BOLETÍN JUDICIAL 235 DEL 18 DE DICIEMBRE DEL 2018

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

SALA CONSTITUCIONAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

CIRCULAR 119-2018

ASUNTO: Recordatorio sobre la obligación de todos los funcionarios Judiciales para salvaguardar los activos asignados a su cargo, además de velar por el control, uso adecuado y mantenimiento de estos.

A LAS SERVIDORAS Y SERVIDORES JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior en sesión 74-18 celebrada el 22 de agosto de 2018, artículo XIX, acordó recordar a las servidoras y los servidores judiciales del país, que la Corte Plena en sesión 16-16 celebrada el 30 de mayo de 2016, artículo IX, aprobó el “Reglamento para el Registro, Control y uso de activos institucionales del Poder Judicial”, por lo anterior, se recuerdan aspectos importantes sobre la responsabilidad de cada funcionario judicial sobre este tema, que se encuentran contenidos en el citado reglamento, a saber:

“(…)

CAPÍTULO XI

RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIÓN DE LAS PERSONAS

QUE LABORAN PARA EL PODER JUDICIAL

Artículo 52.—Personas responsables por los bienes a cargo. Todo el personal judicial será responsable por los bienes que le han sido asignados, en cuanto a su uso adecuado, mantenimiento y custodia.

Además, tendrá como obligación adoptar las medidas necesarias a fin de resguardar y mantener los bienes en las mejores condiciones de uso.

Artículo 53.—Pérdida de activos por daño o destrucción. Todo el personal judicial encargado de la custodia y uso de los bienes, es responsable por la pérdida, daño o destrucción que sufran, salvo, cuando provengan del deterioro natural por razón de su uso o de otra causa justificada

Artículo 54.—Equipo dañado. Cuando una persona ingrese a un puesto de trabajo en el Poder Judicial y encuentre equipo dañado, tendrá que comunicarlo a la jefatura inmediata. Esta a su vez, al Departamento de Proveeduría o a la Administración Regional en aquellas dependencias judiciales que cuenten con ésta, para que proceda a su reparación.

Artículo 55.—Reportes. La persona que labora para el Poder Judicial, está en la obligación de reportar a la jefatura inmediata cuando advierta la desaparición de algún bien o cuando se trasladen, se deterioren y se desprenda la identificación numérica.

Artículo 56.—Reposición del mobiliario y equipo de oficina. En caso de que se compruebe que el servidor o la servidora judicial es el responsable de la desaparición de un bien o que causó daño o mal uso a un activo perteneciente al Poder Judicial, deberá correr con los gastos necesarios para su reposición o reparación, o en su defecto, formalizar un arreglo de pago conforme con las políticas institucionales que rigen esta materia, sin perjuicio de la aplicación del régimen disciplinario que corresponda de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial, u otras responsabilidades penales y civiles en las que pueda incurrir.

CAPÍTULO X

DEBERES Y RESPONSABILIDADES DE LAS JEFATURAS

DE LAS DEPENDENCIAS JUDICIALES

Artículo 43.—Jefatura de la Dependencia Judicial. La jefatura de la dependencia judicial, una vez firmado y recibido conforme del equipo y mobiliario que se le entrega, será responsable de los bienes bajo su cargo y no podrá variar su uso ni destino, sin coordinar lo necesario previamente con el Departamento de Proveeduría o bien con la Administración Regional correspondiente.

Artículo 44.—Responsabilidades. Toda jefatura es responsable por el buen uso y custodia de los activos recibidos para el desempeño de las funciones de la dependencia judicial a su cargo. Cada jefatura deberá llevar un control individual de los bienes bajo su responsabilidad, en los registros diseñados al efecto. Dicho registro tendrá que mantenerse actualizado y servirá de base para levantar los inventarios que solicite periódicamente el Departamento de Proveeduría.

Además, las jefaturas y las personas encargadas del manejo de los activos de cada dependencia judicial, deberán informar al Proceso de Administración de Bienes del Departamento de Proveeduría o Administraciones Regionales, sobre cualquier movimiento que se presente. Asimismo, son responsables por la revisión y remisión oportuna del informe a esta Unidad sobre las inconsistencias encontradas y dejar evidencia de lo actuado.

Artículo 45.—Obligaciones. Las Jefaturas de las distintas dependencias judiciales a quienes se les hayan asignado bienes muebles, tendrán con respecto a éstos las siguientes obligaciones:

a)  Custodiar los activos que se les asigne.

b)  Verificar la existencia física real de los activos incluidos en el listado que genera el SICA-PJ, debiendo reportar al Departamento de Proveeduría o a la Administración Regional todas aquellas diferencias que se lleguen a determinar en la revisión.

c)  Velar porque los activos adscritos a su centro de trabajo tengan buen uso, mantenimiento, reparación y que estén bajo el cuidado de una persona responsable.

d)  Otras que por ley, reglamento o acuerdo de la Corte Plena o el Consejo Superior se les asignen.

Artículo 46.—Entrega de activos por renuncia, cese o traslado de la institución. Cuando la jefatura de la dependencia judicial cese en sus funciones o sea trasladado a otro puesto o lugar, está en la obligación de entregar por inventario a la nueva jefatura de la dependencia, un informe del mobiliario y equipo que tenga asignado a la fecha en su lugar de trabajo. El nuevo titular de la dependencia remitirá una copia del inventario al Proceso de Administración de Bienes del Departamento de Proveeduría o Administración Regional para verificar si coincide con el reportado en el sistema SICA-PJ.

Si el reporte de inventario fuese correcto se hará constar así. De lo contrario, el Proceso de Administración de Bienes o Administración Regional revisará los inventarios y emitirá las observaciones respecto a faltantes o estado de los bienes.

Artículo 47.—Listado actualizado de los bienes a cargo de una dependencia judicial. Cada vez que una persona asuma un puesto de jefatura, solicitará al Proceso de Administración de Bienes o la Administración Regional, un listado actualizado de los bienes asignados a esa dependencia y revisará si concuerda con los que se encuentran en la oficina. Si existe incongruencia lo comunicará de inmediato al Proceso de Administración de Bienes o la Administración Regional según corresponda

Artículo 48.—Personas Responsables por el mantenimiento y custodia de activos. La jefatura de cada dependencia judicial deberá instruir adecuadamente a las personas que laboran para el Poder Judicial, sobre los deberes y obligaciones que tienen con respecto al manejo, mantenimiento y custodia de los activos de la Institución.

Artículo 49.—Responsabilidad por faltantes. Cuando alguna jefatura del Poder Judicial se retire de su puesto por motivo de renuncia, traslado o cese en sus funciones, sin haber firmado previamente el inventario correspondiente de los bienes a su cargo, o no acceda a que se realice el inventario en cuestión, el servidor que asuma dicho puesto, deberá levantar un acta mediante la cual se haga constar el hecho y se haga un inventario de los bienes a su cargo, para proceder luego a cotejarlo con el inventario que se le entregó inicialmente y en caso de existir algún faltante, se procederá al cobro respectivo.

Artículo 50.—Responsabilidad en el uso de los bienes compartidos. En aquellos Circuitos Judiciales en que se labore más de una jornada y se cuente con bienes de uso compartido, las Jefaturas de las Dependencias Judiciales, son responsables de la pérdida, daño o depreciación que sufran los mismos, cuando no provengan del deterioro natural por razón de uso legítimo o de otra causa calificada, por la jornada laboral en que se desempeñen como tales. Estas jefaturas están obligadas a velar por el uso correcto de los bienes, debiendo gestionar el mantenimiento y conservación adecuados, así como informar a las autoridades competentes cualquier situación irregular que observen en la custodia del mobiliario y equipo de oficina. Para el caso de los edificios en los cuales se cuente con gimnasio, comedor, pasillos, etc. en áreas comunes, la administración del edificio velará por su mantenimiento y adecuado control, así mismo deberán definir procedimientos con el personal de seguridad (interna o externa) para que la salida de bienes se lleve a cabo solo con la autorización de la Administración.

Artículo 51.—Responsabilidad por el levantamiento del Inventario Anual. La jefatura de oficina, las Administraciones Regionales y las Administraciones de Programas Auxiliares de Justicia, según corresponda, serán las responsables del levantamiento anual del inventario conforme a las instrucciones que emita el Departamento de Proveeduría. En caso de incumplimiento se procederá conforme lo señalado en las normas y políticas institucionales en materia de sanciones disciplinarias.

En adición a lo anterior, se le solicita a cada jefatura de oficina la designación de un funcionario o funcionaria Judicial para que dentro de sus funciones tenga la responsabilidad de encargarse de los controles de los activos que entran y salen del despacho. Esta persona deberá de contar con un usuario de consulta en el Sistema Institucional de Control de Activos (SICA-PJ), para los controles correspondientes y velar para que las actualizaciones en el sistema se efectúen en un lapso prudencial de 5 días hábiles posterior a un cambio en la ubicación física de un activo (entre oficinas).

(…)”

San José, 18 de septiembre de 2018.

                                                          Carlos Toscano Mora Rodríguez

1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018298254 ).

CIRCULAR 122-2018

ASUNTO:    Reiteración de la Circular 148-2015 sobre el “Impedimento de nombrar interinamente en plazas no profesionales que adquieren condición de vacantes en la institución, sin previa consulta a Gestión Humana”.

A LOS SERVIDORES, SERVIDORAS JUDICIALES

DEL PAÍS Y A LAS ASOCIACIONES GREMIALES

DEL PODER JUDICIAL

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión 69-18 celebrada el 03 de agosto de 2018, artículo LXX, dispuso reiterar la Circular 148-2015 sobre el “Impedimento de nombrar interinamente en plazas no profesionales que adquieren condición de vacantes en la institución, sin previa consulta a Gestión Humana”, que literalmente indica:

“Según lo dispuesto por el Consejo Superior en sesión 52-15 del 04 de junio de 2015, artículo V, a partir de la comunicación de esta circular todas las jefaturas del país, deberán contar con el consentimiento expreso por parte de la Sección de Reclutamiento y Selección de la Dirección de Gestión Humana, previo a realizar un nombramiento interino en un puesto que adquiera condición de vacante por cualquier motivo, a efecto de poder realizar la sustitución correspondiente en dicha plaza. Tal disposición rige para puestos no profesionales.

Lo anterior con el fin de identificar aquellas peticiones de traslados en trámite y de atender de manera coordinada y de forma efectiva soluciones para las gestiones de reubicación pendientes, sin incurrir en una afectación directa de servidores y servidoras interinas.

Para mayor información, consulte el procedimiento dispuesto en la siguiente dirección electrónica: http://intranet/gestionhumana/index.php/msrs-normativa/msrs-circulares”.

San José, 24 de setiembre del 2018.

                                                          Carlos Toscano Mora Rodríguez

1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018298255 ).

CIRCULAR 123-2018

ASUNTO:    Sobre el proceso de renovación del carné del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.

A LAS INSTITUCIONES, ABOGADOS, ABOGADAS,

SERVIDORES Y SERVIDORAS JUDICIALES

DEL PAÍS Y PÚBLICO EN GENERAL

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión 81-18 celebrada el 14 de setiembre del 2018, artículo LIV, en razón del acuerdo tomado por la Junta Directiva del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, en sesión ordinaria 33-18 celebrada el 27 de agosto de 2018, dispuso comunicar que hasta tanto finalice el proceso de renovación del carné del Colegio, se podrá utilizar tanto el antiguo como el nuevo.

San José, 24 de setiembre del 2018.

                                                          Carlos Toscano Mora Rodríguez

1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018298256 ).

CIRCULAR 125-2018

ASUNTO:    Trámite de devolución de bienes y dineros decomisados en causas que se tramitan por infracción a la Ley de Psicotrópicos, o bajo el procedimiento de delincuencia organizada descrito en la Ley 8754.

A TODAS LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior en sesión 83-18 celebrada el 20 de setiembre de 2018, artículo LXXXIII, en virtud que el Instituto Costarricense sobre Drogas implementó a partir del 01 de agosto de 2018, la recepción de las órdenes de devolución por correo electrónico y con firma digital, dispuso comunicar a las autoridad Judiciales, el trámite de devolución de bienes y dineros decomisados en causas que se tramitan por infracción a la Ley de Psicotrópicos, o bajo el procedimiento de delincuencia organizada descrito en la Ley 8754, el cual se indica a continuación:

En caso de que no se cuente con firma digital, el funcionario judicial que ordena la devolución deberá remitir una copia escaneada, donde se incluya la firma del ordenante y el sello del despacho. Cuando se trate de órdenes judicial de devolución de dineros, entendidos como aquellos depositados en las cuentas bancarias del ICD, deben enviarse a la dirección electrónica icd.administrativo@icd.go.cr.

Cuando se trate de devoluciones de bienes o de dinero, pero en moneda extranjera para la cual no posea el Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD) cuenta bancaria para su depósito, deben enviarse a la dirección ura@icd.go.cr.

El ICD realizará las devoluciones de dinero utilizando el sistema de depósito en cuenta simplificada del Banco de Costa Rica, por lo que en las órdenes judiciales deberá indicarse la siguiente información:

    Nombre del cliente.

    Número de identificación.

    Tipo de cuenta.

    Número de cuenta cliente.

    Número de cuenta corriente.

    Banco

    Monto

    Moneda

Cuando el despacho judicial realice la creación de la(s) cuenta(s) para que se realicen los depósitos, deben autorizar como depositante al Instituto Costarricense sobre Drogas, cédula jurídica número 3-007-324429.

Para uniformidad en las gestiones, se adjunta una plantilla que deberán completar las autoridades judiciales que ordenen dichas devoluciones, la cual debe ser firmada digitalmente por el fiscal o juez a cargo de la tramitación del expediente. Dicha plantilla contiene un espacio para un correo electrónico, que es donde será remitida la información respecto al depósito del dinero del que se está ordenando la devolución. Puede ser un correo del despacho judicial, el correo de la persona a favor de quien se está autorizando la devolución o ambos.

En el caso de los bienes, deberán los despachos judiciales facilitar una forma de comunicación con el autorizado para recibirlos, ya sea un correo electrónico o un número de teléfono.

Asimismo, los bienes a devolver deberán ser descritos tal y como se indica en las actas de depósito judicial firmadas por los funcionarios del ICD al momento de recibirlos.

A esos efectos, con el fin de continuar con la política de eficiente comunicación, el ICD aplicará el mismo trámite de comunicación electrónica, para recibir la información sobre el comiso de los dineros. Se remite la plantilla que utilizará el ICD para ello.

Ambas plantillas estarán disponibles en el sitio web del Instituto, www.icd.go.cr, a partir de la fecha de entrada en vigencia de estos trámites (01 de agosto de 2018).

San José, 28 de setiembre de 2018.

                                                          Carlos Toscano Mora Rodríguez

1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018298257 ).

CIRCULAR 129-2018

ASUNTO:    Trámite de procesos de distribución de prestaciones de personas trabajadoras fallecidas (Art. 548 del Código de Trabajo).

A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS

QUE TRAMITAN MATERIA LABORAL

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión 77-18 celebrada el 31 de agosto de 2018, artículo LVII, dispuso comunicar a los despachos judiciales del país que tramitan materia Laboral que con base en el principio de oficiosidad y celeridad, establecido en el numeral 421 del citado código; y para cumplir con lo solicitado por la operadora BCR deberán informar a dicha operadora de pensiones el número de cuenta asignado al respectivo expediente, para que se proceda a la liquidación de dineros acumulados en el F.C.L. de la persona fallecida e informar a los interesados que se apersonaron en el proceso.

San José, 28 de setiembre de 2018.

                                                         Carlos Toscano Mora Rodríguez.

1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018298258 ).

CIRCULAR 132-2018

ASUNTO:    Procesos de interrelación familiar (régimen de visitas).

A TODOS LOS JUZGADOS DE FAMILIA DEL PAÍS.

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior, en sesión 80-18, celebrada el 11 de setiembre de 2018, artículo LXI, dispuso recordarles que, al estar de por medio el derecho de menores de edad de compartir con sus padres y madres, una vez presentado el proceso, tienen la posibilidad de estar convocando a audiencias tempranas de conciliación para acordar modo y forma de las visitas, además, se les hace saber que por el interés superior del menor éste tipo de procesos requieren de un trámite prioritario y expedito, por lo que la solicitud de pericias de Trabajo Social y Psicología deben hacerse en los casos estrictamente necesarios promoviendo que las mismas sean rendidas en plazos razonables y proceder a dictar la sentencia de fondo dentro de los plazos de ley.

En línea con lo anterior, se les informa que esta medida deberá implementarse a partir de esta comunicación.

San José, 08 de octubre de 2018.

                                                          Carlos Toscano Mora Rodríguez

1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018298259 ).

CIRCULAR 133-18

ASUNTO:    Reiteración de circulares referentes al deber de las personas servidoras judiciales, personal de apoyo y profesionales, de mantener actualizados los sistemas informáticos que apoyan la gestión de los despachos judiciales.

A LAS SERVIDORAS Y SERVIDORES JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior en sesión 83-18 celebrada el 20 de setiembre de 2018, artículo LI, dispuso reiterar las siguientes circulares, que se refieren a la debida actualización de los sistemas informáticos que apoyan la gestión en los despachos judiciales:

Circular

Asunto

131-2005

“Obligación de actualizar la información de los expedientes”

123-2006

“Deber de utilizar el sistema informático”

08-2009

“Instrucciones para confeccionar los informes trimestrales que deben rendirse a la Sección de Estadística del Departamento de Planificación”

126-2009

A) Sobre el deber de utilizar el Formulario F-441 “Solicitud de préstamo de expedientes”. B) Reiterar la Circular 142-2005. C) Dejar sin efecto las Circulares 52-2005, 75-2007 y 104-2009”

28-2010

“Reiteración de los incisos 38 y 53 del Reglamento del Sistema Automatizado de Depósitos y Pagos Judiciales (S.D.J.), comunicado mediante circular 89-08, publicada en el Boletín Judicial 101 del 27 de mayo de 2008, que tratan sobre el deber de actualizar los expedientes en dicho sistema. Deber del despacho receptor de un expediente, de completar la información que el despacho remitente hubiera omitido indicar en el SDJ y de comunicar al Tribunal de la Inspección Judicial sobre la falta de diligencia de este último”

41-2010

“Aplicación del régimen disciplinario a los servidores que no utilizan o no mantienen actualizado los distintos sistemas informáticos del Poder Judicial”

58-2010

“Obligación de las personas responsables de actualizar la página web del Poder Judicial, de realizar su labor en forma oportuna y constante; anotando la mayor cantidad posible de datos y resoluciones firmes”

133-2010

“Actualización de información en el Sistema de Gestión”,

61-2011

“Prohibición de establecer horarios para fotocopiar expedientes”

153-2011

“Obligación de mantener el Sistema Electrónico Actualizado”

35-2013

“Recomendaciones para mejorar la gestión de los despachos judiciales que atienden materia laboral”

238-2014

“Responsabilidad de velar por la adecuada y oportuna actualización de la información que se ingresa a los sitios y páginas electrónicas del Poder Judicial”

261-2014

“Sobre la actualización del Sistema de Gestión y Agenda de Cronos”

 

San José, 09 de octubre del 2018.

                                                          Carlos Toscano Mora Rodríguez

1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018298260 ).

CIRCULAR 134-2018

ASUNTO:    Lista de abogadas y abogados suspendidos en el ejercicio de su profesión, actualizada al 09 de octubre de 2018.

A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

En cumplimiento de lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesiones 14-03 y 97-03, celebradas el 27 de febrero y 16 de diciembre de 2003, en ambas, artículos LII, hago de su conocimiento y para los fines consiguientes, la lista de los profesionales suspendidos en el ejercicio de la profesión ante el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, según correo electrónico del citado Colegio Profesional.

LISTA DE ABOGADAS Y ABOGADOS SUSPENDIDOS

EN EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN

ACTUALIZADA AL 09 DE OCTUBRE DEL 2018

 

 

Notas

*              La suspensión se mantendrá hasta que cumpla la condena impuesta en sede penal.

**            La suspensión será hasta la revocación de medida cautelar o finalización del proceso penal.

***          Inhabilitación del ejercicio de la Abogacía y Notariado por Medida Cautelar. Res, Juzgado Penal Pérez Zeledón de las 13:35 del 14/12/2015 Exp. 12-000974-0485-PE.

****        Inhabilitación del ejercicio de la Abogacía y Notariado por Medida Cautelar. Res, Juzgado Penal de Corredores Exp. N°10-202045-0456-PE.

####        Inhabilitación del ejercicio de la Abogacía y Notariado por Medida Cautelar dictada por Juzgado Exp. 05-0022756-0042-PE-

###          (Lic. Rojas) Inhabilitación en el ejercicio de la abogacía por medida cautelar dictada por el Colegio, derivado de condenatoria penal Exp. 00-200095-0486-PE, vigente hasta que no se dicte lo contrario.

###          (Lic. Zumbado) Suspensión por medida cautelar dictada por el Colegio, derivado de condenatoria penal Exp. 09-008513-0369-PE, vigente hasta que no se dicte lo contrario.

###          (Licda. Salas) Suspensión por medida cautelar dictada por el Colegio, derivado de condenatoria penal Exp. 06-024335-0042-PE, vigente hasta que no se dicte lo contrario.

###          (Lic. Fuentes) Suspensión por medida cautelar dictada por el Colegio, derivado de condenatoria penal Exp. 08-010811-0042-PE, vigente hasta que no se dicte lo contrario.

&             Fe de erratas. Gaceta 110 del 08/06/2016.

&&         Fe de erratas. Gaceta 197 del 13/10/2016.

&&&       Fe de erratas Gaceta 96 del 23/05/2017.

&&&&    Fe de erratas Gaceta 164 del 07/09/2018.

San José, 12 de octubre de 2018.

                                                          Carlos Toscano Mora Rodríguez

1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018298261 ).

CIRCULAR 135-2018

ASUNTO:    Indicadores de gestión sistematizados a través del sistema SIGMA.

A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS

QUE TRAMITAN MATERIA LABORAL

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión 87-18 celebrada el 04 de octubre de 2018, artículo LXX, a solicitud de la Comisión de la Jurisdicción Laboral, dispuso comunicar la circular 04-2018 de dicha Comisión, que literalmente dice:

“En virtud de la implementación de la matriz de indicadores de forma sistematizada en materia laboral, a través del sistema SIGMA; en coordinación con la Dirección de Tecnología de la Información, la Dirección de Planificación y el Centro de Apoyo Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional, se requiere que conforme a la Ley de Control Interno, directrices y circulares institucionales, se proceda a actualizar e incorporar de forma inmediata toda la información que corresponda en los sistemas oficiales, a saber:

a)            Agenda Cronos

b)            Escritorio Virtual

c)            Módulo de pase a fallo

d)            Sistema de Gestión

La información contenida en esos sistemas se tomará como oficial y será la que se refleje en el sistema de indicadores, que servirá como Base para el seguimiento y evaluación del despacho, por lo que las jefaturas y responsables de los sistemas deberán verificar que sea veraz y oportuna.

Es importante indicar que si los sistemas antes mencionados no se encuentran al día con la información correspondiente se genera un vacío de datos en los indicadores, por ello la información debe estar al día.”

San José, 16 de octubre de 2018.

                                                          Carlos Toscano Mora Rodríguez

1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018298262 ).

CIRCULAR 138-2018

ASUNTO:    Reiteración de la circular 91-2017 sobre “Directrices generales relacionadas con la función de supervisión de personal”.

A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS,

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión 83-18 celebrada el 20 de setiembre del 2018, artículo XCIII, acordó recordar a la población judicial su obligación de dar cumplimiento integral a la normativa vigente sobre Control Interno en particular la de gestión de riesgos, por tal motivo se reitera la circular 17-2016 sobre las “Directrices generales relacionadas con la función de supervisión de personal”, que literalmente indica:

“El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión No. 110-15, celebrada el 17 de diciembre del año 2015, artículo CV, dispuso comunicar las siguientes directrices generales relacionadas con la función de supervisión de personal:

1. El numeral 4.5 del componente de actividades de control de las Normas de Control Interno para el sector público, establece:

“Garantía de eficiencia y eficacia de las operaciones

El jerarca y los titulares subordinados, según sus competencias, deben establecer actividades de control que orienten la ejecución de la gestión institucional. Lo anterior, tomando en cuenta, fundamentalmente, el bloque de legalidad, la naturaleza de sus operaciones y los riesgos relevantes a los cuales puedan verse expuestas...

4.5.1 Supervisión constante

El jerarca y los titulares subordinados, según sus competencias, deben ejercer una supervisión constante sobre el desarrollo de la gestión institucional y la observancia de las regulaciones atinentes al SCI, así como emprender las acciones necesarias para la consecución de los objetivos.”

2. Sobre el particular, la Unidad de Sub-Proceso Análisis de Puestos de la Dirección de Gestión Humana, establece para el perfil del puesto de jueza o juez coordinador lo siguiente:

“Naturaleza del trabajo

Planeación, organización, dirección, asignación, coordinación, supervisión, ejecución y control de las actividades profesionales del ámbito jurídico y administrativo de un despacho judicial.

Responsabilidades y otras condiciones

Le corresponde prestar los servicios cuando sean requeridos; asimismo, coordinar y supervisar el trabajo de otros jueces y personal de apoyo. Su labor es evaluada mediante la efectividad (diligencia, eficacia y oportunidad) de su gestión.”

3. Por otra parte en el Modelo de Control Interno COSO 2013, se incluyen los siguientes principios para ejercer una apropiada supervisión de las actividades:

- Tomar en cuenta el tipo de estructura de la organización para dar soporte al logro de los objetivos.

- Establecer y evaluar las líneas de reporte en cada sección de la estructura, para habilitar las funciones de autoridad y responsabilidad, así como el flujo de información para gestionar las actividades de la organización.

- Diseñar, asignar y limitar las funciones de autoridad y responsabilidad, a través del uso de las tecnologías y la segregación de funciones, de conformidad con la naturaleza y posibilidades de la organización.

Conviene mencionar que, entre las ventajas de una apropiada supervisión, se citan:

- Mejora continua de la productividad de las personas que laboran para la entidad.

- Maximizar el uso de los recursos disponibles.

- Incremento del desempeño y la gestión del tiempo de cada actividad o tarea realizada.

- Desarrollo integral y continuo del personal.

- Dar seguimiento a las actitudes de las personas durante la ejecución de su trabajo.

- Procurar la armonía entre el personal a cargo.

- Dar seguimiento al resultado de las tareas, trámites, etc., una vez que han sido ejecutados.

- Registrar, procesar y brindar información relevante sobre las actividades realizadas.”

Se considera que ejercer la supervisión sobre las personas a su cargo, en primera instancia es una labor obligatoria para las jefaturas, tendiente a comunicar las acciones para la mejora continua de la gestión y, por otro lado, debe aprovecharse como un recurso para obtener una seguridad razonable del logro de los planes y así mantener el control sobre cada etapa de los procesos, transacciones y las operaciones, desde que se inician hasta inclusive después de concluido, permitiendo a su vez, obtener información de primera mano para la rendición de cuentas”.

San José, 18 de octubre del 2018.

                                                          Carlos Toscano Mora Rodríguez

1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018298264 ).

CIRCULAR 141-2018

ASUNTO:    Actualización de la Tabla de Plazos de Conservación del Archivo Criminal.

A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior, en sesión 86-18, celebrada el 2 de octubre de 2018, artículo XLIV, aprobó la actualización de la Tabla de Plazos de Conservación del Archivo Criminal, saber:

Para ver las imágenes solo en Boletín Judicial en formato PDF

 

La Tabla de plazos de conservación de documentos del Archivo Criminal, rige para documentación en formato tradicional (papel) y electrónico.

El Archivo Criminal, deberá coordinar con el Archivo Judicial la confección del acta de eliminación de la documentación y la publicación del aviso de eliminación en el Boletín Judicial.

Además, deberá el Archivo Criminal cuando realice el proceso de selección de los documentos (en lo que aplique) cumplir con lo dispuesto por el Consejo Superior en sesión 66-07 del 06 de setiembre de 2007, artículo XXXVII, respecto a separar e identificar claramente la documentación que cumpla con los parámetros generales a considerar a la hora de definir el valor histórico cultural de los documentos, a saber:

Calidades de las partes.

Asuntos que involucren bienes del Patrimonio Nacional.

Asuntos que generen impacto social.

Asuntos que se resuelven por primera vez con la aplicación de un Código.

Asuntos que presenten notoriedad a nivel nacional o local.

Asuntos que por su connotación no son comunes en el despacho.

Ante dudas a la hora de separar esta documentación, deberán consultar a la jefatura del Archivo Judicial.

San José, 24 de octubre del 2018.

                                            Carlos Toscano Mora Rodríguez

1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.— ( IN2018298265 ).

CIRCULAR 142-2018

ASUNTO:    Actualización de la Tabla de Plazos de Conservación de la Secretaría General de la Corte.

A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior, en sesión 86-18, celebrada el 2 de octubre de 2018, artículo XLIII, aprobó la actualización de la Tabla de Plazos de Conservación de la Secretaría General de la Corte, a saber:

Tabla de Plazos de Conservación de Documentos

de la Secretaría General de la Corte

Para ver las imágenes solo en Boletín Judicial en formato PDF

 

La Tabla de plazos de conservación de documentos de la Secretaría General de la Corte, rige para documentación en formato tradicional (papel) y electrónico.

La Secretaría General de la Corte deberá coordinar con el Archivo Judicial la confección del acta de eliminación de la documentación y la publicación del aviso de eliminación en el Boletín Judicial.

Además, deberá la Secretaría General de la Corte cuando realice el proceso de selección de los documentos (en lo que aplique) cumplir con lo dispuesto por el Consejo Superior en sesión 66-07 del 06 de setiembre de 2007, artículo XXXVII, respecto a separar e identificar claramente la documentación que cumpla con los parámetros generales a considerar a la hora de definir el valor histórico cultural de los documentos, a saber:

Calidades de las partes.

2.  Asuntos que involucren bienes del Patrimonio Nacional.

3.  Asuntos que generen impacto social.

4.  Asuntos que se resuelven por primera vez con la aplicación de un código.

5.  Asuntos que presenten notoriedad a nivel nacional o local.

6.  Asuntos que por su connotación no son comunes en el despacho.

Ante dudas a la hora de separar esta documentación, deberán consultar a la jefatura del Archivo Judicial.

San José, 24 de octubre de 2018.

Carlos Toscano Mora Rodríguez

1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018298266 ).

CIRCULAR 143-2018

ASUNTO:    Protocolo de Atención de Inconsistencias en el SOAP, que afecten la libertad de tránsito de las Personas Usuarias”.

A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS,

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión No. 90-18 celebrada el 17 de octubre de 2018, artículo LI, a solicitud de la Dirección de Planificación, dispuso aprobar el Protocolo de Atención de Inconsistencias en el SOAP, que afecten la libertad de tránsito de las Personas Usuarias, que literalmente dice:

Para ver las imágenes solo en Boletín Judicial en formato PDF

San José, 24 de octubre del 2018.

                                                          Carlos Toscano Mora Rodríguez

1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018298267 ).

SALA CONSTITUCIONAL

ASUNTO:    Acción de Inconstitucionalidad.

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER

SEGUNDA PUBLICACIÓN

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número 18-016591-0007-CO que promueve [NOMBRE 001], se ha dictado la resolución que literalmente dice: «Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las catorce horas y diecisiete minutos de nueve de noviembre de dos mil dieciocho. /Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por [NOMBRE 001], para que se declaren inconstitucionales los artículos 12 y 26, inciso 9), de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 7333 de 5 de mayo de 1993, por estimarlos contrarios a los artículos 28, 39, 56 de la Constitución Política, así como a los principios de razonabilidad y proporcionalidad. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República y al Presidente de la Corte Suprema de Justicia. Las normas se impugnan en cuanto lesionan al derecho al trabajo, a la protección de la familia y a la seguridad jurídica. Además, violan los principios de culpabilidad e inocencia por disponer las normas la imposición de la máxima sanción (revocatoria del nombramiento) pese a que no se ha demostrado afectación al servicio público o terceros. También se lesionan los principios de razonabilidad y proporcionalidad de la sanción, pues se trata de normas que tienen un alcance extenso y establecen un criterio objetivo que impide cualquier valoración, no solo en relación con la oportunidad de la sanción, sino, además, en cuanto al tipo de sanción que debe o no ser aplicada. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación de la accionante proviene del artículo 75, párrafo 1° de la Ley de la Jurisdicción Constitucional. El asunto previo es un proceso disciplinario que se tramita en el expediente No. [VALOR 001], el cual encuentra en etapa de agotamiento de la vía administrativa. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción. Efectos jurídicos de la interposición de la acción: Se recuerdan los términos de los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que disponen lo siguiente “Artículo 81. Si el Presidente considerare cumplidos los requisitos de que se ha hecho mérito, conferirá audiencia a la Procuraduría General de la República y a la contraparte que figure en el asunto principal, por un plazo de quince días, a fin de que manifiesten lo que estimen conveniente. Al mismo tiempo dispondrá enviar nota al tribunal u órgano que conozca del asunto, para que no dicte la resolución final antes de que la Sala se haya pronunciado sobre la acción, y ordenará que se publique un aviso en el Boletín Judicial, por tres veces consecutivas, haciendo saber a los tribunales y a los órganos que agotan la vía administrativa que esa demanda ha sido establecida, a efecto de que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de la ley, decreto, disposición, acuerdo o resolución, tampoco se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Si la acción fuere planteada por el Procurador General de la República, la audiencia se le dará a la persona que figure como parte contraria en el asunto principal.”, “Artículo 82. En los procesos en trámite no se suspenderá ninguna etapa diferente a la de dictar la resolución final, salvo que la acción de inconstitucionalidad se refiera a normas que deban aplicarse durante la tramitación.” Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese. /Fernando Castillo Víquez, Presidente a.í./.-»

San José, 13 de noviembre del 2018.

                                                               Vernor Perera León

                                                                     Secretario a.í.

O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018297782 ).

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número 18-016960-0007-CO que promueve Otto Claudio Guevara Guth, se ha dictado la resolución que literalmente dice: “Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las ocho horas y cincuenta y siete minutos de ocho de noviembre de dos mil dieciocho. Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Otto Claudio Guevara Guth, cédula de identidad 1-544-893, para que se declaren inconstitucionales los artículos 34, 37, 44, 45, 46, 48, 57, 58, 60, 68 y 69 de la VII Convención Colectiva del Banco Nacional de Costa Rica, por estimarlos contrarios a los artículos 10, 11, 33 y 63 de la Constitución Política. Se confiere audiencia por quince días al Procurador General de la República, al Gerente General del Banco Nacional de Costa Rica y al Secretario General del Sindicato de Empleados del Banco Nacional de Costa Rica (SEBANA). El accionante manifiesta que el numeral 34 violenta el principio de razonabilidad, proporcionalidad y equilibro presupuestario, en tanto concede a los empleados que hayan cumplido 20 años de servicio continuo, o a las madres que tengan 15 años de servicio continuo en el Banco, el importe de 20 meses de cesantía con su renuncia. Asimismo, dispone un tope de 20 años de cesantía para los empleados que se jubilen, pensionen o a los causahabientes de los que fallezcan. En ese mismo sentido, el artículo 37 de la Convención Colectiva establece tres tipos de pluses salariales derivados de la misma causa, lo que a su parecer constituye un uso abusivo de fondos públicos, que conculca los principios constitucionales de razonabilidad, economía, y eficiencia, al establecer un privilegio injustificado. Por otra parte, los artículos 45, 45, 46 y 48 de la Convención establecen ayudas por concepto de gastos de sepelio, matrimonio, nacimiento o adopción de hijos, así como incentivos por estudios universitarios, lo que a su parecer resulta ilegítima, en el tanto se trata de conductas que no generan ningún beneficio a la institución que justifique ese pago. En lo que atañe a los numerales 57, 58 y 60 de la Convención, manifiesta que dichas disposiciones convencionales disponen la existencia a lo interno del Banco de un Comité de Clasificación y Valoración de Puestos conformado por miembros del Sindicato y la Administración, que interviene en la reasignación de puestos, en la modificación y ampliación de escalas salariales, aumento de salarios mínimos, y en general en revisión de salarios y escalas, lo que a su parecer violenta el principio de legalidad, al delegar una potestad exclusiva de la Junta Directiva de la institución. En lo que respecta a los artículos 68 y 69 de la Convención Colectiva, afirma que estas disponen la creación de una Junta de Relaciones de Trabajo a la que se dotó de potestades disciplinarias al disponer que resolverá lo relativo al ámbito disciplinario, violentando con ello el principio de legalidad, así como los artículos 41 y 42 de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional, al delegar una competencia exclusiva del Gerente General. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación del accionante proviene del artículo 75 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, en tanto acuden en la protección de fondos públicos. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese. Fernando Castillo Víquez, Presidente a. í.”

San José, 8 de noviembre del 2018.

                                                                              Vernor Perera León,

                                                                                     Secretario a. í.

O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018297783 )

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Miguel Gerardo de Los Ángeles Rodríguez Brenes 0302440552, fallecido el 10 de setiembre del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 18-002212-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 18-002212-0166-LA. Por Genoveva Vargas Amador a favor de Miguel Gerardo de Los Ángeles Rodríguez Brenes.—Juzgado de Trabajo Segundo Circuito Judicial San Jose, 05 de diciembre del año 2018.—Licda. Andrea Isabel Cubillo Monge, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018305226 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ricardo Mauricio Guzmán Arguedas, portador de la cédula de identidad 0107330583 fallecido el 10 de junio del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 18-002236-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 18-002236-0166-LA. Por Jeannette Torres Leal, portadora de la cédula de identidad 0106410870 a favor de Ricardo Mauricio Guzmán Arguedas.—Juzgado de Trabajo Segundo Circuito Judicial San Jose, 05 de diciembre del año 2018.—Licda. Andrea Isabel Cubillo Monge, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018305227 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de William Alberto Rodríguez Matamoros 0108800780, fallecido el 28 de octubre del 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 18-002250-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 18-002250-0639-LA. Promovido por: Luanis Pons Rodríguez.—Juzgado Trabajo del primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de noviembre del 2018.—Lic. Mario José Rojas Soro, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018305228 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Jesús del Socorro Corrales Céspedes, fallecido el 15 de julio del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Número 18-003062-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 18-003062-1178-LA. Por a favor de.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 04 de octubre del año 2018.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018305229 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Gabriela López Fernández, 0110170173, fallecida el 29 de agosto del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 18-003250-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 18-003250-1178-LA. Por a favor de Gabriela López Fernández.—Juzgado de Trabajo Primer Circuito Judicial San José 29 de octubre del año 2018.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018305230 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Eduardo Schijvarger, no indica 103200163834, fallecido el 29 de junio del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 18-003343-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 18-003343-1178-LA. Por a favor de Jorge Eduardo Schijvarger no indica.—Juzgado de Trabajo primer Circuito Judicial San José, 20 de noviembre del año 2018.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018305231 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luisa Johanna Herrera Muñoz, 0110720388, fallecido el 11 de setiembre del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 18-003414- 1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 18-003414-1178-LA. Por a favor de Luisa Johanna Herrera Muñoz.—Juzgado de Trabajo Primer Circuito Judicial San José, 20 de noviembre del año 2018.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018305232 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mariana Lizano Jiménez 0116240537, fallecida el 17 de octubre del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 18-003452-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 18-003452-1178-LA. Por a favor de Mariana Lizano Jiménez.—Juzgado de Trabajo Primer Circuito Judicial San José, 22 de noviembre del año 2018.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018305233 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Aizen Mora Miranda 0108810200, fallecido(a) el 30 de julio del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 18-003453-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 18-003453-1178-LA. Por a favor de Aizen Mora Miranda.—Juzgado de Trabajo Primer Circuito Judicial San José, 22 de noviembre del año 2018.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018305234 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Magdalena Gómez Ramos, 155816016809, fallecida el 28 de diciembre del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 18-003560-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 18-003560-1178-LA. Por a favor de Maria Magdalena Gómez Ramos.—Juzgado de Trabajo Primer Circuito Judicial San José, 05 de diciembre del año 2018.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018305235 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Aizen Mora Miranda, 0108810200, fallecido el 30 de julio del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 18-003458-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 18-003458-1178-LA. Por a favor de Aizen Mora Miranda.—Juzgado de Trabajo Primer Circuito Judicial San José, 26 de noviembre del año 2018.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN20185238 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de German Felipe Fernández Herrera, 0500670408, fallecido el 12 de octubre del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 18-003570-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 18-003570-1178-LA. Por a favor de German Felipe Fernández Herrera.—Juzgado de Trabajo Primer Circuito Judicial San José, 06 de diciembre del año 2018.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018305239 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de treinta y cuatro mil setenta y ocho dólares con sesenta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BHY-785, marca Hyundai, estilo Santa Fe GLS, categoría automóvil. capacidad 7 personas, año 2015, color plateado, vin KMHSU81CDFU475272, cilindrada 2400 cc, combustible gasolina, motor G4KEFU582536. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del seis de febrero del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del catorce de febrero del año dos mil diecinueve con la base de veinticinco mil quinientos cincuenta y nueve dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de febrero del año dos mil diecinueve con la base de ocho mil quinientos diecinueve dólares con sesenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de gestionadora de créditos contra Oscar Alejandro González Pérez. Exp. 17-004494-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 9 de noviembre del año 2018.—Lic. Carlos Contreras Reyes, Juez.—( IN2018305870 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, citas: 0328-00000259-01-0902-002; a las ocho horas y cero minutos del veintiuno de marzo de dos mil diecinueve, y con la base de ochenta y dos millones treinta y un mil quinientos noventa y un colones con sesenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta mil ochocientos treinta y tres cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Quepos, cantón Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Jeannette Solís Alpízar; al sur, Grupo J.B.T. Sociedad Anónima; al este, calle pública con un frente a ella de 71 metros con 41 centímetros lineales, y al oeste, Grupo J.B.T. Sociedad Anónima. Mide: Diez mil metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del cinco de abril de dos mil diecinueve, con la base de sesenta y un millones quinientos veintitrés mil seiscientos noventa y tres colones con setenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de abril de dos mil diecinueve con la base de veinte millones quinientos siete mil ochocientos noventa y siete colones con noventa céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Henry Sandoval Oconitrillo Exp. 16-001636-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 11 de setiembre del año 2018.—Lic. Luis Carrillo Gómez, Juez.—( IN2018305945 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y quince minutos del veintidós de enero de dos mil diecinueve, y con la base de ochenta y cinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y ocho mil trescientos sesenta y ocho cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 5-concepción, cantón 5-Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Francisco Ugalde Ugalde; al sur, calle pública con un frente de 20 metros; al este Corporación de Inversiones Garileca S. A. y al oeste, Corporación de Inversiones Garileca S. A. Mide: mil ciento ochenta y tres metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y quince minutos del seis de febrero de dos mil diecinueve, con la base de sesenta y tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y quince minutos del veintiuno de febrero de dos mil diecinueve con la base de veintiún mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Marlon Masis Castro. Exp.: 10-100085-0642-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 07 de agosto del 2018.—Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—( IN2018305946 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del siete de marzo de dos mil diecinueve y con la base de veintiocho millones quinientos noventa y cuatro mil seiscientos tres colones con cuarenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cincuenta y nueve mil setecientos treinta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote veintiocho con una casa. Situada en el distrito 01 El Tejar, cantón 08 El Guarco de la provincia de Cartago. Colinda: al norte: zona de parque y juegos infantiles; al sur: calle pública con 11 metros 98 centímetros de frente; al este: lote 29; y al oeste: calle pública con 11 metros 98 centímetros de frente. Mide: ciento treinta y ocho metros con noventa decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de marzo de dos mil diecinueve, con la base de veintiún millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil novecientos cincuenta y dos colones con cincuenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del ocho de abril de dos mil diecinueve, con la base de siete millones ciento cuarenta y ocho mil seiscientos cincuenta colones con ochenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Freddy Eduardo Camacho Tencio. Expediente: 18-001908-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 31 de agosto del año 2018.—Licda. Anny Hernández Monge, Jueza.—( IN2018305953 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las 10:00 horas del 22 de enero del 2019 y con la base de dos millones setecientos sesenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta colones exactos (para cada uno de los bienes), en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículos: 1) Placa: MOT-436812, marca Suzuki, estilo GZ150-A, categoría motocicleta, capacidad 2 personas, serie LC6NG48A5F1100650, carrocería motocicleta, tracción sencilla, color negro y 2) placa MOT-450008, marca Suzuki, estilo AN125, categoría motocicleta, capacidad 2 personas, serie LC6TCJC91F0007581, carrocería motocicleta, tracción sencilla, color blanco. Para el segundo remate se señalan las 10:00 horas del 06 de febrero del 2019, con la base de dos millones setenta y siete mil ochenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las 10:00 horas del 21 de febrero del 2019 con la base de seiscientos noventa y dos mil trescientos sesenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de E Credit Soluciones S. A. contra Francisco Martín Calvo Castillo. Exp.: 18-009028-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de julio del 2018.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—( IN2018305954 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cuarenta minutos del veintitrés de enero de dos mil diecinueve, y con la base de ochocientos veinte mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Placas número MOT-445188. Marca Katana. Estilo CR1. Categoría motocicleta. Capacidad 2 personas. Año 2015. Color negro. Vin LLCJPJTO4FA102690. Cilindrada 150 c.c. Combustible gasolina. Motor LC162FMJMQ430588. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta minutos del siete de febrero de dos mil diecinueve, con la base de seiscientos quince mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta minutos del veintidós de febrero de dos mil diecinueve con la base de doscientos cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de E Credit Soluciones S. A. contra Laura del Milagro Fuentes Artavia. Exp.: 18-001488-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 23 de abril del 2018.—Lic. Giovanni Morales Mora, Juez.—( IN2018305955 ).

En este Despacho, con una base de treinta y nueve millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número cincuenta mil doce, derecho 000, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito 1-Golfito, cantón 7- Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Cía. Bananera de Costa Rica; al sur, Cía. Bananera de Costa Rica; al este, calle pública con 9 m 51 cm y al oeste, calle con 1 m socm y Cía. Bananera CR. Mide: ciento sesenta y dos metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas y treinta minutos del veinticuatro de abril del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y treinta minutos del dos de mayo del año dos mil diecinueve con la base de veintinueve millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas y treinta minutos del diez de mayo del año dos mil diecinueve con la base de nueve millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de Banco de Costa Rica contra Juan Carlos Campos Pérez. Exp. 17-003636-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 22 de noviembre del año 2018.—Lic. Ricardo Cerdas Monge. Juez.—( IN2018305999 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho millones setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento noventa mil setecientos noventa y dos, derecho 001 y 002, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 15 El Roble, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Felipe José Phillips Barrantes; al este, resto reservado y al oeste, Cecilia Orellana. Mide: ciento veintidós metros con cero decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y veinte minutos del once de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y veinte minutos del diecinueve de marzo de dos mil diecinueve con la base de catorce millones veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y veinte minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecinueve con la base de cuatro millones seiscientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Marvin Antonio Alaniz Cedeño. Exp:18-000220-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 27 de noviembre del 2018.—Anny Hernández Monge, Decisora.—( IN2018306003 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y seis millones ciento treinta y tres mil quinientos ochenta y nueve colones con cuarenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones: 371-07485-01-0900-002, servidumbre de paso: 562-15635-01-0002-001; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ciento cuarenta y cuatro mil seiscientos cincuenta y nueve, derecho cero cero uno-cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito uno Quepos, cantón seis Quepos de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: Siembras R Y S S.A.; al sur: servidumbre de paso de 6 de ancho con frente de 3 metros y Glen Ortega ambos en partes; al este: Siembras R Y S S. A. y al oeste: Víctor Hugo Jiménez Morales. Mide: setecientos sesenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de febrero de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del uno de marzo de dos mil diecinueve, con la base de treinta y cuatro millones seiscientos mil ciento noventa y dos colones con siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del once de marzo de dos mil diecinueve, con la base de once millones quinientos treinta y tres mil trescientos noventa y siete colones con treinta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Antonia Sofia Valenciano Arias, Rogelio De Los Ángeles Araya Espinoza. Expediente: 18-000256-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 26 de noviembre del 2018.—Douglas Quesada Zamora, Decisora.—( IN2018306004 ).

En este Despacho, con una base de seis millones cincuenta y seis mil setecientos siete colones con ochenta y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas: 420-17792-01-0053-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos cinco mil ochocientos setenta y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno para vivienda lote 10 Proyecto San Mateo. Situada en el distrito 03 Jesús María, cantón 04 San Mateo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle; al sur, lote 31; al este, lotes 11, 12 y 13 y al oeste, lote 9. Mide: trescientos noventa y nueve metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y quince minutos del cuatro de febrero de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y quince minutos del doce de febrero de dos mil diecinueve con la base de cuatro millones quinientos cuarenta y dos mil quinientos treinta colones con noventa y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y quince minutos del veinte de febrero de dos mil diecinueve con la base de un millón quinientos catorce mil ciento setenta y seis colones con noventa y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Diana Mayela Araya Pérez, Yamilette Pérez Gutiérrez. Exp. 18-023753-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 6 de diciembre del 2018.—Jeannette Murillo Oviedo, Jueza Tramitadora.—( IN2018306008 ).

En este Despacho, con una base de nueve mil cuatrocientos treinta y dos dólares con dieciséis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas número BJT011. Marca Geely. Estilo GC5. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2016. Color gris. Vin LB37624S7GL000354. Cilindrada 1500 c.c. Combustible gasolina. Motor JLB4G15F9CJ02010. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del trece de mayo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintiuno de mayo del año dos mil diecinueve con la base de siete mil setenta y cuatro dólares con doce centavos 75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de mayo del año dos mil diecinueve con la base de dos mil trescientos cincuenta y ocho dólares con cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Dennis Francisco Rojas Solís. Exp.: 18-005206-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 12 de noviembre del 2018.—Msc. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—( IN2018306096 ).

En este Despacho, con una base de quince mil trescientos treinta y cuatro dólares con veintiséis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BHC012. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del veinticinco de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del dos de abril del dos mil diecinueve con la base de once mil quinientos dólares con setenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del diez de abril del dos mil diecinueve con la base de tres mil ochocientos treinta y tres dólares con cincuenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Roy Gerardo Cedeño Garita. Expediente 16-002126-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 30 de octubre del 2018.—Lic. Victor Martínez Zúñiga, Juez.—( IN2018306097 ).

En este Despacho, con una base de doce millones quinientos mil colones exactos, soportando hipoteca de primer grado de Banco Improsa Sociedad Anónima, citas: 570-73471-01-0001-001; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula número 159721, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 Santiago, cantón 04 Puriscal de la provincia de San José. Colinda: al norte: sucesión Castro Cherpentier; al sur: calle pública con un frente a ella de 10 metros 21 centímetros; al este: Carlos Rodríguez Bermúdez; y al oeste: Cecilia Cubillo Valverde. Mide: ciento ochenta y ocho metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados, plano: SJ-0788901-1988 metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del diez de abril de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del veintinueve de abril de dos mil diecinueve, con la base de nueve millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del ocho de mayo de dos mil diecinueve con la base de tres millones ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. El interesado, debe realizar revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria (hipoteca de segundo grado) de Inversiones Comerciales Cuatro M S. A. contra Emérita Mora Agüero. Expediente 18-008542-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 06 de diciembre del 2018.—Mariela Porras Retana, Jueza.—( IN2018306099 ).

En este Despacho, con una base de dos millones seiscientos treinta y un mil cuatrocientos noventa y siete colones con ochenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas número BFQ127, marca Nissan, estilo Tiida, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2014, color gris, combustible gasolina, motor 1598 c.c. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del treinta de enero del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del siete de febrero del dos mil diecinueve con la base de un millón novecientos setenta y tres mil seiscientos veintitrés colones con treinta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del quince de febrero del dos mil diecinueve con la base de seiscientos cincuenta y siete mil ochocientos setenta y cuatro colones con cuarenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Fred Sánchez Moya. Expediente 18-002569-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 30 de noviembre del 2018.—MSc. Valerie Sancho Bermúdez, Jueza Coordinadora.—( IN2018306226 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de siete millones quinientos noventa y cinco mil quinientos ochenta y dos colones con noventa y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 405-00061-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento noventa y ocho mil siete, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Julio Viales Fallas; al sur, servidumbre de paso, Vistas de Paquita S. A.; al este, Miguel Zeledón Mejías; y al oeste, calle pública y Margarita Brenes Herrera. Mide: quinientos cincuenta y dos metros con setenta y dos decímetros cuadrados, según plano catastrado número P-1122514-2007. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del treinta y uno de enero del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del ocho de febrero del dos mil diecinueve con la base de cinco millones seiscientos noventa y seis mil seiscientos ochenta y siete colones con veintitrés céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del dieciocho de febrero del dos mil diecinueve con la base de un millón ochocientos noventa y ocho mil ochocientos noventa y cinco colones con setenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Asimismo, con la base de dos millones trescientos noventa y ocho mil seiscientos cinco colones con quince céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 405-00061-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento noventa y ocho mil seis, derechos cero cero cero, la cual es terreno construido. Situada en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, servidumbre de paso; al sur, Vista de Paquita S. A.; al este, Margarita Brenes Herrera; y al oeste, Johanna Mejía Brenes. Mide: doscientos trece metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados, según plano catastrado número P-1122513-2007. De no haber postores, el segundo remate con la base de un millón setecientos noventa y ocho mil novecientos cincuenta y tres colones con ochenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate y con la base de quinientos noventa y nueve mil seiscientos cincuenta y un colones con veintinueve céntimos (25% de la base original). Y a fin de llevar a cabo remate de ambas propiedades para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del treinta y uno de enero del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del ocho de febrero del año dos mil diecinueve para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del dieciocho de febrero del año dos mil diecinueve. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L contra Lisbeth María Mejías Brenes. Expediente 18-005783-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 06 de diciembre del 2018.—Lic. Carlos Contreras Reyes, Juez Decisor.—( IN2018306009 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y quince minutos del quince de enero de dos mil diecinueve, y con la base de seis mil seiscientos sesenta y dos dólares con cuarenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas 639025, marca: Fiat, estilo: Palio ELX, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año:2006, color: gris, cilindrada: 1697 cc, combustible: Diesel, número de motor: 176A30005234373. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del treinta de enero de dos mil diecinueve, con la base de cuatro mil novecientos noventa y seis dólares con ochenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del catorce de febrero de dos mil diecinueve con la base de mil seiscientos sesenta y cinco dólares con sesenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículo Internacionales (Veinsa) Sociedad Anónima contra Beatriz Adelia De Los Ángeles Aguilar Hernández. Exp. 16-002533-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 02 de marzo del año 2018.—Lic. Verny Arias Vega, Juez.—( IN2018306018 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y veinte minutos del veintiocho de enero del dos mil diecinueve, y con la base de sesenta mil setecientos treinta y siete dólares con treinta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número SJB015622. Marca Mitsubishi. Estilo Rosa. Categoría buseta. Capacidad 34 personas. Año 2017. Color blanco. Vin JLBBE639JHRK30057. Cilindrada 4100 c.c. Combustible diesel. Motor 4D34P64418. Para el segundo remate se señalan las once horas y veinte minutos del doce de febrero del dos mil diecinueve, con la base de cuarenta y cinco mil quinientos cincuenta y tres dólares con dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y veinte minutos del veintisiete de febrero del dos mil diecinueve con la base de quince mil ciento ochenta y cuatro dólares con treinta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Bryam Danilo Salazar Gutiérrez. Expediente 17-008251-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 02 de mayo del 2018.—Lic. Giovanni Morales Mora, Juez.—( IN2018306019 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones con numero de sumaria 06-603289-500-TC boleta número 2006078048 del Juzgado de Tránsito de Pavas y Escazú; a las nueve horas veinte minutos del seis de marzo del dos mil diecinueve, y con la base de siete mil trescientos setenta y tres dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas: 318231, marca: Mitsubishi, estilo: Montero SR, categoría: automóvil, capacidad 7 personas, carrocería: station wagon o familiar, chasís número JA4MR51MORJ005142, año 1994, color: gris, motor número: desconocido, combustible: gasolina, cilindrada: 3500 c.c. Para el segundo remate se señalan las nueve horas veinte minutos del veintiuno de marzo del dos mil diecinueve, con la base de cinco mil quinientos veintinueve dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas veinte minutos del cinco de abril del dos mil diecinueve con la base de mil ochocientos cuarenta y tres dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Elizabeth Guerrero Flores. Exp: 17-006123-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 14 de mayo del 2018.—Licda. María del Carmen Vargas González, Juez.—( IN2018306020 ).

En este Despacho, con una base de un millón ciento ochenta mil seiscientos cincuenta y tres colones con treinta y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa 184742. Marca Honda. Estilo Prelude. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 1987. Color negro. Cilindrada 2000 c.c. Combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas y veinte minutos del diecisiete de enero del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y veinte minutos del uno de febrero del dos mil diecinueve con la base de ochocientos ochenta y cinco mil cuatrocientos ochenta y nueve colones con noventa y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y veinte minutos del dieciocho de febrero del dos mil diecinueve con la base de doscientos noventa y cinco mil ciento sesenta y tres colones con treinta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Ronald de los Ángeles Chinchilla Zapata. Expediente 17-007921-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 17 de octubre del 2018.—Licda. Heilim Badilla Alvarado, Jueza.—( IN2018306021 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del dieciocho de febrero del dos mil diecinueve, y con la base de un millón cuatrocientos seis mil doscientos cincuenta y cinco colones con diecinueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número dos nueve dos cuatro dos dos, marca Geo, estilo Tracker, capacidad cinco, año mil novecientos noventa y tres, chasis: Dos C N B J uno ocho U seis P seis nueve dos cinco uno uno cero, color rojo, categoría automóvil, tracción cuatro por cuatro, carrocería rural, motor: G uno seis P uno cuatro uno cero uno siete. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiséis de febrero del dos mil diecinueve, con la base de un millón cincuenta y cuatro mil seiscientos noventa y un colones con treinta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del seis de marzo del dos mil diecinueve con la base de trescientos cincuenta y un mil quinientos sesenta y tres colones con setenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales VEINSA Sociedad Anónima contra Heiner Eduardo Salazar Salas y otra. Expediente 09-002406-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 05 de noviembre del 2018.—Licda. Susan Villalobos Retana, Jueza.—( IN2018306022 ).

En este Despacho, con una base de diez mil noventa y cinco dólares con veintinueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BTH862, marca: Chevrolet, estilo: Spark LS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2015, color: blanco, Vin: KL1CJ6C14FC745656, motor: B10D1295481KD3, cilindrada: 1000 c. c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de febrero del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del seis de marzo del año dos mil diecinueve con la base de siete mil quinientos setenta y un dólares con cuarenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de marzo del año dos mil diecinueve con la base de dos mil quinientos veintitrés dólares con ochenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Roberto José Rodríguez Alfaro, Wendy Vanessa Duarte Jiménez. Exp: 18-005369-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 26 de noviembre del 2018.—Lic. Jorge Rojas Álvarez, Juez.—( IN2018306102 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil noventa y un dólares con ochenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BCQ121, marca: Hyundai, estilo: Elantra GL, Categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4X2, número de chasis: KMHDG41EADU585942, año fabricación: 2013, color: beige, número motor: G4NBCU192821, cilindrada: 1800 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del once de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y cero minutos del diecinueve de marzo del dos mil diecinueve con la base de seis mil sesenta y ocho dólares con ochenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintisiete de marzo del dos mil diecinueve con la base de dos mil veintidós dólares con noventa y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra German Alexander Camacho Valderramos. Expediente 18-005367-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 26 de octubre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306103 ).

En este Despacho, con una base de diecinueve mil ciento noventa y ocho dólares con sesenta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo bkd840, marca: Hyundai, estilo: I30 gls., categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2016, color: plateado, motor: G4NBFU885209, cilindrada: 1800 c. c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del ocho de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de marzo del año dos mil diecinueve con la base de catorce mil trescientos noventa y ocho dólares con noventa y nueve centavos 75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remátese señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de marzo del año dos mil diecinueve con la base de cuatro mil setecientos noventa y nueve dólares con sesenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de IMCR Fiduciaria CT Sociedad Anónima contra Roilen Esteban Ballestero Murillo. Exp: 18-005927-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 01 de noviembre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306104 ).

En este Despacho, con una base de trece mil cuatrocientos treinta y siete dólares con cuarenta y ocho centavos, libre de gravámenes prendarios , pero soportando traspaso de bien mueble citas: Tomo: 2017, Asiento: 00707130, Secuencia: 001; sáquese a remate el vehículo placa: BDY 898, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4X2, número de chasis: KMHCT41DBEU489452, año fabricación: 2014, color: celeste, número motor: G4FCDU368149, cilindrada: 1600 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del siete de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del quince de marzo del dos mil diecinueve con la base de diez mil setenta y ocho dólares con once centavos 75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y cero minutos del veinticinco de marzo del dos mil diecinueve con la base de tres mil trescientos cincuenta y nueve dólares con treinta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Crediq Inversiones CR S. A. contra Andrés Guillermo Arrones Aguilar. Expediente 18-005937-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 31 de octubre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández. Juez.—( IN2018306105 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones veintiocho mil novecientos sesenta y siete colones con veintiún céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BLB347, marca: Toyota, estilo: Yaris, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, color: gris, año: 2007, Vin: JTDBT923171119692, motor: no existe, cilindrada: 1500 c. c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del catorce de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veintidós de marzo del año dos mil diecinueve con la base de tres millones veintiún mil setecientos veinticinco colones con cuarenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del uno de abril del año dos mil diecinueve con la base de un millón siete mil doscientos cuarenta y un colones con ochenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Crediq Inversiones CR S. A. contra Juan Manuel Urbina Ramos. Exp: 18-005942-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 02 de noviembre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306106 ).

En este Despacho, con una base de quince mil ochenta y ocho dólares con noventa y seis centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando Infracciones colisiones, boleta número: 2018318700068, sumaria número: 18-001893-0489-TR; sáquese a remate el vehículo placa: BLZ 442, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4X2, número de chasis: KMHCT41BEHU190296, año fabricación: 2017, color: beige, número motor: G4LCGU655505, cilindrada: 1400 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del trece de marzo del dos mil diecinueve con la base de once mil trescientos dieciséis dólares con setenta y dos centavos 75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiuno de marzo del dos mil diecinueve con la base de tres mil setecientos setenta y dos dólares con veinticuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Crediq Inversiones CR S. A. contra Ricardo José Lugo. Expediente 18-005947-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 31 de octubre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306107 ).

En este Despacho, con una base de siete mil novecientos noventa y un dólares con treinta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: KSG 412, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2 número de chasis: KMHCT41DADU403979, año fabricación: 2013, color: Negro, número motor: G4FCCU435634, cilindrada: 1600 cc, combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del veintisiete de febrero del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del siete de marzo del año dos mil diecinueve con la base de cinco mil novecientos noventa y tres dólares con cincuenta y un centavos 75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remátese señalan las trece horas y treinta minutos del quince de marzo del año dos mil diecinueve con la base de mil novecientos noventa y siete dólares con ochenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Cinthya María Rojas Camacho. Exp. 18-005957-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 31 de octubre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306108 ).

En este Despacho, Con una base de siete mil novecientos noventa y un dólares con treinta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: KSG 412, marca: Hyundai, Estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2 número de chasis: KMHCT41DADU403979, Año fabricación: 2013, color: negro número motor: G4FCCU435634, cilindrada: 1600 c. c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del veintisiete de febrero del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del siete de marzo del año dos mil diecinueve con la base de cinco mil novecientos noventa y tres dólares con cincuenta y un centavos 75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remátese señalan las trece horas y treinta minutos del quince de marzo del año dos mil diecinueve con la base de mil novecientos noventa y siete dólares con ochenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Cinthya María Rojas Camacho. Exp.: 18-005957-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 31 de octubre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306109 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones trescientos treinta y tres mil ochocientos setenta y seis colones con sesenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: 817535, marca: Hyundai, estilo: Tucson GLS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4X2, número de chasis: KMHJN81BBAU126016, año fabricación: 2010, color: gris, número motor: G4GC9552660, cilindrada: 2000 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del veintidós de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del uno de abril del dos mil diecinueve con la base de tres millones doscientos cincuenta mil cuatrocientos siete colones con cuarenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del nueve de abril del dos mil diecinueve con la base de un millón ochenta y tres mil cuatrocientos sesenta y nueve colones con dieciséis céntimos 25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Natalia Pastor Ramírez. Expediente 18-005967-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 07 de noviembre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306116 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho mil ochocientos setenta dólares con dos centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones boleta: 2016248300243, sumaria: 16-005730-0494-TR; sáquese a remate el vehículo BKW886, marca: Hyundai, estilo: Elantra GLS, categoría: automóvil, año: 2017, color: azul, vin: KMHD841CBHU104960, motor: G4FGGU130873, cilindrada: 1600 cc, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés de abril del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del dos de mayo del dos mil diecinueve, con la base de quince mil doscientos cuarenta y tres dólares con veinticinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del diez de mayo del dos mil diecinueve, con la base de cinco mil ochenta y un dólares con ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Jorge Alexander Acevedo Centeno. Expediente 18-005972-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 23 de noviembre del 2018.—Lic. Jorge Rojas Álvarez, Juez.—( IN2018306117 ).

En este Despacho, con una base de veinte mil quinientos noventa dólares con ochenta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BDN332, marca: Hyundai, estilo: Santa Fe GLS, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, serie: KMHSU81XDDU058108, año: 2013, color: dorado, motor: D4HBCU691628, cilindrada: 2200 cc, combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del veinticinco de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del dos de abril del año dos mil diecinueve con la base de quince mil cuatrocientos cuarenta y tres dólares con quince centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del diez de abril del año dos mil diecinueve con la base de cinco mil ciento cuarenta y siete dólares con setenta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Edwin Eduardo Gerardo Hernández Vargas, Propincosa Profesionales en Pintura y Construcción Sociedad Anónima. Exp. 18-005982-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 16 de noviembre del año 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306118 ).

En este Despacho, con una base de catorce mil veintiocho dólares con treinta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo DHG000, estilo: Trax LT, marca: Chevrolet, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, color: dorado, año: 2015, vin: 3GNCJ7CE0FL141664, motor: 2H0141965810, cilindrada: 1800 c. c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del uno de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del once de marzo del año dos mil diecinueve con la base de diez mil quinientos veintiún dólares con veintinueve centavos75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de marzo del año dos mil diecinueve con la base de tres mil quinientos siete dólares con diez centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Carlos Manuel Herrera Barrantes. Exp.: 18-005471-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 31 de octubre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306120 ).

En este despacho, con una base de diecinueve mil cuatrocientos treinta y ocho dólares con catorce centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones boleta: 3000238141 sumaria: 18-000048-0499-TR; sáquese a remate el vehículo BNR594, marca: Chevrolet, estilo: Trax LS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2017, VIN: 3GNCJ7CE8HL149319, motor: 2H0162955868, cilindrada: 1800 cc., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del uno de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del once de marzo del año dos mil diecinueve con la base de catorce mil quinientos setenta y ocho dólares con sesenta y un centavos 75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de marzo del año dos mil diecinueve con la base de cuatro mil ochocientos cincuenta y nueve dólares con cincuenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Mainor Roberto Segura Rivera. Exp. 18-005491-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 31 de octubre del año 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306121 ).

En este Despacho, Con una base de catorce mil quinientos un dólar con setenta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BMQ495, marca: Chevrolet, estilo: Spark Classic LTZ, categoría: automóvil, capacidad 5 personas, año: 2017, color: negro, vin: MA6CH6CD5HT000092, motor: B12D1162210166, cilindrada: 1200 c. c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del uno de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del once de marzo del año dos mil diecinueve con la base de diez mil ochocientos setenta y seis dólares con treinta y dos centavos 75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de marzo del año dos mil diecinueve con la base de tres mil seiscientos veinticinco dólares con cuarenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Crediq Inversiones CR S. A. contra Marlon Ernesto Quirós Molina. Exp.: 18-005931-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 01 de noviembre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306122 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones novecientos veinticinco mil quinientos cincuenta y un colones con treinta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL283235, marca: Nissan, estilo: Frontier XE, categoría: carga liviana, capacidad: 4 personas, año: 2006, color: blanco, vin: 1N6BD06T06C469771, motor: no visible, cilindrada: 2500 cc, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del uno de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del once de marzo del dos mil diecinueve con la base de tres millones seiscientos noventa y cuatro mil ciento sesenta y tres colones con cincuenta céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del diecinueve de marzo del dos mil diecinueve, con la base de un millón doscientos treinta y un mil trescientos ochenta y siete colones con ochenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Crediq Inversiones CR S. A. contra William Armando Araya Rodríguez. Expediente 18-005943-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 01 de noviembre del 2018.—Lic. Diego Ángulo Hernández, Juez.—( IN2018306123 ).

En este Despacho, con una base de nueve mil ciento treinta y cinco dólares con treinta y cuatro centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones: boleta 2018318700320, sumaria: 18-001652-0492-TR; sáquese a remate el vehículo FGR183, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, capacidad: 5 personas, año: 2013, Vin: KMHCT51CBDU090630, motor: G4FACU425777, cilindrada: 1400 c.c, Combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del cuatro de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del doce de marzo del año dos mil diecinueve con la base de seis mil ochocientos cincuenta y un dólares con cincuenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veinte de marzo del año dos mil diecinueve con la base de dos mil doscientos ochenta y tres dólares con ochenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Andrea Raquel González Redondo, Edgar Enrique De Los Ángeles González Arroyo. Exp. 18-005984-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 01 de noviembre del año 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306124 ).

En este Despacho, con una base de once mil ciento siete dólares con ochenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: GCC303, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil capacidad: 5 personas, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4X2, número de chasis: KMHCT41DADU298524, año fabricación: 2013, color: negro, número motor: G4FCCU897676, cilindrada: 1600 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del doce de marzo del dos mil diecinueve con la base de ocho mil trescientos treinta dólares con noventa y un centavos 75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de marzo del dos mil diecinueve con la base de dos mil setecientos setenta y seis dólares con noventa y siete centavos (25% de la base original) . Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra María Eunice Zúñiga Ramírez y Pablo Roberto Herrera Zúñiga. Expediente 18-005964-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 06 de noviembre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306125 ).

En este Despacho, con una base de cinco mil seiscientos ochenta y ocho dólares con veintiséis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BDF359, marca: Chevrolet, estilo: Spark LS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, tracción: 4x2, número de chasis: KL1MJ6C41CC133733, año fabricación: 2012, color: azul número motor: A08S3880615KC2, Cilindrada: 800 c. c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del cuatro de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del doce de marzo del año dos mil diecinueve con la base de cuatro mil doscientos sesenta y seis dólares con veinte centavos 75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y cero minutos del veinte de marzo del año dos mil diecinueve con la base de mil cuatrocientos veintidós dólares con siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Improsa S. A. contra Blanca Esmeralda Fernández Fonseca, Javier Leonardo Murillo Chavarría. Exp.: 18-005983-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 08 de noviembre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306126 ).

En este Despacho, con una base de doce mil cuatrocientos veinticuatro dólares con sesenta y tres centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones: citas: 20171300243, sumaria: 18-000515-0169-CI; sáquese a remate el vehículo BMV460, marca: Chevrolet, estilo: Spark LTZ, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2017, color: plateado, motor: LV7162640337, cilindrada: 1400 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del trece de marzo del dos mil diecinueve con la base de nueve mil trescientos dieciocho dólares con cuarenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de marzo del dos mil diecinueve con la base de tres mil ciento seis dólares con dieciséis centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Crediq Inversiones CR S. A. contra Carlos Manuel Fernández Cedeño. Expediente 18-005938-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 02 de noviembre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306127 ).

En este Despacho, con una base de once mil cuatrocientos sesenta y cinco dólares con treinta y siete centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones; boleta 2017227400945, sumaria: 17-011327-0174-TR, boleta: 3000517617, sumaria: 17-004171-0489-TR; sáquese a remate el vehículo BHM383, marca: Hyundai, estilo: Grand I10, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2015, color: azul, vin: MALA841CAFM064706, motor: G4LAEM460340, cilindrada: 1200 c. c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del dieciocho de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del veintiséis de marzo del año dos mil diecinueve con la base de ocho mil quinientos noventa y nueve dólares con tres centavos 75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del tres de abril del año dos mil diecinueve con la base de dos mil ochocientos sesenta y seis dólares con treinta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Crediq Inversiones CR S. A. contra Angel Gabriel Pineda Salvatierra. Exp:18-005946-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 05 de noviembre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306129 ).

En este Despacho, con una base de quince mil cuatrocientos treinta y siete dólares con once centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BGL 331, Marca: Hyundai, estilo: Sonata Hybrid Limited, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4Xx2 numero de chasis: KMHEC414BFA110855, año fabricación: 2015, color: blanco, número motor: G4KKEA422288, cilindrada: 2400 c.c, combustible: Gasolina-eléctrico. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cero minutos del uno de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del once de marzo del año dos mil diecinueve con la base de once mil quinientos setenta y siete dólares con ochenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diecinueve de marzo del año dos mil diecinueve con la base de tres mil ochocientos cincuenta y nueve dólares con veintiocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Improsa S. A. contra Sara Isabel De Los Ángeles Sequeira Sequeira y Unmuth Kohler Emanuel. Exp. 18-005965-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 06 de noviembre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306130 ).

En este despacho, con una base de diecinueve mil ciento cuatro dólares con ochenta y cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo KMM223, marca: Hyundai, estilo: Tucson GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2016, color: plateado, Vin: KMHJ2813BGU050721, motor: G4NAFU057817, cilindrada: 2000 c.c, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del cuatro de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del doce de marzo del año dos mil diecinueve con la base de catorce mil trescientos veintiocho dólares con sesenta y tres centavos75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veinte de marzo del año dos mil diecinueve con la base de cuatro mil setecientos setenta y seis dólares con veintiún centavos(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A., contra Carla Mercedes Hidalgo Rodríguez. Exp. 18-005966-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 08 de noviembre del año 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306131 ).

En este Despacho, con una base de diez mil novecientos doce dólares con treinta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BGM807, marca: Chevrolet, estilo: Cruze, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2014, color: negro, Vin: KL1PD5C52EK557146, motor: F18D4133250615, cilindrada: 1800 c. c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del doce de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veinte de marzo del año dos mil diecinueve con la base de ocho mil ciento ochenta y cuatro dólares con veintinueve centavos 75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de marzo del año dos mil diecinueve con la base de dos mil setecientos veintiocho dólares con diez centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Henry Francisco Loaiza Méndez. Exp.: 18-005975-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 08 de noviembre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306132 ).

En este Despacho, con una base de quince mil setecientos cincuenta y cinco dólares con sesenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BGD748, marca: Hyundai, estilo: Tucson GL, capacidad: 5 personas, año: 2014, color: plateado, Vin: KMHJT81EAEU894241, motor: G4NAEU307443, cilindrada: 2000 c. c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del uno de abril del año dos mil diecinueve con la base de once mil ochocientos dieciséis dólares con setenta y siete centavos 75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de abril del año dos mil diecinueve con la base de tres mil novecientos treinta y ocho dólares con noventa y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Jeysol María Miranda Blandón. Exp: 18-005968-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 08 de noviembre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306133 ).

En este Despacho, con una base de nueve mil seiscientos cincuenta dólares con ochenta y ocho centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones boleta: 2017320500089, sumaria: 17-00187-0489-TR; sáquese a remate el vehículo. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del quince de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veinticinco de marzo del año dos mil diecinueve con la base de siete mil doscientos treinta y ocho dólares con dieciséis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del dos de abril del año dos mil diecinueve con la base de dos mil cuatrocientos doce dólares con setenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Crediq Inversiones CR S. A. contra Grettel Paniagua Dávila. Exp. 18-005954-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 26 de noviembre del 2018.—Lic. Jorge Rojas Álvarez, Juez.—( IN2018306134 ).

En este Despacho, con una base de doce mil setecientos cincuenta y un dólares con cuarenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BGZ-180. Marca Hyundai, estilo Grand I10 GLS., categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2015, color blanco, vin MALA841CAFM054700, cilindrada 1200 cc., combustible gasolina, motor G4LAEM416202. Para tal efecto se señalan las siete horas y treinta minutos del cuatro de febrero del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y treinta minutos del doce de febrero del dos mil diecinueve con la base de nueve mil quinientos sesenta y tres dólares con sesenta y un centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas y treinta minutos del veinte de febrero del dos mil diecinueve, con la base de tres mil ciento ochenta y siete dólares con ochenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de Banco Improsa S. A. contra Moisés Antonio Jiménez Baltodano. Expediente 18-002465-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 19 de octubre del 2018.—Lic. Ricardo Cerdas Monge, Juez.—( IN2018306135 ).

En este Despacho, con una base de veintitrés mil seiscientos ochenta y cinco dólares con veintiocho centavos, libre de gravámenes prendarios y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MMG756, marca: Hyundai, estilo: Tucson GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, tracción: 4x4, color: blanco, Vin: KMHJ2813DHU194189, motor: G4NAGU166250, cilindrada: 200 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del veintiséis de febrero del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del seis de marzo del año dos mil diecinueve con la base de diecisiete mil setecientos sesenta y tres dólares con noventa y seis centavos75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de marzo del año dos mil diecinueve con la base de cinco mil novecientos veintiún dólares con treinta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Nelson Ernesto Guadamuz Obando. Exp:18-005463-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 31 de octubre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306136 ).

En este Despacho, con una base de once mil novecientos setenta y ocho dólares con ochenta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BDT 260, Marca: Hyundai Estilo: Elantra GL, categoría: automóvil capacidad: 5 personas, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4x2 numero de chasis: KMHDG41EBEU860423, año fabricación: 2014, color: plateado número motor: G4NBDU699042, cilindrada: 1800 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cero minutos del veintisiete de febrero del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del siete de marzo del año dos mil dieciocho con la base de ocho mil novecientos ochenta y cuatro dólares con diez centavos 75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del quince de marzo del año dos mil diecinueve con la base de dos mil novecientos noventa y cuatro dólares con setenta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Crediq Inversiones CR S. A. contra Luis Rodolfo de Jesús Arias Alfaro. Exp.: 18-005933-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 01 de noviembre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306137 ).

En este Despacho, Con una base de catorce mil ochocientos ochenta y nueve dólares con cinco centavos , libre de gravámenes prendarios, pero soportando Infracciones/colisiones, boleta número: 2018-326400076, sumaria número: 18-000026-1781-TR, sáquese a remate el vehículo placa: BJV068, Marca: Hyundai, Estilo: I20 GL Categoría: automóvil Capacidad: 5 personas, Carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback tracción: 4X2 Numero de Chasis: MALBM51CBGM142847, año fabricación: 2016, color: gris número motor: G4LCFU441462, Cilindrada: 1400 cc, Combustible: gasolina . Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del veintiséis de febrero del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del seis de marzo del año dos mil diecinueve con la base de once mil ciento sesenta y seis dólares con setenta y nueve centavos 75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de marzo del año dos mil diecinueve con la base de tres mil setecientos veintidós dólares con veintiséis centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Crediq Inversiones CR SA contra Francisco Javier Navarro León y Luz Lesbia Salazar Ponce. Exp:18-005934-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 31 de octubre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306138 ).

En este Despacho, con una base de once mil cuatrocientos ocho dólares con noventa y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BGG345, marca: Nissan, estilo: Tiida, categoría: Automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4x2 número de chasis: 3N1CC1AD5FK190152, año fabricación: 2015, color: gris número motor: HR16766177H, cilindrada: 1598 cc, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiocho de febrero del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del ocho de marzo del año dos mil diecinueve con la base de ocho mil quinientos cincuenta y seis dólares con setenta y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciocho de marzo del año dos mil diecinueve con la base de dos mil ochocientos cincuenta y dos dólares con veinticuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Crediq Inversiones CR S. A. contra Katherine Chery Arias Hurtado. Exp. 18-005950-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 31 de octubre del año 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306139 ).

En este Despacho, con una base de once mil novecientos ochenta dólares con cincuenta y cuatro centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones/infracciones, boleta 2018245600098, sumaria 18-001003-0496-TR; sáquese a remate el vehículo. Vehículo placa MYM 481, marca: Hyundai, estilo: Grand I10, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan, 4 puertas Hatchback, tracción: 4x2 de Chasis: MALA851CAHM382059, año fabricación: 2017, color: plateado motor: G4LAFM871739, cilindrada: 1200 cc, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas y cero minutos del veintisiete de febrero del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del siete de marzo del dos mil diecinueve, con la base de ocho mil novecientos ochenta y cinco dólares con cuarenta y un centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del quince de marzo del dos mil diecinueve, con la base de dos mil novecientos noventa y cinco dólares con catorce centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S.A. contra Mónica Eugenie Montero Azofeifa. Expediente 18-005959-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 31 de octubre del 2018.—Lic. Diego Ángulo Hernández, Juez.—( IN2018306140 ).

En este Despacho, con una base de cinco mil ciento setenta y nueve dólares con catorce centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BDF 380, marca: Chevrolet, estilo: Spark LS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: sedan 4 puertas hatchback tracción: 4x2 numero de chasis: KL1MJ6C41DC005137, año fabricación: 2013, color: negro número motor: A08S3964965KC2, cilindrada: 800 c. c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiocho de febrero del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del ocho de marzo del año dos mil diecinueve con la base de tres mil ochocientos ochenta y cuatro dólares con treinta y seis centavos 75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciocho de marzo del año dos mil diecinueve con la base de mil doscientos noventa y cuatro dólares con setenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Estefanie Alejandra Madrigal Pérez. Exp.: 18-005474-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 01 de noviembre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306141 ).

En este despacho, con una base de trece mil novecientos cuarenta y nueve dólares con setenta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo bjt775, marca: Hyundai, estilo: Creta GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2016, color: plateado, motor: G4FGFU607652, cilindrada: 1600 cc, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del diecinueve de febrero del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del veintisiete de febrero del año dos mil diecinueve con la base de diez mil cuatrocientos sesenta y dos dólares con treinta y tres centavos 75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del siete de marzo del año dos mil diecinueve con la base de tres mil cuatrocientos ochenta y siete dólares con cuarenta y cuatro centavos (25% de la base original) . Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de CREDIQ Inversiones CR S. A. contra Yorleny Vanessa Peña Martínez y a Steven Suarez Peña. Exp. 18-005951-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 05 de noviembre del año 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306142 ).

En este Despacho, Con una base de tres millones doscientos veinticuatro mil novecientos cincuenta y siete colones con ochenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BKL174, marca: Honda, estilo: Civic LX, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, color: plateado, vin: 1HGFA16526L051234, motor: R18A11531285, año: 2006, cilindrada: 1800 c. c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del dieciocho de febrero del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del veintiséis de febrero del año dos mil diecinueve con la base de dos millones cuatrocientos dieciocho mil setecientos dieciocho colones con treinta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del seis de marzo del año dos mil diecinueve con la base de ochocientos seis mil doscientos treinta y nueve colones con cuarenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Crediq Inversiones CR S. A. contra Marlon Steven Mora Ulloa. Exp.: 18-005935-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 01 de noviembre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306143 ).

En este Despacho, con una base de diez mil novecientos noventa y cuatro dólares con noventa y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo. Vehículo placa: SFS 712, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, de Chasis: KMHCT51CBCU046066, año fabricación: 2012, color: café, motor: G4FACU785712, cilindrada: 1400 cc, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cero minutos del dos de febrero del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del veintiocho de febrero del dos mil diecinueve, con la base de ocho mil doscientos cuarenta y seis dólares con veintitrés centavos 75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del ocho de marzo del dos mil diecinueve, con la base de dos mil setecientos cuarenta y ocho dólares con setenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Crediq Inversiones CR S. A. contra José Carlo Chacón Reyes. Expediente 18-005945-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 31 de octubre del 2018.—Lic. Diego Ángulo Hernández, Juez.—( IN2018306144 ).

En este Despacho, con una base de cinco mil quinientos catorce dólares con sesenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BDZ039, marca: Chevrolet, estilo: Sonic LT, categoría: automóvil capacidad: 5 personas, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4x2 numero de chasis: 3G1J85CCXDS599495, año fabricación: 2013, color: negro número motor: LDE123435023, cilindrada: 1600 c. c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del veintiséis de febrero del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del seis de marzo del dos mil diecinueve, con la base de cuatro mil ciento treinta y cinco dólares con noventa y siete centavos 75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del catorce de marzo del año dos mil diecinueve con la base de mil trescientos setenta y ocho dólares con sesenta y seis centavos 25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra María Eunice Vargas Monge. Exp.:18-005956-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 01 de noviembre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306145 ).

En este Despacho, con una base de once mil quinientos setenta y tres dólares con setenta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el Vehículo: Placas número 891253, marca: Hyundai, estilo: Tucson GL, categoría: automóvil Capacidad: 5, serie: KMHJT81BBCU322144, color: Plateado. año fabricación: 2012, motor G4KDBU404507. Para tal efecto se señalan las catorce horas y cero minutos del ocho de enero del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del dieciséis de enero del año dos mil diecinueve con la base de ocho mil seiscientos ochenta dólares con veintiocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de enero del año dos mil diecinueve con la base de dos mil ochocientos noventa y tres dólares con cuarenta y tres centavos, (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de Banco Improsa S. A. contra Bernardo Gerardo Casanova Arrieta, Jennifer Marcela Arias Howlett. Exp. 16-005269-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 12 de noviembre del 2018.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza Decisora.—( IN2018306146 ).

En este despacho, con una base de once mil ochocientos dieciséis dólares con setenta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BML387, marca: Chevrolet, estilo: Spark Classic, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2017, color: blanco, VIN: MA6CG6CDXHT000267, cilindrada: 1200 cc, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de abril del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veinticuatro de abril del año dos mil diecinueve con la base de ocho mil ochocientos sesenta y dos dólares con cincuenta y ocho centavos 75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del tres de mayo del año dos mil diecinueve con la base de dos mil novecientos cincuenta y cuatro dólares con diecinueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de CREDIQ Inversiones CR S. A. contra José Gerardo Fernández Cambronero. Exp. 18-005940-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 9 de noviembre del año 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306147 ).

En este Despacho, Con una base de mil cuatrocientos dieciocho dólares con quince centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 897744, marca: Chevrolet, estilo: Spark LS, categoría: automóvil, año: 2011, color: rojo, Vin: KL1CJ6C10BC634158, motor: B10D1477744KC3, cilindrada: 1000 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del uno de abril del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del treinta de diciembre del mil ochocientos noventa y nueve con la base de mil sesenta y tres dólares con sesenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las con la base de trescientos cincuenta y cuatro dólares con cincuenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Janneth Magaly Ramírez Moreno. Expediente 18-005961-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 08 de noviembre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306148 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cero minutos del veinticinco de enero de dos mil diecinueve, y con la base de veintiséis mil seiscientos setenta y nueve dólares con setenta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas BHP637, marca Ssang Yong, estilo Korando, capacidad 5 personas, año 2015, color blanco, cilindrada 1998 cc., combustible diésel. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del once de febrero del dos mil diecinueve, con la base de diecinueve mil doscientos cincuenta y nueve dólares con ochenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de febrero del dos mil diecinueve, con la base de seis mil cuatrocientos diecinueve dólares con noventa y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco LAFISE Sociedad Anónima contra Marcial Rolando de Jesús Aguiluz Barboza. Expediente 18-001179-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 13 de agosto del 2018.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2018306257 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones número de sumaria 16-001085-0497-TR número boleta 2016252800104 Autoridad Judicial Ministerio Público de Heredia, y colisiones número de sumaria 16-001175-0373-TC número boleta 2016234800778 Autoridad Judicial Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Santo Domingo; a las ocho horas y cero minutos del veintiocho de enero del año dos mil diecinueve, y con la base de diecisiete mil trescientos treinta y dos dólares con cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número JJJ021. Marca Nissan. Estilo Qashqai. categoría automóvil. capacidad 7 personas. año 2014. Color gris. VIN SJNJBAJ10Z7187681. cilindrada 2000 cc. combustible gasolina. motor MR20241363W. para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del doce de febrero del año dos mil diecinueve, con la base de doce mil novecientos noventa y nueve dólares con tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintisiete de febrero del año dos mil diecinueve con la base de cuatro mil trescientos treinta y tres dólares con un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. la anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco LAFISE S. A. contra Jorge Luis Rodríguez Fernández. Exp. 17-009854-1204-CJ. Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 18 de setiembre del año 2018.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Juez.—( IN2018306258 ).

En este Despacho, con una base de seis millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando serv y cond. ref: 00144302 000, bajo citas: 0350-00018307-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos cincuenta y nueve mil ochocientos ochenta y uno, derechos cero cero cero, la cual es terreno lote treinta y nueve, terreno para construir. Situada en el distrito 04 Coyolar, cantón 09 Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 38, al sur, servidumbre de paso con un frente de 36.75 metros, al este, lote 40 y al oeste, servidumbre de paso con 26.57 metros de frente. Mide: mil dos metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de enero del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del cinco de febrero del año dos mil dieciocho con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del trece de febrero del año dos mil diecinueve con la base de un millón quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de Carlos Luis García Mora contra Randall Gerardo Mena Suarez. Exp: 15-004122-1200-CJ.— Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 11 de octubre del 2018.—José Ricardo Cerdas Monge, Juez Decisor.—( IN2018306268 ).

En este Despacho, Con una base de ochenta y un mil cien dólares exactos , libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas: 465-02680-01-0007-001 y plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 2013-111300- 01-0006-001; a las ocho horas treinta minutos del dieciséis de enero del año 2019, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cincuenta y dos mil cincuenta y nueve cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno construido y patio. Situada en el distrito 9-Dulce Nombre, cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Alvarado Chaves Brenes y Federico Chaves Fallas; al sur, calle pública; al este, Federico Chaves Fallas y calle pública y al oeste, Manuel Morales Brenes y Álvaro Chávez Brenes. Mide: trescientos cincuenta y ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de enero del año 2019, con la base de sesenta mil ochocientos veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del primero de febrero del año 2019 con la base de veinte mil doscientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Bac San José S. A. contra Cintia Lucia Cerdas Chaves, Michael Esteban Moya Mata. Exp. 17-012964-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 19 de noviembre del 2018.—Licda Pilar Gómez Marín, Jueza.—( IN2018306300 ).

En este Despacho, para cada una de las fincas, con una base de setenta y un mil cuatrocientos seis dólares con sesenta y siete centavos ($71406.67), libre de gravámenes y anotaciones; saquen a remate las fincas del Partido de San José, matrícula número 00006714 F000 y 00006715 F000, 1. Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00006714 F000, la cual es terreno apartamento 7. Situada en el distrito 09 Pavas, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, apartamento 5; al este, Georgina Sáenz Collado, y al oeste, apartamento 8 y área común. Mide: Ciento diecisiete metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. 2. Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00006715 F000 la cual es terreno apartamento 8. Situada en el distrito 08 Mata Redonda, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, apartamento 6; al este, apartamento 7 y área común, y al oeste, Fernando Restrepo Drayer. Mide: Ciento diecisiete metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de enero del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veinticinco de enero del año dos mil diecinueve con la base de cincuenta y tres mil quinientos cincuenta y cinco dólares exactos ($53555) (75% de la base original) para cada una de las fincas y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cuatro de febrero del año dos mil diecinueve con la base de diecisiete mil ochocientos cincuenta y un dólares con sesenta y siete centavos ($17851.67) (25% de la base original) para cada una de las fincas. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Raúl Mohan Babbar Amighetti. Exp. 16-023934-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 11 de diciembre del 2018.—Licda. María Angelina Varela Valenciano. Jueza.—( IN2018306330 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas 0301-00008895-01-0912-001 y 0330-00004291-01-0901-001; a las diez horas cero minutos del veintidós de enero del dos mil diecinueve y con la base de sesenta y tres mil novecientos cuarenta y un dólares con diecisiete centavos al mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos veintitrés mil seiscientos cincuenta y dos cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno lote trece para construir. Situada en el distrito uno Alajuela, cantón uno Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: norte, sur y oeste, Compañía Cafetalera Carrizal del Norte S. A.; y al este, calle pública a Guadalupe de Alajuela. Mide: cuatrocientos treinta y siete metros con seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas cero minutos del treinta de enero del dos mil diecinueve con la base de cuarenta y siete mil novecientos cincuenta y cinco dólares con ochenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas cero minutos del siete de febrero del dos mil diecinueve con la base de quince mil novecientos ochenta y cinco dólares con veintinueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Doris Marcela Alvarado Rodríguez. Expediente 16-009263-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 23 de noviembre del 2018.—Lic. Luis Diego Vargas Vargas, Juez Tramitador.—( IN2018306331 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del dieciocho de enero del dos mil diecinueve, y con la base de once millones ochocientos quince mil ciento setenta y siete colones con cuarenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 385657-000 la cual es terreno lote 8 casa y solar. Situada en el distrito 05 Ipis, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, noreste, lote 9 Oscar Gutiérrez; al sur, calle con 10 m; al este, noroeste, Neftalí Gutiérrez; y al oeste, suroeste, lote 7 Ofelia Gutiérrez. Mide: setecientos dos metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de enero del dos mil diecinueve, con la base de ocho millones ochocientos sesenta y un mil trescientos ochenta y tres colones con seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de febrero del dos mil diecinueve con la base de dos millones novecientos cincuenta y tres mil setecientos noventa y cuatro colones con treinta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Roberto Antonio Galeano Téllez. Expediente 16-020487-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 12 de octubre del 2018.—Licda. Adriana Castro Rivera, Jueza Tramitadora.—( IN2018306335 ).

En este Despacho, con una base de ciento veintiséis millones novecientos treinta y seis mil doscientos setenta y un colones con trece céntimos, libre de gravámenes, pero soportando reservas y restricciones citas: 391-19173-01-0811-001, plazo de convalidación (rectificación de medida); sáquese a remate la Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y nueve ochocientos noventa y ocho-cero cero cero la cual es terreno naturaleza: agricultura lote 3-B-14. Situada en el distrito 2-Valle La Estrella, cantón 1-de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote 6; al sur, lote 4; al este, servidumbre; y al oeste, lote 7. Mide: doscientos dieciocho mil setecientos cincuenta y seis decímetros cuadrados. Plano: L-1948882-2017. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del veintiocho de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del veintitrés de abril de dos mil diecinueve con la base de noventa y cinco millones doscientos dos mil doscientos tres colones con treinta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate Firmado digital de: se señalan las once horas y cero minutos del nueve de mayo de dos mil diecinueve con la base de treinta y un millones setecientos treinta y cuatro mil sesenta y siete colones con setenta y ocho céntimos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de Cooperativa de Ahorro Crédito y Servicios Múltiples de los Médicos RSL contra Clive Roderick Watson Mc Lean, Watson Mc Lean Group CR S. A. Expediente 18-010866-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 28 de noviembre del 2018.—Lic. Verny Arias Vega, Juez.—( IN2018306355 ).

En este Despacho, Con una base de un millón quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número quinientos ochenta y ocho mil cincuenta y cinco, derechos 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 San Ignacio, cantón 12 Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al norte, José Jorge Arias Arias; al sur, calle pública con un frente a ella de 2 metros lineales; al este, calle pública con un frente a ella de 27.37 metros lineales y al oeste, zona de protección de río en medio de Río Jorco. Mide: ciento setenta metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del veintinueve de enero del año dos mil diecinueve .De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del seis de febrero del año dos mil diecinueve con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del catorce de febrero del año dos mil diecinueve con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L. contra José Alberto Arias Ureña. Exp:18-005826-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 23 de octubre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306356 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula 377129-001 y 002 (ambos derechos conforman la totalidad del inmueble), la cual es terreno para construir con 1 casa 8 Bloque 37. Situada en el distrito 9 Pavas, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 7; al sur, lote 9 y otro; al este, Sogeco S. A., y al oeste, Sogeco S. A. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de enero del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del uno de febrero del dos mil diecinueve, con la base de siete millones trescientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del once de febrero del dos mil diecinueve con la base de dos millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Rosa Aguirre Barquero, Santiago Heriberto Cortes Porras. Expediente 18-014649-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San Jose, 22 de octubre del 2018.—Licda. Kathya Araya Jácome, Jueza.—( IN2018306359 ).

En este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones (citas: 287-09713-01-0901-001), reservas y restricciones (citas: 287-09713-01-0903-001), reservas y restricciones (citas: 287-09713-01-0905-001), servidumbre de paso (citas: 569-75876-01-0002-001); con una base de cuatro millones novecientos sesenta mil colones exactos, sáquese a remate la finca del partido de Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y dos mil ochocientos cincuenta y cinco cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 13-Peñas Blancas, cantón 2-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote tres; al sur, Frejada Sociedad Anónima; al este, lote veintidós y al oeste, calle pública. Mide: mil treinta metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintitrés de enero del dos mil diecinueve. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de febrero del dos mil diecinueve, con la base de tres millones setecientos veinte mil colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de febrero del dos mil diecinueve, con la base de un millón doscientos cuarenta mil colones exactos (un 25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Jenny Patricia Vargas Badilla. Exp:16-018406-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de noviembre del 2018.—Licda. Angie Rodríguez Salazar, Jueza.—( IN2018306360 ).

En este Despacho, a las diez horas y treinta minutos del veintiocho de enero de dos mil diecinueve y con una base de dieciséis mil quinientos cincuenta dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando: servidumbre trasladada citas: 241-07723-01-0901-001; servidumbre trasladada citas: 339-05848-01-0927-001; servidumbre dominante citas: 339-05848-01-0928-001; servidumbre dominante citas: 339-13169-01-0022-001; servidumbre de alero citas: 340-17426-01-0005-001; servidumbre sirviente citas: 341-14441-01-0905-001; servidumbre sirviente citas: 342-12893-01-0023-001; servidumbre de alero citas: 344-16382-01-0007-001; servidumbre sirviente citas: 349-07499-01-0195-001; servidumbre sirviente citas: 349-07499- 01-0212-001; servidumbre dominante citas: 349-07499-01-0213-001; servidumbre dominante citas: 349-07499-01-0218-001; servidumbre sirviente citas: 349-07499-01-0233-001; servidumbre dominante citas: 349-07499-01-0234- 001; servidumbre trasladada citas: 349-07499-01-0235-001; servidumbre dominante citas: 349-07499-01-0236-001; servidumbre sirviente citas: 349-07499-01-0239-001; servidumbre dominante citas: 349-07499-01-0244-001; servidumbre sirviente citas: 349-07499-01-0246-001; servidumbre sirviente citas: 349-07499-01-0248-001; servidumbre dominante citas: 349-07499-01-0249- 001; servid de aleroref: 00327565 000 citas: 351-09587-01-0905-001; servidumbre sirviente citas: 353-12262-01-0032-001; servidumbre dominante citas: 356-01059-01-0913-001; servidumbre sirviente citas: 356-01059-01-0914-001; servidumbre trasladada citas: 364-15578-01-0803-001; servidumbre trasladada citas: 364-15578-01-0826-001; servid de alero ref: 00350726-000 citas: 365-12999-01-0903-001; servid de aleroref: 00350926-000 citas: 365-12999-01-0906-001; servidumbre dominante citas: 366-07889-01-0009-001; servidumbre sirviente citas: 366-07889-01-0010-001; servidumbre dominante citas: 371-08784-01-0005-001;servidumbre sirviente citas: 371-08784-01-0007-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos treinta y un mil veintidós, derecho cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa número 28. Situada en el distrito Hatillo, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, INVU y pared medianera; al sur, INVU y pared medianera; al este, INVU y pared medianera; y al oeste, acera 6 sur. Mide: cuarenta y cuatro metros con ochenta y un decímetros cuadrados. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del cinco de febrero del dos mil diecinueve con la base de doce mil cuatrocientos doce dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del trece de febrero del dos mil diecinueve con la base de cuatro mil ciento treinta y siete dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Andrea Vanessa Campos Zamora, Jorge Michael Campos Zamora, Miriam del Carmen Zamora Ramírez. Expediente 18-000561-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de noviembre del 2018.—Lic. Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez Tramitador.—( IN2018306362 ).

En este Despacho, con una base de trece millones trescientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 633915-000, derechos, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 8 San Antonio, cantón 4 Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, La Cabriola Laurel Cuatro S. A.; al este, calle pública, y al oeste, La Cabriola Laurel Cuatro S. A. Mide: Cuatrocientos veintitrés metros cuadrados. para tal efecto, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintidós de enero de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de enero de dos mil diecinueve con la base de diez millones doce mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del siete de febrero de dos mil diecinueve con la base de tres millones trescientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda De Ahorro y Préstamo contra Renee Lucia Montenegro Olivas. Exp. 18-011251-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 17 de octubre del 2018.—Lic. Kathya María Araya Jácome, Jueza Decisora.—( IN2018306363 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones ochenta y cuatro mil quinientos cuarenta y tres colones con sesenta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones (citas: 365-13578-01-0977-001); sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento setenta y tres mil novecientos veintinueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 2-La Virgen, cantón 10-Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Mario Luis Rodríguez Vásquez; al sur Víctor Manuel Hidalgo Padilla; al este, calle publica con frente de 26.15 metros, y al oeste, quebrada. Mide: mil doscientos sesenta y nueve metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y quince minutos del veintiuno de enero del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas y quince minutos del veintinueve de enero del dos mil diecinueve, con la base de seis millones sesenta y tres mil cuatrocientos siete colones con setenta y un céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y quince minutos del seis de febrero del dos mil diecinueve, con la base de dos millones veintiún mil ciento treinta y cinco colones con noventa céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ramón Pérez Calvo. Expediente 17-003926-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de noviembre del 2018.—Msc Kenny Obaldia Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2018306364 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas: 0300-00014313-01-0902-001M, reservas Ley de Aguas, citas: 0411-00015207-01-0234-001 y reservas Ley Caminos, citas 0411-00015207-01-0235-001; a las catorce horas y cero minutos del veintitrés de enero de dos mil diecinueve, y con la base de ciento cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos ochenta y cinco mil trescientos sesenta cero cero cero la cual es terreno para la agricultura lote 51-2. Situada en el distrito 05 La Ceiba, cantón 09 Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle S; al sur, Edwin Jiménez, Guillermo Campsso, Vidal Corrales y servidumbre de paso; al este, servidumbre de paso y al oeste, lote51-1. Mide: veintisiete mil ochocientos setenta metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de febrero de dos mil diecinueve, con la base de setenta y ocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de febrero de dos mil diecinueve con la base de veintiséis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Edwin Gerardo Porras Méndez. Exp.: 18-001297-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 17 de agosto del 2018.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2018306366 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 0325-00011522-01-0901-001 y servidumbre de paso citas: 0428-00011036-01-0002-001; a las siete horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de enero de dos mil diecinueve, y con la base de treinta y dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y un mil trescientos cuarenta y uno cero cero cero la cual es terreno para construir lote 12E. Situada en el distrito 01 Bagaces, cantón 04 Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Servicios Profesionales Del Pacífico S. A.; al sur, calle pública con un frente de 50 metros; al este, Servicios Profesionales Del Pacífico S. A., y al oeste, Servicios Profesionales Del Pacífico S. A. Mide: Cinco mil ochocientos cincuenta y ocho metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del siete de febrero de dos mil diecinueve, con la base de veinticuatro millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del veintidós de febrero de dos mil diecinueve con la base de ocho millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jesús María Benavides Herrera. Exp. 10-100560-0642-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 29 de agosto del año 2018.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2018306367 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones con las siguientes citas de inscripción: 309-4903-01-0991-001, 363-15166-01-0906-001, 363-15166-01-0907-001, 363-15166-01-0908-001, 363-15166-01-0909-001, 363-15166-01-090-001 y 363-15166-01-0911-001; a las nueve horas y cero minutos del cuatro de febrero del dos mil diecinueve y con la base de cuarenta y siete millones cuatrocientos treinta y seis mil cuatrocientos treinta y cuatro colones con setenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y cuatro mil novecientos siete cero cero cero la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito Naranjito, cantón Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Agrotecal del Pacífico Sociedad Anónima; al sur, camino público; al este, Inmobiliaria Luiyi Sociedad Anónima; y al oeste, Dagoberto Navarro Elizondo. Mide: ochocientos setenta y seis metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de febrero del dos mil diecinueve, con la base de treinta y cinco millones quinientos setenta y siete mil trescientos veintiséis colones con nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del seis de marzo del dos mil diecinueve con la base de once millones ochocientos cincuenta y nueve mil ciento ocho colones con setenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Itzel Paola Porras Calderón. Expediente 13-000437-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 16 de agosto del 2018.—Licda. Anny Hernández Monge, Jueza.—( IN2018306369 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 320-03385-01-0906-003; a las catorce horas y quince minutos del veinticuatro de enero de dos mil diecinueve, y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el registro público, partido de limón, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ochenta y cuatro mil quinientos treinta y siete-cero cero cero la cual es terreno para construir lote 10 d con una casa de habitación. Situada en el distrito Batán, cantón Matina, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Aselyca; al sur, Aselyca; al este, Aselyca y al oeste, calle pública. Mide: doscientos treinta y cuatro metros con dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del ocho de febrero de dos mil diecinueve, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del veinticinco de febrero de dos mil diecinueve con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se Firmado digital de: remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Andrey Mata Quesada, Claudio Mata Núñez. Exp: 18-004916-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 06 de diciembre del 2018.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez Tramitador.—( IN2018306386 ).

En este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas cero minutos del veintisiete de febrero del dos mil diecinueve, y con la base de un millón cuatrocientos cincuenta y siete mil ciento cuarenta y tres colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 67374-000 la cual es terreno para construir Bloque I-Lote 4. Situada en el distrito 1-Limón, cantón 1-Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Avenida Caracol; al sur, INVU; al este, INVU, y al oeste, calle Tiburón. Mide: ciento treinta y tres metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las once horas cero minutos del siete de marzo del dos mil diecinueve, con la base de un millón noventa y dos mil ochocientos cincuenta y siete colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas cero minutos del quince de marzo del año dos mil diecinueve, con la base de trescientos sesenta y cuatro mil doscientos ochenta y cinco colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Ricardo Alfredo Lewis Webley. Expediente 15-036287-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 08 de noviembre del 2018.—Licda. Adriana Castro Rivera, Jueza Tramitadora.—( IN2018306387 ).

En este Despacho, con una base de trece millones cuatrocientos treinta y siete mil doscientos treinta y seis colones veintiún céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada: 0372-00019758-01-0800-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 00501726-000, derechos 000, la cual es terreno lote 7, terreno de solar. Situada en el distrito 02 San Miguel, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Pinares de Jericó M B C Sociedad Anónima y calle pública con 36,67 metros; al sur, Pinares de Jericó M B C S. A.; al este, Pinares de Jericó M B C S. A.; y al oeste, Pinares de Jericó M B C S. A. Mide: tres mil cuatrocientos setenta y siete metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintiocho de febrero del dos mil diecinueve. de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del ocho de marzo del dos mil diecinueve con la base de diez millones setenta y siete mil novecientos veintisiete colones quince céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del dieciocho de marzo del dos mil diecinueve con la base de tres millones trescientos cincuenta y nueve mil trescientos nueve colones cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas Firmado digital de: en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Lubricentro Vidalas S. A. Expediente 18-008562-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 12 de noviembre del 2018.—Licda. Adriana Castro Rivera, Jueza Tramitadora.—( IN2018306388 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 369-10658-01-0950-001; a las catorce horas y quince minutos del veintidós de enero del dos mil diecinueve, y con la base de veintitrés millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta mil trescientos sesenta y cinco cero cero cero la cual es terreno lote 47-D para construir con casa. Situada en el distrito-San Rafael Abajo, cantón-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 48 D; al sur, lote 46 D; al este, en parte 11 de y lote 12 D; y al oeste, calle pública 6m de frente. Mide: ciento treinta y seis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del seis de febrero del dos mil diecinueve, con la base de diecisiete millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del veintiuno de febrero del dos mil diecinueve con la base de cinco millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Doña Berta de Heredia S. A. contra El Castillo Olite Sociedad Anónima. Expediente 18-004831-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 31 de julio del 2018.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2018306392 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y quince minutos del veinticuatro de enero de dos mil diecinueve y con la base de cincuenta y cinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y ocho mil ochocientos ochenta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir con un galerón. Situada en el distrito Catedral, cantón San José de la provincia de San José. Colinda: al noreste: calle pública con 8.36 metros de frente y Virginia Acuña Barrientos; al noroeste: Inversiones Vera Sociedad Anónima y María Josefa Zumbado Cruz; al sureste: Virginia Acuña Barrientos, Ligia María Ramón Bermúdez y Olga Marta Castillo Alpízar todas en parte; y al suroeste: María Josefa Zumbado, Teresa Del Rosario Gutiérrez Zeledón y Ligia María Ramón Bermúdez en parte. Mide: doscientos veintiséis metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del ocho de febrero de dos mil diecinueve, con la base de cuarenta y un mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del veinticinco de febrero de dos mil diecinueve, con la base de trece mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. la anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Industrial la Poderosa Sociedad Anónima, Inmobiliaria los Victoriosos S. A. contra Olga Marta Castillo Alpízar, Rolando Rivera Castillo. Expediente: 18-004870-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 13 de agosto del 2018.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2018306393 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 306-21324-01-0901-001; a las diez horas y cero minutos del veintidós de enero de dos mil diecinueve, y con la base de un millón cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 179983-00, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Mansión, cantón Nicoya, provincia Guanacaste. Colinda: norte, Guillermo Solano Quesada y lotes 1-2-3; sur, Lote 5 y Lote 6; este, Donald Calixto de Jesús Guerrero Arias, y oeste, calle pública con un frente a ella de 3.02 metros. Mide trescientos treinta y nueve metros cuadrados. Plano G-1375044-2009. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del seis de febrero del dos mil diecinueve, con la base de un millón cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de febrero del dos mil diecinueve, con la base de trescientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Douglas García Montiel contra Carlos Alexis Fallas Monge. Expediente 18-001587-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 30 de agosto del 2018.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—( IN2018306415 ).

En este Despacho, con una base de ciento diez mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 2015-409062-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número doscientos cuarenta y seis mil quinientos noventa y tres, derechos 000, la cual es terreno lote 3 terreno para construir. Situada en el distrito San Antonio, cantón Belén, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Corporación Luirit Int S.A. y en parte servidumbre de paso y servicios con un frente de 2 metros; al sur, Raquel y Monserrat ambas González Campos y en parte servidumbre de paso y servicios con un frente de 2 metros; al este lote 2 y 4 y servidumbre de paso y servicios con un frente de 6.06 metros y al oeste, 3-101-679236 S. A. Mide: trescientos noventa y seis metros cuadrados. Para tal efecto se señalan las diez horas y treinta minutos del veintitrés de abril de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del ocho de mayo de dos mil diecinueve con la base de ochenta y dos mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintitrés de mayo de dos mil diecinueve con la base de veintisiete mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Con una base de cuatrocientos ochenta y cuatro dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 2015-409062-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número doscientos cuarenta y tres mil setecientos noventa y cuatro, derechos 000, la cual es terreno destinado a servidumbre de paso y servicios. Situada en el distrito San Antonio, cantón Belén, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lotes del 3 al 5; al sur, lote a 1 a 3 antes segregados; al este, calle pública con un frente a ella de 6 .06 metros y al oeste lote 3 antes segregado. Mide: Doscientos ochenta metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintitrés de abril de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del ocho de mayo de dos mil diecinueve con la base de trescientos sesenta y tres dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintitrés de mayo de dos mil diecinueve con la base de ciento veintiún dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cortijo Tierra Morena Limitada, Inversiones Lipizzanas Limitada contra Alma de Fe Sociedad Anónima, Edwing Alfonso Gómez Chávez. Exp: 18-005967-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 05 de noviembre del 2018.—MSc. Gabriela Chaves Villalobos, Tramitadora.—( IN2018306456 ).

En este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, 1) pero soportando demanda ordinaria bajo las citas 800-180363-01-0001-001 sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 169004-000, la cual es terreno lote 2 terreno de repastos. Situada en el distrito 7-Diria, cantón 3-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle publica con 65 metros de frente y lote 3; al sur, Río Grande, Mireya Baltodano Chavarría y lote 1; al este, Río Grande, Mireya Baltodano Chavarría y lote 3 y al oeste, lote 1. Mide: cinco mil metros cuadrados. 2) Pero soportando demanda ordinaria bajo las citas 800-180365-01-0001-001 sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 169005-000, la cual es terreno lote 3 terreno de repastos. Situada en el distrito 7-Diria, cantón 3-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 50 metros de frente y lote 4; al sur, Río Grande, Mireya Baltodano Chavarría y lote 2; al este, Río Grande, Mireya Baltodano Chavarría y lote 4 y al oeste, lote 2 y calle pública con 50 metros de frente. Mide: cinco mil metros cuadrados. 3) pero soportando demanda ordinaria bajo las citas 800-180362-01-0001-001 sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 169006-000, la cual es terreno lote 4 terreno de repastos. Situada en el distrito 7-Diria, cantón 3-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 25 metros de frente y Arcoiris Criptico Guanacaste A.C.G.S. Sociedad Anónima; al sur, Río Grande, Mireya Baltodano Chavarría y lote 3; al este, Río Grande, Mireya Baltodano Chavarría y Arcoiris Criptico Guanacaste A.C.G.S. Sociedad Anónima y al oeste, Lote 3. Mide: cinco mil metros cuadrados. 4) pero soportando demanda ordinaria bajo las citas 800-180360-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 169003-000, la cual es terreno lote 1 terreno de repastos. Situada en el distrito 7-Diria, cantón 3-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 30 metros de frente y lote 2; al sur, Carmen Cascante Rosales, Río Grande y Mireya Baltodano Chavarría; al este, Río Grande, Mireya Baltodano Chavarría y lote 2 y al oeste, Carmen Cascante Rosales y calle publica con 30 metros de frente. Mide: dos mil quinientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de enero de dos mil diecinueve, las fincas 169004-000, 169005-000 y 169006-000 cada una con una base de treinta y dos millones quinientos mil colones, y la finca 169003-000, con la base de dieciséis millones doscientos cincuenta mil colones. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del uno de febrero de dos mil diecinueve, las fincas 169004-000, 169005-000 y 169006-000 cada una con la base de veinticuatro millones trescientos setenta y cinco mil colones (75% de la base original), y la finca 169003-000, con la base de doce millones ciento ochenta y siete mil quinientos colones (75% de la base firmado digital de: original); y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del once de febrero de dos mil diecinueve, las fincas 169004-000, 169005-000 y 169006-000 cada una con la base de ocho millones ciento veinticinco mil colones (25% de la base original), y la finca 169003-000, con la base de cuatro millones sesenta y dos mil quinientos colones (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3-101-563794 S. A. contra Arco Iris Criptico Guanacaste ACGS S. A. Exp: 11-021430-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 02 de noviembre del 2018.—Licda. Heilim Badilla Alvarado, Jueza.—( IN2018306483 ).

En este Despacho, Con una base de veintidós mil seiscientos sesenta y seis dólares con cincuenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el Vehículo: placas BDX604, marca: Toyota, estilo: RAV4, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2014, tracción: 4x4, color: gris. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del quince de enero de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veintitrés de enero de dos mil diecinueve con la base de dieciséis mil novecientos noventa y nueve dólares con noventa y cuatro centavos75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de enero de dos mil diecinueve con la base de cinco mil seiscientos sesenta y seis dólares con sesenta y cuatro centavos(25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Bac San José S. A. contra Contrugyp Sociedad Anónima, Estefanny de los Ángeles Ortega Siles, Roiner Fernando de los Ángeles Ortega Bastos. Exp:17-012088-1164-CJ.—Juzgado Especializado De Cobro de Cartago, 14 de noviembre del 2018.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2018306499 ).

En este Despacho, con una base de ciento veinticinco mil doscientos ochenta y nueve dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento noventa y seis mil ciento cuarenta y siete, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 04 San Roque, cantón 02 Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, parque número cinco Municipalidad de Barva; al sur, avenida pública tercera; al este, lote 146 y al oeste, lote 144. Mide: doscientos cuarenta y dos metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y treinta minutos del uno de febrero de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta minutos del once de febrero de dos mil diecinueve con la base de noventa y tres mil novecientos sesenta y seis dólares con setenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del diecinueve de febrero de dos mil diecinueve con la base de treinta y un mil trescientos veintidós dólares con veinticinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Bac San José S.A contra Hazel María Sáenz Muñoz, Noelia Sáenz Muñoz. Exp. 16-008207-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 4 de diciembre del año 2018.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—( IN2018306500 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; para el primer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del seis de febrero del dos mil diecinueve, y con la base de diez millones ochocientos noventa y siete mil quinientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: chasis y Vin: LFP ochenta y tres ACC siete E uno D cincuenta y un mil quinientos veintinueve, marca: FAW: estilo y modelo: Oley; año modelo: dos mil catorce; clasificación de vehículo: cero cuatro sesenta y cinco automóvil sedan cuatro puertas; peso bruto: mil ciento quince kilogramos; número de puertas: cuatro; color; rojo número de plazas: cinco; tracción: cuatro por dos; marca de motor: FAW; número de motor: CA cuatro GA cinco ME cien mil ciento setenta y uno; tipo de motor: CA cuatro GA cinco; combustible: GLP y gasolina; numero de cilindros: cuatro; cilindrada: mil quinientos centímetros cúbicos; potencia: sesenta y nueve KW; placa: TSJ-001045. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del catorce de febrero del dos mil diecinueve, con la base de ocho millones ciento setenta y tres mil ciento veinticinco colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del veintidós de marzo del dos mil diecinueve con la base de dos millones setecientos veinticuatro mil trescientos setenta y cinco colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Rodolfo Martínez Cedeño. Expediente 17-008584-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 01 de noviembre del 2018.—Licda. Yendri Patricia Rojas Pérez, Jueza Tramitadora.—( IN2018306504 ).

En este Despacho, con una base de tres mil trescientos cincuenta dólares con cuarenta y seis centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones número de sumaria 16-005734-0496-TR número de boleta 2016245600655; sáquese a remate el vehículo placas 709576, Marca: Fiat, estilo: Siena HLX, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2008, color: negro, vin: 9BD17219483355290. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del veintinueve de mayo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del seis de junio de dos mil diecinueve con la base de dos mil quinientos doce dólares con ochenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del catorce de junio de dos mil diecinueve con la base de ochocientos treinta y siete dólares con sesenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ S. A. contra Hellen Alexandra Quesada Cubero. Exp. 18-007292-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 27 de noviembre del 2018.—Lic. German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2018306526 ).

En este Despacho, con una base de seis mil quinientos treinta y cuatro dólares con veintitrés centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: 796774, marca: Nissan, estilo: Sentra, serie: 3N1AB61D1ZL501792, año fabricación: 2009, color: gris, motor: MR20258536H, cilindrada: 1997 c. c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de abril de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veinticinco de abril de dos mil diecinueve con la base de cuatro mil novecientos dólares con sesenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del siete de mayo de dos mil dieciocho con la base de mil seiscientos treinta y tres dólares con cincuenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ Sociedad Anónima contra Rebeca Beatriz Miranda Abarca. Exp: 18-017423-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 27 de noviembre del 2018.—Licda. Adriana Soto González, Jueza.—( IN2018306527 ).

En este Despacho, con la base de doscientos cincuenta y dos mil trescientos sesenta y cinco dólares con setenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 78336-F-000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número veintiuno A apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 4-Ulloa, cantón 1-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, área común destinada a Avenida Primera; al sur, finca filial dos A y finca filial uno A ambas en parte; al este, finca filial veinte A; y al oeste, área común destinada a calle primera. Mide: trescientos ochenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y treinta minutos del veinticuatro de enero del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta minutos del uno de febrero del dos mil diecinueve con la base de ciento ochenta y nueve mil doscientos setenta y cuatro dólares con treinta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del once de febrero del dos mil diecinueve con la base de sesenta y tres mil noventa y un dólares con cuarenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Promerica de Costa Rica S.A. contra Carlos Francisco Graffigna Tamayo, Rossana Oliveira Graffigna y Taurus Business Holdings S.R.L Expediente 18-006353-1170-CJ.—Juzgado Segundo de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 22 de octubre del 2018.—Licda. María del Carmen Vargas González, Jueza.—() IN2018306528 ).

En este Despacho, con una base de cinco mil once dólares con treinta y tres centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones: boleta: 201669200184, sumaria: 16-600901; sáquese a remate el vehículo 877288, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2012, color: plateado, VIN: KMHCT41CACU018985, combustible: gasolina, cilindrada: 1400 cc. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del uno de febrero del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del once de febrero del año dos mil diecinueve con la base de tres mil setecientos cincuenta y ocho dólares con cuarenta y nueve centavos 75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de febrero del año dos mil diecinueve con la base de mil doscientos cincuenta y dos dólares con ochenta y cuatro centavos (25% de la base original) . Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de IMCR Fiduciaria CT Sociedad Anónima contra Heth Sem Guillén Abarca. Exp. 18-004851-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 17 de octubre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2018306529 ).

En este Despacho, al ser las diez horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de febrero de dos mil diecinueve, con una base de diez mil seiscientos cincuenta dólares con nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: MRJ001. Vehículo: Placas número MRJ001. Marca Kía. Estilo Río. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2017. Color negro. Vin KNADM411AH6679635. Cilindrada 1248 c.c. Combustible gasolina. Motor G4LAGP004966. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del doce de febrero de dos mil diecinueve con la base de siete mil novecientos ochenta y siete dólares con cincuenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de febrero de dos mil diecinueve con la base de dos mil seiscientos sesenta y dos dólares con cincuenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda Costa Rica S. A. contra Marianela Sandí Sandí Exp: 17-011584-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 06 de diciembre del 2018.—Msc. Kenny Obaldía Salazar, Jueza.—( IN2018306549 ).

En la puerta exterior de este Despacho; a las catorce horas y cuarenta minutos del veintitrés de enero de dos mil diecinueve, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Con la base de treinta y cinco millones de colones exactos finca del partido de Heredia, matrícula número doscientos doce mil trescientos treinta y cinco cero cero cero, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando traspaso de finca por fideicomiso 2012-362290-001; la cual es terreno para construir, finca se encuentra en zona catastrada.- Situada en el distrito Santa Rosa, cantón Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur, José María Chacón Chacón; al este, línea férrea y al oeste, Consorcio Veracruz del Oeste S.A. Mide: mil novecientos setenta y nueve metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. 2) Con la base de treinta millones de colones exactos Finca del partido de Heredia, matrícula número doscientos doce mil trescientos treinta y seis cero cero cero, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando traspaso de finca por fideicomiso 2012- 362290-001; la cual es terreno para construir finca se encuentra en zona catastrada. Situada en el distrito Santa Rosa, cantón Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur, José María Chacón Chacón; al este, Abel Rodríguez Moreira y al oeste, Consorcio Veracruz del Oeste S.A. Mide: mil cuatrocientos veintisiete metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta minutos del siete de febrero de dos mil diecinueve de la siguiente forma: 1) Finca del partido de Heredia, matrícula número 212.335-000, con la base de veintiséis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un 25%) y 2) Finca del partido de Heredia, matrícula número 212.336-000, con la base de veintidós millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y cuarenta minutos del veintidós de febrero de dos mil diecinueve,, de la siguiente forma: 1) Finca del partido de Heredia, matrícula número 212.335- 000, con la base de ocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un 25% de la base original) y 2) Finca del partido de Heredia, matrícula número 212.336-000, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (un 25% de la base original). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Gestionadora de Créditos S J S.A contra Aditivos y Repuestos EFC S.A., Armando Mauricio Gómez Orozco, Estructuras Inza S.A. Exp. 16- 007786-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 10 de agosto del 2018.—Msc. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2018306578 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión bajo la sumaria 17-009807-0174-TR; a las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de enero del dos mil diecinueve, y con la base de trece mil noventa y ocho dólares con treinta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa: BFR489, marca: Toyota, estilo: Yaris, categoría: automóvil, año: 2014, color: gris, serie: JTDBT92300L051833. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del once de febrero del dos mil diecinueve, con la base de nueve mil ochocientos veintitrés dólares con setenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiséis de febrero del dos mil diecinueve con la base de tres mil doscientos setenta y cuatro dólares con cincuenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Alejandro Fonseca Garita. Expediente 18-001965-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 05 de setiembre del 2018.—Lic. Esteban Herrera Vargas, Juez.—( IN2018306584 ).

En este Despacho, con una base de quinientos catorce mil setecientos siete colones con dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MOT 298248. Marca Geely. Estilo mensajera. Categoría motocicleta. Capacidad 2 personas. Año 2011. Color azul. Vin LB2ACJ004A5900075. cilindrada 125 c.c. Combustible gasolina. Motor JL157FMIA07140172. Para tal efecto se señalan las catorce horas y quince minutos del veintiocho de enero del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y quince minutos del seis de febrero del dos mil diecinueve con la base de trescientos ochenta y seis mil treinta colones con veintiséis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y quince minutos del quince de febrero del dos mil diecinueve con la base de ciento veintiocho mil seiscientos setenta y seis colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Jefry Steven Herrera Naranjo. Expediente 17-006370-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 29 de octubre del 2018.—Lic. Gerardo Monge Blanco, Juez Decisor.—( IN2018306585 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión 17-008909-0174-TR; a las ocho horas y veinte minutos del diecisiete de enero del dos mil diecinueve, y con la base de veintitrés mil cuatrocientos cincuenta y cuatro dólares con setenta y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas número TSJ 007148. Marca Citroen. Estilo Berlingo. Categoría automóvil. Capacidad 6 personas. Año 2015. Color rojo. Vin VF77J9HECFJ507574. Cilindrada 1560 c.c. Combustible diesel. Motor 10JBEB0074869. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y veinte minutos del uno de febrero del dos mil diecinueve, con la base de diecisiete mil quinientos noventa y un dólares con seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y veinte minutos del dieciocho de febrero del dos mil diecinueve con la base de cinco mil ochocientos sesenta y tres dólares con sesenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Gustavo Adolfo Bustos Blanco. Expediente 17-013922-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de agosto del 2018.—Lic. Gerardo Monge Blanco, Juez.—( IN2018306586 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del dieciséis de enero del dos mil diecinueve, y con la base de nueve mil doscientos ochenta y tres dólares con veintiocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas número FSG 098. Marca ZAP. Estilo A380. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2013. Color gris. Vin LZ0CC5X09D2000071. Cilindrada 2000 c.c. Combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta y uno de enero del dos mil diecinueve, con la base de seis mil novecientos sesenta y dos dólares con cuarenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de febrero del dos mil diecinueve con la base de dos mil trescientos veinte dólares con ochenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Mario Alberto Pastor Valverde. Expediente 18-002921-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 14 de marzo del 2018.—Lic. Verny Arias Vega, Juez.—( IN2018306587 ).

En este Despacho, con una base de veintiún mil seiscientos cincuenta y dos dólares con treinta y cinco centavos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo placas CL 272695, marca Mitsubishi, categoría carga liviana, serie FG83PEA20303, carrocería arenero, estilo Canter Fuso, capacidad 3 personas, año 2012, color blanco, de motor 4D34N13068, marca Mitsubishi, cilindrada 3900 cc, cilindros 4, combustible diesel. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de enero de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de enero de dos mil diecinueve, con la base de dieciséis mil doscientos treinta y nueve dólares con veintiséis centavos, (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del quince de febrero de dos mil diecinueve, con la base de cinco mil cuatrocientos trece dólares con ocho centavos, (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Óscar Gerardo Solano Cascante. Expediente: 18-009945-1170-CJ.—Juzgado Segundo de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de octubre del 2018.—Licda. Alba Aurora Ramírez Bazán, Jueza.—( IN2018306588 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y veinte minutos del ocho de marzo del dos mil diecinueve, y con la base de mil setecientos dieciocho colones con treinta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número 548632, marca: Ssang Yong, estilo: Rexton, capacidad: 7 personas, año: 2004, color: gris, categoría: automóvil, carrocería: station wagon o familiar, tracción: 4X4, chasis: KPTG0B1DS4P111330, motor: 66292510008229, cilindrada: 2874 c.c., combustible: diesel, cilindros: 05. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y veinte minutos del veinticinco de marzo del dos mil diecinueve, con la base de mil doscientos ochenta y ocho colones con setenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y veinte minutos del nueve de abril del dos mil diecinueve con la base de cuatrocientos veintinueve colones con cincuenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra José Francisco de Jesús Jiménez Cordero. Expediente 17-004733-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 25 de mayo del 2018.—Lic. Mauricio Hidalgo Hernández, Juez.—( IN2018306590 ).

 En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones, boleta: 201318900232, sumaria: 13-002255-0496-TR, Fecha de Inclusión: 31-jul-2013, tipo: Colisiones, autoridad judicial Juzgado de Tránsito de Cartago; a las diez horas y cuarenta minutos del once de marzo de dos mil diecinueve, y con la base de un millón setecientos cuarenta y tres mil cuatrocientos nueve colones con treinta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: Placas número 701221, marca Geely, estilo CK 1.3, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2007, color rojo, vin L6T7524S77N001698, cilindrada 1300 cc, combustible gasolina, motor MR479Q611288992. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta minutos del veintiséis de marzo de dos mil diecinueve, con la base de un millón trescientos siete mil quinientos cincuenta y siete colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta minutos del diez de abril de dos mil diecinueve con la base de cuatrocientos treinta y cinco mil ochocientos cincuenta y dos colones con treinta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (Veinsa) Sociedad Anónima contra Luis Bernardo Vega Solano. Exp. 17-006131- 1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 25 de mayo del 2018.—Lic. Mauricio Hidalgo Hernández, Juez.—( IN2018306591 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del once de marzo de dos mil diecinueve y con la base de ocho mil seiscientos ochenta y dos dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número 619350, marca Ssang Yong, estilo RX 270 XDI. categoría automóvil, capacidad siete personas, año 2006, color negro, vin KPTG0B1FS6P202888, combustible diesel, motor 66592512530289. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiséis de marzo de dos mil diecinueve, con la base de seis mil quinientos once dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del diez de abril de dos mil diecinueve, con la base de dos mil ciento setenta dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Heiner Monge Camacho y Ricardo Adolfo Moreira Gómez. Expediente: 18-003841-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 4 de julio del 2018.—Licda. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—( IN2018306592 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis mil ochocientos ochenta y seis dólares con veintidós centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL-276509. Marca JMC. Estilo N900. Categoría carga liviana. Capacidad 3 personas. Año 2014. Color azul. Vin LETYECG39EHN00882. Cilindrada 2771 c.c. Para tal efecto se señalan las diez horas del seis de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas del catorce de marzo del dos mil diecinueve con la base de doce mil seiscientos sesenta y cuatro dólares con sesenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas del veinticinco de marzo del dos mil diecinueve con la base de cuatro mil doscientos veintiún dólares con cincuenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Compañía del Atlántico Venegas Arias S. A. Expediente 17-019587-1044-CJ. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 09 de octubre del 2018.—Licda. Mariana Jovel Blanco, Jueza Decisora.—( IN2018306593 ).

En este Despacho, con una base de once mil quinientos cuarenta y un dólares con treinta y ocho centavos, embargo practicado al tomo 800, asiento 00384964 y colisiones 18-001654-0489-TR 2018316100134, sáquese a remate el vehículo CL270646, marca: Ssang Yong, estilo: Actyon Sports, categoría: carga liviana, capacidad 5 personas, año 2012, color negro, vin KPACA1EKSBP117490, motor o carrocería 66495110549762, cilindrada 2000 cc, combustible diésel. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del once de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de marzo de dos mil diecinueve, con la base de ocho mil seiscientos cincuenta y seis dólares con tres centavos75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecinueve, con la base de dos mil ochocientos ochenta y cinco dólares con treinta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de ocho días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta Nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Javier Eduardo Bustamante Badilla. Expediente: 18-004526-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de octubre del 2018.—Mariela Porras Retana, Jueza.—( IN2018306594 ).

En este Despacho, con una base de mil doscientos treinta y tres dólares con cuarenta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: 517952, marca: Mitsubishi, estilo: Outlander GLS, categoría: automóvil, año fabricación: 2003, color: gris y serie: JMYXRCU4W3U000884, capacidad 5 personas, cilindrada 2351 cc, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas y cero minutos (2:00 p. m.) del siete de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos (2:00 p. m) del dieciocho de marzo de dos mil diecinueve con la base de novecientos veinticinco dólares con nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos (2:00 p. m.) del veintiséis de marzo de dos mil diecinueve con la base de trescientos ocho dólares con treinta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (Veinsa) Sociedad Anónima contra Diego Oldemar Jiménez Cordero, Enid Beatriz Monge Hernández. Exp. 18-014305-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de octubre del 2018.—Lic. Audrey Abarca Quirós, Juez Decisor.—( IN2018306595 ).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando prenda de primer grado, del Banco Nacional de Costa Rica, bajo las citas 2017-47114-002; a las catorce horas cero minutos del primero de marzo del dos mil diecinueve, y con la base de cuatrocientos sesenta y tres mil novecientos setenta y tres colones con setenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placa BML310, marca Citroen, estilo C-Elysee, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2017, carrocería sedan 4 puertas, tracción 4X2, chasis VF7DDNFPBHJ506505, Vin VF7DDNFPBHJ506505. Para el segundo remate se señalan las catorce horas cero minutos del dieciocho de marzo del dos mil diecinueve, con la base de trescientos cuarenta y siete mil novecientos ochenta colones con treinta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas cero minutos del dos de abril del dos mil diecinueve con la base de ciento quince mil novecientos noventa y tres colones con cuarenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra María José Gamboa Zúñiga. Expediente 17-007938-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 02 de mayo del 2018.—Licda. Floryzul Porras López, Jueza.—( IN2018306596 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del seis de marzo de dos mil diecinueve y con la base de cuatro mil quinientos diecisiete dólares con sesenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número CL-286865, marca Chevrolet, estilo S-10, categoría carga liviana, capacidad 5 personas, año 2006, color verde, vin 9BG138BC06C408375, cilindrada 2800 cc, combustible diesel, motor M1T239327. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiuno de marzo de dos mil diecinueve, con la base de tres mil trescientos ochenta y ocho dólares con veintidós centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del cinco de abril de dos mil diecinueve, con la base de mil ciento veintinueve dólares con cuarenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Keneth Enrique González Aguilar. Expediente: 18-004414-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de junio del 2018.—M.Sc. Zary Navarro Zamora, Jueza.—( IN2018306597 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del veintinueve de enero de dos mil diecinueve, y con la base de veinte mil novecientos dieciséis dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número CL-268389, marca Mitsubishi, estilo L200 Sportero, categoría carga liviana, capacidad 5 personas, año 2013, color café, vin MMBJRKB40CD044622, cilindrada 2477 cc, combustible diesel, motor 4D56UCDL9845. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del trece de febrero de dos mil diecinueve, con la base de quince mil seiscientos ochenta y siete dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiocho de febrero de dos mil diecinueve con la base de cinco mil doscientos veintinueve dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (Veinsa) Sociedad Anónima contra Luis Ariel Quesada Zúñiga. Exp. 17-001672-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de setiembre del año 2018.—Licda. Yessenia Brenes González, Jueza.—( IN2018306598 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente 18- 000179-0386-CI donde se promueve información posesoria por parte de Damaris Alvarado Rivera, quien es mayor, divorciada una vez, vecina de La San Gita de Liberia, portadora de la cédula número 06-0135-0535, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia. Colinda: al norte con calle pública con un frente de 11 metros con 86 centímetros; al sur con María Constanza Castro Urbina; al este con Luis Fernando Rivera Castro y al oeste con Freddy Viales Viales. Mide: ochocientos setenta y tres metros cuadrados metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble, mediante compra realizada al señor Eitel Urbano Viales Viales, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cercar el inmueble, chapearlo, hacerle las rondas, cuidarlo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Damaris Alvarado Rivera. Exp:18-000179-0386-CI-7.—Juzgado Civil y Trabajo Primer Circuito Judicial Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), 09 de noviembre del año 2018.—Lic. José Andrés Ureña Chaves, Juez.—1vez.—( 2018298133 )

Se Hace Saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 18-000022-0386-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de María de Los Ángeles Alvarado Chavarría, quien es mayor, estado civil mayor, de sexo femenino, soltera, ama de casa, fecha de nacimiento 06/11/1976, cédula número 5-0295-0954, quien no cuenta con ningún tipo de discapacidad, vecina de Barrio El Cambalache de Liberia, Guanacaste, dirección 100 metros este de la entrada, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno así: terreno con una casa, situada en el Cambalache de Liberia, distrito y cantón primeros de la Provincia de Guanacaste. Linderos actuales y verdaderos: norte, Servidumbre de paso con un frente de 32 metros con 46 centímetros; sur, Venancio Arias Alvarado; este, Georgene Navarro Arias; y oeste, servidumbre de paso con un frente de 22 metros con 16 centímetros. Mide: seiscientos veintitrés metros cuadrados, plano catastrado número G-1998396-2017. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cercar el inmueble, chapearlo, hacerle las rondas, cuidado y poseerlo en forma pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueña. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por María de Los Ángeles Alvarado Chavarría. Exp: 18-000022-0386-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), Liberia, 15 de febrero del 2018.—Licda. Carolina Quirós Jiménez, Jueza.—( IN2018298136 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente 17-000092- 0341-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Cupertino Gerardo Montenegro Zapata quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Tres Equis de Turrialba, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 0301650850, oficio agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno solar con dos casas. Situada en el distrito décimo Tres Equis, cantón Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte Cupertino Gerardo Montenegro Zapata y servidumbre en medio al sur con Mayela Montenegro Núñez con servidumbre en medio y Luz María Montenegro Núñez con servidumbre en medio. Al oeste con Carlos Pereira Badilla con servidumbre en medio, Mayela Montenegro Núñez con servidumbre en medio y Luz María Montenegro Núñez con servidumbre en medio. Al este con Cupertino Montenegro Zapata y Luz María Montenegro Núñez con servidumbre en medio. Mide: dos mil novecientos veintiséis metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble desde hace más de treinta años, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta.- Que los actos de posesión han consistido en el mantenimiento de lo construido que son dos casas de habitación y el solar, chapias de zonas verdes, mantenimiento de ceras y frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Cupertino Gerardo Montenegro Zapata. Exp: 17-000092-0341-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba (Materia Civil), Turrialba, 20 de marzo del año 2018.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN201298281 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente 13-000372-0164-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Patricia Pérez Delgado, quien es mayor, divorciada, ama de casa, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 900690185, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de San José, la cual es terreno sin construir, situada en el distrito cuarto patalillo, cantón onceavo Vásquez de Coronado. Colinda: al norte: Carmen Elena Campos Durán; al sur: calle pública; al este: Dora María Benavides Morales; y al oeste: Ana María Sánchez Sánchez. Mide: ciento ochenta y siete metros cuadrados. Indica el promovente que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón colones. Que adquirió dicho inmueble mediante forma originaria, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cercas, cortar el zacate, cuidando y ejerciendo los actos posesorios de un verdadero dueño. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Patricia Pérez Delgado. Expediente: 13-000372-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 31 de julio del 2018.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2018298453 ).

Citaciones

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Orlando Alvarado Ugalde, mayor, soltero, pensionado, costarricense, con documento de identidad 0202610590 y vecino de San Isidro de Grecia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Exp:18-000043-1117-CI-6.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), 01 de noviembre del año 2018.—M.Sc. Emi Lorena Guevara Guevara, Juez.—1vez.—( 2018302507 )

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Eduardo Enrique Mario Cayetano Fernández Calderón y Hermenilda Amalia Josefa Arley Cordero, mayor, estado civil viuda, profesión u oficio agente de ventas, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0301070044, vecina de Cartago y mayor, estado civil casada una vez, profesión u oficio ama de casa, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0300920543, vecina de Cartago (respectivamente). Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Exp:18-000498-0640-CI-9.—Juzgado Civil de Cartago, 14 de noviembre del año 2018.—Flory Tames Brenes, Jueza.—1vez.—( 2018302559 )

Se hace saber en este despacho judicial se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Carlos Gómez Gómez, mayor, casado, agricultor, costarricense, cédula de identidad 03-0142-0334 y vecino de Cartago, 400 metros norte de Agricultores Unidos. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar lo correspondiente en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Exp:18-000461-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 06 de diciembre del año 2018.—Susan Villalobos Retana, Jueza.—1vez.—( 2018303728 )

Avisos

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Ashley Dariana Jiménez Murillo para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente 17-001983-0292-FA. Clase de Asunto depósito judicial de persona menor de edad.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las once horas y veinte minutos del treinta de enero del dos mil dieciocho. 17 de octubre del año 2018.—Msc. Patricia Vega Jenkins, Jueza.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018297797 ).          3 v. 2

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Fiorella Córdoba Areas, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°18-001710-0292-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las once horas y cuatro minutos del dieciocho de octubre de dos mil dieciocho.—Licda. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018297835 ). 3 v. 2

Por este medio comunicamos a quien interese que, en el Juzgado Civil de Heredia, mediante el expediente 18-000073-0386-CI-7, se lleva a cabos las diligencias de cambio de nombre del señor promovente: Teodoro Oldemar Abarca Hidalgo por el de Jefrey Abarca Hidalgo. Para estos efectos y de conformidad con el artículo 55 del Código Civil, conferimos el plazo de 15 días para que cualquier persona que se sienta afectada, lo exponga ante la autoridad pertinente. Es todo.—Santa Ana, ocho horas del veintidós de noviembre del dos mil dieciocho.—Teodoro Oldemar Abarca Hidalgo.—1 vez.—( IN2018298027 ).

Se hace saber a Lidia Mercedes Moran Olmedo, mayor, casada, nacionalidad salvadoreña, pasaporte 02848928-6, demás calidades y domicilio desconocido, que en este Despacho se tramita proceso abreviado guarda, crianza y educación 2018-000325-0186-FA (2) establecido por Mario Alberto Bustamante Arguedas, dentro del cual se le otorgó traslado por diez días para contestar la demanda. Se solicita otorgar la custodia permanente y exclusiva, concediendo la guarda crianza y educación del menor al progenitor. El emplazamiento corre tres días después de esta publicación.—Juzgado Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de julio del 2018.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—( IN2018298132 ).

Licenciado Walter Alvarado Arias, Juez del Juzgado Segundo de Familia de San José, a Mauricio Masís Bonilla, en su carácter personal, quien es mayor, cédula 1-0793-0209, se le hace saber que en demanda autorización salida del país, expediente: 18-000529-0187-FA, establecida por Cindy Beatriz Hernández Murillo contra Mauricio Masís Bonilla, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado Segundo de Familia de San José, a las once horas y treinta y cinco minutos del tres de julio de dos mil dieciocho. I.-De las anteriores diligencias sumarísimas de autorización de salida permanente del país, subsidiaria de salida del país provisional se concede audiencia por el plazo de cinco días al señor Mauricio Masis Bonilla para que se refiera al respecto. Se ordena tener como interviniente de estas diligencias al Patronato Nacional de la Infancia, institución a la cual se le previene indicar medio (fax/casillero/correo electrónico) para escuchar notificaciones, con advertencia de que en caso de no hacerlo las resoluciones se tendrán por notificadas con el solo transcurso de las veinticuatro horas luego de su dictado (Artículo 11 Ley de Notificaciones Judiciales). Con el objeto de fomentar prácticas amigables con el medio ambiente y acelerar la tramitación procesal, el Poder Judicial está desarrollando políticas para disminuir el uso del papel, promoviendo el empleo de medios electrónicos de comunicación. (Sesión de Corte Plena 16-09 del 11 de mayo de 2009, Art. XXI) Por ello, esta autoridad se permite instar a las partes, abogado y demás intervinientes en este proceso a señalar un correo electrónico para recibir notificaciones y demás comunicaciones judiciales siguiendo para ese fin las directrices señaladas en el artículo 39 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—Lic. Walter Alvarado Arias, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018306409 ).

Licenciado Walter Alvarado Arias, Juez del Juzgado Segundo de Familia de San José, a Michael Todd Savary, en su carácter personal, quien es mayor, divorciado se le hace saber que, en demanda autorización salida país, expediente: 18-000260-0673-NA, establecida por Priscilla María Collado Lancho contra Michael Todd Savary, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado Segundo de Familia de San José, a las nueve horas y veintiséis minutos del doce de noviembre del dos mil dieciocho. Del anterior proceso sumario de autorización de salida permanente del país, obtención y renovación de pasaporte y visa que solicita Priscilla María Collado Lancho, se concede audiencia por el plazo de cinco días al señor Michael Todd Savary, para que, en la persona de su curadora procesal licenciada Elena Floribeth Argueta de Herrera la conteste en la forma que indica el artículo 305 en relación con el artículo 428 ambos del Código Procesal Civil. Se ordena tener como interviniente de estas diligencias al Patronato Nacional de la Infancia, institución a la cual se le previene indicar medio (fax/casillero/correo electrónico) para escuchar notificaciones, con advertencia de que en caso de no hacerlo las resoluciones se tendrán por notificadas con el solo transcurso de las veinticuatro horas luego de su dictado (Articulo 11 Ley de Notificaciones Judiciales). Con el objeto de fomentar prácticas amigables con el medio ambiente y acelerar la tramitación procesal, el Poder Judicial está desarrollando políticas para disminuir el uso del papel, promoviendo el empleo de medios electrónicos de comunicación. (Sesión de Corte Plena 16-09 del 11 de mato de 2009, Art. XXI) Por ello, esta autoridad se permite instar a las partes, abogado y demás intervinientes en este proceso a señalar un correo electrónico para recibir notificaciones y demás comunicaciones judiciales siguiendo para ese fin las directrices señaladas en el artículo 39 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687. De conformidad con el numeral 263 del Código Procesal Civil, se ordena notificar al demandado Michael Todd Savary por medio de edicto esta resolución, remítase el mismo mediante sistema electrónico a la Imprenta Nacional.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—Lic. Walter Alvarado Arias, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2018306438 ).