarenta y nueve mil quinientos
sesenta y nueve colones con ochenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y
veinticinco minutos del veintisiete de julio del dos mil dieciocho con la base
de siete millones quinientos dieciséis mil quinientos veintitrés colones con
veintinueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se
le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Julio
César Céspedes Vargas, María de los Ángeles Sáenz Solano. Expediente Nº 17-008267-1158-CJ.—Juzgado de Cobro
y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia
Cobro), 24 de abril del 2018.—Licda. Gabriela Chaves Villalobos, Jueza.—(
IN2018247493 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas:
398-07035-01-0908-001; a las nueve horas y cero minutos del cinco de julio del
dos mil dieciocho, y con la base de trece millones nueve mil ochocientos nueve
colones con dieciocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 267.414-000, la cual es terreno
de agricultura número 19 con tres casas de habitación con dos casas de
habitación corral y un galerón. Situada en el distrito 3, El Amparo, cantón 14,
Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al
sur, Luis Ángel Ramírez; al este, IDA; y al oeste, lote 18. Mide: cincuenta y
nueve mil trescientos dos metros con ocho decímetros cuadrados. Plano:
A-0989022-1991. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero
minutos del veinte de julio del dos mil dieciocho, con la base de nueve
millones setecientos cincuenta y siete mil trescientos cincuenta y seis colones
con ochenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del ocho de agosto
del dos mil dieciocho con la base de tres millones doscientos cincuenta y dos
mil cuatrocientos cincuenta y dos colones con treinta céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra León Victor
Arce Murillo. Expediente Nº 18-000314-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 15 de marzo del
2018.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2018247514 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta minutos del nueve de
julio del año dos mil dieciocho, y con la base de treinta y cinco millones
doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cincuenta y siete
mil ochocientos setenta y tres-cero cero cero la cual
es terreno con una cabina, un rancho típico y una bodega de abarrotes. Situada
en el distrito 8 Ángeles, cantón 2 San Ramón, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Corteza de San Ramon S. R. L.; al sur, Corteza de San Ramon
S. R. L.; al este, Corteza de San Ramon S. R. L., y al oeste, calle publica con
46 metros de frente. Mide: Mil setecientos cincuenta y cuatro metros con treinta
decímetros cuadrados. Plano: A-0595027-1999. Para el segundo remate se señalan
las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de julio del año dos mil
dieciocho, con la base de veintiséis millones cuatrocientos mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y treinta minutos del diez de agosto del año dos mil
dieciocho con la base de ocho millones ochocientos mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Jesús Danilo Montero Sánchez. Exp.
N° 15-001600-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor
Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 24 de mayo del
2018.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—( IN2018247530 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios,
pero soportando infracciones/colisiones bajo las sumarias: 15-600798-0491-TC,
17-600249-0491-TC; a las diez horas y cero minutos del diez de agosto del dos
mil dieciocho, y con la base de tres millones seiscientos treinta y tres mil
quinientos dieciocho colones con sesenta y cuatro céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número TSJ 007002 (tómese en
consideración que el vehículo garante posee placas de taxi por lo que se aclara
que las mismas no son objeto de remate). Marca Peugeot. Estilo Partner. Capacidad cinco personas. Año dos mil trece.
Cilindrada mil seiscientos c.c. Combustible diesel.
Motor Nº uno cero J B E B cero cero
dos tres seis nueve seis. Chasis. Serie y Vin V F
tres siete J nueve H E C C J seis cinco ocho cinco
seis cero. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del
veintiocho de agosto del dos mil dieciocho, con la base de dos millones
setecientos veinticinco mil ciento treinta y ocho colones con noventa y ocho
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y cero minutos del doce de setiembre del dos mil
dieciocho con la base de novecientos ocho mil trescientos setenta y nueve
colones con sesenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial) Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Mario
Alejandro Delgado Valverde. Expediente Nº
17-006891-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo
Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 25 de mayo
del 2018.—Msc. Cristian Mora Acosta, Juez.—(
IN2018247542 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del veinticinco de junio del dos
mil dieciocho, y con la base de veinte millones de colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
cincuenta y tres mil quinientos cuarenta-cero cero cero
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Heredia, cantón
Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Rubén Campos Esquivel;
al sur, Ramón Ramos; al este, Calle Victoria; y al oeste, Rubén Campos
Esquivel. Mide: ciento ochenta metros con setenta decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diez de julio del
dos mil dieciocho, con la base de quince millones de colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez
horas y cero minutos del veintiséis de julio del dos mil dieciocho con la base
de cinco millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Mariela Carballo Ledezma. Expediente Nº
18-003126-1764-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda,
30 de abril del 2018.—Licda. Merlin Rocío Murillo
Monge, Jueza.—( IN2018247543 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando Servidumbre trasladada anotada al
tomo 0335, asiento 00009472-01-0906-001; y servidumbre trasladada anotada al
tomo 0360, asiento 00011739-01- 0900-00; a las diez horas y treinta minutos del
dieciséis de julio del año dos mil dieciocho, y con la base de veintiún
millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cinco
mil ochocientos noventa y siete cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito 01 Desamparados, cantón 03 Desamparados, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, lote 3 A; al sur, lote 4 A; al este, calle
pública, y al oeste, parque municipal. Mide: Cien metros con cero decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos
del uno de agosto del año dos mil dieciocho, con la base de dieciséis millones
ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del
veinte de agosto del año dos mil dieciocho con la base de cinco millones
trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Luis Ángel Landero Zepeda. Exp. N° 17-005593-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 25 de mayo del
2018.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2018247545 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos
Públicos bajo las citas 465-16355-01-0071-001; a las diez horas y cero minutos
del tres de agosto del dos mil dieciocho, y con la base de ocho millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 343.567-000, la cual es proyecto
granjas-familiares Monte Horeth, terreno de patio con
dos casas de habitación, lote 17. Situada en el distrito 1 Quesada, cantón 10
San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 18; al sur,
lote 16; al este, calle pública; y al oeste, lote 38. Mide: ochocientos metros
cuadrados. Plano: A-0514411-1998. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y cero minutos del veintiuno de agosto del dos mil dieciocho, con la base
de seis millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de
setiembre del dos mil dieciocho con la base de dos millones de colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Berman Vargas Ulate contra Justa Angela Ruiz Murillo. Expediente
Nº 18-000746-1202-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial
de Alajuela (Materia Cobro), 14 de mayo del 2018.—Licda. Lilliam
Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2018247573 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas:
370-18238-01-0171-001; a las quince horas y quince minutos del veintiuno de
junio de dos mil dieciocho, y con la base de ocho millones quinientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número trescientos dos mil ciento treinta y siete cero cero cero (302137-000) la cual es
terreno para construir con una casa, lote 469. Situada en el distrito
10-Desamparados, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, alameda este 2 con 6 metros de frente; al sur, área de parque; al este
lote 470 del Banco Anglo Costarricense y al oeste, lote 468 del Banco Anglo
Costarricense. Mide: ochenta y cuatro metros cuadrados para el segundo remate
se señalan las quince horas y quince minutos del seis de julio de dos mil
dieciocho, con la base de seis millones trescientos setenta y cinco mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las quince horas y quince minutos del veintitrés de julio de dos mil
dieciocho con la base de dos millones ciento veinticinco mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Rafael Ángel Arguedas Montero contra Eily
María Alfaro Segura. Exp. N°
16-004171-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia,
29 de mayo del año 2018.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2018247592 ).
En la puerta exterior de este Despacho;
soportando servidumbre trasladada bajo las citas 0299-00009956-01-0901-001,
demanda ordinaria bajo las citas 800-00393935-01-0001- 001; a las diez horas y
treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil dieciocho y con la base de
ciento veinticuatro mil novecientos sesenta y nueve dólares con treinta y nueve
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número ochenta y ocho mil cuatrocientos ochenta y
nueve-F-cero cero cero, la cual es naturaleza: finca
filial primaria individualizada número doscientos treinta y siete, apta para
construir que se destinará a uso habitacional, la cual podrá tener una altura
máxima de tres pisos. Situada en el distrito (07) San Ramón, cantón (03) La
Unión de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, finca filial doscientos
treinta y ocho; al sur, finca filial doscientos treinta y seis; al este, calle
D Norte; y al oeste, Finca Filial Doscientos Dieciséis. Mide: ciento veintitrés
metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
diez horas y treinta minutos del dieciséis de julio de dos mil dieciocho, con
la base de noventa y tres mil setecientos veintisiete dólares con cinco
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y treinta minutos del tres de agosto de dos mil dieciocho,
con la base de treinta y un mil doscientos cuarenta y dos dólares con treinta y
cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Ricardo Patricio
Guillén Jiménez. Expediente: 17-009532-1164-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro de Cartago, 23 de mayo del 2018.—Licda. Marcela Brenes Piedra,
Jueza.—( IN2018247640 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes prendarios, a las diez horas y cero minutos del diez de setiembre
del dos mil dieciocho, y con la base de veintiún mil ochocientos dólares
exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: CL 279078, marca:
Ford, estilo: F 250, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, año:
2007, color: blanco, vin: 1FTSX21P17EA14482,
cilindrada: 6000 C.C, combustible: diesel, número de
motor: no visible. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero
minutos del veinticinco de setiembre del dos mil dieciocho, con la base de
dieciséis mil trescientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento), para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos
del diez de octubre del dos mil dieciocho, con la base de cinco mil
cuatrocientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Financiera Desyfin S. A. contra Cristian García
Rojas. Expediente Nº 15-046426-1338-CJ.—Juzgado Tercero
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de
febrero del 2018.—Lic. Verny Arias Vega, Juez.—( IN2018247642 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones y referencias citas
276-05226-01-0901-024; a las nueve horas y cero minutos del veinte de julio de
dos mil dieciocho, y con la base de veinte millones de colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número doscientos uno mil cuatrocientos tres-cero cero cero, la cual es terreno de potreros. Situada en el
distrito 1 Puerto Cortés, cantón 5-Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, José Alejandro Grijalba Grijalba; al sur,
calle pública; al este, Carlos Reyes Bonilla, y al oeste, José Alejandro
Grijalba Grijalba. Mide: sesenta y un mil ochenta y
siete metros con doce decímetros cuadrados. Plano P-0547671-1999. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y cero minutos del ocho de agosto de dos mil
dieciocho, con la base de quince millones de colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cero minutos del veinticuatro de agosto de dos mil dieciocho con la base de
cinco millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fernando Rojas Murillo
contra Benjamín Eduardo De Jesús Reyes Bonilla. Exp. N° 18-000372-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y
Contravencional de Golfito (Materia Cobro), 2 de mayo del 2018.—Licda.
Hazel Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2018247643 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, bajo las citas:
289-03511-01-0901-002, a las ocho horas y treinta minutos del veintisiete de
agosto de dos mil dieciocho, y con la base de siete millones de colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula número doscientos trece mil ochocientos ochenta y nueve-cero
cero cero, la cual es terreno solar. Situada en el
distrito 2-Palmar, cantón 5-Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte, Norca Figueroa Rosales; al sur, La Peña del
Térraba S. A.; al este, Carretera Interamericana Sur y al oeste, Colegio
Técnico Profesional. Mide: novecientos cuarenta y un metros cuadrados. Plano:
P-1879261-2016. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta
minutos del once de setiembre de dos mil dieciocho, con la base de cinco
millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta
minutos del veintiséis de setiembre de dos mil dieciocho con la base de un
millón setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fernando Rojas Murillo
contra Elmer Roberto del Gerardo Webb Gómez,
expediente Nº 18-000277-1201-CJ.—Juzgado de Cobro,
Menor Cuantía y Contravencional de Golfito (Materia cobro), 28 de mayo del
2018.—Licda. Hazel Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2018247645 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios, a las trece horas y treinta minutos del veintitrés
de julio del año dos mil dieciocho, y con la base de veintidós millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número doscientos setenta y seis mil trescientos
veintitrés cero cero cero
la cual es terreno con una casa de habitación y dos departamentos. Situada en
el distrito 1-San Isidro de El General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 9m 59cm; al sur,
Berta Rivera; al este, Berta Rivera y al oeste, Berta Rivera. Mide: doscientos
cincuenta y cinco metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las trece horas y treinta minutos del siete de agosto del año
dos mil dieciocho, con la base de dieciséis millones quinientos mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las trece horas y treinta minutos del veintidós de agosto del año dos
mil dieciocho con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Corporación Keo del Sur S. A. contra Corporación
Brunca Procesos Sociedad Anónima. Exp:
18-000708-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro, 19 de abril del
2018.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—( IN2018247651 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del veintitrés
de julio del dos mil dieciocho y con la base de cinco millones quinientos
ochenta y tres mil quinientos sesenta y un colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
seiscientos setenta y cuatro mil ochocientos setenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
3-Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda:
al norte, resto de Adrián Quesada Pérez; al sur, calle pública con un frente a
la misma de 15.03 metros lineales; al este, servidumbre de paso con un frente a
la misma de 22.16 metros; y al oeste, Finadri S. A.
Mide: trescientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y treinta minutos del siete de agosto del año dos mil dieciocho, con la
base de cuatro millones ciento ochenta y siete mil seiscientos setenta colones
con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintidós de
agosto del dos mil dieciocho, con la base de un millón trescientos noventa y cinco
mil ochocientos noventa colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Corporación Keo del Sur S. A. contra Adrián De Jesús
Quesada Pérez. Expediente: 18-000944-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón), (Materia
Cobro), 19 de abril del año 2018.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—(
IN2018247653 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones con las
citas 388-02548-01-0900- 001; a las ocho horas y cero minutos del veinticuatro
de julio del año dos mil dieciocho, y con la base de tres millones novecientos
ochenta y ocho mil noventa y siete colones con sesenta y dos céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número doscientos cincuenta y cuatro mil quinientos cuarenta y tres
cero cero cero la cual es
terreno patio, jardín, galerón y dos casas. Situada en el Distrito 01-Alajuela,
Cantón 01-Alajuela, de la Provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Álvaro
Picado Delgado; al sur, Idalie Campos Rodríguez,
Elieth Picado Campos; al este, calle pública con 18,22 metros y al oeste, calle
pública con 09,64 metros. Mide: cuatrocientos noventa y seis metros con sesenta
y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas
y cero minutos del ocho de agosto del año dos mil dieciocho, con la base de dos
millones novecientos noventa y un mil setenta y tres colones con veintidós
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y cero minutos del veintitrés de agosto del año dos mil
dieciocho con la base de novecientos noventa y siete mil veinticuatro colones
con cuarenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza
R. L. contra Jesús Joaquín Rojas Herrera. Exp.:
18-000784-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 23 de abril del
2018.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—( IN2018247656 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada con las
citas: 321-08251-01-0801-001, a las diez horas y treinta minutos del
veinticuatro de julio del dos mil dieciocho, y con la base de diecisiete
millones trescientos setenta y ocho mil novecientos dieciséis colones con
setenta y un céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos tres mil seiscientos
treinta y seis cero cero cero,
la cual es terreno de café con una casa. Situada: en el distrito 4-San Gabriel,
cantón 6-Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública;
al sur, Ana Lucrecia Solano Rojas; al este, Ana Lucrecia Solano Rojas, y al
oeste, Ana Lucrecia Solano Rojas. Mide: quinientos treinta y cuatro metros con
cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las
diez horas y treinta minutos del ocho de agosto del dos mil dieciocho, con la
base de trece millones treinta y cuatro mil ciento ochenta y siete colones con
cincuenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintitrés de agosto
del dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones trescientos cuarenta y
cuatro mil setecientos veintinueve colones con dieciocho céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Karla Elena Solano Rojas.
Expediente Nº 18-000755-1200-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón)
(Materia Cobro), 20 de abril del 2018.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila,
Jueza.—( IN2018247657 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de acueducto y de paso
de A y A con las citas: 348-16009-01-0001-001, servidumbre de acueducto y de
paso de AyA con las citas: 348-16009-01-0900-001
servidumbre de acueducto y de paso de AyA con las
citas 348-16009-01-0901-001 servidumbre trasladada con las citas:
351-11674-01-0908-001 servidumbre trasladada con las citas:
351-11674-01-0909-001 servidumbre trasladada con las citas:
351-11674-01-0910-001 servidumbre trasladada con las citas:
351-11674-01-0911-001 servidumbre trasladada con las citas:
351-11674-01-0912-001; a las nueve horas y cero minutos del diecisiete de julio
del año dos mil dieciocho, y con la base de ocho millones seiscientos cincuenta
y cuatro mil seiscientos sesenta y siete colones con nueve céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número doscientos uno mil novecientos setenta y siete cero cero cero la cual es terreno para
construir. Situada en el Distrito 01-Nicoya, cantón 02-Nicoya, de la Provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte, calle publica; al sur, Luis Elías Benavides
Gutiérrez; al este, Alexander Quesada Vindas y al oeste, Alexander Quesada
Vindas. Mide: mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y cero minutos del uno de agosto del año dos mil dieciocho, con la base
de seis millones cuatrocientos noventa y un mil colones con treinta y dos
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de agosto del año dos mil
dieciocho con la base de dos millones ciento sesenta y tres mil seiscientos
sesenta y seis colones con setenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza
R. L. contra Marlon Eduardo Soto Hernández. Exp:
18-000782-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 20 de abril
del 2018.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—( IN2018247660 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y cero minutos del veinticuatro
de julio del dos mil dieciocho, y con la base de tres millones de colones
exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número quinientos treinta y cuatro mil doscientos sesenta
y ocho-cero cero cero, la cual es terreno de
agricultura. Situada: en el distrito 5-Sabanillas, cantón 12-Acosta, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Domingo Calderón Vargas; al sur,
Gladys Vindas Ureña; al este, calle pública, y al oeste, Domingo Calderón
Vargas con quebrada en medio. Mide: tres mil ciento ochenta y ocho metros con
sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las
nueve horas y cero minutos del ocho de agosto del dos mil dieciocho, con la
base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas
y cero minutos del veintitrés de agosto del dos mil dieciocho, con la base de
setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza
R.L. contra Óscar Gerardo Valverde Cruz. Expediente Nº
18-000752-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 20 de abril del
2018.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—( IN2018247661 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las once horas y treinta minutos del veinte de
agosto del año dos mil dieciocho, y con la base de cuatro millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número 171037-000 la cual es terreno: naturaleza: terreno
para construir lote 4 bloque G finca se encuentra en zona catastrada. Situada
en el Distrito: Carmen, Cantón: Cartago, de la Provincia de Cartago. Colinda:
al norte, calle pública (Urbanización Toyogres) con
un frente de 6 metros; al sur, lote 11 bloque G; al este, lote 5 bloque G y al
oeste, lote 3 bloque G. Mide: ciento veinte metros con cero decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos
del cuatro de setiembre del año dos mil dieciocho, con la base de tres millones
de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las once horas y treinta minutos del diecinueve de setiembre
del año dos mil dieciocho con la base de un millón de colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Caja Costarricense de Seguro Social contra
Ricardo Antonio Román Carpio y Esmeralda Angelita Madriz Romero (beneficiaria
de patrimonio familiar). Exp: 17-010822-1765-CJ.
Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San
José, Sección Tercera, 03 de mayo del 2018.—Licda. Mayela Gómez Pacheco,
Jueza.—( IN2018247670 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes prendarios; pero soportando colisión bajo el número de boleta
201654300095, sumaria 16-001914-0174-TR, a las diez horas y treinta minutos del
diez de agosto del dos mil dieciocho, y con la base de veintiséis millones
ochocientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: vehículo: placa Nº BBN337, marca: Toyota,
estilo: 4 Runner Limited, automóvil, capacidad: 7
personas, año: 2012, color: gris, tracción: 4x4, gasolina, 4000 c.c, seis cilindros. Para el segundo remate, se señalan las
diez horas y treinta minutos del veintiocho de agosto del dos mil dieciocho,
con la base de veinte millones ciento treinta y siete mil quinientos colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las diez horas y treinta minutos del doce de setiembre del dos mil
dieciocho, con la base de seis millones setecientos doce mil quinientos colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco de Costa Rica contra Adriana Espinoza Ulate. Expediente Nº 16-002689-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
de Pococí, (Materia Cobro), 29 de mayo del 2018.—Lic. Johnny Esquivel
Vargas, Juez.—( IN2018247705 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del cinco de
julio del dos mil dieciocho, y con la base de siete millones ciento diecinueve
mil veintiséis colones con ochenta y cinco céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número 43092-000 la cual es terreno para construir lote número 525. Situada en
el distrito Barranca, cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, Calle Corvina; al sur, lote 531; al este, lotes 526, 527,
528; y al oeste, lote 524. Mide: ciento setenta y cuatro metros con veinte
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y
treinta minutos del veinte de julio del dos mil dieciocho, con la base de cinco
millones trescientos treinta y nueve mil doscientos setenta colones con catorce
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las trece horas y treinta minutos del ocho de agosto del dos mil
dieciocho con la base de un millón setecientos setenta y nueve mil setecientos
cincuenta y seis colones con setenta y un céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Refinadora Costarricense
de Petróleo Sociedad Anónima contra Álvaro Carmen de la Trinidad Paniagua
Rodríguez. Expediente Nº 17-010783-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial
de San José, Sección Primera, 14 de mayo del 2018.—Licda. Tatiana
Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2018247708 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y cero minutos del veinticuatro de
julio del dos mil dieciocho, y con la base de veinticinco millones de colones
exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número quinientos cuarenta mil cuatrocientos noventa cero
cero cero, la cual es
terreno de cultivos y café. Situada: en el distrito 6-San Rafael, cantón 2-San
Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, resto reservado; al sur,
José Gamboa Fernández y Emiliano Espinoza Paniagua; al este, resto reservado, y
al oeste, José Gamboa Fernández y calle pública con un frente a ella de 56
metros 20 cm. Mide: cuatro mil ochocientos ochenta y siete metros cuadrados. Para
el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del diez de agosto
del dos mil dieciocho, con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintisiete de agosto del
dos mil dieciocho, con la base de seis millones doscientos cincuenta mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ramón Nicolás Villalobos
Ramírez contra Ana Cristina Gamboa Fernández. Expediente Nº
18-000204-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Cobro), 23 de mayo del 2018.—Lic.
José Luis Camareno Castro, Juez.—( IN2018247713 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del dos de julio
de dos mil dieciocho, y con la base de doce mil setecientos cuarenta y un
dólares con setenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo: placa: BMK782, marca: Changan, categoría: automóvil, capacidad: 7
personas, año: 2017, color: beige, VIN: LS4AAB3R7HG801889, cilindrada: 1300
c.c. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del
diecisiete de julio de dos mil dieciocho, con la base de nueve mil quinientos
cincuenta y seis dólares con veintisiete centavos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero
minutos del seis de agosto de dos mil dieciocho con la base de tres mil ciento
ochenta y cinco dólares con cuarenta y dos centavos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos S.A. contra
Gloriana Castrillo Sibaja Exp. 17-014299-1164- CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 15 de mayo del 2018.—Lic. Guillermo
Ortega Monge, Juez.—( IN2018247717 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las quince horas y cero minutos del veinte de junio
del año dos mil dieciocho, y con la base de siete mil ochocientos trece dólares
con dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas
número BCJ929. Marca Hyundai. Estilo I10 GL. Categoría automóvil. Capacidad 5
personas. Año 2012. Color beige. Vin
MALAM51CACM055746. Cilindrada 1200 cc. Combustible
gasolina. Motor Nº G4LABM777606. Para el segundo
remate se señalan las quince horas y cero minutos del cinco de julio del año
dos mil dieciocho, con la base de cinco mil ochocientos cincuenta y nueve
dólares con setenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veinte
de julio del año dos mil dieciocho con la base de mil novecientos cincuenta y
tres dólares con veintiséis centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi
Q Inversiones CR S. A. contra Andrey Alejandro Villafranca Farrier,
Daniel Alfaro Paniagua. Exp: 18-001318-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón) (Materia Cobro), 25 de abril del 2018.—Msc.
Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018247718 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del tres de julio de
dos mil dieciocho, y con la base de cinco millones ochocientos dieciocho mil
novecientos cincuenta colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo: Placas número BDL-914, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
año: 2000, color: azul, Vin: KMHCG45G0YU070149,
cilindrada: 1500 cc, combustible: gasolina, Motor: Nº
no legible. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos
del dieciocho de julio de dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones
trescientos sesenta y cuatro mil doscientos doce colones con cincuenta céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cero minutos del siete de agosto de dos mil dieciocho con la
base de un millón cuatrocientos cincuenta y cuatro mil setecientos treinta y
siete colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Silvia Tatiana Mesén
Benavides contra Leonardo Carballo Villalobos. Exp. N° 16-011258-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 27 de abril del 2018.—Lic.
Esteban Herrera Vargas, Juez.—( IN2018247719 ).
A las nueve horas del cuatro de julio de dos
mil dieciocho, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, libre
de gravámenes y con la base de catorce millones ciento nueve mil seiscientos
noventa y nueve colones con sesenta céntimos, en el mejor postor, se rematará
la finca inscrita en el partido de Heredia, distrito primero Puerto Viejo,
cantón décimo Sarapiquí, cuya naturaleza es de repasto y potrero, matrícula
número noventa y dos mil ochocientos ochenta y dos-cero cero cero, colinda al norte, Río Sarapiquí; sur, Marcelino
Jarquín Artavia; este, Francisco Jarquín Artavia; oeste, Río Sarapiquí, con una
medida de ciento cuarenta y seis mil ochocientos ochenta y ocho metros
cuadrados. En el caso de resultar fracasado ese primer remate, para llevar a
cabo una segunda subasta pero con la base de diez millones quinientos ochenta y
dos mil doscientos setenta y cuatro colones con siete céntimos, (incluida la
rebaja del 25% de la base anterior) se señalan las nueve horas del diecinueve
de julio de dos mil dieciocho. De ser fracasado también el segundo
señalamiento, para llevar a cabo la tercera subasta se señalan las nueve horas
del siete de agosto de dos mil dieciocho esta vez con la base de tres millones
quinientos veintisiete mil cuatrocientos veinticuatro colones con nueve
céntimos, (es decir un 25% de la base original). Se advierte además que de
conformidad con el artículo 25 de la Ley Cobro Judicial, si al tercer remate no
hubiere postores, el bien se tendrá por adjudicado al ejecutante por el
veinticinco por ciento de la base original. Lo anterior se remata por haberse
ordenado así en proceso de ejecución hipotecaria. N° 18-000087-0507-AG
(103-1-18), de Banco Nacional de Costa Rica contra 3-101-724391 S. A. y
Raimundo Jarquín Artavia.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de
la Zona Atlántica, Guápiles, 09 de mayo 2018.—Licda. Merlyn
Rocío Murillo Monge, Jueza.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018247795
).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia penal anotada al tomo 2016 y
asiento 152996 sumaria: 14-000207-1219-PE; a las nueve horas y cero minutos
(09:00 am) del veintisiete de junio del dos mil dieciocho y con la base de diez
mil doscientos setenta y cinco dólares con cincuenta y ocho centavos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa 905211, marca Toyota,
categoría automóvil, estilo Yaris, capacidad 5
personas, año 2012, color negro, serie JTDBT923001417477, cilindrada 1496 cc. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y
cero minutos (09:00 am) del doce de julio del dos mil dieciocho, con la base de
siete mil setecientos seis dólares con sesenta y ocho centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y
cero minutos (09:00 am) del treinta de julio del dos mil dieciocho, con la base
de dos mil quinientos sesenta y ocho dólares con ochenta y nueve centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Davivienda Costa Rica S. A. contra Manuel Eduardo Cordero Herrera. Expediente N° 16-007912-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de
Cartago, 23 de abril del 2018.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—(
IN2018247813 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones
294-19743-01-0901-001; en el mejor postor remataré los siguientes bienes: 1)
Finca inscrita en el Registro Nacional, bajo el Sistema de Folio Real, partido
de Guanacaste, matrícula 161512-000. Que se describe así: naturaleza: terreno
de potrero para construir. Situada en el distrito 03 Sardinal, cantón 05
Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, Quebrada
Alcornoque; al sur, Mario Martínez Martínez; al este,
Inversiones Culembo S. A. Marta Eugenia Villegas
Grijalba en medio callejón de acceso D con frente de 3 m Rubén Efraín Calderón
Carmona, Juan Laeman Calero, Sonia González Cruz; y
al oeste, Acuacultura S. A. Mide: nueve mil setecientos cincuenta y cinco
metros con catorce decímetros cuadrados. Plano: G-1243539-2007. Con las
siguientes bases para remate: primer remate: veintinueve mil trescientos
cincuenta y ocho dólares con cuarenta centavos. Segundo remate: veintidós mil
dieciocho dólares con ochenta centavos (rebajada en un 25%). Tercer remate:
siete mil trescientos treinta y nueve dólares con sesenta centavos (un 25% de
la base original). 2) Finca inscrita en el Registro Nacional, bajo el Sistema
de Folio Real, partido de Guanacaste, matrícula 134211-000. Que se describe así:
naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 03 Sardinal, cantón
05 Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, Marta Eugenia
Villegas Grijalba; al sur, Inversiones Culembo S. A.;
al este, calle pública con frente de 6 m 99 cm; y al oeste, Inversiones Culembo S. A. Mide: ciento noventa y tres metros con
cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Plano: G0859167-2003. Con las siguientes
bases para remate: primer remate: cinco mil doscientos cuarenta y un dólares
con noventa y dos centavos. Segundo remate: tres mil novecientos treinta y un
dólares con cuarenta y cuatro centavos (rebajada en un 25%). Tercer remate: mil
trescientos diez dólares con cuarenta y ocho centavos (un 25% de la base
original). De los señalamientos: Para tal efecto se señalan las catorce horas
quince minutos del seis de julio del dos mil dieciocho (primer remate). De no
haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce
horas quince minutos del veintitrés de julio del dos mil dieciocho. De no
apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas
quince minutos del nueve de agosto del dos mil dieciocho. Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Aurora Development Corporation
Ltda. contra Inversiones Culembo S. A. Expediente Nº 18-000640-1206-CJ.—Juzgado de Cobro
y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 21 de mayo del 2018.—Lic. Luis
Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2018247855 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del tres de
setiembre de dos mil dieciocho, y con la base de doscientos ocho millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número cincuenta y seis mil novecientos treinta y
nueve-cero cero cero (56939-000), la cual es terreno
de naturaleza: para construir con 1 edificio. Situada en el distrito
1-Guadalupe, cantón 8-Goicoechea de la provincia de San José. Colinda: al
noreste, calle sexta; al sureste, Alfredo Miranda Quesada; al noroeste, Rafael
Céspedes y otros; y al suroeste, Mireya Ortiz Peralta. Mide: trescientos
ochenta y ocho metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciocho de setiembre
de dos mil dieciocho, con la base de ciento cincuenta y seis millones de
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del tres de octubre de dos
mil dieciocho, con la base de cincuenta y dos millones de colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Consorcio Doliam S. A.
Expediente: 16-007975-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de
Heredia, (Materia Cobro), 3 de mayo del 2018.—Lic. German Valverde Vindas,
Juez.—( IN2018247861 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios, pero soportando boleta 2017320900177, Sumaria:
17-006874-0174-TR; a las ocho horas y cero minutos del veintiséis de junio del
año dos mil dieciocho, y con la base de cuatro millones seiscientos veintiocho
mil novecientos dieciséis colones con cincuenta y dos céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 903892, marca Nissan,
estilo Tiida, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2012, color gris, vin 3N1CC1AD3ZK123280, cilindrada 1598 cc, combustible
gasolina, motor NºHR16115615C. Para el segundo remate se señalan las ocho horas
y cero minutos del once de julio del dos mil dieciocho, con la base de tres
millones cuatrocientos setenta y un mil seiscientos ochenta y siete colones con
treinta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintisiete de
julio del año dos mil dieciocho con la base de un millón ciento cincuenta y
siete mil doscientos veintinueve colones con trece céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra José Rafael Rivera
Rivas. Exp. N°
18-001320-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 25 de abril
del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018247949
).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas:
330-08958-01-0901-001 y servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
550-11443-01-0002-001; a las diez horas y treinta minutos del veintisiete de
julio del año dos mil dieciocho, y con la base de dieciocho millones doscientos
ochenta y nueve mil quinientos treinta y dos colones con ochenta y seis
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y seis mil trescientos noventa y
siete cero cero cero la
cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 2 Aguas Claras, cantón 13
Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con frente
de 25.00 metros; al sur, Noemy Zamora Castro; al este, Noemy Zamora Castro, y
al oeste, Noemy Zamora Castro. Mide: mil metros cuadrados. Plano:
A-1264350-2008 cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y
treinta minutos del catorce de agosto del año dos mil dieciocho, con la base de
trece millones setecientos diecisiete mil ciento cuarenta y nueve colones con
sesenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta de
agosto del año dos mil dieciocho con la base de cuatro millones quinientos
setenta y dos mil trescientos ochenta y tres colones con veintidós céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Marcos Pizarro Acevedo. Exp.
N° 17-003870-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor
Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia
Cobro), 21 de mayo del año 2018.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(
IN2018247951 ).
Se convoca a todas las personas interesadas
en la sucesión de Olga Arguedas Ulate, a una junta que se verificará en este
Juzgado a las ocho horas y treinta minutos del tres de julio del dos mil
dieciocho, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926
del Código Procesal Civil. Expediente Nº 17-000090-0296-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial
de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 04 de abril del
2018.—Lic. Francisco Javier Castillo Acuña, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018234536 ).
Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de Edgar Odon Ugalde Brais, a una junta
que se verificará en este Juzgado a las ocho horas y treinta minutos del tres
de julio del dos mil dieciocho, para conocer acerca de los extremos que
establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 08-000407-0391-AG.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste
(Nicoya) (Materia Civil), 17 de mayo del 2018.—Lic. Alberto Juárez
Gutiérrez, Juez.—1 vez.—( IN2018246680 ).
Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de Grace
Maroto Esquivel, a una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve
horas del veintiséis de junio de dos mil dieciocho, para conocer acerca de los
extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 17-000443-0893-CI.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de mayo del 2018.—Lic.
José Elías Vindas Castiglioni, Juez.—1 vez.—(
IN2018247711 ).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 18-000106-0507-AG, donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Emilia Mayela Miranda Méndez quien es mayor,
casada una vez, vecina de la Trinidad de Moravia, calle La Unión, del
restaurante Dragón House cien metros al sureste, portadora de la cédula de
identidad vigente que exhibe número cinco-cero dos tres dos-cero uno siete
nueve, ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es para
construir. Situada en el distrito tercero Horquetas, cantón décimo Sarapiquí,
de la provincia de Heredia. Colinda: al noroeste, con calle pública, con una
distancia de diez metros cinco decímetros lineales; al noreste, con Orlando Ramírez
Rojas; al sureste, con Orlando Ramírez Rojas y al suroeste, con Xinia López
Vargas. Mide: cuatrocientos ochenta metros cuadrados, tal como lo indica el
plano catastrado número cuatro-uno nueve seis nueve siete cinco cuatro-dos mil
diecisiete. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto
el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones de
colones. Que adquirió dicho inmueble por venta privada y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a
título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos
de posesión han consistido en mantener las cercas en buen estado, los postes de
la cerca son unos de cemento y otros poste vivo, con alambre de púas, existen
árboles frutales, pipa, limón ácido, limón dulce y no existen construcciones ni
nacimientos de agua. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Emilia Mayela Miranda Méndez, expediente Nº
18-000106-0507-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, Pococí, 23 de mayo del 2018.—Licda. Merlin
Rocío Murillo Monge, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018246747
).
Se hace saber que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 18-000059-0188-CI, donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de Edgar Arturo Fallas
Martínez c.c Erick Fallas Martínez, quien es mayor,
estado casado una vez, agente de seguros, vecino de San Rafael Norte, cédula N° 1-0579-0568, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Terreno para
construir. Situada: en el distrito Primero San Isidro de El General, cantón
diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Juan
López Salazar; al sur, calle pública, con un frente de treinta y ocho metros
once decímetros; al este, José Francisco Montero Vargas, y al oeste, Erick
Fallas Martínez. Mide: tres mil novecientos setenta metros cuadrados. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de once millones de colones. Que adquirió dicho inmueble de Ana María
Montero Vargas, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y
quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de la
propiedad y de linderos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Edgar Arturo Fallas Martínez. Expediente N°
18-000059-0188-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de
la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil), Pérez Zeledón, 24 de
mayo del 2018.—Lic. José Celso Fernández Delgado, Juez.—1 vez.—( IN2018246970
).
Para los fines legales correspondientes se hace
conocimiento de cualquier interesado que ante esta notaría se tramita en sede
notarial la sucesión de quien en vida fuera Octaviano Suárez Mena, con cédula
de identidad número ocho-cero cero cuarenta-cero ciento noventa y dos. Se
emplaza por el término de treinta días hábiles a partir de la publicación del
presente edicto, a todos aquellos interesados para que se apersonen ante esta
notaria situada en la ciudad de San José, Goicoechea Guadalupe del Banco de
Costa Rica trescientos metros norte Condominio Santa Mónica, teléfono
8997-6643.—San José, 12:00 horas del 24 de mayo del 2018.—Lic. Allen Puente Desanti, Abogado y Notario.—1 vez.—( IN2018246665 ).
Se hace saber que en mi notaría se tramita el proceso sucesorio
testamentario notarial de quien fuera de la señora María Rosa Rivera Vargas,
mayor de edad, casada una vez, ama de casa, con cédula uno-cero doscientos
quince-cero setecientos setenta y dos, vecina de Santa María de Dota, de la
esquina noroeste del parque, doscientos metros oeste, que falleció el día dos
de mayo del dos mil once. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y
en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento de que si no se apersonan dentro de ese
plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N°
2018-002-Civil-S E. Notaría Licenciada Berenice Retana Urdía.—Santa María de
Dota, 25 de mayo del 2018.—Licda. Berenice Retana Ureña.—1 vez.—( IN2018246677
).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de
quien en vida se llamó Édgar Araya Monge, mayor, divorciado una vez,
comerciante, con documento de identidad Nº
03-0152-0003 y vecino de Cartago. Se cita a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, sino se
apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda, expediente Nº 17-000354-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 16
de abril del 2018.—Msc. Mateo Ivankovich
Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2018246682 ).
Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores, y en general a
todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a
hacer valer sus derechos dentro del proceso sucesorio notarial de la señora
Libia Guillén Centeno, con cédula de identidad número cinco-cero cero sesenta
dos-cero novecientos noventa. El proceso sucesorio notarial lo tramita el
suscrito notario público de acuerdo a lo establecido en el artículo 129 del
Código Notarial, bajo el apercibimiento a los que crean tener derecho a la
herencia, de no hacerlo dentro del plazo dicho, la misma pasará a quien
corresponda. La oficina del suscrito está ubicada en avenida segunda, calles
diecinueve y veintiuna, Consultores Bellavista, teléfono 22223027 o fax:
22224418.—San José, veintisiete de mayo del dos mil dieciocho.—Lic. Rodolfo
Enrique Montero Pacheco, carné 2563, Notario.—1 vez.—( IN2018246684 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en
vida fue el señor José Martín Acosta Baltodano, quien fuera soltero,
comerciante, vecino de San José, Goicoechea, quien portó en vida la cédula de
identidad número cinco-ciento cuarenta y uno- mil cuatrocientos noventa,
fallecido el día catorce de enero de dos mil dieciocho, para que en el plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría ubicada en San José, Ciudad Colón trecientos metros oeste de
la Choza de Joel a reclamar sus derechos los que crean tener derecho a la
sucesión, apercibidos de que si no lo hacen dentro de ese plazo, aquella pasará
a quien corresponda. Expediente número dos mil dieciocho-cero cero uno.—San
José, 28 de mayo de 2018.—Licda. María de los Ángeles Fallas Hernández.—1
vez.—( IN2018246699 ).
Mediante acta de solicitud de apertura de sucesorio testamentario
otorgada por el señor George Henry Fernández, a las a las diez horas del
veintitrés de septiembre del año dos mil diecisiete, y comprobado el
fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario
de quien en vida fuera Judith Emily Fernández H., quien era mayor de edad, de
un solo apellido en razón de su nacionalidad Estadounidense, viuda, ama de
casa, vecina de Alajuela, Palmares, La Granja, con cédula de residencia
costarricense número uno ocho cuatro cero cero uno uno cero cinco nueve cero cero.
Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de
treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la
licenciada Daniela Ramos Morales, en Heredia, sito en calle nueve, avenidas
siete y nueve, teléfono 2660-0220.—Lic. Daniela Ramos Morales, Notaria.—1
vez.—( IN2018246704 ).
En mi notaría, sita en San José, avenida 6 calle 24 A número 626, se
tramita proceso sucesorio notarial testamentario de quien en vida se llamó
Aracelly Guzmán Quesada, cédula 1-0230-0511, por lo que por el plazo de treinta
días naturales contados a partir del día hábil siguiente al día de esta
publicación para que se apersonen ante ni notaría, a hacer valer sus derechos,
en el entendido de que, de no hacerlo, la herencia pasará a quien o quienes en
derecho corresponda.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi,
Notario.—1 vez.—( IN2018246705 ).
En mi notaría, sita en San José avenida 6 calle 24 A, N° 626, se tramita proceso sucesorio notarial de quien en
vida se llamó José María Chacón Méndez, cédula N°
1-0322-0675, por lo que por el plazo de treinta días naturales contados a
partir del día hábil siguiente al día de esta publicación, para que, se
apersonen ante ni notaría a hacer valer sus derechos, en el entendido de que,
de no hacerlo, la herencia pasará a quien o quienes en derecho
corresponda.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1
vez.—( IN2018246706 ).
Ante esta notaría, a las diez horas del día veinticinco de mayo del dos
mil dieciocho, presentes Gaetano Andrés Muñoz Jiménez, Valeria Muñoz Jiménez y
Fabiola Muñoz Jiménez, quienes solicitan la apertura en sede notarial del
sucesorio de quien en vida fuera su madre la señora Angelita Jiménez González,
cedula de identidad número uno-cero setecientos quince-cero quinientos
cincuenta y tres, fallecida el día diecisiete de enero del dos mil dieciocho.
Se emplaza a todos los terceros interesados en defensa de sus derechos, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de este plazo la
herencia pasará a quien corresponda. Sucesorio en sede notarial, expediente: N° 0002-2018. Notaria: Shirley Sánchez Bustamante.—San
José, 28 de mayo del dos mil dieciocho.—Lic. Shirley Sánchez Bustamante,
Abogada.—1 vez.—( IN2018246707 ).
Ante esta notaría, a las nueve horas del día veinticinco de mayo del dos
mil dieciocho, presente: Luis Ángel Jiménez Alpízar, quien solicita la apertura
en sede notarial del sucesorio de quien en vida fuera su señora esposa María
Elena Gonzáles Dobles, cédula de identidad número uno - doscientos cincuenta y
dos - cero cero cinco, fallecida el día veintisiete
de octubre del dos mil diecisiete. Se emplaza a todos los terceros interesados
en defensa de sus derechos, para que dentro del plazo de treinta días contados
a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos,
y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan
dentro de este plazo la herencia pasará a quien corresponda. Sucesorio en sede
notarial Expediente: N° 0001 -2018.—San José, 28 de
mayo del dos mil dieciocho.—Lic. Shirley Sánchez Bustamante, Notaria.—1 vez.—(
IN2018246708 ).
Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de
quien en vida se llamó Juana María Sequeira Moran, mayor, casada una vez, ama
de casa, vecina de Limón y portadora de la cédula de identidad número
8-0068-0931. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer
valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a
la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 18-000020-0678-CI.—Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de La Zona Atlántica, 16 de febrero del
2018.—Lic. Andrés Arguedas Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2018246723 ).
Que en el expediente 003-2018, se abre proceso sucesorio notarial, a las
once horas del día trece de febrero del año dos mil dieciocho. Comprobada la
defunción Ofelia Mora Esquivel, cédula uno-ciento sesenta y cinco-quinientos
setenta y siete, se declara abierto su proceso sucesorio. Se cita y emplaza a
todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días contados
a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a
hacer valer sus derechos. Notaría de Hilda Marta Alpízar Castrillo,
notificaciones al correo hildaalpizar@gmail.com. Es todo.—24 de mayo del
2018.—Lic. Hilda Marta Alpízar Castrillo, Notaria.—1 vez.—( IN2018246730 ).
Se tiene por abierto el sucesorio testamentario extrajudicial de quien
en vida fue: José Miguel Villegas Diaz, cédula 4-0170-0901. Se cita a todos los
interesados, para que dentro del término común de treinta días, a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos. Albacea
Miguel Villegas Hernández. Exp. N°
06-2018.—Heredia, veintiocho de mayo dos mil dieciocho.—Lic. Rafael Ángel
Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—( IN2018246750 ).
Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás
interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Ramón Emilio Gutiérrez
Quesada, quien fuera mayor, soltero, tecnólogo en alimentos, cédula número:
uno-cero cuatrocientos cincuenta y cuatro-cero setecientos cincuenta y uno,
vecino de San José, Coronado, San Isidro, residencial Contemporánea, cuarta
etapa, casa número: treinta y tres-i, quien falleció el martes doce de
setiembre de dos mil diecisiete en el distrito Carmen del cantón San José, de
la provincia San José, en el hospital Rafael Ángel Calderón Guardia, para que,
dentro del plazo de treinta días hábiles contables a partir de la publicación
de este edicto en el Boletín Judicial que administra la Imprenta Nacional
costarricense, sin contar días sábado ni días domingo ni días feriados ni días
de asueto, se apersonen a esta notaría -por escrito- en defensa de sus
derechos, bajo el apercibimiento de que, en caso de no hacerlo, la herencia
pasará a quien en derecho corresponda. El escrito de apersonamiento deberá
llegar a esta notaría debidamente firmado por el interesado y su firma
debidamente autenticada por notario público con timbre adherido en el anverso
del memorial por valor de doscientos cincuenta colones del Colegio de Abogados
debidamente cancelado al menos con el sello blanco o de altorrelieve del
notario autenticante. Esta Notaría está ubicada en la
provincia de San José, cantón de San José, distrito Catedral, Barrio González
Lahmann, de la esquina sureste del museo Nacional cincuenta metros al sur, calle
diecisiete -paseo peatonal ‘Ricardo Jiménez Oreamuno’-, casa número: doscientos
treinta y tres, avenidas segunda y cuarta-bis y el horario de recepción de los
sendos escritos de apersonamiento será de nueve de la mañana a once de la
mañana y de una de la tarde a cuatro de la tarde de lunes a viernes hábiles
dentro del indicado plazo de treinta días hábiles. Procedimiento sucesorio
notarial testamentario número: cero cero cero uno-dos mil dieciocho de: Ramón Emilio Gutiérrez
Quesada. Notario Público: Miguel Ángel Vásquez López, carné de abogado número:
tres mil ochenta y tres.—San José, lunes veintiocho de mayo de dos mil
dieciocho.—Lic. Miguel Ángel Vásquez López, Notario.—1 vez.—( IN2018246752 ).
Se cita y emplaza a los posibles herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados en el proceso sucesorio en sede notarial de
Olga Virginia Ramírez Jiménez, quien en vida fuera mayor, casada dos veces,
ahogada, vecina de San José, San Francisco, del parque Okavama
cuatrocientos setenta y cinco metros al este, casa nueve V, cédula de identidad
número uno- quinientos sesenta v nueve- cero cincuenta y cuatro para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto
concurran a hacer valer sus derechos ante la notaría del Licenciado Andrés
Elliot Sule, con oficina abierta en la ciudad de San
José, Barrio Don Bosco, esquina de calle treinta y dos y avenida cuatro,
doscientos metros al norte de la Municipalidad de San José, Bufete Arroyo
Asociados, número de fax 2233-9403. Expediente Número 0002-2018.—San José,
veinticinco de mayo del dos mil dieciocho.—Lic. Andrés Elliot Sule, Notario.—1 vez.—( IN2018246760 ).
Se cita y emplaza y emplaza a todos los interesados en la sucesión de
Jorge Alberto Córdova Córdova, conocido como Jorge
Alberto Córdova Guidos, mayor, casado una vez, cédula
de identidad ocho cero cero cuarenta y ocho cero
setecientos noventa y nueve, contador pensionado, para que dentro del plazo de
treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos; y se percibe a los que crean tener calidad de herederos,
comparezcan ante esta notaría, a hacer valer sus derechos. Notaría de la
Licenciada, Ángela Sánchez; Lépiz; Desamparados, Fátima, frente al Palí; teléfonos: 8813-3740; o bien al correo electrónico:
angisanchez@hotmail.com o la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2018.—Licda. Angela María Sánchez Lépiz, Notaria.—1
vez.—( IN2018246765 ).
Se emplaza en la sucesión de quien en vida fue Guillermo Rojas Cubero,
mayor, viudo, taxista, vecino San Antonio de Desamparados frente a Escuela de
Bomberos, cédula identidad uno-cero dos cero cero-cero cero ocho cinco,
fallecido el diecisiete de febrero del dos mil dieciocho, para que, dentro del
plazo treinta días, contados a partir de la publicación, se apersonen hacer
valer sus derechos, si no, se presentan dentro del mencionado plazo, la
herencia pasa a quien corresponde. Notaría de licenciada Gladys Barrantes
Quesada, carne 20836.—San José, a las trece horas del día veintitrés de marzo
del dos mil dieciocho.—Licda. Gladys Barrantes Quesada, Notaria.—1 vez.—(
IN2018246778 ).
Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio
testamentario de quien en vida se llamó Miriam Vargas Villalobos, conocida como
Flora Vargas Villalobos, mayor, divorciada, de oficios del hogar, vecina de
Montes de Oca, Sabanilla y con cédula de identidad 0101480351. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 18-000414-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del
Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 23 de mayo de 2018.—Lic.
Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—( IN2018246782 ).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de
quien en vida se llamó Eddie Enrique González Araya, costarricense, mayor,
casado dos veces, con cédula de identidad Nº
4-0157-0449 y vecino de Heredia. Se cita a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda, expediente Nº
17-000111-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 30 de abril del 2018.—Lic.
Freddy Guillermo Ureña Díaz, Juez.—1 vez.—( IN2018246783 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Arthur David
(nombre) Mcmellon (apellido), quien en vida fuera,
mayor, divorciado una vez, empresario, de único apellido en razón de su
nacionalidad estadounidense y portador del pasaporte de su país número uno
cuatro uno nueve cero tres tres cuatro cinco y vecino
de quinientos diez Comwall Avenue, Cheshire, CT cero
seis cuatro uno diez, Connecticut, Estados Unidos de Norteamérica; para que
dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de éste
edicto, comparezcan ante esta notaría, cita en San José, Escazú, San Rafael,
del Supermercado Saretto, doscientos metros al norte,
cien al oeste y cien al norte, sita en las oficinas de BCE Abogados, a reclamar
sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si
no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quién corresponda.
Expediente N° 001-2018.—Lic. Alan Elizondo Medina,
Notario.—1 vez.—( IN2018246785 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Luis Diego
Moya Hidalgo, conocido como Luis Diego Moya Mattey,
quien fue, mayor, soltero, politólogo, portador de cédula de identidad número
uno-quinientos doce-cero sesenta y tres, vecino de Alajuela, para que en el
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto
comparezcan a reclamar sus derechos y si no se presentan dentro de ese plazo la
herencia pasará a quien corresponda. Exp.
0002-2012.—Licda. Celina María González Ávila, Notaria.—1 vez.—( IN2018246796
).
Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de
quien en vida se llamó Juan José Ortega Araya, mayor, estado civil casado dos
veces, pensionado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad
0600940981 y vecino Libertad ochenta y uno, Barranca, Puntarenas. Se cita a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento
a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 17-000087-0642-CI.—Juzgado Civil y Agrario de
Puntarenas (Materia Civil), 21 de mayo del año 2018.—Licda. Eunice
Villalobos Jiménez, Jueza.—1 vez.—( IN2018246806 ).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de
quien en vida se llamó Johnnatan Alberto Villalobos
Miranda y Maykel Andrés Villalobos Miranda, ambos mayores, solteros, ayudantes
de soldadura, costarricenses, con documento de identidad N°
04-0201-0680 y N° 04-0195-0460 y vecinos de Heredia.
Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas
las personas interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 18-000083-0504-CI
(2).—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Heredia, 06 de abril del
2018.—Licda. Yarini Madrigal Escoto, Jueza.—1 vez.—(
IN2018246826 ).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de
quien en vida se llamó Javier Gerardo de La Trinidad Retana Bermúdez, mayor,
estado civil casado, profesión agricultor, nacionalidad Costa Rica, con
documento de identidad 0601160320 y vecino de Tamarindo Laurel. Se cita a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 18-000015-0920-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de La Zona Sur (Corredores)
(materia civil), 03 de abril del 2018.—Lic. Allan Roberto Espinoza
Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2018246870 ).
Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de
quien en vida se llamó Evelio Francisco Sancho Chacón, mayor, estado civil
divorciado, agricultor, vecino de Buenos Aires de Palmares, Alajuela,
nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0203300061. Se cita a
las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las
personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 17-000070-0296-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia
Civil), 01 de junio del año 2017.—Dr. Minor
Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2018246874 ).
Se cita a todos los herederos e interesados en general en la sucesorio
de quien en vida fue Lilia María Cáceres Cáceres,
quien es mayor, separada judicialmente, ama de casa, con cédula de identidad N° 8-0046-0348, vecina de urbanización los Cocos Limón
centro, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto se apersonen a valer sus derechos, de no apersonarse
en el plazo señalado, la herencia pasará a quien corresponda. lo anterior
ordenado así en el sucesorio expediente 0003-05-2017 sucesión de María Lilia
Cáceres Cáceres.—Licda. Victoria Fernández Ríos, Notaria.—1 vez.—( IN2018246879
).
Se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados, en
la sucesión de Jorge Eduardo Lizano Chacón, quien en vida fue mayor, soltero,
ingeniero en sistemas, quien portaba la cédula de identidad número uno-un mil
doscientos dieciséis-cero quinientos cuatro, quien al fallecer era vecino de
San Rafael de Coronado, detrás de la Pulpería Víctor Chacón, el cual falleció
en el distrito San Isidro, cantón Vásquez de Coronado, el día veinticinco de
febrero de dos mil dieciocho. Para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a esta
Notaria, en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que en caso de
que no lo hicieren la herencia pasará a quien en derecho corresponde. Asimismo,
deben señalar lugar o medio para recibir sus notificaciones. Es todo.—Licda.
Ana Grettel Coto Orozco, Notaria—1 vez.—(
IN2018246924 ).
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de
quien en vida se llamó Marta Emma Chaves Ortega, mayor, estado civil viuda, ama
de casa, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0500299660 y
vecina de Santa Cruz. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras
y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla
pasará a quien corresponda. Exp. N°
16-000205-0388-CI.—Juzgado de Menor Cuantía y Tránsito del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Civil), 14 de junio del año
2017.—Licda. Dalia Soza Mora, Jueza.—1 vez.—( IN2018246937 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Rolando
Marín Víquez, mayor, divorciado una vez, comerciante, cédula uno-setecientos
sesenta y cinco-doscientos treinta y seis, vecino de San José, para que dentro
del plazo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que creen
tener calidad de herederos, que asilo hagan saber y si no se presentan dentro
del plazo dicho, la herencia pasará a quien corresponda, sin su intervención.
Expediente N° 001-2018.—San José, diez horas del
veintinueve de mayo del dos mil dieciocho.—Lic. Alexander Adolfo Chacón Porras,
Notario.—1 vez.—( IN2018246972 ).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de
quien en vida se llamó Ángel Claudio Vega Sánchez, mayor, casado una vez,
agricultor, vecino de Alajuela, Atenas, cédula de identidad 0201850657. Se cita
a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las
personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien
corresponda. Expediente 18-000182-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 23 de mayo del 2018.—Lic. Carlos Esteban Sancho
Araya, Juez.—1 vez.—( IN2018246980 ).
Se hace saber que ante este despacho se tramita
proceso de declaratoria de ausencia promovido por Carlos Alberto Saborío Legers, mayor, casado dos veces, con cédula de identidad
número 1-0573-0020, encaminado a solicitar la ausencia de José del Carmen
Castro Corrales, mayor, casado, carné de residencia costarricense número
280-16706-207, último domicilio San Rafael de Escazú. Se emplaza a los
interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de tres meses
contados a partir de la última publicación de este edicto se apersonen al
proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de
omisión. Expediente: 17-000205-0180-CI.—Juzgado Primero Civil de San José,
13 de abril del 2018.—Lic. Miguel Ángel Rosales Alvarado, Juez.—( IN2018236810
). 3 v. 2 Alt.
Se cita y emplaza a todas las
personas que tuvieren interés en la tutela de la persona menor Francisco Leonel
Centeno Rizo, tarjeta de identidad de personas menores de edad número 04 0259
0698 para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de quince días que
se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Lo anterior
de conformidad con lo ordenado en la resolución del Juzgado de Familia de
Heredia. A las catorce horas veinte minutos del trece de diciembre de dos mil
diecisiete. Expediente N° 17-002264-0364-FA. Tutela.
Notifíquese.—Juzgado de Familia de Heredia.—Msc.
Felicia Quesada Zúñiga, Jueza.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018247583
). 2
v. 1
Se avisa al señor David Antonio Castillo Solano, portador de la cédula
de identidad Nº 1-1466-0139, de demás calidades y
domicilio desconocidos que en este juzgado, se tramita el expediente Nº 18-000247-0673-NA, correspondiente a diligencias de
depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde
se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Valentina
Castillo Vargas. Se le concede el plazo de tres días naturales para que
manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez
y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de mayo del dos
mil dieciocho.—MSc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018246645 ).
Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza del
Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a Rónald
Francisco Avendaño Ramos, documento de identidad 0111990243 y Yéssica Hurtado Issa, documento
de identidad 11019269, ambos casados, vecinos de paradero desconocido, que en
este Despacho, se interpuso un proceso nulidad matrimonio en su contra, cuya
pretensión es la nulidad del matrimonio celebrado entre los demandados. Lo
anterior se ordena así en proceso nulidad matrimonio de Procuraduría General de
La República contra Ronald Francisco Avendaño Ramos, Yéssica
Hurtado Issa. Expediente Nº
16-000142-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 30 de abril
del año 2018.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018246746 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de
nombre promovido por Marianela de La Trinidad Rojas Vargas, mayor, soltera,
documento de identidad Nº 01-1051-0876, vecina de
Goicoechea, encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de
Marianela de La Trinidad Rojas Vargas, por el de Marianela Fiorella mismos
apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro
del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se
apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de
ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil, expediente Nº 18-000012-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito
Judicial de San José, 15 de enero del 2018.—M.Sc.
Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2018246865
).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil
los señores Luiyi Rafael López Salazar, mayor,
soltero, oficial seguridad privada, cédula de identidad Nº
7-0256-0293, hijo de Luis Ángel López Mora y Ana Cristina Salazar Castillo,
nacido en Matama, Limón, el 30/04/1997, con 21 años
de edad, y Heizel Elisa Pozo Muñoz, mayor, viuda,
estudiante, cédula de identidad Nº 7-0264-0244, hija
de Javier Roberto Pozo Espinoza y Ester Muñoz Avalos, nacida en Limón, el
10/10/1998, actualmente con 19 años de edad; ambas personas contrayentes tienen
el domicilio en Limón, del cruce del Río Banano, 150 metros a mano derecha,
casa mano izquierda prefabricada, sin pintar. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días,
siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº
18-000259-1152-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la
Zona Atlántica, Limón, 17 de mayo del 2018.—Licda. Ángela Jiménez Chacón,
Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018246646 ).
Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil
Rafael Ángel Saborío Venegas, mayor, divorciado, cédula de identidad número
7-0097-0336, nombre de la progenitora Rosa Venegas Venegas
y nombre del progenitor Rafael Saborío Saborío,
nacido en Centro Central Limón, el 04/01/1970, con 48 años de edad, y Hannia Krismeldy Lara Brenes, mayor, soltera, cédula de identidad
número 7-0123-0600, nombre de la progenitora Deyanira Brenes Sancho y nombre
del progenitor Ramiro Lara Manzanares, domicilio en Centro Central Limón, el
16/06/1977, actualmente con 40 años de edad; ambas personas contrayentes tienen
el domicilio en Limón, Barrio Envaco; 200 metros de las bodegas del Carmen en
Envaco, casa a mano izquierda de color verde agua. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto. Exp.
Nº18-000303-1152-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de La
Zona Atlántica, Limón, 11 de mayo del año 2018.—Licda. Jacqueline Murillo Murillo, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018246647
).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil
los señores Kenneth Platero Calvo, mayor, soltero, jornalero, cédula de
identidad Nº 7-0148-0581, hijo de Laffytthe
Platero Santamaría y Lilliam Mireya Calvo Arce, nacido en Limón, el 01/09/1982
con 35 años de edad y Fressy Yisenia
Vallejos Toruño, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad Nº 7-0154-0817, hija de Luis Vallejos Cortes y María Elena
Toruño León, nacida en Limón, el 20/10/1983, actualmente con 34 años de edad;
ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Limón, Zent
nuevo, frente al parquesito, casa de madera de color
verde agua. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que
este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este
Despacho dentro de los ocho días, siguientes a la publicación del edicto,
expediente Nº 18-000349-1152-FA.—Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 18 de
mayo del 2018.—Licda. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2018246648 ).
Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil
Evelyn Castro Vargas, mayor, soltera, Estilista, cédula de identidad número
uno-mil ciento tres-doscientos sesenta y seis , hija de Danilo Castro Bermúdez
y Flor María Vargas Vega, nacida en San Isidro, Pérez Zeledón, el 05 de mayo
del año 1981, con treinta y siete años de edad, y Marcos Padilla Quesada,
mayor, divorciado, Mecánico, cédula de identidad número uno-mil treinta y
dos-setecientos ochenta y nueve, nacido en San Isidro, Pérez Zeledón, el 13 de
abril de 1979, actualmente con treinta y nueve años de edad; ambas personas
contrayentes tienen el domicilio en Pérez Zeledón. Si alguna persona tiene conocimiento
de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho, dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Exp. Nº
18-000386-1303-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de La
Zona Sur (Pérez Zeledón), 23 de mayo del año 2018.—Msc.
César De Dios Monge Vallejos, Juez.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018246649
).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil
Anielka Argelia Alfaro Mendoza, mayor, soltera, estudiante y ama de casa,
portadora del pasaporte número C02342419, hija de Mirna Jessenia Mendoza Meza y
Nelson Eldas Alfaro Pérez, fecha de nacimiento el
23/08/1995, con 22 años de edad, y Mario Alonso Obando Torres, mayor, soltero,
agricultor, cédula de identidad número 0603200609, hijo de Berta Torres Ortiz y
José Eloiso Obando Morales, fecha de nacimiento el
27/03/1980, actualmente con 38 años de edad; ambas personas contrayentes tienen
el domicilio en Pérez Zeledón, Rosario de Pacuar. Si
alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio
se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de
los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp.
Nº 18-000417-1303-FA.—Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de La Zona Sur, Pérez Zeledón, 23 de mayo del
2018.—Licda. María Del Rocío Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2018246650 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil de
Kimberly Patricia Hernández Madriz, mayor de edad, soltera, estudiante, cédula
de identidad número 01-1631-0057, vecina de Santiago del Monte de Tres Ríos
Urbanización La Yenny, casa de cemento color rosado
con verjas negras, número de teléfono 8371-4042 hija de Cynthia Patricia Madriz
Montoya y Josué Gabriel Hernández Rojas, nacida en Carmen Central San José, el
17/12/1995, con 22 años de edad, y Joel Arturo Gómez Artavia, mayor de edad,
soltero, mecánico, cédula de identidad número 03-0480-0520, vecino de Santiago
del Monte de Tres Ríos Urbanización La Yenny, casa de
cemento color rosado con verjas negras, hijo de Zoila Artavia Aguilar y Roger
Gómez Gómez, nacida en Oriental Central Cartago, el
12/08/1994, actualmente con 23 años de edad. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 18-001285-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 24
de mayo del 2018.—Licda. Cristina Dittel Masís,
Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018246651).
Se hace saber que en mi notaría pública se celebrará el matrimonio civil
de: Minor Alberto Castro Hernández, cédula de
identidad número uno-cero cuatrocientos noventa y nueve-cero seiscientos
cincuenta y tres, y Ruth María Morales Marín, cédula de identidad número
uno-cero seiscientos cincuenta y tres-cero ciento ochenta. Se emplaza en
general a todos los interesados, para que, dentro de ocho días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a presentar oposición.—San
José, 23 de mayo del 2018.—Licda. Silvia Alvarado
Quijano, Notaria.—1 vez.—( IN2018246733 ).