BOLETÍN JUDICIAL N° 108 DEL 18 DE JUNIO DEL 2018

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

JUZGADO NOTARIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

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Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial N° 09-000305-0627-NO, de Mildred Alfaro Vargas contra Willy Curling Rutishauser (cédula de identidad 1-0486-0011), este Juzgado mediante resolución de las dieciocho horas y dieciocho minutos del catorce de febrero del dos mil dieciocho, dispuso: Revisado el expediente y siendo que, el Tribunal Disciplinario Notarial mediante voto 287-2017 de las diez horas diez minutos del diecisiete de noviembre de dos mil diecisiete (Folio 159), declaro sin lugar la acción disciplinaria contra el notario Willy Curling Rutishsauser, cédula de identidad N° 1-0486-0011, se ordena la inmediata anulación de la resolución dictada por este despacho a las dieciséis horas y seis minutos del once de enero del dos mil dieciocho (Folio 173), así como del edicto publicado en el Boletín Judicial N° 24 de fecha ocho de febrero del dos mil dieciocho (folio 176). Expídase y publíquese el Edicto respectivo en el Boletín Judicial. Notifíquese. Licenciado Francis Porras León, Juez Tramitador. Juzgado Notarial. Notifíquese.

San José, 14 de febrero del 2018.

                                                                   Lic. Francis Porras León

                                                                                       Juez

1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Sol. Nº 68-2017-JA.—( IN2018249783 ).

A Alejandro Martinez Sandoval, mayor, es notario público, cédula de identidad N° 0109430140, de demás calidades ignoradas, que en proceso disciplinario notarial N° 17-000965-0627-NO, establecido en su contra por Dirección Nacional de Notariado, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. A las diez horas y treinta y cinco minutos del once de diciembre del dos mil diecisiete. Se tiene por establecido el presente Proceso Disciplinario Notarial de Dirección Nacional de Notariado contra Alejandro Martinez Sandoval, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días; dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados mediante oficio N° 074-2017 de fecha 24 de octubre del año 2017 y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo, se le previene a cada parte, que, si no, escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere, se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que, si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada. Para notificar al notario encausado se ordena comisionar en Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José, en: Oficina, San José, Zapote, Barrio Córdoba, de la entrada principal del Ministerio de Seguridad Pública, 100 metros este, 100 metros sur, contiguo a la Clínica Oftalmológica, casa color blanco. O bien se ordena comisionar en Oficina de Comunicaciones Judiciales Segundo Circuito Judicial de San José, en: Domicilio, San José, Goicoechea, Calle Blancos, de la Plaza de Deportes, 400 metros norte y 90 metros este, casa de dos plantas a mano izquierda, color verde. Asimismo, se ordena notificar a la Dirección Nacional de Notariado, mediante comisión dirigida a la Oficina de Comunicaciones del Segundo Circuito Judicial de San José, en: San Pedro Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Edificio SIGMA, quinto piso. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; y en caso de que se impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación con la entrega de la cédula correspondiente a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil, y para los efectos de proceder conforme a los dispuesto en el numeral 153, párrafo IV del código Notarial, consúltese al Sistema de Certificaciones e informes Digitales del Registro Nacional si la parte denunciada tiene apoderado inscrito. De conformidad con el artículo 313 del Código Procesal Civil, se hace ver a la parte accionante que en el caso de que desee presentar una pretensión resarcitoria contra la parte denunciada, tendrá oportunidad para realizar dicha gestión hasta antes de que esa parte procesal conteste esta denuncia; y para tal efecto, tendrá que cumplir con los requerimientos del numeral 152 del Código Notarial, en su necesaria relación con el artículo 290 del Código Procesal Civil. Notifíquese. Licenciado Francis Porras León, Juez/a Tramitador/a. Juzgado Notarial. A las catorce horas y cincuenta y ocho minutos del dieciocho de abril del dos mil dieciocho. En razón de que han sido fallidos los intentos por notificarle al licenciado Alejandro Martinez Sandoval, cédula de identidad N° 0109430140, la resolución dictada a las diez horas y treinta y cinco minutos del once de diciembre de dos mil diecisiete, en las direcciones que reportó ante la Dirección Nacional de Notariado (folio 2 vuelto), como tampoco en su último domicilio registral brindado al Registro Civil (folio 4); y en virtud de que carece de apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 14), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle la citada resolución así como también la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber a la parte que aquí se ordena notificar, que los hechos que se le atribuyen son: No entregar el tomo uno de su protocolo, a pesar de haber sido debidamente notificado de la resolución que así lo ordenaba y que fue emitida por la Dirección Nacional de Notariado. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese esta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que atienda la defensa técnica de la parte acccionada supra referida. Notifíquese. Licda. Grace Hernández Herrera, Jueza Decisora.”

San José, dieciocho de abril del dos mil dieciocho.

                                                  Licda. Grace Hernández Herrera,

                                                                            Jueza

1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Sol. Nº 68-2017-JA.—( IN2018250090 ).

Jeffrey David Esquivel Barquero, mayor, es notario público, cédula de identidad número 0108830070, de demás calidades ignoradas, que en proceso disciplinario notarial número 17-000604-0627-NO establecido en su contra por Sergio Araya Umaña, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. A las nueve horas y cinco minutos del veintiuno de agosto de dos mil diecisiete.- Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Sergio Araya Umaña contra Jeffrey David Esquivel Barquero, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días; dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un 􀂳celular o un correo electrónico􀂴, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez.- Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.-” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia.- De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada. Para notificar al notario encausado se ordena comisionar en Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (San Carlos), en: Oficina, Alajuela, San Carlos, Quesada, 125 metros este del Banco HSBC o bien en Oficina de Comunicaciones Judiciales Segundo Circuito de San José, en: domicilio, San José, Cipreses de Curridabat, del SEK 300 norte. Asimismo, se ordena notificar a la Dirección Nacional de Notariado, mediante comisión dirigida a la Oficina de Comunicaciones del Segundo Circuito Judicial de San José, en: San Pedro Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Edificio SIGMA, quinto piso. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; y en caso de que se impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación con la entrega de la cédula correspondiente a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil. De conformidad con el artículo 313 del Código Procesal Civil, se hace ver a la parte accionante que en el caso de que desee presentar una pretensión resarcitoria contra la parte denunciada, tendrá oportunidad para realizar dicha gestión hasta antes de que esa parte procesal conteste esta denuncia; y para tal efecto, tendrá que cumplir con los requerimientos del numeral 152 del Código Notarial, en su necesaria relación con el artículo 290 del Código Procesal Civil. Notifíquese.- Lic. Francis Porras León, Juez/a Tramitador/a .- Juzgado Notarial.- A las quince horas y veintiséis minutos del dieciocho de abril de dos mil dieciocho.- En razón de que han sido fallidos los intentos por notificarle al Licenciado Jeffrey David Esquivel Barquero, cédula de identidad 0108830070, la resolución dictada a las nueve horas y cinco minutos del veintiuno de agosto de dos mil diecisiete, en las direcciones que reportó ante la Dirección Nacional de Notariado (folio 7), como tampoco en su último domicilio registral brindado al Registro Civil (folio 6); y en virtud de que carece de apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 19), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle la citada resolución así como también la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber a la parte que aquí se ordena notificar, que los hechos que se le atribuyen son: La falta de inscripción del vehículo placa 217682 a nombre del denunciante Sergio Araya Umaña. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que atienda la defensa técnica de la parte acccionada supra referida. Notifíquese.- Licda. Grace Hernández Herrera, Jueza Decisora.”. Se publicará por una vez en el Boletín Judicial.- De conformidad con la circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia, el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

San José, dieciocho de abril del dos mil dieciocho.

                                                       Licda. Grace Hernández Herrera

                                                                                  Jueza

1 vez.—O.C N° 364-12-2017.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2018250091 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Orlando Anthony Simpson West titular de cédula de identidad 0701730768, fallecido el veinticuatro de noviembre del dos mil diecisiete, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 18-000386-0679-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Promovidas por Soleil Nickings Celis a favor de Orlando Anthony Simpson West. Expediente N° 18-000386-0679-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de La Zona Atlántica, 03 de mayo del año 2018.—Lic. Ernesto Torres Torres, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018250065 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Edgar Gerardo Castro Fallas, cédula número 0107080331, fallecido el 12 de enero del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 18-000350-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 18-000350-1550-LA. Interpuesto por Treicy Fabiana Castro Rosales.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 29 de mayo del 2018.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018250066 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marco Aurelio Padilla Castro Nº 0105090499, fallecido el 18 de agosto del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Nº 18-000322-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 18-000322-1550-LA. Por a favor de Marco Aurelio Padilla Castro.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, (Desamparados), 29 de mayo del 2018.—Licda. Carolina Fallas Sánchez, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018250069 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Alberto Gómez Gómez, 0502970508, mayor, casado, fallecido el 30 de setiembre del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 18-000305-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 18-000305-1550-LA. Interpuesto por Paulita Alonso Lacayo.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, (Desamparados), 23 de mayo del 2018.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza.—1 vez.—O.C N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018250070 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Humberto Ananías Valverde Fallas, 0102890560, fallecido el 25 de julio del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 18-000303-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 18-000303-1550-LA. Por a favor de Humberto Ananías Valverde Fallas.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 29 de mayo del año 2018.—Licda. Carolina Fallas Sánchez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018250071 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de José Alberto Duarte Bermúdez, mayor, soltero, cédula N° 1 0779 0992, fallecido(a) el 16 de julio del 2017, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 18-000300-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 18-000300-1550-LA. Interpuesto por María Cecilia Bermúdez Ramírez.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 23 de mayo del 2018.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018250072 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Alba Aurora Maroto Fonceca, cédula 01 1026 0065, fallecido el 01 de octubre del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 18-000285-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 18-000285-1550-LA. Interpuesto por Óscar Humberto Bolaños Maroto y Steven Daniel Bolaños Maroto.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 23 de mayo del 2018.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018250074 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Misael Garbanzo Arias, cédula Nº 0101500288, fallecido el 25 de marzo del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Nº 18-000269-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 18-000269-1550-LA. Interpuesto por Elidía Garbanzo García.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, (Desamparados), 23 de mayo del 2018.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018250075 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Manuel Antonio Iglesias Zelaya, quien fue casado, electricista, cédula de residencia número 122200376003 y vecino de San José, Desamparados, San Rafael Arriba, de Café Segura 75 metros al oeste, 25 metros al sur, Barrio La Granja, contiguo a Pulpería Casa Blanca, entrada privada, última casa, portón verjas negras y falleció el día 15 de febrero del 2018 , se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Número 18-000233-1550-LA a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. consignación de prestaciones del trabajador fallecido Manuel Antonio Iglesias Zelaya. Expediente N° 18-000233-1550-LA.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 10 de mayo del 2018.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza.—1 vez.—O.C N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018250076 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Alonso Chacón López, fallecido el diecisiete de mayo del dos mil dieciocho, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de distribución de prestaciones sector público bajo el número 18-000164-0694-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 18-000164-0694-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Laboral), 05 de junio del año 2018.—Lic. Gustavo Vásquez Vásquez, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018250077 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Félix Cantalicio Díaz Jiménez quien fue mayor, soltero, masculino, de ocupación pescador, nacido en fecha 10 de mayo del año 1954, portador de la cédula de identidad Nº 6-0109-0584, vecino de San Ramón, San Juan, Valle Escondido, del CEN CINAI cuarta casa color verde; se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de distribución de prestaciones bajo el Nº 18-000127-0694-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 18-000127-0694-LA. Por a favor de Félix Cantalicio Díaz Jiménez.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia laboral), 01 de junio del 2018.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018250082 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Damaris Chavarría Cascante, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad 5-0183-0470 quien falleció el 08 de abril del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 18-000102-1584-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del código de trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 18-000102-1584-LA. A favor de.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Carrillo (Materia Laboral), 22 de mayo del año 2018.—Lic. Roy Francisco Espinoza Quesada, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018250083 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Antonio Cortes Loaiza 0701200317, fallecido(a) el 17 de marzo del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Número 18-000012-1579-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 18-000012-1579-LA. Promovente: Alba Nubia Fajardo Zúñiga y persona fallecida José Antonio Cortes Loaiza.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía De Jicaral (Materia Laboral) 25 de mayo del 2018.—Licda. Esther Julia Orias Obando, Jueza.—1 vez.—O.C N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018250088 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y cero minutos del veinte de agosto del año dos mil dieciocho, y con la base de un millón ciento cuarenta y tres mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa: MOT 524740, marca: Suzuki, estilo: AN125, categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas, serie: LC6TCJC99G0005160, carrocería: motocicleta, tracción: 2x2, número chasis: LC6TCJC99G0005160, año fabricación: 2016, color: negro, N° motor: 152QMIA2G38602, cilindrada: 125 c.c., combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del cuatro de setiembre del año dos mil dieciocho, con la base de ochocientos cincuenta y siete mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del diecinueve de setiembre del año dos mil dieciocho con la base de doscientos ochenta y cinco mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Coocique R.L. contra Magaly Picado Salazar. Exp. N° 18-001066-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 31 de mayo del año 2018.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2018250876 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y cero minutos del veintitrés de enero de dos mil diecinueve, y con la base de trece millones quinientos sesenta y seis mil quinientos setenta y cinco colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cuarenta y siete mil trescientos setenta y dos, derechos cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para vivienda. Situada en el distrito Coyolar, cantón Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle; al sur, Ramón Salazar; al este, lote 2, y al oeste, calle. Mide: Seiscientos sesenta y ocho metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de febrero de dos mil diecinueve, con la base de diez millones ciento setenta y cuatro mil novecientos treinta y un colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veinticinco de febrero de dos mil diecinueve con la base de tres millones trescientos noventa y un mil seiscientos cuarenta y tres colones con setenta y cinco céntimos  (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fernando León Ortiz contra Ómar Gerardo Mora Picado, Oralia Arroyo Saborío. Exp. N° 17-015317-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de mayo del 2018.—Lic. Luis Abner Salas Muñoz, Juez.—( IN2018251320 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciocho, y con la base de veintidós millones treinta y un mil ciento veintinueve colones con cuarenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y dos mil novecientos ochenta y siete cero cero cero la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito 1-Liberia, cantón 1-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Faustino Sequeira Méndez; al sur, calle pública con frente a ella de 9.50 metros; al este, Lucrecia Soto Astorga; y al oeste, Faustino Sequeira Méndez. Mide: ciento cincuenta y dos metros cuadrados. Plano: G-1444926-2010. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de agosto del dos mil dieciocho, con la base de dieciséis millones quinientos veintitrés mil trescientos cuarenta y siete colones con siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del cuatro de setiembre del dos mil dieciocho con la base de cinco millones quinientos siete mil setecientos ochenta y dos colones con treinta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra María Fidelia Bonilla Hurtado, Olger Alberto León Contreras. Expediente Nº 17-004408-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro), 22 de mayo del 2018.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—( IN2018251336 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las ocho horas y cero minutos del veinticinco de julio del año dos mil dieciocho, y con la base de dieciséis mil quinientos veinticinco dólares con dieciocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas RCR197, marca: BYD, estilo: F3 GS-I, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: Sedán 4 puertas tracción: 4X2 número de chasis: LGXC16DF1E0000076 año fabricación: 2014, color: Negro número motor: BYD473QE213340664, cilindrada: 1500, combustible: Gasolina. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del nueve de agosto del año dos mil dieciocho, con la base de doce mil trescientos noventa y tres dólares con ochenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veinticuatro de agosto del año dos mil dieciocho con la base de cuatro mil ciento treinta y un dólares con treinta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofácil de Costa Rica S. A. contra Rafael Ángel Acuña Acuña. Exp. N° 18-000721-1200-CJ. Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro). Para evitar futuras nulidades procesales y demoras innecesarias en la tramitación del proceso se le advierte a la parte actora, verificar que los datos consignados en el edicto ordenado se encuentren correctamente. Lo anterior con la finalidad de corregir cualquier error material previo a la respectiva publicación del mismo.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 24 de mayo del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018251377 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de julio del año dos mil dieciocho y con la base de dieciocho mil ochocientos treinta y siete dólares con setenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número CL-281972. Marca Renault. Estilo Dokker Van. Categoría carga liviana. Capacidad 2 personas. Año 2015. Color blanco. Vin VF18SRBW4FG192099. Cilindrada 1500 c.c. Combustible Diesel. Motor Nº K9KF830D115848. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del uno de agosto del año dos mil dieciocho, con la base de catorce mil ciento veintiocho dólares con treinta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinte de agosto del año dos mil dieciocho con la base de cuatro mil setecientos nueve dólares con cuarenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofácil de Costa Rica S.A. contra Control Ecológico de Plagas Taboada y Asociados S.A. Exp.: 17-006055-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón (Materia Cobro), 25 de mayo de 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Juez.—( IN2018251378 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las quince horas y treinta minutos del dieciséis de julio del dos mil dieciocho, y con la base de treinta mil seiscientos noventa y siete dólares con veintiún centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas número BGX-101. Marca Peugeot. Estilo 2008 Active. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2015. Color gris. Vin VF3CU5FS0FY000573. Cilindrada 1598 c.c. Combustible gasolina. Motor Nº 10FHCP2038048. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciocho, con la base de veintitrés mil veintidós dólares con noventa y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veinte de agosto del dos mil dieciocho con la base de siete mil seiscientos setenta y cuatro dólares con treinta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofácil de Costa Rica S.A. contra Grupo Babobe Cuatro S.A., Ligia Victoria Bolaños Quirós. Expediente Nº 17-007245-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón (Materia Cobro), 25 de mayo del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018251379 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas: 360-16407-01-0003-001; a las nueve horas y quince minutos del cuatro de febrero de dos mil diecinueve, y con la base de cien mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 114172-000 la cual es terreno con 1 casa. Situada en el distrito Curridabat, cantón Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Humberto Cisneros Fernández; al este, Fistrida S.A. y otro y al oeste, Encramo S.A. Mide: cuatrocientos sesenta y un metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del diecinueve de febrero de dos mil diecinueve, con la base de setenta y cinco mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del seis de marzo de dos mil diecinueve con la base de veinticinco mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Blanca Luz Jiménez Chaves contra Iris del Carmen Cisneros Fernández. Exp. N° 18-005775-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 01 de junio del año 2018.—Licda. Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza.—( IN2018251408 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cero minutos del veinticuatro de agosto de dos mil dieciocho, y con la base de siete millones seiscientos siete mil ciento setenta y ocho colones con ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas: CL-177267, marca: Toyota, estilo: Dyna, categoría: Carga liviana, tracción 4x2, capacidad: 3 personas, año: 2001, color: Blanco, vin: JTB32BUM4Y9700187, cilindrada: 4104 cc, N° motor: 15B1648536, combustible: Diesel. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de setiembre de dos mil dieciocho, con la base de cinco millones setecientos cinco mil trescientos ochenta y tres colones con cincuenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veinticuatro de setiembre de dos mil dieciocho con la base de un millón novecientos uno mil setecientos noventa y cuatro colones con cincuenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Víctor Alonso Chaves Arias contra Ronald Chacón Quintero. Exp. N° 17-008198-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 01 de junio del 2018.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Juez.—( IN2018251419 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de julio de dos mil dieciocho, y con la base de tres millones doscientos treinta y ocho mil seiscientos sesenta y un colones con cuarenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 545438, marca Hyundai, estilo Starex, categoría automóvil, capacidad 9 personas, año 2003, color plateado, vin KMHWP81HP3U524927, cilindrada 2500 cc., combustible diesel, Motor Nº D4BH3722977. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto de dos mil dieciocho, con la base de dos millones cuatrocientos veintiocho mil novecientos noventa y seis colones con ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de agosto de dos mil dieciocho con la base de ochocientos nueve mil seiscientos sesenta y cinco colones con treinta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de OPC Operadora de Cobro y Crédito Comercial S. A. contra Enrique Antonio Jara Hernández. Exp. N° 15-037699-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 15 de noviembre del 2017.—Lic. Tadeo Solano Alfaro, Juez.—( IN2018251424 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del treinta de julio del dos mil dieciocho y con la base de veinte millones seiscientos cincuenta y ocho mil doscientos treinta y un colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y siete mil quinientos noventa cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno para construir lote 3-A. Situada en el distrito 03 Guarcara, cantón 07 Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, parcela IMAS; al sur, parcela cuatro; al este, canal de drenaje; y al oeste, calle pública. Mide: dos mil cuarenta y un metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de agosto del dos mil dieciocho, con la base de quince millones cuatrocientos noventa y tres mil seiscientos setenta y tres colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de agosto del dos mil dieciocho con la base de cinco millones ciento sesenta y cuatro mil quinientos cincuenta y siete colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Mixto de Ayuda Social contra José Luis Arias Campos, María Gabriela Cásares Correa. Expediente Nº 18-003458-1763-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 06 de junio delo 2018.—Lic. Carlos Alejandro Baez Astúa, Juez.—( IN2018251449 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y cero minutos del veinte de agosto del dos mil dieciocho, y con la base de veintidós millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 195626-000, la cual es terreno lote 25 bloque de terreno para construir con una casa de habitación. Situada: en el distrito: El Tejar, cantón: El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 10; al sur, calle pública; al este, lote 24, y al oeste, lote 26. Mide: ciento sesenta y dos metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del cuatro de setiembre del dos mil dieciocho, con la base de dieciséis millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del diecinueve de setiembre del dos mil dieciocho, con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Propiedades La Plata Sociedad Anónima contra Gerardo Antonio Guzmán Umaña. Expediente Nº 18-006060-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de mayo del 2018.—Licda. Mariela Porras Retana, Jueza.—( IN2018251467 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 326-01717-01-0901-001; a las diez horas y cero minutos del veintinueve de agosto de dos mil dieciocho y con la base de veinticuatro mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 286141-000, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito Ipis, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Invu; al sur, Avenida Ricardo Orfila con 6 m 37 cm; al este, Invu y al oeste, Invu. Mide: Ciento veintinueve metros con setenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del trece de setiembre de dos mil dieciocho, con la base de dieciocho mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de setiembre de dos mil dieciocho con la base de seis mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Propiedades de La Unión Magdalena S. A. contra Vilma María de los Ángeles Acuña Morales, Exp. N° 18-000978-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 05 de febrero del 2018.—Lic. Paula Morales González, Jueza.—( IN2018251472 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones IDA, citas 0372-00001684-0902-001, servidumbre de aguas pluviales, citas 2014-00148732-01-0002-001; a las trece horas y treinta minutos del tres de setiembre del dos mil dieciocho, y con la base de cuarenta y cinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos cincuenta y siete mil setecientos sesenta y seis cero cero cero la cual es terreno repasto. Situada en el distrito San Isidro de El General, cantón Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Adrián Quesada Pérez; al sur, Gilberto Granados Vargas y Adrián Quesada Pérez; al este, calle pública con 3 metros de frente y Adrián Quesada Pérez; y al oeste, Hacienda San Dimas S. A. Mide: tres mil metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciocho de setiembre del dos mil dieciocho, con la base de treinta y tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del tres de octubre del dos mil dieciocho con la base de once mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Propiedades de la Fuente Sociedad Anónima contra Adrián de Jesús Quesada Pérez. Expediente Nº 17-015015-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de diciembre del 2017.—Licda. Yesenia Solano Molina, Jueza.—( IN2018251473 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, a las catorce horas y cero minutos del nueve de julio del dos mil dieciocho y con la base de quince millones ochocientos sesenta y siete mil ciento cuarenta y seis colones con ochenta y un céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y siete mil doscientos cincuenta y seis cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 02 Rincón de Sabanilla, cantón 09 San Pablo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 9-B; al sur, lote 11-B; al este, Sociedad Anónima Murillo Bejarano y al oeste, calle pública. Mide: ciento cincuenta y siete metros con treinta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de julio del dos mil dieciocho, con la base de once millones novecientos mil trescientos sesenta colones con once céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del diez de agosto del dos mil dieciocho, con la base de tres millones novecientos sesenta y seis mil setecientos ochenta y seis colones con setenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Comisión Nacional de Préstamos para la Educación contra Alan Eduardo de Jesús Lizano Benavides, Víctor Gonzalo Lizano Muñoz. Expediente Nº 18-002265-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 10 de mayo del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018251479 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de agosto del dos mil dieciocho y con la base de cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas N° 551916, marca Fiat, estilo Palio SX, categoría automóvil, capacidad 5 personas, carrocería sedan 4 puertas, tracción 4x2. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno de agosto del dos mil dieciocho, con la base de tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de setiembre del dos mil dieciocho con la base de un millón de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gustavo Adolfo Calvo Molina contra Rayma Carolina Rojas Navas. Expediente Nº 17-011282-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 23 de mayo del 2018.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2018251508 )

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y cero minutos del tres de setiembre del año dos mil dieciocho, y con la base de ciento setenta y seis mil quinientos veintidós dólares con veintisiete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número SYD015, marca Mercedes Benz, estilo C, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2016, color plateado, vin WDDWF8HB4GF270603, combustible gasolina, motor Nº 17798060007011. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del dieciocho de setiembre del año dos mil dieciocho, con la base de ciento treinta y dos mil trescientos noventa y un dólares con setenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del tres de octubre del año dos mil dieciocho con la base de cuarenta y cuatro mil ciento treinta dólares con cincuenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofácil contra Galería y Boutique de Autos de Lujo de Costa Rica Sociedad Anónima. Exp. N° 17-003601-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 4 de junio del 2018.—Licda. Vivian Monge Herrera, Jueza.—( IN2018251511 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y veinte minutos del doce de julio del dos mil dieciocho, y con la base de dieciocho mil setecientos cinco dólares con siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa BGZ266, marca Citroen, estilo C4, año 2014, color rojo, motor N° 10FHCP1806319, cilindrada 1587 c.c., cilindros 4. Para el segundo remate se señalan las diez horas y veinte minutos del treinta y uno de julio del dos mil dieciocho, con la base de catorce mil veintiocho dólares con ochenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y veinte minutos del veinte de agosto del dos mil dieciocho con la base de cuatro mil seiscientos setenta y seis dólares con veintiséis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Claudia Isabel Arias Barquero. Expediente Nº 16-008593-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 27 de noviembre del 2017.—Licda. Carmen Laura Valverde Phillips,Jueza.—( IN2018251564 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia penal citas 2011-00011266-001 y denuncia penal citas 2009-00090970-002; a las ocho horas y treinta minutos del veintisiete de julio del dos mil dieciocho, y con la base de siete mil doscientos cuarenta y nueve dólares con veintitrés centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número 497029, marca Mazda, estilo Mazda6, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2003, color plateado, vin JM7GG32F331103608, cilindrada 1998 cc. combustible gasolina, motor Nº LF217619. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de agosto del dos mil dieciocho, con la base de cinco mil cuatrocientos treinta y seis dólares con noventa y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno de agosto del dos mil dieciocho con la base de mil ochocientos doce dólares con treinta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales VEINSA Sociedad Anónima contra Jorge Enier Mata Vargas. Expediente 17-012757-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 18 de mayo del 2018.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2018251565 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de julio de dos mil dieciocho y con la base de catorce mil setecientos seis dólares con sesenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 713032. Marca Mitsubishi. Estilo Montero Sport GLS TDI (L0. Categoría automóvil. Año 2008. Color plateado. Vin JMY0RK9708J000489. Cilindrada 2835 cc. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de julio de dos mil dieciocho, con la base de once mil treinta dólares con un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del ocho de agosto de dos mil dieciocho con la base de tres mil seiscientos setenta y seis dólares con sesenta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales ( Veinsa ) Sociedad Anónima contra Eric Jesús Gutiérrez Castillo. Exp. N° 18-004556-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 9 de mayo del 2018.—Licda. Isabel Cristina Castillo Navarro, Jueza.—( IN2018251566 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones bajo el expediente número 17-008305-0489-TR del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José y el número de boleta 2017313700660; a las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de julio de dos mil dieciocho y con la base de diez mil cuatrocientos dólares exactos, en el mejor postor remataré el siguiente: vehículo: placas número BCY632. Marca ZAP. Estilo A380. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2013. Color gris. VIN LZ0CC5X03D2000020. Cilindrada 2000 c.c. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del trece de agosto de dos mil dieciocho, con la base de siete mil ochocientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintinueve de agosto de dos mil dieciocho con la base de dos mil seiscientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Mario Alberto Pastor Valverde. Exp. N° 18-005189-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 14 de mayo del año 2018.—Licda. Isabel Cristina Castillo Navarro, Jueza.—( IN2018251567 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas quince minutos del dieciséis de julio del dos mil dieciocho, y con la base de cincuenta y dos mil setecientos veinte dólares con cuarenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa: 839809, marca: AUDI estilo: Q7, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, año fabricación: 2011, color: café, Vin: WAUZZZ4L7BD000625, N° motor: BAR045730, cilindrada: 4163 c.c. Para el segundo remate se señalan las catorce horas quince minutos del uno de agosto del dos mil dieciocho, con la base de treinta y nueve mil quinientos cuarenta dólares con treinta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas quince minutos del veinte de agosto del dos mil dieciocho con la base de trece mil ciento ochenta dólares con doce centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra 3101666180 S.A. Exp. N° 15-042473-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 24 de noviembre del año 2017.—M.S.c. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—( IN2018251568 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las quince horas del veintisiete de julio del dos mil dieciocho y con la base de doce millones seiscientos veinticinco mil colones exactos, remataré la finca situada en la provincia Limón y titular de la matrícula número cuarenta y seis mil cuatrocientos veintiocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa lote ciento doce. Situada en el distrito Guápiles, cantón Pococí. Colinda: al norte, IMAS; al sur, calle pública; al este, IMAS; y al oeste, calle pública. Mide: ciento noventa y ocho metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas del veinte de agosto del dos mil dieciocho, con la base de nueve millones cuatrocientos sesenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas del seis de setiembre del dos mil dieciocho con la base de tres millones ciento cincuenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, tal deberá ser girado a favor de este despacho, debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Clodoaldo Fernández Cubillo. Expediente Nº 14-001998-1208-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Materia Cobro), 14 de marzo del 2018.—Lic. Diego Alejandro Meoño Piedra, Juez.—( IN2018251570 ).

En la puerta exterior de este Despacho, todos los bienes que se dirán, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 331-18147-01-0900-001, a las diez horas y cero minutos del treinta y uno de julio del año dos mil dieciocho: 1) Con la base de seis millones quinientos ochenta y siete mil setecientos setenta y ocho colones con sesenta y ocho céntimos en el mejor postor remataré la siguiente finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cuatro mil doscientos ochenta y ocho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 2-Quebrada Grande, cantón 8-Tilarán de la provincia de Guanacaste. Colinda al norte, calle pública con frente de 16.67 m; sur, Ramón Elías Mena Hernández; este, servidumbre de paso a calle pública en medio del resto en una extensión de 21.48 m y oeste, Diego Yuzdany Mena Araya, Karla Vanessa Ulate Soto, Elizabeth Ledezma Soto y Leidie Rodríguez Marín. Mide: cuatrocientos sesenta y cuatro metros cuadrados. Plano: G-1681336-2013. 2) Con la base de dos millones novecientos doce mil doscientos veintiún colones con treinta y dos céntimos, en el mejor postor remataré la siguiente; finca inscrita en el Registro Público, del partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y seis mil setecientos cincuenta-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 2-Quebrada Grande, cantón 8-Tilarán de la provincia de Guanacaste. Colinda al norte, Ramón Elías Mena Hernández; sur, Ramón Elías Mena Hernández; este, Ramon Elías Mena Hernández y oeste, calle pública con 9.93 metros. Mide: ciento sesenta y ocho metros con veintiséis decímetros cuadrados. Plano: G-0993695-2005. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de agosto del año dos mil dieciocho, 1) Con la base de cuatro millones novecientos cuarenta mil ochocientos treinta y cuatro colones con un céntimo (rebajada en un 25%). 2) Con la base de dos millones ciento ochenta y cuatro mil ciento sesenta y cinco colones con noventa y nueve céntimos (rebajada en un 25%). y para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del tres de setiembre del año dos mil dieciocho, 1) Con la base de un millón seiscientos cuarenta y seis mil novecientos cuarenta y cuatro colones con sesenta y siete céntimos (un 25% de la base original). 2) Con la base de setecientos veintiocho mil cincuenta y cinco colones con treinta y tres céntimos (un 25% de la base original). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Diego Yuzdany Mena Araya, expediente Nº 17-004509-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro), 21 de mayo del 2018.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—( IN2018251571 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada 335-00358-01-0900-001 e hipoteca de primer grado a favor del Banco Popular y Desarrollo Comunal 2011-345433-01-0001-001; a las quince horas y cero minutos (03:00 p. m.) del catorce de agosto de dos mil dieciocho y con la base de cinco millones ciento treinta y cinco mil ochocientos catorce colones con noventa y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 234874-000, cero cero cero, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 10 Tres Equis, cantón 05 Turrialba de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Marvin Mora González; al sur, Marvin Mora González, Rio Tres Equis; al este, Marvin Mora González, calle pública con 8.03 metros de frente; y al oeste, Marvin Mora González. Mide: diez mil treinta y seis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos (03:00 p.m.) del cinco de setiembre de dos mil dieciocho, con la base de tres millones ochocientos cincuenta y un mil ochocientos sesenta y un colones con diecinueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos (03:00 p. m.) del veinte de setiembre de dos mil dieciocho, con la base de un millón doscientos ochenta y tres mil novecientos cincuenta y tres colones con setenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Alexis Mora González. Expediente: 17-012738-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 23 de mayo del 2018.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2018251573 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del diez de agosto del dos mil dieciocho y con la base de diez millones novecientos veintidós mil treinta y un colones con veinticuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 121781-000, la cual es terreno de café. Situada: en el distrito 01 Turrialba, cantón 05 Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Roberto Edwin Calderón Fonseca; al sur, calle pública; al este, Roberto Edwin Calderon Fonseca, y al oeste, Coopecomun R L. Mide: ochocientos noventa y nueve metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de setiembre de dos mil dieciocho, con la base de ocho millones ciento noventa y un mil quinientos veintitrés colones con cuarenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de setiembre del dos mil dieciocho, con la base de dos millones setecientos treinta mil quinientos siete colones con ochenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Reinaldo Gerardo Sequeira Cruz. Expediente N° 17-012766-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 21 de mayo del 2018.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2018251574 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando sevidumbres Ref.; a las catorce horas y cero minutos del diez de julio de dos mil dieciocho, y con la base de cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cincuenta y dos mil ochocientos noventa y cuatro cero cero cero la cual es terreno para construir lote 79 de forma rectangular. Situada en el distrito 04 Roxana, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote 80; al sur, lote 78; al este, calle pública y al oeste, lote 88. Mide: doscientos veinticuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiséis de julio de dos mil dieciocho, con la base de tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del trece de agosto de dos mil dieciocho con la base de un millón de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. la anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Pedro Antonio Quirós Picado contra Cesar Antonio Guzmán Montero. Exp. N° 17-003562-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 03 de mayo del 2018.—Licda. Yency Vargas Salas, Jueza.—( IN2018251576 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbres ref; a las quince horas y cero minutos del diez de julio del dos mil dieciocho, y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y dos mil ochocientos noventa y siete cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa, lote 72 de forma rectangular. Situada en el distrito 4-Roxana, cantón 2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote 71; al sur, lote 73; al este, lote 67; y al oeste, calle pública. Mide: doscientos treinta y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintiséis de julio del dos mil dieciocho, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del trece de agosto del dos mil dieciocho con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Pedro Antonio Quirós Picado contra César Antonio Guzmán Montero. Expediente Nº 17-003564-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 03 de mayo del 2018.—Licda. Yency Vargas Salas, Jueza.—( IN2018251577 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios ; pero soportando reservas y restricciones con las citas: 368-01902-01-0002-001;; a las quince horas y cero minutos del dos de julio del año dos mil dieciocho , y con la base de cinco millones cuatrocientos sesenta y nueve mil seiscientos sesenta y seis colones con cincuenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos dieciséis mil quinientos cincuenta y ocho cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 7-Diria, cantón 3-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste.- Colinda: al norte, Propiedades Papalomoyo P M S.A.; al sur, calle publica con un frente a ella de 16.97 metros lineales; al este, Propiedades Papalomoyo P M S.A. y al oeste, Propiedades Papalomoyo P M S.A.. Mide: setecientos treinta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del dieciocho de julio del año dos mil dieciocho , con la base de cuatro millones ciento dos mil doscientos cuarenta y nueve colones con noventa y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del seis de agosto del año dos mil dieciocho con la base de un millón trescientos sesenta y siete mil cuatrocientos dieciséis colones con sesenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de COOPEALIANZA contra Ana Gabriela Mora Moraga. Exp: 18-002002-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 5 de mayo del 2018.—Lic. Eder Aguilar Jiménez, Juez.—( IN2018251583 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y veinte minutos del cinco de julio del dos mil dieciocho y con la base de noventa y siete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y nueve mil ochocientos cuarenta y nueve cero cero cero, la cual es terreno para construir con dos casas de habitación. Situada en el distrito San Josecito, cantón San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Freddy Vindas Chacón; al sur, Lidia Ulloa Hernández; al este, Carlos Efraín Carita Ramírez y al oeste servidumbre de paso. Mide: dos mil ochocientos seis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y veinte minutos del veinte de julio del dos mil dieciocho, con la base de setenta y dos millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y veinte minutos del ocho de agosto del dos mil dieciocho con la base de veinticuatro millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Guiselle del Rocío Sánchez Hernández, Inmobiliaria Pegajosa S. A., Jorge Mario Monge Calderón, Juan Carlos Moreira Vásquez, Miguel Ángel León Valerio, Mónica María Miranda Villalta, Patricia María Arguedas Oviedo, Seicynpau Sociedad Anónima contra Freddy Oviedo Villalobos. Expediente Nº 18-002748-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 16 de marzo del 2018.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2018251589 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando 1) reservas y restricciones citas: 366-12405-01-0927-001, 2) condiciones ref:000366-12405 citas: 366-12405-01-0928-001; a las once horas y cero minutos del cuatro de julio de dos mil dieciocho, y con la base de once millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número treinta y ocho mil doscientos treinta y dos-cero cero cero la cual es terreno con patio y dos casas de habitación número 202-40-I. Situada en el distrito Guácimo, cantón Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, vía férrea; al sur, calle; al este, William Salas y al oeste, calle. Mide: trescientos ochenta metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del diecinueve de julio de dos mil dieciocho, con la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del siete de agosto de dos mil dieciocho con la base de dos millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rafael Ángel Arguedas Montero contra Blanca Rosa de los Ángeles Salas Tenorio. Exp: 18-001930-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 21 de marzo del 2018.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2018251590 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y treinta minutos del once de julio del dos mil dieciocho, y con la base de cien mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 63114-000 la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 02-Mercedes, cantón 01-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Temporalidades de la Iglesia de la Arquidiócesis de San José; al sur, calle pública con 3 metros y Rodolfo Villalobos Cordero; al este, María Elena Ramírez Ramírez; y al oeste, Rodolfo Villalobos Cordero y Ana Lorena Villegas García. Mide: ciento setenta y tres metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veintisiete de julio del dos mil dieciocho, con la base de setenta y cinco mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del catorce de agosto del dos mil dieciocho con la base de veinticinco mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Alba Lidia Barrantes Vega, Fabio Alonso Segura Barrantes, Inversiones Santobru Sociedad Anonima, José Efraín Picado Méndez, Máximo Perera Vásquez contra Álvaro Hernán de Jesús Villalobos Cordero. Expediente Nº 18-001560-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 11 de mayo del 2018.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2018251591 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y treinta minutos del diez de julio del dos mil dieciocho, y con la base de veintidós mil dólares exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 138271-001, 002, la cual es terreno para construir lote 31 con una casa. Situada: en el distrito 04-San Rafael, cantón 03-La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 29; al sur, lote 34; al este, lote 32, y al oeste, lote 30. Mide: ciento cincuenta y cinco metros con once decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de julio del dos mil dieciocho, con la base de dieciséis mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del trece de agosto del dos mil dieciocho, con la base de cinco mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inmobiliaria La Jáquima R A Sociedad Anónima contra Dagoberto Armando Salas Loría. Expediente Nº 17-008918-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 13 de abril del 2018.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2018251592 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las quince horas y quince minutos del diez de julio de dos mil dieciocho, y con la base de catorce mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos trece mil seiscientos setenta y nueve cero cero cero la cual es terreno lote dos, terreno de solar. Situada en el distrito Ceiba, cantón Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, finca Mi Mama S.A.; al sur, finca Mi Mama S.A.; al este, calle pública y al oeste, Marlene Rodríguez Salas. Mide: mil trescientos veintidós metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y quince minutos del veintiséis de julio de dos mil dieciocho, con la base de diez mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y quince minutos del trece de agosto de dos mil dieciocho con la base de tres mil seiscientos veinticinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Operativas Don Mariano de Barva Sociedad Anónima contra Christian Alberto Ugalde Porras. Expediente Nº 17-008061-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia cobro), 16 de marzo del 2018.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2018251593 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; pero soportando reservas y restricciones citas 350-19412-01-0900-001, servidumbre sirviente citas 375-04576-01-0002-001, además sobre el derecho 002 demanda ordinaria citas 800-407603-01-0001-001; a las catorce horas y cero minutos del nueve de julio del dos mil dieciocho y con la base de diez millones seiscientos noventa y cinco mil trescientos ochenta y cuatro colones con cincuenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos treinta y seis mil novecientos treinta y siete cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno para cultivos anuales. Situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Uriel Badilla; al sur, Ramona Odili Vargas Mora; al este, calle pública frente 125 m 40 cm y al oeste, Uriel Badilla Rosa Fernández. Mide: Diecisiete mil cuatrocientos setenta y dos metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de julio del dos mil dieciocho, con la base de ocho millones veintiún mil quinientos treinta y ocho colones con cuarenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del diez de agosto del dos mil dieciocho con la base de dos millones seiscientos setenta y tres mil ochocientos cuarenta y seis colones con catorce céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L. contra Hugo Alberto Vargas Badilla, María Isabel Jimenez Navarro. Exp. N° 18-001848-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 11 de mayo del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018251595 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; pero soportando reservas y restricciones citas: 319-15958-01-0932-001, a las catorce horas y cero minutos del nueve de julio del dos mil dieciocho y con la base de sesenta millones doscientos sesenta y dos mil novecientos noventa y cinco colones con nueve céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa y dos mil quinientos cuarenta y ocho cero cero cero, la cual es terreno de repasto. Situada: en el distrito 05 Cariari, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Celia Torres Delgado; al sur, Gerardo Torres Delgado; al este, calle pública con frente a ella de 134.16 metros y al oeste, Angelica Arias Agüero. Mide: diez mil cuatrocientos cincuenta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de julio del dos mil dieciocho, con la base de cuarenta y cinco millones ciento noventa y siete mil doscientos cuarenta y seis colones con treinta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del diez de agosto del dos mil dieciocho, con la base de quince millones sesenta y cinco mil setecientos cuarenta y ocho colones con setenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Asimismo libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; pero soportando reservas y restricciones citas: 319-15958-01-0932-001, a las catorce horas y cero minutos del nueve de julio del dos mil dieciocho, y con la base de catorce millones doscientos sesenta y tres mil ochocientos setenta y siete colones con treinta y seis céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento trece mil ochocientos noventa y uno cero cero cero, la cual es terreno de solar. Situada: en el distrito 05 Cariari, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Oldemar Torres Delgado; al sur, Celia Torres Delgado; al este, calle pública con frente de 20.00 metros lineales y al oeste, Oldemar Torres Delgado. Mide: cuatrocientos metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de julio del dos mil dieciocho, con la base de diez millones seiscientos noventa y siete mil novecientos ocho colones con dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del diez de agosto del dos mil dieciocho, con la base de tres millones quinientos sesenta y cinco mil novecientos sesenta y nueve colones con treinta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Ana Virginia Quirós Coto, Omar Quirós Picado. Expediente Nº 17-007086-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 11 de mayo del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018251596 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las nueve horas y treinta minutos del cinco de julio del dos mil dieciocho, y con la base de seis mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número tres mil setecientos cincuenta y cinco cero cero cero, la cual es terreno de agricultura. Situada: en el distrito 02 Jiménez, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Río Chiquito; al sur, calle pública con 9,37 centímetros; al este, Francisco Ugalde Castro, y al oeste, José Miguel Ortega Arce. Mide: cuarenta y seis mil setenta y tres metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinte de julio del dos mil dieciocho, con la base de cuatro mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del ocho de agosto del dos mil dieciocho, con la base de mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3-101-559180 S.A. contra Anita Fidelina Mora González. Expediente N° 18-000459-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 07 de mayo del 2018.—Licda. Yency Vargas Salas, Jueza.—( IN2018251619 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas 382-15875-01-0901-001, servidumbres de paso bajo las citas: 2013-193867-01-0003-001 y 2015-181972-01-0002-001; a las ocho horas y treinta minutos del cinco de julio del año dos mil dieciocho, y con la base de tres millones quinientos cuarenta y un mil noventa colones con diecinueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 531.243-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 13, Peñas Blancas cantón 2, San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Olivier y Delfín Rojas Quesada; sur, Faynier Rojas Quesada; este, Yorlene del Carmen Rojas Quesada; oeste, servidumbre de paso con frente de 18,81 metros lineales. Mide: cuatrocientos setenta y cuatro metros cuadrados. Plano: A-1769914-2014. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de julio del año dos mil dieciocho, con la base de dos millones seiscientos cincuenta y cinco mil ochocientos diecisiete colones con sesenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del ocho de agosto del año dos mil dieciocho con la base de ochocientos ochenta y cinco mil doscientos setenta y dos colones con cincuenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Brígido Álvarez Álvarez. Exp. N° 18-000313-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 15 de marzo del año 2018.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2018251620 ).

 En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones; a las nueve horas y treinta minutos del trece de agosto de dos mil dieciocho, y con la base de diecisiete millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y un mil trescientos cincuenta y ocho cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno para la agricultura lote 275. Situada en el distrito 03 Rita, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Alcides Valverde; al sur, calle publica; al este, Noel Salazar y al oeste Antonio Granados y Marvin Salazar. Mide: ciento cincuenta y dos mil setecientos diecinueve metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintinueve de agosto de dos mil dieciocho, con la base de trece millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del trece de setiembre de dos mil dieciocho con la base de cuatro millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Benicio Gerardo Corella Mora, Elva de Jesús Salazar Rodríguez. Exp. 18-000441-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 07 de junio del 2018.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2018251650 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada y de paso; a las trece horas y treinta minutos del trece de agosto del dos mil dieciocho, y con la base de veintitrés millones cuatrocientos noventa y un mil doscientos veintiséis colones con veintisiete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y siete mil ciento setenta y cinco cero cero cero, la cual es terreno de potrero para uso agrícola. Situada en el distrito 01 Guácimo, cantón 06 Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Inversiones Atlantic Jayler S. A.; al sur, Inversiones Atlantic Jayler S. A.; al este, servidumbre agrícola, y al oeste, con quebrada sin nombre. Mide: ocho mil seiscientos noventa metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintinueve de agosto del dos mil dieciocho, con la base de diecisiete millones seiscientos dieciocho mil cuatrocientos diecinueve colones con setenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y treinta minutos del trece de setiembre del dos mil dieciocho, con la base de cinco millones ochocientos setenta y dos mil ochocientos seis colones con cincuenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Ángel de Jesús Sánchez Durán. Expediente N° 18-000643-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 07 de junio del 2018.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2018251651 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del dos de julio del año dos mil dieciocho, y con la base de quince mil trescientos ochenta y siete dólares con trece centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa BMS943, marca: Chevrolet estilo: Spark Classic LTZ, categoría: automóvil capacidad: 5 personas carrocería: sedan 4 puertas hatchback, tracción: 4x2, numero de chasis: MA6CH6CD2HT000390, año fabricación: 2017 color: blanco número motor: B12D1163130068, cilindrada: 1200 combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de julio del año dos mil dieciocho, con la base de once mil quinientos cuarenta dólares con treinta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del uno de agosto del año dos mil dieciocho con la base de tres mil ochocientos cuarenta y seis dólares con setenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Giovanni de Los Ángeles Matamoros Umaña. Exp. N° 18-000109-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 16 de abril del año 2018.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Juez.—( IN2018251772 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de julio del dos mil dieciocho y con la base de doce mil ochocientos sesenta y un dólares con ochenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 909452, marca Hyundai estilo Elantra GLS categoría automóvil capacidad 5 personas, serie KMHDH41EACU198393 carrocería sedan 4 puertas tracción 4x2 número de chasis KMHDH41EACU198393 año fabricación 2012 color café número motor G4NBBA019257 cilindrada 1800, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del ocho de agosto del dos mil dieciocho, con la base de nueve mil seiscientos cuarenta y seis dólares con treinta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintitrés de agosto del dos mil dieciocho con la base de tres mil doscientos quince dólares con cuarenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Dawer Reynaldo González Sosa. Exp. N° 18-001319-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 25 de abril del 2018.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—( IN2018251773 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de julio del año dos mil dieciocho, y con la base de quince mil ochocientos un dólares con diecisiete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número DJS007. Marca Chevrolet. Estilo Spark LT. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2016. Color negro. VIN KL1CJ6CA9GC606138. Cilindrada 1400 CC. Combustible gasolina. Motor Nº LV7160430102. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de agosto del año dos mil dieciocho, con la base de once mil ochocientos cincuenta dólares con ochenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de agosto del año dos mil dieciocho con la base de tres mil novecientos cincuenta dólares con veintinueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra David José Jiménez Soto. Exp. N° 18-001596-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 02 de mayo del año 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Juez.—( IN2018251774 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y treinta minutos del veintisiete de julio del dos mil dieciocho y con la base de diez millones trescientos treinta y un mil doscientos ochenta y siete colones con siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número CL 261403, marca Nissan, estilo Navara LE, categoría carga liviana, capacidad 5 personas, año 2012, color gris, vin MNTVCUD40Z0043668, cilindrada 2488 cc., combustible diesel, motor Nº YD253858894T. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del catorce de agosto del año dos mil dieciocho, con la base de siete millones setecientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos sesenta y cinco colones con treinta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del treinta de agosto del dos mil dieciocho con la base de dos millones quinientos ochenta y dos mil ochocientos veintiún colones con setenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR SA contra Mariano Montero Quesada. Exp.  18-002356- 1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 11 de mayo del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018251775 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del nueve de julio del año dos mil dieciocho, y con la base de veintitrés mil doscientos veintiún dólares con cincuenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número CL 277493. Marca Isuzu. Estilo NMR55H-22. Categoría carga liviana. Capacidad 3 personas. Año 2014. Color Blanco. VIN JAANMR55HE7100085. Cilindrada 2800 CC. Combustible diesel. Motor Nº 4JB11F1943. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de julio del año dos mil dieciocho, con la base de diecisiete mil cuatrocientos dieciséis dólares con trece centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del nueve de agosto del año dos mil dieciocho con la base de cinco mil ochocientos cinco dólares con treinta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Marlene Yalixa Jiménez Navarro. Exp. N° 18-001570-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 27 de abril del año 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Juez.—( IN2018251776 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del treinta y uno de julio del dos mil dieciocho y con la base de veintiséis mil setecientos cincuenta y ocho dólares con treinta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número BNK798, marca Chevrolet, estilo 5, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2017, color rojo, vin 3G1B85DM3HS505524, cilindrada 1400 cc, combustible Gasolina, motor Nº 2D1HS505524. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del diecisiete de agosto del dos mil dieciocho, con la base de veinte mil sesenta y ocho dólares con setenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del uno de setiembre del dos mil dieciocho, con la base de seis mil seiscientos ochenta y nueve dólares con sesenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Angela Margarita Mata Montero. Expediente N° 18-002357-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 18 de mayo del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018251777 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las nueve horas y cero minutos del dieciséis de julio del dos mil dieciocho y con la base de veintitrés mil novecientos cuarenta dólares con setenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número BJQ-806, marca Hyundai, estilo Tucson GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2016, color vino, vin KMHJ2813AGU064025, cilindrada 2000 cc., combustible gasolina, motor Nº G4NAFU068623. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de agosto del dos mil dieciocho, con la base de diecisiete mil novecientos cincuenta y cinco dólares con cincuenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veinte de agosto del dos mil dieciocho con la base de cinco mil novecientos ochenta y cinco dólares con dieciocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A., contra Keylor Eduardo Gutiérrez Víctor. Exp. N° 18-002457-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 23 de mayo del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Juez.—( IN2018251778 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las nueve horas y cero minutos del dieciséis de julio del dos mil dieciocho, y con la base de doce mil setecientos cincuenta y un dólares con cuarenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número BGZ-180, marca Hyundai, estilo Grand I10 GLS, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2015, color blanco, vin MALA841CAFM054700, cilindrada 1200 cc, combustible gasolina, motor Nº G4LAEM416202. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de agosto del dos mil dieciocho, con la base de nueve mil quinientos sesenta y tres dólares con sesenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del veinte de agosto del dos mil dieciocho, con la base de tres mil ciento ochenta y siete dólares con ochenta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S.A contra Moisés Antonio Jiménez Baltodano. Expediente N° 18-002465-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 22 de mayo del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018251779 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del cuatro de julio del dos mil dieciocho y con la base de siete millones ciento setenta y un mil ciento sesenta y dos colones con treinta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cuarenta y un mil doscientos setenta y cinco cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito 03 Orosi, cantón 02 Paraiso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, María Rosa Sánchez Piedra y Beiby Sánchez Piedra; al sur, calle pública con frente de 7.65 metros y Silvia Sánchez Otárola; al este, Ileana y Jesús Evelio ambos Granados Solano y al oeste, Ana Victoria Granados Garita y Xinia María González Artavia. Mide: cuatrocientos sesenta y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de julio del dos mil dieciocho, con la base de cinco millones trescientos setenta y ocho mil trescientos setenta y un colones con setenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del ocho de agosto del dos mil dieciocho con la base de un millón setecientos noventa y dos mil setecientos noventa colones con cincuenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jorge Arturo Sánchez Otárola, María Lorena Salazar Moya. Expediente Nº 17-017722-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 16 de mayo del 2018.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2018251780 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones, pero soportando infracciones/colisiones boleta: 3000684768 sumaria: 18-000851-0489-TR; a las once horas y cero minutos del dieciséis de julio del año dos mil dieciocho, y con la base de catorce mil quinientos cuarenta y seis dólares con setenta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BGM-774. Marca Hyundai. Estilo accent GL. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2014. Color azul. VIN KMHCT41DAEU549342. Cilindrada 1600 CC. Combustible gasolina. Motor Nº G4FCDU453897. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del uno de agosto del año dos mil dieciocho, con la base de diez mil novecientos diez dólares con ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veinte de agosto del año dos mil dieciocho con la base de tres mil seiscientos treinta y seis dólares con sesenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Danny Alonso Jiménez Agüero, Field Data Service Sociedad Anónima. Exp. N° 18-002472-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 23 de mayo del año 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Juez.—( IN2018251781 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las diez horas y cero minutos del nueve de julio del año dos mil dieciocho y con la base de dieciséis mil ochocientos veintiocho dólares con noventa y siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número BFK-765, marca Hyundai, estilo Accent GL., categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2014, color rojo, vin KMHCT41DAEU505812, cilindrada 1600 cc., combustible gasolina, motor Nº G4FCDU392235. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veinticuatro de julio del año dos mil dieciocho, con la base de doce mil seiscientos veintiún dólares con setenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del diez de agosto del dos mil dieciocho con la base de cuatro mil doscientos siete dólares con veinticuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A., contra Catalina de Los Ángeles Leitón Esquivel. Exp. N° 18-002485-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 21 de mayo del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Juez.—( IN2018251782 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones, pero soportando infracciones/colisiones boleta: 2017206400621 sumaria: 17-003780-0496-TR; a las ocho horas y treinta minutos del nueve de julio del dos mil dieciocho, y con la base de catorce mil doscientos nueve dólares con quince centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas número BJB-491. Marca Hyundai. Estilo I10 GL. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2016. Color blanco. Vin MALAM51BAGM629242. Cilindrada 1100 c.c. Combustible gasolina. Motor Nº G4HGFM888430. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de julio del dos mil dieciocho, con la base de diez mil seiscientos cincuenta y seis dólares con ochenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de agosto del dos mil dieciocho con la base de tres mil quinientos cincuenta y dos dólares con veintinueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Rotsen Daniel Gutiérrez Silva. Expediente Nº 18-002487-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 21 de mayo del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018251783 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cero minutos del veintisiete de julio del dos mil dieciocho y con la base de diecisiete mil novecientos un dólares con noventa y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas BMY146, marca Hyundai, estilo Grand I10 GLS, categoría automóvil, capacidad 5 personas, serie MALA841CAHM235328, carrocería sedan 4 puertas, tracción 4x2, número de chasis MALA841CAHM235328, año fabricación 2017, color plateado, número motor G4LAGM306087, cilindrada 1200, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del trece de agosto del dos mil dieciocho, con la base de trece mil cuatrocientos veintiséis dólares con cuarenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiocho de agosto del dos mil dieciocho con la base de cuatro mil cuatrocientos setenta y cinco dólares con cuarenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Vielka Carolina Monge Torres. Expediente Nº 18-001333-1200-CJ. Para evitar futuras nulidades procesales y demoras innecesarias en la tramitación del proceso se le advierte a la parte actora, verificar que los datos consignados en el edicto ordenado se encuentren correctamente. Lo anterior con la finalidad de corregir cualquier error material previo a la respectiva publicación del mismo.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 27 de abril del 2018.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—( IN2018251784 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de julio del dos mil dieciocho y con la base de diecisiete millones ciento diez mil setecientos treinta y cuatro colones con setenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas BLP 428, marca: Hyundai, estilo: H 1, categoría: microbús, capacidad: 12 personas, serie: KMJWA37KBGU778726, carrocería: microbús, tracción: 4X2, N° de chasis: KMJWA37KBGU778726, año: fabricación: 2016, color: blanco, N° de motor: D4CBF853414, cilindrada: 2500, combustible: diesel. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de setiembre del dos mil dieciocho, con la base de doce millones ochocientos treinta y tres mil cincuenta y un colones con nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de setiembre del dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones doscientos setenta y siete mil seiscientos ochenta y tres colones con setenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A., contra Jindrich Arturo Martínez Vallecillo. Expediente: 18-001361-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 30 de abril del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018251785 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones boleta 2014214700325 sumaria: 14-005285-0174-TR; a las ocho horas y cero minutos del diez de julio del dos mil dieciocho, y con la base de dos mil cuatrocientos cincuenta y ocho dólares con noventa y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas número PB 001730. Marca Hyundai. Estilo H-1 SVX. Categoría microbús. Capacidad 12 personas. Año 2006. Color gris. Vin KMJWWH7HP6U713867. Cilindrada 2500 c.c. Combustible diesel. Motor Nº D4BH5223361. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de julio del dos mil dieciocho, con la base de mil ochocientos cuarenta y cuatro dólares con veinte centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del trece de agosto del dos mil dieciocho con la base de seiscientos catorce dólares con setenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Maureen María Méndez Solís. Expediente Nº 18-001593-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 27 de abril del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018251786 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cero minutos del treinta y uno de julio del dos mil dieciocho y con la base de catorce mil novecientos treinta y nueve dólares con noventa centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número BMZ790, marca Chevrolet, estilo Spark Classic LTZ, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2017, color plateado, vin MA6CH6CD0HT000730, cilindrada 1200 cc, combustible gasolina, motor N° B12D1170020075. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciséis de agosto del año dos mil dieciocho, con la base de once mil doscientos cuatro dólares con noventa y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del treinta y uno de agosto del dos mil dieciocho, con la base de tres mil setecientos treinta y cuatro dólares con noventa y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Alejandro Jose Guerrero Hernández. Expediente: 18-002361-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 11 de mayo del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018251787 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del dieciocho de julio del dos mil dieciocho, y con la base de cuatro mil seiscientos treinta y seis dólares con cuarenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placa número BCF438, marca: Chevrolet, estilo: Spark LS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: KL1MJ6C47CC133719, carrocería: sedan 4 puertas hatchback, tracción: 4X2, número de chasis: KL1MJ6C47CC133719, año fabricación: 2012, color: plateado, número motor: A08S3881787KC2, cilindrada: 800, combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dos de agosto del dos mil dieciocho, con la base de tres mil cuatrocientos setenta y siete dólares con treinta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil dieciocho con la base de mil ciento cincuenta y nueve dólares con doce centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Luis Fernando Quirós Morales. Expediente Nº 18-000026-1200-CJ. Para evitar futuras nulidades procesales y demoras innecesarias en la tramitación del proceso se le advierte a la parte actora, verificar que los datos consignados en el edicto ordenado se encuentren correctamente. Lo anterior con la finalidad de corregir cualquier error material previo a la respectiva publicación del mismo.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), (Materia Cobro), 18 de abril del 2018.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Juez.—( IN2018251791 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del tres de julio del dos mil dieciocho y con la base de diecisiete mil doscientos cuatro dólares con setenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas SRC506, marca Hyundai estilo Elantra GLS, categoría automóvil, capacidad 5 personas, serie KMHDH41EAEU860623, carrocería sedan 4 puertas, tracción 4x2, N° de chasis KMHDH41EAEU860623, año fabricación 2014, color blanco, N° motor G4NBDU699248, cilindrada 1800, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de julio del dos mil dieciocho, con la base de doce mil novecientos tres dólares con cincuenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de agosto del dos mil dieciocho, con la base de cuatro mil trescientos un dólares con dieciocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Israel Saeed León González. Expediente: 18-000086-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 18 de abril del 2018.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—( IN2018251792 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión con la boleta N° 2016317100025, sumaria 16-000885-0489-TR, a las ocho horas y cero minutos del veintiséis de julio del dos mil dieciocho y con la base de dos millones ochocientos cuarenta y seis mil seiscientos setenta y seis colones con ochenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa AB-003970, marca: Toyota, estilo: Hiace, categoría: transporte colectivo interurbano, capacidad: 16, serie: JTFSK22P000001021,k carrocería: microbús, tracción: 4X2, peso bruto: 2500, N° de chasis: JTFSK22P000001021, año fabricación: 2006, color: blanco, N° motor: 5L5571148, cilindrada: 3000, combustible: diesel. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diez de agosto del dos mil dieciocho, con la base de dos millones ciento treinta y cinco mil siete colones con sesenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintisiete de agosto del dos mil dieciocho, con la base de setecientos once mil seiscientos sesenta y nueve colones con veintidós céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S.A., contra Federico Ramírez Álvarez. Expediente: 18-001328-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 27 de abril del 2018.—Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—( IN2018251793 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, soportando Infracciones con la boleta 2016321500296 con la sumaria 16-004961-0489-TR; a las catorce horas y cero minutos del dos de julio del dos mil dieciocho y con la base de cinco mil cuatrocientos cincuenta y seis dólares con veintiún centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 898336, marca Hyundai, estilo Accent GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, carrocería sedan 4 puertas, tracción 4x2, número de chasis KMHCT41DACU056560, año fabricación 2012, color café, número motor G4FCBU241239, cilindrada 1600, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diecisiete de julio del dos mil dieciocho, con la base de cuatro mil noventa y dos dólares con dieciséis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del uno de agosto del dos mil dieciocho con la base de mil trescientos sesenta y cuatro dólares con cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de IMCR Fiduciaria CT Sociedad Anónima contra Víctor Zolin Conde. Expediente Nº 18-000129-1200-CJ. Para evitar futuras nulidades procesales y demoras innecesarias en la tramitación del proceso se le advierte a la parte actora, verificar que los datos consignados en el edicto ordenado se encuentren correctamente. Lo anterior con la finalidad de corregir cualquier error material previo a la respectiva publicación del mismo.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 17 de abril del 2018.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—( IN2018251794 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de julio del dos mil dieciocho, y con la base de dos millones doscientos ochenta y cinco mil cuatrocientos setenta y tres colones con cincuenta y cuatro céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: Placa: BDW804, marca: Toyota, estilo: Echo, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: JTDBT123X35044110, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, número de chasis: JTDBT123X35044110, año fabricación: 2003, color: gris, número motor: 1NZ2491289, cilindrada: 1500, combustible: gasolina. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de agosto del dos mil dieciocho, con la base de un millón setecientos catorce mil ciento cinco colones con dieciséis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintisiete de agosto del dos mil dieciocho, con la base de quinientos setenta y un mil trescientos sesenta y ocho colones con treinta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Walther José Sánchez Tenorio. Para evitar futuras nulidades procesales y demoras innecesarias en la tramitación del Proceso se le advierte a la parte actora, verificar que los datos consignados en el edicto ordenado se encuentren correctamente. Lo Anterior con la finalidad de corregir cualquier error material previo a la respectiva publicación del mismo. Expediente Nº 18-001326-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 26 de abril del 2018.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—( IN2018251795 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las ocho horas y treinta minutos del nueve de julio del dos mil dieciocho y con la base de doce mil veintinueve dólares con quince centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número BMK-901, marca Chevrolet, estilo Sonic LT, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2016, color negro, vin 3G1J86CC4GS591645, cilindrada 1600 cc, combustible gasolina, motor N° LDE160075043. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de julio del dos mil dieciocho, con la base de nueve mil veintiún dólares con ochenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de agosto del dos mil dieciocho, con la base de tres mil siete dólares con veintinueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Cristian Fernando Solano Solano. Expediente: 18-002365-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 16 de mayo del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018251796 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del treinta y uno de julio del dos mil dieciocho y con la base de diez mil ciento cuarenta y cinco dólares con cincuenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número BLV746, marca Hyundai, estilo Accent GL., categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2017, color blanco, vin KMHCT41BEHU165631, cilindrada 1400 cc., combustible gasolina, motor Nº G4LCGU633103. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil dieciocho, con la base de siete mil seiscientos nueve dólares con trece centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del uno de setiembre del dos mil dieciocho con la base de dos mil quinientos treinta y seis dólares con treinta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Deiner Josué Mora Artavia. Expediente Nº 18-002367-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 18 de mayo del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018251797 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones boleta: 2017233900644, sumaria: 17-006433-0497-TR, a las quince horas y cero minutos del diecinueve de julio del dos mil dieciocho, y con la base de siete mil ciento noventa y siete dólares con ochenta centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: Placas Nº: 910214, marca: Hyundai, estilo: Tucson GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2012, color: rojo, vin: KMHJT81BACU378794, cilindrada: 2000 CC, combustible: gasolina, motor Nº: G4KDBU517291. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y cero minutos del siete de agosto del dos mil dieciocho, con la base de cinco mil trescientos noventa y ocho dólares con treinta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cero minutos del veintitrés de agosto del dos mil dieciocho, con la base de mil setecientos noventa y nueve dólares con cuarenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Juan Luis Villalobos Vargas. Expediente Nº 18-001589-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 02 de mayo del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018251798 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las catorce horas y cero minutos del dieciséis de julio del dos mil dieciocho y con la base de nueve mil ciento setenta y cinco dólares con ochenta y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número VJR-777, marca Hyundai, estilo: Accent GL, categoría automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2013, color: gris, vin: KMHCT41DADU380840, cilindrada: 1600 cc, combustible: gasolina, motor N° G4FCCU404771. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del uno de agosto del dos mil dieciocho, con la base de seis mil ochocientos ochenta y un dólares con ochenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de agosto del dos mil dieciocho, con la base de dos mil doscientos noventa y tres dólares con noventa y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S.A. contra Ana Lorena Solano Chinchilla. Expediente: 18-002455-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 22 de mayo del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Juez.—( IN2018251799 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las diez horas y treinta minutos del nueve de julio del dos mil dieciocho, y con la base de once mil ochocientos setenta y un dólares con cuarenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas número BJR-129. Marca Chevrolet. Estilo Spark LT. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2015. Color verde. Vin KL1CM6CD7FC809531. Cilindrada 1200 c.c. Combustible gasolina. Motor Nº B12D1375650KD3. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de julio del dos mil dieciocho, con la base de ocho mil novecientos tres dólares con cincuenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del diez de agosto del dos mil dieciocho con la base de dos mil novecientos sesenta y siete dólares con ochenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Susana de los Ángeles Ureña Barrantes. Expediente Nº 18-002477-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 21 de mayo del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018251800 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y cero minutos del dos de julio del dos mil dieciocho y con la base de catorce mil cincuenta y seis dólares con setenta y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas: BKH957, marca: Chevrolet, estilo: Spark LT, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan, 4 puertas Hatchback, tracción: 4X2, N° de chasis: KL1CJ6CA1GC558862, año fabricación: 2016, color: blanco, N° motor: LV7153020476, cilindrada: 1400, combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del diecisiete de julio del dos mil dieciocho, con la base de diez mil quinientos cuarenta y dos dólares con cincuenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del uno de agosto del dos mil dieciocho, con la base de tres mil quinientos catorce dólares con diecinueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A., contra Allan Jesús Ruiz Araya. Para evitar futuras nulidades procesales y demoras innecesarias en la tramitación del proceso se le advierte a la parte actora, verificar que los datos consignados en el edicto ordenado se encuentren correctamente. Lo anterior con la finalidad de corregir cualquier error material previo a la respectiva publicación del mismo Expediente: 18-000104-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 18 de abril del 2018.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Juez.—( IN2018251801 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del veintisiete de julio del dos mil dieciocho y con la base de doce mil trescientos setenta y dos dólares con sesenta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número MVS 974, marca Hyundai, estilo Elantra GLS., categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2013, color plateado, vin KMHDH41EBDU688526, cilindrada 1800 cc., combustible gasolina, motor Nº G4NBCU300016. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del catorce de agosto del dos mil dieciocho, con la base de nueve mil doscientos setenta y nueve dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de agosto del dos mil dieciocho con la base de tres mil noventa y tres dólares con diecisiete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Adriana Sanabria González. Expediente Nº 18-001594-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 27 de abril del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018251802 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción con la boleta 2017246700854, con la sumaria: 17-009247-0174-TR, infracción con la boleta 30000586134, sumaria 17-601178-0491-TC; a las ocho horas y cero minutos del tres de julio del dos mil dieciocho y con la base de trece mil trescientos treinta y nueve dólares con veintidós centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas BHL 211, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4X2, N° de chasis: KMHCT41BAEU513923, año fabricación: 2014, color: azul, N° motor: G4LCDU066128, cilindrada: 1400, combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciocho de julio del dos mil dieciocho, con la base de diez mil cuatro dólares con cuarenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del dos de agosto del dos mil dieciocho, con la base de tres mil trescientos treinta y cuatro dólares con ochenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Edwin Gerardo Calvo Meléndez. Expediente: 18-000081-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 18 de abril del 2018.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—( IN2018251804 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones con la boleta 2017-235300307 con la sumaria 17-601554-0491-TC; a las nueve horas y cero minutos del dos de julio del dos mil dieciocho, y con la base de cuatro millones trescientos veinticinco mil seiscientos noventa y tres colones con veintisiete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placa BLS535. Marca: Toyota. Estilo: Yaris. Categoría: automóvil. Capacidad: 5 personas. Carrocería: sedan 4 puertas. Tracción: 4X2. Año fabricación: 2008. Color: azul. Número motor: ilegible. Cilindrada: 1500. Combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de julio del dos mil dieciocho, con la base de tres millones doscientos cuarenta y cuatro mil doscientos sesenta y nueve colones con noventa y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de agosto del dos mil dieciocho con la base de un millón ochenta y un mil cuatrocientos veintitrés colones con treinta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Lilliana Corrales López. Expediente Nº 18-000099-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 16 de abril del 2018.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—( IN2018251805 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y cero minutos del diez de julio del dos mil dieciocho y con la base de tres millones setecientos veinticinco mil cuatrocientos cincuenta y ocho colones con cincuenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas Nº BJM704, marca Toyota, estilo Yaris, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2008, color rojo, vin JTDBT923984010722, cilindrada 1500 cc, combustible gasolina, motor número no indica. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiséis de julio del dos mil dieciocho, con la base de dos millones setecientos noventa y cuatro mil noventa y tres colones con ochenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del trece de agosto del dos mil dieciocho con la base de novecientos treinta y un mil trescientos sesenta y cuatro colones con sesenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Dennis Fabián Alcázar Chavarría, expediente Nº 18-001330-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia cobro), 26 de abril del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018251806 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del veintiséis de julio del dos mil dieciocho y con la base de siete mil quinientos sesenta y siete dólares con cinco centavos , en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa BDD047, marca: Chevrolet, estilo: Spark LS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: KL1MJ6C41DC000505, carrocería: Sedan 4 puertas, hatchback, tracción: 4X2, año fabricación: 2013, color: azul, N° motor: A08S3951924KC2, cilindrada: 800, combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diez de agosto del dos mil dieciocho, con la base de cinco mil seiscientos setenta y cinco dólares con veintinueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintisiete de agosto del dos mil dieciocho, con la base de mil ochocientos noventa y un dólares con setenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Yanina de la Trinidad Alfaro Aguirre. Para evitar futuras nulidades procesales y demoras innecesarias en la tramitación del proceso se le advierte a la parte actora, verificar que los datos consignados en el edicto ordenado se encuentren correctamente. Lo anterior con la finalidad de corregir cualquier error material previo a la respectiva publicación del mismo. Expediente: 18-001580-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 2 de mayo del 2018.—Lic. Eder Aguilar Jiménez, Juez.—( IN2018251807 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y cero minutos del treinta de julio del dos mil dieciocho, y con la base de diecisiete mil novecientos treinta y ocho colones con diez céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas número BLZ897. Marca Hyundai. Estilo 120 GL. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2017. Color gris. Vin MALBM51CBHM255422. Cilindrada 1400 c.c. Combustible gasolina. Motor Nº G4LCGU583475. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del dieciséis de agosto del dos mil dieciocho, con la base de trece mil cuatrocientos cincuenta y tres colones con cincuenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del treinta y uno de agosto del dos mil dieciocho con la base de cuatro mil cuatrocientos ochenta y cuatro colones con cincuenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Efrén Amador Tellez. Expediente Nº 18-002366-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 11 de mayo del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018251808 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las catorce horas y cero minutos del treinta de julio del dos mil dieciocho y con la base de treinta y tres mil noventa y cinco dólares con cincuenta y ocho centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas Nº BCC251, marca Chevrolet, estilo Tahoe LTZ, categoría automóvil, capacidad 8 personas, año 2012, color negro, vin 1GNSK6E00CR211981, cilindrada 5300 cc, combustible Gashol, motor Nº sin número. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciséis de agosto del dos mil dieciocho, con la base de veinticuatro mil ochocientos veintiún dólares con sesenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas del treinta y uno de agosto del dos mil dieciocho, con la base de ocho mil doscientos setenta y tres dólares con noventa centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Ana Sefora Carranza Sánchez, Desarrollos de Proyectos Sol Flamingo Sociedad Anónima. Expediente Nº 18-000120-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 14 de mayo del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018251809 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones, pero soportando infracciones/colisiones boleta: 2017317700713 sumaria: 17-006843-0174-TR, a las diez horas y cero minutos del nueve de julio del año dos mil dieciocho, y con la base de quince mil setenta y siete dólares con noventa y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas Nº BFV-385, marca Hyundai, estilo Elantra GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2014, color plateado, Vin KMHDG41EAEU992120, cilindrada 1800 c.c combustible gasolina, motor Nº G4NBDU831190. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veinticuatro de julio del año dos mil dieciocho, con la base de once mil trescientos ocho dólares con cuarenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del diez de agosto del año dos mil dieciocho con la base de tres mil setecientos sesenta y nueve dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Alicia Isabel Barquero González, expediente Nº 18-002379-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 21 de mayo del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018251810 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones, pero soportando infracciones/colisiones boleta: 2017315300294 sumaria: 17- 006666-0489-TR; a las catorce horas y treinta minutos del nueve de julio del dos mil dieciocho y con la base de setecientos ochenta y tres mil seiscientos sesenta y tres colones con cincuenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas N° 654898, marca: Hyundai, estilo: Elantra, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2005, color: dorado, vin: KMHDN46D75U051026, cilindrada: 2000 cc, combustible: gasolina, motor N° G4GC4161132. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de julio del dos mil dieciocho, con la base de quinientos ochenta y siete mil setecientos cuarenta y siete colones con sesenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del diez de agosto del dos mil dieciocho, con la base de ciento noventa y cinco mil novecientos quince colones con noventa céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra David Andrés García Rojas. Expediente: 18-002385-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 21 de mayo del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Juez.—( IN2018251811 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y cero minutos del dieciséis de julio del dos mil dieciocho, y con la base de once mil ciento cuarenta y nueve dólares con noventa y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas número BDL-732. Marca Hyundai. Estilo Elantra GL. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2013. Color azul. Vin KMHDG41EADU753839. Cilindrada 1800 c.c. Combustible gasolina. Motor Nº G4NBCU363666. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del uno de agosto del dos mil dieciocho, con la base de ocho mil trescientos sesenta y dos dólares con cuarenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veinte de agosto del dos mil dieciocho con la base de dos mil setecientos ochenta y siete dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Estación de Servicio Panamericana Sociedad Anónima. Expediente Nº 18-002442-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 22 de mayo del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018251812 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones, pero soportando infracciones/colisiones boleta: 3000682890 sumaria: 17-010880-0489-TR; a las catorce horas y treinta minutos del dieciséis de julio del dos mil dieciocho, y con la base de once mil novecientos treinta y nueve dólares con veintinueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas número BHL-344, marca Hyundai, estilo I10 GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2015, color negro, vin MALAM51BAFM596442, cilindrada 1100 cc., combustible gasolina, motor Nº G4HGEM856908. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciocho, con la base de ocho mil novecientos cincuenta y cuatro dólares con cuarenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinte de agosto del dos mil dieciocho con la base de dos mil novecientos ochenta y cuatro dólares con ochenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Ana Yamileth Calderón Chinchilla. Expediente Nº 18-002476-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 23 de mayo del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018251813 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas y treinta minutos del nueve de julio del año dos mil dieciocho, y con la base de diecisiete mil trescientos ocho dólares con sesenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas Nº BDC-913, marca Hyundai, estilo Santa Fe GL, categoría automóvil, capacidad 7 personas, año 2013, color beige, vin KMHST81CDDU088730, cilindrada 2400 cc., combustible gasolina, motor Nº G4KECU942685. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de julio del año dos mil dieciocho, con la base de doce mil novecientos ochenta y un dólares con cuarenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de agosto del año dos mil dieciocho con la base de cuatro mil trescientos veintisiete dólares con dieciséis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra María Lourdes Delgado Lobo, expediente Nº 18-002480-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia cobro), 21 de mayo del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Juez.—( IN2018251814 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones, pero soportando infracciones/colisiones boleta: 2017-61200519 sumaria: 17-603295-0500-TC, así como infracciones/colisiones boleta: 2017320000013 sumaria: 17-001142-0489-TR; a las nueve horas y treinta minutos del nueve de julio del año dos mil dieciocho, y con la base de cuatro mil cincuenta y cuatro dólares con noventa centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número VGM-053. Marca Chevrolet. Estilo Sonic LT. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2012. Color Negro. Vin KL1JJ5CE9CB122569. Cilindrada 1600 CC. Combustible gasolina. Motor Nº F16D4349477KA. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de julio del año dos mil dieciocho, con la base de tres mil cuarenta y un dólares con dieciocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de agosto del año dos mil dieciocho con la base de mil trece dólares con setenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A., contra Allan Alberto Campos Castro. Exp. N° 18-002490-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Perez Zeledón) (Materia Cobro), 21 de mayo del 2018.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018251815 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del dos de julio del dos mil dieciocho, y con la base de diecinueve mil ochocientos treinta y un dólares con sesenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas BNS524, marca Chevrolet, estilo Sonic LT, categoría automóvil, capacidad 5 personas, carrocería sedan 4 puertas hatchback, tracción 4x2, número de chasis 3G1J86CC0HS528348, año fabricación 2017, color plateado, número motor LDE162025729, cilindrada 1600, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de julio del dos mil dieciocho, con la base de catorce mil ochocientos setenta y tres dólares con setenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del uno de agosto del dos mil dieciocho con la base de cuatro mil novecientos cincuenta y siete dólares con noventa y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Iván José Chaves Salas. Expediente Nº 18-000094-1200-CJ. Para evitar futuras nulidades procesales y demoras innecesarias en la tramitación del proceso se le advierte a la parte actora, verificar que los datos consignados en el edicto ordenado se encuentren correctamente. Lo anterior con la finalidad de corregir cualquier error material previo a la respectiva publicación del mismo.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 17 de abril del 2018.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—( IN2018251816 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del treinta y uno de julio del dos mil dieciocho, y con la base de un millón cuatrocientos treinta y nueve mil setecientos cincuenta y ocho colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: Placas Nº: BFH583, marca: Toyota, estilo: Yaris, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2014, color: plateado, vin: JTDBT92320L051848, cilindrada: 1496 CC, combustible: gasolina, motor Nº: 1NZE443138. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciséis de agosto del dos mil dieciocho, con la base de un millón setenta y nueve mil ochocientos dieciocho colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta y uno de agosto del dos mil dieciocho, con la base de trescientos cincuenta y nueve mil novecientos treinta y nueve colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Braxis Cerna Arroyo. Expediente Nº 18-002368-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 11 de mayo del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2018251817 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las catorce horas y treinta minutos del nueve de julio del dos mil dieciocho y con la base de nueve mil novecientos ochenta y ocho dólares con treinta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número DVM-579, marca: Chevrolet, estilo: Spark LS, categoría: automóvil, capacidad 5 personas, año: 2014, color: gris, vin: KL1CJ6C1XEC534315, cilindrada: 1000 cc, combustible: gasolina, motor N° B10D1147889KD3. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de julio del dos mil dieciocho, con la base de siete mil cuatrocientos noventa y un dólares con veintitrés centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del diez de agosto del dos mil dieciocho, con la base de dos mil cuatrocientos noventa y siete dólares con ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S.A. contra Jacqueline Eras Martínez. Expediente: 18-002484-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 21 de mayo del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Juez.—( IN2018251818 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las quince horas (3:00 p.m.) del veintitrés de agosto del año dos mil dieciocho, y con la base de cuarenta y un millones trece mil ochocientos catorce colones con veintiséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 147916-000 la cual es terreno lote terreno para construir. Situada en el distrito 01 Paraíso, cantón 01 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Víctor Hugo Jarquín Coto; al sur, Alfonso Brenes Barquero; al este, Rómulo Madrigal Marín y al oeste, calle pública con frente de 7,20 metros. Mide: ciento sesenta y seis metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas(3:00 p.m.) del seis de setiembre del año dos mil dieciocho, con la base de treinta millones setecientos sesenta mil trescientos sesenta colones con setenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas(03:00 p.m.) del veintiuno de setiembre del año dos mil dieciocho con la base de diez millones doscientos cincuenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y tres colones con cincuenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra José Alejandro Masís Segura, expediente Nº 17-012057-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 06 de junio del 2018.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2018251820 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 200-04658-01-0901-001 y demanda ordinaria laboral bajo la sumaria Nº 17-000295-1550-LA, a las quince horas y cero minutos del tres de julio del dos mil dieciocho, y con la base de treinta y cuatro mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 97239-F-000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número nueve apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito: La Trinidad, cantón: Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, juegos infantiles; al sur, finca filial número diez; al este, Vilma González Montero, y al oeste, calle privada del condominio. Mide: ciento cincuenta y tres metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y cero minutos del dieciocho de julio del dos mil dieciocho, con la base de veinticinco mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cero minutos del siete de agosto del dos mil dieciocho, con la base de ocho mil seiscientos veinticinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rolando de la Trinidad Calderón Segura contra Grupo G Constructora Sociedad Anónima. Expediente Nº 18-004567-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de mayo del 2018.—Licda. Mariela Porras Retana, Jueza.—( IN2018251892 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones sumaria 17-004324-0496-TR; a las catorce horas y treinta minutos del siete de noviembre del dos mil dieciocho y con la base de tres millones doscientos noventa y dos mil seiscientos ochenta y seis colones con noventa y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placa BJD592, marca Toyota, estilo Yaris, categoría automóvil, año 2007, color gris, Vin JTDBT923671055942, N° motor no visible, cilindrada 1500 cc., combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintidós de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de dos millones cuatrocientos sesenta y nueve mil quinientos quince colones con diecinueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del siete de diciembre del dos mil dieciocho con la base de ochocientos veintitrés mil ciento setenta y un colones con setenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Inversiones González y Vargas de San José S. A. contra Sharon Rebeca González Calvo. Expediente Nº 18-005594-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 01 de junio del 2018.—Lic. Verny Arias Vega, Juez.—( IN2018251835 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre sirviente, bajo las citas: 380-02954-01-0001-001, servidumbres de anclas bajo las citas: 2011-59387-01-0001-001, 2011-00059387-01-0002-001, 2010059387-01-0003-001, 2011-00059387-01-0004-001, 2011-00059387-01-0005-001 y 2011-00059387-01-0006-001, servidumbre de paso bajo las citas: 2011-97919-01-0002-001; a las nueve horas y treinta minutos del trece de julio del dos mil dieciocho, y con la base de tres millones seiscientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 484353-000, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 05, Venecia, cantón: 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, resto reservado; al sur, calle pública; al este, servidumbre de paso y al oeste, resto reservado. Mide: doscientos ochenta y dos metros cuadrados. Plano: A-1491387-2011. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta y uno de julio del dos mil dieciocho, con la base de dos millones setecientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil dieciocho con la base de novecientos doce mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Marlyn Jessenia Gómez Romero. Expediente Nº 17-004248-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 27 de abril del 2018.—Licda. Dinia Peraza Delgado, Jueza.—( IN2018251926 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de aguas pluviales bajo las citas 0430-00019498-01-0001-001, servidumbre de cloaca bajo las citas 0430-00019498-01-0003-001; a las trece horas y veinte minutos del seis de agosto de dos mil dieciocho y con la base de diez millones setecientos cincuenta y siete mil doscientos veinticuatro colones con ochenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número F-019284 cero cero cero, la cual es terreno filial número sesenta y siete a planta baja, destinada a uso habitacional, en proceso de construcción. Situada en el distrito 07 Uruca, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, filial 68a; al sur, filial 66a; al este, áreas comunes y al oeste, filial 64A. Mide: cuarenta y dos metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados plano SJ-0966052-2004. Para el segundo remate se señalan las trece horas y veinte minutos del veintitrés agosto de dos mil dieciocho, con la base de ocho millones sesenta y siete mil novecientos dieciocho colones con sesenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y veinte minutos del diez de setiembre de dos mil dieciocho con la base de dos millones seiscientos ochenta y nueve mil trescientos seis colones con veinte céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Piemonte contra Alejandrina Alvarado Atencio. Exp. N° 12-003867-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 22 de diciembre del 2017.—Licda. Alba Aurora Ramírez Bazán, Jueza.—( IN2018251937 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de aguas pluviales citas: 430-19498-01-0001-001, servidumbre de cloaca citas: 430-19498-01-0003-001, hipoteca en primer grado citas: 2009-34854-01-0002-001 e hipoteca en segundo grado citas: 2011-18523-01-0003-001; a las trece horas con veinte minutos del veintinueve de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de once millones ciento cincuenta y seis mil setecientos veintiocho colones con noventa y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real diecinueve mil doscientos veintiocho, matrícula número F-cero cero cero la cual es terreno filial número once A, planta baja, destinada a uso habitacional, en proceso de construcción. Situada en el distrito Uruca, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Fabio Mena S. A.; al sur, Filial 11 A; al este, filial 32 A; y al oeste, áreas comunes. Mide: cuarenta y cinco metros con treinta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas con veinte minutos del catorce de diciembre del dos mil dieciocho, con la base de ocho millones trescientos sesenta y siete mil quinientos cuarenta y seis colones con setenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas con veinte minutos del diez de enero del dos mil diecinueve con la base de dos millones setecientos ochenta y nueve mil ciento ochenta y dos colones con veintitrés céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Piemonte contra Sociedad Civil los SFD de la Villa del Parque de Oro. Expediente Nº 16-003619-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 04 de abril del 2018.—M.Sc. Zary Navarro Zamora, Juez.—( IN2018251938 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 0358-00008508-01-0937-001 y 0395-00003669-01-0020-001; a las nueve horas y cero minutos del dieciséis de agosto de dos mil dieciocho y con la base de veinticinco millones seiscientos dos mil ochocientos veintiséis colones con treinta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cincuenta y ocho mil trescientos sesenta y nueve cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle con un frente de 20 metros; al sur, Juan González Chavarría; al este, Juan González Chavarría y al oeste, Juan González Chavarría. Mide: mil metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de agosto de dos mil dieciocho, con la base de diecinueve millones doscientos dos mil ciento diecinueve colones con setenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de setiembre de dos mil dieciocho con la base de seis millones cuatrocientos mil setecientos seis colones con cincuenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Warner Yber Ramon González Montero. Exp. N° 17-000188-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 03 de mayo del 2018.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2018251944 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando demanda penal citas 2015-329608-01-0001-001; a las quince horas y cero minutos del veintiséis de julio del dos mil dieciocho, y con la base de cincuenta millones doscientos noventa y ocho mil doscientos setenta y un colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y dos mil seiscientos noventa cero cero cero la cual es terreno naturaleza, terreno para construir con una casa lote 166. Situada en el distrito primero Liberia, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 167; al sur, lote 165; al este, Myriam Zúñiga Rodríguez; y al oeste, Paseo Charoláis con 250.70 metros. Mide: doscientos cincuenta metros con sesenta decímetros cuadrados. Plano: G-0367395-1979. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del trece de agosto del dos mil dieciocho, con la base de treinta y siete millones setecientos veintitrés mil setecientos tres colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintinueve de agosto del dos mil dieciocho con la base de doce millones quinientos setenta y cuatro mil quinientos sesenta y siete colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Zhiming Guo Zheng contra Hugo Eduardo Peña Zúñiga. Expediente Nº 15-000096-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro), 23 de mayo del 2018.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén.—( IN2018251975 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo citas 0395-00003669-01-0020-001, 0358-00008508-01-0937-001, servidumbre de aguas pluviales bajo las citas 2015-06315-01-0002-001, 2015-06315-01-0009-001, 2015-06315-01-0014-001; a las diez horas y cero minutos del veintidós de octubre de dos mil dieciocho, y con la base de veinticuatro millones trescientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos nueve mil novecientos veinticuatro cero cero cero la cual es terreno sembrado de palma africana. Situada en el distrito Parrita, cantón Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Soluciones Tropicales EAD S. A.; al este, Víctor León Hidalgo y al oeste, Soluciones Tropicales EAD S. A. Mide: doscientos cuarenta y ocho metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del seis de noviembre de dos mil dieciocho, con la base de dieciocho millones doscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de noviembre de dos mil dieciocho con la base de seis millones setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Odyli Esperanza González López. Exp. N° 18-000221-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 31 de mayo del año 2018.—Licda. Angie Rodríguez Salazar, Jueza.—( IN2018251992 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 0358-00008508-01-0937-001, servidumbre trasladada citas: 0395-00003669-01-0020-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2015-00006315-01-0002-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2015-00006315-01-0009-001 y servidumbre de aguas pluviales citas: 2015-00006315-01-0014-001; a las once horas y veinticinco minutos del tres de agosto de dos mil dieciocho y con la base de nueve millones novecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos nueve mil novecientos veinticinco cero cero cero, la cual es terreno sembrado de palma africana. Situada en el distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Soluciones Tropicales EAD S. A.; al este, Soluciones Tropicales EAD S. A.; y al oeste, Soluciones Tropicales EAD S. A. Mide: doscientos cuarenta y ocho metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y veinticinco minutos del veintiuno de agosto de dos mil dieciocho, con la base de siete millones cuatrocientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y veinticinco minutos del cinco de setiembre de dos mil dieciocho, con la base de dos millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Odyli Esperanza González López. Expediente: 18-000219-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 29 de mayo del 2018.—Licda. Angie Rodríguez Salazar, Jueza.—( IN2018251994 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, servidumbre de aguas pluviales, plazo de convalidación (rectificación de medida), servidumbre de paso; a las nueve horas y treinta minutos del siete de agosto de dos mil dieciocho, y con la base de veinte mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintitrés mil ochocientos cincuenta y ocho cero cero cero la cual es terreno de servidumbre agrícola y pastos. Situada en el distrito 01 Grecia, cantón 03 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, quebrada sin nombre y lote 6; al sur, lote 7 y Leonel Ugalde Jimenez; al este, quebrada sin nombre, y al oeste, servidumbre de paso en medio lote 6 y 7. Mide: Tres mil cuatrocientos once metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de agosto de dos mil dieciocho, con la base de quince mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del siete de setiembre de dos mil dieciocho con la base de cinco mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jorge Arturo De La Trinidad Mora Álvarez contra Constructora Cataluña Limitada. Exp. N° 17-003247-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía De Pococí (Materia Cobro),15 de mayo del año 2018.—Licda. Yency Vargas Salas, Jueza.—( IN2018252000 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las catorce horas y treinta minutos del cuatro de setiembre de dos mil dieciocho y con la base de siete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número setenta y nueve mil cuatrocientos setenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 Cariari, cantón 02 Pococí de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Jose Dinarte Rugama, Jacobo y Oliverio Alpízar, Róger Bartels, Juan Chacón, Edith Fallas, Róger Chaves Carballo y Vanesa Chaves Jiménez en partes; al sur, Gerardo Vega Mora, José Dinarte Rugama, Roger Bartels Chavarría, Juan Vicente Chacón Arias en partes; al este, calle pública, William Espinoza, José Dinarte, Víctor Lizano, Róger Bartels Chavarría, Edith Fallas y José Francisco Cruz Gómez en partes; y al oeste, Víctor Lizano Espinoza, Finca Bananera Formosa, Hernán Ávila Agüero y Róger Bartels Chavarría y Edith Fallas en partes. Mide: dieciséis mil seiscientos setenta y un metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinte de setiembre de dos mil dieciocho, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del cinco de octubre de dos mil dieciocho, con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Danilo Quesada Valverde contra Proyectos para el Caribe de la NA Sociedad Anónima. Expediente: 13-000403-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro), 13 de junio del 2018.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2018252054 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas cero minutos del nueve de julio de dos mil dieciocho, y con la base de sesenta y ocho millones cincuenta y dos mil sesenta y ocho colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y tres mil doscientos setenta y cinco- cero cero cero (3-053275-000) la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 1 Tejar, cantón 8 El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Hermelindo Monge Navarro; al sur, Dinorah Hidalgo Mora; al este, Clemencia Camacho Navarro, y al oeste, calle pública con 11.74 metros. Mide: quinientos quince metros con veintiún decímetros cuadrados. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso sucesión de los causantes Marco Nerín Hidalgo Mora y Olga Sáenz Chinchilla. Exp. N° 09-001250-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 09 de mayo del 2018.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—( IN2018252064 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 575-08267-01-0002-001; servidumbre de acueducto citas: 575-08267-01-0003-001; servidumbre de aguas pluviales citas: 2009-179610-01-0613-001; servidumbre de aguas pluviales citas: 2009-179610-01-0613-001; a las nueve horas y veinte minutos del diez de julio de dos mil dieciocho, y con la base de ciento cuatro mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 78159-F-000 la cual es terreno finca filial primaria individualizada número doscientos sesenta y uno apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito San Josecito, cantón San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, finca filial doscientos sesenta, área común de calle; al sur, finca filial doscientos ochenta y uno, finca filial doscientos sesenta y dos; al este, finca filial doscientos ochenta y uno, finca filial doscientos sesenta, y al oeste, finca filial doscientos sesenta y dos, área común de calle. Mide: ciento cuarenta y tres metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y veinte minutos del veintiséis de julio de dos mil dieciocho, con la base de setenta y ocho mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y veinte minutos del trece de agosto de dos mil dieciocho con la base de veintiséis mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Óscar Leiva Hernández. Exp. N° 17-009365-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 16 de marzo del año 2018.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2018252100 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y treinta minutos del catorce de agosto del dos mil dieciocho, y con la base de ochenta y tres mil ciento sesenta y dos dólares con sesenta y nueve centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número setenta y ocho mil cuatrocientos once cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 01 Guácimo, cantón 06 Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de 26 metros lineales; al sur, Manuel Felipe Fonseca Cordero E.; al este, Manuel Felipe Fonseca Cordero, y al oeste, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo. Mide: mil treinta y nueve metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta de agosto del dos mil dieciocho, con la base de sesenta y dos mil trescientos setenta y dos dólares con un centavo (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de setiembre del dos mil dieciocho, con la base de veinte mil setecientos noventa dólares con sesenta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Bernardo Francisco Ramírez Chinchilla. Expediente Nº 18-000783-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 12 de junio del 2018.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2018252102 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 304-09761-01-0901-001; servidumbre trasladada citas: 352-08036-01-0900-001; servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2015-146803-01-0001-001, a las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de agosto del dos mil dieciocho, y con la base de cincuenta y nueve mil ciento treinta y dos dólares con cuarenta y siete centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 145846-F-000, la cual es terreno naturaleza: finca filial primaria individualizada Nº 200 apta para construir que se destinará a uso residencial y que podrá tener una altura máxima de 3 pisos. Situada: en el distrito 4-Ulloa, cantón 1-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, finca filial 199; al sur, finca filial 201; al este, finca filial 215 y finca filial 216, y al oeste, área común. Mide: doscientos metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del diez de setiembre del dos mil dieciocho, con la base de cuarenta y cuatro mil trescientos cuarenta y nueve dólares con treinta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticinco de setiembre del dos mil diecinueve, con la base de catorce mil setecientos ochenta y tres dólares con once centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Fenicia S. A. contra Grupo Empresarial Casasvita S. A. Expediente Nº 18-005681-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de junio del 2018.—Licda. Seilin López González, Jueza.—( IN2018252125 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del dieciséis de julio del dos mil dieciocho, y con la base de cuatro mil cuatrocientos cincuenta y siete dólares con veintidós centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas número PSY771, marca Kia, estilo Sportage, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2014, color rojo, vin KNAPB81ABE7565638, cilindrada 1999 cc., combustible gasolina. Motor Nº G4NADU208953. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del uno de agosto del dos mil dieciocho, con la base de tres mil trescientos cuarenta y dos dólares con noventa y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintiuno de agosto del dos mil dieciocho con la base de mil ciento catorce dólares con treinta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Lafise S. A. contra Ariela Rubinstein Vargas. Expediente Nº 17-007698-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 29 de mayo del 2018.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—( IN2018252126 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada citas: 304-09761-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 352-08036-01-0900-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2015-146803-01-0001-001; a las once horas y quince minutos del veintitrés de agosto del dos mil dieciocho, y con la base de cincuenta y nueve mil ochocientos doce dólares con quince centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 145747 F cero cero cero la cual es terreno finca filial primaria individualizada número 101 apta para construir que se destinará a uso residencial y que podrá tener una altura máxima de 3 pisos. Situada en el distrito 4-Ulloa, cantón 1-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, finca filial 100; al sur, área común; al este, finca filial 102 y finca filial 103; y al oeste, área común. Mide: doscientos diecisiete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del diez de setiembre del dos mil dieciocho, con la base de cuarenta y cuatro mil ochocientos cincuenta y nueve dólares con once centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del veinticinco de setiembre del dos mil dieciocho con la base de catorce mil novecientos cincuenta y tres dólares con tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Fenicia S. A., Grupo Maklouf S. A. contra Grupo Empresarial Casas Vita S. A. Expediente Nº 18-005725-1044-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 05 de junio del 2018.—Licda. Audrey Abarca Quirós, Jueza.—( IN2018252127 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas: 302-06940-01-0972-001, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0020-001, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0021-001, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0022-001, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0023-001, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0024-001, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0025-001, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0026-001, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0027- 001, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0029-001, servidumbre sirviente citas: 332-06940-01-0033-001, servidumbre sirviente citas: 332-06940-01-0034-001, servidumbre sirviente citas: 332-06940-01-0035- 001, servidumbre sirviente citas: 332-06940-01-0036-001, servidumbre sirviente citas: 332-06940-01-0037-001, servidumbre sirviente citas: 332-06940-01-0038-001, servidumbre sirviente citas: 332-06940-01-0039- 001, servidumbre sirviente citas: 332-06940-01-0040-001, servidumbre trasladada citas: 332-06940-01-0903-001, servidumbre trasladada citas: 332-06940-01-0904-001, servidumbre trasladada citas: 332-06940- 01-0905-001, servidumbre trasladada citas: 332-06940-01-0906-001, servidumbre trasladada citas: 332-06940-01-0907-001, servidumbre trasladada citas: 332-06940-01-0908-001, servidumbre trasladada citas: 332-06940-01-0909-001, servidumbre trasladada citas: 332-06940- 01-0910-001, servidumbre trasladada citas: 332-06940-01-0911-001,   servidumbre trasladada citas: 332-06940-01-0912-001, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0928-001, servidumbre sirviente citas: 332-06940-01-0941-001, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0947- 001, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0948-001, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0949-001, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0950-001, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0951- 001, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0952-001, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0953-001, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0954-001, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0955- 001, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0956-001, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0957-001, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0958-001, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0959- 001, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0960-001, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0961-001, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0962-001, servidumbre sirviente citas: 332-06940-01-0965- 001, servidumbre sirviente citas: 332-06940-01-0966-001, servidumbre sirviente citas: 332-06940-01-0967-001, servidumbre sirviente citas: 332-06940-01-0968-001, servidumbre sirviente citas: 332-06940-01-0969- 001, servidumbre sirviente citas: 332-06940-01-0970-001, servidumbre sirviente citas: 332-06940-01-0971-001; a las diez horas y cero minutos del veinticuatro de julio de dos mil dieciocho, y con la base de trece millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula Nº 510908-000, la cual es lote 20-J terreno para construir. Situada en el distrito cinco San Felipe, cantón diez Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Inversiones Minerva S. A.; al sur, lote 19-J; al este, calle pública y área de juegos infantiles y al oeste, lote 18-J. Mide: cien metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del trece de agosto de dos mil dieciocho, con la base de diez millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de agosto de dos mil dieciocho con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de Durman Esquivel y Afines contra Roy Alexánder Calderón Gómez, expediente Nº 17-001408-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de mayo del 2018.—Licda. Isabel Cristina Castillo Navarro, Jueza.—( IN2018252131 ).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca en primer grado citas: 2014-41756-01-0001-001, hipoteca en segundo grado citas: 2014-204356-01-0001-001, así como condición resolutoria citas: 301-01526-01-0901-011, servidumbre sirviente citas: 318-16117-01-0992-001; a las diez horas y treinta minutos del veinte de agosto del dos mil dieciocho, y con la base de veinte millones doscientos mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos noventa mil seis cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 San Rafael, cantón 15 Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Levi Montiel Álvarez; al sur, Levi Montiel Álvarez; al este, con calle pública con un frente de treinta y ocho metros diez centímetros; y al oeste, con Carlos Rufino Montiel Rodríguez. Mide: cinco mil metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del cuatro de setiembre del dos mil dieciocho, con la base de quince millones ciento cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del diecinueve de setiembre del dos mil dieciocho con la base de cinco millones cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Fundación para el Desarrollo de Base FUNDEBASE contra Gregoria López Barrios. Expediente Nº 15-001674-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 03 de mayo del 2018.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2018252133 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cero minutos del dieciséis de julio del año dos mil dieciocho, y con la base de un millón trescientos setenta y nueve mil ochenta y tres colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas N° CL 238047, marca Mazda, estilo B 2300, categoría carga liviana, capacidad 5 personas, año 1995, color beige, Vin 4F4CR16A7STM24275, cilindrada 2500 cc, combustible gasolina, motor N° no visible. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del uno de agosto del año dos mil dieciocho, con la base de un millón treinta y cuatro mil trescientos doce colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiuno de agosto del año dos mil dieciocho con la base de trescientos cuarenta y cuatro mil setecientos setenta colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Luis Diego Cubero Marín contra Michael Boby Sevilla Flores. Exp. N° 16-005876-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 25 de mayo del 2018.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—( IN2018252135 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas (2:00 p. m.) del trece de agosto de dos mil dieciocho, y con la base de diez millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 84281-000 la cual es terreno de café. Situada en el distrito 04 Concepción, cantón 10Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Pedro Camboenero; al sur, Pedro Camboenero; al este, Emilia Fallas y Rafael Mora, y al oeste, Pedro Camboenero. Mide: cinco mil cuatrocientos setenta metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados.- Para el segundo remate se señalan las catorce horas(02:00pm) del cuatro de setiembre de dos mil dieciocho, con la base de siete millones quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas(02:00pm) del diecinueve de setiembre de dos mil dieciocho con la base de dos millones quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Costarricense Para Organizaciones de Desarrollo (ACORDE) contra Hannia Marlice Obando Vargas, María Virginia Vargas Jiménez, Pacasa del Norte S. A. Exp. 17-009196-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 22 de mayo del 2018.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2018252137 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas cero minutos del treinta de julio del año dos mil dieciocho, y con la base de diecinueve mil quinientos cuarenta y cinco dólares con setenta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número BHR260, marca Peugeot, estilo 208 Active, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2015, color blanco, vin VF3CC5FS0FT002487, cilindrada 1598 cc, combustible gasolina, motor Nº 10FHCA2122802. Para el segundo remate se señalan las nueve horas cero minutos del dieciséis de agosto del dos mil dieciocho, con la base de catorce mil seiscientos cincuenta y nueve dólares con treinta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas cero minutos del treinta y uno de agosto del dos mil dieciocho con la base de cuatro mil ochocientos ochenta y seis dólares con cuarenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Lafise S. A. contra Josimar Segura Morera. Exp. N° 17-000734-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 05 de junio del 2018.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—( IN2018252145 ).

Convocatorias

Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de José Joaquín Solano Vargas, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de julio del año dos mil dieciocho, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 17-000111-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 15 de mayo del 2018.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018244457 ).

Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de Alis Rodríguez Brenes, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de julio del dos mil dieciocho, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 15-000204-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 15 de mayo del 2018.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2018245435 ).

Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de Oscar Joseph Nemard Nemard, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas y cero minutos del diecisiete de julio del dos mil dieciocho, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 15-000050-0678-CI-3.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 11 de mayo del 2018.—Lic. Andrés Arguedas Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2018246724 ).

Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de Claudina Rafaela De Jesús Vargas Ramírez, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas treinta minutos del diecisiete de julio del dos mil dieciocho (08:30 a. m. 17-07-2018), para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. N° 16-000038-1309-CI.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia Civil), 14 de mayo del 2018.—Lic. Marco Vinicio Soto Herrera, Juez.—1 vez.—( IN 2018252117 ).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Marta Isabel Hernández González, a una junta que se verificará en este Juzgado a las catorce horas del día jueves cinco de julio del dos mil dieciocho, (02:00 p.m. 05/07/2018), para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil, expediente Nº 16-000041-0183-CI.—Juzgado Cuarto Civil de San José, 08 de junio del 2018.—Licda. Ivannia Jiménez Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2018252147 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 13-000208-0386-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Asociación de Iglesias Bíblicas Costarricenses, cédula jurídica tres-cero cero dos-cero cuatro cinco nueve dos dos, representado por su presidente Luis Antonio Rodríguez Murillo, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de San José, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número dos-doscientos sesenta y uno-cero setenta y tres, profesión Pastor Evangélico, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito cuarto Bagaces, cantón Bagaces de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Finca San Antonio Sociedad Anónima; al sur, calle pública con una medida de veintiocho metros con noventa y siete centímetros lineales; al este, José María Véliz Véliz; y al oeste, Sonia Hernández Hernández. Mide: quinientos siete metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de setecientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de donación que le hiciera el señor Marcos Hernández Hernández a la Asociación de Iglesias Bíblicas Costarricenses, mediante escritura pública ante la notaria Guisella Lara Camacho, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en arreglo de cercas, limpieza y siembra de plantas y realización de actividades evangélicas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Asociación de Iglesias Bíblicas Costarricenses. Expediente: 13-000208-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 30 de abril del 2015.—Licda. Ivannia Solano Gómez, Jueza.—1 vez.—( IN2018249726 ).

Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 18-000093-0930-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Marcos Luis Girón Juárez quien es mayor, estado civil soltero, vecino de La Rita, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 5-0284-0834, profesión peón agrícola, a fin de inscribir a su nombre y ante el registro público de la propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno casa de habitación y solar. Situada en el distrito La Rita, cantón Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Juan Carlos Mora Rojas; al sur, calle pública; al este, Ana Badilla Chavarría y al oeste, Virginia Calderón Arias. Mide: 630 cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble hace seis años por donación de su madre María Ligia Juárez Juárez, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpiar el terreno, hacer cercas con postes de cemento y alambre de púas en los linderos y la construcción de vivienda. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Marcos Luis Girón Juárez. Exp. N° 18-000093-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de La Zona Atlántica, Pococí, 21 de mayo del año 2018.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2018249756 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 18-000017-0678-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Luis Fernando Zúñiga Valverde, quien es mayor, soltero, vecino de Puerto Viejo, Talamanca, Limón, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-1255-0493, funcionario bancario, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno para construir con una casa construida. Situada en el distrito Cahuita, cantón Talamanca, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, con Henry Villanueva Vargas; al sur, con Inversiones y Desarrollo Foster S. A.; al este, con Francisco y Samir ambos de apellidos Cajina Leiva y Daniel Leiva Cajina y al oeste, con calle pública con una medida de frente de dieciséis metros con cuarenta y seis centímetros. Mide: trescientos setenta y tres metros cuadrados con plano catastrado número L-1805491-2015. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra de la materialidad y cesión de derecho de posesión, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpiar el terreno y construir una vivienda. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Luis Fernando Zúñiga Valverde. Exp: 18-000017-0678-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 28 de mayo del 2018.—Licda. Kathya Rivera Hernández, Jueza.—1 vez.—( IN2018249757 ).

Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 17-000233-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Johanna Franciny Bustos Golobio quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Cartagena Santa Cruz, Guanacaste, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 5-338-787, profesión Licenciada en Informática, y Juan Gabriel Bustos Golobio quien es mayor, soltero, estudiante, vecino de Cartagena Santa Cruz, Guanacaste, portador de la cédula de identidad 5-388-699, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno con casa de habitación. Situada en el distrito quinto, cantón tercero, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Juan de Dios Guevara Rodríguez; al sur, Julio Cesar Bustos Ángulo; al este, Julio Cesar Bustos Ángulo y al oeste, calle pública. Mide: ochocientos treinta y cuatro metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble veintinueve de marzo del dos mil doce, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mejoras, reparación de cercas, limpieza de maleza, rondas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros Inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Johanna Franciny Bustos Golobio y Juan Gabriel Bustos Golobio. Exp. N° 17-000233-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 10 de noviembre del año 2017.—Licda. Yeimy Jiménez Alvarado, Jueza.—1 vez.—( IN2018249809 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 11-000050-0930-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Siria Siney Rivera Boza, quien es mayor, estado civil divorciada una vez, vecina de Cairo de Siquirres, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 3-334-212, profesión costurera, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno solar con una casa. Situada en el distrito quinto, cantón tercero, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Eugenia Barrantes Rivera; al sur, Edwin Stanley Stanley; al este, Junior Gordon Gordon y al oeste, calle pública. Mide: doscientos cincuenta y cinco metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones cien mil colones. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Siria Siney Rivera Boza. Exp: 11-000050-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 17 de setiembre del 2015.—Msc. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—1 vez.—( IN2018249834 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000037-0993-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Asociación de Desarrollo Integral de Barrio La Esperanza de Piedades Norte de San Ramon, cédula jurídica 3-002-139430 y representada por Carlos Luis Villejas Moya quien es mayor, estado civil casado, operario, vecino de La Esperanza de Piedades Norte de San Ramón, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 02-0390-0006, a fin de inscribir a nombre de la Asociación de Desarrollo Integral de Barrio La Esperanza de Piedades Norte de San Ramon y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno dedicado a plaza de deportes. Situada en el distrito cuarto, Piedades Norte, cantón segundo, San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con frente de sesenta y siete metros con ochenta y ocho centímetros; al sur, Javier Jiménez Badilla y Rafael Ángel Jiménez Badilla; al este, Rafael Ángel Jiménez Badilla y Carmen Jiménez Badilla, y al oeste, Juan Miguel Castro Elizondo. Mide: Cinco mil setecientos veintiséis metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de veinticinco millones de colones. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Asociación de Desarrollo Integral de Barrio La Esperanza de Piedades Norte de San Ramon. Exp. N° 16-000037-0993-AG.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), San Ramón, 23 de mayo del 2018.—Msc. José David Monge Quirós, Juez.—1 vez.—( IN2018249861 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 17-000134-0422-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de François Nicolás Kahn, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de 300 metros oeste de la Escuela de Dos Brazos de Río Tigre, Puerto Jiménez, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número EM869960, profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno lote con local comercial. Situada en el distrito segundo de Puerto Jiménez, cantón sétimo, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Río Tigre; al sur, calle pública; al este, Carlos Orocu Carlos Orocu Ceballos y al oeste, Fidelia Santamaría Santamaría. Mide: una hectárea tres mil cuatrocientos veintiocho metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de nueve millones de colones. Que adquirió dicho inmueble cesión de derechos, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en turismo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por François Nicolás Kahn. Exp: 17-000134-0422-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Golfito (Materia Civil), Golfito, 29 de mayo del 2018.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1 vez.—( IN2018249940 ).

Citaciones

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en el proceso sucesorio de quien en vida fue Keylor Noé Montiel Salmerón, número de cédula seis-cuatrocientos veintisiete-ciento cuarenta, para que en el plazo de treinta días se apersonen a valer sus derechos. Sucesorio notarial. María Keylor Noé Montiel Salmerón. Expediente Número 55-2018.—Licda. Elia Martínez Alcocer.—1 vez.—( IN2018249719 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Florentino Arroyo Montero, mayor, casado, agricultor, costarricense, con documento de identidad N° 0201570157, y vecino de San Pedro de Cutris de San Carlos, ochocientos metros al sur de la Escuela. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 18-000102-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Civil), 01 de junio del 2018.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—( IN2018249729 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados, en el proceso sucesorio testamentario en sede notarial de José Antonio Morales Chacón, con cédula de identidad número uno-doscientos treinta-seiscientos treinta y dos, quien fue mayor de edad, pensionado, casado una vez, vecino de Aserrí, para que en un plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 3-01-06-2018.—Lic. Manuel Pérez Blanco, Notario.—1 vez.—( IN2018249741 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Elena Santamaría Navarro, mayor, divorciada, cedula de identidad cuatro-cero cero ocho nueve-cero cinco cinco dos, vecina de los Almendros Barranca Puntarenas casa setecientos ochenta y uno, fallecida el veintinueve de agosto del dos mil diecisiete., para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezca a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quién corresponda. Expediente 0001-2018. El Roble Puntarenas, 06 de junio de dos mil dieciocho.—Licda. Andrea Villalobos Sánchez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2018249747 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Julio Badilla Salas, quien fuera mayor, viudo, agricultor, vecino de Escazú, cuatrocientos metros sur del Banco Nacional, portador de la cédula de identidad número: uno-cero ciento ochenta y tres-cero ciento veintitrés, y la señora Marta Jiménez Saborío, quien fuera, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Escazú, cuatrocientos metros sur del Banco Nacional, portadora de la cedula de identidad número: uno-cero doscientos sesenta y uno-cero quinientos treinta y nueve, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos ante la notaría del notario público Jorge Fredy Chacón Villalobos, en oficinas BLC & CEN Abogados y Contadores, ubicadas en San José, Goicoechea, de la esquina noreste de los Tribunales cien metros al este, en dicha oficina con el licenciado Mamfled Johel Ureña Morales se les apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentaren dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Procedimiento Sucesorio Extrajudicial de Julio Badilla Salas y Marta Jimenez Saborío. Expediente número: 0002-2011.—San José, a las quince horas del día ocho de mayo del año dos mil dieciocho.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN2018249754 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión quien en vida fue Adonis Gerardo Vega Gatjens, mayor, soltero, estudiante, vecino de Santa Rosa de Pocosol, frente a la parada, cédula: dos setecientos treinta y ocho-quinientos cuatro, para que, en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría sita en Heredia, Barrio Fátima, frente a la Cámara de Industria y Comercio, los que crean tener derecho sobre el haber sucesorio del causante Vega Gatjens, apercibidos de que, si no, lo hacen dentro del plazo de ley aquel pasará a quien corresponda. Expediente N° 002-2018.—Heredia, seis de junio del dos mil dieciocho.—Lic. Pastor de Jesús Bonilla González, Notario.—1 vez.—( IN2018249762 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la Sucesión de Mario Rubén Hidalgo Salazar, quien en vida fue mayor, casado en segundas nupcias, vecino de Siquirres, Limón, cédula de identidad número 7-0034-0799, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número cero cero cero uno- dos mil dieciocho. Este proceso se tramita en sede notarial ante la Notaria María del Carmen Otárola Zúñiga, con oficina en Guápiles, Pococí, Limón, frente al Banco de San José, en Bufete Pococí.—Licda. María del Carmen Otárola Zúñiga, Notario.—1 vez.—( IN2018249763 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Ada Valeria Aguilera Garita, a las ocho horas del 02 de junio del 2018 y comprobado el fallecimiento de Julio Guadamuz Zúñiga, mayor, casado una vez, portador de la cédula de identidad número: 5-0073-0535 y vecino de Guanacaste, Santa Cruz, San Pedro, del comunal de la plaza de San Pedro, trescientos oeste y trescientos sur, casa amarilla, fallecido el 18 de abril del 2014 en Nicoya Centro en Guanacaste, esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Licenciado Marcelo Wilson Cole, con oficina en Heredia, San Pablo, al correo electrónico vaguilerabogados@gmail.com.—04 de junio del 2018.—Lic. Marcelo Wilson Cole, Notario.—1 vez.—( IN2018249791 ).

Se cita y se emplaza a los interesados en la sucesión en sede notarial de Joshua Miranda Ortega, quien en vida fue mayor, vendedor, soltero, vecino de Santa Gertrudis Sur de Grecia de Alajuela, Calle Guayabal, setenta y cinco metros este de la pulpería La Palmera, con cédula de identidad número seis-cuatro cinco cuatro-dos uno seis, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos o algún derecho que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quién corresponda. Expediente N° cero cero dos-dos mil dieciocho, notaría del Bufete Barrantes.—Lic. Giovanni Barrantes Barrantes, Notario.—1 vez.—( IN2018249806 ).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de María de los Ángeles Alvarado Ramírez, cédula número: seis- cero ciento cuarenta y nueve- cero quinientos cuarenta y ocho, quien fuera mayor, casada una vez, Ama de casa, vecina de San Juan de San Ramón de Alajuela, ciento cincuenta sur de la oficina del INS, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0003-2018.—San Ramón, 05 de abril del 2018.—Lic. Armando Calvo Chaves, Notario.—1 vez.—( IN2018249817 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Ramón Eduardo Del Socorro Ramírez Chaves, mayor, casado una vez, ingeniero en informática, con cédula de identidad número cuatro-cero ciento treinta y uno-cero novecientos sesenta y ocho, quien era vecino de Heredia, Aurora Dos, cuatrocientos metros al norte de la Escuela Líder, casa número veinticinco-X; para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2018. San José, San Francisco de Goicoechea, Oficentro Torres del Campo.—San José, 04 de junio del 2018.—Licda. Silvia Alvarado Quijano, Notaria.—1 vez.—( IN2018249842 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ramon Monestel Castro, mayor, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 01-0009-0762. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 18-000029-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 4 de junio del 2018.—Lic. José Elías Vindas Castiglioni, Juez.—1 vez.—( IN2018249843 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Bernardo de Jesús Cruz Masis, mayor, jornalero, divorciado, costarricense, con documento de identidad 700380165 y vecino de Siquirres. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-100032-0934-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Siquirres (Materia Civil), 6 de marzo del 2018.—Licda. Katia María Vargas Barquero, Jueza.—1 vez.—( IN2018249846 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Alfonso López Salas, mayor, estado civil casado una vez, comerciante, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 05-0126-0179 y vecino de Tilarán, dirección desconocido. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 01-100415-0389-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tilarán (Materia Civil), 02 de mayo del 2018.—Licda. Ana Patricia Barrantes Ruiz, Jueza.—1 vez.—( IN2018249848 ).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Otto Montero Guevara, quien fue mayor de edad, soltero, vecino del cantón de Siquirres, cédula de identidad 5-0062-0570, quien falleció el día cinco de setiembre del año dos mil para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: 13-100020-0934-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Siquirres, a las quince horas del nueve de junio del dos mil catorce.—Lic. Eric López Delgado, Juez.—1 vez.—( IN2018249857 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Álvaro Chavarría Calvo, portador de la cédula de identidad uno-cero doscientos diez-cero ochocientos sesenta y siete, a las diecisiete horas del nueve de abril del dos mil dieciocho y comprobado el fallecimiento de Elvira Chavarría Calvo, quien en vida era, mayor, portadora de la cédula de identidad número uno-cero doscientos veintitrés-cero ciento cincuenta y ocho, soltera, ama de casa y vecina de Guadalupe, El Alto, del abastecedor Praga doscientos metros este contiguo a Ferretería Praga; quien murió el pasado cinco de marzo del año dos mil diez, según consta en el Registro Civil, sección de defunciones al tomo: cuatrocientos noventa y ocho; folio: doscientos treinta y cinco; asiento: cuatrocientos sesenta y nueve; de la provincia de San José, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del licenciado Askenaz Javier Calvo Marcos.—San José, once de abril del dos mil dieciocho.—Lic. Askenaz Javier Calvo Marcos, Notario.—1 vez.—( IN2018249862 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Luis Eduardo Dittel Gómez, mayor, casado, pensionado, costarricense, con documento de identidad 0301470202 y vecino de Cartago. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 18-000135-0640-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, (Materia Civil), 14 de mayo del 2018.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—1 vez.—( IN2018249865 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Edwin Armando Sánchez Chavarría, mayor, estado civil Casado/a, profesión Agricultor, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0103050189 y vecino(a) de Sabanas de Acosta, 500 metros al sur de la escuela.- Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 17-000053-0197-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Acosta (Materia Civil), 5 de diciembre del 2017.—Licda. Nancy Marín Monge, Juez.—1 vez.—( IN2018249876 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Martha Inés Zamora Castro, mayor, soltera, Administradora, cédula 1-0995-0164, vecina de San José, Santa Ana, Piedades, a las 09:12 del 10 de mayo 2018 y comprobado el fallecimiento del causante, Esta notaría declaró abierto el proceso sucesorio ab Intestato de quien en vida fuera Marco Tulio Zamora Rivera, quien fuera mayor, casado 1 vez, pensionado, cédula 1-0291-0732, vecino de San José, Santa Ana, Piedades. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de 30 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del licenciado Javier Armando Slein Sandí, notario público con oficina abierta en San José, distrito Catedral, avenida 8, calles 11 y 13, Oficentro América, oficina 8, teléfono 8718-1565.—Lic. Javier Armando Slein Sandí, Notario.—1 vez.—( IN2018249882 ).

Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuere Eduardo Ernesto Agami Altamirano, quien era mayor, casado dos veces, consultor, vecino de San José, Santa Ana, Pozos, Residencial Parque Valle del Sol, casa ciento setenta y siete, era portador de la cédula de residencia número uno dos uno ocho cero cero cero cero cinco seis cero seis  para que dentro de treinta días hábiles se apersonen a reclamar sus derechos bajo el apercibimiento de que si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda.  Notaría de Jorge Arturo Guardia Víquez, sita en la ciudad de Alajuela, Río Segundo, Oficentro Plaza Aeropuerto; setecientos metros al este del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría, Local D-uno, veintitrés de febrero del dos mil dieciocho.—Lic. Jorge Arturo Guardia Víquez, Notario.—1 vez.—( IN2018249903 ).

Mediante escritura otorgada ante la suscrita notaría, a las 8:00 horas del 03 de junio del 2016 se procedió a la apertura del proceso sucesorio notarial de los señores Miguel Mauro del Carmen Bolaños, cédula N° 4-063-427 y de Lucila Mora Aguilar, cédula N° 4-066-256, se cita y emplaza a todas las personas herederos acreedores o que puedan tener interés en el presente apersonarse ante esta notaria a hacer valer sus derechos. Notificaciones atenderemos al fax 2222-0006 o al correo electrónico caroili@yahoo.com.—San José, 06 de junio de 2018.—Licda. Sandra Echeverría Mesén, Notaria.—1 vez.—( IN2018249919 ).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio testamentario de quien en vida se llamó María Teresa Vega Gómez, mayor, soltera, pensionada, vecina de San Antonio de Desamparados, Urbanización La Constancia, casa número 26, cédula de identidad número 1-541-162. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 17-000327-0180-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 12 de abril del 2018.—Licda. Paola Fonseca Porras, Jueza a. í.—1 vez.—( IN2018249921 ).

Se hace saber que ante la Notaria Pública Natalia María Rodríguez Ríos, se tramita la sucesión de quien en vida se llamó Emilia María Gutiérrez González, quien en vida fue, mayor de edad, casada en primeras nupcias, recepcionista, con domicilio en Cartago, Central, Oriental, doscientos metros al norte y veinticinco metros oeste del Banco Nacional de Los Ángeles, portadora de la cédula de identidad tres-ciento noventa y ocho-seiscientos setenta. Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el presente proceso, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletin Judicial comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasara a quien corresponda. Igualmente se hace saber que la notaría se encuentra situada en en San José, Guadalupe, Goicoechea, Urbanización Esquivel Bonilla del Colegio de Microbiólogos de Costa Rica, veinticinco metros al este y cien metros al norte, Edificio H & R Consultores, primer piso, oficina dos. Expediente N° cero cero cero uno-dos mil dieciocho.—Licda. Natalia María Rodríguez Ríos, Notaria.—1 vez.—( IN2018249922 ).

En mi notaría se indica proceso sucesorio, en sede notarial de quien en vida fue Adalberta Ana Vitalia Calvo Calvo. Se nombra albacea propietaria a Zoila Rosa Constancia De Jesús Zúñiga Calvo. Cita y emplaza a terceros interesados para que en plazo de treinta días, se apersonen a esta notaria para hacer valer sus derechos.—San José, 6 de junio del 2018.—Lic. Ólman Eduardo Madrigal Acuña, Notario.—1 vez.—( IN2018249933 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Irma Mora Delgado, cédula tres-ciento veintiuno-seiscientos dos, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que en caso de que no lo hicieran el haber sucesorio pasará a quien en derecho corresponda. Expediente Nº 002-2018, dinora_hidalgo@hotmail.com.—San José, 01 de junio del 2018.—Licda. Dinorah Obando Hidalgo, Notaria.—1 vez.—( IN2018249941 ).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Esteban Gerardo Jiménez Solera, mayor, soltero, agricultor, con cédula número seis-ciento treinta y nueve-trescientos sesenta y ocho, vecino de Buenos Aires Bajo de Coto de Biolley, para que dentro del plazo de treinta días comparezca n a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Sucesorio número 11-100032-0920-CI promueve Luis Emilio Jiménez Solera.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires, 26 de marzo del 2018.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—( IN2018249948 ).

Ricardo Vargas Villegas, notario con oficina en San José, Zapote, Calderón Muñoz, número 102, pone en conocimiento que la sucesión de: Isabel Barrios Atan, quien fue mayor, viuda, pensionada, vecina de Desamparados, cedula: 6-0062-0836, se ha solicitado tramitar en mi notaria, por lo que cito a todos los interesados para que, dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, concurran a hacer valer sus derechos. Artículo 923 del Código de Procedimientos Civiles.—San José, 5 de junio del 2018.—Lic. Ricardo Vargas Villegas, Notario.—1 vez.—( IN2018249962 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Nuria de los Ángeles de la Trinidad Porras Arias, mayor, estado civil: divorciada, nacionalidad: Costa Rica, con documento de identidad Nº 0106200285, y vecina de San Isidro de Heredia. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 18-000055-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 06 de junio del 2018.—Lic. Freddy Guillermo Ureña Díaz, Juez.—1 vez.—( IN2018249989 ).

Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión notarial de quien en vida fue Perley Jay Rogich, mayor, ciudadano estadounidense, casado tres veces, pensionado, portador de la cédula de residencia número uno ocho cuatro cero cero cero cero nueve cinco ocho uno dos, y con el pasaporte de su país número siete uno cero seis ocho siete uno nueve siete, vecino de Tronadora de Tilarán, Guanacaste, del Ebais quinientos metros al sureste, para que en un plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a terceros interesados a pronunciarse dentro del plazo de ley a hacer valer cualquier derecho. Expediente N° 0004-2018 SN.—Lic. Eitel Eduardo Álvarez Ulate, Notario.—1 vez.—( IN2018249995 ).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Antonio Calderón Chaves, mayor, estado civil Soltero, pensionado, costarricense, con documento de identidad 0201660253 y vecino de Barrio Jiménez de Grecia. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedor as y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 17-000121-0295-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), 16 de mayo del año 2018.—Licda. Marita Cabrera Avellán, Jueza.—1 vez.—( IN2018250023 ).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Flor María Sanabria Navarro, mayor, casada, ama de casa, con documento de identidad Nº 03-0223-0022 y vecina de Cartago. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda, expediente Nº 18-000015-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 24 de abril del 2018.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2018250024 ).

El día de hoy, ante mí, a las diecisiete horas, Julie Ann Dorley, otorga escritura pública con acta de apertura del proceso sucesorio testamentario, de quien en vida fuera Steven James Prchal “Prchal” fue su único apellido por su nacionalidad estadounidense, mayor, divorciado una vez, administrador, vecino de The Villas at Houghton, Tucson, Condado de PIMA, Arizona, Estados Unidos de América, pasaporte estadounidense número 206733065. Comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. José Fernando Carter Vargas. Teléfono 83922307.—San José, diecisiete horas del 24 de mayo del 2018.—Lic. José Fernando Carter Vargas, Notario Público.—1 vez.—( IN2018250034 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Ester María Pérez Granados, Ronald Enrique Molina Pérez, Dilcia Vanessa Molina Pérez, a las 9 horas del 28 de mayo del año 2018 y comprobado el fallecimiento de Enrique Molina Barrios, quien en vida fue mayor, casado una vez, pensionado, portador de la cedula de identidad número 7-0030-0714, vecino de Limón, Siquirres, Barrio San Rafael, del Salón Comunal, 150 metros norte, esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio abintestato, bajo el número de expediente 002-2018. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría de la Licda. Elena Isabel Rojas Arce, Oficina Abierta en Limón, Pococí, Guápiles, Centro Comercial Nuevo Guápiles, Local número 13. Teléfono 8542-8871. 28 de mayo del 2018.—Licda. Elena Isabel Rojas Arce, Notaria.—1 vez.—( IN2018250044 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Álvaro José Suarez Abarca, mayor, estado civil casado, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0205980656 y vecino(a) de San Ramón de Alajuela. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 18-000085-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 5 de junio del 2018.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018250086 ).

Avisos

Se hace saber: Que en este Despacho Luis Chaves Morales, mayor, soltero, cédula de identidad número siete-ciento ochenta y uno-doscientos cuarenta y tres, vecino del Roble, 200 metros sur de la terminal de Buses Empresarios Unidos, Urbanización Fiestas del Mar, ha promovido diligencias a fin de que se le repongan Reposición de Cédula Hipotecaria, ante la Sección de Cédulas Hipotecarias del Registro Nacional. Se concede un término de un mes a partir de la última publicación de este edicto, a todos los interesados, a fin de que se presenten en defensa de sus derechos. Por ordenarse así en diligencias de reposición de título. Exp: Nº 18-000024-0642-CI.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas (Materia Civil), 26 de abril del 2018.—Licda. Eunice Villalobos Jiménez, Jueza.—( IN2018242600 ).              3 v. 3 Alt.

Se avisa que en este Despacho, bajo el expediente número 18-000423-0292-FA, los promoventes Mainor Gerardo Garita Oconitrillo y Yesenia de Los Ángeles Lizano Leitón, solicitan se apruebe la adopción nacional conjunta de la persona menor de edad Fiorella Vanessa Villanueva Villanueva. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de mayo del año 2018.—Msc. Patricia Vega Jenkins.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018250064 ).

Licenciada Berta Lidieth Araya Porras. Jueza del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Familia), a Celestino González Argüello, en su carácter personal, quien es mayor, casado/a, dato, cédula 0605180556, se le hace saber que en demanda proceso especial protección expediente N° 18-000016-0869-FA, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Celestino González Argüello y Nancy Díaz Quijano, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Familia), a las trece horas y cincuenta y uno minutos del veintinueve de mayo del año dos mil dieciocho. Se tiene por establecido el presente proceso de Protección a la Niñez y la Adolescencia en sede judicial que promueve el Patronato Nacional de la Infancia en favor de las personas menores Jarrison José González Quijano, Yuliana Sofía González Quijano, Harold Josué Quijano Diaz, Jafet Quijano Diaz. Se tiene a la vista el expediente levantado en sede administrativa. Se le previene al ente promotor del proceso que dentro del plazo de treinta días, deberá actualizar el informe social aportado. Se convoca a las partes a una audiencia oral y pública que se celebrará en la sede de este Juzgado a las ocho horas de cinco de julio del dos mil dieciocho (artículos 114 inciso b), 143, 144 y 145 del Código de la Niñez y la Adolescencia). En esta audiencia las partes podrán proponer pruebas, las cuales se evacuarán, de ser admitidas, en la misma comparecencia. Las partes y sus testigos deberán presentarse puntualmente y con su documento de identidad vigente. Notifíquese esta resolución personalmente o en su casa de habitación a Nancy Quijano Díaz, a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Desconociéndose el domicilio de Celestino González Argüello y con el fin de poner en conocimiento la existencia del presente proceso, se ordena publicar por única vez en el Boletín Judicial, el cual queda a disposición de la parte interesada en este Despacho para su diligenciamiento. Notifíquese esta resolución a Nancy Quijano Díaz, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otros Comunicaciones; de este Circuito Judicial. En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Por así solicitarlo en el ente promotor se otorga el cuido provisional de los menores Jarrison José González Quijano, Yuliana Sofía González Quijano, Harold Josué Quijano Díaz, Jafet Quijano Díaz a la señora Angie Quijano Díaz, quién deberá apersonarse en el plazo de tres días aceptar dicho cargo. Msc. Berta Lidieth Araya Porras.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Familia).—Msc. Berta Lidieth Araya Porras, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018250087 ).

Msc. Patricia Vega Jenkins, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Ronald Greivin Ureña Mora, mayor, portador de la cédula 3-314-704, de domicilio desconocido, en su carácter de padre registral de la persona menor de edad Mathías Alberto Ureña Solís, se le hace saber que en proceso reconocimiento de hijo de mujer casada, expediente N° 17-001660-0292-FA establecido por Cesar Alberto Monge Sibaja, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las catorce horas y veintinueve minutos del treinta y uno de mayo de dos mil dieciocho. Se tienen por establecidas las presentes diligencias de reconocimiento de hijo de mujer casada promovido por Cesar Alberto Monge Sibaja a favor de la persona menor de edad Mathías Alberto Ureña Solís. Se desprende del escrito inicial que la señora Alejandra Cristina Solís Vargas se encuentra debidamente apersonada y no muestra objeción alguna con las presentes diligencias. De las mismas se confiere audiencia al Patronato Nacional de la Infancia, por el plazo de tres días. A su vez por el mismo plazo otorgado, se le confiere audiencia, al padre registral de la persona menor de edad, el señor Ronald Greivin Ureña. Se le previene que en el primer escrito que presente deben señalar medio y lugar, éste último dentro del circuito judicial de este despacho donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten inclusive la sentencia, se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas al despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente (Artículo 6 y 12 Ley de Notificaciones, Citaciones y Otras Comunicaciones Judiciales N° 7637 del 21 de octubre de 1996). Notifíquese esta resolución a Ronald Greivin Ureña Mora por medio edicto a publicar en el Boletín Judicial. Notifíquese al Patronato Nacional de La Infancia por medio del fax 2443-5626.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Patricia Vega Jenkins, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018250089 ).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Bryan Enrique Araya Molina, mayor, soltero, costarricense, técnico en reparación de celulares, cédula de identidad Nº 0304370786, vecino de Higuito del Guarco, de la entrada principal 50 metros al sur frente al Bar Paco, hijo de Mireya Molina Barahona y Luis Enrique Araya Navarro, ambos padres costarricenses, nacido en Oriental, Central, Cartago, el 25 de junio de 1989, con 29 años de edad; y Yancy Dayhana Rodríguez Camacho, mayor, soltera, costarricense, administradora del hogar, cédula de identidad Nº 0304750110, vecina de la misma dirección que el anterior, hija de Xinia Camacho Flores y Danilo Rodríguez Barahona, ambos padres costarricenses, nacida en Oriental, Central, Cartago, el 30 de noviembre de 1993, actualmente con 24 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 18-001394-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 06 de junio del 2018.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018250059 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil José Bayardo Díaz Meléndez, mayor de edad, Soltero, contratista, cédula de identidad número 03-0494-0657, número de teléfono 6079-60-96 vecino de Llanos de Santa Lucía, Cartago del súper 98 300 metros oeste y 50 metros norte casa de cemento color papaya al lado derecho, hijo de Alba Luz Meléndez Rodríguez y Freddy Díaz Álvarez, nacido en Oriental Central Cartago, el 20/05/1996, con 22 años de edad, y María Fernanda Calderón Castillo, mayor de edad, Soltera, administradora del hogar, cédula de identidad número 03-0515-0287, número de teléfono 6400-25-38 vecina de Llanos de Santa Lucia, Cartago del súper 98 300 metros oeste y 50 metros norte casa de cemento color papaya al lado derecho, hija de Yisley Castillo Calvo y Oscar Daniel Calderón González, nacida en Oriental Central Cartago, el 23/01/1999, actualmente con 19 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 18-001375-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 01 de junio del 2018.—Licda. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018250060 ).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil, Guillermina del Socorro Rivera Sánchez, mayor, soltera, ama de casa, con 25 años de edad, de nacionalidad nicaragüense, pasaporte de sus país número C 01498246, vecina de Alajuela, INVU Las Cañas, detrás del Pasito, nacida en Nicaragua, Departamento de Managua, Municipio de Managua, hija de Guillermo Rivera Canales, y Alejandra Sánchez Rodríguez, ambos nicaragüenses, y el señor John Gerardo Quirós Soto, mayor, soltero, 26 años de edad, cédula de identidad número 2-700-152, Asistente de Bodega en PANIFRESH, vecino de la misma dirección que la contrayente, hijo de Mario Ricardo Quirós Soto, y Dinorah María Soto Ramírez, ambos costarricenses. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho, dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 18-000868-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de mayo del año 2018.—Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018250062 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Tiffany Nayeska Guevara Fernández, mayor de edad, soltera, miscelánea, cédula de identidad Nº 2-750-309, vecina de provincia: Alajuela, cantón: Alajuela, distrito: Alajuela. Barrio: El Llano de Alajuela costado sur de la plaza, nacida en centro, Central, Alajuela, en fecha 17 de febrero de 1996, con 21 años de edad, hija de Luis Ernesto Guevara Trejos y Andrea María Fernández Carvajal, ambos progenitores costarricenses, y el señor José Andrey Fallas Benavides, mayor de edad, soltero, dependiente, cédula de identidad Nº 2-768-244, vecino de provincia: Alajuela, cantón: Alajuela, distrito: Alajuela. Barrio: Montecillos, 75 metros al sur del albergue, nacido en centro, Central, Alajuela, en fecha 30 de junio de 1997, con 20 años de edad, hijo de Miguel Ángel Fallas Zepeda y Flor de María Benavides Solano, ambos padres costarricenses. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 18-000829-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, 16 de mayo del 2018.—Msc. Patricia Vega Jenkins, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018250063 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Guiselle Andrea Calderón Irola, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad N° 03-0425-0369, vecina del Portal de Belén, 100 metros al este del super valle verde, casa de madera de color verde, hija de Rafael Calderón Gómez y Luzmerita Irola Calderón, nacida en Centro Turrialba Cartago, el 25/09/1987, con 30 años de edad, y José Felipe Murillo Zúñiga, mayor, soltero, constructor, cédula de identidad N° 07-02300-536, vecino del Portal de Belén, 100 metros al este del super valle verde, casa de madera de color verde, hijo de José Antonio Murillo Baltodano y María Yorleni Zúñiga Zúñiga, nacida en Guápiles Pococí Limón, el 12/08/1994, actualmente con 23 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 18-000139-0869-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Familia), Nicoya, 06 de junio del 2018.—Msc. Karol Tatiana Gómez Moraga, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018250080 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Julio César Martínez Muñoz, mayor, soltero, seguridad en barrio San Martin de Nicoya, cédula de identidad número 0503150063, vecino de San Martin de Nicoya del Parque Los Mangos 100 metros al este calle sin salida, hijo de Gerónimo Martínez Martínez y Agripina Muñoz Muñoz, nacido en Centro Nicoya Guanacaste, el 26/03/1980, con 38 años de edad, y Ruth Maritza Blanco Borbón, mayor, divorciada, ama de casa , cédula de identidad número 0502670379, vecina de San Martin de Nicoya del Parque los Mangos 100 metros al este calle sin salida, hija de Gladis Borbón Picado y Esteban Blanco Serrano, nacida en Centro Nicoya Guanacaste, el 03/05/1971, actualmente con 47 años de edad ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Nicoya. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 18-000135-0869-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Familia), Nicoya, 31 de mayo del 2018.—Msc. Karol Tatiana Gómez Moraga, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018250081 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Manuel Antonio Brizuela Ovares, mayor, soltero, costarricense, de cuarenta y nueve años de edad, nacido en Hospital Central San José, el seis de marzo del mil novecientos sesenta y ocho, Agente de ventas, cédula de identidad número 0107180109, vecino de Concepción Abajo de Alajuelita, del Bar Pochos 300 metros sur, 100 Este y 50 metros norte, hijo de Rafael Brizuela Brizuela y María de los Ángeles Oyeres Mora, ambos costarricenses, y Iris Lorena Mendiola Munguía, mayor, nicaragüense, cédula de residencia 155821814503, de treinta años de edad, nacida en León Nicaragua, el diecisiete de febrero de mil novecientos ochenta y siete, ama de casa, soltera, vecina de la misma dirección, hija de Martha Mercedes Munguía Gómez y Eliseo José Mendiola Torres. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 17-000200-1534-FA.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita (Materia Familia), San José, Hatillo, 15 de febrero del 2018.—Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018250099 ).