BOLETÍN JUDICIAL 38 DEL 22 DE FEBRERO DEL 2019

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Citaciones

Avisos

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

 DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

TERCERA PUBLICACIÓN

Asunto:  Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Liberia, provincia de Guanacaste.

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón de Liberia, provincia de Guanacaste, permanecerán cerradas durante el día ocho de marzo del dos mil diecinueve, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.

San José, 13 de febrero de 2019.

                                                          Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                                                              Subdirector Ejecutivo a. í.

O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019320441 ).

CIRCULAR 16-2019

DE:              Ana Eugenia Romero Jenkins, Directora Ejecutiva

PARA:         Todas las Autoridades Judiciales, Instituciones, Abogados y Público en General

ASUNTO:        Adición a la Circular 03-2019 de “Tarifas de Honorarios de Peritos y Peritas, Ejecutores, Honorarios para Peritos y Peritas en Trabajo Social y Psicología, Servicios Médicos Forenses y Especialidades Médicas, Tarifas de Honorarios de los Servicios Médicos, Honorarios para Actuarios Matemáticos, Traductores de Idiomas e Intérpretes de Lenguaje de Señas Costarricense y las Tarifas de Ayuda para Testigos, Imputados y Ofendidos de Escasos Recursos Económicos”

FECHA:      25 de enero del 2019

En adición a la Circular 3-2019, en la que se publicó las “Tarifas de Honorarios de Peritos y Peritas, Ejecutores, Honorarios para Peritos y Peritas en Trabajo Social y Psicología, Servicios Médicos Forenses y Especialidades Médicas, Tarifas de Honorarios de los Servicios Médicos, Honorarios para Actuarios Matemáticos, Traductores de Idiomas e Intérpretes de Lenguaje de Señas Costarricense y las Tarifas de Ayuda para Testigos, Imputados y Ofendidos de Escasos Recursos Económicos”, se debe incluir en el cuadro No. 4 de Tarifas y Honorarios Médicos Forenses y Especialidades Médicas, la siguiente línea:

Exámenes Complementarios

Honorarios (aplicados 2018)

Porcentaje de actualización (2,02% Var. IPC)

Honorarios actualizados 2019 (redondeado a la centena superior próxima)

Reporte de estudios de imágenes médicas (radiografías, tomografías, resonancia magnética nuclear, ultrasonido, otros)

No se incluye en estos reportes los ultrasonidos con y sin Doppler y TAC con y sin contraste, contemplados en el cuadro No. 5.

¢ 8.400,00

¢ 8.569,68

¢ 8.600,00

 

                                                  Ana Eugenia Romero Jenkis

                                                        Directora Ejecutiva

1 vez.—O.C 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.— ( IN2019314842 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Eduardo de Jesús Díaz Moya, cédula de identidad 1-0576-0331, fallecido el 07 de julio del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 19-000099-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 19-000099-0173-LA. Por Carmen María Díaz Fonseca.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda 21 de enero del 2019.—Licda. Jessica Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019314723 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de quien en vida se llamó Manuel Salvador Reyes, fallecido el 14 de diciembre del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 19-000150-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Diligencias establecidas por María Adriana Pavon Rodríguez. Expediente 19-000150-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 22 de enero del año 2019.—Licda. Melissa Chaves Agüero, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-17.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019314729 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Fernando León Vindas con cédula 1-0411-1371, fallecido el 11 de noviembre del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Número 17-001881-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 17-001881-0166-LA. Por Carlos Fernando León Vindas con cédula 1-0411-1371 a favor de Miriam Jiménez Soto.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 18 de enero del 2018.—Lic. Alexander Contreras Barrantes, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019314732 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rolando Jiménez Baltodano, fallecido el 01 de julio del año 2012, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 18-000321-0868-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 18-000321-0868-LA. En favor de Adriana Caravaca Briones.—Juzgado Civil y Trabajo Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Materia Laboral), 14 de enero del 2019.—Lic. Alberto César Juárez Gutiérrez, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019314734 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Enrique Chavarría Fonseca, fallecido el 23 de setiembre del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 18-002217-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. publíquese una vez en el Boletín Judicial. Por Josefa Aurora de Jesús Martínez Villalobos, portadora de la cédula 0600920830 a favor de los causahabientes de Jorge Enrique Chavarría Fonseca, portador de la cédula de identidad 0105390303. Expediente 18-002217-0166-LA.—Juzgado de Trabajo Segundo Circuito Judicial San José, 11 de enero del año 2019.—Licda. Andrea Isabel Cubillo Monge, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019314739 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Yancy Yenny de Los Ángeles Ortiz Hernández, portadora de la cédula de identidad 0107780726, fallecida el 29 de agosto del año 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado, bajo el número 18-002238-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Por Ruth Lidia Hernández Hernández a favor de los causahabientes de Yancy Yenny de Los Ángeles Ortiz Hernández. Expediente 18-002238-0166-LA.—Juzgado de Trabajo Segundo Circuito Judicial San José, 16 de enero del año 2019.—Licda. Andrea Isabel Cubillo Monge, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019314740 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Roxana García Cerna, fallecida el 02 de noviembre del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 18-002245-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 18-002245-0166-LA. Por Sadler Michell Mcgregor García a favor de los causahabiente de Roxana García Cerna.—Juzgado de Trabajo II Circuito Judicial San José, 15 de enero del 2019.—Licda. Andrea Isabel Cubillo Monge, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019314741 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Adilio Bonilla Umaña, quien fue mayor, casado, pensionado, domicilio de la legua de Aserrí, cédula de identidad número 1-0220-0522, se les hace saber que: Marina Eugenia Ureña Rivera, cédula de identidad o documento de identidad número 1-0238-0907, domicilio de la legua de Aserrí, se apersonó en este Despacho en calidad de esposa del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de Prestaciones del Trabajador Fallecido Adilio Bonilla Umaña, Expediente 16-000025-1556-LA.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 10 de diciembre del 2018.—Lic. Jeisson Quiel Castro, Juez.—1 vez.—O.C 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019314802 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Antonio Sirviano Torres Núñez, 0600961314, fallecido(a) el 02 de diciembre del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 18-000876-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 18-000876-1550- LA. Por María Agustina González Niño a favor de Antonio Sirviano Torres Núñez.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 9 de enero del 2019.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza.—1 vez.—O.C 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019314805 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Karol Patricia Miranda Barrantes 01-0948-0894, fallecida el 02 de diciembre del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 18-000879-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Promovido por Jorge Arturo Garrido Taylor, causante Karol Patricia Miranda Barrantes. Expediente 18-000879-1550-LA.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 09 de enero del año 2019.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019314807 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jeannette Aguilar Santamaría 01-0330-0613, fallecida el 21 de noviembre del año 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado, bajo el número 19-000001-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Promovido por Humberto Loría Murillo, causante Jeannette Aguilar Santamaria. Expediente 19-000001-1550-LA.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 09 de enero del año 2019.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019314813 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Kenneth Phillips Montejo 01-0335-0891, fallecido el 20 de noviembre del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 19-000002- 1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 19-000002-1550- LA. Promovido por Hilda María Salazar Jiménez causante Kenneth Phillips Montejo.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 17 de enero del 2019.—Licda. Natalia Meza Angulo, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019314814 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan Alfredo Rojas Salazar 02-0202-0609, fallecido el 02 de octubre del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 19-000004-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Promovido por Flor María Hidalgo Hidalgo causante Juan Alfredo Rojas Salazar. Expediente 19-000004-1550-LA.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 10 de enero del año 2019.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019314816 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan Rafael Chavarría Chinchilla 0103400814, fallecido(a) el 02 de octubre del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 19-000005- 1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 19-000005-1550- LA. Promovido por Elizabeth Víquez López, causante Juan Rafael Chavarría Chinchilla.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 14 de enero del 2019.—Licda. Natalia Meza Angulo, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019314817 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mario de Jesús Jiménez Navarro 01-0919-0122, fallecido el 14 de noviembre del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 19-000006-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Promovido por Mariam Quesada Prado causante Mario de Jesús Jiménez Navarro. Expediente 19-000006-1550-LA.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 11 de enero del año 2019.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019314818 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Eduardo Morales Mora 01-0382-0389, fallecido el 15 de junio del año 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado, bajo el número 19-000009-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Promovido por Marta Jiménez Altamirano causante: Jorge Eduardo Morales Mora. Expediente 19-000009-1550-LA.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 16 de enero del año 2019.—Licda. Natalia Meza Angulo, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019314819 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de cuatro millones trescientos mil colones exactos, soportando hipoteca de primero y segundo grado bajo las citas del tomo 544, asiento 08842-01-0001-001 y del tomo 572, asiento 84358-01-0001-001, respectivamente; anotación de demanda hipotecaria al tomo 800-278565-01-0001-001 y embargo practicado al tomo 800, asiento 278562-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 560652, derechos 000, la cual es terreno con 4 casas y taller de ebanistería situada en el distrito San Francisco de Dos Ríos, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Lorena, Daniel, Alejandra y Sergio todos Arguedas Romero; al sur, calle pública; al este, Clarisa Arguedas Romero y al oeste, Lorena, Daniel, Alejandra y Sergio todos Arguedas Romero. Mide: trescientos metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del catorce de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del veinticinco de marzo de dos mil diecinueve con la base de tres millones doscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del dos de abril de dos mil diecinueve con la base de un millón setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carlos Alberto Niño Villamizar contra Daniel Arguedas Romero. Exp. 17-016695-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 30 de octubre del año 2018.—Víctor Obando Rivera, Juez Decisor.—( IN2019321171 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas: 0356-00003204-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 338641 derecho 000, la cual es naturaleza: para construir con una casa. Situada en el distrito; 01-San Isidro de El General, cantón: 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Matías Picado Abarca; al este, calle pública y al oeste, Matías Picado Abarca. Mide: mil metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Plano: SJ-0595122-1985. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del cuatro de abril de dos mil diecinueve, con la base de treinta mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés de abril de dos mil diecinueve, con la base de diez mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Propiedades de La Unión Magdalena S. A. contra Arsenio Picado Ureña, Damaris Barrantes Muñoz. Exp. 18-012430-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 15 de noviembre del año 2018.—Lic. Fernando Martínez Garbanzo, Juez Decisor.—( IN2019321172 ).

En este Despacho, a las catorce horas y cero minutos del trece de marzo de dos mil diecinueve, con una base de ciento ochenta y un mil seiscientos sesenta y cuatro dólares con sesenta y siete centavos, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada citas: 297-19029-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 328929-000 con las siguientes características: provincia: Alajuela, naturaleza: lote 50 terreno para construir con una casa, situada en el distrito 5-Guácima, cantón 1-Alajuela. Linderos: noreste, calle tercera; noroeste, Arias Castillo S. A., sureste, Arias Castillo S. A., suroeste, servidumbre de paso en medio, Auria Vargas Fuentes. Mide: doscientos veinticinco metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veintiuno de marzo de dos mil diecinueve con la base de ciento treinta y seis mil doscientos cuarenta y ocho dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del uno de abril de dos mil diecinueve con la base de cuarenta y cinco mil cuatrocientos dieciséis dólares con dieciséis centavos (25% de la base original). notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda Costa Rica S. A., contra Juan Cliver Madrigal Soto. Exp. 18-015799-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 01 de noviembre del año 2018.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez.—( IN2019321187 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas del veintiocho de marzo del año dos mil diecinueve, y con la base de veintisiete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 169928-000 la cual es terreno para construir lote 12-P. Situada en el distrito 01 Tejar, cantón 08 El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 10; al este, lote 11 y al oeste, lote 13. Mide: ciento cincuenta y dos metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del cinco de abril del año dos mil diecinueve, con la base de veinte millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas del veinticuatro de abril del año dos mil diecinueve con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Junta Administradora del Fondo de Ahorro y Préstamo de la Universidad de Costa Rica contra Ana Cristina González Martínez. Exp. 17-009478-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 11 de febrero del año 2019.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2019321188 ).

En este despacho, con una base de once millones doscientos veintinueve mil trescientos setenta y cinco colones con noventa y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 379475, derechos 003 y 004, la cual es terreno para construir con una casa de habitación lote 80. Situada en el distrito 2-Granadilla cantón 18-Curridabat de la provincia de San José. Colinda: al norte, Guayoco S. A., lote 69; al sur, alameda pública con 6 m 11 cm; al este, Hacienda Bijagual S. A., y al oeste, Guayoco S. A., lote 79. Mide: ciento veintidós metros con sesenta y dos decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del doce de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del veinte de marzo de dos mil diecinueve con la base de ocho millones cuatrocientos veintidós mil treinta y un colones con noventa y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del veintiocho de marzo de dos mil diecinueve con la base de dos millones ochocientos siete mil trescientos cuarenta y tres colones con noventa y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. El interesado, debe realizar revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de Junta Administradora del Fondo de Ahorro y Préstamo de La Universidad de Costa Rica contra María Jacqueline Alvarado Marchena, Warner Manuel Cruz Chavarría. Exp:17-009762-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 05 de noviembre del año 2018.—Mariela Porras Retana, Jueza Decisora.—( IN2019321189 ).

En este Despacho, con una base de treinta y cinco millones ochocientos ocho mil seiscientos veintidós colones con dieciséis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento sesenta y nueve mil cuatrocientos setenta y nueve, derecho 000, la cual es terreno para construir con un local para oficinas. Situada en el distrito 02 Palmira, cantón 05 Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Guillermina Vargas Moya; al sur, Llanos de Barbudal S. A.; al este, Guillermina Vargas Moya y al oeste, calle pública con frente de 17.85 metros. Mide: cuatrocientos cincuenta y siete metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Plano: G-1081922-2006. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintitrés de abril del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del dos de mayo del año dos mil diecinueve con la base de veintiséis millones ochocientos cincuenta y seis mil cuatrocientos sesenta y seis colones con sesenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del diez de mayo del año dos mil diecinueve con la base de ocho millones novecientos cincuenta y dos mil ciento cincuenta y cinco colones con cincuenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Antonio Herrero Harrington, Juan Miguel Paniagua Vargas, Llanos del Barbudal Sociedad Anónima. Exp. 18-001283-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 11 de febrero del año 2019.—M.sc. Jenny Corrales Torres, Jueza Decisora.—( IN2019321196 ).

En este Despacho, con una base de siete millones cuarenta y ocho mil trescientos cuarenta y cinco colones con treinta y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea el vehículo que porta la Placa: TSJ-3981, (se hace ver a los posibles postores que lo que se remata es el vehículo y no la concesión de taxi), Marca: Hyundai, Estilo: Accent, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año fabricación: 2006, color: rojo, Vin: KMHCN41VP6U007911 y cilindrada: 1500 c.c. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del quince de mayo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veintitrés de mayo de dos mil diecinueve, con la base de cinco millones doscientos ochenta y seis mil doscientos cincuenta y nueve colones con dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del tres de junio de dos mil diecinueve, con la base de un millón setecientos sesenta y dos mil ochenta y seis colones con treinta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Javier Enrique Solano Muñoz y Luis Porfirio González Mairena. Exp. 18-014478-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 31 de enero del 2019.—Licda. Adriana Soto González, Jueza Decisora.—( IN2019321222 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y cinco mil quinientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones (citas: 290-03928-01-0901-001), reservas y restricciones (citas: 313-15297-01-0901-001), hipoteca legal ley 9024 (citas: 2017-667807-01-0421-001); sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 84821-F-, derecho cero cero cero, la cual es naturaleza: Finca filial primaria individualizada número ciento veintiséis apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 4-Colorado, cantón 7-Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, finca filial primaria individualizada número ciento quince; al sur, acceso número tres; al este, finca filial primaria individualizada número ciento veintisiete y al oeste finca filial primaria individualizada número ciento veinticinco. Mide: mil metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del once de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de marzo de dos mil diecinueve con la base de treinta y cuatro mil ciento veinticinco dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecinueve con la base de once mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Abangares Shining Bussiness Sociedad Anónima, Manrique Arturo Herrera Corrales. Exp. 17-004157-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 13 de febrero del año 2019.—Licda. Xinia Vindas Mejía, Jueza Tramitadora.—( IN2019321246 ).

En este Despacho, con una base de un millón seiscientos treinta mil seiscientos setenta y cuatro colones con diez céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 148910-000, derecho 000, la cual es naturaleza: terreno de café. Situada en el distrito 6-Puraba, cantón 4-Santa Barbara, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Juan Alfaro Chavarría; al sur, Luis Eduardo Víquez Sandí; al este, resto de Inocente Víquez Sandí y al oeste, Hacienda Las Marías S. A. Mide: cuatro mil quinientos treinta y cuatro metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del trece de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de marzo de dos mil diecinueve con la base de un millón doscientos veintitrés mil cinco colones con cincuenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil diecinueve con la base de cuatrocientos siete mil seiscientos sesenta y ocho colones con cincuenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Comisión Nacional de Préstamos para la Educación contra Ana Rosa Víquez Sandí, Gonzalo Guillermo Víquez Víquez. Exp. 18-002836-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 16 de enero del 2019.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2019321341 ).

En este Despacho, Con una base de cincuenta y tres mil quinientos dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento cuarenta y cinco mil ochocientos diecinueve, derecho 001, 002, 003, 004, 005 y 006, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 9-Tamarindo, cantón 3- Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Carlos María González Vallejos; al sur, Carlos María González Vallejos; al este, calle pública con un frente a ella de 18 metros 30 centímetros y al oeste, Carlos María González Vallejos. Mide: setecientos veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y quince minutos del trece de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y quince minutos del veintiuno de junio de dos mil diecinueve con la base de cuarenta mil ciento veinticinco dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y quince minutos del uno de julio de dos mil diecinueve con la base de trece mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cesar Andrés Villalobos Morales contra Grupo Anquigo & Inversiones Sociedad Anónima Exp:16-009321-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 31 de enero del año 2019.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2019321345 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones novecientos veinticinco mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BCB865, para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del diez de junio del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del uno de junio del año dos mil diecinueve con la base de seis millones seiscientos noventa y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiséis de junio del año dos mil diecinueve con la base de dos millones doscientos treinta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Asociación Solidarista de Empleados de Florida Ice and Farm Company Sociedad Anónima y Afines contra Johnny Eladio Bolaños Vargas. Exp. 16-002336-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 11 de diciembre del año 2018.—Lic. Víctor Martínez Zúñiga, Juez.—( IN2019321369 ).

En este Despacho, con una base de tres millones trescientos setenta y ocho mil quinientos sesenta y un colones con cincuenta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 904722. Marca Toyota. Estilo Yaris. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2012. Color negro. Vin JTDBT92340L008564. Cilindrada 1496 CC. Combustible gasolina. Motor 1NZ5978446. Para tal efecto se señalan las siete horas y treinta minutos del siete de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y treinta minutos del quince de marzo del año dos mil diecinueve con la base de dos millones quinientos treinta y tres mil novecientos veintiún colones con dieciocho céntimos(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas y treinta minutos del veinticinco de marzo del año dos mil diecinueve con la base de ochocientos cuarenta y cuatro mil seiscientos cuarenta colones con cuarenta céntimos(25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de Asociación Solidarista de Empleados de Florida Ice And Farm Company Sikiedad Anónima y Afines contra Pablo Andrei Parajeles Zumbado Exp:18-001706-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón),  13 de noviembre del 2018.—Lic. Ricardo Cerdas Monge, Juez.—( IN2019321370 ).

En este Despacho, con una base de doce millones ochocientos setenta y cinco mil novecientos setenta colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión número de sumaria 15-000158-0764-TR, número de boleta 30000337803, del Juzgado Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circ. Judic. de Gte. (Liberia); sáquese a remate el vehículo placa BCT881, marca Daihatsu. Estilo Terios. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2013. Color blanco. VIN JDAJ200G003000640. Cilindrada 1495 cc. Combustible gasolina. Motor 2774823. Para tal efecto se señalan las catorce horas y cero minutos del diez de junio del año dos mil diecinueve. de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del uno de junio del año dos mil diecinueve con la base de nueve millones seiscientos cincuenta y seis mil novecientos setenta y siete colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiséis de junio del año dos mil diecinueve con la base de tres millones doscientos dieciocho mil novecientos noventa y dos colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Asociación Solidarista de Empleados de Florida Ice and Farm Company Sociedad Anónima y Afines contra Michael Steven Rodríguez Goluboay. Exp. 16-002340-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 11 de diciembre del año 2018.—Lic. Víctor Martínez Zúñiga, Juez.—( IN2019321371 ).

En este Despacho, con una base de treinta y nueve mil doscientos treinta y un dólares con treinta y cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos cuarenta y nueve mil ochocientos ochenta y uno, derecho 000, la cual es terreno de potrero y árboles. Situada en el distrito 1-Aserri, cantón 6-Aserri, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Claudio Castro Tosi; al sur, calle pública en una distancia de 1 11, 53 centímetros; al este, Clan Muñoz Bravo S. A. y al oeste, Nequi S. A. Mide: tres mil cuatrocientos noventa y tres metros con once decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y treinta minutos del siete de agosto de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta minutos del dieciséis de agosto de dos mil diecinueve con la base de veintinueve mil cuatrocientos veintitrés dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del veintiséis de agosto de dos mil diecinueve con la base de nueve mil ochocientos siete dólares con ochenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Soluciones Económicas Platinum SEP Sociedad Anónima contra Darío Vicente Morales Picado, María Vanessa Rodríguez Vargas, Miguel Ángel León Cubero, TRT Consultores Hoteleros S. A. Exp. 18-012914-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 22 de noviembre del año 2018.—Lic. Paula Morales González, Jueza Decisora.—( IN2019321384 ).

En este Despacho, con una base de seis millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL-236897, marca Toyota, estilo Hilux SRV, categoría carga liviana, capacidad 5 personas, año fabricación 2009, color blanco, vin MR0FZ29G401554178, cilindrada 2982 cc, motor 1KD7634663, combustible diesel. Para tal efecto se señalan las nueve horas y quince minutos del once de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y quince minutos del diecinueve de marzo de dos mil diecinueve con la base de cuatro millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y quince minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecinueve con la base de un millón seiscientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Allen Ronald Arrieta Hidalgo contra José Daniel Martínez Chavarría. Exp. 18-029398-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 5 de febrero del 2019.—Lic. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2019321387 ).

En este Despacho, con una base de seis millones trescientos setenta y un mil ochocientos diecisiete colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 213009-000. Situada en el distrito 4 Lepanto, cantón 1 Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, Warner Francisco Zúñiga Chavarría; sur, Sociedad Ganadera Jícaro Galán Limitada y quebrada Vainilla; este, Sociedad Ganadera Jícaro Galán Limitada, oeste, calle publica con un frente a ella de 53.83 metros lineales. Mide: Dos mil setecientos once metros cuadrados, plano: P-1812965-2015. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del cuatro de abril de dos mil diecinueve con la base de cuatro millones setecientos setenta y ocho mil ochocientos sesenta y dos colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de abril de dos mil diecinueve con la base de un millón quinientos noventa y dos mil novecientos cincuenta y cuatro colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Centro Agrícola Cantonal de Puntarenas contra Ólger Antonio Obando Porras. Exp. 18-002699-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial Guanacaste (Santa Cruz), 6 de febrero del 2019.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez Tramitador.—( IN2019321422 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando ambos derechos Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 458-04206-01-0163-001, sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 106996-derecho 001 y 002, la cual es terreno para la vivienda asentamiento las palmas centro de población lote 45. Situada en el distrito 4-Lepanto, cantón 1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Linderos: al norte, lote 46; al sur, lote 44; al este, calle pública; y al oeste, lotes 51 y 52. Mide: seiscientos ocho metros con quince decímetros cuadrados. Plano: P-0481454-1998. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del tres de abril del dos mil diecinueve con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiséis de abril del dos mil diecinueve con la base de un millón trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Centro Agrícola Cantonal de Puntarenas contra Marta Cecilia Gómez Reyes, Mauricio Porras Ureña, Orlando Marcelino Chavarría Acuña. Expediente 18-003293-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial Guanacaste (Santa Cruz), 22 de enero del 2019.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez Tramitador.—( IN2019321423 ).

En este Despacho, con una base de catorce mil doscientos sesenta y un dólares con treinta y nueve centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones bajo la sumaria 18-001652-0492-TR citas 2018318700321 del Juzgado de Tránsito de Hatillo; sáquese a remate el vehículo placa BML851, marca: Mitsubishi, estilo: Mirage, categoría: automovil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2017, color: Blanco, vin: MMBXNA03AHH000735 y cilindrada: 1193 cc. Para tal efecto se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de abril de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de abril de dos mil diecinueve con la base de diez mil seiscientos noventa y seis dólares con cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del siete de mayo de dos mil diecinueve con la base de tres mil quinientos sesenta y cinco dólares con treinta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos S.A. contra Pablo Arturo Montoya Bonilla. Exp. 18-018627-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 29 de noviembre del 2018.—Gersan Tapia Martínez, Jueza Decisora.—( IN2019321429 ).

En este Despacho, con una base de catorce mil trescientos noventa y seis dólares con cuarenta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas número GMC124. Marca Fiat. Estilo 500 POP. Categoría automóvil. Capacidad 4 personas. Año 2015. Color blanco. Vin ZFA312000FJ239870. Cilindrada 1242 c.c. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del veintiocho de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del cinco de abril del dos mil diecinueve con la base de diez mil setecientos noventa y siete dólares con treinta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del veinticinco de abril del dos mil diecinueve con la base de tres mil quinientos noventa y nueve dólares con once centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Davivienda Costa Rica S. A. contra Ana Grettel Rojas Díaz, Wendy Arguedas Arce. Expediente 17-017718-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 30 de enero del 2019.—Lic. Gerardo Monge Blanco, Juez Tramitador.—( IN2019321433 ).

En este Despacho, con una base de tres millones cuatrocientos sesenta y un mil setenta y dos colones con setenta y siete céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones 17-009722-0489-TR boleta 2017316100915 del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José y colisiones 17-010034-0489-TR boleta 2017316100934 del Juzgado de Tránsito del I Circuito Judicial de San José; sáquese a remate el vehículo Placas número BKB749, marca: Toyota, estilo: Echo, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: Sedán 4 puertas, tracción: 4x2, chasis: JTDBT1230Y0036618, año: 2000, color: dorado, vin: JTDBT1230Y0036618 N. motor: 1NZ1184428, cilindrada: 1500 cc, cilindros: 4, potencia: 65 kw, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del veinticinco de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del dos de abril de dos mil diecinueve con la base de dos millones quinientos noventa y cinco mil ochocientos cuatro colones con cincuenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del diez de abril de dos mil diecinueve con la base de ochocientos sesenta y cinco mil doscientos sesenta y ocho colones con dieciocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Multiservicios Orca Limitada contra Carlos Luis de Los Ángeles Ramírez López. Exp. 17-012578-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 25 de enero del año 2019.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Decisora.—( IN2019321441 ).

En este Despacho, con una base de tres millones setecientos sesenta y seis mil quinientos nueve colones con sesenta y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BML254, marca: Hyundai, categoría: automóvil, serie: KMHCF51FP2U181880, año: 202, color: negro, capacidad: 5 personas, cilindrada: 1500 cc., para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del cinco de abril de dos mil diecinueve con la base de dos millones ochocientos veinticuatro mil ochocientos ochenta y dos colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de abril de dos mil diecinueve con la base de novecientos cuarenta y un mil seiscientos veintisiete colones con cuarenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de Multiservicios Orca Limitada contra Claudia Michelle Fernández Sandí. Exp. 17-010251-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 11 de febrero del año 2019.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza Tramitadora.—( IN2019321442 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones ciento treinta y un mil doscientos veintinueve colones con veintiocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiséis de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del tres de abril de dos mil diecinueve con la base de tres millones noventa y ocho mil cuatrocientos veintiún colones con noventa y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de abril de dos mil diecinueve con la base de un millón treinta y dos mil ochocientos siete colones con treinta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Multiservicios Orca Limitada contra Walter Bernardo de L Cruz Ortiz. Exp. 17-010862-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 6 de febrero del 2019.—Karol Muñoz Barahona, Jueza.—( IN2019321443 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones trescientos cincuenta y tres mil noventa y siete colones con ochenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del veintiséis de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del tres de abril de dos mil diecinueve con la base de tres millones doscientos sesenta y cuatro mil ochocientos veintitrés colones con treinta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de abril de dos mil diecinueve con la base de un millón ochenta y ocho mil doscientos setenta y cuatro colones con cuarenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Multiservicios Orca Limitada contra Wilberth Alberto Castillo Solís. Exp. 17-007377-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 06 de febrero del año 2019.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—( IN2019321444 ).

En este Despacho, con una base de dos millones setecientos setenta mil colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando acción penal número 15-000989-0496-TR de la Fiscalía Adjunta De Cartago; sáquese a remate el vehículo Placas número 523371, marca Toyota, estilo Rav Four, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2003, color azul, vin JTEHH20V100205115, cilindrada 1998 cc, combustible gasolina, motor 1AZ0960073. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de marzo de dos mil diecinueve. de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del quince de marzo de dos mil diecinueve con la base de dos millones setenta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticinco de marzo de dos mil diecinueve con la base de seiscientos noventa y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de sentencia de Jordy Alejandro Carranza Fernández y Ronny Alexander Aguilar Morales contra Guido Antonio Tames Chaves. Exp. 17-000552-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 5 de febrero del año 2019.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza Decisora.—( IN2019321460 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del once de marzo del dos mil diecinueve, y con la base de seis mil ciento un dólares con cuarenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número CL-263124. Marca JMC. Estilo N601. Categoría carga liviana. Capacidad seis personas. Año 2012. Color azul. Vin LETYFAA11CHN10585. Cilindrada 2771 c.c. Combustible diesel. Motor JX493Q1C2013247. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiséis de marzo del dos mil diecinueve, con la base de cuatro mil quinientos setenta y seis dólares con siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del diez de abril del dos mil diecinueve con la base de mil quinientos veinticinco dólares con treinta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Esteban Gerardo Quirós Calderón, Silvia María Quirós Calderón. Expediente 18-006471-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 03 de julio del 2018.—Licda. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—( IN2019321461 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del dieciocho de marzo de dos mil diecinueve, y con la base de nueve mil doscientos veintiséis dólares con ochenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número. CL 242450, marca JMC estilo NKR, categoría carga liviana capacidad 3 personas, año 2009, color azul, serie LETYECG289HN01177, tracción 4x2, motor 2771cc, combustible diesel. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dos de abril de dos mil diecinueve, con la base de seis mil novecientos veinte dólares con dieciséis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticinco de abril de dos mil diecinueve con la base de dos mil trescientos seis dólares con setenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo firmado digital de: segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Eliecer Martin Arce Vargas. Exp. 16-010371-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de julio del año 2018.—Licda. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—( IN2019321462 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando pero soportando contrato prendario en primer grado bajo la citas tomo 2017, asiento 00095540 secuencia 002 infracciones y colisiones boleta número 2017316800571, bajo la sumaria número 17-006955-0489-TR del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José; a las catorce horas y cero minutos del doce de marzo de dos mil diecinueve, y con la base de dos mil trescientos ochenta y cuatro colones con veintiocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BMK836, marca Citroen, estilo C-Elysee, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2017, color gris, vin VF7DDNFPBHJ511784, cilindrada 1587 cc, combustible gasolina, motor 10FC1A0084644. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecinueve, con la base de mil setecientos ochenta y ocho colones con veintiún céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de abril de dos mil diecinueve con la base de quinientos noventa y seis colones con siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (Veinsa) Sociedad Anónima contra Ángela Patricia Ramírez Baca. Exp. 17-013928-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 10 de julio del 2018.—M.Sc. Yesenia Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2019321463 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del doce de marzo de dos mil diecinueve, y con la base de tres mil trescientos sesenta y dos dólares con cuarenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa 587374, marca Mitsubishi, estilo Montero GLS, chasis JMYLNV76W5J001368, año 2005, color beige, tracción 4x4, combustible diesel. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecinueve, con la base de dos mil quinientos veintiún dólares con ochenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de abril de dos mil diecinueve con la base de ochocientos cuarenta dólares con sesenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Rafael Mauricio Mora Montero. Exp. 18-010476-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 21 de agosto del año 2018.—M.sc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—( IN2019321464 ).

En este Despacho, con una base de seis mil doscientos cincuenta y un dólares con setenta y siete centavos de dólar, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas número 251105, marca Nissan, año 1996, Vin no indica, cilindrada 3274 c.c., color negro. Para tal efecto se señalan las trece horas, treinta minutos del trece de marzo del dos mil diecinueve. de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veintiuno de marzo del dos mil diecinueve con la base de cuatro mil seiscientos ochenta y ocho dolares con ochenta y dos centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del uno de abril del dos mil diecinueve con la base de mil quinientos sesenta y dos dólares con noventa y cuatro centavos de dólar (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales VEINSA S. A. contra Angie Mora Ramírez. Expediente 08-019804-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 02 de noviembre del 2018.—Licda. Paula Sáenz Gutiérrez, Jueza.—( IN2019321465 ).

En la puerta exterior de este Despacho; a las trece horas y treinta minutos del veintinueve de mayo del año dos mil diecinueve, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca 1: con la base de veinticuatro millones trescientos setenta y un mil trescientos treinta y seis colones con ochenta y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 353-11544-01-0002-001; finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 146414-000 la cual es terreno de árboles lote 6-123. Situada en el distrito 1-Santa Cruz, cantón 3-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, servidumbre agrícola y lote 5-123; sur, servidumbre agrícola; este, servidumbre agrícola oeste, Minerva Álvarez Romero. Mide: cinco mil ciento un metros con noventa y un decímetros cuadrados. Finca 2: Con la base de cinco millones seiscientos veintiocho mil seiscientos sesenta y tres colones con once céntimos, libre de gravámenes hipotecarios; finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 108373-000 la cual es terreno para construir, lote cuarenta y siete-D. Situada en el distrito 1-Nicoya, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con frente de 11,66 metros sur, lote cuarenta y ocho-D, este, lote cuarenta y seis-D oeste, calle pública con frente de 16,00 metros. Mide: ciento noventa y seis metros con veinticinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del seis de junio del año dos mil diecinueve, con la base de dieciocho millones doscientos setenta y ocho mil quinientos dos colones con sesenta y seis céntimos primera finca y cuatro millones doscientos veintiuno mil cuatrocientos noventa y siete colones con treinta y tres céntimos segunda finca (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del catorce de junio del año dos mil diecinueve con la base de seis millones noventa y dos mil ochocientos treinta y cuatro colones con veintidós céntimos primera finca y un millón cuatrocientos siete mil ciento sesenta y cinco colones con setenta y siete céntimos segunda finca (un veinticinco por ciento de la base inicial). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Inversiones DCV Sociedad Anónima, Luis Diego Campos Villegas. Exp. 18-004951-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 30 de enero del año 2019.—Msc. Cristian Mora Acosta, Juez Tramitador.—( IN2019321470 ).

En este Despacho, con una base de siete millones setecientos noventa y tres mil setecientos setenta colones con noventa y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento doce mil ochocientos siete, derecho cero cero dos, cero cero tres y cero cero cuatro, la cual es terreno de solar para construir con una casa bloque C lote 6 C. Situada en el distrito 1 Liberia, cantón 1 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 7 C; al sur, lote 5 C; al este, Fiduciaria Elca Sociedad Anónima, y al oeste, calle pública. Mide: Ciento setenta y dos metros cuadrados. Plano: G- 0555255-1999. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del doce de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veinte de marzo del año dos mil diecinueve con la base de cinco millones ochocientos cuarenta y cinco mil trescientos veintiocho colones con dieciocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiocho de marzo del año dos mil diecinueve con la base de un millón novecientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos cuarenta y dos colones con setenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Ana Lorena Jiménez Cortes, Gerardo Fuentes De La O, Kennya Andrea Fuentes Jiménez, Nairobi Daniela Fuentes Jiménez. Exp. 17-002307-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 21 de enero del año 2019.—M.Sc. Jenny Corrales Torres, Jueza Decisora.—( IN2019321474 ).

En este Despacho, con una base de seis millones ciento diecinueve mil seiscientos setenta y tres colones con cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada citas 0362-00010375-01-0849-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 00343727-000, derecho 000, la cual es terreno para construir, con una casa de habitación lote 70. Sitio: distrito Uruca, cantón San José de la provincia de San José. Linderos: norte, lote 148; sur, calle con 6 metros; este, lote 69, y oeste, lote 71. Mide: ciento dos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de marzo del año dos mil dieciocho. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del dos de abril del año dos mil dieciocho con la base de cuatro millones quinientos ochenta y nueve mil setecientos cincuenta y cuatro colones con setenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las cero horas y cero minutos del diez de abril del año dos mil dieciocho con la base de un millón quinientos veintinueve mil novecientos dieciocho colones con veintiséis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Wifela S. A. y Wilbert Cordero Chinchilla. Exp. 06-006254-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 23 de enero del año 2019.—María Gabriela Solano Molina, Jueza.—( IN2019321475 ).

En este Despacho, con una base de catorce mil quinientos cinco dólares con ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BJG369. Marca: Citroen Estilo: C-Elysee Categoría: automóvil capacidad: 5 personas Carrocería: sedan 4 puertas Tracción: 4X2. Año Fabricación: 2016. Modelo: N1. Cilindros: 4. Combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del cuatro de abril del año dos mil diecinueve con la base de diez mil ochocientos setenta y ocho dólares con ochenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintitrés de abril del año dos mil diecinueve con la base de tres mil seiscientos veintiséis dólares con veintisiete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Olga Marta Ramírez Carballo. Exp. 17- 012281-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 30 de enero del 2019.—Patricia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2019321486 ).

En este Despacho, Con una base de dieciocho mil ochocientos sesenta y tres dólares con sesenta y dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL 274246, marca Toyota, estilo: Hilux SRV, categoría: carga liviana, capacidad 5 personas, tracción 4X4, año de fabricación 2014, color gris, motor: 1KDA225133 marca Toyota, cilindrada 2982 c.c, cilindros 4. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del cinco de abril del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del dos de mayo del año dos mil diecinueve con la base de catorce mil ciento cuarenta y siete dólares con setenta y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del diez de mayo del año dos mil diecinueve con la base de cuatro mil setecientos quince dólares con noventa y un centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Vidal de Jesús Salguero Ortiz. Exp. 18-005239-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 5 de febrero del 2019.—Patricia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2019321487 ).

En este Despacho, con una base de tres mil cuatrocientos sesenta y tres dólares con cincuenta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: 880020, marca: Toyota estilo: Corolla GLI, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas año fabricación: 2011 VIN: JTDBL42E30J098029. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del veintidós de abril del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las cero horas y cero minutos del treinta de abril del año dos mil diecinueve con la base de dos mil quinientos noventa y siete dólares con sesenta y siete centavos75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las cero horas y cero minutos del nueve de mayo del año dos mil diecinueve con la base de ochocientos sesenta y cinco dólares con ochenta y nueve centavos(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Gerardo Alberto Jiménez Sandoval, Libia Gabriela Alvarado Oconitrillo. Exp. 17-012367-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 20 de diciembre del año 2018.—Patricia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2019321488 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y ocho mil novecientos cincuenta y ocho dólares con cuarenta y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL-302108, marca: Toyota, estilo: Hilux SRV, categoría: Carga liviana, capacidad: 5 personas, carrocería: camioneta pick-up caja abierta o cam-pu, tracción: 4x4, año fabricación: 2017, combustible: diesel. Para tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintidós de abril del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del treinta de abril del año dos mil diecinueve con la base de treinta y seis mil setecientos dieciocho dólares con ochenta y un centavos 75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del nueve de mayo del año dos mil diecinueve con la base de doce mil doscientos treinta y nueve dólares con sesenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank De Costa Rica Sociedad Anónima contra José Daniel Alvarado Vásquez Exp. 18-005207-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 5 de noviembre del 2018.—Licda. Patricia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2019321489 ).

En este Despacho, con una base de treinta y ocho mil ochocientos dieciséis dólares con cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas número dmt009. Marca Jeep. Estilo Wrangler. Categoría automóvil. Capacidad 4 personas. Año 2015. Color blanco. VIN 1C4HJWB51FL654606. Cilindrada 2800 cc. Combustible diesel. Motor no visible. Para tal efecto se señalan las quince horas y treinta minutos del veintidós de abril del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos del treinta de abril del año dos mil diecinueve con la base de veintinueve mil ciento doce dólares con tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y treinta minutos del nueve de mayo del año dos mil diecinueve con la base de nueve mil setecientos cuatro dólares con un centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Manfer Alexander Williams Mowse. Exp. 18-005169-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 09 de noviembre del año 2018.—Msc. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—( IN2019321490 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y cinco mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 121221, derecho 000, la cual es terreno para construir bloque 7 lote 137, con una casa. Situada en el distrito 1 San Rafael, cantón 7-Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, José Francisco Ramírez; al sur, calle pública con 7 metros; al este, José Francisco Ramírez, y al oeste, José Francisco Ramírez. Mide: Ciento cincuenta y siete metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del veintitrés de mayo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del treinta y uno de mayo del dos mil diecinueve con la base de treinta y tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del diez de junio del dos mil diecinueve con la base de once mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3-101-586955 S. A. contra Maureen Ivannia Fernández Garita. Exp. 18-004965-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 21 de enero del 2019.—Licda. María Del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2019321769 ).

En este Despacho, con una base de setenta millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas: 259-07871-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos setenta y cinco mil setecientos veinticuatro, derecho cero cero cero, la cual es terreno de café. Situada en el distrito 3-San José, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Río Barranca; al sur, Anita Corrales Blanco con servidumbre de paso en medio con un ancho de 04 metros; al este, sucesión de Serafín Rodríguez Rodríguez y Eliecer Steller Jiménez, y al oeste, finca La Cañuela S. A. Mide: ochenta y cuatro mil cuatrocientos doce metros cuadrados. Plano: A-1474735-2011. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del siete de mayo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del quince de mayo del dos mil diecinueve con la base de cincuenta y dos millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintitrés de mayo del dos mil diecinueve, con la base de diecisiete millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Oficina de Asesoría Catastral Sociedad Anónima contra Ernesto Alfredo Rodríguez Rodríguez. Expediente 19-000413-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 15 de febrero del 2019.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Decisora.—( IN2019321779 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y cinco mil ochocientos dieciséis dólares con cuarenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Cartago, matrícula número ciento cincuenta y tres mil novecientos treinta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir, marcado como lote 10-C, hoy día con una casa de habitación. Situada en el distrito Carmen, cantón Cartago de la provincia de Cartago. Colinda: al norte: alameda; al sur: lote tres C; al este: Asociación para la Promoción de Proyecto Habitacional y de Desarrollo Social Productivo; y al oeste: lote nueve C. Mide: ciento nueve metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintinueve de marzo del dos mil diecinueve, con la base de cuarenta y un mil ochocientos sesenta y dos dólares con treinta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del ocho de abril del dos mil diecinueve, con la base de trece mil novecientos cincuenta y cuatro dólares con doce centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda (Costa Rica) S. A. contra Xenia María Rivera González. Expediente: 18-001066-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramon, 28 de enero del 2019.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2019321879 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y siete millones setenta y tres mil cuatrocientos setenta colones con cuarenta céntimos, libre de gravámenes; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos ochenta y cinco mil ciento setenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Buenos Aires, cantón Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Blanva de Zaragoza S.A., Sur: Blanva de Zaragoza S.A., este, Blanva de Zaragoza S.A., oeste, calle publica con 12.98 metros. Mide: cuatrocientos diez metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintitrés de abril del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del dos de mayo del año dos mil diecinueve con la base de treinta y cinco millones trescientos cinco mil ciento dos colones con ochenta céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del diez de mayo del dos mil diecinueve, con la base de once millones setecientos sesenta y ocho mil trescientos sesenta y siete colones con sesenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda (Costa Rica) S.A. contra Xinia María del Carmen Vargas Ramírez. Expediente 18-001186-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramon), 30 de enero del 2019.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2019321880 ).

En este Despacho, con una base de veinte millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 201832-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 6-Santa Rosa, cantón 3-Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 55; al sur, lote 57; al este, lote 50; y al oeste, calle pública con un frente de 6 metros. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y treinta minutos del nueve de abril del dos mil diecinueve (3:30 pm // 09/04/2019). De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos del veintiséis de abril del dos mil diecinueve (3:30 pm // 26/04/2019) con la base de quince millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del ocho de mayo del dos mil diecinueve (3:30 pm // 08/05/2019) con la base de cinco millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Elías Francisco Vindas Muñoz, Francisco Diez Setenta Sociedad Anónima. Expediente 18-005659-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 06 de febrero del 2019.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2019321905 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones trescientos treinta y siete mil ochocientos cincuenta y siete colones con setenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 371-15326-01-0900-001; 1) sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento setenta y nueve mil seiscientos cincuenta y tres, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-Liberia, cantón 1-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Cristóbal Chavarría Ortiz; al sur, servidumbre de paso con 18.50 metros lineales; al este, Julio Gutiérrez Rivera; y al oeste, Gisela Gutiérrez Morales. Mide: doscientos seis metros cuadrados. Plano: G-1391738-2009. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de abril del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del doce de abril del dos mil diecinueve con la base de cuatro millones tres mil trescientos noventa y tres colones con treinta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintinueve de abril del dos mil diecinueve con la base de un millón trescientos treinta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y cuatro colones con cuarenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Con una base de diecinueve millones cuatrocientos veinte mil doscientos noventa y cinco colones con trece céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 371-15326-01-0900-001; 2) sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento treinta y dos mil setecientos cincuenta y uno, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-Liberia, cantón 1-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Cristóbal Chavarría Ortiz; al sur, Julio Gutiérrez Rivera; al este, Julio Gutiérrez Rivera; y al oeste, calle pública con 14 mts de frente. Mide: doscientos catorce metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Plano: G-0707051-2001. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de abril del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del doce de abril del dos mil diecinueve con la base de catorce millones quinientos sesenta y cinco mil doscientos veintiún colones con trece céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintinueve de abril del dos mil diecinueve con la base de cuatro millones ochocientos cincuenta y cinco mil setenta y tres colones con setenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Gisela Gutiérrez Morales, Javier Patricio León Barahona. Expediente 18-001306-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 14 de febrero del 2019.—Lic. Jenny Corrales Torres, Jueza Decisora.—( IN2019321932 ).

En este Despacho, con una base de catorce mil ochocientos noventa y tres dólares con ochenta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BJW369, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, Vin: KMHCT41DAFU745993, motor: G4FCEU381209, cilindrada: 1600 c. c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del veintisiete de marzo del dos mil diecinueve . De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del cuatro de abril del dos mil diecinueve con la base de once mil ciento setenta dólares con treinta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del veinticinco de abril del dos mil diecinueve con la base de tres mil setecientos veintitrés dólares con cuarenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Guillermo Efraín Campos Rauda. Expediente 18-005469-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 07 de diciembre del 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez Tramitador.—( IN2019321933 ).

En este Despacho, con una base de cuatro mil setecientos cincuenta y seis dólares con treinta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa 864248, marca Kia, estilo Cerato, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2011, color vino, vin KNAFU411AB5374233, cilindrada 1591 cc, combustible gasolina, motor G4FCAH301896. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del uno de julio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del nueve de julio de dos mil diecinueve con la base de tres mil quinientos sesenta y siete dólares con veintisiete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de julio de dos mil diecinueve con la base de mil ciento ochenta y nueve dólares con nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Prendaria de Gestionadora de Créditos San José S. A. contra Walkyria Del Carmen Morales Mora. Exp. 16-005072-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 18 de enero del año 2019.—Lic. Gerardo Monge Blanco, Juez Tramitador.—( IN2019321934 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete millones seiscientos cincuenta y nueve mil seiscientos treinta y ocho colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número sesenta y siete mil cuarenta y cuatro, derecho 000, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito 1-Cañas, cantón 6 Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública; al sur, calle pública; al este, Valher S. A., y al oeste, Valher S. A. Mide: Doscientos cinco metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Plano: G-0846660-1989. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del trece de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintiuno de marzo del año dos mil diecinueve con la base de trece millones doscientos cuarenta y cuatro mil setecientos veintiocho colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de marzo del año dos mil diecinueve con la base de cuatro millones cuatrocientos catorce mil novecientos nueve colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Cañas contra Denia Porras Cajina. Exp. 16-000676-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 21 de diciembre del año 2018.—M.Sc. Jenny Corrales Torres, Jueza Decisora.—( IN2019321935 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis mil seiscientos cuarenta y cinco dólares con seis centavos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo BFY974, marca Hyundai, estilo Accent GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2014, color blanco, Vin KMHCT51BAEU149887, combustible gasolina, motor G4LCDU116805. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del quince de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del veinticinco de marzo del dos mil diecinueve con la base de doce mil cuatrocientos ochenta y tres dólares con ochenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del dos de abril del dos mil diecinueve con la base de cuatro mil ciento sesenta y un dólares con veintisiete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de Gestionadora de Créditos contra Katherine Viviana Vargas Corrales. Expediente 17-001234-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 04 de diciembre del 2018.—Lic. Carlos Contreras Reyes, Juez Decisor.—( IN2019321936 ).

En este despacho, con una base de veintiún mil dólares, moneda del curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica, libre de gravámenes y anotaciones; pero soportando condiciones ref.-00026501 000, citas 0364-00009107-01-0832-001 y condiciones ref. 0026501 000, citas 0370-00002823-01-0915-001; sáquese a remate la finca del Partido de Limón, matrícula número setenta y siete mil seiscientos-cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 30, bloque D. Situada en el distrito Limón, cantón Limón de la provincia de Limón. Colinda: al norte: lote 30 bloque D; al sur: lote 28 bloque D; al este: lotes 20 y 21 bloque D; y al oeste: calle pública. Mide: doscientos cuarenta y un metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas del dos de mayo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas del diez de mayo del dos mil diecinueve, con la base de quince mil setecientos cincuenta dólares (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas del veinte de mayo del dos mil diecinueve, con la base de cinco mil doscientos cincuenta dólares (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ronny Alexander Lindon Faster. Expediente: 18-002578-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 13 de febrero del 2019.—Hellen Gutiérrez Desanti, Jueza Decisora.—( IN2019321992 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho millones colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Cartago, matrícula número 104057-000, la cual es naturaleza: solar y casa. Situada en el distrito 03 Orosi, cantón 02 Paraíso de la provincia de Cartago. Colinda: al norte: Víctor Manuel Chávez Chávez; al sur: Víctor Manuel Chávez Chávez; al este: José Antonio Segura Gamboa; y al oeste: calle pública con 6 m. 50 cm. Mide: ciento diecisiete metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticinco de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del tres de abril de dos mil diecinueve, con la base de trece millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de abril de dos mil diecinueve, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Penas de Urazca Sociedad Anónima contra Álvaro Antonio Ortega Jiménez. Expediente: 17-012099-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 28 de enero del 2019.—Gerardo Monge Blanco, Juez Tramitador.—( IN2019322016 ).

En este Despacho, con una base de ciento cuarenta y ocho mil setecientos sesenta y cuatro dólares con treinta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 186360-000, la cual es terreno construido con una casa. Situada en el distrito 02 San José, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte. lote N 32; al sur: avenida octava con 10 m.; al este: lote N 14; y al oeste: lote N 16. Mide: doscientos cuarenta metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de abril de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del diez de mayo de dos mil diecinueve, con la base de ciento once mil quinientos setenta y tres dólares con veintidós centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de mayo de dos mil diecinueve, con la base de treinta y siete mil ciento noventa y un dólares con siete centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra David Gerardo Contreras Ruiz, Mariluz Flores González. Expediente 18-000135-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 15 de febrero del 2019.—Lic Carlos Soto Madrigal, Juez Tramitador.—( IN2019322033 ).

En este Despacho, con una base de treinta y nueve mil ochocientos treinta y cuatro dólares con cincuenta y cinco centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 357-12326-01-0900-001; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos mil ochocientos veinte, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Tacares, cantón Grecia de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste: lote segregado; al noroeste: calle pública con 18.15 metros; al sureste: Enrique Rojas Jiménez y Víctor Corrales Azofeifa; y al suroeste: Víctor Corrales Azofeifa. Mide: trescientos setenta y un metros cuadrados. Para tal efecto se señalan las catorce horas y quince minutos del veintidós de julio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y quince minutos del treinta de julio de dos mil diecinueve, con la base de veintinueve mil ochocientos setenta y cinco dólares con noventa y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y quince minutos del siete de agosto de dos mil diecinueve, con la base de nueve mil novecientos cincuenta y ocho dólares con sesenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José S. A. contra Carlos Gerardo Zamora Ramírez, Miriam Ramírez Cruz. Expediente: 18-006835-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 14 de enero del 2019.—Pedro Javier Ubau Hernández, Juez Tramitador.—( IN2019322040 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y cuatro mil ochocientos ochenta y tres dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 0377-00015073-01-0857-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 244391-000, la cual naturaleza: para construir con 1 casa 5 F. Situada en el distrito 08 San Rafael, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 4 F; al sur, Industrial Alto Campo S. A.; al este, alameda 9, y al oeste, lote 6 F. Mide: Ciento sesenta y dos metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del nueve de abril de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil diecinueve con la base de treinta y tres mil seiscientos sesenta y dos dólares con veinticinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del ocho de mayo de dos mil diecinueve con la base de once mil doscientos veinte dólares con setenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Bac San José S. A. contra Yahaira María Pérez Fajardo. Exp. 17-003391-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 31 de enero del 2019.—Lic. Gerardo Monge Blanco, Juez Tramitador.—( IN2019322042 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y quince minutos del dos de abril de dos mil diecinueve y con la base de treinta y cuatro millones trescientos nueve mil setecientos siete colones con trece céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos setenta y cinco mil ochocientos setenta y seis-cero cero uno-cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa, lote X-1. Situada en el distrito San Miguel, cantón Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norte: calle pública; al sur: lote 2; al este: calle pública; y al oeste: calle publica. Mide: doscientos cuarenta y un metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del diecisiete de abril de dos mil diecinueve, con la base de veinticinco millones setecientos treinta y dos mil doscientos ochenta colones con treinta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del dos de mayo de dos mil diecinueve, con la base de ocho millones quinientos setenta y siete mil cuatrocientos veintiséis colones con setenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Servidores Públicos RL contra Karol De Los Ángeles Oviedo Ramos, Lander Oviedo Vindas, Leda Roxana Ramos Quirós. Expediente: 18-004699-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 18 de setiembre del 2018.—Pedro Javier Ubau Hernández, Juez Decisor.—( IN2019322045 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; a las once horas y cero minutos del veintisiete de mayo del dos mil diecinueve, con las bases que se dirán, en el mejor postor remataré: finca número 1) Con una base de cincuenta y cuatro mil doscientos noventa y ocho dólares con once centavos, libre de gravámenes y anotaciones; del partido de San José, matrícula 127715-F-000, la cual es terreno destinado a uso habitacional de una planta en proceso de construcción y se ubicará en el sexto nivel del edificio D. Situada en el distrito Hatillo, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, pasillo; al sur, espacio aéreo; al este, finca filial ciento setenta y nueve, y al oeste, área común construida destinada a escaleras de emergencia. Mide: cuarenta y tres metros cuadrados. Finca 2) con una base de trece mil cuatrocientos setenta y tres dólares con setenta y cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; del partido de San José, matrícula 127728-F-000, la cual es terreno destinado a uso estacionamiento de una planta en proceso de construcción y se ubicara en el primer nivel. Situada en el distrito Hatillo, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: norte, acceso cuatro; al sur, área común libre destinada a zona verde; al este, finca filial ciento noventa y cuatro, y al oeste, acceso cuatro. Mide: quince metros cuadrados. Finca 3) con una base de trece mil setecientos cincuenta y nueve dólares con cuarenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; del partido de San José, matrícula 127892-F-000 la cual es terreno destinado a uso estacionamiento de una planta en proceso de construcción y se ubicara en el sótano del edificio D. Situada en el distrito Hatillo, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común construida destinada a elevador; al sur, área común construida destinada a circulación vehicular; al este, área común construida destinada a circulación vehicular, y al oeste, área común construida destinada a circulación vehicular. Mide: quince metros cuadrados. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del cuatro de junio del dos mil diecinueve con la base de finca 1) cuarenta mil setecientos veintitrés dólares con cinco centavos (75% de la base original), finca 2) diez mil ciento cinco dólares con treinta centavos (75% de la base original), finca 3) diez mil trescientos diecinueve dólares con cincuenta y siete centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del doce de junio del dos mil diecinueve con la base de finca 1) trece mil quinientos setenta y cuatro dólares con cincuenta y dos centavos (25% de la base original), finca 2) tres mil trescientos sesenta y ocho dólares con cuarenta y tres centavos (25% de la base original), finca 3, tres mil cuatrocientos treinta y nueve dólares con ochenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de MB Créditos S. A., contra Linsette Juliana Vargas Fernández. Expediente 18-005094-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 24 de enero del 2019.—Lic. Esteban Herrera Vargas, Juez Decisor.—( IN2019321988 ).

En este despacho, sáquense a remate las fincas todas del partido Puntarenas, matrículas: 53748-000, 127377-000 y 131499-001-002, para la cual se señalan las mismas fechas y horas para la subasta pública. Primera finca: 6-53748-000. Con una base de siete mil cuatrocientos veintinueve dólares con treinta centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones Rif: 00030098000 citas: 359-17497-01-0900-001; la cual es terreno para la agricultura. Situada en el distrito 1- Buenos Aires, cantón 3- Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, María Eugenia Anchía Arias; al sur, calle pública con quince metros de frente; al este, José Ángel Villalobos Alpízar y al oeste, Fernando Ramírez Rubí. Mide: doscientos noventa y nueve metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y treinta minutos del quince de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos del veinticinco de marzo del año dos mil diecinueve con la base de cinco mil quinientos setenta y un dólares con noventa y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y treinta minutos del dos de abril del año dos mil diecinueve con la base de mil ochocientos cincuenta y siete dólares con treinta y tres centavos (25% de la base original). Segunda finca: 131499-001-002, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando condiciones Ref: 00030098 000, citas: 365-18657-01-0900-001, la cual es terreno de casa con patio. Situada en el distrito 1- Buenos Aires, cantón 3- Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Jorge Arturo Quesada Navarro; al sur, Fernando Ramírez Rubí; al este, María Eugenia Anchía Ramírez y al oeste, calle pública con 8,60 metros de frente. Mide: doscientos un metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Primera base: diez mil trescientos cincuenta y cuatro dólares con dieciocho centavos, y de no haber postores para la segunda subasta con la base de siete mil setecientos sesenta y cinco dólares con sesenta y cuatro centavos, y en caso de una tercer subasta con la base de dos mil quinientos ochenta y ocho dólares con cincuenta y cinco centavos. Tercera finca: 6-127377-000, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 302-02436-01-0044-001, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1- Buenos Aires, cantón 3- Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, resto de Victorino Lara Sánchez; al este, Vertila Zúñiga Torres y al oeste, Cirilo Zúñiga Vargas. Mide: trescientos cincuenta metros cuadrados. Primera base: cuatro mil doscientos noventa y un dólares con setenta y ocho centavos, de no haber postores para la segunda subasta con la base de tres mil doscientos dieciocho dólares con ochenta y cuatro centavos, y para el caso de un tercer remate con la base de mil setenta y dos dólares con noventa y cinco centavos. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L., contra Virgilio Eduardo Valverde Fonseca. Exp. 18-006120-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primero Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 16 de noviembre del año 2018.—Lic. Diego Angulo Hernández, Juez.—( IN2019321989 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero con reservas y restricciones bajo citas 0246-3184-01-0901-001; a las diez horas y treinta minutos del veintiuno de marzo del dos mil diecinueve y con la base de siete millones novecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ochenta y cuatro mil setecientos noventa y cinco-cero cero cero, la cual es terreno lote 13, bloque A, terreno para construir con una casa construida. Situada en el distrito Guápiles, cantón Pococí de la provincia de Limón. Colinda: al norte: lote número doce, bloque A; al sur: lote número catorce, bloque A; al este: calle pública con un frente de 09.50 metros y al oeste. ASEMUPO S. A. Mide: ciento ochenta metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintinueve de marzo del dos mil diecinueve, con la base de cinco millones novecientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un 75% por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del ocho de abril del dos mil diecinueve, con la base de un millón novecientos setenta y cinco mil colones exactos (un 25% de la base inicial). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Wilber Eduardo Torres Quesada. Expediente: 14-002159-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 19 de febrero del 2019.—Licda. Hazel Carvajal Rojas, Juez Decisor.—( IN2019322050 ).

En este Despacho, con una base de treinta mil quinientos dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento veinte mil quinientos setenta y tres, derecho cero cero uno, la cual es terreno con un local comercial construido. Situada en el distrito 01 Bagaces, cantón 04 Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, carretera interamericana con 30.89 metros; al sur, Bruno Donnati y Agrícola Ganadera El Pedregal S. A; al este, Bruno Donnati y Agrícola Ganadera El Pedregal S. A., y al oeste, Agrícola Ganadera El Pedregal S. A. Mide: dos mil cuatrocientos sesenta y nueve metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Plano catastrado G-0543682-1999. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticinco de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del dos de abril del año dos mil diecinueve con la base de veintidós mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del diez de abril del año dos mil diecinueve con la base de siete mil seiscientos veinticinco dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución Ley Cobro Judicial de Eduvina Margarita Álvarez Espinoza contra Francisco Vargas Alfaro. Exp. 15-001006-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 11 de febrero del 2019.—M.Sc. Jenny Corrales Torres, Jueza Decisora.—( IN2019322059 ).

En este Despacho, con una base de ciento veinticinco mil ciento dieciocho dólares con cincuenta y nueve centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada 0346-00001641-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número doscientos treinta y ocho mil seiscientos setenta y nueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno con frutales. Finca se encuentra en zona catastrada. Situada en el distrito 09 Dulce Nombre, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Geovanni Brenes Brenes; al sur, Marta María Quesada Ramírez y parte de calle pública; al este, yurro sin nombre y María Marta Quesada Ramírez y al oeste, José Sandy Sánchez y parte de calle pública. Mide: dos mil treinta y nueve metros con cero decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintidós de marzo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del uno de abril de dos mil diecinueve con la base de noventa y tres mil ochocientos treinta y ocho dólares con noventa y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del doce de abril de dos mil diecinueve con la base de treinta y un mil doscientos setenta y nueve dólares con sesenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Iván Eduardo Mora Rodríguez, María Virginia Rodríguez Meneses. Exp. 17-022470-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 21 de enero del año 2019.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Decisora.—( IN2019322064 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y siete millones setecientos noventa y tres mil quinientos un colones con ochenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso, citas: 2013-00227924-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número ciento tres mil doscientos diecinueve, derecho F-cero cero cero, la cual es terreno finca filial número quinientos cincuenta y cuatro ubicada en el sétimo nivel destinada a apartamento G en proceso de construcción. Situada en el distrito diez, Hatillo, cantón cero uno, San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común construida destinada a ascensor, espacio vacío y finca filial quinientos cuarenta y tres; al sur, espacio aéreo; al este, área común construida destinada a escalera, área común construida destinada a ascensor y área común construida destinada a vestíbulo; y al oeste, espacio aéreo. Mide: setenta y seis metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, señalan las nueve horas y cero minutos del veintiséis de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del tres de abril del dos mil diecinueve con la base de treinta y cinco millones ochocientos cuarenta y cinco mil ciento veintiséis colones con cuarenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del doce de abril del dos mil diecinueve con la base de once millones novecientos cuarenta y ocho mil trescientos setenta y cinco colones con cuarenta y siete céntimos (25% de la base original). con una base de cuatro millones novecientos veintiocho mil cuatrocientos ochenta y siete colones con setenta y tres céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso, citas: 2013-00227924-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número ciento dos mil setecientos cincuenta y dos, derecho F-cero cero cero, la cual es terreno finca filial número ochenta y siete ubicada en el sótano destinada a parqueo en proceso de construcción. Situada en el distrito diez, Hatillo, cantón cero uno, San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común construida destinada a vía de circulación vehicular; al sur, área común construida destinada a vestíbulo; al este, área común construida destinada a vestíbulo; y al oeste, finca filial ochenta y ocho. Mide: catorce metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiséis de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del tres de abril del dos mil diecinueve con la base de tres millones seiscientos noventa y seis mil trescientos sesenta y cinco colones con ochenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 09:0012/04/2019 con la base de un millón doscientos treinta y dos mil ciento veintiún colones con noventa y tres céntimos (25% de la base original). con una base de setecientos treinta y nueve mil cuatrocientos veinticinco colones con veintisiete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso, citas: 2013-00227924-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número ciento dos mil novecientos cincuenta y cinco, derecho F-cero cero cero, la cual es terreno finca filial número doscientos noventa. Ubicada en el sótano destinada a locker en proceso de construcción, situada en el distrito diez, Hatillo, cantón cero uno, San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común construida destinada a vestíbulo; al sur, área común construida; al este área común construida destinada a vestíbulo; y al oeste, finca filial doscientos noventa y uno. Mide: tres metros con cero decimetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiséis de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del tres de abril del dos mil diecinueve con la base de quinientos cincuenta y cuatro mil quinientos sesenta y ocho colones con noventa y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del doce de abril del dos mil diecinueve con la base de ciento ochenta y cuatro mil ochocientos cincuenta y seis colones con treinta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Robert Schult Guzmán. Expediente 19-000013-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 11 de febrero del 2019.—Msc. Maureen Cecilia Vargas Solano, Jueza Tramitadora.—( IN2019322092 ).

En este Despacho, con una base de once millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 388-06218-01-0286-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos sesenta y un mil ciento noventa y uno, derecho cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno lote 112-I-terreno con una casa. Situada en el distrito 5-San Felipe, cantón 10-Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 105; al este, lote 114 y al oeste, lote 110. Mide: ciento dos metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del tres de abril del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del doce de abril del año dos mil diecinueve con la base de ocho millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintinueve de abril del año dos mil diecinueve con la base de dos millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Caja Costarricense del Seguro Social contra María Eugenia Robles Calderón, Víctor Julio Quesada Barboza. Exp. 18-007585-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 06 de febrero del año 2019.—Licda. Gabriela Campos Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2019322093 ).

En este Despacho, con una base de sesenta y cuatro mil ciento ochenta y un dólares con sesenta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL407283, marca: Ram, estilo: 2500, categoría: carga liviana, capacidad: 6 personas, serie: 3C6UR5FL6GG158071, carrocería: camioneta pick-up caja abierta o camp-pu. tracción: 4x4, año de fabricación:2016, modelo: Laramie, cilindros: 6. Combustible: diésel, cilindrada: 6700 cc. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del quince de marzo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del veintinueve de marzo del año dos mil diecinueve con la base de cuarenta y ocho mil ciento treinta y seis dólares con veinticinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del doce de abril del año dos mil diecinueve con la base de dieciséis mil cuarenta y cinco dólares con cuarenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Vidal de Jesús Salguero Ortiz. Exp. 18-005237-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 14 de febrero del 2019.—Licda. Patricia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2019322101 ).

En este Despacho, con una base de ciento veinte mil novecientos ochenta y dos dólares con noventa y seis centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas y restricciones citas: 328-15013-01-0901-001, reservas y restricciones citas: 389-07771-01-0801-001, plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 572-59198-01-0006-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento ochenta y un mil cuatrocientos veintiocho, derecho 000, la cual es terreno para construir situada en el distrito 1-Liberia, cantón 1-Liberia de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle publica, sur, María Josefa Leiva Méndez, este: Jesús Bellido García, oeste, María Josefa Leiva Méndez. Mide: setecientos treinta y cinco metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Plano: G-1284977-2008. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del catorce de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del veintidós de marzo del dos mil diecinueve, con la base de noventa mil setecientos treinta y siete dólares con veintidós centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del uno de abril del dos mil diecinueve con la base de treinta mil doscientos cuarenta y cinco dólares con setenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra María Karina Ledezma Hernández, Ricardo Underwood Peña. Expediente 17-003650-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 21 de enero del 2019.—MSC. Jenny Corrales Torres, Jueza.—( IN2019322102 ).

En este Despacho, con una base de sesenta y siete mil cuatrocientos tres dólares con trece centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Guanacaste, matrícula número ciento cuarenta mil trescientos setenta y uno, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1 Cañas, cantón 6 Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Juan Chaverri Villareal; al sur, Dora Del Carmen Soto Lizano; al este, Carretera Interamericana con un frente de doce metros lineales, y al oeste, Juan Chaverri Villareal. Mide: Doscientos cincuenta metros con seis decímetros cuadrados. Plano: G-0926190-2004. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de mayo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del quince de mayo del año dos mil diecinueve con la base de cincuenta mil quinientos cincuenta y dos dólares con treinta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de mayo del año dos mil diecinueve con la base de dieciséis mil ochocientos cincuenta dólares con setenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Geovanny De Jesús Barrantes Chaverri. Exp. 17-000627-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 03 de febrero del 2019.—M.Sc. Jenny Corrales Torres, Jueza Decisora.—( IN2019322103 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones de colones exactos, soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Popular y de Desarrollo Comunal inscrita bajo las citas 2012-254217-01-0002-001, y servidumbre de paso bajo las citas: 2016-178590-01-0001-001, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula 382.608-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: 1 Quesada, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de paso en medio Elvia Zúñiga Rojas; sur, Dalay Rojas Zamora; este, Dalay Rojas Zamora; oeste, calle publica con 8 metros 1 centímetro. Mide: ciento sesenta y dos metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano: A-0470053-1998. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de abril del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del treinta de abril del dos mil diecinueve con la base de tres millones de colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del nueve de mayo del dos mil diecinueve con la base de un millón de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mantenimiento de Bienes Inmuebles Mabinsa S. A. contra María Elena Rojas Quesada. Expediente 18-002138-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 08 de febrero del 2019.—Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Decisora.—( IN2019322104 ).

Se hace el nuevo señalamiento debido a la huelga nacional. En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paja de agua: 414-00761-01-0004-001 y servidumbre de acueducto y de paso de A Y A: 467-19151-01-0001-001; a las ocho horas y cero minutos del doce de marzo del dos mil diecinueve, y con la base de tres millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y ocho mil quinientos ochenta y uno cero cero cero la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito Esquipulas, cantón Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, José Daniel Meléndez Alfaro; al sur, José Daniel Meléndez Alfaro; al este, Juana María, Lidia María, Eduardo, José Francisco, Rolando, Juan Felix y Porfirio, todos Bolaños Chaves; y al oeste, calle pública con un frente de 9 punto 5 metros. Mide: ciento treinta y nueve metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veinte de marzo del dos mil diecinueve, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiocho de marzo del dos mil diecinueve con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Sheyla Cristina Mendoza Cabrales contra Wilber Gerardo Cubero Vargas. Expediente 17-004115-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 07 de noviembre del 2018.—Douglas Quesada Zamora, Decisora.—( IN2019322128 ).

En este Despacho, con una base de treinta y cinco millones de colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número quinientos mil trescientos cuarenta y ocho-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir, bloque B, lote 7-B. Situada en el distrito siete Purral, cantón ocho Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 6 metros; al sur, lote 20-B; al este, lote 8-B; y al oeste, lote 6-B. Mide: noventa y seis metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas del cinco de abril del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas del veintitrés de abril del dos mil diecinueve con la base de veintiséis millones doscientos cincuenta mil colones (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas del dos de mayo del dos mil diecinueve con la base de ocho millones setecientos cincuenta mil colones (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Ana Patricia Artavia Chacón, Angelo Antonio Vargas Álvarez. Expediente 17-009028-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 15 de febrero del 2019.—MSc. Jeannette Ruiz Herradora, Jueza Tramitadora.—( IN2019322131 ).

En este Despacho, con una base de treinta y nueve millones novecientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 419529, derecho 000, la cual es terreno de café. Situada en el distrito 07 San Isidro, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Pablo Chaves Jiménez; al sur, calle pública con un frente de 75.39 metros; al este, Pablo Chaves Jiménez; y al oeste, Café de Altura S. A. Mide: cinco mil ciento setenta y un metros con un decímetro cuadrado. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintisiete de marzo del dos mil diecinueve con la base de veintinueve millones novecientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de abril del dos mil diecinueve con la base de nueve millones novecientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). así mismo y con una base de trece millones cien mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando 5 servidumbres de paso; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 486055 derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 07 San Isidro, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Pablo Chaves Jiménez; al sur, José Luis Navarro Cruz; al este, servidumbre de paso en medio de Marta Chaves Jiménez, con 6 metros de ancho y 12.74 metros de frente; y al oeste, Malaquías Rodríguez Chaves. Mide: cuatrocientos cincuenta y nueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintisiete de marzo del dos mil diecinueve con la base de nueve millones ochocientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de abril del dos mil diecinueve con la base de tres millones doscientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Marta Iris Chaves Villalobos, Rafael Ángel Sancho Castro. Expediente 18-000982-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 11 de enero del 2019.—Lic. Rigoberto Alfaro Zúñiga, Juez.—( IN2019322137 ).

En este Despacho, con una base de cinco mil doscientos once dólares con veintitrés centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas 780272, Marca: Citroen, estilo C4, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, tracción: 4X2, año: 2008, color: negro. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticinco de marzo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del dos de abril del dos mil diecinueve con la base de tres mil novecientos ocho dólares con cuarenta y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de abril del dos mil diecinueve con la base de mil trescientos dos dólares con ochenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Manuel Eduardo Valladares Martínez. Expediente 13-004973-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 24 de enero del 2019.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2019322139 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente 19-000004-0689-AG, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Rancho ZM y RC Sociedad Anónima domiciliada en Puriscal, ochocientos metros al oeste del cementerio, portadora de la cédula jurídica número 3-101-298859, representada por su presidenta y apoderada generalísima sin límite de suma, la señora María Rosa Castillo González, mayor, viuda, agricultora, vecina de Puriscal, ochocientos metros al oeste del cementerio, portadora de la cédula de identidad número 09-0046-0292, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es frutales. Situada en Barrio el Cirrí, en el distrito uno Santiago, cantón cuatro Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con sesenta y tres metros con diez decímetros lineales; al sur, Rancho ZM y RC Sociedad Anónima (promovente); al este, Rancho ZM y RC Sociedad Anónima (promovente) y al oeste, Rancho ZM y RC Sociedad Anónima (promovente). Mide: ocho mil setecientos ochenta metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-2052267-2018. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compraventa realizada el 21 de febrero de 2002, al señor Zacarías Madrigal Chavarría, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de sesenta y ocho años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en construcción y mantenimiento de cercas, siembra y cuido de árboles, renegación vegetal de las zonas más quebradas, todo tipo de cuido y mantenimiento general del inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Rancho ZM Y RC Sociedad Anónima. Exp: 19-000004-0689-AG.—Juzgado Agrario Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 14 de enero del 2019.—Dra. Vanessa Fisher González, Jueza.—1 vez.—O.C 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019314742 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°12-000237- 0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Finca la Real Unión de la Uvita S. A., cédula jurídica número 3-101-268593, representada por: Olman Alberto Torres Sequeira, quien es mayor, casado, vecino de Acoyapa de Mansión de Nicoya, de la plaza de deportes doscientos metros al sur, portador de la cédula de identidad vigente número 5-258-742, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: lote 1: Finca cuya naturaleza es de cultivos. Situada en el distrito cuarto, cantón quinto, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con calle pública con un frente a ella de setenta metros con sesenta y cuatro centímetros lineales; al sur, calle pública con un frente a ella de ciento doce metros con trece centímetros lineales; al este, calle pública con un frente a ella de noventa y siete metros con quince centímetros lineales y Álvaro Sandi Mora y al oeste, Germán Ramírez Monge. Mide: nueve mil setecientos cuarenta y nueve metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-763043- 2002. Lote 2: Finca cuya naturaleza es de pastos. Situada en el distrito quinto, cantón primero, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con calle pública con un frente a ella de quinientos sesenta y ocho metros con cero dos centímetros lineales; al sur, calle pública con un frente a ella de trescientos treinta y siete metros con cincuenta y cinco centímetros lineales; al ESTE Juan Álvaro Sandi Álvarez, Hernán Villalobos Castillo, Ismael Amador Porras y al oeste, Neftalí Chacón Madrigal y Guido Garita Arroyo. Mide: treinta y seis hectáreas nueve mil trescientos veintisiete metros con once decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-756648-2001. Lote 3: Finca cuya naturaleza es de cultivos. Situada en el distrito cuarto, cantón quinto, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con calle pública con un frente a ella de doscientos sesenta y un metros con diecisiete centímetros lineales; al sur, calle pública con un frente a ella de trescientos siete metros con ochenta y seis centímetros lineales; al este, Osvaldo Monge Sandí y al oeste, Eliecer Agüero Araya. Mide: una hectárea, seiscientos treinta y un metros con treinta decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-759862- 2001. Indica el promovente que sobre los inmuebles a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el lote 1 en tres millones de colones, lote 2 en diez millones de colones, lote 3 en cinco millones de colones y las presentes diligencias en la suma de cuatro millones de colones.- Que adquirió dichos inmuebles por venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de quince años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en chapias y mantenimiento de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Finca La Real Unión de la Uvita S. A. Exp. 12-000237-0391-AG.—Juzgado Agrario Segundo Circuito Judicial Guanacaste (Santa Cruz), Santa Cruz, 16 de enero del 2019.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—O.C 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019315264 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el expediente N°16- 000078-0387-AG, información posesoria de Edelmira Pizarro Gutiérrez, mayor, soltera, ama de casa, vecino de Guanacaste, Los Ángeles de Palmira Carrillo, frente al cementerio, cédula cinco- cero dos cuatro cuatro- cero dos dos cinco, para inscribir a su nombre y en el Registro Público Inmobiliario, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es de Terreno de frutales con una casa de habitación. Situada en Palmira, distrito: Segundo (Palmira), cantón: quinto (Carrillo), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Isidora Vargas Serrano; sur, Alfredo Garita Soto; este, María Aida Vargas Vargas y al oeste, Víctor Eduardo Soto Vargas. Mide: setecientos treinta y siete metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado G-1848980-2015, de fecha diecisiete de setiembre del dos mil quince, a nombre de Edelmira Pizarro Gutiérrez. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir sí existe cargas reales como fundo dominante una servidumbre, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de nueve millones de colones cada una. Afirma adquirió dicho inmueble por donación que le hiciera Isidora Vargas Serrano, el dieciséis de noviembre del dos mil quince, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. No existen condueños, los actos de posesión han consistido en siembra y recolección de cosechas de árboles frutales como mangos, marañones, aguacates y cuido limpieza, chapias, mantenimiento de cercas y habitar una casa. Afirma no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria de Edelmira Pizarro Gutiérrez. Exp. 16- 000078-0387-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), Liberia, 24 de enero del 2019.—Licda. Johanna Arce Hidalgo, Jueza.—1 vez.—O.C 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019315265 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 18-000101-0689-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Trino Ramón Calderón Robles quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de San Rafael de Coronado, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 01-0402-0268, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es agricultura de frutales y ganadería. Situada en el distrito San Rafael, cantón Vásquez de Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Río Virilla; al este, Trino Ramón Calderón Robles y al oeste, Jaime Barboza Barboza. Mide: cinco mil quinientos cuarenta y un metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-1092893-2006. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cuarenta millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en siembra de papaya, plátano, chayote, yuca, limones, naranjas, entre otros y ganadería avícola. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Trino Ramón Calderón Robles. Exp. 18-000101-0689-AG.—Juzgado Agrario Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 14 de enero del 2019.—Dra. Vannessa Fisher González, Jueza.—1 vez.—O.C 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019315266 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°18-000122- 0419-AG (142-1-18) donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Juan Carlos Esquivel Zeledón, quien es mayor, estado civil casado una vez, ingeniero en alimentación, vecino de Ciudad Colón, San José, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número seis-doscientos cuarenta y tres-novecientos treinta y nueve, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de zona verde, café, arboleda, corral, cuatro casas y dos galeras. Situada en el distrito primero San Vito, cantón octavo Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Manuel Guevara Ávila; al sur, Ana Yensy, Adrián Fabricio y Carmen todos Gómez Gómez, calle pública con ochenta metros lineales; al este Franklin Guevara Ávila, Grisel Barrantes Vargas y al oeste Erick Antonio Marín Ulate y Agrimusa Limitada. Mide: treinta y seis mil doscientos sesenta y un metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-1952710-2017. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir NO pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dieciocho millones cien mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por Ventas realizadas por Misael Esquivel Esquivel, Daniel Esquivel Zeledón y Emma González Ríos, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en siembra y mantenimiento de cultivo del café, árboles frutales, reforestación, zona verde, cuido de animales domésticos, uso habitacional. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Juan Carlos Esquivel Zeledón, exp: 18-000122-0419-AG (142-1-18).—Juzgado Agrario Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores), Corredores, 25 de enero del 2019.—Licda. Maricel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—O.C 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019315267 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 18-000225- 0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Minor Gerardo Julio González Álvarez quien es mayor, casado una vez, educador pensionado, portador de la cédula de identidad número 5-141-884, vecino de barrio Los Ángeles de Santa Bárbara de Santa Cruz, Guanacaste, 300 metros Este del Santuario, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es casa, patio, jardín con frutales. Situada en Los Ángeles en el distrito Diriá, cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de 65 metros lineales; al sur, María Zoila Cubillo Sánchez; al este, calle pública con un frente a ella de 21 metros con 78 centímetros lineales y al oeste, María Carmen Cabalceta Barrantes.- Mide: 868 metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G- 1964180-2017. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una.- Que adquirió dicho inmueble por donación y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 30 años. Que existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cercar el terreno, chapearlo, siembra de frutales como limón, naranja, entre otros, y la construcción de una casa de habitación.- Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.- Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.- Proceso información posesoria, promovida por Minor Gerardo Julio González Álvarez. Exp. 18-000225-0391-AG.—Juzgado Agrario Segundo Circuito Judicial Guanacaste (Santa Cruz), Santa Cruz, 23 de enero del 2019.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—O.C 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019315268 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 18-000257- 0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Zoraida del Carmen Artavia Cruz, quien es mayor, soltera, trabajadora de productos agrarios, portadora de la cédula de identidad número 2-444-050, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es repastos. Situada en Acoyapa en el distrito Mansión, cantón Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte Donal Guerrero Arias, y calle pública con un frente a ella de 110 metros con 53 centímetros lineales; al sur Santos Tito Jaenz Guevara, y Juan Torres Sequeira; al este y al oeste. Mide: cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-1943818-2016.- Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de dos millones de colones y las presentes diligencias en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de trece años. Que existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en siembra de árboles frutales como limón, aguacate, cultivo de maíz, rondas y arreglo de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.- Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Zoraida del Carmen Artavia Cruz. Exp: 18-000257-0391-AG Juzgado Agrario Segundo Circuito Judicial Guanacaste (Santa Cruz), Santa Cruz, 23 de enero del 2019.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—O.C 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019315269 ).

Marcela Fonseca Barrantes, mayor, del hogar, casada una vez, cédula de identidad número uno- cero nueve treinta y seis- cero cinco setenta y tres, vecina de Buenos Aires de Puntarenas, Concepción de Pilas, frente a la escuela, solicita se levante Información Posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno para construir con jardín, situado en Concepción, distrito quinto Pilas del cantón tercero Buenos Aires, de la provincia sexta Puntarenas, con los siguientes linderos: norte con calle pública; al sur con Gloria Meléndez Somoza; al este con Carlos Fonseca Mora; y al oeste con Yamileth Fonseca Barrantes. Mide mil ciento ochenta y cuatro metros cuadrados, según plano catastrado P-1618904-2012. El terreno antes descrito, el solicitante ha sido el poseedor en calidad de dueño de manera pública, pacifica e ininterrumpida por más de diez años. Estima el fundo en la suma de quinientos mil colones, igualmente las presentes diligencias. Con un mes de término contados a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria, expediente 15-100039-1046-CI (48-15) establecidas por Marcela Fonseca Barrantes.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires, (Materia Civil), 14 de mayo del 2018.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—( IN2019315386 ).

Citaciones

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio agrario de quien en vida fue José Juan Fajardo Sánchez, quien era mayor, casado una vez, con cédula 05-0189-0417, y cuyo último domicilio fue en Limón, Cantón Pococí, Distrito La Rita, Asentamiento Camuro, de la Escuela Las Orquídeas, 700 metros al norte. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 18-000307-0507-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de La Zona Atlántica, 11 de enero del año 2019.—Geison López Barrantes, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019314733 ).

Se hace saber: en este Juzgado se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Diego Andrés Garro Mora, mayor, soltero, profesión no indica, costarricense, cédula de identidad 1-1044-0695 y vecino de Desamparados, Los Guidos, Balcón Verde, de la Iglesia Rey de Reyes, 100 metros oeste, 25 metros norte casa con verjas celestes de dos plantas. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 19-000108-0217-CI.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 08 de febrero del 2019.—Licda. Floryzul Porras López, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019320370 ).

Avisos

Valeria Arce Ihabadjen, Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a Carlos Ernesto Hernández Díaz, documento de identidad B-306587, casado una vez, vecino de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso abreviado de inexistencia de matrimonio en su contra, bajo el expediente número 17-000385-0186-FA con el cual se solicita lo siguiente: 1). La inexistencia del matrimonio celebrado entre las partes, por no haber consentimiento de uno de ellos. 2). Que se anule la cita de inscripción 1-0518-296-0591. 3). Que se anule cualquier tramite de naturalización y tendiente a otorgar residencia al señor Carlos Ernesto Hernández Díaz, que se condene a dicho demandado al pago de las costas. Lo anterior se ordena así en proceso inexistencia matrimonio de Procuraduría General de la República contra Carlos Ernesto Hernández Díaz y Patricia Gerardina Pérez Zúñiga. Expediente 17-000385-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 23 de octubre del 2018.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019314803 ).

Licenciado Luis Fernando Sáurez Jiménez. Juez del Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas (Materia Familia), dice: a Luis Ángel Méndez López, en su carácter personal, quien es mayor, Casado, Comerciante, vecino de domicilio desconocido, pasaporte PE07474151, se le hace saber que en demanda Declaratoria de Extramatrimonialidad, establecida por Bettina María Carmona Arrieta contra Luis Ángel Méndez López, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: sentencia N°157-2018-LF. Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas (Materia Familia), a las dieciséis horas y cinco minutos del dieciocho de setiembre de dos mil dieciocho. Proceso Declaratoria de Extramatrimonialidad, establecido por Bettina María Carmona Arrieta, mayor, soltera en Unión de Hecho, educadora, vecina de San Miguel de Cañas, Guanacaste, cédula 0503240246 contra Luis Ángel Méndez López, mayor, Casado, Comerciante, vecino de domicilio desconocido, pasaporte PE07474151.- Resultando: 1º—... 2º—... 3º—… 4º— Considerando: I.—Hechos probados 1º—... 2º—.... 3º—.... 4º.... II.—Hechos no Probados...1º—.... III.—Sobre el fondo del asunto ... IV.—.... V.—.... Por tanto: Razones expuestas, artículos citados 222 y 330 del Código Procesal Civil, 71 y 98 inciso g) del Código de Familia, se declara con lugar el proceso Especial de Filiación: declaratoria de hijo extramatrimonial de Bettina María Carmona Arrieta contra Luis Ángel Méndez López. Se declara que la persona menor de edad Sael Alejandro Méndez Carmona no es hijo del demandado Luis Ángel Méndez López y por tanto deberá de llevar únicamente los apellidos de su madre, la señora Carmona Arrieta. Consecuentemente el demandado no tiene obligación de pagar Pensión Alimentaria a favor de la persona menor de edad de interés. Firme ésta sentencia inscríbase al margen del Tomo quinientos treinta y tres, folio doscientos veinticinco, asiento cuatrocientos cuarenta y nueve, de la provincia de Guanacaste. Se resuelve sin especial condena en costas personales y procesales de conformidad con el artículo 222 del Código Procesal Civil, al demandado, por no haberse opuesto a las pretensiones de la actora. En razón de ser el demando ausente se ordena publicar la parte dispositiva de la presente sentencia en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional, por una sola vez. Lic. Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez. Expediente 18-000158-0928-FA; Proceso de Filiación de Declaratoria de hijo Extramatrimonial; Actora: Bettina María Carmona Arrieta; contra: Luis Ángel Méndez López.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas (Materia Familia).—Lic. Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez.—1 vez.—O.C 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019314804 ).

Msc. Felicia Quesada Zúñiga, Jueza de Familia de Heredia, hace saber: Que en el expediente número 18-002391-0364-FA, que es proceso suspensión de patria potestad establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local San Pablo de Heredia contra de Sugey Mariam Díaz Chinchilla, mayor, cédula de identidad 4 0212 0258, de oficio y paradero desconocido, Brian José Chinchilla Vargas, mayor, cédula de identidad 6 0409 0914, de oficio y paradero desconocido y Jorge Luis Rojas, de documento de identidad, oficio y paradero desconocido, a quienes se les ordena notificar por edicto el contenido de la siguiente resolución en lo literal:(...) Juzgado de Familia de Heredia.- A las diez horas y seis minutos del veinte de diciembre de dos mil dieciocho. De la anterior demanda abreviada establecida por el accionante Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado a la accionada(o) Brian José Chinchilla Vargas, Jorge Luis Rojas y Sugey Mariam Díaz Chinchilla por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas.-al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones.- En al misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.- Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos, los cuales son los siguientes: De la Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho en San Pedro, San José, y se atiende de Lunes a viernes de 08:00am a 12:md y Lunes, miércoles y viernes de 13:30 pm a 19:30 pm, Universidad Latina, Sede de Heredia Oficina Ubicada en la Municipalidad de Heredia, horario de atención: Lunes a viernes 08:00am a 12:00md, teléfono: 2776715, Universidad Libre de Derecho, Horario de atención: Lunes a viernes:13:30pm a 16:30pm teléfono: 22835533. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Así como en la Defensa Publica Pisav-San Joaquín de Flores de Heredia, competencia únicamente vecinos de Flores, Belén y Santa Barbara de Heredia, Teléfono: 22655640. Y en la Defensa Publica de Heredia. Teléfono 25600659.- Siendo que la Ley No. 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art.58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: Fax, Correo Electrónico, Casillero y Estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art.34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 ó 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. De conformidad con la Circular 122-2014, Sesión del Consejo Superior N°41-14, celebrada el 6 de mayo del 2014, artículo XLIII, se le previene a la parte actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar, tanto de la dirección de la vivienda como el lugar de trabajo, horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números telefónicos. Asimismo, el nombre de algún familiar o vecino a través del cual pueda lograrse el contacto con las partes. Nombramiento de curador: A efectos de proceder con el nombramiento de curador procesal a las personas demandadas deberá el actor cumplir con los siguientes documentos: 1- aporte certificación del Registro de Personas en el que se informe si las tres personas demandadas cuentan con apoderado inscrito en el país, 2- así como Certificación de Movimientos Migratorios de todas las partes demandadas expedida por la Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Seguridad Pública.- Honorarios de curador procesal: De conformidad con el artículo 262 del Código Procesal Civil y el Arancel de honorarios por servicios profesionales de abogacía y notariado (Honorarios de Abogados, Abogadas y Notarios) 39078-JP vigente a partir del 13 de agosto de 2015, los honorarios corresponden a la suma de ochenta y cinco mil colones (¢85.000), que es el monto fijado en este despacho para tales efectos. Tales honorarios serán cubiertos por la Unidad Administrativa de éstos tribunales. citación de testigos: Se previene a la parte promovente que en el plazo de una semana deberá presentarse su persona en compañía de dos testigos que conozcan a los demandados para que bajo juramento, respondan las preguntas que se le formularán para determinar la procedencia del nombramiento del curador procesal de las personas demandadas, bajo apercibimiento de que si no comparece, el proceso no podrá avanzar. Se requieren dos testigos por demandado, sin perjuicio de que se aporten únicamente dos testigos que conozcan a las tres personas demandadas. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 262 el Código Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle curador procesal a la demandada se ordena expedir y publicar el edicto electrónicamente al que se refiere el artículo 263 del Código Procesal Civil, el cual será enviado por este despacho a la Imprenta Nacional. Notifiquese.—Juzgado de Familia de Heredia.—Msc. Felicia Quesada Zúñiga, Jueza.—1 vez.—O.C 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019314809 ).

Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza de Familia de Heredia, hace saber: Que en el expediente número 18-002577-0364-FA, que es proceso divorcio establecido por Karen Eugenia Marín Garita, mayor, casada una vez, técnica dental, vecina de Santo Tomás de Santo Domingo de Heredia, contra de Jason Brett Hunt (único apellido en razón de su nacionalidad) mayor, casado por segunda vez, pasaporte P406505348, de oficio y paradero desconocido a quien se les ordena notificar por edicto el contenido de las siguientes resoluciones en lo literal: Juzgado de Familia de Heredia, a las catorce horas y cuarenta minutos del dieciséis de enero de dos mil diecinueve. De la anterior demanda abreviada establecida por el accionante Karen Eugenia Marín García, se confiere traslado a la accionada(o) Jason Brett Hunt por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En al misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.- Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos, los cuales son los siguientes: De la Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho en San Pedro, San José, y se atiende de Lunes a viernes de 08:00am a 12:md y Lunes, miércoles y viernes de 13:30 p.m. a 19:30 p.m , Universidad Latina, Sede de Heredia Oficina Ubicada en la Municipalidad de Heredia, horario de atención: Lunes a viernes 08:00am a 12:00md, teléfono: 2776715, Universidad Libre de Derecho, horario de atención: Lunes a viernes:13:30pm a 16:30pm teléfono: 22835533. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Así como en la Defensa Publica Pisav-San Joaquín de Flores de Heredia, competencia únicamente vecinos de Flores, Belén y Santa Barbara de Heredia, Teléfono: 22655640. Y en la Defensa Publica de Heredia. Teléfono 25600659 - Siendo que la Ley No. 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art.58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: Fax, Correo Electrónico, Casillero y Estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art.34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 ó 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar ó enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. De conformidad con la Circular 122-2014, Sesión del Consejo Superior N°41-14, celebrada el 6 de mayo del 2014, artículo XLIII, se le previene a la parte actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar, tanto de la dirección de la vivienda como el lugar de trabajo, horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números telefónicos. Asimismo, el nombre de algún familiar o vecino a través del cual pueda lograrse el contacto con las partes. Nombramiento de curador: A efectos de proceder con el nombramiento de curador procesal a la demandada deberá el actor cumplir con los siguientes documentos: 1- aporte certificación del Registro de Personas en el que se informe si el demandado ausente cuenta con apoderado inscrito en el país. Honorarios de curador procesal: De conformidad con el artículo 262 del Código Procesal Civil y el Arancel de honorarios por servicios profesionales de abogacía y notariado (Honorarios de Abogados, Abogadas y Notarios) 39078-JP vigente a partir del 13 de agosto de 2015, los honorarios corresponden a la suma de ochenta y cinco mil colones (¢85.000), que es el monto fijado en este despacho para tales efectos. Tales honorarios deberán ser depositados en la cuenta judicial del Banco de Costa Rica número 180025770364-1 citación de parte actora y testigos: Se previene a la parte promovente que en el plazo de una semana deberá presentarse su persona en compañía de dos testigos, para que bajo juramento, respondan las preguntas que se le formularán para determinar la procedencia del nombramiento del curador procesal del demandado, bajo apercibimiento de que si no comparece, el proceso no podrá avanzar De conformidad con lo dispuesto por el artículo 262 el Código Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle curador procesal a la demandada se resuelve: Se ordena expedir y publicar el edicto electrónicamente al que se refiere el artículo 263 del Código Procesal Civil, el cual será enviado por este despacho a la Imprenta Nacional. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Heredia.—Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—O.C 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019314812 ).

Se hace saber: A fin de dar cumplimiento al exequátur conocido por la Sala Primera de Corte Suprema de Justicia en resolución de las quince horas treinta minutos del uno de noviembre del dos mil dieciocho número 000970-E-S1-2018, se informa: En este tribunal de justicia se ejecuta procedimiento para dar eficacia en Costa Rica a partición hecha en el extranjero según lo dispuesto por el Juzgado Sétimo del Circuito Judicial de Los Cortijos, Área Metropolitana de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Josefina Hernández Martínez, mayor, profesión abogada, nacionalidad Venezolana, con documento de identidad de su país número 3.975.849 y vecina de Avenida Ávila, residencias Doravilla, piso cinco, apartamento 56-C de la República Bolivariana de Venezuela.- Se hace la observación que dentro del presente asunto se declaro como único universal heredero al señor Rómulo Tadeo Martínez Hernández, cédula de identidad de su país 17.298.782. Se indica a las personas que estimen ser herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Exp. 17-000262-0004-FA.—Juzgado Segundo Civil de San José, 11 de enero del 2019.—Lic. Óscar Rodríguez Villalobos, Juez.—1 vez.—( IN2019314904 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Cecilia Eugenia Sojo Delgado mayor, casada, psicóloga docente, documento de identidad 0108600434 vecino de Esparza, y Marco Vinicio Arguedas Brenes mayor, casado, historiador docente, documento de identidad 0602660653 vecino de Esparza, encaminadas a solicitar la autorización para cambiar el nombre de su hija menor Daniela Arguedas Sojo por el de Helena Lucía mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en el proceso, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Expediente 18-000158-0642-CI.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas (Materia Civil).—Licda. Marypaz Moreno Navarro, Jueza.—1 vez.—( IN2019314940 ).

Se hace saber en despacho se tramita la adopción individual y cambio de nombre del menor: Jeisy Aguilar Rugama, tarjeta: 2-0941-0555, vecina de Palmar Sur de Osa, hija de Juan José Aguilar Sevilla e Idalia del Rosario Rugama Hernánde; siendo que tal gestión está encaminada para la adopción individual de la menor y su cambio de nombre de Jeisy por el de Jeisy Alondra. Asimismo, por mediar una adopción individual el nuevo nombre completo podría ser: Jeisy Alondra Umaña Cedeño, la presente adopción es promovida por Tomasa Umaña Cedeño, c.c. Lorena Umaña Cedeño, cédula: 6-0157-0875, vecina de Palmar Sur de Osa. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro de 15 días contados a partir de la publicación de este edicto se presenten al proceso a formular su oposición fundamentada, artículo 55 Código Civil y 131 Código de Familia. Expediente: 18-000178-1420-FA (3).—Juzgado de Familia de Osa, Ciudad Cortés, 22 de enero del 2019.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019315176 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Stefanny Dayana Leiva Granados, mayor, soltera, educadora, documento de identidad uno-mil seiscientos-seiscientos treinta y cinco, vecina de San José, Pérez Zeledón, San Pedro, 600 metros norte de la escuela, en el cual se solicita cambiar el nombre de su hija menor Emma Valeria por el de Amanda Stefanía, mismos apellidos. Se concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para que se presente al proceso a hacer valer sus derechos o formular una oposición fundada, artículo 55 del Código Civil. Expediente: 18-000174-0188-CI-8.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Civil), 23 de enero del 2019.—José Celso Fernández Delgado, Juez.—1 vez.—( IN2019315388 ).

Lic. Santiago Castillo Ugalde, Juez del Juzgado Primero Civil de San José, hace saber: “Este documento fue enviado a la Imprenta Nacional para su publicación, debe comunicarse con dicha entidad para la respectiva cancelación de los derechos de publicación”. Que en este despacho se tramita el proceso de consignación de pago número 18-000298-0220-CICI de Global Trust Firm S. A. a favor de Mary Mcnaugth, dentro del cual se dictó la resolución que literalmente dice: Juzgado Primero Civil de San José, a las ocho horas y cincuenta y ocho minutos del seis de diciembre del año en curso. Habiendo cumplido en forma parcial la prevención de las ocho horas cincuenta y tres minutos del veintiséis de junio del dos mil dieciocho se resuelve: Siendo que en el encabezado del escrito inicial de fecha 06/06/18, se indica como consignantes a:Global Trust Firm S. A. y Global Escrow Services Ltda, y se aporta solamente la certificación de personería jurídica de esta sociedad, se tiene por establecido el presente proceso de pago por consignación promovido Global Trust Firm S. A. a favor de Mary Mcnaught Zeman a quien(es) se le(s)confiere audiencia por el plazo de cinco días para que acepte(n) o rechace(n) el pago consignado, conforme a lo dispuesto por el artículo 179.5 del Código Procesal Civil. Se le(s) previene a…, que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga(n) las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado, artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20 del 29 de enero de 2009. En virtud de que según lo indica la parte consignante el consignatario es de paradero desconocido, de conformidad con el artículo 179.5, párrafo final, a efecto de poner en conocimiento a la señora Mary Mcnaught Zeman, publíquese por una vez en el Boletín Judicial la presente consignación. Se invita a utilizar “el Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese a la página oficial del Poder Judicial. Si desea más información contacte con el personal del Despacho, para ello, deberá obtener una clave de acceso al sistema la cual puede solicitar en la oficina judicial más cercana, circular 169-2008 del Consejo Superior: Si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Conforme lo acordado en la Sección 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV del Consejo Superior, las partes deben suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Conforme lo solicita la parte consignante y según lo establecido en el Fideicomiso que origina la obligación que se pretende honrar mediante las presentes diligencias, en el punto VIII de la Sección Sexta-Normas Generales para la Administración d los Activos Fideicometidos, comuníquese acerca de las presentes diligencias al Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial, en relación con el expediente tramitado en ese Despacho, bajo el 02-0005124-0647PE. Se omite realizar comunicación dirigida a la Oficina Civil de la víctima, por innecesario-06 de diciembre del año 2018. Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Primero Civil de San José.—Lic. Santiago Castillo Ugalde, Juez.—1 vez.—( IN2019315398 ).

Licenciado Santiago Castillo Ugalde, Juez del Juzgado Primero Civil de San José, hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso de consignación de pago número 18-000295-0220-CI de Global Trust Firm S. A. a favor de Bryan Allan Johson, dentro del cual se dictó la resolución que literalmente dice: Juzgado Primero Civil de San José. A las once horas y quince minutos del veintiséis de octubre de dos mil dieciocho. Siendo que en el encabezado del escrito inicial, se indica como consignantes a: Global Trust Firm S. A. y Global Escrow Services Ltda., sin embargo, en el contenido del mismo, solamente se hace referencia a la sociedad Global Trust Firm S. A. e incluso se aporta solamente la certificación de personería jurídica de esta sociedad, se tiene por establecido el presente proceso de pago por consignación promovido Global Trust Firm S. A. a favor de Bryan Allan Johson a quien (es) se le (s) confiere audiencia por el plazo de cinco días para que acepte (n) o rechace (n) el pago consignado, conforme a lo dispuesto por el artículo 179.5 del código procesal Civil. Se le (s) previene a, que en el primer escrito que presente (n) debe (n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga (n), las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero de 2009. En virtud de que según lo indica la parte consignante, el consignatario es de paradero desconocido, de conformidad con el artículo 179.5. párrafo final, a efecto de poner en conocimiento al señor Brayan Allan Jhonson, publíquese por una vez en el Boletín Judicial la presente consignación. Se invita a utilizar “el Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese a la página oficial del Poder Judicial. Si desea más información contacte con el personal del Despacho, para ello, deberá obtener una clave de acceso al sistema la cual puede solicitar en la oficina judicial más cercana. Circular 169-2008 del Consejo Superior: Si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Conforme lo acordado en la Sección 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV del Consejo Superior, las partes deben suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia.—Juzgado Primero Civil de San José.—Licda. Melania Jiménez Vargas, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2019315399 ).

Hace saber que en este Despacho se tramita el proceso de consignación de pago 18-000293-0220-CI de Global Trust Firm S. A. a favor de Gibson Reilly William Stanley, dentro del cual se dictó la resolución que literalmente dice: Juzgado Primero Civil de San José, a las nueve horas treinta y siete minutos del seis de diciembre del dos mil dieciocho. Habiendo cumplido en forma parcial la prevención de las ocho horas cincuenta y cinco minutos del veintiséis de junio del dos mil dieciocho se resuelve: Siendo que en el encabezado del escrito inicial de fecha 06/06/18, se indica como consignantesa: Global Trust Firm S. A. y Global Escrow Services Ltda, y se aporta solamente la certificación de personería jurídica de esta sociedad, se tiene por establecido el presente proceso de PAgo por consignación promovido Global Trust Firm S. A., a favor de Gibson Reilly William Stanley a quien se le confiere audiencia por el plazo de cinco días para que acepte o rechace el pago consignado, conforme a lo dispuesto por el artículo 179.5 del Código Procesal Civil. Se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado, artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20 del 29 de enero de 2009. En virtud de que según lo indica la parte consignante el consignatario es de paradero desconocido, de conformidad con el artículo 179.5, párrafo final, a efecto de poner en conocimiento al señor Gibson Reilly William Stanley, publíquese por una vez en el Boletín Judicial la presente consignación. Se invita a utilizar “el Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese a la página oficial del Poder Judicial. Si desea más información contacte con el personal del Despacho, para ello, deberá obtener una clave de acceso al sistema la cual puede solicitar en la oficina judicial más cercana. Circular 169-2008 del Consejo Superior: si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Conforme lo acordado en la sección 78-07, celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV del Consejo Superior, las partes deben suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Conforme lo solicita la parte consignante y según lo establecido en el Fideicomiso que origina la obligación que se pretende honrar mediante las presentes diligencias, en el punto VIII de la Sección Sexta-Normas Generales para la Administración de los Activos Fideicometidos, comuníquese acerca de las presentes diligencias al Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial, en relación con el expediente tramitado en ese Despacho, bajo el número 02-0005124-0647PE. Se omite realizar comunicación dirigida a la Oficina Civil de la víctima, por innecesario.—Juzgado Primero Civil de San José, 6 de diciembre del 2018.—Lic. Santiago Castillo Ugalde, Juez.—1 vez.—( IN2019315400 ).

Licenciado Edgar Echegaray Rodríguez, Jueza del Juzgado Primero Civil de San José, hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso de consignación de pago 2018-00269-220-ci de Global Trust Firm S. A. a favor de Gahn David Mark, dentro del cual se dictó la resolución que literalmente dice: Siendo que en el encabezado del escrito inicial, se indica como consignantes a: Global Trust Firm S. A. y Global Escrow Services Ltda, sin embargo, en el contenido del mismo, solamente se hace referencia a la sociedad Global Trust Firm S. A. e incluso se aporta solamente la certificación de personería jurídica de esta sociedad, se tiene por establecido el presente proceso de pago por consignación promovido Global Trust Firm S. A. a favor de Gahn David Mark a quien(es) se le(s) confiere audiencia por el plazo de cinco días para que acepte(n) o rechace(n) el pago consignado, conforme a lo dispuesto por el artículo 179.5 del Código Procesal Civil. Se le(s) previene a Gahn David Mark, que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga(n), las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero de 2009. En virtud de que según lo indica la parte consignante, el consignatario es de paradero desconocido, de conformidad con el artículo 179.5. párrafo final, a efecto de poner en conocimiento al señor Global Trust Firm S.A., publíquese por una vez en el Boletín Judicial la presente consignación. Se invita a utilizar “el Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese a la página oficial del Poder Judicial. Si desea más información contacte con el personal del Despacho, para ello, deberá obtener una clave de acceso al sistema la cual puede solicitar en la oficina judicial más cercana. Circular 169-2008 del Consejo Superior: Si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Conforme lo acordado en la Sección 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV del Consejo Superior, las partes deben suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún. Lo anterior, por haberse ordenarse así en proceso pago por consignación de Global Trust Firm S. A. a favor de Gahn David Mark. Expediente 2018-000269-0220. Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Primero Civil de San José, diez de diciembre del dos mil dieciocho.—Lic. Edgar Echegaray Rodríguez, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2019315401 ).

MSC. Adriana Orocu Chavarría, Jueza del Juzgado Primero Civil de San José, hace saber: que en este despacho se tramita el proceso de consignación de pago 18-000326-0220-CI de Global Trust Firm S. A. a favor de Robert Joel Gorden, dentro del cual se dictó la resolución que literalmente dice: Juzgado Primero Civil de San José, a las diez horas y cinco minutos del catorce de diciembre de dos mil dieciocho. Siendo que en el encabezado del escrito inicial, se indica como consignantes a: Global Trust Firm S. A. y Global Escrow Services Ltda, sin embargo, en el contenido del mismo, solamente se hace referencia a la sociedad Global Trust Firm S. A., e incluso se aporta solamente la certificación de personería jurídica de esta sociedad, se tiene por establecido el presente proceso de pago por consignación promovido Global Trust Firm S. A., a favor de Robert Joel Gorden, a quien se le confiere audiencia por el plazo de cinco días para que acepte o rechace el pago consignado, conforme a lo dispuesto por el artículo 179.5 del Código Procesal Civil. Se le previene a Robert Joel Gorden, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado, artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20 del 29 de enero de 2009. En virtud de que según lo indica la parte consignante, el consignatario es de paradero desconocido, de conformidad con el artículo 179.5. párrafo final, a efecto de poner en conocimiento al señor Robert Joel Gorden, publíquese por una vez en el Boletín Judicial la presente consignación. Se invita a utilizar “el Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese a la página oficial del Poder Judicial. Si desea más información contacte con el personal del Despacho, para ello, deberá obtener una clave de acceso al sistema la cual puede solicitar en la oficina judicial más cercana, circular 169-2008 del Consejo Superior: Si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Conforme lo acordado en la Sección 78-07, celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV del Consejo Superior, las partes deben suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se omite realizar comunicación dirigida a la Oficina Civil de la víctima, por innecesario. Notifíquese.—Juzgado Primero Civil de San José, 14 de diciembre del 2018.—Msc. Adriana Orocú Chavarría, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2019315402 ).

Licenciado Santiago Castillo Ugalde, Juez del Juzgado Primero Civil de San José, hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso de consignación de pago número 18-000462-0220-CI de Global Trust Firm S. A. a favor de Karl Walter Harrison, dentro del cual se dictó la resolución que literalmente dice: Juzgado Primero Civil de San José. A las nueve horas y veintitrés minutos del veintidós de octubre de dos mil dieciocho. Se tiene establecido el presente proceso de pago por consignación promovido por a favor de Karl Walter Harrison a quien (es) se le (s) confiere audiencia por el plazo de cinco días para que acepte (n) o rechace (n) el pago consignado, conforme a lo dispuesto por el artículo 179.5 del Código Procesal Civil. Se le (s) previene a, que en el primer escrito que presente (n) debe (n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga (n), las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero de 2009. En virtud de que según lo indica la parte consignante, el consignatario es de paradero desconocido, de conformidad con el artículo 179.5. párrafo final, a efecto de poner en conocimiento al señor Karl Walter Harrison, publíquese por una vez en el Boletín Judicial la presente consignación. Se invita a utilizar “el Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese a la página oficial del Poder Judicial. Si desea más información contacte con el personal del Despacho, para ello, deberá obtener una clave de acceso al sistema la cual puede solicitar en la oficina judicial más cercana. Circular 169-2008 del Consejo Superior: Si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Conforme lo acordado en la Sección 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV del Consejo Superior, las partes deben suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Conforme lo solicita la parte consignante y según lo establecido en el Fideicomiso que origina la obligación que se pretende honrar mediante las presentes diligencias, en el punto VIII de la Sección Sexta-Normas Generales para la Administración d los Activos Fideicometidos, comuníquese acerca de las presentes diligencias al Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial, en relación con el expediente tramitado en ese Despacho, bajo el número 02-0005124-0647PE. Se omite realizar comunicación dirigida a la Oficina Civil de la víctima, por innecesario. Lic. Santiago Ugalde Castillo, Juez/a Decisor/a. Lvenegasc. Lo anterior, por haberse ordenarse así en proceso pago por consignación de Global Trust Firm S. A. a favor de Karl Walter Harrison. Exp. 18-000462-0220-CI.—Juzgado Primero Civil De San José, 22 de octubre del 2018.—Lic. Santiago Ugalde Castillo, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2019315403 ).