BOLETÍN JUDICIAL 188 DEL 11 DE OCTUBRE DEL 2018

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

PRIMERA PUBLICACIÓN

ASUNTO:  Concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Guatuso de la provincia de Alajuela.

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón de Guatuso de la provincia de Alajuela, permanecerán cerradas durante el día veinticuatro de octubre de dos mil dieciocho, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos patronales de dicho cantón.

San José, 3 de octubre del 2018.

                                              MBA Dinorah Álvarez Acosta,

                                                      Subdirectora Ejecutiva

O. C. 364-12-2017.—Sol. 68-2017-JA.—( IN2018285375 ).

ASUNTO    Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Atenas Provincia de Alajuela.

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón de Atenas Provincia de Alajuela permanecerán cerradas durante el día veinticuatro de octubre del dos mil dieciocho, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívico patronales de dicha localidad.

San José, tres de octubre del dos mil dieciocho.

                                              MBA. Dinorah Álvarez Acosta

                                                      Subdirectora Ejecutiva

O. C. 364-12-2017.—Sol. 68-2017-JA.—( IN2018285385 ).

ASUNTO:  Asueto concedido a los servidores que laboran en las Oficinas Judiciales del cantón de Valverde Vega, Sarchí de la provincia de Alajuela

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón de Valverde Vega, Sarchí de la provincia de Alajuela, permanecerán cerradas durante el día veintiséis de octubre de dos mil dieciocho, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de las fiestas cívicas de dicho cantón.

San José, 04 de octubre del dos mil dieciocho.

                                              MBA Dinorah Álvarez Acosta

                                                      Subdirectora Ejecutiva

O.C. N° 364-12-2017.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2018285386 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 02-2006, de fecha 28 de junio del 2006, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 50-06, celebrada el 11 de julio del 2006, artículo L, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentos Base en materia Civil del año 1987 y 1999 al 2006 (no incluye el año 1988 al 1998) del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Turrialba. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:     2109421094

Documentos:            523

Paquetes:   9

Año:       1987, 1999 al 2006.

Asunto:  Documentos base en materia civil. 1 pagaré del año 1987.

1 pagaré del año 1999.

42 pagarés, 13 facturas, 1 escrito de preguntas, 28 letras de cambio, 1 fotografías, 2 cheques, 1 escrito de solicitud de novación de deudor del año 2000.

47 pagarés, 24 facturas, 1 escrito de interrogatorio, 3 recibos, 46 letras de cambio, 1 contrato de arrendamiento, 1 certificado de prenda, 1 documento de préstamo del año 2001.

38 pagarés, 11 facturas, 1 certificado de prenda, 23 letras de cambio, 1 escrito donde se otorga préstamo, 1 colillas de pago de la caja, 1 guía de transporte de madera procesada, 1 Escritura de hipoteca, 1 cheque. 1 contrato de arrendamiento del año 2002.

36 pagarés, 10 facturas, 1 escritura de hipoteca, 34 letras de cambio, 2 cheques, 1 plano, 1 escritura de prenda. 2 contratos de arrendamiento, 1 certificado de prenda del año 2003.

26 pagarés, 11 facturas, 10 letras de cambio, 5 contratos de arrendamiento, 1 cheque, 1 contrato del año 2004.

23 pagarés, 4 facturas, 1 contrato de arrendamiento, 3 recibos, 5 cheques, 7 letras de cambio del año 2005.

26 pagarés, 9 facturas, 1 escrito de interrogatorio, 1 escritura, 7 letras de cambio, 1 contrato de alquiler del año 2006.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese por una vez en el Boletín Judicial.

San José, 04 de setiembre del 2018.

                                             MBA. Dinorah Álvarez Acosta,

                                                        Subdirectora Ejecutiva

O. C. 364-12-2017.—Sol. 68-2017-JA.—( IN2018277190 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 03-2006 de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 73-06 celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 03-2006 de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 83-06, celebrada el 02 de noviembre del 2006, artículo XLIV. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo III y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo CI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes Civiles del año 2002 al 2012 Y Expedientes Laborales del año 2004 al 2015 del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Fortuna, Alajuela. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Materia Civil:

Remesa:     C 33 A 02

Expedientes:             2

Paquetes:   1

Año:       2002

Asuntos: Civil varios: 1 consignación de alquiler, 1 Desahucio.

Remesa:     C 33 A 03

Expedientes:             6

Paquetes:   1

Año:       2003

Asuntos: Civil varios: 5 Ejecutivos simples, 1 Reivindicación.

Remesa:     C 44 A 04

Expedientes:             29

Paquetes:   1

Año:       2004

Asuntos: Civil varios: 1 Interdicto, 11 Ejecutivos Simples, 15 Desahucios, 1

Consignación de alquiler, 1 Ejecución de sentencia.

Remesa:     C 51 A 05

Expedientes:             12

Paquetes:   1

Año:       2005

Asuntos: Civil varios: 8 Desahucios, 1 Consignación de alquiler, 3 Ejecutivos Simples.

Remesa:     C 54 A 06

Expedientes:             56

Paquetes:   1

Año:       2006

Asuntos: Civil varios: 14 Desahucios, 3 Consignación de alquiler, 1 Diligencia de matrimonio, 36 Ejecutivos Simples, 2 Interdictos.

Remesa:     C 65 A 07

Expedientes:             24

Paquetes:   1

Año:       2007

Asuntos: Civil varios: 3 Consignación de alquiler, 2 Desahucios, 2 Ejecución de sentencia, 15 Ejecutivos Simples, 2 Interdictos.

Remesa:     C 66 A 08

Expedientes:             5

Paquetes:   1

Año:       2008

Asuntos: Civil varios: 5 Desahucios.

Remesa:     C 66 A 09

Expedientes:             15

Paquetes:   1

Año:       2009

Asuntos: Civil varios: 6 Consignación de alquiler, 1 Consignación de pago, 7 Desahucios, 1 Prendario.

Remesa:     C 51 A 10

Expedientes:             10

Paquetes:   1

Año:       2010

Asuntos: Civil varios: 9 Desahucios, 1 Prendario.

Remesa:     C 47 A 11

Expedientes:             9

Paquetes:   1

Año:       2011

Asuntos: Civil varios: 7 Desahucios, 2 Consignación de alquiler.

Remesa:     C 39 A 12

Expedientes:             9

Paquetes:   1

Año:       2012

Asuntos: Civil varios: 5 Desahucios, 2 Prendarios, 2 Consignación de alquiler.

Materia Laboral:

Remesa:     L 24 A 04

Expedientes:             1

Paquetes:   1

Año:       2004

Asuntos: Laboral varios: 1 Infracción Ley de trabajo y Seguridad Social.

Remesa:     L 32 A 05

Expedientes:             21

Paquetes:   1

Año:       2005

Asuntos: Laboral varios: 2 Consignación de prestaciones, 4 Infracción Ley de trabajo y Seguridad Social, 15 Ordinarios laborales.

Remesa:     L 32 A 06

Expedientes:             45

Paquetes:   1

Año:       2006

Asuntos: Laboral varios: 22 Infracción Ley de trabajo y Seguridad Social, 23 Ordinario Laboral.

Remesa:     L 37 A 07

Expedientes:             40

Paquetes:   1

Año:       2007

Asuntos: Laboral varios: 20 Infracción Ley de trabajo y Seguridad Social, 20 Ordinario Laboral.

Remesa:     L 29 A 08

Expedientes:             16

Paquetes:   1

Año:       2008

Asuntos: Laboral varios: 12 Infracción Ley de trabajo y Seguridad Social, 2 Ordinario Laboral, 2 Consignación de prestaciones.

Remesa:     L 26 A 09

Expedientes:             5

Paquetes:   1

Año:       2009

Asuntos: Laboral varios: 11 Infracción Ley de trabajo y Seguridad Social, 4 Consignación de prestaciones.

Remesa: L 31 A 10

Expedientes:             15

Paquetes:   1

Año:       2010

Asuntos: Laboral varios: 6 Consignación de prestaciones, 9 Infracción Ley Trabajo y seguridad social.

Remesa:     L 30 A 11

Expedientes:             9

Paquetes:   1

Año:       2011

Asuntos: Laboral varios: 3 Consignación de prestaciones, 6 Infracción Ley Trabajo y seguridad social.

Remesa:     L 31 A 12

Expedientes:             7

Paquetes:   1

Año:       2012

Asuntos: Laboral varios: 1 Consignación de prestaciones, 6 Infracción Ley Trabajo y seguridad social.

Remesa:     L 31 A 13

Expedientes:             6

Paquetes:   1

Año:       2013

Asuntos: Laboral varios: 2 Consignación de prestaciones, 4 Infracción Ley Trabajo y seguridad social.

Remesa:   L 31 A 14

Expedientes:             8

Paquetes:   1

Año:       2014

Asuntos: Laboral varios: 4 Consignación de prestaciones, 4 Infracción Ley Trabajo y seguridad social.

Remesa:     L 32 A 15

Expedientes:             5

Paquetes:   1

Año:       2015

Asuntos: Laboral varios: 3 Consignación de prestaciones, 2 Infracción Ley Trabajo y seguridad social.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por una vez en el Boletín Judicial.

San José, 16 de agosto del 2018.

                                             MBA. Dinorah Álvarez Acosta,

                                                        Subdirectora Ejecutiva

O. C. 364-12-2017.—Sol. 68-2017-JA.—( IN2018277194 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 02-2006, de fecha 28 de junio del 2006, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 50-06, celebrada el 11 de julio del 2006, artículo L. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 02-2007, de fecha 06 de agosto del 2007, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 66-07 del 06 de setiembre del 2007, artículo XXXVII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentos Base en materia Civil del año 1938, 1953, 1963 a 1964, 1966 al 2006 y 2008 y Documento Base en materia Laboral del año 1945, 1963, 1974 a 1975, 1977 a 1978, 1983, 1985 a 1986, 1989 a 1990, 1992 a 1995, 1997 al 2001 y 2003 al 2007 del Juzgado Civil y Trabajo de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Documentos base Civil:

Remesa:     21077

Documentos:            1733

Paquetes:   46

Año:       1938, 1953, 1963 a 1964, 1966 al 2006 y 2008

Asunto:  Documentos base en materia civil: 1938 3 pagarés, 1 factura. 1953 3 Escrituras, 3 cheques, 3 confesionales, 2 documentos varios, 36 pagarés. 1963: 6 cheques, 1 prenda, 1 escritura, 13 confesionales, 9 facturas, 65 pagarés, 3 documentos varios. 1964 1 cheque, 1 escritura. 1966 2 pagarés. 1967 3 pagaré, 1 factura. 1968 2 pagaré. 1969 1 confesional, 1 cheque, 2 pagaré, 1 documento vario. 1970 2 prendas, 9 pagarés, 1 documento, 3 facturas. 1971 9 pagarés, 2 escrituras, 1 confesional. 1972 11 pagarés, 3 facturas, 1 prenda, 4 cheques, 1 confesional. 1973 1 cédula de identidad, 1 cheque, 11 pagarés, 1 factura, 3 confesionales, 2 prendas. 1974 2 cheques, 3 confesionales, 22 pagarés, 4 facturas. 1975 30 pagarés, 1 escritura, 10 facturas, 3 confesionales, 3 cheques. 1976 59 pagarés, 9 facturas, 4 confesionales, 3 prendas, 16 cheques. 1977 77 pagarés, 3 documentos varios, 11 facturas, 1 confesional, 2 prendas, 18 cheques. 1978 55 pagarés, 1 documento vario, 11 facturas, 1 confesional, 4 prendas, 5 cheques. 1979 34 pagarés, 4 confesionales, 1 cheque, 6 facturas, 1 documento vario. 1980 39 pagarés, 6 documentos varios, 8 facturas, 4 confesionales, 2 prendas, 1 cheque. 1981 3 cheques, 4 confesionales, 28 pagaré, 4 documentos varios, 1 prenda, 7 facturas. 1982 3 facturas, 5 confesionales, 4 cheques, 2 documentos varios, 2 contratos, 3 prendas, 23 pagarés. 1983 15 pagarés, 4 prendas, 4 documentos varios, 2 contratos, 3 cheques. 1984 3 prendas, 1 escritura, 6 confesionales, 1 documento vario, 22 pagarés, 23 facturas. 1985 D24 pagarés, 5 prendas, 6 cheques, 8 confesionales, 4 documentos varios, 21 facturas. 1986 8 confesionales. 10 cheques, 20 facturas, 9 prendas, 13pagarés, 2 documentos varios.

1987 2 escrituras, 1 plano, 7 cheques, 4 prendas, 6 pagarés, 1 hipoteca, 7 facturas. 1988 14 pagarés, 4 prendas, 11 cheques, 8 facturas, 1 escritura. 1989 4 confesionales, 7 facturas, 3 cheques, 9 pagarés, 1 prendas, 5 documentos varios. 1990 7 pagarés, 11 facturas, 3 prendas, 3 cheques, 1 escritura, 3 confesionales. 1991 1 letra de cambio, 4 facturas, 3 confesionales, 2 cheques, 1 documento vario, 10 pagarés. 1992 3 prendas, 8 pagarés, 5 cheques, 2 facturas, 1 contrato. 1993 2 documentos varios, 4 facturas, 4 pagarés, 1 confesional, 5 cheques, 2 prendas, 1 letra de cambio, 2 escrituras. 1994 6 cheques, 6 pagarés, 4 letras de cambio, 1 confesional, 8 facturas. 1995 2 libros, 1 confesional, 8 facturas, 3 cheques, 6 pagarés, 5 letras de cambio. 1996 2 libros, 5 letras de cambio, 1 contrato, 2 confesionales, 11 facturas, 12 pagarés, 4 cheques. 1997 10 pagarés, 3 recibos, 14 letras de cambio, 3 prendas, 4 cheques, 3 documentos varios, 2 confesionales.

1998 8 pagarés, 2 documentos varios, 1 confesional, 1 prenda, 3 cheques, 12 letras de cambio, 1 contratos. 1999 34 letras de cambio, 7 escrituras, 4 confesionales, 6 cheques, 16 facturas, 12 pagarés, 4 documentos varios. 2000 1 fotografía, 5 cheques, 11 facturas, 5 confesionales, 17 letras de cambio, 9 pagarés. 2001 2 pagarés, 10 facturas, 23 letras de cambio, 2 contratos, 1 carta de venta, 3 cheques. 2002 4 cheques, 14 letras de cambio, 10 pagarés, 2 contratos, 2 facturas. 2003 1 confesional, 6 cheques, 14 letras de cambio, 1 documento vario, 15 pagarés, 1 contrato, 9 facturas. 2004 14 pagarés, 8 recibos, 11 letras de cambio, 1 cheque, 1 confesional. 2005 7 pagarés, 1 factura, 9 letras de cambio, 3 contratos, 1 cheque, 3 documentos varios, 1 carta de venta. 2006 7 pagarés, 6 letras de cambio, 1 cheque, 1 confesional. 2008 1 documento vario.

Documentos base Laboral:

Remesa:     21078

Documentos:            88

Paquetes:   25

Año:       1945, 1963, 1974 a 1975, 1977 a 1978, 1983, 1985 a 1986, 1989 a 1990, 1992 a 1995, 1997 a 2001, 2003 al 2007.

Asunto:  Documentos base laboral: 1945 1 póliza. 1963 1 documento vario. 1974 3 documentos varios. 1975 1 libreta de labores, 1 documento vario. 1977 1 documento vario. 1978 1 epicrisis. 1983 1 documento vario. 1985 3 documentos varios. 1986 1 recibo. 1989 1 factura. 1990 1 cheque. 1992 2 documentos varios. 1993 1 boleta de incapacidad, 1 factura. 1994 1 factura. 1995 1 factura. 1997 5 comprobantes de pago, 3 documentos varios. 1998 1 documento vario. 1999 1 recibo. 2000 2 confesionales, 1 contrato, 1 documento vario. 2001 1 bitácora, 8 comprobantes de planilla, 1 cheque. 2003 4 recibos, 12 facturas. 2004 2 cheques, 3 comprobantes de pago, 1 juego de llaves, 3 documentos varios. 2006 1 carta de despido, 1 comprobante de pago, 5 facturas, 1 documento vario. 2005 1 fotografía, 1 cuaderno de bitácora, 1 llave. 2007 3 comprobantes de pago, 3 documentos varios.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese por una vez en el Boletín Judicial.

San José, 04 de setiembre del 2018.

                                                MBA. Dinorah Álvarez Acosta,

                                                         Subdirectora Ejecutiva

1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018276728 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2002 al 2003 y 2013 al 2017(no incluye del año 2004 al 2012) del Juzgado Civil y Trabajo de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:     A 2 G 02

Agendas:    7

Ampos:     25

Años: 2002 a 2003 y 2013 al 2017

Asunto:      Documentación Administrativa: 7 Agendas de señalamientos 2015 a 2017. 25 Ampos (7 Acuses de recibidos; 1 Registro de Asistencia de una empresa de Limpieza de nombre Serta del 2013, 1 Registros de asistencia 2016; 4 Consecutivos de sentencias civil y laboral 2015 a 2016; 6 Control de expedientes pasados al notificador 2015 a 2016; 2 Reportes de fax 2015 a 2016; 2 Control de oficios 2014 a 2016; 2 Procesos Disciplinarios (2002 a 2003).

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese por una vez en el Boletín Judicial.

San José, 04 de setiembre de 2018.

                                                   MBA. Dinorah Álvarez Acosta,

                                                                 Subdirectora.

1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018276729 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 02-2006, de fecha 28 de junio del 2006, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 50-06, celebrada el 11 de julio del 2006, artículo L, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentos Base en materia Civil del año 1970, 1972 a 1994, 1996, 1998 al 2003 y 2005 al 2006(no incluye del año 1971, 1995, 1997 y 2004) del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Cañas, Guanacaste. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:     21112

Documentos:            452

Paquetes:   33

Año:       1970, 1972 a 1994, 1996, 1998 al 2003, 2005 al 2006.

Asunto:  Documentos Base: 1970 Documentos base en materia civil. 1 escritura.1972 Documentos base en materia civil. 1 recibo. 1973 Documentos base en materia civil 2 pagarés y 1 certificado de prenda. 1974. Documentos base en materia civil: 1 pagaré. 1975 Documentos base en materia civil: 2 pagarés.1976 Documentos base en materia civil 2 facturas, 2 pagarés, 1 libreta de ahorros y 1 cheque. 1977 Documentos base en materia civil: 2 pagaré, 1 factura, 1 cheque, 1 confesional y 1 recibo. 1978 Documentos base en materia civil: 22 pagarés, 19 facturas, 3 cheques, 1979 Documentos base en materia civil: 13 pagarés, 5 facturas, 2 cheques, 1 certificado de prensa, 1 recibo.

1980 Documentos base en materia civil: 32 pagarés, 4 facturas, 2 cheques, 1 escritura, 1 certificado de prenda, 1 recibo, 1981 Documentos base en materia civil: 40 pagarés, 2 facturas, 1 cheque, 1 escritura, 1 certificado de prensa, 1 contrato, 1 confesional. 1982 Documentos base en materia civil: 4 facturas, 4 pagarés, 1 hipoteca, 1 escritura. 1983. Documentos base en materia civil: 7 pagarés, 2 facturas. 1984 Documentos base en materia civil: 6 pagarés y 1 cheque. 1985 Documentos base en materia civil: 3 pagaré, 2 certificados de prenda, 2 cheque, 1 factura. 1986 Documentos base en materia civil: 11 pagarés, 2 certificados de prensa, 3 factura, 2 cheque. 1987 Documentos base en materia civil: 21 certificados de prenda, 15 pagarés, 11 facturas, 2 cheques, 1 copia de cheque, 1 copia de factura, 1 cedula hipotecaria, 1 letra de cambio, 1 recibo.

1988 Documentos base en materia civil: 12 certificados de prenda, 9 pagarés, 7 facturas, 4 recibos y 4 cheques. 1989 Documentos base en materia civil: 14 pagarés, 12 certificados de prenda, 6 facturas, 7 cheques, 3 recibos, 1 confesional, 1 contrato de venta, 1 libreta de ahorros, 1 prevención de desalojo, 1990 Documentos base en materia civil: 2 pagaré, 2 facturas, 2 confesionales, 1 cheque y 1 certificado de prenda, 1991 Documentos base en materia civil: 8 confesionales, 4 facturas, 2 cheques, 1992 Documentos base en materia civil: 3 facturas, 1 cheque, 1 pagaré, 1 letra de cambio y 1 certificado de prenda. 1993 Documentos base en materia civil: 1 letra de cambio, 1 certificación 1 factura, 1 cheque y 1 certificado de prenda. 1994 Documentos base en materia civil: 2 confesionales. 1996 Documentos base en materia civil: 1 recibo.

1998 Documentos base en materia civil: 1 letra de cambio y 1 pagaré. 1999 Documentos base en materia civil: 2 letra de cambio, 2 pagarés, 1 factura, 1 cheque. 2000 Documentos base en materia civil: 9 letras de cambio, 1 pagaré, 1 confesional. 2001 Documentos base en materia civil: 5 letra de cambio, 2 cheques, 1 pagaré. 2002 Documentos base en materia civil: 8 letras de cambio, 1 cheque, 1 factura y 1 recibo. 2003 Documentos base en materia civil: 2 confesionales, 1 letra de cambio. 2005 Documentos base en materia civil: 8 pagarés, 4 letras de cambio y 1 factura. 2006 Documentos base en materia civil: 1 pagaré.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese por una vez en el Boletín Judicial.

San José, 04 de setiembre del 2018.

                                             MBA. Dinorah Álvarez Acosta,

                                                        Subdirectora Ejecutiva

1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018276733 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo III y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo CI. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 01-2015 de fecha 12 de agosto del 2015, artículo XI y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 79-15 celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo LXXIX, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes Civiles del año 1965,1970, 1973 a 1974, 1976 a 1990( No incluye el año 1966 al 1969 ,1971 a 1972, 1975, 1982 ,1984 a 1985 ,1987 a 1989) y expedientes de Faltas y Contravenciones del año 1982,1984,1989 ( No incluye el año 1983,1985 a 1988) a del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Cañas. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:     21097

Expedientes:             2

Paquetes:   1

Año:      1965

Asunto: Civil Varios: 2 ejecutivos simples 1965.

Remesa:     21098

Expedientes:             2

Paquetes:   1

Año:      1970

Asunto: Civil Varios: 2 incidentes de pago 1970.

Remesa:     21099

Expedientes:             1

Paquetes:   1

Año:      1973

Asunto: Civil Varios: 1 incidente civil 1973.

Remesa:     21100

Expedientes:             1

Paquetes:   1

Año:      1974

Asunto: Civil Varios: 1 incidente de pago 1974.

Remesa:     21101

Expedientes:             1

Paquetes:   1

Año:      1976

Asunto: Civil Varios: 1 matrimonio civil 1976.

Remesa:     21102

Expedientes:             1

Paquetes:   1

Año:      1977

Asunto: Civil Varios: 1 ejecutivo simple 1977.

Remesa:     21103

Expedientes:             2

Paquetes:   1

Año:      1978

Asunto: Civil Varios: 2 matrimonios civiles 1978.

Remesa:     21104

Expedientes:             1

Paquetes:   1

Año:      1979

Asunto: Civil Varios: 1 Matrimonio civil 1979.

Remesa:     21105

Expedientes:             1

Paquetes:   1

Año:      1980

Asunto: Civil Varios: 1 Matrimonio civil 1980.

Remesa:     21106

Expedientes:             1

Paquetes:   1

Año:      1981

Asunto: Civil Varios: 1 ejecutivo simple 1981.

Remesa:     21107

Expedientes:             3

Paquetes:   1

Año:      1983

Asunto: Civil Varios: 3 matrimonio civil 1983.

Remesa:     21108

Expedientes:             1

Paquetes:   1

Año:      1986

Asunto: Civil Varios: 1 ejecutivos simples 1986.

Remesa:     C 34 G 90

Expedientes:             1

Paquetes:   1

Año: 1990

Asunto: Civil Varios: 1 Civiles: hipotecarios 1990.

Remesa:     21109

Expedientes:             1

Paquetes:   1

Año:      1982

Asunto: Faltas y Contravenciones: 1 Faltas y contravenciones: lesiones 1982.

Remesa:     21110

Expedientes:             6

Paquetes:   1

Año:      1984

Asunto: Faltas y Contravenciones: 6 Faltas y contravencionales: contravención 1984.

Remesa:     21111

Expedientes:             3

Paquetes:   1

Año:      1989

Asunto: Faltas y Contravenciones: 3 Faltas y contravenciones: contravención 1989.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese por una vez en el Boletín Judicial. San José, 4 de setiembre de 2018.

                                           MBA. Dinorah Alvarez Acosta

                                                   Subdirectora Ejecutiva

1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018276734 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 02-2006, de fecha 28 de junio del 2006, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 50-06, celebrada el 11 de julio del 2006, artículo L., se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentos Base en materia Civil del año 1989 y 2000 al 2006(no incluye del año 1990 a 1999) del Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:    21095

Documentos:            996

Paquetes:    467

Año:            1989, 2000 al 2006

Asunto:       Documentos base en materia civil. 6 Letras de Cambio del año 1989.

Documentos base en materia civil. 68 pagares, 37 Letras de Cambio, 144 Facturas, 26

Cheques, 23 Recibos, 5 Sobres con interrogatorios del año 2000.

Documentos base en materia civil. 27 Letras de Cambio. 34 pagarés. 133 Facturas, 2 Cheques, 4 Certificados de prenda, 4 Sobres con interrogatorios, 39 Facturas, 1 Sobre con 2 Facturas y 1 pagaré, 1 Sobre con 21 Facturas y 1 pagaré del año 2001.

Documentos base en materia civil. 25 Letras de Cambio. 20 pagarés, 85 Facturas, 11 Cheques, 2 Certificados de prenda, 1 Sobre con 8 facturas y 23 hojas de tarjetas de control de horas, 1 Sobre con 1 factura y 1 pagaré, 1 Sobre con 5 facturas y 1 pagaré del año 2002.

Documentos base en materia civil. 27 Letras de Cambio. 13 pagarés. 20 Facturas, 1 Cheque, 1 Sobre con 1 pagaré y 1 letra de cambio, 1 Sobre con 6 Facturas y 1 pagaré, 1 Sobre con 20 Facturas, 1 Sobre con 1 factura del año 2003.

Documentos base en materia civil. 26 Letras de Cambio. 26 pagarés. 1 Factura del año 2004.

Documentos base en materia civil. 4 Contratos. 1 Pagaré. 3 Copias Certificadas de Letras de Cambio. 1 Factura. 10 Pagarés (5 originales y 5 copias certificadas). 8 Letras de Cambio (4 originales y 4 copias certificadas). 1 certificación de contrato. 3 Copias certificadas de Letras de Cambio. 3 Letras de Cambio. 4 Pagarés. 2 Letras de Cambios (1 origina y 1 certificado). 6 copias certificadas de Pagarés. 13 copias certificadas de Letras de cambios. 1 sobre con 5 facturas. 1 sobre con una certificación del Sistema de recaudación de la C.C.S.S. 5 sobres con Letras de cambio. 1 sobre con cuatro pagarés. 4 Letras de cambio (2 originales y 2 copias certificadas). 6 Pagarés (3 originales y 3 copias certificadas). 12 Letras de cambio (6 originales y 6 copias certificadas) del año 2005.

Documentos base en materia civil. 1 Letra de Cambio. 3 Pagarés. 4 Copias Certificadas de Letras de Cambio del año 2006.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese por una vez en el Boletín Judicial.

San José, 04 de setiembre de 2018.

                                                   MBA. Dinorah Álvarez Acosta,

                                                           Subdirectora Ejecutiva

1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018277187 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 02-2006, de fecha 28 de junio del 2006, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 50-06, celebrada el 11 de julio del 2006, artículo L., se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentos Base en materia Civil del año 1999 al 2007 del Juzgado Primero Civil de Mayor Cuantía de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:     S 15 S 99

Documentos:            3373

Paquetes:    7

Año:            1999 a 2007

Asunto:       Documentos base en materia civil.

AÑO-1999

62 pagarés, 530 letras de cambio, 259 facturas, 179 recibos de dinero, 99 prendas, 6 hipotecas, 75 cheques, 1 plano, 13 certificaciones, 41 testimonio de escritura, 14 contratos, 13 fotos, 1 dictamen médico, 189 copias,11 recibos de servicios públicos, 4 oficios varios, 2 telegramas, 2 poderes, 19 posiciones, 37 depósitos judiciales, 1 folleto, 21 recortes, 17 cartas, 4 escritura.

AÑO - 2000

Documentos base en materia civil. 66 pagarés, 430 letras de cambio, 704 facturas,513 recibos de dinero,70 prendas, 8 hipotecas, 40 cheques, 14 certificaciones, 21 testimonio de escritura, 25 contratos, 44 fotos, 193 copias de documentos-prueba,18 recibos de servicios públicos,1 oficios varios, 20 posiciones, 12 depósitos judiciales,1 folleto, 19 cartas, 11 escritura.

AÑO-2001

Documentos base en materia civil. 37 pagarés, 417 letras de cambio, 251 facturas,115 recibos de dinero, 25 prendas, 4 hipotecas, 23 cheques, 1 plano, 05 certificaciones, 5 testimonio de escritura,12 contratos, 27 fotos,132 copias de documentos-prueba, 1 revista, 1 oficios varios, 4 traducciones, 1 poder, 11 posiciones, 10 cartas, 2 compra y venta,17 escritura.

AÑO-2002

Documentos base en materia civil. 76 pagarés, 272 letras de cambio, 267 facturas, 221 recibos de dinero, 44 prendas,16 hipotecas, 31 cheques, 1 plano,1 certificaciones, 7 testimonio de escritura, 10 contratos, 31 fotos, 64 copias de documentos-prueba, 5 recibos servicios públicos, 2 oficios varios, 9 posiciones, 5 depósitos judiciales, 2 cartas,1 compra y venta,13 escritura.

AÑO-2003

Documentos base en materia civil. 66 pagarés, 222 letras de cambio, 176 facturas, 30 recibos de dinero, 41 prendas,10 hipotecas, 58 cheques, 2 plano, 2 certificaciones, 15 testimonio de escritura, 8 contratos, 33 fotos, 67 copias de documentos-prueba,1 oficios varios, 9 posiciones, 12 cartas.

AÑO-2004

Documentos base en materia civil. 101 pagarés, 269 letras de cambio,165 facturas, 158 recibos de dinero, 20 prendas,18 hipotecas, 1 cheques, 1 plano, 5 certificaciones, 11 testimonio de escritura, 11 contratos, 52 fotos, 38 copias de documentos-prueba, 8 recibos servicios públicos, 9 posiciones, 3 cartas, 3 compra-venta, 9 escritura.

AÑO-2005

Documentos base en materia civil. 98 pagarés, 421 letras de cambio, 309 facturas,131 recibos de dinero, 13 prendas,7 hipotecas, 9 cheques,1 certificaciones, 3 testimonio de escritura, 5 contratos,7 fotos, 2 dictamen médico, 103 copias de documentos-prueba, 1 recibos servicios públicos, 2 oficios varios, 10 posiciones, 6 depósitos judiciales, 34 recortes, 6 cartas, 21 escritura.

AÑO-2006

Documentos base en materia civil. 41 letras de cambio,41 facturas, 37 recibos de dinero,2 prendas, 2 hipotecas,1 certificaciones, 3 testimonio de escritura, 2 copias de documentos-prueba, 22 recibos servicios públicos, 4 escrituras.

AÑO-2007

Documentos base en materia civil. 1 letras de cambio,1 recibos de dinero,4 prendas, 2 testimonio de escritura, 2 copias de documentos-prueba, 2 escrituras.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese por una vez en el Boletín Judicial.

San José, 04 de setiembre de 2018.

                                                   MBA. Dinorah Álvarez Acosta,

                                                           Subdirectora Ejecutiva

1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018277188 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 02-2006, de fecha 28 de junio del 2006, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 50-06, celebrada el 11 de julio del 2006, artículo L, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentos Base en materia Civil del año 1993 al 2010 (No se incluyen los años 1994, 1996, 2002, 2006, 2007 y 2008) del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Coto Brus, Zona Sur. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:     S 2 P 93

Documentos:            205

Paquetes:    12

Año:            1993 al 2010

Asunto:       Documentos base en materia civil:

1 paquete con 1 documento: 1 pagaré del año 1993.

1 paquete con 1 documento: 1 carta de venta del año 1995.

1 paquete con 10 documentos: 2 Letras de cambio, 4 Pagaré, 4 Cheques del año 1997.

1 paquete con 35 documentos: 10 facturas, 9 pagaré, 1 certificación notarial, 4 Cheques, 11

letras de cambio del año 1998.

1 paquete con 22 documentos: 1 Cheque, 4 pagaré, 4 Facturas, 1 prenda, 1 testimonio de

escritura, 11 letras de cambio del año 1999.

1 paquete con 5 documentos: 5 folios contrato de arrendamiento del año 2000.

1 paquete con 1 documento: 1 Cheque del año 2001.

1 paquete con 85 documentos: 85 recibidos del año 2003.

1 paquete con 4 documentos: 1 recibo, 3 Letras de cambio del año 2004.

1 paquete con 29 documentos: 1 Pagaré, 1 Hipoteca, 14 Letras de cambio, 7 facturas, 6 folios

contrato arrendamiento del año 2005.

1 paquete con 4 documentos: 4 folios prenda del año 2009.

1 paquete con 8 documentos: 1 cheque, 1 recibo, 6 folios prenda del año 2010.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese por una vez en el Boletín Judicial.

San José, 4 de setiembre de 2018.

                                                   MBA. Dinorah Álvarez Acosta,

                                                           Subdirectora Ejecutiva

1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018277189 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo III y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo CI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes Civiles del año 2001 al 2008 del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Guatuso. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:     C 50 A 01

Expedientes:             26

Paquetes:   1

Año:      2001

Asunto: Civil varios: Desahucio: 02, Ejecución Sentencia: 01, Interdicto: 01, Matrimonio Civil: 03, Embargo preventivo: 02, Ejecutivo Simple: 16, Consignación: 01

Remesa:     C 49 A 02

Expedientes:             26

Paquetes:   01

Año:      2002

Asunto: Civil varios: Desahucio: 03, Ejecución Sentencia: 02, Abreviado: 01, Confesión Anticipada: 01 Matrimonio Civil: 01, Ejecución Hipotecaria: 01, Interdicto: 01 Consignación: 02, Ejecutivo Simple: 13, Ordinario: 01

Remesa:     C 47 A 03

Expedientes:             18

Paquetes:   1

Año:      2003

Asunto: Civil varios: Desahucios: 03, Ejecución Sentencia: 01, Ejecutivo Prendario: 01, Consignación de Alquiler: 05 Ejecutivo Simple: 08

Remesa:     C 46 A 04

Expedientes:             55

Paquetes:   1

Año:      2004

Asunto: Civil varios: Ejecutivo Simple: 48, Ejecución Sentencia: 01, Desahucio:  04, Matrimonio, Civil: 01, Interdicto: 01

Remesa:     C 48 A 05

Expedientes:             23

Paquetes:   1

Año:      2005

Asunto: Civil varios: Ejecutivo Simple: 12, Ejecutivo Hipotecario: 01, Consignación: 02, Matrimonio Civil:01, Desahucios: 03, Abreviados: 04

Remesa:     C 52 A 06

Expedientes:             31

Paquetes:   1

Año:      2006

Asunto: Civil varios: Ejecutivo Simple: 21, Ejecución Sentencia: 01, Matrimonio Civil :02, Desahucios: 04, Abreviados: 03

Remesa:     C 62 A 07

Expedientes:             08

Paquetes:   1

Año:      2007

Asunto: Civil varios: Ejecutivo Simple: 05, Entrega de Cosa 01, Interdicto: 01, Consignación Alquiler: 01

Remesa:     C 63 A 08

Expedientes:             24

Paquetes:   1

Año:      2008

Asunto: Civil varios: Ejecutivo Simple: 17, Ejecución de Sentencia:01, Ejecución Hipotecaria: 03, Consignación Alquiler: 03

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese por una vez en el Boletín Judicial.

San José, 04 de setiembre del 2018.

                                                MBA. Dinorah Álvarez Acosta

                                                      Subdirectora Ejecutiva

1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018277192 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en sesión 01-2014, celebrada el 14 de marzo del 2014, artículo VIII, y la aprobación del Consejo Superior en Sesión 47-2014, del 21 de mayo del 2014, artículo XXXI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes materia tránsito del año 2006 al 2007 del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en el Archivo del Segundo Circuito Judicial de San José.

Remesa:     W 4 S 06

Expedientes:             9731

Paquetes:    100

Año:            2006

Asunto:       Infracción Ley de Tránsito

Remesa:     W 3 S 07

Expedientes:             5962

Paquetes:    47

Año:            2007

Asunto:       Infracción Ley de Tránsito

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese por una vez en el Boletín Judicial.

San José, 04 de setiembre de 2018.

                                                   MBA. Dinorah Álvarez Acosta,

                                                           Subdirectora Ejecutiva

1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018277193 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo XCV., de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 01-2009 de fecha 26 de febrero del 2009, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 58-09, celebrada el 02 de junio del 2009, artículo LV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Familia de los años 2013 al 2016, Expedientes Penal Juvenil del año 2003 al 2007 y Expedientes de Violencia Doméstica de los años 2013 al 2014 del Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Osa. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

FAMILIA:

Remesa:     F 2 P 13

Expedientes:             65

Paquetes:    3

Año:            2013

Asunto:       Varios Familia: 1 Reconocimiento de hijo de mujer casada (rechazado), 12 Divorcio (Sin sentencia, desierto, inadmisible), 15 Divorcio por mutuo acuerdo (sin sentencia, abandonado), 1 Tutela (Abnadonado), 3 Solicitud de matrimonio (no celebrados), 2 Insania (sin lugar), 4 Impugnación de paternidad (inadmisible, abandonado, sin sentencia), 5 Depósito Judicial (Sin lugar), 5 Régimen de visitas (Sin lugar), 1 Guarda, crianza y educación (sin lugar), 1 Autorización salida del país (inadmisible), 2 Declaratoria de paternidad (Abandonado, sin sentencia), 13 Investigación de paternidad (sin sentencia, abandonado, inadmisible).

Remesa:     F 2 P 14

Expedientes:             45

Paquetes:   2

Año:            2014

Asunto:       Varios Familia: 15 Divorcio por mutuo acuerdo (sin sentencia, abandonado), 1 Guarda, crianza y educación (sin lugar), 1 Reconocimiento de unión de hecho (sin sentencia), 1 Utilidad y necesidad (sin lugar), 2 Solicitud de matrimonio (no celebrados), 5 Investigación de paternidad (Inadmisible, abandonados), 1 Impugnación de paternidad (sin sentencia), 2 régimen de visitas (sin lugar), 7 Divorcio (Sin sentencia, desierto, inadmisible), 2 Depósito Judicial (sin lugar), 4 Reconocimiento de hijo de mujer casada (inadmisible), 1 impugnación de reconocimiento (sin sentencia), 1 Insania (sin lugar), 2 Autorización salida del país (rechazado, inadmisible).

Remesa:     F 2 P 15

Expedientes:             36

Paquetes:    2

Año:            2015

Asunto:       Varios Familia: 8 Divorcio (Sin sentencia, desierto, sin lugar), 9 Divorcio por mutuo acuerdo (sin sentencia, abandonado), 2 Depósito Judicial (sin lugar), 1 Investigación de paternidad (inadmisible), 1 Utilidad y necesidad (Sin lugar), 1 Insania (sin lugar), 1 impugnación de reconocimiento (sin sentencia), 2 Impugnación de paternidad (Inadmisible), 4 Régimen de visitas (sin lugar), 1 reconocimiento de hijo de mujer casada (inadmisible),1 Guarda, crianza y educación (sin lugar), 2 reconocimiento de unión de hecho (inadmisible), 1 Medida cautelar (sin resolución), 1 Solicitud de matrimonio (no celebrado), 1 autorización salida del país (rechazado).

Remesa:     F 1 P 16

Expedientes:             3

Paquetes:    1

Año:            2016

Asunto:       Varios Familia: 1 Divorcio por mutuo acuerdo (sin sentencia), 2 solicitud de matrimonio (no celebrados).

VIOLENCIA DOMÉSTICA:

Remesa:     V 6 P 13

Expedientes:             290

Paquetes:    3

Año:            2013

Asunto:       Violencia Doméstica.

Remesa:     V 3 P 14

Expedientes:             318

Paquetes:    4

Año:            2014

Asunto:       Violencia Doméstica.

PENAL JUVENIL:

Remesa:     T 7 P 03

Expedientes:             57

Paquetes:    6

Año:            2003

Asunto:       Varios Penal Juvenil: (5 Infracción a la Ley de Tránsito, 5 Infracción a la Ley de Psicotrópicos, 2 Robo, 2 Atípica, 1 Tentativa de violación, 1 Lesiones culposas, 1 Lesiones, 4 Hurto, 1 Hurto menor, 2 Palabras obscenas, 1 Provocación a riña, 2 Amenazas, 1 Circulación de moneda falsa), Expedientes con sentencias de desestimación definitivo firmes. 1 Desobediencia a la Ley de tránsito, 1 Agresión, 2 Amenazas, 1 Infracción a la Ley de armas, 3 Abusos, 1 Robo, 1 Robo agravado, 1 Colisión, 2 Daños, 2 Violación, 1 Amenazas a funcionario público, 3 Lesiones, 10 Infracción a la Ley de tránsito, Expedientes con sentencias de sobreseimiento definitivo firmes.

Remesa:     T 6 P 04

Expedientes:             30

Paquetes:    3

Año: 2004

Asunto:       Varios Penal Juvenil: (1 Amenaza, 1 Infracción a la Ley de psicotrópicos, 1 Abusos deshonestos, 1 Hurto simple, 3 Hurto, 1 Relaciones sexuales con menor, 1 Venta de licencia, 1 Violación, 1 Atípica), Expedientes con sentencias de desestimación definitivo firmes. 1 Golpes, Expedientes Archivado. 14 Infracción a la Ley de tránsito, 1 Infracción a la Ley forestal, 1 Infracción a la Ley de psicotrópicos, 1 Desobediencia a la autoridad, 1 Amenazas, Expedientes con sentencias de sobreseimiento definitivo firmes.

Remesa:     T 4 P 05

Expedientes:             68

Paquetes:    7

Año:            2005

Asunto:       Varios Penal Juvenil: (6 Hurto, 1 Infracción a la Ley de tránsito, 1 Abuso sexual contra menor de edad, 2 Usurpación, 2 Relaciones sexuales con menor, 1 Lanzamiento de objetos, 1 Robo agravado, 2 Agresión, 3 Infracción a la Ley de psicotrópicos, 1 Tentativa de suicidio, 2 Palabras obscenas, 3 Daños, 1 Lesiones culposas, Expedientes con sentencias de desestimación definitivo firmes. 1 Lesiones levísimas, 6 Lesiones, 1 Amenazas, 7 Infracción a la Ley de tránsito, 3 Violación, 3 Robo, 2 Robo Agravado, 1 Daños, 1 Agresión con arma, 4 Abuso sexual contra menor, 1 Venta de pólvora, 1 Infracción a la Ley de caza, 1 Infracción a la Ley de psicotrópicos, 1 Receptación, 1 Hurto agravado, 2 Agresión, 1 Afectación orden público, 1 Provocación a riña, 1 Daños menores, 1 Infracción a la Ley de armas, 1 Hurto menor, 1 Resistencia, Expedientes con sentencias de sobreseimiento definitivo firmes.

Remesa:     T 3 P 06

Expedientes:             51

Paquetes:    1

Año:            2006

Asunto:       Varios Penal Juvenil: (1 Lesiones, 1 Palabras obscenas, 6 Tenencia de droga, 1 Infracción a la Ley de tránsito, 1 Infracción a la Ley de armas, 1 Robo agravado, 1 Robo simple con fuerza sobre las cosas, 1 Amenazas a funcionario público, 1 Atípica, 1 Hurto Agravado, 1 Circulación de moneda falsa, 4 Hurto, Expedientes con sentencias de desestimación definitivo firmes. 1 Amenazas, Expedientes Archivado. 4 Amenazas personales, 1 Infracción a la Ley de tránsito, 1 Abuso sexual contra menor de edad, 3 Hurto simple, 1 Relaciones sexuales con menor, 1 Coacción, 1 Golpes, 3 Robo agravado, 1 Violación tentativa, 2 Infracción a la Ley de Psicotrópicos, 2 Palabras obscenas, 1 Estafa, 1 Infracción a la Ley de fauna, 1 Lesiones levísimas, 1 Robo simple con fuerza sobre las cosas, 1 Infracción a la Ley de armas, 1 Daños, 1 Provocación con riña, 1 Lanzamiento de objetos, 1 Lesiones graves, 1 Abuso sexual contra menor, Expedientes con sentencias de sobreseimiento definitivo firmes.

Remesa:    T 3 P 07

Expedientes:             36

Paquetes:    3

Año:            2007

Asunto:       Varios Penal Juvenil: (1 Amenazas personales, 2 Infracción a la Ley de tránsito, 1 Abuso sexual contra menor de edad, 1 Hurto, 2 Relaciones sexuales con menor, 1 Maltrato de animales, 1 Robo, 1 Robo agravado, 3 Agresión con arma, 2 Desobediencia, 1 Infracción a la Ley de psicotrópicos, 2 Tenencia de droga, 1 Provocación a riña, 1 Daños, Expedientes con sentencias de desestimación definitivo firmes. 1 Hurto, 1 Robo, 1 Palabras obscenas, Expedientes Archivados.

1 Lesiones leves, 3 Palabras obscenas, 1 Tentativa de suicidio, 1 Portación ilegal de armas, 2 Infracción a la Ley de psicotrópicos, 1 Robo, 1 Lesiones, 1 Daños, 1 Agresión con arma, 1 Abuso sexual contra menor, Expedientes con sentencias de sobreseimiento definitivo firmes.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por una vez en el Boletín Judicial.

San José, 16 de agosto de 2018.

                                                   MBA. Dinorah Álvarez Acosta,

                                                                 Subdirectora Ejecutiva

1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018277195 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Héctor Mauricio Aguilar Castro, 0701410109, fallecido el diecinueve de marzo del dos mil dieciocho, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 18-000430-0679-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 18-000430-0679-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 15 de mayo del 2018.—Lic. Ernesto Torres Torres, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018275629 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Armando Villalobos Cruz, quien fue mayor, soltero, de ocupación educador, vecino de Alajuela, San Ramón, cédula de identidad 2-0271-0628 y falleció el dos de agosto del dos mil dieciocho; se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de distribución de prestaciones de personas trabajadoras fallecidas bajo el número 18-000271-0694-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Laboral).—Licda. Marjorie Wilson Rodríguez, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018283081 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan Carlos Méndez Masis, quien fue mayor, soltero, cédula de identidad número 3-0412-0998, laboró para CSS Costa Rica Technology Services Limitada, con último domicilio en Cartago, Oreamuno, Cot, Ciudadela San Francisco, casa número 74 y falleció el 7 de Junio del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias del proceso de consignación de prestaciones, que se tramita bajo el expediente número 18-001575-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 18-001575-0641-LA. Promovido por Laura Masis Zúñiga, cédula de identidad número 3-0297-0960.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 14 de setiembre del año 2018.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018283089 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de , cédula de identidad 7-126-981 quien fue mayor, casado, laboró para SP Seis Servicios Administrativos Sociedad Anónima y falleció el 27 de agosto del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones sector privado bajo el número 18-001567-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 18-001567-0641-LA, promovido por, Yakira Dana Reid Galagarza, cédula 07-0188-0704.—Juzgado de Trabajo de Cartago 13 de setiembre del año 2018.—Licda. Clelia Calvo Bermúdez, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018283090 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de 3-0156-0982, falleció el 08 de setiembre del año 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 18-001626-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 18-001626-0641-LA. Promovido por Maria Elena Salazar Barquero, a favor de Carlos Enrique Salazar Barquero.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 20 de setiembre del año 2018.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018283092 )

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de la señora Elvira Quirós Sandoval, quien fuera mayor de edad, soltera, fue titular de la cédula de identidad número dos-ciento ochenta y nueve-cuatrocientos ochenta y nueve, quien falleciera el día cuatro de junio de dos mil dieciséis, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezca a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número: 2018-02-EQS.—Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, cincuenta metros al oeste del Cuerpo de Bomberos.—Licenciada Olga Lydia Guerrero Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2018283909 ).

Se hace saber que ante esta notaría se tramita el proceso sucesorio de quien en vida fuera el señor Roberto Picón Angulo, sastre, con último domicilio en Estados Unidos de Norteamérica, uno tres Perot.St Bronx New York uno cero cuatro seis tres, costarricense, cédula de identidad personal número cinco-cero cincuenta y cinco-trescientos ochenta y dos. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de Luis Fernando Jiménez Quesada, notario público con oficina en San José, calle trece, avenidas doce y catorce, número mil doscientos sesenta y nueve, fax 2221-5996, correo electrónico: notis@ice.co.cr.—San José, 03 de octubre de 2018.—Lic. Luis Fernando Jiménez Quesada, Notario.—1 vez.—( IN2018284238 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Andrew Antonio Jiménez Hernández 1-0541-0192, fallecido el 08 de junio del año 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector privado bajo el número 18-001496-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Por Margarita Murillo Urbina a favor de Andrew Antonio Jiménez Hernández.  Expediente 18- 001496-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 17 de setiembre del año 2018.—Licda. Andrea Isabel Cubillo Monge, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018284961 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Roberto Morales Araya, cédula de identidad número 0502010233, fallecido el 14 de febrero del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector privado bajo el Número 18-000168-0942-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Por Consignación de Prestaciones a favor de Roberto Morales Araya. Expediente 18-000168-0942-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Laboral), 27 de julio del año 2018.—Lic. Claudio Rojas Castro, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud.—68-2017-JA.—( IN2018284962 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados del señor Oscar Eduardo Mora Jiménez, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Alajuela Pueblo Nuevo de la antigua ferretería el pueblo cuatrocientos norte y cien al oeste, cedula de identidad103440544, para que dentro del plazo de 30 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quien corresponda. Sucesión Oscar Eduardo Mora Jiménez. Expediente 11-2018.—Alajuela de 2018.—Licda. Sianny Arce Álvarez, Notaria.—1 vez.—( IN2018285018 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Jorge Asdrúbal Román Villalta, quien fue mayor, casado, vecino de San Rafael de Montes de Oca, cédula de identidad número 1-0472-0916, se les hace saber que: Maritza Berrocal Porras, cédula de identidad número 1-0517-0866, domicilio San Rafael de Montes de Oca, se apersonó en este Despacho en calidad de del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial Libre de Derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido. Expediente número 18-000195-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 06 de marzo del año 2018.—Licda. Andrea Cubillo Monge, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud.—68-2017-JA.—( IN2018285021 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Enrique Solorzano Marin, fallecido el 29 de mayo del año 2017, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector privado bajo el número 18-000269-0166- LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.  Por a favor de. Expediente 18-000269-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de abril del año 2018.—Licda. Andrea Isabel Cubillo Monge, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud.—68-2017-JA.—( IN2018285022 ).

Por parte de Laura Bonilla Hidalgo cédula 111910091, Karla Bonilla Hidalgo Cédula 303450772 y Paola Bonilla Hidalgo cédula 303590349. Se tienen por establecidas las presentes diligencias de consignación de prestaciones de persona pensionada fallecida José Rafael Bonilla Martínez cédula 800530867 quien fue mayor y falleció el 23 de octubre del año 2017.Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector privado bajo el número 17-001949-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 21 de agosto del año 2018. Expediente 17-001949-0166-LA.—Licda. Andrea Isabel Cubillo Monge, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud: 68-2017-JA.—1 vez.—( IN2018285023 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Victor Julio Esquivel Sánchez 0501630472, fallecido el 10 de marzo del año 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 18-001327- 0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Promovente Rosario Quirós Morera. Causante Victor Julio Esquivel Sánchez. Expediente 18-001327-0639-LA.— Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de julio del año 2018.—Licda. Digna María Rojas Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018285024 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Andy Leonel Rivera Acevedo 0801170965, fallecido el 04 de julio del año 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 18-001329-0505- LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Interpuesto por Rentacamiones S.A, a favor de los menores Andy Landon Rivera González y Yazid Abrahán Rivera González, representados por la madre en ejercicio de la patria potestad Fátima del Carmen González Alvarado, con identificación número 155803897419.    Expediente 18-001329-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 22 de agosto del año 2018.—Msc. Xiomara Arias Madrigal, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018285025 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Andrés Bonilla Masis 0114110421, fallecido(a) el 17 de agosto del año 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector público bajo el número 18-001558- 0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Por a favor de Andrés Bonilla Masis. Expediente 18-001558-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 21 de setiembre del año 2018.—Lic. Juan Carlos Cambronero Navarro, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018285026 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Fabio Alberto Corrales Espinoza 0205540294, fallecido(a) el 23 de julio del año 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector privado bajo el número 18-001639- 0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Por Bridgestone De Costa Rica Sociedad Anónima. Expediente 18-001639-0639-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela 24 de setiembre del año 2018.—Licda. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018285027 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rafael Antonio Bonilla Camacho 0110040668, fallecido(a) el 16 de setiembre del año 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector público bajo el Número 18-001648-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Por Hospital Rafael Ángel Calderón Guardia a favor de Rafael Antonio Bonilla Camacho. Expediente 18-001648-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 26 de setiembre del año 2018.—Msc. Bertha María Jiménez Alvarado, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-20187.—Solicitud: 68-2017-JA.—( IN 2018285028 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Leonel Alberto Rosales Maroto 1-0415-1084, fallecido el 19 de julio del año 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector privado bajo el número 18-001704-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Por Iría Yalile Calvo Rodríguez a favor de Leonel Alberto Rosales Maroto. Expediente 18- 001704-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de agosto del año 2018.—Licda. Andrea Isabel Cubillo Monge, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018285029 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la persona trabajadora fallecida Mariángel Eras De La O, quien fue mayor, soltera, promotora de ventas en servicios turísticos, cédula de identidad 5-0406-0862, laboró para la empresa Green Line (agencia de turismo), vecina de Liberia, Guanacaste, Barrio El Capulín, quien falleció el 14 de julio de 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector privado bajo el número 17-000136-0942-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con, promovido por Isabel Eras de la O, cédula 5-0259-0536.  Lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 17-000136-0942-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Laboral), 20 de setiembre del año 2017.—Lic. Francisco Quesada Quesada, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018285030 ).

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Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 313-03802-01-0002-001, hipoteca legal Ley 9024 citas: 2017-590447-01-0519-001; a las nueve horas y treinta minutos del siete de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de doce mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos ochenta y dos mil trescientos seis cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno de potrero. Situada en el distrito: 02-Desmonte, cantón: 04-San Mateo, de la Provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Gerardina Miranda Castro; al sur, calle pública con frente de 82 metros 26 centímetros; al este, Elieth Masís Valverde; y al oeste, Ulises Espinoza Arguedas. Mide: quince mil seiscientos dos metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintidós de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de nueve mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del siete de diciembre del dos mil dieciocho, con la base de tres mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Bufete Ricardo Calvo Gamboa Sociedad Anónima contra Laremo M M M Sociedad Anónima. Expediente 16-016813-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 24 de setiembre del 2018.—Licda. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2018284911 ).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cero minutos del uno de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de cinco millones cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: HB2787, Marca: Toyota, Estilo: Coaster, Categoría: buseta, capacidad: 30 personas, carrocería: buseta, año fabricación: 1999, Número chasis: HZB500106088, combustible: Diesel. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciséis de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del tres de diciembre del dos mil dieciocho, con la base de un millón trescientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de William del Carmen Anchia Rodríguez contra Pablo Daniel Martínez Bustos. Expediente 17-000890-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito (Materia Cobro), 13 de agosto del 2018.—Licda. Hazel Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2018284920 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cuarenta minutos del veintiuno de enero del dos mil diecinueve, y con la base de seis mil doscientos dieciocho dólares con treinta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo Placas número MOT-532663, Marca Honda, Estilo: TRX 420 FA1, Categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas, año: 2016, color: rojo, Vin: 1HFTE41U9G4200066, cilindrada 420 c.c., combustible: gasolina, Motor: TE41E8304098. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del cinco de febrero del dos mil diecinueve, con la base de cuatro mil seiscientos sesenta y tres dólares con setenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del veinte de febrero del dos mil diecinueve, con la base de mil quinientos cincuenta y cuatro dólares con cincuenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Sociedad Anónima de Vehículos Automotores contra Acuatic Tours S. A. Expediente 18-001101-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 23 de abril del 2018.—Lic. Giovanni Morales Mora, Juez.—( IN2018284924 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y veinte minutos del veintiuno de enero del dos mil diecinueve, y con la base de siete mil treinta y un dólares con veintiséis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo Placas número MOT-525919, Marca: Honda, Estilo: TRX420FE 1, Categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas. año: 2016, color: rojo, Vin: 1HFTE40U2G4250163, cilindrada: 420 c.c., combustible: gasolina. Motor TE40E8321180. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y veinte minutos del cinco de febrero del dos mil diecinueve, con la base de cinco mil doscientos setenta y tres dólares con cuarenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y veinte minutos del veinte de febrero del dos mil diecinueve, con la base de mil setecientos cincuenta y siete dólares con ochenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Sociedad Anónima de Vehículos Automotores contra Acuatic Tours Sociedad Anónima. Expediente 18-001080-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 23 de abril del 2018.—Lic. Giovanni Morales Mora, Juez.—( IN2018284925 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de mil trescientos noventa dólares con cincuenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número MOT-504139. Marca: Honda, Estilo: CB Unicorn, Categoría: motocicleta, Capacidad: 2 personas, año: 2016, color: rojo, Vin: ME4KC09E1G8011801, cilindrada: 149 c.c., combustible: gasolina. Motor KC09E86902899. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de mil cuarenta y dos dólares con noventa y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de diciembre del dos mil dieciocho, con la base de trescientos cuarenta y siete dólares con sesenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Sociedad Anónima de Vehículos Automotores contra Acuatic Tours S. A. Expediente 18-001099-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 08 de febrero del 2018.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—( IN2018284926 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de enero del dos mil diecinueve, y con la base de seis mil setecientos sesenta y dos dólares con cincuenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo Placas número MOT 533910, Marca: Honda, Estilo: TRX 420 FA1, Categoría: motocicleta, Capacidad: 1 personas, año: 2016, color: rojo, Vin: 1HFTE41U2G4200085, cilindrada: 420 c.c., combustible: gasolina, Motor: TE41E8304124. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de febrero del dos mil diecinueve, con la base de cinco mil setenta y un dólares con ochenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de febrero del dos mil diecinueve, con la base de mil seiscientos noventa dólares con sesenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Sociedad Anónima de Vehículos Automotores contra Acuatic Tours Sociedad Anónima, Milena del Rocío Dijeres Méndez. Expediente 18-001894-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de junio del 2018.—Licda. Audrey Abarca Quirós, Jueza.—( IN2018284927 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del cinco de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de trece millones veinticinco mil doscientos cincuenta y nueve colones con cuarenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 325868-005 y 006 la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 01 Guadalupe, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Mayra Granados Leticia Ramona Durán; al sur, Cecilia Barquero; al este, Orlando Quirós; y al oeste, calle pública. Mide: ochenta y un metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de nueve millones setecientos sesenta y ocho mil novecientos cuarenta y cuatro colones con cincuenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del cinco de diciembre del dos mil dieciocho con la base de tres millones doscientos cincuenta y seis mil trescientos catorce colones con ochenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo contra Lilibeth Herrera Montero, Mercedes Miriam de los Ángeles Montero Granados. Expediente 18-007015-1764-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 03 de setiembre del 2018.—Licda. Ana Elsy Campos Barboza, Jueza.—( IN2018284935 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y cuarenta y cinco minutos (1:45 pm) del treinta y uno de octubre del dos mil dieciocho y con la base de cuatro mil trescientos treinta y ocho dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número CL 280260, marca Nissan, estilo Frontier, categoría carga liviana, capacidad 4 personas, año 2005, color blanco, vin 1N6AD06U95C440952, cilindrada 4000 c.c., combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos (1:45 pm) del quince de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de tres mil doscientos cincuenta y tres dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos (1:45 pm) del treinta de noviembre del dos mil dieciocho con la base de mil ochenta y cuatro dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A. contra Ignacio Andrei Alvarado Madrigal. Expediente 18-008635-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de julio del 2018.—Licda. Audrey Abarca Quirós, Jueza.—( IN2018284986 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando cono y limit ref: 2800-031-001, citas: 323-06662-01-0901-083; a las nueve horas y cero minutos del dos de noviembre del dos mil dieciocho y con la base de doce millones quinientos setenta y un mil setecientos sesenta y tres colones con cincuenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número treinta y cinco mil doscientos noventa y siete-cero cero uno, cero cero dos y cero cero tres, la cual es terreno con una casa de habitación y una cabina. Situada en el distrito 01 Corredor, cantón 10 Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con 12.59 metros de frente; al sur, Juan Cebas Salazar; al este, Daniel Morales; y al oeste, calle pública con 32.01 metros de frente. Mide: trescientos noventa y nueve metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Plano: P-0760939-1988. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de nueve millones cuatrocientos veintiocho mil ochocientos veintidós colones con sesenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del cuatro de diciembre del dos mil dieciocho con la base de tres millones ciento cuarenta y dos mil novecientos cuarenta colones con ochenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Ginnette Maritza Hernández Rodríguez. Expediente 14-000820-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito (Materia Cobro), 18 de agosto del 2018.—Licda. Hazel Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2018284995 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del cinco de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de siete millones veinte mil ochocientos treinta y tres colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 238250-002, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito: 03-San Rafael, cantón: 02-Escazú, de la Provincia de San José. Colinda: al norte, Elías Sandi Corrales y Arpegio CMYA S. A.; al sur, calle pública y Hermanos Zúñiga Vélez y Arpegio CMYA S. A.; al este, Juan Luis Aragón y Hermanos Zúñiga Vélez y Arpegio CMYA S. A.; y al oeste, Elías Sandi Corrales. Mide: veintidós mil doce metros con cincuenta decímetros cuadrados. Plano: no se indica. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de cinco millones doscientos sesenta y cinco mil seiscientos veinticuatro colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del cinco de diciembre del dos mil dieciocho, con la base de un millón setecientos cincuenta y cinco mil doscientos ocho colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Tierras Morcor Sociedad Anónima contra Sergio Adolfo Corrales Ramírez. Expediente 17-011258-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 29 de agosto del 2018.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—( IN2018285032 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre traslada citas 338-13235-01-0904-001, cedulas hipotecarias citas 574-65230-01-0001-001 embargo administrativo Art. 175 Ley 4755 citas 2017-715148-01-0001-001; a las diez horas y cero minutos del uno de noviembre de dos mil dieciocho, y con la base de doscientos sesenta y nueve mil trescientos dólares exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos dos mil ciento noventa y seis cero cero cero, la cual es terreno de café situada en el distrito: 07-Puente de Piedra, cantón: 03-Grecia, de la Provincia de Alajuela finca ubicada en zona catastrada colinda al norte, Nuria Roja Bolaños; al sur, Lidiette Rojas Bolaños, al este, calle pública y al oeste, Rafael Siles. Mide: nueve mil cuatrocientos cincuenta metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de noviembre de dos mil dieciocho, con la base de doscientos uno mil novecientos setenta y cinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de diciembre de dos mil dieciocho, con la base de sesenta y siete mil trescientos veinticinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cornelia María Magdalena Bartels contra JCB Distribuidora S. A. Exp. 18-006915-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 08 de agosto del año 2018.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—( IN2018285040 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 331-08653-01-0900-001, reservas y restricciones citas: 338-13798-01-0903-001, reservas y restricciones citas: 338-13799-01-0900-001, reservas y restricciones citas: 385-04819-01-0900-001, reservas y restricciones citas: 385-04819-01-0901-001, reservas y restricciones citas: 385-04819-01-0902-001, reservas y restricciones citas: 385-04819-01-0903-001; a las once horas y treinta minutos del siete de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de cuarenta y tres millones dieciocho mil cuatrocientos once colones con trece céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y seis mil setecientos tres F cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: finca filial primaria individualizada número cincuenta y siete terreno para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 04 Colorado, cantón 07 Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, área común libre de zona verde; al sur finca filial primaria individualizada número cincuenta y ocho; al este, calle seis, y al oeste, área común libre de zona verde. Mide: cuatro mil cuatrocientos sesenta y un metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las once horas y treinta minutos del veintidós de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de treinta y dos millones doscientos sesenta y tres mil ochocientos ocho colones con treinta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las once horas y treinta minutos del siete de diciembre del dos mil dieciocho con la base de diez millones setecientos cincuenta y cuatro mil seiscientos dos colones con setenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Edwin Chacon Barrantes. Expediente 13-010949-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 26 de setiembre del 2018.—Licda. Emileth Molina Rosales, Jueza.—( 2018285046 ).

En la puerta exterior de este Despacho; a las catorce horas y cero minutos del doce de noviembre del dos mil dieciocho y con la base de ciento ochenta y siete millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Libre de gravámenes hipotecarios, inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 154437-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Paraíso, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, María Cristina Quesada Moya, Lidia Granados Quirós y María Cristina Canales Canales todos en parte; al sur, Rodrigo Bonilla Sojo, Claudia Brenes Brenes y Carlos Madriz Quirós todos en parte; al este, Arnoldo Madriz Quirós; y al oeste, calle pública con 4 metros 13 centímetros y María Cristina Canales Canales. Mide: trescientos catorce metros con treinta y dos centímetros cuadrados. 2) Libre de gravámenes hipotecarios, inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 146420-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Paraíso, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, María Cristina Quesada Moya; al sur, Jorge Arturo Sanabria Canales con 23 metros 10 centímetros; al este, Jorge Arturo Sanabria Canales; y al oeste, calle pública con 13 metros 94 centímetros. Mide: doscientos ochenta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintisiete de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de ciento cuarenta millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del doce de diciembre del dos mil dieciocho con la base de cuarenta y seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Jorge Arturo de los Ángeles Sanabria Canales, Maritza del Rescate Sanchez Meoño. Expediente 16-004409-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 18 de setiembre del 2018.—Licda. Johanna Quesada Monge, Jueza.—( IN2018285047 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 247-05451-01-0002-001, servidumbre trasladada citas: 247-05451-01-0003-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 511-16140-01-0001-001; a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del seis de noviembre de dos mil dieciocho y con la base de cuarenta y cinco millones siete mil sesenta colones con ochenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y cuatro mil novecientos cincuenta y cinco cero cero cero (194955-000), la cual es terreno para construcción de vivienda de interés social, lote uno D. Situada en el distrito 02 San Pedro, cantón 02 Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte lote 2-D; al sur calle publica; al este lote 6-D y al oeste calle pública. Mide: ciento setenta y tres metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados, plano: H-0940577-2004, identificador predial: 402020194955. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de noviembre de dos mil dieciocho, con la base de treinta y tres millones setecientos cincuenta y cinco mil doscientos noventa y cinco colones con sesenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del seis de diciembre de dos mil dieciocho con la base de once millones doscientos cincuenta y un mil setecientos sesenta y cinco colones con veintiún céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Kattia Jeannette Rodríguez Obando. Exp. 18-002755-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 21 de junio del 2018.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2018285052 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del quince de noviembre de dos mil dieciocho, y con la base de ciento veintiún mil trescientos noventa y dos dólares con ochenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento sesenta y tres mil doscientos-cero cero uno-cero cero dos (163200-001-002), la cual es terreno para construir. Lote once. Situada en el distrito 02 San Vicente, cantón 03 Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Guillermo Fonseca Aguilar; al sur, lote diez; al este, Zelmira Barrantes Fonseca y al oeste, camino público con 9.00 metros. Mide: doscientos cuarenta y ocho metros con dieciséis decímetros cuadrados, plano: H-0524412-1998, identificador predial: 403020163200. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de noviembre de dos mil dieciocho, con la base de noventa y un mil cuarenta y cuatro dólares con sesenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de diciembre de dos mil dieciocho con la base de treinta mil trescientos cuarenta y ocho dólares con veintidós centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Diego Enrique Hidalgo Arias y Milena Ana Isabel Arias Alfaro. Exp. 18-003912-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 19 de julio del 2018.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2018285055 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de noviembre del dos mil dieciocho y con la base de nueve mil seiscientos sesenta y cinco dólares con noventa y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas BGC073, marca Hyundai, categoría microbús, Vin KMJWA37HAEU619277, color blanco, año 2014. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del doce de diciembre del dos mil dieciocho, con la base de siete mil doscientos cuarenta y nueve dólares con cuarenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de enero del dos mil diecinueve con la base de dos mil cuatrocientos dieciséis dólares con cuarenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Importaciones R G Oriental Sociedad Anónima. Expediente 18-010359-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 07 de agosto del 2018.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—( IN2018285056 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del veintiséis de noviembre de dos mil dieciocho y con la base de ciento cuarenta y seis millones trescientos cincuenta mil doscientos veinticinco colones con cincuenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 111813-F-000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número uno apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de tres pisos. Situada en el distrito 03 Pozos, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, parque área común libre; al sur, finca filial primaria individualizada número dos; al este, acceso principal y al oeste, Honorio Marín Arguedas. Mide: ciento ochenta y un metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y cero minutos del doce de diciembre del dos mil dieciocho, con la base de ciento nueve millones setecientos sesenta y dos mil seiscientos sesenta y nueve colones con dieciocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cero minutos del catorce de enero del dos mil diecinueve con la base de treinta y seis millones quinientos ochenta y siete mil quinientos cincuenta y seis colones con treinta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Edgar Arturo Lizano Jiménez; propietaria registral PÑB Vereda de la Sierra Cuarenta y Cuatro S. A. Expediente 18-011083-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de agosto del 2018.—Msc. Sirleny Salazar Muñoz, Jueza.—( IN2018285057 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las 13:45 horas (1:45 p.m.) del 14 de noviembre del 2018 y con la base de catorce millones ciento sesenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa BLQ078, marca Mitsubishi, estilo Outlander, categoría automóvil, capacidad 5 personas, serie JMYXTGF2WHJ000518, carrocería todo terreno 4 puertas, color azul. Para el segundo remate se señalan las 13:45 horas del 29 de noviembre del 2018, con la base de diez millones seiscientos veinte mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las 13:45 horas del 14 de diciembre del 2018, con la base de tres millones quinientos cuarenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de vehículos internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra María Fernanda Aguirre Álvarez. Exp. 17-002883-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de febrero del 2018.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—( IN2018285061 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas del ocho de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de cien millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento trece mil ochocientos quince- cero cero cero, la cual es terreno apto para construir. Situada en el distrito primero Santa Cruz, cantón tres Santa Cruz. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de 24 metros; al sur, Elodia Juárez Vallejos; al este, Elodia Juárez Vallejos y al oeste, Francisco Ruiz Gutiérrez. Mide: mil seiscientos nueve metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veintitrés de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de setenta y cinco millones de colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas del diez de diciembre del dos mil dieciocho con la base de veinticinco millones de colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Eric Azofeifa Vargas. Exp. 18-007872-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 25 de setiembre del 2018.—Msc. Jeannette Ruiz Herradora, Jueza.—( IN2018285065 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del quince de enero del dos mil diecinueve, y con la base de un millón trescientos cuarenta y nueve mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número MOT 439034. Marca única. Estilo BRZ200. Categoría motocicleta. Capacidad 2 personas. Año 2014. Color blanco. Vin LX8PCMK07EF000297. Cilindrada 200 c.c. Combustible gasolina. Motor 169FML8E106385. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta de enero del dos mil diecinueve, con la base de un millón once mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de febrero del dos mil diecinueve con la base de trescientos treinta y siete mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Eduardo Alfredo Rojas Rojas. Expediente 15-034259-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 28 de febrero del 2018.—M.Sc. Yesenia Solano Molina, Jueza.—( IN2018285069 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del quince de enero de dos mil diecinueve, y con la base de cuatro millones cuatrocientos noventa mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BHZ 614, marca Nissan, estilo Xterra, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2002, color azul, Vin 5N1ED28T42C580645, cilindrada 3300 c.c, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del treinta de enero de dos mil diecinueve, con la base de tres millones trescientos sesenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de febrero de dos mil diecinueve con la base de un millón ciento veintidós mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Santos Alejandro Oporta. Exp. 16-019983-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 27 de febrero del año 2018.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez.—( IN2018285070 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de enero del dos mil diecinueve, y con la base de dos millones novecientos treinta y dos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas BGW619, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2001, color: gris, Vin: KMHCG45C51U167351, cilindrada: 1600 c.c., combustible: gasolina, número de motor: no legible. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta y uno de enero del dos mil diecinueve, con la base de dos millones ciento noventa y nueve mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de febrero del dos mil diecinueve con la base de setecientos treinta y tres mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Gilbert Humberto Bolaños Mora. Expediente 16-000447-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 06 de marzo del 2018.—Lic. Verny Arias Vega, Juez.—( IN2018285071 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de enero de dos mil diecinueve, y con la base de dos millones novecientos treinta y dos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas BGW619, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2001, color: gris, Vin: KMHCG45C51U167351, cilindrada: 1600 c.c, combustible: Gasolina, número de motor: No legible. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta y uno de enero de dos mil diecinueve, con la base de dos millones ciento noventa y nueve mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de febrero de dos mil diecinueve con la base de setecientos treinta y tres mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Gilbert Humberto Bolaños Mora. Exp. 16-000447-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 6 de marzo del año 2018.—Lic. Verny Arias Vega, Juez.—( IN2018285072 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando Infracciones/Colisiones boleta 2015253400378 sumaria 15-000666-0742-TR, denuncia por lesiones culposas 2015-00488451-001; a las once horas y treinta minutos del dieciséis de enero del dos mil diecinueve, y con la base de cuatrocientos ochenta y dos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placa mot 426225, marca: Freedom, estilo: ZS 150-7, categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas, año fabricación: 2015, color: rojo, Vin: LZSPCJLG9F1902376, motor: ZS162FMJ8F102421, cilindrada: 149 c.c. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del treinta y uno de enero del dos mil diecinueve, con la base de trescientos sesenta y un mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del dieciocho de febrero del dos mil diecinueve con la base de ciento veinte mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Ángel Hernández Sánchez. Expediente 16-019031-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de marzo del 2018.—Licda. Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza.—( IN2018285073 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del veintiuno de enero de dos mil diecinueve, y con la base de dos millones quinientos treinta mil ciento ochenta colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: BHK159, marca: Daewoo, estilo: Matiz, categoría: Automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2002, color: mostaza, cilindrada: 800 c.c, Vin: KLY4A11BD2C853980, combustible: gasolina, número de motor: No legible. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del cinco de febrero de dos mil diecinueve, con la base de un millón ochocientos noventa y siete mil seiscientos treinta y cinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de febrero de dos mil diecinueve con la base de seiscientos treinta y dos mil quinientos cuarenta y cinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra José Joaquín Flores Calvo. Exp. 17-005535-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de marzo del año 2018.—Lic. Verny Arias Vega, Juez.—( IN2018285074 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de enero del dos mil diecinueve, y con la base de seiscientos veintidós mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: MOT 368625, marca Keeway, estilo RKIII125S, año 2013, serie TSYPEJ0U5DB299844, carrocería motocicleta, color anaranjado, tracción sencilla, cilindrada 125 c.c., combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del seis de febrero del dos mil diecinueve, con la base de cuatrocientos sesenta y seis mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de febrero del dos mil diecinueve con la base de ciento cincuenta y cinco mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Celia María Alemán Trigueros. Expediente 16-016951-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 21 de marzo del 2018.—Licda. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—( IN2018285075 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y quince minutos del veintidós de enero de dos mil diecinueve, y con la base de tres millones doscientos noventa y cuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placa 560500, marca: Daihatsu, estilo: Terios, categoría: Automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2004, color: Rosado, vin: JDAJ102G000543594, N. motor: 1151438, cilindrada: 1298 cc. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del seis de febrero de dos mil diecinueve, con la base de dos millones cuatrocientos setenta mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del veintiuno de febrero de dos mil diecinueve con la base de ochocientos veintitrés mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Robin Stayce Espinoza López. Exp. 16-010099-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 23 de marzo del año 2018.—Lic. Tadeo Solano Alfaro, Juez.—( IN2018285076 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero con Servidumbres trasladadas bajo las citas 0296-00013800-01-0901-003 y 0296-00013800-01-0902-001 a las nueve horas y treinta minutos del catorce de noviembre del dos mil dieciocho y con la base de veintidós millones ochocientos veintiún mil novecientos veintiún colones con cincuenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trece mil ochenta y tres cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 4 sección 2. Situada en el distrito Limón, cantón Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Gina Zúñiga Arce; al este, callejón de acceso y al oeste, Edgar Arrieta Ardón. Mide: ciento sesenta y cinco metros con treinta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de diecisiete millones ciento dieciséis mil cuatrocientos cuarenta y un colones con diecinueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de diciembre del dos mil dieciocho con la base de cinco millones setecientos cinco mil cuatrocientos ochenta colones con cuarenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Herman Franklin Hadden Stone. Exp. 17-003470-1208-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Materia Cobro), 20 de agosto del 2018.—Licda. Mónica Farah Castillo, Jueza.—( IN2018285098 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales; a las nueve horas y veinte minutos del veintitrés de enero de dos mil diecinueve y con la base de dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 92748-000, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 02 Merced, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Jaime, Arturo, Yesenia y Victoria Araya Gutiérrez, Aida Picado Agüero y Víctor Vargas Fallas; al sur, calle pública con 5.07 metros; al este, Dionicio Miranda Rodríguez y al oeste, Guillermo Esquivel Barrantes. Mide: ciento dieciocho metros con veinte decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y veinte minutos del siete de febrero de dos mil diecinueve, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y veinte minutos del veintidós de febrero de dos mil diecinueve con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Elsa Cerdas Calvo contra Clotilde Ramírez Calvo. Exp:12-001342-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 04 de junio del 2018.—Licda. María del Carmen Vargas González, Jueza.—( IN2018285138 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo la cita número 329-04633-01-0035-001; a las diez horas y treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y un mil doscientos nueve-cero cero cero la cual es terreno lote mil cinco, terreno para construir con una casa de habitación, Urbanización El Roble número dos. Situada en el distrito 8-Barranca, cantón 1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote mil cuatro y medianera; al sur, lote mil seis; al este, lote novecientos noventa y ocho; y al oeste, con la calle diez. Mide: ciento sesenta y siete metros con noventa decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del cinco de diciembre del dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veinte de diciembre del dos mil dieciocho con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Luz Idalie de la Trinidad Chavarría Arias contra Paula María del Carmen Cernas Prieto. Expediente 18-000765-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Cobro), 22 de agosto del 2018.—Licda. Merlin Murillo Monge, Jueza.—( IN2018285185 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 249-01592-01-0921-001, citas: 276-02428-01-0901-001, citas: 331-13208-01-0901-001, citas: 331-13208-01-0901-002, reservas y restricciones citas: 331-13208-01-0909-001, servidumbre trasladada citas: 331-13208-01-0910-001, citas: 331-13208-01-0951-001, reservas y restricciones citas: 331-13208-01-0952-001, servidumbre trasladada citas: 331-13208-01-0961-001; a las catorce horas y veinte minutos del dieciocho de enero del dos mil diecinueve, y con la base de noventa y cinco mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 38114-F-000 la cual es finca filial primaria individualizada cuarenta terreno apto para construir que se destinara para uso de habitación y que tendrá una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 03 San Rafael, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, fincas filiales dieciséis, diecisiete y dieciocho todas en parte; al sur, fincas filial cuarenta y uno, área común destinada a calle en medio área común destinada a acera y área común destinada a servidumbre de aguas pluviales; al este, área común destinada a servidumbre de aguas pluviales; y al oeste, fincas filiales quince, dieciséis y cuarenta y uno todas en parte. Mide: tres mil setecientos setenta y dos metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y veinte minutos del cuatro de febrero del dos mil diecinueve, con la base de setenta y un mil doscientos cincuenta dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y veinte minutos del diecinueve de febrero del dos mil diecinueve con la base de veintitrés mil setecientos cincuenta dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Condominio Hacienda El Cocoy Cuarenta La Serena S. A., Mauricio Francisco Ramón Beeche Salazar, Victoria de los Ángeles Pozuelo Castro. Expediente 17-013699-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 14 de setiembre del 2018.—Licda. Kathya María Araya Jácome, Jueza.—( IN2018285191 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y quince minutos del treinta de octubre del dos mil dieciocho, y con la base de treinta y nueve mil doscientos setenta y siete colones con cuarenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 171756-000 la cual es terreno para construir con una casa de dos plantas. Situada en el distrito Calle Blancos, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Ramón Obando; al este, Yolanda Salazar; y al oeste, calle pública. Mide: ciento once metros con diecisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del catorce de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de veintinueve mil cuatrocientos cincuenta y ocho colones con siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del veintinueve de noviembre del dos mil dieciocho con la base de nueve mil ochocientos diecinueve colones con treinta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Yanjil Liu Lee contra Rolando González Rivera. Expediente 18-007617-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 05 de julio del 2018.—Licda. Hellen Gutiérrez Desanti, Jueza.—( IN2018285219 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del uno de noviembre de dos mil dieciocho -2:00 p.m. 01/11/2018-, y con la base de doscientos quince mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número A-153.829-000 la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito 01 San Pedro, cantón 15 Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Marco Tulio Fonseca; al sur, avenida 12 con 14,56 mts.; al este, Ricardo Fernández y al oeste, Brunilda Fernández. Mide: trescientos sesenta y seis metros con noventa y un decímetros cuadrados.- para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciséis de noviembre de dos mil dieciocho -2:00 p.m. 16/11/2018-, con la base de ciento sesenta y un mil seiscientos veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del tres de diciembre de dos mil dieciocho -2:00 p.m. 03/12/2018- con la base de cincuenta y tres mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el banco de costa rica, asimismo, se le hace saber a los posibles postores que de conformidad con el numeral 153 bis de la ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, de resultar adjudicatario un tercero deberá realizar el pago total de la oferta en el acto. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Jorge Mario Díaz Morera, Mil Leguas Relaciones Publicas S. A. Exp. 18-001217-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 16 de agosto del año 2018.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2018285237 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del dos de noviembre de dos mil dieciocho, y con la base de dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: BCF445, marca: Honda; estilo Civic, capacidad: 5 personas; año: 2001; color: azul; categoría: automóvil; carrocería: sedan 2 puertas; tracción: 4x2; chasis: 1HGEM21951L099693; motor: D17A21530485; cilindrada: 1700 c.c.; combustible: gasolina; cilindros: 04.- Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de noviembre de dos mil dieciocho, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del cuatro de diciembre de dos mil dieciocho con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A. contra Hanzel Steven Ramírez Granado. Exp:16-003064-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 05 de setiembre del 2018.—Licda. Kathya María Araya Jácome, Jueza.—( IN2018285260 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del diecinueve de noviembre del año dos mil dieciocho, y con la base de quince millones de colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos quince mil doscientos veinticuatro cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 2 Palmar, cantón 5 Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Sara Montero Zarate, Leidy Maritza Arias Mora, Evelyn Núñez Chacón, fin de servidumbre de paso con 6 metros de ancho y sesenta metros de largo; al sur, Marielos Flores Soto; al este, Instituto de Ayuda Social, y al oeste, Sara María Flores Soto. Mide: Dos mil setecientos tres metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cuatro de diciembre del año dos mil dieciocho, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de diciembre del año dos mil dieciocho con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Yeimy Adriana Salas Arguedas. Exp. 17-005338-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 17 de setiembre del 2018.—Lic. Daniel Alberto Jimenez Medrano, Juez.—( IN2018285268 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 0393-00012696-01-0903-001 así como servidumbre de paso citas 2012-24139-01-0003-001; a las diez horas y cero minutos del seis de noviembre del año dos mil dieciocho, y con la base de cinco millones trescientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos cincuenta y dos mil quinientos treinta y ocho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: 08-Cajón, cantón: 19-Perez Zeledón, de la Provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 4 metros lineales, Álvaro Cambronero Rojas, Wilson Romero Valverde; al sur, Álvaro Cambronero Rojas; al este, Xinia Castro Vega y Álvaro Cambronero Rojas, Gerardo Delgado Cambronero y al oeste, Eliza Chinchilla Duarte y Álvaro Cambronero Rojas. Mide: quinientos treinta y un metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de noviembre del año dos mil dieciocho, con la base de tres millones novecientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del seis de diciembre del año dos mil dieciocho con la base de un millón trescientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Henry David Cartín Fallas. Exp:16-005529-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur Pérez Zeledón (Materia Cobro), 06 de agosto del 2018.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2018285269 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del veinte de noviembre del año dos mil dieciocho, y con la base de doce millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 308043-000 la cual es terreno de granos. Situada en el distrito: 01-San Isidro de El General, cantón: 19-Pérez Zeledón, de la Provincia de San José. Colinda: al norte, Arnulfo Fonseca Torres; al sur, calle pública; al este, Arnulfo Fonseca Torres y al oeste, calle pública. Mide: trescientos metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de diciembre del año dos mil dieciocho, con la base de nueve millones ciento cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veinte de diciembre del año dos mil dieciocho, con la base de tres millones cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Karen Yahaira Chavarría Chinchilla. Exp. 17-000626-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón (Materia Cobro), 25 de setiembre del año 2018.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2018285270 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 293-19956-01-0002-001, servidumbre trasladada citas: 302-18872-01-0002-001; a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de noviembre del año dos mil dieciocho, y con la base de treinta y tres millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos setenta y seis mil ciento ochenta y ocho cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote veintidós N, hoy con una casa de habitación. Situada en el distrito: 02-San Miguel, cantón: 03-Desamparados, de la Provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 33 N; al este lote 23 N, y al oeste, lote 21 N. Mide: Ciento treinta metros con cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de noviembre del año dos mil dieciocho, con la base de veinticuatro millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de diciembre del año dos mil dieciocho, con la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Lorent Cristina Jimenez Rojas. Exp. 18-002115-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón (Materia Cobro), 26 de setiembre del 2018.—Lic. Daniel Alberto Jiménez Medrano, Juez.—( IN2018285271 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre sirviente citas: 339-11876-01-0001-001, servidumbre trasladada citas: 392-06542-01-0803 y 392-06542-01-0804-001-001; a las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de noviembre del año dos mil dieciocho, y con la base de ocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos cinco mil doscientos ochenta y cinco cero cero cero, la cual es terreno con café. Situada en el distrito: 04-Rivas, cantón: 19-Perez Zeledón, de la Provincia de San José. Colinda: al norte calle pública; al sur, calle pública, Héctor y Regulo ambos Ureña Chacón; al este, Héctor y Regulo Ureña Chacón y al oeste, calle pública. Mide: mil doscientos setenta y cuatro metros con catorce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de diciembre del año dos mil dieciocho, con la base de seis millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de diciembre del año dos mil dieciocho, con la base de dos millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Gerardo Esteban Romero Sánchez contra Óscar Eduardo Chinchilla Elizondo. Exp: 14-006452-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón (Materia Cobro), 17 de setiembre del 2018.—Lic. Daniel Alberto Jiménez Medrano, Juez.—( IN2018285275 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta minutos del siete de noviembre del año dos mil dieciocho, y con la base de cinco millones quinientos mil cuatrocientos cuarenta y nueve colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 228613-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Rafael, cantón San Ramón, de la Provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Carlos Hernández Lobo; al sur, Marcelino Cruz Rodríguez; al este. Carlos Hernández Lobo y al oeste, calle pública con 10 m. frente. Mide: ciento noventa y siete metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintidós de noviembre del año dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil trescientos treinta y seis colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del siete de diciembre del año dos mil dieciocho, con la base de un millón trescientos setenta y cinco mil ciento doce colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Costarricense de Electricidad contra Herman Osvaldo Sáenz Leitón. Exp. 18-005444-1765-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 27 de agosto del año 2018.—Licda. Yendri Patricia Rojas Pérez, Jueza.—( IN2018285316 ).

En la puerta exterior de este Despacho libre de gravámenes hipotecarios pero soportando condiciones inscrita al tomo 303 asiento 20336 y servidumbre sirviente inscrita al tomo 338 asiento 02345 a las nueve horas y treinta minutos del diez de diciembre del dos mil dieciocho y con la base de nueve millones quinientos dieciocho mil quinientos cuarenta y dos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 499771-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito seis Platanares, cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Humberto Jiménez Peraza; al sur, Humberto Jiménez Peraza y servidumbre de paso en medio; al este, calle pública, y al oeste, Humberto Jiménez Peraza. Mide: trescientos ochenta y nueve metros con un decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del ocho de enero del dos mil dieciocho, con la base de siete millones ciento treinta y ocho mil novecientos seis colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de enero del dos mil dieciocho, con la base de dos millones trescientos setenta y nueve mil seiscientos treinta y cinco colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de I.C.E. contra Cristhian Alexis Palma Hernández. Expediente 17-007204-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 27 de agosto del 2018.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez.—( IN2018285317 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas treinta minutos del cinco de noviembre del dos mil dieciocho y con la base de once mil novecientos dólares al mejor postor remataré: El vehículo placas de circulación BJY602, marca Geely, estilo GC2, categoría automóvil, capacidad cinco personas, serie, chasis y vin LB37122S8GX401597, año 2016, color blanco, tracción 4x2, motor marca Geely, número de motor MR479QF6L105158, cilindrada 1300 c.c., cilindros cuatro, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil dieciocho con la base de ocho mil novecientos veinticinco dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas treinta minutos del cinco de diciembre del dos mil dieciocho con la base de dos mil novecientos setenta y cinco dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Fernando Miguel Sánchez Isava. Exp. 18-000189-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 21 setiembre del 2018.—Lic. Luis Diego Vargas Vargas, Juez.—( IN2018285321 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 387-07939-01-0800-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2011-202063-01-0004-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2011-202063-01-0020-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2011-202063-01-0021-001; a las nueve horas y treinta minutos (09:30 am) del seis de noviembre de dos mil dieciocho y con la base de sesenta y tres millones ochocientos cincuenta y cuatro mil ochenta y seis colones con once céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 126484-F-000, la cual es terreno finca filial individualizada número ocho del bosque g, apta para construir que de destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 09 Dulce Nombre, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, con filial primaria individualizada número siete del bloque G; al sur con filial primaria individualizada número nueve del bloque G; al este, con calle interna del condominio y al oeste, con filial primaria individualizada número diez del bloque G. Mide: ciento cincuenta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos (9:30 a.m.) del veintiuno de noviembre de dos mil dieciocho, con la base de cuarenta y siete millones ochocientos noventa mil quinientos sesenta y cuatro colones con cincuenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos (09:30 a.m.) del seis de diciembre de dos mil dieciocho con la base de quince millones novecientos sesenta y tres mil quinientos veintiún colones con cincuenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Johnny Gerardo Thames Montero. Exp. 18-001488-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 22 de agosto del 2018.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2018285348 ).

A las ocho horas treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil dieciocho, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, soportando lo siguiente: 1) Hipoteca de primer grado a favor del acreedor Banco Popular y de Desarrollo Comunal por un monto de cincuenta y ocho millones de colones al tomo 2016. asiento 819198, consecutivo 01, secuencia 0001, subsecuencia 001. 2) Soportando reservas y restricciones de la ley de aguas y caminos públicos al tomo 414, asiento 03571, consecutivo 01, secuencia 0437, subsecuencia 001. 3) Soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso al tomo 507, asiento 13124, consecutivo 01, secuencia 0001, subsecuencia 001, para el primer remate y con la base del valor dado por el perito en informe pericial, sea la suma de setenta y siete millones ochocientos veintiún mil novecientos veinte colones, la finca del partido de Alajuela matrícula número doscientos noventa y seis mil ochocientos setenta y nueve-cero cero cero, que es terreno con una casa de habitación, sito en el distrito 08 La Tigra, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela, lindante al norte, Xinia Sánchez Mora; al sur, Tierra Matamoros Sociedad Anónima, al este, calle pública con un frente a ella de 135.00 metros lineales y Adrián Marín Montoya y al oeste, paja de agua, el cual mide dieciocho mil trescientos cuarenta y cuatro metros cuadrados, según plano A-1531525-2011, propiedad del demandado Nelson Mora Quesada. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de cincuenta y ocho millones trescientos sesenta y seis mil cuatrocientos cuarenta colones netos, se señalan las ocho horas treinta minutos del tres de diciembre del dos mil dieciocho. en la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, o se la suma de sea la suma de diecinueve millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos ochenta colones exactos, se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciocho de diciembre del dos mil dieciocho. Lo anterior por estar así ordenado en proceso de ejecución hipotecaria 17-000173-0298-AG establecida por Insumos Agrogan Sociedad Anónima, contra Nelson Mora Quesada.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 18 de setiembre del 2018.—Licda. Ana Milena Castro Elizondo, Jueza Agraria.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018285373 ).

A las diez horas del doce de noviembre del dos mil dieciocho, en la puerta exterior de este Despacho y con la base de siete millones cuatrocientos setenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo C157189, marca Mack, categoría carga pesada, capacidad dos personas, estilo CH612, color amarillo, carrocería vagoneta, serie y chasis 1M1AA02Y6LW001675 del año 1990, tracción 6x4, peso neto 10100 kgms, peso bruto 21600 kgms., combustible diesel, cilindrada 14000, con anotación de colisión del expediente 15-000672-0494-TR. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas del veintisiete de noviembre del dos mil dieciocho con la base rebajada en un 25% la suma de cinco millones seiscientos dos mil quinientos colones sáquese a remate el bien embargado en autos, vehículo C157189, marca Mack, categoría carga pesada, capacidad dos personas, estilo CH612, color amarillo, carrocería vagoneta, serie y chasis 1M1AA02Y6LW001675 del año 1990, tracción 6x4, peso neto 10100 kgms, peso bruto 21600 kgms combustible diesel, cilindrada 14000, con anotación de colisión del expediente 15-000672-0494-TR. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas del doce de diciembre del año dos mil dieciocho, con un 25% de la base original la suma de un millón ochocientos sesenta y siete mil quinientos colones sáquese a remate el bien embargado en autos, vehículo C157189, marca Mack, categoría carga pesada, capacidad dos personas, estilo CH612, color amarillo, carrocería vagoneta, serie y chasis 1M1AA02Y6LW001675 del año 1990, tracción 6x4, peso neto 10100 kgms, peso bruto 21600 kgms combustible diesel, cilindrada 14000, con anotación de colisión del expediente 15-000672-0494-TR. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Orlando González Rivera contra Constructora Gamboa Gutiérrez S. A. Expediente 13-002181-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 27 de setiembre del 2018.—Licda. Jessica Cordero Azofeifa, Jueza.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018285374 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones boleta numero 201854400322; a las catorce horas y treinta minutos del seis de noviembre del año dos mil dieciocho y con la base de cinco millones ochocientos noventa y cuatro mil ochocientos setenta colones con setenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: BND 023, categoría automóvil, marca DFM, sedan 4 puertas hatchback, estilo Venucia R30, serie, chasis, y VIN LGB720E29GS019074, año 2016, color plateado. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiuno de noviembre del año dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones cuatrocientos veintiún mil ciento cincuenta y tres colones con nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del seis de diciembre del año dos mil dieciocho con la base de un millón cuatrocientos setenta y tres mil setecientos diecisiete colones con sesenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional contra Angela Valverde Rodríguez. Exp. 18-007969-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 21 de setiembre del año 2018.—Lic. Luis Diego Vargas Vargas, Juez.—( IN2018285378 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 0390-00005553-01-0900-001; a las catorce horas quince minutos del primero de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de ochenta millones ciento veintitrés mil ciento veinte colones con nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 74967-001 Y 002, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01-Liberia, cantón 01-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Dora Aydee Yanes Vigil; al este, calle pública; y al oeste, Guillermina Marín Marín. Mide: doscientos cuarenta y ocho metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas quince minutos del dieciséis de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de sesenta millones noventa y dos mil trescientos cuarenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas quince minutos del tres de diciembre del dos mil dieciocho con la base de veinte millones treinta mil setecientos ochenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Hiksa Tamara Romero Rodríguez. Expediente 18-002145-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito Segundo Circuito Judicial Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 09 de octubre del 2018.—Licda. Carmen Laura Valverde Phillips, Jueza.—( IN2018285417 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del ocho de noviembre del dos mil dieciocho y con la base de cincuenta y nueve mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 503984-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Desamparados, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, al norte, lote 8 B; al sur, lote 10 B; al este, calle pública y al oeste, Urbanización La Rosita. Mide: ciento veinte metros con cinco decímetros cuadrados. Plano SJ-0636973-2000. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de cuarenta y cuatro mil seiscientos veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del diez de diciembre del año dos mil dieciocho con la base de catorce mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Corporación Cedoxyl JFVE S. A. Exp:13-007648-1170-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 27 de setiembre del 2018.—Lic. Luis Diego Vargas Vargas, Juez.—( IN2018285422 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca de primer grado citas 2013-268240-01-0003-001; servidumbre traslada citas 269-01568-01-0901-001; a las quince horas y cero minutos del treinta de enero de dos mil diecinueve, y con la base de un millón de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca Inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 1-174903-000 cero cero cero la cual es terreno con casa. Situada en el distrito Mercedes Sur, cantón Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Carlos Hidalgo Morales; al sur, Ricardo Hidalgo Flores; al este, calle pública a Mercedes y al oeste, Carlos Hidalgo Morales. Mide: doscientos veintidós metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del catorce de febrero de dos mil diecinueve, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del cuatro de marzo de dos mil diecinueve con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Miguel Vinicio Diaz Campos contra Asdrúbal Vega Vega. Exp. 17-010478-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 21 de setiembre del año 2018.—Licda. Yessenia Brenes González, Jueza.—( IN2018285435 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 352-00555-01-0934-001; a las dieciséis horas y cero minutos del cuatro de marzo de dos mil diecinueve y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos veintisiete mil trescientos setenta cero cero cero, la cual es terreno lote 1 bloque E con una casa. Situada en el distrito San Sebastián, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 2 E de Urbanizadora Jena S. A.; al sur, calle pública con 15 m. 03 cm.; al este, calle pública con 10 m. 62 cm. y al oeste, Asociación de Desarrollo Especif de B Sagrada. Mide: ciento cuarenta y cinco metros con veinticinco decímetros cuadrados. para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del diecinueve de marzo de dos mil diecinueve, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del tres de abril de dos mil diecinueve con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Olga Rodríguez Álvarez contra Víctor Manuel González Mora. Exp. 16 004815-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 21 de setiembre del 2018.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—( IN2018285443 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 494-17747-01-0004-001; a las trece horas y treinta minutos del dos de noviembre del año dos mil dieciocho, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento veintitrés mil trescientos noventa cero cero cero la cual es terreno de pasto natural, montañoso y para la agricultura. Situada en el distrito 3-San Miguel, cantón 6- Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Leandro Barrantes Salazar; al sur, Wilberth Florencio Barrantes Salazar; al este, Ingrid Barrantes Salazar y servidumbre de paso con un frente de 20,00 metros y al oeste, Wilberth Florencio Barrantes Salazar. Mide: doscientos cincuenta y seis mil novecientos setenta y siete metros cuadrados. Plano: G-0640585-2000. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del diecinueve de noviembre del año dos mil dieciocho, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del cuatro de diciembre del año dos mil dieciocho con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grettel María Rodríguez Víctor contra Geovanny de Jesús Barrantes Chaverri. Exp. 18-000396-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro), 06 de setiembre del año 2018.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—( IN2018285444 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y treinta minutos del trece de noviembre de dos mil dieciocho (3:30 p.m. // 13/11/2018) y con la base de cuarenta y un millones quinientos sesenta y cuatro mil seiscientos cincuenta y tres colones con sesenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 311218-000, la cual es terreno para construir hoy 1 casa. Situada en el distrito 11 San Rafael Abajo, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Flor Jiménez Padilla; al sur calle pública; al este, Flor Jiménez y al oeste, Luis Gerardo Loaiza. Mide: quinientos veinticuatro metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre de dos mil dieciocho (3:30 p.m. // 28/11/2018), con la base de treinta y un millones ciento setenta y tres mil cuatrocientos noventa colones con veintisiete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del trece de diciembre de dos mil dieciocho (3:30 p.m. // 13/12/2018) con la base de diez millones trescientos noventa y un mil ciento sesenta y tres colones con cuarenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro y Préstamo contra Adonayd Gerardo Vargas Hernández, María Idalia Martínez Madriz. Exp. 17-022528-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 24 de setiembre del 2018.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Juez.—( IN2018285454 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 255-05452-01-0901-001; a las once horas y treinta minutos del uno de noviembre de dos mil dieciocho, y con la base de diecinueve mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 333578-000 la cual es terreno para construir con una casa lote cincuenta y cinco. Situada en el distrito 8-San Rafael, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 54; al sur, lote 56; al este, calle pública y al oeste, lotes 32 y 33. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre de dos mil dieciocho, con la base de catorce mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del tres de diciembre de dos mil dieciocho con la base de cuatro mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rafael Ángel Arguedas Montero contra Lisbeth de la Trinidad Mora Reyes. Exp: 18-001985-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 26 de abril del 2018.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2018285456 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del uno de noviembre de dos mil dieciocho y con la base de treinta y dos millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 161370-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 San Antonio, cantón 07 Belén, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte noroeste, calle publica con un frente a ella de 8.45 metros; al sur sureste, Serafín Murillo Arroyo; al este noreste, Rogelio Rodríguez González y al oeste suroeste, Fidel Rodríguez Soto. Mide: Ciento setenta metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de noviembre de dos mil dieciocho, con la base de veinticuatro millones colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del tres de diciembre de dos mil dieciocho con la base de ocho millones colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Finca Las Adrianitas Sociedad Anónima contra Mayra Vargas Guzmán. Exp. 18-003023-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 26 de abril del 2018.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2018285457 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del dos de noviembre de dos mil dieciocho, y con la base de cuarenta y siete mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento sesenta y nueve mil ochenta y cuatro cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa-lote doscientos once. Situada en el distrito Ulloa, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 210; al sur, lote 212; al este, Dominios del Sol S. A. segunda etapa y al oeste, calle pública con 8.06 metros. Mide: doscientos sesenta y dos metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diecinueve de noviembre de dos mil dieciocho, con la base de treinta y cinco mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del cuatro de diciembre de dos mil dieciocho con la base de once mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inmobiliaria La Jáquima R A Sociedad Anónima contra María Cecilia de Los Ángeles Arguedas Murillo. Exp. 17-008045-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 23 de marzo del año 2018.—Msc. Gabriela Chaves Villalobos, Jueza.—( IN2018285458 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del uno de noviembre de dos mil dieciocho, y con la base de ocho millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 579365-000 la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito 2-San Josecito, cantón 10-Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 37 en parte que es porción de Asociación Frente Popular de la Vivienda y El Progreso de las Comunidades de Alajuelita y calle pública en parte; al sur, lote 39 y lote 48 en parte que es porción de Asociación Frente Popular de la Vivienda y El Progreso de las Comunidades de Alajuelita; al este, lote 37 y lote 48 en parte que es porción de Asociación Frente Popular de la Vivienda y El Progreso de las Comunidades de Alajuelita y al oeste, lote 39 en parte que es porción de Asociación Frente Popular de la Vivienda y El Progreso de las Comunidades de Alajuelita y calle pública. Mide: ciento treinta y tres metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de noviembre de dos mil dieciocho, con la base de seis millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del tres de diciembre de dos mil dieciocho con la base de dos millones ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rafael Ángel Arguedas Montero contra Elsie Campos Céspedes, Julio César Picado Campos. Exp.: 18-001908-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 26 de abril del 2018.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2018285459 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida) (citas: 2013-335763-01-0003-001); a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de noviembre de dos mil dieciocho, y con la base de catorce millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Nacional, provincia de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número nueve mil setecientos noventa y siete cero cero cero, la cual es de naturaleza: Terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito: 01-Puntarenas, cantón: 01-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, acera publica en medio estero pacífico al sur, Nicasio Pérez; al este, Álvaro Paniagua Fernando Reyes otros, y al oeste, Hilda Zúñiga Aguilar. Mide: Trescientos setenta y cuatro metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de noviembre de dos mil dieciocho, con la base de diez millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de diciembre de dos mil dieciocho, con la base de tres millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Miriam Villarreal Bogarin, Neris de Los Ángeles Villarreal Bogarin. Exp. 18-000450-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 05 de julio del 2018.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018285461 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y cero minutos del cinco de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de treinta y siete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Nacional, Provincia de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número sesenta mil setecientos veintiocho F cero cero cero, la cual es de naturaleza: finca filial Diecinueve-C, apta para construir destinada a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito: 10-Desamparados, cantón: 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Vitalina Herrera Herrera; al sur, área común libre destinada a acceso vehicular; al este, finca filial veinte-C; y al oeste, finca filial dieciocho-C. Mide: ciento sesenta y tres metros con once decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veinte de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de veintisiete millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del cinco de diciembre del dos mil dieciocho, con la base de nueve millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Aaron Francisco Alfaro Montoya, Rubén Francisco Alfaro Gamboa. Expediente 18-000596-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 05 de julio del 2018.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018285464 ).

En la puerta exterior de este Despacho al ser las diez horas y diez minutos del siete de noviembre del dos mil dieciocho, libre de gravámenes hipotecarios; soportando servid y condicref: 2775 494 001 (citas: 326-03520-01-0901-001); y con la base de dieciocho millones ochocientos cuarenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos diecinueve mil trescientos cuarenta y seis cero cero cero, la cual es de naturaleza: Lote 170, terreno con una casa. Situada en el distrito: 09-Pavas, cantón: 01-San José, de la Provincia de San José. Colinda: al norte, lote 169; al sur, lote 171; al este, alameda seis; y al oeste, lote 148. Mide: ochenta y nueve metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y diez minutos del veintidós de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de catorce millones ciento treinta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y diez minutos del siete de diciembre del dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones setecientos diez mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Evita Baca Sotela. Expediente 17-010951-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 25 de setiembre del 2018.—Msc. Kenny Obaldía Salazar, Jueza.—( IN2018285467 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 399-04354-01-0845-001; reservas y restricciones citas: 399-04354-01-0846-001, a las diez horas y cuarenta minutos del siete de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de ocho millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número setenta y nueve mil cuatrocientos sesenta y tres cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir lote 19. Situada: en el distrito 3-Guaycará, cantón 7-Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con 16,29 metros de frente; al sur, Silverio Díaz Cubillo; al este, Silverio Diaz Cubillo, y al oeste, calle pública con 14,56 metros de frente. Mide: doscientos treinta y ocho metros con catorce decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cuarenta minutos del veintidós de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de seis millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cuarenta minutos del siete de diciembre del dos mil dieciocho, con la base de dos millones ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Yocelyn Yulieth Lanza Espinoza. Expediente 17-013205-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 25 de setiembre del 2018.—Lic. Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez.—( IN2018285470 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; ; a las quince horas y quince minutos del cinco de noviembre de dos mil dieciocho, y con la base de dos millones cien mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 102410-001 y 002 cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno lote 88 A terreno para construir. Situada en el distrito 1 Cañas, cantón 6 Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con calle publica con un frente de 9 metros 71 centímetros; al sur, Carlos Eduardo Salazar Alfaro; al este, calle pública con un frente de 9 metros 6 centímetros, y al oeste, José Ángel Mora Carmona. Mide: Ciento cincuenta y siete metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y quince minutos del veinte de noviembre de dos mil dieciocho, con la base de un millón quinientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y quince minutos del cinco de diciembre de dos mil dieciocho con la base de quinientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda De Ahorro Y Préstamo contra Orlando Brenes Espinoza, Tatiana María Mesen Monge. Exp. 18-000671-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 28 de setiembre del 2018.—Lic. Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez.—( IN2018285471 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 327-14932-01-0985-001; a las dieciséis horas y cero minutos del cinco de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de cuarenta y ocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos noventa y un mil novecientos cincuenta y seis cero cero cero, la cual es terreno para construir 17F. Situada en el distrito: Ipís, cantón: Goicoechea, de la Provincia de San José. Colinda: al norte, lote 16F; al sur, lote 18F; al este, alameda 13; y al oeste, lote 20F. Mide: noventa y ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veinte de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de treinta y seis millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del cinco de diciembre del dos mil dieciocho, con la base de doce millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Santos Eduardo Esquivel Mesén. Expediente 18-001729-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 24 de setiembre del 2018.—Lic. Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez.—( IN2018285472 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 300-17148-01-0901-001; servidumbre de acueducto y de paso de A y A cita: 421-03927-01-0001-001 y servidumbre de paso cita: 421-03928-01-0001-001; a las ocho horas y cuarenta minutos del siete de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de sesenta y cinco mil cien dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y cuatro mil cuatrocientos veinticinco-cero cero cero la cual es terreno lote 8 A terreno para construir. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 9-A; al sur, lote 7A; al este, lote C; y al oeste, calle pública con un frente de 8.00 metros. Mide: ciento sesenta y ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta minutos del veintidós de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de cuarenta y ocho mil ochocientos veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta minutos del siete de diciembre del dos mil dieciocho con la base de dieciséis mil doscientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Charlie Noe Castro Camacho. Expediente 18-003866-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 24 de setiembre del 2018.—Licda. Gabriela Mora Vargas, Jueza.—( IN2018285473 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 293-14455-01-0003-001; a las diez horas y cincuenta minutos del siete de noviembre de dos mil dieciocho, y con la base de doce millones ochocientos setenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos dieciocho mil setecientos cincuenta y dos cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: Terreno para construir con una casa. Situada en el distrito: 05-San Pedro, cantón: 19-Pérez Zeledón, de la Provincia de San José. Colinda: al norte, calle publica; al sur, Maribell Umaña Piedra; al este, Maribell Umaña Piedra, y al oeste, Ronal Ramiro Valverde. Mide: Cuatrocientos sesenta metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cincuenta minutos del veintidós de noviembre de dos mil dieciocho, con la base de nueve millones seiscientos cincuenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cincuenta minutos del siete de diciembre de dos mil dieciocho, con la base de tres millones doscientos diecisiete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Aníbal Fuentes Robles. Exp. 17-012844-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 25 de setiembre del 2018.—Licda. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2018285474 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de aguas pluviales citas: 495-07840-01-0001-001; servidumbre de aguas pluviales citas: 496-02860-01-0002-001, a las ocho horas y cero minutos del diecinueve de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de tres millones ochocientos veintitrés mil seiscientos setenta y tres colones con diecisiete céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 487151-000, la cual es terreno lote uno, terreno para construir. Situada: en el distrito 1-Upala, cantón 13-Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote dos segregado; al sur, Agropecuaria Upala S. A.; al este, Erika Umaña Mayorga y Juan Carlos Centeno Murillo, y al oeste, calle pública con frente de 9.50 metros. Mide: doscientos veintiséis metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del cuatro de diciembre del dos mil dieciocho, con la base de dos millones ochocientos sesenta y siete mil setecientos cincuenta y cuatro colones con ochenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del diecinueve de diciembre del dos mil dieciocho, con la base de novecientos cincuenta y cinco mil novecientos dieciocho colones con veintinueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza contra Ramiro José Guerrero Camacho. Expediente 18-005100-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 10 de setiembre del 2018.—Lic. Víctor Martínez Zúñiga, Juez.—( IN2018285475 ).

En la puerta exterior de este Despacho; a las trece horas y treinta minutos del ocho de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de doce millones novecientos cincuenta y seis mil cuatrocientos veinte colones con ochenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 183436-000; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 0396-00002605-01-0901-001; servidumbre de paso bajo las citas: 0483-00008713-01-0002-001 la cual es terreno lote siete terreno de cultivos. Situada en el distrito: 11-Quebradilla, cantón: 01-Cartago, de la Provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote seis y Manuel Victory Blanco; al sur, lote nueve; al este, servidumbre en medio lote ocho; y al oeste, Custodio Molina Delgado. Mide: dieciséis mil ciento ochenta y cinco metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Y con la base de siete millones trescientos ochenta y nueve mil setecientos diecisiete colones con cuarenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 221165-000; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso bajo las citas: 2009-00226321-01-0002-001; servidumbre de paso bajo las citas: 2010-00034350-01-0002-001; la cual es terreno cultivo agrícolas. Situada en el distrito: 11-Quebradilla, cantón: 01- Cartago, de la Provincia de Cartago. Colinda: al norte, Marco William Romero Ureña; al sur, resto reservado de Custodio Molina Delgado; al este, Marco William Romero Ureña y Montaña del Águila Limitada; y al oeste, resto reservado de Custodio Molina Delgado. Mide: ocho mil quinientos veintiséis metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de nueve millones setecientos diecisiete mil trescientos quince colones con sesenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) para la finca 183436-000 la suma de cinco millones quinientos cuarenta y dos mil doscientos ochenta y ocho colones con cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) para la finca 221165-000; y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del diez de diciembre del dos mil dieciocho, con la base de tres millones doscientos treinta y nueve mil ciento cinco colones con veinte céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial) para la finca 183436-000 y la suma de un millón ochocientos cuarenta y siete mil cuatrocientos veintinueve colones con treinta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial) para la finca 221165-000. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Marco William Romero Ureña. Expediente 14-032793-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 27 de setiembre del 2018.—Lic. Carlos Alejandro Báez Astúa, Juez.—( IN2018285479 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del veintiséis de noviembre del año dos mil dieciocho y con la base de catorce millones cincuenta y siete mil novecientos treinta y tres colones con noventa y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 187995-000, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 San Antonio, cantón 07 Belén, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Quebrada Seca; al sur, calle pública con frente de 8.05 metros; al este, Víctor Solano Vargas y Enrique Solano Rodríguez y al oeste, Leonardo Obando Hernández. Mide: Trescientos siete metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del once de diciembre del dos mil dieciocho, con la base de diez millones quinientos cuarenta y tres mil cuatrocientos cincuenta colones con cuarenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de enero del dos mil diecinueve con la base de tres millones quinientos catorce mil cuatrocientos ochenta y tres colones con cuarenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ronald Gerardo Vargas Rodríguez. Exp. 18-002468-1764-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 27 de setiembre del 2018.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—( IN2018285483 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del doce de noviembre del dos mil dieciocho y con la base de veintinueve mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y nueve mil setecientos treinta y seis cero cero cero, la cual es terreno Lote 21 para construir con una casa. Situada en el distrito Santa Lucía, cantón Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 22; al sur, lote 20; al este, calle pública con 6.84 metros y al oeste, área de protección del río. Mide: ciento veinticinco metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintisiete de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de veintiún mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del doce de diciembre del dos mil dieciocho, con la base de siete mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Doña Berta de Heredia S. A. contra Randall de la Trinidad Salas Montero. Expediente 17-005248-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 26 de junio del 2018.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2018285488 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y quince minutos del catorce de noviembre de dos mil dieciocho y con la base de veintiocho mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ocho mil quinientos setenta y tres-F-cero cero cero, (8573-F-000), la cual es terreno 1 casa N 6 bloque A. Situada en el distrito Dulce Nombre, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Inversiones Marítimas S. A.; al sur, acera peatonal; al este, casa 5 y al oeste, casa 7. Mide: Cuarenta y nueve metros cuadrados, valor porcentual: 6.25 plano: C-1795274-2015. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del veintinueve de noviembre de dos mil dieciocho, con la base de veintiún mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del catorce de diciembre de dos mil dieciocho con la base de siete mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Doña Berta de Heredia S. A. contra Elizabeth Arce Zamora. Exp. 18-003769-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 18 de julio del 2018.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2018285489 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del uno de noviembre de dos mil dieciocho, y con la base de tres millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas: BJT360, marca: Hyundai, categoría: automóvil, vin: KMHCG41FP1U242401, año: 2001, color: blanco, cilindrada: 1.500 cc. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de noviembre de dos mil dieciocho, con la base de dos millones quinientos noventa y cuatro mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de diciembre de dos mil dieciocho con la base de ochocientos sesenta y cuatro mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Multiservicios Orca Limitada contra Jennifer García Rosales. Exp. 17-002027-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 14 de agosto del 2018.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Juez.—( IN2018285524 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del uno de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de cinco millones quinientos uno mil cuatrocientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas: BLD436. Marca: Hyundai. Estilo: Accent. Categoría: automóvil. Capacidad: 5 personas. Año: 2006. Color: dorado. Vin: KMHCN46CX6U015593. Motor: G4ED5318808. Cilindrada: 1600 c.c. Combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones ciento veintiséis mil cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del tres de diciembre del dos mil dieciocho con la base de un millón trescientos setenta y cinco mil trescientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones Sociedad Anónima contra Taler Jordan Ramírez Ovares. Expediente 16-006648-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 14 de agosto del 2018.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2018285525 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del catorce de noviembre del dos mil dieciocho y con la base de treinta y seis millones quince mil quinientos cuarenta y dos colones con ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y tres mil cuatrocientos diecisiete cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Buenos Aires, cantón 3 Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Arístides Villanueva Granados; al sur, Víctor Manuel Badilla Robles; al este, Anival Arauz Villanueva y Edecio Arauz Villanueva, y al oeste, calle pública. Mide: Novecientos cincuenta y un metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de veintisiete millones once mil seiscientos cincuenta y seis colones con cincuenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de diciembre del dos mil dieciocho con la base de nueve millones tres mil ochocientos ochenta y cinco colones con cincuenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque Firmado digital de: certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Alexis de La Trinidad Berrocal Jimenez. Exp. 18-000249-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 08 de agosto del 2018.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2018285526 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del veintinueve de octubre del año dos mil dieciocho, y con la base de doce millones trescientos mil colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas BKT065; marca: Hyundai; categoría: Automóvil; serie: KMHDH41CAGU653988; carrocería: sedan 4 puertas; tracción: 4x2; número chasis: KMHDH41CAGU653988; año fabricación: 2016; color: Café; Vin: KMHDH41CAGU653988; estilo: Elantra GLS; capacidad: 5 personas. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del trece de noviembre del año dos mil dieciocho, con la base de nueve millones doscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de noviembre del año dos mil dieciocho con la base de tres millones setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Carolina Castro Juárez. Exp. 18-000385-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro), 20 de setiembre del 2018.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—( IN2018285536 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; a las once horas y treinta minutos del dieciséis de enero del dos mil diecinueve, y con la base de doscientos mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y seis mil cincuenta y cinco cero cero cero la cual es terreno inculto con una casa. Situada en el distrito 04 Catedral, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Federico Tinoco; al sur, avenida 18; al este, Federico Tinoco; y al oeste, Celso Fernández. Mide: doscientos once metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del treinta y uno de enero del dos mil diecinueve, con la base de ciento cincuenta mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del quince de febrero del dos mil diecinueve con la base de cincuenta mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3-101-670932 Sociedad Anónima contra Les Fenetres S. A. Expediente 18-009418-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 24 de julio del 2018.—Licda. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—( IN2018285588 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del treinta de enero de dos mil diecinueve, y con la base de ocho mil quinientos cincuenta y seis dólares con cincuenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo Placa: 907292, Marca: Nissan, Estilo: Tiida, Categoría: Automóvil, año: 2012, color: gris, N. Motor: HR16184386C, Serie: 3N1CC1AD5ZK125600. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de febrero de dos mil diecinueve, con la base de seis mil cuatrocientos diecisiete dólares con cuarenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del cuatro de marzo de dos mil diecinueve, con la base de dos mil ciento treinta y nueve dólares con quince centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Montemanitico S.R.L. contra Keylim Zeledón Castro. Exp. 18-013198-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de setiembre del 2018.—Licda. Audrey Abarca Quirós, Jueza.—( IN2018285591 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales; a las diez horas cuarenta minutos del nueve de noviembre del dos mil dieciocho, y con la base de cuatro millones novecientos cincuenta y tres mil novecientos veintiocho colones con setenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 852042. Marca B.M.W. estilo 323 I. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 1999. Color azul. Vin WBAAM3333XFP54174. cilindrada 2500 c.c. Combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez horas cuarenta minutos del veintiséis de noviembre del dos mil dieciocho, con la base de tres millones setecientos quince mil cuatrocientos cuarenta y seis colones con cincuenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas cuarenta minutos del once de diciembre del dos mil dieciocho con la base de un millón doscientos treinta y ocho mil cuatrocientos ochenta y dos colones con diecinueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Florcar S. A. contra Narcy Vianney Murillo Montoya. Expediente 16-007462-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de setiembre del 2018.—Licda. María Del Carmen Vargas González, Jueza.—( IN2018285601 ).

Citaciones

Sucesión acumulada, Sede Notarial, de quienes en vida fueron: Alice Ulate Rivera conocida como Alix Ulate Rivera, cédula: uno-cero ciento setenta-cero ochocientos sesenta y cuatro y Joseph Manuel Casas Giraldo, estadounidense, cédula de residencia costarricense número uno siete cinco-tres cinco seis nueve cuatro-dos nueve ocho dos; por lo que se cita y emplaza a todos los interesados, para que, dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Licenciado Carlos Manuel Venegas Gómez, ubicada en San José, calle veintisiete y veintinueve, avenida primera, número dos mil setecientos cuarenta y dos.—San José, seis de setiembre del dos mil dieciocho.—Lic. Carlos Manuel Venegas Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2018277144 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión notarial de Heriberto Meléndez Vargas, mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad número dos-cero uno siete uno-cero siete cinco tres, quien fue vecino de Tambor de Alajuela, de la Iglesia doscientos metros la norte, para que, dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, ubicada en Santo Domingo de Heredia, diagonal a la Cruz Roja a reclamar sus derechos bajo el apercibimiento, que si no, se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 012-2018.—Santo Domingo de Heredia, 7 de setiembre del 2018.—Lic. Álvaro Jiménez Chacón, Notario.—1 vez.—( IN2018277172 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios e interesados en la sucesión de: María Benilda Castro Ramírez, mayor, casada una vez, vecina de Quebrada Onda de Pérez Zeledón, contiguo a la plaza de deportes del lugar, Pérez Zeledón, ama de casa, cédula número: dos-ciento treinta y siete-trescientos cuarenta, para que, dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan en las oficinas de la notaria Paola Andrea Ramírez Acosta, ubicada en el centro de la ciudad, San Isidro de Pérez Zeledón, cincuenta metros al este y cincuenta metros al norte del INS, teléfono: 2770-3341, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número: cero cero cero cuatro-dos mil dieciséis.—San Isidro, Pérez Zeledón, 07 de setiembre del 2018.—Licda. Paola Andrea Ramírez Acosta, Notaria.—1 vez.—( IN2018277247 ).

Notifíquese a los herederos legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en el Proceso Sucesorio de quien en vida fue Luba Carvajal Vindas, cédula 1-0289-0128, mayor, casada dos veces, ama de casa, vecina de San Sebastián, de la Escuela Central, 300 metros sur, 50 metros oeste, 100 metros sur, para que hagan valer sus derechos, por el plazo de 30 días, el cual se tramita en la notaría de: Evelin Sandoval Sandoval en San Francisco de Dos Ríos, de la iglesia católica 400 metros este, 100 sur.—San José, 17 de julio del 2018.—Licda. Evelin Sandoval Sandoval, Notaria.—1 vez.—( IN2018277259 ).

Se cita y emplaza a herederos, testamentarios, legatarios y demás interesados en el proceso de sucesión de quien en vida fue el señor Don Jorge González González, quien en vida fue mayor de edad, casado en únicas nupcias, empresario, vecino de San José, exactamente en Barrio Escalante contiguo al Centro Cultural Costarricense Centroamericano y con cédula de identidad número uno-doscientos setenta y uno-quinientos veinticinco, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la primera publicación de este edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos, en la oficina del Licenciado Pablo Enrique Guier Acosta, ubicada en San José, Barrio Los Yoses, intersección de la Calle Treinta y Siete con la Avenida Ocho. El sucesorio fue abierto por la heredera testamentaria, Doña Emilie Echeverría Villafranca.—San José, veintinueve de agosto del dos mil dieciocho.—Lic. Pablo Enrique Guier Acosta, Notario.—1 vez.—( IN2018277279 ).

En mi notaria, en la ciudad de Limón a las 10:00 horas del 05 de setiembre del 2018, doy por abierta la sucesión notarial acumulada de Harold Pinnock Pinnock, cédula número 7-0034-0657 y de Orilda Price Price, nacionalidad estadounidense, cédula social 111-54-2495. Cito a los interesados, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Mi oficina se encuentra en la ciudad de Limón, costado norte del INS segunda planta.—Limón, 05 de setiembre del 2018.—Lic. José Miguel Zeledón Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2018277408 ).

En mi notaría, al ser las 12:00 horas del 24 de agosto del 2018, doy por abierta la sucesión notarial de Julieta Patricia Sawyers Roberts, cédula 7-0056-0018. Cito a los interesados, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro del plazo de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Mi oficina se encuentra en la ciudad de Limón, costado norte del INS segunda planta.—Limón, 24 de agosto del 2018.—Lic. José Miguel Zeledón Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2018277409 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Flor María Quirós Sánchez, de las veinte horas del día tres de setiembre del año dos mil dieciocho y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el Proceso Sucesorio ab intestato de quién en vida fuera Tiobaldo González Herrera, conocido como Teobaldo González Herrera, se citan y emplazan a los interesados para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría para hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. José Ricardo Argüello Brenes, Paraíso de Cartago, cincuenta metros al sur del Bar Atlántico, Teléfono 88127220.—Paraíso de Cartago, a las veinte horas del cinco de setiembre del dos mil dieciocho.—Lic. José Ricardo Argüello Brenes, Notario.—1 vez.—( IN2018277419 ).

Se hace saber que ante esta notaría, se tramita el proceso sucesorio notarial de: Omar Tito de Jesús Canales Medina, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de El Alto de la Trinidad de Moravia, Urbanización Villaverde, casa siete D, y portador de la cédula de identidad número: seis-cero cero setenta y cinco-cero seiscientos veintitrés. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apresan dentro del plazo, aquella pasará a quién corresponda. Expediente 003-2018. Notaría Lic. Jurgen Kinderson Roldán, Goicoechea, de los Tribunales de Justicia 100 metros al oeste, 100 metros al sur y 25 metros al sur.—Lic. Jurgen Kinderson Roldán, Notario Público.—1 vez.—( IN2018277451 ).

Con treinta días de término, se cita y emplaza a herederos e interesados en la sucesión extrajudicial, de quien en vida se llamó: Marjorie Susana Cerdas Alvarado, quien en vida fue mayor, casada dos veces, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número: uno-nueve cero cinco-cuatro ocho cero, vecina de San José, Zapote, Barrio Quesada Durán, cincuenta metros al sur de las Oficinas de Persianas Canet, para que, dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría, sita ciento cincuenta metros al oeste de Correos de Costa Rica, Alajuela, o al correo electrónico: analorena_c@yahoo.com a reclamar sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren en tiempo y forma, la herencia pasará a quien en derecho corresponda.—Alajuela, ocho de setiembre del dos mil dieciocho.—Licda. Ana Lorena Castro Corrales, Notaria.—1 vez.—( IN2018277495 ).

Por escrito recibido en esta notaría, el 04 de setiembre del 2018, se ha iniciado un proceso sucesorio en sede notarial. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de: Alberto Solano Álvarez, quien en vida fue mayor, casado una vez, chofer, cédula número: uno-cero cuatrocientos noventa y uno-cero cero cuarenta y seis, vecino de San José, Central, Pavas, Rincón Grande, de la Escuela de la localidad doscientos metros norte, y setenta y cinco metros oeste, casa cuatrocientos treinta y tres; para que, dentro del plazo de treinta días, se presenten a la oficina del Lic. Edgardo Mena Páramo, sita en San José, Pavas, 100 metros oeste de la Sucursal del Banco de Costa Rica, a hacer valer sus derechos con el apercibimiento, a los que crean tener derechos a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente 2018-002.—San José, 06 de setiembre del 2018.—Lic. Edgardo Mena Páramo, Notario Público.—1 vez.—( IN2018277508 ).

Ante esta notaría, se trámite proceso sucesorio de quien vida fue: Emilio Gamboa Zúñiga, mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad número: uno-cuatro dos cinco-nueve nueve siete, vecino de Carrizal de León Cortés, doscientos metros al norte de la plaza de deporte, a solicitud de su esposa: Mercedes María de Los Ángeles López Barboza, y Paula, Sebastián, Isaac Antonio, Jesús Felipe todos Gamboa López, quienes presentaron el respectivo certificado de defunción de la causante solicitando como herederos la apertura del correspondiente proceso sucesorio. Por lo anterior se confiere plazo legal de treinta días establecido en el artículo 917 de Código Procesal Civil, a todos los herederos para que comparezca ante esta notaría, hacer valer sus derechos con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presenta en este plazo, aquella pasará a quien corresponda. Esta notaría se encuentra ubicada en San Marcos de Tarrazú, frente al Juzgado Contravencional.—San Marcos de Tarrazú, 03 de setiembre del 2018.—Licda. Wendy Pamela Vargas Porras, Notaria.—1 vez.—( IN2018277563 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión intestada del señor: Luis Javier Córdoba Solano, quien fue mayor, divorciado de su primer matrimonio, odontólogo, portó la cédula de identidad número: tres-ciento sesenta y cuatro-cero cincuenta y tres, vecina de Barrio Vasconia, ciento cincuenta metros al este de la Ferretería El Pipiolo, para que, dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, ubicada en San José, avenida 10 bis, calle 21, 1080, Bufete Campos & Aguilar, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento que de no hacerlo la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente 0003-2018-D.C.S.—San José, 04 de setiembre del 2018.—Licda. Carmen Aguilar Mora, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2018277586 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión notarial de: Hugo Eduardo Campos Villalobos, quien fue mayor, viudo una vez, pensionado, vecino de San José, cédula número: uno-cero ciento ochenta y ocho-cero cero ochenta y uno, fallecido el día veintidós de agosto del dos mil dieciocho, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2018. Notaría del Lic. Jorge Johanning Mora, Notario Público.—1 vez.—( IN2018277671 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por la señora: Susana María Ortiz Muñoz, mayor, divorciada, ama de casa, vecina de San José, Hatillo Ocho, quinientos oeste, veinticinco sur y setenta y cinco oeste de la Escuela Jorge del Bravo, portadora de la cédula de identidad número: uno-cero ocho dos nueve-cero siete siete nueve; y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el Proceso Sucesorio ab intestato de quien en vida fuera su madre la señora: María Eugenia Muños Méndez, mayor, divorciada, ama de casa, vecina de San José, Hatillo Ocho, quinientos oeste, veinticinco sur y setenta y cinco oeste de la Escuela Jorge del Bravo, portador de la cédula de identidad número: uno-cero dos uno nueve-cero seis cuatro uno, fallecida el día diecinueve de julio del dos mil dieciocho, en San José, Hospital Central. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Alexander Soto Guzmán, notario público con oficina en San José, San Francisco de Dos Ríos, doscientos cincuenta sur del antiguo Edificio Unisis. Teléfono: 2226-0092.—San José, 06 de setiembre del 2018.—Lic. Alexander Soto Guzmán, Notario.—1 vez.—( IN2018277703 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de: Adelina Esperanza Brenes Moya, quien fue mayor, casada una vez, de oficios del hogar, vecina de Cartago, cédula número: tres-cero ochenta y siete-cuatrocientos sesenta y nueve, para que, dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 04-2018. Notaría del notario público Carlos Eduardo Mata Ortega, ubicada en Cartago, 75 metros al sur del Banco Nacional de Costa Rica, teléfono: 2551-0464, fax: 2591-4789.—Cartago, 11 de setiembre del 2018.—Lic. Carlos Eduardo Mata Ortega, Notario Público.—1 vez.—( IN2018277710 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de: Floribeth Gerardina Mora Mena, quien fue mayor, soltera, licenciada en planificación, cédula 1-553-361, vecina de Cartago, para que, dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda, en mi oficina sita 75 metros al este de Emergencias del Hospital Max Peralta, Cartago. Expediente 001-2018. Notaría de la Licda. Patricia Henríquez Escobar.—Licda. Patricia Henríquez Escobar, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2018277726 ).

Msc. Renato Ortiz Álvarez, notario público hace saber que, ante su notaría, bajo el expediente 03-2017, se tramita el sucesorio de quien en vida fuera: Angelina Aguilar Aguilar, portadora de la cédula de identidad número: uno-cuatrocientos diez-ochocientos ochenta y ocho, quien fuera mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Frailes de Desamparados, se declara abierto su proceso sucesorio extrajudicial. Por el término de treinta días, se cita a los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en el presente sucesorio, para que se apersonen en defensa de sus derechos ante la oficina del suscrito notario a los teléfonos: 2591-47-90 o 8588-5333, bajo los apercibimientos de ley, si así no lo hicieren. Publíquese el edicto de ley.—Lic. Renato Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—( IN2018277742 ).

Msc. Renato Ortiz Álvarez, notario público hace saber que, ante su notaría, bajo el número 003-2015, se tramita el proceso sucesorio extrajudicial de quien en vida fuera: Adilia Cordero Mora, portadora de la cédula 6-048-960, quien fuera mayor, soltera, ama de casa, vecina de Nicoya, Guanacaste, 400 metros oeste y 100 sur, de la primera entrada a Barrio San Isidro. Por el término de treinta días, se cita a los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en el presente sucesorio, para que se apersonen en defensa de sus derechos ante la oficina del suscrito notario o a los teléfonos: 2591-47-90 o 8588-5333, bajo los apercibimientos de ley, si así no lo hicieren. Publíquese el edicto de ley.—Lic. Renato Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—( IN2018277743 ).

Msc. Renato Ortiz Álvarez, notario público, hace saber que, ante su notaría, bajo el expediente 03-2017, se tramita el sucesorio de quien en vida fuera: Angelina Aguilar Aguilar, portadora de la cédula de identidad número: uno-cuatrocientos diez-ochocientos ochenta y ocho, quien fuera mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Frailes de Desamparados, se declara abierto su proceso sucesorio extrajudicial. Por el término de treinta días, se cita a los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en el presente sucesorio, para que, se apersonen en defensa de sus derechos ante la oficina del suscrito notario a los teléfonos: 2591-47-90 o 8588-5333, bajo los apercibimientos de ley, si así no lo hicieren. Publíquese el edicto de ley.—Lic. Renato Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—( IN2018277744 ).

Se cita y se emplaza a los interesados en la sucesión en sede notarial de: Rita María Alvarado Rodríguez, mayor, del hogar, soltera, vecina de San Francisco de Heredia, Residencial Monterrosa, casa cuarenta y cuatro, con cédula de identidad número: dos-trescientos setenta y dos-cuatrocientos cuatro, para que, dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quién corresponda. Expediente número: cero cero tres-dos mil dieciocho, notaría del Bufete Barrantes, Lic. Giovanni Barrantes Barrantes, ubicada en Grecia Centro de Alajuela, costado sur de la parada de buses.—Lic. Giovanni Barrantes Barrantes, Notario.—1 vez.—( IN2018277869 ).

Se hace saber que, ante esta notaría se tramita proceso sucesorio notarial de Gilbert Monge Rivera, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Heredia y cédula 3-0199-0560, en el expediente número: cero cero tres-dos mil dieciocho. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y a todos los interesados, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con apercibimiento a quienes crean tener derecho a la herencia, que, si no se presentan dentro del plazo, aquella pasará a quién corresponda. Expediente 003-2018. Notaría Lic. Carlos Villalobos Rodríguez, en Goicoechea, de los Tribunales de Justicia, 100 metros al sur, 100 metros al oeste y 25 metros norte.—Lic. Carlos Villalobos Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2018277873 ).

El suscrito, Ronald Antonio Sánchez Trejos, notario público con oficina en Guadalupe, Goicoechea, San José, Oficentro Bariloche, de conformidad con lo dispuesto en los artículos novecientos cuarenta y cinco y siguientes del Código Procesal Civil y artículo ciento veintinueve del Código Notarial, hace constar que en esta notaria se tramita el proceso sucesorio de Carmen Maria Vargas Marin, por lo que se cita y emplaza a los interesados para que dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, concurran a hacer valer sus derechos.—Lic. Ronald Antonio Sánchez Trejos, Notario Público.—1 vez.—( IN2018277961 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados, en la sucesión de Alcides Murillo Vásquez, mayor, casado una vez, pensionado, cédula de identidad número cuatro-cero sesenta y cuatro- ciento trece, vecino de San Antonio de Belén, Heredia quinientos metros al oeste de la Casa de la Cultura, fallecido el día tres de junio del año dos mil dieciocho, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezca a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 2018-0001.—Licda. Carolina Mora Solano, Notario.—1 vez.—( IN2018277964 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Floribeth Campos Quesada, a las once horas del dieciséis de agosto del dos mil dieciocho y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera: Manuel Ángel Barrantes Navarro, cédula de identidad número: nueve-cero cero siete siete-cero seis seis dos, casado una vez, agricultor, vecino San Andrés de Pérez Zeledón, exactamente Ciudadela El Río, cincuenta metros al norte del Supermercado. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Maureen Calvo Calvo, Mollejones de Platanares de Pérez Zeledón, treinta y cinco metros sureste del Supermercado El Cruce, Pérez Zeledón, provincia de San José, República de Costa Rica. Teléfonos: 8994-2444/8579-3436.—Licda. Maureen Calvo Calvo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2018278011 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Gerardo Arguedas Mora, quien era mayor, casado una vez, pensionado, cédula número uno-trescientos cincuenta y nueve-seiscientos ochenta y dos, vecino de Patarra de Desamparados cuatrocientos metros al sur del Balneario, para que dentro del plazo de 30 días contados a partir de la presente publicación de edicto, concurran a hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesión Notarial de Gerardo Arguedas Mora.  Expediente: N.02-2018.—Licda. Maritza Muñoz Delgado, Notaria.—1 vez.—( IN2018278062 ).

En mi notaria se le dio apertura al proceso sucesorio en sede notarial de quien en vida fue José Fernando Morera Araya, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Esparza, 200 metros sur de la Iglesia Católica, cédula número: 6-089-606, por parte de su albacea Maria Estrella Montoya Montero, cédula de identidad número 6-145-734, por lo que se le otorga a los acreedores y personas que se consideren con derechos, el plazo de ley para presentarse ante mi notaria a ejercer sus derechos. Correo electrónico: consultoriajuridica_cr@hotmail.—Dirección Esparza, Puntarenas, 25 metros oeste del ICE. Lic. Luis Alberto Peraza Burgdof, Notario.—1 vez.—( IN2018278174 ).

 Se emplaza a todos los interesados en la sucesión ab intestada de Tito Libio Julián Vidaurre Aiza, quien fuera mayor, casado una vez, costarricense, Ingeniero Agrónomo, vecino de Liberia, cédula de identidad cinco-cero cero sesenta y cuatro-cero quinientos veintisiete, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de su publicación, se apersonen a esta Notaría a hacer valer sus derechos, percibidos de que si así no lo hacen la herencia pasará a quien legalmente corresponda. (Exp. 0001-2018 proceso sucesorio ab intestado en sede notarial de Tito Libio Julián Vidaurre Aiza). Lic. Celimo Gerardo Fuentes Vargas. Notario público, oficina 100 metro al sur y 75 metros al oeste de la Farmacia Lux, Liberia Guanacaste.—Lic. Celimo Gerardo Fuentes Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2018278176 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Maria Herminia Cascante Cascante, mayor, viuda, pensionada, cedula de identidad nueve-cero cero tres-ocho siete cinco, vecina de Puntarenas centro, veinticinco metros norte de la clínica La Fortaleza, el diez de setiembre del dos mil dieciocho y comprobado el fallecimiento, esta notaría se declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fue Juan De La Cruz Alvarado Leal, mayor, casado una vez, cédula de identidad seis- cero tres cuatro-cuatro cinco dos, pensionado, vecino de Puntarenas centro, veinticinco metros norte de la clínica La Fortaleza. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Víctor Herrera Flores, Puntarenas, cincuenta metros oeste de la municipalidad de Puntarenas, Bufete Núñez & Asociados.—Puntarenas, once setiembre del dos mil dieciocho.—Lic. Víctor Herrera Flores, Notario.—1 vez.—( IN2018278192 ).

Se cita y emplaza a los interesados en la sucesión de Odilia Sánchez Soto, cédula 4-0065-0960, para que, dentro del plazo de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que, si no se presentan dentro dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0002-2018. Notaría del Lic. Rubén Ramírez Quirós, teléfono 22-94-81-16.—San José, 05 de setiembre año 2018.—Lic. Rubén Ramírez Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2018278223 ).

Se cita y emplaza a los interesados en la sucesión de María Argentina Herra Sirias, cédula 5-0285-0491, para que, dentro del plazo de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que, si no se presentan dentro dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2018. Teléfono 22-94-81-16.—San José, 05 de setiembre año 2018.—Lic. Rubén Ramírez Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2018278224 ).

Se cita a los interesados en la sucesión de quien en vida fue la señora Claudia Maria Cambronero Ortiz, que tuvo la cédula: 1-339-381, quien a la fecha de su fallecimiento era casada con Roberto Ugalde Jiménez, vecina de Hatillo 8; para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este Edicto comparezcan ante la notaría del Lic. Maynor Solano Carvajal, sito en San José, Hatillo 1, contiguo a la Iglesia María Reina, para hacer valer sus derechos. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo señalado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-2018.—Lic. Mainor Solano Carvajal, Notario.—1 vez.—( IN2018278242 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Mario Goldoni Salazar, a las 15:00 horas del 17 de abril del 2018, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato extrajudicial de Mario Goldoni Morales, quien fue mayor, casado 1 vez, mecánico, con cédula 1-126- 988, fallecido el 22 de febrero del 2015 y Maria Elena Salazar Soto, quien fue mayor, casada 1 vez, ama de casa, cédula 1- 129- 112, ambos vecinos de San José, Barrio Luján, calle 19, avenidas 12 y 14, casa número 1258, fallecida el 14 de febrero del 2011. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 002-2018 Notaría del Lic. Carlos Ureña Zúñiga. San José, Quesada Durán, de la entrada al Residencial Las Luisas, 250 este.—San José, 13 de setiembre del 2018.—Lic. Carlos Ureña Zúñiga, Notario.—1 vez.—( IN2018278248 ).

 Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Saray, Maritza y David Tapia Molina, a las nueve horas del seis de setiembre del dos mil dieciocho y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio de quienes en vida fueran Paulino Tapia Agüero, quien fue mayor, carpintero, cédula seis-cero cero veinte-cero trescientos treinta y dos, falleció el quince de setiembre de mil novecientos noventa y tres, vecino de Curridabat, Centro, del costado sur del cementerio cincuenta la sur y cincuenta la este, casa número diecinueve, y Adilia Molina Serrano, quien fue mayor, ama de casa, cédula dos-cero doscientos noventa y uno-cero ochocientos setenta y uno, vecina de San Francisco de Heredia, casados entre sí. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. notaría de la Licenciada Anayancy Vallejos Quirós, Curridabat, del costado sur del cementerio cincuenta al sur y setenta y cinco metros al este, casa número veintitrés. Teléfono 8390-3725.—Licda. Anayancy Vallejos Quirós, Notaria.—1 vez.—( IN2018278259 ).

Se hace saber que, en este despacho se tramita el Proceso Sucesorio de quien en vida se llamó Belisa Aguilar Jirón, mayor, viuda de primeras nupcias, ama de casa, con cédula de identidad número cinco-ciento cuarenta y cuatro-mil trescientos cincuenta y nueve, vecina de Filadelfia de Carrillo, Guanacaste, de Acueductos y Alcantarillados, doscientos cincuenta metros al sur. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, por lo cual, sino se apersonan dentro de este plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 009-2018 de Licda Elvira Patricia Ondoy Cantillo, con oficina abierta en Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, del costado sureste de la Iglesia Católica, doscientos metros sur.—Guanacaste, 05 de setiembre del año 2018.—Licda Elvira Patricia Ondoy Cantillo, Notaria.—1 vez.—( IN2018278279 ).

A solicitud de la albacea testamentaria propietaria y heredera legítima del señor Mack Clifton (nombre) Furr (apellido) único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, casado tres veces, pensionado, con cédula de residencia número: uno ocho cuatro cero cero cero seis siete siete siete cero seis, y pasaporte actual de su país número: cuatro ocho tres siete tres dos tres seis cero, vecino de Tilarán, Guanacaste, Residencial Lomas del Sol, de la entrada principal cincuenta metros al norte y ciento cincuenta al este, se avisa que se ha iniciado el trámite de su sucesión, y que se ha aceptado la herencia a beneficio de inventario. Cualquier persona que tenga interés en este sucesorio deberá apersonarse en la oficina de la notaria pública Ingrid Solano Álvarez, dentro de los treinta días siguientes a la publicación de este aviso, para lo que en derecho corresponda. Notaria pública con oficina abierta en Tilarán, Guanacaste, setenta y cinco metros al sur de la Casa Episcopal.—Tilarán, trece de setiembre del dos mil dieciocho.—Licda. Ingrid Solano Álvarez, Notaria.—1 vez.—( IN2018278354 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados, en la sucesión de quien en vida fue la señora Flor María González Alvarado, quien fue mayor, casada en segundas nupcias, ama de casa, con cédula de identidad número: dos-doscientos veintidós-cuatrocientos veintinueve, vecina de Bello Horizonte de Escazú, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaria ubicada en San José, Barrio González Lahmann, de la antigua Casa de Matute Gómez cien metros al sur y cien metros al este, casa 2309, a reclamar sus derechos los que crean tener derecho a la herencia, apercibidos de que si no lo hacen dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente número: cero cero cero uno dos mil dieciocho.—San José, 12 de septiembre del año dos mil dieciocho.—Licda Olga Marta Valverde Umaña, Notaria.—1 vez.—( IN2018278365 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Luis Brenes Loaiza, mayor, cédula de identidad número 300880154, casado una vez, pensionado, vecino de San José, Barrio Cuba, de la Iglesia de la Medalla Milagrosa 50 metros sur, quien falleció el día 17 de febrero de 2004, en San José, Hospital San Juan de Dios, cuyo fallecimiento aparece inscrito en el Registro Civil, Registro de Defunciones de la Provincia de San José, Citas de Inscripción número 104542110421, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, sita en San José, Barrio Escalante, detrás de la Iglesia de Santa Teresita 100 metros al este y 50 metros al sur, Casa 740, 1er Piso, a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente sucesión Nº004- 2018.—San José, 06 de septiembre de 2018.—Lic.  Luis Carlos Gómez Robleto, Notario.—1 vez.—( IN2018278374 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Danielle Suzanne Cook, y Robert Cook, a las quince horas del día diecisiete de agosto de dos mil dieciocho y comprobado el fallecimiento de Barry William Cook, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—( IN2018278381 ).

Se convoca a todos los herederos, legatarios e interesados en la sucesión de quien en vida fue Sandra Alfaro Nájera cédula uno-cero cuatrocientos siete-cero novecientos cincuenta y seis, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San Isidro de Heredia, para que en el plazo de treinta días a partir de la publicación de este edicto se apersonen en la oficina del Lic. Guillermo Enrique Azuola Valls, situada en avenida diez calles trece y quince número mil trescientos nueve, a hacer valer sus derechos. Lo anterior dentro del proceso sucesorio de Sandra Alfaro Nájera. Expediente número 001-2018.—San José, a las diez horas del diez de setiembre del dos mil dieciocho.—Lic. Guillermo Enrique Azuola Valls, Notario.—1 vez.—( IN2018280899 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Marco Aurelio Umaña Cano, mayor, casado, mecánico, vecino de Heredia, cédula de identidad 400990264. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº14-000176-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 06 de mayo del año 2014.—Licda. Karol Solano Ramírez, Jueza.—( IN2018284444 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Francisco José Hernández Mata, mayor, soltero, con documento de identidad 0103320950 y vecino de San José. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº18-000068-0221-CI.—Juzgado Segundo Civil de Menor Cuantía de San José, 18 de junio del año 2018.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud: 68-2017-JA.—( IN2018284525 ).

Avisos

El Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia Familia), hace saber a José Santos Maradiaga Vilchez y María del Carmen Tomas Gómez que en proceso de depósito judicial promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, que se tramita en este Despacho, bajo la sumaria número 18-000204-1343-F.A, se encuentra la resolución de las nueve horas y cincuenta y cinco minutos del veinte de agosto de dos mil dieciocho, que en lo que interesa dice: De las presentes diligencias de depósito de las personas menores Edwin Maradiaga González, Greivin Maradiaga Tomas, Elvin Maradiaga Tomas y Maricela Tomas Gómez, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a José Santos Maradiaga Vilchez y María del Carmen Tomas Gómez, a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, circular 169-2008, en el sentido de que, firmado digital de: si desean señalar un fax como medio de notificación dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones; igualmente se les invita a utilizar “el sistema de gestión en línea, que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del poder judicial, http://www.poder-judicial.go.cr si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Así mismo, por haberlo así dispuesto el consejo superior, en concordancia con la política de género del poder judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a María del Carmen Tomas Gómez y José Santos Maradiaga Vilchez, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Sarapiquí y la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones; de Upala-Guatuso, respectivamente. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de notificaciones judiciales.- por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el boletín judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Prevención: se le previene al patronato nacional de la infancia, que previo a expedir la comisión para notificar a la demandada, sea la señora María del Carmen Tomas Gómez, deberá aclarar la misma ya que del escrito de demanda no es posible interpretarla, lo anterior en un plazo de cinco días hábiles. Por último, se ordena el depósito judicial provisional de Edwin Maradiaga González, Greivin Maradiaga Tomas, Elvin Maradiaga Tomas y Maricela Tomas Gómez, en el hogar de la señora Meyling Maradiaga Tomas. Para lo anterior se le previene a la señora Maradiaga Tomas que deberá apersonarse a estrados judiciales dentro del tercer día de la notificación de la presente resolución a aceptar el cargo conferido. Además, se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de las personas menores antes mencionadas, para que se apersonen a este Juzgado, dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Clase de asunto depósito judicial. Expediente 18-000204-1343-FA.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia Familia), a las diez horas y cuarenta y nueve minutos del veinte de agosto de dos mil dieciocho, 20 de agosto del 2018.—Licda. Mariselle Zamora Ramírez, Jueza.—O.C. 364-12-2017. Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018276640 ).      3 v. 3

Se avisa a los señores Carlos López López, de calidades y domicilio desconocidos y Joaquín Pavón, de calidades y domicilio desconocidos que en este Juzgado, se tramita el expediente 18-000479-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de La Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Dylan Mena Claro, Heliberto Enrique Mena Claro, Kaleth Mena Claro, Nicole López Mena y Yesenia Pavon Mena. Se les concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se opongan a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de setiembre del dos mil dieciocho.—Licda. Eugenia Bolaños Rodríguez, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018277286 ).

Se avisa al señor Leonel Madrigal Murcía, portador de la cédula de identidad 1-1094-0439, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este Juzgado, se tramita el expediente 18-000554-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional De la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Karolin Leonela Madrigal Ceciliano. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 06 de setiembre del dos mil dieciocho.—Licda. Eugenia Bolaños Rodríguez, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018277287 ).

Se avisa que en este Despacho Sandí Patricia Gordon Camacho, solicita se apruebe la adopción individual de la persona menor de edad María Sofía Villalobos Fallas. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 18-000460-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 13 de agosto del 2018.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018277289 ).

Se avisa, a la señora Karen Lorena Herrera Ortega, mayor, costarricense, cédula de identidad número 1-1172-0957, con demás calidades y domicilio desconocidos, es representada por la curadora procesal Licenciada Ligia Gamboa Vega, hace saber que existe proceso 18-000370-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Wesley Alexander Herrera Ortega establecido por la Licenciada Marisol Piedra Mora en calidad de representante legal del Patronato Nacional de la Infancia en contra de Karen Lorena Herrera Ortega, se ha dictado la resolución de las siete horas y cincuenta y dos minutos del veintiocho de junio del dos mil dieciocho, en la que se les concede el plazo de cinco días para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se les advierte a los accionados que si no contestan en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Msc. Yerma Campos Calvo.—Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia, 06 de setiembre 2018.—Licda. Eugenia Bolaños Rodríguez, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018277290 ).

Se avisa que en este Despacho Antonio Canales Obando y Elieth Lorena Mena Mayorga, solicitan se apruebe la adopción conjunta de las personas menores de edad Christopher David Li Sánchez y Kevin Jatanael Li Sánchez. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 18-000316-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 04 de setiembre del 2018.—Licda. Eugenia Bolaños Rodríguez, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018277291 ).

Se avisa al señor Randal Navarro Castro, mayor, costarricense, cédula de identidad número 1-970-649, con demás calidades y domicilio desconocido, que en este Juzgado se tramita el expediente 18-00210-0673-NA, correspondiente a Diligencias no Contenciosas de utilidad y necesidad, promovidas por Sara Rostran Blandón, donde se solicita que se apruebe las citadas diligencias de la persona menor de edad Karol Ester Navarro Rostran. Se le concede el plazo de tres días, para que manifieste lo que estime conveniente.—Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia, 05 de setiembre 2018.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018277292 ).

Se avisa a los señores Lidiette Calvo Garita, portadora de la cédula de identidad 3-0227-0060, de demás calidades y domicilio desconocidos y Mario Enrique León Soto, portador de la cédula de identidad 1-0603-0887, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este juzgado, se tramita el expediente 17-000770-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Mario Andrés León Calvo. Se les concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se opongan a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de setiembre del dos mil dieciocho.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018277293 ).

Se avisa al señor Ervin Orlando Trejos Estrada, nacionalidad nicaragüense, de demás calidades desconocidas que, en este juzgado, se tramita el expediente 18-000547-0673-NA, correspondiente a Autorización de Salida del País promovidas por Cornelia Mejía Villalobos y Guido Antonio Barrantes Matamoros, donde se solicita que se apruebe la salida del país de la persona menor de edad Jeremy Calet Trejos Barrientos. Se le concede el plazo de cinco días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de setiembre del 2018.—Licda. Sharon Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018285554 ).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Minor Steven Chacón Gutiérrez, mayor, soltero, operario, cédula de identidad número 0114730886, vecino de Curridabat, del cementerio 225 metros al sur, barrio Chapultepec, hijo de Minor Gerardo Chacón Garbanzo y Karla Gutiérrez Brenes, nacido en Carmen, Central, San José, el 17/07/1991, con 27 años de edad, y Jusebeth Jazmín Miranda Centeno, mayor, soltero, ama de casa, cédula de identidad número 0117140100, vecina de Curridabat, del cementerio 225 metros al sur, barrio Chapultepec, hija de Julián Guillermo Miranda Campos y Evangelina Centeno Céspedes, nacida en Carmen, Central, San José, el 06/07/1998, actualmente con 20 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. 18-001898-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 11 de setiembre del 2018.—Msc. Valeska Von Koller Fournier, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018283205 ).