BOLETÍN JUDICIAL N° 235 DEL 18 DE DICIEMBRE DEL 2018
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA
SECRETARÍA
GENERAL
SALA
CONSTITUCIONAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Títulos
Supletorios
Citaciones
Avisos
CIRCULAR Nº 119-2018
ASUNTO: Recordatorio sobre la
obligación de todos los funcionarios Judiciales para salvaguardar los activos
asignados a su cargo, además de velar por el control, uso adecuado y
mantenimiento de estos.
A LAS
SERVIDORAS Y SERVIDORES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior en sesión N° 74-18
celebrada el 22 de agosto de 2018, artículo XIX, acordó recordar a las
servidoras y los servidores judiciales del país, que la Corte Plena en sesión N° 16-16 celebrada el 30 de mayo de 2016, artículo IX,
aprobó el “Reglamento para el Registro, Control y uso de activos
institucionales del Poder Judicial”, por lo anterior, se recuerdan aspectos
importantes sobre la responsabilidad de cada funcionario judicial sobre este
tema, que se encuentran contenidos en el citado reglamento, a saber:
“(…)
CAPÍTULO
XI
RESPONSABILIDAD
Y OBLIGACIÓN DE LAS PERSONAS
QUE LABORAN PARA EL PODER
JUDICIAL
Artículo 52.—Personas
responsables por los bienes a cargo. Todo el personal judicial será responsable
por los bienes que le han sido asignados, en cuanto a su uso adecuado,
mantenimiento y custodia.
Además, tendrá como obligación adoptar las
medidas necesarias a fin de resguardar y mantener los bienes en las mejores
condiciones de uso.
Artículo 53.—Pérdida
de activos por daño o destrucción. Todo el personal judicial encargado de la
custodia y uso de los bienes, es responsable por la
pérdida, daño o destrucción que sufran, salvo, cuando provengan del deterioro
natural por razón de su uso o de otra causa justificada
Artículo 54.—Equipo
dañado.
Cuando una persona ingrese a un puesto de trabajo en el Poder Judicial y
encuentre equipo dañado, tendrá que comunicarlo a la jefatura inmediata. Esta a
su vez, al Departamento de Proveeduría o a la Administración Regional en
aquellas dependencias judiciales que cuenten con ésta, para que proceda a su
reparación.
Artículo 55.—Reportes. La persona que labora para el
Poder Judicial, está en la obligación de reportar a la
jefatura inmediata cuando advierta la desaparición de algún bien o cuando se
trasladen, se deterioren y se desprenda la identificación numérica.
Artículo 56.—Reposición
del mobiliario y equipo de oficina. En caso de que se compruebe que el servidor
o la servidora judicial es el responsable de la desaparición de un bien o que
causó daño o mal uso a un activo perteneciente al Poder Judicial, deberá correr
con los gastos necesarios para su reposición o reparación, o en su defecto,
formalizar un arreglo de pago conforme con las políticas institucionales que
rigen esta materia, sin perjuicio de la aplicación del régimen disciplinario
que corresponda de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica del Poder
Judicial, u otras responsabilidades penales y civiles en las que pueda
incurrir.
CAPÍTULO
X
DEBERES
Y RESPONSABILIDADES DE LAS JEFATURAS
DE LAS DEPENDENCIAS JUDICIALES
Artículo 43.—Jefatura
de la Dependencia Judicial. La jefatura de la dependencia judicial, una vez
firmado y recibido conforme del equipo y mobiliario que se le entrega, será
responsable de los bienes bajo su cargo y no podrá variar su uso ni destino,
sin coordinar lo necesario previamente con el Departamento de Proveeduría o
bien con la Administración Regional correspondiente.
Artículo 44.—Responsabilidades. Toda jefatura es responsable
por el buen uso y custodia de los activos recibidos para el desempeño de las
funciones de la dependencia judicial a su cargo. Cada jefatura deberá llevar un
control individual de los bienes bajo su responsabilidad, en los registros
diseñados al efecto. Dicho registro tendrá que mantenerse actualizado y servirá
de base para levantar los inventarios que solicite periódicamente el
Departamento de Proveeduría.
Además, las jefaturas y las personas
encargadas del manejo de los activos de cada dependencia judicial,
deberán informar al Proceso de Administración de Bienes del Departamento de
Proveeduría o Administraciones Regionales, sobre cualquier movimiento que se
presente. Asimismo, son responsables por la revisión y remisión oportuna del
informe a esta Unidad sobre las inconsistencias encontradas y dejar evidencia
de lo actuado.
Artículo 45.—Obligaciones. Las Jefaturas de las distintas
dependencias judiciales a quienes se les hayan asignado bienes muebles, tendrán
con respecto a éstos las siguientes obligaciones:
a) Custodiar los activos que se les asigne.
b) Verificar la existencia física real de los activos incluidos en el
listado que genera el SICA-PJ, debiendo reportar al Departamento de Proveeduría
o a la Administración Regional todas aquellas diferencias que se lleguen a
determinar en la revisión.
c) Velar porque los activos adscritos a su centro de trabajo tengan
buen uso, mantenimiento, reparación y que estén bajo el cuidado de una persona
responsable.
d) Otras que por ley, reglamento o acuerdo de la Corte Plena o el
Consejo Superior se les asignen.
Artículo 46.—Entrega de activos por renuncia, cese o traslado de la
institución. Cuando la jefatura de la dependencia judicial cese
en sus funciones o sea trasladado a otro puesto o lugar, está en la obligación
de entregar por inventario a la nueva jefatura de la dependencia, un informe
del mobiliario y equipo que tenga asignado a la fecha en su lugar de trabajo.
El nuevo titular de la dependencia remitirá una copia del inventario al Proceso
de Administración de Bienes del Departamento de Proveeduría o Administración
Regional para verificar si coincide con el reportado en el sistema SICA-PJ.
Si el reporte de inventario fuese correcto se
hará constar así. De lo contrario, el Proceso de Administración de Bienes o
Administración Regional revisará los inventarios y emitirá las observaciones
respecto a faltantes o estado de los bienes.
Artículo 47.—Listado
actualizado de los bienes a cargo de una dependencia judicial. Cada vez que una persona asuma
un puesto de jefatura, solicitará al Proceso de Administración de Bienes o la
Administración Regional, un listado actualizado de los bienes asignados a esa
dependencia y revisará si concuerda con los que se encuentran en la oficina. Si
existe incongruencia lo comunicará de inmediato al Proceso de Administración de
Bienes o la Administración Regional según corresponda
Artículo 48.—Personas Responsables por el
mantenimiento y custodia de activos. La jefatura de cada dependencia
judicial deberá instruir adecuadamente a las personas que laboran para el Poder
Judicial, sobre los deberes y obligaciones que tienen con respecto al manejo,
mantenimiento y custodia de los activos de la Institución.
Artículo 49.—Responsabilidad
por faltantes. Cuando alguna jefatura del Poder Judicial se retire de su puesto por
motivo de renuncia, traslado o cese en sus funciones, sin haber firmado
previamente el inventario correspondiente de los bienes a su cargo, o no acceda
a que se realice el inventario en cuestión, el servidor que asuma dicho puesto,
deberá levantar un acta mediante la cual se haga constar el hecho y se haga un
inventario de los bienes a su cargo, para proceder luego a cotejarlo con el
inventario que se le entregó inicialmente y en caso de existir algún faltante,
se procederá al cobro respectivo.
Artículo 50.—Responsabilidad
en el uso de los bienes compartidos. En aquellos Circuitos Judiciales en que se
labore más de una jornada y se cuente con bienes de uso compartido, las
Jefaturas de las Dependencias Judiciales, son responsables de la pérdida, daño
o depreciación que sufran los mismos, cuando no provengan del deterioro natural
por razón de uso legítimo o de otra causa calificada, por la jornada laboral en
que se desempeñen como tales. Estas jefaturas están obligadas a velar por el
uso correcto de los bienes, debiendo gestionar el mantenimiento y conservación
adecuados, así como informar a las autoridades competentes cualquier situación
irregular que observen en la custodia del mobiliario y equipo de oficina. Para
el caso de los edificios en los cuales se cuente con gimnasio, comedor,
pasillos, etc. en áreas comunes, la administración del edificio velará por su
mantenimiento y adecuado control, así mismo deberán definir procedimientos con
el personal de seguridad (interna o externa) para que la salida de bienes se
lleve a cabo solo con la autorización de la Administración.
Artículo 51.—Responsabilidad por el levantamiento del
Inventario Anual. La jefatura de oficina, las Administraciones Regionales y
las Administraciones de Programas Auxiliares de Justicia, según corresponda,
serán las responsables del levantamiento anual del inventario conforme a las
instrucciones que emita el Departamento de Proveeduría. En caso de
incumplimiento se procederá conforme lo señalado en las normas y políticas
institucionales en materia de sanciones disciplinarias.
En adición a lo anterior, se le solicita a
cada jefatura de oficina la designación de un funcionario o funcionaria
Judicial para que dentro de sus funciones tenga la responsabilidad de
encargarse de los controles de los activos que entran y salen del despacho.
Esta persona deberá de contar con un usuario de consulta en el Sistema
Institucional de Control de Activos (SICA-PJ), para los controles
correspondientes y velar para que las actualizaciones
en el sistema se efectúen en un lapso prudencial de 5 días hábiles posterior a
un cambio en la ubicación física de un activo (entre oficinas).
(…)”
San José, 18 de septiembre de 2018.
Carlos
Toscano Mora Rodríguez
1 vez.—O.C.
N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018298254 ).
CIRCULAR Nº 122-2018
ASUNTO: Reiteración de la Circular Nº 148-2015
sobre el “Impedimento de nombrar interinamente en plazas no profesionales
que adquieren condición de vacantes en la institución, sin previa consulta a
Gestión Humana”.
A LOS
SERVIDORES, SERVIDORAS JUDICIALES
DEL PAÍS Y A LAS ASOCIACIONES
GREMIALES
DEL PODER JUDICIAL
SE LES
HACE SABER QUE:
El Consejo Superior del Poder Judicial en
sesión Nº 69-18 celebrada el 03 de agosto de 2018,
artículo LXX, dispuso reiterar la Circular Nº
148-2015 sobre el “Impedimento de nombrar interinamente en plazas no
profesionales que adquieren condición de vacantes en la institución, sin previa
consulta a Gestión Humana”, que literalmente indica:
“Según lo dispuesto por
el Consejo Superior en sesión Nº 52-15 del 04 de
junio de 2015, artículo V, a partir de la comunicación de esta circular todas
las jefaturas del país, deberán contar con el consentimiento expreso por parte
de la Sección de Reclutamiento y Selección de la Dirección de Gestión Humana,
previo a realizar un nombramiento interino en un puesto que adquiera condición
de vacante por cualquier motivo, a efecto de poder realizar la sustitución
correspondiente en dicha plaza. Tal disposición rige para puestos no
profesionales.
Lo anterior con el fin de
identificar aquellas peticiones de traslados en trámite y de atender de manera
coordinada y de forma efectiva soluciones para las gestiones de reubicación
pendientes, sin incurrir en una afectación directa de servidores y servidoras
interinas.
Para mayor
información, consulte el procedimiento dispuesto en la siguiente
dirección electrónica:
http://intranet/gestionhumana/index.php/msrs-normativa/msrs-circulares”.
San José, 24 de setiembre del 2018.
Carlos
Toscano Mora Rodríguez
1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2018298255 ).
CIRCULAR Nº 123-2018
ASUNTO: Sobre el proceso de renovación del carné del Colegio de Abogados
y Abogadas de Costa Rica.
A LAS
INSTITUCIONES, ABOGADOS, ABOGADAS,
SERVIDORES Y SERVIDORAS
JUDICIALES
DEL PAÍS Y PÚBLICO EN GENERAL
SE LES
HACE SABER QUE:
El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión Nº
81-18 celebrada el 14 de setiembre del 2018, artículo LIV, en
razón del acuerdo tomado por la Junta Directiva del Colegio de Abogados
y Abogadas de Costa Rica, en sesión ordinaria Nº
33-18 celebrada el 27 de agosto de 2018, dispuso comunicar que hasta tanto
finalice el proceso de renovación del carné del Colegio, se podrá utilizar
tanto el antiguo como el nuevo.
San José, 24 de setiembre del 2018.
Carlos
Toscano Mora Rodríguez
1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2018298256 ).
CIRCULAR N° 125-2018
ASUNTO: Trámite de devolución de bienes y dineros decomisados en causas
que se tramitan por infracción a la Ley de Psicotrópicos, o bajo el
procedimiento de delincuencia organizada descrito en la Ley N°
8754.
A TODAS
LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior en sesión N° 83-18
celebrada el 20 de setiembre de 2018, artículo LXXXIII, en virtud que el
Instituto Costarricense sobre Drogas implementó a partir del 01 de agosto de
2018, la recepción de las órdenes de devolución por correo electrónico y con
firma digital, dispuso comunicar a las autoridad Judiciales, el trámite de
devolución de bienes y dineros decomisados en causas que se tramitan por
infracción a la Ley de Psicotrópicos, o bajo el procedimiento de delincuencia
organizada descrito en la Ley N° 8754, el cual se
indica a continuación:
En caso
de que no se cuente con firma digital, el funcionario judicial que ordena la
devolución deberá remitir una copia escaneada, donde se incluya la firma del
ordenante y el sello del despacho. Cuando se trate de órdenes judicial de
devolución de dineros, entendidos como aquellos depositados en las cuentas
bancarias del ICD, deben enviarse a la dirección electrónica icd.administrativo@icd.go.cr.
Cuando
se trate de devoluciones de bienes o de dinero, pero en moneda extranjera para
la cual no posea el Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD) cuenta bancaria
para su depósito, deben enviarse a la dirección ura@icd.go.cr.
El ICD
realizará las devoluciones de dinero utilizando el sistema de depósito en
cuenta simplificada del Banco de Costa Rica, por lo que en las órdenes
judiciales deberá indicarse la siguiente información:
• Nombre
del cliente.
• Número de identificación.
• Tipo de cuenta.
• Número de cuenta cliente.
• Número de cuenta corriente.
• Banco
• Monto
• Moneda
Cuando el despacho judicial realice la creación de la(s) cuenta(s)
para que se realicen los depósitos, deben autorizar como depositante al
Instituto Costarricense sobre Drogas, cédula jurídica número 3-007-324429.
Para
uniformidad en las gestiones, se adjunta una plantilla que deberán completar
las autoridades judiciales que ordenen dichas devoluciones, la cual debe ser
firmada digitalmente por el fiscal o juez a cargo de la tramitación del
expediente. Dicha plantilla contiene un espacio para un correo electrónico, que
es donde será remitida la información respecto al depósito del dinero del que
se está ordenando la devolución. Puede ser un correo del despacho judicial, el
correo de la persona a favor de quien se está autorizando la devolución o
ambos.
En el
caso de los bienes, deberán los despachos judiciales facilitar una forma de
comunicación con el autorizado para recibirlos, ya sea un correo electrónico o
un número de teléfono.
Asimismo,
los bienes a devolver deberán ser descritos tal y como se indica en las actas
de depósito judicial firmadas por los funcionarios del ICD al momento de
recibirlos.
A esos
efectos, con el fin de continuar con la política de eficiente comunicación, el
ICD aplicará el mismo trámite de comunicación electrónica, para recibir la
información sobre el comiso de los dineros. Se remite la plantilla que
utilizará el ICD para ello.
Ambas
plantillas estarán disponibles en el sitio web del Instituto, www.icd.go.cr, a
partir de la fecha de entrada en vigencia de estos
trámites (01 de agosto de 2018).
San José, 28 de setiembre de 2018.
Carlos
Toscano Mora Rodríguez
1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018298257 ).
CIRCULAR N° 129-2018
ASUNTO: Trámite de procesos de distribución de prestaciones de personas
trabajadoras fallecidas (Art. 548 del Código de Trabajo).
A TODOS
LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
QUE TRAMITAN MATERIA LABORAL
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N°
77-18 celebrada el 31 de agosto de 2018, artículo LVII, dispuso comunicar a los
despachos judiciales del país que tramitan materia Laboral que con base en el
principio de oficiosidad y celeridad, establecido en el numeral 421 del citado
código; y para cumplir con lo solicitado por la operadora BCR deberán informar
a dicha operadora de pensiones el número de cuenta asignado al respectivo
expediente, para que se proceda a la liquidación de dineros acumulados en el
F.C.L. de la persona fallecida e informar a los interesados que se apersonaron
en el proceso.
San José, 28 de setiembre de 2018.
Carlos
Toscano Mora Rodríguez.
1 vez.—O.C.
N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018298258 ).
CIRCULAR N° 132-2018
ASUNTO: Procesos de interrelación familiar (régimen de visitas).
A TODOS
LOS JUZGADOS DE FAMILIA DEL PAÍS.
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión N° 80-18, celebrada el 11 de setiembre de 2018, artículo
LXI, dispuso recordarles que, al estar de por medio el derecho de menores de
edad de compartir con sus padres y madres, una vez presentado el proceso,
tienen la posibilidad de estar convocando a audiencias tempranas de
conciliación para acordar modo y forma de las visitas, además, se les hace
saber que por el interés superior del menor éste tipo de procesos requieren de
un trámite prioritario y expedito, por lo que la solicitud de pericias de
Trabajo Social y Psicología deben hacerse en los casos estrictamente necesarios
promoviendo que las mismas sean rendidas en plazos razonables y proceder a
dictar la sentencia de fondo dentro de los plazos de ley.
En
línea con lo anterior, se les informa que esta medida deberá implementarse a
partir de esta comunicación.
San José, 08 de octubre de 2018.
Carlos
Toscano Mora Rodríguez
1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018298259 ).
CIRCULAR N° 133-18
ASUNTO: Reiteración de circulares referentes al
deber de las personas servidoras judiciales, personal de apoyo y profesionales,
de mantener actualizados los sistemas informáticos que apoyan la gestión de los
despachos judiciales.
A LAS
SERVIDORAS Y SERVIDORES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El
Consejo Superior en sesión N° 83-18 celebrada el 20
de setiembre de 2018, artículo LI, dispuso reiterar las siguientes circulares,
que se refieren a la debida actualización de los sistemas informáticos que
apoyan la gestión en los despachos judiciales:
Circular |
Asunto |
N° 131-2005 |
“Obligación de actualizar la información de
los expedientes” |
N° 123-2006 |
“Deber de utilizar el sistema informático” |
N° 08-2009 |
“Instrucciones para confeccionar los
informes trimestrales que deben rendirse a la Sección de Estadística del
Departamento de Planificación” |
N° 126-2009 |
“A) Sobre el deber de utilizar el
Formulario N° F-441 “Solicitud de préstamo de
expedientes”. B) Reiterar la Circular N°
142-2005. C) Dejar sin efecto las Circulares N°
52-2005, 75-2007 y 104-2009” |
N° 28-2010 |
“Reiteración de los incisos 38 y 53 del
Reglamento del Sistema Automatizado de Depósitos y Pagos Judiciales (S.D.J.),
comunicado mediante circular N° 89-08, publicada en
el Boletín Judicial N° 101 del 27 de mayo de 2008,
que tratan sobre el deber de actualizar los expedientes en dicho sistema.
Deber del despacho receptor de un expediente, de completar la información que
el despacho remitente hubiera omitido indicar en el SDJ y de comunicar al
Tribunal de la Inspección Judicial sobre la falta de diligencia de este
último” |
N° 41-2010 |
“Aplicación del régimen disciplinario a los
servidores que no utilizan o no mantienen actualizado los distintos sistemas
informáticos del Poder Judicial” |
N° 58-2010 |
“Obligación de las personas responsables de
actualizar la página web del Poder Judicial, de realizar su labor en forma
oportuna y constante; anotando la mayor cantidad posible de datos y
resoluciones firmes” |
N° 133-2010 |
“Actualización de información en el Sistema
de Gestión”, |
N° 61-2011 |
“Prohibición de establecer horarios para
fotocopiar expedientes” |
N° 153-2011 |
“Obligación de mantener el Sistema
Electrónico Actualizado” |
N° 35-2013 |
“Recomendaciones para mejorar la gestión de
los despachos judiciales que atienden materia laboral” |
N° 238-2014 |
“Responsabilidad de velar por la adecuada y
oportuna actualización de la información que se ingresa a los sitios y
páginas electrónicas del Poder Judicial” |
N° 261-2014 |
“Sobre la actualización del Sistema de
Gestión y Agenda de Cronos” |
San José, 09 de octubre del 2018.
Carlos
Toscano Mora Rodríguez
1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018298260 ).
CIRCULAR Nº 134-2018
ASUNTO: Lista de abogadas y abogados suspendidos en el ejercicio de su
profesión, actualizada al 09 de octubre de 2018.
A LAS
AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
En cumplimiento de lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesiones Nº 14-03 y 97-03, celebradas el 27 de febrero y 16 de
diciembre de 2003, en ambas, artículos LII, hago de su conocimiento y para los
fines consiguientes, la lista de los profesionales suspendidos en el ejercicio
de la profesión ante el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, según
correo electrónico del citado Colegio Profesional.
LISTA DE
ABOGADAS Y ABOGADOS SUSPENDIDOS
EN EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN
ACTUALIZADA AL 09 DE OCTUBRE DEL
2018
Notas
* La suspensión se mantendrá hasta que cumpla la condena
impuesta en sede penal.
** La suspensión será hasta la revocación de medida cautelar
o finalización del proceso penal.
*** Inhabilitación del ejercicio de la Abogacía y Notariado por
Medida Cautelar. Res, Juzgado Penal Pérez Zeledón de las 13:35 del 14/12/2015 Exp. 12-000974-0485-PE.
**** Inhabilitación del ejercicio de la Abogacía y Notariado por
Medida Cautelar. Res, Juzgado Penal de Corredores Exp.
N°10-202045-0456-PE.
#### Inhabilitación del ejercicio de la Abogacía y Notariado por
Medida Cautelar dictada por Juzgado Exp.
05-0022756-0042-PE-
### (Lic. Rojas) Inhabilitación en el ejercicio de la abogacía
por medida cautelar dictada por el Colegio, derivado de condenatoria penal Exp. 00-200095-0486-PE, vigente hasta que no se dicte lo
contrario.
### (Lic. Zumbado) Suspensión por medida cautelar dictada por
el Colegio, derivado de condenatoria penal Exp.
09-008513-0369-PE, vigente hasta que no se dicte lo contrario.
### (Licda. Salas) Suspensión por medida cautelar dictada por
el Colegio, derivado de condenatoria penal Exp.
06-024335-0042-PE, vigente hasta que no se dicte lo contrario.
### (Lic. Fuentes) Suspensión por medida cautelar dictada por
el Colegio, derivado de condenatoria penal Exp.
08-010811-0042-PE, vigente hasta que no se dicte lo contrario.
& Fe de erratas. Gaceta 110 del 08/06/2016.
&& Fe de erratas. Gaceta 197 del
13/10/2016.
&&& Fe de erratas Gaceta 96 del 23/05/2017.
&&&& Fe de erratas Gaceta 164 del 07/09/2018.
San José, 12 de octubre de 2018.
Carlos
Toscano Mora Rodríguez
1 vez.—O.
C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018298261 ).
CIRCULAR N°
135-2018
ASUNTO: Indicadores de gestión sistematizados a través del sistema SIGMA.
A TODOS
LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
QUE TRAMITAN MATERIA LABORAL
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N°
87-18 celebrada el 04 de octubre de 2018, artículo LXX, a solicitud de la
Comisión de la Jurisdicción Laboral, dispuso comunicar la circular N° 04-2018 de dicha Comisión, que literalmente dice:
“En virtud de la implementación de la matriz de indicadores de forma
sistematizada en materia laboral, a través del sistema SIGMA; en coordinación
con la Dirección de Tecnología de la Información, la Dirección de Planificación
y el Centro de Apoyo Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional,
se requiere que conforme a la Ley de Control Interno, directrices y circulares
institucionales, se proceda a actualizar e incorporar de forma inmediata toda
la información que corresponda en los sistemas oficiales, a saber:
a) Agenda Cronos
b) Escritorio Virtual
c) Módulo de pase a
fallo
d) Sistema de Gestión
La información contenida en esos sistemas se tomará como oficial y
será la que se refleje en el sistema de indicadores, que servirá como Base para
el seguimiento y evaluación del despacho, por lo que las jefaturas y
responsables de los sistemas deberán verificar que sea veraz y oportuna.
Es importante indicar que si los sistemas
antes mencionados no se encuentran al día con la información correspondiente se
genera un vacío de datos en los indicadores, por ello la información debe estar
al día.”
San José, 16 de octubre de 2018.
Carlos
Toscano Mora Rodríguez
1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018298262 ).
CIRCULAR N° 138-2018
ASUNTO: Reiteración de la circular N° 91-2017
sobre “Directrices generales relacionadas con la función de supervisión de
personal”.
A TODOS
LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS,
SE LES
HACE SABER QUE:
El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N°
83-18 celebrada el 20 de setiembre del 2018, artículo XCIII, acordó recordar a
la población judicial su obligación de dar cumplimiento integral a la normativa
vigente sobre Control Interno en particular la de gestión de riesgos, por tal
motivo se reitera la circular N° 17-2016 sobre las
“Directrices generales relacionadas con la función de supervisión de personal”,
que literalmente indica:
“El Consejo Superior del Poder Judicial en
sesión No. 110-15, celebrada el 17 de diciembre del año 2015, artículo CV,
dispuso comunicar las siguientes directrices generales relacionadas con la
función de supervisión de personal:
1. El numeral 4.5 del componente de
actividades de control de las Normas de Control Interno para el sector público,
establece:
“Garantía de eficiencia y
eficacia de las operaciones
El jerarca y los titulares subordinados,
según sus competencias, deben establecer actividades de control que orienten la
ejecución de la gestión institucional. Lo anterior, tomando en cuenta,
fundamentalmente, el bloque de legalidad, la naturaleza de sus operaciones y
los riesgos relevantes a los cuales puedan verse expuestas...
4.5.1 Supervisión constante
El jerarca y los titulares subordinados,
según sus competencias, deben ejercer una supervisión constante sobre el
desarrollo de la gestión institucional y la observancia de las regulaciones
atinentes al SCI, así como emprender las acciones necesarias para la
consecución de los objetivos.”
2. Sobre el particular, la Unidad de
Sub-Proceso Análisis de Puestos de la Dirección de Gestión Humana, establece
para el perfil del puesto de jueza o juez coordinador lo siguiente:
“Naturaleza del trabajo
Planeación, organización, dirección,
asignación, coordinación, supervisión, ejecución y control de las actividades
profesionales del ámbito jurídico y administrativo de un despacho judicial.
Responsabilidades y otras
condiciones
Le corresponde prestar los servicios cuando
sean requeridos; asimismo, coordinar y supervisar el trabajo de otros jueces y
personal de apoyo. Su labor es evaluada mediante la efectividad (diligencia,
eficacia y oportunidad) de su gestión.”
3. Por otra parte en el Modelo de Control
Interno COSO 2013, se incluyen los siguientes principios para ejercer una
apropiada supervisión de las actividades:
- Tomar en cuenta el tipo de estructura de la
organización para dar soporte al logro de los objetivos.
- Establecer y evaluar las
líneas de reporte en cada sección de la estructura, para habilitar las
funciones de autoridad y responsabilidad, así como el flujo de información para
gestionar las actividades de la organización.
- Diseñar, asignar y limitar las
funciones de autoridad y responsabilidad, a través del uso de las tecnologías y
la segregación de funciones, de conformidad con la naturaleza y posibilidades
de la organización.
Conviene mencionar que, entre las ventajas de
una apropiada supervisión, se citan:
- Mejora continua de la productividad de las
personas que laboran para la entidad.
- Maximizar el uso de los
recursos disponibles.
- Incremento del desempeño y la
gestión del tiempo de cada actividad o tarea realizada.
- Desarrollo integral y continuo
del personal.
- Dar seguimiento a las
actitudes de las personas durante la ejecución de su trabajo.
- Procurar la armonía entre el
personal a cargo.
- Dar seguimiento al resultado
de las tareas, trámites, etc., una vez que han sido ejecutados.
- Registrar, procesar y brindar
información relevante sobre las actividades realizadas.”
Se considera que ejercer la supervisión sobre
las personas a su cargo, en primera instancia es una labor obligatoria para las
jefaturas, tendiente a comunicar las acciones para la mejora continua de la
gestión y, por otro lado, debe aprovecharse como un recurso para obtener una
seguridad razonable del logro de los planes y así mantener el control sobre
cada etapa de los procesos, transacciones y las operaciones, desde que se
inician hasta inclusive después de concluido, permitiendo a su vez, obtener
información de primera mano para la rendición de cuentas”.
San José, 18 de octubre del 2018.
Carlos
Toscano Mora Rodríguez
1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018298264 ).
CIRCULAR Nº 141-2018
ASUNTO: Actualización de la Tabla de Plazos de Conservación del Archivo
Criminal.
A TODOS
LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES
HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión Nº 86-18,
celebrada el 2 de octubre de 2018, artículo XLIV, aprobó la actualización de la
Tabla de Plazos de Conservación del Archivo Criminal, saber:
Para ver las imágenes
solo en Boletín Judicial en formato
PDF
La
Tabla de plazos de conservación de documentos del Archivo Criminal, rige para
documentación en formato tradicional (papel) y electrónico.
El Archivo
Criminal, deberá coordinar con el Archivo Judicial la confección del acta de
eliminación de la documentación y la publicación del aviso de eliminación en el
Boletín Judicial.
Además,
deberá el Archivo Criminal cuando realice el proceso de selección de los
documentos (en lo que aplique) cumplir con lo dispuesto por el Consejo Superior
en sesión 66-07 del 06 de setiembre de 2007, artículo XXXVII, respecto a
separar e identificar claramente la documentación que cumpla con los parámetros
generales a considerar a la hora de definir el valor histórico cultural de los
documentos, a saber:
Calidades de las partes.
Asuntos que involucren bienes
del Patrimonio Nacional.
Asuntos que generen impacto
social.
Asuntos que se resuelven por
primera vez con la aplicación de un Código.
Asuntos que presenten notoriedad
a nivel nacional o local.
Asuntos que por su connotación
no son comunes en el despacho.
Ante dudas a la hora de separar esta documentación, deberán consultar
a la jefatura del Archivo Judicial.
San José, 24 de octubre del 2018.
Carlos
Toscano Mora Rodríguez
1 vez.—O.C.
Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.— ( IN2018298265 ).
CIRCULAR Nº 142-2018
ASUNTO: Actualización de la Tabla de Plazos de Conservación de la
Secretaría General de la Corte.
A TODOS
LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión Nº 86-18,
celebrada el 2 de octubre de 2018, artículo XLIII, aprobó la actualización de
la Tabla de Plazos de Conservación de la Secretaría General de la Corte, a
saber:
Tabla
de Plazos de Conservación de Documentos
de la Secretaría General de la
Corte
Para ver las imágenes
solo en Boletín Judicial en formato
PDF
La Tabla de plazos de conservación de
documentos de la Secretaría General de la Corte, rige para documentación en
formato tradicional (papel) y electrónico.
La
Secretaría General de la Corte deberá coordinar con el Archivo Judicial la
confección del acta de eliminación de la documentación y la publicación del
aviso de eliminación en el Boletín Judicial.
Además,
deberá la Secretaría General de la Corte cuando realice el proceso de selección
de los documentos (en lo que aplique) cumplir con lo dispuesto por el Consejo
Superior en sesión 66-07 del 06 de setiembre de 2007, artículo XXXVII, respecto
a separar e identificar claramente la documentación que cumpla con los
parámetros generales a considerar a la hora de definir el valor histórico
cultural de los documentos, a saber:
Calidades de las partes.
2. Asuntos que involucren bienes del Patrimonio Nacional.
3. Asuntos que generen impacto social.
4. Asuntos que se resuelven por primera vez con la aplicación de un
código.
5. Asuntos que presenten notoriedad a nivel nacional o local.
6. Asuntos que por su connotación no son comunes en el despacho.
Ante dudas a la hora de separar esta documentación, deberán consultar
a la jefatura del Archivo Judicial.
San José, 24 de octubre de 2018.
Carlos Toscano Mora Rodríguez
1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018298266 ).
CIRCULAR N° 143-2018
ASUNTO: Protocolo de Atención de Inconsistencias en el SOAP, que afecten
la libertad de tránsito de las Personas Usuarias”.
A TODOS
LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS,
SE LES
HACE SABER QUE:
El Consejo Superior del Poder Judicial en
sesión No. 90-18 celebrada el 17 de octubre de 2018, artículo LI, a solicitud
de la Dirección de Planificación, dispuso aprobar el Protocolo de Atención de
Inconsistencias en el SOAP, que afecten la libertad de tránsito de las Personas
Usuarias, que literalmente dice:
Para ver las imágenes
solo en Boletín Judicial en formato
PDF
San José, 24 de octubre del 2018.
Carlos
Toscano Mora Rodríguez
1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2018298267 ).
ASUNTO: Acción
de Inconstitucionalidad.
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA
REPÚBLICA
HACE
SABER
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81
de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de
inconstitucionalidad número 18-016591-0007-CO que promueve [NOMBRE 001], se ha
dictado la resolución que literalmente dice: «Sala Constitucional de la Corte
Suprema de Justicia. San José, a las catorce horas y diecisiete minutos de
nueve de noviembre de dos mil dieciocho. /Se da curso a la acción de
inconstitucionalidad interpuesta por [NOMBRE 001], para que se declaren
inconstitucionales los artículos 12 y 26, inciso 9), de la Ley Orgánica del
Poder Judicial. N° 7333 de 5 de mayo de 1993, por
estimarlos contrarios a los artículos 28, 39, 56 de la Constitución Política,
así como a los principios de razonabilidad y proporcionalidad. Se confiere
audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República y al Presidente de la Corte Suprema de Justicia. Las normas se
impugnan en cuanto lesionan al derecho al trabajo, a la protección de la
familia y a la seguridad jurídica. Además, violan los principios de
culpabilidad e inocencia por disponer las normas la imposición de la máxima
sanción (revocatoria del nombramiento) pese a que no se ha demostrado
afectación al servicio público o terceros. También se lesionan los principios
de razonabilidad y proporcionalidad de la sanción, pues se trata de normas que
tienen un alcance extenso y establecen un criterio objetivo que impide
cualquier valoración, no solo en relación con la oportunidad de la sanción,
sino, además, en cuanto al tipo de sanción que debe o no ser aplicada. Esta
acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la
Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación de la
accionante proviene del artículo 75, párrafo 1° de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional. El asunto previo es un proceso disciplinario que se tramita en
el expediente No. [VALOR 001], el cual encuentra en etapa de agotamiento de la
vía administrativa. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín
Judicial sobre la interposición de la acción. Efectos jurídicos de la
interposición de la acción: Se recuerdan los términos de los artículos 81 y 82
de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que disponen lo siguiente “Artículo
81. Si el Presidente considerare cumplidos los
requisitos de que se ha hecho mérito, conferirá audiencia a la Procuraduría
General de la República y a la contraparte que figure en el asunto principal,
por un plazo de quince días, a fin de que manifiesten lo que estimen
conveniente. Al mismo tiempo dispondrá enviar nota al tribunal u órgano que
conozca del asunto, para que no dicte la resolución final antes de que la Sala
se haya pronunciado sobre la acción, y ordenará que se publique un aviso en el
Boletín Judicial, por tres veces consecutivas, haciendo saber a los
tribunales y a los órganos que agotan la vía administrativa que esa demanda ha
sido establecida, a efecto de que en los procesos o procedimientos en que se
discuta la aplicación de la ley, decreto, disposición, acuerdo o resolución,
tampoco se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento
del caso. Si la acción fuere planteada por el Procurador General de la
República, la audiencia se le dará a la persona que figure como parte contraria
en el asunto principal.”, “Artículo 82. En los procesos en trámite no se
suspenderá ninguna etapa diferente a la de dictar la resolución final, salvo
que la acción de inconstitucionalidad se refiera a normas que deban aplicarse
durante la tramitación.” Dentro de los quince días posteriores a la primera
publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en
asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se
discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de
coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su
caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les
interese. Se hace saber además, que de conformidad con
los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha
resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y
0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino
únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese.
/Fernando Castillo Víquez, Presidente a.í./.-»
San José, 13 de noviembre del 2018.
Vernor Perera León
Secretario
a.í.
O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2018297782 ).
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la
Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número
18-016960-0007-CO que promueve Otto Claudio Guevara Guth, se ha dictado la
resolución que literalmente dice: “Sala Constitucional de la Corte Suprema de
Justicia. San José, a las ocho horas y cincuenta y siete minutos de ocho de
noviembre de dos mil dieciocho. Se da curso a la acción de inconstitucionalidad
interpuesta por Otto Claudio Guevara Guth, cédula de identidad 1-544-893, para
que se declaren inconstitucionales los artículos 34, 37, 44, 45, 46, 48, 57,
58, 60, 68 y 69 de la VII Convención Colectiva del Banco Nacional de Costa
Rica, por estimarlos contrarios a los artículos 10, 11, 33 y 63 de la
Constitución Política. Se confiere audiencia por quince días al Procurador
General de la República, al Gerente General del Banco Nacional de Costa Rica y
al Secretario General del Sindicato de Empleados del Banco Nacional de Costa
Rica (SEBANA). El accionante manifiesta que el numeral 34 violenta el principio
de razonabilidad, proporcionalidad y equilibro presupuestario, en tanto concede
a los empleados que hayan cumplido 20 años de servicio continuo, o a las madres
que tengan 15 años de servicio continuo en el Banco, el importe de 20 meses de
cesantía con su renuncia. Asimismo, dispone un tope de 20 años de cesantía para
los empleados que se jubilen, pensionen o a los causahabientes de los que
fallezcan. En ese mismo sentido, el artículo 37 de la Convención Colectiva
establece tres tipos de pluses salariales derivados de la misma causa, lo que a
su parecer constituye un uso abusivo de fondos públicos, que conculca los
principios constitucionales de razonabilidad, economía, y eficiencia, al
establecer un privilegio injustificado. Por otra parte, los artículos 45, 45,
46 y 48 de la Convención establecen ayudas por concepto de gastos de sepelio,
matrimonio, nacimiento o adopción de hijos, así como incentivos por estudios
universitarios, lo que a su parecer resulta ilegítima, en el tanto se trata de
conductas que no generan ningún beneficio a la institución que justifique ese
pago. En lo que atañe a los numerales 57, 58 y 60 de la Convención, manifiesta
que dichas disposiciones convencionales disponen la existencia a lo interno del
Banco de un Comité de Clasificación y Valoración de Puestos conformado por miembros
del Sindicato y la Administración, que interviene en la reasignación de
puestos, en la modificación y ampliación de escalas salariales, aumento de
salarios mínimos, y en general en revisión de salarios y escalas, lo que a su
parecer violenta el principio de legalidad, al delegar una potestad exclusiva
de la Junta Directiva de la institución. En lo que respecta a los artículos 68
y 69 de la Convención Colectiva, afirma que estas disponen la creación de una
Junta de Relaciones de Trabajo a la que se dotó de potestades disciplinarias al
disponer que resolverá lo relativo al ámbito disciplinario, violentando con
ello el principio de legalidad, así como los artículos 41 y 42 de la Ley
Orgánica del Sistema Bancario Nacional, al delegar una competencia exclusiva
del Gerente General. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se
refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La
legitimación del accionante proviene del artículo 75 párrafo segundo de la Ley
de la Jurisdicción Constitucional, en tanto acuden en la protección de fondos
públicos. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín
Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o
procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte
resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso.
Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se
discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede
hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de
aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único
que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución
final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se
inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos
contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben
aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera
inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación
del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos
pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la
aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar
en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los
motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se
hace saber además, que de conformidad con los
artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha
resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y
0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino
únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese.
Fernando Castillo Víquez, Presidente a. í.”
San
José, 8 de noviembre del 2018.
Vernor Perera León,
Secretario
a. í.
O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2018297783 )
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Miguel
Gerardo de Los Ángeles Rodríguez Brenes 0302440552, fallecido el 10 de setiembre
del año 2018, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado bajo el número 18-002212-0166-LA,
a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
18-002212-0166-LA. Por Genoveva Vargas Amador a favor de Miguel Gerardo de Los
Ángeles Rodríguez Brenes.—Juzgado de Trabajo
Segundo Circuito Judicial San Jose, 05 de
diciembre del año 2018.—Licda. Andrea Isabel Cubillo Monge, Jueza.—1 vez.—O. C.
N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018305226 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ricardo Mauricio Guzmán
Arguedas, portador de la cédula de identidad 0107330583 fallecido el 10 de
junio del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número
18-002236-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 18-002236-0166-LA. Por Jeannette Torres Leal, portadora
de la cédula de identidad 0106410870 a favor de Ricardo Mauricio Guzmán Arguedas.—Juzgado de Trabajo Segundo Circuito Judicial
San Jose, 05 de diciembre del año 2018.—Licda.
Andrea Isabel Cubillo Monge, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2018305227 ).
Se cita y emplaza a los
que en carácter de causahabientes de William Alberto Rodríguez Matamoros
0108800780, fallecido el 28 de octubre del 2018, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector
público bajo el número 18-002250-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Expediente N° 18-002250-0639-LA. Promovido por: Luanis Pons Rodríguez.—Juzgado
Trabajo del primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de noviembre del
2018.—Lic. Mario José Rojas Soro, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018305228
).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de
causahabientes de Jesús del Socorro Corrales Céspedes, fallecido el 15 de julio
del año 2018, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector público bajo el Número
18-003062-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 18-003062-1178-LA. Por a favor de.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera,
04 de octubre del año 2018.—M.Sc. Marianella Barquero
Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018305229
).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Gabriela López Fernández, 0110170173,
fallecida el 29 de agosto del año 2018, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado bajo el número
18-003250-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 18-003250-1178-LA. Por a favor de Gabriela López Fernández.—Juzgado de Trabajo Primer Circuito Judicial
San José 29 de octubre del año 2018.—M.Sc.
Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018305230 ).
Se cita y emplaza a los
que en carácter de causahabientes de Jorge Eduardo Schijvarger,
no indica 103200163834, fallecido el 29 de junio del año 2018, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consig.
prest. sector privado bajo el número 18-003343-1178-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N° 18-003343-1178-LA. Por a
favor de Jorge Eduardo Schijvarger no indica.—Juzgado de Trabajo primer Circuito Judicial San
José, 20 de noviembre del año 2018.—M.Sc.
Marianella Barquero Umaña, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018305231 ).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Luisa Johanna Herrera Muñoz, 0110720388,
fallecido el 11 de setiembre del año 2018, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado bajo el número
18-003414- 1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 18-003414-1178-LA. Por a favor de Luisa Johanna Herrera Muñoz.—Juzgado de Trabajo Primer Circuito Judicial San
José, 20 de noviembre del año 2018.—M.Sc.
Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018305232 ).
Se cita y emplaza a los
que en carácter de causahabientes de Mariana Lizano Jiménez 0116240537,
fallecida el 17 de octubre del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector privado bajo
el número 18-003452-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 18-003452-1178-LA. Por a favor de Mariana Lizano Jiménez.—Juzgado de Trabajo Primer Circuito Judicial San
José, 22 de noviembre del año 2018.—M.Sc.
Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018305233 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Aizen Mora Miranda 0108810200,
fallecido(a) el 30 de julio del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector privado bajo
el número 18-003453-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 18-003453-1178-LA. Por a favor de Aizen
Mora Miranda.—Juzgado de Trabajo Primer Circuito
Judicial San José, 22 de noviembre del año 2018.—M.Sc.
Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018305234 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Magdalena Gómez
Ramos, 155816016809, fallecida el 28 de diciembre del año 2014, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector privado bajo
el número 18-003560-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 18-003560-1178-LA. Por a favor de Maria Magdalena Gómez Ramos.—Juzgado de Trabajo Primer Circuito Judicial San
José, 05 de diciembre del año 2018.—M.Sc.
Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2018305235 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Aizen Mora Miranda, 0108810200,
fallecido el 30 de julio del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector privado bajo
el número 18-003458-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 18-003458-1178-LA. Por a favor de Aizen
Mora Miranda.—Juzgado de Trabajo Primer Circuito
Judicial San José, 26 de noviembre del año 2018.—M.Sc.
Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN20185238 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de German Felipe Fernández
Herrera, 0500670408, fallecido el 12 de octubre del año 2018, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector privado bajo
el número 18-003570-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 18-003570-1178-LA. Por a favor de German Felipe
Fernández Herrera.—Juzgado de Trabajo Primer
Circuito Judicial San José, 06 de diciembre del año 2018.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Juez.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018305239 ).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
En este
Despacho, con una base de treinta y cuatro mil setenta y ocho dólares con
sesenta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate
el vehículo placas BHY-785, marca Hyundai, estilo Santa Fe GLS, categoría
automóvil. capacidad 7 personas, año 2015, color plateado, vin
KMHSU81CDFU475272, cilindrada 2400 cc, combustible
gasolina, motor Nº G4KEFU582536. Para tal efecto se
señalan las nueve horas y cero minutos del seis de febrero del año dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve
horas y cero minutos del catorce de febrero del año dos mil diecinueve con la
base de veinticinco mil quinientos cincuenta y nueve dólares exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las nueve horas y cero minutos del veintidós de febrero del año dos mil
diecinueve con la base de ocho mil quinientos diecinueve dólares con sesenta y
siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de gestionadora de créditos contra Oscar Alejandro González
Pérez. Exp. N°
17-004494-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito
Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 9 de noviembre del año 2018.—Lic. Carlos
Contreras Reyes, Juez.—( IN2018305870 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, citas:
0328-00000259-01-0902-002; a las ocho horas y cero minutos del veintiuno de
marzo de dos mil diecinueve, y con la base de ochenta y dos millones treinta y
un mil quinientos noventa y un colones con sesenta céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número ciento cincuenta mil ochocientos treinta y tres cero cero
cero la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito Quepos, cantón Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
Jeannette Solís Alpízar; al sur, Grupo J.B.T. Sociedad Anónima; al este, calle
pública con un frente a ella de 71 metros con 41 centímetros lineales, y al
oeste, Grupo J.B.T. Sociedad Anónima. Mide: Diez mil metros con cero decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del
cinco de abril de dos mil diecinueve, con la base de sesenta y un millones
quinientos veintitrés mil seiscientos noventa y tres colones con setenta
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de abril de dos mil
diecinueve con la base de veinte millones quinientos siete mil ochocientos
noventa y siete colones con noventa céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Henry Sandoval Oconitrillo Exp.
N° 16-001636-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 11 de setiembre del año
2018.—Lic. Luis Carrillo Gómez, Juez.—( IN2018305945 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y quince minutos del veintidós de
enero de dos mil diecinueve, y con la base de ochenta y cinco mil dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y ocho mil trescientos
sesenta y ocho cero cero cero
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 5-concepción, cantón
5-Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Francisco Ugalde Ugalde; al sur, calle pública con un frente de 20 metros;
al este Corporación de Inversiones Garileca S. A. y
al oeste, Corporación de Inversiones Garileca S. A.
Mide: mil ciento ochenta y tres metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las trece
horas y quince minutos del seis de febrero de dos mil diecinueve, con la base
de sesenta y tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y
quince minutos del veintiuno de febrero de dos mil diecinueve con la base de
veintiún mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Marlon Masis Castro. Exp.: 10-100085-0642-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de
Puntarenas, 07 de agosto del 2018.—Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—(
IN2018305946 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del siete de marzo
de dos mil diecinueve y con la base de veintiocho millones quinientos noventa y
cuatro mil seiscientos tres colones con cuarenta y cuatro céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
ciento cincuenta y nueve mil setecientos treinta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote veintiocho con
una casa. Situada en el distrito 01 El Tejar, cantón 08 El Guarco de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte: zona de parque y juegos infantiles; al
sur: calle pública con 11 metros 98 centímetros de frente; al este: lote 29; y
al oeste: calle pública con 11 metros 98 centímetros de frente. Mide: ciento
treinta y ocho metros con noventa decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de marzo de dos mil
diecinueve, con la base de veintiún millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil
novecientos cincuenta y dos colones con cincuenta y ocho céntimos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas
y cero minutos del ocho de abril de dos mil diecinueve, con la base de siete
millones ciento cuarenta y ocho mil seiscientos cincuenta colones con ochenta y
seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Freddy Eduardo Camacho Tencio.
Expediente: 18-001908-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y
Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 31 de agosto del año 2018.—Licda. Anny Hernández Monge, Jueza.—( IN2018305953 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las 10:00 horas del 22 de enero del 2019 y con la
base de dos millones setecientos sesenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta
colones exactos (para cada uno de los bienes), en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículos: 1) Placa: MOT-436812, marca Suzuki, estilo GZ150-A,
categoría motocicleta, capacidad 2 personas, serie LC6NG48A5F1100650,
carrocería motocicleta, tracción sencilla, color negro y 2) placa MOT-450008,
marca Suzuki, estilo AN125, categoría motocicleta, capacidad 2 personas, serie
LC6TCJC91F0007581, carrocería motocicleta, tracción sencilla, color blanco.
Para el segundo remate se señalan las 10:00 horas del 06 de febrero del 2019,
con la base de dos millones setenta y siete mil ochenta colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las 10:00 horas del 21 de febrero del 2019 con la base de seiscientos noventa y
dos mil trescientos sesenta colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de E Credit Soluciones S. A. contra
Francisco Martín Calvo Castillo. Exp.:
18-009028-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de julio del 2018.—Licda.
Paula Morales González, Jueza.—( IN2018305954 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las diez horas y cuarenta minutos del veintitrés de
enero de dos mil diecinueve, y con la base de ochocientos veinte mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Placas número MOT-445188.
Marca Katana. Estilo CR1. Categoría motocicleta.
Capacidad 2 personas. Año 2015. Color negro. Vin
LLCJPJTO4FA102690. Cilindrada 150 c.c. Combustible gasolina. Motor Nº LC162FMJMQ430588. Para el segundo remate se señalan las
diez horas y cuarenta minutos del siete de febrero de dos mil diecinueve, con
la base de seiscientos quince mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta
minutos del veintidós de febrero de dos mil diecinueve con la base de
doscientos cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de E Credit
Soluciones S. A. contra Laura del Milagro Fuentes Artavia. Exp.:
18-001488-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 23 de abril del 2018.—Lic.
Giovanni Morales Mora, Juez.—( IN2018305955 ).
En este Despacho, con una base de treinta y
nueve millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número cincuenta mil doce,
derecho 000, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el
distrito 1-Golfito, cantón 7- Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, Cía. Bananera de Costa Rica; al sur, Cía. Bananera de Costa Rica; al
este, calle pública con 9 m 51 cm y al oeste, calle con 1 m socm
y Cía. Bananera CR. Mide: ciento sesenta y dos metros con sesenta y cuatro
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas y treinta
minutos del veinticuatro de abril del año dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y treinta minutos
del dos de mayo del año dos mil diecinueve con la base de veintinueve millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las siete horas y treinta minutos del diez de mayo del año dos mil
diecinueve con la base de nueve millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de Banco de Costa
Rica contra Juan Carlos Campos Pérez. Exp. 17-003636-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur
(Pérez Zeledón), 22 de noviembre del año 2018.—Lic. Ricardo Cerdas Monge. Juez.—( IN2018305999 ).
En este Despacho, con una base de dieciocho
millones setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento
noventa mil setecientos noventa y dos, derecho 001 y 002, la cual es terreno
para construir con una casa. Situada en el distrito 15 El Roble, cantón 01
Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al
sur, Felipe José Phillips Barrantes; al este, resto reservado y al oeste,
Cecilia Orellana. Mide: ciento veintidós metros con cero decímetros metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y veinte minutos del
once de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las trece horas y veinte minutos del diecinueve de marzo de dos mil
diecinueve con la base de catorce millones veinticinco mil colones exactos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las trece horas y veinte minutos del veintisiete de marzo de dos mil
diecinueve con la base de cuatro millones seiscientos setenta y cinco mil
colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Marvin Antonio Alaniz Cedeño. Exp:18-000220-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, 27 de noviembre del 2018.—Anny
Hernández Monge, Decisora.—( IN2018306003 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta y
seis millones ciento treinta y tres mil quinientos ochenta y nueve colones con
cuarenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
reservas y restricciones: 371-07485-01-0900-002, servidumbre de paso:
562-15635-01-0002-001; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas,
matrícula número ciento cuarenta y cuatro mil seiscientos cincuenta y nueve,
derecho cero cero uno-cero cero dos, la cual es
terreno para construir con una casa. Situada en el distrito uno Quepos, cantón
seis Quepos de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: Siembras R Y S
S.A.; al sur: servidumbre de paso de 6 de ancho con frente de 3 metros y Glen
Ortega ambos en partes; al este: Siembras R Y S S. A.
y al oeste: Víctor Hugo Jiménez Morales. Mide: setecientos sesenta y tres
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del
veintiuno de febrero de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del uno de marzo de dos mil
diecinueve, con la base de treinta y cuatro millones seiscientos mil ciento
noventa y dos colones con siete céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero
minutos del once de marzo de dos mil diecinueve, con la base de once millones
quinientos treinta y tres mil trescientos noventa y siete colones con treinta y
seis céntimos (25% de la base original). Notas: se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Antonia Sofia Valenciano Arias, Rogelio De Los Ángeles
Araya Espinoza. Expediente: 18-000256-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, 26 de noviembre del 2018.—Douglas Quesada Zamora,
Decisora.—( IN2018306004 ).
En este Despacho, con una base de seis
millones cincuenta y seis mil setecientos siete colones con ochenta y nueve
céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de
aguas y ley de caminos públicos citas: 420-17792-01-0053-001; sáquese a remate
la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos cinco mil
ochocientos setenta y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno para vivienda lote 10 Proyecto San
Mateo. Situada en el distrito 03 Jesús María, cantón 04 San Mateo, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle; al sur, lote 31; al este,
lotes 11, 12 y 13 y al oeste, lote 9. Mide: trescientos noventa y nueve metros
con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
diez horas y quince minutos del cuatro de febrero de dos mil diecinueve. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y quince
minutos del doce de febrero de dos mil diecinueve con la base de cuatro millones
quinientos cuarenta y dos mil quinientos treinta colones con noventa y dos
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez horas y quince minutos del veinte de febrero de dos
mil diecinueve con la base de un millón quinientos catorce mil ciento setenta y
seis colones con noventa y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Diana
Mayela Araya Pérez, Yamilette Pérez Gutiérrez. Exp. N° 18-023753-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, 6 de diciembre del 2018.—Jeannette Murillo Oviedo, Jueza Tramitadora.—(
IN2018306008 ).
En este Despacho, con una base de nueve mil
cuatrocientos treinta y dos dólares con dieciséis centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas número BJT011. Marca Geely. Estilo GC5. Categoría automóvil. Capacidad 5
personas. Año 2016. Color gris. Vin
LB37624S7GL000354. Cilindrada 1500 c.c. Combustible gasolina. Motor Nº JLB4G15F9CJ02010. Para tal efecto se señalan las diez
horas y cero minutos del trece de mayo del año dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del
veintiuno de mayo del año dos mil diecinueve con la base de siete mil setenta y
cuatro dólares con doce centavos 75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del
veintinueve de mayo del año dos mil diecinueve con la base de dos mil
trescientos cincuenta y ocho dólares con cuatro centavos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto
por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días
de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra
Dennis Francisco Rojas Solís. Exp.: 18-005206-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 12 de noviembre del
2018.—Msc. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—(
IN2018306096 ).
En este Despacho, con una base de quince mil
trescientos treinta y cuatro dólares con veintiséis centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BHC012. Para tal
efecto se señalan las quince horas y cero minutos del veinticinco de marzo del
dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas y cero minutos del dos de abril del dos mil diecinueve con la base
de once mil quinientos dólares con setenta centavos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y
cero minutos del diez de abril del dos mil diecinueve con la base de tres mil
ochocientos treinta y tres dólares con cincuenta y siete centavos (25% de la
base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica
Sociedad Anónima contra Roy Gerardo Cedeño Garita. Expediente N° 16-002126-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, 30 de octubre del 2018.—Lic. Victor Martínez Zúñiga, Juez.—( IN2018306097 ).
En este Despacho, con una base de doce
millones quinientos mil colones exactos, soportando hipoteca de primer grado de
Banco Improsa Sociedad Anónima, citas: 570-73471-01-0001-001; sáquese a remate
la finca del Partido de San José, matrícula número 159721, derecho 000, la cual
es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 01
Santiago, cantón 04 Puriscal de la provincia de San José. Colinda: al norte:
sucesión Castro Cherpentier; al sur: calle pública
con un frente a ella de 10 metros 21 centímetros; al este: Carlos Rodríguez
Bermúdez; y al oeste: Cecilia Cubillo Valverde. Mide: ciento ochenta y ocho
metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados, plano: SJ-0788901-1988
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del
diez de abril de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las once horas y cero minutos del veintinueve de abril de dos mil
diecinueve, con la base de nueve millones trescientos setenta y cinco mil
colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del ocho de mayo de dos
mil diecinueve con la base de tres millones ciento veinticinco mil colones
exactos (25% de la base original). Notas: se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. El interesado, debe realizar revisión del Edicto a fin de cotejar que
el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá
indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva
corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria (hipoteca
de segundo grado) de Inversiones Comerciales Cuatro M S. A. contra Emérita Mora
Agüero. Expediente N° 18-008542-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 06 de diciembre del 2018.—Mariela Porras Retana,
Jueza.—( IN2018306099 ).
En este Despacho, con una base de dos
millones seiscientos treinta y un mil cuatrocientos noventa y siete colones con
ochenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el
vehículo placas número BFQ127, marca Nissan, estilo Tiida, categoría automóvil,
capacidad 5 personas, año 2014, color gris, combustible gasolina, motor 1598
c.c. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del treinta
de enero del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las trece horas y treinta minutos del siete de febrero del dos mil
diecinueve con la base de un millón novecientos setenta y tres mil seiscientos
veintitrés colones con treinta y siete céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y
treinta minutos del quince de febrero del dos mil diecinueve con la base de
seiscientos cincuenta y siete mil ochocientos setenta y cuatro colones con
cuarenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Fred Sánchez Moya.
Expediente N° 18-002569-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 30 de noviembre del 2018.—MSc. Valerie Sancho Bermúdez, Jueza Coordinadora.—(
IN2018306226 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este
Despacho, con una base de siete millones quinientos noventa y cinco mil
quinientos ochenta y dos colones con noventa y siete céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
405-00061-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas,
matrícula número ciento noventa y ocho mil siete, derecho cero cero cero, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Quepos, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Julio Viales Fallas; al sur,
servidumbre de paso, Vistas de Paquita S. A.; al este, Miguel Zeledón Mejías; y
al oeste, calle pública y Margarita Brenes Herrera. Mide: quinientos cincuenta
y dos metros con setenta y dos decímetros cuadrados, según plano catastrado
número P-1122514-2007. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero
minutos del treinta y uno de enero del dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del
ocho de febrero del dos mil diecinueve con la base de cinco millones
seiscientos noventa y seis mil seiscientos ochenta y siete colones con veintitrés
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las quince horas y cero minutos del dieciocho de febrero del
dos mil diecinueve con la base de un millón ochocientos noventa y ocho mil
ochocientos noventa y cinco colones con setenta y cuatro céntimos (25% de la
base original). Asimismo, con la base de dos millones trescientos noventa y
ocho mil seiscientos cinco colones con quince céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
405-00061-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas,
matrícula número ciento noventa y ocho mil seis, derechos cero cero cero, la cual es terreno
construido. Situada en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Quepos, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte, servidumbre de paso; al sur, Vista de Paquita
S. A.; al este, Margarita Brenes Herrera; y al oeste, Johanna Mejía Brenes.
Mide: doscientos trece metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados, según
plano catastrado número P-1122513-2007. De no haber postores, el segundo remate
con la base de un millón setecientos noventa y ocho mil novecientos cincuenta y
tres colones con ochenta y seis céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate y con la base de quinientos
noventa y nueve mil seiscientos cincuenta y un colones con veintinueve céntimos
(25% de la base original). Y a fin de llevar a cabo remate de ambas propiedades
para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del treinta y uno
de enero del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las quince horas y cero minutos del ocho de febrero del año dos mil
diecinueve para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del
dieciocho de febrero del año dos mil diecinueve. Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L contra Lisbeth María Mejías Brenes.
Expediente N° 18-005783-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez
Zeledón), 06 de diciembre del 2018.—Lic. Carlos Contreras Reyes, Juez
Decisor.—( IN2018306009 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las catorce horas y quince minutos del quince de
enero de dos mil diecinueve, y con la base de seis mil seiscientos sesenta y
dos dólares con cuarenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo: Placas 639025, marca: Fiat, estilo: Palio ELX, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, año:2006, color: gris, cilindrada: 1697 cc, combustible: Diesel, número de motor: 176A30005234373.
Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del
treinta de enero de dos mil diecinueve, con la base de cuatro mil novecientos
noventa y seis dólares con ochenta centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince
minutos del catorce de febrero de dos mil diecinueve con la base de mil seiscientos
sesenta y cinco dólares con sesenta centavos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Vehículo Internacionales (Veinsa) Sociedad Anónima
contra Beatriz Adelia De Los Ángeles Aguilar Hernández. Exp.
N° 16-002533-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 02 de
marzo del año 2018.—Lic. Verny Arias Vega, Juez.—( IN2018306018 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las once horas y veinte minutos del veintiocho de
enero del dos mil diecinueve, y con la base de sesenta mil setecientos treinta
y siete dólares con treinta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo: Placas número SJB015622. Marca Mitsubishi. Estilo Rosa.
Categoría buseta. Capacidad 34 personas. Año 2017. Color blanco. Vin JLBBE639JHRK30057. Cilindrada 4100 c.c. Combustible diesel. Motor Nº 4D34P64418. Para
el segundo remate se señalan las once horas
y veinte minutos del doce de febrero del dos mil diecinueve, con la base de
cuarenta y cinco mil quinientos cincuenta y tres dólares con dos centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las once horas y veinte minutos del veintisiete de febrero del dos mil
diecinueve con la base de quince mil ciento ochenta y cuatro dólares con
treinta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales
(VEINSA) Sociedad Anónima contra Bryam Danilo Salazar
Gutiérrez. Expediente N° 17-008251-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 02 de mayo del
2018.—Lic. Giovanni Morales Mora, Juez.—( IN2018306019 ).
En la puerta exterior de
este Despacho;
libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones con numero de
sumaria 06-603289-500-TC boleta número 2006078048 del Juzgado de Tránsito de
Pavas y Escazú; a las nueve horas veinte minutos del seis de marzo del dos mil
diecinueve, y con la base de siete mil trescientos setenta y tres dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas: 318231,
marca: Mitsubishi, estilo: Montero SR, categoría: automóvil, capacidad 7
personas, carrocería: station wagon
o familiar, chasís número JA4MR51MORJ005142, año 1994, color: gris, motor
número: desconocido, combustible: gasolina, cilindrada: 3500 c.c. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas veinte minutos del veintiuno de marzo
del dos mil diecinueve, con la base de cinco mil quinientos veintinueve dólares
con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas
veinte minutos del cinco de abril del dos mil diecinueve con la base de mil
ochocientos cuarenta y tres dólares con veinticinco centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Elizabeth
Guerrero Flores. Exp: 17-006123-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 14 de mayo del 2018.—Licda. María del Carmen
Vargas González, Juez.—( IN2018306020 ).
En este Despacho, con una base de un millón
ciento ochenta mil seiscientos cincuenta y tres colones con treinta y un
céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa
184742. Marca Honda. Estilo Prelude. Categoría
automóvil. Capacidad 5 personas. Año 1987. Color negro. Cilindrada 2000 c.c.
Combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas y veinte
minutos del diecisiete de enero del dos mil diecinueve. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las once horas y veinte minutos del uno de
febrero del dos mil diecinueve con la base de ochocientos ochenta y cinco mil
cuatrocientos ochenta y nueve colones con noventa y nueve céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las once horas y veinte minutos del dieciocho de febrero del dos mil diecinueve
con la base de doscientos noventa y cinco mil ciento sesenta y tres colones con
treinta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Ronald de los
Ángeles Chinchilla Zapata. Expediente N°
17-007921-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San
José, 17 de octubre del 2018.—Licda. Heilim
Badilla Alvarado, Jueza.—( IN2018306021 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del dieciocho de
febrero del dos mil diecinueve, y con la base de un millón cuatrocientos seis
mil doscientos cincuenta y cinco colones con diecinueve céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo placas número dos nueve dos cuatro dos dos, marca Geo, estilo Tracker,
capacidad cinco, año mil novecientos noventa y tres, chasis: Dos C N B J uno
ocho U seis P seis nueve dos cinco uno uno cero,
color rojo, categoría automóvil, tracción cuatro por cuatro, carrocería rural,
motor: G uno seis P uno cuatro uno cero uno siete. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y cero minutos del veintiséis de febrero del dos mil
diecinueve, con la base de un millón cincuenta y cuatro mil seiscientos noventa
y un colones con treinta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos
del seis de marzo del dos mil diecinueve con la base de trescientos cincuenta y
un mil quinientos sesenta y tres colones con setenta y nueve céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Vehículos Internacionales VEINSA Sociedad Anónima contra
Heiner Eduardo Salazar Salas y otra. Expediente N°
09-002406-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago,
05 de noviembre del 2018.—Licda. Susan Villalobos Retana, Jueza.—( IN2018306022
).
En este Despacho, con una base de diez mil
noventa y cinco dólares con veintinueve centavos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo BTH862, marca: Chevrolet, estilo: Spark LS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año:
2015, color: blanco, Vin: KL1CJ6C14FC745656, motor:
B10D1295481KD3, cilindrada: 1000 c. c., combustible: gasolina. Para tal efecto
se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de febrero del año
dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas y treinta minutos del seis de marzo del año dos mil diecinueve con
la base de siete mil quinientos setenta y un dólares con cuarenta y siete
centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de marzo del
año dos mil diecinueve con la base de dos mil quinientos veintitrés dólares con
ochenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Improsa S. A. contra Roberto José Rodríguez Alfaro, Wendy Vanessa Duarte
Jiménez. Exp: 18-005369-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 26 de
noviembre del 2018.—Lic. Jorge Rojas Álvarez, Juez.—( IN2018306102 ).
En este Despacho, con una base de ocho mil
noventa y un dólares con ochenta y tres centavos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BCQ121, marca: Hyundai,
estilo: Elantra GL, Categoría: automóvil, capacidad:
5 personas, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4X2, número de chasis:
KMHDG41EADU585942, año fabricación: 2013, color: beige, número motor:
G4NBCU192821, cilindrada: 1800 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se
señalan las trece horas y treinta minutos del once de marzo del dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece
horas y cero minutos del diecinueve de marzo del dos mil diecinueve con la base
de seis mil sesenta y ocho dólares con ochenta y siete centavos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
trece horas y treinta minutos del veintisiete de marzo del dos mil diecinueve
con la base de dos mil veintidós dólares con noventa y seis centavos (25% de la
base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra
German Alexander Camacho Valderramos. Expediente N° 18-005367-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez
Zeledón), 26 de octubre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—(
IN2018306103 ).
En este Despacho, con una base de diecinueve
mil ciento noventa y ocho dólares con sesenta y cinco centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo bkd840, marca: Hyundai,
estilo: I30 gls., categoría: automóvil, capacidad: 5
personas, año: 2016, color: plateado, motor: G4NBFU885209, cilindrada: 1800 c.
c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta
minutos del ocho de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de
marzo del año dos mil diecinueve con la base de catorce mil trescientos noventa
y ocho dólares con noventa y nueve centavos 75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remátese señalan las ocho horas y
treinta minutos del veintiséis de marzo del año dos mil diecinueve con la base
de cuatro mil setecientos noventa y nueve dólares con sesenta y seis centavos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de IMCR Fiduciaria CT
Sociedad Anónima contra Roilen Esteban Ballestero
Murillo. Exp: 18-005927-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 01 de noviembre
del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306104 ).
En este Despacho, con una base de trece mil
cuatrocientos treinta y siete dólares con cuarenta y ocho centavos, libre de
gravámenes prendarios , pero soportando traspaso de bien mueble citas: Tomo:
2017, Asiento: 00707130, Secuencia: 001; sáquese a remate el vehículo placa:
BDY 898, marca: Hyundai, estilo: Accent GL,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: sedan 4 puertas,
tracción: 4X2, número de chasis: KMHCT41DBEU489452, año fabricación: 2014,
color: celeste, número motor: G4FCDU368149, cilindrada: 1600 c.c., combustible:
gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del
siete de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate
se efectuará a las trece horas y treinta minutos del quince de marzo del dos
mil diecinueve con la base de diez mil setenta y ocho dólares con once centavos
75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las trece horas y cero minutos del veinticinco de marzo del dos mil
diecinueve con la base de tres mil trescientos cincuenta y nueve dólares con
treinta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Crediq Inversiones CR S. A.
contra Andrés Guillermo Arrones Aguilar. Expediente N°
18-005937-1200-CJ.—Juzgado de Cobro
Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 31 de octubre
del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández. Juez.—(
IN2018306105 ).
En este Despacho, con una base de cuatro
millones veintiocho mil novecientos sesenta y siete colones con veintiún céntimos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BLB347, marca:
Toyota, estilo: Yaris, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, color: gris, año: 2007, Vin:
JTDBT923171119692, motor: no existe, cilindrada: 1500 c. c., combustible:
gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del
catorce de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veintidós de marzo
del año dos mil diecinueve con la base de tres millones veintiún mil setecientos veinticinco colones con cuarenta y un
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del uno de abril del año dos
mil diecinueve con la base de un millón siete mil doscientos cuarenta y un
colones con ochenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Crediq Inversiones CR S. A. contra Juan Manuel Urbina
Ramos. Exp: 18-005942-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 02 de noviembre
del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306106 ).
En este Despacho, con una base de quince mil
ochenta y ocho dólares con noventa y seis centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando Infracciones colisiones, boleta número:
2018318700068, sumaria número: 18-001893-0489-TR; sáquese a remate el vehículo
placa: BLZ 442, marca: Hyundai, estilo: Accent GL,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: sedan 4 puertas,
tracción: 4X2, número de chasis: KMHCT41BEHU190296, año fabricación: 2017,
color: beige, número motor: G4LCGU655505, cilindrada: 1400 c.c., combustible:
gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del
cinco de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate
se efectuará a las trece horas y treinta minutos del trece de marzo del dos mil
diecinueve con la base de once mil trescientos dieciséis dólares con setenta y
dos centavos 75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiuno de
marzo del dos mil diecinueve con la base de tres mil setecientos setenta y dos
dólares con veinticuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Crediq Inversiones CR S. A.
contra Ricardo José Lugo. Expediente N°
18-005947-1200-CJ.—Juzgado de Cobro
Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 31 de octubre
del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306107 ).
En este Despacho, con una base de siete mil
novecientos noventa y un dólares con treinta y cinco centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: KSG 412, marca:
Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2 número de
chasis: KMHCT41DADU403979, año fabricación: 2013, color: Negro, número motor:
G4FCCU435634, cilindrada: 1600 cc, combustible:
Gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del
veintisiete de febrero del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del siete de
marzo del año dos mil diecinueve con la base de cinco mil novecientos noventa y
tres dólares con cincuenta y un centavos 75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remátese señalan las trece horas y
treinta minutos del quince de marzo del año dos mil diecinueve con la base de
mil novecientos noventa y siete dólares con ochenta y cuatro centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra
Cinthya María Rojas Camacho. Exp. N°
18-005957-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito
Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 31 de octubre del 2018.—Lic. Diego
Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306108 ).
En este Despacho, Con una base de siete mil
novecientos noventa y un dólares con treinta y cinco centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: KSG 412, marca:
Hyundai, Estilo: Accent GL, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2 número de
chasis: KMHCT41DADU403979, Año fabricación: 2013, color: negro número motor:
G4FCCU435634, cilindrada: 1600 c. c., combustible: gasolina. Para tal efecto se
señalan las trece horas y treinta minutos del veintisiete de febrero del año
dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas y treinta minutos del siete de marzo del año dos mil diecinueve con
la base de cinco mil novecientos noventa y tres dólares con cincuenta y un
centavos 75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remátese señalan las trece horas y treinta minutos del quince de marzo del año
dos mil diecinueve con la base de mil novecientos noventa y siete dólares con
ochenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Improsa S. A. contra Cinthya María Rojas Camacho. Exp.:
18-005957-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito
Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 31 de octubre del 2018.—Lic. Diego
Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306109 ).
En este Despacho, con una base de cuatro
millones trescientos treinta y tres mil ochocientos setenta y seis colones con
sesenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el
vehículo placa: 817535, marca: Hyundai, estilo: Tucson GLS, categoría:
automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción:
4X2, número de chasis: KMHJN81BBAU126016, año fabricación: 2010, color: gris,
número motor: G4GC9552660, cilindrada: 2000 c.c., combustible: gasolina. Para
tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del veintidós de marzo
del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las trece horas y treinta minutos del uno de abril del dos mil diecinueve con
la base de tres millones doscientos cincuenta mil cuatrocientos siete colones
con cuarenta y siete céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las trece horas y treinta minutos del nueve de abril del dos mil diecinueve con
la base de un millón ochenta y tres mil cuatrocientos sesenta y nueve colones
con dieciséis céntimos 25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Improsa S. A. contra Natalia Pastor Ramírez. Expediente N°
18-005967-1200-CJ.—Juzgado de Cobro
Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón),
07 de noviembre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306116 ).
En este Despacho, con una base de dieciocho
mil ochocientos setenta dólares con dos
centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando
infracciones/colisiones boleta: 2016248300243, sumaria: 16-005730-0494-TR;
sáquese a remate el vehículo BKW886, marca: Hyundai, estilo: Elantra GLS, categoría: automóvil, año: 2017, color: azul, vin: KMHD841CBHU104960, motor: G4FGGU130873, cilindrada:
1600 cc, combustible: gasolina. Para tal efecto se
señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés de abril del dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas y cero minutos del dos de mayo del dos mil diecinueve, con la base de
quince mil doscientos cuarenta y tres dólares con veinticinco centavos
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las diez horas y cero minutos del diez de mayo del dos mil
diecinueve, con la base de cinco mil ochenta y un dólares con ocho centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Jorge Alexander
Acevedo Centeno. Expediente N° 18-005972-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur
(Pérez Zeledón), 23 de noviembre del 2018.—Lic. Jorge Rojas Álvarez,
Juez.—( IN2018306117 ).
En este Despacho, con una base de veinte mil
quinientos noventa dólares con ochenta y seis centavos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo BDN332, marca: Hyundai, estilo: Santa
Fe GLS, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, serie: KMHSU81XDDU058108,
año: 2013, color: dorado, motor: D4HBCU691628, cilindrada: 2200 cc, combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan las
diez horas y cero minutos del veinticinco de marzo del año dos mil diecinueve.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero
minutos del dos de abril del año dos mil diecinueve con la base de quince mil
cuatrocientos cuarenta y tres dólares con quince centavos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
diez horas y cero minutos del diez de abril del año dos mil diecinueve con la
base de cinco mil ciento cuarenta y siete dólares con setenta y un centavos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A.
contra Edwin Eduardo Gerardo Hernández Vargas, Propincosa
Profesionales en Pintura y Construcción Sociedad Anónima. Exp.
N° 18-005982-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 16 de noviembre
del año 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306118 ).
En este Despacho, con una base de catorce mil
veintiocho dólares con treinta y nueve centavos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo DHG000, estilo: Trax
LT, marca: Chevrolet, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, color: dorado,
año: 2015, vin: 3GNCJ7CE0FL141664, motor:
2H0141965810, cilindrada: 1800 c. c., combustible: gasolina. Para tal efecto se
señalan las diez horas y cero minutos del uno de marzo del año dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas y cero minutos del once de marzo del año dos mil diecinueve con la base
de diez mil quinientos veintiún dólares con veintinueve centavos75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
diez horas y cero minutos del diecinueve de marzo del año dos mil diecinueve
con la base de tres mil quinientos siete dólares con diez centavos (25% de la
base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Improsa S. A. contra Carlos Manuel Herrera Barrantes. Exp.:
18-005471-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito
Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 31 de octubre del 2018.—Lic.
Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306120 ).
En este despacho, con una base de diecinueve
mil cuatrocientos treinta y ocho dólares con catorce centavos, libre de
gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones boleta:
3000238141 sumaria: 18-000048-0499-TR; sáquese a remate el vehículo BNR594,
marca: Chevrolet, estilo: Trax LS, categoría:
automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2017, VIN: 3GNCJ7CE8HL149319, motor:
2H0162955868, cilindrada: 1800 cc., combustible:
gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del uno de
marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las diez horas y cero minutos del once de marzo del año dos mil
diecinueve con la base de catorce mil quinientos setenta y ocho dólares con
sesenta y un centavos 75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez
horas y cero minutos del diecinueve de marzo del año dos mil diecinueve con la
base de cuatro mil ochocientos cincuenta y nueve dólares con cincuenta y cuatro
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Improsa S. A. contra Mainor Roberto Segura Rivera. Exp.
N° 18-005491-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón),
31 de octubre del año 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306121
).
En este Despacho, Con una base de catorce mil
quinientos un dólar con setenta y seis centavos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo BMQ495, marca: Chevrolet, estilo: Spark Classic LTZ, categoría:
automóvil, capacidad 5 personas, año: 2017, color: negro, vin:
MA6CH6CD5HT000092, motor: B12D1162210166, cilindrada: 1200 c. c., combustible:
gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del uno de
marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las diez horas y cero minutos del once de marzo del año dos mil
diecinueve con la base de diez mil ochocientos setenta y seis dólares con
treinta y dos centavos 75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve
de marzo del año dos mil diecinueve con la base de tres mil seiscientos
veinticinco dólares con cuarenta y cuatro centavos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Crediq Inversiones CR
S. A. contra Marlon Ernesto Quirós Molina. Exp.:
18-005931-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito
Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 01 de noviembre del 2018.—Lic. Diego
Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306122 ).
En este Despacho, con una base de cuatro
millones novecientos veinticinco mil quinientos cincuenta y un colones con
treinta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el
vehículo CL283235, marca: Nissan, estilo: Frontier
XE, categoría: carga liviana, capacidad: 4 personas, año: 2006, color: blanco, vin: 1N6BD06T06C469771, motor: no visible, cilindrada: 2500
cc, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las quince horas y cero minutos del uno de marzo del año dos mil diecinueve. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero
minutos del once de marzo del dos mil diecinueve con la base de tres millones
seiscientos noventa y cuatro mil ciento sesenta y tres colones con cincuenta
céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del diecinueve de
marzo del dos mil diecinueve, con la base de un millón doscientos treinta y un
mil trescientos ochenta y siete colones con ochenta y tres céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Crediq Inversiones CR S. A.
contra William Armando Araya Rodríguez. Expediente N°
18-005943-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito
Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 01 de noviembre del 2018.—Lic. Diego
Ángulo Hernández, Juez.—( IN2018306123 ).
En este Despacho, con una base de nueve mil
ciento treinta y cinco dólares con treinta y cuatro centavos, libre de
gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones: boleta
2018318700320, sumaria: 18-001652-0492-TR; sáquese a remate el vehículo FGR183,
marca: Hyundai, estilo: Accent GL, capacidad: 5
personas, año: 2013, Vin: KMHCT51CBDU090630, motor:
G4FACU425777, cilindrada: 1400 c.c, Combustible:
gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del cuatro
de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las quince horas y cero minutos del doce de marzo del año dos mil
diecinueve con la base de seis mil ochocientos cincuenta y un dólares con
cincuenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veinte de
marzo del año dos mil diecinueve con la base de dos mil doscientos ochenta y
tres dólares con ochenta y tres centavos (25%
de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A.
contra Andrea Raquel González Redondo, Edgar Enrique De Los Ángeles González
Arroyo. Exp. N°
18-005984-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito
Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 01 de noviembre del año 2018.—Lic.
Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306124 ).
En este Despacho, con una base de once mil
ciento siete dólares con ochenta y ocho centavos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: GCC303, marca: Hyundai,
estilo: Accent GL, categoría: automóvil capacidad: 5
personas, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4X2, número de chasis:
KMHCT41DADU298524, año fabricación: 2013, color: negro, número motor:
G4FCCU897676, cilindrada: 1600 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se
señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de marzo del dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas y cero minutos del doce de marzo del dos mil diecinueve con la base de
ocho mil trescientos treinta dólares con noventa y un centavos 75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para
el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de marzo
del dos mil diecinueve con la base de dos mil setecientos setenta y seis
dólares con noventa y siete centavos (25% de la base original) . Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra María Eunice Zúñiga
Ramírez y Pablo Roberto Herrera Zúñiga. Expediente N°
18-005964-1200-CJ.—Juzgado de Cobro
Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 06 de
noviembre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306125 ).
En este Despacho, con una base de cinco mil
seiscientos ochenta y ocho dólares con veintiséis centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BDF359, marca: Chevrolet,
estilo: Spark LS, categoría: automóvil, capacidad: 5
personas, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, tracción: 4x2, número de
chasis: KL1MJ6C41CC133733, año fabricación: 2012, color: azul número motor:
A08S3880615KC2, Cilindrada: 800 c. c., combustible: gasolina. Para tal efecto
se señalan las trece horas y treinta minutos del cuatro de marzo del año dos
mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas y treinta minutos del doce de marzo del año dos mil diecinueve con
la base de cuatro mil doscientos sesenta y seis dólares con veinte centavos 75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las trece horas y cero minutos del veinte de marzo del año dos mil diecinueve
con la base de mil cuatrocientos veintidós dólares
con siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Improsa S. A. contra Blanca Esmeralda Fernández Fonseca, Javier Leonardo
Murillo Chavarría. Exp.: 18-005983-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur
(Pérez Zeledón), 08 de noviembre del 2018.—Lic. Diego Angulo
Hernández, Juez.—( IN2018306126 ).
En este Despacho, con una base de doce mil
cuatrocientos veinticuatro dólares con sesenta y tres centavos, libre de
gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones: citas:
20171300243, sumaria: 18-000515-0169-CI; sáquese a remate el vehículo BMV460,
marca: Chevrolet, estilo: Spark LTZ, categoría:
automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2017, color: plateado, motor:
LV7162640337, cilindrada: 1400 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se
señalan las diez horas y cero minutos del cinco de marzo del dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas y cero minutos del trece de marzo del dos mil diecinueve con la base de
nueve mil trescientos dieciocho dólares con cuarenta y siete centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de marzo del dos mil
diecinueve con la base de tres mil ciento seis dólares con dieciséis centavos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Crediq
Inversiones CR S. A. contra Carlos Manuel Fernández Cedeño. Expediente N° 18-005938-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez
Zeledón), 02 de noviembre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—(
IN2018306127 ).
En este Despacho, con una base de once mil
cuatrocientos sesenta y cinco dólares con treinta y siete centavos, libre de
gravámenes prendarios, pero soportando
infracciones/colisiones; boleta 2017227400945, sumaria: 17-011327-0174-TR,
boleta: 3000517617, sumaria: 17-004171-0489-TR; sáquese a remate el vehículo
BHM383, marca: Hyundai, estilo: Grand I10, categoría: automóvil, capacidad: 5
personas, año: 2015, color: azul, vin:
MALA841CAFM064706, motor: G4LAEM460340, cilindrada: 1200 c. c., combustible:
gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del
dieciocho de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del veintiséis de marzo
del año dos mil diecinueve con la base de ocho mil quinientos noventa y nueve
dólares con tres centavos 75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del
tres de abril del año dos mil diecinueve con la base de dos mil
ochocientos sesenta y seis dólares con treinta y cuatro centavos (25% de la
base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Crediq Inversiones CR S. A. contra Angel
Gabriel Pineda Salvatierra. Exp:18-005946-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 05 de noviembre
del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306129 ).
En este Despacho, con una base de quince mil
cuatrocientos treinta y siete dólares con once centavos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BGL 331, Marca: Hyundai,
estilo: Sonata Hybrid Limited,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas,
tracción: 4Xx2 numero de chasis: KMHEC414BFA110855, año fabricación: 2015,
color: blanco, número motor: G4KKEA422288, cilindrada: 2400 c.c,
combustible: Gasolina-eléctrico. Para tal efecto se señalan las ocho horas y
cero minutos del uno de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del once de
marzo del año dos mil diecinueve con la base de once mil quinientos setenta y
siete dólares con ochenta y tres centavos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero
minutos del diecinueve de marzo del año dos mil diecinueve con la base de tres
mil ochocientos cincuenta y nueve dólares con veintiocho centavos (25% de la
base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Improsa S. A. contra
Sara Isabel De Los Ángeles Sequeira Sequeira y Unmuth Kohler Emanuel. Exp. N° 18-005965-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 06 de noviembre
del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306130 ).
En este despacho, con una base de diecinueve
mil ciento cuatro dólares con ochenta y cuatro centavos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo KMM223, marca: Hyundai, estilo:
Tucson GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2016, color:
plateado, Vin: KMHJ2813BGU050721, motor:
G4NAFU057817, cilindrada: 2000 c.c, combustible:
gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del cuatro
de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las quince horas y cero minutos del doce de marzo del año dos mil
diecinueve con la base de catorce mil trescientos veintiocho dólares con
sesenta y tres centavos75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veinte de
marzo del año dos mil diecinueve con la base de cuatro mil setecientos setenta
y seis dólares con veintiún centavos(25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Improsa S. A., contra Carla Mercedes Hidalgo
Rodríguez. Exp. N°
18-005966-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito
Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 08 de noviembre del año 2018.—Lic. Diego
Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306131 ).
En este Despacho, con una base de diez mil
novecientos doce dólares con treinta y ocho centavos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo BGM807, marca: Chevrolet, estilo:
Cruze, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2014, color: negro, Vin: KL1PD5C52EK557146, motor: F18D4133250615, cilindrada:
1800 c. c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y
cero minutos del doce de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del
veinte de marzo del año dos mil diecinueve con la base de ocho mil ciento
ochenta y cuatro dólares con veintinueve centavos 75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero
minutos del veintiocho de marzo del año dos mil diecinueve con la base de dos
mil setecientos veintiocho dólares con diez centavos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Henry Francisco
Loaiza Méndez. Exp.: 18-005975-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur
(Pérez Zeledón), 08 de noviembre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández,
Juez.—( IN2018306132 ).
En este Despacho, con una base de quince mil
setecientos cincuenta y cinco dólares con sesenta y nueve centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BGD748, marca: Hyundai,
estilo: Tucson GL, capacidad: 5 personas, año: 2014, color: plateado, Vin: KMHJT81EAEU894241, motor: G4NAEU307443, cilindrada:
2000 c. c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y
cero minutos del veintidós de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del
uno de abril del año dos mil diecinueve con la base de once mil ochocientos
dieciséis dólares con setenta y siete centavos 75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero
minutos del nueve de abril del año dos mil diecinueve con la base de tres mil
novecientos treinta y ocho dólares con noventa y dos centavos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Jeysol
María Miranda Blandón. Exp: 18-005968-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur
(Pérez Zeledón), 08 de noviembre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández,
Juez.—( IN2018306133 ).
En este Despacho, con una base de nueve mil
seiscientos cincuenta dólares con ochenta y ocho centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando infracciones/colisiones boleta: 2017320500089,
sumaria: 17-00187-0489-TR; sáquese a remate el vehículo. Para tal efecto se
señalan las diez horas y cero minutos del quince de marzo del año dos mil diecinueve.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero
minutos del veinticinco de marzo del año dos mil diecinueve con la base de
siete mil doscientos treinta y ocho dólares con dieciséis centavos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las diez horas y cero minutos del dos de abril del año dos mil diecinueve con
la base de dos mil cuatrocientos doce dólares con setenta y dos centavos (25%
de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Crediq
Inversiones CR S. A. contra Grettel Paniagua Dávila. Exp. 18-005954-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 26 de noviembre
del 2018.—Lic. Jorge Rojas Álvarez, Juez.—( IN2018306134 ).
En este Despacho, con una base de doce mil
setecientos cincuenta y un dólares con cuarenta y ocho centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BGZ-180. Marca
Hyundai, estilo Grand I10 GLS., categoría automóvil, capacidad 5 personas, año
2015, color blanco, vin MALA841CAFM054700, cilindrada
1200 cc., combustible gasolina, motor Nº G4LAEM416202. Para tal efecto se señalan las siete horas
y treinta minutos del cuatro de febrero del dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y treinta minutos
del doce de febrero del dos mil diecinueve con la base de nueve mil quinientos
sesenta y tres dólares con sesenta y un centavos (75% de la base original), y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas y
treinta minutos del veinte de febrero del
dos mil diecinueve, con la base de tres mil ciento ochenta y siete dólares con
ochenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución de Banco Improsa S. A. contra Moisés Antonio Jiménez Baltodano.
Expediente N° 18-002465-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 19 de octubre
del 2018.—Lic. Ricardo Cerdas Monge, Juez.—( IN2018306135 ).
En este Despacho, con una base de veintitrés
mil seiscientos ochenta y cinco dólares con veintiocho centavos, libre de
gravámenes prendarios y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MMG756,
marca: Hyundai, estilo: Tucson GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
tracción: 4x4, color: blanco, Vin: KMHJ2813DHU194189,
motor: G4NAGU166250, cilindrada: 200 c.c., combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las diez horas y cero minutos del veintiséis de febrero del
año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las diez horas y cero minutos del seis de marzo del año dos mil diecinueve con
la base de diecisiete mil setecientos
sesenta y tres dólares con noventa y seis centavos75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero
minutos del catorce de marzo del año dos mil diecinueve con la base de cinco
mil novecientos veintiún dólares con treinta y dos centavos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto
por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días
de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Nelson Ernesto
Guadamuz Obando. Exp:18-005463-1200-CJ.—Juzgado de
Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 31 de octubre del
2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306136 ).
En este Despacho, con una base de once mil
novecientos setenta y ocho dólares con ochenta centavos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BDT 260, Marca: Hyundai
Estilo: Elantra GL, categoría: automóvil capacidad: 5
personas, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4x2 numero de chasis:
KMHDG41EBEU860423, año fabricación: 2014, color: plateado número motor:
G4NBDU699042, cilindrada: 1800 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se
señalan las ocho horas y cero minutos del veintisiete de febrero del año dos
mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho
horas y cero minutos del siete de marzo del año dos mil dieciocho con la base
de ocho mil novecientos ochenta y cuatro dólares con diez centavos 75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las ocho horas y cero minutos del quince de marzo del año dos mil diecinueve
con la base de dos mil novecientos noventa y cuatro dólares con setenta
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Crediq Inversiones CR S. A. contra Luis Rodolfo de Jesús
Arias Alfaro. Exp.: 18-005933-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 01 de noviembre
del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306137 ).
En este Despacho, Con una base de catorce mil
ochocientos ochenta y nueve dólares con cinco centavos , libre de gravámenes
prendarios, pero soportando Infracciones/colisiones, boleta número:
2018-326400076, sumaria número: 18-000026-1781-TR, sáquese a remate el vehículo
placa: BJV068, Marca: Hyundai, Estilo: I20 GL Categoría: automóvil Capacidad: 5
personas, Carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback tracción: 4X2 Numero de Chasis:
MALBM51CBGM142847, año fabricación: 2016, color: gris número motor:
G4LCFU441462, Cilindrada: 1400 cc, Combustible:
gasolina . Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del
veintiséis de febrero del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del seis de marzo
del año dos mil diecinueve con la base de once mil ciento sesenta y seis
dólares con setenta y nueve centavos 75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos
del catorce de marzo del año dos mil diecinueve con la base de tres mil
setecientos veintidós dólares con veintiséis centavos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Crediq
Inversiones CR SA contra Francisco Javier Navarro León y Luz Lesbia Salazar
Ponce. Exp:18-005934-1200-CJ.—Juzgado de Cobro
Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 31 de octubre del
2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306138 ).
En este Despacho, con una base de once mil
cuatrocientos ocho dólares con noventa y seis centavos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BGG345, marca: Nissan, estilo:
Tiida, categoría: Automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: sedan 4
puertas, tracción: 4x2 número de chasis: 3N1CC1AD5FK190152, año fabricación:
2015, color: gris número motor: HR16766177H, cilindrada: 1598 cc, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las
ocho horas y cero minutos del veintiocho de febrero del año dos mil diecinueve.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero
minutos del ocho de marzo del año dos mil diecinueve con la base de ocho mil
quinientos cincuenta y seis dólares con setenta y dos centavos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
ocho horas y cero minutos del dieciocho de marzo del año dos mil diecinueve con
la base de dos mil ochocientos cincuenta y dos dólares con veinticuatro
centavos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Crediq Inversiones CR S. A. contra Katherine Chery Arias
Hurtado. Exp. N°
18-005950-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito
Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 31 de octubre del año 2018.—Lic. Diego
Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306139 ).
En este Despacho, con una base de once mil
novecientos ochenta dólares con cincuenta y cuatro centavos, libre de
gravámenes prendarios, pero soportando colisiones/infracciones, boleta N° 2018245600098, sumaria N°
18-001003-0496-TR; sáquese a remate el vehículo. Vehículo placa MYM 481, marca:
Hyundai, estilo: Grand I10, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
carrocería: Sedan, 4 puertas Hatchback, tracción: 4x2 N°
de Chasis: MALA851CAHM382059, año fabricación: 2017, color: plateado N° motor: G4LAFM871739, cilindrada: 1200 cc, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las
catorce horas y cero minutos del veintisiete de febrero del dos mil diecinueve.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero
minutos del siete de marzo del dos mil diecinueve, con la base de ocho mil
novecientos ochenta y cinco dólares con cuarenta y un centavos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
catorce horas y cero minutos del quince de marzo del dos mil diecinueve, con la
base de dos mil novecientos noventa y cinco dólares con catorce centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S.A.
contra Mónica Eugenie Montero Azofeifa. Expediente N° 18-005959-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 31 de octubre
del 2018.—Lic. Diego Ángulo Hernández, Juez.—( IN2018306140 ).
En este Despacho, con una base de cinco mil
ciento setenta y nueve dólares con catorce centavos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BDF 380, marca: Chevrolet,
estilo: Spark LS, categoría: automóvil, capacidad: 5
personas, carrocería: sedan 4 puertas hatchback tracción: 4x2 numero de chasis:
KL1MJ6C41DC005137, año fabricación: 2013, color: negro número motor:
A08S3964965KC2, cilindrada: 800 c. c., combustible: gasolina. Para tal efecto
se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiocho de febrero del año dos
mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho
horas y cero minutos del ocho de marzo del
año dos mil diecinueve con la base de tres mil ochocientos ochenta y cuatro
dólares con treinta y seis centavos 75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del
dieciocho de marzo del año dos mil diecinueve con la base de mil doscientos
noventa y cuatro dólares con setenta y nueve centavos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Estefanie Alejandra Madrigal Pérez. Exp.:
18-005474-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito
Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 01 de noviembre del 2018.—Lic.
Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306141 ).
En este despacho, con una base de trece mil
novecientos cuarenta y nueve dólares con setenta y siete centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo bjt775, marca: Hyundai,
estilo: Creta GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2016,
color: plateado, motor: G4FGFU607652, cilindrada: 1600 cc,
combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero
minutos del diecinueve de febrero del año dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del
veintisiete de febrero del año dos mil diecinueve con la base de diez mil
cuatrocientos sesenta y dos dólares con treinta y tres centavos 75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas y cero minutos del siete de marzo del año dos mil diecinueve con
la base de tres mil cuatrocientos ochenta y siete dólares con cuarenta y cuatro centavos (25% de la base original) . Notas: Se
les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de CREDIQ Inversiones CR S. A. contra Yorleny Vanessa Peña
Martínez y a Steven Suarez Peña. Exp. N° 18-005951-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 05 de noviembre
del año 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306142 ).
En este Despacho, Con una base de tres
millones doscientos veinticuatro mil novecientos cincuenta y siete colones con
ochenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate
el vehículo BKL174, marca: Honda, estilo: Civic LX,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, color: plateado, vin: 1HGFA16526L051234, motor: R18A11531285, año: 2006,
cilindrada: 1800 c. c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las
quince horas y cero minutos del dieciocho de febrero del año dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince
horas y cero minutos del veintiséis de febrero del año dos mil diecinueve con
la base de dos millones cuatrocientos dieciocho mil setecientos dieciocho
colones con treinta y ocho céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las quince horas y cero minutos del seis de marzo del año dos mil
diecinueve con la base de ochocientos seis mil doscientos treinta y nueve
colones con cuarenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Crediq Inversiones CR S. A.
contra Marlon Steven Mora Ulloa. Exp.:
18-005935-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito
Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 01 de noviembre del 2018.—Lic. Diego
Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306143 ).
En este Despacho, con una base de diez mil
novecientos noventa y cuatro dólares con noventa y siete centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo. Vehículo placa: SFS
712, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría:
automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, N° de Chasis: KMHCT51CBCU046066, año fabricación: 2012,
color: café, N° motor: G4FACU785712, cilindrada: 1400
cc, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las ocho horas y cero minutos del dos de febrero del dos mil diecinueve. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos
del veintiocho de febrero del dos mil diecinueve, con la base de ocho mil
doscientos cuarenta y seis dólares con veintitrés centavos 75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
ocho horas y cero minutos del ocho de marzo del dos mil diecinueve, con la base
de dos mil setecientos cuarenta y ocho dólares con setenta y cuatro centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Crediq Inversiones CR
S. A. contra José Carlo Chacón Reyes. Expediente N°
18-005945-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito
Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 31 de octubre del 2018.—Lic. Diego
Ángulo Hernández, Juez.—( IN2018306144 ).
En este Despacho, con una base de cinco mil
quinientos catorce dólares con sesenta y tres centavos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BDZ039, marca: Chevrolet,
estilo: Sonic LT, categoría: automóvil capacidad: 5 personas, carrocería: sedan
4 puertas, tracción: 4x2 numero de chasis: 3G1J85CCXDS599495, año fabricación:
2013, color: negro número motor: LDE123435023, cilindrada: 1600 c. c.,
combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero
minutos del veintiséis de febrero del año dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del
seis de marzo del dos mil diecinueve, con la base de cuatro mil ciento treinta
y cinco dólares con noventa y siete centavos 75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y
cero minutos del catorce de marzo del año dos mil diecinueve con la base de mil
trescientos setenta y ocho dólares con sesenta y seis centavos 25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto
por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días
de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra María Eunice Vargas
Monge. Exp.:18-005956-1200-CJ.—Juzgado de Cobro
Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 01 de noviembre del
2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306145 ).
En este Despacho, con una base de once mil
quinientos setenta y tres dólares con setenta centavos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el Vehículo: Placas número 891253, marca:
Hyundai, estilo: Tucson GL, categoría: automóvil Capacidad: 5, serie:
KMHJT81BBCU322144, color: Plateado. año fabricación: 2012, motor N° G4KDBU404507. Para tal efecto se señalan las catorce
horas y cero minutos del ocho de enero del año dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del
dieciséis de enero del año dos mil diecinueve con la base de ocho mil
seiscientos ochenta dólares con veintiocho centavos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas
y cero minutos del veinticuatro de enero del año dos mil diecinueve con la base
de dos mil ochocientos noventa y tres dólares con cuarenta y tres centavos,
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución de Banco Improsa S. A. contra
Bernardo Gerardo Casanova Arrieta, Jennifer Marcela Arias Howlett.
Exp. N° 16-005269-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur
(Pérez Zeledón), 12 de noviembre del 2018.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía,
Jueza Decisora.—( IN2018306146 ).
En este despacho, con una base de once mil
ochocientos dieciséis dólares con setenta y siete centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BML387, marca: Chevrolet, estilo: Spark Classic, categoría:
automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2017, color: blanco, VIN:
MA6CG6CDXHT000267, cilindrada: 1200 cc, combustible:
gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de
abril del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las diez horas y cero minutos del veinticuatro de abril del año dos
mil diecinueve con la base de ocho mil ochocientos sesenta y dos dólares con
cincuenta y ocho centavos 75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del
tres de mayo del año dos mil diecinueve con la base de dos mil novecientos
cincuenta y cuatro dólares con diecinueve centavos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas,
la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha
fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de CREDIQ Inversiones CR S. A. contra José Gerardo Fernández
Cambronero. Exp. N° 18-005940-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur
(Pérez Zeledón), 9 de noviembre del año 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández,
Juez.—( IN2018306147 ).
En este Despacho, Con una base de mil
cuatrocientos dieciocho dólares con quince centavos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo 897744, marca: Chevrolet, estilo: Spark LS, categoría: automóvil, año: 2011, color: rojo, Vin: KL1CJ6C10BC634158, motor: B10D1477744KC3, cilindrada:
1000 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y
cero minutos del uno de abril del dos mil diecinueve. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del treinta de
diciembre del mil ochocientos noventa y nueve con la base de mil sesenta y tres
dólares con sesenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las con la base de trescientos
cincuenta y cuatro dólares con cincuenta y cuatro centavos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra
Janneth Magaly Ramírez Moreno. Expediente N°
18-005961-1200-CJ.—Juzgado de Cobro
Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 08 de noviembre del
2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306148 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cero minutos del veinticinco de
enero de dos mil diecinueve, y con la base de veintiséis mil seiscientos
setenta y nueve dólares con setenta y seis centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo: placas N° BHP637,
marca Ssang Yong, estilo Korando,
capacidad 5 personas, año 2015, color blanco, cilindrada 1998 cc., combustible diésel. Para el segundo remate, se señalan
las ocho horas y cero minutos del once de febrero del dos mil diecinueve, con
la base de diecinueve mil doscientos cincuenta y nueve dólares con ochenta y
dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de febrero del
dos mil diecinueve, con la base de seis mil cuatrocientos diecinueve dólares
con noventa y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo
805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco LAFISE Sociedad Anónima contra Marcial
Rolando de Jesús Aguiluz Barboza. Expediente N°
18-001179-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Puntarenas, 13 de agosto del 2018.—Lic. Douglas Quesada
Zamora, Juez.—( IN2018306257 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones número de sumaria
16-001085-0497-TR número boleta 2016252800104 Autoridad Judicial Ministerio
Público de Heredia, y colisiones número de sumaria 16-001175-0373-TC número
boleta 2016234800778 Autoridad Judicial Juzgado Contravencional y de Menor
Cuantía de Santo Domingo; a las ocho horas y cero minutos del veintiocho de
enero del año dos mil diecinueve, y con la base de diecisiete mil trescientos
treinta y dos dólares con cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo: placas número JJJ021. Marca Nissan. Estilo Qashqai. categoría automóvil. capacidad 7 personas. año
2014. Color gris. VIN SJNJBAJ10Z7187681. cilindrada 2000 cc.
combustible gasolina. motor Nº MR20241363W. para el
segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del doce de febrero del
año dos mil diecinueve, con la base de doce mil novecientos noventa y nueve
dólares con tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintisiete de
febrero del año dos mil diecinueve con la base de cuatro mil trescientos
treinta y tres dólares con un centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. la anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco LAFISE S. A. contra
Jorge Luis Rodríguez Fernández. Exp. N° 17-009854-1204-CJ. Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y
Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 18 de setiembre del año
2018.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Juez.—( IN2018306258
).
En este Despacho, con una base de seis
millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando serv y cond. ref:
00144302 000, bajo citas: 0350-00018307-01-0900-001; sáquese a remate la finca
del partido de Alajuela, matrícula número trescientos cincuenta y nueve mil
ochocientos ochenta y uno, derechos cero cero cero, la cual es terreno lote treinta y nueve, terreno para
construir. Situada en el distrito 04 Coyolar, cantón 09 Orotina, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 38, al sur, servidumbre de paso
con un frente de 36.75 metros, al este, lote 40 y al oeste, servidumbre de paso
con 26.57 metros de frente. Mide: mil dos metros con treinta y cinco decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del
veintiocho de enero del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del cinco de febrero del
año dos mil dieciocho con la base de cuatro millones quinientos mil colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez horas y cero minutos del trece de febrero del año
dos mil diecinueve con la base de un millón quinientos mil colones exactos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución de Carlos Luis García Mora contra
Randall Gerardo Mena Suarez. Exp: 15-004122-1200-CJ.— Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur
(Pérez Zeledón), 11 de octubre del 2018.—José Ricardo Cerdas Monge, Juez
Decisor.—( IN2018306268 ).
En este Despacho, Con una base de ochenta y
un mil cien dólares exactos , libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas: 465-02680-01-0007-001
y plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 2013-111300-
01-0006-001; a las ocho horas treinta minutos del dieciséis de enero del año
2019, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número doscientos cincuenta y dos mil cincuenta y nueve cero cero uno, cero cero dos la cual
es terreno construido y patio. Situada en el distrito 9-Dulce Nombre, cantón
1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Alvarado Chaves
Brenes y Federico Chaves Fallas; al sur, calle pública; al este, Federico
Chaves Fallas y calle pública y al oeste, Manuel Morales Brenes y Álvaro Chávez
Brenes. Mide: trescientos cincuenta y ocho metros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de enero del
año 2019, con la base de sesenta mil ochocientos veinticinco dólares exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas treinta minutos del primero de febrero del año 2019 con la base
de veinte mil doscientos setenta y cinco
dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Bac San José S. A. contra Cintia Lucia Cerdas Chaves,
Michael Esteban Moya Mata. Exp. 17-012964-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 19 de
noviembre del 2018.—Licda
Pilar Gómez Marín, Jueza.—( IN2018306300 ).
En este Despacho, para cada una de las
fincas, con una base de setenta y un mil cuatrocientos seis dólares con sesenta
y siete centavos ($71406.67), libre de gravámenes y anotaciones; saquen a
remate las fincas del Partido de San José, matrícula número 00006714 F000 y
00006715 F000, 1. Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00006714
F000, la cual es terreno apartamento 7. Situada en el distrito 09 Pavas, cantón
01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al
sur, apartamento 5; al este, Georgina Sáenz Collado, y al oeste, apartamento 8
y área común. Mide: Ciento diecisiete metros con cuarenta y cuatro decímetros
cuadrados. 2. Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00006715
F000 la cual es terreno apartamento 8. Situada en el distrito 08 Mata Redonda,
cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle
pública; al sur, apartamento 6; al este, apartamento 7 y área común, y al
oeste, Fernando Restrepo Drayer. Mide: Ciento
diecisiete metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto,
se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de enero del año dos
mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas y cero minutos del veinticinco de enero del año dos mil diecinueve
con la base de cincuenta y tres mil quinientos cincuenta y cinco dólares
exactos ($53555) (75% de la base original) para cada una de las fincas y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y
cero minutos del cuatro de febrero del año dos mil diecinueve con la base de
diecisiete mil ochocientos cincuenta y un dólares con sesenta y siete centavos ($17851.67) (25% de la base
original) para cada una de las fincas. Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación
con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Raúl Mohan Babbar Amighetti. Exp. N° 16-023934-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial
de San José, Sección Segunda, 11
de diciembre del 2018.—Licda. María Angelina Varela Valenciano. Jueza.—( IN2018306330 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas
0301-00008895-01-0912-001 y 0330-00004291-01-0901-001; a las diez horas cero minutos
del veintidós de enero del dos mil diecinueve y con la base de sesenta y tres
mil novecientos cuarenta y un dólares con diecisiete centavos al mejor postor
remataré: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos
veintitrés mil seiscientos cincuenta y dos cero cero
uno, cero cero dos la cual es terreno lote trece para
construir. Situada en el distrito uno Alajuela, cantón uno Alajuela, de la
provincia de Alajuela. Colinda: norte, sur y oeste, Compañía Cafetalera
Carrizal del Norte S. A.; y al este, calle pública a Guadalupe de Alajuela.
Mide: cuatrocientos treinta y siete metros con seis decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las diez horas cero minutos del treinta de enero
del dos mil diecinueve con la base de cuarenta y siete mil novecientos
cincuenta y cinco dólares con ochenta y siete centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas cero
minutos del siete de febrero del dos mil diecinueve con la base de quince mil
novecientos ochenta y cinco dólares con veintinueve centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Doris Marcela
Alvarado Rodríguez. Expediente N° 16-009263-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo
Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 23 de
noviembre del 2018.—Lic. Luis Diego Vargas Vargas, Juez Tramitador.—(
IN2018306331 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del dieciocho de enero del dos
mil diecinueve, y con la base de once millones ochocientos quince mil ciento
setenta y siete colones con cuarenta y un céntimos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
385657-000 la cual es terreno lote 8 casa y solar. Situada en el distrito 05 Ipis, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, noreste, lote 9 Oscar Gutiérrez; al sur, calle con 10 m; al
este, noroeste, Neftalí Gutiérrez; y al oeste, suroeste, lote 7 Ofelia
Gutiérrez. Mide: setecientos dos metros con sesenta y un decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho
de enero del dos mil diecinueve, con la base
de ocho millones ochocientos sesenta y un mil trescientos ochenta y tres
colones con seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de febrero
del dos mil diecinueve con la base de dos millones novecientos cincuenta y tres
mil setecientos noventa y cuatro colones con treinta y cinco céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal
contra Roberto Antonio Galeano Téllez. Expediente N°
16-020487-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera,
12 de octubre del 2018.—Licda. Adriana Castro Rivera, Jueza Tramitadora.—( IN2018306335
).
En este Despacho, con una base de ciento veintiséis millones novecientos
treinta y seis mil doscientos setenta y un colones con trece céntimos, libre de
gravámenes, pero soportando reservas y restricciones citas:
391-19173-01-0811-001, plazo de convalidación (rectificación de medida); sáquese
a remate la Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y nueve
ochocientos noventa y ocho-cero cero cero la cual es
terreno naturaleza: agricultura lote 3-B-14. Situada en el distrito 2-Valle La
Estrella, cantón 1-de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote 6; al sur,
lote 4; al este, servidumbre; y al oeste, lote 7. Mide: doscientos dieciocho
mil setecientos cincuenta y seis decímetros cuadrados. Plano: L-1948882-2017.
Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del veintiocho de
marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las once horas y cero minutos del veintitrés de abril de dos mil
diecinueve con la base de noventa y cinco millones doscientos dos mil
doscientos tres colones con treinta y cinco céntimos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate Firmado digital de: se señalan las once horas y cero minutos
del nueve de mayo de dos mil diecinueve con la base de treinta y un millones
setecientos treinta y cuatro mil sesenta y siete colones con setenta y ocho
céntimos (25% de la base original). Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución de Cooperativa de Ahorro Crédito y Servicios
Múltiples de los Médicos RSL contra Clive Roderick Watson Mc Lean, Watson Mc
Lean Group CR S. A. Expediente N°
18-010866-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San
José, 28 de noviembre del 2018.—Lic. Verny Arias Vega, Juez.—(
IN2018306355 ).
En este Despacho, Con una base de un millón
quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de San José, matrícula número quinientos ochenta y
ocho mil cincuenta y cinco, derechos 000, la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 01 San Ignacio, cantón 12 Acosta, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, José Jorge Arias Arias; al
sur, calle pública con un frente a ella de 2 metros lineales; al este, calle
pública con un frente a ella de 27.37 metros lineales y al oeste, zona de
protección de río en medio de Río Jorco. Mide: ciento setenta metros con
ochenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince
horas y cero minutos del veintinueve de enero del año dos mil diecinueve .De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero
minutos del seis de febrero del año dos mil diecinueve con la base de un millón
ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos
del catorce de febrero del año dos mil diecinueve con la base de trescientos
setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L. contra
José Alberto Arias Ureña. Exp:18-005826-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 23 de octubre
del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306356 ).
En este Despacho, con una base de nueve
millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios;
sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula N° 377129-001 y 002 (ambos derechos conforman la totalidad
del inmueble), la cual es terreno para construir con 1 casa N°
8 Bloque 37. Situada en el distrito 9 Pavas, cantón 01 San José, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, lote 7; al sur, lote 9 y otro; al
este, Sogeco S. A., y al oeste, Sogeco
S. A. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de enero del dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas y cuarenta y cinco minutos del uno de febrero del dos mil diecinueve, con
la base de siete millones trescientos cincuenta mil colones exactos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las diez horas y cuarenta y cinco minutos del once de febrero del dos mil
diecinueve con la base de dos millones cuatrocientos cincuenta mil colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Rosa Aguirre Barquero, Santiago Heriberto
Cortes Porras. Expediente N° 18-014649-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San Jose, 22 de octubre del
2018.—Licda. Kathya Araya Jácome, Jueza.—(
IN2018306359 ).
En este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones (citas:
287-09713-01-0901-001), reservas y restricciones (citas:
287-09713-01-0903-001), reservas y restricciones (citas:
287-09713-01-0905-001), servidumbre de paso (citas: 569-75876-01-0002-001); con
una base de cuatro millones novecientos sesenta mil colones exactos, sáquese a
remate la finca del partido de Finca inscrita en el Registro Público, partido
de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número cuatrocientos cincuenta y dos mil ochocientos cincuenta y cinco cero cero cero la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 13-Peñas Blancas, cantón 2-San Ramón, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote tres; al sur, Frejada Sociedad Anónima; al este, lote veintidós y al
oeste, calle pública. Mide: mil treinta metros con cuarenta y ocho decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del
veintitrés de enero del dos mil diecinueve. De no haber postores, para llevar a
cabo el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del siete
de febrero del dos mil diecinueve, con la base de tres millones setecientos
veinte mil colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes,
para el tercer remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del
veintidós de febrero del dos mil diecinueve, con la base de un millón
doscientos cuarenta mil colones exactos (un 25% de la base original). Notas: Se
les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Jenny Patricia Vargas Badilla. Exp:16-018406-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de noviembre del
2018.—Licda. Angie Rodríguez Salazar, Jueza.—( IN2018306360 ).
En este Despacho, a las diez horas y treinta minutos del veintiocho de
enero de dos mil diecinueve y con una base de dieciséis mil quinientos
cincuenta dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando:
servidumbre trasladada citas: 241-07723-01-0901-001; servidumbre trasladada
citas: 339-05848-01-0927-001; servidumbre dominante citas: 339-05848-01-0928-001;
servidumbre dominante citas: 339-13169-01-0022-001; servidumbre de alero citas:
340-17426-01-0005-001; servidumbre sirviente citas: 341-14441-01-0905-001;
servidumbre sirviente citas: 342-12893-01-0023-001; servidumbre de alero citas:
344-16382-01-0007-001; servidumbre sirviente citas: 349-07499-01-0195-001;
servidumbre sirviente citas: 349-07499- 01-0212-001; servidumbre dominante
citas: 349-07499-01-0213-001; servidumbre dominante citas:
349-07499-01-0218-001; servidumbre sirviente citas: 349-07499-01-0233-001;
servidumbre dominante citas: 349-07499-01-0234- 001; servidumbre trasladada
citas: 349-07499-01-0235-001; servidumbre dominante citas:
349-07499-01-0236-001; servidumbre sirviente citas: 349-07499-01-0239-001;
servidumbre dominante citas: 349-07499-01-0244-001; servidumbre sirviente
citas: 349-07499-01-0246-001; servidumbre sirviente citas:
349-07499-01-0248-001; servidumbre dominante citas: 349-07499-01-0249- 001;
servid de aleroref: 00327565 000 citas:
351-09587-01-0905-001; servidumbre sirviente citas: 353-12262-01-0032-001;
servidumbre dominante citas: 356-01059-01-0913-001; servidumbre sirviente
citas: 356-01059-01-0914-001; servidumbre trasladada citas:
364-15578-01-0803-001; servidumbre trasladada citas: 364-15578-01-0826-001;
servid de alero ref: 00350726-000 citas:
365-12999-01-0903-001; servid de aleroref:
00350926-000 citas: 365-12999-01-0906-001; servidumbre dominante citas:
366-07889-01-0009-001; servidumbre sirviente citas: 366-07889-01-0010-001;
servidumbre dominante citas: 371-08784-01-0005-001;servidumbre sirviente citas:
371-08784-01-0007-001; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número cuatrocientos treinta y un mil veintidós, derecho cero cero uno y cero cero dos, la cual
es terreno para construir con una casa número 28. Situada en el distrito
Hatillo, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, INVU
y pared medianera; al sur, INVU y pared medianera; al este, INVU y pared
medianera; y al oeste, acera 6 sur. Mide: cuarenta y cuatro metros con ochenta
y un decímetros cuadrados. De no haber postores, el segundo remate se efectuará
a las diez horas y treinta minutos del cinco de febrero del dos mil diecinueve
con la base de doce mil cuatrocientos doce dólares con cincuenta centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las diez horas y treinta minutos del trece de febrero del dos mil
diecinueve con la base de cuatro mil ciento treinta y siete dólares con
cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Andrea Vanessa Campos
Zamora, Jorge Michael Campos Zamora, Miriam del Carmen Zamora Ramírez.
Expediente N° 18-000561-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, 29 de noviembre del 2018.—Lic. Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez Tramitador.—( IN2018306362
).
En este Despacho, con una base de trece
millones trescientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula
número 633915-000, derechos, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 8 San Antonio, cantón 4 Puriscal, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, calle pública; al sur, La Cabriola Laurel Cuatro S. A.; al
este, calle pública, y al oeste, La Cabriola Laurel Cuatro S. A. Mide:
Cuatrocientos veintitrés metros cuadrados. para tal efecto, se señalan las diez
horas y cuarenta y cinco minutos del veintidós de enero de dos mil diecinueve.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y
cuarenta y cinco minutos del treinta de enero de dos mil diecinueve con la base
de diez millones doce mil quinientos colones exactos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y
cuarenta y cinco minutos del siete de febrero de dos mil diecinueve con la base
de tres millones trescientos treinta y siete mil quinientos colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela
- La Vivienda De Ahorro y Préstamo contra Renee Lucia Montenegro Olivas. Exp. N° 18-011251-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 17 de octubre del 2018.—Lic. Kathya María Araya Jácome, Jueza Decisora.—( IN2018306363
).
En este Despacho, con una base de ocho
millones ochenta y cuatro mil quinientos cuarenta y tres colones con sesenta y
un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y
restricciones (citas: 365-13578-01-0977-001); sáquese a remate la finca del
partido de Heredia, matrícula número ciento setenta y tres mil novecientos
veintinueve, derecho cero cero cero,
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 2-La Virgen, cantón
10-Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Mario Luis
Rodríguez Vásquez; al sur Víctor Manuel Hidalgo Padilla; al este, calle publica
con frente de 26.15 metros, y al oeste, quebrada. Mide: mil doscientos sesenta
y nueve metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las quince horas y quince minutos del veintiuno de enero del dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince
horas y quince minutos del veintinueve de enero del dos mil diecinueve, con la
base de seis millones sesenta y tres mil cuatrocientos siete colones con
setenta y un céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las quince horas y quince minutos del seis de
febrero del dos mil diecinueve, con la base de dos millones veintiún mil ciento
treinta y cinco colones con noventa céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ramón Pérez Calvo.
Expediente N° 17-003926-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de noviembre del
2018.—Msc Kenny Obaldia
Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2018306364 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas:
0300-00014313-01-0902-001M, reservas Ley de Aguas, citas:
0411-00015207-01-0234-001 y reservas Ley Caminos, citas
0411-00015207-01-0235-001; a las catorce horas y cero minutos del veintitrés de
enero de dos mil diecinueve, y con la base de ciento cinco millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número doscientos ochenta y cinco mil trescientos sesenta
cero cero cero la cual es
terreno para la agricultura lote 51-2. Situada en el distrito 05 La Ceiba,
cantón 09 Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle S; al
sur, Edwin Jiménez, Guillermo Campsso, Vidal Corrales
y servidumbre de paso; al este, servidumbre de paso y al oeste, lote51-1. Mide:
veintisiete mil ochocientos setenta metros con sesenta y ocho decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del siete de febrero de dos mil diecinueve, con la base de setenta y ocho
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero
minutos del veintidós de febrero de dos mil diecinueve con la base de
veintiséis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Edwin Gerardo Porras Méndez. Exp.:
18-001297-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Puntarenas, 17 de agosto del 2018.—Lic. Douglas Quesada
Zamora, Juez.—( IN2018306366 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas:
0325-00011522-01-0901-001 y servidumbre de paso citas:
0428-00011036-01-0002-001; a las siete horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés
de enero de dos mil diecinueve, y con la base de treinta y dos millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número ciento setenta y un mil trescientos cuarenta y
uno cero cero cero la cual
es terreno para construir lote 12E. Situada en el distrito 01 Bagaces, cantón
04 Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Servicios
Profesionales Del Pacífico S. A.; al sur, calle pública con un frente de 50
metros; al este, Servicios Profesionales Del Pacífico S. A., y al oeste,
Servicios Profesionales Del Pacífico S. A. Mide: Cinco mil ochocientos
cincuenta y ocho metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del siete
de febrero de dos mil diecinueve, con la base de veinticuatro millones de
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y cuarenta y
cinco minutos del veintidós de febrero de dos mil diecinueve con la base de
ocho millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Jesús María Benavides Herrera. Exp. N° 10-100560-0642-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de
Puntarenas, 29 de agosto del año 2018.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(
IN2018306367 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones con las siguientes citas
de inscripción: 309-4903-01-0991-001, 363-15166-01-0906-001,
363-15166-01-0907-001, 363-15166-01-0908-001, 363-15166-01-0909-001,
363-15166-01-090-001 y 363-15166-01-0911-001; a las nueve horas y cero minutos
del cuatro de febrero del dos mil diecinueve y con la base de cuarenta y siete
millones cuatrocientos treinta y seis mil cuatrocientos treinta y cuatro colones
con setenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y cuatro mil
novecientos siete cero cero cero
la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito Naranjito,
cantón Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Agrotecal del Pacífico Sociedad Anónima; al sur, camino
público; al este, Inmobiliaria Luiyi Sociedad Anónima;
y al oeste, Dagoberto Navarro Elizondo. Mide: ochocientos setenta y seis metros
con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y cero minutos del diecinueve de febrero del dos mil diecinueve,
con la base de treinta y cinco millones quinientos setenta y siete mil
trescientos veintiséis colones con nueve céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero
minutos del seis de marzo del dos mil diecinueve con la base de once millones
ochocientos cincuenta y nueve mil ciento ocho colones con setenta céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Itzel Paola Porras
Calderón. Expediente N° 13-000437-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil
de Menor Cuantía de Puntarenas, 16 de agosto del
2018.—Licda. Anny Hernández Monge, Jueza.—(
IN2018306369 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas:
320-03385-01-0906-003; a las catorce horas y quince minutos del veinticuatro de
enero de dos mil diecinueve, y con la base de cinco millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
registro público, partido de limón, sección de propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número ochenta y cuatro mil quinientos treinta y
siete-cero cero cero la cual es terreno para
construir lote 10 d con una casa de habitación. Situada en el distrito Batán,
cantón Matina, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Aselyca;
al sur, Aselyca; al este, Aselyca
y al oeste, calle pública. Mide: doscientos treinta y cuatro metros con dos
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
quince minutos del ocho de febrero de dos mil diecinueve, con la base de tres
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince
minutos del veinticinco de febrero de dos mil diecinueve con la base de un
millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
Firmado digital de: remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Banco de Costa Rica contra Andrey Mata Quesada, Claudio Mata Núñez. Exp: 18-004916-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 06 de diciembre del 2018.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez Tramitador.—( IN2018306386 ).
En este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; a las once horas cero minutos del veintisiete de febrero del dos
mil diecinueve, y con la base de un millón cuatrocientos cincuenta y siete mil
ciento cuarenta y tres colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N°
67374-000 la cual es terreno para construir Bloque I-Lote 4. Situada en el
distrito 1-Limón, cantón 1-Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte,
Avenida Caracol; al sur, INVU; al este, INVU, y al oeste, calle Tiburón. Mide:
ciento treinta y tres metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para el
segundo remate, se señalan las once horas cero minutos del siete de marzo del
dos mil diecinueve, con la base de un millón noventa y dos mil ochocientos
cincuenta y siete colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas cero minutos
del quince de marzo del año dos mil diecinueve, con la base de trescientos
sesenta y cuatro mil doscientos ochenta y cinco colones con setenta y cinco
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Nacional
de Vivienda y Urbanismo contra Ricardo Alfredo Lewis Webley. Expediente N° 15-036287-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera,
08 de noviembre del 2018.—Licda. Adriana Castro Rivera, Jueza Tramitadora.—(
IN2018306387 ).
En este Despacho, con una base de trece millones cuatrocientos treinta y
siete mil doscientos treinta y seis colones veintiún céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada:
0372-00019758-01-0800-001; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 00501726-000, derechos 000, la cual es terreno lote 7, terreno
de solar. Situada en el distrito 02 San Miguel, cantón 03 Desamparados, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Pinares de Jericó M B C Sociedad
Anónima y calle pública con 36,67 metros; al sur, Pinares de Jericó M B C S.
A.; al este, Pinares de Jericó M B C S. A.; y al oeste, Pinares de Jericó M B C
S. A. Mide: tres mil cuatrocientos setenta y siete metros con cuarenta y cuatro
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos
del veintiocho de febrero del dos mil diecinueve. de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero
minutos del ocho de marzo del dos mil diecinueve con la base de diez millones
setenta y siete mil novecientos veintisiete colones quince céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las diez horas cero minutos del dieciocho de marzo del dos mil diecinueve con
la base de tres millones trescientos cincuenta y nueve mil trescientos nueve
colones cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas Firmado digital de: en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Lubricentro Vidalas S. A. Expediente N°
18-008562-1765-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro Segundo Circuito Judicial de San José,
Sección Tercera, 12 de noviembre del 2018.—Licda. Adriana
Castro Rivera, Jueza Tramitadora.—(
IN2018306388 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas:
369-10658-01-0950-001; a las catorce horas y quince minutos del veintidós de
enero del dos mil diecinueve, y con la base de veintitrés millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número trescientos sesenta mil trescientos sesenta y
cinco cero cero cero la
cual es terreno lote 47-D para construir con casa. Situada en el distrito-San
Rafael Abajo, cantón-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, lote 48 D; al sur, lote 46 D; al este, en parte 11 de y lote 12 D; y al
oeste, calle pública 6m de frente. Mide: ciento treinta y seis metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos
del seis de febrero del dos mil diecinueve, con la base de diecisiete millones
doscientos cincuenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y quince minutos del veintiuno de febrero del dos mil
diecinueve con la base de cinco millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Doña Berta de
Heredia S. A. contra El Castillo Olite Sociedad Anónima. Expediente N° 18-004831-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de
Heredia (Materia Cobro), 31 de julio del 2018.—Lic.
Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2018306392 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las once horas y quince minutos del veinticuatro
de enero de dos mil diecinueve y con la base de cincuenta y cinco mil dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y ocho mil ochocientos
ochenta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno
para construir con un galerón. Situada en el distrito Catedral, cantón San José
de la provincia de San José. Colinda: al noreste: calle pública con 8.36 metros
de frente y Virginia Acuña Barrientos; al noroeste: Inversiones Vera Sociedad
Anónima y María Josefa Zumbado Cruz; al sureste: Virginia Acuña Barrientos,
Ligia María Ramón Bermúdez y Olga Marta Castillo Alpízar todas en parte; y al
suroeste: María Josefa Zumbado, Teresa Del Rosario Gutiérrez Zeledón y Ligia
María Ramón Bermúdez en parte. Mide: doscientos veintiséis metros con ochenta y
nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y
quince minutos del ocho de febrero de dos mil diecinueve, con la base de
cuarenta y un mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y quince
minutos del veinticinco de febrero de dos mil diecinueve, con la base de trece
mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. la anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Industrial la Poderosa Sociedad Anónima, Inmobiliaria los Victoriosos S. A.
contra Olga Marta Castillo Alpízar, Rolando Rivera Castillo. Expediente:
18-004870-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 13 de agosto del
2018.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—(
IN2018306393 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas
306-21324-01-0901-001; a las diez horas y cero minutos del veintidós de enero
de dos mil diecinueve, y con la base de un millón cuatrocientos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula N° 179983-00, la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito Mansión, cantón Nicoya,
provincia Guanacaste. Colinda: norte, Guillermo Solano Quesada y lotes 1-2-3;
sur, Lote 5 y Lote 6; este, Donald Calixto de Jesús Guerrero Arias, y oeste,
calle pública con un frente a ella de 3.02 metros. Mide trescientos treinta y
nueve metros cuadrados. Plano G-1375044-2009. Para el segundo remate, se
señalan las diez horas y cero minutos del seis de febrero del dos mil
diecinueve, con la base de un millón cincuenta mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de febrero del dos
mil diecinueve, con la base de trescientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José
Douglas García Montiel contra Carlos Alexis Fallas Monge. Expediente N° 18-001587-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz)
(Materia Cobro), 30 de agosto del 2018.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—(
IN2018306415 ).
En este Despacho, con una base de ciento diez
mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre de paso citas: 2015-409062-01-0002-001; sáquese a remate la finca
del partido de Heredia, matrícula número doscientos cuarenta y seis mil
quinientos noventa y tres, derechos 000, la cual es terreno lote 3 terreno para
construir. Situada en el distrito San Antonio, cantón Belén, de la provincia de
Heredia. Colinda: al norte, Corporación Luirit Int S.A. y en parte servidumbre de paso y servicios con un
frente de 2 metros; al sur, Raquel y Monserrat ambas González Campos y en parte
servidumbre de paso y servicios con un frente de 2 metros; al este lote 2 y 4 y
servidumbre de paso y servicios con un frente de 6.06 metros y al oeste,
3-101-679236 S. A. Mide: trescientos noventa y seis metros cuadrados. Para tal
efecto se señalan las diez horas y treinta minutos del veintitrés de abril de
dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas y treinta minutos del ocho de mayo de dos mil diecinueve con la base
de ochenta y dos mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y
treinta minutos del veintitrés de mayo de dos mil diecinueve con la base de
veintisiete mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Con una
base de cuatrocientos ochenta y cuatro dólares exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas:
2015-409062-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia,
matrícula número doscientos cuarenta y tres mil setecientos noventa y cuatro,
derechos 000, la cual es terreno destinado a servidumbre de paso y servicios.
Situada en el distrito San Antonio, cantón Belén, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, lotes del 3 al 5; al sur, lote a 1 a 3 antes segregados; al
este, calle pública con un frente a ella de 6 .06 metros y al oeste lote 3
antes segregado. Mide: Doscientos ochenta metros cuadrados metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintitrés de
abril de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las diez horas y treinta minutos del ocho de mayo de dos mil
diecinueve con la base de trescientos sesenta y tres dólares exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las diez horas y treinta minutos del veintitrés de mayo de dos mil diecinueve
con la base de ciento veintiún dólares exactos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Cortijo Tierra Morena Limitada, Inversiones Lipizzanas Limitada contra Alma de Fe Sociedad Anónima,
Edwing Alfonso Gómez Chávez. Exp: 18-005967-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 05 de noviembre del
2018.—MSc. Gabriela Chaves Villalobos, Tramitadora.—( IN2018306456 ).
En este despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, 1) pero soportando demanda ordinaria bajo las citas
800-180363-01-0001-001 sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste,
matrícula número 169004-000, la cual es terreno lote 2 terreno de repastos.
Situada en el distrito 7-Diria, cantón 3-Santa Cruz, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, calle publica con 65 metros de frente y lote 3;
al sur, Río Grande, Mireya Baltodano Chavarría y lote 1; al este, Río Grande,
Mireya Baltodano Chavarría y lote 3 y al oeste, lote 1. Mide: cinco mil metros
cuadrados. 2) Pero soportando demanda ordinaria bajo las citas 800-180365-01-0001-001
sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número
169005-000, la cual es terreno lote 3 terreno de repastos. Situada en el
distrito 7-Diria, cantón 3-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, calle pública con 50 metros de frente y lote 4; al sur, Río Grande,
Mireya Baltodano Chavarría y lote 2; al este, Río Grande, Mireya Baltodano
Chavarría y lote 4 y al oeste, lote 2 y calle pública con 50 metros de frente.
Mide: cinco mil metros cuadrados. 3) pero soportando demanda ordinaria bajo las
citas 800-180362-01-0001-001 sáquese a remate la finca del partido de
Guanacaste, matrícula número 169006-000, la cual es terreno lote 4 terreno de
repastos. Situada en el distrito 7-Diria, cantón 3-Santa Cruz, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 25 metros de frente y Arcoiris Criptico Guanacaste
A.C.G.S. Sociedad Anónima; al sur, Río Grande, Mireya Baltodano Chavarría y
lote 3; al este, Río Grande, Mireya Baltodano Chavarría y Arcoiris
Criptico Guanacaste A.C.G.S. Sociedad Anónima y al
oeste, Lote 3. Mide: cinco mil metros cuadrados. 4) pero soportando demanda
ordinaria bajo las citas 800-180360-01-0001-001; sáquese a remate la finca del
partido de Guanacaste, matrícula número 169003-000, la cual es terreno lote 1
terreno de repastos. Situada en el distrito 7-Diria, cantón 3-Santa Cruz, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 30 metros de
frente y lote 2; al sur, Carmen Cascante Rosales, Río Grande y Mireya Baltodano
Chavarría; al este, Río Grande, Mireya Baltodano Chavarría y lote 2 y al oeste,
Carmen Cascante Rosales y calle publica con 30 metros de frente. Mide: dos mil
quinientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y
cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de enero de dos mil diecinueve, las
fincas 169004-000, 169005-000 y 169006-000 cada una con una base de treinta y
dos millones quinientos mil colones, y la finca 169003-000, con la base de
dieciséis millones doscientos cincuenta mil colones. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del
uno de febrero de dos mil diecinueve, las fincas 169004-000, 169005-000 y
169006-000 cada una con la base de veinticuatro millones trescientos setenta y
cinco mil colones (75% de la base original), y la finca 169003-000, con la base
de doce millones ciento ochenta y siete mil quinientos colones (75% de la base
firmado digital de: original); y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del once de
febrero de dos mil diecinueve, las fincas 169004-000, 169005-000 y 169006-000
cada una con la base de ocho millones ciento veinticinco mil colones (25% de la
base original), y la finca 169003-000, con la base de cuatro millones sesenta y
dos mil quinientos colones (25% de la base original). Notas: Se les informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
3-101-563794 S. A. contra Arco Iris Criptico
Guanacaste ACGS S. A. Exp: 11-021430-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 02 de noviembre del 2018.—Licda. Heilim Badilla Alvarado, Jueza.—( IN2018306483 ).
En este Despacho, Con una base de veintidós
mil seiscientos sesenta y seis dólares con cincuenta y nueve centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el Vehículo: placas N° BDX604, marca: Toyota, estilo: RAV4, categoría:
automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2014, tracción: 4x4, color: gris. Para
tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del quince de enero de dos
mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas y cero minutos del veintitrés de enero de dos mil diecinueve con la
base de dieciséis mil novecientos noventa y nueve dólares con noventa y cuatro
centavos75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de enero de
dos mil diecinueve con la base de cinco mil seiscientos sesenta y seis dólares
con sesenta y cuatro centavos(25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Bac San José S. A. contra Contrugyp
Sociedad Anónima, Estefanny de los Ángeles Ortega
Siles, Roiner Fernando de los Ángeles Ortega Bastos.
Exp:17-012088-1164-CJ.—Juzgado Especializado De
Cobro de Cartago, 14 de noviembre del 2018.—Licda. Marcela Brenes Piedra,
Jueza.—( IN2018306499 ).
En este Despacho, con una base de ciento
veinticinco mil doscientos ochenta y nueve dólares exactos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula
número ciento noventa y seis mil ciento cuarenta y siete, derecho cero cero cero, la cual es terreno
para construir con una casa. Situada en el distrito 04 San Roque, cantón 02
Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, parque número cinco
Municipalidad de Barva; al sur, avenida pública tercera; al este, lote 146 y al oeste, lote 144. Mide: doscientos cuarenta y dos
metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once
horas y treinta minutos del uno de febrero de dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta minutos del
once de febrero de dos mil diecinueve con la base de noventa y tres mil
novecientos sesenta y seis dólares con setenta y cinco centavos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
once horas y treinta minutos del diecinueve de febrero de dos mil diecinueve
con la base de treinta y un mil trescientos veintidós dólares con veinticinco
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Bac San José
S.A contra Hazel María Sáenz Muñoz, Noelia Sáenz Muñoz. Exp. 16-008207-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 4 de diciembre del año 2018.—Licda.
Yanin Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—( IN2018306500 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
para el primer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del seis de
febrero del dos mil diecinueve, y con la base de diez millones ochocientos
noventa y siete mil quinientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo: chasis y Vin: LFP ochenta y tres
ACC siete E uno D cincuenta y un mil quinientos veintinueve, marca: FAW: estilo
y modelo: Oley; año modelo: dos mil catorce;
clasificación de vehículo: cero cuatro sesenta y cinco automóvil sedan cuatro
puertas; peso bruto: mil ciento quince kilogramos; número de puertas: cuatro;
color; rojo número de plazas: cinco; tracción: cuatro por dos; marca de motor:
FAW; número de motor: CA cuatro GA cinco ME cien mil ciento setenta y uno; tipo
de motor: CA cuatro GA cinco; combustible: GLP y gasolina; numero
de cilindros: cuatro; cilindrada: mil quinientos centímetros cúbicos; potencia:
sesenta y nueve KW; placa: TSJ-001045. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas treinta minutos del catorce de febrero del dos mil diecinueve, con
la base de ocho millones ciento setenta y tres mil ciento veinticinco colones
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas treinta minutos del veintidós de marzo del dos mil diecinueve
con la base de dos millones setecientos veinticuatro mil trescientos setenta y cinco colones (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco de Costa Rica contra Rodolfo Martínez Cedeño. Expediente N° 17-008584-1765-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Tercera, 01 de noviembre del
2018.—Licda. Yendri Patricia Rojas Pérez, Jueza Tramitadora.—( IN2018306504 ).
En este Despacho, con una base de tres mil
trescientos cincuenta dólares con cuarenta y seis centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando colisiones número de sumaria 16-005734-0496-TR
número de boleta 2016245600655; sáquese a remate el vehículo placas 709576,
Marca: Fiat, estilo: Siena HLX, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
año fabricación: 2008, color: negro, vin:
9BD17219483355290. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos
del veintinueve de mayo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del seis de junio de dos
mil diecinueve con la base de dos mil quinientos doce dólares con ochenta y
cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del catorce de junio
de dos mil diecinueve con la base de ochocientos treinta y siete dólares con
sesenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ S. A. contra Hellen Alexandra
Quesada Cubero. Exp. N°
18-007292-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia,
27 de noviembre del 2018.—Lic. German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—(
IN2018306526 ).
En este Despacho, con una base de seis mil
quinientos treinta y cuatro dólares con veintitrés centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: 796774, marca:
Nissan, estilo: Sentra, serie: 3N1AB61D1ZL501792, año fabricación: 2009, color:
gris, N° motor: MR20258536H, cilindrada: 1997 c. c.,
combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos
del nueve de abril de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veinticinco de abril de
dos mil diecinueve con la base de cuatro mil novecientos dólares con sesenta y
siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del siete de mayo de dos
mil dieciocho con la base de mil seiscientos treinta y tres dólares con
cincuenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ Sociedad Anónima contra Rebeca
Beatriz Miranda Abarca. Exp: 18-017423-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 27 de noviembre del 2018.—Licda. Adriana
Soto González, Jueza.—( IN2018306527 ).
En este Despacho, con la base de doscientos cincuenta y dos mil
trescientos sesenta y cinco dólares con setenta y ocho centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia,
matrícula número 78336-F-000, la cual es terreno finca filial primaria
individualizada número veintiuno A apta para construir que se destinará a uso
habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el
distrito 4-Ulloa, cantón 1-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte,
área común destinada a Avenida Primera; al sur, finca filial dos A y finca
filial uno A ambas en parte; al este, finca filial veinte A; y al oeste, área
común destinada a calle primera. Mide: trescientos ochenta y tres metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y treinta minutos del
veinticuatro de enero del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas y treinta minutos del uno de febrero del
dos mil diecinueve con la base de ciento ochenta y nueve mil doscientos setenta
y cuatro dólares con treinta y tres centavos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y
treinta minutos del once de febrero del dos mil diecinueve con la base de sesenta
y tres mil noventa y un dólares con cuarenta y cuatro centavos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Promerica de Costa Rica
S.A. contra Carlos Francisco Graffigna Tamayo,
Rossana Oliveira Graffigna y Taurus Business Holdings
S.R.L Expediente N° 18-006353-1170-CJ.—Juzgado
Segundo de Cobro Primer Circuito Judicial de
San José, 22 de octubre del 2018.—Licda. María
del Carmen Vargas González, Jueza.—() IN2018306528 ).
En este Despacho, con una base de cinco mil
once dólares con treinta y tres centavos, libre de gravámenes prendarios, pero
soportando infracciones/colisiones: boleta: 201669200184, sumaria: 16-600901;
sáquese a remate el vehículo 877288, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
año: 2012, color: plateado, VIN: KMHCT41CACU018985, combustible: gasolina,
cilindrada: 1400 cc. Para tal efecto se señalan las
diez horas y cero minutos del uno de febrero del año dos mil diecinueve. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos
del once de febrero del año dos mil diecinueve con la base de tres mil
setecientos cincuenta y ocho dólares con cuarenta y nueve centavos 75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las diez horas y cero minutos del diecinueve de febrero del año dos mil
diecinueve con la base de mil doscientos cincuenta y dos dólares con ochenta y
cuatro centavos (25% de la base original) . Notas: Se le
informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de IMCR Fiduciaria CT Sociedad Anónima contra Heth Sem Guillén Abarca. Exp. 18-004851-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón),
17 de octubre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306529 ).
En este Despacho, al ser las diez horas y
cuarenta y cinco minutos del cuatro de febrero de dos mil diecinueve, con una
base de diez mil seiscientos cincuenta dólares con nueve centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: MRJ001. Vehículo:
Placas número MRJ001. Marca Kía. Estilo Río.
Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2017. Color negro. Vin KNADM411AH6679635. Cilindrada 1248 c.c. Combustible
gasolina. Motor Nº G4LAGP004966. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cuarenta y cinco
minutos del doce de febrero de dos mil diecinueve con la base de siete mil
novecientos ochenta y siete dólares con
cincuenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco
minutos del veinte de febrero de dos mil diecinueve con la base de dos mil
seiscientos sesenta y dos dólares con cincuenta y dos centavos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este
edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda Costa Rica S.
A. contra Marianela Sandí Sandí Exp:
17-011584-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 06 de diciembre del 2018.—Msc. Kenny Obaldía Salazar, Jueza.—(
IN2018306549 ).
En la puerta exterior de este Despacho; a las
catorce horas y cuarenta minutos del veintitrés de enero de dos mil diecinueve,
en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Con la base de treinta y cinco
millones de colones exactos finca del partido de Heredia, matrícula número
doscientos doce mil trescientos treinta y cinco cero cero
cero, libre de gravámenes hipotecarios pero
soportando traspaso de finca por fideicomiso 2012-362290-001; la cual es
terreno para construir, finca se encuentra en zona catastrada.- Situada en el
distrito Santa Rosa, cantón Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda:
al norte, calle pública; al sur, José María Chacón Chacón;
al este, línea férrea y al oeste, Consorcio Veracruz del Oeste S.A. Mide: mil
novecientos setenta y nueve metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. 2)
Con la base de treinta millones de colones exactos Finca del partido de
Heredia, matrícula número doscientos doce mil trescientos treinta y seis cero cero cero, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando traspaso de finca por fideicomiso 2012-
362290-001; la cual es terreno para construir finca se encuentra en zona
catastrada. Situada en el distrito Santa Rosa, cantón Santo Domingo, de la
provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur, José María
Chacón Chacón; al este, Abel Rodríguez Moreira y al
oeste, Consorcio Veracruz del Oeste S.A. Mide: mil cuatrocientos veintisiete
metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y cuarenta minutos del siete de febrero de dos mil
diecinueve de la siguiente forma: 1) Finca del partido de Heredia, matrícula
número 212.335-000, con la base de veintiséis millones doscientos cincuenta mil
colones exactos (rebajada en un 25%) y 2) Finca del partido de Heredia,
matrícula número 212.336-000, con la base de veintidós millones quinientos mil
colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el
tercer remate, se señalan las catorce horas y cuarenta minutos del veintidós de
febrero de dos mil diecinueve,, de la siguiente forma: 1) Finca del partido de
Heredia, matrícula número 212.335- 000, con la base de ocho millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (un 25% de la base original) y 2)
Finca del partido de Heredia, matrícula número 212.336-000, con la base de
siete millones quinientos mil colones exactos (un 25% de la base original).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Gestionadora de Créditos S J S.A contra Aditivos y
Repuestos EFC S.A., Armando Mauricio Gómez Orozco, Estructuras Inza S.A. Exp. 16- 007786-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia
(Materia Cobro), 10 de agosto del 2018.—Msc.
Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2018306578 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios, pero soportando colisión bajo la sumaria
17-009807-0174-TR; a las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de enero
del dos mil diecinueve, y con la base de trece mil noventa y ocho dólares con
treinta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo
placa: BFR489, marca: Toyota, estilo: Yaris,
categoría: automóvil, año: 2014, color: gris, serie: JTDBT92300L051833. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del once de febrero
del dos mil diecinueve, con la base de nueve mil ochocientos veintitrés dólares
con setenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiséis
de febrero del dos mil diecinueve con la base de tres mil doscientos setenta y
cuatro dólares con cincuenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Alejandro Fonseca Garita.
Expediente N° 18-001965-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 05 de setiembre del 2018.—Lic. Esteban
Herrera Vargas, Juez.—( IN2018306584 ).
En este Despacho, con una base de quinientos
catorce mil setecientos siete colones con dos céntimos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo MOT 298248. Marca Geely.
Estilo mensajera. Categoría motocicleta. Capacidad 2
personas. Año 2011. Color azul. Vin
LB2ACJ004A5900075. cilindrada 125 c.c. Combustible gasolina. Motor N° JL157FMIA07140172. Para tal efecto se señalan las
catorce horas y quince minutos del veintiocho de enero del dos mil diecinueve.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y
quince minutos del seis de febrero del dos mil diecinueve con la base de
trescientos ochenta y seis mil treinta colones con veintiséis céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las catorce horas y quince minutos del quince de febrero del dos mil
diecinueve con la base de ciento veintiocho mil seiscientos setenta y seis
colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima
contra Jefry Steven Herrera Naranjo. Expediente N° 17-006370-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 29 de octubre del 2018.—Lic. Gerardo
Monge Blanco, Juez Decisor.—( IN2018306585 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios, pero soportando colisión 17-008909-0174-TR; a las
ocho horas y veinte minutos del diecisiete de enero del dos mil diecinueve, y
con la base de veintitrés mil cuatrocientos cincuenta y cuatro dólares con
setenta y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo:
placas número TSJ 007148. Marca Citroen. Estilo
Berlingo. Categoría automóvil. Capacidad 6 personas. Año 2015. Color rojo. Vin VF77J9HECFJ507574. Cilindrada 1560 c.c. Combustible diesel. Motor Nº 10JBEB0074869.
Para el segundo remate se señalan las ocho horas y veinte minutos del uno de
febrero del dos mil diecinueve, con la base de diecisiete mil quinientos
noventa y un dólares con seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y veinte minutos del
dieciocho de febrero del dos mil diecinueve con la base de cinco mil
ochocientos sesenta y tres dólares con sesenta y ocho centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Gustavo
Adolfo Bustos Blanco. Expediente N° 17-013922-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 13 de agosto
del 2018.—Lic. Gerardo Monge Blanco, Juez.—( IN2018306586 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del dieciséis de
enero del dos mil diecinueve, y con la base de nueve mil doscientos ochenta y
tres dólares con veintiocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo: placas número FSG 098. Marca ZAP. Estilo A380. Categoría automóvil.
Capacidad 5 personas. Año 2013. Color gris. Vin
LZ0CC5X09D2000071. Cilindrada 2000 c.c. Combustible gasolina. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta y uno de enero
del dos mil diecinueve, con la base de seis mil novecientos sesenta y dos
dólares con cuarenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del
dieciocho de febrero del dos mil diecinueve con la base de dos mil trescientos
veinte dólares con ochenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Mario Alberto Pastor
Valverde. Expediente N° 18-002921-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 14 de marzo
del 2018.—Lic. Verny Arias Vega, Juez.—( IN2018306587 ).
En este Despacho, con una base de veintiún
mil seiscientos cincuenta y dos dólares con treinta y cinco centavos, libre de
gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo placas CL 272695, marca
Mitsubishi, categoría carga liviana, serie FG83PEA20303, carrocería arenero,
estilo Canter Fuso, capacidad 3 personas, año 2012,
color blanco, N° de motor 4D34N13068, marca
Mitsubishi, cilindrada 3900 cc, cilindros 4,
combustible diesel. Para tal efecto se señalan las
nueve horas y cero minutos del dieciséis de enero de dos mil diecinueve. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos
del treinta y uno de enero de dos mil diecinueve, con la base de dieciséis mil
doscientos treinta y nueve dólares con
veintiséis centavos, (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para
el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del quince de
febrero de dos mil diecinueve, con la base de cinco mil cuatrocientos trece
dólares con ocho centavos, (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad
Anónima contra Óscar Gerardo Solano Cascante. Expediente: 18-009945-1170-CJ.—Juzgado Segundo de Cobro del Primer Circuito Judicial
de San José, 18 de octubre del 2018.—Licda. Alba Aurora Ramírez
Bazán, Jueza.—( IN2018306588 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las catorce horas y veinte minutos del ocho de
marzo del dos mil diecinueve, y con la base de mil setecientos dieciocho
colones con treinta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo: placas número 548632, marca: Ssang Yong,
estilo: Rexton, capacidad: 7 personas, año: 2004,
color: gris, categoría: automóvil, carrocería: station
wagon o familiar, tracción: 4X4, chasis:
KPTG0B1DS4P111330, motor: 66292510008229, cilindrada: 2874 c.c., combustible: diesel, cilindros: 05. Para el segundo remate se señalan
las catorce horas y veinte minutos del veinticinco de marzo del dos mil
diecinueve, con la base de mil doscientos ochenta y ocho colones con setenta y
tres céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y veinte
minutos del nueve de abril del dos mil diecinueve con la base de cuatrocientos
veintinueve colones con cincuenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra José
Francisco de Jesús Jiménez Cordero. Expediente N°
17-004733-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San
José, 25 de mayo del 2018.—Lic. Mauricio Hidalgo Hernández, Juez.—(
IN2018306590 ).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero
soportando infracciones/colisiones, boleta: 201318900232, sumaria:
13-002255-0496-TR, Fecha de Inclusión: 31-jul-2013, tipo: Colisiones, autoridad
judicial Juzgado de Tránsito de Cartago; a las diez horas y cuarenta minutos
del once de marzo de dos mil diecinueve, y con la base de un millón setecientos
cuarenta y tres mil cuatrocientos nueve colones con treinta y tres céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: Placas número 701221, marca Geely, estilo CK 1.3, categoría automóvil, capacidad 5
personas, año 2007, color rojo, vin
L6T7524S77N001698, cilindrada 1300 cc, combustible
gasolina, motor Nº MR479Q611288992. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y cuarenta minutos del veintiséis de marzo de
dos mil diecinueve, con la base de un millón trescientos siete mil quinientos
cincuenta y siete colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta minutos del diez
de abril de dos mil diecinueve con la base
de cuatrocientos treinta y cinco mil ochocientos cincuenta y dos colones con
treinta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (Veinsa) Sociedad Anónima contra Luis Bernardo Vega Solano. Exp. N° 17-006131- 1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 25 de mayo del 2018.—Lic.
Mauricio Hidalgo Hernández, Juez.—( IN2018306591 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del once de
marzo de dos mil diecinueve y con la base de ocho mil seiscientos ochenta y dos
dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número
619350, marca Ssang Yong, estilo RX 270 XDI.
categoría automóvil, capacidad siete personas, año 2006, color negro, vin KPTG0B1FS6P202888, combustible diesel,
motor N° 66592512530289. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiséis de marzo de dos mil
diecinueve, con la base de seis mil quinientos once dólares con cincuenta
centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta
minutos del diez de abril de dos mil diecinueve, con la base de dos mil ciento
setenta dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Heiner Monge Camacho
y Ricardo Adolfo Moreira Gómez. Expediente: 18-003841-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 4 de julio del 2018.—Licda. Yesenia Zúñiga
Ugarte, Jueza.—( IN2018306592 ).
En este Despacho, con una base de dieciséis
mil ochocientos ochenta y seis dólares con veintidós centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL-276509. Marca JMC.
Estilo N900. Categoría carga liviana. Capacidad 3 personas. Año 2014. Color
azul. Vin LETYECG39EHN00882. Cilindrada 2771 c.c.
Para tal efecto se señalan las diez horas del seis de marzo del dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas del catorce de marzo del dos mil diecinueve con la base de doce mil
seiscientos sesenta y cuatro dólares con sesenta y seis centavos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las diez horas del veinticinco de marzo del dos mil diecinueve con la base de
cuatro mil doscientos veintiún dólares con cincuenta y cinco centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución de Vehículos Internacionales (VEINSA)
Sociedad Anónima contra Compañía del Atlántico Venegas Arias S. A. Expediente N° 17-019587-1044-CJ. Publíquese el edicto de ley, para lo
cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos
derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el
mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá
indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva
corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 09 de octubre del
2018.—Licda. Mariana Jovel Blanco, Jueza Decisora.—(
IN2018306593 ).
En este Despacho, con una base de once mil
quinientos cuarenta y un dólares con treinta y ocho centavos, embargo
practicado al tomo 800, asiento 00384964 y colisiones 18-001654-0489-TR
2018316100134, sáquese a remate el vehículo CL270646, marca: Ssang Yong, estilo: Actyon Sports, categoría: carga liviana, capacidad 5 personas, año
2012, color negro, vin KPACA1EKSBP117490, N° motor o carrocería 66495110549762, cilindrada 2000 cc, combustible diésel. Para tal efecto se señalan las ocho
horas y cuarenta y cinco minutos del once de marzo de dos mil diecinueve. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cuarenta y
cinco minutos del diecinueve de marzo de dos mil diecinueve, con la base de
ocho mil seiscientos cincuenta y seis dólares con tres centavos75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de marzo de dos mil
diecinueve, con la base de dos mil ochocientos ochenta y cinco dólares con
treinta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de ocho días de antelación a
la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual
deberá el interesado cancelar ante la Imprenta Nacional los respectivos
derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el
mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá
indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva
corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Javier Eduardo
Bustamante Badilla. Expediente: 18-004526-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 23
de octubre del 2018.—Mariela Porras Retana, Jueza.—( IN2018306594 ).
En este Despacho, con una base de mil doscientos treinta y tres dólares
con cuarenta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa: 517952, marca: Mitsubishi, estilo: Outlander GLS, categoría: automóvil, año fabricación: 2003,
color: gris y serie: JMYXRCU4W3U000884, capacidad 5 personas, cilindrada 2351 cc, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las
catorce horas y cero minutos (2:00 p. m.) del siete de marzo de dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce
horas y cero minutos (2:00 p. m) del dieciocho de marzo de dos mil diecinueve
con la base de novecientos veinticinco dólares con nueve centavos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las catorce horas y cero minutos (2:00 p. m.) del veintiséis de marzo de dos
mil diecinueve con la base de trescientos ocho dólares con treinta y seis
centavos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Vehículos Internacionales (Veinsa) Sociedad Anónima
contra Diego Oldemar Jiménez Cordero, Enid Beatriz Monge Hernández. Exp. N° 18-014305-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 18 de octubre del 2018.—Lic. Audrey
Abarca Quirós, Juez Decisor.—( IN2018306595 ).
En la puerta exterior de este Despacho;
soportando prenda de primer grado, del Banco Nacional de Costa Rica, bajo las
citas 2017-47114-002; a las catorce horas cero minutos del primero de marzo del
dos mil diecinueve, y con la base de cuatrocientos sesenta y tres mil
novecientos setenta y tres colones con setenta y cinco céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Vehículo: placa BML310, marca Citroen,
estilo C-Elysee, categoría automóvil, capacidad 5
personas, año 2017, carrocería sedan 4 puertas, tracción 4X2, chasis
VF7DDNFPBHJ506505, Vin VF7DDNFPBHJ506505. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas cero minutos del dieciocho de marzo
del dos mil diecinueve, con la base de trescientos cuarenta y siete mil
novecientos ochenta colones con treinta y un céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
cero minutos del dos de abril del dos mil diecinueve con la base de ciento
quince mil novecientos noventa y tres colones con cuarenta y tres céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales
(VEINSA) Sociedad Anónima contra María José Gamboa Zúñiga. Expediente N° 17-007938-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 02 de mayo del 2018.—Licda. Floryzul Porras López, Jueza.—( IN2018306596 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del seis de marzo
de dos mil diecinueve y con la base de cuatro mil quinientos diecisiete dólares
con sesenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo: placas número CL-286865, marca Chevrolet, estilo S-10, categoría
carga liviana, capacidad 5 personas, año 2006, color verde, vin
9BG138BC06C408375, cilindrada 2800 cc, combustible diesel, motor N° M1T239327. Para
el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiuno de
marzo de dos mil diecinueve, con la base de tres mil trescientos ochenta y ocho
dólares con veintidós centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del cinco de
abril de dos mil diecinueve, con la base de mil ciento veintinueve dólares con
cuarenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se
le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales
(VEINSA) Sociedad Anónima contra Keneth Enrique González Aguilar. Expediente:
18-004414-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de junio del 2018.—M.Sc. Zary Navarro Zamora, Jueza.—( IN2018306597 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del veintinueve de
enero de dos mil diecinueve, y con la base de veinte mil novecientos dieciséis
dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas
número CL-268389, marca Mitsubishi, estilo L200 Sportero,
categoría carga liviana, capacidad 5 personas, año 2013, color café, vin MMBJRKB40CD044622, cilindrada 2477 cc,
combustible diesel, motor Nº
4D56UCDL9845. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta
minutos del trece de febrero de dos mil diecinueve, con la base de quince mil
seiscientos ochenta y siete dólares exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas y treinta minutos del veintiocho de febrero de dos mil
diecinueve con la base de cinco mil doscientos veintinueve dólares exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (Veinsa)
Sociedad Anónima contra Luis Ariel Quesada Zúñiga. Exp.
N° 17-001672-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de
setiembre del año 2018.—Licda. Yessenia Brenes González, Jueza.—( IN2018306598
).
Se hace
saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°
18- 000179-0386-CI donde se promueve información posesoria por parte de Damaris
Alvarado Rivera, quien es mayor, divorciada una vez, vecina de La San Gita de
Liberia, portadora de la cédula número 06-0135-0535, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno con una
casa. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia. Colinda: al norte con
calle pública con un frente de 11 metros con 86 centímetros; al sur con María
Constanza Castro Urbina; al este con Luis Fernando Rivera Castro y al oeste con
Freddy Viales Viales. Mide: ochocientos setenta y
tres metros cuadrados metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de
colones. Que adquirió dicho inmueble, mediante compra realizada al señor Eitel Urbano Viales Viales, y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los
actos de posesión han consistido en cercar el inmueble, chapearlo, hacerle las
rondas, cuidarlo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Damaris Alvarado Rivera. Exp:18-000179-0386-CI-7.—Juzgado
Civil y Trabajo Primer Circuito Judicial Guanacaste (Liberia) (Materia
Civil), 09 de noviembre del año 2018.—Lic. José Andrés Ureña Chaves, Juez.—1vez.—( 2018298133 )
Se Hace Saber: Que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 18-000022-0386-CI donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de María de Los
Ángeles Alvarado Chavarría, quien es mayor, estado civil mayor, de sexo
femenino, soltera, ama de casa, fecha de nacimiento 06/11/1976, cédula número
5-0295-0954, quien no cuenta con ningún tipo de discapacidad, vecina de Barrio
El Cambalache de Liberia, Guanacaste, dirección 100 metros este de la entrada,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el
terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la
cual es terreno así: terreno con una casa, situada en el Cambalache de Liberia,
distrito y cantón primeros de la Provincia de Guanacaste. Linderos actuales y
verdaderos: norte, Servidumbre de paso con un frente de 32 metros con 46
centímetros; sur, Venancio Arias Alvarado; este, Georgene
Navarro Arias; y oeste, servidumbre de paso con un frente de 22 metros con 16 centímetros.
Mide: seiscientos veintitrés metros cuadrados, plano catastrado número
G-1998396-2017. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho
inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los
actos de posesión han consistido en cercar el inmueble, chapearlo, hacerle las
rondas, cuidado y poseerlo en forma pública, pacífica, sin interrupción y a
título de dueña. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por María de Los Ángeles Alvarado Chavarría. Exp: 18-000022-0386-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia
Civil), Liberia, 15 de febrero del 2018.—Licda. Carolina Quirós Jiménez,
Jueza.—( IN2018298136 ).
Se hace saber que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 17-000092- 0341-CI donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de Cupertino Gerardo
Montenegro Zapata quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Tres
Equis de Turrialba, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe
número 0301650850, oficio agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada
en la provincia de Cartago, la cual es terreno solar con dos casas. Situada en
el distrito décimo Tres Equis, cantón Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda:
al norte Cupertino Gerardo Montenegro Zapata y servidumbre en medio al sur con
Mayela Montenegro Núñez con servidumbre en medio y Luz María Montenegro Núñez
con servidumbre en medio. Al oeste con Carlos Pereira Badilla con servidumbre
en medio, Mayela Montenegro Núñez con servidumbre en medio y Luz María
Montenegro Núñez con servidumbre en medio. Al este con Cupertino Montenegro
Zapata y Luz María Montenegro Núñez con servidumbre en medio. Mide: dos mil
novecientos veintiséis metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de
colones. Que adquirió dicho inmueble desde hace más de treinta años, y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta.-
Que los actos de posesión han consistido en el mantenimiento de lo construido
que son dos casas de habitación y el solar, chapias de zonas verdes,
mantenimiento de ceras y frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Cupertino Gerardo Montenegro Zapata. Exp: 17-000092-0341-CI.—Juzgado
Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba (Materia Civil), Turrialba, 20 de
marzo del año 2018.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN201298281 ).
Se hace saber que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 13-000372-0164-CI, donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de Patricia Pérez
Delgado, quien es mayor, divorciada, ama de casa, portadora de la cédula de
identidad vigente que exhibe número 900690185, a fin de inscribir a su nombre y
ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca
ubicada en la provincia de San José, la cual es terreno sin construir, situada
en el distrito cuarto patalillo, cantón onceavo
Vásquez de Coronado. Colinda: al norte: Carmen Elena Campos Durán; al sur:
calle pública; al este: Dora María Benavides Morales; y al oeste: Ana María
Sánchez Sánchez. Mide: ciento ochenta y siete metros
cuadrados. Indica el promovente que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho
inmueble en la suma de un millón colones. Que adquirió dicho inmueble mediante
forma originaria, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y
quieta. Que los actos de posesión han consistido en cercas, cortar el zacate,
cuidando y ejerciendo los actos posesorios de un verdadero dueño. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria promovida por Patricia Pérez Delgado.
Expediente: 13-000372-0164-CI.—Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 31 de julio del 2018.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1
vez.—( IN2018298453 ).
Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Orlando
Alvarado Ugalde, mayor, soltero, pensionado, costarricense, con documento de
identidad 0202610590 y vecino de San Isidro de Grecia. Se indica a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés
legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de
quince días contado a partir de la publicación de este edicto.
Exp:18-000043-1117-CI-6.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil),
01 de noviembre del año 2018.—M.Sc.
Emi Lorena Guevara Guevara, Juez.—1vez.—(
2018302507 )
Se hace saber en este tribunal de justicia se
tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Eduardo Enrique Mario
Cayetano Fernández Calderón y Hermenilda Amalia
Josefa Arley Cordero, mayor, estado civil viuda, profesión u oficio agente de
ventas, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0301070044, vecina
de Cartago y mayor, estado civil casada una vez, profesión u oficio ama de
casa, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0300920543, vecina de
Cartago (respectivamente). Se indica a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que
deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de
la publicación de este edicto. Exp:18-000498-0640-CI-9.—Juzgado Civil de
Cartago, 14 de noviembre del año 2018.—Flory Tames
Brenes, Jueza.—1vez.—( 2018302559 )
Se hace saber en este
despacho judicial se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
José Carlos Gómez Gómez, mayor, casado, agricultor,
costarricense, cédula de identidad 03-0142-0334 y vecino de Cartago, 400 metros
norte de Agricultores Unidos. Se indica a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que
deberán presentarse a gestionar lo correspondiente en el plazo de quince días
contado a partir de la publicación de este edicto. Exp:18-000461-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 06 de diciembre del año
2018.—Susan Villalobos Retana, Jueza.—1vez.—( 2018303728 )
Se cita y emplaza a todas las
personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Ashley Dariana Jiménez Murillo para que se
apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a
partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 17-001983-0292-FA. Clase de Asunto depósito judicial de
persona menor de edad.—Juzgado de Familia
del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a
las once horas y veinte minutos del treinta de enero del dos mil dieciocho. 17
de octubre del año 2018.—Msc.
Patricia Vega Jenkins, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2018297797 ). 3
v. 2
Se cita y
emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona
menor Fiorella Córdoba Areas, para que se apersonen a
este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la
última publicación del edicto ordenado. Expediente N°18-001710-0292-FA. Clase de
asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las once horas y cuatro minutos del
dieciocho de octubre de dos mil dieciocho.—Licda. Luz Amelia Ramírez Garita,
Jueza.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018297835 ). 3 v. 2
Por este medio comunicamos a quien interese
que, en el Juzgado Civil de Heredia, mediante el expediente Nº
18-000073-0386-CI-7, se lleva a cabos las diligencias de cambio de nombre del
señor promovente: Teodoro Oldemar Abarca Hidalgo por el de Jefrey
Abarca Hidalgo. Para estos efectos y de conformidad con el artículo 55 del
Código Civil, conferimos el plazo de 15 días para que cualquier persona que se
sienta afectada, lo exponga ante la autoridad pertinente. Es todo.—Santa
Ana, ocho horas del veintidós de noviembre del dos mil dieciocho.—Teodoro
Oldemar Abarca Hidalgo.—1 vez.—( IN2018298027 ).
Se hace saber a Lidia Mercedes Moran Olmedo,
mayor, casada, nacionalidad salvadoreña, pasaporte Nº
02848928-6, demás calidades y domicilio desconocido, que en este Despacho se
tramita proceso abreviado guarda, crianza y educación Nº
2018-000325-0186-FA (2) establecido por Mario Alberto Bustamante Arguedas,
dentro del cual se le otorgó traslado por diez días para contestar la demanda.
Se solicita otorgar la custodia permanente y exclusiva, concediendo la guarda
crianza y educación del menor al progenitor. El emplazamiento corre tres días después
de esta publicación.—Juzgado Primero de Familia del
Primer Circuito Judicial de San José, 16 de julio del 2018.—Licda. Valeria
Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—( IN2018298132 ).
Licenciado Walter Alvarado Arias, Juez del
Juzgado Segundo de Familia de San José, a Mauricio Masís
Bonilla, en su carácter personal, quien es mayor, cédula N°
1-0793-0209, se le hace saber que en demanda autorización salida del país,
expediente: 18-000529-0187-FA, establecida por Cindy Beatriz Hernández Murillo
contra Mauricio Masís Bonilla, se ordena notificarle
por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado Segundo de Familia
de San José, a las once horas y treinta y cinco minutos del tres de julio de
dos mil dieciocho. I.-De las anteriores diligencias sumarísimas de autorización
de salida permanente del país, subsidiaria de salida del país provisional se
concede audiencia por el plazo de cinco días al señor Mauricio Masis Bonilla
para que se refiera al respecto. Se ordena tener como interviniente de estas
diligencias al Patronato Nacional de la Infancia, institución a la cual se le
previene indicar medio (fax/casillero/correo electrónico) para escuchar
notificaciones, con advertencia de que en caso de no hacerlo las resoluciones
se tendrán por notificadas con el solo transcurso de las veinticuatro horas
luego de su dictado (Artículo 11 Ley de Notificaciones Judiciales). Con el
objeto de fomentar prácticas amigables con el medio ambiente y acelerar la
tramitación procesal, el Poder Judicial está desarrollando políticas para
disminuir el uso del papel, promoviendo el empleo de medios electrónicos de
comunicación. (Sesión de Corte Plena N° 16-09 del 11
de mayo de 2009, Art. XXI) Por ello, esta autoridad se permite instar a las
partes, abogado y demás intervinientes en este proceso a señalar un correo
electrónico para recibir notificaciones y demás comunicaciones judiciales
siguiendo para ese fin las directrices señaladas en el artículo 39 de la Ley de
Notificaciones Judiciales N°8687. “Se exhorta
a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de
enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es
para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.—Juzgado
Segundo de Familia de San José.—Lic. Walter Alvarado Arias,
Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018306409 ).
Licenciado Walter Alvarado Arias, Juez del
Juzgado Segundo de Familia de San José, a Michael Todd Savary, en su carácter
personal, quien es mayor, divorciado se le hace saber que, en demanda
autorización salida país, expediente: N°
18-000260-0673-NA, establecida por Priscilla María Collado Lancho contra
Michael Todd Savary, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo
conducente dice: Juzgado Segundo de Familia de San José, a las nueve horas y
veintiséis minutos del doce de noviembre del dos mil dieciocho. Del anterior
proceso sumario de autorización de salida permanente del país, obtención y
renovación de pasaporte y visa que solicita Priscilla María Collado Lancho, se
concede audiencia por el plazo de cinco días al señor Michael Todd Savary, para
que, en la persona de su curadora procesal licenciada Elena Floribeth
Argueta de Herrera la conteste en la forma
que indica el artículo 305 en relación con el artículo 428 ambos del Código
Procesal Civil. Se ordena tener como interviniente de estas diligencias al Patronato
Nacional de la Infancia, institución a la cual se le previene indicar medio
(fax/casillero/correo electrónico) para escuchar notificaciones, con
advertencia de que en caso de no hacerlo las resoluciones se tendrán por
notificadas con el solo transcurso de las veinticuatro horas luego de su
dictado (Articulo 11 Ley de Notificaciones Judiciales). Con el objeto de
fomentar prácticas amigables con el medio ambiente y acelerar la tramitación
procesal, el Poder Judicial está desarrollando políticas para disminuir el uso
del papel, promoviendo el empleo de medios electrónicos de comunicación.
(Sesión de Corte Plena N° 16-09 del 11 de mato de 2009, Art. XXI) Por ello, esta autoridad se permite
instar a las partes, abogado y demás intervinientes en este proceso a
señalar un correo electrónico para recibir notificaciones y demás
comunicaciones judiciales siguiendo para ese fin las directrices señaladas en
el artículo 39 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°
8687. De conformidad con el numeral 263 del Código Procesal Civil, se ordena
notificar al demandado Michael Todd Savary por medio de edicto esta resolución,
remítase el mismo mediante sistema electrónico a la Imprenta Nacional.—Juzgado
Segundo de Familia de San José.—Lic. Walter Alvarado Arias, Juez.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2018306438 ).